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Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección Legislación y Normativa Provincial 60467---ACUERDO 12 / 2017 TRIBUNAL FISCAL DE APELACION / 2017-06-26 60468---ACUERDO 13 / 2017 TRIBUNAL FISCAL DE APELACION / 2017-06-26 60483---DECRETO 1852 / 2017 DECRETO / 2017-06-21 60488---DECRETO 1853 / 2017 DECRETO / 2017-06-21 60486---DECRETO 1854 / 2017 DECRETO / 2017-06-21 60477---DECRETO 1855 / 2017 DECRETO / 2017-06-21 60466---DECRETO 1856 / 2017 DECRETO / 2017-06-21 60470---DECRETO 1857 / 2017 DECRETO / 2017-06-21 60489---DECRETO 1858 / 2017 DECRETO / 2017-06-21 60474---DECRETO 1859 / 2017 DECRETO / 2017-06-21 60497---DECRETO 1860 / 2017 DECRETO / 2017-06-21 60476---DECRETO 1861 / 2017 DECRETO / 2017-06-21 60479---DECRETO 1862 / 2017 DECRETO / 2017-06-21 60498---DECRETO 1863 / 2017 DECRETO / 2017-06-21 60469---DECRETO 1864 / 2017 DECRETO / 2017-06-21 60490---DECRETO 1865 / 2017 DECRETO / 2017-06-21 60472---DECRETO 1866 / 2017 DECRETO / 2017-06-21 60487---DECRETO 1867 / 2017 DECRETO / 2017-06-21 60499---DECRETO 1868 / 2017 DECRETO / 2017-06-21 60484---DECRETO 1869 / 2017 DECRETO / 2017-06-21 60482---DECRETO 1870 / 2017 DECRETO / 2017-06-21 60485---DECRETO 1871 / 2017 DECRETO / 2017-06-21 60480---DECRETO 1872 / 2017 DECRETO / 2017-06-21 60495---DECRETO 1915 / 2017 DECRETO / 2017-06-22 60478---DECRETO 1916 / 2017 DECRETO / 2017-06-22 60481---DECRETO 1917 / 2017 DECRETO / 2017-06-22 60493---DECRETO 1967 / 2017 DECRETO / 2017-06-26 60494---DECRETO 1968 / 2017 DECRETO / 2017-06-26 60471---DECRETO 1988 / 2017 DECRETO / 2017-06-28 60475---DECRETO 1989 / 2017 DECRETO / 2017-06-28 60491---DECRETO 1990 / 2017 DECRETO / 2017-06-28 60492---RESOLUCIONES 11 / 2017 JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL / 2017-05-31 60473---RESOLUCIONES 12 / 2017 JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL / 2017-06-28

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Numero de boletin: 29038

Fecha: 07/07/2017

INDICE:

Sección Legislación y Normativa Provincial

60467---ACUERDO 12 / 2017 TRIBUNAL FISCAL DE APELACION / 2017-06-26

60468---ACUERDO 13 / 2017 TRIBUNAL FISCAL DE APELACION / 2017-06-26

60483---DECRETO 1852 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

60488---DECRETO 1853 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

60486---DECRETO 1854 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

60477---DECRETO 1855 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

60466---DECRETO 1856 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

60470---DECRETO 1857 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

60489---DECRETO 1858 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

60474---DECRETO 1859 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

60497---DECRETO 1860 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

60476---DECRETO 1861 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

60479---DECRETO 1862 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

60498---DECRETO 1863 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

60469---DECRETO 1864 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

60490---DECRETO 1865 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

60472---DECRETO 1866 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

60487---DECRETO 1867 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

60499---DECRETO 1868 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

60484---DECRETO 1869 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

60482---DECRETO 1870 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

60485---DECRETO 1871 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

60480---DECRETO 1872 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

60495---DECRETO 1915 / 2017 DECRETO / 2017-06-22

60478---DECRETO 1916 / 2017 DECRETO / 2017-06-22

60481---DECRETO 1917 / 2017 DECRETO / 2017-06-22

60493---DECRETO 1967 / 2017 DECRETO / 2017-06-26

60494---DECRETO 1968 / 2017 DECRETO / 2017-06-26

60471---DECRETO 1988 / 2017 DECRETO / 2017-06-28

60475---DECRETO 1989 / 2017 DECRETO / 2017-06-28

60491---DECRETO 1990 / 2017 DECRETO / 2017-06-28

60492---RESOLUCIONES 11 / 2017 JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL / 2017-05-31

60473---RESOLUCIONES 12 / 2017 JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL / 2017-06-28

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Sección Avisos

208012---GENERALES / DIRECCION GENERAL DE CATASTRO EXPEDIENTE N° 2219-377-2016

208010---GENERALES / DIRECCION GENERAL DE CATASTRO EXPEDIENTE N° 6424-377-2017

208007---GENERALES / DIRECCION GENERAL DE CATASTRO EXPEDIENTE N° 7252-377-2017

208008---GENERALES / DIRECCION GENERAL DE CATASTRO EXPEDIENTE N° 7503-377-2017

208026---GENERALES / SUBSECRETARIA DE REGULARIZACION DOMINIAL Y HABITAT

208027---GENERALES / SUBSECRETARIA DE REGULARIZACION DOMINIAL Y HABITAT

207780---JUICIOS VARIOS / CAMPO ALEGRE S.A. S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA

207977---JUICIOS VARIOS / CENTRO MODELO DE CARDIOLOGIA S.R.L. S/ CONCURSO PREVENTIVO

207922---JUICIOS VARIOS / DE LA VEGA RAMON ERNESTO C/ EL SIMOQUEÑO S.R.L.

207887---JUICIOS VARIOS / DEL PRETTE SANDRA NOEMI S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA

207934---JUICIOS VARIOS / DE MERCEDES ANUNSACION Y PALAVECINO JOSE MARIA S/ SUCESION

207869---JUICIOS VARIOS / GIL RAFAEL RUBEN S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA

208009---JUICIOS VARIOS / GUARDIA DIEGO ANTONIO S/ DIVORCIO" (VIENE DE JUZ. DE FLLA Y SUC.

DE LA IV NOM. POR INHIBICION)

207962---JUICIOS VARIOS / LAZARTE JOSE ARMANDO C/ CORRALON 70 S.R.L. S/COBRO DE PESOS

S/ X - INSTANCIA UNICA

207954---JUICIOS VARIOS / LOPEZ MARIA GRACIELA Y OTROS C/ FOREIN S.R.L. Y S.A. SAN MIGUEL

AG.I.C.I.F. S/COBRO DE PESOS S/ X - INSTANCIA UNICA

207886---JUICIOS VARIOS / MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN C/ DON ZOILO S.R.L.

207945---JUICIOS VARIOS / ORELLANA ELSA CATALINA S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA

207878---JUICIOS VARIOS / ORELLANO CARLOS ALBERTO S/ CONCURSO PREVENTIVO

207840---JUICIOS VARIOS / PONCE ALEJANDRO LUIS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA

207864---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -D.G.R.- C/ DISSESAT S.R.L. S/ EJECUCION

FISCAL. EXPTE. N° 1219/13

207932---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN D.G.R. C/ SANSONE DONATO

207892---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN (SEC.DE ESTADO DE TRABAJO) C/ ALDECO

MARIA VICTORIA S/ EJECUCION FISCAL

207996---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN (SEC.DE ESTADO DE TRABAJO) C/ VILLAGRAN

JORGE ENRIQUE S/ EJECUCION FISCAL

207917---JUICIOS VARIOS / SOCIEDAD AGUAS DEL TUCUMAN SAPEM (SAT SAPEM) C/ GALINDEZ

JOSE A.

207920---JUICIOS VARIOS / SOCIEDAD AGUAS DEL TUCUMAN SAPEM (SAT SAPEM) C/ HEREDEROS

DE D´MAYO JOSE ALFONSO

207912---JUICIOS VARIOS / SOCIEDAD AGUAS DEL TUCUMAN (SAT - SAPEM) C/ CESAR GRANDI

EMPRESA CONSTRUCTORA S.R.L.

207957---JUICIOS VARIOS / SOSA JUAN MIGUEL S/ QUIEBRA DECLARADA

207968---JUICIOS VARIOS / SUAREZ TOMAS ROBERTO S/ QUIEBRA PEDIDA (VIENE PIINHIBICION DE

CIVIL Y COMERCIAL COMUN 78NOM.-)

208020---JUICIOS VARIOS / VELIZ ELSA BEATRIZ C/I FERNANDEZ CARLOS Y FERNANDEZ SERGIO S/

COBRO DE PESOS - 433/14

208014---JUICIOS VARIOS / YAPURA IRIS NORMA C/ SUAYA DE LEIVA, MARIA CATALINA Y/O Q.R.T.R

S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA

207587---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL -

LICITACIÓN PÚBLICA (OBRA PÚBLICA) 20/17

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208031---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD - LICITACIÓN

PÚBLICA N° 18/2017

207926---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / ENTE DE INFRAESTRUCTURA COMUNITARIA - COTEJO DE

PRECIOS N° 44/17

207925---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / LICITACIÓN PÚBLICA N° 04/2017-ME - EXPEDIENTE N°

225/369-D-2017

208006---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / MINISTERIO DE EDUCACIÓN - LICITACIÓN PÚBLICA N°

14/2017

207967---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / MINISTERIO DE TRANSPORTE LICITACIÓN PÚBLICA

NACIONAL Nº 60/2017

207973---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / MUNICIPALIDAD DE CONCEPCIÓN LIC PUB Nº 08/17

208011---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / MUNICIP. DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN LIC. PUB.

RESOLUCION N° 1019/SOP/17.

207958---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / SERVICIO PROVINCIAL DE AGUA POTABLE Y

SANEAMIENTO - SE.PA.P.YS. - LICITACIÓN PÚBLICA N° 06/17/M

208019---SOCIEDADES / BIBLIOTECA POPULAR GRAL MANUEL BELGRANO

208029---SOCIEDADES / CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO NUBE DE COLORES

208030---SOCIEDADES / CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO NUBE DE COLORES

207961---SOCIEDADES / CLUB DEPORTIVO TRANCAS

208018---SOCIEDADES / CLUB SPORTIVO FLORESTA A.C.

208033---SOCIEDADES / COLEGIO DE ESCRIBANOS DE TUCUMÁN

207894---SOCIEDADES / EMPRESA DEL MILAGRO S.A.

207921---SOCIEDADES / KALOWEE CORPORATION S.A.

208025---SOCIEDADES / LA PICK UP REPUESTOS SRL

208032---SOCIEDADES / YERBA BUENA GOLF COUNTRY CLUB

207952---SUCESIONES / AMPARO BLASCO

208035---SUCESIONES / ANGELA ZAMORA

208004---SUCESIONES / BENIGNO CONCEPCION LEGUISAMON

208021---SUCESIONES / BLAS AMERICO LOPEZ

208013---SUCESIONES / FRANCISCA GRISELDA REINOSO

208022---SUCESIONES / GUILLERMO LARCHER

208037---SUCESIONES / HORACIO HUMBERTO BEVILACQUA

207982---SUCESIONES / JUAN CARLOS BITETTI

208023---SUCESIONES / JUAN LUIS PAPERI

208024---SUCESIONES / LUIS OSCAR PAPERI

208017---SUCESIONES / MANUEL ADOLFO CORDOBA

208034---SUCESIONES / MARGARITO ANTONIO BRITO

207969---SUCESIONES / MARIA EMILIA MAMANA

208028---SUCESIONES / MATILDE LUISA ARROSAS

208015---SUCESIONES / PASTOR HUGO ZELAYA

208036---SUCESIONES / VICTOR DANIEL HERRERA

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Aviso número 60467

ACUERDO 12 / 2017 TRIBUNAL FISCAL DE APELACION / 2017-06-26

TRIBUNAL FISCAL DE APELACION. ACUERDO N° 12, del 26/06/2017.-

VISTO

La necesidad de designar el representante del Tribunal Fiscal de Apelación ante

la ausencia de su Titular el día 07 de Julio de 2017 y,

CONSIDERANDO

Que el 07 de julio de 2017 el Vocal Dr. Jose Alberto León, Presidente del

Tribunal Fiscal de Apelación, solicitó licencia sin goce de haberes, de

conformidad a lo dispuesto por el artículo 11 del Régimen de Licencias de dicho

Organismo

Que a raíz de lo antes expuesto, resulta necesario designar al Vocal que queda a

cargo del Tribunal Fiscal, mientras dure la ausencia del Presidente.

Por ello:

EL TRIBUNAL FISCAL DE APELACION

ACUERDA

ARTICULO 1°: Encargar la atención de la Presidencia del Tribunal Fiscal de

Apelación, el día 07/07/2017, al señor Vocal, Dr. Jorge Esteban Posse Ponessa.-

ARTICULO 2°: REGISTRESE. NOTIFIQUESE. ARCHIVESE.-

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Aviso número 60468

ACUERDO 13 / 2017 TRIBUNAL FISCAL DE APELACION / 2017-06-26

TRIBUNAL FISCAL DE APELACION. ACUERDO N° 13, del 26/06/2017.-

VISTO

La proximidad del receso invernal 2017 y,

CONSIDERANDO

Que conforme lo establecido por el art. 17 inc. 7 de la Ley 5121 (t.v.), el

Presidente del Tribunal Fiscal de Apelación cuenta con facultades para fijar las

ferias en concordancia con las del Poder Judicial de la Provincia.

Que el Tribunal Fiscal de Apelación ha adoptado las medidas administrativas

pertinentes en consonancia con el Poder Judicial de Tucumán en el presente

Acuerdo.

Que por lo indicado, este Organismo fija la feria invernal en el período

comprendido entre el 10 hasta 22 de Julio de 2017 inclusive.

Por ello,

EL TRIBUNAL FISCAL DE APELACION

ACUERDA

ARTICULO 1°: DECLARAR LA FERIA INVERNAL 2017 y por lo tanto inhábil para todos

los asuntos que tramiten por ante el Tribunal Fiscal de Apelación de la Provincia

de Tucumán, el periodo comprendido los días 10 al 22 de Julio de 2017 inclusive.

ARTÍCULO 2: DURANTE LA FERIA INVERNAL 2017 el Tribunal permanecerá cerrado a

todos los efectos.

ARTICULO 3°: REGISTRESE, NOTIFIQUESE y PUBLIQUESE en el Boletín Oficial de la

Provincia, por un día y sin cargo.

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Aviso número 60483

DECRETO 1852 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

DECRETO N° 1.852/14 (MGJyS), del 21/06/2017.

EXPEDIENTE N° 113/200-C-2017.-

VISTO estas actuaciones, por las cuales el Colegio de Escribanos de la Provincia

de Tucumán eleva el pedido de Adscripción en Primer Término, del Escribano

Fernando Luciano Oviedo, al Registro Notarial N° 10, con asiento en la Ciudad de

San Miguel de Tucumán; y

CONSIDERANDO:

Que a fs.03, se agrega nota de solicitud efectuada por la Escribana Titular de

dicho Registro, Escribana Hebe Amalia Orlando;

Que a fs. 4/11 y fs. 15/26, obran antecedentes e informes del profesional cuya

designación se gestiona;

Que por Nota N° 29/14 (MGJyS) de fecha 24/02/2017 (fs.14), el Ministro de

Gobierno, Justicia y Seguridad solicita a la Excma. Corte Suprema de Justicia el

Acuerdo respectivo para la designación del Escribano Fernando Luciano Oviedo;

Que a fs. 27, glosa Acordada N° 409 de fecha 17/04/2017 por la cual la Excma.

Corte Suprema de Justicia de Tucumán presta el acuerdo respectivo para la

adscripción notarial solicitada.

Que en autos surge que se ha dado cumplimiento a los requisitos legales previstos

por el artículo 11° y 32° de la Ley Notarial N° 5732, razón por la cual resulta

del caso proceder en consecuencia.

Por ello; de conformidad con lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fs. 30

(Dictamen N° 1308 de fecha 15 de Junio de 2017), y en uso de las facultades que

le confiere el artículo 45° de la referida norma legal.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Desígnase al Escribano Fernando Luciano Oviedo, DNI. N° 30.504.729,

corno Escribano Adscripto en Primer Término al Registro Notarial N° 10, con

asiento en la Ciudad de San Miguel de Tucumán, a cargo de su Titular Escribana

Hebe Amalia Orlando.

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de

Gobierno, Justicia y Seguridad.

ARTICULO 3°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,

publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

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Aviso número 60488

DECRETO 1853 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

DECRETO N° 1.853/14 (SSC), del 21/06/2017.

EXPEDIENTE N° 85.218/213-2016.-

VISTO estas actuaciones, por las cuales Jefatura de Policía mediante Resolución

N° 2924/16 (UTP - D-1) de fecha 02/12/2016 (fs. 32/32 vta.), solicita se disponga

el pase a situación de Retiro Obligatorio del Agente de la repartición, señor

Ezequiel Andrés Costilla; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N° 1483/14 (D-1 S.R.) de fecha 05/06/2014 (fs. 02), el

mencionado agente pasa a revistar en situación pasiva por proceso por encontrarse

involucrado en la causa "Costilla Ezequiel Andrés S/Lesiones - Victima: Veliz

Roxana Cristina - fecha del hecho: 04/06/2014" con intervención de la Fiscalía de

Instrucción de la 1ª Nominación del Centro Judicial Capital;

Que a fs. 06 obra foja de servicios del agente;

Que a fs. 09/11 y 13 la División Antecedentes Personales y la División Sumarios e

Informaciones Administrativas, respectivamente, produjeron informes de su

competencia;

Que a fs. 16 interviene la Unidad de Trámite Previsional de la Policía de

Tucumán;

Que a fs. 25/26 se agrega informe de la causa judicial: "Costilla Ezequiel Andrés

s/Lesiones- (Veliz Roxana Cristina). Expte. N° 28731/2014";

Que en el presente caso resulta de aplicación lo dispuesto en el artículo 121° de

la Ley N° 3.823 y en el artículo 14° inciso 5) de la Ley N° 3.886;

Que se estima procedente acceder a lo peticionado, encuadrándose el caso en la

normativa citada.

Por ello; y de conformidad con lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fs. 37/38

(Dictamen N° 0653 de fecha 27/03/2017),

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Dispónese el pase a situación de Retiro Obligatorio del Agente

Ezequiel Andrés COSTILLA, D.N.I. N° 25.213.516, clase 1976, dependiente del

DEPARTAMENTO GENERAL DE POLICÍA, por encontrarse comprendido en las

prescripciones del artículo 121° de la Ley N° 3.823 y el artículo 14°, inciso 5)

de la Ley N° 3.886.

ARTICULO 2°.- Déjase establecido que lo dispuesto por el artículo anterior, es

sin perjuicio de que pueda modificarse la causal de desvinculación de autos, de

acuerdo al resultado de las causas pendientes de resolución que registra el

causante.

ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de

Gobierno, Justicia y Seguridad y firmado por el señor Secretario de Estado de

Seguridad Ciudadana.

ARTICULO 4°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,

publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

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Aviso número 60486

DECRETO 1854 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

DECRETO N° 1.854/14 (MGJyS), del 21/06/2017.

EXPEDIENTE N° 114/200-C-2017.-

VISTO, estas actuaciones, por las cuales el señor presidente del Colegio de

Escribanos de la Provincia de Tucumán, Esc. Marco A. Padilla (h), eleva el pedido

de Adscripción en Primer término al Registro Notarial N° 92 con asiento en la

ciudad de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán, de la Escribana María

Florencia Robles Ávalos; y CONSIDERANDO:

Que a fs. 03, se agrega nota de solicitud efectuada por la Escribana Titular de

dicho Registro, Escribana María Luisa Miguel,

Que a fs. 04/11, obran antecedentes e informes de la profesional cuya designación

se gestiona;

Que a fs. 13 emite opinión Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno, Justicia

y Seguridad.

Que a fs. 14 se acompaña Nota N° 28/14 (MGJyS) de fecha 24/02/2017, del señor

Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad a la Excma. Corte Suprema de Justicia,

solicitando el Acuerdo respectivo para la designación de la Escribana María

Florencia Robles Ávalos;

Que a fs. 27, glosa Acordada N° 421 de fecha 21/04/2017 por la cual la Excma.

Corte Suprema de Justicia de Tucumán presta el acuerdo respectivo para la

adscripción notarial solicitada.

Que de autos surge que se ha dado cumplimiento con los requisitos legales

previstos por el artículo 11° y 32° de la Ley Notarial N° 5732, razón por la cual

resulta del proceder en consecuencia.

Por ello; de conformidad con lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fs. 30,

Dictamen N° 1081 de fecha 22 de Mayo de 2017, y en uso de las facultades que le

confiere el artículo 45° de la referida norma legal.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Designase a la escribana María Florencia Robles Ávalos, DNI N°

32.775.476, como Escribana Adscripta en Primer Término al Registro Notarial N°

92, con asiento en ciudad de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán, a cargo

de su Titular Escribana María Luisa Miguel, conforme las prescripciones del

artículo 45° de la Ley N° 5732.

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de

Gobierno, Justicia y Seguridad.

ARTICULO 3°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,

publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

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Aviso número 60477

DECRETO 1855 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

DECRETO N° 1.855/1, del 21/06/2017.

VISTO, el Decreto N° 2.532/1, de fecha 10 de agosto de

2016, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el citado decreto se dispuso la designación de los señores Gustavo

Daniel Leccese, Daniel Matías Segovia y Franco Yanotti, como Personal Temporario

de la Secretaría General de la Gobernación, por el término de hasta un año.

Que se hace necesario continuar con los servicios que vienen prestando el

personal citado precedentemente.

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Prorrógase lo dispuesto por el Decreto N° 2.532/1, de fecha 10 de

agosto de 2016, por el término de hasta un (1) año, a partir del 01 de julio de

2017, en atención a lo expresado precedentemente.

ARTICULO 2°.- Impútese la erogación resultante de lo dispuesto precedentemente a

las Partidas Presupuestarias específicas con que al efecto cuenta la Unidad de

Organización 040, del presupuesto General en vigencia.

ARTICULO 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de

Gobierno, Justicia y Seguridad y firmado por el señor Secretario General de la

Gobernación.

ARTICULO 4°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,

publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

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Aviso número 60466

DECRETO 1856 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

DECRETO N° 1.856/1, del 21/06/2017.

EXPEDIENTE N° 607/112-DG-2017.-

VISTO, que por estas actuaciones la Dirección General de Recursos Humanos eleva

informe de los agentes con prestación de servicios en condición de activo de la

Administración Pública Provincial, y que según el control efectuado por el

Departamento Gestión de dicha Dirección en la página Web de la Administración

Nacional de la Seguridad Social (ANSES), les fue concedido el beneficio de la

Jubilación Ordinaria (fs. 01/02), y

CONSIDERANDO:

Que los citados agentes no dieron cumplimiento con lo establecido por el Art. 13,

Inc. 1 y 2 de la Ley N° 24.241, con respeto a la obligación de informar al

empleador cuando se adquiera dicho beneficio.

Que a fs. 03/34 se adjuntan las consultas efectuadas en la Página Web de la

ANSES, donde consta que se les otorgó el beneficio jubilatorio.

Que de acuerdo a lo dictaminado por la Fiscalía de Estado a fs. 36 (Dictamen N°

1.012/17), corresponde que mediante Decreto se disponga el cese de estos agentes,

de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 9, inciso 4) de la Ley N° 5.473, sin

derecho a indemnización alguna.

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Dase por terminada las funciones de los agentes que a continuación

se detallan, sin derecho a indemnización, por incumplimiento de lo dispuesto por

el Art. 12 de la Ley N° 24.241 y conforme a lo normado por el Art. 9, inciso 4)

de la Ley N° 5.473:

Nombre y Apellido - D.N.I. Repartición: Elena Alcira Retamar - 5.779.148 -

Secretaría General de la Gobernación; Susana de Fátima Uda de Dellepiane -

12.121.058 - Dirección de Materiales y Construcciones Escolares; Genoveva Rivero

- 10.321.080 - Ministerio de Educación; Irma Susana Tula - 6.270.715 - Ministerio

de Educación; Rosa del Carmen Ghidara - 6.296.270 - Ministerio de Economía; Rosa

Estela Vera 6.420.965 Contaduría General de la Gobernación; Ernesto Aragón -

8.292.208 - Subsec. de Asuntos Agrarios y Alimentos; José Raúl Espeche 8.285.266

Subsec. De Asuntos Agrarios y Alimentos; Antonio Mario Fernández - 8.370.209 -

Subsec. de Asuntos Agrarios y Alimentos; Julio Cesar Fernández 7.838.896 -

Subsec. de Asuntos Agrarios y Alimentos; Julio Héctor - 8.088.814 - Subsec. de

Asuntos Agrarios y Alimentos; José Alberto Juárez 8.370.232 - Subsec. de Asuntos

Agrarios y Alimentos; Alejandro Andrés Pérez - 8.117.638 - Subsec. de Asuntos

Agrarios y Alimentos; José Nolasco Monteros - 8.082.915 - Dirección Provincial

del Agua; Carlos Alberto Saldaño - 8.283.134 - Dirección Provincial del Agua;

Ramón Eduardo Sánchez - 8.242.435 - Dirección Provincial del Agua; Julián Eusebio

López - 7.370.822 - Secretaría de Estado de Trabajo; Domingo Baldomero Coronel -

5.521.125 Sec. de Estado de MiPYME y Empleo; Tomas Marcial Brandan - 8.063.120 -

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Dirección de Arquitectura y Urbanismo; Juan Alejandro Páez - 8.394.112 -

Dirección de Arquitectura y Urbanismo; Luis Ángel Nieva - 7.797.372 - Dirección

General de Transporte; Carlos Alberto Castaño - 8.370.786 - Dirección de Comercio

Interior; Julio Segundo Ramón Alcorta - 7.628.920 - Secretaría de Estado con

Municipios y Comunas Rurales; Josefa Nélida Romano de Espeche - 10.220.306 -

Secretaría de Estado con Municipios y Comunas Rurales; Mario Eduardo Castro -

8.285.014 - Dirección General de Catastro; José Américo Casas - 8.059.461 - Ente

de Infraestructura Comunitaria; Marcelino Aguirre - 10.559.604 - Dirección de

Recursos Hídricos; Carlos Domingo Cisterna - 8.105.037 - Dirección de Recursos

Hídricos; Ángel Félix Lezana - 7.838.378 - Dirección de Recursos Hídricos;

Dionisio Miguel Luna - 8.446.100 - Dirección de Recursos Hídricos; Héctor René

Palavecino - 8.475.833 - Dirección de Recursos Hídricos; Elena del Carmen

Santillán - 5.877.633 - Dirección de Recursos Hídricos.-

ARTÍCULO 2°.- Instrúyase a los titulares de cada Repartición a la que pertenece

el personal que se refiere en el Artículo anterior para que adopten las medidas

pertinentes para dar cumplimiento a lo dispuesto en el mismo. La notificación del

presente Decreto deberá ser efectuada en forma fehaciente dentro de los 2 (dos)

días hábiles de recibida la comunicación del presente Decreto. Una vez realizada

la notificación, el pertinente trámite será comunicado a la Dirección General de

Recursos Humanos dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, y a la

Dirección General de Sistemas dependiente de la Secretaría de Estado de Hacienda,

en idéntico plazo.

ARTÍCULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de

Gobierno, Justicia y Seguridad, y firmado por el señor Secretario General de la

Gobernación.

ARTÍCULO 4°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,

publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Page 12: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 60470

DECRETO 1857 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

DECRETO N° 1.857/1, del 21/06/2017.

EXPEDIENTE N° 381/112-DG-2017.-

VISTO, el Decreto N° 1.540/1, de fecha 24 de mayo de 2.017, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el citado instrumento legal se dio por terminadas las funciones, de

agentes que se encontraban en condiciones de activo en la Administración Pública

Provincial, y que ya obtuvieron el beneficio jubilatorio.

Que conforme lo solicita la Dirección General de Recursos Humanos, a fs. 37, se

hace necesario rectificar el Artículo 1° del citado instrumento legal, únicamente

en lo que respecta al número del D.N.I. del señor Rivadeneira, Ramón Oscar, por

lo que a fin de proceder de conformidad corresponde dictar la pertinente medida

administrativa.

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Rectifícase el Artículo 1° del Decreto N° 1.540/1 de fecha 24 de

mayo de 2.017, únicamente en lo que respecta al D.N.I. del señor Rivadeneira,

Ramón Oscar, donde dice ...."08.082.579", debe decir ...."07.082.579".

ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de

Gobierno, Justicia y Seguridad, y firmado por el señor Secretario General de la

Gobernación.

ARTICULO 3°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,

publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

Page 13: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 60489

DECRETO 1858 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

DECRETO N° 1.858/14 (SGyJ), del 21/06/2017.

VISTO, el Decreto N° 548/14 (SGyJ) dictado con fecha 10 de Marzo de 2017; y

CONSIDERANDO:

Que habiendo desaparecido las causales por las cuales se designara como Personal

Transitorio en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas,

dependiente de la Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia, a la señora

Jessica Tamara Aguel, resulta pertinente dejar sin efecto el mismo.

Que asimismo, se estima procedente designar al señor Matías Ezequiel Guzmán

Aguel, como Personal Transitorio en el Registro del Estado Civil y Capacidad de

las Personas, dependiente de la Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia, con

una remuneración equivalente a la categoría 19 del Escalafón General, en los

términos de los artículos 40, inc. 3), 43 y 45 de la Ley N° 5.473.

Que en consecuencia, corresponde dictar el pertinente acto administrativo.

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Déjase sin efecto el Decreto N° 548/14 (SGyJ) dictado con fecha

10/03/2017, por el cual se designa de la señora Jessica Tamara AGUEL, D.N.I. N°

31.132.023 como Personal Transitorio en el Registro del Estado Civil y Capacidad

de las Personas, dependiente de la Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia en

el cargo equivalente a la Categoría 19, por la causal señalada precedentemente.

ARTICULO 2°.- Desígnase como Personal Transitorio en el Registro del Estado Civil

y Capacidad de las Personas, dependiente de la Secretaria de Estado de Gobierno y

Justicia, con una remuneración equivalente a la Categoría 19 del Escalafón

General, al señor Matías Ezequiel GUZMAN AGUEL, D.N.I. N° 34.132.964, en los

términos del artículo 40, inciso 3), 43 y 45 de la Ley N° 5.473, por lo expuesto

presedentemente.

ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente

Decreto, se imputará a las partidas presupuestarias específicas con que al efecto

cuenta la Unidad de Organización N° 270, Denominación: el Registro del Estado

Civil y Capacidad de las Personas, en el Presupuesto General Vigente.

ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de

Gobierno Justicia y Seguridad y firmado por la señora Secretaria de Estado de

Gobierno y Justicia.

ARTICULO 5°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,

publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

Page 14: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 60474

DECRETO 1859 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

DECRETO N° 1.859/9 (MDP), del 21/06/2017.-

VISTO, que resulta necesario designar personal en el ámbito de la Secretaría de

Estado de Medio Ambiente del Ministerio de Desarrollo Productivo; y

CONSIDERANDO:

Que tal designación se encuentra contemplada en los artículos 40 inc. 3), 43 y 45

de la Ley N° 5.473 (Estatuto del Empleado de la Administración Pública de la

Provincia de Tucumán), siendo procedente dictar la pertinente medida

administrativa;

Por ello;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase como personal temporario en el ámbito de la Secretaría de

Estado de Medio Ambiente del Ministerio de Desarrollo Productivo, con una

remuneración equivalente a la categoría del Escalafón General de la

Administración Pública Provincial que en cada caso se indica, a las personas que

a continuación se detallan: Apellido y nombre - D.N.I. Categoría: Geólogo Germán

Llomparte Frenzel - 34.604.223 21; Lic. Gabriel Héctor Chrestia - 25.734.611

21.-

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto

precedentemente, será imputado a las partidas específicas con que al efecto

cuenta la Unidad de Organización N° 415 - Denominación: Secretaría de Estado de

Medio Ambiente; en el Presupuesto General 2017.

ARTÍCULO 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de

Desarrollo Productivo y firmado por el señor Secretario de Estado de Medio

Ambiente.

ARTÍCULO 4°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,

publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

Page 15: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 60497

DECRETO 1860 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

DECRETO N° 1.860/9 (MDP), del 21/06/2017.

EXPEDIENTE N° 307/630-SCH-2017.-

VISTO, que el Técnico Víctor Hugo Sánchez, la Sra. Mariana Elizabeth Jaime, la

Lic. María Eugenia Moyano Wagner, el Lic. Mario Gabriel Costa y la Dra. Bettina

Liliana Schilman, personal de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente,

solicitan autorización para trasladarse en misión oficial -vía terrestre- a la

Provincia de Santiago del Estero el día 23 de Junio del año 2017, con regreso el

mismo día; y

CONSIDERANDO:

Que la mencionada misión oficial es a los efectos de asistir a una capacitación

para inspectores y monitoreadores, dictada por el ACUMAR organizado por el

Ministerio de Agua y Ambiente de la Provincia de Santiago del Estero, a

realizarse en la citada Provincia, el día 23 de Junio de 2017;

Que el viaje se realizará en el vehículo oficial marca Renault Kangoo, Dominio

OHM 342, Póliza de Seguro N° 000201555 emitida por la Caja Popular de Ahorros de

la Provincia de Tucumán, conducida por el Técnico Víctor Hugo Sánchez, licencia

de conducir N° 20.218.698;

Que resulta necesario dictar el instrumento legal correspondiente;

Por ello;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Autorízase al Técnico Víctor Hugo Sánchez, categoría 18; a la Sra.

Mariana Elizabeth Jaime, categoría 16; a la Lic. María Eugenia Moyano Wagner,

categoría 20, al Lic. Mario Gabriel Costa, categoría 21 ya la Dra. Bettina

Liliana Schilman, categoría 24, personal de la Secretaría de Estado de Medio

Ambiente, a trasladarse en misión oficial -vía terrestre- a la Provincia de

Santiago del Estero, el día 23 de Junio de 2017, con regreso el mismo día, en

virtud de los considerandos que anteceden.-

ARTICULO 2°.- Déjase establecido que como consecuencia de lo dispuesto en el

artículo anterior, se autoriza la salida del territorio provincial del vehículo

oficial marca Renault Kangoo, Dominio OHM 342, Póliza de Seguro N° 000201555

emitida por la Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán, conducida por

el Técnico Víctor Hugo Sánchez, licencia de conducir N° 20.218.698.-

ARTICULO 3°.- Impútase la erogación resultante del cumplimiento de la presente

misión oficial a las partidas específicas que a tal fin dispone la Unidad de

Organización 415 - Denominación: Secretaría de Estado de Medio Ambiente, en su

Presupuesto General Año 2017.

ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de

Desarrollo Productivo y firmado por el señor Secretario de Estado de Medio

Ambiente.

ARTICULO 5°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,

publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

Page 16: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios
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Aviso número 60476

DECRETO 1861 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

DECRETO N° 1.861/9 (MDP), del 21/06/2017.-

VISTO que se hace necesario autorizar al señor Secretario de Estado de MiPyME y

Empleo, Jorge Luis Domínguez, a trasladarse en misión oficial -vía terrestre- a

la Ciudad de Termas de Río Hondo y desde allí -vía aérea- a la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires el 22 de Junio del año 2017, regresando -vía aérea- a la Ciudad de

Termas de Río Hondo y desde allí -vía terrestre- a nuestra Provincia el día 23 de

Junio de 2017; y

CONSIDERANDO:

Que la citada misión oficial es con objeto de participar en reuniones de ANSeS,

Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación y la Confederación

Argentina la Mediana Empresa -CAME-, donde se tratarán temas relacionados a los

Programas Nacionales de Promoción de Empleo;

Que de acuerdo a lo dispuesto por la Circular N° 04 de fecha 22/05/17 las

autoridades superiores del Poder Ejecutivo (hasta el rango de Subsecretario

incluido) podrán utilizar medios particulares u oficiales para trasladarse hacia

y desde la Ciudad de Termas de Río Hondo;

Que a esos efectos el traslado se realizará en su vehículo particular marca

Chevrolet Tracker, Dominio: OED-233, asegurado en Compañía de Seguros la

Mercantil Andina S.A., Póliza N° 010186458-0000, Carnet de Manejo N° 33.464;

Por ello y siendo del caso dictar el instrumento legal correspondiente;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Autorízase al señor Secretario de Estado de MiPyME y Empleo, Jorge

Luis Domínguez, a trasladarse en misión oficial -vía terrestre- a la Ciudad de

Termas de Río Hondo y desde allí -vía aérea- a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

el 22 de Junio del año 2017, regresando -vía aérea- a la Ciudad de Termas de Río

Hondo y desde allí vía terrestre- a nuestra Provincia el día 23 de Junio de 2017,

en el vehículo particular marca Chevrolet Tracker, Dominio: OED-233, asegurado en

Compañía de Seguros la Mercantil Andina S.A., Póliza N° 010186458-0000, Carnet de

Manejo N° 33.464; en virtud del considerando precedente.

ARTICULO 2°.- Déjase establecido que por tratarse de un vehículo particular el

utilizado para el cumplimiento de la misión oficial mencionada en primer término,

el Estado no se responsabiliza por daños ocasionados a terceros.-

ARTICULO 3°.- Impútase los gastos de viáticos, pasajes, peaje y combustible que

demande la misión oficial que se autoriza por el artículo anterior, a las

Partidas Presupuestarias que a tales efectos dispone la Secretaría de Estado de

MiPyME y Empleo, Unidad de Organización 413 del Presupuesto General 2017.

ARTICULO 4°.- Encárgase la atención del Despacho de la Secretaría de Estado de

MiPyME y Empleo, mientras dure la ausencia de su titular, a la señora Secretaria

de Estado de Coordinación y Control de Gestión.

ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de

Desarrollo Productivo.

Page 18: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

ARTICULO 6°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,

publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

Page 19: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 60479

DECRETO 1862 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

DECRETO N° 1.862/9 (MDP), del 21/06/2017.-

VISTO que se hace necesario autorizar el traslado en misión oficial -vía

terrestre- a la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca al señor

Subsecretario de Empleo, Julio Jarma y al Director de Empleo, C.P.N. Mariano

Cinquegrani, el 29 de Junio del año 2017, con regreso el día 30 del mismo mes y

año, y

CONSIDERANDO:

Que dicha misión oficial es con motivo de asistir al Encuentro del "Programa

Jóvenes", implementado por la Secretaría de Empleo de la Nación, en el cual se

tratarán temas vinculados a dicho programa y su inserción en nuestra Provincia;

Que el traslado se llevará a cabo en el vehículo particular marca Chevrolet S-10,

dominio PJB 818, póliza de seguro N° 010300658 emitida por Compañía de Seguros la

Mercantil Andina S.A., el cual será conducido por el señor Subsecretario de

Empleo, Julio Jarma, licencia de conducir N° 17.614.658;

Por ello y siendo del caso dictar el instrumento legal correspondiente;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Autorízase el traslado en misión oficial -vía terrestre- a la

ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca al señor Subsecretario de Empleo,

Julio Jarma y al Director de Empleo, C.P.N. Mariano Cinquegrani, Categoría 24, el

día 29 de Junio de 2017, con regreso el día 30 del mismo mes y año, en el

vehículo marca Chevrolet S-10, Dominio: PJB-818, Póliza N° 010300658, emitida por

la Compañía de Seguros la Mercantil Andina S.A., el cual será conducido por el

señor Subsecretario de Empleo, Julio Jarma, licencia de conducir N° 17.614.658,

en virtud del considerando precedente.

ARTICULO 2°.- Déjase establecido que por tratarse de un vehículo particular el

utilizado para el cumplimiento de la misión oficial mencionada en primer término,

el Estado no se responsabiliza por daños ocasionados a terceros.

ARTICULO 3°.- Impútase los gastos de viáticos, combustible y peaje, a las

partidas específicas que a tal fin cuenta la Unidad de Organización 413 -

Denominación: Secretaría de Estado de MiPyME y Empleo, del Presupuesto General

2017.

ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de

Desarrollo Productivo y firmado por el señor Secretario de Estado de MiPyME y

Empleo.-

ARTICULO 5°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,

publíquese en el Boletín Oficial y archivase.-

Page 20: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 60498

DECRETO 1863 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

DECRETO N° 1.863/9 (MDP), del 21/06/2017.

VISTO que resulta necesario autorizar el traslado en misión oficial -vía

terrestre- a la Ciudad de Santiago del Estero, al señor Subsecretario de Empleo,

Julio Jarma y al Director de Empleo, C.P.N. Mariano Cinquegrani, el 22 de Junio

del año 2017, con regreso el día 23 del mismo mes y año; y

CONSIDERANDO:

Que dicha misión oficial es con motivo de asistir al Curso de Capacitación del

Programa de Formación Profesional, donde se tratarán temas inherentes a las

actividades que desarrolla la Subsecretaría de Empleo, vinculadas a distintos

convenios y protocolos que articula la misma;

Que el traslado se llevará a cabo en el vehículo particular marca Chevrolet S-10,

dominio PJB 818, póliza N° 010300658, emitida por Compañía de Seguros La

Mercantil Andina S.A., el cual será conducido por el señor Subsecretario de

Empleo, Julio Jarma, licencia de conducir N° 17.614.658;

Por ello y siendo del caso dictar el instrumento legal pertinente;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Autorízase el traslado en misión oficial -vía terrestre- a la

Ciudad de Santiago del Estero al señor Subsecretario de Empleo, Julio Jarma y al

Director de Empleo, C.P.N. Mariano Cinquegrani, categoría 24, el día 22 de Junio

de 2017, con regreso el día 23 del mismo mes y año, en el vehículo particular

marca Chevrolet S-10, dominio PJS 818, póliza N° 010300658, emitida por la

Compañía de Seguros La Mercantil Andina S.A., el cual será conducido por el señor

Subsecretario de Empleo, Julio Jarma, licencia de conducir N° 17.614.658; en

virtud de lo considerado precedentemente.

ARTICULO 2°.- Déjase establecido que por tratarse de un vehículo particular el

utilizado para el cumplimiento de la misión oficial mencionada en primer término,

el Estado no se responsabiliza por daños ocasionados a terceros.

ARTICULO 3°.- Impútase los gastos de viáticos, combustible, y peaje, a las

partidas específicas que a tal fin dispone la Unidad de Organización 413 -

Denominación: Secretaría de Estado de MiPyME y Empleo, en el Presupuesto General

2017.-

ARTICULO 4°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de

Desarrollo Productivo y firmado por el señor Secretario de Estado de MiPyME y

Empleo.

ARTICULO 5°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,

publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

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Aviso número 60469

DECRETO 1864 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

DECRETO N° 1.864/1, del 21/06/2017.

EXPEDIENTE N° 3545/425-MD-2017.-

VISTO, que por estas actuaciones el señor Ministro de Desarrollo Social, solicita

la adscripción del Arq. Juan Salvador Logusso, D.N.I. N° 27.364.008, empleado

Planta Permanente (Cat. 21) de la Secretaría General de la Gobernación, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 1.384/1 del 06/05/2016, se dispuso la adscripción del

mencionado agente, por el término de un (1) año a partir de la fecha del mismo,

en el Ministerio de Desarrollo Social.

Que a fs. 4/7 obra Foja de Servicios del citado agente, y a fs. 9 interviene la

Dirección General de Recursos Humanos, informando que lo peticionado se encuadra

en las disposiciones del Artículo 11°, inc. 4) de la Ley N° 5.473 (Estatuto para

el Personal de la Administración Pública Provincial), por lo que a fin de

proceder de conformidad corresponde dictar la pertinente medida administrativa.

Por ello, y atento a lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fs. 10 (Dictamen N°

1264 de fecha 12/06/2017).

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Adscríbase al Arq. Juan Salvador Logusso, D.N.I. N° 27.364.008,

empleado Planta Permanente (Cat. 21), de la Secretaría General de la Gobernación,

para que preste servicios en el Ministerio de Desarrollo Social, por el término

de un (1) año calendario, a partir de la fecha del presente Decreto,

convalidándose los servicios que el mismo viene prestando desde el 06/05/2017, en

igual condición, en atención a lo expresado precedentemente.

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de

Gobierno, Justicia y Seguridad, y firmado por el señor Secretario General de la

Gobernación.

ARTÍCULO 3°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,

publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

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Aviso número 60490

DECRETO 1865 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

DECRETO N° 1.865/4 (SENAyF), del 21/06/2017.

EXPEDIENTE N° 2.541/425-J-2.016.-

VISTO las presentes actuaciones por las cuales la agente Graciela Elizabeth

Jozami de Cortez, solicita la titularización en el cargo de Categoría 22 de la

Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia dependiente del Ministerio

de Desarrollo Social, que ocupa interinamente; y

CONSIDERANDO:

Que ello en razón que mediante Decreto N° 2.879/4-SENAyF del 10/09/2.015, se le

asignó la función de Jefa de Departamento de Atención Social y se la promovió

interinamente a la agente en cuestión, en el cargo de Categoría 22, con retención

de su cargo de Categoría 21 de planta permanente de la citada Secretaría de

Estado;

Que a fs. 06/12 obra fojas de servicios de la señora Jozami;

Que a fs. 15 interviene la Jefa del Departamento de Desarrollo y Gestión

Institucional de la Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia y a fs.

16 emite dictamen la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo

Social;

Que a fs. 18 se expide la Dirección General de Recursos Humanos;

Que a fs. 20 la Dirección General de Presupuesto señala que la agente ocupa un

cargo de Planta Permanente y su titularización no representa incremento alguno en

el gasto presupuestario;

Que a fs. 25 la Directora de Capital Humano del precitado Ministerio emite

opinión favorable;

Que lo gestionado se encuentra en las previsiones de la Ley N° 5.473 y su Decreto

Reglamentario N° 646/1-83, estimándose procedente dictar la medida administrativa

pertinente.

Por ello, y atento a lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fs. 23 (Dictamen N°

1.479 de fecha 10/08/2.016);

El GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Confírmase en el cargo de Categoría 22, de la Planta Permanente de

la U.O. N° 830 - Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia

dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, a la agente Graciela Elizabeth

JOZAMI, DNI N° 12.449.438, en virtud del considerando que precede.

ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de

Desarrollo Social y firmado por la señora Secretaria de Estado de Niñez,

Adolescencia y Familia.

ARTICULO 3°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,

publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

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Aviso número 60472

DECRETO 1866 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

DECRETO N° 1.866/3 (SH), del 21/06/2017.

EXPEDIENTE N° 184/385-I-2017.-

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales el Instituto de Desarrollo

Productivo solicita un Aporte No Reintegrable, y

CONSIDERANDO:

Que lo gestionado es a efecto de contar con fondos suficientes para ser

destinados al normal desarrollo de las actividades del organismo durante el 3er.

trimestre del corriente año.

Que en consecuencia corresponde proceder de conformidad a lo tramitado, dictando

la medida administrativa tendiente a autorizar a la Dirección de Administración

del Ministerio de Economía a emitir la respectiva orden de pago.

Por ello, atento a lo informado por Contaduría General de la Provincia a fs. 3,

Dirección General de Presupuesto a fs. 4 y en mérito al Dictamen Fiscal N° 1301

del 15 de junio de 2017, adjunto a fs. 6 de estos actuados,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Otórgase -de conformidad al considerando que antecede- al INSTITUTO

DE DESARROLLO PRODUCTIVO, un Aporte No Reintegrable por la suma total de PESOS UN

MILLÓN DOSCIENTOS MIL ($1.200.000.-).

ARTíCULO 2°.- Autorízase a la DIRECCION DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE

ECONOMÍA a emitir la respectiva orden de pago a favor del INSTITUTO DE DESARROLLO

PRODUCTIVO, déjase establecido que el Aporte No Reintegrable otorgado por el

Artículo 1° del presente instrumento legal, se abonará en tres (3) cuotas

mensuales, iguales y consecutivas de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400.000.-), cada

una para los meses de julio a septiembre de 2017, e impútese la presente

erogación a la Jurisdicción 50 - SAF OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, Programa 95

- Apoyo a Actividades Científicas, Finalidad/Función 450, Subprograma 00,

Proyecto 00, Actividad 02 - Aportes IDEP, Financiamiento 10 - Recursos Tesoro

General de la Provincia, Partida Subparcial 551 - Transferencias a Empresas

Públicas No Financieras para Financiar Gastos Corrientes, del Presupuesto General

2017.

ARTICULO 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de

Economía y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda.

ARTICULO 4°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,

publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Page 24: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 60487

DECRETO 1867 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

DECRETO N° 1.867/1 (SECP), del 21/06/2017.

EXPTE. N° 293/120-D-2016.-

VISTO, las presentes actuaciones por las cuales la Secretaría de Estado de

Comunicación Pública solicita la aprobación del gasto y autorización para emitir

órdenes de pago, en concepto de publicidad oficial, realizadas durante los meses

de Junio, Julio, Agosto, Octubre, Diciembre de 2016 y Enero 2017 y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Acuerdo N° 58/1 de fecha

29.05.2000 y sus modificatorios, la Secretaría de Estado de Comunicación Pública

autorizó mediante diferentes Resoluciones, la contratación de los espacios

publicitarios durante el período mencionado.

Que dichos actos administrativos fueron sometidos oportunamente al control

preventivo del H. Tribunal de Cuentas, el que se expidió mediante los

correspondientes Acuerdos.

Que las mencionadas contrataciones fueron efectuadas en el marco del art. 59 inc.

9 de la Ley de Administración Financiera.

Que se adjuntan las ordenes de publicidad, facturas, constancias y o

certificaciones que acreditan los servicios prestados y planillas con el detalle

correspondiente.

Que de acuerdo a las constancias obrantes en autos, la prestación de los

servicios fue efectivamente realizada, por lo que resulta procedente aprobar el

gasto y autorizar la emisión de las órdenes de pago por la suma de $242.009,68.

Que a fs. 88, Contaduría General de la Provincia señala que mediante Decreto del

Poder Ejecutivo se puede hacer lugar a lo solicitado.

Que a fs. 90, la Dirección General de Presupuesto informa la imputación

presupuestaria con la cual se atenderá la erogación.

Que a fs. 93, obra Dictamen Fiscal N° 1.233 de fecha 06 de Junio de 2017.

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Apruébese los gastos de publicidad oficial realizados por la

Secretaría de Estado de Comunicación Pública correspondientes a los meses de

Junio, Julio, Agosto, Octubre, Diciembre de 2016 y Enero de 2017, por la suma de

PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL NUEVE CON SESENTA y OCHO CENTAVOS

($242.009,68) conforme al detalle obrante en el Anexo Único que forma parte del

presente Decreto, atento a lo considerado.

ARTICULO 2°.- Dispónese el pago conforme lo establecido por el artículo 1°, cuya

erogación fue imputada mediante las Resoluciones correspondientes a la

Jurisdicción 07: SAF GSGG DIR. ADM. y DESP. S. E. COMUNICACIÓN PUBLICA -

Programa: 11 Unidad de Organización N° 150 "Secretaría de Estado de Comunicación

Pública" - Finalidad/Función 199 - Subprograma 00 - Proyecto 00 Actividad: 01 U.

O. N° 150 "Secretaría de Estado de Comunicación Pública Financiamiento 10:

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Recursos Tesoro General de la Provincia - Partida Sub-parcial 361: Publicidad y

propagandas varias, por el monto de $242.009,68 (PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS

MIL NUEVE CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS) del Presupuesto General 2017, quedando

facultado el servicio administrativo de la Secretaría de Estado de Comunicación

Pública a emitir las correspondientes Ordenes de Pago.

ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de

Gobierno, Justicia y Seguridad.

ARTICULO 4°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,

publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

ANEXO UNICO:

N° EXP. Medio N° Factura Importe ($) N° Ord. N° Res. HTC Ac. N°: 293 FOJA

CERO PRODUCCIONES SRL 0004-00000224 12.100,00 520 329 2176/2263; 664 EL

ARBOL DIGITAL S.R.L. 0002-00002984 72.600,00 1.121 725 4411; 664 CUERPO 14

SRL 0003-00000451 12.100,00 1.142 725 4411; 664 THX MEDIOS S.A. 0003-

00001140 121.009,68 1.156 725 4411; 479 CROCANTE PRODUCCIONES S.R.L. 0001-

00000008 12.100,00 876 534 3292; 217 FOJA CERO PRODUCCIONES S.R.L. 0004-

00000205 12.100,00 407 259 1839; TOTAL ($) 242.009,68.-

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Aviso número 60499

DECRETO 1868 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

DECRETO N° 1.868/1 (SECP), del 21/06/2017.

EXPTE. N° 205/120-D-2011 Y AGREGADOS.

VISTO, las presentes actuaciones por las cuales la Secretaría de Estado de

Comunicación Pública solicita la aprobación del gasto y autorización para emitir

órdenes de pago, en concepto de publicidad oficial, realizadas durante los meses

de Enero, Febrero, Marzo, Abril de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Acuerdo N° 58/1 de fecha

29.05.2000 y sus modificatorios, la Secretaría de Estado de Comunicación Pública

autorizó mediante diferentes Resoluciones, la contratación de los espacios

publicitarios durante el período mencionado.

Que dichos actos administrativos fueron sometidos oportunamente al control

preventivo del H. Tribunal de. Cuentas, el que se expidió mediante los

correspondientes Acuerdos.

Que las mencionadas contrataciones fueron efectuadas en el marco del art. 59 Inc.

9 de la ley de Administración Financiera.

Que se adjuntan las ordenes de publicidad, facturas, constancias y o

certificaciones que acreditan los servicios prestados y planillas con el detalle

correspondiente.

Que de acuerdo a las constancias obrantes en autos, la prestación de los

servicios fue efectivamente realizada, por lo que resulta procedente aprobar el

gasto y autorizar la emisión de las órdenes de pago por la suma de $11.026.418,16

Que a fs. 1.516, Contaduría General de la Provincia señala que mediante Decreto

del Poder Ejecutivo se puede hacer lugar a lo solicitado.

Que a fs. 1.518, la Dirección General de Presupuesto informa la imputación

presupuestaria con la cual se atenderá la erogación.

Que a fs. 1.520, obra Dictamen Fiscal N° 1.256 de fecha 08 de Junio de 2017.

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Apruébese los gastos de publicidad oficial realizados por la

Secretaría de Estado de Comunicación Pública correspondientes a los meses de

Enero, Febrero, Marzo y Abril de 2017, por la suma de PESOS ONCE MILLONES

VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO CON DIECISEIS CENTAVOS

($11.026.478,16) conforme al detalle obrante en el Anexo Único que forma parte

del presente Decreto, atento a lo considerado.

ARTICULO 2°.- Dispónese el pago conforme lo establecido por el artículo 1°, cuya

erogación fue imputada mediante las Resoluciones correspondientes a la

Jurisdicción 07: SAF GSGG DIR. ADM. y DESP. S.E. COMUNICACIÓN PUBLICA - Programa:

11 Unidad de Organización N° 150 "Secretaría de Estado de Comunicación Pública" -

Finalidad/Función 199 - Subprograma 00 - Proyecto 00 Actividad: 01 U.O. N° 150

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"Secretaría de Estado de Comunicación Pública Financiamiento 10: Recursos Tesoro

General de la Provincia - Partida Sub-parcial 361: Publicidad y propagandas

varias, por el monto de $11.026.478,16 (PESOS ONCE MILLONES VEINTISEIS MIL

CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON DIECISEIS CENTAVOS) del Presupuesto General

2017, quedando facultado el servicio administrativo de la Secretaría de Estado de

Comunicación Pública a emitir las correspondientes Ordenes de Pago.

ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de

Gobierno, Justicia y Seguridad.

ARTICULO 4°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,

publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

(Anexo disponible B.O.D.)

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Aviso número 60484

DECRETO 1869 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

DECRETO N° 1.869/1 (FE), del 21/06/2017.

EXPEDIENTE N° 5.561/410-B-97 y Agreg.-

VISTO, éstas actuaciones mediante las cuales se gestiona la cancelación de

diferencias salariales adeudadas a los actores en el juicio caratulado "Biazzo,

Jorge A. y otros C/ SI.PRO.SA. S/Cobro de Australes", que fueran reconocidas por

Sentencia N° 490 dictada el 29 de noviembre de 1996 por la Excma. Cámara en lo

Contencioso Administrativo Sala III°, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 152 Dirección de Auditoría de Fiscalía de Estado solicita se determine

si la deuda reclamada se encuentra prescripta.

Que a fs. 158 Dirección Judicial de Fiscalía de Estado informe que el Tribunal ha

intimado al Sr. Fiscal de Estado, para que en el plazo de 10 días informe en que

plazo se concluirá con la tramitación del expediente de referencia y se

cancelarán las sumas reclamadas por la coactora Sara Orlando, ello bajo

apercibimiento que el plazo sea fijado por el Tribunal.

Adjunta copia de la cédula correspondiente (fs. 159).

Que de las constancias de autos surge que el pago requerido no se hizo efectivo,

por lo que corresponde establecer el plazo de prescripción aplicable al caso.

Que el Código Civil y Comercial de la Nación, aprobado por Ley N° 26.994, en el

artículo 2.537 contiene una norma de derecho transitorio referida a la

modificación de los plazos por ley posterior, que establece que: "... Los plazos

de prescripción en curso al momento de entrada en vigencia de una nueva ley se

rigen por la ley anterior... "

Que si bien la nueva disposición establece un plazo menor (5 años) para que

prescriba la acción a reclamar el derecho de que se trata (artículo 2.560), no

resulta aplicable en la especie, por expresa disposición (artículo 2.537 in

fine), ya que al momento de su entrada en vigencia, el plazo de 10 años previsto

en el artículo 4.023 anterior se encontraba cumplido en exceso.

Que a ello hay que adicionarle la suspensión, por una sola vez, del plazo de

prescripción por el lapso de un año, correspondiente a la presentación de fs. 1/7

efectuada en fecha 3 de octubre de 1997, conforme a lo establecido por el

artículo 3.986 2° párrafo del Código Civil, reanudándose el curso de aquella a su

finalización, en fecha 30 de noviembre de 1998.

Que cabe señalar que mediante nota de fs. 137 con fecha "septiembre 2011" (sin

que conste en la misma constancia de recepción), la letrada apoderada de la

coactora, reiteró lo solicitado.

Que esta es la posición sostenida por la Jurisprudencia de nuestros Tribunales

que dice: "la suspensión, se produce la detención del tiempo útil para prescribir

por causa concomitante o sobreviniente al nacimiento de la acción, de modo tal

que durante el lapso que dura esa causa el tiempo transcurrido es inútil para

prescribir. Desaparecida la causa que originó las suspensión, el curso de la

prescripción se reanuda, sumándose al período transcurrido con anterioridad

(artículo 3.983 C.C.) CSJT Sentencia N° 804/1996 en autos Pedraza, Alejo Vs.

Gobierno de la Provincia de Tucumán S/ Contencioso Administrativo".

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Que el fundamento de la prescripción radica en el principio de seguridad jurídica

que contribuye a la certeza en las relaciones jurídicas y exige a los

particulares que los derechos y acciones sean ejercidos en tiempo útil pues

repudia al ordenamiento jurídico una pendencia indefinida.-

Que señala la doctrina que la prescripción es un instituto de orden público,

creado para dar estabilidad y firmeza a los negocios, disipar las incertidumbres

del pasado y poner fin a la indecisión de los derechos, salvaguardando el orden y

la seguridad jurídica; evitan la prolongación de situaciones cuya indefinición

puede llegar a atentar contra los derechos patrimoniales y el principio de

propiedad garantizado por el artículo 17 de la Constitución Nacional; igualmente,

es una necesidad de la vida social que no conspira contra la idea de justicia

sino que la realiza y es una de las instituciones más importantes y saludables

del derecho (Borda, "Tratado de Derecho - Obligaciones", t. II, p. 7; Badeni,

"Tratado de Derecho Constitucional", t. II. P. 818; Spota, "Tratado de Derecho

Civil. Parte General", t. I, volumen 3.8.10, p5; AAVV, "Tratado de la

Prescripción Liberatoria", Dir. López Herrera, Edgardo, Lexis Nexis, Buenos

Aires, 20007. (T.I, pp. 44 y 45).

Que en el presente caso, el plazo de diez años, más un año de suspensión por el

reclamo administrativo de fs. 1/4, corre a partir de la fecha que se encuentra

firme la sentencia condenatoria de fecha 29 de noviembre de 1996. O sea que, al

presente, ha trascurrido con exceso el plazo de prescripción determinado,

habiendo prescripto cualquier derecho que hubiera correspondido a los actores.

Que en consecuencia, corresponde que el Poder Ejecutivo, mediante decreto,

desestime el pedido efectuado.

Por ello y en virtud del Dictamen Fiscal N° 431 de fecha 22 de febrero de 2016

obrante a fs. 164/165 de autos.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Desestímase, por encontrarse prescripta la deuda, la solicitud de

pago de diferencias salariales reclamadas en el juicio caratulado "Biazzo Jorge

A. y otros C/ SI.PRO.SA. S/ Cobro de Australes" que fueran reconocidas por

Sentencia N° 490 dictada el 29 de noviembre de 1996 por la Excma. Cámara en lo

Contencioso Administrativo Sala III°, ello, en virtud de lo considerado.

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de

Gobierno, Justicia y Seguridad.

ARTICULO 3°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,

publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Page 30: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 60482

DECRETO 1870 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

DECRETO N° 1.870/4 (MDS), del 21/06/2017.

EXPEDIENTE N° 13.588/425-M-2016.-

VISTO las presentes actuaciones por las cuales la Senadora Nacional Prof. Beatriz

Mirkin, solicita la prórroga de la adscripción de la agente María Cecilia Bobba,

Categoría 20, Personal Planta Permanente del Ministerio de Desarrollo Social; y

CONSIDERANDO:

Que lo gestionado es a los efectos de seguir contando con los servicios de la

citada agente, a fin de reforzar el equipo de trabajo que la acompañara en su

gestión como Senadora Nacional por la Provincia de Tucumán;

Que a fs. 04/07 se agrega la respectiva Foja de Servicios de la agente Bobba;

Que a fs. 09 se agrega copia del Decreto N° 556/4-MDS del 02/03/16, por el cual

se dispuso la adscripción anterior por el término de un año de la agente en

cuestión, a partir de la fecha del citado instrumento legal;

Que a fs. 08 emite dictamen la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de

Desarrollo Social;

Que a fs. 11 la Dirección General de Recursos Humanos emite informe de su

competencia, con opinión favorable;

Que a fs. 13 presta conformidad a la presente gestión el señor Ministro de

Desarrollo Social;

Que las presentes actuaciones se encuadran en las disposiciones del artículo 11

inc. 4) de la Ley N° 5.473 y del artículo 4° del Decreto Reglamentario N°

646/183, estimándose procedente dictar la medida administrativa pertinente;

Por ello, y atento a lo dictaminado por Fiscalía de Estado (Dictamen N° 0648 de

fecha 23/03/17 a fs.14 respectivamente;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Prorrogase la Adscripción en el Senado de la Nación de la señora

MARIA CECILIA BOBBA, DNI N° 28.151.041, Categoría 20, Planta Permanente del

Ministerio de Desarrollo Social, por el termino de UN (01) año, en virtud del

considerando que precede.

ARTICULO 2°.- Convalídese los servicios prestados en el Senado de la Nación por

la señora MARIA CECILIA BOBBA, DNI N° 28.151.041, desde el 03 de Marzo de 2017 y

hasta la fecha del presente decreto.

ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de

Desarrollo Social.

ARTICULO 4°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,

publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

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Aviso número 60485

DECRETO 1871 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

DECRETO N° 1.871/4 (SENAyF), del 21/06/2017.

EXPEDIENTE N° 173/474-I-2.015.-

VISTO las presentes actuaciones por las cuales la Directora del Instituto de

Puericultura "Alfredo Guzmán" dependiente de la Secretaría de Estado de Niñez,

Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social, solicita el

reconocimiento y pago de diferencia de haberes por desempeño de funciones de

mayor jerarquía a la señora Ángela Peñalva, Categoría 18, Planta Permanente de la

U. O. N° 890; y

CONSIDERANDO:

Que dichas funciones fueron cumplidas en la División de Coordinación SAF N° 34

del Instituto de Puericultura "Alfredo Guzmán" dependiente de la Dirección de

Niñez, Adolescencia y Familia de la Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y

Familia del Ministerio de Desarrollo Social, durante el período comprendido entre

el 05/01/2.015 al 03/07/2.015, convalidado mediante Resolución N° 2.103/4-SENAyF

de fecha 18/05/2.015 (fs. 02), en razón de que su titular se encontraba haciendo

uso de Licencia de Largo Tratamiento;

Que a fs. 03/06 obra Foja de Servicios de la agente en cuestión, adjuntándose la

actualizada a fs. 67/71, como asimismo, se agrega Foja de Servicios de la

empleada reemplazada, señora Nuñez Molina, a fs. 11/14, de la que surge que la

misma reviste Categoría 20 de la Planta Permanente del Instituto de Puericultura

"Alfredo Guzmán";

Que a fs. 26 la Dirección General de Recursos Humanos informa que se podrá

reconocer a la señora Peñalva la diferencia de haberes existente entre la

Categoría 18 y la Categoría 20;

Que a fs. 31 interviene la Jefa de Administración y Personal del Instituto de

Puericultura "Alfredo Guzmán" de la Secretaria de Estado de Niñez, Adolescencia y

Familia dependiente del Ministerio de Desarrollo Social;

Que se adjuntan recibos de sueldo de los meses de Enero a Julio de 2.015 de las

agentes en cuestión;

Que a fs. 55/56 la Subdirección de Administración del SAF N° 34 practica la

correspondiente liquidación;

Que a fs. 57/58 Contaduría General de la Provincia recalcula los montos,

estableciendo que corresponde abonar a la agente Peñalva la suma de $10.980,25

aclarando que corresponder descontar por Código 190 y/o 193 la suma de $2.323,86;

Que a fs. 64 y 75 obra dictamen de la Dirección de Asuntos Jurídicos del

Ministerio de Desarrollo Social;

Que a fs. 66 se expide la Dirección General de Presupuesto consignando la

correspondiente imputación presupuestaria y a fs. 73 rectifica dicho informe;

Que el Articulo 11° de la Ley N° 5.473 dispone que: "El agente deberá cumplir

servicios en el cargo que haya sido designado. No obstante, habiendo adquirido

estabilidad podrá revistar transitoriamente en algunas de las siguientes

situaciones de excepción: a) Ejercicio de Cargos de Nivel Superior. Entiéndase

por cargo de nivel superior a los comprendidos entre las categorías 20 y 24 ambas

inclusive (...)"

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Que se estima procedente dictar la medida administrativa pertinente;

Por ello, y atento a lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fs. 28 (Dictamen N°

2262 del 21/10/2.015),

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Recónocese los servicios prestados en el cargo de Jefa de División

Coordinación SAF N° 34 del Instituto de Puericultura "Alfredo Guzmán" dependiente

de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia de la Secretaria de Estado de

Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social y convalidase

lo actuado por la señora Ángela PEÑALVA, D.N.I. N° 13.646.655, Categoría 18,

Planta Permanente del Instituto de Puericultura "Alfredo Guzmán" de la U. O. N°

890, durante el período comprendido entre el 05 de Enero de 2.015 hasta el 03 de

Julio de 2.015, en virtud del considerando que precede.

ARTICULO 2°.- Recónocese a la señora Ángela PEÑALVA, D.N.I. N° 13.646.655,

Categoría 18, Planta Permanente de la Unidad de Organización N° 890, el derecho a

percibir las diferencias adeudadas por el desempeño de funciones de mayor

jerarquía y en consecuencia, autorizase a la Dirección de Administración de la

Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de

Desarrollo Social a practicar, a través de la Dirección de Sistemas, la

liquidación pertinente, cuyos haberes y contribuciones ascienden a la suma de

$10.980,25 (PESOS DIEZ MIL NOVECIENTOS OCHENTA CON VEINTICINCO CENTAVOS),

conforme a lo informado por la Contaduría General de la Provincia a fs. 57/58.

ARTICULO 3°.- Impútese la erogación a originarse a la JURISDICCIÓN 34: SAF MDS

DIR. DE ADM. DE LA S. E. DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, Programa 25: U.O. N°

890 - Instituto de Puericultura Alfredo Guzmán, Finalidad/Función 320, Sub-

Programa 00, Proyecto 00, Actividad 01: U.O. N° 890 - Instituto de Puericultura

Alfredo Guzmán, Financiamiento 10 - Recursos Tesoro Gral. de la Pcia., Partida

Subparcial 111 - Retribución del Cargo, y demás Subparciales (112-113-114-115-

116-117-131-141 y 151) según corresponda, del Presupuesto General 2.017.

ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de

Desarrollo Social y firmado por la señora Secretaria de Estado de Niñez,

Adolescencia y Familia.

ARTÍCULO 5°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,

publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

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Aviso número 60480

DECRETO 1872 / 2017 DECRETO / 2017-06-21

DECRETO N° 1.872/5 (MEd), del 21/06/2017.

EXPEDIENTE N° 013418/230-P-12 y agdo.-

VISTO las presentes actuaciones por las cuales el docente Gustavo Javier

Pedernera interpone Recurso Jerárquico en contra de la Resolución Ministerial N°

1576/5(MEd) de fecha 16 de Diciembre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 74/75 obra copia autenticada del citado instrumento legal por el cual

se rechaza la solicitud de Titularización por Ley N° 8.214 y su Decreto

Reglamentario N° 1.195/5(MEd)-10, del agente Gustavo Javier Pedernera en el cargo

de Maestro Especial Común de Inglés con 06 horas en la Escuela "Salvador Alfonso"

y 04 horas en la Escuela N° 326 de Las Tranquitas, dependiente del Ministerio de

Educación.

Que teniendo en cuenta la fecha de la notificación del acto cumplida el 31/01/14

(fojas 76) y la fecha de presentación del recurso 12/02/14 (fojas 77/81) el mismo

resulta formalmente admisible por haber sido planteado en el término estipulado

por el artículo 67° de la Ley N° 4.537.

Que en su expresión de agravios, el señor Pedernera considera que la resolución

cuestionada incurre en error al considerar que no posee la antigüedad mínima

establecida en el artículo 1° inciso 2) de la Ley N° 8.214 para titularizar el

cargo de Maestro Especial Común de Inglés, ya que según lo dispuesto por los

artículos 6° y 7°, a los docentes de lengua extranjera se les concede un plazo

excepcional de 4 años para cumplir con la actualización pedagógica y acceder a su

titularización.

Que sostiene haber cumplido con la actualización pedagógica requerida y demás

requisitos previstos en la Ley N° 8.214, correspondiéndole su titularización en

06 horas de Inglés en la Escuela "Salvador Alfonso" y 04 horas en la Escuela N°

326.

Que la Ley N° 8.214 en su artículo 1° inciso 2) expresa: "...Registrar al

31/03/2010 una antigüedad mínima de tres años...". La antigüedad requerida

precedentemente, deberá registrarla el docente en el ejercicio con carácter

interino, de las horas cátedra y/o cargos docentes en que se solicite la

titularización; artículo 3° y 6° inciso 6) del Decreto Reglamentario N°

1.195/5(MEd)-10.

Que del análisis de los informes y documentación obrantes en autos surge que el

señor Pedernera, a la fecha 31/03/2010, no registraba una antigüedad mínima de

tres años en el ejercicio con carácter interino, en las horas cátedras y/o cargos

docentes en que solicita la titularización, por cuanto fue designado en fecha

01/06/2007 por llamado abierto, - especialidad Inglés título supletorio sin

cargo - Padrón Definitivo/07 en la Escuela "Salvador Alfonso" con 6 horas cátedra

y completa cargo en la Escuela N° 326 con 4 horas.

Que el recurrente cumplimentó la actualización pedagógica prevista en el artículo

7° de la Ley N° 8.214 que dispone: "Los docentes, que sin poseer título docente

específico en el idioma correspondiente, se desempeñan en cargos u horas cátedras

de Lengua Extranjera y cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 1°

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podrán solicitar la titularización luego de concluir una actualización pedagógica

y disciplinaria para ejercer como docente de lengua extranjera, organizada y/o

avalada por el Ministerio de Educación o de obtener título docente. A los fines

del cumplimiento del requisito previsto en este artículo, el aspirante tendrá un

plazo máximo de cuatro (4) años, a partir de la reglamentación de la presente

ley".

Que de la Ley N° 8214 y su Decreto Reglamentario N°1195/5(MEd)-10 no surge que

exista excepción alguna en relación a la antigüedad mínima requerida a los

docentes de Lengua Extranjera para su titularización (principal argumento del

recurrente) es decir 3 años al 31/03/2010. El plazo de 4 años establecido en el

artículo 7°, claramente refiere al plazo que tenían los docentes de Lengua

Extranjera para obtener el título docente o cumplir con la actualización

pedagógica en el supuesto que no posean el título docente específico en lengua

extranjera.

Que en virtud a lo esgrimido en los considerandos precedentes se debe rechazar el

Recurso Jerárquico incoado por el agente Pedernera en contra de la Resolución

Ministerial N° 1576/5(MEd)-13.

Por ello, y atento a lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fojas 111/112

(Dictamen Fiscal N° 32/2016),

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

Artículo 1°.- Rechazase el Recurso Jerárquico interpuesto por el agente Gustavo

Javier Pedernera - DNI N° 27.961.424-, en contra de la Resolución

Ministerial N° 1576/5(MEd) de fecha 16 de Diciembre de 2.013, confirmándose la

misma, en virtud a lo expuesto en los considerandos.

Artículo 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de

Educación y firmado por la señora Secretaria de Estado de Gestión Educativa.

Artículo 3°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,

publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

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Aviso número 60495

DECRETO 1915 / 2017 DECRETO / 2017-06-22

DECRETO N° 1.915/9 (MDP), del 22/06/2017.-

Expediente N° 582/391-W-2015 y Agdo.-

VISTO el Recurso de Alzada interpuesto por la Empresa de Distribución Eléctrica

de Tucumán S.A. (EDET S.A.) en contra de la Resolución N° 171/16 de fecha

11/04/16, emitida por el Directorio del Ente Único de Control y Regulación de los

Servicios Públicos Provinciales de Tucumán (ERSEPT); y

CONSIDERANDO:

Que la resolución arriba citada (fs. 55/60) es confirmatoria de la Resolución N°

404/15 ERSEPT (U) de fecha 17/09/15, por la cual el señor Gerente de Atención a

Usuarios dispone hacer lugar al reclamo formulado por el señora Matilde Wainziger

de Scidá, determinando la responsabilidad de la Distribuidora por el daño

ocurrido en el electrodoméstico consignado en el formulario Serie RD N° 15.497.

En consecuencia EDET S.A. deberá proceder a reparar o, en el supuesto de ser esto

imposible, a reponer los electrodomésticos de igual marca e idénticas o similares

características técnicas y prestacionales;

Que el Recurso se presentó dentro del plazo previsto en el art. 68 de la Ley N°

4.537 y se repuso la tasa por servicio administrativo (fs. 69 y 73);

Que la recurrente funda su impugnación en que los hechos y antecedentes

esgrimidos en los actos cuestionados son falaces, por lo que ambas resoluciones

carecen de causa;

Que EDET S.A. manifiesta que no es responsable, ya que la falla aludida por el

Ente como causante de los daños denunciados tuvieron su origen en la ET Tucumán

Oeste y que el presente caso se trata de caso fortuito o fuerza mayor;

Que asimismo expresa que de ser cierta la conclusión del ERSEPT al producirse la

perturbación serían muchos los perjudicados por daños de electrodomésticos y no

solamente la señora Wainziger de Scidá, única afectada de la SET 1167;

Que las perturbaciones eléctricas no producen necesariamente un daño a los

artefactos eléctricos, ya que existen parámetros dentro de los cuales la tensión

puede variar en más o en menos sin que ésto afecte los aparatos eléctricos, toda

vez que los mismos se encuentran preparados para soportar estas alteraciones;

Que el Ente Regulador no valoró los elementos probatorios puestos a disposición

lo que revela la carencia de argumentos fácticos y jurídicos que justifique el

dictado de la resolución recurrida;

Que asimismo, solicita la suspensión de ejecutoriedad del acto recurrido;

Que luego de analizar los antecedentes del caso e informes producidos, concluye

que el daño en los bienes de propiedad del reclamante, acreditado en los

formularios Serie RD N° 15.497 (fs. 02/17) es responsabilidad de la

Distribuidora;

Que la Resolución ERSEPT (U) N° 404/15 se sustenta en el informe técnico (fs.

18/19) y en el dictamen legal (fs. 20/23) y fue dictada de conformidad a lo

dispuesto en el art. 43 de la Ley N° 4.537, que contiene los requisitos

esenciales de los actos administrativos;

Que del Dictamen Técnico del Jefe de Inspecciones del ERSEPT surge que los hechos

consignados anteriormente ponen de manifiesto que el 22/07/15, fecha en la que el

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quejoso denuncia que se produjo el evento que causó el daño, y a la hora

aproximada citada por el mismo, se produjeron perturbaciones en el Sistema de

Transporte, con las consecuencias ya citadas. Por último, está probado que

existió una relación causa-efecto, ya que coinciden el daño denunciado por el

quejoso y el evento que se produjo en el Sistema de Transporte de AT y en las

instalaciones de EDET S.A.;

Que al resolver el Recurso Jerárquico, la Resolución N° 171/16 ERSEPT-(fs. 55/60)

indica que la obligación de EDET S.A. como prestataria del servicio público de

energía eléctrica es de resultado, por ello debe resarcir el perjuicio sufrido

por los usuarios en sus instalaciones cuando las mismas sean consecuencia directa

de las deficiencias en la prestación del mismo, ya sea reparando el artefacto

dañado o restituyendo al usuario los montos abonados para la reparación;

Que lo decidido por el Ente resulta debidamente sustentado en antecedentes de

hecho y de derecho. Los argumentos esgrimidos por EDET S.A en el Recurso de

Alzada no son suficientes para modificar lo resuelto y exonerarla de su

responsabilidad;

Que en lo que respecta a la pretensión de la recurrente de asignar carácter

suspensivo a la impugnación resulta improcedente, porque la interposición del

mismo no suspende la ejecutoriedad del acto que se presume legítimo (art. 47 de

la Ley N° 4.537). Además el pedido de suspensión se encuentra rechazado por el

art. 1° de la Resolución N° 171/16-ERSEPT-y tal decisión es irrecurrible;

Que por todo lo expuesto corresponde rechazar el recurso deducido;

Por ello, y en virtud al Dictamen de la fecha 03/05/17, (fs. 76/77);

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Recházase el Recurso de Alzada interpuesto por la Empresa de

Distribución Eléctrica de Tucumán S.A. (EDET S.A.) en contra de la Resolución N°

171/16 de fecha 11/04/16, emitida por el Directorio del Ente Único de Control y

Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de Tucumán (ERSEPT), en virtud

del considerando precedente.

ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de

Desarrollo Productivo.

ARTICULO 3°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,

publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

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Aviso número 60478

DECRETO 1916 / 2017 DECRETO / 2017-06-22

DECRETO N° 1.916/9 (MDP), del 22/06/2017.

Expediente N° 345/391-A-2015 y Agdo.-

VISTO el Recurso de Alzada interpuesto por la Sociedad Aguas del Tucumán Sociedad

Anónima con Participación Estatal Mayoritaria (SAT-SAPEM) en contra de la

Resolución N° 483/16 de fecha 26108/16, emitida por el Director del Ente Único de

Control y Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de Tucumán (ERSEPT);

y

CONSIDERANDO:

Que el acto administrativo de referencia (fs. 18/20) es confirmatorio de la

Resolución ERSEPT (U) N° 351/15 de fecha 24/08/15 (fs. 04/06), por la cual el

señor Gerente de Atención al Usuarios del ERSEPT, ordenó a la prestadora a que,

de inmediato a la notificación de la presente resolución, proceda a realizar las

obras y/o maniobras necesarias para brindar solución definitiva al problema del

deficiente servicio de agua potable a la zona inspeccionada.

Que asimismo, ordenó a la prestadora SAT-SAPEM a que efectúe descuentos del 70%

por deficiencias técnicas en cada una de las facturas de los habitantes del

lugar, en los períodos comprendidos entre la fecha del reclamo ante el Ente

(29/04/15) y hasta que el problema se encuentre resuelto, conforme lo normado por

los arts. 22 inc. 2) y 64 de la Ley N° 6.529;

Que a fs. 23/24 la empresa presentó un Recurso de Alzada, el cual es formalmente

admisible por haber sido deducido en el plazo del art. 68 de la Ley N° 4.537;

Que la recurrente funda sus agravios en que la misma efectuó tareas de renovación

de redes y válvulas en la zona inspeccionada y corroboró que el problema está

solucionado;

Que además agrega que el descuento del 70% de la facturación importa

enriquecimiento ilícito para los reclamantes quienes pretenden no abonar el

servicio prestado por la empresa, el que incluye el servicio de cloacas sobre el

que no existen reclamos;

Que la empresa finaliza afirmando que la Resolución 483/16, no se encuentra

motivada en base a los antecedentes y pruebas obrantes en el expediente, por lo

que plantea su nulidad;

Que ante lo expuesto se advierte que los fundamentos de los agravios expuestos en

la alzada no tienen entidad suficiente para enervar las motivaciones del acto

atacado;

Que cabe señalar que la resolución recurrida fue dictada de conformidad a los

dispuesto en el art. 43 de la Ley N° 4.537 y contiene los requisitos esenciales

de los actos administrativos, por lo tanto no adolece de vicios que permitan

declarar su nulidad, de acuerdo a lo establecido por el art. 48 de la citada

norma;

Que la Resolución N° 483/16 se sustenta en el informe del Gerente de Atención al

Usuario del ERSEPT, que indica que las obras que la recurrente dice haber

ejecutado no se acreditaron y los usuarios de la zona siguen sin un adecuado

servicio. Se señala que son innumerables los reclamos o requerimientos de una

problemática que se ha extendido a los vecinos que circundan al domicilio causa

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del presente expediente;

Que la resolución recurrida consigna que la empresa no procedió a solucionar esos

requerimientos y que tampoco ofreció ni produjo pruebas que puedan modificar lo

resuelto por Resolución ERSEPT (U) N° 351/15;

Que de tal forma, lo decidido por el Ente está sustentado en los antecedentes de

hecho y de derecho, sin que los argumentos esgrimidos por la empresa SAT-SAPEM en

el Recurso de Alzada sean susceptibles de modificar lo resuelto para exonerarla

de su responsabilidad;

Que atento a los innumerables reclamos ante una problemática sin solución y por

la deficiente prestación del servicio de agua potable, la prestadora de servicio

ha incumplido la obligación atribuida en el art. 22 inc. 2 de la Ley N° 6.529,

siendo pasible de la sanción aplicada en el art. 2 de la resolución;

Que por todo lo expuesto corresponde rechazar el recurso incoado;

Por ello, y en virtud del Dictamen de Fiscalía de Estado N° 0187 de fecha

23/01/17 (fs. 32/33);

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1°.- Recházase el Recurso de Alzada interpuesto por la Sociedad Aguas

del Tucumán Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria (SAT-SAPEM) en

contra de la Resolución N° 483/16 de fecha 26/08/16, emitida por el Director del

Ente Único de Control y Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de

Tucumán (ERSEPT), en virtud del considerando precedente.

ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de

Desarrollo Productivo.

ARTICULO 3°.- Dése al Registro de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el

Boletín Oficial y archívese.-

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Aviso número 60481

DECRETO 1917 / 2017 DECRETO / 2017-06-22

DECRETO N° 1.917/9 (MDP), del 22/06/2017.

Expediente N° 824/460-R-2016 y Agdo.-

VISTO el Recurso de Alzada interpuesto por la señora Ana Sofía Venturelli, DNI N°

36.049.509, contra la Resolución N° 1549/9 (EATT) de fecha 10/06/16 emitida por

el Presidente del Ente Autárquico Tucumán Turismo; y

CONSIDERANDO:

Que por el acto administrativo de referencia (fs. 40/41) se rechazó por

improcedente el recurso de reconsideración presentado en contra de la Resolución

N° 926/9 (EATT) del 19/04/16 (fs. 15/16) por la cual el Presidente del Ente

Autárquico Tucumán Turismo dispuso el cese de la relación laboral de la

mencionada agente (la cual revestía el carácter de personal transitorio);

Que el Recurso de Alzada (fs. 49/52) es formalmente admisible por haber sido

deducido en el plazo del arto 68 de la Ley N° 4.537;

Que la recurrente funda sus agravios en que el acto impugnado resulta ilegítimo y

carece de motivación suficiente;

Que asimismo manifiesta que el cese del cumplimiento de funciones encuentra como

fundamento una arbitraria y unilateral voluntad de justificar el fin de la

relación laboral, violando el artículo 14 bis de la C.N.;

Que por su parte el Ente Autárquico alega que la designación de personal

transitorio puede ser dejada sin efecto habida cuenta de su carácter precario,

por lo que la recurrente no tiene derecho a la estabilidad plena en el cargo;

Que el mero transcurso del tiempo y el hecho de prestar servicios por un plazo

aún superior al fijado para adquirir la estabilidad, no puede trastocar por sí,

la situación de revista de quien ha ingresado como agente transitorio y no ha

sido transferido a otra categoría por acto expreso de la Administración;

Que cabe destacar también, que la recurrente se sometió a un régimen jurídico, lo

cual implica un acatamiento inequívoco a un régimen que no fue cuestionado en su

designación sino sólo recién cuando se dispuso el cese bajo el argumento de falta

de motivación;

Que es preciso señalar que en el acto impugnado han sido expresamente consignadas

las razones de la desvinculación, lo cual constituye además, una atribución

discrecional del Ente;

Que por lo expuesto corresponde rechazar el recurso deducido; Por ello y en

virtud del Dictamen de Fiscalía de Estado N° 0766 de fecha 06/04/17 (fs. 61/62);

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1°.- Recházase el Recurso de Alzada interpuesto por la señora Ana Sofía

Venturelli, DNI N° 36.049.509, contra la Resolución N° 1549/9 (EATT) de fecha

10/06/16 emitida por el Presidente del Ente Autárquico Tucumán Turismo; en virtud

de lo considerado precedentemente.

ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de

Desarrollo Productivo.

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ARTICULO 3°.- Dése al Registro de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el

Boletín Oficial y archívese.-

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Aviso número 60493

DECRETO 1967 / 2017 DECRETO / 2017-06-26

DECRETO N° 1.967/3 (SH), del 26/06/2017.

EXPEDIENTE N° 265/850-D-2016

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se gestiona la transferencia

de la Abogada María Soledad Suárez, planta permanente, categoría 22 del

Ministerio de Educación con destino a la Secretaría de Estado de Derechos

Humanos, y

CONSIDERANDO:

Que de fs. 6 a 9 obra Foja de Servicios de la empleada que acredita su condición

de personal con estabilidad y a fs. 16 y 22 consta la conformidad a la

transferencia del Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad, y del Ministro de

Educación, respectivamente.

Que encontrándose el presente caso previsto por las disposiciones del Artículo

23° de la Ley N° 5.473 -Estatuto para el Personal de la Administración Pública

Provincial- y del Artículo 2° del Decreto N° 292/3 (ME) del 5 de febrero de 2008,

corresponde efectuar las adecuaciones presupuestarias necesarias y dictar el

instrumento legal respectivo.

Por ello, atento lo informado por la Dirección General de Recursos Humanos a fs.

24, Dirección General de Presupuesto a fs. 30/31, y en mérito al Dictamen Fiscal

N° 886 del 28 de abril de 2017, adjunto a fs. 33 de estos actuados

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Transfiérese a la Abogada MARÍA SOLEDAD SUÁREZ, D.N.I. N°

23.235.137, planta permanente, categoría 22, con su cargo y crédito

presupuestario del MINISTERIO DE EDUCACIÓN a la SECRETARÍA DE ESTADO DE DERECHOS

HUMANOS, de acuerdo de la siguiente adecuación presupuestaria:

Extráese de la Jurisdicción 36 "SAF MED SEC. DE ESTADO DE GESTIÓN ADM.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN", Programa 11- "U.O. N° 329 MINISTERIO DE EDUCACIÓN",

Subprograma 00, Proyecto 00, Finalidad/Función 347, Actividad 01 "U.O. N° 329

Ministerio de Educación" Financiamiento 10 - Recurso Tesoro General de la

Provincia, Un (1) cargo categoría 22, con el siguiente crédito presupuestario:

Partida Subparcial 111 $44.864.-

Partida Subparcial 113 $10.512.-

Partida Subparcial 114 $3.504.-

Partida Subparcial 115 $6.312.-

Partida Subparcial 116 $3.504.-

Partida Subparcial 117 $704.-

Partida Subparcial 118 $704.-

Partida Subparcial 151 $85.944.-

Increméntase en la Jurisdicción 11 "SAF MGJS - DIRECCIÓN DE ADM. MINISTERIO

GOBIERNO, JUSTICIA Y SEGURIDAD", Programa 24 "U.O. N° 190 SECRETARÍA DE ESTADO DE

DERECHOS HUMANOS", Subprograma 00, Proyecto 00, Finalidad/Función 131, Actividad

01 "U.O N° 190 Secretaría de Estado de Derechos Humanos", Financiamiento 10

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Recursos Tesoro General de la Provincia", Un (1) cargo categoría 22, con el

siguiente crédito presupuestario:

Partida Subparcial 111 $44.864.-

Partida Subparcial 113 $10.512.-

Partida Subparcial 114 $3.504.-

Partida Subparcial 115 $6.312.-

Partida Subparcial 116 $3.504.-

Partida Subparcial 117 $704.-

Partida Subparcial 118 $704.-

Partida Subparcial 151 $85.944.-

Todo ello del Presupuesto General 2017.

ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministro de

Economía y de Educación y por el señor Secretario de Estado de Hacienda.

ARTICULO 3°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,

publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Page 43: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 60494

DECRETO 1968 / 2017 DECRETO / 2017-06-26

DECRETO N° 1.968/3 (SH), del 26/06/2017.

EXPEDIENTE N° 144/490-H-2015

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se gestiona la transferencia

de la señora Mariana Mercedes Encinar (Fonoaudióloga), planta permanente,

categoría 20 del Instituto Gerontológico San Alberto con destino al Hogar de

Niñas Santa Rita, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 18 la Directora del Instituto Gerontológico San Alberto se expide sin

realizar observaciones a lo tramitado; a fs. 19 y 35 la Directora de Adultos

Mayores y el señor Ministro de Desarrollo Social prestan la conformidad a la

transferencia de la empleada (Foja de Servicios adjunta a fs. 5/8).

Que encontrándose el presente caso previsto por las disposiciones del Artículo

23° de la Ley N° 5.473 -Estatuto para el Personal de la Administración Pública

Provincial- y del Artículo 2° del Decreto N° 292/3 (ME) del 5 de febrero de 2008,

corresponde efectuar las adecuaciones presupuestarias necesarias y dictar el

instrumento legal respectivo.

Por ello, atento lo informado por la Dirección General de Presupuesto a fs. 29/30

y 34; y en mérito al Dictamen Fiscal N° 340 del 9 de febrero de 2017, adjunto a

fs. 32 de estos actuados

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Transfiérese a la señora MARIANA MERCEDES ENCINAR (fonoaudióloga),

D.N.I. N° 17.170.259, planta permanente, categoría 20, con su cargo y crédito

presupuestario del INSTITUTO GERONTOLÓGICO SAN ALBERTO al HOGAR DE NIÑAS SANTA

RITA, de acuerdo a la siguiente adecuación presupuestaria:

Extráese de la Jurisdicción N° 34 SAF MDS - DIR. DE ADM. DE LA SEC. EST. DE

NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, Programa 13 U.O. N° 915 - INSTITUTO GERONTOLÓGICO

SAN ALBERTO, Finalidad/Función 320, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01

U.O. N° 915 - INSTITUTO GERONTOLÓGICO SAN ALBERTO, Financiamiento 10 - Recursos

Tesoro General de la Provincia, Un (1) cargo categoría 20

Partida Subparcial 111 $74.960,00

Partida Subparcial 113 $17.560,00

Partida Subparcial 114 $5.856,00

Partida Subparcial 115 $10.528.00

Partida Subparcial 116 $5.856,00

Partida Subparcial 117 $1.168,00

Partida Subparcial 118 $1.168,00

Partida Subparcial 141 $3.928,00

Partida Subparcial 151 $61.744,00

Increméntase en la Jurisdicción 34 SAF MDS - DIR. DE ADM. DE LA SEC. EST. DE

NIÑEZ, ADOLESCENCIA y FAMILIA, Programa 20 U.O. N° 925 HOGAR DE NIÑAS SANTA RITA,

Finalidad/Función 320, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01 U.O N° 925 HOGAR

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DE NIÑAS SANTA RITA, Financiamiento 10 - Recursos Tesoro General de la Provincia,

Un (1) cargo categoría 20:

Partida Subparcial 111 $74.960.-

Partida Subparcial 113 $17.560,00

Partida Subparcial 114 $5.856,00

Partida Subparcial 115 $10.528,00

Partida Subparcial 116 $5.856,00

Partida Subparcial 117 $1.168,00

Partida Subparcial 118 $1.168,00

Partida Subparcial 141 $3.928,00

Partida Subparcial 151 $61.744,00

Todo ello del Presupuesto General 2017.

ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de

Economía y por los señores Secretario de Estado de Hacienda y Secretaria de

Estado de Niñez, Adolescencia y Familia.

ARTICULO 3°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,

publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

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Aviso número 60471

DECRETO 1988 / 2017 DECRETO / 2017-06-28

DECRETO N° 1.988/3 (SH), del 28/06/2017.

EXPEDIENTE N° 3.034/220-D-2017.-

VISTO el presente expediente mediante el cual la Dirección de Relaciones

Municipales de la Secretaría de Estado de Coordinación con Municipios y Comunas

Rurales tramita la rectificación del Decreto N° 1.589/3(SH) del 29 de mayo de

2017, y

CONSIDERANDO:

Que lo requerido es a los efectos de modificar los montos indicados tanto en el

Artículo 1° como en el Anexo que forma parte de dicho acto administrativo; y

asimismo otorgar un Aporte No Reintegrable a la Municipalidad de Concepción para

atender Desequilibrios Financieros, en el marco de las disposiciones de la Ley N°

8.829.

Por ello, atento lo informado por la Contaduría General de la Provincia a foja 6,

Dirección General de Presupuesto a foja 7 y en mérito al Dictamen Fiscal N° 1.441

del 26 de junio de 2017 obrante a foja 9, de estos actuados,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Rectifícase el Decreto N° 1.589/3(SH) del 29 de mayo de 2017 y su

Anexo, conforme Se indica a continuación:

"ARTICULO 1°.- Otórganse -por los motivos expuestos en el considerando que

antecede- a las Municipalidades del Interior de la Provincia detalladas en el

Anexo que forma parte integrante del presente decreto, Asistencias Financieras

Reintegrables por hasta la suma total de PESOS QUINIENTOS VEINTISIETE MILLONES

QUINIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES CON SETENTA Y OCHO

CENTAVOS ($527.593.483,78), con cargo a Rentas Generales, a efectos de atender

prioritariamente el pago de haberes de mayo, junio, Sueldo Anual Complementario -

1er. Semestre- y julio de 2017. Facúltase a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL

MINISTERIO DE ECONOMIA a emitir los correspondientes Comprobantes de Anticipo de

Fondos Extrapresupuestarios -Ley N° 8825, a favor de la Caja Popular de Ahorros

de la Provincia de Tucumán, Agente Fiduciario de cada uno de los Municipios, y

por los montos que se detallan en Anexo adjunto.

"Otórgase a la Municipalidad de Concepción un Aporte Financiero No Reintegrable

por la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL ($2.150.000.-), a

efectos de atender Desequilibrios Financieros, y asimismo facúltase a la

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE ECONOMIA a emitir la respectiva

orden de pago, con imputación a la Jurisdicción 50 SAF OBLIGACIONES A CARGO DEL

TESORO, Programa 92 Apoyo a Gobiernos Municipales y Comunales-, Finalidad/Función

150, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01 - Apoyo a Gobiernos Municipales y

Comunales -, Partida Subparcial 572 - Otras Transferencias a Municipalidades y/o

Comunas-, Financiamiento 10 - Recursos Tesoro General de la Provincia, del

Presupuesto General 2017."

ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de

Page 46: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Economía y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda.

ARTICULO 3°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,

publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

ANEXO

MUNICIPIOS - MAYO de 2017 - JUNIO de 2017 - 1er. S.A.C. de 2017 - JULIO de 2017 -

PEDIDO MAYO/ JULIO 2017: Tafí Viejo - 30.534.710,62 - 30.534.710,62 -

15.267.355,31 - 30.534.710,62 - 106.871.487,17; Bella Vista - 18.277.879,62 -

18.277.879,62 - 9.138.939,81 - 18.277.879,62 - 63.972.578,67; Tafí del Valle -

15.656.647,51 - 15.656.647,51 - 7.828.323,75 - 15.656.647,51 - 54.798.266,28;

Monteros - 30.284.540,09 - 30.284.540,09 - 15.142.270,04 - 30.284.540,09 -

105.995.890,31; Concepción - 27.487.129,14 - 26.627.129,14 - 13.313.564,57 -

26.627.129,14 - 94.054.951,99; Yerba Buena - 29.114.374,10 - 29.114.374,10 -

14.557.187,06 - 29.114.374,10 - 101.900.309,36. TOTAL 151.355.281,08 -

150.495.281,08 - 75.247.640,54 - 150.495.281,08 - 527.593.483,78.

Page 47: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 60475

DECRETO 1989 / 2017 DECRETO / 2017-06-28

DECRETO N° 1.989/3 (SH), del 28/06/2017.

EXPEDIENTE N° 950/618-S-2017.-

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales el Sistema Provincial de

Salud solicita provisión de fondos en concepto de Aporte No Reintegrable, por la

suma de $140.000.000.-, y

CONSIDERANDO:

Que el pedido se fundamenta en la necesidad de disponer de recursos para afrontar

con normalidad las erogaciones corrientes que demande el Sistema Provincial de

Salud y cumplir con la contrapartida provincial del Programa SUMAR.

Que en consecuencia, resulta menester autorizar a la Dirección de Administración

del Ministerio de Economía a emitir la correspondiente orden de pago.

Por ello, atento a lo informado por Contaduría General de la Provincia a fs. 2,

Dirección General de Presupuesto a fs. 3 y en mérito al Dictamen Fiscal N° 1.422

del 23 de junio de 2017, adjunto a fs. 5 de estos actuados,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Otórgase al SISTEMA PROVINCIAL DE SALUD un Aporte No Reintegrable

por la suma total de PESOS CIENTO CUARENTA MILLONES ($140.000.000.-),

correspondiente al mes de julio de 2017.

ARTICULO 2°.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE

ECONOMÍA a emitir la respectiva orden de pago con imputación a la Jurisdicción 50

- SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, Programa 97 - Transferencias a Organismos

Descentralizados y Autárquicos que Consolidan, Finalidad/Función 199, Sub-

Programa 00, Proyecto 00, Actividad 04 - Transferencias Figurativas al SIPROSA,

Partida Sub-Parcial 912 Contribuciones a Inst. Desc. y Autárquicos que

consolidan, Financiamiento 10 - Recursos Tesoro General de la Provincia, del

Presupuesto General 2017.

ARTICULO 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de

Economía y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda.

ARTICULO 4°- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,

publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

Page 48: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 60491

DECRETO 1990 / 2017 DECRETO / 2017-06-28

DECRETO N° 1.990/3 (ME), del 28/06/2017.-

EXPEDIENTE N° 495/320-S-20l7.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales la Secretaría de Estado de

Obras Públicas gestiona el pago al estudio PELLI CLARKE PELLI CANADA CORP de un

anticipo financiero a cuenta de honorarios del anteproyecto arquitectónico de la

obra: CENTRO CIVICO DE LA PROVINCIA por la suma de u$s 240.000, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 9.008 (fs. 04/07) se aprueba, en todos sus términos, la Carta

Intención suscrita en fecha 16 de marzo de 2017, entre el Gobierno de la

Provincia de Tucumán y el Estudio PELLI CLARKE PELLI CANADA CORP, con el objeto

de establecer los compromisos a asumir por ambas partes, a fin de convenir la

elaboración por parte del mencionado estudio, el Anteproyecto Arquitectónico del

Centro Cívico de la Provincia.

Que el monto a abonar es de U$S 240.000, cuya conversión se determinará de

conformidad a las disposiciones de la Resolución N° 161/09 de la Contaduría

General de la Provincia.

Que conforme lo establecido en la Cláusula Sexta de la Carta Intención

mencionada, el monto a transferir debe ser libre de gastos e impuestos, los que

serán a cargo de la Provincia, por lo que corresponde autorizar a la Secretaría

de Estado de Obras Públicas a afrontar los mismos.

Que a fs. 08/10 corre agregada Ley N° 8.993 que declara de utilidad pública y

sujeto a expropiación una fracción del inmueble ubicado en la Localidad de Los

Pocitos, departamento Tafí Viejo que será destinado a la construcción del Centro

Cívico de la Provincia de Tucumán ya fs. 12 se adjunta Decreto N° 1.776/3-(SH)

del 16 de junio de 2017 donde se crea la partida presupuestaria que afrontará el

presente pago.

Por ello, en mérito al Dictamen Fiscal N° 1446 de fecha 26/06/2017 obrante a fs.

16,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Autorízase a la Subdirección de Administración de la Secretaría de

Estado de Obras Públicas, a emitir la pertinente orden de pago por el importe de

DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS CUARENTA MIL (u$s 240.000), a favor de la

firma Pelli Clarke Pelli Canadá Corp.- Número de Cuenta: 00003 400-298-6 - ROYAL

BANK OF CANADA- Halifax Nova Scotia CANADA - SWIFT: ROYCCAT2, en concepto de

anticipo a cuenta de Honorarios de la obra: "CENTRO CÍVICO DE LA PROVINCIA", de

conformidad a las disposiciones de la Resolución N° 161/09 de Contaduría General

de la Provincia.

ARTICULO 2°.- Autorízase a la Subdirección de Administración de la Secretaría de

Estado de Obras Públicas a emitir la orden de pago correspondiente a fin de

afrontar los gastos y/o impuestos que surgieran como consecuencia del pago

dispuesto en el Artículo anterior, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula

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Sexta de la Carta Intención del 16 de marzo de 2017, aprobada por Ley N° 9008.

ARTICULO 3°.- A los efectos del pago indicado en el Articulo 1°, corresponde

proceder conforme a lo establecido por el Art. 19° del Decreto Acuerdo N° 22/1-

2009, debiendo efectuarse el mismo en moneda nacional, tomando para la conversión

la cotización de la moneda extranjera, tipo vendedor, del Banco de la Nación

Argentina correspondiente al penúltimo día anterior de la fecha de efectivo pago,

teniendo en cuenta asimismo lo dispuesto por la Contaduría General de la

Provincia, mediante Resolución N° 161 del 11/08/2009.

ARTICULO 4°.- El gasto que resulte de lo dispuesto en los Artículos precedentes

será imputado a la Jurisdicción 21-SAF ME SUBD. ADM. S.E. OBRAS PUBLICAS -

Programa 13 SEOP - Obras de Infraestructura - Finalidad/Función 372 -

Subprograma 00 - Proyecto 02 - Obras de Infraestructuras Varias II - Obra N° 80 -

Centro Cívico de la Provincia - Partida Subparcial: 341 -Estudios y Proy. de

Fact, por hasta la suma de PESOS CUATRO MILLONES ($4.000.000) y Partida

Subparcial: 355 - Comisiones y gastos bancarios, por hasta la suma de PESOS DOS

MILLONES ($2.000.000), Fuente de Financiamiento 10 -Recursos del Tesoro General

de la Provincia, del Presupuesto General 2017.

ARTICULO 5°.- Dése oportuna intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia.

ARTICULO 6°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de

Economía

ARTICULO 7°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,

publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Page 50: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 60492

RESOLUCIONES 11 / 2017 JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL / 2017-05-31

JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL. RESOLUCIÓN N° 11/17 HJEP, del 31/05/2017.-

VISTO: el informe de la Honorable Junta Electoral Provincial y las actuaciones

del Partido: Del Trabajo y del Pueblo n°434.

CONSIDERANDO:

Que surge del informe visto y de las actuaciones del Partido Del Trabajo y del

Pueblo n°434 que incumplió con las obligaciones impuestas en la ley 5.454

(Partidos Políticos). La norma citada establece en el Art 56 las causales de

caducidad: la no realización de elecciones partidarias internas durante un plazo

de cuatro años; no presentarse en distrito alguno en dos elecciones consecutivas;

no alcanzar el 3% del respectivo padrón en cinco elecciones sucesivas; la

violación de lo prescrito por los Art 16 y 45 de la ley 5.454 previa intimación

formal. Asimismo no haber alcanzado en las elecciones internas el voto del 10%

del padrón del mínimo exigido por los Art. 9/13 (Art. 36 ley 5.454).

La Secretaria Electoral elaboró informe en el expediente del partido Del Trabajo

y del Pueblo n°434 (fs 148), observando ciertas infracciones. De ello fue

notificado el apoderado de la agrupación política.

La ley consagra un sistema de organización de los partidos políticos en nuestra

provincia exigiendo el cumplimiento de condiciones que se estiman necesarias en

congruencia con la forma de vida adoptada y sumado a los que las agrupaciones

políticas se comprometen a cumplir mediante sus cartas orgánicas.

La ley de Partidos Políticos regula dos tipos de sanciones, la caducidad y la

extinción, ante la omisión de algunos actos citados en el párrafo anterior por

parte de las autoridades partidarias.

La caducidad de un partido significa la cancelación de la inscripción del mismo

en la Junta Electoral y la pérdida de la personalidad política (Art. 55 ley

5.454).

Nuestro Código civil y Comercial en su Art. 145 clasifica a las personas

jurídicas enumerando a las de carácter público y a las de carácter privado,

dentro de estas se encuentran las simples asociaciones. El acto constitutivo de

una persona jurídica es el acuerdo de voluntades a través del cual se expresa la

voluntad de crear un ente jurídico nuevo. Se las proclama como sujetos de derecho

distintos de quienes las integran.

El Art 56 de la ley 5.454 establece las causas de caducidad de la personalidad

política de los partidos. La agrupación política Del Trabajo y del Pueblo n°434,

se encuentra en falta por no haber realizado las elecciones internas partidarias

y no haber presentado los libros conforme al Art 16 y 45 de la ley 5.454. De

ello fue debidamente notificado el Partido Del Trabajo y del Pueblo n°434 fs 149.

Habiendo tomado intervención el Ministerio Fiscal a través de dictamen que obra

en el Partido Del Trabajo y del Pueblo n°434 a fs 151. Asimismo se advierte que

el partido citado no contestó la notificación remitida.

Las agrupaciones políticas declaradas caducas subsisten como simples asociaciones

de derecho privado, y pueden realizar todo tipo de actividades políticas con la

sola excepción de su participación en los comicios para postulación de candidatos

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a cargos electivos.

Asimismo se observa que se les permite el uso de la denominación partido a

aquellas agrupaciones que estando en formación no han logrado todavía su

reconocimiento judicial, lo cual demuestra que el derecho de asociarse con fines

políticos no se encuentra necesariamente vinculado con la existencia de una

personalidad jurídica política reconocida judicialmente.

Al declararse el partido caduco deberá excluirse del registro de afiliados a

partidos políticos, las fichas correspondientes a la agrupación que pierde la

personalidad política, sin perjuicio de que se conserve las mismas en forma

separada (fallo C.N.E. 4020/08).

Los afiliados a los partidos políticos declarados caducos no pueden ser separados

inicialmente del registro partidario debiéndose reservarlos durante seis años,

para que en el caso que se solicitare la rehabilitación de la personería jurídica

política pueda contar con esa masa de afiliados, sujeto a la condición de

demostrar la ratificación de aquella voluntad de afiliarse inicialmente

manifestada.

Surge de lo expuesto que los afiliados a partidos caducos no pueden ser

separados inicialmente del registro partidario, además no se entendería el

beneficio que se le otorga a los partidos al darle la posibilidad de peticionar

la rehabilitación, si este va a tener que realizar toda la actividad de

afiliación que corresponde a la constitución de un nuevo partido.

Las agrupaciones políticas que fueron declaradas caducas pueden peticionar ante

la Junta Electoral la rehabilitación de la personalidad política después de la

celebración de la primera elección general (Art 59 ley 5.454), conforme al

enunciado del Art. 53 ley 23.298.

En caso de solicitarse la rehabilitación de un partido declarado caduco sólo

puede ser reconocido si se ajusta a los recaudos exigidos por la ley vigente en

el momento de dictarse la resolución, tanto respecto de las formas procesales

como de las condiciones sustanciales que señala la ley (fallos C.N.E. 315/86 y

4020/08).

No obstante debe tenerse en cuenta que la subsistencia de las afiliaciones de los

partidos caducos no puede ser indefinida.

En el supuesto caso que algunas de las agrupaciones políticas caducas solicitare

la rehabilitación, atento al tiempo transcurrido desde la resolución que declaró

la caducidad y a la posibilidad derivada de que en ese lapso, alguno de los

antiguos afiliados pueden haber optado por pertenecer a otra agrupación política,

la Junta Electoral reglamentará la forma que considere mas idónea para ratificar

las afiliaciones. Los Arts. 22, 25, 26 y 27 de la ley 5.454 establecen que el

nombre, número de identificación, símbolos y emblemas son atributos de uso

exclusivo de los partidos políticos, pero éstos pierden la garantía de

exclusividad transcurridos los seis y doce años desde la declaración de caducidad

de la personalidad jurídico política o extinción, respectivamente.

La Secretaria Electoral deberá conservar las fichas de afiliación de los

partidos declarados caducos separadas del Registro de Afiliados por el término

de seis años, ya que al perder los derechos potestativos antes citados el

partido, no podría seguir manteniendo las afiliaciones por un periodo de tiempo

más extenso. La normativa vigente no establece plazo de conservación de las

fichas pero se busca una pauta interpretativa que permita conciliar las distintas

disposiciones en juego, correlacionándolas y considerándolas como partes de un

Page 52: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

todo coherente y armónico, por ello tomamos el plazo citado en el párrafo

anterior.

Surge de los autos que la agrupación política Del Trabajo y del Pueblo n.° 434

no realizó las elecciones internas partidarias ni presentó los libros en los

plazos de tiempo establecido en la ley, razón por la cual se encuentran

comprendido en las causales de caducidad del Art 56 apart. 4 de la ley 5.454.

Por ello se,

RESUELVE:

I.- Declarar caduco al Partido Político Del Trabajo y del Pueblo n.° 434 y

excluirlo del Registro de agrupaciones políticas.

II- Resérvese la exclusividad del nombre de la agrupación política Del Trabajo y

del Pueblo n.° 434 por el plazo de seis años desde la Resolución de caducidad

(Art. 25 ley 5.454).

III- Conservar las fichas de afiliación del Partido Político Del Trabajo y del

Pueblo n.° 434, por el plazo de seis años, vencido el cual se desafectará a la

masa de afiliados del Registro de afiliados de ésta Junta Electoral.

IV- Podrá la agrupacion política declarada caduca solicitar la rehabilitación de

la personalidad jurídico política transcurrida una elección general (Art 59 ley

5.454), y cumplir con los requisitos establecidos en los capítulos III y IV de

la citada norma.

V- Publíquese edicto por un día. HAGASE SABER.-

Dr. ANTONIO GANDUR, PRESIDENTE. Dr. EDMUNDO JESUS JIMENEZ, VOCAL. Leg. CPN

OSVALDO FRANCISCO JALDO, VOCAL.

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Aviso número 60473

RESOLUCIONES 12 / 2017 JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL / 2017-06-28

JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL. RESOLUCION N° 12/17-HJEP, del 28/06/2017.

VISTO: el informe de la Honorable Junta Electoral Provincial y las actuaciones

del Partido: Igualdad para Todos n° 419.

CONSIDERANDO:

Que surge del informe visto y de las actuaciones del Partido Igualdad para Todos

n° 419 que incumplió con las obligaciones impuestas en la Ley 5.454 (Partidos

Políticos). La norma citada establece en el Art 56 las causales de caducidad: la

no realización de elecciones partidarias internas durante un plazo de cuatro

años; no presentarse en distrito alguno en dos elecciones consecutivas; no

alcanzar el 3% del respectivo padrón en cinco elecciones sucesivas; la violación

de lo prescrito por los Art 16 y 45 de la Ley 5.454 previa intimación formal.

Asimismo no haber alcanzado en las elecciones internas el voto del 10% del padrón

del mínimo exigido por los Art. 9/13 (Art. 36 ley 5.454).

La Secretaria Electoral elaboró informe en el expediente del partido Igualdad

para Todos n° 419 (fs 189), observando ciertas infracciones. De ello fue

notificado el apoderado de la agrupación política.

La ley consagra un sistema de organización de los partidos políticos en nuestra

provincia exigiendo el cumplimiento de condiciones que se estiman necesarias en

congruencia con la forma de vida adoptada y sumado a los que las agrupaciones

políticas se comprometen a cumplir mediante sus cartas orgánicas.

La ley de Partidos Políticos regula dos tipos de sanciones, la caducidad y la

extinción, ante la omisión de algunos actos citados en el párrafo anterior por

parte de las autoridades partidarias.

La caducidad de un partido significa la cancelación de la inscripción del mismo

en la Junta Electoral y la pérdida de la personalidad política (Art. 55 ley

5.454).

Nuestro Código civil y Comercial en su Art. 145 clasifica a las personas

jurídicas enumerando a las de carácter público y a las de carácter privado,

dentro de estas se encuentran las simples asociaciones. El acto constitutivo de

una persona jurídica es el acuerdo de voluntades a través del cual se expresa la

voluntad de crear un ente jurídico nuevo. Se las proclama como sujetos de derecho

distintos de quienes las integran.

El Art 56 de la ley 5.454 establece las causas de caducidad de la personalidad

política de los partidos. La agrupación política Igualdad para Todos n°419, se

encuentra en falta por no haber realizado las elecciones internas partidarias y

no haber presentado los libros conforme al Art 16 y 45 de la ley 5.454. De ello

fue debidamente notificado el Partido Igualdad para Todos n°419 fs 189 vta.

Habiendo tomado intervención el Ministerio Fiscal a través de dictamen que obra

en el Partido Igualdad para Todos n° 419 a fs 191. Asimismo se advierte que el

partido citado no contestó la notificación remitida.

Las agrupaciones políticas declaradas caducas subsisten como simples asociaciones

de derecho privado, y pueden realizar todo tipo de actividades políticas con la

sola excepción de su participación en los comicios para postulación de candidatos

a cargos electivos.

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Asimismo se observa que se les permite el uso de la denominación partido a

aquellas agrupaciones que estando en formación no han logrado todavía su

reconocimiento judicial, lo cual demuestra que el derecho de asociarse con fines

políticos no se encuentra necesariamente vinculado con la existencia de una

personalidad jurídica política reconocida judicialmente.

Al declararse el partido caduco deberá excluirse del registro de afiliados a

partidos políticos, las fichas correspondientes a la agrupación que pierde la

personalidad política, sin perjuicio de que se conserve las mismas en forma

separada (fallo C.N.E. 4020/08).

Los afiliados a los partidos políticos declarados caducos no pueden ser separados

inicialmente del registro partidario debiéndose reservarlos durante seis años,

para que en el caso que se solicitare la rehabilitación de la personería jurídica

política pueda contar con esa masa de afiliados, sujeto a la condición de

demostrar la ratificación de aquella voluntad de afiliarse inicialmente

manifestada.

Surge de lo expuesto que los afiliados a partidos caducos no pueden ser separados

inicialmente del registro partidario, además no se entendería el beneficio que se

le otorga a los partidos al darle la posibilidad de peticionar la rehabilitación,

si este va a tener que realizar toda la actividad de afiliación que corresponde a

la constitución de un nuevo partido.

Las agrupaciones políticas que fueron declaradas caducas pueden peticionar ante

la Junta Electoral la rehabilitación de la personalidad política después de la

celebración de la primera elección general (Art 59 ley 5.454), conforme al

enunciado del Art. 53 ley 23.298.

En caso de solicitarse la rehabilitación de un partido declarado caduco sólo

puede ser reconocido si se ajusta a los recaudos exigidos por la ley vigente en

el momento de dictarse la resolución, tanto respecto de las formas procesales

como de las condiciones sustanciales que señala la ley (fallos C.N.E. 315/86 y

4020/08).

No obstante debe tenerse en cuenta que la subsistencia de las afiliaciones de los

partidos caducos no puede ser indefinida. En el supuesto caso que algunas de las

agrupaciones políticas caducas solicitare la rehabilitación, atento al tiempo

transcurrido desde la resolución que declaró la caducidad y a la posibilidad

derivada de que en ese lapso, alguno de los antiguos afiliados pueden haber

optado por pertenecer a otra agrupación política, la Junta Electoral reglamentará

la forma que considere mas idónea para ratificar las afiliaciones.

Los Arts. 22, 25, 26 y 27 de la Ley 5.454 establecen que el

nombre, número de identificación, símbolos y emblemas son atributos de uso

exclusivo de los partidos políticos, pero éstos pierden la garantía de

exclusividad transcurridos los seis y doce años desde la declaración de caducidad

de la personalidad jurídico política o extinción, respectivamente.

La Secretaria Electoral deberá conservar las fichas de afiliación de los partidos

declarados caducos separadas del Registro de Afiliados por el término de seis

años, ya que al perder los derechos potestativos antes citados el partido, no

podría seguir manteniendo las afiliaciones por un periodo de tiempo más extenso.

La normativa vigente no establece plazo de conservación de las fichas pero se

busca una pauta interpretativa que permita conciliar las distintas disposiciones

en juego, correlacionándolas y considerándolas como partes de un todo coherente y

armónico, por ello tomamos el plazo citado en el párrafo anterior.

Page 55: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Surge de los autos que la agrupación política Igualdad para Todos n° 419 no

realizó las elecciones internas partidarias ni presentó los libros en los plazos

de tiempo establecido en la ley, razón por la cual se encuentran comprendido en

las causales de caducidad del Art 56 apart. 4 de la ley 5.454.

Por ello se,

RESUELVE:

I.- Declarar caduco al Partido Político Igualdad para Todos n° 419 y excluirlo

del Registro de agrupaciones políticas.

II- Resérvese la exclusividad del nombre de la agrupación política Igualdad para

Todos n° 419 por el plazo de seis años desde la Resolución de caducidad (Art. 25

ley 5.454).

III- Conservar las fichas de afiliación del Partido Político Igualdad para Todos

n° 419, por el plazo de seis años, vencido el cual se desafectará a la masa de

afiliados del Registro de afiliados de ésta Junta Electoral.

IV- Podrá la agrupación política declarada caduca solicitar la rehabilitación de

la personalidad jurídico política transcurrida una elección general (Art 59 ley

5.454), y cumplir con los requisitos establecidos en los capítulos III y IV de la

citada norma.

V- Publíquese edicto por un día. HAGASE SABER. Dr. ANTONIO GANDUR PRESIDENTE. Dr.

EDMUNDO JESUS JIMENEZ VOCAL. Leg. CPN OSVALDO FRANCISCO JALDO VOCAL.

Page 56: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 208012

GENERALES / DIRECCION GENERAL DE CATASTRO EXPEDIENTE N° 2219-377-

2016

DIRECCION GENERAL DE CATASTRO

POR 1 DIA - Se hace saber que por Expediente N° 2219-377-2016 radicado en la

Dirección General de Catastro de la Provincia de Tucumán se ha dispuesto que a

través del Boletín Oficial se gestione la publicación de Edictos por un (1) día,

a los fines de Notificar a los poseedores y/o propietarios para que tomen

conocimiento que en autos se solicita la Registración de un Plano de Mensura para

Prescripción Adquisitiva sobre un inmueble ubicado en Atahona, Depto. Simoca,

domiclio pje. Sin nombre e identificado según las siguientes Nomenclaturas

Catastrales: C: III - S: B - Lam.: 295 - Parcela: 108A - Padrón N° 54895 -

Matricula: 28201 Orden: 73; poseedor Roldán Norma Marcela, DNI N° 20.597.032.

Dicha Fracción mensurada linda al Norte con Sara Esther Juarez; al Sur con

Florencia Yanina Cuevas; Este con Juan B. Terán; al Oeste con Pje. Sin nombre.

Todo ello conforme a lo dispuesto por el Dcto. 541/3 (ME) Artículo 22 Apartado

7.4.- E y V 07/07/2017. Aviso N° 208.012.

Page 57: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 208010

GENERALES / DIRECCION GENERAL DE CATASTRO EXPEDIENTE N° 6424-377-

2017

DIRECCION GENERAL DE CATASTRO

POR 1 DIA - Se hace saber que por Expediente N° 6424-377-2017 radicado en la

Dirección General de Catastro de la Provincia de Tucumán se ha dispuesto que a

través del Boletín Oficial se gestione la publicación de Edictos por un (1) día,

a los fines de Notificar a los poseedores y/o propietarios para que tomen

conocimiento que en autos se solicita la Registración de un Plano de Mensura para

Prescripción Adquisitiva sobre un inmueble ubicado en Arcadia, Depto.

Chicligasta, domicilio calle sin nombre SIN° e identificado según las siguientes

Nomenclaturas Catastrales: C: 1 - S: D - Lam.: 85 - Parcela: 11H - Padrón N°

252308 Matricula: 27640 - Orden: 928; poseedor Superior Gobierno de la Provincia

de Tucumán. Dicha Fracción mensurada linda al Norte con Escuela Pedro León

Cornet; al Sur con I.P.V.; Este con calle sin nombre; al Oeste con IPV. Todo ello

conforme a lo dispuesto por el Dcto. 541/3 (ME) Artículo 22 Apartado 7.4.- E y V

07/07/2017. Aviso N° 208.010.

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Aviso número 208007

GENERALES / DIRECCION GENERAL DE CATASTRO EXPEDIENTE N° 7252-377-

2017

DIRECCION GENERAL DE CATASTRO

POR 1 DIA - Se hace saber que por Expediente N° 7252-377-2017 radicado en la

Dirección General de Catastro de la Provincia de Tucumán se ha dispuesto que a

través del Boletín Oficial se gestione la publicación de Edictos por un (1) día,

a los fines de Notificar a los poseedores y/o propietarios para que tomen

conocimiento que en autos se solicita la Registración de un Plano de Mensura para

Prescripción Adquisitiva sobre un inmueble ubicado en Banda del Río Salí, Depto.

Cruz Alta, domicilio calle San Miguel N° 56 e identificado según las siguientes

Nomenclaturas Catastrales: C: I - S: 34 - Manz.: 7 - Parcela: 5 - Padrón N° 71786

- Matricula: 1525 - Orden: 341; poseedor Orellana Marta Imelda, DNI N°

16.588.521. Dicha Fracción mensurada linda al Norte con Amelia Suarez Alvarado de

Heredia; al Sur con Amelia Suarez Alvarado de Heredia; Este con Marcos Segundo

Romero; al Oeste con calle San Miguel. Todo ello conforme a lo dispuesto por el

Dcto. 541/3 (ME) Artículo 22 Apartado 7.4.- E y V 07/07/2017. Aviso N° 208.007.

Page 59: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 208008

GENERALES / DIRECCION GENERAL DE CATASTRO EXPEDIENTE N° 7503-377-

2017

DIRECCION GENERAL DE CATASTRO

POR 1 DIA - Se hace saber que por Expediente N° 7503-377-2017 radicado en la

Dirección General de Catastro de la Provincia de Tucumán se ha dispuesto que a

través del Boletín Oficial se gestione la publicación de Edictos por un (1) día,

a los fines de Notificar a los poseedores y/o propietarios para que tomen

conocimiento que en autos se solicita la Registración de un Plano de Mensura para

Prescripción Adquisitiva sobre un inmueble ubicado en Ciudad de Concepción,

Depto. Chicligasta, domicilio Pje. Los Laureles e identificado según las

siguientes Nomenclaturas Catastrales: C: I - S: C - Manz.: 77 - Parcela: 189K -

Padrón N° 157461 - Matricula: 31891 - Orden: 5663; poseedor Enriqueta Blanca

Faur, DNI N° 41.652.359. Dicha Fracción mensurada linda al Norte Con Sepulveda

patricia del Carmen; al Sur con Pje Los Laureles; Este con Gómez Mario Enrique;

al Oeste con calle Tomás Guido. Todo ello conforme a lo dispuesto por el Dcto.

541/3 (ME) Artículo 22 Apartado 7.4.- E y V 07/07/2017. Aviso N° 208.008.

Page 60: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 208026

GENERALES / SUBSECRETARIA DE REGULARIZACION DOMINIAL Y HABITAT

SUBSECRETARIA DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL Y HÁBITAT

POR 3 DIAS - La Subsecretaría de Regularización Dominial y Hábitat dependiente de

la Secretaría General de la Gobernación, ubicada en calle Laprida N° 55 de la

ciudad de San Miguel de Tucumán, cita a los propietarios, herederos o cesionarios

o a quienes se consideren con derechos sobre el/los inmuebles:

Localizado en Barrio: Ampliación Victoria. Dpto. Capital Sur, Provincia Tucumán.

Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula Registral: S-

6172. a nombre de Ortega Maria Angélica. Identificados en la Dirección General

de Catastro en Padrón: 236.247. Solicitado mediante Expte. N° 341/140-C-2017.

Localizado en Calle Italia N° 766. Dpto. Lules, Provincia Tucumán. Inscriptos en

el Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula Registral: F- 18631. a

nombre de Balentin Segundo Ignacio. Identificados en la Dirección General de

Catastro en Padrón: 178.655. Solicitado mediante Expte. N° 1158/140-R-2016.

Localizado en San Jose de Buena Vista. Dpto. Famailla, Provincia Tucumán.

Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula Registral: F-

2613. a nombre de Vergara Enrique German. Identificados en la Dirección General

de Catastro en Padrón: 276.584. Solicitado mediante Expte. N° 973/140-S-2014.

Localizado en Av. Gobernador del Campo N° 496. Dpto. Capital Norte, Provincia

Tucumán. Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula

Registral: N- 54352. a nombre de Carrier Juan de La Cruz Enrique. Identificados

en la Dirección General de Catastro en Padrón: 13.885. Solicitado mediante

Expte. N° 907/140-G-2014.

Localizado en Pje. Antartida Argentina N° 947. Dpto. Yerba Buena, Provincia

Tucumán. Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en L° 64 F° 71 -

72 S° B A° 1953. a nombre de Rico Carmen Maria. Identificados en la Dirección

General de Catastro en Padrón: 383.311. Solicitado mediante Expte. N° 985/140-E-

2016.

Localizado en Calle Congreso Altura 1400. Dpto. Trancas, Provincia Tucumán.

Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en L° 2 F° 212 S° B A°

1938. a nombre de Valderrabano Sara Del Carmen, Valderrabano Agustín,

Valderrabano José Luís. Identificados en la Dirección General de Catastro en

Padrón: 299.270. Solicitado mediante Expte. N° 180/140-G-2014.

Localizado en Pje. Unamuno N° 2501. Dpto. Capital Norte, Provincia Tucumán.

Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en L° 84 F° 248 S° B. a

nombre de S.I.T.U.C S.R.L. Identificados en la Dirección General de Catastro en

Padrón: 116.889. Solicitado mediante Expte. N° 212/140-D-2012.

Localizado en Calle Domingo Zelaya S/N. Dpto. Famailla, Provincia Tucumán.

Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula Registral: F-

00896. a nombre de Julio José Sorbello 50%, Segundo Salvador Sorbello 50%.

Identificados en la Dirección General de Catastro en Padrón: 376.407. Solicitado

mediante Expte. N° 1132/140-A-2013.

Localizado en Barrio: Tula El Manantial. Dpto. Lules, Provincia Tucumán.

Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula Registral: T-

46821. a nombre de Napoli Carmelo. Identificados en la Dirección General de

Page 61: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Catastro en Padrón: 380.205. Solicitado mediante Expte. N° 1100/140-C-2013.

Localizado en Calle 25 De Mayo N° 647. Dpto. Leales, Provincia Tucumán.

Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula Registral: F-

16827. a nombre de Blanco Jose Antonio. Identificados en la Dirección General de

Catastro en Padrón: 176.975. Solicitado mediante Expte. N° 204/140-M-2015.

La presente citación es a los efectos de dar cumplimiento al Art. 6°, Inc. D de

la Ley Nacional N° 24.374 y a la Ley Provincial N° 6753, a fin que deduzcan

oposición en el termino de 30 días. Al haber dado cumplimiento a lo especificado

en el Art. 1, 2, 6 (Inc. a y b) y 9 de la Ley Nacional N° 24.374 y su

reglamentación Decreto N° 1.430 de fecha 23/06/97 Art. 2°, 5° y 6°. Firma: Dr.

Fernando Rogel Chaler, Subsecretario de Regularización Dominial y Hábitat.

Secretaría General de la Gobernación. Gobierno de Tucuman. E 07 y V 11/07/2017.

Aviso N° 208.026.

Page 62: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 208027

GENERALES / SUBSECRETARIA DE REGULARIZACION DOMINIAL Y HABITAT

SUBSECRETARÍA DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL Y HÁBITAT

POR 3 DIAS - La Subsecretaría de Regularización Dominial y Hábitat dependiente de

la Secretaria General de la Gobernación, ubicada en calle Laprida N° 55 de la

ciudad de San Miguel de Tucumán, cita a los propietarios, herederos o cesionarios

o a quienes se consideren con derechos sobre el/los inmuebles:

Localizado en Campo La Flor. Dpto. Cruz Alta, Provincia Tucumán. Inscriptos en el

Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula Registral: A- 17568. a nombre

de Vera Eloisa Jesús. Identificados en la Dirección General de Catastro en

Padrón: 74.023. Solicitado mediante Expte. N° 832/140-L-2016.

Localizado en Pje. Murga N° 1055. Dpto. Capital Norte, Provincia Tucumán.

Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula Registral: N-

53498. a nombre de Josefa Pérez de Portero. Identificados en la Dirección

General de Catastro en Padrón: 20.209. Solicitado mediante Expte. N° 587/140-O-

2016.

Localizado en Calle Lamadrid N° 161. Dpto. Tafi Viejo, Provincia Tucumán.

Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula Registral: T-

9038. a nombre de Almaraz Ramon Armando. Identificados en la Dirección General

de Catastro en Padrón: 484.072. Solicitado mediante Expte. N° 1112/140-P-2016.

Localizado en Calle Delfín Gallo N° 2521. Dpto. Capital Norte, Provincia Tucumán.

Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula Registral: N-

43101. a nombre de Brizuela Elena Mercedes. Identificados en la Dirección

General de Catastro en Padrón: 116.932. Solicitado mediante Expte. N° 1147/140-L-

2016.

Localizado en Barrio: Los Alamos. Dpto. Cruz Alta, Provincia Tucumán. Inscriptos

en el Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula Registral: A- 8767. a

nombre de Cofin S.R.L. Identificados en la Dirección General de Catastro en

Padrón: 674.106. Solicitado mediante Expte. N° 905/140-D-2016.

Localizado en Pje. Felix Mothe N° 1927. Dpto. Capital Sur, Provincia Tucumán.

Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula Registral: S-

9317. a nombre de Guerrero de Quintana Rosario Indalecia 50%, Quintana Roberto

Bernabé 50%. Identificados en la Dirección General de Catastro en Padrón:

234.338. Solicitado mediante Expte. N° 865/140-L-2016.

Localizado en Calle Amadeo Jacques N° 345. Dpto. Lules, Provincia Tucumán.

Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula Registral: T-

39276. a nombre de Diaz Vildoza Eligio. Identificados en la Dirección General de

Catastro en Padrón: 182.002. Solicitado mediante Expte. N° 470/140-M-2012.

Localizado en Calle Juan Luis Nougues N° 1763. Dpto. Capital Norte, Provincia

Tucumán. Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en L° 121 F°

227/229 S° B A° 1928. a nombre de Amadeo Colombres, Maria Elisa o Elisa

Colombres. Identificados en la Dirección General de Catastro en Padrón: 22.236.

Solicitado mediante Expte. N° 1182/140-M-2012.

Localizado en Barrio: Los Alamos. Dpto. Cruz Alta, Provincia Tucumán. Inscriptos

en el Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula Registral: A- 8767. a

nombre de Cofin S.R.L. Identificados en la Dirección General de Catastro en

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Padrón: 673.740 - 673.741 - 673.742. Solicitado mediante Expte. N° 300/140-R-

2014.

Localizado en Calle Santo Domingo N° 120. Dpto. Yerba Buena, Provincia Tucumán.

Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en L° 20 F° 22 S° B A°

1935. a nombre de S.A. Justiniano Frías. Identificados en la Dirección General

de Catastro en Padrón: 581.125. Solicitado mediante Expte. N° 1052/140-E-2014.

La presente citación es a los efectos de dar cumplimiento al Art. 6°, Inc. D de

la Ley Nacional N° 24.374 y a la Ley Provincial N° 6753, a fin que deduzcan

oposición en el termino de 30 días.

Al haber dado cumplimiento a lo especificado en el Art. 1, 2, 6 (Inc. a y b) y 9

de la Ley Nacional N° 24.374 y su reglamentación Decreto N° 1.430 de fecha

23/06/97 Art. 2°, 5° y 6°. Firma: Dr. Fernando Rogel Chaler, Subsecretario de

Regularización Dominial y Hábitat. Secretaría General de la Gobernación. Gobierno

de Tucuman. E 07 y V 11/07/2017. Aviso N° 208.027.

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Aviso número 207780

JUICIOS VARIOS / CAMPO ALEGRE S.A. S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA

POR 10 DÍAS - Se hace saber que por ante éste Juzgado de Primera Instancia en lo

Civil y Comercial Común de la IIa. Nominación del Centro Judicial de Concepción,

Secretaría a cargo de la Dra. Adriana Carolina Casilla se tramitan los autos

caratulados: CAMPO ALEGRE S.A. S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA, en los cuales el Sr.

Juez que entiende en la causa a dictado el siguiente proveído: "Concepción, 4 de

mayo de 2017.- Atento a las constancias de autos, corresponde hacer lugar a lo

peticionado por la parte actora, ello bajo su exclusiva responsabilidad (Art. 159

Procesal). En consecuencia, cítese a: Saracho Angel Octaviano, Eduardo Jesús

Saracho, Pedro Nicolas Saracho, Dora Aida Saracho y/o sus herederos y/o las

personas que se creyeren con derecho sobre el inmueble motivo del juicio, para

que se apersonen a estar a derecho y córraseles traslado de la demanda para que

la evacuen en el plazo de seis días, bajo apercibimiento de designárseles en su

representación a un Defensor de Ausentes (art. 284 Inc. 5°, 393, 394 Procesal). A

sus efectos publíquense edictos en el Boletín Oficial por el término de diez

dias, haciéndose constar el inmueble del juicio y que se han designado los días

martes y viernes o subsiguiente hábil en caso de feriado para las notificaciones

en Secretaría, donde se reservan las copias para traslado. Fdo. Dr. Eduardo José

Dip Tártalo - Juez." Se hace constar que el inmueble de la litis se encuentra

ubicado en Los Ortices Dpto. Graneros, compuesto de 33 Has. 9474,3828 m2.

Indentificado con Padrón N° 90.971 el que se desprendió del Padrón N° 92.015. Sus

linderos son: al Norte San Jacinto S.A.; al Sur Rio Marapa; al Oeste: Campo

Alegre S.A., y al Este San Jacinto S.A., según plano de mensura N° 66.122/13 con

datos catastrales de Circ. I; Secc. O, Mzna. 265, parcela 312A, Matrícula 45675,

Orden 1.- Concepción, 12 de mayo de 2017. E 29/06 y V 12/07/2017. $3.736. Aviso

N° 207.780.

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Aviso número 207977

JUICIOS VARIOS / CENTRO MODELO DE CARDIOLOGIA S.R.L. S/ CONCURSO

PREVENTIVO

POR 2 DIAS - Se hace saber que por ante el Juzgado de Ia. Instancia en lo Civil y

Comercial Común de la Séptima Nominación, a cargo de la Dra. Nilda Graciela Dalla

Fontana, Juez; Secretaría Concursal de la Dra. Ana María Gareca, tramitan los

autos caratulados: "CENTRO MODELO DE CARDIOLOGIA S.R.L. S/ CONCURSO PREVENTIVO",

Expte. n° 1820/08, en los cuales se ha dictado el proveído que se transcribe:

"San Miguel de Tucumán, 27 de junio de 2017.- I.- Agréguese y téngase presente. A

conocimiento de los acreedores, Sindicatura y Comité de Acreedores. II.- Atenta

a lo solicitado y constancias de autos, publíquense edictos por dos días en el

Boletín Oficial de la provincia y en un diario de mayor circulación haciendo

saber a los acreedores con créditos verificados y/o declarados admisibles que se

encuentra a su disposición, el pago de la 5° cuota del acuerdo homologado en los

autos del rubro. A tal fin deberán concurrir a la sede administrativa de la

concursada, sita en calle Laprida N° 554 de esta ciudad, los días hábiles en el

horario de 9.00 hs a 13.00 hs., debiendo asistir con identificación personal y/o

personería según el caso." Fdo.: Dra. Hilda Graciela del Valle Vázquez - Juez

Subrogante.- "Libre De Derechos". San Miguel de Tucumán, 3 de julio de 2017.

Secretaria.- Fdo. Dra. Ana María Gareca. Secretaria. E 06 y V 07/07/2017. Libre

de Derechos. Aviso N° 207.977.

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Aviso número 207922

JUICIOS VARIOS / DE LA VEGA RAMON ERNESTO C/ EL SIMOQUEÑO S.R.L.

POR 5 DIAS - Se hace saber a Los Herederos de "de la Vega Ramón Ernesto" que por

ante este Juzgado de Conciliacion y Tramite del Trabajo de la Quinta Nominación,

a cargo de la Dra. Susana Catalina Fe, Juez; Secretaría actuaria desempeñada por

el Dr. Gustavo A. Grucci, tramitan los autos caratulados: "DE LA VEGA RAMON

ERNESTO C/ EL SIMOQUEÑO S.R.L. S/ INDEMNIZACION POR DESPIDO S/ INCIDENTE DE

EJECUCION DE HONORARIOS (PROMOVIDO POR DERECHO PROPIO POR LA CPN PERLA FRYDMAN)",

Expediente N° 1791/06-I1, en los cuales se han dictado los presentes proveídos

que se transcriben a continuación: "San Miguel de Tucumán, 4 de noviembre de

2016.- Agréguese y téngase presente. De lo manifestado en la presentación que

antecede; póngase a conocimiento de la parte interesada. Sin perjuicio de ello; y

de conformidad a las constancias obrantes en la causa y lo dispuesto por el art.

66 del CPC y C., de aplicación supletoria al fuero: Notifíquese a los herederos

del causante, Sr. De la Vega Ramón Ernesto, el decreto de fs. 46 mediante la

publicación de edictos, por el término de dos días, en el Boletín Oficial de la

Pcia.- A sus efectos, líbrese oficio de rigor por Secretaría al mencionado

Boletín.- JMA 1791/06-I1" "San Miguel de Tucumán, 31 de Agosto de 2016.-

Agréguese y téngase presente la constancia adjuntada.- Téngase presente la

denuncia del fallecimiento del actor en autos, Sr. Ramón Ernesto de la Vega.- En

su mérito, constancia adjuntada y lo expresamente dispuesto por el art. 57, 66 y

cctes. CPCYC: Notifíquese a los herederos del causante a fin de que en el

perentorio término de cinco días se apersonen a estar a derecho bajo

apercimiento de lo expresamente dispuesto en el art. 22 C.P.L. A los fines de la

notificación ordenada; adjunte la parte interesada bono de movilidad. Sin

perjuicio de ello, líbrese oficio a Mesa de Entradas Civil de éste Poder Judicial

a fin de que se sirva informar si se encuentra abierto el Sucesorio del Sr. Ramón

Ernesto De la Vega (D.N.I. 13.226.128) y en caso afirmativo indique el juzgado en

el cual radica dicha causa.- JMA 1791/06-I1" Fdo. Dra Susana Catalina Fe - Jueza.

San Miguel de Tucumán, 14 de noviembre de 2016. Secretaria.- 1791/06-I1 NF.

Saludo a Ud. Atte. Libre de Derechos. Gustavo Augusto Grucci, sec. E 04 y V

10/07/2017. Libre de Derechos. Aviso N° 207.922.

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Aviso número 207887

JUICIOS VARIOS / DEL PRETTE SANDRA NOEMI S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA

POR 10 DÍAS - Se hace saber que por ante éste Juzgado de Primera Instancia en lo

Civil y Comercial Común de la IIa. Nominación del Centro Judicial de Concepción,

Secretaría a cargo de la Dra. Adriana Carolina Casillo se tramitan los autos

caratulados: DEL PRETTE SANDRA NOEMI S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA, en los cuales

el Sr. Juez que entiende en la causa a dictado el siguiente proveído:

"Concepción, 24 de abril de 2017.Atento a las constancias de autos, corresponde

hacer lugar a lo peticionado por la parte actora, ello bajo su exclusiva

responsabilidad (Art. 159 Procesal). En consecuencia, cítese a: PEDRO ELIAS y/o

TELESFORO CARRIZO y/o sus herederos y/o las personas que se creyeren con derecho

sobre el inmueble motivo del juicio, para que se apersonen a estar a derecho y

córraseles traslado de la demanda para que la evacuen en el plazo de SEIS días,

bajo apercibimiento de designárseles en su representación a un Defensor de

Ausentes (art. 284 Inc. 5°, 393, 394 Procesal). A sus efectos publíquense edictos

en el Boletín Oficial por el término de diez días, haciéndose constar el inmueble

del juicio y que se han designado los días martes y viernes o subsiguiente hábil

en caso de feriado para las notificaciones en Secretaría, donde se reservan las

copias para traslado. Fdo. Dr. Eduardo José Dip Tártalo - Juez." El mismo se

encuentra ubicado en Aguilares, Dpto. Rio Chico, con una superficie total de

394,4060 m2 de forma rectangular, con los siguientes linderos: Norte con Amanda

Roldán; Sud: con calle Larrea; Sud-Este: igual lindero; Este: con calle Yapeyú, y

Oeste: con José Nicolas Brito. Sus datos catastrales: C.: I; S: A; Manz.: 77;

Parc.: 15; Padrón: 65.288; Matrícula: 31.234; Orden: 523 Concepción, 3 de mayo de

2017. E 03 y V 14/07/2017. $3.510. Aviso N° 207.887.

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Aviso número 207934

JUICIOS VARIOS / DE MERCEDES ANUNSACION Y PALAVECINO JOSE MARIA S/

SUCESION

POR 5 DIAS - Se hace saber a Sres. Jose Antonio Palavecino, Nicolasa del Valle

Palavecino, Luis Reinaldo Palavecino, Isolina Elisa Palavecino, Maria Olga

Palavecino y Gladis Elizabeth Palavecino, que por ante este Juzgado en lo Civil

en Familia y Sucesiones de la IIIa. Nominación, Centro Judicial Concepción, Pcia.

de Tucumán a cargo de S.S., Dra. Mónica Sandra Roldan, Secretaría a cargo de la

Dra. Sonia Jacqueline Rija, se tramitan los autos caratulados: "DE MERCEDES

ANUNSACION y PALAVECINO JOSE MARIA S/ SUCESION.- Expte. N° 529/14", la Sra. Juez

de la causa ha dictado la siguiente providencia: "Concepción, 30 de mayo de 2017.

Proveyendo escrito de fecha 26/05/17: I)Téngase por cumplido lo requerido a fs.

101 y lo ordenado a fs. 93. II) Atento a las constancias de autos, hágase

efectivo el apercibimiento dispuesto mediante proveido de fecha 22/02/17 a los

Sres Jose Antonio Palavecino, Nicolasa del Valle Palavecino, Luis Reinaldo

Palavecino, Isolina Elisa Palavecino, Maria Oiga Palavecino y Gladis Elizabeth

Palavecino. En consecuencia continue el tramite sin su intervención. Notifiquese

por Edictos a publicarse en el Boletín Oficial. A lo solicitado, oportunamente"

Fdo. Dra. Mónica Sandra Roldan -Juez- Queda Ud. Notificado. E 04 y V 10/07/2017.

$1.294. Aviso N° 207.934.

Page 69: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 207869

JUICIOS VARIOS / GIL RAFAEL RUBEN S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA

POR 10 DIAS - Se hace saber que por ante éste Juzgado Civil y Comercial Común de

la Ia. Nominación del Centro Judicial de Concepción, Pcia. de Tucumán, a cargo de

la Dra. Maria Ivonne Heredia, Secretaría del Proc. Manuel Horacio Lopez, se

tramitan los autos caratulados: "GIL RAFAEL RUBEN S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA,

Expediente n°:903/14, y que la Sra. Juez de la causa ha dictado la Providencia

que a continuación se transcribe: "Concepción, 5 de octubre de 2016. Atento lo

peticionado, cítese a: Goyta De Paz Rosario y/o sus herederos y/o las personas

que se creyeren con derecho sobre el inmueble motivo del juicio, para que se

apersonen a estar a derecho y córraseles traslado de la demanda para que la

evacúen en el plazo de seis días, bajo apercibimiento de designárseles en su

representación a un Defensor de Ausentes (art. 284 Inc. 5°, 393, 394 Procesal). A

sus efectos publíquense edictos en el Boletín Oficial por el término de diez

días, haciéndose constar el inmueble del juicio y que se han designado los días

martes y viernes o subsiguiente hábil en caso de feriado para las notificaciones

en Secretaría, donde se reservan las copias para traslado - APBM.- Fdo. Dra.

María Ivonne Heredia Juez.- A continuación se consigna los datos del predio y una

relación extractada de la demanda: En fecha 09 de diciembre de 2014 se presenta

el Sr. Rafael Rubén Gil, argentino, D.N.I. N° 10.283.660, domiciliado en la

localidad de Los Sarmientos, Depto Río Chico, Provincia de Tucumán a través de su

letrada patrocinante María del V. Espert de Sánchez e inicia juicio de

Prescripción Adquisitiva de Dominio respecto del inmueble ubicado en Barrio 9 de

Julio, Localidad de Los Sarmientos, depto. Río Chico, Provincia de Tucumán, cuyos

linderos son: al Norte y Oeste: calle pública, al Este: José Fabián Smael y

Javiera del Carmen Guerrero, al Sur: Miguel Angel Voshalo, identificado con la

siguiente nomenclatura catastral: Padrón 63.310, Matrícula 32.060, Orden 77, Circ

I. Secc H, Mza O, Lám 406, Parc. 344. No registra Antecedentes Dominiales. Señala

que ejerce la posesión del inmueble señalado desde hace más de 30 años en forma

pública, pacífica, quieta, ininterrumpida y a título de dueño. Manifiesta que lo

recibió de sus padres Rafael Rubén Gil, D.N.I. N° 3.502.158 y de Beatríz Catalina

Pico, D.N.I. N° 8.957.038, mediante boleto de venta de fecha 19 de marzo de 1980.

A su vez ellos lo adquirieron en el año 1964 al Sr. Sebastián Costa. Asimismo,

señala que ejerció diversos actos posesorios como ser por una parte la

construcción de su vivienda familiar y por la otra parte cultivo de productos

agrícolas, especialmente papa. Ofrece Pruebas. Cita Derecho.- Secretaría,

Concepción, 14 de octubre de 2016. Fdo. Dr. Cristian A. Calderón Valdez,

Prosecretario. E 03 y V 14/07/2017. $5578. Aviso N° 207.869.

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Aviso número 208009

JUICIOS VARIOS / GUARDIA DIEGO ANTONIO S/ DIVORCIO" (VIENE DE JUZ.

DE FLLA Y SUC. DE LA IV NOM. POR INHIBICION)

POR 3 DIAS - Se hace saber a Jessica Iris Soraire DNI N° 31.857.645, que por ante

este Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Sexta Nominación, a cargo de la

Dra. Claudia Inés Lopez. Secretaría del Abog. Miguel Ahumada y de la Dra. Marta

María Norry, se tramitan los autos caratulados: "GUARDIA DIEGO ANTONIO S/

DIVORCIO" (VIENE DE JUZ. DE FLlA Y SUC. DE LA IV NOM. POR INHIBICION), Exp. N°

9739/16, en los cuales S.S. dictó la siguiente providencia: San Miguel de

Tucumán, 14 de junio de 2017.- Atento lo informado por el Juez de Paz de El

Manantial a fs. 21, lo manifestado por los interesados, las constancias de autos

y lo dispuesto por el arto 160 C.P.C., córrase traslado por 15 días de la

propuesta regulatoria de los efectos derivados del divorcio a la Sra. Jessica

Iris del Valle Soraire DNI N° 31.857.645; por edictos; por el termino de tres

dias; a sus efectos sé deberá hacer una breve reseña. Asimismo se hace constar

que las copias para traslado se encuentran a disposición del interesado en los

estrados del Juzgado." Fdo. Dra. Clauoia Ines Lopez. Jueza. Breve reseña: Diego

Antonio Guardia, argentino, casado, mayor de edad, DNI 26.914.204, empleado, con

domicilio real en Depto. Leales, Localidad Los Gómez, Tucumán, con el Patrocinio

letrado del Dr. Sergio M. Bulacio, inicia acción de divorcio en contra de Soraire

Jessica Iris Del Valle, casada, mayor de edad, argentina, DNI 31.857.645 con

domicilio real desconocido y solicita sea notificada del traslado de la Propuesta

reguladora del Divorcio a tenor del Art. 438 del CCCN. Manifiesta estar casado

con la sra. Soraire desde el 21 de diciembre de 2007 y que de dicha unión nació

una hija: Sofía Valentina Guardia. Acompaña Propuesta Reguladora de 1) Cuidado

Personal del menor; 2) Régimen comunicacional; 3) Alimentos; 4) Liquidación de la

Sociedad Conyugal. Solicitando se lo tenga por presentado, se dicte el divorcio

peticionado, se corra traslado de la propuesta reguladora y se disponga la

anotación del divorcio en el Acta de Matrimonio correspondiente. Queda Ud.

Notificada/do. Secretaría, San Miguel de Tucumán, 26 de junio de 2017.- Abog.

Miguel Ahumada. Secretaria. E 07 y V 11/07/2017. $1.303,20. Aviso N° 208.009.

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Aviso número 207962

JUICIOS VARIOS / LAZARTE JOSE ARMANDO C/ CORRALON 70 S.R.L. S/COBRO

DE PESOS S/ X - INSTANCIA UNICA

POR 3 DIAS - Se hace saber a Corralón 70 S.R.L., que por ante este Excma. Cámara

del Trabajo de la Sala V, a cargo de la DR. Luis Enrique Antoni, Juez; Secretaría

Actuaria desempeñada por el Dr. Fernando Jose Zurita, tramitan los autos

caratulados: "LAZARTE JOSE ARMANDO C/ CORRALON 70 S.R.L. S/COBRO DE PESOS S/ X -

INSTANCIA UNICA", Expediente N° 605/09, en los cuales se ha dictado el presente

proveído que se transcribe a continuación: "San Miguel de Tucumán 7 de junio de

2017.- Agréguese. Téngase presente el informe del Sr. Jefe de Casillero de

Notificaciones. Atento que es de público conocimiento la designación del Dr.

Álvaro Zamorano Juez Civil y Comercial 1° Nominación del Centro Judicial Capital

y no surgiendo de las constancias de autos que la demanda haya denunciado cambio

de domicilio en cumplimiento con lo prescripto por el Art. 76 del C.P.C. y C.

Intímese a la parte demandada "Corralón 70 S.R.L." para que dentro del término de

cinco días, comparezca por si o con nuevo apoderado letrado a estar a derecho,

bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de procederse a realizar las

futuras notificaciones en la forma prescripta por el Art. 22 C.P.L.- A los

efectos de su notificación publíquese edictos en el Boletín Oficial por el

termino de tres días y libre de derechos.-Personal JAP Fdo. Dra. Adolfo J.

Castellanos Murga - Vocal Sala V°.- San Miguel de Tucumán, 29 de junio de 2017.

Secretaria.- Fdo. Dr. Juan Adolfo Tarabra. Sec. Jud. E 05 y V 07/07/2017. Libre

de Derechos. Aviso N° 207.962.

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Aviso número 207954

JUICIOS VARIOS / LOPEZ MARIA GRACIELA Y OTROS C/ FOREIN S.R.L. Y

S.A. SAN MIGUEL AG.I.C.I.F. S/COBRO DE PESOS S/ X - INSTANCIA UNICA

POR 3 DIAS - Se hace saber a la Sra. Palavecino Cecilia Mercedes, que por ante

este Excma Cámara del Trabajo de la Sala VI, a cargo de la Señora vocal Dra.

María Beatriz Bisdorff, Secretaría Actuaria desempeñado por el Dr. Juan Adolfo

Tarabra, tramitan los autos caratulados: "LOPEZ MARIA GRACIELA y OTROS C/ FOREIN

S.R.L. y S.A. SAN MIGUEL AG.I.C.I.F. S/COBRO DE PESOS S/ X - INSTANCIA UNICA",

Expediente N° 1078/08, en 1m cuales se ha dictado el presente proveído, el que

deberá publicarse libre de derechos, sirva dar cumplimiento con lo ordenado por

V.E., lo que a continuación se transcribe: "San Miguel de Tucumán, 14 de

diciembre de 2016.- Agréguese y téngase presente. Atento lo informado por el

Juzgado Electoral y. lo solicitado por el letrado apoderado de los actores a fs.

1079 Secretaria Ofíciese al Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán, ordenando la

publicación de edictos por el termino de tres días, libre de derechos,

notificando a la actora Palavecino Cecilia Mercedes, del contenido de la

sentencia definitiva recaída en autos.- San Miguel de Tucumán, 26 de marzo de

2013.- Autos y Vistos: Resulta: Considerando: Resuelve: I).- Rechazar la demanda

interpuesta por María Graciela López, Cristina Natalia López, Mercedes Inés

López, Paola Beatriz Lazarte, Marcela Beatriz Morales, Angélica Patricia Morales,

Sandra del Valle Ortiz, Paola Natalia Ortiz, Irma Ester Díaz, Elena Rosa

Deigartura, Celia Mercedes Palavecino, Elvira Beatriz Rivadeneira, Estela

Mercedes Solano, Alejandra Lorenza Vásquez, Rosa Verónica Villa, Norma Ramona

Gutiérrez, Andrea Bibiana González, Sandra Margarita Giménez y Eusebio Oscar

Castro, en consecuencia, absolver a las demandadas Forein SRL y S.A San Miguel

AGICIF por los rubros y montos reclamados en la demanda, conforme lo

considerado.- II).- Costas como se consideran.- III).- Honorarios se regulan: 1)-

Al letrado Juan Marcos Víctor, la suma de $1.800.-, por su actuación en el doble

carácter por el actor, en las tres etapas del proceso de conocimiento; 2)- Al

letrado Carlos Federico López Marcos, la suma de $1.800.-, por su actuación

compartida en el doble carácter por el actor, en las tres etapas del proceso de

conocimiento; 3)- Al letrado Diego Ariel Cordero Betanzo, la suma de $1.800.-,

por su actuación en el doble carácter por la accionada Forein S.R.L., en dos

etapas del proceso de conocimiento; 4)- Al letrado Vicente Bellomio, la suma de

$1.800.-, por su actuación en el doble carácter por la accionada, Forein S.R.L,

en una etapa del proceso de conocimiento; 5)- Al letrado Jorge Guillermo Soraire

por su actuación en el doble carácter por la coaccionada, S.A San Miguel

A.C.I.CI. y F en las tres etapas del proceso de conocimiento en $2.065.-; 6)- A

la letrada María Verónica Ledesma, por su intervención compartida por la

coaccionada, S.A San Miguel A.C.I.CI. y F en la audiencia de conciliación del

arto 69 C.P.L. (fs. 114), una consulta escrita, conforme art. 39 última parte de

la ley 5.480, en la suma de $1.800.-; por lo tratado.- Hágase saber y

regístrese.- Fdo. Dra. María Beatriz Bisdorff- Dra. María A. Poliche de Sobre

Casas - Vocales. Queda Ud. Debidamente notificado. San Miguel de Tucumán, 19 de

diciembre de 2016. Secretaria. Fdo. Dr. Juan Adolfo Tarabra. Secretario. E 05 y V

07/07/2017. Libre de Derechos. Aviso N° 207.954.

Page 73: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios
Page 74: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 207886

JUICIOS VARIOS / MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN C/ DON ZOILO

S.R.L.

POR 5 DIAS - Por disposición del Juzgado de Cobros y Apremios de la Segunda

Nominación, Secretaría a cargo de las Dras. Claudia Lia Salas de Zossi y Pereyra

Pastorino Raquel Maria, en los autos caratulados: "MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL DE

TUCUMAN C/ DON ZOILO S.R.L. S/ EJECUCION FISCAL. EXPTE. N° 4860/10".-, se hace

saber a la empresa Don Zoilo S.R.L., cuyo actual domicilio se desconoce, que en

los autos del rubro se ha dictado la siguiente providencia que se transcribe:

"San Miguel de Tucumán, 15 de noviembre de 2016. Atento a lo peticionado y

constancias obrantes en autos: cúmplase con la medida ordenada con fecha

21/12/2010 mediante la publicación de edictos libre de derechos durante 5 días en

el Boletín Oficial. Ofíciese.- MIB-4860/10 - Fdo: Dra. Adriana Elizabeth Berni -

Juez de Cobros y Apremios II° Nom. San Miguel de Tucumán, 21 de diciembre de

2010. I) Por presentado, con domicilio legal constituído, désele intervención de

ley en el carácter que invoca. II) Resérvese en Caja Fuerte del Juzgado la

documentación original presentada. III) Téngase presente la aclaración formulada

con respecto al monto de la demanda. IV) Intímese a la parte demandada al pago en

el acto de las sumas de $59.236,27 y $11.847,00 en concepto de capital y

acrecidas, respectivamente. Al mismo tiempo, cítesela de remate a fin de que

oponga las excepciones que estimare tener en el plazo de cinco días, bajo

apercibimiento de llevarse adelante la presente ejecución (Arts. 175 y179 del

Código Tributario - mod. Ley 8240). ... Cúmplase con lo dispuesto por los arts.

498 y 496 del C.P.C. y C. déjese copias ordenadas en el art. 128 del C.P.C. En

caso de que el deudor no fuese hallado se procederá de conformidad con lo

dispuesto con el art. 498, 500 y 157 de nuestro digesto procesal y art. 159 del

Cód. Tributario. Notificaciones diarias en Secretaría. Líbrese mandamiento. Se

autoriza el uso de la fuerza pública y orden de allanamiento en caso de ser

necesario. -SMS 4860/10 - Fdo: Dra. Adriana Elizabeth Berni - Juez de Cobros y

Apremios II° Nom. - ". Se informa que las copias de traslado se encuentran en

Secretaría.- Secretaría, 15 de noviembre de 2016. Dra. Claudia L. Salas de Zossi,

sec. E 03 y V 07/07/2017. Libre de Derechos. Aviso N° 207.886.

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Aviso número 207945

JUICIOS VARIOS / ORELLANA ELSA CATALINA S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA

POR 10 DÍAS - Se hace saber que por ante éste Juzgado de Primera Instancia en lo

Civil y Comercial Común de la IIa. Nominación del Centro Judicial de Concepción,

Secretaría a cargo de la Dra. Adriana Carolina Casillo se tramitan los autos

caratulados: ORELLANA ELSA CATALINA S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA, en los cuales el

Sr. Juez que entiende en la causa a dictado el siguiente proveído: "Concepcion, 2

de junio de 2017.Agréguese y téngase presente el Oficio N° 353 debidamente

diligenciado con su informe.- Atento a las constancias de autos, corresponde

hacer lugar a lo peticionado por la parte actora, ello bajo su exclusiva

responsabilidad (Art. 159 Procesal). En consecuencia, cítese a: Felix Antonio

Burgos y/o sus herederos y/o las personas que se creyeren con derecho sobre el

inmueble motivo del juicio, para que se apersonen a estar a derecho y córraseles

traslado de la demanda para que la evacuen en el plazo de seis días, bajo

apercibimiento de designárseles en su representación a un Defensor de Ausentes

(art. 284 Inc. 5°, 393, 394 Procesal). A sus efectos publíquense edictos en el

Boletín Oficial por el término de diez dias, haciéndose constar el inmueble del

juicio y que se han designado los días martes y viernes o subsiguiente hábil en

caso de feriado para las notificaciones en Secretaría, donde se reservan las

copias para traslado.- Fdo. Dr. Eduardo José Dip Tártalo - Juez." Se hace constar

que el inmueble de la litis se encuentra ubicado en Av. Sarmiento 51 de la ciudad

de Juan B. Alberdi, Pcia. de Tucumán, según plano de mensura N° 6759/13, Expte.:

21871-G-13, de fecha 03 de Octubre de 2013; con los siguientes linderos: al norte

Sindicato de Obras Públicas y Empleados Municipales; al sur Ángela A. Vallejo; al

este calle Sarmiento y al Oeste Ramona Toledo de Avellaneda. Nomenclatura

Catastral: Padrón 60251, Matrícula 39223, Orden 526, Circo 1, Secc. V, Manz. 7,

Parco 9.- Asimismo se hace constar que el presente deberá diligenciarse libre de

derecho (ley 6.314).- Concepción, 14 de junio de 2017. Fdo. Dra. Valeria S.

Castillo. Secretaria. E 05 y V 18/07/2017. Libre de Derechos. Aviso N° 207.945.

Page 76: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 207878

JUICIOS VARIOS / ORELLANO CARLOS ALBERTO S/ CONCURSO PREVENTIVO

POR 5 DIAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Común de la

Segunda Nominación, a cargo del Dr. Carlos Alberto Arraya, Juez, Secretaría de

Concursos y Quiebras, a cargo del Dr. Fernando Augusto Moyano, sito en el Pasaje

Vélez Sarsfield N° 450, 1° piso, de esta Ciudad, comunica por cinco días que en

los autos "ORELLANO CARLOS ALBERTO S/ CONCURSO PREVENTIVO Expte. N° 4352/15 que

por sentencia del 04.05.2017 se fijó el día 15.06.17 para que Sindicatura

presente Informe General. Se hace saber que el día 10.11.17 a hs. 12, se llevará

cabo la audiencia informativa prevista por el art. 45 de la LCQ. San Miguel de

Tucumán, 23 de mayo de 2017.- Fdo. Dr. Fernando Augusto Moyano, Secretario. E 03

y V 07/07/2017. $708. Aviso N° 207.878.

Page 77: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 207840

JUICIOS VARIOS / PONCE ALEJANDRO LUIS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA

POR 10 DIAS - Se hace saber que por ante éste Juzgado de Primera Instancia en io

Civil y Comercial Común de la IIa. Nominación del Centro Judicial de Concepción,

Secretaría a cargo de la Dra. Adriana Carolina Casillo se tramitan los autos

caratulados: PONCE ALEJANDRO LUIS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA, en los cuales el

Sr. Juez que entiende en la causa a dictado el siguiente proveído: Concepción, 15

de junio de 2017. Atento a las constancias de autos, corresponde hacer lugar a lo

peticionado por la parte actora; ello bajo su exclusiva responsabilidad (Art. 159

Procesal). En consecuencia, cítese a: Gregorio Arias y/o sus herederos y/o las

personas que se creyeren con derecho sobre el inmueble motivo del juicio para que

se apersonen a estar a derecho y córraseles traslado de la demanda para que la

evacuen en el plazo -de Seis días, bajo apercibimiento de designárseles en su

representación a un Defensor de Ausentes (art. 284 Inc. 5°,393,394 Procesal). A

sus efectos publíquense edictos en el Boletín Oficial por el término de Diez

días, haciéndose constar el inmueble del juicio y que se han designado los días

martes y viernes o subsiguiente hábil en caso de feriado para las notificaciones

en Secretaria, donde se reservan las copias para traslado. Se hace constar que el

presente Edicto tramita. "Libre de Derecho Ley 6314.- Fdo. Dr. Eduardo José Dip

Tártalo - Juez." Concepción, 23 de junio de 2017.- Fdo. Adriana Carolina Casillo.

Secretaria. E 30/06 y V 13/07/2017. Libre de Derechos. Aviso N° 207.840.

Page 78: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 207864

JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -D.G.R.- C/ DISSESAT S.R.L. S/

EJECUCION FISCAL. EXPTE. N° 1219/13

POR 5 DIAS - Por disposición del Juzgado de Cobros y Apremios de la Segunda

Nominación, Secretaría a cargo de las Dras. Claudia Lía Salas de Zossi y Pereyra

Pastorino Raquel María, en los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN -D.G.R.-

C/ DISSESAT S.R.L. S/ EJECUCION FISCAL. EXPTE. N° 1219/13".-, se hace saber

Dissesat SRL., cuyo actual domicilio se desconoce, que en los autos del rubro se

ha dictado la siguiente providencia que se transcribe: "San Miguel de Tucumán,

26 de mayo de 2017. Atento a lo peticionado y constancias obrantes en autos:

cúmplase con la medida ordenada con fecha 26/05/17 mediante la publicación de

edictos durante 5 días en el Boletín Oficial. Ofíciese.- Molinelic-1219/13 - Fdo:

Dra. Adriana Elizabeth Berni - Juez de Cobros y Apremios II° Nom. San Miguel de

Tucumán, 18 de noviembre de 2016.- Téngase presente el nuevo domicilio denunciado

del demandado. Líbrese nuevo mandamiento conforme se solicita. Asimismo para el

supuesto de que se perciban sumas de dinero, autorizase al Sr. Oficial de

Justicia Actuante a la apertura de cuenta judicial en Banco de Tucumán S.A.(Grupo

Macro S.A.)- Suc. Tribunales- como pertenecientes a los autos del rubro MLJ

1219/13- Dra. Adriana Elizabeth Berni-Juez De Cobros Y Apremios II° Nom. San

Miguel de Tucumán, 24 de mayo de 2013.- I) Por apersonado y con domicilio legal

constituido, désele intervención de ley al presentante en el carácter invocado.

II) Intímese a la parte demandada al pago en el acto de las sumas de $77.646,34 y

$15.529,00 en concepto de capital y acrecidas, respectivamente. Al mismo tiempo,

Cítesela de Remate para que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de su

notificación, oponga las excepciones legítimas que tuviere bajo apercibimiento de

llevarse adelante la presente ejecución (Arts. 175 y179 del Código Tributario -

mod.LEY 8240). A sus efectos líbrese mandamiento. En caso de que el deudor no

fuese hallado en su domicilio, el encargado de cumplir las medidas

precedentemente ordenadas, procederá con arreglo a lo prescripto por los arts.

500 y 157 del C. P. C. y en el mismo acto dejará las copias del art. 128, ley

citada. Notificaciones Diarias en Secretaría. Asimismo para el supuesto de que

se perciban sumas de dinero, autorizase al Sr. Oficial de Justicia Actuante a la

apertura de cuenta judicial en Banco de Tucumán S.A.(Grupo Macro S.A.)- Suc.

Tribunales- como pertenecientes a los autos del rubro.-SMS 1219/13 - FDO: DRA.

Adriana Elizabeth Berni - Juez de Cobros y Apremios II° Nom. - "Se hace constar

que las copias se encuentran a su disposición en Secretaría.- Secretaría. 26 de

mayo de 2017. E 03 y V 07/07/2017. Libre de Derechos. Aviso N° 207.864.

Page 79: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 207932

JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN D.G.R. C/ SANSONE DONATO

POR 5 DIAS - Se hace saber a Sansone, Donato, cuyo domicilio actual se ignora,

que por ante éste Juzgado Civil de Cobros y Apremios, Iª Nom. Dra. Ana Maria

Antun de Nanni - Juez; Secretaría a cargo de las Dras. Teresa E. Tagle y

Alejandra Raponi Maron se tramitan los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN

D.G.R. C/ SANSONE DONATO S/ EJECUCION FISCAL", Expediente N° 12658/06, en el que

se ordenó la siguiente providencia que a continuación se transcribe: San Miguel

de Tucumán, 3 de abril de 2017.- Atento las razones invocadas: Líbrese oficio

conforme lo solicita. Fdo. Dra. Ana Maria Antun de Nanni -Juez-. San Miguel de

Tucumán, 2 de febrero de 2016.- Agréguese. Téngase presente. Atento lo solicitado

practíquese la medida ordenada mediante providencia de fecha 28/08/2006 fs. 13,

mediante edictos, en la persona de los herederos denunciados en autos, debiéndose

efectuar su publicación por cinco días, en el Boletín Oficial Libre de Derechos,

quedando a su disposición para ser compulsada las fotocopias de la demanda en

Secretaría Actuaria. Fdo: Dra. Ana Maria Antun de Nanni -Juez- JJAM-12658/06. San

Miguel de Tucumán, 28 de agosto de 2006. I) Por apersonado y con domicilio legal

constituido, désele intervención de ley al presentante en el carácter invocado.

II) Reservese en caja fuerte del juzgado la documentación original presentada.

III) Intímese a la parte demandada al pago en el acto de la suma de $7.318,79 y

$2.196,00 en concepto de capital y acrecidas respectivamente. Al mismo tiempo,

cítesela de remate para que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de su

notificación, oponga las excepciones legítimas que tuviere bajo apercibimiento de

llevarse adelante la presente ejecución (Arts. 160 y 164 del Código Tributario).

A sus efectos líbrese Mandamiento al Sr. Oficial de Justicia AD-HOC. En caso de

que el deudor no fuese hallado en su domicilio, el encargado de cumplir las

medidas precedentemente ordenadas, procederá con arreglo a lo prescripto por los

arts. 517 y 158 del C.P.C. y en el mismo acto dejará las copias del art. 129, ley

citada. Notificaciones diarias en Secretaría. Fdo. Dra Ana María Antún de Nanni.

Juez. San Miguel de Tucumán, 26 de abril de 2017. Dra. Alejandra M. Raponi Maron,

sec. E 04 y V 10/07/2017. Libre de Derechos. Aviso N° 207.932.

Page 80: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 207892

JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN (SEC.DE ESTADO DE TRABAJO) C/

ALDECO MARIA VICTORIA S/ EJECUCION FISCAL

POR 5 DIAS - Se hace saber a Aldelco María Victoria -CUIT N° 27-25003629-4, cuyo

domicilio actual se ignora, que por ante éste Juzgado Civil De Cobros Y Apremios,

Iª Nom. Dra. Ana María Antun De Nanni - Juez; Secretaría a cargo de las Dras.

Teresa E. Tagle y Alejandra Raponi Maron se tramitan los autos caratulados:

"PROVINCIA DE TUCUMAN (SEC.DE ESTADO DE TRABAJO) C/ ALDECO MARIA VICTORIA S/

EJECUCION FISCAL", Expediente N° 2278/13, en el que se ordenó la siguiente

providencia que a continuación se transcribe: En 02/6/2017 presentó a despacho;

San Miguel de Tucumán, 2 de junio de 2017.- Ampliando el proveído de fecha

29/5/2017, practíquese la medida ordenada en la mentada providencia, mediante

edictos, debiéndose efectuar su publicación por Cinco Días, en el Boletín Oficial

Libre de Derechos, quedando a su disposición para ser compulsada las fotocopias

de la demanda en Secretaría Actuaria. - EVI-2278/13. San Miguel de Tucumán, 29 de

mayo de 2017.- Por iniciada la Ejecución de Honorarios, en consecuencia Intímese

a la parte Demandada el pago en el acto de las sumas de $3.800,00 en concepto de

honorarios regulados y firmes a el/la Letrada/o Dr. Víctor Ricardo Banegas con

más $1.140,00 calculada provisoriamente para acrecidas. Al mismo tiempo cítese de

remate conforme a lo dispuesto en el Art. 25 de la Ley 5480, para que dentro del

quinto día hábil subsiguiente al de su notificación oponga las excepciones

legítimas que tuviere bajo apercibimiento de llevarse adelante la presente

ejecución (art. 484 y ccs del C.P.C. y C.). A sus efectos líbrese Mandamiento al

Sr. Oficial de Justicia. En caso de que el deudor no se hallare en su domicilio,

el funcionario actuante procederá de conformidad a lo prescripto por los Arts.

500 y 501 del C.P.C(Ley 6176). y hará entrega de las copias que prescribe el Art.

128 Ley citada... Asimismo se autoriza al Funcionario actuante a la APERTURA de

una Cuenta Judicial Bancaria, a nombre de éste Juzgado y Secretaria y como

pertenecientes a los autos del título, para el caso de no existir otra, conforme

a lo dispuesto en Acordada N° 626/12 y Circular de Superintendencia N°36/2.011.-

Fdo: Dra. Ana Maria Antun De Nanni - Juez - EVI-2278/13. San Miguel de Tucumán,

07 de junio de 2017.-MJF. E 03 y V 07/07/2017. Libre de Derechos. Aviso N°

207.892.

Page 81: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 207996

JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN (SEC.DE ESTADO DE TRABAJO) C/

VILLAGRAN JORGE ENRIQUE S/ EJECUCION FISCAL

POR 5 DIAS - Se hace saber a Villagrán Jorge Enrique -CUIT N° 20-16278981-4, cuyo

domicilio actual se ignora, que por ante éste Juzgado Civil de Cobros y Apremios,

Iª Nom. Dra. Ana Maria Antun de Nanni - Juez; Secretaría a cargo de las Dras.

Teresa E. Tagle y Alejandra Raponi Maron se tramitan los autos caratulados:

"PROVINCIA DE TUCUMAN (SEC. DE ESTADO DE TRABAJO) C/ VILLAGRAN JORGE ENRIQUE S/

EJECUCION FISCAL", Expediente N° 7034/12, en el que se ordenó la siguiente

providencia que a continuación se transcribe: San Miguel de Tucumán, 22 de junio

de 2017.- Agréguese. Téngase presente. Atento lo solicitado notifíquese la

sentencia de fecha 04/8/2016, mediante edictos, debiéndose efectuar su

publicación por cinco días, en el Boletín Oficial libre de derechos. Fdo: Dra.

Ana María Antun de Nanni -Juez- EVI-7034/12. San Miguel de Tucumán, 4 de agosto

de 2016.- Autos y Vistos.- Considerando.- Resuelvo: "I.- Ordenar se lleve

adelante la presente ejecución de honorarios seguida por el letrado/a Raúl

Ernesto Abusetti, en contra de Villagrán, Jorge Enrique, hasta hacerse la parte

acreedora íntegro pago de honorarios reclamados en $1800.-(pesos: un mil

ochocientos) con más sus intereses gastos y costas. El monto reclamado devengará

un interés promedio mensual de la tasa pasiva que fije el Banco Central de la

República Argentina, desde la fecha de la mora hasta la fecha del efectivo pago.

II.- Costas a la parte vencida conforme a lo considerado. III.- Regular

Honorarios por la etapa de ejecución de honorarios al letrado/a Raúl Ernesto

Abusetti, Por Derecho Propio, La Suma De $925.- (Pesos: Novecientos

veinticinco).- Hágase Saber. Fdo: Dra. Ana María Antun de Nanni - Juez. San

Miguel de Tucumán, 29 de junio de 2017.- Fdo. Dra. Alejandra Raponi Maron.

Secretaria. E 06 y V 12/07/2017. Libre de Derechos. Aviso N° 207.996.

Page 82: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 207917

JUICIOS VARIOS / SOCIEDAD AGUAS DEL TUCUMAN SAPEM (SAT SAPEM) C/

GALINDEZ JOSE A.

POR 5 DIAS - Se hace saber a Galindez Jose A., cuyo domicilio actual se ignora,

que por ante éste Juzgado Civil de Cobros y Apremios, Iª Nom. Dra. Ana Maria

Antun de Nanni - Juez; Secretaría a cargo de las Dras. Teresa E. Tagle y

Alejandra Raponi Maron se tramitan los autos caratulados: "SOCIEDAD AGUAS DEL

TUCUMAN SAPEM (SAT SAPEM) C/ GALINDEZ JOSE A. S/ COBRO EJECUTIVO", Expediente N°

5432/13, en el que se ordenó la siguiente providencia que a continuación se

transcribe: San Miguel de Tucumán, 18 de mayo de 2017.- Agréguese. Téngase

presente. Atento lo solicitado notifíquese la sentencia de fecha 09/5/2017,

mediante edictos, debiéndose efectuar su publicación por Cinco Días, en el

Boletín Oficial Libre de Derechos. Fdo: Dra. Ana Maria Antun de Nanni - Juez -

EVI-5432/13. ///San Miguel de Tucumán, 9 de mayo de 2017.- Autos y Vistos.-

Considerando.- Resuelvo: "I.- Ordenar se lleve adelante la presente ejecución de

honorarios seguida por el letrado/a Rodrigo E. Mansilla Pons, en contra de

Galindez, Jose A, hasta hacerse la parte acreedora íntegro pago de honorarios

reclamados en $6300.- (pesos: seis mil trescientos) con más sus intereses gastos

y costas. El monto reclamado devengará un interés promedio mensual de la tasa

pasiva que fije el Banco Central de la República Argentina, desde la fecha de la

mora hasta la fecha del efectivo pago. II.- Costas a la parte vencida conforme a

lo considerado. III.- Regular honorarios por la etapa de ejecución de honorarios

al letrado/a Rodrigo E. Mansilla Pons, por derecho propio, la suma de $1953.-

(pesos: un mil novecientos cincuenta y tres).- Hagase Saber. Fdo. Dra. Ana Maria

Antun de Nanni - Juez. San Miguel de Tucumán, 30 de mayo de 2017. Dra. Alejandra

M. Raponi Maron, sec. E 04 y V 10/07/2017. Libre de Derechos. Aviso N° 207.917.

Page 83: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 207920

JUICIOS VARIOS / SOCIEDAD AGUAS DEL TUCUMAN SAPEM (SAT SAPEM) C/

HEREDEROS DE D´MAYO JOSE ALFONSO

POR 5 DIAS - Se hace saber a Herederos de D' Mayo José Alfonso, cuyo domicilio

actual se ignora, que por ante éste Juzgado Civil de Cobros y Apremios, Iª Nom.

Dra. Ana María Antun de Nanni - Juez; Secretaría a cargo de las Dras. Teresa E.

Tagle y Alejandra Raponi Maron se tramitan los autos caratulados: "SOCIEDAD AGUAS

DEL TUCUMAN SAPEM (SAT SAPEM) C/ HEREDEROS DE D´MAYO JOSE ALFONSO S/ COBRO

EJECUTIVO", Expediente N° 5431/13, en el que se ordenó la siguiente providencia

que a continuación se transcribe: San Miguel de Tucumán, 18 de mayo de 2017.

Atento lo solicitado notifíquese la sentencia de fecha 09/5/2017, mediante

edictos, debiéndose efectuar su publicación por cinco días, en el Boletín Oficial

Libre de Derechos. F.- Fdo: Dra. Ana María Antun de Nanni - Juez - EVI-5431/13 .

///San Miguel de Tucumán, 9 de mayo de 2017.- Autos y Vistos.- Considerando.-

Resuelvo: "I.- Ordenar se lleve adelante la presente ejecución de honorarios

seguida por el letrado/a Rodrigo E. Mansilla Pons, en contra de Herederos de

D´Mayo José Alfonso, hasta hacerse la parte acreedora íntegro pago de honorarios

reclamados en $ 6300.- (pesos: seis mil trescientos) con más sus intereses gastos

y costas. El monto reclamado devengará un interés promedio mensual de la tasa

pasiva que fije el Banco Central de la República Argentina, desde la fecha de la

mora hasta la fecha del efectivo pago. II.- Costas a la parte vencida conforme a

lo considerado. III.- Regular honorarios por la etapa de ejecución de honorarios

al letrado/a Rodrigo E. Mansilla Pons, por derecho propio, la suma de $1953.-

(pesos: un mil novecientos cincuenta y tres).- Hagase Saber. Fdo. Dra. Ana María

Antun de Nanni - Juez. San Miguel de Tucumán, 30 de mayo de 2017. Dra. Alejandra

M. Raponi Maron, sec. E 04 y V 10/07/2017. Libre de Derechos. Aviso N° 207.920.

Page 84: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 207912

JUICIOS VARIOS / SOCIEDAD AGUAS DEL TUCUMAN (SAT - SAPEM) C/ CESAR

GRANDI EMPRESA CONSTRUCTORA S.R.L.

POR 5 DIAS - Se hace saber a César Grandi Empresa Constructora S.R.L. -, cuyo

domicilio actual se ignora, que por ante éste Juzgado Civil de Cobros y Apremios,

Iª Nom. Dra. Ana María Antun de Nanni - Juez; Secretaría a cargo de las Dras.

Teresa E. Tagle y Alejandra Raponi Maron se tramitan los autos caratulados:

"SOCIEDAD AGUAS DEL TUCUMAN (SAT - SAPEM) C/ CESAR GRANDI EMPRESA CONSTRUCTORA

S.R.L. S/ COBRO EJECUTIVO", Expediente N° 3294/14, en el que se ordenó la

siguiente providencia que a continuación se transcribe: San Miguel de Tucumán, 18

de mayo de 2017. Atento lo solicitado notifíquese la sentencia de fecha

09/5/2017, mediante edictos, debiéndose efectuar su publicación por cinco días,

en el Boletín Oficial Libre de Derechos. F.- Fdo: Dra. Ana María Antun de Nanni -

Juez - EVI-3294/14 ///San Miguel de Tucumán, 9 de mayo de 2017.- Autos y Vistos.-

Considerando.- Resuelvo:"I.- Ordenar se lleve adelante la presente ejecución de

honorarios seguida por el letrado/a Rodrigo E. Mansilla Pons, en contra de César

Grandi Empresa Constructora S.R.L., hasta hacerse la parte acreedora íntegro pago

de honorarios reclamados en $ 6300.- (pesos: seis mil trescientos) con más sus

intereses gastos y costas. El monto reclamado devengará un interés promedio

mensual de la tasa pasiva que fije el Banco Central de la República Argentina,

desde la fecha de la mora hasta la fecha del efectivo pago. II.- Costas a la

parte vencida conforme a lo considerado. III.- Regular honorarios por la etapa de

ejecución de honorarios al letrado/a Rodrigo E. Mansilla Pons, por derecho

propio, la suma de $1953.- (pesos: un mil novecientos cincuenta y tres).- Hágase

Saber. Fdo. Dra. Ana María Antun de Nanni - Juez. San Miguel de Tucumán, 30 de

mayo de 2017. Dra. Alejandra M. Raponi Maron, sec. E 04 y V 10/07/2017. Libre de

Derechos. Aviso N° 207.912.

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Aviso número 207957

JUICIOS VARIOS / SOSA JUAN MIGUEL S/ QUIEBRA DECLARADA

POR 5 DÍAS - Se hace saber que por ante este Juzgado Civil y Comercial Común de

la Va. Nominación, titular Dra. Hilda Graciela del Valle Vázquez, Secretaría

Quinta, a cargo de la autorizante Dra. Fedra E. Lago, Secretaria Concursos y

Quiebras, Juzg. Civil y Com. Común Va. Nom., tramitan los autos caratulados:

"SOSA JUAN MIGUEL S/ QUIEBRA DECLARADA" Expte. n° 2999/16 en los que se ha

dictado la siguiente resolución: "San Miguel de Tucumán, 22 de junio de 2017.

Autos y Vistos: Considerando. Resuelvo. I.- Corregir, conforme a lo considerado,

el error material contenido en el punto I resolutivo del pronunciamiento de fecha

30/03/2017, corriente a fs. 39/40. En consecuencia, el punto I quedará redactado

de la siguiente manera: "I. Declarar la quiebra de Juan Miguel Sosa, DNI N°

23.311.261, CUIL N° 20-23311261-6, argentino, soltero, con domicilio en Pje.

Román 262 de esta ciudad." II. III. Fijar el día lunes cuatro de septiembre de

2017, para que los acreedores presenten a sindicatura los títulos justificativos

de sus créditos y para que constituyan domicilio a los efectos de su posterior

notificación. IV. FIJAR el día miercoles dieciocho de octubre de 2017, como fecha

de presentación del informe individual previsto en el art. 35 de la LCQ. V. Fijar

el día lunes cuatro de diciembre de 2017, como fecha de presentación del informe

general previsto en el art. 39 de la ley concursal. VI. VII. Ordenar, la

publicación de edictos de la presente resolución conforme a lo ordenado en el

punto XVII de la resolución de fecha 30/03/2017, haciéndose constar el domicilio

y horario de atención de sindicatura y el arancel establecido en la resolución de

fecha 04/05/2017, por el término de cinco días en el Boletín oficial. Hágase

saber" Fdo. Dra. Hilda Graciela Del Valle Vázquez-Juez.- Asimismo se hace constar

que el arancel art. 32 LCQ asciende a la suma de $806.- (pesos ochocientos seis),

y que ha resultado sorteado la CPN Ruth Elizabeth Auteri, quien ha fijado a los

fines de atención de los acreedores, el domicilio de Avda. Mate de Luna N°1846 PA

de esta ciudad, de lunes a viernes de hs. 09:00 a 12:00 y de 15:00 a 18:00.

Secretaría, San Miguel de Tucumán, 30 de junio de 2017.- Fdo. Fedra E. Lago.

Secretaria Judicial. E 05 y V 11/07/2017. Libre de Derechos. Aviso N° 207.957.

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Aviso número 207968

JUICIOS VARIOS / SUAREZ TOMAS ROBERTO S/ QUIEBRA PEDIDA (VIENE

PIINHIBICION DE CIVIL Y COMERCIAL COMUN 78NOM.-)

POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado Civil y Comercial Común de

la Va. Nominación, titular Dra. Hilda Graciela del valle Vazquez Secretaría

Quinta, a cargo de la autorizante Dra. Fedra E. Lago Secretaria Concursos y

Quiebras, Juzg. Civil y Com. Común Va. Nom., tramitan los autos caratulados:

"SUAREZ TOMAS ROBERTO S/ QUIEBRA PEDIDA (VIENE P/INHIBICION DE CIVIL Y COMERCIAL

COMUN 7ª NOM.-)" Expte. N° 45/17 en los que se ha dictado la siguiente

resolución: "San Miguel de Tucumán, 30 de junio de 2017. Autos y Vistos: ...

considerando... Resuelvo I. Fijar el día Viernes 25 de agosto de 2017, para que

los acreedores presenten a sindicatura los títulos justificativos de sus créditos

y para que constituyan domicilio a los efectos de su posterior notificación. II.

Designar el día lunes 09 de octubre de 2017, como fecha de presentación del

informe individual previsto en el art. 35 de la LCQ. III. Designar el día

miércoles 22 de noviembre de 2017, como fecha de presentación del informe general

previsto en el art. 39 de la ley concursal, a cargo del síndico que resulte

desinsaculado IV. Ordenar, la publicación de edictos de la presente resolución

por cinco días el proveído de fecha 01/06/17.- Hágase Saber" Fdo. Dra. Hilda

Graciela del Valle Vazquez - Juez. // Asimismo se hace constar que el CPN Jorge

Enrique concha, fijó para la atención de los acreedores el domicilio de calle 9

de Julio 620, 3° piso "F", los días lunes y miércoles de 18 a 21 horas.

Secretaría, San Miguel de Tucumán, 30 de junio de 2017.- Dra. Fedra E. Lago,

Secretaria. E 05 y V 11/07/2017. Libre de Derechos. Aviso N° 207.968.

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Aviso número 208020

JUICIOS VARIOS / VELIZ ELSA BEATRIZ C/I FERNANDEZ CARLOS Y FERNANDEZ

SERGIO S/ COBRO DE PESOS - 433/14

POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante éste Juzgado del Trabajo de la Ia.

Nominación del Centro Judicial de Concepción, a cargo de la Dra. María Guadalupe

Aiquel, Secretaría a cargo de la Dra. M. Viviana Donaire, se tramitan los autos

caratulados VELIZ ELSA BEATRIZ C/ FERNANDEZ CARLOS y FERNANDEZ SERGIO S/ COBRO DE

PESOS - 433/14, en los cuales se ha dictado la siguiente resolución: Concepcion,

29 de mayo de 2017. Atento constancias de autos: Ampliase el proveído que

antecede en el sentido que se haga constar en los edictos a librar que los mismos

tramitan libre de derechos. A la oficina.- Fdo. Dra. Maria Guadalupe Aiquel.

Juez". Tramitese Libre de Derechos. Secretaría, 14 de junio de 2017.- MER.-

Concepción, 19 de mayo de 2017. Atento lo solicitado y habiendose cumplido con el

requisito previsto por el Art. 159 del C.P.C.yC. supletorio al fuero: Líbrese

edictos por el término de tres dias, a los efectos de notificar este proveído y

el de fecha 05-03-17 al Sr. Sergio Enrique Fernández, debiendo ser publicado en

el Boletín Oficial y en el diario de mayor circulación en la Provincia de

Tucumán, a cargo de la parte interesada. A la oficina. Concepción, 5 de marzo de

2015. Téngase a la letrada Maria Elda Larry, por presentada y constituido

domicilio a los efectos legales. Désele intervención de ley en el carácter

invocado, en mérito al Poder Ad-Litem, acompañado y que se agrega en autos, junto

a recaudas legales.- Resérvese en Caja de seguridad del Juzgado la documentación

original acompañada dejándose copias en autos. Tramitase el presente juicio por

las normas que rigen los procesos ordinarios. Cítese a los accionados Fernandez

Carlos y Fernandez Sergio, para que comparezcan a estar a derecho en autos y por

el mismo acto córraseles traslado de la demanda, para que la evacuen dentro del

plazo de quince Días, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Art.58 de la ley

6204. A sus efectos líbrese cédula. Reitére en la etapa procesal oportuna las

pruebas ofrecidas. Designase los días Martes y Viernes o subsiguiente hábil en

caso de feriado, las notificaciones en Secretaría. Tramitese Libre de Derechos.

Fdo. Dra. M. Viviana Donaire. Secretaria. E 07 y V 13/07/2017. Libre de Derechos.

Aviso N° 208.020.

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Aviso número 208014

JUICIOS VARIOS / YAPURA IRIS NORMA C/ SUAYA DE LEIVA, MARIA CATALINA

Y/O Q.R.T.R S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA

POR 2 DÍAS - Se hace saber que por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo

Civil N° 2, Secretaria Actuaria, de la ciudad de San Fernando del Valle de

Catamarca, se tramita el expediente N° 57/2012, caratulados "YAPURA IRIS NORMA C/

SUAYA DE LEIVA, MARIA CATALINA y/o Q.R.T.R S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA", en los

cuales el Sr. Juez que entiende en la causa a dictado el siguiente proveido: "S.

Fdo. del Valle de Catamarca, 30 de mayo de 2017 ... En consecuencia, y atento a

las constancias de fs. 4, a los fines de correr traslado de la demanda,

publíquense edictos en el Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán y cualquier

diario de publicidad local por el término de dos días emplazando a Maria Catalina

Suaya de Leiva y/o sus herederos a quien se considere con derechos al dominio

del inmueble sito en La Puerta Dpto. Ambato, Mat. Cat. (provisoria) 01-21-20-

7555, Mat anteriores: 01-21-20-7152 y 01-21-66-4359, para que en el término de

quince días comparezcan a tomar intervención que les corresponda en este

proceso." Fdo. Dr. Osvaldo A. Romero. E 07 y V 10/07/2017. $423,60. Aviso N°

208.014.

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Aviso número 207587

LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA

SEGURIDAD SOCIAL - LICITACIÓN PÚBLICA (OBRA PÚBLICA) 20/17

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Licitación Pública (Obra Pública) 20/17

Expediente N°: 024-99-81786326-0-123

POR 15 DIAS - Objeto: Reparación, Conservación y Puesta en Valor - Etapa II de

los Edificios de la Provincia de Tucumán, dependiente de la Jefatura Regional

Norte. Presupuesto Oficial Total: $19.050.812. Garantía de Oferta (1% del valor

del Presupuesto Oficial): $190.508,12. Consulta y/o retiro de pliegos: Página de

internet de ANSES: http://www.anses.gov.ar/contrataciones/cartelera. Hasta las 24

hs del día 19/07/17. Entrega de fotocopias a su cargo en: Dirección de

Contrataciones, Av. Córdoba N° 720, 3° piso, (C.P. 1054) C.A.B.A. hasta el

19/07/17 de 10:00 a 17:00 hs. y en la Jefatura Regional Norte, sita en la calle

Jujuy 43, 1°, Salta Capital, Provincia de Salta, C.P. (4400), hasta el día

19/07/2017 de 08:00 a 12:00 hs. Presentación de ofertas: En la Jefatura Regional

Norte, sita en la calle Jujuy 43, 1°, Salta Capital, Provincia de Salta, C.P.

(4400), hasta el 04/08/17 hasta las 10:30 hs. Acto de apertura: En la Jefatura

Regional Norte, sita en la calle Jujuy 43, 1°, Salta Capital, Provincia de Salta,

C.P. (4400), el día 04/08/20/17 a las 11:00 hs. Fdo: Dr. Daniel Alberto Ponce,

Gerente UDAI Tucumán, ANSES.- E 21/06 y V 11/07/2017. $3.675. Aviso N° 207.587.

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Aviso número 208031

LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD -

LICITACIÓN PÚBLICA N° 18/2017

GOBIERNO DE TUCUMÁN

Dirección Provincial de Vialidad

Licitación Pública N° 18/2017

Expediente n° 3625/326-C-2017

POR 4 DÍAS - Objeto de la licitación: Prov. de gaviones, colchonetas y membrana

geotextil, Valor del Pliego: $1.400, Lugar y fecha de apertura: Div. Compras y

Suministros - Mendoza n° 1565 -P.B.- San Miguel de Tucumán, el día 24/07/2017, a

horas 10:00. Consulta y Adquisición de Pliegos: Div. Compras y Suministros -

Mendoza n° 1565 - P.B.- San Miguel de Tucumán de Lunes a Viernes de 07:00 a 14:00

Llamado autorizado por Resol. n° 0863/DPV-2017. E 07 y V 12/07/2017. Aviso N°

208.031.

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Aviso número 207926

LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / ENTE DE INFRAESTRUCTURA COMUNITARIA -

COTEJO DE PRECIOS N° 44/17

GOBIERNO DE TUCUMÁN

Ente de Infraestructura Comunitaria

Cotejo de Precios N° 44/17

Expediente n° 327/455-D-2017

POR 4 DÍAS - Objeto de la licitación: Alquiler de vehiculos: 1 unidad de

Camioneta Tipo Pick Up 4X2 , Mod. 2016 en adelante, motor 2.0 dies., D/cabina,

S/chofer, seguro C/poliza vigente y al dia, VTV, combustible, lubricantes, Acc. y

repuestos a cargo del propietario. Valor del Pliego: gratuito, Lugar y fecha de

apertura: Ente de Infraestructura Comunitaria, el día 18/07/2017, a horas 09:00.

Consulta y Adquisición de Pliegos: Oficina de Compras - Ente de Infraestructura

Comunitaria -Las Piedras 1742 Llamado autorizado por Resolución N° 326/17(EIC). E

04 y V 07/07/2017. Aviso N° 207.926.

Page 92: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 207925

LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / LICITACIÓN PÚBLICA N° 04/2017-ME -

EXPEDIENTE N° 225/369-D-2017

GOBIERNO DE TUCUMÁN

Ministerio Economía

Licitación Pública N° 04/2017-ME

Expediente n° 225/369-D-2017

POR 4 DÍAS - Objeto de la licitación: Informática y computación: Adquisición de

equipamiento informático con destino a reparticiones dependientes del Ministerio

de Economía., Valor del Pliego: gratuito, Lugar y fecha de apertura: Dir. de

Administración del Ministerio de Economía, San Martín 362, 1° piso, S.M. de Tuc.,

el día 20/07/2017, a horas 10:00. Consulta y Adquisición de Pliegos: Dir. de

Administración del Ministerio de Economía, San Martín 362, 1° piso, S.M. de Tuc.

Llamado autorizado por Resolución N° 817/ME del 26/06/2017. E 04 y V 07/07/2017.

Aviso N° 207.925.

Page 93: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 208006

LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / MINISTERIO DE EDUCACIÓN - LICITACIÓN

PÚBLICA N° 14/2017

GOBIERNO DE TUCUMÁN

Ministerio de Educación

Licitación Pública N° 14/2017

Expediente n° 012211/230-S-2016

POR 4 DÍAS - Objeto de la licitación: Informática y computación: 1 unidad de

Software Antivirus para el equipamiento informático instalado en las oficinas

dependientes de este Ministerio de Educación., Valor del Pliego: Gratuito, Lugar

y fecha de apertura: Sub Dirección de Contaduría - Ministerio de Educación - Av.

Sarmiento 850, el día 26/07/2017, a horas 11:00. Consulta y Adquisición de

Pliegos: Dpto. Compras y Contrataciones- Ministerio de Educación - Av. sarmiento

850- Tel. 4524758 Llamado autorizado por RES. MIN. 0855/5 (MEd) del 26 de Junio

de 2017. E 07 y V 12/07/2017. Aviso N° 208.006.

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Aviso número 207967

LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / MINISTERIO DE TRANSPORTE LICITACIÓN

PÚBLICA NACIONAL Nº 60/2017

MINISTERIO DE TRANSPORTE

Presidencia de la Nación

Vialidad Nacional

La Dirección Nacional de Vialidad llama a Licitación Publica Nacional de la

siguiente obra:

Licitación Pública Nacional N° 60/2017

POR 15 DIAS - Obra: Construcción de defensas y limpieza de cauce Ex Ruta Nacional

N° 34, Tramo: LTE. Santiago Del Estero/Tucumán - Gdor Garmendia, Sección: Arroyo

Pajas Coloradas KM. 880,04, Provincia de Tucumán. Presupuesto Oficial: pesos:

tres millones doscientos veinticuatro mil quinientos noventa y nueve con

cincuenta y ocho centavos ($3.224.599,58) referidos al mes de Octubre de 2016.

Garantía de las Ofertas: pesos treinta y dos mil doscientos cuarenta y seis

($32.246,00). Plazo de Obra: (6) Meses. Valor del Pliego: pesos cero ($0,00).

Disponibilidad Del Pliego: A partir del 05 de Julio de 2017 en

www.vialidad.gob.ar "Licitaciones" "Obras" "Licitaciones en Curso" - "Licitación

Pública Nacional N° 60/2017 - Ex Ruta Nacional N° 34".- Fecha de Apertura de

Ofertas: Se realizará el día 08 de Agosto de 2017 a las 11:00 Hs. Lugar de

Apertura: Avenida Julio A. Roca N° 734/8 (1067) Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

Planta Baja (Salón de Actos)- D.N.V. Consulta al Pliego: Mediante "Formulario de

Consultas" habilitado en www.vialidad.gob.ar - "Licitaciones" Obras"

"Licitaciones en Curso" - Licitación Pública Nacional N° 60/2017 -Ex Ruta

Nacional N° 34". E 05 y V 25/07/2017. $4.161. Aviso N° 207.967.

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Aviso número 207973

LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / MUNICIPALIDAD DE CONCEPCIÓN LIC PUB

Nº 08/17

MUNICIPALIDAD DE CONCEPCIÓN

Provincia de Tucumán

Licitación Pública N° 08/17

Presupuesto Oficial: $260.000.-

POR 3 DÍAS - Objeto: Contratar la provisión de 1 (uno) Utilitario tipo furgón,

nuevo, 0km, con motor a nafta de 4 cilindros en línea que genere una potencia

igual o superior a 85 c.v. y de tracción delantera. Fecha de Apertura: 12 de

Julio de 2017 a Hs. 11:00 en el despacho de Intendencia de la Municipalidad -

Valor del Pliego $1.000. Adquirir en Tesorería General de la Municipalidad, días

hábiles de 8 a 13 hs. E 05 y V 07/07/2017.- $321.- Aviso N° 207.973

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Aviso número 208011

LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / MUNICIP. DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN

LIC. PUB. RESOLUCION N° 1019/SOP/17.

MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN

Dirección General de Compras y Contrataciones

Llamado a Licitación Pública

Resolución N° 1019/SOP/17

Expte. N°: 240.122/17

POR 4 DIAS - Llamado a Licitación Pública para la provisión de Calzados de

Trabajo (cuyo detalle se adjunta en el pliego de Condiciones Particulares). Para

la Dirección de Obras Viales. Lugar de Presentación y Apertura: Dirección Gral.

de Compras y Contrataciones 9 de Julio 576.- Fecha de apertura: 20/07/2017,

Horas: 10:00. Valor de Pliego de Bases y Condiciones: $571,10- (Pesos: Quinientos

Setenta y Uno con 10/100). Venta y Consultas del Pliego de Bases y Condiciones:

Dirección Gral. de Compras y Contrataciones; Previo Deposito en Cuenta N°

20003170/9 del Banco del Tucumán (Maipú 70) con boleta de depósito por

Cuadruplicado. www.smt.gob.ar , Fdo. C.P.N. Sebastián Augusto Borquez. Director.

E 07 y V 12/07/2017. $678,40. Aviso N° 208.011.

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Aviso número 207958

LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / SERVICIO PROVINCIAL DE AGUA POTABLE Y

SANEAMIENTO - SE.PA.P.YS. - LICITACIÓN PÚBLICA N° 06/17/M

GOBIERNO DE TUCUMÁN

Servicio Provincial de Agua Potable y Saneamiento

SE.PA.P.YS.

Licitación Publica N° 06/17/M

Expediente n° 1556/329-G-2017

POR 4 DÍAS - Objeto de la licitación: Artículos eléctricos y electrónicos: 1

unidad de Adquisición de Electrobombas y Materiales para Provisión de Agua

Potable, Valor del Pliego: 400.00, Lugar y fecha de apertura: Div.

Abastecimiento, Se.P.A.PyS., Av. Sarmiento N° 999., el día 24/07/2017, a horas

10:00. Consulta y Adquisición de Pliegos: Div. Abastecimiento, Se.P.A.PyS., Av.

Sarmiento N° 999 (Venta de Pliego Caduca el Día 21/07/2017 a horas 13:00) Llamado

autorizado por Resol. N° 0536 de Fecha 08/06/2017. E 06 y V 11/07/2017. Aviso N°

207.958.

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Aviso número 208019

SOCIEDADES / BIBLIOTECA POPULAR GRAL MANUEL BELGRANO

POR 1 DIA - La Comisión Directiva de la Asociación Civil BIBLIOTECA POPULAR GRAL

MANUEL BELGRANO, con domicilio legal en Calle 25 de Mayo n° 1358 de San Miguel de

Tucumán, convoca a sus afiliados a: Asamblea General Ordinaria para el día 18 de

Julio de 2017 a hs 18:00, en su sede social, para tratar el siguiente orden del

día: 1.- Informe sobre prórroga y/o demora en publicación y llamado de Asamblea.

2.- Consideración de la Memoria, Balance, Inventario e Informe de Comisión

Revisora de Cuentas Ejercicio 2016. 3.- Designación de dos asociados para firmar

Acta. Fdo. Héctor Orlando Govetto. Vice Presidente. E y V 07/07/2017. Aviso N°

208.019.

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Aviso número 208029

SOCIEDADES / CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO NUBE DE COLORES

POR 1 DIA - La Comisión Directiva de la Asociación Civil "CENTRO DE DESARROLLO

COMUNITARIO NUBE DE COLORES" con domicilio en calle Laprida N° 152, Barrio El

Mirador -de la Localidad de Lastenia - Banda del Río Salí, Dpto. Cruz Alta -

Tucumán - convoca a sus asociados a la Asamblea General Extraordinaria a

realizarse el día 08/07/2017 a hs. 18:00 para tratar el siguiente Orden del Día:

1°.- Designación de dos asociados para firmar el Acta. 2°.- Reforma de

Estatutos.- Fdo. Juana Rosa Paez. Tesorera. E y V 07/07/2017. $104,40. Aviso N°

208.029.

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Aviso número 208030

SOCIEDADES / CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO NUBE DE COLORES

POR 1 DIA - La Comisión Directiva de la Asociación Civil "CENTRO DE DESARROLLO

COMUNITARIO NUBE DE COLORES" con domicilio en calle Laprida N° 152, Barrio El

Mirador de la Localidad de Lastenia - Banda del Río Salí, Dpto. Cruz Alta -

Tucumán - convoca a sus asociados a la Asamblea General Ordinaria a realizarse el

día 08/07/2017 a hs. 16:00 para tratar el siguiente Orden del Día: 1°.-

Designación de dos asociados para firmar el Acta. 2°.- Motivos de la demora en

convocar a Asamblea. 3°.- Tratamiento de Memoria, Balance, Inventario e Informe

de Comisión Revisora de Cuentas del ejercicio cerrado al 31/12/2016. Fdo. Juana

Rosa Paez, Tesorera. E y V 07/07/2017. $133,60. Aviso N° 208.030.

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Aviso número 207961

SOCIEDADES / CLUB DEPORTIVO TRANCAS

POR 8 DIAS - (Según lo estipulado por el estatuto social).- La Comisión Directiva

de la Asociación CLUB DEPORTIVO TRANCAS convoca a sus asociados a la asamblea

general extraordinaria, a realizarse el 11/07/2017 a horas 21 en sede social de

calle Ing. Lostri y Bernabé Araoz, para tratar el siguiente orden del día: 1°

Tratamiento de reforma integral del Estatuto. 2° Designación de 2 asociados para

firmar el acta. E 05 y V 14/07/2017. $699,20. Aviso N° 207.961.

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Aviso número 208018

SOCIEDADES / CLUB SPORTIVO FLORESTA A.C.

POR 1 DÍA - Convocatoria a Asamblea General Ordinaria. La Comisión Directiva del

CLUB SPORTIVO FLORESTA A.C., cita a los Señores Socios a Asamblea General

Ordinaria, el día 18 de Julio de 2017, en el horario de las 19,30 hs., en su sede

de Av. Cristóbal Colón 471, para tratar el siguiente Orden del día: 1°)

Explicación del motivo de la prórroga de Convocatoria a la Asamblea Gral.

Ordinaria. 2°) Considerar, aprobar o modificar Memoria, Balance General,

Inventario y Cuenta de Gastos y Recursos e Informe del Organo de Fiscalización

del Ejercicio del Año 2016. 3°) Designación de dos (2) socios con derecho a votar

para la firma del Acta. Firman al pie de la presente, Sra. Pilar Parra -

Presidente y el Sr. Ezequiel Andrés Aparicio - Secretario. E y V 07/07/2017.

$150. Aviso N° 208.018.

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Aviso número 208033

SOCIEDADES / COLEGIO DE ESCRIBANOS DE TUCUMÁN

POR 5 DIAS - "COLEGIO DE ESCRIBANOS DE TUCUMÁN. Conforme lo determinan los Arts.

162, 172 y 179 de la Ley 5.732, el H. Consejo Directivo del Colegio de Escribanos

de Tucumán, en sesión del 21-06-2017, resolvió convocar a Asamblea General

Ordinaria de Asociados para el día 23-08-2017, a las 19:30 hs. en la sede de la

Institución, para considerar el siguiente orden del día: 1) Designación de dos

asociados para la firma del acta respectiva y su formalización. 2) Consideración

de la Memoria, Balance y Cuadro de Recursos, Gastos y Resultados del Ejercicio

cerrado al 31-12-2016. Estados contables del patrimonio constituido conforme ley

8.394 y presupuesto por el año 2017. 3) Aclaración de los términos de la Asamblea

llevada a cabo el 24-08-2016, determinando que el órgano de gobierno aprobó la

Memoria, Balance y Cuadro de recursos, Gastos y Resultados del ejercicio cerrado

al 31-12-2015. Estados contables del patrimonio constituido conforme ley 8.394 y

presupuesto por el año 2016. 4) Elección de los siguientes Consejeros por dos

años desde el 01-09-2017 al 31-08-2019: Vicepresidente, Tres Vocales Titulares y

Un Vocal Suplente; 5) Elección de un miembro titular del Tribunal de Ética y

Disciplina para completar el mandato que concluye el 31-08-2018. 6) Designación

de tres asociados como integrantes de la Comisión Revisora de Cuentas, que se

desempeñarán hasta el 31-082018, 31-08-2019 Y 31-08-2020. La presentación de

listas de candidatos para la elección de Consejeros vence el martes 25-07:2017 a

20:30hs. En caso de falta de quórum, la Asamblea se constituirá una hora más

tarde, o sea a las 20:30 hs. del mismo día, con los presentes." Fdo. María V.

Molina de Mendilaharzu, Vocal Titular. E 07 y V 13/07/2017. $1.707. Aviso N°

208.033.

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Aviso número 207894

SOCIEDADES / EMPRESA DEL MILAGRO S.A.

POR 5 DÍAS - Convocase a Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la firma

EMPRESA DEL MILAGRO S.A., a celebrarse en primera convocatoria el día 20 de julio

de 2017 a las 19hs., y en segunda convocatoria en igual fecha a las 20 hs., en

Avenida Coronel Suárez 789 de SM de Tucumán, a fin de tratar el siguiente orden

del día: 1) Informar y Considerar las causas por las cuales se efectúa fuera de

término la Asamblea. 2) Consideración de la documentación prevista en el art. 234

inc. 1, de la ley de sociedades, correspondiente a los ejercicios N° 17 cerrado

el 31 de diciembre de 2015, y N° 18 cerrado el 31 de diciembre de 2016. 3)

Análisis de la gestión de los miembros del Directorio y Comisión Fiscalizadora.

4) Elección y renovación de los miembros del directorio. 5) Elección y renovación

de la comisión fiscalizadora. 6) Aplicación de los resultados. 7) Autorización

para realizar la gestión de aprobación de documentación ante el organismo de

contralor e inscripción en el Registro Público de Comercio. 8) Designación de 2

accionistas para firmar el acta respectiva. Sociedad comprendida en el Art. 299

L.S.C. Gladys Adriana Provenzano, Presidente del directorio. E 03 y V 07/07/2017.

$1196. Aviso N° 207.894.

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Aviso número 207921

SOCIEDADES / KALOWEE CORPORATION S.A.

POR 5 DIAS - En la ciudad de San Miguel de Tucumán, a los 29 días del mes de

Junio de 2.016, siendo las 17:00 hrs., en la oficina de calle Corrientes n° 1443

de esta ciudad, se reúne el Directorio de la Sociedad KALOWEE CORPORATION S.A.,

bajo la presidencia del Sr. José Antonio Flores Muela, decidiéndose convocar a

los Accionistas a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas, que se realizará

el próximo 17 de Julio de 2.015 a las 10:00 hrs, en Calle Junín 334 de esta

ciudad atento a que la sede social no cuenta con las instalaciones con capacidad

física para realizar Asambleas de Socios, a efectos de considerar el siguiente

Orden del día: Orden del día: 1) Designación de dos accionistas para firmar el

acta. 2) Considerar y resolver sobre la Memoria, Estados Contables, notas y

anexos legales e Inventario correspondientes al ejercicio cerrado el28 de Febrero

de 2.017. 3) Retribución a Directores. 4) Destino de las Utilidades. 5) Fijar el

número de miembros del Directorio. Elección de directores por el término de 3

ejercicios. En caso de fracasar la primera convocatoria por falta de quórum, se

deja fijada segunda convocatoria a Asamblea General Ordinaria de accionistas, la

que se llevará a cabo a hrs. 11:30, del día 17 de Julio del 2.017, en el

domicilio designado en la primera convocatoria, a fin de tratar el orden del día

fijado en la primera convocatoria. E 04 y V 10/07/2017. $1.385. Aviso N° 207.921.

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Aviso número 208025

SOCIEDADES / LA PICK UP REPUESTOS SRL

POR 1 DIA - LA PICK UP REPUESTOS SRL - Se hace saber que por Expediente 3422-205-

L-(2017) de fecha 15 de Junio de 2017, se encuentra en trámite la inscripción los

instrumentos de fecha 05 de Junio de 2017, mediante los cuales se constituye la

Sociedad de Responsabilidad Limitada "La Pick Up Repuestos SRL" (Constitución)'',

siendo las partes integrantes de su contrato social de acuerdo a lo normado en

Ley 19.550, los siguientes: Ivana Carrizo Garuti, argentina, divorciada, de 37

años de edad, D.N.I. N° 27.944.061, de profesión Contadora Pública Nacional, con

domicilio en Castelli N°41 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, Provincia de

Tucumán; Emilio Alfredo Carrizo, argentino, divorciado, de 67 años de edad,

D.N.I. N° 7.628.583, jubilado, con domicilio en Santiago del Estero N° 1499 de

la ciudad de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán; y la Sra. Rosa Garuti,

argentina, divorciada, de 65 años de edad, D.N.I. N° 10.950.024, jubilada, con

domicilio en San Martín N° 1100 Barrio Alborada de la cuidad de Yerba Buena,

Provincia de Tucumán. Domicilio: La sociedad establece su domicilio social y

legal en la calle Santiago del Estero N° 1499, de la ciudad de San Miguel de

Tucumán, Provincia de Tucumán. Plazo de Duración: La Duración de la sociedad será

de 40 años a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio.

Designación de su Objeto: La sociedad tendrá como objeto realizar por cuenta

propia, de terceros y/o asociada a terceros, las siguientes actividades: a)

Compra-venta en el país, importación y exportación de todo tipo de repuestos y

accesorios para vehículos automotores en general (autos, camionetas, camiones,

ómnibus, motos, etc.), cómo ser repuestos específicos para motores nafteros y

diesel, filtros correas y bombas de agua y naftas, y todo tipo de elementos y/o

artefactos mecánicos y tecnológicos, incluyendo artículos eléctricos cómo

electrónicos. También se incluyen los artículos necesarios y complementarios para

su instalación y puesta en marcha cómo asimismo sus repuestos y accesorios. Podrá

ejercer las ventas de los productos mencionados en carácter de representante y/o

agente de ventas de marcas líderes o alternativas. b) Prestaciones de servicios

de asesoramiento y consultoría personalizada o por terceros a empresas y personas

físicas respecto a la instalación, funcionamiento y usos de los artículos

vendidos. También podrá ejercer la actividad de taller de servicios de reparación

mantenimiento y colocación de artículos mencionados en la cláusula anterior

brindados a vehículos automotores en general. c) Inmobiliarias: mediante la

adquisición, venta, subdivisión, construcción, locación y administración de

propiedades urbanas y rurales, inclusive respecto de aquellas sometidas o que

deban someterse al régimen de la ley 13.512 de Propiedad Horizontal. Capital

Social: El capital social se fija en la suma de Pesos Cien mil ($100.000.-)

representado por cien (100) cuotas por un valor de Pesos Un Mil cada cuota

($1.000.-), suscripto íntegramente por los socios en la siguiente proporción: la

Sra. Ivana Carrizo Garuti, sesenta y ocho (68) cuotas; el señor Emilio Alfredo

Carrizo treinta (30) cuotas; y la Sra. Rosa Garuti dos (2) cuotas. Se integra el

25 % del Capital en dinero efectivo, debiéndose integrar el 75% restante en el

plazo de dos años. Organización de la Administración: Los socios deciden por

unanimidad designar como socio Gerente a la Sra. Ivana Carrizo Garuti, D.N.I.

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27944061, con domicilio en Castelli N° 41 de la ciudad de San Miguel de Tucumán,

Provincia de Tucumán, quien ejercerá la representación legal de la sociedad.

Fecha de Cierre de Ejercicio: el ejercicio social cerrará el día 30 de Abril de

cada año. San Miguel de Tucumán, 5 de Julio de 2017. E y V 07/07/2017. $756,60.

Aviso N° 208.025.

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Aviso número 208032

SOCIEDADES / YERBA BUENA GOLF COUNTRY CLUB

POR 1 DIA - La Comisión Directiva del YERBA BUENA GOLF COUNTRY CLUB, ha resuelto

citar a todos los asociados a la asamblea general ordinaria, que se llevará a

cabo el día 19/07/17 en su sede social, a hs. 20 en primera convocatoria, a fin

de tratar el siguiente orden del día: 1.- Lectura del Acta Anterior. 2.- Motivo

de la demora en la fecha de realización de la Asamblea. 3.- Tratamiento de

Memoria, Balance, Inventario e Informe de la Comisión Revisora de Cuentas sobre

el Ejercicio cerrado el 31 de Diciembre de 2016. 4.- Designación de 2 (dos)

Asociados para firmar el Acta. En caso de no reunir a la hora establecida la

mayoría necesaria, queda citada la asamblea para la segunda convocatoria para el

mismo día a hs. 20.30 en el mismo lugar, a fin de considerar el orden del día

preestablecido.- Fdo. Jorge Martin Arguelles, Presidente. E y V 07/07/2017. $172.

Aviso N° 208.032.

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Aviso número 207952

SUCESIONES / AMPARO BLASCO

POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, del Juzgado Civil en

Familia y Sucesiones de la III° Nominación, Secretaría a cargo de la Proc.

Marcela Fabiana Flores, Dra. Silvia María Mora y el Proc. Carlos Edgardo Sosa,

cítese por tres días a los herederos o acreedores de AMPARO BLASCO (D.I. N°

8.988.332) cuya sucesión tramita por ante la Secretaría del autorizante.- San

Miguel de Tucumán, 21 de junio de 2017. Fdo. Proc. Carlos Edgardo Sosa.

Secretaria. E 05 y V 07/07/2017. $130. Aviso N° 207.952.

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Aviso número 208035

SUCESIONES / ANGELA ZAMORA

POR 1 DIA - Por disposición de S.S., Dra. María del Carmen Negro a cargo del

Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Octava Nominación, cítese por un día

a los herederos o acreedores de ANGELA ZAMORA, D.N.I. N° 5.278.022, cuya sucesión

tramítase por ante esta secretaría autorizante. San Miguel de Tucumán, 27 de

junio de 2017. Dra. Maria Silvia Carbonel, Secretaria Jud. E y V 07/07/2017.

$100. Aviso N° 208.035.

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Aviso número 208004

SUCESIONES / BENIGNO CONCEPCION LEGUISAMON

POR 1 DIA - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, del Juzgado Civil en

Familia y Sucesiones de la III° Nominación, Secretaria a cargo de la Proc.

Marcela Fabiana Flores, la Dra. Silvia María Mora y el Proc. Carlos Edgardo Sosa,

cítese por 01 (un) día a los herederos o acreedores de BENIGNO CONCEPCION

LEGUISAMON (D.I. N° 7.027.316) cuya sucesión tramita por ante la Secretaría del

autorizante.- San Miguel de Tucumán, 19 de junio de 2017. NOTA: Se hace constar

que el presente sucesorio tramita con el Beneficio para Litigar sin Gastos (Ley

6.314), atento lo normado por el art. 260 del Codigo Procesal Civil y Comercial

de Tucumán. Fdo. Proc. Marcela Fabiana Flores. Secretaria. E y V 07/07/2017.

Libre de Derechos. Aviso N° 208.004.

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Aviso número 208021

SUCESIONES / BLAS AMERICO LOPEZ

POR 1 DIA - Por disposición de la Sra. Juez Dra. Mónica Sandra Roldan (P/T), del

Juzgado de Familia y Sucesiones de la IIIa. Nom. Centro Judicial Concepción,

cítese por un día a los herederos ó acreedores de "BLAS AMERICO LOPEZ, D.N.I. N°

5.521.025", cuya sucesión tramítase por ante la Secretaría del autorizante.

Secretaría, 27 de junio de 2017. Rolando Andrés Cabrera, Prosecretario. E y V

07/07/2017. $100. Aviso N° 208.021.

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Aviso número 208013

SUCESIONES / FRANCISCA GRISELDA REINOSO

POR 1 DIA - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, del Juzgado Civil en

Familia y Sucesiones de la III Nominación, Secretaría a cargo de la Proc. Marcela

Fabiana Flores, la Dra. Silvia María Mora y el Proc. Carlos Edgardo Sosa, cítese

por 01 (un) día a los herederos o acreedores de FRANCISCA GRISELDA REINOSO (D.I.

N°5.641.644) cuya sucesión tramita por ante la Secretaría del autorizante.- San

Miguel de Tucumán, 28 de junio de 2017.- Fdo. Dra. Silvia María Mora, Secretaria.

E y V 07/07/2017. $100. Aviso N° 208.013.

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Aviso número 208022

SUCESIONES / GUILLERMO LARCHER

POR 1 DIA - Por Disposición del Sr. Juez Dr. José Rubén Sale, del Juzgado Civil

en Familia y Sucesiones de la Ia. Nominación, del Centro Judicial de Concepción,

Dpto. Chicligasta, Provincia de Tucumán, Secretaría de la autorizante, cítese por

un día a los herederos o acreedores de GUILLERMO LARCHER D.N.I. N° 12.674.891,

cuya sucesión tramítase por ante la Secretaría de la autorizante. Concepción, 31

de mayo de 2017. Dra. Guadalupe Gonzalez Corroto, Secretaria. E y V 07/07/2017.

$100. Aviso N° 208.022.

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Aviso número 208037

SUCESIONES / HORACIO HUMBERTO BEVILACQUA

POR 1 DIA - Por disposición de S.S., Dra. María Del Carmen Negro -Juez-, a cargo

del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Octava Nominación, cítese por un

día a los herederos o acreedores de HORACIO HUMBERTO BEVILACQUA D.N.I. N°

2.399.781, cuya sucesión tramítase por ante esta secretaría autorizante.- San

Miguel de Tucumán, 28 de junio de 2017. Fdo. Dra. María Silvia Carbonell,

Secretaria. E y V 07/07/2017. $100. Aviso N° 208.037.

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Aviso número 207982

SUCESIONES / JUAN CARLOS BITETTI

POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, del Juzgado Civil en

Familia y Sucesiones de la III° Nominación, Secretaría a cargo de la Proc.

Marcela Fabiana Flores, la Dra. Silvia María Mora y el Proc. Carlos Edgardo Sosa,

cítese por tres días a los herederos o acreedores de JUAN CARLOS BITETTI (D.I. N°

7.054. 749) cuya sucesión tramita por ante la Secretaría del autorizante. San

Miguel de Tucumán, 21 de junio de 2017. E 06 y V 10/07/2017. $130. Aviso N°

207.982.

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Aviso número 208023

SUCESIONES / JUAN LUIS PAPERI

POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, del Juzgado Civil en

Familia y Sucesiones de la II° Nominación, Secretaría a cargo de la Proc. Marcela

Fabiana Flores, la Dra. Silvia María Mora y el Proc. Carlos Edgardo Sosa, cítese

por tres días a los herederos o acreedores de JUAN LUIS PAPERI (D.I. N°7.031.589)

cuya sucesión tramita por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de

Tucumán, 28 de junio de 2017. Fdo. Proc. Marcela Fabiana Flores, Secretaria. E 07

y V 11/07/2017. $130. Aviso N° 208.023.

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Aviso número 208024

SUCESIONES / LUIS OSCAR PAPERI

POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, del Juzgado Civil en

Familia y Sucesiones de la III° Nominación, Secretaría a cargo de la Proc.

Marcela Fabiana Flores, la Dra. Silvia María Mora y el Proc. Carlos Edgardo Sosa,

cítese por tres días a los herederos o acreedores de LUIS OSCAR PAPERI (D.I. N°

7.370.891) cuya sucesión tramita por ante la Secretaría del autorizante. San

Miguel de Tucumán, 28 de junio de 2017.- Fdo. Proc. Marcela Fabiana Flores,

Secretaria. E 07 y V 11/07/2017. $130. Aviso N° 208.024.

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Aviso número 208017

SUCESIONES / MANUEL ADOLFO CORDOBA

POR 3 DIAS - Por Disposición del Sr. Juez Dr. José Ruben Sale, del Juzgado Civil

en Familia y Sucesiones de la Ia: Nominación, del Centro Judicial de Concepción,

Dpto. Chicligasta, Provincia de Tucumán, Secretaría de la autorizante, cítese por

tres días a los herederos o acreedores de MANUEL ADOLFO CORDOBA, DNI N° 6.972.111

y MARIA ELVECIA RIVADENEIRA, DNI N° 1.609.966, cuya sucesión tramitase por ante

la Secretaria de la autorizante.- Concepción, 21 de junio de 2017.- Fdo. Dra.

Guadalupe Gonzalez Corroto. Secretaria. E 07 y V 11/07/2017. $130. Aviso N°

208.017.

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Aviso número 208034

SUCESIONES / MARGARITO ANTONIO BRITO

POR 1 DIA - Por disposición de S.S., Dra. María del Carmen Negro a cargo del

Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Octava Nominación, cítese por un día

a los herederos o acreedores de "MARGARITO ANTONIO BRITO", D.N.I. N° 3.623.269,

cuya sucesión tramítase por ante esta secretaría autorizante. San Miguel de

Tucumán, 22 de junio de 2017. Dra. Mariana Nanes, Prosecretaria. E y V

07/07/2017. $100. Aviso N° 208.034.

Page 121: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 207969

SUCESIONES / MARIA EMILIA MAMANA

POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, del Juzgado Civil en

Familia y Sucesiones de la III° Nominación, Secretaría a cargo de la Proc.

Marcela Fabiana Flores, Dra. Silvia María Mora y el Proc. Carlos Edgardo Sosa y,

cítese por tres días a los herederos o acreedores de MARIA EMILIA MAMANA (D.I. N°

1.973.792) cuya sucesión tramita por ante la Secretaría del autorizante.- San

Miguel de Tucumán, 22 de junio de 2017. Fdo. Proc. Marcela Fabiana Flores.

Secretaria. E 05 y V 07/07/2017. $130. Aviso N° 207.969

Page 122: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 208028

SUCESIONES / MATILDE LUISA ARROSAS

POR 1 DIA - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, del Juzgado Civil en

Familia y Sucesiones de la III° Nominación, Secretaría a cargo de la Dra. Silvia

María Mora y la Proc. Marcela Fabiana Flores, cítese por un día a los herederos o

acreedores de MATILDE LUISA ARROSAS (D.I. N° 11.380.034) cuya sucesión tramita

por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 21 de junio de

2017. Proc. Carlos Edgardo Sosa, Secretario Jud. E y V 07/07/2017. $100. Aviso

N° 208.028.

Page 123: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 208015

SUCESIONES / PASTOR HUGO ZELAYA

POR 1 DIA - Por Disposición del Sr. Juez Dr. José Ruben Sale, del Juzgado Civil

en Familia y Sucesiones de la Ia: Nominación, del Centro Judicial de Concepción,

Dpto. Chicligasta, Provincia de Tucumán, Secretaría de la autorizante, cítese por

un (1) día a los herederos o acreedores de PASTOR HUGO ZELAYA, DNI: 6.085.403,

cuya sucesión tramitase por ante la Secretaria de la autorizante.- Concepción, 23

de mayo de 2017.- Fdo. Dr. Roberto José Javier Zelaya. Secretario. E y V

07/07/2017. $100. Aviso N° 208.015.

Page 124: Numero de boletin: 29038 Fecha: 07/07/2017 INDICE: Sección ...boletin.tucuman.gov.ar/boletin29038.pdf · 207780---juicios varios / campo alegre s.a. s/ prescripcion adquisitiva 207977---juicios

Aviso número 208036

SUCESIONES / VICTOR DANIEL HERRERA

POR 1 DIA - Por disposición de S.S., Dra. Maria del Carmen Negro a cargo del

Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Octava Nominación, cítese por un día

a los herederos o acreedores de VICTOR DANIEL HERRERA, DNI N° 21.026.907, cuya

sucesión tramitase por ante esta secretaría autorizante. San Miguel de Tucumán,

22 de febrero de 2017. Dra. Mariana del Milagros Vazquez, Secretaria Jud. E y V

07/07/2017. $100. Aviso N° 208.036.

Numero de boletin: 29038

Fecha: 07/07/2017