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NUEVA INSTITUCIONALIDAD CULTURAL CHILENA LEY APROBADA POR CONGRESO NACIONAL 2003 (JUNIO)

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Page 1: NUEVA INSTITUCIONALIDAD CULTURAL CHILENA LEY APROBADA POR CONGRESO NACIONAL 2003 (JUNIO)

NUEVA INSTITUCIONALIDAD CULTURAL CHILENA

LEY APROBADA POR CONGRESO NACIONAL

2003 (JUNIO)

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FONDO NACIONAL DE DESARROLLO CULTURAL

• Es administrado por Consejo Nacional de Cultura.

• Para financiar total o parcialmente, proyectos programas, actividades y medidas de fomento, ejecución, difusión y conservación de las artes y patrimonio cultural en sus diversas modalidades y manifestaciones, excluidas las consideradas en la Ley del Libro.

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FONDO NACIONAL DE DESARROLLO CULTURAL

• Tiene 6 líneas específicas de financiamiento (6 subfondos):

• Fomento de las Artes.• Desarrollo Cultural Regional.• Conservación y Difusión del Patrimonio

Cultural.• Desarrollo de las Culturas Indígenas.• Desarrollo de Infraestructura Cultural.• Becas y Pasantías.

Page 4: NUEVA INSTITUCIONALIDAD CULTURAL CHILENA LEY APROBADA POR CONGRESO NACIONAL 2003 (JUNIO)

SUBFONDO DESARROLLO CULTURAL REGIONAL

• Para financiar proyectos de difusión y formación artística, de rescate y difusión de manifestaciones culturales tradicionales y locales, de eventos y programas culturales.

• Pueden postular personas naturales y jurídicas, sean éstas de derecho privado o de derecho público.

• Concurso público de carácter regional.• Proyectos serán evaluados por Comités de

Especialistas.• Selección corresponderá a Jurados designados por

Consejo Regional.• Evaluadores y jurados son propuestos por Comité

Consultivo Regional.

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SUBFONDO CONSERVACIÓN Y DIFUSIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL• Para financiar proyectos de conservación,

recuperación y difusión de bienes patrimoniales intangibles y tangibles, muebles o inmuebles, protegidos por Ley 17.288 (Ley Monumentos Nacionales).

• Pueden postular personas naturales y jurídicas sean éstas de derecho privado o derecho público

• Proyectos serán evaluados por Comités de Especialistas, designados por Directorio Nacional.

• Selección corresponderá a Jurados designados por el Directorio.

• Comité Consultivo Nacional propone evaluadores y jurados.

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SUBFONDO DESARROLLO DE LAS CULTURAS INDIGENAS

• Destinado a la investigación, rescate, preservación y difusión de las distintas culturas originarias del país.

• "Recursos se asignarán mediante concursos públicos. Los proyectos serán evaluados por Comités de Especialistas”, y sobre ello, seleccionarán Jurados.

• Reglamentación será acordada por el Directorio” oyendo previamente a la CONADI."

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SUBFONDO FOMENTO DE LAS ARTES

• Para financiar proyectos de creación, producción y difusión artística en música, teatro, danza, artes visuales y otras disciplinas artísticas.

• Recursos se otorgarán en concurso público.

• Proyectos serán evaluados por Comités de Especialistas, designados por Directorio, a propuesta de Comité Consultivo Nacional.

• Selección corresponderá a Jurados designados por el Directorio, a propuesta del Comité C. Nacional.

Page 8: NUEVA INSTITUCIONALIDAD CULTURAL CHILENA LEY APROBADA POR CONGRESO NACIONAL 2003 (JUNIO)

SUBFONDO DESARROLLO DE INFRAESTRUCTURA CULTURAL

• "Destinada a financiar proyectos de construcción , reparación , adecuación y equipamiento de infraestructura cultural. “

• Concurso público.

• Proyectos serán evaluados por Comités de Especialistas, designados por Directorio.

• Selección corresponderá a Jurados designados por Comité Consultivo Nacional, con acuerdo del Directorio.

Page 9: NUEVA INSTITUCIONALIDAD CULTURAL CHILENA LEY APROBADA POR CONGRESO NACIONAL 2003 (JUNIO)

SUBFONDO BECAS

• Financiará proyectos de personas naturales del ámbito de la cultura artística, creación artística, patrimonio cultural y gestión cultural.

• Para capacitar, perfeccionar o especializar a tales personas, en instituciones nacionales o extranjeras de reconocido prestigio.

• Concurso público de carácter nacional.

• Postulaciones son evaluados y seleccionadas por Comisión de Becas, designada por el Directorio.

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NORMAS FONDO NACIONAL

• El Consejo debe buscar el desarrollo cultural equitativo y armónico entre las regiones.

• A lo menos, un 50% de los evaluadores y jurados de concursos deben ser personas de regiones distintas a la Metropolitana.

• Reglamento ( DS) determinará criterios y normas, fechas y plazos de convocatoria.

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NORMAS REGLAMENTARIAS

DECRETO SUPREMO 065Febrero 2004

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FOMENTO DE LAS ARTES

• Cuatro áreas: a) artes visuales, teatro, danza y artes integradas; b) Fotografía; c) Artes Audiovisuales; d) Artes Musicales.

• Proyectos de creación, producción, difusión.

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DESARROLLO CULTURAL REGIONAL

• Eventos y programas culturales• Manifestaciones culturales tradicionales

o locales: iniciativas de difusión, formación artística, rescate y difusión de manifestaciones culturales tradicionales y locales.

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CRITERIOS DE EVALUACION

• Calidad de la propuesta o postulación.

• Impacto y proyección artística y cultural del proyecto.

• Existencia y monto de aportes privados, cuando correspondiere.

• Escala de puntaje: 0 a 100.

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REQUISITOS

• Postular de acuerdo a bases y en formularios.

• Viabilidad técnica y financiera.• Impacto social y cultural.• Respetar Ley de Propiedad

Intelectual.

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ESPECIALISTAS Y JURADOS

• Proyectos son examinados por comités de especialistas: mínimo tres integrantes

• Selección corresponde a Jurado: mínimo tres y máximo 11 personas por Fondo.

• Son designados por DIRECTORIO, a propuesta del Consejo Consultivo Nacional o Consejo Consultivo Regional, según corresponda.

• Son pagados.• Duran 2 años en cargos, pudiendo ser

designados por un año más.• Tienen incompatibilidades.

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INCOMPATIBILIDADES

• No pueden participar en discusión de asuntos en que ellos, su cónyuge, hijos adoptivos o parientes hasta 3º grado de consanguinidad o 2º de afinidad , tengan interés moral o pecuniario.

• Se abstienen de participar, pueden ser especialistas o jurados de lo demás; queda en Acta.

• En Becas: no pueden participar.

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SELECCION

• Proyecto debe obtener un puntaje mínimo de 80 puntos para ser considerado por el Jurado.

• Evaluación la realiza Comité de Especialistas, el que elabora listado con todos los proyectos que alcancen ese puntaje.

• Jurado decide, según monto asignado para ese Fondo por parte del Directorio.

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NORMAS ESPECIALES

• Becas: postulaciones acotadas a 2 años.

• Resuelve: Comisión Nacional de Becas, elegida por Directorio a propuesta Comité Consultivo Nacional. Mínimo 3 y máximo 7 integrantes.

• Sólo personas naturales.

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NORMAS ESPECIALES

• Infraestructura: se contempla la posibilidad de licitación pública.

• Se valorará el cofinanciamiento.• Se evaluará viabilidad técnica y

financiera.• Impacto en generación de actividades

culturales.• Postulante debe asegurar destinación

exclusiva, mantención y operación futura de infraestructura.

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CONVENIOS EJECUCION Y GARANTIAS.

• Plazo máximo para suscribir convenio: 30 días.

• Caución: letra de cambio firmada ante Notario Público, Vale Vista, Boleta de Garantía o Póliza de Seguro. Se exceptúan Municipios y Corporaciones Municipales.