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Q f0·f~.-- G0BI ERN0 RE GIONAL D E M A DRE DE DIOS Jirón Cusca 350 - Puerto M aldonado Telf: (0051) (082) 571199 / 572646 - Fax: (0051) (082) 571199 Website : www.reg1onmadrededios.gob.pe - E-mail : [email protected] "DECENIO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUJERES Y HOMBRES" "MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ" RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°Ü~-2019-GOREMAD/GGR Puerto Maldonado, O9 ENE 2020 VISTOS: El Informe Legal 009-2020-GOREMAD/ORAJ de fecha 07 de enero del 2020 emitido por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 678-2019-GOREMAD/GRI de fecha 27 de agosto de 2019 emitido por la Gerencia Regional de Infraestructura; el Informe Nº 1405-2019- GOREMAD/GRI-SGSyLO, con fecha de recepción 27 de agosto del 2019, emitido por la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras; el Informe Nº 001-2019-GOREMAD-GRI- SGSYLO-ALO-CLTFP, de fecha 26 de agosto de 2019, emitido por la Comisión de Recepción y Liquidación Técnica - Financiera del Proyecto: "SERVICIO DE MANTENIMIENTO VIAL RUTINARIO: EMP. PE-30C (IÑAPARI) - CC.NN . BELGICA"; el Oficio Nº 360-2019- GOREMAD/ORA-OC de fecha 23 de agosto del 2019 emitido por el Director de la Oficina de Contabilidad; el Informe 35-2019-GOREMAD/ORA-OC-IC-CF/LLTC de fecha 23 de agosto del 2019 emitido por el Conciliador Financiero; el Oficio Nº 471-2019-GOREMAD/GRI -SGSYLO de fecha 23 de julio de 2019 emitido por la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras; el Informe Nº 146-2019-GOREMAD/GRI-SGSYLO-LMCS de fecha 22 de julio de 2019 emitido por la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras; y la Resolución Gerencial Regional Nº 021- 2019-GOREMAD/GRI, de fecha 20 de marzo del 2019, y demás documentos adjuntos: CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 º de la Constitución Política del Perú, señala que: "Los Gobiernos regionales, gozan de autonómica política y administrativa en asuntos de su competencia ", norma constitucional concordante con los artfculos 2º y 4º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y sus leyes modificatorias, que establece: "Los Gobiernos regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho pública, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, cuya finalidad esencial es fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionafes y locales de desarrollo". Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 006-2018, publicado en fecha 25 de mayo del 2018, se Aprueba la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2018, por la suma de SI 2'596, 331 ,411.00 soles, con cargos a los saldos disponibles, según proyección al cierre del año fiscal 2018, por las fuentes de financiamiento de recursos ordinarios y recursos por operaciones oficiales de crédito de pli egos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales a favor de la reserva de contingencia a la que se refiere el artículo 44 de la Ley N° 268411 Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto ( ... ); Que, con fecha 17 de julio del 2018, los representantes de PROVIAS DESCENTRALIZADO y el GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS; suscribieron el Convenio de Gestión Nº 843- 2018-MTC/21 , denominado: "CONVENIO ENTRE EL PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DESCENTRALIZADO- PROVIAS DESCENTRALIZADO y el GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS", en mérito al Decreto de Urgencia N° 006-2018, cuyo objeto es establecer compromisos y responsabilidades entre el PROVIA DESCENTRALIZADO y el GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS, para la ejecución del mantenimiento vial de los caminos departamentales que se especifican en el Anexo 1 que forma parte integrante del Convenio mencionado. Que, el último párrafo del literal i) , del Capitulo 111 , Definiciones, de la Directiva 001 -2017- GOREMAD/GRI-SGSYLO "Directiva para el Proceso de Liquidación Técnico Fina nc iero y Transferencia de Proyectos de Inversión Pública por Administración Directa e Indirecta y de Oficio, Ejecutados por el Gobierno Regional de Madre de Dios", aprobada mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 136-2017-GOREMAD/GR, de fecha 26 de junio del 2017, establece: "La

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Page 1: O 9 ENE 2020 · 2020. 5. 20. · Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras; y la Resolución Gerencial Regional Nº 021-2019-GOREMAD/GRI, de fecha 20 de marzo del 2019,

Q f0·f~.-­

G0BI ER N 0 R E GIONAL D E M A DRE D E DIOS Jirón Cusca N° 350 - Puerto Maldonado

Telf: (0051) (082) 571199 / 572646 - Fax: (005 1) (082) 571199 Website : www.reg1onmadrededios.gob.pe - E-mail : [email protected]

"DECENIO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUJERES Y HOMBRES" "MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ"

RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°Ü~-2019-GOREMAD/GGR

Puerto Maldonado, O 9 ENE 2020 VISTOS:

El Informe Legal N° 009-2020-GOREMAD/ORAJ de fecha 07 de enero del 2020 emitido por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 678-2019-GOREMAD/GRI de fecha 27 de agosto de 2019 emitido por la Gerencia Regional de Infraestructura; el Informe Nº 1405-2019-GOREMAD/GRI-SGSyLO, con fecha de recepción 27 de agosto del 2019, emitido por la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras; el Informe Nº 001-2019-GOREMAD-GRI­SGSYLO-ALO-CL TFP, de fecha 26 de agosto de 2019, emitido por la Comisión de Recepción y Liquidación Técnica - Financiera del Proyecto: "SERVICIO DE MANTENIMIENTO VIAL RUTINARIO: EMP. PE-30C (IÑAPARI) - CC.NN. BELGICA"; el Oficio Nº 360-2019-GOREMAD/ORA-OC de fecha 23 de agosto del 2019 emitido por el Director de la Oficina de Contabilidad; el Informe Nº 35-2019-GOREMAD/ORA-OC-IC-CF/LL TC de fecha 23 de agosto del 2019 emitido por el Conciliador Financiero; el Oficio Nº 471-2019-GOREMAD/GRI-SGSYLO de fecha 23 de julio de 2019 emitido por la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras; el Informe Nº 146-2019-GOREMAD/GRI-SGSYLO-LMCS de fecha 22 de julio de 2019 emitido por la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras; y la Resolución Gerencial Regional Nº 021-2019-GOREMAD/GRI, de fecha 20 de marzo del 2019, y demás documentos adjuntos:

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191 º de la Constitución Política del Perú, señala que: "Los Gobiernos regionales, gozan de autonómica política y administrativa en asuntos de su competencia", norma constitucional concordante con los artfculos 2º y 4º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales -Ley Nº 27867 y sus leyes modificatorias, que establece: "Los Gobiernos regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho pública, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia , cuya finalidad esencial es fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionafes y locales de desarrollo".

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 006-2018, publicado en fecha 25 de mayo del 2018, se Aprueba la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2018, por la suma de SI 2'596,331 ,411 .00 soles, con cargos a los saldos disponibles, según proyección al cierre del año fiscal 2018, por las fuentes de financiamiento de recursos ordinarios y recursos por operaciones oficiales de crédito de pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regiona les a favor de la reserva de contingencia a la que se refiere el artículo 44 de la Ley N° 268411 Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto ( ... );

Que, con fecha 17 de julio del 2018, los representantes de PROVIAS DESCENTRALIZADO y el GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS; suscribieron el Convenio de Gestión Nº 843-2018-MTC/21 , denominado: "CONVENIO ENTRE EL PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DESCENTRALIZADO- PROVIAS DESCENTRALIZADO y el GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS", en mérito al Decreto de Urgencia N° 006-2018, cuyo objeto es establecer compromisos y responsabilidades entre el PROVIA DESCENTRALIZADO y el GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS, para la ejecución del mantenimiento vial de los caminos departamentales que se especifican en el Anexo 1 que forma parte integrante del Convenio mencionado.

Que, el último párrafo del literal i) , del Capitulo 111 , Definiciones, de la Directiva Nº 001 -2017-GOREMAD/GRI-SGSYLO "Directiva para el Proceso de Liquidación Técnico Financiero y Transferencia de Proyectos de Inversión Pública por Administración Directa e Indirecta y de Oficio, Ejecutados por el Gobierno Regional de Madre de Dios", aprobada mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 136-2017-GOREMAD/GR, de fecha 26 de junio del 2017, establece: "La

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GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Jirón Cusca Nº 350 - Puerto Maldonado

Telf: (0051) (082) 571199 / 572646 - Fax: (0051) (082) 571199 Website : www.regionmadrededios.gob.pe - E-mail : [email protected]

"DECENIO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUJERES Y HOMBRES" "MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ"

Comisión de Recepción y Liquidación del Proyecto de Inversión Pública, debe estar integrada, por lo menos con un Profesional Colegiado o Especialista, que corresponda a la naturaleza de la meta, un Contador Público Colegiado y el Supervisor (o Inspector), quienes elaboraran el Acta de Recepción de la ejecución física y la documentación financiera de la fase de proyecto, de acuerdo al contenido en el informe técn ico financiero final de la ejecución, el mismo que formará parte sustentatoria del Informe de la Liquidación Técnica Financiera del Proyecto de Inversión Pública". Asimismo, el literal j), establece que: "El Informe de Liquidación Técnica Financiera del Proyecto de Inversión.- Es el documento que será elaborado por la Comisión de Recepción y Liquidación del Proyecto, mediante un proceso de revis ión y evaluación de los aspectos contenidos en los informes técnico financiero de las fases: Elaboración del estudio definitivo o expediente, ejecución física, supervisión y liquidación del proyecto de inversión pública; para lo cual se efectuará la Conciliación Financiera a fin de determinar el uso adecuado de los recursos insertados realmente a los costos de la meta (financiera) y establecer la concordancia con la valuación física (técnica), del proceso de ejecución del proyecto de inversión pública. Este documento debe ser elaborado en un plazo máximo de (30) treinta días y ser elevado al responsable de la Unidad Ejecutora que designó la comisión, para su aprobación mediante acto resolutivo.

Que, teniendo presente las normas en mención, se ha elaborado el Expediente de Liquidación Técnica - Financiera de la Actividad: "Servicio de Mantenimiento Vial Rutinario: EMP PE-30C (lñapari) - CC.NN. Bélgica", en sus componentes técnico y financiero, suscribiéndose el Acta de Conci liación Financiera por el costo real para efectos de la Liquidación Técnico Financiera del Proyecto asciende a S/ 126,322.40 (Ciento Veintiséis Mil Trescientos Veintidós con 40/1 00 Soles), con participación de los miembros de la Oficina Regional de Administración, la Oficina de Contabilidad y los miembros de la Comisión de Liquidación Técnico Financiera de la Actividad en mención, de la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Madre de Dios, cuya Secuencia Funcional es la siguiente:

Nombre de la Ruta Departamental Convenio de Gestión entre Nombre del Servicio

Ubicación Fuente de Financiamiento Monto contractual del Servicio Valorización Acumulado Contratista Supervisor /Monitor Acta de entrega de Terreno Plazo de Ej ecución Programado Conclusión Real del Proyecto

: Tramo: EMP.PE-JOC (lñapari) CC.NN. Bélgica. · Provlas Descentralizado y el Gobierno Regional de Madre de Dios. · Servicio de Mantenimiento Vial Rutinario por resultados en la Vla "Tramo: EMP.PE JOC (lñapari) CCNN Bélgica de longitud 28.28 km. Distrito de lñapari - Provincia de Tahuamanu -Región Madre de Dios. : Distrito lñapari I Provincia Tahuamanu I Región Madre de Dios. : Recursos Ordinarios : SI 122,500.00 soles. : SI 122,500.00 soles. : Karel Dorman Vil/acorta Panduro. : lng. Jesús Armando Acero Mamani : 22 de agosto 2018 : OS meses : 21 de enero del 2019

Que, la Comisión de Liquidación Técnica - Financiera del Proyecto: "Servicio de Mantenimiento Vial Rutinario EMP PE-30C (lñapari) - CC.NN. Bélgica", ha procedido a la verificación de trabajos ejecutados en la actividad, en concordancia con el numeral 11 º del artículo 1 º de la Resolución de Contraloría Nº 195-88-CG - Ejecución de las Obras Públicas por Admin istración Directa, conforme se detalla:

"Servicio de Mantenimiento Vial Rutinario por Resultados en la Vía Tramo: EMP.PE 30C (lñapari) CC.NN. Bélgica" de longitud 28.28 km. Distrito de lñapari - Provincia de Tahuamanu - Región Madre de Dios.

ITEM METAS CANT. OBSERVACIONES 01 ROCE Y LIMPIEZA 413,560 00 m2 100 % COMPLETADO 02 BACHEO 15,75000 m2 100% COMPLETADO 03 ENCAUZAMIENTO DE PEQUENOS CURSOS DE AGUA 2 280 00 mi 100% COMPLETADO 04 LIMPIEZA DE CUNETAS 56,028 28 mi 100% COMPLETADO

Que, la Gerencia Regional de Infraestructura, mediante el Informe Nº 678-2019-GOREMAD/GRI, de fecha 27 de agosto del 2019, así mismo la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras mediante Informe Nº 1405-2019-GOREMAD/GRI-SGSyLO, con fecha de recepción 27 de agosto del 2019 y la Comisión de Liquidación Técnica Financiera del Proyecto en mención, mediante Informe Nº 001 -2019-GOREMAD/GRI-SGSYLO-ALO-CL TFP, de fecha de 26 de agosto del 2019, solicitan se emita la aprobación mediante acto resolutivo de la Liquidación Técnica - Financiera de la Actividad: "Servicio de Mantenimiento Vial Rutinario EMP PE-30C (lñapari) -CC.NN. Bélgica".

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GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Jirón Cusca Nº 350 - Puerto Maldonado

Telf: (0051) (082) 571199 / 572646 - Fax: (0051) (082) 571199 Website : www.regionmadrededios.gob.pe - E-ma il : [email protected] b.pe

"DECENIO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUJERES Y HOMBRES" "MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ"

Que, mediante Acta de Conciliación Financiera Presupuesta!, de fecha 22 de agosto del 2019, se reunieron en el local de la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Madre de Dios, por parte de la Oficina de Contabilidad, la Responsable de la Conciliación Financiera la CPC Luisa Lely Tueros Cárdenas, Mat. Nº 025-313 y por la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras, la Liquidadora Financiera Mg. C.P.C.C Luz Marina Ccosi Serrano Mat. Nº 025-151 , con el objeto de Ratificar el costo del Proyecto: "Servicio de Mantenimiento Vial Rutinario EMP PE-30C (lñapari)- CC.NN. Bélgica", ejecutado en el periodo: 2018, el cual cuenta con los miembros de la Comisión de Liquidación Técnica Financiera, del Proyecto designados mediante Resolución Gerencial Regional Nº 021-2019-GOREMAD/GRI , de fecha 20-03-2019, con la finalidad de efectuar la Conciliación Financiera del Presupuesto Ejecutado para lograr las metas programadas; tal como se detalla a continuación: El resumen de ejecución presupuesta! global:

PLIEGO

PROYECTO

AÑO

FTE. FTO.

RESUMEN DE EJECUCIÓN PRESUPUESTAL GLOBAL

: 454 GOBIERNO REGIONAL MADRE DE DIOS

: 5001449 'MANTENIMIENTO RUTINARIO, TRAMO· EMP PE-30C (IÑAPARI) CC.NN. BÉLGICA, DISTRITO DE IÑAPARI, TAHUAMANU"

: 2018

RECURSOS ORDINARIOS

CLASIFICADOR DETALLE Ano 201a Tolal DEL GASTO

EXPEDIENTE META-202

META -202 Ejecutado

TECNICO EJECUCION DE SUPERVISION

LIQUIDACION OBRA

2.31 31 .1 COMBUSTIBLES Y CARBURANTES 2,880.00 2,880.00

2 3 2.1.2.2 VIATICOS y ASIGNACIONES POR 832,00 832 00 COMISON DE SERVICIOS

2 3.2.4.1.2 DE CARRETERAS, CAMINOS Y PUENTES 122,500.00 122,500.00 2 3.2.7.11 .99 SERVICIOS DIVERSOS 110 40 110.40

SUB TOTAL S/ 0.00 122 500.00 3,822.40 0.00 126,322.40 MAS SALDO DE MATERIALES DE OTRAS OBRAS 0.00

MENOS 1 SALDO DE BIENES DE OBRA 0.00 TOTAL S/ 126,322.40

SIAF

PLIEGO

PROYECTO

AÑO

FTE. FTO.

Son: SI 126,322.40 (Ciento Veintiséis Mil Trescientos Veintidós con 40/100 Soles) .

INFORME FINAL VALORIZADO TÉCNICO VS FINANCIERO

: 454 GOBIERNO REGIONAL MADRE DE DIOS

: 5001449 'MANTENIMIENTO RUTINARIO. TRAMO. EMP.PE-30C (IÑAPARIJ CC.NN. BELGICA. DISTRITO OE IÑAPARI, TAHUAMANU"

: 2018

RECURSOS OROINARIOS

ITEM DESCRIPCION PARCIAL TOTAL A VALORIZACION TECNICA DEL PROYECTO 126,322.40

Valorización de Exoediente Técnico lo Estudio\ 0.00 Valorización de E1ecución de Provecto 122,500.00 Valorización de Supervisión de Provecto 3,822.40 Valorización de Liquidación de Proyecto 0.00

8 COSTO FINANCIERO DEL PROYECTO 126,322 .40 Coslo del Exoediente Técnico lo Estudio\ 0.00 Costo de Eiecuc1ón de Provecto 122.500.00 Costo de Suoervisión del Provecto 3,822 40 Costo de Liauidación del Proveclo 0.00

DIFERENCIA (A-8) 0.00 1

! RATIO (A/8) 1 1.000 i El consolidado de ejecución presupuesta!, expuesta en el cuadro precedente constituye los gastos que se han realizado en base a la información existente en los documentos Financieros de los archivos de la Oficina de Contabilidad, Tesorería y Archivo Institucional del Gobierno Reg ional de Madre de Dios, los mismos que fueron verificados, analizados detalladamente, para la sistematización.

Observaciones: 1. Dentro de la Ejecución Financiera del proyecto se tiene los siguientes viáticos, los cuales pertenecen al servicio de

mantenimiento periódico Tramo: EMP.PE - 30C (lñapari) - CCNN Bélgica, siendo los siguientes:

C/P PROVEEDOR DESCRIPCION IMPORTE

8134 13173 Cesar Guillermo Gutiérrez Arauio Viatico en comisión de servicio a la localidad de Bélaica - lñaoari 89.20 10100

17272 Banco de la Nación Viatico a favor del servidor Mónica Roció Rosales Romero en

128.00 comisión de servicio a la localidad de lñaoari - Béloica

17273 Banco de la Nación Viatico en Comisión de Servicio a la localidad de lñapari al servidor

153.20 10101 Cesar Guillermo Gutiérrez Arauio.

17283 Víctor Alberto Renteros Ramírez V iatico en Comisión de Servicio a la localidad de lñapari , del 09 al 1 O

128.00 10104 de octubre del 2018.

17274 Banco de la Nación Viatico a favor del servidor A lexander Ornar Ruiz Meléndez en

128.00 10105 Comisión de Servicio a la localidad de lñanari.

17271 Banco de la Nación Viatico a favor del servidor Esteban Gallegos Blanco en Comisión de

128.00 10106 Servicio a la localidad de lñaoari.

17270 Banco de la Nación Viatico en Comisión de Servicio a la servidora Marilia Vanessa

128.00 10109 Quisoe Camoana a la localidad de lñaoari

882.40 Conclusiones: 1. El Proyecto: se realizó a través del Convenio de Gestión N° 843-2018-MTC/21, "Convenio entre Proyecto Especial

de Infraestructura de Transporte Descentralizado - Provías Descentralizado y el Gobierno Regional de Madre de

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GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Jirón Cusca Nº 350 - Puerto Maldonado

Telf: (0051) (082) 571199 / 572646 - Fax: (0051) (082) 571199 Website : www.regionmadrededios.gob.pe - E-mail: [email protected]

"DECENIO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUIERES Y HOMBRES" "MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ"

Dios" y el Decreto de Urgencia N° 006-2018, para la ejecución del Mantenimiento Vial de los Caminos Departamentales que se especifican en el Anexo Nº 01 que forma parte integrante del presente convenio. En donde se determina un importe de SI 355,671.00 soles, para el "Servicio de Mantenimiento Vial Rutinario: EMP.PE-30C (lñapari) - CC.NN. Bélgica".

2. El Gobierno Regional de Madre de Dios asigno en el año 2018 un presupuesto de SI 355,671.00 soles, de los cuales se ejecutó un total de SI 126,322.40 Soles, correspondientes a los gastos de ejecución de obra y gastos de supeNisión de obra.

3. El Gobierno Regional de Madre de Dios, ejecuto el "Servicio de Mantenimiento Vial Rutinario: EMP.PE-30C (lñapari) - CC.NN. Bélgica" mediante Orden de SeNicio N° 3283 de fecha 03 de setiembre del 2018, por un importe de SI 122,500.00 Soles, determinando un plazo de SeNicio de 05 meses calendarios posteriores a la firma del contrato.

4. Se sugiere al Gobernador del Gobierno Regional de Madre de dios, aprobar mediante acto resolutivo, el Expediente de la Liquidación Técnica Financiera del: "Servicio de Mantenimiento Vial Rutinario: EMP.PE-30C (lñapari) -CC.NN. Bélgica", según el siguiente detalle:

Ejecución de Obra: SupeNisión de Obra: Total Ejecución Presupuesta/:

122,500.00 3,822.40

126,322.40

Que, tomando en cuenta lo referido en los párrafos precedentes, es la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Madre de Dios, a través de la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras y de la Comisión de Liquidación Técnica Financiera de la Actividad en mención y en observancia a lo prescrito en el artículo 119º y 130º del Reglamento de Organización Funciones - ROF del Gobierno Regional de Madre de Dios, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 026-2012-GRMDD/CR, que establece: Que la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Madre de Dios, es la responsable de dirigir, ejecutar, supervisar y liquidar las obras de los proyectos de infraestructura considerados en el Plan de Inversiones del Gobierno Regional de Madre de Dios y que la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras del Gobierno Regional de Madre de Dios, es responsable de dirigir, ejecutar, coordinar, controlar y evaluar las acciones de supervisión y liquidación de las obras de infraestructura civil , proyectos y estudios ejecutados a cargo de las diferentes Unidades Ejecutoras del Gobierno Regional de Madre de Dios.

Que, de acuerdo a los argumentos expresados en los párrafos precedentes y estando conforme al Principio de Legalidad, previsto en el numeral 1.1 del inciso 1 del artículo IV del Título Preliminar del T.U.O. de la Ley Nº 27444 Ley General de Procedimiento Administrativo, que establece que las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley y el Derecho, resulta pertinente la emisión del acto resolutivo por el cual se apruebe el Expediente de la Liquidación Técnica Financiera de la Activ idad: "Servicio de Mantenimiento Vía Rutinario: EMP.PE-30C (lñapari) - CC.NN. Bélgica", practicada por la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Madre de Dios, a través de la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras y la Comisión de Liquidación Técnica Financiera del proyecto en mención, con un costo real para efectos de la Liquidación Técn ico Financiera del Proyecto asciende a S/ 126,322.40 (Ciento Veintiséis Mil Trescientos Veintidós con 401100 Soles).

Con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regiona l de Madre de Dios, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y sus modificatorias, Ley N° 27867 -Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Resolución Ejecutiva Regional Nº 069-2019-GOREMAD/GR, de fecha 20 de febrero del 2019.

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.- APROBAR, el Expediente de Liquidación Técnico - Financiera de la Actividad: "Servicio de Mantenimiento Vial Rutinario: EMP.PE-30C (lñapari)- CC.NN. Bélgica", en el Distrito de lñapari, Provincia: Tahuamanu, Departamento de Madre de Dios; ejecutado en el año: 2018, con un monto total ejecutado de S/ 126,322.40 (Ciento Veintiséis Mil Trescientos Veintidós con 40/100 Soles) , en merito a lo expuesto en el Considerando de la presente resolución ; donde se ha Verificado los Trabajos Ejecutados, conforme se detalla:

"Servicio de Mantenimiento Vial Rutinario por Resultados en la Via Tramo: EMP.PE JOC (lñapari) CC.NN. Bélgica" de longitud 28.28 km. Distrito de lñapari - Provincia de Tahuamanu - Región Madre de Dios.

ITEM METAS CANT. OBSERVACIONES 01 ROCE Y LIMPIEZA 413,560 00 m2 100 % COMPLETADO 02 BACHEO 15,750 00 m2 100% COMPLETADO

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03 04

GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Jirón Cusco Nº 350 - Puerto Maldonado

Telf: (0051) (082) 571199 / 572646 - Fax: (0051) (082) 571199 Website : www.reg1onmadrededios.gob.pe - E-mail : [email protected]

"DECENIO DE LA IGUA LDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUJERES Y HOMBRES" "MADRE DE DIOS CA PITAL DE LA BIOD IVERSIDAD DEL PERÚ"

ENCAUZAMIENTO DE PEQUENOS CURSOS DE AGUA 2,280 00 mi 100% COMPLETADO LIMPIEZA DE CUNETAS 56,028 28 mi 100% COMPLETADO

ARTICULO SEGUNDO.- PRECISAR, que el contenido de los documentos que sustentan la presente resolución así como la oportunidad en que se emitieron son de exclusiva responsabilidad de los que suscriben los mismos, en el marco del principio de presunción de veracidad y de buena fe procedimental. En tal sentido, la presente resolución no convalida acciones que no se ciñan a la normatividad administrativa vigente, ni constituye autorización para realizar acciones que se encuentren restringidas o fuera del marco de la Ley.

ARTICULO TERCERO.- PONER, en conocimiento el contenido de la presente Resolución, a la Oficina Regional de Administración, Gerencia Regional de Infraestructura, Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras y demás instancias que correspondan para los fines legales pertinentes.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.

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