nota certificados de suficiencia 0 0

4
Consolidemos Nuestro País Marítimo” Dirección General Marítima DIMAR - Carrera 54 No 26 - 50 CAN Bogotá D.C. - Colombia Línea Anticorrupción DIMAR 01 8000 911670 - PBX (571) 2 200490 Fax: 2200490 Ext. 2451- 2457 Cel. 3008022920 Correo electrónico: [email protected] La gente de mar habilitada para la navegación internacional, ahora podrá obtener sus ‘Certificados de Suficiencia’ A partir del primero de junio Dimar expedirá estos certificados, por primera vez o por duplicado, sin costo adicional al trámite de su título de navegación. Los Certificados de Suficiencia se expedirán como refrendo de las certificaciones expedidas a la ‘gente de mar’, por un centro de formación y/o capacitación, donde se estipulará que cumple con los requisitos pertinentes del Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar -1978-, (STCW/78) en su forma enmendada. Solo se expedirán Certificados de Suficiencia a las certificaciones que otorgan los centros de formación y/o capacitación autorizados por la Autoridad Marítima Colombiana (Dimar). El certificado se expedirá por primera vez o por duplicado, y será impreso en papel de seguridad, tamaño carta, naranja y con escudo. La expedición de estos certificados será únicamente para la ´gente de marque realice navegación internacional y cuente con un título de navegación vigente o en trámite.

Upload: alonso-olaya-ruiz

Post on 28-Jan-2016

4 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

Certificados

TRANSCRIPT

Page 1: Nota Certificados de Suficiencia 0 0

“Consolidemos Nuestro País Marítimo” Dirección General Marítima – DIMAR - Carrera 54 No 26 - 50 CAN Bogotá D.C. - Colombia

Línea Anticorrupción DIMAR 01 8000 911670 - PBX (571) 2 200490 Fax: 2200490 Ext. 2451- 2457 Cel. 3008022920 Correo electrónico: [email protected]

La gente de mar habilitada para la navegación internacional, ahora podrá obtener sus ‘Certificados de Suficiencia’ A partir del primero de junio Dimar expedirá estos certificados, por primera vez o por duplicado, sin costo adicional al trámite de su título de navegación. Los Certificados de Suficiencia se expedirán como refrendo de las certificaciones expedidas a la ‘gente de mar’, por un centro de formación y/o capacitación, donde se estipulará que cumple con los requisitos pertinentes del Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar -1978-, (STCW/78) en su forma enmendada. Solo se expedirán Certificados de Suficiencia a las certificaciones que otorgan los centros de formación y/o capacitación autorizados por la Autoridad Marítima Colombiana (Dimar). El certificado se expedirá por primera vez o por duplicado, y será impreso en papel de seguridad, tamaño carta, naranja y con escudo. La expedición de estos certificados será únicamente para la ´gente de mar’ que realice navegación internacional y cuente con un título de navegación vigente o en trámite.

Page 2: Nota Certificados de Suficiencia 0 0

“Consolidemos Nuestro País Marítimo” Dirección General Marítima – DIMAR - Carrera 54 No 26 - 50 CAN Bogotá D.C. - Colombia

Línea Anticorrupción DIMAR 01 8000 911670 - PBX (571) 2 200490 Fax: 2200490 Ext. 2451- 2457 Cel. 3008022920 Correo electrónico: [email protected]

Se tomará como fecha de expedición el día en el cual se genera el Certificado de Suficiencia y fecha de vencimiento el día en el que vence el certificado dado por el centro de formación y/o capacitación. Clasificación Certificados de Suficiencia: Referidos al capítulo II del STCW/78 Enmendado:

Navegación con radar al nivel operacional.

Navegación con radar al nivel gestión.

Uso operacional de los sistemas de información y visualización de cartas electrónicas (SIVCE).

Referidos al capítulo IV del STCW/78 Enmendado:

Operador general del SMSSM.

Operador restringido del SMSSM. Referidos al capítulo V del STCW/78 enmendado:

Formación básica para operaciones de carga en petroleros y quimiqueros.

Formación avanzada para operaciones de carga en petroleros.

Formación avanzada para operaciones de carga en quimiqueros.

Formación básica para operaciones de carga en buques tanque para el transporte del gas licuado.

Formación avanzada para operaciones de carga en buques tanque para el transporte de gas licuado.

Formación sobre control de multitudes.

Formación sobre seguridad.

Formación en gestión de emergencias y comportamiento humano.

Formación sobre la seguridad de los pasajeros, seguridad de la carga e integridad del casco.

Referidos al Capítulo VI del STCW/78 enmendado:

Técnicas de supervivencia personal.

Prevención y lucha contra incendios.

Primeros auxilios básicos.

Seguridad personal y responsabilidades sociales.

Suficiencia en el manejo de embarcaciones de supervivencia y botes de rescate que no sean botes de rescate rápido.

Suficiencia en el manejo de botes de rescate rápidos.

Page 3: Nota Certificados de Suficiencia 0 0

“Consolidemos Nuestro País Marítimo” Dirección General Marítima – DIMAR - Carrera 54 No 26 - 50 CAN Bogotá D.C. - Colombia

Línea Anticorrupción DIMAR 01 8000 911670 - PBX (571) 2 200490 Fax: 2200490 Ext. 2451- 2457 Cel. 3008022920 Correo electrónico: [email protected]

Técnicas avanzadas de lucha contra incendios.

Primeros auxilios.

Cuidados médicos.

Oficiales de protección del buque.

Concienciación de los aspectos relacionados con la protección.

Formación en protección para la gente de mar a la que se le asignen tareas de protección.

Los cursos modelo de la Organización Marítima Internacional (OMI) a los cuales se les expedirá Certificados de Suficiencia, inicialmente serán: 1.01 Formación básica operaciones de carga en Petroleros y Quimiqueros. 1.02 Formación avanzada operaciones de carga de Petroleros. 1.03 Formación avanzada operaciones de carga Quimiqueros. 1.04 Formación básica operaciones de carga de Gas Licuado. 1.05 Formación avanzada operaciones de carga Gas Licuado. 1.07 Observador de radar y ploteo. 1.08 Operador radar ARPA. 1.25 Operador general del SMSSM. 1.26 Operador restringido del SMSSM. 1.27 Uso operacional de los sistemas de información y visualización de cartas electrónicas (SIVCE). 1.28 Manejo y control de multitudes. 1.29 Formación en gestión de emergencias y comportamiento humano. 1.19 Supervivencia Personal. 1.20 Lucha contra incendios - Nociones Básicas. 1.13 Asistencia Médica - Conocimientos Básicos. 1.21Responsabilidad Civil y Seguridad Social. 1.23 Competencia en el Manejo de Embarcaciones de Supervivencia. 1.24 Competencia en el Manejo de Botes Rápidos. 1.14 Primeros Auxilios Sanitarios. 2.03 Lucha contra incendios – Avanzado. 1.15 Cuidados Médicos Avanzados. 3.19 Oficial de Protección de Buques. 3.26 Formación para la gente de mar que se le asignen tareas de protección. 3.27 Formación sobre conciencia de los aspectos relacionados con protección. La Dirección General Marítima podrá determinar la expedición de otros Certificados de Suficiencia.

Page 4: Nota Certificados de Suficiencia 0 0

“Consolidemos Nuestro País Marítimo” Dirección General Marítima – DIMAR - Carrera 54 No 26 - 50 CAN Bogotá D.C. - Colombia

Línea Anticorrupción DIMAR 01 8000 911670 - PBX (571) 2 200490 Fax: 2200490 Ext. 2451- 2457 Cel. 3008022920 Correo electrónico: [email protected]

Requisitos de expedición: El usuario que desee realizar el trámite de expedición de un certificado de suficiencia por primera vez, deberá presentar los siguientes requisitos:

Diligenciamiento del formato único de requisitos de gente de mar.

Copia del certificado del curso modelo OMI, expedido por el centro de formación y/o capacitación vigente.

Contar con un ‘título de navegación’ vigente o en trámite. Cuando el certificado se tramita por duplicado, el interesado solo deberá presentar el informe por su pérdida. Para obtener más información sobre la expedición de sus certificados, puede comunicarse con la Dirección General Marítima –sede central- a la línea telefónica 2200490 ext. 2367/2354.