norma de auditoria

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CONTADURIA PUBLICA

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NORMA DE AUDITORIA N 1NORMAS BSICAS DE AUDITORA DEESTADOS FINANCIEROS1. INTRODUCCIN1.1 FORMULACIN DE LAS NORMAS BSICAS DE AUDITORALa Federacin internacional de Contadores (IFAC). fundada en 1977, tiene un comit permanente denominado Comit de Prcticas Internacionales de Auditora (IAPC), el cual tiene la responsabilidad de emitir proyectos y guas sobre auditora y servicios relacionados.1.2 OBJETIVO DE LA AUDITORA DE ESTADOS FINANCIEROS.El objetivo de una Auditora de estados financieros es facultar a un auditor independiente para expresar una opinin sobre la razonabilidad con la que estos presentan la situacin patrimonial y financiera.El Informe del auditor es el medio por el cual expresa su opinin o, s las circunstancias lo requieren, se abstiene de opinar. En cualquier caso; dir s su examen ha sido efectuado de acuerdo con normas de auditora generalmente aceptadas.1.3 RESPONSABILIDAD DE LA PREPARACIN DE ESTADOS FINANCIEROSMientras e! auditor es responsable de formarse y expresar su opinin sobre !os estados financieros, la responsabilidad en cuanto a la preparacin de ellos recae en la gerencia de la entidad. La auditora de estados financieros no releva a la gerencia de sus responsabilidades.1.4 ALCANCE DE LA AUDITORAEl auditor normalmente determina el alcance de una auditora de estados financieros de acuerdo con requerimientos de la Ley, de reglamentaciones o de los organismos profesionales competentes.

Las limitaciones al alcance de la auditora de estados financieros que restrinjan la capacidad del auditor para expresar una opinin sin salvedades sobre tales estados financieros, debern mencionarse en su dictamen y, segn sea el caso, debern expresar una opinin con salvedades o una abstencin de opinin.2. NORMAS BSICAS DE AUDITORIALos principios bsicos que rigen las responsabilidades profesionales del auditor que deben ser cumplidos en todos los casos en que se lleva a cabo una auditoria, son los siguientes:2.1 INTEGRIDAD, OBJETIVIDAD E INDEPENDENCIAEl auditor independiente debe:a) Ser recto, honesto y sincero en su enfoque respecto a su trabajo profesional.b) Ser Justo y no debe permitir que prejuicios o tendencias afecten su objetividad.c) Mantener una actitud imparcial y debe aparecer libre de cualquier inters que pudiera considerarse, cualquiera que sea su efecto real, como incompatible con la integridad y la objetividad.2.2 HABILIDADES Y COMPETENCIAEl auditor requiere habilidades y competencia especializada. Que se adquieren a travs de la combinacin de la educacin genera!, de; conocimiento tcnico obtenido travs del estudio y de cursos formales que concluyan con un examen para calificar aptitudes, as como de la experiencia prctica bajo la supervisin apropiada. Adems requiere estar en forma permanente, al tanto de los progresos, incluyendo pronunciamientos internacionales y nacionales de trascendencia sobreContabilidad y auditora, reglamentaciones importantes y requerimientos legales.2.3 CONFIDENCIALIDADEl auditor debe respetar la confidencialidad de la informacin que obtenga en el curso de su trabajo y no debe revelar la informacin a terceros sin que cuente con autorizacin especfica, a menos que exista una obligacin legal o profesional para ello,2.4 TRABAJO REALIZADO POR OTROS PROFESIONALESCuando el auditor delega trabajo a sus asistentes o utiliza trabajo realizado por otros auditores o expertos, l contina Siendo responsable de formarse y expresar una opinin con respecto a la informacin financiera.2.5 DOCUMENTACINEl auditor debe documentar aquellos asuntos que sean importantes para proporcionar evidencia de que la auditoria se practic de acuerdo con las presentes normas.2.6 PLANIFICACIONEl auditor debe planificar su trabajo para que le permita realizar una auditora efectiva, de manera eficiente y oportuna. La planificacin debe basarse en el conocimiento de la actividad de la entidad auditada.2.7 EVIDENCIA DE AUDITORAEl auditor debe obtener evidencia de auditora suficiente y competente a travs de la aplicacin de procedimientos de cumplimiento y sustantivos, que le permitan obtener conclusiones razonables en las cuales base su opinin sobre la informacin financiera2.8 SISTEMA DE CONTABILIDAD Y CONTROL INTERNOEl auditor debe adquirir la comprensin del sistema de contabilidad y de los controles internos relativos y estudiar y evaluar la operacin de aquellos controles internos sobre los cuales desea apoyarse para determinar la naturaleza, oportunidad y alcance de otros procedimientos de auditora.2.9 CONCLUSIONES DE LA AUDITORA Y DICTAMENEl auditor debe revisar y evaluar las conclusiones extradas de la evidencia de auditora que obtuvo, como base para expresar su opinin respecto a la informacin financiera. Esta revisin y evaluacin incluye la informacin financiera se ha preparado utilizando polticas de contabilidad aceptables, las que se han aplicado consistentemente.

NORMA DE AUDITORIA N 2NORMAS RELATIVAS A LA EMISIN DEL DICTAMEN1. INTRODUCCINEste pronunciamiento es complementario al relativo a Normas Bsicas de Auditora de Estados Financieros aprobado por el Consejo Tcnico de Auditoria yContabilidad el 28 de mayo de 1992 (Publicacin N 25).En la preparacin, de este pronunciamiento se ha considerado el contenido delCdigo de Etica del Contador Pblico (Auditor Financiero) preparado por el Consejo Tcnico de Auditora y Contabilidad y aprobado por el Comit Ejecutivo Nacional del Colegio de Profesionales en Ciencias Econmicas de Bolivia el 12 de octubre de 1982.2. RESPONSABILIDAD DE LA PREPARACIN DE LOS ESTADOSFINANCIEROS Y SUS NOTASEl auditor independientemente puede hacer sugerencias en cuanto a la forma y al contenido de los estados financieros o puede prepararlos, total o parcialmente, basado en las cuentas y registros de la empresa o ente auditado sin embargo su responsabilidad respecto a los estados que ha examinado, se limita a expresar su opinin sobre ellos.3. RESPONSABILIDAD SOBRE LA EMISIN DEL DICTAMENEl objetivo principal de un examen de estados financieros por parte de un auditor independiente, es la expresin de una opinin sobre la razonabilidad con la que presentan la situacin financiera.Consecuentemente, es su responsabilidad emitir su dictamen o informe mediante el cual expresa su opinin o, si las circunstancias lo requieren, abstenerse de opinar. En cada caso, indicar si su examen ha sido practicado de acuerdo a normas de auditora generalmente aceptadas.4. CONCEPTO DE DICTAMENEl dictamen sobre estados financieros es el informe escrito mediante el cual un auditor independiente, fundado en el examen de los mismos y practicado de acuerdo con normas de auditora generalmente aceptadas, emite su opinin o expresa que se abstiene de opinar sobre dichos estados, de acuerdo con estas normas.5. CONTENIDO DEL DICTAMENEl dictamen del auditor contendr bsicamente lo siguiente: Ttulo con el encabezamiento "Dictamen del Auditor Independiente. Destinatario a quien deber ser dirigido el dictamen. Generalmente se lo dirige a quien contrat al auditor o a quien el contratante indicare. Identificacin de cada uno de los estados financieros a que se refiere el dictamen, la designacin, completa del ente a quien pertenecen, la fecha y el periodo al que se refieren. Declaracin de que los estados financieros son responsabilidad de la gerencia del ente examinado y que la responsabilidad del auditor es expresar una opinin sobre los mismos basada en su auditoria. Declaracin de que la auditora fue efectuada con normas de auditora generalmente aceptadas. Declaracin de que las normas de auditora generalmente aceptadas requieren que el auditor planee y ejecute la auditora para obtener razonable seguridad respecto a si los estados financieros estn libres de presentaciones incorrectas significativas. Declaracin de que la auditora incluye: Examinar en base a pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones en los estados financieros. Evaluar los principios de contabilidad utilizados y las estimaciones significativas hechas por la gerencia. Evaluar la presentacin de los estados financieros en su conjunto. Declaracin de que e! auditor considera que su auditora le Proporciona una base razonable para emitir su opinin. Opinin respecto, a si los estados financieros presentan razonablemente, en todo aspecto significativo, la situacin patrimonial y financiera del ente a la fecha del balance general, los resultados de sus operaciones y los cambios en su situacin financiera ( flujos de efectivo) por el perodo terminado en esa fecha de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados. Firma del auditor, con la aclaracin de su nombre y apellidos y su correspondiente matrcula. En caso de sociedades de profesionales podr mencionarse el nombre de la razn social respectiva, refrendndose con la firma, nombre y matrcula del socio que asume la responsabilidad de la emisin del dictamen. Lugar de residencia del auditor. El dictamen deber mencionar la ubicacin especfica que usualmente es la ciudad en la que el auditor tiene establecida su oficina principal. Fecha de emisin del informe que ser aquella en que haya dado por terminadas las tareas de auditora. Esta fecha delimita la responsabilidad del auditor en cuanto al conocimiento y evaluacin de hechos posteriores desde la fecha de los estados financieros.Cuando se dictamina sobre estados financieros comparativos debe mencionarse claramente en el dictamen si todos los periodos en ellos incluidos fueron examinados por el mismo auditor o por otros.6. DICTAMEN ESTANDAR DEL AUDITOREl dictamen del auditor se emplea en relacin con los estados financieros bsicos o sea, el balance general, el estado de ganancias y prdidas, el estado de utilidades retenidas y el estado de cambios en la situacin financiera (flujos de efectivo).El dictamen estndar es aquel que no contiene salvedades. Si estos estados financieros se acompaan de un estado por separado de cambios en la cuentas de inversin de los accionistas, este deber identificarse en el prrafo del alcance en el dictamen, pero no necesita sealarse separadamente en el prrafo de la opinin, ya que, tales cambios se incluyen en la presentacin de los resultados de operaciones y de los cambios en la situacin financiera.7. CIRCUNSTANCIAS QUE AFECTAN AL DICTAMEN ESTANDAR DELAUDITOREste pronunciamiento tambin trata las circunstancias que pueden requerir al auditor apartarse del dictamen estndar y proporciona gua para informar en tales circunstancias. Este pronunciamiento est organizado por tipo de opinin que el auditor puede expresar en cada una de las varias circunstancias que se presenten. A continuacin se sealan los tipos de opinin: Opinin sin salvedades. Una opinin sin salvedades declara que os estados financieros presentan razonablemente, en todo aspecto significativo, la situacin financiera y patrimonial, los resultados de las operaciones y los cambios en la situacin financiera ( flujos de efectivo) de la entidad de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados. Opinin con salvedades. Una opinin con salvedades declara que, excepto por los efectos de! asunto o asuntos a los que se refiere la salvedad, los estados financieros presentar. razonablemente, en todo aspecto significativo, la situacin patrimonial y financiera, los resultados de las operaciones y los cambios en la situacin financiera (flujos de efectivo) de la entidad de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados. Opinin adversa. Una opinin adversa declara que los estados financieros no presentan razonablemente la situacin patrimonial y financiera, los resultados de las operaciones y los cambios en la situacin financiera (flujos de efectivo de la entidad de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados. Abstencin de opinin. Una abstencin de opinin declara que el auditor no expresa una opinin sobre los estados financieros.8. PRRAFO EXPLICATIVO AGREGADO AL DICTAMEN ESTANDAR DELAUDITOR.Ciertas circunstancias, aunque no afecten la opinin sin salvedades, pueden requerir que el auditor agregue un prrafo explicativo a su dictamen.Estas circunstancias principalmente son:a) La opinin del auditor est basada en parte en el informe de otro profesional.b) Los estados financieros estn afectados por incertidumbre concernientes a sucesos futuros, cuyos resultados no son susceptibles de razonable estimacin a la fecha del informe o dictamen del auditor.c) Existe duda acerca de la capacidad de la entidad para continuar como una empresa en marcha.d) Ha habido, entre ejercicios, un cambio significativo en principios de contabilidad o en el mtodo de su aplicacin.e) Existen ciertas circunstancias referentes a informes sobre estados financieros comparativos que requieren actualizacin de informe sobre los estados financieros del ao anterior o si los estados financieros dei ao anterior no fueron auditados por el auditor del ao corriente.f) El auditor desea enfatizar algn asunto relacionado con los estados financieros.IncertidumbresEsta seccin proporciona gua sobre consideraciones del auditor al decidir sin un prrafo explicativo necesita ser agregado a su informe debido a un asunto que involucra una incertidumbre.- Incertidumbres, y limitaciones en el alcanceUna opinin con salvedades o abstencin de opinin debido a una limitacin en el alcance es apropiada cuando existe o existi evidencia suficiente pero no estuvo disponible para e! auditor por restriccin impuesta por la gerencia.- Incertidumbres y desviaciones de principios de contabilidad generalmente aceptadosDesviaciones de principios de contabilidad generalmente aceptados que involucran incertidumbres son principalmente las siguientes: Revelacin inadecuada. Principios de contabilidad inapropiados. Estimaciones contables no razonables.Si el auditor concluye que un asunta que involucra una incertidumbre no est adecuadamente revelado en los estadas financieros de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados, l debe expresar una opinin con salvedades e adversa.- Probabilidad remota de una prdida significativaSi la gerencia y el auditor consideran que existe solamente probabilidad remota de una prdida significativa resultante de la resolucin de un asunto que involucra una incertidumbre, el auditor no debe agregar ;:n asunto explicativo a su ir informe debido a ese asunto.Circunstancias referentes a informes sobre estados financieros comparativosDurante la auditora del periodo corriente, el auditor puede enterarse de circunstancias o sucesos que afectan significativamente los estados financieros del periodo anterior, En estos casos, l debe considerar tales informe o dictamen sobre los estados financieros del ao anterior.9. OPININ CON SALVEDADESTal opinin se expresa cuando una falta de evidencia suficiente y competente restricciones en el alcance del examen del auditor le han llevado a concluir que no puede expresar una opinin sin salvedad, o bien cuando el auditor juzga con base en su examen, que los estados financieros contienen una desviacin de los principios de contabilidad generalmente aceptados, cuyo efecto es de importancia. Adems ha decidido no expresar una opinin adversa ni abstenerse de expresar una opinin.10. OPINION ADVERSACuando el auditor expresa una opinin adversa debe revelar en uno o varios prrafos explicativos separados que precedan al prrafo de la opinin de su dictamen:- Las razones sustantivas para su opinin adversa.- Los efectos principales del asunto objeto de la opinin adversa sobre la situacin financiera, resultados de operaciones y cambios en la situacin financiera (flujos de efectivo) de ser posible.11. ABSTENCIN DE OPININCuando expresa una abstencin de opinin por una limitacin significativa en el alcance, el auditor debe indicar en prrafo(s) separado(s) los aspectos en los cuales su examen no cumpli con las normas de auditora generalmente aceptadas. Debe expresar que el alcance de su examen no fue suficiente para justificar la expresin de una opinin. El auditor que describe las caractersticas de una auditora (el prrafo del alcance del informe estndar del auditor) ya que, hacerlo puede tender a menoscabar la abstencin de opinin.12. OPINIONES PARCIALESNo deben expresarse opiniones parciales (expresiones de opinin respecto a ciertas partidas identificadas en los estados financieros) cuando el auditor se ha abstenido de expresar una opinin o ha expresado una opinin adversa sobre los estados financieros tomados en su conjunto, porque las opiniones parciales tienden a menoscabar o contradecir una abstencin de opinin o una opinin adversa.13. DICTAMEN SOBRE ESTADOS FINANCIEROS COMPARATIVOSEl informe del auditor sobre estados financieros comparativos debe llevar su fecha de terminacin de su auditora ms reciente.Durante la auditora de los estados financieros del perodo corriente, el auditor debe estar alerta a las circunstancias o sucesos que afecten los estados financieros de perodos anteriores presentados y a lo adecuado de las revelaciones informativas concernientes a esos estados. Al actualizar su informe sobre estados financieros de perodos anteriores el auditor debe considerar los efectos de cualquiera de tales circunstancias o sucesos que llamen su atencin.14. MODELOS ILUSTRATIVOS DE DICTMENESPor la trascendencia que tiene el dictamen del auditor es importante que exista razonable uniformidad en lo relativo a su redaccin, con el objeto de facilitar su comprensin por terceros interesados en la lectura de los estados financieros y en la lectura del dictamen del auditor relativo a los mismos.

NORMA DE AUDITORIA No 3PLANIFICACIN DEL TRABAJO DE AUDITORIA

1. OBJETIVOS1.1 El proceso de Planificacin descrito en estas recomendaciones, permitir que los profesionales encargados de realizar exmenes de auditoria sobre informacin financiera, realicen una auditoria efectiva, de manera eficiente y oportuna. La planificacin debe basarse en el conocimiento del negocio de la entidad auditada.La planificacin debe hacer para, entre otras cosas:a) Adquirir conocimiento del sistema de contabilidad de la entidad, de las polticas y procedimientos de control interno.b) Establecer el grado de confianza que se espera tener en el control interno.c) Determinar y programar la naturaleza, la oportunidad y el alcance de los procedimientos de auditoria que se llevarn a cabo.d) Coordinar el trabajo que habr de efectuarse.1.2 Asimismo, un plan de auditoria apropiado sirve para asegurar que el auditor dedica la atencin adecuada a las reas importantes de la auditoria, que se identifican los problemas potenciales y que el trabajo se termina oportunamente.La planificacin tambin ayuda en la adecuada utilizacin de los asistentes a la coordinacin del trabajo realizado por otros auditores y expertos.2. AMBITO DE APLICACIN Y ALCANCE2.1 El proceso de planificacin se aplica en la auditoria tanto de estados financieros como de otra informacin financiera. La presente norma se enmarca en el contexto de auditoras recurrentes. 2.2 El alcance de la planificacin variar de acuerdo con el tamao y la complejidad de la auditoria, de las experiencias previas del auditor con la entidad y considerando el conocimiento de su negocio.3. ETAPAS DE LA PLANIFICACION3.1 La planificacin debe ser continua durante la auditoria y deber incluir: El conocimiento del negocio de la entidad. El desarrollo de un plan general que incluya el alcance y direccin esperados de la auditoria, y La preparacin de un programa de auditoria que incluya la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos de auditoria.3.2 Los cambios en las condiciones o los resultados inesperados que surjan de la aplicacin de los procedimientos de auditoria, pueden ocasionar modificaciones al plan general y al programa de auditoria. Las razones por las cuales se efectan cambios significativos deben ser documentadas.4. CONOCIMIENTO DEL NEGOCIO DE LA ENTIDAD4.1 El auditor necesita tener cierto nivel de conocimiento de la actividad y el negocio de la entidad, que le permita identificar los eventos, transacciones y prcticas que, a su juicio pueden tener un efecto significativo sobre la informacin financiera. Puede obtener dicho conocimiento de:a) Los informes anuales de la entidad a sus accionistas.b) Actas de asamblea de accionistas, consejo de administracin y comits importantes.c) Informes internos de administracin financiera, por los periodos actuales y anteriores.d) Los papeles de trabajo de la auditoria del periodo anterior y otros archivos pertinentes. Al respecto, el auditor, debe prestar particular atencin a los asuntos que requirieron una consideracin especial en los papeles archivos del periodo anterior y decidir si pudieran o no afectar el trabajo que se realizar en el presente periodo.e) Personal del auditor responsable de proporcionar a la entidad, servicios diferentes al de auditoria, que provean informacin sobre asuntos que puedan afectar a la auditoria.f) Discusiones con la gerencia de la entidad, las cuales pudieron incluir asuntos tales como: Cambios en la administracin, en la estructura organizacional o en las actividades de la entidad. Disposiciones legales vigentes del gobierno que afecten a la entidad. Evaluaciones actuales de los negocios que afecten a la entidad. Dificultades financieras o problemas de contabilidad actual o pendiente. Existencia de partes relacionadas. Apertura o clausura de locales o instalaciones de plantas. Cambios recientes en la tecnologa, en tipos de productos o servicios y en mtodos de produccin o distribucin. Cambios en el sistema de contabilidad y en el sistema de control internog) El manual de polticas y procedimientos de la entidad.h) Publicaciones o revistas del ramo.i) La consideracin del estado de la economa y su efecto en el negocio de la entidad.j) Visitas al local y a las instalaciones de la planta de la entidad.4.2 Adems de la importancia del conocimiento del negocio de la entidad al determinar el plan general de auditoria, dicho conocimiento ayuda al auditor a identificar reas que requieren consideracin especial en la auditoria, a evaluar la razonabilidad de las estimaciones contables y de las declaraciones de la gerenciay a formarse un juicio con relacin a lo apropiado de las polticas y revelaciones contables.5. DESARROLLO DE UN PLAN GENERAL5.1 Al desarrollar su plan general en relacin al alcance y direccin esperados de la auditoria, el auditor debe considerar los siguientes asuntos:a) Los trminos de su compromiso y cualquier responsabilidad legal.b) La naturaleza y oportunidad de los informes o cualquier otra comunicacin con la entidad, que se derivan del acuerdo.c) Las polticas de contabilidad adoptadas por la entidad y los cambios en esas polticas.d) El efecto de nuevos pronunciamientos de contabilidad o de auditoria.e) La identificacin de reas de riesgo significativas.f) El establecimiento de parmetros de importancia relativa para los propsitos de auditoria.g) Condiciones que requieren atencin especial, tales como la posibilidad de errores importantes o fraudes o bien, la intervencin de partes relacionadas.h) El grado de confianza que espera depositar en los sistemas de contabilidady de control interno.i) La posible rotacin del nfasis sobre reas especficas de auditoria.j) La naturaleza y alcance de la evidencia de auditoria que se necesita obtener.k) Si procede, el trabajo de los auditores internos y el grado de su intervencin en la auditoria.l) La intervencin de otros auditores en la auditoria de subsidiarias o sucursales de la entidad.m) La intervencin de expertos.5.2 El auditor debe documentar su plan general. La forma y alcance de la documentacin puede variar dependiendo del tamao y complejidad de la auditoria. Un presupuesto de tiempo en el que se estimen las horas para las diferentes reas o procedimientos de auditoria, debe ser una herramienta efectiva de planificacin.5.3 El auditor podr discutir de los elementos de su plan general y ciertos procedimientos de auditoria con la gerencia de la entidad para mejorar la eficiencia y coordinar los procedimientos de auditoria con el trabajo del personal de la entidad; sin embargo, el plan general y el programa de auditoria siguen siendo responsabilidad del auditor.6. DESARROLLO DEL PROGRAMA DE AUDITORIA6.1 El auditor debe preparar un programa de auditoria por escrito estableciendo los procedimientos, necesarios para desarrollar el examen de auditoria y, consecuentemente, implantar la planificacin de la auditoria. El programa tambin debe contener los objetivos de auditoria para cada instruccin para los asistentes que intervienen en la auditoria y como un medio para controlar la adecuada ejecucin del trabajo.6.2 El preparar el programa de auditoria, el auditor, habiendo obtenido un conocimiento del sistema de contabilidad y de los controles internos relativos, puede desear apoyarse en ciertos controles internos para determinar la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos de auditoria requeridos.6.3 Normalmente el auditor tiene flexibilidad para decidir cunto aplicar los procedimientos de auditoria, ya que muy pocos de ellos necesitan ser efectuados dentro de lmites de tiempo especficos. Por ejemplo, los procedimientos aplicados a las transacciones, pueden efectuarse a la oportunidad en la aplicacin de procedimientos de auditoria, por ejemplo, al observar la toma de inventarios por personal de la entidad.6.4 La planificacin de la Auditoria y el programa relativo deben ser reconsiderados a medida que la auditoria avanza. Tal consideracin est basada en la revisin que el auditor hace el control interno, en su evaluacin preliminar del mismo y en los resultados obtenidos de los procedimientos de cumplimiento y de los sustantivos.

NORMA DE AUDITORIA No. 4NORMA RELATIVA A LA EMISIN DE INFORMES CONPROPSITOS TRIBUTARIOS1. OBJETIVOEl objetivo del presente pronunciamiento es normar y establecer las bases para la revisin de informacin contable y documentacin de sustento de operaciones que son hechos generadores de tributos o estn directamente vinculados con la determinacin de los mismos, conforme a las necesidades de informacin 2. FUENTESEsta Norma, ha considerado e incorporado en su contenido los principales criterios tcnicos emitidos en la normatividad siguiente: Resolucin Normativa de Directorio No. 01/2002 y su Reglamento. NA-1 Normas Bsicas de Auditoria de Estados Financieros emitida por el Consejo Tcnico Nacional deContabilidad y Auditora del Colegio de Auditores de Bolivia. NA-2 Normas Relativas a la Emisin de Dictamen emitida por el Consejo Tcnico Nacional de Contabilidady Auditoria del Colegio de Auditores de Bolivia. NIA- Seccin 210 El Compromiso de auditora. NIA-Seccin 580 Representaciones o Manifestaciones de la Administracin. NIA-Seccin 920 Compromiso de procedimientos bajo acuerdo en relacin con informacin financiera SAS-29 Dictamen sobre informacin que acompaa a los Estados Financieros bsicos en documentos presentados al auditor SAS-75 Compromisos para aplicar procedimientos previamente convenidos. SAS-62 Informes especiales (corregido con SAS-77)4. ALCANCELa presente norma es de aplicacin obligatoria en aquellos casos donde los profesionales contratados por empresas contribuyentes, definidas como sujetos pasivos del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas, tienen ventas o ingresos brutos iguales o mayores a Bs1,200,000.5. CARTA DE COMPROMISOEl auditor y cliente deben acordar los trminos del compromiso que sern formalizados mediante un Contrato de servicios firmado entre partes. Una vez firmado dicho Contrato, el auditor deber emitir una carta de compromiso referente a los procedimientos adicionales a ser insertados con motivo de la auditora a los Estados Financieros bsicos.Es recomendable remitir en forma separada la carta de compromiso con fines tributarios o a criterio del auditor incluir en una sola carta de compromiso los trminos de referencia generales antes de iniciar la auditora.6. CARTA DE REPRESENTACIN POR PARTE DEL CLIENTEEl auditor debe obtener del cliente (entidad auditada) una nota de representacin declarando que el cliente est en conocimiento de las disposiciones legales de carcter tributario por las cuales es sujeto pasivo como contribuyente directo, como agente de retencin o agente de informacin, adems de una declaracin especifica que la preparacin, conservacin, integridad y exactitud de la informacin contable que da origen a la obligacin tributaria es de responsabilidad de la empresa y que la responsabilidad del auditor es efectuar una revisin especial basada en una norma legal con el propsito de emitir un informe requerido por el SIN.

7. RESPONSABILIDADES DE LAS PARTES7.1. Responsabilidad del cumplimiento de las leyes tributarias

La auditora y el cumplimiento de las normas legales de carcter tributario, esto incluye entre otras obligaciones: Determinar correctamente el tributo. Pagar en su totalidad y oportunamente el tributo. Conservar la documentacin que da origen a operaciones econmicas financieras entre tanto no prescriba la facultad de fiscalizar de la administracin tributaria. Llevar registros contables de acuerdo a la naturaleza y tamao de la empresa. Proporcionar informacin que la administracin del Servicio de Impuestos Nacionales la requiera para cumplir sus fines.Por consiguiente la exactitud e integridad de la informacin y documentacin de carcter tributario y la correcta exposicin y revelacin en los Estados Financieros e informacin presentada peridicamente al Servicio deImpuestos Nacionales es responsabilidad de la empresa sometida a examen.Asimismo, es responsabilidad de la empresa auditada la correcta elaboracin de la informacin suplementaria.7.2. Responsabilidad del auditor por la emisin del Informe Tributario.El auditor ser responsable por: El trabajo realizado, segn los alcances determinados entre partes, los cuales debern estar claramente definidos en el contrato y carta de aceptacin del servicio profesional, considerando lo sealado en el acpite La opinin que emita sobre la Informacin Tributaria Complementaria.8. EXAMEN DE LA SITUACIN TRIBUTARIA DE LA EMPRESA AUDITADAEl auditor deber incluir en su planificacin de la auditoria, un programa especfico con el propsito de cumplir con el alcance mnimo establecido en esta norma de auditoria; as como, del Reglamento para la emisin del dictamen sobre la informacin tributaria complementaria a los Estados Financieros bsicos, anexo a la Resolucin Normativa de Directorio N 01/2002.8.1 Lograr la comprensin del negocio de la empresa y de la industria en las que operan y de los impuestos a los que est sujeta.El auditor deber efectuar un anlisis de la organizacin, su sistema de adquisicin o produccin de bienes y servicios, sus procedimientos y sistemas de contabilizacin de las operaciones, el sistema de costeo utilizado, los principales productos elaborados o adquiridos para la venta, debiendo preparar un memorndum de entendimiento y comprensin del negocio, el mismo que ser discutido con los principales ejecutivos y directivos de la empresa.8.2 Efectuar indagaciones concernientes a los principios y prcticas contables de la empresa y que estos hayan sido aplicados consistentemente en las declaraciones juradas de acuerdo con la Ley 843(Texto ordenado vigente) y sus disposiciones reglamentarias.La evaluacin del control interno deber incluir procedimientos destinados a detectar claramente:

A que impuestos est obligada la empresa como sujeto pasivo, agente de retencin o agente de informacin. Principios y prcticas (estimaciones) contables de la empresa.Adems, el programa deber incluir procedimientos destinados a establecer las reales prcticas contables y la correcta determinacin del tributo, as como de la suficiente documentacin.8.3 Efectuar indagaciones concernientes a los procedimientos de la empresa para registrar, clasificar y resumir transacciones sujetas a impuestos, sus bases de clculo y la declaracin impositiva.El cuestionario de control interno (si la evaluacin es mediante cuestionario) deber incluir de manera especfica preguntas que permitan al auditor formarse un criterio de la forma de registrar las operaciones alcanzadas por los impuestos; as como, los procedimientos diseados para clasificar las operaciones por su naturaleza y efecto impositivo y resumir las mismas de tal manera que estn adecuadamente reflejadas en los Estados Financieros.8.4 Realizar indagaciones concernientes a todas las aseveraciones de importancia relativa registradas contablemente y declaradas impositivamente.El auditor deber indagar acerca de la integridad en el registro contable de las operaciones ocurridas en la empresa y su declaracin impositiva correspondiente, en su caso su revelacin en los Estados Financieros.8.5. Aplicar procedimientos analticos diseados para identificar relaciones y partidas individuales sujetas al impuesto y que parezcan inusuales. Dichos procedimientos incluiran: Comparacin de las cifras de los Estados Financieros con datos de perodos anteriores. Estudio de las relaciones de los componentes de los Estados Financieros relacionados con las bases imponibles y que se esperara se conformaran a un patrn predecible basado en la experiencia de la empresa o norma de la industria. Verificar que las cifras de las declaraciones impositivas provienen de informacin basada en los registros contables de la empresa.8.6 Efectuar seguimiento a la situacin de los adeudos tributarios.El auditor deber efectuar un seguimiento de los adeudos tributarios que podra tener la empresa y emitir opinin sobre el cumplimiento de los mismos o su revelacin en los Estados Financieros.Por otra parte el auditor debe tomar en cuenta en su auditora los riesgos inherentes, riesgos de control y las conclusiones de la evaluacin de los controles internos como base para determinar el tamao de las muestras necesarias a efectos de conocer la situacin tributaria del contribuyente.En caso de que a criterio del auditor, las pruebas realizadas con el propsito de evaluar la conducta del contribuyente revelaran que no existen razones para aumentar la muestra, deber dejar constancia de estehecho en sus Papeles de Trabajo, indicando los motivos de la decisin tomada.Por el contrario, si como resultado de la muestra analizada es necesario efectuar la revisin de una muestra adicional, los motivos para seleccionar una muestra adicional debern quedar claramente explicados en losPapeles de Trabajo.9 GRUPOS DE CONTRIBUYENTES DEFINIDOS POR LA RESOLUCIN NORMATIVA DEDIRECTORIO N 01/2002 DEL SERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALESLa Resolucin Normativa de Directorio N 01/2002 del Servicio de Impuestos Nacionales, define dos grupos de contribuyentes alcanzados por esta Resolucin: Contribuyentes cuyas ventas o ingresos brutos sean iguales o mayores a Bs. 1`200,000 y hasta Bs.14999,999. Contribuyentes cuyas ventas o ingresos brutos sean iguales o superiores a Bs.15`000,000.10 INFORMES REQUERIDOS PARA CADA GRUPO DE CONTRIBUYENTESLa Resolucin Normativa de Directorio N 01/2002 del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) requiere los siguientes tipos de informes para cada grupo de contribuyentes:10.1 Contribuyentes cuyas ventas o ingresos brutos sean iguales o mayores a Bs. 1`200,000 y hasta Bs.14`999,999.Este grupo de contribuyentes deber presentar al Servicio de Impuestos Nacionales: Estados Financieros bsicos con Dictamen de Auditora. Informe del Auditor, con un pronunciamiento sobre la situacin tributaria10.2 Contribuyentes cuyas ventas o ingresos brutos sean iguales o superiores a Bs. 15`000,000. Estados Financieros bsicos con Dictamen de Auditora. Informacin Tributaria Complementaria con Dictamen de Auditora. Informe del auditor sobre los procedimientos mnimos utilizados.11 CONTENIDO DE LOS DICTAMENES O INFORMESA los fines previstos en esta norma de auditora se mencionan a continuacin los contenidos mnimos de cada tipo de informe:11.1 Dictamen de auditora sobre los Estados Financieros bsicos (comn a ambos grupos de contribuyentes)Los Dictmenes de Auditora sobre Estados Financieros bsicos debern emitirse siguiendo los lineamientos de la NA-2 Normas Relativas a la Emisin del Dictamen aprobada por el Consejo Tcnico Nacional deAuditora y Contabilidad del Colegio de Auditores de Bolivia.11.2 Informe del auditor con pronunciamiento sobre la situacin tributaria.Este informe se emitir para el grupo de contribuyentes con ventas o ingresos brutos iguales o mayores a Bs.1`200,000 y hasta Bs. 14`999,999, en el cual el auditor emitir un pronunciamiento sobre la situacin tributariadel contribuyente a este efecto, el auditor deber:Aplicar de manera adicional a los procedimientos establecidos por las Normas de Auditora GeneralmenteAceptados para el examen de Estados Financieros los procedimientos mnimos enumerados en el acpite 8 dela presente norma.A cuyo trmino se emitir un informe con pronunciamiento sobre la situacin tributaria utilizando como puntode referencia la Normas de Auditora sealadas en el acpite N 2 Fuentes, e incluir, fundamentalmente: Titulo. Destinatario. Declaracin de los procedimientos aplicados con nfasis en que los mismos surgen de los procedimientos mnimos requeridos por la norma de auditora N 4 emitida por el Consejo Tcnico Nacional de Auditoray Contabilidad y del Reglamento para la Emisin del Dictamen sobre la Informacin TributariaComplementaria a los Estados Financieros Bsicos incluido en la Resolucin Normativa de Directorio N01/2002 del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN). Descripcin de los hallazgos del auditor incluyendo suficientes detalles de errores y excepciones detectados. Un prrafo con la restriccin de distribucin del informe en el que se seale que el mismo ha sido preparado solamente para uso e informacin del destinatario y del Servicio de Impuestos Nacionales y que no debe ser utilizado con ningn otro propsito. Fecha del informe. Firma del auditor.Un modelo se presenta en Anexo N 4 y por tratarse de un informe resultante de la aplicacin de procedimientos adicionales a los procedimientos aplicados para la emisin del Dictamen sobre los EstadosFinancieros bsicos, este informe deber emitirse como segunda parte del mismo grupo de informacin en elque se incluye el Dictamen sobre los Estados Financieros.11.3 Dictamen de auditora sobre la informacin tributaria complementaria.Este informe se emitir para el grupo de contribuyentes con ventas o ingresos brutos iguales o mayores a Bs.15`000,000, en el cual el auditor emitir una opinin sobre la informacin tributaria complementaria, a este efecto el auditor deber aplicar de manera adicional a los procedimientos establecidos por las Normas deAuditora Generalmente Aceptadas para el examen de Estados Financieros los procedimientos mnimos enumerados en el acpite 8 de la presente Norma y otros que considere necesarios en las circunstancias.A cuyo trmino se emitir un dictamen sobre la informacin tributaria complementaria, utilizando como punto de referencia las Normas de Auditora sealadas en el acpite N 2 Fuentes, e incluir, fundamentalmente: Titulo Destinatario del dictamen. Identificacin completa de la Informacin Tributaria Complementaria examinada y de la entidad a la cual corresponda. Alcance del examen. Declaracin de que la Informacin Tributaria Complementaria es responsabilidad de la empresa. Declaracin de que los procedimientos realizados fueron aquellos previamente convenidos entre partes con fines exclusivamente tributarios. Referencia a las normas de auditora aplicadas. Opinin sobre si la informacin Tributaria Complementaria a los Estados Financieros Bsicos ha sido elaborada de conformidad con la Norma de Auditora N 4 emitido por el Consejo Tcnico Nacional deAuditora y Contabilidad; adems, si ha sido correctamente preparada en relacin con los EstadosFinancieros considerados en su conjunto, sobre los que se emiti el dictamen principal. Lugar y fecha en que se emite el Dictamen. Firma del profesional con la aclaracin de la misma y mencin de su nmero de matrcula en el Colegio de Auditores de Bolivia. La firma del profesional debe ir acompaada, en el ejemplar que se entrega al Servicio de Impuestos Nacionales, de la solvencia profesional emitida por el Colegio de Auditores deBolivia, a travs de los Colegios Departamentales.11.4 Informe del auditor sobre los procedimientos mnimos utilizados.Este informe se emitir para el grupo de contribuyentes con ventas o ingresos brutos iguales o mayores aBs15`000,000, adicionalmente a los dictmenes sobre la razonabilidad de los Estados Financieros bsicos y sobre la informacin tributaria complementaria, a este efecto el auditor deber aplicar de manera adicional a los procedimientos establecidos por las Normas de Auditora Generalmente Aceptados para el examen de Estados Financieros, procedimientos mnimos enumerados en el acpite 8 de la presente Norma sealando el alcance de las pruebas, el criterio utilizado para la toma de las muestras, la cobertura alcanzada y el resultado de las verificaciones efectuadas. El auditor deber evaluar los resultados de la aplicacin de estos alcances mnimos y en caso de ser necesario, ampliar los mismos, de acuerdo con lo requerido por las Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas. De acuerdo a lo requerido por la Resolucin Normativa de Directorio N 01/2002 del Servicio de ImpuestosNacionales (SIN), el auditor deber incluir en este informe un detalle de la muestra obtenida de las facturas sealando: Nmero de la factura. Nombre del proveedor. Nmero de RUC del proveedor. Nmero de orden de la factura. Fecha de la factura. Monto de la factura expresada en bolivianos.