obligaciones del patrón

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Registro ante el IMSS del patrón e inscripción de trabajadores

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Page 1: Obligaciones del patrón

Registro ante el IMSS del patrón e inscripción de

trabajadores

Page 2: Obligaciones del patrón

Conocer los documentos necesarios para el

registro del patrón Conocer los plazos de registro Conocer los requisitos para inscripción del

trabajador

Objetivo

Page 3: Obligaciones del patrón

Registrarse en el lMSS e inscribir a sus trabajadores en los

formatos establecidos Plazo: no mayor de cinco días hábiles: Altas Modificaciones de salario Bajas Demás datos como reanudación de actividades, cambio de domicilio, cambio de nombre o

razón social, sustitución patronal, duplicidad o baja (Artículos 12, 16, 45, 53, 54 Y 57, Racerf)

Ajustes salariales por convenio de terminación de huelga Plazo: 30 días naturales contados a partir de la ratificación

convenio (Artículo 56, Racerf)

Art. 15 fracc. I

Page 4: Obligaciones del patrón

Una vez ocurrido cualquiera de los momentos

que marca el inicio de la obligación contributiva en materia de seguridad social, el patrón cumplirá con la primera de las nueve fracciones del art. 15 LSS.

Este se hace en dos pasos 1. Pre – alta en el portal de IMSS 2. Cita presencial donde se concluye el

trámite

Trámite para inscripción del patron

Page 5: Obligaciones del patrón

1. RFC.2. Poder notarial del representante legal, en su caso.3. Identificación oficial con fotografía y firma del patrón, sujeto obligado o representante legal.

Además de esto se pueden solicitar otro documentos como por ejemplo

Instituciones de asistencia privada Acta constitutiva. Oficio de la junta de asistencia privada.

Sociedades cooperativas Acta constitutiva. Certificado de inscripción en el Registro Público de Comercio.

Documentación Personas Morales

Page 6: Obligaciones del patrón

Condominio o copropiedad

Escritura pública o acta de asamblea. CURP.

Sociedades y asociaciones diferentes a la mexicana Acta constitutiva. Documento expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores.

Sindicatos Certificado de registro por la STPS. Toma de nota expedida por la STPS.

Instituciones educativas Acta Constitutiva

Documentación Personas Morales

Page 7: Obligaciones del patrón

Personas morales dedicadas a la construcción

Acta constitutiva. Comprobante de domicilio. Formato Satic-01. Aviso de registro de obra.

Personas morales que realizan eventualmente una obra de construcción Acta constitutiva (sólo en caso de no encontrarse registrado). Tarjeta de identificación patronal del registro patronal con actividad

diferente a la construcción. Formato Satic-01 . Aviso de registro de obra.

Para empresas u organismos descentralizados Acuerdo o decreto presidencial para su creación.

Documentación Personas Morales

Page 8: Obligaciones del patrón

Personas físicas en general

RFC. Poder notarial del representante legal, en su caso. Comprobante de domicilio. Identificación oficial con fotografía y firma del sujeto obligado.

Personas físicas dedicadas a la construcción Formato Satic-01 . Aviso de registro de obra.

Personas físicas que realizan eventualmente una obra de construcción Formato Satic-01 . Aviso de registro de obra.

Personas físicas que cuentan con un negocio establecido dentro del domicilio particular y carecen de documentación oficial Comprobante de domicilio. Identificación oficial con fotografía y firma del sujeto obligado.

Documentación Personas Físicas

Page 9: Obligaciones del patrón

Menores de edad

RFC del representante del menor. Identificación oficial con fotografía y firma. Documento notariado que acredite la representación del menor. Mención expresa bajo protesta de decir verdad que el patrón es un menor de

edad. Escrito del representante legal del menor, en el que se comprometa a cumplir y

a responder por las obligaciones derivadas de la inscripción patronal del menor.

Patrones del campo Permiso de siembra. Recibo de pago de agua para riego.

Personas físicas dedicadas al transporte público de pasaje o carga Tarjeta de circulación. Permiso de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Documentación Personas Físicas

Page 10: Obligaciones del patrón

En caso de que la documentación oficial requerida se

encuentre en trámite, el patrón o el representante legal deberá presentar un escrito en el que se haga responsable solidario de los actos legales de la empresa, y en el que se comprometa a entregar la documentación faltante en un plazo definitivo. Dicho escrito se integrará al expediente patronal.

En todos los casos, además de proporcionar la documentación descrita, los patrones deberán presentar contratos de arrendamiento, subarrendamiento, fideicomiso debidamente protocolizado, apertura de cuenta bancaria, comprobantes de luz agua, teléfono con antigüedad no mayor a dos meses.

Documentación Personas Físicas

Page 11: Obligaciones del patrón

El artículo 45 del Racerf señala que los patrones deberán

inscribir a sus trabajadores ante el lMSS en los términos que señala el artículo 15 de la LSS.

Asimismo, podrán hacerla el día hábil anterior al inicio de la relación laboral; en este caso, el reconocimiento de derechos o semanas para determinar el otorgamiento de las prestaciones en dinero y en especie se contabilizará a partir de la fecha que como inicio de la relación laboral se señale en el aviso respectivo.

Como la gestión referida debe realizarse cuanto antes, los patrones identificarán primero si el trabajador sujeto a inscripción cuenta o no con número de seguridad social (NSS) para efectuar con toda oportunidad el trámite respectivo en eI IMSS.

Inscripción del trabajador

Page 12: Obligaciones del patrón

Si el trabajador cuenta con NSS, el patrón

deberá solicitarle documentación como la siguiente: 1. Copia de acta de nacimiento. 2. Tarjeta de afiliación al IMSS. 3. Copia del aviso de inscripción de su empleo

previo para obtener el NSS correcto.

Inscripción del trabajador

Page 13: Obligaciones del patrón

1. Número de registro patronal de la empresa2. Tipo de relación laboral establecida con los trabajadores, a saber:

a) Permanente; b) Eventual; c) Eventual de la construcción 3. Número de Seguridad Social 4. CURP5. Nombre completo del trabajador, el cual se anotará en el orden siguiente: apellidos paterno, materno y nombre(s).6. Salario base de cotización diario, el cual será calculado de conformidad con el artículo 27 de la LSS.7. Señalamiento obligatorio del tipo de salario que el trabajador recibirá, a saber:

a) Fijo; b) Variable; c) Mixtos.

Tras ello, el patrón requisará el formato Afil-02 con los datos

siguientes:

Page 14: Obligaciones del patrón

8. Fecha de inicio de la relación laboral para que, a partir de ella, el trabajador adquiera derechos de asegurado ante el IMSS.

9. Sexo (masculino o femenino) del trabajador.

10. De pactarse una relación de trabajo por jornada o semana reducidas:

a) Horario de labores; b) Días por laborar

11. Denominación del puesto

12. Lugar y fecha de nacimiento

13. Domicilio completo del trabajador .

14. Nombre del patrón, denominación o razón Social

15. Firmas del patrón o de su representante legal y del trabajador.

Page 15: Obligaciones del patrón

Cuando el sujeto de afiliación no cuenta aún con el

número de seguridad social, se atenderá el proceso de preafiliación, el cual consiste en asignar un número a los trabajadores que empiecen una relación de trabajo; este número es indispensable para que el patrón cumpla con la obligación de inscripción prevista en el artículo 15 de la Ley del Seguro Social.

El fundamento legal se encuentra en el artículo 45 del Racerf que a la letra expresa:

Asimismo, podrán hacerla el día hábil anterior al inicio de la relación laboral.

Trabajador sin NSS

Page 16: Obligaciones del patrón

OBLIGACIONES DEL PATRON

Page 17: Obligaciones del patrón

Conocer las obligaciones que tiene el patrón

ante el IMSS Identificar las obligaciones patronales por

sustitución Análizar y aplicar los factores de

dictaminación de riesgo de trabajo

Objetivo

Page 18: Obligaciones del patrón

Llevar registros como nóminas y listas de raya, con los datos siguientes:

Nombre, denominación o razón social Registro patronal y RFC Nombre, número de seguridad social, RFC con la homoclave y clave CURP

de los trabajadores Periodicidad de los salarios Salario base de cotización Días o unidades de tiempo laborados Importe del salario devengado Cuotas del seguro social retenidas Importe total del salario devengado, retenciones y deducciones efectuados Firma o huella digital de los trabajadores (Artículo 9, Racerf)

Conservar la documentación durante cinco años

Art. 15 fracc. II

Page 19: Obligaciones del patrón

Determinar y enterar las cuotas obrero-

patronales Plazo: a más tardar el 17 del mes inmediato

siguiente (Artículos 39, LSS; 113 Y 151, Racerf)

Art. 15 Fracc. III

Page 20: Obligaciones del patrón

Proporcionar información al IMSS (Artículos 5 y 50, Racerf)

Permitir visitas domiciliaras

Art. 15 Fracc. IV

Art. 15 Fracc. V

Page 21: Obligaciones del patrón

Expedir y entregar a los trabajadores de la

construcción constancia escrita del salario percibido y el número de días trabajados

(Artículo 8, Racerf)

Art. 15 Fracc. VI

Page 22: Obligaciones del patrón

Cumplir con las obligaciones del seguro de

retiro, cesantía y vejez (individualización de la parte que se abona a las subcuentas de cada trabajador)

(Artículo 125, Racerf)

Art. 15 Fracc. VII

Page 23: Obligaciones del patrón

Cumplir con la ley y sus reglamentos Dar aviso por escrito de estallamiento de

huelga y su terminación su terminación. Plazo: dentro de los ocho días hábiles

siguientes a la fecha en que ocurra el estallamiento y cinco días hábiles siguientes a la terminación (Artículo 10, Racerf)

Art. 15 Fracc. VIII

Page 24: Obligaciones del patrón

Expedir y entregar a sus trabajadores

constancias de días laborados en el caso de eventuales de la ciudad y del campo (Artículo 8, Racerf)

Art. 15 Fracc. IX

Page 25: Obligaciones del patrón

Informar al trabajador o al sindicato de las

aportaciones realizadas a la cuenta individual del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez

Plazo: cada bimestre

Arts. 15, fracción VII, y 180, LSS

Page 26: Obligaciones del patrón

Dar aviso de los riesgos de trabajo que

ocurran, en las instalaciones o fuera de ellas, durante el desempeño de las actividades del trabajador

Plazo: dentro de las 24 horas siguientes de ocurrido el siniestro o, en su caso, al recibir el aviso del trabajador

Art. 51, LSS; 22, RPM

Page 27: Obligaciones del patrón

Presentar la declaración anual de la prima de

riesgos de trabajo con datos precisos y completos

Plazo: durante el mes de febrero

Art. 74, LSS; 32, fracción V, RACERF

Page 28: Obligaciones del patrón

Retener las cuotas a cargo del trabajador y

efectuar el entero correspondiente Plazo: en fecha de pago y hasta las cuatro

semanas acumuladas

Art. 38, LSS

Page 29: Obligaciones del patrón

Solicitar a los trabajadores que contraten el

número de seguridad social y el nombre de la administradora que opere su cuenta individual

Art. 117 y 4 TR 2001, LSS y 47 y 5 TR2002, RACERF

Page 30: Obligaciones del patrón

Responsabilidad solidaria

Page 31: Obligaciones del patrón

Obligación solidaria del patrón sustituido

hasta por seis meses posteriores al aviso de sustitución

(Modificado mediante el decreto de reformas vigente a partir del 21 de diciembre de 2001)

Término para el pago de los créditos: 15 días hábiles siguientes a la notificación

Artículos 290, LSS; 16, 28 Y 129, Racerf

Page 32: Obligaciones del patrón

DICTAMINACIÓN

Page 33: Obligaciones del patrón

El patrón que se inscriba por primera vez ante

el IMSS o cambie de actividad se autoclasificará, aplicando el catálogo de actividades previsto en el artículo 196 del Racerf.

Para esto determinara el grupo, la fracción y la clase correspondiente a la actividad principal.

Son nueve grupos Si no esta la actividad de la empresa aplicar la

analogia

Auto clasificación patronal

Page 34: Obligaciones del patrón
Page 35: Obligaciones del patrón

Clase Prima media en por

cientos

I 0.54355

II 1.13065

III 2.59840

IV 4.65325

V 7.58875

Art. 6 REGLAMENTO PARA LA CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS Y DETERMINACIÓN DE LA

PRIMA EN EL SEGURO DE RIESGOS DE TRABAJO

Page 36: Obligaciones del patrón

El cálculo de la prima del Seguro de Riesgos de

Trabajo se calculará mediante la formula que indica el artículo 72 de la Ley del Seguro Social (LSS) y 26 del Reglamento para la Clasificación de las Empresas y Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo (RCRT). La Prima de Riesgo se calculará multiplicando la siniestralidad de la empresa, por un factor de prima y el producto se le sumará el 0.0025, no pudiendo ser esta menor a 0.25%, ni mayor a 15.00%

Este calculo se hará conforme a los hechos registrados durante un periodo que inicie el 1 de enero y termine el 31 de diciembre

PRIMA DE RIESGOS DE TRABAJO

Page 37: Obligaciones del patrón

Fórmula

Prima = [(S/365) + V * (I+D)] * (F/N) + M

V28 años, que es la duración promedio de vida activa de un individuo, que no haya sido víctima de un accidente mortal o de incapacidad permanente total.

F 2.3, que es el factor de prima.

N Número de trabajadores promedio expuestos al riesgo.

S Total de los días subsidiados a causa de incapacidad temporal

ISuma de los porcentajes de las incapacidades permanentes, parciales y totales, divididos entre 100

D Número de defunciones.

M 0.0025, que es la prima mínima de riesgo

Page 38: Obligaciones del patrón

Esta fórmula contiene Constantes y Variables:

Constantes

365 365 Días del año

V 28 años Duración promedio de la vida activa de un individuo

F 2.3 Factor de prima

M .0050 Prima mínima

Variables

S Días subsidiados a causa de una incapacidad temporal

I Suma de incapacidades permanentes parciales y totales divididos entre 100

D Número de defunciones

N Núm. de trabajadores promedio expuestos al riesgo

Page 39: Obligaciones del patrón

Origen de los datos de las variables de la fórmula 

S Los certificados de incapacidad médica que fueron expedidos por el IMSS, y los dictámenes de alta médica Formatos ST-2. (Sólo por accidente y enfermedad de trabajo.)

I Los dictámenes de incapacidad permanente o de defunción por Riesgo de Trabajo Formato ST-3.

D Dictamen de incapacidad permanente o de defunción por Riesgo de Trabajo Formato ST-3.

N Cédulas de determinación de cuotas del SUA y/o formas COB-01 o COB-10 y/o Hojas de cálculo

Page 40: Obligaciones del patrón

Obtención de las Variables

S Calificación del IMSS con base al Formato ST-1 "Aviso para Calificar Probable Riesgo de Trabajo" y que genera los certificados de incapacidad temporal para el trabajo.

I Porcentajes obtenidos de la tabla de valuaciones de incapacidades permanentes del Artículo 514 de la Ley Federal del Trabajo.

D Muertes ocurridas como consecuencia de accidentes de trabajo o de enfermedades profesionales.

N Control interno y datos del Seguro de Riesgos de Trabajo, conforme al Artículo 23 del Reglamento para la Clasificación de Empresas y Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo.