ordenanza no. 130

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ORDENANZA No. 130

MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA

ORDENANZA No. 130La Molina, 06 de octubre del 2006EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA;

Visto; en Sesin Ordinaria de Concejo del 05 de los corrientes, el Dictamen Conjunto No. 003 del 26 de setiembre del 2006, de las Comisiones de Servicios a la Ciudad, Ecologa y Medio Ambiente y de Asuntos Jurdicos, que recomienda la aprobacin de la Ordenanza mediante la cual se crea la Comisin Ambiental Municipal del Distrito de La Molina; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Sistema de Planificacin Local tiene como principio la participacin ciudadana a travs de sus vecinos y organizaciones vecinales, la transparencia, la gestin moderna y rendicin de cuentas, inclusin, eficiencia, eficacia, equidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiariedad, consistencia con las polticas nacionales, especializacin de las funciones, competitividad e integracin, tal como lo indica el Artculo IX - Planeacin Local de la Ley Orgnica de Municipalidades No. 27972;

Que, el Artculo 25, Numeral 25.1 de la Ley Marco que crea el Sistema Nacional de Gestin Ambiental No. 28245, establece que las Comisiones Ambientales Municipales CAM son las instancias de gestin ambiental, encargadas de coordinar y concertar la poltica ambiental municipal, promover el dilogo y el acuerdo entre los sectores pblicos y privados y, articular sus polticas ambientales con las polticas y sistemas ambientales regional y nacional;

Que, es necesario crear la Comisin Ambiental Municipal Distrital de La Molina, para coordinar y concertar acciones entre los rganos de gobierno local, regional y nacional, las instituciones privadas y la sociedad civil del Distrito, elaborar y coordinar el Plan de Accin Ambiental (de largo plazo) y la Agenda Ambiental Distrital (de corto plazo); elaborar propuestas de Poltica y Sistema de Gestin Ambiental Local, elaborar los proyectos e instrumentos de gestin ambiental necesarios;

Que, la creacin de la Comisin Ambiental Municipal del Distrito de La Molina, est amparada en el Artculo 9, Inciso 7); Artculo 20, Inciso 13), Artculos 40, 46, 73, Inciso d) y 80 Inciso 1.2) de la Ley Orgnica de Municipalidades No. 27972;

Que, el Artculo 25, Numeral 25.2, de la Ley No. 28245 establece los requisitos de creacin de la Comisin Ambiental Municipal;

//..

//.. CONTINA ORDENANZA No. 130

Con la opinin favorable del Consejo Nacional del Ambiente segn el Articulo 9 de la Ley 28245 que modifica el artculo 4 de la Ley 26410;

De Conformidad con lo establecido en el Artculo 20, Inciso 5) de la Ley Orgnica de Municipalidades No. 27972; por UNANIMIDAD y con dispensa del trmite de aprobacin del Acta, aprob la siguiente:ORDENANZA:

Artculo Primero- CREAR a partir de la fecha la Comisin Ambiental Municipal CAM del Distrito de La Molina, como rgano de coordinacin y concertacin del Concejo Municipal, encargado de delinear la poltica y gestin ambiental en el mbito distrital para el ejercicio de sus funciones, el mismo que promover el dilogo y el acuerdo entre todos los actores locales del Distrito.

Artculo Segundo.- La Comisin Ambiental Municipal de La Molina tendr las siguientes funciones:

a) Ser la instancia de concertacin de la poltica y sistema ambiental local en coordinacin con los actores locales y Comisin Ambiental Provincial, para la implementacin del Sistema Local de Gestin Ambiental.

b) Gestionar la implementacin participativa del Sistema Local de Gestin Ambiental producto de las reuniones multisectoriales y aprobadas por la Comisin Ambiental Municipal, en lo concerniente a la jurisdiccin del Distrito.

c) Elaborar participativamente el Plan de Accin Ambiental (de largo plazo), la Agenda Ambiental Local (de corto plazo) y la Poltica Ambiental Local que sern aprobados por el gobierno local.

d) Impulsar, en forma efectiva, diversos mecanismos de apoyo, participacin y trabajo coordinado con la sociedad civil a favor de la Gestin Ambiental Local.

e) Elaborar propuestas, velar por su aplicacin, evaluacin y mejora continua de los instrumentos de gestin ambiental y la ejecucin de polticas ambientales.

f) Lograr compromisos concretos de las instituciones y sectores integrantes en base a una visin compartida del desarrollo sostenible local.

g) Facilitar la concertacin y el tratamiento apropiado para la resolucin de conflictos ambientales.

h) Representar a las necesidades e intereses del Distrito de La Molina en la gestin ambiental provincial y regional.

////// CONTINA ORDENANZA No. 130i) Plantear las propuestas del Distrito en la gestin ambiental provincial y regional.

j) Gestionar el financiamiento de fuentes locales, regionales, nacionales e internacionales para la ejecucin de proyectos que se deriven del Plan de Accin Ambiental del Distrito de La Molina.

Artculo Tercero.- La Comisin Ambiental Municipal Distrital de La Molina CAM estar constituida y, por un perodo de dos (02) aos, por los siguientes representantes:1. Un (01) representante de la Municipalidad Distrital de La Molina quien la presidir.

2. Un (01) representante de la Polica Ecolgica

3. Un (01) representante de la Cmara de Comercio de La Molina

4. Un (01) representante de la DISA IV - Microred La Molina

5. Un (01) representante de la Comisin de Regantes, Sub Sector de Riego ATE.

6. Un (01) representante de la Unidad de Gestin Educativa Local N 06

7. Un (01) representante de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado.

8. Un (01) representante del Instituto Nacional de Investigacin y Extensin Agraria.

9. Un (01) representante del Servicio Nacional de Sanidad Agraria.

10. Un (01) representante del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrogrficas y Conservacin de Suelos.

11. Un (01) representante de la Compaa de Bomberos Voluntarios de La Molina.

12. Un (01) representante de la Universidad Nacional Agraria La Molina

13. Un (01) representante de Instituciones Educativas Pblicas

14. Un (01) representante de Instituciones Educativas Privadas

15. Un (01) representante vecinal de la Zona No. 1 del Distrito de La Molina16. Un (01) representante vecinal de la Zona No. 2 del Distrito de La Molina17. Un (01) representante vecinal de la Zona No. 3 del Distrito de La Molina18. Un (01) representante vecinal de la Zona No. 4 del Distrito de La MolinaArtculo Cuarto.- La Incorporacin de miembros, a la Comisin Ambiental del Distrito de La Molina CAM, queda abierta para las instituciones u organizaciones interesadas en la Gestin Ambiental.

Artculo Quinto.- La aprobacin de los instrumentos de Gestin Ambiental Distrital deber contar con al opinin favorable de la Comisin Ambiental Municipal del Distrito de La Molina y, contar con una Secretara Tcnica que ser asumida por la Gerencia de Servicios a la Ciudad de la Municipalidad Distrital de La Molina.

////.

.///// CONTINA ORDENANZA No. 130Artculo Sexto.- La Comisin Ambiental Municipal del Distrito de La Molina, sin perjuicio de la intervencin de las instituciones pblicas y privadas y rganos de base representativos de la sociedad civil, en el diseo de los instrumentos de Gestin Ambiental Distrital, debern guardar estricta concordancia con los aprobados para el mbito provincial, regional y nacional, de conformidad con el Artculo 26 de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestin Ambiental Ley No. 28245.

Artculo Sptimo.- Facultar a la Comisin Ambiental Municipal del Distrito de La Molina CAM, la elaboracin del Reglamento Interno en un plazo no mayor de noventa (90) das despus de publicada, la presente norma Municipal; y, su Plan de Actividades en un plazo no mayor de treinta (30) das de instalada la Comisin.

REGSTRESE, COMUNQUESE, PUBLQUESE

Y CMPLASE.

GSC/prdelv.

KARINA VARGAS TERRONES

NORMA PRRAGA DE HARADA SECRETARA GENERAL

TENIENTE ALCALDESA ENCARGADA

DEL DESPACHO DE ALCALDA_1045461304.doc