obligaciones economicas planta virgrn de la nube

142
UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MACHALA FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES ESCUELA DE CONTABILIDAD PROYECTO DE INVESTIGACIÓN Previo a la obtención del título de Ingeniera en Contabilidad y Auditoría C.P.A TEMA: “ANÁLISIS DE LAS OBLIGACIONES FISCALES DE LA EMPRESA PLANTA DE BENEFICIO VIRGEN DE LA NUBE DEL CANTÓN PORTOVELO Y PROPUESTA DE PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA PARA EL AÑO 2011” PORTADA AUTORA: SUSAN NATHALI ESPINOSA TORRES DIRECTOR Ing. Com. Luis Octavio Señalín Morales MACHALA - EL ORO - ECUADOR 2011

Upload: jlfy

Post on 15-Nov-2015

2 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS EN LA PLANTA DE BENEFICIO VIRGEN DE LA NUBE

TRANSCRIPT

  • UNIVERSIDAD TCNICA DE MACHALA

    FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES

    ESCUELA DE CONTABILIDAD

    PROYECTO DE INVESTIGACIN

    Previo a la obtencin del ttulo de Ingeniera en

    Contabilidad y Auditora C.P.A

    TEMA:

    ANLISIS DE LAS OBLIGACIONES FISCALES DE LA

    EMPRESA PLANTA DE BENEFICIO VIRGEN DE LA

    NUBE DEL CANTN PORTOVELO Y PROPUESTA DE

    PLANIFICACIN TRIBUTARIA PARA EL AO 2011

    PORTADA

    AUTORA:

    SUSAN NATHALI ESPINOSA TORRES

    DIRECTOR

    Ing. Com. Luis Octavio Sealn Morales

    MACHALA - EL ORO - ECUADOR

    2011

  • ING. COM.

    LUIS OCTAVIO SEALIN MORALES

    DIRECTOR DEL PROYECTO DE INVESTIGACIN N

    QUE: Mediante Oficio N.- 896- TG-FCE del 27 de Octubre del 2010,

    Segn resolucin N.- 1502/2010 de fecha 14 de Octubre/2010 el H. Consejo

    Directivo se me designo Director del proyecto de investigacin titulada

    ANLISIS DE LAS OBLIGACIONES FISCALES PARA LA EMPRESA

    PLANTA DE BENEFICIO VIRGEN DE LA NUBE PROPIETARIO SR.

    GEORGE VASQUEZ DE LA CIUDAD DE PORTOVELO Y SU

    PROPUESTA DE PLANIFICACIN TRIBUTARIA PARA EL AO 2011.

    C E R T I F I C O:

    Que el presente proyecto de investigacin titulada, ANLISIS DE LAS OBLIGACIONES FISCALES PARA LA EMPRESA PLANTA DE BENEFICIO VIRGEN DE LA NUBE PROPIETARIO SR. GEORGE VASQUEZ DE LA CIUDAD DE PORTOVELO Y SU PROPUESTA DE PLANIFICACIN

    TRIBUTARIA PARA EL AO 2011., ha sido elaborada por la autora Sra. Susan Nathali Espinosa Torres, en forma sistemtica con sujecin al proyecto de

    investigacin y orientacin, la misma que ha sido realizada de acuerdo al reglamento

    de ttulos y grado de la Facultad de Ciencias Empresariales, por lo que autorizo su

    presentacin para su posterior sustentacin y defensa.

    Machala, Junio del 2011

    Ing. Com. Luis Octavio Sealin Morales

    DIRECTOR DEL PROYECTO DE INVESTIGACIN

  • iii

    OR

    AUTORA

    RESPONSABILIDAD DE LA AUTORA

    Las ideas, comentarios y criterios expuestos en el presente la presente

    Tesis de Investigacin, son de absoluta responsabilidad de la autora.

    Machala, Junio del 2011.

    .

    Susan Nathali Espinosa Torres

    C.I.0705060242

  • iv

    DEDICATORIA

    De manera especial dedico este trabajo a Dios por haberme regalado el

    tesoro de la vida y ser la luz que gua mi camino, a mis queridos padres que

    con sus sabios consejos me motiva da a da para continuar superndome, a

    mi amado esposo el cual con tanta comprensin y paciencia ha sido mi

    apoyo en los momentos difciles, a mi familia la cual ha sido participe de las

    extenuantes horas de trabajo a lo largo de mi carrera.

    Susan Nathali Espinosa Torres

  • v

    AGRADECIMIENTO

    Solamente la gracia Divina del Supremo Creador hace que los mortales con

    uncin matizada de imperecedera gratitud reconozcamos de nuestros

    Maestros sus virtudes de profesionales, por ello quiero como mucho cario y

    humildad, agradecer a Dios Todopoderoso que ilumina y gua nuestro

    camino da a da, dndome las fuerzas necesarias para avanzar; a mi

    familia mil gracias por su comprensin y apoyo incondicional, no puedo dejar

    pasar por alto el imperecedero agradecimiento a la Universidad Tcnica de

    Machala, Facultad de Ciencias Empresariales, Centro Acadmico Pias y a

    todos los docentes de la misma, a mis distinguidos y dilectos Maestros que

    con su afn y mstica supieron facilitarme de sus sabias enseanzas,

    experiencias y vivencias, en especial al Ing. Octavio Sealn, Director de

    esta Tesis, quien de manera desinteresada ha sabido orientarme en la

    realizacin del presente proyecto.

    Al Gerente Propietario de la Planta de Beneficio Virgen de la Nube, por la

    ayuda y la informacin proporcionada para el desarrollo de esta

    investigacin.

    Susan Nathali Espinosa Torres

  • vi

    INDICE

    PORTADA........................................................................................................ i

    RESPONSABILIDAD DE LA AUTORA .......................................................... iii

    DEDICATORIA .............................................................................................. iv

    AGRADECIMIENTO ....................................................................................... v

    CAPTULO I ............................................................................................. 14

    1. EL PROBLEMA .................................................................................... 14

    1.1. Justificacin ....................................................................................... 14

    RBOL DE PROBLEMAS .................................................................... 16

    Variables Dependiente ...................................................................... 16

    Variables Independiente .................................................................... 16

    1.2. Objetivo general ................................................................................ 17

    1.3. Objetivos Especficos ....................................................................... 17

    CAPTULO II ............................................................................................ 18

    2. MARCO TERICO ............................................................................... 18

    2.1. Marco Terico Conceptual ................................................................ 18

    2.1.1. La Empresa .............................................................................. 18

    2.1.1.1. Conceptualizacin de Empresa ......................................... 18

    2.1.1.2. Importancia de las Empresas ............................................ 19

    2.1.1.3. Elementos de la Empresa .................................................. 20

    2.1.1.4. Caractersticas de las empresas ........................................ 20

    2.1.1.5. Clasificacin....................................................................... 21

    2.1.2. La Empresa Industrial .............................................................. 23

    2.1.2.1. Origen ................................................................................ 23

    2.1.2.2. Concepto ........................................................................... 23

    2.1.2.3. Responsabilidades de la empresa industrial...................... 24

    2.1.2.4. Clasificacin de la industria ............................................... 24

    2.1.3. Minera ..................................................................................... 25

    2.1.3.1. Procesos aplicables en la minera ..................................... 25

    2.1.4. Plantas de beneficio ................................................................. 26

    2.1.4.1. Definicin de las empresas plantas de beneficio ............... 26

  • vii

    2.1.4.2. Fines de las empresas plantas de beneficio ...................... 27

    2.1.4.3. Procesos en las plantas de beneficio. .............................. 27

    2.1.4.4. Leyes que rigen las plantas de beneficio .......................... 29

    2.1.4.5. Clases de tributos que deben cumplir las empresas plantas

    de beneficio ....................................................................................... 30

    2.1.5. Tributos .................................................................................... 31

    2.1.5.1. Historia............................................................................... 31

    2.1.5.2. Definicin ........................................................................... 31

    2.1.5.3. Caractersticas del tributo .................................................. 32

    2.1.5.4. Clasificacin de los tributos ............................................... 33

    2.1.5.5. Impuestos .......................................................................... 34

    2.1.5.6. Tasas ................................................................................. 35

    2.1.5.7. Contribuciones especiales ................................................. 37

    2.1.5.8. Anexos ............................................................................... 37

    2.1.5.9. Registro nico de Contribuyentes (RUC) ......................... 39

    2.1.5.10. Impuesto a la renta .......................................................... 44

    2.1.5.11. IVA ................................................................................... 54

    2.1.5.12. Retencin en la fuente ..................................................... 54

    2.1.5.13. Documentos tributarios. .................................................. 55

    2.1.6. La Obligacin Fiscal ................................................................. 55

    2.1.6.1. Sujetos presentes en las obligaciones tributarias. ............ 57

    2.1.6.2. Deberes formales del sujeto pasivo ................................... 60

    2.1.6.3. Objetivos de las obligaciones tributarias. .......................... 62

    2.1.6.4. Obligacin de llevar contabilidad ....................................... 62

    2.1.7. Planificacin Tributaria ............................................................. 63

    2.1.7.1. Concepto ........................................................................... 63

    2.1.7.4. Necesidad de Realizar una Planificacin Tributaria ........... 65

    2.1.7.6. Principio fundamental de la planificacin tributaria ............ 66

    2.1.7.7. Necesidad de asesoramiento ............................................ 66

    2.1.7.8. Determinantes de la planeacin tributaria ......................... 67

    2.2. Marco Terico Contextual ................................................................. 69

  • viii

    2.2.1. La Planta de Beneficio Virgen de la Nube de la ciudad de

    Portovelo ............................................................................................... 69

    2.2.1.1. Origen y creacin de la empresa ....................................... 69

    2.2.1.2. Tipo de Actividad ............................................................... 70

    2.2.1.3. Tipos de Usuarios .............................................................. 70

    2.2.1.4. Estructura Organizacional.................................................. 70

    2.2.1.5. Infraestructura Fsica ......................................................... 71

    2.2.1.6. Infraestructura Tecnolgica ............................................... 71

    2.2.1.8. Misin ................................................................................ 73

    2.2.1.9. Visin ................................................................................. 73

    2.2.1.10. Fortalezas, Debilidades, Oportunidades Y Amenazas ..... 73

    2.2.1.11. Objetivos .......................................................................... 74

    2.2.1.12. Obligaciones tributarias de la empresa ............................ 74

    3. METODOLOGA ................................................................................... 76

    3.1. ANLISIS DE LA METODOLOGA ................................................... 76

    3.2. ANALISIS DE LAS VARIABLES INDEPENDIENTES E

    INDICADORES ..................................................................................... 77

    3.3. MATRIZ INDICADOR, TCNICAS E INSTRUMENTOS DE

    INVESTIGACION ..................................................................................... 78

    CAPITULO IV ........................................................................................... 80

    4. Anlisis e interpretacin de los instrumentos de investigacin .......... 80

    4.1. Resultado de las Guas de observacin ................................... 80

    4.2. ANLISIS E INTERPRETACIN DE LA ENTREVISTA

    DIRIGIDA AL PERSONAL DE LA EMPRESA PLANTA DE BENEFICIO

    VIRGEN DE LA NUBE ......................................................................... 83

    4.3. ANLISIS DE INTERPRETACIN DE LA GUIA DE ENCUESTA

    DIRIGIDA A LOS PROFESIONALES CONTABLES............................... 90

    4.4. CONCLUSIONES ............................................................................. 96

    4.5. RECOMENDACIONES ..................................................................... 97

    5. PROPUESTA ........................................................................................ 98

    5.1. Nombre de la Propuesta. .................................................................. 98

    5.2. Antecedentes de la Propuesta. ......................................................... 98

    5.3. Justificacin. ................................................................................. 100

  • ix

    5.4. Objetivos generales: ..................................................................... 101

    5.5. Objetivos Especficos: .................................................................. 101

    5.6. Factibilidad .................................................................................... 103

    5.7. Descripcin de la propuesta. ....................................................... 103

    5.7.1. Instrumentos Para Planificar ............................................... 104

    5.7.2. Plazos de las obligaciones que tiene que cumplir la

    empresa ............................................................................................. 104

    5.7.3. DIAGRAMA DE FLUJO DE LOS PROCESOS EN LAS ....... 107

    5.7.5. TIPO DE EMPRESA .............................................................. 111

    5.7.5.1. REGLAMENTACIN INTERNA DE LA EMPRESA........... 111

    5.7.5.2. PROCESO CONTABLE TRIBUTARIO .............................. 111

    5.7.5.3. PROCESO DE COMPRAS DE LA EMPRESA .................. 112

    5.7.5.4. INFORMACION FINANCIERA ACTUAL Y

    PRESUPUESTADA ............................................................................. 113

    5.7.5.5. OBLIGACIONES TRIBUTARIAS GENERALES Y

    SECCIONALES .................................................................................. 116

    5.7.6. Plan de accin. ..................................................................... 126

    5.10. Impacto de la Propuesta ............................................................ 128

    5.11. COSTOS DE LA PROPUESTA ................................................ 129

    5.11.1. Cronograma de aplicacin de la propuesta ............................ 130

    5.12. Administracin de la Propuesta. ............................................ 130

    5.13. Resultados Esperados. ........................................................... 131

    5.14. Evaluacin de La Propuesta ...................................................... 131

    5.15. Estrategias de Implementacin de la Propuesta. ................. 131

    BIBLIOGRAFA .......................................................................................... 132

  • 14

    CAPTULO I

    1. EL PROBLEMA

    Qu elementos determinan el desconocimiento tributario por parte de los

    directivos de la Planta de Beneficio Virgen de la Nube de la Ciudad de

    Portovelo?

    1.1. Justificacin

    La importancia que en el mundo actual tiene la economa y la creciente

    intensificacin de las relaciones comerciales, han permitido que la

    tributacin constituya una parte elemental para el desarrollo de los pueblos,

    porque con estos recursos el estado puede cumplir con su obligacin

    constitucional de velar por el bien comn y proporcionar a la poblacin los

    servicios bsicos que sta requiere, generando fuentes de trabajo,

    mejorando la calidad de vida de los habitantes que participan en forma

    directa e indirecta en las sucesin de tributos y con ello favoreciendo el

    progreso de la sociedad.

    Pese a ello el proceso de tributacin en las empresas de nuestro pas es

    incipiente debido a la prctica continua que exista de evadir cuanto

    impuesto era posible, pero a raz de los ltimos decretos gubernamentales y

    ante la obligatoriedad de tributar, las empresas se encuentran en un

    momento crucial de sus vidas, porque estn obligadas a ser eficientes para

    sobrevivir en el mundo de la tributacin globalizada, ms aun deben

    apoyarse en los adelantos tecnolgicos para cada uno de sus procesos.

    Y para que nuestras empresas puedan realizar un control de sus recursos,

    debern realizar un anlisis de las obligaciones tributarias, aplicando el

    control de las normas tributarias, creando un orden de los documentos

    relacionados con ello, esto unido a una correcta elaboracin de los

    comprobantes de venta y retencin, y pago puntual de los impuestos,

    permitirn un mejor desenvolvimiento en la administracin tributaria , lo cual

  • 15

    debe ser un incentivo para el propietario y para todos los integrantes de la

    empresa. Sin embargo esta realidad no es ajena en nuestra comunidad

    minera en donde la principal fuente de ingreso la constituye la explotacin

    aurfera, para ello se han constituido plantas de beneficio, que durante

    muchos aos se manejaron de manera artesanal y por ello no consideraban

    la necesidad y beneficio de tributar, pero a raz de los ltimos

    acontecimientos lo estn haciendo con grandes dificultades que ms de una

    vez les han ocasionado multas que menoscaban en la economa y prestigio

    de la empresa.

    Dada esta realidad insatisfactoria la propuesta es realizar el ANLISIS DE

    LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS EN LA PLANTA DE BENEFICIO

    VIRGEN DE LA NUBE DE LA CIUDAD DE PORTOVELO Y PROPUESTA

    DE PLANIFICACIN PARA EL AO 2010 porque la temtica rene todas

    las condiciones que demanda este trabajo investigativo.

    Si bien es cierto que el presente trabajo de investigacin evidencia mi inters

    como investigadora ya que su realizacin me conducir a optar por el titulo

    de Ingeniera en Contabilidad y Auditora C.P.A, sin embargo su

    transcendencia rebasa el inters personal y se convierte en un deber que

    tengo que cumplir como profesional para dar solucin a este problema

    empresarial, sabiendo su ejecucin garantizar el desarrollo de la empresa,

    porque a travs de un anlisis que abarcar todos los elementos y mtodos

    necesarios el empresario podr tomar decisiones ptimas para el logro de

    sus objetivos. Por lo tanto todo el esfuerzo de la gestin conducir a

    maximizar la labor de la empresa, consiguiendo una buena administracin

    tributaria. La ejecucin de este tema no es fcil, sin embargo cuento con la

    informacin necesaria y con la buena voluntad de los directivos de la

    empresa que estn dispuestos a suministrar toda la informacin necesaria

    porque son consientes de los beneficios que esto les proporcionar, adems

    me apoyar en las leyes y reglamentos que rigen el proceso de tributar.

  • 16

    CUADRO #1

    RBOL DE PROBLEMAS

    Variable

    Dependiente

    (Efectos)

    Variable

    Independiente

    (Causa

    Pagos de multas e

    intereses tributarios

    Retraso en la

    elaboracin de las

    declaraciones

    Incumplimiento de

    las obligaciones

    tributarias

    Exceso en pagos por

    efectos de retenciones

    en la fuente

    DESCONOCIMIENTO TRIBUTARIO POR PARTE DE LOS DIRECTIVOS

    DE LA PLANTA DE BENEFICIO

    No existe capacitacin

    en el Departamento

    Contable

    Desorden en los

    documentos

    relacionados con la

    tributacin

    Incorrecta

    elaboracin de

    comprobantes de

    venta y retenciones

    Poco control de las

    normas tributarias de

    la empresa

  • 17

    1.2. Objetivo general

    Conocer los elementos determinan el desconocimiento tributario por parte

    de los directivos de la Planta de Beneficio Virgen de la Nube de la Ciudad de

    Portovelo?

    1.3. Objetivos Especficos

    Determinar los elementos que inciden en el poco control de las

    normas tributarias de la empresa?

    Establecer el nivel de desorden de los documentos relacionados con

    la tributacin?

    Conocer los aspectos que conllevan a la incorrecta elaboracin de

    comprobantes de venta y retenciones?

    Evaluar los efectos que ocasiona el pago impuntual de los tributos

  • 18

    CAPTULO II

    2. MARCO TERICO

    2.1. Marco Terico Conceptual

    2.1.1. La Empresa

    2.1.1.1. Conceptualizacin de Empresa

    La empresa se define como una entidad conformada por personas,

    aspiraciones, realizaciones, bienes materiales, capacidades tcnicas y

    capacidad financiera. Todo ello le permite dedicarse a la produccin,

    transformacin y/o prestacin de servicios para satisfacer con sus productos

    y/o servicios, las necesidades o deseos existentes en la sociedad.1

    La misin de la Empresa: es la necesidad de satisfacer a los clientes a

    alcanzar, productos y servicios a ofertar.2

    A la empresa la puedo definir desde dos puntos de vista:

    Segn el punto de vista econmico: la empresa es un conjunto de

    medios humanos y materiales cuyas actividades permiten alcanzar el

    fin especfico que es de obtener utilidades. La Empresa es una unidad

    econmicamente productiva.

    Segn el punto de vista social: la empresa es la reunin de

    personas con idnticos fines y objetivos.

    En conclusin la Empresa es todo ente econmico cuyo esfuerzo se orienta

    a ofrecer a los clientes bienes y/o servicios que, al ser vendidos, producirn

    una renta que beneficia al empresario, a los estados y a la sociedad en

    general.3

    1 http://es.wikipedia.org/wiki/Empresa

    2 www.trabajo.com. mx/mision_de_una_empresa.htm

    3 SNCHEZ Pedro. Contabilidad General, Colombia 2008, pag.5

  • 19

    2.1.1.2. Importancia de las Empresas

    La empresa es la unidad bsica de la economa de un pas, debido a que

    mediante los intercambios de bienes y servicios que hace con las familias se

    genera empleo y crecimiento econmico, crea el desarrollo urbano

    econmico y satisface las necesidades del consumidor.4

    Aspecto econmico

    Unidad generadora de empleos,

    Unidad generadora de ingresos o recursos financieros para un

    individuo, la empresa y para un pas,

    Unidad productiva y que desplaza bienes y/o servicios a un mercado,

    Unidad transformadora de productos y/o servicios nuevos,

    Unidad de crecimiento empresarial,

    Unidad de generacin y aplicacin tecnolgica,

    Unidad distribuida de las riquezas,

    Aspecto Social

    Unidad generadora de Empleos,

    Unidad satisfactoria de necesidades sociales,

    Unidad que permite alcanzar objetivos empresariales, grupales e

    individuales,

    Unidad de agrupacin de rganos e individuos que permite darle

    fuerza en la toma de decisiones,

    Unidad que genera status.

    4 http://www.aulaempresa.com/blog/306-importancia-de-la-empresa-en-la-economia.html

  • 20

    Aspecto Poltico

    Unidad de progreso nacional al trabajar en forma conjunta o grupal,

    para aspirar entrar a un mercado competitivo,

    Unidad generadora de divisas para un pas,

    Unidad generadora de estabilidad econmico de todo pas,

    Unidad de intercambio comercial, al exportar e importar productos y/o

    servicios,

    Unidad de intercambio monetario,

    Unidad de intercambio de relaciones pblicas y diplomticas

    (relaciones internacionales ),

    Unidad generadora de expansin empresarial.

    2.1.1.3. Elementos de la Empresa

    Establecimiento: lugar estratgico, (estudio de mercado)

    Clientela: consumidores

    Nombre social o comercial: nombre de la empresa

    Marca: prestigio distintivo para diferenciarse de otras

    2.1.1.4. Caractersticas de las empresas

    Estas se dan segn la magnitud de la empresa como detallamos a

    continuacin:

  • 21

    CUADRO #2

    CAPITAL

    TAMAO

    INDUSTRIAL

    COMERCIAL

    SERVICIO

    TERRITORIO

    301 a

    5000

    Microempresa 1 -30

    Empleados

    1 5

    Empleados

    120

    Empleados Local

    Pequea

    Empresa

    31100

    Empleados

    6 20

    Empleados

    21-50

    Empleados Local Sectorial

    5001 a

    30000

    Mediana

    Empresa

    101 500

    Empleados

    21 100

    Empleados

    51 100

    Empleados

    Local

    Nacional

    30001 en

    adelante

    Grande empresa

    501 o ms empleados

    101 o ms empleados

    101 o ms empleados

    Nacional

    Internacional

    2.1.1.5. Clasificacin

    Existen algunos criterios para clasificar a las empresas para efectos

    contables se consideran ms tiles los siguientes:

    a) Por la actividad.

    Las empresas, fundamentalmente, se dividen en industriales, comerciales

    y de servicios. En principio, lo que diferencia a una empresa industrial de

    una de servicios o de una comercial es la actividad que realizan.

    Industriales.- La actividad bsica de este tipo de empresas es la

    produccin de bienes mediante la transformacin de materias primas,

    transforman unas materias en productos tiles para ser consumidos,

    esto es, aplicados a satisfacer necesidades humanas.

    Comerciales.- Son aquellas que se dedican a la adquisicin de bienes

    o productos, con el objeto de comercializarlos y obtener ganancias.

  • 22

    Son intermediarias entre productores y consumidores las que

    adquieren bienes o mercancas para su venta posterior.

    Servicios.- La actividad econmica de este tipo de empresas es

    vender servicios o capacidad profesional, es decir productos

    intangibles. facilitan las actividades de las anteriores, como ocurre con

    las que se dedican a los seguros, a facilitar crdito, transporte, etc.

    b) Por el sector al que pertenecen.

    Pblicas.- Son empresas que pertenecen al estado y se dedican a

    prestar servicios a la colectividad.

    Privadas.- El capital de este tipo de empresas pertenece a personas

    naturales o jurdicas del sector privado, la finalidad principal es

    obtener ganancias con la inversin realizada.

    Mixtas.- El capital de las empresas mixtas est constituido por aportes

    del sector privado y sector pblico.

    c) Por el tamao.

    La clasificacin ms generalizada de las empresas segn el tamao es:

    Pequea empresa.- se considera pequea empresa aquella que

    maneja escasos recursos econmicos y humanos.

    Mediana empresa.- En este tipo de empresas la inversin del capital

    es considerable y nmero de personal que labora se incrementa en

    relacin con la pequea empresa.

    Grande empresa.- Las inversiones son de mayor cuanta, por lo tanto

    las utilidades tambin son significativas, el personal que posee es

    especializado por departamentos.

  • 23

    d) Por la funcin econmica

    Primarias.- Son las empresas de explotacin las agropecuarias y las

    de construccin.

    Secundarias.- Son aquellas empresas que se dedican a la

    transformacin de materias primas. Ejemplo: Empresas industriales.

    Terciarias.- Son las empresas dedicadas exclusivamente a la

    prestacin de servicios como salud, educacin, transporte, hospedaje,

    seguros, financieros, etc. (Espejo Jaramillo, 2010).

    e) Por la constitucin del capital

    Negocios personales o individuales.- Se constituyen con un solo

    propietario.

    Sociedades o compaas.- Se constituyen con el aporte de capital de

    varias personas naturales o jurdicas.

    2.1.2. La Empresa Industrial

    2.1.2.1. Origen

    La empresa industrial tiene su origen normal cuando el hombre se vio en la

    necesidad de producir armas y dems utensilios necesarios para cada

    individuo de la sociedad. En la evolucin econmica de las naciones se

    registra generalmente un flujo de la poblacin activa desde el llamado sector

    primario constituido por la agricultura, la pesca y la ganadera, hacia

    actividades industriales y de servicios.

    2.1.2.2. Concepto

    Empresa Industrial es un grupo de personas dedicadas a la actividad

    industrial, es decir, que realizan cualquier trabajo con nimo de lucro y que

    genera puestos de trabajo. Este trmino se puede aplicar a un amplio

  • 24

    abanico de actividades, desde la ganadera hasta el turismo, pasando por la

    manufacturacin. Engloba la produccin a cualquier escala, desde la local, a

    veces conocida como industria artesanal, hasta la multinacional o

    transnacional.5

    Las empresas industriales se dedican a la extraccin y transformacin de

    recursos naturales renovables y no renovables, as como, a la actividad

    agropecuaria y a la manufactura de bienes de produccin y de bienes de

    consumo final.

    2.1.2.3. Responsabilidades de la empresa industrial.

    Atender las necesidades de sus clientes, ofreciendo artculos y

    servicios de buena calidad a precios razonables.

    Procurar ganancias para sus inversionistas.

    Pagar remuneraciones legales y justas a sus trabajadores.

    Lograr y mantener buen prestigio dentro de la comunidad.

    2.1.2.4. Clasificacin de la industria

    Industria Primaria.- Extraccin u obtencin de materias primas de los

    recursos naturales.

    Industria Secundaria.- Procesan o convierten las materias primas en

    productos finales.

    Industria Terciaria.- Industrias de servicios y engloban las ventas al

    por menor y al por mayor.

    Industria Cuaternaria.- Actividades que proporcionan conocimientos e

    informacin.

    5 www.Microsoft Encarta Empresa

  • 25

    2.1.3. Minera

    La minera es una actividad econmica, consistente en el conjunto de

    actividades y operaciones, destinadas a extraer los recursos minerales de

    los yacimientos de la corteza terrestre, realizando principalmente el arranque

    y transporte del mineral, en combinacin con actividades complementarias

    de desage, ventilacin e iluminacin.

    Los minerales son utilizados directamente o de ellos se separan los

    elementos metlicos y no metlicos para ser empleados durante el ciclo de

    la vida humana.6

    2.1.3.1. Procesos aplicables en la minera

    Hay que realizar cuatro diferentes etapas o fases bsicas hasta conseguir la

    extraccin de los preciados metales, cada una de las cuales agrupan las

    actividades afines destinadas a cumplir objetivos de definicin de la calidad y

    cantidad del mineral, son conocidas como

    Prospeccin

    Exploracin

    Explotacin

    La prospeccin.- es el conjunto de acciones tendientes a descubrir indicios

    de mineralizacin, consiste en la bsqueda inicial de evidencias fsicas en el

    terreno que conduzcan a encontrar depsitos minerales. Encierra mucha

    incertidumbre y aventura, siendo una etapa o fase de alto riesgo minero.

    La exploracin.- agrupa las actividades encaminadas a definir la forma,

    tamao, contenido y calidad de los depsitos minerales, con el propsito de

    conocer y evaluar las reservas de mineral, para contar con yacimientos

    factibles de ser explotados. Existe todava incertidumbre, siendo una fase de

    riesgo medio.

    6 ENCALADA Vicente. Geologa y medio ambiente en el Ecuador, 2005

  • 26

    La explotacin comprende los trabajos y operaciones destinadas a extraer y

    beneficiar los minerales de los yacimientos evaluados y es propiamente la

    construccin y arranque de la mina. El riesgo minero disminuye a una

    probabilidad baja.

    Beneficio de minerales.- a veces se considera al beneficio, como una fase

    independiente, consistente en la separacin o elevacin del contenido de

    minerales tiles o en la recuperacin selectiva de metales, desechando los

    residuos de minerales nocivos y estriles. Se complementa con la fundicin

    que comprende la separacin de los metales de los concentrados y

    minerales por calor, la refinacin el conjunto de procedimientos destinados a

    obtener metales puros o finos. Para este proceso se construyen

    infraestructuras que permiten conseguir los objetivos y son conocidas como

    Plantas de Beneficio de Minerales.

    La comercializacin dedicada a la compraventa de minerales y metales

    finales, completa las cuatro fases adicionales de la cadena de produccin

    propiamente minera. En estas fases el riesgo es el comn a cualquier otra

    actividad industrial.

    2.1.4. Plantas de beneficio

    2.1.4.1. Definicin de las empresas plantas de beneficio

    Las plantas de beneficio son un conjunto de infraestructura equipamiento y

    personal que tienen como objetivo comn el beneficio directo indirecto de

    la poblacin de mineros artesanales, por medio del procesamiento del

    mineral explotado de la mina, hacindolo pasar por los procesos de

    molienda, extraccin, cianuracin, desorcin, funcin y refinacin mineral

    para extraer su valor (Oro, Plata), con un porcentaje de recuperacin que

    justifique la inversin y trabajo del minero.7

    7 GOBIERNO MUNICIPAL DE PORTOVELO, REVISTA MINERA

  • 27

    2.1.4.2. Fines de las empresas plantas de beneficio

    Producir un bien econmico: se produce un bien econmico al

    comprar minerales para la explotacin de oro y plata.

    Obtener un beneficio: las empresas al desarrollar su actividad tratan

    de conseguir una ganancia para retribuir el esfuerzo de quien ha

    coordinado los factores productivos.

    Restablecer sus ingresos para poder continuar su actividad: es decir

    debern reinvertir en sus actividades para perfeccionar su actividad

    econmica.

    Contribuir con el progreso de la sociedad y el desarrollo del bienestar

    social: en este aspecto la creacin de fuentes de trabajo y la

    contribucin de las empresas, a travs de los impuestos que el estado

    recopila para la realizacin de obras comunitarias.8

    2.1.4.3. Procesos en las plantas de beneficio.

    Trituracin.- La trituracin se realiza por va seca en un circuito

    cerrado que se encuentra diseado de la siguiente forma: de la tolva

    de almacenamiento primaria el material grueso cae directamente en la

    zaranda 1 y separa el mineral en dos porciones: el que pasa la malla

    es menor a dos pulgadas y el mayor a ste dimetro pasa a una

    trituradora de mandbulas, la misma que reduce el mineral a menos

    de dos pulgadas. Todo el mineral pasa por una banda transportadora

    a una segunda zaranda, que separa el mineral de media pulgada que

    pasa a la tolva de finos y el restante pasa a una trituradora cnica y

    8 www.mineros.com.

  • 28

    cierra el circuito por medio de bandas transportadoras hasta obtener

    todo el mineral de menos de pulgada de dimetro.9

    Molienda.- la molienda se realiza por medio de un molino de bolas

    de 5*6 para el circuito de flotacin y un molino de 7*7 para el circuito

    de cianuracin, los mismos que son alimentados por medio de bandas

    transportadoras desde la tolva de finos. La descarga de los molinos

    es controlada mediante una zaranda tipo trommel (malla 8). El mineral

    con tamaos superiores a la malla 8 es re- circulado, el producto

    pasante es enviado mediante una bomba de slidos de dos pulgadas

    hacia sus respectivos hidrociclones. El overflow realiza la

    clasificacin a malla 200.

    Cianuracin.- El material a procesar es transferido desde el overflow

    en forma de pulpa a los tanques lixiviadores en los que se adiciona

    cal y cianuro hasta trabajar con parmetros operativos de pH. 11 y

    entre 600 a 800 ppm. de cianuro, luego de 16 horas

    aproximadamente de lixiviacin pasan a los tanques con carbn

    activado en donde el oro disuelto durante la cianuracin es absorbido

    en el interior del carbn activado. Posteriormente al final de la

    campaa este carbn cargado es cosechado y enviado a resorcin.

    Desorcin.- La etapa de desorcin permite recuperar los valores de

    oro plata contenidos en el carbn, para ello se aplica el proceso de

    Zadra atmosfrico con alcohol.

    La reaccin de la desorcin est dada por la siguiente. Reaccin:

    Au (CN)2 -------------- Au + 2CN

    El carbn cargado de oro es separado de la pulpa, utilizando un trmel

    lavador de carbn, que transfiere el carbn por gravedad a 2 Torres de

    elusin de 1.54 m3 y 2.33 m3 = capacidad total de 3.9 m3, y con la

    densidad aparente del carbn activado de 0.5tm/m3, la capacidad de

    las torres es de 1.94 TM.de carbn Activado pero aqu se trata 1.7 TM

    9 ENCALADA Vicente. Geologa y medio ambiente en el Ecuador, 2005

  • 29

    de carbn cargado, una vez realizada la cosecha se tienen preparadas

    la celdas electrolticas con sus respectivos nodos (9) y ctodos (8), los

    cuales van conectadas a un rectificador de corriente de 1000 Amp.

    Fundicin.- se inicia el encendido del horno y calentamiento del

    mismo a una T = 1100 C.

    El precipitado extrado de la celda electroltica es secado en dicho

    horno, luego se realiza el peso de la cantidad de precipitado, el cual se

    mezcla con los fundentes (Brax, carbonato de Sodio, e hidrxido de

    sodio) para obtener un bulln o dore (oro + plata), Adicin de esta mezcla

    homogenizada en un crisol que est dentro del horno ya caliente, el

    contenido del crisol se lo cola en el molde de la barra, se desmolda y

    limpia la barra bulln, pesado de la barra, El bulln contiene aproximada

    30% de Au y el resto es Ag, calentar en una cocineta y remover con una

    cuchara constantemente, encuartacin del bulln, para separar el Au de

    la Ag, fundir el material encuartado y proceder a granallar en un cilindro

    con abundante agua fra. (Ver anexo III)

    2.1.4.4. Leyes que rigen las plantas de beneficio

    Las plantas de Beneficio como toda actividad minera estn amparadas en la

    Ley de Minera que en sus artculos 45- 49, manifiestan que la instalacin y

    operacin de plantas de beneficio, fundicin o refinacin estn sujetas a una

    autorizacin previa del Estado, y pueden ser instaladas por cualquier

    persona. Por esta actividad los titulares de plantas de beneficio, fundicin y

    refinacin deben presentar a la Agencia de regulacin y control (ARCOM)

    informes semestrales de sus actividades, adems debe obtener permisos

    ambientales en el ministerio del ambiente.

    Como toda empresa los titulares de plantas de beneficio, fundicin y

    refinacin actuarn como agentes de retencin de regalas segn les

  • 30

    corresponda gozarn de los derechos y se sujetarn al cumplimiento de las

    obligaciones tributarias establecidas en el cdigo tributario.10

    2.1.4.5. Clases de tributos que deben cumplir las empresas plantas

    de beneficio

    Las personas naturales y jurdicas, titulares de la operacin de plantas de

    beneficio, fundicin y refinacin de sustancias minerales, para efectos del

    pago del impuesto a la renta se sujetarn a las normas establecidas en la ley

    minera y, de manera supletoria, a las contempladas en la Ley de Rgimen

    Tributario Interno.

    Es decir para la determinacin de la base imponible, se deducirn los gastos

    que se efecten para obtener, mantener y conservar el ingreso gravado. Al

    cual se aplicarn las siguientes deducciones: Los costos y gastos de

    concentracin o beneficio, fundicin, refinacin, de minerales as como los

    relativos a la preservacin y restauracin del medio ambiente; y los tributos

    que gravan la actividad minera, as como las patentes y regalas

    No podrn deducirse: el propio impuesto a la renta, ni los gravmenes que

    se hayan integrado al costo de bienes y activos, ni los impuestos que el

    contribuyente pueda trasladar u obtener por ellos crdito tributario; Los

    sueldos, salarios y remuneraciones en general, los beneficios sociales, la

    participacin de los trabajadores en las utilidades, los pagos por concepto de

    indemnizaciones laborales cuyo valor se obtenga de calcular los rubros

    establecidos en el Cdigo del Trabajo, en leyes laborales o en contratos

    colectivos de trabajo.

    Adems en el Art. 157-162, la ley minera expresa con respecto a la tarifa

    del impuesto a la renta minera, que Los titulares de autorizaciones para la

    operacin de plantas de beneficio, fundicin y refinacin de sustancias

    minerales pagarn por concepto de impuesto a la renta, los valores que

    10

    Ley De Minera. Ley 126, Registro Oficial Suplemento 695 del 2008.

  • 31

    estipule la Ley de Rgimen Tributario Interno a partir del primer ao de sus

    actividades mineras respectivas.

    Sin embargo el gobierno consiente de la importancia de esta a actividad para

    la economa del pas en lo que respecta a la importacin de implementos

    mineros, el Comit Arancelario establecer la tarifa arancelaria ms baja

    para las importaciones de maquinaria, laboratorios, equipos, vehculos de

    trabajo, repuestos y suministros necesarios para las actividades mineras en

    todas sus fases.

    Y en su Art. 165.- Exoneracin del impuesto al valor agregado. La

    importacin de implementos mineros singularizados en el artculo anterior

    est exenta del impuesto al valor agregado; sin embargo, en caso de existir

    produccin nacional que rena similares caractersticas de los bienes a

    importarse, estos pagarn dicho impuesto. Para el efecto el Ministerio de

    Finanzas y Crdito Pblico en forma obligatoria recabar el informe de la

    Comisin Ecuatoriana de Bienes de Capital.11

    2.1.5. Tributos

    2.1.5.1. Historia

    Lingsticamente y etimolgicamente tributo, proviene de la palabra latina

    tributum que significa carga, gravamen, imposicin; aparece como tal en el

    imperio romano, en el ao 162 antes de Cristo.12

    2.1.5.2. Definicin

    Fleiner, define al tributo como: prestaciones pecuniarias que el Estado u

    otros organismos de Derecho Pblico exigen en forma unilateral a los

    ciudadanos para cubrir las necesidades econmicas.. Concluye el ilustre

    11

    LEY DE MINERIA. Ley 126, Registro Oficial Suplemento 695 del 2008. 12 BLACIO, Rodrigo. El tributo en el Ecuador, Quito,2010

  • 32

    autor afirmando que el tributo es toda prestacin pecuniaria debida al Estado

    u otros organismos de Derecho Pblico, por los sujetos obligados en virtud

    de una norma legalmente establecida, para satisfacer los requerimientos del

    desarrollo nacional.

    El Art. 6 del Cdigo Tributario del Estado Ecuatoriano manifiesta: que los

    tributos, adems de ser medios para recaudar ingresos pblicos, servirn

    como instrumento de poltica econmica general, estimulando la inversin, la

    reinversin, el ahorro y su destino hacia los fines productivos y de desarrollo

    nacional; atendern a las exigencias de estabilidad y progreso sociales y

    procurarn una mejor distribucin de la renta nacional.

    De los diferentes criterios jurdicos y de las citadas normas jurdicas se

    puede establecer que, los tributos son aquellas prestaciones de carcter

    econmico demandadas por el Estado a travs del Servicio de Rentas

    Internas a los particulares o contribuyentes en potestad de una Ley que se

    regir por los principios de legalidad, generalidad, igualdad, proporcionalidad

    e irretroactividad a fin de cubrir las necesidades del Estado.

    2.1.5.3. Caractersticas del tributo

    El Art. 300 de la Constitucin de la Repblica del Ecuador exhorta: el

    rgimen tributario se regir por los principios de generalidad, progresividad,

    eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad, transparencia

    y suficiencia recaudatoria. Se priorizarn los impuestos directos y

    progresivos.

    CARCTER COACTIVO

    El carcter coactivo de los tributos est presente en su naturaleza desde los

    orgenes de esta figura. Supone que el tributo se impone unilateralmente por

    los entes pblicos, de acuerdo con los principios constitucionales y reglas

    jurdicas aplicables, sin que concurra la voluntad del obligado tributario, al

    que cabe impeler coactivamente al pago.

  • 33

    CARCTER PECUNIARIO

    Si bien en sistemas pre-modernos existan tributos consistentes en pagos en

    especie o prestaciones personales, en los sistemas tributarios capitalistas la

    obligacin tributaria tiene carcter dinerario. En ocasiones se permite el pago

    en especie: ello no implica la prdida del carcter pecuniario de la

    obligacin, que se habra fijado en dinero, sino que se produce una dacin

    en pago para su cumplimiento; las mismas consideraciones son aplicables a

    aquellos casos en los que la Administracin, en caso de impago, proceda al

    embargo de bienes del deudor.

    CARCTER CONTRIBUTIVO

    El carcter contributivo del tributo significa que es un ingreso destinado a la

    financiacin del gasto pblico y por tanto a la cobertura de las necesidades

    sociales. A travs de la figura del tributo se hace efectivo el deber de los

    ciudadanos de contribuir a las cargas del Estado, dado que ste precisa de

    recursos financieros para la realizacin de sus fines. El carcter contributivo

    permite diferenciar a los tributos de otras prestaciones patrimoniales exigidas

    por el Estado y cuya finalidad es sancionadora, como las multas.

    Pese a que el principal objetivo de los tributos sea la financiacin de las

    cargas del Estado, pueden concurrir objetivos de poltica econmica o

    cualesquiera otros fines, que en casos concretos pueden prevalecer sobre

    los contributivos.

    2.1.5.4. Clasificacin de los tributos

    Acadmicamente el tributo tiene su clasificacin, puesto que para la mayora

    de los estudios del Derecho Tributario, se clasifica en impuestos, tasas y

    contribuciones especiales.

    Se contempla como el ingreso pblico creado por Ley y de cumplimiento

    obligatorio por parte de los sujetos pasivos contemplados por la misma,

  • 34

    siempre que surja una obligacin tributaria originada por un determinado

    hecho imponible.

    Las contribuciones especiales son tributos cuya obligacin tiene como fin

    imponible el beneficio que los particulares obtienen como consecuencia de la

    realizacin de una obra pblica.

    De lo referido en lneas preliminares las contribuciones especiales son

    tributos puntuales en cognicin de beneficios particulares o colectivos que se

    emanan de la construccin o realizacin de una o ms obras pblicas o de

    actividades exclusivas y especiales de mejoras por parte del Estado.

    2.1.5.5. Impuestos

    De las definiciones antes anotadas se desprende que los impuestos son

    tributos exigidos en correspondencia de una prestacin que se concreta de

    manera individual por parte de la administracin pblica y cuyo objeto de

    gravamen est constituido por negocios, actos o hechos que sitan de

    manifiesto la capacidad contributiva del sujeto pasivo, como consecuencia

    de la posesin de un patrimonio, la circulacin de bienes o la adquisicin de

    rentas o ingresos.

    Existen impuestos nacionales y municipales,

    Nacionales:

    Impuesto a la Renta

    Impuesto al Valor Agregado

    Impuestos a los consumos Especiales

    Impuesto a la herencia, legados y donaciones

    Impuesto General de Exportacin

    Impuesto General de Importacin Municipales:

  • 35

    Existen impuestos municipales que grava a la propiedad como el Impuesto

    sobre la propiedad urbana (impuesto predial), impuesto sobre la propiedad

    rural y el impuesto a los vehculos.

    Otro tipo de impuestos grava a las actividades econmicas como el impuesto

    de patentes municipales, 1.5 por sobre los activos totales, impuesto al juego,

    impuesto nico a los espectculos pblicos.

    Finalmente estn los impuestos que gravan las transferencias de dominio de

    bienes inmuebles como el Alcabala y Utilidad.

    Catastros municipales

    o Valoracin de la propiedad

    o Aplicaciones del catastro

    Impuesto predial urbano

    o Recargo por solar no edificado

    Impuesto a los predios rurales

    Impuesto de alcabala

    Impuesto de utilidades en la compraventa de predios urbanos y

    plusvala

    Impuesto de patente municipal

    Impuesto del 1.5 por mil anual sobre los activos totales

    Impuesto a los espectculos pblicos

    Impuesto del 3 % a los espectculos pblicos para fondo de

    salvamento del patrimonio cultural.

    Impuesto a los vehculos

    Impuesto al juego 13

    2.1.5.6. Tasas

    Las tasas son contribuciones econmicas que hacen los usuarios de un

    servicio prestado por el estado. La tasa no es un impuesto, sino el pago que

    13 SUBIA, Roberto. Manual de Planificacin tributaria

  • 36

    una persona realiza por la utilizacin de un servicio, por tanto, si el servicio

    no es utilizado, no existe la obligacin de pagar.

    Es comn confundir tasa con impuesto, lo que no es as. Mientras el

    impuesto es de obligatorio pago por todos los contribuyentes, la tasa la

    pagan solo para aquellas personas que hagan uso de un servicio, por tanto,

    no es obligatorio.

    De los axiomas antes referidos analizo que el tributo denominado tasa, se

    impone cuando el Estado acta como ente Pblico y satisface una

    necesidad colectiva que se concreta en prestaciones individualizadas que se

    otorgan a sujetos determinados.

    Las tasas son nacionales y municipales; por lo que, a continuacin

    pormenorizo varios de la presente temtica:

    Nacionales:

    Tasas por servicios administrativos

    Tasas por servicios portuarios y aduaneros

    Tasas por servicios de correos

    Tasas por servicios de embarque y desembarque

    Tasas arancelarias Municipales:

    Tasas de agua potable

    Tasas de luz y fuerza elctrica

    Tasas de recoleccin de basura y aseo pblico

    Tasas de habilitacin y control de establecimientos comerciales e

    industriales.

    Tasas de alcantarillado y canalizacin

    Tasas por servicios administrativos

  • 37

    2.1.5.7. Contribuciones especiales

    Son las prestaciones pecuniarias exigidas por el Estado a determinadas

    personas o grupos sociales, en virtud de los efectos de un especfico

    beneficio social o de mejoras, sean realizadas por el Estado o por sus

    organismos.

    Se han establecido algunas contribuciones especiales, como las siguientes:

    Construccin y ampliacin de obras y sistemas de agua potable

    Plazas, parques y jardines

    Aceras y cercas

    Apertura, ensanche y construccin de vas de toda clase.

    2.1.5.8. Anexos

    Los Anexos son documentos que contienen a nivel de detalle, la informacin

    que sustenta las declaraciones de impuestos.

    Los anexos deben ser presentados por los contribuyentes de acuerdo al tipo

    de actividad que realizan. A continuacin se detallan los Anexos vigentes:

    Anexo Transaccional Simplificado (ATS)

    Anexo de Retenciones en la fuente de Impuesto a la Renta por otros

    conceptos (REOC)

    Anexo de Retenciones en la fuente por relacin de dependencia

    Anexo de ICE

    Anexo de Gastos Personales

    Anexo de Precios de Transferencia

    Los anexos pueden enviarse a travs de Internet hasta el ltimo da del mes

    subsiguiente al que corresponda la informacin. Si lo realiza en el SRI ser

    de acuerdo a su noveno dgito del RUC.

  • 38

    ANEXO TRANSACCIONAL SIMPLIFICADO

    Deben presentar la informacin mensual relativa a las compras, ventas,

    exportaciones, comprobantes anulados y retenciones en general, los

    siguientes contribuyentes:

    Contribuyentes Especiales,

    Instituciones del Sector Pblico,

    Autoimpresores.

    Quienes soliciten devoluciones de IVA, (excepto tercera edad y

    discapacitados)

    Instituciones Financieras,

    Emisoras de tarjetas de crdito,

    Administradoras de Fondos y Fideicomisos.

    Si no se generan ningn tipo de movimiento para un determinado mes, no

    tendr la obligacin de presentar el anexo en mencin.

    En caso de que exista error en la informacin presentada mediante el anexo,

    el contribuyente deber presentar una sustitutiva de esta informacin.

    ANEXO DE RETENCIONES EN LA FUENTE DE IMPUESTO A LA RENTA

    POR OTROS CONCEPTOS (REOC)

    Es un reporte detallado de las transacciones realizadas por el contribuyente

    correspondiente a sus compras o adquisiciones y los valores de retenciones

    en la fuente del Impuesto a la Renta.

    El anexo Reoc lo deben presentar las sociedades y las personas naturales

    obligadas a llevar contabilidad que no han sido calificadas como

    contribuyentes especiales.

    Si no se generan ningn tipo de movimiento para un determinado mes, no

    tendr la obligacin de presentar el anexo en mencin.

  • 39

    En caso de que exista error en la informacin presentada mediante el anexo,

    el contribuyente deber presentar una sustitutiva de esta informacin.14

    2.1.5.9. Registro nico de Contribuyentes (RUC)

    Es un instrumento que tiene por funcin registrar e identificar a los

    contribuyentes con fines impositivos y como objeto proporcionar informacin

    a la Administracin Tributaria.

    El RUC no es un papel cualquiera, es un DOCUMENTO que garantiza el

    cumplimiento de las obligaciones tributarias, el mismo que es pblico,

    intransferible, personal y nico, en el que el contribuyente pude tener una o

    varias actividades, por lo que tiene la obligacin de actualizarlo.

    IMPORTANCIA DEL RUC

    Permite la formalizacin comercial o prestacin servicio.- Las personas

    que realizan operaciones de comercio, prestacin de servicio,

    transformacin de materiales, extraccin de materiales estn obligados a

    obtener el RUC, porque as las Empresas les exigen para el pago. Venta y/o

    Compra.

    Se tributa con los impuestos. - El Art. 1 del Texto nico Ordenado de la

    Ley del impuesto a la Renta, establece que se grava con el impuesto a las

    rentas que provengan de:

    Capital

    Del trabajo.

    Las ganancias de capital.

    Regalas.

    Resultado de la Enajenacin.

    PLAZO PARA OBTENER EL RUC.

    14 SUBIA, Roberto. Manual de Planificacin tributaria

  • 40

    Las personas naturales y jurdicas que adquieran la calidad de

    contribuyentes, debern obtener su inscripcin dentro de los 30 das hbiles

    siguientes al de su contribucin o iniciacin real de sus actividades.

    LUGAR DONDE SE OBTIENE EL RUC

    Dicho documento se lo obtiene en cualquiera de las Delegaciones del

    Servicios de Rentas Internas en todo el pas y de acuerdo al lugar en donde

    el contribuyente efecte sus actividades econmicas.

    SUJETOS QUE DEBEN INSCRIBIRSE AL RUC

    Las personas naturales o jurdicas con o sin negocio

    Sociedades conyugales con o sin negocio

    Sucesiones indivisas con o sin negocio

    Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

    Sociedad Irregular

    Comunidad de bienes

    Junta de Propietarios

    Contratos de Colaboracin Empresarial

    Fondos de Inversin

    Instituciones Pblicas y Unidades Ejecutoras

    Gobiernos Locales, Regionales

    Colegios Profesionales

    REQUISITOS PARA OBTENER EL RUC.

    Se debe llevar a cualquier oficina de la Administracin Tributaria los

    siguientes documentos:

    PERSONAS NATURALES.

    Copia de la cdula de ciudadana del contribuyente

    Copia de la ltima papeleta de votacin

    Copia de un documento que certifique la direccin. (Factura de

    Agua, luz o telfono).

  • 41

    En el caso de profesionales adjuntar el ttulo de instruccin

    superior.

    En el caso de artesanos adjuntar una copia de la Calificacin

    Artesanal.

    En el caso de ser extranjero deber presentar: copia y original de

    la cdula de ciudadana o del pasaporte y copia del censo.

    NOTA.- No estn obligados a obtener el RUC las personas naturales que

    trabajan en relacin de dependencia ni quienes estn solamente jubilados,

    solo estudien o solo realicen quehaceres domsticos.

    PERSONAS JURDICAS

    Llenar el formulario respectivo 01, 01B.

    Copia del estatuto de la persona jurdica con la certificacin

    correspondiente; Ley de Creacin o Acuerdo Ministerial de

    creacin, segn corresponda.

    Nombramiento del Representante Legal, inscrito en el Registro

    Mercantil cuando la Ley lo exija as.

    Copia de la Cdula y Papeleta de Votacin del Representante

    Legal.

    En caso de ser extranjero se deber presentar: copia y original de

    la cdula de ciudadana o pasaporte y censo.

    Copia de un documento que certifique la direccin en donde se

    desarrolla la actividad econmica. (Factura de Agua, luz o

    telfono).

    ACTUALIZACIN DEL RUC.

    Cuando ocurra un cambio de datos consignados al aperturar el RUC, ya sea

    cambio de direccin, actividad econmica, aumento de capital,

    establecimiento o supresin de sucursales, cambio de representante legal,

    de tipo de empresa, etc.

  • 42

    La obligacin del contribuyente es actualizar su RUC indicando todas las

    actividades que posee. Se asignar un cdigo a cada establecimiento o

    actividad, pero sus declaraciones se las realizar con su nmero nico de

    RUC en base a las facturas de todas sus actividades.

    El plazo que se otorga para realizar dicha actualizacin es de 30 das hbiles

    a partir de la fecha en la que ocurri el cambio.

    ANULACIN DEL RUC

    La anulacin del RUC se puede dar por las siguientes razones:

    Por el cese de la actividad econmica y no est previsto incurrir en

    una nueva actividad.

    Por fallecimiento del contribuyente.

    Para dicho trmite se debe adjuntar:

    Copia de la cdula de ciudadana

    Copia del certificado de votacin

    Reporte de las declaraciones o pagos de impuestos al da

    Solicitud de anulacin del RUC. (Formulario que otorga el SRI)

    En el caso de fallecimiento, adjuntar la partida de defuncin.

    En el caso de empresas, deber adjuntar la liquidacin otorgada por

    la Superintendencia de Compaas (opcional)

    En caso de sociedades de hecho, deber adjuntar la disolucin

    debidamente notariada.

    Dicha anulacin deber realizarse en un plazo de 30 das hbiles de ocurrido

    en motivo, de lo contrario se deber cancelar una multa, solo en el caso de

    fallecimiento se omite la multa.

    Segn el Artculo 7 de la LRTI (Ley de Rgimen Tributario Interno), cuando

    anula el RUC, el contribuyente tiene que declarar el Impuesto a la Renta por

    el periodo comprendido entre el 1 de Enero hasta la fecha de presentacin

  • 43

    de Anulacin del RUC. Dicho trmite demora aproximadamente 15 das

    laborales.

    PERDIDA DEL RUC

    Deber acercarse al SRI para obtener una copia del mismo, para lo cual

    deber presentar la copia de la cdula de identidad y de la ltima papeleta

    de votacin.

    Adems deber publicar durante dos das consecutivos en uno de los

    peridicos de mayor circulacin a nivel nacional, dando a conocer la

    anulacin de dicho RUC.

    MULTAS DEL RUC

    Si la declaracin genera impuesto, debe pagar el 3% del Impuesto Causado

    por cada mes de retraso, sin que ese valor exceda del 100% del valor del

    Impuesto. Si se trata de personas naturales que reciben ingresos en relacin

    de dependencia, deber restar los valores retenidos para el clculo de las

    respectivas multas.

    Si la declaracin no genera impuesto, debe pagar el 0.1% de los ingresos

    brutos por cada mes de retraso, sin que este valor exceda del 5% del valor

    de dichos ingresos. En el caso de personas naturales que reciben ingresos

    en relacin de dependencia, deber pagar sobre aquellos percibidos por

    otras fuentes que no sean en relacin de dependencia.

    En el caso de sociedades, si no han tenido actividad, la multa es de US$10.

    CONTRIBUYENTES OBLIGADOS A LLEVAR CONTABILIDAD

    Una persona natural, debe llevar contabilidad exclusivamente cuando

    cumpla con cualquiera de las siguientes condiciones:

    Opere con un capital propio superior a los USD 60.000 (al inicio de sus

    actividades econmicas o al 1ro. de enero de cada ejercicio impositivo).

    Tenga ingresos brutos anuales de su actividad econmica (del ejercicio fiscal

    inmediato anterior), superiores a USD 100.000

  • 44

    Tenga costos y gastos anuales, de su actividad empresarial (del ejercicio

    fiscal inmediato anterior), superiores a USD 80.000.

    En caso de personas naturales que se dediquen a la exportacin de bienes

    debern obligatoriamente llevar contabilidad, independientemente de los

    lmites antes indicados.

    La contabilidad debe ser llevada bajo la responsabilidad y con la firma de un

    contador legalmente autorizado.

    2.1.5.10. Impuesto a la renta

    Se considera como Renta a los ingresos que provenientes del trabajo y del

    capital, percibe una persona o entidad en un determinado perodo. Este

    impuesto recae sobre la renta que obtienen las personas naturales, las

    sucesiones indivisas y las sociedades nacionales y extranjeras.

    De todos los ingresos que anualmente se percibe, la Ley los clasifica en

    ingresos de fuente ecuatoriana y en ingresos provenientes del exterior. Los

    primeros pueden ser obtenidos a ttulo gratuito u oneroso, provenir del

    trabajo o del capital o de ambos y consistir en dinero.

    Objeto del Impuesto.- Establcese el Impuesto a la Renta global que

    obtengan las personas naturales, las sucesiones indivisas y las sociedades

    nacionales o extranjeras, de acuerdo con las disposiciones de la presente

    Ley.

    Concepto de Renta.- Para efectos de este impuesto se considera renta:

    1.-Los ingresos de fuente ecuatoriana obtenidos a ttulo gratuito u

    oneroso, bien sea que provengan del trabajo, del capital o de ambas

    fuentes, consistentes en dinero, especies o servicios; y,

  • 45

    2.-Los ingresos obtenidos en el exterior por personas naturales

    domiciliadas en el Pas o por sociedades Nacionales, de conformidad

    con lo dispuesto en el Art. 94 de esta Ley.

    Sujeto Activo.- El cdigo tributario define escuetamente al Sujeto Activo

    como el ente acreedor del tributo. Este concepto comprende tanto al Estado

    o Fisco, como tambin a los consejos provinciales, municipalidades y dems

    entidades a las cuales excepcionalmente la Ley concede derechos en

    materia tributaria.

    El Sujeto Activo del Impuesto a la Renta es el Estado. Lo administrar a

    travs del Servicio de Rentas Internas.

    Sujeto Pasivos.- Sujeto Pasivo es la persona natural o jurdica que, segn

    la Ley, est obligada al cumplimiento de las prestaciones tributarias, sea

    como contribuyente o como responsable.

    Segn el Cdigo Tributario se consideran tambin Sujetos Pasivos a :

    las herencias yaciente (herencia que dentro de los quince das de

    abierta la sucesin no ha sido aceptada)

    las comunidades de bienes (situaciones en que uno o varios bienes

    son de propiedad de dos o ms propietarios)

    las dems entidades que, carentes de personalidad jurdica,

    constituyen una unidad econmica o un patrimonio independiente de

    los de sus miembros, susceptible de imposicin, siempre que as se

    establezca en la Ley respectiva.

    Son sujetos pasivos del impuesto a la renta las personas naturales, las

    sucesiones indivisas.

    EJERCICIO IMPOSITIVO.

    El ejercicio impositivo es anual y comprende el lapso que va del 1. de enero

    al 31 de diciembre. Cuando la actividad generadora de la renta se inicie en

  • 46

    fecha posterior al 1. de enero, el ejercicio impositivo se cerrar

    obligatoriamente el 31 de diciembre de cada ao.

    Qu se considera Ingresos de Fuente Ecuatoriana?

    Los que perciban los Ecuatorianos y extranjeros por actividades laborales,

    profesionales, comerciales, industriales, agropecuarias mineras de servicios

    y otras de carcter econmico realizadas en territorio ecuatoriano, salvo los

    percibidos por personas naturales no residentes en el Pas por servicios

    ocasionales prestados en el Ecuador, cuando su remuneracin u honorarios

    son pagados por sociedades extranjeras y forman parte de los ingresos

    percibidos por estos sujetos a retencin en la fuente o exentos, o cuando

    han sido pagados en el exterior por dichas sociedades extranjeras sin cargo

    al gasto de sociedades extranjeras sin cargo al gasto de sociedades

    constituidas, domiciliadas o con establecimiento permanente en el Ecuador.

    Se entender por servicios ocasionales cuando la permanencia en el Pas

    sea inferior a seis meses consecutivos o no en un mismo ao calendario.

    Los que perciban los Ecuatorianos y extranjeros por actividades

    desarrolladas en el exterior, provenientes de personas naturales; de

    sociedades nacionales o extranjeras con domicilio en el Ecuador o de

    entidades u organismos del sector Pblico Ecuatoriano.

    Las Unidades Provenientes de la Enajenacin de bienes muebles o

    inmuebles ubicados en el pas;

    Los Beneficios o regalas de cualquier naturaleza provenientes de los

    derechos de autor, as como la propiedad industrial, tales como patentes,

    marcas, modelos industriales, nombres comerciales y la transferencia de

    tecnologa.

    Las utilidades que distribuyan, paguen o acrediten sociedades constituidas o

    establecidas en el pas.

  • 47

    Las provenientes de las exportaciones realizadas por personas naturales o

    sociedades nacionales o extranjeras, con domicilio o establecimiento

    permanente en el Ecuador, sea que se efecten directamente o mediante

    agentes especiales, comisionistas, sucursales, filiales o representantes de

    cualquier naturaleza.

    Los intereses y dems rendimientos financiero pagados o acreditados por

    personas naturales, nacionales o extranjeras, residentes en el Ecuador, o

    por sociedades nacionales o extranjeras, con domicilio en el Ecuador o por

    entidades u organismos del sector pblico.

    Los provenientes de loteras Rifas, apuestas o similares, promovidas en el

    Ecuador;

    Los provenientes de herencias, legados y donaciones de bienes situados en

    El Ecuador.

    Para los efectos de esta Ley, se entiende como establecimiento permanente

    de una empresa extranjera todo lugar o centro fijo ubicado dentro del

    territorio nacional, en el que una sociedad extranjera efecte todas sus

    actividades o parte de ellas. En el Reglamento se determinarn los casos

    especficos incluidos o excluidos en la expresin establecimiento

    permanente; y,

    Cualquier otro ingreso que perciban las sociedades y las personas naturales

    nacionales o extranjeras residentes en el Ecuador.

    Exenciones.

    Exencin tributaria o exoneracin tributarias la exclusin o la dispensa legal

    de la obligacin tributaria establecida por razones de orden pblico,

    econmico o social. Para que pueda darse una exencin tributaria es

    indispensable que una ley en forma expresa especifique los requisitos que

    deben reunir sus beneficiarios, los impuestos a los que se refiere as como

    se la exencin es total o parcial, permanente o temporal .

  • 48

    Para fines de la determinacin y liquidacin del impuesto a la renta, estn

    exonerados exclusivamente los siguientes ingresos:

    Los dividendos y utilidades calculados despus del pago del Impuesto a la

    Renta, distribuidos, pagados o acreditados por sociedades nacionales, a

    favor de otras sociedades nacionales o de personas naturales, nacionales o

    extranjeras residentes o no en el Ecuador.

    Los obtenidos de las Instituciones del Estado. Sin embargo estarn sujetos a

    impuestos a la renta de las Empresas del sector pblico, distintas de las que

    prestan servicios pblicos, que compitiendo o no con el sector privado,

    exploten actividades comerciales, industriales, agrcolas, mineras, tursticas,

    transporte y de servicios en general;

    Aquellos exonerados en virtud de convenios internacionales.

    Bajo condicin de reciprocidad los de los estados extranjeros y organismos

    internacionales, generados por los bienes que posean en el pas.

    Los de las Instituciones de carcter privado sin fines de lucro legalmente

    constituida de, culto religioso; beneficencia, promocin y desarrollo de la

    mujer, el nio y la familia cultura; arte; educacin, Investigacin, Salud;

    deportivas; profesionales, gremiales, clasistas y de los partidos polticos

    siempre que sus bienes e ingresos se destinen a sus fines especficos y

    solamente en la parte que se invierta directamente en ellos.

    Para que las fundaciones y corporaciones creadas al ampara del Cdigo

    Civil puedan beneficiarse de esta exoneracin, es requisito indispensable

    que estas instituciones se encuentren inscritas en el Registro nico de

    Contribuyentes, lleven Contabilidad y cumplan con los dems deberes

    formales contemplados en el Cdigo Tributario y esta Ley;

    El Estado, a travs del Servicio de Rentas Internas. Verificar en cualquier

    momento que las instituciones a que se refiere este numeral, sean

    exclusivamente sin fines de lucro, se dediquen al cumplimiento de sus

  • 49

    objetivos estatutarios y, que sus bienes e ingresos se destinen en su

    totalidad a sus finalidades especficas. De establecerse que las Instituciones

    no cumplen con los requisitos ambas indicadas, debern tributar respecto de

    las utilidades en las actividades empresariales; de carcter econmico, que

    desarrollen en competencia con otras Sociedades obligadas a pagar

    Impuesto a la Renta.

    Los intereses percibidos por personas naturales por sus depsitos de ahorro

    a la vista pagados por entidades del sistema financiero del pas;

    Los que perciban los beneficiarios del Instituto Ecuatoriano de Seguridad

    Social, por toda clase de prestaciones que otorga esta entidad; las

    pensiones patronales jubilares conforme al Cdigo del Trabajo; y, los que

    perciban los miembros de la fuerza Pblica del ISSFA y del ISSPOL; y, los

    pensionistas del Estado.

    Los percibidos por los Institutos de Educacin superior estatales, amparados

    por la Ley de Universidades y Escuelas Politcnicas.

    Los percibidos por las comunas, pueblos indgenas, cooperativas uniones,

    federaciones y confederaciones de cooperativas y dems asociaciones de

    campesinos y pequeos agricultores, legalmente reconocidas, en la parte

    que no sean distribuidos;

    Los provenientes de premios de loteras o sorteos auspiciados por la Junta

    de Beneficencia de Guayaquil y por Fe y Alegra.

    Los viticos que se conceden a los funcionarios y empleados de las

    Instituciones del Estado el rancho que perciben los miembros de la fuerza

    pblica; los gastos de viaje, hospedaje y alimentacin, debidamente

    soportados con los documentos respectivos, que reciban los funcionarios;

    empleados y trabajadores del sector privado, por razones inherentes a su

    funcin y cargo, de acuerdo a las condiciones establecidos en el Reglamento

    de Aplicacin del Impuesto a la Renta.

  • 50

    Los obtenidos por discapacitados, debidamente calificados por el organismo

    competente, en un monto equivalente al triple de la fraccin bsica exenta

    del pago de impuestos a la Renta, segn el Art. 36 de esta Ley; as como los

    percibidos por personas mayores de sesenta y cinco aos en un monto

    equivalente al doble de la fraccin bsica exenta del pago de impuesto a la

    renta.

    Los provenientes de inversiones no monetarias efectuadas por sociedades

    que tengan suscritas por el Estado contratados de prestacin de servicios

    para la exploracin y explotacin de hidrocarburos y que hayan sido

    canalizadas mediante cargos hechos a ellas, por sus respectivas compaas

    relacionadas, por servicios prestados al costo para la ejecucin de dichos

    contratos y que se registren en el Banco Central del Ecuador, como

    inversiones no monetarias sujetas a reembolso, las que no sean deducibles

    de conformidad con las normas legales y reglamentarias pertinentes.

    Los generados por la enajenacin ocasional de inmuebles, acciones o

    participaciones. Para los efectos de esta Ley se considera como enajenacin

    ocasional aquella que no corresponda al giro ordinario del negocio o de las

    actividades habituales del contribuyente.

    Las ganancias de capital, utilidades, beneficios o rendimientos distribuidos

    por los fondos de inversin, fondos de cesanta y fideicomisos mercantiles a

    sus beneficiarios, siempre y cuando estos fondos de inversin y fideicomisos

    mercantiles hubieren cumplido con sus obligaciones como sujetos pasivos

    satisfaciendo, el impuesto a la renta que corresponda; y,

    Las indemnizaciones que se perciban por seguros exceptuando los

    provenientes del lucro cesante.

    En la determinacin y liquidacin del impuesto a la renta no se reconocern

    ms exoneraciones que las previstas en este artculo, aunque otras leyes

    generales o especiales, establezcan exclusiones o dispensas a favor de

    cualquier contribuyente.

  • 51

    DEPURACIN DE LOS INGRESOS

    Deducciones.- En general, para determinar la base imponible sujeta a este

    impuesto se deducirn los gastos que se efecten para obtener, mantener y

    mejorar los ingresos de fuente ecuatoriana que no estn exentos.

    En particular se aplicarn las siguientes deducciones:

    1. Los costos y gastos imputables al ingreso.

    2. Los intereses de deudas contradas con motivo del giro del negocio,

    as como los gastos efectuados en la constitucin, renovacin o

    cancelacin de las mismas. No sern deducibles los intereses en la

    parte que exceda de las causas autorizadas por el Directorio del

    Banco Central del Ecuador, as como tampoco los intereses y costos

    financieros de los crditos externos no registrados en el Banco

    Central del Ecuador.

    3. Los impuestos tasa, contribuciones, aportes al sistema de seguridad

    social obligatorio que soportare la actividad generadora del ingreso,

    con exclusin de los interese y multas que deba cancelar el sujeto

    pasivo u obligado, por el retraso en el pago de tales obligaciones. No

    podr deducirse el propio impuesto a la Renta, ni los gravmenes que

    se hayan integrados al costo de bienes y activos, ni los impuestos que

    el contribuyente, pueda trasladar u obtener por ellos crdito tributario.

    4. Las primas de seguros devengados en el ejercicio impositivo que

    cubran riesgos en el ejercicio impositivo que cubran riesgos

    personales de los trabajadores y sobre los bienes que integran la

    actividad generadora del ingreso gravable;

    5. Las prdidas comprobadas por caso fortuito, fuerza mayor o por

    delitos que afecten econmicamente a los bienes de la respectiva

    actividad generadora del ingreso, en la parte que no fuere cubierta por

  • 52

    indemnizacin o seguro y que no se haya registrado en los

    inventarios.

    6. Los gastos de viaje y estada necesarios para la generacin del

    ingreso, no podrn exceder del 3% del ingreso gravado del ejercicio, y

    en el caso de sociedades nuevas, la deduccin ser aplicada por la

    totalidad de estos gastos durante los dos primeros aos de operacin.

    7. La depreciacin y amortizacin conforme a la naturaleza de los

    bienes, a la duracin de su vida til, a la correccin monetaria, y la

    tcnica contable, as como las que se conceden por obsolescencia y

    otros casos, en conformidad a lo previsto en esta Ley y su

    Reglamento.

    8. La amortizacin de las prdidas que se efecte de conformidad con lo

    previsto en el artculo 11 de esta Ley.

    9. Los sueldos y salarios y remuneraciones en general; los beneficios

    sociales; la participacin de los trabajadores en las utilidades; las

    indemnizaciones y bonificaciones, legales y voluntarias y otras

    erogaciones impuestas por el Cdigo de Trabajo; en otras Leyes de

    carcter Social, o por contratos colectivos o individuales; as como en

    actas transaccionales y sentencias incluidos los aportes al seguro

    social obligatorio; tambin sern deducibles las contribuciones a favor

    de los trabajadores para finalidades de asistencia mdica, sanitaria

    escolar, cultural, capacitacin entrenamiento profesional y de mano

    de obra.

    Las remuneraciones en general y los beneficios sociales reconocidos

    en un determinado ejercicio econmico solo se deducirn sobre la

    parte respecto de la cual el contribuyente haya cumplido con sus

    obligaciones legales para el seguro social obligatorio a la fecha de

    representacin de la declaracin del impuesto a la renta.

  • 53

    10. La sumas que las empresas de seguros y reaseguros destinen en

    forma: reservas matemticas u otras dedicadas a cubrir riesgos en

    cursos y otros similares, de conformidad con la norma establecidas

    por la Superintendencia de Bancos.

    EL IMPUESTO A LA RENTA: COMO SE DETERMINA.

    El Impuesto a la Renta es tambin parte de la tributacin que se determina

    por el gobierno y por el Ministerio de Finanzas, se realiza a finales de cada

    ao de acuerdo a periodos anuales y estn obligados a llevar contabilidad

    todas aquellas personas sean estas naturales o jurdicas con los ingresos los

    costos y gastos que se incurren durante un ao siendo estos los activos,

    pasivos y patrimonio.

    Cuando son empresas las personas deben conciliarse para el clculo del

    impuesto a la renta registrando el valor de aquellos desembolsos realizados

    durante un ao y establecido hasta un mximo del 25% de la base imponible

    del ejercicio que seran las conciliaciones. Las personas naturales estn

    obligadas a declarar slo impuesto a la renta cuando perciben salarios

    superiores a US$ 5.000.

    El impuesto a la renta se declara en un formulario 102 con resolucin No

    00075 de declaracin del Impuesto a la Renta personas naturales y

    sucesivas indivisas.

    PLAZOS PARA DECLARAR EL IMPUESTO A LA RENTA.

    SOCIEDADES SI EL NOVENO DIGITO ES 1 o 2 , 3 o 4, 5 o 6, 7 o 8, 9 o .

    Vence el da 2 de Abril, 4 de Abril, 6 de Abril, 8 de Abril, 10 de Abril

    respectivamente.

    PERSONAS NATURALES 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9,0. Vence el da 12 de Abril,

    14 de Abril, 16 de Abril, 18 de Abril, 20 de Abril, 22 de Abril, 24 de Abril, 26

    de Abril, 28 de Abril, 30 de Abril, respectivamente.

  • 54

    2.1.5.11. IVA

    IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA).

    Es un tributo donde las personas naturales y jurdicas declaran las compras

    y ventas que tienen valores grabados con tarifa 12% y 0% y es determinado

    por el gobierno y el ministerio de Finanzas mediante la Ley de Rgimen

    Tributario interno que se lo presenta en un formulario 104 B con resolucin

    No 00075 de Declaracin del impuesto al valor agregado todo esto es en un

    periodo de un mes , y se comienza declarando el mes que se tributa el No

    de RUC del contribuyente y el nombre o la razn social de la empresa

    detallando as todos sus ingresos y egresos que estos incurren.

    PLAZOS PARA DECLARAR Y PAGAR EL IVA

    MENSUAL si el dgito es 1 y 2, 3 y4, 5 y 6,7 y8, 9y 0. Vence el da 15 de mes

    siguiente, 16 de mes siguiente, 17 de mes siguiente, 10 de mes siguiente, 19

    de mes siguiente, respectivamente.

    SEMESTRAL el noveno dgito es 1 y 2, 3 y4, 5 y 6,7 y8, 9y 0. Enero a Junio:

    Julio 15, 16, 17, 18,19 respectivamente. Julio a Diciembre: Enero 15, 16, 17,

    18,19.

    2.1.5.12. Retencin en la fuente

    La Retencin en la Fuente es un impuesto que se cobra ya sea en las ventas

    siendo el 1%, aplicado para el impuesto a la renta existen tambin

    retenciones tanto del 30%, 70% y el 100% que se han efectuado durante

    periodos declarados entonces se registra el valor total del IVA pagado por la

    compra de bienes sujetos a retencin de 3% y tambin pagado por la

    prestacin de servicios proporcionados por sociedades.

  • 55

    Y se lo hace en un formulario N 103 con la declaracin o razn social el

    nmero de RUC. Las retenciones por pagos en el interior se registran por l

    valor de las indemnizaciones laborales entregadas a los trabajadores y

    empleados.

    2.1.5.13. Documentos tributarios.

    COMPROBANTES DE VENTA Y DOCUMENTOS

    COMPLEMENTARIOS

    LA FACTURA

    LA NOTA O BOLETA DE VENTA

    COMPROBANTE DE RETENCIN

    2.1.6. La Obligacin Fiscal

    El artculo 15 del Cdigo Tributario, define a la obligacin tributaria como el

    vnculo jurdico personal, existente entre el Estado o las entidades

    acreedoras de tributos y los contribuyentes o responsables de aquellos, en

    virtud del cual debe satisfacerse una prestacin en dinero, especies o

    servicios apreciables en dinero, al verificarse el hecho generador previsto

    por la ley.

    Del concepto anotado de obligacin tributaria, vemos que existen varios

    elementos:

    Vnculo jurdico personal existente entre el Estado y los

    contribuyentes o responsables de aquellos, el vnculo jurdico

    personal existente entre el Estado y los particulares, est basado en

    el ejercicio del poder de imperio del Estado, de su soberana, por lo

    que no queda al arbitrio en ningn momento de los particulares, el

    pago o no de tributos; sin embargo, el Estado en ejercicio de su poder

    debe respetar principios constitucionales (generalidad, progresividad,

  • 56

    eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad,

    transparencia y suficiencia recaudatoria).

    Satisfaccin de una prestacin en dinero, especies o servicios

    apreciables en dinero, es posible observar que se habla de la

    satisfaccin de la prestacin en dinero, especies o servicios

    apreciables en dinero. Cules son los servicios apreciables en

    dinero, que en la actualidad nos permiten satisfacer la obligacin

    tributaria? La obligacin si puede, en cambio, satisfacerse en dinero,

    lo cual ocurre de forma comn, o en especie; es decir, en bienes,

    como cuando se ejerce la accin coactiva y se cobra en los bienes del

    deudor, es necesario aclarar que la obligacin tributaria no se paga

    con los bienes, sino con el producto de su remate.

    Verificacin del hecho generador previsto por la ley, es

    fundamental conocer y recordar que la obligacin tributaria nace

    solamente al momento de verificarse el hecho generador, es decir,

    aquella conducta que la ley describe como generadora del tributo, y

    que al cumplirse hace nacer la obligacin tributaria.

    La obligacin tributaria se diferencia de la civil, de que ella es imperativa e

    impuesta por la potestad unilateralmente por el estado sin que medie el

    consentimiento o voluntad de las partes.15

    La obligacin tributaria consiste en:

    Mantener al da su contabilidad

    Presentar las declaraciones de los impuestos que le correspondan

    y pagar los impuestos resultantes

    Pagar el impuesto a los vehculos, cuando corresponda

    Presentar mensualmente el Anexo de Retenciones por otros

    Conceptos (REOC) y otros anexos cuando corresponda.

    Actualizar oportunamente su RUC

    15 http://www.monografias.com/trabajos15/obligacion-tributaria/obligacion-tributaria.shtml

  • 57

    2.1.6.1. Sujetos presentes en las obligaciones tributarias.

    Son sujetos de la relacin jurdico-tributaria, el sujeto activo y el sujeto

    pasivo

    El sujeto activo de la relacin jurdico-tributaria es el ente

    acreedor del tributo. Este ente ser siempre el Estado, pues es quien

    requiere de sus recursos para invertir en el gasto pblico. Para

    ejecutar la poltica tributaria y por ende, administrar lo relativo a los

    tributos, existen tres tipos de Administraciones Tributarias:

    Administracin Tributaria Central

    Administracin Tributaria Seccional

    Administracin Tributaria de Excepcin

    El sujeto pasivo es el obligado al cumplimiento de la prestacin

    tributaria, en calidad de contribuyente o como responsable. Pueden

    ser sujetos pasivos:

    Personas naturales

    Personas jurdicas

    Herencias yacentes

    Comunidades de bienes

    Entidades que carentes de personalidad jurdica constituyan

    una unidad econmica un patrimonio independiente de los de

    sus miembros, susceptible de imposicin, siempre que as se

    establezca en la Ley Tributaria.

    El sujeto pasivo, lo es, en distintas calidades: 16

    Como Contribuyente.- Es definido por el Cdigo Tributario, como la

    persona natural o jurdica a quien la Ley impone la prestacin

    tributaria por la verificacin del hecho generador. Quien soporta la

    carga tributaria tendr siempre la calidad de contribuyente, aunque

    16 CEFI, Teora Normativa General de la tributacin, 2010

  • 58

    realice la traslacin de dicha carga a otras personas. 2.2.2. Como

    responsable:

    Responsable.- Es la persona que sin tener la calidad de

    contribuyente, debe cumplir con las obligaciones atribuidas a ste, por

    disposicin de la Ley.

    Establece el Cdigo Tributario que toda obligacin tributari