oferta de interconexión de referencia · con las centrales locales de telefÓnica para el...

49
- 1 - OFERTA DE INTERCONEXION DE REFERENCIA DE TELEFÓNICA DE ARGENTINA S.A. 1. INTRODUCCION .................................................................................................................... 3 2. GENERALIDADES.................................................................................................................. 3 3. PUNTOS DE INTERCONEXIÓN .............................................................................................. 3 4. TIPOS DE INTERCONEXIÓN .................................................................................................. 4 4.1. C ON LAS CENTRALES LOCALES DE TELEFÓNICA PARA LA TERMINACIÓN DE LLAMADAS LOCALES ...... 4 4.2. C ON LAS CENTRALES LOCALES DE TELEFÓNICA PARA EL ENCAMINAMIENTO DE TRÁFICO DE LD....... 4 4.3. C ON LA RED DE T RÁNSITO DE LD........................................................................................... 4 4.4. SERVICIO DE T RÁNSITO LOCAL .............................................................................................. 5 5. PUERTOS DE ACCESO.......................................................................................................... 5 6. COUBICACION EN CENTRALES DE TELEFÓNICA ................................................................. 6 7. PROVISIÓN DE ENLACES...................................................................................................... 6 7.1. SOLICITUDES ..................................................................................................................... 7 7.2. R ECONFIGURACION DE ENLACES DE INTERCONEXIÓN ................................................................. 7 7.3. BAJA DE ENLACES ............................................................................................................... 8 7.4. PERIODO DE CONTRATACIÓN ................................................................................................. 8 8. OTROS SERVICIOS OFRECIDOS ........................................................................................... 9 8.1. ACCESO AL SERVICIO DE I NFORMACIÓN 110............................................................................. 9 8.2. ACCESO AL SERVICIO DE HORA OFICIAL 113 ............................................................................ 9 8.3. ENCAMINAMIENTO DE LLAMADAS DIRIGIDAS A NUMERACIÓN 0800, 0810 Y 0823 DEL PRESTADOR SOLICITANTE .................................................................................................................... 9 8.3.1. C ONDICIONES GENERALES ................................................................................................ 9 8.3.2. ASPECTOS E CONÓMICOS................................................................................................... 9 8.3.3. ENCAMINAMIENTO DE LLAMADAS DIRIGIDAS A NUMERACIÓN 0800, 0810 Y 0823 DEL PRESTADOR SOLICITANTE DESDE TERMINALES DE TELEFONÍA PÚBLICA .............................................. 10 8.3.4. PROCEDIMIENTO A NTIFRAUDO 9. SOLICITUDES Y PREVISIONES ........................................................................................... 10 10. FACTURACION Y PAGO - FALTA DE PAGO - PUNITORIOS ................................................ 11 10.1. FACTURACIÓN Y PAGO 11 10.2. FALTA DE PAGO .............................................................................................................. 11 10.3. PUNITORIOS ................................................................................................................... 12 10.4. O BJECIÓN DE FACTURAS...................................................................................................12 10.5. R EFACTURACIÓN Y AJUSTES.............................................................................................. 13 11. SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE LA OFERTA DE INTERCONEXIÓN ........................... 13 11.1. FACTURACION POR CUENTA Y ORDEN DEL PRESTADOR SOLICITANTE................... 13 11.2. ATENCIÓN DE CONSULTAS Y RECLAMOS .................................................................. 14 12. BLOQUEO DEL ACCESO A LOS SERVICIOS DE LARGA DISTANCIA .................................. 15

Upload: trinhthuan

Post on 28-Sep-2018

217 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

- 1 -

OFERTA DE INTERCONEXION DE REFERENCIA DETELEFÓNICA DE ARGENTINA S.A.

1. INTRODUCCION....................................................................................................................3

2. GENERALIDADES..................................................................................................................3

3. PUNTOS DE INTERCONEXIÓN ..............................................................................................3

4. TIPOS DE INTERCONEXIÓN..................................................................................................44.1. CON LAS CENTRALES LOCALES DE TELEFÓNICA PARA LA TERMINACIÓN DE LLAMADAS LOCALES ......44.2. CON LAS CENTRALES LOCALES DE TELEFÓNICA PARA EL ENCAMINAMIENTO DE TRÁFICO DE LD.......44.3. CON LA RED DE TRÁNSITO DE LD...........................................................................................44.4. SERVICIO DE TRÁNSITO LOCAL ..............................................................................................5

5. PUERTOS DE ACCESO..........................................................................................................5

6. COUBICACION EN CENTRALES DE TELEFÓNICA .................................................................6

7. PROVISIÓN DE ENLACES......................................................................................................67.1. SOLICITUDES .....................................................................................................................77.2. RECONFIGURACION DE ENLACES DE INTERCONEXIÓN .................................................................77.3. BAJA DE ENLACES ...............................................................................................................87.4. PERIODO DE CONTRATACIÓN .................................................................................................8

8. OTROS SERVICIOS OFRECIDOS...........................................................................................98.1. ACCESO AL SERVICIO DE INFORMACIÓN 110.............................................................................98.2. ACCESO AL SERVICIO DE HORA OFICIAL 113............................................................................98.3. ENCAMINAMIENTO DE LLAMADAS DIRIGIDAS A NUMERACIÓN 0800, 0810 Y 0823 DEL PRESTADOR

SOLICITANTE....................................................................................................................98.3.1. CONDICIONES GENERALES ................................................................................................98.3.2. ASPECTOS ECONÓMICOS...................................................................................................98.3.3. ENCAMINAMIENTO DE LLAMADAS DIRIGIDAS A NUMERACIÓN 0800, 0810 Y 0823 DELPRESTADOR SOLICITANTE DESDE TERMINALES DE TELEFONÍA PÚBLICA ..............................................108.3.4. PROCEDIMIENTO ANTIFRAUDO

9. SOLICITUDES Y PREVISIONES ...........................................................................................10

10. FACTURACION Y PAGO - FALTA DE PAGO - PUNITORIOS ................................................1110.1. FACTURACIÓN Y PAGO

1110.2. FALTA DE PAGO ..............................................................................................................1110.3. PUNITORIOS...................................................................................................................1210.4. OBJECIÓN DE FACTURAS.................................................................................................. .1210.5. REFACTURACIÓN Y AJUSTES..............................................................................................13

11. SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE LA OFERTA DE INTERCONEXIÓN ...........................1311.1. FACTURACION POR CUENTA Y ORDEN DEL PRESTADOR SOLICITANTE...................1311.2. ATENCIÓN DE CONSULTAS Y RECLAMOS..................................................................14

12. BLOQUEO DEL ACCESO A LOS SERVICIOS DE LARGA DISTANCIA ..................................15

- 2 -

13. CALIDAD, CONFIABILIDAD Y DISPONIBILIDAD DE LA INTERCONEXIÓN............................15

14. GARANTÍAS.......................................................................................................................17

15. CONDUCTAS FRAUDULENTAS..........................................................................................18

16. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA18

17. CONFIDENCIALIDAD..........................................................................................................19

18. IMPUESTOS, TASAS, GRAVÁMENES Y/O CONTRIBUCIONES............................................19

19. ANEXOS ............................................................................................................................19

- 3 -

1. INTRODUCCION

1.1. La presente Oferta de Interconexión de Referencia de Telefónica de Argentina S.A., enadelante TELEFONICA, tiene por objeto establecer los términos y condiciones en los que elOperador Solicitante se interconectará a la red de TELEFÓNICA, para la prestación de losservicios de telefonía fija local y de larga distancia nacional e internacional, conforme lasdisposiciones del Reglamento Nacional de Interconexión (RNI) que como Anexo II fueraaprobado por el Decreto N° 764/2000.

1.2. TELEFÓNICA podrá modificar los términos y condiciones de la presente Oferta deconformidad a las disposiciones de la reglamentación vigente.

1.3. A los fines de la presente Oferta, se utilizará la terminología específica que se indica enel Decreto N° 764/2000, sus Anexos y en el Anexo I de la presente.

2. GENERALIDADES

2.1. La Oferta de Interconexión de Referencia está destinada a los Operadores que poseanlicencia debidamente otorgada por la Secretaría de Comunicaciones, y que al momento deefectuar la solicitud de interconexión hayan registrado en el correspondiente Registro delcitado Organismo, los Servicios de Telefonía Fija Local y/o de Larga Distancia Nacional eInternacional, de conformidad a lo establecido por el Reglamento de Licencias para Serviciosde Telecomunicaciones, que fuera aprobado como Anexo I del Decreto N° 764/2000.

2.2. Los precios para cada servicio contemplado en esta Oferta se incluyen en los Anexos IIIy VII.

2.3. Para que la interconexión se pueda concretar, el Operador Solicitante deberápreviamente firmar el correspondiente Convenio de Interconexión con TELEFÓNICA.

2.4. Los cargos de interconexión contenidos en la presente Oferta se aplicarán en formasimétrica y recíproca entre las PARTES.

3. PUNTOS DE INTERCONEXIÓN

3.1. TELEFÓNICA ofrece para la interconexión con el Operador Solicitante las centralesubicadas en las áreas locales que se indican en la Tabla 1 del Anexo II, con los domicilioscorrespondientes.

3.2. En la Interconexión a la red local de TELEFÓNICA en un área local (AL) determinada,conforme lo indicado en el punto 3.1, y únicamente para el tráfico del Servicio de TelefoníaFija, excluido cualquier otro servicio de telecomunicaciones (tráfico destinado a los Serviciosde Acceso a Internet en todas sus modalidades, Audiotexto, Llamadas Masivas, etc.), elOperador Solicitante podrá requerir a TELEFÓNICA la interconexión a nivel de Central conCapacidad de Tránsito, con acceso a toda la numeración del AL de que se trate.

3.3. Sin perjuicio de lo indicado en el punto 3.2 precedente, en caso que el OperadorSolicitante solicite interconexión en otra central de conmutación local no incluida en la Tabla 1

- 4 -

del Anexo II, y si fuera técnicamente factible, los clientes accesibles o accedidos para losservicios de acceso y/o terminación local según corresponda, serán aquellos que tengannumeración asignada a cada una de dichas centrales.

3.4. A solicitud del Operador Solicitante, TELEFÓNICA proveerá un POI en aquellas centralesa las que se hace referencia en el punto 3.1 donde el Operador Solicitante así lo solicite, aefectos de brindar interconexión de acuerdo a los tipos indicados en el punto 4 de la presenteOferta.

4. TIPOS DE INTERCONEXIÓN

4.1. Con las centrales locales de TELEFÓNICA para la terminación de llamadas locales4.1.1. A solicitud del Operador Solicitante, y conforme lo indicado en el punto 3, se proveeráun POI en cada una de las AL que solicite, a efectos de brindar interconexión a la red local deTELEFÓNICA para la terminación de llamadas locales.A través de dicho POI, el Operador Solicitante tendrá acceso a todos los clientes cuyanumeración – identificada por su prefijo interurbano y prefijo urbano, o PIPU – se indican en laTabla 2 del Anexo II para cada central. Los puertos de acceso se identificarán como puertos L– L.4.1.2. TELEFÓNICA, en su carácter de OL Solicitado, entregará al OL Solicitante, en los POIdefinidos en el punto 4.1.1, todas las llamadas locales originadas en líneas provistas por elladentro de su AL y que sean dirigidas a numeración de dicha AL asignada al OL Solicitante.4.1.3. TELEFÓNICA percibirá del Operador Solicitante el cargo de terminación local indicadoen el Anexo VII, por la terminación de las llamadas previstas en el punto 4.1.1.

4.2. Con las centrales locales de TELEFÓNICA para el encaminamiento de tráfico de LD4.2.1. A solicitud del Operador Solicitante, y conforme lo indicado en el punto 3, se proveeráun POI en cada una de las AL que solicite, a efectos de brindar interconexión a la red local deTELEFÓNICA para la entrega de tráfico de LD de llamadas realizadas mediante la modalidadde marcación "Operador Preseleccionado" definida en el PFNN aprobado por Resolución N°46/97 de la Secretaría de Comunicaciones.A través de dicho POI, el Operador Solicitante tendrá acceso a todos los clientes cuyanumeración – identificada por su prefijo interurbano y prefijo urbano, o PIPU – se indican en laTabla 2 del Anexo II para cada central. Los puertos de acceso se identificarán como puertos L– LD.4.2.2. Estos puertos también podrán ser utilizados por el Operador Solicitante para entregartráfico de LD dirigido a numeración del AL donde se ubica el POI.4.2.3. TELEFÓNICA percibirá del Operador Solicitante el cargo de acceso local establecidoen el Anexo VII por la originación/terminación de las llamadas previstas en los puntos 4.2.1 y4.2.2.

4.3. Con la Red de Tránsito de LD4.3.1. A requerimiento del Operador Solicitante se proveerá un POI en las AL ofrecidas en elpunto 3.1, a efectos de brindar interconexión a la Red de Tránsito de Larga Distancia deTELEFÓNICA para la entrega de tráfico de LD con destino al AL donde el OperadorSolicitante no tenga presencia física.A través de dicho POI, el Operador Solicitante tendrá acceso al Servicio de Transporte deLarga Distancia de TELEFÓNICA.Los puertos de acceso se identificarán como puertos LD – LD.

- 5 -

4.3.2. TELEFÓNICA percibirá del Operador Solicitante los precios del Servicio de Transportede Larga Distancia indicados en el Anexo VII, que se aplicarán conforme la clavecorrespondiente entre el AL del POI donde el Operador Solicitante entrega la llamada y lanumeración del AL de destino. Estos precios no incluyen los valores que en su casocorresponda abonar por terminación en la red local de destino, precios cuyo pago no estará acargo de TELEFÓNICA.

4.4. Servicio de Tránsito Local4.4.1. El Operador Solicitante podrá solicitar el Servicio de Tránsito Local en un POI paracontar con interconexión indirecta con otro Operador que se encuentre interconectado endicho POI.4.4.2. TELEFÓNICA percibirá del Operador Solicitante el cargo indicado en el Anexo VII porel Servicio de Tránsito Local. A dicho valor se le adicionarán los cargos que correspondaaplicar por los servicios brindados por el Operador al que el Operador Solicitante seinterconecte en forma indirecta.4.4.3. Cuando se produzca una llamada que el Operador Solicitante entrega a TELEFÓNICAy ésta se la entrega a un operador STM, SRMC, SRCE, Satelital o PCS, se facturará alOperador Solicitante exclusivamente los cargos previstos en la presente. No se reconoceráncargos por la terminación de llamadas en las redes de destino.4.4.4. Cuando se produzca una llamada que el Operador Solicitante, entrega a TELEFÓNICAy ésta se la entrega a un Operador Independiente para ser completada en su red local,TELEFÓNICA facturará al Operador Solicitante el cargo correspondiente al Servicio deTransporte de Larga Distancia brindado, más el cargo de terminación local correspondiente.4.4.5. La prestación del Servicio de Tránsito Local hacia otro operador supondrá que eloperador de destino de la llamada habrá de aceptar la llamada procedente del Operador deorigen.4.4.6. En el caso que el OLD Solicitante opte por conectarse en una determinada AL a travésde un único puerto, éste corresponderá a la interconexión con la Red Local de TELEFÓNICA,y en su caso, podrá ser utilizado para acceder a la red de larga distancia de TELEFÓNICA, oa la red de otro Operador que esté interconectado en ese área local, a través del Servicio deTránsito Local provisto por TELEFÓNICA abonando el cargo correspondiente al Servicio deTránsito Local.

5. PUERTOS DE ACCESO

5.1. El Operador Solicitante deberá requerir con una anticipación de noventa (90) díasprevios a su puesta en servicio, la conexión a la cantidad de puertos de acceso necesariospara la interconexión de su red a la de TELEFÓNICA, discriminados por POI y por los tiposde interconexión descriptos en los puntos 4.1, 4.2 y 4.3 de la presente Oferta. TELEFÓNICAresponderá la solicitud dentro de los diez (10) días de recibida.

5.2. En aquellos casos de solicitud de ampliaciones correspondientes a previsionesinformadas por el Operador Solicitante en los términos de la cláusula 9 del presente, éstedeberá requerir los puertos de acceso con un mínimo de sesenta (60) días de anticipación.TELEFÓNICA deberá responder la solicitud dentro de los diez (10) días de recibida

5.3. Las condiciones de provisión de los puertos de acceso son las establecidas en el AnexoIII.

- 6 -

5.4. TELEFÓNICA percibirá el cargo establecido en Anexo III por la habilitación de cadapuerto de acceso.

6. COUBICACION EN CENTRALES DE TELEFONICA

6.1. El Operador Solicitante deberá requerir con una anticipación de ciento veinte (120) días,el Servicio de Coubicación física que solicite para la instalación de los equipos utilizados parala terminación de sus enlaces de interconexión necesarios para la interconexión a las redeslocales y/o de larga distancia de TELEFÓNICA. Se responderá la solicitud dentro de los diez(10) días de recibida.

6.2. TELEFÓNICA percibirá del Operador Solicitante los cargos aplicables en concepto deServicio de Coubicación indicados en el Anexo III.En aquellas AL en las cuales el Operador Solicitante haya solicitado la interconexión conjuntade sus redes local y de larga distancia con la red local de TELEFÓNICA, se pondrá adisposición del Operador Solicitante una única facilidad provista mediante el Servicio deCoubicación.

6.3. Las condiciones de provisión del Servicio de Coubicación son las establecidas en elAnexo III. La adecuación del Servicio de Coubicación (cerramientos, solados, tendido internode cables, sistemas de climatización, acceso a los servicios de energía, iluminación, etc.)serán cotizados a pedido del Operador Solicitante y se construirán especialmente por sucuenta y costo, previa aprobación escrita del correspondiente proyecto.

6.4. TELEFÓNICA facturará al Operador Solicitante los consumos que éste genere por losequipos instalados en la coubicación conforme a lo previsto en el Anexo III.

6.5. Las facilidades provistas para el Servicio de Coubicación estarán sujetas a ladisponibilidad de TELEFÓNICA.Cuando no existan dichas facilidades, TELEFÓNICA no estará obligada a construir nuevasedificaciones para satisfacer los requerimientos del Operador Solicitante. Sin perjuicio de ello,en la medida que resulte técnicamente viable, TELEFÓNICA ofrecerá al Operador Solicitanteal menos una alternativa para proveerle interconexión en el AL en la cual no disponga de lasfacilidades de coubicación solicitadas.A tal fin, TELEFÓNICA deberá presentar al Operador Solicitante la correspondiente propuestade proyecto específico en un plazo no superior a los treinta (30) días contados a partir de lafecha de recepción del pedido de coubicación original, que deberá describir el costo para elOperador Solicitante por dicha adecuación y el plazo en el que TELEFÓNICA proveería dichoespacio de coubicación en forma efectiva, contado a partir de la aprobación por parte delOperador Solicitante de dicho proyecto específico, el que podrá ser facturado porTELEFÓNICA a partir de la primera factura que emita con posterioridad a la fecha deaprobación del mismo.La propuesta de proyecto específico antes mencionada deberá ajustarse estrictamente a darrespuesta a las necesidades de coubicación del Operador Solicitante y deberá estar deacuerdo a valores de mercado.

7. PROVISION DE ENLACES

- 7 -

7.1. Solicitudes7.1.1.El Operador Solicitante podrá contratar la provisión de enlaces de interconexiónpropiedad de TELEFÓNICA que el Operador Solicitante utilizará para interconectarse a la redde TELEFÓNICA, de acuerdo a las condiciones y precios que se indican en el Anexo VII.TELEFÓNICA ofrece también bajo las condiciones descriptas en dicho Anexo, la posibilidadde contratar enlaces dedicados punto a punto de su propiedad.7.1.2. El Operador Solicitante solicitará los enlaces que necesite con una anticipación nomenor a seis (6) meses para nuevos enlaces, y de sesenta (60) días para ampliaciones sobrevínculos existentes, quedando sujeta la provisión de dichos enlaces a la efectivadisponibilidad por parte de TELEFÓNICA.7.1.3. En el caso que TELEFÓNICA no estuviera en condiciones de proveer los enlacessolicitados, deberá notificarlo por escrito al Operador Solicitante dentro del plazo de diez (10)días de recibido el pedido. La imposibilidad de proveer los enlaces solicitados, no generaráconsecuencia alguna a cargo de TELEFÓNICA.7.1.4. Sólo se conectarán enlaces cuyos extremos pertenezcan a domicilios del OperadorSolicitante, entendiéndose por tales, a los domicilios propios y/o locados por el OperadorSolicitante.7.1.5. Para la provisión de los enlaces contemplados en la presente cláusula, el OperadorSolicitante deberá suscribir con TELEFÓNICA el correspondiente convenio.7.1.6. El Operador Solicitante facilitará sin cargo a TELEFÓNICA espacio en susinstalaciones, terrenos y estructuras (mástiles o torres) para la colocación de los equiposrelacionados con la provisión de estos enlaces y la energía primaria para su alimentación.Por razones de servicio, TELEFÓNICA podrá proceder a reubicar esos equipos sin afectar elservicio a cargo del Operador Solicitante. Todos los costos que se generen a raíz de talactividad, serán a exclusivo cargo de TELEFÓNICA.7.1.7. Los enlaces que proveerá TELEFÓNICA serán del tipo E1 (G.703) bidireccionales.7.1.8. En ningún caso TELEFÓNICA será responsable por cualquier consecuencia derivadade fallas o interrupciones en dichos Enlaces E1 debiendo el Operador Solicitante mantenerindemne a TELEFÓNICA.

7.2. Reconfiguración de enlaces de interconexión7.2.1. El Operador Solicitante podrá solicitar a TELEFÓNICA la extensión de un enlace haciaotras AL, la cual consistirá en el cambio de domicilio de uno de los extremos a otra AL.Por el nuevo extremo generado en la nueva AL, el Operador Solicitante pagará aTELEFÓNICA un monto equivalente al cien por ciento (100%) del cargo de conexión.TELEFÓNICA practicará el ajuste del abono a la correspondiente clave tarifaria que resultedel enlace reconfigurado.7.2.2. El Operador Solicitante podrá requerir a TELEFÓNICA la apertura, en un enlaceinstalado, de dos nuevos extremos de enlace, en tanto dicha apertura se encuentre localizadaen un AL ubicada en el recorrido del enlace original. Por cada uno de los dos nuevosextremos generados en la nueva AL intercalada, el Operador Solicitante pagará aTELEFÓNICA un cargo equivalente al cien por ciento (100%) del cargo de conexión quecorresponda aplicar por cada nuevo extremo.Asimismo, a los enlaces resultantes de esta reconfiguración se le practicará el ajuste delabono a la correspondiente clave que resulte entre los nuevos extremos.7.2.3. El Operador Solicitante podrá solicitar a TELEFÓNICA el cambio de domicilio decualquiera de los extremos del enlace, en tanto los nuevos domicilios se encuentren dentrode la misma AL de los domicilios originales. Por cada extremo que haya sido cambiado dedomicilio, el Operador Solicitante pagará a TELEFÓNICA un cargo equivalente al cien porciento (100%) del cargo de conexión que corresponda aplicar por cada nuevo extremo.

- 8 -

7.2.4. El Operador Solicitante podrá solicitar reconfiguraciones de los enlaces E1 una vez poraño. A tal fin los años se contabilizarán a partir de la fecha de instalación del enlace de quese trate.Uno de los extremos de los enlaces debe mantenerse a lo largo de las sucesivasreconfiguraciones.7.2.5. En caso de aplicarse, TELEFÓNICA presupuestará al Operador Solicitante el cargocorrespondiente a la construcción de facilidades especiales que se requieran para lareconfiguración del enlace.7.2.6. Las solicitudes de reconfiguración deberán ser comunicadas por el OperadorSolicitante con sesenta (60) días de anticipación a la puesta en servicio.En caso de necesidad de mayor plazo para construir nuevas facilidades, TELEFÓNICAcomunicará dicha circunstancia en un plazo de diez (10) días hábiles contados desde recibidala respectiva solicitud.

7.3. Baja de enlacesEl Operador Solicitante podrá requerir a TELEFÓNICA la baja de los enlaces E1 queTELEFÓNICA le provea.En atención a que los precios de los enlaces ofrecidos en arrendamiento han sido diseñadosde acuerdo a los distintos plazos de vigencia previstos, de modo que tal plazo resultadeterminante de los precios a los que los enlaces serán arrendados, la rescisión sin causapor parte del Operador Solicitante o bien la resolución por parte de TELEFÓNICA ante elincumplimiento de aquel se regirá por las siguientes condiciones:7.3.1. Durante el primer año de arrendamiento de un enlace, deberá abonar la suma de lossiguientes montos:7.3.1.1. La diferencia entre el importe equivalente al total de doce (12) abonos mensuales alos precios establecidos para un período de un año y los abonos efectivamente pagadosdesde la fecha de habilitación del enlace, y7.3.1.2. El 50% de los importes correspondientes al abono mensual de cada enlace cuya bajase verifique, por cada mes que reste hasta la finalización del periodo de contratación originaldel respectivo enlace7.3.2. Adicionalmente, de corresponder, el Operador Solicitante deberá abonar:7.3.2.1. Todo saldo pendiente de pago en concepto de Cargo de Conexión y,7.3.2.2. Todo saldo pendiente de pago en concepto de Presupuesto Específico.7.3.3. Una vez cumplido el período de contratación del enlace, el Operador Solicitante podrádar de baja el enlace arrendado sin costo alguno.7.3.4. El Operador podrá solicitar la baja de un enlace en cualquier momento si, por razonesdemostrables y atribuibles a TELEFÓNICA, éste no cumpliera con los parámetros de calidady disponibilidad establecidos en el convenio.7.3.5. En cualquier caso que se dé de baja de enlaces E1 arrendado por el OperadorSolicitante, se calcularán nuevamente los descuentos aplicables sobre el resto de los enlacescontratados.

7.4. Período de contratación7.4.1. El período de contratación de cada enlace será el que se establezca en la respectivasolicitud de contratación.7.4.2. Una vez cumplido el período de contratación, el Operador Solicitante podrá cancelar undeterminado enlace notificando fehacientemente a TELEFÓNICA con treinta (30) días deanticipación a la fecha en que debe operar la cancelación.7.4.3. El Operador Solicitante podrá solicitar la baja de un enlace en cualquier momento si,por razones demostrables y atribuibles a TELEFÓNICA, éste no cumpliera con los

- 9 -

parámetros de calidad y disponibilidad establecidos en el Anexo V.

8. OTROS SERVICIOS OFRECIDOS

8.1. Acceso al Servicio de Información 1108.1.1. A solicitud del Operador Solicitante tendrá acceso al Servicio de Información 110 quebrindará información de guía actualizada semanalmente sobre los clientes de TELEFÓNICA,y aquellos operadores que tengan acuerdo con Telinver S.A. para incluir a sus clientes en labase de datos del Servicio de Información 110, a partir del Apellido, Nombre y Localidad.8.1.2. El Servicio sólo podrá responder a una única consulta por llamada.8.1.3. En el Anexo VII se informa el precio del acceso al Servicio de Información 110.8.1.4. El derecho de TELEFÓNICA de facturar al Operador Solicitante los precios indicadosen el punto precedente, es independiente de la percepción por parte de éste de los importescorrespondientes que deban abonar sus clientes.

8.2. Acceso al Servicio de Hora Oficial 1138.2.1. A solicitud del Operador Solicitante tendrá acceso al Servicio de acceso a la HoraOficial 113.8.2.2. En el Anexo VII se informa el precio del acceso del Servicio de Hora Oficial 113.8.2.3. El derecho de TELEFÓNICA de facturar al Operador Solicitante los precios indicadosen el punto precedente, es independiente de la percepción por parte del Operador Solicitantede los importes correspondientes que en su caso deban abonar sus clientes.

8.3. Encaminamiento de llamadas dirigidas a numeración 0800, 0810 y 0823 del OperadorSolicitante8.3.1. Condiciones generales8.3.1.1. A solicitud del Operador Solicitante, se entregarán las llamadas que se dirijan a sunumeración 0800, 0810 y 0823 y se realicen a través del procedimiento de marcaciónestablecido para Números Nacionales No Geográficos en el punto IV.6.1 del PFNN que fueraaprobado por la Resolución de la Secretaría de Comunicaciones N° 46/97. en el POI queindique el Operador Solicitante del AL de origen de la llamada.8.3.1.2. Cuando el Operador Solicitante no tenga presencia en el AL donde se originan lasllamadas indicadas en el punto 8.3.1. y a su solicitud, podrá contar con el Servicio deTransporte de Numeración No Geográfica a fin de entregarle dichas comunicaciones en el ALmás cercana en la cual el Operador Solicitante tenga presencia, considerando su factibilidadtécnica y el criterio de encaminamiento de TELEFÓNICA, en función de la topología de sured.En el caso que en dicha AL más cercana el Operador Solicitante se encuentre conectado alPOI de la red de Larga Distancia de TELEFÓNICA éstas llamadas serán entregadas en dichoPOI a través de un puerto LD - LD. De lo contrario, dichas comunicaciones serán entregadasen el POI correspondiente a la red local de TELEFÓNICA a través de un puerto de tipo L –LD, TELEFÓNICA percibirá del Operador Solicitante el cargo que corresponda por el Serviciode Tránsito Local, de acuerdo a los valores establecidos en el Artículo 37 del Anexo II (RNI)del Decreto 764/2000.8.3.1.3. La numeración 0800, 0810 y 0823 del Operador Solicitante se identificarán a travésde los dígitos “DEF” de la estructura de Numeración No Geográfica definida en el punto III.3del PFNN aprobado mediante Resolución SC N° 46/97.8.3.2. Aspectos económicos8.3.2.1. TELEFÓNICA percibirá del Operador Solicitante el cargo de acceso local por las

- 10 -

llamadas previstas en el punto 8.3.1.1, de conformidad con los valores establecidos en elArtículo 37 del Anexo II (RNI) del Decreto 764/2000.8.3.2.2. Adicionalmente al cargo de acceso local, TELEFÓNICA percibirá del OperadorSolicitante los cargos aplicables al Servicio de Transporte de Numeración No Geográficaprevistos en el punto 8.3.1.2., cuyos valores se indican en el Anexo VII.Dichos cargos se aplicarán conforme a la clave correspondiente entre el AL donde se originóla llamada y el AL en la que se encuentra el POI donde el Operador Solicitante recibe dichallamada.8.3.2.3. En todo lo referido en el punto 8.3. las llamadas se tasarán a partir de la recepción dela señal "B contesta" y la misma deberá recibirse antes de cumplirse el primer minuto de lacomunicación.8.3.2.4. TELEFÓNICA facturará por su propia cuenta a la línea desde la que se origine unallamada dirigida al Servicio 0810 del Operador Solicitante el valor que corresponda para unallamada local. La facturación que corresponda realizarse al suscriptor del Servicio 0810 seráefectuada por el Operador Solicitante. En consecuencia, las PARTES no aplicarán el cargode acceso local por la originación de estas llamadas.8.3.3. Encaminamiento de llamadas dirigidas a numeración 0800, 0810 y 0823 del OperadorSolicitante desde terminales de telefonía pública8.3.3.1. A solicitud del Operador Solicitante, TELEFÓNICA, en su carácter de LTP, habilitaráen sus ATUP la numeración 0800, 0810 y 0823 asignada al Operador Solicitante, que éste leindique.8.3.3.2. El Operador Solicitante deberá acordar con los Operadores de servicio de telefoníalocal que provean las líneas de los ATUP de TELEFÓNICA, la habilitación y elencaminamiento de la numeración que tenga asignada.8.3.3.4. Por cada llamada prevista en el punto 8.3.2.1, TELEFÓNICA facturará al OperadorSolicitante, en concepto de retribución por el uso del ATUP, el monto que resulte de aplicar acada llamada una tasa de tres (3) pulsos telefónicos o PTFO, según el ritmo de tasaciónurbana correspondiente al momento de inicio de la comunicación (señal de Respuestarecibida por la Central Local).8.3.3.5. El Operador Solicitante al que se deberá facturar el cargo indicado en el punto 8.3.2.1se identificará por el Indicativo de Operador (dígitos DEF) del número de destino (número“B”).8.3.4. Procedimiento Antifraude8.3.4.1. A efectos de prevenir posibles acciones fraudulentas en contra del OperadorSolicitante que debe abonar el cargo por uso del ATUP, sólo se podrá reclamar el pago dedicho cargo por aquellas llamadas de duración superior a quince (15) segundos.8.3.4.2. Sin perjuicio de lo indicado en el punto anterior, no se deberán considerar una seriede cinco (5) o más comunicaciones consecutivas en un lapso de tres (3) minutos a cualquiernúmero de los Servicios 0800, 0810 o 0823, aún siendo éstas de duración superior a quince(15) segundos.

9. SOLICITUDES Y PREVISIONES

9.1. El Operador Solicitante informará sus necesidades futuras de interconexión, nuevas AL,puertos de acceso, facilidades provistas mediante el Servicio de Coubicación, enlaces,discriminadas según los tipos de interconexión previstos en los puntos 4.1, 4.2 y 4.3 de lapresente Oferta, para el siguiente año, con revisiones semestrales.

9.2. TELEFÓNICA podrá rechazar nuevas solicitudes de servicios de interconexión si el

- 11 -

Operador Solicitante se encontrara en mora en el pago de cualquier factura correspondiente alos servicios y facilidades de interconexión que se encuentren habilitados con anterioridad.

10. FACTURACION Y PAGO – FALTA DE PAGO – PUNITORIOS

10.1. Facturación y Pago10.1.1. TELEFÓNICA facturará los conceptos previstos en la presente Oferta, cuandocorresponda, según los valores acordados.10.1.2. Cuando se produzca una llamada que una de las partes, en su carácter de OLDSolicitante, entrega a la otra parte en su carácter de OLD Solicitado y ésta se la entrega a unOperador Independiente para ser completada en su red local, el OLD Solicitado facturará alOLD Solicitante el cargo correspondiente al Servicio de Transporte de Larga Distanciabrindado, más el cargo de terminación local correspondiente.10.1.3. Desde el quinto día hábil siguiente a la finalización de cada mes calendario, seinformará la cantidad de unidades que se facturarán al Operador Solicitante, discriminadascomo mínimo, por POI, por tipo de servicio y por período de consumo, a efectos de conciliarsus mediciones.10.1.4. La conciliación que se realice se cerrará de modo tal que la fecha de vencimiento delas facturas sea el día diez (10) de cada mes o el día hábil inmediato posterior.10.1.5. Las facturas emitidas serán entregadas con una anticipación mínima de diez (10) díasde la fecha prevista para su vencimiento.10.1.6. Las facturas se emitirán en pesos o en dólares, y los importes detallados en talesfacturas le serán abonados en la moneda que figura en las mismas y conforme lascondiciones previstas en la presente cláusula. Cuando las facturas sean emitidas en pesospor montos valuados en dólares estadounidenses, se utilizará el valor del dólar tipo decambio transferencia promedio (comprador - vendedor) del Banco de la Nación Argentina a lahora de cierre correspondiente al día hábil anterior al cierre del proceso de facturación.10.1.7. Las facturas deberán ser abonadas hasta el día del vencimiento consignado en larespectiva factura, en el lugar allí indicado.10.1.8. El derecho de TELEFÓNICA a percibir los importes resultantes de la aplicación delpresente es independiente de la percepción por parte del Operador Solicitante de los importesque le deban abonar sus clientes.

10.2. Falta de pago10.2.1. La falta de pago en término por parte Operador Solicitante producirá la mora de plenoderecho, sin necesidad de interpelación alguna y dará derecho a TELEFÓNICA a:10.2.1.1. Reclamar el pago de las sumas adeudadas con más los intereses que correspondanconforme lo indicado en el punto 10.3 de la presente cláusula, y / o10.2.1.2. En virtud de lo establecido en el punto 9.2, rechazar solicitudes de nuevos serviciosde interconexión presentadas por el Operador Solicitante que se encuentre en mora en elpago de la facturación emitida por TELEFÓNICA, y / o10.2.1.3. Dejar sin efecto la interconexión a la red de TELEFÓNICA, por culpa del OperadorSolicitante procediendo, transcurridos noventa (90) días de producida la mora y previaintimación fehaciente al Operador Solicitante con diez (10) días de anticipación, a inhabilitarlos puertos de acceso.-10.2.2. En el supuesto previsto en el punto 10.2.1.3, TELEFÓNICA deberá comunicar a la AAtal decisión a fin que ésta le otorgue la autorización que corresponda a TELEFÓNICA paraefectuar la inhabilitación de los puertos de acceso.10.2.3. Los supuestos previstos en los puntos 10.2.1.1; 10.2.1.2 y/o 10.2.1.3 sonindependientes del derecho de TELEFÓNICA a optar, además, por resolver el convenio, toda

- 12 -

vez que cuente para ello con la autorización previa de la AA.10.2.4. En todo supuesto de corte, suspensión o cese por cualquier causa de los serviciosobjeto de este convenio, el Operador Solicitante deberá asumir el pago de los serviciosrecibidos hasta ese momento, con ajuste a las condiciones pactadas en la presente Oferta.

10.3. Punitorios10.3.1. En caso de mora en el pago por parte del Operador Solicitante, y sin perjuicio de loexpuesto en los puntos 10.2.3 y 10.2.4 de la presente cláusula, Operador Solicitante deberáabonar a TELEFÓNICA intereses punitorios, los que se calcularán conforme el siguienteprocedimiento:10.3.1.1. Facturas en pesos:10.3.1.1.1. Entre el día primero y el día 30 de producida la mora, sobre los montos adeudadospor Operador Solicitante en pesos y por el número de días efectivamente transcurridos entrela fecha de producida la mora y la fecha de su efectivo pago a TELEFÓNICA, se utilizará latasa de descuento de documentos comerciales a treinta (30) días del Banco de la NaciónArgentina, sobre una base anual de trescientos sesenta y cinco (365) días.10.3.1.1.2.Con posterioridad al día 30 de producida la mora, sobre los montos adeudados porel Operador Solicitante en pesos y por el número de días efectivamente transcurridos entre lafecha de producida la mora y la fecha de su efectivo pago a TELEFÓNICA, se utilizará la tasade descuento de documentos comerciales a treinta (30) días del Banco de la NaciónArgentina, incrementada en un cincuenta por ciento (50%), sobre una base anual detrescientos sesenta y cinco (365) días.10.3.1.2 Facturas en dólares:10.3.1.2.1. Entre el día primero y el día 30 de producida la mora, sobre los montos adeudadospor el Operador Solicitante en dólares estadounidenses y por el número de díasefectivamente transcurridos entre la fecha de producida la mora y la fecha de su efectivopago a TELEFÓNICA, se utilizará la tasa LIBOR (London Interbank Offering Rate) de treinta(30) días publicada, correspondiente al día de inicio de la mora, sobre una base anual detrescientos sesenta y cinco (365) días.10.3.1.2.2. Con posterioridad al día 30 de producida la mora, sobre los montos adeudadospor el Operador Solicitante en dólares estadounidenses y por el número de díasefectivamente transcurridos entre la fecha de producida la mora y la fecha de su efectivopago a TELEFÓNICA, se utilizará la tasa LIBOR (London Interbank Offering Rate) de treinta(30) días publicada correspondiente al día de inicio de la mora, incrementada en un cien porciento (100%) sobre una base anual de trescientos sesenta y cinco (365) días.

10.4. Objeción de facturas10.4.1. Si el Operador Solicitante tuviera objeciones a la factura que TELEFÓNICA le envíe,se las deberá notificar en un plazo de diez (10) días hábiles desde la recepción de la misma.En caso contrario, la deuda se tendrá por líquida y legalmente exigible, por ser de aplicaciónel artículo 474 del Código de Comercio.10.4.2. Si la objeción consistiera en una diferencia igual o inferior al dos por ciento (2%) delmonto total de la factura, el Operador Solicitante deberá pagarla como si no tuviese reparos.Si la diferencia fuese superior al dos por ciento (2%), el Operador Solicitante pagará elimporte correspondiente al total facturado, procediendo las PARTES a analizar sus cuentas yconciliarlas dentro de un plazo de diez (10) días hábiles de formulada la objeción, término quepodrá ser prorrogado por igual lapso por acuerdo de las PARTES.10.4.3. En caso que el diferendo resulte favorable al Operador Solicitante, TELEFÓNICAprocederá a devolver al Operador Solicitante el importe correspondiente a la diferencia quesurja de la aplicación del punto 12.4.2 del presente convenio, ajustado con la tasa LIBOR

- 13 -

(London Interbank Offering Rate) de treinta (30) días publicada por el Banco Central de laRepública Argentina, correspondiente al día de vencimiento de la factura en cuestión,incrementada en un cien por ciento (100%) sobre una base anual de trescientos sesenta ycinco (365) días. Dicho pago será efectivo en la fecha de vencimiento de la factura inmediataposterior al acuerdo de las PARTES, aplicándose hasta la fecha de efectivo pago losintereses precedentemente determinados.10.4.4. En caso que el diferendo resulte favorable a TELEFÓNICA, ésta no tendrá derecho areclamar intereses punitorios.10.4.5. En todo caso, para que cualquier objeción sea procedente, la misma deberá referirseexclusivamente al número o tipo de unidades en que se midan los servicios de interconexióny errores matemáticos, de cálculo o de actualización y no a los precios y condicionespactados en el Convenio de Interconexión, y necesariamente acompañarse de:10.4.5.1. el pago total de los servicios o cargos, y10.4.5.2. las pruebas que justifiquen las objeciones.10.4.6. Queda claramente entendido por las PARTES que las objeciones que no reúnan losrequisitos precedentes no tendrán efecto o validez alguna, y, en consecuencia, las facturascorrespondientes se tendrán por consentidos por el Operador Solicitante. De este modo, a lostreinta (30) días de la fecha de vencimiento de la factura emitida por TELEFÓNICA, éstatendrá derecho a ejecutar la garantía acordada entre las PARTES, previa notificaciónfehaciente al Operador Solicitante, al menos diez (10) días previos a dicha ejecución.

10.5. Refacturación y ajustesNo obstante lo dispuesto en los incisos precedentes, se podrá presentar facturascomplementarias o nuevas facturas por servicios efectivamente prestados, omitidos oincorrectamente facturados. En estos casos y durante el período en que TELEFÓNICA hayaomitido facturar los servicios efectivamente prestados o haya facturado incorrectamente losmismos, no se aplicarán intereses punitorios. Será de aplicación el párrafo tercero del artículo474 del Código de Comercio.

11. SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE LA OFERTA DE INTERCONEXION

Todos los servicios complementarios previstos a continuación deben ser solicitados porescrito con 60 (sesenta) días de anticipación a la fecha de habilitación del servicio.Para otros servicios no previstos en la presente Oferta TELEFÓNICA informará por escritorespecto a su viabilidad, y en su caso, las condiciones y el plazo de disponibilidad del serviciosolicitado.

11.1. Facturación por cuenta y orden del Operador Solicitante11.1.1. En caso que el Operador Solicitante lo solicite, TELEFÓNICA brindará al OperadorSolicitante el Servicio de Facturación y Cobranza por su cuenta y orden para lascomunicaciones indicadas en el punto 4.2.1. del presente y cuyos registros de llamadas seanaceptados en el proceso de validación y se encuentren en condiciones de facturarse.El Operador Solicitante deberá remitir a TELEFÓNICA la solicitud del servicio de facturación ycobranza con treinta (30) días de anticipación, previos al comienzo de la prestación delservicio.11.1.2. El Servicio de Facturación y Cobranza se desarrollará conforme lo establecido en elAnexo VIII de la presente Oferta.11.1.3. La facturación y cobranza para otros servicios del Operador Solicitante deberá serpreviamente convenida entre las PARTES.

- 14 -

11.1.4. TELEFÓNICA facturará al Operador Solicitante, en concepto de Servicio deFacturación previsto en el Anexo VIII del presente, el valor correspondiente al cinco conveinticinco por ciento (5,25%) sobre el total de los montos correspondientes a las llamadasfacturadas por cuenta y orden del Operador Solicitante, netos de IVA. En ningún caso dicharetribución podrá ser inferior a uno con treinta centavos de dólar estadounidenses (U$S0,013) para cada una de las llamadas facturadas.Por el Servicio de Cobranza y Liquidación de los Montos Recaudados, previsto en el AnexoVII del presente, TELEFÓNICA facturará al Operador Solicitante el valor correspondiente aluno con diez por ciento (1,10%) sobre el total de los montos efectivamente cobrados,correspondientes a las llamadas facturadas por cuenta y orden del Operador Solicitante.Asimismo, TELEFÓNICA facturará al Operador Solicitante, en concepto de Servicio deTransferencia de los Montos Impagos, previsto en el Anexo VIII del presente, el valorcorrespondiente a cero con cincuenta por ciento (0,50%) sobre el total de los montos impagostransferidos, correspondientes a las llamadas facturadas por cuenta y orden del OperadorSolicitante.11.1.5. El Operador Solicitante asume total responsabilidad por la información que suministrepara la facturación, obligándose a asumir en forma directa y exclusiva, ante quiencorresponda (incluso ante los clientes de TELEFÓNICA), toda consecuencia derivada de sueventual falta de veracidad y/o de exactitud y/o de ajuste a derecho.11.1.6. El Operador Solicitante deberá contar con un servicio de consulta e informaciónTELEFÓNICA gratuito a clientes y usuarios, que cumpla con las siguientes funciones:11.1.6.1. Atención de consultas de clientes de TELEFÓNICA, sobre los conceptos y el detallede llamadas facturados por cuenta y orden del OLD Solicitante;11.1.6.2. Atención y substanciación de reclamos efectuados por clientes de TELEFÓNICA,sobre las llamadas facturadas por TELEFÓNICA por cuenta y orden del Operador Solicitante.11.1.7. El Operador Solicitante comunicará por escrito, y autoriza a TELEFÓNICA a incluir enla factura de sus clientes, la numeración TELEFÓNICA y días y horarios de atención,correspondientes al servicio de consulta indicado en el punto 11.2.11.1.8. El Operador Solicitante deberá implementar un mecanismo que permita saldar losmontos adeudados por los clientes cuya deuda haya sido transferida por TELEFÓNICA enconcepto de morosidad.11.1.9. Sin perjuicio de lo acordado en el punto 11.1.4, hasta tanto las PARTES hayanimplementado los sistemas y procesos correspondientes, TELEFÓNICA facturará al OperadorSolicitante, en concepto de Servicio de Facturación y Cobranza el valor correspondiente alseis por ciento (6%) sobre el total de los montos correspondientes a las llamadas facturadaspor cuenta y orden del Operador Solicitante, netos de IVA.

11.2. Servicio de Atención de Consultas y Reclamos11.2.1. En caso que el Operador Solicitante solicite a TELEFÓNICA el Servicio deFacturación y Cobranza previsto en la cláusula 11.1, este último brindará al OperadorSolicitante los siguientes servicios, conforme los procedimientos previstos en el Anexo X.11.2.2. Atención de consultas de usuarios, que requieran aclaraciones relativas a lafacturación emitida por cuenta y orden del Operador Solicitante.Se entiende por “consultas” todas las realizadas por los clientes a través de cualquiera de loscanales comerciales TELEFÓNICA (Centros Comerciales, 112, medios escritos, Internet yotros que surgieran), que estén referidas al formato de la factura, los totales por concepto yprestador, fechas desde/hasta la facturación, cálculos impositivos o toda otra consultarelacionada con la facturación realizada por cuenta y orden del Operador Solicitante.11.2.3. Gestión operativa de los reclamos que se originen con motivo de la facturaciónemitida por cuenta y orden del Operador Solicitante, de acuerdo al tratamiento previsto en el

- 15 -

Anexo X que forma parte integrante del presente. Se entiende por reclamo a todocuestionamiento realizado por los clientes, por cualquier canal comercial, respecto delconsumo total o parcial facturado, según lo dispuesto en el Reglamento General de Clientesdel Servicio Básico Telefónico.11.3. Por la atención de cada uno de los reclamos registrados, TELEFÓNICA percibirá unaretribución por parte del Operador Solicitante de dólares estadounidenses cincuenta (U$S50), excluido el IVA.Se entenderá por registrado a todo reclamo realizado formalmente por un cliente deTELEFÓNICA con relación a los conceptos facturados por cuenta y orden del OperadorSolicitante, siempre que estos sean acordes con la información provista por éste.11.4. TELEFÓNICA se reserva el derecho de integrar como parte de su servicio deinformación detallada, el detalle de las llamadas facturadas por cuenta y orden del OperadorSolicitante con ajuste a la información suministrada por éste.11.5. Las Partes podrán acordar en un futuro otras condiciones para el tratamiento dereclamos efectuados por los usuarios del Operador Solicitante.

12. BLOQUEO DEL ACCESO A LOS SERVICIOS DE LARGA DISTANCIA

12.1. TELEFÓNICA dispondrá el bloqueo de acceso a llamadas de Larga Distancia, cuandosea técnicamente factible, en cualquiera de las siguientes circunstancias:12.1.1. Sobre las líneas para las cuales sus clientes se lo soliciten voluntariamente, a títulooneroso para el cliente con la tarifa de bloqueo correspondiente;12.1.2. Sobre líneas que el Operador Solicitante solicite al Administrador de la Base de Datosde clientes del servicio de larga distancia, en los términos vigentes en cada oportunidad(conforme Resolución SC N° 2724/98).En este caso, el Operador Solicitante deberá abonar a TELEFÓNICA por cada línea queresulte bloqueada, el cargo establecido en el Artículo 27 de la Resolución SC N° 2724/98.12.2. El bloqueo de acceso a llamadas de larga distancia dispuesto sobre un abonadosiempre implicará para éste la imposibilidad del acceso a la totalidad de los operadores delarga distancia.12.3. Los bloqueos inherentes a cada solicitud viable, se realizarán de acuerdo a loestablecido por el Artículo 27 de la Resolución SC N° 2724/98.12.4. Atento las implicancias del bloqueo, el Operador Solicitante asumirá totalresponsabilidad por la solicitud en sí y por la información que al efecto suministre,obligándose a asumir en forma directa y exclusiva, ante quien corresponda (incluso ante losabonados y ante los otros Operadores de larga distancia), toda consecuencia derivada de sueventual falta de veracidad y/o de exactitud y/o de ajuste a derecho.12.5.TELEFÓNICA será el responsable por la información de morosidad que suministre alOperador Solicitante.

13. CALIDAD, CONFIABILIDAD Y DISPONIBILIDAD DE LA INTERCONEXIÓN

13.1. El Operador Solicitante, deberá dimensionar e implementar su interconexión con la otraparte, para soportar su tráfico cursado a través de la interconexión demandada –tráficoentrante y saliente– según los tipos de interconexión indicados en el punto 4 de la presenteOferta, garantizando los parámetros de calidad especificados en el Anexo V.

13.2. En cada AL, el Operador Solicitante se hará cargo de la capacidad inicial necesaria para

- 16 -

todos los tipos de interconexiones indicados en el punto 4 de la presente.A partir de los tres (3) meses de establecida la Interconexión en cada AL, se revisarán losvalores de tráfico cursados.En caso de superar el tráfico correspondiente a TELEFÓNICA el valor de 90.000 minutosmensuales dirigidos a la numeración local del Operador Solicitante, TELEFÓNICA proveerásin cargo los puertos de interconexión correspondientes a este tráfico.

13.3. En caso que TELEFÓNICA detecte un desvío en los parámetros de calidad citados enel punto 13.1, notificará tal circunstancia al Operador Solicitante, quien deberá comunicar,dentro de un plazo de quince (15) días, las acciones que tomará a fin de solucionar dichasituación.A tal efecto, las PARTES utilizarán el procedimiento de medición de tráfico descripto en elAnexo V o aquel que acuerden con el objeto de procurar realizar las ampliaciones quecorrespondan con la antelación necesaria para mantener los parámetros de calidadconvenidos.

13.4. El Operador Solicitante deberá utilizar equipamientos compatibles con los actualesestándares de la Red Telefónica Pública (RTP) y con capacidad para interconectarse a nivelde E1 (según Norma G703) con una central de tránsito digital mediante el sistema deseñalización SCCN7, los que deberán adaptarse a los eventuales cambios tecnológicos quesea necesario efectuar con motivo de la maduración de la RTP, al Plan Fundamental deSeñalización Nacional aprobado por la Resolución N° 47/97 de la Secretaría deComunicaciones, o los que en su caso apruebe la AA.

13.5. Se deberá mantener en correcto estado de funcionamiento y operatividad los equiposque afecten a la interconexión de redes objeto del presente, asumiendo las responsabilidadespor la incidencia que eventuales desperfectos puedan tener en la continuidad o normalidad delos servicios a su cargo. Será de aplicación lo indicado en el Anexo V.

13.6. Se deberá utilizar el protocolo de intercambio de dígitos y las locuciones de redpermitidas que se indica en el Anexo IV.

13.7. Se deberá utilizará el protocolo de señalización que se indica en el Anexo VI.

13.8. Corte o suspensión de la interconexión:13.8.1. En cualquier caso, cualquiera de las partes podrán adoptar medidas de protección,para evitar que el o los servicios a cargo de la otra parte afecten el normal desenvolvimientode sus servicios o de su red, previo aviso a la otra parte y a la AA.13.8.2. En el supuesto de que el problema inherente al o a los servicios a cargo de alguna delas partes llegue a generar una situación de emergencia para los servicios de la otra parte, ode su red, en grado tal que justifiquen la adopción urgente e impostergable de medidas queacoten o neutralicen tal situación crítica, la parte afectada podrá interrumpir o suspender totalo parcialmente, hasta que cese tal emergencia, las facilidades comprometidas en esteconvenio, interrupción o suspensión que estará limitada únicamente a los servicios a cargo dela otra parte que hubieren generado dicha situación de emergencia, debiendo notificarlo deinmediato a la otra parte y a la AA.13.8.3. En todos los casos, el operador que haya efectuado el corte de emergencia deberárestablecer en el mínimo tiempo posible dichas facilidades, cuando cesen las causas quemotivaron la medida de suspensión, y ésta no generará en favor de la otra parte, derecho acompensación ni indemnización alguna.

- 17 -

14. GARANTIAS

14.1. El Operador Solicitante deberá acreditar, antes de la solicitud de cualesquiera de losservicios contemplados en la interconexión, a entera satisfacción de TELEFONICA, lacontratación de una garantía de cumplimiento de todas las obligaciones a su cargo en lostérminos de los mismos. Asimismo, se obliga a mantener constituida y en pleno rigor, durantetoda la vigencia del convenio de interconexión que se firme con el Operador Solicitante y desu eventual prórroga, la referida garantía. El monto de la garantía debe cubrir, al menos, unestimado de contraprestaciones equivalentes al período de un tercio de la vigencia acordadaen el convenio, incluyendo inversiones, accesorios y cualquier otro cargo, como así tambiénpor un monto mínimo estimado por TELEFONICA para cubrir cualquier otro incumplimientopor parte del Operador Solicitante, en los términos previstos en el convenio. En caso que losingresos del Operador Solicitante resulten significativos, a criterio de TELEFONICA, el montode la garantía podrá establecerse por un monto menor a satisfacción de este último. Será deaplicación, ante el incumplimiento del Operador Solicitante, la compensación como medioextintivo de las obligaciones (conf. Arts. 818 y sgs. del Código Civil), a cuyo fin serán tenidaspor liquidas y exigibles las estimaciones que realice TELEFONICA, debidamente notificadasal Operador Solicitante.

14.2. Las PARTES de común acuerdo fijarán inicialmente el monto de la garantía en dólaresestadounidenses

14.3. Sin perjuicio de lo acordado precedentemente, las PARTES, adecuarán el monto de lagarantía, dentro del plazo que se determine al efecto, revisándolo a la luz de la efectivafacturación emitida por los servicios que TELEFONICA le brinde al Operador Solicitante, enlos términos del convenio de interconexión a firmarse.14.3.1. Si una vez realizada la verificación indicada en el punto 14.3. anterior, el monto de lagarantía estuviese subvaluado a criterio de TELEFONICA, notificada la decisión en tal sentidoal Operador Solicitante, éste deberá modificar y aumentar el monto garantizado en el marcodel convenio.14.3.2. Si el monto de la garantía estuviese sobrevaluado a criterio de TELEFONICA, elOperador Solicitante –con la previa aprobación por escrito del primero- podrá proceder areducir el monto de la garantía contratada en los términos del convenio.14.4. En caso que el Operador Solicitante no cumpliese en debido tiempo y forma con loprevisto en los puntos 14.1 y 14.3.1 anteriores, y sin perjuicio de lo acordado en el convenio,TELEFONICA estará facultada a suspender, demorar o interrumpir –hasta tanto seasubsanado el incumplimiento en cuestión- toda solicitud de servicios, contemplados en elrespectivo convenio, que se encuentre en trámite de cumplimiento. Tal incumplimiento seráconsiderado falta grave a todos los efectos contractuales y normativos.14.5. La garantía prevista en el punto 14.1 será ejecutable, ante el incumplimiento decualesquiera de los compromisos asumidos por el Operador Solicitante en el convenio.14.6. La garantía podrá adoptar, a exclusivo criterio de TELEFONICA, algunas de lassiguientes formas:14.6.1. Fianza bancaria, emitida por un banco a total satisfacción de TELEFONICA, en la quedicho banco asuma el carácter de fiador liso y llano y principal pagador con renuncia a losbeneficios de división y excusión, con arreglo de los artículos 2013 del Código Civil y 480 delCódigo de Comercio, y renuncia a la interpelación judicial previa del deudor prevista en el 2°párrafo del artículo 480 del Código de Comercio. Las firmas de los funcionarios bancarios que

- 18 -

suscriban las garantías deberán encontrarse certificadas por el Banco Central de la RepúblicaArgentina;14.6.2. Depósito de títulos públicos nacionales por su valor de cotización de plaza a la fechade la imposición. El monto de dicho depósito deberá ser suficiente para cubrir la garantíaexigida a valor de mercado de los títulos según la cotización del día anterior al del depósito enla Bolsa de Comercio de Buenos Aires, libre de todo gasto y comisión, lo que deberá sercertificado por las autoridades bancarias al recibir dicho depósito;14.6.3. Dinero en efectivo. El depósito de la suma correspondiente deberá efectuarse endólares billetes estadounidenses en la Cuenta Corriente N° 000-15378/0 de TELEFÓNICA deArgentina S.A. del Banco Río – Casa Central, notificando tal circunstancia en forma escrita, ala Secretaría General de TELEFONICA, sita en la calle Tucumán 1, piso 1º, de la Ciudad deBuenos Aires y a la Administración de Fondos - Tesorería, sita en Suipacha 150, piso 8°, dela Ciudad de Buenos Aires, acompañando fotocopia de la correspondiente boleta de depósito,dentro de los tres (3) primeros días hábiles consecutivos de efectuado el mismo.El importe depositado en garantía no devengará interés alguno al momento de su devolución,en caso de corresponder, por parte de TELEFONICA. Asimismo, si por cualquier disposiciónbancaria o cambiaria ajena a TELEFONICA, esta se viera imposibilitada de devolver elimporte en la misma moneda, dicha devolución se hará efectiva en función a lasdisposiciones, vigentes a ese momento, emitidas por el Banco Central de la RepúblicaArgentina.14.6.4. Apertura de una carta de crédito stand-by irrevocable, pagadera a la vista, otorgadapor un Banco de primera línea, a satisfacción de TELEFONICA, cuyo texto será evaluado alpresentarse la proforma correspondiente.14.6.5. Seguro de caución expedido por compañías de seguro autorizadas por laSuperintendencia de Seguros de la Nación para operar en ese ramo y aceptada por elOperador Solicitado;14.7. El Operador Solicitante estará obligado a exhibir, cada vez que TELEFONICA se lorequiera, toda documentación, contratos, constancias de pago, etc. que acreditesuficientemente la efectiva constitución y mantenimiento, durante toda la vigencia delconvenio y de su eventual prórroga, de la garantía prevista en el presente punto.

15. CONDUCTAS FRAUDULENTAS

El Operador Solicitante y TELEFÓNICA trabajarán estrechamente y en forma conjunta paracombatir el uso fraudulento de sus redes por parte de terceros.A tal efecto, desarrollarán equipos de trabajo conjunto con el propósito de mantener unaestrecha vigilancia sobre productos, servicios y segmentos de usuarios, para identificar áreasde alto riesgo de fraude, valorando dicho riesgo y desarrollando e implementando políticas yprácticas para acotar el mismo.De manera enunciativa más no limitativa, el Operador Solicitante y TELEFÓNICA realizaránlas actividades para la detección y prevención del uso fraudulento de sus redes.

16. JURISDICCION Y COMPETENCIA

Sin perjuicio de las facultades que la normativa vigente otorga a la AA y para el caso deacudirse a la instancia judicial, para todos los derechos y obligaciones emergentes delConvenio de Interconexión que se celebre de acuerdo a lo establecido en el punto 2.3 de lapresente Oferta, se fija la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales en lo Civil y

- 19 -

Comercial de la Capital, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudieracorresponder.

17. CONFIDENCIALIDAD

17.1. Toda la información que sea intercambiada en virtud del presente, será tratada en formaconfidencial.

17.2. En tal sentido, el Operador Solicitante y TELEFÓNICA se comprometen a tratar enforma confidencial toda información técnica y comercial, incluyendo, sin que ello implique unalimitación, la referida a los sistemas, ingeniería o datos técnicos, registros comerciales,correspondencia, datos sobre costos, listas de clientes, estimaciones, estudios de mercado,secretos comerciales, dibujos, bocetos, especificaciones, microfilms, fotocopias, faxes, cintasmagnéticas, discos magnéticos, discos ópticos, muestras, herramientas, registros deempleados, mapas, reportes financieros y toda otra información que por su naturaleza debaser considerada como tal, debiendo mantenerse y guardarse de manera apropiada atento sucarácter reservado.

18. IMPUESTOS, TASAS, GRAVÁMENES Y/O CONTRIBUCIONES

18.1. Todos los impuestos, tasas o contribuciones nacionales, provinciales o municipales quegravaren la actividad de cada una de las PARTES serán exclusiva responsabilidad de cadauna de ellas.

18.2. Los importes que figuran en la presente oferta, no incluyen el Impuesto al ValorAgregado (IVA), ni otros impuestos, tasas, contribuciones y demás gravámenes, ya seannacionales, provinciales o municipales, creados o a crearse en el futuro, los cuales seránoportunamente incluidos en las respectivas facturas y liquidaciones y deberán ser abonadospor el Operador Solicitante.

18.3. TELEFÓNICA practicará las percepciones impositivas de gravámenes nacionales,provinciales o municipales, por las cuales haya sido designada agente de percepción quepudieran corresponder.

18.4. En el caso que con posterioridad a la fecha de la presente sean creados nuevosimpuestos, tasas, contribuciones, y en general cualquier clase de tributos, ya seannacionales, provinciales o municipales, o se modifiquen los existentes a dicha fecha, queaumenten el componente impositivo de los precios y tarifas establecidos en la presente, lasrespectivas variaciones serán trasladas en forma automática por TELEFONICA, a losreferidos precios o tarifas y deberán ser abonadas por el Operador Solicitante.

19. ANEXOS

19.1. Anexo I: Definiciones.

19.2. Anexo II: Centrales disponibles para la Interconexión.

- 20 -

19.3. Anexo III: Condiciones para la provisión de puertos de acceso y coubicación.

19.4. Anexo IV: Intercambio de Dígitos entre Operadores y Anuncios Grabados.

19.5. Anexo V: Parámetros de Calidad y Disponibilidad.

19.6. Anexo VI: Señalización y Protocolos de Aceptación.

19.7. Anexo VII: Precios de Acceso y Terminación Local, del Servicio de Tránsito Local y del Transporte de LD nacional.

19.8. Anexo VIII: Facturación por Cuenta y Orden del Operador Solicitante.

19.9. Anexo IX: Gestión de Registros entregados por el Operador Solicitante.

19.10. Anexo X: Tratamiento de Reclamos de facturación por cuenta y orden.

19.11. Anexo XI: Cargos de implementación de la facturación por cuenta y orden.

- 21 -

ANEXO IDEFINICIONES

A los fines de la presente Oferta, se utilizarán los conceptos que a continuación se indican:

Aparato Telefónico de Uso Público (ATUP): Es todo teléfono capaz de tasar en formaautomática, conectado a un sistema de supervisión o a un equipo de tarifación, accesible alpúblico en general, pudiendo estar localizado en la vía pública y/o en inmuebles públicos oprivados de libre acceso al público, independientemente de quién pueda ser su titular, conectadoa la red TELEFÓNICA pública y que permite realizar o recibir llamadas telefónica.

Área Local (AL): Son las áreas locales del operador existente.

Área Múltiple Buenos Aires (AMBA): Área Múltiple Buenos Aires, cuyos límites se describen en elanexo VII.1 del Decreto Nº 62/90 y sus modificatorios.

Autoridad de Aplicación (AA): Secretaría de Comunicaciones o la Comisión Nacional deComunicaciones, según corresponda, de acuerdo a las facultades otorgadas a cada una deellas, o los organismos que eventualmente los reemplacen.

Operador Solicitado: Operador al que se le solicita la interconexión.

Operador Solicitante: Operador que solicita la interconexión.

Partes: Conjuntamente TELEFÓNICA y el Operador Solicitante

Puerto de acceso: Es el dispositivo físico terminal en el cual se realiza la Interconexiónobteniéndose la capacidad de entregar y recibir comunicaciones conmutadas. La interconexiónse realiza como mínimo a nivel de un E1 (2.048 Kbits/seg.), según norma G703.

Punto de interconexión (POI): Punto de acceso (presencia) de un Prestador donde se produce lainterconexión con otro Prestador.

Servicio de Larga Distancia, nacional e internacional: Servicio de telefonía por el que se cursatráfico entre dos áreas locales diferentes, o entre un área local y un país extranjero y querequiere de la marcación de un prefijo de acceso al servicio de larga distancia –nacional einternacional- para su encaminamiento.

Servicio de Telefonía Fija: Servicio de transmisión de voz, local y de larga distancia, nacional einternacional.

Servicio de Telefonía Local: Servicio de telefonía fijo prestado en un área local en la cual lascomunicaciones no tienen un precio diferencial según la distancia y no requiere la marcación deun prefijo de acceso al servicio de larga distancia, nacional e internacional, para suencaminamiento.

Usuario: Respecto del Servicio de Facturación por Cuenta y Orden y del Servicio de Gestión deCobranza, es la persona física o jurídica que utiliza los servicios del Operador Solicitante y a suvez es cliente del Servicio de Telefonía Local de TELEFÓNICA.

- 22 -

ANEXO II – Tabla I

ÁREA LOCAL P O I DIRECCIÓN COUBICACIÓNDISPONIBILIDAD

COUBICACIÓNA M B A C T N B A R R A C A S Isabel la Catól ica 1324 SIA M B A CTN CUYO OESTE --- ---A M B A C T N C U Y O S U R --- ---A M B A CTN RAMOS MEJ ÍA Avel laneda 150 (Ramos Mejía) SIA M B A CTZ AVENIDA --- ---A M B A C T Z B A R R A C A S Isabel la Catól ica 1324 SIA M B A CTZ CUYO --- ---A M B A CTZ FLORES --- ---ARRECIFES ARRECIFES (tr ib.) Ramón Lorenzo 35 SIA Z U L CP AZUL H. Ir igoyen 501 SIBAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA Berut t i 54 SIB A R I L O C H E CP BARILOCHE Elflein 554 SIBOLIVAR BOLIVAR (tr ib.) Güemes 136 SIBRAGADO BRAGADO (tr ib.) Quiroga 150 SIC . BRANDSEN C. BRANDSEN (tr ib.) Fer rar i 233 SIC. RIVADAVIA CTN C. RIVADAVIA Rawson 1185 SIC . S U A R E Z C. SUAREZ (tr ib.) Brandsen 146 SICAÑUELAS CP CAÑUELAS San Mar t ín 337 SICHASCOMUS C P C H A S C O M U S Libres del Sur 174 SICHIVILCOY CP CHIVILCOY 9 de Jul io (e) J.M. Paz y Arias SIC O L O N COLON (tr ib.) Calle 51 (e) 17 y 18 SIC O R D O B A CP CORDOBA Diego Cala 370 N OE S Q U E L CP ESQUEL San Mar t ín 861 SIG . CATAN G. CATAN (trib.) Totoral y Cuyo SIGLEW CP GLEW Almafuerte 50 SIGRAL. PICO CP GRAL. PICO Calle 13 (e) 18 y San Martín SIGRAL. ROCA CP GRAL . ROCA Tucuman 838 SIGRAL. RODRIGUEZ GRAL. RODRIGUEZ ( t r ib . ) C. Pellegrini 968 SIJ .C. PAZ CP J.C. PAZ Malvin Jones 5042 SIJ .M . GUTIERREZ J.M. GUTIERREZ (tr ib.) Cal le 52A s/n°, B° Marít imo ente 134 y 135. SIJUNIN CP JUNIN Gral . Paz 140 SIL A P L A T A CTN LA PLATA Calle 47 686 SIL A P L A T A C P R O C H A Calle 47 686 SILIBERTAD LIBERTAD (t r ib. ) Los Patricios (e) Padil la y Vergara SIL INCOLN CP LINCOLN Mit re 159 SILUJAN CP LUJAN San Mar t ín 740 SIMAR DE AJO CP MAR DE AJO Fco de las Car reras 73 SIMAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA Av. Colón 2542 SIM E N D O Z A CTN MENDOZA Gral . Paz 534 SIM E R C E D E S CP MERCEDES Calle 20 531 SIMERLO CP MERLO Riobamba y Sarandí SIM I R A M A R MIRAMAR (tr ib.) Calle 28 1013 SIM O R E N O CP MORENO Pirovano 2743 SIN E C O C H E A CP NECOCHEA Calle 61 2432 SINEUQUEN CTN NEUQUEN J.B. Alberdi 243 SINUEVE DE JULIO CP NUEVE DE JULIO Robbio 967 SIOLAVARRIA CP OLAVARRIA España 2977 SIPEHUAJO CP PEHUAJO Rivarola 560 SIPERGAMINO CP PERGAMINO Mit re 312 SIP I L A R CP PILAR Vergani e Independencia SIPUERTO MADRYN PUERTO MADRYN ( t r ib . ) Gdor. Fontana 25 N OPUNTA ALTA CP PUNTA ALTA Urquiza 66 SIRIO GALLEGOS CP RIO GALLEGOS R o c a 6 3 1 SIR I O G R A N D E CP RIO GRANDE Piedrabuena 787 SIROSARIO CP ROSARIO Mit re 1435 N OSAN ANTONIO de ARECO SAN ANTONIO de ARECO (t r ib. )Guido y A del Val le SISAN JUAN CP SAN JUAN Rawson 1053 (centra l Rawson) SISAN LUIS CP SAN LUIS Colón 951 SISAN MARTIN (Mz) ( * ) CP SAN MARTIN (Mz) ( * ) L .N. A lem y R.E. de San Mart ín N OS.M. DE TUCUMAN CP TUCUMAN Crisóstomo Álvarez 143 / 5 N OSAN RAFAEL CP SAN RAFAEL San Lorenzo 123 SISANTA ROSA CP SANTA ROSA Cnel Gil 473 SITANDIL CP TANDIL San Mar t ín 562 SITRELEW C P T R E L E W Av. Roca 49 SITRENQUE LAUQUEN CP TRENQUE LAUQUEN 9 de Jul io 55 SITRES ARROYOS CP TRES ARROYOS Sarmiento 151 N OUSHUAIA CP USHUAIA San Mar t ín 541 SIV I E D M A CP V IEDMA Mit re 531 SIV I L L A M E R C E D E S CP V ILLA MERCEDES Necochea 23 SIZAPALA CP ZAPALA Ita l ia 248 N OÁreas locales del área norte del paísEn general, para interconexión con Telefónica como Operador de Larga DistanciaEn general , para interconexión con Telefónica como Operador Local

- 23 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PUAMBA Independientemente del POI ADROGUE 1 11 4294AMBA Independientemente del POI ADROGUE 1-3 11 5034AMBA Independientemente del POI ADROGUE 2 11 4293AMBA Independientemente del POI ADROGUE 3 11 4214AMBA Independientemente del POI AEROPUERTO 11 4480AMBA Independientemente del POI AEROPUERTO 11 4617AMBA Independientemente del POI ALEJANDRO BUSTILLO 11 4646AMBA Independientemente del POI ALMIRANTE BROWN 11 4600AMBA Independientemente del POI ALMIRANTE BROWN 1 11 4604AMBA Independientemente del POI ALMIRANTE BROWN 2 11 4605AMBA Independientemente del POI ALTO ALEGRE 11 4263AMBA Independientemente del POI AMBA NORTE 11 4101AMBA Independientemente del POI AMBA NORTE 11 5775AMBA Independientemente del POI AMBA NORTE 11 5776AMBA Independientemente del POI AMBA NORTE 11 5777AMBA Independientemente del POI AMBA NORTE 11 5778AMBA Independientemente del POI AMBA NORTE 11 5779AMBA Independientemente del POI AMBA NORTE 11 5786AMBA Independientemente del POI AMBA NORTE 11 5787AMBA Independientemente del POI AMBA NORTE 11 5788AMBA Independientemente del POI AMBA NORTE 11 5789AMBA Independientemente del POI AVELLANEDA 1 11 4201AMBA Independientemente del POI AVELLANEDA 1,2 11 4358AMBA Independientemente del POI AVELLANEDA 2 11 4222AMBA Independientemente del POI AVELLANEDA 3 11 4229AMBA Independientemente del POI AVENIDA 11 4120AMBA Independientemente del POI AVENIDA 1 11 4331AMBA Independientemente del POI AVENIDA 2 11 4342AMBA Independientemente del POI AVENIDA 2,3,5 11 4330AMBA Independientemente del POI AVENIDA 3 11 4343AMBA Independientemente del POI AVENIDA 4 11 4334AMBA Independientemente del POI AVENIDA 5 11 4345AMBA Independientemente del POI BANFIELD 1 11 4242AMBA Independientemente del POI BANFIELD 2 11 4248AMBA Independientemente del POI BANFIELD 2-4 11 5088AMBA Independientemente del POI BANFIELD 3 11 4202AMBA Independientemente del POI BANFIELD 4 11 4288AMBA Independientemente del POI BARRACAS 1 11 4301AMBA Independientemente del POI BARRACAS 1-3 11 4360AMBA Independientemente del POI BARRACAS 2 11 4302AMBA Independientemente del POI BARRACAS 3 11 4303AMBA Independientemente del POI BARRIO BENQUEZ 11 4260AMBA Independientemente del POI BARRIO GUADALUPE 11 4277AMBA Independientemente del POI BARRIO LINDO 11 4297AMBA Independientemente del POI BARRIO PAZ 11 4697AMBA Independientemente del POI BELLA VISTA 1 11 4666AMBA Independientemente del POI BELLA VISTA 2 11 4668AMBA Independientemente del POI BERAZATEGUI 1 11 4256AMBA Independientemente del POI BERAZATEGUI 1-3 11 4366AMBA Independientemente del POI BERAZATEGUI 2 11 4226AMBA Independientemente del POI BERAZATEGUI 3 11 4216AMBA Independientemente del POI BERNAL 1 11 4252AMBA Independientemente del POI BERNAL 1-3 11 4364AMBA Independientemente del POI BERNAL 2 11 4251AMBA Independientemente del POI BERNAL 3 11 4259

ANEXO II – Tabla II

- 24 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PUAMBA Independientemente del POI BUEN ORDEN 11 4884AMBA Independientemente del POI BUEN ORDEN 1 11 4304AMBA Independientemente del POI BUEN ORDEN 2 11 4305AMBA Independientemente del POI BUEN ORDEN 3 11 4306AMBA Independientemente del POI BURZACO 11 5085AMBA Independientemente del POI BURZACO 1 11 4299AMBA Independientemente del POI BURZACO 2 11 4238AMBA Independientemente del POI C.FR BARRACAS 1-3 11 5080AMBA Independientemente del POI C.FR.AVELLANEDA 11 4229AMBA Independientemente del POI C.FR.AVENIDA 11 4121AMBA Independientemente del POI C.FR.AVENIDA 11 4332AMBA Independientemente del POI C.FR.AVENIDA 11 4338AMBA Independientemente del POI C.FR.AVENIDA 11 4339AMBA Independientemente del POI C.FR.AVENIDA 11 4340AMBA Independientemente del POI C.FR.AVENIDA 11 4341AMBA Independientemente del POI C.FR.AVENIDA 11 4344AMBA Independientemente del POI C.FR.AVENIDA 11 4346AMBA Independientemente del POI C.FR.AVENIDA 11 4347AMBA Independientemente del POI C.FR.AVENIDA 11 4348AMBA Independientemente del POI C.FR.AVENIDA 11 4349AMBA Independientemente del POI C.FR.AVENIDA 11 5070AMBA Independientemente del POI C.FR.BARRACAS 1-3 11 4126AMBA Independientemente del POI C.FR.BARRACAS 1-3 11 4309AMBA Independientemente del POI C.FR.BARRACAS 1-3 11 5030AMBA Independientemente del POI C.FR.CUYO 11 4127AMBA Independientemente del POI C.FR.CUYO 11 4959AMBA Independientemente del POI C.FR.EL TRIANGULO 11 4272AMBA Independientemente del POI C.FR.FCO.SOLANO 11 4365AMBA Independientemente del POI C.FR.FLORES 11 4630AMBA Independientemente del POI C.FR.FLORES 11 4670AMBA Independientemente del POI C.FR.JUNCAL 11 4819AMBA Independientemente del POI C.FR.JUNCAL 2,4 11 4129AMBA Independientemente del POI C.FR.MITRE 1,3,7 11 4867AMBA Independientemente del POI C.FR.MORON 11 4133AMBA Independientemente del POI C.FR.PIÑEYRO 1,2 11 4135AMBA Independientemente del POI C.FR.REPUBLICA 1-4 11 4320AMBA Independientemente del POI C.FR.REPUBLICA 1-4 11 4323AMBA Independientemente del POI C.FR.REPUBLICA 2-3 11 4130AMBA Independientemente del POI C.FR.REPUBLICA 2-3 11 4321AMBA Independientemente del POI C.FR.REPUBLICA 6,7,8 11 4131AMBA Independientemente del POI C.FR.REPUBLICA 6,7,8 11 4132AMBA Independientemente del POI C.FR.REPUBLICA 6,7,8 11 4324AMBA Independientemente del POI C.FR.REPUBLICA 6,7,8 11 4329AMBA Independientemente del POI C.FR.REPUBLICA 6,7,8 11 5071AMBA Independientemente del POI C.FR.REPUBLICA1-4 11 4333AMBA Independientemente del POI C.FR.RIVADAVIA 11 4124AMBA Independientemente del POI C.FR.SAN JUSTO 11 4125AMBA Independientemente del POI C.FR.TALCAHUANO 11 4370AMBA Independientemente del POI C.FR.TALCAHUANO 11 4378AMBA Independientemente del POI C.FR.TALCAHUANO 11 4379AMBA Independientemente del POI C.FR.VERNET 11 4909AMBA Independientemente del POI CABALLITO 1 11 4901AMBA Independientemente del POI CABALLITO 2 11 4902AMBA Independientemente del POI CABALLITO 2,3 11 4900AMBA Independientemente del POI CABALLITO 3 11 4903AMBA Independientemente del POI CABALLITO 4 11 4904

ANEXO II – Tabla II (continuación)

- 25 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PUAMBA Independientemente del POI CAPITAL NORTE 11 5770AMBA Independientemente del POI CIUDAD GÜEMES 1 11 4620AMBA Independientemente del POI CIUDAD GÜEMES 2 11 4487AMBA Independientemente del POI CORIMAYO 11 4397AMBA Independientemente del POI CORRALES 11 5091AMBA Independientemente del POI CORRALES 1 11 4911AMBA Independientemente del POI CORRALES 2 11 4912AMBA Independientemente del POI CULPINA 11 4610AMBA Independientemente del POI CULPINA 1 11 4611AMBA Independientemente del POI CULPINA 2 11 4612AMBA Independientemente del POI CULPINA 3 11 4613AMBA Independientemente del POI CULPINA 4 11 4637AMBA Independientemente del POI CULPINA 5 11 4619AMBA Independientemente del POI CUYO 1 11 4951AMBA Independientemente del POI CUYO 1-4 11 4950AMBA Independientemente del POI CUYO 2 11 4952AMBA Independientemente del POI CUYO 3 11 4953AMBA Independientemente del POI CUYO 4 11 4954AMBA Independientemente del POI DON ORIONE 11 4268AMBA Independientemente del POI EL DORADO 11 4210AMBA Independientemente del POI EL RECREO 11 4264AMBA Independientemente del POI EL REFUGIO 1 11 4295AMBA Independientemente del POI EL REFUGIO 2 11 5075AMBA Independientemente del POI EL RINCON 11 4272AMBA Independientemente del POI EL ROCIO 11 4221AMBA Independientemente del POI EL TRIANGULO 11 4272AMBA Independientemente del POI EZEIZA 1 11 4295AMBA Independientemente del POI EZEIZA 2 11 4232AMBA Independientemente del POI EZEIZA 3 11 4389AMBA Independientemente del POI FCIO.VARELA 1 11 4255AMBA Independientemente del POI FCIO.VARELA 1-3 11 5087AMBA Independientemente del POI FCIO.VARELA 2 11 4237AMBA Independientemente del POI FCIO.VARELA 3 11 4287AMBA Independientemente del POI FCIO.VARELA 4 11 4355AMBA Independientemente del POI FCO.SOLANO 11 4128AMBA Independientemente del POI FCO.SOLANO 1 11 4250AMBA Independientemente del POI FCO.SOLANO 1-3 11 4128AMBA Independientemente del POI FCO.SOLANO 2 11 4200AMBA Independientemente del POI FCO.SOLANO 3 11 4280AMBA Independientemente del POI FCO.SOLANO OESTE 1 11 4212AMBA Independientemente del POI FCO.SOLANO OESTE 2 11 4271AMBA Independientemente del POI FLORES 11 4100AMBA Independientemente del POI FLORES 11 4679AMBA Independientemente del POI FLORES 11 5779AMBA Independientemente del POI FLORES 11 4679AMBA Independientemente del POI FLORES 1 11 4632AMBA Independientemente del POI FLORES 2 11 4631AMBA Independientemente del POI FLORES 3 11 4633AMBA Independientemente del POI FLORES 4 11 4634AMBA Independientemente del POI FLORESTA 11 4881AMBA Independientemente del POI FLORESTA 1 11 4671AMBA Independientemente del POI FLORESTA 2 11 4672AMBA Independientemente del POI FLORESTA 3 11 4636AMBA Independientemente del POI FLORESTA 4 11 4674AMBA Independientemente del POI HAEDO 11 5069AMBA Independientemente del POI HAEDO 1 11 4659

ANEXO II – Tabla II (continuación)

- 26 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PUAMBA Independientemente del POI HAEDO 2 11 4650AMBA Independientemente del POI HAEDO 3 11 4443AMBA Independientemente del POI HAEDO 4 11 4460AMBA Independientemente del POI HURLINGHAM 11 5072AMBA Independientemente del POI HURLINGHAM 1 11 4665AMBA Independientemente del POI HURLINGHAM 2 11 4662AMBA Independientemente del POI HURLINGHAM 3 11 4452AMBA Independientemente del POI INCLAN 11 4122AMBA Independientemente del POI INCLAN 1 11 4941AMBA Independientemente del POI INCLAN 1-4 11 4122AMBA Independientemente del POI INCLAN 2 11 4942AMBA Independientemente del POI INCLAN 3 11 4943AMBA Independientemente del POI INCLAN 4 11 4308AMBA Independientemente del POI INGENIERO BRIAN 11 4461AMBA Independientemente del POI ISIDRO CASANOVA 1 11 4625AMBA Independientemente del POI ISIDRO CASANOVA 2 11 4669AMBA Independientemente del POI ISIDRO CASANOVA 3 11 4485AMBA Independientemente del POI ISIDRO CASANOVA 4 11 4486AMBA Independientemente del POI ISIDRO CASANOVA 5 11 4466AMBA Independientemente del POI ITUZAINGO 11 5068AMBA Independientemente del POI ITUZAINGO 1 11 4624AMBA Independientemente del POI ITUZAINGO 2 11 4623AMBA Independientemente del POI ITUZAINGO 3 11 4661AMBA Independientemente del POI ITUZAINGO 4 11 4458AMBA Independientemente del POI ITUZAINGO SUR 11 4692AMBA Independientemente del POI JACARANDA 11 4395AMBA Independientemente del POI JONTE 11 4649AMBA Independientemente del POI JONTE 1 11 4566AMBA Independientemente del POI JONTE 2 11 4567AMBA Independientemente del POI JONTE 3 11 4568AMBA Independientemente del POI JONTE 4 11 4639AMBA Independientemente del POI JONTE 5 11 4648AMBA Independientemente del POI JORGE LUIS BORGES 1 11 4696AMBA Independientemente del POI JORGE LUIS BORGES 2 11 4645AMBA Independientemente del POI JOSE DE AMENABAR 11 4213AMBA Independientemente del POI JUNCAL 1 11 4811AMBA Independientemente del POI JUNCAL 2 11 4812AMBA Independientemente del POI JUNCAL 2-4 11 4810AMBA Independientemente del POI JUNCAL 3 11 4813AMBA Independientemente del POI JUNCAL 4 11 4814AMBA Independientemente del POI JUNCAL 5 11 4815AMBA Independientemente del POI JUNCAL 6 11 4816AMBA Independientemente del POI LA SOFIA 11 4396AMBA Independientemente del POI LA TABLADA 11 5073AMBA Independientemente del POI LA TABLADA 1 11 4652AMBA Independientemente del POI LA TABLADA 2 11 4655AMBA Independientemente del POI LA TABLADA 3 11 4454AMBA Independientemente del POI LA TABLADA 4 11 4453AMBA Independientemente del POI LA UNION 11 4398AMBA Independientemente del POI LAFERRERE 1 11 4626AMBA Independientemente del POI LAFERRERE 2 11 4457AMBA Independientemente del POI LAFERRERE 3 11 4467AMBA Independientemente del POI LANUS 1 11 4241AMBA Independientemente del POI LANUS 1-5 11 4357AMBA Independientemente del POI LANUS 2 11 4247AMBA Independientemente del POI LANUS 3 11 4240

ANEXO II – Tabla II (continuación)

- 27 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PUAMBA Independientemente del POI LANUS 4 11 4249AMBA Independientemente del POI LANUS 5 11 4225AMBA Independientemente del POI LELOIR 1 11 4621AMBA Independientemente del POI LELOIR 2 11 4481AMBA Independientemente del POI LEZICA 11 4883AMBA Independientemente del POI LEZICA 1 11 4981AMBA Independientemente del POI LEZICA 2 11 4982AMBA Independientemente del POI LEZICA 3 11 4983AMBA Independientemente del POI LEZICA 4 11 4958AMBA Independientemente del POI LINIERS 11 4882AMBA Independientemente del POI LINIERS 1 11 4641AMBA Independientemente del POI LINIERS 2 11 4642AMBA Independientemente del POI LINIERS 3 11 4643AMBA Independientemente del POI LINIERS 4 11 4644AMBA Independientemente del POI LLAVALLOL 11 5092AMBA Independientemente del POI LLAVALLOL 1 11 4298AMBA Independientemente del POI LLAVALLOL 2 11 4231AMBA Independientemente del POI LOMAS DE ZAMORA 11 4239AMBA Independientemente del POI LOMAS DE ZAMORA 11 4352AMBA Independientemente del POI LOMAS DE ZAMORA 1 11 4243AMBA Independientemente del POI LOMAS DE ZAMORA 2 11 4244AMBA Independientemente del POI LOMAS DE ZAMORA 3 11 4245AMBA Independientemente del POI LOMAS DE ZAMORA 4 11 4292AMBA Independientemente del POI LOMAS DE ZAMORA 4 11 4352AMBA Independientemente del POI LOMAS DE ZAMORA 5 11 4392AMBA Independientemente del POI LOMAS DEL MIRADOR 11 4699AMBA Independientemente del POI LONGCHAMPS 1 11 4297AMBA Independientemente del POI LONGCHAMPS 2 11 4233AMBA Independientemente del POI LORIA 11 4930AMBA Independientemente del POI LORIA 1 11 4931AMBA Independientemente del POI LORIA 2 11 4932AMBA Independientemente del POI LORIA 3 11 4956AMBA Independientemente del POI LORIA 4 11 4957AMBA Independientemente del POI LOS POLVORINES 1 11 4660AMBA Independientemente del POI LOS POLVORINES 2 11 4663AMBA Independientemente del POI LOS POLVORINES 3 11 4456AMBA Independientemente del POI MADAME CURIE 1 11 4450AMBA Independientemente del POI MADAME CURIE 2 11 4459AMBA Independientemente del POI MARILO 11 4468AMBA Independientemente del POI MERCADO 1 11 4622AMBA Independientemente del POI MERCADO 2 11 4442AMBA Independientemente del POI MERCADO 3 11 4462AMBA Independientemente del POI MERCADO 4 11 5082AMBA Independientemente del POI MIGUEL CANE 11 4698AMBA Independientemente del POI MITRE 1 11 4861AMBA Independientemente del POI MITRE 1,3,7 11 4860AMBA Independientemente del POI MITRE 1,3,7 11 4867AMBA Independientemente del POI MITRE 2 11 4862AMBA Independientemente del POI MITRE 2 11 5076AMBA Independientemente del POI MITRE 3 11 4863AMBA Independientemente del POI MITRE 4 11 4864AMBA Independientemente del POI MITRE 5 11 4865AMBA Independientemente del POI MITRE 6 11 4866AMBA Independientemente del POI MONTE CHINGOLO 1 11 4246AMBA Independientemente del POI MONTE CHINGOLO 1-3 11 5089AMBA Independientemente del POI MONTE CHINGOLO 2 11 4230

ANEXO II – Tabla II (continuación)

- 28 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PUAMBA Independientemente del POI MONTE CHINGOLO 3 11 4220AMBA Independientemente del POI MONTE CHINGOLO 4 11 4289AMBA Independientemente del POI MONTE GRANDE 1 11 4290AMBA Independientemente del POI MONTE GRANDE 1,2 11 4367AMBA Independientemente del POI MONTE GRANDE 2 11 4296AMBA Independientemente del POI MONTE GRANDE 3 11 4281AMBA Independientemente del POI MONTE GRANDE 4 11 4284AMBA Independientemente del POI MORON 1 11 4629AMBA Independientemente del POI MORON 1-5 11 4609AMBA Independientemente del POI MORON 2 11 4628AMBA Independientemente del POI MORON 3 11 4627AMBA Independientemente del POI MORON 4 11 4489AMBA Independientemente del POI MORON 5 11 4483AMBA Independientemente del POI NUEVA CHICAGO 1(RODO 1) 11 4687AMBA Independientemente del POI NUEVA CHICAGO 2(RODO 6) 11 4686AMBA Independientemente del POI NUEVA CHICAGO 3 11 5086AMBA Independientemente del POI ORTEGA 11 4235AMBA Independientemente del POI PARANA 11 4274AMBA Independientemente del POI PARRAL 11 5033AMBA Independientemente del POI PARRAL 1 11 4431AMBA Independientemente del POI PARRAL 2 11 4432AMBA Independientemente del POI PARRAL 3 11 4433AMBA Independientemente del POI PARRAL 4 11 4988AMBA Independientemente del POI PASCO 11 4270AMBA Independientemente del POI PIEDRAS 11 4369AMBA Independientemente del POI PIEDRAS 1 11 4361AMBA Independientemente del POI PIEDRAS 2 11 4362AMBA Independientemente del POI PIEDRAS 3 11 4307AMBA Independientemente del POI PIEDRAS 4 11 4300AMBA Independientemente del POI PIEDRAS 5 11 4363AMBA Independientemente del POI PIÑEYRO 1 11 4208AMBA Independientemente del POI PIÑEYRO 1,2 11 4368AMBA Independientemente del POI PIÑEYRO 2 11 4209AMBA Independientemente del POI PIÑEYRO 3 11 4228AMBA Independientemente del POI PIÑEYRO 4 11 4218AMBA Independientemente del POI PLATANOS 11 4215AMBA Independientemente del POI POMPEYA 11 4879AMBA Independientemente del POI POMPEYA 1 11 4918AMBA Independientemente del POI POMPEYA 2 11 4919AMBA Independientemente del POI PRIDILIANO PUEYRREDON 11 4279AMBA Independientemente del POI PROGRESO 11 4262AMBA Independientemente del POI QUILMES 1 11 4253AMBA Independientemente del POI QUILMES 1-4 11 4350AMBA Independientemente del POI QUILMES 2 11 4254AMBA Independientemente del POI QUILMES 3 11 4257AMBA Independientemente del POI QUILMES 4 11 4224AMBA Independientemente del POI QUINQUELA MARTIN 11 4695AMBA Independientemente del POI RAFAEL CASTILLO 11 4690AMBA Independientemente del POI RAMOS MEJIA 11 4102AMBA Independientemente del POI RAMOS MEJIA 1 11 4658AMBA Independientemente del POI RAMOS MEJIA 1-4 11 4608AMBA Independientemente del POI RAMOS MEJIA 2 11 4654AMBA Independientemente del POI RAMOS MEJIA 3 11 4656AMBA Independientemente del POI RAMOS MEJIA 4 11 4469AMBA Independientemente del POI RAMOS MEJIA 5 11 4464AMBA Independientemente del POI RANELAGH 2 11 4258

ANEXO II – Tabla II (continuación)

- 29 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PUAMBA Independientemente del POI RANELAGH 3 11 4223AMBA Independientemente del POI RECREO 1,2 11 4359AMBA Independientemente del POI RED LLAM.MASIV.TASA 11 4999AMBA Independientemente del POI REGIMIENTO 11 4699AMBA Independientemente del POI REPUBLICA 1 11 4322AMBA Independientemente del POI REPUBLICA 1-4 11 4323AMBA Independientemente del POI REPUBLICA 1-4 11 4390AMBA Independientemente del POI REPUBLICA 2 11 4393AMBA Independientemente del POI REPUBLICA 3 11 4394AMBA Independientemente del POI REPUBLICA 4 11 4325AMBA Independientemente del POI REPUBLICA 6 11 4326AMBA Independientemente del POI REPUBLICA 7 11 4327AMBA Independientemente del POI REPUBLICA 8 11 4328AMBA Independientemente del POI RIVADAVIA 1 11 4381AMBA Independientemente del POI RIVADAVIA 1-4 11 4380AMBA Independientemente del POI RIVADAVIA 2 11 4382AMBA Independientemente del POI RIVADAVIA 2 11 5081AMBA Independientemente del POI RIVADAVIA 3 11 4383AMBA Independientemente del POI RIVADAVIA 4 11 4384AMBA Independientemente del POI ROBERTO ARLT 11 4698AMBA Independientemente del POI RODO 11 4886AMBA Independientemente del POI RODO 2 11 4682AMBA Independientemente del POI RODO 3 11 4683AMBA Independientemente del POI RODO 4 11 4684AMBA Independientemente del POI RODO 5 11 4635AMBA Independientemente del POI SAN ALBERTO 1 11 4694AMBA Independientemente del POI SAN ALBERTO 2 11 4640AMBA Independientemente del POI SAN FRANCISCO 11 4211AMBA Independientemente del POI SAN JOSE 11 4269AMBA Independientemente del POI SAN JUSTO 1 11 4651AMBA Independientemente del POI SAN JUSTO 1,2 11 4616AMBA Independientemente del POI SAN JUSTO 2 11 4441AMBA Independientemente del POI SAN JUSTO 3 11 4484AMBA Independientemente del POI SAN JUSTO 4 11 4482AMBA Independientemente del POI SAN MIGUEL 11 5084AMBA Independientemente del POI SAN MIGUEL 1 11 4667AMBA Independientemente del POI SAN MIGUEL 2 11 4664AMBA Independientemente del POI SAN MIGUEL 3 11 4451AMBA Independientemente del POI SANTA CATALINA 1 11 4282AMBA Independientemente del POI SANTA CATALINA 2 11 4283AMBA Independientemente del POI SANTO TOMAS 11 4391AMBA Independientemente del POI SANTOS VEGA 11 4213AMBA Independientemente del POI SARANDI 1 11 4204AMBA Independientemente del POI SARANDI 1-4 11 4354AMBA Independientemente del POI SARANDI 2 11 4203AMBA Independientemente del POI SARANDI 3 11 4205AMBA Independientemente del POI SARANDI 4 11 4265AMBA Independientemente del POI TALCAHUANO 1 11 4371AMBA Independientemente del POI TALCAHUANO 2 11 4372AMBA Independientemente del POI TALCAHUANO 2-5 11 4123AMBA Independientemente del POI TALCAHUANO 3 11 4373AMBA Independientemente del POI TALCAHUANO 4 11 4374AMBA Independientemente del POI TALCAHUANO 5 11 4375AMBA Independientemente del POI TOLEDO 11 4261AMBA Independientemente del POI TRANSRADIO 11 4693AMBA Independientemente del POI TRISTAN SUAREZ 1 11 4234

ANEXO II – Tabla II (continuación)

- 30 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PUAMBA Independientemente del POI TRISTAN SUAREZ 2 11 4386AMBA Independientemente del POI TRUJUI 1 11 4455AMBA Independientemente del POI TRUJUI 2 11 4465AMBA Independientemente del POI VERNET 1 11 4921AMBA Independientemente del POI VERNET 1,2,4,5 11 4920AMBA Independientemente del POI VERNET 2 11 4922AMBA Independientemente del POI VERNET 3 11 4923AMBA Independientemente del POI VERNET 4 11 4924AMBA Independientemente del POI VERNET 5 11 4925AMBA Independientemente del POI VERNET 6 11 4926AMBA Independientemente del POI VIEJO BUENO 11 4270AMBA Independientemente del POI VILLA ALBERTINA 1 11 4285AMBA Independientemente del POI VILLA ALBERTINA 2 11 4273AMBA Independientemente del POI VILLA ALFONSO 11 4275AMBA Independientemente del POI VILLA CARAZA 1 11 4286AMBA Independientemente del POI VILLA CARAZA 2 11 4267AMBA Independientemente del POI VILLA CARAZA 3 11 4276AMBA Independientemente del POI VILLA CIUDADELA 11 5074AMBA Independientemente del POI VILLA CIUDADELA 1 11 4653AMBA Independientemente del POI VILLA CIUDADELA 2 11 4657AMBA Independientemente del POI VILLA CIUDADELA 3 11 4488AMBA Independientemente del POI VILLA CIUDADELA 4 11 4647AMBA Independientemente del POI VILLA DE MAYO 11 4463AMBA Independientemente del POI VILLA DEL PLATA 11 4351AMBA Independientemente del POI VILLA LUGANO 11 4887AMBA Independientemente del POI VILLA LUGANO 1 11 4601AMBA Independientemente del POI VILLA LUGANO 2 11 4602AMBA Independientemente del POI VILLA LUGANO 3 11 4638AMBA Independientemente del POI VILLA MARGARITA 11 4278AMBA Independientemente del POI VILLA PALITO 11 4691AMBA Independientemente del POI VILLA R.CALZADA 1 11 4291AMBA Independientemente del POI VILLA R.CALZADA 2 11 4236AMBA Independientemente del POI VILLA R.CALZADA 3 11 4219AMBA Independientemente del POI VILLA SOBRAL 11 4278AMBA Independientemente del POI WILDE 1 11 4207AMBA Independientemente del POI WILDE 1,2 11 5066AMBA Independientemente del POI WILDE 2 11 4206AMBA Independientemente del POI WILDE 3 11 4227AMBA Independientemente del POI WILDE 4 11 4217AMBA Independientemente del POI WILDE 5 11 4353AMBA Independientemente del POI YAPEYU 11 4463AMBA Independientemente del POI ZEBALLOS 11 4275

ARRECIFES ARRECIFES (trib.) ARRECIFES 2478 45AZUL CP AZUL AZUL 1 2281 42AZUL CP AZUL AZUL 2 2281 43

BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA B.BLANCA 5,6 291 458BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA BAHIA BLANCA 1 291 452BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA BAHIA BLANCA 2 291 453BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA BAHIA BLANCA 3 291 454BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA BAHIA BLANCA 4 291 451BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA BAHIA BLANCA 5 291 455BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA BAHIA BLANCA 6 291 456BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA BAHIA BLANCA 7 291 450BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA BARRIO PARQUE PATAGONIA 291 486BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA C.FR.BAHIA BLANCA 291 459BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA GRAL.DANIEL CERRI 291 484

ANEXO II – Tabla II (continuación)

- 31 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PUBAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA INDEPENDENCIA 1 291 481BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA INDEPENDENCIA 2 291 482BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA INGENIERO WHITE 291 401BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA INGENIERO WHITE 291 457BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA MAYO 291 408BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA MAYO 291 488BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA VILLA SERRA 291 452

BARILOCHE CP BARILOCHE BARILOCHE 1,2 2944 446BARILOCHE CP BARILOCHE BARILOCHE 1,2 2944 447BARILOCHE CP BARILOCHE BARILOCHE 1,2 2944 474BARILOCHE CP BARILOCHE C.FR.BARILOCHE 2944 445BARILOCHE CP BARILOCHE CERRO CATEDRAL 2944 460BARILOCHE CP BARILOCHE CERRO OTTO 1 2944 441BARILOCHE CP BARILOCHE CERRO OTTO 2 2944 442BARILOCHE CP BARILOCHE CERRO OTTO 3 2944 443BARILOCHE CP BARILOCHE DINA HUAPI 2944 468BARILOCHE CP BARILOCHE HUEMUL 1 2944 461BARILOCHE CP BARILOCHE HUEMUL 2 2944 462BARILOCHE CP BARILOCHE HUEMUL 3 2944 463BARILOCHE CP BARILOCHE LLAO LLAO 2944 448BARILOCHE CP BARILOCHE LLAO LLAO 2944 470BARILOCHE CP BARILOCHE LLAO LLAO 2944 472BARILOCHE CP BARILOCHE LLAO LLAO 2944 477BARILOCHE CP BARILOCHE NAHUEL HUE 1 2944 440BARILOCHE CP BARILOCHE NAHUEL HUE 2 2944 449BARILOCHE CP BARILOCHE SAN C.DE BARILOCHE 1 2944 42BARILOCHE CP BARILOCHE SAN C.DE BARILOCHE 2 2944 43BARILOCHE CP BARILOCHE VILLA ARELAUQUEN 2944 467

BOLIVAR BOLIVAR (trib.) BOLIVAR 2314 42BOLIVAR BOLIVAR (trib.) SANTA ISABEL 2314 42

BRAGADO BRAGADO (trib.) BRAGADO 1 2342 42BRAGADO BRAGADO (trib.) BRAGADO 2 2342 43

C. BRANDSEN C. BRANDSEN (trib.) CNEL.BRANDSEN 2223 44C. RIVADAVIA CTN C. RIVADAVIA BARRIO CALETA CORDOVA 297 459C. RIVADAVIA CTN C. RIVADAVIA BARRIO DON BOSCO 297 453C. RIVADAVIA CTN C. RIVADAVIA BARRIO GRAL.MOSCONI 297 455C. RIVADAVIA CTN C. RIVADAVIA BARRIO LAPRIDA 297 456C. RIVADAVIA CTN C. RIVADAVIA BARRIO PROSPERO PALAZZO 297 454C. RIVADAVIA CTN C. RIVADAVIA C.FR.COM.RIVADAVIA 297 449C. RIVADAVIA CTN C. RIVADAVIA C.RIVADAVIA 1-3 297 440C. RIVADAVIA CTN C. RIVADAVIA COM.RIVADAVIA 1 297 446C. RIVADAVIA CTN C. RIVADAVIA COM.RIVADAVIA 2 297 447C. RIVADAVIA CTN C. RIVADAVIA COM.RIVADAVIA 3 297 444C. RIVADAVIA CTN C. RIVADAVIA RADA TILLY 297 445C. RIVADAVIA CTN C. RIVADAVIA VILLA PUEYRREDON 297 441C. RIVADAVIA CTN C. RIVADAVIA VILLA PUEYRREDON 297 448

C. SUAREZ C. SUAREZ (trib.) CNEL.SUAREZ 1 2926 42C. SUAREZ C. SUAREZ (trib.) CNEL.SUAREZ 2 2926 43CAÑUELAS CP CAÑUELAS CAÑUELAS 1 2226 42CAÑUELAS CP CAÑUELAS CAÑUELAS 2 2226 43

CHASCOMUS CP CHASCOMUS CHASCOMUS 1 2241 42CHASCOMUS CP CHASCOMUS CHASCOMUS 2 2241 43

CHIVILCOY CP CHIVILCOY CHIVILCOY 1 2346 42CHIVILCOY CP CHIVILCOY CHIVILCOY 2 2346 43

COLON COLON (trib.) COLON 1 2473 42COLON COLON (trib.) COLON 2 2473 43

ANEXO II – Tabla II (continuación)

- 32 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PUCORDOBA CP CORDOBA C.FR.BARRIO JARDIN 1 351 410CORDOBA CP CORDOBA C.FR.BARRIO JARDIN 2 351 412CORDOBA CP CORDOBA CORDOBA 2 351 411CORDOBA CP CORDOBA CORDOBA 4 351 413

ESQUEL CP ESQUEL ESQUEL 2945 45ESQUEL CP ESQUEL ESQUEL 2945 462ESQUEL CP ESQUEL ESQUEL 2945 463ESQUEL CP ESQUEL ESQUEL 2945 464

G. CATAN G. CATAN (trib.) EL CEIBO 2202 45G. CATAN G. CATAN (trib.) GONZALEZ CATAN 1 2202 42G. CATAN G. CATAN (trib.) GONZALEZ CATAN 2 2202 43G. CATAN G. CATAN (trib.) JOSE HERNANDEZ 2202 44

GLEW CP GLEW GLEW 1 2224 42GLEW CP GLEW GLEW 2 2224 43GLEW CP GLEW GLEW 3 2224 42

GRAL. PICO CP GRAL. PICO GRAL.PICO 2302 40GRAL. PICO CP GRAL. PICO GRAL.PICO 1 2302 42GRAL. PICO CP GRAL. PICO GRAL.PICO 2 2302 43

GRAL. ROCA CP GRAL. ROCA C.FR.GRAL.ROCA 2941 47GRAL. ROCA CP GRAL. ROCA GRAL.ROCA 2941 41GRAL. ROCA CP GRAL. ROCA GRAL.ROCA 1 2941 42GRAL. ROCA CP GRAL. ROCA GRAL.ROCA 2 2941 43GRAL. ROCA CP GRAL. ROCA PADRE A.STEFENELLI 2941 44

GRAL. RODRIGUEZ GRAL. RODRIGUEZ (trib.) C.FR.GRAL.RODRIGUEZ 237 485GRAL. RODRIGUEZ GRAL. RODRIGUEZ (trib.) GRAL.RODRIGUEZ 1 237 484GRAL. RODRIGUEZ GRAL. RODRIGUEZ (trib.) GRAL.RODRIGUEZ 2 237 485GRAL. RODRIGUEZ GRAL. RODRIGUEZ (trib.) LA ESPERANZA(C.DE CAMPO) 237 484GRAL. RODRIGUEZ GRAL. RODRIGUEZ (trib.) LA FRATERNIDAD 237 486

J.C. PAZ CP J.C. PAZ HORACIO QUIROGA 1 2320 465J.C. PAZ CP J.C. PAZ HORACIO QUIROGA 2 2320 466J.C. PAZ CP J.C. PAZ HORACIO QUIROGA 3 2320 467J.C. PAZ CP J.C. PAZ HORACIO QUIROGA 4 2320 468J.C. PAZ CP J.C. PAZ HORACIO QUIROGA 5 2320 464J.C. PAZ CP J.C. PAZ HORACIO QUIROGA 6 2320 469J.C. PAZ CP J.C. PAZ JOSE C.PAZ 2320 500J.C. PAZ CP J.C. PAZ JOSE C.PAZ 2320 501J.C. PAZ CP J.C. PAZ JOSE C.PAZ 2320 530J.C. PAZ CP J.C. PAZ JOSE C.PAZ 2320 531J.C. PAZ CP J.C. PAZ JOSE C.PAZ 2320 534J.C. PAZ CP J.C. PAZ JOSE C.PAZ 1 2320 42J.C. PAZ CP J.C. PAZ JOSE C.PAZ 2 2320 43J.C. PAZ CP J.C. PAZ JOSE C.PAZ 3 2320 44J.C. PAZ CP J.C. PAZ NAMUNCURA 2320 45J.C. PAZ CP J.C. PAZ VILLA ALTUBE 2320 45J.C. PAZ CP J.C. PAZ VILLA ALTUBE 2320 460J.C. PAZ CP J.C. PAZ VILLA ALTUBE 2320 461J.C. PAZ CP J.C. PAZ VILLA ALTUBE 2320 462J.C. PAZ CP J.C. PAZ VILLA ALTUBE 2320 463

J.M. GUTIERREZ J.M. GUTIERREZ ( trib.) JUAN M.GUTIERREZ 1 2229 45J.M. GUTIERREZ J.M. GUTIERREZ ( trib.) JUAN M.GUTIERREZ 2 2229 44

LA PLATA Independientemente del POI ARTURO SEGUI 221 474LA PLATA Independientemente del POI BERISSO 221 449LA PLATA Independientemente del POI BERISSO 1 221 461LA PLATA Independientemente del POI BERISSO 2 221 464LA PLATA Independientemente del POI C.FR.ROCHA 4,7,8 221 412LA PLATA Independientemente del POI C.FR.ROCHA 5,6 221 429

ANEXO II – Tabla II (continuación)

- 33 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PULA PLATA Independientemente del POI C.FR.ROCHA 5,6 221 439LA PLATA Independientemente del POI CITY BELL 1 221 480LA PLATA Independientemente del POI CITY BELL 2 221 472LA PLATA Independientemente del POI EL CARMEN 221 486LA PLATA Independientemente del POI ENSENADA 1 221 469LA PLATA Independientemente del POI ENSENADA 2 221 460LA PLATA Independientemente del POI LOS HORNOS 1 221 450LA PLATA Independientemente del POI LOS HORNOS 2 221 456LA PLATA Independientemente del POI LOS PORTEÑOS 221 475LA PLATA Independientemente del POI MANUEL B.GONNET 221 493LA PLATA Independientemente del POI MANUEL B.GONNET 1 221 484LA PLATA Independientemente del POI MANUEL B.GONNET 2 221 471LA PLATA Independientemente del POI MELCHOR ROMERO 221 478LA PLATA Independientemente del POI PARQUE SAN MARTIN 1 221 470LA PLATA Independientemente del POI PARQUE SAN MARTIN 2 221 479LA PLATA Independientemente del POI PARQUE SAN MARTIN 3 221 414LA PLATA Independientemente del POI PQUE.SAN MARTIN 221 416LA PLATA Independientemente del POI PUNTA LARA 221 466LA PLATA Independientemente del POI RED LLAM.MASIVAS TASA 221 499LA PLATA Independientemente del POI ROCHA 1 221 421LA PLATA Independientemente del POI ROCHA 2 221 483LA PLATA Independientemente del POI ROCHA 3 221 482LA PLATA Independientemente del POI ROCHA 4 221 424LA PLATA Independientemente del POI ROCHA 5 221 425LA PLATA Independientemente del POI ROCHA 5,6 221 426LA PLATA Independientemente del POI ROCHA 6 221 427LA PLATA Independientemente del POI ROCHA 7 221 422LA PLATA Independientemente del POI ROCHA 8 221 423LA PLATA Independientemente del POI ROCHA 9 221 489LA PLATA Independientemente del POI TACUARI 1 221 451LA PLATA Independientemente del POI TACUARI 1-4 221 417LA PLATA Independientemente del POI TACUARI 2 221 452LA PLATA Independientemente del POI TACUARI 3 221 453LA PLATA Independientemente del POI TACUARI 4 221 457LA PLATA Independientemente del POI VILLA ELISA 1 221 487LA PLATA Independientemente del POI VILLA ELISA 2 221 473LA PLATA Independientemente del POI VILLA ZULA 221 462LA PLATA Independientemente del POI ZONA FRANCA 221 468

LIBERTAD LIBERTAD (trib.) EL CORTIJO 220 495LIBERTAD LIBERTAD (trib.) GABRIELA MISTRAL 220 493LIBERTAD LIBERTAD (trib.) LIBERTAD 1 220 494LIBERTAD LIBERTAD (trib.) LIBERTAD 2 220 497

LINCOLN CP LINCOLN LINCOLN 1 2355 42LINCOLN CP LINCOLN LINCOLN 2 2355 43

LUJAN CP LUJAN C.FR.LUJAN 2323 441LUJAN CP LUJAN LUJAN 2323 40LUJAN CP LUJAN LUJAN 1 2323 42LUJAN CP LUJAN LUJAN 2 2323 43LUJAN CP LUJAN LUJAN 3 2323 440LUJAN CP LUJAN LUJAN 4 2323 442LUJAN CP LUJAN SANTA MARIA CLUB DE CAMPO 2323 43

MAR DE AJO CP MAR DE AJO MAR DE AJO 2257 42MAR DE AJO CP MAR DE AJO MAR DE AJO NORTE 2257 42

MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA C.FR.MAR DEL PLATA 223 499MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA CENTRO 1 223 495MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA CENTRO 2 223 493

ANEXO II – Tabla II (continuación)

- 34 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PUMAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA CENTRO 3 223 494MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA CENTRO 3-5 223 490MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA CENTRO 4 223 491MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA CENTRO 5 223 492MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA CENTRO 6 223 496MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA EL MARTILLO 1 223 482MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA EL MARTILLO 1-3 223 419MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA EL MARTILLO 2 223 481MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA EL MARTILLO 3 223 483MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA JORGE NEWBERY 223 487MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA LA JUANITA 1 223 477MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA LA JUANITA 1-3 223 418MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA LA JUANITA 2 223 478MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA LA JUANITA 3 223 470MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA NORTE 1 223 472MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA NORTE 2 223 473MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA NORTE 3 223 474MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA NORTE 3-5 223 462MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA NORTE 4 223 475MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA NORTE 5 223 476MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA PLAYA GRANDE 1 223 451MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA PLAYA GRANDE 1,2 223 420MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA PLAYA GRANDE 2 223 486MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA PUERTO 223 461MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA PUERTO 1 223 480MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA PUERTO 2 223 489MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA PUNTA MOGOTES 1 223 484MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA PUNTA MOGOTES 2 223 485MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA RED LLAM.MASIVAS NORTE 5 223 476

MENDOZA CTN MENDOZA AEROPARQUE 261 444MENDOZA CTN MENDOZA BERMEJO 261 451MENDOZA CTN MENDOZA C.FR.MENDOZA 261 441MENDOZA CTN MENDOZA C.FR.MENDOZA 261 449MENDOZA CTN MENDOZA CORREO 261 434MENDOZA CTN MENDOZA DORREGO 1 261 431MENDOZA CTN MENDOZA DORREGO 1,2 261 433MENDOZA CTN MENDOZA DORREGO 2 261 432MENDOZA CTN MENDOZA GODOY CRUZ 261 442MENDOZA CTN MENDOZA GODOY CRUZ 1 261 422MENDOZA CTN MENDOZA GODOY CRUZ 2 261 435MENDOZA CTN MENDOZA GRAL.PAZ 2 261 425MENDOZA CTN MENDOZA GRAL.PAZ 3 261 423MENDOZA CTN MENDOZA GRAL.PAZ 4 261 438MENDOZA CTN MENDOZA GRAL.PAZ 5 261 429MENDOZA CTN MENDOZA GRAL.PAZ 5 261 459MENDOZA CTN MENDOZA GRAL.PAZ 6 261 420MENDOZA CTN MENDOZA GUAYMALLEN 261 445MENDOZA CTN MENDOZA GUAYMALLEN 1,2 261 450MENDOZA CTN MENDOZA HIPODROMO 1 261 427MENDOZA CTN MENDOZA HIPODROMO 1,2 261 443MENDOZA CTN MENDOZA HIPODROMO 2 261 428MENDOZA CTN MENDOZA LA CARRODILLA 261 436MENDOZA CTN MENDOZA LAS HERAS 261 412MENDOZA CTN MENDOZA LAS HERAS 1 261 430MENDOZA CTN MENDOZA LAS HERAS 2 261 437MENDOZA CTN MENDOZA LORIA 1 261 439

ANEXO II – Tabla II (continuación)

- 35 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PUMENDOZA CTN MENDOZA LORIA 2 261 440MENDOZA CTN MENDOZA LOS ANDES 261 424MENDOZA CTN MENDOZA LOS ANDES 261 458MENDOZA CTN MENDOZA LUZURIAGA 261 452MENDOZA CTN MENDOZA PANQUEHUA 1 261 448MENDOZA CTN MENDOZA PANQUEHUA 2 261 447MENDOZA CTN MENDOZA POSTA ANZORENA 261 429MENDOZA CTN MENDOZA VILLA NUEVA 1 261 426MENDOZA CTN MENDOZA VILLA NUEVA 2 261 421

MERCEDES CP MERCEDES MERCEDES 2324 400MERCEDES CP MERCEDES MERCEDES 2324 401MERCEDES CP MERCEDES MERCEDES 2324 404MERCEDES CP MERCEDES MERCEDES 1 2324 42MERCEDES CP MERCEDES MERCEDES 2 2324 43

MERLO CP MERLO MERLO 220 481MERLO CP MERLO MERLO 1 220 482MERLO CP MERLO MERLO 2 220 483MERLO CP MERLO MERLO 3 220 485MERLO CP MERLO MERLO 4 220 484MERLO CP MERLO MERLO 5 220 486MERLO CP MERLO PARQUE SAN MARTIN 1 220 480MERLO CP MERLO PARQUE SAN MARTIN 2 220 487MERLO CP MERLO RECONQUISTA 220 489

MIRAMAR MIRAMAR (trib.) MIRAMAR 1 2291 42MIRAMAR MIRAMAR (trib.) MIRAMAR 2 2291 43MORENO CP MORENO LAS CATONAS 1 237 481MORENO CP MORENO LAS CATONAS 2 237 461MORENO CP MORENO MOLINA CAMPOS 1 237 468MORENO CP MORENO MOLINA CAMPOS 2 237 469MORENO CP MORENO MORENO 237 464MORENO CP MORENO MORENO 1 237 462MORENO CP MORENO MORENO 2 237 463MORENO CP MORENO MORENO 3 237 466

NECOCHEA CP NECOCHEA C.FR.NECOCHEA 2262 44NECOCHEA CP NECOCHEA NECOCHEA 1 2262 42NECOCHEA CP NECOCHEA NECOCHEA 2 2262 43NECOCHEA CP NECOCHEA QUEQUEN 2262 45

NEUQUEN CTN NEUQUEN ALTA BARDA 299 433NEUQUEN CTN NEUQUEN BARRIO VILLARINO 299 479NEUQUEN CTN NEUQUEN C.FR.NEUQUEN 1 299 434NEUQUEN CTN NEUQUEN C.FR.NEUQUEN 2 299 449NEUQUEN CTN NEUQUEN CIPOLLETTI 1 299 478NEUQUEN CTN NEUQUEN CIPOLLETTI 1-3 299 403NEUQUEN CTN NEUQUEN CIPOLLETTI 2 299 477NEUQUEN CTN NEUQUEN COLONIA VALENTINA 1 299 446NEUQUEN CTN NEUQUEN COLONIA VALENTINA 2 299 445NEUQUEN CTN NEUQUEN LAFINUR 299 444NEUQUEN CTN NEUQUEN NEUQUEN 1 299 442NEUQUEN CTN NEUQUEN NEUQUEN 1-3 299 430NEUQUEN CTN NEUQUEN NEUQUEN 1-4 299 430NEUQUEN CTN NEUQUEN NEUQUEN 2 299 443NEUQUEN CTN NEUQUEN NEUQUEN 3 299 448NEUQUEN CTN NEUQUEN NEUQUEN 4 299 447NEUQUEN CTN NEUQUEN OCTAVIO PICO 299 447NEUQUEN CTN NEUQUEN PARQUE INDUSTRIAL 299 441NEUQUEN CTN NEUQUEN ROLDAN 299 440

ANEXO II – Tabla II (continuación)

- 36 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PUNUEVE DE JULIO CP NUEVE DE JULIO NUEVE DE JULIO 1 2317 42NUEVE DE JULIO CP NUEVE DE JULIO NUEVE DE JULIO 2 2317 43

OLAVARRIA CP OLAVARRIA BARRIO C.E.C.O 2284 45OLAVARRIA CP OLAVARRIA OLAVARRIA 1 2284 42OLAVARRIA CP OLAVARRIA OLAVARRIA 2 2284 43OLAVARRIA CP OLAVARRIA OLAVARRIA 3 2284 44OLAVARRIA CP OLAVARRIA PUEBLO NUEVO 1 2284 45OLAVARRIA CP OLAVARRIA PUEBLO NUEVO 2 2284 45OLAVARRIA CP OLAVARRIA PUEBLO NUEVO 3 2284 45

PEHUAJO CP PEHUAJO PEHUAJO 2396 47PERGAMINO CP PERGAMINO PERGAMINO 2477 400PERGAMINO CP PERGAMINO PERGAMINO 2477 401PERGAMINO CP PERGAMINO PERGAMINO 2477 404PERGAMINO CP PERGAMINO PERGAMINO 1 2477 42PERGAMINO CP PERGAMINO PERGAMINO 2 2477 43PERGAMINO CP PERGAMINO PERGAMINO 3 2477 44

PILAR CP PILAR PILAR 1 2322 42PILAR CP PILAR PILAR 1,2 2322 450PILAR CP PILAR PILAR 1,2 2322 456PILAR CP PILAR PILAR 1,3 2322 451PILAR CP PILAR PILAR 2 2322 43PILAR CP PILAR PILAR 3 2322 40

PUERTO MADRYN PUERTO MADRYN ( trib.) PUERTO MADRYN 2965 476PUERTO MADRYN PUERTO MADRYN ( trib.) PUERTO MADRYN 2965 478PUERTO MADRYN PUERTO MADRYN ( trib.) PUERTO MADRYN 2965 479PUERTO MADRYN PUERTO MADRYN ( trib.) PUERTO MADRYN 1 2965 471PUERTO MADRYN PUERTO MADRYN ( trib.) PUERTO MADRYN 1 2965 472PUERTO MADRYN PUERTO MADRYN ( trib.) PUERTO MADRYN 1 2965 473PUERTO MADRYN PUERTO MADRYN ( trib.) PUERTO MADRYN 1 2965 474PUERTO MADRYN PUERTO MADRYN ( trib.) PUERTO MADRYN 1 2965 475PUERTO MADRYN PUERTO MADRYN ( trib.) PUERTO MADRYN 2 2965 45

PUNTA ALTA CP PUNTA ALTA PUNTA ALTA 2932 460PUNTA ALTA CP PUNTA ALTA PUNTA ALTA 2932 461PUNTA ALTA CP PUNTA ALTA PUNTA ALTA 1 2932 42PUNTA ALTA CP PUNTA ALTA PUNTA ALTA 2 2932 43PUNTA ALTA CP PUNTA ALTA VILLA GRAL.ARIAS(P.ALTA3) 2932 493

RIO GALLEGOS CP RIO GALLEGOS C.FR.RIO GALLEGOS 2966 441RIO GALLEGOS CP RIO GALLEGOS LAS HORQUETAS 2966 42RIO GALLEGOS CP RIO GALLEGOS RIO GALLEGOS 1 2966 42RIO GALLEGOS CP RIO GALLEGOS RIO GALLEGOS 1,2 2966 45RIO GALLEGOS CP RIO GALLEGOS RIO GALLEGOS 2 2966 43RIO GALLEGOS CP RIO GALLEGOS RIO GALLEGOS 3 2966 444RIO GALLEGOS CP RIO GALLEGOS TEHUELCHES 2966 442

RIO GRANDE CP RIO GRANDE AUGUSTO LASERRE 1 2964 443RIO GRANDE CP RIO GRANDE AUGUSTO LASERRE 2 2964 444RIO GRANDE CP RIO GRANDE AUGUSTO LASERRE 3 2964 445RIO GRANDE CP RIO GRANDE BARRIO AUSTRAL 2964 441RIO GRANDE CP RIO GRANDE RIO GRANDE 2964 43RIO GRANDE CP RIO GRANDE RIO GRANDE 2964 45RIO GRANDE CP RIO GRANDE RIO GRANDE 1 2964 42

ROSARIO CP ROSARIO ROSARIO 1 341 410ROSARIO CP ROSARIO ROSARIO 2 341 411ROSARIO CP ROSARIO ROSARIO 3 341 483ROSARIO CP ROSARIO ROSARIO 4 341 484

S.M. DE TUCUMAN CP TUCUMAN TUCUMAN 1 381 410S.M. DE TUCUMAN CP TUCUMAN TUCUMAN 2 381 411

ANEXO II – Tabla II (continuación)

- 37 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PUS.M. DE TUCUMAN CP TUCUMAN TUCUMAN 3 381 400

SAN ANTONIO de ARECO SAN ANTONIO de ARECO (trib.) SAN ANTONIO DE ARECO 2326 45SAN JUAN CP SAN JUAN C.FR.SAN JUAN 264 429SAN JUAN CP SAN JUAN CHIMBAS 264 431SAN JUAN CP SAN JUAN COLONIA GUTIERREZ 264 425SAN JUAN CP SAN JUAN COLONIAS UNIDAS 264 431SAN JUAN CP SAN JUAN DESAMPARADOS 1 264 423SAN JUAN CP SAN JUAN DESAMPARADOS 2 264 426SAN JUAN CP SAN JUAN EL MOGOTE 264 4942SAN JUAN CP SAN JUAN FERNANDO FADER 264 433SAN JUAN CP SAN JUAN GREGORIO TORRES 264 434SAN JUAN CP SAN JUAN RAWSON 1 264 424SAN JUAN CP SAN JUAN RAWSON 2 264 428SAN JUAN CP SAN JUAN SAN ISIDRO 2 264 4971SAN JUAN CP SAN JUAN SAN JUAN 1 264 422SAN JUAN CP SAN JUAN SAN JUAN 1-4 264 430SAN JUAN CP SAN JUAN SAN JUAN 2 264 421SAN JUAN CP SAN JUAN SAN JUAN 3 264 427SAN JUAN CP SAN JUAN SAN JUAN 4 264 420SAN JUAN CP SAN JUAN SANTA LUCIA 264 425SAN LUIS CP SAN LUIS C.FR.SAN LUIS 1 2652 451SAN LUIS CP SAN LUIS C.FR.SAN LUIS 2 2652 452SAN LUIS CP SAN LUIS EL CHORRILLO 1 2652 459SAN LUIS CP SAN LUIS EL CHORRILLO 2 2652 450SAN LUIS CP SAN LUIS EL HORNERO 1 2652 455SAN LUIS CP SAN LUIS EL HORNERO 2 2652 456SAN LUIS CP SAN LUIS EL HORNERO 3 2652 457SAN LUIS CP SAN LUIS EL HORNERO 4 2652 458SAN LUIS CP SAN LUIS MUNICIPALIDAD DE CAROLINA 2652 44SAN LUIS CP SAN LUIS SAN LUIS 1 2652 42SAN LUIS CP SAN LUIS SAN LUIS 1-3 2652 46SAN LUIS CP SAN LUIS SAN LUIS 2 2652 43SAN LUIS CP SAN LUIS SAN LUIS 3 + BARRIO VIVA 2652 44

SAN MARTIN (Mz)(*) CP SAN MARTIN (Mz)(*) COLONIA ORFILA 2623 42SAN MARTIN (Mz)(*) CP SAN MARTIN (Mz)(*) SAN MARTIN 1 2623 42SAN MARTIN (Mz)(*) CP SAN MARTIN (Mz)(*) SAN MARTIN 2 + C.FR. 2623 43

SAN RAFAEL CP SAN RAFAEL C.FR.SAN RAFAEL 2627 449SAN RAFAEL CP SAN RAFAEL CUADRO NACIONAL 2627 442SAN RAFAEL CP SAN RAFAEL RAMA CAIDA 2627 441SAN RAFAEL CP SAN RAFAEL SAN RAFAEL 2627 440SAN RAFAEL CP SAN RAFAEL SAN RAFAEL 2627 443SAN RAFAEL CP SAN RAFAEL SAN RAFAEL 2627 444SAN RAFAEL CP SAN RAFAEL SAN RAFAEL 2627 447SAN RAFAEL CP SAN RAFAEL SAN RAFAEL 1 2627 42SAN RAFAEL CP SAN RAFAEL SAN RAFAEL 2 2627 43

SANTA ROSA CP SANTA ROSA SANTA ROSA 2954 46SANTA ROSA CP SANTA ROSA SANTA ROSA 1 2954 42SANTA ROSA CP SANTA ROSA SANTA ROSA 1-3 2954 46SANTA ROSA CP SANTA ROSA SANTA ROSA 2 2954 43SANTA ROSA CP SANTA ROSA SANTA ROSA 3 2954 45

TANDIL CP TANDIL TANDIL 1 2293 42TANDIL CP TANDIL TANDIL 2 2293 400TANDIL CP TANDIL TANDIL 2 2293 401TANDIL CP TANDIL TANDIL 2 2293 404TANDIL CP TANDIL TANDIL 2 2293 407TANDIL CP TANDIL TANDIL 2 2293 43

ANEXO II – Tabla II (continuación)

- 38 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PUTANDIL CP TANDIL TANDIL 3 2293 44TANDIL CP TANDIL VILLA ITALIA 2293 45

TRELEW CP TRELEW C.FR.TRELEW 2965 449TRELEW CP TRELEW JUAN MANUEL DE ROSAS 1 2965 443TRELEW CP TRELEW JUAN MANUEL DE ROSAS 2 2965 444TRELEW CP TRELEW LOS COLONOS 1 2965 446TRELEW CP TRELEW LOS COLONOS 2 2965 447TRELEW CP TRELEW TRELEW 2965 441TRELEW CP TRELEW TRELEW 1 2965 42TRELEW CP TRELEW TRELEW 1,2 2965 445TRELEW CP TRELEW TRELEW 1-3 2965 448TRELEW CP TRELEW TRELEW 2 2965 43

TRENQUE LAUQUEN CP TRENQUE LAUQUEN TRENQUE LAUQUEN 1 2392 42TRENQUE LAUQUEN CP TRENQUE LAUQUEN TRENQUE LAUQUEN 2 2392 43

TRES ARROYOS CP TRES ARROYOS TRES ARROYOS 1 2983 42TRES ARROYOS CP TRES ARROYOS TRES ARROYOS 2 2983 43TRES ARROYOS CP TRES ARROYOS TRES ARROYOS 2 2983 453TRES ARROYOS CP TRES ARROYOS TRES ARROYOS 2 2983 454TRES ARROYOS CP TRES ARROYOS TRES ARROYOS 2 2983 455

USHUAIA CP USHUAIA C.FR.USHUAIA 2901 441USHUAIA CP USHUAIA MONTE GALLINERO 1 2901 443USHUAIA CP USHUAIA MONTE GALLINERO 2 2901 444USHUAIA CP USHUAIA MONTE GALLINERO 3 2901 445USHUAIA CP USHUAIA MONTE GALLINERO 4 2901 440USHUAIA CP USHUAIA USHUAIA 2901 442USHUAIA CP USHUAIA USHUAIA 1 2901 42USHUAIA CP USHUAIA USHUAIA 1,2 2901 450USHUAIA CP USHUAIA USHUAIA 1,2 2901 451USHUAIA CP USHUAIA USHUAIA 1,2 2901 454USHUAIA CP USHUAIA USHUAIA 2 2901 43

VIEDMA CP VIEDMA C.FR.VIEDMA 1 2920 44VIEDMA CP VIEDMA C.FR.VIEDMA 2 2920 44VIEDMA CP VIEDMA CARMEN DE PATAGONES 2920 46VIEDMA CP VIEDMA VIEDMA 1 2920 42VIEDMA CP VIEDMA VIEDMA 1,2 2920 44VIEDMA CP VIEDMA VIEDMA 2 2920 43

VILLA MERCEDES CP VILLA MERCEDES C.FR.VILLA MERCEDES 1 2657 440VILLA MERCEDES CP VILLA MERCEDES C.FR.VILLA MERCEDES 2 2657 449VILLA MERCEDES CP VILLA MERCEDES C.FR.VILLA MERCEDES 3 2657 445VILLA MERCEDES CP VILLA MERCEDES VILLA MERCEDES 2657 441VILLA MERCEDES CP VILLA MERCEDES VILLA MERCEDES 1 2657 42VILLA MERCEDES CP VILLA MERCEDES VILLA MERCEDES 2 2657 43

ZAPALA CP ZAPALA AEROPUERTO ZAPALA 2942 43ZAPALA CP ZAPALA BAJADA DEL AGRIO 2942 42ZAPALA CP ZAPALA ZAPALA 1 2942 42ZAPALA CP ZAPALA ZAPALA 2 2942 43

Áreas locales del área nortedel país

ANEXO II – Tabla II (continuación)

- 39 -

ANEXO II – Tabla III

POI OPERADOR INTERCONEX.LD-LD

INTERCONEX.L-LD

INTERCONEX.LD-L

INTERCONEX.L-L

RED SERVICIO

Arrecifes ( trib.) CTI 0 1 0 0 Fija STBArrecifes ( trib.) CTI 0 0 0 2 Móvil STM / PCSArrecifes ( trib.) Movicom 0 1 0 0 Fija STBArrecifes ( trib.) Telecom 2 2 0 0 Fija SBTBolivar (trib.) CTI 0 1 0 0 Fija STBBolivar (trib.) CTI 0 0 0 2 Móvil STM / PCSBolivar (trib.) Telecom 1 3 0 0 Fija SBTBolivar (trib.) Unifón 0 0 1 2 Móvil STM / PCSBragado (trib.) CTI 0 1 0 0 Fija STBBragado (trib.) CTI 0 0 0 1 Móvil STM / PCSBragado (trib.) Telecom 1 2 0 0 Fija SBTC. Brandsen ( trib.) CTI 0 1 0 0 Fija STBC. Brandsen ( trib.) CTI 0 0 0 2 Móvil STM / PCSC. Brandsen ( trib.) Unifón 0 0 1 1 Móvil STM / PCSC. Suarez (trib.) CTI 0 1 0 0 Fija STBC. Suarez (trib.) CTI 0 0 0 1 Móvil STM / PCSC. Suarez (trib.) Telecom 1 1 0 0 Fija SBTColon (trib.) CTI 0 2 0 0 Fija STBColon (trib.) CTI 0 0 0 1 Móvil STM / PCSCP Azul CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Azul CTI 0 0 0 4 Móvil STM / PCSCP Azul Movicom 0 1 0 0 Fija STBCP Azul Personal 0 0 0 1 Móvil STM / PCSCP Azul Telecom 0 3 0 4 Fija SBTCP Azul Unifón 0 0 1 2 Móvil STM / PCSCP Bariloche CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Bariloche CTI 0 0 0 6 Móvil STM / PCSCP Bariloche Movicom 0 4 0 0 Fija STBCP Bariloche Movicom 0 0 0 4 Móvil SRMC / PCSCP Bariloche Personal 0 0 0 1 Móvil STM / PCSCP Bariloche Telecom 2 6 2 11 Fija SBTCP Bariloche Unifón 0 0 0 9 Móvil STM / PCSCP Cañuelas CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Cañuelas CTI 0 0 0 3 Móvil STM / PCSCP Cañuelas Movicom 0 1 0 0 Fija STBCP Cañuelas Movicom 0 0 0 1 Móvil SRMC / PCSCP Cañuelas Nextel 0 0 0 2 Móvil SRCECP Cañuelas Telecom 0 1 0 0 Fija SBTCP Cañuelas Unifón 0 0 0 6 Móvil STM / PCSCP Chascomus CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Chascomus CTI 0 0 0 5 Móvil STM / PCSCP Chascomus Movicom 0 2 0 0 Fija STBCP Chascomus Nextel 0 0 0 2 Móvil SRCECP Chascomus Personal 0 0 0 1 Móvil STM / PCSCP Chascomus Telecom 2 4 0 0 Fija SBTCP Chascomus Unifón 0 0 0 6 Móvil STM / PCSCP Chivilcoy CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Chivilcoy CTI 0 0 0 4 Móvil STM / PCSCP Chivilcoy Movicom 0 2 0 0 Fija STBCP Chivilcoy Personal 0 0 3 2 Móvil STM / PCSCP Chivilcoy Telecom 2 4 0 0 Fija SBTCP Chivilcoy Unifón 0 0 0 22 Móvil STM / PCS

- 40 -

POI OPERADOR INTERCONEX.LD-LD

INTERCONEX.L-LD

INTERCONEX.LD-L

INTERCONEX.L-L

RED SERVICIO

CP Cordoba Telecom 43 7 62 18 Fija SBTCP Cordoba Unifón 0 0 9 1 Móvil STM / PCSCP Esquel CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Esquel CTI 0 0 0 1 Móvil STM / PCSCP Esquel Unifón 0 0 0 5 Móvil STM / PCSCP Glew CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Glew CTI 0 0 0 4 Móvil STM / PCSCP Glew Movicom 0 3 0 0 Fija STBCP Glew Movicom 0 0 0 1 Móvil SRMC / PCSCP Glew Techtel 0 1 0 0 Fija STBCP Glew Telecom 2 2 0 0 Fija SBTCP Glew Unifón 0 0 1 1 Móvil STM / PCSCP Gral. Pico CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Gral. Pico CTI 0 0 0 2 Móvil STM / PCSCP Gral. Pico Telecom 2 2 0 0 Fija SBTCP Gral. Pico Unifón 0 0 0 7 Móvil STM / PCSCP Gral. Roca CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Gral. Roca CTI 0 0 0 2 Móvil STM / PCSCP Gral. Roca Movicom 0 1 0 0 Fija STBCP Gral. Roca Movicom 0 0 0 2 Móvil SRMC / PCSCP Gral. Roca Telecom 0 4 0 0 Fija SBTCP Gral. Roca Unifón 0 0 3 3 Móvil STM / PCSCP J. C. Paz AT&T 0 1 0 0 Fija STBCP J. C. Paz CDS 0 0 2 2 Fija STBCP J. C. Paz CTI 0 1 0 0 Fija STBCP J. C. Paz CTI 0 0 0 2 Móvil STM / PCSCP J. C. Paz Movicom 0 5 0 0 Fija STBCP J. C. Paz Nextel 0 0 0 2 Móvil SRCECP J. C. Paz Techtel 0 1 0 0 Fija STBCP J. C. Paz Telecom 8 6 0 0 Fija SBTCP Junin AT&T 0 1 0 0 Fija STBCP Junin CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Junin CTI 0 0 0 11 Móvil STM / PCSCP Junin Movicom 0 3 0 0 Fija STBCP Junin Personal 0 0 0 1 Móvil STM / PCSCP Junin Telecom 2 4 0 0 Fija SBTCP Junin Unifón 0 0 4 4 Móvil STM / PCSCP Lincoln CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Lincoln CTI 0 0 0 2 Móvil STM / PCSCP Lincoln Personal 0 0 0 1 Móvil STM / PCSCP Lincoln Telecom 5 4 0 0 Fija SBTCP Lincoln Unifón 0 0 1 3 Móvil STM / PCSCP Lujan AT&T 0 1 0 0 Fija STBCP Lujan CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Lujan CTI 0 0 0 2 Móvil STM / PCSCP Lujan Movicom 0 4 0 0 Fija STBCP Lujan Movicom 0 0 0 2 Móvil SRMC / PCSCP Lujan Movilink 0 0 0 1 Móvil SRCECP Lujan Nextel 0 0 0 2 Móvil SRCECP Lujan Personal 0 0 0 3 Móvil STM / PCSCP Lujan Techtel 0 1 0 0 Fija STBCP Lujan Telecom 4 6 0 0 Fija SBTCP Lujan Unifón 0 0 1 2 Móvil STM / PCSCP Mar de Ajo CTI 0 1 0 0 Fija STB

ANEXO II – Tabla III (continuación)

Areas locales del área norte del país.

- 41 -

POI OPERADOR INTERCONEX.LD-LD

INTERCONEX.L-LD

INTERCONEX.LD-L

INTERCONEX.L-L

RED SERVICIO

CP Mar de Ajo CTI 0 0 0 3 Móvil STM / PCSCP Mar de Ajo Movicom 0 1 0 0 Fija STBCP Mar de Ajo Personal 0 0 0 1 Móvil STM / PCSCP Mar de Ajo Telecom 4 3 0 3 Fija SBTCP Mar de Ajo Unifón 0 0 1 2 Móvil STM / PCSCP Mercedes CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Mercedes CTI 0 0 0 1 Móvil STM / PCSCP Mercedes Movicom 0 2 0 0 Fija STBCP Mercedes Movicom 0 0 0 1 Móvil SRMC / PCSCP Mercedes Nextel 0 0 0 1 Móvil SRCECP Mercedes Personal 0 0 0 1 Móvil STM / PCSCP Mercedes Techtel 0 1 0 0 Fija STBCP Mercedes Telecom 2 5 0 0 Fija SBTCP Mercedes Unifón 0 0 1 2 Móvil STM / PCSCP Merlo CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Merlo CTI 0 0 0 1 Móvil STM / PCSCP Merlo Movicom 0 9 0 0 Fija STBCP Merlo Movicom 0 0 0 1 Móvil SRMC / PCSCP Merlo Techtel 0 1 0 0 Fija STBCP Merlo Telecom 6 12 0 0 Fija SBTCP Moreno AT&T 0 1 0 0 Fija STBCP Moreno CDS 0 0 2 3 Fija STBCP Moreno CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Moreno CTI 0 0 0 2 Móvil STM / PCSCP Moreno Movicom 0 8 0 0 Fija STBCP Moreno Nextel 0 0 0 2 Móvil SRCECP Moreno Techtel 0 1 0 0 Fija STBCP Moreno Telecom 2 11 0 0 Fija SBTCP Necochea CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Necochea CTI 0 0 0 3 Móvil STM / PCSCP Necochea Movicom 0 2 0 0 Fija STBCP Necochea Personal 0 0 0 1 Móvil STM / PCSCP Necochea Telecom 0 0 1 5 Fija SBTCP Nueve de Julio CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Nueve de Julio CTI 0 0 0 1 Móvil STM / PCSCP Nueve de Julio Personal 0 0 0 1 Móvil STM / PCSCP Nueve de Julio Telecom 2 3 0 0 Fija SBTCP Olavarria CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Olavarria CTI 0 0 0 5 Móvil STM / PCSCP Olavarria Movicom 0 2 0 0 Fija STBCP Olavarria Personal 0 0 0 3 Móvil STM / PCSCP Olavarria Telecom 1 4 0 0 Fija SBTCP Olavarria Unifón 0 0 0 7 Móvil STM / PCSCP Pehuajo CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Pehuajo Telecom 0 1 0 0 Fija SBTCP Pergamino CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Pergamino CTI 0 0 0 3 Móvil STM / PCSCP Pergamino Movicom 0 2 0 0 Fija STBCP Pergamino Personal 0 0 0 1 Móvil STM / PCSCP Pergamino Techtel 0 1 0 0 Fija STBCP Pergamino Telecom 4 7 0 0 Fija SBTCP Pergamino Unifón 0 0 2 2 Móvil STM / PCSCP Pilar AT&T 0 1 0 1 Fija STBCP Pilar CDS 0 0 2 2 Fija STB

ANEXO II – Tabla III (continuación)

- 42 -

POI OPERADOR INTERCONEX.LD-LD

INTERCONEX.L-LD

INTERCONEX.LD-L

INTERCONEX.L-L

RED SERVICIO

CP Pilar CTI 0 2 0 0 Fija STBCP Pilar CTI 0 0 0 2 Móvil STM / PCSCP Pilar Impsat 0 2 0 4 Fija STBCP Pilar Movicom 0 5 0 8 Fija STBCP Pilar Movicom 0 0 0 2 Móvil SRMC / PCSCP Pilar Movilink 0 0 0 1 Móvil SRCECP Pilar Nextel 0 0 0 2 Móvil SRCECP Pilar Personal 0 0 0 3 Móvil STM / PCSCP Pilar Techtel 0 1 0 0 Fija STBCP Pilar Telecom 0 0 3 7 Fija SBTCP Pilar Telecom 7 8 4 9 Fija SBTCP Pilar Unifón 0 0 0 2 Móvil STM / PCSCP Punta Alta CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Punta Alta CTI 0 0 0 3 Móvil STM / PCSCP Punta Alta Movicom 0 1 0 0 Fija STBCP Punta Alta Movicom 0 0 0 2 Móvil SRMC / PCSCP Punta Alta Telecom 1 4 0 0 Fija SBTCP Rio Gallegos CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Rio Gallegos CTI 0 0 0 3 Móvil STM / PCSCP Rio Gallegos Movicom 0 1 0 0 Fija STBCP Rio Gallegos Movicom 0 0 0 1 Móvil SRMC / PCSCP Rio Gallegos Telecom 2 4 0 0 Fija SBTCP Rio Gallegos Unifón 0 0 0 7 Móvil STM / PCSCP Rio Grande CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Rio Grande CTI 0 0 0 5 Móvil STM / PCSCP Rio Grande Telecom 0 1 0 0 Fija SBTCP Rio Grande Unifón 0 0 1 2 Móvil STM / PCSCP Rocha CTI 0 0 0 10 Móvil STM / PCSCP Rocha CTI 0 0 0 6 Móvil STM / PCSCP Rocha Movicom 0 0 0 8 Fija STBCP Rocha Movilink 0 0 0 2 Móvil SRCECP Rocha Nextel 0 0 0 4 Móvil SRCECP Rocha Personal 0 0 0 10 Móvil STM / PCSCP Rocha Personal 0 0 0 2 Móvil STM / PCSCP Rocha Unifón 0 0 0 11 Móvil STM / PCSCP Rocha Unifón 0 0 0 2 Móvil STM / PCSCP Rosario Telecom 52 87 14 26 Fija SBTCP Rosario Unifón 0 0 14 1 Móvil STM / PCSCP San Juan CTI 0 1 0 0 Fija STBCP San Juan CTI 0 0 0 8 Móvil STM / PCSCP San Juan Movicom 0 2 0 0 Fija STBCP San Juan Movicom 0 0 0 6 Móvil SRMC / PCSCP San Juan Personal 0 0 0 1 Móvil STM / PCSCP San Juan Techtel 0 1 0 0 Fija STBCP San Juan Telecom 1 11 0 0 Fija SBTCP San Juan Unifón 0 0 0 17 Móvil STM / PCSCP San Luis AT&T 0 1 0 0 Fija STBCP San Luis CTI 0 1 0 0 Fija STBCP San Luis CTI 0 0 0 8 Móvil STM / PCSCP San Luis Movicom 0 1 0 0 Fija STBCP San Luis Movicom 0 0 0 3 Móvil SRMC / PCSCP San Luis Nextel 0 0 0 2 Móvil SRCECP San Luis Personal 0 0 0 1 Móvil STM / PCSCP San Luis Techtel 0 1 0 0 Fija STB

ANEXO II – Tabla III (continuación)

Areas locales del área norte del país.

- 43 -

POI OPERADOR INTERCONEX.LD-LD

INTERCONEX.L-LD

INTERCONEX.LD-L

INTERCONEX.L-L

RED SERVICIO

CP San Luis Telecom 1 5 0 0 Fija SBTCP San Luis Unifón 0 0 0 16 Móvil STM / PCSCP San Martin CTI 0 1 0 0 Fija STBCP San Martin CTI 0 0 0 3 Móvil STM / PCSCP San Martin Movicom 0 1 0 0 Fija STBCP San Martin Movicom 0 0 0 2 Móvil SRMC / PCSCP San Martin Nextel 0 0 0 2 Móvil SRCECP San Martin Personal 0 0 0 1 Móvil STM / PCSCP San Martin Techtel 0 1 0 0 Fija STBCP San Martin Telecom 1 3 0 0 Fija SBTCP San Rafael CTI 0 1 0 0 Fija STBCP San Rafael CTI 0 0 0 5 Móvil STM / PCSCP San Rafael Movicom 0 1 0 0 Fija STBCP San Rafael Movicom 0 0 0 2 Móvil SRMC / PCSCP San Rafael Telecom 1 4 0 0 Fija SBTCP San Rafael Unifón 0 0 0 8 Móvil STM / PCSCP Santa Rosa CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Santa Rosa CTI 0 0 0 4 Móvil STM / PCSCP Santa Rosa Movicom 0 1 0 0 Fija STBCP Santa Rosa Movicom 0 0 0 1 Móvil SRMC / PCSCP Santa Rosa Personal 0 0 0 1 Móvil STM / PCSCP Santa Rosa Telecom 1 2 0 0 Fija SBTCP Santa Rosa Unifón 0 0 0 8 Móvil STM / PCSCP Tandil AT&T 0 1 0 0 Fija STBCP Tandil CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Tandil CTI 0 0 0 8 Móvil STM / PCSCP Tandil Movicom 0 2 0 0 Fija STBCP Tandil Personal 0 0 0 1 Móvil STM / PCSCP Tandil Telecom 1 4 0 0 Fija SBTCP Tandil Unifón 0 0 0 6 Móvil STM / PCSCP Trelew CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Trelew CTI 0 0 0 6 Móvil STM / PCSCP Trelew Movicom 0 1 0 0 Fija STBCP Trelew Telecom 1 2 0 0 Fija SBTCP Trelew Unifón 0 0 0 9 Móvil STM / PCSCP Trenque Lauquen CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Trenque Lauquen CTI 0 0 0 6 Móvil STM / PCSCP Trenque Lauquen Movicom 0 1 0 0 Fija STBCP Trenque Lauquen Telecom 1 1 0 0 Fija SBTCP Trenque Lauquen Unifón 0 0 0 7 Móvil STM / PCSCP Tres Arroyos CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Tres Arroyos CTI 0 0 0 3 Móvil STM / PCSCP Tres Arroyos Movicom 0 1 0 0 Fija STBCP Tres Arroyos Personal 0 0 0 1 Móvil STM / PCSCP Tres Arroyos Telecom 0 4 0 0 Fija SBTCP Tres Arroyos Unifón 0 0 0 4 Móvil STM / PCSCP Tucuman Telecom 16 21 4 10 Fija SBTCP Tucuman Unifón 0 0 0 6 Móvil STM / PCSCP Ushuaia CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Ushuaia CTI 0 0 0 1 Móvil STM / PCSCP Ushuaia Movicom 0 0 0 1 Móvil SRMC / PCSCP Ushuaia Personal 0 0 0 2 Móvil STM / PCSCP Ushuaia Telecom 0 3 0 0 Fija SBTCP Ushuaia Unifón 0 0 0 7 Móvil STM / PCS

ANEXO II – Tabla III (continuación)

Areas locales del área norte del país.

- 44 -

POI OPERADOR INTERCONEX.LD-LD

INTERCONEX.L-LD

INTERCONEX.LD-L

INTERCONEX.L-L

RED SERVICIO

CP Viedma CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Viedma CTI 0 0 0 2 Móvil STM / PCSCP Viedma Movicom 0 1 0 0 Fija STBCP Viedma Movicom 0 0 0 1 Móvil SRMC / PCSCP Viedma Personal 0 0 0 2 Móvil STM / PCSCP Viedma Telecom 1 2 0 0 Fija SBTCP Viedma Unifón 0 0 0 8 Móvil STM / PCSCP Villa Mercedes CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Villa Mercedes CTI 0 0 0 3 Móvil STM / PCSCP Villa Mercedes Movicom 0 0 0 3 Móvil SRMC / PCSCP Villa Mercedes Nextel 0 0 0 2 Móvil SRCECP Villa Mercedes Techtel 0 1 0 0 Fija STBCP Villa Mercedes Telecom 4 5 0 0 Fija SBTCP Villa Mercedes Unifón 0 0 0 3 Móvil STM / PCSCP Zapala CTI 0 1 0 0 Fija STBCP Zapala CTI 0 0 0 1 Móvil STM / PCSCP Zapala Unifón 0 0 0 5 Móvil STM / PCSCTN Bahia Blanca AT&T 0 1 0 0 Fija STBCTN Bahia Blanca CTI 0 2 0 0 Fija STBCTN Bahia Blanca CTI 0 0 0 13 Móvil STM / PCSCTN Bahia Blanca Movicom 0 4 0 0 Fija STBCTN Bahia Blanca Movicom 0 0 0 7 Móvil SRMC / PCSCTN Bahia Blanca Personal 0 0 1 2 Móvil STM / PCSCTN Bahia Blanca Techtel 0 1 0 0 Fija STBCTN Bahia Blanca Telecom 5 13 7 6 Fija SBTCTN Bahia Blanca Unifón 0 0 0 27 Móvil STM / PCSCTN Barracas AT&T 1 3 0 0 Fija STBCTN Barracas Comsat 0 1 0 0 Fija STBCTN Barracas Convergia 0 2 0 0 Fija STBCTN Barracas CTI 1 5 0 0 Fija STBCTN Barracas CTI 0 0 2 0 Móvil STM / PCSCTN Barracas Diveo 0 1 0 0 Fija STBCTN Barracas Embratel 1 0 0 0 Fija STBCTN Barracas Impsat 2 6 0 0 Fija STBCTN Barracas Metrored 2 1 1 0 Fija STBCTN Barracas Movicom 4 14 0 1 Fija STBCTN Barracas NSS 5 0 0 0 Fija STBCTN Barracas Techtel 2 4 0 0 Fija STBCTN Barracas Telecom 16 95 0 0 Fija SBTCTN Barracas Telephone 2 0 1 0 0 Fija STBCTN C. Rivadavia CTI 0 1 0 0 Fija STBCTN C. Rivadavia CTI 0 0 0 10 Móvil STM / PCSCTN C. Rivadavia Movicom 0 1 0 0 Fija STBCTN C. Rivadavia Telecom 2 8 0 0 Fija SBTCTN C. Rivadavia Unifón 0 0 0 11 Móvil STM / PCSCTN Cuyo Oeste AT&T 1 2 0 0 Fija STBCTN Cuyo Oeste Comsat 0 2 0 0 Fija STBCTN Cuyo Oeste Convergia 0 2 0 0 Fija STBCTN Cuyo Oeste Embratel 0 1 0 0 Fija STBCTN Cuyo Oeste Globalstar 1 0 0 0 Fija / móvil SatelitalCTN Cuyo Oeste Impsat 1 4 0 0 Fija STBCTN Cuyo Oeste Metrored 0 1 1 0 Fija STBCTN Cuyo Oeste Movicom 12 14 0 0 Fija STBCTN Cuyo Oeste Movicom 0 0 10 0 Móvil SRMC / PCS

ANEXO II – Tabla III (continuación)

- 45 -

POI OPERADOR INTERCONEX.LD-LD

INTERCONEX.L-LD

INTERCONEX.LD-L

INTERCONEX.L-L

RED SERVICIO

CTN Cuyo Oeste Movilink 0 0 0 2 Móvil SRCECTN Cuyo Oeste Nextel 0 0 0 12 Móvil SRCECTN Cuyo Oeste Personal 0 0 2 0 Móvil STM / PCSCTN Cuyo Oeste Techtel 1 4 0 0 Fija STBCTN Cuyo Oeste Telecom 17 84 0 0 Fija SBTCTN Cuyo Oeste Telephone 2 0 2 0 0 Fija STBCTN Cuyo Oeste Unifón 0 0 5 14 Móvil STM / PCSCTN Cuyo Sur AT&T 1 3 1 1 Fija STBCTN Cuyo Sur Comsat 0 1 0 0 Fija STBCTN Cuyo Sur CTI 0 2 0 0 Fija STBCTN Cuyo Sur CTI 0 0 2 0 Móvil STM / PCSCTN Cuyo Sur Diveo 0 1 0 0 Fija STBCTN Cuyo Sur Impsat 2 6 0 0 Fija STBCTN Cuyo Sur Metrored 1 1 1 0 Fija STBCTN Cuyo Sur Movicom 4 14 0 0 Fija STBCTN Cuyo Sur NSS 4 0 0 0 Fija STBCTN Cuyo Sur Personal 0 0 0 0 Móvil STM / PCSCTN Cuyo Sur Techtel 1 3 0 0 Fija STBCTN Cuyo Sur Telecom 17 78 0 0 Fija SBTCTN La Plata AT&T 1 1 0 0 Fija STBCTN La Plata Comsat 0 1 0 0 Fija STBCTN La Plata CTI 0 2 0 0 Fija STBCTN La Plata CTI 0 0 0 2 Móvil STM / PCSCTN La Plata Impsat 1 5 0 5 Fija STBCTN La Plata Movicom 0 14 0 0 Fija STBCTN La Plata NSS 1 0 0 4 Fija STBCTN La Plata Personal 0 0 0 1 Móvil STM / PCSCTN La Plata Techtel 0 4 0 5 Fija STBCTN La Plata Telecom 2 25 1 3 Fija SBTCTN La Plata Unifón 0 0 1 0 Móvil STM / PCSCTN Mar del Plata AT&T 0 3 0 0 Fija STBCTN Mar del Plata CTI 1 2 0 0 Fija STBCTN Mar del Plata CTI 0 0 0 43 Móvil STM / PCSCTN Mar del Plata Movicom 0 10 0 2 Fija STBCTN Mar del Plata Movicom 0 0 0 16 Móvil SRMC / PCSCTN Mar del Plata Nextel 0 0 0 5 Móvil SRCECTN Mar del Plata Personal 0 0 0 9 Móvil STM / PCSCTN Mar del Plata Techtel 0 1 0 0 Fija STBCTN Mar del Plata Telecard 0 2 0 0 Fija STBCTN Mar del Plata Telecom 5 40 1 3 Fija SBTCTN Mar del Plata Unifón 0 0 0 43 Móvil STM / PCSCTN Mar del Plata Unifón 0 0 0 10 Móvil STM / PCSCTN Mendoza AT&T 1 2 0 0 Fija STBCTN Mendoza Comsat 0 1 0 0 Fija STBCTN Mendoza CTI 1 3 0 0 Fija STBCTN Mendoza CTI 0 0 0 19 Móvil STM / PCSCTN Mendoza Impsat 4 8 0 20 Fija STBCTN Mendoza Movicom 0 6 0 8 Fija STBCTN Mendoza Movicom 0 0 0 18 Móvil SRMC / PCSCTN Mendoza Movilink 0 0 0 1 Móvil SRCECTN Mendoza Nextel 0 0 0 4 Móvil SRCECTN Mendoza Personal 0 0 0 12 Móvil STM / PCSCTN Mendoza Techtel 0 1 0 0 Fija STBCTN Mendoza Telecom 3 28 1 5 Fija SBT

ANEXO II – Tabla III (continuación)

- 46 -

POI OPERADOR INTERCONEX.LD-LD

INTERCONEX.L-LD

INTERCONEX.LD-L

INTERCONEX.L-L

RED SERVICIO

CTN Mendoza Unifón 0 0 0 28 Móvil STM / PCSCTN Neuquen AT&T 0 1 0 0 Fija STBCTN Neuquen CTI 0 2 0 0 Fija STBCTN Neuquen CTI 0 0 0 15 Móvil STM / PCSCTN Neuquen Movicom 0 6 0 0 Fija STBCTN Neuquen Movicom 0 0 0 9 Móvil SRMC / PCSCTN Neuquen Personal 0 0 0 5 Móvil STM / PCSCTN Neuquen Techtel 0 1 0 0 Fija STBCTN Neuquen Telecom 4 16 1 1 Fija SBTCTN Neuquen Unifón 0 0 0 22 Móvil STM / PCSCTN Ramos Mejia AT&T 2 2 0 0 Fija STBCTN Ramos Mejia Comsat 0 2 0 0 Fija STBCTN Ramos Mejia Impsat 1 4 0 0 Fija STBCTN Ramos Mejia Metrored 0 1 1 0 Fija STBCTN Ramos Mejia Movicom 12 14 0 0 Fija STBCTN Ramos Mejia Movicom 0 0 4 4 Móvil SRMC / PCSCTN Ramos Mejia Movilink 0 0 0 3 Móvil SRCECTN Ramos Mejia Nextel 0 0 0 11 Móvil SRCECTN Ramos Mejia Personal 0 0 2 0 Móvil STM / PCSCTN Ramos Mejia Techtel 1 4 0 0 Fija STBCTN Ramos Mejia Telecard 1 1 0 0 Fija STBCTN Ramos Mejia Telecom 17 68 0 0 Fija SBTCTN Ramos Mejia Telephone 2 0 1 0 0 Fija STBCTN Ramos Mejia Unifón 0 0 9 14 Móvil STM / PCSCTZ Avenida AT&T 0 0 0 18 Fija STBCTZ Avenida CTI 0 0 0 13 Móvil STM / PCSCTZ Avenida Impsat 0 0 0 27 Fija STBCTZ Avenida Metrored 0 0 0 8 Fija STBCTZ Avenida Movicom 0 0 0 23 Fija STBCTZ Avenida Movicom 0 0 0 39 Móvil SRMC / PCSCTZ Avenida NSS 0 0 0 4 Fija STBCTZ Avenida Personal 0 0 0 37 Móvil STM / PCSCTZ Avenida Techtel 0 0 0 6 Fija STBCTZ Avenida Telecom 0 0 0 245 Fija SBTCTZ Avenida Unifón 0 0 0 33 Móvil STM / PCSCTZ Barracas AT&T 0 0 0 16 Fija STBCTZ Barracas CTI 0 0 0 14 Móvil STM / PCSCTZ Barracas Impsat 0 0 0 27 Fija STBCTZ Barracas Metrored 0 0 0 8 Fija STBCTZ Barracas Movicom 0 0 0 23 Fija STBCTZ Barracas Movicom 0 0 0 40 Móvil SRMC / PCSCTZ Barracas NSS 0 0 0 4 Fija STBCTZ Barracas Personal 0 0 0 33 Móvil STM / PCSCTZ Barracas Techtel 0 0 0 6 Fija STBCTZ Barracas Telecom 0 0 0 199 Fija SBTCTZ Barracas Unifón 0 0 0 34 Móvil STM / PCSCTZ Cuyo AT&T 0 0 0 19 Fija STBCTZ Cuyo CTI 0 0 0 5 Móvil STM / PCSCTZ Cuyo Diveo 0 0 0 2 Fija STBCTZ Cuyo Impsat 0 0 0 28 Fija STBCTZ Cuyo Metrored 0 0 0 8 Fija STBCTZ Cuyo Movicom 0 0 0 20 Fija STBCTZ Cuyo Movicom 0 0 0 28 Móvil SRMC / PCSCTZ Cuyo NSS 0 0 0 4 Fija STB

ANEXO II – Tabla III (continuación)

- 47 -

POI OPERADOR INTERCONEX.LD-LD

INTERCONEX.L-LD

INTERCONEX.LD-L

INTERCONEX.L-L

RED SERVICIO

CTZ Cuyo Personal 0 0 0 27 Móvil STM / PCSCTZ Cuyo Techtel 0 0 0 7 Fija STBCTZ Cuyo Telecom 0 0 0 238 Fija SBTCTZ Cuyo Unifón 0 0 0 26 Móvil STM / PCSCTZ Flores AT&T 0 0 0 18 Fija STBCTZ Flores CTI 0 0 0 10 Móvil STM / PCSCTZ Flores Diveo 0 0 0 2 Fija STBCTZ Flores Impsat 0 0 0 28 Fija STBCTZ Flores Metrored 0 0 0 8 Fija STBCTZ Flores Movicom 0 0 0 20 Fija STBCTZ Flores Movicom 0 0 0 27 Móvil SRMC / PCSCTZ Flores NSS 0 0 0 4 Fija STBCTZ Flores Personal 0 0 0 27 Móvil STM / PCSCTZ Flores Techtel 0 0 0 6 Fija STBCTZ Flores Telecom 0 0 0 234 Fija SBTCTZ Flores Unifón 0 0 0 27 Móvil STM / PCSG. Catan ( trib.) CDS 0 0 1 1 Fija STBG. Catan ( trib.) CTI 0 1 0 0 Fija STBG. Catan ( trib.) CTI 0 0 0 1 Móvil STM / PCSG. Catan ( trib.) Movicom 0 6 0 0 Fija STBG. Catan ( trib.) Nextel 0 0 0 2 Móvil SRCEG. Catan ( trib.) Techtel 0 1 0 0 Fija STBG. Catan ( trib.) Telecom 1 4 0 0 Fija SBTGeneral Paz CP CTI 0 0 0 12 Móvil STM / PCSGeneral Paz CP Unifón 0 0 0 16 Móvil STM / PCSGeneral Rodriguez ( trib.) CTI 0 1 0 0 Fija STBGeneral Rodriguez ( trib.) CTI 0 0 0 1 Móvil STM / PCSGeneral Rodriguez ( trib.) Movicom 0 2 0 0 Fija STBGeneral Rodriguez ( trib.) Techtel 0 1 0 0 Fija STBGeneral Rodriguez ( trib.) Telecom 0 3 0 0 Fija SBTJ. M. Gutierrez (trib.) CTI 0 1 0 0 Fija STBJ. M. Gutierrez (trib.) CTI 0 0 0 2 Móvil STM / PCSJ. M. Gutierrez (trib.) Movicom 0 1 0 0 Fija STBJ. M. Gutierrez (trib.) Telecom 1 3 0 0 Fija SBTLibertad (trib.) CTI 0 1 0 0 Fija STBLibertad (trib.) CTI 0 0 0 2 Móvil STM / PCSLibertad (trib.) Movicom 0 4 0 0 Fija STBLibertad (trib.) Techtel 0 1 0 0 Fija STBLibertad (trib.) Telecom 0 1 0 0 Fija SBTMiramar ( trib.) CTI 0 1 0 0 Fija STBMiramar ( trib.) CTI 0 0 0 1 Móvil STM / PCSMiramar ( trib.) Movicom 0 1 0 0 Fija STBMiramar ( trib.) Movicom 0 0 0 2 Móvil SRMC / PCSMiramar ( trib.) Telecom 1 2 0 0 Fija SBTPuerto Madryn (trib.) CTI 0 1 0 0 Fija STBPuerto Madryn (trib.) CTI 0 0 0 1 Móvil STM / PCSPuerto Madryn (trib.) Personal 0 0 0 1 Móvil STM / PCSPuerto Madryn (trib.) Telecom 0 2 0 0 Fija SBTPuerto Madryn (trib.) Unifón 0 0 1 2 Móvil STM / PCSSan Antonio de Areco(trib.)

CTI 0 1 0 0 Fija STB

San Antonio de Areco(trib.)

CTI 0 0 0 1 Móvil STM / PCS

San Antonio de Areco(trib.)

Telecom 0 1 0 0 Fija SBT

ANEXO II – Tabla III (continuación)

- 48 -

ANEXO II – Tabla IV

Área local CooperativaDomicilio del POI (en cooperativa)

Centro de tránsito al que se conecta

Abasto COOP. TELEFONICA Y OTROS SERVICIOS Y CONSUMO DE ABASTO CALLE 208 E/515 Y 516 Rocha CAcevedo COOP. DE AGUA POTABLE Y SERV.PUBLICOS DE ACEVEDO AVDA. CENTENARIO Y CALLE 4 Pergamino BArenaza COOP. DE PROV. DE ELECTRICIDAD Y SERVICIOS PUBL. DE ARENAZA LTDA. MENDIZABAL Y QUINQUELA MARTIN Lincoln BArribeños COOP. DE PROV. DE OBRAS Y SERV.PUBLICOS DE ARRIBEÑOS LTDA. SARMIENTO 40 Junín CArroyo Corto COOP. DE PROVISION DE SERV. ELECT. Y O/SERV. PUBL. DE PIGUE LTDA. URQUIZA 99 Independencia AArroyo Dulce COOP. TELEF. DE ARROYO DULCE LTDA. AV. GOWLAND S/N Pergamino BAscención COOP. DE PROV.DE AGUA POT. Y OTROS SERV.PUB. DE ASCENSION LTDA. AV. LIBERTAD 90 Junín CComod. Rivad COOP. POPULAR LIMITADA DE COMODORO RIVADAVIA SAN MARTIN 1641 C.Rivadavia BGral. Mansilla COOP. DE AGUA POT. Y OTROS SERV.PUB. DE GENERAL MANSILLA LTDA. 25 DE MAYO E/G.PAZ Y S. MARTIN Rocha CBatan COOP. BATAN DE OBRAS Y SERV. PUBLICOS LTDA. JULIAN RIOS 4209 M.D.P.Norte BBernasconi COOP. LTDA. DE SERV. Y OBRAS PUBLICAS DE BERNASCONI AMEGHINO 331 Bahía Blanca BLaguna Alsina COOP. DE PROV. DE AGUA POTAB. Y O/S. PUBL. DE LAGUNA ALSINA LTDA. EMPARANZA S/N Independencia ABordenave COOP. LTDA. DE ELECTRICIDAD Y SERV.ANEXOS DE BORDENAVE 9 DE JULIO Y PINCEN Independencia ACalafate COOP. TELEFONICA DE CALAFATE LTDA COMANDANTE TOMAS ESPORA 194 C.Rivadavia BCaleta Olivia COOP. MUNICIPALIDAD DE CALETA OLIVIA 25 DE MAYO 443 C.Rivadavia BCarlos Salas COOP. DE CONSUMO POPULAR,ELECTR. Y SERV. ANEXOS LA PRADERA LTDA. CORDOBA Y TUCUMAN Lincoln BCatriel COOP. TELEFONICA DE CATRIEL LTDA. LA PAMPA 499 Neuquén BChimpay COOP. SERVICIOS PUBLICOS LA CHIMPAYENSE LTDA. MARIANO MORENO S/N Gral Roca BClaromeco COOP. ELECTRICA DE CLAROMECO LTDA. PELLEGRINI 102 Tres Arroyos BCentenario COOP. TELEFONICA DE CENTENARIO LTDA. SAN MARTIN 275 Neuquén BComallo COOP. SERVICIOS TELEFONICOS Y OTROS SERV. PUBL. COMALLO SAN MARTIN Y PUEYRREDON S.C.de Bariloche AComodoro Py COOP. TELEF. DE VIVIENDA Y DE OBRAS Y SERV.PUBL. COMODORO PY LTDA AGUIRRE ESQ. ALBERRO Chivilcoy BConcaran COOP. TELEFONICA DE CONCARAN LTDA. SAN MARTIN 919 San Luis BCutral Co COOP. DE PROV. DE SERV. PUBL. CREDITO Y VIVIENDA CUTRAL CO LTDA. GRAL. ROCA Y GRAL. PAZ Neuquén BDarwin COOP. DE PROV. DE SERV. TELEF. Y OTROS SERV. PUBL. DE DARWIN LTDA TRAMONTI S/N Gral Roca BDe la Garma COOP. DE PROVISION DE SERVICIOS PUBLICOS DE LA GARMA LTDA. CASTRO BARROS Y BUSTAMANTE Tres Arroyos BDel Viso COOP. TELEFONICA DEL VISO BERUTTI 1381 Jose C Paz BDerqui COOP. DE PROVISION DE SERV. TELEFONICOS PRESIDENTE DERQUI LTDA. SARMIENTO 1164 Pilar BC. Rivadavia COOP. DE VIVIENDAS Y SERVICIOS PUBLICOS DIADEMA ARGENTINA LTDA. KM. 27 DIADEMA ARGENTINA C.Rivadavia BDuggan COOP.PROV. ELECTRICIDAD, OBRAS Y SERV.PUBL., CRED.Y VIVIENDA S.A.ARECO San Martín entre Brown y Laplacette Mercedes BEl Bolson COOP. TELEFONICA EL BOLSON LTDA. JUEZ FERNANDEZ 429 S.C.de Bariloche AMar del Plata COOP. DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Y CONSUMO LTDA. UNION DEL SUD MARTINEZ DE HOZ Y 71 M.D.P.Norte BEl Hoyo COOP. TELEFONICA DE EL HOYO ISLAS MALVINAS S/N. S.C.de Bariloche AEl Pato COOP. DE OBRAS Y SERV.PUB.,VIV. Y CRED. TRES LIMITES LTDA. CALLE 611 E/537 Y 538(RUTA 2 KM. 38,5) Rocha CEl Socorro COOP. ELECTRICA, SERVICIOS PUBLICOS, VIV. Y CRED. EL SOCORRO LTDA ERNESTO ECHAGUE S/N Pergamino BEpuyen COOP. DE SERVICIOS TELEFONICOS Y OTROS SERVIC. PUBL. EPUYEN LTDA. LA ARAUCARIA S/n Esquel BErnestina COOP. DE AGUA POTABLE Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS DE PEDERNALES Bv. Ernestina s/n Chivilcoy BEspartillar COOP. DE CONSUMO,ELECTR. LTDA. ESPARTILLAR EL ROSEDAL S/N Independencia AEstacion Camet COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. PUEBLO CAMET ESQUEL Y COMODORO RIVADAVIA M.D.P.Norte BGrand Bourg COOP. TELEFONICA DE GRAND BOURG SERV. PUBL. Y URBANIZACION LTDA. EL CALLAO 1331 Jose C Paz BEstación Viña COOP. DE PROV. DE ELECTR. Y SERV. PUBL. Y SOCIALES DE VIÑA LTDA. RUTA NAC. 8 KM. 190 Pergamino BFatima COOP. DE SERVICIOS FATIMA LTDA. ISLA BELGRANO 596 Pilar BFlandria COOP. TELEF. VILLA FLANDRIA LTDA. LOS TILOS 885 Lujan BFontezuela COOPERATIVA ELECTRICA RURAL LTDA. DE URQUIZA calle s/nombre (manzana 3) Pergamino BFortín Olavarria COOP. DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD DE FORTIN OLAVARRIA LTDA. SARMIENTO S/N Trenque Lauquen BFrench COOP. DE ELECTRICIDAD DE FRENCH LTDA. MARTIN GUEMES S/N Nueve de Julio BGahan COOP. CONSUMO DE ELECTRICIDAD DE GAHAN AV. 33 S/N Pergamino BGeneral Gelly COOP. DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS DE GENERAL GELLY LTDA. ELIZALDE S/N Pergamino BGral Rivas COOP. DE AGUA POTABLE Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS DE RIVAS SAN MARTIN S/N Mercedes BGral San Martin COOP. DE SERV. Y OBRAS PUB. DE GRAL. SAN MARTIN LTDA. VIRASORO Y 25 DE MAYO Bahía Blanca BGermania COOP. ELECTRICIDAD DE GERMANIA LTDA. BUENOS AIRES 627 Lincoln BGob.Ugarte COOP. DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD GOBERNADOR UGARTE LTDA. CORDOBA S/N Chivilcoy BGonzalez Moreno COOP. CAMARA DE COMERCIO, IND., PRODUC. Y SERV.DE GONZALEZ MORENO ANTARTIDA S/N Gral Pico BGorostiaga COOP. DE CONSUMO DE ELECTRIC. Y SERV. ANEXOS DE GOROSTIAGA LTDA. 11 SEPTIEMBRE S/N Chivilcoy BGoyena COOP. TELEFONICA DE GOYENA COOP. DE COMUNICACIONES LTDA. AVDA. A. DEL VALLE 288 Independencia AGuerrico COOP. TELEF. DE VIV. Y OTROS SERV.PUB. DE GUERRICO COSME ARGERICH S/N Pergamino BIriarte COOP. PROV. DE SERV.ELEC. Y O/ SERV.PUB. Y DE CRED. Y VIV.IRIARTE EL LAUREL S/N Junín CJuan B. Alberdi COOP. DE PROV.DE SERV. O/AGUA POT. Y O/SERV.DE J.B.ALBERDI LTDA. MARIANO MORENO 64 Junín CJ. N. Fernandez COOP. ELECTRICA, PROV.DE SERV. PUB.Y VIV. LTDA. DE J.N. FERNANDEZ PELLEGRINI 315 Necochea BJuan A. Pradere COOP. DE LUZ Y FUERZA JUAN A. PRADERE LTDA. CALLE 4 ESQUINA 14 Bahía Blanca BJacinto Arauz COOP. DE SERV. Y OBRAS PUBLICAS LTDA. DE JACINTO ARAUZ RIVADAVIA 140 Bahía Blanca BJeppener COOP. LTDA. DE ELECTRICIDAD Y SERV.ANEXOS JEPPENER M.MORENO Y B.SARGIOTTI Rocha CJuncal COOP. DE JUNCAL LTDA. DE PROV. DE SERV. ANEXOS Y OTROS SERV. PUBL BV. SAN FABIAN 300 Pergamino BLeandro N. Alem COOP. DE PROV. DE AGUA POTABLE Y O/SERV. PUBLICOS DE L.N.ALEM URIZAR 333 Junín C

- 49 -

ANEXO II – Tabla IV (continuación)

Área local CooperativaDomicilio del POI (en cooperativa)

Centro de tránsito al que se conecta

La Lonja COOP. DE PROV. DE SERV.TELEF. LA LONJA LTDA. RUTA 8 KM. 47 Pilar BLa Niña COOP. USINA ELECTRICA POPULAR LA NIÑA LTDA. AVDA. A E/7 Y 9 Nueve de Julio BLa Toma COOP. TELEFONICA LA TOMA LTDA. AVDA. BELGRANO 702 San Luis BLas Armas COOP. TELEFONICA DE LAS ARMAS RUTA 2 KM. 300 M.D.P.Norte CLas Heras COOP. TELEFONICA MUNICIPAL DE LAS HERAS SAN MARTIN Y ROCA C.Rivadavia BLas Marianas COOP. DE PROVISION DE SERVICIOS TELEFONICOS ALMASOL LTDA. RAMIREZ S/N Cañuelas BLas Toscas COOP. DE ELECTR. DE LAS TOSCAS LTDA. BOLIVAR S/n Lincoln BLos Menucos COOP. SERVICIO TELEFONICOS Y OTROS SERV. PUBL. LOS MENUCOS BUENOS AIRES S/N S.C.de Bariloche AManuel Ocampo COOP. DE SERV. ELECT. A/POT. Y O/SERV. PUBL. DE MANUEL OCAMPO LTD ITALIA S/N Pergamino BMaquinchao COOP. SERVICIOS TELEFONICOS Y OTROS SERV. PUBL. MAQUINCHAO SARMIENTO S/N S.C.de Bariloche AMariano Acosta COOP. TELEF. MARIANO ACOSTA LTDA. SUPERI 660 Merlo BMariano H. Alfonso COOP. DE PROV.DE ELECT. RURAL Y DE O/SERV. PUBL.LTDA. M.H.ALFONZO BELGRANO S/N Pergamino BMartinez de Hoz COOP. ELECTRICIDAD DE MARTINEZ DE HOZ LTDA. MANUEL GARCIA S/N Lincoln BMayor Buratovich COOP. TELEFONICA DE MAYOR BURATOVICH AVENIDA MITRE 1232 Bahía Blanca BMechita COOP. INTEGR. DE PROV. SERVICOS PUBLICOS MECHITA SAN MARTIN S/N Chivilcoy BMechongue COOP. TELEF. DE MECHONGUE LTDA. CALLE 4 ENTRE 3 Y 5 M.D.P.Norte BMerlo COOP. TELEFONICA DE MERLO LTDA. POETA AGUERO 770 San Luis BMonte Hermoso COOP. DE O.SANIT.,AGUAS CTES. Y SERV.PUB. DE MONTE HERMOSO PEDRO DE MENDOZA 268 Bahía Blanca BMoquehua COOP. DE PROV.DE ELEC. Y OTROS SERV.PUB. Y VIV. DE MOQUEHUA LTDA. SAN LORENZO 236 Chivilcoy BMorea COOP. DE AGUA POT.VIV. CONS. Y O/SERVICIOS PUBLICOS DE MOREA LTD CALLE 5 E/15 Y D Nueve de Julio BMtro. Ramos Mexía COOP. PROVISION DE SERV. TELEF.Y O/SERV.PUBLICOS RAMOS MEXIA SAN MARTIN S/N Viedma BO'Brien COOP. INTEGRAL DE SERV. PUBLICOS LTDA. DE O'BRIEN CHACABUCO 30 Chivilcoy BOhiggins COOP. INTEGRAL DE PROV. DE SERV. PUBL. O'HIGGINS BARTOLOME MITRE 16 Junín COriente COOP. DE PROV. DE AGUA POT.,VIV. Y OTROS SERV.PUBL.DE ORIENTE LTD SANTAMARINA 851 Tres Arroyos BParada Robles COOP. ELECTR. Y TECNIF.AGROP. PARADA ROBLES,ARROYO DE LA CRUZ LTD RUTA 8 KM. 77 Lujan BMdPlata COOP. TELEF. C.TEJEDOR DE PROV.DE SERV.PUBL,VIV. PROV. CONS.LTDA. CONSTITUCION 5141 M.D.P.Norte BPedernales COOP. DE AGUA POTAB. Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS DE PEDERNALES MALVINAS ESQ./FALUCHO Chivilcoy BPico Truncado COOP. MUNICIPALIDAD DE PICO TRUNCADO 9 DE JULIO ESQ. IRIGOYEN C.Rivadavia BPilcaniyeu COOP. SERVICIOS TELEFONICOS Y OTROS SERV.PUBLICOS PILCANIYEU SAN MARTIN S/N S.C.de Bariloche APinamar COOP. TELEFONICA DE PINAMAR JASON 1026 Mar de Ajó APinzon COOP. DE SERV.PUBLICOS, ASIST. Y DE VIVIENDA DE PINZON CALLE 1 Y 8 Pergamino BPipinas COOP. DE PROV. DE ELECT. Y OTROS SERV.PUB. DE PIPINAS LTDA. AVDA. 10 Y CALLE 5 Rocha CPlottier COOP. PROVINCIAL DE SERV. PUBL. Y COMUNITARIOS DEL NEUQUEN LTDA. BACHMAN 149 Neuquén BPolvaredas COOP. TELEF. Y OTROS SERV. PUB. DE POLVAREDAS LA MORERA S/N Chivilcoy BPomona COOP. SERVICIOS TELEFONICOS Y OTROS SERV.PUBL. DE POMONA SARMIENTO S/N Gral Roca BPueblo del Valle COOP. SOCIEDAD PRO FOMENTO PUEBLO DEL VALLE CALLE 10 E/1 Y 3 Chivilcoy BQuenuma COOP. ELECTRICA DE OBRAS Y DESARROLLO DE QUENUMA LTDA. AV. SAN MARTIN S/N Trenque Lauquen BQuines COOP. DE AGUA POTABLE Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS DE QUINES LTDA. SAN JOSE 377 San Luis BQuiroga COOP. DE PROVISION DE OBRAS Y SERV. PUBL. FACUNDO QUIROGA LTDA. AV. GRAL. QUIROGA 493 Nueve de Julio BRafael Obligado COOP. INTEGRAL DE PROV. DE SERV. PUBLICOS DE RAFAEL OBLIGADO LTDA TORIBIO GORRAIS S/N Pergamino BRancagua COOP. ELECTRICA, TELEF.,VIV. Y DE O/SERV. PUBL. DE RANCAGUA LTDA. STA. ANA Y TIERRA DEL FUEGO Pergamino BRawson COOP. DE AGUA POTABLE Y OTROS SERV.PUB. RAWSON LTDA. 25 DE MAYO S/N Junín CRio Mayo COOP. "RIO MAYO" DE SERVICIOS PUBLICOS 9 DE JULIO 383 C.Rivadavia BRio Turbio COOP. TELEFONICA "OYIKIL" DE RIO TURBIO LTDA. S.PEÑA y AVDA.LOS MINEROS C.Rivadavia BS. M. de los Andes COOP. TELEFONICA DE SAN MARTIN DE LOS ANDES CAP. DRURY 761 Neuquén BS.F. del M. de Oro COOP. TELEFONICA DE SERV.PUBL. SAN FRANCISCO DEL MONTE DE ORO LTD SARMIENTO 720 San Luis BSalvador Maria COOP. TELEF. Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS SALVADOR MARIA LTDA. GERONIMO TOPA S/N Cañuelas BSan Bernardo COOP. DE ELECTR.,SERV. Y OBRAS PUBL. DE SAN BERNARDO MITRE 2660 Mar de Ajó ASan Manuel COOP. ELECTRICA Y SERVICIOS ANEXOS DE SAN MANUEL LTDA. H. YRIGOYEN 455 Necochea BSan Miguel Arcangel COOP. DE SERV. ELECT., OBRAS Y SERV. PUBL. DE SAN MIGUEL ARCANGEL 9 DE JULIO S/N Independencia ASanta Clara del Mar COOP. TELEFONICA Y OTROS SERVICIOS DE STA. CLARA DEL MAR LTDA. VENECIA 1101 M.D.P.Norte BSanta Maria COOP. ELECTRICA LTDA. "SAN JOSE" AVDA. ALEMANES DEL VOLGA S/N Independencia ASanta Rosa del Conlara COOP. TELEFONICA SANTA ROSA LTDA. URQUIZA 769 San Luis BSarmiento COOP. DE PROVISION DE SERVICIOS PUBLICOS DE SARMIENTO LTDA. GENERAL ROCA 663 C.Rivadavia BSierra Colorada COOP. SERVICIOS TELEFONICOS Y OTROS SERV. PUBL. SIERRA COLORADA PRIMEROS POBLADORES S/N S.C.de Bariloche ASolis COOP. ELECT. Y SERV. PUBL. CRED. Y VIV. SAN ANTONIO DE ARECO Ruta 8 Km 98,4 Mercedes BTilisarao COOP. TELEFONICA TILISARAO LTDA. SAN MARTIN 832 San Luis BTodd COOP. INTEGRAL DE PROV. DE SERV. PUBL. Y SOCIALES DE TODD RUTA 8 KM. Y SARMIENTO Pergamino BTortuguitas COOP. TELEFONICA DE PROVISION DE SERV. PUBLICOS TORTUGUITAS LTDA. MORENO 1160 Jose C Paz BUrquiza COOP. ELECTRICA RURAL LTDA. DE URQUIZA SAN LUIS S/N Pergamino BVela COOP. DE PROV. DE AGUA POT. Y O/SERV. PUBL. DE MARIA IGNACIA LTDA SAN MARTIN Y ROCA Tandil BVilla Fortabat COOP. DE PROV.DE SERV.TELEF. DE LA ZONA INDUST. DE OLAVARRIA LTDA AVDA. DE LOS INMIGRANTES 1426 Olavarría BVilla Gesell COOP. TELEFONICA VILLA GESELL LTDA. AV. 3 Y PASEO 113 Mar de Ajó AVilla Lia COOP. DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS DE VILLA LIA LTDA. SAN MARTIN 246 Mercedes BVilla Rosa COOP. DE PROVISION DE SERVICIOS TELEFONICO PRESIDENTE DERQUI LTDA Santa Rosa y Moreno Pilar BVilla Ventana COOPERATIVA ELECTRICA LTDA. DE TORNQUIST Calle s/n Bahía Blanca BVirrey del Pino COOP. DE PROVISION DE SERV. TELEFONICOS DE VIRREY DEL PINO LTDA. MAXIMO HERRERA 6043 Merlo BWarnes COOP. TELEFONICA DE WARNES LTDA. ENTRE RIOS S/N Chivilcoy B