old mutual fondo de pensiones obligatorias · artículos 66, 72 y 78 de la ley 100 de 1993. si no...

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1 OLD MUTUAL FONDO DE PENSIONES OBLIGATORIAS RPM Y RAIS Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A. “Este documento está dirigido únicamente a la fuerza de distribución de Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A., y no podrá ser reenviado o entregado a ninguna persona diferente de su destinataria. Todo uso diferente no se encuentra autorizado por Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A.”

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OLD MUTUAL FONDO DE PENSIONES OBLIGATORIAS RPM Y RAIS

Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A.

“Este documento está dirigido únicamente a la fuerza de distribución de Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A., y no podrá ser reenviado o entregado a ninguna persona diferente de su destinataria. Todo uso diferente no se encuentra autorizado por Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A.”

2 “Este documento está dirigido únicamente a la fuerza de distribución de Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A., y no podrá ser reenviado o entregado a ninguna persona diferente de su destinataria. Todo uso diferente no se encuentra autorizado por Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A.”

SISTEMA PREVISIONAL EN COLOMBIA

El sistema general de pensiones busca garantizar a la población el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, invalidez y la muerte.

Regímenes del Sistema General de Pensiones

Régimen de Prima Media con prestación definida (Régimen de reparto)

Régimen de Ahorro Individual con solidaridad

(Sistema de Capitalización)

3 “Este documento está dirigido únicamente a la fuerza de distribución de Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A., y no podrá ser reenviado o entregado a ninguna persona diferente de su destinataria. Todo uso diferente no se encuentra autorizado por Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A.”

SISTEMA PREVISIONAL EN COLOMBIA

RPM RAIS vs

Los aportes son efectuados en un fondo común, el cual es propiedad de todos los afiliados.

Aportes

Los aportes se destinan a la cuenta de ahorro individual de ahorro pensional. Esta cuenta es propiedad exclusiva del afiliado.

4 “Este documento está dirigido únicamente a la fuerza de distribución de Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A., y no podrá ser reenviado o entregado a ninguna persona diferente de su destinataria. Todo uso diferente no se encuentra autorizado por Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A.”

SISTEMA PREVISIONAL EN COLOMBIA

RPM RAIS vs

Pensión por Vejez

+ + + = 110% Smmlv

Debe contar con una edad y un número mínimo de semanas cotizadas que van aumentando cada año. Así mismo, la edad de pensión también aumentará en el 2014.

Requiere acumular un capital que le permita obtener una pensión (110% del salario mínimo legal vigente) independientemente de la edad que tengan al momento que esto ocurra.

5 “Este documento está dirigido únicamente a la fuerza de distribución de Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A., y no podrá ser reenviado o entregado a ninguna persona diferente de su destinataria. Todo uso diferente no se encuentra autorizado por Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A.”

SISTEMA PREVISIONAL EN COLOMBIA

RPM RAIS vs

Aportes Voluntarios

No hay opción de aportes voluntarios. Hay la posibilidad de efectuar aportes voluntarios dentro del Fondo de Pensiones Obligatorias, el cual debe ser elegido por el afiliado.

+ +

6 “Este documento está dirigido únicamente a la fuerza de distribución de Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A., y no podrá ser reenviado o entregado a ninguna persona diferente de su destinataria. Todo uso diferente no se encuentra autorizado por Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A.”

SISTEMA PREVISIONAL EN COLOMBIA

RPM RAIS vs

Excedentes de libre Disponibilidad

No existe la figura. Existen los excedentes de libre disponibilidad.

=

7 “Este documento está dirigido únicamente a la fuerza de distribución de Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A., y no podrá ser reenviado o entregado a ninguna persona diferente de su destinataria. Todo uso diferente no se encuentra autorizado por Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A.”

SISTEMA PREVISIONAL EN COLOMBIA

RPM RAIS vs

Fallecimiento del afiliado/pensionado sin beneficiario

En caso de muerte de un afiliado o pensionado y no hay beneficiario no hay juicio de sucesión.

En caso de fallecimiento del afiliado o pensionado y no hay beneficiario de pensión, se entregará los aportes más rendimientos y bono pensional que se encuentra en la cuenta pensional a título de herencia.

8 “Este documento está dirigido únicamente a la fuerza de distribución de Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A., y no podrá ser reenviado o entregado a ninguna persona diferente de su destinataria. Todo uso diferente no se encuentra autorizado por Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A.”

SISTEMA PREVISIONAL EN COLOMBIA

RPM RAIS vs

Pago de la pensión

Sólo existe el pago de la pensión a cargo de la entidad que reconoce la misma.

Existen varias modalidades de pago de pensión esto es Retiro Programado, Renta Vitalicia y Retiro Programado con Renta Vitalicia.

9 “Este documento está dirigido únicamente a la fuerza de distribución de Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A., y no podrá ser reenviado o entregado a ninguna persona diferente de su destinataria. Todo uso diferente no se encuentra autorizado por Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A.”

SISTEMA PREVISIONAL EN COLOMBIA

RPM RAIS vs

Proporción del pago de pensión

Los afiliados se pensionan máximo con un Ingreso base de liquidación del 80% de los salarios devengados en los últimos 10 años cotizados.

Los afiliados se pensionan con la totalidad del dinero de la cuenta de ahorro individual, rendimientos y bono pensional.

80% 10 años 100%

10 “Este documento está dirigido únicamente a la fuerza de distribución de Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A., y no podrá ser reenviado o entregado a ninguna persona diferente de su destinataria. Todo uso diferente no se encuentra autorizado por Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A.”

SISTEMA PREVISIONAL EN COLOMBIA

RPM RAIS vs

Pensión anticipada

No existe la figura. Los afiliados pueden pensionarse anticipadamente negociando el valor del bono pensional.

11 “Este documento está dirigido únicamente a la fuerza de distribución de Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A., y no podrá ser reenviado o entregado a ninguna persona diferente de su destinataria. Todo uso diferente no se encuentra autorizado por Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A.”

RESUMEN La Ley 100 de 1993, creó el Sistema General de Pensiones, el cual está compuesto por dos regímenes que son excluyentes pero coexisten (Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida (RPM) y Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS)). De acuerdo con lo anterior, las personas pueden escoger libre y voluntariamente uno cualquiera de los citados regímenes. En el siguiente cuadro se detallan las principales características y diferencias de los dos Regímenes:

RAIS (AFPs) RPM

Aportes Voluntarios: Existe la posibilidad de realizar aportes voluntarios dentro del Fondo de Pensiones Obligatorias. No existe.

Multifondos: Posibilidad de escoger diferentes portafolios de inversión: Conservador, Moderado y Mayor Riesgo. (según los objetivos, edad y perfil de riesgo de cada afiliado)

No existe.

Requisitos de Pensión:

Capital acumulado en la cuenta individual incluido el bono pensional si a este hubiere lugar y los aportes voluntarios.

Tiempo: equivalente a semanas cotizadas y edad del afiliado.

Excedentes de libre Disponibilidad: Existen. (Artículo 85 Ley 100 de 1993) No existen.

Fallecimiento del afiliado o pensionado, y no hay beneficiarios de pensión:

En caso de fallecimiento del afiliado o pensionado y no existan beneficiarios de pensión, los recursos que de la cuenta individual y bono pensional (si tiene derecho a este) acrecentaran la masa sucesoral y dichas sumas se entregaran a los herederos de acuerdo a juicio de sucesión.

No existe.

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RAIS (AFPs) RPM

Modalidades de Pensión: Existen varias modalidades de pensión, unas a cargo de la AFP y otras a cargo de la aseguradora de elección del pensionado.

No existen.

Edad de Pensión:

El afiliado escoge la edad en la que desea pensionarse siempre y cuando cumpla con el capital requerido para financiar dicha pensión.

El afiliado se pensiona a las edades establecidas en el artículo 33 de la Ley 100 de 1993 o de acuerdo a la normatividad que le aplique al caso en particular.

Auxilio Funerario: Sí existe. Art 86 de la Ley 100 de 1993. Sí existe. Art 51 de la Ley 100 de 1993.

Devolución de Saldos:

Si no cumple con los requisitos para obtener una pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia, tendrá derecho a la devolución de saldos de acuerdo a los artículos 66, 72 y 78 de la Ley 100 de 1993.

Si no cumple con los requisitos para obtener una pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia, tendrá derecho a recibir una indemnización sustitutiva de acuerdo a los artículos 37, 45 y 49 de la Ley 100 de 1993.

Edad de Pensión:

El afiliado escoge la edad en la que desea pensionarse siempre y cuando cumpla con el capital requerido para financiar dicha pensión.

El afiliado se pensiona a las edades establecidas en el artículo 33 de la Ley 100 de 1993 o de acuerdo a la normatividad que le aplique al caso en particular.

13 “Este documento está dirigido únicamente a la fuerza de distribución de Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A., y no podrá ser reenviado o entregado a ninguna persona diferente de su destinataria. Todo uso diferente no se encuentra autorizado por Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A.”

Recomendaciones que debe tener en cuenta una persona antes de pasarse de Colpensiones a una AFP y viceversa: Debe analizar la situación particular del afiliado y decidir cuál es la opción que más le conviene. Para esto hay aspectos que se deben tener en cuenta cómo tiempo de permanencia en el régimen actual, la rentabilidad objetivo del cliente, el riesgo que está dispuesto a tolerar, la edad máxima para realizar el traslado, las modalidades de pensión que ofrecen. Recomendaciones como tener en cuenta los beneficios, requisitos y restricciones que cada régimen ofrece para que así la persona pueda escoger el más conveniente para su situación puntual. Es recomendable buscar asesoría que ayude al afiliado con toda la información para poder tomar la mejor decisión.

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INFORMACIÓN IMPORTANTE

Las compañías integrantes del grupo empresarial liderado por Old Mutual Holding de Colombia S.A., (“Old Mutual”) manifiestan que: (i) la información contenida en esta publicación (“Publicación”) se basa sobre fuentes de conocimiento público, consideradas confiables; (ii) la Publicación tiene el propósito único de informar y proveer herramientas de análisis útiles para sus lectores; (iii) la Publicación no constituye recomendación, sugerencia, consejo ni asesoría alguna para la toma de decisiones; (iv) Old Mutual no es responsable respecto de la exactitud e idoneidad de la información y de las herramientas, incorporadas en la Publicación; (v) Old Mutual y las entidades y personas que constituyen su fuerza comercial externa, no son responsables de las consecuencias originadas por el uso de la Publicación.

“Este documento está dirigido únicamente a la fuerza de distribución de Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A., y no podrá ser reenviado o entregado a ninguna persona diferente de su destinataria. Todo uso diferente no se encuentra autorizado por Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A.”

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Ahorro e Inversión / Pensiones y Cesantías Negocios Fiduciarios / Seguros de Vida y de Pensiones / Carteras Colectivas

Oficina principal

Teléfonos: (571)658 4000 Dirección: Av. 19 No. 109 A - 30

Bogotá - Colombia

www.oldmutual.com.co

01800517526