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05 de junio de 2020
DIRECCIÓN DE DERECHO DE VIGENCIA
Pago del Derecho de Vigencia y Penalidad
Econ. Eddy Marcial Soto DíazDirección de Derecho de Vigencia
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Primer caso de COVID-19 - 31 de diciembre de 2019.
El 11 de marzo de 2020 la OMS la denomino como pandemia global.
Mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM del 15 de marzo de 2020, se
declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan
la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19.
Se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena) por el plazo de 15 días
calendarios.
Restricciones: cierre de las fronteras, suspensión de actividades comerciales,
entre otras.
La cuarentena a la fecha ha sido ampliada hasta el 30 de junio.
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• Ampliación del plazo para el pago del derecho de vigencia y penalidad, así
como para la acreditación de la producción mínima hasta el 30 de setiembre(DL 1483 del 10-05-20).
• Inicio de la primera fase de la reactivación económica (mayo) cerca de 1.4
millones de trabajadores retornaran a laborar, es decir, la actividad económica
pasará a operar del 44% al 70%.
• El sector minero específicamente, la gran minería, podrá iniciar sus actividades
en esta primera fase, en la medida que cumpla con estrictas medidas de
seguridad en temas de higiene y salud.
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Pago que deben realizar los titulares al momento
de formular y a partir del segundo año para
mantener la vigencia de sus derechos mineros.
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Es el pago que deben realizar los titulares de
concesiones mineras que no han cumplido con
acreditar la Producción o Inversión Mínima, de
acuerdo a lo evaluado por la Dirección General
de Minería del MINEM.
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Relación de derechos mineros vigentes o extinguidos
discutiendo su vigencia ante el Poder Judicial, con la
información actualizada al 31 de diciembre de cada año,
a tener en cuenta para el pago por Derecho de Vigencia
y Penalidad.
(art. 1 del DS 052-99-EM)
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Tipo de Régimen Monto a pagar
Régimen General US$ 3.00 x hectárea
Pequeño Productor Minero – PPM (*) US$ 1.00 x hectárea
Productor Minero Artesanal – PMA (*) US$ 0.50 x hectárea
(*) Estas condiciones deben tramitarse ante Dirección General de Formalización Minera del Ministerio de Energía y Minas
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DL 1320 modifica el art. 40° del TUO de la Ley General de Minería, DS N° 014-92-EM, y establece que, “apartir del primer semestre del undécimo año computado desde el siguiente a aquel que seotorgó el título de concesión minera”.
El año 1 para el computo del plazo es el año 2009, con lo cual a partir del año 2019 (año 11) si no alcanzacon la producción mínima deberá cumplir con el pago de la penalidad.
TRAMOS PLAZO MONTO A PAGAR
A AÑO 11 AL 15 2% de la producción mínima anual
B AÑO 16 AL 20 5% de la producción mínima anual
C AÑO 21 AL 30 10% de la producción mínima anual
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Ejemplo práctico
UIT 4,200.00Hectáreas 1,000.00
Tipo de Régimen
% UIT Producción Mínima S/ Deuda Penalidad S/ Inversión Mínima S/
metálico no metálico metálico no metálico metálico no metálico metálico no metálico
Régimen General
1 uit x has 10% x has 4,200,000.00 420,000.00 84,000.00 8,400.00 840,000.00 84,000.00
PPM 10% x has 5% x has 420,000.00 210,000.00 8,400.00 4,200.00 84,000.00 42,000.00
PMA 5% x has 5% x has 210,000.00 210,000.00 4,200.00 4,200.00 42,000.00 42,000.00
¿cómo se calcula? % UIT x hectáreas2% de Producción
Mínima 10 veces la Penalidad
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CANALES SCOTIABANK BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ
CANALES PRESENCIALES
AGENCIA BANCARIA � �
AGENTES � �
CANALES VIRTUALES
APP BANCA MOVIL � �
WEB BANCO � �
TELEBANKING �
TELECREDITO �
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ENTIDADES FINANCIERAS
PASOS A SEGUIR PARA REALIZAR SU PAGO EN LAS VENTANILLAS
BANCO SCOTIABANK
1. Indicar que desea realizar el pago de Derecho de Vigencia y/o Penalidad del INGEMMET. 2. Señalar si el pago es por: - DERECHO DE VIGENCIA Y PENALIDAD US$ - DERECHO DE VIGENCIA Y PENALIDAD SOL 3. Luego deberá indicar el código único del derecho minero.
BANCO DE CREDITO DEL PERU
1. Indicar que desea realizar un pago en INSTITUCIONALES, 2. Luego indicar que el pago a realizar es al INGEMMET - INST. GEOLOGICO MINERO Y METALUR, 3. Señalar si el pago es por: - DERECHO VIGENCIA Y-O PENALIDAD DOLARES - DERECHO VIGENCIA Y PENALIDAD SOLES 4. Luego deberá indicar el código único del derecho minero.
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Para realizar sus pagos masivos debe tener en cuenta lo siguiente:
1. El archivo Excel debe ser grabado en versión Libro Excel 97-2003 con la extensión XLS.
2. Grabe su archivo en un USB.
3. Elabore carta de presentación dirigida al Banco Scotiabank, en Original y 02 copias, así como
acompañe una impresión del contenido de su archivo Excel a cada carta.
4. Entregue su USB y carta de presentación al Jefe de Servicios de la Agencia del Scotiabank.
5. Lo llamaran de la ventanilla para realizar su pago.
6. Revise que su comprobante de pago registre la información de sus derechos mineros.
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GENERA ARCHIVO PAGO EXCEL XLS
USUARIO
VALIDA ARCHIVO (WEB INGEMMET)
USUARIO
CARTA Y USB JEFE DE SERVICIOS SCOTIABANK
PROGRAMA CARGA ARCHIVO EXCEL
JEFE DE SERVICIOS
SCOTIBANK
DERIVA A CAJA
JEFE DE SERVICIOS
SCOTIBANK
CAJERO GENERA BOLETA DE PAGO
SCOTIBANK
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El plazo para el pago de las deudas de Derecho de
Vigencia y Penalidad de los años 2019 y 2020vence el
30 de setiembre de 2020
DL 1483, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 10 de mayo de 2020, amplia plazo de pago hasta el 30 de setiembre de 2020
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DERECHO DE VIGENCIA Y PENALIDAD
CÓDIGO ÚNICO
JUNENE SET DIC
NUEVOS PETITORIOS
DERECHO DE VIGENCIADL 1483, publicado en el Diario Oficial El Peruano 10 de mayo de 2020, amplia plazo de pago hasta el 30 de setiembre de 2020
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• Si no cumple con realizar los pagos de Derecho de Vigencia y Penalidad de un
año, el derecho minero formará parte de la Resolución de Presidencia que el
INGEMMET aprueba el listado de derechos mineros que no cumplieron con
pagar el Derecho de Vigencia.
• Dicho pago deberá ser regularizado al siguiente año si desea mantener la
vigencia del derecho minero.
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• Si no cumple con realizar los pagos de Derecho de Vigencia y Penalidad de 2
años, se encontrará incurso en causal de caducidad.
• El INGEMMET o el Gobierno Regional, según su competencia emitirá la
correspondiente resolución de caducidad.
• Consentida la resolución el derecho minero se extingue y el titular minero pierde
el área solicitada o concedida, el cual revierte al estado.
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ENE SET DICOCT NOV
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El INGEMMET ha puesto a disposición de sus usuarios mineros los siguientes correos
electrónicos:
• [email protected], para consultas relacionadas a Derecho de Vigencia
y Penalidad.
• [email protected], para la presentación de documentos y escritos
referidos a sus procedimientos TUPA.
• [email protected], para la presentación de documentos no referidos a
procedimientos mineros o servicios TUPA.
Asimismo, la Dirección de Derecho de Vigencia viene actualizando diariamente su base de
datos y de las entidades bancarias autorizadas para el cobro de las deudas de Derecho de
Vigencia y Penalidad (INGEMMET-Bancos)
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Atención de consultas técnicas y legales a través de los anexos de las Direcciones de
Concesiones Mineras, Catastro Minero, Derecho de Vigencia y la Unidad de Administración
Documentaria y Archivo.
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