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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE REQUE LAMBAYEQUE—PERÚ ORDENANZA MUNICIPAL N° 013-2011-MDR MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES MOF 2011-2014 Arq. JULIO CESAR HUERTA CIURLIZZA ALCALDE

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE REQUE

LAMBAYEQUE—PERÚ

ORDENANZA MUNICIPAL N° 013-2011-MDR MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

MOF 2011-2014

Arq. JULIO CESAR HUERTA CIURLIZZA ALCALDE

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CALLE ELIAS AGUIRRE Nº 229 – REQUE – CHICLAYO – LAMBAYEQUE

074-451262

I. PRESENTACION

La Municipalidad Distrital de Reque, de acuerdo con lo que establece la Ley Nº 27972,

Ley Orgánica de Municipalidades, se constituye como el Órgano de Gobierno Local cuya

estructura, organización y funciones específicas se cimientan en una visión de Estado

democrático, unitario, descentralizado, desconcentrado y participativo, con la finalidad de

promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral,

sostenible y armónico de su jurisdicción.

Mediante la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización del Estado, se declaró al Estado

peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades,

organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un

Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano.

En este contexto, la nueva administración municipal elegida para el periodo 2011-2014

ha desarrollado un proceso de Reordenamiento Administrativo y Modernización Institucional

en la entidad, en el cual se han actualizado y aprobado los principales Documentos Técnicos

Normativos de Gestión entre los que se encuentra el Reglamento de Organización y

Funciones (ROF), en el que se ha establecido una nueva estructura orgánica para la entidad

hasta el tercer nivel organizacional; determinándose, así mismo, las funciones generales y

atribuciones de cada una de las unidades orgánicas que la integran, dentro de una

concepción gerencial, moderna, simplificada y eficiente.

Así mismo, se formuló y aprobó mediante la Ordenanza N° 012-2011-MDR/CM, el

Cuadro para Asignación de Personal (CAP), que contiene la planta orgánica de cargos

laborales que se preveen como necesarios para el normal funcionamiento de la entidad en

cumplimiento de su misión institucional, considerando esencialmente la realidad interna y

externa circundante, las potenciales necesidades de atención de los servicios públicos debido

al crecimiento poblacional de la jurisdicción y la visión de modernidad propuesta como

objetivo de mediano plazo al 2021, año del Bicentenario de la Independencia de nuestro

país.

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CALLE ELIAS AGUIRRE Nº 229 – REQUE – CHICLAYO – LAMBAYEQUE

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En tal sentido, dentro del proceso de ordenamiento y modernización institucional

instaurado, se ha procedido a formular el presente Manual de Organización y Funciones

(MOF), que se constituye en un documento técnico normativo de gestión institucional que

permitirá:

Describir las funciones específicas, responsabilidades, líneas de autoridad y

requisitos mínimos de cada uno de los cargos previstos en el Cuadro para

Asignación de Personal (CAP) que se han determinado para las diferentes

unidades orgánicas establecidas en el Reglamento de Organización y

Funciones (ROF) de la Municipalidad.

Proporcionar la información clara y precisa a los funcionarios y servidores

sobre sus funciones, atribuciones y ubicación jerárquica dentro de la

estructura organizacional de la entidad y determinar las interrelaciones

formales que corresponda entre el personal.

Coadyuvar a institucionalizar la Simplificación Administrativa proporcionando

información sobre las funciones y competencias que le corresponde

desempeñar al personal al ocupar los cargos que constituyen los puntos de

trámite en el flujo de los procedimientos.

Finalmente, cabe relevar, que el presente Manual de Organización y Funciones (MOF)

es un documento normativo institucional de carácter flexible y adaptable a los cambios a que

están sujetas las Entidades de la Administración Publica Nacional, por lo tanto su

actualización es permanente a fin de permitirse contar con una entidad moderna, eficiente y

eficaz en la prestación de los servicios públicos locales y viabilizar el cumplimiento de sus

fines y objetivos, de conformidad con los Planes de Desarrollo Institucional determinados

para la Municipalidad Distrital de Reque.

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II. BASE LEGAL

Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado.

Resolución Jefatural Nº 095-95-INAP/DNR, que aprueba la Directiva Nº 001-95-

INAP/DNR, sobre las Normas para la formulación del Manual de Organización y

Funciones.

Resolución Nº 109-95-INAP/DNR, que aprueba la Directiva Nº 002-95-INAP/DNR

sobre Lineamientos Técnicos para Formular los Documentos de Gestión en un Marco

de Modernización Administrativa.

Resolución de Contraloría N° 320-2006-CG, que aprueba las Normas de Control

Interno para las entidades del sector público.

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III. ESTRUCTURA ORGANICA DE LA ENTIDAD

La Municipalidad Distrital de Reque, de acuerdo a su Reglamento de Organización y Funciones (ROF), ha determinado la siguiente Estructura Orgánica:

ORGANOS DE GOBIERNO Y ALTA DIRECCION

1. CONCEJO MUNICIPAL 2. ALCALDÍA 3. GERENCIA MUNICIPAL

ORGANOS NORMATIVOS Y DE FISCALIZACIÓN

4. COMISIONES DE REGIDORES

ORGANOS CONSULTIVOS, DE COORDINACIÓN Y CONCERTACION

5. CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL 6. JUNTA DE DELEGADOS DE ORGANIZACIONES VECINALES 7. COMITÉ DISTRITAL DE DEFENSA CIVIL 8. COMITÉ DE ADMINISTRACION DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE, y 9. COMITÉ DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 10. COMISION AMBIENTAL MUNICIPAL.

ORGANO DE CONTROL

11. ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL (Proyectado)

ORGANOS DE ASESORAMIENTO

12. UNIDAD DE ASESORIA LEGAL

13. UNIDAD DE PLANIFICACION Y PRESUPUESTO 13.1 Área de Planeamiento Estratégico 13.2 Área de Programación y Evaluación Presupuestaria 13.3 Área de Programación de Inversiones y Cooperación Técnica 13.4 Área de Racionalización y Estadística

ORGANOS DE APOYO

14. UNIDAD DE SECRETARIA GENERAL 14.1 Área de Administración Documentaria y Archivo General 14.2 Área de Comunicaciones e Imagen Institucional 15. UNIDAD DE ADMINISTRACION FINANCIERA, RECURSOS HUMANOS Y PATRIMONIO

15.1 Área de Logística y Servicios Internos 15.2 Área de Tesorería 15.3 Área de Recursos Humanos

15.4 Área de Control Patrimonial 15.5 Área de Contabilidad

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16. UNIDAD DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIPAL 16.1 Área de Registro y Orientación Tributaria 16.2 Área de Recaudación Tributaria 16.3 Área de Fiscalización y Control Tributario 16.4 Área de Ejecución Coactiva

ORGANOS DE LINEA

17. DIVISION DE DESARROLLO URBANO Y RURAL 17.1 Unidad de Planeamiento y Desarrollo Urbano y Rural

17.1.1 Área de Planeamiento Urbano y Acondicionamiento Territorial 17.2.2 Área de Catastro Municipal.

17.2 Unidad de Estudios y Proyectos

17.3 Unidad de Obras e Infraestructura Local 17.3.1 Área de Ejecución de Obras 17.3.2 Área de Supervisión y Liquidación de Obras 17.3.3 Área de Maquinaria y Equipo Mecánico.

18. DIVISION DE PROMOCION Y DESARROLLO ECONOMICO SOCIAL (PROMOVER) 18.1 Unidad de Promoción, Desarrollo Social y Participación Ciudadana.

18.1.1 Área de Promoción y Desarrollo de Servicios Sociales. 18.1.2 Área de Promoción y Desarrollo de Organizaciones Sociales y

Participación Ciudadana.

18.2 Unidad de Programas de Asistencia y Apoyo Social 18.2.1 Área de Programas de Asistencia Alimentaria y Vaso de Leche. 18.2.2 Área de Servicios para el Desarrollo Humano.

18.3 Unidad de Promoción y Desarrollo Económico Local. 18.3.1 Área de Estudios y Proyectos Económico Productivos 18.3.2 Área de Gestión Ambiental y Recursos Naturales 18.3.3 Área de Promoción y Desarrollo de PyMES.

19. DIVISION DE SERVICIOS PUBLICOS LOCALES

19.1 Unidad de Prestación de Servicios Públicos Locales. 19.1.1 Área de Limpieza Pública y Saneamiento Ambiental. 19.1.2 Área de Abastecimiento, Comercialización y Salubridad. 19.1.3 Área Tránsito y Transporte Publico. 19.1.4 Área de Administración de la Infraestructura de Servicios Municipales.

19.2 Unidad de Protección y Seguridad Ciudadana. 19.2.1 Área Técnica de Defensa Civil. 19.2.2 Área de Policía Municipal y Seguridad Ciudadana.

19.3 Unidad de Registro Civil.

ORGANOS DESCONCENTRADOS

20. AGENCIAS MUNICIPALES

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CONCEJO MUNICIPAL

ALCALDIA

GERENCIA MUNICIPAL

DIVISIÓN DE DESARROLLO URBANO y RURAL

DIVISIÓN DE SERVICIOS PUBLICOS LOCALES

DIVISIÓN PROM. Y DESARR. ECONOMICO SOCIAL

(PROMOVER)

Unid.ADMIN.FINANCIERA REC. HUM y SERV INT.

Unid. ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIP.

Unidad de PLANIFICAC. y PPTO

ORGANO CONTROL INSTITUCIONAL

COMISIONES DE REGIDORES

Unidad de SECRETARIA GENERAL

CONSEJO COORD LOCAL DISTRITAL.

COMITE DISTRITAL DEFENSA CIVIL

COMITE ADM. PROG.VASO LECHE

Unidad PROMOC. DESARR. SOC. y PARTICIPACION

CIUDADANA

Unidad de OBRAS e

INFRAESTRUCT. LOCAL

Unidad de PLANEAMTO y DESARROLLO

URBANO y RURAL

Unidad de PROGRAMAS de

ASISTENCIA y APOYO SOCIAL

Unidad de PRESTACION SERVICIOS

PUBLICOS LOC.

Unidad de REGISTRO CIVIL

COMITE. DISTRITAL SEGURID. CIUD.

JUNTA DELEGAD ORG. VECINALES

Unidad PROM. y DESARROLLO ECONOMICO

LOCAL

AGENCIAS MUNICIPALES

Unidad FORMULADORA de ESTUDIOS y

PROYECTOS

Unidad de PROTECCION y

SEGURIDAD CIUDADANA

COMISION AMBIENTAL MUNICP.

ESTRUCTURA ORGANICA

Unidad de ASESORIA LEGAL

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IV. CUADRO ORGANICO DE CARGOS ESTRUCTURALES Y CLASIFICADOS

A. ORGANO DE GOBIERNO

N° Orden

DENOMINACION DEL CARGO CODIGO CLASIFICADO

NIVEL OCUPACIONAL TOTAL

CONDICION DEL

CARGO ESTRUCTURAL FUNCIONAL

Unidad Orgánica: 01 DESPACHO DE ALCALDIA

001 ALCALDE Alcalde Distrital 101FP205 FP2 1 Cargo Político

002 SECRETARIA II Secretaria Ejecutiva 101AP305 AP3 1 003 CHOFER II Chofer 101AP205 AP2 1

004 TRABAJADOR DE SERVICIOS I Conserje 101RE105 RE1 1

TOTAL UNIDAD ORGANICA 4

B. ORGANOS DE ALTA DIRECCION

N° Orden

DENOMINACION DEL CARGO CODIGO CLASIFICADO

NIVEL OCUPACIONAL TOTAL

CONDICION DEL

CARGO ESTRUCTURAL FUNCIONAL

Unidad Orgánica: 02 ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL (Proyectado)

005 AUDITOR II Jefe de OCI 202DS205 DS2 1 (*)

006 TECNICO EN AUDITORIA II Asistente de Auditoria 202AP305 AP3 1

TOTAL UNIDAD ORGANICA 2 (*) Cargo designado por la CGR

Unidad Orgánica: 03 GERENCIA MUNICIPAL

007 GERENTE MUNICIPAL Gerente Municipal 203EC205 EC2 1 Cargo Confianza

008 ASISTENTE ADMINISTRATIVO II Asistente de Gerencia 203AP305 AP3 1

TOTAL UNIDAD ORGANICA 2

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C. ORGANOS DE ASESORAMIENTO

N° Orden

DENOMINACION DEL CARGO CODIGO CLASIFICADO

NIVEL OCUPACIONAL TOTAL

CONDICION DEL

CARGO ESTRUCTURAL FUNCIONAL

Unidad Orgánica: 04 UNIDAD DE ASESORIA LEGAL

009 ABOGADO II Jefe de Unidad 304DS140 DS1 1

010 TECNICO ADMINISTRATIVO I

Asistente Administrativo de Asesoría Legal 304AP205 AP2 1

TOTAL UNIDAD ORGANICA 2

Unidad Orgánica: 05 UNIDAD DE PLANIFICACION Y PRESUPUESTO

011 PLANIFICADOR II Jefe de Unidad 305DS105 DS1 1 Área de Planeamiento Estratégico

012 ESPECIALISTA EN PLANIFICACION I

Especialista en Planificación Estratégica 305ES405 ES4 1

Área de Programación y Evaluación Presupuestaria

013 ESPECIALISTA EN PRESUPUESTO I

Especialista en Presupuesto 305ES205 ES2 1

Área de Programación de Inversiones y Cooperación Técnica

014 ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO I

Especialista en Inversiones 305ES205 ES2 1

Área de Racionalización y Estadística

015 ESPECIALISTA EN RACIONALIZACION I

Especialista en Racionalización y Estadística

305ES205 ES2 1

TOTAL UNIDAD ORGANICA 5

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D. ORGANOS DE APOYO

N° Orden

DENOMINACION DEL CARGO CODIGO CLASIFICADO

NIVEL OCUPACIONAL TOTAL

CONDICION DEL

CARGO ESTRUCTURAL FUNCIONAL

Unidad Orgánica: 06 SECRETARIA GENERAL

016 ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO II Secretario General 406EC105 EC1 1 Cargo

Confianza

017 TECNICO ADMINISTRATIVO I

Asistente en Administración Documentaria

406AP205 AP2 1

018 TECNICO ADMINISTRATIVO I

Asistente Administrativo en Archivo 406AP205 AP2 1

Área de Comunicaciones e Imagen Institucional

019 PERIODISTA I Asistente en Comunicaciones e Imagen Institucional

406ES205 ES2 1

TOTAL UNIDAD ORGANICA 4

Unidad Orgánica: 07 UNIDAD DE ADMINISTRACION FINANCIERA, RECURSOS HUMANOS y PATRIMONIO

020 ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO II Jefe de Unidad 407EC105 EC1 1

Cargo

Confianza 021 TECNICO

ADMINISTRATIVO II Asistente Administrativo 407AP305 AP3 1

Área de Logística y Servicios Internos

022 ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO II

Coordinador del Área de Logística 407ES305 ES3 1

023 TECNICO ADMINISTRATIVO II Asistente en Logística 407AP405 AP4 1

024 TECNICO ADMINISTRATIVO II Asistente en Almacén 407AP305 AP3 1

Área de Tesorería

025 ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO I Tesorero 407ES405 ES4 1

026 TECNICO ADMINISTRATIVO II Asistente en Tesorería 407AP305 AP3 1

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Área de Recursos Humanos

027 ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO I

Coordinador del Área de Recursos Humanos 407ES205 ES2 1

028 TECNICO ADMINISTRATIVO II

Asistente en Recursos Humanos 407AP505 AP5 1

Área de Contabilidad 029 CONTADOR II Contador General 407ES305 ES3 1

030 TECNICO ADMINISTRATIVO II Asistente en Contabilidad 407AP305 AP3 1

Área de Control Patrimonial

031 TECNICO ADMINISTRATIVO II

Coordinador del Área de Control Patrimonial 407AP305 AP3 1

Área Técnica de Informática

032 ANALISTA PROGRAMADOR PAD I

Coordinador del Área Técnica de Informática 407ES205 ES2 1

033 TECNICO EN PAD I Asistente Técnico PAD 407AP205 AP2 1 TOTAL UNIDAD ORGANICA 14

Unidad Orgánica: 08 UNIDAD DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIPAL

034 ESPECIALISTA EN TRIBUTACION II Jefe de Unidad 408DS120 DS1 1

035 TECNICO ADMINISTRATIVO II Asistente Administrativo 408AP220 AP2 1

Área de Registro y Orientación Tributaria

036 TECNICO EN TRIBUTACION II

Asistente en Administración Tributaria 408AP220 AP2 1

Área de Recaudación Tributaria

037 TECNICO ADMINISTRATIVO II

Asistente en Recaudación Tributaria 408AP220 AP2 1

Área de Fiscalización y Control Tributario

038 TECNICO EN TRIBUTACION II

Asistente en Fiscalización y Control Tributario 408AP220 AP2 1

Área de Ejecución Coactiva 039 EJECUTOR COACTIVO I Ejecutor Coactivo 408ES240 ES2 1 040 AUXILIAR COACTIVO II Auxiliar Coactivo 408AP240 AP2 1

TOTAL UNIDAD ORGANICA 7

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Lefm 11

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074-451262

E. ORGANOS DE LINEA Unidad Orgánica: 09 DIVISION DE DESARROLLO URBANO Y RURAL

N° Orden

DENOMINACION DEL CARGO CODIGO CLASIFICADO

NIVEL OCUPACIONAL TOTAL

CONDICION DEL

CARGO ESTRUCTURAL FUNCIONAL

041 INGENIERO III Jefe de División 509EC135 EC1 1 Cargo Confianza

042 TECNICO ADMINISTRATIVO II Asistente Administrativo 509AP335 AP3 1

Sub Unidad Orgánica: 09.1 UNIDAD DE PLANEAMIENTO y DESARROLLO URBANO y RURAL 043 ARQUITECTO II Jefe de Unidad 509EJ235 EJ2 1

Área de Planeamiento Urbano y Acondicionamiento Territorial

044 ESPECIALISTA EN DESARROLLO URBAN I Coordinador de Área 509ES235 ES2 1

045 ASISTENTE EN INFRAESTRUCTURA Y HABILITACIONES URBANAS I

Asistente en Planeamiento y Acondicionamiento Territorial

509AP335 AP3 1

046 TECNICO EN INFRAESTRUCTURA II

Técnico en Planeamiento Urbano y Rural 509AP235 AP2 1

Área de Catastro

047 ESPECIALISTA EN CATASTRO I Coordinador de Área 509ES135 ES1 1

048 TECNICO EN CATASTRO II

Asistente Técnico en Catastro 509AP535 AP5 1

Sub Unidad Orgánica: 09.2 UNIDAD de ESTUDIOS y PROYECTOS 049 ESPECIALISTA EN

PROYECTOS II Jefe de Unidad 509EJ235 EJ2 1

050 ASISTENTE EN ESTUDIOS Y PROYECTOS I

Asistente en Estudios y Proyectos 509ES135 ES1 1

051 TECNICO EN INFRAESTRUCTURA II

Técnico en Estudios y Proyectos 509AP235 AP2 1

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Lefm 12

CALLE ELIAS AGUIRRE Nº 229 – REQUE – CHICLAYO – LAMBAYEQUE

074-451262

Sub Unidad Orgánica: 09.3 UNIDAD de OBRAS e INFRAESTRUCTURA LOCAL

052 INGENIERO II Jefe de Unidad 509EJ235 EJ2 1

Área de Ejecución de Obras 053 INGENIERO I Coordinador de Área 509ES235 ES2 1

054 ASISTENTE EN INFRAESTRUCTURA II

Asistente Técnico en Infraestructura 509AP335 AP3 1

055 TECNICO EN INFRAESTRUCTURA II Técnico en Infraestructura 509AP235 AP2 1

056 TOPOGRAFO I Técnico en Topografía 509AP235 AP2 1 Área de Supervisión y Liquidación de Obras

057 INSPECTOR EN INFRAESTRUCTURA II Coordinador de Área 509ES235 ES2 1

058 ASISTENTE EN INFRAESTRUCTURA II

Asistente Técnico en Supervisión y Liquidación de Obras

509AP335 AP3 1

059 TECNICO ADMINISTRATIVO I

Asistente Administrativo en Liquidación de Obras 509AP235 AP2 1

Área de Maquinaria y Equipo Mecánico

060 TECNICO ADMINISTRATIVO II Coordinador de Área 509AP335 AP3 1

061 MECANICO I Técnico en Servicio de Mantenimiento y Reparación

509AP235 AP2 1

062 OPERADOR DE EQUIPO PESADO II

Operador de Maquinaria Pesada 509AP235 AP2 1

063 OPERADOR DE EQUIPO PESADO I

Operador de Maquinaria Pesada 509AP135 AP1 1

064 CHOFER II Chofer de Vehículo Pesado 509AP435 AP4 1

TOTAL UNIDAD ORGANICA 24

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Lefm 13

CALLE ELIAS AGUIRRE Nº 229 – REQUE – CHICLAYO – LAMBAYEQUE

074-451262

Unidad Orgánica: 10 DIVISION DE PROMOCION Y DESARROLLO ECONOMICO SOCIAL (PROMOVER)

N° Orden

DENOMINACION DEL CARGO CODIGO CLASIFICADO

NIVEL OCUPACIONAL TOTAL

CONDICION DEL

CARGO ESTRUCTURAL FUNCIONAL

065 ESPECIALISTA EN PROMOCION SOCIAL III Jefe de División 510DS255 DS2 1

066 TECNICO ADMINISTRATIVO II Asistente Administrativo 510AP355 AP3 1

Sub Unidad Orgánica: 10.1 UNIDAD DE PROMOCION, DESARROLLO SOCIAL y PARTICIPACION CIUDADANA

067 ESPECIALISTA EN PROMOCION SOCIAL II Jefe de Unidad 510EJ255 EJ2 1

Área de Promoción y Desarrollo de Servicios Sociales

068 ESPECIALISTA EN PROMOCION SOCIAL I Coordinador de Área 510ES255 ES2 1

069 ASISTENTE EN PROMOCION SOCIAL II

Asistente en Promoción y Desarrollo Social 510AP355 AP3 1

070 TECNICO ADMINISTRATIVO II

Técnico en Servicio Social 510AP255 AP2 1

Área de Promoción y Desarrollo de Organizaciones Sociales y Participación Ciudadana

071 ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO I Coordinador de Área 510ES255 ES2 1

072 PROMOTOR SOCIAL I Promotor Social 510ES155 ES1 1 Sub Unidad Orgánica: 10.2 UNIDAD de PROGRAMAS de ASISTENCIA y APOYO SOCIAL

073 ESPECIALISTA EN PROMOCION SOCIAL II Jefe de Unidad 510EJ255 EJ2 1

Área de Programas de Asistencia Alimentaria y Vaso de Leche

074 ESPECIALISTA EN NUTRICION I Coordinador de Área 510ES255 ES2 1

075 TECNICO ADMINISTRATIVO I

Asistente Técnico Alimentario 510AP255 AP2 1

Área de Servicios para el Desarrollo Humano

076 ASISTENTE SOCIAL I Coordinador de Área 510ES255 ES2 1

077 TECNICO EN ASISTENCIA SOCIAL II

Asistente Técnico en DEMUNA 510AP555 AP5 1

078 TECNICO EN ASISTENCIA SOCIAL II

Asistente Técnico en Asistencia Solidaria 510AP355 AP3 1

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074-451262

Sub Unidad Orgánica: 10.3 UNIDAD de PROMOCION Y DESARROLLO ECONOMICO LOCAL

079 ESPECIALISTA EN DESARROLLO ECONOMICO II

Jefe de Unidad 510EJ255 EJ2 1

Área de Estudios y Proyectos Económico Productivos

080 ESPECIALISTA EN PROYECTOS II Coordinador de Área 510ES255 ES2 1

081 ASISTENTE EN ESTUDIOS Y PROYECTOS II

Asistente Técnico en Estudios y Proyectos

Económicos 510AP355 AP3 1

Área de Gestión Ambiental y Recursos Naturales

082 ESPECIALISTA EN GESTION AMBIENTAL I Coordinador de Área 510ES245 ES2 1

083 TECNICO EN GESTION AMBIENTAL II

Asistente Técnico en Gestión Ambiental 510AP345 AP3 1

Área de Promoción y Desarrollo de Pymes

084 ESPECIALISTA EN DESARROLLO ECONOMICO I

Coordinador de Área 510ES255 ES2 1

085 TECNICO EN DESARROLLO ECONOMICO II

Asistente Técnico en Promoción y Desarrollo de

Pymes 510AP355 AP3 1

TOTAL UNIDAD ORGANICA 21

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CALLE ELIAS AGUIRRE Nº 229 – REQUE – CHICLAYO – LAMBAYEQUE

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Unidad Orgánica: 11 DIVISION DE SERVICIOS PUBLICOS LOCALES

N° Orden

DENOMINACION DEL CARGO CODIGO CLASIFICADO

NIVEL OCUPACIONAL TOTAL

CONDICION DEL

CARGO ESTRUCTURAL FUNCIONAL

086 ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO III Jefe de División 511DS270 DS2 1

087 TECNICO ADMINISTRATIVO II Asistente Administrativo 511AP370 AP3 1

Sub Unidad Orgánica: 11.1 UNIDAD DE PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICOS LOCALES

088 ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO II Jefe de Unidad 511ES470 ES4 1

Área de Limpieza Pública y Saneamiento Ambiental

089 TECNICO ADMINISTRATIVO II Coordinador de Área 511AP370 AP3 1

090/096 TRABAJADOR DE SERVICIOS III

Trabajador de Servicios Generales 511RE565 RE5 7

097/099 TRABAJADOR DE SERVICIOS III

Trabajador de Servicios Generales 511RE465 RE4 3

100/101 TRABAJADOR DE SERVICIOS II

Trabajador de Servicios Generales 511RE365 RE3 2

102/104 TRABAJADOR DE SERVICIOS I

Trabajador de Servicios Generales 511RE265 RE2 3

105/114 TRABAJADOR DE SERVICIOS I

Trabajador de Servicios Generales 511RE165 RE1 10

Área de Abastecimiento, Comercialización y Salubridad

115 ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO I Coordinador de Área 511ES270 ES2 1

116 MEDICO VETERINAR I Inspector Sanitario 511ES250 ES2 1

117 TECNICO ADMINISTRATIVO III

Asistente Técnico en Servicio de

Abastecimiento y Comercialización

511AP570 AP5 1

118 TECNICO ADMINISTRATIVO I

Auxiliar en Servicio de Abastecimiento,

Comercialización y Salubridad

511AP170 AP1 1

Área de Tránsito y Transporte Publico

119 TECNICO ADMINISTRATIVO II Coordinador de Área 511AP270 AP2 1

120 TECNICO EN TRANSITO I

Asistente en Servicio de Tránsito y Transporte

Publico 511AP170 AP1 1

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074-451262

Área de Administración de Infraestructura de Servicios Municipales

121 TECNICO ADMINISTRATIVO II Coordinador de Área 511AP470 AP4 1

122 TRABAJADOR DE SERVICIOS I

Trabajador de Servicios Generales - Guardián 511AP470 AP4 1

123 TRABAJADOR DE SERVICIOS I

Trabajador de Servicios Generales - Guardián 511AP370 AP3 1

124/126 TRABAJADOR DE SERVICIOS I

Trabajador de Servicios Generales - Guardián 511AP170 AP1 3

Sub Unidad Orgánica: 11.2 UNIDAD de PROTECCION Y SEGURIDAD CIUDADANA

127 ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO II Jefe de Unidad 511EJ170 EJ1 1

Área Técnica de Defensa Civil

128 TECNICO ADMINISTRATIVO II

Coordinador Técnico de Área 511AP470 AP4 1

129 AUXILIAR ADMINISTRATIVO I

Asistente de Defensa Civil 511AP170 AP1 1

Área de Seguridad Ciudadana y Policía Municipal

130 TECNICO EN SEGURIDAD II Coordinador de Área 511AP470 AP4 1

131 SUPERVISOR DE POLICIA MUNICIPAL I

Supervisor de Policía Municipal 511AP570 AP5 1

132/133 POLICIA MUNICIPAL II Policía Municipal 511AP270 AP2 2 Sub Unidad Orgánica: 11.3 UNIDAD de REGISTRO CIVIL

134 TECNICO ADMINISTRATIVO II

Registrador Publico Municipal 511AP370 AP3 1

135 AUXILIAR ADMINISTRATIVO I Asistente de Registro Civil 511AP170 AP1 1

TOTAL UNIDAD ORGANICA 50

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074-451262

V. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESPECÍFICAS A NIVEL DE CARGOS

5.1. ORGANO DE GOBIERNO

5.1.1. ALCALDIA

1. DEL ALCALDE DISTRITAL El Alcalde es la máxima autoridad administrativa y el personero legal de la

Municipalidad Distrital de Reque, le compete ejercer las funciones ejecutivas del Gobierno Local, en concordancia con lo establecido en la Constitución Política del Perú, lo señalado en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Reglamento de Organización Interna del Concejo Municipal y las demás disposiciones Legales vigentes sobre el particular.

El Alcalde Distrital tiene el Cargo Clasificado de ALCALDE y su Nivel

Ocupacional es de Funcionario Público 2, Código 101FP205, Categoría FP2, ejerce cargo político elegido mediante sufragio directo por la voluntad popular de la jurisdicción. Su número de orden en el CAP es el 001.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: 1. Defender y cautelar los derechos e intereses de la Municipalidad y los

vecinos. 2. Convocar, presidir y dar por concluidas las Sesiones del Concejo

Municipal. 3. Ejecutar los Acuerdos del Concejo Municipal, bajo responsabilidad. 4. Proponer al Concejo Municipal proyectos de Ordenanzas y Acuerdos. 5. Promulgar las Ordenanzas y disponer su publicación. 6. Dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las Leyes y

Ordenanzas. 7. Dirigir la formulación y someter a aprobación del Concejo Municipal el

Plan Integral de Desarrollo Sostenible Local y el y el Programa de Inversiones concertado con la sociedad civil.

8. Dirigir la ejecución de los Planes de Desarrollo Municipal. 9. Someter a aprobación del Concejo Municipal, bajo responsabilidad y

dentro de los plazos y modalidades establecidos en la Ley Anual de Presupuesto de la Republica, el Presupuesto Municipal Participativo, debidamente equilibrado y financiado.

10. Aprobar el Presupuesto Municipal, en caso de que el Concejo Municipal no lo apruebe dentro del plazo previsto en las normas legales correspondientes sobre la materia.

11. Someter a aprobación del Concejo Municipal, dentro del primer trimestre del ejercicio presupuestal siguiente y bajo responsabilidad, los Estados Financieros y Presupuestarios, así como la Memoria de Gestión del ejercicio económico fenecido.

12. Proponer al Concejo Municipal la creación, modificación, supresión o exoneración de contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias; y con acuerdo del Concejo Municipal solicitar al Poder Legislativo la creación de los impuestos que considere necesarios.

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13. Someter al Concejo Municipal la aprobación del sistema de gestión ambiental local y de sus instrumentos, dentro del marco del sistema de gestión ambiental nacional y regional.

14. Proponer al Concejo Municipal los proyectos de Reglamento de Organización Interna del Concejo Municipal (ROIC), los documentos normativos de los sistemas administrativos de personal y todos los que sean necesarios para el gobierno y la administración municipal.

15. Informar al Concejo Municipal mensualmente respecto al control de la recaudación de los ingresos municipales y autorizar los egresos de conformidad con la ley el presupuesto aprobado.

16. Celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo con las normas del Código Civil.

17. Designar y Cesar al Gerente Municipal y, a propuesta de este, a los demás funcionarios de confianza.

18. Autorizar las licencias solicitadas por los funcionarios y demás servidores de la Municipalidad.

19. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones municipales con el auxilio de la Policía Nacional.

20. Delegar, cuando lo considere pertinente, sus atribuciones políticas en un Regidor hábil, y las administrativas en el Gerente Municipal.

21. Proponer al Concejo Municipal la realización de auditorías, exámenes especiales y otros actos de control interno.

22. Implementar bajo responsabilidad, las recomendaciones contenidas en los informes de auditoría interna.

23. Celebrar los actos, contratos y convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones.

24. Proponer la creación de empresas municipales bajo cualquier modalidad legalmente permitida, sugerir la participación accionaría, y recomendar la concesión de obras de infraestructura y servicios públicos locales.

25. Supervisar la recaudación municipal, el buen funcionamiento y los resultados económicos y financieros de las empresas municipales, y de las obras y servicios públicos municipales ofrecidos directamente o bajo delegación al sector privado.

26. Otorgar los títulos de propiedad emitidos en el ámbito de la jurisdicción y competencia.

27. Nombrar, contratar, cesar y sancionar a los servidores municipales de carrera.

28. Proponer al Concejo Municipal las operaciones de crédito interno y externo, conforme a Ley.

29. Presidir el Comité Provincial de Defensa Civil. 30. Suscribir convenios con otras municipalidades para la ejecución de

obras y la prestación de servicios comunes. 31. Atender y resolver los pedidos que formulen las organizaciones

vecinales o, de ser el caso, tramitarlos ante el Concejo Municipal. 32. Resolver en última instancia administrativa los asuntos de su

competencia de acuerdo al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad.

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33. Proponer al Concejo Municipal espacios de concertación y participación vecinal.

34. Las demás que le correspondan de acuerdo a ley.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia:

El Alcalde como Presidente del Gobierno Distrital, da cuenta al Concejo Municipal del desarrollo de la gestión municipal.

Nivel de Autoridad:

El Alcalde ejerce autoridad sobre la totalidad de las Unidades Orgánicas de la Municipalidad Distrital de Reque, así como en el personal asignado a todas las dependencias de la Entidad.

Responsabilidad:

Es responsable política, legal y administrativamente de los resultados y efectos de la gestión municipal durante su periodo de gobierno.

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2. DE LA SECRETARIA EJECUTIVA DE LA ALTA DIRECCION

El Cargo Funcional de Secretaria Ejecutiva de la Alta Dirección, tiene asignado el Cargo Clasificado de SECRETARIA II, Código 101AP305, Nivel Ocupacional de Servidor de Apoyo 3, Categoría SPAP3. En el CAP la plaza tiene el Nº de Orden 002.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Recepciona y prepara la documentación recibida para el despacho del

Alcalde. b) Organiza y mantiene al día toda la documentación y archivo de Alcaldía. c) Mantiene actualizado el directorio institucional, así como los registros y

libros de control de la documentación recibida y remitida. d) Atiende el orden de las audiencias que concede el Alcalde al público,

autoridades y/o representantes de entidades. e) Lleva una agenda de las actividades diarias, la misma que hace conocer

y recordar al Alcalde, especialmente de las acciones y documentos pendientes.

f) Coordina con las demás unidades orgánicas el cumplimiento de las disposiciones emanadas del despacho de alcaldía.

g) Debe tener presente todas las medidas de seguridad a fin de evitar la infidencia de la documentación, desplegando el máximo de iniciativa e identificación con la entidad.

h) Mantiene la reserva y discreción, cuando el caso así lo requiera, de las acciones y decisiones tomadas por el despacho de alcaldía.

i) Mantiene actualizado el inventario de bienes, muebles y enseres asignados al despacho de alcaldía.

j) Otras funciones afines con el cargo, que le asigne el Alcalde.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: Jerárquica y administrativamente depende directamente del Alcalde.

Responsabilidad: Es responsable del eficiente y eficaz manejo y apoyo administrativo al Despacho de Alcaldía y la Alta Dirección.

REQUISITOS MÍNIMOS Instrucción Secundaria Completa y Titulo de Secretaria Ejecutiva. Capacitación en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos

de informática office (Word, Excel, Power Point, entre otros). Manejo de Relaciones Personales. Experiencia en labores administrativas de oficina y en supervisión de

personal auxiliar.

Alternativa De no poseer el Titulo de Secretaria Ejecutiva, contar con Certificado

de Secretariado concluido con estudios no menores de dos años.

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3. DEL CHOFER

El Chofer, tiene el cargo clasificado de CHOFER II, Código 101AP205, Nivel Ocupacional de Servidor de Apoyo, Categoría SPAP2. En el CAP tiene asignada la plaza con el Nº de Orden 003. FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Está a cargo y conduce el vehículo asignado al Despacho de Alcaldía. b) Cuida que el vehículo a su cargo, se encuentren en perfecto estado de

funcionamiento y conservación. c) Efectúa los reportes de los trabajos realizados en los respectivos partes

diarios y en el libro de bitácora, así como los servicios de mantenimiento brindado a la unidad móvil.

d) Vela por la custodia de las herramientas y demás implementos que se encuentran a su cargo.

e) Coordina, solicita y fiscaliza los trabajos de mantenimiento preventivo del vehículo a su cargo.

f) Evita el uso del vehículo con personas que no cuentan con la autorización del despacho de Alcaldía o la Alta Dirección.

g) Otras funciones de su competencia y las que se le asignen en el despacho de Alcaldía.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia:

El Chofer, Jerárquica y administrativamente depende directamente del Alcalde. Responsabilidad:

Tiene responsabilidad administrativa de la operatividad, mantenimiento, conservación y seguridad de la unidad vehicular asignada a su cargo; así como del cumplimiento eficiente de las funciones establecidas en el presente manual y demás documentos normativos internos sobre el particular en la Entidad.

REQUISITOS MÍNIMOS

Secundaria Completa. Licencia de Conducir vehículos motorizados, categoría Profesional. Experiencia en la conducción de vehículos motorizados.

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4. DEL CONSERJE

El Conserje, tiene el cargo clasificado de TRABAJADOR DE SERVICIOS I, Código 101RE105, Nivel Ocupacional de Servidor de Régimen Especial, Categoría SRE1. En el CAP tiene asignada la plaza con el Nº de Orden 004. FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Traslada y distribuye los documentos internos y externos que le

encomiende la Secretaria de alcaldía. b) Efectúa labores de limpieza y mantenimiento del despacho de alcaldía. c) Recibe, y clasifica la correspondencia que llegan al Despacho de

Alcaldía. d) Revisa que los documentos estén con los folios completos. e) Mantiene ordenados los registros en forma cronológica y hacer

el seguimiento a las disposiciones. f) Estar informado sobre el cronograma de audiencias del señor

Alcalde, según fechas establecidas, efectos de brindar la asistencia y apoyo necesarios.

g) Cumple funciones de mensajería del Despacho de Alcaldía. h) Otras funciones de su competencia y las que se le asignen en el

despacho de Alcaldía.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Conserje, jerárquica y administrativamente depende directamente del Alcalde. Responsabilidad: Tiene responsabilidad del apoyo administrativo, mantenimiento, conservación y seguridad de los ambientes del despacho de alcaldía. Así como del cumplimiento eficiente de las funciones establecidas en el presente manual y demás documentos normativos internos sobre el particular en la Entidad.

REQUISITOS MÍNIMOS

Secundaria Completa. Experiencia mínima de dos años en labores de mantenimiento y

servicios generales.

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5.2. ORGANOS DE ALTA DIRECCION

5.2.1. ORGANO DE CONTROL INTERNO (Proyectado)

5. DEL JEFE DE LA OFICINA DE CONTROL INTERNO

El Jefe de la Oficina de Control Interno (OCI), es un profesional colegiado, con experiencia suficiente en el ejercicio del Sistema Nacional de Control Gubernamental, el cual es designado en concordancia con la normativa y procedimientos establecidos por la Contraloría General de la Republica.

El Jefe del Órgano de Control Interno, tiene el Cargo Clasificado de AUDITOR II, Código 202DS205, Nivel Ocupacional de Directivo Superior 2, Categoría DS2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 005.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Formular el Plan Anual de Control y elevarlos a los niveles

correspondientes para su aprobación, de acuerdo a las Directivas y demás normas conexas emanadas por la Contraloría General de la Republica y a lo dispuesto en la Ley del Sistema Nacional de Control.

b) Dirige, coordina y supervisa el desarrollo de auditorías, exámenes especiales y otras acciones de control a las diferentes orgánicas de la Municipalidad, de acuerdo a las normas y disposiciones del Sistema Nacional de Control, emitiendo los Informes correspondientes.

c) Asesora prudentemente y sin carácter vinculante al Titular de la Entidad, para mejorar los procesos, practicas e instrumentos de control interno, sin que ello genere prejuzgamiento u opinión que comprometa la posterior participación fiscalizadora, sobre casos concretos sometidos a decisión de la Administración Municipal.

d) Dispone la ejecución de las Acciones de Control contenidas en el Plan Anual de Control, de las solicitadas por el Alcalde y la Contraloría General de la República; así mismo, proporcionarles la información que requieran si esta se encuentra dentro de su competencia funcional.

e) Dispone se efectúen las investigaciones correspondientes, y se establezcan resultados, sobre denuncias o quejas que se presentaran contra la Municipalidad y/o servidores por parte de personas naturales o jurídicas, instituciones públicas o privadas, así como las dispuestas por el Titular de la Entidad.

f) Aprueba los informes resultantes de las Acciones de Control realizadas y elevar simultáneamente un ejemplar del mismo al Titular de la Entidad y a la Contraloría General de la República.

g) Mantener permanente coordinación con la Contraloría General de la República, su Sede descentralizada en la Región y los demás órganos de control interno del Sistema Nacional de Control, en asuntos relacionados con su competencia funcional.

h) Efectúa el seguimiento y evaluación de las medidas correctivas, derivadas de las recomendaciones de los informes emitidos.

i) Determina y deslindar responsabilidades en que hubieran incurrido los funcionarios y servidores, previo Informe Legal.

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j) Formula y presenta los Informes de Evaluación Semestral y Anual del Plan Anual de Auditoria Gubernamental de acuerdo a las disposiciones establecidas.

k) Comunica oportunamente al Titular de la entidad cualquier perturbación a su autonomía, falta de colaboración y en caso necesario a la Contraloría General de la República.

l) Supervisa y asesora sobre la correcta marcha de los diferentes sistemas administrativos de la Municipalidad.

m) Realiza otras funciones afines con el cargo, que le asigne la Contraloría General de la República o le solicite el Titular de la Entidad, y las que le corresponda de acuerdo a los dispositivos legales vigentes sobre el particular.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia:

El Jefe de la Oficina de Auditoria Interna depende funcional, normativa y administrativamente de la Contraloría General de la República. Nivel de Autoridad:

Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el cargo del Asistente de Auditoria. Responsabilidad:

Tiene responsabilidad legal y administrativa del desarrollo de las acciones de control posterior programadas para la Entidad de acuerdo al Plan Anual de Control aprobado, así como de las acciones de control inopinadas que se ejecuten a través de la Oficina de Auditoria Interna.

REQUISITOS MÍNIMOS

Los requisitos que establece la Contraloría General de la Republica para la selección correspondiente.

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6. DEL ASISTENTE DE AUDITORIA

El Asistente de Auditoria, tiene el cargo clasificado de TÉCNICO DE AUDITORIA II, Código 202AP305, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 3, Categoría SPAP3. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 006.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Participar en la elaboración y formulación de los Planes y Programas de

las Acciones de Control. b) Realizar acciones para verificar la aplicación adecuada de las normas y

procedimientos establecidos por los Sistemas Administrativos del sector público para el desarrollo de la gestión municipal. Así como de las normas establecidas en la Legislación Municipal.

c) Participar en la ejecución de las Acciones de Control (Auditorias Exámenes Especiales, Inspecciones e Investigaciones y acciones similares) como miembro de Comisión, siguiendo instrucciones específicas.

d) Participar en el estudio y evaluación de las pruebas de descargo presentados por los rindentes sujetos a la acción contralora.

e) Participar en la verificación, comprobación y revisión, según sea el caso, de operaciones económicas, financieras, registros contables, rendiciones de cuentas, conciliaciones bancarias, arqueos de caja y la existencia de bienes patrimoniales de la Entidad.

f) Coadyuvar en la actualización del Archivo Técnico y en la formulación de los Informes de las Acciones de Control en que participe.

g) Realizar otras funciones afines con el cargo, que le asigne el Jefe de la Oficina de Control Interno.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Dependencia:

El Asistente de Auditoria jerárquica y administrativamente depende del Jefe de la Oficina de Control Interno.

Responsabilidad:

Tiene responsabilidad administrativa del desarrollo y cumplimiento eficiente de las acciones y tareas propias de control que le encomiende el Jefe de la Oficina de Auditoria Interna.

REQUISITOS MÍNIMOS Estudios Universitarios (8 semestres académicos) o Titulo de nivel Superior Técnico, en la especialidad de contabilidad, administración o economía.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Alguna experiencia en labores variadas de Auditoria.

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica y experiencia laboral.

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5.2.2. GERENCIA MUNICIPAL

7. DEL GERENTE MUNICIPAL

El Gerente Municipal es el funcionario del más alto nivel técnico y administrativo con autoridad para planificar, organizar, conducir, coordinar, ejecutar, supervisar, controlar y monitorear el desarrollo integral de la gestión institucional de acuerdo a los lineamientos, políticas, planes, programas y decisiones del Gobierno Distrital y la Alta Dirección Municipal.

El Gerente Municipal, tiene el Cargo Clasificado de GERENTE MUNICIPAL, Código 203EC205, Nivel Ocupacional de Empleado de Confianza 2, Categoría EC2, es designado por el Alcalde, ejerce el cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva. En el CAP la plaza tiene el Nº de Orden 007.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Planifica, organiza, programa, dirige, supervisa y monitorea de manera

integral las actividades y acciones técnico-administrativas de la Municipalidad, así como la adecuada prestación de los servicios públicos locales a la comunidad, siendo responsable administrativo del cumplimiento de los objetivos y metas previstas en los Planes Estratégicos y Operativos de la Institución.

b) Coordina la elaboración, formulación y su presentación a la Alcaldía de los planes, programas y proyectos municipales, así como proponer las correspondientes estrategias para su ejecución.

c) Controla y evalúa permanentemente la gestión administrativa, financiera y económica de la Municipalidad, mediante el análisis de los Estados Financieros y Presupuestarios, el desarrollo del Presupuesto Institucional y el seguimiento a los resultados cuantitativos y cualitativos de las metas y objetivos previstos en los programas, actividades y proyectos del gobierno local.

d) Eleva oportunamente a la Alcaldía el proyecto del Presupuesto Institucional Anual, los Estados Financieros y Presupuestarios del periodo fenecido y la Memoria de Gestión de cada Ejercicio, para su aprobación por parte del Concejo Municipal.

e) Coordina, propicia y propone lineamientos, estrategias y políticas institucionales de carácter tributario para mejorar los ingresos municipales, así como supervisar y controlar el buen uso y manejo de los recursos financieros, económicos y patrimoniales de la Entidad.

f) Revisa y eleva a la Alcaldía, para su aprobación en el nivel correspondiente, los proyectos del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual de Organización y Funciones (MOF), Cuadro para Asignación de Personal (CAP), Presupuesto Analítico de Personal (PAP), Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), el Plan Operativo Institucional (POI), el Plan Estratégico Institucional (PEI), y demás Documentos Técnicos Normativos establecidos por el sistema de Racionalización y demás sistemas administrativos del sector público.

g) Informa permanente o periódicamente, y cuando se le requiera, a la Alcaldía y la Alta Dirección respecto a la marcha administrativa y económica de la gestión municipal.

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h) Propone a la Alcaldía acciones de personal relacionadas con nombramientos, contratos, ascensos, desplazamientos, ceses, entre otros; así como, conducir por delegación procesos de organización, reorganización y reestructuración de carácter parcial o integral de la Entidad, y demás acciones concernientes al mejoramiento de la gestión administrativa de la Municipalidad.

i) Propicia y participa en las gestiones destinadas a obtener cooperación y asistencia técnica y financiera ante organismos e instituciones nacionales e internacionales, para la ejecución de los Planes y Proyectos de Desarrollo Local.

j) Asesora a la Alcaldía y al Concejo Municipal en la determinación de prioridades y estrategias para el desarrollo de la gestión institucional.

k) Resuelve y dispone, en concordancia con la legislación vigente sobre el particular, la atención de los asuntos internos de la Municipalidad.

l) Participa en las Sesiones del Concejo Municipal, a petición de la Alcaldía y/o los Regidores, con derecho a voz pero sin voto.

m) Presta apoyo administrativo a las Comisiones Internas de Regidores. n) Otras inherentes a la función municipal, de su competencia y/o las que

le sean asignadas o delegadas por la Alcaldía.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Dependencia:

Jerárquica y administrativamente depende directamente del Alcalde.

Nivel de Autoridad:

Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre todas las unidades orgánicas que integran los Órganos de Asesoramiento, de Apoyo y de Línea; así como del Personal asignado a esas dependencias.

Responsabilidad:

El Gerente Municipal es responsable legal y administrativamente del manejo y aplicación de los recursos humanos, económicos, presupuestarios, financieros y patrimoniales; así como de los logros y resultados de los objetivos y metas institucionales.

REQUISITOS MÍNIMOS Título o Grado profesional. Experiencia en la dirección, conducción y ejecución de planes, programas

y actividades relacionados directamente con la prestación de los servicios públicos municipales.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Amplia experiencia en conducción de personal.

Alternativa Poseer una combinación equivalente de formación académica y

experiencia laboral en gestión pública. 8. DEL ASISTENTE DE GERENCIA

El Asistente de Gerencia, tiene el cargo clasificado de ASISTENTE ADMINISTRATIVO II, Código 203AP305, Nivel Ocupacional de Servidor

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Público de Apoyo 3, Categoría SPAP3. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 008. FUNCIONES ESPECÍFICAS.

a) Coordina con el Gerente Municipal sobre la agenda de trabajo. b) Revisa y verifica la legalidad de los documentos oficiales para la

suscripción por el Gerente Municipal. c) Prepara los documentos que disponen el cumplimiento a las decisiones

y disposiciones del Gerente Municipal. d) Asesora al Gerente Municipal en la resolución de los actos

administrativos que corresponde a Gerencia Municipal. e) Efectúa el seguimiento a las disposiciones del Gerente Municipal

mediante Resoluciones y/u otros documentos válidos. f) Redacta los documentos oficiales de competencia de la Gerencia

Municipal. g) Verifica que las unidades orgánicas responsables hayan cumplido con

emitir los informes solicitados por la Gerencia Municipal. h) Lleva la agenda del Gerente Municipal, recordando su cumplimiento a

las fechas y horas establecidas. i) Elabora proyectos de resoluciones y otros dispositivos internos de

competencia de la gerencia municipal, teniendo en cuenta la legalidad de los mismos en cuanto a la relación entre los informes técnicos y legales que los sustenten.

j) Elabora proyectos de convenios, contratos y otros documentos similares, teniendo en cuenta que las cláusulas guarden relación con el objeto del convenio, la opinión técnica y legal.

k) Participa en reuniones que el Gerente Municipal convoca a los funcionarios de la Municipalidad.

l) Lleva los archivos de la unidad debidamente ordenados. m) Otras funciones que en materia de su competencia le asigne el Gerente

Municipal.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD. Dependencia:

El Asistente de Gerencia, jerárquica y administrativamente depende del Gerente Municipal. Responsabilidad:

Tiene responsabilidad administrativa del desarrollo y cumplimiento eficiente de las acciones y tareas especializadas propias del área.

REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios universitarios (6 semestres) o Titulo de Instituto Superior Técnico, relacionados con las ciencias administrativas, contables o económicas.

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Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Alguna experiencia en labores de la administración municipal.

Alternativa Poseer una combinación equivalente de formación académica,

capacitación en el área y experiencia laboral.

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5.3. ORGANOS DE ASESORAMIENTO

5.3.1. UNIDAD DE ASESORIA LEGAL

9. DEL ASESOR LEGAL (Jefe de Unidad)

El Asesor Legal es un profesional con título de abogado colegiado responsable de dirigir, coordinar, ejecutar, evaluar y monitorear los asuntos de carácter legal y jurídico de la Municipalidad.

El Asesor Legal, tiene el Cargo Clasificado de ABOGADO II, Código 304DS140, Nivel Ocupacional de Director Superior 1, Categoría DS1. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 009.

FUNCIONES ESPECÍFICAS a) Elabora, revisa y emite opinión en los convenios y contratos de interés de

la Municipalidad. b) Coordina con las instancias correspondientes en los asuntos relacionados

con la defensa judicial de la Municipalidad. c) Brinda asesoría a los diversos órganos de la Municipalidad en los

asuntos de carácter legal, administrativo y judicial. d) Propone proyectos de dispositivos legales internos para el

perfeccionamiento de la legislación y gestión Municipal. e) Emite opinión legal sobre normas, dispositivos, proyectos de Ordenanzas,

Acuerdos, Resoluciones, Edictos, temas, casos, procesos, procedimientos, expedientes administrativos y otros que se le solicite y como consecuencia de ello, determinar el curso de acciones a seguir.

f) Recomienda correctivos a fin de garantizar la legalidad de los actos administrativos emanados de la Municipalidad.

a) Racionaliza los procedimientos administrativos, así como el mantenimiento de los registros estadísticos de la unidad a su cargo.

b) Participa en comisiones especiales y permanentes en los asuntos de su competencia.

c) Otras funciones de su competencia y las que le asigne la Alta Dirección a través del Gerente Municipal.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Asesor Legal depende jerárquica y administrativamente del Gerente Municipal. Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del desarrollo y supervisión de las acciones y actividades relacionadas con los asuntos legales internos de la Municipalidad. REQUISITOS MÍNIMOS

Título de Profesional de Abogado y estar Colegiado. Capacitación especializada en el área. Experiencia en actividades técnico – legales.

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10 DEL ASISTENTE ADMINISTRATIVO DE ASESORIA LEGAL

El Asistente Administrativo de Asesoría Legal, tiene el cargo clasificado de TECNICO ADMINISTRATIVO I, Código 304AP205, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 2, Categoría SPAP2. En el CAP la plaza se encuentra prevista con el Nº de Orden 010. FUNCIONES ESPECÍFICAS.

a) Brinda apoyo administrativo en la unidad de Asesoría Legal en los temas

que les toca resolver. b) Elabora informes solicitados por el jefe de la unidad sobre asuntos de

su competencia. c) Revisa y verifica la conformidad de los documentos de expedientes

elaborados por la Asesoría Legal para su respectiva distribución. d) Participa en la redacción de documentos según las disposiciones del

jefe de la unidad. e) Elabora proyectos de documentos para que sean suscritos por el Asesor

Legal en materia de su competencia. f) Verifica y hace el seguimiento de los documentos y expedientes

generados o a cargo de la unidad orgánica. g) Lleva los archivos de la unidad debidamente ordenados. h) Otras funciones que en materia de su competencia le asigne el jefe de

la unidad orgánica.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: Depende jerárquica y administrativamente depende del Jefe de la Unidad de Asesoría Legal. Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa del desarrollo y cumplimiento eficiente de las acciones y tareas especializadas propias del área.

REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios universitarios (6 semestres) o Titulo de Instituto Superior Técnico, que incluyan materias relacionadas con las ciencias jurídicas o administrativas.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Alguna experiencia en labores de administración municipal.

Alternativa Poseer una combinación equivalente de formación académica,

capacitación en el área y experiencia laboral.

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5.3.2. UNIDAD DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO

11. DEL JEFE DE UNIDAD

El Jefe de la Unidad de Planificación y Presupuesto es un funcionario profesional técnico, con experiencia en planeamiento estratégico, racionalización y gestión presupuestaria municipal.

El Jefe de la Unidad de Planificación y Presupuesto, tiene el Cargo Clasificado de PLANIFICADOR II, Código 305DS105, Nivel Ocupacional de Director Superior 1, Categoría DS1. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 011.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Efectúa y orienta el diseño de la metodología para la elaboración,

formulación y aprobación de los Planes de Desarrollo Institucional y a nivel de la Jurisdicción.

b) Efectúa el estudio y evaluación previos de los planes, proyectos y documentos similares relacionados con el planeamiento y desarrollo de la gestión municipal, que presenten las unidades orgánicas de la Entidad para su aprobación por parte de la Alta Dirección.

c) Asesora a la Alta Dirección y demás Unidades Orgánicas de la Municipalidad en materia de presupuesto, planificación y racionalización.

d) Formular y presentar a la Alta Dirección el proyecto del Presupuesto Institucional de acuerdo a las orientaciones y directivas que emita la Dirección Nacional del Presupuesto Público.

e) Propone a la Alta Dirección las modificaciones presupuestarias previa evaluación, seguimiento y control de la ejecución de los ingresos y gastos del pliego de acuerdo con la normatividad presupuestal.

f) Evalúa la Ejecución Presupuestal conforme a la normatividad presupuestal informando a la Alta Dirección.

g) Coordina, formula, actualiza y presenta oportunamente a la Alta Dirección para su respectiva aprobación los principales documentos e instrumentos técnicos normativos de la gestión administrativa municipal, como son: el ROF, ROIC, CAP, MOF, POI, PAP y TUPA, entre otros.

h) Coordina, revisa y eleva a la Alta Dirección los proyectos de Reglamentos y Directivas internas para el desarrollo de la gestión administrativa, propuestos por las Unidades Orgánicas de la Entidad.

i) Evalúa, monitorea e informa oportunamente a la Alta Dirección sobre el cumplimiento de las actividades y proyectos de acuerdo al avance de sus metas presupuestarias en relación con la ejecución presupuestaria del gasto.

j) Presenta Informes u opinión sobre las acciones y procedimientos que efectúen las unidades orgánicas de la Entidad en la ejecución del Presupuesto Institucional.

k) Coordina, formular y supervisar la implementación y actualización de los registros estadísticos de la Entidad.

l) Otras funciones afines con el cargo, que le asigne el Gerente Municipal.

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LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Jefe de la Unidad de Planificación y Presupuesto depende jerárquica y administrativamente del Gerente Municipal. Nivel de Autoridad: Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el siguiente personal: 1. Especialista en Planificación Estratégica; del Área de Planeamiento

Estratégico. 2. Especialista en Presupuesto; del Área de Programación y Evaluación

Presupuestaria. 3. Especialista en Inversiones; del Área de Programación de Inversiones y

Cooperación Técnica 4. Especialista en Racionalización y Estadística; del Área de Racionalización y

Estadística Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones relacionadas con los sistemas de planificación, presupuesto, racionalización, estadística y programación de inversiones.

REQUISITOS MÍNIMOS

Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la especialidad.

Capacitación especializada en el Área. Experiencia en labores especializadas de planificación estratégica, racionalización, presupuesto gubernamental e inversión publica.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Experiencia en conducción de personal. Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica y experiencia laboral.

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Área de Planeamiento Estratégico

12. DEL ESPECIALISTA EN PLANIFICACIÓN ESTRATEGICA

El Asistente en Planificación Estratégica, tiene el cargo clasificado de ESPECIALISTA EN PLNIFICACION I, Código 305ES405, Nivel Ocupacional de Servidor Público Especialista 4, Categoría SPES4. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 012.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Coordina, orienta, ejecuta y controla el proceso de elaboración,

formulación, aprobación y seguimiento de los planes e instrumentos normativos de desarrollo local, en concordancia con las disposiciones del sistema nacional de planificación estratégica.

b) Presenta a las instancias correspondientes para su aprobación el Plan Estratégico de Desarrollo Local y el Plan Estratégico Institucional.

c) Brinda asesoramiento a los diversos niveles y unidades orgánicas de la entidad, en la formulación, el seguimiento y la evaluación de políticas, planes estratégicos de desarrollo, y planes operativos con la finalidad de lograr que se ajusten a los objetivos estratégicos y metas previstas.

d) Coordina, elabora, formula y propone para su aprobación, así como evalúa su desarrollo, del Plan Operativo Institucional (POI).

e) Coordina y orienta de manera conjunta con el Área de Presupuesto y las demás unidades orgánicas pertinentes de la entidad, el desarrollo del proceso de Presupuesto Participativo local.

f) Elabora, formula y propone, ante las instancias pertinentes, las directivas y normas internas que correspondan dentro del ámbito de su competencia.

g) Es responsable de la implementación, actualización, conservación y custodia del archivo técnico de su área.

h) Otras inherentes a sus funciones dispuestas por el Jefe de la Unidad de Planificación y Presupuesto.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD. Dependencia: El Especialista en Planificación Estratégica, jerárquica y administrativamente depende del Jefe de la Unidad de Planificación y Presupuesto. Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa del desarrollo y cumplimiento eficiente de las acciones y tareas especializadas propias del área.

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REQUISITOS MÍNIMOS

Grado académico universitario en ciencias administrativas, contables, económicas o afines.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Experiencia comprobada en labores especializadas de planificación estratégica

Alternativa

Título de Instituto Técnico Superior, en administración o contabilidad y poseer experiencia y/o capacitación especializada comprobada en el área.

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Área de Programación y Evaluación Presupuestaria

13. DEL ESPECIALISTA EN PRESUPUESTO

El Especialista en Presupuesto, tiene el cargo clasificado de ESPECIALISTA EN PRESUPUESTO I, Código 305ES205, Nivel Ocupacional de Servidor Público Especialista 2, Categoría SPES2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 013.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Coordina, efectúa y controla la programación y formulación del proyecto

del Presupuesto Institucional, en todas sus Etapas y Fases de acuerdo a las normas y procedimientos establecidos por la Dirección Nacional de Presupuesto Público.

b) Coordina, orienta y supervisa el desarrollo de Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF), en la parte pertinente de la programación y ejecución del presupuesto institucional con las diversas unidades orgánicas de le entidad.

c) Efectúa la labor de Evaluación y Control del desarrollo del proceso presupuestario de la Entidad.

d) Brinda apoyo y orientación a las unidades orgánicas sobre el desarrollo del proceso de presupuestario en la Entidad.

e) Formula y presenta informes técnicos de presupuesto; así como, de los anteproyectos de resoluciones, directivas, reglamentos y normas internas relacionadas con la implementación y desarrollo del proceso presupuestario en la entidad.

f) Es responsable de la implementación, actualización, conservación y custodia del archivo técnico del área a su cargo.

g) Realizar otras funciones afines con el cargo, que le asigne el Jefe de la Unidad de Planificación y Presupuesto.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Especialista en Presupuesto, jerárquica y administrativamente depende del Jefe de la Unidad de Planificación y Presupuesto. Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa del desarrollo y cumplimiento eficiente de las acciones y tareas especializadas propias del área, que le encomiende el Jefe de la Unidad Planificación y Presupuesto.

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REQUISITOS MÍNIMOS

Grado académico universitario en ciencias administrativas, contables, económicas o afines.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Experiencia comprobada en labores especializadas de presupuesto gubernamental.

Alternativa Título de Instituto Técnico Superior, en administración o contabilidad y poseer experiencia y/o capacitación especializada comprobada en el área.

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Área de Programación de Inversiones y Cooperación Técnica

14. DEL ESPECIALISTA EN INVERSIONES

El Especialista en Inversiones, tiene el cargo clasificado de ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO I, Código 305ES205, Nivel Ocupacional de Servidor Público Especialista 2, Categoría SPES2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 014.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Coordina y orienta la formulación del PMIPD (Programa Multianual de Inversión Pública Distrital), poniéndolo a consideración oportunamente de la instancia superior correspondiente para su aprobación.

b) Evalúa y declara la viabilidad de los PIP o Programas de Inversión que formule la Unidad Formuladora de la entidad de acuerdo a los requisitos establecidos por las normas del SNIP.

c) Evalúa y emite opinión técnica sobre la modificación, actualización o registro de un PIP en el Banco de Proyectos.

d) Supervisa y monitorea la actualización de la información registrada en el Banco de Proyectos de la entidad.

e) Efectúa el seguimiento de los PIP durante la fase de inversión. f) Promueve, coordina y propone políticas y mecanismos para la captación

de recursos de la Cooperación Técnica y Económica para la capacitación, asistencia técnica y financiamiento de proyectos de inversión.

g) Formula y presenta informes técnicos, así como de los anteproyectos de resoluciones, directivas, reglamentos y normas internas relacionadas con su área.

h) Es responsable de la implementación, actualización, conservación y custodia del archivo técnico del área a su cargo.

i) Realizar otras funciones afines con el cargo, que le asigne el Jefe de la Unidad de Planificación y Presupuesto.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD.

Dependencia:

El Especialista en Inversiones, jerárquica y administrativamente depende del Jefe de la Unidad de Planificación y Presupuesto.

Responsabilidad:

Tiene responsabilidad administrativa del desarrollo y cumplimiento eficiente de las acciones y tareas especializadas propias del área, que le encomiende el Jefe de la Unidad Planificación y Presupuesto.

REQUISITOS MÍNIMOS

Grado académico universitario en ciencias administrativas, económicas, ingeniería o afines.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Experiencia comprobada en labores especializadas de inversión pública.

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Área de Racionalización y Estadística

15. DEL ESPECIALISTA EN RACIONALIZACION Y ESTADISTICA

Tiene el cargo clasificado de ESPECIALISTA EN RACIONALIZACION I, Código 305ES205, Nivel Ocupacional de Servidor Público Especialista 2, Categoría SPES2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 015.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Coordina, formula, actualiza y propone para su aprobación, los principales documentos normativos de gestión institucional: Reglamento de Organización y Funciones (ROF), el Cuadro de Asignación de Personal (CAP), Manual de Organización y Funciones (MOF), el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), Manuales de Procedimientos Administrativos, Guía de Servicios al Usuario, entre otros.

b) Asesora a los diferentes niveles y unidades orgánicas de la entidad en materia de racionalización y modernización institucional.

c) Coordina, formula, emite y da conformidad a los proyectos de directivas, procedimientos e instructivos que se emitan institucionalmente.

d) Coordina y efectúa estudios para la racionalización de los recursos y el potencial humano, proponiendo los instrumentos normativos para lograr una adecuada y eficiente gestión.

e) Coordina, orienta, supervisa y evalúa los procedimientos y técnicas de los procesos estadísticos utilizados por las unidades orgánicas de la entidad.

f) Formula y presenta oportunamente la información estadística de la institución para la toma de decisiones por los órganos competentes.

g) Es responsable de la implementación, actualización, conservación y custodia del archivo técnico del área a su cargo.

h) Realizar otras funciones afines con el cargo, que le asigne el Jefe de la Unidad de Planificación y Presupuesto.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Especialista en Racionalización y Estadística, jerárquica y administrativamente depende del Jefe de la Unidad de Planificación y Presupuesto. Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa del desarrollo y cumplimiento eficiente de las acciones y tareas especializadas propias del área a su cargo.

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REQUISITOS MÍNIMOS

Grado académico universitario en ciencias administrativas, contables, económicas y estadísticas o afines.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Experiencia comprobada en labores especializadas de presupuesto gubernamental.

Alternativa

Título de Instituto Técnico Superior, en administración o contabilidad y poseer experiencia y/o capacitación especializada comprobada en el área.

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5.4. ORGANOS DE APOYO

5.4.1. UNIDAD DE SECRETARIA GENERAL

16. DEL SECRETARIO GENERAL El Secretario General es el funcionario responsable de programar, coordinar, dirigir, ejecutar y controlar el apoyo administrativo al Concejo Municipal y a la Alcaldía, así como dar fe a los actos del Concejo. Además es responsable de la administración documentaria y el archivo general, del desarrollo de actividades de comunicación, información, relaciones públicas y actos protocolares de la gestión Municipal. El Secretario General, ejerce Cargo de Confianza designado por el Alcalde, tiene el Cargo Clasificado de ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO II, Código 406EC105, con el Nivel Ocupacional de Empleado de Confianza 1, Categoría EC1. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 016.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Organiza, coordina, dirige, supervisa y controla el proceso administrativo

del trámite documentario al interior de las unidades orgánicas de la Municipalidad, así como de aquella documentación que oficialmente deba ser remitida a entidades, instituciones o personas fuera de la Entidad.

b) Prepara y ordena la documentación que se tramite para el despacho oportuno del Alcalde, en el caso que corresponda.

c) Prepara, organiza y ejecuta las acciones de su competencia para la convocatoria y desarrollo de las sesiones del Concejo Municipal, de acuerdo con lo que establece el Reglamento de Organización Interna del Concejo (ROIC) aprobado.

d) Elabora y/o transcribe los Acuerdos y Resoluciones de Concejo Municipal, así como los Decretos y Resoluciones de Alcaldía, y de otros documentos, para la firma del Alcalde. Siendo responsable que dichos documentos cumplan estrictamente con las formalidades necesarias y se encuentren formulados y emitidos dentro del marco de la normatividad legal vigente.

e) Informa oportunamente a los órganos de la Municipalidad sobre los acuerdos y decisiones que tome el Concejo en relación con sus responsabilidades y funciones en el desarrollo de la gestión institucional.

f) Da fe de los actos del Concejo y normas emitidas por la Alcaldía, asistir y registrar el desarrollo de las Sesiones de Concejo y suscribir las actas de Sesiones de Concejo conjuntamente con el Alcalde.

g) Analiza y emite opinión ante la Alta Dirección sobre las informaciones de los medios de comunicación en relación a las acciones y actividades desarrollas por la Municipalidad.

h) Organiza e implementa el Archivo General de la Municipalidad; así como, adoptar las medidas convenientes para garantizar su adecuada administración, seguridad y conservación.

i) Coordina, elabora y propone a la Alcaldía para su aprobación, el Plan Anual de Actividades Oficiales de la Municipalidad.

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j) Organiza, coordina y dirige las comisiones, las ceremonias y los actos oficiales, que realice la Municipalidad.

k) Coordina, autoriza y supervisa la emisión de notas de prensa, comunicados oficiales y boletines de información periódica de la gestión institucional, que deben ser remitidos a los medios de comunicación social para su difusión.

l) Coordina, elabora y presenta oportunamente a la Alcaldía para su aprobación, el proyecto de la Memoria Anual de Gestión Municipal.

m) Otras de funciones de su competencia y las que le asigne la Alta Dirección y/o le encargue la Gerencia Municipal.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Secretario General depende jerárquica y administrativamente del Gerente Municipal, y funcionalmente de la Alta Dirección. Nivel de Autoridad: Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el siguiente personal: 1. Asistente en Administración Documentaria. 2. Asistente Administrativo en Archivo; y el 3. Asistente en Comunicaciones e Imagen Institucional Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones relacionadas con el proceso de administración documentaria, la información, comunicaciones e imagen institucional; y del desenvolvimiento y funcionamiento administrativo del Concejo Municipal. REQUISITOS MÍNIMOS

Grado académico universitario en ciencias jurídicas, administrativas, sociales o afines.

Capacitación especializada en el Área. Experiencia en labores especializadas o relacionadas con la Secretaria

General. Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de

informática (Word, Excel, Power Point, entre otros). Experiencia en conducción de personal.

Alternativa

Título de Instituto Superior Técnico en la especialidad de administración o estudios universitarios (8 semestres) en carreras afines. Poseer una combinación equivalente a formación académica y experiencia laboral.

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Área de Administración Documentaria y Archivo

17. DEL ASISTENTE EN ADMINISTRACION DOCUMENTARIA

El Asistente en Administración Documentaria, tiene el cargo clasificado de TECNICO ADMINISTRATIVO I, Código 406AP205, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 2, Categoría SPAP2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 017.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Coordina y lleva a cabo el proceso de recepción, registro, inventario,

clasificación distribución, control, seguimiento e información de la documentación tramitada oficialmente en la entidad, estableciendo criterios y métodos de trabajo.

b) Orienta y atiende al usuario sobre los procedimientos y el estado situacional de los documentos tramitados, así como absolver consultas.

c) Organiza, coordina, ejecuta y controla el manejo, la seguridad y conservación de la documentación tramitada formalmente por los usuarios en la entidad.

d) Coordina y Apoya en la elaboración de normas y procedimientos sobre la administración documentaria en la Entidad.

e) Elabora auxiliares descriptivos para el trámite, registro y control del proceso documentario en la Entidad, tales como: índices, catálogos, fichas y guías.

f) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Secretario General.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD.

Dependencia:

El Asistente en Administración Documentaria y Archivo, jerárquica y administrativamente depende del Jefe de la Unidad de Secretaria General.

Responsabilidad:

Tiene responsabilidad administrativa del desarrollo y cumplimiento eficiente de las acciones y tareas especializadas propias del área de administración documentaria y archivo, que le encomiende el Jefe de la Unidad de Secretaria General.

REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios de formación académica superior no universitaria (4 semestres). Capacitación técnica en el área de administración documentaria y archivo. Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, entre otros).

Experiencia en administración documentaria y trato con el público.

Alternativa

Educación Secundaria completa, comprobada capacitación en administración documentaria y experiencia laboral.

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18. DEL ASISTENTE ADMINISTRATIVO EN ARCHIVO

El Asistente Administrativo en Archivo, tiene el cargo clasificado de TECNICO ADMINISTRATIVO I, Código 406AP205, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 2, Categoría SPAP2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 018.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Coordina y ejecuta el proceso de organización, registro, inventario, clasificación, custodia, preservación y control, de la información y documentación oficial de la entidad, depositada en el Archivo General de la institución.

b) Vigila y controla estrictamente la salida y devolución de documentos pertenecientes al Archivo General de la entidad.

c) Coordina y apoya en la elaboración de normas y procedimientos sobre la administración archivística en la Entidad.

d) Ejecuta acciones de transferencia y eliminación de documentos. e) Coordina y efectúa la limpieza y conservación de documentos, ambientes,

equipos y mobiliario del Archivo General de la Entidad. f) Elabora informes estadísticos del registro archivístico y documentario de la

Entidad, para uso de las demás unidades orgánicas de la Entidad que así lo requieran.

g) Propone a la Jefatura de la baja de la documentación, que por su naturaleza y tiempo transcurrido han perdido actualidad.

h) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Secretario General.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD.

Dependencia:

El Asistente Administrativo en Archivo, jerárquica y administrativamente depende del Jefe de la Unidad de Secretaria General.

Responsabilidad:

Tiene responsabilidad administrativa del desarrollo y cumplimiento eficiente de las acciones y tareas especializadas propias del área de administración documentaria y archivo, que le encomiende el Jefe de la Unidad Secretaria General.

REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios de formación académica superior no universitaria (4 semestres). Capacitación técnica en el área de administración documentaria y archivo. Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, entre otros).

Experiencia en administración documentaria y trato con el público.

Alternativa

Educación Secundaria completa, comprobada capacitación en administración documentaria y archivo, así como experiencia laboral.

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Área de Comunicaciones e Imagen Institucional

19. DEL ASISTENTE EN COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

Tiene el cargo clasificado de PERIODISTA I, Código 406ES205, Nivel Ocupacional de Servidor Público Especialista 1, Categoría SPES1. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 019.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Coordina, planifica, programa, coordina, ejecuta y evalúa las actividades de comunicación y difusión a nivel interno y externo de la Entidad.

b) Prepara, diseña y presenta lineamientos de políticas y programas de información y difusión tendentes a motivar la integración y participación de la comunidad en las actividades y acciones de la Entidad encaminadas a promover su desarrollo.

c) Coordina, organiza y ejecuta actividades y acciones protocolares relacionadas con la Entidad y sus autoridades.

d) Brinda orientación y sugerencias a la Alta Dirección en los asuntos relacionados con la información, comunicaciones, relaciones públicas e imagen institucional.

e) Elabora y formula guías de recepción protocolar, informativos de orientación y participación a los ciudadanos sobre la prestación de los servicios municipales y la gestión institucional en general.

f) Coordina con la Secretaria General y la Alta Dirección sobre la difusión de las informaciones, a través de los medios de comunicación social, en relación a las acciones y actividades desarrollas por la Municipalidad.

g) Representa a la institución en ceremonias, actividades protocolares o actos similares, por delegación y/o con autorización de la Alta Dirección.

h) Elabora informes relacionados con el Área para uso de las demás unidades orgánicas de la Entidad que así lo requieran.

i) Coadyuva en la implementación, actualización, conservación y custodia del Archivo Técnico del área.

j) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Secretario General.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia:

El Asistente en Comunicaciones e Imagen Institucional, jerárquica y administrativamente depende del Jefe de la Unidad de Secretaria General.

Responsabilidad:

Tiene responsabilidad administrativa del desarrollo y cumplimiento eficiente de las acciones y tareas especializadas propias de las comunicaciones, divulgación de información oficial de la Entidad, relaciones públicas, protocolo y mejora de la imagen institucional, que le encomiende el Jefe de la Unidad Secretaria General.

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REQUISITOS MÍNIMOS

Grado académico universitario en ciencias de la comunicación o afines. Capacitación especializada en el área de comunicaciones o relaciones públicas.

Experiencia en labores concernidas con relaciones públicas, comunicaciones e imagen institucional.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Alternativa

Título de Instituto Superior Técnico, relacionados con la especialidad. Poseer una combinación equivalente de formación académica y experiencia laboral.

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5.4.2. UNIDAD DE ADMINISTRACION FINANCIERA, RECURSOS HUMANOS Y PATRIMONIO.

20. DEL JEFE DE UNIDAD El Jefe de la Unidad de Administración Financiera, Patrimonio y Recursos Humanos es un Profesional en ciencias administrativas, económicas o contables, con experiencia en gestión administrativa y financiera municipal. Es responsable de la organización, dirección y control de los recursos humanos, presupuestarios, financieros y patrimoniales necesarios para garantizar el normal funcionamiento de la Entidad en la prestación de los servicios públicos locales. El Jefe de la Unidad de Administración Financiera, Recursos Humanos y Patrimonio, ejerce el Cargo de Confianza designado por el Alcalde, tiene el Cargo Clasificado de ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO II, Código 407EC105, Nivel Ocupacional de Empleado de Confianza 1, Categoría EC1. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 020.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Planifica, programa, organiza, coordina, dirige, controla, supervisa y

evalúa las actividades y acciones que correspondan, en el desarrollo de la gestión administrativa de la Municipalidad, la implementación y aplicación de los sistemas técnico-administrativos de personal, presupuesto, tesorería, abastecimiento, contabilidad y control patrimonial, en armonía y concordancia con las normas y dispositivos legales específicos vigentes.

b) Programa, dispone y supervisa la adecuada y oportuna atención a la Alta Dirección y demás unidades orgánicas de la Entidad de los requerimientos de recursos humanos, financieros, bienes y servicios, y otras necesidades, utilizando criterios de racionalidad, economía y transparencia, en estrecha coordinación con la Gerencia Municipal.

c) Formula y remite a la Gerencia Municipal, para su aprobación correspondiente por parte de la Alta Dirección, los Estados Financieros Presupuestarios mensuales / anuales y demás informes económico-contables de acuerdo a normas legales vigentes.

d) Presenta a las instancias superiores de la Municipalidad, así como a otros organismos e instituciones rectores del sector público, la información administrativa, económica, presupuestaria, financiera y contable que se requiera, dentro de los plazos previstos.

e) Coordina y dispone la implementación y aplicación de los mecanismos y procedimientos de Control Interno en las acciones y operaciones que ejecutan los sistemas administrativos de personal, abastecimiento, tesorería, contabilidad y control patrimonial.

f) Coordina permanentemente con la Gerencia y la Alta Dirección, así como con otras unidades orgánicas de la Entidad, sobre los aspectos relacionados con el comportamiento y desarrollo de la administración económica, financiera y de recursos humanos, para la oportuna toma de decisiones sobre el particular.

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g) Coordina, formula y presenta oportunamente a la Unidad de Planificación y Presupuesto los proyectos de Calendario Trimestral/Mensual de Compromisos; así como, el reporte consolidado mensual de la Ejecución del Ingreso y del Gasto a Nivel del Pliego Presupuestal.

h) Coordina, dirige y supervisa el desarrollo del proceso financiero presupuestario en sus fases de programación, ejecución y control previo/concurrente, de los Ingresos y Gastos, en armonía con las directivas técnicas, normas y disposiciones legales vigentes sobre el particular.

i) Programa, coordina, dirige, supervisa y controla los procesos de adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios de la Entidad, dentro del marco de lo que establecen los dispositivos legales sobre la materia.

j) Coordina, dirige, supervisa y controla las actividades financieras relacionadas con la programación de caja, recepción y depósito de los ingresos, de ubicación y custodia de fondos, así como la distribución y utilización de los mismos.

k) En coordinación con la Unidad de Administración Tributaria y la Unidad de Planificación y Presupuesto, elabora y formula la estructura de costos que sustente técnicamente los derechos de pago consignados en el TUPA de la Municipalidad.

l) Formula y propone normas y directivas de carácter interno para la adecuada administración, racionalización, aplicación y control de los recursos humanos, presupuestarios, financieros, patrimoniales y logísticos en la Municipalidad.

m) Dispone la organización, implementación y actualización permanente de los registros estadísticos de la Unidad.

n) Vela por el cumplimiento de las normas legales nacionales y municipales que regulan las actividades de los sistemas administrativos a su cargo.

o) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Gerente Municipal.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Dependencia:

El Jefe de la Unidad de Administración Financiera, Patrimonio y Recursos Humanos depende jerárquica y administrativamente del Gerente Municipal.

Nivel de Autoridad:

Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el personal de la unidad orgánica, asignado en los siguientes Cargos estructurales: 1. Asistente Administrativo 2. Coordinador del Área de Logística y Servicios Internos 3. Asistente en Logística y Servicios Internos 4. Asistente en Almacén 5. Tesorero 6. Asistente en Tesorería 7. Coordinador de Recursos Humanos 8. Asistente en Recursos Humanos 9. Contador General

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10. Asistente en Contabilidad 11. Coordinador del Área de Control Patrimonial 12. Coordinador del Área Técnica de Informática 13. Asistente Técnico PAD Responsabilidad:

Tiene responsabilidad técnica, legal y administrativa del desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones relacionadas con los sistemas de personal, tesorería, abastecimiento, contabilidad, y control patrimonial; así como, del eficiente y eficaz desenvolvimiento de la gestión administrativo-financiera municipal.

REQUISITOS MÍNIMOS

Título profesional universitario en ciencias administrativas, económicas o contables.

Capacitación especializada en el área administrativa, económica y financiera.

Experiencia en labores especializadas de gestión administrativa municipal. Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Experiencia en conducción de personal. Alternativa

Grado académico universitario, relacionado con la especialidad. Poseer una combinación equivalente de formación académica y experiencia laboral.

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21. DEL ASISTENTE ADMINISTRATIVO

Tiene el cargo clasificado de TECNICO ADMINISTRATIVO II, Código 407AP305, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 3, Categoría SPAP3. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 021.

FUNCIONES ESPECÍFICAS

a) Coordinar con el Jefe de la Unidad Orgánica sobre la agenda de trabajo. b) Revisar y verificar la legalidad de los documentos de despacho

tramitados para la suscripción del Jefe de la Unidad. c) Preparar los documentos que disponen el cumplimiento a las decisiones

y disposiciones del Jefe de la Unidad. d) Asistir en la implementación de los actos administrativos que

corresponden a la unidad orgánica. e) Efectuar el seguimiento a las disposiciones emitidas por el Jefe de la

Unidad mediante Resoluciones y/u otros documentos válidos. f) Redactar los documentos oficiales de competencia de la jefatura de la

unidad orgánica. g) Verificar que las unidades orgánicas responsables hayan cumplido con

emitir los informes solicitados por la jefatura de la unidad orgánica. h) Elaborar los documentos internos de competencia de la jefatura de la

unidad orgánica, teniendo en cuenta la legalidad de los mismos en cuanto a la relación entre los informes técnicos y legales que los sustenten.

i) Organizar y llevar los archivos de la jefatura de la unidad orgánica debidamente ordenados.

j) Otras funciones que en materia de su competencia le asigne el Jefe de la Unidad Orgánica.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD.

Dependencia: El Asistente Administrativo, jerárquica y administrativamente depende del Jefe de la Unidad de Administración Financiera, Recursos Humanos y Patrimonio.

Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa del desarrollo y cumplimiento eficiente de las acciones y tareas propias del cargo.

REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios universitarios (6 semestres) o Titulo de Instituto Superior Técnico, relacionados con las ciencias administrativas, contables o económicas.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Alguna experiencia en labores de la administración municipal.

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral.

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Área de Logística y Servicios Internos 22. DEL COORDINADOR DEL AREA DE LOGÍSTICA Y SERVICIOS

INTERNOS

El Coordinador del Área de Logística y Servicios es el servidor responsable de la programación, adquisición, suministro y control de los bienes y servicios necesarios y oportunos para el normal desarrollo de las acciones y actividades de las diferentes unidades orgánicas de la Entidad, de acuerdo a los principios, métodos y procedimientos establecidos en las normas gubernamentales del Sistema de Abastecimiento.

Tiene el Cargo Clasificado de ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO II, Código 407ES205, Nivel Ocupacional de Servidor Público Especialista 3, Categoría SPES3. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 022.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Programa, coordina, dirige y controla el proceso técnico del Sistema de Abastecimiento en la Entidad, de acuerdo con lo establecido en las normas legales vigentes sobre la materia.

b) Coordina, elabora y formula el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de bienes y servicios de la Entidad, debiendo ser elevado a la Jefatura de la Unidad a fin de tramitar su aprobación en el nivel jerárquico correspondiente.

c) Revisa y verifica los Cuadros de Necesidades de Bienes y Servicios, presentados por las diferentes Unidades Orgánicas de la Municipalidad.

d) Formula y suscribe el Cuadro Comparativo de Cotizaciones, para las adquisiciones directas de menor cuantía, debiendo el mismo ser autorizado por el Jefe de la Unidad.

e) Formula el Cuadro Mensual/Trimestral de Obtenciones, considerando prioridades y racionalización en el consumo y uso según la política de la Alta Dirección.

f) Organiza y actualiza el Directorio de Proveedores, necesario para la toma de decisiones en el proceso de adquisiciones y contrataciones.

g) Elabora el Catálogo de Bienes y Servicios para ordenar, codificar y actualizar la adquisición de bienes y servicios.

h) Coadyuva en la elaboración de las bases y especificaciones técnicas para las adquisiciones de bienes y servicios mediante licitaciones y/o concursos públicos o de méritos.

i) Efectúa la reprogramación del proceso de adquisiciones y abastecimiento, ante situaciones inesperadas que incidan en la ejecución de las metas y objetivos previstos.

j) Formula y supervisa la elaboración de los documentos fuente para el proceso de obtención de bienes y servicios, según sea la modalidad de adquisición, entre las cuales tenemos: Solicitud de Cotización, Cuadro Comparativo de Cotizaciones, Órdenes de Compra, Órdenes de Servicios, Contratos, etc.

k) Asiste técnicamente al Comité de Adquisiciones en los procesos convocados para la obtención de bienes y servicios.

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l) Verifica y supervisa la conformidad de las especificaciones técnicas, calidad y cantidad de los bienes y servicios adquiridos, en la fase de la entrega – recepción.

m) Coordina el pago oportuno de las obligaciones derivadas de las adquisiciones de bienes y servicios.

n) Supervisa las actividades del Almacén, asumiendo la responsabilidad compartida en las etapas: de recepción, custodia temporal y distribución de bienes, equipos y materiales.

o) Coordina con la Unidad de Asesoría Legal la formulación de los contratos para la adquisición de bienes y/o servicios, a fin de ponerlos a consideración del Jefe de la Unidad.

p) Coordina con el responsable de Almacén y disponer la entrega de bienes materiales, equipos, mobiliario solicitados por las diferentes Unidades Orgánicas.

q) Organiza, implementa y controla el Archivo del sistema de abastecimiento con la correspondiente documentación fuente sustentatoria.

r) Coordina con Almacén y formular los reportes y la información sobre el movimiento de bienes; así como, de la adquisición de servicios, para su registro contable.

s) Elabora y propone anteproyectos de normas y directivas de carácter interno para la adecuada administración de los recursos logísticos y patrimoniales en la Entidad.

t) Otras de su competencia y las que le asigne el Jefe de la Unidad de Administración Financiera, Patrimonio y Recursos Humanos.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD.

Dependencia: El Coordinador del Área de Logística, jerárquica y administrativamente depende del Jefe de la Unidad de Administración Financiera, Recursos Humanos y Patrimonio.

Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del desarrollo y cumplimiento transparente y eficiente de la administración del proceso de abastecimiento de bienes y servicios de la Entidad.

Nivel de Coordinación y Supervisión: El Coordinador del Área de Logística coordina y supervisa las actividades y funciones del siguiente personal: Asistente en Logística y Servicios Internos, y Asistente de Almacén

REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios universitarios (8 semestres) o Titulo de Instituto o Centro Superior Técnico relacionado con las ciencias administrativas, contables o económicas.

Capacitación especializada en el área de logística. Capacidad en el uso y manejo del SIAF – GL y de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

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Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral.

23. DEL ASISTENTE EN LOGISTICA Y SERVICIOS INTERNOS

El Asistente en Logística, tiene el Cargo Clasificado de TÉCNICO ADMINISTRATIVO II, Código 407AP405, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo4, Categoría SPAP4. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 023. FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Participa en el proceso de elaboración y formulación del Plan Anual de

Adquisiciones y Contrataciones de bienes y servicios de la Entidad. b) Efectúa la revisión y constatación de los Cuadros de Necesidades de

Bienes y Servicios, presentados por las diferentes Unidades Orgánicas de la Municipalidad.

c) Organiza y lleva un Registro o Directorio de Proveedores, necesario para la toma de decisiones en el proceso de adquisiciones y contrataciones.

d) Participa, de ser el caso, en la elaboración de las Bases Administrativas para las adquisiciones de bienes y servicios mediante Licitaciones y/o Concursos públicos o de méritos.

e) Elabora los documentos fuente para el proceso de obtención de bienes y servicios, según sea la modalidad de adquisición, entre las cuales tenemos: Solicitud de Cotización, Cuadro Comparativo de Cotizaciones, Órdenes de Compra, Órdenes de Servicios, Contratos, etc.

f) Apoya la verificación y conformidad de las especificaciones técnicas, calidad y cantidad de los bienes y servicios adquiridos.

g) Elabora contratos de proveedores para la adquisición de bienes y/o servicios, a fin de ponerlos a consideración del Jefe de la Unidad.

h) Lleva, actualiza y custodia el Archivo organizado de abastecimiento con la correspondiente documentación fuente sustentatoria.

i) Otras de su competencia y las que le asigne el Jefe del Área de Logística y Servicios Internos.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD.

Dependencia: Jerárquica y administrativamente depende del Coordinador Área de Logística.

Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa del desarrollo y cumplimiento eficiente de las acciones y tareas especializadas propias del área.

REQUISITOS MÍNIMOS Estudios universitarios (4 semestres) o técnicos superiores no universitarios (6 semestres) en carreras relacionadas con las ciencias administrativas, contables o económicas.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Experiencia comprobada en labores especializadas de Logística

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Alternativa Poseer una combinación equivalente de formación académica superior, capacitación en el área y experiencia laboral comprobadas.

24. DEL ASISTENTE EN ALMACEN

Tiene el cargo clasificado de TECNICO ADMINISTRATIVO II, Código 407AP205, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 2, Categoría SPAP2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 024.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Verifica y controla el ingreso de los bienes al almacén principal y a los

periféricos autorizados, por parte de los proveedores, de acuerdo a las especificaciones técnicas, según la orden de compra y/o contrato suscrito.

b) Elabora el Catálogo de Bienes y Servicios para ordenar, codificar y actualizar la adquisición de bienes y servicios.

c) Organiza el adecuado almacenamiento de los bienes, de acuerdo al Catálogo de Bienes, aprobado para la Entidad.

d) Efectúa la distribución de los bienes adquiridos a las unidades orgánicas usuarias, de acuerdo al Cuadro de Necesidades y al Calendario de Entrega, previamente aprobados.

e) Da conformidad, en señal de conformidad, de los siguientes documentos fuente: Pedidos Comprobantes de Salida, Órdenes de Compra - Guía de Internamiento, así como, las Notas de Entrada a Almacén.

f) Lleva el registro del movimiento de almacén en las Tarjetas de Control Visible de Almacén y Tarjetas de Existencias Valoradas de Almacén.

g) Remite oportunamente la información y documentación fuente al Asistente Administrativo en Logística, para propiciar el registro contable, a través del área correspondiente.

h) Propone iniciativas y desarrollar acciones a fin de brindar adecuada y oportuna protección a los bienes ingresados al almacén para su conservación temporal.

i) Organiza y lleva el Archivo técnico con los documentos fuente y la información que sustente el movimiento de Almacén en la Entidad.

j) Otras de su competencia y las que le asigne el Jefe del Área.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD.

Dependencia: Jerárquica y administrativamente depende del Coordinador Área de Logística.

Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa del desarrollo y cumplimiento eficiente de las acciones y tareas especializadas propias del área.

REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios universitarios (4 semestres) o técnicos superiores no universitarios (6 semestres) en carreras relacionadas con las ciencias administrativas, contables o económicas.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Experiencia comprobada en labores especializadas en almacén.

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Alternativa Poseer una combinación equivalente de formación académica superior, capacitación en el área y experiencia laboral comprobadas.

Área de Tesorería 25. DEL TESORERO

El Tesorero es el servidor responsable general de la custodia, manejo, aplicación, uso y protección de los recursos financieros de la Municipalidad, de acuerdo a los principios, métodos y procedimientos establecidos en las normas del Sistema Nacional de Tesorería. El Tesorero, tiene el Cargo Clasificado de ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO II, Código 407ES305, Nivel Ocupacional de Servidor Público Especialista 3, Categoría SPES3. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 025. FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Coordina, programa, gestiona, controla e informa permanentemente

sobre la disposición, utilización y movimiento de los recursos financieros de la Entidad.

b) Administra los recursos financieros en sus etapas de provisión, programación, recaudación y distribución, en coordinación con el Jefe de la Unidad de Administración Financiera, Recursos Humanos y Patrimonio.

c) Elabora la proyección mensual/trimestral de los Ingresos y Pagos en función a los Calendarios de Compromisos y Pagos, correspondientes.

d) Implementa la aplicación de las normas y procedimientos del Sistema de Tesorería, de Control Interno; así como, de las demás normas conexas que regulan las actividades de la administración de los recursos financieros a su cargo.

e) Programa, elabora, formula, emite, supervisa y controla los documentos fuente que generan Ingresos por los diversos conceptos (recibos de ingresos y otros documentos similares) y de Egresos (comprobantes de pago, cheques, comprobantes de caja, planillas, y otros) debidamente sustentados.

f) Coordina con las áreas pertinentes sobre el gasto mensual y elabora el Calendario de Pagos, llevando el control exclusivo en concordancia con los importes por transferencias recibidas y/o recaudación financiera disponible.

g) Apertura y mantiene debidamente actualizados los Libros Caja Bancos y Registros Auxiliares de las operaciones de los ingresos y egresos efectuados en el movimiento de los recursos financieros de la Entidad.

h) Efectúa y/o supervisa las conciliaciones bancarias mensuales, así como los movimientos de fondos de las cuentas aperturadas por la entidad.

i) Coordina con el Jefe de la Unidad para las habilitaciones en efectivo. j) Supervisa y controla el manejo de los Fondos para Pagos en Efectivo y/o

Fondo de Caja Chica, siendo el responsable de la oportuna reposición y rendición respectiva.

k) Organiza, implementa y controla el Archivo Financiero de la Entidad, de manera cronológica, con la documentación sustentatoria del Ingreso y de

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los Egresos y demás documentación administrativa y contable de Tesorería.

l) Coordina y gestiona ante las entidades bancarias en las que tienen cuentas corrientes, la información sobre el movimiento diario de los repositos, así como el pago de cheques por retiros y otras operaciones.

m) Formula y suscribe los reportes y la información sobre el flujo de caja mensual para emitirse a las instancias correspondientes.

n) Informa mensualmente al Área de Contabilidad sobre los cheques anulados por toda fuente de financiamiento.

p) Elabora y propone anteproyectos de normas y directivas de carácter interno para la adecuada administración de los recursos financieros en la Entidad.

q) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe de la Unidad de Administración Financiera, Recursos Humanos y Patrimonio. LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD. Dependencia: El Tesorero, jerárquica y administrativamente depende del Jefe de la Unidad de Administración Financiera, Recursos Humanos y Patrimonio. Nivel de Coordinación y Supervisión: El Tesorero coordina y supervisa las actividades y funciones del Asistente en Tesorería Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del desarrollo y cumplimiento transparente y eficiente de la administración de los recursos financieros de la Entidad, de acuerdo a las normas y procedimientos del sistema gubernamental de Tesorería.

REQUISITOS MÍNIMOS

Grado académico universitario en ciencias contables, administrativas o económicas.

Capacitación especializada en el área de fondos. Capacidad en el uso y manejo del SIAF – GL y de los sistemas

operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Experiencia en administración municipal.

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26. DEL ASISTENTE EN TESORERIA

El Asistente en Tesorería es el servidor responsable de la ejecución de las actividades técnicas de apoyo en la custodia, manejo, aplicación, uso y protección de los recursos financieros de la Municipalidad.

Tiene el Cargo Clasificado de TÉCNICO ADMINISTRATIVO II, Código 407AP205, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 2, Categoría SPAP2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 026.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Coordina, elabora y procesa la información básica sobre la disposición,

utilización y movimiento de los recursos financieros de la Entidad. b) Efectúa la elaboración, emisión, registro y control de los documentos

fuente que generan Ingresos por los diversos conceptos; así como, de Egresos debidamente sustentados.

c) Efectúa el registro de las operaciones de los ingresos y egresos en los Libros Caja y Bancos y Registros Auxiliares aperturados para el movimiento de los recursos financieros de la Entidad.

d) Maneja, custodia y mantiene debidamente organizado el Archivo Financiero de la Entidad con la documentación sustentatoria del Ingreso y del Gasto y demás documentación administrativa de Tesorería.

e) Revisa la documentación en general, de ingresos para su correspondiente depósito; así como, elabora y gira Cheques y otros documentos de pagos utilizando los programas sistematizados establecidos.

f) Participa en la elaboración y formulación de la información requerida sobre el movimiento diario de fondos para las instancias correspondientes.

g) Concilia los Estados de Cuentas Corrientes bancarias. h) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Tesorero.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD. Dependencia: Jerárquica y administrativamente depende del Tesorero de la entidad. Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del desarrollo y cumplimiento transparente y eficiente de la administración del proceso de Fondos de acuerdo a las normas y disposiciones del Sistema Nacional de Tesorería.

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REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios universitarios (6 semestres) o Titulo de Instituto o Centro Superior Técnico relacionado con las ciencias administrativas, contables o económicas.

Capacitación especializada en el área de Tesorería. Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros) y SIAF-GL.

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobados.

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Área de Recursos Humanos 27. DEL COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS

El Coordinador del Área de Recursos Humanos es el servidor responsable de ejecutar los procesos de administración de personal, aplicando y sujetándose a los procedimientos y normas legales vigentes establecidas para el Sistema de Personal en el Sector Publico. Tiene el Cargo Clasificado de ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO I, Código 407ES205, Nivel Ocupacional de Servidor Público Especialista, Categoría SPES2 En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 027.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Programa, organiza, dirige, controla y evalúa las actividades

relacionadas con la administración de recursos humanos, de conformidad con la política institucional y dispositivos legales vigentes.

b) Ejecuta los procesos técnicos de personal: clasificación, selección, asignación, promoción, capacitación, escalafón, evaluación, control y bienestar del personal de la entidad.

c) Procesa, controla y evalúa el trámite de los expedientes administrativos para el otorgamiento de beneficios, y para el cumplimiento de deberes del personal.

d) Promueve y desarrollar programas de asistencia médica, recreación y servicio social para los trabajadores de la entidad.

e) Aplica sanciones administrativas en temas de su competencia, en cumplimiento a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276 y normas complementarias, así como del régimen laboral del D. Leg. 728.

f) Elabora y propone a la instancia correspondiente, el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) de la Municipalidad.

g) Participar en la formulación del Cuadro de Asignación para Personal (CAP).

h) Emite opinión técnica sobre desplazamiento de personal: destaques, permuta, rotación, promoción, contratación y cese de personal.

i) Administra y ejecuta los procesos de remuneraciones y estímulos que dispone la normativa legal vigente sobre la materia.

j) Programa, ejecuta y evalúa el proceso del sistema único de remuneraciones y bonificaciones del personal activo y pensionista.

k) Elabora y aprueba el rol de vacaciones del personal de la entidad mediante la correspondiente Resolución administrativa.

l) Elabora y ejecuta en coordinación con las demás unidades orgánicas, el Plan de Desarrollo de Capacidades Humanas de la entidad.

m) Formula el diagnóstico del Plan de Capacitación de la Municipalidad para el Año Fiscal siguiente.

n) Promueve, coordina y desarrolla actividades de capacitación orientadas a optimizar la gestión institucional.

o) Formula proyectos de resoluciones en asuntos de su competencia. p) Propone la evaluación del personal de la entidad y emite informes para la

realización de los mismos.

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q) Es responsable de verificar el cumplimiento de las declaraciones juradas sobre incompatibilidades para ejercer cargo público.

r) Otras de su competencia y las que le asigne el Jefe de la Unidad de Administración Financiera, Recursos Humanos y Patrimonio.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD. Dependencia: El Coordinador del Área de Recursos Humanos, jerárquica y administrativamente depende del Jefe de la Unidad de Administración Financiera, Recursos Humanos y Patrimonio. Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del desarrollo y cumplimiento transparente y eficiente de la administración de los recursos humanos de la Entidad. Nivel de Coordinación y Supervisión: El Coordinador del Área de Recursos Humanos coordina y supervisa las actividades y funciones del a. Asistente de Recursos Humanos REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios universitarios (8 semestres) o Titulo de Instituto o Centro Superior Técnico relacionado con las ciencias administrativas, contables o económicas.

Capacitación especializada en el área de recursos humanos. Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobadas.

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28. DEL ASISTENTE EN RECURSOS HUMANOS

Tiene el Cargo Clasificado de TÉCNICO ADMINISTRATIVO II, Código 407AP505, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 5, Categoría SPAP5. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 028.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Brinda asistencia en la formulación y presentación de los proyectos del

Presupuesto Analítico de Personal (PAP), Cuadro para Asignación de Personal (CAP), así como del Cuadro Nominal de Personal (CNP), para su aprobación respectiva.

b) Efectúa las acciones y actividades relacionadas con la confección de la planilla única de pago remuneraciones y de pensiones, liquidación de beneficios sociales en los términos que señale la ley.

c) Elabora mensualmente para su presentación oportuna, de acuerdo a los cronogramas establecidos, las liquidaciones de las retenciones y aportaciones a las AFP, al Seguro Social y los Fondos de Pensiones.

d) Prepara informes de la liquidación por nivelación de pensiones, retenciones judiciales, liquidaciones de subsidios familiares y otros.

e) Efectúa el control de asistencia y puntualidad, tardanzas, etc. del personal de la Municipalidad.

f) Proyecta las Resoluciones y otros documentos referidos a nombramientos, contratos, ceses, desplazamientos, licencias y otras acciones propias del sistema de personal.

g) Orienta las acciones tendientes a asegurar el cumplimiento de los deberes y obligaciones por parte de los trabajadores, así como el respeto a sus derechos adquiridos y determinados por Ley.

h) Apoya el desarrollo de las acciones de recreación y bienestar social en beneficio de los trabajadores y familiares.

i) Coadyuva en el control del cumplimiento del Reglamento Interno por parte del Personal que labora en la Municipalidad.

j) Organiza y mantiene el legajo actualizado de todo el personal de la Municipalidad con datos estadísticos actualizados.

k) Elabora y formula Constancias y Certificaciones de Tiempo de Servicios Pagos y Descuentos del personal.

l) Organiza y ordena el Archivo permanente de la documentación relacionada con el área de personal, tanto de información abierta como clasificada.

m) Otras inherentes a su cargo que le asigne el Coordinador del Área o el Jefe de la Unidad Orgánica.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: Jerárquica y administrativamente depende del Coordinador del Área de Recursos Humanos.

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Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del desarrollo y cumplimiento transparente y eficiente de la administración del proceso de la administración de personal de la Entidad. REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios universitarios (4 semestres) o técnicos superiores no universitarios (6 semestres) en carreras relacionadas con las ciencias administrativas, contables o económicas.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Experiencia comprobada en labores especializadas en almacén.

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica superior, capacitación en el área y experiencia laboral comprobadas.

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Área de Contabilidad 29. DEL CONTADOR GENERAL

El Contador General es el servidor responsable de ejecutar y controlar las actividades y acciones relacionadas con las operaciones económicas, financieras y patrimoniales, de acuerdo con lo que establecen los procedimientos y mecanismos técnicos legales del Sistema Nacional de Contabilidad y de conformidad con las normas técnicas del Sistema de Control Interno.

Tiene el Cargo Clasificado de CONTADOR II, Código 407ES305, Nivel Ocupacional de Servidor Público Especialista, Categoría SPES3 En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 029. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Programa, dirige, coordina, ejecuta y controla las actividades del

sistema de contabilidad gubernamental, en coordinación con la Dirección Nacional de Contabilidad Pública.

b) Formula, propone, controla y evalúa los lineamientos generales y normatividad específica inherentes al Plan Contable Institucional y los Estados Financieros.

c) Administra los registros contables de las operaciones financieras y la rendición de cuentas.

d) Mantiene actualizados los libros contables principales y auxiliares. e) Elabora y presenta los Estados Financieros, Balance General, Estado de

Gestión, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto y el Estado de Flujos de Efectivo con periodicidad mensual, trimestral, semestral y todos los Estados Presupuestarios con sus respectivos anexos y notas explicativas, Según corresponda.

f) Sustenta los estados financieros ante el Concejo Municipal. g) Efectúa las coordinaciones del caso con la Subgerencia de Recursos

Humanos y la Subgerencia de Tesorería y otros órganos con el fin de asegurar el control y pago de los tributos y/o retenciones que se efectúan por impuestos (SUNAT), aportes (AFP o ESSALUD), contribuciones, tasas y retenciones judiciales y/o legales.

h) Participa en la formulación del presupuesto anual de la Municipalidad. i) Coordina el proceso automatizado de la información que sustente las

operaciones diarias correspondientes a su ámbito de competencia. j) Efectúa el control previo y concurrente de las operaciones

administrativa-financieras de la Municipalidad en concordancia con las normas técnicas de control y dispositivos vigentes, proponiendo oportunamente los ajustes y modificaciones necesarias.

k) Revisa las rendiciones de cuentas de los anticipos otorgados a los funcionarios, servidores y autoridades.

l) Proyecta Resoluciones administrativas en primera instancia, en temas de su competencia.

m) Otras funciones que le sean asignadas por el Jefe de la Unidad orgánica, en materias de su competencia.

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LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Contador General, jerárquica y administrativamente depende del Jefe de la Unidad de Administración Financiera, Recursos Humanos y Patrimonio. Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del desarrollo y cumplimiento transparente y eficiente de las actividades y acciones relacionadas con las operaciones económicas, financieras y patrimoniales de la Entidad. Nivel de Coordinación y Supervisión: El Contador General coordina y supervisa las actividades y funciones del Asistente en Contabilidad. REQUISITOS MÍNIMOS

Título universitario de Contador Público Colegiado habilitado. Capacitación especializada en el área de contabilidad gubernamental. Experiencia en labores de contabilidad gubernamental mínimo tres (03) años.

Capacidad en el uso y manejo del SIAF-GL y los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

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30. DEL ASISTENTE EN CONTABILIDAD

El Asistente Contable, tiene el cargo clasificado de TECNICO ADMINISTRATIVO II, Código 407AP305, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 3, Categoría SPAP3. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 030.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Registra los asientos contables en los libros principales: Diario, Mayor, Inventarios y Balances; así como, en los Libros Auxiliares, de las operaciones presupuestarias, financieras y patrimoniales generadas y sustentadas con los correspondientes documentos fuente emitidos por las diferentes unidades administrativas de la Entidad.

b) Controla, analiza, centraliza y registra la ejecución presupuestal y financiera de Ingresos y Gastos de la entidad, a través del SIAF-GL.

c) Recopila datos e información adicional que permitan sustentar y verificar los análisis financieros y presupuestarios.

d) Elabora ajustes de reclasificación, emisión, corrección y otros en el aspecto financiero.

e) Elabora las hojas de trabajo para la formulación de los Estados Financieros y Presupuestarios.

f) Concilia las cuentas presupuéstales con la contabilidad financiera. g) Efectúa la reevaluación y depreciación de los activos fijos de acuerdo a

directivas y normas legales vigentes. h) Efectúa el archivamiento técnico de los documentos fuente y la

información que sustente la integración contable y la formulación de los Estados Financieros y Presupuestarios de la Entidad.

i) Otras de su competencia y las que le asigne el Contador General.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Dependencia: Jerárquica, administrativa y funcionalmente depende del Contador General.

Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa del cumplimiento eficiente de las funciones asignadas en el proceso de registro e integración contable para la elaboración y formulación de los Estados Financieros y Presupuestarios de la Entidad.

REQUISITOS MÍNIMOS Estudios Universitarios (6 semestres académicos) o Titulo de un Instituto o Centro Superior Técnico relacionados con las ciencias contables.

Capacitación en el área de contabilidad gubernamental. Capacidad en el uso y manejo del SIAF-GL y los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral.

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Área de Control Patrimonial 31. DEL COORDINADOR DE CONTROL PATRIMONIAL

El Coordinador de Control Patrimonial tiene el Cargo Clasificado de TECNICO ADMINISTRATIVO II, Código 407AP305, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 3, Categoría SPAP3 En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 031. FUNCIONES ESPECÍFICAS a) Organiza, implementa y mantiene actualizado el Registro de los Bienes

Muebles e Inmuebles de la Entidad, en el cual se codificara y registrara todo el patrimonio mobiliario institucional.

b) Coordina y organiza los expedientes de los Bienes Patrimoniales (Muebles e Inmuebles) de propiedad de la Municipalidad, con la documentación sustentatoria del caso, para iniciar el proceso de saneamiento físico legal y su correspondiente inscripción ante la Oficina de Registros Públicos.

c) Mantiene en custodia el archivo de los documentos fuentes que sustenten el ingreso, baja o transferencia de bienes con la finalidad de elaborar los correspondientes estados que servirán como elementos de información simplificada del patrimonio de la Municipalidad.

d) Coordina, gestiona y mantiene vigente las coberturas de seguros de los activos fijos.

e) Coordina la valorización, mediante tasación, de los bienes patrimoniales que carecen de la respectiva documentación sustentatoria respecto a su origen y valor; así como, de aquellos que van a ser dados de baja, subastados, donados o transferidos.

f) Integra la Comisión de Inventario, coordina y orienta la elaboración del Inventario Físico del patrimonio mobiliario de la Municipalidad, para proporcionar la información requerida por los distintos organismos del Estado.

g) Elabora los inventarios ambientales y los respectivos cargos personales por asignación de bienes.

h) Coordina y tramita ante el respectivo Comité de Altas, Bajas y Ventas de la Municipalidad, las solicitudes de baja de los bienes muebles.

i) Organiza y mantiene el archivo técnico con los documentos fuente y la información del movimiento y control de los Bienes Patrimoniales.

j) Otras de su competencia y las que le asigne el Jefe de la unidad orgánica. LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia:

Jerárquica y administrativamente depende del Jefe de la Unidad de Administración Financiera, Recursos Humanos y Patrimonio.

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Responsabilidad:

Tiene responsabilidad administrativa del cumplimiento eficiente de las funciones asignadas en el proceso de administración, control y custodia de los bienes patrimoniales de la Entidad. Nivel de Coordinación:

Coordina las actividades propias del Área con el Contador General. REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios Universitarios (6 semestres académicos) o Titulo de un Instituto o Centro Superior Técnico relacionados con las ciencias administrativas, contables o económicas.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Experiencia comprobada en labores especializadas de administración y control patrimonial.

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral, comprobadas.

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Área Técnica de Informática 32. DEL COORDINADOR DEL AREA TECNICA DE INFORMATICA

El Coordinador de del Área Técnica de Informática, tiene el Cargo Clasificado de ANALISTA PROGRAMADOR PAD I, Código 407ES205, Nivel Ocupacional de Servidor Público Especialista 2, Categoría SPES2 En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 032. FUNCIONES ESPECÍFICAS a) Planifica, programa, organiza, coordina, dirige, controla, supervisa y

monitorea las actividades relacionadas con la operatividad y aplicación de los sistemas informáticos, así como el mantenimiento de los equipos computacionales de la institución.

b) Organiza, dirige, supervisa y asesora el adecuado cumplimiento de las funciones de los sistemas administrativos de informática, de acuerdo a las normas y procedimientos establecidos para tal fin.

c) Supervisa las actividades de soporte técnico en materia de hardware y software a nivel de todas las dependencias de la entidad.

d) Brinda asesoramiento de carácter técnico y administrativo a nivel informático a todas las dependencias de la entidad.

e) Evalúa y emite opinión técnica sobre aplicativos informáticos desarrollados por terceros, previamente a su implementación en las áreas usuarias.

f) Orienta y asesora en la formulación y actualización de normas, políticas y procedimientos relativos al empleo y actualización de los equipos, software, módulos, base de datos, sistemas de comunicación de datos y seguridad de la información.

g) Coordina, dirige y supervisa el mantenimiento preventivo y la reparación de los equipos de cómputo de la entidad.

h) Organiza, coordina, dirige, supervisa y controla la operatividad, actualización y mantenimiento de la página web de la entidad.

i) Emite informes de carácter técnico sobre asuntos relacionados con su competencia.

j) Coordina, dispone y supervisa la organización y mantenimiento del archivo técnico informático con la data oficial de la entidad.

k) Otras de su competencia y las que le asigne el Jefe de la unidad orgánica

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Coordinador del Área Técnica de Informática jerárquica y administrativamente depende del Jefe de la Unidad de Administración Financiera, Recursos Humanos y Patrimonio.

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Responsabilidad:

Tiene responsabilidad técnica y administrativa del desarrollo y cumplimiento eficiente de las actividades y acciones relacionadas con los sistemas informáticos y computacionales de la entidad. Nivel de Coordinación y Supervisión:

El Jefe del Área Técnica de Informática coordina y supervisa las actividades y funciones del Asistente Técnico PAD. REQUISITOS MÍNIMOS

Título profesional universitario de Ingeniero de Sistemas, Informático, Electrónico o afines.

Conocimiento y dominio de programas informáticos Capacitación especializada en el área de informática. Experiencia en el área, mínimo un (01) año. Experiencia en conducción de personal.

Alternativa

Grado académico universitario, relacionado con la especialidad. Poseer una combinación equivalente de formación académica y experiencia laboral.

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33. DEL ASISTENTE TECNICO PAD

Tiene el cargo clasificado de TECNICO EN SOPORTE PAD I, Código 407AP205, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 2, Categoría SPAP2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 03.

FUNCIONES ESPECÍFICAS

a) Coordina y brinda asistencia técnica en la organización, distribución, operatividad y el mantenimiento de los equipos informáticos, en coordinación con el Jefe del Área Técnica.

b) Evalúa equipos y software, con la finalidad de proponer su empleo para el mejoramiento de los procesos y proponer su innovación acorde a los avances tecnológicos.

c) Brinda apoyo y asistencia técnica, a las unidades orgánicas, en la implementación y aplicabilidad de los sistemas y programas de uso oficial en la entidad

d) Coordina, evalúa y mantiene actualizado el inventario de licencias de software de la entidad.

e) Coordina, efectúa y controla el mantenimiento preventivo y correctivo de hardware y software de los equipos informáticos.

f) Coordina y efectúa el soporte técnico en red y realiza las actividades de mantenimiento y reparación correspondientes.

g) Asiste al jefe del Área en los aspectos técnicos de los sistemas administrativos de informática.

h) Efectúa la actualización y mantenimiento de la página web de la entidad. i) Efectúa las acciones correspondientes para la organización,

mantenimiento y seguridad del archivo técnico informático de la entidad. j) Otras funciones que en materia de su competencia le asigne el

Jefe del Área Técnica de Informática.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD.

Dependencia:

El Asistente Técnico PAD, jerárquica y administrativamente depende del Jefe de la Unidad de Administración Financiera, Recursos Humanos y Patrimonio. Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa del desarrollo y cumplimiento eficiente de las acciones y tareas propias del cargo.

REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios universitarios (6 semestres) o Titulo de Instituto Superior Técnico, relacionados con ingeniería de sistemas, computación, o afines.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Experiencia en labores de la administración municipal.

Alternativa Poseer una combinación equivalente de formación académica,

capacitación en el área y experiencia laboral.

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5.4.3. UNIDAD DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIPAL. 34. DEL JEFE DE UNIDAD

El Jefe de la Unidad de Administración Tributaria es un servidor Profesional responsable de la organización, programación, dirección, supervisión y control de la adecuada y oportuna acotación, captación. recaudación, fiscalización y aplicación de los impuestos y tributos municipales, teniendo en consideración las normas y procedimientos establecidos en el Código Tributario, la Ley de Tributación Municipal y demás dispositivos legales componentes del Sistema Tributario Nacional.

El Jefe de la Unidad de Administración Tributaria Municipal, tiene el Cargo Clasificado de ESPECIALISTA EN TRIBUTACIÓN II, Código 408DS120, Nivel Ocupacional de Directivo Superior 1, Categoría DS1. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 034.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Organiza, programa, coordina, dirige, supervisa, controla y evalúa los procesos de registro, acotación, recaudación y fiscalización de los tributos municipales, de conformidad con la legislación vigente.

b) Diseña, propone para su aprobación y ejecutar políticas institucionales en materia de Tributación Municipal.

c) Organiza y dispone la actualización permanente del Registro Oficial de Contribuyentes de la jurisdicción.

d) Planifica, autoriza, dirige y supervisa programas permanentes de Orientación a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

e) Programa, dirige y supervisa operativos de fiscalización para detectar y disminuir el porcentaje de contribuyentes morosos y omisos, así como los evasores de tributos municipales y la subvaluación.

f) Formula y eleva para su aprobación el Proyecto Anual de Ingresos por concepto de Impuestos, Tributos, Tasas y otras contribuciones municipales.

g) Autoriza el Calendario Mensual/Trimestral/Anual de las Obligaciones Tributarias por cobrar.

h) Organiza y supervisa el control de las cobranzas ordinarias y coactivas; así como, el control de las recaudaciones de especies valoradas de la Municipalidad.

i) Supervisa el control y sanciona a los contribuyentes omisos y morosos en el pago de sus tributos municipales mediante la ejecución de programas de detección.

j) Coordina y dispone la implementación y aplicación de los mecanismos y procedimientos de Control Interno en las acciones y operaciones que ejecuta la Unidad de Administración Tributaria Municipal.

k) Planifica, programa y autoriza la ejecución de programas de promoción y estimulo tributario municipal a fin de mejorar la captación y recaudación de recursos.

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l) Coordina permanentemente con la Gerencia y la Alta Dirección, así como con otras unidades orgánicas de la entidad, sobre los aspectos relacionados con el comportamiento y desarrollo de la Administración Tributaria Municipal, para la oportuna toma de decisiones sobre el particular.

m) Formular y proponer normas y directivas de carácter interno para racionalizar los procedimientos administrativos de la Unidad de Administración Tributaria Municipal.

n) Evaluar la estadística de los ingresos tributarios e informar a la Gerencia y a la Oficina de Planificación y Presupuesto.

o) Suscribe las autorizaciones y/o licencias de funcionamiento de las actividades comerciales, industriales y/o determinar su clausura con arreglo a Ley.

p) Propone a la Gerencia Municipal y la Alta Dirección; así como, a la Unidad de Planificación y Presupuesto, las modificaciones con incidencia en la ejecución presupuestaria, respecto a las variaciones en la captación y recaudación de los impuestos municipales y otros tributos directamente recaudados.

q) Coordina con las instancias correspondientes, la formulación y actualización de la estructura de costos que sustente técnicamente los derechos de pago consignados en el TUPA de la Municipalidad.

r) Disponer la organización, implementación y actualización permanente de los registros estadísticos de la Unidad.

v) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Gerente Municipal.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia:

El Jefe de la Unidad de Administración Tributaria Municipal depende jerárquica y administrativamente del Gerente Municipal. Nivel de Autoridad:

Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el personal asignado en los siguientes Cargos: 1. Asistente Administrativo de la Unidad 2. Asistente en Administración Tributaria 3. Asistente en Recaudación Tributaria 4. Asistente en Fiscalización y Control Tributario, 5. Ejecutor Coactivo, y 6. Auxiliar Coactivo

Responsabilidad:

Tiene responsabilidad legal y administrativa del desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones relacionadas con la acotación, captación. Recaudación, fiscalización y aplicación de los impuestos y tributos municipales; así como, del eficiente, eficaz y transparente desenvolvimiento de la gestión tributaria municipal.

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REQUISITOS MÍNIMOS

Título profesional universitario en ciencias administrativas, contables o económicas.

Capacitación especializada en el área de administración tributaria. Experiencia en labores especializadas de tributación. Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Experiencia en conducción de personal.

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35. DEL ASISTENTE ADMINISTRATIVO

El Asistente Administrativo de la Unidad de Administración Tributaria, tiene el Cargo Clasificado de TÉCNICO ADMINISTRATIVO II, Código 408AP220, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 2, Categoría SPAP2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 035.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Coordina con el Jefe de la Unidad Orgánica sobre la agenda de trabajo. b) Revisa y verifica la legalidad de los documentos de despacho tramitados

para la suscripción del Jefe de la Unidad. c) Prepara los documentos que disponen el cumplimiento a las decisiones

y disposiciones del Jefe de la Unidad. d) Asiste en la implementación de los actos administrativos que

corresponden a la unidad orgánica. e) Efectúa el seguimiento a las disposiciones emitidas por el Jefe de

la Unidad mediante Resoluciones y/u otros documentos similares. f) Redacta los documentos oficiales de competencia de la jefatura de la

unidad orgánica. g) Verifica que las unidades orgánicas responsables hayan cumplido con

emitir los informes solicitados por la jefatura de la unidad orgánica. h) Elabora los documentos internos de competencia de la jefatura de la

unidad orgánica, teniendo en cuenta la legalidad de los mismos en cuanto a la relación entre los informes técnicos y legales que los sustenten.

i) Custodia y mantiene actualizados y ordenados los archivos de la jefatura de la unidad orgánica.

j) Otras funciones que en materia de su competencia le asigne el Jefe de la Unidad Orgánica.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD.

Dependencia: El Asistente Administrativo, jerárquica y administrativamente depende del Jefe de la Unidad de Administración Tributaria Municipal. Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa del desarrollo y cumplimiento eficiente de las acciones y tareas propias del cargo.

REQUISITOS MÍNIMOS Estudios universitarios (6 semestres académicos) o Titulo de Instituto

Superior Técnico, relacionados con las ciencias administrativas, contables o económicas.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Alguna experiencia en labores de la administración municipal.

Alternativa Poseer una combinación equivalente de formación académica,

capacitación en el área y experiencia laboral.

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Área de Registro y Orientación Tributaria 36. DEL ASISTENTE EN ADMINISTRACION TRIBUTARIA

El Asistente en Administración Tributaria es el servidor responsable de la ejecución de las actividades técnicas de apoyo en las acciones de acotación, emisión, recepción, registro, captación y fiscalización tributaria en general, en la Unidad de Administración Tributaria Municipal. El Asistente en Administración Tributaria, tiene el Cargo Clasificado de TÉCNICO EN TRIBUTACION II, Código 408AP220, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 2, Categoría SPAP2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 036. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Organiza, clasifica, ordena y actualiza permanentemente el Registro Oficial y Archivo General de Contribuyentes, teniendo en consideración su naturaleza e importancia financiera para la entidad.

b) Mantiene actualizados los Estados de Cuentas Corrientes de los contribuyentes, manteniéndolos debidamente informados acerca de la situación de sus obligaciones.

c) Programa y organiza el proceso de recepción de las declaraciones juradas y toda documentación e información de índole tributario, manteniendo los expedientes y archivos debidamente ordenados.

d) Programa, coordina y controla las acciones relacionadas a la efectividad de la cartera de morosos de la Municipalidad.

e) Coordina y da cumplimiento a los acuerdos, ordenanzas y otras disposiciones municipales, relacionados con el fraccionamiento y compensación de obligaciones tributarias y mantener su control.

f) Expide copias y constancias de declaraciones juradas y de otros documentos tributarios que obran en los archivos de la Unidad, cuando los contribuyentes los soliciten.

g) Atiende e informa al público usuario sobre los procedimientos y requisitos necesarios para la obtención de licencias y autorizaciones diversas.

h) Registra, tramita y controla las solicitudes y expedientes organizados para el otorgamiento de las licencias municipales.

i) efectúa los cálculos de pago de los tributos, tasas y contribuciones a cargo de los usuarios, de acuerdo a las escales establecidas.

j) Emite y registra los recibos y documentos valorados por concepto de los diversos tributos que procesa la Unidad de Administración Tributaria.

k) Coordina y lleva a cabo las actividades y acciones relacionadas con el proceso de orientación e información a los contribuyentes en general.

l) Lleva el registro de notificaciones y multas en forma cronológica y ordenada.

m) Organiza y mantiene el Archivo de la documentación fuente e información que sustenta el proceso técnico de la administración tributaria en la Entidad.

n) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe de la Unidad de Administración Tributaria Municipal.

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LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD.

Dependencia: El Asistente en Administración Tributaria, jerárquica y administrativamente depende del Jefe de la Unidad de Administración Tributaria Municipal. Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa del desarrollo y cumplimiento transparente y eficiente del proceso de acotación, emisión, recepción, registro, fiscalización y control tributario, en la Entidad. REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios universitarios (6 semestres académicos) o Titulo de Instituto o Centro Superior Técnico relacionado con las ciencias administrativas, contables o económicas.

Capacitación especializada en el área de Tributación. Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de

informática (Word, Excel, Power Point, entre otros). Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobados.

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Área de Recaudación Tributaria

37. DEL ASISTENTE EN RECAUDACION TRIBUTARIA El Asistente en Recaudación Tributaria, tiene el Cargo Clasificado de TECNICO ADMINISTRATIVO II, Código 408AP220, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 2, Categoría SPAP2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 037.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Programa, coordina, ejecuta y registra la cobranza ordinaria directa de los

impuestos y tributos establecidos por la municipalidad, con arreglo a ley. b) Efectúa el control permanente y actualizado de la ejecución de la

cobranza ordinaria. c) Ejecuta las acciones relacionados con el fraccionamiento y compensación

de obligaciones tributarias y mantener su control. d) Sujetarse, en forma permanente, a la realización de arqueos de los

valores que están bajo su custodia. e) Coordina y realiza notificaciones previas a los contribuyentes que se

encuentran en calidad de morosos. f) Efectúa las liquidaciones de cobranza diaria por todo concepto de los

tributos municipales. g) Mantiene actualizado el estado de cuentas corrientes de los

contribuyentes. h) Cumple con las disposiciones establecidas en las normas y directivas de

Control Interno para el proceso de la recaudación de tributos municipales, a su cargo.

i) Elabora y presenta al nivel superior correspondiente cuadros estadísticos demostrativos de la recaudación de tributos municipales.

j) Otras funciones de su competencia que le asigne el Jefe de la Unidad.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: Jerárquica y administrativamente depende del Jefe de la Unidad de Administración Tributaria Municipal. Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa de la ejecución y control de la cobranza ordinaria directa de impuestos y tributos municipales.

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REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios universitarios (6 semestres académicos) o Titulo de Instituto o Centro Superior Técnico relacionado con las ciencias administrativas, contables o económicas.

Capacitación especializada en el área de Tributación. Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de

informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobados.

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Área de Fiscalización y Control Tributario 38. DEL ASISTENTE EN FISCALIZACION Y CONTROL TRIBUTARIO

El Asistente en Fiscalización y Control Tributario es el servidor responsable de la ejecución de las actividades y tareas técnicas específicas de fiscalización y control al proceso de acotación, emisión, captación, liquidación y registro de los recursos de carácter tributarios en general, en la Unidad de Administración Tributaria Municipal.

Tiene el Cargo Clasificado de TÉCNICO EN TRIBUTACION II, Código 408AP220, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 2, Categoría SPAP2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 038. FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Programa, coordina y controla las acciones relacionadas con la

fiscalización y control cartera pesada de contribuyentes. b) Coordina y controla el cumplimiento a las ordenanzas y disposiciones

municipales, relacionados con el fraccionamiento y compensación de obligaciones tributarias.

c) Coordina, fiscaliza y controla sobre el cumplimiento de los procedimientos y requisitos establecidos para el otorgamiento de licencias y autorizaciones diversas.

d) Realiza las acciones pertinentes a fin de detectar a omisos y evasores de impuestos y tributos; verificando, conciliando y compatibilizando las Declaraciones Juradas y la documentación generada por los contribuyentes con la información de Catastro, los registros contables y los padrones de contribuyentes.

e) Controla y fiscaliza la emisión de los documentos valorados por concepto de los diversos tributos que procesa la Unidad de Administración Tributaria.

f) Coordina, supervisa y fiscaliza las acciones de captación y recaudación que efectué el personal de recaudación de la Unidad.

g) Practica los arqueos periódicos informando sus resultados al Jefe de la Unidad.

h) Coordina y lleva a cabo las actividades y acciones relacionadas con el proceso de orientación e información a los contribuyentes en general.

i) Coordina y efectúa las verificaciones y notificaciones a los establecimientos que carecen de licencias y/u otras autorizaciones especiales.

j) Mantiene el archivo organizado de toda la documentación fuente e información que sustente el proceso técnico de fiscalización y control tributario en la Entidad.

k) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe de la Unidad de Administración Tributaria Municipal.

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LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD. Dependencia: El Asistente en Fiscalización Tributaria, jerárquica y administrativamente depende del Jefe de la Unidad de Administración Tributaria Municipal. Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del desarrollo y cumplimiento transparente y eficiente del proceso de fiscalización y control tributario, en la entidad. REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios universitarios (6 semestres académicos) o Titulo de Instituto o Centro Superior Técnico relacionado con las ciencias administrativas, contables o económicas.

Capacitación especializada en el área de Tributación. Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de

informática (Word, Excel, Power Point, entre otros). Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobados.

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Área de Ejecución Coactiva

39. DEL EJECUTOR COACTIVO

El Ejecutor Coactivo es el servidor responsable de la ejecución de las actividades y acciones específicas de cobranza coactiva de las obligaciones tributarias a cargo de la entidad.

El Ejecutor Coactivo, tiene el Cargo Clasificado de EJECUTOR COACTIVO I, Código 408ES240, Nivel Ocupacional de Servidor Público Especialista 2, Categoría SPES2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 039.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Organiza, programa, coordina, ejecuta y evalúa los procesos de cobranza coactiva de las obligaciones tributarias municipales de conformidad con la legislación vigente.

b) Diseña, propone para su aprobación y ejecuta políticas institucionales en materia de la Cobranza Coactiva Municipal.

c) Ejerce las acciones de coerción para el cobro de la deuda tributaria que sea exigible de acuerdo a dispositivos legales.

d) Ordena todas las medidas cautelares que sean necesarias, como inscripciones en registros públicos, intervenciones, depósitos, comunicaciones, publicaciones y otras, destinadas al pago de la deuda tributaria.

e) Notifica el valor en cobranza al deudor para que efectué el pago, bajo apercibimiento de embargo.

f) Dispone se trabe la forma de embargo que sea necesario, para ejecutar la cobranza coactiva.

g) Inscribe los embargos en los Registros Públicos u otros, según corresponda.

h) Autoriza levantar la medida coactiva impuesta cuando la deuda haya sido pagada o existiera otra situación.

i) Realiza el seguimiento respectivo a las acciones de ejecución coactiva. j) Organiza y mantiene actualizado el Archivo respectivo de los procesos de

ejecución coactiva. k) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe de la

Unidad de Administración Tributaria Municipal LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Dependencia: El Ejecutor Coactivo funcionalmente depende del Jefe de la Unidad de Administración Tributaria Municipal. Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa en la ejecución de las acciones de cobranza coactiva de las obligaciones tributarias en la Entidad.

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REQUISITOS MÍNIMOS

Título Profesional de Abogado. Capacitación especializada en el área Experiencia (02 años) en Tributación Municipal. Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

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40. DEL AUXILIAR COACTIVO

El Auxiliar Coactivo, tiene el Cargo Clasificado de AUXILIAR COACTIVO II, Código 408AP220, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 2, Categoría SPAP2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 040.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Coordina y ejecuta las acciones y diligencias que se llevan a cabo dentro de los procesos de cobranza coactiva de las obligaciones tributarias municipales de conformidad con la legislación vigente.

b) Efectúa y vigila organización, conservación, seguridad y tramitación de los expedientes coactivos en proceso de ejecución.

c) Da cuenta permanentemente de las actuaciones y notificaciones que efectúa, despachando con el Ejecutor Coactivo los expedientes en proceso.

d) Realiza mensualmente las conciliaciones correspondientes con las Áreas de Recaudación y Fiscalización y Control Tributario sobre la gestión coactiva y la recaudación efectiva de la deuda tributaria.

e) Suscribe notificaciones, actas de embargo y demás documentos necesarios sobre la cobranza coactiva.

f) Informa oportunamente sobre la situación de los expedientes en proceso de cobranza coactiva y de los contribuyentes que pierden los beneficios tributarios de fraccionamiento por acumulación de cuotas impagas.

l) Mantiene actualizado el Archivo del Área y particularmente de los procesos de ejecución coactiva.

m) Emite informes de carácter administrativo que se le requieran. n) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe de la

Unidad de Administración Tributaria Municipal

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Auxiliar Coactivo jerárquicamente depende del Jefe del Área de Ejecución Coactiva.

Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa en la ejecución de las acciones de apoyo en la cobranza coactiva de las obligaciones tributarias que efectúa el Área de Ejecución Coactiva de la Entidad.

REQUISITOS MÍNIMOS Estudios universitarios (6 semestres académicos concluidos) en las

carreras profesionales de Derecho, Administración, Contabilidad o Economía.

Capacitación especializada en materia tributaria. Experiencia de un (01) año actividades de tributación municipal Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de

informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Alternativa Poseer una combinación equivalente de formación académica,

capacitación en el área y experiencia laboral comprobados.

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5.5. ORGANOS DE LINEA

5.5.1. DIVISION DE DESARROLLO URBANO Y RURAL (DIDUR)

41. DEL JEFE DE DIVISIÓN

El Jefe de la División de Desarrollo Urbano y Rural, es el funcionario responsable de planificar, programar, coordinar, dirigir, supervisar y controlar las acciones y actividades referidas a la organización del espacio físico, uso del suelo y la regulación del asentamiento poblacional en la jurisdicción de acuerdo a los Planes de Desarrollo del Distrito; así como, formular, ejecutar e implementar los proyectos y obras de infraestructura pública social y productiva local, establecidos en los Programas de Inversión Municipal.

El Jefe de la División de Desarrollo Urbano y Rural, tiene el Cargo Clasificado de INGENIERO III, Código 509EC135, Nivel Ocupacional de Empleado de Confianza1, Categoría SPEC1. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 041.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Planifica, programa, coordina, dirige, ejecuta, supervisa, controla y

monitorea el cumplimiento de las actividades y acciones concernientes al planeamiento y desarrollo urbano y rural, elaboración y formulación de estudios y proyectos, ejecución y supervisión de obras de infraestructura pública social y productiva, elaboración y actualización del catastro, mantenimiento y conservación del ornato, la regulación y tratamiento del asentamiento humano.

b) Propone a la Gerencia Municipal y la Alta Dirección, lineamientos de política institucional en lo referente de Desarrollo Urbano y Rural y la ejecución de los Programas y Proyectos de Inversión Pública Local.

c) Formula y eleva para la aprobación de la Alta Dirección, el Plan de Desarrollo Urbano y Rural del Distrito; así como, los Planes de Ordenamiento y Zonificación. Dirigiendo y supervisando su implementación, adecuación y actualización permanente.

d) Formula y propone a la Gerencia Municipal y la Alta Dirección el Programa Anual de Inversiones en infraestructura pública social y productiva local.

a) Formula y presenta proyectos de propuestas e iniciativas, a la Alta Dirección, para buscar la cooperación y asistencia técnica y económica nacional e internacional para el financiamiento y asesoramiento en el desarrollo de los Programas y Proyectos de Inversión relacionadas con el Desarrollo Urbano y Rural del Distrito.

e) Dirige la ejecución de los programas y proyectos de desarrollo urbano y del sistema de supervisión del plan sobre usos de suelos y vías de la jurisdicción.

f) Asesora, informa, y coordina permanentemente, con la Gerencia y la Alta Dirección, así como con otras unidades orgánicas de la Entidad, sobre los aspectos relacionados con el avance y desenvolvimiento de los planes de desarrollo urbano y rural y la ejecución de los programas y proyectos de inversión pública local, para la oportuna toma de decisiones sobre el particular.

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g) Dirige y supervisa la adecuada implementación y actualización del Banco de Proyectos de Inversión de la Entidad.

h) Dirige, controla y supervisa que las obras de edificación urbana se ejecuten de acuerdo a las especificaciones técnicas y en estricto cumplimiento del Reglamento Nacional de Construcciones.

i) Coordina, dirige, supervisa y monitorea el desarrollo de los programas de Habilitación Urbana en el distrito, de acuerdo a Ley.

j) Coordina y dispone la implementación y aplicación de los mecanismos y procedimientos de Control Interno en las actividades y acciones que ejecutan las unidades orgánicas a su cargo.

k) Asesora a la comunidad en el mantenimiento y conservación de la infraestructura pública local.

l) Formula e implementa normas y directivas de carácter interno para la adecuada racionalización de los procedimientos administrativos de la División.

m) Dispone la organización, implementación y actualización permanente de los registros estadísticos de la División.

n) Organiza, dispone la implementación, y controla el Archivo Técnico de la División.

o) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Gerente Municipal y la Alta Dirección.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Dependencia: El Jefe de la División de Desarrollo Urbano y Rural depende jerárquica y administrativamente del Gerente Municipal.

Nivel de Autoridad: Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el siguiente personal: 1. Asistente Administrativo de la División 2. Jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Urbano 3. Coordinador del Área de Planeamiento Urbano y Acondicionamiento

Territorial 4. Asistente en Planeamiento Urbano y Rural 5. Técnico en Planeamiento Urbano y Rural 6. Coordinador del Área de Catastro 7. Asistente Técnico en Catastro 8. Jefe de la Unidad de Estudios y Proyectos 9. Asistente en Estudios y Proyectos 10. Técnico en Estudios y Proyectos 11. Jefe de la Unidad de Obras e Infraestructura Local 12. Coordinador del Área de Ejecución de Obras 13. Asistente Técnico en Infraestructura 14. Técnico en Infraestructura 15. Técnico en Topografía 16. Coordinador del Área de Supervisión y Liquidación de Obras 17. Asistente Técnico en Supervisión y Liquidación de Obras 18. Asistente Administrativo en Liquidación de Obras

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19. Coordinador del Área de Maquinaria y Equipo Mecánico 20. Técnico en Servicio de Mantenimiento y Reparación 21. Operador de Maquinaria Pesada (2) 22. Chofer de Vehículo Pesado.

Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas a la División de Desarrollo Urbano y Rural.

REQUISITOS MÍNIMOS

Título profesional universitario de Ingeniero Civil, debidamente Colegiado.

Experiencia en labores especializadas en Desarrollo Urbano e Infraestructura Local.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, AutoCAD, S-10, entre otros).

Experiencia en conducción de personal.

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42. DEL ASISTENTE ADMINISTRATIVO

El Asistente Administrativo de la División de Desarrollo Urbano y Rural, tiene el Cargo Clasificado de TÉCNICO ADMINISTRATIVO II, Código 509AP335, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 3, Categoría SPAP3. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 042.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Coordina con el Jefe de la DIDUR sobre la agenda de trabajo. b) Revisa y verifica la legalidad de los documentos de despacho tramitados

para la suscripción del Jefe de la DIDUR. c) Prepara los documentos que disponen el cumplimiento a las decisiones

y disposiciones del Jefe de la DIDUR. d) Asiste en la implementación de los actos administrativos que

corresponden a la unidad orgánica. e) Efectúa el seguimiento a las disposiciones emitidas por el Jefe de

la Unidad mediante Resoluciones y/u otros documentos similares. f) Redacta los documentos oficiales de competencia de la jefatura de la

unidad orgánica. g) Verifica que las unidades orgánicas responsables hayan cumplido con

emitir los informes solicitados por la jefatura de la unidad orgánica. h) Elabora los documentos internos de competencia de la jefatura de la

unidad orgánica, teniendo en cuenta la legalidad de los mismos en cuanto a la relación entre los informes técnicos y legales que los sustenten.

i) Custodia y mantiene actualizados y ordenados los archivos de la jefatura de la unidad orgánica.

j) Otras funciones que en materia de su competencia le asigne el Jefe de la DIDUR.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD.

Dependencia: El Asistente Administrativo, jerárquica y administrativamente depende del Jefe de la División de Desarrollo Urbano y Rural. Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa del desarrollo y cumplimiento eficiente de las acciones y tareas propias del cargo.

REQUISITOS MÍNIMOS Estudios universitarios (6 semestres académicos) o Titulo de Instituto

Superior Técnico, relacionados con las ciencias administrativas, contables o económicas.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Alguna experiencia en labores de la administración municipal.

Alternativa Poseer una combinación equivalente de formación académica,

capacitación en el área y experiencia laboral comprobadas.

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5.5.1.1. UNIDAD DE PLANEAMIENTO Y DESARROLLO URBANO

43. DEL JEFE DE UNIDAD

El Jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Urbano, es el funcionario responsable de programar, coordinar, dirigir, ejecutar y controlar las acciones y actividades referidas a la organización del espacio físico y uso del suelo en la jurisdicción de acuerdo a los Planes de Desarrollo del Distrito; así como, elaborar y formular los estudios y proyectos de infraestructura pública local; efectuar el control urbano de las edificaciones privadas, la implementación y actualización del catastro y la regulación del asentamiento humano en la Jurisdicción El Jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Urbano, tiene el Cargo Clasificado de ARQUITECTO II, Código 509EJ235, Nivel Ocupacional de Servidor Público Ejecutivo 2, Categoría SPEJ2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 043.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Coordina, dirige y controla la formulación, implementación y ejecución del

Plan de Desarrollo Urbano y Rural aprobado para la jurisdicción así como, de los Planes de Ordenamiento y Zonificación Territorial.

b) Controla el correcto uso del espacio urbano y garantizar un efecto visual ordenado del Distrito, calificando y determinando la proposición y previsión de las áreas necesarias para instalaciones y vías públicas.

c) Dispone y supervisa la formulación de Estudios y Proyectos de Infraestructura pública local.

d) Dispone, autoriza la implementación del Banco de Proyectos de Inversión en Infraestructura Pública Local de la Entidad.

e) Diseña y supervisa la elaboración de maquetas, planos generales y específicos de infraestructura pública social, productiva, comercial, comunal, institucional, etc., en estricto cumplimiento del Reglamento Nacional de Construcciones, para el ordenamiento urbano de la jurisdicción.

f) Regula, norma, supervisa y controla el crecimiento urbano horizontal y vertical en el Distrito.

g) En coordinación con la Unidad de Obras e Infraestructura Local tramitar y otorgar las licencias de construcción, regularización, demolición, ampliación, refacción, conformidad de obra; así como, los certificados de zonificación y compatibilidad de uso con la previa inspección ocular y reajuste técnico.

h) Norma, evalúa y autoriza las ubicaciones de anuncios y propaganda en locales comerciales y similares.

i) Otorga el certificado de numeración, asignación de números y/o constancia de numeración de viviendas.

j) Programa, coordina, dispone y supervisa el levantamiento y/o actualización, conservación y operación del catastro municipal y el establecimiento del sistema de información catastral.

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k) Norma, coordina y desarrolla las acciones pertinentes para el proceso de reconocimiento y saneamiento físico - legal de los Asentamientos Humanos y los Centros Poblados del ámbito del Distrito.

l) Norma, coordina y desarrolla las acciones y procedimientos para tramitar expropiaciones, adjudicaciones o reversiones de terrenos o inmuebles municipales, según el caso, que permitan el saneamiento físico legal del Asentamiento Humano y/o adjudicación de lotes para vivienda.

m) Norma, tramita la documentación técnica-legal, y supervisa el proceso para la incorporación de los Asentamientos Humanos. al sistema urbano.

n) Procesa y tramita, en coordinación con la Unidad de Obras e Infraestructura Local, los expedientes de Declaratoria de Fábrica de construcciones públicas y privadas.

o) Procesa y tramita la inscripción, ante la Oficina de Registros Públicos de los planes perimétricos, de lotización, subdivisión de lotes o cambios de uso o adjudicaciones a favor de la Municipalidad.

p) Formula la información estadística funcional necesaria sobre la realidad de los Asentamientos Humanos y Centros Poblados de la jurisdicción en cuanto a: servicios básicos, equipamiento urbano, saneamiento físico legal, etc., para remitirla a través de la Jefatura de la División a la Gerencia y Alta Dirección.

q) Formula y/o supervisa los informes técnicos para el reconocimiento y aprobación de planos perimétricos y iotizaciones de los Asentamientos Humanos.

r) Coordina e implementa la aplicación de los mecanismos y procedimientos de Control Interno en las actividades y acciones que ejecutan las unidades orgánicas a su cargo.

s) Dispone la organización, implementación y actualización permanente de los registros estadísticos de la Unidad.

t) Dispone la organización, implementación y controla el Archivo Técnico de la Unidad.

u) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe de la División de Desarrollo Urbano y Rural.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Urbano depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la DIDUR. Nivel de Autoridad: Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el siguiente personal: 1. Coordinador del Área de Planeamiento Urbano y Acondicionamiento

Territorial 2. Asistente en Planeamiento Urbano y Rural 3. Técnico en Planeamiento Urbano y Rural 4. Coordinador del Área de Catastro 5. Asistente Técnico en Catastro

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Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al cargo.

REQUISITOS MÍNIMOS

Título profesional universitario en Arquitectura. Experiencia comprobada en labores especializadas en planeamiento y desarrollo urbano.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, AutoCAD, S-10, entre otros).

Experiencia comprobada en conducción de personal.

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Área de Planeamiento Urbano y Acondicionamiento Territorial 44. DEL COORDINADOR DEL AREA

El Coordinador del Área de Planeamiento Urbano y Acondicionamiento Territorial, tiene el Cargo Clasificado de ESPECIALISTA EN DESARROLLO URBANO I, Código 509ES235, Nivel Ocupacional de Servidor Público Especialista 2, Categoría SPES2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 044. FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Coordina la elaboración, formulación y presentación a la instancia

correspondiente para su aprobación, de los proyectos del Plan de Desarrollo Urbano y Rural del Distrito, el Plan de Ordenamiento y Zonificación Territorial y otros de similar naturaleza.

b) Coordina, supervisa y controla la ejecución del plan de obras de servicios públicos o privados que afecten o utilicen la vía pública o zonas aéreas, así como sus modificaciones; previo cumplimiento de las normas sobre impacto ambiental.

c) Coordina, establece y propone la nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas y la numeración predial.

d) Emite opinión técnica sobre el reconocimiento de asentamientos humanos para promover su desarrollo y formalización.

e) Formula y propone la regulación y otorgamiento de autorizaciones, derechos y licencias de construcción, y efectúa la fiscalización correspondiente.

f) Evalúa y dispone las acciones competentes para el otorgamiento de habilitación urbana.

g) Evalúa, verifica y dispone el trámite de las licencias de construcción de acuerdo a plan de acondicionamiento territorial del distrito.

h) Emite opinión técnica sobre la construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratorias de fábrica.

i) Evalúa y emite opinión técnica sobre la demolición de edificios construidos en contravención al Reglamento Nacional de Construcciones.

j) Evalúa y emite opinión técnica para declarar la inhabitabilidad de inmuebles y disponer su desocupación en el caso de estar habitados.

k) Hace cumplir, bajo apercibimiento de demolición y multa, la obligación de conservar el alineamiento y retiro establecidos y la de no sobrepasar la altura máxima permitida en cada caso.

l) Hace cumplir la obligación de cercar propiedades, bajo apremio de hacerlo en forma directa y exigir coactivamente el pago correspondiente, más la multa y los intereses de ley.

m) Emite opinión técnica para revocar licencias urbanísticas de construcción. n) Efectuar las inspecciones técnicas diversas y acciones de fiscalización,

dentro de su competencia, en aplicación de la Ley de silencio administrativo positivo y normas complementarias.

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o) Emite informe u opinión técnica sobre el requerimiento de expropiación por causas de necesidad pública, únicamente para la ejecución de planes de desarrollo local o la prestación, o mejor prestación, de los servicios públicos.

p) Participa en la formulación de los Planes de Desarrollo Distrital Concertados, en coordinación con el Consejo de Coordinación Local.

q) Coordina, centraliza y supervisa la actualización permanente de la información catastral alfanumérica y geo referencial para la Planificación Urbana y Administrativa del distrito.

r) Dispone la actualización permanente de los planos del distrito. s) Coordina y participa de manera conjunta con las demás unidades

orgánicas competentes de las acciones y actividades relacionadas con la determinación y disposición de las zonas urbanas y usos del suelo.

t) Formula y propone directivas y manuales para los principales servicios o procedimientos administrativos a su cargo.

u) Dispone la organización, implementación y controla el Archivo Técnico de la unidad orgánica a su cargo.

v) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe de la Unidad de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Urbano.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: Depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Urbano. Nivel de Autoridad: Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el siguiente personal: 1. Asistente en Planeamiento Urbano y Rural 2. Técnico en Planeamiento Urbano y Rural

Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al cargo.

REQUISITOS MÍNIMOS

Título profesional universitario en las carreras de Arquitectura o Ingeniería Civil.

Alguna experiencia en labores especializadas en planeamiento y desarrollo urbano.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, AutoCAD, S-10, entre otros).

Alguna experiencia en conducción de personal.

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45. DEL ASISTENTE EN PLANEAMIENTO URBANO Y ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL.

El Asistente en Planeamiento Urbano y Acondicionamiento Territorial, tiene el Cargo Clasificado de ASISTENTE EN INFRAESTRUCTURA Y HABILITACIONES URBANAS I, Código 509AP335, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 3 y Categoría SPAP3. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 045.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Participa y apoya en la elaboración y formulación de los documentos

técnicos normativos de planeamiento urbano y zonificación territorial que le corresponden a la jurisdicción.

b) Efectúa inspecciones a la ejecución de obras de servicios públicos o privados, verificando el cumplimiento de las normas establecidas sobre el uso del suelo e impacto ambiental.

c) Realiza inspecciones y emite informes técnicos sobre los siguientes aspectos: reconocimiento de asentamientos humanos, otorgamiento de autorizaciones, derechos y licencias de habilitación y construcción urbana, inhabitabilidad, remodelación o demolición de inmuebles y declaratorias de fábrica y otros relacionados con la organización del espacio físico y uso del suelo en la jurisdicción.

d) Procesa y brinda atención a los expedientes presentados por los ciudadanos relacionados con el área.

e) Atender y brindar información a otras unidades orgánicas que lo requieran sobre planeamiento urbano y acondicionamiento territorial.

f) Participa en la elaboración y formulación de normas y directivas internas relacionadas con la planificación urbana y el acondicionamiento territorial de la jurisdicción.

g) Coadyuva a mantener actualizado el archivo técnico del área. h) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe del Área.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Dependencia: Depende jerárquica y administrativamente del Coordinador del Área.

Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al cargo.

REQUISITOS MÍNIMOS Grado de Bachiller universitario en las carreras de Arquitectura o Ingeniería Civil.

Alguna experiencia en labores especializadas en planeamiento y desarrollo urbano.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, AutoCAD, S-10, entre otros).

Alternativa Poseer una combinación equivalente de formación académica (8 semestres), capacitación en el área y experiencia laboral, comprobadas.

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46. DEL TECNICO EN PLANEAMIENTO URBANO Y RURAL.

El Técnico en Planeamiento Urbano y Rural, tiene el Cargo Clasificado de TECNICO EN INFRAESTRUCTURA II, Código 509AP235, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 2 y Categoría SPAP2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 046.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Apoya o realiza por encargo labores de verificación del cumplimiento y aplicación de los reglamentos y procedimientos administrativos relacionados con la edificación de obras privadas, control urbano, ornato e impacto ambiental.

b) Ejecuta actividades de recepción, calificación, registro, distribución y archivo de documentos técnicos correspondientes al Área.

c) Ejecutar y verificar la actualización de registros, fichas y documentos técnicos en las áreas de los sistemas administrativos.

d) Coordina y brinda asistencia administrativa y monitoreo a las actividades y acciones desarrolladas por la unidad orgánica.

e) Estudia expedientes técnicos sencillos y eleva informes preliminares. Recopila y prepara información para estudios e investigaciones relacionada con las funciones del Área.

f) Prepara croquis, memorias descriptivas y diagramas. g) Participa como apoyo en las visitas inspectivas que realice el personal

especializado con relación al planeamiento y control urbano. h) Está a cargo de la custodia, manejo y conservación del archivo técnico

administrativo del Área. i) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe del Área.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Dependencia: Depende jerárquica y administrativamente del Coordinador del Área. Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al cargo.

REQUISITOS MÍNIMOS Estudios universitarios (6 semestres académicos) o Titulo de Instituto Superior Técnico, relacionados con las carreras de Arquitectura o Ingeniería Civil.

Alguna experiencia en labores especializadas en planeamiento y desarrollo urbano.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, AutoCAD, S-10, entre otros).

Alternativa Poseer una combinación equivalente de formación académica Estudios universitarios (6 semestres académicos) o Titulo de Instituto Superior Técnico, relacionados con, capacitación en el área y experiencia laboral, comprobadas.

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Área de Catastro

47. DEL COORDINADOR DEL AREA DE CATASTRO

El Coordinador del Área de Catastro, tiene el Cargo Clasificado de ESPECIALISTA EN CATASTRO I, Código 509ES135, Nivel Ocupacional de Servidor Profesional Especialista 1, Categoría SPES1. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 047.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Implementa, mantiene y actualiza el Registro Catastral de la Entidad. b) Coordina y efectúa los trabajos necesarios para la formulación de la

información administrativa y el levantamiento de los planos topográficos para la elaboración, implementación y/o actualización del Catastro Municipal.

c) Coordina y supervisa al personal de apoyo técnico en el trabajo de campo en lo relacionado a mediciones, trazados, señalizaciones, etc., en el proceso del levantamiento y/o actualización del Catastro Municipal.

d) Organiza el archivo de las fichas técnicas que sustentan el Registro Catastral, actualizándolas periódicamente con la incorporación de nuevos datos o cambio de posesiones.

e) Elabora los códigos de vías. f) Procesa los expedientes que se tramitan ante la unidad orgánica

relacionados con el Registro Catastral. g) Verifica, elabora e Informa sobre los lotes o propiedades en estado de

abandono en la zona urbana y en los asentamientos poblacionales. h) Elabora la información técnica y estadística relacionada con el Registro

Catastral que requieran otras unidades orgánicas de la Entidad para el desarrollo de sus funciones propias.

i) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Urbano.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD.

Dependencia: Depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Urbano.

Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas por el Jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Urbano.

REQUISITOS MÍNIMOS Estudios universitarios (6 semestres) o Titulo de Instituto o Centro Superior Técnico, relacionados con la especialidad de ingeniería, arquitectura o afines.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, AutoCAD, entre otros).

Experiencia en labores especializadas en catastro

Alternativa Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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48. DEL ASISTENTE TECNICO DE CATASTRO

El Asistente Técnico de Catastro, tiene el Cargo Clasificado de TECNICO EN CATASTRO II, Código 509AP535, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 5, Categoría SPAP5. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 048.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Recoge o levanta información de campo propia del área catastral. b) Procesa la información de campo y clasifica cada unidad con el código

catastral asignado. c) Ingresa datos a al Sistema de Información Catastral y codifica de

acuerdo a código catastral asignado. d) Dibuja en CAD planos, manzanas y lotes. e) Revisa la documentación de cada expediente de la unidad catastral. f) Ejecuta y verifica la actualización de registros, fichas y documentos

técnicos. g) Estudia expedientes técnicos sencillos y evacuar informes preliminares. h) Recopila y prepara información para estudios e investigaciones

relativas al sistema catastral. i) Mantiene organizada y actualizada la documentación administrativa. j) Custodia y mantiene el archivo de los planos catastrales y topográficos

del Distrito. k) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe del Área.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD. Dependencia: Depende jerárquica y administrativamente del Coordinador del Área de Catastro. Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las funciones propias del cargo.

REQUISITOS MÍNIMOS

Egresado de Instituto o Centro Superior Técnico, con estudios relacionados con la especialidad.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, Autocad, entre otros).

Cierta experiencia en labores especializadas en catastro y topografía.

Alternativa Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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5.5.1.2. UNIDAD DE ESTUDIOS Y PROYECTOS

49. DEL JEFE DE UNIDAD

El Jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Urbano, es el funcionario responsable de programar, coordinar, dirigir, formular, monitorear y controlar las acciones y actividades referidas a los estudios de pre inversión e inversión de los proyectos de infraestructura social del Plan de Desarrollo Concertado del Distrito, los Planes de Desarrollo Urbano y Rural, y de Organización Territorial y Zonificación; así como, de otras obras y proyectos de infraestructura pública urbana y rural de interés prioritario que permitan el desarrollo integral de la jurisdicción. El Jefe de la Unidad de Estudios y Proyectos, tiene el Cargo Clasificado de ESPECIALISTA EN PROYECTOS II, Código 509EJ235, Nivel Ocupacional de Servidor Público Ejecutivo 2, Categoría SPEJ2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 049.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Organiza, coordina, dirige, supervisa y controla la formulación de

perfiles y estudios, así como de expedientes técnicos, a nivel de prefactibilidad y factibilidad técnico económico con arreglo a las normas técnicas y al Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP).

b) Organiza, implementa y controla el Banco de Proyectos de Inversión en Infraestructura Pública Local de la Entidad.

c) Formula las bases técnicas y administrativas para los procesos de concursos, licitaciones, adjudicaciones y contratos convocados para la ejecución de estudios y proyectos de inversión.

d) Coordina, supervisa y controla las acciones relacionadas con la aprobación de los expedientes técnicos de ingeniería para la ejecución de obras públicas en la jurisdicción Distrital.

e) Evalúa, revisa y controla los expedientes técnicos formulados por contrata ó ejecución directa.

f) Propone prioridades, en base a los planes de desarrollo, para la realización de los estudios y/o proyectos de inversión.

g) Desarrolla acciones de seguimiento y evaluación de resultados de estudios y proyectos desarrollados por administración directa o por consultores externos en el ámbito de su competencia.

h) En coordinación con la Unidad de Obras e Infraestructura Local, evalúa, procesa, tramita y otorga las licencias de construcción, regularización, demolición, ampliación, refacción, conformidad de obra y otros similares.

i) En coordinación con la Unidad de Obras e Infraestructura Local, revisa, tramita y otorga los certificados de zonificación y compatibilidad de uso con la previa inspección ocular y reajuste técnico.

j) Informa periódicamente a las instancias correspondientes sobre el desarrollo de los estudios y proyectos a su cargo.

k) Formula y/o supervisa los informes técnicos relacionados con la elaboración y ejecución de estudios y proyectos a cargo de su unidad orgánica.

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l) Dispone la organización, implementación y actualización permanente de los registros estadísticos de la Unidad.

m) Coordina e implementa la aplicación de los mecanismos y procedimientos de Control Interno en las actividades y acciones que desarrolla la unidad orgánica a su cargo.

n) Dispone la organización, implementación y supervisa el archivo técnico de la Unidad.

o) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe de la División de Desarrollo Urbano y Rural.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Dependencia: El Jefe de la Unidad de Estudios y Proyectos depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la DIDUR. Nivel de Autoridad: Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el siguiente personal: 1. Asistente en Estudios y Proyectos 2. Técnico en Estudios y Proyectos.

Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al cargo.

REQUISITOS MÍNIMOS

Grado académico de Bachiller universitario en ingeniería civil o arquitectura.

Experiencia comprobada en labores especializadas en estudios y proyectos.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, AutoCAD, S-10, entre otros).

Experiencia comprobada en conducción de personal.

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50. DEL ASISTENTE EN ESTUDIOS Y PROYECTOS

El Asistente en Estudios y Proyectos, tiene el Cargo Clasificado de ASISTENTE EN ESTUDIOS Y PROYECTOS I, Código 509ES135, Nivel Ocupacional de Servidor Público Especialista 1, Categoría SPES1. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 050.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Participa en la elaboración de los estudios y formulación de los

proyectos de inversión pública a cargo de la unidad orgánica. b) Efectúa estudios específicos relativos a las diferentes fases de pre

inversión de los proyectos, bajo la orientación técnica del Jefe de la Unidad Orgánica.

c) Participa en el desarrollo de trabajos de campo, acopio de información y otras actividades, necesarias para la labor que ejecuta.

d) Calcula y/o diseña estructuras, planos y especificaciones de proyectos y obras.

e) Efectúa trabajos de investigación científica y técnica dentro del área de su especialidad.

f) Elabora presupuestos de valorizaciones, cotización de obras de equipos, así como bases de licitaciones.

g) Revisa los estudios o expedientes encargados a consultores de estudios y de obras, e informa a la instancia correspondiente.

h) Participa en estudios de factibilidad de obras, inversiones y proyectos de explotación e industrialización.

i) Absuelve consultas técnicas y brinda apoyo en el ámbito de su competencia.

j) Coadyuva en el mantenimiento y actualización del archivo técnico de la unidad orgánica.

p) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe de la Unidad de Estudios y Proyectos.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Dependencia: Depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la Unidad. Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al cargo.

REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios universitarios (6 semestres) o Titulo de Instituto o Centro Superior Técnico, relacionados con la especialidad de ingeniería, arquitectura o afines.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, AutoCAD, entre otros).

Experiencia en labores especializadas en catastro

Alternativa Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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51. DEL TECNICO EN ESTUDIOS Y PROYECTOS

El Técnico en Estudios y Proyectos, tiene el Cargo Clasificado de TECNICO EN INFRAESTRUCTURA II, Código 509AP235, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 2, Categoría SPAP2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 051.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Brinda apoyo administrativo en la elaboración de los estudios y expedientes técnicos formulados por el personal técnico profesional del área.

b) Recoge o levanta información de campo requerida para la elaboración de estudios y expedientes técnicos.

c) Ingresa datos al sistema informático y dibuja planos, de menor escala, para la formulación de los expedientes técnicos procesados.

d) Organiza, registra y tramita la documentación administrativa de la unidad orgánica.

e) Organiza, mantiene actualizado y debidamente conservado el archivo técnico de la Unidad.

f) Estudia expedientes técnicos sencillos y evacuar informes preliminares. q) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe de la

Unidad de Estudios y Proyectos.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: Depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la Unidad. Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al cargo.

REQUISITOS MÍNIMOS Estudios universitarios (4 semestres) o Egresado de Instituto o Centro Superior Técnico, relacionados con la especialidad de ingeniería, arquitectura o afines.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, AutoCAD, entre otros).

Experiencia en labores especializadas en catastro

Alternativa Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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5.5.1.3. UNIDAD DE OBRAS E INFRAESTRUCTURA LOCAL

52. DEL JEFE DE UNIDAD

El Jefe de la Unidad de Obras e Infraestructura Local, es el funcionario responsable de programar, coordinar, dirigir, ejecutar, controlar y supervisar las acciones y actividades referidas al desarrollo, ejecución, implementación, mantenimiento y conservación de los proyectos y obras de infraestructura pública productiva y social local determinados en los Programas de Inversión Municipal de acuerdo a los Planes de Desarrollo Urbano y Rural del Distrito.

El Jefe de la Unidad de Obras e Infraestructura Local, tiene el Cargo Clasificado de INGENIERO II, Código 509EJ235, Nivel Ocupacional de Servidor Público Ejecutivo 2, Categoría SPEJ2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 052.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Programa, coordina, orienta, dirige, controla y supervisa la

implementación y ejecución del Programa Anual de Inversiones en Infraestructura Pública Local de acuerdo al Plan de Desarrollo Urbano y Rural aprobado para el Distrito.

b) Controla, supervisa y recepciona las obras públicas contratadas por la entidad.

c) Coordina con la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Urbano, para el control y supervisión del correcto uso del espacio urbano y garantizar el adecuado y ordenado asentamiento urbano y poblacional del distrito; determinando las necesidades en lo referente a infraestructura básica y de servicios públicos locales.

d) Revisa, evalúa y emite opinión técnica a las bases administrativas para los procesos de concursos, licitaciones, adjudicaciones y contratos convocados para la ejecución y supervisión de obras municipales.

e) Coordina, revisa, evalúa y emite opinión técnica sobre los estudios y proyectos de infraestructura pública local, previamente a su aprobación.

f) Revisa, evalúa y aprueba en primera instancia las valorizaciones de obras. g) Supervisa y controla las acciones y actividades efectuadas por los

residentes e inspectores en la ejecución de las obras publicas locales. h) Coordina la implementación y actualización del Banco de Proyectos de

Inversión en Infraestructura Pública Local de la Entidad. i) Coordina y revisa la formulación de planos generales y específicos y los

expedientes técnicos de obras de infraestructura pública social, productiva, comercial, comunal, institucional, etc., de acuerdo con las normas técnicas específicas y el Reglamento Nacional de Construcciones.

j) En coordinación con la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Urbano evalúa, procesa, tramita y otorga las licencias de construcción, regularización, demolición, ampliación, refacción, conformidad de obra y otros similares.

k) En coordinación con la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Urbano, revisa, tramita y otorga los certificados de zonificación y compatibilidad de uso con la previa inspección ocular y reajuste técnico.

l) Revisa, evalúa y emite opinión sobre los expedientes de Declaratoria de Fábrica de construcciones públicas o privadas, tramitados.

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m) Dispone, orienta y supervisa la información estadística referida a la situación de la infraestructura básica y de servicios públicos, equipamiento urbano, y mantenimiento y conservación de bienes de dominio público en la jurisdicción del distrito, para remitirla a través de la Jefatura de la División a la Gerencia Municipal y Alta Dirección.

n) Formula, revisa y/o supervisa los Informes Técnicos referidos a la ejecución, supervisión, paralización, recepción y liquidaciones de las obras públicas municipales.

o) Coordina e implementa la aplicación de los mecanismos y procedimientos de Control Interno en las actividades y acciones que desarrollan las unidades orgánicas a su cargo.

p) Dispone la organización, implementación y actualización permanente de los registros estadísticos de la Unidad.

q) Dispone la organización, implementación y supervisa el Archivo Técnico de la Unidad.

r) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe de la División de Desarrollo Urbano y Rural.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD. Dependencia: El Jefe de la Unidad de Obras e Infraestructura Local depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la División de Desarrollo Urbano y Rural.

Nivel de Autoridad: Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el personal asignado en los

siguientes Cargos: 1. Coordinador del Área de Ejecución de Obras 2. Asistente Técnico en Infraestructura 3. Técnico en Infraestructura 4. Técnico en Topografía 5. Coordinador del Área de Supervisión y Liquidación de Obras 6. Asistente Técnico en Supervisión de Obras 7. Asistente Administrativo en Liquidación de Obras 8. Coordinador del Área de Maquinaria y Equipo Mecánico 9. Técnico en Servicios de Mantenimiento y Reparación 10. Operador de Maquinaria Pesada (2) 11. Chofer de Vehículo Pesado.

Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas a la Unidad de Obras e Infraestructura Local.

REQUISITOS MÍNIMOS Título profesional universitario de Ingeniero Civil, con Colegiatura. Experiencia (5 años) en labores especializadas en la ejecución y desarrollo de obras de Infraestructura Local.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, AutoCAD, S-10, entre otros).

Experiencia en conducción de personal.

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Área de Ejecución de Obras 53. DEL COORDINADOR DEL AREA DE EJECUCION DE OBRAS

El Coordinador del Área de Ejecución de Obras, tiene el Cargo Clasificado de INGENIERO I, Código 509ES235, Nivel Ocupacional de Servidor Profesional Especialista 2, Categoría SPES2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 053.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Programa, coordina, orienta, dirige y controla la ejecución de las obras de infraestructura pública que desarrolla la entidad, cualquiera que sea la modalidad, de acuerdo a su Plan de Inversiones aprobado.

b) Cumple y hace cumplir los procedimientos y la normatividad vigente para la ejecución de los proyectos y obras públicas.

c) Apoya en la formulación de las bases técnicas y administrativas para procesos de adjudicaciones, concursos y/o licitaciones públicas de Obras, cuando se hayan previsto.

d) Participar y apoyar los procesos de selección para la contratación de ejecución de obras.

e) Propone la conformación de la Comisión de Recepción de Obras culminadas.

f) Informa mensualmente sobre las valorizaciones y el avance físico de obras al Jefe de la DIDUR.

g) Emitir opinión técnica en asuntos relacionados a su competencia. h) Programa, dirige y controla las acciones correspondientes a las obras de

mantenimiento y conservación de la infraestructura municipal existente. i) Vela por el cumplimiento de los objetivos específicos de su competencia,

establecidos en el Plan de Inversiones y el Plan Estratégico Institucional. j) Coordina y participa de manera conjunta con las demás unidades

orgánicas competentes de las acciones y actividades relacionadas con la determinación y disposición de las zonas urbanas y usos del suelo.

k) Formula y propone directivas, manuales y otros dispositivos internos para la ejecución de los proyectos y obras de la entidad.

l) Dispone la organización y presentación de la información y documentación pertinente para la liquidación de las obras ejecutadas y su saneamiento legal correspondiente.

m) Supervisa la organización, implementación y controla el Archivo Técnico de la unidad orgánica a su cargo.

n) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe de la Unidad de Obras e Infraestructura Local.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Dependencia: El Coordinador del Área de Ejecución de Obras depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la Unidad de Obras e Infraestructura Local.

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Nivel de Autoridad: Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el siguiente personal: 1. Asistente Técnico en Infraestructura 2. Técnico en Infraestructura 3. Técnico en Topografía. Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al cargo.

REQUISITOS MÍNIMOS Título profesional universitario de Ingeniero Civil, con colegiatura. Experiencia comprobada en ejecución de obras públicas. Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, AutoCAD, S-10, entre otros).

Alguna experiencia en conducción de personal.

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54. DEL ASISTENTE TECNICO EN INFRAESTRUCTURA

El Asistente Técnico en Infraestructura, tiene el Cargo Clasificado de ASISTENTE EN INFRAESTRUCTURA II, Código 509AP335, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 3, Categoría SPAP3. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 054.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Participa en la ejecución, control y recepción de las obras de

infraestructura pública local, programadas y desarrolladas por la Entidad. b) Participa en el replanteamiento de expedientes técnico-administrativos en

la ejecución y desarrollo de obras de infraestructura pública local. c) Efectúa las acciones y actividades propias como residente en la ejecución

de las obras por administración directa. d) Participa, de así requerirse, en el procesamiento y tramite de los

expedientes organizados para el otorgamiento de las licencias de construcción, regularización, demolición, ampliación, refacción, conformidad de obra y otros. Así como, los certificados de zonificación y compatibilidad de uso con la previa inspección ocular y reajuste técnico.

e) Elabora y/o participa en la formulación de Informes Técnicos referidos a la ejecución, supervisión, paralización, recepción y liquidaciones de las obras públicas municipales.

f) Participa en la elaboración y formulación de la información estadística funcional que se requiera referente al desarrollo de las obras de infraestructura pública local que se ejecuten directamente, por contrata o por convenio.

g) Coadyuva a mantener actualizado y debidamente organizado y conservado el Archivo Técnico de la Unidad.

h) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe del Área de Ejecución de Obras.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD. Dependencia: El Asistente Técnico en Infraestructura, depende jerárquica y administrativamente del Jefe del Área de Ejecución de Obras. Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al cargo. REQUISITOS MÍNIMOS

Grado académico de Bachiller Universitario en Ingeniería Civil o carreras afines.

Experiencia en labores especializadas en la ejecución y desarrollo de obras de Infraestructura Local.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, AutoCAD, S-10, entre otros).

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55. DEL TECNICO EN INFRAESTRUCTURA

El Técnico en Infraestructura, tiene el Cargo Clasificado de TECNICO EN INFRAESTRUCTURA II, Código 509AP235, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 2, Categoría SPAP2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 055.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Apoya en las acciones y actividades de ejecución, control y recepción de

las obras de infraestructura pública local, programadas y desarrolladas por la Entidad.

b) Elabora análisis de costos, ejecutar cálculos y labores similares para la verificación y replanteo de expedientes técnicos, valorizaciones de obras, informes técnicos, y trabajos similares de infraestructura pública local, que se le soliciten.

c) Recopila información y/o realiza análisis preliminares de la información a utilizarse en el proceso de ejecución, control y recepción de obras.

d) Participa en la elaboración de croquis o planos para la organización de expedientes técnico-administrativos de autorización de licencias, de subdivisión, transferencias, acumulación de área y acciones similares, que se tramiten en la unidad orgánica.

e) Participa en la elaboración de informes técnicos de la Unidad, de acuerdo a las normas técnicas y en base a los datos, obtenidos en el trabajo de campo.

f) Tiene a su cargo la custodia, actualización y conservación del Archivo Técnico de la Unidad.

g) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe del Área de Ejecución de Obras.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Técnico en Infraestructura, depende jerárquica y administrativamente del Jefe del Jefe del Área de Ejecución de Obras.

Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al cargo. REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios universitarios (6 semestres) en Ingeniería Civil o Arquitectura, o Titulo de Instituto o Centro Superior Tecnológico, en la especialidad.

Experiencia en labores especializadas en la ejecución y desarrollo de obras de Infraestructura Local.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, AutoCAD, S-10, entre otros).

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56. DEL TECNICO EN TOPOGRAFIA

El Técnico en Topografía, tiene el Cargo Clasificado de TOPOGRAFO I, Código 509AP235, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 2, Categoría SPAP2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 056. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Apoya al personal técnico profesional de la unidad orgánica, en el trabajo

de campo en lo relacionado a mediciones, trazados, señalizaciones, colocaciones de marcas fijas entre otros.

b) Tiene a su cargo el mantenimiento y conservación de los equipos de topografía.

c) Realiza tareas de apoyo en la organización, actualización y conservación de la Planoteca y el Archivo Técnico de la unidad orgánica.

d) Ejecuta las actividades técnicas en el delineamiento y descripción de terrenos.

e) Realiza los trabajos preliminares necesarios para el levantamiento de planos topográficos.

f) Realiza levantamiento de planos de distribución para valorizaciones de construcciones.

g) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe del Area de Ejecución de Obras.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Técnico en Topografía, depende jerárquica y administrativamente del Jefe del Área de Ejecución de Obras. Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al Cargo.

REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios superiores (4 semestres) en Instituto o Centro Superior Tecnológico, relacionados con la especialidad.

Capacitación técnica en topografía Alguna experiencia en labores relacionadas con topografía.

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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Área de Supervisión y Liquidación de Obras

57. DEL COORDINADOR DEL AREA DE SUPERVISION Y LIQUIDACION DE OBRAS El Coordinador del Área de Ejecución de Supervisión y Liquidación de Obras, tiene el Cargo Clasificado de INSPECTOR EN INFRAESTRUCTURA II, Código 509ES235, Nivel Ocupacional de Servidor Público Especialista 2, Categoría SPES2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 057.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Programa, coordina, ejecuta y monitorea las acciones operaciones

técnico administrativas relacionadas con la supervisión y liquidación de las obras ejecutadas por la entidad tanto por la modalidad de administración directa como por contrata.

b) Verifica y controla la correcta aplicación y uso de los recursos financieros, materiales y humanos en la ejecución de las obras y proyectos de inversión a cargo de la entidad.

c) Verifica los informes de Valorizaciones y Avances de Obras, emitidos por la unidad o área ejecutora correspondiente.

d) Efectúa oportunamente el proceso de liquidación técnico económico de las Obras ejecutadas, así como proyecta los informes pertinentes para su aprobación resolutiva en las instancias correspondientes.

e) Dirige las acciones de supervisión y control a las obras de mantenimiento a la infraestructura pública local existente.

f) Informa oportuna y periódicamente, a las instancias correspondientes, sobre el avance físico y financiero de las obras en ejecución supervisadas, las liquidaciones técnicas financieras y las transferencias de obras efectuadas.

g) Emite opinión técnica respecto de los asuntos de su competencia. h) Formula y propone normas, reglamentos, directivas, metodologías y

herramientas de control, supervisión y liquidación de obras. i) Dispone la organización, implementación y actualización permanente de

los registros estadísticos de la Unidad. j) Dirige la organización e implementación del Archivo Técnico del Area. k) Otras inherentes al ámbito de su competencia y las dispuestas por la

Jefatura de la Unidad de Obras e Infraestructura Local.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Coordinador del Área de Supervisión y Liquidación de Obras depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la Unidad de Obras e Infraestructura Local.

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Nivel de Autoridad:

Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el siguiente personal: 1. Asistente Técnico en Supervisión y Liquidación de Obras 2. Asistente Administrativo en Liquidación de Obras.

Responsabilidad:

Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al cargo.

REQUISITOS MÍNIMOS

Grado universitario de Bachiller en Ingeniería Civil, Arquitectura o carreras afines.

Experiencia comprobada en ejecución y liquidación de obras públicas. Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, AutoCAD, S-10, entre otros).

Alguna experiencia en conducción de personal.

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58. DEL ASISTENTE TECNICO EN SUPERVISION Y LIQUIDACION DE OBRAS.

El Asistente Técnico en Supervisión y Liquidación de Obras, tiene el Cargo Clasificado de ASISTENTE EN INFRAESTRUCTURA II, Código 509AP335, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 3, Categoría SPAP3. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 058. FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Coordina y participa en el proceso de supervisión y control de las obras de

infraestructura pública local en ejecución, verificando la correcta aplicación y uso de los recursos financieros, materiales y humanos.

b) Participa en la verificación de Valorizaciones y Avances de Obras, emitidos por la unidad o área ejecutora correspondiente.

c) Efectúa la liquidación técnico económica de las obras ejecutadas, así como proyecta los informes pertinentes para su aprobación resolutiva.

d) Participa en la elaboración de normas, reglamentos, directivas internas de control, supervisión y liquidación de obras.

e) Formula informes técnicos referidos a la supervisión y liquidación de las obras públicas municipales.

i) Coadyuva a mantener actualizado y debidamente organizado y conservado el Archivo Técnico del Área.

j) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe del Área de Supervisión y Liquidación de Obras.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD. Dependencia: Depende jerárquica y administrativamente del Jefe del Área de Supervisión y Liquidación de Obras. Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al cargo.

REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios universitarios (6 semestres) en Ingeniería Civil, Arquitectura o carreras afines; o Titulo de Instituto o Centro Superior Tecnológico, en la especialidad.

Experiencia en labores especializadas en supervisión y liquidación de obras de infraestructura local.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, AutoCAD, S-10, entre otros).

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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59. DEL ASISTENTE ADMINISTRATIVO EL LIQUIDACION DE OBRAS

El Asistente Administrativo en Liquidación de Obras, tiene el Cargo Clasificado de TECNICO ADMINISTRATIVO I, Código 509AP235, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 2, Categoría SPAP2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 059. FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Apoya en las acciones y actividades de recepción y liquidación de las

obras de ejecutadas por la Entidad. b) Recopila la información y documentación de carácter técnico y

administrativo contable a utilizarse en el proceso de liquidación de obras.

c) Efectúa el análisis económico financiero de los gastos en la ejecución de las obras y emite los informes administrativos correspondientes.

d) Participa en la elaboración de informes técnicos del Área, de acuerdo a las normas técnicas y en base a los datos, obtenidos en el trabajo de campo.

e) Asume las tareas de carácter administrativo necesarias para la funcionabilidad del Área.

f) Tiene a su cargo la custodia, actualización y conservación del Archivo Técnico de la Unidad.

g) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe del Área de Supervisión y Liquidación de Obras.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: Depende jerárquica y administrativamente el Jefe del Área de Supervisión y Liquidación de Obras. Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al cargo. REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios universitarios (4 semestres) en administración, contabilidad, economía o Egresado de Instituto o Centro Superior Tecnológico, en la especialidad.

Capacitación en ejecución y/o liquidación de obras de infraestructura pública.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, AutoCAD, S-10, entre otros).

Alternativa

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Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

Área de Maquinaria y Equipo Mecánico 60. DEL COORDINADOR DEL AREA DE MAQUINARIA Y EQUIPO

MECANICO

El Coordinador del Área de Maquinaria y Equipo Mecánico, tiene el Cargo Clasificado de TECNICO ADMINISTRATIVO II, Código 509AP335, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 3, Categoría SPAP3. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 060.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Programa, coordina, dirige, controla y supervisa la implementación,

operatividad, mantenimiento y conservación de los equipos, vehículos y maquinaria de la entidad, destinados para el funcionamiento institucional, la prestación de servicios públicos y la ejecución de proyectos y obras en infraestructura pública local.

b) Coordina con las unidades orgánicas requirentes la programación sobre el uso de los vehículos, equipos y maquinaria municipal, determinando así mismo, las etapas de mantenimiento periódico obligado.

c) Formula y propone para su aprobación, normas y procedimientos técnicos para el uso, mantenimiento, reparación y conservación de los vehículos, equipos y maquinarias de la Entidad.

d) Participa en los procesos técnicos administrativos para la contratación y adquisición de vehículos, maquinaras, equipos, repuestos, suministros y otros bienes y servicios destinados para el mantenimiento, conservación y/o reposición de los bienes asignados a la unidad orgánica.

e) Dispone, implementa y supervisa el uso de mecanismos permanentes de control de las unidades a su cargo, como son: bitácoras, tarjetas, registros y otros similares.

f) Formula y presenta para su aprobación el Plan Anual de Mantenimiento y Conservación de la Maquinaria y Equipos de la Entidad

g) Propone políticas institucionales sobre la implementación, uso, mantenimiento y conservación de los equipos y maquinaria municipal.

h) Formula la información estadística necesaria en cuanto a la situación, uso y mantenimiento de los equipos, vehículos y maquinaria municipal.

i) Supervisa y controla el funcionamiento de los talleres de mantenimiento y reparación de la Entidad

j) Dispone, coordina y/o efectuar el saneamiento técnico, legal y administrativo de los vehículos y maquinaria municipal a su cargo.

k) Coordina y realiza inventarios periódicos de los equipos, vehículos y maquinaria de la Entidad.

l) Emite informes técnicos administrativos sobre el uso, mantenimiento, reparación y conservación de los equipos, vehículos y maquinaria municipal.

m) Organiza, implementa y controla el archivo técnico del Área.

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074-451262

n) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe de la Unidad de Obras e Infraestructura Local.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Coordinador del Área de Maquinaria y Equipo Maquinaria depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la Unidad de Obras e Infraestructura Local. Nivel de Autoridad: Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el personal asignado en los siguientes Cargos: 1. Técnico en Servicio de Mantenimiento y Reparación 2. Operadores de Maquinaria Pesada (2) 3. Chófer de Vehículo Pesado.

Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al Área de Maquinaria y Equipo Mecánico. REQUISITOS MÍNIMOS

Título de Instituto o Centro Superior en mecánica automotriz o especialidades afines; o con estudios superiores universitarios (6 semestres) en la especialidad.

Experiencia en labores relacionadas en la administración y desarrollo de centros de maquinaria municipal.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, entre otros).

Experiencia en conducción de personal.

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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074-451262

61. DEL TECNICO EN SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y REPARACION

El Técnico en Servicio de Mantenimiento y Reparación, tiene el Cargo Clasificado de MECANICO I, Código 509AP235, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 2, Categoría SPAP2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 061.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Programa, coordina, efectúa y supervisa las revisiones, reparaciones y

regulaciones especializadas a motores y demás sistemas técnicos de la maquinaria, vehículos y equipo mecánico diverso de la Entidad.

b) Calcula y determina costos y presupuestos para la reparación y mantenimiento de los equipos, vehículos y maquinaria municipal

c) Asesora y/u orienta en la adquisición de bienes, insumos y repuestos para la reparación y mantenimiento de los equipos, vehículos y maquinaria municipal.

d) Verifica de forma permanente el estado y funcionamiento de los equipos, vehículos y maquinaria de la Entidad.

e) Prepara informes o reportes de carácter técnico sobre la situación, mantenimiento y/o reparación de los equipos, vehículos y maquinaria.

f) Organiza y lleva el archivo técnico estadístico sobre el mantenimiento y reparación de la maquinaria, vehículos y equipos de la Entidad.

g) Participa en la elaboración y formulación del Plan Anual de Mantenimiento y Conservación de la Maquinaria y Equipos de la Entidad

h) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe del Área de Maquinaria y Equipo de Mecánico.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD. Dependencia: Depende jerárquica y administrativamente del Coordinador del Área de Maquinaria y Equipo Mecánico. Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al Cargo.

REQUISITOS MÍNIMOS Diplomado en mecánica automotriz, emitido por un Centro de estudios técnico autorizado.

Capacitación en la especialidad Experiencia en labores relacionadas con el mantenimiento y reparación de maquinaria y equipos.

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Lefm 115

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074-451262

Alternativa Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

62. DEL OPERADOR DE MAQUINARIA PESADA II

El Operador de Maquinaria Pesada II, tiene el Cargo Clasificado de OPERADOR DE EQUIPO PESADO II, Código 509AP235, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 2, Categoría SPAP2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 062.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Conduce u opera la unidad asignada para la realización de los trabajos

programados previamente comunicados. b) Cuida que la unidad asignada se encuentre en perfecto estado de

funcionamiento y conservación. c) Desarrolla con eficiencia y eficacia los diferentes trabajos diarios que se le

encomiendan. d) Llena los partes diarios de trabajo y de los libros de bitácora del equipo

mecánico a su cargo. e) Efectúa trabajos de mantenimiento preventivo de los equipos mecánicos a

su cargo. f) Vela por la custodia de las herramientas y demás implementos que se

encuentran a su cargo. g) Informa al Jefe inmediato superior, sobre las paralizaciones de los equipos

por fallas mecánicas para su respectiva reparación. h) Realiza trabajos de limpieza de los diferentes equipos mecánicos y

herramientas a su cargo. i) Otras de su competencia y las que le asigne el Jefe del Area.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD. Dependencia: Jerárquica y administrativamente depende del Jefe del Area de Maquinaria y Equipo Mecánico. Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa de la operatividad, mantenimiento, conservación y seguridad de la unidad vehicular asignada a su cargo. REQUISITOS MÍNIMOS

Secundaria Completa. Licencia de Conducir vehículos pesados. Experiencia comprobada (5 años) en la conducción y operación de

vehículos y maquinaria pesada.

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074-451262

63. DEL OPERADOR DE MAQUINARIA PESADA I

El Operador de Maquinaria Pesada I, tiene el Cargo Clasificado de OPERADOR DE EQUIPO PESADO I, Código 509AP135, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 1, Categoría SPAP1. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 063.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Conduce u opera la unidad asignada para la realización de los trabajos

programados previamente comunicados. b) Cuida que la unidad asignada se encuentre en perfecto estado de

funcionamiento y conservación. c) Desarrolla con eficiencia y eficacia los diferentes trabajos diarios que se le

encomiendan. d) Llena los partes diarios de trabajo y de los libros de bitácora del equipo

mecánico a su cargo. e) Efectúa trabajos de mantenimiento preventivo de los equipos mecánicos a

su cargo. f) Vela por la custodia de las herramientas y demás implementos que se

encuentran a su cargo. g) Informa al Jefe inmediato superior, sobre las paralizaciones de los equipos

por fallas mecánicas para su respectiva reparación. h) Realiza trabajos de limpieza de los diferentes equipos mecánicos y

herramientas a su cargo. i) Otras de su competencia y las que le asigne el Jefe del Área.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD. Dependencia: Jerárquica y administrativamente depende del Jefe del Área de Maquinaria y Equipo Mecánico. Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa de la operatividad, mantenimiento, conservación y seguridad de la unidad vehicular asignada a su cargo. REQUISITOS MÍNIMOS

Secundaria Completa. Licencia de Conducir vehículos pesados. Experiencia comprobada (3 años) en la conducción y operación de

vehículos y maquinaria pesada.

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074-451262

64. DEL CHOFER El Chofer, tiene el cargo clasificado de CHOFER II, Código 509AP435, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 4, Categoría SPAP4. En el CAP la plaza se tienen prevista con el Nº de Orden 064.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Conduce u opera la unidad asignada para la realización de los trabajos

programados previamente comunicados. b) Cuidar que los vehículos a su cargo, se encuentren en perfecto estado de

funcionamiento y conservación. c) Efectuar los reportes de los trabajos realizados en los respectivos partes

diarios y en el libro de bitácora, así como los servicios de mantenimiento brindado a las unidades móviles.

d) Informar diariamente al Jefe de la Unidad sobre las paralizaciones de las unidades operativas, por fallas mecánicas para la correspondiente toma de decisiones.

e) Velar por la custodia de las herramientas y demás implementos que se encuentran a su cargo.

f) Efectuar trabajos de mantenimiento preventivo de los vehículos a su cargo.

g) Efectuar trabajos de limpieza de los diferentes vehículos y herramientas a su cargo.

h) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe del Área.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Chofer, jerárquica y administrativamente depende del Jefe del Área de Maquinaria y Equipo Mecánico. Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa de la operatividad, mantenimiento, conservación y seguridad de la unidad vehicular asignada a su cargo. REQUISITOS MÍNIMOS

Secundaria Completa. Licencia de Conducir, categoría Profesional. Experiencia comprobada (3 años) en la conducción de vehículos motorizados.

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5.5.2. DIVISION DE PROMOCION Y DESARROLLO ECONOMICO SOCIAL (PROMOVER)

65. DEL JEFE DE DIVISIÓN

El Jefe de la División de Promoción y Desarrollo Económico Social (PROMOVER), es el funcionario responsable de planificar, programar, coordinar, dirigir, supervisar y controlar las acciones y actividades relacionadas con el desarrollo de los Programas Sociales en los aspectos de salud promocional y preventiva, nutrición y apoyo alimentario, educación, cultura, deporte y recreación; el fomento y promoción del Desarrollo Económico Productivo Local; así como, de la defensa y promoción de los Derechos Ciudadanos de la población en la jurisdicción del Distrito. El Jefe de la División de Promoción y Desarrollo Económico Social, tiene el Cargo Clasificado de ESPECIALISTA EN PROMOCION SOCIAL III, Código 510DS255, Nivel Ocupacional de Directivo Superior 2, Categoría SPDS2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 065.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Planifica, programa, coordina, gestiona, dirige, ejecuta, supervisa,

controla y monitorea el cumplimiento de las actividades y acciones concernientes al planeamiento y desarrollo socioeconómico de la jurisdicción, a través de los Programas y Proyectos Sociales, Económico Productivos, y la Promoción y Defensa de los Derechos Ciudadanos, con la Participación directa de la población debidamente organizada.

b) Propone a la Gerencia Municipal y la Alta Dirección, lineamientos de política institucional en lo referente a la Promoción y Fomento del Desarrollo Económico Social y la ejecución de los Programas y Proyectos inherentes al desarrollo socioeconómico de la jurisdicción.

c) Formula y eleva para la aprobación de la Alta Dirección, el Plan de Promoción y Desarrollo Económico Social del Distrito; así como, los correspondientes Planes y Programas de Gestión, de Trabajo, de Acción, etc. Dirigiendo y supervisando su implementación, adecuación y actualización permanente.

d) Formula y propone a la Gerencia Municipal y la Alta Dirección el Programa Anual de Inversiones en Promoción y Desarrollo Económico Social Local.

e) Gestiona, dirige, supervisa, controla y monitorea, de manera específica, la ejecución de los programas, actividades y proyectos de promoción y desarrollo social en salud, educación, cultura, deporte y recreación; los programas de asistencia social, asistencia solidaria y asistencia alimentaria, servicios de defensoría del niño y adolescentes, y de apoyo a los ciudadanos discapacitados. Así como, los de carácter económico productivo que propicien la creación y generación de nuevas fuentes de trabajo; y, en la formación y fortalecimiento de las organizaciones sociales de la jurisdicción.

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Lefm 119

CALLE ELIAS AGUIRRE Nº 229 – REQUE – CHICLAYO – LAMBAYEQUE

074-451262

f) Asesora, informa, y coordina permanentemente, con la Gerencia y la Alta Dirección, así como con otras unidades orgánicas de la Entidad, sobre los aspectos relacionados con el avance y desenvolvimiento de los planes, programas, actividades y proyectos de promoción y desarrollo económico social, para la oportuna toma de decisiones sobre el particular.

g) Coordina y apoya la adecuada implementación y actualización del Banco de Proyectos de Inversión de la Entidad, en lo concerniente al área de promoción y desarrollo económico social.

h) Formula y presenta proyectos, propuestas e iniciativas, a la Alta Dirección, para buscar la cooperación y asistencia técnica y económica nacional e internacional para el financiamiento y desarrollo de los Programas de Apoyo y Asistencia Social.

i) Coordina y dispone la implementación y aplicación de los mecanismos y procedimientos de Control Interno en las actividades y acciones que ejecutan las unidades orgánicas a su cargo.

j) Asesora a la comunidad en los asuntos relacionados con promoción y desarrollo económico social y su participación activa en la gestión municipal.

k) Formula e implementa normas y directivas de carácter interno para la adecuada racionalización de los procedimientos administrativos de la División.

l) Dispone la organización, implementación y actualización permanente de los registros estadísticos de la División.

m) Organiza, dispone la implementación, y controla el Archivo Técnico de la División.

n) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Gerente Municipal y la Alta Dirección.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Jefe de la División de Promoción y Desarrollo Económico Social depende jerárquica y administrativamente del Gerente Municipal. Nivel de Autoridad: Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el personal asignado en los siguientes Cargos: 1. Asistente Administrativo de la Unidad 2. Jefe de la Unidad de Promoción, Desarrollo Social y Participación

Ciudadana 3. Coordinador del Área de Promoción y Desarrollo de Servicios Sociales 4. Asistente en Promoción y Desarrollo Social 5. Técnico en Servicio Social 6. Coordinador del Área de Promoción y Desarrollo de Organizaciones

Sociales y Participación Ciudadana 7. Promotor Social 8. Jefe de la Unidad de Programas de Asistencia y Apoyo Social

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9. Coordinador del Área de Programas de Asistencia Alimentaria y Vaso de Leche.

10. Asistente Técnico Alimentario 11. Coordinador del Área de Servicios para el Desarrollo Humano 12. Asistente Técnico en DEMUNA 13. Asistente Técnico en Asistencia Solidaria 14. Jefe de la Unidad de Promoción y Desarrollo Económico 15. Coordinador del Área de Estudios y Proyectos Económico Productivos 16. Asistente Técnico en Estudios y Proyectos Económicos 17. Coordinador del Área de Gestión Ambiental y Recursos Naturales 18. Asistente Técnico en Gestión Ambiental 19. Coordinador del Área de Promoción y Desarrollo de Pymes 20. Asistente Técnico en Promoción y Desarrollo de Pymes Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas a la División de Promoción y Desarrollo Económico Social.

REQUISITOS MÍNIMOS

Título profesional universitario. Capacitación y experiencia en labores especializadas en Promoción y Desarrollo Económico Social.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Experiencia en conducción de personal.

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66. DEL ASISTENTE ADMINISTRATIVO

El Asistente Administrativo de la División de Promoción y Desarrollo Económico Social, tiene el Cargo Clasificado de TÉCNICO ADMINISTRATIVO II, Código 510AP355, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 3, Categoría SPAP3. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 066.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Coordina con el Jefe de la División sobre la agenda de trabajo. b) Revisa y verifica la legalidad de los documentos de despacho tramitados

para la suscripción del Jefe de la División. c) Prepara los documentos que disponen el cumplimiento a las decisiones

y disposiciones del Jefe de la unidad orgánica. d) Asiste en la implementación de los actos administrativos que

corresponden a la unidad orgánica. e) Efectúa el seguimiento a las disposiciones emitidas por el Jefe de

la Unidad mediante Resoluciones y/u otros documentos similares. f) Redacta los documentos oficiales de competencia de la jefatura de la

unidad orgánica. g) Coordina y verifica que las unidades orgánicas responsables hayan

cumplido con emitir los informes solicitados por la jefatura de la unidad orgánica.

h) Elabora los documentos internos de competencia de la jefatura de la unidad orgánica, teniendo en cuenta la legalidad de los mismos en cuanto a la relación entre los informes técnicos y legales que los sustenten.

i) Custodia y mantiene actualizados y ordenados los archivos de la jefatura de la unidad orgánica.

j) Otras funciones que en materia de su competencia le asigne el Jefe de la División.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD.

Dependencia: El Asistente Administrativo, jerárquica y administrativamente depende del Jefe de la División de Promoción y Desarrollo Económico Social. Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa del desarrollo y cumplimiento eficiente de las acciones y tareas propias del cargo.

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REQUISITOS MÍNIMOS Estudios universitarios (6 semestres académicos) o Titulo de Instituto

Superior Técnico, relacionados con las ciencias administrativas, contables o económicas.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Alguna experiencia en labores de la administración municipal.

Alternativa Poseer una combinación equivalente de formación académica,

capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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5.5.2.1 UNIDAD DE PROMOCION, DESARROLLO SOCIAL Y PARTICIPACION CIUDADANA

67. DEL JEFE DE UNIDAD

El Jefe de la Unidad de Promoción, Desarrollo Social y Participación Ciudadana, es el funcionario responsable de programar, coordinar, dirigir, ejecutar, controlar y supervisar las acciones y actividades relacionadas con la atención primaria en salud, educación, cultura, deportes y recreación; así como, la organización, fortalecimiento y participación activa de las organizaciones sociales y la ciudadanía en general en el desarrollo local.

El Jefe de la Unidad de Promoción, Desarrollo Social y Participación Ciudadana, tiene el Cargo Clasificado de ESPECIALISTA EN PROMOCION SOCIAL II, Código 510EJ255, Nivel Ocupacional de Servidor Público Ejecutivo 2, Categoría SPEJ2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 067.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Coordina, dirige, controla la implementación y ejecución del Plan de

Promoción y Desarrollo Económico Social aprobado para el Distrito; así como de los Planes, Programas, Actividades y Proyectos relacionados con salud, educación, cultura, deporte y recreación; con la promoción y desarrollo de las organizaciones sociales y participación ciudadana.

b) Programa, coordina, dirige, ejecuta y controla las acciones y actividades específicas orientadas a la promoción y atención en salud preventiva, que incluye la creación, implementación y funcionamiento de Centros Primarios de Salud, Postas Médicas, Puestos de Primeros Auxilios y botiquines comunales, particularmente en el ámbito rural y urbano marginal.

c) Programa, coordina, dirige, ejecuta y controla las acciones y actividades específicas en apoyo a la educación que incluye el reacondicionamiento, equipamiento, implementación de los centros educativos de educación básica regular, centros de educación o formación laboral, academias, bibliotecas y programas de alfabetización.

d) Programa, coordina, dirige, ejecuta y controla las acciones y actividades específicas orientadas a fomentar, promocionar, difundir y fortalecer la cultura, el arte, la música, folklore y todas aquellas manifestaciones que identifican el acervo histórico costumbrista popular de la jurisdicción.

e) Programa, coordina, dirige, ejecuta y controla las acciones y actividades específicas orientadas a fomentar, promover, apoyar y desarrollar el deporte, la recreación y el esparcimiento, en sus diferentes formas y con la participación masiva de la población.

f) Coordina, dirige y orienta la elaboración y formulación de estudios y proyectos socioeconómicos para incorporarlos al Banco de Proyectos de Inversión Local de la Entidad.

g) Programa, coordina, dirige, ejecuta y controla las acciones y actividades específicas orientadas a fomentar y promover la creación, ordenación, registro, fortalecimiento y desarrollo de las Organizaciones Sociales con fines y propósitos de gestión vecinal, comunal, gremial, de apoyo social, culturales, deportivas, juveniles, etc., a fin de propiciar su participación permanente, activa y democrática en el gobierno municipal.

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h) Programa, coordina, dirige, ejecuta y controla las acciones y actividades específicas orientadas a la promoción, fomento, práctica y resguardo de los derechos ciudadanos.

i) Dispone, verifica y controla la elaboración de la información estadística funcional necesaria sobre la realidad socioeconómica la jurisdicción en cuanto a: servicios en salud, educación, cultura, deporte y recreación; así como de la participación de la población en la gestión municipal, para remitirla a través de la jefatura de la División, a la Gerencia Municipal y Alta Dirección.

j) Coordina e implementa la aplicación de los mecanismos y procedimientos de Control Interno en las actividades y acciones que ejecutan las unidades orgánicas a su cargo.

k) Dispone la organización, implementación y actualización permanente de los registros estadísticos de la Unidad.

l) Dispone y supervisa la organización, implementación y actualización del Archivo Técnico de la Unidad.

m) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe de la División de Promoción y Desarrollo Económico Social.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Dependencia: El Jefe de la Unidad de Promoción, Desarrollo Social y Participación Ciudadana depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la División de Promoción y Desarrollo Económico Social.

Nivel de Autoridad: Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el personal asignado en los siguientes Cargos: 1. Coordinador del Área de Promoción y Desarrollo de Servicios Sociales 2. Asistente en Promoción y Desarrollo Social 3. Técnico en Servicio Social 4. Coordinador del Área de Promoción y Desarrollo de Organizaciones

Sociales y Participación Ciudadana 5. Promotor Social

Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas a la Unidad de Promoción, Desarrollo Social y Participación Ciudadana.

REQUISITOS MÍNIMOS Título profesional universitario en ciencias sociales, de preferencia. Capacitación y experiencia en labores especializadas en promoción y desarrollo social.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Experiencia en conducción de personal.

Alternativa Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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Área de Promoción y Desarrollo de Servicios Sociales

68. DEL COORDINADOR DE AREA

El Coordinador del Área de Promoción y Desarrollo de Servicios Sociales, tiene el Cargo Clasificado de ESPECIALISTA EN PROMOCION SOCIAL II, Código 510ES255, Nivel Ocupacional de Servidor Público Especialista 2, Categoría SPES2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 068.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Programa, coordina, ejecuta y monitorea las acciones y actividades

proyectadas y establecidas en los programas de servicio social orientados a la atención en salud preventiva y promocional, apoyo a la educación y alfabetización, el desarrollo de la cultura, el deporte y recreación, en coordinación con las respectivas entidades del sector público y privado, así como con la participación activa de la población.

b) Coordina, verifica, analiza la atención del servicio de salud preventiva a los ciudadanos en el ámbito urbano y rural del distrito, informa y propone iniciativas de mejora al nivel superior.

c) Coordina, verifica y desarrolla acciones y actividades con las entidades e instancias correspondientes para coadyuvar al mejoramiento de la atención de la educación básica regular, la educación ocupacional, los programas de alfabetización y similares en el ámbito de la jurisdicción.

d) Coordina, programa, orienta y ejecuta actividades relacionadas con la promoción, difusión y apoyo a la cultura, folklore, arte, música y todas aquellas manifestaciones que identifican el acervo histórico costumbrista popular de la jurisdicción.

e) Coordina, programa, orienta y ejecuta actividades relacionadas con la promoción, difusión y apoyo al deporte en sus distintas disciplinas, orientándolo a la participación masiva de la población, con el apoyo de las organizaciones sociales comunales y vecinales.

f) Coordina, programa, orienta y ejecuta acciones orientadas a desarrollar la recreación y esparcimiento en sus diferentes formas y modalidades en beneficio de la población.

g) Emite informes técnicos especializados sobre los asuntos de su competencia, entre otros.

h) Coordina y participa de manera conjunta con las demás unidades orgánicas competentes de las acciones y actividades relacionadas con los servicios de promoción y desarrollo social.

i) Formula y propone directivas internas y manuales para los principales servicios o procedimientos administrativos a su cargo.

j) Organiza y mantener actualizado el archivo técnico de la unidad orgánica.

k) Otras inherentes sobre la materia, dispuestas por la Jefatura de la Unidad de Promoción, Desarrollo Social y Participación Ciudadana.

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074-451262

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Coordinador del Área de Promoción y Desarrollo de Servicios Sociales depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la Unidad de Promoción, Desarrollo Social y Participación Ciudadana. Nivel de Autoridad: Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el personal asignado en los siguientes Cargos: 1. Asistente en Promoción y Desarrollo Social, y 2. Técnico en Servicio Social Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al Cargo. REQUISITOS MÍNIMOS

Grado de Bachiller universitario en ciencias sociales, de preferencia. Capacitación y experiencia en labores especializadas en promoción y desarrollo social.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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074-451262

69. DEL ASISTENTE EN PROMOCION Y DESARROLLO SOCIAL El Asistente en Promoción y Desarrollo Social, tiene el Cargo Clasificado de ASISTENTE EN PROMOCION SOCIAL II, Código 510AP355, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 3, Categoría SPAP3. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 069.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Participa en la programación, coordina, orienta y ejecuta las acciones y

actividades proyectadas a la atención en salud preventiva y promocional, apoyo a la educación y alfabetización, desarrollo de la cultura, el deporte y recreación, en beneficio de la población de la jurisdicción.

b) Elabora informes técnicos administrativos sobre los aspectos y asuntos sociales, relacionados con salud preventiva, educación básica regular, alfabetización y formación ocupacional, cultura, deporte y recreación cuando le requieran las instancias superiores.

c) Brinda capacitación y asesoría a las instituciones, organizaciones sociales y público en general, en los asuntos relacionados con los servicios que brinda la unidad orgánica.

d) Participa en la realización de empadronamiento, censos y muestreos diversos relacionados a los programas de servicios sociales.

e) Efectúa la elaboración y formulación de la información estadística que se requiera referente al desarrollo de las acciones y actividades del Area.

f) Mantiene actualizado y debidamente organizado y conservado el archivo técnico de la unidad orgánica.

g) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Coordinador del Área de Promoción y Desarrollo de Servicios Sociales.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: Depende jerárquica y administrativamente del Coordinador del Área de Promoción y Desarrollo de Servicios Sociales. Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al Cargo.

REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios universitarios (6 semestres académicos) o Titulo de Instituto Superior Técnico, relacionados con las ciencias sociales.

Capacitación y experiencia en labores especializadas en el área. Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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70. DEL TECNICO EN SERVICIO SOCIAL

El Técnico en Servicio Social, tiene el Cargo Clasificado de TECNICO ADMINISTRATIVO II, Código 510AP255, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 2, Categoría SPAP2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 070.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Apoya en las acciones y actividades que ejecuta el Área en atención a la

salud preventiva y promocional, apoyo a la educación y alfabetización, desarrollo de la cultura, el deporte y recreación, de manera integral.

h) Recepciona, revisa y procesa la información y documentación de carácter técnico y administrativo que se tramita en el Área.

i) Participa en la elaboración de informes técnicos del Área. j) Participa en la elaboración y formulación de la información estadística

funcional que se requiera referente al desarrollo de las acciones y actividades del Área.

k) Asume las tareas de carácter administrativo necesarias para la funcionabilidad del Área.

l) Tiene a su cargo la custodia, actualización y conservación del Archivo Técnico de la Unidad.

m) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe del Área de Promoción y Desarrollo de Servicios Sociales.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: Depende jerárquica y administrativamente del Jefe de Área de Promoción y Desarrollo de Servicios Sociales. Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al cargo. REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios universitarios (4 semestres) o Egresado de Instituto o Centro Superior Tecnológico, en ciencias sociales o administración, de preferencia.

Capacitación y cierta experiencia en labores especializadas en el área. Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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Área de Promoción y Desarrollo de Organizaciones Sociales y Participación Ciudadana 71. DEL COORDINADOR DE AREA

El Coordinador del Área de Promoción y Desarrollo de Organizaciones Sociales y Participación Ciudadana, tiene el Cargo Clasificado de ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO I, Código 510ES255, Nivel Ocupacional de Servidor Público Especialista 2, Categoría SPES2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 071.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Coordina, programa, ejecuta y monitorea las acciones y actividades que

conlleven a la creación, organización, formalización, fortalecimiento y desarrollo de las Organizaciones Sociales constituidas con fines vecinales, de gestión comunal, de apoyo Social, gremiales, profesionales, educativas, culturales, deportivas y recreacionales, y cualquier otra forma de organizaciones de la sociedad civil, a fin de fomentar y propiciar su participación activa, permanente y democrática en la gestión y gobierno municipal, en ejercicio de sus derechos ciudadanos.

b) Organiza, implementa, actualiza y desarrolla el Registro Municipal de Organizaciones Sociales (RUOS) del distrito, brindándoles además orientación, capacitación y asistencia técnica, legal y administrativa para propiciar su fortalecimiento y consolidación institucional.

c) Coordina, orienta, dirige y ejecuta, las actividades e iniciativas destinadas a recoger las demandas y aportes de los ciudadanos, ya sea a nivel individual o colectivamente, para la mejora de la gestión municipal y el desarrollo del distrito.

d) Coordina, organiza, orienta, conduce y supervisa la inscripción, registro y participación de las Juntas Vecinales y los Comités Comunales en la gestión municipal.

e) Orienta, promueve, apoya y ejecuta la inscripción y participación de los delegados y agentes ciudadanos para su participación en el proceso del Presupuesto Participativo, en coordinación con las unidades orgánicas involucradas en su programación, desarrollo y posterior aprobación ante el CCLD.

f) Coordina, promueve y apoya la convocatoria, cada dos años, al proceso de inscripción, registro y elección de los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital.

g) Formula y eleva informes técnicos especializados sobre los asuntos de su competencia, entre otros.

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CALLE ELIAS AGUIRRE Nº 229 – REQUE – CHICLAYO – LAMBAYEQUE

074-451262

h) Coordina y participa de manera conjunta con las demás unidades orgánicas competentes de las acciones y actividades relacionadas con los servicios de Promoción y Desarrollo de Organizaciones Sociales y Participación Ciudadana.

i) Formula y propone directivas internas y manuales para los principales servicios o procedimientos administrativos a su cargo.

j) Organizar, conservar y mantener actualizado el archivo técnico de la unidad orgánica.

k) Otras inherentes a su competencia dispuestas por el Jefe de la Unidad de Promoción, Desarrollo Social y Participación Ciudadana.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Coordinador del Área de Promoción y Desarrollo de Organizaciones Sociales y Participación Ciudadana, depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la Unidad de Promoción, Desarrollo Social y Participación Ciudadana. Nivel de Autoridad: Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el personal asignado en el Cargo de: Promotor Social

Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al Cargo. REQUISITOS MÍNIMOS

Grado de Bachiller universitario en ciencias sociales, de preferencia. Capacitación y experiencia en labores especializadas en promoción y desarrollo social.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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72. DEL PROMOTOR SOCIAL El Promotor Social, tiene el Cargo Clasificado de PROMOTOR SOCIAL I, Código 510ES155, Nivel Ocupacional de Servidor Público Especialista 1, Categoría SPES1. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 072.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Coordina, ejecuta y monitorea las acciones y actividades específicas

relacionadas con la promoción, fortalecimiento y desarrollo de las organizaciones sociales y participación ciudadana; de acuerdo con los lineamientos, estrategias y disposiciones de las instancias superiores.

b) Participa en la elaboración y formulación de estudios y proyectos socioeconómicos para incorporarlos al Banco de Proyectos de Inversión Local de la Entidad.

c) Efectúa el acopio de información a través de encuestas, censos, entrevistas, fichas de empadronamiento, etc., sobre la situación socio económico de la Provincia.

d) Participa y apoya en la organización, implementación y actualización permanente del Registro Municipal de Organizaciones Sociales (RUOS) del Distrito.

e) Efectúa en el procesamiento y tramite de los expedientes administrativos organizados para el reconocimiento, registro, formalización, renovación de directivas, etc., de las Organizaciones Sociales del Distrito.

f) Coordina, participa y ejecuta las acciones conducentes a la convocatoria y desarrollo de asambleas y reuniones con la población debidamente organizada para tratar y atender los asuntos relacionados con las necesidades y la problemática socioeconómica de la jurisdicción.

g) Representa a la Entidad, previa autorización del nivel correspondiente, como veedor en las asambleas para la renovación de las Juntas Directivas de las Organizaciones Sociales.

h) Elabora informes técnico administrativo sobre los aspectos y asuntos sociales, relacionados con la promoción, fortalecimiento y desarrollo de las organizaciones sociales y participación ciudadana, cuando le requieran las instancias superiores.

i) Brindar capacitación y asesoría a las organizaciones sociales, constituidas bajo cualquier forma, en los asuntos relacionados a su organización, desarrollo y gestión institucional, propiciando iniciativas y alternativas de solución a la problemática que les atañe en coordinación con las entidades del sector público y privado que realizan actividades similares.

j) Elabora y/o participa en la formulación de la información estadística funcional que se requiera referente al desarrollo de las acciones y actividades del Área de Promoción y Desarrollo de Organizaciones Sociales y Participación Ciudadana.

k) Mantiene actualizado y debidamente organizado y conservado el Archivo Técnico de la unidad.

l) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Coordinador del Área de Promoción y Desarrollo de Organizaciones Sociales y Participación Ciudadana.

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LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Promotor Social depende jerárquica y administrativamente del Coordinador del Área de Promoción, Desarrollo Social y Participación Ciudadana. Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas por el Coordinador del Área de Promoción, Desarrollo Social y Participación Ciudadana.

REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios universitarios (4 semestres) o Egresado de Instituto o Centro Superior Tecnológico, en ciencias sociales de preferencia.

Capacitación y cierta experiencia en labores especializadas en el área. Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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5.5.2.2 UNIDAD DE PROGRAMAS DE ASISTENCIA Y APOYO SOCIAL

73. DEL JEFE DE UNIDAD

El Jefe de la Unidad de Programas de Asistencia y Apoyo Social, es el funcionario responsable de la programación, organización, coordinación, ejecución, control y monitoreo de las actividades y acciones relacionados con los Programas Locales de Lucha contra la Pobreza, de Asistencia y Desarrollo Social, establecidos y concertados a nivel del gobierno regional y nacional; el Programa del Vaso de Leche, los demás Programas de Apoyo Alimentario y de Apoyo Solidario. Así como, resguardar los derechos de los niños y adolescentes de la jurisdicción, a través de la DEMUNA; de las personas con discapacidad física y material; y de las personas de la tercera edad, en concordancia con la legislación sobre la materia. El Jefe de la Unidad de Programas de Asistencia y Apoyo Social, tiene el Cargo Clasificado de ESPECIALISTA EN PROMOCION SOCIAL II, Código 510EJ255, Nivel Ocupacional de Servidor Público Ejecutivo 2, Categoría SPEJ2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 073.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Programa, coordina, dirige, supervisa y controla las acciones y

actividades proyectadas y establecidas para el desarrollo de los Programas Locales de Asistencia Social de lucha contra la pobreza, de alimentación y nutrición básica y complementaria, determinados por la Entidad, y/o asignados, encargados compartidos o transferidos por otras instituciones del sector público y privado, en beneficio de la comunidad de la jurisdicción.

b) Dirige, orienta, supervisa y controla las acciones y actividades relacionadas con el desarrollo del Programa del Vaso de Leche, así como los Programas de Asistencia Alimentaria asignados a la entidad, de acuerdo con lo que establecen las normas legales vigentes.

c) Programa, dirige, orienta, supervisa y controla las acciones y actividades establecidas para la atención integral y protección de los derechos, que la legislación del país reconoce, de los niños y adolescentes de la jurisdicción, a través de la DEMUNA.

d) Programa, dirige, orienta, supervisa y controla las acciones y actividades las actividades y acciones relacionadas con la atención de las personas con discapacidad física y material, según los dispositivos y lineamientos de política del sector, establecidos por el CONADIS.

e) Programa, dirige, orienta, supervisa y controla las acciones y actividades relacionadas con los derechos de las personas de la tercera edad, según los dispositivos legales vigentes sobre la persona del Adulto Mayor.

f) Formula, propone y supervisa el cumplimiento de directivas internas para la organización y funcionamiento de las unidades orgánicas a su cargo.

g) Brinda asistencia técnica especializada, cuando se le requiera, en los asuntos de su competencia.

h) Emite y/o revisa informes técnicos y especializados sobre los asuntos de su competencia, entre otros.

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i) Dispone, verifica y controla la elaboración de la información estadística funcional necesaria sobre los Programas de Asistencia y Apoyo Social, para remitirla a través de la jefatura de la División, a la Gerencia Municipal y Alta Dirección.

j) Coordina e implementa la aplicación de los mecanismos y procedimientos de Control Interno en las actividades y acciones que ejecutan las unidades orgánicas a su cargo.

k) Dispone y supervisa la organización, implementación y actualización del Archivo Técnico de la Unidad.

l) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe de la División de Promoción y Desarrollo Económico Social.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Jefe de la Unidad de Programas de Asistencia y Apoyo Social, depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la División de Promoción y Desarrollo Económico Social. Nivel de Autoridad: Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el personal asignado en los siguientes Cargos: 1. Coordinador del Área de Programas de Asistencia Alimentaria y Vaso de

Leche 2. Asistente Técnico Alimentario 3. Coordinador del Área de Servicios para el Desarrollo Humano 4. Asistente Técnico en DEMUNA 5. Asistente Técnico en Asistencia Solidaria.

Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas a la Unidad de Programas de Asistencia y Apoyo Social. REQUISITOS MÍNIMOS

Título profesional universitario en ciencias sociales, de preferencia. Capacitación y experiencia en labores especializadas en promoción y desarrollo social.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Experiencia en conducción de personal.

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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Área de Programas de Asistencia Alimentaria y Vaso de Leche 74. DEL COORDINADOR DEL AREA

El Coordinador del Área de Programas de Asistencia Alimentaria y Vaso de Leche, tiene el Cargo Clasificado de ESPECIALISTA EN NUTRICION I, Código 510ES255, Nivel Ocupacional de Servidor Público Especialista 2, Categoría SPES2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 074.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Participa en coordinación con el Jefe de la Unidad Orgánica en la

programación y formulación de las actividades y proyectos relacionados con los Programas Locales de Asistencia Social de Lucha Contra la Pobreza, de Apoyo Solidario y Alimentario y del Programa del Vaso de Leche.

b) Coordina, ejecuta y controla las acciones y actividades específicas relacionadas con al desarrollo de los Programas de Asistencia Alimentaría, establecidos y concertados a nivel del gobierno nacional y regional.

c) Coordina, ejecuta, controla y monitorea las acciones y actividades específicas orientadas a desarrollar la adecuada y eficiente administración del Programa del Vaso de Leche, de acuerdo con las normas y dispositivos legales vigentes sobre el particular.

d) Organiza y efectúa el registro, la depuración y actualización permanente de los Padrones o Registros de los Beneficiarios o accesitarios de los Programas de Asistencia Alimentaría y el Programa del Vaso de Leche.

e) Participa en la elaboración y formulación de estudios y proyectos de carácter social para incorporarlos al Banco de Proyectos de Inversión Local de la Entidad.

f) Efectúa el seguimiento y monitoreo permanente a las acciones y los resultados alcanzados en el proceso del desarrollo de los Programas Sociales de Apoyo Alimentario y del Programa del Vaso de Leche.

g) Coordina, efectúa, conduce y/o participa en reuniones de trabajo con la población beneficiaria y las Organizaciones Sociales del Distrito para informar, orientar, tratar y tomar acuerdos sobre el desarrollo de los Programas de Asistencia Alimentaría y del Programa del Vaso de Leche.

h) Elabora y presenta los informes técnico administrativos sobre las actividades, aspectos y asuntos relacionados con el desarrollo de los Programas de Asistencia y Apoyo Alimentario en la jurisdicción, cuando le requieran las instancias superiores.

i) Participa en la elaboración y formulación de la información estadística funcional que se requiera referente al desarrollo de las acciones y actividades del Área de Programas de Asistencia Alimentaria y Vaso de Leche.

j) Mantiene actualizado y debidamente organizado y conservado el Archivo Técnico de la unidad.

k) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe de la Unidad de Programas de Asistencia y Apoyo Social.

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LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Coordinador del Área de Programas de Asistencia Alimentaria y Vaso de Leche, depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la Unidad de Programas de Asistencia y Apoyo Social. Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al Cargo.

REQUISITOS MÍNIMOS

Título de Nutricionista de rango universitario, o equivalente. Capacitación y alguna experiencia en labores especializadas en programas sociales alimentarios.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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75. DEL ASISTENTE TECNICO ALIMENTARIO

El Asistente Técnico Alimentario, tiene el Cargo Clasificado de TECNICO ADMINISTRATIVO I, Código 510AP255, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 2, Categoría SPAP2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 075.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Apoya en las acciones y actividades que ejecuta el Área en atención a los

Programas Locales de Asistencia Social de Lucha Contra la Pobreza, de Apoyo Solidario y Alimentario y del Programa del Vaso de Leche.

b) Participa en el registro, depuración y actualización permanente de los Padrones o Registros de los Beneficiarios o accesitarios de los Programas de Asistencia Alimentaría y el Programa del Vaso de Leche.

c) Recepciona, revisa y procesa la información y documentación de carácter técnico y administrativo que se tramita en el Área.

d) Participa en la elaboración y formulación de la información estadística funcional que se requiera referente al desarrollo de las acciones y actividades del Área.

e) Asume las tareas de carácter administrativo necesarias para la funcionabilidad del Área.

f) Tiene a su cargo la custodia, actualización y conservación del Archivo Técnico de la Unidad.

g) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Coordinador del Área de Programas de Asistencia Alimentaria y Vaso de Leche.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: Depende jerárquica y administrativamente del Coordinador del Area de Programas de Asistencia Alimentaria y Vaso de Leche. Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al cargo. REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios superiores de nivel técnico no universitario (4 semestres) en la especialidad o administración.

Capacitación y cierta experiencia en labores especializadas en el área. Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, entre otros).

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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Área de Servicios para el Desarrollo Humano 76. DEL COORDINADOR DEL AREA

El Coordinador del Área de Servicios para el Desarrollo Humano, tiene el Cargo Clasificado de ASISTENTE SOCIAL I, Código 510ES255, Nivel Ocupacional de Servidor Público Especialista 2, Categoría SPES2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 076. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Coordina, orienta, dirige, supervisa y controla la programación y

formulación de las actividades y acciones relacionadas con la defensoría del niño y adolescente, la atención de las personas con discapacidad y la protección de las personas adultas mayores en la jurisdicción distrital.

b) Coordina, organiza, orienta, dirige, controlar y monitorear las actividades y acciones para la adecuada prestación de los servicios de la DEMUNA, de Atención a las Personas en Discapacidad y al Adulto Mayor.

c) Coordina, organiza, dirige y supervisa de programas de promoción y difusión de los servicios la defensoría del niño y adolescente, la atención de las personas con discapacidad y la protección de las personas adultas mayores.

d) Efectúa el seguimiento y monitoreo permanente a las acciones y los resultados alcanzados en el proceso del desarrollo de los servicios de la DEMUNA, de Atención a las Personas en Discapacidad y al Adulto Mayor.

e) Coordina, efectúa, conduce y/o participa en reuniones de trabajo con la población beneficiaria y las Organizaciones Sociales del Distrito para informar, orientar, tratar y tomar acuerdos sobre el desarrollo de los servicios de la DEMUNA, de Atención a las Personas en Discapacidad y de protección al Adulto Mayor.

f) Elabora y presenta los informes técnicos administrativos sobre las actividades, aspectos y asuntos relacionados con el desarrollo de los servicios de la DEMUNA, de Atención a las Personas en Discapacidad y protección al Adulto Mayor en la jurisdicción, cuando le requieran las instancias superiores.

g) Mantiene actualizado y debidamente organizado y conservado el Archivo Técnico de la unidad.

h) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe de la Unidad de Programas de Asistencia y Apoyo Social.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Coordinador del Área de Servicios para el Desarrollo Humano depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la Unidad de Programas de Asistencia y Apoyo Social.

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074-451262

Nivel de Autoridad: Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el personal asignado en los siguientes Cargos: 1. Asistente Técnico en DEMUNA, y 2. Asistente Técnico en Asistencia Solidaria.

Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al Cargo. REQUISITOS MÍNIMOS

Grado de Bachiller universitario en ciencias sociales, de preferencia. Capacitación y experiencia en labores especializadas en promoción y desarrollo social.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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77. DEL ASISTENTE TECNICO EN DEMUNA

El Asistente Técnico en DEMUNA, tiene el Cargo Clasificado de TECNICO EN ASISTENCIA SOCIAL II, Código 510AP555, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 5, Categoría SPAP5. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 077.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Atiende los casos diarios de vulneración del derecho del niño y del adolescente y realiza el seguimiento correspondiente de resultados.

b) Ejerce la labor de conciliador (a) ante los casos que lo ameriten. c) Promueve el fortalecimiento de los lazos familiares; para ello puede

efectuar conciliaciones extrajudiciales entre cónyuges, padres y familiares, sobre alimentos, tenencia y régimen de visitas, siempre que no existan procesos judiciales sobre estas materias.

d) Promueve la formación de organizaciones de interés social en defensa del niño y del adolescente.

e) Coordina, organiza y desarrolla campañas de sensibilización. f) Interviene en el estudio, elaboración e implementación de proyectos de

desarrollo social, a favor del niño y del adolescente. g) Orienta a los padres de familia en el conocimiento de los derechos y

obligaciones del niño y del adolescente h) Elabora y presenta los informes técnicos administrativos sobre las

actividades, aspectos y asuntos relacionados con el desarrollo del servicio de defensoría a los niños y adolescentes en la jurisdicción, cuando le requieran las instancias superiores.

i) Mantiene actualizado y debidamente organizado y conservado el Archivo Técnico de la Unidad.

j) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Coordinador del Área de Servicios para el Desarrollo Humano.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Dependencia: Depende jerárquica y administrativamente del Coordinador del Área de Servicios para el Desarrollo Humano.

Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al cargo.

REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios superiores de nivel universitario (6 semestres) en ciencias sociales, de preferencia.

Capacitación y cierta experiencia en labores especializadas en el área. Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, entre otros).

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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78. DEL ASISTENTE TECNICO EN ASISTENCIA SOLIDARIA

El Asistente Técnico en Asistencia Solidaria, tiene el Cargo Clasificado de TECNICO EN ASISTENCIA SOCIAL II, Código 510AP355, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 3, Categoría SPAP3. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 078. FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Coordina, ejecuta y controla las acciones y actividades específicas

relacionadas con al desarrollo de los servicios de asistencia y apoyo solidario en favor de las personas con discapacidad y los adultos mayores de la jurisdicción en abandono físico, moral y material.

b) Coordina, organiza y desarrolla campañas de sensibilización para promover y velar por el cumplimiento de las leyes y dispositivos legales vigentes a favor de las personas con discapacidad y la atención de personas mayores de 60 años en forma integral.

c) Coordina, organiza y mantiene actualizado el Registro de las Personas con Discapacidad en el ámbito del Distrito.

d) Coordina y ejecuta acciones y actividades que permitan la inclusión de las personas con discapacidad en los programas de salud, educación, cultura, deporte, recreación y de trabajo, entre otros.

e) Propone, coordina, y desarrolla las actividades y acciones que conlleven a la organización, implementación y funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM), con la finalidad de brindarles una mejor calidad de vida.

f) Interviene en el estudio, elaboración e implementación de proyectos de desarrollo social, a favor de personas con discapacidad y del adulto mayor.

g) Mantiene actualizado y debidamente organizado y conservado el Archivo Técnico de la unidad.

h) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe del Área. LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: Depende jerárquica y administrativamente del Coordinador del Área de Servicios para el Desarrollo Humano. Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al cargo.

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074-451262

REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios superiores de nivel universitario (6 semestres) en ciencias sociales, de preferencia.

Capacitación y cierta experiencia en labores especializadas en el área. Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, entre otros).

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

Page 146: ORDENANZA MUNICIPAL N° 013-2011-MDR MANUAL DE … · 2020-02-29 · comitÉ distrital de seguridad ciudadana 10. comision ambiental municipal. organo de control ... unid. publicos

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5.5.2.3 UNIDAD DE PROMOCION Y DESARROLLO ECONOMICO LOCAL

79. DEL JEFE DE UNIDAD

El Jefe de la Unidad de Promoción y Desarrollo Económico Local, es el funcionario responsable de programar, coordinar, dirigir, ejecutar, controlar, supervisar y monitorear las acciones, iniciativas y gestiones orientadas a fomentar y promover el desarrollo económico sostenible de la jurisdicción, a través de programas, actividades y proyectos de carácter económico productivos, en concordancia con el Plan de Desarrollo del Distrito.

El Jefe de la Unidad de Promoción y Desarrollo Económico Local, tiene el Cargo Clasificado de ESPECIALISTA EN DESARROLLO ECONOMICO II, Código 510EJ255, Nivel Ocupacional de Servidor Público Ejecutivo 2, Categoría SPEJ2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 079.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Coordina, dirige y controla la implementación y ejecución del Plan de Promoción y Desarrollo Económico Social aprobado para el Distrito; así como del desarrollo de las acciones orientadas al fomento, promoción, organización, extensión e incremento de la producción y productividad de las actividades económicas en base a la explotación sostenible y sustentable de los recursos existentes en la jurisdicción.

b) Programa, coordina, dirige y controla las acciones y actividades específicas concernientes a la ejecución de los programas y proyectos de promoción y desarrollo económico productivo, en actividades económicas básicamente identificadas con la jurisdicción, tales como: la producción agropecuaria, la industria, el comercio, el turismo, la artesanía, entre otras; así como, el apoyo y asistencia técnica a la micro y pequeña empresa, para su adecuada organización, formalización e impulso.

c) Programa, coordina, dirige, ejecuta y controla las acciones y actividades específicas destinadas a brindar asesoramiento y asistencia técnica a productores, comerciantes y personas que realicen cualquier forma de actividad económica productiva en la jurisdicción.

d) Efectúa y/o supervisa la elaboración y formulación de estudios y proyectos de carácter económico productivos para incorporarlos al Banco de Proyectos de Inversión Local de la Entidad.

e) Coordina, propicia, convoca, conduce y participa en reuniones con los agentes económico productivos de la jurisdicción con el propósito de organizarlos, constituirlos y formalizarlos en Organizaciones de nivel superior (agrupaciones, asociaciones, comités, gremios, etc.), a fin de propiciar e impulsar su desarrollo y bienestar económico social.

f) Formula y dispone la elaboración de informes técnicos administrativos sobre los aspectos y asuntos relacionados con la ejecución de los programas, actividades y proyectos de desarrollo económico en la jurisdicción, cuando le requieran las instancias superiores.

g) Dispone y ejecuta el empadronamiento, registro, y actualización permanente del Padrón o Registro de Productores, Comerciantes, Empresarios, Promotores, etc., relacionados con las actividades económicas productivas en la jurisdicción.

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074-451262

h) Coordina e implementa la aplicación de los mecanismos y procedimientos de Control Interno en las actividades y acciones que ejecutan las unidades orgánicas a su cargo.

i) Dispone la organización, implementación y actualización permanentemente los registros estadísticos de la Unidad.

j) Organiza, implementa y controla el Archivo Técnico de la Unidad. k) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe de la

División de Promoción y Desarrollo Económico Social. LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Jefe de la Unidad de Promoción y Desarrollo Económico Local depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la División de Promoción y Desarrollo Económico Social. Nivel de Autoridad: Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el personal asignado en los siguientes Cargos: 1. Coordinador del Área de Estudios y Proyectos Económicos Productivos 2. Asistente Técnico en Estudios y Proyectos Económicos 3. Coordinador del Área de Gestión Ambiental y Recursos Naturales 4. Asistente Técnico en Gestión Ambiental 5. Coordinador del Área de Promoción y Desarrollo de Pymes 6. Asistente Técnico en Promoción y Desarrollo de Pymes.

Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas a la Unidad de Promoción y Desarrollo Económico Local.

REQUISITOS MÍNIMOS

Título Profesional Universitario, de preferencia en economía, ingeniería económica o industrial.

Experiencia (3 años) y capacitación especializada en programas de desarrollo económico local.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Experiencia en conducción de personal.

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074-451262

Área de Estudios y Proyectos Económico Productivos 80. DEL COORDINADOR DE AREA

El Coordinador del Área de Estudios y Proyectos Económicos, tiene el Cargo Clasificado de ESPECIALISTA EN PROYECTOS II, Código 510ES255, Nivel Ocupacional de Servidor Público Especialista 2, Categoría SPES2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 080.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Programa, coordina, ejecuta y controlar las acciones y actividades

relacionadas con la elaboración y formulación de los estudios de pre inversión a nivel de perfil, pre factibilidad o factibilidad, según corresponda, de Proyectos de carácter económico productivos en el ámbito de la jurisdicción del Distrito.

b) Evalúa, analiza y resuelve consultas relacionadas a la elaboración de estudios y expedientes técnicos sobre proyectos económicos productivos, cuando son encargados y/o formulados por terceros.

c) Realiza las coordinaciones y consultas necesarias con las unidades orgánicas respectivas para evitar la duplicidad de proyectos, como requisito previo a la remisión de los estudios y/o expedientes formulados, para la correspondiente evaluación por el Área de Programación de Inversiones o la que haga sus veces en la entidad.

d) Levanta y/o sustenta las observaciones o recomendaciones planteadas por la unidad orgánica de Programación de Inversiones (OPI) de la entidad o por las instancias correspondientes.

e) Formula y propone las normas, reglamentos, directivas, metodologías y herramientas de gestión en materia de su competencia.

f) Programa, coordina, organiza y desarrolla programas y eventos de orientación y capacitación permanente de los agentes económicos locales y comunidad en general sobre el desarrollo económico productivo local.

g) Organizar, conservar y mantener actualizado el archivo técnico y estadístico de la unidad orgánica.

h) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe de la Unidad de Promoción y Desarrollo Económico Local.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Dependencia: El Coordinador del Área de Estudios y Proyectos Económico Productivos depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la Unidad de Promoción y Desarrollo Económico Local.

Nivel de Autoridad: Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el siguiente personal asignado: Asistente Técnico en Estudios y Proyectos Económicos

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Lefm 146

CALLE ELIAS AGUIRRE Nº 229 – REQUE – CHICLAYO – LAMBAYEQUE

074-451262

Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al Área de Estudios y Proyectos Económico Productivos.

REQUISITOS MÍNIMOS

Grado de Bachiller universitario, de preferencia en las carreras de: economía, ingeniería económica o industrial.

Experiencia y capacitación especializada en programas de desarrollo económico local.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Experiencia en conducción de personal.

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074-451262

81. DEL ASISTENTE TECNICO EN ESTUDIOS Y PROYECTOS

ECONOMICOS El Asistente Técnico en Estudios y Proyectos Económicos, tiene el Cargo Clasificado de ASISTENTE EN ESTUDIOS Y PROYECTOS II, Código 510AP355, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 3, Categoría SPAP3. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 081. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Brinda apoyo administrativo en la elaboración de los estudios y

expedientes técnicos formulados por el personal técnico profesional del área.

b) Recoge o levanta información de campo requerida para la elaboración de estudios y expedientes técnicos.

c) Ingresa datos al sistema informático y dibuja planos, de menor escala, para la formulación de los expedientes técnicos procesados.

d) Organiza, registra y tramita la documentación administrativa de la unidad orgánica.

e) Organiza, mantiene actualizado y debidamente conservado el archivo técnico de la Unidad.

f) Estudia expedientes técnicos sencillos y evacuar informes preliminares. g) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Coordinador

del Área de Estudios y Proyectos Económico Productivos.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: Depende jerárquica y administrativamente del Coordinador del Área de Estudios y Proyectos Económico Productivos. Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al cargo.

REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios universitarios (4 semestres) o Egresado de Instituto o Centro Superior Técnico, relacionados con la especialidad de ingeniería, arquitectura o afines.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, AutoCAD, entre otros).

Experiencia en labores especializadas en catastro

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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Lefm 148

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074-451262

Área de Gestión Ambiental y Recursos Naturales 82. DEL COORDINADOR DE AREA

El Coordinador del Área de Gestión Ambiental y Recursos Naturales, tiene el Cargo Clasificado de ESPECIALISTA EN GESTION AMBIENTAL I, Código 510ES245, Nivel Ocupacional de Servidor Público Especialista 2, Categoría SPES2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 082. FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Coordina, programa, organiza, dirige, ejecuta y controlar las acciones y

actividades relacionadas con la implementación del Plan y la Agenda Ambiental Local aprobados para la jurisdicción distrital.

b) Formula y presenta para su aprobación, propuestas la aplicación en el nivel local de los Instrumentos de Gestión Ambiental tales como Estándares de Calidad Ambiental, Evaluación de Impacto Ambiental, Ordenamiento Ambiental, Sistema de Información Ambiental, instrumentos de control e instrumentos de restauración o reparación, incentivos económicos, entre otros, en el marco de lo establecido por las normas vigentes sobre el Sistema Nacional de Gestión Ambiental.

c) Coordina, revisa, evalúa y propone mecanismos y/o alternativas de solución a problemas ambientales o de gestión ambiental que involucren o afecten al ámbito distrital.

d) Coordina y brinda asistencia técnica y administrativa a la Comisión Ambiental Municipal (CAM) en los asuntos de su competencia.

e) Programa, coordina y ejecuta acciones que conlleven a promover y preservar la diversidad biológica, las áreas naturales protegidas y el patrimonio natural de la jurisdicción distrital.

f) Coordina, programa y desarrolla actividades y eventos de capacitación y orientación en educación ambiental dirigidos a la población en general para fortalecer la gestión ambiental en el distrito.

g) Formula y propone para su aprobación, normas internas, reglamentos, directivas, metodologías y herramientas de gestión en materia de su competencia.

h) Organiza, conserva y mantiene actualizado el archivo técnico y estadístico de la unidad orgánica.

i) Otras funciones inherentes a su competencia, dispuestas por el Jefe de la Unidad de Promoción y Desarrollo Económico Local.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Coordinador del Área de Gestión Ambiental y Recursos Naturales, depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la Unidad de Promoción y Desarrollo Económico Local.

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Lefm 149

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074-451262

Nivel de Autoridad: Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el siguiente personal asignado: Técnico en Gestión Ambiental.

Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al Área de Gestión Ambiental y Recursos Naturales.

REQUISITOS MÍNIMOS

Grado de Bachiller universitario, de preferencia en carreras de ciencias del ambiente.

Experiencia y capacitación especializada en gestión ambiental. Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Experiencia en conducción de personal.

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83. DEL ASISTENTE TECNICO EN GESTION AMBIENTAL El Asistente Técnico en Gestión Ambiental, tiene el Cargo Clasificado de TECNICO EN GESTION AMBIENTAL II, Código 510AP345, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 3, Categoría SPAP3. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 083. FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Interviene en la ejecución de las acciones y actividades programadas

para la implementación del Plan y la Agenda Ambiental Local. b) Elabora informes técnicos administrativos sobre los aspectos y asuntos

relacionados con el mejoramiento de la conservación, prevención y mantenimiento de los recursos naturales del distrito.

c) Participa en las acciones programadas con la organización, desarrollo y monitoreo de las actividades de promoción, capacitación y asesoramiento a las instituciones, organizaciones sociales y público en general, en los asuntos relacionados con la gestión ambiental en la jurisdicción.

d) Presta asistencia técnica y/o realizar estudios técnicos sobre investigación y experimentación para mejorar la calidad del medio ambiente en el distrito.

e) Efectúa la elaboración y formulación de la información estadística que se requiera referente al desarrollo de las acciones y actividades del Área.

f) Mantiene actualizado y debidamente organizado y conservado el archivo técnico de la unidad orgánica.

g) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Coordinador del Área de Gestión Ambiental y Recursos Naturales.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: Depende jerárquica y administrativamente del Coordinador del Área de Gestión Ambiental y Recursos Naturales. Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al Cargo. REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios universitarios (6 semestres académicos) o Titulo de Instituto Superior Técnico, relacionados con las ciencias del ambiente.

Capacitación y experiencia en labores especializadas en el área. Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

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Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

Área de Promoción y Desarrollo de Pymes 84. DEL COORDINADOR DE AREA

El Coordinador del Área de Promoción y Desarrollo de Pymes, tiene el Cargo Clasificado de ESPECIALISTA EN DESARROLLO ECONOMICO I, Código 510ES255, Nivel Ocupacional de Servidor Público Especialista 2, Categoría SPES2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 084. FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Coordina, programa, orienta, dirige y controla las actividades y acciones

que promuevan y faciliten la organización y formalización de la pequeña y micro empresa en el Distrito, con criterios homogéneos de simplificación administrativa.

b) Implementa y mantiene el Registro de la Pequeña y Microempresa que operan en la jurisdicción y que cuentan con licencia municipal de funcionamiento, definitiva o provisional, consignando expresamente el cumplimiento de las normas técnicas de seguridad.

c) Coordina, promueve y ejecuta acciones que permitan alianzas estratégicas con empresas, instituciones públicas y privadas y otros agentes económicos, para promover la generación de empleo a favor de las pequeñas y microempresas de la jurisdicción distrital.

d) Programa, coordina, orienta y ejecuta actividades de capacitación que fortalezcan las capacidades de los emprendedores de las pequeñas y microempresas de la jurisdicción.

e) Formula, coordina y propone normas internas, reglamentos, directivas, metodologías y herramientas de gestión en materia de su competencia.

f) Procesa y brinda la información económica necesaria sobre la actividad empresarial en el Distrito.

g) Coordina, promueve y articula con las entidades financieras del medio para apoyar a la pequeña y microempresa de la jurisdicción.

h) Coordina e impulsa la organización y promoción de eventos empresariales, ferias y exposiciones, ruedas de negocios y otras actividades afines, para promover y desarrollar las pequeñas y microempresas de la jurisdicción distrital.

i) Organiza, controla y mantiene actualizado el archivo técnico y estadístico de la unidad orgánica.

j) Otras funciones inherentes a su competencia, dispuestas por el Jefe de la Unidad de Promoción y Desarrollo Económico Local.

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LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Coordinador del Área de Promoción y Desarrollo de Pymes, depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la Unidad de Promoción y Desarrollo Económico Local. Nivel de Autoridad: Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el siguiente personal asignado: Asistente Técnico en Promoción y Desarrollo de Pymes.

Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al Área de Promoción y Desarrollo de Pymes.

REQUISITOS MÍNIMOS

Grado de Bachiller universitario, de preferencia en carreras de ciencias administrativas, económicas, industriales o afines.

Experiencia y capacitación especializada en promoción y desarrollo de pymes.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Experiencia en conducción de personal. Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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85. DEL ASISTENTE TECNICO EN PROMOCION Y DESARROLLO DE PYMES

El Asistente Técnico en Promoción y Desarrollo de Pymes, tiene el Cargo Clasificado de TECNICO EN DESARROLLO ECONOMICO II, Código 510AP355, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 3, Categoría SPAP3. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 085.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Interviene en la ejecución de las acciones y actividades específicas

programadas para la organización y formalización de la pequeña y micro empresa en el Distrito.

b) Efectúa el trámite de inscripción y mantiene actualizado el Registro de la Pequeña y Microempresa de la jurisdicción.

c) Elabora informes técnicos administrativos sobre los aspectos y asuntos relacionados con el desarrollo de la pequeña y microempresa en el Distrito.

d) Participa y ejecuta las acciones programadas con la organización y desarrollo de las actividades de promoción, capacitación y asesoramiento a las instituciones, organizaciones sociales y público en general, en los asuntos relacionados con el desarrollo y promoción de las pymes en la jurisdicción.

e) Presta asistencia técnica y/o realizar estudios técnicos sobre la situación y desarrollo de las pymes en el distrito.

f) Efectúa la elaboración y formulación de la información estadística que se requiera referente al desarrollo de las acciones y actividades del Área.

g) Mantiene actualizado y debidamente organizado y conservado el archivo técnico de la unidad orgánica.

h) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Coordinador del Área de Promoción y Desarrollo de Pymes.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Dependencia: Depende jerárquica y administrativamente del Coordinador del Área de Promoción y Desarrollo de Pymes.

Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al Cargo.

REQUISITOS MÍNIMOS Estudios universitarios (6 semestres académicos) o Titulo de Instituto Superior Técnico, en las carreras de administración, económica o afines.

Capacitación y experiencia en labores especializadas en el área. Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

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Alternativa Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

5.5.3. DIVISION DE SERVICIOS PUBLICOS LOCALES

86. DEL JEFE DE DIVISIÓN

El Jefe de la División de Servicios Públicos Locales, es el funcionario responsable de planificar, programar, coordinar, dirigir, supervisar, controlar y monitorear las acciones y actividades relacionadas con la limpieza pública y saneamiento ambiental, mantenimiento y conservación de parques, jardines y áreas verdes, abastecimiento y comercialización de bienes y servicios de consumo de la población, de la regulación de la circulación vial, tránsito y transporte público terrestre, de apoyo al sistema de defensa civil, seguridad y protección de los ciudadanos, el servicio de registro civil; así como, del cumplimiento de las disposiciones y normas municipales en la jurisdicción del Distrito. El Jefe de la División de Promoción y Desarrollo Económico Social, tiene el Cargo Clasificado de ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO III, Código 511DS270, Nivel Ocupacional de Directivo Superior 2, Categoría SPDS2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 086.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Planifica, programa, coordina, orienta, dirige, supervisa y controla la adecuada prestación de los servicios públicos locales en lo concerniente al saneamiento y salubridad ambiental, mantenimiento y conservación de las áreas recreacionales, el abastecimiento y comercialización de bienes y servicios de consumo de la población, de regular la circulación vial y el servicio transporte terrestre colectivo, de defensa civil y seguridad ciudadana, de los registros de estado civil, así como vigilar el cumplimiento de las normas municipales jurisdiccionales a través de la policía municipal.

b) Autoriza, supervisa, controla y monitorea el cumplimiento del Plan Operativo de la División de Servicios Públicos Locales, disponiendo eficiente y eficazmente de los recursos económicos, materiales y equipos asignados.

c) Asesora a la Alta Dirección e instancias correspondientes en los aspectos de su competencia.

d) Formula y propone, para su aprobación, lineamientos y políticas institucionales para la adecuada prestación de los servicios públicos locales a la población en el ámbito del Distrito.

e) Dirige, orienta, supervisa y controla la administración de los mercados, camales municipales y otros centros de sacrificio de ganado, sancionando la especulación, adulteración, acaparamiento y la falsedad de pesas, medidas y calidad de productos comercializados.

f) Dirige, orienta, supervisa y monitorea las actividades y acciones relacionadas con el fomento, supervisión y control de la higiene y salubridad de las viviendas, establecimientos comerciales e industriales,

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centros educativos, de recreación, áreas de esparcimiento, lugares públicos y en general de uso común.

g) Dirige, orienta, supervisa y controla las campañas de saneamiento ambiental en la jurisdicción distrital.

h) Autoriza el otorgamiento de las licencias de funcionamiento, en coordinación con las áreas respectivas, para la comercialización de productos y/o prestación de servicios.

i) Propone, aprueba y disponer el cumplimiento de directivas y normas internas para la adecuada y oportuna prestación de los servicios públicos locales a través de las diferentes unidades orgánicas de la División.

j) Planifica, programa, coordina, dirige y supervisa la administración, mantenimiento y conservación de la Infraestructura municipal instalada para la prestación de los servicios públicos locales.

k) Dirige la política y proponer alternativas para regular el ejercicio del comercio, fomentando su formalidad para mayor seguridad de los consumidores y protegiendo el ornato de la zona urbana.

l) Dirige y supervisa las acciones del registro civil y el mantenimiento adecuado de los archivos y estadística vital, de acuerdo con la normatividad vigente.

m) Dirige, orienta y supervisa las acciones de circulación vial, transito y transporte colectivo dentro de la jurisdicción municipal.

n) Dirige, orienta, supervisar, controla y monitorea el cumplimiento de las disposiciones, reglamentos y normas de carácter municipal a través de las acciones que ejecuta la Policía Municipal.

o) Coordina, orienta, dirige, supervisa, controla y monitorea los planes y acciones que se ejecutan en los aspectos de Defensa Civil, Protección y Seguridad Ciudadana.

p) Dirige, orienta, supervisar y monitorear acciones y actividades que conlleven a la organización, actualización y conservación de los archivos especializados y los registros estadísticos correspondientes de la División de Servicios Públicos Locales.

q) Otras funciones inherentes a su competencia, dispuestas por el nivel jerárquico correspondiente.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Dependencia: El Jefe de la División de Servicios Públicos Locales depende jerárquica y administrativamente del Gerente Municipal. Nivel de Autoridad: Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el personal asignado en los siguientes Cargos: 1. Asistente Administrativo 2. Jefe de la Unidad de Prestación de Servicios Públicos Locales 3. Coordinador del Área de Limpieza Pública y Saneamiento Ambiental 4. Trabajador de Servicios Generales (25) 5. Coordinador del Área de Abastecimiento, Comercialización y Salubridad 6. Inspector Sanitario

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7. Asistente Técnico en Servicio de Abastecimiento y Comercialización 8. Auxiliar en Servicio de Abastecimiento, Comercialización y Salubridad 9. Coordinador del Área de Tránsito y Transporte Publico

10. Asistente en Servicio de Tránsito y Transporte Publico 11. Coordinador del Área de Administración de Infraestructura de Servicios

Municipales 12. Trabajador de Servicios Generales - Guardianes (5) 13. Jefe de la Unidad de Protección y Seguridad Ciudadana 14. Coordinador del Área Técnica de Defensa Civil 15. Asistente de Defensa Civil 16. Coordinador del Área de Seguridad Ciudadana y Policía Municipal 17. Supervisor de Policía Municipal 18. Policía Municipal (2) 19. Registrador Publico Municipal 20. Asistente de Registro Civil. Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas a la División de Servicios Públicos Locales. REQUISITOS MÍNIMOS

Grado de Bachiller universitario. Capacitación y Experiencia comprobada en labores especializadas en la prestación de servicios públicos locales.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Experiencia en conducción de personal. Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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87. DEL ASISTENTE ADMINISTRATIVO

El Asistente Administrativo de la División de Servicios Públicos Locales, tiene el Cargo Clasificado de TÉCNICO ADMINISTRATIVO III, Código 511AP370, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 3, Categoría SPAP3. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 087.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Coordina con el Jefe de la División sobre la agenda de trabajo. b) Revisa y verifica la legalidad de los documentos de despacho tramitados

para la suscripción del Jefe de la División. c) Prepara los documentos que disponen el cumplimiento a las decisiones

y disposiciones del Jefe de la unidad orgánica. d) Asiste en la implementación de los actos administrativos que

corresponden a la unidad orgánica. e) Efectúa el seguimiento a las disposiciones emitidas por el Jefe de la

Unidad mediante Resoluciones y/u otros documentos similares. f) Redacta los documentos oficiales de competencia de la jefatura de la

unidad orgánica. g) Coordina y verifica que las unidades orgánicas responsables hayan

cumplido con emitir los informes solicitados por la jefatura de la unidad orgánica.

h) Elabora los documentos internos de competencia de la jefatura de la unidad orgánica, teniendo en cuenta la legalidad de los mismos en cuanto a la relación entre los informes técnicos y legales que los sustenten.

i) Custodia y mantiene actualizados y ordenados los archivos de la jefatura de la unidad orgánica.

j) Otras funciones que en materia de su competencia le asigne el Jefe de la División.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD.

Dependencia: El Asistente Administrativo, jerárquica y administrativamente depende del Jefe de la División de Servicios Públicos Locales.

Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa del desarrollo y cumplimiento eficiente de las acciones y tareas propias del cargo.

REQUISITOS MÍNIMOS Estudios universitarios (6 semestres académicos) o Titulo de Instituto

Superior Técnico, relacionados con las ciencias administrativas, contables o económicas.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Alguna experiencia en labores de la administración municipal.

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Alternativa Poseer una combinación equivalente de formación académica,

capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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5.5.3.1 UNIDAD DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PUBLICOS LOCALES

88. DEL JEFE DE UNIDAD

El Jefe de la Unidad de Prestación de Servicios Públicos Locales, es el funcionario responsable de programar, coordinar, dirigir, ejecutar, controlar, supervisar y monitorear las acciones, iniciativas y gestiones relacionadas con la conservación y saneamiento ambiental; abastecimiento y comercialización de bienes y servicios de consumo de la población; de tránsito y transporte publico terrestre; así como la administración y mantenimiento de los locales municipales de uso comunal como: mercados, camales, cementerio, centros deportivos y recreacionales, entre otros.

El Jefe de la Unidad de Prestación de Servicios Públicos Locales, tiene el Cargo Clasificado de ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO II, Código 511ES470, Nivel Ocupacional de Servidor Público Especialista 4, Categoría SPES4. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 088.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Planifica, programa, coordina, orienta, dirige, supervisa y controla las

acciones y actividades específicas establecidas para la prestación de los servicios de limpieza pública, saneamiento y control ambiental; de abastecimiento y comercialización de bienes y servicios de consumo; de tránsito y transporte público terrestre; y la administración de la infraestructura pública municipal.

b) Formula, propone, implementa y supervisar el cumplimiento de directivas internas para la organización y funcionamiento de las unidades orgánicas a su cargo.

c) Brinda asistencia técnica especializada, cuando se le requiera, en los asuntos de su competencia.

d) Formula, propone para su aprobación, políticas institucionales para la adecuada prestación de los servicios públicos locales.

e) Emite y/o revisa informes técnicos y especializados sobre los asuntos de su competencia, entre otros.

f) Dispone, verifica y controla la elaboración de la información estadística funcional necesaria sobre la realidad socioeconómica la jurisdicción en cuanto a la prestación de servicios en limpieza pública, saneamiento y control ambiental; de abastecimiento y comercialización de bienes y servicios de consumo; de tránsito y transporte público terrestre, así como del nivel de satisfacción de la población.

g) Coordina e implementa la aplicación de los mecanismos y procedimientos de Control Interno en las actividades y acciones que ejecutan las unidades orgánicas a su cargo.

h) Dispone la organización, implementación y actualización permanente de los registros estadísticos de la Unidad.

i) Dirige, orienta y controla la organización, conservación y actualización del archivo técnico y estadístico de la unidad orgánica.

j) Otras funciones inherentes a su competencia, dispuestas por el Jefe de la División de Servicios Públicos Locales.

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LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Jefe de la Unidad de Prestación de Servicios Públicos Locales, depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la División de Servicios Públicos Locales. Nivel de Autoridad: Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el personal asignado en los siguientes Cargos: 1. Coordinador del Área de Limpieza Pública y Saneamiento Ambiental 2. Trabajador de Servicios Generales – Limpieza y Áreas Verdes (25) 3. Coordinador del Área de Abastecimiento, Comercialización y Salubridad 4. Inspector Sanitario 5. Asistente en Servicio de Abastecimiento y Comercialización 6. Auxiliar en Servicio de Abastecimiento y Comercialización 7. Coordinador del Área de Tránsito y Transporte Publico 8. Asistente en Servicio de Tránsito y Transporte Publico 9. Coordinador del Área de Administración de Infraestructura de Servicios

Municipales, y 10. Trabajador de Servicios Generales – Guardianes (5). Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas a la Unidad de Prestación de Servicios Públicos Locales.

REQUISITOS MÍNIMOS

Grado de Bachiller universitario, de preferencia. Capacitación y experiencia en la prestación de servicios públicos. Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Experiencia en conducción de personal.

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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Área de Limpieza Pública y Saneamiento Ambiental 89. DEL COORDINADOR DEL AREA

El Coordinador del Área de Limpieza Pública y Saneamiento Ambiental, tiene el Cargo Clasificado de TECNICO ADMINISTRATIVO II, Código 511AP370, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 3, Categoría SPAP3. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 089. FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Programa, coordina, orienta, ejecuta y controla las actividades y

acciones de limpieza pública, en las que se incluye el barrido de calles y áreas públicas, la recolección, traslado y disposición final de los desperdicios y residuos sólidos de la jurisdicción.

b) Coordina, orienta, dirige, ejecuta y controla las actividades y acciones de saneamiento ambiental, inspecciones sanitarias, fumigación, desinfección y desratización de establecimientos públicos y privados, centros educativos, locales deportivos, viviendas, etc., en el distrito.

c) Programa, coordina, orienta, dirige, ejecuta y controlar las actividades y acciones relacionadas con el mantenimiento y conservación de los parques, jardines y áreas verdes de la ciudad y centros poblados.

d) Coordina, orienta y dispone ejecutar las acciones referentes a la defensa y conservación del medio ambiente y ecología en el ámbito Distrital.

e) Formula y propone normas internas, reglamentos, directivas, y herramientas de gestión en materia de limpieza pública, manejo de los residuos sólidos y saneamiento ambiental.

f) Inspecciona, verifica y determina las situaciones ambientales que ameriten declaración de emergencia en el manejo de los residuos sólidos en la jurisdicción.

g) Organiza y mantiene actualizado un sistema de información del manejo de los residuos sólidos.

h) Promueve y desarrolla actividades y eventos de educación, difusión y participación vecinal en la limpieza pública y mantenimiento de áreas verdes con participación de la población organizada.

i) Organiza, conserva y mantiene actualizado el archivo técnico y estadístico de la unidad orgánica.

j) Otras funciones inherentes a su competencia, dispuestas por el Jefe de la Unidad de Servicios Públicos Locales.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Dependencia: El Coordinador del Área de Limpieza Pública y Saneamiento Ambiental, depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la Unidad de Prestación de Servicios Públicos Locales.

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074-451262

Nivel de Autoridad: Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el siguiente personal asignado: Trabajador de Servicios Generales – Limpieza y Áreas Verdes (25)

Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al Área de Limpieza Pública y Saneamiento Ambiental.

REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios superiores de nivel técnico no universitario, (4 semestres). Experiencia y capacitación en el área de limpieza pública y saneamiento ambiental.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Experiencia en conducción de personal. Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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90/96. DEL TRABAJADOR DE SERVICIOS GENERALES RE-III

El Trabajador de Servicios Generales (III), tiene el Cargo Clasificado de TRABAJADOR DE SERVICIOS III, Código 511RE565, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Régimen Especial 5, Categoría SPRE5 - Obrero. En el CAP están previstas 7 plazas con los Nºs de Orden 090, 091, 092, 093, 094, 095 y 096.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1. En lo que concierne a la Limpieza Pública, le compete:

a) Efectuar los trabajos de barrido de las calles, avenidas y áreas urbanas del Distrito, que se le asigne.

b) Realizar la recolección de los residuos sólidos y desperdicios en las zonas asignadas, así como efectuar el transporte y disposición final en los lugares determinados.

c) Mantener en buenas condiciones el equipo de limpieza pública asignado a su cargo, tales como escobas, escobillones, recogedores, carro recolector, entre otros.

d) Efectuar su servicio de barrido dentro del horario establecido por la Entidad, con responsabilidad, eficiencia y puntualidad.

e) Informar diariamente sobre la labor realizada, así como de algunas situaciones críticas que se presentan en el ejercicio de sus labores.

f) Otras de su competencia, relacionadas con el servicio de limpieza pública, que le asigne su Jefe inmediato superior.

2. En lo que concierne al Mantenimiento y Conservación de Parques,

Jardines y Áreas Verdes, le compete: a) Realizar labores de remoción y mejoramiento de tierras en parques y

áreas verdes. b) Realizar el sembrado de plantas de las diferentes especies botánicas y

vegetativas. c) Ejecutar trabajos de abonamiento de tierras, de poda y de tala de

árboles. d) Efectuar labores de conservación forestal y control de plagas y

enfermedades participando en tareas de fumigación. e) Realizar recolección de semillas y efectuar injertos con uso de la

técnica necesaria así como preparar plantones. f) Realizar trabajos de preparación de camas de almácigos y las

respectivas tareas de abonamiento. g) Mantener en buenas condiciones las herramientas y/o equipos a su

cargo, bajo responsabilidad. h) Informar a su Jefe inmediato superior, lo relacionado a cualquier

situación que se pueda presentar durante su labor diaria. i) Efectuar su servicio dentro del horario señalado por la Entidad, con

responsabilidad, eficiencia y puntualidad. j) Otras de su competencia, relacionadas con el servicio de limpieza

pública, que le asigne su Jefe inmediato superior.

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074-451262

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Trabajador de Servicios Generales, depende jerárquicamente del Coordinador del Área de Limpieza Pública y Saneamiento Ambiental. Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa y funcional del eficiente y eficaz cumplimiento de las actividades y acciones asignadas por el Coordinador del Área de Limpieza Pública y Saneamiento Ambiental.

REQUISITOS MÍNIMOS

Instrucción primaria completa. Experiencia comprobada (más de15 años) en labores propias de la

prestación de servicios de limpieza pública y saneamiento ambiental.

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97/101. DEL TRABAJADOR DE SERVICIOS GENERALES RE-II

El Trabajador de Servicios Generales (II), tiene el Cargo Clasificado de TRABAJADOR DE SERVICIOS II, Códigos 511RE465 y 511RE365, Nivel Ocupacional de Servidor Público de los Regímenes Especiales 4 y 3, Categorías SPRE4 y SPRE3 - Obrero. En el CAP están previstas cinco plazas con los Nºs de Orden 097, 098, 099, 100 y 101.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1. En lo que concierne a la Limpieza Pública, le compete:

a) Efectuar los trabajos de barrido de las calles, avenidas y áreas urbanas del Distrito, que se le asigne.

b) Realizar la recolección de los residuos sólidos y desperdicios en las zonas asignadas, así como efectuar el transporte y disposición final en los lugares determinados.

c) Mantener en buenas condiciones el equipo de limpieza pública asignado a su cargo, tales como escobas, escobillones, recogedores, carro recolector, entre otros.

d) Efectuar su servicio de barrido dentro del horario establecido por la Entidad, con responsabilidad, eficiencia y puntualidad.

e) Informar diariamente sobre la labor realizada, así como de algunas situaciones críticas que se presentan en el ejercicio de sus labores.

f) Otras de su competencia, relacionadas con el servicio de limpieza pública, que le asigne su Jefe inmediato superior.

2. En lo que concierne al Mantenimiento y Conservación de Parques,

Jardines y Áreas Verdes, le compete: a) Realizar labores de remoción y mejoramiento de tierras en parques y

áreas verdes. b) Realizar el sembrado de plantas de las diferentes especies botánicas y

vegetativas. c) Ejecutar trabajos de abonamiento de tierras, de poda y de tala de

árboles. d) Efectuar labores de conservación forestal y control de plagas y

enfermedades participando en tareas de fumigación. e) Realizar recolección de semillas y efectuar injertos con uso de la

técnica necesaria así como preparar plantones. f) Realizar trabajos de preparación de camas de almácigos y las

respectivas tareas de abonamiento. g) Mantener en buenas condiciones las herramientas y/o equipos a su

cargo, bajo responsabilidad. h) Informar a su Jefe inmediato superior, lo relacionado a cualquier

situación que se pueda presentar durante su labor diaria. i) Efectuar su servicio dentro del horario señalado por la Entidad, con

responsabilidad, eficiencia y puntualidad. j) Otras de su competencia, relacionadas con el servicio de limpieza

pública, que le asigne su Jefe inmediato superior.

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CALLE ELIAS AGUIRRE Nº 229 – REQUE – CHICLAYO – LAMBAYEQUE

074-451262

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Trabajador de Servicios Generales, depende jerárquicamente del Coordinador del Área de Limpieza Pública y Saneamiento Ambiental. Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa y funcional del eficiente y eficaz cumplimiento de las actividades y acciones asignadas por el Coordinador del Área de Limpieza Pública y Saneamiento Ambiental.

REQUISITOS MÍNIMOS

Instrucción primaria completa. Experiencia comprobada (entre 10 a15 años) en labores propias de la

prestación de servicios de limpieza pública y saneamiento ambiental.

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Lefm 167

CALLE ELIAS AGUIRRE Nº 229 – REQUE – CHICLAYO – LAMBAYEQUE

074-451262

102/114. DEL TRABAJADOR DE SERVICIOS GENERALES RE-I

El Trabajador de Servicios Generales (I), tiene el Cargo Clasificado de TRABAJADOR DE SERVICIOS I, Códigos 511RE265 y 511RE165, Nivel Ocupacional de Servidor Público de los Regímenes Especiales 2 y 1, Categorías SPRE2 y SPRE1 - Obrero. En el CAP están previstas trece plazas con los Nºs de Orden 102, 103, 104, 105, 106, 107, 108, 109, 110, 111, 112, 113 y 114.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1. En lo que concierne a la Limpieza Pública, le compete:

a) Efectuar los trabajos de barrido de las calles, avenidas y áreas urbanas del Distrito, que se le asigne.

b) Realizar la recolección de los residuos sólidos y desperdicios en las zonas asignadas, así como efectuar el transporte y disposición final en los lugares determinados.

c) Mantener en buenas condiciones el equipo de limpieza pública asignado a su cargo, tales como escobas, escobillones, recogedores, carro recolector, entre otros.

d) Efectuar su servicio de barrido dentro del horario establecido por la Entidad, con responsabilidad, eficiencia y puntualidad.

e) Informar diariamente sobre la labor realizada, así como de algunas situaciones críticas que se presentan en el ejercicio de sus labores.

f) Otras de su competencia, relacionadas con el servicio de limpieza pública, que le asigne su Jefe inmediato superior.

2. En lo que concierne al Mantenimiento y Conservación de Parques,

Jardines y Áreas Verdes, le compete: a) Realizar labores de remoción y mejoramiento de tierras en parques y

áreas verdes. b) Realizar el sembrado de plantas de las diferentes especies botánicas y

vegetativas. c) Ejecutar trabajos de abonamiento de tierras, de poda y de tala de

árboles. d) Efectuar labores de conservación forestal y control de plagas y

enfermedades participando en tareas de fumigación. e) Realizar recolección de semillas y efectuar injertos con uso de la

técnica necesaria así como preparar plantones. f) Realizar trabajos de preparación de camas de almácigos y las

respectivas tareas de abonamiento. g) Mantener en buenas condiciones las herramientas y/o equipos a su

cargo, bajo responsabilidad. h) Informar a su Jefe inmediato superior, lo relacionado a cualquier

situación que se pueda presentar durante su labor diaria. i) Efectuar su servicio dentro del horario señalado por la Entidad, con

responsabilidad, eficiencia y puntualidad. j) Otras de su competencia, relacionadas con el servicio de limpieza

pública, que le asigne su Jefe inmediato superior.

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CALLE ELIAS AGUIRRE Nº 229 – REQUE – CHICLAYO – LAMBAYEQUE

074-451262

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Trabajador de Servicios Generales, depende jerárquicamente del Coordinador del Área de Limpieza Pública y Saneamiento Ambiental. Responsabilidad: Tiene responsabilidad administrativa y funcional del eficiente y eficaz cumplimiento de las actividades y acciones asignadas por el Coordinador del Área de Limpieza Pública y Saneamiento Ambiental.

REQUISITOS MÍNIMOS

Instrucción primaria completa. Experiencia comprobada (menos de 10 años) en labores propias de la

prestación de servicios de limpieza pública y saneamiento ambiental.

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074-451262

Área de Abastecimiento, Comercialización y Salubridad 115. DEL COORDINADOR DE AREA

El Coordinador del Área de Abastecimiento, Comercialización y Salubridad, tiene el Cargo Clasificado de ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO I, Código 511ES270, Nivel Ocupacional de Servidor Público Especialista 2, Categoría SPES2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 115. FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Programa, orienta, dirige, ejecuta y controlar las actividades y acciones

relacionadas con la comercialización de bienes y servicios de consumo de la población, en el ámbito de la jurisdicción del Distrito.

b) Establece y dispone lugares apropiados para el control sanitario en la producción, almacenamiento, transporte, comercialización y manipulación de alimentos y productos de primera necesidad.

c) Evalúa, y tramita el otorgamiento de las licencias de funcionamiento, en coordinación con las áreas respectivas, y de acuerdo a los procedimientos establecidos, para la comercialización de productos y/o prestación de servicios.

d) Organiza, coordina y dispone las acciones y medidas para el ordenamiento y control del comercio informal ambulatorio en el ámbito de la jurisdicción.

e) Evalúa y tramita el otorgamiento de los Certificados y Carnet de Salud. f) Dirige, orienta y controla la administración los mercados, centros de

expendio y camales municipales, en cuanto a su uso y mantenimiento. g) Promueve, coordina y fomenta la organización de ferias comerciales, así

como el desarrollo de nuevos centros de comercialización. h) Coordina, promueve y desarrolla campañas de defensa y orientación del

usuario y consumidor. i) Coordina con las unidades o áreas orgánicas correspondientes para

tramitar, supervisar y controlar el cumplimiento de normas y disposiciones legales municipales.

j) Formula, propone e implementa normas internas, reglamentos, directivas en materia de abastecimiento, comercialización y salubridad en el ámbito del Distrito.

k) Emite y/o revisa informes técnicos y especializados sobre los asuntos de su competencia, entre otros.

l) Organizar, conservar y mantener actualizado el archivo técnico y estadístico de la unidad orgánica.

m) Otras funciones inherentes a su competencia, dispuestas por el Jefe de la Unidad de Prestación de Servicios Públicos Locales.

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074-451262

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Dependencia: El Coordinador del Área de Abastecimiento, Comercialización y Salubridad, depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la Unidad de Prestación de Servicios Públicos Locales. Nivel de Autoridad: Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el siguiente personal asignado: 1. Inspector Sanitario 2. Asistente en Servicio de Abastecimiento y Comercialización 3. Auxiliar en Servicio de Abastecimiento y Comercialización.

Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al Area de Abastecimiento, Comercialización y Salubridad.

REQUISITOS MÍNIMOS

Grado de Bachiller universitario. Experiencia comprobada y capacitación en el área. Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Experiencia en conducción de personal. Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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074-451262

116. DEL INSPECTOR SANITARIO El Inspector Sanitario, tiene el Cargo Clasificado de MEDICO VETERINARIO I, Código 511ES250, Nivel Ocupacional de Servidor Público Especialista 2, Categoría SPES2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 116. FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Coordina, dirige, controla y coadyuva a la implementación y ejecución de

los Planes y Programas concernientes a: Saneamiento y Control Ambiental, Conservación y Protección del Medio Ambiente; de Abastecimiento y Comercialización de bienes y servicios de consumo público.

b) En lo referente al Control Sanitario: 1. Hace cumplir el Reglamento de Camales y de Carnes, el Reglamento

de Abastecimiento y Comercialización de productos alimentarios, y demás disposiciones municipales al respecto.

2. Garantiza el beneficio de los animales mediante el examen de ante y post mortem de los animales sacrificados.

3. Controla el estado sanitario del pescado que ingresa al mercado. 4. Participa en los operativos que se hagan para verificar el estado

sanitario de carnes rojas, menudencias, pollo, pescado u otros productos de origen animal.

5. Garantiza el beneficio del ganado vacuno, porcino, caprino y lanar, velando para que se cumpla las normas higiénicas establecidas.

6. Controla el encierro tanto de ganado menor y mayor en el camal. 7. Controla la salida de la carcasa y menudencias del camal. 8. Controla la firma y sello de las libretas de compra y venta de los

comerciantes. 9. Coordina con los responsables de Comercialización y Policía Municipal,

en lo relativo al control de los productos alimenticios en general; así como, de las inspecciones y atención de las denuncias del público sobre la manipulación, presentación y comercialización de insumos y productos alimentarios.

c) Informa y coordina permanentemente, con la Jefatura del Área de Abastecimiento, Comercialización y Salubridad, así como con las áreas funcionales de la Unidad de Prestación de Servicios Públicos Locales, sobre los aspectos relacionados con el avance y desenvolvimiento de los planes, programas, actividades y proyectos relacionados con la prestación de los servicios del Área, para la oportuna toma de decisiones sobre el particular.

d) Propone, organiza y establece puntos o lugares de control sanitario en lo referente a la producción, almacenamiento, manipulación, transporte y comercialización de alimentos y productos de consumo de la población.

e) Mantiene actualizados los registros estadísticos de la Unidad. f) Coadyuva en la organización y mantenimiento del Archivo Técnico de la

Unidad. g) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Coordinador

del Área de Abastecimiento, Comercialización y Salubridad.

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074-451262

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Supervisor Sanitario depende jerárquica y administrativamente del Coordinador del Área de Abastecimiento, Comercialización y Salubridad. Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las funciones propias del Cargo. REQUISITOS MÍNIMOS

Título profesional universitario de Médico Veterinario. Capacitación y alguna experiencia en labores especializadas en la prestación de servicios públicos locales.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

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Lefm 173

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074-451262

117. DEL ASISTENTE EN SERVICIO DE ABASTECIMIENTO Y COMERCIALIZACION

El Asistente en Servicio de Abastecimiento y Comercialización, tiene el Cargo Clasificado de TECNICO ADMINISTRATIVO III, Código 511AP570, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 5, Categoría SPAP5. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 117. FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Programa, coordina y controla el abastecimiento y comercialización de

productos de consumo humano en el distrito, así como la promoción y apoyo a los productos agropecuarios de la jurisdicción.

b) Participa en la implementación y ejecución de los Planes y Programas concernientes al Abastecimiento y Comercialización de bienes y servicios de consumo público.

c) Ejecuta las acciones correspondientes relacionadas con la administración y control de los mercados, centros de expendio y camales municipales, en cuanto a su uso, seguridad y mantenimiento.

d) Controla la especulación, adulteración y acaparamiento de productos alimenticios, así como el falseamiento de pesas y medidas en los centros de comercialización.

e) En coordinación con la Policía Municipal, velar por el estricto cumplimiento de las disposiciones legales de carácter municipal, leyes sobre la materia, reglamentos, ordenanzas y demás normativa legal vigente.

f) En coordinación con la Policía Municipal, vigilar el cumplimiento de las normas legales referente a calidad, vigencia y precio de los alimentos y bebidas, así como las condiciones de higiene de quienes los distribuyen y comercializan.

g) Participa en la organización y ejecuta campañas de defensa y orientación del usuario y consumidor.

h) Coordina, programa y ejecuta las actividades y acciones conducentes a organizar, ordenar y controlar el comercio informal y ambulatorio.

i) Coadyuva, coordina, participa y ejecuta las acciones que propicien y fomenten la organización de ferias y exposiciones comerciales; así como, el desarrollo de nuevos centros de comercialización formal.

j) Participa en la formulación y propuesta de normas internas y procedimientos para la adecuada organización y desarrollo del comercio, en sus diferentes formas, en el ámbito de la jurisdicción.

k) Elabora Informes técnicos administrativos para el procesamiento y trámite de los expedientes organizados para el otorgamiento de las licencias de funcionamiento, permisos especiales para comercialización, la adjudicación de puestos de venta en mercados o centros de expendio, entre otros procedimientos requeridos.

l) Programa, ejecuta y controlar las actividades técnico administrativas para la administración y conducción del mercado de abastos y los centros de comercialización bajo control municipal.

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Lefm 174

CALLE ELIAS AGUIRRE Nº 229 – REQUE – CHICLAYO – LAMBAYEQUE

074-451262

m) Elabora y formula la información estadística que se requiera, referente al servicio de abastecimiento y comercialización en el Distrito.

n) Mantiene actualizado y debidamente organizado y conservado el Archivo Técnico del Área.

o) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Coordinador del Área de Abastecimiento, Comercialización y Salubridad.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Asistente en Servicio de Abastecimiento y Comercialización, depende jerárquica y administrativamente del Coordinador del Área de Abastecimiento, Comercialización y Salubridad. Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las funciones propias del Cargo. REQUISITOS MÍNIMOS

Titulo no universitario, de un Instituto o Centro Superior Tecnológico con estudios en administración, comercio y/o similares, de preferencia.

Capacitación y/o alguna experiencia en labores especializadas en la prestación de servicios públicos relacionadas con el área.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, entre otros).

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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Lefm 175

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074-451262

118. DEL AUXILIAR EN SERVICIO DE ABASTECIMIENTO Y COMERCIALIZACION

El Auxiliar en Servicio de Abastecimiento y Comercialización, tiene el Cargo Clasificado de TECNICO ADMINISTRATIVO I, Código 511AP170, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 1, Categoría SPAP1. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 118.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Apoya en las tareas y acciones que se realizan en el Área de

Abastecimiento, Comercialización y Salubridad, relacionadas con el abastecimiento y comercialización de bienes y servicios de consumo público, el control sanitario, y la administración de los mercados municipales.

b) Ejecuta actividades de recepción, clasificación, registro, distribución y archivo de la información y documentación del Área.

c) Coordina y ejecuta tareas de carácter administrativo que se realizan en su unidad orgánica.

d) Recopila y prepara documentación e información para la elaboración de Informes Técnicos del Área.

e) Colabora en el desarrollo de las actividades técnico administrativas y en las reuniones de trabajo.

f) Apoya en las acciones concernientes con la organización, actualización y cuidado del Archivo Técnico de la unidad orgánica.

g) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Coordinador del Área de Abastecimiento, Comercialización y Salubridad

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Dependencia: El Asistente en Servicio de Abastecimiento y Comercialización, depende jerárquica y administrativamente del Coordinador del Área de Abastecimiento, Comercialización y Salubridad.

Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las funciones propias del Cargo. REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios superiores (cuatro semestres) en un Instituto o Centro Superior Tecnológico, de preferencia en administración, contabilidad, comercio y/o similares.

Capacitación y/o alguna experiencia en labores especializadas en la prestación de servicios públicos relacionadas con el área.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, entre otros).

Alternativa Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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Lefm 176

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074-451262

Área de Tránsito y Transporte Público 119. DEL COORDINADOR DE AREA

El Coordinador del Área de Tránsito y Transporte Publico, tiene el Cargo Clasificado de TECNICO ADMINISTRATIVO II, Código 511AP270, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 2, Categoría SPAP2. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 119. FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Coordina, orienta, dirige, y controla la implementación y ejecución de los

Planes y Programas concernientes al servicio de tránsito, circulación, seguridad vial y transporte público terrestre en la jurisdicción.

b) Programa, coordina, ejecutar y supervisar el sistema de tránsito, vialidad y transporte terrestre dentro de la competencia de la jurisdicción municipal, de acuerdo con las disposiciones emitidas a nivel nacional, regional y local.

c) Coordina, orienta, dirige y controla la ejecución de las operaciones sobre la instalación, mantenimiento y renovación de del sistema de señalización del tránsito peatonal y de vehículos en la ciudad capital y los centros poblados del Distrito.

d) Coordina, dirige y controla la ejecución de las operaciones sobre el ordenamiento, regulación y cumplimiento de las disposiciones establecidas en materia de tránsito y transporte terrestre para el ámbito del Distrito.

e) Elabora, formula y presenta la información estadística correspondiente sobre la gestión en tránsito y transporte, así como de la aplicación de multas y sanciones por infracciones a las normas y disposiciones de tránsito, transporte y seguridad vial.

f) Implementa y mantiene actualizado el inventario de la red vial, vías principales y secundarias, de la jurisdicción del Distrito.

g) Coordina con las unidades o áreas orgánicas correspondientes para tramitar, supervisar y controlar el cumplimiento de normas y disposiciones legales municipales.

h) Formula y propone normas internas, reglamentos y directivas en materia de tránsito y transporte público en el ámbito del Distrito.

i) Organizar, conservar y mantener actualizado el archivo técnico y estadístico de la unidad orgánica.

j) Otras funciones inherentes a su competencia, dispuestas por el Jefe de la Unidad de Prestación de Servicios Públicos Locales.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Dependencia: El Coordinador del Área de Tránsito y Transporte Publico, depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la Unidad de Prestación de Servicios Públicos Locales.

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CALLE ELIAS AGUIRRE Nº 229 – REQUE – CHICLAYO – LAMBAYEQUE

074-451262

Nivel de Autoridad: Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el siguiente personal asignado: Asistente en Servicio de Tránsito y Transporte Publico. Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al Área de Tránsito y Transporte Publico.

REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios superiores universitarios (6 semestres) o Titulo de Instituto o Centro Superior Técnico, de preferencia.

Experiencia comprobada y capacitación en el área de tránsito y transporte público.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Experiencia en conducción de personal. Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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Lefm 178

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074-451262

120. DEL ASISTENTE EN SERVICIO DE TRANSITO Y TRANSPORTE PUBLICO El Asistente en Servicio de Tránsito y Transporte Publico, tiene el Cargo Clasificado de TECNICO EN TRANSITO I, Código 511AP170, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 1, Categoría SPAP1. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 120. FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Participa y ejecuta las acciones y actividades específicas referentes al

desarrollo y control del sistema de transporte colectivo (de vehículos menores y mayores motorizados) en la jurisdicción del Distrito.

b) Participa y ejecuta las acciones que se asignan en la implementación y control del sistema de circulación vial, incluyendo señalización (peatonal y vehicular), paraderos y trayectoria de la circulación de vehículos, en el ámbito de la zona urbana y centros poblados de la jurisdicción.

c) Participa en los operativos, inspecciones, campañas y acciones similares, en la implementación y control del sistema de tránsito, circulación vial y transporte público terrestre, en el ámbito de la jurisdicción del Distrito.

d) Conduce y controla el Depósito Municipal de Vehículos. e) Elabora Informes técnicos administrativos para el procesamiento y tramite

de los expedientes organizados para el otorgamiento de las autorizaciones y/o certificaciones de operatividad de vehículos menores, depósito municipal de vehículos, entre otros procedimientos requeridos.

f) Participa en la elaboración y formulación de la información estadística funcional que se requiera referente al servicio de Transito, Circulación, Seguridad Vial y Transporte Publico Terrestre en el Distrito.

g) Mantiene actualizado y debidamente organizado y conservado el Archivo Técnico del Área.

h) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Coordinador del Área de Tránsito y Transporte Publico.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD. Dependencia: El Asistente en Servicio de Tránsito y Transporte Publico, depende jerárquica y administrativamente del Coordinador del Área de Tránsito y Transporte Publico. Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las funciones propias del Cargo.

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Lefm 179

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074-451262

REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios superiores no universitarios en un Instituto o Centro Superior Tecnológico (4 semestres), de preferencia.

Capacitación y/o alguna experiencia en labores relacionadas con el área. Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, entre otros).

Alternativa Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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Lefm 180

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074-451262

Área de Administración de Infraestructura de Servicios Públicos 121. DEL COORDINADOR DE AREA

El Coordinador del Área de Administración de Infraestructura de Servicios Públicos, tiene el Cargo Clasificado de TECNICO ADMINISTRATIVO III, Código 511AP470, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 4, Categoría SPAP4. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 121. FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Administra la organización y el uso de la infraestructura pública edificada

para la prestación de los servicios municipales de carácter productivo, recreativo, deportivo, cultural, social y funerario en el ámbito del Distrito.

b) Coordina, supervisa y controla las condiciones de los locales que prestan servicios al público usuario, a fin de otorgarles oportunamente el mantenimiento, seguridad y conservación necesarios.

c) Coordina y ejecuta las acciones correspondientes con las unidades o áreas orgánicas correspondientes para asegurar el apropiado mantenimiento, uso, conservación, renovación y seguridad de las instalaciones y el patrimonio existente en los locales de propiedad municipal.

d) Formula y propone normas, reglamentos, directivas internas en materia de la asignación, uso, disposición, mantenimiento y conservación de la infraestructura municipal para la atención de servicios locales.

e) Vela por el cumplimiento de las normas de seguridad interna en los locales de uso público e instalaciones municipales.

f) Emite y/o revisa informes técnicos y/o administrativos sobre los asuntos de su competencia, entre otros.

g) Organizar, conservar y mantener actualizado el archivo técnico y estadístico de la unidad orgánica.

h) Otras funciones inherentes a su competencia, dispuestas por el nivel jerárquico correspondiente.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Dependencia:

Depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la Unidad de Prestación de Servicios Públicos Locales.

Nivel de Autoridad:

Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el siguiente personal asignado: Trabajadores de Servicios Generales (5).

Responsabilidad:

Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al Área.

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Lefm 181

CALLE ELIAS AGUIRRE Nº 229 – REQUE – CHICLAYO – LAMBAYEQUE

074-451262

REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios superiores universitarios (6 semestres) o Titulo de Instituto o Centro Superior Técnico, de preferencia.

Experiencia comprobada y capacitación en el área. Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Experiencia en conducción de personal.

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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Lefm 182

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074-451262

122/123. DEL TRABAJADOR DE SERVICIOS GENERALES (III)

El Trabajador de Servicios Generales - Guardián, tiene el Cargo Clasificado de TRABAJADOR DE SERVICIOS III, Código 511AP70, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 4 y 3, Categoría SPAP4 y SPAP3. En el CAP están previstas dos plazas con el Nº de Orden 122 y 123.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Controlar y facilitar el ingreso y salida del público usuario a las oficinas y

dependencias de la Entidad y orientarlos en los tramites que realizan. b) Bajo responsabilidad, custodiar los locales y la infraestructura de la

Entidad, velando por la conservación y seguridad de los muebles, enseres, instrumentos, equipos y otros bienes que existen en su interior, de acuerdo a las condiciones de seguridad y control previamente establecidas.

c) Efectuar la limpieza y desinfección de ambientes, oficinas y locales de la Entidad; así como empacar, trasladar y acomodar muebles, enseres y otros bienes

d) Operar equipos e instrumentos de seguridad contra siniestros suscitados o provocados, como son incendios, robos, sismos, etc.

e) Informar diariamente sobre la labor realizada y los casos que puedan presentarse durante el ejercicio de sus funciones.

f) Efectuar su servicio dentro del horario que señalado por la Entidad, con responsabilidad, eficiencia y puntualidad.

g) Otras de su competencia, relacionadas con los servicios generales, que le asigne el Coordinador del Área de Administración de Infraestructura de Servicios Municipales.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia:

El Trabajador de Servicios Generales, depende jerárquicamente del Coordinador del Área de Administración de Infraestructura de Servicios Municipales. Responsabilidad:

Tiene responsabilidad administrativa y funcional del eficiente y eficaz cumplimiento de las actividades y acciones asignadas por el Coordinador del Área de Administración de Infraestructura de Servicios Municipales.

REQUISITOS MÍNIMOS

Instrucción Secundaria. Experiencia comprobada en labores propias de la prestación de servicios.

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074-451262

124/126. DEL TRABAJADOR DE SERVICIOS GENERALES (I)

El Trabajador de Servicios Generales - Guardián, tiene el Cargo Clasificado de TRABAJADOR DE SERVICIOS I, Código 511AP70, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 1, Categoría SPAP. En el CAP están previstas tres plazas con el Nº de Orden 124, 125 y 126.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: h) Controlar y facilitar el ingreso y salida del público usuario a las oficinas y

dependencias de la Entidad y orientarlos en los tramites que realizan. i) Bajo responsabilidad, custodiar los locales y la infraestructura de la

Entidad, velando por la conservación y seguridad de los muebles, enseres, instrumentos, equipos y otros bienes que existen en su interior, de acuerdo a las condiciones de seguridad y control previamente establecidas.

j) Efectuar la limpieza y desinfección de ambientes, oficinas y locales de la Entidad; así como empacar, trasladar y acomodar muebles, enseres y otros bienes

k) Operar equipos e instrumentos de seguridad contra siniestros suscitados o provocados, como son incendios, robos, sismos, etc.

l) Informar diariamente sobre la labor realizada y los casos que puedan presentarse durante el ejercicio de sus funciones.

m) Efectuar su servicio dentro del horario que señalado por la Entidad, con responsabilidad, eficiencia y puntualidad.

n) Otras de su competencia, relacionadas con los servicios generales, que le asigne el Coordinador del Área de Administración de Infraestructura de Servicios Municipales.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia:

El Trabajador de Servicios Generales, depende jerárquicamente del Coordinador del Área de Administración de Infraestructura de Servicios Municipales. Responsabilidad:

Tiene responsabilidad administrativa y funcional del eficiente y eficaz cumplimiento de las actividades y acciones asignadas por el Coordinador del Área de Administración de Infraestructura de Servicios Municipales.

REQUISITOS MÍNIMOS

Instrucción Secundaria. Experiencia comprobada en labores propias de la prestación de servicios.

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074-451262

5.5.3.2 UNIDAD DE PROTECCION Y SEGURIDAD CIUDADANA

127. DEL JEFE DE UNIDAD

El Jefe de la Unidad de Protección y Seguridad Ciudadana, es el funcionario encargado de la programación, coordinación, ejecución y control de las actividades y acciones relacionadas con la protección de la integridad física de la población ante desastres y riesgos naturales o inducidos; prevención de la comisión de delitos y faltas, defensa de la integridad física y moral de la población y sus bienes patrimoniales, así como, controlar la correcta aplicación de las normas municipales. El Jefe de la Unidad de Protección y Seguridad Ciudadana, tiene el Cargo Clasificado de ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO II, Código 511EJ170, Nivel Ocupacional de Servidor Público Ejecutivo 1, Categoría SPEJ1. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 127. FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Planifica, programa, coordina, dirige, supervisa y controla las acciones y

actividades establecidas y proyectadas en la prestación de los servicios que permitan asegurar la convivencia pacífica de la población de la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos, contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas, controlar la correcta aplicación de las normas municipales; así como, organizar a la población para acciones de prevención, emergencia y rehabilitación, orientadas a disminuir y corregir las causas y efectos de los desastres y situaciones de emergencia.

b) Formula y propone para su aprobación, políticas institucionales para la adecuada prestación de los servicios de protección y seguridad ciudadana.

c) Promueve, coordina y dirige actividades permanentes de capacitación, orientación, información, movilización y apoyo para prevenir las posibilidades de riesgo provenientes de la violencia y delincuencia común, que perturben el orden y la tranquilidad de la población en general, en coordinación con las fuerzas policiales y demás instituciones de carácter social del Distrito.

d) Formula, propone, supervisar y monitorea el cumplimiento de directivas internas para el mejor cumplimiento de las funciones asignadas a su unidad orgánica.

e) Brinda asistencia técnica especializada, cuando se le requiera, en los asuntos de su competencia.

f) Emite y/o revisa informes técnicos y especializados sobre los asuntos de su competencia, entre otros.

g) Organiza, orienta y dirige la conservación y actualización permanente del archivo técnico y estadístico de la unidad orgánica.

h) Otras funciones inherentes a su competencia, dispuestas por el Jefe de la División de Servicios Públicos Locales.

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LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Jefe de la Unidad de Protección y Seguridad Ciudadana, depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la División de Servicios Públicos Locales. Nivel de Autoridad:

Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el personal asignado en los siguientes Cargos: 1. Coordinador Técnico del Área de Defensa Civil 2. Asistente de Defensa Civil 3. Coordinador del Área de Seguridad Ciudadana 4. Supervisor de Policía Municipal, y 5. Policía Municipal (2).

Responsabilidad:

Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas a la Unidad de Protección y Seguridad Ciudadana. REQUISITOS MÍNIMOS

Grado de Bachiller universitario, de preferencia. Capacitación y experiencia en la prestación de los servicios de públicos establecidos para la unidad orgánica.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, Power Point, entre otros).

Experiencia en conducción de personal.

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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Área Técnica de Defensa Civil 128. DEL COORDINADOR DE AREA

El Coordinador del Área Técnica de Defensa Civil, tiene el Cargo Clasificado de TECNICO ADMINISTRATIVO II, Código 511AP470, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 4, Categoría SPAP4. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 128.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Programa, coordina, organiza, orienta, dirige y controlar la ejecución de

actividades aprobadas en el Plan Distrital de Defensa Civil, relacionadas con las acciones de prevención, emergencia y rehabilitación, orientadas a disminuir y corregir las causas y efectos de los desastres y situaciones de emergencia.

b) Programa, organiza, coordina, dirige y controla la capacitación y actividades de los Brigadistas Voluntarios de Defensa Civil.

c) Programa y coordina con la Unidad de Promoción, Desarrollo Social y Participación Ciudadana y el Área de Comunicaciones e Imagen Institucional, para el desarrollo de las actividades de promoción y campañas de difusión a la comunidad en materia de Defensa Civil.

d) Programa, organiza, dirige, controlar y monitorea las actividades relacionadas con el cumplimiento de las normas y disposiciones de seguridad emanadas por el Sistema Nacional de Defensa Civil.

e) Brinda asistencia técnica y administrativa al Comité Distrital de Defensa Civil en los asuntos de su competencia.

f) Coordina, formula y propone al Comité Distrital de Defensa Civil el Plan Distrital de Defensa Civil y el Mapa de Riesgos para su aprobación.

g) Elabora, propone y desarrolla estudios, programas y proyectos relacionados con Defensa Civil en el Distrito.

h) En el aspecto técnico y administrativo representa a la Municipalidad y coordina con las instancias provincial, regional y nacional del Sistema Nacional de Defensa Civil las acciones que tengan impacto sobre la jurisdicción distrital.

i) Coordina y organiza la instalación y funcionamiento del Centro de Operaciones de Emergencias COE.

j) Coordina, organiza y efectúa el inventario de los recursos de humanos y materiales en la jurisdicción aplicables a la Defensa Civil, y gestionar almacenes que permitan la recepción y custodia de la ayuda material en caso de desastres o emergencias.

k) Efectúa Inspecciones Técnicas de Seguridad Básica de Defensa Civil, evaluando el grado de riesgo que presentan instalaciones y servicios, de personas naturales o jurídicas; coordinando con las instancias correspondientes las acciones del ejercicio de la facultad sancionadora de la Municipalidad.

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l) Supervisa y controla el cumplimiento de las normas de seguridad en las salas de espectáculos, ferias, estadios, coliseos y otros recintos abiertos al público incluyendo los establecimientos de carácter comercial, social, cultural y religioso.

m) Brinda asistencia técnica especializada, cuando se le requiera, en los asuntos de su competencia.

n) Formula y propone a las instancias correspondientes para su aprobación, las normas y directivas complementarias que sean necesarias para el mejor cumplimiento en la jurisdicción de las disposiciones emanadas por el Sistema Nacional de Defensa Civil.

o) Coordina, promueve y gestiona la celebración de convenios de cooperación en materia de Defensa Civil con organismos nacionales o extranjeros.

p) Organiza, conserva y mantiene actualizado el archivo técnico y estadístico de la unidad orgánica.

q) Otras funciones inherentes a su competencia, dispuestas por el Jefe de la Unidad de Protección y Seguridad Ciudadana.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Coordinador del Área Técnica de Defensa Civil, depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la Unidad de Protección y Seguridad Ciudadana. Nivel de Autoridad:

Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el siguiente personal asignado: Asistente de Defensa Civil.

Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al Área. REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios universitarios (6 semestres) o Titulo en un Instituto o Centro Superior Tecnológico.

Capacitación y alguna experiencia en labores de seguridad integral y defensa civil.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, entre otros).

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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129. DEL ASISTENTE DE DEFENSA CIVIL

El Asistente de Defensa Civil, tiene el Cargo Clasificado de AUXILIAR ADMINISTRATIVO I, Código 511AP170, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 1, Categoría SPAP1. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 129.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Participa y ejecuta las acciones y actividades específicas que se le asignan referentes a la prevención, atención de emergencias y rehabilitación, que desarrolla el Área Técnica de Defensa Civil en la jurisdicción del Distrito.

b) Participa y apoya las acciones y actividades de capacitación y entrenamiento a los Brigadistas Voluntarios de Defensa Civil en el Distrito.

c) Participa en las Inspecciones Técnicas de Seguridad Básica de Defensa Civil que desarrolla el Área.

d) Apoya y ejecuta las actividades relacionadas con el control y monitoreo del cumplimiento de las normas y disposiciones de seguridad emanadas por el Sistema Nacional de Defensa Civil.

i) Participa en la elaboración de Informes técnicos administrativos que se requieran del Área Técnica de Defensa Civil.

j) De ser dispuesto, asume bajo responsabilidad el manejo y custodia del Almacén exclusivo de los bienes, enseres y equipos de Defensa Civil.

k) Mantiene actualizado y debidamente organizado y conservado el Archivo Técnico del Área.

l) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Coordinador del Área Técnica de Defensa Civil.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD.

Dependencia: El Asistente de Defensa Civil, depende jerárquica y administrativamente del Coordinador del Área Técnica de Defensa Civil.

Responsabilidad:

Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las funciones propias del Cargo.

REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios superiores no universitarios en un Instituto o Centro Superior Tecnológico (4 semestres), de preferencia.

Capacitación y/o alguna experiencia en labores relacionadas con el área. Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, entre otros).

Alternativa Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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Área de Seguridad Ciudadana y Policía Municipal 130. DEL COORDINADOR DE AREA

El Coordinador del Área de Seguridad Ciudadana y Policía Municipal, tiene el Cargo Clasificado de TECNICO EN SEGURIDAD II, Código 511AP470, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 4, Categoría SPAP4. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 130.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Programa, coordina y ejecuta las acciones y actividades específicas

referentes al desarrollo del Sistema de Seguridad Ciudadana en el Distrito, de acuerdo al Reglamento Nacional de Seguridad Ciudadana. Así como, de vigilancia y supervisión para el cumplimiento de las disposiciones legales municipales por parte de las personas naturales y/o jurídicas prestadoras de servicios públicos y de los vecinos en general en lo concerniente a mantener el ordenamiento urbano y conservación del medio ambiente.

b) Coordina y ejecuta las acciones concernientes a la implementación de las organizaciones defensa y protección ciudadana con la participación directa de las organizaciones vecinales del ámbito urbano y rural de la jurisdicción.

c) Asume la Secretaría Técnica del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana y presta asesoramiento a las juntas vecinales, comunales y otras organizaciones acreditadas ante la municipalidad.

d) Coordina y apoya, de acuerdo al Plan Distrital de Defensa Civil, a la Policía Nacional del Perú en sus acciones para la Seguridad Ciudadana, en defensa de la integridad física y moral de la población y sus bienes patrimoniales.

a) Organiza y desarrolla en coordinación con las autoridades competentes, programas y eventos de capacitación, orientación e información dirigidos a la población en general, para prevenirla sobre las posibilidades de riesgo provenientes de la violencia y delincuencia común.

b) Coordina, dispone y ejecuta las acciones y operativos de control sobre el cumplimiento de las normas legales nacionales y municipales que regulan las actividades económicas, de salud, salubridad, protección y conservación del medio ambiente, desarrollados por las correspondientes unidades orgánicas de la Municipalidad

c) Elaborar los Informes técnicos administrativos para el procesamiento y tramite de los expedientes organizados para atender o tratar asuntos relacionados con el servicio de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil, generados y/o requeridos por los ciudadanos.

d) Participar en la elaboración y formulación de la información estadística funcional que se requiera referente al servicio de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil en el Distrito.

e) Mantener actualizado y debidamente organizado y conservado el Archivo Técnico de la Unidad.

f) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el responsable del Departamento y el Jefe de la División de Servicios Públicos Locales.

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Lefm 190

CALLE ELIAS AGUIRRE Nº 229 – REQUE – CHICLAYO – LAMBAYEQUE

074-451262

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Coordinador del Área de Seguridad Ciudadana y Policía Municipal, depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la Unidad de Protección y Seguridad Ciudadana. Nivel de Autoridad: Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el siguiente personal asignado: 1. Supervisor de Policía Municipal. 2. Policía Municipal (2)

Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas al Área. REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios universitarios (6 semestres) o Titulo en un Instituto o Centro Superior Tecnológico.

Capacitación y alguna experiencia en labores de seguridad ciudadana y policía municipal.

Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, entre otros).

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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131. DEL SUPERVISOR DE POLICIA MUNICIPAL

El Supervisor de Policía Municipal, tiene el Cargo Clasificado de SUPERVISOR DE POLICIA MUNICIPAL I, Código 511AP570, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 5, Categoría SPAP5. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 131. FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Participa en la implementación y ejecución de los Planes y Programas

concernientes a la prestación de los servicios públicos locales a la ciudadanía en el Distrito.

b) Programa, coordina y ejecuta las acciones y actividades referentes a la vigilancia y supervisión del cumplimiento de las normas y disposiciones municipales de las personas naturales y jurídicas, ya sea como contribuyentes, proveedores de bienes y servicios, o por cualquier otra actividad económica o social en la se que tenga injerencia municipal; así como, en lo que concierne a los vecinos en cuanto se refiere a mantener el ordenamiento urbano y conservación del medio ambiente.

c) Supervisa, coordina, y controla las acciones que realiza el personal asignado a su cargo.

d) Propone y organiza en coordinación con la Jefatura de la Unidad Orgánica y las áreas correspondientes, la implementación de almacenes especiales que sirvan para el internamiento y custodia de los bienes, enseres y/o productos que son incautados o decomisados, provenientes de las acciones propias de control y vigilancia asignadas a la policía municipal.

e) Efectúa la supervisión y control de la mercadería, bienes y enseres retenidos y/o decomisados, para determinar su tratamiento y destino posterior, de acuerdo a las normas y disposiciones legales establecidas.

f) Coordina, instruye y orienta al personal de la Policía Municipal sobre el control, vigilancia y aplicación de las normas contra la especulación, adulteración, acaparamiento, ornato, sanidad, construcción y otras de competencia municipal.

g) Coordina con las unidades orgánicas correspondientes, la implementación y ejecución de las acciones concernientes a desarrollar operativos de control y vigilancia orientados al cumplimiento de las normas y disposiciones relacionados con el abastecimiento y comercialización de bienes y servicios de consumo, mantenimiento y conservación del ornato y medio ambiente, y de ordenamiento urbano; así como la aplicación de sanciones, multas, decomisos y clausuras, según el caso, por infracciones a las disposiciones municipales.

h) Coordina con las unidades orgánicas correspondientes, la organización e implementación de las organizaciones defensa y protección al consumidor con la participación directa de la ciudadanía.

i) Elabora los Informes técnicos administrativos para el procesamiento y tramite de los expedientes organizados para atender o tratar asuntos relacionados con el servicio de la Policía Municipal, requeridos por las instancias pertinentes.

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Lefm 192

CALLE ELIAS AGUIRRE Nº 229 – REQUE – CHICLAYO – LAMBAYEQUE

074-451262

j) Participa en la elaboración y formulación de la información estadística funcional que se requiera referente al servicio de la Policía Municipal en el Distrito.

k) Mantiene actualizado y debidamente organizado y conservado el Archivo Técnico de la unidad orgánica.

l) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Coordinador del Área de Seguridad Ciudadana y Policía Municipal.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Supervisor de Policía Municipal, depende jerárquica y administrativamente del Coordinador del Área de Seguridad Ciudadana y Policía Municipal. Nivel de Autoridad y Supervisión: Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el siguiente personal asignado: Policía Municipal (2)

Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las funciones asignadas al Cargo.

REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios superiores no universitarios (4 semestres académicos). Experiencia (5 años) y Capacitación en labores propias de la Policía Municipal.

Capacidad en la conducción de personal Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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Lefm 193

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074-451262

132/133. DEL POLICIA MUNICIPAL

El Policía Municipal, tiene el Cargo Clasificado de POLICIA MUNICIPAL I, Código 511AP270, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 2, Categoría SPAP2. En el CAP están previstas 2 plaza asignadas con el Nº de Orden 132 y 133.

FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Ejecuta las acciones y actividades referentes a la vigilancia y supervisión

del cumplimiento de las normas y disposiciones municipales de las personas naturales y jurídicas, ya sea como contribuyentes, proveedores de bienes y servicios, o por cualquier otra actividad económica o social en la se que tenga injerencia municipal; así como, en lo que concierne a los vecinos en cuanto se refiere a mantener el ordenamiento urbano y conservación del medio ambiente.

b) Ejecuta las acciones concernientes a desarrollar operativos de control y vigilancia orientados con el cumplimiento de las normas y disposiciones relacionados con el abastecimiento y comercialización de bienes y servicios de consumo, mantenimiento y conservación medio ambiente, seguridad e higiene sanitaria y de ordenamiento urbano, a fin de evitar especulaciones, adulteraciones, acaparamiento y otras trasgresiones sobre construcción, y ornato público. Así como la aplicación de sanciones, multas, decomisos y clausuras, según el caso, por infracciones y faltas a las disposiciones municipales.

c) Controla pesas y medidas en los mercados, establecimientos comerciales industriales y de servicios.

d) Controla las licencias de construcción de inmuebles en general, las de ocupación de las vías públicas y veredas y vela por el cumplimiento de las disposiciones que autorizan las demoliciones.

e) Notifica a los infractores por el incumplimiento de las normas municipales y dando cuenta de inmediato a las instancias superiores.

f) Apoya las acciones de vigilancia y control de las normas de seguridad interna en los locales e instalaciones de la Municipalidad.

g) Otras funciones de su competencia y las que le asigne directamente el Supervisor de Policía Municipal o aleatoriamente el Coordinador del Área de Seguridad Ciudadana y Policía Municipal.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Dependencia: El Policía Municipal, depende jerárquica del Supervisor de Policía Municipal y administrativamente del Coordinador del Área de Seguridad Ciudadana y Policía Municipal.

Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las funciones asignadas al Cargo.

REQUISITOS MÍNIMOS Educación Secundaria completa. Alguna experiencia y capacitación en labores propias de la Policía Municipal.

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Lefm 194

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5.5.3.3 UNIDAD DE REGISTRO CIVIL

134. DEL REGISTRADOR PÚBLICO MUNICIPAL

El Registrador Publico Municipal es el Jefe de la Unidad de Registro Civil, es el funcionario responsable de programar, desarrollar y controlar las actividades y acciones de los registros de estado civil y estadístico – vital de los ciudadanos del Distrito de Reque; así como, los programas promociónales en materia de estado civil y registral. El Registrador Publico Municipal, tiene el Cargo Clasificado de TECNICO ADMINISTRATIVO II, Código 511AP370, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 3, Categoría SPAP3. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 134. FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Participa en la implementación y ejecución de los Planes y Programas

concernientes a la prestación de los servicios públicos locales a la ciudadanía en el Distrito.

b) Programa, coordina, organiza, ejecuta, controla y evalúa las acciones y actividades referentes al Registro del Estado Civil: Nacimientos, Defunciones y Matrimonios, en el ámbito de la jurisdicción distrital conforme a lo que disponen las normas y dispositivos legales vigentes sobre la materia.

c) Evalúa y procesa los expedientes organizados para la realización de matrimonios civiles con arreglo a la ley, ya sea en forma individual o masiva.

d) Evalúa y procesa los expedientes organizados para efectuar inscripciones judiciales, adopciones, reconocimientos, legitimación, divorcio y otras acciones inherentes al Registro Civil.

e) Expide copias y constancias certificadas de las inscripciones que se encuentran en los registros civiles de la localidad.

f) Mantiene actualizada las estadísticas del registro civil, remitiendo oportunamente la información que requieran los órganos correspondientes.

g) Vela por el cumplimiento de las normas nacionales y municipales que regulan las actividades del Registro Civil.

h) Implementa y aplica los mecanismos y procedimientos de Control Interno en las actividades y acciones que ejecuta la unidad orgánica a su cargo.

i) Organiza, implementa, mantiene actualizado y controla el Archivo Técnico de la Unidad.

j) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe de la División de Servicios Públicos Locales.

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Lefm 195

CALLE ELIAS AGUIRRE Nº 229 – REQUE – CHICLAYO – LAMBAYEQUE

074-451262

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Dependencia: El Registrador Publico Municipal, depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la División de Servicios Publicas Locales. Nivel de Autoridad: Ejerce autoridad y tiene mando directo sobre el siguiente personal asignado: Asistente de Registro Civil.

Responsabilidad: Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las actividades y acciones asignadas a la Unidad de Registro Civil. REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios superiores de nivel universitario (6 semestres) o Titulo de Instituto o Centro Superior Tecnológico.

Experiencia (5 años) y Capacitación en labores propias de registro civil. Capacidad en la conducción de personal

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.

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Lefm 196

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074-451262

135. DEL ASISTENTE DE REGISTRO CIVIL El Asistente de Registro Civil, tiene el Cargo Clasificado de AUXILIAR ADMINISTRATIVO I, Código 511AP170, Nivel Ocupacional de Servidor Público de Apoyo 1, Categoría SPAP1. En el CAP la plaza esta prevista con el Nº de Orden 135. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Participa, apoya y ejecuta las acciones y actividades específicas que se le asignen referentes al Registro del estado civil: Nacimientos, Defunciones y Matrimonios, conforme a lo que disponen las normas y dispositivos legales vigentes sobre la materia.

b) Recepciona, registra, clasifica y tramita los expedientes organizados para la realización de matrimonios civiles, inscripciones judiciales, adopciones, reconocimientos, legitimación y otras acciones inherentes al Registro Civil. Participa en la elaboración de Informes técnicos administrativos que se requieran de la Unidad de Registro Civil.

c) Coordina, apoya y ejecuta las tareas de carácter administrativo propias de la unidad orgánica.

d) Mantiene actualizado y debidamente organizado y conservado el Archivo Técnico de la unidad orgánica.

e) Otras funciones de su competencia y las que le asigne el Jefe de la Unidad de Registro Civil.

LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD.

Dependencia:

El Asistente de Registro Civil, depende jerárquica y administrativamente del Jefe de la Unidad de Registro Civil. Responsabilidad:

Tiene responsabilidad legal y administrativa del eficiente y eficaz desarrollo y cumplimiento de las funciones propias del Cargo.

REQUISITOS MÍNIMOS

Estudios superiores no universitarios en un Instituto o Centro Superior Tecnológico.

Capacitación y/o alguna experiencia en labores relacionadas con el área. Capacidad en el uso y manejo de los sistemas operativos básicos de informática (Word, Excel, entre otros).

Alternativa

Poseer una combinación equivalente de formación académica, capacitación en el área y experiencia laboral comprobada.