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Obra PublicaTRANSCRIPT
CONSTRUCCIÓN Y TECNOLOGÍA III
OBRA
PÚBLICA
Involucran
Ejecución
Consultoría
Se define
Como el resultado derivado de un conjunto de
actividades materiales que comprenden:
Y habilitación de bienes inmuebles tales como
edificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones,
carreteras, puentes, entre otros, que requieren dirección
técnica, expediente técnico, mano de obra, materiales y/o
equipos; destinadas a satisfacer necesidades públicas.
Construcción. Reconstrucción. Remodelación. Mejoramiento.
Demolición. Renovación. Ampliación.
Necesidad pública involucrada
Ejecución Obra
pública
OBRA
PÚBLICA
Viabilidad
SISTEMA NACIONAL DE INVERSION PUBLICA (SNIP) Y EL EXPEDIENTE TECNICO
El SNIP fue promulgado por la ley N°27293 del 28 de Junio del 2000, habiendo tenido a partir de esta fecha una serie de modificaciones.
FINALIDAD DEL SNIP
La norma se dicto con la finalidad de OPTIMIZAR EL USO DE LOS RECURSOS PUBLICOS destinados a la Inversión, mediante el establecimiento de principios, procesos, metodologías, y normas técnicas relacionadas con las diversas fases de los proyectos de inversión.
Estableció que están sujetas a lo dispuesto en esta ley las Entidades del Sector Publico en sus tres niveles que ejecuten Proyectos de Inversión con Recursos Públicos.
SNIP
Las normas técnicas, métodos y
procedimientos de observancia obligatoria
aplicables al Ciclo de los Proyectos de
Inversión Pública (PIP).
Establece
Comprende
Pre inversión
Inversión
Post inversión
Fases
CICLO DEL
SNIP
PROYECTO DE INVERSION PUBLICA (PIP)
¿QUE ES UN PROYECTO DE INVERSION PUBLICA (PIP)?
Se define como Proyecto de Inversión Publica (PIP) a toda inversión limitada en el tiempo que utiliza total o parcialmente recursos públicos, con el fin de crear, ampliar, mejorar o recuperar la capacidad productora o de provisión de bienes y servicios; cuyos beneficios se generan durante la vida útil del proyecto y estos sean independientes de los otros proyectos.
Una modificación sustancial del PIP, implica una nueva
verificación de la viabilidad del mismo; en cambio, una
modificación no sustancial del PIP no implica una nueva
verificación de la viabilidad del proyecto.
Ejemplo, cuando el monto obtenido en el expediente técnico como valor
referencial se incrementa respecto al monto declarado viable, se
considerará como modificación no sustancial cuando tal variación se
encuentre dentro de los siguientes casos:
EXPEDIENTE
TÉCNICO SNIP
https://www.mef.gob.pe/index.php?option=com_content&view=article&id=3070&Itemid=100275&lang=es
Link para descargar formatos:
http://www.mef.gob.pe/contenidos/inv_publica/new-bp/operaciones-bp.php
Link de Banco de Proyectos: