peatones chiclayo - copia

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1. Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, precisa la finalidad de un Gobierno Local indicando que: “representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción”, y además precisa que “le corresponde aprobar el Plan de Desarrollo Urbano y el Plan de Acondicionamiento Territorial”. 2. Que, la improvisación, falta de planificación, desconocimiento del funcionamiento de una verdadera ciudad contemporánea, los fuertes indicios de corrupción y el no saber quien asumirá finalmente la Alcaldía de Chiclayo, han generado anarquía, parálisis en la toma de decisiones, perdida del principio de autoridad y ha profundizado la crisis en las obras públicas y privadas en el ámbito del gobierno Provincial de Chiclayo y del área metropolitana en su conjunto, lo que se evidencia en: A. A. Desactualización del Plan Urbano vigente, formulado en 1992, con proyecciones y normativa que han sido rebasadas desde hace ya varios años. El CAP-RL lidero hasta 2010 la formulación del nuevoPlan de Acondicionamiento Territorial (PAT) y Plan de Desarrollo Urbano (PDU), en un proceso participativo, multi institucional y amplio que cuenta como indica la ley con la aprobación y levantamiento de observaciones finales hechas en la etapa de consulta previa por los principales actores territoriales como universidades locales, Colegios Profesionales, Gobierno Regional y el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento. Dichos planes tienen cerca de 02 años esperando su aprobación y sin el cual, la ciudad no tiene la visión de futuro y normatividad técnica apropiada que regule el crecimiento urbano y la actividad edificatoria, generando la incertidumbre que propicia el tráfico de influencias y la corrupción. Es Urgente:

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Peatones Chiclayo

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Page 1: Peatones Chiclayo - Copia

1. Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, precisa la finalidad de un

Gobierno Local indicando que: “representan al vecindario, promueven la adecuada

prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y

armónico de su circunscripción”, y además precisa que “le corresponde aprobar el

Plan de Desarrollo Urbano y el Plan de Acondicionamiento Territorial”.

2. Que, la improvisación, falta de planificación, desconocimiento del funcionamiento

de una verdadera ciudad contemporánea, los fuertes indicios de corrupción y el no

saber quien asumirá finalmente la Alcaldía de Chiclayo, han generado anarquía,

parálisis en la toma de decisiones, perdida del principio de autoridad y ha

profundizado la crisis en las obras públicas y privadas en el ámbito del gobierno

Provincial de Chiclayo y del área metropolitana en su conjunto, lo que se evidencia

en:

A. A. Desactualización del Plan Urbano vigente, formulado en 1992, con

proyecciones y normativa que han sido rebasadas desde hace ya varios años. El

CAP-RL lidero hasta 2010 la formulación del nuevoPlan de Acondicionamiento

Territorial   (PAT)   y Plan de Desarrollo Urbano   (PDU),  en un proceso

participativo, multi institucional y amplio que cuenta como indica la ley con la

aprobación y levantamiento de observaciones finales hechas en la etapa de

consulta previa por los principales actores territoriales como universidades locales,

Colegios Profesionales, Gobierno Regional y el Ministerio de Vivienda Construcción y

Saneamiento. Dichos planes tienen cerca de 02 años esperando su aprobación y sin

el cual, la ciudad no tiene la visión de futuro y normatividad técnica apropiada que

regule el crecimiento urbano y la actividad edificatoria, generando la incertidumbre

que propicia el tráfico de influencias y la corrupción. Es Urgente: