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Unidad de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación

Diciembre 2009

DGAIR-A03A-PO-02-07 REV.4

Normas de Control Escolar relativas a la Inscripción, Reinscripción, Acreditación y

Certificación de Educación Secundaria a Distancia para Adultos (SEA)

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NUESTRA MISIÓN

PROMOVER UNA ADMINISTRACIÓN ESCOLAR EFICIENTE QUE APOYE LA LABOR EDUCATIVA; FACILITAR LA PARTICIPACIÓN DE LOS PARTICULARES EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS; EL TRÁNSITO DE LOS EDUCANDOS EN EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL, MEDIANTE POLÍTICAS QUE FACILITEN LAS RESOLUCIONES DE LA AUTORIDAD EN MATERIA DE EQUIVALENCIAS Y REVALIDACIONES DE ESTUDIOS; LA ACREDITACIÓN DE LOS CONOCIMIENTOS ADQUIRIDOS DE MANERA AUTODIDACTA, POR LA EXPERIENCIA LABORAL O CON BASE EN EL RÉGIMEN DE CERTIFICACIÓN REFERIDO A LA FORMACIÓN PARA EL TRABAJO, Y EL OTORGAMIENTO DE BECAS.

DIRECCIÓN GENERAL DE ACREDITACIÓN, INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN

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ÍNDICE CAPÍTULO Página

I. OBJETIVO Y ANTECEDENTES 4 II. FUNDAMENTO LEGAL 6 III. DISPOSICIONES GENERALES 9 IV. INSCRIPCIÓN 12 V. REINSCRIPCIÓN 16 VI. ACREDITACIÓN 23 VII. CERTIFICACIÓN 28 ANEXOS 1 Formato de Registro de Firmas Autógrafas de Funcionarios

Autorizados para Legalizar y Validar Certificados de Terminación de Estudios y Certificaciones de Estudios

35

2 Información de apoyo para elaborar la Evaluación

Psicopedagógica 36

3 Solicitud de Inscripción-Reinscripción 37 4 Carta-Compromiso Temporal 39 5 Mapa Curricular de Educación Secundaria a Distancia para

Adultos 40

6 Kardex 41 Anexo al Kardex (Nivel Inicial y Nivel Avanzado) 7 Registro de Inscripción-Reinscripción 44 8 Credencial SEA 45 9 Tablas de Correspondencia de Planes de Estudio de

Educación Secundaria a Distancia para Adultos(SEA) Nivel Inicial

46

10 Tablas de Correspondencia de Planes de Estudio de 47

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Educación Secundaria a Distancia para Adultos(SEA) Nivel Avanzado

11 Tablas de Correspondencia de Educación Secundaria de

México con el Nombre del Nivel y Grados de Otros Países 49

12 Documento de Transferencia del Estudiante Migrante

Binacional México-EUA 78

13 Informe de Calificaciones de Educación Secundaria a

Distancia para Adultos 80

14 Constancia de Examen de Regularización 82 15 Formato para la Solicitud de Exámenes de Acreditación y

Certificación 83

16 Resultado de Evaluación Diagnostica 84 17 Registro de Calificaciones 85 18 Relación de Folios de Certificados de Terminación de Estudios 86 19 Glosario 87 20 Directorio Telefónico de las Áreas de Control Escolar y

Coordinadores de SEA en los Estados de la República Mexicana

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CAPÍTULO I

OBJETIVO Y ANTECEDENTES

A. Objetivo Establecer las normas que deberán aplicar las áreas de control escolar y las coordinaciones estatales de operación de SEA, para las etapas de inscripción, reinscripción, acreditación y certificación de los alumnos.

B. Antecedentes La educación es un elemento transformador de los individuos y de la propia sociedad. Es una herramienta fundamental para que los miembros de la comunidad desarrollen las habilidades y competencias necesarias para adquirir los conocimientos y saberes que enriquezcan su espíritu y les posibilite a alcanzar mejores oportunidades en la vida. Las normas de control escolar establecidas en el presente documento son elaboradas y diseñadas por la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación (DGAIR), con la participación de la Dirección de Planeación y Seguimiento (DPS), de la Dirección General de Materiales Educativos (DGME), para las Áreas de Control Escolar1 y las Coordinaciones Estatales de Operación de Educación Secundaria a Distancia para Adultos (SEA)2; en las etapas de inscripción, reinscripción, acreditación y certificación de alumnos de nivel inicial y avanzado que cursan el plan y los programas de estudio de este servicio educativo. Las presentes normas son elaboradas conforme a lo dispuesto por el Artículo 43 de la Ley General de Educación el cual establece: “La educación para adultos está destinada a individuos de quince años o más que no hayan cursado o concluido la educación primaria y secundaria. La misma se presta a través de servicios de alfabetización, educación primaria y secundaria, así como la formación para el trabajo, con las particularidades adecuadas a dicha población. Esta educación se apoyará en la solidaridad social”3. SEA se creó con el propósito de contribuir a que una parte importante de la población continúe con su preparación educativa; es una opción para los adultos que no han cursado o concluido sus estudios de educación secundaria y que, por razones laborales o de edad, no pueden acudir todos los días a la escuela. La educación a distancia tiene como propósito realizar el proceso de enseñanza aprendizaje con apoyo en diversos medios electrónicos de comunicación que propician una nueva forma de aprender y alcanzar los propósitos educativos sin la presencia permanente de un maestro de grupo. Las presentes normas contienen las disposiciones mínimas necesarias para garantizar la calidad y eficiencia en el control escolar y garantizar la atención de los adultos con criterios de igualdad para todo el país. Las autoridades educativas locales y federal, deberán velar por el

1 Para efecto de las presentes normas, se entiende por Área de Control Escolar a la instancia responsable de los procesos de

registro y certificación durante la trayectoria escolar de los alumnos, dependiente de las autoridades educativas locales y a la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal.

2 Las coordinaciones estatales de operación de SEA son instancias que desarrollan las acciones de planeación, difusión, operación, seguimiento, control y supervisión de sedes, personal, educandos, etc., para el funcionamiento de SEA.

3 Ley General de Educación, artículo reformado DOF-02-06-2006.

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cumplimiento adecuado de las mismas, de ahí que resulte fundamental la colaboración de los titulares de las distintas áreas de control escolar y de las coordinaciones estatales de operación de SEA para su observancia. El presente documento contiene la base legal, los objetivos y las normas de administración escolar de SEA, forma parte de los manuales, instructivos y demás ordenamientos que emite la Secretaría de Educación Pública (SEP) y debe permanecer en los centros de trabajo para su consulta por parte de la comunidad escolar. Vía Internet se puede dirigir al portal de la SEP: www.sep.gob.mx en el menú “SEP DE LA A A LA Z”, opción “Direcciones de la SEP”, “Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación”; “Dirección de Acreditación y Certificación”, “Documentos de Normas”, “Educación Básica Extraescolar” o bien en la página Web de SEA: www.sea.dgme.sep.gob.mx, en el menú “documentos”, opción “normas”. Cualquier sugerencia, aportación o comentario al contenido de este documento, puede enviarse a: Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación. Arcos de Belén núm. 79, 5º y 6º piso, Col. Centro, C.P. 06010, Deleg. Cuauhtémoc, México, D.F. Tel. (55) 36-01-10-00 Ext. 25052, dirección de correo electrónico: [email protected] o la Dirección de Planeación y Seguimiento de la Dirección General de Materiales Educativos. Viaducto Río Piedad No. 507, Col. Granjas México, Delg. Iztacalco, C.P. 08400, México, D.F. Tel. (55) 36-01-00-00 Ext.19605, dirección de correo electrónico: [email protected]

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CAPÍTULO II

FUNDAMENTO LEGAL

- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos Tercero y Trigésimo

Primero. Reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 12 de noviembre de 2002.

- Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPCD) y su

Protocolo Opcional en América Latina y el Caribe, firmados el 30 de marzo del 2007 y ratificados el 17 de diciembre de 2007.

- Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, Diario Oficial de la

Federación del 29 de mayo de 2000. - Ley Federal de Procedimiento Administrativo, Diario Oficial de la Federación del 4 de agosto

de 1994. Reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 30 de mayo de 2000. - Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, Diario

Oficial de la Federación del 11 de junio de 2002. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 6 de junio de 2006.

- Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, Diario Oficial de la Federación del 11

de junio de 2003. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 27 de noviembre de 2007.

- Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, Diario Oficial de la Federación del 8

de febrero de 1984. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 21 de enero de 2008.

- Ley General de las Personas con Discapacidad, Diario Oficial de la Federación del 10 de

junio de 2005. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 8 de agosto de 2008.

- Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Diario Oficial de la Federación del 29 de

diciembre de 1976. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 28 de noviembre de 2008.

- Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Diario Oficial de la

Federación del 1º de febrero de 2007. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 20 de enero de 2009.

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- Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, Diario Oficial

de la Federación del 13 de marzo de 2002. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 23 de enero de 2009.

- Ley General de Educación, Diario Oficial de la Federación del 13 de julio de 1993. Última

reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 22 de junio de 2009. - Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, Diario Oficial de la Federación

del 21 de enero de 2005. - Decreto por el que se aprueba el diverso por el que se adiciona el artículo 3o., en su párrafo

primero fracciones III, V y VI, y el artículo 31 en su fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Diario Oficial de la Federación del 12 de noviembre de 2002.

- Decreto por el que se crea la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos

Indígenas y reforma la fracción IV, del artículo 7° de la Ley General de Educación, Diario Oficial de la Federación del 13 de marzo de 2003.

- Decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, Diario Oficial de la

Federación del 31 de mayo de 2007. - Decreto por el que se aprueba el Programa Sectorial de Educación 2007-2012, Diario Oficial

de la Federación del 17 de enero de 2008. - Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica, Diario Oficial de la

Federación del 19 de mayo de 1992. - Acuerdo número 200 por el que se establecen Normas de Evaluación del Aprendizaje en

Educación Primaria, Secundaria y Normal, Diario Oficial de la Federación del 19 de septiembre de 1994.

- Acuerdo para la adopción y uso por la Administración Pública Federal de la Clave Única de

Registro de Población, Diario Oficial de la Federación del 23 de octubre de 1996. - Acuerdo No. 1/SPC por el que se suprime el trámite de dispensa de violación de ciclo, Diario

Oficial de la Federación del 17 de diciembre de 1997.

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- Acuerdo número 286 por el que se establecen los lineamientos que determinan las normas y criterios generales, a que se ajustarán la revalidación de estudios realizados en el extranjero y la equivalencia de estudios, así como los procedimientos por medio de los cuales se acreditarán conocimientos correspondientes a niveles educativos o grados escolares adquiridos en forma autodidacta, a través de la experiencia laboral o con base en el régimen de certificación referido a la formación para el trabajo, Diario Oficial de la Federación del 30 de octubre de 2000.

- Acuerdo No. 295 por el que se establece el Plan y Programas de Estudio de Educación

Secundaria a Distancia para Adultos, Diario Oficial de la Federación del 21 de mayo de 2001. - Manual de Identidad Institucional del Gobierno Federal 2006-2012, Presidencia de la

República, Enero 2007. - Manual de Organización General de la Secretaría de Educación Pública, Diario Oficial de la

Federación del 16 de junio de 2008. - Anexo VIII al Memorándum de Entendimiento sobre Educación entre el Gobierno de los

Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América, 2004-2006 suscrito el 9 de noviembre de 2004.

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CAPÍTULO III DISPOSICIONES GENERALES

1. Las normas establecidas en este documento son de observancia obligatoria para las

personas involucradas en el proceso de control escolar de Educación Secundaria a Distancia para Adultos (SEA).

2. La determinación, el diseño y difusión de las normas consensuadas quedan a cargo de la Secretaría de Educación Pública por conducto de la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación (DGAIR) en coordinación con la Dirección General de Materiales Educativos (DGME), su aplicación y operación es responsabilidad, en los estados, de las autoridades educativas locales; y en el Distrito Federal, de la Dirección General de Operación de Servicios Educativos, perteneciente a la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal.

3. La DGAIR diseña, reproduce y distribuye anualmente a las áreas de control escolar, los

formatos certificación, sin perjuicio de que dichas áreas puedan reproducir sus formatos.

4. Los formatos de control escolar a los que se refiere el apartado anterior son:

a. Certificado de Terminación de Estudios. b. Resolución de Equivalencia o Revalidación de Estudios. c. Certificación de Estudios. d. Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA.

5. La DGME deberá remitir a la DGAIR sus propuestas de los documentos de certificación que

diseñen y reproduzcan para su registro y difusión en la república. 6. La Coordinación Estatal de Operación de SEA es responsable de distribuir los documentos

de normas e implantar éstas, mediante capacitaciones al interior de su entidad, así como verificar su cumplimiento y asesorar permanentemente a las personas involucradas en estos procesos administrativos.

7. El Coordinador Estatal de Operación de SEA es responsable de la aplicación de las normas

y la información proporcionada por la Coordinación Estatal al Área de Control Escolar por medio de la documentación correspondiente, así como la expedición de formatos de certificación.

8. La Coordinación Estatal de Operación de SEA deberá coordinarse con los

responsables del Área Pedagógica, a fin de llevar a cabo acciones que permitan garantizar la continuidad de los estudios de los alumnos atendidos en la modalidad de Educación Secundaria para Adultos del sistema educativo nacional.

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9. Es responsabilidad del Área de Control Escolar, que la parametrización de los procesos

automatizados se desarrolle con base en las presentes normas y en los criterios normativos establecidos en el Manual para la Estandarización de la Operación Automatizada de los Servicios de Administración Escolar en las Entidades Federativas y su Vinculación como Fuente de Información para los Sistemas de Estadísticas Continuas, para el sistema de control escolar que se utilice en la entidad.

El Área de Control Escolar llevará a cabo confrontas entre la base de datos con la información de los alumnos y el Registro Nacional de Población e Identificación Personal (RENAPO) con el propósito de validar la Clave Única de Registro de Población (CURP) de cada uno de los registros. Las confrontas se realizarán después de concluido el proceso de inscripción y reinscripción, así como previo a la certificación de los alumnos en el ciclo escolar vigente.

En el caso de presentarse incongruencias y/u omisiones en la información de los

alumnos será responsabilidad del Área de Control Escolar efectuar las acciones pertinentes para corregirlas.

10. La verificación de la identidad de un estudiante no deberá condicionar el acceso a los

servicios educativos y, en su caso, sólo la certificación definitiva de los estudios realizados estará sujeta a la verificación de identidad que se realice durante el transcurso del ciclo escolar. Con tal propósito, el Coordinador Estatal de Operación del SEA deberá brindar la orientación y apoyo necesario al padre de familia o tutor del educando para regularizar cualquier problemática que presente.

11. La consulta de información y/o documentación que sea solicitada entre los responsables de

las áreas de control escolar, deberá ser atendida en forma ágil y oportuna, con el propósito de garantizar el libre tránsito de los educandos en el sistema educativo nacional.

Para tal efecto, las áreas de control escolar harán uso de las tecnologías disponibles para

realizar la consulta y validación de los antecedentes escolares de los alumnos en traslado. Las áreas de control escolar participantes en la consulta deberán disponer de la evidencia necesaria para dar certeza del proceso efectuado.

12. La difusión oportuna y suficiente de SEA a la población local, será responsabilidad de la

autoridad educativa estatal. 13. El Coordinador Estatal de Operación del SEA deberá hacer del conocimiento del alumno el

contenido de las presentes normas así como el sitio donde podrá consultarlas. 14. El Responsable del Área de Control Escolar debe fomentar el uso correcto y racionalizado

de los formatos de certificación.

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15. La Dirección de Planeación y Seguimiento (DPS) es responsable de enviar al Área Jurídica de su institución y a la DGAIR el Registro de Firmas Autógrafas4 de los Funcionarios Autorizados para Legalizar y Validar Certificados de Terminación de Estudios y Certificaciones de Estudio, en el formato proporcionado (Anexo 1) por la DGAIR, mismo que deberá entregar el Coordinador Estatal de Operación de SEA a la DPS en un plazo no mayor de 30 días naturales de haber asumido el cargo.

16. La interpretación final de las presentes normas quedará a cargo de la DGAIR, la cual

brindará la asesoría técnica necesaria. La DGME, en el ámbito de sus atribuciones deberán resolver los casos no previstos en las normas incluidas en este documento, fundamentando y motivando, su resolución.

17 La DGAIR, en coordinación con el Área de Control Escolar deberá efectuar el análisis y

evaluación que tenga como propósito verificar la correcta aplicación de las presentes normas, los criterios normativos considerados en la parametrización del sistema de automatización de los procesos de control escolar en la entidad, el uso adecuado de los formatos de certificación y de apoyo.

18. El Coordinador Estatal será responsable de asegurar como parte de la organización

escolar, los tiempos y espacios necesarios para el trabajo interdisciplinario y para realizar tanto la evaluación psicopedagógica, como la propuesta curricular adaptada, en su caso, para los alumnos con necesidades educativas especiales.

19. Los formatos de Certificación y las especificaciones del sello oficial “Sistema Educativo

Nacional” los determina la DGAIR, mismos que son insustituibles e inalterables. El uso indebido de la información en cualquier medio, así como la falsificación de

documentos de certificación y sellos oficiales para el control escolar, deberán reportarse ante las instancias jurídicas correspondientes para que éstas ejerciten las acciones penales y administrativas a las que hubiere lugar.

20. El documento de Normas de Control Escolar relativas a la Inscripción, Reinscripción,

Acreditación y Certificación de Educación Secundaria a Distancia para Adultos, entrará en vigor a partir del mes de noviembre del año 2009, quedando sin efecto legal alguno el documento de normas del periodo escolar 2004-2005.

4 Consultar Anexo 19, Glosario, numeral 33.

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CAPÍTULO IV INSCRIPCIÓN

A. Objetivo

Regular el ingreso y registro de los jóvenes o adultos a la Secundaria a Distancia para Adultos (SEA), y facilitar la continuidad de los mismos en el sistema educativo nacional. B. Normas 1. Las actividades referentes a la inscripción de jóvenes y adultos con o sin discapacidad,

deben sujetarse al calendario escolar que establece la Secretaría de Educación Pública para SEA.

2. Tienen derecho a inscripción los aspirantes que al inicio del curso de acreditación del nivel

inicial, según el calendario escolar de SEA, cuenten con 15 años cumplidos o más. 3. En el caso de los alumnos con necesidades educativas especiales5 con o sin discapacidad

que ingresen a SEA, será responsabilidad del Coordinador Estatal de Operación, de los docentes y en caso de que lo haya, del personal de educación especial; elaborar o actualizar al inicio del periodo escolar la Evaluación Psicopedagógica y el informe de esta evaluación (Anexo 2)6 y con base en las fortalezas y necesidades identificadas, realizar una Propuesta Curricular Adaptada al modelo educativo de SEA para estos alumnos que les permita satisfacer sus necesidades básicas de aprendizaje para la autónoma convivencia social y productiva.

NECESIDAD EDUCATIVA ESPECIAL QUE

PRESENTA EL ALUMNO CLAVE

APTITUDES SOBRESALIENTES AS AUTISMO AU SORDERA SO HIPOACUSIA HIP DISCAPACIDAD INTELECTUAL DI DISCAPACIDAD MOTRIZ DMO DISCAPACIDAD MÚLTIPLE DM CEGUERA CEG BAJA VISIÓN BV PROBLEMAS DE COMUNICACIÓN PCM PROBLEMAS DE CONDUCTA PCD

5 Consultar las definiciones de las necesidades educativas especiales en el Anexo 19, Glosario 6 Consultar Anexo 2 “Información de Apoyo para Elaborar la Evaluación Psicopedagógica” y Anexo 19 “Glosario” numeral 29.

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4. Todo aspirante que solicite su inscripción al Curso de Acreditación de SEA, deberá haber cumplido previamente con lo siguiente:

a. Solicitar su registro en el Curso de Inducción (Anexo 3) que imparte la Coordinación

Estatal de Operación de SEA, asimismo en la Evaluación Diagnóstica correspondiente, presentando únicamente fotocopia del Acta certificada de Nacimiento o Documento Legal Equivalente.

b. Realizar el Curso de Inducción. c. Presentar la Evaluación Diagnóstica.

Competerá a la Coordinación Estatal de Operación validar que se hayan cubierto los

requisitos anteriormente enunciados, a fin de proceder con el trámite de inscripción. 5. Los aspirantes a inscripción deberán presentar los siguientes documentos en original y

copia fotostática. En caso de que la Coordinación Estatal de Operación de SEA lo requiera también presentarán cuatro fotografías recientes, tamaño infantil, de frente con el rostro descubierto, en blanco y negro o color:

- Copia certificada del Acta de Nacimiento o Documento Legal Equivalente7. - Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP), en caso de contar con

ella. - Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios de Educación

Primaria. - Resolución de Revalidación de Estudios de Educación Primaria, en su caso. - Cartilla de Salud, en caso de contar con ella. - Cartilla Nacional de Vacunación, en caso de contar con ella. - Solicitud de Inscripción-Reinscripción (Anexo 3).

6. En caso de no contar con algún(os) documento(s) la Coordinación Estatal de Operación de

SEA deberá inscribir al aspirante siempre y cuando firme una Carta-Compromiso Temporal (Anexo 4).

De presentarse alguno de los siguientes supuestos, se procederá de acuerdo a lo siguiente:

a. Copia certificada del Acta de Nacimiento o Documento Legal Equivalente, la Coordinación Estatal de Operación de SEA deberá informarle para que se responsabilice a realizar el trámite correspondiente para obtenerla.

7 Consultar Anexo 19, Glosario, numeral 26.

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La Coordinación Estatal de Operación de SEA orientará al interesado para que acuda a la oficina del Registro Civil más próxima, en la cual le podrán proporcionar las copias certificadas del Acta de Nacimiento, aunque el registro se hubiere efectuado en otra entidad federativa distinta a la de su residencia. El tiempo límite para la entrega del documento, será menor a 90 días hábiles.

La Coordinación Estatal de Operación de SEA recomendará al joven o adulto mexicano

nacido fuera del territorio nacional y que presente Acta de Nacimiento de otro país apostillada o legalizada; que mediante el trámite de inscripción de los actos registrales celebrados en el extranjero ante la oficina del Registro Civil, podrá obtener un Documento Legal Equivalente al Acta de Nacimiento (el documento que se obtenga de dicho trámite, será determinado por las disposiciones establecidas en el Código Civil de cada entidad federativa).

Para llevar a cabo este trámite deberá mostrar algún documento de identificación oficial

como Credencial de Elector, Pasaporte, documento expedido por la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR), Acta Testimonial, Credencial del IMSS o ISSSTE, Cartilla del Servicio Militar Nacional o Ficha Signalética.

El trámite de inscripción antes referido no es requisito indispensable para

autorizar la inscripción del aspirante. b. Si el aspirante no cuenta con la Constancia de la Clave Única de Registro de

Población (CURP) la Coordinación Estatal de Operación de SEA deberá orientar al interesado para que se responsabilice a realizar el trámite correspondiente para obtenerla.

c. Si el aspirante no tiene el documento que compruebe el antecedente escolar de

Educación Primaria, éste será solicitado por la Coordinación Estatal de Operación de SEA al Área de Control Escolar correspondiente. Para tal efecto el interesado, deberá entregar la documentación requerida para dicho trámite.

d. Si el aspirante no cuenta con la Cartilla de Salud o Nacional de Vacunación, la

Coordinación Estatal de Operación de SEA deberá orientar al interesado para que acuda a tramitarla gratuitamente a la unidad del Sistema Nacional de Salud que le corresponda y solicitar se registre o actualice la información de su cartilla.

7. En tanto se asigne la CURP con sus 18 dígitos por la Secretaría de Gobernación, deberá

utilizarse el segmento raíz con sus 16 posiciones autogenerables. La presentación de la Constancia de la CURP no es requisito indispensable para

autorizar la inscripción del alumno. 8. A los aspirantes a inscripción provenientes del extranjero que no presenten la Resolución

de Revalidación de Estudios de Educación Primaria se les inscribirá, conforme a lo establecido en la norma 6 inciso c de este capítulo. El padre de familia o tutor no deberá realizar ningún trámite adicional fuera de la Coordinación Estatal de Operación de SEA, será ésta quien solicite ante el Área de Control Escolar la Resolución de Revalidación de

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Estudios, una vez que el interesado haya cubierto los derechos correspondientes para la realización de este trámite.

La atención complementaria debe ser decidida conjuntamente entre el Coordinador Estatal

de Operación de SEA, de los docentes, en caso de que lo haya, del personal de educación especial y el aspirante.

9. El Coordinador Estatal de Operación deberá facilitar la inscripción inmediata de los

alumnos, en el periodo establecido, y en su caso solicitará al Área de Control Escolar que proporcione el apoyo que se requiera.

10. Al aspirante que solicite inscripción se le deberá ubicar en las Áreas del Nivel Inicial que él

decida de acuerdo con el Mapa Curricular de SEA (Anexo 5), así como asignarle el Centro de Asesoría que él seleccione. Durante esta etapa la Coordinación Estatal de Operación de SEA recopilará la documentación necesaria y los registros e informes correspondientes a la norma 4 de este capítulo que le permita generar el Kardex (Anexo 6).

11. El aspirante deberá asistir al Curso de Inducción, que se incluye en el Plan de Estudios de

SEA y presentar la Evaluación Diagnóstica, antes de cursar cualquier área de estudio del nivel inicial.

12. El área de Lengua Extranjera sólo podrá cursarla el alumno después de haber acreditado

todas las áreas de estudio de SEA. 13. La Coordinación Estatal de Operación de SEA deberá anotar los datos del alumno en la

forma “Registro de Inscripción-Reinscripción” (Anexo 7), transcribiéndolos textualmente de la copia certificada del Acta de Nacimiento, Documento Legal Equivalente o documento de identificación oficial, verificando que el registro de los mismos sea fiel al original.

14. Una vez inscrito el alumno, la Coordinación Estatal de Operación de SEA enviará al Área

de Control Escolar el formato de Registro de Inscripción-Reinscripción (Anexo 7), para su validación.

15. La Coordinación Estatal de Operación de SEA regresará los documentos originales a

los alumnos inscritos, una vez terminado el proceso de inscripción, y conservará en el archivo las copias fotostáticas cotejadas de éstos. Por ningún motivo podrá retener los documentos originales.

16. La Credencial de SEA (Anexo 8) será asignada al interesado en el momento que complete

su inscripción en SEA y el resello de vigencia se otorgará siempre que el alumno se encuentre cursando algún área de estudio.

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CAPÍTULO V

REINSCRIPCIÓN A. Objetivo Regular el reingreso y registro de los alumnos que cursarán algún área o nivel de SEA, y facilitar la continuidad de sus estudios. b. Normas 1. La reinscripción se debe efectuar de acuerdo con el calendario escolar que establece la

Secretaría de Educación Pública para SEA. 2. Tienen derecho a reinscripción los aspirantes que al inicio de curso de acreditación, según

el Calendario Escolar de SEA, cuente con 15 años cumplidos o más. 3. En el caso de los alumnos con necesidades educativas especiales con o sin

discapacidad que ingresen a la Secundaria a Distancia para Adultos, su reinscripción debe sujetarse al calendario escolar que establece la Secretaría de Educación Pública para SEA. Será responsabilidad del Coordinador Estatal de Operación, de los docentes y en caso de que lo haya, del personal de educación especial; realizar al inicio del periodo escolar la actualización de la Evaluación Psicopedagógica y del informe de esta evaluación8. En caso de que no se cuente con éste será su responsabilidad elaborarla y con base en las fortalezas y necesidades identificadas, hacer una Propuesta Curricular Adaptada al modelo educativo de SEA para estos alumnos.

4. Todo aspirante que solicite su reinscripción al nivel secundaria a través del Curso de

Acreditación de SEA, deberá haber cumplido previamente con lo siguiente:

a. Solicitar su registro en el curso de inducción (Anexo3) que imparte la Coordinación Estatal de Operación, asimismo en la Evaluación Diagnóstica correspondiente, presentando únicamente fotocopia del Acta certificada de Nacimiento o Documento Legal Equivalente.

b. Realizar el Curso de Inducción y al término de este; c. Presentar la Evaluación Diagnóstica.

8 Consultar Anexo 2 “Información de Apoyo para Elaborar la Evaluación Psicopedagógica” y Anexo 19 “Glosario”,

numeral 29.

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Será responsabilidad de la Coordinación Estatal de Operación de SEA validar que se hayan cubierto los requisitos anteriormente enunciados, a fin de proceder con el trámite de inscripción.

5. El aspirante no podrá cursar cualquier Área de Estudio del Nivel Inicial o Avanzado si no

asiste primero al Curso de Inducción, que se incluye en el Plan de Estudio de SEA y presenta la Evaluación Diagnóstica.

6. La Coordinación Estatal de Operación de SEA deberá reinscribir, incluso a los alumnos que

no presenten Acta de Nacimiento o Documento Legal Equivalente y la Clave Única de Registro de Población (CURP), con base en lo establecido en los incisos a y b de la norma 6 del capítulo de Inscripción.

7. La reinscripción la debe realizar la Coordinación Estatal de Operación de SEA, y consiste

en ubicar al educando en el área o nivel correspondiente de acuerdo a sus estudios, referidos al Plan y Programa de Estudios de SEA, mediante la consulta de las Tablas de Correspondencia de Planes de Estudio de Educación Secundaria a Distancia para Adultos (Anexos 9 y 10) y en su caso la consulta de las Tablas de Correspondencia de la Educación Secundaria de México con el Nombre del Nivel y Grados de Otros Países (Anexo 11). La Coordinación Estatal de Operación de SEA recopilará la documentación que se indica en el numeral 13 de este capítulo y los registros e informes correspondientes al punto 3 que le permita generar el Kardex (Anexo 6) correspondiente.

8. Las Boletas de Evaluación, al igual que los Certificados de Grado expedidos a partir del

periodo escolar 1992-1993, no requieren trámites adicionales de legalización; si éstos últimos fueron expedidos antes de este periodo, deben ser legalizados por el Área de Control Escolar. En caso de que el aspirante se traslade a otro Estado sin la legalización correspondiente, el Área de Control Escolar de la entidad receptora verificará y validará este documento por la vía que considere más conveniente, con el Área de Control Escolar de la entidad de procedencia.

9. Los alumnos que cursaron sus estudios en planes abrogados y deseen ingresar a SEA,

pueden ser reinscritos independientemente del número de adeudos. 10. La Coordinación Estatal de Operación de SEA regresará los documentos originales a

los alumnos, una vez terminado el proceso de reinscripción y conservará en el archivo las copias cotejadas de éstos. Por ningún motivo podrá retener los documentos originales.

11. Los alumnos que no aprueben algún área no podrán continuar con el siguiente nivel de la

misma, hasta acreditarla.

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ALUMNOS DE SEA 12. Le corresponderá a la Coordinación Estatal de Operación verificar el historial académico de

los alumnos de SEA que soliciten su reinscripción a otra área o nivel de estudio.

ALUMNOS PROVENIENTES DE OTRA ESCUELA

13. Los alumnos que soliciten reinscripción y que provengan de otra escuela o del extranjero

deberán presentar original y copia fotostática de los siguientes documentos:

- Copia certificada del Acta de Nacimiento o Documento Legal Equivalente. - Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP), en caso de contar con

ella. - Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios de Educación

Primaria, en su caso. - Resolución de Revalidación de Estudios de Educación Primaria, en su caso. - Resolución de Revalidación de Estudios de grado(s) de Educación Secundaria, en su

caso. - Resolución de Equivalencia de Estudios, en su caso. - Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA de

Educación Secundaria, (Anexo 12) en su caso. - Boleta(s) de Evaluación del(de los) grado(s) cursado(s), debidamente firmada(s) por el

Director y con el sello “SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL”, en su caso. - Informe de Calificaciones de Estudios Parciales, en su caso. - Informe de Calificaciones de Educación Secundaria para Adultos (Anexo 13), en su

caso. - Constancia(s) de Examen(es) de Regularización debidamente autorizada, en su caso. - Cartilla de Salud, en caso de contar con ella. - Cartilla Nacional de Vacunación, en caso de contar con ella. - Solicitud de Inscripción-Reinscripción (Anexo 3). En caso de que la Coordinación Estatal de Operación lo requiera también presentarán cuatro fotografías recientes, tamaño infantil, de frente con el rostro descubierto, en blanco y negro o color.

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14. En caso de que el alumno se traslade con la(s) constancia(s) sin haberla autorizado debidamente, el Área de Control Escolar de la entidad receptora verificará y validará este documento por la vía que considere más conveniente, con el Área de Control Escolar de la entidad de procedencia del alumno.

15. En caso de que el alumno adeude algún Área o Asignatura de otro subsistema, que no

tenga correspondencia con las Áreas del Plan de Estudios de SEA, como lo son: Educación Física, Educación Artística o Artes, Educación Tecnológica o Tecnología, y Asignatura Estatal, únicamente deberá acreditar el Curso de Certificación. Si adeuda alguna(s) área(s) académica(s), además de alguna(s) actividad(es) de desarrollo de otro subsistema, sólo es necesario cursar las de carácter académico y por lo tanto, el Curso de Inducción.

16. El área de Lengua Extranjera es considerada como optativa dentro del plan de estudios de

SEA y sólo podrá cursarse una vez que se acrediten todas las Áreas de Estudio.

En caso de que el alumno sólo adeude Lengua Extranjera, podrá acreditarla mediante el Curso Inicial de SEPA Inglés.

17. Los alumnos que adeuden una o más materias comprendidas en algún área de SEA, de

acuerdo a las Tablas de Correspondencia del Plan de Estudio de Educación Secundaria a Distancia para Adultos (Anexo 9 y 10), deberán cursar el área correspondiente; ya que para hacer la equivalencia, el alumno necesita haber aprobado todas las materias que la integran. ALUMNOS SIN ANTECEDENTES

18. El Coordinador Estatal de Operación de SEA deberá autorizar la reinscripción del

alumno, así como su asignación al Nivel y Área correspondiente, aun cuando el educando no cuente con documentación que respalde su escolaridad. Es su responsabilidad determinar el criterio que corresponda de acuerdo a lo siguiente: a. Si el alumno proviene de la misma entidad: La Coordinación Estatal de Operación de SEA receptora solicitará al Área de Control

Escolar que verifique sus antecedentes y elabore un Informe de Estudios Parciales para que la Coordinación Estatal lo reinscriba.

b. Si el alumno proviene de otra entidad la información sobre los antecedentes escolares

será responsabilidad de las áreas de control escolar involucradas: La Coordinación Estatal de Operación de SEA receptora deberá solicitar al Área de

Control Escolar se sirva requerir las calificaciones al Área de Control Escolar de la entidad de donde proceda, misma que elaborará y enviará un Informe de Calificaciones de Estudios Parciales, por los medios que considere más pertinentes para agilizar el proceso, al área solicitante con la información requerida para que la Coordinación Estatal en el cual continuará sus estudios lo reinscriba.

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c. En caso de que los antecedentes escolares no se puedan verificar: El Área de Control Escolar deberá orientar al interesado para que presente el examen

de ubicación que para tal fin tienen los Servicios Educativos Estatales. Además debe presentar el Curso de Inducción de SEA.

En un anexo en el expediente del alumno, se debe registrar el Nivel o Área en el que se le ubicará, el resultado y la fecha de aplicación del examen de ubicación. En caso de que requiera alguna atención complementaria, ésta se decidirá por la Coordinación Estatal de Operación del SEA. Para el caso de alumnos con necesidades educativas especiales con o sin discapacidad que requieran de algún apoyo especial, las coordinaciones estatales, las áreas pedagógicas, de control escolar y de educación especial, serán responsables de participar en la atención complementaria que cubra las necesidades del alumno.

ALUMNOS DE SEA EN TRASLADO 19. El traslado es el cambio de alumnos de SEA de una Coordinación Estatal de Operación a

otra que se efectúa de acuerdo con el Calendario Escolar de SEA. Los alumnos de SEA que pretendan trasladarse, deberán entregar en original y copia fotostática los siguientes documentos: - Copia certificada del Acta de Nacimiento o Documento Legal Equivalente. - Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP), en caso de contar con

ella. - Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios de Educación

Primaria. - Informe de Calificaciones de Educación Secundaria para Adultos del (de las) área(s) o

nivel(es) cursado(s). - Solicitud de Inscripción-Reinscripción (Anexo 3).

En caso de que la coordinación estatal lo requiera también presentarán cuatro

fotografías recientes, tamaño infantil, de frente con el rostro descubierto, en blanco y negro o color.

20. La Coordinación Estatal de Operación del SEA agilizará el traslado del alumno,

entregándole su Informe de Calificaciones con las calificaciones de los Niveles o Áreas evaluados en la Coordinación, cancelando los espacios de los Niveles o Áreas no evaluados, debidamente firmada y con el sello “SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL”.

ALUMNOS PROVENIENTES DEL EXTRANJERO 21. Si el alumno proviene del extranjero, la Coordinación Estatal de Operación de SEA debe

solicitar los documentos que respalden los estudios cursados en el país de procedencia y

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ubicarlo mediante la consulta de las Tablas de Correspondencia de la Educación Secundaria de México con el Nombre del Nivel y Grados de Otros Países (Anexo 11). Si el país de procedencia no se encuentra en dichas tablas, el Coordinador Estatal de Operación de SEA solicitará la información necesaria al Área de Control Escolar de su entidad.

La atención complementaria debe ser decidida conjuntamente entre las autoridades y el

alumno. 22. El Coordinador Estatal de Operación de SEA deberá reinscribir a los alumnos que

presenten el comprobante de escolaridad del último grado cursado, expedido en la escuela del país de procedencia y/o el “Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional Mexico-EUA (Transfer Document for Binational Migrant Student USA-MEXICO) expedido en los Estados Unidos de América (Anexo 12), la ubicación de los alumnos se realizará de inmediato en ambos casos conforme al grado que indique el documento presentado, teniendo por acreditados los grados anteriores. El Documento de Transferencia debe aceptarse sin ninguna restricción por las Coordinaciones Estatales de Operación de SEA y las áreas de control escolar y no requiere de Resolución de Revalidación de Estudios.

La Coordinación Estatal de Operación de SEA instrumentará mediante un curso de

inducción y la aplicación de una evaluación diagnóstica, las medidas compensatorias orientadas a promover y fortalecer los hábitos de estudio que se deben desarrollar para el estudio independiente.

23. Los alumnos que no cuenten con el Documento de Transferencia del Estudiante Migrante

Binacional México-EUA o el comprobante de escolaridad del último grado cursado, expedido en la escuela del país de procedencia, se deberá aplicar lo establecido en el inciso c de la norma 18 de este capítulo.

El Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA no

es requisito indispensable para la reinscripción de los alumnos. 24. La reinscripción de los alumnos provenientes del extranjero se efectuará de acuerdo al

Calendario Escolar de SEA, sujetándose a lo establecido en las normas 13 y 18 de este capítulo.

25. Los estudios realizados en otro país que correspondan al nivel de educación secundaria,

deberán obtener validez oficial mediante la Resolución de Revalidación de Estudios. 26. Una vez reinscrito el alumno, la Coordinación Estatal de Operación de SEA enviará al Área

de Control Escolar el formato de Registro de Inscripción-Reinscripción (Anexo 7), para su validación.

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TRASLADO DE ALUMNOS A LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 27. En caso de traslado de alumnos a los Estados Unidos de América, el Responsable de

Control Escolar expedirá el Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA como comprobante de escolaridad, recomendando se acompañe a éste con la Cartilla de Salud y de la Cartilla Nacional de Vacunación.

28. Para los alumnos que se dirigen a un país que no sea los Estados Unidos de América el

Coordinador Estatal de Operación de SEA deberá orientar al alumno sobre el trámite de apostille o legalización9 de documentos que corresponda, con la asesoría respectiva del Área de Control Escolar.

9 Consultar Anexo 19 “Glosario”, numerales 3 y 39, respectivamente.

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CAPÍTULO VI ACREDITACIÓN

A. Objetivo

Dar cumplimiento a los requisitos establecidos en las disposiciones correspondientes para el reconocimiento de la aprobación de algún área o nivel escolar.

B. Normas 1. La logística para la evaluación del aprendizaje de los alumnos está a cargo de la DGME, y

en el proceso de análisis técnico para la calificación de exámenes cuenta con el apoyo de la Dirección General de Evaluación de Políticas (DGEP) de la Secretaría de Educación Pública. La evaluación del aprendizaje debe ser de conformidad con lo establecido en el Acuerdo Secretarial número 200.

2. Existen tres tipos de evaluación del aprendizaje: la Evaluación Diagnóstica, la Evaluación

para acreditar las Áreas obligatorias del Plan de Estudio de SEA y la correspondiente al Curso de Certificación.

3. Es responsabilidad de la DGME, con el apoyo de la DGEP, calificar los Exámenes de

Diagnóstico y de Acreditación por Área y Nivel de Estudios. Los exámenes correspondientes al Curso de Certificación serán evaluados solamente por la DGME.

4. El Informe de Calificaciones de Educación Secundaria a Distancia para Adultos,

Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA, la Resolución de Equivalencia o Revalidación de Estudios y el Informe de Calificaciones de Estudios Parciales son los únicos documentos legales exigibles de acreditación total o parcial de un grado.

5. Las coordinaciones estatales de operación de SEA serán las encargadas de proporcionar el

apoyo necesario a la DGME para que la aplicación de los exámenes sea estandarizada y simultánea a nivel nacional, de acuerdo a las fechas establecidas en el Calendario Escolar de SEA.

6. La asignación de calificaciones debe ser congruente con el aprovechamiento alcanzado por

los alumnos, respecto a los propósitos de los programas de aprendizaje. 7. La escala oficial de calificaciones es numérica del 5 al 10. La calificación mínima

aprobatoria es 6.0

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8. Las calificaciones finales se asignan con un número entero y una cifra decimal, no se deben redondear.

9. El promedio por nivel de estudio se obtiene al sumar las calificaciones finales de las cuatro

áreas que lo integran y dividir el resultado entre cuatro. 10. En caso de contar con antecedentes académicos en otro subsistema educativo, el

promedio se obtiene al sumar las calificaciones finales tanto en las áreas de SEA como en las asignaturas de otros subsistemas y dividir el resultado entre el número total de éstas, no se debe redondear.

11. Los alumnos no podrán sustentar examen para acreditar Área de Estudio alguna, hasta

cumplir con los requisitos establecidos en los numerales 4, 5 y 6 del capítulo de Inscripción, así como 3, 4, 12, 17 y 18 del capítulo de Reinscripción.

12. Antes de acreditar algún Área o Nivel de SEA, exceptuando el Curso de Certificación y

SEPA Inglés, el educando debe presentar el Curso de Inducción y la Evaluación Diagnostica que corresponde.

13. Una vez iniciado un curso, deberán transcurrir 18 semanas para que el alumno presente el

examen de acreditación correspondiente. 14. Las cuatro áreas que integran el Plan y Programas de Estudio de SEA son seriadas; es

decir, para acreditar algún Área el alumno debe comprobar la acreditación de la misma correspondiente al nivel inmediato anterior.

15. El alumno puede elegir las áreas que desee acreditar, sin necesidad de cursar un Nivel

completo en un mismo ciclo. Esto le permitirá concluir la educación secundaria en función de sus posibilidades.

16. Los alumnos que hayan cursado una o varias áreas y no hubiesen acreditado o presentado

su evaluación, podrán presentar el(los) examen(es) correspondiente(s) en los posteriores periodos de evaluación hasta acreditarla(s), con carácter de regularización y sin necesidad de volver a cursarla(s).

17. La Coordinación Estatal de Operación de SEA expedirá la Constancia de Examen de

Regularización (Anexo 14) y entregará a los alumnos que presenten examen(es) de regularización en los periodos de evaluación diferentes al ciclo que cursa el alumno; el Área de Control Escolar validará la Constancia de Examen de Regularización. Al concluir el ciclo que le corresponda al alumno, la calificación de su examen deberá incluirse para actualizar el Informe de Calificaciones de Educación Secundaria a Distancia para Adultos.

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18. Al término de los cursos para acreditar las áreas de estudio, los asesores podrán otorgar

una valoración al trabajo desarrollado por el alumno durante las sesiones de asesoría o por las evidencias presentadas que corresponden al estudio independiente, expresada en una escala de 0 a 10, misma que deberá registrar la Coordinación Estatal de Operación de SEA en el formato de solicitud de exámenes (Anexo 15), con el propósito de que la DGME la integre en el proceso de análisis técnico con la calificación obtenida en el examen.

19. La Calificación Final que representa el logro de los aprendizajes en SEA para la

acreditación de las áreas de estudio, se obtiene mediante la aplicación de un modelo estadístico en el que se considera: el valor numérico de la medida obtenida por el alumno en el examen, la valoración del Asesor y el valor numérico del punto de corte que representa el conocimiento o habilidad mínimo general que el alumno requiere para acreditar el curso.

20. Para la evaluación diagnóstica, el nivel de dominio de los hábitos de estudio que muestra el

alumno en la resolución del examen, expresados como a continuación se señala: Nivel A, representa No dominio; B, Dominio insuficiente; C, Dominio suficiente; D, Dominio esperado. Dichos resultados solamente tendrán carácter informativo para el Asesor y el educando, a fin de tomar las decisiones pedagógicas oportunas para asegurar la eficiencia de la enseñanza y del aprendizaje.

Con base en los resultados de evaluación diagnóstica, la Coordinación Estatal de Operación de SEA entregará a los alumnos una carta personalizada con Recomendaciones Académicas.

21. La evaluación de los exámenes correspondientes al curso de certificación, se realizará por

procedimiento tradicional; esto es dividiendo el total de respuestas acertadas entre el total de reactivos que integran el examen y se multiplica por 10, para obtener la calificación en la escala referida en el punto 7.

22. Los resultados finales de las evaluaciones de acreditación y de certificación serán enviados

por la DGME a las áreas de control escolar de cada entidad, por medio del formato Registro de Calificaciones (Anexo 17) debidamente validado, en original, y copia de éste para las coordinaciones estatales de operación de SEA, con el fin de que los mismos sean dados a conocer a los educandos previo acuse de recibo, a través del Informe de Calificaciones de Educación Secundaria a Distancia para Adultos (Anexo 13) a los alumnos que lo soliciten.

De igual forma y sólo para efectos de dar a conocer el nivel de dominio de los hábitos de

estudio de los alumnos de SEA, la DGME enviará a los Coordinadores Estatales las Cartas de Recomendación Académicas correspondiente a la evaluación para la acreditación de las áreas de estudio, mismas que serán entregadas previo acuse de recibo a los educandos.

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23. Será motivo de anulación de examen cuando la DGME identifique trenes de respuesta10 idénticos en dos o más exámenes con folios consecutivos, que se hayan aplicado en la misma fecha, hora y Centro de Asesoría.

24. Si la Coordinación Estatal de Operación de SEA detecta anomalías en el proceso de

aplicación de exámenes, instrumentará una Acta Administrativa de irregularidades, dando parte a la instancia jurídica competente y turnará copia de la documentación respectiva a la DGME para su análisis y sanción correspondiente.

Asimismo, cuando la coordinación estatal de operación reporte a la DGME la pérdida total o

parcial de alguno de los instrumentos de evaluación; la reproducción total o parcial del material de evaluación; la suplantación del sustentante durante la aplicación de exámenes en la solución parcial o total del examen, la DGME, analizará la situación reportada y procederá a la anulación de la totalidad de exámenes de la sede de aplicación. Por lo que se refiere a la reincidencia, se anulará la aplicación total de exámenes en la Entidad, además, en ambos casos, se dará parte a la autoridad competente para que proceda a iniciar una investigación y deslindar responsabilidades, y de ser procedente aplicar las sanciones que correspondan a este tipo de conductas conforme a lo establecido en las diversas leyes que rigen la actuación de los servidores públicos.

25. En caso de que la DGME reporte a las áreas de control escolar y a las coordinaciones

estatales de operación resultados de evaluación anulados, a los alumnos involucrados se les asignará como calificación 5.

26. La Coordinación Estatal de Operación de SEA deberá transcribir la calificación al Kardex de

cada alumno. 27. Los documentos que se utilizan para dar validez a la acreditación de estudios son los

siguientes:

- Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA. - Resolución de Equivalencia o Revalidación de Estudios. - Informe de Calificaciones de Educación Secundaria a Distancia para Adultos. - Registro de Calificaciones. - Kardex.

28. El Coordinador Estatal de Operación de SEA emitirá el Informe de Calificaciones de

Educación Secundaria a Distancia para Adultos (Anexo 13) a los alumnos que lo soliciten.

10 Consultar Anexo 19, Glosario, numeral 53.

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29. Los datos que se registren en el Informe de Calificaciones de Educación Secundaria a Distancia para Adultos deben corresponder con los registrados en el formato Registro de Calificaciones y con los de la copia certificada del Acta de Nacimiento, Documento Legal Equivalente o Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP).

30. Cuando el resultado emitido por la DGME corresponda a NP (no presentado), no se

asentará calificación alguna en el Informe de Calificaciones de Educación Secundaria a Distancia para Adultos del respectivo alumno (Anexo 13).

31. El Informe de Calificaciones de Educación Secundaria a Distancia para Adultos será el

único documento legal exigible de acreditación de una área o nivel y debe llevar la firma del Coordinador Estatal de Operación de SEA y el sello oficial “SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL”.

32. Con el fin de iniciar el proceso de certificación, la Coordinación Estatal de Operación de

SEA deberá enviar al Área de Control Escolar la información de cada alumno relacionada con la acreditación de las áreas o niveles.

33. Los jóvenes o adultos tienen derecho a presentar examen de acreditación aunque no

acudan a recibir asesoría, siempre y cuando hayan presentado sus documentos de inscripción y presenten al Asesor las evidencias del desarrollo de las sesiones de aprendizaje realizadas hasta el momento en el que solicita su examen correspondiente.

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CAPÍTULO VII CERTIFICACIÓN

A. Objetivo

Otorgar el reconocimiento oficial a los estudios realizados por los alumnos, conforme al Plan y Programas de Estudios de SEA.

B. Normas 1. Se autoriza la expedición del Certificado de Terminación de Estudios de Educación

Secundaria a los alumnos que hayan cumplido con las Normas de Control Escolar relativas a la Inscripción, Reinscripción, Acreditación y Certificación de Educación Secundaria a Distancia para Adultos, además de haber cubierto las Áreas del Plan y Programas de estudio aprobados por la SEP para el servicio educativo de SEA.

2. Es obligación de la Coordinación Estatal de Operación de SEA la entrega oportuna del

Informe de Calificaciones de Educación Secundaria a Distancia para Adultos, del Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA y del Certificado de Terminación de Estudios al alumno. Por ningún motivo deben retenerse estos documentos oficiales.

3. Los Documentos que se utilizan para dar validez al proceso de Certificación son los

siguientes:

- Certificado de Terminación de Estudios. - Certificación de Estudios. - Resolución de Equivalencia o Revalidación de Estudios. - Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA. - Informe de Calificaciones de Educación Secundaria a Distancia para Adultos. - Kardex. - Registro de Calificaciones.

4. En caso de extravío o mal uso de la documentación de certificación y sellos oficiales, se

deberá proceder a levantar un Acta Administrativa ante el área que corresponda de acuerdo a lo siguiente:

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- Si la irregularidad se presenta dentro de las instalaciones de la Coordinación Estatal de Operación de SEA, se debe levantar Acta Administrativa con la participación del Área Jurídica de la institución.

- Si la irregularidad se presenta fuera de las instalaciones de la Coordinación Estatal de

Operación de SEA, se debe levantar Acta ante el Ministerio Público. 5. El Certificado de Terminación de Estudios, la Resolución de Equivalencia o Revalidación de

Estudios, la Certificación de Estudios, el Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA y el Informe de Calificaciones de Educación Secundaria a Distancia para Adultos son válidos en los Estados Unidos Mexicanos y no requieren trámites adicionales de legalización.

6. Los estudios realizados en otro país se consideran fuera del sistema educativo nacional y

deben obtener su validez oficial mediante la Resolución de Revalidación de Estudios, emitida por la autoridad educativa competente, con excepción de los alumnos que utilizan el Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA.

CERTIFICADO DE TERMINACIÓN DE ESTUDIOS 7. Se expide Certificado de Terminación de Estudios de Educación Secundaria, en original,

una sola vez, a aquellos alumnos que hayan acreditado y concluido los estudios correspondientes.

8. El alumno debe presentar para la expedición del Certificado de Terminación de Estudios:

- Copia certificada y copia fotostática del Acta de Nacimiento o Documento Legal Equivalente.

- Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP), la presentación de la

CURP no es requisito indispensable para la expedición del Certificado. - Dos fotografías recientes, tamaño infantil, de frente, en blanco y negro o color, con el

rostro descubierto. La copia fotostática cotejada que obre en los archivos de la Coordinación Estatal de

Operación de SEA de aquellos alumnos que presentaron los documentos originales solicitados en la etapa de inscripción o reinscripción, será el soporte para la expedición del certificado.

9. El Área de Control Escolar debe llenar los Certificados de Terminación de Estudios con la

información requerida, a excepción del Promedio General de Aprovechamiento, la fecha de expedición y el nombre del Coordinador Estatal de Operación de SEA ya que estos datos serán registrados en la Coordinación Estatal de Operación de SEA. Por ningún motivo se

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entregarán los certificados de terminación de estudios en blanco a las coordinaciones estatales de operación de SEA.

10. En el Certificado de Terminación de Estudios la Coordinación Estatal de Operación de SEA

debe anotar, en forma mecanográfica (en impresora o máquina de escribir) con tinta negra la siguiente información:

- El Promedio General de Aprovechamiento, utilizando un número entero y una cifra

decimal, sin redondear. - La fecha oficial de expedición. - El nombre completo del Coordinador Estatal de Operación de SEA en función,

omitiendo su profesión.

Además, se recaba la firma autógrafa del Coordinador Estatal de Operación de SEA y la fotografía del alumno se cancela con el sello oficial “SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL”.

11. El Promedio General de Aprovechamiento se obtiene al sumar las calificaciones finales

obtenidas, tanto en las áreas de SEA como en las asignaturas de otros subsistemas y dividir el resultado entre el número total de éstas. Al anotar esta calificación en el Certificado de Terminación de Estudios se utiliza un número entero y una cifra decimal, no se debe redondear.

12. Para aquellos alumnos que acrediten el Curso de Certificación o SEPA Inglés, el Promedio

General de Aprovechamiento se obtendrá al sumar las calificaciones de las asignaturas de los otros subsistemas, la del Curso de Certificación y/o SEPA Inglés, y dividir el resultado entre el número de éstas.

13. El control de la expedición de los certificados de terminación de estudios de educación

secundaria se realiza por medio del formato Relación de Folios de Certificados de Terminación de Estudios (Anexo 18), en caso de error en el llenado de los certificados, éstos se cancelan y se resguardan para fines de comprobar su destino final y se notifica lo anterior al Área de Control Escolar para su reposición. En ningún caso se deben destruir los formatos de certificación.

14. La fecha de expedición que se registre en los certificados de terminación de estudios, debe

ser la señalada en el Calendario de Expedición de Certificados de Terminación de Estudios de Educación Secundaria a Distancia para Adultos que expide anualmente la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación.

15. La expedición de los certificados de terminación de estudios de educación secundaria la

realiza el Coordinador Estatal de Operación de SEA y el proceso debe validarlo el Área de Control Escolar.

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16. El Área de Control Escolar tiene la facultad de solicitar al Coordinador Estatal de Operación

de SEA, los certificados debidamente llenados, sellados y firmados, junto con los antecedentes de los alumnos, con la finalidad de verificar el correcto desarrollo del proceso de certificación de estudios.

17. El Coordinador Estatal de Operación de SEA es responsable de la expedición correcta de

los documentos de certificación y de la entrega oportuna a los alumnos, quienes firmarán de recibido en el formato Relación de Folios de Certificados de Terminación de Estudios (Anexo 18). En caso de existir irregularidades, se procederá conforme a la legislación aplicable para el fincamiento de las responsabilidades administrativas y penales a las que hubiere lugar.

18. En el supuesto de que el Coordinador Estatal no pueda firmar los certificados, se procederá

a recabar el nombre, cargo y firma de la autoridad inmediata superior, como responsable de la expedición de los documentos oficiales de certificación.

19. Los documentos de certificación que no sean recogidos por los alumnos en un periodo de

60 días hábiles, contados a partir de que son recibidos por parte del Coordinador Estatal de Operación de SEA, deberán ser remitidos al Área de Control Escolar, para comprobar ante la DGAIR su uso y destino final.

CERTIFICACIÓN DE ESTUDIOS 20. El Área de Control Escolar expide la Certificación de Estudios a:

a. Los interesados que soliciten duplicado del Certificado de Terminación de Estudios de Educación Secundaria.

b. A los alumnos que concluyeron la educación secundaria y presentan como

comprobante de estudios el Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA de noveno grado.

En el caso de los interesados que realizaron sus estudios en una entidad federativa

distinta a la de su residencia, el Área de Control Escolar será la responsable de solicitar la expedición del Informe de Calificaciones de Estudios Parciales como comprobante de estudios cursados o la Certificación de Estudios concluidos, a la entidad de procedencia, misma que los enviará al Área solicitante.

21. El interesado debe presentar para la expedición de la Certificación de Estudios:

- Copia certificada del Acta de Nacimiento o Documento Legal Equivalente.

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- Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP), en caso de contar con ella.

- Identificación oficial con fotografía, en su caso. - Dos fotografías recientes, tamaño infantil, de frente, en blanco y negro o color, con el

rostro descubierto. - Copia fotostática del Certificado de Terminación de Estudios de Educación Secundaria,

en caso de contar con ella. 22. Los alumnos que hayan cursado parcialmente la educación secundaria en algún plantel del

sistema educativo nacional, que concluyan el nivel educativo en los Estados Unidos de América y que presenten su Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA con el objeto de continuar el nivel medio superior, el plantel donde cursó parcialmente sus estudios será el responsable de solicitar la expedición de la Certificación de Estudios correspondiente al Área de Control Escolar.

Para el caso de alumnos que estudiaron parcialmente la educación secundaria en algún

plantel distinto al de su residencia, el interesado deberá solicitar directamente al Área de Control Escolar de la entidad donde reside la expedición de la Certificación de Estudios.

23. Los alumnos provenientes de los Estados Unidos de América que hayan realizado el ciclo

completo de educación secundaria en ese país, que presenten su Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA de noveno grado y soliciten la expedición de la Certificación de Estudios, deberán presentar los documentos señalados en la norma 21 de este capítulo.

El Área de Control Escolar expedirá la Certificación de Estudios e integrará el expediente

del educando, con las copias fotostáticas cotejadas de los documentos requeridos. CERTIFICACIÓN DE ESTUDIOS EXPEDIDA A DISTANCIA 24. La Certificación de Estudios Expedida a Distancia será tramitada por el Área de Control

Escolar cuando el interesado solicite duplicado del Certificado de Terminación de Estudios de Educación Secundaria, expedido en otra entidad federativa.

25. El Área de Control Escolar solicitante deberá tramitar la Certificación de Estudios Expedida

a Distancia, con base en la consulta de los antecedentes académicos que el área homóloga en la entidad donde se efectuaron los estudios tenga a su resguardo.

Para tal efecto, las áreas de control escolar que participen en el proceso harán uso de las tecnologías disponibles para realizar la consulta y validación de los antecedentes escolares de los alumnos. Ambas áreas deberán disponer de la evidencia necesaria para dar certeza del proceso realizado.

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26. El interesado que realizó los estudios en otra entidad distinta a la de su residencia, deberá presentar en original y copia fotostática los documentos señalados en la norma 21 de este capítulo.

27. El Área de Control Escolar expedirá la Certificación de Estudios Expedida a Distancia e

integrará el expediente del interesado, con las copias fotostáticas cotejadas de los documentos solicitados.

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ANEXO 1

SISTEMA EDUCATIVO NACIONALUNIDAD DE PLANEACIÓN Y EVALUACIÓN DE POLÍTICAS EDUCATIVAS

DIRECCIÓN GENERAL DE ACREDITACIÓN, INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN

REGISTRO DE FIRMAS AUTÓGRAFAS DE LOS FUNCIONARIOS AUTORIZADOS PARA LEGALIZAR Y VALIDAR CERTIFICADOS DE TERMINACIÓN DE ESTUDIOS Y CERTIFICACIONES DE ESTUDIOS

ENTIDAD:

SECRETARÍA U ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO:

Á ÓÁREA DE ADSCRIPCIÓN:

NOMBRE:

NOMBRE DEL CARGO:

DOMICILIO

VIGENTE ( A PARTIR DE):

DOMICILIO:

CLAVE LADA:

TELÉFONO (S) DIRECTO (S):

CONMUTADOR Y EXTENSIÓN (ES):

FIRMA:

FAX:

CORREO ELECTRÓNICO:

NOTAEl presente formato tiene como fin único integrar en un catálogo las firmas de los funcionarios que disponen de la atribución para legalizar yvalidar documentos de certificación.

En términos de lo establecido en el marco legal vigente así como en las Normas de Control Escolar relativas a la Inscripción ReinscripciónEn términos de lo establecido en el marco legal vigente, así como en las Normas de Control Escolar relativas a la Inscripción, Reinscripción,Acreditación, Regularización y Certificación para Escuelas de Educación Preescolar, Primaria y Secundaria Oficiales y ParticularesIncorporadas al Sistema Educativo Nacional, antes de que se remita este formato a la DGAIR, el titular de la firma deberá haber realizadoante el área jurídica de su dependencia, el proceso de autorización de firma para la expedición de documentación oficial. El envío delpresente formato a la DGAIR, no suple el trámite antes mencionado.

35

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36

ANEXO 2

INFORMACIÓN DE APOYO PARA ELABORAR LA EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA

La Evaluación Psicopedagógica se realiza de manera contextual e interdisciplinaria, los aspectos principales que se deben considerar son:

- Antecedentes heredo-familiares, del desarrollo, médicos, escolares y familiares; - El contexto social y familiar; - El estilo de aprendizaje del alumno; - Sus intereses y motivación para aprender, y - Su nivel de competencia curricular en las distintas asignaturas. En caso de ser necesario también deberán evaluarse áreas específicas como la motriz, la intelectual, de la comunicación y/o la emocional. Esta Evaluación Psicopedagógica puede realizarse a través de distintas técnicas, entre éstas podemos destacar: - La observación del alumno en los distintos contextos;

- La revisión de los trabajos;

- La entrevista del alumno, sus padres y/o maestros; - La aplicación de pruebas informales y - La aplicación de pruebas formales estandarizadas (por el área especializada).

El Informe de Evaluación Psicopedagógica, será el documento que recupere la información obtenida sobre las necesidades identificadas en la Evaluación Psicopedagógica, así como los apoyos y recursos que requiere el alumno y que servirá como base para elaborar la Propuesta Curricular Adaptada.

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CURP:_______________________________ (CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN)

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN-REINSCRIPCIÓN Folio: ___________ Fecha: __________ INSTRUCCIONES: Favor de llenar con letra de molde y tinta negra los espacios sombreados, el resto de la solicitud deberá ser llenado por personal autorizado.

Datos personales del Aspirante

Nombre completo:___________________________________________________________________________________

____________________________________________________________________________________________________

Apellido Paterno Apellido Materno Nombre(s)

Fecha de nacimiento:____________________________ Lugar:______________________________________________

(año mes día)

Nacionalidad:________________________________ Sexo: Mujer ( ) Hombre ( )

Estado Civil: soltero ( ) casado ( ) divorciado ( ) viudo ( ) unión libre ( )

Domicilio:__________________________________________________________________________________________ Calle y número Colonia _____________________________________ _______________________________________________ Código Postal Delegación o Municipio

Estado:__________________________________________

Ocupación:__________________________________ Teléfono:__________________________

A. Registro al curso de Inducción

Documentación entregada por el alumno para el registro al curso de Inducción:

Copia certificada del Acta de Nacimiento o Documento Legal Equivalente. Otro(s) documento(s): Credencial de elector ( ) Cartilla del Servicio Militar ( ) Cartilla de Vacunación ( ) Pasaporte ( ) Acta testimonial ( ) Carta-Compromiso Temporal ( ) Otro: _______________________

Curso de Inducción Fecha de inicio: Fecha de terminación:

Examen Diagnóstico Fecha de aplicación:

Nivel de Dominio: A ( ) B ( ) C ( ) D ( ) (Registrar dato en formato de Registro de Inscripción-Reinscripción)

-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

COMPROBANTE DEL ASPIRANTE Nombre completo: Curso de Inducción Fecha de inicio: Fecha término:

Examen Diagnóstico Fecha de aplicación:

ANEXO 3

37

LOGO EDUCACIÓN

ESTATAL SELLO COORDINACIÓN

ESTATAL

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SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN-REINSCRIPCIÓN

B. Centro de Asesoría Asignada Nombre y número del Plantel: _____________________________________________________________________ Domicilio: _____________________________________________________________________________________ Inscripción ( ) Reinscripción ( ) Calendario A ( ) B ( ) Periodo de Estudios. ___________

Nivel Área de

Estudio Status Área de

Estudio Status Área de

Estudio Status Área de

Estudio Status

Inicial L y C A cursar Acreditada

C y R A cursar Acreditada

S Y A A cursar Acreditada

FCyS A cursar Acreditada

Avanzado L y C A cursar Acreditada

C y R A cursar Acreditada

S Y A A cursar Acreditada

FCyS A cursar Acreditada

Optativa

Lengua Extranjera

A cursar Acreditada

SEPA Inglés Inicial

INSTRUCCIONES: Marcar en el recuadro superior derecho de cada área el(las) área(s) a cursar o el status de las áreas ya acreditadas de acuerdo con sus antecedentes escolares.

En caso de que el usuario tenga antecedentes de estudios de secundaria, ver Tablas de Correspondencia de Planes de Estudio de SEA (Anexo 7 y 8)

Documentación entregada por el alumno para la Inscripción-Reinscripción: Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios de Educación Primaria

Certificado(s) de Grado o Boleta(s) de Evaluación o Informe de Calificaciones de Estudio Parciales de Educación Secundaria, debidamente legalizado(s), en su caso, que acrediten

grados, áreas, asignaturas o materias Constancia(s) de Examen(es) de Regularización, en su caso, debidamente legalizada(s) Cuatro fotografías recientes, tamaño infantil, de frente, en blanco y negro o color con el rostro descubierto.

C. Registro al curso de Certificación

Para el caso del Curso y el Examen de Certificación, el usuario deberá presentar la documentación requerida en el apartado A y B

Curso de Certificación

Fecha de inicio: Fecha de terminación:

Examen de Certificación

Fecha de aplicación: Calificación:

____________________________________ Nombre y firma del alumno

Recibe y valida documentos ________________________________

Nombre y firma del Coordinador Estatal de Operación de SEA

Recibe documentos del alumno y Requisita formato

________________________________

Nombre y firma de la persona que inscribe

38

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CARTA–COMPROMISO TEMPORAL

RESPONSABLE DEL ÁREA DE CONTROL ESCOLAR EN LA ENTIDAD CENTRO DE ASESORÍA COORDINADOR ESTATAL DE OPERACIÓN DE SEA Por este conducto, bajo protesta de decir verdad, me permito hacer de su conocimiento que por el momento no cuento con el(los) siguiente(s) documento(s): ( ) Acta de Nacimiento. ( ) Certificado de Terminación de Estudios de Educación Primaria. ( ) Certificación de Estudios de Educación Primaria ( ) Resolución de Revalidación de Estudios de Educación Primaria. Por la siguiente causa: ( ) Falta de Registro. ( ) Extravío. ( ) Desconocimiento de datos de registro. ( ) Documento en trámite. ( ) Otro.______________________________________ Asimismo, hago constar que mi nombre completo es el señalado en la presente, y quedo enterado(a) que la fecha para la entrega del (de los) documento(s) correspondientes es de 90 días naturales, a partir de esta fecha, término señalado en el documento de “Normas de Inscripción, Reinscripción, Acreditación y Certificación de Educación Secundaria a Distancia para Adultos” vigente. A t e n t a m e n t e Nombre y firma del aspirante:________________________________________________________________________ Domicilio:________________________________________________________________________________________ Teléfono:_________________________________ C.c.p. Responsable del Área de Control Escolar C.c.p Interesado

ANEXO 4

CURP:_____________________________

39

FECHA:____________________________

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40

CURSO DE INDUCCIÓN 20 Sesiones

LENGUA EXTRANJERA

(Ingles)

OPTATIVA

CURSO DE CERTIFICACIÓN

20 Sesiones

LENGUA Y COMUNICACIÓN

90 Sesiones

CÁLCULO Y RESOLUCIÓN

DE PROBLEMAS 90 Sesiones

SALUD Y AMBIENTE 90 Sesiones

FAMILIA, COMUNIDAD Y

SOCIEDAD 90 Sesiones

NIVEL INICIAL

LENGUA Y COMUNICACIÓN

90 Sesiones

CÁLCULO Y RESOLUCIÓN

DE PROBLEMAS 90 Sesiones

SALUD Y AMBIENTE 90 Sesiones

FAMILIA, COMUNIDAD Y

SOCIEDAD 90 Sesiones

NIVEL AVANZADO

AN

EXO 5

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41

DATOS DE LA SEDE

CENTRO DE ASESORÍA:___________________________________________DOMICILIO:_____________________________________ CALLE Y NÚMERO ______________________________________________________________________________________________________________________________COLONIA O LOCALIDAD DELEGACIÓN O MUNICIPIO ENTIDAD TELÉFONO:_______________________

DATOS DEL ALUMNO

NOMBRE:______________________________________________________________________ PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO NOMBRE(S)

CURP:____________________

FECHA DE NACIMIENTO: SEXO: MUJER HOMBRE

DOMICILIO:___________________________________________________________________________________________________ CALLE Y NÚMERO COLONIA O LOCALIDAD _______________________________________________________________________________TELÉFONO:_________________________ DELEGACIÓN O MUNICIPIO ENTIDAD

CURSO DE INDUCCIÓN

PERIODO DE ACREDITACIÓN: ____________________ NIVEL DE DOMINIO: __________________

ÁREAS

LENGUA Y

COMUNICACIÓN CÁLCULO Y RESOLUCIÓN DE

PROBLEMAS

SALUD Y AMBIENTE

FAMILIA, COMUNIDAD

Y SOCIEDAD

PROMEDIO NIVEL PERIODO DE

ACREDITACIÓN

CALIFICACIÓN PERIODO DE

ACREDITACIÓN

CALIFICACIÓN PERIODO DE

ACREDITACIÓN

CALIFICACIÓN PERIODO DE

ACREDITACIÓN

CALIFICACIÓN

INICIAL

AVANZADO

CURSO DE CERTIFICACIÓN

PERIODO DE ACREDITACIÓN: ____________________

CALIFICACIÓN

FECHA:

PROMEDIO GENERAL DE

APROVECHAMIENTO

NÚMERO

LETRA

SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL EDUCACIÓN SECUNDARIA A DISTANCIA

KARDEX

DÍA MES AÑO

DÍA MES AÑO

FOTOGRAFÍA

ANEXO 6

SELLO COORDINACIÓN

ESTATAL NOMBRE Y FIRMA DEL COORDINADOR ESTATAL DE OPERACIÓN DE SEA

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MATEMÁTICAS I

CIENCIAS I (ÉNFASIS EN BIOLOGÍA)

CALIFICACIÓN

2006

CALIFICACIÓN

ESPAÑOL I

CALIFICACIÓN

ESPAÑOL 1° ESPAÑOL 1°

MATEMÁTICAS 1°

DIVERSIFICADO 1 CIENCIAS NATURALES

CIENCIAS NATURALES 1° BIOLOGÍA 1° CIENCIAS NATURALES

1° BIOLOGÍA DE 1° BIOLOGÍA 1° BIOLOGÍA 1° SALUD Y AMBIENTE

INTRODUCCIÓN A LA FÍSICA Y QUÍMICAFÍSICA DE 1°

PROMEDIO FINAL

INTRODUCCIÓN A LA FÍSICA Y QUÍMICA

CALIFICACIÓNCALIFICACIÓN CALIFICACIÓNCALIFICACIÓN

MATEMÁTICAS 1°MATEMÁTICAS 1°

CALIFICACIÓN CALIFICACIÓN

MATEMÁTICAS 1° MATEMÁTICAS 1°

CALIFICACIÓNCALIFICACIÓN

CÁLCULO Y RESOLUCIÓN DE

PROBLEMAS

CALIFICACIÓNCALIFICACIÓN CALIFICACIÓN

INFORMACIÓN Y GRÁFICAS MATEMÁTICAS 1° MATEMÁTICAS 1°

CALIFICACIÓNCALIFICACIÓN CALIFICACIÓN CALIFICACIÓN

ESPAÑOL 1° ESPAÑOL 1° ESPAÑOL 1° ESPAÑOL 1°

CALIFICACIÓN PROMEDIO FINAL

LENGUA Y COMUNICACIÓN

CALIFICACIÓN CALIFICACIÓN

SEA

CALIFICACIÓN CALIFICACIÓN CALIFICACIÓN PROMEDIO FINALCALIFICACIÓN CALIFICACIÓNCALIFICACIÓN

HABLANDO SE ENTIENDE LA GENTE ESPAÑOL 1°

PLAN 1960 PROMEDIO DE

TRABAJADORES

MEVyT INEA CEBA-CEDEX 1993 ÁREAS ASIGNATURAS ESCUELA PARA

ANEXO AL KARDEX

NIVEL INICIAL

ESCOLARIZADO 1975

CIVISMO DE 1° CIVISMO DE 1° EDUCACIÓN CÍVICA O ACTIVIDADES CÍVICAS

FORMACIÓN CÍVICA Y ÉTICA DE 1°

CALIFICACIÓN

CIVISMO DE 1°

GEOGRAFÍA GENERAL

HISTORIA DE 1° O HISTORIA UNIVERSAL

GEOGRAFÍA O GEOGRAFÍA FÍSICA Y

HUMANA

FAMILIA COMUNIDAD Y SOCIEDAD

GEOGRAFÍA GENERAL

GEOGRAFÍA DE MÉXICO Y EL MUNDO HISTORIA DE 1° HISTORIA UNIVERSAL

ICIENCIAS SOCIALES

DE 1°

GEOGRAFÍA DE 1°

DIVERSIFICADO 3 CIENCIAS SOCIALES

CIENCIAS SOCIALES DE 1°

HISTORIA UNIVERSAL 1

CALIFICACIÓN PROMEDIO FINALCALIFICACIÓN CALIFICACIÓNCALIFICACIÓN CALIFICACIÓNCALIFICACIÓN CALIFICACIÓN CALIFICACIÓN

QUÍMICA DE 1°

42

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CIENCIAS II (ÉNFASIS EN

FÍSICA)

CALIFICACIÓN

MATEMÁTICAS II

MATEMÁTICAS III

CALIFICACIÓN

ESPAÑOL II

ESPAÑOL III

ANEXO AL KARDEX

NIVEL AVANZADO

ESCOLARIZADO 1975

2006 1993 PLAN 1960ASIGNATURASMEVyT INEA CEBA-CEDEX PROMEDIO DEÁREAS ESCUELA PARA TRABAJADORES

SEA

CALIFICACIÓN CALIFICACIÓN CALIFICACIÓN CALIFICACIÓNCALIFICACIÓN

ESPAÑOL DE 2°

CALIFICACIÓN

ESPAÑOL DE 2°ESPAÑOL DE 2°

CALIFICACIÓN

ESPAÑOL DE 3°

MATEMÁTICAS DE 2°

ESPAÑOL DE 3°

MATEMÁTICAS DE 2°

CALIFICACIÓN

LENGUA Y COMUNICACIÓN

MATEMÁTICAS DE 3°

MATEMÁTICAS DE 3°

MATEMÁTICAS DE 3°

CALIFICACIÓN CALIFICACIÓN CALIFICACIÓN CALIFICACIÓN CALIFICACIÓN CALIFICACIÓN

CIENCIAS NATURALES DE 2°

BIOLOGÍA DE 2° BIOLOGÍA DE 2°

FRACCIONES Y PORCENTAJES

OPERACIONES AVANZADAS

MATEMÁTICAS DE 3°

MATEMÁTICAS DE 2°

MATEMÁTICAS DE 3°

MATEMÁTICAS DE 3°

BIOLOGÍA DE 2°

MATEMÁTICAS DE 2°

MATEMÁTICAS DE 3°

MATEMÁTICAS DE 2°

MATEMÁTICAS DE 2°

CALIFICACIÓN CALIFICACIÓN

CIENCIAS NATURALES DE 2°

CALIFICACIÓN

CALIFICACIÓN

ESPAÑOL DE 2°ESPAÑOL DE 2°

ESPAÑOL DE 3° ESPAÑOL DE 3° ESPAÑOL DE 3° ESPAÑOL DE 3°

ESPAÑOL DE 2°ESPAÑOL DE 2°VAMOS A ESCRIBIR

PARA SEGUIR APRENDIENDO

DIVERSIFICADOS 2CIENCIAS

NATURALES DE 2°

CALIFICACIÓN CALIFICACIÓN

CALIFICACIÓN

CALIFICACIÓN

CÁLCULO Y RESOLUCIÓN DE

PROBLEMAS

CALIFICACIÓN

BIOLOGÍA DE 2°

CALIFICACIÓN

CALIFICACIÓN

ESPAÑOL DE 3°

MATEMÁTICAS DE 2°

PROMEDIO FINAL

PROMEDIO FINAL

PROMEDIO FINAL

CIVISMO DE 3°

CIENCIAS II (ÉNFASIS EN

QUÍMICA)

CALIFICACIÓN

CIENCIAS NATURALES DE 3° FÍSICA DE 2°

QUÍMICA DE 2°

FÍSICA DE 3°

FÍSICA DE 3°

CALIFICACIÓN

ORIENTACIÓN EDUCATIVA

CALIFICACIÓN

QUÍMICA DE 3°

CALIFICACIÓN

CIENCIAS NATURALES DE 3°

CIENCIAS SOCIALES DE 2°

CIVISMO DE 2°

FORMACIÓN CÍVICA Y ÉTICA DE 2° HISTORIA DE 3°

EDUCACIÓN CÍVICA DE 3°

FORMACIÓN CÍVICA Y ÉTICA DE 3°

HISTORIA DE MÉXICO

NUESTRO PLANETA, LA TIERRA

CIENCIAS NATURALES DE 3°

CALIFICACIÓN

CIENCIAS SOCIALES DE 2°DIVERSIFICADO 4

HISTORIA UNIVERSAL II

CALIFICACIÓN

GEOGRAFÍA DE MÉXICO

CIVISMO DE 2°

MEXICO NUESTRO HOGAR

CIENCIAS SOCIALES DE

CIENCIAS SOCIALES DE

CIENCIAS SOCIALES DE 3°

GEOGRAFÍA DE MÉXICO

GEOGRAFÍA DE 3°

ORIENTACIÓN EDUCATIVA QUÍMICA DE 3°

HISTORIA DE 2°

GEOGRAFÍA DE 2°CIENCIAS

SOCIALES DE 3°

CALIFICACIÓN

FÍSICA DE 2°

QUÍMICA DE 2°

BIOLOGÍA DE 3°

QUÍMICA DE 3°

FÍSICA DE 2°

QUÍMICA DE 2°

CIVISMO DE 2°

HISTORIA DE MÉXICO

CALIFICACIÓN

HISTORIA DE 2° O HISTORIA DE

MÉXICO

GEOGRAFÍA DE 2°O GEOGRAFÍA DE

MÉXICO

EDUCACIÓN CÍVICA DE 2° O

ACTIVIDADES CÍVICAS

HISTORIA CONTEMPORÁNEA O ACTIVIDADES DE

HISTORIA

HISTORIA UNIVERSAL II

FAMILIA, COMUNIDAD Y

SOCIEDAD

CALIFICACIÓN

SALUD Y AMBIENTE

FÍSICA

QUÍMICA

ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y VOCACIONAL

FÍSICA DE 3°

PROMEDIO FINAL

HISTORIA II

FORMACIÓN CÍVICA Y ÉTICA II

HISTORIA I

FORMACIÓN CÍVICA Y ÉTICA I

43

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C.C.T._______________________________________ PERIODO DE ESTUDIOS________________ CALENDARIO A ( ) B ( )

AÑO MES DÍA

Calle y Número Colonia o Localidad Delegación o Municipio Entidad

CURSO

NI NA NI NA NI NA NI NA

FECHA DE INSCRIPCIÓN-REINSCRIPCIÓN

AREA DE ESTUDIO

MAT Certificación

SISTEMA EDUCATIVO NACIONALEDUCACIÓN SECUNDARIA A DISTANCIA PARA ADULTOSREGISTRO DE INSCRIPCIÓN-REINSCRIPCIÓN

Nombre del alumno SEXO

LyC SyA

RESPONSABLE DE SEDE DE ASESORIA : TELEFONO

DATOS DEL CENTRO DE ASESORÍA

NOMBRE Y NUMERO DE LA SEDE :

DOMICILIO:

APELLIDO PATERNO

Fecha de Nacimiento

INSCRIP.NumAPELLIDO MATERNO

Curso de Inducción

HORARIOS

CyRPDIA M VESAÑONOMBRE

FCySREINSC.HMES

Nivel de Dominio

Clave Única de Registro de Población

(Curp)

Sello Coordinación

Estatal

AN

EXO 7

DE OPERACIÓN DE SEANOMBRE Y FIRMA DEL RESPONSABLE DE

DEL ÁREA DE CONTROL ESCOLARNOMBRE Y FIRMA DEL COORDINADOR ESTATAL

44

1

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45

ANEXO 8

CREDENCIAL DE SEA

SECUNDARIA A DISTANCIA PARA ADULTOS, SEA

Logotipo institucional de la Coordinación Estatal de Operación de SEA o Instancia en la que se encuentra adscrita.

NOMBRE: __________________________________

__________________________________________ CURP: ____________________________________

(CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN) CENTRO DE ASESORÍA: ________________________

__________________________________________ FECHA DE EXPEDICIÓN: ____________________

2008 2009 2010 2011

____________________________ FIRMA DEL ALUMNO

____________________________________

FOTO

SELLO COORDINACIÓN

ESTATAL

ANVERSO REVERSO

FIRMA DEL COORDINADOR ESTATAL DE OPERACIÓN DE SEA

FOLIO:__________

ENTIDAD:___________

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NIVEL INICIAL

SISTEMA ABIERTO MODULOS DE

EDUCACIÓN PARA LA VIDA Y EL TRABAJO

SEMIESCOLARIZADO ESCOLARIZADO 2006 ESCOLARIZADO 1993 ESCOLARIZADO 1975 ESCOLARIZADO ESCOLARIZADO

PLAN DE ESTUDIOS DE

EDUCACIÓN BÁSICA PARA ADULTOS DE

SECUNDARIA A DISTANCIA PARA

ADULTOS SEA

INEA

MEVyT

CEBA-CEDEX

ASIGNATURAS (VIGENTE)

ASIGNATURAS

ÁREAS

ASIGNATURAS

ESCUELAS PARA TRABAJADORES

PLAN 1960

LENGUA Y

COMUNICACIÓN

ESPAÑOL DE

HABLANDO SE

ENTIENDE LA GENTE

ESPAÑOL DE 1°

ESPAÑOL I

ESPAÑOL DE 1°

ESPAÑOL DE 1°

ESPAÑOL DE 1°

ESPAÑOL DE 1°

ESPAÑOL DE 1°

CÁLCULO Y RESOLUCIÓN

DE PROBLEMAS

MATEMÁTICAS

INFORMACIÓN Y

GRÁFICAS

MATEMÁTICAS DE 1°

MATEMÁTICAS I

MATEMÁTICAS DE 1°

MATEMÁTICAS DE 1°

MATEMÁTICAS DE 1°

MATEMÁTICAS DE

MATEMÁTICAS DE 1°

SALUD Y AMBIENTE

CIENCIAS

NATURALES

DIVERSIFICADO 1

CIENCIAS

NATURALES DE 1°

CIENCIAS I (ÉNFASIS

EN BIOLOGÍA)

BIOLOGÍA DE 1°

INTRODUCCIÓN A LA

FÍSICA Y QUÍMICA

CIENCIAS

NATURALES DE 1°

BIOLOGÍA DE 1°

FÍSICA DE 1°

QUÍMICA DE 1°

BIOLOGÍA DE 1°

INTRODUCCIÓN A

LA FÍSICA Y QUÍMICA

BIOLOGÍA DE 1°

FAMILIA, COMUNIDAD Y

SOCIEDAD

CIENCIAS SOCIALES

DIVERSIFICADO 3

CIENCIAS SOCIALES

DE 1°

GEOGRAFÍA DE

MÉXICO Y EL MUNDO

HISTORIA UNIVERSAL I

GEOGRAFÍA GENERAL

CIVISMO DE 1º

FORMACIÓN CÍVICA Y

ÉTICA DE 1º

CIENCIAS SOCIALES

DE 1°

HISTORIA DE 1°

GEOGRAFÍA DE 1°

CIVISMO DE 1°

HISTORIA

UNIVERSAL I

GEOGRAFÍA GENERAL

CIVISMO DE 1°

HISTORIA DE 1° O

HISTORIA UNIVERSAL

GEOGRAFÍA O GEOGRAFÍA FÍSICA Y

HUMANA

EDUCACIÓN CÍVICA O ACTIVIDADES CÍVICAS

LENGUA EXTRANJERA SEPA INGLÉS N. INICIAL

LENGUA

EXTRANJERA I

LENGUA EXTRANJERA

DE 1°

LENGUA ADICIONAL

AL ESPAÑOL O LENGUA

EXTRANJERA DE 1°

LENGUA ADICIONAL

AL ESPAÑOL O LENGUA

EXTRANJERA DE 1°

LENGUA

EXTRANJERA DE 1°

LENGUA EXTRANJERA

DE 1°

CURSO DE

CERTIFICACIÓN

ARTES (MÚSICA,

DANZA, TEATRO O ARTES VISUALES)

EXPRESIÓN Y APRECIACIÓN

ARTÍSTICAS DE 1°

EDUCACIÓN ARTÍSTICA

EDUCACIÓN ARTÍSTICA

EXPRESIÓN Y APRECIACIÓN

ARTÍSTICAS DE 1°

EDUCACIÓN ARTÍSTICA

DE 1°

EDUCACIÓN FÍSICA I

EDUCACIÓN FÍSICA

DE 1°

EDUCACIÓN FÍSICA

DE 1°

EDUCACIÓN FÍSICA

DE 1°

EDUCACIÓN FÍSICA DE

TECNOLOGÍA I

ASIGNATURA

ESTATAL

EDUCACIÓN

TECNOLÓGICA DE 1°

EDUCACIÓN

TECNOLÓGICA DE 1°

EDUCACIÓN

TECNOLÓGICA DE 1°

TECNOLÓGICAS O

EDUCACIÓN TECNOLÓGICA DE 1°

TABLAS DE CORRESPONDENCIA DE PLANES DE ESTUDIO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA A DISTANCIA PARA ADULTOS

AN

EXO 9

46

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NIVEL AVANZADO

ABIERTO

MODULOS DE EDUCACIÓN

PARA LA VIDA Y EL TRABAJO

SEMIESCOLARIZADO ESCOLARIZADO ESCOLARIZADO 2006

ESCOLARIZADO 1993 ESCOLARIZADO 1975 ESCOLARIZADO ESCOLARIZADO

PLAN DE ESTUDIOS DE

EDUCACIÓN BÁSICA PARA ADULTOS DE

SECUNDARIA A DISTANCIA PARA

ADULTOS SEA

INEA

MEVyT

CEBA-CEDEX

ASIGNATURAS (VIGENTE)

ASIGNATURAS

ÁREAS

ASIGNATURAS

ESCUELAS PARA TRABAJADORES

PLAN 1960

LENGUA Y

COMUNICACIÓN

ESPAÑOL DE 2º

ESPAÑOL DE 3º

VAMOS A ESCRIBIR

PARA SEGUIR APRENDIENDO

ESPAÑOL DE 2º

ESPAÑOL DE 3º

ESPAÑOL II

ESPAÑOL III

ESPAÑOL DE 2º

ESPAÑOL DE 3º

ESPAÑOL DE 2º

ESPAÑOL DE 3º

ESPAÑOL DE 2º

ESPAÑOL DE 3º

ESPAÑOL DE 2º

ESPAÑOL DE 3º

ESPAÑOL DE 2º

ESPAÑOL DE 3º

CÁLCULO Y

RESOLUCIÓN DE PROBLEMAS

MATEMÁTICAS

DE 2º

MATEMÁTICAS DE 3º

FRACCIONES Y PORCENTAJES

OPERACIONES

AVANZADAS

MATEMÁTICAS DE 2º

MATEMÁTICAS DE 3º

MATEMÁTICAS II

MATEMÁTICAS III

MATEMÁTICAS DE

MATEMÁTICAS DE 3º

MATEMÁTICAS DE 2º

MATEMÁTICAS DE 3º

MATEMÁTICAS DE 2º

MATEMÁTICAS DE 3º

MATEMÁTICAS DE 2º

MATEMÁTICAS DE 3º

MATEMÁTICAS DE 2º

MATEMÁTICAS DE 3º

SALUD Y AMBIENTE

CIENCIAS

NATURALES DE 2º

CIENCIAS NATURALES DE

DIVERSIFICADO 2

NUESTRO PLANETA, LA TIERRA

CIENCIAS NATURALES

DE 2º

CIENCIAS NATURALES DE 3º

CIENCIAS II

(ÉNFASIS EN FÍSICA)

CIENCIAS III (ÉNFASIS EN

QUÍMICA)

BIOLOGÍA DE 2º

FÍSICA DE 2º

QUÍMICA DE 2º

FÍSICA DE 3º

QUÍMICA DE 3º

CIENCIAS

NATURALES DE 2º

CIENCIAS NATURALES DE 3º

BIOLOGÍA DE 2º

FÍSICA DE 2º

QUÍMICA DE 2º

BIOLOGÍA DE 3º

FÍSICA DE 3º

QUÍMICA DE 3º

BIOLOGÍA DE 2º

FÍSICA DE 2º

QUÍMICA DE 2º

FÍSICA DE 3º

QUÍMICA DE 3º

BIOLOGÍA DE 2º

FÍSICA

QUÍMICA

ORIENTACIÓN

EDUCATIVA

ORIENTACIÓN

EDUCATIVA

ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y VOCACIONAL

FAMILIA, COMUNIDAD Y SOCIEDAD

CIENCIAS

SOCIALES DE 2º

CIENCIAS SOCIALES DE 3º

DIVERSIFICADO 4

MÉXICO, NUESTRO HOGAR

CIENCIAS SOCIALES DE

CIENCIAS SOCIALES DE 3º

HISTORIA I

FORMACIÓN

CÍVICA Y ÉTICA I

HISTORIA II

FORMACIÓN CÍVICA Y ÉTICA II

HISTORIA

UNIVERSAL II

GEOGRAFÍA DE MÉXICO

CIVISMO DE 2º

FORMACIÓN

CÍVICA Y ÉTICA DE 2º

HISTORIA DE MÉXICO

FORMACIÓN

CÍVICA Y ÉTICA DE 3º

CIENCIAS SOCIALES

DE 2º

CIENCIAS SOCIALES DE 3º

HISTORIA DE 2º

GEOGRAFÍA DE 2º

CIVISMO DE 2º

HISTORIA DE 3º

GEOGRAFÍA DE 3º

CIVISMO DE 3º

HISTORIA UNIVERSAL II

GEOGRAFÍA DE

MÉXICO

CIVISMO DE 2º

HISTORIA DE MÉXICO

HISTORIA DE 2º O

HISTORIA DE MÉXICO

GEOGRAFÍA DE 2º O GEOGRAFÍA DE

MÉXICO

EDUCACIÓN CÍVICA DE 2º O

ACTIVIDADES CÍVICAS

HISTORIA CONTEMPORÁNEA O

ACTIVIDADES DE HISTORIA

EDUCACIÓN CÍVICA DE

47

TABLAS DE CORRESPONDENCIA DE PLANES DE ESTUDIO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA A DISTANCIA PARA ADULTOS

AN

EXO 10

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NIVEL AVANZADO

SISTEMA ABIERTO SEMIESCOLARIZADO ESCOLARIZADO 2006 ESCOLARIZADO 1993 ESCOLARIZADO 1975 ESCOLARIZADO ESCOLARIZADO

PLAN DE ESTUDIOS DE EDUCACIÓN BÁSICA PARA

ADULTOS DE SECUNDARIA A DISTANCIA PARA ADULTOS

SEA

INEA

CEBA-CEDEX

ASIGNATURAS (VIGENTE)

ASIGNATURAS

ÁREAS

ASIGNATURAS

ESCUELAS PARA TRABAJADORES

PLAN 1960

LENGUA EXTRANJERA

SEPA INGLÉS INICIAL

LENGUA EXTRANJERA

II Y III

LENGUA EXTRANJERA

DE 2º Y 3°

LENGUA ADICIONAL AL ESPAÑOL O

LENGUA EXTRANJERA DE 2º Y 3º

LENGUA ADICIONAL

AL ESPAÑOL O LENGUA

EXTRANJERA DE 2º Y 3º

LENGUA

EXTRANJERA DE 2º Y 3°

LENGUA EXTRANJERA

DE 2º Y 3°

CURSO DE CERTIFICACIÓN

ARTES (MÚSICA,

DANZA, TEATRO O ARTES VISUALES) DE 2º

Y 3º

EXPRESIÓN Y APRECIACIÓN

ARTÍSTICAS DE 2º Y 3º

EDUCACIÓN ARTÍSTICA DE 2º Y 3º

EDUCACIÓN

ARTÍSTICA DE 2º Y 3º

EXPRESIÓN Y APRECIACIÓN

ARTÍSTICAS DE 2º Y 3º

EDUCACIÓN ARTÍSTICA

DE 2º Y 3º

EDUCACIÓN FÍSICA II Y

III

EDUCACIÓN FÍSICA DE

2º Y 3º

EDUCACIÓN FÍSICA DE 2º Y 3º

EDUCACIÓN FÍSICA

DE 2º Y 3º

EDUCACIÓN FÍSICA DE

2º Y 3º

TECNOLOGÍA II Y III

EDUCACIÓN

TECNOLÓGICA DE 2º Y 3º

EDUCACIÓN TECNOLÓGICA DE 2º Y 3º

EDUCACIÓN

TECNOLÓGICA DE 2º Y 3º

TECNOLÓGICAS O

EDUCACIÓN TECNOLÓGICA DE 2º O

ACTIVIDADES TECNOLÓGICAS DE 3º

ASIGNATURA

OPCIONAL

ASIGNATURA

OPCIONAL

TABLAS DE CORRESPONDENCIA DE PLANES DE ESTUDIO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA A DISTANCIA PARA ADULTOS

48

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TABLAS DE CORRESPONDENCIA 2009

49

1. AFRICA DEL SUR 2. ALEMANIA 3. ANGOLA 4. ARGENTINA 5. ARMENIA 6. AUSTRALIA 7. AUSTRIA 8. BÉLGICA 9. BELICE

10. BOLIVIA 11. BRASIL 12. BULGARIA 13. CANADÁ 14. CHILE 15. CHINA 16. CHIPRE 17. COLOMBIA 18. COREA 19. COSTA RICA 20. CUBA 21. DINAMARCA 22. ECUADOR 23. EL SALVADOR 24. ESLOVAKIA 25. ESPAÑA 26. ESTADOS UNIDOS 27. FEDERACIÓN RUSA 28. FILIPINAS 29. FINLANDIA 30. FRANCIA 31. GHANA 32. (GRAN BRETAÑA)

INGLATERRA, GALES, IRLANDA DEL NORTE Y ESCOCIA

33. GRECIA 34. GUATEMALA 35. HAITÍ 36. HOLANDA

37. HONDURAS 38. HUNGRÍA 39. IRÁN 40. IRLANDA 41. ISRAEL 42. ITALIA 43. JAMAICA 44. JAPÓN 45. JORDANIA 46. LÍBANO 47. MONGOLIA 48. NICARAGUA 49. NORUEGA 50. NUEVA ZELANDA 51. PAKISTÁN 52. PANAMÁ 53. PARAGUAY 54. PERÚ 55. POLONIA 56. PORTUGAL 57. PUERTO RICO 58. REPÚBLICA CHECA 59. REPÚBLICA DOMINICANA 60. RUMANIA 61. SIRIA 62. SUDÁN 63. SUECIA 64. SUIZA 65. TURQUÍA 66. UCRANIA 67. UGANDA 68. URUGUAY 69. VENEZUELA 70. YUGOSLAVIA

LISTADO DE PAÍSES

ANEXO 11

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TABLAS DE CORRESPONDENCIA 2009

50

1 MÉXICO AFRICA DEL SUR PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA BAJA

1 1 2 2 3 3 EDUCACION PRIMARIA SUPERIOR 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACION SECUNDARIA BAJA 1 7 2 8 3 9

2 MÉXICO ALEMANIA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 NIVEL DE ORIENTACIÓN 5 5 6 6

SECUNDARIA NIVEL SECUNDARIO I 1 7 2 8

3 910 Curso de formación profesional*(optativo)

3 MÉXICO ANGOLA PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 EDUCACIÓN MEDIA 3 1

Para la enseñanza básica, el calendario escolar se distribuye en tres periodos con una duración de once a trece semanas cada uno.

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TABLAS DE CORRESPONDENCIA 2009

51

SISTEMA ANTERIOR 4 MÉXICO ARGENTINA PRIMARIA PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 CICLO BÁSICO 2 1 3 2

NUEVO SISTEMA A PARTIR DE 1993 MÉXICO ARGENTINA

PRIMARIA EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

La duración del año escolar es de 180 días hábiles como mínimo. Inicia en febrero y concluye en diciembre.

5 MÉXICO ARMENIA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 EDUCACIÓN INTERMEDIA 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3

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TABLAS DE CORRESPONDENCIA 2009

52

6 MÉXICO AUSTRALIA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA NIVEL SECUNDARIO (1° etapa) 1 7 ó 1 2 1 ó 2 3 2 ó 3

Todos los estados y territorios, excepto Tasmania, imparten el año escolar en cuatro periodos los cuales inician a finales de enero y concluyen en diciembre. Tasmania dispone de tres periodos iniciando a mediados de febrero y finalizando en diciembre. El número de días escolares puede variar de un año a otro y de estado a estado, el rango general es de 200 a 209 días por año.

7 MÉXICO AUSTRIA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 1 2 2 2 3 3 3 4 4 4 EDUCACIÓN SECUNDARIA (AHS) SECUNDARIA BÁSICA

5 1 1 6 2 2

SECUNDARIA 1 3 3 2 4 4

ESCUELAS SUPERIORES DE GRADO MEDIO

3 5 1

8 MÉXICO BÉLGICA PRIMARIA ENSEÑANZA BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA ENSEÑANZA SECUNDARIA INFERIOR1 1 2 2 3 3

El año escolar en los niveles elemental y secundario consta de 182 días del trabajo.

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TABLAS DE CORRESPONDENCIA 2009

53

9 MÉXICO BELICE PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 EDUCACIÓN SECUNDARIA 3 1

El año escolar para la educación pre-primaria, primaria y secundaria es aproximadamente de 175 días, con un mínimo de cuatro, cinco y cinco horas y media de clases por día, respectivamente; inicia en septiembre y finaliza a fines de junio. Las escuelas primarias normalmente dividen el año en tres periodos siendo el fin de cada periodo en navidad, pascua y vacaciones de verano.

NUEVO SISTEMA A PARTIR DE 1969 10 MÉXICO BOLIVIA

PRIMARIA PRIMARIA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA CICLO INTERMEDIO 1 1 2 2 CICLO MEDIO 3 1

En el nivel de la educación primaria y secundaria, el año escolar tiene una duración de 200 días y comprende un total de diez meses. Inicia en febrero y concluye en noviembre.

11 MÉXICO BRASIL

PRIMARIA Encino Básico 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 3 8

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TABLAS DE CORRESPONDENCIA 2009

54

12 MÉXICO BULGARIA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7

2 8 EDUC. SEC. GRAL /VOC.

(PLAN 5 AÑOS) 8

3 EDUC. VOC.

PLAN (3 AÑOS) 9

EDUC. SEC GRAL/VOC. (PLAN 4 AÑOS)

9 9

13 MÉXICO CANADÁ

PRIMARIA PRIMARIA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 ó 7

SECUNDARIA SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

El año escolar en la educación elemental y secundaria comprende de 180-200 días de instrucción, dependiendo de la jurisdicción, generalmente inicia a principios de septiembre y concluye a fines de junio.

14 MÉXICO CHILE

PRIMARIA EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 EDUCACIÓN MEDIA 3 1

El año escolar inicia en marzo y concluye en diciembre.

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TABLAS DE CORRESPONDENCIA 2009

55

15 MÉXICO CHINA PRIMARIA ENSEÑANZA PRIMARIA

1 1 1 1 2 2 2 2 3 3 3 3 4 4 4 4

5 5 5 5

6 6 6 ESC. MEDIA SEC. SECUNDARIA ESC. MEDIA SEC. 1

1 7 1 2 2 8 2 3 3 9 3 4

16 MÉXICO CHIPRE PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN SECUNDARIA 1 1 2 2 3 3

El año escolar consta de 180 días, iniciando en septiembre y concluyendo en mayo, son impartidos en treinta semanas y divididos en dos semestres (septiembre-enero y enero-mayo).

17 MÉXICO COLOMBIA

PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA (PRIMARIA)

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 (SECUNDARIA) 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

El año escolar en la educación básica y media consta de dos periodos semestrales de 20 semanas cada uno. Existen dos calendarios: Calendario A: febrero a noviembre y, Calendario B: septiembre a junio.

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TABLAS DE CORRESPONDENCIA 2009

56

18 MÉXICO COREA

PRIMARIA ENSEÑANZA BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA SECUNDARIA MEDIA 1 1 2 2 3 3

El año escolar en la educación básica y media tiene una duración de dos periodos semestrales de 20 semanas cada uno.

19 MÉXICO COSTA RICA PRIMARIA EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

El año escolar de la educación preescolar y de los dos primeros ciclos de EGB comprende 177 días lectivos. Inicia en febrero y concluye en diciembre.

20 MÉXICO CUBA

PRIMARIA EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 BACHILLERATO 3 1

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TABLAS DE CORRESPONDENCIA 2009

57

NUEVO SISTEMA (A PARTIR DE 1989) MÉXICO CUBA

PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN GENERAL MEDIA 1 7 2 8 3 9

El año escolar para las escuelas primarias y secundarias inicia en septiembre y concluye en julio y comprende un total de 200 días hábiles divididos en 40 semanas.

21 MÉXICO DINAMARCA PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

El curso escolar se divide en dos periodos: uno de septiembre a diciembre y otro de enero/febrero a mayo/junio.

22 MÉXICO ECUADOR PRIMARIA PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6

SECUNDARIA CICLO BÁSICO 1 1 2 2 3 3

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TABLAS DE CORRESPONDENCIA 2009

58

NUEVO SISTEMA MÉXICO ECUADOR

PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN MEDIA 1 1 2 2 3 3

Existen dos calendarios escolares: el “Calendario de Costa y Galápagos” que inicia actividades escolares en mayo y finaliza en enero, y el “Calendario de Sierra y Amazonía” que inicia el primer lunes de octubre y concluye la segunda semana de julio.

23 MÉXICO EL SALVADOR PRIMARIA PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA CICLO BÁSICO 1 1 2 2 3 3

NUEVO SISTEMA (12 DE DICIEMBRE DE 1996) MÉXICO EL SALVADOR

PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

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TABLAS DE CORRESPONDENCIA 2009

59

24 MÉXICO ESLOVAKIA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 SECUNDARIA BAJA

5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

25 MÉXICO ESPAÑA PRIMARIA EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 BACHILLERATO ÚNICO POLIVALENTE

3 1

NUEVO SISTEMA (3 DE OCTUBRE 1990) MÉXICO ESPAÑA

PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA1 1 2 2 3 3

El año escolar tiene una duración de 9 meses, el año lectivo inicia en septiembre y concluye en junio.

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TABLAS DE CORRESPONDENCIA 2009

60

26 MÉXICO ESTADOS UNIDOS PRIMARIA PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA JUNIOR SCHOOL 1 7 2 8 3 9

En los niveles primario y secundario el año escolar empieza normalmente en septiembre y concluye durante la primera o segunda semana de junio.

27

MÉXICO FEDERACIÓN RUSA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA

1 1 1 2 2 2 3 3 ó 4 3 4 4 EDUCACIÓN SECUNDARIA BÁSICA

5 1 5 6 2 6

SECUNDARIA 1 3 7 2 4 8 3 5 9

El año escolar tiene una duración de treinta semanas en el Grado I y no menos de treinta y cuatro en los Grados II-IX.

28 MÉXICO FILIPINAS PRIMARIA EDUCACIÓN ELEMENTAL

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACION SECUNDARIA 1 1 2

2 3

En la educación elemental y secundaria el año escolar inicia a principios de junio y concluye a finales de marzo.

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TABLAS DE CORRESPONDENCIA 2009

61

29 MÉXICO FINLANDIA PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA O PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

El año escolar inicia a mediados de agosto y termina a principios de junio.

30 MÉXICO FRANCIA PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA O PRIMARIA

1 11 CLASE CP 2 10 CLASE CE1 3 9 CLASE CE2 4 8 CLASE CM1 5 7 CLASE CM2 6 6 CLASE

SECUNDARIA 1 5 CLASE 2 4 CLASE 3 3 CLASE

En la educación primaria y secundaria el año escolar dura 180 días.

31 MÉXICO GHANANUEVO SISTEMA SISTEMA ANTERIOR

PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA PRIMARIA 1 1 1 2 2 2 3 3 3 4 4 4 5 5 5 6 6 6

SECUNDARIA SECUNDARIA BÁSICA 1 1 7 2 2 8 SECUNDARIA

3 3 1

El año escolar se divide en dos semestres y consta de cuarenta semanas para el nivel primaria y de cuarenta y cinco en la secundaria básica.

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TABLAS DE CORRESPONDENCIA 2009

62

32 MÉXICO (GRAN BRETAÑA) INGLATERRA Y GALES PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA

ST2 ST3 1 1 1 2 2 2 3 3 3 4 4 1 ESC. MEDIA 4 5 5 2 1 ESC. MEDIA6 6 3 2

SECUNDARIA SECUNDARIA 1 7 4 3 2 8 1 SECUNDARIA 4 3 9 2

MÉXICO (GRAN BRETAÑA)IRLANDA DEL NORTE ESCOCIA

PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA 1 1 1 2 2 2 3 3 3 4 4 4 5 5 5 6 6 y 7 6

SECUNDARIA SECUNDARIA 1 1 7 SECUNDARIA

2 2 1 3 3 2

El año escolar en las escuelas primarias y secundarias dura 190 días.

33 MÉXICO GRECIA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA SECUNDARIA 1 1 2 2 3 3

El año escolar en la educación primaria y secundaria inicia en septiembre y concluye en junio.

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TABLAS DE CORRESPONDENCIA 2009

63

34 MÉXICO GUATEMALA PRIMARIA PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN BÁSICA 1 1 2 2 3 3

El año escolar comprende un total de 180 días. Inicia en enero y concluye en octubre.

35 MÉXICO HAITÍ

PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA (PRIMARIA)

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA (CICLO DE ORIENTACIÓN) 1 7 2 8 3 9

SISTEMA FRANCÉS MÉXICO HAITÍ

PRIMARIA PRIMARIA 1 11ª 2 10ª 3 9ª 4 8ª 5 7ª 6 6ª

SECUNDARIA BACHILLERATO 1 5ª 2 4ª 3 3ª

El año escolar comprende nueve meses cursados en cuatro periodos.

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TABLAS DE CORRESPONDENCIA 2009

64

36 MÉXICO HOLANDA (PREESCOLAR) EDUCACIÓN PRIMARIA

1 2

PRIMARIA 1 3 2 4 3 5 4 6 5 7 6 8

SECUNDARIA VWO HAVO MAVO VBO1 1 1 1 1 2 2 2 2 2 3 3 3 3 3

El año escolar comprende 200 días.

TIPO DE ESCUELAS: MAVO: Middelbaar Algemeen Voorgezet Onderwijis HAVO: Hoger Algemeen Voortgezet Onderwijis VWO: Voorbereidend Wetenschappelijk Onderwijis VBO: Voorbereidend Beroepsonderwijis MBO: Middelbaar Beroepsonderwijis

37 MÉXICO HONDURAS PRIMARIA PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA CICLO COMÚN 1 1 2 2 3 3

El año escolar inicia en febrero y finaliza en noviembre. Comprende un total de 40 semanas de clase.

38 MÉXICO HUNGRÍA

PRIMARIA ENSEÑANZA BÁSICA Sistema 8 Sistema 6+2 Sistema 4+4

1 1 1 1 2 2 2 2 3 3 3 3 4 4 4 4 ENS. SEC.5 5 1 6 6 2

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TABLAS DE CORRESPONDENCIA 2009

65

SECUNDARIA ENS. SEC.

1 7 1 3 2 8 2 4 ENS. SEC.

3 1 3 5

El año escolar se divide en dos periodos y comprende 185 días.

39 MÉXICO IRÁN

PRIMARIA ENSEÑANZA BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 EDUCACIÓN SECUNDARIA INFERIOR

6 1 SECUNDARIA

1 2 2 3 EDUCACIÓN SECUNDARIA SUPERIOR

3 1

El año escolar en los niveles pre-primaria, enseñanza básica y secundaria inferior tiene una duración de diez meses (treinta y cinco semanas).

40 MÉXICO IRLANDA

EDUCACIÓN PREESCOLAR EDUCACIÓN PRIMARIA GRADOS 1 Y 2

PRIMARIA 1 3 2 4 3 5 4 6 5 7 6 8

SECUNDARIA EDUCACIÓN SECUNDARIA 1 1 2 2 3 3

El año escolar inicia a principio de septiembre y finaliza en junio, con un total de 183 días escolares oficiales.

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TABLAS DE CORRESPONDENCIA 2009

66

41 MÉXICO ISRAEL

PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN MEDIA 1 1 2 2 3 3

42 MÉXICO ITALIA

PRIMARIA EDUCACIÓN ELEMENTAL 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6

SECUNDARIA ESCUELA MEDIA 1 1 2 2 3 3

El calendario escolar en las escuelas preescolares empieza en septiembre y concluye en junio. La educación primaria y secundaria, comprenden 200 días de actividades.

43 MÉXICO JAMAICA PREESCOLAR PREESCOLAR

1 (opcional) 1 2 (opcional)

PRIMARIA PRIMARIA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA PRIMER CICLO DE SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

El año escolar inicia en septiembre y finaliza en agosto. Se divide en tres periodos y comprende 190 días.

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TABLAS DE CORRESPONDENCIA 2009

67

44 MÉXICO JAPÓN PRIMARIA ENSEÑANZA BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

El año escolar inicia en abril y concluye en marzo.

45 MÉXICO JORDANIA

PRIMARIA EDUCACION BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN SECUNDARIA 1 7 2 8

3 9

El año escolar comprende alrededor de 191 días hábiles.

46 MÉXICO LÍBANO

PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA CICLO INTERMEDIO 1 1 2 2 3 3

El año escolar comprende treinta y seis semanas.

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TABLAS DE CORRESPONDENCIA 2009

68

47 MÉXICO MONGOLIA PREESCOLAR PREESCOLAR

3 No es obligatoria ( es para niños de 3 a 8 años) PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 SECUNDARIA BAJA 5 16 2

SECUNDARIA 1 3 2 4 3

El año escolar comprende treinta y cuatro semanas para la educación primaria y treinta y cinco en la educación secundaria baja.

48 MÉXICO NICARAGUA

PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN MEDIA (CICLO BÁSICO)

1 1 2 2 3 3

El año escolar comprende 200 días. 49 MÉXICO NORUEGA PRIMARIA ENSEÑANZA BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 9

3 10

El año escolar se divide en dos semestres, inicia entre mediados y fines de agosto y concluye a fines de junio.

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TABLAS DE CORRESPONDENCIA 2009

69

50 MÉXICO NUEVA ZELANDA PRIMARIA PRIMARIA

1 1 2 23 34 45 56 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN INTERMEDIA 1 1 ó 7° 2 2 ó 8° EDUCACIÓN SECUNDARIA

3 1 ó 9° BACHILLERATO (NIVEL MEDIO SUPERIOR)

1 2 ó 10° 2 3 ó 11°

3 4 ó 12° 5

El año escolar inicia a fines de febrero o principios de marzo y concluye en noviembre.

51 MÉXICO PAKISTÁN PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 12 23 34 45 5 EDUCACION SECUNDARIA (PRIMERA ETAPA)

6 6SECUNDARIA

1 72 8 EDUCACION SECUNDARIA (SEGUNDA ETAPA)

3 9 El año escolar comprende de 180 a 190 días.

52 MÉXICO PANAMÁ PRIMARIA PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1° CICLO BÁSICO 1 1 2 2 3 3

El año escolar tiene una duración de 40 semanas. Inicia en marzo y concluye en diciembre.

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TABLAS DE CORRESPONDENCIA 2009

70

53 MÉXICO PARAGUAY PARAGUAY (A PARTIR DE 1994)

PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA EDUCACIÓN ESCOLAR BÁSICA 1 1 1 2 2 2 3 3 3 4 4 4 5 5 5 6 6 6

SECUNDARIA CICLO BÁSICO DE ENSEÑANZA SECUNDARIA

1 1 7 2 2 8 3 3 9

El año escolar se divide en trimestres e inicia entre febrero o marzo y se extiende hasta noviembre. Prevé un mínimo de 720 horas de clases por grado y tiene una duración de 36 semanas.

54 MÉXICO PERÚ PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 1 2 2 2 3 3 3 4 4 4 5 5 5 6 6 (Sistema anterior)

SECUNDARIA EDUCACIÓN SECUNDARIA PRIMER CICLO

1 1 2 2 3

El año escolar tiene una duración mínima de 36 semanas efectivas. Inicia en abril y concluye en diciembre.

55 MÉXICO POLONIA PRIMARIA EDUCACION PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA SECUNDARIA BAJA (GYMNASIUM) 1 7 2 8 3 9

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71

56 MÉXICO PORTUGAL PRIMARIA ENSEÑANZA BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

El año escolar consta de por lo menos 180 días divididos en tres periodos.

57 MÉXICO PUERTO RICO PRIMARIA ELEMENTAL

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 HIGH SCHOOL 3 9

58 MÉXICO REPÚBLICA CHECA PRIMARIA ENSEÑANZA BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 SECUNDARIA INFERIOR

6 1 SECUNDARIA

1 2 2 3 3 4

El año escolar inicia en septiembre y concluye en junio.

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TABLAS DE CORRESPONDENCIA 2009

72

SISTEMA ANTERIOR A 1997

59 MÉXICO REPÚBLICA DOMINICANA PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA BACHILLERATO 1 1 2 2 3 3

NUEVO SISTMA (A PARTIR DE 1997) MÉXICO REPÚBLICA DOMINICANA

PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 EDUCACIÓN MEDIA 3 1

El año escolar tiene una duración de 42 semanas para la educación inicial y educación básica, y de 43 para la educación media. Inicia en agosto y concluye en junio.

60 MÉXICO RUMANIA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 EDUCACIÓN SECUNDARIA I 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 EDUCACIÓN SECUNDARIA 3 9

El curso escolar inicia en octubre y concluye en junio.

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TABLAS DE CORRESPONDENCIA 2009

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61 MÉXICO SIRIA

PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN MEDIA 1 1 2 2 3 3

El año escolar consta de treinta y dos semanas (no incluye los períodos de examen), y se divide en dos periodos en todos los niveles.

62 MÉXICO SUDAN Sistema actual Sistema anterior

PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA PRIMARIA 1 1 1 2 2 2 3 3 3 4 4 4 5 5 5 6 6 6

SECUNDARIA SECUNDARIA BÁSICA1 7 1 2 8 2 EDUCACIÓN SECUNDARIA

3 1 3

El año escolar en todos los niveles educativos comprende 210 días. Inicia en agosto y concluye en abril.

63 MÉXICO SUECIA PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

El año escolar se divide en dos periodos y comprende 178 días.

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(TRES SISTEMAS) En los Cantones AI, AR, LU, NW, OW, SG

FR,GE,GL, GR SZ, TG, UR, VS SH, SO, ZG, ZH

64 MÉXICO SUIZA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA NIVEL SECUNDARIO I 1 1 2 2 3 3

MÉXICO SUIZA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

En los Cantones AG, BL, NE, 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 NIVEL SECUNDARIO I 6 1

SECUNDARIA 1 2 2 3 3 4

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TABLAS DE CORRESPONDENCIA 2009

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MÉXICO SUIZA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

En los Cantones BE, BS, JU, VD 1 1 2 2 3 3 4 4 NIVEL SECUNDARIO I 5 1 6 2

SECUNDARIA 1 3 2 4 3 5

CANTONES SUIZOS: Aargau

Appenzell Ausser –Rhoden

Appenzell Inner-Rhoden

Basel-Landschaft

Basel-Standt

Bern

Frinbourg

Genève

Glarus

Granbünden

Jura

Luzern

Neuchâtel

Nidwalden

Obwalden

Sankt Gallen

Schafthausen

Schwyz

Solothurn

Thurgau

Ticino

Uri

Valais

Vaud

Zug

Zürich

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TABLAS DE CORRESPONDENCIA 2009

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66 MÉXICO UCRANIA PRIMARIA EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

El año escolar tiene una duración de 160 a 165 días.

67 MÉXICO UGANDA PRIMARIA ENSEÑANZA BÁSICA

1 12 23 34 45 56 6 7

SECUNDARIA SECUNDARIA BAJA 1 12 23 3

65 MÉXICO TURQUÍA PREESCOLAR PREESCOLAR

1 1 (no obligatoria) PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 SECUNDARIA GENERAL SECUNDARIA TÉCNICA

3 1 1

El año escolar inicia en la segunda semana de septiembre y concluye en la segunda semana de junio.

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TABLAS DE CORRESPONDENCIA 2009

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68 MÉXICO URUGUAY PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA CICLO BÁSICO DE EDUCACIÓN MEDIA1 1 2 2 3 3

En la educación primaria, el calendario escolar comprende de marzo a diciembre y en la educación media de marzo a noviembre.

69 MÉXICO VENEZUELA PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 3° CICLO DE EDUCACIÓN BÁSICA 1 1 2 2 3 3

El año escolar comprende 36 semanas. Inicia en septiembre y concluye en junio.

70 MÉXICO YUGOSLAVIA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 EDUCACIÓN SECUNDARIA 3 1

El año escolar inicia en septiembre y concluye en junio.

FUENTE: - Dirección de Incorporación y Revalidación de la Dirección General de Acreditación, Incorporación y

Revalidación, correo electrónico: [email protected]

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ANEXO 12

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80

ANEXO 13

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82

SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL SECUNDARIA A DISTANCIA PARA ADULTOS

CONSTANCIA DE EXAMEN DE REGULARIZACIÓN

LA COORDINACIÓN ESTATAL DE OPERACIÓN DE SEA, CON C.C.T. ____________________ HACE CONSTAR, SEGÚN ANTECEDENTES QUE OBRAN EN EL ARCHIVO DE ESTA COORDINACIÓN, QUE:

NOMBRE (S) PRIMER APELLIDO

SEGUNDO APELLIDO

CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN (CURP)

SUSTENTÓ EXÁMENES DE REGULARIZACIÓN EN LAS ÁREAS Y LOS NIVELES CON LAS CALIFICACIONES QUE A CONTINUACIÓN SE EXPRESAN: CALIFICACIÓN

ÁREA

NIVEL

NÚM. LETRA PERÍODO DE EXAMEN

OBSERVACIONES

EN CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES VIGENTES, ESTA CONSTANCIA AMPARA _______________________ ÁREAS ACREDITADAS Y ________________ ÁREAS NO ACREDITADAS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA Y SE EXPIDE EN: ________________________________________ A LOS _______________ DÍAS DEL MES DE ______________ DEL 200____.

EL COORDINADOR ESTATAL DE

OPERACIÓN DE SEA

________________________________

NOMBRE, FIRMA Y SELLO

Vo. Bo. EL RESPONSABLE DEL ÁREA DE

CONTROL ESCOLAR

________________________________ NOMBRE, FIRMA Y SELLO

NOTAS:

1) LA ESCALA DE CALIFICACIONES ES NUMÉRICA DEL 5 AL 10 2) LAS CALIFICACIONES DE CADA ÁREA SE DEBEN REGISTRAR CON UN NÚMERO ENTERO Y UNA CIFRA DECIMAL. 3) EL ALUMNO APRUEBA UN ÁREA CUANDO OBTIENE UNA CALIFICACIÓN MAYOR O IGUAL A 6.0 4) EL ORIGINAL ES PARA EL INTERESADO Y LA COPIA PARA EL CENTRO DE ATENCIÓN. 5) ESTE DOCUMENTO NO ES VÁLIDO SI PRESENTA BORRADURAS O ENMENDADURAS.

ANEXO 14

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ENTIDAD MUNICIPIO HOJA 1 DE: 1CENTRO DE ASESORÍA PERÍODO DE ESTUDIOS:

FECHA DE APLICACIÓN DE EXÁMENES:

Familia, Comunidad y

Sociedad

Puntos asignados

Familia, Comunidad y

Sociedad

Puntos asignados

Puntos asignados

Lengua y Comunicación

CertificaciónPuntos asignados

Puntos asignados

Puntos asignados

Puntos asignados

DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN Y SEGUIMIENTO DE PROGRAMAS

FORMATO PARA SOLICITUD DE EXÁMENES DE ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓNEDUCACIÓN SECUNDARIA A DISTANCIA PARA ADULTOS

Nivel AvanzadoNivel InicialAlumno(a)

No.1er Apellido 2o Apellido Nombre (s) Puntos

asignados

Cálculo y Resolución de

Problemas

Salud y Ambiente

Cálculo y Resolución de

ProblemasSalud y AmbienteLengua y

Comunicación

TOTALES 0 0 0 0 0 0 0 0 0

NOMBRE Y FIRMA NOMBRE Y FIRMARESPONSABLE DEL CENTRO COORDINADOR ESTATAL

DE ASESORÍA DE SECUNDARIA A DISTANCIA PARA ADULTOS

AN

EXO 15

83

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Referencia InstitucionalNombre de la Secretaría de Educación del Estado

Nombre de la Subsecretaría, Dirección o Coordinación a la que pertenezca la CEOOficina de la CEO

ENTIDAD: MUNICIPIO: Página 1 de 1SEDE:NO. DE SEDE: PERIODO: Mes y Año CCT:

No. 1er Apellido 2do Apellido Nombre(s) Folio Dominio1234567

SISTEMA EDUCATIVO NACIONALEDUCACIÓN SECUNDARIA A DISTANCIA PARA ADULTOS

Resultados de evaluación diagnóstica

Logotipo del escudo de la Secretaría

789101112131415

AN

EXO 16

NOMBRE DEL COORDINADOR ESTATALCARGO DEL COORDINADOR

(FIRMA DEL COORDINADOR)

FECHA DE EXPEDICIÓN: DD/MM/AAAA

Logotipo del escudo de la Secretaría

NOMBRE DEL RESPONSABLE DEL ÁREA DE CONTROL ESCOLAR

(FIRMA DEL COORDINADOR)

84

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C.C.T. _________________ PERÍODO DE ESTUDIOS________________ HOJA: ______DE:_____

DATOS DEL CENTRO ENTIDAD:______________________________________________ CENTRO DE ASESORÍA:____________________________________________ DOMICILIO:____________________________________________________________________________________________________________________ CALLE Y NÚMERO COLONIA O LOCALIDAD DELEGACIÓN O MUNICIPIO ENTIDAD NIVEL:_________________________________________________

NÚM.

CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN

(CURP)

NOMBRE DEL ALUMNO

NOMBRE(S) PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO

CALIFICACIÓN EXAMEN

CALIFICACIÓN DEL ASESOR

CALIFICACIÓN FINAL

FOLIO

OBSERVACIONES

FECHA:

85

AN

EXO 17

SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL EDUCACIÓN SECUNDARIA A DISTANCIA PARA ADULTOS

REGISTRO DE CALIFICACIONES

DÍA MES AÑO

NOMBRE Y FIRMA DEL DIRECTOR DE PLANEACIÓN Y SEGUIMIENTO

SELLO DE LA DPS

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PERIODO DE ESTUDIOS________________ HOJA:______DE:______

DATOS DEL CENTRO DE ASESORIA CENTRO DE ASESORÍA:____________________________________________ DOMICILIO:____________________________________________________________________________________________________________________ CALLE Y NÚMERO COLONIA O LOCALIDAD DELEGACIÓN O MUNICIPIO ENTIDAD TELÉFONO:_______________________

FOLIO

CLAVE ÚNICA DE

REGISTRO DE POBLACIÓN

(CURP)

NOMBRE DEL ALUMNO NOMBRE(S) PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO

PROMEDIO GENERAL DE

APROV.

FIRMA DE RECIBIDO DEL ALUMNO

FECHA DE ENTREGA

OBSERVACIONES

FECHA: FECHA:

C.C.T.____________________________________________________

AN

EXO 18

SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL EDUCACIÓN SECUNDARIA A DISTANCIA PARA ADULTOS

RELACIÓN DE FOLIOS DE CERTIFICADOS DE TERMINACIÓN DE ESTUDIOS

NOMBRE Y FIRMA DEL RESPONSABLE DEL ÁREA DE CONTROL ESCOLAR

86

SELLO COORDINACIÓN

ESTATAL DÍA MES AÑO

NOMBRE Y FIRMA DEL COORDINADOR ESTATAL DE OPERACIÓN DE SEA

DÍA MES AÑO SELLO ÁREA DE CONTROL

ESCOLAR

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ANEXO 19

GLOSARIO 1. Acreditación: acción y efecto de dar cumplimiento a los requisitos para el

reconocimiento oficial de la aprobación de una Asignatura, Grado, Semestre o Nivel Escolar.

2. Acta de Irregularidades: Es un instrumento para reportar las incidencias detectadas

por el aplicador y/o responsable de la sede que pueden poner en riesgo el desarrollo de la aplicación de exámenes y afecten seriamente la transparencia y validez de la evaluación.

3. Apostille: nota que se agrega a un documento público expedido en el extranjero para

darle validez fuera del territorio de origen, eximiéndolo de legalización consular o diplomática.

4. Aptitudes Sobresalientes: conjunto de características que permiten que los alumnos

puedan destacar significativamente del grupo social y educativo al que pertenecen en uno o más de los siguientes campos del quehacer humano: científico-tecnológico, humanístico-social, artístico y/o de acción motriz. Estos alumnos, por presentar necesidades específicas, requieren de un contexto facilitador que les permita desarrollar sus capacidades y satisfacer sus necesidades e intereses para su propio beneficio y el de la sociedad.

5. Área de Estudio: organización en la que se dividen los contenidos fundamentales del

Plan de Estudio de SEA. Hay cuatro Áreas de Estudio las obligatorias (Lengua y Comunicación; Cálculo y Resolución de Problemas; Salud y Ambiente; Familia, Comunidad y Sociedad) y una optativa (Inglés).

6. Área de Control Escolar: instancia que opera los procesos de registro y certificación

durante la trayectoria escolar de los alumnos. 7. Asesor: persona que guía y facilita los aprendizajes de los estudiantes de SEA,

vinculando lo que ya saben con lo nuevo por aprender, ayudándolos a resolver sus dudas, realizar las actividades de los materiales escritos y sugerirles cómo estudiar independientemente.

8. Autismo: trastorno generalizado del desarrollo que se refleja en las relaciones

sociales (alteración en las manifestaciones no verbales: expresión facial, mirada, incapacidad para establecer relaciones con iguales, ausencia de conductas espontáneas: señalar, mostrar interés en algo, etcétera), en la comunicación (retraso

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o ausencia del desarrollo del lenguaje oral, alumnos con un lenguaje adecuado tienen problemas para iniciar o mantener una conversación, empleo estereotipado o repetitivo del lenguaje), y en patrones de conducta inadecuados (preocupación excesiva por un foco de interés, adhesión inflexible a rutinas específicas no funcionales, estereotipias motoras repetitivas: sacudidas de manos, retorcer los dedos, etcétera).

9. Baja visión: Se asocia a un nivel visual que aún con corrección común (lentes o

anteojos) impide a la persona la planificación o ejecución visual de una tarea, pero permite mejorar el funcionamiento mediante el uso de ayuda ópticos y no ópticos y/o adaptaciones del medio ambiente o técnicas. Las ayudas pueden ser: lupas, contrastes de color, binoculares, pantallas amplificadares y libros en macrotipos. La baja visión puede ser progresiva hasta convertirse en ceguera. Esta condición no afecta el rendimiento intelectual de la persona. De acuerdo con esta definición, los alumnos que usan lentes o lentes comunes no necesariamente entran en esta condición.

10. Carta de Recomendaciones Académicas: Informe personalizado proporcionado al

alumno que presentó el examen diagnóstico o de acreditación, mismo que cuenta con los siguientes elementos: lo que sabe hacer el estudiante, lo que no sabe hacer y los errores que comete. Dicho informe consta del diagnóstico del desempeño del estudiante de acuerdo con el nivel de dominio en que quedó ubicado y las recomendaciones o sugerencias de estrategias y actividades para superar las limitaciones o errores encontrados en los sustentantes de un mismo nivel.

11. Cartilla Nacional de Salud: Es el documento oficial que tiene por objeto llevar un

control del esquema de vacunación y de acciones preventivas a los adultos que se encuentren en un rango de 20 a 50 años de edad.

12. Cartilla Nacional de Vacunación: Es el documento oficial, para dar seguimiento al

esquema de vacunación a las personas que tengan menos de 19 años. 13. Ceguera: falta o pérdida del sentido de la vista. La ceguera, por lo general es una

condición permanente. No afecta el rendimiento intelectual de la persona. 14. Certificación: procedimiento mediante el cual una autoridad legalmente facultada da

testimonio, por medio de un documento oficial, que se acreditó total o parcialmente un grado, curso, nivel educativo u otra unidad de aprendizaje según lo establezca la regulación respectiva.

15. Centros de Asesoría: instalaciones en donde se imparten las asesorías a los

alumnos de SEA.

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16. Clave Única de Registro de Población (CURP): elemento del Registro Nacional de Población e identificación personal de la Secretaría de Gobernación, que permite individualizar el registro de las personas. Se asigna a todas las personas domiciliadas en el territorio nacional, así como a los nacionales que radican en el extranjero y sustituye al Registro Federal Escolar (RFE).

17. Coordinador Estatal de Operación de SEA: persona que en cada entidad federativa

desarrolla las acciones de planeación, difusión, operación, seguimiento, control y supervisión de sedes, personal, educandos, etc., para el funcionamiento de SEA.

18. Curso de Acreditación: curso que tiene una duración de 18 semanas, en las que el

alumno acude semanalmente, si así lo desea, a una sede en donde recibirá la atención personal de un asesor y podrá compartir sus experiencias con otros estudiantes inscritos, al mismo tiempo que desarrolla 90 sesiones de estudio independiente, contenidas en los materiales impresos de la o las áreas obligatorias a las que se haya inscrito, mismas que le permitirán la apropiación de los contenidos temáticos de los Programas de Estudio de SEA.

19. Curso de Inducción: Curso Propedéutico obligatorio orientado a la adquisición y el

fortalecimiento de hábitos de estudio, para los alumnos que se inscriben en las Áreas de Estudio de SEA. Consta de 20 sesiones de estudio independiente y 4 asesorías semanales presénciales.

20. Curso de Certificación: curso que concentra el contenido de las cuatro Áreas

obligatorias de SEA que se ofrece a las personas que no han podido obtener su certificado de secundaria porque adeudan materias relativas a las Actividades de Desarrollo, como son: Expresión y Apreciación Artística, Educación Física y Educación Tecnológica. Se desarrolla en 20 sesiones de estudio independiente y 4 asesorías semanales presénciales. En este caso, el estudiante no tiene que tomar el Curso de Inducción.

21. Discapacidad: deficiencia física, mental o sensorial, de naturaleza permanente o

temporal, que limita la capacidad de las personas para ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, y puede ser causada o agravada por el entorno económico y social.

22. Discapacidad Intelectual: se caracteriza por limitaciones significativas en el

funcionamiento intelectual y en la conducta adaptativa que se manifiesta en habilidades adaptativas conceptuales (lenguaje, lectura y escritura y autodirección, entre otras), sociales (interpersonal, responsabilidad, autoestima y seguimiento de reglas, etcétera), y prácticas por ejemplo: actividades de la vida diaria, manejo de dinero o habilidades ocupacionales.

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23. Discapacidad Motriz: se presentan dificultades en el control del movimiento y la postura de la persona, en determinados grupos musculares y en diferentes niveles (ligera, moderada y grave). Las adecuaciones arquitectónicas y los apoyos personales tales como: sillas de ruedas, muletas y andaderas, por ejemplo, facilitan la autonomía y la interacción del alumno con su entorno. Esta condición no afecta el rendimiento intelectual de la persona.

24. Discapacidad Múltiple: presencia de dos o más discapacidades física, sensorial y/o

intelectual (por ejemplo: alumnos sordo-ciegos, alumnos que presentan a la vez discapacidad intelectual y discapacidad motriz, o bien hipoacusia y discapacidad motriz, etcétera). La persona requiere, por tanto, apoyos en diferentes áreas de las habilidades adaptativas y en la mayoría de las áreas del desarrollo.

25. Discriminación: toda distinción, exclusión o restricción que basada en el origen

étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad de oportunidades de las personas.

26. Documento Legal Equivalente: documento de un alumno extranjero que equivale a

la copia certificada del Acta de Nacimiento de México. 27. Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA:

documento de certificación que se expide a los alumnos provenientes de los Estados Unidos de América, y a los que se dirigen del Sistema Educativo Nacional hacia ese país facilitando su tránsito o traslado entre ambos países y que es equiparable a una Boleta de Evaluación del Sistema Educativo Nacional.

28. Equivalencia de Estudios: acto administrativo a través del cual la Autoridad

Educativa declara equiparable entre sí estudios realizados dentro del Sistema Educativo Nacional.

29. Evaluación Psicopedagógica: proceso que implica conocer las características del

alumno en interacción con el contexto social, escolar y familiar al que pertenece para identificar las barreras que impiden su participación y aprendizaje y así definir los recursos profesionales, materiales, arquitectónicos y/o curriculares que se necesitan para que logre los propósitos educativos. Los principales aspectos que se consideran al realizar la Evaluación Psicopedagógica son: el contexto del aula y de la escuela, el contexto social y familiar; el estilo de aprendizaje del alumno, sus intereses y motivación para aprender, y su nivel de competencia curricular. Al concluir el proceso es indispensable elaborar el Informe de Evaluación Psicopedagógica, documento que recupera la información obtenida.

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30. Examen Diagnóstico: evaluación que se realiza al término del Curso de Inducción a los alumnos que desean estudiar en SEA. Este examen de opción múltiple está diseñado para medir el nivel de desarrollo de habilidades con que cuenta el aspirante. Los resultados no tienen una calificación con valor curricular; sirven para orientar al asesor y al estudiante sobre el nivel en que se encuentra al iniciar sus estudios en SEA.

31. Examen de Ubicación. Los exámenes de ubicación son aquellos que evalúan el

nivel de destreza del alumno sobre las materias que proporcionan los conocimientos básicos requeridos por un alumno aplicado por las autoridades locales educativas.

32. Ficha Signalética: registro de los reos en el sistema penal a través de un sistema

administrativo informático que permite registrar no sólo sus datos, sino también sus antecedentes.

33. Firma Autógrafa: la firma autógrafa implica el hecho de tratase de una inscripción

manuscrita, realizada de una manera particular, hecha con el ánimo de obligarse al reconocimiento del contenido del escrito.

34. Hipoacusia: es la pérdida auditiva de superficial a moderada en la que se requiere un

estimulo sonoro de hasta 70 decibeles para oír o bien, es la pérdida de audición en uno de los oídos lo que permite oír incluso el llanto de un bebé o el ladrido de un perro. Se benefician del uso de auxiliares auditivos. Esta condición no afecta el rendimiento intelectual de la persona.

35. Homologar. Equiparar, poner en relación de igualdad o semejanza dos cosas.

36. Informe de Evaluación Psicopedagógica: documento que recupera la información

obtenida en la Evaluación Psicopedagógica, en él se precisan los recursos profesionales (equipo de educación especial, etcétera), materiales (mobiliario específico, prótesis, material didáctico, etcétera), arquitectónicos (rampas, aumento de dimensión de puertas, etcétera) y curriculares (adecuaciones en la metodología, evaluación, contenidos y propósitos) que se necesitan para que el alumno con necesidades educativas especiales logre los propósitos educativos.

37. Inscripción: registro de ingreso de alumnos al primer grado de un nivel educativo

que se hace con el fin de iniciar el historial académico. 38. Kardex: documento interno de las escuelas, que se utiliza para registrar y controlar el

historial académico de los alumnos en cada grado de educación secundaria.

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39. Legalización: trámite de declaración de autenticidad de las firmas que figuran en un documento de certificación, así como de la calidad jurídica de la(s) persona(s) cuya(s) firmas aperece(n) en dicho documento.

40. Manual para la Estandarización de la Operación Automatizada de los Servicios

de Administración Escolar en las Entidades Federativas y su Vinculación como Fuente de Información para los Sistemas de Estadísticas Continuas: documento que establece los criterios de estandarización y parametrización, mediante los cuales deben desarrollarse los sistemas de operación automatizada para el control escolar de los servicios del sistema educativo nacional.

41. Nivel Inicial y Nivel Avanzado: grados en los que se divide el Plan de Estudio de

SEA. Cada uno contiene cuatro Áreas obligatorias (Lengua y Comunicación; Cálculo y Resolución de Problemas; Salud y Ambiente; Familia, Comunidad y Sociedad).

42. Plan de Estudio: selección, orden y distribución por años, semestres, grados o

cursos, de las asignaturas de enseñanza por nivel escolar, teniendo siempre presente el fin de la educación, las características de los educandos y las necesidades de la sociedad.

43. Problemas de Comunicación: condición que afecta el intercambio de información e

ideas, puede comprometer la codificación, transmisión y descodificación de los mensajes. Se puede manifestar en la dificultad para mantener una conversación, la dificultad en la expresión y comprensión de mensajes verbales, así como en la expresión de ideas simples con una estructura repetitiva, correcta y clara y un vocabulario muy limitado.

44. Problemas de Conducta: se presenta un problema de conducta cuando el alumno

actúa de manera marcadamente diferente a lo esperado. El origen de dicha conducta puede deberse a causas internas del niño (factores psicológicos, emocionales, o de estructura y funcionamiento de sul organismo, etcétera), a causas externas (encontrarse inmerso en un ambiente que le exige demasiado, que no comprende, y que le dificulta expresar sus sentimientos, etcétera) o a la interacción de ambos. Para que identifique plenamente como un problema, se requiere que la manifestación de la conducta sea frecuente, persistente e intensa. Puede expresarse de diferentes maneras: como una necesidad de llamar la atención a través de una fuerte inquietud e impaciencia, como una necesidad de ser el mejor o peor en algo, a través de la agresión, ausentismo, depresión, etcétera.

45. Programa Binacional de Educación Migrante México-EUA (PROBEM): Programa

de Cooperación entre las Autoridades Educativas de México y los Estados Unidos de América. Uno de sus propósitos es la atención de los niños migrantes que cursan una temporada escolar en México y otra en la Unión Americana para asegurar la continuidad de sus estudios.

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46. Programa de Estudio: documento que desarrolla los contenidos de cada una de las

Asignaturas o Áreas del Plan de Estudio. Regula la relación profesor-alumno, explicitando con un orden secuencial y coherente los objetivos educativos, contenidos de enseñanza, métodos didácticos, distribución del tiempo y los criterios de evaluación y acreditación.

47. Reinscripción: registro de los alumnos que cursan un Nivel Educativo, con el fin de

continuar con su historial académico. 48. Revalidación de Estudios: acto administrativo a través del cual la Autoridad

Educativa otorga validez oficial a aquellos estudios que se realizan en el extranjero. 49. SEA: Servicio de Secundaria a Distancia para adultos que se creó con el propósito de

contribuir a que una parte importante de la población continúe con su preparación educativa, es una opción para los adultos que no han cursado o concluido sus estudios de educación secundaria y que por razones laborales o de edad, no pueden acudir todos los días a la escuela.

50. Sedes de Asesoría: instalaciones en donde se imparten las asesorías a los alumnos

de SEA. 51. Sordera: es la pérdida auditiva en la que se requiere un estímulo sonoro de más de

70 decibeles para oír. En algunos casos permite oír sólo algunos ruidos fuertes del ambiente como los provocados por una motocicleta, una aspiradora, una sierra eléctrica o un avión. Los alumnos sordos utilizan preferentemente el canal visual para comunicarse, y es necesario enseñarles un sistema de comunicación efectivo (lengua de señas mexicana, lenguaje oral u otro). Esta condición no afecta el rendimiento intelectual de la persona.

52. Traslado: cambio de alumnos de un plantel a otro que se efectúa en cualquier

momento del periodo escolar. 53. Tren de Respuestas: Es el registro de la lectura óptica que muestra la secuencia

progresiva de las respuestas emitidas por un sujeto en el examen aplicado. 54. Validación: acción de autorizar la expedición de un documento por medio del cotejo

de los archivos, mediante el registro de la firma del responsable y el sello correspondiente.

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ANEXO 20 DIRECTORIO TELEFÓNICO DE LAS ÁREAS DE CONTROL ESCOLAR EN LOS

ESTADOS DE LA REPÚBLICA MEXICANA

ENTIDAD CLAVE LADA TELÉFONOS

Aguascalientes (449) 910-56-61, 974-11-79 Dctos. Fax 974-18-63 Baja California (686) 551-85-18, 55-85-00, Fax 551-85-20 Baja California Sur (612) 123-80-10, 123-81-23, Fax 123-80-10 Campeche (981) 813-13-48 Dcto. 813-06-35 al 40 Ext. 216, Fax 813-13-48 Coahuila (844) 411-88-93 Dcto. 411-88-00 Exts. 3309 y 3314, Fax 411-88-00 Ext. 3115 Colima (312) 316-15-67 Dcto. 316-15-00 Ext. 1661, Fax 316-15-42 Chiapas (961) 613-13-53, 613-53-91, 616-30-96, 616-30-97 Exts. 1308, 1309, 220, Fax 613-22-06 y 616-31-09 Chihuahua (E) (614) 429-36-11, Exts. 12341 y 12359, Fax 429-33-00 Chihuahua (F) (614) 429-13-35, 433-22-73 Ext. 13148, Fax Ext. 13149 CSEP (55) 30-03-10-00, 30-03-10-97, 91-79-60-00 Exts. 19251 y 19222, Fax Ext. 19266 CSES (55) 30-03-10-00, 30-03-10-97, 91-79-60-00 Ext. 13377, Fax 91-79-62-68 Ext. 13356 DEE (55) 30-03-10-00, 30-03-10-97, 91-79-60-00 Exts. 14220 y 14221 DGSEI (55) 56-86-00-43, 56-86-48-89, 56-85-76-03, Fax 56-86-00-43 DGEST (55) 30-03-10-00, 30-03-10-97, 91-79-60-00 Ext. 1339, Fax 55-88-24-22 INBA (55) 51-41-11-00 Ext. 1021 Durango (618) 829-04-32, Fax 829-04-45 Guanajuato (473) 733-23-32, 733-26-23 Exts. 16 y 17, Fax 733-23-32 Guerrero (747) 471-07-35 Dcto. 472-61-13 Ext. 288, Fax 471-07-35 Hidalgo (771) 717-35-12, Fax 717-35-12, 717-35-18, 717-36-39 Exts. 3592 y 3918

Jalisco (33) 38-19-59-61, 38-19-59-66 Dctos. 38-19-59-99, 38-19-59-50, 38-19-79-99 Exts. 56067, 56068 y 56069, Fax Ext. 56070

México (E) (722) 215-29-83, Fax 215-29-83 y 214-92-83 México (F) (722) 279-77-23 Dcto. 279-77-00 Ext. 7723, Fax Ext. 7560 Michoacán (443) 3-22-01-00 Exts. 1251 al 57, Fax 316-20-48

Morelos (777) 311-95-62 Dcto. 317-16-88, 317-16-43, 317-17-98, 317-17-99, 317-16-09, 317-17-10, 317-17-54 Ext. 178, Fax 311-95-62

Nayarit (E) (311) 210-39-08, 211-91-69 Dctos. 211-91-00 Ext. 463, Fax 210-06-13 Nayarit (F) (311) 211-91-35, 211-91-24, 211-91-25, Ext. 221, 211-91-00 Exts. 460 y 461, Fax 211-91-35 Nuevo León (81) 20-20-50-00, 20-20-52-90 al 94, Fax 20-20-52-91 Oaxaca (951) 513-50-45 Dcto. 515-39-00, 515-34-11 Ext. 482, Fax 513-50-45 Puebla (222) 229-69-37, Fax 229-69-37 Querétaro (442) 223-59-98 Dcto. 213-00-23, Ext. 169, Fax 213-08-62 Quintana Roo (983) 837-29-52 Dcto. 835-07-70, Ext. 4482, Fax 837-02-85 San Luis Potosí (E) (444) 839-24-90, 839-28-63, 829-27-07, 815-54-15 Exts. 232 y 234, Fax 820-69-49 San Luis Potosí (F) (444) 839-24-90 Dcto. 815-54-15 Ext. 239, Fax 820-69-49 Sinaloa (E) (667) 758-51-00 Ext. 209, Fax 758-51-00 Ext. 211 Sinaloa (F) (667) 758-51-00 Ext. 110 y 135, Fax Ext.135 Sonora (662) 212-66-29, 213-21-60 Ext. 106, Fax 212-66-29 Tabasco (993) 315-35-23 Dcto. 358-21-00, 358-21-49 Exts. 2249 y 2254, Fax 2249 Tamaulipas (834) 318-66-00, 318-66-47 Exts. 6210 a la 6215, Fax Ext. 6289 Tlaxcala “A” (246) 462-02-63 Dcto. 462-36-10, 462-36-01, 462-09-58, 462-25-89, 462-59-23 Ext. 26, Fax 462-02-63Tlaxcala “B” (246) 462-02-63 Dcto. 462-36-10, 462-36-01, 462-09-58, 462-25-89, 462-59-23 Ext. 25, Fax 462-61-06Veracruz (228) 813-63-36 Dcto. 812-58-04 y 812-57-97 Ext. 111, Fax 813-63-36 Ext. 102,104 y 105 Yucatán (999) 930-30-40 Exts. 51515, 51555, 51558, Fax 945-50-92 Zacatecas (492) 923-68-85 Dcto. 923-96-00 Exts. 121 y 165, Fax 923-68-85

ÁREAS UBICADAS EN EL DISTRITO FEDERAL: CSEP Coordinación Sectorial de Educación Primaria DGSEI Dirección General de Servicios Educativos Iztapalapa CSES Coordinación Sectorial de Educación Secundaria DGEST Dirección General de Educación Secundaria Técnica DEE Dirección de Educación Especial INBA Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura

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DIRECTORIO DE FUNCIONARIOS QUE OPERAN EL PROGRAMA SECUNDARIA A DISTANCIA PARA ADULTOS, SEA

ENTIDAD TELÉFONOS Coordinador Estatal de Operación de SEA en Campeche

(01 981) 813-21-51, 813-23-80

Coordinador Estatal de Operación de SEA en Colima

(01 312) 3-16-15-65

Coordinador Estatal de Operación de SEA en Chiapas

(01-961) 141-64-23, 141-64-44

Coordinador Estatal de Operación de SEA en Chihuahua

(01 614) 141-64-23, 141-64-44

Coordinadora de Operación de SEA en el Distrito Federal

36-01-84-03 Ext. 28403 fax 19119

Coordinador Estatal de Operación de SEA en Durango

(01-618) 130-10-83 Ext 111 fax 130-10-72

Coordinador Estatal de Operación de SEA en Guerrero

(01 747) 4-72-82-72 fax 4-72-82-72

Coordinador Estatal de Operación de SEA en Hidalgo

(01 771) 710-85-52 fax.710-85-51

Coordinadora Estatal de Operación de SEA en Jalisco

(01 33) 38-19-27-66 Dir 38-19-27-00 Ext. 25433 01800-377-88-34, ext. 22543, 22542.

Coordinador Estatal de Operación de SEA en Michoacán

(01 443) 34-72-784

Coordinador Estatal de Operación de SEA en el Estado de Nayarit

(01 311) 211-91-07, 213-66-67

Coordinador Estatal de Operación de SEA en el Estado de Nuevo León

(01- 81) 20-20-55-21, 20-20-55-22

Coordinador Estatal de Operación de SEA en el Estado de Puebla

(01 222) 229-6902, 248-9460

Coordinador Estatal de Operación de SEA en el Estado de San Luis Potosí

(01 444) 816- 03-97 ext. 103, 818-97- 03, 816-43-92, 818-95-33, 818-97-03 Fax .818-95-33 Ext. 109

Coordinador Estatal de Operación de SEA en el Estado de Sinaloa

(01 667) 758-51-00 Ext.180 fax 758-51-70

Coordinador Estatal de Operación SEA en el Estado de Sonora

(01 662) 260-56-47

Coordinador Estatal de Operación de SEA en el Estado de Tabasco

(01-993) 315-43-63

Coordinador Estatal de Operación de SEA en el Estado de Veracruz

(01 228) 841-77-00 Ext. 7024

Coordinadora Estatal de Operación de SEA en el Estado de Yucatán

(01-999)930-39-50 Ext.51170