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NORMAS DE FUNCIONAMIENTO Y CONVIVENCIA, revisión 2011TRANSCRIPT
NORMAS DE FUNCIONAMIENTO Y CONVIVENCIAI.E.S. Nº 5 DIEGO DE SILOÉ
REVISIÓN DE 2011
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
ÍNDICE
1. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES RECOGIDOS EN EL PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO EN LOS QUE SE INSPIRAN Y FUNDAMENTAN LAS PRESENTES NORMAS..............................................................................4
2. PROCEDIMIENTO PARA SU ELABORACIÓN, APLICACIÓN Y REVISIÓN EN EL NIVEL DEL CENTRO Y DEL AULA, EL CUAL HA DE GARANTIZAR LA PARTICIPACIÓN DEMOCRÁTICA DE TODA LA COMUNIDAD EDUCATIVA.................................................................................................................................................9
3. CRITERIOS COMUNES Y LOS ELEMENTOS BÁSICOS QUE DEBEN INCORPORAR LAS NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS AULAS.......................................................11
3.1 Obligaciones....................................................................................................................................11
3.2 Asistencia........................................................................................................................................12
3.3 Retrasos...........................................................................................................................................14
3.4 Conductas perjudiciales para la convivencia y medidas correctoras..............................................15
3.5.Procedimiento para la adopción de medidas correctoras de conductas gravemente perjudiciales para la convivencia................................................................................................................................23
3.5.1. Procedimiento normal para la adopción de medidas correctoras de conductas gravemente perjudiciales para la convivencia.......................................................................................................23
3.5.2 Procedimiento abreviado para la adopción de medidas correctoras de conductas gravemente perjudiciales para la convivencia.......................................................................................................25
3.6 Circunstancias atenuantes y agravantes..........................................................................................26
3.7 Aula de Convivencia........................................................................................................................27
3.8 Comisión de convivencia.................................................................................................................28
3.9 Responsable del centro en los procesos de mediación y arbitraje..................................................29
4.NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE CARÁCTER GENERAL.....................................................................30
4.1. Profesorado....................................................................................................................................30
4.2. Permanencia en el aula..................................................................................................................30
4.3. Identificación de los alumnos.........................................................................................................30
4.4. Aulas...............................................................................................................................................30
4.5. Actividades complementarias........................................................................................................31
5.NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO ESPECÍFICAS DE CADA AULA.........32
6. PRUEBAS DE EVALUACIÓN Y RECLAMACIONES SOBRE LAS CALIFICACIONES........................................33
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7. DELEGADOS DE GRUPO Y ASOCIACIÓN DE ESTUDIANTES.....................................................................37
8. RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DE LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE Y OTROS RESPONSABLES..........................................................................................................................................40
8.1 Claustro de profesores....................................................................................................................40
8.2 Comisión de Coordinación Pedagógica............................................................................................40
8.3 El Jefe del Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares................................41
8.4 Responsable de las Tecnologías de la Información..........................................................................41
8.5 Nombramiento de otros responsables............................................................................................42
9. ASIGNACIÓN DE TUTORÍAS...................................................................................................................43
10. ELECCIÓN DE TURNOS, CURSOS Y GRUPOS.........................................................................................44
11.LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS Y LOS TIEMPOS EN EL CENTRO.................................................45
11.1 Horario del centro.........................................................................................................................45
11.2 Organización de los espacios.........................................................................................................45
12. NORMAS PARA EL USO DE LAS INSTALACIONES Y RECURSOS DEL CENTRO, CON ESPECIAL RELEVANCIA PARA LA BIBLIOTECA, EL AULA ALTHIA Y LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS........................47
12.1. Aula Althia....................................................................................................................................47
12.2. Las instalaciones deportivas estarán al servicio de la Comunidad educativa...............................48
13. FUNCIONES DEL PROFESORADO.........................................................................................................49
13.1. Las funciones del profesorado son, entre otras, las siguientes:...................................................49
14. CLAUSTRO DE PROFESORES................................................................................................................51
15. DE LOS PADRES....................................................................................................................................53
16. ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD...............................................................................................................55
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
1. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES RECOGIDOS EN EL PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO EN LOS QUE SE INSPIRAN Y FUNDAMENTAN LAS PRESENTES NORMAS.
1.1 Los principios fundamentales por los que se rige el sistema educativo español emanan del Artículo 27 de nuestra Constitución.
De este artículo se destaca que:
1. Todos tienen derecho a la Educación. Se reconoce la libertad de enseñanza
2. La educación tendrá como objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en
el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades
fundamentales.
3. Los poderes públicos garantizarán el derecho que asiste a los padres para que sus
hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias
convicciones.
4. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita
5. Los poderes públicos garantizarán el derecho de todos a la educación mediante
una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los
sectores afectados y la creación de centros docentes.
6. Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y
gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos,
en los términos que la ley establezca.
1.2 El desarrollo de éste importante artículo constitucional corre a cargo de tres leyes:
Ley Orgánica reguladora del Derecho a la educación (L.O.D.E.) (Ley Orgánica
8/1985 de 3 de Julio, B.O.E. de 4 de Julio de 1985) modificada en parte por la Ley
Orgánica 9/1995 de 20 de Noviembre de la participación, la evaluación y el gobierno
de los centros docentes. (B.O.E 21 de Noviembre de 1995)
Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE) (Ley
Orgánica 1/1990 de 3 de Octubre, B.O.E 4 de Octubre de 1990)
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Ley Orgánica de Educación (L.O.E.) (Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo) (B.O.E de
4 de Mayo de 2006)
La primera establece el marco jurídico regulador del derecho a la educación que
se concretan en los siguientes fines:
a) El pleno desarrollo de la personalidad del alumno
b) La formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y en el
ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos
de convivencia.
c) La adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, así como de
conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, históricos y estéticos.
d) La capacitación en el ejercicio de actividades profesionales
e) La formación en el respeto de la pluralidad lingüística y cultural de España.
f) La preparación para participar activamente en la vida social y cultural
g) La formación para la paz, la cooperación y la solidaridad entre los pueblos
En la L.O.D.E se recoge asimismo el marco general de los derechos y deberes
de los distintos sectores así como la participación en la programación general de la
enseñanza.
La L.O.G.S.E. surge para adecuar la ordenación del sistema educativo a las
necesidades del momento actual regulando la educación infantil, extendiendo la etapa
básica y obligatoria hasta los 16 años y reformando en profundidad la formación
profesional. De acuerdo con la L.O.G.S.E. la actividad educativa se basará en los
siguientes principios:
1. El sistema educativo español tendrá como principio básico la educación
permanente. A tal efecto preparará a los alumnos para aprender por si mismos y
facilitar a las personas adultas a su incorporación a las distintas enseñanzas.
2. El sistema educativo se organizará en niveles, etapas, ciclos y grados de
enseñanza de tal forma que asegure la transición entre los mismos y, en su caso,
dentro de cada uno de ellos.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
3. La actividad educativa se desarrollará atendiendo a los siguientes principios:
a) La formación personalizada que propicie una educación integral en
conocimientos, destrezas y valores morales de los alumnos en todos los
ámbitos de la vida, personal, familiar, social y profesional.
b) La participación y colaboración de los padres o tutores para contribuir a la
mejor consecución de los objetivos educativos
c) La efectiva igualdad de derechos entre los sexos, el rechazo a todo tipo de
discriminación y el respeto a todas las culturas.
d) El desarrollo de las capacidades creativas y del espíritu crítico.
e) El fomento de los hábitos de comportamiento democrático
f) La autonomía pedagógica de los Centros dentro de los límites establecidos
por las leyes, así como la capacidad investigadora de los profesores a partir
de su práctica docente.
g) La atención psicopedagógica y la orientación educativa y profesional
h) La metodología activa que asegure la participación del alumnado en los
procesos de enseñanza aprendizaje.
i) La evaluación de los procesos de enseñanza aprendizaje, de los Centros
docentes y de los diversos elementos del sistema.
j) La relación con el entorno social, económico y cultural
k) La formación en el respeto y defensa del medio ambiente.
En la L.O.E. se establecen como principios fundamentales, entre otros, los siguientes:
a) La participación y autonomía de los Centros Docentes públicos.
b) Las funciones y competencias de los órganos colegiados de gobierno y de los
órganos de coordinación.
c) La educación ha de ser un medio para la prevención de conflictos y para la
resolución pacífica de los mismos.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
d) La educación ha de ser un instrumento para el desarrollo de la igualdad de
derechos y oportunidades.
e) La educación debe ser un instrumento que fomente la igualdad efectiva entre
hombres y mujeres.
1.3 Tomando como base estas leyes, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en virtud de las competencias que le otorga el artículo 37.1 del estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, ha ido aprobando una serie de Decretos y Órdenes para regular el funcionamiento de la educación en esta comunidad autónoma.
Toda esta normativa de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, junto
con las distintas disposiciones en materia educativa de los últimos años se integra en
la Orden de 25-05-2006 (D.O.C.M. de 21 de junio de 2006), de la Consejería de Educación y Ciencia por la que se dictan instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los Institutos de educación secundaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, y que junto a la normativa supletoria
recogida en el Real decreto 83/1996, de 26 de enero, que regula el reglamento orgánico de los Institutos de educación secundaria; en el Real decreto732/1995, de 5 de mayo, por el que se establecen los derechos y deberes del alumnado y
en la Orden de 26 de junio de 2002, de la Consejería de Educación y Cultura por la que se desarrollan determinadas medidas contempladas en el Plan de Mejora de la Educación Secundaria Obligatoria, sirven de base para la elaboración de las
presentes NORMAS.
1.4 Por su especial importancia y su más reciente publicación es de destacar que estas normas de convivencia se redactan tomando como base la Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha y el Decreto 3/2008, de 8 de enero de 2008, de Convivencia escolar en Castilla La Mancha.
Es de destacar que la Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha, en su artículo 4 apartados d y e destaca como principios rectores de nuestro
sistema educativo “La educación en y para la convivencia basada en el respeto, la
solidaridad y la igualdad, la construcción de una cultura de paz dirigida a la prevención
de los conflictos y su resolución mediante el diálogo, la coeducación y la igualdad
efectiva entre hombres y mujeres” así como “La promoción de la convivencia escolar
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
basada en los principios de la convivencia democrática, la participación, la no
violencia, la igualdad entre mujeres y hombres y el respeto a la diversidad”.
Estas NORMAS buscan concretar los derechos y deberes de la comunidad
educativa, establecer normas de convivencia y correcciones al incumplimiento de las
mismas y a través de ellas los miembros de la comunidad educativa del I.E.S. Diego de Siloé asumen como principios de su convivencia los mandatos constitucionales, los
fines y objetivos educativos establecidos en las leyes y la concepción del proceso
educativo como desarrollo pleno de la personalidad, el respeto a los derechos y
libertades y el ejercicio de la tolerancia dentro de los principios democráticos de
convivencia.
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2. PROCEDIMIENTO PARA SU ELABORACIÓN, APLICACIÓN Y REVISIÓN EN EL NIVEL DEL CENTRO Y DEL AULA, EL CUAL HA DE GARANTIZAR LA PARTICIPACIÓN DEMOCRÁTICA DE TODA LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
La elaboración de las normas de convivencia, organización y funcionamiento
implicará a toda la comunidad educativa, por tanto deberán ser elaboradas con
aportaciones de todos los miembros de esta comunidad.
Este proceso recogerá los siguientes pasos:
Elaboración de un borrador provisional por parte del Equipo Directivo.
Entrega de este borrador a la Comisión de Coordinación Pedagógica, para su
revisión, discusión y recogida de aportaciones en los distintos Departamentos
Didácticos del Centro.
Entrega del mismo borrador a los restantes sectores de la comunidad
educativa a través del Consejo Escolar, para seguir el mismo proceso que en
los Departamentos Didácticos.
Recogida de las aportaciones que hagan los tutores, tanto de las que
provengan de las reuniones de tutores con Jefatura de Estudios y el
Departamento de Orientación, como de las que puedan derivar de las horas de
tutoría con alumnos.
Recogida de las aportaciones derivadas del plan de acción tutorial elaborado
por el Departamento de Orientación.
Redacción definitiva de las normas que serán informadas por el Claustro de
Profesores y aprobadas por el Consejo Escolar con mayoría de dos tercios.
Las normas específicas de cada aula, que deriven de las normas generales,
serán consensuadas por el tutor y sus alumnos para cada curso escolar y
aprobadas por el Consejo Escolar. En caso de que no se puedan consensuar,
se aplicarán las normas generales de funcionamiento.
En la Programación General Anual de cada curso se establecerá el plan de
revisión, modificación y evaluación de las normas de convivencia, organización
y funcionamiento.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
En la Memoria Final de curso se analizará el desarrollo de todas las normas
durante el curso que concluye y se harán propuestas de mejora para el curso
siguiente.
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3. CRITERIOS COMUNES Y LOS ELEMENTOS BÁSICOS QUE DEBEN INCORPORAR LAS NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS AULAS.
Normas de convivencia
3.1 OBLIGACIONES.
Es difícil hablar de normas de convivencia si no se analiza la doble
dimensión que caracteriza a los centros educativos: Centros de Aprendizaje y Centros de Convivencia, y en este sentido nos referiríamos a las conductas
PERJUDICIALES Y CONTRARIAS con respecto al Aula y al Centro
3.2.1.-CONDUCTAS PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO:
El instituto como Centro de Aprendizaje analizaría las conductas del alumnado como
tres tipos: Falta de rendimiento, molestar en clase y el absentismo
- La falta de rendimiento tiene varias manifestaciones: pasividad, desinterés,
apatía, no traer el material, boicotear alguna actividad, etc.
- Molestar en clase referiría el hablar y no guardar silencio, levantarse, moverse
por el aula, cambiarse de sitio, no dejar explicar al profesor e impedir el normal
desarrollo de la clase (jugar con bolas,, hacer ruidos, desperezarse….
- El absentismo se dimensionaría desde retrasos, abandono de una asignatura,
hasta faltas reiteradas. (se incluiría partes de lo recogido en el ap. 3.2.Asistencia, y
3.3: Retrasos)
3.2.2- CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA
El Instituto como Centro de Convivencia, también detecta tres posibles
conductas: Falta de respeto, Conflicto de poder y la violencia (apat.: 3.4.7 y 3.4.8)
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
- En la falta de respeto subyace como denominador común el no tener en
cuenta la autoridad o figura del profesor, se le contesta de forma impertinente, se le
desobedece o se le desconsidera en general.
- Los conflictos de poder, con un enfrentamiento alumno-profesor buscando
quedar por encima de él, desafiando su autoridad o incumpliendo las normas
impuestas.
- La violencia, física, verbal, de género, acoso, maltrato entre iguales….(lo
recogido en el apartado 3.4.7 y adelante).
3.1.1 El alumno debe conocer y respetar el Proyecto Educativo de Centro, así como
sus Normas de Convivencia.
3.1.2 El alumno debe tratar con educación y respeto a todos los miembros de la
comunidad educativa, valorando especialmente la libertad, dignidad e igualdad que
todas las personas merecen y evitando cualquier trato ofensivo o discriminatorio.
3.1.3 Los alumnos deberán seguir en todo momento las orientaciones del profesorado
respecto a su aprendizaje, respetando el derecho al estudio de los demás estudiantes
y en general el buen desarrollo de todas las actividades.
3.1.4 Los alumnos utilizarán correctamente el mobiliario y las instalaciones del Centro
aprendiendo a valorar y cuidar lo que es de todos y se financia entre todos.
3.1.5 Tienen la obligación de mantener limpias las aulas y los espacios comunes que
utilicen.
3.1.6 Los alumnos tienen la obligación de conocer la prohibición de fumar y de
consumir ningún tipo de bebida alcohólica en ninguna dependencia del Instituto, ni
siquiera en los espacios abiertos.
3.2 ASISTENCIA.
3.2.1 La asistencia a clase es obligatoria y debe hacerse con puntualidad y
participando en las actividades que pretenden ayudarle en su proceso de aprendizaje.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
3.2.2 Cuando el alumno falte a clase presentará el día de su incorporación la
justificación en el “Modelo del Centro” a todos los profesores que le impartan clase y
posteriormente hará entrega del mismo al Tutor.
3.2.3 Cuando la inasistencia se produzca en un examen a la justificación se deberá
adjuntar, a juicio del profesor o tutor, un justificante médico o administrativo.
3.2.4 Cuando falte un profesor a clase los alumnos seguirán el siguiente
procedimiento:
a) Los alumnos permanecerán en clase hasta la llegada del profesor de
guardia. Si el grupo es de 1º o 2º de ESO quedarán en clase con el profesor. Si el
grupo es de 3º o 4º de ESO, el profesor de guardia les dará instrucciones pero en
ningún caso podrán abandonar el Centro.
Si son alumnos de Bachillerato podrán quedar en su aula con el debido orden,
silencio y ambiente de trabajo, en caso contrario se actuará como en el caso de 3º y 4º
de ESO.
b) Si la falta de un profesor se conoce con antelación y se va a producir en la 1ª
hora lectiva del día, desde Jefatura de Estudios se avisará a los alumnos para que se
incorporen más tarde al Centro.
c) Si la ausencia del profesor se produce a la última hora lectiva del día, se
procederá de la siguiente manera:
- El profesor de guardia informará a los alumnos de 3º y 4º de E.S.O. y
Bachillerato de la ausencia y autorizará a los alumnos a marcharse del centro.
- Los alumnos de 1º y 2º de E.S.O. que tengan autorización de sus
padres, serán autorizados a abandonar el centro. Los que no tengan autorización,
permanecerán con el profesor de guardia. Para comprobar si estos alumnos tienen
realmente permiso familiar para abandonar el Centro, el profesor pasará por Jefatura
de Estudios donde existirán listas actualizadas con los permisos.
3.2.5 Al principio de curso se informará a los padres de la circunstancia señalada en el
punto anterior y se les dará el modelo de autorización.
3.2.6 Los tutores comunicarán a los padres las incidencias que se produzcan relativas
a las faltas de asistencia. En el caso de que se observe que las circunstancias lo
requieren se aplicará lo dispuesto en el Protocolo de Absentismo.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
e
3.2.7 Los profesores pasarán semanalmente en Secundaria y quincenalmente en
Bachillerato, como mínimo, las faltas al programa Delphos.
3.2.8 Los alumnos podrán perder el derecho a la evaluación continua de acuerdo con
el siguiente criterio:
Cuando el número de faltas injustificadas en un área supere un número de
horas igual a las impartidas en una semana, el alumno podrá recibir un apercibimiento
por parte del profesor advirtiéndole de la posible pérdida de su derecho a la evaluación
continua, simultáneamente se informará a los padres del alumno de esta
circunstancia. Si el alumno mantuviera su actitud y superara un número de faltas
injustificadas en un área o materia igual a las impartidas en un periodo de tres
semanas durante una evaluación podría perder, a juicio del profesor, los derechos a
ser evaluado junto con su compañeros en esa evaluación y será calificado con
Insuficiente, constando en el boletín la causa de la evaluación negativa.
Si el alumno superara un número de faltas injustificadas equivalente a las
impartidas en un periodo de seis semanas a lo largo de todo el curso, a juicio del
profesor, perdería el derecho a ser evaluado junto con sus compañeros y sería
evaluado mediante un examen al final del curso.
3.3 RETRASOS.
3.3.1 Cuando un alumno llegue tarde, el profesor utilizará la agenda del alumno para
informar de esta circunstancia a la familia. El alumno mostrará al profesor la agenda
firmada por sus padres en la siguiente hora de clase.
Cuando un alumno llegue tarde y esa circunstancia se repita, el alumno
podrá ser remitido a Jefatura de Estudios, donde se le dará un parte de retraso que
mostrará al profesor para su admisión en el aula y que deberá devolver firmado por
sus padres al día siguiente.
3.3.2 Los alumnos no podrán permanecer en los pasillos cuando lleguen tarde. Deben ponerse en contacto con el profesor de guardia que los derivará a Jefatura de Estudios.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
3.4 CONDUCTAS PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA Y MEDIDAS CORRECTORAS.
3.4.1 Los profesores pondrán especial cuidado en la prevención de los problemas de
convivencia, mediante el contacto y la cooperación con las madres y padres de los
alumnos afectados.
Las conductas irregulares de los alumnos que no sean constitutivas de falta
serán corregidas por los profesores correspondientes.
3.4.2 Las medidas correctoras deberán ser proporcionales a las faltas cometidas y
contribuir, en la medida de lo posible, al mantenimiento y mejora del proceso educativo
del alumnado. Ningún alumno podrá ser privado del derecho a la educación.
3.4.3 Se consideran conductas contrarias a las normas de convivencia, organización y funcionamiento del aula, las siguientes conductas:
a) Desobedecer las indicaciones del profesor
b) Molestar de manera reiterada a los compañeros
c) Faltar al respeto a los compañeros o al profesor
d) El uso inadecuado del material escolar propio o del de los compañeros.
e) Entorpecer o alterar el desarrollo de la clase
f) Traer y/o hacer uso de teléfonos móviles, cámaras, reproductores
musicales…, en el aula
g) Comer y beber en el aula
h) El retraso continuado y sin justificación en la incorporación a clase
i) Incumplir de forma reiterada la obligación de traer el material necesario a
clase
j) El uso inadecuado del mobiliario y material del aula
3.4.4 Correcciones a las conductas contrarias a las normas de convivencia,
organización y funcionamiento del aula:
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
- Amonestación verbal del profesor
- Amonestación por escrito en la agenda del alumno
- Requisar el material de comunicación o audiovisual que el alumno haya traído
- Parte disciplinario
- Comparecencia inmediata ante el jefe de estudios
- La sustitución del recreo por una actividad alternativa como la realización de
tareas escolares o tareas dedicadas a la conservación de algún espacio del
centro
Antes de aplicar cualquier medida correctora se oirá al alumno. Las correcciones a
las conductas deben ser realizadas en primera instancia por el profesor. Las
conductas deben comenzar a corregirse con la amonestación verbal, cuando esta
medida falle se irán aplicando, siguiendo el orden de la siguiente tabla, el resto de las
medidas planteadas excepto en el caso de que la gravedad de los hechos recomiende
otra actuación. Será el profesor quien, en primera instancia, se ponga en contacto con
los padres.
Jefatura de estudios informará al tutor de los partes abiertos a sus alumnos,
además contactará con las familias cuando un alumno tenga 3 o más partes
disciplinarios.
Correcciones a las conductas contrarias a las normas de convivencia, organización y
funcionamiento del aula
ConductasPosibles medidas
correctoras
Quién Condiciones
A, b, c, d, e, g, h, i, j Amonestación verbal El profesor
Todas Amonestación por escrito El profesor El alumno tendrá
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
en la agenda del alumno obligación de presentar
la agenda firmada por
los padres en la
siguiente clase
Todas. Comparecencia
inmediata ante el jefe de
estudios
El profesor El alumno mostrará su
agenda a Jefatura de
Estudios.
f Requisar el material y
comparecencia
inmediata en jefatura de
estudios
El profesor El material se dejará en
jefatura de estudios y
los padres deberán
venir a recogerlo
Todas Parte disciplinario El profesor, el
tutor, jefatura
de estudios
y/o dirección
El alumno mostrará su
agenda a Jefatura de
Estudios. (1)
A, b, c, d, e, g, h, i, j Sustitución del recreo
por una actividad
alternativa
El profesor, el
tutor, jefatura
de estudios
y/o dirección
Informados los padres
y oído el alumno
(1) El número de partes y la gravedad de los mismos determinarán la comunicación a
las familias. Cuando un profesor abra un parte disciplinario al mismo alumno lo
comunicará a los padres. Jefatura de estudios informará a las familias cuando un
alumno tenga 3 o más partes disciplinarios.
3.4.5 Se consideran conductas contrarias a las normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro, las siguientes conductas:
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
a) Desobedecer las indicaciones de los profesores, del personal de
administración y servicios o del personal de vigilancia.
b) Entorpecer o alterar el desarrollo de cualquier actividad del centro.
c) Causar deterioros intencionadamente, en las dependencias del centro o en
su material, o en el material de cualquier miembro de la comunidad escolar.
d) Salir del centro sin permiso (para alumnos de Secundaria)
e) Traer y/o hacer uso de teléfonos móviles, cámaras, reproductores musicales
y balones en el centro
f) Comer y beber en pasillos, biblioteca, pabellón, etc. Excepto en los lugares
de las dependencias generales que se autoricen durante las horas de recreo
g) Queda prohibido el uso de cualquier prenda o elemento accesorio que oculte
total o parcialmente la cabeza y dificulte o impida la correcta identificación del
alumno.
h) Ausentarse del aula todos o la mayoría de los alumnos de una clase.
i) Exhibir símbolos, emblemas o prendas de vestir que atenten contra dignidad
de las personas y los derechos humanos o que puedan incitar a la violencia
j) Hacer uso de Internet con fines distintos a los indicados por el profesor
k) La reiteración de conductas contrarias a las normas de convivencia en el
aula
3.4.6 Correcciones a las conductas contrarias a las normas de convivencia,
organización y funcionamiento del centro:
- Amonestación verbal
- Comparecencia inmediata ante el jefe de estudios
- Parte disciplinario
- La restricción de uso de determinados espacios y recursos del centro.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
- La sustitución del recreo por una actividad alternativa de mejora de la
conservación de algún espacio del centro.
- El desarrollo de las actividades escolares en un espacio distinto al aula de
grupo habitual, bajo el control de profesorado del centro. A este respecto se
estará a lo dispuesto en el apartado 3.6 aula de convivencia.
- La realización de tareas escolares y educativas en el centro en horario no
lectivo, por un tiempo limitado y con el conocimiento y la aceptación de los
padres o tutores legales del alumno.
Correcciones a las conductas contrarias a las normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro
a) Conductas Posibles medidas
correctoras
Quién Condiciones
Todas Amonestación
verbal
El profesor y/o el
personal de
administración y/o
seguridad
a, b, c, d, g, k Comparecencia
inmediata ante el
jefe de estudios
El profesor
a, b, c, d, e, i, j, k Parte disciplinario El profesor, el tutor,
jefatura de estudios
y/o dirección
(1)
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
f, i Requisar el material
y comparecencia
inmediata en
jefatura de estudios
El profesor, jefatura
de estudios, el
personal de
administración y/o
seguridad
El material se dejará
en jefatura de
estudios y los
padres deberán
venir a recogerlo
a, b, c, f, h, i, j, k La restricción de
uso de
determinados
espacios y recursos
del centro
Jefatura de estudios
y/o dirección
Informados los
padres
a, b, c, d, f, i, k La sustitución del
recreo o la
utilización de la
séptima hora para
la realización de una
actividad alternativa
de mejora de la
conservación de
algún espacio del
centro.
El profesor, jefatura
de estudios y/o
dirección
Informados jefatura
de estudios y los
padres. El
responsable de
vigilar el
cumplimiento de
dicha corrección
será quien imponga
la sanción
a, b, c, d, k El desarrollo de las
actividades
escolares en un
espacio distinto al
aula de grupo
habitual
Jefatura de estudios Se estará a lo
dispuesto en el
apartado “aula de
convivencia”
a, b, c, d, k La realización de
tareas escolares en
el centro en horario
Jefatura de estudios Informados los
padres
I.E.S. Nº 5 DIEGO DE SILOÉ Página 20
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
no lectivo
(1) El número de partes y la gravedad de los mismos determinarán la comunicación a
las familias. Cuando un profesor abra un parte disciplinario al mismo alumno lo
comunicará a los padres. Jefatura de estudios informará a las familias cuando un
alumno tenga 3 o más partes disciplinarios o cuando tenga conocimiento de que el
alumno ha abandonado el centro sin permiso.
- Cuando se recojan teléfonos móviles, cámaras, reproductores musicales,
balones o cualesquiera otros materiales de uso prohibido en el centro se
guardarán en jefatura de estudios y el padre, madre o tutor legal del alumno
tendrá que venir al centro para recuperarlo. Se dará la debida publicidad en el
centro a esta medida.
- El alumno que cometa una conducta tipificada en el apartado 3.4.5 c queda
obligado a la reparación o reposición del material deteriorado
- En el caso de faltas colectivas el profesorado afectado, tras introducir las
faltas en el programa Delphos, notificará a jefatura de estudios esta
circunstancia. Jefatura de estudios comunicará por escrito a las familias
lo ocurrido.
Los departamentos didácticos incluirán en sus programaciones las medidas
específicas que se decidan adoptar ante las faltas de asistencia masivas e
injustificadas e informarán de ellas al alumnado a principio de curso. El
profesorado que considere necesario su aplicación deberá notificarlo a las
familias.
- Jefatura de estudios determinará al principio de curso la manera de atender a
los alumnos que estén fuera del aula por cualquier circunstancia derivada de
una conducta contraria a las “Normas de convivencia, organización y
funcionamiento”.
3.4.7 Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro.
Son conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro las
siguientes:
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
a) Alterar gravemente el desarrollo normal de las actividades del centro.
b) Injuriar u ofender a cualquier miembro de la comunidad escolar
c) Acosar o ser violento con otras personas, y realizar actos perjudiciales para la
salud y la integridad personal.
d) Vejar o humillar a cualquier miembro de la comunidad escolar, particularmente
en los casos en que el haya una motivación de género, sexual, racial o
xenófobo, o se realicen contra el alumnado más vulnerable por sus
características personales, sociales o educativas.
e) Suplantar la identidad, falsificar o sustraer documentos y material.
f) Copiar documentación informática en cualquier tipo de soporte y/o realizar
grabaciones con móviles o cámaras sin permiso expreso del profesorado.
g) Dañar grave e intencionadamente las dependencias del centro, su material o
los objetos y las pertenencias de los demás miembros de la comunidad
educativa.
h) Fumar en el recinto escolar
i) Reiterar conductas contrarias a las normas de convivencia en el centro.
j) Incumplir las medidas correctoras impuestas con anterioridad.
k) Cualquier otra incorrección que altere gravemente el normal desarrollo de la
actividad del centro, y se encuentre incluida en las Normas de convivencia,
organización y funcionamiento.
3.4.8 Medidas correctoras ante conductas gravemente perjudiciales para la
convivencia.
- La realización de tareas educativas para el alumno, en horario no lectivo. La
realización de estas tareas no se impondrá por un periodo superior cinco días
lectivos.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
- La suspensión del derecho a participar en determinadas actividades
extraescolares o complementarias durante un periodo que no podrá ser
superior a un mes.
- El cambio de grupo o clase.
- La realización de tareas educativas fuera del centro, con suspensión temporal
de la asistencia al propio centro docente por un periodo que no podrá ser
superior a quince días lectivos, sin que ello comporte la pérdida del derecho a
la evaluación continua, y sin perjuicio de la obligación de que el alumno o la
alumna acuda periódicamente al centro para el control del cumplimiento de la
medida correctora. En este supuesto, el equipo educativo establecerá un plan
de trabajo con las actividades a realizar por el alumno o la alumna sancionado,
con inclusión de las formas de seguimiento y control durante los días de no
asistencia al centro, para garantizar así el derecho a la evaluación continua.
- El alumno que cometa una conducta tipificada en el apartado 3.4.7 g queda
obligado a la reparación o reposición del material deteriorado
Estas conductas serán comunicadas inmediatamente a las familias por jefatura de
estudios o dirección
3.5.PROCEDIMIENTO PARA LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS CORRECTORAS DE CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA.
3.5.1. PROCEDIMIENTO NORMAL PARA LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS CORRECTORAS DE CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA.
a) Las medidas correctoras de las conductas previstas en el artículo 3.4.6 serán
adoptadas por el director del centro a iniciativa propia o a instancias de un
miembro de la comunidad educativa.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
b) Dirección escuchará a jefatura de estudios y/o al miembro de la comunidad
educativa que informe de la conducta. Así como al alumno y a otros posibles
testigos.
c) En caso de que se considere que hay indicios suficientes de que se ha
cometido una conducta gravemente perjudicial para la convivencia del centro,
esta conducta será comunicada inmediatamente a la familia por jefatura de
estudios o dirección.
d) Dirección informará a la comisión de convivencia de que hay indicios de que el
alumno/a ha cometido una conducta gravemente perjudicial para la
convivencia del Centro.
e) El director podrá solicitar ayuda de la comisión de convivencia para el
esclarecimiento de los hechos y su resolución. En cualquier caso, escuchará
sus recomendaciones siempre que dicha comisión considere oportuno
realizarlas.
f) Jefatura de estudios informará a dirección, en su caso, de otras conductas
contrarias a la convivencia que el alumno pudiera haber cometido así como de
las medidas correctoras ya adoptadas y su cumplimiento
g) Será preceptivo informar al tutor quien, a su vez, comentará la evolución
académica del alumno y su comportamiento habitual en las distintas materias.
h) El director recabará información de cualesquiera otros miembros de la
comunidad educativa cuyo testimonio considere que pudiera ser relevante
para el esclarecimiento de los hechos
i) El alumno junto con su padre, madre o tutor legal será recibido por el director
quien informará de las conductas que se imputan al alumno y del proceso
seguido hasta el momento para la posible corrección de dicha conducta.
Además se entregará y leerá en este acto una fotocopia del Decreto 3/2008, de
08-01-2008, de la Convivencia Escolar en Castilla La Mancha en la que figure
la relación de conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del
centro, la relación de posibles correcciones, los agravantes y atenuantes, así
como del procedimiento de reclamación establecido ante una posible sanción.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Posteriormente se procederá a tomar declaración por escrito al alumno sobre
los hechos, dándole tanto al alumno como a la familia la oportunidad de
formular en su descargo cuantas alegaciones consideren oportunas.
j) En el plazo máximo de dos días lectivos desde la finalización de las actividades
encaminadas al esclarecimiento del proceso el director comunicará por escrito
a la familia la resolución adoptada y las medidas correctoras decididas en su
caso. Así mismo, se informará periódicamente al servicio de inspección y a la
comisión de convivencia
3.5.2 PROCEDIMIENTO ABREVIADO PARA LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS CORRECTORAS DE CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA.
Este procedimiento se utilizará cuando la urgencia de la situación lo
recomiende o cuando la medida correctora adoptada no suponga la suspensión
temporal de la asistencia al centro docente por un periodo que superior a tres días
lectivos
a) Las medidas correctoras de las conductas previstas en el artículo 3.4.6
serán adoptadas por el director del centro a iniciativa propia o a instancias
de un miembro de la comunidad educativa.
b) Dirección o jefatura de estudios escucharán al miembro de la comunidad
educativa que denuncie la conducta. Así como al alumno y a otros posibles
testigos.
c) En caso de que se considere que hay indicios suficientes de que se ha
cometido una conducta gravemente perjudicial para la convivencia del
centro, esta conducta será comunicada inmediatamente a la familia por
jefatura de estudios o dirección.
d) Jefatura de estudios o dirección revisarán si el alumno ha cometido a lo
largo del curso otras conductas contrarias a la convivencia así como las
medidas correctoras ya adoptadas y su grado de cumplimiento
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
e) Jefatura de estudios o dirección informarán al tutor de lo ocurrido y
recabarán su parecer
f) El alumno/a junto con su padre, madre o tutor legal será informado por
jefatura de estudios o por dirección de las conductas que se imputan al
alumno, del procedimiento seguido para su esclarecimiento, de la medida
correctora adoptada en su caso y del procedimiento de reclamación. La
información se realizará telefónicamente y por escrito y se citará al padre,
madre o tutor legal.
g) Se informará a la comisión de convivencia de las medidas correctoras
adoptadas con este procedimiento
3.6 CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES Y AGRAVANTES
3.6.1 Se consideran circunstancias atenuantes las siguientes:
- El reconocimiento espontáneo.
- La ausencia de intencionalidad.
- La reparación espontánea del daño causado.
- La presentación de excusas y disculpas por la conducta incorrecta.
- No haber sido amonestado anteriormente.
3.6.2 Se consideran circunstancias agravantes:
- La premeditación y la reiteración.
- El causar daño a compañeros de edad inferior o recién incorporados al centro.
- Los actos realizados de manera colectiva.
- Las conductas que atenten contra el derecho a la no discriminación por
motivos de nacimiento, raza o sexo; capacidad intelectual o económica;
creencias morales, políticas o religiosas; así como por padecer deficiencias de
tipo físico o psíquico.
- La publicidad de las conductas contrarias a las “Normas de Convivencia”.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
3.7 AULA DE CONVIVENCIA
El I.E.S. Diego de Siloé habilitará un espacio como aula de convivencia
El aula de convivencia estará dotada con una pequeña biblioteca así como con
material del departamento de orientación, el resto de los departamentos también
podrán preparar, si lo estiman conveniente, materiales para su utilización en dicha
aula. El número máximo de alumnos que podrá estar en el aula de convivencia será de
cinco.
Puesto que se pretende que la utilización de este recurso sea algo excepcional
ya que creemos firmemente que la mayoría de las conductas contrarias a la
convivencia del centro y del aula pueden ser solucionadas dentro del aula se establece
como protocolo de actuación para la utilización de este espacio el siguiente:
a) Cuando un alumno realice conductas perjudiciales para la convivencia del
aula y/o del centro el profesor corregirá dentro del aula su conducta y
amonestará al alumno suficientemente dejando constancia por escrito en la
“Agenda del alumno” para que esta sea firmada por la familia.
b) Si tras amonestar suficientemente al alumno, este persiste en su actitud el
profesor podrá imponer como sanción enviar al alumno al Aula de
Convivencia.
c) El alumno será enviado a jefatura de estudios por el profesor con un parte
disciplinario y con tarea para realizar durante el resto de la clase. Y será
jefatura de estudios quien acompañe al alumno al aula de convivencia.
d) La primera vez que el alumno asista al aula de convivencia realizará el
trabajo preparado al efecto por el departamento de orientación
e) El profesor informará al tutor y a la familia de los hechos a la mayor
brevedad posible. La comunicación a la familia deberá realizarse
telefónicamente y/o por escrito en caso de considerarlo necesario.
f) El aula de convivencia dispondrá de un archivador en el que se guardarán
los trabajos realizados por los alumnos para ser entregados a las familias
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
g) Cuando un alumno sea enviado al aula de convivencia en más de 3
ocasiones a lo largo del curso se considerará que ha cometido una
conducta gravemente perjudicial para la convivencia del centro que será
corregida con la realización de tareas educativas fuera del centro, con
suspensión temporal de la asistencia al propio centro docente por un
periodo de tres días lectivos.
3.8 COMISIÓN DE CONVIVENCIA
3.8.1. Composición de la Comisión
La comisión de convivencia estará compuesta por el director/a, el jefe/a de
estudios, un representante del profesorado, un representante de los alumnos y un
representante de los padres.
La comisión será presidida por el director/a y actuará como secretario el
miembro más joven de la misma.
3.8.2. Funcionamiento de la Comisión
La comisión de convivencia se reunirá a principio de curso, al menos, una vez
al trimestre y al finalizar el curso. También se reunirá siempre que cualquiera de sus
miembros lo solicite.
En la primera reunión de cada año, se realizarán propuestas para prevenir
conflictos en el centro partiéndose de la valoración de los hechos ocurridos durante el
anterior curso académico.
En las reuniones trimestrales, jefatura de estudios y dirección informarán de
las conductas contrarias a la convivencia habidas durante el trimestre y de las
medidas correctoras adoptadas. Cuando se detecte que hay alguna conducta
recurrente se establecerá un debate y se propondrán medidas para prevenir estas
conductas
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
En la reunión de final de curso se elaborará un informe donde se analicen los
problemas detectados en la gestión de la convivencia y, en su caso, en la aplicación
efectiva de los derechos y deberes del alumnado.
3.8.3. Actuación de la Comisión ante conductas gravemente perjudiciales para la
Convivencia en el centro.
Dirección informará a la comisión de convivencia de las conductas gravemente
perjudiciales para la convivencia que se produzcan. Se informará con carácter habitual
al representante del profesorado.
Dirección delegará en la comisión el esclarecimiento de los hechos ocurridos
cuando sea solicitado por los alumnos, las familias, algún miembro de la propia
comisión o por el equipo directivo.
La comisión de convivencia asesorará al equipo directivo sobre las posibles
medidas correctoras a emplear.
3.9 RESPONSABLE DEL CENTRO EN LOS PROCESOS DE MEDIACIÓN Y ARBITRAJE
El Consejo escolar elegirá a un miembro adulto de la comunidad educativa
para ejercer tareas de mediación y arbitraje en aquellos conflictos cuya relevancia o
especial conflictividad así lo aconseje
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
4.NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE CARÁCTER GENERAL.
4.1. PROFESORADO
El profesorado tiene la responsabilidad de contribuir a que las actividades del
centro se desarrollen en un clima de respeto, de tolerancia, de participación y libertad
para fomentar en el alumnado los valores de nuestro proyecto educativo.
Le corresponde al Claustro velar por el cumplimiento de las NCOF y proponer
medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.
4.2. PERMANENCIA EN EL AULA.
a) Los alumnos permanecerán en las aulas en todo momento, excepto en los
recreos. No podrán abandonar las aulas entre clase y clase y esperarán a los
profesores en el interior de las aulas
b) En caso de examen los alumnos no podrán abandonar el aula hasta la finalización de la hora, aunque hayan terminado antes. A última hora de la mañana si tienen permiso de sus padres se podrán marchar a juicio del profesor.
c) A juicio del profesor, los alumnos de Bachillerato podrán abandonar el aula
del examen antes de finalizar la hora de clase.
4.3. IDENTIFICACIÓN DE LOS ALUMNOS.
a) El documento de identificación de los alumnos será el carné de estudiante
que se les entregará al principio de curso. Éste deberá ser presentado por el alumno
para recibir algunos servicios del centro, por lo que deberá mostrarlo a requerimiento
del personal.
b) Queda prohibida la entrada al centro a toda persona ajena al mismo, salvo
que haya sido expresamente autorizada.
4.4. AULAS Y PASILLOS
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
a) Las aulas permanecerán cerradas con llave durante los recreos y cuando los
alumnos se ausenten para alguna actividad. Para garantizar el cumplimiento de esta
medida habrá 4 profesores de guardia de recreo.
b) Los profesores que impartan clase antes del recreo velarán, junto con el
Delegado del grupo, para que el aula quede cerrada.
c) Los profesores que impartan clase a última hora procurarán que los alumnos
dejen la clase en las mejores condiciones para facilitar su limpieza por la tarde.
d) Cuando el aula esté cerrada con llave sólo un alumno convenientemente identificado podrá recoger la llave en Conserjería.
4.5. ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS.
4.5.1. Las actividades complementarias y extraescolares tendrán siempre una
finalidad didáctica y educativa que complete la formación de los alumnos.
4.5.2. En la realización de las actividades, el profesor procurará que
intervengan todos los alumnos del grupo para evitar dejar pequeños grupos de
alumnos sin clase, lo que distorsiona el funcionamiento del Centro.
4.5.3. Los alumnos que no participen en una actividad deberán asistir
obligatoriamente al Centro (aunque sean pocos) y tendrán clase. El profesor preparará
actividades alternativas para no dar nueva materia y perjudicar al resto de alumnos
que participan en la actividad.
4.5.4. Las actividades previstas se comunicarán con la suficiente antelación a
Jefatura de Estudios, junto con las lista de participantes.
4.5.5. En caso de que coincidan varias actividades el mismo día, Jefatura de
Estudios podrá solicitar el cambio de día de alguna de ellas para evitar una excesiva
disfunción en el Instituto.
4.5.6. Las actividades extraescolares que supongan más de un día de duración
(incluyendo el viaje de estudios) no podrán ocupar más de tres días lectivos.
4.5.7. Se procurará no realizar actividades después del día 1 de junio.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
4.5.8 No podrán participar en ninguna salida del centro aquellos alumnos
que no aporten autorización escrita de sus padres.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
5.NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO ESPECÍFICAS DE CADA AULA.
Estas normas serán elaboradas por el Tutor de cada grupo con las
aportaciones de los propios alumnos y de los profesores que imparten clase en ese
grupo.
Las normas específicas de aula no podrán contradecir las normas generales de
aula ni las NCOF.
Una vez consensuadas serán refrendadas por el Consejo Escolar y de su
aplicación se encargará el Tutor, los profesores que imparten clase y Jefatura de
Estudios.
Estas normas serán de duración anual y se confeccionarán en las horas de
tutoría de las primeras semanas del curso.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
6. PRUEBAS DE EVALUACIÓN Y RECLAMACIONES SOBRE LAS CALIFICACIONES.
La Orden de 28 de Agosto de 1995 regula el procedimiento para garantizar el derecho
de los alumnos a que su rendimiento escolar sea evaluado conforme a criterios
objetivos.
6.1 El Director del Centro garantizará que los padres reciban a través del tutor comunicación a principio de curso de las horas que cada tutor y cada profesor del grupo tenga reservada en su horario para atenderles.
Los padres que, justificadamente, no puedan entrevistarse con el tutor en la
hora señalada, concertarán por teléfono o a través de sus hijos la entrevista en el
horario en que el tutor o el profesor pueda atenderles.
6.2 Cuando en el proceso de evaluación se realicen pruebas, ejercicios o trabajos escritos se seguirán las siguientes normas:
a) La asistencia a dichas pruebas tendrá carácter obligatorio para todos los
alumnos, salvo en el caso de que el profesor considere que tiene suficientes
elementos de valoración para evaluar al alumno.
b) Cuando exista causa de fuerza mayor que impida la asistencia a dichas
pruebas, el alumno o sus padres estarán obligados a hacerlo saber en el
menor plazo posible quedando a juicio del profesor el criterio de repetir la
prueba en función de los siguientes indicadores:
La existencia de suficientes elementos de valoración.
La asistencia regular del alumno a las clases y pruebas de evaluación.
c) En caso de pruebas de carácter extraordinario para alumnos con algún área
pendiente del curso anterior o similar, la asistencia es obligatoria, quedando a
juicio del Departamento correspondiente la posibilidad de repetir la prueba en
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
caso de falta por enfermedad o causa de fuerza mayor. En estas pruebas los
alumnos deberán ir provistos del carnet de identidad o del centro
d) Los exámenes y demás instrumentos de evaluación deberán ser conservados
al menos tres meses después de haber sido calificados los alumnos.
6.3 Los profesores facilitarán el acceso de los alumnos a sus ejercicios o trabajos escritos para su revisión. Cuando exista discrepancia sobre la valoración efectuada los alumnos o sus representantes legales podrán reclamar en las circunstancias siguientes:
a) Adecuación de los objetivos, contenidos y criterios de evaluación sobre los
que se ha llevado a cabo la evaluación del proceso de aprendizaje de los
alumnos con los recogidos en las correspondientes programaciones
didácticas.
b) Adecuación de los procedimientos e instrumentos de evaluación aplicados
con lo señalado en la programación didáctica.
c) Correcta aplicación de los criterios de calificación y evaluación establecidos
en la programación didáctica para la superación del área o materia.
d) Otras circunstancias en las que se estime aplicación inadecuada de la
normativa vigente en materia de evaluación.
Para las reclamaciones de ESO se seguirá el siguiente procedimiento:
a) Cuando las reclamaciones se refieran a calificaciones parciales éstas se
tramitarán a través del profesor de la asignatura
b) Cuando se trate de calificaciones finales o decisiones de promoción o
titulación, se seguirá el procedimiento expuesto en el apartado decimosexto de
la Orden de 4 de junio de 2007, de la Consejería de Educación y Ciencia por la
que se regula la evaluación del alumnado en la Secundaria Obligatoria. El
alumnado o sus padres o tutores legales podrán solicitar por escrito al tutor
cuantas aclaraciones a la calificación consideren oportunas. En caso de
persistir el desacuerdo se iniciará el siguiente procedimiento: solicitar por
escrito a la Dirección del centro la revisión de la calificación o decisión de
promoción/titulación. El director, previo informe descriptivo del Jefe de
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Departamento trasladará por escrito la decisión de modificación o ratificación
de la calificación obtenida en el plazo de tres días.
En la Educación Secundaria Obligatoria los alumnos o sus padres o tutores
podrán solicitar además la revisión de la decisión de promoción o titulación. Si se
produce tal circunstancia o bien existe alguna rectificación de notas en algún área que
pudiera modificar los criterios de promoción adoptados, se celebrará en el plazo
máximo de dos tres días, una sesión extraordinaria de evaluación en la que el conjunto
de profesores revisará la adopción de dicha medida a la vista de las alegaciones
efectuadas.
El Director comunicará por escrito al alumno y sus padres o tutores la
ratificación o modificación, razonada de la decisión de promoción o titulación.
En el caso de que, tras el proceso de revisión en el centro, persista el
desacuerdo con la calificación final de ciclo o curso obtenida en un área o materia o
con la decisión sobre la promoción o titulación el interesado o sus representantes
legales podrán interponer recurso de alzada al Delegado Provincial de Educación y
Ciencia en el plazo de un mes desde la recepción de la comunicación de ratificación
de la calificación.
En las reclamaciones de Bachillerato se seguirá el siguiente procedimiento
establecido en el artículo 26 de la Orden de 09/06/2009, de la Consejería de
Educación y Ciencia, por la que se regula la evaluación del alumnado en el
bachillerato en la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha:
a) El alumnado o, en su caso, sus padres, madres o tutores legales podrán
solicitar, tanto del profesorado como de los tutores o tutoras, cuantas
aclaraciones consideren precisas acerca de las calificaciones o decisiones que
se adopten en la evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje.
b) En el supuesto de desacuerdo con la calificación final obtenida en alguna
materia en convocatoria ordinaria o extraordinaria, o con la decisión de
promoción o titulación adoptada, el alumno o sus padres, madres o tutores
legales podrán solicitar por escrito la revisión de dicha calificación o la solicitud
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
de revisión decisión, en el plazo de dos días hábiles a partir de aquel en que se
produjo su comunicación.
c) La solicitud de revisión, será tramitada a través de la jefatura de estudios, quien
la trasladará al jefe o jefa del departamento de coordinación didáctica, y
comunicará tal circunstancia al profesor tutor.
d) El primer día hábil siguiente a la finalización del proceso de reclamaciones el
departamento didáctico elaborará un informe detallado modificando o
ratificando la calificación o decisión reclamada. El jefe del departamento de
coordinación didáctica correspondiente trasladará dicho informe a la jefatura de
estudios, quien comunicará por escrito al alumno, o a sus padres, madres o
tutores legales la decisión e informará de la misma al profesor tutor.
e) En el caso de que, tras el proceso de revisión en el centro docente, persista el
desacuerdo con la calificación final obtenida en alguna materia, el interesado o
interesada, o sus padres, madres o tutores legales podrán solicitar por escrito
al director del centro docente, en el plazo de dos días hábiles a partir de la
última comunicación del centro, que eleve la reclamación a la Delegación
provincial de Educación y Ciencia. ,
_
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
7. DELEGADOS DE GRUPO Y ASOCIACIÓN DE ESTUDIANTES.
7.1 Recogido en el Plan de acción tutorial, los tutores propiciarán en el aula el conocimiento de los alumnos y de las funciones del delegado a fin de que la elección se produzca con el mejor conocimiento de los candidatos.
El acto de la elección se realizará en la hora de tutoría. Cada elector hará
constar en las papeletas un máximo de dos nombres de los candidatos presentados.
Será proclamado delegado el alumno que obtenga la mayoría absoluta de los
presentes. Si ninguno de los candidatos obtuviera la mayoría absoluta se efectuará
una segunda votación con los dos candidatos más votados, siendo elegido delegado el
candidato más votado y subdelegado el menos votado.
Cuando se debatan asuntos que requieran la participación de sus
representados, los delegados consultarán a las clases que se pronunciarán mediante
voto secreto que conservará el delegado.
7.2 Los delegados y subdelegados podrán ser revocados, previo informe razonado al tutor por la mayoría absoluta de los alumnos de su grupo.
7.3 Asociaciones de alumnos
Los alumnos podrán asociarse, en función de la edad, creando organizaciones
de acuerdo con la Ley y con las normas que, en su caso reglamentariamente se
establezcan (Artículo 7-1 de la L.O.D.E
Las asociaciones de alumnos vienen reguladas por el Real Decreto 1532/1986
de 11 de Julio ( B.O.E. de 29 de Junio de 1986)
Las asociaciones de alumnos se constituirán mediante acta que deberá ser
firmada, al menos por el 5 % de los alumnos del centro con derecho a asociarse y, en
todo caso, por un mínimo de cinco años. En dicha acta constará el propósito de
asumir, de acuerdo con los respectivos estatutos, el cumplimiento de las siguientes
finalidades:
a) Expresar la opinión de los alumnos en todo aquello que afecte a su situación
en los Centros.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
b) Colaborar en la labor educativa del centro y en las actividades
complementarias y extraescolares del mismo
c) Promover la participación de los alumnos en los órganos colegiados del
Centro.
d) Realizar actividades culturales, deportivas y de fomento de la acción
cooperativa y de trabajo en equipo.
e) Promover federaciones y confederaciones de acuerdo con el procedimiento
establecido en la legislación vigente.
f) Facilitar el ejercicio de los derechos de los alumnos reconocido por la
legislación vigente.
g) Asistir a los alumnos en el ejercicio de su derecho a intervenir en el control y
gestión del Centro.
h) Cualquier otra finalidad determinada y lícita prevista en sus estatutos
compatibles con las anteriores.
Los alumnos podrán adoptar los estatutos de la asociación de alumnos
actualmente constituida con el nombramiento en asamblea de la Junta directiva
representativa.
Las asociaciones de alumnos:
a) No podrán desarrollar en el centro otras actividades que las previstas en sus
estatutos de acuerdo con la legislación vigente. De dichas actividades deberá
ser informado el consejo escolar y podrán participar todos los alumnos
cuando vayan dirigidas a éstos.
b) Para la elección de los representantes de los alumnos en el Consejo Escolar
las asociaciones podrán presentar candidaturas diferenciadas. En el acto de
la votación las asociaciones de alumnos podrán presentar supervisores.
c) Dispondrán de una dependencia en el instituto para su uso. El horario de
reunión se ajustará al horario de apertura del centro recogido en el P.G.A.,
salvo asambleas o reuniones extraordinarias que se celebren con
conocimiento del director. Así mismo, previa solicitud al director, se le cederá
cualquier instalación necesaria para sus actividades.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
d) Podrán hacer uso del servicio de reprografía siempre que sea necesario para
aquellas actividades que planifiquen para los alumnos del centro.
e) Recibirán del centro copias del Proyecto educativo, cunicular, Plan general
anual, Plan de Orientación académica, libros de texto vigentes y de la
legislación vigente en materia educativa, así como copia de las actas del
Consejo Escolar y de los resultados académicos y la valoración que de los
mismos haga el consejo escolar.
7.4 Participación del alumnado en la organización y funcionamiento del centro y ejercicio de su derecho de reunión
La participación de los alumnos queda garantizada a través de tres cauces:
Mediante la Junta de Delegados. En ella están integrados los delegados
y subdelegados de todos los grupos del Instituto. Su funcionamiento está
recogido en los derechos y obligaciones de los alumnos.
Mediante los representantes de los alumnos en el Consejo Escolar.
Mediante la Asociación de Estudiantes cuando esté legalmente
constituida.
Los alumnos podrán reunirse libremente siempre que lo soliciten a través de
uno de los tres cauces de participación. Para ello se dirigirán a la Dirección del centro
que tomará las medidas adecuadas para que pueda llevarse a cabo esta reunión y
proporcionará un espacio adecuado para ello.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
8. RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DE LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE Y OTROS RESPONSABLES.
8.1 CLAUSTRO DE PROFESORES
- El Claustro tendrá las competencias que le atribuye el Reglamento Orgánico de
los IES.
- Se reunirá necesariamente al principio y al final de curso. También se reunirá al
menos una vez al trimestre y siempre que sea preciso.
- Podrá reunirse a petición de un tercio de sus componentes.
- Las convocatorias se harán por escrito a través de un cartel en la Sala de
Profesores y por correo electrónico y con una antelación mínima de 48 horas.
- Los profesores y profesoras podrán proponer, con la debida antelación, a la
Dirección del Centro temas que deseen que se incluyan en el orden del día.
- Cuando algún tema deba someterse a votación, ésta deberá constar
explícitamente en el orden del día de la convocatoria.
- Para el funcionamiento administrativo del Claustro se estará a lo dispuesto en
la Ley de Procedimiento Administrativo.
8.2 COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA
- La C.C.P. tendrá la composición y las competencias que le atribuye el
Reglamento Orgánico de los IES.
- La hora de reunión de la C.C.P. se integrará en el horario lectivo de sus
componentes.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
- La convocatoria se hará pública en el tablón de anuncios de la Sala de
Profesores con al menos 48 horas de antelación a su celebración y a través de
correo electrónico. En la convocatoria constará el orden del día de la reunión.
- Los Jefes de Departamento comunicarán, con la debida antelación, a la
Dirección del Centro aquellos temas que quieran que se traten en el seno de la
Comisión.
8.3 EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES
- El jefe del Departamento de Actividades Complementarias será nombrado por
el Director del Centro y formará parte de la Comisión de Coordinación
Pedagógica.
- Se encargará de coordinar todas las actividades de tipo complementario y
extraescolar del Instituto.
- A petición de los profesores implicados en estas actividades, se ocupará de
coordinar los medios materiales para la realización de ellas.
- Se encargará de todas las acciones necesarias para la realización de los
distintos viajes que puedan realizar los alumnos.
8.4 RESPONSABLE DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN
- Será nombrado por el Director del Centro.
- Se ocupará de coordinar los medios informáticos disponibles y de solucionar,
dentro de sus posibilidades, los problemas que puedan surgir.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
- Será el responsable del funcionamiento de las Aulas Althia y suministrará las
claves de acceso, así como las normas de funcionamiento necesarias para el
funcionamiento de estas aulas.
- En su horario figurarán 5 horas lectivas para la dedicación a estas tareas.
8.5 NOMBRAMIENTO DE OTROS RESPONSABLES
- Cuando las necesidades del centro lo requieran y haya disponibilidad horaria
el Director podrá nombrar responsables de diferentes programas o tareas
(medios audiovisuales, página web, control de faltas, ayudantes de biblioteca,
etc).
- Las tareas a realizar se consensuarán con los responsables a nombrar y la
compensación se realizará siempre de acuerdo a la normativa vigente.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
9. ASIGNACIÓN DE TUTORÍAS
Con carácter general la asignación de tutorías se establecerá por Jefatura de
Estudios en función de la disponibilidad horaria de cada Departamento.
Siempre que sea posible para las tutorías de primer ciclo de ESO tendrán
preferencia los maestros y maestras.
Al comienzo de curso en la hoja de petición de grupos para la confección de
horarios, Jefatura de Estudios asignará a cada Departamento las tutorías que
deban tener sus componentes, con especificación del nivel y curso, pero no de
grupo.
Salvo casos excepcionales (escasez de horas…), los Jefes de Departamento
no tendrán tutoría de alumnos.
Las tutorías de los grupos de Diversificación serán ejercidas, siempre que sea
posible, por los profesores que impartan los ámbitos en dichos programas.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
10. ELECCIÓN DE TURNOS, CURSOS Y GRUPOS
10.1 Para esta elección se seguirá las normas que se derivan del Reglamento
Orgánico de los I.E.S.
10.2 Los funcionarios del cuerpo de Maestros, elegirán sus grupos primero y segundo
de la ESO.
10.3 El resto de los profesores harán la denominada “rueda”, salvo que en el
departamento de haya adoptado por unanimidad otro criterio de elección. Para el
reparto siguiendo la “rueda” se atenderá a la antigüedad en el cuerpo de procedencia y
en caso de empate se acudirá a la antigüedad en el centro como criterio de
desempate.
11.- GUARDIAS DE RECREO
Los profesores con guardia de recreo comprobarán que los alumnos no permanecen en el interior de las aulas y que los pasillos del primer y segundo piso quedan libres.
Así mismo, realizarán las labores de vigilancia de patios.
Habrá 4 profesores de guardia durante los recreos.
Para la asignación de las guardias de recreo se pedirán voluntarios en el primer claustro del curso. En caso de no haber suficientes profesores voluntarios se efectuará un sorteo entre todos los miembros del claustro para cubrir este servicio. Los profesores asignados de esta forma serán eliminados en los posteriores sorteos hasta que todos los miembros del claustro hayan realizado guardias de recreo.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
11.LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS Y LOS TIEMPOS EN EL CENTRO.
11.1 HORARIO DEL CENTRO.
El horario del Centro abarca desde las 8.15 hasta las 15.10.
Está dividido en 7 períodos lectivos de 55 minutos y un recreo de 30 minutos
que va desde las 11.00 hasta las 11.30.
Mientras se mantenga la normativa actual, en los 55 minutos está incluido el
tiempo para los cambios de clase.
Con carácter general las clases acabarán a las 14.15 horas. El 7º período
lectivo se usará para las dos horas extras que tienen los alumnos de secciones
europeas del programa British Council, para la hora extra que tienen los
alumnos de 1º de Bachillerato en la especialidad de Ciencias, para la atención
a pendientes…, etc.
El Instituto abrirá de lunes a jueves por las tardes. El horario de la tarde será de
16.00 a 18.00 horas y el Centro estará a disposición de toda la comunidad
educativa.
11.2 ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS.
11.2.1. Como norma general cada grupo tendrá su aula, no existe, por tanto, el
aula materia.
11.2.2. Siempre que sea posible, los grupos de Secundaria pertenecientes a
las secciones europeas (British Council), dispondrán de aulas propias, de manera que
los alumnos de estos grupos sólo rotarán por aulas del programa.
11.2.3. Se tratará de optimizar la ocupación de las aulas de música, plástica y
taller de tecnología, es decir que siempre estén ocupadas estas aulas)
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
11.2.4. Salvo por motivos excepcionales, no se utilizarán los Departamentos
Didácticos para impartir clases.
11.2.5. Las instalaciones del Centro son comunes y para la utilización de todos,
por tanto no hay espacios privativos para la utilización exclusiva por parte de algunos
componentes de la comunidad educativa.
11.2.6. Siempre que se pueda se fijará un aula para impartir la materia de
Historia del Arte en todos los cursos, con la finalidad de no tener que desplazar el
material audiovisual.
11.2.7. Cada año, teniendo en cuenta los resultados del curso anterior, se
fijarán los criterios para la distribución de los niveles educativos entre los dos edificios
del centro, con el fin de obtener los mejores resultados posibles en cuanto a
comportamiento y vigilancia.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
12. NORMAS PARA EL USO DE LAS INSTALACIONES Y RECURSOS DEL CENTRO, CON ESPECIAL RELEVANCIA PARA LA BIBLIOTECA, EL AULA ALTHIA Y LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS.
12.1. Los recursos del centro están a disposición de la Comunidad Educativa y, en la medida de lo posible, deben ser accesibles a otras entidades ligadas al entorno del centro.
Se establecerán instrumentos para la reserva de los recursos del centro que
garanticen su acceso a todos de forma eficiente. Los profesores se responsabilizarán
de su entrega en perfectas condiciones para el siguiente usuario.
12.1. AULA ALTHIA.
12.2.1. El Centro cuenta con dos aulas Althia que están bajo la supervisión del
profesor encargado de las Tecnologías de la Información que se encarga de su
mantenimiento.
12.2.2. Este profesor será el encargado de suministrar las claves de acceso y
de explicar el funcionamiento de ellas a los profesores que lo necesiten.
Esta explicación se hará al principio de curso en las fechas que anuncie el
profesor encargado.
12.2.3. Para el uso de las aulas Althia se publicará un cuadrante con las horas
disponibles para que los profesores puedan apuntarse.
12.2.4. En caso necesario se podrán bloquear horas de uso de las aulas para
impartir alguna materia, pero se procurará que esa circunstancia se reduzca al mínimo
tiempo posible.
12.2.5. El profesor que lleve a los alumnos a una de estas aulas se
responsabilizará del buen uso del material y en ningún caso dejará a los alumnos
solos en el aula.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
12.2. LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS ESTARÁN AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
12.2.1. En horario de mañana serán de uso exclusivo de la asignatura de Educación
Física.
12.2.2. En horario de tarde y los fines de semana las instalaciones se podrán utilizar
por colectivos distintos, pero siempre con el consentimiento del Departamento de
Educación Física y con el compromiso por parte de estos colectivos de cuidar las
instalaciones.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
13. FUNCIONES DEL PROFESORADO
13.1. LAS FUNCIONES DEL PROFESORADO SON, ENTRE OTRAS, LAS SIGUIENTES:
a) La programación y la enseñanza de las áreas, materias y módulos que tengan
encomendados.
b) La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de
los procesos de enseñanza.
c) La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo
en su proceso educativo, en colaboración con las familias.
d) La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración,
en su caso, con los servicios o departamentos especializados.
e) La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del
alumnado.
f) La promoción, organización y participación en las actividades complementarias,
dentro o fuera del recinto educativo, programadas por los centros.
g) La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de
respeto, de tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en los alumnos los
valores de la ciudadanía democrática.
h) La información trimestral a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos
e hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo.
i) La coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección que les sean
encomendadas.
j) La participación en la actividad general del centro.
k) La participación en los planes de evaluación que determinen las Administraciones
educativas o los propios centros.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
l) La investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de
enseñanza correspondiente.
2. Los profesores realizarán las funciones expresadas en el apartado anterior bajo el
principio de colaboración y trabajo en equipo.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
14. CLAUSTRO DE PROFESORES
14.1 Composición.
14.1.2. El Claustro de profesores es el órgano propio de participación de los
profesores en el gobierno del centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar,
informar y, en su caso, decidir sobre todos los aspectos educativos del centro.
14.1.3. El Claustro será presidido por el director y estará integrado por la totalidad de
los profesores que presten servicio en el centro.
14.2. Competencias.
El Claustro de profesores tendrá las siguientes competencias:
a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de
los proyectos del centro y de la programación general anual.
b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los
proyectos y de la programación general anual.
c) Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de
los alumnos.
d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación
pedagógica y en la formación del profesorado del centro.
e) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la
selección del director en los términos establecidos por la presente Ley.
f) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por
los candidatos.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
g) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento
escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el
centro.
h) Informar las normas de organización y funcionamiento del centro.
i) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar
por que éstas se atengan a la normativa vigente.
j) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.
k) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las
respectivas normas de organización y funcionamiento.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
15. DE LOS PADRES
15.1. Los padres o tutores, en relación con la educación de sus hijos o pupilos, tienen los siguientes derechos:
a) A que reciban una educación, con la máxima garantía de calidad, conforme con los
fines establecidos en la Constitución, en el correspondiente Estatuto de Autonomía y
en las leyes educativas.
b) A escoger centro docente tanto público como distinto de los creados por los poderes
públicos.
c) A que reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias
convicciones.
d) A estar informados sobre el progreso del aprendizaje e integración socio-educativa
de sus hijos.
e) A participar en el proceso de enseñanza y aprendizaje de sus hijos.
f) A participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro
educativo, en los términos establecidos en las leyes.
g) A ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica y
profesional de sus hijos.
15.2. Asimismo, como primeros responsables de la educación de sus hijos o pupilos, les corresponde:
a) Adoptar las medidas necesarias, o solicitar la ayuda correspondiente en caso de
dificultad, para que sus hijos o pupilos cursen las enseñanzas obligatorias y asistan
regularmente a clase.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
b) Proporcionar, en la medida de sus disponibilidades, los recursos y las condiciones
necesarias para el progreso escolar.
c) Estimularles para que lleven a cabo las actividades de estudio que se les
encomienden.
d) Participar de manera activa en las actividades que se establezcan en virtud de los
compromisos educativos que los centros establezcan con las familias, para mejorar el
rendimiento de sus hijos.
e) Conocer, participar y apoyar la evolución de su proceso educativo, en colaboración
con los profesores y los centros.
f) Respetar y hacer respetar las normas establecidas por el centro, la autoridad y las
indicaciones u orientaciones educativas del profesorado.
g) Fomentar el respeto por todos los componentes de la comunidad educativa.
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
16. ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
16.1 Programas de Diversificación.
Los programas de Diversificación se regularán por la legislación educativa al
respecto.
Los alumnos serán propuestos (sin perjuicio de las competencias que en esta
materia tiene la Delegación de Educación) por la JUNTA DE EVALUACIÓN.
16.2 Medidas de apoyo y compensación educativa.
Al comienzo de curso la Jefatura de Estudios en coordinación con el
Departamento de Orientación, fijará las medidas de apoyo, refuerzo y atención a
alumnos con necesidades educativas especiales, teniendo en cuenta el horario y
recursos disponibles para ello.
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