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Nro. 26.869 - 068/20 Paraná, jueves 16 de abril de 2020 Edición de 14 pág.

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Nro. 26.869 - 068/20Paraná, jueves 16 de abril de 2020

Edición de 14 pág.

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SECCION ADMINISTRATIVA

MINISTERIO DE CULTURA Y COMUNICACION

DECRETO Nº 212 MCyCADSCRIBIENDO A AGENTE

Paraná, 17 de diciembre de 2019VISTO:

La gestión realizada por la Secretaría de Comunicación; yCONSIDERANDO:

Que desde dicha cartera se ha considerado, en virtud de los nuevosdesafíos planteados la necesidad de reasignar personal calificado,en este caso para reforzar el personal que revista en la misma; y

Que en virtud de lo expuesto, se propone para dicha tarea a laAgente Elisa Alejandra Vega, de la planta de la Secretaría Generalde la Gobernación, quien reúne las condiciones requeridas;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1°: Adscríbase a la Secretaria de Comunicación, a partir del 11

de diciembre de 2019, a la Señora Elisa Alejandra Vega, DNI Nº26.048.427, agente de la Secretaría General de la Gobernación, porel término de doce meses, de acuerdo a lo expresado en los Consi-derandos.

Art. 2°: Dispónese el pago por la Dirección de Administraciónjurisdiccional, de la diferencia resultante entre la categoría que revis-ta la señora Vega, en la planta permanente de la Administración y uncargo Nivel 41 Personal Fuera de Escalafón contemplado en la Ley8620.

Art. 3°: Impútese el gasto a las partidas presupuestarias de laSecretaría de Comunicación.

Art. 4°: El presente decreto será refrendado por la señora MinistraSecretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 5°: Comuníquese, publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

MINISTERIO DE SALUD

DECRETO Nº 518 M.S.MODIFICANDO PRESUPUESTO

Paraná, 26 de diciembre de 2019VISTO:

Las presentes actuaciones por las cuales se interesa la reubicaciónde la agente Liliana María Rossi, DNI Nº 14.818.005, a la categoría19, Tramo “A” de la Carrera Enfermería, según lo establecido por laLey Nº 9.564 y su Decreto Reglamentario Nº 5.467/04 MSAS; yCONSIDERANDO:

Que la mencionada agente revista en un cargo categoría 12, Tramo“B”, Carrera Enfermería, Escalafón Sanidad, del Hospital “SantaRosa” de Chajarí;

Que de acuerdo a lo dispuesto por la legislación vigente en laCarrera Enfermería, se procede a la reubicación a la categoría 19,Tramo “A”, Carrera Enfermería, Escalafón Sanidad, en virtud dehaber obtenido la agente Rossi el título de enfermera profesional ysu matrícula definitiva en fecha 28/11/2018;

Que es procedente realizar una modificación de cargos conformela planilla modificatoria de cargos de la planta permanente, la queagregada forma parte integrante del presente texto legal;

Que la Dirección General de Recursos Humanos ha realizado elinforme técnico de competencia, de acuerdo a lo dispuesto por elDecreto Nº 2.900/71 SGG;

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Dirección General deAdministración, ambas del Ministerio de Salud, se han expedido alrespecto;

Que la Oficina Provincial de Presupuesto y la Delegación Contablede la Contaduría General de la Provincia han intervenido en laspresentes;

Que la modificación de cargos de la planta de personal permanentese encuadró en los términos del artículo 13º de la Ley 10.660;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Modifícase el presupuesto general de la Administración

Provincial ejercicio 2019 - Ley 10.660 de la Jurisdicción 45 - Ministe-rio de Salud, Unidad Ejecutora: Dirección del Hospital Santa Rosa -Chajarí, mediante transferencia compensatoria de cargos, conformese discrimina en la planilla modificatoria de cargos de personalpermanente, la que agregada forma parte integrante del presentedecreto.

Art. 2º — Reubícase a la agente Liliana María Rossi, DNI Nº14.818.005, a partir del 28/11/2018, quien revista en un cargo cate-goría 12, Tramo “B”, Carrera Enfermería, Escalafón Sanidad a la

categoría 19, Tramo “A”, Carrera Enfermería, Escalafón Sanidaddel Hospital “Santa Rosa” de Chajarí, según lo establecido en laCarrera Provincial de Enfermería, conforme lo dispuesto por la LeyNº 9.564 y su Decreto Reglamentario Nº 5.467/04 MSAS, en virtuda lo expuesto en los considerandos precedentes.

Art. 3º — Impútase el gasto al presupuesto vigente: Direcciónde Administración 960 - Carácter 1 - Jurisdicción 45 - Subjurisdic-ción 00 - Entidad 0000 - Programa 19 - Subprograma 00 - Proyecto00 - Actividad 24 - Obra 00 - Finalidad 3 - Función 12 - Fuente deFinanciamiento 11 - Subfuente de Financiamiento 0001 - Inciso 1- Partida Principal 1 - Partida Parcial 1/3/4/6 - Partida Subparcial1007/1700/1715/1037/1058/1075 - Departamento 28 - UbicaciónGeográfica 01.

Art. 4º — Facúltase a la Dirección General de Administracióndel Ministerio de Salud a liquidar y efectivizar la suma que corres-ponda a la agente Liliana María Rossi, en concepto de lo dispuestopor el artículo 2º del presente decreto.

Art. 5º — El presente decreto será refrendado por la señoraMinistra Secretaria de Estado de Salud.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDETSonia M. Velázquez

— — —DECRETO Nº 529 M.S.

RECONOCIENDO DIFERENCIASParaná, 26 de diciembre de 2019

VISTO:Las presentes actuaciones por las cuales el agente Antonio

Rolando Bonet, DNI Nº 13.631.823, solicita adecuar el pago delarancelamiento hospitalario a partir de mayo de 2016; yCONSIDERANDO:

Que el citado agente revista en un cargo categoría 5, CarreraTécnica, Tramo “A”, Escalafón General, del Hospital MaternoInfantil “San Roque” de Paraná;

Que mediante Disposición Interna Nº 3 - Secretaría de Salud -Dirección de Odontología, de fecha 17/03/2004 se autorizó alagente Bonet a cumplir funciones desde Clínica Escolar, dondefuncionaba el Laboratorio de Ortopedia, al Hospital Materno infan-til “San Roque” de Paraná, donde se traslado por razones edili-cias;

Que, mediante nota de fecha 20 de marzo de 2019, el HospitalMaterno Infantil “San Roque” de esta ciudad informa que a la fechael señor Bonet continúa percibiendo un monto de pesos cientocincuenta ($ 150) en concepto de Arancelamiento de Nivel Cen-tral, razón por la cual solicita que adecue el pago que percibe enconcepto de arancelamiento hospitalario previsto por el DecretoNº 4.255/10 M.S. y su modificatorio Decreto Nº 1.358/16 M.S. aarancelamiento de mayor nivel desde mayo de 2016;

Que el Departamento Personal del Ministerio de Salud ha reali-zado el informe de su competencia;

Que, a fojas 20 de autos, el Departamento Liquidaciones informaque con los haberes del mes de abril/19 se procedió a liquidar yabonar al agente Bonet las diferencias existentes entre Arancela-miento de Nivel Central y Arancelamiento de Mayor Nivel por losmeses de enero/19 y febrero/19;

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Dirección General deAdministración, ambas del Ministerio de Salud, se han expedidoal respecto;

Que la Delegación Contable de la Contaduría General de laProvincia ha tomado intervención al respecto;

Que en virtud de lo expuesto precedentemente, correspondereconocer la diferencia existente entre Arancelamiento de NivelCentral y Arancelamiento de Mayor Nivel desde el 7/03/2017, esdecir, dos años hacia atrás de la fecha de presentación del recla-mo obrante a fojas 17 de autos, hasta el 31/12/2018, encuadrandola presente gestión en el Decreto Nº 4.255/10 M.S. y su Modifica-toria Nº 1.358/16 M.S.;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Reconócese al agente Antonio Rolando Bonet, DNI Nº

13.631.823, categoría 5, Carrera Técnica, Tramo “A”, EscalafónGeneral, del Hospital Materno Infantil “San Roque” de Paraná, lasdiferencias existentes entre Arancelamiento de Nivel Central yArancelamiento de Mayor Nivel y el pago correspondiente por elperíodo 7/03/2017 al 31/12/2018, en mérito a lo expuesto prece-dentemente.

Art. 2º — Impútase el gasto a las siguientes cuentas del presu-puesto vigente: Dirección de Administración 960 - Carácter 1 -Jurisdicción 45 - Subjurisdicción 00 - Entidad 0000 - Programa 19- Subprograma 00 - Proyecto 00 - Actividad 04 - Obra 00 -Finalidad 3 - Función 2 - Fuente de Financiamiento 13 - Subfuentede Financiamiento 0385 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - PartidaParcial 7 - Partida Subparcial 1022 - Departamento 84 - UbicaciónGeográfica 07.

2 BOLETIN OFICIAL Paraná, jueves 16 de abril de 2020

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Art. 3º — Autorízase a la Dirección General de Administración delMinisterio de Salud a liquidar y efectivizar el adicional por responsa-bilidad funcional a favor del agente Antonio Rolando Bonet, DNI Nº13.631.823, conforme a lo dispuesto en el artículo 1º del presentetexto legal.

Art. 4º — El presente decreto será refrendado por la señora Minis-tra Secretaria Estado de Salud.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDETSonia M. Velázquez

— — —DECRETO Nº 530 M.S.

MODIFICANDO PRESUPUESTOParaná, 26 de diciembre de 2019

VISTO:La presentación efectuada ante el Ministerio de Salud por parte del

Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (IOSPER); yCONSIDERANDO:

Que el citado organismo interesa la incorporación al presupuestovigente de los saldos remanentes del año 2018, correspondientes ala Fuente 12 - Recursos Propios Subfuente 0220 –Instituto ObraSocial de la Provincia de Entre Ríos– por la suma de pesos veinte mil($ 20.000);

Que han tomado intervención de su competencia la ContaduríaGeneral de la Provincia y la Oficina Provincial de Presupuesto,informando esta última que la modificación presupuestaria propuestaresulta técnicamente viable y encuadra en las disposiciones delartículo 14º de la Ley Nº 10.660 de Presupuesto 2019;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Modifícase el presupuesto general de la Administración

Provincial ejercicio 2019 –Ley Nº 10.660– mediante ampliación decréditos en la Jurisdicción: 45 - Ministerio de Salud - Unidad Ejecu-tora: Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos, por la sumatotal del pesos veinte mil ($ 20.000), de conformidad a las planillasanalíticas del recurso y del gasto, que adjuntas forman parte integran-te del presente decreto.

Art. 2º — El presente decreto será refrendado por la señora Minis-tra Secretaria de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario deEstado de Economía, Hacienda y Finanzas.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, remítase copia a la HonorableLegislatura de la Provincia y archívese.

GUSTAVO E. BORDETSonia M. VelázquezHugo A. Ballay

— — —DECRETO Nº 531 M.S.

Paraná, 26 de diciembre de 2019Reconociendo a la firma Mecánica Dorrego, de Palavecino, Ricardo

Omar, de Paraná, CUIT Nº 20-10499218-9, los servicios de repara-ción del vehículo Volkswagen Vento, dominio JWF 182, motorCAW101251, chasis 3VWHD61KXAM172705, afectado a la Direcciónde Relaciones Institucionales y Comunicación del Ministerio de Sa-lud, según Factura “8" Nº 0002-00000348, de fecha 8/10/2019.

Facultando a la Dirección General de Administración del Ministeriode Salud a efectuar la solicitud de fondos ante la Tesorería Generalde la Provincia y efectivizar el pago a través del DepartamentoTesorería del citado ministerio a la firma Mecánica Dorrego, dePalavecino, Ricardo Omar, de Paraná, CUIT Nº 20-10499218-9, porun total de $ 29.196,00, con cargo a rendir cuenta, el departamentomencionado precedentemente, ante el Tribunal de Cuentas de laProvincia.

— — —DECRETO Nº 532 M.S.

Paraná, 26 de diciembre de 2019Incorporando al Régimen de Dedicación Exclusiva y Bloqueo de

Matrícula, a partir de la fecha del presente decreto, a la doctoraNorma Beatriz Hernández, DNI Nº 20.167.936, quien revista de ma-nera efectiva en un cargo de directora Nivel II del Centro de Salud“Diego Paroissien” de Ubajay, Carrera Profesional Asistencial Sani-taria, Escalafón Sanidad.

Autorizando a la Dirección General de Administración del Ministeriode Salud a liquidar y efectivizar la suma que corresponda a la doctoraNorma Beatriz Hernández, DNI Nº 20.167.936, en concepto de lodispuesto en el presente texto legal.

— — —DECRETO Nº 533 M.S.

APROBANDO Y FINALIZANDO SUMARIOParaná, 26 de diciembre de 2019

VISTO:Decreto Nº 4.143 M.S., de fecha 7 de diciembre de 2017; y

CONSIDERANDO:Que por el mencionado decreto se dispuso la instrucción de un

sumario administrativo al agente Luis Alberto Tabárez, DNI Nº

31.609.567, Legajo 194011, quien revista un cargo categoría 8,Personal de Servicios Generales, Escalafón General, con presta-ción real en el Departamento Conservación del Ministerio de Salud,por estar su conducta presuntamente incursa en lo prescripto en elartículo 71º, inciso a), de la Ley 9.755 - Marco de Regulación delEmpleo Público de la Provincia;

Que conforme se desprende de autos, el señor Tabárez habríaincurrido en ciento noventa y dos (192) inasistencias injustificadasa su lugar de trabajo, entre los meses de febrero de 2016 y mayode 2017;

Que del plexo probatorio relacionado a las presentes, surge quela inconducta del sumariado ha quedado acreditada por la documen-tal obrante en autos a fojas 2, 7, 16, 21/22, 37, 45, 55, 63, 64, 68/69,71 y 78;

Que, a fojas 108/109, obra declaración testimonial del señorTabárez, reconociendo haber faltado a trabajar, intentando justificarsus inasistencias porque su señora –la señora Yanina Zurita– seenfermó de tiroides, manifestando que la misma tuvo un largotratamiento, que aún continúa y que por ello se tuvo que hacer cargode dos (2) hijos menores;

Que corresponde mencionar que el encartado no ha probado quela señora Zurita sea su esposa, compañera o concubina, por otrolado que la documental médica aportada fue traída en copia simpley sin legalizar, lo que hace estéril para cualquier inicio de intentoprobatorio al carecer de los mínimos vestigios de eventual certeza,y dicha documental resulta inidónea, puesto que se encuentrareferida o un lapso temporal que no corresponde al período dondeel encartado faltó injustificadamente en ciento noventa y dos (192)jornadas laborales;

Que es de considerar que las inasistencias laborales de los em-pleados públicos y de sus familiares motivados por razones de saludse deben canalizar por los medios administrativos específicos ylegalmente predispuestos para ello, todo lo cual se encuentra debi-damente previsto, reglado y detallado en el Decreto Nº 5.350/2009MGJOSP;

Que, asimismo, ante la eventualidad de la justificación médicaargüido por el señor Tabárez, corresponde mencionar que no existeen todo el trámite documental emitida por Ia Comisión Médica, únicoórgano oficial reconocido a los efectos de justificar las inasistenciaslaborales del personal del Estado Provincial;

Que se destaca además que el sumariado continuó faltando a sulugar de trabajo, conforme se desprende de los informes a fojas125/126, 151, 158/161 y 170/171, por lo que la continuidad de lapostura asumida por el señor Tabárez denota una actitud de disci-plina y desinterés en preservar su puesto de trabajo dentro de laAdministración Pública;

Que, en virtud de lo expuesto, corresponde se apruebe y de porfinalizado el presente sumario administrativo y se disponga al agen-te Luis Alberto Tabárez, DNI Nº 31.609.567, Legajo 194.011, lasanción de cesantía, por haberse acreditado en el presente loscargos que se le endilgaran en el Decreto Nº 4.143/17 M.S., habien-do quedando su conducta incursa en lo dispuesto por el artículo 71ºinciso a) de la Ley 9.755 - Marco de Regulación del Empleo Públicode la Provincia;

Que, finalmente, ante el grave perjuicio económico y moral quesignifica que el sumariado haya percibido haberes durante el perío-do laboral en que se comprobó que no concurrió a prestar su débitolaboral, corresponde se giren las presentes, con posterioridad a laaplicación de la sanción disciplinaria contra el señor Tabárez, alTribunal de Cuentas de la Provincia de Entre Ríos para la interven-ción de su competencia;

Que la Comisión Asesora de Disciplina ha tomado la intervenciónpertinente;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Apruébase y dese por finalizado el sumario administra-

tivo dispuesto instruirse mediante Decreto Nº 4.143 M.S., de fecha7 de diciembre de 2017, atento a lo expresado en los considerandosprecedentes.

Art. 2º — Aplíquese la sanción de cesantía al agente Luis AlbertoTabárez, DNI Nº 31.609.567, Legajo 194011, quien revista en uncargo de categoría 8 Personal de Servicios Generales, EscalafónGeneral, con prestación real en el Departamento Conservación delMinisterio de Salud, por encontrarse su conducta incursa en lodispuesto por el artículo 71º inciso a) de la Ley 9.755 - Marco deRegulación del Empleo Público de la Provincia.

Art. 3º — Gírense Ias presentes actuaciones al Tribunal de Cuen-tas de la Provincia de Entre Ríos, a fin de evaluar y determinar lacuantía del perjuicio patrimonial que ha sufrido la Hacienda Provin-cial.

Art. 4º — El presente decreto será refrendado por la señora Mi-nistra Secretaria de Estado de Salud.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDETSonia M. Velázquez

Paraná, jueves 16 de abril de 2020 BOLETIN OFICIAL 3

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DECRETO Nº 534 M.S.DECLARANDO ABSTRACTO RECURSO

Paraná, 26 de diciembre de 2019VISTO:

Las presentes actuaciones por las cuales el señor Emanuel DavidExequiel Galli, DNI Nº 30.187.335, interpone recurso de revocatoriacontra el Decreto Nº 3.888/17 M.S., cuyo artículo 3º dispuso lainmediata baja de la suplencia transitoria que el recurrente veníadesempeñando; yCONSIDERANDO:

Que, al analizar la cuestión formal, surge que el acto recurrido fuenotificado en fecha 15/12/2017, según se desprende de la cédula denotificación que obra agregada a fojas 23 de autos, y el recurso enexamen fue articulado el día 21/12/17, conforme quedó acreditadocon el cargo puesto a fojas 7 vuelta y, en consecuencia, fue deducidoen legal tiempo y forma según lo norma el artículo 57º de la Ley 7.060de Procedimientos para Trámites Administrativos;

Que, conforme surge de autos, a raíz de los hechos acontecidos enfecha 5 de noviembre de 2017, en el marco de una derivaciónsanitaria acordada a una menor de edad residente en la localidad deRacedo, Departamento Paraná, para asistir a un turno en la ciudadde Buenos Aires, el cual no se produce, y atento a ello medianteDecreto Nº 3.888/17 M.S., se dispuso la instrucción de un sumarioadministrativo a los agentes Omar Orlando Losso, César AdriánMedrano y la baja inmediata de la suplencia transitoria que desem-peñaba el señor Emanuel David Exequiel Galli;

Que el recurrente en su memorial alega la ilegitimidad de la deci-sión, habida cuenta que no se pudo realizar el traslado por inexisten-cia de viáticos disponibles y suficientes, siendo esta imprevisibilidady precariedad ajena a su voluntad y, en cambio, endilgada a lasuperioridad que era quien debía depositar en tiempo oportuno losfondos. Asimismo, aduce la desigualdad incurrida en el decisorio,pues se dispone sustanciar una investigación sumarial para deslindarcualquier responsabilidad de los otros dos agentes involucrados enlos hechos mientras que a él directamente se le aplica la máximasanción legal de la baja inmediata como agente en la suplencia, sinsiquiera tener derecho a defenderse en un sumario administrativo;

Que paralelamente a la vía administrativa, el señor Galli, delegadosindical de UPCN en el Hospital Materno Infantil “San Roque” deParaná, promueve un amparo sindical por los mismos hechos einvocando iguales agravios a los planteados en el presente recurso,en la causa: “Galli, Emanuel David Exequiel c/ Superior Gobierno dela Provincia de Entre Ríos s/ Sumarísimo”, peticionando que: 1.- Sedeclare la nulidad del Decreto Nº 3.888/17 M.S. por ser un actodiscriminatorio, manifiestamente ilegal, inconstitucional y arbitrario;2.- Se ordene la inmediata reinstalación sindical-laboral del señorEmanuel Galli en el puesto de trabajo y 3.- Se le abonen retroactiva-mente los salarios caídos con más intereses desde que se hicieraefectiva la medida dispuesta por el Decreto Nº 3.888/17 MS, quedispusiera la baja del actor como suplente transitorio;

Que mediante sentencia del 20 de septiembre de 2018, la señoraJuez de Primera Instancia del Trabajo Nº 2 hizo lugar a la demandapromovida por Emanuel David Exequiel Galli y, en consecuencia,decretó la nulidad del cese del empleado dispuesto mediante elDecreto Nº 3.888/17 M.S., ordenando al Superior Gobierno de EntreRíos que reintegre al actor al puesto de trabajo en el que veníadesarrollando tareas al momento del dictado de aquella resolucióndentro de los diez días de notificado de las presentes y se le abonenlos salarios caídos desde el cese y hasta su efectivo reintegro, conmás los intereses;

Que dicho fallo fue confirmado por sentencia del 26 de noviembrede 2018, emitida por la Excelentísima Cámara Tercera de Apelacio-nes del Trabajo –Sala II–, en consecuencia, y dado que la cuestióndebatida en las presentes actuaciones ya fue decidida judicialmente,produciéndose todos los efectos de la cosa juzgada material, corres-ponde declarar abstracto el presente recurso;

Que la Fiscalía de Estado ha tomado la intervención pertinente;Por ello;

El Gobernador de la ProvinciaD E C R E T A :

Art. 1º — Declárase abstracto el recurso de revocatoria interpuestopor el señor Emanuel David Exequiel Galli, DNI Nº 30.187.335, condomicilio legal en calle Santa Fe Nº 463 de esta ciudad, contra elDecreto Nº 3.888/17 M.S., cuyo artículo 3º dispuso la inmediata bajade la suplencia transitoria que venía desempeñando, en virtud a loexpresado en los considerandos precedentes.

Art. 2º — El presente decreto será refrendado por la señora Minis-tra Secretaria de Estado de Salud.

Art. 3º — Comuníquese, notifíquese, publíquese, archívese.GUSTAVO E. BORDETSonia M. Velázquez

DECRETO Nº 535 M.S.REUBICANDO A AGENTE

Paraná, 26 de diciembre de 2019VISTO:

Las presentes actuaciones por las cuales la agente Noelí YaninaGuadalupe Acosta, DNI Nº 35.707.281, solicita cambio de carrera; yCONSIDERANDO:

Que se deja aclarado que la mencionada agente revista bajo elrégimen de estabilidad en la categoría 10- Personal de ServiciosGenerales del Departamento Bioestadística, dependiente del Mi-nisterio de Salud, por lo que no resulta necesaria la confección dela planilla de modificación de cargos de la planta permanente;

Que corresponde reubicar a la señora Acosta en la categoría 10-Administrativo y Técnico - Administrativo -b) Ejecución, EscalafónGeneral del Departamento Bioestadística, dependiente del Minis-terio de Salud;

Que la Dirección General de Recursos Humanos ha realizado elinforme técnico de competencia de acuerdo a lo dispuesto por elDecreto Nº 2.900/71 SGG;

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Dirección General deAdministración, ambas del Ministerio de Salud, se han expedidoal respecto;

Que la Oficina Provincial de Presupuesto y la Delegación Con-table de la Contaduría General de la Provincia han intervenido enlas presentes;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Reubícase a partir de la fecha del presente decreto,

con carácter transitorio y hasta tanto se dicte la reglamentaciónde la Ley Nº 9.755 y su modificatoria Ley Nº 9.811 y se disponganlos modos en que habrán de operarse los ajustes correspondien-tes para las adecuaciones al nuevo escalafón, a la agente NoelíYanina Guadalupe Acosta, DNI Nº 35.707.281, actual, categoría10 - Personal de Servicios Generales en la categoría 10- Adminis-trativo y Técnico - Administrativo b) Ejecución, Escalafón Generaldel Departamento Bioestadística, dependiente del Ministerio deSalud, atento a lo expuesto en los considerandos precedentes.

Art. 2º — Impútase el gasto al presupuesto vigente: Dirección deAdministración 960 - Carácter 1 - Jurisdicción 45 - Subjurisdicción00 - Entidad 0000 - Programa 01 - Subprograma 00 - Proyecto 00 -Actividad 01 - Obra 00 - Finalidad 3 Función 14- Fuente de Finan-ciamiento 11 - Subfuente de Financiamiento 0001 - Inciso 1 - PartidaPr inc ipa l 1 - Par t ida Parc ia l 1 /4 /6 - Pa r t i da Subparc ia l1001/1031/1051/1075 - Departamento 84 - Ubicación Geográfica 07.

Art. 3º — Facúltase a la Dirección General de Administracióndel Ministerio de Salud a liquidar y efectivizar a la agente NoelíYanina Guadalupe Acosta lo que corresponda en concepto de lodispuesto por el artículo 1º del presente decreto.

Art. 4º — El presente decreto será refrendado por la señoraMinistra Secretaria de Estado de Salud.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDETSonia M. Velázquez

— — —DECRETO Nº 536 M.S.

MODIFICANDO PRESUPUESTOParaná, 26 de diciembre de 2019

VISTO:Las presentes actuaciones por las cuales se interesa la reubica-

ción de la agente Claudia Alejandra Abasolo, DNI Nº 24.071.537,a la categoría 19, Tramo “A” de la Carrera Enfermería, según loestablecido por la Ley Nº 9.564 y su Decreto Reglamentario Nº5.467/04 MSAS; yCONSIDERANDO:

Que la mencionada agente revista en un cargo categoría 12,Tramo “B”, Carrera Enfermería, Escalafón Sanidad del Hospital“Doctor Fermín Salaberry” de Victoria;

Que de acuerdo a lo dispuesto por la legislación vigente en laCarrera Enfermería, se procede a la reubicación a la categoría 19- Tramo “A”, Carrera Enfermería, Escalafón Sanidad, en virtud dehaber obtenido la agente Abasolo el título de enfermera profesio-nal y su matrícula definitiva en fecha 26/09/2018;

Que es procedente realizar una modificación de cargos confor-me la planilla modificatoria de cargos de la planta permanente, laque agregada forma parte integrante del presente texto legal;

Que la Dirección General de Recursos Humanos ha realizado elinforme técnico de competencia, de acuerdo a lo dispuesto por elDecreto Nº 2.900/71 SGG;

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Dirección General deAdministración, ambas del Ministerio de Salud, se han expedidoal respecto;

Que la Oficina Provincial de Presupuesto y la Delegación Con-

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table de la Contaduría General de la Provincia han intervenido en laspresentes;

Que la modificación de cargos de la planta de personal permanentese encuadra en los términos del artículo 13º de la Ley 10.660;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Modifícase el presupuesto general de la Administración

Provincial ejercicio 2019 - Ley 10.660 de la Jurisdicción 45 - Ministe-rio de Salud, Unidad Ejecutora: Dirección del Hospital Fermín Sala-berry, mediante transferencia compensatoria de cargos, conforme sediscrimina en la planilla modificatoria de cargos de personal perma-nente, la que agregada forma parte integrante del presente decreto.

Art. 2º — Reubícase a la agente Claudia Alejandra Abasolo, DNI Nº24.071.537, a partir del 26/09/2018, quien revista en un cargo cate-goría 12, Tramo “B”, Carrera Enfermería, Escalafón Sanidad a lacategoría 19, Tramo “A”, Carrera Enfermería, Escalafón Sanidad delHospital “Doctor Fermín Salaberry” de Victoria, según lo establecidoen la Carrera Provincial de Enfermería, conforme lo dispuesto por laLey Nº 9.564 y su Decreto Reglamentario Nº 5.467/04 MSAS., envirtud a lo expuesto en los considerandos precedentes.

Art. 3º — Impútase el gasto al presupuesto vigente: Dirección deAdministración 960 - Carácter 1 - Jurisdicción 45 - Subjurisdicción 00- Entidad 0000 - Programa 19 - Subprograma 00 - Proyecto 00 -Actividad 23 - Obra 00 - Finalidad 3 - Función 12 - Fuente deFinanciamiento 11 - Subfuente de Financiamiento 0001 - Inciso 1 -Partida Principal 1 - Partida Parcial 1/3/4/6 - Partida Subparcial1007/1700/1037/1058/1075 - Departamento 95 - Ubicación Geográfi-ca 01.

Art. 4º — Fácúltase a la Dirección General de Administración delMinisterio de Salud a liquidar y efectivizar la suma que correspondaa la agente Claudia Alejandra Abasolo, en concepto de lo dispuestopor el artículo 2º del presente decreto.

Art. 5º — El presente decreto será refrendado por la señora Minis-tra Secretaria de Estado de Salud.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDETSonia M. Velázquez

— — —DECRETO Nº 544 M.S.

RATIFICANDO CONVENIOParaná, 26 de diciembre de 2019

VISTO:Las presentes actuaciones por las cuales se interesa la aprobación

del convenio marco de colaboración celebrado entre el ConsejoGeneral de Educación y el Ministerio de Salud de la Provincia; yCONSIDERANDO:

Que dicho convenio fue suscripto por la profesora Marta Irazábalde Landó, en calidad de presidenta del Consejo General de Educa-ción, y por la licenciada magíster Sonia Velázquez, en su carácter deMinistra de Salud;

Que el mismo tiene como objeto establecer vínculos de cooperaciónque sirvan a su respectivo desarrollo institucional, permitiendo brin-dar un mejor desarrollo de actividades conjuntas tendientes a forta-lecer la educación, actuar cada uno como organismo asesor del otrocon relevamientos y resolución de problemas, desarrollen programasde formación profesional, cursos y otras acciones relativas a temasde interés de alguna de las partes, que serán instrumentados median-te acuerdos específicos;

Que las partes acuerdan que en toda circunstancia o hecho quetenga relación con el presente convenio y los acuerdos específicosque en el marco del mismo se suscriban, mantendrán la individualidady autonomía de sus respectivas estructuras técnicas y administrati-vas y asumirán las responsabilidades consiguientes;

Que el presente convenio tiene vigencia a partir de la fecha de sufirma y por el término de tres (3) años;

Que el Departamento Capacitación, Docencia e Investigación, de-pendiente de la Dirección de Ciencia y Tecnología del Ministerio deSalud, ha tomado intervención de su competencia;

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud hadictaminado al respecto;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Ratifícase el convenio celebrado entre el Consejo General

de Educación y el Ministerio de Salud de la Provincia, el que agregadoforma parte integrante del presente decreto, con el objeto de estable-cer vinculas de cooperación que sirvan a su respectivo desarrolloinstitucional, permitiendo brindar un mejor desarrollo de actividadesconjuntas tendientes a fortalecer la educación, actuar cada uno comoorganismo asesor del otro con relevamientos y resolución de proble-mas, desarrollar programas de formación profesional, cursos y otras

acciones relativas a temas de interés de alguna de las partes, queserán instrumentados mediante acuerdos específicos, atento a loexpuesto en los considerandos precedentes.

Art. 2º — El presente decreto será refrendado por la señora Mi-nistra Secretaria de Estado de Salud.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDETSonia M. Velázquez

— — —DECRETO Nº 545 M.S.

RATIFICANDO RESOLUCIÓNParaná, 26 de diciembre de 2019

VISTO:Las presentes actuaciones por las cuales el Centro de Salud

“Tomás de Rocamora” de Estación Herrera del Departamento Uru-guay solicita donar una serie de bienes; yCONSIDERANDO:

Que los mismos fueron dados de baja por Resolución Nº 252 M.S.,con fecha 24 de febrero de 2017, detallados en el anexo de lamisma;

Que el mencionado centro de salud informa que los bienes citadosestán en desuso y mal estado y que es oportuno su posteriordonación a la Municipalidad de Estación Herrera;

Que mediante el artículo 2º de la mencionada resolución seinteresa que dichos bienes sean donados mediante la elaboracióndel proyecto de ley pertinente;

Que obra dictamen de la Asesoría Legal de la Honorable Cámarade Senadores de Entre Ríos, informando que resulta innecesariodesde el punto de vista jurídico y por ende un dispendio administra-tivo y legislativo lo peticionado en autos, lo cual aconseja a estePoder Ejecutivo a instar el acto administrativo correspondiente;

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos y la División Patrimonio,dependiente de la Dirección General de Administración, ambas delMinisterio de Salud, se han expedido al respecto;

Que por lo expuesto corresponde ratificar la resolución menciona-da y donar los bienes detallados en el anexo de la misma a laMunicipalidad de Estación Herrera;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Ratifícase la Resolución Nº 252 del Ministerio de Salud

con fecha 24 de febrero de 2017, por el cual se dan de baja losbienes detallados en su anexo, pertenecientes al Centro de Salud“Tomás de Rocamora” de Estación Herrera del departamento Uru-guay, en virtud a lo expuesto en los considerandos precedentes.

Art. 2º — Dónase a la Municipalidad de Estación Herrera los bie-nes dados de baja en la resolución mencionada en el artículoprecedente.

Art. 3º — El presente decreto será refrendado por la señora Mi-nistra Secretaria de Estado de Salud.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDETSonia M. Velázquez

— — —DECRETO Nº 546 M.S.

RATIFICANDO RESOLUCIÓNParaná, 26 de diciembre de 2019

VISTO:El Decreto Nº 62 M.S., de fecha 11 de diciembre de 2019; y

CONSIDERANDO:Que por el artículo 2º del mencionado decreto se dejó sin efecto

la designación interina de la doctora Carina Andrea Reh, DNI Nº22.449.920, como directora del Hospital Materno Infantil “San Ro-que” de Paraná, a partir del día 11 de diciembre del año en curso;

Que a, fin de no resentir el normal desenvolvimiento del nosoco-mio, el Ministerio de Salud emitió la Resolución Nº 4.964/19, enco-mendando a partir de la misma fecha las funciones de director delmencionado hospita l al doctor Víctor Hugo Brondi, DNI Nº17.887.535, quien revista de manera efectiva en un cargo Profesio-nal Asistente, Carrera Profesional Asistencial Sanitaria - EscalafónSanidad, incorporado al Régimen de Dedicación Exclusiva y Blo-queo de Matrícula, con funciones de Jefe del Programa Provincialde Pesquisa Neonatal “Programa Juan”;

Que de acuerdo a lo informado en autos por el DepartamentoPersonal, dependiente, de la Dirección General de Recursos Huma-nos del Ministerio de Salud, el cargo de director del Hospital Mater-no Infantil “San Roque” de Paraná se encuentra actualmente vacan-te;

Que la Dirección General del 2º y 3º Nivel de Atención y laDirección de Asuntos Jurídicos de dicho ministerio han tomado laintervención que le compete;

Que el presente trámite encuadra en las disposiciones estableci-das en los artículos 33º y 37º de la Ley 9.892, Carrera ProfesionalAsistencial Sanitaria;

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Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Ratifícase la Resolución Nº 4.964/19 M.S. y reconócense

las funciones desempeñadas por el doctor Víctor Hugo Brondi, DNINº 17.887.535, como director del Hospital Materno Infantil “San Ro-que” de Paraná, a partir del día 11 de diciembre de 2019 y hasta lafecha del presente decreto, atento a lo expuesto en los considerandosprecedentes.

Art. 2º — Desígnase interinamente a partir de la fecha del presentedecreto al doctor Víctor Hugo Brondi, DNI Nº 17.887.535, comodirector Nivel III B del Hospital Materno Infantil “San Roque” deParaná, con retención del cargo Profesional Asistente - CarreraProfesional Asistencial Sanitaria, Escalafón Sanidad, que detenta enforma efectiva, y las funciones de Jefe del Programa Provincial dePesquisa Neonatal “Programa Juan” por continuar a cargo del mismo,manteniendo su inclusión al Régimen de Dedicación Exclusiva conBloqueo de Matrícula, conforme lo establecido en los artículos 33º y37º de la Ley 9.892, de acuerdo a lo expuesto en los considerandosprecedentes.

Art. 3º — Autorízase a la Dirección General de Administración delMinisterio de Salud a liquidar y hacer efectivo el pago de los haberesconforme lo establecido en los artículos precedentes.

Art. 4º — El presente decreto será refrendado por la señora Minis-tra Secretaria de Estado de Salud.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDETSonia M. Velázquez

— — —RESOLUCIÓN Nº 4322 MS

Paraná, 1 de diciembre deOtorgando un subsidio por la suma de $ 2.696,00, para el paciente

José Ramón Chaves, DNI N° 29.970.000, destinado a solventargastos por la realiza de una colangio resonancia.-

Encuadrando la presente gestión en las disposiciones establecidaspor el Decreto N° 44/17 MS, Resolución N° 881/12 MS y ResoluciónN° 5392/10 MS.-

Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante laTesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “JustoJosé de Urquiza” de Federal, por un importe de $ 2.696,00, parasolventar el costo del subsidio otorgado por el presente texto legal,debiendo el Hospital rendir cuenta el Tribunal de Cuentas de laProvincia.-

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente N° 90281/6,CBU Nº 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos. Laconstancia de dicho depósito, copia de boleto de depósito, deberáremitirse a calle 25 de Mayo N° 139, CP 3100, presentando Formu-lario 11, en forma conjunta con copia del texto legal, que apruebe elotorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospital dirigida alDepartamento Tesorería del Ministerio de Salud, explicando el motivode la mencionada devolución.-

— — —RESOLUCIÓN Nº 4323 MS

Paraná, 1 de diciembre de 2017Otorgando un subsidio por la suma de $ 21.150,00, para la paciente

María de los Ángela Almada, DNI N°21.757.022, destinado a solven-tar gastos por la compra de 2 cabezas femorales de banco.-

Encuadrando la presente gestión en las disposiciones establecidaspor el Decreto N° 44/17 MS, Resolución N° 881/12 MS y ResoluciónN° 5392/10 MS.-

Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante laTesorería General de la Provincia, y la transferencia al Hospital “SanMartín” de Paraná, por un importe $ 21.150,00, para solventar elcosto del subsidio otorgado por el presente texto legal, debiendo elHospital rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.-

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N° 90281/6,CBU Nº 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos. Laconstancia de dicho depósito, copia de boleto de depósito, deberáremitirse a calle 25 de Mayo N° 139, CP 3100, presentando Formu-lario 11, en forma conjunta con copia del texto legal, que apruebe elotorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospital dirigida alDepartamento Tesorería del Ministerio de Salud, explicando el motivode la mencionada devolución.-

— — —RESOLUCIÓN Nº 4324 MS

Paraná, 1 de diciembre de 2017Otorgando un subsidio por la suma de $ 2.380,00, para la paciente

Gladys Yolanda Vidal, DNI N° 26.302.761, destinado a solventar

gastos por la realización de una resonancia magnética de columnalumbar.-

Encuadrando la presente gestión en las disposiciones estable-cidas por el Decreto N° 44/17 MS, Resolución N° 881/12 MS yResolución N° 5392/10 MS.-

Facultando a la Dirección General de Administración dependien-te de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondosante la Tesorería General de la Provincia, y la transferencia alHospital “Justo José de Urquiza” de Federal, por un importe $2.380,00, para solventar el costo del subsidio otorgado por elpresente texto legal, debiendo el Hospital rendir cuenta ante elTribunal de Cuentas de la Provincia.-

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N°90281/6, CBU Nº 3860001001000009028169 Nuevo Banco deEntre Ríos. La constancia de dicho depósito, copia de boleto dedepósito, deberá remitirse a calle 25 de Mayo N° 139, CP 3100,presentando Formulario 11, en forma conjunta con copia del textolegal, que apruebe el otorgamiento del subsidio y nota del Directordel Hospital dirigida al Departamento Tesorería del Ministerio deSalud, explicando el motivo de la mencionada devolución.-

— — —RESOLUCIÓN Nº 4325 MS

AUTORIZANDO PETICIÓNParaná, 1 de diciembre 2017

VISTO:Las presentes actuaciones por las cuales la Agente Mariana

Graciela Hernández, DNI N° 22.267.112, envía nota en fecha 06de enero de 2017, solicitando no asistir a trabajar entre la puestade sol de los días viernes y la puesta de sol del día sábado, envirtud de sus creencias religiosas; yCONSIDERANDO:

Que la Agente Mariana Graciela Hernández, DNI N°22.267.112,revista en un cargo Categoría 12, Tramo “B”, Carrera Enfermería,Escalafón Sanidad del Hospital Geriátrico “Dr. Domingo Cuneo”de Victoria;

Que la mencionada agente solicita se arbitren los medios nece-sarios para no asistir a trabajar entre la puesta de sol de los díasviernes y la puesta de sol del día sábado, que no se le asignenguardias durante ese período de tiempo, pudiendo algunos finesde semanas incluso trabajar sábado y domingo por la noche,cuando así lo requiera la Dirección;

Que el artículo 14°de la Constitución Nacional reconoce a todoslos habitantes de la Nación el derecho “de profesar libremente suculto” el que es complementado por los distintos tratados deDerecho Humanos con jerarquía constitucional de acuerdo alartículo 75°, inciso 22° entre los que se menciona la Declaraciónde los Derechos y Deberes del Hombre que en su artículo 3°contempla “Toda persona tiene el derecho de profesar librementeuna creencia religiosa y de manifestarla y practicarla en público yen privado”; la Declaración Universal de los Derechos Humanos,artículo 2°, inciso 1) “Toda persona tiene todos los derechos ylibertades proclamados en esta Declaración, sin distinción algunade raza, color, sexo, idioma, religión, opinión pública (...)”; laConvención Americana sobre Derechos Humanos, artículo 12°sobre libertad de conciencia y de religión PIDESC, artículo 2°,apartado 1°, la Convención Internacional sobre la Eliminación detodas las formas de Discriminación Racial;

Que asimismo, el Estado Nacional contempla y reconoce anual-mente el calendario de celebraciones religiosas, estableciendocomo días no laborables para los miembros de los distintos credosdeterminadas festividades;

Que la Constitución Provincial en su artículo 5°, reza: “Losderechos, declaraciones y garantías enumerados en la Constitu-ción Nacional y que esta Constitución da por reproducidos, no seráentendidos como negación de otros derechos y garantías noenumerados”; en su artículo 10° “El Estado garantiza el derechoa la identidad personal (…) El Registro del Estado Civil de lasPersonas será uniformemente llevado (…) sin distinción de creen-cias religiosas (…)”, artículo 12° “El Estado garantiza la libertadde expresión, creencias y corriente de pensamientos (...)”, artículo15° “El Estado garantiza el derecho a la diversidad, al pluralismoy a la igualdad de oportunidades. No podrán ser fundamentos deprivilegio; través de un depósito en la Cuenta Corriente N°001006625995: la naturaleza, la filiación, el sexo, la riqueza, lasideas políticas, la condición natural, ni las creencias religiosas(…). Los Derechos Humanos y las garantías establecidas expresao implícitamente por orden jurídico vigente tiene plena operativi-dad” y artículo 36° “todos los habitantes son admisibles en losEmpleados Públicos Provinciales, Municipales y Comunales (…)sin más requisitos que la idoneidad (…) en ningún caso razonesétnicas, religiosas, ideológicas (…) serán motivo para discriminaro segregar(...)”;

6 BOLETIN OFICIAL Paraná, jueves 16 de abril de 2020

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Que recientemente el Poder Ejecutivo Nacional ha remitido al Con-greso un proyecto de ley cuyo objetivo, entre los argumentos que semencionan, es “reemplazar la Ley 21745 por su sistema compatiblecon la Constitución Nacional y los Tratados de Derechos Humanos”y “el Estado debe garantizar, con los límites debidos, que tanto laspersonas como las confesiones puedan conducirse en la vida públicaconforme a lo que reclama la propia religión y la propia conciencia,no sólo ejerciendo los derechos generales de las demás personas(humanas o jurídicas), sino todo lo específico, desde lo más elemen-tal como poder celebrar actos cultos hasta observar los días de fiestay penitencia, difundir con libertad las propias verdades”;

Que resulta concluyente que “la libertad religiosa, además de sufaceta positiva, entendida como la facultad de organizar y conducirla vida siguiendo los dictados de la conciencia personal, presenta sudimensión negativa: el derecho a no ser forzado a actuar en contrade ella” y “se introduce el derecho a la “objeción de conciencia” y eldeber de “adecuación razonable”, que es una garantía para lostrabajadores de no verse forzados a laborar días incompatibles consus creencias o bien realizar prácticas que violenten las mismas”;

Que nuestro ordenamiento nacional y provincial, garantiza la liber-tad de culto en sentido amplio, encontrando como único límite parasu ejercicio la protección de los derechos de los demás, como asítambién a la salud, la moral y el respeto por la dignidad humana, losque claramente no se ven vulnerados en el caso concreto, no exigien-do razones para rechazar la petición formulada;

Que por todo lo expuesto corresponde se respete y se garantice ala Sra. Hernández, el cumplimiento de un horario laboral conforme ala creencia religiosa que profesa, debiendo arbitrarse los mecanis-mos necesarios para asegurar su efectiva implementación;

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio ha tomadola debida intervención de su competencia;

Por ello;La Ministra Secretaria de Estado de Salud

R E S U E L V E :Art. 1º.- Autorizar lo peticionado por la Sra. Mariana Graciela Her-

nández, DNI N° 22.267.112, por nota de fecha 06 de enero de 2017,que revista en un cargo Categoría 12, Tramo “B”, Carrera Enfermería,Escalafón Sanidad del Hospital Geriátrico “Dr. Domingo Cuneo” deVictoria, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes.-

Art. 2°.- Comunicar, publicar y archivar.-Sonia M. Velázquez

— — —RESOLUCIÓN Nº 4326 MS

Paraná, 1 de diciembre de 2017Aprobando la Licitación Privada N° 22/17, cuya fecha de apertura

tuvo lugar el día 17.10.17, por intermedio de la Dirección de Contra-taciones, para la adquisición de 2 tubos de Rayos “X”, con destino alHospital “Sagrado Corazón de Jesús” de Basavilbaso, por la suma ainvertir de $ 243.000,00, en concepto de lo expresado precedente-mente.-

Declarando fracasada la licitación por no recibirse ofertas.-Autorizando un segundo llamado a licitación privada, a través de la

Dirección de Contrataciones de este Ministerio, para adquisición de2 tubos de Rayos “X”, con destino a los Hospitales “Sagrado Corazónde Jesús” de Basavilbaso y “Justo José de Urquiza” de Concepcióndel Uruguay.-

Encuadrando la presente gestión en la Ley N° 5140, texto único yordenado, Decreto N° 404/95 MEOSP, Capítulo II, Título III, artículo26°, inciso A), concordante con el Decreto Reglamentario N° 795/96MEOSP, Título I, Capítulo I, artículo 5°, punto 2) y artículo 6°, punto2), Capítulo II, artículo 7°, punto 2) y Título III y su modificatorioDecreto N° 723/17 MEHF.-

— — —RESOLUCIÓN Nº 4327 MS

DISPONIENDO INSTRUCCION SUMARIAParaná, 1 de diciembre 2017

VISTO:La Resolución N° 4854/13 MS, por la que se otorgara un subsidio

a favor del Sr. Jonathan, Daniel Ernst, DNI N° 37.975.849, parasolventar gastos por la compra de insumos ortopédicos, paciente delHospital “San Martín” de Paraná, por la suma de pesos dos mildoscientos noventa y ocho ($ 2.298,00);CONSIDERANDO:

Que el Departamento Tesorería de este Ministerio, realiza la trans-ferencia de fondos en fecha 18.02.14, habiéndose otorgado el subsi-dio en fecha 31.12.13, un tiempo excesivo tratándose de un subsidiode salud, que luego estando el dinero depositado en el Hospital yteniendo en cuenta el tiempo transcurrido y el consiguiente venci-miento de las ofertas se procede a dejar sin efecto la presentecotización y reimputar los fondos recibidos de la Secretaría de Salud,en función de lo dispuesto por la Resolución N° 2344/09, de acuerdoa lo informado por el Jefe de la División Contrataciones del Hospitalde referencia;

Que a fs. 45, el Dr. Lino Sapetti, informa que persiste la necesidadde cirugía programada para el día 28.03.2014;

Que se confecciona la orden de compra con fecha 28.02.2014, noobstante lo cual a fs. 51 con fecha 15.07.2014, el Jefe del Servicio,informa que atento al plazo transcurrido se anula el pedido desubsidio;

Que a fs. 52, el Jefe de la División Contrataciones del Hospital“San Martín” de esta ciudad, se realizó la reimputación de los fondoscorrespondientes al subsidio acordado al paciente Ernst, JonatanDaniel;

Que el expediente es remitido en fecha 18.04.2016, al Hospital“San Martín”, a fin de que se agregue documentación relativa a lareimputación de los fondos recibidos, en virtud del subsidio aproba-do en las presentes, remitiéndose dicho informe a fs. 68/95, enfecha 17.04.2017, es decir un año después;

Que a fs. 69, según lo informado por la División Tesorería de dichonosocomio, se realizó la reimputación de los fondos, en fecha28.07.2014, para el pago de proveedores, se adjunta facturas,remitos y recibos, se señala que el subsidio ascendía a la suma depesos dos mil doscientos noventa y ocho ($ 2.298,00), mientras queel pago de proveedores es por la suma de Pesos ciento treinta yocho mil trescientos cuarenta y cuatro con cuarenta y cuatro centa-vos ($ 138.344,44) y Pesos ciento treinta y nueve mil ciento treintay nueve con sesenta y cuatro centavos ($ 139.139,64);

Que en virtud de los antecedentes detallados y teniendo en cuentala existencia de varios subsidios que han tenido igual destino, tantoen relación al uso del dinero con destino a la atención de unpaciente, como en relación a la atención del paciente mismo, laDirección de Asuntos Jurídicos, opina que se debería ordenar enforma inmediata la correspondiente información sumaria en el ám-bito del Hospital “San Martín”, a fin de dilucidar tanto la responsa-bilidad en torno a la desidia en la tramitación del presente, a faltade atención de los pacientes en el Servicio de Ortopedia y Trauma-tología del mencionado nosocomio, y a la reimputación indebida delos fondos, como así también el real destino de los fondos otorgadosen el marco de los subsidios respectivos, lo que de acuerdo a laResolución N° 5392/10 MS, deberían ser reintegrados en caso deno imputación;

Que dicho procedimiento administrativo deberá ser llevado a cabopor ante la Dirección de Sumarios de la Provincia, de conformidada las disposiciones legales vigentes establecidas por Decreto N°2/70 SGG y concordante atento a lo dispuesto por Decreto N°2480/07 GOB;

Por ello;La Ministra Secretaria de Estado de Salud

R E S U E L V E :Art. 1º.- Disponer la instrucción de una información sumaria en el

ámbito del Hospital “San Martín” de esta ciudad, a fin de dilucidartanto la responsabilidad en torno a la desidia en la tramitación delpresente, a la falta de atención de los pacientes en el Servicio deOrtopedia y Traumatología del mencionado nosocomio, conforme alo dispuesto en los considerandos precedentes y a lo establecidopor Decreto N° 2/70 SGG y concordantes atento a lo dispuesto porDecreto N° 2480/07 GOB.-

Art. 2°.- Mantener plenamente en vigencia y en todos sus términosel Reglamento de Sumarios Administrativos establecidos por elartículo 20°y concordantes Resolución N°555/71 y Decreto N° 2/70SGG, conforme lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 2480GOB.-

Art. 3°.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Suma-rios de la Provincia, dependiente de Fiscalía de Estado, a susefectos.-

Art. 4°.- Comunicar, publicar y archivar.-Sonia M. Velázquez

— — —RESOLUCIÓN Nº 4328 MS

Paraná, 1 de diciembre de 2017Aprobando los contratos de locación de obra, desde el 01.08.17,

hasta el 31.12.17, a favor de la Dra. María Laura Díaz Pretussi, DNIN° 24.264.774, para cumplir funciones de Médico Asesor en elPrograma FESP dependiente de este Ministerio de Salud, y queagregado forma parte integrante del presente texto legal.-

Encuadrando la presente gestión en el Decreto Nº 3589/12 MS,exceptuado del Decreto Nº 3722/08 GOB.-

Facultando a la Dirección General de Administración de esteMinisterio de Salud, a efectuar el pago a la Dra. María Laura DíazPretussi, previa certificación de obra y presentación de constanciade libre deuda de ATER, según la normativa vigente.-

— — —RESOLUCIÓN Nº 4329 MS

Paraná, 1 de diciembre de 2017Declarando de interés ministerial la realización de la “Semana de

Concientización de Lucha Contra el VIH/SIDA”, organizada por elPrograma Provincial VIH/SIDA, a llevarse a cabo desde el día 27de noviembre al 1 de diciembre de 2017, de 9 a 13 hs., en diferenteslocalidades de la Provincia, atento a lo expresado.-

Paraná, jueves 16 de abril de 2020 BOLETIN OFICIAL 7

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RESOLUCIÓN Nº 4330 MSParaná, 1 de diciembre de 2017

Otorgando un subsidio por la suma de $ 19.000,00, para el pacienteSergio Emmanuel Zeballo, DNI N°36.380.989, destinado a solventargastos por la compra de un audífono digital para oído izquierdo.-

Encuadrando la presente gestión en las disposiciones establecidaspor el Decreto N° 44/17 MS, Resolución N° 881/12 MS y ResoluciónN° 5392/10 MS.-

Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante laTesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “SanMartín” de Paraná, por un importe de $ 19.000,00, para solventar elcosto del subsidio otorgado por el presente texto legal, debiendo elHospital rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.-

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N° 90281/6,CBU N° 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos. Laconstancia de dicho depósito, copia de boleto de depósito, deberáremitirse a calle 25 de Mayo N° 139, CP 3100, presentando Formu-lario 11, en forma conjunta con copia del texto legal, que apruebe elotorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospital dirigida alDepartamento Tesorería del Ministerio de Salud, explicando el motivode la mencionada devolución.-

— — —RESOLUCIÓN Nº 4331 MS

Paraná, 1 de diciembre de 2017Otorgando un subsidio por la suma de $ 9.800,00, para el paciente

Horacio Rafael Pucheta, DNI N° 21.640.592, destinado a solventargastos por la compra de un set completo de placas 3,5 mm., bloque-das más un set de colocación a préstamo, siendo responsable la Sra.Claudia Ester Escobar, DNI N° 25.123.739.-

Encuadrando la presente gestión en las disposiciones establecidaspor el Decreto N° 44/17 MS, Resolución N° 881/12 MS y ResoluciónN° 5392/10 MS.-

Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante laTesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital“Delicia Concepción Masvernat” de Concordia, por un importe de $9.800,00, para solventar el costo del subsidio otorgado por el presen-te texto legal, debiendo el Hospital rendir cuenta ante el Tribunal deCuentas de la Provincia.-

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N° 90281/6,CBU N° 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos. Laconstancia de dicho depósito, copia de boleto de depósito, deberáremitirse a calle 25 de Mayo N° 139, CP 3100, presentando Formu-lario 11, en forma conjunta con copia del texto legal, que apruebe elotorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospital dirigida alDepartamento Tesorería del Ministerio de Salud, explicando el motivode la mencionada devolución.-

— — —RESOLUCIÓN Nº 4332 MS

Paraná, 1 de diciembre de 2017Otorgando un subsidio por la suma de $ 14.900,00, para el paciente

Jorge Daniel Farias, DNI N° 29.669.194, destinado a solventar gastospor la compra de un audífono digital para oído derecho, siendoresponsable el Sr. Luis Alberto Correa, DNI N° 13.631.953.-

Encuadrando la presente gestión en las disposiciones establecidaspor el Decreto N° 44/17 MS, Resolución N° 881/12 MS y ResoluciónN° 5392/10 MS.-

Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante laTesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “SanMartín” de Paraná, por un importe de $ 14.900,00, para solventar elcosto del subsidio otorgado por el presente texto legal, debiendo elHospital rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.-

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N° 90281/6,CBU N° 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos. Laconstancia de dicho depósito, copia de boleto de depósito, deberáremitirse a calle 25 de Mayo N° 139, CP 3100, presentando Formu-lario 11, en forma conjunta con copia del texto legal, que apruebe elotorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospital dirigida alDepartamento Tesorería del Ministerio de Salud, explicando el motivode la mencionada devolución.-

— — —RESOLUCIÓN Nº 4333 MS

Paraná, 1 de diciembre de 2017Otorgando un subsidio por la suma de $ 19.000,00, para la paciente

Lorena Paola Santa Cruz, DNI N° 34.335.947, destinado a solventargastos por la compra de un audífono digital para oído izquierdo,siendo responsable la Sra. Dora Malvina Santa Cruz, DNI N°30.764.394.-

Encuadrando la presente gestión en las disposiciones estable-cidas por el Decreto N° 44/17 MS, Resolución N° 881/12 MS yResolución N° 5392/10 MS.-

Facultando a la Dirección General de Administración dependien-te de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondosante la Tesorería General de la Provincia y la transferencia alHospital “San Martín” de Paraná, por un importe de $ 19.000,00,para solventar el costo del subsidio otorgado por el presente textolegal, debiendo el Hospital rendir cuenta ante el Tribunal deCuentas de la Provincia.-

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N°90281/6, CBU N° 3860001001000009028169 Nuevo Banco deEntre Ríos. La constancia de dicho depósito, copia de boleto dedepósito, deberá remitirse a calle 25 de Mayo N° 139, CP 3100,presentando Formulario 11, en forma conjunta con copia del textolegal, que apruebe el otorgamiento del subsidio y nota del Directordel Hospital dirigida al Departamento Tesorería del Ministerio deSalud, explicando el motivo de la mencionada devolución.-

— — —RESOLUCIÓN Nº 4334 MS

Paraná, 1 de diciembre de 2017Otorgando un subsidio por la suma de $ 10.680,00, para el

paciente Mario Ernesto Schlegel, DNI N°16.140.889, destinado asolventar gastos por la compra de un audífono digital para oídoderecho.-

Encuadrando la presente gestión en las disposiciones estable-cidas por el Decreto N° 44/17 MS, Resolución N° 881/12 MS yResolución N° 5392/10 MS.-

Facultando a la Dirección General de Administración dependien-te de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondosante la Tesorería General de la Provincia y la transferencia alHospital “San Martín” de Paraná, por un importe de $ 10.680,00,para solventar el costo del subsidio otorgado por el presente textolegal, debiendo el Hospital rendir cuenta ante el Tribunal deCuentas de la Provincia.-

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N°90281/6, CBU N° 3860001001000009028169 Nuevo Banco deEntre Ríos. La constancia de dicho depósito, copia de boleto dedepósito, deberá remitirse a calle 25 de Mayo N° 139, CP 3100,presentando Formulario 11, en forma conjunta con copia del textolegal, que apruebe el otorgamiento del subsidio y nota del Directordel Hospital dirigida al Departamento Tesorería del Ministerio deSalud, explicando el motivo de la mencionada devolución.-

— — —RESOLUCIÓN Nº 4335 MS

Paraná, 1 de diciembre de 2017Aprobando el llamado a Solicitud de Cotización N°108/17, cuya

fecha de apertura tuvo lugar el día 27 de octubre de 2017, autori-zado por Resolución N°3461/17 MS, para la compra de cartuchosde tóner negro para atender las necesidades del plantel de impre-soras láser de este ministerio, por la suma total de $ 15.818,89,en mérito de lo expuesto en la presente resolución.

Adjudicando la compra interesada en autos de la siguiente ma-nera:

Firma Insumos Paraná de Novatti Carlos M. y Felgueres NéstorA. S.H. de esta ciudad

Renglón N° 01: doce cartuchos de tóner alternativo modelo 78para impresoras láser H. Packard, color negro, rendimiento apro-ximado 2.000 impresiones - $ 2.042,04

Renglón N° 02: trece cartuchos de tóner alternativo modelo 85para impresoras láser H. Packard, color negro, rendimiento apro-ximado 1.500 impresiones - $ 2.212,21

Renglón N° 05: un cartucho de tóner alternativo modelo 53 paraimpresoras láser H. Packard, color negro, rendimiento aproximado2.500 impresiones - $ 249,90

Renglón N° 07: trece cartuchos de tóner alternativo modelo 83para impresoras láser H. Packard, color negro, rendimiento apro-ximado 1.500 impresiones - $ 2.535,00

Renglón N° 08: cuatro cartuchos de tóner alternativo modelo 17para impresoras láser H. Packard, color negro, rendimiento apro-ximado 1.600 impresiones. Sin chips - $ 2.780,00

Renglón N° 09: tres cartuchos de tóner alternativo modelo 87para impresoras láser H. Packard, color negro, rendimiento apro-ximado 9.000 impresiones - $ 1.111,89

Renglón N° 10: tres cartuchos de tóner alternativo modelo 30para impresoras láser H. Packard, color negro, rendimiento apro-ximado 1.600 impresiones. Sin chips - $ 1.866,27

Total - $ 12.797,31Firma Azteca SA de esta ciudadRenglón Nº 03: un cartucho de tóner alternativo modelo 80 para

impresoras láser H. Packard, color negro, rendimiento aproximado2.500 impresiones. Marca Printer Face-M. Parts - $ 256,17

8 BOLETIN OFICIAL Paraná, jueves 16 de abril de 2020

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Renglón Nº 04: dos cartuchos de tóner alternativo modelo 12 paraimpresoras láser H. Packard, color negro, rendimiento aproximado1.800 impresiones. Marca Printer Face-M. Parts - $ 361,28

Renglón Nº 06: un cartucho de tóner alternativo modelo 05 paraimpresoras láser H. Packard, color negro, rendimiento aproximado2.000 impresiones. Marca Printer Face - $ 256,17

Renglón Nº 11: un cartucho de tóner alternativo modelo S101 paraimpresiones. Marca Samsung, color negro, rendimiento aproximado1.300 impresiones. Marca Printer Face - $ 371,12

Renglón Nº 13: un cartucho de tóner alternativo modelo S108 paraimpresoras láser Samsung, color negro, rendimiento aproximado1.300 impresiones. Marca Printer Face - $ 386,56

Renglón Nº 14: dos cartuchos de tóner alternativo modelo S210para impresoras láser Samsung, color negro, rendimiento aproxima-do 2.500 impresiones. Marca Gneiss - $ 650,28

Total - $ 2.281,58Firma SyS Computación de Savini G., Machado H. y Favot M. S.H.

se esta ciudadRenglón Nº 12: dos cartuchos de tóner alternativo modelo S104

para impresoras láser Samsung, color negro, 1.500 páginas - $740,00

Encuadrando la presente gestión en la Ley Nº 5140, texto único yordenado por Decreto Nº 404/95 MEOSP, Capítulo II, Título III,artículo 26º, inciso B), concordante con el Decreto Reglamentario Nº795/96 MEOSP, Título I, Capítulo I, artículo 5º, punto 3) y artículo 6º,punto 3) y Título IV y Decreto modificatorio Nº 723/17 MEHF.

Facultando a la Dirección General de Administración de este Minis-terio, a efectuar la solicitud de fondos ante la Tesorería General dela Provincia y a efectivizar el pago a las firmas adjudicadas por elpresente texto legal, según corresponda, por un importe total de $15.818,89, previa presentación de documentación debidamente con-formadas, según normativas legales e impositivas vigentes, y deconformidad de la mercadería por parte del Departamento Contrata-ciones y el Departamento Informática ambos de este ministerio, concargo a rendir cuenta el Departamento Tesorería jurisdiccional anteel Tribunal de Cuentas de la Provincia.-

— — —RESOLUCIÓN Nº 4336 MS

Paraná, 1 de diciembre de 2017Modificando el presupuesto general de la Administración Provincial

ejercicio 2017, Ley Nº 10.465, en la Jurisdicción 45 – Ministerio deSalud, Unidad Ejecutora: Dirección de Programas Especiales; me-diante transferencia compensatoria de créditos, por la suma de $1.757.184, de conformidad a las planillas analíticas del gasto, queagregadas forman parte integrante de la presente resolución, enmérito de lo expuesto en la misma norma legal.

— — —RESOLUCIÓN Nº 4337 MS

Paraná, 1 de diciembre de 2017Llamando a concurso cerrado(primer término) de títulos, antece-

dentes y oposición, de acuerdo a lo normalizado por la Ley Nº 9564,Carrera Provincial de Enfermería y su Decreto Reglamentario Nº5467/04 MSAS, las funciones jerarquizadas de:

Sub Jefe/a de Unidad – Interina Mónica Toribia Labayine, DNI Nº21.425.862 por Resolución Nº 6247/05, del Hospital “San Vicente” deSan Jaime de la Frontera, Dpto. Federación.

Supervisora – Interina Susana Chavez, DNI Nº 17.398.860 delHospital “San Vicente” de San Jaime de la Frontera, Dpto. Federa-ción.

El personal de enfermería interesado en concursar las funcionesconvocadas, deberá reunir los requisitos exigidos por el artículo 17º,incisos a) y c) y concordantes de la Ley Nº 9564, debiendo los agentesinteresados de concursar, presentar en el acto de inscripción, losrecaudos exigidos en el artículo 18, inciso h), a saber:

I – Formulario de inscripción suministrado por la División Concurso.II – Trabajo de organización administrativa: según la función a

concursar cumpliendo con los requisitos formales y los requisitosestructurales exigidos por la Resolución Nº 5391/07 SS.

III – Tres curriculum vitae, donde se detallan todos los títulos,antecedentes y funciones que desempeña o desempeñó.

IV – Una carpeta de antecedentes en un único ejemplar, dondeconstarán todos los títulos y antecedentes que el profesional mencio-ne en su curriculum para su participación. Asimismo deberá presentarcopia de texto legal que avale el desempeño en la función jerárquicaque desempeña o desempeñó. Todo antecedente presentado enfotocopia, debe estar debidamente legalizado. Que a tal efecto debecontar en cada copia la leyenda “Es copia” o “Es copia fiel” y la firmade la autoridad competente (Escribano Público, Juez de Paz o Direc-tor/a del establecimiento donde presta servicios). Para los trabajoscientíficos invocados, se tendrá que presentar una copia de cadaejemplar para su evolución como asimismo la certificación de supresentación.

V – Foliado: todos los antecedentes que presente para tal inscrip-ción y el formulario de inscripción, deben presentarse foliados todaslas fojas del mismo, es decir numeradas cada una de ellas, comen-zando por el numero uno (1), ubicado en la parte superior derecha.

El acto de inscripción comenzara en fecha a establecer a travésde la División Concursos, de este Ministerio de Salud y por eltérmino de diez días hábiles, debiendo presentar todos los recaudosde lunes a viernes, en el horario de 8 a 12 horas, sito en calle 25de Mayo Nº 139, planta alta de la ciudad de Paraná.

— — —RESOLUCION Nº 4377 MS

Paraná, 7 de diciembre de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 7.800, destinados a

solventar gastos para la compra de una silla de ruedas común conapoya brazo y apoya pie, a favor de la paciente Giorgio César, DNIN°31.908.376, Beneficiario Incluir Salud N°405-1077169-00, sien-do responsable el Sr. Giorgio César, DNI N° 10.197.798.

Encuadrando presente procedimiento administrativo en lo esta-blecido por los siguientes textos legales: Resolución N° 5392/10MS, y su modificatoria Resolución N°881/12 MS, y Decreto N°44/17MS, y Convenio Marco celebrado entre el Ministerio de Salud de laNación y el Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos.

Facultando a la Dirección General de Administración de esteMinisterio de Salud, a efectuar la transferencia de fondos al Hospital“San Martín” de Paraná, por un importe de $ 7.800, para solventarel costo del subsidio otorgado por el presente texto legal, con cargode rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N°001006625995 del Nuevo Banco de Entre Ríos, Sucursal 01 -Paraná Centro, CBU N°3860001001000066259955 a nombre de laUGP Incluir Salud del Ministerio de Salud de la Provincia de EntreRíos, la constancia de dicho depósito deberá remitirse a calle 25 deMayo 139 de Paraná (CP 3100), en forma conjunta con copia delpresente texto legal, y nota del director del hospital dirigida a lamencionada unidad de Gestión Provincial, explicando el motivo dedicha devolución.

— — —RESOLUCION Nº 4378 MS

Paraná, 7 de diciembre de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 7.350, destinados a

solventar gastos para la compra de medicación para tres meses detratamiento, a favor del paciente Alonso, Hugo, DNI N°14.674.054,Beneficiario Incluir Salud N° 405-8941045-00.

Encuadrando presente procedimiento administrativo en lo esta-blecido por los siguientes textos legales: Resolución N° 5392/10MS, y su modificatoria Resolución N°881/12 MS, y Decreto N°44/17MS, y Convenio Marco celebrado entre el Ministerio de Salud de laNación y el Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos.

Facultando a la Dirección General de Administración de esteMinisterio de Salud, a efectuar la transferencia de fondos al Hospital“Centenario” de Gualeguaychú, por un importe de $ 7.350, parasolventar el costo del subsidio otorgado por el presente texto legal,con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de laProvincia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N°001006625995 del Nuevo Banco de Entre Ríos, Sucursal 01 -Paraná Centro, CBU N°3860001001000066259955 a nombre de laUGP Incluir Salud del Ministerio de Salud de la Provincia de EntreRíos, la constancia de dicho depósito deberá remitirse a calle 25 deMayo 139 de Paraná (CP 3100), en forma conjunta con copia delpresente texto legal, y nota del director del hospital dirigida a lamencionada unidad de Gestión Provincial, explicando el motivo dedicha devolución.

— — —RESOLUCION Nº 4379 MS

Paraná, 7 de diciembre de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 12.800, destinados a

solventar gastos para la compra de una placa placa puddu bloquea-da para miembro inferior izquierdo con cuña de titanio para asteo-tomía de tibia proximal de 5 a 17.5 mm. de apertura, tornilloscorticales bloqueados de 4.5 mm., tornillos esponjosos de 6.5 mm.de titanio. Incluye instrumental de colocación en préstamo, set demedidas alternativas en préstamo y asistencia técnica en cirugía, afavor del paciente Albornoz, Simón, DNI N° 11.107.118, Beneficia-rio Incluir Salud N° 405-7177096-00, siendo responsable la Sra.Albornoz, Marcelina Isabel, DNI N° 26.858.682.

Encuadrando presente procedimiento administrativo en lo esta-blecido por los siguientes textos legales: Resolución N° 5392/10 MSy su modificatoria Resolución N°881/12 MS. y Decreto N° 44/17 MSy Convenio Marco celebrado entre el Ministerio de Salud de laNación y el Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos.

Facultando a la Dirección General de Administración de esteMinisterio de Salud, a efectuar la transferencia de fondos al Hospital“San Martín” de Paraná, por un importe de $ 12.800, para solventarel costo del subsidio otorgado por el presente texto legal, con cargode rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.

Paraná, jueves 16 de abril de 2020 BOLETIN OFICIAL 9

Page 10: Nro. 26.869 - 068/20 Paraná, jueves 16 de abril de 2020 ... · que con los haberes del mes de abril/19 se procedió a liquidar y ... 2 BOLETIN OFICIAL Paraná, jueves 16 de abril

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósi to en la Cuenta Corr iente N°001006625995 del Nuevo Banco de Entre Ríos, Sucursal 01 - ParanáCentro, CBU N° 3860001001000066259955 a nombre de la UGPIncluir Salud del Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos, laconstancia de dicho depósito deberá remitirse a calle 25 de Mayo 139de Paraná (CP 3100), en forma conjunta con copia del presente textolegal, y nota del director del hospital dirigida a la mencionada unidadde Gestión Provincial, explicando el motivo de dicha devolución.

— — —RESOLUCION Nº 4380 MS

Paraná, 7 de diciembre de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 27.057,68, destinados a

solventar gastos para la compra de medicación para cuatro meses detratamiento, a favor de la paciente Martínez, Margarita Salvadora,DNI N° 14.472.875, Beneficiaria Incluir Salud N° 405-8307869/00.

Encuadrando presente procedimiento administrativo en lo estable-cido por los siguientes textos legales: Resolución N° 5392/10 MS ysu modificatoria Resolución N° 881/12 MS. y Decreto N° 44/17 MS yConvenio marco celebrado entre el Ministerio de Salud de la Nacióny el Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos.

Facultando a la Dirección General de Administración de este Minis-terio de Salud, a efectuar la transferencia de fondos al Hospital “Dr.Castilla Mira” de Viale, por un importe de $ 27.057,68, para solventarel costo del subsidio otorgado por el presente texto legal, con cargode rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósi to en la Cuenta Corr iente N°001006625995 del Nuevo Banco de Entre Ríos, Sucursal 01 - ParanáCentro, CBU N° 3860001001000066259955 a nombre de la UGPIncluir Salud del Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos, laconstancia de dicho depósito deberá remitirse a calle 25 de Mayo 139de Paraná (CP 3100), en forma conjunta con copia del presente textolegal, y nota del director del hospital dirigida a la mencionada unidadde Gestión Provincial, explicando el motivo de dicha devolución.

— — —RESOLUCION Nº 4381 MS

Paraná, 7 de diciembre de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 14.096,70, destinados a

solventar gastos para la compra de seis unidades para tres meses decatéter ureterostoma multifenestrados y 24 unidades para tres mesesde bolsas ureterostomía o ileostomía, a favor de la paciente Bruner,Lidia Ester, DNI N° 12.843.975, Beneficiaria Incluir Salud N° 405-9115159/00.

Encuadrando presente procedimiento administrativo en lo estable-cido por los siguientes textos legales: Resolución N° 5392/10 MS ysu modificatoria Resolución N° 881/12 MS. y Decreto N° 44/17 MS yConvenio Marco celebrado entre el Ministerio de Salud de la Nacióny el Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos.

Facultando a la Dirección General de Administración de este Minis-terio de Salud, a efectuar la transferencia de fondos al Hospital“Centenario” de Gualeguaychú, por un importe de $ 14.096,70, parasolventar el costo del subsidio otorgado por el presente texto legal,con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provin-cia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósi to en la Cuenta Corr iente N°001006625995 del Nuevo Banco de Entre Ríos, Sucursal 01 - ParanáCentro, CBU N° 3860001001000066259955 a nombre de la UGPIncluir Salud del Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos, laconstancia de dicho depósito deberá remitirse a calle 25 de Mayo 139de Paraná (CP 3100), en forma conjunta con copia del presente textolegal, y nota del director del hospital dirigida a la mencionada unidadde Gestión Provincial, explicando el motivo de dicha devolución.

— — —RESOLUCION Nº 4382 MS

Paraná, 7 de diciembre de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 74.268, destinados a

solventar gastos para la compra de 360 unidades para tres meses debolsas ostomía alterna y 360 unidades para 3 meses de censura15580 coloplast, a favor del paciente Ansaldi, Pablo Daniel, DNI N°24.187.019, Beneficiario Incluir Salud N° 405-9115159/00.

Encuadrando presente procedimiento administrativo en lo estable-cido por los siguientes textos legales: Resolución N° 5392/10 MS ysu modificatoria Resolución N° 881/12 MS. y Decreto N° 44/17 MS yConvenio Marco celebrado entre el Ministerio de Salud de la Nacióny el Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos.

Facultando a la Dirección General de Administración de este Minis-terio de Salud, a efectuar la transferencia de fondos al Hospital“Centenario” de Gualeguaychú, por un importe de $ 74.268, parasolventar el costo del subsidio otorgado por el presente texto legal,

con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de laProvincia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N°001006625995 del Nuevo Banco de Entre Ríos, Sucursal 01 -Paraná Centro, CBU N° 3860001001000066259955 a nombre dela UGP Incluir Salud del Ministerio de Salud de la Provincia deEntre Ríos, la constancia de dicho depósito deberá remitirse acalle 25 de Mayo 139 de Paraná (CP 3100), en forma conjunta concopia del presente texto legal, y nota del director del hospitaldirigida a la mencionada unidad de Gestión Provincial, explicandoel motivo de dicha devolución.

— — —RESOLUCION Nº 4383 MS

Paraná, 7 de diciembre de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 11.484, destinados a

solventar gastos para la compra de medicación para tres ciclos detratamiento, a favor de la paciente Leyes, Nilda Margarita, DNI N°14.711.335, Beneficiaria Incluir Salud N° 405-9115159/00.

Encuadrando presente procedimiento administrativo en lo esta-blecido por los siguientes textos legales: Resolución N° 5392/10MS y su modificatoria Resolución N° 881/12 MS. y Decreto N°44/17 MS y Convenio Marco celebrado entre el Ministerio de Saludde la Nación y el Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos.

Facultando a la Dirección General de Administración de esteMinisterio de Salud, a efectuar la transferencia de fondos alHospital “Delicia Concepción Masvernat” de Concordia, por unimporte de $ 11.484, para solventar el costo del subsidio otorgadopor el presente texto legal, con cargo de rendir cuenta ante elTribunal de Cuentas de la Provincia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N°001006625995 del Nuevo Banco de Entre Ríos, Sucursal 01 -Paraná Centro, CBU N° 3860001001000066259955 a nombre dela UGP Incluir Salud del Ministerio de Salud de la Provincia deEntre Ríos, la constancia de dicho depósito deberá remitirse acalle 25 de Mayo 139 de Paraná (CP 3100), en forma conjunta concopia del presente texto legal, y nota del director del hospitaldirigida a la mencionada unidad de Gestión Provincial, explicandoel motivo de dicha devolución.

— — —RESOLUCION Nº 4384 MS

Paraná, 7 de diciembre de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 16.933,71, destinados

a solventar gastos para la compra de medicación para tres mesesde tratamiento, a favor del paciente Moreyra, Osvaldo Eugenio,DNI N°11.255.891, Beneficiario Incluir Salud N°405-9115159/00,siendo responsable la Sra. Moreyra, Isabel del Rosario, DNI N°30.213.361.

Encuadrando presente procedimiento administrativo en lo esta-blecido por los siguientes textos legales: Resolución N° 5392/10MS y su modificatoria Resolución N° 881/12 MS. y Decreto N°44/17 MS y Convenio Marco celebrado entre el Ministerio de Saludde la Nación y el Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos.

Facultando a la Dirección General de Administración de esteMinisterio de Salud, a efectuar la transferencia de fondos alHospital “Delicia Concepción Masvernat” de Concordia, por unimporte de $ 16.933,71, para solventar el costo del subsidiootorgado por el presente texto legal, con cargo de rendir cuentaante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N°001006625995 del Nuevo Banco de Entre Ríos, Sucursal 01 -Paraná Centro, CBU N° 3860001001000066259955 a nombre dela UGP Incluir Salud del Ministerio de Salud de la Provincia deEntre Ríos, la constancia de dicho depósito deberá remitirse acalle 25 de Mayo 139 de Paraná (CP 3100), en forma conjunta concopia del presente texto legal, y nota del director del hospitaldirigida a la mencionada unidad de Gestión Provincial, explicandoel motivo de dicha devolución.

— — —RESOLUCION Nº 4385 MS

Paraná, 7 de diciembre de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 5.570, destinado a

solventar gastos para la compra de un tubo de oxígeno de aluminioportátil de 0,5 M3, dosmanómetro, una de alta y una de baja, salidaits/min, mide presión restante en el tubo y flujo o caudal de salidaa favor del paciente Romero, Pedro Raúl, DNI N° 11.869.145,Beneficiario Incluir Salud N° 405-9115159/00.

Encuadrando presente procedimiento administrativo en lo esta-blecido por los siguientes textos legales: Resolución N° 5392/10MS y su modificatoria Resolución N° 881/12 MS. y Decreto N°

10 BOLETIN OFICIAL Paraná, jueves 16 de abril de 2020

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44/17 MS y Convenio Marco celebrado entre el Ministerio de Saludde la Nación y el Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos.

Facultando a la Dirección General de Administración de este Minis-terio de Salud, a efectuar la transferencia de fondos al Hospital “SanJosé” de Federación, por un importe de $ 5.570, para solventar elcosto del subsidio otorgado por el presente texto legal, con cargo derendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósi to en la Cuenta Corr iente N°001006625995 del Nuevo Banco de Entre Ríos, Sucursal 01 - ParanáCentro, CBU N° 3860001001000066259955 a nombre de la UGPIncluir Salud del Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos, laconstancia de dicho depósito deberá remitirse a calle 25 de Mayo 139de Paraná (CP 3100), en forma conjunta con copia del presente textolegal, y nota del director del hospital dirigida a la mencionada unidadde Gestión Provincial, explicando el motivo de dicha devolución.

— — —RESOLUCION Nº 4386 MS

Paraná, 7 de diciembre de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 22.900, destinados a

solventar gastos para la compra de medicación para tres meses detratamiento, a favor del paciente Olivera, Adriel Edgar Andrés, DNIN°26.403.220, Beneficiario Incluir Salud N°405-9115159/00, siendoresponsable la Sra. Martínez, Bettina Fernanda, DNI N° 32.025.573.

Encuadrando presente procedimiento administrativo en lo estable-cido por los siguientes textos legales: Resolución N° 5392/10 MS ysu modificatoria Resolución N° 881/12 MS y Decreto N° 44/17 MS yConvenio Marco celebrado entre el Ministerio de Salud de la Nacióny el Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos.

Facultando a la Dirección General de Administración de este Minis-terio de Salud, a efectuar la transferencia de fondos al Hospital“Centenario” de Gualeguaychú, por un importe de $ 22.900, parasolventar el costo del subsidio otorgado por el presente texto legal,con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provin-cia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósi to en la Cuenta Corr iente N°001006625995 del Nuevo Banco de Entre Ríos, Sucursal 01 - ParanáCentro, CBU N° 3860001001000066259955 a nombre de la UGPIncluir Salud del Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos, laconstancia de dicho depósito deberá remitirse a calle 25 de Mayo 139de Paraná (CP 3100), en forma conjunta con copia del presente textolegal, y nota del director del hospital dirigida a la mencionada unidadde Gestión Provincial, explicando el motivo de dicha devolución.

— — —RESOLUCION Nº 4387 MS

Paraná, 7 de diciembre de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 14.400, destinados a

solventar gastos para la compra de medicación para tres meses detratamiento, a favor del paciente Altamirano, Ana María, DNI N°13.264.989, Beneficiario Incluir Salud N° 405-9115159/00.

Encuadrando presente procedimiento administrativo en lo estable-cido por los siguientes textos legales: Resolución N° 5392/10 MS ysu modificatoria Resolución N° 881/12 MS y Decreto N° 44/17 MS yConvenio Marco celebrado entre el Ministerio de Salud de la Nacióny el Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos.

Facultando a la Dirección General de Administración de este Minis-terio de Salud, a efectuar la transferencia de fondos al Hospital“Centenario” de Gualeguaychú, por un importe de $ 14.400, parasolventar el costo del subsidio otorgado por el presente texto legal,con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provin-cia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósi to en la Cuenta Corr iente N°001006625995 del Nuevo Banco de Entre Ríos, Sucursal 01 - ParanáCentro, CBU N° 3860001001000066259955 a nombre de la UGPIncluir Salud del Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos, laconstancia de dicho depósito deberá remitirse a calle 25 de Mayo 139de Paraná (CP 3100), en forma conjunta con copia del presente textolegal, y nota del director del hospital dirigida a la mencionada unidadde Gestión Provincial, explicando el motivo de dicha devolución.

— — —RESOLUCION Nº 4388 MS

Paraná, 7 de diciembre de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 23.100, destinados a

solventar gastos para la compra de un stent autoexpansible de ritinol,10 mm. x 6xmm., a favor del paciente Martínez, Manuel Osvaldo, DNIN° 13.316.210, Beneficiario Incluir Salud N° 405-9115159/00.

Encuadrando presente procedimiento administrativo en lo esta-blecido por los siguientes textos legales: Resolución N° 5392/10 MSy su modificatoria Resolución N°881/12 MS y Decreto N°44/17 MSy Convenio Marco celebrado entre el Ministerio de Salud de laNación y el Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos.

Facultando a la Dirección General de Administración de esteMinisterio de Salud, a efectuar la transferencia de fondos al Hospital“Centenario” de Gualeguaychú, por un importe de $ 23.100, parasolventar el costo del subsidio otorgado por el presente texto legal,con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de laProvincia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N°001006625995 del Nuevo Banco de Entre Ríos, Sucursal 01 -Paraná Centro, CBU N°3860001001000066259955 a nombre de laUGP Incluir Salud del Ministerio de Salud de la Provincia de EntreRíos, la constancia de dicho depósito deberá remitirse a calle 25 deMayo 139 de Paraná (CP 3100), en forma conjunta con copia delpresente texto legal, y nota del director del hospital dirigida a lamencionada unidad de Gestión Provincial, explicando el motivo dedicha devolución.

— — —RESOLUCION Nº 4389 MS

Paraná, 7 de diciembre de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 8.800, destinados a

solventar gastos para la compra de una silla de ruedas común, conlas siguientes características: superliviana, plegable, apoya brazosdesmontables, tipo escritorio, ruedas 60 x 20 cm, de alto impacto,a favor del paciente Marignac, Leonardo Maximiliano, DNI N°33.656.479, Beneficiario Incluir Salud N° 405-9115159/00, siendoresponsables el Sr. Marignac, Joel.

Encuadrando presente procedimiento administrativo en lo esta-blecido por los siguientes textos legales: Resolución N° 5392/10 MSy su modificatoria Resolución N°881/12 MS y Decreto N°44/17 MSy Convenio Marco celebrado entre el Ministerio de Salud de laNación y el Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos.

Facultando a la Dirección General de Administración de esteMinisterio de Salud, a efectuar la transferencia de fondos al Hospital“San José” de Diamante, por un importe de $ 8.800, para solventarel costo del subsidio otorgado por el presente texto legal, con cargode rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N°001006625995 del Nuevo Banco de Entre Ríos, Sucursal 01 -Paraná Centro, CBU N°3860001001000066259955 a nombre de laUGP Incluir Salud del Ministerio de Salud de la Provincia de EntreRíos, la constancia de dicho depósito deberá remitirse a calle 25 deMayo 139 de Paraná (CP 3100), en forma conjunta con copia delpresente texto legal, y nota del director del hospital dirigida a lamencionada unidad de Gestión Provincial, explicando el motivo dedicha devolución.

— — —RESOLUCION Nº 4390 MS

Paraná, 7 de diciembre de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 4.197,09, destinados a

solventar gastos para la compra de medicación para cuatro mesesde tratamiento, a favor de la paciente Blanco, Graciela Gloria, DNIN° 16.439.202, Beneficiaria Incluir Salud N° 405-9115159/00, sien-do responsables el Sr. Herrera, Alfredo José, DNI N° 13.119.470.

Encuadrando presente procedimiento administrativo en lo esta-blecido por los siguientes textos legales: Resolución N° 5392/10 MSy su modificatoria Resolución N°881/12 MS y Decreto N°44/17 MSy Convenio Marco celebrado entre el Ministerio de Salud de laNación y el Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos.

Facultando a la Dirección General de Administración de esteMinisterio de Salud, a efectuar la transferencia de fondos al Hospital“Dr. Castilla Mira” de Viale, por un importe de $ 4.197,09, parasolventar el costo del subsidio otorgado por el presente texto legal,con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de laProvincia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N°001006625995 del Nuevo Banco de Entre Ríos, Sucursal 01 -Paraná Centro, CBU N°3860001001000066259955 a nombre de laUGP Incluir Salud del Ministerio de Salud de la Provincia de EntreRíos, la constancia de dicho depósito deberá remitirse a calle 25 deMayo 139 de Paraná (CP 3100), en forma conjunta con copia delpresente texto legal, y nota del director del hospital dirigida a la

Paraná, jueves 16 de abril de 2020 BOLETIN OFICIAL 11

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mencionada unidad de Gestión Provincial, explicando el motivo dedicha devolución.

— — —RESOLUCION Nº 4391 MS

Paraná, 7 de diciembre de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 14.400, destinados a

solventar gastos para la compra de medicación para tres meses detratamiento, a favor del paciente Bernigaud, Emmanuel Nicolás, DNIN° 34.730.923, Beneficiario Incluir Salud N° 405-9115159/00.

Encuadrando presente procedimiento administrativo en lo estable-cido por los siguientes textos legales: Resolución N° 5392/10 MS ysu modificatoria Resolución N° 881/12 MS y Decreto N° 44/17 MS yConvenio Marco celebrado entre el Ministerio de Salud de la Nacióny el Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos.

Facultando a la Dirección General de Administración de este Minis-terio de Salud, a efectuar la transferencia de fondos al Hospital“Centenario” de Gualeguaychú, por un importe de $ 14.400, parasolventar el costo del subsidio otorgado por el presente texto legal,con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provin-cia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósi to en la Cuenta Corr iente N°001006625995 del Nuevo Banco de Entre Ríos, Sucursal 01 - ParanáCentro, CBU N° 3860001001000066259955 a nombre de la UGPIncluir Salud del Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos, laconstancia de dicho depósito deberá remitirse a calle 25 de Mayo 139de Paraná (CP 3100), en forma conjunta con copia del presente textolegal, y nota del director del hospital dirigida a la mencionada unidadde Gestión Provincial, explicando el motivo de dicha devolución.

— — —RESOLUCION Nº 4392 MS

Paraná, 7 de diciembre de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 74.800, destinados a

solventar gastos para la compra de una prótesis total de rodilla convástagos y cuñas, con las siguientes características: prótesis detitanio, 5 medidas femorales y tibiales interconectables, 6 medidasde polietileno, con fijación tibial ala delta, con vástagos y cuñas, setde colocación y alternativa a préstamo, más asistencia técnica enquirófano, a favor de la paciente Molas, Cornelia, DNI N°92.194.383,Beneficiaria Incluir Salud N° 405-9115159/00.

Encuadrando presente procedimiento administrativo en lo estable-cido por los siguientes textos legales: Resolución N° 5392/10 MS ysu modificatoria Resolución N° 881/12 MS y Decreto N° 44/17 MS yConvenio Marco celebrado entre el Ministerio de Salud de la Nacióny el Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos.

Facultando a la Dirección General de Administración de este Minis-terio de Salud, a efectuar la transferencia de fondos al Hospital “SanMartín” de Paraná, por un importe de $ 74.800, para solventar el costodel subsidio otorgado por el presente texto legal, con cargo de rendircuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósi to en la Cuenta Corr iente N°001006625995 del Nuevo Banco de Entre Ríos, Sucursal 01 - ParanáCentro, CBU N° 3860001001000066259955 a nombre de la UGPIncluir Salud del Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos, laconstancia de dicho depósito deberá remitirse a calle 25 de Mayo 139de Paraná (CP 3100), en forma conjunta con copia del presente textolegal, y nota del director del hospital dirigida a la mencionada unidadde Gestión Provincial, explicando el motivo de dicha devolución.

— — —RESOLUCION Nº 4393 MS

Paraná, 7 de diciembre de 2018Autorizando la ampliación del subsidio otorgado mediante Resolu-

ción N° 310/15 MS, por la suma de $ 8.750, a favor de la pacienteAcosta, Luz Milagros Elizabeth, DNI N° 43.148.040, BeneficiariaIncluir Salud N° 405-883658-00, siendo responsable la Sra. Goya,Susana, DNI N° 14.711.514, destinado a solventar gastos por lacompra de una silla de ruedas postural.

Encuadrando presente procedimiento administrativo en lo estable-cido por los siguientes textos legales: Resolución N° 5392/10 MS ysu modificatoria Resolución N° 881/12 MS y Decreto N° 44/17 MS yConvenio Marco celebrado entre el Ministerio de Salud de la Nacióny el Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos.

Facultando a la Dirección General de Administración de este Minis-terio de Salud, a efectuar la transferencia de fondos al Hospital“Delicia Concepción Masvernat” de Concordia, por un importe de $8.750, para solventar el costo del subsidio otorgado por el presentetexto legal, con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentasde la Provincia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N°001006625995 del Nuevo Banco de Entre Ríos, Sucursal 01 -Paraná Centro, CBU N° 3860001001000066259955 a nombre dela UGP Incluir Salud del Ministerio de Salud de la Provincia deEntre Ríos, la constancia de dicho depósito deberá remitirse acalle 25 de Mayo 139 de Paraná (CP 3100), en forma conjunta concopia del presente texto legal, y nota del director del hospitaldirigida a la mencionada unidad de Gestión Provincial, explicandoel motivo de dicha devolución.

SENTENCIAS

V I C T O R I A

En los autos caratulados: “Villegas Darío Víctor s/ Robo”, NºG2495 (IPP12827-14097) que tramita ante este Juzgado de Transi-ción y Garantías de Victoria, E. Ríos, para informar que en estacausa, en fecha 13 de abril de 2020 se ha dictado sentencia decumplimiento efectivo, respecto del imputado Darío Víctor Ville-gas, DNI 39.368.283, argentino, 29/12/1995, Rosario, Santa Fe,hijo de Marcelo Claudio (f) y de María Isabel Albornoz, actualmen-te alojado en Unidad Penal 5 Victoria.

A continuación se transcribe la resolución a la que he hechomención, en su parte pertinente: “Acta de sentencia oral de juicioabreviado (Art. 391 del C.P.P.): En la ciudad de Victoria, Provinciade Entre Ríos, a los 13 días del mes de abril de 2020, … En losautos: “Villegas Darío Víctor - Robos reiterados”, (IPP Nº 12827 yN° 14097) … RESUELVO: 1) Homologar el convenio de juicioabreviado presentado por las partes de acuerdo a los Arts. 391 y392 del C.P.P.E.R.-

2) Declarar que DARÍO VICTOR VILLEGAS, ut supra filiado, esautor material penalmente responsable de dos hechos constituti-vos de los delitos de “robos simples en concurso real” (IPP N°12287 - Nº 14097) en grado de coautor y de autor, previstos enlos Arts. 164, 45 y 55 del C.P., revocándose la condicionalidad dela condena dictada en fecha 11 de diciembre de 2018 por elJuzgado de Garantías de Victoria, E.R. a mi cargo, en los autos“Villegas Darío Víctor - Robo simple” (IPP Nº 2398); robo simpleen grado de tentativa (IPP Nº 5628); robo simple (IPP Nº 5900);robo simple (IPP Nº 6086); robo agravado por efracción (IPP Nº6131); robo simple (IPP Nº 6154); amenazas calificadas por el usode armas (IPP Nº 6347); hurto simple en grado de tentativa,resistencia a la autoridad, amenazas simples y lesiones leves (IPPNº 10653), todos en concurso real” (Acta Nº 2028 de sentenciaoral de juicio abreviado), procediéndose a la unificación de penasy en consecuencia condenarlo a la pena total y única de tres añosde prisión de cumplimiento efectivo, de acuerdo al arreglo arribadopor las partes, todo ello en los términos de los Arts. 27 y 58 delCP, debiendo cumplir la misma en la Unidad Penal Nº 5 deVictoria, E.R., donde se encuentra actualmente detenido.-

3) ... 4) Tener por renunciado al plazo para interponer recursode casación … 5) Registrar, librar los despachos correspondien-tes, hacer saber conforme al Art. 73, Inc. e) del C.P.P. y, oportu-namente, archivar.... Se deja constancia que la sentencia lleva elnúmero de Acta 2551. Fdo. Dr. José Alejandro Calleja, Juez deGarantías, Victoria”.

José Alejandro Calleja, Juez de GarantíasS.C-00014719 3 v./16/04/2020

LICITACIONES

P A R A N A

DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDADOBRA: Puente s/ A° García y accesos – Tramo: Acceso a

General Almada – Obra básica enr ip iada y construcción depuente – Dpto. Gualeguaychú – Provincia de Entre Ríos

Llamado a Licitación Pública Nº 02/20OBJETO: OBRA: Puente s/ A° García y accesos – Tramo:

Acceso a General Almada – Obra básica enr ip iada y construc-c ión de puente – Dpto. Gualeguaychú – Prov inc ia de EntreRíos

UBICACIÓN: Departamento Gualeguaychú - Provinc ia de En-tre Ríos.

APERTURA DE LAS OFERTAS: el acto de apertura de las

12 BOLETIN OFICIAL Paraná, jueves 16 de abril de 2020

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propuestas se llevará a cabo el día 13 de mayo de 2020 a las 10.00horas, o siguiente/s si aquél fuera inhábil, a la misma hora, en laDirección Provincial de Vialidad, Avda. Ramírez N° 2197, 1° Piso,Dirección de Despacho, Paraná - Entre Ríos.

PRESENTACION DE LAS OFERTAS: las ofertas deberán presen-tarse hasta el día y hora del acto de apertura en la Dirección Provin-cial de Vialidad, Avda. Ramírez N° 2197, 1° Piso, Dirección deDespacho, Paraná - Entre Ríos.

PRESUPUESTO OFICIAL: pesos cuarenta y ocho millones tres-cientos setenta y siete mil setecientos setenta con ochenta y trescentavos ($ 48.377.770,83).

CAPACIDAD DE CONTRATACION: pesos sesenta y cuatro millo-nes quinientos tres mil seiscientos noventa y cuatro con cuarenta ycuatro centavos ($ 64.503.694.44)

SISTEMA DE CONTRATACION: La contratación de las obras serealizará por el sistema de unidad de medida.

PLAZO DE EJECUCIÓN: se establece un plazo de nueve (9) meses.VALOR DEL PLIEGO: pesos cuarenta mil ($ 40.000)CONSULTA DE PLIEGOS: En las páginas web: www.dpver.gov.ar,

www.entrerios.gov.ar y www.entrerios.gov.ar/minplan.VENTA DE PLIEGOS: En la Dirección de Administración y Finanzas

de la Dirección Provincial de Vialidad, Avda. Ramírez y López yPlanes, de la ciudad de Paraná, hasta el día 29 de abril de 2019,contra el pago de una suma no reembolsable de pesos cuarenta mil($ 40.000), podrá pagarse mediante giro, transferencia o depósito enla cuenta bancaria del Nuevo Banco de Entre Ríos, Sucursal ParanáCentro, ciudad de Paraná, cuenta corriente en pesos Nº 0095059 –clave bancaria Única Nº 3860001001000000950597.

F.C. 04-00008916 3 v./16/04/2020— — —

D I A M A N T E

COMUNA DE ALDEA PROTESTANTELicitación Pública Nº 02/2020

Decreto Nº 086/2020OBJETO: Conforme a lo autorizado por Decreto N° 86/20, llámase

a Licitación Pública N° 02/20 con el objeto de adquirir un camiónmediano, usado, en óptimas condiciones de funcionamiento, para serdestinado a equipar el Parque Automotor de la comuna.

APERTURA: 30 de abril 2.020 - Hora diez (10:00), o el día hábilsiguiente si aquel resultare feriado o se decretase asueto. En la fechay hora fijadas se procederá a la apertura de los sobres con las ofertas,en presencia de las siguientes autoridades: Presidente Comunal,Secretario Comunal.

LUGAR: Sede Comunal, ubicado en calles San Martín 767 de estacomunidad.

PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO: $ 700.000 (pesos setecien-tos mil).

COSTO DEL PLIEGO: $ 0.00.INFORMES: Los pliegos se podrán solicitar vía mail comprascomu-

[email protected], y las ofertas se recibirán por mail o porcorreo postal a Comuna Aldea Protestante, San Martín 767, Cód.Postal 3101, Aldea Protestante, Entre Ríos.

Duilio Herbel, presidente comunal; Gilda Bb. Schaedel, secretariacomunal.

F.C. 04-00008919 3 v./17/04/2020

ASAMBLEAS

C O L O N

ERIOCHEM SAConvocatoria Asamblea General Ordinaria

En cumpl imiento de las disposic iones estatutar ias y legalesvigentes se convoca a los señores accionistas de Er iochem SA,a la Asamblea General Ordinar ia a celebrarse el día 30 de Abr i ldel año 2020, a la hora 08 en pr imera convocator ia y una horamás tarde en segunda convocator ia, en el local social , s i to enRuta Nacional 12 Km. 452, Colon ia Avel laneda, DepartamentoParaná a los efectos de considerar el s iguiente orden del día:

1) Anál is is y cons ideración de la memoria, inventar io y balancegeneral correspondiente al ejerc ic io Nº 22 cerrado el día 31 delmes de dic iembre del año 2019.

2) Considerac ión y aprobación del resul tado el ejerc ic io.3) Aprobación de la gest ión del Di rector io .4) Honorar ios a director io y dest ino del remanente de ut i l ida-

des.5) Designación de dos acc ionis tas para suscr ib ir el acta de

asamblea.

Se recuerda a los Sres. Acc ion istas que deberán comunicarsu presenc ia de acuerdo a lo prescr ip to por el ar t ículo 238 dela Ley 19.550. Podrán hacerse representar de acuerdo con lodispuesto por el ar t ículo 239 de la mencionada ley.

El Director ioF.C. 04-00008911 5 v./16/04/2020

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F E D E R A C I O N

FAMA IMPORTADORA Y EXPORTADORASOCIEDAD ANOMIMA

ConvocatoriaFAMA Importadora y Exportadora Sociedad Anónima, con

domic i l io legal en Simón Bolívar Nº 2765 de la c iudad de Cha-jar í, Provincia de Entre Ríos, c i ta a sus accionistas a la Asam-blea General Ordinar ia a real izarse el 29 de abr i l de 2020 a las17,30 horas, para t ratar el s igu iente orden del d ía:

1 - Consideración y aprobación de la memoria, de los estadoscontables de s i tuac ión patr imonial y de resul tados, los cuadrosanexos que lo complementan, el informe del síndico y el pro-yecto de distr ibuc ión de resul tados, correspondiente al Ejerc i -c io Económico Nº 32, cerrado el 31 de dic iembre de 2019.-

2 - Designación de un nuevo director io por el término de dosejerc ic ios.-

3 - Designac ión de un síndico t i tu lar y un sínd ico suplente,por el término de dos ejerc ic ios.-

4 - Designación de dos acc ion istas para que juntos con elpresidente y el síndico, f i rmen el acta de asamblea.-

Este l lamado a asamblea se hace en pr imera y segunda con-vocator ia simul táneamente, según lo establece el ar t ículo 12del estatuto social , por el lo de no exis t i r mayoría absoluta delas acc iones presentes en la pr imera convocator ia, t ranscurr i -da una hora, tendrá v igenc ia la segunda convocator ia cualqu ie-ra sea el número de acc iones presentes.-

De mantenerse el ais lamiento social , prevent ivo y obl igator io,estab lecido por el Poder Ejecut ivo Nacional, a la fecha f i jadapara la asamblea, ésta se real izará vía internet.

El Director ioF.C. 04-00008917 5 v./21/04/2020

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G U A L E G U A Y

CIRCULO ODONTOLOGICO GUALEGUAYConvocatoria

Se convoca a Asamblea General Ord inar ia, para el d ía martes28 de abr i l de 2020, a las 15 horas, en la sede de la inst i tución,9 de Ju l io 536, para tratar el s iguiente orden del día:

1 – Lectura y consideración de la memoria anual y estadoscontables por el ejerc ic io f inal izado el 31.12.2019.

2 – Elección de autor idades que formarán la comisión di rec-t iva por el período 2020 – 2022.

3 – Designac ión de dos asambleístas para que juntamente conel presidente y el secretar io, refrenden el acta de la asamblea.

Gualeguay, 14 de abr i l de 2020 – Marcelo Almeida, presidente.F.C. 04-00008920 3 v./20/04/2020

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N O G O Y A

ASOCIACION BOMBEROS VOLUNTARIOSDE VILLA HERNANDEZ

ConvocatoriaLa comis ión di rect iva de la Asociac ión de Bomberos Volunta-

r ios de Vi l la Hernández, convoca a los señores socios a la XXAsamblea General Ord inar ia, que se real izará el día 24 de abr i lde 2020, a part i r de las 18 horas, en el Cuartel de Bomberos,s i to en cal le Dr. Fi lomeno Al faro N° 165, a f in de t ratar els iguiente orden del día.

Pr imero: Lectura y aprobac ión del acta anter ior .Segundo: Elección de dos socios asambleís tas para refrendar

el acta.Tercero. Tratamiento del balance general e inventar io , cuadro

de recursos y gastos, memoria e informe de la comisión revi -sora de cuentas.

Cuarto: Renovación de la comisión di rect iva, de acuerdo a lasnormas estatutar ias vigentes.

La AGO se celebrará con la presencia del 20% de los soc iospresentes. Una hora después de la hora f i jada para real izar laasamblea, la misma sesionará con la cant idad de soc ios pre-sentes.

Lu is E. Gaio l i , presidente; Elv ira E. Mi l ler , secretar ia.S.C-00014720 1 v./16/04/2020

Paraná, jueves 16 de abril de 2020 BOLETIN OFICIAL 13

Page 14: Nro. 26.869 - 068/20 Paraná, jueves 16 de abril de 2020 ... · que con los haberes del mes de abril/19 se procedió a liquidar y ... 2 BOLETIN OFICIAL Paraná, jueves 16 de abril

DECRETOSMinisterio de Cultura y Comunicación

Año 2019212

Ministerio de Salud518, 529, 530, 531, 532, 533, 534, 535, 536, 544, 545, 546

RESOLUCIONESMinisterio de Salud

Año 20174322, 4323, 4324, 4325, 4326, 4327, 4328, 4329, 4330, 4331, 4332, 4333, 4334, 4335, 4336, 4337, 4377, 4378, 4379, 4380, 4381, 4382, 4383, 4384, 4385, 4386, 4387, 4388, 4389, 4390, 4391, 4392, 4393

Arq. D. Raúl Marcelo Richard