organización de los tribunales agrarios
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Organización de los tribunales agrarios
Nombre:Martinez KarelysC.I:25649211
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Tribunales agrario La palabra jurisdicción proviene del latín iuris, “derecho” y
dictio o decire, “decir”, lo que significa: decir el derecho.
Entonces podemos decir que se concibe como una
potestad conferida por el Estado a determinados órganos
para así resolver mediante sentencia.
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Competencias de los tribunales
Existen 2 tipos de competencia las cuales son:
Primera Instancia Agraria
Se conocen a través del procedimiento ordinario agrario dichos conflictos entre particulares con motivo a las actividades agrarias
Segunda Instancia Agraria
Esta se refiere a una apelación por las sentencias dictadas por los Tribunales de Primera Instancia Agraria.
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PRINCIPIOS DEL PROCESO AGRARIO
Sala Especial Agrariapodría expresar que esta tiene ciertas formas
De los recursos de interpretación que sean interpuestos sobre normas contenidas en la presente Ley.
De los recursos de casación en materia agraria.
Este procedimiento agrario constituye un instrumento fundamental para la realización de la justicia. Los principales son:
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La inmediación:Es la presencia del juez agrario en todos los actos del proceso, salvo aquellos en los casos en los cuales no sea posible.
La Oralidad:Supone la sustitución progresiva de las formas escritas que tradicionalmente rigen en nuestro derecho procesal.
La concentración:Está se encuentra ligado a la
brevedad, ya que supone la realización de la menor cantidad de actos posibles. De este Principio, se derivan tres (3) principios:- Economía,- Celeridad - Inmediación Procesal.
La publicidad:Es la obligación de permitir el
acceso de público a los actos que se ejecuten.
Permite el cumplimiento de la garantía de una justicia transparente.
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La Informalidad:
Abandono de ritos o formas rigurosas en el cumplimiento de los actos procesales este encierra la informalidad, el mandato constitucional de no decretar reposiciones inútiles.
La conciliación:Está establecida en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en el artículo 153 y tiene base de sustentación en el artículo 268 de la Constitución Nacional.
Gratuidad del Proceso:La Garantía constitucional esta consagrada en el artículo 26 CRBV.
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Análisis critico Podría decir que en todo país debería existir una organización y centralización de dichas informaciones las causas se ventilan a través de los Tribunales Agrarios, y estas se refieren a las diversas acciones y procedimientos interpuestos por personas que de una u otra manera acuden ante la jurisdicción en busca de la Justicia Agraria.
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Si hay justicia en un país hay paz entre sus habitantes.