nrf 050 pemex 2012 dv bombas centrifugas

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NRF-050-PEMEX-2012 COMITÉ DE NORMALIZACIÓN DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS REVISIÓN: 0 14 de julio 2012 SUBCOMITÉ TÉCNICO DE NORMALIZACIÓN DE PETRÓLEOS MEXICANOS PAGINA 1 DE 56 BOMBAS CENTRÍFUGAS (Esta norma cancela y sustituye a la NRF-050-PEMEX-2007 del 05 de Enero de 2008)

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NRF-050-PEMEX-2012

COMITÉ DE NORMALIZACIÓN DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS

REVISIÓN: 0

14 de julio 2012 SUBCOMITÉ TÉCNICO DE NORMALIZACIÓN DE PETRÓLEOS MEXICANOS PAGINA 1 DE 56

BOMBAS CENTRÍFUGAS (Esta norma cancela y sustituye a la NRF-050-PEMEX-2007 del 05 de Enero de 2008)

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BOMBAS CENTRIFUGAS

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Esta Norma de Referencia se aprobó en el Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios en la sesión

extraordinaria 01-12, celebrada el 27 de abril de 2012.

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CONTENIDO C A P Í T U L O PÁGINA

0. INTRODUCCIÓN. 4

1. OBJETIVO. 4

2. ALCANCE 4

3. CAMPO DE APLICACIÓN 5

4. ACTUALIZACIÓN 5

5. REFERENCIAS 5

6. DEFINICIONES 8

7. SÍMBOLOS Y ABREVIATURAS 10

8. REQUERIMIENTOS 11 8.1. Requerimientos de Diseño 11

8.2. Requerimientos de Materiales 24

8.3. Requerimientos de Inspección y Pruebas 31

8.4. Requerimientos de Embalaje, Transportación y Almacenaje 36

8.5. Documentación requerida 36

9. Responsabilidades y Obligaciones. 39

10. Concordancia con Normas Internacionales. 39

11. Bibliografía. 44

12. Anexos 44

12.1. Contenido de la hoja de especificación. 44

12.2. Requisitos que debe cumplir un documento “equivalente”. 53

12.3. Requerimientos específicos por tipo de Bomba 54

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0. INTRODUCCIÓN

Esta Norma de Referencia toma como base la Norma Internacional ISO-13709:2009, modificando, definiendo y en su caso adicionando los requerimientos de ésta, conforme a los requerimientos particulares de PEMEX. La concordancia y requisitos adicionales se listan en la sección 10 de esta NRF. Esta Norma de Referencia se realizó en atención y cumplimiento a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, su Reglamento, la Ley de Petróleos Mexicanos, su reglamento, Disposiciones y Estatuto Orgánico de PEMEX, reglas de operación del CNPMOS y la Guía CNPMOS-001, con la participación de:

PEMEX-Exploración y Producción PEMEX-Gas y Petroquímica Básica PEMEX-Refinación PEMEX-Petroquímica Petróleos Mexicanos Instituto Mexicano del Petróleo Sulzer Pumps Mexico S.A. de C.V. Flowserve Pump Division ICA Flour Dragados Offshore ITT Goulds Pump KSB de México S.A. de C.V. ESIQUIE/IPN Fluidos Técnicos S.A de C.V.

1. OBJETIVO.

Establecer los requisitos técnicos y documentales que deben cumplir las Bombas centrífugas que se contratan, adquieran o arriendan por Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

2. ALCANCE

Esta NRF es de aplicación general y observancia obligatoria en la contratación, adquisición o arrendamiento de Bombas centrífugas completas o parcial, que lleve a cabo Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, por lo que se debe incluir en todo proceso de licitación, invitación a cuando menos tres personas o adjudicación directa y contratos, como parte de los requerimiento que se deben cumplir.

Esta Norma de Referencia no incluye:

a) Bombas para red contra incendio. b) Bombas de desplazamiento positivo.

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Esta Norma de Referencia NRF-050-PEMEX-2012 cancela y sustituye a la NRF-050-PEMEX-2007 del 5 de enero de 2008.

3. CAMPO DE APLICACIÓN

Esta NRF es de aplicación general y observancia obligatoria en la contratación, adquisición o arrendamiento completa o parcial de Bombas centrífugas alcance de la misma que lleve a cabo Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, para lo que se debe incluir en el contrato, invitación a cuando menos tres personas o adjudicación directa y contratos con materia en esta NRF, como parte de los requerimiento que se deben cumplir.

4. ACTUALIZACIÓN

La revisión y actualización de la NRF debe ser dentro de los cinco años siguientes a su publicación de declaratoria de vigencia publicada en el Diario oficial de la federación, debiendo notificar a la Comisión Nacional de Normalización, la revisión o actualización.

Las observaciones y comentarios a esta Norma de Referencias se deben enviar al Comité de Normalización de Petróleo Mexicanos y Organismos en el formato CNPMOS-001-F01, para analizar su procedencia y responder oficialmente a los mismos.

Subcomité Técnico de Normalización de Petróleos Mexicanos. Avenida Marina Nacional No. 329, Piso 23, Torre Ejecutiva. Colonia Huasteca, C.P. 11311, México D.F. Teléfono Directo: (55)1944-9240; Conmutador: (55)1944-2500 Extensión: 54997. Correo electrónico: [email protected].

5. REFERENCIAS

5.1. NOM-004-STPS-1999 Sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo

5. 2. NOM-008-SCFI-2002 Sistema general de unidades de medida.

5. 3. NOM-010-STPS-1999 Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se manejen, transporten, procesen o almacenen sustancias químicas capaces de generar contaminación en el medio ambiente laboral.

5. 4. NOM-011-STPS-2001 Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido.

5. 5. NOM-018-STPS-2000 Sistema para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo.

5. 6. NOM-026-STPS-2008 Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías.

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5.7. NRF-009-PEMEX-2004 Identificación de instalaciones fijas (está NRF está en Proyecto de modificación).

5.8. NRF-020-PEMEX-2012 Calificación y Certificación de Soldadores y Soldadura (está NRF está en Proyecto de modificación).

5.9. NRF-027-PEMEX-2009 Espárragos y tornillos de aleación de acero inoxidable para servicio de alta y baja temperatura

5.10. NRF-028-PEMEX-2010 Diseño y Construcción de Recipientes A Presión

5.11. NRF-032-PEMEX-2005 Sistemas de tuberías en plantas industriales. Diseño y especificaciones de materiales (está NRF está en Proyecto de modificación).

5.12. NRF-036-PEMEX-2010 Clasificación de áreas peligrosas y selección de equipo eléctrico.

5.13. NRF-048-PEMEX-2007 Diseño de instalaciones eléctricas en plantas industriales.

5.14. NRF-049-PEMEX-2009 Inspección de Bienes y Servicios

5.15. NRF-053-PEMEX-2006 Sistemas de Protección Anticorrosiva A Base de Recubrimientos para Instalaciones Superficiales (está NRF está en Proyecto de modificación).

5.16. NRF-095-PEMEX-2004 Motores eléctricos (está NRF está en Proyecto de modificación).

5.17. NRF-100-PEMEX-2009 Turbinas de gas para accionamiento de equipo mecánico en instalaciones costa afuera.

5.18. NRF-111-PEMEX-2012 Equipos de Medición y Servicios de Metrología (está NRF está en Proyecto de modificación).

5.19. NRF-148-PEMEX-2011 Instrumentos para medición de temperatura.

5.20. NRF-164-PEMEX-2011 Manómetros.

5.21. NRF-213-PEMEX-2011 Turbinas de vapor para servicio generales.

5.22. NRF-241-PEMEX-2010 Instrumentos transmisores de presión y de presión diferencial.

5.23. NRF-250-PEMEX-2010 Sistema de lubricación por niebla.

5.24. NMX-CC-9001-IMNC-2008

Sistemas de gestión de la calidad-requisitos.

5.25. NMX-CC-9004-IMNC-2008

Gestión para el éxito sostenido de una organización-enfoque de gestión de la calidad.

5.26. NMX-EC-17020-IMNC-2000

Criterios generales para la operación de varios tipos de unidades (organismos) que desarrollan la verificación (inspección)

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5.27. NMX-EC-17025-IMNC-2006

Requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y de calibración.

5.28. ISO 1940-1:2003

Mechanical vibration — Balance quality requirements of rigid rotors — Part 1: Specification and verification of balance tolerances (Vibración mecánica – requerimientos de calidad del balanceo de rotores rígidos - parte 1: Especificación y verificación de las tolerancias del balanceo).

5.29. ISO 9001:2009 Quality Management Systems – Requirements (Sistemas gestión de calidad - Requerimientos).

5.30. ISO 9004:2009 Managing for the sustained success of an organization - A quality management approach (Manejo para el éxito continuo de una organización - un acercamiento a la gerencia de calidad).

5.31. ISO 9712:2005 Non-destructive testing — Qualification and certification of personnel (Pruebas no destructives – Calificación y certificación del personal).

5.32. ISO 10438-1:2007

Petroleum, petrochemical and natural gas industries — Lubrication, shaft-sealing and control-oil systems and auxiliaries (Industrias del petróleo y del gas natural – sistemas de aceite y auxiliares de lubricación, sello de flechas y control).

5.33. ISO 10438-3:2007

Petroleum, petrochemical and natural gas industries — Lubrication, shaft-sealing and control-oil systems and auxiliaries — Part 3: General-purpose oil systems

5.34. ISO 10441:2007 Petroleum and natural gas industries — Flexible couplings for mechanical power transmission — Special purpose applications (Industrias del petróleo y del gas natural - Coples flexibles para transmisión de energía mecánica - usos de fines especiales).

5.35. ISO 13709:2009 Centrifugal pumps for petroleum, petrochemical and natural gas industries (Bombas centrífugas para las industrias del petróleo, petroquímica y gas natural).

5.36. ISO 15156:2009 Petroleum and natural gas industries - Materials for use in H2S-containing environments in oil and gas production - Parts 1, 2, and 3 (Industrias del petróleo y gas natural – Materiales para uso de medio ambiente con contenido de H2S en la producción de gas y aceite).

5.37. ISO 15649:2001 Petroleum and natural gas industries — Piping (Industrias del petróleo y del gas natural - Tubería).

5.38. ISO 21049-1:2012 Pumps — Shaft sealing systems for centrifugal and rotary pumps (Bombas - Sistemas de sello de flechas para Bombas centrífugas y rotatorias).

5.39. ISO 3744:2010 Acoustics — Determination of sound power levels and sound energy levels of noise sources using sound pressure — Engineering methods for an essentially free field over a reflecting plane (Acústica - Determinación de los

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niveles de potencia del sonido y niveles de energía de la fuente del sonido usando la presión del sonido - métodos de la Ingeniería para un campo esencialmente libre sobre un plano reflejando)

6. DEFINICIONES.

Para esta norma de referencia aplican las definiciones de ISO 13709:2009.

6.1. Bomba de proceso. Bomba que maneja las sustancias del proceso de producción o aquella para petróleo, gas natural, hidrocarburos y sus derivados.

6.2. Bomba de servicios auxiliares o usos generales. Bomba que maneja sustancias para la operación de un proceso de producción; como son bombas para agua (pluvial, potable, tratada, cruda, desmineralizada, de enfriamiento, entre otras), condensados de vapor de agua, reactivos o aditivos químicos, diesel combustible, entre otras.

6.3. Cojinete: Pieza o conjunto de piezas en que se apoya y gira el eje de un mecanismo.

6.4. Curva de comportamiento y sumario de datos (Certified test curve and data). Curva que representa los valores y datos reales de la bomba obtenidos del informe de resultados de la prueba de comportamiento, de acuerdo con el anexo M de ISO 13709:2009; avalada por el represéntate legal del fabricante.

6.5. Curva del sistema: Es la representación gráfica de las cargas que el sistema de tuberías impone a una bomba o bombas, para dejar pasar un caudal determinado; incluye tanto las cargas estáticas, que constituyen la ordenada al origen, como las dinámicas, que son función de la velocidad (el caudal) al cuadrado.

6.6. Dato de elevación. Elevación a la cual los datos de NPSH son referidos.

6.7. Elemento tipo cartucho. Ensamble de todas las partes intercambiables de la bomba, excepto la carcasa.

6.8. Fluido Barrera. Fluido, a una presión más alta que la presión de sello del proceso, introducido entre sellos mecánicos dobles (dual) para aislar completamente el líquido de proceso bombeado del ambiente.

6.9. Grafica del sistema: Representación en la que se sobrepone la Curva del sistema, Curva del NPSHA, Curvas de las bombas, Curva de eficiencia, Curva de NPSHR, y de Potencia al freno requerida, de la o las bombas que se suministran, e identifican los puntos de PME y PON

6.10. Informe de resultado de las pruebas. El que emite un laboratorio acreditado para la prueba particular, y se firma por la persona facultada por el propio laboratorio para hacerlo, bajo los preceptos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

6.11. Inspección atestiguada (W: Witnessed inspection). Prueba o inspección que se debe llevar a cabo con la presencia de PEMEX o su inspector, y que de lo contrario no se puede realizar o no es válida.

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6.12. Inspección observada (O: Observed inspection). Prueba o inspección que el Proveedor notifica con antelación a PEMEX de su ejecución, y que con o sin la presencia de PEMEX o su inspector se puede realizar y puede ser válida.

6.13. Inspección de verificación (C: Certification only). Constatación ocular o comprobación mediante muestreo, medición, pruebas de laboratorio, o examen de documentos, que se realizan para evaluar la conformidad en un momento determinado.

6.14. Nominal. Se refiere a la condición a la cual el Proveedor certifica que el comportamiento de la Bomba esta dentro de las tolerancias establecidas en esta norma.

6.15. Normal. Se refiere a la condición a la cual el equipo debe operar regularmente.

6.16. Presión máxima de descarga. Es la suma de la presión máxima de succión especificada que pudiera presentarse, más la máxima presión diferencial que la Bomba sea capaz de desarrollar con el impulsor suministrado cuando opera a la velocidad nominal con el fluido y gravedad específica máxima especificados.

6.17. Presión máxima de sello estática. Es la presión más alta, excluyendo las presiones de la prueba hidrostática, a la cual los sellos pueden están sometidos mientras la Bomba esta fuera de operación.

6.18. Presión máxima de succión. Es la presión más alta de succión a la que la Bomba está sometida durante la operación.

6.19. Presión máxima de trabajo permisible (MAWP por sus siglas en inglés). Es la presión máxima continua para la cual el Fabricante ha diseñado la Bomba (o a cualquier parte al que este concepto aplique) manejando el fluido especificado a la temperatura de operación máxima especificada (no incluye el sello mecánico).

6.20. Presión nominal de succión. Es la presión de succión a las condiciones de operación en el punto de garantía.

6.21. Punto de mejor eficiencia (BEP por sus siglas en inglés). Flujo nominal en el que la Bomba centrífuga logra su eficiencia más alta.

6.22. Punto de operación normal (PON). Punto al cual se espera que la Bomba centrífuga opere bajo las condiciones normales del proceso.

6.23. Reporte de Pruebas de Materiales (RPM) [“Certified Material Test Report - CMTR” ó “Material Test Report - MTR”]. Registro de los resultados obtenidos de composición química, propiedades mecánicas y otros requerimientos solicitados por la Norma o Especificación de producción del material o producto, así como de los requerimiento suplementarios solicitados por el comprador; Emitido por el fabricante del material o producto, con nombre y firma del responsable de calidad o representante legal, que avala que el reporte reproduce los resultados de los informe de resultados de pruebas emitidos por el correspondiente laboratorio acreditado y que cumplen con los requerimientos de la Norma, Especificación así como con los suplementarios solicitados por el comprador.

6.24. Sustancia peligrosa (Fluido peligroso). Aquélla que por sus propiedades físicas y químicas, al ser manejada, transportada, almacenada o procesada presenta la posibilidad de riesgos a la salud, de inflamabilidad, de reactividad o especiales, y pueden afectar la salud de las personas expuestas o causar daños materiales a las instalaciones, de conformidad con la NOM-018-STPS-2000 y aquellas sometidas a una

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temperatura mayor de 50°C o a baja temperatura que pueda causar lesión al contacto con éste y/o cuando la presión manométrica es de 686 kPa, (7 kg/cm2), o mayor de conformidad con la NOM-026-STPS-2008.

6.25. Flujo mínimo continuo estable. Es el flujo más bajo con el cual la Bomba centrífuga, es capaz de operar sin dañarse, sin exceder los límites de ruido y de vibración establecidos por esta NRF.

6.26. Tren de accionamiento. Accesorio del equipo, usado en serie para accionar la Bomba centrífuga. Por ejemplo, motor eléctrico, engranes, turbina, motor de combustión, fluido accionador, embrague.

6.27. Velocidad crítica seca. Velocidad crítica calculada del impulsor asumiendo que no hay efectos del líquido, que el impulsor está soportado solamente por sus cojinetes y que los cojinetes son de rigidez infinita.

6.28. Velocidad específica de succión. Es un índice que relaciona el flujo, la NPSHR y la velocidad de rotación para Bombas de geometría similar, calculada a partir del comportamiento de la Bomba centrífuga, en el punto de mejor eficiencia y con el mayor diámetro del impulsor.

6.29. Velocidad específica. Es un índice que relaciona el flujo, la carga total y la velocidad de rotación para Bombas centrífugas de geometría similar, calculado a partir del comportamiento de la Bomba centrífuga en el punto de mejor eficiencia y con el mayor diámetro del impulsor.

6.30. Velocidad nominal. Es el número de revoluciones por minuto (r/min) que requiere la Bomba centrífuga para satisfacer las condiciones nominales de operación.

7. SÍMBOLOS y ABREVIATURAS API Instituto Americano del Petróleo (American Petroleum Institute). ASME Asociación Americana de Ingenieros Mecánicos (American Society of Mechanical Engineers). ASTM Asociación Americana para Pruebas y Materiales (American Society for Testing and Materials). BEP Punto de Mejor Eficiencia (Best Efficiency Point). CNPMOS Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. DN Diámetro Nominal. HAZ Zona afectada por el calor (Heat Affected Zone). HPRT Turbinas de recuperación de energía hidráulica (Hydraulic Power Recovery Turbines). HD/HE Hoja de Datos/Hoja de Especificación. HV Dureza Vickers. ISO Organización Internacional para Normalización (International Organization for Standarization). LFMN Ley Federal sobre Metrología y Normalización. MAWP Presión máxima de trabajo permisible (Maximum Allowable Working Pressure). NACE Asociación Nacional de Ingenieros en Corrosión (National Association of Corrosion Engineers). NPSH Carga neta positiva a la succión (Net Positive Suction Head). NPSHA Carga neta positiva a la succión disponible (Net Positive Suction Head Available). NPSHR Carga neta positiva a la succión requerida (Net Positive Suction Head Required). NPS Diámetro nominal de tubería (Nominal Pipe Size). NPT Designación para roscas cónicas para tubería (National Pipe Taper). NRF Norma de Referencia. NSS Velocidad específica de succión (Suction specific speed). PEMEX Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. PMI Identificación positiva de materiales (Positive Material Identification). PON Punto de Operación Normal (Normal Operating Point).

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PWHT Tratamiento térmico de relevado de esfuerzos (Post Weld Heat Treatment). PTFE Politetrafluoro etileno. RMS Raíz media cuadrática (Root Mean Square). TMDM Temperatura Mínima de Diseño del Metal (Minimum Design Metal Temperature). VDDR Requerimientos de datos y dibujos del Vendedor (Vendor Drawing and Data Requirements).

8. REQUERIMIENTOS

8.1 Requerimientos de Diseño

8.1.1 Generalidades

8.1.1.1 Todas las Bombas centrífugas incluyendo las que funcionan en sentido inverso como turbinas de recuperación de energía hidráulica (HPRT) deben cumplir con los requerimientos de esta Norma de Referencia y de ISO 13709:2009.

8.1.1.2 Las Bombas centrífugas deben ser de impulsor en voladizo, impulsor montado entre cojinetes, o impulsor verticalmente suspendido, y clasificar de conformidad con el diagrama 1 y tabla 1.

8.1.1.3 Las Bombas centrífugas para proceso o en servicio con sustancias peligrosas con uno o más grados de riesgo de 1 o superior, no deben ser de clasificación OH1, OH4, OH5 ó BB4.

8.1.1.4 Las Bombas centrífugas que operen por arriba de una o más de las siguientes condiciones de operación, no deben ser de la clasificación OH1, OH4, OH5 ó BB4.

a) Presión máxima de descarga: 1 900 kPa (275 psi).

b) Presión máxima de succión: 500 kPa (75 psi).

c) Temperatura máxima de bombeo: 150°C (300°F).

d) Máxima velocidad rotativa: 3 600 r/min.

e) Carga total máxima: 120 m (400 pies).

8.1.1.5 Las Bombas centrífugas para servicios auxiliares(i) o de usos generales que operan por debajo de las condiciones de operación de 8.1.1.4 y con sustancias no peligrosas pueden ser del tipo OH1, OH4, OH5 y BB4 cumpliendo con esta NRF, a menos que PEMEX especifique lo contrario.

Las bombas centrífugas para servicios auxiliares (i) o de usos generales del tipo OH1, OH2, OH3 y OH4 pueden ser fabricadas cumpliendo con ASME B73.1: 2001; ASME B73.2:2008 o equivalente a menos que PEMEX especifique el cumplimiento con esta NRF.

(i) Excepto bombas para torres de enfriamiento.

8.1.1.6 Las Bombas centrífugas se deben diseñar y construir cumpliendo con lo especificado en 6.1.1 de ISO 13709:2009.

8.1.1.7 El Proveedor de las Bombas centrífugas debe suministrar la Bomba completamente ensamblada y montada sobre su base de montaje (incluyendo sellos con su plan de lubricación y enfriamiento, tuberías y accesorios, coples, barreras de protección o guardas, sistema de enfriamiento cuando es requerido, accionador,

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motor-reductor entre otros, para la operación normal de la Bomba) de acuerdo con lo requerido en la HD/HE de la bomba centrífuga.

8.1.1.8 Cuando en el Anexo 12.1 de esta NRF, se solicite el reemplazo de Bombas centrífugas existentes, el Proveedor o Contratista debe suministrar las partes, componentes o en su caso Bombas centrífugas completamente ensambladas, las cuales deben cumplir con los requisitos de esta NRF.

8.1.1.9 Las Bombas centrífugas deben tener como mínimo una diferencia de 1.0 m entre el NPSHA y NPSHR, para el flujo y temperatura normal de operación de la bomba.

8.1.1.10 La velocidad específica de succión de la Bomba centrífuga se debe calcular de acuerdo con el Anexo A de ISO 13709:2009, limitada hasta 11 000 y bajo aprobación explícita de PEMEX, valores mayores de 11 000; si no se indica otro valor en la HD/HE.

8.1.1.11 Las Bombas centrífugas deben desarrollar curvas de comportamiento estables, con incremento continuo de carga hasta válvula cerrada. El incremento de carga a válvula cerrada debe ser como mínimo del 10 por ciento de la carga a flujo nominal.

8.1.1.12 El nivel de ruido del conjunto Bomba-Accionador y en su caso moto-reductor, debe ser máximo de 85 dB(A) a un metro y medio de distancia, cumpliendo con la NOM-011-STPS-2001.

Diagrama 1. Clasificación de Bombas centrífugas.

En voladizo Montada entre

cojinetes Verticalmente suspendidas

Acoplamiento flexible

Acoplamiento rígido

Acoplamientocubierto 1 y 2 Etapas Multietapas Carcasa Sencilla Carcasa Doble

Horizontal Vertical en línea

Montada al pie

Montada en la línea de centros

Vertical en línea con

cojinetes en soportes

Vertical en línea

Alta velocidad con

engranaje integrado

Dividida axialmente

Dividida radialmente

Dividida axialmente

Dividida radialmente

Carcasa sencilla

Carcasa doble

Descarga a través de la

columna

Descarga separada

Voluta

Flujo axial

Difusor

Voluta

Flecha en línea

Con impulsor

en voladizo

OH1 OH3 OH2 OH4 OH5 OH6 BB1 BB2 BB3 BB4 BB5 VS1 VS2 VS3 VS4 VS5 VS6 VS7

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8.1.1.13 El plan de enfriamiento de las Bombas centrífugas debe ser de conformidad con el Anexo B de ISO 13709:2009, con presión y temperatura del fluido de enfriamiento y de la fuente (suministro) en el centro de trabajo, como se señale en la HD/HE de la Bomba centrífuga; y con circuito cerrado de agua de condensados cuando PEMEX lo indique en el Contrato.

8.1.1.14 La temperatura mínima del fluido de enfriamiento debe ser superior a la temperatura mínima ambiente de invierno para el centro de trabajo.

8.1.1.15 Los motores, componentes eléctricos y las instalaciones eléctricas deben cumplir con clasificación de área indicada en la HD/HE y cumplir con los requisitos especificados en la NRF-036-PEMEX-2010; así también las conexiones e instalaciones eléctricas deben cumplir con lo indicado en la NRF-048-PEMEX-2008.

8.1.1.16 Los tornillos, espárragos, pernos y tuercas deben cumplir con lo especificado en la NRF-027-PEMEX-2009, y los requerimientos mínimos establecidos por ISO-13709:2009.

8.1.1.17 Las Bombas centrífugas horizontales de dos pasos, deben tener el rotor apoyado entre cojinetes.

8.1.1.18 No se aceptan Bombas centrífugas con impulsores en voladizo para presiones diferenciales de 2 068 kPa (300 psi) y mayores.

8.1.1.19 Las Bombas centrífugas de alta velocidad con engrane integral tipo OH6 se aceptan bajo explicita solicitud de PEMEX, para flujos reducidos y altas cargas dinámicas totales, para lo que el Proveedor debe demostrar y fundamentar que su diseño satisface las condiciones de operación indicadas en la HD/HE.

8.1.1.20 Las Bombas centrífugas verticales con flecha roscada se deben suministrar con un trinquete de no retroceso.

BO

MB

AS

CE

NT

RÍF

UG

AS

Tabla 1. Clasificación y tipo de identificación de Bombas centrífugas

Tipo de Bomba Orientación Código

En

vola

dizo

Acoplamiento flexible

Horizontal Montada al pie OH1

Soportada en la línea de centros

OH2

Vertical en línea con cojinetes en soportes OH3

Acoplamiento rígido

Vertical en línea

OH4

Acoplamiento cubierto (cerrado)

Vertical en línea OH5

Alta velocidad con engranaje integrado OH6

Mon

tad

a en

tre

cojin

etes

1 y 2 etapas Dividida axialmente BB1

Dividida radialmente BB2

multietapas

Dividida axialmente BB3

Dividida radialmente Carcasa sencilla BB4

Carcasa doble BB5

Ver

tical

men

te

susp

end

ida

Carcasa sencilla

Descarga a través de la columna

Difusor VS1

Voluta VS2

Flujo axial VS3

Descarga separada

Flecha en línea VS4

Con impulsor en voladizo

VS5

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Carcasa doble Difusor VS6

Voluta VS7

8.1.1.21 Cuando la presión nominal de succión es mayor de cero o la presión diferencial es mayor de 345 kPa (50 psi), la Bomba centrífuga se debe diseñar para minimizar la presión en la(s) caja(s) de estoperos, a menos que los requerimientos de balance axial indiquen otra cosa.

8.1.1.22 La Bomba centrífuga se debe diseñar para operación continua a 105 por ciento de la velocidad nominal. Debe ser capaz de operar hasta la velocidad de disparo del accionador por requerimientos del proceso.

8.1.2 Bombas centrífugas de alta energía

8.1.2.1 Las Bombas centrífugas con el punto de operación normal localizado 50 por ciento a la izquierda del BEP y con valores de NPSHR de 3 a 5 m (10 a 16 pies), no son aceptables aún cuando la NPSHA exceda al NPSHR en 1.0 m (3 pies) o más.

8.1.3 Carcasas de presión

8.1.3.1 El fabricante de la Bomba centrífuga debe determinar la presión máxima de descarga de la carcasa, cumpliendo con 6.3.2 de ISO 13709:2009.

8.1.3.2 A menos de que se indique otro valor, las carcasas (sección de succión y descarga) de Bombas centrífugas verticalmente suspendidas, de doble carcasa, de alta velocidad con engranaje integral (tipo OH6) y Bombas centrífugas horizontales de etapas múltiples se deben diseñar para 1.1 veces la presión normal o 206.85 kPa (30 psi) lo que sea mayor; y la sección de succión debe resistir la misma MAWP que la sección de descarga.

8.1.3.3 Las carcasas de corte radial, incluyendo los empaques de la brida del sello mecánico, deben tener ajuste metal con metal, con empaques confinados de compresión controlada.

8.1.3.4 Las carcasas de corte radial deben tener ajustes metal con metal, con empaques de compresión controlada tipo enrollado en espiral. Las juntas y pernos de carcasas de corte radial sometidos a presión en Bombas centrífugas tipo VS, deben asentar el empaque tipo enrollado en espiral cumpliendo con lo indicado en 9.3.2.3 de ISO 13709:2009.

8.1.3.5 Las Bombas centrífugas axialmente divididas se deben suministrar con orejas o con pernos de ojo para izaje en la carcasa superior.

8.1.3.6 El espesor de la carcasa de presión, debe resistir la presión máxima de descarga más los incrementos permisibles de carga y velocidad de acuerdo con 6.1.4 y 6.1.6 de ISO 13709:2009, a la temperatura de bombeo y a la presión de prueba hidrostática a temperatura ambiente.

8.1.3.7 Las Bombas centrífugas horizontales con temperatura de operación de 150 C (300°F) o mayores, deben ser soportadas en línea de centro, o lo más próximo de la línea de centros en Bombas centrífugas entre baleros.

8.1.3.8 Las cajas de estoperos deben ser para el uso de sellos mecánicos, de acuerdo a lo indicado en 6.8 de ISO 13709:2009

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8.1.3.9 Las Bombas centrífugas horizontales con carcasa de corte radial se deben diseñar para permitir remover los impulsores, flecha, cojinetes, entre otros, sin desensamblar las tuberías de succión y descarga.

8.1.3.10 La tornillería interior, debe ser de un material resistente al ataque corrosivo del líquido bombeado, de acuerdo a lo indicado en la tabla H.1 de ISO 13709:2009.

8.1.3.11 Las conexiones que no se interconectan con el sistema de tuberías del centro de trabajo, se deben suministrar con sus tapas, empaques y tornillería.

8.1.3.12 Las cajas roscadas no pasadas para tornillos, espárragos entre otros, deben tener una longitud efectiva mínima de 1.5 veces su diámetro nominal y sin rosca en el fondo equivalente a tres hilos de cuerda.

8.1.4 Boquillas y conexiones

8.1.4.1 Las conexiones deben ser: a) DN 15 (NPS 1/2) como mínimo para Bombas centrífugas con boquilla de descarga de DN 50

(NPS 2) o menores; b) DN 20 (NPS 3/4) para Bombas centrífugas con boquilla de descarga de DN 80 (NPS 3) y

mayores; c) Las conexiones para la tubería de lavado del sello y de indicador de presión, deben ser DN 15

(NPS 1/2) como mínimo, sin importar el tamaño de la Bomba centrífuga.

8.1.4.2 El diámetro interior de boquillas y conexiones no debe ser menor al equivalente de tubos cédula XXS para DN de 25 a 80 o cédula 160 para DN de 100 a 300 y al diámetro nominal menos 50 mm para boquillas de 350 DN y mayores.

8.1.4.3 Las boquillas y conexiones de las bombas deben ser de la misma clase, tipo y en su caso cara de brida, que la del sistema de tuberías con que se interconecta, en cumplimiento con la especificación de materiales de la tubería correspondiente, la NRF-032-PEMEX-2005, así como con los siguientes documentos extranjeros o sus equivalentes, aplicando las tolerancias a sus espesores y de la misma composición y tipo de material que la carcasamaterial:

a) ASME B16.5(3) Bridas para tubería y accesorios bridados. Donde: 1. El diámetro interior de las bridas forjadas no debe exceder el diámetro interior de una brida

tipo sobrepuesta del mismo DN, dado en el ASME B16.5(1) o su equivalente. 2. El diámetro exterior de bridas forjadas de cuello soldable, debe ser al menos igual al diámetro

del hombro de una brida tipo sobrepuesta del mismo DN y clase del ASME B16.5(1) o su equivalente.

b) ASME B16.9(4) Accesorios para soldar a tope de acero forjado, hechos en fábrica. Calculados como tubo recto sin costura de acuerdo con esta Norma de Referencia, incluyendo el esfuerzo máximo permisible.

c) ASME B16.11(5) Accesorios forjados con extremos soldables o roscados. Calculados como tubo recto sin costura de acuerdo con esta Norma de Referencia, incluyendo el esfuerzo máximo permisible.

d) ASME B16.15(6) Accesorios roscados de bronce fundido, clase 125 y 250.

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e) ASME B16.20(7) Empaques metálicos, tipo anillo, espirales, enchaquetados, para bridas de tubería.

f) ASME B16.24(8) Bridas para tubería de aleaciones de cobre fundido y accesorios bridados, clase 150, 300, 400, 600, 900 1 500 y 2 500.

g) ASME B16.42(9) Bridas para tubería de hierro dúctil y accesorios bridados, clase 150 y 300, donde:

Las bridas de PN 16 (clase 125) deben tener un espesor mínimo igual que el de las bridas clase 250 para los tamaños de DN 200 (NPS 8) y menores.

h) ASME B16.47(10) Bridas de acero de gran diámetro, de DN 650 a DN 1500, donde: 1. Las bridas deben ser de la serie A (MSS SP-44) de acuerdo con ASME B16.47(8) o su

equivalente, a menos que se indique lo contrario en la HD/HE de la Bomba centrífuga. 2. El diámetro interior no debe exceder el diámetro de hombro soldable “A”, dado en este

documento extranjero o su equivalente. 3. El diámetro exterior del hombro debe ser al menos igual al diámetro “X” dado en las tablas de

este documento extranjero o su equivalente. 4. El diámetro mayor del hombro debe ser limitado por la distancia radial del círculo de barrenos

al hombro necesaria para alojar las tuercas.

8.1.4.4 El Licenciante, Contratista y/o PEMEX debe indicar en la HD/HE, las bridas conforme al fluido de servicio, la ingeniería del sistema de tuberías y las condiciones de operación/diseño, conforme a la NRF-032-PEMEX-2005.

8.1.4.5 Las boquillas de succión y descarga de las Bombas centrífugas deben ser bridadas, de DN 40 (NPS 1 ½) como mínimo.

8.1.4.6 Las bridas deben ser integrales, de cuello soldable o deslizables, de la misma PN (Clase) que la tubería que se interconecta.

8.1.4.7 Las bridas deslizables (“Slip-on”), sólo se aceptan en PN 20 (clase 150), a temperaturas entre 0º y 250 ºC, y en servicios con sustancias no peligrosas o con grados de riesgo de 1 de acuerdo con NOM-018-STPS-2000.

8.1.4.8 Las bridas tipo sobrepuestas (Lap Joint), de caja soldable (Socket Weld) o roscadas (Threaded) no son aceptadas.

8.1.4.9 Las bridas mayores de 1 520 DN se deben calcular de acuerdo con ASME Sección VIII(12) o equivalente, las dimensiones se deben detallar en los planos de diseño o construcción de la Bomba centrífuga.

8.1.4.10 El acabado de la cara realzada de bridas debe ser de acuerdo con ASME B16.5(5) o equivalente, con rugosidad resultante de 3.2 a 6.3 micrómetros (125 a 250 Ra) a menos que se indique otro valor en la HD/HE de la Bomba centrífuga.

8.1.4.11 Las caras de brida tipo caja y lengüeta, cuando aplique, la caja debe estar en el Bomba centrífuga y las lengüetas en la tubería.

8.1.4.12 Los cuellos de las conexiones deben ser integrales a la carcasa de la Bomba centrífuga. No se aceptan cuellos soldados o roscados.

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8.1.4.13 Las conexiones de caja roscadas se aceptan en Bombas centrífugas en servicios con sustancias no peligrosas o con grados de riesgo de 1, las que deben ser de caja no pasada, de DN 25 (NPT 1) como máximo, de rosca tipo NPT de acuerdo con ASME B1.20.1(12) y ASME B16.11(5) o equivalentes. Estar selladas con una junta contenida con una cara maquinada para contención de la junta como en la figura 19 de ISO-13709:2009, con espesor de pared y longitud de cuerda de clase 3 000 ó 6 000.

8.1.4.14 Las tuberías de interconexión entre la Bomba centrífuga y los sistemas (enfriamiento, plan de sello, entre otros) deben tener conexiones que permitan su desacoplamiento.

8.1.4.15 Las boquillas y conexiones de la carcasa de la bomba no se deben rigidizar o reforzar.

8.1.4.16 No se permiten conexiones auxiliares maquinadas en el cuerpo de la bomba.

8.1.4.17 No se deben roscar las volutas de succión o descarga, ni áreas de alta velocidad. Si se requieren conexiones de drenaje, venteo o para indicadores de presión, las conexiones se deben solicitar y autorizar por escrito por PEMEX, antes de la fabricación de la Bomba centrífuga.

8.1.5 Fuerzas y momentos externos en boquillas

8.1.5.1 Las Bombas centrífuga independientemente del material de construcción de la carcasa y tipo, se deben diseñar para soportar como mínimo las fuerzas y momentos en la succión y descarga de la tabla 5 de ISO 13709:2009 o en su caso con los valores que PEMEX indique en la HD/HE.

8.1.5.2 Las carcasas de las Bombas centrífugas horizontales se deben diseñar para el doble de fuerzas y momentos indicados en la tabla 5 de ISO 13709:2009, aplicados simultáneamente, en adición a la presión interna, sin que estas ocasionen rozamiento interno, deformaciones o daño en la Bomba centrífuga y sello mecánico.

8.1.5.3 La Bomba centrífuga y conjunto acoplado, Bomba y accionador, se deben diseñar para que el desplazamiento de la flecha de la Bomba, medido en el cople después de instalada y en operación a condiciones de diseño, no exceda de 127 micrómetros (0.005 in) en cualquier dirección, cuando está sujeta a las fuerzas y momentos de la tabla 5 de ISO 13709:2009. Aplicados individualmente en cada conexión y simultáneamente a la Bomba centrífuga a través de las conexiones de succión y descarga.

8.1.5.4 Los métodos del Anexo F de ISO 13709:2009 se pueden utilizar bajo previa aprobación de PEMEX. El Proveedor o Contratista al solicitar la aprobación, debe indicar el grado de desalineamiento que ocurrirá usando los métodos del Anexo F de ISO 13709:2009, mismo que no debe ser mayor del 50 por ciento.

8.1.6 Rotores

8.1.6.1 Los impulsores deben ser de fundición de una sola pieza, del tipo cerrado, a menos que el Licenciante o PEMEX indique otro tipo de impulsor en la HD/HE.

8.1.6.2 La flexión total de la flecha bajo las más severas condiciones dinámicas a lo largo de toda la curva carga-flujo en Bombas centrífugas horizontales de uno y dos pasos, y verticales “en línea”, se debe limitar a 50 micrómetro (0,002 in) en la cara de la caja del estopero o en la cara primaria del sello con el impulsor de diámetro máximo a la velocidad y fluido especificado.

8.1.6.3 La rigidez requerida de las flechas se debe obtener en cumplimiento con 6.9.1.3 de ISO 13709:2009.

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8.1.6.4 Los impulsores para Bombas centrífugas de etapas múltiples se deben asegurar individualmente contra movimientos axiales en ambas direcciones a lo largo de la flecha.

8.1.6.5 Las flechas deben transmitir el máximo par de torsión requerido bajo cualquier condición de operación. Las flechas para accionadores de velocidad variable se deben diseñar para al menos el 105 por ciento de la velocidad máxima y todos los esfuerzos, incluyendo el peso propio, el empuje axial, arranques a baja tensión y arranque a tensión plena.

8.1.6.6 Las mangas se deben asegurar o amordazar a la flecha, y deben ser de material resistente al desgaste, la corrosión y la erosión, con un espesor mínimo de 2,5 mm (0,1 in), después del rectificado y pulido en su superficie externa, o terminado específico.

8.1.6.7 Las mangas se deben sellar en el extremo del lado del proceso. El ensamble manga-flecha (o tuerca) se debe extender más allá de la cara exterior del prensa estopas o de la brida del sello.

8.1.6.8 Para Bombas centrífugas verticales en línea y Bombas centrífugas horizontales con accionadores de 2.2 kW y menores que operan por debajo de las condiciones de operación de 8.1.1.4 en servicios con sustancias no peligrosos; con sello mecánico, las mangas pueden ser omitidas, y la flecha se debe construir de un material resistente al desgaste y corrosión con acabado, igual al de la manga, así como que las flechas o mamelones deben tener “centros” para permitir su re-acabado.

8.1.6.9 Las flechas de Bombas centrífugas, excepto las verticales suspendidas, se deben maquinar y terminar adecuadamente en toda su longitud de forma que la excentricidad total indicada (“run out”) no exceda de 25 μm (0,001 in). En el ensamble de manga-flecha, la excentricidad total indicada (“run out”) no debe ser mayor de 51 μm (0,002 in), para diámetros menores a 50 mm (2 in); para diámetros entre 50 y 100 mm (2 y 4 in), de 80 micras (0,003 in) y de 100 μm (0,004 in) para diámetros mayores de 100 mm (4 in).

8.1.6.10 El diámetro de la flecha o mangas de la flecha en la sección de los sellos mecánicos, debe cumplir dimensionalmente con ISO 21049:2012, para diámetros mayores debe ser en múltiplos de octavos de pulgada.

8.1.6.11 Las Bombas centrífugas horizontales y secciones de interpasos se deben suministrar con bujes removibles en la carcasa y mangas de la flecha.

8.1.6.12 Las flechas verticales se deben suministrar con bujes de tazones reemplazables en todos los interpasos y todos los puntos de apoyo.

8.1.6.13 La flecha de Bombas centrífugas verticales en la sección de impulsores debe ser de una pieza, a menos que PEMEX indique otra cosa en la hoja de especificación

8.1.6.14 La rigidez de la flecha en Bombas centrífugas horizontales de más de tres pasos debe ser el doble que lo especificado en 6.9.1.3 de ISO 13709:2009 y no se debe considerar en el diseño la rigidez del fluido.

8.1.6.15 Los claros entre elementos en rotación especificados en 6.7.4 de ISO 13709:2009, no aplican para los claros de cojinetes o bujes.

8.1.7 Sellos mecánicos

8.1.7.1 Las Bombas centrífugas que manejen sustancias peligrosas con al menos un grado de riesgo de 3 de conformidad con la NOM-18-STPS-2000, o hidrocarburos, se deben suministrar con sellos mecánicos duales.

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8.1.7.2 Las cámaras del sello con calentamiento deben ser por chaqueta para productos con punto de fusión elevado.

8.1.7.3 Las Bombas centrífugas que manejen sustancias peligrosas de conformidad con la NOM-18-STPS-2000 se deben suministrar con sellos mecánico.

8.1.7.4 Los sellos mecánicos duales no presurizados, deben se balanceados, diseñados para la presión del fluido barrera y deben tener un balance interno para resistir diferenciales de presión sin que se abran.

8.1.7.5 Las Bombas centrífugas en servicio con fluidos con presiones de vapor de 69 kPa (10 psi) absoluta o mayores y/o presiones de sello mayores de 517 kPa (75 psi) manométrica, a temperatura de bombeo, se deben suministrar con sellos mecánicos balanceados.

8.1.7.6 No se aceptan sellos mecánicos construidos internamente (“Built-in”).

8.1.7.7 Los materiales de los sellos y los fluidos del sistema de lubricación y enfriamiento no deben ser contaminantes al medio ambiente laboral en cumplimiento con la NOM-010-STPS-1999.

8.1.7.8 Las Bombas centrífugas se deben suministrar con sello mecánico, del tipo cartucho; o en su caso bipartido cuando PEMEX lo indique en la hoja de especificación de la Bomba centrífuga.

8.1.7.9 Todos los sellos se deben diseñar para ser removidos sin desmontar el accionador.

8.1.7.10 Los sellos mecánicos se deben diseñar para las condiciones de operación y diseño de la Bomba centrífuga y para la presión máxima de descarga de la Bomba centrífuga. El Proveedor debe indicar en la hoja de especificación de la Bomba centrífuga el valor máximo de presión de sello y el máximo rango de presión del sello durante cualquier condición de operación incluyendo el arranque y paro, para determinar el valor máximo de presión de sello, se debe utilizar la presión máxima de succión, presión de inyección, los cambios en los claros internos, entre otros.

8.1.7.11 Los sellos mecánicos de las Bombas deben cumplir con ISO-21049:2012, usando el procedimiento de selección del anexo A, codificación del anexo D y materia del Anexo B de ISO-21049:2012.

8.1.7.12 La camisa del sello mecánico debe cumplir las siguientes condiciones:

a) Ser de material resistente a la corrosión, erosión y al desgaste.

b) Estar sellada por el extremo lado proceso.

c) Extenderse más allá de la cara exterior de la brida del sello.

d) Estar construida de una pieza.

e) Tener un claro diametral G7/H6 con la flecha de acuerdo con ISO 286:2010, que permita el fácil ensamble y desensamble.

8.1.7.13 Las partes componentes de la brida del sello deben resistir cuando menos la presión máxima de diseño de la cámara del sello a la temperatura de bombeo y debe tener la suficiente rigidez para evitar la distorsión que dañe la operación del sello, incluyendo aquella que pueda ocurrir durante el apriete de los birlos para la colocación del empaque.

8.1.7.14 Las bridas de los sellos se deben suministrar con agujeros o ranuras para birlos, excepto en cajas axialmente divididas. Se deben prever facilidades para el centrado de la brida del sello con la entrada de la caja

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de sello (estoperos), con el diámetro interior o algún otro medio. No se acepta el alineamiento por tornillos de los componentes del sello mecánico. La tornillería de la brida de succión debe utilizar la temperatura específica de bombeo y la presión de diseño de la cámara y debe estar de acuerdo con ASME Sección VIII, División 1 (9), o equivalente, con al menos cuatro pernos.

8.1.7.15 La caja de sello (estoperos) o cámara del sello se debe diseñar para soportar la máxima carga aplicada por los birlos.

8.1.7.16 Las conexiones en la brida del sello se deben identificar con letras grabadas de forma permanente de acuerdo a la tabla 2 de esta NRF. Cuando se especifique lavado a brida con vapor, la conexión de entrada se debe localizar en la parte superior de la brida y la conexión de drenado se debe localizar en la parte inferior de la brida para prevenir la formación de bolsas de agua.

8.1.7.17 La cámara del sello debe tener un venteo (interno o externo) que permita un venteo completo de la cámara, previo al arranque.

8.1.7.18 El Proveedor debe suministrar el plan de lubricación y enfriamiento del sello mecánico con sus tuberías y accesorios, el que debe cumplir con el Anexo G de ISO 21049:2012.

8.1.7.19 El sistema de tubería del sello, incluyendo tubería, conexiones, válvulas, coladores, orificios y separadores, deben estar de acuerdo con el numeral 7.5.2 de ISO 13709:2010. El Proveedor del sello y el Proveedor de la Bomba centrífuga deben establecer conjuntamente la cantidad de líquido a circular en la cámara del sello y se debe indicar a PEMEX las condiciones requeridas en la cámara para asegurar una película estable en las cámaras de sello y una operación apropiada del sello. La presión en las caras del sello debe ser mayor que la presión atmosférica.

Tabla 2. Símbolos para conexiones de Bomba y brida

Símbolo Conexiones

F Inyección de fluido para lubricación y enfriamiento

L Fuga B Inyección de fluido para barrera X Inyección de fluido externo Q Lavado C Enfriamiento H Calentamiento G Lubricación E Fluido de balance P Fluido bombeado

Sufijo I Entrada O Salida S Llenado D Drenado V Venteo

8.1.7.20 En servicio de vacío, el diseño del sello debe ser adecuado para sellar contra la presión atmosférica cuando la Bomba centrífuga no está operando. Para Bombas centrífugas que manejen líquidos en condiciones cercanas a su presión de vapor (líquidos saturados), la presión en la cámara del sello mecánico, para sellos

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sencillos y para sellos internos duales no presurizados, debe estar al menos 345 kPa (50 psi) o 10 por ciento por arriba de la presión de vapor del fluido a la temperatura del fluido en la cámara de sello.

8.1.7.21 Se deben suministrar chaquetas de enfriamiento o calentamiento en la cámara de sello de la Bomba centrífuga, para los siguientes casos o cuando PEMEX lo indique en la hoja de especificación.

a) Para líquidos con temperatura superior a 149 C (300 °F), a menos que se use sello de fuelle metálico.

b) Productos con alto punto de fusión.

c) Bombas centrífugas para alimentación a calderas.

d) Sellos con conexiones canceladas (sin inyección ni lavado).

e) Líquidos con bajo punto de vaporización.

f) Fluidos a temperaturas superiores a 316 C (600 °F).

8.1.7.22 Se debe suministrar un buje de estrangulamiento antichispa, colocado a presión en la brida del sello y recargado contra un hombro exterior, en sellos sencillos para minimizar las fugas en una falla total del sello y para permitir el control de una fuga menor. El claro diametral en el diámetro anterior del buje, no debe ser mayor de 0.635 mm (0.025 in). Bujes de estrangulamiento de tipo flotante son permitidos con claros más cerrados.

8.1.7.23 Se debe suministrar un deflector en Bombas centrífugas verticales que no estén equipadas con empaque auxiliar o cubierta que prevenga que materiales extraños entren al espacio entre la manga y la flecha.

8.1.7.24 Los sellos mecánicos y las bridas no se deben usar durante la prueba hidrostática, pero si se deben usar durante las pruebas mecánicas y de comportamiento. Los sellos mecánicos y las bridas se deben instalar en la Bomba centrífuga antes del embarque y deben estar limpios, lubricados y listos para su operación inicial. En las Bombas centrífugas que requieren ajuste final en el campo, el Proveedor debe fijar a la Bomba centrífuga una placa metálica indicando este requerimiento.

8.1.7.25 Cajas de sello (estoperos) para empaque convencional

a) Las cajas de sello (estoperos) en cualquier Bomba centrífuga, se deben suministrar con anillo o jaula de enfriamiento para introducir un líquido de enfriamiento directamente al empaque. Se deben de proveer conexiones de entrada y salida para dichas jaulas de enfriamiento.

b) Se debe de proveer un espacio amplio para reemplazar los empaques y la jaula de enfriamiento, sin remover o desmantelar cualquier otra parte que no sea el prensa estopas.

c) Se deben suministrar chaquetas de enfriamiento en cajas de sello (estoperos) de Bombas centrífugas con empaques cuando se especifique cualquiera de las siguientes condiciones: la temperatura del líquido esté por arriba de 149 C (300 °F) o la presión de vapor sea mayor de 69 kPa (10 psi) absoluta.

d) Debe ser empacado por separado para instalarlo en campo.

e) Cuando la caja de sello (estoperos) de una Bomba centrífuga vertical está sujeta a la presión de descarga y se use una línea de balanceo, ésta debe ser por medio de una tubería interna.

f) Se debe suministrar un drenaje en las Bombas centrífugas verticales para que el líquido no se acumule en la pieza que soporta el accionador.

8.1.8 Dinámica

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8.1.8.1 Análisis torsional

8.1.8.1.1 El análisis torsional lo debe realizar el Proveedor del equipo de conformidad con ISO 13709:2009, incluyendo 6.9.2.2 de ISO 13709:2009.

8.1.8.1.2 El análisis debe incluir todo el conjunto, a menos que se tenga un mecanismo de acoplamiento dinámico débil, como es un cople hidráulico o convertidor de torque.

8.1.8.1.3 Si se especifica un estado estático para las frecuencias variables ASD´s, se debe realizar el análisis de respuesta amortiguado para todas las frecuencias resonantes a través de 12 veces la frecuencia lineal.

8.1.8.1.4 El análisis transitorio torsional se debe realizar si se especifica un motor síncrono operando a 500 kW (670 hp) o mayor.

8.1.8.1.5 El Proveedor debe realizar el informe detallado del análisis de conformidad con 6.9.2.10 de ISO 13709:2009.

8.1.8.1.6 Los espectros de vibraciones se deben incluir con los resultados de las pruebas de las Bombas centrífugas.

8.1.8.1.7 Los impulsores, tambores de balance y componentes rotativos similares de las Bombas centrífugas indicadas se deben balancear dinámicamente al grado G2.5 de acuerdo con ISO 13709:2009 e ISO 1940-1:2003.

8.1.9 Cojinetes y alojamiento o soporte de cojinetes

8.1.9.1 El tipo y arreglo de los cojinetes se deben seleccionar de acuerdo con la tabla 10 de ISO 13709:2009. El arreglo de cojinetes debe ser uno de los siguientes: antifricción para el radial y el de empuje, hidrodinámico para el radial y antifricción para el de empuje, o hidrodinámicos para el radial y para el de empuje. Los cojinetes radiales deben ser de diseño normalizado (bolas, rodillos, mangas o zapatas pivoteadas).

8.1.9.2 La vida del sistema de cojinetes se debe calcular de conformidad con 6.10.1.5 o 6.10.1.6 de ISO 13709:2009.

8.1.9.3 Las chumaceras hidrodinámicas radiales deben ser: bipartidas para facilidad el ensamble, del tipo manga o de zapatas con precisión en el diámetro interno, con metales reemplazables de acero recubiertos con “babbitt” para conchas o zapatas.

8.1.9.4 Los cojinetes se deben equipar con un perno que evite que giren y los aseguren firmemente en la dirección axial.

8.1.9.5 El diseño del cojinete debe evitar la inestabilidad hidrodinámica y proveer suficiente amortiguamiento para limitar la vibración del rotor a las amplitudes máximas especificadas durante la operación con carga o sin carga a las velocidades de operación especificadas, incluyendo operación en cualquier frecuencia crítica.

8.1.9.6 Los metales, zapatas o conchas deben estar en alojamientos o soportes axialmente divididos y ser reemplazables. Para reemplazar estos elementos no se deben requerir remover la media carcasa superior de Bombas centrífugas con corte axial o la tapa de Bombas centrífugas de corte radial. El diseño del cojinete no

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debe requerir quitar el mamelón del cople para permitir la sustitución de los metales, bujes o zapatas del cojinete.

8.1.9.7 Los cojinetes hidrodinámicos de empuje axial deben ser del tipo de segmentos múltiples con baño de “Babbitt”, diseñados para una capacidad de empuje igual en ambas direcciones y para una lubricación continua presurizada en cada lado. Ambos lados deben ser del tipo de zapatas con auto nivelación, asegurando que cada segmento soporte una parte igual de la carga axial con la menor variación del espesor del segmento.

8.1.9.8 El disco de empuje debe ser reemplazable cuando PEMEX lo indique en la hoja de especificación y se debe asegurar firmemente a la flecha para evitar que gire. Cuando se suministren discos integrales de empuje, se deben proveer con espesor adicional mínimo de 3.2 mm (1/8 in), para rectificarlos cuando se lleguen a dañar. El acabado de las superficies de ambas caras del disco no debe exceder 0.4 micras (1.6 x 10-5 in) RMS, y la excentricidad axial (“Run Out”) total de cada cara no debe exceder 12.7 micras (0.0005 in).

8.1.9.9 Para presiones de succión de 1034 kPa (150 psi) manométricas y mayores, el Proveedor debe suministrar cojinetes de empuje para el máximo empuje desarrollado a través de todo el rango de operación de la Bomba centrífuga.

8.1.9.10 Para coples del tipo de engranes, la fuerza externa se debe calcular con la siguiente ecuación:

● Pr ........................................................................................................................... (2)

Donde: F = Fuerza externa (kN). Nr = Velocidad nominal (r/min). D = Diámetro de la flecha en el cople (mm). Pr = Potencia nominal en kW.

8.1.9.11 Las Bombas centrífugas, cojinetes y caja de cojinetes se deben diseñar y suministrar para lubricación por sistema de lubricación de niebla de aceite cumpliendo con NRF-250-PEMEX-2010 e ISO 13709:2009, o con sistema de lubricación forzada, a menos que PEMEX indique otro sistema de lubricación en la HD/HE. Las

Bombas centrifugas, cojinetes y caja de cojinetes se deben suministrar con sellos que no emanen aceite de niebla a la atmósfera en operación o en reposo.

8.1.9.12 Los alojamientos o soportes de cojinetes, para cojinetes lubricados por nivel de aceite no presurizado, deben tener conexiones roscadas NPT con tapón macho de al menos 15 DN (1/2 NPS), mirilla de nivel o indicador de nivel, para todo el rango que permita detectar el sobre llenado de los alojamientos con marcas permanentes, claras y visibles que identifiquen el nivel normal, mínimo y máximo. La mirilla o indicador de nivel debe ser de cristal templado inastillable, resistente a los rayos ultravioleta, alta temperaturas, y que no se opaque por efectos del ambiente y servicio.

8.1.9.13 Las conexiones para montar permanentemente los transductores de vibración deben ser roscadas y de acuerdo con API 670(14) o equivalente. Las roscas de sujetadores milimétricos debe ser M8, de acuerdo con las figuras 31 a 33 de ISO 13709:2009.

8.1.9.14 Para los transductores de vibración, magnéticos se debe proveer una superficie plana de por lo menos 25 milímetros (1 pulgada) de diámetro.

0,25 ( 9550 )

Nr D F =

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8.1.9.15 La caja de alojamiento de cojinetes y de sellos que no son mantenidos durante su almacenaje con sistema de lubricación a base de niebla, se debe proteger con recubrimiento anticorrosivo como aceites compatibles con la lubricación de los elementos y que no produzcan sólidos o cualquier otro residuo, como son pinturas, que dañe los elementos internos.

8.1.9.16 Los alojamientos o soportes con cojinetes internos deben tener una brida semicircular de montaje, así como soportes de acero entre la carcasa de la Bomba centrífuga y el alojamiento o soporte de cojinetes, cuando se manejen líquidos inflamables o tóxicos.

8.1.9.17 El Proveedor debe suministrar calentadores de aceite para cojinetes lubricados presurizados, cuando se requiera mantener la temperatura de operación del aceite a una temperatura constante de manera controlada; y las condiciones ambientales del centro de trabajo son un factor que no lo permita de manera natural.

8.1.9.18 Los cojinetes de empuje axial integrados al accionador en Bombas centrífugas verticales deben ser de conformidad con 7.1.8 de ISO 13709:2009 y cuando el cojinete de empuje axial está integrado a la Bomba centrífuga vertical estos deben ser de conformidad con 6.10.1.1 y 6.10.2.2 de ISO 13709:2009.

8.1.10 Lubricación

8.1.10.1 Las Bombas centrífugas, su accionador y en su caso caja de engranes, se deben suministrar con preparación para lubricación con sistema de lubricación por niebla; o con sistema de lubricación forzada; a menos que PEMEX indique en la HD/HE de la Bomba centrífuga lubricación por nivel de aceite o por grasa, según corresponda.

8.1.10.2 El sistema de lubricación por niebla debe ser de conformidad con ISO 13709:2009 y NRF-250-PEMEX-2010.

8.1.10.3 El sistema de lubricación forzada debe ser conforme a ISO 10438-3:2007 y a menos de que se solicite otra cosa en la HD/HE, el calentador debe ser eléctrico de inmersión con termostato de control cumpliendo ISO 10438-3:2007.

8.1.10.4 Los salpicadores o anillos de aceite deben tener una sumergencia de 3 a 6 mm (1/8 a 1/4 in) por arriba del borde inferior de un salpicador o por arriba del borde inferior del agujero de un anillo de aceite. Los salpicadores de aceite deben tener mamelones de montaje para mantener la concentricidad y asegurarse firmemente a la flecha.

8.1.10.5 Cuando la Bomba y el accionador requieran de lubricación forzada, se debe proporcionar un sistema común. 8.1.11 Requerimientos particulares por tipo de Bomba de acuerdo con Anexo 12.3 de esta NRF.

8.2 Requerimientos de Materiales

8.2.1 Generalidades

8.2.1.1 Todos los materiales que integran las Bombas centrífugas, incluyendo forja, fundiciones, tuberías, accesorios de tuberías, flechas, partes sujetas a presión o en contacto con el fluido entre otras, deben ser nuevos, suministrados por el Fabricante, de conformidad con esta Norma de Referencia y la especificación de la Bomba centrífuga, con su correspondiente informe de pruebas y certificado de materiales, los que se deben

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conservar para la inspección, e integrar el expediente de la Bomba centrífuga. Los certificados de materiales deben tener los datos químicos y propiedades mecánicas 8.2.1.2 Todos los materiales, componentes, entre otros que integran la Bomba centrífuga deben ser rastreables durante todo el proceso de construcción y aun después de construidos con respecto a su certificado de materiales.

8.2.1.3 Los materiales para carcasas de las Bombas centrífugas deben estar de acuerdo con ISO-13709:2009 y lo siguiente:

a) La carcasa y partes de la carcasa a presión en Bombas centrífugas de doble carcasa deben ser de acero al carbono o acero aleado, como se indique en la HD/HE.

b) La carcasa y partes de la carcasa a presión de Bombas centrífugas en servicio con sustancias peligrosas deben ser de acero al carbono o acero aleado.

c) La carcasa y partes de la carcasa a presión de Bombas centrífugas para servicios auxiliares o generales localizadas fuera del área de proceso, que no manejen sustancias peligrosas y que no excedan de los valores de 8.1.1.4. de esta NRF, deben ser de acero al carbono, acero aleado, o en su caso de hierro fundido, como se indique en la HD/HE.

8.2.1.4 Los materiales de las Bombas centrífugas y partes en contacto con el fluido deben resistir la presencia de agentes corrosivos en el fluido y en el ambiente, incluyendo componentes que puedan causar agrietamiento, erosión y corrosión.

8.2.1.5 Los componentes rotatorios con recubrimiento se deben balancear antes y después de la aplicación del recubrimiento. Los procedimientos y secuencias del recubrimiento y balanceo deben ser aceptados por PEMEX.

8.2.1.6 La dureza de los materiales debe ser de acuerdo con el servicio y fluido a manejar.

8.2.1.7 Las Bombas centrífugas y materiales en Servicio amargo o Servicios de Acido sulfhídrico deben cumplir con:

a) ISO15156:2009 para Bombas centrífugas en producción de Petróleo y Gas, y Plantas de tratamiento de gas natural, y

b) NACE MR0103:2007(14) o equivalente, para Bombas centrífugas en Refinación de petróleo, y procesamientos relacionados conteniendo H2S en gas o disuelto en fase acuosa, con o sin procesos de hidrocarburos

8.2.1.8 En el impulsor no se deben usar anillos de desgaste con durezas mayores al 22 Rockwell “C” en servicio amargos o de Ácido sulfhídrico.

8.2.1.9 Los materiales en contacto con el fluido deben resistir el ataque químico y físico a las condiciones de diseño y operación, incluyendo arranque, paro y espera lleno de líquido, con trazas de líquido.

8.2.1.10 Los materiales de Bombas centrífugas en servicio cáustico, deben cumplir con NACE SP0403:2008(14) o equivalente.

Nota 1. El incremento de la temperatura de metal por radiación solar debe ser incluido en la selección de materiales y el diseño, cuando la carcasa, tuberías y tanques de almacenamiento de fluidos cáusticos, no estén aislados y estén expuestos a la radiación solar.

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8.2.1.11 Las Bombas centrífugas y materiales en servicio de Aminas, deben cumplir con NACE SP0472:2008(15) o equivalente y el API RP 945:2008(17) o equivalente. 8.2.1.12 Las Bombas centrífugas y materiales en servicio de hidrogeno, se deben seleccionar de acuerdo con API 941:2008(18) “Nelson Chart” o equivalente, donde toda combinación de las condiciones de operación, más 30 °C (en adición a la correspondiente temperatura), deben quedar por debajo de la curva del material. 8.2.1.13 Las Bombas centrífugas y materiales en servicio o que contenga Ácido Fluorhídrico HF o Fluoruro de Hidrógeno Anhidro, deben cumplir con la especificación del Licenciante.

8.2.2 Fundiciones

8.2.2.1 El uso de salientes o soportes en fundición deben ser mínimos. Los salientes o soportes deben estar limpios y sin corrosión (pueden ser recubiertos) y de una composición compatible con la fundición. Los salientes no se deben usar en fundiciones del impulsor.

8.2.2.2 No se aceptan fundiciones reparadas aun cuando éstas estén permitidas por la especificación del material de fundición en Bombas centrífugas, en servicio con sustancias peligrosas con uno o más grados de riesgo de 2 o que excedan de los valores de 8.1.1.4.

8.2.3 Bajas temperaturas

8.2.3.1 El fabricante de la Bomba centrífuga debe determinar la TMDM y diseñar las bombas cumpliendo con 6.12.4 de ISO 13709:2009.

8.2.3.2 La TMDM se debe estampar en la placa de nombre de la Bomba a la coincidente MAWP de la Bomba o componente

8.2.3.3 El Fabricante o Proveedor de la Bomba centrífuga debe verificar si se requieren pruebas de impacto “Charpy V-notch” para materiales y soldaduras, en relación a la TMDM y la mínima temperatura ambiente registrada en el centro de trabajo.

8.2.3.4 Los materiales de las clases I-1 e I-2 de la tabla H-1 de ISO 13709:2009, no son aceptables para las Bombas centrífugas indicadas en los incisos a, b y c del numeral 8.1.1.4 de esta NRF.

8.2.3.5 El Proveedor debe indicar el grado del material a suministrar en la hoja de especificación.

8.2.3.6 En partes cuyo espesor predominante es mayor a 25 mm (1 in), la prueba de impacto se debe definir de acuerdo con el párrafo UCS-66(16) de la Sección VIII, División 1 del código ASME o su equivalente. La curva B se debe usar para materiales de acero al carbono y bajas aleaciones que no estén listadas específicamente en las curvas A, C o D. La temperatura mínima de diseño del metal que no requiere prueba de impacto se puede reducir de acuerdo a la figura UCS-66.1 del mismo documento. Si los materiales se deben probar por impacto, los requerimientos mínimos de energía del impacto para la prueba “Charpy-V”, se deben apegar al párrafo UG-84(17), de la sección VIII División 1 del código ASME BPVC.

8.2.4 Soldadura

8.2.4.1 Todas las soldaduras se deben efectuar en cumplimiento con la NRF-020-PEMEX-2005(2011) y ASME sección IX(21) o equivalente.

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8.2.4.2 Todas las soladuras en contacto con la sustancia y que son susceptibles de agrietamiento o corrosión por picadura o ampolla por la sustancia a contener, deben estar libres de valles, crestas, muescas, socavaciones, y deben tener una superficie lisa uniforme, con todas las aristas en contacto con la sustancia esmeriladas con un radio minino de 6 mm.

8.2.4.3 Todas las soldaduras interiores y exteriores en recipientes o componentes en servicio de hidrógeno severo o acido sulfhídrico severo a alta temperatura, servicio a alta temperatura, o servicio cíclico, deben ser de penetración completa, libres de valles, crestas, muescas, socavaciones, con todas aristas esmeriladas con un radio mínimo igual la dimensión de la pierna del filete de soldadura, pero no menor a 6 mm o la que resulte del cálculo.

8.2.5 Placa de datos

8.2.5.1 Las Bombas centrífugas, accionadores y en su caso moto-reductor se deben suministrar con una placa de identificación y datos de acero inoxidable 18Cr-8Ni o de 1,6 mm de espesor mínimo, grabada o estampada con litografía tipo Arial de 5 mm de altura como mínimo, en idioma Español y sistema de unidades de acuerdo con la NOM-008-SCFI-2002. Las placas de identificación se deben fijación de manera permanente, firme e intransferible, sin que permita el estancamiento de líquidos, con proyección exterior con respecto a la superficie de apoyo, Aislamiento o Recubrimiento.

8.2.5.2 La placa de nombre e identificación debe contener en adición a 6.13 de ISO 13709:2009 la siguiente información:

a) Nombre del fabricante. b) Número de serie. c) Clave (o, Ítem, Tag) y servicio. d) El año de fabricación. e) Logotipo de origen “HECHO EN MÉXICO” o su equivalente extranjero, o en su defecto porcentaje

de integración nacional. f) Temperatura Mínima de Diseño de Metal TMDM y su correspondiente MAWP. g) Material de los componentes principales. h) Tratamientos térmicos, como PWHT, relevado de esfuerzo, Revenidos, templados, entre otros,

cuando aplique. i) Grados de riesgo de la sustancia contenida. j) Peso total vacio, y peso lleno de agua.

8.2.6. Accesorios

8.2.6.1. Accionadores

8.2.6.1.1. Los accionadores deben ser suministrados cumpliendo con la ISO 13709:2009 y esta NRF.

8.2.6.1.2. Los motores eléctricos se deben suministrar cumpliendo con NRF-095-PEMEX-2004 y la HD/HE de la Bomba centrífuga.

8.2.6.1.3. El par de arranque del accionador debe exceder los requisitos de par-velocidad del equipo accionado, de acuerdo con lo solicitado en la hoja de especificación.

8.2.6.1.4. Los accionadores de turbinas de gas, debe cumplir con la NRF-100-PEMEX-2008 y la hoja de especificación de la Bomba centrífuga, adecuados para el área de clasificación peligrosa.

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8.2.6.1.5. Los accionadores de turbinas de vapor, deben cumplir con la NRF-213-PEMEX-2008 y la hoja de especificación de la Bomba centrífuga, adecuados para el área de clasificación peligrosa.

8.2.6.2. Coples y guarda coples

8.2.6.2.1. Los coples, sistemas de protección y dispositivos de seguridad entre los accionadores y las Bombas centrífugas deben ser suministrados y montados por el Fabricante de la Bomba centrífuga.

8.2.6.2.2. Los coples deben cumplir con los requerimientos de ISO-10441:2007. Los coples dinámicamente balanceados deben ser grado G 6.3 de ISO 1940-1:2003.

8.2.6.2.3. Los sistemas de protección y dispositivos de seguridad deben cumplir con NOM-004-STPS-1999. Las guardas (dispositivo de protección) deben ser antichispa, en Bombas centrífugas en servicio con sustancias peligrosas o instaladas en áreas de clasificación peligrosa.

8.2.6.2.4. Las guardas de coples de Bombas centrífugas en servicio con sustancia con grado de riesgo de inflamabilidad de 4 se deben clasificar para Área Clase I, Zona 1; o Bombas centrífugas en Área Clase I, Zona 0, deben cumplir con 7.2.15 de ISO 13709:2009.

8.2.6.2.5. Las Bombas centrífugas horizontales se deben suministrar con coples con extremo flotante, limitado con manga para evitar rozamiento del rotor en su punto de apoyo. La flotación máxima del cople se indica en la tabla 3 de esta NRF.

8.2.6.2.6. Las Bombas centrífugas verticales se deben suministrar con coples de acero del tipo rígido ajustable, con excepción de las verticales en línea con cojinete de empuje soportado, que se deben suministrar con cople flexible.

8.2.6.2.7. Los coples y en su caso el espaciador de los coples, deben permitir el reemplazo de los sellos de la bomba, sin que la bomba, accionador o caja de engranes se tengan que desmontar, soltar o aflojar de la base.

8.2.6.2.8. Los cople se deben diseñar de tal forma que se pueda remover sin aplicar calor.

Tabla 3. Flotación máxima del cople

Flotación mínima del rotor del motor

Flotación máxima del cople

mm (in) mm (in)

6 (0,250) 2 (0,090)

13 (0,500) 5 (0,190)

8.2.6.3. Bases de montaje

8.2.6.3.1. El Fabricante de la Bomba centrífuga debe suministrar la base de montaje para la Bomba centrífuga, accionador, así como en su caso para la caso caja de engranes y plan de lubricación y enfriamiento del sello mecánico como corresponda. La base debe ser de acero, diseñada para acoplar y resistir las cargas y vibraciones de operación, para el izado, transporte y almacenamiento de la Bomba centrífuga con el accionador, y en su caso caja de engranes, plan de lubricación y enfriamiento del sello mecánico, y todo accesorio requerido e instalado en la base de montaje.

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El plan de lubricación y enfriamiento del sello mecánico se debe suministrar e instalar por el proveedor. Para bombas horizontales, el plan de lubricación y enfriamiento de los sellos se debe localizar en la base de montaje. La ubicación y localización del plan no debe obstruir la operación, mantenimiento y acoplamientos.

8.2.6.3.2. Las bases de montaje, deben ser tipo charola con pendiente mínima de 1:120 hacia las conexiones para drenaje. Las conexiones para drenaje deben ser DN 50 NPT, localizado en la parte más baja para drenado completo.

El fabricante de la Bomba centrífuga debe diseñar y suministrar la base y pedestales de la Bomba centrífuga, accionador, así como en su caso para la caja de engranes, y plan de lubricación y enfriamiento; para trabajo pesado y para limitar el desplazamiento de la flecha (medido en el cople, sobre la Bomba centrífuga instalada) a un máximo de 127 micras (0.005 in) en cualquier dirección para las fuerzas y momentos de la tabla 5 de ISO 13709:2009 o las que se PEMEX especifique en la HD/HE; aplicadas individualmente en cada conexión y simultáneamente a la Bomba centrífuga a través de las conexiones de succión y descarga, sin la aportación de la lechada de la cimentación.

8.2.6.3.3. Se deben suministrar soportes de montaje para la Bomba centrífuga y todos los componentes del tren accionador, tales como motores y caja de engranes cumpliendo con 7.3.5 y 7.3.6 de ISO 13709:2009. No se deben usar cuñas debajo de la Bomba centrífuga, accionador y caja de engranes.

8.2.6.3.4. La base de montaje debe ser rígida y limitar el desplazamiento de la flecha de la Bomba centrífuga en el extremo de la flecha del conductor o al ajuste del cubo del cople a los valores mostrados en la tabla 13 de ISO 13709:2009, sin usar “la lechada” como medio para obtener la rigidez requerida.

8.2.6.3.5. El Proveedor debe probar la Bomba centrífuga y el ensamble de la base en cumplimiento con 7.3.21 de ISO 13709:2009; que se instalan en centros de trabajo costa afuera o cuando PEMEX lo indica en la hoja de especificación de la Bomba centrífuga.

8.2.6.3.6. Los pedestales para Bombas centrífugas accionadas con motor eléctrico, soportadas en línea de centro que manejen fluidos calientes con temperatura mayor de 371°C (700°F), se deben diseñar con un enfriamiento suplementario para mantener el alineamiento, cuando PEMEX lo indica en la hoja de especificación de la Bomba centrífuga.

8.2.6.3.7. Cuando se requiere el alineamiento del accionador y de la caja de engranes, debe ser con cuatro tornillos posicionadores como mínimo, para cada elemento del tren de accionamiento, para facilitar los ajustes horizontales.

8.2.6.3.8. Las Bombas centrífugas verticales de doble carcasa deben tener una base de montaje de acero sujeta directamente en la parte exterior de la cubeta o barril y las anclas no se deben usar para fijar la brida de la Bomba centrífuga.

8.2.6.4. Instrumentación.

8.2.6.4.1 Los indicadores de temperatura y presión en los sellos de las flechas, plan de lubricación y enfriamiento de los sellos mecánicos y sistema auxiliares relativos, deben ser conforme a ISO 10438-1:2007 e ISO 10438-3:2007.

8.2.6.4.2 Los Instrumentos de medición para temperatura deben cumplir con la NRF-148-PEMEX-2011.

8.2.6.4.3 Los indicadores de presión deben cumplir con la NRF-164-PEMEX-2011.

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8.2.6.4.4 Los transmisores de presión y de presión diferencial deben cumplir con la NRF-241-PEMEX-2010.

8.2.6.4.5 Los detectores de vibración, posición y temperatura, deben ser suministrados por el fabricante de la Bomba centrífuga cumpliendo con ISO 13709:2009, cuando éstos son requeridos según corresponda.

8.2.6.4.6 Los instrumentos deben tener la escala en unidades del Sistema General de Unidades cumpliendo con la NOM-008-SCFI-2002.

8.2.6.5. Tuberías y sus accesorios.

8.2.6.5.1. Los depósitos del fluido del plan de lubricación y/o enfriamiento de los sellos mecánicos se deben suministrar en cumplimiento con la NRF-028-PEMEX-2010.

8.2.6.5.2. Las tuberías deben ser de una sola pieza con conexión en sus extremos.

8.2.6.5.3. No se aceptan tuberías y accesorios de acero inoxidable para fluidos con cloruros por arriba de 10 mg/kg (10 ppm).

8.2.6.5.4. Las líneas de retorno de agua de enfriamiento se deben suministrar con indicadores de flujo.

8.2.6.5.5. La entrada y salida de agua de enfriamiento deben tener válvula de bloqueo, a menos que PEMEX especifique lo contrario.

8.2.6.5.6. Los sistemas de tubería se deben diseñar y soportar para:

a) Las vibraciones a condiciones operación y de diseño, con la flexibilidad adecuada. b) Ser accesibles y permitir la operación, mantenimiento y limpieza, de la Bomba centrífuga,

accionador y en su caso caja de engranes. c) Un arreglo ordenado y agrupado en el contorno del equipo sin obstruir el acceso a ninguna

conexión, instrumento o abertura. d) Permitir la remoción de la tubería para mantenimiento. e) Drenado y venteo sin necesidad de desensamblar. f) Minimizar el uso de conexiones.

8.2.6.5.7. Los componentes de la tubería para: el buje de garganta y sellos duales húmedos y secos (de contacto y no contacto), incluyendo el depósito externo y sus indicadores de vidrio se deben diseñar para una presión manométrica mínima de 4481 kPa (650 psi) a temperatura ambiente.

8.2.6.5.8. El material para la tubería del sistema de lubricación forzada y sus componentes dentro del alcance de suministro de la Bomba centrífuga debe ser acero inoxidable, si PEMEX no indica otro material en la HD/HE.

8.2.6.5.9. Cuando se suministren orificios de restricción, no deben ser menores de 3,2 mm (1/8 in) de diámetro. Cuando se utilicen orificios ajustables, se debe asegurar un flujo continuo.

8.2.6.5.10. El Proveedor de la Bomba centrífuga debe suministrar la tubería de agua de enfriamiento cumpliendo con Anexo B y Anexo H de ISO 13709:2009.

8.2.6.5.11. La tubería de agua de enfriamiento no debe tener bolsas de agua o trampas de aire y se debe proveer de drenes en los puntos bajos y diseñar para eliminar las bolsas de aire en las chaquetas de enfriamiento.

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8.2.6.5.12. Tubería de aceite lubricante del alcance de suministro de la Bomba centrífuga.

a) Los drenes para aceite lubricante se deben dimensionar de manera que manejen no más de la mitad de su flujo y ubicados para asegurar un buen drenado (aún en el supuesto que exista espuma). Los vertederos horizontales deben tener una inclinación continua mínima de 1:50 hacia el depósito de aceite.

b) La tubería de acero al carbono para aceite lubricante se debe limpiar con un baño químico. La tubería de acero inoxidable se debe limpiar con un solvente adecuado. No se debe usar tubería galvanizada. El Proveedor debe limpiar la tubería antes de ensamblar a la Bomba centrífuga.

8.3 Requerimientos de Inspección y Pruebas

8.3.1. Generales

8.3.1.1. El Proveedor o Contratista, en todo momento debe prestar y facilitar el libre acceso a PEMEX y/o su Inspector, a las instalaciones donde se diseñe, fabrique y pruebe el bien o servicio contratado, y suministrar toda documentación, exámenes y pruebas entre otros, relacionados con el Contrato.

8.3.1.2. La inspección de PEMEX o su omisión, no libera al Contratista o Proveedor del cumplimiento con esta NRF. La inspeccionar debe ser al menos para un nivel II en lo que se refiere a fabricación y nivel IV para servicios relacionados, de acuerdo con la NRF-049-PEMEX-2009.

8.3.1.3. La Bomba se debe inspeccionar por el Departamento de Calidad e Inspección del Contratista o Proveedor, llenando la lista de verificación del Anexo E de ISO 13709:2009, de acuerdo con lo siguiente:

a) Nivel 1 para Bombas centrífugas para servicios auxiliares y/o intermitentes que operan por debajo de las condiciones de 8.1.1.4 y con sustancias no peligrosas.

b) Nivel 2 para Bombas centrífugas en servicio con sustancias con grados de riesgo igual o menor de 3, que operan por debajo de las condiciones de 8.1.1.4.

c) Nivel 3 para Bombas centrífugas en servicio con sustancias con grados de riesgo de 4, que operan por arriba de las condiciones de 8.1.1.4. o de potencia mayor a 1 MW.

Nota 2. La prueba de fuerzas y momentos en bombas en servicio con sustancias con grados de riesgo de 4, o que operan por arriba de las condiciones de 8.1.1.4. se puede demostrar por análisis de elemento finito o equivalente que garantice la deformación y este dentro de los requerimientos a menos que PEMEX indique lo contrario en la HD/HE.

8.3.1.4. El Contratista o Proveedor debe entregar y avisar con antelación a PEMEX del plan de inspección, procedimiento e información requerida para las inspecciones y pruebas, identificando el evento como punto de inspección de verificación, observación o atestiguada como corresponda y de acuerdo con la HD/HE de la Bomba centrífuga y el Contrato, cumpliendo con lo siguiente:

a) Es responsabilidad del Proveedor obtener la aceptación del plan y fechas de inspección y/o pruebas, así como la coordinación de las visitas de PEMEX.

b) Entregar a PEMEX el plan de inspecciones y pruebas, incluyendo fechas programadas, con antelación al primer punto de inspección programado.

c) Entregar con el plan de inspección los procedimientos detallados y los criterios de aceptación para todos los parámetros monitoreados durante la pruebas.

d) Adicional a las pruebas de banco realizadas por el proveedor, se deben realizar las pruebas de campo bajo las condiciones de operación especificadas en las HD/HE.

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8.3.1.5. En el caso de puntos de inspección a ser observados y/o atestiguados por PEMEX; su representante o inspector, debe firmar el informe de resultados en el acto con su nombre y número de ficha o en su caso ón número de cédula profesional, como testimonio de que observó.

8.3.1.6. Para toda actividad o punto de inspección, se debe generar y registrar la “Conformidad” o “No Conformidad” como evidencia documental, conservando la evidencia física que corresponda. Registrando todos los hallazgos, en el plan de inspección y anexando en el expediente de la Bomba centrífuga, tanto registro de conformidad o no conformidad, como la evidencia física.

8.3.1.7. El Personal y procedimiento deben estar certificados y calificados según corresponda, para el método y técnica emplear, de acuerdo con ISO 9712:2005, o NMX-EC-17020-IMNC-2000 en términos de Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN(20)).

8.3.1.8. Aparatos, equipo e instrumentos, usados en pruebas deben tener informes de calibración vigentes y cumplir con NRF-111-PEMEX-2012.

8.3.1.9. Las pruebas, se deben realizar por laboratorios o personas acreditadas en el método de prueba en particular; y los informes de los resultados deben ser firmados por la persona facultada para hacerlo; en términos de LFMN(20).

8.3.1.10. El Proveedor debe hacer las pruebas e inspección opcional o adicional que PEMEX indique en la hoja de especificación de la Bomba centrífuga, incluyendo 8.2.1.3 de ISO 13709:2009.

8.3.1.11. Las soldaduras efectuadas en partes sujetas a presión de acero al carbono y baja aleación para servicios con sustancia con grados de riesgo 2, 3, o 4, deben tener control de dureza en la soldadura y zona afectada por el calor, de acuerdo con lo siguiente: a) Las pruebas se deben realizar por el interior; o por el exterior cuando se tenga revestimientos o no sea

factible por el interior. b) Las pruebas se deben realizar después del PWHT, cuando éste es requerido. c) Se debe tomar una lectura por cada cordón longitudinal, entendiendo por lectura una toma en la corona de

la soldadura, una a cada lado de la soldadura y en la HAZ. d) Se deben tomar dos lecturas por cada cordón circunferencial. e) Se debe tomar una lectura por cada boquilla en la junta cuello-carcasa. f) La dureza máxima debe ser de acuerdo con la tabla 4 de esta NRF, a menos que se indique otro valor en

la hoja de especificación o sea requerido para el servicio crítico.

8.3.1.12. Las Bombas centrífugas en servicio crítico de acuerdo con el anexo 1 de la NRF-028-PEMEX-2010, debe tener control de dureza, y a menos que un muestreo más estricto se indique por el Licenciador o PEMEX, se deben tomar:

a) Dos lecturas (entendiendo por lectura, las tomas en la soldadura, zonas afectadas por el calor y material base) para cada cordón de soldadura longitudinal, pero no menos de una por cada proceso de soldadura utilizado y una por cada 4 m o fracción de soldadura longitudinal depositada.

b) Tres lecturas a cada 120º para cada cordón de soldadura circunferencial pero no menos de una por cada 3 m de soldadura y una por cada proceso de soldadura utilizado.

c) Una lectura por cada soldadura en las boquillas (una para la soldadura cuello-brida, una para cuello-carcasa, una para cada soldadura longitudinal o circunferencial del cuello, y por cada proceso de soldadura utilizado).

d) Una lectura por cada componente interior no a presión soldado a compontes a presión. pero no menos

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de una toma por cada 4 m de soldadura depositada. e) Los límites de dureza deben ser de acuerdo con el anexo 1 de esta la NRF-028-PEMEX-2010.

Las lecturas se deben realizar después del tratamiento térmicos final, por el lado en que la soldadura está en contacto con la sustancia del proceso, y sólo en casos excepcionales por el exterior cuando no sea posible por el interior.

8.3.1.13. Las boquillas y conexiones soldadas se deben inspeccionar de acuerdo a lo siguiente:

a) Partículas magnéticas o líquidos penetrantes de todas las soldaduras de conexiones. b) Radiografiado total de todas las soldaduras en las boquillas de succión o descarga. c) Las soldaduras de las boquillas de succión y descarga, se deben inspeccionar por partículas magnéticas o

por líquidos penetrantes, después del cincelado y pulido, y de nuevo después del tratamiento térmico posterior a la soldadura; o para el acero inoxidable austenítico después de la aplicación de la solución de destemple.

8.3.1.14. La PMI se debe realizar a materiales de alta aleación, ferroso o de níquel, que no son acero al carbono, en presencia de PEMEX o de quien designe, cuando no se cuente o sustente la rastreabilidad de los materiales con respecto a su correspondiente RPM, o PEMEX lo precise para verificar la aleación de los materiales. Nota 3. Se debe entender por aleación a los materiales metálicos con cromo, níquel, o molibdeno, que intencionalmente son agregados o usados para mejorar sus propiedades físicas, mecánicas y/o de resistencia a la corrosión.

Tabla 4. Dureza máxima Material P-Número Máxima dureza HV P1 Grupos 1, 2, y 3 236 P3 y P4 236 P5A, P5B, Grupo 1 247 P5B (F91, P91, T91, WP91) 261 P5C 247 P6 247 P7 247 P10A, P10B, P10C P10F 236 P11 236

8.3.1.15. La PMI se debe realizar de acuerdo con API RP 578:2010(19), usando uno de los siguientes métodos y equipos, sin producción o propagación de arco eléctrico, registrando el valor cuantitativo de todos los elementos de la composición de los materiales y/o soldaduras dados por su correspondiente especificación:

a) Espectrómetro portátil de Emisión Óptica. b) Espectrómetro portátil de Fluorescencia de Rayos X. c) Análisis Químico por un Laboratorio acreditado, utilizando:

1. Espectrómetro de Emisión Óptica. 2. Espectrómetro de Fluorescencia de Rayos X. 3. Análisis Químico por Vía Húmeda.

8.3.1.16. Las Bombas centrífugas con PMI se deben grabar por vibración en la placa de identificación, con las siglas PMI indicando el tipo de aleación.

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8.3.1.17. Las Bombas centrífugas verticales se deben probar completamente ensambladas. No se aceptan pruebas de tazones e impulsores únicamente. En los casos en que la prueba de ensamble no sea práctica debido a su longitud, el Proveedor debe proponer a PEMEX el procedimiento alternativo de prueba.

8.3.1.18. Las Pruebas de Nivel de ruido en sitio, Resonancia en alojamiento de cojinetes, Corrida mecánica, así como las correspondientes pruebas para equipos auxiliares, deben ser observadas por PEMEX o quien designe, si no se indica la contrario por PEMEX en la especificación de la Bomba.

8.3.1.19. Las Bombas centrífugas deben ser probadas hidrostáticamente cumpliendo con ISO 13709:2009, a una presión mínima de 1.5 veces la presión máxima permisible de trabajo y la correspondiente relación de esfuerzos.

Nota 4. Los sellos mecánicos no se deben usar durante la prueba hidrostática, pero sí durante todas las pruebas de funcionamiento o comportamiento.

8.3.2. Prueba de comportamiento

8.3.2.1. La prueba de comportamiento de las Bombas centrífugas debe ser cumpliendo con los incisos de 8.3.3 de ISO 13709:2009.

8.3.2.2. Para la prueba se deben cumplir los requerimientos de 8.3.3.2 de ISO 13709:2009 con las siguientes precisiones:

a) Los sellos y cojinetes deben ser con los que se suministra la Bomba centrífuga. b) El sello (o sellos) deben cumplir con el nivel de fuga no mayor al permitido en ISO 21049:2012,

en cualquier fase de la prueba de comportamiento de la Bomba centrífuga. Si el sello es removido o desarmado, el sello se debe probar cumpliendo con 8.3.3.7 de

ISO 13709:2009. Para bombas con sustancias peligrosas con uno o más grados de cuatro, el nivel de fuga

debe ser cero fugas a la atmósfera. c) Si durante cualquier fase de la prueba se ensambla de nuevo la Bomba centrífuga y/o los sellos,

se requiere reiniciar la prueba para demostrar que los sellos funcionan satisfactoriamente. d) Los cojinetes para lubricación con un sistema de lubricación por niebla, se deben prelubricar

antes de la prueba con el mismo tipo y grado de aceite que se especifica para su operación. e) La prueba debe ser con agua a temperatura ambiente entre 16°C y 55C; o en su caso y previa

autorización de PEMEX con un fluido incompresible, no inflamable, no combustible, no tóxico o corrosivo, cuando el agua pueda dañar la Bomba centrífuga o sus componente

8.3.2.3. Las Bomba centrífugas de alta potencia (>1 MW), deben cumplir con 8.3.3.4. de ISO 13709:2009 a la eficiencia indicada en la hoja de especificación de la Bomba centrífuga a flujo nominal.

8.3.2.4. Si más de una Bomba centrífuga se suministra para el mismo servicio, se requiere que cada una de ellas sea probada por separado.

8.3.2.5. A menos que otra cosa se especifique por PEMEX, las Bombas centrífugas no se deben desensamblar después de realizar la prueba final de comportamiento. La Bomba centrífuga, incluyendo la cámara del sello, se debe drenar, y llenar con inhibidores de corrosión para desplazando toda el fluido de prueba. La Bomba no debe permanecer más de 4 horas con el líquido después de terminada la prueba.

8.3.3. Pruebas adicionales

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8.3.3.1. Generales

8.3.3.1.1. El fabricante debe realizar las pruebas adicionales que se indiquen en el anexo E de ISO 13709:2009 de acuerdo con el nivel de inspección para la Bomba centrífuga, cuando son indicadas en la HD/HE de la Bomba centrífuga o es requerido por esta NRF.

8.3.3.2. Prueba de NPSH

8.3.3.2.1. La prueba de NPSH en circuitos con válvula de estrangulamiento solo es aceptada para Bombas centrífugas con NPSHR mayor de 3 m y con diferencia entre NPSHA y NPSHR mayor de 1 m. Las pruebas con válvula de estrangulamiento deben tener al menos 12 diámetros entre la válvula y la succión de la bomba, donde el diámetro es el DN de la válvula.

8.3.3.3. Prueba de unidad conjunto

8.3.3.3.1. La prueba de unidad completa en taller y/o en sitio, como se indique en la HD/HE, se deber realizar, a toda Bomba centrífuga suministrada con accionador, o moto-reductor, o sistemas auxiliares, o nivel 3 de inspección, incluyendo mediciones de vibración torsional. Las pruebas deben ser con todos sus equipos, componentes, e instrumentos entre otros que son requeridos en la hoja de especificación de la Bomba centrífuga y suministrados con la Bomba centrífuga.

La prueba de unidad completa en sitio se debe realizar a las Bombas centrífugas mencionadas en 8.3.1.3.c), de alta potencia (>1 MW) o en las que se indique en la hoja de especificación.

8.3.3.4. Prueba de nivel de ruido 8.3.3.4.1. La prueba de nivel de ruido en taller se debe realizar si se especifica en la HD/HE; con todos sus equipos, componentes, e instrumentos entre otros con que se especifica la Bomba centrifuga en la HD/HE y suministra, La prueba de nivel de ruido en taller debe cumplir con ISO 3744:2010. 8.3.3.4.2. La prueba de nivel de ruido en sito se debe realizara a las Bomba centrífuga que estén en almenes uno de los siguientes casos. a) Se suministra con accionador y/o moto-reductor, b) Es inspeccionada con nivel 3, c) Están dentro del punto 8.3.1.3.c) de esta NRF. d) Es de alta potencia (>1 MW) e) Se indique en la HD/HE prueba de ruido en sitio. 8.3.3.4.3. La prueba de nivel de ruido en sitio debe ser en cumplimiento con el procedimiento de la NOM-011-STPS-2001, con todos sus equipos, componentes, e instrumentos entre otros con que se especifica la Bomba centrifuga en la HD/HE y suministra.

8.3.3.5. Prueba de equipo auxiliar

8.3.3.5.1. Los sistemas auxiliares del equipo de bombeo como son sistema de aceite, engranes y sistema de control entre otros se deben probar en taller por el fabricante de la Bomba centrífuga. La prueba debe ser de operación y comportamiento después de colocados o instalados en la Bomba centrífuga.

8.3.3.6. Prueba de resonancia en soporte de cojinetes

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Las Pruebas de resonancia en soporte de cojinetes se debe realizar en Bombas centrífugas de alta potencia (>1 MW) o si es indicada en la hoja de especificación de la Bomba centrífuga.

8.3.3.7. Prueba de corrida mecánica

La Prueba de corrida mecánica se debe realizar por 4 horas en el punto de trabajo.

8.3.4. Conformidad

8.3.4.1. Para determinar el grado de conformidad con los requisitos establecidos en esta Norma de Referencia, el Proveedor o Contratista debe entregar a PEMEX los informes de resultados de pruebas y/o inspección.

8.3.4.2. Una vez, recibido el o los informes de resultados de pruebas, PEMEX determinará el grado de cumplimiento e informando al Proveedor o Contratista la conformidad o no conformidad correspondiente, para la recepción de los equipos.

8.4 Requerimientos de Embalaje, Transportación y Almacenaje

8.4.1. Las Bombas centrífugas, accionador, moto-reductor, sistemas auxiliares y todo componentes requerido se debe embalar por el Proveedor o Fabricante como unidad completamente ensambladas, para su manejo, transporte y almacenamiento desde el punto de embarque hasta su instalación en el centro de trabajo de PEMEX, sea domestico o de exportación, en cumplimiento con ISO 13709:2009. El embalaje debe ser domestico o de exportación, como corresponda al origen y a menos que se indique otra cosa por PEMEX, la bomba debe ser embalada como unidad completamente ensamblada.

8.4.2. Las Bombas centrífugas verticales que por su longitud no puedan ser embaladas en una solo pieza se pueden embarcar desensambladas en el menor número de partes; y ensambladas, alineados y probadas en el centro de trabajo por el Proveedor o Fabricantes para su instalación.

8.4.3. Las superficies exteriores de hierro, acero al carbono, o acero de baja aleación excepto las superficies maquinadas, deben tener un sistema de recubrimiento anticorrosivo en cumpliendo con la NRF-053-PEMEX-2011 para el ambiente del centro de trabajo, con color de acabado en cumplimiento con la NRF-009-PEMEX-2012.

8.4.4. Los elementos temporales para manejo, transporte y almacenamiento de las Bombas centrífugas se deben pintar de color naranja e identificar con la leyenda que diga “Elemento temporal retirar antes de su instalación; o puesta en operación”, como corresponda.

8.5 Documentación requerida

8.5.1. Generales

8.5.1.1. El Contratista o Proveedor debe proporcionar a PEMEX, toda la documentación de compra, ingeniería, fabricación, inspección y pruebas, cumpliendo con esta NRF, HD/HE de la Bomba centrífuga, Contrato e ISO 13709:2009.

8.5.1.2. La revisión o aceptación por PEMEX a los documentos, como la omisión de éstas, no libera al Contratista o Proveedor de su responsabilidad de cumplir con esta NRF, especificación de la Bomba centrífuga

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y contrato, quedando obligados a subsanar a satisfacción de PEMEX, cualquier desviación, omisión, error, mala interpretación, defecto, vicio oculto, entre otros en que incurra.

8.5.1.3. Los documentos deben estar en idioma español y en el sistema General de unidades de medida internacional de cumpliendo con la NOM-008-SCFI-2002.

a) Excepcionalmente los Fabricantes extranjeros podrán emplear su sistema de unidades de medidas entre paréntesis, anteponiendo su equivalencia con el sistema Internacional, él que es base para la aceptación y lo que se desprenda en términos de Ley, garantías o reclamaciones, entre otros.

b) Excepcionalmente los Fabricantes extranjeros podrán emplear su Idioma de origen entre paréntesis, anteponiendo la correspondiente traducción al Idioma Español, que es base para la aceptación y lo que se desprenda en términos de Ley, garantías o reclamaciones, entre otros.

c) Los Reportes de prueba de materiales, Catálogos, Reporte de resultados de software, e Informes de resultados de pruebas de origen extranjero, pueden ser en Idioma inglés o español.

8.5.1.4. El Contratista o Proveedor debe entregar a PEMEX la hoja de especificación (HD/HE) de la o las Bombas centrífugas y sus componentes en cumplimiento con esta Norma de Referencia.

8.5.1.5. El Contratista o proveedor debe entregar a PEMEX con al menos treinta días hábiles de antelación a la fecha de inicio de fabricación (fundiciones y/o maquinados) si no se indica otro tiempo en las bases de licitación/contrato, la documentación indicada en el punto 10.1.3. de ISO 13709:2009, incluyendo lo siguiente, para su verificación:

a) Gráfica del sistema. b) VDDR del Anexo L de ISO 13709:2009, debidamente llenado. c) Lista de verificación del Anexo E de ISO 13709:2009, debidamente llenada. d) Presión máxima de sello estático y dinámico en la cámara del sello.

8.5.1.6. Se debe entender por “previously agreed-upon exceptions” del subinciso 10.1.3. c) de ISO 13709:2009 las preguntas y respuestas al particular que se den en el contrato, invitación a cuando menos tres personas o adjudicación directa.

8.5.1.7. Los documentos en adición a los datos del Proveedor o Contratistas y Fabricante de la Bomba centrífuga deben incluir la información siguiente:

a) Nombre del organismo de PEMEX que solicita el equipo. b) Nombre y número del proyecto de PEMEX. c) Centro de trabajo para el que está dispuesto el equipo. d) Número de requisición / número de la orden de compra. e) Nombre del servicio y clave del equipo. f) Orden de fabricación y número de serie. g) Nombre, firma y cedula profesional del ingeniero responsable del Proveedor o Contratista que aprueba el

documento y avala el cumplimiento con esta NRF.

8.5.2. Hoja de especificación de la Bomba centrífuga

8.5.2.1. El Proveedor o Contratista debe entregar a PEMEX la hoja de especificación de la Bomba centrífuga debidamente llenada con los datos de la Bomba centrífuga suministrada en el formato del anexo B.

8.5.2.2. El Fabricante debe especificar en la hoja de especificación

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a) La carga neta positiva de succión requerida (NPSHR) basado en agua a una temperatura no mayor de 65 C (150°F), al flujo y velocidad nominales. No se debe aplicar ningún factor de reducción o corrección para hidrocarburos.

b) El Proveedor debe indicar el flujo requerido en la hoja de especificación.

8.5.3. Expediente

8.5.3.1. El Proveedor o Contratista debe integrar y entregar a PEMEX junto con la o las Bombas centrífugas suministradas, el expediente de cada Bomba centrífuga.

8.5.3.2. El Proveedor o Contratista debe entregar a PEMEX el original y tantas copias como se indique en el contrato, así como conservar por lo menos durante 20 años, copia digital completa del expediente la que debe estar a disponible para su copia y reproducción por PEMEX.

8.5.3.3. El expediente debe contener toda la información listada en el VDDR del anexo L de ISO 13709:2009 y lo siguiente:

a) RPM de todos los materiales. b) Curva de comportamiento y sumario de datos c) Grafica del sistema con la curva de comportamiento y curva del sistema como se construyo. d) Cálculos y/o datos de prueba disponibles, para el desplazamiento de la flecha en el cople e) Dibujos dimensionales de arreglo general, de ensamble y seccionales de detalle cómo se construyó (As-

built) la Bomba centrífuga, accionador, caja de engranes, sistemas auxiliares, como aplique, según el tipo de Bomba centrífuga.

f) Dibujo de instalación del sello mecánico y las dimensiones de ajuste. g) Mapa de soldadura con identificaciones y rastreabilidad a los procedimientos de soldadura e informes de

resultados de las pruebas. h) Plan de inspección y lista de verificación del anexo E de ISO 13709:2009, con firmas en los puntos de

inspección. i) Informes de resultados de pruebas, incluyendo balanceos estáticos y dinámicos en su caso. j) Hoja de datos de seguridad de la sustancia manejada.

8.5.4. Dibujos y documentos técnicos

8.5.4.1. Cuando el Proveedor suministre sistemas de tubería para los sistemas de sello, se debe indicar claramente cuáles y cómo deben ser conectados. Las conexiones que no sean utilizadas también se deben indicar.

8.5.4.2. El fabricante debe indicar en los dibujos de arreglo general el espesor(es) de retiro de la carcasa señalando las áreas críticas o en que se debe medir, para al menos las Bombas centrífugas con nivel 3 de inspección. El espesor (es) de retiro se debe basar en la falla de acuerdo con ISO 13709:2009.

8.5.4.3. Cuando se especifique un accionador de velocidad variable, la curva de comportamiento se debe entregar a PEMEX e incluir en el expediente, incluyendo las curvas de carga para las velocidades máxima y mínima de operación.

8.5.4.4. Los dibujos de cortes transversales deben identificar e indicar los componentes con la correspondiente especificación ASTM o equivalentes.

8.5.4.5. La curva de comportamiento y sumario de datos debe incluir potencia al freno calculada a la gravedad específica del líquido a manejar y eficiencia contra flujo, curva de NPSH para agua, trazada con los datos de

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prueba reales; diámetros máximos y mínimos del impulsor suministrado, el área del ojo del impulsor del primer paso, el número de identificación del impulsor y el número de serie de la Bomba centrífuga. Cuando aplique se deben indicar las correcciones por viscosidad.

9. Responsabilidades y obligaciones

9.1. Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

Vigilar el cumplimiento de los requerimientos de esta norma, en materia y alcance de la misma.

9.2. Proveedores y/o Contratistas.

9.2.1. Cumplir con esta norma de referencia.

9.2.2. Tener procedimientos de aseguramiento de calidad vigente en cumplimiento con NMX-CC-9001-IMNC-2008 o ISO 9001:2009 y NMX-CC-9004-IMNC-2008 o ISO 9004:2009.

9.2.3. Contar con un Ingeniero Responsable, con conocimiento, experiencia y criterios técnicos que avale el cumplimiento con esta Norma de Referencia.

9.2.4. Estar acreditado y contar con el personal calificado y certificado para las pruebas e inspección en la materia, o en su caso contratar o subcontratar a una persona acreditada en la materia, que emita los informes de resultados de pruebas correspondientes, a las pruebas e inspección, requerida por esta Norma de Referencia.

9.2.5. Contar o Disponer del Equipo, Instrumentación e Infraestructura suficiente y apropiada para el cumplimiento de las actividades y obligaciones derivadas de esta Norma de Referencia.

9.2.6. Garantizar la Bomba centrífuga, Accionadores, Moto-reductor, Equipo auxiliar y componentes suministrados por al menos 12 meses después de su puesta en operación o 18 meses después de la recepción por PEMEX, lo que ocurra primero, contra material defectuoso, mano de obra defectuosa, mal diseño y fallas bajo condiciones normales de operación.

9.2.7. Reparar, modificar y/o reemplazar a su costo, la Bomba centrífuga, Accionadores, Moto-reductor, Equipo auxiliar y componentes suministrados en el centro de trabajo, hasta cumplir con los requerimientos de esta Norma.

10. Concordancia con Normas Internacionales

Esta Norma de Referencia adopta parcialmente la Norma Internacional ISO 13709:2009 con requerimientos adicionales que se resumen en la tabla 5 de esta NRF.

Las cláusulas o subcláusulas indicadas con una viñeta () en la Norma Internacional ISO 13709:2009 donde se requiere información o una decisión de PEMEX, ha sido establecido en esta Norma de Referencia, de lo contrario se debe usar como requerimiento.

Tabla 5. Concordancias entre la Norma Internacional ISO 13709:2009 y la Norma de Referencia

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BOMBAS CENTRIFUGAS

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ISO 13709:2009 NRF-050-PEMEX-2011 Cláusulas, sub cláusulas y párrafos Capítulos, párrafos y numerales

0. INTRODUCCIÓN 1 Scope 1. OBJETIVO 2. ALCANCE 3. CAMPO DE APLICACIÓN 4. ACTUALIZACIÓN 2 Normative references 5. REFERENCIAS 3 Terms and definitions 6. DEFINICIONES 7. SIMBOLOGIA Y ABREVIATURAS 4 General

4.1 Unit responsibility 9. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES 4.2 Classification and designation

5 Requirements 8. REQUERIMIENTOS 5.1 Units 5.2 Statutory requirements

6 Basic design 8.1 Requerimientos de Diseño 6.1 General 8.1.1 Generalidades 6.2 Pump types 8.1.2 Bombas centrífugas de alta energía 6.3 Pressure casings 8.1.3 Carcasas de presión 6.4 Nozzles and pressure casing connections 8.1.4 Boquillas y conexiones 6.5 External nozzle forces and moments 8.1.5 Fuerzas y momentos en boquillas 6.6 Rotors 8.1.6 Rotores 6.7 Wear rings and running clearances 6.8 Mechanical shaft seals 8.1.7 Sellos mecánicos 6.9 Dynamics 8.1.8 Dinámica 6.10 Bearings and bearing housings 8.1.9 Cojinetes y alojamiento o soporte de cojinetes 6.11 Lubrication 8.1.10 Lubricación 6.12 Materials 8.2 Materiales 8.2.1 Generalidades 8.2.2 Fundiciones 8.2.3 Bajas temperaturas 8.2.4 Soldadura 6.13 Nameplates and rotation arrows 8.2.5 Placa de datos

7 Accessories 8.2.6 Accesorios 7.1 Drivers 8.2.6.1 Accionadores 7.2 Couplings and guards 8.2.6.2 Coples y guarda coples 7.3 Baseplates 8.2.6.3 Bases de montaje 7.4 Instrumentation 8.2.6.4 Instrumentación 7.5 Piping and appurtenances 8.2.6.5 Tuberías y sus accesorios 7.6 Special tools

8 Inspection, testing, and preparation for shipment 8.3 Inspección y Pruebas 8.1 General 8.3.1 Requerimientos Generales 8.2 Inspection 8.3 Testing 8.3.2 Prueba de comportamiento 8.3.3 Pruebas adicionales 8.3.4 Conformidad 8.4 Preparation for shipment 8.4 Requerimientos de embalaje, transportación y almacenaje

9 Specific pump types Anexo 12.3 Requerimientos específicos por tipo de bomba 9.1 Single-stage overhung pumps 12.3.1 Bombas OH2

12.3.2 Bombas OH3 12.3.3 Bombas OH6

9.2 Between-bearings pumps (types BB1, BB2, BB3, and BB5)

12.3.4 Bombas BB1, BB2, BB3 Y BB5 (con impulsor montado sobre

cojinetes) 9.3 Vertically suspended pumps (types VS1 12.3.5 Bombas tipos VS1 a VS7 (verticalmente suspendidas)

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Tabla 5. Concordancias entre la Norma Internacional ISO 13709:2009 y la Norma de Referencia NRF-050-PEMEX-2011

ISO 13709:2009 NRF-050-PEMEX-2011 Cláusulas, sub cláusulas y párrafos Capítulos, párrafos y numerales

through VS7) 12.3.6 Bombas VS1 y VS2 (de carcasa sencilla tipo difusor y de voluta)

12.3.7 Bombas VS6 y VS7 (de carcasa doble tipo difusor y tipo voluta)

10 Vendor's data 8.5 Documentación requerida

10.1 General 8.5.1 Generalidades 10.2 Proposals 8.5.2 Hoja de especificación de la bomba centrífuga 10.3 Contract data 8.5.3 Expediente 8.5.4 Dibujos y documentos técnicos

10. Concordancia con normas internacionales 12 Anexos Anexo 12.2 Requisitos que debe cumplir un documento “equivalente” Annex A (informative) Specific speed and

suction-specific speed

Annex B (normative) Cooling water and lubrication system schematics

Annex C (normative) Hydraulic power recovery turbines

Annex D (normative) Standard baseplates Annex E (informative) Inspector's checklist Annex F (normative) Criteria for piping design Annex G (informative) Materials class selection

guidance

Annex H (normative) Materials and material specifications for pump parts

Annex I (normative) Lateral analysis Annex J (normative) Determination of residual

unbalance

Annex K (informative) Shaft stiffness and bearing system life

Annex L (informative) Vendor drawing and data requirements

Annex M (informative) Test data summary Annex N (informative) Pump datasheets and

electronic data exchange Anexo 12.1 Contenido de la Hoja de Datos / Hoja de especificación (HD/HE)

Bibliography 11 Bibliografía REQUISITOS ADICIONALES. Párrafo o numeral: 8.1.1.5, 8.1.1.10, 8.1.1.11, 8.1.12, 8.1.1.13, 8.1.1.14, 8.1.1.15, 8.1.1.16,

8.1.1.17, 8.1.1.18, 8.1.1.19, 8.1.1.20, 8.1.1.21, 8.1.1.22, 8.1.2.1, 8.1.3.2, 8.1.3.3, 8.1.3.4, 8.1.3.5, 8.1.3.6, 8.1.3.7, 8.1.3.9, 8.1.3.11, 8.1.3.12, 8.1.4.1, 8.1.4.2, 8.1.4.3, 8.1.4.4, 8.1.4.5, 8.1.4.6, 8.1.4.7, 8.1.4.8, 8.1.4.9, 8.1.4.10, 8.1.4.11, 8.1.4.12, 8.1.4.13, 8.1.4.16, 8.1.4.17, 8.1.5.1, 8.1.5.2, 8.1.5.3, 8.1.5.4, 8.1.6.1, 8.1.6.2, 8.1.6.3, 8.1.6.4, 8.1.6.5, 8.1.6.6, 8.1.6.7, 8.1.6.8, 8.1.6.9, 8.1.6.10, 8.1.6.11, 8.1.12, 8.1.6.13, 8.1.6.14, 8.1.6.15, 8.1.7.1, 8.1.7.3, 8.1.7.4, 8.1.7.5, 8.1.7.6, 8.1.7.7, 8.1.7.8, 8.1.7.9, 8.1.7.10, 8.1.7.11, 8.1.7.12, 8.1.7.13, 8.1.7.14, 8.1.7.15, 8.1.7.16, 8.1.7.17, 8.1.7.18, 8.1.7.19, 8.1.7.20, 8.1.7.21, 8.1.7.22, 8.1.7.23, 8.1.7.24, 8.1.7.25, 8.1.8.1.2, 8.1.8.1.3, 8.1.8.1.4, 8.1.8.1.6, 8.1.8.1.7, 8.1.9.1, 8.1.9.3, 8.1.9.4, , 8.1.9.5, 8.1.9.6, 8.1.9.7, 8.1.9.8, 8.1.9.9, 8.1.9.10, 8.1.9.11, 8.1.9.13, 8.1.9.14, 8.1.9.15, 8.1.9.16, 8.1.9.17, 8.1.9.18, 8.1.10.1, 8.1.10.2, 8.1.10.3, 8.1.10.4, 8.1.10.5, 8.2.1.1, 8.2.1.2, 8.2.1.3, 8.2.1.4, 8.2.1.5, 8.2.1.6, 8.2.1.7, 8.2.1.9, 8.2.1.10, 8.2.1.11, 8.2.1.12, 8.2.1.13, 8.2.2.1, 8.2.2.2, 8.2.3.2, 8.2.3.3, 8.2.3.4, 8.2.3.5, 8.2.3.6, 8.2.4.1, 8.2.4.2, 8.2.4.3, 8.2.5.1, 8.2.5.2, 8.2.6.1.2, 8.2.6.1.3, 8.2.6.1.4, 8.2.6.1.5, 8.2.6.2.1, 8.2.6.2.2, 8.2.6.2.3,

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Tabla 5. Concordancias entre la Norma Internacional ISO 13709:2009 y la Norma de Referencia NRF-050-PEMEX-2011

ISO 13709:2009 NRF-050-PEMEX-2011 Cláusulas, sub cláusulas y párrafos Capítulos, párrafos y numerales

8.2.6.2.4, 8.2.6.2.5, 8.2.6.2.6, 8.2.6.2.7, 8.2.6.2.8, 8.2.6.3.1, 8.2.6.3.2, 8.2.6.3.6, 8.2.3.7, 8.2.6.3.8, 8.2.6.4.1, 8.2.6.4.2, 8.2.6.4.3, 8.2.6.4.4, 8.2.6.4.5, 8.2.6.4.6, 8.2.6.5.1, 8.2.6.5.2, 8.2.6.5.3, 8.2.6.5.4, 8.2.6.5.5, 8.2.6.5.6, 8.2.6.5.7, 8.2.6.5.8, 8.2.6.5.9, 8.2.6.5.10, 8.2.6.5.11, 8.2.6.5.12, 8.3.1.1, 8.3.1.2, 8.3.1.3, 8.3.1.4, 8.3.1.5, 8.3.1.6, 8.3.1.7, 8.3.1.8, 8.3.1.9, 8.3.1.10, 8.3.1.11, 8.3.1.12, 8.3.1.13, 8.3.1.14, 8.3.1.15, 8.3.1.16, 8.3.1.17, 8.3.1.18, 8.3.1.19, 8.3.2.1, 8.3.2.2, 8.3.2.3, 8.3.2.4, 8.3.2.5, 8.3.3.1.1, 8.3.3.2.1, 8.3.3.3.1, 8.3.3.4.1, 8.3.3.4.2, 8.3.3.4.3, 8.3.3.5.1, 8.3.3.6, 8.3.3.7, 8.3.4.1, 8.3.4.2, 8.4.1, 8.4.2, 8.4.3, 8.4.4, 8.5.1.2, 8.5.1.3, 8.5.1.4, 8.5.1.5, 8.5.1.6, 8.5.1.7, 8.5.2.1, 8.5.2.2, 8.5.3.1, 8.5.3.2, 8.5.3.3, 8.5.4.1, 8.5.4.2, 8.5.4.3, 8.5.4.4, 8.5.4.5, 9. Anexos 12.1, 12.2 y 12.3

11. Bibliografía

No. cita

Codifi-cación Título Editorial u

Organis-mo

emisor

Año de publicación

(1) ASME B73.1 Specification for horizontal end suction centrifugal pumps for chemical process - replaces b73.1m (Especificación para bombas centrífugas de succión horizontal para procesos químicos).

ASME 2001-Rev 2007

(2) ASME B73.2 Specification for vertical in-line centrifugal pumps for chemical process (Especificación para bombas centrífugas verticales en línea para procesos químicos).

ASME 2003-Rev 2008

(3) ASME B16.5 Pipe flanges and flanged fittings (Bridas de tubería y accesorios con bridas).

ASME 2009

(4) ASME B16.9 Factory-made wrought buttwelding fittings (Accesorios forjados soldados a tope hechos em fábrica).

ASME 2007

(5) ASME B16.11

Forged fittings, socket-welding and threaded (Soldadura de casquillo y rosca en accesorios forjados).

ASME 2009

(6) ASME B16.15

Cast copper alloy threaded fittings: classes 125 and 250 (Accesorios roscados de forja de

ASME 2006

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bronce: clases 125 y 250).

(7) ASME B16.20

Metallic gaskets for pipe flanges: ring-joint, spiral-wound, and jacketed (Juntas metálicas para bridas de tubería: junta de anillo, espiral cerrada y enchaqueta).

ASME 2007

(8) ASME B16.24

Cast copper alloy pipe flanges and flanged fittings: Classes 150, 300, 600, 900, 1500 and 2500 (Bridas y accesorios de bridas de tubería de aleación de cobre forjado: Clases 150, 300, 600, 900, 1500 y 2500).

ASME 2006

(9) ASME B16.42

Ductile iron pipe flanges and flanged fittings, classes 150 and 300 (Bridas y accesorios de bridas para tubería de fierro dúctil).

ASME 1998-Rev 2006

(10) ASME B16.47

Large diameter steel flanges: NPS 26 through NPS 60 metric/Inch standard (Bridas de acero de diâmetro grande: NPS 26 al NPS 60.

ASME 2006

(11) ASME Sección VIII, División 1

ASME BPVC Boiler and pressure vessel code, Section VIII Rules for construction of pressure vessels, Division 1 (ASME BPVC Código para construcción de calentadores y recipientes a presión, Sección VIII Reglas para la construcción de recipientes a presión, División 1).

ASME 2010

(12) ASME B1.20.1

Pipe threads, general purpose (inch) - Revision and redesignation of ASME/ANSI B2.1-1968

ASME 1983-Rev 2006

(13) NACE MR0103

Materials resistant to sulfide stress cracking in corrosive petroleum refining environments - Item No. 21305 (Materiales resistentes a fracturas por esfuerzos por sulfídricos en ambientes corrosivos de refinerías de petróleo).

NACE 2010

(14) NACE SP0403

Avoiding caustic stress corrosion cracking of carbon steel refinery equipment and piping - Item No. 21102 (Agrietamiento evitado por esfuerzos de corrosion por caustico en aceros al carbón en equipo y tubería de refinerías).

NACE 2003-Rev 2008

(15) NACE SP0472

Methods and controls to prevent in-service environmental cracking of carbon steel weldments in corrosive petroleum refining environments - Item No. 21006 (Métodos y controles para prevenir agrietamientos en ambientes de servicio de soldaduras de acero al carbón em ambientes corrosivos de refinerias

NACE 2010

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de petróleo).

(16) API 670 Machinery protection systems (Sistemas de protección de maquinaria).

API 2000-Rev 2010

(17) API 945 Avoiding environmental cracking in amine units (Evitando agrietamiento en ambientes de unidades de amina).

API 2003-Rev 2008

(18) API 941 Steels for hydrogen service at elevated temperatures and pressures in petroleum refineries and petrochemical plants (Aceros para servicio de hidrógeno a presiones y temperaturas elevadas en refinerias petróleras y plantas petroquímicas).

API 2008

(19) ASME BPVC Sección VIII, División 1, Párrafo UCS-66

Low temperature operation – Materials (Operación a baja temperatura - Materiales).

ASME 2011

(20) ASME BPVC Sección VIII, División 1, Párrafo UG 84

Charpy Impact Test (ASME BPVC Sección VIII, División 1. Pruebas de impacto charpy).

ASME 2009

(21) ASME SECCION IX

Section IX qualification standard for welding and brazing procedures, welders, brazers, and welding and brazing operators welding and brazing qualifications

ASME 2010

(22) API RP 578 Material verification program for new and existing alloy piping systems (Programa de verificación de material para un sistema de tuberías de aleación nueva y existente).

API 2010

(23) LFMN Ley federal sobre metrología y normalización. DOF 2009

12. Anexos.

12.1. Contenido de la Hoja de datos / Hoja de especificación (HD/HE).

12.1.1. La hoja de datos/especificación debe contener la información necesaria para la selección, fabricación adquisición y/o arrendamiento de la Bomba centrifuga.

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12.1.2. El licenciador o Contratista que desarrolla la ingeniería básica o especificación y/o PEMEX debe elaborar la HD/HE de las Bombas centrífugas, quienes en conjunto deben describir e indicar todos los requisitos y características que deben tener en cumplimiento con esta NRF, siendo obligación del Proveedor o Contratista que suministra o arriende las Bombas centrífugas, revisar y solicitar por escrito a PEMEX la falta de información o inconsistencia en la HD/HE durante la etapa de licitación y antes de iniciar sus actividades o servicios, ya que de no presentar dicha solicitud, acepta y reconoce la claridad en los requerimientos que debe cumplir.

12.1.3. Se debe indicar en la HD/HE siguiente, las condiciones de operación, las propiedades del líquido, condiciones del sitio y condiciones de los servicios, así como si la Bomba centrífuga se usa como una turbina de recuperación de energía hidráulica (HPRT, por sus siglas en inglés).

12.1.4. Se debe adjunta a la HD/HE de la Bomba centrífuga la HD/HE del sello cumpliendo con el anexo C de ISO 21049:2012 y la hoja de datos de seguridad de la sustancia que se maneja en la Bomba cumpliendo con la NOM-018-STPS-2000.

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12.2. Requisitos que debe cumplir un documento “equivalente”

12.2.1. La indicación “equivalente”, que se menciona en esta NRF, después de citar los documentos extranjeros, significa lo siguiente:

12.2.2. Documento normativo que indica las características, reglas, especificaciones, requerimientos, atributos, directrices o prescripciones aplicables a un bien, proceso, actividad, servicio o método y las que se refieran a su cumplimento o aplicación, en nivel cuantitativo, cualitativo, igual al propuesto en esta NRF.

12.2.2.1. Los documentos extranjeros, “equivalentes”, deben cumplir con lo indicado y/o exigido por los documentos extranjeros referidos por esta NRF o especificación técnica.

12.2.2.2. No se aceptan como equivalentes documentos normativos o lineamientos nacionales, internacionales, industriales o extranjeros, que tengan requerimientos, especificaciones o exigencias menores a los referidos y/o solicitados por PEMEX, (por ejemplo: menores espesores, menores factores de seguridad, menores presiones y/o temperaturas, menores niveles de aislamiento eléctrico, menores propiedades a la temperatura, mayor emisión de humos y características constructivas de los conductores eléctricos, menores capacidades, eficiencias, características operativas, propiedades físicas, químicas y mecánicas, entre otros).

12.2.3. Lo anterior también es aplicable a los requerimientos señalados en los documentos técnicos de los paquetes de ingeniería básica de los licenciadores o tecnólogos.

12.2.4. En todos los casos, las características, especificaciones, requerimientos y/o obligaciones indicados en esta NRF, especificación técnica, y los que de esta se desprenden, son de cumplimiento obligatorio por Contratistas y/o Proveedores de bienes o servicios.

12.2.5. El Contratista o Proveedor, que considere que un documento es equivalente al documento extranjero indicados en esta Norma de Referencia y/o Especificación Técnica, debe solicitar por escrito a PEMEX la autorización para su uso, anexando los antecedentes y argumentación que justifique su solicitud, así como una comparativa, concepto por concepto, demostrando que el documento que propone, es igual que el indicado o referido en esta NRF o especificación técnica, a lo que PEMEX debe responder de forma explícita.

12.2.6. Cuando los documentos señalados en el párrafo anterior, no son de origen nacional, deben estar legalizados ante cónsul mexicano o, cuando resulte aplicable, apostillados de conformidad con el “Decreto de Promulgación de la Convención por la que se suprime el requisito de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros”, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 14 de agosto de 1995.

12.2.7. Los documentos que se presenten en un idioma distinto al español se deben acompañar de una traducción de dicho idioma al español, por un perito traductor certificado, con la conversión de unidades conforme a la NOM-008-SCFI-2002. La traducción debe ostentar la siguiente leyenda que debe estar signada por el representante legal del Licenciante, Contratista y/o Proveedor, que propone el documento equivalente.

Esta traducción refleja fielmente el contenido e interpretación del documento original en su idioma de origen, para los efectos del contrato y los legales, a que de lugar”

12.2.8. La respuesta de PEMEX al uso de un documento equivalente debe ser por escrito, indicando si es o no autorizado el documento propuesto como equivalente, en el caso de que no se autorice el uso del documento equivalente, el Contratista, o Proveedor, está obligado a cumplir con el documento extranjero establecido en la NRF o especificación técnica.

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12.3. Requerimientos específicos por tipo de Bomba

Este anexo es mandatorio y complementario a los requerimientos por tipo de Bomba centrífuga de ISO 13709:2009

12.3.1. Bombas OH2

Las Bombas centrífugas se deben diseñar de forma que su primera velocidad lateral crítica seca sea 20 por ciento superior de sus velocidades de operación, incluyendo la velocidad máxima continua.

12.3.2. Bombas OH3

12.3.2.1. Las Bombas centrífugas se deben suministrar con los puntos de izaje y en su caso con tornillos de ojo u orejas, y cuando PEMEX lo indique en la HD/HE con los dispositivos para izado en cumplimiento con 9.1.2.6. de ISO 13709:2009.

12.3.2.2. La Bomba centrífuga y su accionador se deben unir con coples flexibles.

12.3.2.3. La tubería auxiliar de los planes 52 y 53 no se debe montar sobre la Bomba centrífuga.

12.3.3. Bombas OH6

12.3.3.1. El Proveedor debe realizar el análisis de velocidad lateral crítica para cada Bomba centrífuga de alta velocidad accionada por engranaje integral.

12.3.3.2. La tubería auxiliar de los planes 52 y 53 no se deben montar sobre la Bomba centrífuga.

12.3.3.3. El acoplamiento entre el accionador y la caja de engranes se debe realizar por medio de un cople flexible.

12.3.3.4. Los impulsores no se aceptan remachados.

12.3.3.5. Los impulsores refundidos requieren la aprobación explícita de PEMEX.

12.3.3.6. Las Bombas centrífugas del tipo OH6 no son aceptadas para los servicios cubiertos por el inciso a) del 8.1.1.4 de esta NRF. Para los casos del inciso b) son aceptables sólo cuando explícitamente lo indique PEMEX.

12.3.4. Bombas BB1, BB2, BB3 y BB5 (con impulsor montado entre cojinetes)

12.3.4.1. Carcasa de presión

12.3.4.1.1. Cuando se especifique, el diseño de las conexiones debe ser aprobado por PEMEX antes de su fabricación. Los dibujos deben mostrar los diseños de soldadura, tamaño, materiales y tratamientos térmicos antes y después de las soldaduras.

12.3.4.1.2. Para Bombas centrífugas con boquillas de succión y descarga maquinadas, el Proveedor debe suministrar un mínimo de longitud aceptable para desmontar el carrete de la tubería para facilitar el mantenimiento. Las piezas de carrete para desmontar las boquillas las debe suministrar PEMEX.

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12.3.4.2. Rotor

12.3.4.2.1. Rotores con claros con el impulsor de 0.75 mm (0.030 in) o menores, los impulsores se deben asegurar contra movimiento axial opuesto a la dirección normal del empuje hidráulico.

12.3.4.2.2. No se aceptan rotores con impulsores montados en caliente.

12.3.4.3 Análisis lateral

Si un análisis lateral es requerido por el procedimiento indicado en 9.2.4.1.2 de ISO 13709:2009, o si es solicitado por PEMEX, el análisis se debe realizar y sus resultados se deben determinar de acuerdo con el anexo I.1 de ISO 13709:2009.

12.3.4.4. Cojinetes y alojamiento o soporte de cojinetes

12.3.4.4.1. El diseño del cojinete de empuje se debe someter a sanción de PEMEX.

12.3.4.4.2. Las Bombas centrífugas tipo BB3 se deben suministrar con cojinetes de empuje hidrodinámicos cuando la potencia demandada por la Bomba centrífuga sea mayor a 746 kW (1 000 hp) o aplicando el criterio de cálculo de la tabla 10 de ISO 13709:2009, la que resulte menor.

12.3.4.4.3. El alojamiento o soporte para cojinetes hidrodinámicos lubricados a presión debe tener un arreglo interno que minimice la formación de espuma. El sistema de drenado debe mantener el nivel de aceite y espuma por abajo del sello de la flecha. El aumento de temperatura en el alojamiento o soporte y en los cojinetes no debe exceder de 28 C (50 °F), bajo las condiciones más adversas de operación. La temperatura de salida del aceite no debe ser mayor de 71 C (160 °F). Cuando la temperatura de entrada del aceite sea mayor de 50 °C (120 °F), se deben tomar consideraciones especiales en el diseño del cojinete, flujo de aceite y elevación de temperatura permisible. Las conexiones para aceite en el alojamiento o soporte de cojinetes se deben apegar a lo indicado en el numeral 8.2.5.

12.3.4.4.4 Los cojinetes hidrodinámicos se deben desensamblar e inspeccionar por el fabricante de la Bomba centrífuga después de ejecutar la prueba de comportamiento y posteriormente ensamblar, cuando PEMEX lo indique en la HD/HE.

12.3.4.5. Lubricación.

12.3.4.5.1. El sistema de lubricación a presión debe distribuir el aceite a la presión adecuada hacia los cojinetes de la Bomba centrífuga, el accionador y cualquier otro dispositivo, incluyendo los engranes y los acoplamientos lubricados continuamente.

12.3.4.5.2. El sistema de lubricación a presión debe cumplir con ISO 10438-3:2007 y con la respectiva hoja de especificación.

12.3.4.5.3. El calentador de aceite debe ser de resistencia eléctrica en acero inoxidable austenítico. El dispositivo de calentamiento debe tener la capacidad de calentar el aceite de la temperatura ambiental mínima a la temperatura requerida por el aceite en un lapso no mayor de 12 h. La densidad de potencia no debe exceder de 2,33 W • cm2 (15 W • in2).

12.3.4.5.4. La Bomba centrífuga principal y bomba auxiliar deben ser de carcasa de fundición de acero, a menos que se ubiquen inmersos en aceite. Todos los demás componentes que manejen aceite a presión deben ser de acero.

12.3.4.5.5. El sistema de lubricación a presión debe ser independiente para cada Bomba centrífuga a menos que PEMEX indique lo contrario en la hoja de especificación.

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12.3.4.5.6. Los rotores de repuesto y los elementos tipo cartucho se deben soportar en cumplimiento con 9.2.8.2 de ISO 13709:2009.

12.3.5. Bombas VS1 a VS7 (verticalmente suspendidas).

12.3.5.1. Los impulsores deben ser totalmente cerrados y construidos en fundición de una sola pieza. Los impulsores remachados y los refundidos no son aceptados.

12.3.5.2. Las flechas de Bombas centrífugas de diámetros menores a 100 mm (4 in), se deben maquinar o rectificar en toda su longitud. Las desviaciones totales no deben exceder 4 mm por 100 mm (0.005 in por pie) de longitud. La desviación total no debe exceder 0.080 mm (0.003 in) en toda la longitud.

12.3.5.3. Dinámica

12.3.5.3.1. La separación entre la frecuencia natural de la estructura de soporte del motor y la velocidad de operación debe ser del 20 por ciento. Si los datos de la cimentación no están disponibles y PEMEX no indica otro valor.

12.3.5.3.2. Los rotores de la Bomba centrífuga se deben diseñar de forma que su primera velocidad crítica seca esté por arriba de los porcentajes indicados con respecto a su máxima velocidad continua permisible:

a) 20 por ciento para rotores diseñados para operar húmedos.

b) 30 por ciento para rotores diseñados para operar en seco.

12.3.5.4. Placas de montaje

12.3.5.4.1. Las placas de montaje de Bombas centrífugas de doble carcasa deben estar separadas de la brida principal del cuerpo y localizadas lo más abajo posible para usar tornillos pasados en la brida del cuerpo de acuerdo con la figura 38 de ISO 13709:2009.

12.3.5.4.2. La Bomba centrífuga se debe suministrar con una placa base para anclarse a la cimentación de acuerdo con la figura 38 de ISO 13709:2009. La placa se debe maquinar en la superficie superior para montar el cabezal de descarga, lata o soporte del motor.

12.3.5.5. Pruebas

12.3.5.5.1. La prueba de resonancia con Bomba centrífuga sin tuberías se debe llevar a cabo sobre el conjunto (ensamblado) en la estructura de la Bomba centrífuga / cubierta del accionador, como sigue.

a) Excite por impacto el conjunto (ensamble) en la cubierta del accionador en la dirección de la brida de descarga.

b) Determine la frecuencia natural (es) por la respuesta.

c) Excite el conjunto (ensamble) por impacto en la cubierta del accionador a 90° de la dirección de la brida de descarga.

d) Determine la frecuencia natural (es) por la respuesta.

Las frecuencias naturales así determinadas deben estar al menos 10 por ciento abajo de la velocidad mínima de operación continua o debe estar al menos 10 por ciento arriba de la velocidad máxima continua de operación.

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12.3.6. Bombas tipo VS1 y VS2 (carcasa sencilla tipo difusor y de voluta)

La flecha en la columna se debe suministrar con mangas endurecidas debajo de cada buje.

12.3.7. Bombas VS6 y VS7 (carcasa doble tipo difusor y voluta)

12.3.7.1. Los tazones y la columna se deben probar hidrostáticamente con agua a 1.5 veces la máxima presión diferencial desarrollada por el ensamble de tazones. La prueba hidrostática se debe desarrollar conforme a los requerimientos de 8.3.2 de ISO 13709:2009.

12.3.7.2. La lata de succión se debe suministrar con tubería de drenado superficial.