observaciones proyecto reconocimiento a los heroes nacionales

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NEPúruCA DE¡. ECUAT'OR ASAMBLEA NACIONAL COMISIÓN LSPECTALIZADA PERMANENTI D' SOBEILANIA ALIMLNT"RIA Y DESARROLLO DEL SEC'|OR AGROPECUARIC Quito, D.M. 5 de noüembre de 2010 Oficio No. AN-CE7-P- 429 Señor Fernando Bustamante Ponce Presidente Comisión Especializada Permanente de Soberania, Integración, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral. En su desDacho.- r rránh. 49452 codrqo v.¡Hadó¡ 3cso¡¡86¡¡t E F€dra r6@Ddó¡ F€.hd oÍdo os n+2oro RdnIT6ds ABR¡L]AIMF R.¡ón5odal ##ffitr@ ,/uryo J/"yt De mi consideración: De conformidad con el artículo 60 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, pongo en su conocimiento mis observaciones al Proyecto de Ley de Reconocimiento de los Héroes Nacionales (adjunto), contenido en el informe de primer debate de 28 de octubre de 20'10, para efectos de que sean consideradas por la Comisión que preside, , agradezco y suscribo. Jaime Abril Abril Presidente Comisión Esoecializada Permanente de Soberan¡a Alimentaria y Desarollo del Sector Agropecuario y Pesquero. il ¡"- ed" Ol¿""'b.uyPiedrálúta, Edif ¡¡amblea Nacion'l lerpiso orientál A X$O234Dr(fD tW 1o1o/ 3m 1006 & comi¡[email protected] http://asambleanacional.gov.eclblog/comisionT

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# Trámite 49452Tipo de documento Documento para la Comisión de Soberanía, IntegraciFecha recepción 05-nov-2010 13:47Numeración documento AN-CE7-P-429Fecha oficio 05-nov-2010Dirigido a SR.FERNANDO BUSTAMANTERemitente ABRIL JAIME

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Page 1: OBSERVACIONES PROYECTO RECONOCIMIENTO A LOS HEROES NACIONALES

NEPúruCA DE¡. ECUAT'OR

ASAMBLEA NACIONALCOMISIÓN LSPECTALIZADA PERMANENTI D'

SOBEILANIA ALIMLNT"RIA Y DESARROLLO DEL SEC'|OR AGROPECUARIC

Quito, D.M. 5 de noüembre de 2010Oficio No. AN-CE7-P- 429

SeñorFernando Bustamante PoncePresidente Comisión Especializada Permanente de Soberania, Integración,

Relaciones Internacionales y Seguridad Integral.

En su desDacho.-

r rránh. 49452codrqo v.¡Hadó¡ 3cso¡¡86¡¡t E

F€dra r6@Ddó¡

F€.hd oÍdo os n+2oroRdnIT6ds ABR¡L]AIMF

R.¡ón5odal

##ffitr@

,/uryo J/"yt

De mi consideración:

De conformidad con el artículo 60 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, pongo en su

conocimiento mis observaciones al Proyecto de Ley de Reconocimiento de los HéroesNacionales (adjunto), contenido en el informe de primer debate de 28 de octubre de 20'10,

para efectos de que sean consideradas por la Comisión que preside,

, agradezco y suscribo.

Jaime Abril AbrilPresidente Comisión Esoecializada Permanente deSoberan¡a Alimentaria y Desarollo del Sector Agropecuario y Pesquero.

il ¡"- ed" Ol¿""'b.uyPiedrálúta, Edif ¡¡amblea Nacion'l lerpiso orientál A X$O234Dr(fD tW 1o1o/ 3m 1006

& comi¡[email protected] http://asambleanacional.gov.eclblog/comisionT

Page 2: OBSERVACIONES PROYECTO RECONOCIMIENTO A LOS HEROES NACIONALES

aDtÚEtJca DEt Ecü Don

ASAMBLEA NACIONALCOMISIÓN ESPICIAI,IZADA PÉRMANENTE DE

SOBILANIA ALIÑIHN'¡ARIA Y DESARROLLO DEL SECTORAGROPICUAR¡O Y PSSQUIRO

OBSERVACIONES DE JAIME ABRIL ABRIL AL PROYECTO DE LEY DE

RECONOCMIENTO A LOS HÉROES NACIONALES

1, DENOMINACóN DEL PROYECTO DE LEY

Fundamento:

En la titulación del proyecto de ley, al hablar solamente de héroes nacionales, se da paso

nuevamente a la vieja pÉctica dialéctica androcentrista en la que el lenguaje masculino es el

que impera y se supone incluye a la mujer dentro de éste. A lo largo de nuestra historia han

ex¡stido heroinas que han forjado nuestro pasado, presente y lo seguirán haciendo en el

futuro, razón por la cual es importante visibilizarlas dentro de la denominación de esteproyecto de ley.

Propuesta: Dentro de la denominación del proyecto de ley, propongo lo siguiente:

Incluh después de.la frase'proyecto de ley de reconocimiento a los héroes'laspalabras "Y HEROIÁIAS".

2. SUJETOS DE LA LEY

Fundamento: Art. I

El objeto de este proyecto de ley va más allá de los conflictos bélicos, también reconoce la

calidad de héroes o heroinas a todas aquellas personas que hayan realizado actos únicos devalor, solidaridad y enfega, más allá del comportamiento normal esperado y del estrictocumplimlento del deber. Ahora, en este orden de ideas, los miembros de los cuerpos debomberos y cruz roja plenamente pueden y deben recibir esta distinción por cuanto su

actividad profesional encaia con el objeb de esta ley.

Propuesta

Después de la fiase "miembros de Fuezas Armadas, Polic¡a Nacional' agregar

"Cueryo de Bombercs y Cruz Ro¡a'.

d ¡v.e ¿e ¡iaemb¡e y Piedrahitá, Edif Asamblea Nacional lerpiso oriental I 5É1602:fDlcr.g t W 1O1O / 30o 1006

& comisiondesobe¡aniaalimentaria@asañbleánacioml.gov.ec http://asambl€ar¡acional.gov.€clblogs/conisionT

Page 3: OBSERVACIONES PROYECTO RECONOCIMIENTO A LOS HEROES NACIONALES

nfP{'¡¡,tGA DEL ÉCUAITON

ASAMBLEA NACIONALCOT,{ISIÓN ESPECIALIZ-ADA PIR}\,{ANENTE DE

SOBERANÍA ALIMHN1HRIA Y DESARROLLO DNL SHC'|OR AGROPTCUARIOY PÉSOUERO

3. OBJETO DE LA LEY

Fundamento: Art. I

El espírifu del proyecto de ley es enaltecer el sacrificio de los hombres y mujeres que hanmosfado actos de sacrificio en el cumplimiento de su deber al haber salvado vidas, protegidoinstituciones fundamentales o defendido en conflictos armados al Estado ecuator¡ano. Sinembargo, es importante dejar en claro que en lo que respecta a la protección de institucionesfundamentales, esta circunstancia no debe responder a cuesüones políücas como muchasveces ha pasado en nuesto pafs donde graves convulsiones internas han respondido aintereses políticos en los que malos elementos milibres y polic¡ales argumentando un falsoheroísmo y patriotismo han vulnerado principios democráticos so pretexto de "defender lainstitücionalidad" del Estado, y no pueden ser llamados héroes o heroinas.

Propuesta:

Después de la frase "protegido instituciones fundamentales" agregar la fase"siempre que no medien interxes políticos"

4. INCENTIVOS

Fundamento: Art, 5 numeral 3

Si bien el espíritu de la propuesta es legltimo por cuanto se pretende crear un incentivo paralos participantes efect¡vos en una campaña militar para enfrentar un conflicto armado, sucontenido carece de constitucionalidad por cuando el afículo 11 numeral 2 de la Constituciónde la República establece que "todas las personas son iguales y gozaÉn de los mismosderechos, deberes y oportunidades". Ahora, ex¡ste una excepción al principio de igualdad quees cons¡derado como legitimo en la doctrina de derechos humanos, siendo esta las accionesafirmativas que en nuestra Constitución de la República se encuentra establecida en elmismo artÍculo 11 numeral 2 inciso final que establece "el Estado adoptará medidas de acciónafirmat¡va que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de derechos que seencuentren en situación de desigualdad".

Ahora, hablar de una acc¡ón afirmativa implica su aplicación estrichmente a favor de grupossociales que históricamente han visto limitado o restringido su acceso al pleno goce yeiercicio de sus derechos, circunstancia que no encaja dentro de lo que estamos tratando eneste proyecto de ley,

Propuesta: Sustituh el artículo 5 numeral 3 por el siguiente:

"En todo concurso público de méritos y oposición, organizado por el Consejode Paúicipación Ciudadana y Contol Socral, srbmpre que hayan cumplido los

á ¡v. e de Oiciemb¡e y Piedrahita, Eót As¡mble¿ Nacioir¡l Ie! piso orient at I 503 02 39 7@ | g1o1o / 3m 1006

€ comisiondesoberaniaalimentaria@¡sünblean¡cional.gov.ec http://asambleanacion¡l.gov.€c/blogs/comisiotrT

Page 4: OBSERVACIONES PROYECTO RECONOCIMIENTO A LOS HEROES NACIONALES

¡EPúE¡TCA DE¡, ECUADON

ASAMBLEANACIONALCOT,IISIÓN ESPECIAI,IZADA PI]RMANENTE DE

sosErLANlA ALrM[N'rARL{ y DSSARROLLO DEL SsCl OR AGROPICUAR]O y pljSQUl;RO

requis¡fos esfabrecidos dentro de ios procedimíentos de selección respectivos,se les concede¡á acción preferente pan ocupar el cargo público en et queparticipe",

5, PREASIGNACIÓN PRESUPUESTARTA

Fundamento: Art. 14.

Al hablar de preasignaciones presupuestarias, la Constitución de Ia República, dentro delarticulo 298 señala que "se establecen preasignaciones presupuestarias destinadas a losgobie¡nos autónomos descenfalizados, al sector salud, al sector educación, a la educaciónsuperior; y a la investigación, ciencia, tecnología e innovación en los términos previstos en laley. Las transferencias conespondientes a preasignaciones serán predecibles y automáticas.Se prohibe crear otras preasignaciones presupuestarias'. Como podemos observar, esperm¡tida la creación de preasignaciones presupuestarias siempre que se destine a lasactMdades descritas en este artículo const¡tucional, siendo inconstitucional cualquiera creadaal margen de éstas.

Propuesta: Eliminar el artículo 14 y sustituir por el siguiente:

"Cada Ministerio del área a la que pertenece e! héroe o heroína consignará losrecursos necesaríos para el cumplimiento de esta Ley,,.

ll ¡". e ¿" ptct€t"b'" y Aed¡ahita, Eóf Asambl€a Nacionall€¡piso orientál I 5}3oz39to(D | 3gro1o / 3oo to06€) cornisionde¡oberani¡[email protected] http://asanbl€an¡cional.gov.€clblogs/conisionT