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INFORME DE RESULTADOS DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2015 TOMO I, INFORME EJECUTIVO

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Page 1: OMO I, INFORME EJECUTIVO

INFORME DE RESULTADOS DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

DE LA CIUDAD DE MÉXICO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2015

TOMO I, INFORME EJECUTIVO

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ÍNDICE

PRESENTACIÓN 5

I. LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11

I.1. EL PROCESO DE FISCALIZACIÓN 14

I.1.1. La Fase de Planeación 14

I.1.2. La Fase de Ejecución 15

I.1.3. La Fase de Elaboración de Informes 16

I.2. EL PROGRAMA GENERAL DE AUDITORÍA 16

I.2.1. La Selección de las Auditorías 16

I.2.2. Criterios Generales de Selección de Auditorías 17

I.2.3. Tipos de Auditorías que realiza la Auditoría Superior de la Ciudad de México 19

I.2.4. Alcance de la Fiscalización de la Cuenta Pública de 2015 23

I.3. ACCIONES DERIVADAS DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 27

I.3.1. Acciones que promueve la Auditoría Superior de la Ciudad de México 28

I.3.2. Clasificación de las Recomendaciones por Deficiencias Detectadas 30

I.4. LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO ANTE EL SISTEMA ANTICORRUPCIÓN LOCAL 33

I.4.1. La Reforma Legal en materia Anticorrupción de la Ciudad de México 34

I.4.2. El Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México 36

II. LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y LA PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN 39

II.1. LA PREVENCIÓN COMO ESTRATEGIA ANTICORRUPCIÓN DE LOS ORGANISMOS INTERNACIONALES 42

II.2. BUENAS PRÁCTICAS DE LAS ENTIDADES DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR EN MATERIA DE PREVENCIÓN 44

II.3. BUENAS PRÁCTICAS EN LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO 46

II.3.1. Política Institucional de Integridad de la Auditoría Superior de la Ciudad de México 46

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II.3.2. Creación de Capacidades y Competencia Institucional en la Auditoría Superior de la Ciudad de México 48

II.3.3. Transparencia y Participación Ciudadana en la Auditoría Superior de la Ciudad de México 50

III. RESULTADOS DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 53

III.1. OBSERVACIONES RELEVANTES DE LA REVISIÓN 55

III.2. HALLAZGOS 139

III.2.1. Hallazgos en materia de Control Interno 140

III.2.2. Hallazgos en materia de Ingresos 140

III.2.3. Hallazgos en materia de Adquisiciones y Servicios 142

III.2.4. Hallazgos en materia de Bienes Muebles e Inmuebles 142

III.2.5. Hallazgos en materia de Ayudas 143

III.2.6. Hallazgos en materia de Presupuesto Participativo 144

III.2.7. Hallazgos en materia de Ventanilla Única 144

III.2.8. Hallazgos en materia de Obra Pública 145

III.2.9. Hallazgos en materia de Desempeño 146

III.2.10. Hallazgos en materia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones 146

IV. PROPUESTAS PARA EL DESARROLLO DE POLÍTICA PÚBLICA 147

IV.1. EN MATERIA LEGISLATIVA 149

IV.1.1. Obra Pública 149

IV.1.2. Ayudas 150

IV.1.3. Presupuesto Participativo 150

IV.1.4. Tecnologías de la Información 150

IV.2. EN MATERIA NORMATIVA 150

IV.2.1. Ingresos 150

IV.2.2. Obra Pública 151

IV.2.3. Desempeño 151

IV.3. EN MATERIA DE MEJORA DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO 151

IV.3.1. Control Interno 151

ÍNDICE GENERAL 153

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PRESENTACIÓN

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PRESENTACIÓN

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a Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM) rinde a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), por conducto de la Comisión de Vigi-lancia de la Auditoría Superior de la Ciudad de México (CVASCM), el Informe

de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública de la Ciudad de México corres-pondiente al Ejercicio de 2015. Lo anterior, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 122, apartado A, fracción II, sexto y séptimo párrafos; 74, fracción VI; y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1; 3; 4; 7; 8, fracciones I, II y IV; 14, fracción VI; 28; 36; 60; 61; y 62 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México; y 1; y 5, fracciones I, inciso f) y VII, inciso a), del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.

Con el presente informe se concluye el proceso de revisión y verificación de la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015, el cual inició con su análisis mediante la aplicación de los criterios establecidos en el Manual de Selección de Auditorías de esta entidad de fiscalización, y continuó con la elaboración del Programa General de Auditoría (PGA) para la Revisión de la Cuenta Pública de la Ciudad de México de dicho ejercicio.

El PGA comprendió 186 auditorías; adicionalmente, se realizaron 10 auditorías con base en el convenio de coordinación y colaboración suscrito entre la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y la ASCM, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de diciembre de 2014, con objeto de fiscalizar los recursos federales transfe-ridos a la Ciudad de México, labor en que la ASCM funge como coadyuvante.

En cumplimiento del artículo 36 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México, los Informes Finales de Auditoría (IFA) derivados de la revisión de la Cuenta Pública de 2015, una vez autorizados por el Auditor Superior, se remitie-ron en tiempo y forma a los sujetos fiscalizados.

En términos de la normatividad antes mencionada, la revisión de la Cuenta Pública de 2015 tuvo por objeto verificar si los sujetos fiscalizados cumplieron las siguien-tes obligaciones:

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INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

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1. Realizar sus operaciones, en lo general y en lo particular, de conformidad con

la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno

del Distrito Federal, el Código Fiscal del Distrito Federal, la Ley de Ingresos del

Distrito Federal, el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal

y la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal para el Ejercicio

de 2015; y cumplir las disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración

Pública del Distrito Federal, la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

y su reglamento, la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y su reglamento,

la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y demás

normatividad vigente en dicho ejercicio.

2. Ejercer correcta y estrictamente su presupuesto conforme a las funciones

y subfunciones aprobadas y con la periodicidad y formas establecidas por la ley.

3. Ajustar y ejecutar los programas de inversión en los términos y montos aprobados

y de conformidad con sus partidas.

4. Recaudar los ingresos de acuerdo con las cuotas y tarifas vigentes y con la

normatividad aplicable; y soportar las operaciones del gasto con la documentación

justificativa y comprobatoria respectiva.

5. Registrar las operaciones conforme a la Ley General de Contabilidad Guber-

namental y demás normatividad aplicable.

En cuanto a las 10 auditorías coordinadas con la ASF, practicadas con recursos

del PROFIS por tratarse de la revisión de recursos de origen federal, se verificó de

manera adicional el cumplimiento de las disposiciones aplicables en dicho ámbito.

El presente informe se integra por dos tomos. El Tomo I, “Informe Ejecutivo”, incluye

esta presentación y cuatro capítulos; y el Tomo II, “Resultados de Auditoría y Reco-

mendaciones Preventivas”, contiene los resultados de las 186 auditorías, las recomen-

daciones derivadas de éstas y cinco apéndices, incluido un glosario de siglas.

En el primer tomo, en el capítulo I, “La función Fiscalizadora de la Auditoría Supe-

rior de la Ciudad de México”, se refieren la misión y visión de la ASCM; el marco

jurídico y las normas de carácter nacional e internacional que rigen su actuación;

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PRESENTACIÓN

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las fases de la auditoría; aspectos relacionados con la integración del Programa

General de Auditoría; la descripción de los diversos tipos de auditorías practica-

das; el alcance de la fiscalización; las promociones de acciones derivadas de la

revisión; y la clasificación de las deficiencias a que se refieren las recomendacio-

nes formuladas por la ASCM. Asimismo, se presentan las nuevas bases constitu-

cionales del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México.

En el capítulo II, “La Auditoría Superior de la Ciudad de México y la Prevención

de la Corrupción”, se aborda el papel de las entidades de fiscalización superior

y la prevención como base fundamental para combatir el fenómeno de la corrup-

ción; y las buenas prácticas en el ámbito de la fiscalización derivadas de la expe-

riencia internacional. Como parte del trabajo preventivo institucional, se expone la

implementación de la Política Institucional de Integridad, el Servicio Profesional

Fiscalizador de Carrera y las acciones de capacitación y desarrollo efectuadas en

el marco de la estrategia de creación de capacidades y competencia institucional;

y las prácticas que se han seguido en materia de transparencia, acceso a la infor-

mación pública y protección de datos personales.

En el capítulo III, “Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública”, se presentan

las observaciones relevantes de la revisión, que resumen los hechos, circunstancias,

magnitud e impacto de las observaciones más sobresalientes de las auditorías prac-

ticadas, así como los hallazgos de la revisión de la Cuenta Pública, que se refieren

a situaciones reiteradas, generalizadas o estructurales de los sujetos de fiscaliza-

ción, organizados en nueve grupos temáticos: control interno, ingresos, adqui-

siciones y servicios, bienes muebles e inmuebles, ayudas, presupuesto participa-

tivo, ventanilla única, obra pública, desempeño y tecnologías de la información

y las comunicaciones.

Finalmente, el capítulo IV, “Propuestas para el Desarrollo de Política Pública”, incor-

pora algunas sugerencias que se derivaron de las auditorías para ser valoradas

por la ALDF, agrupadas en tres materias: Legislativa, Normativa y de Mejora del

Sistema de Control Interno. Las propuestas se orientan a hacer más eficientes los

procesos operativos; y a prevenir eventos contrarios al logro de los objetivos,

fines y metas de los entes públicos.

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INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

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El Tomo II se integra con los resultados de las 186 auditorías, en los cuales se seña-

lan las acciones y omisiones que contravienen la normatividad, y se formulan las

recomendaciones que esta entidad de fiscalización consideró procedentes. Por últi-

mo, se incorporan cinco apéndices, que presentan análisis complementarios de

orden financiero, presupuestal y programático; información estadística de carác-

ter económico-financiero y programático-presupuestal; y un glosario de las siglas

utilizadas en el documento.

Con la entrega del presente informe, se cumple en tiempo y forma lo establecido

en los artículos 36, párrafo cuarto, de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad

de México; y 5, fracciones I; inciso f), y VII, inciso a), del Reglamento Interior de

la Auditoría Superior de la Ciudad de México.

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LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

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LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA ASCM

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a Auditoría Superior de la Ciudad de México tiene como misión fiscalizar y evaluar el ingreso y gasto públicos del Gobierno de la Ciudad de México conforme a los principios de independencia, imparcialidad, honestidad,

objetividad, transparencia y autonomía técnica y de gestión, observando estricta-mente la legislación aplicable, en beneficio de la ciudadanía.

El fundamento normativo con que cuenta esta entidad de fiscalización para cumplir su misión está constituido por el mandato constitucional, el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México, que no sólo establecen sus facultades y atribuciones, sino que garantizan su indepen-dencia, autonomía y objetividad en su quehacer cotidiano. Tales ordenamientos se complementan con otros de carácter secundario.

La ASCM considera además como parte de su marco de referencia las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI, por sus siglas en inglés), emitidas por la Organización Internacional de Entidades Fiscalizado-ras Superiores (INTOSAI, también por sus siglas en inglés); las Normas Inter-nacionales de Auditoría (NIA); y las Normas Profesionales del Sistema Nacional de Fiscalización.

La función fiscalizadora de la ASCM se ejerce de manera posterior a la gestión financiera, tiene carácter externo y, por tanto, se lleva a cabo de manera independiente y autónoma de cualquier otra forma de control de los sujetos de revisión.

La fiscalización consiste en revisar y evaluar a los sujetos auditados, pronuncián-dose respecto de la aplicación de los recursos públicos, ingreso y gasto públicos y operaciones concluidas. La revisión que lleva a cabo la ASCM obedece a un proceso de fiscalización superior, que incluye desde la integración del Programa General de Auditoría (PGA) hasta la emisión del Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública de la Ciudad de México, con el propósito de garantizar que las auditorías y sus procesos se efectúen de acuerdo con la normatividad aplicable y con los fines institucionales.

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INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

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I.1. EL PROCESO DE FISCALIZACIÓN

El proceso general de fiscalización se efectúa en tres fases: planeación, ejecución

y elaboración de informes. Las actividades de fiscalización de la ASCM se reali-

zan en cumplimiento de las normas y procedimientos instituidos en el Manual de

Selección de Auditorías y en el Manual del Proceso General de Fiscalización, entre

otros documentos normativos.

Derivado de la función de auditoría, se emiten recomendaciones y se les da se-

guimiento, y se elaboran dictámenes y expedientes técnicos.

I.1.1. LA FASE DE PLANEACIÓN

La fase de planeación se divide en dos etapas: genérica y específica. Se inicia

cuando la ASCM recibe de la CVASCM la Cuenta Pública de la Ciudad de México,

o bien, cuando son asignados a la UAA los recursos humanos y materiales nece-

sarios para el desarrollo de una auditoría especial, acordada por el Pleno de la

Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de la legislación aplicable.

La fase de planeación concluye con la emisión del Reporte de Planeación.

Antes de ejecutar el trabajo de auditoría, el auditor realiza una investigación de

gabinete y de campo o, en su caso, visitas para definir los objetivos de la revisión,

su alcance, los procedimientos y recursos necesarios, así como la oportunidad

para aplicar los primeros. Esta información se consigna en los papeles de trabajo

respectivos.

Planeación Genérica

De acuerdo con lo establecido en el Manual de Selección de Auditorías, en la planeación genérica se aplican los criterios para la selección de los entes, rubros, funciones o su equivalente por auditar; y se determinan las actividades y estrate-gias para llevar a cabo la revisión.

En dicho manual también se refieren los aspectos que deberán atenderse para supervisar la selección de auditorías, elaborar los proyectos de auditoría e integrar-los en el Programa General de Auditoría (PGA), el cual es aprobado por el Auditor Superior. El PGA es, pues, el resultado de la planeación genérica.

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Planeación Específica

En esta etapa se programan las actividades por desarrollar durante la auditoría,

con el propósito de cumplir su objetivo. Con base en los resultados de la planeación

genérica y de la evaluación del control interno, se determina el alcance de la audi-

toría; la naturaleza, extensión y oportunidad de las pruebas y procedimientos por

aplicar; y el tamaño de la muestra por revisar.

La planeación específica se plasma en el Programa Específico de Auditoría (PEA)

y da lugar a la elaboración del Reporte de Planeación.

En la planeación específica se deben, por una parte, ponderar los riesgos signifi-

cativos que afectan a los rubros o equivalente sujetos a revisión y, por otra, de-

terminar las actividades que se desarrollarán en las fases de auditoría subse-

cuentes (ejecución y elaboración de informes).

I.1.2. LA FASE DE EJECUCIÓN

La fase de ejecución de la auditoría inicia al término de la fase de planeación y con-

cluye el día en que se celebra la reunión de confronta con el sujeto fiscalizado.

Comprende la evaluación del control interno, la aplicación de pruebas sustanti-

vas, la revisión de registros contables y presupuestales de las operaciones, la

recopilación de evidencia suficiente y apropiada, así como, en su caso, visitas,

revisiones e inspecciones para respaldar los resultados que se plasmen en el

Informe Final de Auditoría.

En la revisión, se verifica si el sistema de control interno del sujeto fiscalizado

contribuye al logro de las metas y objetivos organizacionales.

En esta fase se recaba la evidencia de auditoría, es decir, el conjunto de elemen-

tos que, por una parte, comprueban la autenticidad de los hechos y la razonabili-

dad de las determinaciones expresadas por los auditores y, por otra, permiten

evaluar los procedimientos contables, presupuestarios, programáticos o adminis-

trativos empleados por el sujeto fiscalizado. Su finalidad es obtener elementos

técnicos para contar con un grado de certeza razonable respecto de los hechos

y situaciones observados.

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Con un mínimo de diez días de anticipación a la reunión de confronta, la ASCM da a conocer al sujeto fiscalizado el informe de resultados de auditoría, con objeto de que éste aporte en la reunión los elementos documentales que considere adecuados para aclarar o desvirtuar las observaciones contenidas en el informe.

I.1.3. LA FASE DE ELABORACIÓN DE INFORMES

La última fase de la auditoría comprende desde el día hábil siguiente a aquel en que se efectúa la reunión de confronta con el sujeto fiscalizado hasta la emisión del Informe Final de Auditoría.

El IFA es el documento con que se notifica el objetivo de la revisión; en qué con-sistió la auditoría; los hechos, actos u omisiones detectados; su análisis y evalua-ción; y las recomendaciones derivadas de la revisión.

Los principios conforme a los cuales se elaboran los informes son la confiabilidad, objetividad, fundamentación, sistematización, idoneidad, claridad, concisión y relevancia.

La totalidad de los IFA integran el Tomo II del presente IR, que se rinde a la ALDF, por conducto de la CVASCM, en los términos del artículo 36 de la Ley de Fiscali-zación Superior de la Ciudad de México.

I.2. EL PROGRAMA GENERAL DE AUDITORÍA

El PGA se integra básicamente por un resumen de las auditorías por efectuar y los respectivos Proyectos de Auditoría, los cuales describen el ámbito general de cada revisión (objetivo, alcance y justificación). En él se prevén los trabajos que deben ser realizados por la ASCM para la revisión de la Cuenta Pública de la Ciu-dad de México del ejercicio que corresponda, los cuales podrán ser complemen-tados según las circunstancias que se presenten en el transcurso de la revisión.

I.2.1. LA SELECCIÓN DE LAS AUDITORÍAS

Dada la magnitud de la estructura orgánica del Gobierno de la Ciudad de México (universo por fiscalizar), la revisión de la Cuenta Pública se efectúa de manera selectiva, para lo cual se aplican diversos criterios que permiten precisar los sujetos de fiscalización, rubros o funciones de gasto (o su equivalente) por auditar, a fin de optimizar la utilización de los recursos disponibles y los resultados esperados.

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LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA ASCM

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Para la selección de las auditorías se realizan las siguientes actividades, entre otras:

1. Analizar la Cuenta Pública de la Ciudad de México, aplicando sistemática y articu-ladamente el esquema metodológico previsto en la normatividad institucional.

2. Efectuar una selección objetiva e imparcial, basada en la autonomía técnica y de gestión de la institución.

3. Aplicar los criterios contenidos en el Manual de Selección de Auditorías, con el fin de identificar a los sujetos de fiscalización, rubros, funciones de gasto (o su equivalente) que sean significativos en relación con el grupo de sujetos de fiscalización, partidas y capítulos de gasto, renglones de ingreso, cuentas contables, estructura funcional-programática u otro nivel de desagregación al cual correspondan.

4. Identificar los aspectos significativos de cada grupo de sujetos de fiscalización, partidas y capítulos de gasto, renglones de ingreso, cuentas contables, estruc-tura funcional-programática u otro nivel de desagregación pertinente.

5. Considerar los sujetos de fiscalización, rubros funciones de gasto (o su equiva-lente) que resulten más significativos por su comportamiento financiero, presu-puestal, contable y funcional-programático, por su importancia en la atención de demandas sociales, por el impacto de las políticas públicas aplicadas en la atención de dichas demandas y por la coincidencia de criterios de selección.

I.2.2. CRITERIOS GENERALES DE SELECCIÓN DE AUDITORÍAS

Importancia Relativa

Mediante este criterio se seleccionan los rubros de ingreso, gasto, inversión y fun-ción de gasto (o su equivalente) que presentaron variaciones significativas entre los montos presupuestados y los ejercidos que implican una consideración des-tacada, así como variaciones significativas (positivas o negativas) en el cumpli-miento de las metas, tanto físicas como financieras.

Respecto de las variaciones significativas, se privilegiará la inclusión de los rubros (capítulo, concepto o partida) o funciones de gasto (o su equivalente) que durante el ejercicio en revisión presentaron variaciones de signo positivo o negativo

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INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

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superiores al 20.0% del ingreso recaudado o del gasto ejercido con relación a lo estimado en la Ley de Ingresos del Distrito Federal o en el Presupuesto de Egre-sos de la Ciudad de México, respectivamente; o bien, que hayan presentado una variación positiva o negativa superior al 10.0% en el ingreso o gasto registrados en comparación con el ejercicio inmediato anterior.

Exposición al Riesgo

De acuerdo con este criterio, se considera preferentemente a los sujetos de fisca-lización que, por la naturaleza y características del procedimiento, actividad u opera-ción que realizan; por ser de reciente creación (con operación mínima de dos ejer-cicios fiscales); o por encontrarse en proceso de extinción o liquidación, estén expuestos a riesgos de errores, desperdicio, efectos secundarios no deseados derivados de la actividad principal o irregularidades, así como aquellos rubros, funciones de gasto (o su equivalente), programas o proyectos propensos a ineficien-cias e incumplimiento de objetivos y metas físicas y financieras.

Propuesta e Interés Ciudadano

Este criterio permite elegir los rubros, funciones de gasto (o su equivalente), pro-gramas o proyectos, obra pública, su equipamiento y servicios relacionados con ésta y demás inversiones físicas, incluidos los proyectos de infraestructura pro-ductiva a largo plazo, que por su naturaleza, impacto social o trascendencia sean de interés o repercusión para los habitantes de la Ciudad de México; ello incluye sujetos, programas o acciones, que hayan sido objeto de denuncias ciudadanas o solicitudes realizadas por las instituciones del sector público o privado, previo análisis y valoración de su viabilidad y procedencia técnica.

Con este principio se reconoce la participación, colaboración e interés de perso-nas y grupos que no pertenecen al sector público en los esfuerzos de prevención y erradicación de la corrupción.

Presencia y Cobertura

De acuerdo con estos criterios, se incorporan rubros, funciones de Gasto (o su equi-valente) y sujetos de fiscalización con asignaciones presupuestales significativas o no, a fin de garantizar que, eventualmente, se revisen todos los sujetos de fisca-lización y todos los conceptos susceptibles de ser auditados por estar incluidos en la Cuenta Pública del Gobierno de la Ciudad de México.

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LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA ASCM

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I.2.3. TIPOS DE AUDITORÍAS QUE REALIZA LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Los tipos de auditoría se refieren a aquellas materias en que la ASCM ejerce sus

facultades y atribuciones. Éstos se presentan de manera enunciativa mas no limi-

tativa y pueden llevarse a cabo con diversos enfoques. A continuación se presen-

tan los tipos de auditorías practicadas para efectos de la revisión de la Cuenta

Pública de la Ciudad de México de 2015:

Auditoría financiera

Auditoría de cumplimiento

Auditoría financiera y de cumplimiento

Auditoría financiera de cumplimiento con enfoque a tecnologías de la informa-ción y comunicaciones

Auditoría de desempeño

Auditoría de desempeño con enfoque al medio ambiente

Auditoría de obra pública y su equipamiento

I.2.3.1. Auditoría Financiera

La auditoría financiera se dirige a comprobar que en la recaudación del ingreso

y en la aplicación del gasto se haya observado lo dispuesto en la Ley de Ingre-

sos y el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, el Código Fiscal

del Distrito Federal, la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,

la Ley General de Contabilidad Gubernamental, los acuerdos emitidos por el CONAC

y por el CONSAC-DF, acuerdos administrativos, circulares y demás ordenamien-

tos aplicables.

En materia de ingresos, se verifica que éstos se hayan operado conforme a los

momentos contables presupuestales de estimado, modificado, devengado y recau-

dado; que, en su caso, correspondan a los bienes vendidos o servicios prestados;

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INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

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que las transferencias coincidan con las reportadas en la Cuenta Pública de la Ciu-

dad de México y que se hayan destinado a los fines para los cuales se otorgaron;

y que los financiamientos se hayan obtenido, registrado y aplicado conforme a la

normatividad aplicable.

En relación con el gasto, se verifica que el presupuesto aplicado se haya operado conforme a los momentos contables presupuestales de aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de acuerdo con la normatividad apli-cable; que las adquisiciones de bienes y las contrataciones de servicios y obra públi-ca se hayan sujetado a los procedimientos establecidos; y que los bienes y servi-cios se hayan adquirido oportunamente, a precios razonables, en la cantidad y con la calidad pactadas y en las condiciones estipuladas en los contratos, entre otros propósitos.

Tanto en materia de ingresos como de gasto, se comprueba que la Cuenta Públi-

ca del Gobierno de la Ciudad de México contenga información veraz, y se consta-

ta que los sistemas de control interno implantados sean aplicados, vigentes, ac-

tualizados, confiables, suficientes y oportunos.

I.2.3.2. Auditoría de Cumplimiento

Se orienta a verificar en qué medida el sujeto fiscalizado cumple las reglas, leyes,

reglamentos, políticas y códigos establecidos o las estipulaciones acordadas en

el desarrollo de sus actividades, así como los mecanismos instrumentados para

la aplicación de éstas, sobre todo por lo que corresponde a sus instrumentos jurí-

dicos básicos (de creación, organización, representación, etc.).

Lo anterior, a efecto de constatar la legalidad de sus actuaciones, el correcto fun-

cionamiento de sus órganos jurídico-administrativos y la adecuada protección

de sus intereses como organismos de interés público.

I.2.3.3. Auditoría Financiera y de Cumplimiento

La auditoría financiera y de cumplimiento se orienta a verificar que el presupuesto público sea registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado; y que sea destinado al cumplimiento de objetivos y metas establecidos

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LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA ASCM

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en programas y proyectos de acuerdo con el marco normativo aplicable y con los Principios Básicos de Contabilidad Gubernamental.1

Este tipo de auditorías busca obtener evidencia suficiente y apropiada, para es-tablecer una relación entre las actividades, procedimientos y operaciones finan-cieras de los sujetos fiscalizados y el grado de cumplimiento y adecuación de las leyes, reglamentos, normas y lineamientos internos.

I.2.3.4. Auditoría de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

Se enfoca a la revisión objetiva y metodológica de las normas, políticas, procesos y prácticas nacionales e internacionales en materia de tecnologías de la informa-ción y comunicaciones (TIC), de los sistemas informáticos en que se aplican, del uso eficaz de los recursos tecnológicos y de la efectividad del sistema de control in-terno asociado a las TIC de los sujetos fiscalizados para determinar hallazgos y, en su caso, formular recomendaciones respecto a la confidencialidad, integridad, disponibilidad y confiabilidad de la información.

Se evalúan la seguridad física, lógica y de las redes para resguardar el acceso a los datos, con el propósito de determinar la confiabilidad y desempeño de la tec-nología utilizada. Su objetivo es mantener el intercambio de información libre de riesgo y proteger los recursos informáticos de los usuarios y las organizaciones.

Este tipo de auditoría constituye un examen de la implementación de los siste-mas de tecnologías de la información y sus controles para asegurarse de que contribuyan al logro de los objetivos de los sujetos fiscalizados sin comprometer la seguridad, costo y otros elementos vitales, verificando su alineación a los prin-cipios de legalidad, eficiencia, economía y efectividad.

I.2.3.5. Auditoría de Desempeño

La auditoría al desempeño se dirige a evaluar y fiscalizar a los entes públicos de la Ciudad de México en torno al cumplimiento de objetivos, metas y atribuciones, conforme a la normativa aplicable, con la finalidad de medir el impacto social

1 ISSAI 400, en www.intosai.org.mx, Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento, pp. 3-4.

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INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

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de la gestión pública e identificar las fortalezas, debilidades y oportunidades de mejora para sustentar los resultados.

La auditoría de desempeño se lleva a cabo considerando los criterios de eficacia,

eficiencia y economía; transparencia; competencia de los actores; y calidad de

los bienes y servicios. De esta forma promueve la rendición de cuentas.

I.2.3.6. Auditoría de Desempeño con Enfoque al Medio Ambiente

Las auditorías de desempeño con enfoque al medio ambiente tienen como pro-pósito evaluar la gestión ambiental de las dependencias y entidades públicas de la Ciudad de México; la alineación de sus procesos, actividades y recursos a las normas nacionales e internacionales en materia ambiental; la información de pro-gramas y proyectos que permitan identificar sus efectos presentes y futuros en el medio ambiente y la sociedad; y la eficacia de las acciones gubernamentales y sus programas mediante la generación de unidades de impacto estratégico e indicadores relativos al cumplimiento de la salvaguarda de bienes jurídicamente incluidos en la protección del ambiente.

Estas auditorías consideran, al igual que las auditorías de desempeño, los criterios de eficacia, eficiencia y economía, así como la calidad de los bienes y servicios, las características de los ciudadanos usuarios y la competencia de los actores.

I.2.3.7. Auditoría de Obra Pública y su Equipamiento

Para el caso de los sujetos fiscalizados que hayan ejercido gasto de inversión en obra pública por contrato en proyectos u obras y en el equipamiento de éstas, se verifica que éstos se hayan planeado, programado, presupuestado, adjudicado, contratado, ejecutado, pagado, supervisado y, en su caso, liquidado y finiquitado de conformidad con la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, su reglamento y otras normas de carácter general e incluso supletorio.

En cuanto a las obras públicas por administración, se revisará que se hayan eje-cutado efectivamente y cuenten con los estudios previos, proyectos y otros docu-mentos requeridos por la normatividad; que se haya llevado el control del perso-nal y equipo empleados para la ejecución de las obras, así como los registros del ejercicio del presupuesto; y que se haya ejercido la supervisión correspondiente.

Page 23: OMO I, INFORME EJECUTIVO

LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA ASCM

23

En los proyectos integrales, se comprobará que las actividades principales y sus

precios alzados coincidan con los estipulado en los contratos y que los costos sean

acordes con las condiciones vigentes en la zona; que los trabajos se hayan reali-

zado en el plazo pactado; que se hayan cumplido las especificaciones establecidas

en los contratos; que los anticipos otorgados a los contratistas se hayan amorti-

zado en su totalidad; que se haya controlado la calidad de los materiales utilizados;

y que, en su caso, se hayan aplicado las penas convencionales, principalmente.

I.2.4. ALCANCE DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

El Programa General de Auditoría para la Revisión de la Cuenta Pública de la

Ciudad de México correspondiente al ejercicio de 2015 se integra por 186 audito-

rías, de las cuales 28 son financieras, 104 financieras y de cumplimiento, 19 de

cumplimiento (2 con enfoque a tecnologías de la información y comunicaciones),

15 de obra pública y 20 de desempeño (2 con enfoque al medio ambiente), como se

muestra en la gráfica siguiente:

TIPOS DE AUDITORÍAS PRACTICADAS PARA LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

Financieras:28

15.0%

Financieras y de cumplimiento:

10455.9%

De cumplimiento:19

10.2%

De obra pública:15

8.1%

De desempeño:20

10.8%

De acuerdo con el número de revisiones por sector, 40 se practicaron a depen-

dencias del sector central, 64 a órganos político-administrativos, 17 a órganos

Page 24: OMO I, INFORME EJECUTIVO

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

24

desconcentrados, 50 a entidades, 5 a órganos de gobierno y 10 a órganos autó-

nomos, como se muestra en seguida:

DISTRIBUCIÓN POR SECTOR DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

Dependencias:40

21.5%

Órganos político-administrativo:

6434.4%

Órganos desconcentrados

:17

9.1%

Entidades:50

26.9%

Órganos de gobierno:

52.7%

Órganos autónomos:

105.4%

Enseguida se presenta el total de entes que se integraron en la Cuenta Pública

de la Ciudad de México correspondiente a 2015, agrupados por sector, y los que

fueron seleccionados y fiscalizados:

ENTES FISCALIZADOS POR SECTOR, CUENTA PÚBLICA DE 2015

Sector Universo Selección Porcentaje

Dependencias 22 21 95.4

Órganos político-administrativos 16 16 100.0

Órganos desconcentrados 16 12 75.0

Entidades 43 37 86.0

Órganos de gobierno 3 3 100.0

Órganos autónomos 7 7 100.0

Total 107 96 89.7

En el cuadro de la página siguiente, se muestran, agrupadas por sector, sujeto

fiscalizado y tipo de auditoría, las auditorías practicadas para la revisión de la

Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015.

Page 25: OMO I, INFORME EJECUTIVO

LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA ASCM

25

AUDITORÍAS PARA LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015 POR SUJETO FISCALIZADO Y TIPO DE AUDITORÍA

Sujetos de fiscalización

Tipos de auditorías Financieras Financieras

y de cumplimiento

De cumplimiento

De obra pública

De desempeño

Suma

Dependencias Secretaría de Gobierno 1 – – – – 1 Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda 2 1 – – – – 2 Secretaría de Desarrollo Económico – 1 – – – 1 Secretaría de Turismo 1 – – – – 1 Secretaría del Medio Ambiente – – 1 2 2 2 3 5 Secretaría de Obras y Servicios 1 – – 5 – 6 Secretaría de Desarrollo Social – 1 – – – 1 Secretaría de Finanzas 3 1 4 1 – – 5 Secretaría de Movilidad 1 – – – – 1 Secretaría de Seguridad Pública 1 – – – 1 2 Secretaría de Salud 1 – – – 1 5 2 Secretaría de Cultura – 1 – – – 1 Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo – 1 – – 1 2 Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades – 1 – – – 1 Secretaría de Protección Civil – – – – 1 1 Secretaría de Educación del Distrito Federal – 1 – – – 1 Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación del Distrito Federal – – – – 1 1 Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal 2 – – – – 2 Contraloría General del Distrito Federal 1 – – – – 1 Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal – – – – 2 2 Consejería Jurídica y de Servicios Legales 1 – – – – 1

Subtotal 15 7 2 7 9 40 Órganos Político-Administrativos

Delegación Álvaro Obregón – 3 1 – – 4

Delegación Azcapotzalco – 3 1 – – 4 Delegación Benito Juárez – 3 1 – – 4 Delegación Coyoacán – 3 1 – – 4

Delegación Cuajimalpa de Morelos – 3 1 – – 4 Delegación Cuauhtémoc – 3 1 – – 4 Delegación Gustavo A. Madero – 3 1 – – 4

Delegación Iztacalco – 3 1 – – 4 Delegación Iztapalapa – 3 1 – – 4

Delegación La Magdalena Contreras – 3 1 – – 4

Delegación Miguel Hidalgo – 3 1 – – 4 Delegación Milpa Alta – 3 1 – – 4 Delegación Tláhuac – 3 1 – – 4 Delegación Tlalpan – 3 1 – – 4

Delegación Venustiano Carranza – 3 1 – – 4 Delegación Xochimilco – 3 1 – – 4

Subtotal – 48 16 – – 64 Órganos Desconcentrados

Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México 1 – 1 2 – – 2 Agencia de Gestión Urbana de la Ciudad de México – – – – 1 1 Sistema de Radio y Televisión Digital del Distrito Federal 1 – – – – 1 Autoridad del Centro Histórico 1 – – – – 1 Autoridad del Espacio Público – – – 3 1 4 Coordinación de los Centros de Transferencia Modal – – – – 1 1 Sistema de Aguas de la Ciudad de México – – – 2 – 2 Planta de Asfalto del Distrito Federal 1 – – – – 1 Proyecto Metro del Distrito Federal 1 – – – – 1 Instituto Técnico de Formación Policial – 1 – – – 1 Policía Auxiliar del Distrito Federal 1 – – – – 1 Policía Bancaria e Industrial 1 – – – – 1

Subtotal 7 1 1 5 3 17

Continúa…

Page 26: OMO I, INFORME EJECUTIVO

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

26

… Continuación

Sujetos de fiscalización

Tipos de Auditorías Financieras Financieras

y de cumplimiento

De cumplimiento

De obra pública

De desempeño

Suma

Entidades Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal – 1 – – – 1 Instituto de Vivienda del Distrito Federal – 1 – – 1 2 Fondo para el Desarrollo Social de la Ciudad de México – 1 – – – 1 Fondo Mixto de Promoción Turística del Distrito Federal – 1 – – – 1 Instituto para la Seguridad de las Construcciones en el Distrito Federal – 1 – – – 1 Fideicomiso del Centro Histórico de la Ciudad de México – 1 – 1 – 2 Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal – 1 – – – 1 Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México – 1 – – – 1 Instituto para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal – 1 – – – 1 Instituto de la Juventud del Distrito Federal – 1 – – – 1 Instituto de las Mujeres del Distrito Federal – 1 – – – 1 Procuraduría Social del Distrito Federal – 1 – – – 1 Fideicomiso de Recuperación Crediticia del Distrito Federal – 1 – – – 1 Metrobús – 1 – – – 1 Sistema de Transporte Colectivo 1 2 – 1 1 5 Red de Transporte de Pasajeros del Distrito Federal – 2 – – – 2 Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal 2 1 – – – 3 Fondo para el Desarrollo Económico del Distrito Federal – 1 – – – 1 Escuela de Administración Pública del Distrito Federal – 1 – – – 1 Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal – 1 – – – 1 Fideicomiso Fondo para la Atención y Apoyo a las Víctimas del Delito – – – – 1 1 Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México – 1 – 1 Servicios de Salud Pública del Distrito Federal – 1 – – – 1 Procuraduría Ambiental y del Ordenamien-to Territorial del Distrito Federal – 1 – – 1 2 Fideicomiso Museo de Arte Popular Mexicano – 1 – – – 1 Instituto de Capacitación para el Trabajo de la Ciudad de México – 1 – – – 1 Instituto del Deporte del Distrito Federal – 1 – – – 1 Heroico Cuerpo de Bomberos – 1 – – – 1 Instituto de Educación Media Superior del Distrito Federal – 1 – – – 1 Instituto Local de la Infraestructura Física Educativa del Distrito Federal – 1 – – – 1 Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal – 1 – – 1 2 Caja de Previsión de la Policía Auxiliar del Distrito Federal – 1 – – – 1 Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno del Distrito Federal – 1 – – – 1 Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal – 1 – – – 1 PROCDMX, S.A. de C.V. 2 1 – – – 3 Corporación Mexicana de Impresión, S.A. de C.V. – 1 – – – 1 Servicios Metropolitanos, S.A. de C.V. – 1 – – – 1 Subtotal 5 38 – 2 5 50

Continúa…

Page 27: OMO I, INFORME EJECUTIVO

LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA ASCM

27

… Continuación

Sujetos de fiscalización

Tipos de Auditorías Financieras Financieras

y de cumplimiento

De cumplimiento

De obra pública

De desempeño

Suma

Órganos de Gobierno Asamblea Legislativa del Distrito Federal – 1 – – – 1 Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal 1 1 – 1 – 3 Consejo de la Judicatura del Distrito Federal – 1 – – – 1 Subtotal 1 3 1 – 5

Órganos Autónomos Instituto Electoral del Distrito Federal – 1 – – – 1 Tribunal Electoral del Distrito Federal – 1 – – – 1 Tribunal de los Contencioso Administrativo del Distrito Federal – 1 – – – 1 Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal – 1 – – 1 2 Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal – 1 – – 1 2 Universidad Autónoma de la Ciudad de México – 1 – – 1 2 Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal – 1 – – – 1

Subtotal – 7 – – 3 10

Total 28 104 19 15 20 186

1 Auditorías en las que adicionalmente se dio cobertura a la Autoridad del Espacio Público y a la Secretaría de Finanzas. 2 Auditoría con enfoque a tecnologías de la información y comunicaciones. 3 Auditorías con enfoque al medio ambiente. 4 Auditoría en la que adicionalmente se dio cobertura a la Secretaría de Seguridad Pública. 5 Auditoría en la que adicionalmente se dio cobertura a Servicios de Salud Pública del Distrito Federal.

I.3. ACCIONES DERIVADAS DE LA REVISIÓN

DE LA CUENTA PÚBLICA

Derivado de las revisiones y evaluaciones practicadas a los sujetos de fiscalización

con motivo de la revisión de la Cuenta Pública de la Ciudad de México, la ASCM

promueve, en su caso, ante las autoridades competentes las acciones legales

que se resulten de las presuntas irregularidades detectadas, con objeto de que

éstas determinen las responsabilidades a que haya lugar.

De las observaciones expuestas en los Informes Finales de Auditoría se derivan

recomendaciones, que son las medidas preventivas propuestas a los sujetos fis-

calizados para solventar las observaciones determinadas y evitar su recurrencia;

y promociones de acciones, que se dirigen a las autoridades competentes para

que emprendan las acciones legales que procedan para corregir las irregularida-

des detectadas y determinar las responsabilidades a que haya lugar.

Page 28: OMO I, INFORME EJECUTIVO

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

28

I.3.1. ACCIONES QUE PROMUEVE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

I.3.1.1. Recomendaciones

Las recomendaciones son declaraciones que se formulan al sujeto fiscalizado acerca

de las medidas que se consideran necesarias para corregir o prevenir la recurrencia

del problema identificado (deficiencia, error, inobservancia de normas, etc.) en el

curso de la auditoría. Deben ser específicas, viables, procedentes en términos de

la relación costo-beneficio que corresponda su aplicación y susceptible de verifi-

cación y seguimiento.

I.3.1.2. Promoción de Acciones

La normatividad interna de esta entidad de fiscalización establece el tratamiento

general por seguir a partir de los hallazgos que obran en los IFA. Cuando éstos

son remitidos a los sujetos fiscalizados, se inicia la elaboración, emisión, inte-

gración, trámite, seguimiento y autorización de las respectivas promociones

de acciones.

Una vez que las UAA elaboran y emiten los dictámenes técnicos correctivos los

expedientes técnicos, éstos son analizados en cuanto a su fundamentación jurídica

para determinar la procedencia de las promociones legales correspondientes.

Las acciones legales que promueve la ASCM pueden ser de los siguientes tipos:

Fincamiento de Responsabilidad Administrativa. Se promueve cuando la ASCM

detecta actos u omisiones de servidores públicos que puedan dar lugar a res-

ponsabilidades administrativas, por incumplimiento de una o más disposicio-

nes legales, reglamentarias o administrativas. Para ello, se elabora el Oficio

de Solicitud de Inicio del Procedimiento Administrativo Disciplinario, dirigido

a la Contraloría General de la Ciudad de México o al órgano interno de control

que corresponda.

Pliego de Observaciones. Se promueve cuando la ASCM considera que, de-

rivado de los actos u omisiones que dieron lugar a la emisión del Dictamen

Page 29: OMO I, INFORME EJECUTIVO

LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA ASCM

29

Técnico Correctivo para la Determinación de Presuntas Responsabilidades

Administrativas, se ocasionó un daño o perjuicio al patrimonio del sujeto

fiscalizado o a la Hacienda Pública de la Ciudad de México. Por este medio

se requieren al sujeto fiscalizado la información, documentación y argumentos

que demuestren la inexistencia del daño o perjuicio o, en su caso, el resarci-

miento respectivo.

Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria. Con esta clase de promoción,

la ASCM solicita a la Procuraduría Fiscal de la Ciudad de México que inicie el

Procedimiento de Responsabilidades Resarcitorias, por la falta de solventación

o resarcimiento de la totalidad de las irregularidades contenidas en el Pliego de

Observaciones, con objeto de que se resarza el daño o perjuicio causado a la

Hacienda Pública de la Ciudad de México o al patrimonio de los entes públi-

cos o de algún órgano de gobierno o autónomo; o de que determine lo que en

derecho proceda. En caso de que las irregularidades se presuman realizadas

por particulares en su actuación ante la administración pública de la Ciudad

de México, no será requisito indispensable la emisión y autorización del Dicta-

men Técnico Correctivo para la presentación de la denuncia de hechos, única-

mente con la documentación obtenida en el proceso de auditoría debidamente

certificada.

Denuncia de Hechos. Se promueve ante la Procuraduría General de Justicia

de la Ciudad de México, previo acuerdo del Auditor Superior, cuando de las

irregularidades contenidas en el Dictamen Técnico Correctivo para la Determi-

nación de Presuntas Responsabilidades Administrativas o de las respuestas

que los sujetos fiscalizados formulen en atención al Pliego de Observaciones

se desprende la existencia de situaciones que pueden constituir delitos.

Oficio de Incumplimiento de Obligaciones Fiscales. Con este documento la

ASCM hace del conocimiento de la autoridad fiscal competente la presunción

de errores, omisiones o incumplimiento de obligaciones fiscales de los suje-

tos fiscalizados o de terceros, detectados en la revisión de la Cuenta Pública

de la Ciudad de México.

Page 30: OMO I, INFORME EJECUTIVO

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

30

I.3.2. CLASIFICACIÓN DE LAS RECOMENDACIONES POR DEFICIENCIAS DETECTADAS

En este apartado, se presenta una clasificación de las recomendaciones en fun-

ción de las deficiencias detectadas. La clasificación propuesta puede resultar un

tanto esquemática, dado que la práctica una misma observación puede involucrar

más de un tipo de conducta:

1. Deficiencias en la captación de ingresos. En el caso de las dependencias, se

refiere a la recaudación por concepto de contribuciones (impuestos, productos,

contribuciones de mejoras, derechos y aprovechamientos) en favor del Go-

bierno de la Ciudad de México; en el de las Delegaciones (o su equivalente),

a la captación de recursos autogenerados; y en el de las entidades, a la recu-

peración de ingresos propios.

2. Incumplimiento en el ejercicio del gasto. Se refiere a erogaciones mayores

o menores que las presupuestadas, a la realización de adecuaciones presu-

puestales no autorizadas o a la aplicación de recursos para fines distintos a los

previstos originalmente.

3. Falta de documentación justificativa o comprobatoria y evidencia del presu-

puesto devengado. Corresponde a los casos en que los sujetos fiscalizados

no cuentan con los documentos legales que determinen la obligación de ha-

cer un pago o que demuestren la entrega de las sumas de dinero correspon-

dientes; o a la falta de evidencia de que los bienes y servicios se entregaron

en la cantidad, calidad y especie convenidas.

4. Incumplimiento de la normatividad interna aplicable. Cuando en el desempeño

de sus actividades, el sujeto fiscalizado no observó los lineamientos estable-

cidos en sus manuales, procedimientos y demás normatividad interna.

5. Carencia de normatividad. Cuando las actividades del sujeto fiscalizado no

están reguladas por manuales o procedimientos específicos, o los documen-

tos normativos de que dispone no están actualizados.

Page 31: OMO I, INFORME EJECUTIVO

LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA ASCM

31

6. Debilidades del control interno. Cuando no se cuenta con medidas de super-

visión suficientes para la correcta ejecución de las actividades ni para la pla-

neación y registro de las operaciones (contables y presupuestales).

7. Incumplimiento de disposiciones legales. Cuando el sujeto fiscalizado no cum-

plió la normatividad aplicable en la Ciudad de México o generó normatividad

interna que contradice las disposiciones legales.

8. Eventualidades o contingencias. Si el sujeto fiscalizado no emprendió las accio-

nes necesarias para atender de manera fundamentada una eventualidad en

su operación, o bien, no les dio seguimiento.

Como resultado de la revisión de la Cuenta Pública de 2015, se generaron 2,002 re-

sultados de auditoría que dieron origen 1,604 recomendaciones, las cuales se distri-

buyeron de la siguiente forma:

TOTAL DE AUDITORÍAS, ENTES REVISADOS Y RECOMENDACIONES POR SECTOR DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

Sector Auditorías Entes revisados Recomendaciones

Dependencias 40 21 362

Órganos político-administrativos 64 16 470

Órganos desconcentrados 17 12 145

Entidades 50 37 508

Órganos de gobierno 5 3 25

Órganos autónomos 10 7 94

Total 186 96 1,604

NOTA: Algunos entes fueron objeto de más de una auditoría, por lo cual el número de éstas es mayor que el de sujetos fiscalizados.

En la gráfica de la página siguiente se presentan las recomendaciones formuladas

como resultado de la revisión de la Cuenta Pública de la Ciudad de México corres-

pondiente al ejercicio de 2015, agrupadas por sector:

Page 32: OMO I, INFORME EJECUTIVO

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

32

TOTAL DE RECOMENDACIONES POR SECTOR, DERIVADAS DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

Dependencias:362

Órganos político-administrativos:

470Órganos

desconcentrados:145

Entidades:508

Órganos de gobierno:

25

Órganos autónomos:

94

Las 1,604 recomendaciones derivadas de la revisión se clasificaron de acuerdo

con las deficiencias detectadas. En seguida se presentan agrupadas por sector:

RECOMENDACIONES POR SECTOR AUDITADO DE ACUERDO CON LAS DEFICIENCIAS DETECTADAS,

CUENTA PÚBLICA DE 2015

Tipo de deficiencia detectada Dependencias

Órganos político-

administrativos

Órganos desconcentrados Entidades Órganos

de gobierno Órganos

autónomos Total

Deficiencias en la captación de ingresos 2 – – – – – 2 Incumplimiento en el ejercicio del gasto – 2 – 2 – – 4 Falta de documentación comprobatoria o justificativa y evidencia del presupuesto devengado 10 4 19 14 1 2 50 Incumplimiento de la normatividad interna aplicable 41 10 6 46 5 21 129 Carencia de normatividad 25 5 11 31 – 15 87 Debilidades del control interno 101 90 28 121 2 23 365 Incumplimiento de las disposiciones legales 181 358 77 289 17 33 955 Eventualidades o contingencias 2 1 4 5 – – 12

Totales 362 470 145 508 25 94 1,604

Page 33: OMO I, INFORME EJECUTIVO

LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA ASCM

33

Las deficiencias más recurrentes fueron incumplimiento de disposiciones legales, con 955 recomendaciones (59.5%); debilidades de control interno, con 365 (22.7%); e incumplimiento de la normatividad interna aplicable, con 129 (8.0%). En seguida se presentan las deficiencias a que se refieren las recomendaciones por cada sector:

RECOMENDACIONES POR SECTOR Y DEFICIENCIAS DETECTADAS, CUENTA PÚBLICA DE 2015

I.4. LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO ANTE EL SISTEMA ANTICORRUPCIÓN LOCAL

El 29 de enero de 2016 se publicó, en el Diario Oficial de la Federación, la Reforma Política de la Ciudad de México, que implicó la modificación de 51 artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Con ella se extinguió jurídi-camente el Distrito Federal y se creó la Ciudad de México.

Esta reforma cambió la naturaleza jurídica de la ciudad, pero mantuvo su condición de sede de los Poderes de la Unión y capital del país (artículo 44). En cuanto a régimen interior y organización política y administrativa, reconoció su autonomía (artículo 122) y mandató la creación de una Constitución propia para la entidad por medio de una Asamblea Constituyente encargada de su elaboración y aprobación.

Page 34: OMO I, INFORME EJECUTIVO

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

34

La Asamblea Constituyente, integrada por 100 diputados, recibió el proyecto de Cons-

titución enviado por el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México y el proceso de delibe-

ración abarcó del 15 de septiembre de 2016 al 31 de enero de 2017.

La primera Constitución de la ciudad fue publicada el 5 de febrero en la Gaceta Oficial

de la Ciudad de México y en el Diario Oficial de la Federación y entrará en vigor

el 17 de septiembre de 2018, salvo lo relativo al tema electoral, que entró en vigor al

día siguiente de su publicación.

La Constitución Política de la Ciudad de México debe pasar por diferentes procesos

de ejecución antes de la fecha en que iniciará su vigencia. Conforme a su régimen

transitorio, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal expedirá, a más tardar el 31 de

diciembre de 2017, las leyes constitucionales relativas a la organización y funcio-

namiento de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Ciudad de México.

Las leyes relativas al Poder Legislativo entrarán en vigor el 17 de septiembre

de 2018, las del Poder Ejecutivo el 5 de diciembre de 2018 y las del Poder Judicial

el 1o. de junio de 2019.2

La realidad jurídica constitucional de la Ciudad de México, es decir, el proceso que

debe seguirse para que entren en vigor las disposiciones de la Constitución Polí-

tica Local, corre de manera simultánea con la reforma que crea el Sistema Nacional

Anticorrupción; y obliga a las entidades federativas a crear sistemas locales anti-

corrupción, por ello, los principios establecidos en la Constitución Política de la Ciudad

de México en materia del sistema local anticorrupción y de fiscalización superior

deben desarrollarse en las leyes secundarias respectivas.

I.4.1. LA REFORMA LEGAL EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

A partir de la reforma del artículo 113 constitucional en materia de combate

a la corrupción del 27 de mayo de 2015, así como de la Ley General del Sistema

Nacional Anticorrupción y de la Ley General de Responsabilidades publicadas

el 18 de julio de 2016, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal por mandato

constitucional debe diseñar, aprobar y poner en marcha el andamiaje jurídico

2 Artículo Transitorio Décimo Primero de la Constitución Política de la Ciudad de México.

Page 35: OMO I, INFORME EJECUTIVO

LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA ASCM

35

que constituya el Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México, el cual deberá

estar vigente a más tardar el 19 de julio de 2017.

La VII Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, por medio de

las Comisiones Unidas de Gobierno; de Administración Pública Local; de Adminis-

tración y Procuración de Justicia; de Transparencia a la Gestión; de Normatividad

Legislativa, Estudios y Prácticas Parlamentarias; y de Vigilancia de la Auditoría

Superior de la Ciudad de México, trabajan en el análisis y dictaminación de los docu-

mentos que contienen las iniciativas de ley y propuestas de reforma de las leyes que

constituirán el andamiaje jurídico del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México

y que son las siguientes:

1. Reforma de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

2. Reforma de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México

3. Reforma de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Ren-

dición de Cuentas de la Ciudad de México

4. Reforma de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal

5. Ley del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México

6. Ley de Auditoría y Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad

de México

7. Ley de Responsabilidades Administrativas

8. Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México

9. Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México

10. Ley Orgánica de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción de la Ciu-

dad de México

11. Reforma del Código Penal para el Distrito Federal

Page 36: OMO I, INFORME EJECUTIVO

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

36

El Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México debe ser acorde con el Sistema

Nacional Anticorrupción y buscar la coordinación con la Federación para el efec-

tivo combate a la corrupción, basado en un esquema tripartito de prevención,

investigación y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrup-

ción, así como en la fiscalización y control de los recursos públicos.

Conforme a lo previsto en la Constitución Política de la Ciudad de México y a la

Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, la ASCM formará parte del

Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México y tendrá un papel fundamental

en el sistema regulador de la gestión gubernamental, ya que su actividad tiene un

impacto positivo en la confianza de la sociedad y apoya los mecanismos de rendi-

ción de cuentas de la ciudad.

Las facultades y atribuciones que permitirán a la ASCM cumplir los propósitos

de prevención y combate de faltas administrativas y hechos de corrupción están

previstas en la Constitución Política de la Ciudad de México y, a partir de su desarrollo

en las leyes locales, se fortalecerán la fiscalización y control de los recursos públi-

cos de la Ciudad de México.

La Constitución incluye 71 artículos generales y 39 artículos transitorios; está divida

en 8 títulos, que introducen cambios significativos en los derechos de los habitantes

de la ciudad y en su organización política. En el Título Sexto de la Constitución Polí-

tica de la Ciudad de México, “Del Buen Gobierno y de la Buena Administración”

(artículos 60 al 67), se establecen los principios de la función pública, se sientan

las bases del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México, se regula la Fiscaliza-

ción Superior en la Ciudad de México y se establecen los principios del régimen

de responsabilidades de los servidores públicos.

I.4.2. EL SISTEMA ANTICORRUPCIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

El artículo 63 de la Constitución Política de la Ciudad de México define al Sistema

Local Anticorrupción como la “instancia de coordinación de las autoridades com-

petentes en la prevención, detección, investigación y sanción de responsabilida-

des administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control

de recursos”.

Page 37: OMO I, INFORME EJECUTIVO

LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA ASCM

37

Se conformará por un Comité Coordinador, un Comité de Participación Ciudada-

na y un Secretariado Ejecutivo.

El Comité Coordinador se integrará con los titulares de la entidad de fiscalización,

de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, del Tribunal de Justicia

Administrativa, del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información, del Con-

sejo de Evaluación, del órgano de control del Congreso y de la secretaría encargada

del control interno, todos de la Ciudad de México; así como por un representante del

Consejo de la Judicatura y por un representante del Comité de Participación Ciuda-

dana del Sistema, quien lo presidirá.

En su calidad de integrante del Comité Coordinador del Sistema Anticorrupción

de la Ciudad de México, la Auditoría Superior de la Ciudad de México participará

y coadyuvará en lo siguiente:

1. Establecer mecanismos de coordinación con el Sistema Nacional Anticorrup-ción y con los entes públicos.

2. Formular diagnósticos de los factores que propician hechos de corrupción.

3. Diseñar y promover políticas públicas en materia de fiscalización y control de los recursos públicos; del ejercicio de las atribuciones de los servidores públicos; y de la prevención, control y disuasión de faltas administrativas y hechos de corrupción.

4. Determinar mecanismos de suministro, intercambio, sistematización y actua-lización de la información que sobre estas materias generen las instituciones públicas, académicas, sociales y privadas.

5. Crear mecanismos de participación ciudadana destinados al combate a la corrup-ción y al seguimiento de denuncias ciudadanas.

6. Establecer bases y principios para la efectiva coordinación de las autorida-des de la ciudad en materia de fiscalización, control de los recursos públicos y responsabilidades.

7. Formular recomendaciones a las autoridades locales, dirigidas a eliminar las causas institucionales de hechos de corrupción.

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INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

38

8. Elaborar informes públicos que contengan los avances y resultados del ejer-cicio de sus funciones, de la aplicación de las políticas y los programas desti-nados a combatir la corrupción, de las recomendaciones emitidas, su estado y las respuestas correspondientes.

El Comité de Participación Ciudadana estará integrado por cinco personas que se hayan destacado por su contribución a la transparencia, la rendición de cuen-tas, el combate a la corrupción y su independencia del Gobierno de la Ciudad. Sus integrantes durarán en el encargo cinco años, sin posibilidad de reelección y serán renovados de manera escalonada.

Entre las atribuciones del Comité, destacan las siguientes: establecer mecanismos de vinculación, cooperación y colaboración con la ciudadanía; recibir las denun-cias de cualquier ciudadano sobre hechos de corrupción; y presentar denuncias sobre hechos de corrupción en los términos que fije la ley.

Para el auxilio técnico del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México se es-tablece un Secretariado Ejecutivo, que será designado por el Comité Coordinador a propuesta de su presidente. El Secretariado Ejecutivo tendrá el carácter de órgano descentralizado del Gobierno de la Ciudad.

El Secretariado Ejecutivo se encargará de apoyar los trabajos del Sistema mediante la generación, compilación y procesamiento de la información para identificar las causas de los hechos de corrupción; el diseño de metodologías e indicadores para medirlos y evaluarlos; y la formulación de los proyectos de informes y recomen-daciones que emitirá el Comité Coordinador. Asimismo, estará encargado de es-tablecer una plataforma digital que albergue el registro de denuncias, recomenda-ciones y sanciones.

La ASCM tiene un papel determinante en la prevención de la corrupción por lo que busca ser considerada una entidad de fiscalización objetiva, creíble, com-petente e independiente que apoya los cambios en beneficio de la ciudadanía. Asimismo, con base en las atribuciones que en materia de investigación y subs-tanciación de las responsabilidades administrativas se desarrollarán en las leyes respectivas, la ASCM formará parte del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México, buscando siempre la coordinación con las autoridades competentes para la efectiva sanción de los servidores públicos y particulares involucrados en hechos de corrupción.

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II

LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y LA PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN

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LA ASCM Y LA PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN

urante los últimos años, el papel de las entidades de fiscalización su-perior (EFS) ha ido cambiando. Dependiendo de su naturaleza y facul-tades, las EFS pueden generar productos de fiscalización superior, co-

mo informes de auditoría o sentencias; y servicios de fiscalización superior, como capacitación en materias de su competencia y proyección a la ciudadanía. Esos productos y servicios generan, a su vez, un impacto directo, como pueden ser mejoras en la gestión y control del erario por parte de las entidades fiscalizadas, rendición de cuentas de los fiscalizados y de la propia EFS, ahorros, recuperaciones y similares, así como ciudadanos mejor informados y capacitados para exigir rendi-ción de cuentas a los gestores públicos.3

Por todas estas facultades y servicios se ha reconocido que las EFS constituyen piezas fundamentales en la prevención y en la detección de la corrupción.

La ASCM ha privilegiado el enfoque de prevención en su función fiscalizadora por medio de diferentes acciones. En efecto, en el Informe de Resultados que rinde a la ALDF ha sido precursora en la presentación de un Informe Ejecutivo que incluye, con una visión integral basada en el análisis de las observaciones relevantes y hallazgos recurrentes detectados en las revisiones que realiza, pro-puestas sobre aspectos legales que abonan en el marco jurídico de los entes fiscalizados, así como propuestas de mejora de la gestión, incluidas acciones en materia de control interno del Gobierno de la Ciudad de México.

En el combate a la corrupción, la fiscalización externa es imprescindible, como parte del sistema regulador de la gestión pública. El trabajo sustantivo de fiscali-zación no tiene como propósito la aplicación de medidas punitivas en contra de los servidores públicos; el punto neurálgico de la fiscalización consiste en fomen-tar y propiciar las mejores prácticas administrativas mediante el señalamiento claro y preciso de áreas de oportunidad y de riesgo, y no necesariamente medidas

3 Participación ciudadana y entidades de fiscalización superior: impactos en el control y generación de valor público,

Coord. Contraloría General de la República de Costa Rica Presidencia de la Comisión Técnica de Participación Ciudadana (CTPC), XXV Asamblea General Ordinaria de la OLACEFS Querétaro, México, 23 al 26 de noviem-bre de 2015, p. 9.

D

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INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

42

de apremio, si bien éstas pueden aplicarse también de ser procedentes conforme al marco legal.

Los mecanismos de prevención de la fiscalización superior deben tener como pro-pósito disuadir conductas presuntamente constitutivas de delitos o malas prácticas administrativas mediante la detección de vulnerabilidades institucionales o normativas. Las acciones de fiscalización superior por sí mismas representan un mecanismo preventivo.

En otro enfoque preventivo, la ASCM promueve el fortalecimiento de las capaci-dades y competencias profesionales de su personal y pondera la ética del servidor público como estrategia para prevenir la corrupción. Al efecto, ha implementado diversas acciones relacionadas con la Política Institucional de Integridad, el Servicio Profesional Fiscalizador de Carrera, la Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Participación Ciudadana.

Las acciones que ha implementado la ASCM se ajustan a las tendencias de diversos organismos internacionales relacionados con la función de fiscalización, los que han reconocido que las EFS cuentan con distintas herramientas de prevención y detección de la corrupción, que incluyen mecanismos y estrategias de concien-tización ciudadana, así como de transparencia proactiva.4

II.1. LA PREVENCIÓN COMO ESTRATEGIA ANTICORRUPCIÓN DE LOS ORGANISMOS INTERNACIONALES

La prevención como estrategia implica acciones, medidas y disposiciones que se toman de manera anticipada para aminorar un riesgo o un daño. Para el combate de la corrupción, países integrantes de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) firmaron la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (CNUCC) en Mérida, México, en 2003. En este documento se establecen las bases para pre-venir la corrupción en las administraciones públicas mediante la implementación de diversas medidas y acciones que constituyen una estrategia para el combate efectivo de la corrupción.

4 OLACEFS, Comisión Técnica de Prácticas de Buena Gobernanza, Caja de Herramientas de las Entidades

Fiscalizadoras Superiores de la OLACEFS para el Control de la Corrupción (versión actualizada a noviembre de 2015), 2ed., 2015, p. 15.

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43

LA ASCM Y LA PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN

México se encuentra entre los Estados que han suscrito la CNUCC, por lo que

está obligado a formular y aplicar políticas coordinadas y eficaces contra la corrup-

ción, que promuevan la participación ciudadana, el imperio de la ley, la debida

gestión de los asuntos públicos y los bienes públicos, la integridad, la transparencia

y la rendición de cuentas.5

Las EFS son reconocidas por la ONU (Resolución de la Asamblea General de las

Naciones Unidas A/66/209 del 2011) como entidades esenciales para la promo-

ción de la eficiencia, la rendición de cuentas, la eficacia y la transparencia de la

administración pública, en aras de la consecución de los objetivos y prioridades

de desarrollo nacionales, así como de los objetivos de desarrollo convenidos inter-

nacionalmente. Por esa razón, la Organización Internacional de Entidades Fisca-

lizadoras Superiores (INTOSAI, por sus siglas en inglés) estableció, en la Norma

Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI) 12, que las EFS

están llamadas, desde sus ámbitos de competencia, a generar valor y benefi-

cio para producir una diferencia en la vida de los ciudadanos, en tres dominios

fundamentales:

1. Fortalecer la rendición de cuentas, la transparencia y la integridad del gobierno

y de las entidades públicas.

2. Demostrar la relevancia continua de las EFS para los ciudadanos, el parla-

mento y otros actores interesados. Para ello, deben ser receptivas a los entornos

cambiantes y riesgos emergentes, comunicar con eficacia a las diversas par-

tes interesadas y constituirse en fuente confiable de conocimiento y orienta-

ción que aporte valor a los cambios beneficiosos del sector público.

3. Ser organizaciones modelo, procurando la buena gobernanza, la transparencia

y la rendición de cuentas de la EFS, con adhesión a normas éticas; vigilantes

de la calidad y la mejora continua de sus procesos, productos y servicios;

y promotoras del aprendizaje e intercambio de conocimientos en lo interno y en

lo externo.

5 Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción, artículo 5o. numerales 1 y 2.

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INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

44

En este contexto, la Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades de

Fiscalizadoras Superiores (OLACEFS) ha resaltado que, en materia de prevención,

la participación ciudadana tiene un papel determinante. Además de la obligación

técnica de desarrollar una fiscalización objetiva, imparcial e independiente, las EFS

tienen el desafío de incorporar a la ciudadanía en las ciertas etapas del proceso

de fiscalización, (en un primer término, en la planeación de sus programas de

fiscalización) y demostrar a está una actuación ejemplar y el impacto o beneficio

que pueden generar en la mejora del control y la gestión de los recursos públicos.

En el ámbito de su competencia, la ASCM ha sido congruente con las tendencias in-ternacionales y ha dado puntual seguimiento al intercambio de experiencias y bue-nas prácticas de las EFS en materia de prevención de la corrupción y en la participa-ción ciudadana.

II.2. BUENAS PRÁCTICAS DE LAS ENTIDADES DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR EN MATERIA DE PREVENCIÓN

Las buenas prácticas son experiencias locales e internacionales que innovan la rela-

ción Estado-sociedad civil, introduciendo cambios en la gestión pública.6 Organismos

internacionales como la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económi-

cos (OCDE), la INTOSAI y la OLACEFS han documentado buenas prácticas basa-

das en experiencias internacionales y que sirven para establecer relaciones de

colaboración entre las EFS y que motivan el intercambio y la posibilidad de explotar

contextos factibles para su réplica.7

En materia de prevención la OCDE, ha reconocido que el papel tradicional de las EFS

como verificadoras de la legalidad y regularidad de la gestión financiera y conta-

ble ha evolucionado. Hoy día, los objetivos de las revisiones de las EFS engloban

el planteamiento clásico de ahorro, regularidad y legalidad, así como el examen

de la eficiencia y eficacia de la gestión financiera y de los programas. Sin embargo,

la Government Accountability Office (GAO) de Estados Unidos de América,

6 Rosales Mario y Hernández J. Carlos, Buen Gobierno Local, Mejores Prácticas y Gestión del Conocimiento:

Los Bancos de Buenas Prácticas y su Influencia en la Acumulación de saber sobre Desarrollo Municipal y Local, disponible en http://www.celadel.org/textos/encuentro/Rosales,%20Mario.pdf.

7 Véase: Participación Ciudadana en el Control Fiscal. Buenas Prácticas para el Fortalecimiento de las Relaciones entre las Entidades de Fiscalización Superior y la Ciudadanía, disponible en http://www.olacefs.com/wp-content/uploads/2014/05/Buenas-practicas-Informe.pdf.

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45

LA ASCM Y LA PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN

que va más allá de esos objetivos y proporciona además asesoría en la elabora-

ción de políticas públicas y recomendaciones para la gestión pública.8 Con estas

acciones se privilegia en el enfoque preventivo de la función fiscalizadora, en

virtud de que se busca abonar en el proceso de implementación de las políticas

públicas con base en la experiencia de las EFS y generar observaciones que

deriven en el mejoramiento de la gestión pública.

La INTOSAI ha resaltado como buena práctica la creación de capacidades y compe-

tencia institucional para el fortalecimiento de las EFS, ya que les permite ello con-

tribuir al mejor desempeño de sus gobiernos, a mejorar la transparencia, combatir

la corrupción y a promover la rendición de cuentas. Para la creación de capaci-

dades y competencias institucionales, son fundamentales la implementación del

servicio profesional de carrera y el establecimiento de políticas de integridad.9

Para la OLACEFS la revalorización de la ética en la actuación del servidor públi-

co es de suma importancia como estrategia anticorrupción. Las EFS de América

Latina han jugado un rol determinante en el fortalecimiento de la integridad en sus

Estados. Las EFS de países como Argentina, Cuba, Ecuador, El Salvador, Hon-

duras, Panamá y Venezuela se han destacado por la implementación de Códigos

de Ética para sus funcionarios; Comités de Probidad y Ética; Programas de Ética

Pública, Transparencia y Competencias Institucionales; y sistemas para la decla-

ración en formato electrónico.10

La EUROSAI (Organización de Entidades Fiscalizadoras Superiores de Europa)

cuenta con un Grupo de Trabajo sobre Auditoría y Ética. Las actividades de este

grupo de trabajo están dirigidas a dos objetivos principales: promover la ética como

pilar de las EFS y promover la conducta ética en las organizaciones públicas me-

diante las actividades auditoras de las EFS. 11

8 La Modernización del Estado: El camino a seguir, OCDE; traducción Sonia Piedrafita-Temosa, Madrid: Insti-

tuto Nacional de Administración Pública, 2006, p. 119. 9 La INTOSAI establece, en la ISSAI 40, “Control de Calidad para las Entidades de Fiscalización Superior”, que

las entidades de fiscalización superior deben establecer políticas y procedimientos que garanticen que cuen-tan con personal competente, capaz y comprometido a los principios éticos para realizar sus trabajos de conformidad con los estándares profesionales, la ley y la normatividad correspondiente. Estas políticas y pro-cedimientos incluyen reclutamiento; evaluación; desarrollo profesional; capacidades; competencias; promo-ción y compensación de todo el personal de las EFS para favorecer el desarrollo profesional.

10 OLACEFS, op. cit., pp. 16-17. 11 Información disponible en http://www.eurosai.org/es/working-groups/audit-ethics/.

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INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

46

Los países integrantes de la EUROSAI se han destacado por la implementación

de buenas prácticas relacionadas con la creación de capacidades y competencia

institucional de las EFS; por ejemplo, el Tribunal de Cuentas de Austria, en coordina-

ción con la Universidad de Economía y Negocios de Viena, imparte a su personal

el Master of Business Administration, que abarca temas de las áreas de finanzas

y contabilidad, economía del sector público, derecho y procesos de auditoría.12

II.3. BUENAS PRÁCTICAS EN LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Conforme a las directrices de los organismos internacionales y a la experiencia

derivada de las buenas prácticas de las EFS, la ASCM ha implementado diversas

acciones con enfoque preventivo, que buscan el mejoramiento de la gestión pú-

blica de los entes que fiscaliza; la creación de capacidades y competencia institu-

cional de su personal; y la implementación de mecanismos de participación ciu-

dadana que abonen en la transparencia y rendición de cuentas.

Con el propósito de fortalecer su actividad fiscalizadora, la ASCM, en el ámbito

de su competencia, ha integrado a su marco legal y normativo los principios jurí-

dicos y metodológicos necesarios para implementar una Política Institucional de

Integridad propia; un Servicio Profesional Fiscalizador de Carrera, que conlleva

acciones de capacitación en coordinación con instituciones como la Universidad

Nacional Autónoma de México; y mecanismos de participación ciudadana contri-

buyen a la transparencia y a la rendición de cuentas.

II.3.1. POLÍTICA INSTITUCIONAL DE INTEGRIDAD DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

La integridad, entendida como principio ético, comprende cualidades esenciales

que debe tener todo servidor público, sobre todo quien se desempeña en un órgano

responsable de fiscalizar los recursos públicos. Incorruptibilidad, honestidad, pro-

fesionalismo, neutralidad y objetividad, entre otros, son valores que deben poseer

quienes se encargan de revisar las cuentas públicas; por ello, la ASCM se

ha preocupado por implementar medidas que no sólo de carácter correctivo,

12 Información disponible en: http://www.eurosai-tfae.tcontas.pt/default.aspx

Page 47: OMO I, INFORME EJECUTIVO

47

LA ASCM Y LA PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN

sino principalmente preventivas, propiciando un ambiente institucional abierto

y transparente, en el que los directivos de las ASCM actúen con el ejemplo y pro-

muevan una imagen congruente con el mandato institucional.

En este contexto, la ASCM estableció la Política Institucional de Integridad de la

Auditoría Superior de la Ciudad de México,13 en la que se privilegia la prevención

y la promoción de principios y valores entre sus servidores públicos, conforme a las

mejores prácticas nacionales e internacionales en materia de integridad, ética pública

y fiscalización, con el fin de lograr una nueva cultura de integridad y ética pública y

promover y difundir principios y valores que coadyuven a la prevención de la corrup-

ción y los conflictos de interés al interior de la ASCM.

La Política Institucional de Integridad de la Auditoría Superior de la Ciudad de México

está basada fundamentalmente en tres acciones, a saber:

1. La creación de un Comité de Integridad;

2. La conformación de un marco normativo, integrado por el Código de Ética, que define los principios éticos que rigen la actuación de los sujetos obligados en la ASCM; el Código de Conducta, que determina, por medio de valores, las reglas de conductas que deberán observar en su actuación diaria los sujetos obligados; y el Acuerdo para prevenir el Conflicto de Intereses para la ASCM, el cual establece los lineamientos que deberán observar los sujetos obliga-dos a efecto de evitar impedimentos o influencias de terceros que comprome-tan su independencia y vulneren su imparcialidad.

3. El desarrollo e implementación de un plan de acciones de carácter perma-nente para garantizar la adopción de la cultura de ética pública, así como la evaluación de la Política Institucional de Integridad de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.

Las dos primeras acciones ya están implementadas. La ASCM realiza actualmente

diversas acciones que tienen como propósito impulsar una nueva cultura de inte-

gridad y de ética pública; por ejemplo, organizó el concurso Ensayo sobre Ética

13 Mediante acuerdo publicado el 14 de marzo de 2017, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Page 48: OMO I, INFORME EJECUTIVO

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

48

Pública en la Fiscalización, entre el personal de la ASCM, con objeto promover

el interés por el estudio de la ética pública en la fiscalización. Además, se llevó a cabo

la designación de Agentes del Cambio, que como servidores públicos de la ASCM

tienen la misión de promover la adopción de los principios y valores de Política

Institucional de Integridad de la Auditoría Superior de la Ciudad de México, princi-

palmente con el ejemplo.

El fin último de la Política Institucional de Integridad de la Auditoría Superior de la

Ciudad de México es que todas las actividades que se realizan en la ASCM se

conduzcan con forme a los principios de integridad, independencia, objetividad,

imparcialidad, confidencialidad y competencia técnica y profesional.

La ASCM reconoce que la actuación ética y profesional de sus servidores públicos

impacta en su imagen institucional e influye en la confianza ciudadana acerca de

la función que desempeña, por lo que su función debe desarrollarse en un con-

texto que genere el respeto y confianza públicos.

II.3.2. CREACIÓN DE CAPACIDADES Y COMPETENCIA INSTITUCIONAL EN LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Con base en la experiencia internacional que fomenta la creación de capacidades

profesionales y competencia institucional para el fortalecimiento de las EFS me-

diante la adopción de sistemas y procesos que regulen la convocatoria, contrata-

ción, retención, capacitación y promoción de los servidores públicos, la ASCM

creó el Servicio Profesional Fiscalizador de Carrera (SPFC), dirigido al personal

auditor de la institución.14

El SPFC tiene por objeto promover el buen desempeño y permanencia de sus

integrantes, con base en los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad,

eficiencia, profesionalismo, tecnicidad, eficacia, no discriminación, desempeño ade-

cuado, evaluación permanente, transparencia de procedimientos y competencia

de sus miembros por mérito.

14 El 29 de febrero de 2016, se instaló el Comité del Servicio Profesional Fiscalizador de Carrera de la Auditoría Supe-

rior de la Ciudad de México, se emitió el Estatuto del Servicio Profesional Fiscalizador de Carrera, instrumento con el que se creó la Coordinación del Servicio Profesional Fiscalizador, como el área encargada de ejecutar los acuerdos del Comité.

Page 49: OMO I, INFORME EJECUTIVO

49

LA ASCM Y LA PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN

El SPFC constituye un sistema de gestión de personal que promueve la permanen-

cia, profesionalización y desarrollo de los auditores mediante un conjunto de normas

que regulan los procesos generales de planeación, ingreso, formación profesional,

evaluación del desempeño, movilidad y desarrollo.

Entre los beneficios de la implementación del SPFC destaca el fortalecimiento de

la profesionalización y especialización del personal, la toma decisiones colegiadas

para otorgar movilidad y estímulos, la igualdad de oportunidades del personal y el re-

conocimiento de méritos para ingresar, desarrollarse y permanecer en la ASCM.

El SPFC cuenta actualmente con un Plan de Formación en Fiscalización 2016-2021,

un Plan Curricular en Fiscalización para el personal del servicio y el Proceso de

Formación y Certificación de Competencias Profesionales del personal auditor

de la ASCM.

Dado que la capacitación es fundamental para la certificación de competencias

profesionales, la ASCM implementó las Jornadas de Capacitación, en las que se

desarrollan temas como Contabilidad Gubernamental y su Marco Normativo, Inte-

gración de la Cuenta Pública de la Ciudad de México como base de la Fiscaliza-

ción de la ASCM, Auditoría Gubernamental, Control Interno y Criterios para su

Evaluación y Administración de Riesgos, Elaboración de Dictámenes Técnico-

Correctivos para la Promoción de Acciones; Responsabilidades Administrativas,

Argumentación Jurídica, Elaboración y Seguimiento de Recomendaciones, y Pla-

neación de Auditoría.

En las Jornadas de Capacitación también se desarrollan los cursos “Habilidades

para Auditoría Gubernamental”, el cual tiene como propósito mejorar el desem-

peño de los auditores en el proceso certificación; e “Inducción al Servicio Profe-

sional Fiscalizador de Carrera”.

Con el propósito de contribuir a que los servidores públicos de la ASCM desarro-

llen sus capacidades profesionales y eleven su nivel académico, se han celebrado

convenios de coordinación con instituciones educativas, a fin de establecer los proce-

sos de formación y profesionalización respectivos.

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INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

50

Con la Escuela de Administración Pública del Distrito Federal (EAP-DF) se cele-

bró un convenio de coordinación en el que se establecen las bases para el pro-

ceso de formación de los servidores públicos de la ASCM, por medio de diversos

cursos impartidos por dicha entidad, que posteriormente realiza la certificación de

capacidades del personal auditor.

Con base en un convenio de colaboración, con la Universidad Nacional Autóno-

ma de México (UNAM) imparte dos maestrías, en auditoría y administración,

en las instalaciones de la ASCM.

Se han establecido también programas de regularización académica con la Secreta-

ría de Educación de la Ciudad de México y programas de titulación con beca con

entidades privadas de educación superior.

II.3.3. TRANSPARENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

En materia de transparencia, la ASCM se ha distinguido por su compromiso con

el derecho de acceso a la información pública y con la protección de los datos

personales. Mantiene una colaboración constante con el Instituto de Acceso a la

Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal para

coadyuvar al aseguramiento de estos derechos fundamentales.

La ASCM atiende oportunamente las solicitudes de información pública y las relacio-

nadas con datos personales ingresadas mediante el Sistema INFOMEX o en la

ventanilla de atención al público, en los términos que establece la Ley de Trans-

parencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad

de México.

La ASCM cumple también las obligaciones de transparencia específicas que fija

la ley de referencia, al poner a disposición del público por medio del portal institu-

cional, información relacionada con el Programa General de Auditoría que se está

ejecutando y el avance trimestral de éste; y de los programas de auditoría con-

cluidos, los resultados de las auditorías, información relativa a las solventaciones

o aclaraciones de las observaciones derivadas de las auditorías, las recomenda-

ciones formuladas a los sujetos fiscalizados y su seguimiento.

Page 51: OMO I, INFORME EJECUTIVO

51

LA ASCM Y LA PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN

Transparencia y participación ciudadana constituyen un binomio indisociable;

por ello, la ASCM ha integrado a su marco legal y normativo los principios jurídi-

cos y metodológicos necesarios para satisfacer las exigencias que conlleva una

ciudad abierta que privilegia la participación ciudadana.

El 21 de enero de 2016 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Regla-

mento Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México en el que se prevé

la facultad del Auditor Superior de la Ciudad de México de coordinar el análisis de la

información generada en el ámbito de la demanda ciudadana, para determinar

los posibles riesgos que deben ser tomados en consideración para el desempeño

de la función fiscalizadora.15

Concretamente, el Manual de Selección de Auditorías de la Auditoría Superior de

la Ciudad de México vigente a partir del 29 de abril de 2016 prevé como criterio

para la selección de auditorías el de “Propuesta e Interés Ciudadano”. Este criterio

permite elegir los rubros, programas o proyectos, obra pública, su equipamiento,

servicios relacionados con ésta y demás inversiones físicas que por su naturaleza,

impacto social o trascendencia sean de interés o repercusión para los habitantes

de la ciudad de México; incluye también sujetos, programas o acciones que hayan

sido objeto de denuncias ciudadanas.

Para recabar este tipo de propuestas, la ASCM implementó en su portal institu-

cional un buzón ciudadano. Con él se fomenta la participación ciudadana en la

fiscalización y se promueve el combate a la corrupción, ya que esta herramienta

permite a la ASCM recibir sugerencias de auditoría las 24 horas de los 365 días

del año. Una vez analizadas, y de ser procedentes, las propuestas ciudadanas

se incorporan en el Programa General de Auditoría o, en su caso, se turnan a la

autoridad competente. Ello no obsta para que los ciudadanos puedan presentar

también sus propuestas por escrito

Con estas acciones, la ASCM reconoce la participación, colaboración e interés de

personas y grupos que no pertenecen al sector público en los esfuerzos por pre-

venir y erradicar la corrupción.

15 Artículo 6o., fracción XXXI, del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.

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RESULTADOS DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

III

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55

RESULTADOS DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

ste capítulo incorpora las principales observaciones derivadas de la audito-rías que efectuó esta entidad de fiscalización con motivo de la revisión de la Cuenta Pública de la Ciudad de México correspondiente al ejercicio de 2015,

así como algunas sugerencias en materia legislativa, normativa y de control interno emanadas de las auditorías practicadas, con objeto de que sean valoradas por la ALDF para enriquecer la legislación que orienta las acciones de la fiscalización superior de la Ciudad de México.

III.1. OBSERVACIONES RELEVANTES DE LA REVISIÓN

En este apartado se presentan los hechos, circunstancias, magnitud e impacto que

caracterizaron las observaciones derivadas de las auditorías practicadas que, en opi-

nión de la ASCM, son más significativas, por lo cual no se consideran todos los sujetos

fiscalizados. Para conocer éstos en detalle, habrá que remitirse a los volúmenes

correspondientes que presentan el contexto completo de las revisiones efectuadas.

INGRESOS

DEPENDENCIAS

SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, AUTORIDAD DEL ESPACIO

PÚBLICO DEL DISTRITO FEDERAL Y SECRETARÍA DE FINANZAS

Ingresos por Derechos por el Estacionamiento de Vehículos en la Vía Pública (ECOPARQ)

La SEFIN careció de procedimientos actualizados que incluyeron mecanismos

de control y supervisión de los Ingresos por el Estacionamiento de Vehículos en

la Vía Pública (ECOPARQ).

La Secretaría no cuenta con un mecanismo de control que permita una supervisión

constante del funcionamiento de los sistemas, dispositivos e instrumentos de control

(parquímetros) de estacionamiento en la vía pública.

E

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56

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

SECRETARÍA DE FINANZAS

Ingresos por Impuesto Predial

En los 10 expedientes de levantamientos topográficos realizados por la Subteso-

rería de Catastro y Padrón Territorial en 2015, el plazo entre la fecha de acuse del

trámite solicitado por el contribuyente y aquella en que se realizó el levantamiento

físico fue de 30 a 177 días naturales; con relación a la fecha de acuse del trámite

solicitado con el oficio del resultado del levantamiento físico, el desfase fue de

55 a 352 días naturales, por lo que se excedió el límite de los cuatro meses natu-

rales para su total sustanciación establecido en el artículo 54 del Código Fiscal

del Distrito Federal vigente en 2015.

En 15 expedientes de altas, bajas y movimientos al padrón, transcurrieron de

7 a 616 días naturales entre la fecha de acuse del trámite solicitado por el contribu-

yente, ante la Oficialía de Partes de la Subtesorería de Catastro y Padrón Territorial,

y aquella en que se realizaron las altas, bajas y movimientos al padrón. En conse-

cuencia, en algunos casos se excedió el límite de cuatro meses naturales para su

total sustanciación, establecido en el artículo 54 del Código Fiscal del Distrito Fede-

ral vigente en 2015.

De los cinco cheques devueltos por las instituciones bancarias, recibidos para el

pago del Impuesto Predial, por un importe de 50,624.2 miles de pesos, no hay eviden-

cia documental de que se haya recuperado el importe del crédito fiscal, sus acce-

sorios e indemnización, por lo que no se observó el Código Fiscal del Distrito Federal

vigente en 2015.

En cinco expedientes de dictámenes de cumplimiento de obligaciones fiscales,

no se verificaron los cálculos aritméticos del valor catastral e Impuesto Predial, precios

unitarios y tarifas que utilizó el contador público para determinar las diferencias

a cargo, de conformidad con el procedimiento “Requerimiento de Saldos a cargo

de los Dictámenes de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales de Contribuciones

Locales” vigente en 2015.

En tres dictámenes de cumplimiento de obligaciones fiscales, se determinaron

diferencias por 6,117.0 miles de pesos en el valor catastral y por 14,135.2 miles

Page 57: OMO I, INFORME EJECUTIVO

57

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

de pesos en Impuesto Predial, respecto de lo determinado por los contadores públi-

cos. Por no haber verificado los cálculos aritméticos, la dependencia no observó

el procedimiento “Requerimiento de Saldos a cargo de los Dictámenes de Cum-

plimiento de Obligaciones Fiscales de Contribuciones Locales” vigente en 2015.

Reducciones Fiscales de las Contribuciones Locales

Algunos expedientes de las Administraciones Tributarias (AT) de la SEFIN care-

cieron de la firma del servidor público facultado para autorizar la aplicación de las

reducciones fiscales de las contribuciones locales.

Las AT no conciliaron con la autoridad competente las constancias u oficios para

la aplicación de las reducciones fiscales de las contribuciones fiscales.

SECRETARÍA DE FINANZAS Y SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Ingresos por Aprovechamientos de Tipo Corriente, Multas de Tránsito (por Exceder los Límites de Velocidad en la Red Vial Primaria)

Algunas boletas de infracción emitidas por exceder los límites de velocidad fueron

firmadas por agentes de tránsito de la SSP que estaban facultados, pero cuyo nom-

bre y número de placa no habían sido publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad

de México.

No hubo coordinación entre la SSP y la SEFIN para recuperar los ingresos por las

infracciones emitidas por exceder los límites de velocidad pendientes de cobro.

ÓRGANOS POLÍTICO-ADMINISTRATIVOS

ÓRGANOS POLÍTICO-ADMINISTRATIVOS Y SECRETARÍA DE FINANZAS

Ingresos por Derechos por los Servicios de Expedición de Licencias (por la Expedición de Licencias de Construcción o por el Registro de Manifestación de Construcciones)

El manual administrativo de la Delegación Álvaro Obregón incluyó un procedimiento

con un plazo para la expedición de licencias de construcción especial, distinto al

establecido en la normatividad aplicable. El manual administrativo de la Delegación

Page 58: OMO I, INFORME EJECUTIVO

58

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

Azcapotzalco registrado con el núm. MA-16/170715-OPA-AZCA-9/2012 no fue

incorporado en la página de Internet del órgano político-administrativo para

consulta de sus servidores públicos hasta el ejercicio de 2016. La Delegación

Iztapalapa no incorporó en su normateca el manual administrativo registrado

con el núm. MA-13/100715-OPA-IZTAP-11/2011 para consulta de los servidores

públicos del órgano político-administrativo, aunque sí lo difundió entre su perso-

nal. El manual administrativo de la Delegación Miguel Hidalgo careció de un pro-

cedimiento específico para la expedición de licencias de construcción especial

pero se ajustó a los Procedimientos Únicos para la Atención de Trámites y Servi-

cios, en particular, al procedimiento que regula las actividades para gestionar

dicho trámite.

En la Delegación Milpa Alta, tres de cuatro procedimientos relacionados con el rubro

sujeto a revisión no fueron actualizados conforme a los procedimientos adminis-

trativos únicos correspondientes a los trámites aplicables, lo que pudo ocasionar

que se autorizaran trámites sin sujetarse a la normatividad vigente; el manual

administrativo de la Delegación Tláhuac registrado con el núm. MA-314-1/13 no

fue elaborado conforme a los nuevos elementos de integración establecidos por

la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA); y los manuales

administrativos de las Delegaciones Milpa Alta y Tláhuac no fueron incorporados

en la normateca de los órganos político-administrativos para consulta de sus ser-

vidores públicos.

La Delegación Cuajimalpa de Morelos careció de procedimientos alineados o que dieran

atención a las disposiciones establecidas en la normatividad aplicable, y tampoco

incorporó sus manuales administrativos, apartados de organización y procedimien-

tos en su normateca para consulta de sus servidores públicos.

La Delegación Gustavo A. Madero no contó con procedimientos para el registro

de manifestaciones de construcciones ni para delimitar las responsabilidades de

los servidores públicos que participan en dichas actividades; y los procedimientos

de la Delegación Xochimilco relacionados con el rubro auditado no estuvieron

alineados a las disposiciones establecidas en la normatividad aplicable, no descri-

ben con precisión la forma de realizar las actividades que permitan la expedición

Page 59: OMO I, INFORME EJECUTIVO

59

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

de licencias de construcción especial y el registro de manifestación de construc-

ciones ni delimitan las responsabilidades de los servidores públicos que partici-

pan en dichas actividades.

La Delegación Gustavo A. Madero registró una manifestación de construcción

como tipo “B”, aun cuando reunía las características de una tipo “C”.

Las Delegaciones Tláhuac y Xochimilco no inscribieron en el Registro Electrónico

de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Dis-

trito Federal, los trámites y servicios en materia de uso de suelo, construcciones

y obras de los cuales tienen bajo su responsabilidad la atención, regulación, orien-

tación, seguimiento, resolución o notificación, así como los formatos de solicitud

correspondientes; además, la Delegación Tláhuac proporcionó a un particular un

formato de solicitud de registro de una manifestación de construcción tipo “A” que

no estuvo registrado en el Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito

Federal vigente en 2015 ni fue inscrito en el Registro Electrónico de los Trámites

y Servicios en 2015.

Las Delegaciones Álvaro Obregón, Azcapotzalco, Cuajimalpa de Morelos, La Mag-

dalena Contreras, Milpa Alta y Xochimilco expidieron licencias de construcción

especial aun cuando los solicitantes no cumplieron la totalidad de los requisitos

y la documentación establecidos en el Reglamento de Construcciones para el

Distrito Federal, el Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal,

el Acuerdo por el cual se establecen Procedimientos Únicos para la Atención

de Trámites y Servicios, el Código Fiscal del Distrito Federal y, en su caso, en el

Manual Administrativo del órgano político-administrativo, vigentes en 2015.

Las Delegaciones Álvaro Obregón, Benito Juárez, Cuajimalpa de Morelos, Cuauh-

témoc, Iztacalco, Iztapalapa, Miguel Hidalgo, Tlalpan y Xochimilco registraron mani-

festaciones de construcciones aun cuando los solicitantes no cumplieron la totali-

dad de los requisitos y la documentación necesarios para ello.

Las Delegaciones Benito Juárez y Cuajimalpa de Morelos registraron manifesta-

ciones de construcciones aun cuando rebasaron la superficie o niveles máximos

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60

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

autorizados para construcción indicados en los Certificados de Uso del Suelo que

emitió la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.

La Delegación Azcapotzalco registró una manifestación de construcción aun

cuando el solicitante presentó adeudos de los Derechos por el Suministro de Agua

en los bimestres del primero al sexto de 2003, del primero al sexto de 2004, del

primero al sexto de 2005, del primero al segundo de 2006 y el tercero de 2015.

Las Delegaciones Coyoacán, Tlalpan y Xochimilco expidieron licencias de cons-

trucción especial o registraron manifestaciones de construcciones a solicitantes

que no estaban al corriente de sus obligaciones fiscales, en específico, en el pa-

go de los Derechos por el Suministro de Agua o del Impuesto Predial, y no inicia-

ron el procedimiento de nulidad del acto administrativo para declarar la nulidad de

la expedición de la licencia de construcción especial o del registro de la manifes-

tación de construcción.

En las Delegaciones Álvaro Obregón, Azcapotzalco, Benito Juárez, Cuajimalpa

de Morelos, La Magdalena Contreras y Venustiano Carranza, algunos solicitantes de

la expedición de las licencia de construcción especial o del registro de manifesta-

ciones de construcciones presentaron constancias de adeudos del Impuesto

Predial o de los Derechos por el Suministro de Agua presumiblemente apócrifas,

ya que no fueron emitidas por la Secretaría de Finanzas y por el Sistema de Aguas

de Ciudad de México, respectivamente.

En la Delegación Cuajimalpa de Morelos un solicitante entregó un recibo de pago

correspondiente a los derechos de una manifestación de construcción tipo “B”

que presuntamente no es auténtico.

Las Delegaciones Benito Juárez, Coyoacán y Miguel Hidalgo no revisaron ni veri-

ficaron que el monto de los derechos autodeterminados y pagados por los solici-

tantes de la expedición de licencias de construcción especial o del registro de

manifestaciones de construcciones fuese correcto y se hubiese ajustado a la me-

todología de cálculo para la determinación de dichos derechos, toda vez que pa-

garon un monto inferior al que les correspondía. Las Delegaciones Benito Juárez,

Page 61: OMO I, INFORME EJECUTIVO

61

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

Coyoacán e Iztacalco registraron manifestaciones de construcciones sin contar

previamente con el comprobante de pago de los derechos correspondientes.

Las Delegaciones Álvaro Obregón, Azcapotzalco, Benito Juárez, Cuauhtémoc, La Mag-

dalena Contreras, Miguel Hidalgo y Tlalpan expidieron licencias de construcción

especial fuera del plazo establecido en la normatividad aplicable.

La Delegación Benito Juárez, Cuauhtémoc, Iztacalco y Venustiano Carranza noti-

ficaron prevenciones a los solicitantes de la expedición de licencias de construc-

ción especial o del registro de manifestaciones de construcciones fuera del plazo

que establece la normatividad aplicable; asimismo, las Delegaciones Benito Juárez

e Iztacalco no emitieron las resoluciones en las que determinaran por no presen-

tados algunos trámites de solicitud de registro de manifestaciones de construcciones

y no declararon nulo el acto administrativo, por no recibir las respuestas de los

solicitantes a los oficios de prevención notificados.

La Delegación Benito Juárez notificó dos prevenciones al solicitante del registro

de una manifestación de construcción en lugar de notificarlo una sola vez; y la Delega-

ción Milpa Alta no previno al solicitante de una licencia de construcción especial

para requerirle aclaraciones o documentación faltante en su expediente.

Las Delegaciones Azcapotzalco, Coyoacán, Cuauhtémoc, Iztacalco, Iztapalapa,

Miguel Hidalgo y Tlalpan no realizaron ni solicitaron al Instituto de Verificación

Administrativa del Distrito Federal la realización de visitas técnicas de verifica-

ción del desarrollo de los trabajos de obra llevado a cabo en los predios o in-

muebles a los que les expidieron licencias de construcción especial o les otorga-

ron el registro de manifestaciones de construcciones y, por tanto, no elaboraron

los reportes ni adjuntaron la documentación que los acreditara en los expedientes

respectivos.

Page 62: OMO I, INFORME EJECUTIVO

62

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

EGRESOS

DEPENDENCIAS

SECRETARÍA DE GOBIERNO

Capítulo 6000 “Inversión Pública”

Trece Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC), por 197,466.3 miles de pesos, emiti-

das con cargo a la partida 6321 “Ejecución de Proyectos Productivos no Incluidos en

Conceptos Anteriores de este Capítulo” se expidieron con desfases de 6 a 198 días.

La SEGOB tramitó dichas CLC ante la SEFIN para la obtención de los recursos

económicos para su pago con posterioridad a la cancelación de las obligaciones

correspondientes.

SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

Capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”

La documentación contenida en los expedientes de beneficiarios del Programa

de Fortalecimiento de Apoyo a los Micronegocios para el Distrito Federal “Yo te Apoyo”

no contiene la leyenda “Este Programa es de carácter público, no es patrocinado

ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que

pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines

políticos electorales…”.

En algunos casos, se duplico el registro de las ayudas a los beneficiarios del pro-

grama de Fortalecimiento de Apoyo a los Micronegocios para el Distrito Federal

“Yo te Apoyo”.

SECRETARÍA DE TURISMO

Capítulo 3000 “Servicios Generales”

La modificación al presupuesto original del capítulo 3000 “Servicios Generales”

contribuyó parcialmente al cumplimiento de los objetivos y metas del sujeto fisca-

lizado, toda vez que existen afectaciones que no necesariamente obedecieron

Page 63: OMO I, INFORME EJECUTIVO

63

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

al cumplimiento de metas y objetivos, sino a recalendarizaciones y deficiencias en el

proceso de programación-presupuestación.

SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

Capítulo 6000 “Inversión Pública”

En el contrato bianual de obra pública núm. SMA-DGBUEA-001-2014-OP, cuyo

objeto es el “Mejoramiento de Infraestructura Urbana-Segunda Sección del Bos-

que de Chapultepec”, la Dirección General de Bosques Urbanos y Educación

Ambiental en la SEDEMA no acreditó las causas que fundamentaron el motivo

de la excepción para caso fortuito de la licitación pública, al haberlo adjudicado

directamente.

Pagó estimaciones sin que éstas contaran con la autorización del residente de obra.

La Dirección General de Bosques Urbanos y Educación Ambiental entregó al contra-

tista de obra el anticipo correspondiente al ejercicio de 2015 con 44 días naturales

de atraso.

Se detectaron diferencias entre los trabajos pagados y los ejecutados, por

719.7 miles de pesos (sin IVA), en los conceptos CON-CIM01 “Construcción de

cimiento de 0.50x0.50x1.0…”, EXC-MA02 “Excavación a mano zona “B”, clase II,

saturado…” y TF14HD “Suministro y colocación de juego de 4 anclas…”; autori-

zados para pago por la Dirección General de Bosques Urbanos y Educación Am-

biental, mediante las estimaciones núms. 1/REV, 2/REV, 3/REV, 4/REV, 5/REV,

6/REV, 7/REV, 8/REV y 9/REV/CON. Lo anterior, debido a que dichos trabajos

están incluidos en el alcance del concepto LM-ECK-01 “Suministro, instalación

y pruebas de luminario tipo solar marca ECOKIT…”, conforme a la especificación

para el “Suministro y colocación de luminaria de acuerdo a proyecto” (según el archi-

vo magnético núm. 55: Normas y especificaciones de construcción, proporcionado

por el sujeto fiscalizado).

Se detectaron diferencias entre los trabajos pagados y los ejecutados, por

717.9 miles de pesos (sin IVA), en los conceptos LM-ECK-01 “Suministro, insta-

lación y pruebas de luminaria tipo solar marca ECOKIT…” y PS-C0002 “Suministro

Page 64: OMO I, INFORME EJECUTIVO

64

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

e instalación de poste cónico circular de 9.00 m de altura…”, autorizados para pago

por la Dirección General de Bosques Urbanos y Educación Ambiental, mediante

la estimación núm. 9/REV/CON. En la visita de verificación física del 30 de sep-

tiembre de 2016, en la que participó personal de la ASCM y de la Dirección

de Bosques Urbanos y de Educación Ambiental en la SEDEMA, se observó que de

las 410.00 piezas pagadas, solamente se ejecutaron 392.00 piezas, con lo que

resulta una diferencia de 18.00 piezas pagadas no ejecutadas en cada uno de

los conceptos, en los siguientes frentes: Parque Amistad, Fuente de las Ranas

zoológico y Coordinación SEDEMA.

Se detectaron diferencias entre los trabajos pagados y los ejecutados, por

359.4 miles de pesos (sin IVA), en el concepto BN16DC “Acarreo en camión de mate-

rial de demolición de concreto, kilómetros subsecuentes, zona urbana (acarreo al

sitio donde se ubicará la planta de trituración en tramo 21 en explanada de con-

creto)”, autorizado para pago por la Dirección General de Bosques Urbanos

y Educación Ambiental, mediante las estimaciones núms. 5/REV y 9/REV/CON.

Lo anterior, debido a que se consideró la aplicación de 3, 17 y 20 kilómetros sub-

secuentes en los números generadores de las estimaciones en mención.

En el contrato de servicios relacionados con la obra pública

núm. SMA-DGBUEA-002-2014 OP, referente a la “Supervisión externa para el mejo-

ramiento de Infraestructura Urbana-Segunda Sección del Bosque de Chapulte-

pec”, la Dirección General de Bosques Urbanos y Educación Ambiental, no aplicó

la pena convencional a la empresa encargada de los trabajos de supervisión, por

aprobar pagos por 2,168.7 miles de pesos (sin IVA), que presentan diferencias

entre los trabajos pagados y los ejecutados en el contrato bianual de obra pública

núm.SMA-DGBUEA-001-2014-OP.

Capítulo 6000 “Inversión Pública”

La SEDEMA realizó obra pública por contrato, por conducto de la Dirección Ge-

neral de Bosques Urbanos y Educación Ambiental, sin contar con personal para

la dirección, coordinación y supervisión de la obra pública en su estructura organi-

zacional autorizada. Asimismo, careció de procedimientos técnicos y administrati-

vos para el control de los procesos de planeación, programación, presupuestación,

Page 65: OMO I, INFORME EJECUTIVO

65

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

licitación, adjudicación, contratación, ejecución, pago, supervisión, entrega-recepción,

liquidación y finiquito de la obra pública.

La Dirección General de Bosques Urbanos y Educación Ambiental realizó obra

pública en terrenos y vialidades que no están bajo la administración de la SEDEMA,

para su conservación, preservación, rehabilitación, mejoramiento, desarrollo y fun-

cionamiento y no acreditó la tenencia de la tierra ni los permisos y autorizaciones

que le permitieran construir el “Biciestacionamiento masivo La Raza”, en este caso,

en un terreno del patrimonio del STC.

En un contrato, esta Dirección General de Bosques Urbanos y Educación Am-

biental convino en la cláusula octava que la garantía para responder de los defec-

tos que resultaren de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad, ten-

dría vigencia de un año, sin considerar que en el caso de proyecto integral, el plazo de

garantía deberá cubrir por lo menos el veinticinco por ciento de su vida útil o que

debe subsistir al menos durante un plazo de 24 meses.

No se estableció la Residencia de Obra para un contrato; y para otro, fue desig-

nado como Residente de Obra una persona que no era un servidor público de

estructura.

La Dirección General de Bosques Urbanos y Educación Ambiental autorizó pagos,

sin acreditar su procedencia y que correspondieran a compromisos efectivamente

devengados; y no efectuó la recepción de las obras públicas, objeto de los cuatro

contratos revisados, a pesar de que las empresas contratistas avisaron de la con-

clusión de los trabajos.

Sin acreditar que las obras a cargo de dos contratos, estuvieran concluidas, la Direc-

ción General de Bosques Urbanos y Educación Ambiental autorizó su pago sin rete-

ner el 5.0% del importe de la obra no ejecutada, que tendría el carácter de defini-

tivo si a la fecha pactada para la terminación no se hubiese concluido; y no aplicó

la pena del 0.1% (uno al millar) por cada día natural de atraso que transcurrió

hasta el día de su plena ejecución y entrega, ambos convenidos en la cláusula

décima primera contractual.

Page 66: OMO I, INFORME EJECUTIVO

66

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

La Dirección General de Bosques Urbanos y Educación Ambiental autorizó el pago

de estimaciones sin que el contrato tuviera el carácter de justificante del gasto,

ya que convino obligaciones anteriores a la fecha de su suscripción.

No requirió a la empresa de servicios que estuvo a cargo de la supervisión de

dos contratos, el pago de las penas convencionales a que se hicieron acreedoras

por los daños y perjuicios ocasionados por deficiencias en la ejecución de los

servicios de supervisión.

SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS

Capítulo 3000 “Servicios Generales”

La SOBSE no acreditó que los elementos de soporte para la determinación de sus

metas física y financiera correspondieran a las metas establecidas en el Guion

del Programa Operativo Anual.

La dependencia no proporcionó la constancia del cumplimiento de las obligacio-

nes contractuales y de aceptación de los servicios prestados por las cuatro em-

presas de la muestra de auditoría.

Capítulo 6000 “Inversión Pública” (Rehabilitación de la Línea 12 STC)

En relación con el procedimiento de adjudicación directa núm. OPAD-DDCOC-L-001-15,

la Dirección General de Obras Públicas en la SOBSE no elaboró adecuadamente

el dictamen que sirvió de base para la adjudicación del contrato de obra pública

núm. DGOP-AD-L-1-001-15, referente a la “Rehabilitación del Sistema de Vías de

la Línea 12 del Sistema de Transporte Colectivo, tramo Tláhuac-Mixcoac 1ra Etapa”.

La Dirección General de Obras Públicas en la SOBSE, en el contrato de obra pública

núm. DGOP-AD-L-1-001-15, puso a disposición del contratista el anticipo con 22 días

hábiles de atraso respecto a la fecha en que recibió la fianza correspondiente.

En el contrato de obra pública núm. DGOP-AD-L-1-001-15, el residente de obra

y la supervisión externa no registraron en la bitácora de obra, notas relevantes tales

como la resolución a las solicitudes del contratista de obra, para que se le autori-

zara la utilización de la “Multicalzadora”, propiedad del STC.

Page 67: OMO I, INFORME EJECUTIVO

67

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

En el contrato de obra pública núm. DGOP-AD-L-1-001-15, se detectaron dife-

rencias entre los trabajos pagados y los ejecutados, por 190.4 miles de pesos

(sin IVA), en el concepto 1.1 “Retiro de balasto (Alcance No. 1)”, autorizado por la

Dirección General de Obras Públicas en la SOBSE para pago, mediante la esti-

mación núm. 1 CA correspondiente al período de ejecución del 1o. al 30 de no-

viembre de 2015, debido a una duplicación de 73.84 m3 en la vía 2 entre los PK

(cadenamientos) 6+164.47 al 6+240.00, los cuales ya habían sido pagados en la

estimación núm. 10 con período de ejecución del 1o. al 31 de octubre de 2015,

con un precio unitario contratado de 2.6 miles de pesos por metro cúbico.

En el contrato de obra pública núm. DGOP-AD-L-1-001-15, se detectaron diferencias

entre los trabajos pagados y los ejecutados, por 7,455.3 miles de pesos (sin IVA),

integrado por 3,880.5 miles de pesos (sin IVA), en el concepto 2.3 “Suministro

e instalación de durmiente de concreto tipo S354 IPA para sujeción VIPA de 4 aguje-

ros UIC 60 (Alcance No. 5)”, y 3,574.8 miles de pesos (sin IVA), en el concepto

4.2 “Suministro y colocación de fijación UIC 60 VIPA SP (Alcance No. 19)”; autoriza-

dos por la Dirección General de Obras Públicas en la SOBSE para pago mediante

las estimaciones núms. 10 y 1 (CA).

En el contrato de obra pública núm. DGOP-AD-L-1-001-15, se detectaron dife-

rencias entre los trabajos pagados y los ejecutados, por 298.8 miles de pesos

(sin IVA), en el concepto 2.2 “Retiro de durmiente existente de concreto tipo mo-

nobloque a almacén provisional en talleres Tláhuac (Alcance No. 4)”, autorizado

por la mencionada Dirección en la SOBSE para pago mediante la estimación

núm. 9, con un período de ejecución del 1o. al 30 de septiembre de 2015, debido

a que en la vía 2, entre los PK (cadenamientos) 12+660.00 al 12+664.00, consi-

deró erróneamente en los generadores para este tramo de 4.00 m, la cantidad de

275 durmientes en lugar de ocho, lo que arroja una diferencia de 267 durmientes,

con un precio unitario contratado de 1.1 miles de pesos por durmiente.

En el contrato de obra pública núm. DGOP-AD-L-1-001-15, se detectaron dife-

rencias entre los trabajos pagados y los ejecutados, por 4,634.4 miles de pesos

(sin IVA), en el concepto 8.2 “Nivelación alineación y compactado de vías conforme

a proyecto topográfico de perfil y trazo con Multicalzadora (Alcance No. 28)”, autori-

zado por la Dirección General de Obras Públicas en la SOBSE para pago, mediante

Page 68: OMO I, INFORME EJECUTIVO

68

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

las estimaciones núms. 6, 7, 8, 9 y 10, así como las núms.1 (CA) y 1 (CA2)

del convenio adicional al plazo y modificación de importe del contrato. El importe

se integra por 3,323.1 miles de pesos (sin IVA), en razón de que dicha Dirección

no tomó en cuenta que en 13,026.77 mv (metros-vía), el contratista utilizó una Multi-

calzadora propiedad del STC; y 1,311.3 miles de pesos (sin IVA), debido a que en

la vía 2, se detectó una diferencia de 1,970.06 mv entre lo pagado y lo verificado.

En el contrato de servicios relacionados con la obra pública

núm. DGOP-AD-L-5-002-15, no aplicó la pena convencional a la empresa encar-

gada de los trabajos de supervisión, por 1,022.5 miles de pesos, cantidad que no

causa IVA ni intereses, por aprobar pagos por 12,578.9 miles de pesos (sin IVA),

que presentan diferencias entre los trabajos pagados y los ejecutados de acuerdo

con el contrato de obra núm. DGOP-AD-L-1-001-15.

Capítulo 6000 “Inversión Pública” (Ampliación de la Línea 12 STC)

La Dirección General de Obras Públicas en la SOBSE para la elaboración de sus

programas y presupuestos relacionados con la obra pública denominada “Traba-

jos de Construcción de la Obra Civil y Obras Complementarias para la Ampliación

de la Línea 12 del Sistema de Transporte Colectivo (Primera Etapa)”, no consideró la

adquisición y cambio de uso de suelo de tres inmuebles y un terreno, colindantes

con el trazo de la Línea, y no presentó los derechos de propiedad ni la Resolución

definitiva para el cambio de uso de suelo correspondientes.

En el contrato de obra pública núm. DGOP-LPN-F-1-017-15, referente a los “Traba-

jos de Construcción de la Obra Civil y Obras Complementarias para la Ampliación

de la Línea 12 del Sistema de Transporte Colectivo (Primera Etapa)”, formalizado

el 17 de julio de 2015, la mencionada Dirección en la SOBSE, no puso a disposición

del contratista de manera oportuna tres inmuebles y dos terrenos, ubicados a lo largo

del trazo de la Línea, para llevar a cabo los trabajos correspondientes a la primera

etapa.

En el contrato de obra pública núm. DGOP-LPN-F-1-017-15, la Dirección General

de Obras Públicas en la SOBSE no registró en la bitácora electrónica de obra públi-

ca asuntos trascendentes que derivaron de la ejecución de los trabajos, tales como

Page 69: OMO I, INFORME EJECUTIVO

69

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

la autorización de modificaciones al programa de ejecución convenido por casos

de fuerza mayor presentados por la falta de entrega de los inmuebles en donde se

llevarían a cabo los trabajos; los dos convenios modificatorios sobre la forma de entrega

del anticipo; así como el convenio de diferimiento por la entrega extemporánea del

anticipo. Tampoco existe la nota en la que se precise la fecha real de inicio de los traba-

jos a efecto de contabilizar el plazo de ejecución pactado contractualmente.

Capítulo 6000 “Inversión Pública”

La SOBSE, por medio de la Dirección General de Obras Públicas, no contó con la documentación comprobatoria de la evaluación sobre la capacidad financiera con la que determinó la solvencia de la proposición de la empresa a la que se le adjudi-có el contrato de obra pública núm. DGOP-IR-F-2-020-15, cuyo objeto fue la “Cons-trucción del cuerpo ‘A’ del Centro de Salud San Gregorio Atlapulco en la Jurisdic-ción Sanitaria Xochimilco”.

La SOBSE, por medio de dicha Dirección, no envió al órgano interno de control, el informe sobre los contratos formalizados por el procedimiento de excepción a la licitación pública, durante el mes calendario inmediato anterior a su elaboración, acompañado de la copia del escrito mediante el cual se justifican las razones por las cuales se optó por celebrar el contrato de obra pública núm. DGOP-IR-F-2-020-15 con el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas y del dictamen, mediante el cual se hace constar el análisis de la proposición y las razones para su adjudicación.

Al inicio de la ejecución de los trabajos objeto del contrato de obra pública núm. DGOP-IR-F-2-020-15, la dependencia aperturó y usó la bitácora de obra pública convencional sin contar con la autorización de la Secretaría de la Función Públi-ca; y no vigiló que la empresa a la que se adjudicó el contrato presentara, poste-rior al fallo, la opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, emitida por el Sistema de Administración Tributaria.

La SOBSE no contó con la evaluación y autorización, por parte de la Secretaría

del Medio Ambiente de la Ciudad de México, sobre los informes correspondientes

por ser generadora de residuos de manejo especial, dentro de la categoría de gene-

ración mayor o igual a 7 m3, tampoco presentó el plan de manejo de residuos

Page 70: OMO I, INFORME EJECUTIVO

70

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

sólidos originados en la obra ejecutada al amparo del contrato de obra pública

núm. DGOP-IR-F-2-020-15, ni contó con el informe sobre el destino que se le daría

a dichos residuos sólidos.

Respecto a la revisión del gasto ejercido en inversión pública, en relación con

el contrato de obra pública núm. DGOP-IR-F-2-020-15, la Dirección General de

Obras Públicas aplicó al contratista retenciones económicas en las estimaciones

núms. 01, 02, 03, 04 y 05, por 88.8 miles de pesos, debido al atraso en la ejecu-

ción de los trabajos, monto que le fue devuelto en la estimación núm. 06. Sin em-

bargo, las estimaciones núms. 06, 07 y 08 también presentaban atraso, por lo que

las retenciones correspondientes a las estimaciones núms. 01 a la 08 debieron

ser aplicadas con carácter de definitivas, cuyo importe, calculado por la ASCM,

es por 91.3 miles de pesos.

En la actividad principal “Instalaciones” se pagó un importe, por 2,414.2 miles

de pesos, mediante las estimaciones núms. 02, 03, 04, 05, 07 y 08, que incluyen

el “sistema de detección de incendios” y que de acuerdo con lo señalado en las

“Bases de Licitación Obra Pública por invitación a cuando menos tres personas”

y en los “términos de referencia”, entre los trabajos a ejecutar estaban la canalización

con tubería galvanizada pared gruesa; las alarmas acústicas para notificación de

incendios; la estación manual de alarma de doble acción disparo y aborto; las

cajas galvanizadas pared gruesa; el registro de lámina núm. 18; el detector inteli-

gente tipo múltiple (fotoeléctrico-térmico); el detector inteligente tipo fotoeléctrico con

sensor de medida analógico; la canalización exterior a base de tubería conduit

de PVC y el panel repetidor y controlador sinóptico.

Capítulo 6000 “Inversión Pública”

La SOBSE, por medio de la Dirección General de Obras Públicas, adjudicó el contrato

de obra núm. DGOP-IR-F-4-021-15, relacionado con el “Proyecto Integral para la

Construcción de la Clínica de Geriatría en el Centro de Salud Dr. Manuel Pesqueira,

en la Jurisdicción Sanitaria de Iztacalco”, omitiendo verificar en sus archivos la existen-

cia de estudios o proyectos similares a dicha obra y, en su caso, sólo haber contratado

aquellos trabajos que hubieran sido necesarios para su adecuación, actualización

o complemento.

Page 71: OMO I, INFORME EJECUTIVO

71

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

La SOBSE, por medio de la Dirección General de Obras Públicas, no realizó la inves-

tigación de mercadeo, de acuerdo con las condiciones vigentes en el mercado, para

avalar el cálculo del presupuesto de referencia, ya que éste fue el parámetro de

aceptación o desechamiento de las proposiciones presentadas por los licitantes

en la invitación a cuando menos tres personas.

Asimismo, no contó con la documentación que compruebe que realizó la evaluación

de la capacidad financiera, mediante la cual adjudicó el contrato de obra pública

núm. DGOP-IR-F-4-021-15, ni acreditó que dicha empresa reuniera las condicio-

nes económicas requeridas en las bases de concurso, tales como: a) Que el capital

de trabajo cubriera el financiamiento de los trabajos a realizar en los dos primeros

meses de la ejecución de los trabajos, de acuerdo con las cantidades y plazos

considerados en su análisis financiero; b) Que el licitante tuviera capacidad para

pagar sus obligaciones; y c) El grado de propiedad de cumplimiento en que el

licitante dependía del endeudamiento y rentabilidad de su empresa y, por tanto,

garantizara el cumplimiento de las obligaciones respectivas.

La SOBSE, por conducto de la Dirección General de Obras Públicas, no vigiló que la

empresa a la que se le adjudicó el contrato de obra pública núm. DGOP-IR-F-4-021-15

presentara, posterior al fallo, la opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones

fiscales, emitida por el Sistema de Administración Tributaria.

No vigiló que se llevaran a cabo los actos administrativos correspondientes a la

verificación de la conclusión de los trabajos, levantamiento del acta de entrega-

recepción y finiquito de los trabajos, conforme a los plazos establecidos contrac-

tualmente. Tampoco vigiló que el Director Responsable de Obra cumpliera con la

obligación de llevar en la obra un libro de bitácora, foliado, con las anotaciones

de los materiales empleados para fines estructurales o de seguridad, de los proce-

dimientos generales de construcción y de control de calidad, así como las fechas

de inicio de cada etapa de la obra, con los nombres y firmas del Propietario

o Poseedor y de los Corresponsables en Seguridad Estructural e Instalaciones.

Respecto a la revisión del gasto ejercido en inversión pública, relacionada con

el contrato de obra núm. DGOP-IR-F-4-021-15, la Dirección General de Obras

Públicas pagó en una actividad, un importe de 769.4 miles de pesos (sin IVA),

Page 72: OMO I, INFORME EJECUTIVO

72

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

mediante las estimaciones núms. 1, 2, 3, 4, 5 y 6, sin contar con la documenta-

ción que acredite la procedencia de su pago, ya que dicha actividad no se en-

cuentra realizada conforme a lo establecido en los términos de referencia.

En dos subactividades se pagó un importe por 383.3 miles de pesos (sin IVA),

mediante la estimación número 6, sin contar con la documentación que acredite

la procedencia de su pago, ya que dichas subactividades no se ejecutaron con-

forme a lo establecido en la propuesta técnica del contratista.

Capítulo 6000 “Inversión Pública” (Alumbrado Público)

La Dirección General de Servicios Urbanos en la SOBSE no verificó que en la bitácora electrónica de obra pública se registraran en tiempo y forma asuntos rele-vantes derivados de la ejecución de los trabajos de los contratos de obra pública núms. DGSU-LPN-F-1-046-14 y DGSU-LPN-F-1-048-14, referentes a la “Renova-ción y modernización del alumbrado público en siete (7) delegaciones de la zona Norte de la Ciudad de México, en el marco del Programa Iluminamos tu Ciudad segunda etapa…” y “Renovación y modernización del alumbrado público en siete (7) delegaciones de la zona Sur de la Ciudad de México, en el marco del Programa Iluminamos tu Ciudad segunda etapa…”.

Tampoco verificó que en los generadores de las estimaciones, los contratistas acompañaran las fotografías previas a la realización de los trabajos y las posterio-res, una vez realizados éstos, referenciadas además con los croquis de la colocación y las firmas correspondientes por cada punto de luz, de conformidad con los “Térmi-nos de Referencia, Especificaciones y Alcances de los Trabajos” de los contratos.

La Dirección General de Servicios Urbanos pagó las estimaciones núms. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 1 (Uno) Cant, Adic, Cmp-2, 2 (Dos) Cant, Adic, Cmp-2, 15 y 16 Finiquito con atrasos de 11 a 68 días naturales; y las núms. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 10 Adic, 11, 12, 13, 14, 15 y 16 Lq, con atrasos de 11 a 202 días naturales, cuando el plazo establecido es de 20 días naturales, contados a partir de la fecha de autorización de la residencia de obra contenida en las hojas de seguimiento de las estimaciones, y las fechas de pago asentadas en el oficio núm. GCDMX/SOBSE/DRFM/1954/2016 del 29 de agosto de 2016, emitido por el Director de Recursos Financieros y Mate-riales de la Dirección General de Administración en la SOBSE.

Page 73: OMO I, INFORME EJECUTIVO

73

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

En el contrato de obra pública núm. DGSU-LPN-F-1-046-14, la Dirección General de

Servicios Urbanos verificó la terminación de los trabajos con 157 días hábiles de atraso.

SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL

Capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”

La Secretaría de Desarrollo Social (SEDESO) no cuenta con reglas de operación para el otorgamiento de recursos con cargo a la partida 4921 “Transferencias para Organismos Internacionales”.

La SEDESO no cuenta con un procedimiento específico que regule el otorgamiento de los apoyos con cargo a la partida 4921 “Transferencias para Organismos Interna-cionales”, que incluya las funciones específicas relacionadas con la elaboración, supervisión y autorización de los apoyos y los servidores públicos responsables de realizarlas.

De la CLC núm. 08 C0 01 101136, por 20.0 miles de pesos, la SEDESO no pro-porcionó la documentación justificativa y comprobatoria del gasto de la partida 4921 “Transferencias para Organismos Internacionales”.

SECRETARÍA DE FINANZAS

Capítulo 7000 “Inversiones Financieras y Otras Provisiones” y Capítulo 9000 “Deuda Pública”

La Dirección de Deuda Pública, adscrita a la DGAF de la SEFIN, remitió a la Di-

rección de Análisis Sectorial “F”, adscrita a la Subsecretaría de Egresos de la depen-

dencia, los informes mensuales sobre las conciliaciones programático-presupuestales

con corte al 31 de mayo y al 30 de junio de 2015, con desfases de siete y cinco días

hábiles respectivamente, con relación al plazo establecido.

SECRETARÍA DE MOVILIDAD

Capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”

La Secretaría de Movilidad remitió a la SEFIN su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos fuera del plazo establecido en el Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2015.

Page 74: OMO I, INFORME EJECUTIVO

74

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

Los bienes adquiridos con cargo a las partidas 5151 “Equipo de Cómputo y de

Tecnologías de la Información” y 5422 “Carrocerías y Remolques Destinados a Ser-

vicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”, carecieron de un medio

de identificación física (etiquetas).

SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Capítulo 3000 “Servicios Generales”

La SSP no concilió los pagos de los servicios de “Subrogación multianual del servicio

para imponer multas por medio de cinemómetros a vehículos que excedan los

límites de velocidad” con el prestador de servicios.

SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO

Capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”

La Dirección de Administración en la STyFE no actualizó su manual administrativo

dentro del plazo establecido.

Los padrones de beneficiarios de los programas “Seguro de Desempleo” y “Trabajo

Digno Hacia la Igualdad” se publicaron fuera del plazo establecido.

SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES

Capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”

Dos servidores públicos fueron registrados como beneficiarios del programa revi-

sado con los folios ASPE/03-G y 2015/05/011/042/03/0016; el primero estaba adscri-

to a la Dirección General del Instituto para la Atención de los Adultos Mayores en

el Distrito Federal y a la SEDEREC, y recibió 39.0 miles de pesos por la realiza-

ción de “acciones de información, difusión, monitorio y seguimiento a las actividades

operativas del programa”; el segundo era servidor público de la Delegación Tláhuac,

y recibió 15.7 miles de pesos para la realización de un proyecto productivo.

La SEDEREC otorgó recursos del programa revisado a diversas personas sin haber

autorizado previamente su ingreso a éste, por un monto de 142.1 miles de pesos.

Page 75: OMO I, INFORME EJECUTIVO

75

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

Capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”

Cincuenta y seis expedientes correspondientes a beneficiarios colaboradores

del Programa de Servicios SaludArte, carecieron de toda la documentación

necesaria.

De 46 expedientes de promotores y alfabetizadores del Programa “Alfabetización”,

11 no contaron con el “Formato de Solicitud de Inscripción” y 2 con la constancia

de estudios.

OFICIALÍA MAYOR

Compras Consolidadas Capítulo 2000 “Materiales y Suministros”

La Oficialía Mayor (OM) no acreditó documentalmente que el proveedor al cual

se adjudicó el contrato para la adquisición de papel bond se encontrara al corriente

en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, al momento de suscribir dicho

contrato administrativo consolidado.

CONTRALORÍA GENERAL

Capítulo 2000 “Materiales y Suministros”

Siete vehículos a cargo de la dependencia, según los registros mensuales y trimes-

trales de consumo de combustible, superaron la dotación mensual de combusti-

ble permitida.

CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES

Capítulo 3000 “Servicios Generales”

La Consejería Jurídica y de Servicios Legales no acreditó documentalmente la

programación de su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio

fiscal 2015 ni los elementos soporte para la determinación de su meta física

y financiera.

Page 76: OMO I, INFORME EJECUTIVO

76

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

ÓRGANOS POLÍTICO-ADMINISTRATIVOS

Capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”

El manual administrativo de Coyoacán, Cuajimalpa de Morelos, Iztacalco, Tláhuac, Tlalpan y Venustiano Carranza no estuvo actualizado con base en la última es-tructura orgánica autorizada; y la Delegación Milpa Alta no contó con un procedi-miento específico relacionado con las operaciones aplicables al gasto aprobado.

La Delegación Venustiano Carranza no formalizó la entrega de los formatos del Anteproyecto, Programa Operativo Anual (POA) y Guion del POA ante la SEFIN.

El eje, objetivo, estrategia y línea de acción señalados en los respectivos Programas de Desarrollo de las Delegaciones Coyoacán, Cuajimalpa de Morelos, Gustavo A. Madero, Iztapalapa, La Magdalena Contreras, Tláhuac, Tlalpan, Venustiano Carranza, no guardaron congruencia con el eje, área de oportunidad, objetivo, meta y línea de acción establecidos en el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018. Los programas y/o acciones sociales sujetos a revisión incluidos en el POA de las Delegaciones Álvaro Obregón, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztacalco, Iztapalapa, La Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo y Tláhuac, no se vin-cularon con el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018, tampoco se vincularon los programas sociales revisados de la Delegación Álvaro Obregón, incluidos en su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos con el Pro-grama General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018.

Con excepción de las Delegaciones Benito Juárez y Xochimilco, los órganos políticos-administrativos, al elaborar el Programa Operativo Anual y determinar las metas físicas y financieras de los programas y acciones sociales revisadas, no consideraron elementos reales de valoración.

La programación de recursos de los programas y acciones sociales revisados en las Delegaciones Benito Juárez, Cuajimalpa de Morelos, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztapalapa, La Magdalena Contreras y Milpa Alta fue deficiente.

Las modificaciones presupuestarias realizadas al presupuesto original autorizado de las Delegaciones Benito Juárez, Gustavo A. Madero, La Magdalena Contreras

Page 77: OMO I, INFORME EJECUTIVO

77

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

y Milpa Alta no contribuyeron al cumplimiento de los objetivos y metas de los pro-gramas y acciones sociales revisados.

Las Delegaciones Coyoacán y Xochimilco no incluyeron en su Programa Anual

de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS) las adquisi-

ciones revisadas.

Las Delegaciones Álvaro Obregón, Coyoacán e Iztapalapa enviaron con desfase

la relación de los programas sociales al Comité de Planeación del Desarrollo para

que emitiera su opinión sobre la posible duplicidad de esfuerzos para hacerlo del

conocimiento de las Delegaciones.

Las Delegación Álvaro Obregón publicó con desfase las reglas de operación del

programa social sujeto a revisión; y en las 16 Delegaciones el contenido de las reglas

de operación no se sujetó a la normatividad aplicable.

Las Delegaciones Gustavo A. Madero y Venustiano Carranza otorgaron ayudas

sociales mediante acciones sociales cuando debieron hacerlo conforme a los linea-

mientos que rigen a los programas sociales.

Las Delegaciones Álvaro Obregón, Benito Juárez, Coyoacán, Cuajimalpa de Mo-

relos, Cuauhtémoc, La Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo, Tláhuac, Tlalpan

y Venustiano Carranza presentaron con desfase los reportes mensuales del pre-

supuesto comprometido correspondientes al ejercicio de 2015.

La Delegación Cuauhtémoc otorgó ayudas sin contar con la autorización del ór-

gano político-administrativo, y la Delegación Milpa Alta adjudicó de forma directa

la adquisición de bienes sin que fundamentara fehacientemente el ejercicio de

dicha opción con la debida justificación del titular del área requirente y la autori-

zación del titular del órgano político-administrativo.

Las Delegaciones Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztapalapa, La Magdalena

Contreras, Tlalpan y Xochimilco no contaron con evidencia documental de las entre-

gas de las ayudas económicas y/o en especie a los beneficiarios de programas

sociales y acciones sociales sujetos a revisión.

Page 78: OMO I, INFORME EJECUTIVO

78

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

Las Delegaciones Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztacalco, Iztapalapa, La Mag-

dalena Contreras, Miguel Hidalgo y Tláhuac otorgaron ayudas económicas y/o en

especie a personas que no reunieron la totalidad de los requisitos establecidos

en las reglas de operación de los programas sociales sujetos a revisión, asimismo,

la Delegación Iztacalco otorgó ayudas a personas que no formaron parte del padrón

de beneficiarios publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México del 31 de mar-

zo de 2016.

La Delegación Iztacalco otorgó ayudas a beneficiarios que presentaron actas

de nacimiento que no fueron expedidas por la Dirección General de Registro Civil de

la Ciudad de México.

La delegación Azcapotzalco no acreditó contar con la documentación estipulada

en las declaraciones y en las cláusulas de los convenios suscritos.

La Delegación Venustiano Carranza no publicó en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal, el padrón de beneficiarios o participantes de la actividad institucional

para el Mantenimiento de Unidades habitacionales en la Delegación Venustiano

Carranza para el ejercicio fiscal 2015. Además, las 16 Delegaciones, publicaron

con desfases los padrones de beneficiarios de sus programas sociales o actividades

institucionales sujetos a revisión.

La Delegación Iztapalapa no enteró a la Secretaría de Finanzas los rendimientos

financieros por el reintegro de los recursos no devengados al 31 de diciembre

de 2015 del programa social “Los Adultos Mayores Transformamos Iztapalapa”.

La Delegación Milpa Alta no realizó las evaluaciones internas de los programas

sociales sujetos a revisión, y las evaluaciones internas de los programas sociales

sujetos a revisión realizadas por las Delegaciones Miguel Hidalgo y Xochimilco,

no se enviaron o fueron remitidas con retraso a las instancias correspondientes.

Además, la Delegación Álvaro Obregón publicó en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal las evaluaciones internas de los programas sociales con desfase.

Las Delegaciones Benito Juárez, La Magdalena Contreras, Milpa Alta y Xochimil-

co no reportaron a la CGDF la información relativa al ejercicio de los recursos

Page 79: OMO I, INFORME EJECUTIVO

79

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” o, en

su caso, las cifras reportadas a esa dependencia difieren de lo reportado en la Cuenta

Pública de la Ciudad de México de 2015.

La Delegación Benito Juárez no incluyó la información relativa a la evaluación

y ejercicio de los recursos del gasto social en los informes de avance trimestral

presentados a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Destino de Gasto 65 “Presupuesto Participativo”

La Delegación Cuajimalpa de Morelos contó con 240 procedimientos que no es-

taban actualizados, de los cuales únicamente acreditó haber difundido 55 entre

sus servidores públicos.

Las Delegaciones Milpa Alta, Tláhuac y Xochimilco no proporcionaron evidencia

documental de la difusión de la Consulta Ciudadana sobre presupuesto participa-

tivo 2015, en cooperación con el Instituto Electoral del Distrito Federal.

Las Delegaciones Azcapotzalco, Coyoacán, Cuajimalpa de Morelos, Cuauhtémoc,

Gustavo A. Madero, Iztacalco y Xochimilco no proporcionaron evidencia documental

de la promoción de cursos entre los servidores públicos, de cursos de formación y

sensibilización para dar a conocer los instrumentos de participación ciudadana; y en

las Delegaciones Cuajimalpa de Morelos, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Tlalpan

y Xochimilco no se acreditaron los nombres de los servidores públicos designados

para proporcionar a los ciudadanos las asesorías sobre la viabilidad física, técnica,

financiera y legal de los proyectos; además de campañas informativas y formativas

entre los habitantes, ciudadanos y vecinos del Distrito Federal sobre el presupuesto

participativo en 2015.

La Delegación Cuajimalpa de Morelos no proporcionó evidencia documental

del envío y captura, en el sitio de internet que establece la Dirección General de

Recursos Materiales y Servicios Generales, de las modificaciones trimestrales

al PAAAPS 2015 del cuarto trimestre de 2015; y en las Delegaciones Benito Juá-

rez, Gustavo A. Madero, Tlalpan y Venustiano Carranza, los informes fueron pre-

sentados con desfases.

Page 80: OMO I, INFORME EJECUTIVO

80

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

Los informes mensuales sobre adquisiciones, arrendamientos o prestación de ser-

vicios autorizadas por el procedimiento de Invitación a cuando menos Tres Pro-

veedores o Adjudicación Directa, de las Delegaciones Álvaro Obregón, Cuauhté-

moc, Tláhuac, Tlalpan y Xochimilco que contemplan los proyectos del presupuesto

participativo, fueron presentados con desfases, de acuerdo con lo establecido

en la normatividad aplicable, en la Delegación Iztapalapa no fueron enviados

a la SEFIN.

Las Delegaciones Álvaro Obregón, Cuauhtémoc, Coyoacán, La Magdalena Con-

treras, Milpa Alta, Iztacalco, Tláhuac, Tlalpan y Venustiano Carranza no presenta-

ron en tiempo los reportes de los recursos comprometidos sobre recursos fiscales,

crediticios y provenientes de transferencias federales, que se encuentren com-

prometidos al cierre del mes inmediato anterior.

Los Informes Trimestrales Acumulados, sobre el Compromiso y la Ejecución de

los Recursos correspondientes al Presupuesto Participativo, por Proyecto, en cada

Colonia y Pueblo Originario, de las Delegaciones Álvaro Obregón, Coyoacán, Cuauh-

témoc, Iztacalco, La Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo, Milpa Alta, Tlalpan,

Venustiano Carranza y Xochimilco, fueron presentados con desfase.

Las Delegaciones Azcapotzalco, Benito Juárez, Cuauhtémoc, Coyoacán, Gustavo

A. Madero, Iztapalapa, Tláhuac, La Magdalena Contreras, Milpa Alta, Venustiano

Carranza y Xochimilco no proporcionaron evidencia del envío y realización de los

informes pormenorizados sobre el ejercicio del destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo”.

La Delegación Iztapalapa no envió en tiempo y forma el informe del pasivo circu-

lante, con monto y características, correspondiente al que registraron las opera-

ciones del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

En el Programa Anual de Obra Pública 2015 de las Delegaciones Coyoacán, Gustavo

A. Madero, Miguel Hidalgo, Milpa Alta, Tláhuac y Xochimilco no se previó el lugar

de realización de la obra, las zonas beneficiadas y las características fundamen-

tales de las obras públicas correspondientes y las Delegaciones Álvaro Obregón,

Coyoacán, Iztacalco, Miguel Hidalgo y Xochimilco.

Page 81: OMO I, INFORME EJECUTIVO

81

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

Las Delegaciones Azcapotzalco, Benito Juárez, Coyoacán, Gustavo A. Madero, Izta-

calco, Miguel Hidalgo, Milpa Alta, Tlalpan, Tláhuac, Venustiano Carranza y Xochimil-

co no ejercieron la totalidad de los recursos asignados del presupuesto participativo.

Las Delegaciones Azcapotzalco, La Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo, Tlal-

pan y Xochimilco no proporcionaron evidencia de la entrega a los Comités Ciudada-

nos de los bienes adquiridos y trabajos de obra pública realizados a satisfacción

de la ciudadanía.

Las Delegaciones Álvaro Obregón, Cuajimalpa de Morelos y Tláhuac rebasaron

los montos de actuación para las adquisiciones de bienes mediante adjudicación direc-

ta e invitación restringida.

La Delegación Coyoacán no contó con la evidencia documental de las bitácoras

de todos los frentes de trabajo en los expedientes de obra seleccionados como

muestra de auditoría.

La Delegación Iztacalco presentó fuera de plazo la póliza de responsabilidad civil.

La Delegación Iztapalapa no garantizó que en los expedientes de los procesos

de contratación de obra pública se encontrara toda la documentación justificativa

y comprobatoria correspondiente.

La Delegación La Magdalena Contreras no llevó a cabo, conforme al plazo esta-

blecido, las etapas del proceso de adjudicación de obras.

La Delegación Miguel Hidalgo no acreditó la notificación de la designación del

supervisor interno de obra ni evidencia del acta de entrega–recepción de obra, y existió

un desfase en la entrega e instalación de las luminarias por parte del proveedor.

La Delegación Milpa Alta en los expedientes de adjudicación y supervisión de

obra, no proporcionó ni los proyectos, planos, croquis, especificaciones particula-

res, términos de referencia o memoria descriptiva de los trabajos de obra contra-

tados; y en cuanto a los plazos de entrega de la obra y de la supervisión se

extendieron hasta siete meses más , a lo establecido en los contratos iniciales,

Page 82: OMO I, INFORME EJECUTIVO

82

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

por lo que se excedieron en un 25% de los plazos pactados; además no se en-

contró evidencia de la bitácora original de la obra; y la Delegación Milpa Alta no

acreditó la existencia del acta de verificación y la documentación soporte para la

aplicación de penas convencionales.

La Delegación Tláhuac no reflejó en la Cuenta Pública las cifras reales del gasto

correspondiente al presupuesto participativo 2015.

En los expedientes de eventos artísticos de la Delegación Tláhuac no se encontró

evidencia documental de la autorización del titular de ésta. En el expediente de

obras públicas se observó que la póliza de responsabilidad civil fue presentada

fuera del plazo establecido.

En la Delegación Tlalpan, los expedientes de obra no contaron con la documenta-

ción soporte de las diferentes etapas del proceso de las obras públicas, asimismo

los documentos no contaron con la firma de los servidores públicos, de supervi-

sión, autorización y visto bueno.

En las Delegaciones Benito Juárez, Gustavo A. Madero, Iztacalco, La Magdalena

Contreras, Miguel Hidalgo y Tlalpan, se identificaron integrantes de los Comités Ciu-

dadanos que laboraron en los órganos político-administrativos.

En los portales de la Delegaciones Azcapotzalco, Benito Juárez, Coyoacán, Izta-

calco, Miguel Hidalgo, Tláhuac y Xochimilco no se contó con información pública

relacionada con el presupuesto participativo de 2015.

Ventanilla Única Delegacional

La Delegación Benito Juárez no contó con procedimientos específicos que regularan

las actividades a su cargo, su interacción con otras áreas y que delimitaran las

responsabilidades de los servidores públicos que participan en dichas activida-

des. La Delegación Coyoacán no contó con un procedimiento específico de ope-

ración para el trámite de refrendo de empadronamiento para ejercer actividades

comerciales en mercados públicos. La Delegación Iztacalco no actualizó el ma-

nual administrativo conforme a la estructura orgánica vigente ni lo incorporó en su

Page 83: OMO I, INFORME EJECUTIVO

83

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

normateca. La Delegación Iztapalapa no incorporó el manual administrativo en

su normateca.

La Delegación Cuauhtémoc los procedimientos implementados no fueron actuali-

zados con base en su estructura orgánica vigente, como disponen los Lineamien-

tos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Opera-

ción de la Administración Pública del Distrito Federal. El manual administrativo de

la Delegación Tlalpan registrado con el núm. MA-19/200715-OPA-TLAL-11/2012

tampoco fue actualizado con base en su estructura orgánica vigente.

Las Delegaciones Álvaro Obregón, Coyoacán, Cuajimalpa de Morelos, Gustavo

A. Madero, Iztacalco, Miguel Hidalgo, Tláhuac, Tlalpan y Xochimilco no acredita-

ron haber enviado oportunamente a la CGMA la plantilla del personal de la VUD

registrado, para la actualización del Padrón de Personal de Atención Ciudadana

y su publicación en la página de internet de la Oficialía Mayor (OM); no demostra-

ron que hubiesen cubierto el proceso de reclutamiento, evaluación y selección

de personal establecido en la normatividad aplicable; y no comprobaron haber

enviado a la CGMA el informe con el número de gafete asignado al personal de

la VUD y la fecha de su contratación. Álvaro Obregón, Coyoacán, Iztacalco

y Xochimilco no enviaron a la CGMA el formato “Evaluación Laboral Final del

Personal de Atención Ciudadana del Gobierno del Distrito Federal”; y la CGMA

no actualizó el Padrón de Personal de Atención Ciudadana de Iztapalapa en la página

de internet de la OM.

Las Delegaciones Benito Juárez, Cuauhtémoc, Milpa Alta y Tláhuac turnaron a la

CGMA la plantilla del personal para la actualización del Padrón de Personal de Aten-

ción Ciudadana y su publicación en la página de internet fuera del plazo establecido

y no le enviaron la evaluación final del personal de la VUD que causó baja en 2015.

Las Delegaciones Gustavo A. Madero, Iztacalco y Milpa Alta no acreditaron haber

remitido a la CGMA las propuestas de examen y guía de estudio, para su visto

bueno y registro, previo al inicio de la evaluación del nuevo responsable de la VUD,

ni que el candidato a ocupar la Coordinación de la VUD hubiese obtenido una

calificación satisfactoria en el examen de conocimientos y hubiese acreditado la eva-

luación curricular, la entrevista y el examen psicométrico previo a su contratación.

Page 84: OMO I, INFORME EJECUTIVO

84

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

En Álvaro Obregón y Coyoacán no acreditaron haber remitido a la CGMA las pro-

puestas de examen y guía de estudio para su visto bueno y registro, previo al inicio

de la evaluación del nuevo responsable de la VUD.

La Delegación Tlalpan nombró al Coordinador de Ventanilla Única Delegacional

y a sus cuatro operadores sin contar previamente con la acreditación y registro

ante la CGMA.

En la Delegación Milpa Alta no se cuenta con el respaldo del Sistema de Datos

de la Ventanilla Única del ejercicio 2015, por lo que no fue posible verificar el re-

gistro de los trámites correspondientes a la muestra del rubro en revisión.

En las VUD en Álvaro Obregón y Xochimilco, los mecanismos de identificación

de expedientes no cubren los parámetros señalados en la normatividad aplicable.

Los informes mensuales que la Delegación Iztapalapa remitió a la CGMA no in-

cluyeron trámites registrados en su Libro de Gobierno.

La Delegación Benito Juárez no resguardó los Libros de Gobierno en que se asenta-

ron los registros de los trámites que ingresaron a la VUD en el período de octubre

a diciembre de 2015.

Las Delegaciones Benito Juárez, Iztacalco y Xochimilco no conciliaron el registro

electrónico de los trámites que ingresaron y se registraron por medio de la VUD,

toda vez que dicho registro no refleja ni coincide con lo asentado en los Libros de

Gobierno; y las VUD en Iztacalco y Tlalpan no operan con la infraestructura tecnoló-

gica ni un sistema informático suficientes para el mejoramiento y agilización de

la atención al público en la VUD, toda vez que requiere de impresoras, así como

de la actualización del sistema denominado ventanilla.net.

Las Delegaciones Álvaro Obregón, Coyoacán, Iztacalco y Xochimilco entregaron

con desfase los informes mensuales de los trámites y servicios que se gestiona-

ron en la VUD.

Las VUD en Álvaro Obregón, Coyoacán, Cuajimalpa de Morelos, Gustavo A. Madero,

Iztacalco, La Magdalena Contreras, Milpa Alta y Tlalpan no elaboraron el Plan Anual

Page 85: OMO I, INFORME EJECUTIVO

85

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

de Mejora en la Atención Ciudadana, ni sus avances semestrales correspondien-

tes al ejercicio de 2015; y las VUD en Benito Juárez, Cuauhtémoc, Iztapalapa

y Venustiano Carranza no acreditaron haber remitido oportunamente a la CGMA

el Plan Anual de Mejora ni haber elaborado y remitido los informes de avance

semestral.

La Delegación Xochimilco no acreditó contar con 83 expedientes por concepto

de “Expedición de Certificado de Residencia” seleccionado para su revisión.

Las VUD en Álvaro Obregón, Coyoacán, Iztacalco, Iztapalapa y Xochimilco entrega-

ron a los particulares la resolución de los trámites solicitados de forma desfasada.

La Delegación Benito Juárez remitió al Sistema de Aguas de la Ciudad de México

solicitudes con días adicionales a los que contaba para atenderlas a partir de su

recepción.

En la Delegación La Magdalena Contreras no se proporcionó información o do-

cumentación relacionada con la elaboración y envío, dentro de los plazos esta-

blecidos de los informes mensuales de los trámites y servicios que se gestiona-

ron en la VUD a la CGMA y en las Delegaciones Azcapotzalco y Miguel Hidalgo,

dichos informes se entregaron con desfase.

Las VUD en Azcapotzalco, La Magdalena Contreras y Miguel Hidalgo no acredi-

taron la realización del Programa de Capacitación para el personal de atención

ciudadana; que éste haya sido enviado, aprobado, registrado y aplicado; y que

el resultado de la capacitación se haya reportado a la CGMA.

En la Delegación La Magdalena Contreras no se proporcionó información y do-

cumentación relacionada con la simplificación administrativa que asegurara la simpli-

ficación de los trámites de solicitudes, avisos y manifestaciones presentados por

la ciudadanía ante la VUD.

En las Delegaciones Azcapotzalco, La Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo, Milpa

Alta, Tláhuac y Venustiano Carranza, se encontraron deficiencias en la integración

de los expedientes de las VUD. Dichas Delegaciones no contaron con controles

Page 86: OMO I, INFORME EJECUTIVO

86

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

adecuados para la recepción de la documentación, integración y resguardo de los

expedientes por las áreas involucradas en los trámites de las materias agua y servicios

hidráulicos, espectáculos públicos, industria, mercados públicos y protección civil.

La Delegación Miguel Hidalgo no contó con mecanismos de control que permitie-

ran verificar que los establecimientos y actividades comerciales no operaran cuando

sus trámites fueran denegados o revocados.

La VUD en Venustiano Carranza no dispuso de evidencia de que la CGMA haya

enviado material de apoyo para la Atención Ciudadana y Calidad en el Servicio ni apli-

cado exámenes, evaluaciones o visitas de campo para verificar el cumplimiento

en la lectura, estudio e implementación de la información contenida en dicho material.

En la Delegación Azcapotzalco no hubo evaluaciones ni metas establecidas

por la CGMA.

Las Delegaciones Benito Juárez, Cuauhtémoc, Cuajimalpa de Morelos, Gustavo

A. Madero, Iztacalco, Iztapalapa y Tlalpan no atendieron las recomendaciones emi-

tidas por la CGMA en relación con los sistemas de autoevaluaciones de los espa-

cios físicos de las VUD.

ÓRGANOS DESCONCENTRADOS

CENTRO DE COMANDO, CONTROL, CÓMPUTO, COMUNICACIONES Y CONTACTO CIUDADANO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”

Se identificaron deficiencias en el resguardo de la evidencia documental de las esta-

dísticas que se utilizaron para el cálculo del gasto estimado, así como la determi-

nación de las metas, presentado en el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos.

Se identificaron deficiencias de control en la integración de la documentación

justificativa y comprobatoria correspondiente a las CLC.

No se aplicaron los procedimientos autorizados para garantizar el mantenimiento

de la infraestructura de los Sistemas Tecnológicos de Video Vigilancia (STV).

Page 87: OMO I, INFORME EJECUTIVO

87

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

SISTEMA DE RADIO Y TELEVISIÓN DIGITAL DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

Capítulo 3000 “Servicios Generales”

El SRTDGDF remitió con desfases a la SEFIN las conciliaciones programático

presupuestales, y las modificaciones trimestrales del PAAAPS 2015 a la Direc-

ción General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM.

El órgano desconcentrado careció de controles internos para el seguimiento opor-

tuno del gasto comprometido y no solicitó oportunamente el reintegro del pago en

exceso, así como los intereses al proveedor de servicios.

POLICÍA AUXILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”

En la partida 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas de

Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”, 22 vehículos registrados

en el inventario físico del órgano desconcentrado fueron registrados a un costo

unitario inferior al que les correspondía, debido a que no se incluyó el IVA con-

signado en las facturas.

En la partida 5413 “Vehículos y Equipo Terrestre Destinados a Servidores Públi-

cos y Servicios Administrativos”, 14 vehículos del inventario físico fueron registra-

dos a un costo unitario inferior al que procedía, debido a que no se incluyó el IVA

consignado en las facturas.

POLICÍA BANCARIA E INDUSTRIAL

Capítulo 2000 “Materiales y Suministros”

Toda vez que 48 de las 2,259 recetas médicas expedidas por los médicos adscri-

tos a la Subdirección de Servicios Médicos Integrales no fueron llenadas con todos

los datos requeridos, que la PBI contravino la cláusula octava del contrato abierto

núm. PBI-AD-02/2015 del 31 de diciembre de 2014.

Page 88: OMO I, INFORME EJECUTIVO

88

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

AUTORIDAD DEL ESPACIO PÚBLICO

Capítulo 6000 “Inversión Pública”

La AEP no contó con la autorización previa del área responsable de la ejecución

de los trabajos para subcontratar la elaboración del proyecto ejecutivo corres-

pondiente al contrato de obra pública núm. AEP/LPN/039/2015, cuyo objeto fue

“Proyecto Integral ‘Calle Compartida La Viga’”, ya que para ello, el contratista

contó con la participación de diversas empresas en las especialidades de Arqui-

tectura, Ingeniería Estructural, Ingeniería Hidráulica y Sanitaria, Ingeniería Eléctrica

e Ingeniería de Tránsito.

En los contratos de obra pública núms. AEP/LPN/028/2015, cuyo objeto fue “Pro-

yecto Integral de Obras en Espacios Públicos, ‘Rehabilitación en Espacios Públi-

cos Garita de la Viga (Zona Norte)’”, y AEP/LPN/039/2015, la AEP no puso a dis-

posición de los contratistas los anticipos pactados con antelación a la fecha programada

para el inicio de los trabajos.

En cuanto al contrato de obra pública núm. AEP/LPN/039/2015, la AEP no utilizó

la bitácora electrónica de obra pública requerida, por ser una obra pública financiada

con recursos federales ni obtuvo la autorización de la SFP para llevar la bitácora

convencional.

En el contrato de obra pública núm. AEP/LPN/028/2015, la AEP no verificó que el

contratista comunicara por escrito la terminación de los trabajos; tampoco verificó

su conclusión dentro del término de 15 días hábiles posteriores a la fecha de ter-

minación ni levantó el acta de verificación física correspondiente. Asimismo, no

se cercioró de que se llevara a cabo la recepción física de los trabajos y tampoco

informó al Órgano Interno de Control la fecha señalada para la recepción.

La AEP realizó pagos por 2,742.7 miles de pesos (sin IVA) en dos y cinco subac-

tividades, las cuales no fueron ejecutadas por los contratistas de obra.

En cuanto al contrato de obra pública núm. AEP/LPN/028/2015, la AEP efectuó un pago por 876.5 miles de pesos (sin IVA), a costo directo, mediante las estima-

Page 89: OMO I, INFORME EJECUTIVO

89

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

ciones de obra núms. 02, 03 y 04 Finiquito, en las que se detectaron diferencias entre los insumos considerados por el contratista en su propuesta y los ejecutados en cuatro actividades.

Asimismo, la AEP dejó de aplicar un importe de 458.9 miles de pesos (importe que no causa IVA ni intereses), por la pena convencional pactada en el contrato de obra pública núm. AEP/LPN/028/2015, ya que la penalización que aplicó fue de 54.5 miles de pesos, correspondiente al 2/1000 (dos al millar), debiendo aplicar 1,026.9 mi-les de pesos correspondiente al 2.0% (dos por ciento) pactado, por cada día natural de atraso (25 días naturales) sobre el total del faltante por ejecutar.

La AEP omitió aplicar una pena, por 168.4 miles de pesos, importe que no causa IVA ni intereses, a la empresa encargada de la “Supervisión de la obra ‘Obras en Espacios Públicos: Rehabilitación de Espacios Públicos Garita de la Viga Zona Norte’”, al amparo del contrato núm. AEP/AD/027/2015, debido a que dicha empresa realizó deficientemente algunas actividades establecidas en su contrato, en rela-ción con las Normas de Construcción de la Administración Pública del Distrito Fede-ral; también autorizó el pago de dos subactividades, sin contar con la documentación soporte que acreditara la procedencia de su pago y autorizó para pago subactivi-dades en las que el contratista dejó de proporcionar cantidades de insumos utili-zados, por un monto de 2,818.8 miles de pesos (sin IVA).

Capítulo 6000 “Inversión Pública”

La AEP no se sujetó al calendario del presupuesto autorizado por la SEFIN para los proyectos de inversión ni a la reprogramación de los recursos presupuestales para el ejercicio fiscal de 2015.

En el ejercicio fiscal de 2015, la AEP adjudicó la obra para el rescate del parque La Bombilla donde consideró 442 conceptos y solo utilizó 301, de los cuales, 102 pre-sentaron volúmenes excedentes y de éstos, 61 rebasaron en más del 25.0% la canti-dad propuesta. Además, generó 82 conceptos no previstos en el catálogo original y sólo utilizó 68 conceptos.

En cuatro contratos de obra pública, suscritos con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la AEP no estableció el uso de la bitá-cora electrónica.

Page 90: OMO I, INFORME EJECUTIVO

90

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

Además, autorizó 101,198.5 miles de pesos (sin IVA) para pago por trabajos de

obra electromecánica especializada y la puesta en marcha de equipo de alta tec-

nología como de obra civil para la Comisión Federal de Electricidad en la avenida

Presidente Masaryk, cuando dichos trabajos estaban considerados en los alcan-

ces de un contrato bajo la modalidad de proyecto integral a precio alzado, suscri-

to en el ejercicio presupuestal de 2013 con el mismo contratista, por lo que no se

justificó el pago realizado.

Para la obra del rescate en el parque La Bombilla, la AEP autorizó 5,496.1 miles

de pesos (sin IVA), para pago de 102 conceptos que presentaron cantidades adicio-

nales a las originalmente contratadas sin tener el convenio respectivo, y 967.9 miles

de pesos (sin IVA), por 68 conceptos no previstos en el catálogo de conceptos con-

tratado, sin tener el convenio respectivo, así como la autorización por escrito para

su pago, el presupuesto ni la documentación soporte.

En la obra mencionada, la AEP autorizó 652.7 miles de pesos (sin IVA), para pago

de dos conceptos de suministro y acarreo de agua, cuando éstos ya estaban consi-

derados en los correspondientes al suministro y sembrado de plantas y pastos,

que incluyen el riego en su alcance.

La AEP formalizó los trabajos para el reordenamiento de espacios públicos (pro-

tecciones metálicas) y provisión de mobiliario urbano de estancia en la avenida

Presidente Masaryk, por 6,026.6 miles de pesos (sin IVA), cuando dichos traba-

jos estaban considerados en los alcances de un contrato bajo la modalidad de

proyecto integral a precio alzado, suscrito en el ejercicio presupuestal de 2013.

Además, autorizó para pago 118.9 miles de pesos (sin IVA), sin que correspon-

dieran a compromisos efectivamente devengados.

Capítulo 6000 “Inversión Pública”

En el ejercicio fiscal de 2015, en las convocatorias para las licitaciones públicas

que realizó, la AEP estableció que las contrataciones serían bajo la modalidad

de precios unitarios y unidad de concepto de trabajo terminado; sin embargo, los

contratos se formalizaron en la modalidad de precio alzado.

Page 91: OMO I, INFORME EJECUTIVO

91

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

La AEP contrató dos proyectos integrales para un mismo parque, mediante contratos

de obra bajo la modalidad de precio alzado, cuyos objetos fueron el proyecto integral de

la rehabilitación del Jardín Pushkin (zona sur plaza “A” y entorno) y el proyecto

integral creación del Parque Turístico Pushkin (zona norte) y su entorno, sin que con

esta modalidad se aseguraran las mejores condiciones para la Ciudad de México.

En cuatro de los cinco contratos revisados, la AEP no verificó que las estimaciones

presentadas por las empresas contratistas se acompañaran de la documentación refe-

rente a notas de bitácora, controles de calidad y pruebas de laboratorio, entre otros.

La AEP autorizó 1,781.3 miles de pesos sin IVA, para pago en el proyecto inte-

gral creación del Parque Turístico Pushkin (zona norte) y su entorno, sin tener

la documentación que acreditara la procedencia del pago e incluyó los servicios

de Directores Responsables de Obras (DRO) y Corresponsables, que para este

tipo de obra no se requieren.

Al formalizar injustificadamente la creación del Parque Turístico Jardín Pushkin

(zona sur plaza ‘A’ y entorno), la AEP pagó 2,925.7 miles de pesos (sin IVA), ya que

dichos trabajos estaban incluidos dentro de los alcances de otros contratos.

La AEP no realizó el análisis de los precios unitarios de 26 conceptos del catálogo

original para la creación del Parque Turístico Jardín Pushkin correspondientes al

alumbrado público, canalización media tensión-semaforización, por los que se paga-

ron 323.3 miles de pesos (sin IVA) y que rebasaron el 25.0% del volumen contra-

tado originalmente. Además, autorizó 345.9 miles de pesos (sin IVA), para pago

de ocho conceptos no previstos en el catálogo de conceptos contratado, sin tener

el convenio correspondiente.

SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Capítulo 6000 “Inversión Pública”

El SACMEX, en relación con las obras públicas financiadas con fondos federales,

no puso a disposición del público en general, por medio de CompraNet, su Pro-

grama Anual de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas ni su actua-

lización correspondiente al ejercicio fiscal 2015.

Page 92: OMO I, INFORME EJECUTIVO

92

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

En cuanto a los contratos de obra pública núms. 0189-2O-LN-DC-2-15

y 0390-2O-LN-DC-2-15, cuyos objetos fueron la “Construcción de la Laguna de Regu-

lación Vicente Guerrero, en la Delegación Iztapalapa, D.F.” y la construcción “Segunda

Etapa, de obras para solucionar encharcamientos en la Unidad Habitacional Vi-

cente Guerrero, Santa Cruz Meyehualco, Constitución de 1917 y Reforma Políti-

ca, Delegación Iztapalapa, D.F. (Colector)”, respectivamente, el SACMEX no contó

con la autorización en materia de impacto ambiental por parte de la SEDEMA;

tampoco presentó el estudio de daño ambiental por iniciar las obras sin tener la auto-

rización correspondiente.

El SACMEX no especificó en las actas de junta de aclaraciones que éstas

serían las últimas que se celebrarían respecto de las licitaciones públicas

núms. LO-909004999-N100-2015 y LO-909004999-N166-2015, así como de la invi-

tación a cuando menos tres personas núm. IO-909004999-N174-2015, para

la adjudicación de los contratos de obra pública núms. 0189-2O-LN-DC-2-15,

0390-2O-LN-DC-2-15 y 0400-2O-IR-DC-1-15, cuyo objeto de este último fue “Rehabi-

litación de la línea de agua tratada de 72" diámetro (Riachuelo Serpentino) del

Acueducto Cerro de la Estrella-Tláhuac, ubicado entre la Calzada Tláhuac-Chalco,

Delegación Tláhuac, D.F.”

El SACMEX no llevó a cabo, previo al inicio de los trabajos, la apertura de la bitá-

cora electrónica de obra pública, correspondientes a los contratos de obra pública

núms. 0134-2O-LN-DM-1-15, 0189-2O-LN-DC-2-15, 0254-2O-LN-DM-1-15,

0390-2O-LN-DC-2-15 y 0400-2O-IR-DC-1-15, cuyos objetos del primero y el ter-

cero fueron la “Rehabilitación de equipos electromecánicos de las plantas de bombeo

ubicadas en los pasos a desnivel en Viaducto…” y “Rehabilitación de equipo electro-

mecánico a la planta 2 del Gran Canal (sistema de rejillas)…”, respectivamente.

En cuanto a los contratos de obra pública núms. 0134-2O-LN-DM-1-15

y 0254-2O-LN-DM-1-15, el SACMEX aperturó y usó la bitácora convencional al

inicio de la obra sin contar con la autorización de la SFP; y en el contrato de obra

pública núm. 0400-2O-IR-DC-1-15 aperturó y usó simultáneamente la bitácora con-

vencional y la bitácora electrónica de obra pública, sin contar con la autorización

de la SFP.

Page 93: OMO I, INFORME EJECUTIVO

93

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

El SACMEX no verificó que en las bitácoras electrónicas de obra pública de los

contratos de obra pública núms. 0134-2O-LN-DM-1-15, 0189-2O-LN-DC-2-15,

0367-2O-LN-DC-1-15 (cuyo objeto fue la “Rehabilitación y sustitución de líneas de

drenaje para la Línea 7 del Metrobús. […] rehabilitación de colector de 2.44 me-

tros de diámetro sobre Calzada de los Misterios con Robles Domínguez, en la Delega-

ción Gustavo A. Madero, D.F.”), 0390-2O-LN-DC-2-15 y 0400-2O-IR-DC-1-15, se

registraran asuntos trascendentes que derivaron de su ejecución, tales como solicitu-

des y autorizaciones de las modificaciones generadas a los programas de ejecución

convenidos; fechas de entrega, aprobación, autorización y revisión de estimaciones;

aprobación de conceptos no previstos en el catálogo original; cantidades adicio-

nales; y actualización de programas.

Para el contrato de obra pública núm. 0390-2O-LN-DC-2-15, el SACMEX no puso

a disposición del contratista el anticipo pactado en el contrato, con antelación a la

fecha estipulada para el inicio de los trabajos ni a la entrega de la garantía.

El SACMEX tramitó para pago las estimaciones correspondientes a los contratos de

obra pública núms. 0134-2O-LN-DM-1-15, 0189-2O-LN-DM-2-15, 0254-2O-LN-DM-1-15,

0367-2O-LN-DC-1-15, 0390-2O-LN-DC-2-15 y 0400-2O-IR-DC-1-15, sin que éstas

estuvieran autorizadas por el residente de obra, ya que éste sólo las firmó de revisa-

do; además, dichas estimaciones no fueron acompañadas de las notas de bitácora

procedentes.

En cuanto a los contratos de obra pública núms. 0134-2O-LN-DM-1-15,

0189-2O-LN-DC-2-15 y 0390-2O-LN-DC-2-15, el SACMEX no tuvo el plan de manejo

de residuos de la construcción y demolición que debió presentar a la SEDEMA,

ni la evaluación y autorización por parte de ésta; y tampoco tuvo los informes de

entrega-recepción de residuos que debió presentar a la SEDEMA al ser genera-

dora de residuos de manejo especial dentro de la categoría de generación mayor

de 7 m3.

Respecto a la revisión del gasto ejercido en inversión pública, en los contratos de

obra pública núms. 0134-2O-LN-DM-1-15, 0189-2O-LN-DC-2-15, 0390-2O-LN-DC-2-15

y 0400-2O-IR-DC-1-15, el SACMEX pagó 9 conceptos de obra en los que se

Page 94: OMO I, INFORME EJECUTIVO

94

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

detectaron diferencias entre las cantidades de obra pagadas y las realmente eje-

cutadas, por 3,039.7 miles de pesos (sin IVA).

En el contrato de obra pública núm. 0134-2O-LN-DM-1-15, el SACMEX no aplicó

un ajuste de 966.4 miles de pesos (sin IVA), con cargo a un concepto extraordi-

nario, debido a la diferencia entre los costos directos de los insumos considera-

dos en el análisis del precio unitario extraordinario respecto a la factura de com-

pra de dichos insumos.

El SACMEX no aplicó una pena por 132.6 miles de pesos, importe que no causa

IVA ni intereses, a la empresa encargada de la “Supervisión de la rehabilitación

de equipos electromecánicos de las plantas de bombeo ubicadas en los pasos

a desnivel en Viaducto pertenecientes al Sistema de Aguas de la Ciudad de Mé-

xico, en las Delegaciones Venustiano Carranza, Miguel Hidalgo, Azcapotzalco

y Gustavo A. Madero”, al amparo del contrato de servicios relacionados con la

obra pública núm. 0164-3O-AD-DM-1-15, debido a que realizó deficientemente

algunas actividades establecidas en las Normas de Construcción de la Adminis-

tración Pública del Distrito Federal. Concretamente la contratista de supervisión

autorizó para pago cantidades de obra diferentes de las realmente ejecutadas;

y no verificó que los costos de materiales que se incluyen en las hojas de análisis

de los conceptos no previstos (extraordinarios) en el catálogo de conceptos del

contrato supervisado correspondieran con los documentos soporte, por un monto

de 1,127.2 miles de pesos (sin IVA), detectados en el contrato de obra pública

núm. 0134-2O-LN-DM-1-15.

El SACMEX no aplicó una pena convencional por 800.1 miles de pesos, importe

que no causa IVA ni intereses, al contratista encargado del contrato de obra pública

núm. 0367-2O-LN-DC-1-15, por atraso en la entrega de la obra.

Asimismo, en el contrato de obra de obra pública núm. 0367-2O-LN-DC-1-15,

el SACMEX pagó un importe de 57.9 miles de pesos (sin IVA) por un insumo

que consideró dentro de un análisis de precio unitario, sin justificar la utilización

de éste.

Page 95: OMO I, INFORME EJECUTIVO

95

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

Respecto al contrato de obra pública núm. 0400-2O-IR-DC-1-15, el SACMEX realizó

un pago por 41.4 miles de pesos (sin IVA), en un concepto extraordinario, referente

a suministro de material, debido a la diferencia entre el importe pagado de 208.3 miles

de pesos y el calculado por el sujeto fiscalizado, por 166.8 miles de pesos.

El SACMEX realizó un pago, por 22.3 miles de pesos (sin IVA), en el contrato de

obra pública núm. 0400-2O-IR-DC-1-15, ya que aplicó un factor de financiamiento

de 0.5996% en los análisis de precios unitarios de los conceptos que integraron

el catálogo de conceptos, debiendo haber aplicado el factor de financiamiento de

0.2958%, considerado en los análisis de precios unitarios de la propuesta eco-

nómica presentada por el contratista.

Capítulo 6000 “Inversión Pública”

El SACMEX no acreditó que, previo al inicio de los trabajos, se hayan realizado

las investigaciones y estudios de campo para la construcción de la planta de rebom-

beo para agua potable Los Galeana, por lo que las obras inducidas no conside-

radas en el proyecto proporcionado por el SACMEX contribuyeron a que los tra-

bajos objeto del contrato no se concluyeran conforme a lo programado.

El SACMEX no acreditó la tenencia del lugar donde se llevó a cabo la construc-

ción de la planta potabilizadora Tláhuac-La Caldera.

No acreditó el presupuesto base (referencia), utilizado para efectuar la evaluación

de las propuestas económicas en la licitación pública nacional para la construc-

ción de la planta potabilizadora Río Hondo-Agrícola Pantitlán.

En dos de cinco contratos revisados, el SACMEX aprobó y tramitó para pago

estimaciones (ministraciones), por conducto de un servidor público que no conta-

ba con las atribuciones de residente de obra, ya que únicamente fueron aproba-

das por la supervisión contratada respectiva.

En cuatro de cinco contratos revisados, el SACMEX no precisó en las notas de

la bitácora electrónica, la ubicación, causa, solución, prevención, consecuencia

Page 96: OMO I, INFORME EJECUTIVO

96

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

económica, responsabilidad, ni ratificó las instrucciones emitidas vía oficios, mi-

nutas y circulares. Además, no consideró la inscripción de los documentos que iden-

tifiquen oficialmente al residente de obra. Tampoco, registró en las bitácoras electró-

nicas de los contratos que se ejercieron recursos federales, así como las solicitudes

y autorizaciones de modificaciones al proyecto ejecutivo, los programas de ejecu-

ción convenidos ni la autorización de las estimaciones (ministraciones). De los con-

tratos revisados que ejercieron recurso local, el SACMEX no vigiló que para la

bitácora convencional de obra se asentaran las notas que se refirieren a la entre-

ga de fianzas, anticipos, actualizaciones de programas, retrasos, penalizaciones,

terminación de las obras y su entrega-recepción.

Para la entrega-recepción en los alcances del contrato para la construcción de la

planta potabilizadora de agua potable Tláhuac- La Caldera, el SACMEX aceptó

sin fundamentar una “carta garantía” de la empresa contratista por cada equipo

instalado, en sustitución de la transferencia de las garantías de los fabricantes de

los equipos instalados al SACMEX.

En dos de cinco contratos revisados, el SACMEX autorizó para pago 34,723.0 miles

de pesos (sin IVA), por actividades que no acreditó que estuvieran terminadas,

con lo cual se generó un financiamiento para las empresas contratistas.

El SACMEX autorizó para pago 1,343.6 miles de pesos (sin IVA), en los contratos

del proyecto para la construcción de la planta de rebombeo Los Galeana, sin que

acreditara que correspondiera a compromisos efectivamente devengados.

PROYECTO METRO DEL DISTRITO FEDERAL

Capítulo 3000 “Servicios Generales”

De acuerdo con el contrato de arrendamiento núm. CA/07/2015, PMDF contrajo

obligaciones previas a la suscripción del contrato.

Respecto del contrato de arrendamiento núm. CA/07/2015, PMDF no solicitó la

autorización del contrato ni remitió copia de él a la DGPI de la OM.

Page 97: OMO I, INFORME EJECUTIVO

97

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

ENTIDADES PARAESTATALES

SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL DISTRITO FEDERAL

“Bienes Muebles; Bienes Inmuebles, Infraestructura y Construcciones en Proceso” y partida 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”

El DIF-DF contó con tres unidades vehiculares que no se encontraban rotuladas

y seis bienes muebles (bebederos) carecieron de un resguardo actualizado.

La entidad no presentó a la DGRMSG (DGRMSG) de la Oficialía Mayor (OM) los

Informes Avance del Programa de Levantamiento Físico de Bienes Instrumenta-

les; DAI, Reporte de Inventario Físico; Informe de Altas, Bajas y Destino Final

de Bienes Muebles; y Programa de Enajenación de Bienes Muebles (Proyección

Anualizada de Disposición Final), dentro de los plazos previstos en la normativi-

dad aplicable.

El DIF-DF no contó con reglas de operación para el otorgamiento de las ayudas so-

ciales y careció de lineamientos o procedimientos que regularan de una manera

clara y detallada la selección de las asociaciones civiles.

El organismo efectuó el pago de ayudas a tres asociaciones mediante cheques

en lugar de transferencias bancarias, como lo dispone la normatividad aplicable.

INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL

“Bienes Muebles e Inmuebles”

El INVI carece de las facturas o documentos que acrediten la propiedad de los

bienes repuestos o sustituidos, debido a que no se solicitan en ninguno de esos

casos a las personas o empresas que realizan la entrega de los bienes muebles,

a pesar de que el procedimiento denominado “Reposición de Bienes Muebles”

del Manual Específico para la Administración de los Bienes Muebles y el Manejo de

los Almacenes establece que se deberá contar con los documentos que acreditan

la propiedad de los bienes en favor del Gobierno del Distrito Federal.

Page 98: OMO I, INFORME EJECUTIVO

98

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

Por otra parte, el instituto resguardó tres automóviles en los domicilios particula-

res de los usuarios de dichos vehículos y en otro caso, una unidad tenía nueve

meses en el taller para su reparación.

Los automóviles seleccionados para su revisión carecían de la clave CABMSDF

adherida a ellos y se observó la desactualización de la información en la base de

datos del “Padrón Inventarial, al 31 de diciembre de 2015” respecto a la informa-

ción contenida en el “Resguardo Múltiple de Bienes Instrumentales”.

FONDO PARA EL DESARROLLO SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

“Bienes Muebles”

El Fondo no acreditó la propiedad de 15 bienes ni proporcionó el método que utilizó

para determinar su valor.

FONDO MIXTO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DEL DISTRITO FEDERAL

“Bienes Muebles”

El FMPT careció de un procedimiento que señale de manera clara y detallada las

áreas y actividades para llevar un control en la administración, autorización, opera-

ción, valuación, registro y baja de los bienes muebles.

La entidad no publicó en internet el inventario actualizado de los bienes de su

propiedad.

En la memoria de cálculo de la depreciación del equipo de cómputo, diversos

bienes fueron registrados con importes diferentes al monto original de las inversiones

y otros bienes se registraron y depreciaron de forma global, y no por bien y tipo, según

su naturaleza.

Los Resultados Finales del Levantamiento Físico de Bienes Instrumentales (Padrón

Inventarial) y el informe de altas correspondiente al cuarto trimestre de 2015 fueron

presentados por la entidad a la DGRMSG de la OM con un desfase de 11 días

hábiles, y el DAI-2 “Dictamen General de Almacenes” se entregó con un desfase

Page 99: OMO I, INFORME EJECUTIVO

99

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

de 40 días hábiles. Además, la entidad no presentó a dicha Dirección General el

Calendario de Actividades con Cierre al 31 de diciembre de 2015 del Programa

de Levantamiento Físico de Bienes Instrumentales, los Informes Consolidados de

Resguardos, el Avance del Programa de Levantamiento Físico de Bienes Instru-

mentales, y el Programa de Enajenación de Bienes Muebles.

FIDEICOMISO CENTRO HISTÓRICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Capítulo 6000 “Inversión Pública”

El FICENTRO realizó el procedimiento de contratación por adjudicación directa

y formalizó el contrato de obra pública núm. FCH/DDI/AD/024/2015, sin sujetarse

al procedimiento de licitación pública y sin estar en alguno de los supuestos

que prevé la normatividad para los casos de excepción a la licitación pública.

Además, el monto contratado excedió los montos máximos autorizados en el Pre-

supuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015. Asimismo, el sujeto

fiscalizado no cuenta con los análisis e integración de costos indirectos de campo,

de oficina central y el del factor de financiamiento, los cuales debió presentar

la empresa a la que se le adjudicó el contrato.

En la evaluación de las propuestas, mediante la cual adjudicó el contrato de obra

pública núm. FCH/DDI/IR/001/2015, cuyo objeto fue la “Rehabilitación y puesta en

valor del mercado Merced Nave Menor”, el FICENTRO no realizó el análisis cuali-

tativo y comparativo de la documentación presentada por los concursantes para

determinar quiénes reunían las condiciones legales, técnicas, económicas y admi-

nistrativas fijadas en las bases de la invitación restringida a cuando menos tres

concursantes y así garantizar el cumplimiento de las obligaciones del contratista,

y seleccionar la propuesta que resultara más conveniente para la Administración

Pública de la Ciudad de México.

En los contratos de obra pública núms. FCH/DDI/AD/005/2015 y FCH/DDI/AD/024/2015, cuyo objeto fueron “Los trabajos de obra para la rehabilitación del corredor Semi-nario-Argentina: Ventanas Arqueológicas” y la “Rehabilitación de las calles Repú-blica de Perú, Leandro Valle y Academia, en el Centro Histórico de la Ciudad de México”, respectivamente, el FICENTRO no registró la bitácora electrónica

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100

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

de obra pública en el programa informático implementado por la SFP, por lo que no utilizó medios remotos de comunicación electrónica en la elaboración, control y seguimiento de la bitácora de obra, ni solicitó a la SFP la autorización de elabora-ción, control y seguimiento de la bitácora por medios de comunicación convencional.

En los contratos de obra pública núms. FCH/DDI/IR/001/2015, FCH/DDI/AD/005/2015 y FCH/DDI/AD/024/2015, el FICENTRO no designó por escrito al servidor público que fungiría como residente de obra, por lo que durante la ejecución de los traba-jos contratados no se contó con un representante designado y acreditado ante los contratistas como responsable directo de la supervisión, vigilancia, control y revi-sión de los trabajos.

En el contrato de obra pública núm. FCH/DDI/IR/001/2015, el FICENTRO no con-tó con la documentación que compruebe que dio el aviso a la Contraloría General de la Administración Pública del Distrito Federal sobre la resolución de termina-ción anticipada de la que fue objeto dicho contrato.

En los contratos de obra pública núms. FCH/DDI/AD/005/2015 y FCH/DDI/AD/024/2015, el FICENTRO revisó y autorizó las estimaciones después del plazo establecido para ello, que era de 15 días naturales siguientes a su presentación.

El FICENTRO no elaboró un plan de manejo de residuos de la construcción, el cual debió presentar a la SEDEMA para su evaluación y autorización de los con-tratos de obra pública núms. FCH/DDI/AD/005/2015 y FCH/DDI/AD/024/2015; tampo-co presentó los informes correspondientes al ser generador de residuos de ma-nejo especial dentro de la categoría de generación mayor a 7 m3.

Respecto a la revisión del gasto ejercido en inversión pública sobre el contrato de obra núm. FCH/DDI/IR/001/2015, mediante la estimación núm. 1, el FICENTRO reali-zó un pago por 401.6 miles de pesos (sin IVA), por un concepto extraordinario a pesar de que existe diferencia entre el precio unitario pagado, por 2,911.4 miles de pesos (sin IVA), y el precio unitario que debió pagar, por 2,509.9 miles de pe-sos (sin IVA). Lo anterior, debido a que en la matriz de análisis de precio unitario del concepto extraordinario pagado, en el rubro de materiales, se consideró en una factura como costo directo el importe del material incluyendo el IVA, siendo que debió considerarse sin IVA.

Page 101: OMO I, INFORME EJECUTIVO

101

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

Asimismo, el FICENTRO otorgó un anticipo, por 21,892.9 miles de pesos (sin IVA),

para iniciar los trabajos y la compra de materiales y equipo. De ese anticipo, la em-

presa contratista amortizó 996.1 miles de pesos (sin IVA) mediante la estimación

núm. 1, quedando un saldo pendiente, por 20,896.8 miles de pesos (sin IVA), debido

a la terminación anticipada del contrato por causas imputables a la Administra-

ción Pública, y a que el FICENTRO no acreditó documentalmente que los mate-

riales adquiridos y recibidos como amortización del anticipo le hayan sido entrega-

dos y estén bajo su resguardo en bodegas de su propiedad.

El FICENTRO pagó 328.9 miles de pesos (sin IVA), mediante la estimación núm. 1,

con la que autorizó el pago de un concepto sin justificar su ejecución, ya que en

la hoja denominada “números generadores” que acompañan a la citada estima-

ción, no se presenta la documentación que acredite la cuantificación de las áreas

estimadas y pagadas.

En el contrato de servicios relacionados con la obra pública núm. FCH/DDI/AD/018/2015,

consistente en la “Dirección arquitectónica de los trabajos de rehabilitación y puesta en

valor del mercado Merced Nave Menor en el Centro Histórico de la Ciudad de Méxi-

co”, el FICENTRO otorgó a la empresa de supervisión un anticipo, por 2,909.3 miles

de pesos (IVA incluido), para inicio y conclusión de los servicios. Sin embargo, al sus-

citarse la terminación anticipada del contrato de obra pública a supervisar por

causas imputables a la Administración Pública, el FICENTRO informó que la em-

presa amortizó en la estimación núm. 1, un importe de 154.7 miles de pesos (IVA

incluido) y que el saldo, de 2,754.6 miles de pesos (IVA incluido), se amortizaba

con un concepto. Sin embargo, el sujeto fiscalizado no cuenta con la documenta-

ción que compruebe y justifique la ejecución de las actividades correspondientes

al concepto ni la que determine la procedencia y obligación del pago.

En el contrato de servicios núm. FCH/DDI/AD/018/2015, el FICENTRO no aplicó una pena, por 4,955.1 miles de pesos, importe que no causa IVA ni intereses, a la empresa encargada del servicio por la “Dirección arquitectónica de los trabajos de Rehabilitación y puesta en valor del mercado Merced Nave Menor en el Centro His-tórico de la Ciudad de México”, ya que dicha empresa realizó deficientemente al-gunas actividades establecidas en las Normas de Construcción de la Administración Pública del Distrito Federal, al no verificar la correcta integración del análisis del precio

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INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

unitario de un concepto extraordinario; la amortización del saldo del anticipo compro-metido derivado de la terminación anticipada del contrato de obra; ni la ejecución de 41,900.00 m2 de un concepto de obra, lo que ocasionó daños, por 21,627.3 miles de pesos (sin IVA).

En el contrato de obra pública núm. FCH/DDI/AD/005/2015, el FICENTRO realizó un pago, por 257.3 miles de pesos (sin IVA), mediante las estimaciones núms. 1, 2, 6 y 7, correspondiente a tres conceptos de obra, sin que en el primer concepto se acredite el suministro y colocación; en el segundo, sin comprobar su retiro, depó-sito y resguardo; y en el tercero, sin contar con la documentación que acredite las actividades que se realizaron.

El FICENTRO realizó un pago, por 77.2 miles de pesos (sin IVA), mediante las estimaciones núms. 1, 2, 5, 6, 7 y 8, sin advertir que en cinco conceptos de obra se rebasaron las cantidades consideradas en el presupuesto contratado, sin la autori-zación del FICENTRO para el pago de dichas cantidades excedentes, mediante el convenio correspondiente con las nuevas condiciones, sustentándolo con un dicta-men técnico. Por tanto, el sujeto fiscalizado no contó con la documentación que compruebe y justifique la autorización para la ejecución de las cantidades exce-dentes y así determinar la procedencia y obligación del pago.

En el contrato de obra pública núm. FCH/DDI/AD/024/2015, el FICENTRO pagó 392.7 miles de pesos (sin IVA), mediante las estimaciones de obra núms. 02, 03, 04 y 05, correspondiente a 11 conceptos, las cuales presentan diferencias entre las cantidades de obra pagadas y las realmente ejecutadas.

El FICENTRO pagó 376.4 miles de pesos (sin IVA), mediante la estimación de obra núm. 05, en dos conceptos no previstos en el catálogo de conceptos del contrato, sin contar con los documentos que acrediten su autorización de pago, tales como la solicitud de la ejecución de los trabajos extraordinarios; la nota de bitácora y orden de trabajo para la ejecución de los trabajos extraordinarios; los análisis de precios unitarios correspondientes, entre los que se incluyen las cantidades y rendimientos de materiales, mano de obra y equipo utilizados para la ejecución de los trabajos.

En el contrato de obra pública núm. FCH/DDI/AD/024/2015, el FICENTRO omitió

aplicar una pena, por 727.2 miles de pesos, importe que no causa IVA ni intereses

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103

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

al contratista encargado de la ejecución de los trabajos de la “Rehabilitación de

las calles República de Perú, Leandro Valle y Academia, en el Centro Histórico

de la Ciudad de México”, por el atraso en la entrega total de los trabajos.

CONSEJO DE EVALUACIÓN DEL DESARROLLO SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL

“Bienes Muebles” y “Presupuesto Total Ejercido”

EVALÚA-DF careció de un procedimiento para llevar a cabo el control de asistencia de su personal.

Lo reportado en los auxiliares contables y en estados financieros dictaminados de EVALÚA-DF, en el rubro “Bienes Muebles”, por un monto de 1,583.1 miles de pesos, no coincidió con lo informado en la “Relación de Bienes Muebles que Componen el Patrimonio” incluida en el Informe de la Cuenta Pública de 2015 del sujeto fis-calizado, donde existió una variación de 26.5 miles de pesos. Además, en la Cuenta Pública se reportó un total de 200 bienes muebles y en el padrón inventarial se registraron 199 bienes muebles; es decir, existió una variación de un bien.

EVALÚA-DF no contempló en sus auxiliares de 2015, en la cuenta “Equipo de Trans-porte”, un vehículo por 84.3 miles de pesos.

En la inspección física de los bienes muebles, se corroboró que 20 bienes (telé-fonos IP) con un valor de 71.3 miles de pesos, se encontraban sin uso y en cajas; es decir, dichos bienes no fueron utilizados para su fin determinado.

La entidad envió a la DGRMSG de la OM los informes DAI-1 “Movimiento de Existencias en Almacén”, DAI-3 “Bienes de Lento y Nulo Movimiento”, DAI-BAJA “Bienes en Proceso de Desincorporación”, “Informe de Altas, Bajas y Destino Final de Bienes” e “Informes de Distribución de Bienes”, con desfases respecto al plazo previsto en la normatividad aplicable. Además, el EVALÚA-DF entregó úni-camente dos de los 12 informes que debió presentar, correspondientes al Avance del Programa de Levantamiento Físico de Bienes Instrumentales.

EVALÚA-DF no proporcionó los registros auxiliares presupuestales correspon-dientes a los capítulos 1000 “Servicios Personales”, 2000 “Materiales y Suminis-tros” y 3000 “Servicios Generales”.

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104

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

En 2015, la entidad careció de un sistema que permitiera efectuar la interrelación

automática de clasificadores presupuestarios, lista de cuentas y catálogo de bienes

en tiempo real.

El consejo reportó que 10 prestadores de servicios gozaron de vacaciones dividi-

das en dos períodos, de 10 días cada uno, pero la entidad no acreditó que los días

otorgados a los prestadores de servicios como períodos de vacaciones se encon-

traran justificados y, en consecuencia, dichos días fueron pagados sin que se

hubiesen devengado los servicios.

La entidad no proporcionó la documentación comprobatoria de la póliza de diario

núm. 54 del 31 de diciembre de 2015, por 0.1 miles de pesos, ni la documenta-

ción completa de la póliza de diario núm. 40 de la misma fecha, la cual carece de

documentación comprobatoria por 15.2 miles de pesos.

EVALÚA-DF registró la provisión del gasto de la gratificación de fin de año en diciem-

bre de 2015, y no la programó, comprometió y devengó, de enero a diciembre.

El sujeto fiscalizado presentó las modificaciones al Programa Anual de Adquisicio-

nes, Arrendamientos y Prestación de Servicios de 2015, correspondientes al primer,

segundo y tercer trimestre, con desfases que van de 9 a 190 días.

CONSEJO PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

“Bienes Muebles”

El COPRED careció de un procedimiento autorizado que regulara las áreas y activida-

des para llevar un control en la administración, autorización, operación, valuación,

registro y baja de los bienes muebles.

La entidad realizó la conciliación entre los registros contables y el inventario físico

de los bienes, en la que se reflejó una variación de 5.9 miles de pesos, que

corresponde a 12 bienes; sin embargo, el COPRED no efectuó los ajustes res-

pectivos en el inventario físico. Además, la “Relación de Bienes Muebles que Com-

ponen su Patrimonio”, el levantamiento físico del inventario y su correspondiente

acta, reportan diferentes cantidades de bienes, ya que en el primer documento

Page 105: OMO I, INFORME EJECUTIVO

105

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

se incluyen 751 bienes, en el segundo 775 y en el tercero 844. Las variaciones

presentadas revelan deficiencias en el registro, supervisión y control de los bienes

muebles del organismo y en su Sistema de Contabilidad Gubernamental.

El COPRED realizó incorrectamente el registro contable en la subcuenta “Otros

Mobiliarios y Equipo de Administración” de 10 mesas combinadas madera-metal

y 100 sillas plegables, que corresponden a la subcuenta “Muebles de Oficina y Estan-

tería”; asimismo, registró incorrectamente diversos bienes en el padrón inventarial.

El ente únicamente entregó a la DGRMSG de la OM dos reportes en materia de

almacenes e inventarios y no presentó el resto de los informes que prevé la nor-

matividad aplicable; aunado a ello, los dos reportes fueron remitidos a la citada

Dirección General con desfases de 149 y 290 días hábiles.

INSTITUTO PARA LA INTEGRACIÓN AL DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL DISTRITO FEDERAL

“Bienes Muebles”

El INDEPEDI careció de un procedimiento que regule las áreas y actividades

para llevar a cabo el cálculo y registro de la vida útil estimada y de la deprecia-

ción de los bienes muebles.

La entidad registró erróneamente en la cuenta contable “Muebles de Oficina y Estante-

ría” dos ruteadores, 10 aparatos telefónicos y un conmutador telefónico, ya que de

conformidad con el Plan de Cuentas de la entidad, debieron clasificarse en la cuenta

contable “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información”, lo que además

ocasionó que la entidad aplicara un porcentaje de depreciación incorrecto.

El instituto calculó la depreciación en forma global, sin considerar las fechas de adquisición de los bienes y sin incluir el IVA de 11 bienes; asimismo, no registró la baja de 4 bienes de “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información” que debieron estar ya depreciados en su totalidad y sólo ser registrados para su control. Además, el INDEPEDI registró la misma depreciación para los ejercicios 2013 y 2014 de 14 bienes transferidos, monto que no debió ser el mismo para los dos años, ya que los bienes no fueron utilizados durante todos los meses de 2013. Aunado a ello, el Instituto adquirió 115 bienes los días 18, 23 y 30 de diciembre

Page 106: OMO I, INFORME EJECUTIVO

106

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

de 2014, depreciándolos en ese mismo año, lo cual no era procedente, toda vez que la depreciación debe iniciar el mes siguiente de su adquisición.

La entidad no proporcionó el Informe de Resultados Finales del Programa de Levan-tamiento Físico de Bienes Instrumentales ni los diversos informes del rubro de alma-cenes e inventarios relativos al ejercicio de 2015 que se deben remitir a la DGRMSG de la OM.

INSTITUTO DE LA JUVENTUD DEL DISTRITO FEDERAL

Capítulo 3000 “Servicios Generales” y “Bienes Muebles”

En el caso de 10 bienes muebles adquiridos en mayo de 2015, el INJUVE calculó y registró la depreciación dos meses después de la fecha en que debió hacerlo.

Se localizaron nueve PC de escritorio (Desktop HP) totalmente nuevas y empa-cadas, no obstante que en los registros del INJUVE aparecen como asignadas al Centro de Salud Emocional Cuídate. Por otra parte, se identificó la desactualización de la información en la base de datos del INJUVE respecto al control de la localiza-ción de los bienes muebles.

El INJUVE proporcionó diversos resguardos, mismos que no incluyeron 11 bienes por un importe de 106.1 miles de pesos.

La entidad omitió remitir diversos informes del rubro de almacenes e inventarios relativos al ejercicio de 2015, a la DGRMSG de la OM.

El INJUVE realizó sus pagos con cheques en vez de efectuarlos en forma electrónica.

INSTITUTO DE LAS MUJERES DEL DISTRITO FEDERAL

“Bienes Muebles” y Capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”

El sistema gubernamental que utilizó el INMUJERES-DF para el registro de las ope-raciones contables no facilitó el registro y control de los inventarios de bienes muebles, no generó estados financieros y de ejecución presupuestaría en tiempo real, y los registros auxiliares no mostraron el avance presupuestario y contable a la fecha; además, se expidieron cheques nominativos para el pago a proveedores.

Page 107: OMO I, INFORME EJECUTIVO

107

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

De los 657 bienes muebles seleccionados como muestra, el Instituto únicamente

formalizó el resguardo correspondiente (individual o múltiple) de 32.

El INMUJERES-DF no proporcionó el Informe de Resultados Finales del Progra-

ma de Levantamiento Físico de Bienes Instrumentales del ejercicio 2015 ni los diver-

sos informes del rubro de almacenes e inventarios relativos a ese ejercicio que se

deben remitir a la DGRMSG de la OM. Además, en la actualización del Programa

de Aseguramiento Consolidado no se incluyeron los 18 relojes checadores bio-

métricos para el registro de asistencia del personal del instituto por 52.6 miles de

pesos y 18 mesas redondas por 92.7 miles de pesos, todos adquiridos en 2015.

La entidad no integró la garantía de cumplimiento por 121.4 miles de pesos del con-

trato núm. 087/RMSG/2015 suscrito el 13 de noviembre de 2015 para la adquisi-

ción de aditamentos para las usuarias del Programa de Atención al Cáncer de Mama,

por 939.1 miles de pesos, con cargo a la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales

a Personas”.

PROCURADURÍA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL

“Bienes Muebles” y Capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”

La PROSOC careció de un manual de contabilidad y de un plan de cuentas alinea-

dos a las disposiciones emitidas por el CONAC; no dispuso de estados financieros

dictaminados; no generó estados financieros en tiempo real; y careció de un sistema

contable que efectúe la interrelación automática de los clasificadores presupues-

tarios, lista de cuentas y el catálogo de bienes en tiempo real. Aunado a ello, durante

el período de enero a agosto de 2015, la PROSOC careció de procedimientos

y en el año fiscalizado no contó con un procedimiento para regular la administración

de los bienes muebles.

La entidad careció de cifras contables conciliadas con el inventario físico de los

bienes muebles.

La PROSOC no contó con evidencia de las acciones legales realizadas ante el

Ministerio Público ni de las acciones administrativas emprendidas ante la aseguradora,

Page 108: OMO I, INFORME EJECUTIVO

108

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

derivadas de un incendio, para la recuperación o reposición de un bien incluido en la

muestra, así como del registro contable de la baja de dicho artículo.

La entidad no entregó o lo hizo fuera de los plazos establecidos, los informes del

rubro de almacenes e inventarios a la DGRMSG de la OM.

Los registros auxiliares de la PROSOC no mostraron el registro por cada opera-

ción de la etapa del presupuesto aprobado, modificado, comprometido, devengado,

ejercido y pagado, en las cuentas de orden presupuestario que establece el CONAC

y no muestran los avances presupuestarios y contables que permitan realizar el se-

guimiento y la evaluación del ejercicio del gasto público.

Las obras realizadas en la unidad habitacional “CUP José María Morelos y Pavón”

con los recursos otorgados por la PROSOC no habían sido concluidas a la fecha

de la inspección física realizada por la ASCM.

La entidad pagó a la unidad habitacional “Ignacio Allende 169” 5.0 miles de pesos

de más de los establecidos en el convenio de corresponsabilidad y en el contrato de

prestación de servicios, sin contar con el documento que justificara dicho pago.

METROBÚS

“Bienes Muebles” y “Permisos Administrativos Temporales Revocables”

Metrobús careció de un manual de procedimientos que regule la baja de bienes

muebles.

En 388 casos, el código CABMSDF en el campo “Partida” del padrón inventarial

no corresponde con los niveles del CAMBSDF, lo que no permite la interrelación

automática entre el registro contable de las operaciones y el catálogo de bienes

muebles, ya que el número reportado en el campo partida es de la sub-subcuenta

en la que se registran los bienes y en esos casos el registro contable de los bie-

nes se realizó en sub-subcuentas que no les corresponden.

Metrobús no cuenta con los dictámenes técnicos del estado físico de los bienes

muebles para darlos de baja por inutilidad.

Page 109: OMO I, INFORME EJECUTIVO

109

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

Al día de la inspección física, 46 bienes adquiridos en diciembre de 2014 y de 2015

no habían sido utilizados y se encontraban empacados.

La entidad no actualizó las etiquetas, los resguardos ni el padrón inventarial de

los bienes muebles cuando se efectuó el levantamiento físico de inventarios.

Metrobús no entregó a la DGRMSG los informes DAI-2 “Dictamen General de Alma-

cenes” e “Informe Consolidado de Resguardos de Bienes”, correspondientes al ejerci-

cio de 2015; además, entregó diversos informes de almacenes e inventarios a

dicha Dirección General en fecha posterior a la establecida en la norma y remitió

varios informes en forma conjunta, a pesar de que deben ser en forma separada.

En relación con los Permisos Administrativos Temporales Revocables de las cin-

co líneas de Metrobús, se identificó que no se especificó la cantidad de espacios

permisionados en las bases del PATR de la línea 5; la permisionaria realizó

pagos extemporáneos de la contraprestación por el uso, aprovechamiento y ex-

plotación de los espacios permisionados; la OM no comunicó con oportunidad

a Metrobús la actualización de la contraprestación a recibir en 2015; el monto

de las pólizas de fianzas de las líneas 1, 2 y 4 fue menor del equivalente al pago de

un año de la contraprestación actualizada; la permisionaria no contaba con medidor de

energía eléctrica en la terminal de la Línea 4; y no se identificó evidencia docu-

mental que acreditara el pago a Metrobús de las cuotas de energía eléctrica de

esa terminal.

SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO

Capítulo 6000 “Inversión Pública”

En las actas de fallo de las licitaciones públicas nacionales núms. EO-909009999-N10-2014

del 16 de febrero de 2015 y EO-909009999-N9-2014 del 23 de febrero de 2015,

correspondientes a los contratos de obra pública núms. SDGM-GOM-2-01/15

y SDGM-GOM-2-09/15, respectivamente, el STC no indicó el lugar y fecha de su firma.

En el contrato de obra pública núm. SDGM-GOM-2-08/15, el STC llevó a cabo la

entrega-recepción de los trabajos con 12 días hábiles de atraso respecto al plazo

establecido contractualmente que era de 20 días hábiles siguientes a la constatación

Page 110: OMO I, INFORME EJECUTIVO

110

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

de la terminación, ya que ésta se efectúo el 20 de enero de 2016 y la entrega-

recepción, el 7 de marzo de 2016.

En los contratos de obra pública núms. SDGM-GOM-2-01/15 y SDGM-GOM-2-08/15,

el STC no realizó la liquidación de los trabajos dentro de los 100 días hábiles

posteriores a su recepción, como señalan las actas de entrega-recepción del 14

y 7 de marzo de 2016, respectivamente.

En el contrato de obra pública núm. SDGM-GOM-2-08/15, el STC no verificó que

los generadores cumplieran la descripción cualitativa y cuantitativa de los con-

ceptos considerados en las estimaciones. Tal es el caso de las estimaciones

núms. 7 y 9, donde se observa que en el concepto 28 “Suministro y reposición de

la carpeta asfáltica…”, se integró un generador con nombre de otro contratista

y los datos señalados en el croquis de ubicación no corresponden a los realiza-

dos; y en el concepto 13 “Suministro de acero de refuerzo…”, los generadores no

corresponden con el número de estimación y con la especificación del concepto,

entre otras irregularidades.

En la notificación de la rescisión administrativa del contrato de obra pública

núm. SDGM-GOM-2-09-/15, el STC otorgó al contratista un plazo de 10 días há-

biles para que manifestara lo que a su derecho conviniera, en contravención del plazo

de 5 días hábiles establecidos en el artículo 71, fracción III, párrafo primero, del

Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

RED DE TRANSPORTE DE PASAJEROS DEL DISTRITO FEDERAL

“Derechos a recibir Bienes o Servicios y Derechos a recibir Efectivo o Equivalentes”

Las políticas y procedimientos establecidos por RTP para el control y recupera-

ción de los derechos a recibir efectivo o equivalentes y para la administración de

riesgos fueron insuficientes.

El manual de contabilidad y el catálogo de cuentas utilizados en 2015 no fueron

los autorizados por la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta

Pública vigentes para ese año.

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111

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

RTP interpuso un juicio especial de fianzas para reclamar a una afianzadora el pago de las pólizas de fianzas que garantizan un anticipo y el cumplimiento de un contrato, que se encuentra en desahogo de pruebas; además de un juicio or-dinario civil para reclamar la devolución de 92,707.2 miles de pesos que le fueron en-tregados a una empresa por el 40.0% de anticipo de un contrato para la adquisi-ción de autobuses, el pago de intereses generados, de penas convencionales, de intereses generados por concepto de penas convencionales y de daños y perjui-cios, del cual transcurre término para que la entidad manifieste lo que a su dere-cho convenga, por las excepciones de la parte contraria.

RTP reportó un saldo por cobrar de 213.1 miles de pesos a la Dirección General de Administración de la SEDESO por servicios de transporte proporcionados de 2009 a 2010, que por su antigüedad tiene el riesgo de no recuperarse en su totalidad.

La entidad registró en una cuenta por cobrar un laudo pagado por 476.1 miles de pesos que no será recuperado.

“Bienes Muebles y Bienes Inmuebles, Infraestructura y Construcciones en Proceso”

Los códigos de los bienes muebles señalados en la “Relación de Bienes Muebles que Componen el Patrimonio” no coinciden con el Catálogo de Bienes Muebles del Distrito Federal emitido por el Consejo de Armonización Contable del Distrito Federal.

RTP envió los informes DAI-1 y DAI-2 con posterioridad al plazo establecido en la normatividad aplicable y no acreditó el envío de los informes “Bienes Excedentes”, “Distribución de Bienes Muebles”, DAI-Baja “Bienes en Proceso de Desincorporación”, “Informe de Altas, Bajas y Destino Final de Bienes Muebles” y “Calendario de Activida-des con Cierre al 31 de diciembre del Programa de Levantamiento Físico de Bie-nes Instrumentales”.

SERVICIO DE TRANSPORTES ELÉCTRICOS DEL DISTRITO FEDERAL

Partida Genérica 1540 “Prestaciones Contractuales”

El Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal comprometió 344.9 mi-les de pesos para realizar, con cargo a la partida 1547 “Asignaciones Conmemo-rativas”, un evento para festejar el Día del niño tranviario a celebrarse el 2 de mayo

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112

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

de 2015 (303.2 miles de pesos) y la adquisición de regalos para el Día de las madres (41.7 miles de pesos); sin embargo, dichas prestaciones no se identifica-ron en el Contrato Colectivo de Trabajo vigente en 2015 y el STE no proporcionó documentación que permitiera comprobar la devengación de dicho importe.

ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

“Bienes Muebles”

La EAP registró dos sopladores aspiradoras, por un monto de 95.9 miles de pesos,

erróneamente en la cuenta contable “Equipo Médico y de Laboratorio”, debiendo

ser en la cuenta “Materiales y Suministros para Seguridad”, conforme a su Plan

de Cuentas.

INSTITUTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL

“Bienes Muebles” y Capítulo 1000 “Servicios Personales”

El sistema de contabilidad gubernamental que utilizó el INVEA-DF se encontró

en proceso de pruebas, y no se concluyó la integración de la información de los proce-

sos de cada área para cumplir la normatividad regulatoria definida por el CONAC

y entrelazar las etapas del proceso de contratación, asignación, distribución y

manejo de recursos, bienes y servicios; no generó estados financieros en tiempo

real; y no facilitó el registro y control de los inventarios.

El manual administrativo de la entidad no se actualizó acorde a la estructura

orgánica vigente y no contó con un procedimiento que regulara el control y regis-

tro de asistencia del personal; además, el manual de contabilidad no se actualizó con-

forme a los apartados precisados por el CONAC y no incorporó una cuenta espe-

cífica para el registro del pasivo circulante al cierre del ejercicio; conjuntamente,

el instituto careció de la clasificación administrativa del ejercicio del gasto de los servi-

cios personales.

De los 318 puestos que integran la estructura orgánica, el INVEA-DF sólo contó

con 15 perfiles de puestos; además, no documentó sobre la existencia del catálogo

de puestos.

Page 113: OMO I, INFORME EJECUTIVO

113

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

El devengado del aguinaldo no se registró por mes (de enero a diciembre), dado que

el registro de la provisión del gasto de la gratificación de fin de año se realizó al cierre

del ejercicio. Igualmente, no se provisionaron 221.7 miles de pesos y 19.7 miles de

pesos pagados en julio de 2015 y enero de 2016, respectivamente, correspondientes

a ajustes a las cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de 2014

y a cuotas al IMSS del sexto bimestre de 2015, en ese orden; el INVEA-DF tam-

poco previó recursos para contar con suficiencia presupuestal para el pago de

cuotas al IMSS.

INSTITUTO PARA LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE LAS ADICCIONES EN LA CIUDAD DE MÉXICO

“Bienes Muebles” y Capítulo 1000 “Servicios Personales”

El IAPA no realizó un inventario físico de bienes muebles.

La entidad no acreditó que para la contratación del Seguro Colectivo de Protec-ción Familiar de Trabajadores de Estructura del Gobierno del Distrito Federal se hubiesen obtenido las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad y oportu-nidad; además, no atendió el acuerdo emitido por su Consejo Directivo en el sen-tido de realizar una consulta a la OM respecto de la vigencia de la póliza de protec-ción familiar para los trabajadores.

El instituto efectuó pagos por servicios del seguro de protección familiar que no fueron devengados, ya que pagó 34.1 miles de pesos a trabajadores que ya ha-bían sido dados de baja y un pago retroactivo de 1,013.6 miles de pesos por un período en el cual no se contaba con el servicio del seguro (enero-agosto de 2015).

Según consta en la documentación que obra en los expedientes de personal, se determinó que dos personas de estructura no cumplen el perfil de puesto necesa-rio para cubrir una Subdirección y una Jefatura de Unidad Departamental.

El instituto no capturó correctamente en el Sistema Integral Desconcentrado de Nóminas (SIDEN) los datos de 12 empleados y pagó las aportaciones al ISSSTE con base en lo registrado en las nóminas del SIDEN y no en función de las remu-neraciones efectivamente otorgadas, lo que originó que dicho pago se realizara por un monto inferior de 16.5 miles de pesos.

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INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

“Bienes Muebles” y “Bienes Inmuebles”

Durante 2015, SSP-DF no registró contablemente y, por ende, no reportó en su

Informe de Cuenta Pública 120 pantallas por un importe total de 900.9 miles de pesos,

entregadas por una institución bancaria en 2013; la entidad tampoco registró 439 bie-

nes que fueron transferidos por la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal

durante 2012, por un monto de 2,501.5 miles de pesos.

De la verificación física a la existencia, uso y destino de los bienes muebles pro-

piedad de la entidad, se observó que no se encontraban en uso los siguientes bienes:

15 unidades dentales portátiles con módulo integrado, 2 cabinas de fototerapia de

cuerpo entero, 3 equipos de rayos X unidad radiográfica, 3 computadoras portátiles

y 1 cámara web.

De los 1,279 bienes revisados, 1,267 no contaron con los resguardos respectivos.

SSP-DF entregó con un desfase de cuatro días el informe “DAI-1 Movimiento de

Existencias en Almacenes” correspondiente al cuarto trimestre; los informes “Avance

del Programa de Levantamiento Físico de Bienes Instrumentales” correspondientes

a octubre, noviembre y diciembre de 2015 no fueron entregados a la DGRMSG

de la OM y en tanto que seis informes de dicho avance fueron presentados con des-

fases de 1 a 47 días; y no remitió el “Informe Consolidado de Resguardo de Bienes”

correspondiente al tercero y cuarto trimestres del ejercicio 2015.

La entidad tiene dos inmuebles que se encontraban sin uso.

PROCURADURÍA AMBIENTAL Y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DISTRITO FEDERAL

“Bienes Muebles”

La PAOT reportó en la relación de “Bienes Muebles que Componen el Patrimonio”,

un monto de 46,324.4 miles de pesos, que difiere en 405.2 miles de pesos con el pre-

sentado en el padrón inventarial por 45,919.2 miles de pesos; dicha variación corres-

ponde a cuatro bienes que no fueron considerados en el padrón citado.

Page 115: OMO I, INFORME EJECUTIVO

115

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

Un vehículo asignado a la Subprocuraduría de Ordenamiento Territorial careció de la etiqueta de inventario y no estaba balizado con los logotipos del organismo y la leyenda respectiva.

FIDEICOMISO MUSEO DE ARTE POPULAR MEXICANO

“Ingresos Propios” y Capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”

Durante el período del 1o. de enero al 24 de diciembre de 2015, el MAP careció de procedimientos para regular sus operaciones y en los procedimientos publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de esta última fecha, no se incluyó los que regularían las operaciones vinculadas con los ingresos propios y el capítulo 5000.

Aun cuando las obras de arte de la muestra contaban con número de identificación por parte de la Bodega de Colecciones, carecieron del número de inventario es-tablecido por la OM.

El MAP efectuó el pago a los artesanos y proveedores de equipo de cómputo mediante cheques y no por transferencias bancarias.

INSTITUTO DE CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

“Bienes Muebles” y Capítulo 3000 “Servicios Generales”

El sistema informático contable implantado por el ICATCDMX no emitió auxiliares presupuestales en los cuales se debió haber reflejado el ingreso estimado, modi-ficado, devengado y recaudado; tampoco emitió estados financieros en tiempo real; ni se interrelacionó contable y presupuestalmente con las operaciones realizadas por las áreas de la entidad.

Se confirmó que el instituto eximió pólizas de garantía y fianzas a los proveedo-res, sin contar con autorización de la SEFIN.

HEROICO CUERPO DE BOMBEROS DEL DISTRITO FEDERAL

Capítulo 1000 “Servicios Personales” y “Bienes Muebles”

El Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal no elaboró ni presentó diversos informes, reportes y programas relativos a los bienes muebles de su propiedad

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INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

ante las instancias competentes, en los términos que establecen la normatividad y los ordenamientos aplicables.

INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DEL DISTRITO FEDERAL

“Bienes Muebles”

El IEMS no elaboró ni presentó diversos informes, reportes y programas relativos

a los bienes muebles de su propiedad ante las instancias competentes, en los

términos que establecen la normatividad y los ordenamientos aplicables. Además,

37 bienes muebles no han sido asignados o no se encuentran en uso, por lo que

no están cumpliendo el fin para el que fueron adquiridos.

INSTITUTO LOCAL DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA DEL DISTRITO FEDERAL

“Bienes Muebles e Inmuebles”

El ILIFE presentó una variación de 37,717.8 miles de pesos en el rubro Activo no

Circulante y la “Relación de Bienes Muebles que Compone el Patrimonio”, la cual

se debió a que en el saldo del Activo no Circulante se encuentran registrados bienes

muebles destinados al equipamiento para la infraestructura física educativa de la

Ciudad de México, los cuales se adquirieron con recursos del Fondo de Aporta-

ciones Múltiples 2013 y 2014; recursos federales procedentes del Fondo Concur-

sable de Inversión para Centros y Unidades de Formación o Capacitación para el

Trabajo 2015; y recursos de gasto corriente reclasificados de los capítulos 3000

“Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”. Sin embargo,

dichos bienes no fueron para el uso de la entidad.

El instituto elaboró auxiliares contables en el ejercicio de 2015.

FIDEICOMISO EDUCACIÓN GARANTIZADA DEL DISTRITO FEDERAL

“Bienes Muebles”

El FEG no contó con un manual de procedimientos que regulara la baja de bienes

muebles, incluyendo políticas, descripción de actividades, responsables y tiempos

para llevar a cabo las actividades.

Page 117: OMO I, INFORME EJECUTIVO

117

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

La entidad no acreditó la propiedad de 423 bienes.

El FEG operó 67 bajas de bienes muebles, pero no proporcionó dictamen de baja

enviado a la Contraloría Interna de la entidad.

Al verificar la existencia, uso y destino de los 483 bienes informáticos y 272 relo-

jes para juegos de ajedrez seleccionados como muestra, se detectó que: 1 cámara,

1 plotter, 3 proyectores, 1 servidor y 261 relojes aún estaban empaquetados en

su caja de origen y sin ser utilizados; 1 equipo multifuncional, 2 impresoras, 56 mi-

crocomputadoras, 45 laptops, 4 minicomputadoras, 2 no break y 2 proyectores

no se identificaron por carecer de etiqueta o número de inventario; 6 impresoras,

49 microcomputadoras, 39 laptops y 2 ruteadores estaban fuera de servicio y en

desuso; no se ubicaron físicamente 3 switch lan y 3 relojes; además de que

63 bienes informáticos estaban descompuestos y 26 fuera de servicio.

La entidad careció de los resguardos de 6 bienes muebles y de 60 bienes informáticos.

El FEG no entregó a la OM los siguientes informes: “Avance del Programa de Levantamiento Físico de Bienes Instrumentales”, “Resultados Finales del Programa de Levantamiento Físico de Bienes Instrumentales”, “Informe Consolidado de Res-guardo de Bienes” y “Programa de Enajenación de Bienes Muebles”. Además, los informes “Altas, Bajas y Destino Final de Bienes Muebles”, correspondientes al pri-mer y segundo trimestre del ejercicio 2015, fueron entregados a la OM con un desfa-se de cinco y cuatro, en ése orden, con relación al plazo establecido en la norma.

CAJA DE PREVISIÓN DE LA POLICÍA AUXILIAR DEL DISTRITO FEDERAL

“Bienes Muebles”

La CAPREPA reportó en su Informe de Cuenta Pública de 2015, en la “Relación de Bienes Muebles que componen el patrimonio” 54.0 miles de pesos correspon-dientes a bienes de consumo que debieron registrarse en el capítulo 2000 “Mate-riales y Suministros”, lo que denota deficiencias de control interno.

La entidad presentó deficiencias de control y registro de los bienes muebles; asi-mismo, cuenta con bienes muebles almacenados y sin usar, mismos que se encuen-tran en proceso de deterioro por las condiciones y lugar en el que se encuentran.

Page 118: OMO I, INFORME EJECUTIVO

118

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

La CAPREPA no elaboró ni presentó diversos informes, reportes y programas relativos a los bienes muebles de su propiedad ante las instancias competentes, en los términos que establecen la normatividad y los ordenamientos aplicables.

CAJA DE PREVISIÓN PARA TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

“Bienes Muebles e Inmuebles”

En 60 bienes muebles de la CAPTRALIR se observaron dos situaciones: 17 bie-nes muebles iniciaron su depreciación a partir del 30 de septiembre de 2015, no obstante que su adquisición corresponde a años anteriores, sin considerar sus registros los parámetros de vida útil ni la base acumulativa para determinar el valor de los bienes de su patrimonio; y la depreciación de 42 bienes muebles no inició al mes siguiente de la adquisición.

La CAPTRALIR presentó importes diferentes en el Estado de Situación Financie-ra de Cuenta Pública de 2015 en el rubro de bienes inmuebles y en la relación de bienes inmuebles que componen su patrimonio.

En la Cuenta Pública el ente reporteó un bien inmueble que no es de su propiedad.

CAJA DE PREVISIÓN DE LA POLICÍA PREVENTIVA DEL DISTRITO FEDERAL

Capítulo 1000 “Servicios Personales” y “Bienes Muebles e Inmuebles”

Una persona prestó sus servicios de manera simultánea en la CAPREPOL y en otro ente del gobierno local.

Dos inmuebles propiedad de la CAPREPOL, están invadidos desde el 23 de septiembre de 2013 y el17 de diciembre de 2014, respectivamente; y otros dos se encuen-tran en desuso.

PROCDMX, S.A. DE C.V.

Capítulo 3000 “Servicios Generales”

PROCDMX, S.A. de C.V., celebró el contrato núm. PROCDMX/CGA/SERV/029/2015 con una persona física para prestar “servicios profesionales para coadyuvar con

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119

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

agentes en el extranjero”, quien a la fecha de la formalización del contrato forma-ba parte de la estructura de PROCDMX.

El 28 de octubre de 2015, PROCDMX celebró el contrato núm. PROCDMX/CGA/SERV/039/2015 con vigencia del 1o. de noviembre al 31 de diciembre de 2015, con la misma persona física del contrato núm. PROCDMX/CGA/SERV/029/2015, con vigencia del 1o. de agosto al 15 de octubre de 2015.

El prestador de servicios profesionales reportó haber realizado actividades los días 19, 20 y 21 de octubre de 2015, las cuales fueron incluidas para el primer pago del contrato núm. PROCDMX/CGA/SERV/039/2015; sin embargo, tales fechas estu-vieron fuera de la vigencia de los contratos núms. PROCDMX/CGA/SERV/029/2015 y PROCDMX/CGA/SERV/039/2015.

“Activo no Circulante”

Al 31 de diciembre de 2015, PROCDMX no contó con las escrituras que acredita-ran la propiedad de dos terrenos, como se manifestó en los estados financieros dictaminados del ejercicio de 2015.

CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN, S.A. DE C.V.

“Bienes Muebles e Inmuebles”

COMISA no elaboró ni presentó diversos informes, reportes y programas relativos a los bienes muebles de su propiedad ante las instancias competentes, en los térmi-nos que establecen la normatividad y los ordenamientos aplicables.

SERVICIOS METROPOLITANOS, S.A. DE C.V.

“Bienes Muebles e Inmuebles”

De una muestra de auditoría de 50 bienes inmuebles de SEVIMET, se observó que únicamente 17 cuentan con escritura pública.

Se llevó a cabo la inspección física de 15 inmuebles, durante la cual la entidad no

acreditó con evidencia el estado que guardan nueve de éstos, ya que presentan

Page 120: OMO I, INFORME EJECUTIVO

120

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

variaciones en su registro; asimismo, en dicha inspección física se determinó que

no es clara la delimitación de los usos de dichos inmuebles.

Se identificó que 79 bienes instrumentales se encuentran en desuso y no se les

ha aplicado el procedimiento de baja.

SERVIMET no elaboró ni integró un Programa de Levantamiento Físico de Inven-

tario de Bienes Instrumentales.

ÓRGANO DE GOBIERNO

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL

Capítulo 6000 “Inversión Pública”

La Dirección Ejecutiva de Obras, Mantenimiento y Servicios del TSJDF no contó

con procedimientos para el control de la ejecución de obra pública para su estruc-

tura orgánica autorizada en el ejercicio fiscal de 2015.

El TSJDF no realizó las evaluaciones para determinar el porcentaje de los antici-

pos otorgados para la ejecución de las obras objeto de tres contratos.

No estableció en las cláusulas de tres contratos de obra pública, la fecha de corte

para la presentación de las estimaciones o ministraciones de obra para pago de

los trabajos.

Al formalizar dos contratos de obra pública bianuales (2015-2016) a precio alzado,

el TSJDF convino programas para la ejecución de los trabajos distintos al de las

propuestas contratadas ganadoras de los procedimientos de invitación restringida

que realizó para su adjudicación.

El Tribunal pagó con cargo a un contrato de obra pública, 165 luminarios fluores-

centes que no se ajustaron a la descripción del concepto pagado, pues aunque autori-

zó modificar la especificación convenida por un producto de mejor calidad, no celebró

el convenio respectivo.

Page 121: OMO I, INFORME EJECUTIVO

121

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

ÓRGANOS AUTÓNOMOS

TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL

“Bienes Muebles”, “Bienes Inmuebles” y Capítulo 1000 “Servicios Personales”

Para el ejercicio de 2015, el TEDF careció de un manual de contabilidad y plan de cuentas alineados a las disposiciones del CONAC.

Doce lugares de tres crucetas no se encontraban en uso y estaban guardadas en el sótano del edificio del tribunal. Además, el órgano autónomo proporcionó una rela-ción de 388 bienes informáticos, de los cuales 339 bienes también habían sido guardados sin usarse; entre éstos se encontraban CPU y monitores para compu-tadoras, sin que el TEDF mostrara evidencia de su destino final.

El TEDF no suscribió el acta del inventario físico de bienes y careció de un padrón inventarial de bienes que conforman su patrimonio (altas, bajas y destino final).

Para el cálculo de la depreciación, el TEDF incluyó el saldo de la cuenta “Terre-nos”, por lo que los estados financieros dictaminados al 31 de diciembre de 2015 no presentaron cifras correctas y confiables.

El sistema contable presupuestal del TEDF no permitió efectuar la interrelación automática de los clasificadores presupuestarios, la lista de cuentas y el catálogo de bienes en tiempo real. Asimismo, los registros auxiliares del TEDF del ejercicio re-visado no mostraron el registro por cada operación de la etapa del presupuesto aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado en las cuen-tas de orden presupuestario que establece el CONAC.

Una trabajadora laboró en el TEDF y en otro ente de la administración pública local de manera simultánea.

COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL

“Bienes Inmuebles, Infraestructura y Construcciones en Proceso” y “Bienes Muebles”

La CDHDF carece de lineamientos, procedimientos y programas que regulen el control

de vehículos para atención ciudadana.

Page 122: OMO I, INFORME EJECUTIVO

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INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

“Bienes Muebles e Inmuebles”

La UACM, no cuenta con una normatividad que refleje su naturaleza jurídica como

órgano autónomo, no cuenta con un procedimiento de bajas de muebles y existe

una variación de 11,688.2 miles de pesos entre la Cuenta Pública 2015 y la ba-

lanza de comprobación.

En el almacén de la UACM se encontraron 90 bienes muebles empaquetados

con antigüedad que van de los siete meses hasta los tres años, la ubicación se-

ñalada en el resguardo de dos bienes no corresponde con la real, y no se llevó

acabo el levantamiento físico de los bienes muebles.

Se identificó un faltante de 1,325 bienes que carecen de registro de almacén

y que se publicaron en la Cuenta Pública.

Se identificaron cinco bienes inmuebles cuyas gestiones de desincorporación con

el gobierno de la Ciudad de México no habían concluido.

ENFOQUE A TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES

DEPENDENCIA

SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

Sistema de Monitoreo Atmosférico de la Zona Metropolitana del Valle de México (SIMAT)

La SEDEMA no contó con un área especializada en Gobierno TIC que apoyara en la

organización y monitoreo del uso de TIC en relación con los objetivos de la misma.

La Secretaría no posee documentación relativa a Políticas de Seguridad de la Infor-

mación y Gobernanza TIC ni a las Políticas de Desarrollo y Adquisición de Software.

No ha gestionado el registro de los derechos de autoría intelectual de las aplica-

ciones (software) desarrolladas.

Page 123: OMO I, INFORME EJECUTIVO

123

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

La dependencia no realizó por lo menos una auditoría de desempeño de los compo-nentes del sistema durante 2015, por lo que incumplió lo establecido en el Programa Nacional de Monitoreo Atmosférico.

ÓRGANO DESCONCENTRADO

CENTRO DE COMANDO, CONTROL, CÓMPUTO, COMUNICACIONES Y CONTACTO CIUDADANO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Sistema de Alerta Sísmica

El C5 no posee documentación relativa a la Gobernanza TIC, Políticas de Segu-ridad de la Información o instrumentos normativos oficiales publicados y difundi-dos, que protejan la seguridad e integridad del mensaje emitido por el CIRES, así como su alineación con ITIL V3 y ISO/IEC 27002.

El mantenimiento correctivo y preventivo de la infraestructura del Sistema de Alerta Sísmica no posee la cobertura total, lo cual redujo el impacto de la alerta en las zonas donde fallaron los STV; además, la alerta sísmica es exclusivamente sono-ra, lo que pone en riesgo a la población con discapacidad auditiva, por lo que se considera que la infraestructura tecnológica que soporta el SDAS, no cuenta con elementos suficientes para cumplir su objetivo.

El C5 no posee un mecanismo que garantice la coordinación con otras institucio-nes (locales y federales) para establecer mecánicas inherentes para la difusión a la población de la alerta sísmica por medios alternos a los STV, así como es-quemas de concientización ciudadana y comunicación social, mediante el uso de herramientas unificadas, durante un evento sísmico en la Ciudad de México, para dar cumplimiento a la Ley de Gobierno Electrónico del Distrito Federal.

AUDITORÍAS DE DESEMPEÑO

SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

Función de Gasto 1 “Protección Ambiental”, Actividad Institucional 321 “Acciones enfocadas a la Inspección y Vigilancia Ambiental”

La dependencia cumplió en forma parcial el objetivo, fin y propósito de la activi-dad institucional porque, aun cuando realizó acciones encaminadas a garantizar que se cumplan las obligaciones ambientales e instalación de equipo de control para

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INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

minimizar los contaminantes generados y la atención oportuna a las denuncias ciudadanas, no contó con elementos de medición que permitieran verificar la disminución y control de contaminantes generados por fuentes fijas. Tampoco contó con información pertinente sobre la restauración ecológica del suelo de conservación recuperado; y no se resuelven de manera inmediata las denuncias ambientales.

La unidad de medida “inspección”, impidió a la Secretaría evaluar el cumplimiento

de sus objetivos estratégicos y el fin, propósito y objetivo de la actividad institucional,

debido a que no tiene una implicación directa con los conceptos establecidos en

los objetivos, el fin y el propósito.

La Secretaría careció de elementos documentales y técnicos que le permitieran

evaluar de manera objetiva los beneficios generados a las y los habitantes de la

CDMX con la operación de la actividad institucional, por lo que recurrió a estudios

elaborados por otros entes.

En su manual administrativo, el proceso que rige la actividad institucional 321 con-

cluye con la emisión de la resolución administrativa, sin contemplar la verificación

del cumplimiento de las medidas ordenadas en la resolución; que están orienta-

das a subsanar los daños o afectaciones ambientales detectados en las visitas

de inspección.

La SEDEMA alcanzó la misma meta física programada en 2014, pese a que se le

autorizaron más recursos humanos y financieros para el ejercicio de 2015.

Respecto al personal que operó la actividad institucional revisada, la SEDEMA no

atendió en su totalidad los perfiles de puesto ni los requisitos documentales para

su contratación.

La SEDEMA no contó con un sistema de evaluación del desempeño que contempla-

ra los elementos metodológicos para valorar de manera objetiva el desempeño

de sus actividades, con base en indicadores estratégicos y de gestión que coadyu-

varan a la toma de decisiones y permitieran confirmar los resultados obtenidos

mediante el ejercicio de los recursos públicos de la actividad institucional.

Page 125: OMO I, INFORME EJECUTIVO

125

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

Función de Gasto 1 “Protección Ambiental”, Actividad Institucional 327 “Detección de Vehículos sin Verificación Vehicular y/o Contaminantes”

La dependencia no estableció conceptos acordes y congruentes entre la unidad

de medida, objetivo, fin y propósito para la actividad institucional revisada; y no estuvo

en posibilidad de medir su eficacia en la reducción de contaminación a la atmós-

fera, por lo que no se reflejó el cumplimiento de objetivos y propósitos consisten-

tes en la disminución de emisiones.

La SEDEMA no sustentó el diagnóstico con base en el cual se formuló la activi-

dad institucional y determinó una finalidad de la actividad institucional para la cual

la unidad administrativa que la operó no es competente para darle seguimiento.

La SEDEMA no cuenta con elementos documentales y técnicos que le permitan

determinar de forma objetiva, el grado de reducción de emisiones contaminantes

generadas por vehículos automotores que circularon en la CDMX, en el marco de

la actividad institucional revisada.

La SEDEMA no considera en su manual administrativo la totalidad de los proce-

dimientos que se realizan en el marco de la actividad institucional estudiada ni

tiene control, resguardo y registro para la integración y mantenimiento de expedientes

que deriven de la documentación generada por las sanciones impuestas en la

operación de la actividad institucional revisada.

La Secretaría no utilizó los opacímetros adquiridos en el año 2015 para medir

los niveles de emisiones contaminantes generadas por los vehículos detectados

y sancionados.

Se carece de convenios de coordinación con entes del gobierno de la Ciudad de

México, dependencias federales y entidades federativas, para garantizar que los

ciudadanos sancionados se vean obligados a cubrir las sanciones impuestas, acredi-

tar que las emisiones contaminantes del vehículo objeto de sanción se encuentran

Page 126: OMO I, INFORME EJECUTIVO

126

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

dentro de los límites máximos permisibles establecidos en la normatividad, efec-

tuar el cobro de la sanción económica y dar destino final a las placas retenidas.

La SEDEMA no realizó cursos orientados a la profesionalización del personal opera-

tivo y de estructura que atiende la actividad institucional 327.

La dependencia no tiene un sistema de evaluación del desempeño e indicadores

estratégicos y de gestión para evaluar la operación de la actividad institucional

revisada, en cuanto al cumplimiento de sus objetivos, su desempeño y su impac-

to en el medio ambiente y en el entorno social.

SECRETARÍA DE PROTECCIÓN CIVIL

Función de Gasto 1 “Asuntos de Orden Público y de Seguridad Interior”, Actividad Institucional 354 “Opinión Especializada y Verificaciones en Materia de Protección Civil”

La SPC incumplió la meta física que reportó en el Informe de Cuenta Pública

de 2015, debido a que en dicho informe contabilizó acciones no sustantivas. Asi-

mismo, la documentación soporte de la meta física alcanzada no permitió verificar

que se haya cumplido el objetivo de la actividad institucional, que consistió en conso-

lidar un sistema de protección civil y que se atendieran en forma efectiva los ries-

gos naturales y antropogénicos. Aunado a lo anterior, la unidad de medida “Do-

cumento” imposibilitó evaluar el impacto generado como resultado de la prevención

de riesgos para la población de la Ciudad de México.

El manual administrativo de la SPC se encontró desactualizado, debido a que no

contiene la totalidad de procedimientos sustantivos y no se especificaron los tra-

mos de control que regulen las actividades ejecutadas por la Dirección General

de Prevención en la emisión de opiniones especializadas y verificaciones en ma-

teria de protección civil.

La SPC no contó con un sistema de evaluación del desempeño, al carecer de indi-

cadores para medir la eficacia en el cumplimiento de metas y objetivos; la eficiencia

en el uso de los recursos para emitir una opinión y realizar las verificaciones;

y determinar la economía con la que se utilizaron los recursos financieros.

Page 127: OMO I, INFORME EJECUTIVO

127

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL

Función de Gasto 2 “Justicia”, Actividad Institucional 000 “Transferencia a Órganos Autónomos”, Programa 02 “Defensa”

La CDHDF presentó discrepancias entre los reportes “Expedientes por presuntas violaciones a los derechos humanos” y “Quejas por presuntas violaciones a los derechos humanos”.

La Comisión realizó acciones para el cumplimiento de los objetivos de su activi-dad institucional contempladas en procedimientos no actualizados, en los que se señalan unidades administrativas no identificadas en su Manual General de Organi-zación; además, el documento utilizado para la conclusión de quejas por presun-tas violaciones de derechos humanos es un instrumento que establece de mane-ra general los procesos de investigación y conclusión de quejas por presuntas violaciones de derechos humanos, sin que en éstos se describan en forma deta-llada las áreas involucradas en la operación de dicho proceso, así como los pla-zos, tramos de control, descripción de operaciones y políticas que deben aplicarse.

La CDHDF no dispuso de un sistema de evaluación del desempeño que permitie-ra medir el cumplimiento de las metas y objetivos establecidos ni contó con indi-cadores que le permitieran determinar la eficacia en el cumplimiento de los obje-tivos de la actividad institucional.

JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE

Función de Gasto 2 “Justicia”, Actividad Institucional 005 “Transferencias a Órganos Autónomos”

En la JLCA no fue posible comprobar la metodología empleada en 2015 para la pro-gramación de la meta física.

Las cuatro acciones que integraron la actividad institucional en revisión se contabili-zaron con unidades de medida que no permitieron reflejar su comportamiento real.

Se identificaron diferencias entre lo reportado en los Informes de Cuenta Pública y los registros internos, con lo expuesto en las bases de datos, en los Informes Estadísticos Anuales y en los Informes de Avance Trimestral.

Page 128: OMO I, INFORME EJECUTIVO

128

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

En la JLCA aumentó la acumulación de los expedientes de quejas y denuncias

en comparación con 2014.

La información presupuestal presentada no reflejó su costo real de operación res-

pecto a la meta física por actividad institucional y a nivel total.

Las medidas de austeridad no fueron cubiertas en su totalidad para el logro de eco-

nomías presupuestarias que señala el artículo 1 de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente.

La JLCA no acreditó con la documentación soporte los cursos que fueron impar-

tidos durante el ejercicio 2015 y la evaluación al desempeño se realizó a un por-

centaje mínimo del personal que intervino en la actividad institucional en estudio.

Los indicadores internos asociados a la actividad institucional 005 “Transferen-

cias a órganos autónomos” fueron insuficientes para medir el cumplimiento de los

objetivos totales enunciados en el Informe de Cuenta Pública de 2015.

PROCURADURÍA AMBIENTAL Y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL

Función de Gasto 2 “Justicia”, Actividad Institucional 301 “Atención de Denuncias e Investigaciones de Oficio en materia Ambiental y del Ordenamiento Territorial”

La unidad de medida no fueron congruente con las acciones desarrolladas en la

actividad institucional (denuncias ciudadanas, reconocimientos de hechos, reco-

mendaciones y dictámenes).

En algunos casos no se cumplieron los plazos establecidos en su manual, ni en la

normatividad supletoria para la atención de las actuaciones, considerando la ope-

ración real.

La PAOT no contó con mecanismos de control y supervisión para una adecuada pro-

gramación del presupuesto enfocada a resultados respecto de la meta a cumplir.

No contó con un sistema de evaluación del desempeño, al carecer de indicadores

para medir la eficacia en el cumplimiento de metas y objetivos, la eficiencia

Page 129: OMO I, INFORME EJECUTIVO

129

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

en el uso de los recursos para emitir una resolución y determinar la economía

con la que se utilizaron los recursos financieros.

PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL

Función de Gasto 2 “Justicia”, Actividad Institucional 308 “Capacitación en materia de Procuración de Justicia”

La PGJDF no conto con evidencia de la programación de la meta física para el ejer-

cicio de 2015 y los registros auxiliares que soportaron la evolución de la meta física

alcanzada.

En cuanto a los perfiles de puesto, la PGJDF no atendió en su totalidad lo previs-

to en la normatividad aplicable.

La PGJDF careció de un sistema de evaluación del desempeño y en el indicador

denominado “Porcentaje de elementos capacitados” no contempló los atributos

o elementos de la metodología de la matriz del marco lógico, como el fin y propó-

sito, así como los supuestos para cada uno de los objetivos.

Actividad Institucional 316 “Seguimiento a Procesos Penales, Civiles y Familiares en su Carácter de Representante Social”

La PGJDF mostró deficiencias en la programación de la meta física, al no acreditar la

existencia de papeles de trabajo ni bases de cálculo empleados para estimar el

cumplimiento de las metas contenidas en el presupuesto autorizado y la determi-

nación del grado o la medida de cumplimiento de las mismas.

La Procuraduría, no contó con la información suficiente para comprobar la aplica-

ción del gasto de manera detallada en los capítulos 1000 “Servicios Personales”,

2000 “Materiales y suministros” y 3000 “Servicios Generales”.

La PGJDF no contó con un sistema de evaluación del desempeño y, aunque pro-

porcionó un indicador denominado “Índice de Sentencias”, éste mostró carencias en

su planteamiento, dado que los elementos contenidos en el método de cálculo no permi-

tieron medir el impacto de la actividad institucional en el cumplimiento de las me-

tas y objetivos.

Page 130: OMO I, INFORME EJECUTIVO

130

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

Función de Gasto 2 “Justicia”, Actividad Institucional 304 “Análisis y Estudios de las Pruebas Periciales”

La PGJDF mostro deficiencias en la programación de la meta física de la actividad

institucional en estudio, al no corresponder a lo señalado en el Informe de Cuenta

Pública.

Se determinó que la PGJDF presentó deficiencias de control en cuanto a la conforma-

ción de la plantilla de personal.

La información justificativa del capítulo 1000 “Servicios Personales” no permitió corro-

borar lo erogado.

La PGJDF no contó con un sistema de evaluación del desempeño y el indicador

proporcionado muestra carencias en su planteamiento, dado que los elementos

contenidos en el método de cálculo no permiten medir el impacto de la actividad

institucional en el cumplimiento del objetivo.

AUTORIDAD DEL ESPACIO PÚBLICO

Función de Gasto 2 “Vivienda y Servicios a la Comunidad”, Actividad Institucional 330 “Gestión Integral de Espacios Públicos”

La Autoridad del Espacio Público no concluyó los proyectos previstos para la re-

cuperación y rehabilitación de los espacios públicos en los tiempos programados,

lo cual provocó un retraso en la obtención de sus beneficios.

El manual administrativo de la AEP no contempla en sus procedimientos lo co-

rrespondiente a la fase de identificación de espacios públicos susceptibles de ser

rescatados, rehabilitados o mejorados para beneficio de un mayor número de ciuda-

danos; a la evaluación preliminar del mejor uso para el espacio público por resca-

tar y rehabilitar; a la evaluación del impacto urbano y social del proyecto; y a la

fase posterior al proceso licitatorio, como sería la supervisión de la construcción

y equipamiento de los proyectos y la entrega del espacio público a la autoridad,

asociación civil o grupo de vecinos que se hará responsable de operar y mante-

ner cada espacio público.

Page 131: OMO I, INFORME EJECUTIVO

131

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

El manual tampoco se incluye lo relativo a la coordinación que debe tener dicho

órgano desconcentrado con las Delegaciones y otras autoridades u organismos pú-

blicos y privados para la realización eficaz, eficiente y económica de los trabajos

de obra civil y equipamiento por realizar en los espacios públicos por intervenir.

INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL

Función de Gasto 2 “Vivienda y Servicios a la Comunidad”, Actividad Institucional 354 “Acciones para el Desarrollo de Vivienda en Conjunto”

Aunque las áreas participantes en la actividad institucional en revisión trabajan en

un mismo proceso, éste se realiza de forma desarticulada; es decir, no se cumple

el control asignado normativamente a la Dirección Ejecutiva de Promoción y Fo-

mento de Programas de Vivienda. Al presentar sólo un listado a nivel de predio,

el Informe de Cuenta Pública de 2015 del Instituto de Vivienda del Distrito Federal,

no permite identificar las modalidades y las líneas de financiamientos que otorgó

durante dicho ejercicio.

Las bases de datos no consideraron el total de acciones de vivienda por predio

vigentes en el Instituto, es decir, la oferta potencial; y respecto de los predios aproba-

dos, créditos otorgados y firmados, se desconocen sus fechas, es decir, el tiempo

en que iniciaron cada una de sus fases: aprobación, contratación y operación.

La política pública de vivienda del Gobierno de la Ciudad de México, ejecutada

por medio del INVI para atender a la población de escasos recursos económicos

y en situación de riesgo y vulnerabilidad, resulta poco eficiente, ya que se observó

que existen proyectos de vivienda que datan del año 2004 y aún no han sido

concluidos en su totalidad.

La forma en que se calculó la meta durante el ejercicio 2015 desvincula la parte

operativa del INVI, es decir, el uso eficiente o no, de los recursos humanos, mate-

riales, tecnológicos, de infraestructura, etc., y los productos que generan sus dis-

tintas áreas (solicitudes y contratos de crédito, dictámenes, cédulas únicas de infor-

mación, corridas financieras, supervisión de los proyectos de edificación, pagos de

estimaciones por los avances de obra, cartas finiquito, entrega de escrituras, etc.).

Page 132: OMO I, INFORME EJECUTIVO

132

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

Según el análisis de costos, las razones presentadas mostraron un costo creciente

para el Gobierno de la Ciudad de México por atender la política pública en mate-

ria de vivienda.

El INVI carece de un sistema de evaluación del desempeño que lo guíe en la medi-

ción de sus resultados logrados.

FONDO PARA LA ATENCIÓN Y APOYO A LAS VÍCTIMAS DEL DELITO

Función de Gasto 2 “Justicia”, Actividad Institucional 332 “Atención y Apoyo a las Víctimas del Delito”

El FAAVID mostró deficiencias de control en la programación de la meta física

y no acreditó la existencia de papeles de trabajo ni bases de cálculo empleados

para la cuantificación de la misma.

El FAAVID contó con un procedimiento para el otorgamiento de apoyos económi-

cos a las víctimas del delito; sin embargo, dicho procedimiento no estuvo formali-

zado y aprobado por el Comité Técnico y careció de tiempos específicos en la

consecución de las actividades descritas en el mismo.

El FAAVID careció de una metodología para presupuestar sus recursos financie-

ros en función de la meta física posible de alcanzar; asimismo, el proceso de pre-

supuestación fue deficiente y careció de registros auxiliares detallados que le permitie-

ran correlacionar el avance de las metas física y financiera.

El FAAVID no ha concluido el proceso de armonización de la Ley de Atención

y Apoyo a las Víctimas del Delito para el Distrito Federal y su Reglamento, con la

Ley General de Víctimas.

El FAAVID no realizó el diagnóstico de detección de necesidades de capacitación

y por ende su personal no se integró a cursos de capacitación y no se contó con

evidencia de que los servidores públicos hayan asistido a cursos vinculados con la

actividad institucional en revisión.

El FAAVID no contó con un sistema de evaluación del desempeño y los indicado-

res del Formato IAPP para evaluar los avances de los programas presupuestarios

Page 133: OMO I, INFORME EJECUTIVO

133

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

mostraron carencias en su planteamiento, dado que los elementos contenidos en

el método de cálculo no permiten medir el impacto de la actividad institucional en el

cumplimiento del objetivo.

AGENCIA DE GESTIÓN URBANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Función de Gasto 03 “Coordinación de la Política de Gobierno”, Actividad Institucional 306 “Sistema Único de Información de Servicios Públicos Urbanos”

La AGU careció de una unidad de medida que reflejara el total del abanico de accio-nes que realizó para la atención de solicitudes ciudadanas respecto a los servi-cios públicos urbanos y funcionalidad de la vía pública.

La Agencia no contó con los mecanismos de control y supervisión necesarios para que la información reportada en los registros auxiliares, Informes de Avance Trimes-tral y los Informes de Cuenta Pública sea supervisada y verificada.

Las delegaciones que tienen convenio con la AGU no reportaron en su totalidad las solicitudes de atención ciudadana, a pesar de estar vinculadas a la plataforma SALES FORCE, por lo que no coinciden las cifras reportadas como meta física en el Informe de Cuenta Pública.

La Agencia no cumplió el convenio de coordinación interinstitucional con las de-legaciones, al no dar seguimiento a las bases estipuladas de registrar y reportar las solicitudes de atención ciudadana realizadas por las delegaciones en el sistema único de datos.

La AGU realizó las actividades contempladas en su manual administrativo, el cual presentó deficiencias en la especificación de tiempos estimados en la operación de la plataforma CRM SALES FORCE, la cual está a cargo de empresas subroga-das que la apoyan.

En cuanto al sistema de evaluación del desempeño, si bien la AGU contó con indica-dores de gestión, éstos no le permiten realizar una valoración objetiva de su desempeño conforme a los principios de verificación del grado de cumplimiento de metas y objetivos con base en indicadores estratégicos y de gestión que reflejen el impacto de los programas y acciones que ejecuta.

Page 134: OMO I, INFORME EJECUTIVO

134

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Función de Gasto 5 “Educación”, Actividad Institucional 000 “Fondo Específico de Obras e Infraestructura”

La Universidad Autónoma de la Ciudad de México no ejerció los recursos federa-les asignados al Fondo Específico de Obras e Infraestructura durante 2015.

De igual manera, la aplicación de los procedimientos previstos en el Estatuto Ge-neral Orgánico de la UACM no favoreció la toma de acciones que permitieran ejecutar lo acordado en las sesiones del Consejo Universitario para cumplir en tiempo y forma el objetivo establecido para la actividad institucional en revisión.

COORDINACIÓN DE CENTROS DE TRANSFERENCIA MODAL

Función de Gasto 5 “Transporte”, Actividad Institucional 388 “Operación de los Centros de Transferencia Modal”

El manual administrativo de la CETRAM no considera lo correspondiente a las activi-dades relacionadas con la operación, supervisión y vigilancia de los CETRAM, que son las actividades sustantivas del sujeto fiscalizado.

La CETRAM no lleva a cabo un proceso de evaluación de riesgo que le permita la identificación y valoración de riesgos, así como la evaluación de la tolerancia y desa-rrollo de respuestas para mitigar riesgos relevantes para el logro de sus objetivos.

Diecisiete de los 21 centros revisados no cuentan con instalaciones que permitan a las personas con discapacidad acceder al servicio de transporte público en condi-ciones de seguridad y comodidad.

La Coordinación careció de indicadores que proporcionaran información cuantitativa y cualitativa sobre la gestión y los resultados alcanzados en el marco de las metas y objetivos establecidos y con ello detectar las causas de incumplimiento o de desviación.

SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO

Función de Gasto 5 “Transporte”, Actividad Institucional 384 “Mantenimiento de Instalaciones Fijas”

Los casos de las averías que ocurren de manera contingente son adicionados en los resultados que se reportan en los diversos informes que presenta el ente, sin aclarar este hecho.

Page 135: OMO I, INFORME EJECUTIVO

135

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

En relación al cumplimiento del fin, propósito y objetivo, se evidenció por parte del

personal que participa en el desarrollo de la actividad institucional el desconocimien-

to de los conceptos establecidos en el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos,

así como en el Informe de Cuenta Pública.

En lo relativo al impacto social, aun cuando el STC da cumplimiento a la deman-

da ciudadana carece de control, ya que la información presentada en el portal de

internet difiere de la proporcionada por el ente.

En la mayoría de sus intervenciones, el STC no utiliza los formatos establecidos

en los procedimientos autorizados en su manual administrativo, debido a que en

algunas áreas éstos no son acordes con las necesidades técnicas y operativas;

además, cuenta con documentos que denomina “fichas técnicas” (410) y “activi-

dades adicionales” (23), los cuales no se encuentran contenidos en el referido

manual.

En algunos formatos, el STC registró dos o más actividades (intervenciones) rea-

lizadas por concepto de mantenimiento; asimismo, efectuó el registro parcial de los

formatos utilizados, quedando diversos espacios sin requisitar. En dichos espa-

cios, destacaron los rubros referentes al consumo y necesidades de material, personal

programado, el que asistió, el faltante y las causas o justificación; así como la falta

de nombre y firma del personal encargado, del que supervisó y del que autorizó;

y se detectó que no se efectuaron trabajos de supervisión.

El STC presentó una falta de actualización de los expedientes de personal, y no

cuenta con un Catálogo de Puestos actualizado (no se ha actualizado desde 1967).

En cuanto al requerimiento de necesidades de capacitación, el STC incluyó el mínimo

necesario de los cursos de especialidad solicitados por el área requirente en el Pro-

grama Anual de Capacitación 2015.

El STC no dispuso de un sistema de evaluación del desempeño que permitiera

medir de manera agregada el grado de cumplimiento de las metas y objetivos esta-

blecidos ni contó con indicadores que le ayudaran a conocer con precisión los

logros y cambios ocurridos y, en su caso, detectar las causas de incumplimiento

o desviaciones que pudieran dar lugar a posibles ajustes en las estrategias y líneas

Page 136: OMO I, INFORME EJECUTIVO

136

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

de acción; asimismo, no existe congruencia entre los indicadores proporcionados,

los publicados en el Informe de Cuenta Pública y los publicados en su página de

internet.

FIDEICOMISO EDUCACIÓN GARANTIZADA

Función de Gasto 5 “Educación”, Actividad Institucional 444 “Estímulos para la Continuación de la Preparatoria PREPA SÍ”

El FEG mostró deficiencias en el reporte de los beneficiarios de los estímulos

para la continuación de la Preparatoria, en virtud de que las cifras reportadas en

su base de datos interno difieren de lo reportado en el Informe de Cuenta Pública

como beneficiarios.

El Fideicomiso presentó deficiencias en la alineación del objetivo de la actividad

institucional con las estrategias señaladas en el programa institucional, que le permi-

tieran el cumplimiento de los objetivos y metas derivadas del Programa General

de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018, respecto de la identificación de los

jóvenes en riesgo de deserción escolar, y de un mecanismo para abatir dicha

deserción en los niveles de educación media superior.

Se mostró deficiencias en la elaboración de las reglas de operación del Programa

de Estímulos para el Bachillerato Universal, en virtud de que la información reca-

bada en sus apartados no es específica y no se ajusta a los criterios establecidos

en los Lineamientos para la Elaboración de las Reglas de Operación de los pro-

gramas Sociales.

El Fideicomiso presentó deficiencias en la suscripción de los convenios de

colaboración, al no suscribir con todas las instituciones educativas en las que estu-

dian los beneficiarios de los estímulos del programa de bachillerato universal, lo cual

limita determinar la eficiencia en el proceso de fortalecimiento en el intercambio

de la información y validación de la información de los estudiantes.

No se dispuso de un sistema de evaluación del desempeño que permitiera medir

el cumplimiento de las metas y objetivos establecidos ni contó con indicadores

que le permitieran determinar la eficacia en el cumplimiento de los objetivos de la

Page 137: OMO I, INFORME EJECUTIVO

137

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

actividad institucional, así como evaluar la eficiencia terminal y determinar el grado

de contribución del PREBU en la disminución de la deserción escolar en la edu-

cación media superior, de las escuelas públicas de la Ciudad de México.

SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO

Función de Gasto 6.4 “Protección Social”, Actividad Institucional 464 “Fortalecimiento a la Vinculación Laboral”

La dependencia reportó una meta física alcanzada (con unidad de medida “Persona”)

donde se atendieron a 110,516 personas y se colocaron en un empleo a 28,216 per-

sonas, mientras que en la base de datos soporta la realización de 105,829 aten-

ciones y 28,394 colocaciones en un empleo.

La STyFE tuvo diferencias (13,746 personas) entre las cifras reportadas en los infor-

mes de avance trimestral (202,674), respecto a lo reportado en el Informe de Cuenta

Pública de 2015 (188,928).

La STyFE llevó a cabo acciones encaminadas a la vinculación laboral y a la aten-

ción integral de jóvenes y de grupos vulnerables; sin embargo, en el caso de la

atención a jóvenes, se observó que dentro de esta categoría se atendió a perso-

nas de todas las edades.

La Secretaría no reflejó el costo real de operación, al excluir los sueldos de parte

de personal involucrado con la actividad institucional.

La STyFE careció de evidencia documental que acreditara la capacitación otor-

gada al personal que intervino en la operación de la actividad institucional 464.

Los indicadores de la dependencia no fueron suficientes para medir el cumpli-

miento del objetivo, coadyuvar a la toma de decisiones y permitir una valoración

objetiva del cumplimiento de las metas establecidas.

Respecto al sistema de evaluación del desempeño, la STyFE no contó con el

conjunto de elementos metodológicos que le permitan una valoración objetiva

Page 138: OMO I, INFORME EJECUTIVO

138

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

de la actividad institucional para conocer el grado de cumplimiento de sus metas

y objetivos con base en indicadores estratégicos y de gestión para establecer el

impacto social de sus programas y proyectos.

SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Función de Gasto 7 “Asuntos de Orden Público y de Seguridad Interior”, Actividad Institucional 309 “Sanción de Vehículos Infractores para inducir la Cultura Vial entre los Conductores”

El objetivo establecido en el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos no es con-

gruente con el fin, propósito, diagnóstico, misión y visión de la SSP; asimismo, se es-

tableció diferente la misión y la visión respecto de la señalada en los manuales

administrativos autorizados.

En la formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos, la SSP no previó

el presupuesto para los recursos humanos, materiales y financieros; y no elaboró

un diagnóstico que le permitiera determinar la población objetivo y contar con infor-

mación estadística y socioeconómica para sancionar a los vehículos infractores.

La meta física original establecida, la modificada y la alcanzada, reportadas en

el Informe de Cuenta Pública de 2015, mostró variaciones en los datos, reflejan

la falta de coordinación entre las áreas y la carencia de mecanismos de control

interno.

Del manual administrativo de la SSP, 11 procedimientos fueron cancelados por

la CGMA y en sustitución fueron emitidos seis lineamientos para su aplicación,

por lo que algunos de los procedimientos y lineamientos no contribuyeron al logro

de los objetivos estratégicos, metas y fines o lo hicieron de manera parcial.

La SSP no dispuso de un sistema de evaluación del desempeño que permitiera

medir de manera agregada el grado de cumplimiento de las metas y objetivos es-

tablecidos, ni contó con indicadores que le ayudaran a conocer con precisión los

logros y cambios ocurridos y, en su caso, detectar las causas de incumplimiento

o desviaciones que pudieran dar lugar a posibles ajustes en las estrategias y líneas

de acción.

Page 139: OMO I, INFORME EJECUTIVO

139

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

SECRETARÍA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

Función de Gasto 8 “Ciencia, Tecnología e Innovación”, Actividad Institucional 374 “Fomento en materia de Desarrollo, Promoción y Fomento Científico y Tecnológico”

La SECITI alcanzó el 45.5% de la meta física establecida para la actividad insti-

tucional en estudio y cumplió parcialmente la meta del proyecto “Estrategia na-

cional para fomentar y fortalecer la difusión y divulgación de la ciencia, tecnología

y la innovación en las entidades federativas: Distrito Federal”.

La información financiera presentada en el Informe de Cuenta Pública reflejó par-

cialmente el costo real de operación de la SECITI, al registrar algunos montos de

la partida 4441 “Ayudas sociales a actividades científicas o académicas”, en otras

actividades institucionales, por lo que no fue posible verificar la correcta aplica-

ción del gasto.

La dependencia no contó con un sistema de evaluación del desempeño que con-

templara los elementos metodológicos necesarios para valorar de manera objetiva el

desempeño de las actividades a cargo de las Direcciones Generales de Ciencia

y Tecnología y de Innovación, con base en indicadores estratégicos y de gestión

que coadyuvaran a la toma de decisiones y permitieran confirmar los resultados ob-

tenidos mediante el ejercicio de los recursos públicos de la actividad institucional

374 “Fomento en materia de desarrollo, promoción y fomento científico y tecnoló-

gico”, respecto a la eficacia, eficiencia, economía y competencia profesional de

los servidores públicos.

III.2. HALLAZGOS

En este apartado se incluyen los hallazgos derivados de la revisión de la Cuenta

Pública que se refieren a situaciones recurrentes, generalizadas o estructurales

de los sujetos de fiscalización, organizados en nueve materias: control interno,

ingresos, adquisiciones de bienes y servicios, obra pública, desempeño, ayudas,

presupuesto participativo, bienes muebles e inmuebles, ventanilla única y tecno-

logías de la información y comunicaciones. El detalle de los hallazgos está con-

tenido en los Informes Finales de Auditoría respectivos.

Page 140: OMO I, INFORME EJECUTIVO

140

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

III.2.1. HALLAZGOS EN MATERIA DE CONTROL INTERNO

1. No se dispuso de procedimientos para la expedición de licencias de cons-

trucción especial o para el registro de manifestación de construcciones.

2. No se actualizaron ni publicaron apartados de organización y procedimientos

de los manuales administrativos.

3. Se presentaron deficiencias de control en cuanto a la documentación reque-

rida para la contratación de los trabajadores y la integración de los expedien-

tes de personal.

4. No se contó con políticas de operación ni sistemas integrales de información

que orientaran los procesos al logro de resultados.

5. Se presentaron deficiencias de control en la programación y presupuestación

del gasto público.

6. Se careció en general de un sistema de contabilidad gubernamental y de ma-

nuales de contabilidad alineados a las disposiciones del CONAC.

III.2.2. HALLAZGOS EN MATERIA DE INGRESOS

1. Se careció de registros auxiliares que facilitaran el reconocimiento de las opera-

ciones de ingresos por Derechos por los Servicios de Expedición de Licencias

(por la Expedición de Licencias de Construcción o por el Registro de Manifes-

tación de Construcciones).

2. No hubo evidencia documental de que se haya recuperado el importe del crédito

fiscal, sus accesorios e indemnización por los cheques recibidos para el pago

del Impuesto Predial que fueron devueltos por instituciones bancarias.

3. Se presentaron deficiencias en el cálculo del Impuesto Predial en los dictá-

menes de cumplimiento de obligaciones fiscales.

4. Se careció de coordinación para recuperar los ingresos de las infracciones emiti-

das por exceder los límites de velocidad que estaban pendientes de cobro.

Page 141: OMO I, INFORME EJECUTIVO

141

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

5. Algunos expedientes de reducciones fiscales de las contribuciones locales no contaron con la autorización del servidor público facultado para ello y las constancias y oficios para su aplicación no se conciliaron con la autoridad competente.

6. Se expidieron licencias de construcción especial o registraron manifestacio-nes de construcciones, aun cuando los solicitantes no presentaron la totali-dad de los requisitos y documentación necesarios.

7. Se registraron manifestaciones de construcciones con superficies o niveles mayo-res que los autorizados por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.

8. Se expidieron licencias de construcción o se registraron manifestaciones de construcciones aun cuando los solicitantes no estaban al corriente en el cum-plimiento de sus obligaciones fiscales.

9. No se constató la autenticidad de algunas constancias de adeudo del Impuesto Predial o de los Derechos por el Suministro de Agua que presentaron los soli-citantes de la expedición de licencias de construcción especial o del registro de manifestaciones de construcciones.

10. No se verificó que el monto de los derechos autodeterminados y pagados por los solicitantes del registro de las manifestaciones de construcciones se hubiese ajustado a la metodología de cálculo establecida.

11. Se registraron manifestaciones de construcciones sin contar previamente con el comprobante de pago de los derechos correspondientes.

12. Se expidieron licencias de construcción especial fuera del plazo establecido para tal efecto.

13. Se presentaron deficiencias en la prevención a los solicitantes de la expedición de licencias de construcción o registros de manifestación de construcción.

14. No se emitieron las resoluciones en las que se determinaran por no presen-tados los trámites de solicitud de registro de manifestaciones de construccio-nes y no iniciaron los procedimientos de nulidad respectivos.

Page 142: OMO I, INFORME EJECUTIVO

142

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

15. No se realizaron ni se solicitaron al Instituto de Verificación Administrativa del

Distrito Federal las visitas técnicas de verificación del desarrollo de los traba-

jos de obra llevados a cabo en los predios o inmuebles a los que expidieron

licencias de construcción especial u otorgaron el registro de manifestaciones

de construcciones.

III.2.3. HALLAZGOS EN MATERIA DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS

1. Hubo retraso en la entrega del Programa Anual de Adquisiciones, Arrenda-

mientos y Prestación de Servicios y en las conciliaciones programático-

presupuestarias. También hubo retrasos en el envío del informe trimestral

sobre el avance del programa.

2. Se presentaron deficiencias de control en la recepción de documentación

y pólizas de fianza de proveedores y prestadores de servicios.

3. Hubo deficiencias en la elaboración de los contratos de adquisiciones y ser-

vicios y en la vigilancia de su cumplimiento.

4. Se celebraron operaciones con proveedores y prestadores de servicios

que no acreditaron estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones

fiscales.

5. No se integraron en el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Pres-

tación de Servicios de la unidad administrativa consolidadora las compras con-

solidadas de los entes adheridos.

III.2.4. HALLAZGOS EN MATERIA DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES

1. No se elaboraron o no se presentaron en tiempo a la Oficialía Mayor de la Ciudad

de México los informes de los rubros de almacenes e inventarios.

2. Se presentaron deficiencias de registro en el Sistema de Movimientos en el Pa-

drón Inventarial (SIMOPI).

3. No se publicaron ni actualizaron en los portales electrónicos las versiones

públicas de los inventarios de bienes muebles.

Page 143: OMO I, INFORME EJECUTIVO

143

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

4. No se elaboraron dictámenes técnicos del estado físico de los bienes muebles

para darlos de baja.

5. Se registraron deficiencias de control en la asignación de códigos de bienes

muebles con relación al Catálogo de Bienes Muebles del Distrito Federal.

6. Se presentaron deficiencias de control en el registro de altas, bajas o cálculo

de depreciaciones de los bienes muebles, así como de conciliación de los regis-

tros contables con el inventario físico.

7. Hubo bienes muebles sin utilizar, deteriorados o sin mantenimiento.

8. Se presentaron deficiencias en el registro de entradas y salidas de bienes mue-

bles del almacén.

9. Se contó con bienes inmuebles adquiridos o en posesión que no fueron apro-

vechados o carecieron de documentación que acredite su propiedad por encon-

trarse en proceso de regularización.

10. No se identificaron bienes muebles mediante números de inventario o se pre-

sentaron deficiencias de control en el registro del padrón inventarial.

11. Se presentaron deficiencias en el resguardo de bienes muebles.

III.2.5. HALLAZGOS EN MATERIA DE AYUDAS

1. El eje, objetivo, estrategia y líneas de acción señalados en los programas dele-

gacionales no guardaron congruencia con el eje, área de oportunidad, meta

y línea de acción establecidos en el Programa General de Desarrollo del Dis-

trito Federal 2013-2018.

2. No se publicaron los padrones de beneficiarios en los plazos establecidos.

3. No se sujetó a la normatividad el contenido de las reglas de operación de los

programas sociales.

4. Se careció de la documentación justificativa y comprobatoria de la entrega

de apoyos en especie o ayudas económicas a los beneficiarios.

Page 144: OMO I, INFORME EJECUTIVO

144

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

III.2.6. HALLAZGOS EN MATERIA DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

1. No se llevó un control adecuado de los cursos de formación y sensibilización

impartidos a servidores públicos para dar a conocer los instrumentos de partici-

pación ciudadana.

2. Se presentaron deficiencias en la elaboración y envío de los informes rela-

cionados con el presupuesto participativo.

3. No se ejercieron en su totalidad los recursos del presupuesto participativo.

4. Se incumplieron requisitos de contratos de bienes y obras.

5. Se presentaron deficiencias de control en la entrega de bienes y obras a los

Comités Ciudadanos.

6. No se publicó en el portal de internet información pública del presupuesto

participativo.

7. Personal que laboró en el órgano político-administrativo fue parte de los Comités

Ciudadanos y Consejos de los Pueblos.

III.2.7. HALLAZGOS EN MATERIA DE VENTANILLA ÚNICA

1. No se enviaron a la CGMA la plantilla del personal de la Ventanilla Única Dele-

gacional (VUD) en el tiempo establecido, el informe con el número de gafete

asignado y la fecha de su contratación; además, no se demostró haber cu-

bierto el proceso de reclutamiento, evaluación y selección de dicho personal.

2. No se llevó un control adecuado de los trámites realizados y reportados en

la VUD.

3. No se elaboraron o no se enviaron oportunamente a la CGMA el Plan Anual

de Mejora en la Atención Ciudadana ni los correspondientes informes de avance

semestrales respecto de las VUD.

4. No se atendieron las recomendaciones de la CGMA relacionadas con los siste-

mas de autoevaluaciones de los espacios físicos de la VUD.

Page 145: OMO I, INFORME EJECUTIVO

145

RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

III.2.8. HALLAZGOS EN MATERIA DE OBRA PÚBLICA

1. Se publicaron programas anuales de obra pública de forma extemporánea en la gaceta oficial.

2. Se omitieron estudios técnicos relativos a presupuestos de referencia y estu-dios de mercado.

3. Se omitieron requisitos en las actas de fallo y la publicación de los ganadores en algunas licitaciones públicas.

4. Se adjudicaron contratos de obra pública en forma directa sin reunir los requisi-tos legales.

5. Se formalizaron contratos de obra pública que no cumplieron los requisitos mínimos establecidos en la ley aplicable.

6. Se omitió la designación del residente de obra.

7. No se implementó la bitácora electrónica de obra pública, y no se contó con la autorización de la Secretaría de la Función Pública para su excepción.

8. No se entregaron anticipos a contratistas en el plazo establecido en los contratos.

9. Se pagaron estimaciones sin contar con la documentación soporte y en algunos casos fuera de los plazos establecidos en la legislación aplicable.

10. Se omitieron notas relevantes en la bitácora de obra.

11. Se presentaron diferencias entre las cantidades de obra pagadas y las ejecutadas.

12. No se formalizaron convenios modificatorios a los contratos de obra pública en los supuestos previstos por la legislación aplicable.

13. No se aplicaron penas convencionales a contratistas de obra pública.

14. Se incumplió la normatividad respecto de la verificación de los trabajos termi-nados, la entrega-recepción de éstos y su liquidación.

15. No se observó la normatividad a que se encuentra sujeto el ajuste de costos.

Page 146: OMO I, INFORME EJECUTIVO

146

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

III.2.9. HALLAZGOS EN MATERIA DE DESEMPEÑO

1. No se contó con indicadores estratégicos y de gestión que permitieran medir

el cumplimiento de sus objetivos y metas.

2. Se careció de sistemas de evaluación del desempeño.

3. No se dispuso de procedimientos relacionados con las actividades institucio-

nales auditadas o los disponibles no estuvieron actualizados.

III.2.10. HALLAZGOS EN MATERIA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES

1. Se careció de documentación relativa a Políticas de Seguridad de la Información,

Gobernanza TIC, ni de Políticas de Desarrollo y Adquisición de Software.

2. No se gestionó el registro de derechos de autoría intelectual de las aplicacio-

nes desarrolladas.

3. No se realizó por lo menos una auditoría de Desempeño de los Componen-

tes del Sistema de acuerdo a lo establecido en el Programa Nacional de Mo-

nitoreo Atmosférico.

4. No se aplicaron los procedimientos autorizados, para el mantenimiento de la

infraestructura de los Sistemas Tecnológicos de Video Vigilancia (STV).

Page 147: OMO I, INFORME EJECUTIVO

IV

PROPUESTAS PARA EL DESARROLLO DE POLÍTICA PÚBLICA

Page 148: OMO I, INFORME EJECUTIVO
Page 149: OMO I, INFORME EJECUTIVO

PROPUESTAS PARA EL DESARROLLO DE POLÍTICA PÚBLICA

149

on base en los hallazgos de las auditorías, se conformaron los siguientes conjuntos de propuestas para mejorar los resultados del Gobierno de la Ciu-dad de México. Cada una de las acciones propuestas requiere la ejecución

de estudios de impacto jurídico específicos que indiquen las mejoras a leyes, reglamen-tos y normatividad interna que se encuentran correlacionados, así como la realización de gestiones y mecanismos de coordinación para ser concretadas. De manera enun-ciativa, con base en su relevancia, se señalan los aspectos iniciales de tales acciones.

IV.1. EN MATERIA LEGISLATIVA

IV.1.1. OBRA PÚBLICA

1. Adicionar al artículo 17, fracción V, de la Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal la obligación de contar, para la elaboración de programas y presu-

puestos de obra pública, con los anteproyectos, presupuestos de referencia

y estudios de mercado correspondientes.

2. Adicionar al artículo 34 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal el plazo

en que deberán publicarse, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, los

datos mínimos a que hace referencia dicho artículo, con la finalidad de dar

certeza en el tiempo adecuado y con ello propiciar transparencia y difusión

de la información.

3. Adicionar al artículo 49, fracción I, de la Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal, la consideración del plazo establecido en el artículo 35, párrafo último,

del mismo ordenamiento respecto de la entrega de los anticipos una vez pre-

sentada la garantía por parte del contratista.

4. Adecuar el artículo 52 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal con el

artículo 47 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,

para que los plazos fijados en ellos no se contrapongan, a fin de que los con-

tratistas cobren las estimaciones en el plazo legal establecido.

C

Page 150: OMO I, INFORME EJECUTIVO

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

150

IV.1.2. AYUDAS

5. Modificar la fracción II del artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, relativa a la publicación de los padrones de beneficiarios, toda vez que, en los términos actuales, permite que los órganos político-administrativos que tengan a su cargo programas destinados al desarrollo social incurran en incumplimiento reiterado.

IV.1.3. PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

6. Incluir en la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal la obligación para los órganos político-administrativos de entregar formalmente, a los Comités Ciudadanos o Consejos de los Pueblos, los bienes y obras derivados de los proyectos ganadores de la Consulta Ciudadana de Presupuesto Participativo.

IV.1.4. TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN

7. Incluir en la Ley de Gobierno Electrónico para el Distrito Federal, sección II, un apartado donde se prevea que los entes de la administración pública local deberán de contar con documentación relativa a la gobernanza de las tecno-logías de la información y las comunicaciones, así como políticas de seguri-dad de la información, alineadas con las normas, estándares y mejores prác-ticas internacionales en la materia, o bien, generar ex profeso una norma que mandate las previsiones antes señaladas, a fin de dar certidumbre a la ges-tión de las tecnologías de la información y las comunicaciones por parte de los entes públicos de la Ciudad de México.

IV.2. EN MATERIA NORMATIVA

IV.2.1. INGRESOS

1. Adicionar, en los capítulos I, “De las Manifestaciones de Construcción”; y II, “De las Licencias de Construcción Especial”, del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, un artículo en el que se establezca la obligación de los órganos político-administrativos de verificar la autenticidad de los docu-mentos que les presentan los solicitantes de la expedición de licencias de construcción y del registro de manifestaciones de construcciones.

Page 151: OMO I, INFORME EJECUTIVO

PROPUESTAS PARA EL DESARROLLO DE POLÍTICA PÚBLICA

151

2. Establecer en los Procedimientos Únicos para la Atención de Trámites y Servi-cios y en los manuales administrativos de los sujetos de fiscalización, la obli-gación para las áreas que intervengan en la expedición de licencias de cons-trucción especial o en el registro de manifestaciones de construcciones de verificar la autenticidad de los documentos que presenten los solicitantes y que deban ser expedidos por otras instancias de gobierno.

IV.2.2. OBRA PÚBLICA

3. Establecer mecanismos de control para asegurarse de que, previo a la auto-rización del trámite de pago de las estimaciones de las obras públicas, se ve-rifique que los trabajos cumplan las especificaciones, alcances, términos de referencia y avance establecido en los programas de ejecución; que los pa-gos se sustenten con la documentación que acredite su procedencia; y que correspondan a compromisos efectivamente devengados.

IV.2.3. DESEMPEÑO

4. Articular un Sistema de Evaluación de Desempeño que integre la totalidad de actividades y permita evaluar la cobertura, eficacia, eficiencia, economía de las políticas públicas, sus metas, así como el impacto de sus programas y de-más actividades vinculadas con el ejercicio de los recursos, de acuerdo con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y demás norma-tividad aplicable.

IV.3. EN MATERIA DE MEJORA DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

IV.3.1. CONTROL INTERNO

1. Elaborar e implementar un documento normativo que contenga elementos de

control interno que proporcionen una seguridad razonable en la administra-

ción y operación de las actividades realizadas para el cumplimiento de los

objetivos y metas establecidos.

Page 152: OMO I, INFORME EJECUTIVO
Page 153: OMO I, INFORME EJECUTIVO

ÍNDICE GENERAL

153

TOMO I

“INFORME EJECUTIVO”

PRESENTACIÓN 5

I. LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11

I.1. EL PROCESO DE FISCALIZACIÓN 14

I.1.1. La Fase de Planeación 14

I.1.2. La Fase de Ejecución 15

I.1.3. La Fase de Elaboración de Informes 16

I.2. EL PROGRAMA GENERAL DE AUDITORÍA 16

I.2.1. La Selección de las Auditorías 16

I.2.2. Criterios Generales de Selección de Auditorías 17

I.2.3. Tipos de Auditorías que realiza la Auditoría Superior de la Ciudad de México 19

I.2.4. Alcance de la Fiscalización de la Cuenta Pública de 2015 23

I.3. ACCIONES DERIVADAS DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 27

I.3.1. Acciones que promueve la Auditoría Superior de la Ciudad de México 28

I.3.2. Clasificación de las Recomendaciones por Deficiencias Detectadas 30

I.4. LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO ANTE EL SISTEMA ANTICORRUPCIÓN LOCAL 33

I.4.1. La Reforma Legal en materia Anticorrupción de la Ciudad de México 34

I.4.2. El Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México 36

II. LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y LA PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN 39

II.1. LA PREVENCIÓN COMO ESTRATEGIA ANTICORRUPCIÓN DE LOS ORGANISMOS INTERNACIONALES 42

II.2. BUENAS PRÁCTICAS DE LAS ENTIDADES DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR EN MATERIA DE PREVENCIÓN 44

II.3. BUENAS PRÁCTICAS EN LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO 46

II.3.1. Política Institucional de Integridad de la Auditoría Superior de la Ciudad de México 46

Page 154: OMO I, INFORME EJECUTIVO

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

154

II.3.2. Creación de Capacidades y Competencia Institucional en la Auditoría Superior de la Ciudad de México 48

II.3.3. Transparencia y Participación Ciudadana en la Auditoría Superior de la Ciudad de México 50

III. RESULTADOS DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 53

III.1. OBSERVACIONES RELEVANTES DE LA REVISIÓN 55

III.2. HALLAZGOS 139

III.2.1. Hallazgos en materia de Control Interno 140

III.2.2. Hallazgos en materia de Ingresos 140

III.2.3. Hallazgos en materia de Adquisiciones y Servicios 142

III.2.4. Hallazgos en materia de Bienes Muebles e Inmuebles 142

III.2.5. Hallazgos en materia de Ayudas 143

III.2.6. Hallazgos en materia de Presupuesto Participativo 144

III.2.7. Hallazgos en materia de Ventanilla Única 144

III.2.8. Hallazgos en materia de Obra Pública 145

III.2.9. Hallazgos en materia de Desempeño 146

III.2.10. Hallazgos en materia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones 146

IV. PROPUESTAS PARA EL DESARROLLO DE POLÍTICA PÚBLICA 147

IV.1. EN MATERIA LEGISLATIVA 149

IV.1.1. Obra Pública 149

IV.1.2. Ayudas 150

IV.1.3. Presupuesto Participativo 150

IV.1.4. Tecnologías de la Información 150

IV.2. EN MATERIA NORMATIVA 150

IV.2.1. Ingresos 150

IV.2.2. Obra Pública 151

IV.2.3. Desempeño 151

IV.3. EN MATERIA DE MEJORA DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO 151

IV.3.1. Control Interno 151

ÍNDICE GENERAL 153

Page 155: OMO I, INFORME EJECUTIVO

ÍNDICE GENERAL

155

TOMO II

“RESULTADOS DE AUDITORÍA Y RECOMENDACIONES PREVENTIVAS”

VOLUMEN 1/20

I. DEPENDENCIAS 5

I.1. SECRETARÍA DE GOBIERNO 7

I.1.1. ANTECEDENTES 7

I.1.2. AUDITORÍA FINANCIERA 15

I.1.2.1. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” 15

Auditoría ASCM/1/15

I.2. SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA 79

I.2.1. ANTECEDENTES 79

I.2.2. AUDITORÍAS FINANCIERAS 87

I.2.2.1. INGRESOS POR DERECHOS POR EL ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS EN LA VÍA PÚBLICA (ECOPARQ)16 87 Auditoría ASCM/2/15

I.2.2.2. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS 133

Auditoría ASCM/3/15

I.3. SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO 183

I.3.1. ANTECEDENTES 183

I.3.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 189

I.3.2.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 189 Auditoría ASCM/4/15

I.4. SECRETARÍA DE TURISMO 269

I.4.1. ANTECEDENTES 269

I.4.2. AUDITORÍA FINANCIERA 275

I.4.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” 275 Auditoría ASCM/5/15

16 Auditoría practicada a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, a la Secretaría de Finanzas y a la Auto-

ridad del Espacio Público del Distrito Federal.

Page 156: OMO I, INFORME EJECUTIVO

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

156

I.5. SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE 327

I.5.1. ANTECEDENTES 327

I.5.2. AUDITORÍA FINANCIERA 333

I.5.2.1. SISTEMA DE MONITOREO ATMOSFÉRICO DE LA ZONA METROPOLITANA DEL VALLE DE MÉXICO (SIMAT)17 333 Auditoría ASCM/6/15

I.5.3. AUDITORÍAS DE OBRA PÚBLICA 380

I.5.3.1. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” 380 Auditoría ASCM/172/15

I.5.3.2. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” 452 Auditoría ASCM/173/15

VOLUMEN 2/20

I.6. SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS 5

I.6.1. ANTECEDENTES 5

I.6.2. AUDITORÍA FINANCIERA 11

I.6.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” 11 Auditoría ASCM/7/15

I.6.3. AUDITORÍAS DE OBRA PÚBLICA 90

I.6.3.1. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” (REHABILITACIÓN DE LA LÍNEA 12 DEL STC) 90

Auditoría ASCM/174/15

I.6.3.2. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” (AMPLIACIÓN DE LA LÍNEA 12 DEL STC) 133

Auditoría ASCM/175/15

I.6.3.3. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” 165 Auditoría ASCM/176/15

I.6.3.4. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” 220

Auditoría ASCM/177/15

I.6.3.5. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” (ALUMBRADO PÚBLICO) 276 Auditoría ASCM/178/15

I.7. SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL 299

I.7.1. ANTECEDENTES 299

I.7.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 306

I.7.2.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 306 Auditoría ASCM/8/15

17 Auditoría de cumplimiento con enfoque en tecnologías de la información y comunicaciones.

Page 157: OMO I, INFORME EJECUTIVO

ÍNDICE GENERAL

157

I.8. SECRETARÍA DE FINANZAS 391

I.8.1. ANTECEDENTES 391

I.8.2. AUDITORÍAS FINANCIERAS 401

I.8.2.1. INGRESOS POR IMPUESTO PREDIAL 401 Auditoría ASCM/9/15

VOLUMEN 3/20

I.8.2.2. INGRESOS POR IMPUESTO SOBRE NÓMINAS 5 Auditoría ASCM/10/15

I.8.2.3. CAPÍTULOS 7000 “INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS PROVISIONES” Y 9000 “DEUDA PÚBLICA” 77 Auditoría ASCM/12/15

I.8.3. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 144

I.8.3.1. INGRESOS POR APROVECHAMIENTOS DE TIPO CORRIENTE, MULTAS DE TRÁNSITO (POR EXCEDER LOS LÍMITES DE VELOCIDAD EN LA RED VIAL PRIMARIA)18 144 Auditoría ASCM/11/15

I.8.4. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 207

I.8.4.1. REDUCCIONES FISCALES DE LAS CONTRIBUCIONES LOCALES 207 Auditoría ASCM/13/15

I.9. SECRETARÍA DE MOVILIDAD 269

I.9.1. ANTECEDENTES 269

I.9.2. AUDITORÍA FINANCIERA 277

I.9.2.1. CAPÍTULO 5000 “BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES” 277 Auditoría ASCM/14/15

I.10. SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA 327

I.10.1. ANTECEDENTES 327

I.10.2. AUDITORÍA FINANCIERA 336

I.10.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” 336 Auditoría ASCM/15/15

I.11. SECRETARÍA DE SALUD 397

I.11.1. ANTECEDENTES 397

I.11.2. AUDITORÍA FINANCIERA 403

I.11.2.1. CAPÍTULO 5000 “BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES” 403 Auditoría ASCM/16/15

18 Auditoría practicada a las Secretarías de Finanzas y de Seguridad Pública.

Page 158: OMO I, INFORME EJECUTIVO

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

158

I.12. SECRETARÍA DE CULTURA 449

I.12.1. ANTECEDENTES 449

I.12.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 456

I.12.2.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 456 Auditoría ASCM/17/15

VOLUMEN 4/20

I.13. SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO 5

I.13.1. ANTECEDENTES 5

I.13.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 12

I.13.2.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 12 Auditoría ASCM/18/15

I.14. SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES 67

I.14.1. ANTECEDENTES 67

I.14.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 73

I.14.2.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 73 Auditoría ASCM/19/15

I.15. SECRETARÍA DE EDUCACIÓN 121

I.15.1. ANTECEDENTES 121

I.15.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 129

I.15.2.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 129

Auditoría ASCM/20/15

I.16. OFICIALÍA MAYOR DEL DISTRITO FEDERAL 189

I.16.1. ANTECEDENTES 189

I.16.2. AUDITORÍAS FINANCIERAS 203

I.16.2.1. COMPRAS CONSOLIDADAS, CAPÍTULOS 1000 “SERVICIOS PERSONALES” Y 3000 “SERVICIOS GENERALES” 203 Auditoría ASCM/21/15

I.16.2.2. COMPRAS CONSOLIDADAS, CAPÍTULO 2000 “MATERIALES Y SUMINISTROS” 297 Auditoría ASCM/22/15

I.17. CONTRALORÍA GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL 375

I.17.1. ANTECEDENTES 375

I.17.2. AUDITORÍA FINANCIERA 386

I.17.2.1. CAPÍTULO 2000 “MATERIALES Y SUMINISTROS” 386 Auditoría ASCM/23/15

Page 159: OMO I, INFORME EJECUTIVO

ÍNDICE GENERAL

159

I.18. CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES 441

I.18.1. ANTECEDENTES 441

I.18.2. AUDITORÍA FINANCIERA 449

I.18.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” 449 Auditoría ASCM/24/15

VOLUMEN 5/20

II. ÓRGANOS POLÍTICO-ADMINISTRATIVOS 5

II.1. ANTECEDENTES 7

II.2. DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN 23

II.2.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 23

II.2.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)19 23 Auditoría ASCM/34/15

II.2.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 87 Auditoría ASCM/36/15

II.2.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 149 Auditoría ASCM/37/15

II.2.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 192

II.2.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 192 Auditoría ASCM/35/15

II.3. DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO 227

II.3.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 227

II.3.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)20 227 Auditoría ASCM/38/15

II.3.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 287 Auditoría ASCM/40/15

II.3.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 349 Auditoría ASCM/41/15

II.3.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 388

II.3.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 388 Auditoría ASCM/39/15

19 Auditoría practicada a la Delegación Álvaro Obregón y a la Secretaría de Finanzas. 20 Auditoría practicada a la Delegación Azcapotzalco y a la Secretaría de Finanzas.

Page 160: OMO I, INFORME EJECUTIVO

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

160

VOLUMEN 6/20

II.4. DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ 5

II.4.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 5

II.4.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)21 5 Auditoría ASCM/42/15

II.4.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 87 Auditoría ASCM/44/15

II.4.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 143 Auditoría ASCM/45/15

II.4.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 185

II.4.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 185 Auditoría ASCM/43/15

II.5. DELEGACIÓN COYOACÁN 223

II.5.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 223

II.5.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)22 223 Auditoría ASCM/46/15

II.5.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 288 Auditoría ASCM/48/15

II.5.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 344 Auditoría ASCM/49/15

II.5.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 395

II.5.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 395 Auditoría ASCM/47/15

II.6. DELEGACIÓN CUAJIMALPA DE MORELOS 435

II.6.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 435

II.6.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)23 435 Auditoría ASCM/50/15

21 Auditoría practicada a la Delegación Benito Juárez y a la Secretaría de Finanzas. 22 Auditoría practicada a la Delegación Coyoacán y a la Secretaría de Finanzas. 23 Auditoría practicada a la Delegación Cuajimalpa de Morelos y a la Secretaría de Finanzas.

Page 161: OMO I, INFORME EJECUTIVO

ÍNDICE GENERAL

161

II.6.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 500 Auditoría ASCM/52/15

II.6.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 554 Auditoría ASCM/53/15

II.6.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 605

II.6.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 605 Auditoría ASCM/51/15

VOLUMEN 7/20

II.7. DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC 5

II.7.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 5

II.7.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)24 5 Auditoría ASCM/54/15

II.7.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 63 Auditoría ASCM/56/15

II.7.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 137 Auditoría ASCM/57/15

II.7.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 173

II.7.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 173 Auditoría ASCM/55/15

II.8. DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO 205

II.8.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 205

II.8.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)25 205 Auditoría ASCM/58/15

II.8.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 258 Auditoría ASCM/60/15

II.8.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 325 Auditoría ASCM/61/15

II.8.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 373

II.8.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 373 Auditoría ASCM/59/15

24 Auditoría practicada a la Delegación Cuauhtémoc y a la Secretaría de Finanzas. 25 Auditoría practicada a la Delegación Gustavo A. Madero y a la Secretaría de Finanzas.

Page 162: OMO I, INFORME EJECUTIVO

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

162

VOLUMEN 8/20

II.9. DELEGACIÓN IZTACALCO 5

II.9.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 5

II.9.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)26 5 Auditoría ASCM/62/15

II.9.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 65 Auditoría ASCM/64/15

II.9.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 141 Auditoría ASCM/65/15

II.9.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 185

II.9.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 185 Auditoría ASCM/63/15

II.10. DELEGACIÓN IZTAPALAPA 223

II.10.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 223

II.10.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)27 223 Auditoría ASCM/66/15

II.10.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 281 Auditoría ASCM/68/15

II.10.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 342 Auditoría ASCM/69/15

II.10.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 402

II.10.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 402 Auditoría ASCM/67/15

II.11. DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS 431

II.11.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 431

II.11.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)28 431 Auditoría ASCM/70/15

II.11.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 488 Auditoría ASCM/72/15

26 Auditoría practicada a la Delegación Iztacalco y a la Secretaría de Finanzas. 27 Auditoría practicada a la Delegación Iztapalapa y a la Secretaría de Finanzas. 28 Auditoría practicada a la Delegación La Magdalena Contreras y a la Secretaría de Finanzas.

Page 163: OMO I, INFORME EJECUTIVO

ÍNDICE GENERAL

163

II.11.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 555 Auditoría ASCM/73/15

II.11.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 603

II.11.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 603 Auditoría ASCM/71/15

VOLUMEN 9/20

II.12. DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO 5

II.12.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 5

II.12.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)29 5 Auditoría ASCM/74/15

II.12.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 63 Auditoría ASCM/76/15

II.12.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 120 Auditoría ASCM/77/15

II.12.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 171

II.12.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 171 Auditoría ASCM/75/15

II.13. DELEGACIÓN MILPA ALTA 231

II.13.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 231

II.13.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)30 231 Auditoría ASCM/78/15

II.13.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 278 Auditoría ASCM/80/15

II.13.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 351 Auditoría ASCM/81/15

II.13.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 408

II.13.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 408 Auditoría ASCM/79/15

29 Auditoría practicada a la Delegación Miguel Hidalgo y a la Secretaría de Finanzas. 30 Auditoría practicada a la Delegación Milpa Alta y a la Secretaría de Finanzas.

Page 164: OMO I, INFORME EJECUTIVO

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

164

II.14. DELEGACIÓN TLÁHUAC 445

II.14.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 445

II.14.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)31 445 Auditoría ASCM/82/15

II.14.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 492 Auditoría ASCM/84/15

II.14.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 553 Auditoría ASCM/85/15

II.14.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 619

II.14.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 619 Auditoría ASCM/83/15

VOLUMEN 10/20

II.15. DELEGACIÓN TLALPAN 5

II.15.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 5

II.15.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)32 5 Auditoría ASCM/86/15

II.15.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 67 Auditoría ASCM/88/15

II.15.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 132 Auditoría ASCM/89/15

II.15.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 182

II.15.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 182 Auditoría ASCM/87/15

II.16. DELEGACIÓN VENUSTIANO CARRANZA 223

II.16.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 223

II.16.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)33 223 Auditoría ASCM/90/15

II.16.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 208 Auditoría ASCM/92/15

31 Auditoría practicada a la Delegación Tláhuac y a la Secretaría de Finanzas. 32 Auditoría practicada a la Delegación Tlalpan y a la Secretaría de Finanzas. 33 Auditoría practicada a la Delegación Venustiano Carranza y a la Secretaría de Finanzas.

Page 165: OMO I, INFORME EJECUTIVO

ÍNDICE GENERAL

165

II.16.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 326 Auditoría ASCM/93/15

II.16.1. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 364

II.16.1.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 364 Auditoría ASCM/91/15

II.17. DELEGACIÓN XOCHIMILCO 403

II.17.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 403

II.17.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)34 403 Auditoría ASCM/94/15

II.17.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 467 Auditoría ASCM/96/15

II.17.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 531 Auditoría ASCM/97/15

II.17.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 585

II.17.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 585 Auditoría ASCM/95/15

VOLUMEN 11/20

III. ÓRGANOS DESCONCENTRADOS 5

III.1. CENTRO DE COMANDO, CONTROL, CÓMPUTO, COMUNICACIONES Y CONTACTO CIUDADANO DE LA CIUDAD DE MÉXICO 7

III.1.1. ANTECEDENTES 7

III.1.2. AUDITORÍA FINANCIERA 15

III.1.2.1. CAPÍTULO 5000 “BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES” 15 Auditoría ASCM/25/15

III.1.3. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 70

III.1.3.1. SISTEMA DE ALERTA SÍSMICA35 70 Auditoría ASCM/26/15

III.2. SISTEMA DE RADIO Y TELEVISIÓN DIGITAL DEL DISTRITO FEDERAL 107

III.2.1. ANTECEDENTES 107

III.2.2. AUDITORÍA FINANCIERA 111

III.2.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” 111 Auditoría ASCM/27/15

34 Auditoría practicada a la Delegación Xochimilco y a la Secretaría de Finanzas. 35 Auditoría de cumplimiento con enfoque en tecnologías de la información y las comunicaciones.

Page 166: OMO I, INFORME EJECUTIVO

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

166

III.3. AUTORIDAD DEL CENTRO HISTÓRICO 157

III.3.1. ANTECEDENTES 157

III.3.2. AUDITORÍA FINANCIERA 169

III.3.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” 169 Auditoría ASCM/28/15

III.4. PLANTA DE ASFALTO DEL DISTRITO FEDERAL 211

III.4.1. ANTECEDENTES 211

III.4.2. AUDITORÍA FINANCIERA 218

III.4.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” 218

Auditoría ASCM/29/15

III.5. INSTITUTO TÉCNICO DE FORMACIÓN POLICIAL 271

III.5.1. ANTECEDENTES 271

III.5.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 277

III.5.2.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 277

Auditoría ASCM/31/15

III.6. POLICÍA AUXILIAR DEL DISTRITO FEDERAL 315

III.6.1. ANTECEDENTES 315

III.6.2. AUDITORÍA FINANCIERA 321

III.6.2.1. CAPÍTULO 5000 “BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES” 321

Auditoría ASCM/32/15

III.7. POLICÍA BANCARIA E INDUSTRIAL DEL DISTRITO FEDERAL 381

III.7.1. ANTECEDENTES 381

III.7.2. AUDITORÍA FINANCIERA 387

III.7.2.1. CAPÍTULO 2000 “MATERIALES Y SUMINISTROS” 387

Auditoría ASCM/33/15

VOLUMEN 12/20

III.8. AUTORIDAD DEL ESPACIO PÚBLICO DEL DISTRITO FEDERAL 5

III.8.1. ANTECEDENTES 5

III.8.2. AUDITORÍAS DE OBRA PÚBLICA 11

III.8.2.1. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” 11 Auditoría ASCM/179/15

III.8.2.2. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” 53

Auditoría ASCM/180/15

Page 167: OMO I, INFORME EJECUTIVO

ÍNDICE GENERAL

167

III.8.2.3. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” 107

Auditoría ASCM/181/15

III.9. SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO 167

III.9.1. ANTECEDENTES 167

III.9.2. AUDITORÍAS DE OBRA PÚBLICA 172

III.9.2.1. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” 172 Auditoría ASCM/182/15

III.9.2.2. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” 264 Auditoría ASCM/183/15

III.10. PROYECTO METRO DEL DISTRITO FEDERAL 329

III.10.1. ANTECEDENTES 329

III.10.2. AUDITORÍA FINANCIERA 335

III.10.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” 335 Auditoría ASCM/30/15

VOLUMEN 13/20

IV. ENTIDADES PARAESTATALES 7

IV.1. SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL DISTRITO FEDERAL 9

IV.1.1. ANTECEDENTES 9

IV.1.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 15

IV.1.2.1. “BIENES MUEBLES”, “BIENES INMUEBLES, INFRAESTRUCTURA Y CONSTRUCCIONES EN PROCESO” Y PARTIDA 4451 “AYUDAS SOCIALES A INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO” 15 Auditoría ASCM/98/15

IV.2. INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL 55

IV.2.1. ANTECEDENTES 55

IV.2.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 63

IV.2.2.1. “BIENES MUEBLES” E “INMUEBLES” 63 Auditoría ASCM/99/15

IV.3. FONDO PARA EL DESARROLLO SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 91

IV.3.1. ANTECEDENTES 91

IV.3.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 97

IV.3.2.1. “BIENES MUEBLES” 97 Auditoría ASCM/100/15

Page 168: OMO I, INFORME EJECUTIVO

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

168

IV.4. FONDO MIXTO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DEL DISTRITO FEDERAL 129

IV.4.1. ANTECEDENTES 129

IV.4.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 136

IV.4.2.1. “BIENES MUEBLES” 136 Auditoría ASCM/101/15

IV.5. INSTITUTO PARA LA SEGURIDAD DE LAS CONSTRUCCIONES EN EL DISTRITO FEDERAL 167

IV.5.1. ANTECEDENTES 167

IV.5.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 173

IV.5.2.1. “BIENES MUEBLES” Y CAPÍTULO 1000 “SERVICIOS PERSONALES” 173 Auditoría ASCM/102/15

IV.6. FIDEICOMISO CENTRO HISTÓRICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO 209

IV.6.1. ANTECEDENTES 209

IV.6.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 218

IV.6.2.1. “BIENES MUEBLES”, “BIENES INMUEBLES, INFRAESTRUCTURA Y CONSTRUCCIONES EN PROCESO” Y CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” 218 Auditoría ASCM/103/15

IV.6.3. AUDITORÍA DE OBRA PÚBLICA 242

IV.6.3.1. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” 242 Auditoría ASCM/184/15

IV.7. CONSEJO DE EVALUACIÓN DEL DESARROLLO SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL 299

IV.7.1. ANTECEDENTES 299

IV.7.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 305

IV.7.2.1. “BIENES MUEBLES” Y PRESUPUESTO TOTAL EJERCIDO 305 Auditoría ASCM/104/15

IV.8. CONSEJO PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO 373

IV.8.1. ANTECEDENTES 373

IV.8.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 380

IV.8.2.1. “BIENES MUEBLES” 380 Auditoría ASCM/105/15

IV.9. INSTITUTO PARA LA INTEGRACIÓN AL DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL DISTRITO FEDERAL 403

IV.9.1. ANTECEDENTES 403

IV.9.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 411

IV.9.2.1. “BIENES MUEBLES” 411 Auditoría ASCM/106/15

Page 169: OMO I, INFORME EJECUTIVO

ÍNDICE GENERAL

169

IV.10. INSTITUTO DE LA JUVENTUD DEL DISTRITO FEDERAL 437

IV.10.1. ANTECEDENTES 437

IV.10.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 447

IV.10.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” Y “BIENES MUEBLES” 447 Auditoría ASCM/107/15

IV.11. INSTITUTO DE LAS MUJERES DEL DISTRITO FEDERAL 477

IV.11.1. ANTECEDENTES 477

IV.11.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 487

IV.11.2.1. “BIENES MUEBLES” Y CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 487 Auditoría ASCM/108/15

IV.12. PROCURADURÍA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL 521

IV.12.1. ANTECEDENTES 521

IV.12.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 529

IV.12.2.1. “BIENES MUEBLES” Y CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 529 Auditoría ASCM/109/15

IV.13. FIDEICOMISO DE RECUPERACIÓN CREDITICIA DEL DISTRITO FEDERAL 601

IV.13.1. ANTECEDENTES 601

IV.13.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 608

IV.13.2.1. “BIENES MUEBLES” E “INMUEBLES” 608 Auditoría ASCM/110/15

VOLUMEN 14/20

IV.14. METROBÚS 7

IV.14.1. ANTECEDENTES 7

IV.14.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 13

IV.14.2.1. “BIENES MUEBLES” Y PERMISOS ADMINISTRATIVOS TEMPORALES REVOCABLES 13 Auditoría ASCM/111/15

IV.15. SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO 69

IV.15.1. ANTECEDENTES 69

IV.15.2. AUDITORÍA FINANCIERA 75

IV.15.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” 75 Auditoría ASCM/112/15

Page 170: OMO I, INFORME EJECUTIVO

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

170

IV.15.3. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 148

IV.15.3.1. “INVERSIONES FINANCIERAS A LARGO PLAZO” 148 Auditoría ASCM/113/15

IV.15.3.2. “BIENES INMUEBLES, INFRAESTRUCTURA Y CONSTRUCCIONES EN PROCESO” Y “BIENES MUEBLES” 184 Auditoría ASCM/114/15

IV.15.4. AUDITORÍA DE OBRA PÚBLICA 254

IV.15.4.1. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” 254 Auditoría ASCM/185/15

IV.16. RED DE TRANSPORTE DE PASAJEROS DEL DISTRITO FEDERAL 277

IV.16.1. ANTECEDENTES 277

IV.16.2. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 284

IV.16.2.1. “DERECHOS A RECIBIR BIENES O SERVICIOS” Y “DERECHOS A RECIBIR EFECTIVO O EQUIVALENTES” 284 Auditoría ASCM/115/15

IV.16.2.2. “BIENES MUEBLES” Y “BIENES INMUEBLES, INFRAESTRUCTURA Y CONSTRUCCIONES EN PROCESO” 320 Auditoría ASCM/116/15

IV.17. SERVICIO DE TRANSPORTES ELÉCTRICOS DEL DISTRITO FEDERAL 347

IV.17.1. ANTECEDENTES 347

IV.17.2. AUDITORÍAS FINANCIERAS 353

IV.17.2.1. “INGRESOS POR VENTA DE SERVICIOS” 353 Auditoría ASCM/117/15

IV.17.2.2. PARTIDA GENÉRICA 1540 “PRESTACIONES CONTRACTUALES” 378 Auditoría ASCM/118/15

IV.17.3. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 397

IV.17.3.1. “BIENES MUEBLES” 397 Auditoría ASCM/119/15

IV.18. FONDO DE DESARROLLO ECONÓMICO DEL DISTRITO FEDERAL 415

IV.18.1. ANTECEDENTES 415

IV.18.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 425

IV.18.2.1. “BIENES MUEBLES” 425 Auditoría ASCM/120/15

IV.19. ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL 447

IV.19.1. ANTECEDENTES 447

IV.19.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 456

IV.19.2.1. “BIENES MUEBLES” 456 Auditoría ASCM/121/15

Page 171: OMO I, INFORME EJECUTIVO

ÍNDICE GENERAL

171

IV.20. INSTITUTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL 479

IV.20.1. ANTECEDENTES 479

IV.20.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 485

IV.20.2.1. “BIENES MUEBLES” Y CAPÍTULO 1000 “SERVICIOS PERSONALES” 485 Auditoría ASCM/122/15

IV.21. INSTITUTO PARA LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE LAS ADICCIONES EN LA CIUDAD DE MÉXICO 525

IV.21.1. ANTECEDENTES 525

IV.21.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 532

IV.21.2.1. “BIENES MUEBLES” Y CAPÍTULO 1000 “SERVICIOS PERSONALES” 532 Auditoría ASCM/123/15

IV.22. SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL 571

IV.22.1. ANTECEDENTES 571

IV.22.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 577

IV.22.2.1. “BIENES MUEBLES” Y “BIENES INMUEBLES” 577

Auditoría ASCM/124/15

IV.23. PROCURADURÍA AMBIENTAL Y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DISTRITO FEDERAL 617

IV.23.1. ANTECEDENTES 617

IV.23.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 627

IV.23.2.1. “BIENES MUEBLES” 627 Auditoría ASCM/125/15

VOLUMEN 15/20

IV.24. FIDEICOMISO MUSEO DE ARTE POPULAR MEXICANO 7

IV.24.1. ANTECEDENTES 7

IV.24.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 13

IV.24.2.1. “INGRESOS PROPIOS” Y CAPÍTULO 5000 “BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES” 13 Auditoría ASCM/126/15

IV.25. INSTITUTO DE CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO DE LA CIUDAD DE MÉXICO 41

IV.25.1. ANTECEDENTES 41

IV.25.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 46

IV.25.2.1. “BIENES MUEBLES” Y CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” 46 Auditoría ASCM/127/15

Page 172: OMO I, INFORME EJECUTIVO

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

172

IV.26. HEROICO CUERPO DE BOMBEROS DEL DISTRITO FEDERAL 89

IV.26.1. ANTECEDENTES 89

IV.26.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 96

IV.26.2.1. CAPÍTULO 1000 “SERVICIOS PERSONALES” Y “BIENES MUEBLES” 96 Auditoría ASCM/128/15

IV.27. INSTITUTO DEL DEPORTE DEL DISTRITO FEDERAL 135

IV.27.1. ANTECEDENTES 135

IV.27.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 141

IV.27.2.1. “BIENES MUEBLES” E “INGRESOS POR VENTA DE BIENES Y SERVICIOS” 141 Auditoría ASCM/129/15

IV.28. INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DEL DISTRITO FEDERAL 173

IV.28.1. ANTECEDENTES 173

IV.28.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 179

IV.28.2.1. “BIENES MUEBLES” 179 Auditoría ASCM/130/15

IV.29. INSTITUTO LOCAL DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA DEL DISTRITO FEDERAL 205

IV.29.1. ANTECEDENTES 205

IV.29.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 211

IV.29.2.1. “BIENES MUEBLES” E “INMUEBLES” 211 Auditoría ASCM/131/15

IV.30. FIDEICOMISO EDUCACIÓN GARANTIZADA DEL DISTRITO FEDERAL 235

IV.30.1. ANTECEDENTES 235

IV.30.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 241

IV.30.2.1. “BIENES MUEBLES” 241 Auditoría ASCM/132/15

IV.31. CAJA DE PREVISIÓN DE LA POLICÍA AUXILIAR DEL DISTRITO FEDERAL 273

IV.31.1. ANTECEDENTES 273

IV.31.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 279

IV.31.2.1. “BIENES MUEBLES” 279 Auditoría ASCM/133/15

IV.32. CAJA DE PREVISIÓN PARA TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL 319

IV.32.1. ANTECEDENTES 319

IV.32.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 325

IV.32.2.1. “BIENES MUEBLES E INMUEBLES” 325 Auditoría ASCM/134/15

Page 173: OMO I, INFORME EJECUTIVO

ÍNDICE GENERAL

173

IV.33. CAJA DE PREVISIÓN DE LA POLICÍA PREVENTIVA DEL DISTRITO FEDERAL 361

IV.33.1. ANTECEDENTES 361

IV.33.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 367

IV.33.2.1. CAPÍTULO 1000 “SERVICIOS PERSONALES” Y “BIENES MUEBLES E INMUEBLES” 367 Auditoría ASCM/135/15

IV.34. PROCDMX, S.A. DE C.V. 407

IV.34.1. ANTECEDENTES 407

IV.34.2. AUDITORÍAS FINANCIERAS 414

IV.34.2.1. “INGRESOS POR VENTA DE BIENES Y SERVICIOS” 414 Auditoría ASCM/136/15

IV.34.2.2. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” 446 Auditoría ASCM/137/15

IV.34.3. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 492

IV.34.3.1. ACTIVO NO CIRCULANTE 492 Auditoría ASCM/138/15

IV.35. CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN, S.A. DE C.V. 523

IV.35.1. ANTECEDENTES 523

IV.35.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 529

IV.35.2.1. “BIENES MUEBLES E INMUEBLES” 529 Auditoría ASCM/139/15

IV.36. SERVICIOS METROPOLITANOS, S.A. DE C.V. 579

IV.36.1. ANTECEDENTES 579

IV.36.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 585

IV.36.2.1. “BIENES MUEBLES E INMUEBLES” 585 Auditoría ASCM/140/15

VOLUMEN 16/20

V. ÓRGANOS DE GOBIERNO 7

V.1. ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL 9

V.1.1. ANTECEDENTES 9

V.1.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 15

V.1.2.1. “BIENES MUEBLES” 15 Auditoría ASCM/141/15

Page 174: OMO I, INFORME EJECUTIVO

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

174

V.2. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL 33

V.2.1. ANTECEDENTES 33

V.2.2. AUDITORÍA FINANCIERA 38

V.2.2.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 38 Auditoría ASCM/142/15

V.2.3. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 56

V.2.3.1. “BIENES MUEBLES” Y “BIENES INMUEBLES” 56 Auditoría ASCM/143/15

IV.2.4. AUDITORÍA DE OBRA PÚBLICA 88

IV.2.4.1. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” 88

Auditoría ASCM/186/15

V.3. CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL 131

V.3.1. ANTECEDENTES 131

V.3.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 137

V.3.2.1. “BIENES MUEBLES” Y “BIENES INMUEBLES” 137 Auditoría ASCM/144/15

VI. ÓRGANOS AUTÓNOMOS 165

VI.1. INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL 167

VI.1.1. ANTECEDENTES 167

VI.1.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 175

VI.1.2.1. “BIENES INMUEBLES, INFRAESTRUCTURA Y CONSTRUCCIONES EN PROCESO” Y “BIENES MUEBLES” 175 Auditoría ASCM/145/15

VI.2. TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL 199

VI.2.1. ANTECEDENTES 199

VI.2.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 205

VI.2.2.1. “BIENES MUEBLES”, “BIENES INMUEBLES” Y CAPÍTULO 1000 “SERVICIOS PERSONALES” 205 Auditoría ASCM/146/15

VI.3. TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL 259

VI.3.1. ANTECEDENTES 259

VI.3.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 267

VI.3.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” Y “BIENES MUEBLES” 267 Auditoría ASCM/147/15

Page 175: OMO I, INFORME EJECUTIVO

ÍNDICE GENERAL

175

VI.4. COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL 293

VI.4.1. ANTECEDENTES 293

VI.4.2. AUDITORÍA FINANCIERA 299

VI.4.2.1. “BIENES INMUEBLES, INFRAESTRUCTURA Y CONSTRUCCIONES EN PROCESO” Y “BIENES MUEBLES” 299 Auditoría ASCM/148/15

VI.5. JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL DISTRITO FEDERAL 315

VI.5.1. ANTECEDENTES 315

VI.5.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 322

VI.5.2.1. “BIENES MUEBLES” 322

Auditoría ASCM/149/15

VI.6. UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE LA CIUDAD DE MÉXICO 349

VI.6.1. ANTECEDENTES 349

VI.6.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 356

VI.6.2.1. “BIENES MUEBLES E INMUEBLES” 356 Auditoría ASCM/150/15

VI.7. INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL DISTRITO FEDERAL 383

VI.7.1. ANTECEDENTES 383

VI.7.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 389

VI.7.2.1. “BIENES MUEBLES” Y CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 389 Auditoría ASCM/151/15

VOLUMEN 17/20

VII. RESULTADOS DE AUDITORÍAS DE DESEMPEÑO 5

VII.1. ANTECEDENTES 7

VII.2. FUNCIÓN 1 “PROTECCIÓN AMBIENTAL”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 321 “ACCIONES ENFOCADAS A LA INSPECCIÓN Y VIGILANCIA AMBIENTAL” (SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE)36 17

Auditoría ASCM/152/15

VII.3. FUNCIÓN 1 “PROTECCIÓN AMBIENTAL”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 327 “DETECCIÓN DE VEHÍCULOS SIN VERIFICACIÓN VEHICULAR Y/O CONTAMINANTES” (SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE)37 85

Auditoría ASCM/153/15

36 Auditoría de desempeño con enfoque al medio ambiente. 37 Auditoría de desempeño con enfoque al medio ambiente.

Page 176: OMO I, INFORME EJECUTIVO

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

176

VII.4. FUNCIÓN 1 “ASUNTOS DE ORDEN PÚBLICO Y DE SEGURIDAD INTERIOR”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 354 “OPINIÓN ESPECIALIZADA Y VERIFICACIONES EN MATERIA DE PROTECCIÓN CIVIL” (SECRETARÍA DE PROTECCIÓN CIVIL) 179

Auditoría ASCM/157/15

VII.5. FUNCIÓN 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 000 “TRANSFERENCIAS A ÓRGANOS AUTÓNOMOS” (COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL) 249

Auditoría ASCM/170/15

VII.6. FUNCIÓN 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 005 “TRANSFERENCIAS A ÓRGANOS AUTÓNOMOS” (JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE DISTRITO FEDERAL) 349 Auditoría ASCM/169/15

VII.7. FUNCIÓN 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 301 “ATENCIÓN DE DENUNCIAS E INVESTIGACIONES DE OFICIO EN MATERIA AMBIENTAL Y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL” (PROCURADURÍA AMBIENTAL Y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DISTRITO FEDERAL) 419 Auditoría ASCM/167/15

VOLUMEN 18/20

VII.8. FUNCIÓN 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDADES INSTITUCIONALES 308 “CAPACITACIÓN EN MATERIA DE PROCURACIÓN DE JUSTICIA” Y 316 “SEGUIMIENTO A PROCESOS PENALES, CIVILES Y FAMILIARES EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE SOCIAL” (PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL) 5 Auditoría ASCM/160/15

VII.9. FUNCIÓN 2 “VIVIENDA Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 330 “GESTIÓN INTEGRAL DE ESPACIOS PÚBLICOS” (AUTORIDAD DEL ESPACIO PÚBLICO) 101 Auditoría ASCM/162/15

VII.10. FUNCIÓN 2 “VIVIENDA Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 354 “ACCIONES PARA EL DESARROLLO DE VIVIENDA EN CONJUNTO” (INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL) 167 Auditoría ASCM/164/15

VII.11. FUNCIÓN 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 304 “ANÁLISIS Y ESTUDIOS DE LAS PRUEBAS PERICIALES” (PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL) 237 Auditoría ASCM/159/15

VII.12. FUNCIÓN 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 332 “ATENCIÓN Y APOYO A VÍCTIMAS DEL DELITO” (FONDO PARA LA ATENCIÓN Y APOYO A LAS VÍCTIMAS DEL DELITO) 295 Auditoría ASCM/166/15

Page 177: OMO I, INFORME EJECUTIVO

ÍNDICE GENERAL

177

VII.13. FUNCIÓN 3 “COORDINACIÓN DE LA POLÍTICA DE GOBIERNO”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 306 “SISTEMA ÚNICO DE INFORMACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS URBANOS” (AGENCIA DE GESTIÓN URBANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO) 349 Auditoría ASCM/161/15

VII.14. FUNCIÓN 3 “SALUD”, ACTIVIDADES INSTITUCIONALES 397 “VISITA MÉDICA EN DOMICILIO (PROGRAMA MÉDICO EN TU CASA)”, 320 “ATENCIÓN MÉDICA DE CARÁCTER GENERAL” Y 321 “ATENCIÓN MÉDICA ESPECIALIZADA” (SECRETARÍA DE SALUD Y SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL) 409 Auditoría ASCM/155/15

VOLUMEN 19/20

VII.15. FUNCIÓN 5 “EDUCACIÓN”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 000 “FONDO ESPECÍFICO DE OBRAS E INFRAESTRUCTURA” (UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE LA CIUDAD DE MÉXICO) 5 Auditoría ASCM/171/15

VII.16. FUNCIÓN 5 “TRANSPORTE”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 388 “OPERACIÓN DE LOS CENTROS DE TRANSFERENCIA MODAL” (COORDINACIÓN DE LOS CENTROS DE TRANSFERENCIA MODAL) 33 Auditoría ASCM/163/15

VII.17. FUNCIÓN 5 “TRANSPORTE”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 384 “MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES FIJAS” (SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO) 107 Auditoría ASCM/165/15

VII.18. FUNCIÓN 5 “EDUCACIÓN”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 444 “ESTÍMULOS PARA LA CONTINUACIÓN DE LA PREPARATORIA PREPA SÍ” (FIDEICOMISO EDUCACIÓN GARANTIZADA DEL DISTRITO FEDERAL) 167 Auditoría ASCM/168/15

VII.19. FUNCIÓN 6 “PROTECCIÓN SOCIAL”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 464 “FORTALECIMIENTO A LA VINCULACIÓN LABORAL” (SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO) 251 Auditoría ASCM/156/15

VII.20. FUNCIÓN 7 “ASUNTOS DE ORDEN PÚBLICO Y DE SEGURIDAD INTERIOR”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 309 “SANCIÓN DE VEHÍCULOS INFRACTORES PARA INDUCIR LA CULTURA VIAL ENTRE LOS CONDUCTORES” (SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA) 317 Auditoría ASCM/154/15

VII.21. FUNCIÓN 8 “CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 374 “FOMENTO EN MATERIA DE DESARROLLO, PROMOCIÓN Y FOMENTO CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO” (SECRETARÍA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN) 383 Auditoría ASCM/158/15

Page 178: OMO I, INFORME EJECUTIVO

INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015

178

VOLUMEN 20/20

APÉNDICES

I. RESULTADOS FINANCIERO-PRESUPUESTALES 23

I.1. BALANCE DE LAS FINANZAS DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL 26

I.2. INGRESOS 33

I.3. EGRESOS 52

I.4. DEUDA 89

I.5. DESAHOGO DE OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES FORMULADAS POR LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN RESPECTO A LA DEUDA PÚBLICA 93

II. RESULTADOS PROGRAMÁTICO-PRESUPUESTALES 101

II.1. ESTRATEGIA PROGRAMÁTICO-PRESUPUESTAL 103

II.1.1. Política de Gasto 103

II.2. FUNCIONES CON PRIORIDADES Y SIN PRIORIDADES 108

II.2.1. Funciones con Prioridades de Gasto 109

II.2.2. Funciones sin Prioridades de Gasto 109

II.3. ANÁLISIS POR EJES ESTRATÉGICOS PARA UN GOBIERNO CIUDADANO 110

II.3.1. “Equidad e Inclusión Social para el Desarrollo Humano” 111

II.3.2. “Gobernabilidad, Seguridad y Protección Ciudadana” 116

II.3.3. “Desarrollo Económico Sustentable” 120

II.3.4. “Habitabilidad y Servicios, Espacio Público e Infraestructura” 125

II.3.5. “Efectividad, Rendición de Cuentas y Combate a la Corrupción” 134

III. ECONÓMICO-FINANCIERO 139

IV. PROGRAMÁTICO-PRESUPUESTAL 295

V. GLOSARIO DE SIGLAS 327