norma oficial mexicana para la comercializaciòn de discos compactos

8
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-162-SCFI-2004, Electrónica-Audio y video-Discos compactos grabados con audio, video, Datos y/o videojuegos- Información comercial e identificación del fabricante. DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN DEL 1 DE JUNIO DE 2004 VIGENTE A PARTIR DEL 1 DE AGOSTO DE 2004 Análisis de la NOM-162-SCFI-2004 Apartado Contenido Comentarios 1. Objetivo y campo de aplicación 1.1 Esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer la información comercial e identificación que deben contener los discos compactos grabados con audio, video, datos y/o videojuegos conjunta o separadamente que se comercializan dentro del territorio nacional. 1.2 Queda fuera del campo de aplicación de la presente Norma Oficial Mexicana, los discos compactos que contengan información, datos y/o programas con función específica (programas de computación) que acompañan a las partes, subensambles, aparatos, equipo o maquinaria para los cuales están destinados y que sin ellos, no podrían operar o funcionar. 1.3 Asimismo, quedan exceptuados de cumplir con el punto 4 de la Norma Oficial Mexicana, aquellas personas que sean titulares de los derechos de autor y titulares de derechos conexos o cuenten con una licencia para su comercialización en los términos establecidos en la Ley Federal de Derechos de Autor y/o la Ley de la Propiedad Industrial. Esta Norma Oficial Mexicana establece la información comercial e identificación para los discos compactos grabados con audio, video, datos y / o videojuegos. Excepto: los discos que sean programas de computación. Los titulares de los derechos de autor no es necesario que cumplan con los puntos referentes a la Identificación del disco. 1

Upload: rafael-mendoza

Post on 16-Sep-2015

6 views

Category:

Documents


1 download

DESCRIPTION

Las reglas básicas de diseño básico para comercializar Discos Compactos DVD y sus requerimientos técnicos de servicio en plantas maquiladoras

TRANSCRIPT

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-162-SCFI-2004, Electrnica-Audio y video-Discos compactos grabados con audio, video,

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-162-SCFI-2004, Electrnica-Audio y video-Discos compactos grabados con audio, video,

Datos y/o videojuegos- Informacin comercial e identificacin del fabricante.

DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIN DEL 1 DE JUNIO DE 2004

VIGENTE A PARTIR DEL 1 DE AGOSTO DE 2004Anlisis de la NOM-162-SCFI-2004

ApartadoContenidoComentarios

1. Objetivo y campo de aplicacin1.1 Esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer la informacin comercial e identificacin que deben contener los discos compactos grabados con audio, video, datos y/o videojuegos conjunta o separadamente que se comercializan dentro del territorio nacional.

1.2 Queda fuera del campo de aplicacin de la presente Norma Oficial Mexicana, los discos compactos que contengan informacin, datos y/o programas con funcin especfica (programas de computacin) que acompaan a las partes, subensambles, aparatos, equipo o maquinaria para los cuales estn destinados y que sin ellos, no podran operar o funcionar.

1.3 Asimismo, quedan exceptuados de cumplir con el punto 4 de la Norma Oficial Mexicana, aquellas personas que sean titulares de los derechos de autor y titulares de derechos conexos o cuenten con una licencia para su comercializacin en los trminos establecidos en la Ley Federal de Derechos de Autor y/o la Ley de la Propiedad Industrial.

Esta Norma Oficial Mexicana establece la informacin comercial e identificacin para los discos compactos grabados con audio, video, datos y / o videojuegos.

Excepto: los discos que sean programas de computacin.

Los titulares de los derechos de autor no es necesario que cumplan con los puntos referentes a la Identificacin del disco.

2. Definiciones

2. Definiciones

Para los efectos de la presente Norma Oficial Mexicana se establecen las siguientes definiciones:

2.1 Disco compacto (CD) Es el soporte de informacin digital legible por medio ptico, incluye al disco verstil digital (DVD), VCD, CD Audio, CD ROM, CD-I, CD Plus o Enhanced.

2.2 Disco ptico Cualquier clase de disco que pueda ser ledo y/o grabado por un rayo lser.

2.3 CD-Audio CD conteniendo slo audio, reproducible en reproductor de discos compactos y solamente a tiempo real.

2.4 CD Rom (Disco Compacto de slo lectura de memoria) Disco compacto conteniendo audio, datos y video, legibles slo en equipo de informtica.

2.5 CD-I CD Rom Interactivo.

2.6 CD Plus o Enhanced Disco compacto hbrido conteniendo informacin legible en equipo de informtica y en reproductor de audio.

2.7 Disco compacto replicado Soporte inyectado con matrices de una grabacin original conteniendo audio, video, datos y videojuegos.

2.8 Duplicado o reproduccin de un disco compacto. Accin de copiar (quemar) de cualquier fuente, mediante el uso de un equipo de informtica.

2.9 Etiqueta Cualquier rtulo, marbete, inscripcin, imagen u otra materia descriptiva o grfica, escrita, impresa, marcada, grabada en alto o bajo relieve, adherida o sobrepuesta a su envase o, cuando no sea posible por las caractersticas del envase, al embalaje.

2.10 Identificador Visual de Caracteres (VCI), tambin conocido como banda IFPI. Es la banda que contiene el cdigo de identificacin asignado por IFPI, pudiendo contener adems, el nmero de catlogo proporcionado por el cliente, cdigo de barras o nmero de control interno de la compaa fabricante. El nmero de caracteres alfanumricos permitidos en la banda VCI con cdigo de barras es hasta de 15 caracteres y sin el mismo es hasta de 81.

2.11 Federacin Internacional de la Industria Fonogrfica (IFPI) Institucin de orden internacional que trabaja con los gobiernos a fin de establecer fuertes lineamientos antipiratera, as como dar asistencia profesional en este mbito.

2.12 Lectura a simple vista Es aquella efectuada bajo condiciones normales de iluminacin y que la informacin impresa sea cuando menos de 1,5 mm de altura, se permite alcanzar esta Agadez visual por medio de correctivos, sin embargo no se permite el uso de ayudas visuales tales como lentes magnificadores, lupas, etc.

2.13 Pista Es la espiral de informacin digital que inicia desde el centro del disco hasta su periferia.

2.14 Programas de computacin La expresin original en cualquier forma, lenguaje o cdigo, de un conjunto de instrucciones que, con una secuencia, estructura y organizacin determinada, tiene como propsito que una computadora o dispositivo realice una tarea o funcin especfica.

2.15 VCD Disco compacto que contiene audio y video.Mencionan las definiciones para los diferentes tipos de Disco compacto y dems partes que lo componen, se subrayan en la columna anterior.

3. Informacin comercial

3.1 Los productos sujetos a la aplicacin de esta Norma Oficial Mexicana deben contener en sus etiquetas, cuando menos, la siguiente informacin comercial obligatoria:

a) Nombre o denominacin de uso comn que identifique al producto.

b) Nombre, denominacin o razn social y domicilio del productor o responsable de la produccin para discos compactos nacionales. Tratndose de productos importados: nombre, denominacin o razn social y domicilio del importador.

c) Leyenda que identifique el pas de origen del producto, por ejemplo "Producto de...", "Hecho en...", u otros anlogos.

3.2 Idioma y trminos

La informacin comercial prevista en los incisos a), b) y c) de 3.1 que se ostente en las etiquetas de los productos debe:

a) Expresarse en idioma espaol, sin perjuicio de que se exprese tambin en otros idiomas.

b) Expresarse en trminos comprensibles y legibles, de manera tal que el tamao y tipo de letra permitan al consumidor su lectura a simple vista.

c) Presentarse en etiqueta fijada de manera tal que permanezca disponible hasta el momento de su consumo en condiciones normales.

3.3 Garantas

Cuando se ofrezcan garantas por los proveedores, stas deben expedirse en los trminos y forma establecidos en la Ley Federal de Proteccin al Consumidor.

MUY IMPORTANTE: Identifica los datos que las etiquetas deben llevar como:

Nombre del producto

Razn social y domicilio del productor

Leyenda que identifica el pas de origen del producto, como Hecho en..MUY IMPORTANTE: El idioma en que se expresa la etiqueta debe ser cuando menos en Espaol, tamao, tipo de letra legible a la vista y la etiqueta debe permanecer fija hasta que el momento de su consumo.

Las Garantas deben establecerse en base a la Ley Federal de Proteccin al Consumidor.

4. Identificacin del disco

4.1 Banda Visual de Cdigos de Identificacin VCI (Banda IFPI)

En esta banda indicada en la figura 1, misma que es visible por el lado reflejante (espejo), debe quedar marcado digitalmente el logotipo y/o identificacin asignado para identificacin de fabricantes legales tanto de rayo lser de masterizacin como de los moldes de inyeccin del fabricante o la empresa propietaria de los derechos de propiedad intelectual, pudiendo contener adicionalmente lo siguiente:

a) Nmero de catlogo,

b) Cdigo de barras,

c) Nmero de control interno de la compaa,

d) Fecha de publicacin.

El nmero de caracteres alfanumricos debe marcarse en el disco matriz mediante el uso de un rayo lser.

El logotipo, nmero de catlogo, cdigo de barras, nmero de control de la compaa, fecha de publicacin debern mostrarse en el lado reflejante (espejo) del disco.

5. Mtodo de prueba

5.1 Aparatos y/o instrumentos especificando su precisin.

Lupa de magnificacin de 5x.

Lector de cdigo de barras especfico.

5.2 Procedimiento

Examen visual: las Bandas Visuales de Cdigo de Identificacin VCI, deben ser inspeccionadas a simple vista o en caso de requerirse, con la ayuda de un lente, con una magnificacin mxima de 5 aumentos. En el caso del cdigo de barras, se debe utilizar un lector de cdigo de barras.

5.3 Resultados

Los productos objeto de la presente Norma Oficial Mexicana deben cumplir con lo especificado en el inciso 4.1.

Se presentan los aparatos y/o instrumentos para realizar las pruebas, as como el procedimiento que debe seguirse y los resultados a obtener.

6. Procedimiento de muestreo

Las Bandas Visuales de Cdigos de Identificacin VCI deben ser inspeccionadas a simple vista, o en caso de requerirse, con la ayuda de un lente, con una magnificaron mxima de 5 aumentos.

Las muestras que se seleccionan para verificar el cumplimiento de las Bandas Visuales de Cdigos de Identificacin VCI, sern al azar con base en lo siguiente:

Se presenta el procedimiento que deber llevarse a cabo para el muestreo de los discos compactos.

7. Evaluacin de la conformidadLa evaluacin de la conformidad de la presente Norma Oficial Mexicana ser llevada a cabo por personas acreditadas y aprobadas en trminos de lo dispuesto por la Ley Federal sobre Metrologa y Normalizacin.

Para efectuar la evaluacin de conformidad de los discos compactos se llevar acabo por personas acreditadas, segn lo dispuesto por la Ley Federal sobre Metrologa y Normalizacin.

8. VigilanciaLa vigilancia de la presente Norma Oficial Mexicana est a cargo de la Secretara de Economa, la Procuradura Federal del Consumidor, el Servicio de Administracin Tributaria de la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico y dems autoridades competentes, conforme a sus respectivas atribuciones.

La Secretara de Economa, as como la Procuradura Federal del Consumidor, el Servicio de Administracin Tributaria de la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico entre otras autoridades competentes son responsables de la vigilancia de la presente Norma Oficial Mexicana.

9. Bibliografa

Ley Federal sobre Metrologa y Normalizacin, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 1 de julio de 1992.

Ley Federal del Derecho de Autor, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 5 de diciembre de 1996 (ltima reforma el 23 de julio de 2003.)

Reglamento de la Ley Federal sobre Metrologa y Normalizacin, publicado en el Diario Oficial de la Federacin el 14 de enero de 1999.

NOM-050 -SCFI-1994, Informacin comercial-Disposiciones generales para productos.

Libro Rojo Philips

Libro Amarillo Philips

Libro Naranja Philips

10. Concordancia con normas internacionales

Esta Norma, no concuerda con ninguna norma internacional, por no existir Norma Internacional sobre el tema tratado.

En la columna anterior se muestra la bibliografa utilizada para fines de la Norma Oficial Mexicana NOM-162-SCFI-2004.

A continuacin les presentamos el anlisis de la NOM-162-SCFI-2004, Electrnica-Audio y video-Discos compactos grabados con audio, video, datos y/o videojuegos-Informacin comercial e identificacin del fabricante, publicado el 1 de junio de 2004 y entrar en vigor el 31 de julio de 2004.La nueva Norma Oficial Mexicana es exclusiva para los discos compactos con sus diferentes definiciones y no ser aplicable para aquellos discos compactos que sean programas para computadoras.Como informacin muy importante menciona que el idioma en que debe expresarse la etiqueta debe ser en espaol sin omitir el nombre del producto, razn social y domicilio del productor, as como la leyenda que identifica el pas de origen del producto.Esperamos que la informacin proporcionada sea de gran utilidad para futuras operaciones.

PAGE 1