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    BOJA nm. 165Pgina nm. 12.254 Sevilla, 23 de diciembre 1995

    ORDEN de 1 de diciembre de 1995, por laque se normalizan las caractersticas que han dereunir los sellos oficiales empleados en la actuacinadministrativa de la Junta de Andaluca.

    La Orden de la Consejera de Gobernacin de 1 deoctubre de 1991, regul, por vez primera en la Admi-nistracin de la Junta de Andaluca, la tipologa y normasde utilizacin de los sellos oficiales empleados en la acti-vidad administrativa, de cuya aplicacin se han derivadosugerencias tendentes a mejorar los mencionados sellos,principalmente referidas a las caractersticas de diseo parael empleo de ciertos dispositivos mecnicos, las cuales han

    sido estudiadas y sistematizadas para su adopcin.El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que

    se establecen medidas organizativas para los serviciosadministrativos de atencin directa a los ciudadanos, quedesarrolla aspectos de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de rgimen jurdico de las administraciones pblicasy del procedimiento administrativo comn, establece algu-nas modificaciones sustanciales a las actividades de registrode documentos y de autenticacin de copias de docu-mentos que afectan a las diligencias que normalmente serealizan con algunos de los sellos oficiales actualmentenormalizados.

    Por todo lo anterior, procede actualizar la Orden dela Consejera de Gobernacin mencionada en el prrafoprimero con el objeto de adaptar las caractersticas de

    los sellos oficiales a la situacin actual y se suprimen lasnormas de utilizacin de los mismos por estar stas reco-gidas en el Decreto referenciado en el punto anterior.

    Por cuanto antecede, en virtud de las atribuciones queme han sido conferidas en el artculo 44.4 de la Ley de

    Gobierno y Administracin de la Comunidad Autnomade Andaluca,

    O R D E N O

    Artculo 1. Caractersticas generales de los sellosoficiales.

    Los sellos que se utilicen en la actuacion administrativade los distintos rganos que integran la Administracinde la Junta de Andaluca, se atendrn a lo establecidocon carcter general en el Manual de Diseo Grfico vigen-te, especialmente en lo que concierne a la reproduccinsimplificada de Escudo de Andaluca, leyenda de Juntade Andaluca y su integracin con el escudo, tipos deletras y disposicin de las mismas, y que se recogen par-ticularmente en los Anexos de la presente Orden.

    Artculo 2. Ambito.Los servicios centrales y perifricos de la Administracin

    de la Junta de Andaluca, observarn las normas recogidas

    en la presente Orden, y a travs de sus Secretaras Gene-rales Tcnicas, Secretaras Generales u rganos de similarnaturaleza, las difundirn y cuidarn de su cumplimiento.

    Artculo 3. Sellos normalizados.Por la presente Orden se normalizan los sellos que

    a continuacin se relacionan, sin perjuicio de lo dispuestoen el artculo 8.

    - Sellos de pie de firma.- Sellos de registro de documentos.- Sellos de compulsa de copias de documentos.

    Artculo 4. Sellos de pie de firma.1. Los documentos expedidos por las distintas depen-

    dencias de la Administracin de la Junta de Andalucallevarn estampado este sello junto a la rbrica. Su tipo-

    loga se describe en el Anexo I de esta Orden.2. Estos sellos no tendrn identificacin orgnica infe-

    rior a la del centro directivo a que pertenezca la unidadadministrativa emisora del documento, salvo en el casode aquellas dependencias que estn constituidas como cen-tros de trabajo de prestacin de servicios diferenciadosdel centro directivo del cual dependan y as lo autoriceeste ltimo.

    Artculo 5. Sellos del registro de documentos.1. Los escritos y comunicaciones que se presenten,

    se reciban o se emitan, as como la copia que los acom-pae, sern diligenciados por el Registro de Documentosmediante el correspondiente sello de registro en su moda-lidad de Recepcin para los presentados o recibidos y

    con el de Salida para los emitidos.2. En cada uno de los sellos de recepcin o salidadebern constar exclusivamente los extremos descritos enel Anexo II de esta Orden.

    3. Podr utilizarse, en sustitucin de los sellos de regis-tro de documentos, la diligenciacin de los documentosmediante impresiones mecnicas, cuyo contenido se ajus-tar a lo previsto en el Anexo II en su apartado 2. Impresinmecnica sustitutiva de los sellos del registro, de la presenteOrden.

    Artculo 6. Sello de compulsa de copias de docu-mentos.

    1. El resultado de la operacin de autenticar copiasde documentos se formalizar, en el caso de que proceday de conformidad con el artculo 26 del Decreto 204/1995,

    de 29 de agosto, por el que se establecen medidas orga-nizativas para los servicios administrativos de atencindirecta a los ciudadanos, practicando sobre la copia ladiligencia de compulsa, la cual podr realizarse mediantela estampacin del correspondiente sello y posterior cum-

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    plimentacin del mismo. Las caractersticas que han dereunir los sellos de compulsa se describen en el AnexoIII de la presente disposicin.

    2. La diligenciacin de copias obtenidas a partir dedocumentos que no sean originales y que se desglosende los expedientes que formen parte, de acuerdo con el

    punto 2 del artculo 24 del Decreto 204/1995, de 29de agosto, por el que se establecen medidas organizativaspara los servcios administrativos de atencin directa a losciudadanos, se realizar mediante el texto adecuado acada caso y suficiente para dejar constancia de formaexpresa de la calidad del documento que dio origen ala copia, y que se retira del expediente. Dicha diligenciaser extendida por el titular de la jefatura de seccin urgano asimilado que tenga encomendado la tramitacindel expediente.

    3. Las diligencias de compulsa, cualesquiera que seasu modalidad, sern firmadas por el titular del rganocon competencia para extenderla, titular del rgano enquien se hubiera delegado o persona en quien se hubieradelegado la firma.

    Artculo 7. Custodia y control de los sellos.1. La custodia de cada sello corresponder al titular

    del rgano que lo tenga asignado para su utilizacin.2. El control de los sellos corresponder, en los Ser-

    vicios Centrales de las Consejeras a las Secretaras Gene-rales Tcnicas, en los Servicios Centrales de los Organismos

    Autnomos a las Secretaras Generales, en las Delega-ciones Provinciales y Gerencias Provinciales a las Secre-taras Generales. En aquellas dependencias donde no exis-tan rganos con las anteriores denominaciones, la funcinde control la ejercer el rgano que tenga encomendadaslas funciones de administracin general.

    3. Los rganos de control de los sellos de cada depen-dencia llevarn un inventario de los existentes con mencindel nombre y apellidos de los funcionarios encargados desu custodia.

    4. Si las necesidades administrativas exigieran disponeren una dependencia de ms de un sello del mismo tipo,se le asignar e inscribir en la parte imprimible de cadasello un nmero distinto comenzando por el 1 y hasta eltotal de los que disponga de ese tipo.

    Artculo 8. Sellos singulares.1. La creacin y uso de sellos comprensivos de materias

    distintas o de tipologa diferenciada de las incluidas enla presente Orden, especialmente cuando stos hayan deser estampados en documentos que hayan de trasladarseo ser ledos por los ciudadanos, deber limitarse a razonesde inaplazable necesidad, tendr carcter provisional y secomunicar a la Consejera de Gobernacin.

    2. La Consejera de Gobernacin informar las comu-nicaciones y propuestas que se le formulen sobre la crea-cin o modificacin de sellos, elaborando en su caso losdiseos alternativos a los mismos.

    3. En todo caso se evitar cualquier identificacin sin-gularizada mediante smbolos grficos integrados en lossellos, ya sea institucional, orgnica, funcional, nominativao de similar finalidad.

    Artculo 9. Estampacin de los sellos.La estampacin de los sellos en los documentos se

    har en los espacios reservados a los mismos, o en sudefecto en lugares donde no dificulte la clara visin delcontenido del documento y del propio sello.

    Artculo 10. Tintas de estampacin.1. La estampacin de sellos en los documentos se

    har utilizando tampones de tinta con el color institucionalverde pantone 355, de acuerdo con el Manual de DiseoGrfico actualmente en vigor.

    2. La impresin mecnica, sustitutiva de los sellos, serealizar en el color gris habitual de las impresoras; enel caso de ser necesario el color se utilizar el descritoen el prrafo anterior.

    DISPOSICION ADICIONAL PRIMERA

    Sustitucin de sellos

    Los rganos responsables del control de los sellos encada dependencia administrativa adoptarn las medidasnecesarias para retirar, restringir, sustituir y en su caso des-truir los sellos que no sean conforme a lo dispuesto enla presente Orden.

    DISPOSICION ADICIONAL SEGUNDA

    Adopcin de medidas

    Los responsables de los Centros Directivos adoptarnlas medidas oportunas para dotarse del material necesario

    adaptado a lo dispuesto en la presente Orden.

    DISPOSICION ADICIONAL TERCERA

    Plazo

    En el plazo de un mes a partir de la entrada en vigorde la presente Orden, todas las dependencias de la Admi-nistracin de la Junta de Andaluca, debern disponer delos sellos normalizados descritos en los Anexos adjuntos.

    DISPOSICION DEROGATORIA UNICA

    Queda derogada la Orden de la Consejera de Gober-nacin de 1 de octubre de 1991, por la que se normalizanlas caractersticas bsicas de diseo y utilizacin que hande reunir los sellos oficiales empleados en la actuacinadministrativa de la Junta de Andaluca.

    DISPOSICION FINAL UNICA

    Entrada en vigor

    La presente Orden entrar en vigor el da siguientede su publicacin en el Boletn Oficial de la Junta de

    Andaluca.

    Sevilla, 1 de diciembre de 1995

    CARMEN HERMOSIN BONOConsejera de Gobernacin

    ANEXO ISELLO DE PIE DE FIRMA

    1. ObjetoEl presente anexo define las caractersticas de diseo

    de los sellos que se han de utilizar en los pies de firmade los documentos administrativos de la Junta de Anda-luca. Existirn dos versiones, el sello de uso general yel de tamao reducido

    2. Campo de aplicacin.2.1. Sello de pie de firma de uso general.Se utilizar en los pie de firmas de los documentos

    producidos en la actuacin administrativa de la Junta deAndaluca sin que existan excepciones al mismo, salvo las

    derivadas de su tamao.2.2. Sello de pie de firma de tamao reducido.Se utilizar de forma restringida, acompaando aque-

    llas firmas que se incluyen en casillas o entre lneas dedocumentos de forma peridica y secuencial para reco-

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    nocer circunstancias, derechos, o cualquier otro extremoy se superpondran los sellos de uso general, debido asu tamao. Slo en estos casos es de aplicacin el sellode tamao reducido.

    3. Caractersticas del sello de pie de firma de usogeneral.

    El sello de pie de firma de uso general ser siemprecircular. Se incluye representacin grfica del mismo comofigura 1 de este anexo.Estarconstituido porel cerramientoy su contenido de acuerdo con las siguientes especi-ficaciones:

    3.1. Cerramiento. Circunferencia de una sola lneade 0,2 mm, y un dimetro de 35 mm.

    3.2. Contenido.3.2.1. Escudo.Tipo: Reproduccin simplificada segn el Decreto

    126/1985, de 12 de junio.Dimensiones: 11 x 16 mm.Situacin:

    Horizontalmente, centrado (a 12 mm del lado izquier-do y a 12 mm del lado derecho).

    Verticalmente, a 8 mm del borde superior y a 11 mmdel inferior.

    3.2.2. Leyenda Junta de Andaluca.Tipo y tamao de letra: La establecida en el Manual

    de Diseo Grfico vigente. Tendr una altura de 4 mm.Situacin: Semicorona circular, concntrica y a 1,5

    mm de la lnea de cerramiento.3.2.3. Identificacion del rgano superior de la admi-

    nistracin.Tipo y tamao de letra: Avant garde gothic estrecha

    y condensada. Tendr una altura de 1,5 mm, maysculas

    al inicio de las palabras y el resto en minsculas.Situacin: Sector de corona circular concntrica de laleyenda Junta de Andaluca, centrando la inscripcin entreel arco formado por sta y el escudo, tomando como refe-rencia las letras maysculas. Los extremos del sector formadopor esta inscripcin, no rebasar nunca la base del escudo.Si fuese necesario se aproximarn las letras y se utilizarnabreviaturas en palabras como Consejera, etc.

    3.2.4. Identificacion del centro directivo.Tipo y tamao de la letra: Avant garde gothic, estrecha,

    maysculas, altura de 1 mm.Situacin: En paralelo a la base del escudo, y a 1 mm

    de sta.Se utilizarn como mximo tres lneas consecutivas,

    usando abreviaturas si fuese necesario en las palabras comoDireccin General y similares, iniciando y terminando las

    lneas a 1,5 mm como mnimo, del borde circular. En elcaso de que el titular del centro directivo as lo autorizase,podr utilizarse una, o dos, de las lneas antes mencionadaspara identificar otra dependencia del centro directivo.

    3.2.5. Localidad.

    Tipo y tamao de letra: Avant garde gothic, estrecha,maysculas, de la altura que se desee en funcin del espacioque reste, sin que sea superior al establecido para el rganosuperior.

    Situacin: Tercera lnea despus de las dos anteriores,en paralelo a la base del escudo.

    3.2.6. Otras inscripciones.En el caso de Organismos Autnomos podr incluirse

    su denominacin, ya sea con todas sus letras o con siglas,segn permita el espacio existente, en la primera lnea des-tinada al Centro Directivo, y con las mismas caractersticasespecificadas para aqul.

    4. Caractersticas del sello de pie de firma de tamaoreducido.

    El sello de pie de firma de tamao reducido ser siemprecircular. Se incluye representacin grfica del mismo comofigura 2 de este anexo. Su forma y contenidos sern losmismos del sello de pie de firma de uso general y sus dimen-siones sern las adecuadas a su uso, con la nica condicinde que guarden sus componentes las mismas proporciones

    que las del sello de uso general. Se recomienda la utilizacindel que a continuacin se describe:

    4.1. Cerramiento. Circunferencia de una sola lnea de0,2 mm, y un dimetro de 20 mm.

    Figura 2.-Sello de pie de firma de tamao reducido.

    4.2. Contenido.4.2.1. Escudo.Tipo: Reproduccin simplificada segn el Decre-

    to 126/1985, de 12 de junio.Dimensiones: 6 x 9 mm.Situacin:

    Horizontalmente, centrado (a 7 mm del lado izquierdoy a 7 mm del lado derecho) .

    Verticalmente, a 4,5 mm del borde superior y a 6,5mm del inferior.

    4.2.2. Leyenda Junta de Andaluca.Tipo y tamao de letra: La establecida en el Manual

    de Diseo Grfico vigente. Tendr una altura de 2 mm.Situacin: Semicorona circular concntrica y a 1 mmde la lnea de cerramiento.

    4.2.3. Identificacion del rgano superior de la admi-nistracin.

    Tipo y tamao de letra: Avant garde gothic, estrechay condensada. Tendr una altura de 1 mm, maysculas.

    Situacin: Sector de corona circular concntrica de laleyenda Junta de Andaluca, centrando la inscripcin entreel arco formado por sta y el escudo, tomando como refe-rencia las letras maysculas. Los extremos del sector formadopor esta inscripcin, no rebajar nunca la base del escudo.Si fuese necesario se aproximarn las letras y se utilizarnabreviaturas en palabras como Consejera, etc.

    4.2.4. Identificacion del centro directivo.Tipo y tamao de la letra: Avant garde gothic, estrecha

    maysculas, con altura de 1 mm.Situacin: En paralelo a la base del escudo y a 1 mm

    de sta.Se utilizarn como mximo dos lneas consecutivas,

    usando abreviaturas si fuese necesario en las palabras como

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    Direccin General y similares, iniciando y terminando laslneas a 1 mm como mnimo, del borde circular. En el casode que el titular del centro directivo as lo autorizase, podrutilizarse una de estas lneas para identificar otra dependenciadel centro directivo.

    4.2.5. Localidad.Tipo y tamao de letra: Avant garde gothic, estrecha

    y maysculas, de la altura que se desee en funcin del espa-cio que reste, sin que sea superior al establecido para elrgano superior.

    Situacin: Tercera lnea como mnimo despus de lasdos anteriores, en paralelo a la base del escudo.

    4.2.6. Otras inscripciones.

    En el caso de Organismos Autnomos o centros dedestino o de prestacin de servicios podr incluirse su deno-minacin, ya sea con todas sus letras o con siglas, segnpermita el espacio en el lugar destinado a Centro Directivo,con las mismas caractersticas especificadas para aqul.

    ANEXO II

    SELLOS DEL REGISTRO DE DOCUMENTOS

    1. Objeto.El presente anexo define las caractersticas de diseo

    de los sellos que han de utilizarse en la actuacin admi-nistrativa de los registros de documentos de la Junta de

    Andaluca, en sus dos modalidades de Recepcin y Salida.Tambin desarrolla en su ultimo apartado la definicin delas impresiones mecnicas que podrn utilizarse en susti-tucin de los sellos del registro de documentos.

    2. Caractersticas de los sellos del registro de docu-mentos.

    Las dos modalidades de sellos del registro de docu-mentos, sern de forma rectangular de 30 x 50 mm. Seincluye representacin grfica de los mismos como figura1 de este anexo. Estarn constituidos por cerramiento, divi-siones y contenido.

    2.1. Cerramiento.Rectngulo de 30 x 50 mm con sus lados formadospor una sola lnea de 0,2 mm de espesor.

    2.2. Divisiones.Rectas de 0,2 mm de espesor. Una, vertical, desde

    el lado superior al inferior, a 6 mm del cerramiento izquier-do del rectngulo. Otra, horizontal, desde la lnea anteriorhasta el cerramiento derecho del rectngulo, a 11 mmde distancia del cerramiento superior. Otra, horizontal,similar a la anterior, a 11 mm del cerramiento inferiordel rectngulo. En el sello de recepcin una divisin vertical,desde la lnea anterior hasta la inferior, a 13 mm de dis-tancia del cerramiento derecho del rectngulo.

    2.3. Contenido.2.3.1. Inscripcin de Recepcin o Salida.Tipo y tamao de letra: Avant garde gothic, gruesa

    y maysculas de 2,5 mm de altura.Situacin: En su parte izquierda, en el espacio rec-

    tangular vertical formado por el lado izquierdo del cerra-miento y la lnea vertical de divisin existente a 6 mmdesde ste hacia el interior.

    Disposicin de letras: Para su lectura vertical.2.3.2. Leyenda Junta de Andaluca.Tipo y tamao de letra: La establecida en el manual

    de diseo grfico vigente y de 3,5 mm de altura.Situacin: En la parte superior del sello, a 1 mm del

    cerramiento superior de ste y centrada entre el lado dere-cho del rectngulo y la divisoria vertical que acota el espa-cio de Recepcin/Salida.

    2.3.3. Identificacin del rgano superior.Tipo y tamao de letra: Avant garde gothic, estrecha

    y condensada de 2 mm de altura. Maysculas al iniciode palabra y el resto minsculas.

    Situacin: Inmediatamente debajo de la anterior ins-cripcin, centrada en el rectngulo, como en el apartadoanterior.

    2.3.4. Nmero de registro y fechaTipo y tamao de nmeros: De acuerdo con las posi-bilidades de los dispositivos existentes en el mercado.

    Situacin: El espacio horizonal comprendido en los8 mm centrales, que se dividir en dos mediante una lneavertical. Se utilizarn caracteres numricos y los dos con-ceptos se situarn segn permita el dispositivo elegido.

    2.3.5. Identificacion del registro de documentos.Tipo y tamao de letra: Avant garde gothic, estrecha,

    de 1 mm de altura y maysculas.Situacin: En la parte superior del rectngulo, inme-

    diatamente inferior a la inscripcin anterior, la lnea verticalpor la izquierda que delimita el texto Recepcin/Saliday la lnea vertical que separa la hora o el cerramientoderecho.

    Se insertar Registro General, y en su caso RegistroAuxiliar, completndose con la denominacin que le iden-tifique. Se utilizarn como mximo tres lneas consecutivas,usando abreviaturas si fuese necesario en las palabrasConsejera, Delegacin Provincial y similares.

    2.3.6. Localidad.Tipo y tamao de letra: Avant garde gothic, estrecha,

    de 1 mm de altura y maysculas.Situacin: En el mismo rectnculo del apartado ante-

    rios, en la parte inferior, justificado a la derecha.2.3.7. Hora. Slo en el sello de recepcin.Tipo y tamao de letra: Avant garde gothic, estrecha,

    con 1 mm de altura y maysculas.Situacin: En la parte inferior derecha del sello y en

    la parte superior del espacio rectangular reservado paraello.

    3. Caractersticas de la impresin mecnica sustitutivade los sellos del registro de documentos.

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    La impresin mecnica ser de dos lneas paralelasseparadas a un solo espacio. Se incluye como figura 2de este anexo representacin grfica de la misma.

    3.1.Lnea superior.Tendr una longitud de 70 caracteres y contendr cua-

    tro textos, separados por un espacio en blanco con longitudde un carcter, dispuestas correlativamente de acuerdocon el orden, contenidos y especificaciones siguientes:

    Administracin: Se insertar la leyenda Junta de Anda-luca, en maysculas, dispuesta en la posicin 1 a la 18de la lnea.

    Organo superior: Mximo 38 caracteres maysculas,dispuestos en la posicin 20 a 58 de la lnea, ajustadosa la izquierda, se utilizarn las abreviaturas necesarias.

    Nmero: Mximo de 6 caracteres numricos, ajus-

    tados a la derecha, dispuestos de la posicin 59 a 64de la lnea.

    Hora: Slo en los asientos de documentos presentadosen que as se solicite, ser de cinco caracteres que corres-pondern a, hora p.m., coma, minutos, en este orden,ajustados a la derecha y ocupando la posicin 66 a 70de la lnea.

    3.2. Lnea inferior.Tendr una longitud de 70 caracteres y contendr cua-

    tro leyendas, separadas por un espacio en blanco conlongitud de un carcter como mnimo, dispuestas corre-lativamente de acuerdo con el orden, contenidos y espe-cificaciones siguientes:

    Identificacin del registro: Se insertar Registro Gene-ral, o en su caso, Registro Auxiliar, seguido de la deno-minacin del mismo, podrn utilizarse abreviaturas. Se uti-lizar un mximo 33 caracteres, maysculas, dispuestosen la posicin 1 a 33 de la lnea.

    Localidad: Mximo 15 caracteres, maysculas, dis-puestos de la posicin 35 a 49 de la lnea, ajustndosea la derecha cuando sea necesario.

    Seccin del registro: Se insertar la palabra Recepcino Salida, segn los casos, maysculas, dispuestas en laposicin 51 a 59 de la lnea ajustndose a la derechacuando sea necesario.

    Fecha: Se insertar el da del mes, nmero de mesy ao, en este orden, separados por guiones, dispuestosen la posicin 61 a 70 de la lnea.

    ANEXO III

    SELLO DE COMPULSA DE COPIAS DE DOCUMENTOS

    1. Objeto.El presente anexo define las caractersticas de diseo

    del sello que ha de utilizarse para practicar la diligenciade compulsa en la actividad administrativa de autenticacinde copias de documentos originales en la Administracinde la Junta de Andaluca.

    2. Caractersticas del sello de compulsa de copias de

    documentos.El sello de compulsa ser rectangular. Se incluye comofigura 1 de este anexo representacin grfica del mismo.Estar constituido por un cerramiento y su contenido deacuerdo con las siguientes especificaciones.

    Figura 1.- Sello de Compulsa de copias de Documentos

    3.1. Cerramiento.Rectngulo, con lados formados por una sola lnea

    de 0,2 mm y dimensiones de 60 x 50 mm.3.2. Contenido.3.2.1. Leyenda Junta de Andaluca y Escudo.Tipo y tamao de letra: Escudo en su versin con-

    densada integrado con la leyenda Junta de Andalucasegn los criterios del Manual de Diseo Grfico, reducidoel conjunto en un porcentaje tal, que las letras tenganuna altura de 3 mm.

    Situacin: Parte superior del rectngulo, centrado res-pecto al cerramiento lateral, separando el borde superiordel escudo 1,5 mm de la lnea de cerramiento superior.

    3.2.2. Identificacion del rgano superior.Tipo y tamao de letra: Avant garde gothic, estrecha

    y si fuera necesario condensada, de 2,5 mm de altura,maysculas al inicio de palabras y el resto minsculas.

    Situacin: A 2 mm inmediatamente debajo de la ante-rior inscripcin y dispuesta centrada horizontalmente.

    3.2.3. Identificacion del centro directivo.Tipo y tamao de letra: Avant garde gothic, estrecha

    y maysculas, con 2 mm de altura.Situacin: Lnea, o lneas, a 1,5 mm. inmediatamente

    siguiente a la inscripcin anterior. Inscripcin centrada hori-zontalmente. Se utilizarn como mximo dos lneas con-secutivas separadas 1 mm, usando abreviaturas si fuesenecesario en sustitucin de las palabras Direccin Gene-ral, Delegacin Provincial y similares.

    Los Organismos Autnomos incluirn su denomina-cin precediendo al Centro Directivo con losmismoscon-tenidos especificados para aqul, pudindose utilizar lassiglas de su denominacin.

    3.2.4. Inscripcin. Concuerda con el documentooriginal.

    Tipo y tamao de letra: Avant garde gothic, estrecha,con altura de 2 mm, minsculas salvo la primera letrade la frase.

    Situacin: A 2 mm de la inscripcin anterior y centradahorizontalmente.

    3.2.5. Inscripcin Compulsado.Tipo y tamao de letra: Avant garde gothic, gruesa,

    maysculas, de 3 mm de altura.Situacin: A 2 mm de la lnea anterior. La separacin

    entre las letras ser la necesaria para que ocupe el anchodel rectngulo en disposicin centrada horizontalmente.

    3.2.6. Lugar y fecha en que se ha practicado lacompulsa.

    Inscripcin con la denominacin de la localidad dondese ha realizado la compulsa, seguido de una coma, unespacioen blancosuficientepara escribir dosdgitos, segui-do de la palabra de, a continuacin un espacio en blancopara escribir el mes, seguido de la palabra de y de espacio

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    en blanco para escribir los cuatro dgitos correspondientesal ao.

    Tipo y tamao de letra: Avant garde gothic, minscula,salvo la primera letra que ser mayscula, con 2 mm dealtura.

    Situacin: A 2 mm de la inscripcin anterior. Se dis-pondr horizontalmente centrada.

    3.2.7. Identificacin del funcionario que ha realizadoel cotejo.

    Inscripcin con la abreviatura Fdo.:, se podr optarpor dejar un espacio suficiente para incluir en cada dili-gencia que se practique el nombre y dos apellidos delque la realiza o por inscribir en el sello los del titular delrgano con competencia en la materia o aqul al quese la hayan delegado, en cuyo caso la abreviatura Fdo.:deber ir precedida de la inscripcin Por delegacin.

    Tipo y tamao de letra: Avant garde gothic, estrechay maysculas las primeras letras de cada palabra, conuna altura de 1,5 mm.

    Situacin: Penltima lnea del sello, estar separada1,5 mm de la siguiente inscripcin y centrada horizon-talmente.

    3.2.8. Organo competente.Inscripcin con la denominacin del rgano que tenga

    encomendado la custodia del sello que ser el que ostentelas competencias o las tenga delegadas para autenticarcopias de documentos.

    Tipo y tamao de letra: Avant garde gothic, estrechay maysculas las primeras letras de cada palabra, conuna altura de 1,5 mm.

    Situacin: Ultima lnea del sello, estar separada 1,5mm de la lnea de cerramiento inferior de ste, se dispondrcentrada horizontalmente.

    RESOLUCION de 7 de diciembre de 1995, dela Delegacin Provincial de Cdiz, por la que sepresta conformidad a la enajenacin, mediante ven-ta directa, de una parcela sobrante de la va pblicapropiedad del Ayuntamiento de Tarifa (Cdiz), alvecino colindante don Gaspar Ballesteros Casas.

    Mediante certificacin de acuerdo adoptado por elPleno municipal del Ayuntamiento de Tarifa (Cdiz) ensesin ordinaria celebrada el da 2 de noviembre de 1995,se da cuenta de la tramitacin y aprobacin de la ena-jenacin, mediante venta directa, de una parcela sobrantede la va pblica al propietario colindante don GasparBallesteros Casas.

    Segn se indica en la documentacin aportada y segnvaloracin pericial de los bienes, no excede su valor del25% del total de los recursos ordinarios que nutren el Pre-supuesto anual de la Corporacin, y que en el expedienteinstruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dadocumplimiento a lo dispuesto en el artculo 79 del RealDecreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, y 109 y ss.del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, de13 de junio de 1986, Ley 7/85, de 2 de abril, Ley 6/83,de julio, y dems preceptos de general aplicacin.

    El Decreto 29/86, de 19 de febrero, sobre descon-centracin de funciones de la Consejera de Gobernacin,en su artculo 3, confiere a esta Delegacin competenciaen materia de disposicin de bienes de propios de lasCorporaciones Locales, cuando el valor del bien no supereel 25% de los recursos ordinarios del Presupuesto anualde la Corporacin.

    A fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado porel Pleno del Ayuntamiento en sesin ordinaria celebradael da 2 de noviembre de 1995, por el que se acuerdala enajenacin, mediante venta directa de una parcelasobrante de la va pblica al vecino colindante don Gaspar

    Ballesteros Casas, en su calidad de propietario del terrenocolindante, y siendo su descripcin como sigue:

    Parcela sobrante de la va pblica, de 90 m2 de super-ficie, ubicada en la calle Padre Snchez de Facinas; inscritaen el Inventario Municipal de Bienes del Ayuntamiento y

    en el Registro de la Propiedad nm. 2 de Algeciras, enel Folio 87 del Tomo 1.018, Libro 302 de Tarifa, Fincanm. 15.307, Inscripcin 1. Siendo sus linderos: Norte,con propiedad particular; Sur, con calle Padre Snchez;Este, con propiedad del solicitante; y Oeste, con propiedadmunicipal.

    Su valoracin se estima en 10.000 ptas./m2, lo queresulta un valor total de la parcela de 900.000 ptas.

    En su virtud, he resuelto:

    1. Prestar conformidad a la enajenacin, medianteventa directa, de una parcela sobrante de la va pblica,propiedad del Ayuntamiento de Tarifa, de 90 m2 de super-ficie, al propietario colindante don Gaspar Ballesteros

    Casas.2. Notificar dicha conformidad al Ayuntamiento.3. Publicar la presente Resolucin en el Boletn Oficial

    de la Junta de Andaluca.4. Contra esta Resolucin podr interponerse el

    Recurso Ordinario del artculo 114 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Admi-nistraciones Pblicas y del Procedimiento AdministrativoComn, ante el Consejero de Gobernacin en el plazode un mes desde la notificacin de la misma, sin perjuiciode cualquier otro que se estime oportuno.

    Cdiz, 7 de diciembre de 1995.- El Delegado, Fran-cisco Menacho Villalba.

    RESOLUCION de 7 de diciembre de 1995, dela Delegacin Provincial de Cdiz, por la que sepresta conformidad a la enajenacin, mediante ven-ta directa, de una parcela sobrante de la va pblicapropiedad del Ayuntamiento de Tarifa (Cdiz), alvecino colindante don Eugenio Rosano Jimnez.

    Mediante certificacin de acuerdo adoptado por elPleno municipal del Ayuntamiento de Tarifa (Cdiz) ensesin ordinaria celebrada el da 2 de noviembre de 1995,se da cuenta de la tramitacin y aprobacin de la ena-jenacin, mediante venta directa, de una parcela sobrantede la va pblica al propietario colindante don EugenioRosano Jimnez.

    Segnse indica en la documentacin aportada y segn

    valoracin pericial de las bienes, no excede su valor del25% del total de los recursos ordinarios que nutren el Pre-supuesto anual de la Corporacin, y que en el expedienteinstruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dadocumplimiento a lo dispuesto en el artculo 79 del RealDecreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, y 109 y ss.del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, de13 de junio de 1986, Ley 7/85, de 2 de abril, Ley 6/83,de julio, y dems preceptos de general aplicacin.

    El Decreto 29/86, de 19 de febrero, sobre descon-centracin de funciones de la Consejera de Gobernacin,en su artculo 3, confiere a esta Delegacin competenciaen materia de disposicin de bienes de propios de lasCorporaciones Locales, cuando el valor del bien no supereel 25% de los recursos ordinarios del Presupuesto anualde la Corporacin.

    A fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado porel Pleno del Ayuntamiento en sesin ordinaria celebradael da 2 de noviembre de 1995, por el que se acuerdala enajenacin, mediante venta directa de una parcelasobrante de la va pblica al vecino colindante don Eugenio