oridablanca - ayaconsultoresasociados.com. resolucion 2607... · piso de la alcaldía de...

4
oridablanca - 141 Alcaldía Municipal de Floridablanca NIT: 890205.176-8 RESOLUCION No. 2 6 0 7 DE 2013 ( 2 5 NOV 2013 Por la cual se fijan plazos para la presentación y pago de la declaración privada del Impuesto de Industria y comercio Avisos y Tableros, por el año gravable 2013, presentación y pago de la Retención en la Fuente por concepto de Industria y Comercio por el año gravable 2014 y se dictan otras disposiciones. LA SECRETARIA DE HACIENDA DEL MUNICIPIO DE FLORIDABLANCA, En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Acuerdo Municipal 032 de Noviembre 30 de 2012 y CONSIDERANDO 1. Que el Artículo 50 del Acuerdo 032 de 2012 expresa: CAUSACION Y PERIODO GRAVABLE. El Impuesto de Industria y Comercio, y complementarios se causará partir de la fecha de generación del primer ingreso gravable (Primera venta y/o prestación del servicio) hasta su terminación, y se pagará desde su causación. Pueden existir períodos menores (Fracción de año) en el año de iniciación y en el de terminación de actividades y se declarará dentro de los plazos que para el efecto fije la Secretaria de Hacienda o en su defecto el Profesional especializado de la Oficina de Industria y Comercio. 2. Que el Artículo 105 del acuerdo 032 de 2012, establece: OBLIGACIONES DE LOS AGENTES DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO. Los agentes retenedores del impuesto de industria y comercio en el Municipio de FLORIDABLANCA, SANTANDER, deberán... "Consignar el valor retenido en los lugares y dentro de los plazos que para tal efecto señale La Secretaría de Hacienda, los cuales deben ser mensualmente...". 3. Que el Artículo 106 del Acuerdo 032 de 2012 expresa: RESPONSABILIDAD POR LA RETENCIÓN. Los agentes de retención del impuesto de industria y comercio responderán por las sumas que estén obligados a retener. Las sanciones impuestas al agente por el incumplimiento de sus deberes serán de su exclusiva responsabilidad, La no consignación del Impuesto de Industria y Comercio dentro de los plazos establecidos por la Secretaria de Hacienda causa intereses de Mora, los cuales se causaran por cada día calendario de retardo en el pago. 4. Que el Artículo 357 del Acuerdo 032 de 2012, define: LUGARES Y PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES TRIBUTARIAS. La presentación de las declaraciones tributarias deberá efectuarse en los lugares y dentro de los plazos que para tal efecto señale la Secretaría de Hacienda Municipal. Así mismo la Secretaría de Hacienda podrá efectuar la recepción de las declaraciones tributarias a través de bancos y demás entidades financieras. 5. Que el Artículo 447 del Acuerdo 032 de 2012, establece lo siguiente: FACULTAD PARA FIJAR EL TIEMPO, LUGAR Y OCASION DE LOS PLAZO DE PAGOS. El pago de los impuestos, tasas, contribuciones o participaciones, anticipos y retenciones, deberá efectuarse dentro de los plazos que para tal efecto señale la Secretaría de Hacienda Municipal. 6. Que atendiendo lo señalado en el Acuerdo 032 de Noviembre 30 de 2012, se hace necesario fijar mediante acto administrativo los plazos para la presentación y pago de las declaraciones tributarias. Calle 5 No. 8-25 Casco Antiguo Floridablanca Tels: (5)(7) 6497777- 6497603 FAX 6497583 E-mail: [email protected] Atención: Lunes a viernes 8:00 am a 12:0Q y 2:00pm a 6:00pm Atención Lunes a viernes 9:00am a 10:00 am fi primero tioridablanca )primerofloridab @nestorfdiazb

Upload: ngonguyet

Post on 03-Nov-2018

220 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

oridablanca - 141

Alcaldía Municipal de Floridablanca

NIT: 890205.176-8

RESOLUCION No. 2 6 0 7 DE 2013

( 2 5 NOV 2013

Por la cual se fijan plazos para la presentación y pago de la declaración privada del Impuesto de Industria y comercio Avisos y Tableros, por el año gravable 2013, presentación y pago de la Retención en la Fuente por concepto de Industria y

Comercio por el año gravable 2014 y se dictan otras disposiciones.

LA SECRETARIA DE HACIENDA DEL MUNICIPIO DE FLORIDABLANCA, En uso

de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Acuerdo Municipal 032 de Noviembre 30 de 2012 y

CONSIDERANDO

• 1. Que el Artículo 50 del Acuerdo 032 de 2012 expresa: CAUSACION Y PERIODO

GRAVABLE. El Impuesto de Industria y Comercio, y complementarios se causará partir de la fecha de generación del primer ingreso gravable (Primera venta y/o prestación del servicio) hasta su terminación, y se pagará desde su causación. Pueden existir períodos menores (Fracción de año) en el año de iniciación y en el de terminación de actividades y se declarará dentro de los plazos que para el efecto fije la Secretaria de Hacienda o en su defecto el Profesional especializado de la Oficina de Industria y Comercio.

2. Que el Artículo 105 del acuerdo 032 de 2012, establece: OBLIGACIONES DE LOS AGENTES DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO. Los

agentes retenedores del impuesto de industria y comercio en el Municipio de FLORIDABLANCA, SANTANDER, deberán... "Consignar el valor retenido en los lugares y dentro de los plazos que para tal efecto señale La Secretaría de Hacienda, los cuales deben ser mensualmente...".

3. Que el Artículo 106 del Acuerdo 032 de 2012 expresa: RESPONSABILIDAD POR

LA RETENCIÓN. Los agentes de retención del impuesto de industria y comercio responderán por las sumas que estén obligados a retener. Las sanciones impuestas al agente por el incumplimiento de sus deberes serán de su exclusiva responsabilidad, La no consignación del Impuesto de Industria y Comercio dentro de los plazos establecidos por la Secretaria de Hacienda causa intereses de Mora, los cuales se causaran por cada día calendario de retardo en el pago.

4. Que el Artículo 357 del Acuerdo 032 de 2012, define: LUGARES Y PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES TRIBUTARIAS. La presentación de las declaraciones tributarias deberá efectuarse en los lugares y dentro de los plazos que para tal efecto señale la Secretaría de Hacienda Municipal. Así mismo la Secretaría de Hacienda podrá efectuar la recepción de las declaraciones tributarias a través de bancos y demás entidades financieras.

5. Que el Artículo 447 del Acuerdo 032 de 2012, establece lo siguiente: FACULTAD PARA FIJAR EL TIEMPO, LUGAR Y OCASION DE LOS PLAZO DE PAGOS. El pago

de los impuestos, tasas, contribuciones o participaciones, anticipos y retenciones, deberá efectuarse dentro de los plazos que para tal efecto señale la Secretaría de Hacienda Municipal.

6. Que atendiendo lo señalado en el Acuerdo 032 de Noviembre 30 de 2012, se hace necesario fijar mediante acto administrativo los plazos para la presentación y pago de las declaraciones tributarias.

Calle 5 No. 8-25 Casco Antiguo Floridablanca Tels: (5)(7) 6497777- 6497603 FAX 6497583 E-mail: [email protected]

Atención: Lunes a viernes 8:00 am a 12:0Q y 2:00pm a 6:00pm

Atención Lunes a viernes 9:00am a 10:00 am

fi primero tioridablanca

)primerofloridab @nestorfdiazb

Hormblanca NIT: 890.205.176-8

2 6 0 7

ULTIMO DIGITO 1,2,3

HASTA EL DIA

MARZO 14 de 2014

4,5,6

MARZO 21 de 2014

7,8,9,0

MARZO 28 de 2014

CUOTAS FECHA

PRIMERA SEGUNDA TERCERA

28 DE MARZO DE 2014 30 DE MAYO DE 2014

29 DE AGOSTO DE 2014

CUARTA 28 DE NOVIEMBRE DE 2014

Alcaldía Municipal de Floridablanca

7. Con fundamento en lo anteriormente expuesto esta Secretaría.

RESUELVE

ARTICULO PRIMERO: Fíjese como último día de presentación oportuna de las declaraciones privadas de Industria y Comercio Avisos y tableros y sus complementarios del año gravable 2013. Estos vencimientos corresponden al último digito del número de identificación ciudadana o tributaria del contribuyente, sin tener en cuenta el digito de verificación.

DECLARACION ANUAL DE INDUSTRIA Y COMERCIO

ARTICULO SEGUNDO: El valor de las cuotas liquidadas en la declaración privada del Impuesto de Industria y comercio avisos y tableros correspondiente al año gravable 2013 tendrán las siguientes fechas de vencimiento para pagos:

ARTICULO TERCERO: Los Agentes de Retención en la fuente por concepto de Industria y Comercio, deberán presentar y cancelar el valor a pagar de las declaraciones de RETEICA, correspondiente al año fiscal 2014 mensualmente, las fechas son las siguientes:

DECLARACION Y PAGO RETENCION EN LA FUENTE DE INDUSTRIA Y COMERCIO

PERIODO GRAVABLE PRESENTACION Y PAGO 2014

ENERO FEBRERO 19 DE 2014 FEBRERO MARZO 19 DE 2014

MARZO ABRIL 21 DE 2014 ABRIL MAYO 19 DE 2014 MAYO JUNIO 19 DE 2014 JUNIO JULIO 21 DE 2014 JULIO AGOSTO 19 DE 2014

AGOSTO SEPTIEMBRE 19 DE 2014 SEPTIEMBRE OCTUBRE 20 DE 2014

OCTUBRE NOVIEMBRE 19 DE 2014 NOVIEMBRE DICIEMBRE 19 DE 2014 DICIEMBRE ENERO 19 DE 2015

Calle 5 No. 8-25 Casco Antiguo Floridablanca Tels: (S)(7) 6497777- 6497603 FAX 6497583 E-mail: [email protected]

Atención: Atención en línea lunes a viernes lunes a viernes 8:00 am a 12:00 y 9:00 am a 10:00 am 2:00pm a 6:00pm

fi primero floricablanca

@primerofloridab @nestorfdiazb

n ablanca Alcaldía Municipal NIT. 890 205,176-8

? 6 Q 7 de Floridaloi:- ARTICULO CUARTO: La Secretaria de Hacienda Municipal ordenará elaborar los formularios para la declaración privada de Industria y Comercio, avisos y tableros y las declaraciones de Retención de Impuesto de Industria y Comercio, los cuales serán suministrados a los contribuyentes y agentes retenedores en la Secretaría de Hacienda sección Oficina de Industria y Comercio en el primer piso de la Alcaldía de Floridablanca y la pagina virtual www.floridablanca.qov.co, para su producción,

diligenciamiento y presentación.

PARAGRAFO PRIMERO: Las declaraciones privadas de los contribuyentes y Agentes Retenedores donde la sede principal opere fuera del municipio de Floridablanca y que sean enviados por correo certificado se entenderán presentadas en fecha de radicación en la oficina de correspondencia de la Alcaldía de Floridablanca.

PARAGRAFO SEGUNDO: La declaración privada será presentada en los Bancos autorizados por la Secretaria de Hacienda Municipal, o en la CALLE 5 No 8-25 primer piso de La Alcaldía de Floridablanca (Santander), Oficina de Industria y Comercio.

ARTICULO QUINTO: Los contribuyentes o responsables del Impuesto de publicidad Exterior Visual una vez realicen la instalación de dicha Publicidad, deberán presentar y cancelar su declaración privada dentro de los cinco (5) días siguientes a su colocación, si los pagos se van a realizar mensualmente se deberán presentar y pagar lo correspondiente para el año fiscal 2014 en las siguientes fechas:

ECLARACION Y PAGO 11V11-'llt5 I U t'UbLit..iuP■u c A 1 cnivn v 1.7v,"1.-

PERIODO GRAVABLE PRESENTACION Y PAGO 2014

ENERO ENERO 9 DE 2014

FEBRERO FEBRERO 7 DE 2014

MARZO MARZO 7 DE 2014

ABRIL ABRIL 7 DE 2014

MAYO MAYO 8 DE 2014

JUNIO JUNIO 9 DE 2014

JULIO JULIO 7 DE 2014

AGOSTO AGOSTO 8 DE 2014

SEPTIEMBRE SEPTIEMBRE 5 DE 2014

OCTUBRE OCTUBRE 7 DE 2014

NOVIEMBRE NOVIEMBRE 10 DE 2014

DICIEMBRE DICIEMBRE 5 DE 2014

ARTÍCULOSEXTO: Los responsables de la sobretasa de la gasolina deberán presentar su declaración privada y cancelar para el año fiscal 2014 en las siguientes fechas:

D

.GLAKAUIONY I'Mt.70 IVILNJUML Lie Lm ovan c :mor% t, i_p% ...7"..,..,....,

PERIODO GRAVABLE PRESENTACION Y PAGO 2014

ENERO FEBRERO 18 DE 2014

FEBRERO MARZO 18 DE 2014

MARZO ABRIL 21 DE 2014

ABRIL MAYO 19 DE 2014

MAYO JUNIO 18 DE 2014

JUNIO JULIO 18 DE 2014

JULIO AGOSTO 19 DE 2014

AGOSTO SEPTIEMBRE 18 DE 2014

SEPTIEMBRE OCTUBRE 20 DE 2014

Calle 5 No. 8-25 Casco Antiguo floridablanca Tels: (5)(7) 6497777- 6497603 FAX 6497583 E-mail: [email protected]

Atención: Lunes a viernes 8:00 am a 12:00y 2:00pm a 6:00pm

11 primero floridablanca

@primerofloridab anestorkliazb

Atención en lin Lunes a viernes 9:00 am a 10:00 am

1

Erirnpro Honaablanca

Alcaldía Municipal de Floridablanca

NIT 890.205.1768 s o

OCTUBRE NOVIEMBRE 18 DE 2014 NOVIEMBRE DICIEMBRE 18 DE 2014 DICIEMBRE ENERO 19 DE 2015

ARTICULO SEPTIMO: El incumplimiento en la presente resolución dará lugar a las sanciones previstas en Título III Régimen Sancionatorio del Acuerdo 032 de 2012, Estatuto tributario Municipal y las establecidas en el Estatuto Tributario Nacional.

ARTICULO OCTAVO: Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición

COMUNIQUESE Y CUMPLASE,

Expedido en Floridablanca, a los 2 5 NOV 2013

NA DORIS CHINOHILA PAB N Secretaria de Hacienda Municipal

40, 01

Revisó: GE • /.91 RAMOS CERDAS

P. E. Secretaria de atienda Municipal

Calle 5 No. 8-25 Casco Antiguo Floridablanca Tels: (5)(7) 6497777- 6497603 FAX 6497583 E-mail: [email protected]

Atención: Lunes a viernes 8:00 am a 12:00 y 2:00pm a 6:00pm

fi primero floridablanca

@primerofloridab @nestorfdiazb

Atención en línea Lunes a viernes 9:00 am a 10:00 am