nueva factura electrónica y complemento recepción de … · principales cambios anexo 20 ......
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2 2
Documentos Fiscales-Digitales Modificados
• Anexo 20 versión 3.3
• Complemento Recepción de Pagos
4 4
Entrada en Vigor
Anexo 20 versión 3.3
Opcional: 1 de julio de 2017
Obligatorio: 1 de diciembre 2017
Complemento Recepción de
pagos
Opcional: 1 de julio de 2017
Obligatorio: 1 diciembre 2017
8 8
Nomenclatura
• CFDI- Factura, Admite “n” Complementos
• CFDI-Nómina, Es un Complemento, no es lógico con otros
• CFDI-Pagos, Es un Complemento, no es lógico con otros
• CFDI-Retenciones, No es un complemento, pero la mayoría requiere complementos.
11 11
Regla de validación
Son las condiciones que debe cumplir un campo para
considerarse válido.
La introducción de diferentes reglas de validación asegurará al
SAT coherencia en los datos registrados en los distintos
documentos emitidos bajo este nuevo modelo.
12 12
Regla de validación
Anexo 20 versión 3.3
Moneda
Ahora es un catálogo
(c_Moneda)
USD = Dólar americano
Ejemplo
Anexo 20 versión 3.2
Moneda
Dólar
Dólar Americano
USD
Dólares
Etc.
13 13
Multas al PAC y consecuencias
Los PAC podrás recibir una multa de $1 a $5 por comprobante
incorrecto.
¿Cuántos comprobantes al día timbran los PAC?
15 15
CFF Artículo 29.
Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir
comprobantes fiscales por los actos o actividades que
realicen, por los ingresos que se perciban…
…
Están obligados a:
VI. Cumplir con las especificaciones que en materia de
informática determine el Servicio de Administración Tributaria
mediante reglas de carácter general.
16 16
CFF Artículo 29 A.
IX. Los contenidos en las disposiciones fiscales, que sean
requeridos y dé a conocer el Servicio de Administración Tributaria,
mediante reglas de carácter general.
…
Las cantidades que estén amparadas en los comprobantes
fiscales que no reúnan algún requisito de los establecidos en esta
disposición o en el artículo 29 de este Código, según sea el caso,
o cuando los datos contenidos en los mismos se plasmen en forma
distinta a lo señalado por las disposiciones fiscales, no podrán
deducirse o acreditarse fiscalmente.
(Requisitos de los comprobantes fiscales)
17 17
Fuentes de Información del Anexo 20
• Estándar del Anexo 20 versión 3.3 y sus reglas de validación
• XSD (Estándar Técnico del Anexo 20)
• Resolución Miscelánea Fiscal y sus Modificaciones
• Guías de llenado (Anexo 20 v 3.3)
• Guia de llenado Factura Global
• Preguntas Frecuentes publicadas por el SAT
• Catálogos para CFDI v 3.3
• Información CONTPAQi®
Información Confidencial - No distribuir
18 18
COMPROBANTES FISCALES. POR EL SEÑALAMIENTO ERRÓNEO EN LA FORMA DE PAGO NO SE INCUMPLE CON LA OBLIGACIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 29 A, FRACCIÓN VII, INCISO A), DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN VIGENTE
• Aun y cuando en un comprobante fiscal se señale de manera errónea la forma de pago, no puede considerarse que se actualice la consecuencia establecida en el último párrafo del propio artículo 29 A del Código Federal Tributario, que indica que las cantidades que estén amparadas en los comprobantes fiscales que no reúnan algún requisito de los establecidos en esta disposición o en el artículo 29 del mismo ordenamiento, según sea el caso, o cuando los datos contenidos en los mismos se plasmen en forma distinta a lo señalado por las disposiciones fiscales, no podrán deducirse o acreditarse fiscalmente. En otras palabras, el requisito de plasmar la forma de pago en un comprobante fiscal, se debe considerar cumplida aun en el caso de ser errónea, pues si la operación que lo ampara se pagó en una sola exhibición, no puede considerarse que el hecho de que se haya plasmado en forma distinta, es decir, que se realizó en parcialidades, lo ubique en la hipótesis de diversa disposición fiscal. Considerar lo contrario, se dejaría de atender al principio constitucional de proporcionalidad tributaria, en consecuencia el contribuyente no podría acreditar el impuesto al valor agregado, al no considerarse una erogación en su justa dimensión por un error en la leyenda de pago del comprobante fiscal.
• Juicio Contencioso Administrativo Núm. 20985/14-12-02-6.- Resuelto por la Segunda Sala Regional de Oriente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 13 de agosto de 2015, por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor: Francisco Manuel Orozco González.- Secretario: Lic. Antonio Mendoza Cortés.
20 20
• ClaveProdServ
• UsoCFDI
• Impuestos
• Descuentos
• Cantidades en
negativo
• Constructoras
• Cancelación de CFDI
Principales cambios
22 22
EFOS y Clave ProductoServicio
Artículo 69-B. Cuando la autoridad fiscal detecte que un contribuyente ha
estado emitiendo comprobantes sin contar con los activos, personal,
infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para
prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que
amparan tales comprobantes, o bien, que dichos contribuyentes se
encuentren no localizados, se presumirá la inexistencia de las
operaciones amparadas en tales comprobantes
23 23
Atributo Clave, Producto, Servicio
• Características
• Grupos de la división de productos y servicios
• Ejemplos
• Reglas de validación
24 24
• Este atributo no existe para Anexo 20 versión 3.2.
• En Anexo 20 versión 3.3 es un atributo Requerido para expresar la clave del producto o del servicio amparado por cada concepto.
• El valor de este atributo se tomará de un catálogo publicado por el SAT. (c_ClaveProdServ).
• Los productos deberán ser clasificados de acuerdo a dicho catálogo de mas de 52,000 registros.
Atributo “ClaveProdServ”
25 25
Materias primas, químicos, papel y
combustibles
División que inicia del 10 al 15
Herramientas y equipos industriales
División que inicia del 20 al 27
Suministros y componentes
División que inicia del 30 al 39
Suministros y equipos de consumo,
domésticos y personales
División que inicia del 49 al 60
Servicios
División que inicia del 64 al 94
Bienes inmuebles
División que inicia en 95
Descripción de la División Algunos ejemplos
26 26
Ejemplos
PINTURA
Descripción de la División: 64 al 94. Servicios
• División: 86-00-00-00. Servicios educativos y de
formación
• Grupo: 86-13-00-00. Servicios educativos especializados
• Clase: 86-13-15-00. Bellas artes
• Subclase: 86-13-15-02. Pinturas
PINTURA DE AGUA
Descripción de la División: 30 al 39. Suministros y Componentes
• División: 31-00-00-00. Componentes y suministros de
manufactura
• Grupo: 31-21-00-00. Pinturas y bases y acabados
• Clase: 31-21-15-00. Pinturas y tapa poros
• Subclase: 31-21-15-02. Pinturas de agua
28 28
• Deben existir los complementos que señale el catálogo
c_ClaveProdServ aplicables para este atributo.
• Deben existir los impuestos trasladados y/o retenidos que
señale el catálogo c_ClaveProdServ aplicables para este
atributo.
ClaveProdServ. Reglas de validación
29 29
• El asignar de forma incorrecta una clave a los Productos/Servicios
pudiera generar que dicho comprobante no sea deducible para el
Receptor y una multa para el Emisor.
• No se recomienda asignar la clave “01010101” No existe en el
catálogo.
ClaveProdServ. Consecuencias
Fundamento legal: 29 A CFF
30 30
¿Hasta que nivel es obligatorio asignar la clasificación del Producto/Servicio?
Hasta el tercer nivel (Clase), es decir, los primeros 6 dígitos.
Nota: para efectos del registro del campo “ClaveProdServ” del anexo 20, basta con que el contribuyente clasifique la descripción del bien o servicio hasta el tercer nivel, es decir hasta la clase.
Preguntas frecuentes
31 31
50-20-22-03 Vino
• Catálogo del SAT Incluir IEPS trasladado es No
Usar:
50-20-22-00 Vino
• Catálogo del SAT Incluir IEPS trasladado es Opcional
¿Problemas con el alcohol?
34 34
Este atributo no existía para Anexo 20 versión 3.2.
Guía de llenado:
• Se debe registrar la clave que corresponda al uso que le dará al comprobante fiscal el receptor.
• La clave que solicite el receptor (Física o Moral) que registre en este campo, debe corresponder con los valores indicados en el catálogo c_UsoCFDI.
Atributo “UsoCFDI”
35 35
Atributo UsoCFDI
En el caso de los Comprobantes de
tipo Nómina el atributo UsoCFDI
deberá utilizarse la clave P01 “Por
definir”.
38 38
(Antes) Anexo 20 Versión 3.2 • Solamente se visualiza el total de los impuestos del
documento, provocando con ello que no podamos tener la información de cada impuesto a nivel partida, luego entonces, no se puede interpretar en forma completa un XML…
39 39
(Ahora) Anexo 20 Versión 3.3 • Los impuestos se calculan a nivel concepto-partida y
posteriormente se suman para totalizar los impuestos a nivel documento.
• Se conoce la Base, Impuesto (IVA - IEPS), Factor (tasa o cuota), Tasa o Cuota (16%,0%,.25) e Importe.
• Si en el CFDI se tienen 2 impuestos (IVA - IEPS) se tendría la suma de los mismos a nivel de Comprobante.
43 43
Guía de llenado Anexo 20 versión 3.3
Nodo Impuestos: En este nodo se pueden expresar los
impuestos aplicables a cada concepto.Cuando un concepto no
registra la información de algún impuesto, implica que no es
objeto del mismo, excepto en los casos en que la LIEPS
establece que en el comprobante fiscal no se deberá trasladar
en forma expresa y por separado el impuesto.
Sustento legal
44 44
Artículo 19 de la Ley de IPES
Los contribuyentes a que se refiere esta Ley tienen,
además de las obligaciones señaladas en otros artículos de la
misma y en las demás disposiciones fiscales, las siguientes:II.
Expedir Comprobantes fiscales, sin el traslado en forma expresa
y por separado del impuesto establecido en esta ley, salvo
tratándose de la enajenación de los bienes a que se refieren los
incisos A), D), F), G) I) y J) de la fracción I del artículo 2o. de esta
Ley, siempre que el adquiriente sea a su vez contribuyente de
este impuesto por dichos bienes y así lo solicite.
Sustento legal
45 45
Artículo 19 de la Ley de IPES Los comerciantes que en el ejercicio inmediato anterior a aquél al que corresponda, hubieran efectuado el 90% del importe de sus enajenaciones con el público en general, en el comprobante fiscal que expidan no trasladarán expresamente y por separado el impuesto establecido en esta Ley, salvo que el adquirente sea contribuyente de este impuesto por el bien o servicio de que se trate y solicite la expedición del comprobante fiscal con el impuesto trasladado expresamente y por separado. En todos los casos, se deberán ofrecer los bienes gravados por esta Ley, incluyendo el impuesto en el precio.
Sustento legal
54 54
• Se manejarán los descuentos por concepto
• A nivel documento, se compone de la suma de los descuentos de cada concepto
(Ahora) Anexo 20 versión 3.3
56 56
Cantidades en negativo
• Sustento legal
• Caso de uso
• Facturación del anticipo
• Facturación total del bien
• Notas de crédito
• Problemáticas
Anticipos
57 57
Artículo 17 Ley de ISR
Se considera que los ingresos se obtienen, en aquellos casos que… c) Se cobre o sea exigible total o parcialmente el precio o la contraprestación pactada, aun cuando provenga de anticipos.
58 58
Caso de Uso
Se compra un Comedor por la cantidad de $ 30,000 pesos más IVA.
1. Se pide un anticipo de $10,000 más IVA.
2. Se liquida los $20,000 más IVA que estaban pendientes.
59 59
Ahora Anexo 20 v3.2
Mueblería Paciencia
Receptor: José Gómez Arias
$10,000.00** Anticipo a cuenta de comedor
IVA $1,600.00
Total $11,600.00
Emisor CFDI Ingreso Folio 255
Mueblería Paciencia
Comedor madera de pino Anticipo
$30,000.00 -$10,000.00
Receptor: José Gómez Arias
Subtotal** $20,000.00**
IVA $3,200.00
Total $23,200.00
Emisor CFDI Ingreso Folio 300
**Es lo que juega para pago provisional ISR
Momento 2 Momento 1
Facturación de Anticipos
60 60
Procedimiento emisión de CFDI en caso de anticipos recibidos
Apéndice 6 de la Guía de Llenado Anexo 20 versión 3.3
61 61
Ahora Anexo 20 v3.3
Mueblería Paciencia
Receptor: José Gómez Arias
$10,000.00** 84111506 1 ACT Anticipo del bien o servicio
IVA $1,600.00
Total $11,600.00
Emisor
Emisión de un CFDI por el
total de la operación
Emisión de un CFDI por el valor del
anticipo recibido
Mueblería Paciencia
$30,000.00
Receptor: José Gómez Arias
Subtotal** $30,000.00**
IVA $4,800.00
Total $34,800.00
Emisor CFDI Ingreso Folio 300
CFDI Relacionado 255 Tipo Relación: 07-CFDI Por aplicación de anticipo
Mueblería Paciencia
84111506 1 ACT Aplicación de Anticipo $10,000.00
Receptor: José Gómez Arias
IVA $1,600.00
Total $11,600.00
Emisor CFDI Egreso Folio 500
Parráfo Segundo: Se podrá restar el monto de los anticipos previamente recibidos
CFDI Ingreso Folio 255
Emisión de un CFDI de tipo
Egreso
56101542 Comedor madera de pino
CFDI Relacionado 255 Tipo Relación: 07-CFDI Por aplicación de anticipo
Escenario A , Facturación aplicando anticipo con CFDI de Egreso
**Reglas 3.2.25, primer Párrafo: Se acumula como ingreso en el periodo del pago provisional respectivo el monto del anticipo.
Parráfo Tercero: Existe la obligación de emitir el CFDI de Egresos
62 62
Regla 3.2.25
Para efectos de lo dispuesto en los artículos 14 y 17, fracción I de la Ley del ISR y 29, primer párrafo del CFF, los contribuyentes del Título II de la Ley del ISR que obtengan ingresos por concepto de anticipos en un ejercicio fiscal, deberán emitir los CFDI en el mes respectivo de acuerdo con la guía de llenado de los CFDI que señala el Anexo 20 y acumular como ingreso en el periodo del pago provisional respectivo el monto del anticipo. Asimismo, en el momento en el que se concrete la operación, emitirán el CFDI por el total del precio o contraprestación pactada, en cuyo caso, podrán optar por acumular como ingreso en el pago provisional del mes que se trate, únicamente la cantidad que resulte de disminuir del precio total de la operación los ingresos por anticipos ya acumulados. Los contribuyentes a que se refiere el párrafo anterior, deberán expedir el CFDI correspondiente al monto total del precio o la contraprestación de cada operación vinculado con los anticipos recibidos, así como el comprobante de egresos vinculado con los anticipos recibidos, ambos de acuerdo con la guía de llenado de los CFDI que señala el Anexo 20. La opción a que se refiere la presente regla sólo puede aplicarse dentro del ejercicio en el que se realicen los anticipos y el monto de éstos no se hubiera deducido con anterioridad. Los contribuyentes que apliquen lo dispuesto en esta regla, deberán realizar la deducción del costo de lo vendido en términos de la Sección III, Capítulo II del Título II de la Ley del ISR, considerando el total del precio o contraprestación, una vez que hayan emitido el CFDI por el monto total del precio o la contraprestación y acumulado el pago del remanente de cada operación. Lo dispuesto en esta regla no será aplicable a los contribuyentes a que se refiere el artículo 17, penúltimo y último párrafos de la Ley del ISR. CFF 29, LISR, 14, 17
63 63
Ahora Anexo 20 v3.3
Mueblería Paciencia
Receptor: José Gómez Arias
$10,000.00** 84111506 1 ACT Anticipo del bien o servicio
IVA $ 1,600.00
Total $11,600.00
Emisor CFDI Ingreso Folio 255
Mueblería Paciencia
$30,000.00
Receptor: José Gómez Arias
Subtotal**
$20,000.00
IVA $ 3,200.00
Total $23,200.00
Emisor
Subtotal**
Emisión de un CFDI por el valor del
anticipo recibido
CFDI Relacionado 255 Tipo Relación: 07-CFDI Por aplicación de anticipo
En este escenario, el nombre del producto se deberá ”mezclar” con la leyenda que solicita el SAT Emisión de un CFDI por el remanente de la
contraprestación
56101542 Comedor madera de pino “CFDI por remanente de un anticipo”
CFDI Ingreso Folio 300
Descuento
$10,000.00
$10,000.00
Importe
$20,000.00
Valor Unitario
Escenario B, Facturación aplicando anticipo
con remanente de la contraprestación
**Reglas 3.2.25 se acumula como ingreso en el periodo del pago provisional respectivo el monto del anticipo. Se quitará este Escenario?
64 64
Procedimiento opcional para la emisión CFDI de anticipos recibidos
Método de Pago PPD (Pago en parcialidades o diferido)
65 65
Ahora Anexo 20 v3.3
Mueblería Paciencia
$ 0.00
Receptor: José Gómez Arias
Emisor CFDI Pago Folio 400
Emisión de un CFDI al que se le incorporará el complemento de
recepción de pagos por el anticipo
Emisión de un CFDI por el
valor total de la operación
Fecha: CFDI Relacionado 255 Método de Pago PPD Núm Parcialidad 1 Importe Saldo Anterior $ 34,800.00 Importe Pagado $ 11,600.00 Importe Saldo insoluto $23,200.00
Mueblería Paciencia
Comedor madera de pino $30,000.00
Receptor: José Gómez Arias
Subtotal** $30,000.00**
IVA $4,800.00
Total $34,800.00
Emisor CFDI Ingreso Folio 255
Mueblería Paciencia
Receptor: José Gómez Arias
Emisor CFDI Pago Folio 401
Fecha: CFDI Relacionado 255 Método de Pago PPD Núm Parcialidad 2 Importe Saldo Anterior $ 23,200.00 Importe Pagado $23,200.00 Importe Saldo insoluto $0.00
Ojo aquí la suma de los ingresos nominales a este momento son: $30,000.00 aún cuando no se ha liquidado el total del CFDI
$ 0.00
Escenario Opcional, Facturación aplicando anticipo como
pago en parcialidades
66 66
Problemáticas para en Anexo 20 versión 3.3
Escenario Opcional
• Al momento de emitir el CFDI por el valor total de la
contraprestación, los ingresos nominales son de $30,000.00
aún cuando no se ha liquidado el total del CFDI
• Al momento de facturar el bien y no contar con un CFDI que
ampare la adquisición del mismo, causa una problemática en
costos para el contribuyente.
68 68
LISR
• Artículo 17. Para los efectos del artículo 16 de esta Ley, se considera que los ingresos se obtienen, en aquellos casos no previstos en otros artículos de la misma, en las fechas que se señalan conforme a lo siguiente tratándose de:
• I. Enajenación de bienes o prestación de servicios, cuando se dé cualquiera de los siguientes supuestos, el que ocurra primero:
a) Se expida el comprobante fiscal que ampare el precio o la contraprestación pactada.
b) Se envíe o entregue materialmente el bien o cuando se preste el servicio.
c) Se cobre o sea exigible total o parcialmente el precio o la contraprestación pactada, aun cuando provenga de anticipos.
Marco legal
69 69
• IV…
• Los contribuyentes que celebren contratos de obra inmueble, considerarán acumulables los ingresos provenientes de dichos contratos, en la fecha en que las estimaciones por obra ejecutada sean autorizadas o aprobadas para que proceda su cobro, siempre y cuando el pago de dichas estimaciones tengan lugar dentro de los tres meses siguientes a su aprobación o autorización; de lo contrario, los ingresos provenientes de dichos contratos se considerarán acumulables hasta que sean efectivamente pagados.
Resumen
70 70
• IV…
• Los contribuyentes que celebren otros contratos de obra inmueble en los que se obliguen a ejecutar dicha obra conforme a un plano, diseño y presupuesto, considerarán que obtienen los ingresos en la fecha en la que las estimaciones por obra ejecutada sean autorizadas o aprobadas para que proceda su cobro, siempre y cuando el pago de dichas estimaciones tengan lugar dentro de los tres meses siguientes a su aprobación o autorización; de lo contrario, los ingresos provenientes de dichos contratos se considerarán acumulables hasta que sean efectivamente pagados, o en los casos en que no estén obligados a presentarlas o la periodicidad de su presentación sea mayor a tres meses, considerarán ingreso acumulable el avance trimestral en la ejecución o fabricación de los bienes a que se refiere la obra.
Continuación. 2do Párrafo
71 71
• IV…
• Los ingresos acumulables por contratos de obra a que se refiere este párrafo, se disminuirán con la parte de los anticipos, depósitos, garantías o pagos por cualquier otro concepto, que se hubiera acumulado con anterioridad y que se amortice contra la estimación o el avance.
Párrafo anterior
72 72
Caso Práctico. Constructoras
Municipio de Morelia, Michoacán Allende 401, Col. Centro Morelia, Michoacán C.P.58000 MMM850101843
Nombre Domicilio RFC
Estimación: 1 Nombre de la Obra: Mirador Morelia Ubicación: Km 20 Carretera Morelia N° Contrato 62502
Cantidad Descripción Precio Unitario Importe
Costo $ 1 000 000.00 IVA 160 000.00 Total Estimación 1 160 000.00 Amortización de Anticipo 348 000.00 Total Devengado 812 000.00 Traslados y Retenciones 5 al Millar Supervisión 35 000.00 3% COABS y Capacitación 21 000.00 Total Deducciones 56 000.00 Otros impuestos trasladados 14 980.00 Alcance Liquido 770 980.00
81 81 81
Notas de Crédito
Problemática:
• Artículo 25. Los contribuyentes podrán efectuar las deducciones siguientes:
• I. Las devoluciones que se reciban o los descuentos o bonificaciones que se hagan en el ejercicio.
Del anterior artículo podemos concluir: Los contribuyentes tienen derecho de emitir Nota de Crédito y hacer la deducción correspondiente aunque esta no se relacione, puesto que la ley no establece esta limitante.
82 82 82
Problemática: De acuerdo a las validaciones que el SAT nos marca, en el ANEXO 20 Versión 3.3, no podrán existir CFDI-Egresos (Notas de Crédito) sin documento relacionado, lo que hemos llamado Notas de Crédito Huérfanas. Al obligar la relación, esta impidiendo la generación de las mismas si no hay documento previo a relacionar.
Notas de Crédito Huérfanas
83 83 83
Problemática
Si la Nota de Crédito NO tiene un documento relacionado, no se podría generar.
84 84 84
Notas de Crédito Anexo 20 Versión 3.3
Solo cuando la Nota de Crédito TENGA un documento relacionado, se podrá generar.
88 88
Conoce más sobre Anexo20 en:
www.contpaqi.com/Anexo20
91 91
Antecedente
Debido a que los contribuyentes cancelan CFDI’s, con la finalidad de no acumular ingresos para efectos de ISR, afectan a las personas a favor de quienes se expiden dichos comprobantes, evitando la deducción de los gastos o acreditamiento de los impuestos respectivos.
92 92
Cancelación de CFDI
• El emisor tendrá que enviar una solicitud de cancelación
• El receptor acepta la cancelación
• Tiene hasta 72 horas para aceptar o rechazar la solicitud de cancelación
• Sí no se atiende la solicitud el EMISOR podrá considerar que el receptor acepto la cancelación
93 93
Cancelación de CFDI | Regla 2.7.1.39 RMF
Los contribuyentes podrán cancelar un CFDI sin que se requiera la aceptación del receptor en los siguientes supuestos:
94 94
Cancelación de CFDI
1 2
3 4
Cuando amparen un monto de hasta $5,000.00
Emitidos desde la herramienta electrónica de Mis cuentas en el aplicativo Factura fácil
Que amparen retenciones e información de pagos
Aquellas operaciones creadas a Público en general
95 95
Cancelación de CFDI
5 6
7 8
Los CFDI que sean creados con los siguientes RFC XAXX010101000 y XEXX010101000
Factura global
Cuando la cancelación se realice en las 72 horas posteriores a su emisión.
Por los conceptos de nómina, egresos, traslados e Ingresos expedidos a contribuyentes RIF
98 98
CRP
• ¿Qué es?
• Sustento Legal
• Representación gráfica
• Catálogos a utilizar
• Preguntas Frecuentes
• Material de Consulta
101 101
• Controlar el flujo de efectivo • Ajustar mecanismos para evitar
cancelaciones indebidas • Conocer si la factura ha sido
pagada • Evitar la duplicidad de Ingresos en
Facturación de Parcialidades
Objetivo
s
103 103
CFF | Artículo
29
Cuando las leyes fiscales establezcan
la de expedir comprobantes
fiscales por los actos o actividades ...
por los ingresos que se perciban…
104 104
Los complementos que el SAT publique
en su portal, serán de uso Obligatorio
para los contribuyentes que les aplique…
RMF 2017|2.7.1.8 Fracción VI del
CFF
105 105
RMF 2017|2.7.1.8 Fracción VI del
CFF
Para el registro de los datos
solicitados...
se deberán aplicar los criterios
establecidos en las Guías de llenado
106 106
Regla 2.7.1.35 Primer
párrafo Contraprestación no se pagó en una sola exhibición
107 107
Regla 2.7.1.35 Segundo
párrafo El monto del pago se aplicará proporcionalmente a los
conceptos integrados en el comprobante emitido por el valor
total de la operación a que se refiere el primer párrafo de la
presente regla
El impuesto que se podrá
acreditar será
proporcional al importe
pagado en el CFDI-Pago
aunque en este no se
refleje el importe del
impuesto
108 108
Regla 2.7.1.35 Tercer párrafo
Facturas pagadas en una sola exhibición a crédito
Aplica complemento en los siguientes
casos:
• No se cubre al momento (Forma de pago
99 por definir)
• Operaciones a crédito
• Pago total se realiza posterior a la emisión
CFDI
109 109
Regla 2.7.1.35 Cuarto
párrafo
Importe Saldo Anterior
Importe Pagado
Importe Saldo insoluto
$0.00 $100,000.00 $0.00
Generar un CFDI-Pago por cada pago recibido Generar un CFDI-Pago por todos los pagos recibidos de un mes
110 110
Regla 2.7.1.35 Quinto
párrafo
Emitir a más tardar al décimo día natural del mes inmediato siguiente al que corresponda el o los pagos recibidos
111 111
Regla 2.7.1.35 Sexto
párrafo
Si existe
Error
en el
CFDI
Ingreso
Siempre y cuando el error no sea en el RFC
112 112
Regla 2.7.1.35 Sexto párrafo
Si existe Error
en el RFC del CFDI
Ingreso
RFC
correcto
CFDI Relacionado: 501 Tipo relación: 04-Sustitución de los CFDI previos
Folio-501
114 114
Contraprestación ya
estaba pagada
Guía de
llenado Este caso viene en guía de llenado, pero en RMF no se menciona, si aplica?
115 115
Criterio para la aplicación de los
abonos 1. Disposición Jurídica Expresa
2. Por Acuerdo de las Partes
3. El pagador podrá asignar los comprobantes a los que se
abona el pago. (Tiene 5 días para hacerlo)
4. El receptor aplicara a los CFDI mas antiguos
119 119
Se factura en Dólares se paga en pesos
Datos generales del comprobante Fecha de pago: 10 de junio 2017 Forma de pago: 99-Por definir Moneda: USD-Dólar americano Tipo de cambio: 19.0000
Folio I-602
Información del depósito Fecha de pago: 15 de junio 2017 Forma de pago: 03-Transferencia electrónica de fondos Moneda: MXN-Pesos mexicano Tipo de cambio:1.000000 Monto: $22,000.00
Id Documento
Tipo de CambioDR
Método de Pago
Importe Saldo
Anterior
Importe Pagado
Importe Saldo
insoluto
601 $0.0454 PPD $0.00 $1,100.00 $0.00
Total: $1,000.00
Folio P- 890
1/19=0.0526
1/22=0.0454
120 120
CFDI-Ingreso-Ganancia Cambiaria
Folio I-603
CFDI relacionado: P-890 Tipo relación: 08-Factura generada por ganancia cambiaria
Concepto Importe
Sub Total 1,724.14
IVA 275.86
Ganancia cambiaria 2,000.00
Total: 2,000.00
No se debe de emitir
122 122
Ingreso en moneda USD y pago en EUR
El documento relacionado se registra en USD El pago se realiza por 100 EUR. Este atributo se registra como 1.114700 USD/EUR. El importe pagado equivale a 100 EUR * 1.114700 USD/EUR = 111.47 USD.
124 124
Emisor Receptor
Genera CFDI-Ingreso por venta de mercancía
Envía comprobante
SAT procesa timbrado del CFDI-Ingreso
Registra el documento en el sistema Administrativo
Descarga XML del SAT
125 125
Emisor
Consulta facturas pendientes de pagar
Ingresa a banca electrónica y genera transferencia
Envía comprobante de transferencia
Nota: Este dato puede ser capturado o no
Receptor
126 126
Receptor
Genera CRP por el importe del depósito
Envía CRP
Consulta y salda facturas pendientes por cobrar
Genera contabilización
SAT procesa timbrado del CRP
Emisor
130 130
Los catálogos utilizados para el complemento recepción de pagos
son:
El uso de los catálogos se especifica en las Descripciones,
Tipos y Reglas de validación .
1. FormaPago
2. MetodoPago
3. Moneda
4. TipoCadenaPa
go
Catálogos
Nota: Otros catálogos se mostrarán publicados por el SAT, sin embargo, no serán utilizados en la
parte del complemento ya que serán utilizados en la parte de Impuestos del Ingreso.
132 132
¿ Cuáles son las personas Obligadas a emitir el complemento de recepción de pagos?
Toda persona que recibe el pago
¿Cuál es el importe por el que se va a generar el CFDI-Pagos?
El CFDI-Pagos irá en ceros y en la parte del complemento el importe del depósito recibido
Preguntas frecuentes
133 133
¿Cuándo estamos obligados a emitirlo?
Cuando la operación no fue liquidada al momento
¿Cuándo no se considera “Al momento”?
Cuando en la factura la forma de pago sea por definir o se realice el pago posterior a la fecha de emisión
Preguntas frecuentes
134 134
¿Cuál es el plazo que se tiene para emitir?
A más tardar al décimo día natural del mes siguiente al que se realizó el pago. (Guía de llenado)
Preguntas frecuentes
136 136
Conoce más sobre CRP en:
www.contpaqi.com/CRP
139 139
3. XML de Pólizas, Nodos: Cheque, Transferencia y OtrMetodoPago.
Ahora aplica para pago o cobro.
Versión 1.1
Versión 1.3
Implicaciones, relacionar los datos
bancarios en las pólizas de ingresos:
• CtaOri
• BancoOriNal/BancoOriExt
• CtaDest
• BancoDestNal/BancoDestExt
• Fecha
• Benef
• RFC
• Monto
• Moneda
• TipCamb
Anexo 24 XML de Pólizas
140 140
¿Cómo se resuelve en CONTPAQi® Contabilidad?
• Liberación versión 9.4.0 – 18 de mayo 2017
• Esta versión genera los archivos de la contabilidad electrónica 1.3
• Sin costo para versiones 9.0.0 o 2017
• Sin costo para usuarios de licenciamiento anual
CONTPAQi® Contabilidad
142 142
A partir de los nuevos XML ¿Cómo podría generar mi Contabilidad Electrónica?
Encabezado de la Póliza
Póliza
Diario
Ingreso Egreso
Visualiza CFDI Facturas (Provisión)
Visualizas CFDI Pagos Emitidos
Visualizas CFDI Pagos Recibidos
Docto. Bancario INGRESO
Docto. Bancario EGRESO
Asocia Facturas relacionadas
al cobro
Asocia Facturas relacionadas
al pago
Elijo Facturas
a contabilizar
Captura de Movimientos
Contabilidad Electrónica
143 143
Póliza
<XML> CFDI Pago
700125 Banamex (Peso mexicano)
138 1007543
Transferencia ICE DE MEXICO S.A. DE C.V
102
$ 1,500.00
1.00
Contabilidad Electrónica
Podría hacerlo automáticamente
A partir de los nuevos XML ¿Cómo podría generar mi Contabilidad Electrónica?
CONTPAQi® Contabilidad
144 144
Generar control de IVA a partir del CFDI 3.2
¿Cómo se identifican los impuestos? • ="IVA" tasa="16.00"
importe="53.63"/>
• ¿Por qué determinamos algunos importes? • La tasa Exenta no tiene clave de
identificación • No existe el Importe Base de calculo
• ¿Cómo se obtienen los importes base IVA? • 53.63 / .16 = 335.19
• Al existir diferencia entre el total y calculado
• 335.19 + 53.63 = 388.82 • 400.00 – 388.82 = 11.18 • Tasa Exenta = 11.18
145 145
Este CFDI tiene 4 Conceptos de los cuales: • 2 Conceptos a "IVA" 16.00 • 1 Concepto a “IVA” 0.00 • 1 Concepto a “IVA” Exento
Generar control de IVA a partir del CFDI 3.3
146 146
Considera: - Importe Total del CFDI - Tasas del CFDI - Calcula importe base de
IVA
DIOT
Control / Causación IVA
Considera: Los Cargos y Abonos a la cuenta de Flujo de Efectivo y tasas de Proveedores (No considera los CFDI)
Calculo del control de
IVA
Considera: - Importe Real Pagado - Factor Proporcional de las
facturas relacionadas al pago. - Impuestos y Tasas de Facturas
A partir de la cuenta de Flujo de Efectivo
A partir de los CFDI de Factura
A partir de los CFDI de Pago
CFDI Pago
CFDI Factura
Flujo de Efectivo
Generar control de IVA a partir del CFDI 3.3 3 Escenarios
148 148
Todos los sistemas Comerciales estarán
listos para resolver los requerimientos de las
disposiciones fiscales.
Nuestra línea de sistemas comerciales está en proceso de preparación para los cambios de Anexo 20 versión 3.3
Sistemas Comerciales
149 149
Queremos mostrarte algunas funcionalidades relevantes que serán
necesarias en Anexo 20, utilizaremos como ejemplo CONTPAQi®
Comercial Premium, pero estos cambios también estarán disponibles
para AdminPAQ y CONTPAQi® Factura Electrónica.
CONTPAQi® Comercial Premium
151 151
Procesos para revisión de Catálogos SAT
Automatiza
Sirve para asignar masivamente claves a los productos categorizados
153 153
Comprobante Anexo 3.3
Encabezado Emisor Receptor CFDI relacionado Concepto Impuestos Totales
Convivencia entre versiones del Anexo 20 y
el Complemento de Nómina
Comprobante Anexo 3.2
Encabezado Emisor Receptor Concepto Totales
Complemento Nómina 1.2
Recibo Patrón Empleado Movimiento Nuevos elementos Indemnizaciones Subcontratación Entidades Gobierno, etc.
La diferencia entre Anexo 20 3.2 y 3.3
con respecto a Nóminas son las
validaciones como se llena el
comprobante
Complemento Nómina 1.2
Recibo Patrón Empleado Movimiento Nuevos elementos Indemnizaciones Subcontratación Entidades Gobierno, etc.
2017 1 julio 2017
Entrada en vigor
1 diciembre 2017
Uso obligatorio
154 154
Cambios en el CFDI Pago de Nómina
Versión
3.3
Fecha de
timbrado
Forma de
Pago
99
Moneda
MXN
Tipo de
comprobante
N
Método de
Pago
PUE
Uso de
CFDI
P01
Clave
Unidad
ACT ProdServ | 84111505
Descripción | Pago de Nómina
156 156
Entrega tus documentos y
declaraciones digitales a través
de CONTPAQi® Contabilidad Entrega de DPIVA como PCRDD