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Consejería de Educación y Ciencia Colegio Los Olivos C/ San Juan de la Cruz, 2.- 19171.- Cabanillas del Campo.- (Guadalajara) Teléfono y Fax: 949324457, correo electrónico: [email protected] Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF) NORMAS DE CONVIVENCIA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO (NCOF) de 1 173

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

NORMAS DE CONVIVENCIA

ORGANIZACIÓN Y

FUNCIONAMIENTO (NCOF)

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)FINALIDAD Y ÁMBITO DE APLICACIÓN 10 ...............................................................................

CONSTITUCIÓN GENERAL DEL CENTRO 11 ......................................................................

PRINCIPIOS 13 .....................................................................................................................................

PROCEDIMIENTO PARA SU ELABORACIÓN, APLICACIÓN Y REVISIÓN 14 ....................

DEL CENTRO. 14 ....................................................................................................

Del aula. 14 ..........................................................................................................

CRITERIOS COMUNES Y ELEMENTOS BÁSICOS DE LAS NCOF DE LAS AULAS. 16 ......

ELEMENTOS BÁSICOS. 16 ..........................................................................................

CRITERIOS COMUNES 17 ...........................................................................................

NORMAS DE CONVIVENCIA DE EDUCACIÓN INFANTIL 21 ...................................................

NORMAS DE CONVIVENCIA 1º Y 2º NIVEL. 22 ............................................................................

NORMAS DE CONVIVENCIA 3º Y 4º NIVEL 23 ............................................................................

NORMAS DE CONVIVENCIA 5º Y 6º NIVEL 23 .............................................................................

NORMAS GENERALES DE CONVIVENCIA Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO. 25 ......

HORARIOS. ENTRADAS Y SALIDAS. 25 ...........................................................................

TIEMPO DE RECREO 25 .............................................................................................

PASILLOS 27 ..........................................................................................................

LAVABOS 27 ..........................................................................................................

AULAS 27 .............................................................................................................

MATERIAL 28 .........................................................................................................

CLASE DE EDUCACIÓN FÍSICA 28 .................................................................................

OTRAS DEPENDENCIAS 28 .........................................................................................

AUSENCIAS DEL ALUMNADO 30 ....................................................................................................

SALIDAS DEL CENTRO: Casos de enfermedad manifiesta en el aula. 30 .................................

SALIDAS DEL CENTRO: PROTOCOLO DE ACCIDENTES 30 ....................................................

PROCEDIMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN Y RESPONSABLES DE SU APLICACIÓN. (NCOF DEL AULA) 33 .............................................................................................

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA 34 .............................................................................................................................................................

PROFESORADO LOE / LOMCE. este aspecto se revisará en el curso 2014-2015 34 ................

Competencias 34 ................................................................................................

Horario: 36 ........................................................................................................

Derechos 36 ......................................................................................................

Deberes 38 ........................................................................................................

PERMISOS, AUSENCIAS, SUSTITUCIONES. 39 ...................................................................

Permisos. 39 ......................................................................................................

Procedimiento a seguir: 40 ....................................................................................

Sustituciones en caso de permisos o ausencias. 42 ......................................................

ALUMNAD0 43 ......................................................................................................................................

Deberes 48 ........................................................................................................

ORGANIZACIÓN DEL ALUMNADO 50 ...........................................................................

FALTAS DEL ALUMNADO 51 ....................................................................................

SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS 53 ...........................................................................

ORGANIZACIÓN INTERNA del alumnado 54 .................................................................

REPRESENTACIÓN Y PARTICIPACIÓN del alumnado 55 ...................................................

DELEGADOS/AS 55 ..............................................................................................

ADMISIÓN Y MATRICULACIÓN. BAJA ESCOLAR. 56 ........................................................

PERSONAL NO DOCENTE 57 ............................................................................................................

auxiliar técnico educativo 57 ................................................................................

El/La Conserje 58 ................................................................................................

El personal de limpieza. 59 ...................................................................................

PADRES / MADRES / TUTORES LEGALES 62 .....................................................................

Derechos LOMCE revisar 2014-2015 62 ....................................................................

Deberes. 65 .......................................................................................................

Organización interna. 66 ......................................................................................

RELACIONES CON LAS FAMILIAS 68 ..............................................................................

PROCEDIMIENTOS DE MEDIACIÓN Y RESOLUCIÓN POSITIVA DE LOS CONFLICTOS 68 ..................................................................................................................................

Conceptualización de conflicto 69 ..............................................................................

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)Formas de resolver los conflictos 69 ............................................................................

Para ello nos proponemos varios tipos de actuaciones: 70 .................................................

En su actuación tendrá en cuenta como principios de la mediación: 71 ................................

APLICACIÓN DE NORMAS Y SANCIONES 73 ..............................................................................

FUNCIONAMIENTO DE LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE Y OTROS RESPONSABLES 74 ..............................................................................................................................

LA TUTORÍA 74 .....................................................................................................................................

EL EQUIPO DOCENTE 76 ..................................................................................................................

EL EQUIPO DE ORIENTACIÓN Y APOYO 76 ................................................................................

LOS EQUIPOS DE NIVEL 77 ..............................................................................................................

LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA CCP 80 ....................................................

EL EQUIPO DE ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES 82 .....................................................

OTROS RESPONSABLES 83 ...............................................................................................................

Responsable del uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación. ALTHIA TIC 83 ..

Responsable del Comedor Escolar y del Programa de Gratuidad de materiales curriculares. .84

Responsable de la Biblioteca y Equipo de apoyo al Plan de Lectura. 84 ............................

Responsable de la Coordinación con el Centro de Profesores. Responsable de Formación. 84 .

Responsable de riesgos laborales. 84 .......................................................................

Coordinador del Prácticum del alumnado de la Universidad. 84 ......................................

Coordinador de actividades extracurriculares. 84 .......................................................

Coordinadores de Proyectos 84 ..............................................................................

CRITERIOS ESTABLECIDOS POR EL CLAUSTRO PARA: 85 ...................................................

ASIGNACIÓN DE LAS TUTORÍAS. 85 .............................................................................

ELECCIÓN DE LOS CURSOS Y GRUPOS. 85 ......................................................................

CRITERIOS PARA LA SUSTITUCIÓN DE PROFESORADO. 87 ...................................................

CRITERIOS PARA LA ORGANIZACIÓN DE LOS GRUPOS. 88 ....................................................

PERIODO DE INCORPORACIÓN. 90 ...............................................................................

CRITERIOS PARA REALIZAR AGRUPAMIENTOS FLEXIBLES DE MENOR RATIO. 91 .........................

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)CRITERIOS PARA LA INCORPORACIÓN DE ALUMNOS A LO LARGO DEL CURSO. 92 .......................

CRITERIOS PARA darse de alta o baja en el área de Religión. 93 .........................................

ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS Y DEL TIEMPO EN EL CENTRO. 94 ...........................

Organización de espacios 94 .....................................................................................

EDIFICIO PRINCIPAL 94 .............................................................................................

EDIFICIO ANEXO 95 .................................................................................................

DISTRIBUCION DE PATIOS DE PRIMARIA DURANTE EL RECREO 96 .........................................

Organización de tiempos 97 ......................................................................................

NORMAS PARA EL USO DE LAS INSTALACIONES Y RECURSOS DEL CENTRO (BIBLIOTECA, AULA ALTHIA, SALA DE USOS MÚLTIPLE, SALA DE PROFESORES E INSTALACIONES DEPORTIVAS) 99 ................................................................................................

PATIOS DE PRIMARIA DURANTE EL RECREO 99 ................................................................

AULA DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN (AULA ALTHIA Y DE MEDIOS AUDIOVISUALES) 100 ...............................................................................................

BIBLIOTECA 100 ....................................................................................................

USO Y ADECUACIÓN DE MATERIALES Y RECURSOS DIDÁCTICOS. 101 .....................................

CRITERIOS GENERALES. 101 ...................................................................................

CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE MATERIALES. 101 .....................................................

CRITERIOS PARA LA UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS DIDÁCTICOS. 101 ...............................

CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE LIBROS Y MATERIALES GRATUITOS. 102 ..........................

CRITERIOS PARA LA DISTRIBUCIÓN DE MATERIALES CURRICULARES GRATUITOS. 103 ............

Horario del centro disponible para el uso social de sus recursos 103 ................................

FUNCIONAMIENTO DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS. 104 ..................................................

EL CONSEJO ESCOLAR. LOMCE 104 ...........................................................................................

Composición: 104 ...................................................................................................

Competencias del Consejo Escolar 106 ........................................................................

Elecciones y renovación del Consejo Escolar. 108 ..........................................................

Documento orgánico de funcionamiento. 109 ................................................................

EL CLAUSTRO DE PROFESORES / AS. 112 ....................................................................................

Competencias del Claustro de Profesores / as, según la Ley Orgánica 2/ 3/5/06 LOE 112 ......

Documento orgánico de funcionamiento. 113 .............................................................

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)ÓRGANOS UNIPERSONALES 115 ..................................................................................

El equipo Directivo 116 ........................................................................................

EL DIRECTOR 117 ...................................................................................................

EL JEFE DE ESTUDIOS. 119 ....................................................................................

EL SECRETARIO 120 ...............................................................................................

OTROS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD ESCOLAR 121 .........................................................

CONSERJE, PERSONAL DE LIMPIEZA Y COMEDOR 121 ........................................................

DERECHOS 121 ...................................................................................................

DEBERES 121 .....................................................................................................

EL AYUNTAMIENTO 121 .............................................................................................

DERECHOS 122 ...................................................................................................

DEBERES 122 .....................................................................................................

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO 122 .....................................................

Calendario y distribución horaria. 122 .........................................................................

MATERIALES CURRICULARES 124 .................................................................................

PRIMER NIVEL 124 ...............................................................................................

SEGUNDO Y TERCER NIVEL 124 ...............................................................................

CASOS DE DESASTRE, CATÁSTROFE O EMERGENCIA. 125 ..................................................

NORMAS PARA LA CORRECTA EVACUACIÓN DEL CENTRO. 125 ........................................

PASILLO DE INFANTIL 125 ........................................................................................

PASILLO COLOR AMARILLO 125 ...................................................................................

PASILLO COLOR VERDE: 125 ......................................................................................

PLANTA SUPERIOR 126 ............................................................................................

COCINA: 126 .........................................................................................................

GIMNASIO: 127 .......................................................................................................

ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS 127 ...................................................................................

PLAN DE ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES/extracurriculares 128 .........................................

OBJETIVOS 129 ...................................................................................................

METODOLOGÍA. 129 .............................................................................................

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)NORMAS DE FUNCIONAMIENTO (extracurriculares) 130 ....................................................

CRITERIOS SEGUIDOS EN LA ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES 131 ................................

RESPONSABLES DEL PLAN. 131 ...............................................................................

FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS COMPLEMENTARIOS. 132 .......

EL COMEDOR ESCOLAR 132 .......................................................................................

SOLICITUD DEL SERVICIO 133 .....................................................................................

ALUMNADO QUE SE MATRICULE POR PRIMERA VEZ EN EL CENTRO 133 .................................

ALUMNADO USUARIO DEL COMEDOR EN EL CURSO ANTERIOR. 133 .......................................

OBLIGACIONES QUE CONTRAEN LOS PADRES, MADRES O TUTORES: 134 .................................

ORGANIZACIÓN DEL ALUMNADO DE COMEDOR 134 ...........................................................

NORMAS DE CONVIVENCIA Y FUNCIONAMIENTO 134 .........................................................

NORMAS A SEGUIR ANTE LOS CASOS DE PEDICULOSIS. 137 .................................................

ANTE CASOS DE ENFERMEDADES CONTAGIOSAS: VARICELA, SARAMPIÓN, PAPERAS, RUBÉOLA, ALERGIAS, ETC. 137 ................................................................................................

aspectos complementarios a tener en cuenta 138 ..........................................................

CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA 138 ...........................................

FALTAS LEVES: 138 ..............................................................................................

FALTAS GRAVES 139 .............................................................................................

CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO. 140 ...........

CIRCUNSTANCIAS Atenuantes 140 ............................................................................

CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES 140 ..........................................................................

PROCEDIMIENTO SANCIONADOR 140 ............................................................................

COMPETENCIAS PARA DECIDIR LAS CORRECCIONES PREVISTAS 144 ....................................

Por faltas que alteren el funcionamiento del comedor 144 ...........................................

Las faltas que alteran gravemente el funcionamiento 144 .............................................

EL COMEDOR ESCOLAR 144 ......................................................................................

LAS FALTAS QUE ALTERAN EL FUNCIONAMIENTO DEL COMEDOR 144 ..................................

LAS FALTAS QUE ALTERAN GRAVEMENTE EL FUNCIONAMIENTO DEL COMEDOR 145 ................

PROCEDIMIENTO SANCIONADOR Y/O EDUCADOR 145 ...................................................

Por faltas que alteren el funcionamiento del comedor 145 ............................................

Por faltas que alteren el funcionamiento del comedor (reiteradas): 145 ...........................

Las faltas que alteran gravemente el funcionamiento del Comedor 146 ............................

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)COMPETENCIAS PARA DECIDIR LAS CORRECCIONES PREVISTAS 146 ....................................

DISPOSICIONES ADICIONALES 147 ................................................................................

1ª MODIFICACIÓN de las NCOF 147 .........................................................................

2ª ÓRGANOS COMPETENTES. 147 ............................................................................

3ª PROCESO MODIFICADOR 147 ..............................................................................

4ª RATIFICACIÓN 147 ...........................................................................................

5ª PUBLICIDAD 147 .............................................................................................

DISPOSICIONES FINALES 148 ......................................................................................

LEY DE AUTORIDAD DEL PROFESORADO. 148 ........................................................................

NORMATIVA PROGRAMA LINGÜÍSTICO INGLÉS: 155 ............................................................

NUEVA NORMATIVA ORIENTACIÓN 155 ......................................................................................

Normativa básica: 156 .............................................................................................

ANEXO 157 ............................................................................................................................................

FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS. 157 ...................................

SERVICIO DE COMEDOR 157 ...........................................................................................................

NORMATIVA VIGENTE 157 ......................................................................................

HORARIO 157 .....................................................................................................

CAPACIDAD MÁXIMA DEL COMEDOR ESCOLAR 158 .........................................................

USUARIOS 158 ....................................................................................................

SELECCIÓN DE USUARIOS 159 .................................................................................

TIPOS DE USUARIOS 160 ...........................................................................................

Usuarios habituales. 160 .......................................................................................

Usuarios no habituales. 160 ...................................................................................

RATIO DE COMEDOR Y AULA MATINAL 160 ..............................................................................

PRECIO DEL SERVICIO 160 ..............................................................................................................

ALTAS Y BAJAS DEL SERVICIO 161 ................................................................................................

AYUDAS 161 ...........................................................................................................................................

FUNCIONES DEL CONSEJO ESCOLAR DIRECTOR/A Y DEL SECRETARIO/A. 161 .........

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

NORMAS DE CONVIVENCIA

ORGANIZACIÓN Y

FUNCIONAMIENTO

(NCOF) FINALIDAD Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

NOTA Transitoria. Dada la situación de cambio normativo, este documento será revisado durante el curso 2014-2015 en su totalidad, para adecuarlo, en lo que sea necesario a la normativa actual, en todo caso ninguna norma de este documento puede ir en contra de norma de rango superior. Junio de 2014, en especial de : Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.

FUNCIONES DEL PERSONAL CUIDADOR Y DE COCINA 164 ..................................................

GESTIÓN 166 .........................................................................................................................................

MENÚ 167 ...............................................................................................................................................

OBLIGACIONES QUE CONTRAEN LOS PADRES, MADRES O TUTORES 167 .....................

ORGANIZACIÓN DEL ALUMNADO DE COMEDOR 168 ............................................................

Otros aspectos organizativos y de funcionamiento: 169 ................................................

EL COMEDOR ESCOLAR 170 ...........................................................................................................

LAS FALTAS QUE ALTERAN EL FUNCIONAMIENTO DEL COMEDOR 170 ..................................

LAS FALTAS QUE ALTERAN GRAVEMENTE EL FUNCIONAMIENTO DEL COMEDOR 171 ................

PROCEDIMIENTO SANCIONADOR Y/O EDUCADOR 171 .......................................................

Por faltas leves 171 .............................................................................................

Por faltas que alteren el funcionamiento del comedor (reiteradas): 172 ...........................

Las faltas que alteran gravemente el funcionamiento del Comedor 172 ............................

COMPETENCIAS PARA DECIDIR LAS CORRECCIONES PREVISTAS 172...........................

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

El presente documento tiene por finalidad: • Garantizar un clima de trabajo adecuado, así como el respeto a los derechos y deberes del alumnado, docentes, familiares, personal de la administración y servicios. • La participación funcional y operativa de todos los miembros de la comunidad educativa en la vida del Centro, en su gestión, funcionamiento y organización. • Su ámbito de aplicación será en el segundo Nivel de la etapa de Educación Infantil y en la etapa de Educación Primaria.

IDENTIFICACIÓN DEL CENTRO. • C.E.I.P. Los Olivos, dependiente de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha. • Teléfono 949334457 • Código del Centro 19008046. • Dirección C/ San Juan de la Cruz nº 2 • Correo electrónico [email protected]

• Página WEB : http://www.jccm.es/edu/cp/losolivos página vieja

• Página Web En la plataforma papás. http://edu.jccm.es/ceip.losolivos/

CONSTITUCIÓN GENERAL DEL CENTRO

1. Niveles de enseñanza Educación Infantil Educación Primaria

1. Carácter Público, Programa Lingüístico de Inglés. Digitalización total. Financiado por la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.

2. Medios humanos Equipo Directivo Profesorado (Dependiente de la JCCM y dependiente del AMPA) Unidad de Orientación: PT / AL / PTSC / ATE / DUE /Fisioterapeuta. Cocineras-cuidadoras /es. Serunión Personal de limpieza. (Dependiente del Ayuntamiento) Conserje (Dependiente del Ayuntamiento) Conserje (Dependiente del AMPA)

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)3. Medios materiales. (Ver anexo inventario en secretaría)

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)PRINCIPIOS

Cuando se produce un intercambio de significados y comportamientos, de recuerdos y experiencias, de sentimientos y emociones, configurándose un espacio cultural y público y una organización con pretensiones comunes y con el deseo de entenderse y respetarse…. hablamos del aula o del centro como comunidad de convivencia y aprendizaje, implicando al centro en su conjunto y entendemos que así será, con las variaciones que puedan suceder, el estilo preferido de formación. Estos son nuestros principios educativos:

• El respeto por la vida en todas sus manifestaciones. • La diversidad como imprescindible para la vida. • La participación democrática, directa y delegada, en la gestión y el funcionamiento del centro. • La cooperación como procedimiento fundamental para la acción y el aprendizaje. • La profesionalidad, responsabilidad y evaluación compartida como forma de reflexión y punto de partida de nuestros proyectos. • El compromiso de toda la comunidad educativa como forma de crecimiento y mejora. • La educación y la orientación escolar como procedimiento para mejorar la calidad de vida. • El optimismo y la confianza en el esfuerzo compartido y adecuado de las personas y las instituciones.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

PROCEDIMIENTO PARA SU ELABORACIÓN, APLICACIÓN Y

REVISIÓN

DEL CENTRO.

Tal como establece la normativa…

• Las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro, así como sus posibles modificaciones, serán elaboradas por el Equipo directivo, quien deberá recoger las aportaciones de la comunidad educativa (según establece la normativa)

• El procedimiento para su elaboración será el siguiente:

El Equipo Directivo recogerá las propuestas de los sectores: familia, alumnado y profesorado. El Equipo directivo elaborará una propuesta que presentará a los diversos sectores de la comunidad educativa siguiendo este procedimiento:

En relación al profesorado: Las nuevas propuestas se llevarán a la (CCP) Comisión de Coordinación Pedagógica; Equipos de Nivel; Nuevas propuestas informadas en Claustro. Cada año se podrán introducir las modificaciones oportunas junto con la Memoria Anual.

En relación al alumnado: Recogida de sugerencias del tercer Nivel, a través de la Junta de Delegados. El profesorado en la sesión de tutoría dará a conocer el acuerdo y diseñará actividades ajustadas a la edad del alumnado para dar a conocer el documento.

En relación a las familias: Presentación de la propuesta primera a la Junta de Delegadas de Familia y a la junta directiva del AMPA, recogida de sugerencias y debate. Presentación a Consejo Escolar.

Una vez recogidas las aportaciones de todos los sectores que componen la comunidad educativa, el Equipo directivo elaborará la propuesta definitiva de las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro. Éstas serán informadas por el Claustro y aprobadas por el Consejo Escolar, por mayoría de dos tercios de sus componentes con derecho a voto, salvo cambios normativos.

DEL AULA.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)Las Normas de convivencia, organización y funcionamiento específicas de cada aula, serán elaboradas, revisadas y aprobadas anualmente, de forma consensuada, por el profesorado y el alumnado que convive en ellas. Finalmente, habrán de ser refrendadas por el Consejo Escolar. Por acuerdo unánime del Claustro se elaborarán acuerdos por Nivel para garantizar la continuidad y la coherencia.

Una vez aprobadas, las Normas de organización y funcionamiento pasarán a ser de obligado cumplimiento para toda la comunidad educativa. La dirección del centro las hará públicas, procurando la mayor difusión entre la comunidad educativa.

Las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro serán revisadas anualmente. Las modificaciones introducidas, después de ser informadas por el Claustro, serán presentadas para su aprobación al Consejo Escolar, en la última sesión celebrada en el curso, entrando en vigor al inicio del curso siguiente. Se procederá a su revisión conjunta cada cuatro años, siguiendo el mismo procedimiento.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

CRITERIOS COMUNES Y ELEMENTOS BÁSICOS DE LAS

NCOF DE LAS AULAS.

ELEMENTOS BÁSICOS.

Uso y cuidado de las instalaciones (definir diferentes espacios dentro del aula con normas específicas) y material del aula.

Profesorado, compañeros/as y otro personal.

Material escolar de uso personal (uso y aportar el necesario).

Higiene y cuidado personal.

Indumentaria y compostura (forma de estar con y sin el profesor).

Puntualidad y asistencia.

Asignación de responsabilidades: elección de delegado/a y otros responsables.

Inclusión de las normas generales de comportamiento del alumnado: aulas, recreos, salidas,...

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)CRITERIOS COMUNES

Uso y cuidado de instalaciones y material del aula.

• Respeto de las instalaciones, mobiliario y equipamiento. • Cuidado y limpieza del propio recinto, mobiliario y material del aula. • Mantenimiento del orden en el aula, tanto en los cambios de clase como al finalizar la jornada

escolar. Profesorado, compañeros y otro personal

• La forma de dirigirse a cualquier miembro de la comunidad educativa comportará el uso de un vocabulario adecuado al contexto escolar así como la utilización de un trato respetuoso.

Material escolar de uso personal

• Cuidar y mantener en buen estado el material escolar, tanto el de uso personal como el de uso común, y en especial los materiales aportados por el Programa de Gratuidad.

• La familia deberá garantizar que el alumnado acuda al aula con los materiales determinados por el profesorado para el desarrollo de las actividades escolares.

• La familia aportará la cuota de la cooperativa cuando así lo acuerde la comunidad del Nivel correspondiente. (Incluir NCOF de las cooperativas) Las familias podrán pagar fraccionadamente. Aquellas familias en auxilio social podrán solicitar una ayuda del AMPA, quien anualmente organiza alguna actividad solidaria para dar respuesta a las necesidades extremas de las familias. Los impagos serán comunicados por escrito a las familias con la firma de los padres autorizados de la cooperativa.

• Prohibición de uso y tenencia en el aula, en el centro y en las excursiones de aparatos electrónicos (teléfonos móviles, discman, mp3, videoconsolas y similares); ya que puedan interferir en los procesos de enseñanza aprendizaje.

Higiene y cuidado personal.

• Se acudirá al aula aseado, cuidando a diario su higiene personal. • Se abstendrán de acudir al aula aquellos alumnos que cursen enfermedad infectocontagiosa o

dolencias que dificulten su rendimiento, hasta que la prescripción médica lo considere conveniente.

• Se recomienda no asistir al aula cuando se tenga algún tipo de parásito (piojos, pulgas…) hasta que esté desparasitado.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)Indumentaria y compostura (forma de estar con y sin el profesor)

• La indumentaria diaria será adecuada a la actividad que se vaya a realizar.

• Los alumnos vendrán a clase con el atuendo deportivo adecuado en las sesiones del área de Educación Física.

• El atuendo para salidas será preferentemente el chándal del colegio, o en su defecto el distintivo que cada tutor/profesor decida.

• Durante el desarrollo de las sesiones se mantendrán hábitos posturales correctos, que faciliten tanto el trabajo personal, como una actitud respetuosa hacia el grupo.

• Cuando el profesor/a se deba ausentar del aula, los alumnos permanecerán en el interior de la misma, sentados en sus lugares correspondientes, manteniendo en todo momento el cumplimiento de las normas. En aquellos casos que se estime oportuno se encargará al responsable la función de supervisión.

Puntualidad y asistencia

• La puntualidad al comenzar y finalizar las clases afecta a todos los miembros de la comunidad. • En ningún momento podrán quedar sin custodia los menores en el centro, por lo que hasta que

no comiencen las actividades lectivas no podrán permanecer sin vigilancia familiar. • Cumplida la jornada escolar, cuando el alumnado quede bajo la vigilancia del servicio de

guardería se deberá abonar la cantidad establecida para cada curso. Cuando un alumno/a no sea recogido a la hora de la salida se llamará a la familia telefónicamente. Cuando esta situación sea reiterada se procederá a avisar a la policía local para que acompañe al menor y tome las medidas oportunas.

• Al inicio de la jornada escolar, los alumnos se incorporarán al aula. Al entrar el último grupo se cerrarán las puertas, permitiendo la incorporación de los/as alumnos/as que llegan tarde por la entrada principal del colegio, registrándose el motivo del retraso, por la persona acompañante, en conserjería.

• En la Educación Primaria, el retraso habitual del alumnado será motivo de amonestación y de comunicación escrita a sus padres por parte del tutor/a según el modelo oficial aprobado en la Comisión Local de Absentismo.

• Toda falta de asistencia debe quedar justificada por escrito, y si es posible, se comunicará previamente al tutor/a o responsable. El tutor/a contactará con las familias de los alumnos que no aporten la justificación de las ausencias, cuando éstas superen las quince sesiones, enviando el modelo aprobado por la comisión de absentismo.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)• Las faltas de puntualidad, así como las ausencias serán anotadas en el registro de control de

asistencia. • No se permitirán salidas del aula ni del centro en horas lectivas sin la previa solicitud justificada

de los padres y autorización expresa del tutor/a o del equipo directivo. Quedarán registradas en conserjería.

• La ausencia injustificada de 15 sesiones mensuales dará lugar al inicio del protocolo de absentismo aprobado en la localidad.

Asignación de responsabilidades: elección de delegado y otros responsables

En cada grupo clase, a partir del tercer Nivel de la Educación Primaria, se elegirá a un alumno/a como delegado/a del grupo. Esta elección tendrá lugar al comienzo del curso y será, al menos, por un período de un mes. En los restantes Niveles rotarán durante el curso a criterio del tutor. En caso de ausencia del delegado, asumirá sus funciones el subdelegado.

Serán funciones del delegado:

1. Representar al curso ante el tutor/a. 2. Recoger las sugerencias de sus compañeros/as 3. Dialogar con el tutor/a ante cualquier problema que surja, proponer soluciones y plantear a

instancias superiores el problema cuando considere que no haya sido atendido en sus demandas.

4. Informar a la clase de cuantas acciones haya tratado en el punto anterior. 5. Responsabilizarse del cuidado de la clase, cuando en ausencia del profesor se haya

concedido permiso para la celebración de asambleas, reuniones o cualquier otro tipo de actos.

6. Además del delegado y subdelegado, el tutor o tutora de cada grupo podrá designar otros responsables de diversas tareas.

7. Serán funciones de los Delegados de Consejo Escolar Local y de Centro: 8. Representar al alumnado ante el Consejo. 9. Transmitir sus ruegos y preguntas ante el Consejo. 10. Transmitir al alumnado los acuerdos del Consejo. 11. Aquellas otras que los estatutos establezcan.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)NORMAS DE CONVIVENCIA DE EDUCACIÓN INFANTIL

1. Hacemos filas a las entradas, salidas y desplazamientos por el centro. 2. Cada cosa en su sitio (colgamos correctamente las chaquetas, colocamos los bocadillos en la

cesta y cada material en su rincón). 3. Respetamos el turno de los demás (cuando uno habla los demás escuchamos). 4. Compartimos juguetes y materiales. 5. Respetamos y cuidamos los juguetes y materiales. 6. Solucionamos los problemas dialogando. Pedimos perdón cuando hemos molestado. 7. Nos lavamos las manos y bebemos agua sin malgastarla. 8. Usamos los servicios adecuadamente. 9. Mantenemos el patio y la clase ordenada y limpia, utilizando las papeleras. 10. Somos amigos. Jugamos con todos. 11. Nos sentamos correctamente en la silla. 12. Trabajamos respetando a los demás (los de 5 años en silencio). 13. Presentamos el trabajo limpio y ordenado en el tiempo establecido. 14. Aprendemos a comer con educación. 15. Utilizamos las formas de cortesía (saludamos, despedirnos, pedimos perdón….)

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)NORMAS DE CONVIVENCIA 1º Y 2º NIVEL.

El buen funcionamiento de la clase es tarea de todos y para ello debemos tener en cuenta:

1. Guardar las filas. 2. Sentarse correctamente. 3. Respetar a los demás. 4. Almorzar en clase y en su momento. 5. Respetar el turno de palabra. 6. Cuidar el material. 7. Atender en las explicaciones. 8. Usar bien los aseos. 9. Andar en silencio por los pasillos. 10. No golpear las puertas. 11. Comportarse correctamente en clase

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)NORMAS DE CONVIVENCIA 3º Y 4º NIVEL

1. Al entrar, salir o cambiar de clase nos sentaremos y prepararemos el material rápidamente para no perder el tiempo.

2. Durante la clase debemos atender las explicaciones del profesorado, trabajando en silencio y respetando a los demás.

3. El respeto a los profesores/as es imprescindible para tener una buena convivencia en el aula. 4. Mantén limpia y ordenada la clase como si fuera tu casa. 5. Debemos respetar a los demás compañeros, como nos gustaría que nos tratasen a nosotros/

as. 6. Cuando queramos hablar o preguntar algo, levantaremos la mano y esperaremos el turno de

palabra. 7. Escucha a tus compañeros/as cuando hablen, lean,…. 8. No elevemos el tono de voz al hablar. Por chillar no tenemos más razón. 9. Cuida el material del Colegio, Biblioteca, Sala de Informática,…. Y los libros que usas a

diario, pues son tus mejores amigos. 10. Tienes la obligación de traer cada día el material necesario para trabajar en las actividades

propuestas por el/a profesor/a. 11. Realiza las actividades en los cuadernos de una manera limpia y ordenada, siguiendo las

normas establecidas para la presentación de cuadernos. 12. Sólo saldremos al servicio en caso de especial necesidad. Nos acordaremos de ir en los

recreos. 13. En el patio juega limpio, respetando las reglas. 14. Si ves que dos personas discuten o se pegan intenta mediar entre ellas. Avisa siempre en

estos casos al profesor/a que cuida el patio. 15. Iremos en silencio, sin correr y en fila por los pasillos. 16. Cuida el patio, es parte de la Naturaleza. 17. Tomaremos el almuerzo dentro de clase, después de habernos lavado en el aseo. 18. Cuando salgamos de excursión deberemos guardar las normas que nos digan los/as

profesores/as. 19. Respeta a los mayores, tienen mucho que enseñarte. 20. Todos debemos ser amigos de todos, aunque seamos de distintas raza, sexo o religión. 21. Cualquier ausencia a clase debe ser justificada de inmediato.

NORMAS DE CONVIVENCIA 5º Y 6º NIVEL

1. Haremos filas al entrar y salir de clase.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)2. Entre clases permaneceremos en nuestro sitio y prepararemos el material rápidamente para

no perder el tiempo. 3. Durante la clase debemos atender las explicaciones de los profesores y trabajaremos lo

mejor posible, en silencio, respetando la labor de los demás. 4. El respeto a los/as profesores/as es imprescindible. 5. Debemos respetar a los demás compañeros. Tratémosles como nos gustaría que nos tratasen

a nosotros. 6. Cuando queramos preguntar algo o intervenir, levantaremos la mano y esperaremos el turno

de palabra para poder entendernos. 7. No elevaremos el volumen de voz para hablar. Por gritar no tenemos más razón ni nos

entendemos mejor. 8. Cuidemos el material del Colegio, el de los demás y el nuestro propio. Aprendamos a valorar

el esfuerzo que cuesta conseguir las cosas. 9. Tenemos que conseguir una clase limpia y ordenada. El cuidado del Medio Ambiente

empieza por aquello que tenemos más cerca. 10. El colegio es ahora nuestro trabajo. Es por ello que debemos cumplir con nuestras

obligaciones lo mejor posible y para ello realizaremos todos los trabajos y actividades sin dejar nada pendiente. Todo hecho, limpio y ordenado.

11. Las personas mayores no necesitan salir continuamente al W.C. sólo saldremos en caso de especial necesidad. Nos acordaremos de ir en los recreos.

En resumen, todas estas normas básicas se basan principalmente en el respeto a uno mismo, a los demás y a las cosas. Si unimos ese respeto al trabajo diario, a la constancia y al esfuerzo por aprender, crearemos un clima favorable donde con la ilusión, alegría y compañerismo aprenderemos más y mejor.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)NORMAS GENERALES DE CONVIVENCIA Y FUNCIONAMIENTO DEL

CENTRO.

Objetivos

El objetivo fundamental de las normas de convivencia es el de garantizar un correcto desarrollo de las actividades educativas, el respeto de todos los miembros de la comunidad y el uso adecuado de las dependencias e instalaciones del Centro. Normativa no necesaria cuando toda la Comunidad Escolar considere al Colegio como un lugar perteneciente a todos, de trabajo, superación y colaboración positiva para alcanzar los fines deseados.

HORARIOS. ENTRADAS Y SALIDAS.

• El alumnado entrará en el recinto escolar a las horas establecidas por los lugares indicados. Permanecerán en el patio y formarán filas o grupos en el lugar designado, y pasarán a su aula ordenadamente, cuando el / la Tutor / a correspondiente lo indique y bajo su vigilancia. • Excepcionalmente los días de lluvia, el alumnado podrá incorporarse directamente al centro. Sólo se pasará a las aulas con el profesor o si así lo indica algún miembro del claustro de profesores. En este caso y hasta la hora de entrada los Tutores / as, las familias se encargarán de que se mantenga el orden. En este caso y hasta la hora de entrada los Tutores / as se encargarán de que se mantenga el orden. . Los/as alumnos/as de Educación Infantil harán las filas en el patio debajo de la zona techada hasta la hora de entrada. • Diez minutos después de las horas de entrada el personal auxiliar cerrará todas las puertas de acceso a los edificios. Desde ese momento la incorporación del alumnado al Centro se intentará hacer a las horas de cambio de actividad o durante el periodo de recreo, registrándose el retraso o ausencia en conserjería y aportando el justificante correspondiente, en el caso de que no lo presentara se le exigirá que lo haga en el plazo máximo de dos días. • Ningún alumno / a podrá permanecer en el patio, pasillos, lavabos, etc., tras la llamada del Tutor / a. • Ningún alumno / a podrá salir de la clase antes de las horas establecidas. • Como excepción podrán salir del aula antes de esas horas: - Siempre que sus padres / madres vengan al Centro a buscarles. • El Tutor / a o último profesor del día será el último en salir del aula, cuidando de que no quede ningún alumno / a, dejando todo el mobiliario y material ordenado, las luces apagadas, la PDI y ordenadores apagados y la puerta cerrada.

TIEMPO DE RECREO

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)• En tiempo de recreo, el alumnado sólo permanecerá en el aula en presencia del profesor / a y a instancia del mismo / a. • La vigilancia de los recreos, por parte del profesorado, es obligatoria y ha de cumplirse con la máxima puntualidad. El profesorado respetará los tiempos de recreo. Quedan prohibidos los juegos que supongan molestias y / o peligro para los demás, así como traer todo tipo de objetos agresivos: globos de agua, canutos, navajas,... y / o juguetes y aparatos electrónicos. El centro no se responsabiliza ni de pérdidas ni deterioro de este material. • No se entrará al edificio hasta la llamada y siguiendo las instrucciones dadas en los puntos 2 y 7 referencias a entradas y salidas. • Queda prohibido subirse en la valla, canastas, porterías, caseta, etc. No se podrán utilizar otras zonas para recreo o paso que las establecidas para ello. • Si surge algún problema en el tiempo de recreo, el alumnado se dirigirá al profesorado vigilante. • Al salir al patio el alumnado depositará los objetos desechables en las papeleras que se encuentren en las salidas. • El bocadillo se comerá, normalmente, en el aula. • En días de lluvia o cuando las condiciones meteorológicas sean adversas, el alumnado permanecerá en sus aulas durante el tiempo de recreo, siendo su Tutor / a responsable de mantener el orden en el aula. El alumnado podrá salir ordenadamente al lavabo y los / as tutores / as controlarán aula, pasillos y servicios junto con los especialistas correspondientes. • Cuando el alumnado de E. Infantil utilizase el mismo horario de recreo que el resto de los / as alumnos / as, dispondrán, en exclusiva, de la zona de patio que se les destine. El alumnado de cinco años podrá compartir patio, en caso necesario, con el alumnado del Primer Nivel de E. Primaria. El alumnado, los días de lluvia, permanecerá en el aula de psicomotricidad, la sala de usos múltiples, el porche trasero, sala althia, biblioteca, las aulas siempre con la presencia del tutor/a. • El alumnado que, por alguna circunstancia, salga más tarde al recreo se incorporará al grupo acompañado de su Tutor / a o profesor. Si no ha terminado de comer el bocadillo lo hará en el lugar que se le indique tranquilamente.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

PASILLOS

• Los pasillos son zonas de comunicación de unas dependencias con otras y no zonas de juego o de castigo. • Queda prohibido jugar y / o botar balones dentro de los edificios. • A la hora de la salida, el alumnado que espere a sus amigos o familiares, debe hacerlo en el patio y nunca en los pasillos o puertas de las aulas. • No se enviará al alumnado a los pasillos como medida sancionadora. • El alumnado no podrá salir a los pasillos en los cambios de clase.

LAVABOS

• El alumnado utilizará los servicios asignados para cada grupo, dándoles el uso debido. • Queda prohibido y será objeto de sanción, jugar, permanecer reunidos / as en ellos, esconderse, pintarlos, ... • Como norma general se prohíbe la salida continua al lavabo en horas de clase, salvo en casos de necesidad entendida y autorizada por el / la Tutor / a. El alumnado utilizará los lavabos antes y después del periodo de recreo. • En los casos de necesaria utilización para el desarrollo de ciertas actividades, el / la profesor / a controlará el orden en que se hagan y que los baños queden en orden y adecuado estado de limpieza.

AULAS

En ellas el alumnado ha de respetar en todo momento: • El saludo y la despedida. • Al profesorado, dirigiéndose a él / ella con respeto y atendiendo a sus explicaciones e indicaciones. • Al delegado de clase como representante de la comunidad del aula. • Levantar la mano para hablar en clase. No interrumpir a los demás. • Dirigirse a sus compañeros / as por su nombre. • No decir tacos o palabrotas. • No levantarse de su sitio mientras llega el profesor / a de la siguiente clase. • Al término de la jornada han de quedar las mesas, sillas y demás enseres en orden y en un normal estado de limpieza. • Respetar el material propio y ajeno.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)• Respetar a los compañeros / as, sus ideas políticas y religiosas, su forma de actuar, de jugar, etc., así como sus deseos de atender a las explicaciones y de realizar sus trabajos. • Respetar a todas las personas y especialmente a ( profesorado, cuidadores / as de comedor, monitores / as de actividades extraescolares y autobús, cocineras / os, ......).

MATERIAL

• Todo alumno / a está obligado a traer el material necesario para realizar las actividades. El no hacerlo, sin justificación válida, será considerado como falta. • Todo alumno / a que se beneficie de la gratuidad de materiales curriculares deberá tratarlos de manera adecuada. La pérdida o deterioro de los mismos conllevará el pago o reposición de dichos materiales o la pérdida de la gratuidad. Cuando se haga uso del préstamo de libros de la biblioteca y un libro se pierda o se rompa, se llevará a cabo el pago o reposición del mismo. • El alumnado está obligado a entregar en casa, en las debidas condiciones, cualquier hoja informativa que su tutor / a u otro profesor / a le entregue y si se le solicita la devolución firmada de este documento deberá hacerlo en el plazo que se estipule para ello. • Estará obligado/a a entregar inmediatamente al Tutor / a las notificaciones y / o justificantes que su padre / madre o tutor legal le entreguen para el Centro. • Estará obligado/a a devolver al Centro en las debidas condiciones, los boletines de información trimestral que el Tutor / a le entregue, salvo en E. Infantil. • Todo alumno/a deberá colaborar con la cantidad que le corresponda, en la adquisición del material necesario para realizar trabajos en grupo.

CLASE DE EDUCACIÓN FÍSICA

Por su carácter específico las clases de educación física se atendrán a las siguientes normas: • El / la profesor / a de E. Física recogerá a los alumnos / as en su aula y al finalizar la clase los llevará a la misma, responsabilizándose del mantenimiento del orden debido a fin de no ocasionar molestias al resto de las clases. • El controlará al alumnado en el lugar donde se realice la clase ( gimnasio, patio, pistas, ..), no permitiendo que vaguen por pasillos, lavabos, ... • Terminada la clase, el material ha de quedar correctamente ordenado. • El profesor / a acompañará al principio y al final de la clase al alumnado hasta los servicios/ vestuarios donde cuidará el orden.

OTRAS DEPENDENCIAS

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)En los casos en que las clases se desarrollen en otras dependencias ajenas al aula correspondiente: biblioteca, sala de usos múltiples, aula de informática,...se seguirán las normas específicas para las clases de E. Física en los puntos 1, 2 y 3.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)AUSENCIAS DEL ALUMNADO

Entendidas como enfermedad, consulta médica o razones familiares que imposibiliten la asistencia a clase, se seguirán las siguientes normas: • Los padres / madres están obligados a informar al Centro por escrito o telefónicamente, con la mayor brevedad posible de la ausencia de su hijo / a, así como de las razones de aquellas. • Si la causa, le imposibilitara asistir a clase parte de la jornada, deberá traer escrito firmado justificativo del motivo del retraso. • Todo Tutor / a será responsable del control de la ausencia de sus alumnos / as, recogiéndolas en el parte de faltas como justificadas / no justificadas, debiendo además dar el parte antes del día cinco del mes siguiente a la Jefatura de Estudios.

SALIDAS DEL CENTRO: CASOS DE ENFERMEDAD MANIFIESTA EN EL

AULA.

El / la profesor / a que imparta clase al alumno que se encuentre mal, lo comunicará a la familia para que vengan al Colegio a recogerlo / a. Igualmente informará al Tutor / a del mismo. La familia deberá facilitar al menos un teléfono que siempre esté operativo.

SALIDAS DEL CENTRO: PROTOCOLO DE ACCIDENTES

Si no reviste gravedad, se llamará a la familia, como en el caso de enfermedad.

• Si se considera necesaria la atención médica se seguirá el siguiente proceso:

1.- Atender al alumnado inmediatamente, solicitando la ayuda necesaria para poder atender al resto del alumnado, sea este de comedor, de aula matinal, de extracurricular o escolar en horario lectivo habitual. Recordando el deber inexcusable de atender a la víctima. Toda persona está obligada atender a un accidentado, sea cual sea su relación o situación.

2.- La conserje buscará el teléfono de la familia. Comunicar el hecho a la familia, empleando los teléfonos facilitados al centro, llamando al menos al fijo y al móvil del tutor/a legal.

3.- La conserje buscará la ficha rosa del alumno/a, o la ficha verde de negación de datos al centro.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

4.-Insistir en la comunicación a la familia cuando el menor precise asistencia médica urgente.

5.- Cuando no se pueda localizar a la familia, llamar al 112 para que acudan los servicios sanitarios al centro y trasladen al menor al centro médico correspondiente.

6.- En ausencia de familiares responsables del menor acompañarán a este dos miembros del centro: Tutor/a (en ausencia un profesor que imparta docencia con el grupo del menor) y 1 miembro del equipo directivo, a determinar en función de la disponibilidad y el acuerdo interno de los mismos.

7.- El equipo directivo nombrará las sustituciones necesarias para que los grupos queden atendidos.

8.- Si el hecho ocurre en horario no lectivo, con la ausencia de los miembros del equipo directivo, acompañará al menor su cuidadora, quedando el resto a cargo del personal de comedor según se acuerde en ese momento, repartidos de forma que sea fácil el control de los mismos.

9.- Si el hecho ocurre en horario no lectivo, dentro de las actividades de tarde, el profesor de actividades extracurriculares será el acompañante; el resto de los menores quedarán a cargo del personal de guardería del AMPA.

10.- Si no acuden los servicios del 112 se solicitará un servicio de taxi con silla para menores. El menor será acompañado de igual manera. Se avisará al centro médico informando de la urgencia para preparar al personal correspondiente.

11.-El personal acompañante solicitará un justificante de asistencia para entregar en el centro y justificar la ausencia o los gastos derivados.

12.- El pago del servicio de taxi corresponde: al centro Incidencias del servicio.

13.- El equipo directivo y el personal que presenció los hechos cubrirán el parte de accidente correspondiente. El parte se remite a delegación y se informa a la familia de sus derechos al respecto.

14.-El tutor/a realizará el seguimiento telefónico del caso, desde el teléfono del centro.

15.- El Equipo directivo tramitará la posible reclamación de la familia por daños y perjuicios.

Las circunstancias especiales están sujetas a protocolos individuales, conocido por todo el profesorado.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

PROCEDIMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN Y

RESPONSABLES DE SU APLICACIÓN. (NCOF DEL AULA)

- Las normas de convivencia, organización y funcionamiento del aula se establecerán en el mes de septiembre en cada uno de los grupos de referencia.

- Para su elaboración el profesorado dedicará al menos una sesión a esta labor.

- El tutor o profesor tendrá presente las normas establecidas en el centro, tanto las directrices recogidas en este documento a nivel de centro y aula, como las particularidades consideradas como necesarias por cada uno de los Niveles y recogidas en las actas de los mismos y en las sesiones de Claustro.

- El profesorado establecerá una dinámica en la que el alumnado manifestará su opinión en un clima de respeto, en relación a la contextualización de las normas a las particularidades del grupo.

- El grado de participación activa del alumnado en la adecuación de las normas del aula se ajustará a su nivel de desarrollo ético evolutivo.

- Una vez recogidas las opiniones se verá si estas hacen referencia a todos los elementos básicos y criterios establecidos en el apartado C. de este documento.

- Se consensuará entre todos la redacción de las normas, teniendo en cuenta que es mejor formular como enunciados positivos.

- Se plasmarán las normas de manera GRÁFICA, acompañando al texto gráficos y dibujos al menos en Educación infantil y Primer Nivel de Educación Primaria y siempre que algún alumno así lo necesite.

- Se colocarán en un lugar visible y accesible para su consulta tanto por parte de los profesores/as como de los propios alumnos/as.

- El cumplimiento de las normas de convivencia, organización y funcionamiento favorece el desarrollo del proceso educativo.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA

COMUNIDAD EDUCATIVA

PROFESORADO LOE / LOMCE. este aspecto se revisará en el curso

2014-2015

Cada grupo de alumnos / as estará a cargo de un tutor / a. Competencias: (Art. 46 del R.D. de 26 / 01 / 96 ) y las modificaciones de la LOE (art 21) Art. 21 LOE , anexos los correspondientes del RD 96 y Otros.

COMPETENCIAS

1. Programar la enseñanza de las áreas, materias y módulos que tengan encomendados. 2. Atender a las dificultades de aprendizaje del alumnado, para proceder a la adecuación

personal del currículo. 3. Evaluar el proceso de aprendizaje del alumnado, así como evaluar los procesos de

enseñanza. 4. Coordinar el proceso de evaluación del alumnado de su grupo y adoptar la decisión que

proceda a cerca de la promoción del alumnado de un Nivel a otro, previa audiencia de sus padres o tutores legales, y teniendo en cuenta el criterio del Equipo de Orientación.

5. Responsabilizarse de: la tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias y con los servicios o departamentos especializados.

6. En nuestro centro:- Desarrollar en la sesión destinada de los martes la atención a la tutoría de su grupo.

7. Facilitar la cooperación educativa entre los maestros y los padres de los alumnos / as. 8. Participar en el desarrollo del Plan de Acción Tutorial y en las actividades de Orientación,

bajo la coordinación del Jefe /a de Estudios. Para ello podrán contar con la colaboración de la Unidad de Orientación y Apoyo.

9. La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado. Colaborar con la Unidad de Orientación en los términos en que establezca la Jefatura de Estudios.

10. Encauzar los problemas e inquietudes del alumnado. 11. Coordinar y promocionar la participación en las actividades complementarias, dentro o

fuera del recinto educativo, programadas por el centro. 12. Facilitar la integración del alumnado en el grupo y fomentar su participación en las

actividades del Centro.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)13. La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, de

tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en los alumnos los valores de la ciudadanía democrática.

14. Atender y cuidar, junto con el resto de profesorado del Centro, al alumnado en los periodos de recreo y en otras actividades no lectivas.

15. La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo.

16. Informar a los padres, maestros / as y alumnado del grupo de todo aquello que les concierna en relación con las actividades docentes y el rendimiento académico.

17. Orientar y asesorar al alumnado sobre sus posibilidades educativas. 18. La participación en la actividad general del centro. 19. La coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección que les sean

encomendadas. 20. La participación en los planes de evaluación que determinen las Administraciones educativas

o los propios centros. 21. La investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de enseñanza

correspondiente. 22. El profesorado se responsabilizará en todo momento de su función docente y educativa, que

procurará cumplir digna y eficazmente a fin de favorecer la formación integral del alumnado, mediante el cumplimiento de la normativa del Documento de Régimen Interior, respeto a los acuerdos y espíritu de colaboración y armonía entre sus miembros y el resto de las personas que conforman la Comunidad Educativa.

23. Desarrollar sus actividades de acuerdo con la Programación Anual del Centro, aprobada por el Consejo Escolar, que implica una coordinación y metodología específica, así como una evaluación continua del rendimiento del alumnado.

24. Asumir la tutoría de sus alumnos / as para dirigir su educación, ayudarles a superar las dificultades, tanto de tipo académico, personal o familiar, así como la orientación y asesoramiento vocacional.

25. Flexibilidad y autonomía para impartir la docencia de acuerdo con su propia personalidad, siempre dentro de una estrecha colaboración y respeto a los acuerdos y normativas.

26. Cooperar y participar en las actividades educativas y de orientación, aportando el resultado de sus observaciones sobre hábitos, conductas y condicionamientos intelectuales y familiares del alumnado.

Los profesores realizarán las funciones expresadas en el apartado anterior bajo el principio de colaboración y trabajo en equipo.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)El profesorado entregará a comienzo de curso las normas del aula y las normas de presentación de cuadernos y trabajos. Estas normas seguirán los acuerdos de nivel, interniveles y serán firmadas por las familias.

Para garantizar el mejor funcionamiento del centro, el profesorado de nueva incorporación al centro será objeto de un seguimiento especial con la Jefatura de Estudios, manteniendo reuniones de coordinación y poniendo a disposición de la misma las programaciones correspondientes y el material de aula que estime necesario.

El profesorado responsable de la coordinación será elegido entre el profesorado definitivo del centro, con carácter preferente.

HORARIO:

Dentro del horario complementario, se fijarán día y hora dedicado a las entrevistas con los padres. De este horario tendrán conocimiento por escrito los padres del alumnado. Sin perjuicio de lo anterior, el Jefe/a de Estudios y el Orientador/a se reunirán periódicamente con los Tutores.

DERECHOS

Los contemplados en la normativa vigente. De forma expresa queremos recoger estos: a) Libertad de cátedra, ateniéndose en todo caso a lo establecido en el Proyecto Educativo del Centro. b) Expresar libremente su opinión, cuidando su expresión. c) Participar en la gestión del centro personalmente o a través de sus representantes. d) Asistir con voz y voto a las reuniones del Claustro de Profesores, Consejo Escolar, etc. e) Guiar, bajo su responsabilidad, la educación de sus alumnos/as en la parte del Proyecto educativo del centro que sea de su competencia. f) Que se respeten sus convicciones cívicas, morales y religiosas, siempre que las mismas no interfieran en el funcionamiento del centro. g) Ser elegible y elector en los procesos de elección de cargos directivos y representativos, sin otras limitaciones que las que procedan de la normativa vigente. h) Recibir de sus compañeros del Consejo Escolar información sobre los temas tratados y las decisiones adoptadas.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

DEBERES

Los contemplados en la normativa vigente, concretando: a) Llevar a cabo las tareas inherentes a su labor docente enumeradas a continuación:

• La programación y la enseñanza de las áreas, y responsabilidades que tengan encomendadas. • La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los procesos

de enseñanza. • La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su

proceso educativo, en colaboración con las familias. • La orientación educativa y académica de los alumnos, en colaboración con la unidad de

orientación. • La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotor, social y moral del alumnado, de

acuerdo con el Proyecto educativo del centro y las normas de rango superior. • La promoción, organización y participación en las actividades complementarias programadas

por los centros. • La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, de

tolerancia, de igualdad, de participación y de libertad para fomentar en los alumnos los valores de la ciudadanía democrática.

• La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo.

• La coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección que les sean encomendadas.

• La participación y colaboración eficaz en la actividad general del centro. • La participación en los planes de evaluación que determinen las Administraciones educativas o

los propios centros. • La investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de enseñanza

correspondiente. • La adecuación de los conocimientos y métodos a la evolución de las ciencias y de las didácticas

específicas, así como todos aquellos aspectos de coordinación, orientación, tutoría, atención educativa a la diversidad y organización encaminados a mejorar la calidad de la enseñanza y el funcionamiento del centro.

b) Asistir al centro de trabajo de manera regular, haciéndolo con puntualidad, salvo enfermedad o causa mayor. En ambos casos, será preceptiva la comunicación efectiva y la justificación oportuna establecida por el Director/a y/o Jefatura de Estudios u Órgano de competencia superior. c) Permanecer en el centro durante la jornada escolar completa, aun cuando no tuviese atención directa con los alumnos/as, salvo que tuviera permiso concedido por órgano competente. d) Mantener periódicamente reuniones de coordinación con el Equipo docente.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)e) Asistir puntualmente y participar activamente en las reuniones del Equipo de Nivel asignado o del grupo de trabajo constituido. f) Sustituir a sus compañeros/as ausentes siguiendo, para ello, los criterios establecidos en el apartado correspondiente de estas mismas Normas. g) Atender y cuidar al alumnado en los tiempos de recreo, entradas, salidas, actividades complementarias, etc., siguiendo para ello los criterios establecidos en el apartado correspondiente de estas normas, así como en las instrucciones recogidas en la Programación General Anual y/o dictadas por el Equipo directivo. El profesorado del centro debe someterse al reglamento disciplinario de la función pública. El personal de comedor deberá cumplir con las normas del centro.

1) Seguimiento de verano: A comienzo de curso los profesores deberán recoger el material recomendado para las vacaciones y los primeros días analizar el trabajo del alumno. Todo esto dentro de las medidas de valoración inicial del alumnado y seguimiento del proceso enseñanza-aprendizaje.

PERMISOS, AUSENCIAS, SUSTITUCIONES.

Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública (B.O.E. de 3 de agosto de 1984), en su artículo 30 y modificada por la Ley 53 / 2002, de 30 de diciembre, “Ley de acompañamiento”.

La ley 7/2007 de 12 abril EBEP

PERMISOS.

Se concederán permisos por las siguientes causas justificadas:

Por el nacimiento, acogimiento, adopción de un hijo / a y la muerte o enfermedad grave de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, para el primer grado de consanguinidad / afinidad, tres días hábiles cuando el suceso ocurre en la misma localidad, y cinco días hábiles cuando sea en distinta localidad de la de residencia y para el segundo grado dos días hábiles en la misma localidad y cuatro días hábiles en distinta localidad.

Traslado de domicilio, sin cambio de residencia, un día, con cambio de residencia, los días necesarios.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

Para realizar funciones sindicales, de formación sindical o representación de personal, en los términos que se determine reglamentariamente.

Para asistir a cursos de perfeccionamiento, siete días.

Para concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud y evaluación en Centros oficiales, durante los días de celebración.

El funcionario con un hijo / a menor de nueve meses tendrá derecho a una hora diaria de ausencia de su trabajo. Este periodo de tiempo podrá dividirse en dos fracciones de media hora al inicio y al final de la jornada o en una hora al inicio o al final de la jornada o acumularse en un periodo continuado.

Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de seis años o un disminuido psíquico o físico que no desempeñe actividad retribuida, tendrá derecho a una disminución de jornada de trabajo de un tercio o un medio, con la deducción proporcional de sus retribuciones.

Podrán concederse permisos por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal.

La funcionaria embarazada podrá ausentarse del centro el tiempo necesario para la realización de exámenes y técnicas de preparación al parto.

PROCEDIMIENTO A SEGUIR:

Las bajas por enfermedad de cuatro días en adelante y permisos oficiales (asuntos propios, licencias, etc.), se tramitarán ante la Delegación Provincial según la normativa vigente que los regula. En cualquier caso ha de ser comunicado al Director/a del Centro con la mayor brevedad posible a fin de organizar las sustituciones.

El resto de permisos se solicitarán a la dirección del Centro según el siguiente procedimiento:

Solicitud por escrito con una antelación al menos de una semana en los casos que pueda preverse. En casos urgentes o inesperados, ha de comunicarse con la mayor brevedad posible, telefónicamente, a través de un compañero, familiar, etc.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)Siempre que exista posibilidad, ha de justificarse ante el Director mediante certificado expedido por las personas u organismos competentes. Si no fuera posible por alguna causa, se justificará mediante los impresos oficiales del Centro. El justificante de faltas de asistencia en horas de docencia no impartidas, se entregará en Dirección el mismo día de incorporación del profesor / a. Ante cualquier falta o retraso injustificado, a juicio del Jefe / a de Estudios, el Director / a comunicará por escrito al profesor / a correspondiente que pone este hecho en conocimiento del Delegado / a Provincial para los efectos oportunos. Ambos comunicados se realizarán en el plazo máximo de tres días.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

SUSTITUCIONES EN CASO DE PERMISOS O AUSENCIAS.

Las sustituciones en caso de ausencia al Centro, se realizarán en igualdad de condiciones por todo el profesorado que a continuación se especifica, en el que se tiene en cuenta la situación de cada profesor / a en ese momento. A igualdad de situaciones sustituirá el que contabilice menor porcentaje de sustituciones.

Se seguirá la siguiente prioridad: Profesores de apoyo a grupos con participación o ayuda de los tutores. Profesores/as en sus horarios específicos de: - Responsable del (Plan Lector, Formación, Salud, Ambiente, Althia, Riesgos Laborales, Gratuidad,..) • Coordinadores de Nivel y otros. • Equipo directivo en horario dedicado a sus funciones específicas. • Profesorado de Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje. (El alumnado permanecerá en sus tutorías).

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)ALUMNAD0

En la consecución de fines educativos que se propone este Colegio de Educación Infantil y Primaria, está implicado el alumnado con una serie de derechos que han de ser respetados, y unas obligaciones que han de cumplir, para hacer posible el necesario ambiente de buena convivencia y eficaz rendimiento.

DERECHOS adecuar lo que corresponda a LOMCE curso 2014-2015

LOE Modifica LODE “3. El artículo 6 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, queda redactado de la siguiente manera:

«1. Todos los alumnos tienen los mismos derechos y deberes, sin más distinciones que las derivadas de su edad y del nivel que estén cursando.

2. Todos los alumnos tienen el derecho y el deber de conocer la Constitución Española y el respectivo Estatuto de Autonomía, con el fin de formarse en los valores y principios reconocidos en ellos.

3. Se reconocen a los alumnos los siguientes derechos básicos:

a) A recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad.

b) A que se respeten su identidad, integridad y dignidad personales.

c) A que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad.

d) A recibir orientación educativa y profesional.

e) A que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas y sus convicciones morales, de acuerdo con la Constitución.

f) A la protección contra toda agresión física o moral.

g) A participar en el funcionamiento y en la vida del centro, de conformidad con lo dispuesto en las normas vigentes. El alumnado del tercer Nivel de educación primaria, a través de la junta de delegados, podrá realizar propuestas al Equipo directivo para ser trasladadas, si procede, al Consejo Escolar de Centro y de

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)Localidad, en lo relativo a los temas de convivencia, actividades complementarias y extracurriculares, así como en otros asuntos que se determinen y que afecten a todo alumnado. A participar en calidad de voluntarios en las comisiones que puedan crearse con motivo de la implantación de planes o proyectos. h) A recibir las ayudas y los apoyos precisos para compensar las carencias y desventajas de tipo personal, familiar, económico, social y cultural, especialmente en el caso de presentar necesidades educativas especiales, que impidan o dificulten el acceso y la permanencia en el sistema educativo.

i) A la protección social, en el ámbito educativo, en los casos de infortunio familiar o accidente.

Real Decreto 732/95, de 5 de mayo ( B.O.E. de 2 / 06/1995 ) 1. Todos los alumnos / as tienen los mismos derechos y deberes, sin más distinciones que las derivadas de su edad y del nivel que están cursando. 2. Todos los alumnos / as tienen el derecho y el deber de conocer la Constitución Española y el correspondiente Estatuto de Autonomía, con el fin de formarse en los valores y principios reconocidos en ellos y en los Tratados y Acuerdos Internacionales de Derechos Humanos ratificados por España. 3. Todos los miembros de la Comunidad Educativa están obligados al respeto de los derechos que se establecen la normativa vigente. 4. El ejercicio de sus derechos, por parte del alumnado, implicará el reconocimiento y respeto de los derechos de todos los miembros de la Comunidad Educativa. 5. Derecho a que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas y sus convicciones morales, de acuerdo con la Constitución. 6. Derecho a que se respeten su integridad y dignidad personales. 7. Derecho a la protección contra toda agresión física o moral. 8. Derecho a participar en el funcionamiento y en la vida del centro, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente. 9. Derecho a recibir las ayudas y los apoyos precisos para compensar las carencias y desventajas de tipo personal, familiar, económico, social y cultural, especialmente en el caso de presentar necesidades educativas especiales que impidan o dificulten el acceso y la permanencia en el sistema educativo. 10. Derecho a la protección social, en el ámbito educativo, en los casos de infortunio familiar o accidente. 11. Los / as alumnos / as tienen derecho a recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad. 12. El pleno desarrollo de la personalidad del alumnado exige una jornada de trabajo escolar acomodada a su edad y una planificación equilibrada de sus actividades de estudio.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)13. En el marco del Título V de la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo, sobre compensación de desigualdades, todos / as los / as alumnos / as tienen derecho a las mismas oportunidades de acceso a los distintos niveles de enseñanza. 14. La igualdad de oportunidades se promoverá mediante:

• La no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica, nivel social, convicciones políticas, morales o religiosas, así como por discapacidades físicas, sensoriales y psíquicas, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

• El establecimiento de medidas compensatorias que garanticen la igualdad real y efectiva de oportunidades.

• La realización de políticas educativas de integración y de educación especial.

15. Los Centros desarrollarán las iniciativas que eviten la discriminación de los /as alumnos /as, pondrán especial atención en el respeto de las normas de convivencia y establecerán planes de acción positiva para garantizar la plena integración de todo el alumnado del Centro. 16. Los /as alumnos /as tienen derecho a que su rendimiento escolar sea evaluado con plena objetividad. 17. Con el fin de garantizar el derecho a la evaluación con criterios objetivos, los Centros deberán hacer públicos los criterios generales que se van a aplicar para la evaluación de los aprendizajes y la promoción de los /as alumnos /as. 18. A fin de garantizar la función que ha de tener la evaluación y lograr una eficacia del proceso de aprendizaje de los alumnos /as, los /las Tutores / as mantendrán una comunicación fluida con el alumnado y sus familias en lo relativo a las valoraciones sobre el aprovechamiento académico de los /as alumnos /as y la marcha de su proceso de aprendizaje, así como de las decisiones que se adopten como resultado de dicho proceso. 19. El alumnado o sus padres o tutores podrán reclamar contra las decisiones y calificaciones que, como resultado del proceso de evaluación, se adopten al finalizar un curso o Nivel. Dicha reclamación deberá basarse en la inadecuación de las pruebas propuestas al alumno /a en relación con los objetivos y contenidos de las áreas o materias sometidas a evaluación y con el nivel previsto en la programación, o en la incorrecta aplicación de los criterios de evaluación establecidos. 20. La administración educativa establecerá el procedimiento para la formulación y tramitación de las reclamaciones contra las calificaciones y decisiones que, como consecuencia del proceso de evaluación, se adopten al final de un Nivel o curso. 21. Todos los /as alumnos /as tienen derecho a recibir orientación escolar para conseguir el máximo desarrollo personal, social, según sus capacidades, aspiraciones o intereses. 22. De manera especial, se cuidará la orientación escolar del alumnado con discapacidad física, sensorial y psíquica, o con carencias sociales o culturales.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)23. Para hacer efectivo el derecho de los /as alumnos /as a la orientación escolar, los Centros recibirán los recursos y el apoyo necesario de la Comunidad Educativa, que podrá promover a tal fin la cooperación con otras Administraciones e Instituciones. 24. Todo el alumnado tiene derecho a que su actividad académica se desarrolle en las debidas condiciones de seguridad e higiene. 25. El alumnado tiene derecho a que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas, morales o ideológicas, así como su intimidad en lo que respecta a tales creencias o convicciones. 26. En el marco de lo establecido en la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación y la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo, el derecho a que se refiere el apartado anterior se garantiza mediante:

• La información, antes de formalizar la matrícula, sobre el Proyecto Educativo o sobre el carácter propio del Centro.

• El fomento de la capacidad y actitud crítica del alumnado que posibilite a los mismos la realización de opciones de conciencia en libertad.

• La elección por parte del alumnado o de sus padres o tutores, si aquellos son menores de edad, de la formación religiosa o moral que resulte acorde con sus creencias o convicciones, sin que de esta elección pueda derivarse discriminación alguna.

27. Todos /as los /as alumnos /as tienen derecho a que se respete su integridad física y moral y su dignidad personal, no pudiendo ser objeto, en ningún caso, de tratos vejatorios o degradantes. 28. Los Centros Docentes estarán obligados a guardar reserva sobre toda aquella información de que dispongan a cerca de las circunstancias personales y familiares del alumno / a. No obstante los Centros comunicarán a la autoridad competente las circunstancias que puedan implicar malos tratos para el alumno /a o cualquier otro incumplimiento de los deberes establecidos por las leyes de protección de los menores. 29. Los/ as alumnos /a s tienen derecho a participar en el funcionamiento y en la vida de los Centros, en la actividad escolar y en la gestión de los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica Reguladora del Derecho a la Educación y en los respectivos documentos orgánicos. 30. Los /as alumnos /as tienen derecho a manifestar su discrepancia respecto a las decisiones educativas que les afecten. Cuando la discrepancia revista carácter colectivo, la misma será canalizada a través de los representantes de los / as alumnos /as al Tutor / a, Jefe /a de Estudios, Director / a, Consejo Escolar. 31. En los términos previstos en el artículo 8 de la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación, el alumnado podrá reunirse en sus Centros Docentes para realizar actividades de carácter escolar o extraescolar que formen parte del Proyecto Educativo del Centro, así como para aquellas otras a las que pueda atribuirse una finalidad educativa o formativa, siempre bajo la vigilancia de un adulto responsable. 32. Los /as alumnos /as tienen derecho a utilizar las instalaciones de los Centros con las limitaciones derivadas de la programación de actividades escolares y extraescolares y con las

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)precauciones necesarias en relación con la seguridad de las personas, la adecuada conservación de los recursos y el correcto destino de los mismos, siempre bajo la vigilancia de un adulto responsable. 33. Los /as alumnos /a s tienen derecho a participar, en calidad de voluntarios, en las actividades de los Centros Docentes. 34. Los /as alumnos /as tienen derecho a percibir las ayudas precisas para compensar posibles carencias de tipo familiar, económico y sociocultural, de forma que se promueva su derecho de acceso a los distintos niveles educativos. 35. La Administración educativa garantizará este derecho mediante una política de becas y los servicios de apoyo adecuados a Las necesidades del alumnado. 36. El alumnado forzado a un traslado obligatorio del lugar de residencia habitual recibirán así mismo especial atención. 37. Los Centros Docentes mantendrán relaciones con otros servicios públicos y comunitarios para atender las necesidades de todos los / as alumnos /as y especialmente de los desfavorecidos sociocultural y económicamente. 38. En las condiciones económicas y académicas que se establezcan, el alumnado que padezca infortunio familiar tendrá la protección social oportuna para que aquel no determine la imposibilidad de continuar y finalizar los estudios que se encuentren cursando. 39. La protección social a que se refiere el apartado anterior comprenderá el establecimiento de un adecuado régimen de becas y, en su caso, la adjudicación de plazas en residencias de estudiantes. 40. En función de las disponibilidades presupuestarias, los poderes públicos promoverán la concesión de ayudas a familias que acojan alumnado acreedor de protección social. 41. En casos de accidente o enfermedad prolongada, el alumnado tendrá derecho a la ayuda precisa, ya sea a través de la orientación requerida, material didáctico y las ayudas necesarias, para que el accidente o enfermedad no suponga detrimento de su rendimiento escolar. 42. Cuando no se respeten los derechos del alumnado, o cuando cualquier miembro de la Comunidad Educativa impida el efectivo ejercicio de dichos derechos, el órgano competente del Centro adoptará las medidas que procedan conforme a lo dispuesto en la legislación vigente, previa audiencia de los interesados y consulta, en su caso, al Consejo Escolar del Centro.

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DEBERES

Además de lo contemplado en la normativa vigente, el alumnado de este centro tendrá el deber de: LOE Modifica LODE 4. Son deberes básicos de los alumnos:

a) Estudiar y esforzarse para conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades.

b) Participar en las actividades formativas y, especialmente, en las escolares y complementarias.

c) Seguir las directrices del profesorado.

d) Asistir a clase con puntualidad.

e) Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en el centro, respetando el derecho de sus compañeros a la educación y la autoridad y orientaciones del profesorado.

f) Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales, y la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.

g) Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro educativo, y

h) Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones del centro y materiales didácticos.»

Están regulados por el Real Decreto 732/95, de 5 de mayo ( B.O.E. de 2 / 06 / 1995 )

1. El estudio constituye un deber básico del alumnado y se concreta en las siguientes obligaciones:

• Asistir a clase con puntualidad. • Cumplir y respetar los horarios aprobados para el desarrollo de las actividades del Centro. • Seguir las orientaciones del profesorado respecto de su aprendizaje y mostrarle el debido

respeto y consideración. • Participar en las actividades formativas y, especialmente, en las orientadas al desarrollo de

los currículos. • Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un

adecuado clima de estudio en el centro, respetando el derecho de sus compañeros a la educación.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)2. El alumnado debe respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales, así como la dignidad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa. 3. Debe respetar la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa. 4. Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro educativo. 5. Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones del centro y materiales didácticos, respetando las pertenencias de los otros miembros de la comunidad educativa. 6. Constituye un deber del alumnado la no discriminación de ningún miembro de la comunidad educativa por razón de nacimiento, raza, sexo o por cualquier otra circunstancia personal o social. 7. El alumnado debe respetar el Proyecto Educativo y el carácter propio del Centro, de acuerdo con la legislación vigente. 8. El alumnado tiene el deber de participar en la vida y funcionamiento del Centro. 9. Deberá asistir al Centro con el decoro adecuado.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

ORGANIZACIÓN DEL ALUMNADO

Los alumnos estarán distribuidos por cursos, cada uno de ellos a partir del tercer Nivel de primaria elegirá, por periodos, un delegado/a. La representación del curso se hará a través de los delegados/as. Cada clase elegirá un delegado y un subdelegado mediante voto secreto, previa presentación de candidatos con una semana de antelación a la celebración de las elecciones. Los tutores velarán por el adecuado proceso de información, formación y elección. Las elecciones se celebrarán, siempre que sea posible, en la misma semana en todos los cursos (a comienzos de octubre). El candidato que obtenga el mayor número de votos será nombrado por el Jefe de Estudios delegado de curso y el siguiente alumno en la votación como subdelegado. En caso de ausencia del delegado asumirá sus funciones el subdelegado. Serán funciones del delegado de curso las descritas en el apartado correspondiente –asignación de responsabilidades: elección de delegado y otros responsables- de estas mismas Normas. Un alumno/a de quinto y otro de sexto de primaria serán elegidos para representar a sus compañeros ante el Consejo Escolar Local y de centro. Serán elegidos por la junta de delegados de alumnos, de entre sus miembros.

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FALTAS DEL ALUMNADO

Tendrán consideración de "faltas" en el centro, además de lo contemplado en la normativa vigente, cualquier incumplimiento de las normas y deberes previstos en las presentes Normas de organización y funcionamiento. Para graduar las "faltas" tendremos en cuenta la situación y condiciones personales del alumno así como las siguientes particularidades:

LEVES

En general tendrán este carácter todas las conductas contrarias a la convivencia en el Centro, entre ellas: Las faltas injustificadas de puntualidad. Las faltas injustificadas de asistencia a clase. El deterioro intencionado, de carácter leve, de dependencias y material del centro, así como el material de otros miembros de la comunidad educativa. Actos injustificados que perturben levemente el normal desarrollo de las actividades del centro. Los actos leves de indisciplina u ofensas contra los miembros de la comunidad educativa. La agresión leve contra algún miembro de la Comunidad educativa, etc.

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GRAVES

En general tendrán este carácter las conductas que perjudiquen gravemente la convivencia en el Centro, entre ellas: Los actos graves de indisciplina u ofensas contra otros miembros de la comunidad educativa. La agresión grave contra algún miembro de la Comunidad Educativa. La falsificación, sustracción de documentos o suplantación del padre o la madre. La reiteración sistemática de faltas leves. Se considerará reiteración cuando se refiere a la misma categoría de falta. El deterioro intencionado, de carácter grave, de dependencias y material del centro, así como del material de otros miembros de la comunidad educativa. Las faltas, cualquiera que sea su tipificación si concurren las circunstancias de colectividad y/o publicidad, a otros miembros de la comunidad educativa, a actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal propia y/o de los demás, etc. Las amenazas, hacia cualquier miembro de la comunidad, a través de diversos medios: oral, escrito, Internet,…

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS

En cuanto a las sanciones y responsabilidad, a la hora de tomar las decisiones y procedimientos a seguir, éstas se ajustarán a lo dispuesto en la normativa vigente. Cada profesor/a o tutor/a pondrá la sanción correspondiente ante una falta de rango menor; siempre informando a los padres de forma oral, a través de la agenda o a través de la Delphos Papás.

Para contribuir a la mejor educación del alumno, al cuidado de la imagen del profesor y al respeto que la ley de autoridad y la sociedad le reconoce, la familia se dirigirá con el debido respeto y consideración al profesor/a que realice una información oral, anotación en la agenda o en Delphos relativas al incumplimiento de norma del centro. De no ser así se estará a lo dispuesto en la normativa vigente.

En relación a las tareas a realizar fuera del aula, todo profesor informará a la familia del incumplimiento de las mismas, no siendo necesario que se justifique ante el profesor ya que esta comunicación solo pretende tenerle informado de lo ocurrido.

En todo caso, cuando una familia necesite poner en conocimiento su discrepancia con alguna medida solicitará cita para audiencia, siguiendo el protocolo establecido.

En caso de faltas graves, es la dirección quien, de motu propio, previa información a los padres de los hechos informará por escrito según el protocolo que se recoge en este documento.

La dirección podrá reunir a la Comisión de Convivencia para consultar la decisión a tomar y será periódicamente informada en relación a las dificultades importantes de disciplina y las medidas tomadas.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

ORGANIZACIÓN INTERNA DEL ALUMNADO

Ver Criterios de organización de los grupos . LOE modificar en su día LOMCE 5. Al artículo 8 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, se le añade un nuevo párrafo con la siguiente redacción:

«A fin de estimular el ejercicio efectivo de la participación de los alumnos en los centros educativos y facilitar su derecho de reunión, los centros educativos establecerán, al elaborar sus normas de organización y funcionamiento, las condiciones en las que sus alumnos pueden ejercer este derecho. En los términos que establezcan las Administraciones educativas, las decisiones colectivas que adopten los alumnos, a partir del tercer curso de la educación secundaria obligatoria, con respecto a la asistencia a clase no tendrán la consideración de faltas de conducta ni serán objeto de sanción, cuando éstas hayan sido resultado del ejercicio del derecho de reunión y sean comunicadas previamente a la dirección del centro.»

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

REPRESENTACIÓN Y PARTICIPACIÓN DEL ALUMNADO

La participación de los /as alumnos /as en su grupo, curso, Nivel y Centro, se efectuará de conformidad con lo establecido en la normativa vigente, que tendrá efectividad a través de :

DELEGADOS/AS

Será elegido democráticamente en el seno de cada aula de E. Primaria, un /a alumno/ a delegado / a y un subdelegado / a que realizará sus funciones en ausencia de éste durante el periodo que el Tutor determine. Funciones: 1. Cuidar del orden de la clase en ausencia del Tutor / a, tanto dentro como fuera del aula. 2. Anotar en cada sesión las faltas de asistencia y puntualidad del alumnado. 3. Coordinar la organización interna de la clase, incluida la limpieza, así como la vigilancia del orden en las entradas y salidas. 4. Representar a la clase ante: Profesorado, Jefe /a de Estudios, Junta de Delegados, Director/a, Consejo Escolar Local y de Centro. 5. Recoger y trasmitir las inquietudes de sus compañeros / as y hacerlas llegar a su tutor / a así como los acuerdos de las Reuniones de Junta de Delegados y Consejos Escolares. 6. Todas aquellas que se le asignen dentro del ámbito de su competencia.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

ADMISIÓN Y MATRICULACIÓN. BAJA ESCOLAR.

Se estará a lo dispuesto en el Decreto 22/2004, de 2 de marzo ( DOCM de 5 de marzo ) y las Órdenes que lo desarrollan. El alumnado admitido tendrá garantizado el acceso a los sucesivos cursos de un mismo nivel sin necesidad de un nuevo proceso de admisión.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)PERSONAL NO DOCENTE

Las funciones del personal no docente del Centro, principalmente limpiadoras y conserje, vienen determinadas por el Excelentísimo Ayuntamiento y por sus respectivos convenios. Las normas de funcionamiento del personal de comedor aparecen en el apartado correspondiente a “Servicio de Comedor”.

AUXILIAR TÉCNICO EDUCATIVO

Resolución de 08-07-2002, de la Dirección General de Coordinación y Política Educativa Noveno. Funciones específicas y prioridades del auxiliar técnico educativo

El Auxiliar Técnico Educativo intervendrá preferentemente con el alumnado que carece de autonomía por su discapacidad física o psíquica y con el alumnado con problemas orgánicos de cuya conducta se deriven riesgos para su integridad física o la de otros. Los Auxiliares Técnicos Educativos participarán con el resto de apoyos y el profesorado en general en el desarrollo de las siguientes tareas: Colaborar en el desarrollo de pro-gramas de hábitos y rutinas para mejorar los niveles de autonomía del alumnado que, por discapacidad física o psíquica, presenta falta o limitaciones en la autonomía personal. Facilitar la movilidad del alumnado sin autonomía Asistir al alumnado con problemas orgánicos de cuya conducta se deriven riesgos para su integridad física o la de otros.

DIPLOMADO UNIVERSITARIO EN ENFERMETÍA DUE O PEROFESIONAL DE GRADO EN ENFERMERÍA

Las que su convenio establezca.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

EL/LA CONSERJE

Ha sido modificada pero a fecha junio de 2014 no ha sido comunicada al centro

El/La Conserje del centro tendrá durante el año escolar un cómputo global de horas de trabajo determinadas en su respectivo contrato laboral, su distribución diaria será de lunes a viernes en función de las necesidades del centro, que contará con la oportuna autorización del Excmo. Ayuntamiento. Las funciones a desempeñar por el/el conserje serán las siguientes: Las contempladas en su contrato laboral, en concreto:

Vigilar las instalaciones, controlar el acceso al centro y el deambular de alumnado, profesorado, familiares y otro personal que se presente en el centro. Abrir y cerrar las instalaciones. Cuidado del recinto escolar no cubierto: patios y pistas polideportivas. Encender y apagar luces y calefacciones. Realizar tareas de cuidado de plantas y dar cuenta y aviso de los desperfectos y deficiencias. Fotocopiar, plastificar y encuadernar documentación. Realizar las gestiones y recados que se le encomienden dentro o fuera de las instalaciones: Ayuntamiento, Correos, Bancos,… Prestar cuidados y pequeñas curas a los alumnos y controlar el acceso a las aulas. Distribuir información al profesorado y alumnado del centro. Hacer sonar el timbre/ música en los cambios de clase (cuando no funcione el automático) Atender a los requerimientos y solicitudes del Equipo directivo, profesorado, miembros del Consejo Escolar, del AMPA, alumnos y padres de alumnos. Participar en las reuniones de los órganos en que se integre. Colaborará en las fiestas escolares, como fin de curso, Navidad, Carnaval, sin que ello implique un exceso en el cómputo global anual de su horario. Para toda la problemática relacionada con las obras y reparaciones, el/la Conserje, previa autorización del director, se relacionará con los servicios del Excmo. Ayuntamiento, dando cuenta siempre a la dirección del Centro. Tras la finalización de la jornada de trabajo, el/la conserje comprobará todas las instalaciones del recinto escolar. Asimismo cuidará de que los accesos al mismo queden cerrados y las luces apagadas; bien entendido que no será responsable de las anomalías que pudieran producirse una vez finalizado su trabajo en el Centro si este sigue siendo utilizado por otras personas o entidades. Efectuar cualquier otra tarea propia de su categoría que le sea encomendada y para la cual haya sido previamente instruido/a. Pequeñas tareas de limpieza cuando se produzcan contratiempos.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

El Excmo. Ayuntamiento supervisará el cumplimiento de las mencionadas obligaciones, a través de los servicios correspondientes, o bien, a requerimiento del Consejo Escolar mediante escrito dirigido a la Delegación de Personal del Excmo. Ayuntamiento.

EL PERSONAL DE LIMPIEZA.

Los/as limpiadores/as asignadas al Centro por el Excmo. Ayuntamiento o contrata, establecerán un horario que permitiéndoles/as desarrollar sus funciones no alteren el normal desarrollo de la jornada escolar. Las funciones a desempeñar por los/as limpiadores/as serán las siguientes:

En las aulas:

Barrido, fregado y limpieza del polvo diario de todas las aulas. Se dedicará especial atención a las aulas del Nivel de educación infantil, manteniendo en buen estado: mesas, suelos, alfombras y aseos; prestando una limpieza más a fondo. Las mesas que estén especialmente manchadas, con evidente intención, las limpiará el usuario, constituyendo el hecho una falta. El personal de limpieza colaborará, junto con el alumnado y profesorado en el desarrollo del Programa de Educación Ambiental, depositando en el contenedor azul, periódicamente el papel que se depositará en contenedores especiales en aulas y despachos. De igual manera se procederá con el contenedor amarillo de residuos plásticos.

En los despachos y salas anexas.

Barrido de polvo y limpieza de mesas todos los días. Salas específicas de usos múltiples, fregando dos veces a la semana.

Suelos y pavimentos.

Pasillos, escaleras, etc.... barrido y fregado diario. Barandillas, pomos de puertas, dos veces a la semana.

Mobiliario de aula.

Mesas de profesores y demás muebles, limpieza diaria de polvo. En mobiliario escolar, fregar y quitar manchas una vez a la semana.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

Servicios sanitarios:

Limpieza y desinfección diaria, manteniendo limpios los azulejos, lavabos y puertas. Comunicar al conserje los desperfectos. Reposición de jabón.

Paredes. Hasta 1'80 ó 2'00 m. de altura aproximadamente, quitar polvo de toda clase de paredes, mamparas, etc., una vez a la semana.

Cristales (a cargo de la empresa encargada por el Ayuntamiento)

En ventanas y cristaleras, se realizará una limpieza en profundidad en los periodos de vacaciones escolares (tres veces al año) y durante el curso se garantizará un mantenimiento razonable, de modo que se proceda a su limpieza gradual, en la medida que sea necesario. Los cristales que tengan difícil acceso, se procurará su limpieza en periodo de vacaciones, con procedimientos adecuados, evitando en todo caso, un riesgo que pudiese suponer peligro para las limpiadoras. Con carácter general, se entiende que la limpieza de toda la superficie cubierta por la edificación ha de ser realizada por las limpiadoras, a excepción de los cristales, del comedor escolar y de la cocina, que es responsabilidad de las empresas encargadas de ese servicio.

Zonas ajardinadas y en general recinto escolar no cubierto.

a) Se realizará una limpieza semanal.

En los periodos de vacaciones escolares se realizará una limpieza a fondo del edificio y zonas no cubiertas que, entre otros trabajos, supondrá la limpieza de techos, azulejos, paredes, cristales, mobiliario, persianas, puntos de luz, etc.

Tras la finalización de la jornada de trabajo cuidarán de que los accesos al mismo queden cerrados y las luces apagadas. Bien entendido que no serán responsables de las anomalías que pudieran producirse una vez finalizado su trabajo en el Centro si este sigue siendo utilizado por otras personas o entidades.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)Los criterios antes expuestos respecto a las características de la limpieza, se entenderán con carácter general y podrán ser adaptados a las características peculiares de nuestro centro, mediante un programa, tomando como base lo anteriormente expuesto, entre los/as limpiadoras y el/la Director/a. El Excmo. Ayuntamiento supervisará el cumplimiento de las mencionadas obligaciones, a través de los servicios correspondientes. O bien, a requerimiento del Consejo Escolar mediante escrito dirigido a la Delegación de Personal del Excmo. Ayuntamiento.

Limpieza de todo el recinto escolar, incluyendo desbrozar la zona ajardinada.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)PADRES / MADRES / TUTORES LEGALES

DERECHOS LOMCE revisar 2014-2015

LOE: Disposición final primera. Modificación de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.

1. El artículo 4 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, queda redactado de la siguiente manera:

«1. Los padres o tutores, en relación con la educación de sus hijos o pupilos, tienen los siguientes derechos:

a) A que reciban una educación, con la máxima garantía de calidad, conforme con los fines establecidos en la Constitución, en el correspondiente Estatuto de Autonomía y en las leyes educativas.

b) A escoger centro docente tanto público como distinto de los creados por los poderes públicos.

c) A que reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

d) A estar informados sobre el progreso del aprendizaje e integración socio-educativa de sus hijos.

e) A participar en el proceso de enseñanza y aprendizaje de sus hijos.

f) A participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro educativo, en los términos establecidos en las leyes.

g) A ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica y profesional de sus hijos.

2. Asimismo, como primeros responsables de la educación de sus hijos o pupilos, les corresponde:

a) Adoptar las medidas necesarias, o solicitar la ayuda correspondiente en caso de dificultad, para que sus hijos o pupilos cursen las enseñanzas obligatorias y asistan regularmente a clase.

b) Proporcionar, en la medida de sus disponibilidades, los recursos y las condiciones necesarias para el progreso escolar.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

c) Estimularles para que lleven a cabo las actividades de estudio que se les encomienden.

d) Participar de manera activa en las actividades que se establezcan en virtud de los compromisos educativos que los centros establezcan con las familias, para mejorar el rendimiento de sus hijos.

e) Conocer, participar y apoyar la evolución de su proceso educativo, en colaboración con los profesores y los centros.

f) Respetar y hacer respetar las normas establecidas por el centro, la autoridad y las indicaciones u orientaciones educativas del profesorado.

g) Fomentar el respeto por todos los componentes de la comunidad educativa.»

2. El artículo 5.5 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, queda redactado de la siguiente manera:

«Las Administraciones educativas favorecerán el ejercicio del derecho de asociación de los padres, así como la formación de federaciones y confederaciones

Además de lo contemplado en la normativa vigente, los/as padres/madres/tutores legales de los alumnos en este centro tendrán derecho a:

Ser informados periódicamente de los procesos de socialización y adaptación, así como la marcha académica de sus hijos/as. Por este motivo el Centro organizará sesiones específicas destinadas a informar a las familias de los/las alumnos/as sobre los siguientes aspectos:

Conocer el currículo obligatorio que deben alcanzar los/las alumnos/as al final de la Etapa. Así como las posibles Programas de Trabajo Individualizado, si se requieren por necesidades educativas especiales, o medidas de refuerzo educativo si fuesen precisas.

Elementos del currículum como: Competencias básicas Objetivos. Procedimientos y actitudes. Metodología. Recursos y materiales didácticos. Criterios de Evaluación.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)Organización del trabajo general del centro y cauces de participación de los diferente sectores de la Comunidad Educativa.

Normativa y puesta en común sobre hábitos de higiene y vestido.

Rendimiento de sus hijos/as.

A ser informados puntualmente de cuantas medidas disciplinarias afecten a sus hijos.

A entrevistarse con los tutores de sus hijos, en el horario establecido al efecto.

A presentar sugerencias o reclamaciones ante el tutor de su hijo/a y posteriormente, ante los órganos unipersonales o colegiados de gobierno del centro.

A participar en la vida del centro, siempre que las programaciones de las actividades lo permitan.

A participar en la gestión del centro.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

DEBERES.

Además de lo contemplado en la normativa vigente, los/as padres/madres/tutores legales en este centro tendrán el deber de:

Conocer y cumplir, en la parte que les corresponde, la presente normativa.

Atender las citaciones que reciba desde el centro.

Colaborar con el tutor/a en la formación y educación de sus hijos.

Enviar a sus hijos al colegio convenientemente aseados y con atuendo respetuoso y limpio.

Justificar por escrito, ante el tutor, las faltas de asistencia o puntualidad de sus hijos.

Cubrir el libro de registro de salidas del centro anticipadamente.

Registrarse en el libro de llegadas al centro posteriores a la entrada general.

No enviar a sus hijos al colegio en caso de enfermedad contagiosa, e informar al centro del hecho.

Facilitar a sus hijos el material didáctico solicitado por el centro.

Colaborar con la función educativa del centro, dentro de sus posibilidades, cuando esta colaboración les sea requerida.

• El pago de tasas se ajustará a lo establecido en normativa y publicado en la pág Web del centro.

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ORGANIZACIÓN INTERNA.

Los padres/tutores legales de los alumnos tienen garantizada la libertad de asociación en el ámbito educativo y, para su organización interna, podrán agruparse por medio de Asociaciones de Madres y Padres que estarán reguladas en cada momento por la normativa vigente, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

Podrán utilizar los locales del Centro para la realización de las actividades que les son propias, a cuyo efecto la dirección facilitará la integración de dichas actividades en la PGA.

A efectos de la utilización de los locales del centro, será necesaria la comunicación previa de la Junta Directiva de cada Asociación a la dirección del centro.

Las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos, no podrán desarrollar en el centro otras actividades que las previstas en sus Estatutos y recogidas en la programación anual o aprobadas por el Consejo Escolar.

En todo caso, de dichas actividades deberá ser informado el Consejo Escolar y de las mismas podrán beneficiarse todos los alumnos cuando vayan dirigidas a éstos.

El Equipo Directivo del Centro y la Junta Directiva de la Asociación de Madres y Padres de Alumnos se reunirán semanal o quincenalmente a fin de debatir y coordinar cuantos asuntos se consideren oportunos para la buena marcha y funcionamiento del Centro. En estas reuniones se podrán tratar entre otros asuntos: Comisiones de trabajo con representación sectorial. Sugerencias y propuestas de modificaciones de la PGA. Colaboración por parte del profesorado para potenciar la formación y participación de los padres. Actividades extraescolares: nivel de implicación del centro y de los padres. Adecuación de la acción tutorial con familias al planteamiento de necesidades que manifiesten los padres.

El Centro realizará anualmente un programa de información a las familias, dentro del Plan de Acción Tutorial, que abordará:

Información puntual de la evolución académica de todos y cada uno de los alumnos/as. Información general del desarrollo y dinámica del Proyecto Educativo.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)6ª. La información puntual la realizará el profesor tutor como responsable.

Un día a la semana se fijará en la PGA el horario de atención a las familias, fuera del horario lectivo con alumnos, donde cada familia demandará información o le será demandada por el tutor. Trimestralmente el tutor/a enviará debidamente cumplimentado con las calificaciones académicas y un breve consejo orientador, un boletín informativo, que una vez enterada la familia devolverá firmado el recibo de recepción, en el caso del alumnado de Educación Primaria, y si se considera oportuno aportando alguna idea sobre el proceso educativo familiar. A través de Delphos Papás pueden consultar las calificaciones de Primaria. Pág web.- Correo electrónico.- [email protected]

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)RELACIONES CON LAS FAMILIAS

Partiendo de uno de los principios básicos del Centro (participación y colaboración de todos los sectores de la Comunidad Educativa) entendemos que las relaciones entre el profesorado y las familias deben constituir un elemento primordial en el proceso educativo de las que asisten a este Colegio.

De ahí que potenciaremos todos los canales de comunicación y participación: A través de la Asociación de Padres y Madres de Alumnos / as y la Junta de Delegadas De Familia . A través de los representantes en el Consejo Escolar. A través de las relaciones directas que establezca el profesorado, el orientador o los miembros del Equipo Directivo con las familias mediante: 1. Entrevistas individuales. 2. Informes escritos de evaluación. 3. Reuniones de grupo o de Nivel (al menos una por trimestre). 4. Charlas coloquio, Escuela de padres, talleres,.... 5. Delphos Papás

En la comunicación de la familia con el Centro se seguirá el siguiente orden:

Cuando se trate de un tema relacionado con la dinámica de la clase se hablará con el tutor/a. Cuando se trate de un tema relacionado con un especialista se hablará con el especialista y el tutor/a. Cuando se trate de un tema relacionado con el Orientador, el contacto con éste se realizará a través del Tutor/a, preferentemente. Familia con el Jefe de Estudios, oído el Tutor/a. Familia con la Directora, oído el Tutor/a.

La información a las familias podrá ser a través de la plataforma -papás- en los casos que no revistan dificultad o por incompatibilidad de horarios. En el caso de Educación Infantil y primer y segundo el seguimiento del alumno será preferentemente presencial.

PROCEDIMIENTOS DE MEDIACIÓN Y RESOLUCIÓN

POSITIVA DE LOS CONFLICTOS

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)El conflicto es oportunidad para todos/as los miembros de la comunidad. Esta es una situación de aprendizaje, donde lo importante es cómo aprendemos a resolverlos y como toda la comunidad sale fortalecida en el proceso.

Queremos resolver conflictos de manera positiva y constructiva. La resolución consolidará el aprendizaje y favorecerá un clima agradable de trabajo, democrático y respetuoso.

CONCEPTUALIZACIÓN DE CONFLICTO

Entendemos que un conflicto es una situación en la que dos o más personas entran en oposición o desacuerdo porque sus intereses, posiciones, necesidades, deseos o valores son incompatibles, o por lo menos son percibidos como tales. En estas situaciones juegan un papel fundamental los sentimientos y las emociones, y el resultado de esta situación puede hacer que la relación entre las partes se vea reforzada o deteriorada.

FORMAS DE RESOLVER LOS CONFLICTOS

Cuando las personas se enfrentan a un conflicto, tienen varias formas de resolver sus disputas, tanto a través de procedimientos informales como otros formales.

Como los desacuerdos surgen en prácticamente todo tipo de situaciones tratamos de solucionarlos de manera informal.

Una de estas maneras es evitar a la otra parte, bien por el malestar que supone el conflicto, bien por considerar que no tiene poder para cambiar la situación, bien porque no se cree que la situación pueda mejorar o porque no se esté dispuesto a negociar.

Cuando no es posible evitar el conflicto, surge la discusión informal, que es el procedimiento que utilizamos de manera cotidiana para resolver los conflictos, logrando bien acuerdos que satisfacen más o menos a las partes, bien abandonando el asunto porque carece de interés o no se encuentra solución.

Junto a la discusión informal el procedimiento más popular para alcanzar acuerdos es la negociación. En ella, los participantes se juntan de manera voluntaria para informarse mutuamente de sus necesidades e intereses, y para solucionar cuestiones tales como el sentido de su relación futura o los procedimientos que utilizarán en el futuro para resolver los conflictos.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)Cuando se produce un estancamiento o por determinadas circunstancias el proceso negociador no se puede llevar a cabo, se necesita que una tercera parte ajena al conflicto intervenga. Se trata del procedimiento de la mediación, en la que la intervención de esta tercera persona es aceptada por las partes y que ayuda a que éstas alcancen voluntariamente un acuerdo mutuamente aceptable, pero sin que esta persona tenga autoridad para tomar decisiones, lo que hace que la toma de las mismas se encuentre en manos de las partes en conflicto.

Cuando el conflicto se da dentro de una institución como la escolar, existe un procedimiento administrativo, en la que la tercera persona que interviene, sí tiene poder y autoridad sobre la toma de decisiones del problema. Nuestro centro pretende que los alumnos se conviertan en personas competentes en la resolución de conflictos cotidianos de manera positiva, constructiva y justa para ambas partes, para que el clima de convivencia permita desarrollar los valores y principios recogidos en nuestro Proyecto educativo.

PARA ELLO NOS PROPONEMOS VARIOS TIPOS DE ACTUACIONES:

Mejorar y potenciar los canales para la comunicación diaria.

El uso de una buena comunicación reduce la generación de conflictos y por eso hemos de fomentar el uso del lenguaje en toda la comunidad educativa como habilidad para lograr un clima de diálogo basado en la tolerancia y el respeto mutuo. El profesorado realizará un uso del lenguaje que sirva de modelo para el resto de la comunidad educativa.

El respeto hacia uno mismo y hacia los demás, en las interacciones que se producen dentro de nuestro contexto educativo, está basado en el uso de nuestro lenguaje, que refleja nuestras actitudes y opiniones hacia los demás.

Así nos proponemos que nuestra comunidad educativa sea capaz de expresarse de manera que se evite los juicios de valor y la crítica gratuita hacia personas, ya que esta forma de dirigirnos a los demás tiende a generar respuestas defensivas, pues la persona a la que va dirigida se siente incomprendida y/o amenazada.

Fomentaremos el agradecimiento y el reconocimiento entre nosotros, entre los miembros de la comunidad educativa, en todo momento, de forma especial cuando la intervención del alumnado esté presente.

En nuestra actuación como docentes, hacemos explícitos objetivos de mejora de la convivencia en nuestro centro, así como el desarrollo en nuestros alumnos de competencias personales y de

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)habilidades de comunicación e interacción, que fomenten la resolución de conflictos de manera autónoma, gracias a la adquisición de competencias específicas.

Nos proponemos la mediación, empezando por el tercer Nivel, como procedimiento para que los alumnos adquieran competencias tales como analizar los problemas, ponerse en el punto de vista del otro, saber negociar y llegar a acuerdos, saber distinguir en cada situación el procedimiento más adecuado para solucionar el conflicto.

Queremos formar alumnos competentes en resolver los conflictos a través del diálogo, la negociación y la mediación. Competentes en la habilidad de emplear la comunicación orientada a las soluciones.

Otras: Contrato de contingencias, economía de fichas, comunicación asertiva,etc.

Esta tarea, es una de las principales responsabilidades de los padres, quienes son los agentes principales en la adquisición de competencias personales para la solución de conflictos. Esto hace imprescindible una primera formación dirigida a padres, que se repetirá en tres sesiones hasta garantizar que toda la comunidad del tercer Nivel ha recibido dicha formación.

Naturalmente compartida por todos los profesores, pero especialmente el tutor, como mediador principal en la resolución de conflictos de los alumnos de su aula.

EN SU ACTUACIÓN TENDRÁ EN CUENTA COMO PRINCIPIOS DE LA

MEDIACIÓN:

Separar las personas del problema. Centrarse en los intereses y no en las posiciones de las partes. Generar una variedad de posibilidades antes de llegar a la solución final. Insistir en la búsqueda de soluciones bajo algún criterio objetivo.

Además su papel consistirá en:

Ayudar a los implicados a cuestionarse mutuamente sobre sus sentimientos. Ayudar a los implicados a cuestionarse mutuamente sobre sus intereses. Ayudar a reconocer y expresar las emociones generadas. Emplear la empatía, sin decantarse emocionalmente por uno u otro. Trabajar juntos para crear todas las opciones posibles y evaluarlas en base a los intereses de las partes. Cambiar el rol de las partes debatientes y en conflicto al de “solucionador” del problema.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)APLICACIÓN DE NORMAS Y SANCIONES

Trataremos de emplear la mediación mejor que la sanción como forma de educar, sin embargo, en ocasiones, cuando quedan lesionados los derechos de los demás, sancionaremos de forma adecuada a la edad y al error cometido.

El Decreto de Convivencia de CLM establece un marco de incumplimientos y sanciones que garantiza el respeto para todos los integrantes de la comunidad educativa y se convierte en la garantía de nuestros derechos y obligaciones dentro del contexto escolar.

Por eso, en los casos en los que exista una vulneración de las normas se procederá a la aplicación de lo establecido, sin menoscabo de la posible mediación.

Así mismo, la Comisión de Convivencia del centro realizará un seguimiento de dichos casos y arbitrará aquellas medidas que sean de su competencia.

La dirección del centro dará traslado por escrito de los incumplimientos que se considere lesionan gravemente el normal funcionamiento de la vida del centro.

El tutor/a y la Jefatura de estudios realizarán el seguimiento de las medidas adoptadas.

El /la encargada de comedor colaborará con las cuidadoras y la jefatura de estudios en el seguimiento de las medidas adoptadas para mejorar el clima de convivencia en el periodo correspondiente.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)FUNCIONAMIENTO DE LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN

DOCENTE Y OTROS RESPONSABLES

Son órganos de coordinación docente: La Tutoría. El Equipo docente. El Equipo de orientación y apoyo. Los equipos de Nivel. La Comisión de coordinación pedagógica. El Equipo de actividades extracurriculares.

LA TUTORÍA

La tutoría y orientación del alumnado formará parte de la función docente. El tutor/a será designado por el Director/a a propuesta de la Jefatura de estudios, de entre los maestros que imparten docencia al grupo, de acuerdo con los criterios establecidos por el claustro en el apartado correspondiente de estas Normas de convivencia, organización y funcionamiento.

A los maestros itinerantes y a los miembros del equipo directivo se les adjudicará tutoría en último lugar, por este orden, y sólo si es estrictamente necesario.

El tutor/a es el responsable del proceso educativo de los alumnos tutelados y canalizará las relaciones del centro con los padres de sus alumnos; es por tanto el responsable exclusivo de informar a las familias de los/las alumnos/as tutelados/as. En consecuencia, sus funciones en este Centro serán las contempladas en la normativa vigente (artículo 6 del Decreto 43/2005, por el que se regula la orientación educativa y profesional en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y por la normativa que regula la prevención y control del absentismo escolar), con las siguientes puntualizaciones:

• Facilitar la integración del alumnado en la dinámica escolar y en su grupo-clase. • Contribuir a la personalización del proceso de enseñanza aprendizaje. • Efectuar un seguimiento global de los procesos de aprendizaje del alumnado, con el fin de

detectar posibles dificultades y necesidades educativas específicas. • Articular las respuestas educativas adecuadas, cuando sea necesario, para lo que contará con los

oportunos asesoramientos y apoyos. • Coordinar la información que, de los/las alumnos/as, tienen los distintos profesores que inciden

en el grupo.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)• Coordinar el proceso de evaluación de los/as alumnos/as. • Informar a los padres sobre la promoción de los/las alumnos/as de un Nivel a otro. • Fomentar en los/as alumnos/as el desarrollo de las actitudes participativas en el entorno. • Trabajar en equipo con los/las maestros/as que impartan la docencia a su grupo (especialistas y

de apoyo), coordinando el ajuste de las programaciones, con especial atención a las respuestas educativas ante las necesidades educativas específicas y/o de apoyo.

• Contribuir al establecimiento de relaciones fluidas entre los padres o tutores legales y el centro. • Implicar a los padres o tutores legales en las actividades de apoyo al aprendizaje y orientación. • Mediar en las posibles situaciones conflictivas entre alumnos/as y profesores/as informando

adecuadamente a las familias. • Cumplimentar la documentación administrativa y pedagógica de los alumnos/as tutelados. • Controlar la asistencia y puntualidad de los alumnos tutelados y comunicársela a los padres y al

Jefe de Estudios. • El profesor en el aula podrá tomar su almuerzo, fruta o agua al igual que el alumnado, se evitará

el consumo de otras bebidas en los actos públicos y ante el alumnado.

El desarrollo de estas competencias es exclusiva del/la Profesor/a Tutor/a quien en uso de su autonomía, elegirá, programará y realizará aquellas actividades que estime más oportunas para que sus alumnos/as alcancen los objetivos propuestos. No obstante, y con el fin de que los programas de acción tutorial tengan unos puntos de acción comunes, contemplarán, entre otras, las siguiente actividades:

• Tener entrevistas individuales con los alumnos/as cuando éstos lo necesiten. • Promover y coordinar actividades que fomenten la convivencia y la participación de los/las

alumnos/as en la vida del centro. • Analizar con el resto del profesorado las dificultades escolares motivadas por dificultades en las

áreas troncales, problemas de integración y otras, solicitando si fuera necesario los asesoramientos y apoyos oportunos.

• Transmitir al resto de profesores/as todas aquellas informaciones que puedan ser útiles para el desarrollo de las tareas docentes, evaluadoras y orientadoras de sus alumnos/as.

• Preparar, coordinar y moderar las sesiones de evaluación procurando que su desarrollo se ajuste a los principios de evaluación continua, formativa y orientadora.

• Tener al menos tres reuniones anuales con los padres una al principio de curso para informar del funcionamiento general, así como de los objetivos, contenidos y actividades a realizar con los alumnos, otra a mitad de curso y una tercera al final para analizar los logros alcanzados y los no logrados.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)• Tener entrevistas individuales con los padres para intercambiar información y analizar con ellos

como va su hijo/a, buscando una valoración más global y una actitud más activa y responsable, ayudándoles a descargar la ansiedad ante el posible fracaso escolar de sus hijos/as.

• Conseguir la colaboración de los padres o tutores legales en relación con el trabajo personal de sus hijos/as

EL EQUIPO DOCENTE

El equipo docente está constituido por el tutor, que lo coordina, y el conjunto de profesores que imparten enseñanza al mismo grupo de alumnos y alumnas. En todo caso, se procurará que el número de profesores que componga los equipos docentes sea el mínimo que la organización del centro permita.

El tutor convocará al equipo docente con motivo de la evaluación de los alumnos y en aplicación de los principios y criterios establecidos en el Proyecto educativo y en estas Normas de convivencia, organización y funcionamiento.

EL EQUIPO DE ORIENTACIÓN Y APOYO

La Unidad de Orientación es la estructura en la que se encuadra el Servicio de Orientación de un centro de Educación Infantil y Primaria.

En nuestro colegio está formada por dos profesionales: un profesor de Psicología y Pedagogía (el orientador) y un Profesor Técnico de Servicios a la Comunidad (PTSC). A su vez la Unidad de Orientación pertenece a una estructura mayor: el Equipo de Orientación y Apoyo que está formado en nuestro centro por los profesionales anteriormente mencionados y los profesionales de Pedagogía Terapéutica, Audición y Lenguaje y Auxiliares Técnicos Educativos.

La coordinación del Equipo de orientación y apoyo será ejercida por el responsable de la unidad de orientación.

Los componentes del Equipo de orientación y apoyo, bajo la coordinación del responsable de orientación, trabajarán conjuntamente en el desarrollo de las funciones recogidas en el artículo 9 del Decreto 43/2005, de 26-04-2005, por el que se regula la orientación educativa y profesional, y de forma específica en las establecidas en el apartado segundo de la Orden de 15 de junio de 2005, por la que se regula el régimen de funcionamiento de las Unidades de Orientación para sus responsables,

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)y en la Resolución de 8 de julio de 2002, de la Dirección General de Coordinación y Política Educativa, para el resto del profesorado de apoyo.

La visita al IES del alumnado se integrará en las actividades del segundo trimestre, preferentemente, para evitar sobrecargar el tercer trimestre que está saturado de actividades propias de final de etapa y de festividades.

LOS EQUIPOS DE NIVEL

Estarán formados por todos / as los / as profesores / as que imparten clase en un mismo Nivel.

El profesorado responsable de la coordinación será elegido entre el profesorado definitivo del centro, con carácter preferente.

Competencias:

Realizar la programación del nivel, decidiendo con el Proyecto Curricular de Centro los objetivos prioritarios, actividades, etc., una copia de dicha programación será entregada al Jefe / a de Estudios. Unificar criterios metodológicos y de trabajo conjunto y coordinado, en la consideración de Nivel como proceso y no como suma de cursos aislados. Programación y coordinación anticipadas con el Jefe / a de Estudios de visitas, salidas culturales, etc. Diseñar fórmulas innovadoras de agrupamiento del alumnado, evaluando dichos resultados. Seleccionar el material didáctico adecuado e informar al equipo directivo para su adquisición. Ordenar y mantener dicho material. Diseñar el proceso de evaluación continua, así como las técnicas a seguir. Diseñar el proceso y actividades de recuperación. Solicitar al jefe de estudios el tramo horario que desea para que este elabore horarios de Biblioteca, Althia, Usos múltiples, audiovisuales, etc. Autoevaluar el Plan de Acción del Nivel realizando una memoria del mismo. Proponer a la dirección del Centro el nombramiento de un / una Coordinador / a de Nivel que tendrá entre sus obligaciones las siguientes competencias: ( Art. 41 del R.D. de 26 / 01 / 96) Participar en la elaboración del las Programaciones Didácticas y elevar a la Comisión de Coordinación Pedagógica las propuestas formuladas a este respecto por el Equipo de Nivel. Coordinar las funciones de tutoría del alumnado del Nivel. Coordinar la enseñanza en el correspondiente Nivel de acuerdo con las Programaciones Didácticas. Mantener coordinación con el / la Jefe / a de Estudios y los Coordinadores de los restantes Niveles.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)Seguir el calendario de reuniones especificado en el Plan Anual del Centro. Levantar actas de las sesiones. Realizar un inventario de recursos disponibles y elaborar y mantener actualizado un banco de datos. Aquellas que el Nivel considere convenientes. Aquellas otras funciones que le encomiende el / la Jefe / a de Estudios en el área de su competencia, especialmente las relativas al refuerzo educativo, adaptación curricular y actividades complementarias.

Los equipos de Nivel son los responsables directos de la elaboración, desarrollo y evaluación de las programaciones didácticas. Sus funciones y composición, así como la asignación, competencias y circunstancias en las que se produce el cese del coordinador, se ajustarán a lo establecido en el Reglamento Orgánico.

El profesorado especialista que no tenga asignada una tutoría será adscrito al Equipo de Nivel en cuyos cursos tenga una mayor dedicación horaria, o, en su caso, en el que determine la jefatura de estudios, que deberá procurar un reparto proporcional y equilibrado de este profesorado entre los diferentes equipos.

La jefatura de estudios establecerá, sin menoscabo de las competencias de la Comisión de coordinación pedagógica, reuniones de coordinación entre los equipos del 1er. Nivel de primaria y del 3erº Nivel de educación infantil para establecer criterios comunes en la programación y para realizar el seguimiento y la evaluación.

Además de lo expuesto anteriormente, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones: En el Educación Primaria habrá seis equipos de Nivel: Cada equipo estará integrado por todos los profesores que actúan sobre los alumnos del Nivel. Para su correcto funcionamiento se reunirán, dentro del horario de obligada permanencia, tantas veces como sea necesario y como mínimo en las ocasiones que marque la normativa vigente en cada caso. Los equipos de Nivel, además de lo contemplado en la normativa vigente, en este centro tendrán como funciones y/o actividades: Elaborarán la parte de la Programación general anual que les corresponda y que como mínimo contendrá: Objetivos que se pretenden conseguir. Actuaciones previstas para la consecución de los objetivos. Concreción metodológica a utilizar. Actividades complementarias y extraescolares. Revisión de las programaciones didácticas de Nivel y etapa. Promover la investigación educativa.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)Promover la formación permanente del profesorado. Renovar la metodología didáctica. Establecer actividades de refuerzo pedagógico para los alumnos. Establecer actividades de ampliación con los alumnos. Fijar el sistema para una autoevaluación y coevaluación permanente. Elevar, al finalizar el curso, una memoria de sus actuaciones.

Cada Equipo de Nivel, para su mejor funcionamiento, contará con un coordinador que en sus funciones se atendrá a lo dispuesto en la normativa vigente con las siguientes consideraciones:

Elaborar, en colaboración con el profesorado del Nivel, y entregar a la jefatura de estudios las propuestas del mismo relativas a la planificación general del curso, para ser incluidas en la programación general anual del centro. Elaborar, en colaboración con el profesorado del Nivel, y entregar a la jefatura de estudios la Memoria del mismo, en la que se evaluarán los objetivos programados y los resultados escolares del alumnado, así como un resumen de las actuaciones desarrolladas y las actividades llevadas a cabo durante el curso. Recoger los acuerdos adoptados en las reuniones, elaborando las correspondientes actas. Coordinar las reuniones y distribuir turnos y tareas. Encargarse de todo lo relativo a las excursiones y actividades complementarias de su nivel, en coordinación con los equipos correspondientes.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA CCP

Estará formada por : El / la directora / a, que será su Presidente / a. El / la Jefe / a de Estudios. Los / as Coordinadores / as de Nivel, elegidos preferentemente entre los miembros definitivos del claustro, El / al Orientador / a del Centro. El asesor de Plurilinguismo PLI El asesor de formación. El miembro de menor edad actuará como secretario / a. Competencias: (Art. 44 del R.D. de 26 / 01 / 96).

Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de los Proyectos Curriculares de Etapa. Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y responsabilizarse de la redacción de los Proyectos Curriculares de Etapa y su posible modificación, y asegurar su coherencia con el Proyecto Educativo. Elaborar la propuesta de organización de la Orientación Educativa y del Plan de Acción Tutorial. Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares adecuadas al alumnado con necesidades educativas especiales. Proponer al Claustro los Proyectos Curriculares de Etapa para su aprobación. Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los Proyectos Curriculares de Etapa. Proponer al Claustro la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación, de acuerdo con la Jefatura de Estudios. Proponer al Claustro de profesores / as el plan para evaluar el Proyecto Curricular de cada Etapa, los aspectos docentes del Proyecto Educativo y la Programación General Anual, la evaluación del aprendizaje y el proceso de enseñanza. Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del Centro, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno o de la administración educativa e impulsar planes de mejora en caso de que estime necesario, como resultado de dichas evaluaciones. Cuantas otras establezca la normativa vigente.

La Comisión de coordinación pedagógica es el órgano responsable de velar por la coherencia pedagógica entre Niveles de cada etapa, de las etapas de cada centro y entre éste y otros centros.

La Comisión de coordinación pedagógica está constituida por el director/a, que será su presidente, el jefe/a de estudios, el orientador/a y los coordinadores/as de Nivel. Con el objeto de tratar aquellos

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)asuntos que así lo requieran, el director/a podrá convocar a las reuniones a cualquier otra persona o representantes de alguna entidad distintos a los miembros de la misma.

Las competencias de la Comisión de coordinación pedagógica se ajustarán a lo establecido en el Reglamento Orgánico salvo en lo referido a los proyectos curriculares, que se entenderá referido a las programaciones didácticas.

Desde la Comisión de coordinación pedagógica se impulsarán medidas que favorezcan la coordinación del Proyecto educativo con el proyecto del centro de secundaria de nuestra localidad, con objeto de que la incorporación de los alumnos a la educación secundaria sea gradual y positiva.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)EL EQUIPO DE ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES

El equipo de actividades extracurriculares estará formado por un responsable nombrado por el director, a propuesta de la jefatura de estudios, y un componente de cada uno de los Niveles.

Este órgano de coordinación colaborará con el equipo directivo en la planificación y desarrollo de las actuaciones establecidas en el programa de actividades extracurriculares del centro.

Asimismo, podrán integrarse en este equipo representantes de padres y de alumnos.

El procedimiento de recogida de autorizaciones familiares y del importe de las

actividades complementarias en Ed. Infantil se realizará del siguiente modo.

Entregada la autorización a cada familia a través del alumnado en sus mochilas, las

familias dispondrán de tiempo suficiente para valorar, completar y entregar dicha

autorización en las fechas indicadas. La primera de estas fechas será el lunes de la

semana indicada en dos horarios: de 9.00 h. a 9.52 h. y de 17.00 h. a 18.00 h. La familia

que no hubiese hecho efectiva esta entrega recibirá una llamada de la coordinadora

para recordar que la entrega de la autorización no se ha hecho efectiva y que podrá

disponer del jueves de esa misma semana de 9.00 9.52 h. si finalmente estuviera

interesada. Se rogará a todas las familias que como procedimiento general se realice la

entrega el lunes de la semana indicada.

Estas medidas se actualizarán anualmente en función de la disponibilidad del

profesorado y serán dadas a conocer, por escrito, a todas las familias.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)OTROS RESPONSABLES

Por parte del director y a propuesta de la jefatura de estudios, serán designados otros responsables de diversas tareas, que desempeñarán las siguientes funciones:

RESPONSABLE DEL USO DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA

COMUNICACIÓN. ALTHIA TIC

Asesorar en lo relativo a la integración de las tecnologías de la información y la comunicación en las programaciones didácticas y en la práctica educativa así como colaborar en los programas de formación en centros.

Coordinar las actividades en el Aula Althia y poner los recursos disponibles al servicio de toda la comunidad educativa.

Colaborar en la gestión y el mantenimiento de los recursos disponibles y en la adquisición de materiales.

Cualquier otra que le sea encomendada relativa a la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación como recurso didáctico.

Colaborar con el equipo TIC padres-profesores que impulsará el paso digital del centro.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

RESPONSABLE DEL COMEDOR ESCOLAR Y DEL PROGRAMA DE GRATUIDAD DE MATERIALES CURRICULARES.

Éstos realizarán las funciones establecidas, respectivamente, en la Orden 2 de marzo de 2004, sobre organización y funcionamiento de comedor escolar y en la Orden por la que se regula el programa de gratuidad. A final de curso el tutor/a del aula revisará el estado del material junto con un padre dando las incidencias por escrito al responsable de gratuidad para que el equipo directivo proceda según corresponda.

RESPONSABLE DE LA BIBLIOTECA Y EQUIPO DE APOYO AL PLAN DE

LECTURA.

Las competencias del responsable de la Biblioteca y equipo de apoyo al Plan de Lectura, serán las recogidas en la orden correspondiente por la que se desarrolla el Plan de Lectura.

RESPONSABLE DE LA COORDINACIÓN CON EL CENTRO DE PROFESORES.

RESPONSABLE DE FORMACIÓN.

Realizará las labores propias que la normativa le atribuye.

RESPONSABLE DE RIESGOS LABORALES.

Realizará las labores propias que la normativa le atribuye. Orden de 31/08/2009, 7/09/09

COORDINADOR DEL PRÁCTICUM DEL ALUMNADO DE LA UNIVERSIDAD.

Realizará las tareas encomendadas por la Universidad y mantendrá reuniones informativas con la dirección del centro.

COORDINADOR DE ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES.

Siempre que sea posible esta tarea la desarrollará el Jefe de estudios, con el ánimo de facilitar las tareas organizativas.

COORDINADORES DE PROYECTOS

Realizará las labores propias que la normativa le atribuye.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)CRITERIOS ESTABLECIDOS POR EL CLAUSTRO PARA:

ASIGNACIÓN DE LAS TUTORÍAS.

ELECCIÓN DE LOS CURSOS Y GRUPOS.

La asignación de tutorías corresponde al Director/a, a propuesta del Jefe/a de Estudios, y teniendo en cuenta los criterios establecidos en estas Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento, asignará los grupos y cursos.

El director asignará los grupos por el siguiente orden y con los siguientes criterios:

Maestros definitivos, dando preferencia la antigüedad en el centro, contada desde la toma de posesión en el mismo.

Maestros provisionales, dando preferencia a la antigüedad en el cuerpo.

Maestros interinos, si lo hubiere siguiendo su antigüedad.

Los miembros del equipo directivo es aconsejable que impartan docencia en el segundo y tercer Nivel de Educación Primaria, atendiendo a criterios pedagógicos.

Se respetará la permanencia de un maestro/a con el mismo grupo de alumnos hasta finalizar el periodo de dos años acordado por el Claustro.

Se respetará la especialidad del puesto al que estén adscritos los/as maestros/as y las especialidades para las que estén habilitados.

Así mismo, se impulsará la incorporación de profesorado definitivo en el centro a las tutorías del primer Nivel de la educación primaria (Orden de 15-09-08 de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se dictan las instrucciones de funcionamiento de los colegios de educación infantil y primaria en la Comunidad de Castilla- La Mancha). Los/as tutores/as del primer Nivel de Ed. Primaria y de Educación Infantil serán preferentemente maestros/as definitivos/as.

En el caso de maestros/as especialistas tutores, el director/a les asignará tutoría siguiendo el orden general establecido con anterioridad. En la adscripción a grupos se priorizará la docencia en el mayor número de áreas por parte de los especialistas.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)En Educación Infantil, cuando todo el profesorado sea definitivo, el apoyo será rotativo al terminar la Etapa. – En cualquier caso se garantizará, siempre que sea posible, la continuidad del tutor con el mismo alumnado a lo largo de todo la Etapa; en caso contrario, será por razones de idoneidad, informada la CCP y a propuesta del equipo Directivo en su conjunto. Además de la adscripción del profesorado al grupo correspondiente, éste asumirá la docencia en aquellas otras áreas que se determinen.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)CRITERIOS PARA LA SUSTITUCIÓN DE PROFESORADO.

La Jefatura de Estudios del Centro aplicará el plan de sustituciones para casos puntuales de permisos o ausencias de cualquier profesor/a del centro, teniendo en cuenta los criterios siguientes:

- Se procurará que el número de sustituciones realizadas por cada profesor/a sea similar.

- Para realizar una sustitución se atenderá, dentro de la sesión correspondiente y del profesorado disponible en ese momento, al profesor/a con menor número de sustituciones en esa fecha.

- Cuando falte un especialista preferentemente será el tutor quien permanecerá con su grupo. De igual manera se procederá cuando falte el profesor/a de religión.

- Por la Jefatura de Estudios se diseñará una plantilla donde se indicarán las sustituciones realizadas por cada profesor/a. Dicha información será expuesta en el tablón de anuncios de la Sala de Profesores.

- El profesorado de apoyo especialista (PT, AL), y los miembros del Equipo directivo realizarán sustituciones cuando no hubiese otro profesorado disponible en ese momento.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)CRITERIOS PARA LA ORGANIZACIÓN DE LOS GRUPOS.

Al comienzo de la escolaridad (3 años ) el alumnado se distribuirá en grupos atendiendo a criterios de edad, separación de mellizos / as, necesidades educativas especiales, orden alfabético, número de niños y niñas equilibrado y nombre de los alumnos y alumnas. La C.C.P. al comienzo de cada curso decidirá, según las características y necesidades del alumnado y el buen funcionamiento del Centro, la adscripción a un grupo determinado del alumnado nuevo o el repetidor. En el caso de desdoble de grupos, los números impares del alumnado, colocados por orden alfabético, irán al grupo A y los pares al grupo B. El alumnado nuevo será distribuido atendiendo al orden alfabético, número de niños y niñas equilibrado y nombre de los alumnos y alumnas. A igualdad de número de alumnos / as, si en un grupo hubiera alumnado de n.e.e. o compensatoria con desfase curricular de dos años, se empezará a distribuir al alumnado por el grupo donde no los hubiera. Siempre se tendrán en cuenta las orientaciones del Equipo de Orientación. Una vez que el alumnado ha sido adscrito a un grupo no se efectuará, salvo causa grave y justificada, ningún cambio del mismo. En el caso de que el Equipo de Orientación considere, una vez iniciado el curso, que un alumno / a es de n.e.e. se podrá proceder al cambio. En cualquier caso será la Comisión de Coordinación Pedagógica y el / la Tutor / a, oídos los padres, quienes procederán a resolver las situaciones que se produzcan.

El agrupamiento por aulas considerará los siguientes aspectos de forma equilibrada: - Alumnado con desconocimiento del castellano por proceder de otro país. Alumnos con Necesidades Educativas Especiales. La reducción de la ratio de los grupos que escolaricen estos alumnos será la establecida en la legislación vigente (3/1). Equilibrio Niños/as Se procurará que no coincidan los hermanos/as de la misma edad, o que coincidan por diversas circunstancias en el mismo curso. Cuando el número de aulas sea inferior al número de alumnos/as, estos permanecerán juntos, salvo que no lo recomiende la experiencia previa y así lo haga constar la Unidad de Orientación.

Además del mantenimiento de los anteriores, en Educación Infantil y Educación Primaria se tendrán en cuenta: . Condición social y /o familiar desfavorecida . Minorías étnicas .Condiciones de salud y períodos largos de hospitalización. Absentismo asociado a profesiones itinerantes de la familia

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)- Alumnos con dificultades de aprendizaje en uno o más de los siguientes dominios: expresión oral, comprensión oral, habilidades básicas de lectura, comprensión de la lectura, expresión escrita, cálculo matemático, razonamiento matemático y que requieran apoyo educativo específico de audición y lenguaje y/o de pedagogía terapéutica.

- Alumnos que requieran refuerzo educativo ordinario por presentar ritmo de aprendizaje lento asociado a problemas de atención, memoria, inadecuados hábitos de trabajo y estrategias de aprendizaje, etc. que, sin embargo no den lugar a Necesidades Educativas Especiales.

- Alumnos que presenten inadaptación escolar manifestándose en incumplimiento de normas, escasas habilidades sociales, absentismo, inadecuados hábitos de higiene y actitudes negativas e inadecuadas hacia compañeros y /o profesores.

- Número de alumnos que hayan permanecido más de un año en el mismo Nivel.

Cuando los grupos se deban segregar por razón de ratio se tendrá en cuenta el criterio de permanencia del mayor número de niños/as con el tutor/a que inició el Nivel, siendo esta elección por orden alfabético. Cuando sea necesario volver a rehacer los grupos de mayor a menor (de tres a dos grupos) aplicamos el criterio anterior.

Esta comunidad considera que la permanencia en el mismo grupo a lo largo de los 9 años de la escolaridad Infantil y Primaria es beneficiosa para todo el alumnado, por lo que salvo que medie solicitud fundamentada de más de la mitad de las familias afectadas o propuesta similar del conjunto del profesorado, tutor/a y CCP; los grupos no se reharán.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF) PERIODO DE INCORPORACIÓN.

En función de normativa posterior o razones aprobadas por el Equipo directivo esto podrá ser modificado. Amparadas en la Orden de 25-06-2007 y de 15-09-08, de la Consejería de Educación y Ciencia por la que se dictan instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los colegios de educación infantil y primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, exponemos el siguiente periodo de incorporación para el alumnado de educación infantil que se escolariza por primera vez. Una vez que el alumnado se ha asignado a un grupo-clase se distribuye en equipos de 5 ó 6 niños/as. El equipo 1 se incorporará el primer día, el equipo 2 el tercer día, el equipo 3 el quinto día, etc. El equipo que se ha incorporado continua asistiendo al centro dentro del horario establecido. En el periodo de matriculación las familias rellenarán un cuestionario de recogida de datos. Los equipos de niños/as se elaborarán atendiendo a criterios de madurez y autonomía, como podrían ser los siguientes: Se incorporará en el primer equipo el alumnado con necesidades educativas especiales. El alumnado que no haya acudido a guardería. El alumnado con dificultades para controlar esfínteres. El alumnado con dificultades en el lenguaje oral. El alumnado más pequeño, siguiendo su fecha de nacimiento. Valoración de las Escuelas infantiles. Orden alfabético. El horario establecido es de 11:30 horas a 13:00 horas para los 10 primeros días lectivos. Después el horario es el mismo que el resto del alumnado. De 9 a 11 horas las tutoras de tres años realizarán las entrevistas personales con las familias y organizarán las actividades específicas encaminadas a facilitar una mejor adaptación (colocación de material adecuado, colocación de rincones, elaboración de carnés identificativos, etc.) Las familias serán informadas, mediante reunión general, del proceso de incorporación a finales del mes de junio y a principio de septiembre se les convocará a otra reunión específica de tres años donde se dirá el equipo en el que está su hijo/a y se facilitará el resto de información necesaria para la escolarización. El programa de adaptación incluye también el periodo de aula matinal y comedor escolar. El alumnado que quiera hacer uso de este servicio lo hará desde el día en que esté incorporado todo el alumnado. Si alguna familia tiene una necesidad imperiosa para la utilización de este servicio solicitará al consejo escolar que pueda ser admitido antes. El aula matinal se podrá utilizar cuando el alumnado se incorpore al centro desde las 9:00 horas. Quienes deseen comenzar en octubre no se les cobrará el periodo de septiembre.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)CRITERIOS PARA REALIZAR AGRUPAMIENTOS FLEXIBLES DE MENOR

RATIO.

Con carácter general los agrupamientos se mantendrán, pudiéndose establecer reestructuraciones cuando el número de alumnos requiera el establecimiento de grupos flexibles de menor tamaño.

Con las listas actualizadas del alumnado de los grupos de partida, se dividirá a éste entre el número de grupos a determinar, realizando los agrupamientos de manera correlativa comenzando con el grupo A, después el B, ... y así sucesivamente hasta el último grupo.

Se valorará así mismo que el número de alumnos con necesidades educativas específicas, dificultades de aprendizaje, nivel de competencia curricular, niños/as etc., sea equitativo entre los grupos que se establezcan, así como que la ubicación de los alumnos facilite el clima de convivencia.

Cuando el desdoble se produce en el segundo curso de un Nivel, el criterio de permanencia del mayor número de alumnos/as con su tutor/a de referencia será el primero en aplicar. Se partirán los grupos empezando por arriba, el resto del alumnado formará el grupo C. Se tendrán en cuenta el resto de los criterios generales, intentando que los grupos estén equilibrados. Se tendrá en cuenta las orientaciones de la unidad de orientación y los tutores del grupo.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)CRITERIOS PARA LA INCORPORACIÓN DE ALUMNOS A LO LARGO DEL

CURSO.

Los alumnos de nueva incorporación a lo largo del curso serán escolarizados en el grupo que le corresponda por edad y que menos alumnos tenga.

En caso de haber estado escolarizado con anterioridad en el centro se adscribirá a dicho grupo si es en el mismo curso.

Se atenderá a estos criterios siempre que sean similares las necesidades específicas de los grupos, a la vez que se tendrá en cuenta el clima de convivencia del grupo.

En estos casos, la jefatura de estudios se reunirá con la CCP y la Unidad de orientación para analizar conjuntamente las características de los grupos, intentando llegar a un consenso sobre el aula que sea más conveniente.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)CRITERIOS PARA DARSE DE ALTA O BAJA EN EL ÁREA DE RELIGIÓN.

Cuando se formalice la matrícula en el centro, la familia decidirá si matricula o no a su hijo en Religión, cubriendo la solicitud que se entregará en secretaria o descargándola de la página web.

Cada año, en el mes de junio del 1 al 7, las familias podrán solicitar el alta o baja de Religión, siempre por escrito cubriendo el formulario oportuno y entregándolo en secretaría en el plazo establecido.

El alumnado de Religión permanece en su aula siempre. Por razones organizativas Jefatura de Estudios podrá asignar un espacio alternativo si el número de alumnos matriculados en religión es significativamente muy bajo.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS Y DEL TIEMPO EN EL

CENTRO.

ORGANIZACIÓN DE ESPACIOS

EDIFICIO PRINCIPAL

PLANTA BAJA SECCIÓN ADMINISTRATIVA

SECRETARÍA Trabajo administrativo y de gestión, almacén de material informático y de materiales comunes de oficina. CUARTO DE TELEFONÍA Distribución de señal y almacén 2 ASEOS Y BOTIQUÍN PRINCIPAL El propio. JEFATURA DE ESTUDIOS Múltiple, trabajo individual, reuniones y alternativa a la religión. DIRECCIÓN Trabajo individual, impresión de trabajos, fax y reuniones diversas. SALA DE PROFESORES Y ESPACIO AMPA. Reunión de Claustro, Consejo Escolar, Nivels, CCP, Comisiones, Sindicales, con editoriales, Reuniones De padres, madres, de no ser posible se harán en los despachos de dirección. CONSERJERÍA Y SALA DE LLAVES Y VARIOS El propio y almacén de material lúdico de patio

PLANTA BAJA SECCIÓN SERVICIO SALA DE USOS MÚLTIPLES

SALA DE USOS MÚLTIPLES Música, psicomotricidad, danza, reuniones de padres por Nivels, reuniones de comedor, sala de juegos, sala de encuentros con autor y actividades complementarias, sala de proyecciones,… COCINA Y COMEDOR El uso apropiado y Aula Matinal. ASEOS PARA EL SERVICIO DE COMEDOR El propio SALAS DE CALDERA, El propio CUARTO ELÉCTRICO El propio CUARTO DE CAMBIO Y ASEOS DEL PERSONAL DE LIMPIEZA Y SERVICIOS El propio CUARTO DEL GRUPO DE EMERGENCIA. Entrada por fuera del edificio. ALMACÉN Material de ed. Infantil y otros CUARTO DE BASURAS Usado como almacén de productos de limpieza y materiales de obra

PLANTA BAJA PASILLO INFANTIL AZUL ORIENTACIÓN

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)SALA DE ORIENTACIÓN. SEIS AULAS DE ED. INFANTIL. Aseos adaptados, medios informáticos en cada aula, material curricular y mobiliario adaptado y salida directa al patio de recreo, exceptuando una. ARMARIOS EN PASILLO Almacén de material de la cooperativa de Ed. Infantil. SALA DE PSICOMOTRICIDAD DE INFANTIL Ubicación próxima de los grupos pertenecientes al Primer Nivel de Primaria o Ed. infantil.

PLANTA BAJA PASILLO PRIMARIA SEGUNDO NIVEL AMARILLO

3 SALAS DE PT/AL/ ORIENTACIÓN Ahora dos salas se han unido para albergar un curso de los desdoblados y solo queda un aula que comparte PT Y AL 4 AULAS El propio BIBLIOTECA Y AUDIOVISUAL DEL NIVEL El propio PLANTA BAJA PASILLO PRIMER NIVEL VERDE ASCENSOR Subida a la planta alta 3 ASEOS CHICOS, CHICAS Y MINUSVÁLIDOS 5 AULAS Una para cada nivel, ahora como hay tres desdobles son dos grupos los que están en otro pasillo. En este está un curso de 5º ya que una niña precisa silla de ruedas. ALMACÉN BAJO LAS ESCALERAS EL PROPIO CUARTO DE LIMPIEZA El propio y cuarto de cambio del servicio de limpieza 2 ESCALERAS DE SUBIDA A LA PRIMERA PLANTA Atención a la diversidad: Ubicar al alumnado, preferentemente en la planta baja, siempre que presenten dificultades de movilidad.

PLANTA ALTA PASILLO PRIMARIA PASILLO TERCER NIVEL

SALA ALTHIA DE INFORMÁTICA Y AUDIOVISUAL El propio y el trabajo personal de programación del profesorado. Sala usada para actividades extracurriculares por la tarde 4 AULAS Se ubican aquí al alumnado del tercer Nivel y a ser posible que no precisen silla de ruedas 3 ALMACENES UNO PARA CADA NIVEL Guardar material ASCENSOR BAJADA El propio 2 ASEOS El propio CUARTO DE LIMPIEZA El propio

EDIFICIO ANEXO

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)GIMNASIO

SALA PRINCIPAL El propio ASEOS Y DUCHAS ALUMNADO El propio ASEOS Y VESTUARIO PROFESORADO El propio DESPACHO Control de la calefacción, música,… ALMACÉN El propio

DISTRIBUCION DE PATIOS DE PRIMARIA DURANTE EL RECREO

ESPACIO CURSOS RESPONSABLES: SEGÚN RATIO

PATIO DE ENTRADA DERECHA E IZQUIERDA de 1º a 3er NIVEL EQUIPO DOCENTE PATIO POSTERIOR (Baloncesto, Fútbol sala, bádminton, patinaje,…) 4º, 5º, 6º E. DOCENTE PATIO EDUCACIÓN INFANTIL 3, 4 Y 5 AÑOS EQUIPO DOCENTE

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

ORGANIZACIÓN DE TIEMPOS

Se establecen los siguientes criterios:

EDUCACIÓN INFANTIL

Por rutinas: acogida, asamblea, rincones, trabajo personal, alimentación e higiene, recreo, relajación, otras actividades (cuento, música, psicomotricidad, plástica, lecto-escritura …).

EDUCACIÓN PRIMARIA

Se distribuye el tiempo lectivo de cada jornada en cinco sesiones que duración de 52 minutos, dejando un tiempo de 12 minutos para el aseo y tomar el bocadillo y 28 min recreo después de la tercera sesión. Dado que el tiempo de aseo y bocadillo se considera educativo se restará dos minutos a cada sesión para garantizar la mejor realización de esta actividad tan fundamental.

Las sesiones son de 45minutos. Se destinarán 10 minutos de tres áreas troncales o específicas a la lectura diaria.

Siempre que sea posible, será el mismo profesor tutor el que impartirá a su grupo la mayor parte de las áreas curriculares a excepción de las impartidas por profesorado especialista.

Al mismo tiempo, en el primer Nivel de primaria se propone el mismo orden de sucesión de las áreas troncales a lo largo de la semana, con el fin de ayudar a establecer hábitos en el alumnado.

En junio y septiembre seguirá las recomendaciones emanadas de las instrucciones de comienzo de curso y en todo caso será el Claustro quien establezca el horario.

Desde la Jefatura de Estudios se procurará, en la distribución horaria de las materias impartidas por profesorado especialista, asignar como máximo dos sesiones de estas áreas en cada jornada, permitiendo así la posibilidad de impartir también diariamente las áreas troncales.

El horario de Valores Morales y Cívicos será atendido preferentemente por el tutor o tutora de ese grupo. Si ello no fuera posible porque debe impartir clase a otro grupo de alumnos, será cualquier otro profesor o profesora con tiempo disponible quien atienda a ese alumnado.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

El horario del alumnado que se beneficie de la intervención de las profesoras de PT, AL, y la profesora encargada del aprendizaje guiado de la Lengua Castellana, se ha elaborado teniendo en cuenta los horarios de los correspondientes grupos a los que pertenece dicho alumnado, tratando de que los grupos fuesen lo más homogéneos posible para lograr una mayor efectividad en la atención realizada.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)NORMAS PARA EL USO DE LAS INSTALACIONES Y

RECURSOS DEL CENTRO (BIBLIOTECA, AULA ALTHIA,

SALA DE USOS MÚLTIPLE, SALA DE PROFESORES E

INSTALACIONES DEPORTIVAS)

PATIOS DE PRIMARIA DURANTE EL RECREO

PATIO POSTERIOR 4º,5º y 6º En el patio hacen uso de todos los espacios de forma rotativa. • Durante el tiempo de recreo no se puede permanecer en las aulas, ni dentro del edificio escolar. • Los espacios que quedan libres son comunes para todos. • Queda terminantemente prohibido jugar detrás del gimnasio y fuera de la vigilancia del profesorado. • El número de jugadores/as participantes en los deportes practicados en las pistas correspondientes no podrá superar el permitido según las normas en cada deporte, (11 en fútbol, 5 en baloncesto...).

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)AULA DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

(AULA ALTHIA Y DE MEDIOS AUDIOVISUALES)

Este recurso está introducido en la programación de las actividades cotidianas del profesorado en las diferentes áreas curriculares. Con este fin, se ofrecerá la posibilidad de utilizar el aula por parte de los diferentes grupos de alumnos, al menos durante una sesión semanal, llevándose a cabo diversas actividades tales como: - Visionado de audiovisuales. - Utilización y manejo de diversas aplicaciones informáticas. - Uso de diferentes programas educativos relacionados con los contenidos curriculares. - Visita de webs educativas. - Realización de actividades de refuerzo on line. - Búsqueda de información en Internet.

Se designará un coordinador de la misma, dedicando hasta cinco sesiones de su horario semanal al desarrollo de funciones tales como: - Gestión de los recursos del aula. - Asesoramiento al profesorado del centro acerca de la utilización de los recursos y aplicaciones informáticas. - Elaboración de un catálogo de los programas multimedia existentes actualmente en el centro. - Solución de problemas o derivación a los servicios técnicos de la consejería.

El centro dispone también de diferentes medios audiovisuales (2 Monitores de TV, 2 reproductores de video, DVD, retroproyector, 3 cañones de proyección,...), además de diversas colecciones de vídeos y algunos DVD relacionados con los contenidos de las áreas curriculares.

El material está ubicado en la biblioteca y los aparatos de reproducción distribuidos en tres puntos: Aula Althia, Usos Múltiples y la biblioteca.

Cada grupo clase dispone de una sesión semanal de asistencia, en el mes de Octubre Jefatura de Estudios, teniendo en cuenta las solicitudes de los diversos equipos docentes elabora el correspondiente horario de utilización. Los grupos de Ed. Infantil disponen de un ordenador en cada aula, con impresora. No obstante, los grupos de cinco años de Educación Infantil utilizarán el aula Althia en la medida que sea posible.

BIBLIOTECA

El Equipo del Plan de lectura está compuesto por un encargado y familias voluntarias.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)Las personas de más de 55 años, con horario disponible podrán formar parte, con carácter preferente, de este equipo.

En el mes de Octubre Jefatura de Estudios, teniendo en cuenta las solicitudes de los diversos equipos docentes elabora el correspondiente horario de utilización. Cada grupo clase dispone de una sesión semanal de asistencia, incluyendo los grupos de Ed. Infantil.

La participación en Comunidades Lectoras en red y el tiempo de 10 minutos diarios de lectura son dos de los pilares del actual Plan de Lectura del Centro.

En la biblioteca no podrá permanecer ningún alumno sin vigilancia.

USO Y ADECUACIÓN DE MATERIALES Y RECURSOS DIDÁCTICOS.

CRITERIOS GENERALES.

El material será el más adecuado para trasmitir los contenidos y alcanzar los objetivos que pretendemos. Tendrán un valor educativo, un carácter manipulativo, no discriminatorio y promoverán la cooperación, siendo sencillos de usar.

CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE MATERIALES.

Los criterios que pueden ser útiles para la selección de materiales podemos agruparlos en las siguientes categorías:

Calidad: Es preciso seleccionar unos materiales que sean naturales, manejables, seguros, no tóxicos ni inflamables, que no corten ni tengan elementos punzantes,...Estas características rigen especialmente con los materiales dirigidos a los más pequeños.

Adecuación: A la edad y a los niveles madurativos de cada grupo de alumnos / as.

Economía: No siempre el material más costoso es el más educativo. Adaptación a los procesos de aprendizaje que se desean lograr.

CRITERIOS PARA LA UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS DIDÁCTICOS.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)Disponibilidad: Los recursos y materiales didácticos incidirán en el aprendizaje si el alumnado puede acceder a ellos, verlos, encontrarlos. Una disposición de los materiales y recursos bien visible y accesible invita al alumnado a utilizarlo y aprender también a mantener su orden.

Adecuación: Todos los materiales y recursos didácticos estarán adaptados a los niveles de cada etapa educativa.

Manejabilidad: Se promoverá que este tipo de materiales y recursos puedan ser manipulados por el alumnado sin ningún tipo de riesgo para ellos y a su vez procuraremos que sean resistentes.

Variedad: Utilizaremos materiales tanto comercializados como de desecho.

CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE LIBROS Y MATERIALES GRATUITOS.

Los cambios de editorial se ajustarán a la legalidad vigente.

Los materiales didácticos serán acordados por consenso en reunión de Nivel, de no alcanzar un consenso serán por mayoría de dos/tercios de los miembros del Nivel, en caso de desacuerdo se llamará a consulta a la CCP, quien por mayoría acordará las decisiones correspondientes, sin olvidar el compromiso debido con la normativa vigente y en todo caso con el acuerdo posterior del Consejo Escolar.

Cuando sea necesario adquirir materiales adicionales a los que sufraga la Consejería de Educación será necesario el acuerdo expreso del Consejo Escolar.

En la medida de lo posible, los materiales adquiridos no superarán la cuantía de ayuda y serán en calidad de préstamos por un periodo de 4 años. En todo caso se ajustará a la normativa vigente.

Cuando no sea posible adquirir todos los materiales curriculares serán priorizados en función de la optatividad del área.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

CRITERIOS PARA LA DISTRIBUCIÓN DE MATERIALES CURRICULARES

GRATUITOS.

A la hora de distribuir los materiales entre el alumnado se tendrán en cuenta los siguientes criterios: - El alumnado repetidor mantendrá el lote de libros que se le había asignado el curso anterior. - Al alumnado con hermanos en el curso anterior se le asignará el lote de aquellos. Los lotes restantes se distribuirán por orden alfabético.

• Normativa de referencia: La publicada por CLM ver www.jccm.es

HORARIO DEL CENTRO DISPONIBLE PARA EL USO SOCIAL DE SUS RECURSOS

El centro colabora con el Ayuntamiento ofreciendo la posibilidad de utilizar sus recursos por diferentes colectivos de la localidad para el desarrollo de diversas actividades.

De esta forma, se utilizan las instalaciones en diversas ocasiones para el desarrollo de actividades de las Escuelas Municipales de Deporte, actividades deportivas para la comunidad por la tarde y en días no lectivos, etc.

Todas estas actividades se llevan a cabo fuera del horario lectivo y siempre que no sean incompatibles con el horario y espacios utilizados en las actividades extracurriculares.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)FUNCIONAMIENTO DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS.

Su estructura y funcionamiento ha de inspirarse en una concepción participativa de la actividad educativa, como órganos representativos de los diferentes sectores de la Comunidad, tomando parte en la organización y funcionamiento de la vida escolar, dentro de los principios democráticos de convivencia, basándose en la legislación vigente.

EL CONSEJO ESCOLAR. LOMCE

Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.

Elegido al amparo de lo dispuesto en el Documento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los colegios de Educación Primaria. Real decreto 82/1996 de 26 de enero Su composición, elecciones de sus componentes, nombramientos y competencias, están reguladas por dicho documento, la Orden de 28 de febrero de 1996 LOE Ley Orgánica de Educación, 2-3-06: ¿?

CAPÍTULO III

Órganos colegiados de gobierno y de coordinación docente de los centros públicos

Sección primera. Consejo Escolar

Artículo 126. Composición del Consejo Escolar.

COMPOSICIÓN:

El / la directora / a del Centro El / la jefe de estudios Cinco profesores /as elegidos / as por el claustro. Cinco representantes de los padres y madres del alumnado. Un concejal o representante del Ayuntamiento. Un representante del Personal de Administración y Servicios. El / la secretario / a del Centro, que actuará como secretario / a del Consejo, con voz, pero sin voto.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)Atendiendo a la ley de cupos y de igualdad se favorecerá la composición equilibrada del Consejo Escolar LOE 1. El Consejo Escolar de los centros públicos estará compuesto por los siguientes miembros:

a) El director del centro, que será su Presidente.

b) El jefe de estudios.

c) Un concejal o representante del Ayuntamiento en cuyo término municipal se halle radicado el centro.

d) Un número de profesores, elegidos por el Claustro, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo.

e) Un número de padres y de alumnos, elegidos respectivamente por y entre ellos, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo.

f) Un representante del personal de administración y servicios del centro.

g) El secretario del centro, que actuará como secretario del Consejo, con voz y sin voto.

2. Una vez constituido el Consejo Escolar del centro, éste designará una persona que impulse medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.

3. Uno de los representantes de los padres en el Consejo Escolar será designado por la asociación de padres más representativa del centro, de acuerdo con el procedimiento que establezcan las Administraciones educativas.

4. Corresponde a las Administraciones educativas regular las condiciones por las que los centros que impartan las enseñanzas de formación profesional o artes plásticas y diseño puedan incorporar a su Consejo Escolar un representante propuesto por las organizaciones empresariales o instituciones laborales presentes en el ámbito de acción del centro.

5. Los alumnos podrán ser elegidos miembros del Consejo Escolar a partir del primer curso de la educación secundaria obligatoria. No obstante, los alumnos de los dos primeros cursos de la educación secundaria obligatoria no podrán participar en la selección o el cese del director. Los alumnos de educación primaria podrán participar en el Consejo Escolar del centro en los términos que establezcan las Administraciones educativas.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

6. Corresponde a las Administraciones educativas determinar el número total de miembros del Consejo Escolar y regular el proceso de elección.

7. En los centros específicos de educación infantil, en los incompletos de educación primaria, en los de educación secundaria con menos de ocho unidades, en centros de educación permanente de personas adultas y de educación especial, en los que se impartan enseñanzas artísticas profesionales, de idiomas o deportivas, así como en aquellas unidades o centros de características singulares, la Administración educativa competente adaptará lo dispuesto en este artículo a la singularidad de los mismos.

COMPETENCIAS DEL CONSEJO ESCOLAR

«Artículo 127. Competencias del Consejo Escolar. El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes competencias: a) Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley orgánica. b) Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente. c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos. d) Participar en la selección del director del centro, en los términos que la presente Ley Orgánica establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director. e) Informar sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen. f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas. g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la presente Ley Orgánica, la resolución pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y del equipo escolar e informar la obtención de recursos complementarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3. i) Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos. j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro. k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma. l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.»

Disposición final segunda. Modificación de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación. Tres

Tres. El artículo 57 queda redactado de la siguiente manera: «Artículo cincuenta y siete. Corresponde al Consejo Escolar del centro, en el marco de los principios establecidos en esta Ley: a) Intervenir en la designación del director del centro, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59. b) Intervenir en la selección del profesorado del centro, conforme con el artículo 60. c) Participar en el proceso de admisión de alumnos y alumnas, garantizando la sujeción a las normas sobre el mismo. d) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas. e) Aprobar el presupuesto del centro en relación con los fondos provenientes de la Administración y con las cantidades autorizadas, así como la rendición anual de cuentas. f) Informar y evaluar la programación general del centro que, con carácter anual, elaborará el equipo directivo. g) Proponer, en su caso, a la Administración la autorización para establecer percepciones a las familias de los alumnos y alumnas por la realización de actividades escolares complementarias. h) Participar en la aplicación de la línea pedagógica global del centro e informar las directrices para la programación y desarrollo de las actividades escolares complementarias, actividades extraescolares y servicios escolares. i) Aprobar, a propuesta del titular del centro, las aportaciones de las familias de los alumnos y alumnas para la realización de actividades extraescolares y los servicios escolares cuando así lo hayan determinado las Administraciones educativas.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)j) Informar los criterios sobre la participación del centro en actividades culturales, deportivas y recreativas, así como en aquellas acciones asistenciales a las que el centro pudiera prestar su colaboración. k) Favorecer relaciones de colaboración con otros centros, con fines culturales y educativos. l) Informar, a propuesta del titular, el reglamento de régimen interior del centro. m) Participar en la evaluación de la marcha general del centro en los aspectos administrativos y docentes. n) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a las que se refiere el artículo 84.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, la resolución pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género.»

En el seno de este Consejo Escolar podrán existir comisiones que se formarán según el procedimiento legal: Comisión Económica. Comisión Permanente. Comisión de Convivencia. Comisión de Comedor escolar. Comisión de Escolarización. Comisión de Extracurriculares. Comisión de Materiales Curriculares

En todas ellas habrá, al menos, un representante del profesorado y un representante de los padres / madres. Algún miembro del equipo directivo formará parte de todas estas comisiones. Las actas que se levanten serán leídas en la siguiente reunión del Consejo Escolar ordinario. Las decisiones alcanzadas por las comisiones tendrán la misma validez que las del Consejo Escolar.

ELECCIONES Y RENOVACIÓN DEL CONSEJO ESCOLAR.

Cada año las autoridades competentes dictan normativa para dicho proceso. Salvo derogación, en términos generales el proceso se ajusta a esto:

El procedimiento de elección de sus miembros se desarrollará durante el primer trimestre del curso académico, según el art. 9 del R.D. de 26 de enero de 1996. Y LOE

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)El procedimiento para cubrir vacantes se desarrollará según el art. 10 del R.D. de 26 de enero de 1996.

El procedimiento para la formación de la junta electoral se desarrollará según el art. 11 del R.D. de 26 de enero de 1996.

El procedimiento para cubrir los puestos de designación se desarrollará según el art. 12 del R.D. de 26 de enero de 1996.

El procedimiento para la elección de los representantes del profesorado se desarrollará según el art. 13 del R.D. de 26 de enero de 1996.

El procedimiento para la elección de los representantes de los padres y madres se desarrollará según el art. 14 del R.D. de 26 de enero de 1996.

El procedimiento para la elección de los representantes del personal de administración y servicios se desarrollará según el art. 15 del R.D. de 26 de enero de 1996.

El procedimiento para el escrutinio de votos y la elaboración de actas se desarrollará según el art. 16 del R.D. de 26 de enero de 1996.

El procedimiento para la proclamación de candidatos electos y reclamaciones se desarrollará según el art.17 del R.D. de 26 de enero de 1996.

El procedimiento para la constitución del Consejo Escolar se desarrollará según el art. 18 del R.D. de 26 de enero de 1996.

El régimen de funcionamiento del Consejo Escolar se ajustará a lo dispuesto en el art. 19 del R.D. de 26 de enero de 1996.

El procedimiento para la formación de comisiones del Consejo Escolar se desarrollará según el art. 20 del R.D. de 26 de enero de 1996.

DOCUMENTO ORGÁNICO DE FUNCIONAMIENTO.

1) Las sesiones ordinarias serán convocadas al menos con tres días de antelación. Las extraordinarias, al menos con una antelación de veinticuatro horas.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)Con carácter de urgencia se podrá reunir la comisión permanente y tomar decisiones que resuelvan determinados casos. 2) Se celebrará preceptivamente al menos una sesión trimestral a principios, mediados y fin de curso. 3) Podrán convocarse sesiones extraordinarias: - En caso necesario y por decisión del presidente / a. - A petición de un tercio de los componentes de derecho. 4) Para cada sesión se establecerá una primera convocatoria y treinta minutos más tarde una segunda.

En ningún caso las sesiones sobrepasarán las dos horas de duración. Si quedasen asuntos pendientes se fijará una segunda reunión en el plazo más breve posible.

En cada sesión ordinaria se procederá a la lectura y aprobación del acta anterior. 5) Para poder celebrar las sesiones, tanto ordinarias como extraordinarias en primera convocatoria, será necesaria la presencia de la mitad más uno de sus componentes de derecho. En caso contrario la sesión se celebraría 30 minutos más tarde en segunda convocatoria solo con los presentes. En ambos casos será precisa la asistencia del Presidente/a y/o Jefe/a de Estudios que asumirá la presidencia. 6) En ausencia del Secretario/a, hará sus veces el/la Jefe/a de Estudios, y en ausencia también de éste uno de los asistentes por voluntad propia o por designación del Presidente/a. 7) Para poder ejercer el derecho al voto, será imprescindible la presencia en la reunión en el momento de la votación. El voto no será delegable. 8) Las votaciones se decidirán por mayoría simple. En caso de empate, el Presidente/a no haría uso del voto de calidad, limitándose a hacer una defensa o refutación del tema bajo su punto de vista, tras la que se procedería a una nueva votación. En caso de no llegar a un acuerdo y persistir la igualdad, el/la Presidente/a haría uso del voto de calidad. 9) El orden del día podrá ser modificado en caso de urgencia, y siempre por mayoría absoluta, también pueden ser incluidos asuntos a petición de la Presidencia al inicio de la sesión y con el acuerdo de todos/as. No se podrá estudiar ningún tema que no figure en el orden del día, salvo acuerdo unánime. 10) Cualquier miembro del Consejo podrá proponer temas para incluir en el orden del día, siempre que lo comunique al secretario/a con tiempo suficiente antes de la convocatoria. 11) Los temas serán expuestos por el Presidente/a, se abrirá un turno de palabra sobre cada tema y, por último, en caso de división de opiniones, se someterá a votación tratando de alcanzar un consenso. 12) El horario de sesiones se flexibilizará para permitir la asistencia de todos sus miembros. En cualquier caso el horario se acordará dentro del Consejo Escolar vigente .

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)Horario acordado en 2009 de 16h a 17h y de 13 a 14 en Junio y septiembre. En todo caso se ajustarán a las necesidades, la importancia de los temas y la búsqueda del mayor quórum.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

EL CLAUSTRO DE PROFESORES / AS.

Es el órgano de participación activa del Profesorado del Centro. Estará integrado por la totalidad de los / as profesores / as que formen, por nombramiento, la plantilla del Centro. Su Presidente / a es el / la directora / a del Colegio.

COMPETENCIAS DEL CLAUSTRO DE PROFESORES / AS, SEGÚN LA LEY

ORGÁNICA 2/ 3/5/06 LOE

Artículo 128. Composición.

1. El Claustro de profesores es el órgano propio de participación de los profesores en el gobierno del centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir sobre todos los aspectos educativos del centro.

2. El Claustro será presidido por el director y estará integrado por la totalidad de los profesores que presten servicio en el centro.

El Claustro de profesores tendrá las siguientes competencias:

a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual.

b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la programación general anual.

c) Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.

d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.

e) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director en los términos establecidos por la presente Ley.

f) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)g) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

h) Informar las normas de organización y funcionamiento del centro.

i) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente.

j) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

k) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las respectivas normas de organización y funcionamiento.

DOCUMENTO ORGÁNICO DE FUNCIONAMIENTO.

Salvo cambios LOMCE. 1) Las sesiones ordinarias serán convocadas al menos con dos días de antelación. Las sesiones extraordinarias, al menos con una antelación de veinticuatro horas. 2) Se celebrará preceptivamente al menos una sesión trimestral a principios, mediados y final de curso. 3) Podrán convocarse reuniones extraordinarias: - En caso necesario y por decisión del Presidente / a. - A petición de un tercio de los componentes de derecho. 4) En cada sesión ordinaria se procederá a la lectura y aprobación del acta anterior. 5) Para poder celebrar las sesiones tanto ordinarias como extraordinarias en primera convocatoria, será necesaria la presencia de la mitad más uno de sus componentes de derecho. En caso contrario la sesión se celebrará diez minutos más tarde en segunda convocatoria solo con los presentes. En ambos casos será necesaria la presencia del Presidente/a y/o Jefe/a de Estudios que asumiría la presidencia. 6) En ausencia del Secretario/a, hará sus veces el/la Jefe de Estudios, y en ausencia también de éste/a, uno de los asistentes por voluntad propia o por designación del Presidente/a. 7) Para poder ejercer el derecho al voto, será imprescindible la presencia en la reunión en el momento de la votación. El voto no será delegable. 8) Las votaciones se decidirán por mayoría simple. En caso de empate, el presidente no haría uso del voto de calidad, limitándose a hacer una defensa o refutación si del tema bajo su punto de

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)vista, tras la que se procedería a una nueva votación. En caso de no llegar a un acuerdo y persistir la igualdad, la Presidencia haría uso del voto de calidad. 9) Las votaciones se realizarán a mano alzada o en votación secreta si un tercio lo pidiera, excepto las reglamentadas por la legislación vigente cuyo voto es secreto. 10) El orden del día podrá ser modificado en caso de urgencia, y siempre por mayoría absoluta. No se podrá estudiar ningún tema que no figure en el orden del día o fuera propuesto al comienzo de la misma y aprobado por todos. En todo caso se podrá tratar al final de la sesión y no se someterá a votación. 11) Cualquier miembro del claustro podrá proponer temas para incluir en el orden del día, siempre que lo comunique al Secretario con tiempo suficiente antes de la convocatoria. 12) Los temas serán expuestos por el/a Presidente/a, se abrirá un turno de palabra sobre cada tema y, por último, en caso de división de opiniones, se someterá a votación tratando de lograr un consenso. 13) El calendario y horario de sesiones se celebrará de acuerdo con lo prescrito en el Plan de Centro de cada curso. 14) La asistencia a las sesiones es obligatoria, salvo causa justificada documentalmente ante el director/a. 15) Los temas a tratar en claustro serán sólo y estrictamente pedagógicos. Toda sesión que no conlleve estos fines, no será considerada por tanto como sesión de claustro, rigiéndose por su normativa específica.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

ÓRGANOS UNIPERSONALES

1. El equipo directivo, órgano ejecutivo de gobierno de los centros públicos, estará integrado por el director, el jefe de estudios, el secretario y cuantos determinen las Administraciones educativas.

2. El equipo directivo trabajará de forma coordinada en el desempeño de sus funciones, conforme a las instrucciones del director y las funciones específicas legalmente establecidas.

3. El director, previa comunicación al Claustro de profesores y al Consejo Escolar, formulará propuesta de nombramiento y cese a la Administración educativa de los cargos de jefe de estudios y secretario de entre los profesores con destino en dicho centro.

4. Todos los miembros del equipo directivo cesarán en sus funciones al término de su mandato o cuando se produzca el cese del director.

5. Las Administraciones educativas favorecerán el ejercicio de la función directiva en los centros docentes, mediante la adopción de medidas que permitan mejorar la actuación de los equipos directivos en relación con el personal y los recursos materiales y mediante la organización de programas y cursos de formación.”

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

EL EQUIPO DIRECTIVO

Constituido por: - Director /a. - Jefe / a de Estudios - Secretario / a

Decreto 91/2012, de 28/06/2012, por el que se regulan las características y los procesos relativos al ejercicio de la función directiva en los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. [2012/9511]

Artículo 3. El equipo directivo. El equipo directivo se define como el órgano ejecutivo de gobierno encargado de aplicar todo lo relativo a la planificación, desarrollo y evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje y a la organización y funcionamiento del centro docente. Los miembros del equipo directivo ejercerán sus competencias y funciones específicas en coordinación y bajo la dependencia del responsable de la dirección.

Su misión fundamental será: - La representación del Centro. - La consecución de los fines. - La mejora de la calidad de la enseñanza. - Cumplir y hacer cumplir los acuerdos. - La vigilancia en el desarrollo de las actividades en función de los principios constitucionales, legales, acuerdos y respeta al presente documento.

Sus funciones específicas están reguladas en la LOE y Decreto del 26 de enero de 1996, así como por las circulares de la Dirección General de Centros Escolares que lo desarrollan.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)EL DIRECTOR

LOMCE «Artículo 132. Competencias del director. Son competencias del director: a) Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en el mismo y hacerle llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa. b) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar. c) Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro. d) Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes. e) Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro. f) Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos y alumnas, en cumplimiento de la normativa vigente, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar en el artículo 127 de esta Ley orgánica. A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos en los centros. g) Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos y alumnas. h) Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado. i) Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro del profesorado del centro y ejecutar los acuerdos adoptados, en el ámbito de sus competencias. j) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas. k) Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar del centro. l) Aprobar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley Orgánica. m) Aprobar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente. n) Decidir sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen. ñ) Aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)o) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos. p) Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa.»

LOMCE Disposición final segunda. Modificación de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, se modifica en los siguientes términos: Uno. El apartado 2 del artículo 54 queda redactado de la siguiente manera: «2. Las facultades del director serán: a) Dirigir y coordinar todas las actividades educativas del centro, de acuerdo con las disposiciones vigentes, sin perjuicio de las funciones del Consejo Escolar del centro. b) Ejercer la jefatura académica del personal docente. c) Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones del Claustro del profesorado y del Consejo Escolar. d) Visar las certificaciones y documentos académicos del centro. e) Ejecutar los acuerdos de los órganos colegiados en el ámbito de sus facultades. f) Resolver los asuntos de carácter grave planteados en el centro en materia de disciplina de alumnos y alumnas. g) Cuantas otras facultades le atribuya el reglamento de régimen interior en el ámbito académico.»

CLM JCCM Decreto 91/2012, de 28/06/2012, por el que se regulan las características y los procesos relativos al ejercicio de la función directiva en los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. [2012/9511] 2. Las funciones principales que deben desarrollar los responsables de la dirección en los centros docentes son las siguientes: a. Procurar una mejora continua de la calidad educativa en los elementos y los resultados del proceso de enseñanza y aprendizaje. b. Determinar las condiciones del éxito escolar para todo el alumnado. c. Crear un clima escolar que favorezca la convivencia. d. Desarrollar el liderazgo y la participación de los miembros de la comunidad educativa. e. Gestionar eficazmente los recursos educativos, humanos y materiales, del centro

Artículo 21. Medidas de apoyo al ejercicio de la dirección. Para favorecer el ejercicio de la dirección, la Consejería competente en materia de educación promoverá las siguientes medidas:

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)a. Asegurar que las personas responsables de la dirección reciban el trato, la consideración y el respeto acordes con la importancia de su tarea. b. Facilitar el ejercicio de la función directiva en los centros docentes, dotando a la dirección de la necesaria autonomía para impulsar y desarrollar proyectos de innovación e investigación, programas de formación en centros y cualquier otra medida que contribuya a mejorar la calidad educativa del centro, su organización y funcionamiento. c. Desarrollar programas específicos de formación para la actualización y el perfeccionamiento técnico y profesional; así como fomentar, en colaboración con otras administraciones y organismos europeos, el conocimiento de los sistemas educativos y órganos directivos de otros países mediante estancias en los mismos. d. Fomentar su participación en consejos y órganos consultivos y de asesoramiento de la Administración educativa o local, y en las comisiones previstas por la normativa vigente.

EL JEFE DE ESTUDIOS.

Son competencias del Jefe / a de estudios ( Art. 34 del R.D. 26 / 01 / 96 ):

Ejercer, por delegación del Director / a y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico. Sustituir al Director / a en caso de ausencia o enfermedad. Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de maestros / as y alumnado en relación con el Proyecto Educativo, los Proyectos Curriculares de Etapa y la Programación General Anual y, además, velar por su ejecución. Elaborar, en colaboración con los restantes órganos unipersonales, los horarios académicos del alumnado y profesorado, de acuerdo con los criterios aprobados por el claustro y con el horario general incluido en la Programación General Anual, así como velar por su estricto cumplimiento. Coordinar las tareas de los equipos de Nivel. Coordinar y dirigir la acción de los / as Tutores / as y, en su caso del Orientador / a, conforme al Plan de acción Tutorial. Coordinar, con la colaboración del representante del Claustro en el Centro de Profesores y Recursos, las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y organizar las actividades de formación del profesorado realizadas por el Centro. Organizar los actos académicos. Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar, especialmente lo que se refiere al alumnado, facilitando y orientando su organización. Participar en la elaboración de la propuesta del Proyecto Educativo y de la Programación General Anual, junto con el resto del equipo directivo.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)Favorecer la convivencia en el Centro y garantizar el procedimiento para imponer las correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones vigentes, lo establecido en el Documento de Régimen Interior y los criterios fijados por el Consejo Escolar. Organizar la atención y cuidado del alumnado en los periodos de recreo y en otras actividades no lectivas. Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el / la directora / a del Centro dentro del ámbito de su competencia.

EL SECRETARIO

Son competencias del Secretario / a ( Art. 35 del R.D. de 26 / 01 / 96 ):

Ordenar el régimen administrativo del Centro, de conformidad con las directrices del Director / a. Actuar como Secretario / a de los órganos colegiados del gobierno del Centro, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del Director / a. Custodiar los libros y archivos del Centro. Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados. Realizar el inventario general del Centro y mantenerlo actualizado. Custodiar y disponer la utilización de los medios informáticos, audiovisuales y del resto del material didáctico. Ejercer, por delegación del Director / a y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y servicios adscritos al Centro. Elaborar el anteproyecto de presupuesto del Centro. Ordenar el régimen económico del Centro, de conformidad con las instrucciones del Director / a, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes. Participar en la elaboración de la propuesta de Proyecto Educativo y de la Programación General, junto con el resto del equipo directivo. Velar por el mantenimiento material del Centro en todos sus aspectos, de acuerdo con las indicaciones del Director / a. Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el director del Centro dentro del ámbito de su competencia.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)OTROS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD ESCOLAR

CONSERJE, PERSONAL DE LIMPIEZA Y COMEDOR

Con dependencia del Excmo. Ayuntamiento y de alguna empresa del sector hostelero, pero cuyas funciones afectan de manera importante a toda la Comunidad Educativa al ser su misión imprescindible para la salud, higiene y buen funcionamiento del Centro. Sus derechos y deberes profesionales están encuadrados en el marco de su convenio laboral, por ello en el presente Documento solo se regulan aquellos aspectos imprescindibles para una buena convivencia.

DERECHOS

1. Al respeto de todos los miembros de la Comunidad Escolar. 2. No realizar su labor en aquellas dependencias que no queden en unas condiciones normales en cuanto al orden del mobiliario y suciedad, para lo cual, los papeles quedarán en las papeleras y el material recogido en sus armarios.

DEBERES

1. Respetar a todos los miembros de la Comunidad Educativa. 2. Cumplir su horario de trabajo así como su convenio laboral y respetar cuantas normas de funcionamiento se les den desde el Centro. 3. Dejar todas las dependencias del Centro en las mejores condiciones posibles de higiene y limpieza en relación con su horario de trabajo. 4. Dirigirse al Director / a en casos de quejas, reclamaciones, etc.,. 5. Informar al Director / a de cualquier anomalía que detecten en el desarrollo de su función. 6. Controlar y custodiar las llaves de aulas, despachos, oficinas, .... 7. Respetar cuanto mobiliario, material, documentación, etc., existe en el Centro. 8. No permitir la estancia en el Centro de personas, alumnos / as, o grupos que no estén autorizados y / o se encuentren en compañía de sus responsables.

EL AYUNTAMIENTO

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

DERECHOS

Participación en la Comunidad Educativa a través de su representante en el Consejo Escolar del Centro y en el Local, con las funciones que la normativa legal vigente señala.

DEBERES

Como Centro sostenido con fondos públicos, compete a este organismo, juntamente con la Administración Central, el mantenimiento y conservación del Centro Escolar. Convocar al Consejo Escolar Local .

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO

CALENDARIO Y DISTRIBUCIÓN HORARIA.

El calendario escolar que regirá en el Centro será aquel que la Consejería de Educación y Ciencia nos facilite cada año. Serán días festivos locales San Blas y La Cruz de Mayo, que se celebrarán los días que marque el Ayuntamiento cada curso escolar. El horario del Centro será: - De 7:30 a 9 horas Comedor escolar. Aula matinal. - De 9 a 14 horas Horario lectivo del alumnado. - De 14 a 16 horas Comedor escolar. - De 16 a 18 o 19 horas Actividades extraescolares. El horario general de octubre a mayo será de 8 a 9 de lunes a miércoles. Concretando dos de las cuatro horas, de libre disposición mensuales, en una hora de 16h a 17h a determinar cada curso y otra de 14 a 15h igualmente a determinar por el Claustro a comienzo de curso; de esta forma se garantiza la atención a padres. Durante los meses de septiembre y junio será de 13 a 14h, siendo los lunes que procedan los destinados a atención a padres.

AGENDA ESCOLAR

El centro, utilizará en todo primaria una agenda común. El alumnado debe emplearla , traerla y llevarla a diario de su casa a la escuela y viceversa. El profesorado informará escuetamente de las incidencias o las necesidades del alumno. La agenda es un elemento de comunicación habitual que

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)nos ayuda a mejorar la comunicación. En ningún caso se empleará la agenda para expresar discrepancias con el profesorado.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)MATERIALES CURRICULARES

El alumnado de primaria se beneficiará de la gratuidad de materiales curriculares, según establece la normativa vigente. Los materiales se les entregarán a principio de curso según los siguientes criterios:

PRIMER NIVEL

• Se entregarán los materiales a principio de curso.

SEGUNDO Y TERCER NIVEL

• Se entregarán los materiales a principio de curso. • El alumnado repetidor recibirá el mismo lote de libros que tenía el curso anterior. • El alumnado que tenga hermanos en el curso inmediatamente superior recibirá el lote de éstos. • El resto de materiales se distribuirá por orden alfabético. Al finalizar el curso el alumnado depositará en el Centro los materiales para ser revisado su estado de conservación.

Las familias se atienen a lo legislado en materia de ayuda para materiales curriculares publicada por la JCCM y a los acuerdos de Consejo Escolar y la Comisión de Materiales Curriculares.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)CASOS DE DESASTRE, CATÁSTROFE O EMERGENCIA.

NORMAS PARA LA CORRECTA EVACUACIÓN DEL CENTRO.

PASILLO DE INFANTIL

1. Cada profesor/a será responsable de controlar la evacuación de su aula. 2. Comprobará que todas las puertas y ventanas quedan cerradas y que no queda ninguna persona en los pasillos. 3. El orden de salida de los grupos y las puertas de emergencia que utilizarán será: • Aula nº 1, puerta1 • Aulas nº 2, 3 y 4, puerta 2 • Aulas nº 5, 6 y aula de psicomotricidad, puerta 3.

La profesora de la primera clase ( aula nº 2 ) recogerá al grupo de la responsable. Los grupos deben dirigirse hacia el patio exterior, zona de aparcamiento. Un miembro del equipo directivo será el/la responsable de controlar la evacuación. Saldrá el/la último/a y medirá el tiempo que se tardó en realizar el simulacro. (secretario)

PASILLO COLOR AMARILLO

1. Cada profesor será responsable de controlar la evacuación de su aula. 2. Comprobará que todas las puertas y ventanas quedan cerradas y que no queda ninguna persona en los pasillos. 3. El orden de salida de los grupos y las puertas de emergencia que utilizarán será: • Biblioteca, aulas nº 7 y 8, puerta 1 • Aulas nº 9, 10 y 11A, puerta 2 • Aulas nº 11 B, 12A, 12B y 13, puerta 3.

Los grupos deben dirigirse hacia el patio exterior, zona deportiva. El/la profesor/a que ocupa la clase central del pasillo (aula nº 10) será el/la responsable de controlar la evacuación. Saldrá el/la último/a y medirá el tiempo que se tardó en realizar el simulacro.

PASILLO COLOR VERDE:

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)1. Cada profesor será responsable de controlar la evacuación de su aula. 2. Comprobará que todas las puertas y ventanas quedan cerradas y que no queda ninguna persona en los pasillos. 3. El orden de salida de los grupos y las puertas de emergencia que utilizarán será: • Aulas nº 17 y 16, puerta de emergencia del final del pasillo. • Aulas nº 14, 15 y servicios, saldrán por la puerta de cristales más próxima hacia el patio exterior, zona deportiva.

Los grupos deben dirigirse hacia el patio exterior, zona deportiva. El/la profesor/a que ocupa el aula nº 16 será el/la responsable de controlar la evacuación. Saldrá el/la último/a y medirá el tiempo que se tardó en realizar el simulacro.

PLANTA SUPERIOR

1. Cada profesor será responsable de controlar la evacuación de su aula. 2. Comprobará que todas las puertas y ventanas quedan cerradas y que no queda ninguna persona en los pasillos. 3. El orden de salida de los grupos y las puertas de emergencia que utilizarán será: • Aulas nº 18, 19, servicios y sala de informática, bajan por la escalera que está a su izquierda y de frente y salen por la puerta de cristales principal, hacia el patio exterior, zona deportiva. • Aulas nº 21 y 20, bajan por la escalera que está a su derecha y salen por la puerta de emergencia hacia el patio exterior, zona deportiva.

El/la profesor/a que ocupa el aula nº 19 será el/la responsable de controlar la evacuación. Saldrá el/la último/a y medirá el tiempo que se tardó en realizar el simulacro.

• El profesorado y el alumnado que en el momento de la emergencia se encuentre en los DESPACHOS, SALA DE PROFESORES Y ORIENTACIÓN, deberá salir por la puerta principal del edificio y se dirigirá al aparcamiento.

• El/la CONSERJE del Centro cortará el suministro eléctrico y de gas y será la última persona en abandonar el edificio por la puerta principal.

• El profesorado y el alumnado que en el momento de la emergencia se encuentre en LA SALA DE USOS MÚLTIPLES, deberá salir por la puerta de cristales más próxima, hacia el patio exterior, zona deportiva o en caso necesario por la puerta de emergencia del comedor escolar, hacia la zona de aparcamiento.

COCINA:

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)El personal de cocina procederá a cerrar todo suministro de energía (gas, electricidad) ventanas y puertas. Si la emergencia se produjese en horario de comida se evacuará el comedor por su puerta de emergencia y el alumnado y cuidadoras se dirigirán hacia el patio exterior, zona de aparcamiento.

GIMNASIO:

El alumnado que se encuentre en el gimnasio saldrá, lo más rápido posible y se dirigirá hacia la zona deportiva. El profesor / a que se encuentre en ese momento en el mismo será el responsable de controlar la evacuación y medirá el tiempo que se tardó en realizar el simulacro.

ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS

Criterios de carácter general.

Todas las actividades complementarias que deban realizarse fuera del recinto escolar deberán ser comunicadas a los padres para que estos den su autorización y permiso. En la comunicación a los padres el profesor tutor / a puntualizará: El día, hora y lugar de salida. El día, hora y lugar de regreso. El tipo de actividad que se realizará. El itinerario de la actividad. El coste monetario. Se realizarán las salidas siempre que asistan un número significativo de alumnos / as. La realización de estas actividades será comunicada al servicio de Inspección técnica de la Delegación Provincial, siempre que sea posible con al menos diez días de antelación sobre la fecha prevista. Se hará constar el grupo a quien va dirigida, el horario previsto, y el / la responsable junto con la aprobación de la misma por el Consejo Escolar del Centro. En las actividades complementarias, los grupos, a criterio / petición de los / as tutores /as podrán ser acompañados / as por algún representante del AMPA o padre / madre que así lo solicite. A principio de cada curso escolar se elaborará un listado de los que deseen colaborar en las actividades y que serán requeridos por los / as tutores / as siempre para atender / acompañar a grupos donde no figuren sus hijos /as. Se podrá permitir, en determinadas actividades, tanto fuera como dentro del recinto escolar, previa autorización del Consejo Escolar y siempre a juicio del responsable del desarrollo de la misma, la asistencia de antiguos alumnos / as. Las salidas serán significativas para el alumnado. Se planificarán teniendo en cuenta los objetivos curriculares de cada nivel. Todo el alumnado tiene derecho a participar en las actividades extraescolares programadas a lo largo del curso escolar, siempre que no represente ningún peligro para los compañeros ni para el

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)desarrollo normal de la actividad. La comunicación a los padres se realizará mediante escrito en el modelo del Centro. Del anterior derecho podrán ser privados aquellos / as alumnos / as que por su comportamiento puedan presentar un peligro para su integridad física o la de sus compañeros / as, o un inconveniente para el normal desarrollo de la actividad planificada. Previamente el / la Profesor / a tutor / a, previo conocimiento del Jefe / a de Estudios, comunicará a los padres / madres la exclusión del alumno / a de dicha actividad. Las salidas que cada Nivel planifique se recogerán en la Programación General Anual. Aquellas que no aparezcan, pero que por necesidades pedagógicas se considere oportuno realizar, se recogerán en la Memoria Anual y se verá la posibilidad de incluirlas en la programación de los cursos siguientes si se consideran oportunas. Todos los participantes en actividades que supongan salida del recinto escolar, deberán presentar a su Tutor / a la autorización correspondiente de sus padres, debidamente firmada y en el tiempo establecido, cuyo modelo se facilitará desde Dirección. En caso de que un alumno / a no asistiera a una salida, si es necesario, se garantizará la permanencia del mismo / a en el Centro, en el grupo más adecuado a su edad o en un grupo al cuidado del profesor de apoyo correspondiente. No podrá realizarse ninguna actividad sin el conocimiento del Jefe / a de Estudios con una antelación suficiente para prever todo tipo de situaciones, sustituciones, acompañantes, ..., que pudiera ocasionar la misma. La solicitud deberá realizarse por escrito en el que figure el número de profesores y alumnado participante, los objetivos, contenidos, día y hora de la actividad, .... No se devolverá el importe del transporte una vez realizado el cálculo para cada alumno / a, aunque alguno / a no pueda asistir a la actividad, cualquiera que sea la causa. Sí se podrá devolver el importe total de la entrada / as si no se ha hacho el pago por adelantado o la parte restante si se ha efectuado una reserva como ingreso a cuenta. Si sobrase dinero se comprará algún material del que puedan disfrutar todos / as los / as asistentes a la actividad. Cuando la actividad conlleve la comida por no finalizar antes de las 14 horas, o durara varios días, cada profesor / a solicitará la correspondiente ayuda, aprobada en su día por el Consejo Escolar y actualizada cada año.

PLAN DE ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES/EXTRACURRICULARES

Actividades organizadas por AMPA, Ayuntamiento y otras instituciones y asociaciones.

Son aquellas actividades patrocinadas por la AMPA, Ayuntamiento, ... que se realizan fuera del horario lectivo, dentro del recinto escolar o en instalaciones municipales y que han sido autorizadas por el Consejo Escolar del Centro. No tienen e ningún caso carácter lucrativo.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF) Posibilitan la apertura del Centro en horario no lectivo para aumentar la oferta de actividades y lograr, si cabe, un mayor aprovechamiento de las instalaciones del Centro y municipales.

OBJETIVOS

Trataremos de lograr el desarrollo integral del alumnado a través de ámbitos, opciones estrategias y tiempos diversos que supongan una atractiva y enriquecedora variante del trabajo en el aula. Pretendemos desarrollar actividades extraescolares como complemento a la formación del alumnado y conseguir con dichas actividades los siguientes objetivos: 1. Respetar el ritmo de aprendizaje del alumnado y su nivel madurativo, para conseguir la mayor autonomía posible. 2. Desarrollar la autoestima personal y el autoconcepto, generando una imagen positiva y equilibrada de sí mismo. 3. Potenciar la colaboración, la convivencia y el respeto entre los distintos miembros de la comunidad educativa, favoreciendo la participación de todos los sectores implicados en el quehacer diario. 4. Favorecer la relación entre todos los alumnos y alumnas promoviendo los valores básicos que rigen la convivencia humana. 5. Desarrollar estilos de vida saludable promoviendo actuaciones responsables y solidarias entre todos los miembros de la comunidad educativa. 6. Aprovechar las posibilidades que ofrecen las instituciones en la formación del alumnado. 7. Ayudar al desarrollo integral y equilibrado del niño. 8. Favorecer que la escuela sea un lugar de encuentro entre profesores, padres y alumnos / as, para realizar determinadas tareas encaminadas a la formación integral de la población infantil. 9. Aprovechar las instalaciones municipales: polideportivo, centro cultural, etc. 10. Favorecer la igualdad de oportunidades y la justicia social, permitiendo que todo el alumnado tenga las mismas posibilidades de participar en actividades extraescolares. 11. Desarrollar la educación del ocio y el tiempo libre. 12. Admitir, en las actividades a otro alumnado que esté empadronado en Cabanillas. 13. Homogeneizar las formas de actuación de los distintos miembros que participan en la labor educativa.

METODOLOGÍA.

A través de las actividades extraescolares los alumnos / as se beneficiarán de un tipo de metodología alternativa y complementaria que vendría marcada por las siguientes premisas: 1. El alumnado es protagonista activo de su aprendizaje.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)2. Desarrollan la creatividad mediante la adquisición de técnicas específicas de trabajo, manipulando materiales, herramientas, medios técnicos, obteniendo, al término de cada tarea, la sensación de utilidad inmediata. 3. Se permite al alumnado la opción de elegir de acuerdo con sus intereses, motivaciones, aptitudes y aficiones. 4. Se afianza la idea de que el aprendizaje se alcanza también a través de los sentidos y la actividad normal. 5. Se favorece el agrupamiento variado de alumnos y alumnas y, por ende, se establecen relaciones más amplias y diversas que las de los equipos conformados en el grupo-clase. 6. Se estimula la autonomía, el sentido de la responsabilidad y la sociabilidad del alumnado. 7. Los alumnos y alumnas tímidos o retraídos adquieren posibilidades de autoafirmación.

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO (EXTRACURRICULARES)

El documento de Régimen Interior, que regula el buen funcionamiento de las actividades lectivas del Centro, será tenido en cuenta en el desarrollo de las actividades extraescolares para que se realicen en un marco de convivencia, respeto y armonía, favoreciendo una línea de actuación común dentro de la labor educativa.

Las actividades extraescolares y complementarias serán presentadas a la jefatura de estudios conforme a lo dispuesto en la normativa vigente, los responsables de la actividad rellenarán una ficha de organización y evaluación, haciendo figurar la competencia o competencias que pretenden desarrollar, el desarrollo de la misma, los materiales a emplear antes y después de la actividad, la fecha, el horario y los responsables. Se comunicará a la persona responsable del comedor la incidencia que pueda tener en el normal funcionamiento del mismo con una antelación preferentemente de diez días.

Dichas actividades se atendrán a las siguientes normas:

1. Los /as monitores / as se ceñirán a utilizar los espacios que se les indique como concedido para desarrollar las actividades o talleres, no pudiendo cambiarlo sin consentimiento de la dirección del Centro. 2. Los / as padres / madres que dejan a sus hijos /as en actividades extraescolares no pueden permanecer dentro de los edificios del Centro, es imprescindible evitar el trasiego de personas sin ningún control que interrumpen las actividades y las tareas de limpieza. 3. Las actividades comenzarán a partir de las 16 horas de lunes a viernes. 4. El A.M.P.A. y quien organice actividades se responsabilizan de cualquier deterioro que se produzca en las instalaciones, mobiliario y materiales de los espacios durante las actividades extraescolares debiendo reponer o reparar en su caso lo deteriorado.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)5. El A.M.P.A. y quien organice actividades serán responsables de los distintos juegos de llaves que distribuya entre los monitores. Las llaves se colocarán en su sitio al terminar cada día. 6. Velarán por el cumplimiento del R.R.I. que rige la vida de este Centro. 7. Dado que será utilizado por alumnado no perteneciente al Centro, el A.M.P.A. y el Ayuntamiento adquieren el compromiso de no dejar a ningún alumno / a del Centro fuera de las actividades. 8. El A.M.P.A. y quien organice actividades deberán reponer el material fungible empleado.

Se incluyen otras instituciones COCEMFE, IES…

NOTA .-En lo que se refiere a la colaboración con las familias, la restricción se plantea, así: “Preferentemente en infantil y primer ciclo en el aula de su hijo. Tanto fuera como dentro del aula.”

CRITERIOS SEGUIDOS EN LA ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES

Las actividades se organizarán en el mes de junio teniendo en cuenta los siguientes criterios: • Elaborar el horario para los más pequeños y el alumnado del comedor de tal manera que sean en la primera hora de la tarde, evitando tiempo de espera y favoreciendo el retorno a casa lo más pronto posible. • Conjugar los horarios para que todos los días puedan tener al menos una actividad extraescolar adaptada a su edad. • La ubicación de los talleres destinados al alumnado de E. Infantil se hará teniendo en cuenta los espacios más próximos a los mismos utilizando, dentro de lo posible, aulas habituales en su uso escolar. • A las actividades se les designarán los espacios que mejor se ajustan al desarrollo de la actividad. • La distribución del alumnado dentro de las actividades se hará teniendo en cuenta sus preferencias y, en algunos, necesariamente sus edades.

RESPONSABLES DEL PLAN.

Son responsables de este plan: - Las A.M.P.A.s de los Centros educativos. - Otras asociaciones. La entidad organizadora.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS

COMPLEMENTARIOS.

EL COMEDOR ESCOLAR

El comedor de nuestro centro es un servicio de carácter complementario, compensatorio, social y voluntario para el alumnado y no está capacitado para adaptar el menú diario a las necesidades específicas individualizadas o colectivos muy diversos en sus requerimientos alimentarios. Dado que existen acuerdos de cooperación del Estado con diferentes confesiones religiosas el este centro respetará los términos de dichos acuerdos; lo que, en algunos casos, implica la limitación en materia de ingesta de ciertos alimentos para el alumnado que profesa una determinada confesión religiosa. Así mismo se tendrán en cuenta casos específicos de enfermedad o intolerancia a algún alimento que se deberá acreditar con el certificado médico correspondiente. El comedor se gestionará a través de empresas del sector y la concesión de este servicio correrá a cargo de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia, siempre que no sea solicitado como gestión directa del colegio, o por alguna entidad legal relacionada con el mismo (Ayuntamiento, AMPA, etc.). Se entenderá como servicio de comedor escolar los servicios de : • Aula matinal • Comida de mediodía

Si es necesario, se establecerá un doble turno de comidas para dar servicio al alumnado cuyo padre y madre trabajen y tengan incompatibilidad de su horario laboral con el horario de salida del alumnado al mediodía. Para solicitar el servicio será necesario aportar certificado de trabajo de los padres que incluya el horario laboral.

La admisión en el servicio de comida de mediodía seguirá el siguiente orden de preferencia: • Alumnado beneficiario del transporte escolar • Alumnado con necesidades socioeconómicas desfavorables • Alumnado cuyo padre y madre trabajen y tengan incompatibilidad de su horario laboral con el horario de salida del alumnado al mediodía. • Otro alumnado.( Si hubiera plazas ). • Personal docente y no docente que preste servicios en el Centro. ( Si hubiera plazas).

La admisión en el servicio de aula matinal seguirá el siguiente orden de preferencia: • Alumnado cuyo padre y madre trabajen y tengan incompatibilidad de su horario laboral con el horario de entrada del alumnado al Centro.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)• Alumnado con necesidades socioeconómicas desfavorables • Otro alumnado del Centro.

Podrán solicitar ayudas de comedor, exclusivamente el alumnado sin medios económicos suficientes y los miembros de familias numerosas. El Consejo Escolar estudiará las solicitudes y hará la propuesta de ayudas de comedor en el tiempo y forma que determinen las instrucciones de cada curso sobre esta materia. En los primeros días de octubre el centro remitirá a la Delegación Provincial de Educación y Ciencia la relación de comensales. Al comenzar cada mes se dará a las familias el menú correspondiente. En el caso de ausencia justificada al servicio de comedor y habiendo sido notificado por escrito al centro, se observarán las instrucciones sobre comedores escolares remitidas por la Delegación de Educación y Ciencia. En el caso de corresponder alguna deducción se liquidará en el recibo de la siguiente mensualidad. El precio del cubierto será el que la Delegación de Educación y Ciencia determine y el Consejo Escolar apruebe cada año. El pago del comedor se efectuará durante los cinco primeros días e cada mes. El impago de recibos conlleva a la pérdida del derecho para recibir este servicio. Los/as cuidadores/as estarán en relación con el número de comensales y a la edad de los mismos conforme regula la legislación vigente. Serán los/as cuidadores/as los encargados de la vigilancia del alumnado mientras dure este servicio.

SOLICITUD DEL SERVICIO

ALUMNADO QUE SE MATRICULE POR PRIMERA VEZ EN EL CENTRO

Realizarán la solicitud del servicio junto con la preinscripción, harán constar el número de cuenta y el nombre del titular, entendiendo que dicha solicitud sirve de autorización tanto para uso del servicio como para el cobro de recibos.

ALUMNADO USUARIO DEL COMEDOR EN EL CURSO ANTERIOR.

Los padres, madres, tutores, etc., solicitarán en el mes de junio, mediante el impreso que para tal fin existe en el Centro, el uso del comedor para sus hijos/as. Indicando si hay variaciones en el nº de cuenta. Una vez comenzado el servicio de comedor y establecido el número de cuidadores/as necesarios/as para atenderlo, la admisión de nuevo alumnado será estudiada por la comisión de comedor.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)Esta comisión se mostrará muy exigente en cuanto a normas de vigilancia y número de vigilantes en razón del número de alumnos/as y en el cumplimiento por parte del alumnado y familias de las normas del comedor.

OBLIGACIONES QUE CONTRAEN LOS PADRES, MADRES O TUTORES:

- Deben acatar todas las normas del comedor y respetar el horario de funcionamiento. - Los padres, madres o tutores/as deberán hacerse cargo del coste del cubierto. - Deberán aportar los datos bancarios donde se harán los cargos de los recibos que se les remitan por este servicio o abonarlos directamente en la cuenta que se les indica y en el plazo determinado. - En caso de incumplimiento por parte de las familias y/o del alumnado de las normas establecidas la Comisión de Comedor procederá a resolver, pudiendo incluso determinar la baja del alumno/a en el servicio del comedor.

ORGANIZACIÓN DEL ALUMNADO DE COMEDOR

Una de las funciones del comedor escolar es educar, por lo que es muy importante la colaboración en las tareas del mismo ( según la edad del alumnado ). Los cuidadores/as organizarán las mesas y distribuirán a los alumnos/as con arreglo a los siguientes criterios: - Siempre que se considere oportuno se podrá variar la distribución del alumnado para acomodarse a diferentes circunstancias. - Se reunirá al alumnado una vez por trimestre para informarles y recoger sus sugerencias sobre el servicio. Se elegirá en la primera reunión a los responsables de cada mesa y se repartirán cargos informándoles de su tarea y resolviendo cuantas dudas haya.

NORMAS DE CONVIVENCIA Y FUNCIONAMIENTO

- Se servirá un único menú para todos los comensales. Será idéntico para alumnado y profesorado. - Los cuidadores/as darán la autorización para entrar y salir del recinto. Queda totalmente prohibido abandonar el recinto escolar sin autorización y conocimiento de los/as cuidadores/as. - Al entrar al comedor se permanecerá de pié hasta que los/as cuidadores/as manden sentarse. - No se podrá empezar a comer hasta que todos/as los/as alumnos/as de la mesa estén servidos.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)- Es obligatorio comer lo que tienen en el plato, la ración mínima acorde con su edad y que se servirá a todos los /as alumnos /as. Es optativo repetir de un plato. - Los comensales utilizarán correctamente los cubiertos, servilletas, platos, etc. Y guardarán las normas higiénicas y de educación durante la comida. - No se dejará ningún alimento ni desperdicio fuera del plato. - El pan que se coja, ha de terminarse antes de tomar otros trozos. - Nadie se levantará de la mesa durante la comida, a excepción de aquella persona que tenga una tarea encomendada o que el/la cuidador / a ordene. Una vez servido el primer plato se procurará mantener un comportamiento y postura que permita comer tranquilamente. - No se permite retirar platos con comida a la mesa portaviandas sin la autorización previa de los / as cuidadores / as. - Los/ as comensales deberán comer en el tiempo establecido y que se considera suficiente, por regla general; el alumnado que sistemáticamente pierda el tiempo y quede siempre retrasado podrá ser sancionado. - Los / as encargados / as de la limpieza de la mesa lo hará aunque alguno de sus compañeros no hubiese terminado, dejando en la misma lo utilizado por estos. Luego los / as rezagados / as concluirán las tareas de limpieza de su mesa. - Para obtener permiso por cualquier causa durante la comida, levantarán la mano para ser atendidos por los /as cuidadores / as, con la única excepción de situaciones de urgencia. - No se saldrá al servicio durante la comida, salvo casos extraordinarios y con el permiso oportuno. Se tendrá en cuenta la edad del alumnado. - Habrá un responsable de cada mesa que vigilará el cumplimiento de todas las normas. Será cambiado por el / la cuidador / a cuando lo crea conveniente o por no poder realizar la tarea adecuadamente. - El sitio en el comedor será permanente, no pudiendo cambiarlo por gustos personales. Los que ocasionalmente utilicen el comedor esperarán a que se les asigne un sitio en una mesa. - Está totalmente prohibido acceder al recinto de cocina, con excepción del personal autorizado y en posesión del carnet de manipulador / a. - El alumnado conocerá las actividades que pueden realizar y las dependencias que pueden utilizar durante la permanencia en los recreos del comedor. Serán sancionados si se encontrasen en otras dependencias sin autorización. - Deberán ser respetuosos con el personal del comedor. - Todo el alumnado usuario del comedor tendrá las mismas obligaciones y derechos. - El alumnado que tenga un comportamiento inadecuado será sancionado de acuerdo con este documento. - Se podrá recoger al alumnado usuario de la comida del mediodía a las 16 horas en que acaba el servicio, salvo las situaciones excepcionales que se justificarán por escrito. Si la familia no puede acudir a buscarles deberán autorizar por escrito a la persona en quien deleguen.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)La entrada al Aula Matinal será a las 7:30, 7:45 o a las 8:00 horas. Excepcionalmente el alumnado que se incorpore después de las 8:15 horas deberá venir desayunado.

Ver anexo específico de Comedor.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

NORMAS A SEGUIR ANTE LOS CASOS DE PEDICULOSIS.

Ante los graves problemas de higiene y salud que ocasiona permanentemente esta epidemia, se hace necesario recoger las siguientes normas: • Todo alumno / a al que se le detecte la presencia de parásitos se abstendrá de venir a clase hasta

que, una vez seguido el correcto tratamiento, se encuentre limpio / a. • Toda queja de los padres / madres que reciban los / as profesores / as con relación a este tema,

debe ser inmediatamente comunicado a la dirección. • Si algún alumno debe recibir una medicación pero no le impide asistir al centro será la familia la

encargada de administrar el medicamento ajustándose a los horarios de recreo y comida del centro

ANTE CASOS DE ENFERMEDADES CONTAGIOSAS: VARICELA,

SARAMPIÓN, PAPERAS, RUBÉOLA, ALERGIAS, ETC.

Ante los graves problemas de salud que pueden ocasionar en nuestro Centro las enfermedades contagiosas, se hace necesario recoger las siguientes normas, para en lo posible, minimizar las consecuencias: • La dirección del Centro solicitará al Centro de Salud que comunique inmediatamente al Centro los casos atendidos de enfermedad contagiosa y determine si los / as alumnos / as pueden o no acudir a clase. • Todo alumno / a que al ser revisado por el personal médico del Centro de Salud, presente alguna de estas enfermedades se abstendrá de asistir a clase hasta que, una vez seguido el correcto tratamiento y sea revisado de nuevo en el Centro de Salud, traiga un certificado expedido por el mismo, que haga constar que la enfermedad ha sido superada. • Todo / a profesor / a que observe o sospeche fundadamente de la existencia de enfermedades en un alumno / a lo comunicará inmediatamente al Director, quien informará a los padres / madres para su tratamiento y revisión en el Centro de Salud.

El niño/a nunca debe acudir al centro enfermo, es obligación de la familia seguir las recomendaciones médicas extrictamente en casos de fiebre y enfermedad infectocontagiosa

Todo niño con alergia o intolerancia tendrá que presentar en el centro el informe médico y las recomendaciones, no se atenderán circunstancias especiales no documentadas.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)El profesorado, con carácter general no administra medicación

El alumnado alérgico deberá aportar su desayuno para los días de cumpleaños y acogerse a las normas de aula generales, favoreciendo el desarrollo del aula. Las familias podrán aportar con antelación productos con amplia fecha de caducidad que no precisen frío para mantenerse. En todo caso se atendrán a lo regulado en el funcionamiento de la Etapa y dado a conocer a comienzo de curso.

ASPECTOS COMPLEMENTARIOS A TENER EN CUENTA

Las normas de convivencia están basadas en el cumplimiento de los deberes de cada uno de los miembros de la comunidad educativa y en el respeto de los derechos de los demás. El cumplimiento de las normas de convivencia puede dar lugar a tres tipos de faltas: Leves: Son contrarias a las normas de convivencia, pero no perjudican gravemente esta. La repetición de 3 faltas leves, en el mismo curso académico, constituye una falta grave. Graves: Si perjudican gravemente las normas de convivencia. La comisión de tres faltas graves constituye una muy grave. Muy graves: Muy graves en sí mismas o la repetición de tres faltas graves.

La tipificación de las faltas se ajustará a lo dispuesto en los artículos del Real Decreto 732/1995 de 5 de mayo, por el que se establecen los derechos y deberes de los / as alumnos / as y las normas de convivencia en los Centros.

Cuando el profesor tutor o especialista detecte pérdida o deterioro del material de aula prestado al alumno (libros o lo que corresponda) lo comunicará a la comisión gestora para que se tomen las medidas necesarias de reposición reparación.

CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA

FALTAS LEVES:

• Faltas injustificadas de asistencia a clase. • Mantener una actitud pasiva o negativa: - No cumplir con sus obligaciones de estudio.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)- No realizar las actividades propuestas por el profesorado. - No siguir las orientaciones del profesorado respecto a su aprendizaje. • Perturbar con su mal comportamiento el normal desarrollo de las clases por: - Llegar tarde sin motivo justificado. - Levantarse sin permiso de forma reiterada. - Hablar sin permiso de forma reiterada. - Hacer ruidos, gritar,.... de forma reiterada. - Comer chicle, pipas,..., de forma reiterada. - Tirar objetos a los / as compañeros / as, de forma reiterada - Tirar papeles y otros objetos al suelo, de forma reiterada. - Dejar el mobiliario desordenado, de forma reiterada. • Entrar al Centro por otra puerta distinta a la asignada. • Permanecer por los pasillos, patio y otras dependencias, sin motivo alguno durante las horas de clase, y en cualquier otro lugar no autorizado durante las horas de recreo o destinadas a otras actividades. • Esperar por los pasillos a familiares o conocidos. • Correr por los pasillos y / o el comedor o jugar en ellos. • No cuidar y utilizar correctamente los materiales e instalaciones causando, con intención o no un desperfecto o deterioro no grave de los mismos. • No respetar las pertenencias de los demás causando, con intención o no un deterioro no grave de las mismas.

FALTAS GRAVES

• Entrar en el patio, comedor, gimnasio o en cualquier dependencia que no sea la propia sin autorización. • Emplear juegos y / o juguetes agresivos tanto en el patio como en el aula o el comedor. • Faltar al respeto a las personas que convivimos en el Centro. • Negativa a hacer las actividades programadas por el Centro, Nivel, curso o grupo correspondiente. . • No entregar en casa documentos, cartas, notificaciones etc. que los profesores les encomienden para sus padres / madres. • Falta reiterada de material para hacer las actividades tanto ordinarias como extraordinarias. • Salir del aula, comedor o del Centro sin permiso sea cual sea el motivo. • Agresiones físicas y / o psíquicas contra cualquier miembro de la comunidad educativa. • La comisión reiterada de 3 faltas leves en un mismo curso académico. • Traer al Centro móviles, juegos o cualquier aparato electrónico o informático.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA EN EL

CENTRO.

• Los actos de indisciplina, injurias u ofensas muy graves contra cualquier miembro de la Comunidad Educativa. • La agresión física muy grave. • Las faltas graves si concurren las circunstancias de colectividad y / o publicidad intencionada. • Las actuaciones o la incitación sistemática a actuaciones perjudiciales para la salud o la integridad personal de algún miembro de la comunidad. • La comisión de tres faltas graves en un mismo curso académico. • Incumplimiento de las sanciones. • Suplantación de personalidad. • Falsificación y / o sustracción de documentos. • Daños graves por el uso indebido o intencionado en los locales, material o documentos del Centro o en los bienes de otros miembros de la comunidad educativa.

CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES

• El reconocimiento espontáneo de su conducta incorrecta. • La falta de intencionalidad.

CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES

• Causar daño, injurias u ofensas a los compañeros / as recién incorporados al colegio. • Cualquier acto discriminatorio por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica, nivel social, convicciones políticas, religiosas, morales, así como deficiencias físicas o psíquicas o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. • La concurrencia de circunstancias de colectividad.

El incumplimiento de las normas de funcionamiento, por parte del alumnado, que ocasione un riesgo para la salud de terceros será objeto de sanción grave con resultado de expulsión por un día ( ej.- tirar piedras)

PROCEDIMIENTO SANCIONADOR

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)Podrán corregirse de acuerdo con este documento: • Los actos contrarios a las normas de convivencia del Centro realizadas por los / as alumnos / as dentro del recinto escolar o durante la realización de actividades complementarias y / o extraescolares del Centro, el AMPA o el Ayuntamiento. • Los actos cometidos por los /as alumnos / as que, aunque realizados fuera del Centro, estén relacionados directamente con la vida escolar y afecten a sus compañeros o a otros miembros de la comunidad educativa, las instalaciones o el material.

El Consejo Escolar, bien directamente o a través de la Comisión de Convivencia, supervisará el cumplimiento de las correcciones en los términos en que hayan sido impuestas. Como norma general, la sanción irá encaminada a la reparación del daño causado: - Reparación moral, pidiendo disculpas públicamente. - Reparación material, pagando el daño causado.

Por faltas leves

• La primera vez, el tutor / a advertirá y amonestará al alumno. • Las veces sucesivas, el tutor / a anotará la falta cometida ( día, hora, circunstancias) en la ficha del alumno / a. El tutor amonestará al alumno / a por escrito, informando a los padres de la situación. Conservará una copia del documento que entregará al Jefe de Estudios. • No asistencia al recreo. • Realización de tareas que reparen lo deteriorado o que contribuyan a la mejora de las actividades del Centro, en horario escolar no lectivo según la normativa. • Si la falta ha sido una ofensa pública a otro compañero / a deberá pedir perdón públicamente. • Supresión del derecho a participar en las actividades extraescolares y complementarias del Centro, previa notificación a sus padres. • Si el alumno / a incumple la sanción sería motivo de falta grave.

Por faltas graves

• Si es falta grave por acumulación de 3 faltas leves: ( se tendrá en cuenta el periodo de tiempo en que se produce la repetición )

Amonestación verbal por parte del profesorado en presencia de la Jefatura de Estudios. El Tutor / a informará por escrito a la familia de este hecho y dejará copia a la Jefe de Estudios y en el expediente del alumno.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)• Si es una falta grave por sí misma: Amonestación por su tutor / a.

Comparecencia inmediata ante el Jefe / a de Estudios que informará por escrito a la familia del hecho. El apercibimiento constará en el expediente personal del alumno / a. Se guardará copia del mismo y se informará a la comisión de Convivencia. Realización de trabajos específicos en horario no lectivo. Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del Centro, si procede dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones, el material del Centro o a las pertenencias de otros miembros de la Comunidad educativa. Supresión del derecho a participar en las actividades complementarias y extraescolares del Centro, que será comunicada a los padres. Cambio de grupo del alumno / a, por un plazo máximo de una semana, a determinadas clases, oído el profesor correspondiente. Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases en un plazo máximo de tres días. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno / a deberá realizar los deberes o trabajos que se determinen para evitar la interrupción en el proceso formativo. Suspensión del derecho de asistencia al Centro por un periodo máximo de tres días. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno / a deberá realizar los deberes o trabajos que se determinen para evitar la interrupción en el proceso formativo.

Por faltas muy graves

Perdida del derecho a la evaluación continua para el curso de que se trate en el caso de haberse producido tres apercibimientos por faltas injustificadas de asistencia a clase. Se someterá a las pruebas que al efecto se establezcan. No será necesario la instrucción de expediente. Suspensión del derecho a participar en actividades complementarias y extraescolares. Realización de tareas que contribuyan a la reparación de los daños causados, si procede, o a la mejora y desarrollo de las actividades del Centro. Estas tareas deberán realizarse en horario no lectivo por un periodo que no podrá exceder de seis meses. Cambio de grupo. Privación del derecho de asistencia a determinadas clases durante un periodo superior a cinco días e inferior a quince sin que ello implique la pérdida del derecho a la evaluación continua y sin perjuicio de que conlleve la realización de determinados deberes o trabajos en el domicilio. Privación del derecho de asistencia al Centro superior a tres días e inferior a un mes, sin que ello implique la pérdida del derecho a la evaluación continua y sin perjuicio de que conlleve la realización de determinados deberes o trabajos en el domicilio. Cambio de Centro.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)El Consejo Escolar podrá levantar la suspensión de su derecho de asistencia al Centro o readmitirlo en el Centro antes del agotamiento del plazo previsto en la corrección, previa constatación de que se ha producido un cambio positivo en su actitud.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

COMPETENCIAS PARA DECIDIR LAS CORRECCIONES PREVISTAS

En todos los casos se pondrá en conocimiento de los padres la falta cometida y la sanción que en su caso se impusiera.

POR FALTAS QUE ALTEREN EL FUNCIONAMIENTO DEL COMEDOR

Serán sancionadas por el cuidador correspondiente y en su caso el tutor/a del curso, dando cuenta a la Jefatura de estudios y a la Dirección.

LAS FALTAS QUE ALTERAN GRAVEMENTE EL FUNCIONAMIENTO

La Dirección del Centro con el conocimiento de la Jefatura de Estudios y pudiendo convocar la Comisión de Convivencia. Se dará audiencia a los padres y se remitirá informe escrito.

EL COMEDOR ESCOLAR

LAS FALTAS QUE ALTERAN EL FUNCIONAMIENTO DEL COMEDOR

• Mantener una actitud negativa no siguiendo las orientaciones de las monitoras. • Perturbar con su mal comportamiento el normal desarrollo de la comida por: - Llegar tarde sin motivo justificado. - Levantarse sin permiso de forma reiterada. - Hacer ruidos, gritar, ... - Comer chicle, pipas,... - Tirar objetos a los / as compañeros / as. - Tirar comida fuera del plato. - Dejar el mobiliario desordenado. • Correr por la sala o jugar en ella. • No cuidar y utilizar correctamente los materiales e instalaciones causando, con intención o no un desperfecto o deterioro no grave de los mismos. • No respetar las pertenencias de los demás causando, con intención o no un deterioro no grave de las mismas. • Emplear juegos y / o juguetes agresivos. • Falta de atención reiterada o hacer caso omiso a las indicaciones del monitor / a. • Actuaciones peligrosas para la salud. • No entregar en casa las notificaciones que las monitoras les encomienden para sus padres / madres.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

LAS FALTAS QUE ALTERAN GRAVEMENTE EL FUNCIONAMIENTO DEL

COMEDOR

• Los actos de indisciplina, injurias u ofensas graves contra cualquier miembro de la Comunidad Educativa. Faltar al respeto a las personas que convivimos en el Centro. • La agresión física / psíquicas contra cualquier miembro de la comunidad educativa. • Las faltas graves si concurren las circunstancias de colectividad y / o publicidad intencionada. • Las actuaciones o la incitación sistemática a actuaciones perjudiciales para la salud o la integridad personal de algún miembro de la comunidad. • La comisión de tres faltas que alteren el funcionamiento del centro en un mismo curso académico. • Incumplimiento de las sanciones. • Suplantación de personalidad. • Falsificación y / o sustracción de documentos. • Daños graves por el uso indebido o intencionado en los locales, material o documentos del Centro o en los bienes de otros miembros de la comunidad educativa.

PROCEDIMIENTO SANCIONADOR Y/O EDUCADOR

POR FALTAS QUE ALTEREN EL FUNCIONAMIENTO DEL COMEDOR

• La primera vez la monitora advertirá y amonestará al alumno. • Las veces sucesivas anotará la falta cometida (día, hora, circunstancias,..) en el cuaderno de incidencias que al efecto existirá para cada alumno/a. Amonestará al alumno por escrito, informando a los padres de la situación. Conservará una copia del documento que entregará el Jefe / a de Estudios. • Realización de tareas que reparen lo deteriorado o contribuyan a la mejora del comedor. • Si el alumno / a incumple la sanción sería motivo de falta grave.

POR FALTAS QUE ALTEREN EL FUNCIONAMIENTO DEL COMEDOR

(REITERADAS):

Amonestación en privado por la monitora. Realización de trabajos específicos en horario no lectivo.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)Realizar tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del Centro si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones, al material del Centro o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. Comparecencia ante el Jefatura de Estudios, Encargada de Comedor y/o Dirección, que informará por escrito a la familia del hecho e informará a la Comisión de Comedor y de Convivencia. Baja del alumno/a en el comedor por un plazo máximo de una semana.

LAS FALTAS QUE ALTERAN GRAVEMENTE EL FUNCIONAMIENTO DEL

COMEDOR

Privación del derecho de asistencia al comedor escolar. Realización de tareas que contribuyan a la reparación de los daños causados, si procede, o la mejora y desarrollo de las actividades del Centro. Estas tareas deberán realizarse en horario no lectivo por un periodo que no podrá exceder de quince días.

COMPETENCIAS PARA DECIDIR LAS CORRECCIONES PREVISTAS

En todos los casos se pondrá en conocimiento de los padres la falta cometida y la sanción que en su caso se impusiera.

Las faltas contrarias a norma serán sancionadas por la monitora correspondiente, dando cuenta a la Jefatura de Estudios y a la Dirección.

Las faltas que alteran gravemente el funcionamiento del Comedor serán sancionadas por la Dirección, siguiendo el procedimiento habitual en el centro. Esta comunicación a los padres se hará mediante el envío del Anexo correspondiente y la comunicación a inspección por parte de Jefatura de Estudios.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)DISPOSICIONES ADICIONALES

1ª MODIFICACIÓN DE LAS NCOF

Las normas incluidas en el presente documento sólo podrán ser objeto de modificación en cuanto ésta no se oponga a lo establecido en la LODE y documentos que la desarrollan, ni a lo dispuesto en Decreto3/ de Convivencia de 08-01-08 de Castilla-la Mancha.

2ª ÓRGANOS COMPETENTES.

Son órganos competentes para elevar propuestas de modificación del presente Documento los Órganos Colegiados del Centro: Consejo Escolar y Claustro de Profesores.

3ª PROCESO MODIFICADOR

Cada uno de los Órganos Colegiados del Centro elevará la propuesta de modificación mediante informe razonado, en el que conste el voto a favor de la mayoría absoluta de sus miembros. Las propuestas serán recogidas en un nuevo documento que se acompañará a la PGA en Octubre.

4ª RATIFICACIÓN

El Consejo Escolar, tras previo análisis de la propuesta de modificación, oído el Órgano que eleva la propuesta, si lo considera oportuno, y previa deliberación en su seno, sancionará tal propuesta, ratificándola o rechazándola. Para ratificarla, será necesario el voto a favor de dos tercios de los miembros del Consejo.

5ª PUBLICIDAD

De las normas objeto de modificación se dará conocimiento a todos los miembros de la Comunidad Educativa, a través del programa Delphos Papás y/o la web del AMPA.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)DISPOSICIONES FINALES

Este Documento entrará en vigor, en su totalidad, a partir del día 30 de septiembre de 2008 tras su aprobación definitiva por el Consejo Escolar en la sesión celebrada a tal efecto el día de septiembre de 2008 de cuya sesión da fe y certifica el secretario del Centro.

LEY DE AUTORIDAD DEL PROFESORADO.

http://www.educa.jccm.es/es/consejeria-educacion/ley-autoridad-profesorado

Ley 3/2012, de 10 de mayo, de autoridad del profesorado. [2012/7512]

Artículo 3. Derechos del profesorado.

Al profesorado se le reconocen los siguientes derechos:

a) A la protección jurídica del ejercicio de sus funciones docentes. b) A la atención y asesoramiento por la Consejería con competencias en materia de enseñanza no universitaria que le proporcionará información y velará para que tenga la consideración y el respeto social que merece. c) Al prestigio, crédito y respeto hacia su persona, su profesión y sus decisiones pedagógicas por parte de los padres, madres, alumnado y demás miembros de la comunidad educativa. d) A solicitar la colaboración de los docentes, equipo directivo, padres o representantes legales y demás miembros de la comunidad educativa en la defensa de sus derechos derivados del ejercicio de la docencia. e) Al orden y la disciplina en el aula que facilite la tarea de enseñanza. f) A la libertad de enseñar y debatir sobre sus funciones docentes dentro del marco legal del sistema educativo. g) A tomar medidas disciplinarias ante las conductas disruptivas que se ocasionen en el aula y que impidan crear un buen clima de enseñanza-aprendizaje. h) A hacer que los padres colaboren, respeten y hagan cumplir las normas establecidas por el centro. i) A desarrollar la función docente en un ambiente educativo adecuado, donde sean respetados sus derechos, especialmente aquellos dirigidos a su integridad física y moral. j) A tener autonomía para tomar las decisiones necesarias, de acuerdo con las normas de convivencia establecidas, que le permitan mantener un adecuado clima de convivencia y respeto durante las clases, las actividades complementarias y extraescolares.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)Artículo 5. Presunción de veracidad. Los hechos constatados por el profesorado en el ejercicio de las competencias correctoras o disciplinarias gozarán de la presunción de veracidad cuando se formalicen por escrito en el curso de los procedimientos administrativos tramitados en relación con las conductas que sean contrarias a las normas de convivencia, sin perjuicio de las pruebas que, en defensa de los respectivos derechos o intereses, puedan ser señaladas o aportadas por los presuntos responsables.

Artículo 7. Responsabilidad y reparación de daños.

1. Los alumnos/as o personas con él relacionadas que individual o colectivamente causen, de forma intencionada o por negligencia, daños a las instalaciones, equipamientos informáticos, incluido el software, o cualquier material del centro, así como a los bienes de los miembros de la comunidad educativa, quedarán obligados a reparar el daño causado o hacerse cargo del coste económico de su reparación o restablecimiento, cuando no medie culpa in vigilando de los/as profesores/as. Asimismo, deberán restituir los bienes sustraídos, o reparar económicamente el valor de estos.

2. En todo caso, quienes ejerzan la patria potestad o la tutela de los menores de edad serán responsables civiles en los términos previstos por la legislación vigente.

3. En los casos de agresión física o moral al profesor o profesora causada por el/la alumno/a o personas con ellos relacionadas, se deberá reparar el daño moral causado mediante la petición de excusas y el reconocimiento de la responsabilidad de los actos. La concreción de las medidas educativas correctoras o disciplinarias se efectuará por resolución de la persona titular de la dirección del centro educativo público y por la titularidad del centro en el caso de centros privados concertados, en el marco de lo que dispongan las normas de convivencia, funcionamiento y organización de los centros, teniendo en cuenta las circunstancias personales, familiares o sociales, la edad del alumno o alumna, la naturaleza de los hechos y con una especial consideración a las agresiones que se produzcan en los centros de educación especial, debido a las características del alumnado de estos centros. 4. La persona titular de la dirección del centro educativo público o del centro privado concertado comunicará, simultáneamente, al Ministerio Fiscal y a los Servicios Periféricos competentes en materia de educación, cualquier hecho que pudiera ser constitutivo de un ilícito penal, sin perjuicio del inicio del procedimiento para la imposición de correcciones o de la adopción de las medidas cautelares oportunas.

5. La Consejería con competencias en materia de educación establecerá la homogenización de las medidas educativas correctoras o disciplinarias para que todos los centros, ante la misma falta o hecho, tengan la misma respuesta.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)Las quejas de los padres deben seguir los cauces establecido: profesor/ tutor/ jefatura de estudios /dirección/ Mediación en comisión escolar / Inspección.

“Orden de 20/06/2013, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se pone en funcionamiento la Unidad de Atención al Profesorado.“ [2013/7883]

Artículo 4.- Funciones generales. De la UAP La Unidad de Atención al Profesorado tendrá las siguientes funciones:

1. Atender y asesorar a los docentes que soliciten sus servicios al verse afectados por situaciones de conflicto escolar. 2. Poner en conocimiento de los docentes las acciones concretas que pueden emprender. 3. Proteger y apoyar a los docentes, víctimas de conductas contrarias a la convivencia. 4. Coordinar actuaciones con el Servicio de Atención de Urgencia 1-1-2 (SAU 112), para dar respuesta rápida y eficaz ante las conductas infractoras de las que el profesorado sea víctima en el ejercicio de sus funciones. 5. Registrar los informes del SAU 112 en relación con el protocolo operativo entre la Dirección General de Protección Ciudadana, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, y la Dirección General de Organización, Calidad Educativa y Formación Profesional, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes para la atención de urgencias a través del centro 112, en el marco de actuaciones para la defensa del profesorado en Castilla- La Mancha. 6. Recoger datos significativos de los afectados y de la situación en la que se encuentran, en un marco de confidencialidad. 7. Evaluar el grado de conflictividad, para contribuir a resolver las situaciones que se presenten y tratar de evitar conflictos futuros. 8. Elaborar una base de datos, a efectos estadísticos, con cómputo total, tipología y resultados producidos. 9. Informar de los casos de especial relevancia: a) A la Inspección General de Educación. b) A los Servicios Periféricos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la provincia en la que ejerza el docente afectado. c) En caso de que la conducta contraria a la convivencia se produzca o tenga consecuencias en una provincia distinta a la de destino del docente afectado, también se informará a los Servicios Periféricos de la Consejería competente en materia de Educación de dicha provincia. 10. Trasladar a los Servicios Jurídicos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, previa solicitud por escrito del docente afectado, aquellos casos cuyas características requieran asesoramiento o defensa jurídica, la cual se llevará a cabo en el marco contemplado en la Ley

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)3/2012, de 10 de mayo, de autoridad del profesorado, y del Decreto 13/2013, de 21 de marzo, de autoridad del profesorado de Castilla-La Mancha.

Decreto 13/2013, de 21/03/2013, de autoridad del profesorado en Castilla-La Mancha. [2013/3830]

Artículo 4. Conductas que menoscaban la autoridad del profesorado.

1. Serán objeto de medidas correctoras las conductas contrarias a las normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro y del aula que menoscaben la autoridad del profesorado en el ejercicio de su labor profesional docente y que los alumnos realicen dentro del recinto escolar o fuera de él, siempre que sucedan durante el desarrollo de actividades comprendidas en el ámbito establecido en el artículo 1 de la Ley 3/2012, de 10 de mayo.

2. Las normas de convivencia, organización y funcionamiento de los centros y de las aulas, así como sus planes de convivencia, contemplarán las conductas a las que se refiere el apartado 1 como conductas que atentan contra la autoridad del profesorado y, especialmente, las siguientes: a) La realización de actos que, menoscabando la autoridad del profesorado, perturben, impidan o dificulten el desarrollo normal de las actividades de la clase o del centro. En todo caso, quedarán incluidas las faltas de asistencia a clase o de puntualidad del alumnado que no estén justificadas, y todas aquellas faltas que por su frecuencia y reiteración incidan negativamente en la actividad pedagógica del docente. Quedarán excluidas aquellas faltas no justificadas debidas a situaciones de extrema gravedad social no imputables al propio alumnado. b) La desconsideración hacia el profesorado, como autoridad docente. c) El incumplimiento reiterado de los alumnos de su deber de trasladar a sus padres o tutores la información relativa a su proceso de enseñanza y aprendizaje facilitada por el profesorado del centro, limitando así la autoridad de los mismos, en los niveles y etapas educativos en que ello fuese responsabilidad directa del alumnado, sin detrimento de la responsabilidad del profesorado en su comunicación con las familias o de las propias familias en su deber de estar informadas del proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado. d) El deterioro de propiedades y del material personal del profesorado, así como cualquier otro material, que facilite o utilice el profesorado para desarrollar su actividad docente, causado intencionadamente por el alumnado.

Artículo 5. Conductas gravemente atentatorias de la autoridad del profesorado.

Las normas de convivencia, organización y funcionamiento de los centros y de las aulas, así como sus planes de convivencia, contemplarán como conductas que atentan gravemente a la autoridad del profesorado las siguientes:

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)a) Los actos de indisciplina de cualquier alumno que supongan un perjuicio al profesorado y alteren gravemente el normal funcionamiento de la clase y de las actividades educativas programadas y desarrolladas por el Claustro. b) La interrupción reiterada de las clases y actividades educativas. c) El acoso o violencia contra el profesorado, así como los actos perjudiciales para su salud y su integridad personal, por parte de algún miembro de la comunidad educativa. d) Las injurias u ofensas graves, así como las vejaciones o humillaciones hacia el profesorado, particularmente aquéllas que se realicen en su contra por sus circunstancias personales, económicas, sociales o educativas. e) La suplantación de identidad, la falsificación o sustracción de documentos que estén en el marco de la responsabilidad del profesorado. f) La introducción en el Centro educativo o en el aula de objetos o sustancias peligrosas para la salud y la integridad personal del profesorado. g) Utilizar y exhibir símbolos o manifestar ideologías en el aula que supongan un menoscabo de la autoridad y dignidad del profesorado, a juicio del mismo. h) El incumplimiento de las medidas correctoras impuestas con anterioridad. Tras la valoración y el análisis de los motivos de tal incumplimiento, podrá agravar o atenuar la consideración de la conducta infractora y, en consecuencia, matizar las medidas educativas correctoras. i) El grave deterioro de propiedades y del material personal del profesorado, así como cualquier otro material, que facilite o utilice el profesorado para desarrollar su actividad docente, causado intencionadamente por el alumnado.

Artículo 6. Medidas educativas correctoras.

1. Las normas de convivencia, organización y funcionamiento recogerán, además de las medidas correctoras a que se refiere el Capítulo III del Decreto 3/2008, de 8 de enero, y para las conductas descritas en el artículo 4, las siguientes: a) La realización de tareas escolares en el centro en el horario no lectivo del alumnado, por un tiempo mínimo de cinco días lectivos. b) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias del centro, por un período mínimo de cinco días lectivos y un máximo de un mes. c) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases, por un plazo máximo de cinco días lectivos, a contar desde el día en cuya jornada escolar se haya cometido la conducta infractora. d) La realización de tareas educativas fuera del centro, con suspensión del derecho de asistencia al mismo, por un plazo mínimo de cinco días lectivos y un máximo de diez días lectivos, con sujeción a lo establecido en el artículo 26.d. del Decreto 3/2008, de 8 de enero. El plazo empezará a contarse desde el día en cuya jornada escolar se haya cometido la conducta infractora.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)2. Además, para las conductas infractoras gravemente atentatorias descritas en el artículo 5 se recogerán las siguientes medidas: a) La realización de tareas educativas en el centro, en horario no lectivo del alumnado, por un tiempo mínimo de diez días lectivos y un máximo de un mes. b) La suspensión del derecho del alumnado a participar en determinadas actividades extraescolares o complementarias, que se realicen en el trimestre en el que se ha cometido la falta o en el siguiente trimestre. c) El cambio de grupo o clase. d) La suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases, por un periodo superior a cinco días lectivos e inferior a un mes, a contar desde el día en cuya jornada escolar se haya cometido la conducta infractora. e) La realización de tareas educativas fuera del centro, con suspensión temporal de la asistencia al propio centro docente por un periodo mínimo de diez días lectivos y un máximo de quince días lectivos, con sujeción a lo establecido en el artículo 26.d del Decreto 3/2008, de 8 de enero. El plazo empezará a contar desde el día en cuya jornada escolar se haya cometido la conducta infractora.

3. Para la aplicación de las medidas correctoras, el profesorado afectado contará con el apoyo y la colaboración del equipo directivo y, en su caso, del resto de profesores del centro.

4. Cuando, por la gravedad de los hechos cometidos, la presencia del autor en el centro suponga un perjuicio o menoscabo de los derechos y de la dignidad del profesorado o implique humillación o riesgo de sufrir determinadas patologías para la víctima, resultarán de aplicación, según los casos, las siguientes medidas: a) El cambio de centro cuando se trate de alumnado que esté cursando la enseñanza obligatoria. b) La pérdida del derecho a la evaluación continúa. c) La expulsión del centro cuando se trate de alumnado que curse enseñanzas no obligatorias. 5. Las medidas educativas correctoras se adoptarán, por delegación de la persona titular de la dirección, por cualquier profesor o profesora del centro, oído el alumno o alumna, en el supuesto del párrafo a) del apartado 1 y por la persona titular de la dirección del centro en los demás supuestos del apartado 1 y del apartado 2.

Las medidas educativas correctoras previstas en el apartado 4 se propondrán, en nombre del centro, desvinculando la responsabilidad del profesor, por la persona titular de la dirección al Coordinador Provincial de las ServiciosPeriféricos quien resolverá previo informe de la Inspección de educación. Contra la resolución dictada se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes ante la persona titular de la Consejería competente en materia de educación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)Artículo 8. Prescripción. 1. Las conductas contrarias a las normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro y del aula que menoscaben la autoridad del profesorado prescriben transcurrido el plazo de dos meses a contar desde la fecha de su comisión. 2. Las conductas contrarias a las normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro y del aula que atentan gravemente a la autoridad del profesorado prescriben transcurrido el plazo de cuatro meses a contar desde la fecha de su comisión. 3. Las medidas correctoras establecidas específicamente en el artículo 6 prescriben en los siguientes plazos a contar desde su imposición: a) Las recogidas en el apartado 1 a los dos meses. b) Las recogidas en los apartados 2 y 4, a los cuatro meses. 4. En el cómputo de plazos fijados en los apartados anteriores se excluirán los periodos vacacionales establecidos en el calendario escolar de la provincia.

Artículo 9. Facultades del profesorado. 1. Según el artículo 5.1, de la Ley 3/2012, de 10 de mayo, los hechos constatados por el profesorado en el ejercicio de las competencias correctoras o disciplinarias gozarán de la presunción de veracidad. 2. El profesorado afectado, en función de los derechos reconocidos en el artículo 3 de la Ley 3/2012, de 10 de mayo, podrá: a) Ejercer su autonomía para tomar decisiones y aplicar medidas disciplinarias de acuerdo con las normas de convivencia establecidas. b) Solicitar colaboración de otros docentes, del equipo directivo y demás miembros de la comunidad educativa en la aplicación de las medidas correctoras, según se recoge también en el artículo 6.3. c) Hacer que padres o representantes legales del alumnado respeten y hagan cumplir las normas establecidas por el centro, en el ámbito de su responsabilidad familiar y de colaboración con el centro educativo.

Artículo 10. Graduación de la culpa, responsabilidad y reparación de daños. 1. Conforme a las normas de organización y funcionamiento de los centros, el profesorado que vea menoscabada o lesionada su autoridad, podrán tener en cuenta, en el momento de proceder a la calificación y corrección de las conductas lesivas, circunstancias atenuantes o agravantes, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20 del Decreto 3/2008, de 8 de enero. 2. Las medidas que se apliquen con carácter corrector deberán ser proporcionales a la naturaleza y a la gravedad de los hechos cometidos y han de tener siempre un valor educativo contribuyendo, en cualquier caso, a la mejora de la convivencia en el centro. 3. En todo caso, las normas de convivencia, organización y funcionamiento de los centros pueden establecer aquellos casos en los que la reparación de los daños causados pueda ser sustituida por la realización de tareas que contribuyan a la mejora del centro, de sus actividades y funcionamiento.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

NORMATIVA PROGRAMA LINGÜÍSTICO INGLÉS:

“El Gobierno Regional, con el fin de facilitar el aprendizaje de lenguas extranjeras y afianzar un sistema educativo de calidad que asegure a los alumnos de nuestra Región la adquisición de las competencias básicas necesarias para desenvolverse en la sociedad actual así como una formación integral e igualitaria, publica el Decreto que regula el plurilingüismo en la enseñanza no universitaria en Castilla-La Mancha. A través de este Decreto, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes da respuesta a las necesidades de formación de los ciudadanos de la Región en general y de los docentes en particular, y en consecuencia, elabora un Plan de Formación del profesorado y del alumnado en el aprendizaje de lenguas extranjeras.” Ver página JCCM

1. Decreto 7/2014, de 22/01/2014, por el que se regula el plurilingüismo en la enseñanza no universitaria en Castilla- La Mancha. [2014/897]

2. Orden de 16/06/2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regulan los programas lingüísticos de los centros de Educación Infantil y Primaria, Secundaria, Bachillerato y Formación Profesional sostenidos con fondos públicos de Castilla- La Mancha. [2014/8175]

3. Resolución de 23/06/2014, de la Dirección General de Recursos Humanos y Programación Educativa, por la que se convoca el procedimiento para la incorporación de centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos a los programas lingüísticos en centros plurilingües en el curso 2014/2015. [2014/8274]

4. Instrucciones relativas al funcionamiento de los Programas de Plurilingüismo de CLM

http://www.educa.jccm.es/es/sistema-educativo/europa-actividades-idiomas/plan-plurilinguismo-castilla-mancha.ficheros/165073-InstruccionesProgramasLinguisticos.pdf

NUEVA NORMATIVA ORIENTACIÓN

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)Orden de Orientación Decreto 66/2013 (3/9/2013) DOCM 6 septiembre de 2013 Reguladora de la atención especializada y orientación educativa.

NORMATIVA BÁSICA:

Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. Ley de autoridad Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha. Decreto3/ de Convivencia de 08-01-08 de Castilla-la Mancha. LODE Ley Orgánica/8 reguladora del Derecho a la Educación. 03/07/85 Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

En Cabanillas del Campo a 30 de Junio de 2014.

La Presidenta del Consejo Escolar Ana de Riánsares Sanz Carranza.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)1.

ANEXO

FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS

COMPLEMENTARIOS.

SERVICIO DE COMEDOR

NORMATIVA VIGENTE

Resolución de 02/06/2014, de la Dirección General de Organización, Calidad Educativa y Formación Profesional, por la que se fija el precio del servicio de comedor escolar y aula matinal para el curso 2014/2015, en centros docentes públicos de enseñanza no universitaria dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha. [2014/7570]

Decreto 138/1012 de 11/10/2012 por el que se regula el funcionamiento del comedor escolar

Ley Orgánica 2/2000, de 3 de mayo, de Educación para garantizar la calidad. Instrucciones del curso 14/15

El servicio de comedor incluye: Aula Matinal y Comida de medio día.

HORARIO

La normativa vigente establece que el servicio de guardería matinal tendrá una duración de hasta hora y media antes del comienzo de la actividad docente. La comida del medio día tendrá una duración de dos horas desde el fin de la jornada lectiva.

Aula Matinal.De 7:30 h a 9:00 h Inicio desde el primer día lectivo

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

La entrada al Aula Matinal será a las 7:30, 7:45 o a las 8:00 horas. El alumnado que se incorpore después de las 8:45 horas deberá venir desayunado.

CAPACIDAD MÁXIMA DEL COMEDOR ESCOLAR

La capacidad máxima autorizada es 180 usuarios, con puertas abiertas de usos múltiple. La matrícula máxima de comedor, con dos turnos, será 215-220 usuarios. En Junio se dejarán 5 al menos 5 plazas libres para altas nuevas según contempla la legislación. Los lunes y los días que llueve hay dificultades importantes para poder acoger al alumnado, tanto por la presencia de los profesores en las aulas como por la elevada ratio alumno/a cuidadora. Los espacios-aula no son adecuados para acoger los grupos de comedor de primaria con ratios que va de 30 a 44 alumnos/as. Por el contrario, la ratio de educación infantil hace que no tengamos suficientes aulas para atender adecuadamente un elevado número de niños/as de esta etapa. El segundo turno será el del alumnado de segundo Nivel, de ser necesario se verán afectados los cursos del tercer Nivel. El alumnado del tercer Nivel colabora en tareas de comedor, tal como establece la normativa.

USUARIOS

Uno. “1. El servicio de comedor escolar podrá ser solicitado por todo el alumnado que desee hacer uso del mismo. Para poder utilizar dicho servicio el alumnado deberá presentar en el mes de junio su solicitud para el curso siguiente, según Anexo II adjunto, dirigida a la Dirección del Centro docente. El alumnado que se incorpore al Centro a lo largo del curso escolar podrá solicitar el servicio de comedor, una vez que haya formalizado su matrícula en el mismo”. Orden del 21-07-05

Comida de medio día; Meses de Septiembre y Junio.

13:00 h a 15:00 h De tres a cuatro el alumnado podrá hacer uso del servicio de guardería que gestiona el AMPA, servicio no gratuito. Inicio desde el primer día lectivo

Comida de medio día; Resto del curso.

14:00 h a 16:00 h

Serv ic io de Guarder ía AMPA

Una hora después de terminada la jornada laboral habrá servicio de guardería para que las familias tengan mayor facilidad a la hora de compaginar la vida laboral y familiar.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)Cuando el número de demandas, en la fase de prematrícula supere el límite de 180, será necesario seguir el procedimiento establecido en la normativa y concretado en este documento según acuerdo del Consejo Escolar.

SELECCIÓN DE USUARIOS

(Orden de 2/03/04) 3. La selección y admisión de usuarios del servicio de comida de mediodía cuando haya más solicitudes que plazas disponibles corresponden al Consejo Escolar del Centro, cuya lista de admitidos y suplentes se hará pública en el tablón de anuncios, respetando estrictamente el siguiente orden de preferencia:

Alumnado beneficiario del transporte escolar, o que por su situación de residencia no puedan acudir a su domicilio durante el tiempo de la comida. (No hay) Alumnado con necesidades socioeconómicas desfavorables.

Para seleccionar a este alumnado se tendrá en cuenta: -Renta, el IPREM (inferior al 5,9) según establece la circular de comedor para 2008-2009 -Situaciones de desempleo con o sin subsidio. -Familias monoparentales.

Alumnado cuyo padre y madre trabajen y tengan incompatibilidad de su horario laboral con el horario de salida del alumnado al mediodía. Ordenados en razón de renta percápita. Las familias que no aporten renta entrarán los últimos y ordenados por sorteo. Otro alumnado del Centro. Ordenados siguiendo los mismos criterios. Personal docente y no docente que preste servicios en el Centro.

La selección y admisión de usuarios del servicio de aula matinal, cuando haya más solicitudes que plazas disponibles, corresponden al Consejo Escolar del Centro, cuya lista de admitidos y suplentes se hará pública en el tablón de anuncios, respetando estrictamente el siguiente orden de preferencia:

Alumnado cuyo padre y madre trabajen y tengan incompatibilidad de su horario laboral con el horario de entrada del alumnado al Centro. Alumnado con necesidades socioeconómicas desfavorables. Otro alumnado del Centro.

Para solicitar el servicio será necesario aportar impreso de declaración (ver anexo de Consejo Escolar) de los tutores que incluya el horario laboral, los miembros de la unidad familiar, los datos de renta necesarios para la selección. Los datos se harán públicos por orden alfabético, tanto los admitidos como la lista de suplentes. El lugar que ocupa cada suplente le será comunicado por escrito de forma individual. La lista de

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)admitidos y suplentes ordenada atendiendo a razones económicas será presentada al Consejo Escolar.

TIPOS DE USUARIOS

USUARIOS HABITUALES.

Se consideran usuarios habituales aquellos alumnos y alumnas que utilizan el servicio de comedor escolar (comida de mediodía y/o aula matinal) al menos el 80% de los días lectivos, en que se presta el servicio, del mes correspondiente.

USUARIOS NO HABITUALES.

Se consideran usuarios no habituales a los alumnos y alumnas que utilicen el servicio de comedor (comida de mediodía y/o aula matinal) un número de días inferior al 80% citado, sin motivos justificados, y por tanto el precio del servicio se le podrá incrementar hasta en un 20%, si así lo acuerda el Consejo Escolar. Igualmente el alumnado podrá solicitar los servicios de comedor solo para días sueltos con el correspondiente porcentaje de incremento. Estos usuarios no serán atendidos en tanto en cuanto no sean tenidos en consideración a todos los efectos por la administración educativa. Usuario eventual Usuario eventual ( no reconocidos en la circular de comedor), el que hace uso del servicio de comedor un máximo de tres días al mes, sin poder hacer promedios y siempre con motivo justificado: enfermedad de un familiar, citas de búsqueda de empleo y citaciones de deber inexcusable (siempre con el acuerdo de la empresa.

RATIO DE COMEDOR Y AULA MATINAL

El punto 4) del apartado octavo: “4. Las dotaciones de personal de vigilancia se determinarán en función del número de alumnado usuario del servicio de comedor escolar autorizado, de acuerdo con la siguiente ratio: -Un vigilante cuidador por cada 30 alumnos o fracción superior a 15 en Educación Primaria. -Un vigilante por cada 15 alumnos o fracción superior a 10, en los cursos de 2º y 3º de Educación Infantil. -Un vigilante por cada 10 alumnos o fracción superior a 7, en el primer curso de Educación Infantil”.

PRECIO DEL SERVICIO

El precio del SERVICIO diario será el que determine la Delegación Provincial de Educación, para el alumnado usuario habitual, y el que determine el Consejo Escolar para el eventual y el usuario no habitual. El pago del comedor se efectuará durante los cinco primeros días e cada mes.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)El primer impago se comunicará a la/el encargada de comedor, quien solicitará a la familia el inmediato abono de la mensualidad y de los gastos ocasionados. El segundo impago dará lugar a la pérdida inmediata del derecho a comedor, causando baja del servicio para el curso escolar. Para formalizar matrícula el curso próximo deberá estar al día de los pagos del año anterior.

En el caso de ausencia justificada al servicio de comedor y habiendo sido notificado por

escrito al centro, se observarán las instrucciones sobre comedores escolares remitidas

por la Delegación de Educación y Ciencia. En el caso de corresponder alguna deducción

se liquidará en el recibo de la siguiente mensualidad.

ALTAS Y BAJAS DEL SERVICIO

Las bajas sólo podrán realizarse a finales de cada trimestre, con motivo justificado, presentando la solicitud a la Comisión de Comedor. Se comunicará al suplente nº 1 la circunstancia por si desea ocupar la plaza. Las altas del alumnado de Ed. Infantil, tres años serán coincidente con su incorporación a tiempo total en el grupo clase a lo más tardar en octubre.

AYUDAS

- Al realizar la matrícula se podrá solicitar la ayuda correspondiente. Siempre que lo convoque la JCCM. Siempre que se cumplan los requisitos de renta económica, cuyo cálculo realizará la propia familia con el asesoramiento de la/el encargada del comedor. Para ello tendrán que presentar la documentación requerida, según la normativa de comedores escolares vigente.

FUNCIONES DEL CONSEJO ESCOLAR DIRECTOR/A Y DEL

SECRETARIO/A.

En relación con el funcionamiento del comedor escolar, corresponde a los órganos colegiados y unipersonales del centro, las siguientes funciones:

Consejo Escolar:

a) Proponer a la Consejería competente en materia de educación a través del Servicio Periférico correspondiente, la solicitud de apertura y funcionamiento del servicio de comedor escolar.

b) Aprobar, dentro de la normativa vigente, las directrices de organización y de uncionamiento del servicio de comedor, así como su seguimiento y evaluación a través del curso escolar.

c) Aprobar el proyecto de presupuesto de ingresos y gastos del servicio, como parte anual del presupuesto del Centro. Asimismo, aprobará su justificación de gastos.

d) Decidir sobre la admisión del alumnado usuario, de acuerdo con los criterios de prioridad establecidos en el presente Decreto.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)e) Aprobar la organización y funcionamiento del Comedor Escolar dentro de las normas de Convivencia Organización y funcionamiento del Centro.

f) Aprobar el Plan Anual del Servicio de Comedor que incluya las actividades educativas y recreativas a desarrollar por el alumnado que utilice el servicio de comedor escolar.

g) Aprobación de programas de participación del alumnado: educación para la salud, adquisición de hábitos sociales y tiempo libre.

h) Aprobar la creación de la Comisión del Servicio de Comedor Escolar.

i) Proponer la relación de “alumnado beneficiario obligatorio” del servicio de comedor escolar en sus modalidades de comida del mediodía y Aula Matinal.

Director/a del Centro:

a) Elaborar con el Equipo Directivo, el Plan Anual del Servicio de Comedor, como parte integrante de la Programación General Anual del Centro.

b) Dirigir y coordinar el servicio de comedor escolar, y designar al personal docente que voluntariamente, participe en las tareas de atención al alumnado.

c) Supervisar la correcta actuación educativa, económica y administrativa del servicio de comedor, prestado por el Centro.

d) Autorizar los gastos, y ordenar los pagos necesarios para su buen funcionamiento.

e) Realizar las contrataciones de suministros, en su caso, de acuerdo a la legislación vigente.

f) Ejercer la jefatura de todo el personal dependiente de la Consejería competente en materia de educación y coordinar las relaciones laborales con el personal de la empresa concesionaria de los servicios.

g) Presidir, en su caso, la Comisión del Servicio de Comedor Escolar.

h) Velar por el cumplimiento de las normas sobre sanidad e higiene.

i) Cualquier otra función, necesaria para el correcto funcionamiento del servicio.

Secretario/a del Centro:

a) Ejercer de conformidad con las directrices de la Dirección las funciones de interlocutor con la Administración Educativa, usuarios, empresas y otros proveedores.

b) Formular el inventario de bienes adscritos y utilizados en las instalaciones del servicio de comedor escolar.

c) Ejercer, por delegación del Director/a, la jefatura del personal en los Centros con servicio de comedor gestionado con personal propio.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)d) Estudiar el anteproyecto de presupuesto del servicio de comedor escolar.

e) Registrar la actividad económica del servicio de comedor y justificación de ingresos y gastos.

f) Verificar el cobro de las cantidades del precio del servicio de comedor a los usuarios del mismo y colaborar en la gestión de los impagos de recibos.

4. Aprobada por el Consejo Escolar, existirá una Comisión del Servicio de Comedor Escolar, que estará integrada por los siguientes miembros:

a) Director/a del Centro.

b) Secretario/a del Centro.

c) Encargado del servicio de comedor escolar.

d) Un representante de las madres y los padres del alumnado del Centro, que acuerde el Consejo Escolar, preferentemente con algún hijo usuario del servicio de comedor escolar.

5. La Comisión del Servicio de Comedor desarrollará las siguientes funciones:

a) Elaborar el borrador de anteproyecto de presupuesto del servicio de comedor escolar.

b) Colaborar con el Equipo Directivo y el Encargado del servicio de comedor, en su caso, en la gestión económica administrativa de los fondos del servicio de comedor.

c) Supervisar el menú de las comidas de mediodía y/o de los desayunos, de acuerdo con un programa de alimentación sana y equilibrada, en su caso contrastado con la empresa adjudicataria, de conformidad con el menú ofertado en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares, y conforme a las orientaciones establecidas a tal efecto en el Plan de Calidad de los Comedores Escolares.

d) Seguimiento del Plan Anual de Comedor escolar.

e) Seguimiento y evaluación del servicio de comedor, formulando propuestas de mejora, en su caso, ante el Consejo Escolar.

f) Velar por el cumplimiento de las normas vigentes sobre sanidad e higiene.

g) Cualquier otra función necesaria para el correcto desarrollo del servicio de comedor.

Artículo 19. Evaluación y seguimiento.

1. Las personas titulares de los Servicios Periféricos competentes en materia de educación, arbitrarán fórmulas de control y evaluación periódica del funcionamiento, gestión y organización del servicio de comedor escolar.

2. La Dirección de los centros incluirá en la Memoria Final de Curso la evaluación sobre el funcionamiento del servicio de comedor escolar según lo aprobado en la Programación General Anual, que será objeto de conocimiento y valoración por el Consejo Escolar.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)OBJETO DEL SERVICIO DE VIGILANCIA

3. El servicio de vigilancia tendrá por objeto:

a) Velar por el mantenimiento del orden en las instalaciones donde se preste el servicio de comedor escolar.

b) Atención y vigilancia al alumnado durante el servicio de comedor, formándole en los hábitos alimentarios y sociales idóneos para una mejor educación para la salud y la convivencia.

c) En los Centros donde el alumnado con necesidades educativas especiales utilice el servicio de comedor escolar se prestará especial atención al desarrollo de habilidades adaptativas de autonomía personal.

d) En razón del carácter educativo del servicio de comedor escolar, se fomentará la colaboración del alumnado, a partir del primer año del tercer ciclo de Educación Primaria.

e) Atención al alumnado en los periodos de, antes y después de las comidas, así como en el servicio de aula matinal, básicamente en el ejercicio y desarrollo de las actividades programadas para estos periodos, atendiendo a las orientaciones del Encargado del servicio de comedor escolar.

f) Atención especial y urgente al alumnado, en los casos de accidente.

g) Cualquier otra función necesaria para el correcto desarrollo del servicio en el marco de las que se le encomienden por la normativa vigente.

La atención al alumnado supone la presencia física durante la prestación de los servicios, así como la orientación en educación para la salud, la adquisición de hábitos sociales y otras actividades educativas.

DOTACIONES DE PERSONAL DE VIGILANCIA

Se determinarán en función del número de alumnado usuario del servicio de comedor escolar autorizado, de acuerdo con la siguiente ratio:

a) Un vigilante por cada 35 alumnos o alumnas o fracción superior a 15, en Educación Secundaria Obligatoria.

b) Un vigilante cuidador por cada 30 alumnos o alumnas o fracción superior a 15 en Educación Primaria.

c) Un vigilante por cada 15 alumnos o alumnas o fracción superior a 10, en los cursos de 2º y 3º de Educación Infantil.

d) Un vigilante por cada 10 alumnos o fracción superior a 7, en el primer curso de Educación Infantil.

En el caso del alumnado con necesidades educativas especiales, así como en aquellos otros casos en que motivadamente se justifique, la Dirección General competente en materia de comedores escolares adecuará la ratio en función de las necesidades.

FUNCIONES DEL PERSONAL CUIDADOR Y DE COCINA

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

ARTÍCULO 16. PERSONAL DE COCINA EN EL SERVICIO DEL COMEDOR ESCOLAR.

1. Será competencia del personal no docente del servicio de comedor las siguientes funciones: a) Elaboración de las comidas y/o desayunos de acuerdo con el menú aprobado. b) Velar por la calidad y conservación de los alimentos, cumpliendo las normas de sanidad e higiene. c) Servicio y atención a las mesas de los usuarios y usuarias. d) Limpieza de las instalaciones y equipos del servicio de comedor escolar, cuidando de su uso y conservación. e) Informar al Encargado del servicio de comedor escolar de aquellas otras cuestiones que afecten al funcionamiento del servicio. f) Colaborar en la elaboración y seguimiento del Sistema de Autocontrol (Metodología de Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico). g) Asistencia, en su caso, a las actividades programadas dentro del Plan de Formación.

ARTÍCULO 17. PROFESORADO ENCARGADO DEL SERVICIO DE COMEDOR ESCOLAR.

1. Un miembro del equipo directivo actuará en calidad de encargado de la gestión formativa y administrativa del servicio de comedor escolar, sin perjuicio de las funciones que corresponden a cada miembro del equipo según la normativa vigente. La Dirección podrá designar encargado/a a un profesor o profesora del centro, si el interesado lo acepta de manera voluntaria.

2. El Encargado o Encargada del servicio de comedor escolar tendrá las siguientes funciones:

a) De índole formativa o pedagógica: Coordinar la programación del plan de actividades que recoja los siguientes aspectos:

Desarrollo de hábitos y del uso de instrumentos y normas relacionadas con el hábito de comer así como también conocimientos alimentarios, higiénicos, de salud y de relación social en el entorno del servicio de comedor.

2º Desarrollo de actividades de ocio y tiempo libre para dinamizar la atención y vigilancia del alumnado usuario.

b) De índole administrativa:

1º Ejecutar tareas propias de coordinación y supervisión de los medios personales, económicos y materiales adscritos al funcionamiento del servicio de comedor.

2º Velar por el cumplimiento de la normativa vigente, así como de los contratos suscritos con las empresas adjudicatarias, de las condiciones establecidas en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y en los Pliegos de Prescripciones Técnicas, de los compromisos adquiridos en sus ofertas técnicas y de lo dispuesto en los respectivos convenios de colaboración.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)3º Organizar el funcionamiento del servicio de comida de mediodía y/o aula matinal.

4º Elaboración y actualización periódica del inventario del equipamiento del servicio de comedor y su reposición.

5º Elevar a la Dirección del Centro propuestas sobre control y mejora de menús así como de la distribución del presupuesto y control del gasto, a través de la Comisión del servicio de comedor escolar, a que se hace referencia en el apartado 5 del artículo 18 de este Decreto.

3. Para una mejor planificación y seguimiento de sus funciones la persona encargada del servicio de comedor asume las mismas para todo el curso escolar, salvo por circunstancias excepcionales, previa justificación y autorización del Coordinador Provincial competente en materia de educación.

“Dado que el servicio de comedor escolar es un servicio educativo, se programará también la realización de actividades de ocio y tiempo libre para los distintos periodos de la comida de mediodía y durante el aula matinal, así como actividades para el desarrollo de hábitos saludables de alimentación e higiene y conductas sociales adecuadas para una buena educación de la salud, que deberán estar relacionadas con los diversos temas transversales del currículum según etapas y niveles. En la planificación de estas actividades también se tendrá en cuenta, para una adecuada integración, la atención a la diversidad del alumnado que existe en nuestros Centros” (Circular anual)

“En los comedores que se gestionan a través de Empresa, la Comisión de Seguimiento del Comedor velará por el desarrollo y cumplimiento de la propuesta de actividades que, en su caso, haya presentado la Empresa titular del servicio y a su vez haya sido baremada por la Mesa de Contratación, y en caso procedente se incluirá en la Programación General del Centro, una vez aprobada por el Consejo Escolar.” (Circular anual)

Es muy conveniente mantener reuniones periódicas entre el Encargado/a y los cuidadores/as para una adecuada programación, desarrollo y evaluación interna de estas actividades, a incluir en la Memoria final del curso.

GESTIÓN

El comedor se gestionará a través de empresas del sector y la concesión de este servicio correrá a cargo de la Delegación Provincial de Educación, siempre que no sea solicitado como gestión directa del colegio, o por alguna entidad legal relacionada con el mismo (Ayuntamiento, AMPA, etc.)

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)MENÚ

El comedor de nuestro centro es un servicio de carácter educativo, complementario, compensatorio, social y voluntario para el alumnado. Dado que existen acuerdos de cooperación del Estado con diferentes confesiones religiosas, en este centro respetarán los términos de dichos acuerdos; lo que, en algunos casos, implica la limitación en materia de ingesta de ciertos alimentos para el alumnado que profesa una determinada confesión religiosa. Así mismo se tendrán en cuenta casos específicos de enfermedad o intolerancia a algún alimento que se deberá acreditar con el certificado médico correspondiente.

El menú mensual será entregado a las familias al finalizar el anterior; las familias se comprometen a tener en cuenta las recomendaciones de los especialistas para la elaboración de un menú equilibrado de la cena de sus hijos/as.

El Consejo Escolar podrá solicitar las modificaciones de menú que estime necesarias.

Corresponde al Consejo Escolar el aprobar el menú mensual. La empresa de comedor se compromete a enviar vía telemática una copia mensual. Tras su estudio se propondrán las modificaciones pertinentes. Todo este proceso será vía telemática.

OBLIGACIONES QUE CONTRAEN LOS PADRES, MADRES O TUTORES

Cumplir las normas del comedor.

Hacerse cargo del coste del cubierto.

Aportar los datos bancarios donde se harán los cargos de los recibos que se les remitan por este servicio o abonarlos directamente en la cuenta que se les indica y en el plazo determinado.

Tener operativo un teléfono móvil y haberlo facilitado al centro.

Acudir al centro en caso de accidente, a la mayor brevedad posible.

En caso de accidente y no poder localizar a la familia, sufragar los gastos ocasionados en los desplazamientos a los servicios sanitarios.

Cumplir con el horario de salida del servicio. De no ser así se incorporará al menor a la guardería debiendo pagar el servicio la familia del menor.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)

Las salidas antes de tiempo serán autorizadas por la Comisión de Comedor, aportando justificante y obedecerán siempre a: Matriculación en actividades en otra localidad. Visitas médicas excepcionales. Situaciones sobrevenidas inevitables.

No se anticipará la salida del alumnado por razones de puentes o víspera de festivos.

La ausencia del alumnado al servicio de comedor se deberá comunicar por escrito a la encargada del comedor.

El alumnado eventual y el no habitual ( de ser el caso) deberán comunicar al centro su presencia con la máxima antelación posible, mínima un día.

Si se ha solicitado la permanencia de un alumno/a no se puede cancelar el servicio en el mismo día.

Las solicitudes para el mismo día serán, muy excepcionalmente, y siempre antes de las 10h. Se podrá recoger al alumnado usuario de la comida del mediodía a las 16 h, hora en que acaba el servicio, salvo las situaciones excepcionales que se justificarán por escrito. Si la familia no puede acudir a buscarles deberán autorizar por escrito a la persona en quien deleguen.

En caso de incumplimiento por parte de las familias y/o del alumnado de las normas establecidas la Comisión de Comedor procederá a resolver, pudiendo incluso determinar la baja temporal del alumno/a en el servicio del comedor.

ORGANIZACIÓN DEL ALUMNADO DE COMEDOR

Una de las funciones del comedor escolar es educar, por lo que es muy importante la colaboración en las tareas del mismo y su continuidad en la familia.

Los cuidadores/as organizarán las mesas y distribuirán a los alumnos/as con arreglo a los siguientes criterios: En la primera reunión se elegirá a los responsables de cada mesa y se repartirán cargos informándoles de su tarea y resolviendo cuantas dudas haya.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)Se agruparán por niveles para favorecer la relación social con los iguales y el conocimiento personal de su cuidadora. Se reunirá al alumnado, al menos una vez por trimestre, para informarles y recoger sus sugerencias sobre el servicio. Siempre que se considere oportuno se podrá variar la distribución del alumnado para acomodarse a diferentes circunstancias. El segundo turno será el del 2º Nivel y si es necesario parte del tercero.

OTROS ASPECTOS ORGANIZATIVOS Y DE FUNCIONAMIENTO:

Las incidencias disciplinarias del comedor serán recogidas en el diario de comedor y notificadas personalmente a la encargada de comedor y a jefatura de estudios cuando sean relevantes. Se servirá un único menú para todos los comensales. Será idéntico para alumnado y profesorado. Los cuidadores/as darán la autorización para entrar y salir del recinto. Queda totalmente prohibido abandonar el recinto escolar sin autorización y conocimiento de los/as cuidadores/as. Al entrar al comedor se permanecerá de pié hasta que los/as cuidadores/as manden sentarse. Se podrá empezar a comer cuando todos/as los/as alumnos/as de la mesa estén servidos. Es obligatorio comer lo que tienen en el plato, la ración mínima acorde con su edad y que se servirá a todos los /as alumnos /as. Es optativo repetir de un plato. Los comensales utilizarán correctamente los cubiertos, servilletas, platos, etc. Y guardarán las normas higiénicas y de educación durante la comida. No se dejará ningún alimento ni desperdicio fuera del plato. El pan que se coja, ha de terminarse antes de tomar otros trozos. Nadie se levantará de la mesa durante la comida, a excepción de aquella persona que tenga una tarea encomendada o que el/la cuidador / a ordene. Una vez servido el primer plato se procurará mantener un comportamiento y postura que permita comer tranquilamente, hablando en voz baja. No se permite retirar platos con comida a la mesa portaviandas sin la autorización previa de los / as cuidadores / as. Los/ as comensales deberán comer en el tiempo establecido y que se considera suficiente, por regla general. Los que tarden mucho en terminar concluirán las tareas de limpieza de su mesa. Para obtener permiso por cualquier causa durante la comida, levantarán la mano para ser atendidos por los /as cuidadores / as, con la única excepción de situaciones de urgencia. No se saldrá al servicio durante la comida, salvo casos extraordinarios y con el permiso oportuno. Se tendrá en cuenta la edad del alumnado. El sitio en el comedor será permanente, no pudiendo cambiarlo por gustos personales. Los que ocasionalmente utilicen el comedor esperarán a que se les asigne un sitio en una mesa. Está prohibido acceder al recinto de cocina, con excepción del personal autorizado y en posesión del carnet de manipulador / a.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)El alumnado conocerá las actividades que pueden realizar y las dependencias que pueden utilizar durante la permanencia en los recreos del comedor. El respeto es en todos los ámbitos imprescindible. El material de juego debe ser recogido y cuidado. Los materiales de las salas que se utilicen se podrán utilizar con permiso de las cuidadoras. El alumnado colaborará y participará en el desarrollo de las actividades formativas y de ocio programadas. El equipo GAIA (Grupo de apoyo e inclusión del alumnado) estará formado por comensales voluntarios y será coordinado por la encargada del comedor y las cuidadoras. La evaluación del funcionamiento del comedor será bianual. Todo el alumnado usuario del comedor tendrá las mismas obligaciones y derechos. El alumnado que tenga un comportamiento inadecuado será sancionado de acuerdo con el Decreto de Convivencia y las NCOF del centro.

EL COMEDOR ESCOLAR

LAS FALTAS QUE ALTERAN EL FUNCIONAMIENTO DEL COMEDOR

• Mantener una actitud negativa no siguiendo las orientaciones de las monitoras. • Perturbar con su mal comportamiento el normal desarrollo de la comida por: - Llegar tarde sin motivo justificado. - Levantarse sin permiso de forma reiterada. - Hacer ruidos, gritar, ... - Comer chicle, pipas,... - Tirar objetos a los / as compañeros / as. - Tirar comida fuera del plato. - Dejar el mobiliario desordenado. • Correr por la sala o jugar en ella. • No cuidar y utilizar correctamente los materiales e instalaciones causando, con intención o no un desperfecto o deterioro no grave de los mismos. • No respetar las pertenencias de los demás causando, con intención o no un deterioro no grave de las mismas. • Emplear juegos y / o juguetes agresivos. • Falta de atención reiterada o hacer caso omiso a las indicaciones del monitor / a. • Actuaciones peligrosas para la salud.

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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (NCOF)• No entregar en casa las notificaciones que las monitoras les encomienden para sus padres / madres.

LAS FALTAS QUE ALTERAN GRAVEMENTE EL FUNCIONAMIENTO DEL

COMEDOR

• Los actos de indisciplina, injurias u ofensas graves contra cualquier miembro de la Comunidad Educativa. Faltar al respeto a las personas que convivimos en el Centro. • La agresión física / psíquicas contra cualquier miembro de la comunidad educativa. • Las faltas graves si concurren las circunstancias de colectividad y / o publicidad intencionada. • Las actuaciones o la incitación sistemática a actuaciones perjudiciales para la salud o la integridad personal de algún miembro de la comunidad. • La comisión de tres faltas que alteren el funcionamiento del centro en un mismo curso académico. • Incumplimiento de las sanciones. • Suplantación de personalidad. • Falsificación y / o sustracción de documentos. • Daños graves por el uso indebido o intencionado en los locales, material o documentos del Centro o en los bienes de otros miembros de la comunidad educativa.

PROCEDIMIENTO SANCIONADOR Y/O EDUCADOR

POR FALTAS LEVES

• La primera vez la monitora advertirá y amonestará al alumno. • Las veces sucesivas anotará la falta cometida (día, hora, circunstancias,..) en el cuaderno de incidencias que al efecto existirá para cada alumno/a. Amonestará al alumno por escrito, informando a los padres de la situación. Conservará una copia del documento que entregará el Jefe / a de Estudios. • Realización de tareas que reparen lo deteriorado o contribuyan a la mejora del comedor. • Si el alumno / a incumple la sanción sería motivo de falta grave.

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POR FALTAS QUE ALTEREN EL FUNCIONAMIENTO DEL COMEDOR

(REITERADAS):

Amonestación en privado por la monitora. Realización de trabajos específicos en horario no lectivo. Realizar tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del Centro si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones, al material del Centro o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. Comparecencia ante el Jefatura de Estudios, Encargada de Comedor y/o Dirección, que informará por escrito a la familia del hecho e informará a la Comisión de Comedor y de Convivencia. Baja del alumno/a en el comedor por un plazo máximo de una semana.

LAS FALTAS QUE ALTERAN GRAVEMENTE EL FUNCIONAMIENTO DEL

COMEDOR

Privación del derecho de asistencia al comedor escolar. Realización de tareas que contribuyan a la reparación de los daños causados, si procede, o la mejora y desarrollo de las actividades del Centro. Estas tareas deberán realizarse en horario no lectivo por un periodo que no podrá exceder de quince días.

COMPETENCIAS PARA DECIDIR LAS CORRECCIONES

PREVISTAS

En todos los casos se pondrá en conocimiento de los padres la falta cometida y la sanción que en su caso se impusiera.

Las faltas contrarias a norma serán sancionadas por la monitora correspondiente, dando cuenta a la Jefatura de Estudios y a la Dirección.

Las faltas que alteran gravemente el funcionamiento del Comedor serán sancionadas por la Dirección, siguiendo el procedimiento habitual en el centro. Esta comunicación a los padres se hará mediante el envío del Anexo correspondiente y la comunicación a inspección por parte de Jefatura de Estudios.

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Aprobado en Consejo escolar de 30 de Junio de 2014

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