observaciones a pliego de condiciones...

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LICITACIÓN PÚBLICA DG-004 de 2012 – ASEO Y CAFETERÍA SENA DE CLASE MUNDIAL 1 RESPUESTAS A OBSERVACIONES PRESENTADAS AL DE PLIEGO DE CONDICIONES DIFINITIVO PRESTACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE ASEO CON REPARTO DE BEBIDAS, MANTENIMIENTOS DE LAS INSTALACIONES Y JARDINERÍA PARA LAS SEDES DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA. A continuación se responde la observación efectuada extemporáneamente por un posible oferente a través del correo electrónico [email protected], así: 1. OBSERVACION PRESENTADA POR MERY VARGAS DE SANCHEZ, REPRESENTANTE LEGAL TELESAI Y CIA S.A. (AUDIENCIA DE ACLARACIÓN DE PLIEGOS), DE FECHA: 29 de Octubre de 2012. 2. OBSERVACIONES PRESENTADAS POR GLORIA A. ORDONEZ DE MATEUS, REPRESENTE LEGAL G Y E GRUPO Y ESTRATEGIA S.A.S. NIT 860.522.931-2 (AUDIENCIA DE ACLARACION DE PLIEGOS y [email protected]), DE FECHA: 29 y 30 de Octubre de 2012. 3. OBSERVACIONES PRESENTADAS POR RAUL FLOREZ SANCHEZ, REPRESENTATE LEGAL FLOREZ & ALVAREZ S.A. (AUDIENCIA DE ACLARACIÓN DE PLIEGOS y [email protected]), DE FECHA: 29 y 31 de Octubre de 2012. 4. OBSERVACION PRESENTADA POR ANA ELSY VALENCIA BEDOYA, REPRESENTANTE LEGAL INDUSTRIAS APROQUIM (AUDIENCIA DE ACLARACION DE PLIEGOS), DE FECHA: 29 de Octubre de 2012. 5. OBSERVACION PRESENTADA POR MARIA INES DE SANCHEZ, REPRESENTANTE LEGAL DE QUINAL LTDA (AUDIENCIA DE ACLARACION DE PLIEGOS), DE FECHA: 29 de Octubre de 2012. 6. OBSERVACION PRESENTADA POR DAVID HERRERA, REPRESENTANTE LEGAL CHEMICAL PRODUCT’S S.A. (AUDIENCIA DE ACLARACION DE PLIEGOS), DE FECHA: 29 de Octubre de 2012. 7. OBSERVACION PRESENTADA POR LICETH OROZCO, DIRECTORA REGIONAL BRILLADORA EL DIAMANTE S.A. (Radicado No. 1-2012- 023346), DE FECHA: 31 de Octubre de 2012.

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LICITACIÓN PÚBLICA DG-004 de 2012 – ASEO Y CAFETERÍA

SENA DE CLASE MUNDIAL 1

RESPUESTAS A OBSERVACIONES PRESENTADAS AL DE PLIEGO DE CONDICIONES DIFINITIVO

PRESTACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE ASEO CON REPARTO DE

BEBIDAS, MANTENIMIENTOS DE LAS INSTALACIONES Y JARDINERÍA PARA LAS SEDES DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA.

A continuación se responde la observación efectuada extemporáneamente por un posible oferente a través del correo electrónico [email protected], así:

1. OBSERVACION PRESENTADA POR MERY VARGAS DE SANCHEZ, REPRESENTANTE LEGAL TELESAI Y CIA S.A. (AUDIENCIA DE ACLARACIÓN DE PLIEGOS), DE FECHA: 29 de Octubre de 2012.

2. OBSERVACIONES PRESENTADAS POR GLORIA A. ORDONEZ DE MATEUS, REPRESENTE LEGAL G Y E GRUPO Y ESTRATEGIA S.A.S. NIT 860.522.931-2 (AUDIENCIA DE ACLARACION DE PLIEGOS y [email protected]), DE FECHA: 29 y 30 de Octubre de 2012.

3. OBSERVACIONES PRESENTADAS POR RAUL FLOREZ SANCHEZ, REPRESENTATE LEGAL FLOREZ & ALVAREZ S.A. (AUDIENCIA DE ACLARACIÓN DE PLIEGOS y [email protected]), DE FECHA: 29 y 31 de Octubre de 2012.

4. OBSERVACION PRESENTADA POR ANA ELSY VALENCIA BEDOYA,

REPRESENTANTE LEGAL INDUSTRIAS APROQUIM (AUDIENCIA DE ACLARACION DE PLIEGOS), DE FECHA: 29 de Octubre de 2012.

5. OBSERVACION PRESENTADA POR MARIA INES DE SANCHEZ,

REPRESENTANTE LEGAL DE QUINAL LTDA (AUDIENCIA DE ACLARACION DE PLIEGOS), DE FECHA: 29 de Octubre de 2012.

6. OBSERVACION PRESENTADA POR DAVID HERRERA,

REPRESENTANTE LEGAL CHEMICAL PRODUCT’S S.A. (AUDIENCIA DE ACLARACION DE PLIEGOS), DE FECHA: 29 de Octubre de 2012.

7. OBSERVACION PRESENTADA POR LICETH OROZCO, DIRECTORA

REGIONAL BRILLADORA EL DIAMANTE S.A. (Radicado No. 1-2012-023346), DE FECHA: 31 de Octubre de 2012.

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LICITACIÓN PÚBLICA DG-004 de 2012 – ASEO Y CAFETERÍA

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8. OBSERVACIONES PRESENTADAS POR YORLET SERRANO

([email protected]), DE FECHA: 29 y 31 de Octubre y 2 de noviembre de 2012.

9. OBSERVACION PRESENTADA POR ANTONIO LOPEZ HAZ,

REPRESENTANTE LEGAL CASALIMPIA S.A. (Radicado No. 1-2012-023331), DE FECHA: 30 de Octubre de 2012.

10. OBSERVACIONES PRESENTADAS POR VIVIANA AMEZQUITA,

COORDINADORA COMERCIAL CLEAN DEPOT S.A. ESP ([email protected]), DE FECHA: 30 y 31 de Octubre de 2012.

11. OBSERVACION PRESENTADA POR DELLANA SOCORRO TAFUR

ATIQUE, REPRESENTANTE LEGAL ASEOS COLOMBIANOS “ASEOCOLBA” S.A. ([email protected]), DE FECHA: 30 de Octubre de 2012.

12. OBSERVACION PRESENTADA POR DARIO TOBON OPEC LTDA

([email protected]), DE FECHA 29 de Octubre de 2012.

13. OBSERVACION PRESENTADA POR MARCELINO GIL ACEVEDO, REPRESENTANTE LEGAL SERVIESPECIALES S.A. ([email protected]), DE FECHA: 31 de Octubre de 2012.

14. OBSERVACION PRESENTADA POR ROBINSON FRANCO CASTRO,

REPRESENTANTE LEGAR (S) SERVIACTIVA ([email protected]), DE FEHA: 31 de Octubre de 2012.

15. OBSERVACION PRESENTADA POR DANIEL ALVARO ZABALA PAZ,

REPRESENTANTE LEGAL DE REPRESENTACIONES E INVERSIONES ELITE ([email protected]), DE FECHA: 31 de Octubre de 2012.

16. OBSERVACION PRESENTADA POR ALEXANDRA GIRALDO

RESTREPO, REPRESENTANTE LEGAL DE CENTRO ASEO MANTENIMIENTO PROFESIONAL ([email protected]), DE FECHA: 31 de Octubre de 2012 y 1 de Noviembre de 2012.

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LICITACIÓN PÚBLICA DG-004 de 2012 – ASEO Y CAFETERÍA

SENA DE CLASE MUNDIAL 3

17. OBSERVACION PRESENTADA POR ARMANDO SANDOVAL CASTRO, REPRESENTANTE LEGAL EMINSER S.A.S ([email protected]), DE FECHA: 01 de Noviembre de 2012.

18. OBSERVACION PRESENTADA POR JUAN FERNANDO GOMEZ CARDONA ([email protected]), DE FECHA: 01 de Noviembre de 2012.

NUMERAL 1.2.1.1. CUBRIMIENTO GEOGRAFICO

OBSERVACION PRESENTADA POR TELESAI Y CIA SAS (MERY VARGAS DE SANCHEZ)

1. - La licitación pública favorece solo a las grandes empresas que

demuestran contratos de tan onerosas cuantías y excluye a las pequeñas y medianas empresas que podrían garantizar una correcta prestación del servicio y reacción inmediata a cualquier situación que se presentara en el desarrollo del contrato.

- Las empresas que tenemos la condición de ser pequeñas y medianas empresas realizamos los aportes al SENA sobre la totalidad de los operarios vinculados, por tanto, mereceríamos que nos vincularas en los procesos de selección, para continuar prestando el servicio a tan importante entidad.

Por los argumentos expuestos me permito solicitar que la licitación la realicen por grupos (Regiones), para que la participación sea incluyente y apoyen las MIPYMES, según lo establecido en el Decreto 734 de 2012 TÍTULO IV, CAPITULO I. OBSERVACION PRESENTADA POR G Y E GRUPO Y ESTRATEGIA S.A.S. (GLORIA A. ORDONEZ DE MATEUS)

2. Encontramos con sorpresa que la administración dio respuesta negativa a todas las solicitudes sobre dividir en grupos el proceso para permitir la presentación de ofertas parciales, es decir por regionales, argumentados en la siguiente respuesta:

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LICITACIÓN PÚBLICA DG-004 de 2012 – ASEO Y CAFETERÍA

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RESPUESTA DE LA ENTIDAD. (….) RESPUESTA: No se aceptan las observaciones presentadas. Con esta contratación el SENA, busca aprovechar las denominadas “economías de escala” contratando de forma integral y unificada este tipo de servicios. Esta contratación es requerida con este alcance pues el SENA busca maximizar la eficiencia de los recursos públicos que destina a este tipo de contratación, la estandarización en la prestación del servicio en condiciones de igualdad para todas las Dependencias, Regionales y Centros de Formación del SENA buscando también una mayor capacidad de respuesta en la satisfacción de estas necesidades, al mejor precio posible. De otra parte se considera de gran relevancia aclarar que el pliego plantea la posibilidad que las personas utilicen mecanismos consorciales o de uniones temporales para presentar propuestas. (….) Al respecto si revisamos procesos como LICITACION DG-0011-2012, cuyo objeto es “CONTRATAR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA FIJA ARMADA Y SIN ARMAS, PARA LAS SEDES DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE”, numeral 1.3 y 2.3 del pliego de condiciones Se permite la presentación de ofertas por zonas o regionales, es claro que la unidad de criterio no es la misma para todos los procesos y que en esta caso no se aplica la igualdad de condiciones y los principios de pluralidad de oferentes y transparencia, toda vez que con esto se busca favorecer a un único oferente, es por ello que solicitamos que el acompañamiento durante todo el proceso de los organismos de control como la Contraloría General de la Republica, Procuraduría General de la Nación, Veeduría, toda vez que en este proceso aunque se permita las uniones temporales o consorcios, existen muchas limitantes en el pliego de condiciones tales como la experiencia, los indicadores (capital de trabajo)., clasificación en el RUP para todos los integrantes, los cuales únicamente son cumplidos por dos (2) empresas en el sector. En segunda instancia la entidad manifiesta con la respuesta que busca el mejor precio posible, lo cual es contradictorio con el sistema de evaluación al cual se le aplica la Media Aritmética, que no implica un menor valor para la administración., así desvirtúa lo de el mejor precio., por otro lado el SENA se a destacado en los últimos cinco (5) años por llevar a cabo este tipo de contrataciones por Regionales y hasta el momento no se conoce sanciones a los contratista que indiquen que hubo un desmejoramiento del servicio que conllevo a unificar la regionales.

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LICITACIÓN PÚBLICA DG-004 de 2012 – ASEO Y CAFETERÍA

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De conformidad con lo anterior solicitamos que la entidad permita la pluralidad de oferentes mediante la división del proceso en grupos como el aplicado en el proceso de vigilancia y seguridad privada OBSERVACION PRESENTADA POR BRILLADORA EL DIAMANTE S.A. (LICETH OROZCO)

3. Nos permitimos reiterar las observaciones realizadas por nuestra empresa a los pre pliegos y sustentadas en la audiencia de aclaración de pliegos del día de ayer, en el sentido de que se de aplicación en este proceso a lo dispuesto en el parágrafo del inciso 12 del artículo 30 de la ley 80 de 1993, el cual dispuso que se entiende por licitación pública el procedimiento mediante el cual la entidad estatal formula públicamente una convocatoria par que en igualdad de oportunidades, los interesados presenten sus ofertas y seleccione entre ellas la más favorable. Consideramos que no existe igualdad de oportunidades a los oferentes teniendo en cuenta las cifras del sector que reporta la Supersociedades a diciembre 30 de 2011 (cifras tomadas de la revista Vademécum de mercados), donde en los ítems de Activo corriente y pasivo corriente (capital de trabajo), de las 20 empresas más grandes del país de servicios de aseo y limpieza, solo podrían cumplir el punto 3.1.3.2.3 índice de capital de trabajo de la presente licitación, tres empresas y de estas, a la fecha, solo cumplen dos de ellas porque la tercera entendemos está en proceso de liquidación.

Citando la fuente de la Supersociedades con cifras a Diciembre 30 de 2011, en referencia a las ventas anuales de las primeras 20 empresas del sector en el país, arrojaron un valor promedio de venta por empresa de $35.000.000 por año. El presupuesto de la licitación en mención equivale a un 69.3% del promedio total de las ventas anuales de estas primeras 20 empresas del país. Frente a esta observación consideramos que los requisitos señalados en la presente licitación, estaría el Sena en riesgo alto de que dicha licitación se declare desierta, lo que iría en contravía de los principios de la contratación estatal como lo son el de transparencia, economía, responsabilidad, el deber de la selección objetiva y el de la igualdad. Frente al análisis de los dos puntos anteriores consideramos que los requisitos señalados en la presente licitación, estaría el Sena en riesgo alto de que dicha licitación se declare desierta, lo que iría en contravía de los principios de la contratación estatal como lo son el de transparencia, economía, responsabilidad, el deber de la selección objetiva y el de la igualdad.

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LICITACIÓN PÚBLICA DG-004 de 2012 – ASEO Y CAFETERÍA

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Así mismo y de acuerdo a las cifras de la Supersociedades que enunciamos, no podrían participar en este proceso empresas con trayectoria, experiencia y capacidad y reconocidas en el sector. Solo podrían participar una o dos empresas del sector en Colombia. Una licitación para prestación de servicios integral de aseo con reparto de bebidas, mantenimiento de las instalaciones y jardinería, con una cobertura tan amplia, muy compleja, que va a lo largo y ancho del país, con 33 regionales del Sena, y un sector de empresas de aseo que se caracteriza por estar conformado por empresas pequeñas y medianas, es un riesgo altísimo que corre la entidad de incumplimiento del objeto contractual en cuanto a calidad y servicio. En las respuestas a observaciones presentadas al proyecto de pliego de condiciones que emitió el SENA, donde la mayoría de los interesados solicitamos dividir y asignar la licitación por regiones, el Sena no acepta dichas observaciones argumentado “con esta contratación el Sena, busca aprovechar las denominadas “economías de escala” contratando de forma integral y unificada este tipo de servicios”. No es válida dicha respuesta pues la entidad no tiene que modificar el valor del presupuesto oficial si lo asigna por regionales o si lo asigna en forma general. El valor del presupuesto no va a cambiar dependiendo de la modalidad de asignación. La oportunidad de formar uniones temporales o consorcios que permite la ley, no es aconsejable en este caso, pues tendría riesgos altos de incumplimiento en una licitación tan compleja como esta, donde los manejos laborales, legales y demás aspectos entre empresas del sector son muy diferentes. Se trata de emplear a mas de 800 empleados donde los consorciados son solidarios entre ellos por el manejo que se de en todos los aspectos laborales y legales. Ase mismo la probabilidad de incumplimiento del contrato con el Sena es muy alto en estos tipos de uniones entre empresas del sector de aseo. Por todos los puntos y argumentos expuestos anteriormente, solicitamos de manera respetuosa al Sena modificar el pliego de condiciones mediante adenda, donde la entidad asigne un presupuesto por región, que sumadas todas las regionales sea igual al presupuesto actual total, y así mismo los oferentes podamos ofertar los ítems o regiones donde tengamos presencia y estructuras operativas fuertes. Las condiciones exigidas en el pliego serian acordes a los valores de presupuesto oficial para cada región.

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LICITACIÓN PÚBLICA DG-004 de 2012 – ASEO Y CAFETERÍA

SENA DE CLASE MUNDIAL 7

OBSERVACIONES PRESENTADAS POR YORLET SERRANO

4. A pesar de las respuestas a las observaciones realizadas al proyecto de pliegos, ponemos nuevamente a consideración de la Entidad que separe la propuesta por grupos de regionales (ejemplo; Cundinamarca y Dirección General; Antioquia…), para permitir la presentación de propuestas parciales por grupo de regionales. Porque consideramos que el proyecto de la licitación es muy ambicioso, y que las condiciones establecidas para los participantes limitan la libre concurrencia: El proyecto de pliegos, sugiere que está sesgado sólo para la participación de Grandes Empresas, y que se limita el acceso a las medianas y pequeñas empresas.

OBSERVACION PRESENTADA POR CENTRO ASEO MANTENIMIENTO PROFESIONAL (ALEXANDRA GIRALDO RESTREPO)

5. Al revisar los pliegos de condiciones de la Licitación Pública No. DG 011 de 2012 para la contratación del servicio de vigilancia del SENA, en su numeral 2.13 – Presentación de la propuesta, la entidad permite y acepta la presentación de ofertas por Zona, lo cual va en contravía a la respuestas dadas en las observaciones al pre pliego de la licitación pública del aseo, respecto de las solicitudes de permitir presentación por grupos o zonas:

RESPUESTA: No se aceptan las observaciones presentadas. Con esta contratación el SENA, busca aprovechar las denominadas “economías de escala” contratando de forma integral y unificada este tipo de servicios. Esta contratación es requerida con este alcance pues el SENA busca maximizar la eficiencia de los recursos públicos que destina a este tipo de contratación, la estandarización en la prestación del servicio en condiciones de igualdad para todas las Dependencias, Regionales y Centros de Formación del SENA buscando también una mayor capacidad de respuesta en la satisfacción de estas necesidades, al mejor precio posible. Por tal razón, solicitamos a la entidad permitir la presentación de las propuesta por Regional, asignando los presupuestos correspondientes. OBSERVACION PRESENTADA POR EMINSER S.A.S (ARMANDO SANDOVAL CASTRO)

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6. Se le solicita a la entidad que con el fin de tener una mayor participación de oferentes, al proceso que se adelanta, sea conveniente la participación del proceso por grupos en cada regional y no como la está planteando el SENA, toda vez que se dificulta la participación de los proponentes a una sola licitación a nivel nacional.

RESPUESTA: No se aceptan las observaciones presentadas. El SENA, con el fin de coadyuvar al cumplimiento de su misión institucional, procurando aprovechar las llamadas “economías de escala”, y con el fin de mejorar la calidad en la prestación del SERVICIO INTEGRAL DE ASEO CON REPARTO DE BEBIDAS, MANTENIMIENTOS DE LAS INSTALACIONES Y JARDINERÍA, propendiendo por el adecuado manejo del control y distribución de los insumos, así como la generación de reportes unificados de estadísticas e informes de manera integral, y la estandarización de procesos, considera que la contratación del servicio con un solo proveedor a nivel nacional proporciona estas ventajas además de brindar una mayor oportunidad en la entrega de los bienes y mejoramiento del servicio. De otra parte se considera de gran relevancia aclarar que el pliego plantea la posibilidad que las personas utilicen mecanismos consorciales o de uniones temporales para presentar propuestas.

NUMERAL 1.2.1.2. COBERTURA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO OBSERVACIONES PRESENTADAS POR CLEAN DEPOT S.A. ESP (VIVIANA AMEZQUITA).

7. Al numeral 1.2.1.2: El pliego de condiciones estipula: "Se podrán incluir además otras áreas que el contratista esté en capacidad de cubrir, son costo adicional para el SENA"

Solicitamos aclarar qué tipo de área o servicios adicionales trataría esta condición y su frecuencia de ejecución. RESPUESTA: Se acepta la observación, las áreas o servicios adicionales se enmarcan dentro de

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LICITACIÓN PÚBLICA DG-004 de 2012 – ASEO Y CAFETERÍA

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los 5 descritos en dicho numeral. Adenda No. 4.

NUMERAL 1.2.1.3. CONTROL, SUPERVISIÓN Y PERSONAL OBSERVACION PRESENTADA POR CASALIMPIA S.A. (ANTONIO LOPEZ HAZ)

8. Solicitamos aclarar si el (1) coordinador de tiempo completo con sede en la Dirección General, con grado de técnico, con experiencia mínima de dos años en el manejo, supervisión y control de personal y conocimiento y manejo de elementos e insumos de cafetería, quien trabajará debidamente uniformado y carnetizado, requerido en este numeral es el mismo supervisor que se cita en el Formato No. 5 OFERTA ECONOMICA OPERARIOS?

RESPUESTA: Se confirma que para este caso el coordinador y el supervisor se refieren a la misma persona.

NUMERAL 1.2.1.4.1. SERVICIO DE ASEO OBSERVACION PRESENTADA POR G Y E GRUPO Y ESTRATEGIA S.A.S. (GLORIA A. ORDONEZ DE MATEUS)

9. Del numeral 1.2.1.4.1. Servicio de Aseo, inciso que reza “Los productos utilizados deben tener propiedades antideslizantes y garantizar que no son tóxicos para las personas, para lo cual el proveedor debe adjuntar la ficha técnica a fin de comprobar sus condiciones ambientales”

Encontramos que el anterior requerimiento es contradictorio con lo solicitado en el Formato 4, toda vez que algunos insumos lamentablemente son toxicas y nocivos para el medio ambiente, por lo tanto el solo hecho de adjuntar las fichas técnicas con las especificaciones que son por naturaleza de estos insumos implica el no cumplimiento de este requisito, para mayor ilustración nos permitimos mencionar algunos de ellos: Hipoclorito al 13%

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LICITACIÓN PÚBLICA DG-004 de 2012 – ASEO Y CAFETERÍA

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Acido Muriático Cloro Granulado Pastillas de Cloro al 91% Amonio cuaternario Acido Nítrico Soda Caustica De la misma forma entendemos que esta fichas técnicas deben ser presentadas por el contratista o proponente favorecido?

10. (…) Lámparas y Persianas: Deben aspirarse y limpiarse por lo menos dos veces al mes. Adicionalmente, las persianas deberán lavarse por lo menos una vez en el trimestre (…) Solicitamos nos informe cuantas persianas promedio tienen en las sedes del SENA para efectos de estimar costo de este servicio?

OBSERVACION PRESENTADA POR CASALIMPIA S.A. (ANTONIO LOPEZ HAZ)

11. Solicitamos a la Entidad muy respetuosamente, informar los metros cuadrados y la ubicación (nombres de las sedes) a las que debe realizarse el servicio de Sellado de pisos. Que en su tenor literal dice: “(…) Sellado (debe realizarse en forma trimestral durante la duración del contrato y el adjudicatario deberá presentar un programa de sellamiento de pisos) (...)”.

12. ¿La ficha técnica requerida en este numeral corresponde a los productos que se utilizaran para el servicio de sellado?.

13. Solicitamos a la Entidad muy respetuosamente, informar los metros cuadrados y la ubicación (nombres de las sedes) a las que debe realizarse el servicio de lavado de alfombras.

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Que en su tenor literal dice: “(…) Pisos Alfombrados: Deben ser aspirados diariamente y desodorizados con igual periodicidad. Así mismo, serán lavados en forma trimestral. (...)”.

14. En virtud del servicio de Vidrios, cristales, Paredes y Ventanas que en su tenor literal dice: “(…)Deben lavarse interiormente una vez al mes y exteriormente por lo menos una vez en el trimestre o cuando así sea requerido por el supervisor, acatando las normas existentes en cuanto a seguridad industrial y trabajo en alturas. (...)”.

¿Por favor aclarar, si el servicio referente al lavado de vidrios, ventanas exteriormente de forma trimestral corresponde a vidrios con menos de 1.5 metros de altura?

15. Solicitamos a la Entidad muy respetuosamente, informar las cantidades, tipo, especificaciones técnicas y ubicación (nombres de las sedes) de las lámparas y persianas requeridas en este numeral, teniendo en cuenta que las persianas deben lavarse por lo menos una vez en el trimestre.

16. Solicitamos aclarar la ubicación (nombres de las sedes), cantidad y m2 aproximada de los pozos sépticos, trampas de grasa y demás sistemas de manejos de aguas residuales, que se cita en el ítem 11 de este numeral, para la limpieza.

OBSERVACIONES PRESENTADAS POR CLEAN DEPOT S.A. ESP (VIVIANA AMEZQUITA).

17. Teniendo en cuenta que se solicita el lavado de persianas, lavado de vidrios y fumigación solicitamos aclarar el tipo de persianas, metros cuadrados de cada servicio y altura para el lavado de vidrios.

RESPUESTA a la pregunta No. 9: Se acepta la observación. El Hipoclorito es bajado al 5.25% y los demás elementos fueron eliminados del anexo No. 4. Ver Adenda No. 4. Por otro lado, el SENA aclara que el proponente adjudicatario deberá garantizar el

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LICITACIÓN PÚBLICA DG-004 de 2012 – ASEO Y CAFETERÍA

SENA DE CLASE MUNDIAL 12

uso adecuado de las sustancias presuntamente toxicas y nocivas para el medio ambiente y para la salud de las personas. De otro lado se precisa que la ficha técnica debe ser presentada por el proponente adjudicatario al momento de suscribir el acta de inicio a fin de comprobar sus componentes ambientales y de salubridad. Ver Adenda No. 4.

RESPUESTA a la pregunta No. 10, 15 y 17: Para efectos del presente proceso, no se requiere costear el servicio de limpieza de persianas de forma individual. Esta actividad deberá ser llevada a cabo por el contratista con los operarios descritos en el numeral 1.2.1.4.7, los cuales serán pagados por el SENA al igual que los insumos utilizados.

RESPUESTA a la pregunta No. 11, 13 y 16: El SENA no cuenta con esta información tan detallada. Sin embargo, se aclara que esta actividad deberá ser llevada a cabo por el contratista con los operarios descritos en el numeral 1.2.1.4.7, los cuales serán pagados por el SENA al igual que los insumos utilizados. Para este caso se debe tener en cuenta el punto 1.2.1.4.5.1. Elementos no descritos en el formato No. 3.

RESPUESTA a la pregunta No. 12. Se precisa que la ficha técnica debe ser presentada por el proponente adjudicatario al momento de suscribir el acta de inicio a fin de comprobar los componentes ambientales y de salubridad de las sustancias presuntamente toxicas y nocivas para salud de las personas y del medio ambiente y aquellas que tienen propiedades antideslizantes, entre estas las utilizadas para el sellamiento de pisos. Ver Adenda No. 4. RESPUESTA a la pregunta No. 14 y 17. Se aclara que el lavado de vidrios se da en general, sin importar la altura de estos, incluyendo vidrios con medida superior a 1.5 metros de altura.

NUMERAL 1.2.1.4.4. SERVICIO DE JARDINERÍA OBSERVACION PRESENTADA POR G Y E GRUPO Y ESTRATEGIA S.A.S. (GLORIA A. ORDONEZ DE MATEUS)

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LICITACIÓN PÚBLICA DG-004 de 2012 – ASEO Y CAFETERÍA

SENA DE CLASE MUNDIAL 13

(…) Realizar Poda, refacción y cuidado de prados, mantenimiento general de zonas verdes, árboles, conservación de plantas interiores y exteriores, desinfección, fumigación y abono de las mismas, tres (3) veces al año durante la ejecución del contrato (…) (…) Mantenimiento de zonas verdes el cual debe realizarse durante una semana por mes (…)

18. Que periodicidad tiene estas actividades mensual o trimestral, toda vez que es contradictorio el numeral en mención en dichos incisos?

19. Quien debe hacer la reposición de plantas? 20. En caso de realizarlo por parte del contratista solicitamos se establezca un

número de plantas a reemplazar. 21. Cuál es el promedio de insumos a suministrar para realizar estas

actividades. 22. Cuál es el área de zonas verdes para estimar el costo de este servicio 23. Con que periodicidad se debe prestar el servicio de fumigación 24. Informar área de metros cuadrados para estimar el costo del servicio

OBSERVACION PRESENTADA POR CASALIMPIA S.A. (ANTONIO LOPEZ HAZ)

25. Solicitamos aclarar los metros cuadrados y ubicación de cada sede para los servicios de:

a. Poda, refacción y cuidado de prados, mantenimiento general de zonas verdes, árboles, conservación de plantas interiores y exteriores, desinfección, fumigación y abono de las mismas, tres (3) veces al año durante la ejecución del contrato.

b. Mantenimiento de zonas verdes el cual debe realizarse durante una

semana por mes c. La fumigación se hará de la siguiente manera:

a. Fumigación general contra insectos (Rastreros y Voladores) b. Fumigación contra: Cucarachas, moscos, zancudos, hormigas, pulgas, polillas, mosquitos, arañas, etc. c. Fumigación de las diversas oficinas en general, shuts de basuras,

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pasillos, archivos, almacenes, bodegas, laboratorios, master de emisión, recepción, zonas verdes, baños, entre otros. d. Desinfección – bacteriológica e. Desinfección contra: Gérmenes, bactericidas, hongos, virus, ácaros, larvas, etc. f. Desinfección de baños, vestieres, sifones g. Desratización: Aplicación de control para los roedores, desratización de shuts de basuras, sifones, zonas verdes, bodegas, etc.

OBSERVACION PRESENTADA POR EMINSER S.A.S (ARMANDO SANDOVAL CASTRO)

26. De acuerdo al numeral 1.2.1.4.4 SERVICIO DE JARDINERIA la fumigación

se prestara a nivel nacional y cada cuanto se debe realizar durante la ejecución del contrato.

RESPUESTA a la pregunta No. 18, 23 Y 26: Se aclara que el mantenimiento general de las zonas verdes se debe realizar una vez al mes y la desinfección, fumigación y abono de las zonas verdes incluidas las plantas interiores y exteriores, de forma trimestral durante la ejecución del contrato. Ver Adenda No. 4. RESPUESTA a la pregunta No. 19 y 20: El SENA asumirá la reposición de las plantas, sin embargo esta actividad deberá ser llevada a cabo por el contratista con los operarios descritos en el numeral 1.2.1.4.7, los cuales serán pagados por el SENA al igual que los insumos utilizados. RESPUESTA a la pregunta No. 21, 22, 24 y 25: El SENA no cuenta con esta información tan detallada. Sin embargo, se aclara que esta actividad deberá ser llevada a cabo por el contratista con los operarios descritos en el numeral 1.2.1.4.7, los cuales serán pagados por el SENA al igual que los insumos utilizados. Para este caso se debe tener en cuenta el punto 1.2.1.4.5.1. Elementos no descritos en el formato No. 3.

NUMERAL 1.2.1.4.5. SUMINISTRO DE INSUMOS

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OBSERVACION PRESENTADA POR G Y E GRUPO Y ESTRATEGIA S.A.S. (GLORIA A. ORDONEZ DE MATEUS)

27. Unificar el formato 4 insumos con el aspecto técnico establecido en el pliego de condiciones toda vez que no son coherentes?

28. Solicitamos se especifique de forma clara las medidas de los insumos solicitados en el formato No. 4, es decir paquete x cuantas unidades, rollos por cuantos metros, galón por cuantos centímetros cúbicos, frasco x cuantos centímetros cúbicos…..?

OBSERVACIONES PRESENTADAS POR FLOREZ & ALVAREZ S.A. (RAUL FLOREZ SANCHEZ)

29. Solicito se verifiquen las cantidades del cuadro de insumos según especificaciones técnicas del pliego de condiciones numeral 1.2.1.4.5 ya que algunas difieren del solicitado en el Formato No.4, como el ácido nítrico, bactericida, botellón de agua potable, desinfectante líquido (bactericida), esponjillas lavaloza brillo.

30. Las esencias para baño, sauna y turco eucalipto relacionadas en el

Formato No.4 no se encuentran en el listado de insumos del numeral 1.2.1.4.5.

31. La crema No láctea para café solicitada a numeral 1.2.1.4.5 no aparece

solicitada en el Formato No.4 OBSERVACION PRESENTADA POR CASALIMPIA S.A. (ANTONIO LOPEZ HAZ)

32. Solicitamos a la Entidad verificar y aclarar las unidades de medidas de los insumos para aseo, para el reparto de bebidas e insumos por una solo vez y compararlo a su vez con el FORMATO No. 4 OFERTA ECONOMICA – INSUMOS – INSUMOS DE CAFETERIA Y ASEO, debido a que existen diferencias entre estos dos. Además es fundamental que la unidad de medida de cada uno de los productos se detalle exactamente, para evitar diferencias en los precios tanto para la preparación de las ofertas y en el momento de que la entidad

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realce la evaluación.

33. Para los insumos por una sola vez, solicitamos aclarar la capacidad de los pocillos tintero requeridos, agradecemos si es posible facilitar una foto de este juego de plato y pocillo para ver la distribución del logo requerido y sus especificaciones técnicas.

34. Se evidencian insumos para el mantenimiento de piscinas solicitamos a la entidad informar en que sedes se encuentran las mismas, y si los equipos, insumos adicionales no contemplados en el formato económico de insumos, para el correcto mantenimiento de las mismas, serán suministrados por el SENA. Por otra parte, el personal de aseo, debe realizar este servicio de limpieza y mantenimiento de piscinas?

OBSERVACION PRESENTADA POR REPRESENTACIONES E INVERSIONES ELITE (DANIEL ALVARO ZABALA PAZ)

35. De acuerdo al numeral 1.2.1.4.5. Suministro de insumos indica: El Ácido Nítrico corresponde a la cantidad mensual 6 y en el formato de oferta económica ACIDO NITRICO CANECAS 55 GALONES 5

36. De acuerdo al numeral 1.2.1.4.5. Suministro de insumos indica: El Desinfectante Bactericida corresponde a la cantidad manual 860 y en el formato de oferta económica DESINFECTANTE LIQUIDO PARA PISO 

(BACTERICIDA)GALÓN*3785CM3 522

37. De acuerdo al numeral 1.2.1.4.5. Suministro de insumos indica: La crema no láctea para café corresponde a la cantidad mensual 1500 y en el formato de oferta económica no se encuentra.

38. De acuerdo al numeral 1.2.1.4.5. Suministro de insumos indica: Las esponjillas de brillo corresponden a la cantidad mensual 712 y en el formato de oferta económica:

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ESPONJILLAS LAVALOZA BRILLO UNIDAD 1,443

39. De acuerdo al formato de oferta económica se encuentra:

DISMINUIDOR DE PH (BISULFITO DE SODIO 

SÓLIDO) SACO POR 25 KILOSSACO 1

Y de acuerdo al numeral 1.2.1.4.5 Suministro de insumos no está relacionado. Solicitamos aclarar con el fin de que no se presenten inconsistencias que puedan generar causal de rechazo y se publique un consolidado definitivo de acuerdo a las necesidades del SENA.

40. Respecto a los insumos solicitados hacemos las siguientes observaciones:

a) ACIDO MURIATICO: Este es un químico de uso peligroso y no recomendado para la prestación del servicio ya que quema los pisos y un accidente o quemadura con este ocasionaría una lesión gravísima en los operarios (as) y en los pisos a los cuales se les aplique, por lo cual sugerimos sea eliminado de la lista y sea reemplazado por el desengrasante industrial.

b) ACIDO NITRICO: Igualmente sugerimos a la entidad que por salud ocupacional y seguridad industrial no se utilice y se retire de la lista de insumos esta clase de producto ya que es un químico de uso peligroso.

c) De igual forma solicitamos se nos aclare que es Gramosone? Y cuál es el uso?

d) HIPOCLORITO AL 13%: Este líquido ya no se utiliza en tal alto porcentaje por salud ocupacional y seguridad industrial sugerimos si se quiere que se fuerte y efectivo se solicite al 5,25% ya que al 13% se volvería un químico de uso peligroso.

e) SODA CAUSTICA: Teniendo en cuenta que este es un químico es de uso peligroso solicitamos saber cuál es el uso destinado? O preferiblemente eliminarlo de la lista de insumos requeridos.

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f) VASOS ECOLOGICOS DE CARTON DE 4ONZ, (reciclable y resistente tanto a bebidas como calientes); Este es un vaso que se encuentra parafinado lo cual ya no lo hace ecológico porque se demora más de 120 años en degradarse. Solicitamos retirar la condición d que sea biodegradable o ecológicos de estos vasos. De acuerdo con las políticas amigables con el medio ambiente utilizadas por la entidad solicitamos revisar los insumos solicitados y evaluar su posible cambio.

OBSERVACION PRESENTADA SERVIESPECIALES S.A. (MARCELINO GIL ACEVEDO)

41. JUEGO DE PLATO Y POCILLO TINTERO LINEA HOTELERA MARCADO

CON LOGO SENA cantidad 7500” en los precios techo encontramos que la entidad está dando un precio techo a este producto de $4.628= precio muy por debajo de los precios del mercado solicitamos muy respetuosamente a la entidad revisar los precios techo pues estos no están acorde con el mercado, causan detrimento del contrato y desequilibrio económico.

OBSERVACIONES PRESENTADAS POR YORLET SERRANO

42. Se solicita a la entidad que aclare de donde se obtuvo el dato de los Vasos

ecológicos de Cartón 4 oz paquete x 50 unid, a un valor unitario techo (incluido IVA) de $1.810, porque dentro de las cotizaciones que la compañía ha realizado, determinamos que aparentemente este es un valor artificialmente bajo, dado que en el mercado se consigue el paquete de 20 unidades por $2300 IVA incluido.

43. Se solicita a la entidad que aclare de donde se obtuvo el dato de los Vasos ecológicos de Cartón 7 oz paquete x 50 unid, a un valor unitario techo (incluido IVA) de $4.147, porque dentro de las cotizaciones que la compañía ha realizado, determinamos que aparentemente este es un valor bajo, dado que en el mercado se consigue el paquete de 20 unidades por $3200 IVA incluido.

44. Se solicita a la Entidad que considere en cambiar la presentación de las Toallas desechables dobladas en Z, porque en el mercado por lo general se consiguen en presentación de paquetes de 150 unidades y no 50 unidades como solicita la entidad.

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45. Se solicita a la entidad que aclare sí la Crema no Láctea para Café, se debe

incluir entre los insumos del anexo No. 4, porque dentro del anexo No. 2, aparece especificada.

46. Se solicita a la Entidad aclarar sí el Desinfectante liquido para piso (bactericida), es igual al bactericida, porque existen diferencias entre las cantidades solicitadas en el anexo No. 2 y el anexo No. 4. Además, ¿cuáles serían las características del bactericida solicitado en el anexo No. 4?

47. Se solicita a la Entidad aclara la cantidad requerida del insumo de la Creolina, porque mencionan Galón por 4000 cm3, sin embargo la capacidad de un galón es de 3750 cm3.

48. Solicitamos a la Entidad aclara ¿Cuáles son las características de la Fruta para Aromática Natural (Aromáticas Kit)?, porque no es claro que están solicitando. En lo posible suministrar el nombre de alguna marca que la Entidad use, para así mismo conocer el producto y buscar otros proveedores de productos de características similares al solicitado.

49. Se solicita a la entidad que aclare de donde se obtuvo el dato de los Acido Nítrico Caneca X 55 Gls., a un valor unitario techo (incluido IVA) de $13.688, porque dentro de las cotizaciones que la compañía ha realizado, determinamos que aparentemente este es un valor artificialmente bajo, dado que en el mercado se consigue un galón por $12.000 IVA incluido.

RESPUESTA a las preguntas No: 27. 28, 29, 30, 31, 32, 33, 35, 36, 37, 38, 39, 45, 46, 47, 48 y 49: Se reviso el cuadro de los insumos del punto 1.2.1.4.5 Suministro de Insumos frente al anexo No. 4 y se realizaron los ajustes correspondiente a cantidades y unidades de medida. Ver Adenda No. 4. Complementando la respuesta a la pregunta No. 33, se adjunta imagen del juego de pocillo y planto con el logo del SENA.

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RESPUESTA a la pregunta 34. El SENA cuenta con tres piscinas ubicadas en la ciudad de Medellín, Santa fé de Antioquia y Cúcuta y algunos de los insumos necesarios para su tratamiento están incluidos en formato No. 4. El mantenimiento de las piscinas debe ser realizado por el contratista con los operarios descritos en el numeral 1.2.1.4.7., los cuales serán pagados por el SENA al igual que los insumos utilizados. De ser necesario utilizar otros insumos se debe tener en cuenta el punto 1.2.1.4.5.1. Elementos no descritos en el formato No. 3. RESPUESTA a la pregunta 40. Literales a, b, c, d y e. Se aceptan las observaciones y se eliminan del anexo No. 4 el ácido nítrico, el ácido muriático, la soda caustica y el gramosone. El hipoclorito se baja al 5.25%. Ver Adenda No. 4. Literal f. No se acepta la observación. La denominación comercial para lo requerido por el SENA es “Vaso Ecológico de Cartón”

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RESPUESTA a la pregunta 41. Se acepta la observación. Se modifica el anexo No. 4. RESPUESTA a la pregunta 42. El vaso de cartón de 4 onzas, fue eliminado del anexo No. 4. RESPUESTA a la pregunta 43. No se acepta la observación. El SENA dentro de la elaboración del estudio de mercado para los vasos ecológicos de cartón de 7 onzas, encontró en el mercado los siguientes precios:

- GREEN PACK $90 unidad. - ENVASE NATURAL S.A.S. $70 unidad. - INDUGRAFT S.A.S $67 unidad. - OMAR BARON $104 unidad.

Dejando lo anterior un promedio aproximado de $83 unidad, justificando el valor techo que se encuentra en el formato No. 4. RESPUESTA a la pregunta 44. En el anexo No. 4 se modificó la presentación de las toallas de mano, por rollos de toallas desechables pre cortadas para manos para dispensadores de papel en rollo.

NUMERAL 1.2.1.4.6. EQUIPO MÍNIMO REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO

OBSERVACION PRESENTADA POR G Y E GRUPO Y ESTRATEGIA S.A.S. (GLORIA A. ORDONEZ DE MATEUS)

50. Cuadro de equipo, del cual se solicita el Suministro de Dispensadores de comidas:

Cuántos de estos equipos se deben suministrar y quien estará a cargo de suministrar los alimentos y de mantener surtidos estos dispensadores? OBSERVACIONES PRESENTADAS POR YORLET SERRANO

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51. Reiteramos nuestra solicitud de delimitar las cantidades que la entidad

considera necesarias para cada sede y centro, para el desarrollo del objeto de la presente Licitación, puesto que el tiempo resulta insuficiente para realizar las visitas a todas las sedes donde se presta el servicio.

OBSERVACION PRESENTADA POR CASALIMPIA S.A. (ANTONIO LOPEZ HAZ)

52. En virtud de la relación de equipos que se detallan en este numeral

Solicitamos a la Entidad informar la cantidad estimada en todo el contrato, de cada uno de esto equipos. Por otra parte, requerimos a la entidad aclarar las especificaciones técnicas de: *PURIFICADORES DE AGUA *DIISPENSADORES DE PAPEL *DIISPENSADORES DE JABON LÍQUIDO *CANECAS PLASTICAS * HORNOS MICROHONDAS

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* DISPENSADORES DE COMIDAS Se requiere tener claridad en las medidas y características de estos equipos, para la respectiva valorización de los mismos.

OBSERVACION PRESENTADAASEOS COLOMBIANOS “ASEOCOLBA” S.A. (DELLANA SOCORRO TAFUR ATIQUE)

53. Solicitamos al SENA suministrar las cantidades de los equipos necesarios para no incurrir en error al momento de la elaboración de la propuesta.

OBSERVACION PRESENTADA SERVIESPECIALES S.A. (MARCELINO GIL ACEVEDO)

54. A qué tipo de Dispensadores de comida se refiere la Entidad?

OBSERVACION PRESENTADA POR REPRESENTACIONES E INVERSIONES ELITE (DANIEL ALVARO ZABALA PAZ)

55. Solicitamos muy cordialmente publicar las cantidades necesarias para la prestación del servicio a nivel nacional, esto con el fin de elaborar un coteo que se ajuste a la realidad de lo solicitado para la adecuada prestación del servicio.

OBSERVACION PRESENTADA POR EMINSER S.A.S (ARMANDO SANDOVAL CASTRO)

56. El numeral 1.2.1.4.6 Equipo mínimo requerido para la ejecución del contrato, la entidad no aclara la cantidad de equipos y maquinaria que se debe disponer en cada sede, esto con el fin de calcular la inversión que debemos tener en cuenta al momento de elaborar la propuesta.

OBSERVACIONES PRESENTADAS POR YORLET SERRANO

57. Se solicita a la entidad que aclare sí las grecas requeridas son de 2 ó 3 servicios.

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RESPUESTA GENERAL. Para evaluar la cantidad de equipos requeridos el contratista deberá considerar el estimativo de consumo de los elementos relacionados con los equipos requeridos, así como la cantidad de sedes del SENA. Se informa que mediante Adenda No. 4 se ajustó el listado de equipos y elementos requeridos.

NUMERAL 1.3. PRESUPUESTO OFICIAL OBSERVACIONES PRESENTADAS POR FLOREZ & ALVAREZ S.A. (RAUL FLOREZ SANCHEZ)

58. NOTA: El ajuste estimado del presupuesto para el año 2013 corresponde al 3% sobre el SMLMV de 2012 y para el año 2014 corresponde al 3% con respecto al SMLMV de 2013, según la proyección de reajuste establecido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público para los citados años. No obstante lo anterior el SENA, para garantizar el equilibrio económico que resulte del proceso de selección, reconocerá para los años 2013 y 2014 la diferencia del porcentaje real de incremento del SMLMV decretado por el gobierno nacional, sobre los costos correspondientes a mano de obra, los cuales deberán aparecer debidamente discriminados en la propuesta.

Favor Aclarar: La oferta económica correspondiente al personal se deberá realizar a precios 2012 y la Entidad realizará el ajuste correspondiente por cambio de vigencia.

59. Notamos con preocupación al analizar el Anexo 1 Estudios Previos, publicado el 24 de octubre operarios por vigencia, en el cálculo del presupuesto para las vigencias 2012 y 2013, estos fueron calculados con base en el valor mensual definido para la vigencia 2012, es decir que en el presupuesto oficial definitivo de 24.260.000.000= no están incluidos los incrementos del 3% para las vigencias 2013 y 2014 respectivamente, plasmada en la NOTA del numeral 1.3 Presupuesto Oficial del pliego de condiciones.

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60. Solicitamos respetuosamente a La Entidad disminuir el plazo de ejecución del contrato con el fin de garantizar un equilibrio económico donde puedan ganar tanto el contratante como el futuro contratista y donde además EL SENA reciba la prestación de un servicio con el cumplimiento de todas las especificaciones técnicas, de personal, insumos y maquinaria y servicios adicionales solicitados para el presente contrato.

OBSERVACION PRESENTADA POR INDUSTRIAS APROQUIM (ANA ELSY VALENCIA BEDOYA)

61. En el ítem 1.3 Presupuesto Oficial, “El presupuesto disponible es la suma de VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA MEILLONES DE PESOS ($24.260.000.000.00) incluido el IVA,…”, solicitamos a la Entidad que aclare en definitiva ¿cuál es el presupuesto oficial real?; porque en los ítem 3.1.3.2.4. Capacidad de Organización (Co), inciso 7º, dice: “El presupuesto oficial a contratar es de VEINTICINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS MCTE. ($25.534.000.000.00) incluido el IVA.” Y el ítem 3.4.2. Ponderación de elementos de precio, dice: “…el valor del contrato que se suscriba será hasta por la totalidad del presupuesto oficial, es decir hasta por VEINTICINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS MCTE./$25.534.000.000), incluido el IVA…”.

OBSERVACION PRESENTADA POR MARIA INES DE SANCHEZ, REPRESENTANTE LEGAL DE QUINAL LTDA

62. Cuál es el valor del presupuesto oficial definitivo?, porque dentro del pliego aparecen dos valores distintos.

OBSERVACION PRESENTADA POR CHEMICAL PRODUCT’S S.A. (DAVID HERRERA)

63. Se solicita a la Entidad que clarifique cuál es el presupuesto oficial, porque a lo largo del pliego, se encuentran inconsistencias en la información, así:

“El presupuesto disponible es la suma de “VEINTICUATRO MIL

DOSCIENTOS SESENTA MILLONES DE PESOS ($24.260.000.000.00), incluido el IVA, …”

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En el ítem 3.1.3.2.4.1. Capacidad de Organización (Co), inciso 7º, mencionan: “El presupuesto oficial a contratar es de VEINTICINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS MCTE. ($25.534.000.000.00) incluido el IVA.”

Y finalmente, en el ítem 3.4.2. Ponderación de elementos de precio 600 puntos, mencionan: “…el valor del contrato que se suscriba será hasta por la totalidad del presupuesto oficial, es decir hasta por VEINTICINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS MCTE./$25.534.000.000), incluido el IVA y demás impuestos de Ley a que haya lugar…”.

OBSERVACIONES PRESENTADAS POR YORLET SERRANO

64. Pedimos que se aclare el valor del presupuesto, porque vemos una discrepancia entre los pre-pliegos y el pliego definitivo.

OBSERVACION PRESENTADA POR CASALIMPIA S.A. (ANTONIO LOPEZ HAZ)

65. Solicitamos a la Entidad aclarar las proyecciones establecidas en el estudio de mercado para cada una de las vigencias (2012, 2013 y 2014), toda vez que no hay precisión de cómo se realizaron las proyecciones correspondientes para MANO DE OBRA del 3% que se cita en el numeral 1.3. PRESUPUESTO OFICIAL, y como se estableció el valor por operarios del 2012 al 2013 y del 2013 al 2014.

66. ¿Por favor confirmar si la fecha probable de iniciación del contrato es 1 de Diciembre de 2012?

67. De acuerdo a los numerales 3.1.1.12 CERTIFICACION VINCULACION PERSONAL DISCAPACITADO Y el numeral 3.1.1.13 CERTIFICACION VINCULACION MADRES CABEZAS DE FAMILIA Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD QUE NO LE IMPIDA EL CUMPLIMIENTO DE SUS FUNCIONES del pliego de condiciones, solicitamos precisar si por error en el numeral 3.1.1.13 CERTIFICACION VINCULACION MADRES CABEZAS DE FAMILIA Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD QUE NO LE IMPIDA EL CUMPLIMIENTO DE SUS FUNCIONES, se abarca únicamente la vinculación de madres cabezas de familia, teniendo en cuenta que en el numeral 3.1.1.12 requiere una certificación de personal discapacitado.

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OBSERVACIONES PRESENTADAS POR CLEAN DEPOT S.A. ESP (VIVIANA AMEZQUITA).

68. Solicitamos aclarar cuál es el presupuesto del proceso, teniendo en cuenta la diferencia existente en el pliego de condiciones y la resolución de apertura.

OBSERVACION PRESENTADAASEOS COLOMBIANOS “ASEOCOLBA” S.A. (DELLANA SOCORRO TAFUR ATIQUE)

69. El presupuesto disponible es la suma de VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA MILLONES DE PESOS ($24.260.000.000.00)…. Solicitamos a la Entidad aclarar que presupuesto corresponde a el siguiente proceso dado que en el numeral 3.4.2 PONDERACION DE ELEMENTOS DE PRECIO 600 PUNTOS indican que el Presupuesto Oficial es de decir hasta por VEINTICINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS MCTE.($25.534.000.000).

OBSERVACION PRESENTADA POR SERVIACTIVA (ROBINSON FRANCO CASTRO)

70. Dispone este numeral que el Presupuesto disponible es la suma de VEINTICUARO MIL DOSCIENTOS SESENTA MILLONES DE PESOS ($24.260.000.000.00), y finalizando el numeral 3.1.3.2.4 Capacidad de Organización (Co), cita que el presupuesto oficial a contratar es de VEINTICINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS MCTE ($25.534.000.000) incluido el IVA.

Observamos gran diferencia, por tanto solicitamos a la Entidad aclarar el presupuesto oficial. OBSERVACION PRESENTADA POR REPRESENTACIONES E INVERSIONES ELITE (DANIEL ALVARO ZABALA PAZ)

71. Se menciona que el ajuste estimado del presupuesto para el año 2013 y para el año 2014 corresponde al 3% con respecto al SMMLV de 2013, según la proyección de reajuste establecido por el Ministerio de Hacienda para los citados años:

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De acuerdo a lo anterior solicitamos aclarar si el presupuesto económica se debe presentar a precios de 2012? O se le debe incrementar el 3% para cada vigencia?

De igual forma vemos con gran extrañeza que aunque en la audiencia de aclaración se dijo que este 3% había sido tenido en cuenta para la estimación del presupuesto, notamos que este no se refleja en los estudios previos, por lo cual se solicitamos aclarar este punto o reajustar el presupuesto.

OBSERVACION PRESENTADA POR REPRESENTACIONES E INVERSIONES ELITE (DANIEL ALVARO ZABALA PAZ)

72. Solicitamos aclarar cuál es el valor del presupuesto oficial, ya que hay discrepancia entre lo publicado en la resolución de apertura y el pliego de condiciones.

OBSERVACION PRESENTADA POR CENTRO ASEO MANTENIMIENTO PROFESIONAL (ALEXANDRA GIRALDO RESTREPO)

73. Solicitamos aclaración respecto al presupuesto asignado para la presente licitación, pues en el numeral 1.3 – Presupuesto Oficial se establece la suma $24.260.000.000, y en los numerales 3.1.3.2.4 Capacidad De Organización (Co) y 3.4.2 Ponderación de elementos de precio se menciona que el presupuesto es $25.534.000.000.

RESPUESTA a la pregunta No. 58: Para la proyección del costo de la mano de obra no se utilizó ninguna taza de crecimiento, es decir, que el valor proyectado corresponde a precios del año 2012. Para la proyección de los insumos se utilizó una tasa de crecimiento del 3%, razón por la cual, el valor ofertado para cada ítem de los insumos no se ajustará durante la ejecución del contrato. Ver Adenda No. 4. RESPUESTA a la pregunta No. 67: Se acepta la observación. Ver Adenda No. 4. RESPUESTA a la pregunta No. 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 68, 69, 70, 71, 72 y 73:

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Se aceptan las observaciones. Para los temas referentes al presupuesto oficial. Ver Adenda No. 4.

NUMERAL 3.1.1.4 CONSTITUCIÓN Y VIGENCIA OBSERVACIONES PRESENTADAS POR FLOREZ & ALVAREZ S.A. (RAUL FLOREZ SANCHEZ)

74. El pliego estipula en este numeral: Adicionalmente el proponente deberá demostrar sucursales o agencias en Bogotá, D.C y dos ciudades capitales más, registradas ante Cámara de Comercio. Este requisito se verificará a través del Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio que tendrá una fecha de expedición no anterior al 1 de junio de 2012. En el caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de sus miembros deberá acreditar el cumplimiento de este requisito. Solicitud: Se modifique tal requerimiento a: “En el caso de consorcios o uniones temporales, este requisito se puede cumplir en conjunto o por cualquiera de sus integrantes.” Agradecemos a la Entidad tener en cuenta que el fin estratégico de conformar un consorcio o unión temporal es precisamente el de aunar fortalezas para poder cumplir con la totalidad de requerimientos de tipo jurídico, financiero o técnico solicitados en cualquier proceso de contratación. Además La Entidad ha manifestado que por ser un proceso de una cuantía mayor los proponentes cuentan con la posibilidad de conformar consorcios o uniones temporales al no tener en el mercado empresas con las capacidades específicas que el pliego estipula. OBSERVACIONES PRESENTADAS POR CLEAN DEPOT S.A. ESP (VIVIANA AMEZQUITA).

75. La constitución de la persona jurídica proponente que participe en el proceso Licitación Pública de cada uno de sus miembros si se trata de

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consorcio o unión temporal será de por lo menos un (5) años de anterioridad a la fecha de presentación de la oferta, lo cual se verificará en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio.

La duración de la persona jurídica proponente o de cada uno de sus miembros si se trata de consorcio o unión temporal no podrá ser inferior al plazo de vigencia del contrato y tres (3) años más, contado a partir del cierre del proceso de licitación. Adicionalmente el proponente deberá demostrar sucursales o agencias en Bogotá, D.C y dos ciudades capitales más, registradas ante Cámara de Comercio. Este requisito se verificará a través del Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio que tendrá una fecha de expedición no anterior al 1 de junio de 2012. En el caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de sus miembros deberá acreditar el cumplimiento de este requisito." (Subrayado propio) Como es de conocimiento, la finalidad de la constitución de algunas de estas formas asociativas no es otra que la aunar esfuerzos para el cumplimiento de los requisitos y poder presentar una oferta. Como bien lo mencionó la administración en la audiencia de aclaración de pliegos, las empresas pueden constituirse en un consorcio o unión temporal para la presentación en el proceso ocupa. Pero si se establecen condiciones técnicas y jurídicas como la acá citada no tendría ninguna cabida la asociación si cada uno de sus integrantes debe cumplir los requisitos de manera individual. Tratándose de aspectos que puede acreditar el proponente en conjunto, y no cada uno de sus integrantes, solicitamos se modifique el texto y se realicen los ajustes a que hay lugar. OBSERVACION PRESENTADA SERVIESPECIALES S.A. (MARCELINO GIL ACEVEDO)

76. La constitución de la persona jurídica proponente que participe en el proceso Licitación Pública de cada uno de sus miembros si se trata de consorcio o unión temporal será de por lo menos un (5) años de

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anterioridad a la fecha de presentación de la oferta, lo cual se verificará en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio.

La duración de la persona jurídica proponente o de cada uno de sus miembros si se trata de consorcio o unión temporal no podrá ser inferior al plazo de vigencia del contrato y tres (3) años más, contado a partir del cierre del proceso de licitación. Adicionalmente el proponente deberá demostrar sucursales o agencias en Bogotá, D.C y dos ciudades capitales más, registradas ante Cámara de Comercio. Este requisito se verificará a través del Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio que tendrá una fecha de expedición no anterior al 1 de junio de 2012. En el caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de sus miembros deberá acreditar el cumplimiento de este requisito.” Subrayado fuera de texto. Quisiéramos saber si las sucursales o agencias las deben demostrar todos los miembros de los consocios o uniones temporales. De ser afirmativa la respuesta es importante verificar que este tipo de uniones se realizan para dar cumplimiento a lo solicitado por la entidad en el pliego de condiciones y así cumplir con el objeto del contrato que es la finalidad de la entidad. Solicitamos que la entidad muy respetuosamente cambie este requerimiento y que una de las empresas de la Unión Temporal cumpla con el requisito de las sedes, pues en caso contrario las uniones temporales les estarían solicitando un requisito adicional. OBSERVACION PRESENTADA POR REPRESENTACIONES E INVERSIONES ELITE (DANIEL ALVARO ZABALA PAZ)

77. Teniendo en cuenta las respuestas publicadas el 25 de Octubre de 2012, la entidad había aceptado la observación de todas las empresas que nos encausamos en la misma solicitud y se había publicado que se modificaría el requerimiento de las sucursales y/o agencias de la siguiente forma: “3.1.1.4 COSTITUCIÓN Y VIGENCIA: La constitución de la persona jurídica proponente que participe en el proceso Licitación Pública de cada uno de sus miembros si se trata de consorcio o unión temporal será de no menos un (5) años de anterioridad a la fecha de presentación de la oferta, lo cual

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se verificará en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio”, contestado lo anterior NO entendemos porque en los pliegos de condiciones definitivos se modificó tal condición, volviendo a condicionar la presentación de los posibles oferentes al exigir tener sucursal en la ciudad de Bogotá D.C y dos sucursales más en ciudades principales, llevándolo más a que las figuras asociativas no se puedan llevar a cabo, lo que no garantiza la selección objetiva, el principio de transparencia y la pluralidad de oferentes por lo cual solicitamos se modifiquen los pliegos de condiciones de acuerdo a la respuesta ya dada por el SENA, reiterando tal exigencia.

Indica: “Adicionalmente el proponente deberá demostrar sucursales o agencias en Bogotá D.C. y dos ciudades capitales más, registradas ante Cámara y Comercio. Este requisito se verfiicara a través del Certificado de Existencia ty Representación Legal expedido por la Camara de Comercio que tendrá una fecha de expedición anterior al 1 de junio de 2012.

En el caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de sus miembros deberá acreditar el cumplimiento de este requisito. Muy comedidamente solicitamos a la entidad evalué la posibilidad de modificar dicho requisito así: “que el proponente adjudicatario se comprometa a dar apertura y registrar dichas agencias o sucursales en un plazo no mayor a 15 días en caso de resultar adjudicatario del presente proceso”, esto en aras de crear mayor pluralidad de oferentes y no ser excluyentes con proponentes que nos encontramos en la capacidad de prestar de dicho servicio de forma eficiente al SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA. De igual forma hacemos alusión a que no se está garantizando la pluralidad de oferentes teniendo en cuenta que de las 25 o 30 Empresas del ramo del aseo solo unas pocas empresas cuentan con estas sucursales, no siendo una selección abierta con presentación plural de oferentes ya que descarta a más de un 70% de las empresas que nos dedicamos a prestar este Servicio, no solo en la ciudad de Bogotá D.C. sino a nivel nacional en las diferentes entidades públicas, lo que demuestra que aunque deseable no es absolutamente necesaria tal condición. Y hacemos conocer a la entidad que aunque la entidad considere que se da la oportunidad de que todas las empresas se puedan presentar y que para esto se encuentran las figuras de consorcio y unión temporal, nos queda un vacio muy grande ya que si una de las dos empresas no tiene registradas las dos sucursales de nada serviría conformar la UNION TEMPORAL o CONSORCIO para participar

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en el presente proceso, lo que nos dejaría otra vez como al principio. De igual forma entenderíamos que lo que se está solicitando es que el certificado d existencia de cada establecimiento de comercio debe haber sido expedido con fecha posterior al 1 de junio? O lo sé está solicitando es que las sucursales y/o agencias están registradas antes del 1 de junio de 2012? Lo que será más excluyente aun. RESPUESTA a las preguntas No. 74, 75, 76 y 77: Se aceptan las observaciones. Ver Adenda No. 4 Se aclara que la información requerida en el presente numeral se verificará mediante el Certificado de Existencia y Representación Legal. El certificado expedido por la Cámara de Comercio deberá haber sido expedido con fecha no anterior al 1 de junio de 2012. NUMERAL 3.1.1.8 CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES DE SEGURIDAD

SOCIAL Y APORTES PARAFISCALES OBSERVACION PRESENTADA POR G Y E GRUPO Y ESTRATEGIA S.A.S. (GLORIA A. ORDONEZ DE MATEUS)

78. (….) Nota: De acuerdo a la Circular emitida por la Procuraduría General de la Nación y a la Ley, no se permite que el contratista seleccionado realice la prestación de los servicios o trabajos contratados con el SENA por medio de las denominadas Cooperativas de Trabajo Asociado. (….) Preguntas: a) Dicha nota no establece o impide que participen Cooperativas de Trabajo Asociado en el proceso? b) Se pueden conformar uniones temporales entre empresas y Cooperativas de Trabajo Asociado, sin que esto implique que se tome como una intermediación laboral? OBSERVACION PRESENTADA POR SERVIACTIVA (ROBINSON FRANCO CASTRO)

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79. Dispone la nota este numeral: “De acuerdo a la circular emitida por la Procuraduría General de la Nación ya la ley, no se permite que el contratista seleccionado realice la prestación de los servicios o trabajos contratados con el SENA por medio de las denominadas Cooperativas de Trabajo Asociado”:

Solicitamos a la Entidad aclarar esta nota en el sentido de indicar que no permitirán subcontratación del servicio al proponente seleccionado, sin embargo que si se permite la presentación de propuestas por parte de una Cooperativa de Trabajo Asociado, esto con el fin de disipar las dudas que esta nos ha generado, siendo claro que en este momento no existe ninguna norma que impida la contratación de una entidad estatal con una cooperativa, por cuanto éstas cuanta con protección constitucional y legal. RESPUESTA a las preguntas No. 78 y 79: Se aclara que las Cooperativas de Trabajo Asociado si pueden presentar propuesta, siempre y cuando no realicen intermediación laboral. NUMERAL 3.1.1.10 REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES – RUP – CODIGO

CIIU OBSERVACION PRESENTADA POR G Y E GRUPO Y ESTRATEGIA S.A.S. (GLORIA A. ORDONEZ DE MATEUS)

80.

Literal a) que reza: (…) a. Estar inscrito en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, en alguna de los siguientes clasificaciones (Actividad + Especialidad + Grupo):

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Y segundo inciso del literal b) qye reza “En caso de propuestas presentadas en consorcio o unión temporal, cada uno de sus miembros deberá anexar dicho certificado y acreditar su inscripción y clasificación en los términos señalados.” Luego de revisar el numeral en mención, en relación con la participación de los consorcios y uniones temporales., notamos que el pliego permite la participación de uniones temporales y consorcios y para que ello permite que se aúnen esfuerzos en el aspecto técnico, experiencia y financiero, pero notamos que en este aspecto no se sigue los mismos lineamientos en razón a que exige que en caso de Uniones temporales y consorcios todas deben estar clasificadas en las actividades, especialidades y grupos requeridos en literal a o b., como es de su conocimiento, el artículo 6 de la Ley 80 de 1993 (parte del régimen jurídico aplicable según el numeral 2.1. de los pliegos de condiciones) indica que pueden celebrar contratos con las entidades temporales. De esta forma el legislador reconoce la necesidad de la colaboración en diferentes niveles para la efectiva realización del objeto contractual, y que son indispensables para que el estado pueda dar cumplimiento con los cometidos para los que fue instituido, tal como puede verse en el preámbulo de la Constitución Política de Colombia principalmente en los Artículos 1 y 2 de a misma. A través de la figura de los consorcios y uniones temporales se materializan el derecho fundamental a la libertad de asociación (artículo 38) y el derecho a la libertad de empresa (artículo 333), es claro el constituyente primario cuando establece que el estado impedirá cualquier restricción a la libertad de empresa. Así las cosas, vulnerar la esencia misma de los consorcios y uniones temporales al solicitar que todos sus miembros cumplan con lo estipulado en el 3.1.1.10, literal a o b, atenta no solo con el estatuto de contratación administrativo por cuanto quita de raíz toda posibilidad de participación a estas figuras, ya que NO TIENE SENTIDO QUE DOS EMPRESAS QUE CUMPLEN CON LOS REQUERIMIENTOS DE UN PLIEGO DE CONDICIONES SE PRESENTE

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HACIENDO USO DE UNA DE ESTAS FIGURAS ASOCIATIVAS SI PUEDE PARTICIPAR SOLA. Al momento de que dos o más personas jurídicas o naturales deciden conformar un consorcio o unión temporal nace un nuevo ente que asume con su conformación todos los derechos y obligaciones con la entidad contratante como una solo y por lo tanto, es total ente contrario a su naturaleza jurídica tratarlos como integrantes separadamente cuando lo que precisamente se busca es la conformación de un solo proponente o contratista. Ahora bien lo que exige el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 es estar inscrito en el Registro Único de Proponentes, en cuanto a las clasificaciones es un requisito que en caso de uniones temporales o consorcios puede ser acreditado en conjunto. De conformidad con lo anterior solicitamos de manera respetuosa a la administración, modificar este criterio de participación en cual va en contravía de la pluralidad d eferentes y del derecho de libre asociación que indica la ley. En tal sentido permitir aceptar la participación de estos siempre y cuando al menos uno de los miembros o en conjunto cumpla con la clasificación en las actividades, especialidades y grupos requeridos. RESPUESTA a la pregunta No. 80: No se acepta la observación. El SENA considera que, teniendo en cuenta la magnitud y especialidad del proceso, las empresas que decidan presentarse en consorcio o unión temporal, deberán pertenecer al grupo económico propio del servicio a contratar.

NUMERAL 3.1.2.1. EXPERIENCIA DEL PROPONENTE OBSERVACION PRESENTADA POR G Y E GRUPO Y ESTRATEGIA S.A.S. (GLORIA A. ORDONEZ DE MATEUS)

81.

Primera comunicación: (…) Mediante la presentación de máximo 10 certificaciones en los últimos cinco años que acrediten la experiencia del proponente en la prestación de servicios objeto del contrato en las cinco ciudades principales (Bogotá, Cali, Medellín, Barranquilla y Bucaramanga) cuya sumatoria equivalga al presupuesto de la contratación y al menos una de ellas equivalga al 30% del presupuesto de la contratación. Las certificaciones deben contener la calificación del servicio como bueno o excelente.

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Teniendo en cuenta que la prestación de este servicio con las características anotadas pueden celebrarse por más de una vigencia fiscal, se aceptarán certificaciones de contratos tanto ejecutados como en ejecución siempre y cuando estos últimos superen el 70% del periodo contratado. (…) Teniendo que ya es suficiente limitante tener que acreditar el 100% del presupuesto oficial para el presente proceso con un plazo de ejecución el cual resulta atípico porque ni las certificaciones expedidas por el SENA se puede acreditar el requerimiento aquí solicitado, en razón a que en este tipo de objeto no son muy comunes procesos con cuantías superiores a los tres mil millones, por ende solicitar adicionalmente que una deba cumplir con el 30% del presupuesto oficial es excluir de tajo la pluralidad de oferentes y limitar la participación a uno o dos proponentes que han tenido contratos superiores a siete mil millones, toda vez que ni uniendo fuerzas se podría acreditar la experiencia requerida en razón a que la certificación debe ser necesariamente acreditada por uno de los integrantes para poder cumplir. Es por ello que solicitamos de manera respetuosa que con las 10 certificaciones se permita acreditar en conjunto el presupuesto oficial, el objeto y las ciudades requeridas y se elimine la exigencia de que por lo menos una cumpla con el 30% del presupuesto oficial. Segunda comunicación:

a) Entendemos que en conjunto las certificaciones deben acreditar el objeto y las ciudades requeridas?

b) Reiteramos nuestra observación expuesta en audiencia de aclaraciones, en el sentido de eliminar el requerimiento de al menos una certificaciones de experiencia corresponda al 30% del presupuesto oficial, en el sentido de permitir que con las certificaciones en conjunto se acredite el presupuesto oficial, de la misma forma que dicha experiencia se evaluada en Salarios Mínimos Vigentes ya sea en el año de celebración del contrato, toda vez que el valor año se modifica de acuerdo a las variables del SMMLV y el IPC.

OBSERVACION PRESENTADA POR CASALIMPIA S.A. (ANTONIO LOPEZ HAZ)

82. Teniendo en cuenta que se pueden aportar máximo 10 certificaciones en los últimos cinco años en conjunto que acrediten la experiencia del proponente en la prestación de servicios objeto del contrato en al menos diez ciudades capitales de Departamento, cuya sumatoria equivalga al

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presupuesto de la contratación y al menos una de ellas equivalga al 30% del presupuesto de la contratación, solicitamos a la entidad aclarar: Las certificaciones pueden tener dentro de su objeto, lo siguientes servicios:

a) SERVICIO DE ASEO Y CAFETERIA b) SERVICIO DE ASEO, CAFETERIA Y MANTENIMIENTO c) SERVICIO DE ASEO, CAFETERIA Y LIMPIEZA d) SERVICIO DE ASEO, REPARTO DE BEBIDAS, MANTENIMIENTO e) SERVICIO DE MANTENIMIENTO f) PUEDEN INCLUIRSE CERTIFICACIÓN CON O SIN SUMINISTRO

DE INSUMOS Y MAQUINARIA.

En todo caso, en las certificaciones que se aporten se puede incluir en el objeto uno o varios de los servicios requeridos según el objeto del presente proceso.

Es importante aclarar que el servicio de reparto de bebidas se entiende como el servicio de cafetería.

83. Para poder comprobar las ciudades capitales requeridas en cada una de las certificaciones, puede anexarse copia del contrato para que la entidad evidencie dicha calidad. El anterior requerimiento en virtud de que la certificación es un resumen del contrato y en varias ocasiones no se relacionan una a una las ciudades.

84. ¿Las vigencias de los contratos de las certificaciones (últimos cinco años)

serán contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso?

OBSERVACION PRESENTADA POR REPRESENTACIONES E INVERSIONES ELITE (DANIEL ALVARO ZABALA PAZ)

85. Solicitamos para la calificación y habilitación de las certificaciones de experiencia de una vigencia diferente a la actual o sea año 2007, 2008, o 2009 o 2010 o 2011, se realice la conversión del valor de cada contrato en los SMMLV de cada vigencia, de acuerdo a la fecha en que se suscribió o ejecuto el contrato, al igual que cada una de sus prorrogas y adiciones, esto ya que no es comparable decir que el valor ejecutado en cada vigencia es

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igual al valor actual ya que el SMMLV es diferente para cada una, por lo tanto el valor de las certificaciones expedidas también.

Teniendo en cuenta solicitamos modificar así: La conversión a salarios mínimos (SMMLV) par toda la información presentada se hará con el valor del salario mínimo vigente en la fecha de terminación del contrato respectivo. Para efectos de los cálculos, se debe hacer uso de la tabla de equivalencias que se relaciona a continuación:

PERIODO  MONTO MENSUAL

Enero 1 de 2002 a Dic. 31  de 2002 309.000$                         

Enero 1 de 2003 a Dic. 31  de 2003 332.000$                         

Enero 1 de 2004 a Dic. 31  de 2004 358.000$                         

Enero 1 de 2005 a Dic. 31  de 2005 381.500$                         

Enero 1 de 2006 a Dic. 31  de 2006 408.000$                         

Enero 1 de 2007 a Dic. 31  de 2007 433.700$                         

Enero 1 de 2008 a Dic. 31  de 2008 641.500$                         

Enero 1 de 2009 a Dic. 31  de 2009 496.900$                         

Enero 1 de 2010 a Dic. 31  de 2010 515.000$                         

Enero 1 de 2011 a Dic. 31  de 2011 535.600$                         

Enero 1 de 2012 a Dic. 31  de 2012 566.700$                         

86. “Mediante la presentación de máximo 10 certificaciones en los últimos cinco años que en conjunto acrediten la experiencia del proponente en la prestación de servicios objeto del contrato en al menos diez ciudades capitales de Departamento, cuya sumatoria equivalga al presupuesto de la contratación y al menos una de ellas equivalga al 30% del presupuesto de la contratación”.

Solicitamos a la entidad en aras de crear mayor pluralidad de oferentes que estamos interesados en participar en el presente proceso se disminuya el valor solicitado para la certificación que debe acreditar el 30% del valor del presupuesto a un 27% o 28%, siendo esta una deducción muy insignificante al valor que se está solicitando.

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De igual forma solicitamos se aclare que los últimos cinco años se contaran desde el 01 de enero de 2007?

OBSERVACION PRESENTADA POR CENTRO ASEO MANTENIMIENTO PROFESIONAL (ALEXANDRA GIRALDO RESTREPO)

87. No consideramos procedente que la entidad en lugar de buscar la facilidad de participación y dar la posibilidad que diferentes empresas o uniones temporales o consorcios participen y verdaderamente se apoye la libertad de competencia, busque de todas maneras cerrar esas posibilidades, con ello nos referimos a sus respuestas respecto de la solicitud de aclaración que solicitamos a los prepliegos de condiciones respecto de este numeral e incorporadas en los pliegos de condiciones definitivos, pues de la exigencia de certificar el servicio en las principales ciudades (Bogotá, Cali, Medellín, Barranquilla y Bucaramanga). Ciudades que cuentan con una población total de 24.614.434 habitantes:

La entidad la cambia escuetamente a diez ciudades capitales. Es decir, que para el SENA, en este caso particular si permite (¿?????) la participación de las empresas que pertenecen a las regiones, y con el debido respeto de cada ciudad capital, comparan una certificación de las ciudades principales con ciudades de menor población, como por ejemplo:

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Ciudades que en total tienen una población de 1.739.129 habitantes, certificación que bien pudiera presentarse y debe ser aceptada. Por tanto solicitamos que las certificaciones presentadas tengan como principal sitio de prestación de servicio las ciudades principales, mencionadas en los prepliegos. OBSERVACION PRESENTADA POR EMINSER S.A.S (ARMANDO SANDOVAL CASTRO)

88. Con respecto al numeral 3.2.1 Requisitos Técnicos y lo establecido en este numeral que reza lo siguiente, Mediante la presentación de máximo 10 certificaciones en los últimos cinco años que en conjunto acrediten la experiencia del proponente en la prestación de servicios objeto del contrato en al menos diez ciudades capitales de Departamento, cuya sumatoria equivalga al presupuesto de la contratación y al menos una de ellas equivalga al 30% del presupuesto de la contratación.

Se le solicita tener en cuenta que la certificación que hace referencia al 30% del presupuesto y por ende es un requisito habilitante, la entidad está limitando el numero de proponentes al proceso toda vez que solo estaría cumpliendo una o

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dos empresas a nivel nacional, solicitamos al SENA modificar este requisito y solo se solicite las 10 certificaciones que cumpla con el 100% presupuesto con el fin de buscar alianzas empresariales y lograr participar en el proceso que se adelanta.

RESPUESTA a las preguntas No. 81, 82, 83, 84, 85, 86 y 88.

Se aceptan las observaciones. Ver Adenda No. 4.

RESPUESTA a las preguntas No. 87.

No se acepta la observación. Teniendo en cuenta que la prestación del servicio se debe llevar a cabo en todo el territorio nacional, el SENA requiere que los proponentes demuestren haber prestado este servicio en al menos 10 ciudades capitales, sin importar el número de habitantes en dichas ciudades.

NUMERAL 3.1.2.2. PERSONAL PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

OBSERVACION PRESENTADA POR G Y E GRUPO Y ESTRATEGIA S.A.S. (GLORIA A. ORDONEZ DE MATEUS)

89.

(…) El proponente deberá presentar la hoja de vida con los soportes que respalden la experiencia mínima del personal que destinará para la coordinación del contrato. (…) y Numeral 3.4.1.2 Coordinadores ofrecidos 200 puntos que reza: (…) Teniendo en cuenta que se requiere como mínimo un coordinador con sede en la Dirección General del SENA, se asignará puntaje por cada coordinador que se ofrezca adicionalmente en las Regionales del SENA.

(…) En primera instancia solicitamos de manera respetuosa se acredita las hojas de vida y demás soportes de los coordinadores por parte del proponente favorecido, en razón a que no resulta rentable tener personal adicional simplemente para

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efectos de presentar oferta y más aun cuando estamos hablando de treinta un (31) coordinadores como mínimo teniendo en cuenta la cantidad de departamentos donde se debe prestar el servicio. Aunado a lo anterior solicitamos de manera respetuosa se disminuya la cantidad de coordinadores para efectos de ponderación, toda vez que los costos de este personal no se encuentran contemplados en el presupuesto oficial y si generan un alto costo para el contratista, como salarios y prestaciones sociales. RESPUESTA a la pregunta No. 89. Se acepta la observación con respecto a la presentación de las hojas de vida de los coordinadores. Ver Adenda No. 4. En lo que refiere a la solicitud de disminuir la cantidad de coordinadores solicitados, el SENA considera que es importante contar el mayor número de coordinadores posibles en las regionales, que ayuden a mejorar el control de la prestación del servicio. Corresponde a cada proponente realizar el análisis económico para poder ofertar responsablemente el número de coordinadores que pueda soportar financieramente.

NUMERAL 3.1.3.2. INDICADORES CAPACIDAD FINANCIERA OBSERVACION PRESENTADA POR G Y E GRUPO Y ESTRATEGIA S.A.S. (GLORIA A. ORDONEZ DE MATEUS)

90. Solicitamos se modifique el presupuesto oficial, toda vez que ya no corresponde a 25 mil millones para efectos de ponderar los indicadores financieros.

RESPUESTA a la pregunta No. 90. Se acepta la observación. Ver Adenda No. 4.

NUMERAL 3.1.3.2.3. INDICE DE CAPITAL DE TRABAJO OBSERVACIONES PRESENTADAS POR YORLET SERRANO

91. Nuevamente solicitamos a la Entidad que reconsidere la posibilidad de reducir el porcentaje solicitado a 10% del presupuesto disponible. Que no se tome solo el capital de trabajo, para la evaluación sino que también se tome en cuenta el activo fijo, que son recursos con los que la empresa cuenta para respaldar las obligaciones que se adquieren en este proceso

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de licitación; además, la cuantía del presupuesto es alta y con esta condición se restringe la participación de un amplio grupo de empresas.

OBSERVACION PRESENTADA POR CENTRO ASEO MANTENIMIENTO PROFESIONAL (ALEXANDRA GIRALDO RESTREPO)

92. Queremos traer a colación lo fijado en la Ley 80 de 1.993: “ARTICULO 24. DEL PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA. En virtud de este principio: 5o. En los pliegos de condiciones o términos de referencia: a) Se indicarán los requisitos objetivos necesarios para participar en el correspondiente proceso de selección. b) Se definirán reglas objetivas, justas, claras y completas que permitan la confección de ofrecimientos de la misma índole, aseguren una escogencia objetiva y eviten la declaratoria de desierta de la licitación o concurso. c) Se definirán con precisión las condiciones de costo y calidad de los bienes, obras o servicios necesarios para la ejecución del objeto del contrato. d) No se incluirán condiciones y exigencias de imposible cumplimiento, ni exenciones de la responsabilidad derivada de los datos, informes y documentos que se suministren. e) Se definirán reglas que no induzcan a error a los proponentes y contratistas y que impidan la formulación de ofrecimientos de extensión ilimitada o que dependan de la voluntad exclusiva de la entidad. Serán ineficaces de pleno derecho las estipulaciones de los pliegos o términos de referencia y de los contratos que contravengan lo dispuesto en este numeral, o dispongan renuncias a reclamaciones por la ocurrencia de los hechos aquí enunciados.” (Subrayado propio y fuera de texto)

De otra parte en el numeral 2 del artículo 6.2.2.4 de la sección II del Capítulo II del decreto 734 de abril 13 de 2012, Capacidad Financiera el Gobierno nacional fija una serie de indicadores a tener en cuenta por la entidades gubernamentales para buscar que la adjudicación sea lo más objetiva posible. Estos indicadores no pueden ser decididos caprichosamente por las entidades, pero sus áreas financieras deben tener la objetividad necesaria para que al establecerlos no olvide las reglas de una escogencia objetiva, que permita la libre competencia y que asegure el normal y transparente desarrollo del contrato adjudicado, por ello consideramos que si realmente la entidad aplica estas leyes, permite una participación amplia e imparcial, por lo cual ratificamos nuestra solicitud: Índice De Capital De Trabajo – Teniendo en cuenta que el contrato se desarrollara en dos vigencias solicitamos que el capital de trabajo exigido sea del

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10% del presupuesto oficial RESPUESTA a la pregunta No. 91 y 92: No se acepta la observación. Teniendo en cuenta que el contrato no contempla anticipo alguno, se considera que el proponente debe contar con un capital de trabajo suficiente para poder atender con sus propios recursos el objeto contractual, de otro lado para definir los indicadores financieros se tomó una muestra de la información financiera de empresas representativas del sector, con lo cual se corroboro que estos indicadores pueden cumplirse por las empresas, consorcios o uniones temporales que el SENA requiere para la ejecución del contrato.

NUMERAL 3.1.3.2.4. CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN (Co) OBSERVACIONES PRESENTADAS POR FLOREZ & ALVAREZ S.A. (RAUL FLOREZ SANCHEZ)

93. El presente numeral aclara que la Capacidad de Organización en términos de SMMLV que deben tener los proponentes para el presente proceso debe ser IGUAL O MAYOR al presupuesto disponible en términos de SMMLV, y el mismo numeral especifica un presupuesto oficial de 25.534.000.000.oo.

Favor corregir el presupuesto a tener en cuenta para hallar la Capacidad de Organización ya que de acuerdo a la resolución de acto de apertura del proceso y a numeral 1.3 presupuesto oficial del pliego de condiciones definitivo especifica un presupuesto oficial de $24.260.000.000.oo. OBSERVACION PRESENTADA POR CASALIMPIA S.A. (ANTONIO LOPEZ HAZ)

94. En este numeral, se menciona un presupuesto oficial a contratar de VEINTICINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS MCTE.($25.534.000.000), incluido el IVA, pero en el numeral 1.3 PRESUPUESTO OFICIAL se menciona ($24.260.000.000,oo) incluido IVA, solicitamos aclarar.

OBSERVACION PRESENTADA POR CENTRO ASEO MANTENIMIENTO

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PROFESIONAL (ALEXANDRA GIRALDO RESTREPO)

95. Teniendo en cuenta que el contrato se desarrollara en dos vigencias solicitamos que indicador se exija para quien cumpla con que sea igual o mayor a 0,5 de la formula indicada.

RESPUESTA a las preguntas No. 93 y 94: Se acepta la observación. Ver Adenda No. 4. RESPUESTA a la pregunta No. 95: No se acepta la observación. Considerando la magnitud del valor del contrato el SENA requiere que los proponentes garanticen haber manejado unos recursos similares al de este proceso. Para definir los indicadores financieros se tomó una muestra de la información financiera de empresas representativas del sector, con lo cual se corroboro que estos indicadores pueden cumplirse por las empresas, consorcios o uniones temporales que el SENA requiere para la ejecución del contrato.

NUMERAL 3.4.1. PONDERACIÓN DE ELEMENTOS DE CALIDAD OBSERVACION PRESENTADA POR INDUSTRIAS APROQUIM (ANA ELSY VALENCIA BEDOYA)

96. En el cuadro mencionan que otorgan 100 por el cubrimiento Nacional, solicitamos a la Entidad aclarar sí de acuerdo como dice en las respuestas a las observaciones, este requisito fue eliminado.

OBSERVACION PRESENTADA POR MARIA INES DE SANCHEZ, REPRESENTANTE LEGAL DE QUINAL LTDA

97. Que se aclare sí el aspecto de cubrimiento nacional, sigue otorgando puntos? Porque dentro de la ponderación de los elementos de calidad, sigue apareciendo.

OBSERVACION PRESENTADA OPEC LTDA (DARIO TOBON)

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98. Solicito a la Entidad aclarar sí el requisito del cubrimiento Nacional fue eliminado, ya que en el pliego en el ítem 3.4.1 PONDERACIÓN DE ELEMENTOS DE CALIDAD, en el cuadro todavía mencionan que otorgan 100 por el cubrimiento Nacional.

OBSERVACION PRESENTADA POR CASALIMPIA S.A. (ANTONIO LOPEZ HAZ)

99. Solicitamos a la entidad aclarar si los 100 PUNTOS que establecen para Cubrimiento Nacional, serán asignados por proponer un coordinador en la totalidad de las ciudades capitales de Departamento donde se prestará el servicio 200 PUNTOS, es decir que se unen los 100 PUNTOS DE CUBRIMIENTO NACIONAL Y COORDINADORES OFRECIDOS 100 PUNTOS?, Por favor aclarar este aspecto esta confuso para la asignación de este puntaje.

100. Por favor aclarar que perfil, estudio y experiencia deben tener los coordinadores que se ofrezcan para las regionales.

101. Solicitamos a la entidad requiera los documentos como hojas de vida, certificados y documentos que acrediten la calidad de los coordinadores ofrecidos, al contratista favorecido.

RESPUESTA a la pregunta No. 96, 97, 98, 99 y 101: Se aceptan las observaciones. Ver Adenda no. 4. RESPUESTA a la pregunta No. 100: Los coordinadores deberán cumplir con el perfil mínimo requerido y con la experiencia mínima requerida en los numerales 1.2.1.3 y 3.1.2.2. del pliego de condiciones. Ver Adenda No. 4. NUMERAL 3.4.1.1. PERSONAL (MUJERES CABEZA DE FAMILIA, MAYORES DE 40 AÑOS Y/O PERSONAS CON DISCAPACIDAD QUE NO LE IMPIDA EL

CUMPLIMIENTO DE SUS FUNCIONES) 100 PUNTOS OBSERVACION PRESENTADA POR G Y E GRUPO Y ESTRATEGIA S.A.S. (GLORIA A. ORDONEZ DE MATEUS)

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102.

(….) Para la asignación de puntaje el contratista deberá presentar una carta de compromiso de vinculación de este personal indicando su identificación así como la ocupación que tendrán y el lugar en donde desempeñarán sus labores.(….) Solicitamos de manera respetuosa se modifique el anterior criterio en sentido de precisar que corresponda únicamente a la carta de compromiso, toda vez que la información sobre su identificación y ocupación, aun no se tiene, teniendo en cuenta los 844 operarios aun no se han contratado, siendo esto una obligación del contratista., cumplir con el 10% de los operarios requeridos en cada lugar. RESPUESTA a la pregunta No. 102: Se acepta la observación. Ver Adenda No. 4.

NUMERAL 3.4.1.2. COORDINADOERS OFRECIDOS 200 PUNTOS OBSERVACION PRESENTADA POR G Y E GRUPO Y ESTRATEGIA S.A.S. (GLORIA A. ORDONEZ DE MATEUS) (….) Teniendo en cuenta que se requiere como mínimo un coordinador con sede en la Dirección General del SENA, se asignará puntaje por cada coordinador que se ofrezca adicionalmente en las Regionales del SENA. (…) Observaciones: 103. Estos coordinadores son destinación exclusiva para el contrato?. 104. Que horario deben cumplir estos coordinadores en caso de ser exclusivos? 105. Que perfil deben cumplir estos coordinadores? 106. Solicitamos se disminuya la cantidad de coordinadores, toda vez que estamos hablando de un promedio de coordinadores, para ser acreedor del puntaje. 107. Solicitamos de manera respetuosa que las hojas de vida, así como los demás documentos de este personal sean acreditados por el proponente adjudicatario. OBSERVACIONES PRESENTADAS POR FLOREZ & ALVAREZ S.A. (RAUL FLOREZ SANCHEZ)

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108. Dicho numeral precisa el ofrecimiento de 200 puntos al proponente que ofrezca un coordinador en la totalidad de las ciudades capitales de departamento en donde se prestará el servicio. De acuerdo al Anexo 1 Estudios Previos el valor mensual del supervisor fue costeado en $1.350.408; si consideramos que para obtener esos 200 puntos se debe ofrecer 32 coordinadores, el costo de esos 32 coordinadores valdría alrededor de 662.000.000; ese costo no lo prevee el SENA dentro del presupuesto y si debe sacrificarlo el contratista de su utilidad que al final del ejercicio debería ser alrededor del 3% como mínimo, como quien dice ejecutar un contrato sin una mayor utilidad y quien mayor beneficiario sería el SENA.

Solicitamos respetuosamente a La Entidad disminuir el plazo de ejecución del contrato con el fin de garantizar un equilibrio económico donde puedan ganar tanto el contratante como el futuro contratista y donde además EL SENA reciba la prestación de un servicio con el cumplimiento de todas las especificaciones técnicas, de personal, insumos y maquinaria y servicios adicionales solicitados para el presente contrato. OBSERVACION PRESENTADA POR INDUSTRIAS APROQUIM (ANA ELSY VALENCIA BEDOYA)

109. En el cuadro mencionan que “El proponente que ofrezca un coordinador en la totalidad de las ciudades capitales de Departamento en donde se prestará el servicio… obtendrá 200 puntos”, solicitamos a la Entidad aclarar cuáles de las 32 capitales de departamento de nuestro país, son consideradas como ciudades capitales, para saber cuál es el número de coordinadores requeridos.

OBSERVACIONES PRESENTADAS POR CLEAN DEPOT S.A. ESP (VIVIANA AMEZQUITA).

110. Solicitamos informar si el coordinador o coordinadores adicionales serán permanentes o rotativos.

OBSERVACION PRESENTADAASEOS COLOMBIANOS “ASEOCOLBA” S.A. (DELLANA SOCORRO TAFUR ATIQUE)

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111. Informarnos si estos Coordinadores serán de dedicación exclusiva al contrato es decir de Cuarenta y Ocho (48) horas semanales.

OBSERVACION PRESENTADA SERVIESPECIALES S.A. (MARCELINO GIL ACEVEDO)

112. El proponente que ofrezca un coordinador en la totalidad de las

ciudades capitales de Departamento en donde se prestará el servicio” esto genera un valor adicional al contrato que la empresa que lo ofrezca incurrirá en desequilibrio económico durante la ejecución del contrato. OBSERVACION PRESENTADA POR SERVIACTIVA (ROBINSON FRANCO CASTRO)

113. Solicitamos aclarar si para obtener el máximo puntaje, se debe ofrecer para cada ciudad capital un coordinador adicional, es decir 31 coordinadores adicionales. Si es así, cabe anotar que el costo de la propuesta sería altísimo, pues observamos en el numeral 1.2.1.3. Control, supervisión personal, que: El proponente puede destinar un mayor número de coordinadores en consideración a la cobertura del servicio a contratar. La actividad de coordinación adicional al mínimo requerido no tendrá ningún costo adicional, por cuanto está representando al contratista en las labores de control de su personal en la prestación del servicio integral a contratar”.

OBSERVACION PRESENTADA POR REPRESENTACIONES E INVERSIONES ELITE (DANIEL ALVARO ZABALA PAZ)

114. Solicitamos a la entidad evalué la cantidad de coordinadores solicitados para la asignación de puntaje ya que si sumamos las ciudades capitales de departamento nos daría un total de 32 coordinadores lo que genera un costo adicional excesivo que afecta directamente la utilidad que una empresa prestadora de estos servicios pueda llegar a tener, ya que

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reiteramos lo dicho en la audiencia de aclaraciones esta empresas pertenecientes al gremio del ASEO por muy bien que lleguen a costear un contrato no supera un AIU del 9% o 10% distribuido así: para administración 5%, para los imprevistos 2% y para utilidad 3%, como se evidencia matemática y financieramente un costo de 32 salarios que no son comunes y que al parecer no se incluyeron para la asignación presupuestal, daría una carga realmente pesada (32*2 Millones cada uno da igual a 66 millones por los 15 meses, da un total 990 millones de pesos, dividido en los 24.200.000.000 millones de pesos del presupuesto nos da un porcentaje de un 4% del presupuesto), para nosotros como empresa y realmente lo que se pretende con esta clase de contratos o con la creación de empresa como tal, es que gane la entidad con una buena prestación del servicio y gane la empresa obteniendo una utilidad que le permita seguir en el mercado.

115. Están solicitando que se ofrezca un coordinador en la totalidad de las ciudades de Departamento, solicitamos se permita la presentación de las hojas de vida al adjudicatario del contrato, ya que este ofrecimiento debe de cumplirse y está respaldado por la garantía de seriedad de la ofertad, lo cual garantiza su cabal cumplimiento.

OBSERVACION PRESENTADA POR CENTRO ASEO MANTENIMIENTO PROFESIONAL (ALEXANDRA GIRALDO RESTREPO)

116. El proponente que ofrezca un coordinador en la totalidad de las ciudades capitales de Departamento en donde se prestará el servicio OBTENDRA LOS 200 PUNTOS. Respetuosamente solicitamos aclarar si la entidad contemplo dentro del estudio de mercado los valores asociados al suministro de treinta y un (31) coordinadores, los cuales son requeridos sin costo alguno pero que por razones obvias los proponentes ofrecerán con tal de obtener los 200 PUNTOS, nuestra observación se sustenta en que la entidad requiere de este personal tiempo completo, lo cual tiene un costo directo aproximado mensual de $40.000.000, al proyectar el costo total por los 15 meses, el proponente estaría incurriendo en un costo directo aproximado de $600.000.000.

Por lo anterior, solicitamos considerar otros ofrecimientos que representen un igual beneficio para la entidad pero que de ninguna manera afecte el presupuesto asignado para la presente contratación, pues la suma arriba indicada es bastante considerable, y no creemos que haya sido contemplado dentro del estudio de mercado, por ello consideramos necesario se establezcan otros parámetros de

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calificación. RESPUESTA a las preguntas No. 103, 104, 110 y 111: Los coordinadores deberán ser de tiempo completo para la ejecución del contrato resultante del presente proceso de Licitación. Deberá cumplir con el mismo horario descrito en el numeral 1.2.1.4.7-“Operarios para la prestación del servicio”. RESPUESTA a la pregunta No. 105: Los coordinadores deberán cumplir con el perfil mínimo requerido y con la experiencia mínima requerida en los numerales 1.2.1.3 y 3.1.2.2. del pliego de condiciones. Ver Adenda No. 4. RESPUESTA a la pregunta No. 106, 112, 113, 114 y 116: No acepta la observación. El SENA considera que es importante contar el mayor número de coordinadores posibles en las regionales, que ayuden a mejorar el control de la prestación del servicio. Corresponde a cada proponente realizar el análisis económico para poder ofertar responsablemente el número de coordinadores que pueda soportar financieramente. RESPUESTA a la pregunta No. 107 y 115: Se acepta la observación. Ver Adenda No. 4. RESPUESTA a la pregunta No. 108: No se acepta la observación. Por cuanto no es posible disminuir el plazo de ejecución del contrato, toda vez que los recursos están respaldados con vigencias futuras que van hasta el 2014. De otro lado, el ofrecimiento de los coordinadores adicionales no es obligatorio, y debe responder al análisis juicioso del proponente. RESPUESTA a la pregunta No. 109: Se aclara que las ciudades capitales de las que habla en el pliego de condiciones, son las mismas ciudades capitales de departamento dadas en la división geopolítica de Colombia. NUMERAL 3.4.2. PONDERACIÓN DE ELEMENTOS DE PRECIO 600 PUNTOS

OBSERVACIONES PRESENTADAS POR FLOREZ & ALVAREZ S.A. (RAUL

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FLOREZ SANCHEZ)

117. El presente numeral indica que …el valor del contrato que se suscriba será hasta por la totalidad del presupuesto oficial, es decir hasta por VEINTICINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS MCTE.($25.534.000.000), incluido el IVA…. Favor corregir el presupuesto a tener en cuenta ya que de acuerdo a la resolución de acto de apertura del proceso y a numeral 1.3 presupuesto oficial del pliego de condiciones definitivo especifica un presupuesto oficial de $24.260.000.000.oo.

RESPUESTA a la pregunta No. 117: Se acepta la observación. Ver Adenda No. 4. OBSERVACIONES PRESENTADAS POR FLOREZ & ALVAREZ S.A. (RAUL FLOREZ SANCHEZ)

118. Solicitamos aclarar:

1) Para la media aritmética para personal: Se sacarán tres (3) medias aritméticas? Una para el ítem Operarios; otra para el ítem Operarios de aseo y cafetería y otra media para supervisor. Y la media final cual será?..Favor Aclarar.

2) Para la media aritmética para Insumos:

Se sacarán una a una media aritmética para cada insumo y al final como se obtiene la media final por insumos?. Favor Aclarar. RESPUESTA a la pregunta No. 118: Se aclara que para otorgar el puntaje correspondiente a oferta económica por personal, se calcularan las medias aritméticas de cada uno de los tres ítems mencionados, y su relación con la oferta del proponente se multiplicará por el peso ponderado en cada uno de ellos, en los términos del numeral 3.4.2.2.

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Para la media aritmética para insumos se seguirá el mismo procedimiento, el cual es descrito en el numeral 3.4.2.1.

NUMERAL 3.4.2.1. OFERTA ECONÓMICA POR INSUMOS (FORMATO No 4) (200 PUNTOS)

OBSERVACION PRESENTADA POR G Y E GRUPO Y ESTRATEGIA S.A.S. (GLORIA A. ORDONEZ DE MATEUS)

119.

(….) Para efectos del puntaje por oferta económica se aclara que dicho puntaje se tomará sin consideración de decimales, aproximándolo al número entero más cercano. Por Ejemplo: si el puntaje es 25.3, se aproximará a 25, si el puntaje es igual a 25.6, se aproximará a 26. (…) Solicitamos de manera respetuosa que la puntuación en el factor económico se realice con todos los decimales, toda vez que el hecho de aproximarlo al entero más cercano, implica que haya empates entre ofertas. De la misma forma solicitamos se califique se realice la calificación de la Media Aritmética sobre el valor total del ítems de insumos y no sobre el valor total de cada uno como lo indica el inciso que reza: “El valor de la media Aritmética por el valor total de cada insumo se calculará así” OBSERVACION PRESENTADA POR CASALIMPIA S.A. (ANTONIO LOPEZ HAZ)

120. Solicitamos aclarar el valor del presupuesto oficial, debido a que relacionan en este numeral un presupuesto por VEINTICINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS MCTE.($25.534.000.000) que es diferente al mencionado en el numeral 1.3 PRESUPUESTO OFICIAL, VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA MILLONES DE PESOS ($24.260.000.000.00), por favor ajustar.

OBSERVACIONES PRESENTADAS POR CLEAN DEPOT S.A. ESP (VIVIANA AMEZQUITA).

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121. El pliego de condiciones determina: En el evento en el cual algún ítem de la OFERTA ECONÓMICA presentada, no relaciones precio alguno, la entidad asumirá que el valor ofertado es CERO"

Una vez analizada esta estipulación encontramos que la misma resulta violatoria del principio de igualdad, pues no podrá competirse y compararse las ofertas de manera objetiva si alguno de los participantes deja de cobrar un item. Es importante resaltar que esto generaría el no cobro de algún insumo y por ende una oferta económica más baja frente a los demás. Por lo anterior, solicitamos aplicar la misma condición del numeral 3.4.2.2, en la cual la no cotización de la totalidad de lo requerido generará el rechazo de la oferta presentada.

122. La administración determina que la evaluación económica se realizará sobre el valor total de cada insumo y sobre el valor ofertado por operario, a lo cual solicitamos aclarar los siguientes aspectos: A. ¿La evaluación económica para el personal se realizará en tres etapas, es decir una evaluación para operario, otra para operario de aseo con reparto de bebidas y otra para el supervisor? o ¿se realizará sobre el valor sumado de los tres? B. ¿Se realizará el cálculo de la media aritmética por cada insumo? C. ¿De qué forma se evaluará que el proponente no sobre pase el presupuesto?

123. Al anexo 4 oferta económica de insumos: Solicitamos aclarar: - Las toallas desechables color natural vienen en presentación de paquete de 150 unidades, pero el pliego solicita de 50. - Qué es Gramosone y para qué se usa? - Bolsa de basura roja 24*35 pulgadas: Medidas y calibre. - Veneno para ratas paquete: De cuántos gramos? - Desengrasante ph neutro: Indica el pliego x 4 kilos galón. Es por galón o por kilo?

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- Bandeja mediana: De qué material? - El pliego determina que algunos insumos se deberán entregar de manera mensual, a lo que solicitamos verificar, teniendo en cuenta que muchos de ellos cuentan con una vida útil de 3 o 6 meses como: Haragán de 24", Churrusco de baño, Escobas, Recogedor, entre otros.

124.

Fija el pliego de condiciones:

"El proponente que ofrezca un coordinador en la totalidad de las ciudades capitales de Departamento en donde se prestará el servicio. 200 Puntos"

(Subrayado propio)

Una vez analizada la información contenida en el pliego de condiciones encontramos que el ofrecimieto resulta desproporcionado frente a las obligaciones y valor del contrato.

Si bien es cierto el pre pliego de condiciones traía para este numeral un criterio de ponderación limitante para muchos de los posibles proponentes, también resulta cierto que el nuevo criterio incluido en el pliego definitivo, acá citado, resulta desmedido frente al presupuesto del proceso.

A la revisión se puede evidenciar que se trataría de aproximadamente 30 coordinadores adicionales los que debe ofrecer el proponente, sin ningún costo. Pero resulta importantísimo hacer el ejercicio del costo de esto: Si se fija un costo básico del coordinador en 1´300.000, o mejor aún con el mismo costo determinado por el SENA para el supervisor que es de 1´350.408, nos daría como resultado:

CARGO CANTIDAD APROXIMADA

VALOR UNITARIO INCLUIDO IVA

MESES APROX DE EJECUCIÓN

VALOR TOTAL MENSUAL

VALOR TOTAL APROXIMADO MESES DE EJECUCION

COORDINADOR 30 $ 1.350.408,00

15 $ 40.512.240,00

$ 607.683.600,00

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Como se puede ver es un valor completamente desproporcionado, que afectará la posible ganancia que pueda obetener el contratista en la ejecución del contrato y que a la postre podrá generar un posible detrimento patrimonial en cabeza del contratista.

Esta cifra, $ 607´683.600 (Seiscientos siete millones seiscientos ochenta y tres mil seiscientos pesos m/cte) no incuye el incremento que debe hacer el contratista por los cambios de vigencias. Es decir, estamos hablando de un reajuste aproximado del 5%, que daría como resultado un valor de $ 638´067.780 (seiscientos treinta y ocho millones sesenta y siete mil setecientos ochenta pesos m/cte). Por lo que se puede evidenciar el ofrecimiento de este criterio general un costo aproximado de $ 638´067.780. Lo anterior nos lleva a analizar: - ¿Al momento de la solicitud de cotizaciones o de la proyección del presupuesto se tuvo encuenta esto en el análisis? - ¿Es realmente acorde el valorque generaría al contratista el ofrecimiento del criterio sin costo adicional frente a la posible ganancia que pueda obtener con la ejecución del objeto contractual? Es importante citar lo fijado en la Ley 80 de 1.993: “ARTICULO 24. DEL PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA. En virtud de este principio: 5o. En los pliegos de condiciones o términos de referencia: a) Se indicarán los requisitos objetivos necesarios para participar en el correspondiente proceso de selección. b) Se definirán reglas objetivas, justas, claras y completas que permitan la confección de ofrecimientos de la misma índole, aseguren una escogencia objetiva y eviten la declaratoria de desierta de la licitación o concurso. c) Se definirán con precisión las condiciones de costo y calidad de los bienes, obras o servicios necesarios para la ejecución del objeto del

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contrato. d) No se incluirán condiciones y exigencias de imposible cumplimiento, ni exenciones de la responsabilidad derivada de los datos, informes y documentos que se suministren. e) Se definirán reglas que no induzcan a error a los proponentes y contratistas y que impidan la formulación de ofrecimientos de extensión ilimitada o que dependan de la voluntad exclusiva de la entidad. Serán ineficaces de pleno derecho las estipulaciones de los pliegos o términos de referencia y de los contratos que contravengan lo dispuesto en este numeral, o dispongan renuncias a reclamaciones por la ocurrencia de los hechos aquí enunciados.” (Subrayado propio y fuera de texto) Como es claro la norma citada expresamente prohíbe el requerimiento de condiciones no objetivas, como los determinados en el pliego de condiciones. Si bien es cierto la administración requiere para la correcta prestación del servicio valores agregados y que estos no son habilitantes para la presentación de las ofertas, pues se trata de un aspecto ponderable, no resulta menos importante analizar dichas estipulaciones a la luz de los principios Supralegales y Legales aplicables a los procesos de contratación Estatal. No se trata de realizar un ofrecimiento en aras de obtener un puntaje, pues cabe resaltar que éstas se convierten en compromisos contractutales al momento de la ejecución del objeto. Por lo anterior, en aras de una participación en igualdad, solicitamos sean ajustados a criterios permitidos por la Ley, y se fijen criterios de ponderación acordes al presupuesto.

OBSERVACION PRESENTADA POR CENTRO ASEO MANTENIMIENTO PROFESIONAL (ALEXANDRA GIRALDO RESTREPO)

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125. Solicitamos aclaración respecto de cómo la entidad aplicara la fórmula para determinar:

Puntaje oferta económica = (PPi * (MDAi/DAi) Como se va a determinar cada variable: � MDAi: Menor diferencia Absoluta con respecto a la media del valor ofertado por cada proponente para el insumo i � DAi: Diferencia absoluta de la oferta del proponente a la zona i con respecto a la media del insumo i. � PPi: Peso ponderado del insumo i Solicitamos explicación mediante un ejemplo práctico, pues matemática y estadísticamente estos conceptos pueden tener diferentes interpretaciones. RESPUESTA a la pregunta No. 119: No se acepta la observación. El SENA considera que la aproximación al número más cercano es suficiente para calcular el puntaje a asignar. En el evento que resulte un empate se procederá conforme a la normatividad vigente. RESPUESTA a la pregunta No. 120, 121: Se acepta la observación. Ver Adenda No. 4. RESPUESTA a la pregunta No. 122 y 125: Se aclara que para otorgar el puntaje correspondiente a oferta económica por personal, se calcularan las medias aritméticas de cada uno de los tres ítems mencionados, y su relación con la oferta del proponente se multiplicará por el peso ponderado en cada uno de ellos, en los términos del numeral 3.4.2.2. Para la media aritmética para insumos se seguirá el mismo procedimiento, el cual es descrito en el numeral 3.4.2.1. En cada uno de estos dos numerales se hace la anotación de que el valor ofertado tanto por cada ítem incluido IVA como por cada operario incluido IVA, no podrá ser superior a valor techo relacionado en el anexo No. 4 y 5. RESPUESTA a la pregunta No. 123:

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Ver Adenda No. 4, en la cual se ajustaron los insumos, las cantidades, las medidas y los requerimientos técnicos requeridos. RESPUESTA a la pregunta No. 124: El SENA considera que es importante contar con el mayor número de coordinadores posibles en las regionales, que ayuden a mejorar el control de la prestación del servicio. Corresponde a cada proponente realizar el análisis económico para poder ofertar responsablemente el número de coordinadores que pueda soportar financieramente. De otro lado, el ofrecimiento de los coordinadores adicionales no es obligatorio, y debe responder al análisis juicioso del proponente NUMERAL 3.4.2.2. OFERTA ECONÓMICA POR OPERARIOS (FORMATO No 5)

(400 PUNTOS) OBSERVACION PRESENTADA POR G Y E GRUPO Y ESTRATEGIA S.A.S. (GLORIA A. ORDONEZ DE MATEUS)

126. Solicitamos de manera respetuosa que la puntuación en el factor económica se realice con todos los decimales, toda vez que el hecho de aproximarlo al entero más cercano, implica que haya empates entre ofertas.

De la misma forma solicitamos se califique se realice la calificación de la Media Aritmética sobre el valor total de los ítems de insumos y no sobre el valor total de cada uno como lo indica el inciso que reza: “El valor de la media Aritmética para cada valor de operario ofertado se calculará así” OBSERVACIONES PRESENTADAS POR FLOREZ & ALVAREZ S.A. (RAUL FLOREZ SANCHEZ)

127. Favor aclarar el IVA a cotizar por Operarios y Supervisión del servicio ya que estos servicios deben ser cotizados con un IVA del 1.6% y no del 16% como se presentan. Los servicios de cafetería o mantenimiento si están gravados con un IVA del 16% según estatuto tributario.

OBSERVACION PRESENTADA POR CASALIMPIA S.A. (ANTONIO LOPEZ HAZ)

128. Agradecemos a la entidad confirmar el IVA relacionado para el supervisor, teniendo en cuenta que relacionan un IVA del 16% y esta

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persona realizara la supervisión con dedicación de más del 70% para el servicio de aseo.

129. Solicitamos precisar si dentro del costo unitario techo (incluido iva),

la entidad incluyo todos los aspectos diferentes a insumos de aseo y reparto de bebidas, como equipos, servicios especiales como fumigación, lavado de persianas, lavado de alfombras, entre otros.

130. Agradecemos a la entidad incluir una columna con el % de IVA a aplicar para la clase de operario requeridos, es decir Operario (16%) Operario aseo con reparto de bebidas (1.6%) Supervisor (1.6%) * por verificar

131. Por favor aclarar si el supervisor requerido en el FORMATO No. 5 OFERTA ECONOMICA OPERTARIOS, es el mismo coordinador solicitado en el numeral 1.2.1.3 Control, Supervisión y personal.

OBSERVACIONES PRESENTADAS POR CLEAN DEPOT S.A. ESP (VIVIANA AMEZQUITA). Solicitamos aclarar:

132. Por qué se presenta diferencia entre el salario del operario frente al operario con reparto de bebidas y el supervisor.

133. Solicitamos publicar el estudio discriminado con el cuál la administración obtuvo el costo unitario techo de cada personal.

OBSERVACION PRESENTADA POR CENTRO ASEO MANTENIMIENTO PROFESIONAL (ALEXANDRA GIRALDO RESTREPO)

134. Solicitamos aclarar con un ejemplo práctico, la forma como la entidad

determinara este puntaje, mediante el despeje de la fórmula propuesta:

Puntaje total = Σ PPi * (MDAi/DAi) Donde: PPi: Peso ponderado, según Formato Nº 5 MDAi: Menor diferencia Absoluta con respecto a la media del valor ofertado por operario

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DAi: Diferencia absoluta de la oferta del proponente con respecto a la media del operario OBSERVACION PRESENTADA POR G Y E GRUPO Y ESTRATEGIA S.A.S. (GLORIA A. ORDONEZ DE MATEUS)

135. Teniendo en cuenta que el objeto es “PRESTACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE ASEO CON REPARTO DE BEBIDAS, MANTENIMIENTOS DE LAS INSTALACIONES Y JARDINERÍA PARA LAS SEDES DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA”., cual sería el IVA a aplicar para cada uno de los siguiente ítems?:

Toda vez que la palabra integral conlleva a que se trate de forma unificada aplicando una única tarifa tributaria. RESPUESTA a la pregunta No. 126: No se acepta la observación. El SENA considera que la aproximación al número más cercano es suficiente para calcular el puntaje a asignar. En el evento que resulte un empate se procederá conforme a la normatividad vigente. RESPUESTA a la pregunta No. 127, 128 y 130: Los operarios de aseo con reparto de bebida (Operario de aseo y cafetería), tiene dentro de su que hacer una gran parte dedicada a la labor de aseo, por lo cual, el IVA que deberá cobrar es el 1,6%. Los operarios y el supervisor tienen un IVA del 16% toda vez, que su actividad no corresponde a la de aseo propiamente, por lo cual debe aplicarse la tarifa general. Es de aclara que en el formato No 5 se debe discriminar el IVA y el valor antes y después de IVA. Del cual se infiere la tarifa correspondiente, la cual debe concordar con lo establecido en el numeral 3.4.2.2. RESPUESTA a la pregunta No. 129:

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El valor unitario techo tanto el formato de insumos como de operarios, se estimo de acuerdo al estudio de mercado. Las actividades a realizar por los operarios se describen en el pliego de condiciones. Ver numeral 1.2.1.4. del pliego de condiciones. RESPUESTA a la pregunta No. 131: Se confirma que para este caso el coordinador y el supervisor se refieren a la misma persona. RESPUESTA a la pregunta No. 132: De acuerdo con el estudio de mercado realizado la labor del operario es más especializada a la del operario de aseo, debido a que su actividad contempla labores de mantenimiento y jardinería. RESPUESTA a la pregunta No. 133: Los estudios previos se encuentran publicados en: www.contratos.gov.co, de igual manera el archivo físico se encuentra a disposición de los proponentes que así lo requieran, RESPUESTA a la pregunta No. 134: Se aclara que para otorgar el puntaje correspondiente a oferta económica por personal, se calcularan las medias aritméticas de cada uno de los tres ítems mencionados, y su relación con la oferta del proponente se multiplicará por el peso ponderado en cada uno de ellos, en los términos del numeral 3.4.2.2. Para la media aritmética para insumos se seguirá el mismo procedimiento, el cual es descrito en el numeral 3.4.2.1. En cada uno de estos dos numerales se hace la anotación de que el valor ofertado tanto por cada ítem incluido IVA como por cada operario incluido IVA, no podrá ser superior a valor techo relacionado en el anexo No. 4 y 5.

NUMERAL 4.4. PLAZO

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OBSERVACION PRESENTADA POR CASALIMPIA S.A. (ANTONIO LOPEZ HAZ) 136. Teniendo en cuenta el numeral 4.4 PLAZO, en el que la entidad estima un plazo de QUINCE MESES (15) y según la relación de fechas de terminación de contratos relacionadas en cada una de las Regionales y Dependencias, solicitamos a la Entidad informar si el plazo de ejecución para cada una de las sedes será por los QUINCE MESES (15), y se contarán a partir de la fecha de terminación que relaciona la entidad para cada sede en este numeral? OBSERVACION PRESENTADAASEOS COLOMBIANOS “ASEOCOLBA” S.A. (DELLANA SOCORRO TAFUR ATIQUE) 137. “Para la ejecución del contrato se ha estimado un plazo de QUINCE MESES (15) contados a partir de la fecha de suscripción del contrato y hasta el 31 de marzo de 2014” Dado que hay Regionales en las que a la fecha de inicio del contrato, todavía se está ejecutando el servicio como en el siguiente ejemplo. Solicitamos a la Entidad aclararnos si el plazo de ejecución será de Quince (15) Meses contados a partir de la Fecha de inicio o en su defecto será hasta el 31 de Marzo del 2014 como en resto de las Regionales. De igual forma indicarnos si se firmará un solo contrato o contratos individuales por cada regional. RESPUESTA a la pregunta No. 136 y 137: En general, el plazo del contrato es de 16 meses contados a partir de la fecha de suscripción del contrato, sin embargo, la prestación del servicio en cada regional iniciara a partir de la terminación del contrato vigente, razón por la cual habrán regionales en las cuales la prestación el servicio será por menor tiempo. Ver adenda No. 4.

NUMERAL 4.5. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Respecto a la recolección y almacenaje

OBSERVACIONES PRESENTADAS POR YORLET SERRANO 138. Respecto de la recolección y almacenaje, numerales “5. Deberá suministrar contenedores para clasificación en oficinas y cuartos de residuos, 12. Suministrará estibas de material lavable, 13. Deberá suministrar Termo higrómetros y 14.

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Deberá suministrar Bascula electrónica para cada Centro y Sede” nuevamente solicitamos a la Entidad tener en cuenta que el presupuesto asignado, es insuficiente para suministrar esta clase de equipos suntuosos, y que por tanto se supriman estos requerimiento del pliego, o bien que se requiera solo para sedes donde sean más de 15 operarios. Retirar los equipos suntuosos como: contenedores para clasificación en oficinas y cuartos de residuos, estibas de material lavable, termo higrómetros, basculas electrónicas ó que se requieran para las sedes donde sean más de 15 operarios. OBSERVACION PRESENTADA POR CASALIMPIA S.A. (ANTONIO LOPEZ HAZ) 139. En virtud del ítem 8 que en su tenor literal dice (…) 8. El personal que se asigne para manipular desechos de los consultorios médicos, debe contar con el carné de vacunación vigente, como mínimo, las tres (3) dosis de hepatitis B, y las tres (3) dosis de DPT.

Solicitamos aclarar cuál es el número aproximado de personas que estarán en los consultorios médicos y en que sedes están los mismos.

140. ¿Cuál es la cantidad aproximada de personal que atenderá los despachos del Director General y Directores Regionales? 141. Solicitamos a la entidad aclarar en qué sedes o regionales se debe realizar este proceso.

Si esta obligación debe realizarse en todas las sedes, la entidad debe informar el proceso de reciclaje para cada sede que actualmente se desarrolla con su históricos, de acuerdo al tipo de residuos que cada sede genera, lo anterior en que no tenemos el conocimiento de estos aspectos y que No en todas las sedes generan el mismo tipo de residuo.

142. En el ítem 1. Selección cuantificación y disposición de los residuos recuperables (residuos recuperables en un 100%: vidrios, todo tipo de metales, plásticos, bolsas de plástico, vasos desechables, envases tetra pack- papel de archivo, periódicos, envolturas de muebles, papel corrugado, formas continuas, folletos, cajas de cartón de todo tipo y todo lo relacionado, carpeta de archivo A-Z, carpeta plegadiza yute y Kraft, revistas/satinados - material impreso, papel mixto mezclado, elementos metálicos, de madera, cueros), en cada sede en donde se presta el servicio con personal idóneo para selección, cuantificación y disposición de los residuos recuperables. En este ítem se debe hacer la selección total de los

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residuos, algunos centros tienen tripletas pero otros no, razón por la cual exigen la separación, por lo que la Entidad debe aclarar cuáles son los residuos que no son aprovechables y en que sedes está distribuido.

143. En el ítem 4. Deberá determinar por sus propios medios, el peso de los residuos y reportar mensualmente las cantidades de cada tipo de residuo recuperado durante el mes anterior. Solicitamos a la Entidad informar la cantidad de básculas o elementos que actualmente utiliza la entidad para realizar este servicio, sus especificaciones técnicas y en que sedes están distribuidos.

144. De acuerdo al ítem 11. Deberá implementar señalética del sistema de recolección y de ruta sanitaria. En que sedes (ubicación de regional), se manejan residuos peligrosos, no es claro ¿porque hay que señalizar la ruta sanitaria?, por otra parte si existen residuos peligrosos el oferente debe pesar, preparar y entregar estos residuos hospitalarios, requerimos aclarar el tipo de residuo, sedes y a donde debe realizarse la distribución final.

145. En el ítem 12. Deberá suministrar contenedores para clasificación en oficinas y cuartos de residuos. Estas canecas o recipientes hacen referencia a las cantidades y especificaciones de puntos ecológicos establecidos en el FORMATO No 4 OFERTA ECONOMICA – INSUMOS DE CAFETERIA Y ASEO, elementos suministrados por UNA SOLA VEZ, denominados:

DESCRIPCIÓN UNIDAD DE MEDIDA

CONSUMO MENSUAL PROMEDIO

PUNTO ECOLOGICICO (CANECA AZUL, VERDE Y GRIS) DE 35 LTS

UNIDAD 659

PUNTO ECOLOGICICO (CANECA AZUL, VERDE Y GRIS) DE 55 LTS

UNIDAD 730

PUNTO ECOLOGICICO (CANECA AZUL, VERDE Y GRIS) DE 319 LTS

UNIDAD 319

146. En el ítem 13. Suministrará estibas de material lavable, higiénico y resistente preferiblemente estibas de polietileno de alta densidad para el cuarto de

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almacenamiento de residuos. Las estibas son usualmente utilizadas para apilar el material, pero si hay contenedores no serían útiles, para los materiales contenidos, solicitamos a la entidad precisar este aspecto.

147. En el ítem 14. Deberá suministrar Termohidrómetros (instrumento de medición de temperatura y humedad relativa) para cada cuarto de residuos y llevar un registro periódico de sus lecturas. Este tipo de sensores se usan más para el control del ambiente en custodia de información, pero para residuos aprovechables es más un lujo de obtención de información, es un costo alto que consideramos la entidad debe considerar para requerir como obligación al contratista.

148. En el ítem 15. Deberá suministrar Básculas para el pesaje de los residuos generados en cada Centro y Sede. Solicitamos a la Entidad aclarar cuáles son las especificaciones técnicas de estas básculas, además requerimos a la Entidad informar la cantidad aproximada de básculas que debe disponerse en cada centro y sede del SENA.

149. En el ítem 16. Transportar los residuos recuperables para lo cual debe revisar los vehículos antes de cargar los residuos recuperables, con el fin de asegurar que se encuentren en buenas condiciones mecánicas. En este ítem es necesario conocer:

a. ¿En que sedes se realiza este cargue de residuos recuperables? b. ¿El contratista debe contar con vehículos propios para esta

actividad? c. ¿A que hace referencia la revisión de vehículos antes de cargar los

residuos, son vehículos de propiedad de la Entidad? d. En este aspecto consideramos que si los vehículos para este fin

son de propiedad del contratista es un costo elevado, que consideramos no ha sido establecido en el presupuesto de este proceso.

150. En el ítem 18 Retiro y transporte del material hasta el sitio final, garantizándole medio de transporte idóneo acorde con la naturaleza del mismo. En este ítem es necesario conocer:

e. ¿En que sedes se realiza este retiro y transporte de material? f. ¿Se debe contar con vehículos para esta labor?

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g. ¿A que hacen referencia con e “Sitio final”, la entidad llama a esto un sitio que ya tiene establecido con un único proveedor para este servicio, o múltiples proveedores que recogen estos materiales en cada una de las sedes del SENA.?

h. ¿La entidad realiza algún tipo de comercialización de este material y se entienden comercialmente con cada proveedor ya establecido por la Entidad?

i. Es importante aclarar si el sitio final denominado por el SENA, se encuentra dentro o fuera de las sedes de la Entidad, en el caso de que sea fuera de las sedes del SENA, solicitamos a la Entidad elimar este requerimiento, pues las empresas de servicio de aseo no realizan estos servicios además que se incurrirá en un costo adicional, que consideramos no está contemplado en el presupuesto del presente proceso.

151. En el ítem 22 El El proponente favorecido efectuara por su cuenta el pesaje del material reciclable, en la báscula es con registro de calibración vigente, expidiendo el correspondiente reporte de pesaje el mismo día de la diligencia, documento que será soporte dentro del acta de entrega, en la que constará cantidad. Igualmente debe responder por cualquier adulteración en la báscula utilizada y el ítem 23. Garantizar la vigencia de la calibración de las básculas durante el tiempo de ejecución del contrato y disponer en lugar visible en la báscula su certificado de calibración vigente

En este aspecto, la calibración de las basculas deben realizarla un laboratorio de metrología o empresa que le homologue y pueda certificar, y es un costo alto que no esta incluido en el presupuesto de la presente licitación

152. Por las razones anteriormente expuestas sobre el numeral 4.5 obligaciones del contrato – obligaciones respecto de la recolección y almacenaje, solicitamos a la entidad elimine esta obligación al contratista favorecido, toda vez las actividades específicas requeridas no son actividades propias de empresas prestadoras de servicios de aseo, las empresas pueden colaborar con el proceso de reciclaje como separación en la fuente, pero se evidencian varias actividades complejas y de alto costo.

Adicionalmente, esta obligación genera un costo excesivamente alto, en cuanto a la Logistica que debe disponerse para cumplir con esta obligación como: personal técnico, profesional o tecnólogo ambiental que debe establecer en cada regional, los elementos como basculas, equipos para pesaje y en general, campañas que

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incluyen folletos, comunicados, entre otros son aspectos que no se encuentran establecidos en los costos del estudio de mercado para la realización del presupuesto objeto de este proceso, razón por la cual solicitamos a la entidad eliminar este requerimiento. OBSERVACIONES PRESENTADAS POR CLEAN DEPOT S.A. ESP (VIVIANA AMEZQUITA). 153. Determina el pliego de condiciones que se deben suministrar Termohidrómetros, contenedores, básculas, transporte de residuos con el correspondiente vehículo:

Si bien es cierto que la entidad al momento de la elaboración del pliego de condiciones debe incluir todas quellas actividades que aseguren la bueja ejecución del objeto contractual, también resulta cierto que al momento de la solicitud de cotizaciones o del método utilizadado para la proyección del presupuesto también deben referenciarse. Si se solicitan cotizaciones a las empresas que puedan prestar la misma clase de servicios, pero no se les especifícan que dentro de las obligaciones estarán includos el suministro de lo citado o las actividades mencionadas, éstas no serán tenidas en cuenta para las posible erogaciones en las que se deban incurrir, generando que la cotización entregada sea inferior en valor a lo que se debe gastar en el contrato. Como es claro que esto no se realizó en el proceso que nos ocupa resulta igual de claro que son gastos en los que debe incurrir el contratista y que afectarán la posible ganancia que se pueda por la ejecución del contrato, generando a su vez un posible detrimento patrimonial para el contratista. Como es deber de la administración velar porque las cargas sean en iguales y no exista un quebranto solicitamos evaluar lo requerido y ajustarlo al presupuesto existente, es decir, que se disponga de algún rubro para cubrir estas necesidades o se eliminen del pliego de condiciones.

154. Cita el pliego de condiciones: "designar una persona como coordinadora del proceso de clasificación, pesaje, cuantificación, avalúo, empaque, embalaje y traslado de los residuos recuperables (Reciclaje)" Solicitamos aclarar si debe ser un coordinador adicional o quién va a ejercer esta función.

OBSERVACION PRESENTADAASEOS COLOMBIANOS “ASEOCOLBA” S.A.

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(DELLANA SOCORRO TAFUR ATIQUE) 155. De acuerdo al numeral 4.5 OBLIGACIONES DEL CONTRATO dentro de las Obligaciones Respecto de la Recolección y Almacenaje. � Numeral 13: Indicar la cantidad de estibas a suministrar o el número de cuarto de almacenamientos de residuos para así poder calcular las cantidades. � Numeral 14: Indicar la cantidad de Termo hidrómetros a suministrar o el numero de cuartos de almacenamiento residuos o en su defecto si se debe suministrar uno para cada Regional donde se prestará el servicio � Numeral 15: Suministrar especificaciones técnicas de las Basculas a suministrar ( Capacidad) de igual forma indicar el numero de basculas que se deben suministrar OBSERVACION PRESENTADA SERVIESPECIALES S.A. (MARCELINO GIL ACEVEDO)

156. 13. Suministrara estibas de material lavable, higiénico y resistente preferiblemente estibas de polietileno de alta densidad para el cuarto de almacenamiento de residuos. 14. Deberá suministrar Termohidrómetros (instrumento de medición de temperatura y humedad relativa) para cada cuarto de residuos y llevar un registro periódico de sus lecturas 15. Deberá suministrar Básculas para el pesaje de los residuos generados en cada Centro y Sede 19. Levantar un Acta de entrega en cada diligencia de retiro de material reciclable en la cual se identifique: 1. Ciudad y fecha, 2. Nombre de quien la entrega, 3. Descripción del material entregado con sus respectivos pesos, 4. Cantidad expresada en kilogramos, 5. Sitio de retiro y entrega, 6. Descripción y número de placas del medio de transporte en el cual se hace el traslado, 7. Disposición, transporte y manejo de los residuos, 8. Valor por unidad de medida y valor total de la entrega, 9. Nombre y firma del encargado de Control y Vigilancia del contrato y del proponente que hace la entrega y recibo respectivamente, 10.Observaciones si las hay.” El SENA cuenta con convenios de reciclaje o estos los realiza el contratista?

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Y si el SENA cuenta con convenios de reciclaje estos costos se tuvieron en cuenta en el presupuesto pues estos costos causan detrimento en el valor del contrato? OBSERVACION PRESENTADA POR REPRESENTACIONES E INVERSIONES ELITE (DANIEL ALVARO ZABALA PAZ) 157. De acuerdo a las Obligaciones de recolección y almacenaje indica:

12. Deberá suministrar contenedores para clasificación en oficinas y cuartos de residuos.

Agradecemos por favor con el fin de establecer un costo adecuado, se nos indique cuantos contenedores y sus dimensiones.

14. Deberá suministrar Termo hidrómetros (instrumento de medición de temperatura y humedad relativa) para cada cuarto de residuos y llevar un registro periódico de sus lecturas.

Agradecemos por favor con el fin de establecer un costo adecuado, se nos indique cuantos Termo hidrómetros?

15. Deberá suministrar Básculas para el pesaje de los residuos generados en cada Centro y Sede.

Agradecemos por favor con el fin de establecer un costo adecuado, se nos indique cuantas Básculas? De igual forma observamos que se están incluyendo actividades de recolección, reciclaje y almacenamiento que no pertenecen al objeto central del contrato, y que generan el suministro de una serie de equipos de alto costo como los indicados anteriormente y que no fueron tampoco incluidos para la asignación presupuestal, por lo cual solicitamos eliminar del pliego de condiciones estos requerimientos o que los equipos sean suministrados por el SENA. OBSERVACIONES PRESENTADAS POR YORLET SERRANO 158. Se solicita a la Entidad aclarar en el ítem: Obligaciones Respecto de la recolección y almacenaje del contrato: numeral 11. Deberá implementar señalética del sistema de recolección y de ruta sanitaria, ¿Qué significa “señalética”?

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RESPUESTA GENERAL: Se aceptan las observaciones. Se aclara que la señaletica o señalización del sistema de recolección y de la ruta sanitaria es un requerimiento de la Secretaría de Salud. Ver adenda No. 4.

ANEXO 1 CRONOGRAMA

OBSERVACION PRESENTADA POR INDUSTRIAS APROQUIM (ANA ELSY VALENCIA BEDOYA) 159. Solicitamos a la entidad que teniendo en cuenta que este es un Proceso de Licitación para prestar la prestación del Servicio a Nivel Nacional, amplíe la fecha de cierre del proceso para el 19 de noviembre de 2012. Toda vez que nuestra empresa tiene el interés de participar y el tiempo resulta insuficiente para la conformación de un Consorcio, como es nuestro objetivo. OBSERVACION PRESENTADA POR MARIA INES DE SANCHEZ, REPRESENTANTE LEGAL DE QUINAL LTDA 160. Pedimos a la entidad que se dé un mayor plazo cierre del proceso de Licitación, teniendo en cuenta la condición del contrato de prestación del Servicio a Nivel Nacional. Toda vez que nuestra empresa tiene interés de participar de dicho proceso. OBSERVACION PRESENTADA POR CHEMICAL PRODUCT’S S.A. (DAVID HERRERA) 161. Solicito a la Entidad que considere la posibilidad de ampliar la fecha de cierre del proceso, para el 17 de noviembre de 2012, porque este es un proyecto gran de magnitud, y el tiempo resulta insuficiente para cumplir con los requisitos solicitados. OBSERVACIONES PRESENTADAS POR YORLET SERRANO 162. Pedimos respetuosamente, a la entidad que considerándola gran magnitud de este proceso, se aplace la fecha de cierre para ocho días después de lo planteado en los pliegos definitivos. OBSERVACION PRESENTADA OPEC LTDA (DARIO TOBON)

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163. Que la Entidad tenga en cuenta que la condición del contrato de prestación del Servicio a Nivel Nacional, implica la unión del esfuerzo de varias empresas para alcanzar z cumplir con los requisitos exigidos, por tal motivo, que solicito que se piense en la posibilidad de ampliar la fecha de cierre del proceso para el 13 de noviembre de 2012; toda vez que muchas de las empresas interesadas en participar tendrán que conformar Consorcios con empresas de otras regiones, para cumplir con la prestación integral del servicio solicitado. RESPUESTA GENERAL: Teniendo en cuenta las observaciones referentes a la fecha de cierre del proceso, el SENA amplió la fecha hasta el 16 de noviembre de 2012. Ver Adenda No. 3.

OTROS

164. Con referencia a la calificación económica y teniendo en cuenta que la propuesta económica será calificada aplicando una media aritmética por cada sub ítem que la compone, tales así que se sacara una media aritmética por cada insumo, así mismo como por cada operario, solicitamos de manera respetuosa que en la audiencia de cierre del proceso se de lectura de cada uno de los precios ofertados por cada insumo, por cada operario y el valor total esto con el fin de garantizar el principio de transparencia del proceso y publicidad del mismo.

OBSERVACIONES PRESENTADAS POR CLEAN DEPOT S.A. ESP (VIVIANA AMEZQUITA). 165. A los estudios previos:

Si bien es cierto la entidad determina que se tuvo en cuenta una proyección del incremento del 3% el mismo no se ve reflejado en los cambios de vigencias del personal, como sí fue detallado en los insumos. Solamente se tomó el valor correspondiente a cada servicio 2012 y se multiplicó por el número de meses. Por lo tanto, el presupuesto se encontraría por menor valor del verdaderamente requerido para la ejecución del contrato.

OBSERVACION PRESENTADA OPEC LTDA (DARIO TOBON)

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166. Solicito a la Entidad, que se aclaren los motivos por los cuales ya no se hará entrega del anticipo. Porque este hecho afecta el inicio de actividades del contrato, por los elementos iniciales que se deben adquirir. Y también que considere en volver a plantear este tema en los pliegos definitivos.

OBSERVACION PRESENTADA POR JUAN FERNANDO GOMEZ CARDONA

167. De acuerdo a la ley 80 en el articulo siguiente se define claramente el contrato de obra pública (contrato con entidades del estado) y el contrato de prestación de servicios. Artículo 32. De los contratos estatales. Son contratos estatales todos los actos jurídicos generadores de obligaciones que celebren las entidades a que se refiere el presente estatuto, previstos en el derecho privado o en disposiciones especiales, o derivados del ejercicio de la autonomía de la voluntad, así como los que, a título enunciativo, se definen a continuación: 1. Contrato de obra. Son contratos de obra los que celebren las entidades estatales para la construcción, mantenimiento, instalación y, en general, para la realización de cualquier otro trabajo material sobre bienes inmuebles, cualquiera que sea la modalidad de ejecución y pago. En los contratos de obra que hayan sido celebrados como resultado de un proceso de licitación o concurso públicos, la interventoría deberá ser contratada con una persona independiente de la entidad contratante y del contratista, quien responderá por los hechos y omisiones que le fueren imputables en los términos previstos en el artículo 53 del presente estatuto. Conc: Decreto 2009 de 1992; Ley 104 de 1993; Ley 418 de 1997; Ley 241 de 1995; Ley 548 de 1999 3. Contrato de prestación de servicios. Son contratos de prestación de servicios los que celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados. En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales y se celebrarán por el término estrictamente indispensable. Nota General: El contrato de prestación de servicios se encuentra regulado por disposiciones comerciales y civiles, cuando se suscriben con personas de derecho privado, bien sean naturales o jurídicas, o, por el Estatuto de Contratación Administrativa, cuando el contratante es una de las entidades estatales señalada en el numeral 1° del artículo 2° de la Ley 80 de 1993. La contratación de personal de un trabajador independiente bajo la modalidad de contrato de prestación de servicios, tendrá que ser de manera ocasional de modo tal que no se cumpla con

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los requisitos contemplados en el artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo, esto es, que no se genere una relación laboral. Concepto 170258 de 2007. Ministerio de Protección Social. Conc: Decreto 1737 de 1998; Decreto 2209 de 1998 Artículo 1 Por lo anterior y de acuerdo a sus estudios previos y pre pliegos de condiciones donde solicitan lo siguiente: OFERTA ECONÓMICA POR OPERARIOS (ANEXO Nº 5) (400 PUNTOS): Para obtener el puntaje correspondiente a la oferta económica por el valor de los operarios el proponente diligenciar la totalidad del Anexo Nº 5, discriminando la siguiente información: ��Valor Unitario sin IVA. ��Valor IVA : ��Operarios: El IVA es del 16% ��Operario de aseo con reparto de bebida: El IVA es del 1,6% ��Supervisor: El IVA es del 16% ��Valor total unitario incluido el IVA : Se hace el siguiente análisis para que sea estudiado, esperando respuesta por la entidad:

1. Considero que dicho contrato no debe ser de servicios. 2. Que se generaría un detrimento patrimonial ya que se pagaría un IVA innecesario dado que los contratos de obra pública no generan IVA. Y esos recursos los podría invertir la entidad en otros programas. 3. Como incluyen las bebidas con un IVA del 1.6% si es un suministro. 4. Deberían separar los contratos ya que el aseo tiene una tarifa del 1.6%, el servicio de jardinería tiene la del 16% y el de suministro el 16% (no obstante según el concepto debería ser de obra pública que no genera IVA). 5. En los contratos de suministro lo adecuado para las entidades es realizarlos por subastas inversas.

Otra inquietud, es que no se tuvo en cuenta por parte de la entidad, en los estudios previos, el tema ambiental, ya que en cada ciudad del país son diferentes los programas académicos del SENA, y se debe tener en cuenta temas ambientales para el manejo de residuos peligrosos, por ejemplo en el caso de programas de enfermería y similares, manejo de hidrocarburos, el manejo de los sobrantes de la jardinería y zonas verdes. Por lo anterior solicito se me informe si se tuvo en cuenta dentro del costo la disposición final de sobrantes y se publique el estudio conciso para cada ciudad donde se incluya: Distancia del relleno sanitario en cada ciudad

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Costo por tonelada al relleno sanitario de cada ciudad. Costo del transporte y manejo de los residuos peligrosos Manejo de hidrocarburos y grasas, entre otros. Todo esto lo solicito por que los estudios previos son pobres y al parecer los elaboran de acuerdo a promedios de servicios sin tener en cuenta las condiciones especiales de cada región del país. La Entidad entregará un Anticipo de TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES DE PESOS ($3.331.000.000.00) correspondiente al presupuesto de la vigencia de 2012 para que el contratista constituya un fondo para la adquisición de insumos hasta el agotamiento de los dineros entregados a título de anticipo y así disponga de insumos iniciales para la prestación del servicio. Ante este anticipo de tan grande magnitud para insumos que corresponde al 13% del valor del contrato, quisiera que la entidad soportara el estudio preciso con los que se hicieron dichos cálculos, para que se anexen claramente en los estudios previos ya que no sería lógico pedir una capacidad financiera tan alta ya que piden El nivel de liquidez debe ser Igual o mayor a 1 (Uno). RESPUESTA a la pregunta No. 164: Para la audiencia de cierre del proceso, se dará copia de las propuestas económicas de cada uno de los proponentes, las cuales a su vez se publicaran en el SECOP. RESPUESTA a la pregunta No. 165: El presupuesto oficial fue ajustado en la Adenda No. 4. RESPUESTA a la pregunta No. 166: No se acepta la observación. El SENA considera que para este proceso en particular no se requiere anticipo, pero en su lugar se requiere adquirir los “elementos suministrados por una sola vez” relacionados en el formato No 4, así como las reservas en stock de 2 meses. RESPUESTA a la pregunta No. 167: Se aclara, que el SENA realizo los estudios previos de forma juiciosa, responsable y atendiendo los principios que rigen la contratación pública. Dichos estudios previos se encuentran publicados en www.contratos.gov.co y físicamente se encuentran disposición de las partes interesadas.