osha, msha y las normativas peruanas
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seguridad y salud ocupacionalTRANSCRIPT
Normativas y Estándares
Internacionales y Nacionales en Legislación
de Seguridad y Salud Ocupacional
MSHA
OSHA
OSINERGMIN
SUNAFIL
¿OSHA? Administracion de Seguridad y Salud Ocupacional https://www.osha.gov/ ¿MSHA? Administracion de la Salud y Seguridad Minera https://www.msha.gov/
U.S. DEPARTMENT OF LABOR http://www.dol.gov/
¿OSINERGMIN? Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Minas http://www.osinergmin.gob.pe/
MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS D.S. 055-2010-EM
¿SUNAFIL? Superintendencia Nacional de Fiscalizacion Laboral http://www.sunafil.gob.pe/
MINISTERIO DE TRABAJO Ley 29783
D.S.005-2012-TR
PERFIL DE
La Ley de Seguridad y Salud Ocupacional de 1970 (Ley OSH) se aprobó para evitar que los empleados resultaran muertos o gravemente lesionados en el trabajo. Mediante esta ley se creó la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA), que establece y hace cumplir las normas protectoras de la seguridad y la salud en el lugar de trabajo. OSHA también brinda información, capacitación y asistencia a los empleadores y los empleados. Conforme a la Ley OSH, los empleadores tienen la responsabilidad de proporcionar un lugar de trabajo seguro.
https://www.youtube.com/watch?v=H6wRRWi6i0c
Aplicabilidad Todos los empleadores y
empleados en 50 Estados
Distrito de Columbia
Puerto Rico
territorios bajo Jurisdicción del Gobierno Federal
Un empleador es “…una persona dedicada a un negocio
comercial que tiene empleados”
https://www.youtube.com/watch?v=A-TXgSQ-0c4
OSHA comenzó porque, hasta el 1970, no habían
leyes nacionales sobre riesgos de seguridad y salud.
En promedio, 15 trabajadores morian cada día por lesiones en el lugar de trabajo.
Sobre 5,600 trabajadores morian anualmente debido a lesiones en el lugar de trabajo.
Se reportaban por sobre 4 millones de lesiones y enfermedades no fatales en los lugares de trabajo.
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¿Porqué la creación de OSHA es importante?
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Misión de OSHA La misión de OSHA es salvar vidas, prevenir lesiones y
proteger la salud de los trabajadores en E.U. y sus territorios.
Algunas de las cosas que OSHA realiza para llevar a cabo su misión son: Desarrollar normas de seguridad y salud para el lugar de
trabajo y hacerlas cumplir a través de inspecciones,
Mantener un sistema de registro e informe para darle seguimiento a las lesiones y enfermedades en el lugar de trabajo, y
Proveer programas de adiestramiento para incrementar el conocimiento sobre seguridad y salud ocupacional.
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¿Qué Derechos a los trabajadores creó
OSHA? Un lugar de trabajo seguro y salubre
Conocer sobre químicos peligrosos
Tener información sobre lesiones y enfermedades que ocurren en su lugar de trabajo
Solicitar corrección de riesgos a la empresa.
Adiestramiento y capacitacion
Obtener registros médicos y de exposición a riesgos
Someter una querella a OSHA
Participar en una inspección de OSHA
No ser objeto de retaliación por hacer valer sus derechos de seguridad y salud
Las empresas tienen que tener un programa de comunicación de riesgos, escrito y completo, que incluya información sobre:
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Etiquetado de envases,
Fichas de datos de Seguridad de Material (FDS), y
Adiestramiento al trabajador. El adiestramiento tiene que incluir los riesgos físicos y a la salud de los químicos y cómo los trabajadores se pueden proteger a sí mismos; incluyendo los procedimientos específicos que el patrono ha implementado para proteger a los trabajadores, procedimientos de emergencia, y equipo de protección personal.
Conocer Sobre Químicos Peligrosos
La regulación de OSHA sobre Lesiones y Enfermedades requiere que las empresas con más de 10 empleados mantengan un registro de éstas.
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Los trabajadores tienen el derecho de revisar los registros del año corriente, así como los registros de los últimos 5 años.
Los trabajadores también tienen el derecho de ver el resumen de lesiones y enfermedades que se coloca anualmente (OSHA 300A).
Información sobre Lesiones y Enfermedades
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Los trabajadores tienen derecho a recibir adiestramiento por parte del empleador sobre una variedad de riesgos de salud y seguridad, y sobre las normas que los empleadores tienen que seguir.
Algunos de los adiestramientos cubren tópicos como candado/etiquetado, patógenos de la sangre, espacios confinados, riesgos de caídas en construcción, EPP, así como otros temas.
Adiestramiento
1910.1020: derecho a examinar y copiar registros
Algunos ejemplos de sustancias tóxicas y agentes físicos dañinos son:
Metales y polvos, tales como plomo, cadmio y sílice.
Agentes biológicos, tales como bacterias, virus y hongos.
Tensión física, tales como ruido, calor, frío, vibración, movimiento repetitivo, y radiación ionizante y no-ionizante.
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Examinar Registros Médicos y de Exposición
Un representante de los empleados puede acompañar al inspector de OSHA.
Los trabajadores pueden hablar en privado con el inspector.
Los trabajadores pueden señalar riesgos, describir lesiones, enfermedades o incidentes debido a esos riesgos, y describir cualquier preocupación que tenga sobre asuntos de seguridad y salud.
Los trabajadores pueden conocer los resultados de inspecciones, las medidas de corrección y oponerse a las fechas establecidas para violaciones que tienen que ser corregidas.
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Participar en una inspección de OSHA
Los trabajadores tienen el derecho a no ser objeto de replesalias por ejercer derechos sobre salud y seguridad.
Los trabajadores tienen el derecho de tener salud y seguridad en el lugar de trabajo sin temor a sanciones.
Este derecho está explicado en la Sección 11(c) de la Ley OSH.
Los trabajadores tienen 30 días para comunicarse con OSHA si creen que han sido sancionados por ejercer sus derechos sobre salud y seguridad.
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No ser Objeto de Represalias
Proveer un lugar de trabajo libre de riesgos reconocidos y cumplir con las normas de OSHA.
Proveer el adiestramiento requerido por las normas de OSHA.
Proveer exámenes médicos cuando sean requeridos por las normas de OSHA y proveer acceso a los trabajadores a los registros médicos y de exposición.
No discriminar contra trabajadores que ejerzan sus derechos bajo la Ley (Sección 11(c))
Colocar los avisos sobre citaciones de OSHA y de verificación de corrección.
Proveer y pagar por el Equipo de Protección Personal (EPP).
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¿Qué Responsabilidades tiene el empleador bajo OSHA?
MANTENER REGISTROS DE LESIONES Y ENFERMEDADES
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LISTA DE COTEJO DE INFORME Y REGISTRO
Los empleadores tienen que: Informar cada muerte de un trabajador Informar cada incidente que resulte en la
hospitalización de 3 ó más trabajadores Mantener registros de lesiones y enfermedades Instruir a los trabajadores en cómo informar una
lesión o enfermedad al patrono Tener los registros disponibles para los trabajadores Permitir a OSHA acceso a los registros Colocar el resumen anual de lesiones y
enfermedades
Se obliga al empleador
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¿Qué dicen las normas de
OSHA? Las normas de OSHA caen en cuatro categorías:
Industria General, Construcción, Marítima y Agricultura.
OSHA promulga normas para una amplia variedad de riesgos en el lugar de trabajo.
Cuando no hay una norma específica de OSHA, el empleador tienen que cumplir con la Cláusula de Deber General, Sección 5(a)(1)
La Ley de OSH autoriza a los oficiales de cumplimiento (CSHOs) a llevar a cabo inspecciones de lugares de trabajo en un tiempo razonable.
OSHA realiza inspecciones sin dar previo aviso, excepto en raras ocasiones (ej.: peligro inminente).
De hecho, cualquier persona que por adelantado le avise a un patrono de una inspección de OSHA puede enfrentar multas, y tiempo en prisión.
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¿Cómo se realizan las Inspecciones?
Prioridad Categoría de Inspección
1ra Peligro Inmediato:
Certeza razonable de que existe un peligro inmediato
2da Fatalidad/Catástrofe:
Informado a OSHA, inspeccionado TPSP
3ra Querellas/Referidos:
Trabajador o representante del trabajador puede someter
una querella sobre riesgos de salud o seguridad
4ta Inspecciones Programadas:
Cubre industrias y patronos con tasas de lesiones y
enfermedades altas, riesgos específicos u otras
exposiciones
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Prioridades de OSHA para Inspecciones
TIPO DE VIOLACION PENALIDAD
INTENCIONAL
Una violación que el patrono comete de manera intencional
y en conocimiento o una violación que el patrono comete en
plena indiferencia a la ley
OSHA puede proponer penalidades
hasta $70,000 por cada violación
intencional, con una penalidad
mínima de $5,000 por cada violación
intencional.
SERIA
Una violación donde hay una probabilidad sustancial de
que una muerte o daño físico serio puede ocurrir y que el
patrono conocía del riesgo, o debió haber conocido.
Hay una penalidad obligada para
violaciones serias que puede llegar
hasta $7,000.
OTRA
Una violación que tiene una relación directa a salud y
seguridad, pero probablemente no causará muerte o daño
físico.
OSHA puede proponer una penalidad
de hasta $7,000 por cada violación
Otra.
REPETIDA
Una violación que es la misma o similar a una violación
previa.
OSHA puede proponer penalidades
de hasta $70,000 por cada violación
repetida.
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Citaciones y penalidades
PERFIL DE
La agencia de Administración de Mina, Seguridad y Salud del Departamento del Trabajo de E.U. ayuda a reducir muertes, lesiones, y enfermedades en las minas de la Nación empleando una variedad de actividades y programas. La agencia desarrolla y pone en vigor reglas de seguridad y salud aplicables a todas las minas de E.U. ayuda a los operadores de minas que tienen problemas especiales en cumplir con las reglas, y hace disponible asistencia técnica, educacional y de otras variedades.
http://www.msha.gov/siteindex/siteindex.asp
MSHA trabaja en conjunto con la industria, fuerza laboral, y otras agencias Federales y del Estado para mejorar las condiciones de seguridad y salud de todos los mineros. Las responsabilidades de MSHA están especificadas en el Decreto Federal de Mina, Seguridad y Salud de 1977. https://www.youtube.com/watch?v=h8o5EUwboz4&list=PL21F9E5236AFE8874&index=46
El Decreto de Mina de 1977 aplica a todas las operaciones de minas y procesamiento de minerales en los E.U., irrespectivamente de tamaño, número de empleados, o método de extracción. Por lo tanto, MSHA cubre desde zanjas de arena y grava de dos personas al igual que grandes minas subterráneas y tajo abierto de carbón y plantas de procesamiento.
COBERTURA
MSHA fué creada en 1978, cuando el Decreto de 1977 transfirió el programa Federal de mina y seguridad del Departamento del Interior al Departamento del Trabajo. MSHA es dirigido por un Secretario Assistente del Trabajo. Asistencia en cumplimiento, enforzamiento de reglas de seguridad y salud y otras responsabilidades son llevadas a cabo por….
Estructura Organizacional
http://www.msha.gov/programs/programs.htm#.U8ClJvl5NZg
• El programa de área de Carbón Mina Seguridad y Salud que conduce inspecciones de minas, investigaciones y programas de entrenamiento através de 11 oficinas de distrito y un sistema de oficinas de subdistrito en las regiones de minas de carbón de la Nación. • El programa de área de Metales y Nometales de Mina Seguridad y Salud que administra sus programas para todas las minas que no sean de carbón através de 6 oficinas de distrito en áreas mineras en la Nación. • El programa de área de Educación Política y Dessarrollo administra los programas de entrenamiento de la agencia. • El programa de área de Asistencia Técnica provee experiencia experta en ingeniería y ciencia para asistir a MSHA, los estados, y la industria minera en la resolución de asuntos de seguridad y salud. • El programa de área de Programa de Evaluación y Recursos Informativos colecciona, analiza y reporta información en asuntos de salud y seguridad, y es responsable en apoyar y entrenar a toda MSHA en el sistema automatizado de información, red de comunicaciones de información y equipo de información técnica.
MSHA ayuda a facilitar cumplimiento con el Decreto de Mina através de entrenamiento, assistencia técnica y otras actividades. Esto incluye:
• Manteniendo la Academia Nacional de Mina Salud y Seguridad para entrenar personal de MSHA y la industria minera. • Proveendo asistencia técnica a operadores de minas para mejorar sus programas de entrenamiento y educación. • Proveendo apoyo técnico para resolver problemas de seguridad y salud. • Cooperando con los estados en el desarrollo de programas de mina segurida y salud. • otorgando ayuda a los estados para educación y entrenamiento. • proveyendo asistencia técnica en casos de emergencias mineras • Aprobando equipo para uso en las minas.
La página de los Trabajadores
https://www.youtube.com/watch?v=wF3IpEZXkEI&index=22&list=PLA77EA07578C93356
A culture of silence
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Legislación Peruana en Seguridad y SO
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1. 1909 D.S. de 6 de marzo. “Asistencia médica a los operarios de las empresas ferrocarrileras”. Protege la salud de los empleados y jornaleros en las obras de construcción y reparación de ferrocarriles.
2. 1911 Ley Nº 1378 de 20 de enero. “Ley de Accidentes de Trabajo”. Es ampliación de la ley promulgada en 1908, se extiende a las nuevas fábricas y considera la asistencia médica, indemnizaciones, declaración de los accidentes y procesos judiciales, seguros, garantías y multas.
3. 1913 D.S. de 4 de julio. “Medidas de seguridad en los centros de trabajo”. Todo establecimiento que contenga aparatos mecánicos, ruedas, correas y engranajes debe estar separado de los obreros, salvo para las necesidades de servicio. Establece además los grados de incapacidad y aranceles de los médicos y compañías de seguros en caso de accidentes de trabajo.
OFICIALMENTE SE INICIA EN LOS AÑOS 1900
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1. 1926 D.S. de 29 de enero. “Control e inspección de higiene y seguridad industrial”. Encarga a la Dirección de Salubridad del Ministerio de Fomento el control de la seguridad e higiene en todos los centros de trabajo del país y la obligatoriedad de las empresas de declarar cada mes el número de accidentes y sus causas.
2. 1926 D.S. de 14 de mayo. “Del Fondo de Garantía”. Establece la obligación que tienen los empresarios e industriales para indemnizar y atender con asistencia médica a sus obreros y empleados en casos de accidentes de trabajo, y que la mejor forma de cumplir la Ley Nº 1378 es establecer el Fondo de Garantía.
3. 1933 Constitución de 29 de marzo. “Principios Constitucionales”. El Estado legislará sobre la organización general y las seguridades del trabajo industrial, y sobre las garantías en él de la vida, la salud y la higiene. La Ley fijará las condiciones máximas de trabajo, la indemnización por tiempo de servicios prestados y por accidentes, así como los salarios mínimos en relación con la edad, sexo, la naturaleza de las labores y las condiciones y necesidades de las diversas regiones del País.
4. 1935 D.S. de 27 de diciembre. “Reglamento de la Ley Nº 7975”. El empresario es responsable por las enfermedades profesionales contempladas en la Ley Nº 7975 que produzcan incapacidad o muerte a los obreros o empleados que la sufran.
5. 1964 D.S. de 22 de mayo. “Reglamento de Seguridad Industrial”, que consta de 1.327 artículos contenidos en trece capítulos y uno preliminar.
Nueva Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo
Ley Nº 29783 MTPE
Hidrocarburos DS 043-2007
-EM
Minería DS 055- 2010-EM
- Industria -Construcción
civil
- Comercio -Servicios
-Agricultura
Puertos Res 010-2007-
APN/DIR
Electricidad RM 161-2007
-MEM/DM
Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional
Objetivo
Prevención de Incidentes,
Accidentes y Enfermedades
ocupacionales
Titular minero
Contratista
Visita, sin relación laboral, otros
Prestaciones de
servicios o bienes
Limpieza - seguridad
Tercerización
Intermediación laboral
Otros servicios
Otros
APLICACION
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LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO MINISTERIO DE TRABAJO LEY 29783
LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN MINERÍA D.S. 055-2010 RSSOM
NORMA G50 DE SEGURIDAD Y SALUD EN CONSTRUCCIÓN G-050 Y R.S. 021-83-TR
REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL SUBSECTOR ELECTRICO
OTRAS NORMATIVA DE SST
REGLAMENTO DE LA LEY D. S. 005-2012-TR
Concordancias de la Legislación actual
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Minería
OSINERGMIN
OEFA MTPE
Supervisión de Seguridad (Obligaciones legales y técnicas sobre
infraestructura, gestión y operaciones
mineras)
Supervisión y
Fiscalización Ambiental (Cumplimiento de normas de protección
del medio ambiente).
Supervisión de Seguridad
y Salud del Trabajador (Vinculadas con las obligaciones o
derechos laborales)
ORGANISMOS DE SUPERVISIÓN DE LA MEDIANA Y GRAN MINERÍA
http://www.mintra.gob.pe/
MINTRA
SUNAFIL http://www.sunafil.gob.pe/acerca-de-sunafil/sunafil/
https://www.youtube.com/watch?v=6LLVizI9iJo
SUNAFIL
La SUNAFIL será la autoridad central del Sistema de Inspección del Trabajo y como tal dictará normas y establecerá procedimientos para asegurar el cumplimiento de las políticas públicas en su competencia, con la participación de otras entidades del Estado y los gobiernos regionales.
El 15 de enero de 2013 se promulgó la Ley N° 29981, que modifica la Ley N° 28806 “Ley General de Inspección del Trabajo”ley, y crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL).
Esta nueva entidad creada es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) que cumplirá el rol de autoridad central y ente rector del Sistema de Inspección del Trabajo, de conformidad con las políticas y planes nacionales y sectoriales, así como con las políticas institucionales y los lineamientos técnicos del MTPE, tal como lo viene haciendo la Dirección General de Inspección de dicha entidad.
La SUNAFIL tendrá las siguientes responsabilidades: • Promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento de las normas jurídicas sociolaborales y de seguridad y salud en el trabajo. • Brindar asesoría técnica • Realizar investigaciones • Proponer la emisión de normas sobre dichas materias
La SUNAFIL desarrollará y ejecutará todas las funciones y competencias establecidas en el artículo 3° de la Ley N° 28806 “Ley General de
Inspección del Trabajo” en el ámbito nacional, tanto en Lima como en
provincias.
Es decir, realizará funciones de vigilancia y exigencia de cumplimiento sobre relaciones laborales, seguridad y salud en el trabajo, empleo y colocación, empresas de intermediación laboral y empresas usuarias, promoción y formación para el trabajo, contratación de extranjeros, seguridad social, etc.
Los Gobiernos Regionales desarrollarán y ejecutarán dentro de su
respectivo ámbito territorial (provincias), todas las funciones y competencias señaladas en el artículo antes citado pero únicamente con relación a las microempresas (formales o no) y de acuerdo a cómo lo defina el reglamento de la Ley N° 29981, el cual deberá ser promulgado en el mes de abril de 2013.
AMBITO DE ACTUACION
Las empresas, los centros de t rabajo y, en general , los lugares en que se ejecute la prestacion laboral, aun cuando el empleador sea del Sector Publico o de empresas privadas.
Los vehiculos y los medios de transporte en general, en los que sepreste trabajo, incluidos los buques de la marina mercante y pesquera cualquiera sea su bandera; los aviones y aeronaves civi les, asi como las ins ta lac iones y explotac iones auxi l iares o complementar ias en tierra, para el servicio de aquellos.
Los puer tos , aeropuer tos , veh icu los y puntos de sa l ida , esca la ,destino, en lo relativo a los viajes de migraciones laborales.
De vigilancia y exigencia del cumplimiento de las normas legales, reglamentarias, convencionales y condiciones contractuales, en el orden socio laboral, ya se refieran al régimen de aplicación o a los regímenes especiales: Ordenamiento del trabajo y relaciones sindicales. Empleo y migraciones. Prevención de riesgos laborales. Promoción del empleo y formación para el trabajo. Trabajo Infantil. De las prestaciones de salud y sistema previsional. Trabajo de personas con discapacidad. Cualesquiera otras normas cuya vigilancia se encomiende especificamente a la Inspección del Trabajo.
FINALIDADES DE LA INSPECCION
ACTUACIONES DE ORIENTACION
Actuaciones de Orientación, son las diligencias que realiza la Inspección del Trabajo, de oficio o a petición de los empleadores o trabajadores, para orientarles o asesorarles técnicamente sobre el mejor cumplimiento de las normas socio laborales vigentes
Las funciones de orientación y asesoramiento técnico, se desarrollar6n mediante visita o en la forma que se determine en cada caso.
ACTUACIONES INSPECTIVAS
Son las diligencias que la Inspección del Trabajo sigue de oficio, con caracter previo al inicio del procedimiento administrativo sancionador, para comprobar si se cumplen las disposiciones vigentes en materia socio laboral y poder adoptar las medidas inspectivas que en su caso procedan, para garantizar el cumplimiento de las normas sociolaborales.
MEDIDAS INSPECTIVAS
PARALIZACION 0 PROHIBICION
Cuando los inspectores, comprueben que la inobservancia de la normativa sobre prevencion de riesgos laborales implica, a su juicio, un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores
Podran ordenar la inmediata paralizacion o la prohibicion de los trabajos o tareas.
Las ordenes de paralizacion o prohibicion de trabajos por riesgo grave e inminente, seran inmediatamente ejecutadas y se formalizaran en un Acta de paralizacion o prohibicion de trabajos o por cualquier otro medio escrito fehaciente con notificacion inmediata al sujeto responsable.
NO IMPU GNABLES
Las medidas inspectoras de advertencia y de requerimiento no serán susceptibles de impugnación, lo que se entiende sin perjuicio del derecho de defensa de los interesados en el seno del procedimiento sancionador. o articulo 206.2 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General
OSINERGMIN
OSINERGMIN tiene asignadas funciones de
supervisión, regulación, fiscalización y
sanción, normativa, solución de reclamos en
segunda instancia administrativa y solución de
controversias.
¿Qué es OSINERGMIN?
Es el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería,
una institución pública encargada de regular y supervisar que las
empresas del sector eléctrico, hidrocarburos y minero cumplan las
disposiciones legales de las actividades que desarrollan.
Se creó el 31 de diciembre de 1996, mediante la Ley N° 26734, bajo
el nombre de OSINERG. Inició el ejercicio de sus funciones el 15 de
octubre de 1997, supervisando que las empresas eléctricas y de
hidrocarburos brinden un servicio permanente, seguro y de calidad.
A partir del año 2007, la Ley N° 28964 le amplió su campo de trabajo
al subsector minería y pasó a denominarse OSINERGMIN. Por esta
razón, también supervisa que las empresas mineras cumplan
con sus actividades de manera segura y saludable.
OSINERGMIN tiene personería jurídica de derecho público interno
y goza de autonomía funcional, técnica, administrativa, económica y
financiera.
ESTRATO EXTENSION1 CAPACIDAD
PRODUCTIVA
GRAN
MINERIA No aplica2 Más de 5000
TMD
MEDIANA
MINERIA No aplica2 Hasta 5000 TMD
PEQUEÑA
MINERIA Hasta 2000 Ha. Hasta 350 TMD3
MINERIA
ARTESANAL Hasta 1000 Ha. Hasta 25 TMD4
(1) Suma de las áreas correspondientes a denuncios, petitorios y concesiones mineras. (2) Solo se distingue en función al tamaño de producción mínima. D.S. N° 002-91-EM-DGM (3) Concesiones no metálicas hasta 3000 M3D (4) Concesiones no metálicas hasta 200 M3D
El alcance es solo para la mediana y gran minería, sin
inclusión de la pequeña minería,
minería artesanal y minería informal
ESTRATEGIAS DE SUPERVISIÓN
SUPERVISIÓN ESPECIALIZADA
SUPERVISIÓN PREVENTIVA
Verificación del cumplimiento de las normas de seguridad en
forma detallada y especializada conforme a los programas
establecidos en el Reglamento de Supervisión de Actividades Energéticas y Mineras del
OSINERGMIN
Verificar el cumplimiento de las normas de seguridad en la
actividad de exploración, así como el cumplimiento de las
recomendaciones, mandatos y demás medidas impuestas por el
OSINERGMIN. Se implementará el área de minería
en las oficinas regionales para la realización de este tipo de
supervisión.
Geomecánica Ventilación
Transporte, maquinaria e instalaciones
auxiliares
Plantas de beneficio, plantas de relleno
hidráulico y depósito de concentrados
Depósito de relaves, pilas de lixiviación,
depósitos de desmonte y tajo
abierto
PROGRAMAS DE SUPERVISION
EXPLORACIÓN EXPLOTACIÓN TRANSPORTE BENEFICIO
REGULAR: De acuerdo al Plan Operativo Anual
ESPECIAL: Con fines específicos o circunstanciales
- Denuncias o pedidos de terceros (familiares del accidentado, sindicatos, autoridades judiciales).
- Situaciones de emergencia (accidentes mortales y otros).
- A criterio de OSINERGMIN.
MODALIDADES DE SUPERVISIÓN
Exploración Explotación
Beneficio
Transporte
EXPLORACIÓN MINERA
Es la actividad minera tendiente a demostrar las dimensiones, posición, características mineralógicas, reservas y valores de los yacimientos minerales.
EXPLOTACIÓN MINERA
La explotación es la actividad de extracción de los minerales contenidos en un yacimiento.
BENEFICIO
Beneficio es el conjunto de procesos físicos, químicos y/o físico-químico que se realizan para extraer o concentrar las partes valiosas de un
agregado de minerales y/o para purificar, fundir o refinar metales.
TRANSPORTE MINERO
Sistema utilizado para el transporte masivo continuo de productos minerales, por métodos no convencionales. Los sistemas transporte a utilizarse podrán ser: • Fajas transportadoras. • Tuberías. • Cable carriles.
El objeto es prevenir la ocurrencia de desprendimiento inesperado de rocas.
Principal causa de incidentes y accidentes mortales.
Todas las unidades mineras implementen refugios de seguridad adecuados para casos de siniestros.
GEOMECANICA
ASPECTOS A SUPERVISAR
Estudios, planos y tablas geomecanicas.
Sostenimiento, dimensionamiento, reforzamiento y estándares de explotación y relleno
Procedimientos y reglamentos internos relacionados a temas geomecánicos.
Estadistica de incidentes y accidentes por causas: caída de rocas, estallido, sostenimiento y faltas en cuanto a estándares de operación.
El objeto es mantener coberturas de
aire fresco en cantidad igual o mayor al 100% de las necesidades de ventilación en las labores mineras.
La deficiencia de ventilación es una de las causas más frecuentes de accidentes mortales.
Control de la emisión de gases de todos los equipos con motor petrolero dentro de la mina cumplan los Límites Máximos Permisibles de CO.
VENTILACIÓN
ASPECTOS A SUPERVISAR
El diseño, implementación y control del sistema de ventilación principal y secundario; natural o forzado, conforme las normas de seguridad y técnicas.
La velocidad de aire en las zonas de trabajo sean mayores al mínimo establecido por el reglamento de seguridad.
Estadística de incidentes y accidentes en temas de ventilación.
Uso de ANFO, autorizaciones y criterios especiales de seguridad.
Polvorines y salas de carguío de baterías.
El objeto es lograr que la
infraestructura minera cumpla los estándares establecidos.
Las unidades mineras cuenten con estándares y procedimientos para las operaciones mineras.
Autorizaciones vigentes en todas las unidades mineras cuenten con.
TRANSPORTE, MAQUINARIA E INSTALACIONES AUXILIARES
ASPECTOS A SUPERVISAR
Infraestructura Minera
Concesión de Transporte de Mineral
Desmonte
Instalaciones Auxiliares
Transporte, Almacenamiento y uso de explosivos
• Verificar que las instalaciones estén construidas y operadas conforme a las autorizaciones de construcción y operación.
• La operación debe tener estándares y procedimientos .
• Cumplimiento de las especificaciones técnicas en los depósitos de concentrados y del sistema de encapsulamiento para el caso del concentrado de plomo.
PLANTAS DE BENEFICIO
Plantas de beneficio
- Autorizaciones de construcción y funcionamiento.
- Instalaciones conforme a los planos de diseño.
- Control de la operación de equipos (capacidad de
diseño).
- Sistemas de ventilación adecuados.
- Instalaciones auxiliares de agua, aire, electricidad
ASPECTOS A SUPERVISAR
El objetivo es el cumplimiento de parámetros técnicos de diseño, construcción y de operación para la estabilidad física de las instalaciones, conforme lo aprobado por el MINEM
Prevenir la ocurrencia de fallas por inestabilidad física, desprendimientos, desbordamientos y colapsos por sismos
DEPÓSITO DE RELAVES Y DE DESMONTES, TAJOS ABIERTOS, PILAS DE LIXIVIACIÓN
ASPECTOS A SUPERVISAR
Autorizaciones de construcción y funcionamiento de las pilas de lixiviación y depósitos de relaves.
Parámetros establecidos en los estudios técnicos: plan de minado de los tajos abiertos y botaderos de desmontes; así como en diseños de pilas de lixiviación y depósitos de relaves.
Estudio de estabilidad física realizado de los depósitos de desmontes operativos e inoperativos.
Medir los parámetros de las pilas de lixiviación y depósitos de relaves (cotas, ancho de corona, altura de bancos, ancho de bermas, ángulos de taludes, etc.)
Calculo del volumen de relaves dispuestos en la relavera.
http://www.msha.gov/fatals/monitor/monitor201
4.pdf
http://www.msha.gov/S&Htopics.htm#.U7Nl2_l5NZg
ESTADISTICAS FATALIDADES
http://www.msha.gov/fatals/fab.htm
http://www.minem.gob.pe/_estadisticaSector.php?
idSector=1
ESTADISTICAS PERU
https://www.youtube.com/watch?v=ECPxa4BNoy
Q
Seguridad mina moderna: cultura y tecnologia