oficio a la junta local, petición de atención al caso jc

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Movimiento Regeneración Nacional, A.C. Comisión Estatal de Gestoría Social Calle Veracruz #400, Col. Rodríguez, C.P. 88630, Cd. Reynosa, Tamaulipas. Tel (899) 9 22 68 37. Cd. Reynosa, Tamaulipas a 02 de Julio de 2014. C.E.A.S.013\2014. Junta Local de Conciliación y Arbitraje. Boulevard Emilio Portes Gil No. 1270 Edificio Tiempo Nuevo Planta Baja Tel. 01 834 318 10 38 Cd. Victoria, Tamps. At`n. Lic. Antonio Carlos Salazar Mercado. Presidente de la Junta Local Conciliación y Arbitraje en el Estado. P r e s e n t e. Asunto: El que se indica. En continuidad a las inquietudes anteriores que se le han venido señalando con puntualidad en relación a los graves problemas que siguen surgiendo en el Municipio de Reynosa en relación a las inquietudes de los trabajadores del ramo maquilador, nos permitimos infórmale a usted que la situación se torna delicada a consecuencia de la nula voluntad de los sindicatos que dicen proteger los derechos de los trabajadores, los cuales se estas haciendo los desentendidos en cuanto a su responsabilidad de cumplir y hacer cumplir los contratos colectivos de trabajo; y sabedores que una de las prioridades que a la fecha ha venido desarrollando con puntualidad en relación a resolver con plena autonomía e independencia los conflictos laborales, problemas que pudieran surgir dentro de la competencia territorial del Estado de Tamaulipas, a través de la conciliación y el arbitraje, garantizando con ellos el acceso a la justicia en un marco de trato humano digno y contribuyendo así al fortalecimiento del estado de Derecho de nuestra entidad. Por este medio nos permitimos manifestar nuestra solidaridad y apoyo en la medida de nuestras facultades para que se sigan actuando bajo estos indicativos. Consientes y respetuosos de sus funciones y facultades como órgano competente para dirimir las controversias que se presentan entre trabajadores y patrones, su carácter local lo adquiere debido a su competencia territorial, la cual se encuentra establecida en la Entidad Federativa y conoce solamente de los conflictos obrero patronales que se suscitan en este territorio, pero además, porque la ley establece que es de su competencia como Junta Local de Conciliación y Arbitraje.

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Page 1: Oficio a la junta local, petición de atención al caso JC

Movimiento Regeneración Nacional, A.C. Comisión Estatal de Gestoría Social

Calle Veracruz #400, Col. Rodríguez, C.P. 88630, Cd. Reynosa, Tamaulipas. Tel (899) 9 22 68 37.

Cd. Reynosa, Tamaulipas a 02 de Julio de 2014.

C.E.A.S.013\2014.

Junta Local de Conciliación y Arbitraje.

Boulevard Emilio Portes Gil No. 1270

Edificio Tiempo Nuevo Planta Baja

Tel. 01 834 318 10 38

Cd. Victoria, Tamps.

At`n. Lic. Antonio Carlos Salazar Mercado.

Presidente de la Junta Local Conciliación y Arbitraje en el Estado.

P r e s e n t e.

Asunto: El que se indica.

En continuidad a las inquietudes anteriores que se le han venido señalando con puntualidad en relación a los graves problemas que siguen surgiendo en el Municipio de Reynosa en relación a las inquietudes de los trabajadores del ramo maquilador, nos permitimos infórmale a usted que la situación se torna delicada a consecuencia de la nula voluntad de los sindicatos que dicen proteger los derechos de los trabajadores, los cuales se estas haciendo los desentendidos en cuanto a su responsabilidad de cumplir y hacer cumplir los contratos colectivos de trabajo; y sabedores que una de las prioridades que a la fecha ha venido desarrollando con puntualidad en relación a resolver con plena autonomía e independencia los conflictos laborales, problemas que pudieran surgir dentro de la competencia territorial del Estado de Tamaulipas, a través de la conciliación y el arbitraje, garantizando con ellos el acceso a la justicia en un marco de trato humano digno y contribuyendo así al fortalecimiento del estado de Derecho de nuestra entidad. Por este medio nos permitimos manifestar nuestra solidaridad y apoyo en la medida de nuestras facultades para que se sigan actuando bajo estos indicativos.

Consientes y respetuosos de sus funciones y facultades como órgano competente para

dirimir las controversias que se presentan entre trabajadores y patrones, su carácter local

lo adquiere debido a su competencia territorial, la cual se encuentra establecida en la

Entidad Federativa y conoce solamente de los conflictos obrero patronales que se suscitan

en este territorio, pero además, porque la ley establece que es de su competencia como

Junta Local de Conciliación y Arbitraje.

Page 2: Oficio a la junta local, petición de atención al caso JC

La función de las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje es darle pronta solución a los

conflictos laborales, a través de la conciliación y/o resolución que ponga fin a la

controversia, de manera general porque como veremos a continuación tienen funciones

diversas y especificas.

Con Fundamento en lo antes señalado, asi como a los que establece el Art. 8º. De la

Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, Art. 123 Apartado A, y el Art. 621 de

la Ley Federal del Trabajo, solicitamos respetuosamente lo siguiente:

El Martes 01 de Julio del año en curso, se presentaron un total de 180 trabajadores del

remo maquilador de la empresa Johnson Controls Servicios S. de R.L. de C.V. a las oficinas

que ocupa esta comisión de asuntos laborales en la Cd. de Reynosa, para solicitar nuestra

intervención en la medida de nuestras facultades, para solicitar el apoyo y respaldo para

hacer las correspondientes investigaciones al caso, ya que esta empresa pretende

traspasar los derechos de la empresa y sus trabajadores a otro consorcio de nombre

CARPLASTIC S.A. de C.V., con domicilio de razón social en Carretera Reynosa Matamoros

Mike Allen Km. 82 Parque Industrial Reynosa, C.P. 88780, ya que esta pretende finiquitar

el contrato Colectivo de Trabajo celebrado con el Sindicato Industrial de Trabajadores en

Plantas Maquiladoras de Reynosa Tamaulipas, sin tomar en consideración lo que a estos

trabajadores por derecho corresponde, como es su antigüedad y otras prestaciones, y

para llevar a cabo sus pretensiones se esta imponiendo e informando de manera aislada

a los trabajadores que los derechos de la empresa serán traspasados a otra firma, y la

representación sindical no ha tenido la precaución de informar a sus representados los

arreglos a los que se pretende llegar sin tomarlos en consideración, violentando los

términos y compromisos concertados en el contrato colectivo de trabajo presentado ante

ustedes, por conducto de la H. Junta de Conciliación de Reynosa, Tamaulipas, para su

deposito correspondiente, su custodia y cumplimiento, firmado el 13 de Marzo del 2013.

Es importante señalar que muchos de los trabajadores tienen una antigüedad de 6 años

laborando en esta planta, y a estos se les informa que se les entregara una carta simple

(se adjunta copia) en la que se les garantizara su antigüedad por el nuevo patrón

Como asociación civil, tenemos la responsabilidad, con apego a lo establecido en nuestro

reglamento y principios, atender esta inquietud que afecta a 400 trabajadores del ramo

maquilador que laboran en esta empresa.

Fundada la inquietud, en casos donde los trabajadores han sido abandonados a su suerte

sin respetar sus derechos y garantías que otorga la Constitución y las Leyes Laborales,

pedimos su amable intervención para que se nos informe si la H. Junta ya tiene

conocimiento de las acciones que pretende llevar a cabo esta empresa sin respetar los

derechos laborales, ya que el sindicato que los representa no tiene el mínimo interés de

atender e informar a los trabajadores de lo que se pretende, de las negociaciones o de los

acuerdos que se están tomando.

Page 3: Oficio a la junta local, petición de atención al caso JC

El resolutivo de la presente ante ustedes fue un acuerdo de asamblea plenaria celebrada

el día 1 de Julio del años que corre a las 10:00 A.M. en el domicilio Herón Ramírez 150 Sur

y Boulevard Hidalgo Col. Rodríguez.

Quedamos ante usted en espera de una respuesta, ya que el asunto puede salirse de

control; señalo como domicilio para oír y recibir correspondencia al caso en Calle Veracruz

#400, col. Rodríguez, C.P. 88630, Cd. Reynosa, en esta entidad Federativa, así también

quedo de Usted como su atento y seguro servidor.

COMISIONADO ESTATAL DE ASUNTO LABORALES

C. CONSTANTINO SOTO PATIÑO

Adjunto lo indicado.

C.c.p. .- C.E.E. .- Lic. Laurencio García García.- Presidente.

C.c.p..- Trabajadores de la Empresa Johnson Controls Servicios S. de R.L. de C.V

C.c.p..- Arch.