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Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento Curso 2017/2018
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NORMAS DE CONVIVENCIA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
C.E.I.P. CIUDAD DE NARA TOLEDO
Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento Curso 2017/2018
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INDICE
1. PRINCIPIOS DEL PROYECTO EDUCATIVO DEL CENTRO EN LOS QUE SE INSPIRAN…..................…3 2. PROCEDIMIENTO PARA SU ELABORACIÓN, APLICACIÓN Y REVISIÓN. COMISIÓN DE
CONVIVENCIA DEL CONSEJO ESCOLAR………………………………………………….……………………4
2.1. Comisión de convivencia del Consejo Escolar.
3. CRITERIOS COMUNES Y ELEMENTOS BÁSICOS PARA SU INCORPORACIÓN A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS AULAS. PROCEDIMIENTO PARA SU ELABORACIÓN Y RESPONSABLES DE SU APLICACIÓN …………………………………………………....5
3.1. Normas de convivencia, organización y funcionamiento de cada aula.
3.2. Procedimiento para su elaboración. 3.3. Responsables de su aplicación.
4. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA…………….…...8 4.1. DEL ALUMNADO 4.2. DEL PROFESORADO (ANEXO II) 4.3. DE LOS PADRES Y MADRES. 4.4. DEL AMPA. 4.5. DEL AYUNTAMIENTO 4.6. OTROS PROFESIONALES DEL CENTRO.
5. MEDIDAS PREVENTIVAS Y MEDIDAS CORRECTORAS ANTE LAS CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE AULA Y CENTRO. TIPIFICACIÓN DE LAS CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA…………………………………………………………………………………………………...…..13
5.1. Criterios de aplicación de las medidas correctoras.
5.2. Conductas contrarias a las normas de convivencia. 5.3. Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia.
5.4. Medidas correctoras. Procedimiento y reclamaciones. 6. PROCEDIMIENTOS DE MEDIACIÓN PARA LA RESOLUCIÓN POSITIVA DE LOS
CONFLICTOS………………………………………………………………………………………….................…18
6.1. Definición, ámbito de aplicación y principios de la mediación escolar 6.2. Proceso de mediación.
7. CRITERIOS DE ORGANIZACIÓN DE CENTRO…………………………………………………………….…..19 7.1. Asignación de tutorías. Equipos docentes y de nivel. 7.2. Asignación de otras responsabilidades. 7.2. Criterios de sustitución del profesorado. 7.3. Vigilancia de recreos. 7.4. Organización de espacios y tiempos. 7.5. Organización de entradas y salidas 7.6. Organización de servicios complementarios. 7.7. Actividades extraescolares 7.8. Actuaciones de enfermería 7.9. Agrupamientos de alumnos
8. COMUNICACIÓN A LAS FAMILIAS (ANEXO I)…………………………………………..……………...………..27 9. CUIDADO Y MANTENIMIENTO DE MATERIALES CURRICULARES……………………..……………….…28
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1. PRINCIPIOS EDUCATIVOS EN LOS QUE SE INSPIRAN.
El Colegio de Educación Infantil y Primaria “CIUDAD DE NARA”, inspira su quehacer
educativo en los derechos constitucionales a la educación.
Por su carácter de Centro Público es un centro pluralista, cuyas actividades se desarrollarán
dentro de la neutralidad ideológica y contraria a cualquier tipo de discriminación.
En nuestro Centro se practicará un modelo de gestión participativa que abarca a todos los
sectores de la comunidad educativa: profesorado, alumnado, madres y padres, así como en la relación
con otras instituciones.
La actividad educativa se orientará a la consecución de los principios educativos, recogidos
en nuestro PEC.
En el ámbito personal y escolar:
- El pleno desarrollo de la personalidad del alumnado.
- Potenciar una educación integral, desarrollando hábitos intelectuales, técnicas de trabajo,
conocimientos básicos, así como fomentar las capacidades creativas y el espíritu crítico.
- Desarrollar todas las capacidades del alumnado, como forma de alcanzar sus propios
niveles de autonomía y libertad.
- La formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y en el ejercicio de la
tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia.
En el ámbito social:
- Respetar la diversidad del alumnado y de cada una de sus capacidades, creando un
ambiente de convivencia positivo en las diferencias.
- Fomentar comportamientos democráticos poniendo en práctica los valores de integración y
convivencia social: empatía, respeto, consenso, justicia y diálogo.
- Estimular al alumnado para que participe activamente en la sociedad y formándoles para la
paz, la cooperación, la solidaridad y los hábitos saludables.
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2. PROCEDIMIENTO PARA SU ELABORACIÓN, APLICACIÓN Y REVISIÓN. COMISIÓN DE DE
CONVIVENCIA DEL CONSEJO ESCOLAR.
Se toma como punto de partida lo recogido en el antiguo Reglamento de Régimen Interior
para adecuarlo al Decreto 3/2008, de 08-01-2008 de la Convivencia Escolar en Castilla-La Mancha.
El Equipo Directivo y la Orientadora del Centro proceden, en primer lugar, a revisar los
documentos mencionados y a adecuarlos a la normativa vigente.
En un segundo momento, a través de la CCP, se han dado pautas para elaborar, por los
respectivos ciclos, las normas de aula para cada uno de los ciclos y niveles, y que profesores y alumnos
deben cumplir. En este proceso se ha contado especialmente con los alumnos y adaptado el lenguaje
para que sean entendidas por todos.
Se ha elaborado un borrador de CARTA DE CONVIVENCIA, que ha pasado a ser valorada
por los equipos de profesores, el alumnado, así como enviada a las familias y a la Asociación de madres
y padres. Todos han aportado sugerencias y propuestas a la misma. Con todo ello, a comienzo de curso
08/09 se ha dado carácter definitivo a dicha Carta, la que recoge los principios y valores que orientan la
convivencia de nuestro Centro.
Así mismo, se ha elaborado un borrador del resto del documento de Normas de
Convivencia, Organización y Funcionamiento . Se han pedido aportaciones a todos los miembros de la
comunidad educativa. Se reflejan derechos y deberes de todos los sectores y de todos los profesionales
que intervienen en el Centro. Las aportaciones de los diferentes sectores serán conocidas, comentadas y
consensuadas por todos, con la finalidad de que exista la participación democrática de la toda la
comunidad educativa.
Una vez revisadas y aprobadas por el Consejo Escolar, sustituirán al Reglamento de
Régimen Interior, se darán a conocer a toda la Comunidad Educativa y comenzarán a ser aplicadas.
Formarán parte del Proyecto Educativo de Centro.
Serán de obligado cumplimiento para toda la Comunidad Educativa. El Director las hará
públicas a través de distintos cauces de comunicación. Deben darse a conocer a todos aquellos
miembros de la Comunidad que se vayan incorporando a la vida del Centro.
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La revisión tanto a nivel de Centro como de aula se llevará a cabo en el seno de la
Evaluación Interna cuando se evalúe la Dimensión VI sobre “Convivencia y colaboración”.
2.1. Composición y procedimiento para la elección de los componentes de la comisión de
convivencia del Consejo Escolar.
La Comisión de convivencia se crea dentro del Consejo Escolar como órgano encargado de
velar por el correcto ejercicio de los derechos y deberes del alumnado del Centro, así como de las
relaciones entre los diversos sectores de la comunidad Educativa.
Su composición será: El director, el/la Jefe de Estudios, un representante de los profesores
en el consejo, y un representante de los padres.
Entre sus responsabilidades están: Asesorar a la dirección del Centro y al conjunto del
Consejo en el cumplimiento de lo establecido en el Decreto de convivencia, canalizando las iniciativas de
todos los sectores de la comunidad educativa para prevenir y evitar el conflicto y mejorar la convivencia,
el respeto mutuo y la tolerancia en los centros docentes.
Elaborar y proponer modificaciones a las Normas de Convivencia del Centro y de la
supervisión de las sanciones impuestas.
Proponer las medidas sancionadoras oportunas.
Comunicar a los padres y a los profesores la resolución tomada por la Comisión de
Convivencia.
3. LOS CRITERIOS COMUNES Y LOS ELEMENTOS BÁSICOS QUE DEBEN INCORPORAR
LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DE LAS AULAS. ELABORACIÓN Y RESPONSABLES DE
SU APLICACIÓN
Los criterios comunes a tener en cuenta serán:
- Abarcar normas generales del aula, de relaciones entre los alumnos y de relación entre
alumnos y profesores.
- El respeto mutuo a todos los miembros de la comunidad educativa.
- La creación de un clima agradable y distendido, facilitado por la libertad de expresión, la
no competitividad, la colaboración y el respeto a la diversidad.
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- EL respeto a las instalaciones y materiales, evitando el derroche de material.
- La valoración de los comportamientos positivos de cualquier miembro de la comunidad
educativa.
- Resolución educativa de los conflictos, dado que éstos suelen ser una realidad que
acompaña a la convivencia. Para resolverlos se tendrán en cuenta los siguientes aspectos: considerarlos
como ocasiones para aprender, abordarlos y tratar de resolverlos mediante el diálogo y primar los
intentos de modificación de conductas negativas sobre las sanciones a las mismas.
3.1. Normas de convivencia, organización y funcionamiento específicas de cada aula.
3.1.1. Específicas de aula y de Centro:
1. Todos entramos puntualmente a la misma hora (justificar las ausencias por escrito). Fuera
de las horas de entrada, los/as padres/madres recogerán o dejarán al alumno/a en Secretaría.
2. Formar correctamente la fila, entrando y saliendo en orden y sin empujar.
3. Procurar ir en silencio por los pasillos a las entradas y salidas de clase, así como cuando se
tiene que asistir a una actividad fuera de la misma. (recreo, comedor …).
4. Pedir permiso al profesor/a para ir al servicio y preferentemente hacerlo en los cambios de
clase.
5. Mantener el orden y limpieza de la clase, así como de cajoneras y mesas. Así mismo
cuidaremos los espacios del Centro.
6. Cuidar el mobiliario y material (no pintar ni rayar las mesas o sillas, cuidado de libros de
texto y otros de biblioteca de aula...).
7. El alumno debe traer los materiales necesarios para ese día, así como los solicitados por el
profesor/a.
8. Llamar a la puerta y saludar cuando la clase haya comenzado o cuando se entra en otra
clase por cualquier motivo.
9. Permanecer sentado y sin alborotar en los cambios de clase.
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10. No está permitido traer móviles al Colegio, excepto en casos excepcionales y siempre con
autorización de los padres.
3.1.2. De relaciones entre el alumnado y de éstos con el profesorado y otro personal
del Centro:
11. Utilizar un vocabulario correcto, evitando gritos y palabrotas.
12. Respetar a los compañeros y no molestarles mientras trabajan.
13. Respetar el turno de palabra y las opiniones de compañeros/as.
14. Pedir las cosas por favor y dar las gracias.
15. No insultar ni menospreciar a los compañeros tratando de resolver los conflictos de forma
dialogada.
16. Comunicar y justificar debidamente el olvido de tareas y material.
3.2. Procedimiento para su elaboración.
En cada uno de los ciclos se ha estudiado cuáles son los aspectos mejorables y se ha procedido
a elaborar una serie de normas de convivencia, organización y funcionamiento específicas para el aula a
nivel de ciclo.
Se han trabajado en clase a nivel de tutoría y tras un consenso en el grupo, se han escrito como
definitivas. Posteriormente, se expondrán las normas en clase para el conocimiento de todos y para llegar
al compromiso de cumplirlas.
3.3. Responsables de su aplicación.
Todos los profesores que imparten clase en un aula serán los responsables de su aplicación y
cumplimiento. El tutor/a o profesorado implicado llevará un control o anotación de las posibles faltas
cometidas para conocimiento de todos. ( a determinar la forma de reflejarlo…..) En el segundo y tercer
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ciclos, el delegado de clase se responsabilizará del cumplimiento de las mismas en los intercambios de
clase.
4 .DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
Se considerarán todos los derechos y deberes que establecen las leyes vigentes y que
reflejamos, para cada uno de los sectores de la Comunidad Educativa, en los siguientes puntos.
4.1. ALUMNADO
A- Derechos:
* A recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad.
* A que se respete su identidad, integridad y dignidad personales.
* A que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad.
* A recibir orientación educativa.
* A que su actividad escolar se desarrolle en las debidas condiciones de seguridad e higiene.
* A que el Centro guarde confidencialidad acerca de sus circunstancias personales o familiares.
* A que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas y sus convicciones
morales, de acuerdo con la Constitución.
* A la protección contra toda agresión física o moral.
* A participar en el funcionamiento y la vida del centro, de conformidad con lo dispuesto en las
normas vigentes.
* A recibir las ayudas y apoyos precisos para compensar las carencias y desventajas de tipo
personal, familiar, económico, social y cultural, especialmente en el caso de presentar necesidades
educativas especiales, que impidan o dificulten el acceso y la permanencia en el sistema educativo.
* A la protección social, en el ámbito educativo, en los casos de infortunio familiar o accidente.
* El alumnado del segundo y tercer ciclo podrán nombrar delegado de clase y asignarles
funciones tales como: realizar con responsabilidad las tareas que el maestro/a le encargue y cooperar
en el mantenimiento del orden y la convivencia en momentos puntuales.
* Participación del alumnado del tercer ciclo en el Consejo Escolar (A determinar)
B- Deberes:
* Estudiar y esforzarse para conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades.
* Participar en las actividades formativas y, especialmente, en las escolares y complementarias.
* Seguir las directrices del profesorado, mostrarle el debido respeto y consideración.
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* Asistir a clase con puntualidad. Cumplir los horarios establecidos para el desarrollo de las
actividades.
* Respetar el derecho al trabajo y estudio de sus compañeros.
* Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un
adecuado clima de estudio en el centro, respetando el derecho de sus compañeros a la educación y la
autoridad y orientaciones del profesorado.
* Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales, y la dignidad,
integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.
* No discriminar a ningún miembro de la comunidad educativa por razón de nacimiento, raza,
sexo o cualquier otra circunstancia personal o social.
* Respetar las normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro.
* Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones del centro y materiales didácticos.
4.2. PROFESORADO.
A- Derechos:
* A que se respete su integridad física y moral y su dignidad personal, por el alumnado, los
padres, los compañeros, otro personal del Centro y otras Instituciones.
* A programar libremente las actividades educativas (complementarias y curriculares) en el
Centro, nivel, ciclo y área que imparta, así como la elección de textos y material complementario que
considere necesario, dentro de la normativa vigente.
* A estar informados en todo aquello que los/las padres/madres puedan aportar en relación
con la educación de sus hijos.
* A que se respete su ideología y sus creencias religiosas.
* A asistir a reuniones, siempre que no perturbe el desarrollo normal de las actividades
docentes y, en su caso, de acuerdo con lo que disponga la legislación laboral, y comunicándolo con
antelación debida al Director.
* A la libertad de enseñanza y expresión, teniendo como límite la Constitución y las leyes.
* A participar en los Claustros con voz y voto.
* A que su responsabilidad civil quede cubierta en todas aquellas acciones que deriven de su
trabajo y de las actividades didácticas que se desarrollen.
* A desempeñar sus funciones en condiciones óptimas.
* A hacer uso de los permisos y licencias reglamentarios.
* Tienen derecho a ser electores y elegibles para el acceso a los órganos unipersonales y
colegiados del Centro, de acuerdo con las normas establecidas para cada uno de ellos.
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* A cualquier otro derecho que pudiera corresponder por su condición de profesor.
B- Deberes:
* Cumplir la legislación vigente en materia educativa en la parte que le corresponda.
* Educar según los fines y principios educativos recogidos en el Proyecto Educativo del Centro y
en estas normas de convivencia.
* Participar en la realización de aquellos documentos que nos sean demandados por la
Administración educativa: PEC, P.G.A., Memoria, Programaciones Didácticas, Planes de Trabajo
Individualizado …
* Tener informados a los padres sobre la marcha escolar de sus hijos.
* Formar parte del Claustro y asistir a sus reuniones.
* Asistir puntualmente y asiduamente al Centro, debiendo justificar su ausencia en cada caso de
falta y solicitando la autorización según las normas vigentes.
* Tomar parte en la vigilancia de los recreos de forma activa.
* Mantener un respeto físico, ético y moral con los escolares de la Comunidad y cualquier otro
miembro de la misma.
* Participar en la organización del Centro a través de los órganos correspondientes.
* Cualquier otro que se derive de su condición de profesores.
4.3. PADRES/MADRES Y TUTORES.
A- Derechos:
* A que sus hijos/hijas reciban una educación, con la máxima garantía de calidad, conforme con
los fines establecidos en la Constitución, en el Estatuto de Autonomía y en las leyes educativas.
* A escoger centro docente tanto público como distinto de los creados por los poderes públicos.
* A que reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias
convicciones.
* A estar informados sobre el progreso del aprendizaje e integración socio-afectiva de sus hijos
y a recibir información por escrito trimestralmente.
* A entrevistarse con el profesorado, previo acuerdo y dentro del horario establecido por el
Centro.
* A participar en el proceso de enseñanza y aprendizaje de sus hijos.
* A participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro educativo,
en los términos establecidos en las leyes.
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* A ser informados de los documentos que rigen el funcionamiento del Centro: P.E.C. Normas,
Carta de convivencia….
* A ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica de sus hijos.
B- Deberes:
* Adoptar las medidas necesarias, o solicitar la ayuda correspondiente en caso de dificultad,
para que sus hijos cursen las enseñanzas obligatorias y asistan regularmente a clase.
* Justificar las ausencias y retrasos de sus hijos, durante el horario escolar. Se considerará
retraso cuando pasen 15 minutos de la hora de entrada.
* Proporcionar, en la medida de sus posibilidades, los recursos y condiciones necesarias para
el progreso escolar.
* Estimularles para que lleven a cabo las actividades de estudio que se les encomiendan.
* Participar de manera activa en las actividades que se establezcan en virtud de los
compromisos educativos de los centros con las familias, para mejorar el rendimiento de sus hijos.
* Conocer, participar y apoyar la evolución de su proceso educativo, en colaboración con los
profesores y los centros.
* Respetar y hacer respetar las normas establecidas por el centro, la autoridad y las
indicaciones u orientaciones educativas del profesorado.
* Fomentar el respeto por todos los componentes de la comunidad educativa.
* No desautorizar la acción de los profesores en presencia de sus hijos.
* Facilitar todo tipo de información y datos valorativos de sus hijos a los profesores que lo
precisen, en los distintos aspectos de su personalidad.
*Facilitar el cumplimiento de las obligaciones de sus hijos respecto del Centro: puntualidad,
orden, aseo, etc.
*Recoger personalmente o mediante persona autorizada a los alumnos de Educación Infantil y
Primaria que tengan que ausentarse del Centro durante el horario escolar.
* Acudir a las reuniones generales o entrevistas individuales a las que hayan sido citados o
avisar sobre la imposibilidad de su asistencia.
* Aceptar las decisiones y acuerdos adoptados por el Consejo Escolar.
4.4. DE LA A.M.P.A.
. Derechos y Deberes:
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La A.M.P.A. tiene el deber de respetar las presentes Normas de convivencia, organización y
funcionamiento y asumirá las siguientes funciones con respecto al Centro:
* Colaborar en la labor educativa del Centro y de una manera especial en las actividades
complementarias y extraescolares.
* Estar informados de las necesidades de recursos materiales y personales existentes en el
Centro, así como las deficiencias de los recintos escolares.
* Poner a disposición de la Asociación, las instalaciones y dependencias del Centro para fines
educativos (actividades extraescolares y complementarias o reuniones) Siempre que no perturben el
desarrollo normal de la actividad docente y con conocimiento previo del Director del Centro.
*Coordinar con el equipo directivo las tareas y/o proyectos en curso que se haya convenido
compartir, ya sea a iniciativa de uno u otro sector.
* Reunirse con el equipo directivo, o persona delegada de la dirección, después de celebrarse
una reunión de Junta Directiva o de Asamblea, al objeto de tratar y trasladar aquellos aspectos que
pudieran o debieran interesar a la dirección del centro.
4.5. DEL AYUNTAMIENTO.
Derechos y deberes:
*Utilizar el recinto escolar para actividades extraescolares, previa solicitud y autorización del
Director del Centro.
* Colaboración de los Servicios Sociales del Ayuntamiento en los casos de absentismo y otros
problemas de índole social en los niveles de escolaridad obligatoria.
* Dotación de personal subalterno para el Centro.
* Conservación, reparación y mantenimiento de los recintos escolares.
4.6. OTROS PROFESIONALES QUE TRABAJAN EN EL CENTRO
(Conserje, monitoras de actividades, cuidadoras del comedor).
. Derechos y deberes:
* A ser respetados por la Comunidad Escolar.
*A que se respete su ideología y sus creencias religiosas.
* A la libertad de expresión, teniendo como límite la Constitución y las leyes.
* A que su responsabilidad civil quede cubierta en todas aquellas acciones que deriven de su
trabajo y de las actividades que desarrollen.
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* A desempeñar sus funciones en condiciones óptimas.
* Cumplir las Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento del Centro.
* Asistir puntualmente y asiduamente al Centro, debiendo justificar su ausencia en cada caso de
falta y solicitando la autorización.
* Mantener un respeto físico, ético y moral con los escolares de la Comunidad y cualquier otro
miembro de la misma.
* Cualquier otro derecho y deber que se derive de las tareas que realizan.
5- MEDIDAS PREVENTIVAS Y CORRECTORAS ANTE LAS CONDUCTAS CONTRARIAS A
LAS NORMAS. TIPIFICACIÓN DE CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA
CONVIVENCIA.
El incumplimiento de alguno de los deberes recogidos en la legislación vigente o los
especificados en el presente documento, serán considerados como conductas contrarias a las normas de
convivencia del Centro o como conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del Centro,
cuando se realicen:
a) Dentro del recinto escolar
b) Durante la realización de actividades complementarias o extracurriculares.
c) En el uso de los servicios complementarios del Centro
d) Asimismo, se tendrán en consideración aquellas que, aunque se realicen fuera del recinto
escolar, estén motivadas o directamente relacionadas con la actividad escolar.
5.1. CRITERIOS DE APLICACIÓN DE LAS MEDIDAD CORRECTORAS.
Para la aplicación de las medidas correctoras se tendrá en cuenta:
• El nivel y etapa escolar en que se encuentra el alumno/a junto a las circunstancias personales,
familiares y sociales.
• Las medidas correctoras deben ser proporcionales a la gravedad de la conducta que se pretende
modificar y deben contribuir al mantenimiento y la mejora del proceso educativo.
• En ningún caso pueden imponerse medidas correctoras que atenten contra la integridad física y la
dignidad personal del alumnado.
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• En determinadas circunstancias se podrá imponer como medida correctora la realización de tareas
educativas fuera del aula durante el periodo lectivo correspondiente
De igual forma, a efectos de graduar las medidas correctoras, se tendrán en consideración:
a) Circunstancias que atenúan la gravedad:
- El reconocimiento espontáneo de una conducta incorrecta.
- La petición de excusas en los casos de injurias, ofensas y alteración del desarrollo de las
actividades del Centro.
- El ofrecimiento de actuaciones compensadoras del daño causado.
- La falta de intencionalidad.
b) Circunstancias que aumentan la gravedad:
- Los daños, injurias u ofensas a compañeros o compañeras de menor edad o de nueva
incorporación, o que presenten condiciones personales que conlleven desigualdad o inferioridad
manifiesta, o que estén asociadas a comportamientos discriminatorios, sea cual sea la causa.
- Las conductas atentatorias contra los derechos de los profesionales del centro, su integridad
física o moral, y su dignidad.
- La premeditación y la reincidencia.
- Las realizadas colectivamente.
5.2. CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA
Son conductas contrarias a las normas de convivencia, organización y funcionamiento, las siguientes:
- Las faltas injustificadas de asistencia a clase o de puntualidad.
- La desconsideración con los otros miembros de la comunidad escolar.
- La interrupción del normal desarrollo de las clases.
- La alteración del desarrollo normal de las actividades del centro.
- Los actos de indisciplina contra miembros de la comunidad escolar.
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- El deterioro, causado intencionadamente, de las dependencias del centro o de su material, o del
material de cualquier miembro de la comunidad escolar.
5.3. CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA.
- Los actos de indisciplina que alteren gravemente el desarrollo normal de las actividades del centro.
- Las injurias u ofensas graves contra otros miembros de la comunidad escolar
- El acoso o la violencia contra personas, y las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad
personal de los miembros de la comunidad educativa.
- Las vejaciones o humillaciones, particularmente aquéllas que tengan una implicación de género, sexual,
religiosa, racial o xenófoba, o se realicen contra aquellas personas más vulnerables de la comunidad
escolar por sus características personales, económicas, sociales o educativas.
- La suplantación de identidad, la falsificación o sustracción de documentos y material académico.
- El deterioro grave, causado intencionadamente, de las dependencias del centro, de su material o de los
objetos y las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.
- Exhibir símbolos racistas, que inciten a la violencia, o de emblemas que atenten contra la dignidad de
las personas y los derechos humanos; así como la manifestación de ideologías que preconicen el empleo
de la violencia, la apología de los comportamientos xenófobos o del terrorismo.
- La reiteración de conductas contrarias a las normas de convivencia en el centro.
- El incumplimiento de las medidas correctoras impuestas con anterioridad.
5.4. MEDIDAS CORRECTORAS
5.4.1. A las conductas contrarias a las normas de convivencia.
Las conductas contrarias a las normas de convivencia del Centro podrán ser corregidas por
las personas competentes en cada caso con:
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a) Amonestación privada o por escrito por el/la profesor/a, tutor/a o jefatura de estudios.
b) Comparecencia inmediata ante el Jefe de Estudios.
c) Sustitución del recreo por una actividad alternativa, como la mejora, cuidado y conservación de
algún espacio del Centro, por el Tutor o cualquier profesor.
d) La restricción de uso de determinados espacios y recursos del centro, por el Tutor.
e) Realización de trabajos específicos en horario no lectivo y por un tiempo limitado, por el Tutor o
cualquier profesor.
f) Desarrollo de las actividades escolares en un espacio distinto al aula de su grupo habitual, bajo
el control de profesorado del Centro, por el jefe de estudios una vez haya sido informado por el Tutor.
En todos los casos quedará constancia escrita de las medidas adoptadas, que se notificarán a la
familia
5.4.2. A las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el Centro.
Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el Centro serán corregidas por el
Director, de acuerdo a la normativa vigente, de lo que dará traslado a la Comisión de Convivencia. De
cualquier forma, para la adopción de las correcciones será preceptivo el trámite de audiencia al alumno/a,
las familias y el conocimiento del Tutor/a.
En todo caso, las correcciones así impuestas serán inmediatamente ejecutivas.
Las medidas correctoras que podrán adoptarse, entre otras, ante las conductas descritas anteriormente,
son las siguientes:
a) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del Centro o,
si procede dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones o al material del Centro o a las
pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa.
b) La suspensión del derecho a participar en determinadas actividades extraescolares o
complementarias durante un periodo que no podrá ser superior a un mes.
c) El cambio de grupo o clase.
d) La realización de tareas educativas fuera del centro, con suspensión temporal de la asistencia
al propio centro docente por un periodo que no podrá ser superior a quince días lectivos, sin que ello
comporte la pérdida del derecho a la evaluación continua, y sin perjuicio de la obligación de que el
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alumno o la alumna acuda periódicamente al centro para el control del cumplimiento de la medida
correctora. En este supuesto, la tutora o el tutor establecerá un plan de trabajo con las actividades a
realizar por el alumno o la alumna sancionado, con inclusión de las formas de seguimiento y control
durante los días de no asistencia al centro, para garantizar así el derecho a la evaluación continua. En la
adopción de esta medida tienen el deber de colaborar las madres, padres o representantes legales del
alumno.
e) Suspensión del derecho de uso de determinados servicios, durante un plazo máximo de tres
días.
f) Propuesta al Servicio de inspección de cambio de centro.
g) Realización de tareas en el Aula de Atención Individualizada Supervisada (ATIS). En dicha
aula habrá un profesor/a, según horario semanal elaborado por J. de Estudios y en función de la
disponibilidad horaria, que realizará las tareas de control y supervisión de las actividades propuestas.
Se llevará un seguimiento diario del funcionamiento del ATIS donde quedarán registradas las posibles
incidencias a lo largo del curso.
Reclamaciones:
Las correcciones que se impongan por la realización de conductas contrarias a la convivencia no
serán objeto de ulterior recurso, sin perjuicio de la facultad general que asiste a los interesados de acudir
ante la dirección del centro o la Delegación Provincial correspondiente, para formular la reclamación que
estimen oportuna.
Las correcciones que se impongan por parte del director o directora en relación a las conductas
gravemente perjudiciales para la convivencia del centro podrán ser revisadas por el Consejo Escolar a
instancia de los padres, madres o representantes legales del alumnado, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 127.F de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. La reclamación se presentará por
los interesados en el plazo de dos días a contar desde el siguiente a la imposición de la corrección, y para
su resolución se convocará una sesión extraordinaria del Consejo escolar del centro en el plazo máximo
de dos días lectivos a contar desde la presentación de aquélla, en la que este órgano colegiado de
gobierno confirmará o revisará la decisión adoptada, proponiendo, en su caso, las medidas que considere
oportunas.
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Responsabilidad de los daños.
El alumnado que de forma imprudente o intencionada cause daños a las instalaciones del centro o a
su material, así como a los bienes y pertenencias de cualquier miembro de la comunidad educativa,
queda obligado a reparar el daño causado o a hacerse cargo del coste económico de su reparación.
Igualmente, quienes sustrajeren bienes del centro o de cualquier miembro de la comunidad escolar
deberán restituir lo sustraído. Los alumnos y alumnas o, en su caso, las madres, los padres o tutores
legales de los alumnos, serán responsables del resarcimiento de tales daños en los términos previstos
en las Leyes.
6. PROCEDIMIENTOS DE MEDIACIÓN PARA LA RESOLUCIÓN POSITIVA DE LOS
CONFLICTOS.
6.1. Definición, ámbito de aplicación y principios de la mediación escolar.
Entendemos por mediación la intervención de una tercera persona en un conflicto que las partes
involucradas no pueden resolver por sí solas.
La mediación se llevará a cabo en un lugar y ambiente adecuado (despacho del/de la
orientador/a o Biblioteca). El mediador intentará favorecer la comunicación entre las partes, procurará
marcar y clarificar la forma en que se abordará el conflicto, lo que se puede esperar del proceso y tratará
de llevar a negociar a las partes en base a necesidades.
Habrá un equipo de mediación integrado por la Orientadora del centro, el/la Jefe de Estudios,
Tutor/a u otras personas propuestas por el director del Centro. Las partes en conflicto podrán acudir a
cualquiera de los integrantes del equipo o éstos, detectado el conflicto, ofrecerse a las partes como
mediador.
6.2. Proceso de mediación:
1) Entrada.
Aceptación:
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- Ambas partes tienen que aceptar la mediación tanto como forma de abordar su conflicto como
a la persona o personas que les ayudarán. El mediador debe saber escuchar y ganarse la confianza y
aceptación de las partes.
Recopilación de información:
- El mediador debe recabar información sobre el conflicto y las personas implicadas (de
profesores, de compañeros, de las familias…) y elaborar una serie de puntos a tratar con las partes.
Reglas del proceso:
- El mediador no tomará partido por ninguna de las partes.
- Las partes deben escucharse, respetar el turno de palabra…
- Se establecerá cuándo y cómo se llevará a cabo el proceso.
2) Cuéntame.
Cada cual debe contar su historia, sus percepciones, emociones y sentimientos. El objetivo
principal es la escucha mutua.
El mediador procurará que cada una de las partes se comuniquen bien y entiendan lo que
expresan, cuidando la relación y el respeto entre ellas.
3) Situarnos.
Se debe llegar a un análisis común que identifique en qué consiste el conflicto y cuáles son los
problemas que existen en su raíz. Se debe dejar de hablar del pasado y avanzar las bases para
solucionar el conflicto.
4) Arreglar.
Proponer soluciones al conflicto que satisfagan a las partes. Las soluciones deben partir de las
partes. El mediador puede ayudar a través de técnicas como la lluvia de ideas.
5) Acuerdo.
El objetivo de esta fase es llegar a acuerdos que satisfagan en gran medida a las partes, que
sean asumidos, realistas y fijar quién, cuándo y cómo se van a cumplir.
6) Verificación.
Debe quedar claro quién, cuándo y cómo se va a verificar el cumplimiento de los acuerdos.
7. CRITERIOS DE ORGANIZACIÓN DE CENTRO.
7.1. ASIGNACIÓN DE TUTORÍAS. EQUIPOS DOCENTES Y DE NIVEL.
Corresponde al director, a propuesta del jefe de estudios, la asignación de los diferentes
cursos y grupos para cada curso escolar. Los criterios en base a los cuales se realizará dicha
asignación son:
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1.- El tutor/a continuará con el mismo grupo por un periodo de dos cursos académicos, según
acuerdo de Claustro. En todo caso, siempre que sea posible, se garantizará que el tutor
permanezca con el mismo grupo de alumnos en quinto y sexto.
2.- Se impulsará la incorporación del profesorado definitivo a las tutorías de los primeros cursos.
3.- Se respetarán las adscripciones y habilitaciones del profesorado: los profesores adscritos y
habilitados para un puesto de trabajo existente en el centro, tendrán preferencia para elegirlo.
Los profesores habilitados pero no adscritos a un puesto de trabajo vacante podrán elegirlo una
vez agotado el proceso anterior.
4.- La elección de cursos y grupos por parte del profesorado se realizará respetando la prioridad
de la antigüedad en el centro y en caso de empate, y por este orden: la antigüedad en el cuerpo,
el año de ingreso en el cuerpo y la puntuación de ingreso.
5.- Se procurará la impartición por parte del tutor/a de al menos tres áreas que sean de las de
mayor carga lectiva.
6.- Se procurará minimizar el número de profesores que imparte clase en un mismo grupo, sobre
todo en los primeros niveles. Por ello, a los profesores que sean a la vez tutores y especialistas
se les propondrán las tutorías de los niveles más altos.
7.- Se tendrá en cuenta la trayectoria escolar del grupo de alumnos, buscando la resolución de
conflictos y la compensación de necesidades cuando proceda.
El proceso para la asignación de tutorías será el siguiente:
Antes de terminar cada curso escolar, se realizará una adscripción provisional con la finalidad de
prever las necesidades para el curso siguiente.
En primer lugar, quedarán adscritos los tutores que deban permanecer con su grupo de alumnos
un año más.
A continuación, teniendo en cuenta el número de grupos de alumnos y de profesores, se
determinará el profesorado que queda sin tutoría, empezando por el equipo directivo. Los
profesores sin tutoría especialistas en Ed. Infantil quedarán adscritos a este ciclo. Los profesores
sin tutoría en Ed. Primaria, quedarán adscritos a uno de los niveles/ciclo, preferiblemente a
aquel en el que impartan mayor número de horas lectivas, procurando una distribución
proporcionada de los mismos.
La adscripción provisional será respetada siempre y cuando no se produzcan modificaciones en
la plantilla de profesores. Al comienzo de cada curso escolar, el profesorado de nueva
incorporación podrá optar a las vacantes que dejan los profesores que no continúan en el centro
aplicando los criterios expuestos anteriormente.
El tutor y el resto de profesores que imparta clase en un determinado grupo formarán el
equipo docente de dicho grupo.
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El conjunto de profesores que imparta clase en un determinado curso formará el equipo
de nivel de dicho curso. El profesorado del segundo ciclo de Ed. Infantil (3-6 años) constituirá un
único equipo de ciclo.
Las funciones del equipo de nivel son:
1.- Elaborar, desarrollar y evaluar, bajo la supervisión de la Jefatura de Estudios, las
programaciones didácticas, teniendo en cuenta los criterios establecidos en la Comisión de
Coordinación Pedagógica.
2.- Analizar los resultados académicos de los alumnos en los distintos procesos de evaluación y
realizar propuestas para su mejora.
3.- Formular propuestas a la Dirección y al Claustro para la elaboración del Proyecto Educativo y
la Programación General Anual.
4.- Diseñar y aplicar las medidas de atención a la diversidad, en coordinación con el Equipo de
Orientación y Apoyo.
5.- Realizar propuestas para la selección de materiales curriculares.
6.- Formular propuestas a la Comisión de Coordinación Pedagógica para la elaboración y
evaluación de la propuesta curricular y las programaciones didácticas.
7.- Mantener actualizada la metodología didáctica.
8.- Proponer, organizar y realizar las actividades complementarias y extraescolares, que se
programarán anualmente.
9.- Colaborar en las evaluaciones que la Administración Educativa determine.
Uno de los miembros del equipo de nivel/ciclo será su coordinador.
Para la asignación de los coordinadores de nivel/ciclo se tendrán en cuenta los
siguientes criterios:
1.- Los coordinadores serán designados por el director, a propuesta del jefe de estudios, oído el
equipo de nivel.
2.- Deberán ser maestros que impartan clase en el nivel correspondiente y, preferentemente, que
ejerzan la tutoría y tengan destino definitivo y horario completo en el centro.
3.- En Educación Infantil, se hará coincidir la figura del coordinador con la del profesor de apoyo
siempre que sea posible para facilitar el conocimiento y la comunicación fluida con todos los
grupos.
4.- En Educación Primaria, se procurará la rotación del profesorado que imparte clase en el
mismo nivel.
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Corresponde al coordinador del equipo de nivel:
1.- Convocar y presidir las reuniones del equipo, establecer el orden del día y levantar acta de la
misma.
2.- Participar en la elaboración de la propuesta curricular de la etapa, elevando a la Comisión de
Coordinación Pedagógica los acuerdos adoptados por el equipo.
3.- Coordinar la acción tutorial del nivel correspondiente.
4.- Coordinar el proceso de enseñanza, de acuerdo con la programación didáctica del curso y la
propuesta curricular de la etapa.
5.- Aquellas otras funciones que le encomiende el jefe de estudios en el ámbito de sus
competencias, especialmente las relativas a actividades complementarias y extraescolares y a
convivencia escolar.
7.2. ASIGNACIÓN DE OTRAS RESPONSABILIDADES
Cada curso escolar se designarán de entre los miembros del Claustro profesores/as
responsables de funciones específicas.
Para la designación de responsables se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
1.- La formación específica y experiencia previa de los docentes.
2.- La disponibilidad horaria.
3.- La continuidad en el desempeño de la función correspondiente.
Para cada curso escolar, se designarán:
Un coordinador de formación, designado por el director, a propuesta del jefe de
estudios, que se responsabilizará de:
1) Coordinación de los proyectos de formación del profesorado en el centro.
2) Utilización de las TIC en la enseñanza:
Coordinar el uso del aula de informática.
Asesorar sobre el uso correcto del equipamiento y mantener el
aula.
Colaborar en la solución de problemas básicos de
funcionamiento y conectar con los servicios y técnicos de
mantenimiento.
Motivar, apoyar y ayudar en actividades con alumnos.
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Colaborar en la formación del profesorado respecto al uso de los
medios informáticos y detectar necesidades de formación.
3) Asesoramiento al profesorado en las distintas modalidades de formación.
4) Colaboración y comunicación con el Centro Regional de Formación del Profesorado.
Un encargado del comedor escolar , que será un miembro del equipo directivo u otro
profesor designado por la Dirección si lo acepta voluntariamente, que tendrá las siguientes
funciones:
1) De índole formativa o pedagógica:
Coordinar la programación del plan de actividades que recoja el desarrollo de
hábitos y del uso de instrumentos y normas relacionadas con el hábito de
comer, así como también conocimientos alimentarios, higiénicos, de salud y de
relación social en el entorno del servicio de comedor.
Desarrollo de actividades de ocio y tiempo libre para dinamizar la atención y
vigilancia del alumnado usuario.
2) De índole administrativa:
Coordinar y supervisar los medios personales, económicos y materiales en
relación al comedor.
Velar por el cumplimiento de la normativa vigente, así como de los contratos
suscritos por las empresas adjudicatarias, de las condiciones establecidas en
los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y en los Pliegos de
Prescripciones Técnicas, de los compromisos adquiridos en sus ofertas técnicas
y de lo dispuesto en los respectivos convenios de colaboración.
Organizar el funcionamiento del servicio de comida de mediodía y aula matinal.
Elaborar y actualizar el inventario del equipamiento y su reposición.
Elevar a la Dirección propuestas sobre control y mejora de menús, así como de
la distribución del presupuesto y control del gasto, a través de la Comisión del
servicio de comedor del Consejo Escolar.
Un responsable de actividades complementarias y extracurriculares, que coordinará
todas las acciones necesarias para la planificación y ejecución de este tipo de actividades, bien
sea dentro del centro o con asociaciones e instituciones del entorno implicadas en su realización.
En nuestro centro, las funciones de este responsable serán asumidas por los coordinadores de
los niveles/ciclo bajo la supervisión de la Jefatura de Estudios y la Comisión de Coordinación
Pedagógica.
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Un responsable de biblioteca, que se encargará de:
1) Coordinar la organización y funcionamiento de la biblioteca del centro:
2) Inventariar los ejemplares existentes
3) Asegurar su organización, mantenimiento y adecuada utilización.
4) Difundir entre maestros y alumnos los materiales bibliográficos existentes y facilitar
el acceso a los mismos.
5) Coordinar el préstamo de los ejemplares disponibles.
6) Asesorar y/o proponer la compra de nuevas adquisiciones.
7) Comunicar a las familias la necesidad de reparar, devolver o reponer algún ejemplar
en caso de mal uso o extravío.
8) Promover la realización de actividades con la finalidad de fomentar la lectura como
medio de información, entretenimiento y ocio.
9) Planificar, desarrollar y evaluar los planes de lectura organizados de modo
específico en el centro.
Un coordinador de Prevención, que impulsará las medidas pertinentes para la
prevención de riesgos laborales y el fomento de la salud laboral, lo que se concreta en:
1) Colaborar con el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales en el seguimiento de la
aplicación de las medidas preventivas planificadas.
2) Comunicar a dicho Servicio la presencia en el centro de factores, agentes o situaciones
que puedan suponer riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores.
3) Colaborar y coordinar las actividades de información y formación dirigidas a trabajadores
del centro y las campañas de promoción de la salud o de sensibilización en la
prevención de riesgos promovidas por la Consejería de Educación.
4) Facilitar la intermediación entre el equipo directivo y el claustro para hacer efectivas las
medidas preventivas prescritas a los trabajadores.
5) Colaborar con el equipo directivo en la implantación, actualización, difusión y
seguimiento del plan de Autoprotección del centro.
6) Colaborar con el equipo directivo en la revisión periódica de las medidas de emergencia,
así como en la actualización de los medios humanos y materiales disponibles para hacer
frente a las situaciones de emergencia, promoviendo y gestionando las actuaciones
necesarias para ello.
7) Colaborar con el equipo directivo en la programación, implantación y seguimiento de los
simulacros anuales.
8) Comprobar y actualizar los datos relativos a las instalaciones del centro y sus revisiones
periódicas.
9) Notificar a la Administración Educativa los accidentes e incidentes que afecten a
trabajadores del centro así como facilitar la información pertinente.
10) Informar a los trabajadores de los planes de vigilancia de la salud desarrollados por la
Administración Educativa y gestionar la documentación necesaria.
11) Promover la coordinación entre empresas que desarrollen su actividad en los centros
docentes en materia de prevención de riesgos laborales.
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12) Colaborar con los Delegados de Prevención en las visitas que realicen al centro en
ejercicio de la facultad atribuida por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
13) Participar en el fomento de valores y actitudes que coadyuven a crear y difundir una
cultura preventiva.
14) Cooperar en la implantación de las actuaciones en gestión de materia preventiva que se
desarrollen en el centro a instancias de la Consejería de Educación.
Un asesor del Programa Lingüístico, cuyas funciones son:
1) Coordinar actuaciones en relación a los aspectos comunicativos de la lengua inglesa,
con el fin de homogeneizar el lenguaje comunicativo por niveles y etapas.
2) Asesorar en principios metodológicos de aprendizaje integrado de contenidos en inglés
en las disciplinas no lingüísticas impartidas en esta lengua y buscar uniformidad en la
implementación de los mismos.
3) Gestionar conjuntamente actividades programadas en inglés.
4) Promover la coordinación del auxiliar de conversación con el profesorado implicado en el
programa.
5) Fomentar la participación en programas europeos y actividades que fomenten los
aspectos socioculturales de la lengua inglesa.
7.3. CRITERIOS DE SUSTITUCIÓN DEL PROFESORADO.
Para la adjudicación de sustituciones se tendrán en cuenta los siguientes criterios citados por
orden de prioridad:
- Sustituirá el profesor que no tenga docencia directa.
- Sustituirá el profesor que pertenezca a ese nivel o Ciclo.
- El que esté más cerca del nivel en el que hay que sustituir.
- En caso de haber más de un profesor, el que menos horas de docencia directa tenga.
- En igualdad de condiciones, el Jefe de Estudios tratará de equiparar el número de sustituciones
al cabo del curso.
- El que tenga cargos de responsabilidad en el Equipo Directivo.
7.4. VIGILANCIA DE RECREOS
La vigilancia de los recreos, de acuerdo con la legislación vigente, queda organizada en turnos
teniendo en cuenta la siguiente distribución:
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- Las profesoras de Infantil, que disponen de un espacio delimitado y diferenciado del resto de los
alumnos, realizarán vigilancia en días alternos, si bien podrán ausentarse de dicha vigilancia siempre que
en todo momento haya una profesora por cada 30 alumnos.
- Los profesores de Primaria realizarán turnos de recreo que organizará la Jefatura de Estudios
mensualmente garantizando en todo momento la presencia de un maestro/a por cada 60 alumnos/as.
- No realizarán vigilancia de recreo el Equipo Directivo, los profesores itinerantes y la orientadora.
7.5. ORGANIZACIÓN DE ESPACIOS Y TIEMPOS.
Son instalaciones y servicios del Centro las aulas de los distintos niveles del mismo y todas las
dependencias contenidas en los distintos edificios escolares: biblioteca, aula Althia, sala de usos
múltiples, sala de profesores, despachos, tutorías, servicios, etc., así como el comedor escolar, el
pabellón cubierto de Ed. Física, los patios de recreo y pistas.
Todas las dependencias del Centro, al finalizar su uso, deberán quedar cerradas con llave. Las
llaves estarán a disposición de todo el profesorado en el llavero ubicado en Secretaría.
A comienzo de curso, se fijarán los espacios del Centro que vayan a ser utilizados por el AMPA y
el Club Deportivo para el desarrollo de las actividades complementarias y extracurriculares recogidas y
aprobadas en la Programación General Anual.
La utilización de las instalaciones por entidades y personal ajeno al Centro ( a nivel particular o
en grupo) no será posible en tanto en cuanto no exista convenio de colaboración con otras
Administraciones Públicas que regule los términos de uso de las mismas y el personal responsable.
7.6. ORGANIZACIÓN DE ENTRADAS Y SALIDAS
El acceso al Centro queda regulado como sigue:
De 7,30 a 9,00: Aula matinal, atención a padres.
El acceso se realizará exclusivamente por la puerta peatonal de la Avenida de Francia en la que está instalado un videoportero.
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De 9,00 a 14,00: Periodo lectivo
Todas las puertas del recinto se abrirán a las 8,45 y se cerrarán a las 9,10. Volverán a abrirse a las 13,45 y volverán a cerrarse a las 14,10 (en septiembre y junio, se abrirán a las 12,45 y se cerrarán a las 13,10). El resto del tiempo todas las puertas permanecerán cerradas y el acceso al Centro se realizará por la puerta peatonal de la Avenida de Francia. Los alumnos/as (de Infantil o de Primaria) que lleguen después del cierre de las puertas deberán pasar por Secretaría y será el conserje el encargado de acompañarlos a su aula. Igualmente, cuando sea necesario recoger a un alumno/a ( de Infantil o de Primaria) antes de la hora de apertura de las puertas, la familia o persona responsable deberá dirigirse a Secretaría y será el conserje quien vaya a buscarlo a su aula. Durante el periodo de adaptación de los alumnos de 3 años (del 12 al 23 de septiembre) las entradas y salidas se realizarán por la puerta de Ed. Infantil de la calle Dinamarca, ajustándose al horario establecido por el equipo docente para la incorporación progresiva de los niños/as.
De 14,00 a 16,00: Horario de comedor
Todas las puertas se mantendrán cerradas. Los monitores del comedor entregarán los alumnos a las familias en la puerta de Ed. Infantil de la Calle Dinamarca. Se organizarán tres turnos para salir: de 15,00 a 15,10; de 15,20 a 15,30 y de 15,45 a 16,00 h. En los meses de septiembre y junio al reducirse el horario lectivo en una hora, el horario de comedor se adelanta una hora, siendo los turnos para salir: de 14,00 a 14.10; de 14,20 a 14,30 y de 14,45 a 15,00 h. Los alumnos/as que en estos meses hagan uso de la ampliación horaria del comedor saldrán a las 15,30. Cada familia deberá comunicar a los monitores del comedor cuál es el horario de salida que prefieren.
De 15,30 a 17,30: Actividades extracurriculares Todas las puertas se mantendrán cerradas. Las entradas y salidas de los grupos de las diferentes actividades se realizarán siempre por la puerta de Ed. Primaria de la Calle Dinamarca. Los monitores de cada actividad serán los responsables de salir a buscar a los niños a la puerta y volver a la misma a entregarlos a las familias al terminar la actividad.
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7.7. ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS.
7.7.1. SERVICIO MATINAL Y DESAYUNO:
El servicio matinal es un servicio que presta el Centro acogiendo de 7,30 a 9,00 a los
alumnos/as cuyos padres tienen problema de horario con el trabajo y el comienzo de las clases y que
está gestionado por la misma empresa que se encarga del comedor.
El alumnado que haga uso de este servicio, deberá respetar las normas de comportamiento que
rigen el comedor escolar y que están recogidas en este documento.
Los monitores y las monitoras que atienden este servicio cuidarán en todo momento de los
alumnos y alumnas que custodian, prestando especial cuidado a los tiempos de ocio. A las 8:55 h., las
monitoras o cuidadoras del comedor, acompañarán a los alumnos a sus respectivas filas de entrada.
7.7.2. TRANSPORTE:
Para este curso se tiene servicio de transporte escolar procedente de la zona de urbanizaciones
de la carretera de Madrid y otra ruta de Valparaíso y la Legua.
- Los alumnos irán acompañados en el autobús por un/a cuidador/a que velará por el buen
comportamiento de los alumnos usuarios de este servicio.
- Los alumnos deberán acercarse al autobús en el punto más accesible para éste.
- Los alumnos deberán estar en el punto de reunión acordado con el tiempo suficiente para no
hacer esperar al autobús.
- Los alumnos de infantil que hagan uso de este servicio deberán ser entregados por el/la
cuidador/a a sus profesores/as correspondientes.
7.7.3.COMEDOR ESCOLAR.
Todos los alumnos de este Centro pueden hacer uso del servicio de comedor escolar para la
comida del mediodía mediante contrato con empresa del sector y de acuerdo con las siguientes
condiciones:
- El funcionamiento del comedor escolar queda regulado por las disposiciones reglamentarias
correspondientes.
- El horario normal de atención a los alumnos para este servicio será de 14:00 a 15:15 horas.
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- Los días en que la Dirección Provincial autorice la finalización de las clases para los alumnos a
las 13:00 horas (junio, septiembre y días especiales), el horario de este servicio será de 13:00 a 14:45
horas.
- El día que el alumno no asista al colegio por cualquier circunstancia, no puede hacer uso de
este servicio.
- El comportamiento de los alumnos durante el periodo de prestación de este servicio, queda
sometido a las normas de convivencia establecidas en el presente documento y a las específicas sobre el
funcionamiento del mismo:
- Respetamos y obedecemos al personal que atiende y presta el servicio de comedor.
- No nos levantamos de nuestro sitio sin permiso de las cuidadoras.
- No tiramos ningún objeto ni comida al suelo o a otro compañero.
- Mantenemos un tono de conversación adecuado.
- Comemos toda la comida que nos sirven en el plato.
- Actuamos en todo momento con corrección.
- Cuidamos el mobiliario.
- El Consejo Escolar será el órgano encargado de proponer a la Delegación Provincial las ayudas
económicas para el comedor.
7.8. ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES.
Las actividades extraescolares con el alumnado serán recogidas en la P.G.A. y aprobadas por el
Consejo Escolar para cada uno de los cursos.
Será responsabilidad del coordinador de cada nivel la organización y gestión de cada una de las
actividades que se programen. En Jefatura de Estudios se entregará una ficha resumen de cada
actividad, siempre que ésta suponga salida fuera del recinto escolar.
Para cada una de las salidas será imprescindible la autorización por escrito de las familias, pues
de ello derivará el conocimiento y aprobación de horario, lugar, precio…
En el caso de actividades convocadas por las Administraciones Públicas u otras entidades
ajenas al centro escolar, las actuaciones a realizar se ajustarán al siguiente protocolo aprobado por el
Claustro de Profesores:
1. Informar de las convocatorias al Claustro por email.
2. Confirmar si hay maestros interesados en participar en la actividad con su grupo de tutoría o, en
el caso de no tutores, con un grupo de alumnos para el que esté indicada la actividad.
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3. Enviar la información a los padres con las condiciones de la convocatoria, y un documento para
firmar solicitando la participación de sus hijos y aceptando las bases de la convocatoria; o bien
renunciado a la participación de su hijo/a.
4. Gestionar la participación en la convocatoria, los profesores interesados y equipo directivo.
5. En caso de que la actividad sea concedida, el procedimiento será el siguiente:
Reunirse con los padres para, de mutuo acuerdo, decidir sobre los asistentes, según los
criterios establecidos en la convocatoria.
La lista definitiva de asistentes se establecerá en esa reunión y se hará pública.
7.9. ORGANIZACIÓN DE ACTUACIONES DE ENFERMERÍA.
Estas actuaciones quedan agrupadas en torno a tres bloques:
1) Labor asistencial, por lo que se refiere a:
- Controles de glucemia diarios de los niños diabéticos
- Administración de medicamentos previo informe médico proporcionado por la familia.
- Atención general en caso de accidentes.
Esta labor se desarrollará de manera presencial en las aulas, preferentemente de Ed. Infantil, y
en el comedor escolar.
La enfermera dispondrá de un espacio en el edificio de usos múltiples de Ed. Infantil donde
custodiar los medicamentos. Para casos de emergencia, se ubicará una dosis de adrenalina en
el comedor, otra en la sala de profesores y otra en el botiquín del edificio de 4 y 5 años y cada
uno de los niños diabéticos llevará siempre consigo el glucagón.
En el caso de actividades fuera del Centro, la enfermera no saldrá con los niños, sino que
permanecerá en el Centro. Los tutores notificarán a los padres la fecha de la actividad con
suficiente antelación para que puedan tener disponibilidad en caso de que sea necesario
avisarles para atender a su hijo/a. Se les invitará a participar en la actividad si así lo desean para
facilitar la atención al niño/a. Será la jefa de estudios la que se encargue de comunicar a la
enfermera las fechas de las salidas y los cambios que pudieran producirse en las mismas.
En caso de que por causas de fuerza mayor la enfermera no pueda acudir al Centro
(enfermedad,…) será ella quien avise a los tutores. Avisará también a las familias de los niños
afectados para que estén disponibles en caso de que sea necesario que acudan al Centro para
atender a sus hijos.
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2) Labor informativa-formativa:
- Charlas a alumnos.
- Charlas sobre síntomas de alarma y medidas de urgencia para todo el profesorado del
Centro.
- Charla sobre síntomas de alarma y medidas de urgencia para el personal del comedor
escolar.
- Elaboración de material gráfico con instrucciones básicas en caso de emergencia para
colocar en las clases de los niños/as afectados, en la sala de profesores y el comedor
escolar- cocina.
- Elaboración de material de identificación de los alumnos con este tipo de trastornos para
colocar en los mismos lugares con nombre, foto, teléfonos y medicación en caso de
emergencia.
3) Labor administrativa, relativa a la recopilación de información médica (informes) de los
alumnos que requieren atención de enfermería y su ubicación en un espacio propio en la
Secretaría del Centro. Esta información incluirá un formulario que las familias cumplimentarán
con la matrícula y una autorización para la administración de medicamentos.
7.10. AGRUPAMIENTOS DE ALUMNOS.
La formación de los grupos de alumnos/as se regirá por los siguientes principios:
1.- Heterogeneidad, de manera que en cada grupo quede recogida la diversidad en cuanto a
sexo, necesidades educativas, rendimiento académico, …
2.- Equilibrio en la distribución de las características diferenciales en orden a procurar la mejor
atención educativa.
7.9.1.- Formación de los grupos al inicio de la escolaridad.
La formación de los grupos de 3 años será realizada por el Equipo Directivo, atendiendo a la
distribución equilibrada de los niños/as en cuanto a:
a) Necesidades educativas especiales.
b) Alumnos que precisen algún tipo de atención de enfermería (diabetes, alergias,…)
c) Sexo.
d) Fecha de nacimiento.
e) Opción de enseñanza religiosa.
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En el caso de mellizos o gemelos, se ubicarán juntos en el mismo grupo a no ser que los padres
manifiesten lo contrario.
No se atenderán peticiones de distribución que no se ajusten a los criterios anteriores.
7.9.2.- Reagrupamientos
Se realizarán dos reagrupamientos de alumnos a lo largo de la Ed. Primaria: al pasar de Ed.
Infantil a 1º y al pasar de 4º a 5º. Este reagrupamiento tiene los siguientes objetivos:
1) Favorecer relaciones sociales más amplias y positivas entre los alumnos.
2) Ajustar la respuesta educativa a las necesidades concretas de los grupos de alumnos.
En base a los mismos principios de heterogeneidad y equilibrio, el reagrupamiento será realizado
de forma conjunta por los tutores, el jefe de estudios y el orientador del Centro, oído el equipo
docente y buscando la distribución equitativa de los niños/as en cuanto a:
a) Alumnos con necesidades educativas especiales y con necesidades específicas de
apoyo educativo.
b) Necesidades de tipo social, asegurando los apoyos de compañeros en el caso de
niños/as con dificultades de relación y rompiendo relaciones perjudiciales y conflictivas.
c) Rendimiento académico.
d) Sexo
e) Opción de enseñanza religiosa.
8- COMUNICACIÓN A LAS FAMILIAS.
Procedimiento para comunicar las faltas de asistencia.
De manera ordinaria, el tutor/a anotará las ausencias y retrasos del alumnado en un cuadrante
mensual. Al finalizar cada mes pasará las anotaciones al programa Delphos de la Consejería.
Si las faltas han sido debidamente justificadas por la familia del alumno, quedará reflejado en su
expediente. (Se puede usar el modelo adjunto)
En el caso de que las faltas no estuvieran justificadas y superen el criterio marcado de posible
absentismo, se comunicará a las familias y desde el Centro se seguirá el protocolo de absentismo.
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El resumen de faltas de asistencia del trimestre aparece en el Boletín de evaluación que cada
trimestralmente reciben las familias.
Cuando un alumno/a vaya ausentarse del Centro a lo largo de la jornada, traerá al tutor/a por la
mañana un justificante de dicha ausencia (Modelo que se adjunta).
9- CUIDADO Y MANTENIMIENTO DE MATERIALES CURRICULARES.
9.1. PROGRAMA DE PRÉSTAMO DE LIBROS.
Los libros de texto serán elegidos por los equipos docentes siguiendo criterios didáctico-pedagógicos y consensuados con el profesorado que imparte las distintas áreas. A la finalización de cada curso escolar se informará a las familias de los libros de texto que serán utilizados en cada nivel durante el curso siguiente. Al principio de cada curso, los beneficiarios de ayuda para el uso de libros de texto recibirán en régimen de préstamo gratuito el lote de libros correspondiente, comprometiéndose a devolverlo en perfecto estado de uso al finalizar el mismo. En el primer Consejo Escolar ordinario de cada curso se nombrará una Comisión Gestora encargada del seguimiento del programa de préstamo de libros de texto. Dicha comisión estará formada por el director/a del Centro, el secretario/a y tres representantes de las madres y padres de alumnos elegidos en el seno del Consejo Escolar. Al finalizar el curso escolar, la Comisión Gestora:
1) Supervisará la devolución de los libros prestados y el estado en que se encuentran.
2) Realizará la previsión de necesidades para el curso siguiente.
3) Conociendo la resolución de las ayudas solicitadas, realizará la asignación de los libros
para el nuevo curso.
4) Informará al Consejo Escolar del funcionamiento y resultados del programa durante el
curso.
En aquellos casos en los que la Comisión Gestora detecte pérdida o deterioro significativo de algún libro por causas imputables al alumnado, lo notificará a los padres o tutores legales y exigirá la reposición del material deteriorado o extraviado. La Comisión Gestora, previo informe del Consejo Escolar, determinará la pérdida del derecho a participar en la siguiente convocatoria de ayudas si por causas imputables al alumnado tiene lugar el deterioro o pérdida de los libros prestados que imposibilite su uso en cursos sucesivos.
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Los materiales curriculares quedarán custodiados en las propias aulas. El cuidado y mantenimiento de todos los materiales curriculares estará sujeto a cualquier
norma recogida en este documento.
9.2. PROGRAMA ESCUELA 2.0
El programa Escuela 2.0 pretende la inclusión de las tecnologías en el proceso educativo. Dicho
programa incluye la entrega al alumnado de un ordenador portátil o netBook por parte de la Consejería de
Educación y Ciencia. El alumno o alumna podrá llevar su ordenador a casa cuando así se determine por
parte del centro.
Es responsabilidad del alumnado:
- El cuidado y mantenimiento del portátil asignado.
- La información almacenada en él estará relacionada, exclusivamente, con las tareas
educativas.
- El uso de Internet, así como el acceso a otros recursos de la red, será siempre con una
finalidad formativa, evitando páginas de contenidos que no tienen que ver con el objeto de
estudio.
- La comunicación de cualquier avería o contratiempo al responsable del centro.
- Acudir al centro con la batería del portátil cargada.
Es responsabilidad de las familias:
- Custodiar y mantener en condiciones óptimas de uso, el ordenador netbook proporcionado
en el programa Escuela 2.0.
- Concienciar a su hijo o hija en el cuidado de estos dispositivos y en la necesidad de su
correcta conservación.
- Devolver el equipo al centro educativo cuando este escolar deje de pertenecer al mismo, ya
sea por promoción a la siguiente etapa educativa o por traslado a otro centro.
- Participar en las actividades que el centro lleve a cabo a fin de mejorar la competencia
digital.
- Comunicar al tutor o tutora del colegio cuantas incidencias puedan aparecer con el uso de
los ordenadores, siendo el centro educativo el que tramite la asistencia del servicio técnico.
En periodos vacacionales esta asistencia podrá solicitarse directamente por las familias
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mediante los medios establecidos a tal fin y que aparecen en la guía rápida de uso que
viene con el ordenador.
- Fomentar el respeto a todos los miembros de la comunidad educativa a través de un buen
uso de Internet y de las redes sociales, haciéndoles conscientes de la trascendencia de las
acciones contrarias a la convivencia y sus consecuencias.
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ANEXO I
1. MODELO JUSTIFICACIÓN DE AUSENCIAS
2. MODELO DE AUTORIZACIÓN PARA AUSENTARSE DEL CENTRO
D/Dña. _____________________________________________________________ como
padre/madre/tutor/a del alumno_______________________________________________
comunica que la falta de asistencia de su hijo/a al centro los días ________ de ___________
de ___________, se ha debido a las siguientes causas:
__________________________________________________________________________________________
__________________________________________________________________________________________
______________________________________
En _________________ a _______ de _____________ de __________ .
Fdo: ___________________________
D/Dña. ________________________________________________________ como
padre/madre/tutor/a del alumno ____________________________________________
comunica que su hijo/a debe ausentarse del centro a las ______ horas del día _____ de _______ de ________
para:
__________________________________________________________________________________________
__________________________________________________________________________________________
______________________________________
En _________________ a _______ de _____________ de __________
Fdo: ___________________________
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ANEXO II En virtud del desarrollo y aplicación de la Ley 3/2012, de 10 de mayo, que reconoce la autoridad
del profesorado no universitario y establece las condiciones básicas de su ejercicio profesional, recogida en el Decreto 13/2013, de 21/03/2013, de autoridad del profesorado en Castilla-La Mancha, llevamos a cabo la actualización de nuestras normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro y del aula.
Para ello, establecemos el conjunto de conductas contrarias o gravemente atentatorias y medidas educativas, correctoras, en aquellas actuaciones del alumnado y demás miembros de la comunidad educativa que constituyan un menoscabo de la autoridad del profesorado, de forma que se garantice el respeto y la protección de la condición de los mismos.
CONDUCTAS QUE MENOSCABAN LA AUTORIDAD DEL PROFESORADO
a) La realización de actos que, menoscabando la autoridad del profesorado, perturben, impidan o
dificulten el desarrollo normal de las actividades del centro o de la clase. Quedarán incluidas las faltas de asistencia a clase o de puntualidad del alumnado que no estén justificadas, y todas aquellas faltas que por su frecuencia y reiteración incidan negativamente en la actividad pedagógica del docente. Quedarán excluidas aquellas faltas no justificadas debidas a situaciones de extrema gravedad social no imputables al propio alumnado.
b) La desconsideración hacia el profesorado, como autoridad docente. c) El incumplimiento reiterado de los alumnos de su deber de trasladar a sus padres o tutores la
información relativa a su proceso de enseñanza aprendizaje facilitada por el profesorado del centro, en los niveles y etapas educativos en que ello fuese responsabilidad directa del alumnado, sin detrimento de la responsabilidad del profesorado en su comunicación con las familias o de las propias familias en su deber de estar informadas del proceso de enseñanza aprendizaje del alumnado.
d) El deterioro de propiedades y del material personal del profesorado, así como de cualquier otro material, causado intencionadamente por el alumnado.
CONDUCTAS GRAVEMENTE ATENTATORIAS DE LA AUTORIDAD DEL PROFESORADO a) Actos de indisciplina que supongan perjuicio para el profesorado y alteren gravemente el normal
funcionamiento de la clase y de las actividades educativas llevadas a cabo. b) La interrupción reiterada de las clases y actividades educativas. c) El acoso o violencia contra el profesorado, así como los actos perjudiciales para su salud e
integridad personal por parte de algún miembro de la comunidad educativa. d) Las injurias u ofensas graves, así como las vejaciones o humillaciones hacia el profesorado. e) La suplantación de identidad, la falsificación o sustracción de documentos que estén en el marco
de responsabilidad del profesorado. f) La introducción en el Centro educativo o en el aula de objetos o sustancias peligrosas para la
salud y la integridad personal del profesorado. g) El incumplimiento de las medidas correctoras impuestas con anterioridad. Tras la valoración y el
análisis de los motivos de tal incumplimiento, podrá agravar o atenuar la consideración de la conducta infractora y, en consecuencia, matizar las medidas educativas correctoras.
h) El grave deterioro de propiedades y del material personal del profesorado, así como cualquier otro material, que facilite o utilice el profesorado para desarrollar su actividad docente, causado intencionadamente por el alumnado.
MEDIDAS EDUCATIVAS CORRECTORAS
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1.- Para conductas que menoscaban la autoridad del profesorado
a) La realización de tareas escolares en el centro en el horario no lectivo del alumnado, por un tiempo de entre cinco y diez días lectivos.
b) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias del centro, por un periodo mínimo de cinco días lectivos y un máximo de un mes.
c) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases, por un plazo máximo de cinco días lectivos, a contar desde el día en cuya jornada escolar se haya cometido la conducta infractora.
d) La realización de tareas educativas fuera del centro, con suspensión de asistencia al mismo, por un plazo de entre uno y cinco días lectivos (sujeto a lo establecido en el artículo 26 d del Decreto 3/2008, de 8 de enero). El plazo empezará a contarse desde el día en cuya jornada escolar se haya cometido la conducta infractora.
2.- Para conductas gravemente atentatorias de la autoridad del profesorado
a) La realización de tareas educativas en el centro, en horario no lectivo del alumnado, por un tiempo de entre diez días lectivos y un mes.
b) Suspensión del derecho a participar en determinadas actividades extraescolares o complementarias del centro, que se realicen en el trimestre en el que se ha cometido la falta o en el siguiente trimestre.
c) El cambio de grupo o clase. d) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases, por un periodo superior a cinco
días lectivos e inferior a un mes, a contar desde el día en cuya jornada escolar se haya cometido la conducta infractora.
e) La realización de tareas educativas fuera del centro, con suspensión de asistencia al mismo, por un periodo mínimo de cinco días lectivos y un máximo de quince (sujeto a lo establecido en el artículo 26 d del Decreto 3/2008, de 8 de enero). El plazo empezará a contarse desde el día en cuya jornada escolar se haya cometido la conducta infractora.
f) Cambio de centro. (Cuando, por la gravedad de los hechos cometidos, la presencia del autor en el centro suponga un perjuicio o menoscabo de los derechos y de la dignidad del profesorado o implique humillación o riesgo de sufrir determinadas patologías para la víctima).
Para la adopción de las medidas correctoras ante conductas gravemente atentatorias a la
autoridad del profesorado será preceptivo, en todo caso, el trámite de audiencia al alumnado responsable y sus familias ante el equipo directivo; sin perjuicio de la adopción de las medidas cautelares correspondientes. El profesorado responsable de las tutorías deberá tener conocimiento en todos los casos.
Las decisiones adoptadas en virtud de las cuales se impongan las medidas correctoras serán inmediatamente ejecutivas.
3.- Para la aplicación de las medidas correctoras, el profesorado afectado contará con el apoyo y la colaboración del equipo directivo y, en su caso, del resto del profesorado del centro. 4.- Las medidas educativas correctoras se adoptarán, por delegación de la persona titular de la dirección, por cualquier profesor o profesora del centro, oído el alumno o alumna, en el supuesto del párrafo a) del apartado 1 y por la persona titular de la dirección del centro en los demás supuestos del apartado 1 y del apartado 2 (excepto el f). La aplicación de la medida del párrafo f) del apartado 2, será propuesta por la persona titular de la dirección al Coordinador Provincial de los Servicios Periféricos, quien resolverá previo informe de la Inspección de Educación.