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Mayo 2016 Secretaría de Finanzas y Planeación Subsecretaría de Finanzas y Administración Dirección General de Administración Subdirección de Organización y Procesos Administrativos SI/DGF/SCE-P-02 A-1 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Subsecretaría de Ingresos Dirección General de Fiscalización Subdirección de Comercio Exterior Consultor Operativo de Auditoría COPIA NO CONTROLADA

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Mayo 2016 Secretaría de Finanzas y Planeación Subsecretaría de Finanzas y Administración Dirección General de Administración Subdirección de Organización y Procesos Administrativos SI/DGF/SCE-P-02 A-1

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NU

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DE PROCEDIMIENTOS

Subsecretaría de Ingresos Dirección General de Fiscalización Subdirección de Comercio Exterior

Consultor Operativo de Auditoría

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Subdirección de Comercio Exterior

ÍNDICE Manual de Procedimientos

Presentación

Estructura Orgánica del Área ............................................................................................................................... 1

Simbología de Diagramas ..................................................................................................................................... 2

Descripción y Diagramas de Procedimientos

Consultor Operativo de Auditoría Visita Domiciliaria

Recepción y Análisis de la Orden de Visita Domiciliaria y Documentación Anexa…………………………………….. 5

Realización de Auditorías y Levantamiento de Actas (Artículo 42 Fracción III del Código Fiscal de la Federación)……………………………………………………………………….……………………………………………………………….. 8

Realización de Auditorías y Levantamiento de Actas (Artículo 42 Fracción V del Código Fiscal de la Federación…………………………………………………………………………………………………………………………………….….. 24

Verificación de Vehículos de Procedencia Extranjera y Mercancía en Tránsito.

Recepción y Análisis de las Órdenes de Verificación de Vehículos de Procedencia Extranjera en Circulación o aun cuando no se encuentren en Movimiento y la Documentación Anexa …………………………………………………………………………………………………………………………………………………………. 31

Realización de Verificaciones y Levantamiento de Acta por la Importación, Tenencia y/o Estancia de los Vehículos de Procedencia Extranjera……………………………………………………………………….………………. 34

Realización de Verificaciones de Mercancía en Transporte y Levantamiento de Acta..……………………..….. 40

Realización de Verificaciones de Mercancías y Vehículos Puestos a Disposición de las Autoridades Aduaneras por Autoridades Distintas a las Fiscales…………………………………………………………….46

Revisiones de Gabinete

Recepción y Análisis de Órdenes de Revisión de Escritorio en Comercio

y Documentación Anexa a la misma…………………………………………………………………………………………………… 55

Notificación de la Orden de Revisión de Escritorio De forma personal………………………………………………… 58

Revisión de la Información y Documentación Proporcionada por el Contribuye y Resolución………………... 64

Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA)

Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).……………………..…..…………………………………………………………………………..…………………………………… 73

Firmas de Autorización.……………………..…..……………………………………………………..………………………………… 103

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PRESENTACIÓN Manual de Procedimientos

La presente administración se caracteriza por promover una mejora en los procesos y resultados del Gobierno para eficientar la función pública, bajo criterios de mejoras operacionales y administrativas, evaluando permanentemente la organización, funcionamiento y responsabilidades de la Administración Pública Estatal.

Asimismo, el Plan Veracruzano de Desarrollo 2011-2016, establece en sus acciones impulsar el desarrollo organizacional y proveer a los órganos y áreas administrativos de herramientas que permitan mejorar la función pública, a fin de coadyuvar en el establecimiento de un Sistema de Planeación Estatal Moderno, que responda con oportunidad a las necesidades de los diferentes sectores y regiones de la Entidad.

La Secretaría de Finanzas y Planeación a través de los Manuales de Procedimientos, establece los procesos que realizan las áreas administrativas, con el fin de que contribuyan a lograr la eficiencia, calidad y productividad que demanda la sociedad, dando cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, Código Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, Código de Procedimientos Administrativos para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Planeación y Plan Veracruzano de Desarrollo 2011-2016.

La estructura del contenido del Manual de Procedimientos del Consultor Operativo de Auditoría ofrece una respuesta a las necesidades del área administrativa. Para su manejo se indican y describen brevemente los componentes que lo integran:

• Estructura Orgánica de la Subdirección: Refleja en forma esquemática la jerarquización del área, objeto del Manual en cuestión.

• Simbología de Diagramas: Incluyen las figuras que se utilizan en las representaciones gráficas de los procedimientos.

• Descripción y Diagramas de Procedimientos: Expone de manera clara y concreta, cuáles son las actividades que le son inherentes a cada proceso y el área administrativa y/o puesto responsable de realizarlas.

• Firmas de Autorización: Incluyen las firmas de autorización desde el Secretario de Finanzas y Planeación hasta los Consultores, dando formalidad al documento.

La información que integra este Manual, fue obtenida por un procedimiento directo, por medio de entrevistas con los niveles involucrados en cada procedimiento.

Procesada la información, se presenta en un formato que incluye:

• Nombre del procedimiento. • Objetivo que se persigue en la realización del mismo. • Frecuencia de realización. • Procedimientos con los que conecta. • Normas que rigen el procedimiento. • Firma de validación del procedimiento. • Descripción del procedimiento especificando áreas administrativas o puestos involucrados y las

actividades que deben llevarse a cabo para operar el proceso. • Diagrama correspondiente.

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ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL ÁREA Manual de Procedimientos

SECRETARÍA

DE FINANZAS Y PLANEACIÓN

SUBSECRETARÍA DE INGRESOS

DIRECCIÓN GENERAL DE RECAUDACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN

SUBDIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN

DE LA FISCALIZACIÓN Y CONTRIBUYENTES ESPECIALES

SUBDIRECCIÓN DE VISITAS DOMICILIARIAS Y REVISIONES DE GABINETE

SUBDIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR

EJECUTIVO DE PROYECTOS DE PROGRAMACIÓN

DE REVISIONES

CONSULTOR OPERATIVO DE AUDITORÍA

CONSULTOR DE NORMATIVIDAD DE COMERCIO

EXTERIOR

DIRECCIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN Y COORDINACIÓN

HACENDARIA

DEPARTAMENTO DE ENLACE CON OFICINAS

DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE FINANZAS Y

ADMINISTRACIÓN

SUBSECRETARÍA DE EGRESOS

SUBSECRETARÍA DE PLANEACIÓN

COORDINACIÓN DE ASESORES

PROCURADURÍA FISCAL

UNIDAD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

UNIDAD DE GÉNERO

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SIMBOLOGÍA Manual de Procedimientos

Inicio y fin Archivo temporal: cronológico (C),

alfabético (A) o numérico (N)

Actividad Archivo definitivo: cronológico (C),

alfabético (A) o numérico (N)

Documento Efectivo o cheque

Sistema y/o archivo informático Objeto o cosa

Decisión Actividades que se realizan de

manera continua

Pasa el tiempo Actividades que se realizan de

manera simultánea

Conector de actividad

Indicadores de texto

Conector de página

Conector de procedimiento

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DESCRIPCIÓN Y DIAGRAMAS DE PROCEDIMIENTOS Manual de Procedimientos

CONSULTOR OPERATIVO DE AUDITORÍA

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DESCRIPCIÓN Y DIAGRAMAS DE PROCEDIMIENTOS Manual de Procedimientos

VISITA DOMICILIARIA

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Recepción y Análisis de la Orden de Visita Domiciliaria y Documentación Anexa.

OBJETIVO

Analizar y verificar las Órdenes de visitas domiciliarias en comercio exterior y Documentación anexa recibida, para conocer las características de los contribuyentes a revisar y verificar que los datos asentados sean los correctos.

FRECUENCIA DE REALIZACIÓN

Permanente.

PROCEDIMIENTOS CON LOS QUE CONECTA

₋ Realización de Auditorías y Levantamiento de Actas (Artículo 42 Fracción III del Código Fiscal de la Federación).

₋ Realización de Auditorías y Levantamiento de Actas (Artículo 42 Fracción V del Código Fiscal de la Federación).

NORMAS

• La Orden de visita domiciliaria, se debe recibir en Sobre cerrado, y contener la siguiente documentación:

• Orden de visita domiciliaria en tres tantos. • Carta de los derechos del contribuyente auditado en un tanto. • Folleto anticorrupción de auditorías fiscales en un tanto. • Antecedentes de programación en un tanto. • Reporte de la Base Nacional de Datos en un tanto. • Verificación ocular en un tanto.

• El Consultor Operativo de Auditoría y el Auditor Fiscal a su cargo, es responsable de la confidencialidad de la información recibida, para realizar la visita domiciliaria.

FIRMA DE VALIDACIÓN

ES RESPONSABILIDAD DEL CONSULTOR OPERATIVO DE AUDITORÍA LA VALIDACIÓN DEL PROCESO Y EL APEGO AL MISMO.

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NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Recepción y Análisis de la Orden de Visita Domiciliaria y Documentación Anexa.

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Consultor Operativo de Auditoría. 1. Recibe del Ejecutivo de Proyectos de Programación de Revisiones, a través del Subdirector de Comercio Exterior, el Sobre cerrado.

2. Obtiene del Sobre cerrado la Orden de visita domiciliaria en tres tantos y verifica que los datos estén correctos.

¿Están correctos los datos de la Orden de visita domiciliaria?

En caso de no estar correctos los datos de la Orden de visita domiciliaria:

2A. Elabora Memorándum en original y copia y recaba firma del Subdirector de Comercio Exterior.

2A.1. Turna el Memorándum en original junto con la Orden de visita domiciliaria en tres tantos al Ejecutivo de Proyectos de Programación de Revisiones, para su corrección, recabando acuse de recibo en el Memorándum en copia, la cual archiva de manera cronológica temporal.

Pasa el tiempo

2A.2. Recibe la Orden de visita domiciliaria en tres tantos corregida del Ejecutivo de Proyectos de Programación de Revisiones.

Continúa con la actividad No. 3.

En caso de estar correctos los datos de la Orden de visita domiciliaria:

3. Integra el Expediente del contribuyente con la Orden de visita domiciliaria en tres tantos y los Documentos contenidos en el Sobre, y lo turna al Auditor Fiscal.

Auditor Fiscal 4. Recibe el Expediente del contribuyente del Consultor Operativo de Auditoría, lo ordena y archiva de manera cronológica temporal.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

Conecta con el Procedimiento:

- Realización de Auditorías y Levantamiento de Actas (Artículo 42 Fracción III del Código Fiscal de la Federación).

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RECEPCIÓN Y ANÁLISIS DE LA ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA Y DOCUMENTACIÓN ANEXA.

SUBDIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR

CONSULTOR OPERATIVO DE AUDITORÍA AUDITOR FISCAL

INICIO

SOBRE

RECIBE

( 1 )

EJECUTIVO DE PROYECTOS DE

PROGRAMACIÓN DE REVISIONES

ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA

SOBRE

OBTIENE Y VERIFICA QUE ESTÉN CORRECTOS LOS

DATOS

( 2 )

1-3T

¿ESTÁN CORRECTOS LOS DATOS DE LA ORDEN DE

VISITA DOMICILIARA?

NO

SI

MEMORÁNDUM

ELABORA Y RECABA FIRMA

( 2A )

O-1

SUBDIRECTOR DE COMERCIO EXTERIOR

MEMORÁNDUM

ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA

MEMORÁNDUM

TURNA PARA SU CORRECCIÓN Y RECABA

ACUSE DE RECIBO

( 2A.1 )

O

1-3T

1

C

EJECUTIVO DE PROYECTOS DE

PROGRAMACIÓN DE REVISIONES

ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA

RECIBE CORREGIDA

1-3T

EJECUTIVO DE PROYECTOS DE

PROGRAMACIÓN DE REVISIONES

1

(2A.2)

SOBRE

ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA

INTEGRA EL EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE Y TURNA

1-3T

AUDITOR FISCAL

1

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

RECIBE

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍA

( 4 )

( 3 )

C

FIN

CONECTA CON EL PROCEDIMIENTO:- REALIZACIÓN DE AUDITORÍA Y LEVANTAMIENTO DE ACTAS (ARTÍCULO 42 FRACCIÓN III DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN). - REALIZACIÓN DE AUDITORÍA Y LEVANTAMIENTO DE ACTAS (ARTÍCULO 42 FRACCIÓN V DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN).

A TRAVÉS DEL SUBDIRECTOR DE COMERCIO

EXTERIOR

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NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Auditorías y Levantamiento de Actas (Artículo 42 Fracción III del Código Fiscal de la Federación).

OBJETIVO

Determinar mediante acuerdos, los procedimientos de revisión que procedan conforme al antecedente de programación y a las disposiciones legales que señalan las Leyes Fiscales y la Normatividad vigente en el ámbito Federal y Estatal, en el sentido de hacer constar en papeles de trabajo y en las actas correspondientes a las visitas domiciliarias desde su inicio hasta su conclusión y los resultados, con la finalidad de documentar la revisión fiscal.

FRECUENCIA DE REALIZACIÓN

Permanente.

PROCEDIMIENTOS CON LOS QUE CONECTA

- Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

- Recepción y Entrega de Bienes Derivados de un Acto de Fiscalización.

NORMAS

• En caso que no se encuentre al contribuyente o representante legal, en el domicilio fiscal, se debe dejar Citatorio para el siguiente día hábil.

• En caso de que el contribuyente o su representante legal, no cumplan con la fecha y hora señaladas en el Citatorio, se debe requerir la presencia de la persona de mayor jerarquía en la empresa con su identificación oficial con fotografía y le entrega la Orden de visita domiciliaria, la Carta de los derechos del contribuyente auditado y el Folleto anticorrupción de auditorías fiscales, recabando la firma de recibido en los mismos.

• Los visitadores deben solicitar al compareciente que acredite su personalidad mediante una identificación oficial con fotografía y documentos con los que acrediten el vínculo con el contribuyente.

• Para llevar a cabo el proceso de visita domiciliaria, se pueden levantar tantas actas parciales como sean necesarias.

• Los visitadores pueden levantar Actas de inicio, parciales o complementarias, Última acta parcial y/o Acta final (Artículo 46 del Código Fiscal de la Federación).

• En las Actas se debe consignar en forma circunstanciada, analítica y pormenorizada, los hechos u omisiones que integran las irregularidades que hagan presumir la comisión de infracciones a las disposiciones fiscales y aduaneras, a efecto de darlos a conocer al contribuyente, para que éste proporcione los documentos con los que pretenda

FIRMA DE VALIDACIÓN

ES RESPONSABILIDAD DEL CONSULTOR OPERATIVO DE AUDITORÍA LA VALIDACIÓN DEL PROCESO Y EL APEGO AL MISMO.

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NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Auditorías y Levantamiento de Actas (Artículo 42 Fracción III del Código Fiscal de la Federación).

NORMAS

desvirtuar las irregularidades consignadas.

• Se le denomina compareciente al contribuyente, representante legal o tercero que atienda la diligencia, el cual se debe señalar en el Acta correspondiente.

• Cuando en la visita domiciliaria se conozca que el contribuyente cuenta con mercancía de procedencia extranjera, se debe proceder a levantar un inventario físico de la misma y solicitar en ese momento a la persona que atienda la diligencia, la exhibición de la documentación con la cual acredite la legal importación, estancia y/o tenencia, y en caso de no exhibirla o la que exhiba no es suficiente, se notifica en el Acta de inicio, la iniciación del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera.

• En caso de proceder el embargo precautorio se le requiere al compareciente señale un domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la circunscripción territorial de la autoridad competente para tramitar y resolver el procedimiento correspondiente, apercibido que de no hacerlo, señale uno que no le corresponda, desocupar el domicilio sin avisar a la autoridad competente, desaparezca del domicilio señalado después de iniciadas las facultades de comprobación o de oponerse a las diligencias de notificación de los actos relacionados con el procedimiento, las notificaciones se realizarán por estrados.

• Los visitadores están autorizados para solicitar a los contribuyentes o a su representante legal, durante el desarrollo de la visita domiciliaria, documentos comprobatorios y registros contables, la cual se debe plasmar en las Actas de inicio que para tal efecto levanten.

• Los visitadores deben incluir en el Acta donde se realice la solicitud de datos, informes o documentos al contribuyente, el plazo otorgado para la presentación de los mismos y el apercibimiento de imposición de multa, en caso de no acreditar o presentar documentación.

• En caso de que el contribuyente no cumpla con proporcionar los datos, informes o documentos, se debe proceder a imponer la multa correspondiente.

• Los visitadores al elaborar el Acta de inicio deben anotar los hechos acontecidos en el inicio de la auditoría, desde la notificación de la orden, la identificación de los visitadores y el compareciente, la designación de los testigos, el recorrido físico al domicilio fiscal, y en su caso, la notificación e inicio del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera, el embargo de la mercancía, relación de documentos y su valoración para desvirtuar dicho procedimiento o plazo para otorgarlos, así como requerir los documentos a fiscalizar, y en su caso el plazo para entregar dicha documentación, entre otros.

• Los visitadores deben firmar todas las Actas, a fin de garantizar la legalidad del proceso.

• En caso que la Documentación presentada por el contribuyente, no sea suficiente o no se desahogue se debe requerir información de terceros para validar dicha Documentación proporcionada por el contribuyente (compulsas).

• En caso de no presentar la Documentación requerida en el segundo requerimiento, se otorga otro plazo para su exhibición, quedando asentando en el Acta parcial.

• En caso de encontrar mercancía de procedencia extranjera, es necesario verificar las especificaciones de la misma (tamaño, peso, características, etc.) para determinar si deber ser extraída o se queda en depositaria.

• Tratándose de depositaría, se debe realizar el apercibimiento de la ley para el caso de depositaría infiel, como se menciona en los supuestos del artículo 112 del Código Fiscal de la Federación.

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NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Auditorías y Levantamiento de Actas (Artículo 42 Fracción III del Código Fiscal de la Federación).

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Consultoría Operativa de Auditoría.

1. Obtiene del archivo cronológico temporal, el Expediente del contribuyente, y extrae la Orden de visita domiciliaria en tres tantos, la Carta de los derechos del contribuyente auditado en un tanto y el Folleto anticorrupción de auditorías fiscales en un tanto.

2. Analiza las características del contribuyente a revisar de la Orden de visita domiciliaria en tres tantos, en coordinación con el Subdirector de Comercio Exterior, y realizan la planeación del inicio de la visita domiciliaria.

3. Acude al domicilio fiscal del contribuyente, entrega previa identificación, tanto del auditor como del compareciente, la Orden de visita domiciliaria en primer tanto, la Carta de los derechos del contribuyente auditado en un tanto, y el Folleto anticorrupción de auditorías fiscales en un tanto y recaba acuse de recibo del compareciente, en la Orden de visita domiciliaria en segundo y tercer tanto.

4. Solicita al compareciente la designación de dos testigos, haciendo de su conocimiento que en caso de negativa o imposibilidad para nombrarlos serán nombrados por la autoridad.

5. Levanta Acta de inicio en tres tantos en la cual anota los hechos acontecidos en el inicio de la auditoría, desde la identificación de los auditores, hasta la entrega de la Orden de visita domiciliaria y designación de los testigos.

6. Realiza recorrido físico en compañía del compareciente y los testigos designados y verifica si existe mercancía de procedencia extranjera en el domicilio fiscal.

¿Existe mercancía de procedencia extranjera?

UUUEn caso de no existir mercancía de procedencia extranjera:

Continúa en la actividad No. 12.

UUUEn caso de existir mercancía de procedencia extranjera:

7. Realiza inventario físico de la mercancía y solicita la Documentación con la que se acredite su legalidad, tenencia y/o estancia en el país.

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NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Auditorías y Levantamiento de Actas (Artículo 42 Fracción III del Código Fiscal de la Federación).

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Consultoría Operativa de Auditoría ¿Presentó Documentación con la que se acredite su legalidad, tenencia y/o estancia en el país?

UUUEn caso de no presentar la Documentación con la que se acredite su legal tenencia y/o estancia en el país:

Continúa con la actividad No.9.

UUUEn caso de presentar Documentación con la que se acredite su legal tenencia y/o estancia en el país UUU:

8. Recibe la Documentación en un tanto del contribuyente, la analiza y relaciona de forma amplia para verificar si acredita la legalidad, tenencia y/o estancia de la mercancía en el país, verificando en los sistemas institucionales.

¿Procede el inicio del PAMA?

UUUEn caso de no proceder el inicio del PAMA:

Continúa con la actividad No. 12

UUUEn caso de proceder el inicio del PAMA:

9.

Inicia el embargo precautorio de los bienes, se le notifica al contribuyente el inicio del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA) y se hace constar que cuenta con un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a aquel en que surta efectos la notificación, a fin de ofrecer las pruebas y realizar alegatos.

10. Funda y motiva el embargo precautorio, y señala el lugar y bajo quien quedará la guardia y custodia de la mercancía en el Acta de inicio en tres tantos, en el caso de que la visita domiciliaria vaya a continuarse, se circunstanciará que dicha acta hace las veces de acta final en la parte de la visita que se relaciona con los impuestos al comercio exterior y las cuotas compensatorias de las mercancías embargadas.

¿Se extrae la mercancía o se queda en depositaría?

UUUEn caso de quedar en depositaría:

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NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Auditorías y Levantamiento de Actas (Artículo 42 Fracción III del Código Fiscal de la Federación).

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Consultoría Operativa de Auditoría 10A. Señala en el Acta de inicio en tres tantos, que dicha mercancía quedará en depositaría del compareciente y efectúa el apercibimiento de incurrir en el delito de depositaría infiel.

Continúa con la actividad No. 12

UUUEn caso de extraer la mercancía UUU:

11. Señala al contribuyente el domicilio del Recinto Fiscal donde quedará en custodia hasta que compruebe su legal tenencia y/o estancia en el país.

Conecta con el procedimiento:

- Recepción y Entrega de Bienes Derivados de un Acto de Fiscalización.

12. Determina si continúa con la visita domiciliaria.

¿Continúa con la visita domiciliaria?

UUUEn caso de no continuar con la visita domiciliaria:

12A Recaba firma del compareciente, testigos y visitador en el Acta de inicio en tres tantos, entrega al compareciente el primer tanto, integra al Expediente del contribuyente el segundo y tercer tanto y la Orden de vista domiciliaria en segundo y tercer tanto, archivándolo de manera cronológica temporal.

Fin.

UUUEn caso de continuar con la visita domiciliaria:

13. Requiere al compareciente que exhiba Documentación.

¿Tiene pendiente de exhibir la Documentación?

UUUEn caso de no tener pendiente de exhibir la Documentación:

13.A Recibe del compareciente la Documentación en un tanto, la relaciona, la devuelve y hace constar en el Acta de inicio en tres tantos que la revisión se llevará a cabo en el domicilio fiscal del contribuyente.

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NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Auditorías y Levantamiento de Actas (Artículo 42 Fracción III del Código Fiscal de la Federación).

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Consultoría Operativa de Auditoría 13A.1 Recaba firma del compareciente, testigos y visitador en el Acta de inicio en dos tantos, entrega al compareciente el primer tanto, integra al Expediente del contribuyente el segundo y tercer tanto y la Orden de vista domiciliaria en segundo y tercer tanto, archivándolo de manera cronológica temporal.

Continúa con la actividad No. 25.

UUUEn caso de tener pendiente de exhibir la Documentación:

14. Señala en el Acta de inicio en tres tantos, que la Documentación no fue exhibida por el compareciente y otorga un plazo de seis días hábiles para su entrega y se le apercibe de imposición de multa, en caso de no proporcionarla con posterioridad.

Pasa el tiempo.

15. Acude al domicilio del contribuyente o su representante legal, solicita la Documentación y determina si continúa con el acto fiscalización.

¿Continúa con el acto fiscalización?

UUUEn caso de no continuar con el acto de fiscalización:

15A. Recibe Documentación en un tanto del compareciente, la relaciona y devuelve.

15A.1 Elabora la Segunda acta parcial en tres tantos, en donde circunstancía la entrega de la Documentación y recaba firma del compareciente.

15A.2 Distribuye la Segunda acta parcial de la siguiente manera:

- El primer tanto al compareciente. - El segundo y tercer tanto al Expediente del

contribuyente.

Continúa con la actividad No. 25

UUUEn caso de continuar con el acto de fiscalización:

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NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Auditorías y Levantamiento de Actas (Artículo 42 Fracción III del Código Fiscal de la Federación).

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Consultoría Operativa de Auditoría 16. Elabora la Segunda acta parcial en tres tantos, señala que no exhibió Documentación, recaba firma del compareciente, se le indica que cuenta con un plazo de seis días hábiles para presentar la Documentación y se apercibe que de no hacerlo se impondrá una multa.

17. Distribuye la Segunda acta parcial de la siguiente manera:

- El primer tanto al compareciente. - El segundo y tercer tanto al Expediente del contribuyente.

18. Elabora Oficio de imposición de multa para notificar al contribuyente en dos tantos dirigidos a la Dirección General de Recaudación, para su control y cobro y recaba firma de autorización del Director General de Fiscalización, a través del Subdirector de Comercio Exterior.

Pasa el tiempo.

19. Acude al domicilio del contribuyente o su representante legal y solicita la Documentación para determinar si se impondrá segunda multa

¿Se impondrá segunda multa?

UUUEn caso de no imponer segunda multa:

19A. Recibe la Documentación en un tanto, la relaciona, elabora la Tercera acta parcial en tres tantos, recaba firma del compareciente y testigos y archiva de manera cronológica temporal la Documentación en un tanto.

19A.1 Distribuye la Tercera acta parcial de la siguiente manera:

- El primer tanto al compareciente. - El segundo y tercer tanto al Expediente del

contribuyente.

Continúa con la actividad No. 25.

UUUEn caso de imponer segunda multa:

20. Verifica si exhibe Documentación de forma parcial y la relaciona.

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Auditorías y Levantamiento de Actas (Artículo 42 Fracción III del Código Fiscal de la Federación).

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Consultoría Operativa de Auditoría 21. Elabora Tercera acta parcial en tres tantos, circunstancía en dicha Acta que no exhibió Documentación o que lo hizo de forma parcial y recaba firma del compareciente o representante legal y testigos.

22. Entrega Tercera acta parcial en un tanto al compareciente e integra al Expediente del contribuyente el segundo y tercer tanto.

23. Elabora Segundo oficio de imposición de multa para notificar al contribuyente en dos tantos dirigidos a la Dirección General de Recaudación, para su control y cobro y recaba firma de autorización del Director General de Fiscalización, a través del Subdirector de Comercio Exterior.

24. Integra al Expediente del contribuyente, el Segundo oficio de imposición de multa en segundo tanto y lo archiva de manera cronológica temporal.

25. Elabora Tarjeta de control de acuerdos en un tanto, de la revisión que se lleva a cabo y determina los procedimientos de auditoría que se aplicarán.

26. Realiza los procedimientos de auditoría y determina si existen irregularidades.

¿Se presentaron irregularidades en los procedimientos de auditoría?

UUUEn caso de no presentar irregularidades en los procedimientos de auditoría:

26A. Levanta por acuerdo, Acta final en tres tantos y la firma para su debida entrega al compareciente.

26A.2. Entrega primer tanto del Acta final al compareciente e integra al Expediente del contribuyente el segundo y tercer tanto y lo archiva de manera cronológica definitiva.

Fin.

UUUEn caso de presentar irregularidades en los procedimientos de auditoría:

MAYO 2016 PÁG. 15

COPIA N

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DA

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Auditorías y Levantamiento de Actas (Artículo 42 Fracción III del Código Fiscal de la Federación).

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Consultoría Operativa de Auditoría 27. Realiza el cálculo de Créditos fiscales en papeles de trabajo por autocorrección y solicita al compareciente que acuda a la Dirección General de Fiscalización mediante Citatorio.

Pasa el tiempo.

¿Acudió el contribuyente en el día señalado en el Citatorio?

UUUEn caso de no acudir el contribuyente en el día señalado en el Citatorio:

27A. Levanta Acta de no comparecencia en tres tantos, donde se señala que no acudió y entrega el primer tanto al contribuyente.

27A.1 Integra el segundo y tercer tanto del Acta de no comparecencia al Expediente del contribuyente.

27A.2 Elabora Proyecto de la última acta parcial en un tanto y turna para validación al Consultor de Normatividad de Comercio Exterior.

Pasa el tiempo.

27.A3 Recibe Proyecto de la última acta parcial en un tanto del Consultor de Normatividad de Comercio Exterior y verifica si presenta correcciones.

¿Presenta correcciones el Proyecto de última acta parcial?

UUUEn caso de no presentar correcciones el Proyecto de última acta parcial:

Continúa con la actividad No. 27A.5

UUUEn caso de presentar correcciones el Proyecto de última acta parcial:

27A.4 Realiza las correcciones al Proyecto de la última acta parcial y la archiva de manera cronológica temporal.

27A.5 Elabora Última acta parcial en tres tantos, se le comunica al contribuyente las irregularidades y que cuenta con un plazo de 20 días más 15 días si se trata de más de un ejercicio fiscal para responder.

MAYO 2016 PÁG. 16

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Auditorías y Levantamiento de Actas (Artículo 42 Fracción III del Código Fiscal de la Federación).

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Consultoría Operativa de Auditoría 27A.6 Entrega el primer tanto de la Última acta parcial al compareciente e integra al Expediente del contribuyente el segundo y tercer tanto.

Continúa con la actividad No. 32.

UUUEn caso de acudir el contribuyente en el día señalado en el Citatorio:

28. Da a conocer las irregularidades y crédito fiscal, levanta Acta de comparecencia en dos tantos.

29. Firma y recaba firma del compareciente en el Acta de comparecencia, entrega el primer tanto e integra el segundo tanto al Expediente del contribuyente.

Pasa el tiempo.

30. Verifica si el contribuyente realizó la autocorrección.

¿El contribuyente realizó la autocorrección?

UUUEn caso de que el contribuyente no haya realizado la autocorrección

30A. Levanta Acta final en tres tantos, donde se hace constar que el contribuyente no realizó la autocorrección, firma y recaba firma del compareciente y los testigos en el Acta final en tres tantos.

30A.1 Entrega el primer tanto del Acta final al compareciente y el segundo y tercer tanto se integran al Expediente del contribuyente.

Pasa el tiempo.

30A.2 Elabora e imprime Proyecto de resolución final en un tanto y turna al Consultor de Normatividad de Comercio Exterior para su validación.

Pasa el tiempo.

30A.3 Recibe el Proyecto de resolución final del Consultor de Normatividad de Comercio Exterior en un tanto y verifica si presenta correcciones.

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Auditorías y Levantamiento de Actas (Artículo 42 Fracción III del Código Fiscal de la Federación).

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Consultoría Operativa de Auditoría ¿Presenta correcciones el Proyecto de resolución final?

UUUEn caso de no presentar correcciones el Proyecto de resolución final:

Continúa con la actividad 30A.5

UUUEn caso de presentar correcciones:

30A.4 Realiza las correcciones al Proyecto de resolución final en un tanto y la archiva de manera cronológica temporal.

30A.5 Elabora e imprime Resolución final en tres tantos.

30A.6 Rubrica, recaba rúbrica del Subdirector de Comercio Exterior y firma del Director General de Fiscalización en la Resolución final en tres tantos.

30A.7 Notifica la Resolución final el primer tanto al contribuyente, entrega el segundo tanto al Director General de Recaudación para su control y cobro mediante Oficio y el tercer tanto lo integra al Expediente del contribuyente.

30A.8 Informa vía correo electrónico al Consultor de Normatividad de Comercio Exterior de la Resolución final para su seguimiento y al Ejecutivo de Proyectos de Programación de Revisiones para su reporte de conclusión.

Fin.

UUUEn caso que el contribuyente haya realizado la autocorrección.

31. Recibe del contribuyente Escrito de autocorrección en original, copia de los Formulario de pago de contribuciones presentadas ante el Sistema de Administración Tributaria, o ante las Oficinas de Hacienda del Estado correspondientes y en su caso los Pedimentos de importación y exportación en un tanto.

32. Levante e imprime el Acta final en tres tantos, donde se hace constar que el contribuyente se autocorrigió.

33. Firma y recaba firma del compareciente y los testigos en el Acta final en tres tantos.

MAYO 2016 PÁG. 18

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Auditorías y Levantamiento de Actas (Artículo 42 Fracción III del Código Fiscal de la Federación).

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Consultoría Operativa de Auditoría 34. Entrega el primer tanto del Acta final al compareciente e integra al Expediente del contribuyente el segundo y tercer tanto.

35. Integra al Expediente del contribuyente, el Escrito de autocorrección en original, la copia de los Formulario de pago de contribuciones y en su caso Pedimentos de importación y exportación en un tanto.

36. Informa vía correo electrónico al Ejecutivo de Proyectos de Programación de Revisiones de la conclusión por autocorrección para las correspondientes afectaciones en los sistemas institucionales.

37. Elabora Índice de la documentación que integra el Expediente del contribuyente, realiza foliado de los documentos y turna al por medio de Memorándum al Archivo para su guarda y custodia.

FIN DEL PROCEDIMIENTO.

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¿CONTINÚA CON LA VISITA DOMICILIARIA?

NO

SI

ACTA DE INICIO

MAYO 2016

SUBDIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR

CONSULTORÍA OPERATIVA DE AUDITORÍA

INICIO

FOLLETO ANTICORRUPCIÓN DE AUDITORÍAS FISCALES

CARTA DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE AUDITADO

ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

OBTIENE Y EXTRAE

1-3T

1T

1T

C

( 1 )

ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA

ANALIZA Y REALIZA LA PLANEACIÓN DE LA VISITA

( 2 )

1-3T

EN COORDINACIÓN

CON EL SUBDIRECTOR DE

COMERCIO EXTERIOR

ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA

FOLLETO ANTICORRUPCIÓN DE AUDITORIAS FISCALES

CARTA DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE AUDITADO

ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA

ACUDE AL DOMICILIO Y ENTREGA Y RECABA ACUSE

DE RECIBO

1T

1T

1T

2-3T

COMPARECIENTE

PREVIA IDENTIFICACIÓN

TANTO DEL AUDITOR COMO DEL

COMPARECIENTE

SOLICITA DESIGNE DOS TESTIGOS

( 3 )

( 4 )

ACTA DE INICIO

LEVANTA

1-3T

( 5 )

ANOTA LOS HECHOS

ACONTECIDOS EN EL INICIO DE LA AUDITORÍA

REALIZA RECORRIDO FÍSICO Y VERIFICA SI EXISTE

MERCANCÍA DE PROCEDENCIA EXTRANJERA

( 6 )

¿EXISTE MERCANCÍA DE PROCEDENCIA EXTRANJERA?

NO

SI

1

REALIZA INVENTARIO FÍSICO Y SOLICITA

DOCUMENTACIÓN

CON LA QUE ACREDITE SU

LEGAL, TENENCIA Y/O

ESTANCIA EN EL PAÍS

( 7 )

¿PRESENTÓ DOCUMENTACIÓN CON LA QUE ACREDITA SU LEGAL

TENENCIA Y/O ESTANCIA?

NO

SI

2

DOCUMENTACIÓN

RECIBE, ANALIZA, RELACIONA Y VERIFICA EN

LOS SISTEMAS INSTITUCIONALES

SI ACREDITE SU LEGAL

TENENCIA Y/O ESTANCIA EN EL

PAÍS

1T

( 8 )

¿PROCEDE EL INICIO DEL PAMA?

NO

SI

1

INICIA EMBARGO PRECAUTORIO Y NOTIFICA EL

INICIO DEL PAMA

( 9 )

ACTA DE INICIO

FUNDA Y MOTIVA EL EMBARGO PRECAUTORIO Y

SEÑALA

EL LUGAR Y BAJO QUIEN

QUEDARÁ LA GUARDIA Y

CUSTODIA DE LA MERCANCÍA

1-3T

¿SE EXTRAE LA MERCANCÍA O SE QUEDA EN DEPOSITARÍA?

DEPOSITARÍA

EXTRAE

ACTA DE INICIO

SEÑALA Y EFECTÚA EL APERCIBIMIENTO

1-3T

( 10 )

( 10A )

2

SEÑALA EL DOMICILIO DEL RECINTO FISCAL

( 11 )

DETERMINA SI CONTINÚA CON LA VISITA DOMICILIARIA

( 12 )

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA

ACTA DE INICIO

ACTA DE INICIO

RECABA FIRMA, ENTREGA E INTEGRA

COMPARECIENTE, TESTIGOS Y VISITADOR

1T

( 12A )

2-3T

COMPARECIENTE

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

2-3T

C

FIN

REQUIERE QUE EXHIBA DOCUMENTACIÓN

COMPARECIENTE

( 13 )

¿TIENE PENDIENTE DE EXHIBIR DOCUMENTACIÓN?

NO

SIDOCUMENTACIÓN

RECIBE, RELACIONA, DEVUELVE Y HACE CONSTAR

( 13A)

1T

COMPARECIENTE

1

ACTA DE INICIO

SEÑALA Y APERCIBE

( 14 )

1-3T

QUE LA DOCUMENTACIÓN NO

FUE EXHIBIDA Y OTORGA UN PLAZO DE SEIS DÍAS

HÁBILES PARA SU ENTREGA

2

REALIZACIÓN DE AUDITORÍAS Y LEVANTAMIENTO DE ACTAS (ARTÍCULO 42 FRACCIÓN III DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN)

1

1-3TCOMPARECIENTE

EN COMPAÑÍA DEL

COMPARECIENTE Y LOS TESTIGOS

CONTRIBUYENTE

RECEPCIÓN Y ENTREGA DE BIENES DERIVADOS DE UN ACTO DE FISCALIZACIÓN

CONTRIBUYENTE

COPIA N

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EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

TERCERA ACTA PARCIAL

MAYO 2016

SUBDIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR

CONSULTORÍA OPERATIVA DE AUDITORÍA

1

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA

ACTA DE INICIO

ACTA DE INICIO

RECABA FIRMA, ENTREGA E INTEGRA

COMPARECIENTE, TESTIGOS Y VISITADOR

1T

( 13A.1 )

2-3T

COMPARECIENTE

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

2-3T

C

3

2

ACUDE AL DOMICILIO, SOLICITA DOCUMENTACIÓN Y DETERMINA SI CONTINÚA

CON EL ACTO DE FISCALIZACIÓN

( 15 )

¿CONTINÚA CON EL ACTO DE FISCALIZACIÓN?

NO

SI

DOCUMENTACIÓN

RECIBE, LA RELACIONA Y DEVUELVE

( 15A )

1T

COMPARECIENTE

SEGUNDA ACTA PARCIAL

ELABORA Y RECABA FIRMA

1-3T

COMPARECIENTE

EN DONDE CIRCUNSTANCÍA

LA ENTREGA DE LA DOCUMENTACIÓN

( 15A.1 )

SEGUNDA ACTA PARCIAL

SEGUNDA ACTA PARCIAL

DISTRIBUYE

1T

COMPARECIENTE

2-3T

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

( 15A.2 )

3

SEGUNDA ACTA PARCIAL

ELABORA, RECABA FIRMA, E INDICA

1-3T

COMPARECIENTE

( 16 )

QUE CUENTA CON UN PLAZO DE SEIS DÍAS HÁBILES PARA

PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN Y SE APERCIBE QUE DE NO

HACERLO SE IMPONDRÁ UNA MULTA

SEGUNDA ACTA PARCIAL

SEGUNDA ACTA PARCIAL

DISTRIBUYE

1T

COMPARECIENTE

2-3T

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

( 17 )

OFICIO DE IMPOSICIÓN DE MULTA

ELABORA PARA NOTIFICAR Y RECABA FIRMA

1-2T

DIRIGIDOS A LA DIRECCIÓN

GENERAL DE RECAUDACIÓN,

PARA SU CONTROL Y COBRO

DIRECTOR GENERAL DE

FISCALIZACIÓN

( 18 )

ACUDE AL DOMICILIO Y SOLICITA DOCUMENTACIÓN

PARA DETERMINAR SI SE IMPONDRÁ SEGUNDA MULTA

( 19 )

¿SE IMPONDRÁ SEGUNDA MULTA?

NO

SI

DOCUMENTACIÓN

RECIBE, LA RELACIONA, ELABORA Y RECABA

( 19A )

1T

COMPARECIENTE Y TESTIGOS

1-3T

TERCERA ACTA PARCIAL

TERCERA ACTA PARCIAL

DISTRIBUYE

1T

2-3T

( 19A.1 )

3

COMPARECIENTE

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

VERIFICA SI EXHIBE DOCUMENTACIÓN DE

MANERA PARCIAL

( 20 )

TERCERA ACTA PARCIAL

ELABORA, CIRCUNSTANCIA Y RECABA FIRMA

( 21 )

1-3T

COMPARECIENTE Y TESTIGOS

QUE NO EXHIBIÓ DOCUMENTACIÓN

O QUE LO HIZO DE FORMA PARCIAL

TERCERA ACTA PARCIAL

TERCERA ACTA PARCIAL

ENTREGA E INTEGRA

1T

2-3T

COMPARECIENTE

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

( 22 )

SEGUNDO OFICIO DE IMPOSICIÓN DE MULTA

ELABORA PARA NOTIFICAR AL CONTRIBUYENTE RECABA

FIRMA

1-2T

DIRIGIDOS A LA DIRECCIÓN

GENERAL DE RECAUDACIÓN,

PARA SU CONTROL Y COBRO

DIRECTOR GENERAL DE

FISCALIZACIÓN

( 23 )

SEGUNDO OFICIO DE IMPOSICIÓN DE MULTA

INTEGRA

( 24 )

2T

3

REALIZACIÓN DE AUDITORÍAS Y LEVANTAMIENTO DE ACTAS (ARTÍCULO 42 FRACCIÓN III DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN)

C

C

CONTRIBUYENTE O REPRESENTANTE

LEGAL

CONTRIBUYENTE

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ÚLTIMO ACTA PARCIAL

ACTA DE NO COMPARECENCIA

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

SUBDIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR

CONSULTORÍA OPERATIVA DE AUDITORÍA

3

TARJETA DE CONTROL DE ACUERDOS

ELABORA Y DETERMINA LOS PROCEDIMIENTOS DE

AUDITORÍA QUE SE APLICARÁN

( 25 )

1T

REALIZA LOS PROCEDIMIENTOS DE

AUDITORÍA Y DETERMINA SI EXISTEN IRREGULARIDADES

( 26 )

¿SE PRESENTARON IRREGULARIDADES EN LOS

PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA?

NO

SI

ACTA FINAL

LEVANTA POR ACUERDO Y FIRMA PARA SU ENTREGA

( 26A )

1-3T

ACTA FINAL

ACTA FINAL

ENTREGA E INTEGRA

( 26A.1 )

1T

2-3T

COMPARECIENTE

C

FIN

REALIZA EL CÁLCULO DE CRÉDITOS FISCALES Y SOLICITA QUE ACUDA

( 27 )

COMPARECIENTE

A LA DIRECCIÓN GENERAL DE

FISCALIZACIÓN MEDIANTE CITATORIO

¿ACUDIÓ EL CONTRIBUYENTE EN EL DÍA SEÑALADO EN EL

CITATORIO?

NO

SI

ACTA DE NO COMPARECENCIA

LEVANTA Y ENTREGA

1-3T

( 27A )

DONDE SE SEÑALA QUE NO ACUDIÓ

3

ACTA DE COMPARECENCIA

DA A CONOCER LAS IRREGULARIDADES, LEVANTA

E INVITA A LA AUTOCORRECCIÓN

( 28 )

1-2T

REALIZACIÓN DE AUDITORÍAS Y LEVANTAMIENTO DE ACTAS (ARTÍCULO 42, FRACCIÓN III DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN)

1T

CONTRIBUYENTE

ACTA DE NO COMPARECENCIA

INTEGRA AL EXPEDIENTE DEL COMPARECIENTE

2-3T

( 27A.1 )

PROYECTO DE ÚLTIMA ACTA PARCIAL

ELABORA Y TURNA

( 27A.2 )

1T

CONSULTOR DE NORMATIVIDAD DE

COMERCIO EXTERIOR

PROYECTO DE ÚLTIMA ACTA PARCIAL

RECIBE Y VERIFICA SI PRESENTA CORRECCIONES

1T

( 27A.3 )

CONSULTOR DE NORMATIVIDAD DE COMERCIO

EXTERIOR

¿PRESENTA CORRECCIONES EL PROYECTO DE ÚLTIMA

ACTA PARCIAL?

NO

SI

PROYECTO DE ÚLTIMA ACTA PARCIAL

REALIZA LAS CORRECCIONES

1T

( 27A.4 )

C

ÚLTIMA ACTA PARCIAL

ELABORA Y SE COMUNICA LAS IRREGULARIDADES

1-3T

( 27A.5 )

ÚLTIMA ACTA PARCIAL

ENTREGA E INTEGRA AL EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

( 27A.6 )

1T

COMPARECIENTE

2-3T

4

ACTA DE COMPARECENCIA

FIRMA, RECABA FIRMA, ENTREGA E INTEGRA AL

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

COMPARECIENTE

1-2T

( 29 )

VERIFICA SI EL CONTRIBUYENTE REALIZÓ

LA AUTOCORRECCIÓN

4

MAYO 2016

CONTRIBUYENTE

( 30 )

COPIA N

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MAYO 2016

REALIZACIÓN DE AUDITORÍAS Y LEVANTAMIENTO DE ACTAS (ARTÍCULO 42 FRACCIÓN III DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN)

SUBDIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR

CONSULTORÍA OPERATIVA DE AUDITORÍA

4

¿EL CONTRIBUYENTE REALIZÓ LA AUTOCORRECCIÓN?

NO

SI

ACTA FINAL

LEVANTA, FIRMA Y RECABA FIRMAS

DONDE HACE CONSTAR QUE EL CONTRIBUYENTE NO REALIZÓ LA

AUTOCORRECCIÓN

( 30A )

1-3T

COMPARECIENTE Y TESTIGOS

ACTA FINAL

ACTA FINAL

ENTREGA E INTEGRA AL EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

( 30A.1 )

1T

2-3T

COMPARECIENTE

PEDIMENTOS DE IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES

FORMULARIOS DE PAGO DE CONTRIBUCIONES

ESCRITO DE AUTOCORRECCIÓN

RECIBE

( 31 )

CONTRIBUYENTE

O

1

1T

PROYECTO DE RESOLUCIÓN FINAL

ELABORA, IMPRIME Y TURNA

1T

( 30A.2 )

CONSULTOR DE NORMATIVIDAD DE

COMERCIO EXTERIOR

PROYECTO DE RESOLUCIÓN FINAL

RECIBE Y VERIFICA SI PRESENTA CORRECCIONES

1T

CONSULTOR DE NORMATIVIDAD DE

COMERCIO EXTERIOR

( 30A.3 )

¿PRESENTA CORRECCIONES EL PROYECTO DE

RESOLUCIÓN?

NO

SI

PROYECTO DE RESOLUCIÓN FINAL

REALIZA CORRECCIONES

( 30A.4 )

1T

C

RESOLUCIÓN FINAL

ELABORA E IMPRIME

( 30A.5 )

1-3T

RESOLUCIÓN FINAL

RÚBRICA, RECABA RÚBRICA Y FIRMA

- SUBDIRECTOR DE COMERCIO EXTERIOR- DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN

1-3T

( 30A.6 )

RESOLUCIÓN FINAL

RESOLUCIÓN FINAL

RESOLUCIÓN FINAL

NOTIFICA Y ENTREGA

1T

CONTRIBUYENTE

2T

DIRECTOR GENERAL DE

RECAUDACIÓN

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

3T

( 30A.7 )

INFORMA LA RESOLUCIÓN FINAL PARA SU SEGUIMIENTO

( 30A.8 )

VÍA CORREO ELECTRÓNICO

- CONSULTOR DE NORMATIVIDAD DE COMERCIO EXTERIOR- EJECUTIVO DE PROYECTOS DE PROGRAMACIÓN DE REVISIONES

FIN

ACTA FINAL

LEVANTA E IMPRIME

DONDE HACE CONSTAR QUE EL

CONTRIBUYENTE SE AUTOCORRIGIÓ

( 32 )

1-3T

ACTA FINAL

FIRMA Y RECABA FIRMAS

1-3T

( 33 )

COMPARECIENTE Y TESTIGOS

ACTA FINAL

ACTA FINAL

ENTREGA E INTEGRA

( 34 )

1T

2-3T

COMPARECIENTE

PEDIMENTOS DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN

FORMULARIOS DE PAGO DE CONTRIBUCIONES

ESCRITO DE AUTOCORRECCIÓN

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

INTEGRA Y ORDENA

O

( 35 )

1

1T

INFORMA DE LA CONCLUSIÓN PARA LAS

CORRESPONDIENTES AFECTACIONES EN LOS

SISTEMAS INSTITUCIONALES

VÍA CORREO ELECTRÓNICO

EJECUTIVO DE PROYECTOS DE

PROGRAMACIÓN DE REVISIONES

FIN

( 36 )

4

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

ELABORA ÍNDICE, REALIZA FOLIADO DE LOS

DOCUMENTOS Y TURNA

( 37 )

MEDIANTE MEMORÁNDUM

PARA SU GUARDA Y CUSTODIA

ARCHIVO

COPIA N

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Auditorías y Levantamiento de Actas (Artículo 42 Fracción V del Código Fiscal de la Federación).

OBJETIVO

Determinar mediante acuerdos, los procedimientos de revisión que procedan conforme al antecedente de programación y a las disposiciones legales que señalan las Leyes Fiscales y la Normatividad vigente en el ámbito Federal y Estatal, a fin verificar la documentación aduanera y/o comprobantes fiscales que amparen la legal importación, estancia y/o tenencia de las mercancías de procedencia extranjera que se comercializan en un lugar determinado

FRECUENCIA DE REALIZACIÓN

Frecuente.

PROCEDIMIENTOS CON LOS QUE CONECTA

- Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

- Recepción y Entrega de Bienes Derivados de un Acto de Fiscalización.

NORMAS

• En caso que no se encuentre al contribuyente o representante legal en el domicilio fiscal, no se debe dejar Citatorio para el siguiente día hábil.

• La Orden de visita domiciliaria se debe entregar al visitado, a su representante legal, al encargado o a quien se encuentre al frente del lugar visitado, indistintamente.

• Los visitadores deben solicitar al compareciente que acredite su personalidad mediante una identificación oficial con fotografía.

• Se le denomina compareciente a la persona que atiende la diligencia.

• En las Actas se debe consignar en forma circunstanciada, analítica y pormenorizada, los hechos u omisiones que integran las irregularidades que hagan presumir la comisión de infracciones a las disposiciones fiscales y aduaneras, a efecto de darlos a conocer al contribuyente, para que éste proporcione los documentos con los que pretenda desvirtuar las irregularidades consignadas.

• La visita domiciliaria se debe sujetar al procedimiento previsto en el artículo 49 del Código Fiscal de la Federación y el artículo 150 y 151 de la Ley Aduanera.

FIRMA DE VALIDACIÓN

ES RESPONSABILIDAD DEL CONSULTOR OPERATIVO DE AUDITORÍA LA VALIDACIÓN DEL PROCESO Y EL APEGO AL MISMO.

MAYO 2016 PÁG. 24

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Auditorías y Levantamiento de Actas (Artículo 42 Fracción V del Código Fiscal de la Federación)

NORMAS

• Este procedimiento puede realizarse a empresas formales e informales (inscritas y no inscritas al R.F.C.).

• Tratándose de depositaría, se debe realizar el apercibimiento de la ley para el caso de depositaría infiel, como se menciona en los supuestos del artículo 112 del Código Fiscal de la Federación.

• Cuando se realice el recorrido físico en las instalaciones de la empresa o local comercial y se conozca de la

existencia de mercancía de procedencia extranjera, se debe proceder a levantar inventario físico de la mercancía y se debe solicitar en ese momento a la persona que atienda la diligencia la exhibición de la documentación con la cual se acredite la legal importación, estancia y/o tenencia, y en caso de no exhibirla o la que exhiba no es suficiente, se notifica en el Acta de inicio, el inicio del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA), y se hace constar que dicha Acta hace las veces de Acta final.

• Una vez iniciado el PAMA, se requiere al compareciente señale un domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la circunscripción territorial de la autoridad competente para tramitar y resolver el procedimiento correspondiente, apercibiéndole que de no hacerlo o indicar uno que no le corresponda, desocupar el domicilio sin avisar a la autoridad competente, desaparezca del domicilio después de iniciadas las facultades de comprobación o de oponerse a las diligencias de notificación de los actos relacionados con el procedimiento, las notificaciones se realizan por estrados.

• Se debe circunstanciar en el Acta que la mercancía queda embargada en el Recinto Fiscal, bajo la guardia y custodia

de la autoridad aduanera.

MAYO 2016 PÁG. 25

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Auditorías y Levantamiento de Actas (Artículo 42 Fracción V del Código Fiscal de la Federación)

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Consultoría Operativa de Auditoría.

1. Obtiene del archivo cronológico temporal el Expediente del contribuyente, y extrae la Orden de visita domiciliaria en tres tantos, la Carta de los derechos del contribuyente auditado en un tanto y el Folleto anticorrupción de auditorías fiscales en un tanto.

2. Analiza las características del contribuyente a revisar de la Orden de visita domiciliaria en tres tantos, en coordinación con el Subdirector de Comercio Exterior, y realizan la planeación del inicio de la visita domiciliaria.

3. Acude al domicilio fiscal o establecimiento, junto con el Auditor Fiscal encargado de la revisión, verifica que los signos externos coincidan con los datos señalados en la Orden de visita domiciliaria, solicita la presencia del contribuyente o representante legal tratándose de personas morales, o quien se encuentre al frente del lugar visitado, indistintamente.

4. Entrega previa identificación, de las personas actuantes, la Carta de los derechos del contribuyente auditado en un tanto, y el Folleto anticorrupción de auditorías fiscales en un tanto y recaba firma del compareciente, en la Orden de visita domiciliaria en los tres tantos y le entrega el primer tanto.

5. Solicita al compareciente la designación de dos testigos, haciendo de su conocimiento que en caso de negativa o imposibilidad para nombrarlos serán nombrados por la autoridad.

6. Elabora y levanta Acta de inicio en tres tantos en la cual anota los hechos acontecidos en el inicio de la auditoría, desde la identificación de los auditores, entrega de la Orden de visita domiciliaria y designación de los testigos.

7. Realiza recorrido en compañía del compareciente y los testigos designados y verifica si existe mercancía de procedencia extranjera en el domicilio fiscal.

¿Existe mercancía de procedencia extranjera?

En caso de no existir mercancía de procedencia extranjera:

Continúa con la actividad No. 10.

En caso de existir mercancía de procedencia extranjera:

MAYO 2016 PÁG. 26

COPIA N

O CONTROLA

DA

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Auditorías y Levantamiento de Actas (Artículo 42 Fracción V del Código Fiscal de la Federación)

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Consultoría Operativo de Auditoría 8. Levanta inventario físico de la mercancía de procedencia extranjera, lo hace constar en el Acta de inicio en tres tantos y solicita al compareciente la Documentación con la que se acredite su legalidad, tenencia y/o estancia en el país.

¿Presentó Documentación con la que acredite su legal, tenencia y/o estancia en el país?

En caso de no presentar la Documentación con la que acredite su legal, tenencia y/o estancia en el país:

Continúa con la actividad No.9A

En caso de presentar Documentación con la que acredite su legal, tenencia y/o estancia en el país:

9. Recibe, valora y analiza de forma amplia la Documentación en un tanto en los Sistemas Institucionales, determina si existe causal del embargo precautorio y hace constar su valoración en el Acta de inicio en tres tantos.

¿Se desvirtúa la causal del embargo precautorio con la Documentación?

En caso de no desvirtuar la causal del embargo precautorio con la Documentación:

9A. Procede inicio del embargo precautorio de los bienes, se le notifica el inicio del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera y se hace constar en el Acta de inicio en tres tantos que cuenta con un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a aquel en que surta efectos la notificación, a fin de ofrecer las pruebas y realizar alegatos.

9A.1 Funda y motiva el embargo precautorio, y señala el lugar y bajo quien quedará resguardada la mercancía. En caso de quedar en depositaría apercibe de incurrir en el delito de depositaría infiel.

9A.2 Elabora Informe en un tanto donde se detalla mercancía embargada con fotografías y lo turna al Ejecutivo de Proyectos de Programación de Revisiones.

Continúa con la actividad No. 10.

En caso de desvirtuar la causal del embargo precautorio con la Documentación:

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COPIA N

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Auditorías y Levantamiento de Actas (Artículo 42 Fracción V del Código Fiscal de la Federación)

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Consultoría Operativo de Auditoría 10. Firma, recaba firmas del compareciente y testigos en el Acta de inicio en tres tantos, hace constar que dicha acta hace las veces de Acta final.

11. Entrega al compareciente el primer tanto de la Acta de inicio, integra al Expediente del contribuyente el segundo tanto y tercer tanto y la Orden de vista domiciliaria en segundo y tercer tanto.

12. Turna el Expediente del contribuyente al Archivo mediante Memorándum para su guarda y custodia.

FIN DEL PROCEDIMIENTO.

Conecta con los procedimientos:

- Recepción y Entrega de Bienes Derivados de un Acto de Fiscalización.

- Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

MAYO 2016 PÁG. 28

COPIA N

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ACTA DE INICIO

ACTA DE INICIO

ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA

ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA

ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA

FOLLETO ANTICORRUPCIÓN DE AUDITORIAS FISCALES

CARTA DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE AUDITADO

MAYO 2016

REALIZACIÓN DE AUDITORÍAS Y LEVANTAMIENTO DE ACTAS (ARTÍCULO 42 FRACCIÓN V DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN)

SUBDIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR

CONSULTORÍA OPERATIVA DE AUDITORÍA

INICIO

FOLLETO ANTICORRUPCIÓN DE AUDITORÍAS FISCALES

CARTA DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE AUDITADO

ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

OBTIENE Y EXTRAE

1-3T

1T

1T

C

( 1 )

ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA

ANALIZA LAS CARACTERÍSTICAS Y REALIZA

LA PLANEACIÓN DE LA VISITA

( 2 )

1-3T

EN COORDINACIÓN CON EL SUBDIRECTOR

DE COMERCIO EXTERIOR

ACUDE AL DOMICILIO, VERIFICA Y SOLICITA LA

PRESENCIA

CONTRIBUYENTE O REPRESENTANTE LEGAL O QUIEN SE ENCUENTRE AL FRENTE DEL LUGAR

QUE LOS SIGNOS EXTERNOS

COINCIDAN CON LOS DATOS SEÑALADOS

EN LA ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA

ENTREGA, RECABA FIRMA Y ENTREGA

( 4 )

( 5 )

SOLICITA LA DESIGNACIÓN DE DOS TESTIGOS

( 6 )

¿EXISTE MERCANCÍA DE PROCEDENCIA EXTRANJERA?

NO

SI

¿PRESENTÓ DOCUMENTACIÓN CON LA QUE ACREDITA SU LEGAL

TENENCIA Y/O ESTANCIA?

NO

SI

2

DOCUMENTACIÓN

RECIBE, VALORA, ANALIZA, DETERMINA SI EXISTE CAUSAL DE EMBARGO PRECAUTORIO Y HACE

CONSTAR

SI ACREDITE SU LEGAL

TENENCIA Y/O ESTANCIA EN EL

PAÍS

1T

( 9 )1T

1T

( 3 )

PREVIA IDENTIFICACIÓN DE

LOS ACTUANTES

COMPARECIENTE

HACIENDO DE SU CONOCIMIENTO QUE EN CASO DE

NEGATIVA O IMPOSIBILIDAD PARA NOMBRARLOS SERÁN

NOMBRADOS POR LA AUTORIDAD

ACTA DE INICIO

ELABORA Y LEVANTA

1-3T

ANOTA LOS HECHOS

ACONTECIDOS EN EL INICIO DE LA AUDITORÍA

REALIZA RECORRIDO Y VERIFICA SI EXISTE

MERCANCÍA DE PROCEDENCIA EXTRANJERA

( 7 )

1

LEVANTA INVENTARIO FÍSICO, LO HACE CONSTAR Y SOLICITA DOCUMENTACIÓN

CON LA QUE ACREDITE SU LEGAL TENENCIA Y/O ESTANCIA EN EL PAÍS

( 8 )

FUNDA, MOTIVA EL EMBARGO PRECAUTORIO Y

SEÑALA

EL LUGAR Y BAJO QUIEN QUEDARÁ

RESGUARDADA LA MERCANCÍA

1

ACTA DE INICIO

FIRMA, RECABA FIRMAS Y HACE CONSTAR QUE DICHA ACTA HACE LAS VECES DE

ACTA FINAL

( 10 )

1-3T

COMPARECIENTE Y TESTIGOS

1

ACTA DE INICIO

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

ACTA DE INICIO

ENTREGA, INTEGRA Y ENVÍA PARA GUARDIA Y CUSTODIA

1T

COMPARECIENTE

2-3T

2-3T

FIN

COMPARECIENTE

EN COMPAÑÍA DEL COMPARECIENTE Y

TESTIGOS

INFORME

ELABORA Y TURNA

1T

DONDE SE DETALLA

MERCANCÍA EMBARGADA CON

FOTOGRAFÍAS

( 9A.1 )

( 9A.2 )

EJECUTIVO DE PROYECTOS DE PROGRAMACIÓN DE

REVISIONES

CONECTA CON EL PROCEDIMIENTO: - RECEPCIÓN Y ENTREGA DE BIENES DERIVADOS DE UN ACTO DE FISCALIZACIÓN. - REALIZACIÓN DEL TRÁMITE Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN MATERIA ADUANERA (PAMA).

( 11 )

1-3T

1T

1-3T

1-3T

EN LOS SISTEMAS INSTITUCIONALES

ACTA DE INICIO

¿SE DESVIRTÚA LA CAUSAL DEL EMBARGO PRECAUTORIO CON LA DOCUMENTACIÓN?

NO

SI

PROCEDE INICIO DEL EMBARGO PRECAUTORIO DE

LOS BIENES, NOTIFICA Y HACE CONSTAR

2

( 9A )

HACE CONSTAR QUE CUENTA CON UN PLAZO DE DIEZ DÍAS

HÁBILES CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE A AQUEL EN QUE SURTA EFECTOS LA

NOTIFICACIÓN, A FIN DE OFRECER LAS PRUEBAS Y

REALIZAR ALEGATOS.1-3T

COMPARECIENTE

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

TURNA

( 12 )

ARCHIVO

MEDIANTE MEMORÁNDUM

PARA SU GUARDA Y CUSTODIACOPIA

NO C

ONTROLADA

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Subdirección de Comercio Exterior

DESCRIPCIÓN Y DIAGRAMAS DE PROCEDIMIENTOS Manual de Procedimientos

VERIFICACIÓN DE VEHÍCULOS DE PROCEDENCIA EXTRANJERA

Y MERCANCÍA EN TRÁNSITO.

MAYO 2016 PÁG. 30

COPIA N

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Recepción y Análisis de las Órdenes de Verificación de Vehículos de Procedencia Extranjera en Circulación o aun Cuando no se Encuentren en Movimiento y la Documentación Anexa.

OBJETIVO

Analizar las Órdenes de verificación vehicular y su Documentación anexa, recibidas del área de Programación de Revisiones, con el fin de revisar que los datos asentados sean los correctos.

FRECUENCIA DE REALIZACIÓN

Eventual.

PROCEDIMIENTOS CON LOS QUE CONECTA

- Realización de Verificaciones y Levantamiento de Actas por la Importación, Tenencia y/o Estancia de los Vehículos de Procedencia Extranjera.

NORMAS

• Las Órdenes de verificación de vehículos de procedencia extranjera se deben recibir en Sobre cerrado.

• El Sobre cerrado debe contener la siguiente documentación: • Orden de verificación en tres tantos. • Carta de los derechos del contribuyente auditado en un tanto. • Folleto anticorrupción de auditorías fiscales en un tanto.

• El Consultor Operativo de Auditoría y los Auditores Fiscales a su cargo, son responsables de la confidencialidad de

la información recibida para realizar las verificaciones vehiculares de procedencia extranjera.

• Las Órdenes de verificación de vehículos de procedencia extranjera, deben cumplir con los requisitos de los actos administrativos estipulados en el artículo 38 del Código Fiscal de la Federación.

FIRMA DE VALIDACIÓN

ES RESPONSABILIDAD DEL CONSULTOR OPERATIVO DE AUDITORÍA LA VALIDACIÓN DEL PROCESO Y EL APEGO AL MISMO.

MAYO 2016 PÁG. 31

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Recepción y Análisis de las Órdenes de Verificación de Vehículos de Procedencia Extranjera en Circulación o aun Cuando no se Encuentren en Movimiento y la Documentación Anexa.

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Consultor Operativo de Auditoría 1. Recibe Sobre cerrado del Ejecutivo de Proyectos de Programación de Revisiones a través del Subdirector de Comercio Exterior:

2. Obtiene del Sobre cerrado la Orden de verificación en tres tantos, analiza los datos que contiene y verifica que esté correcta.

¿Están correctos los datos en la Orden de verificación?

En caso de no estar correctos los datos en la Orden de verificación:

2A. Elabora Memorándum en original y copia y lo turna al Ejecutivo de Proyectos de Programación de Revisiones, junto con la Orden de verificación en tres tantos para su corrección, recabando acuse de recibo en la copia, la cual archiva de manera cronológica temporal.

Pasa el tiempo.

2A.1. Recibe la Orden de verificación en tres tantos corregida del Ejecutivo de Proyectos de Programación de Revisiones.

Continúa con la actividad No.3.

En caso de estar correctos los datos en la Orden de verificación:

3. Obtiene del Sobre cerrado la siguiente documentación:

- Orden de verificación en tres tantos. - Carta de los derechos del contribuyente auditado en

un tanto. - Folleto Anticorrupción en un tanto. - Antecedente y ubicación de los puntos de verificación.

E integra la documentación anterior al Expediente del contribuyente.

4. Ordena y archiva de manera cronológica temporal el Expediente del contribuyente.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

Conecta con el procedimiento:

- Realización de Verificaciones y Levantamiento de Actas por la Importación, Tenencia y/o Estancia de los Vehículos de Procedencia Extranjera.

MAYO 2016 Pág. 32

COPIA N

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ANTECEDENTE Y UBICACIÓN DE LOS PUNTOS DE VERIFICACIÓN.

FOLLETO ANTICORRUPCIÓN

MAYO 2016

RECEPCIÓN Y ANÁLISIS DE LA ORDEN VERIFICACIÓN DE VEHÍCULOS DE PROCEDENCIA EXTRANJERA EN CIRCULACIÓN O AUN CUANDO NO SE ENCUENTREN EN MOVIMIENTO Y LA DOCUMENTACIÓN ANEXA.

.SUBDIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR

CONSULTOR OPERATIVO DE AUDITORÍA

INICIO

SOBRE

RECIBE

( 1 )

EJECUTIVO DE PROYECTOS DE

PROGRAMACIÓN DE REVISIONES

ORDEN DE VERIFICACIÓN

SOBRE

OBTIENE, ANALIZA Y VERIFICA SI ESTÁ CORRECTA

( 2 )

1-3T

¿ESTÁN CORRECTOS LOS DATOS DE LA ORDEN DE

VERIFICACIÓN?

NO

SI

MEMORÁNDUM

ORDEN DE VERIFICACIÓN

MEMORÁNDUM

ELABORA, TURNA PARA SU CORRECCIÓN Y RECABA

ACUSE DE RECIBO

( 2A )

O-1

1-3T

1

C

EJECUTIVO DE PROYECTOS DE

PROGRAMACIÓN DE REVISIONES

CARTA DE DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE AUDITADO

ORDEN DE VERIFICACIÓN

OBTIENE E INTEGRA AL EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

1-3T

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

ORDENA

( 4)

( 3 )

C

FIN

CONECTA CON EL PROCEDIMIENTO:- REALIZACIÓN DE VERIFICACIÓN Y LEVANTAMIENTO DE ACTAS POR LA IMPORTACIÓN, TENENCIA Y/O ESTANCIA DE LOS VEHÍCULOS DE PROCEDENCIA EXTRANJERA.

ORDEN DE VERIFICACIÓN

RECIBE CORREGIDA

1-3T

EJECUTIVO DE PROYECTOS DE

PROGRAMACIÓN DE REVISIONES

(2A.2)

1T

1T

A TRAVÉS DEL SUBDIRECTOR DE COMERCIO

EXTERIOR

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Verificaciones y Levantamiento de Acta por la Importación, Tenencia y/o Estancia de los Vehículos de Procedencia Extranjera.

OBJETIVO

Comprobar la legal importación, tenencia y/o estancia de los vehículos de procedencia extranjera en circulación o aun cuando no se encuentren en movimiento dentro del territorio estatal.

FRECUENCIA DE REALIZACIÓN

Eventual.

PROCEDIMIENTOS CON LOS QUE CONECTA

- Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA)

- Recepción y Entrega de Bienes Derivados de un Acto de Fiscalización.

NORMAS

• La Subdirección de Comercio Exterior debe efectuar las verificaciones de los vehículos de procedencia extranjera en circulación en los puntos estratégicos acordados.

• En la realización del operativo de verificación de vehículos de procedencia extranjera en circulación, se debe solicitar el apoyo de autoridades distintas a las fiscales, para efecto de presencia y seguridad, y en su caso, auxilio para la detención y traslado de los vehículos, para no poner en riesgo la integridad física del personal actuante.

• El personal fiscal debe estar uniformado, y contar con un vehículo oficial con el logotipo visible de la dependencia y en óptimas condiciones para tal efecto.

• La Orden de verificación se debe entregar al conductor del vehículo.

• En caso de que el conductor compruebe la legal tenencia, transporte o manejo del vehículo de procedencia extranjera, con cualquiera de las documentales señaladas en el artículo 146 de la Ley Aduanera, se levanta acta haciendo constar la entrega de la Orden de verificación, la solicitud de documentación, su valoración, así como precisar que con dichos documentos se acredita la legal estancia y/o tenencia en territorio nacional.

FIRMA DE VALIDACIÓN

ES RESPONSABILIDAD DEL CONSULTOR OPERATIVO DE AUDITORÍA LA VALIDACIÓN DEL PROCESO Y EL APEGO AL MISMO.

MAYO 2016 PÁG. 34

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Verificaciones y Levantamiento de Acta por la Importación, Tenencia y/o Estancia de los Vehículos de Procedencia Extranjera.

NORMAS

• En caso de que el conductor no compruebe la legal tenencia, transporte o manejo del vehículo de procedencia

extranjera, con cualquiera de los documentos señalados en el artículo 146 de la Ley Aduanera, se le debe requerir el traslado de la unidad al recinto fiscal con el objeto de llevar la verificación del vehículo, levantando el Acta correspondiente en la cual se hace constar entre otras cosas, el inventario físico del vehículo, el otorgamiento del plazo para que presente pruebas y alegatos, así como notificarle el inicio del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera y circunstanciar que el vehículo queda en el Recinto Fiscal bajo la guardia y custodia de la autoridad aduanera.

• Se debe circunstanciar en el Acta que el vehículo queda embargado en el Recinto Fiscal, bajo la guardia y custodia de la autoridad aduanera.

• Cuando se realice la verificación de un vehículo de procedencia extranjera en circulación o aun cuando no esté en movimiento, en el levantamiento del Acta de inicio se debe anotar los hechos acontecidos en la verificación como son: la detención del vehículo precisando si fue en circulación o no, la notificación de la orden de verificación, entrega de la Carta de los derechos del contribuyente auditado y Folleto anticorrupción, la identificación de los Auditores Fiscales y el conductor, la designación de los testigos, en su caso el traslado al recinto fiscal, el inventario del vehículo, así como la notificación e inicio del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera, el embargo de la mercancía, relación de documentos y su valoración para desvirtuar el procedimiento o de no presentar, señalar el plazo para otorgarlos.

• En caso de verificación de automóviles, se debe requerir al conductor que proporcione un domicilio para oír y

recibir notificaciones dentro de la circunscripción territorial de la autoridad competente para tramitar y resolver el procedimiento correspondiente.

MAYO 2016 Pág. 35

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Verificaciones y Levantamiento de Acta por la Importación, Tenencia y/o Estancia de los Vehículos de Procedencia Extranjera.

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Consultoría Operativa de Auditoría 1. Obtiene del archivo cronológico temporal el Expediente del propietario poseedor y/o tenedor, extrae la Orden de verificación en tres tantos y realiza la planeación del operativo vehicular con el Subdirector de Comercio Exterior.

2. Acude al punto de revisión.

3. Realiza la revisión de un Vehículo de procedencia extranjera en circulación o aun cuando no esté en movimiento, muestra al conductor su Constancia de identificación y requiere también se identifique.

4. Solicita que exhiba la Documentación comprobatoria para acreditar la legal tenencia y/o estancia en el país del vehículo.

¿Presentó la Documentación comprobatoria el conductor?

En caso de no presentar Documentación comprobatoria el conductor:

4A. Entrega Orden de verificación en primer tanto al conductor y solicita se trasladen al Recinto Fiscal, para continuar con el acto de fiscalización.

Continúa con la actividad No. 8

En caso de presentar Documentación comprobatoria el conductor:

5. Entrega al conductor Orden de verificación en primer tanto.

6. Recibe y valora la Documentación comprobatoria en un tanto presentada por el conductor y verifica si es necesario mayor análisis para determinar si acredita la legal tenencia y/o estancia en el territorio nacional.

¿Es necesario realizar un mayor análisis de la Documentación comprobatoria?

En caso de no ser necesario realizar un mayor análisis de la Documentación comprobatoria:

MAYO 2016 Pág. 36

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Verificaciones y Levantamiento de Acta por la Importación, Tenencia y/o Estancia de los Vehículos de Procedencia Extranjera.

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Consultoría Operativa de Auditoría 6A. Levanta Acta inicio en tres tantos y anota los hechos acontecidos en la verificación como son:

- Detención del vehículo ya sea en circulación o aun cuando no se encuentre en movimiento.

- Notificación de la orden. - Entrega de la carta de los derechos del contribuyente

auditado. - Folleto anticorrupción. - La identificación de los Auditores Fiscales y el

conductor. - Designación de los testigos. - Requerimiento de documento. - Valoración donde hace constar que con los mismos

acredita la legal tenencia y/o estancia en territorio nacional.

6A.1 Entrega al conductor el Acta inicio en primer tanto e integra el segundo y tercer tanto en el Expediente del propietario poseedor y/o tenedor, ordenándolo y turnándolo al Archivo mediante Memorándum para la guarda y custodia.

Fin.

En caso de ser necesario realizar un mayor análisis de la Documentación comprobatoria:

7. Informa al conductor que la Documentación comprobatoria en un tanto, requiere mayor análisis y solicita se trasladen al Recinto Fiscal.

8.

Acude al Recinto Fiscal, requiere al conductor designe dos testigos y levanta Acta de inicio en tres tantos anotando los hechos acontecidos en la revisión.

9. Valora la Documentación comprobatoria en un tanto y elabora el Inventario físico en un tanto de la unidad.

10. Informa al conductor del inicio del PAMA, requiere al conductor que señale un domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la circunscripción territorial de la autoridad competente para tramitar y resolver el procedimiento correspondiente. Y se hace constar que cuenta con un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a aquel en que surta efectos la notificación, a fin de ofrecerlas pruebas y realizar alegatos.

MAYO 2016 Pág. 37

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Verificaciones y Levantamiento de Acta por la Importación, Tenencia y/o Estancia de los Vehículos de Procedencia Extranjera.

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Consultoría Operativa de Auditoría 11. Funda y motiva el embargo precautorio, y señala el lugar y bajo quien quedará la guardia y custodia de la mercancía en el Acta de inicio en tres tantos y señala que dicha acta hace las veces de Acta final.

12. Recaba las firmas de las personas que intervinieron (conductor, testigos y visitador) en el Acta de inicio en tres tantos y distribuye el Acta de Inicio de la siguiente manera:

- Primer tanto al conductor. - Segundo y tercer tanto al Expediente del propietario,

poseedor y/o tenedor.

13. Integra la Orden de verificación en segundo y tercer tanto y el Inventario físico en un tanto al Expediente del propietario, poseedor y/o tenedor y lo archiva de manera cronológica temporal.

FIN DEL PROCEDIMIENTO.

Conecta con el procedimientos:

- Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

- Recepción y Entrega de Bienes derivados de un Acto de Fiscalización.

MAYO 2016 Pág. 38

COPIA N

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ORDEN DE VERIFICACIÓN

EXPEDIENTE DEL PROPIETARIO, POSEEDOR Y/O TENEDOR

CONSTANCIAS DE IDENTIFICACIÓN

VEHÍCULO DE PROCEDENCIA EXTRANJERA

MAYO 2016

REALIZACIÓN DE VERIFICACIONES Y LEVANTAMIENTO DE ACTA POR LA IMPORTACIÓN, TENENCIA Y/O ESTANCIA DE LOS VEHÍCULOS DE PROCEDENCIA EXTRANJERA.

SUBDIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR

CONSULTORÍA OPERATIVA DE AUDITORÍA

INICIO

EXPEDIENTE DEL PROPIETARIO, POSEEDOR Y/O TENEDOR

OBTIENE Y EXTRAE

C

( 1 )

ACUDE AL PUNTO DE REVISIÓN

( 2 )

SOLICITA QUE EXHIBA DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA

CONDUCTOR

1-3T

( 4 )

PARA REALIZAR LA PLANEACIÓN DEL

OPERATIVO VEHICULAR JUNTO CON EL

SUBDIRECTOR DE COMERCIO EXTERIOR

REALIZA LA REVISIÓN, MUESTRA Y REQUIERE SE

IDENTIFIQUE

( 3 )

CONDUCTOR

¿PRESENTÓ DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA?

NO

SI

ORDEN DE VERIFICACIÓN

ENTREGA Y SOLICITA SE TRASLADE AL RECINTO

FISCAL

1T

CONDUCTOR

( 4A )

1

1-3T

ORDEN DE VERIFICACIÓN

ENTREGA

1T

CONDUCTOR

( 5 )

DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA

RECIBE, VALORA Y VERIFICA SI ES NECESARIO MAYOR

ANÁLISIS

1T

( 6 )

¿ES NECESARIO REALIZAR UN MAYOR ANÁLISIS DE LA

DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA?

NO

SI

ACTA DE INICIO

LEVANTA

( 6A )

1-3T

ANOTANDO LOS HECHOS

ACONTECIDOS EN LA

VERIFICACIÓN

ACTA DE INICIO

ACTA DE INICIO

ENTREGA, INTEGRA Y TURNA

( 6A.1 )

1T

CONDUCTOR

2-3T

FIN

DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA

INFORMA Y SOLICITA

( 7 )

1T

CONDUCTOR

SE TRASLADE AL RECINTO FISCAL

ACTA DE INICIO

ACUDE, REQUIERE DESIGNE DOS TESTIGOS Y LEVANTA

( 8 )

1-3T

ANOTANDO LOS HECHOS

ACONTECIDOS EN LA

VERIFICACIÓN

CONDUCTOR

INVENTARIO FÍSICO

DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA

VALORA Y ELABORA

1T

1T

( 9 )

INFORMA DEL INICIO DEL PAMA, REQUIERE Y HACE

CONSTAR

( 10 )

CONDUCTOR

ACTA DE INICIO

FUNDA Y MOTIVA EL EMBARGO PRECAUTORIO Y

SEÑALA

( 11 )

SEÑALA EL LUGAR Y BAJO QUIEN QUEDARÁ LA

GUARDIA Y CUSTODIA DE LA MERCANCÍA Y QUE DICHA ACTA HACE LAS VECES DE ACTA FINAL.

1-3T

ACTA DE INICIO

ACTA DE INICIO

RECABA FIRMAS Y DISTRIBUYE

1T

2-3T

CONDUCTOR

PERSONAS QUE INTERVINIERON

EXPEDIENTE DEL PROPIETARIO, POSEEDOR O

TENEDOR

( 12 )

EXPEDIENTE DEL PROPIETARIO, POSEEDOR O TENEDOR

INVENTARIO FÍSICO

ORDEN DE VERIFICACIÓN

INTEGRA

2-3T

1T

C

FIN

CONECTA CON LOS PROCEDIMIENTO:- REALIZACIÓN DEL TRÁMITE Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN MATERIA ADUANERA (PAMA). - RECEPCIÓN Y ENTREGA DE BIENES DERIVADOS DE UN ACTO DE FISCALIZACIÓN.

1-3T

1

( 13 )

ARCHIVO

MEDIANTE MEMORÁNDUM

PARA LA GUARDA Y CUSTODIA

COPIA N

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Verificaciones de Mercancía en Transporte y Levantamiento de Acta.

OBJETIVO

Comprobar la legal importación, tenencia y/o estancia de la mercancía de procedencia extranjera en circulación dentro del territorio estatal.

FRECUENCIA DE REALIZACIÓN

Eventual.

PROCEDIMIENTOS CON LOS QUE CONECTA

- Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA)

- Recepción y Entrega de Bienes Derivados de un Acto de Fiscalización.

NORMAS

• La Subdirección de Comercio Exterior debe efectuar las verificaciones de mercancía en transporte de procedencia extranjera en circulación en los puntos estratégicos acordados.

• En la realización del operativo de verificación de mercancía en transporte de procedencia extranjera, se debe solicitar el apoyo de autoridades distintas a las fiscales, para efecto de presencia y seguridad y en su caso, auxilio para la detención y traslado de los vehículos, para no poner en riesgo la integridad física del personal actuante.

• El personal fiscal debe estar uniformado, y contar con un vehículo oficial con el logotipo visible de la dependencia y en óptimas condiciones para tal efecto.

• La Orden de verificación se debe entregar al propietario, poseedor y/o tenedor de la mercancía.

• En caso de que el conductor compruebe la legal tenencia, transporte o manejo de la mercancía de procedencia extranjera, con cualquiera de las documentales señaladas en el artículo 146 de la Ley Aduanera, se levanta Acta haciendo constar la entrega de la Orden de verificación, la solicitud de Documentación, su valoración, así como precisar que con dichos documentos se acredita la legal estancia y/o tenencia en territorio nacional.

FIRMA DE VALIDACIÓN

ES RESPONSABILIDAD DEL CONSULTOR OPERATIVO DE AUDITORÍA LA VALIDACIÓN DEL PROCESO Y EL APEGO AL MISMO.

MAYO 2016 PÁG. 40

COPIA N

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DA

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Verificaciones de Mercancía en Transporte y Levantamiento de Acta.

NORMAS

• En caso de que el propietario, poseedor y/o tenedor no compruebe la legal tenencia, transporte o manejo de la mercancía de procedencia extranjera, con cualquiera de los documentos señalados en el artículo 146 de la Ley Aduanera, se le debe requerir el traslado de la unidad al Recinto Fiscal con el objeto de llevar la verificación, por lo cual se debe levantar el Acta correspondiente en la cual se hace constar entre otras cosas, el inventario físico, el otorgamiento del plazo para que presente pruebas y alegatos, notificarle el inicio del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera y circunstanciar que la mercancía y/o vehículo queda en el Recinto Fiscal bajo la guardia y custodia de la autoridad aduanera.

• Cuando se realice la verificación de mercancía de procedencia extranjera en transporte, en el levantamiento del Acta de inicio se debe anotar los hechos acontecidos en la verificación como son: la notificación de la Orden de verificación, entrega de la Carta de los derechos del contribuyente auditado y Folleto anticorrupción, la identificación de los Auditores Fiscales y el compareciente, la designación de los testigos, en su caso el traslado al Recinto Fiscal, el inventario, así como la Notificación e inicio del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera, el embargo de la mercancía, relación de documentos y su valoración para desvirtuar el procedimiento o de no presentar, señalar el plazo para otorgarlos.

• Para este tipo de verificación no se debe entregar Citatorio al propietario, poseedor y/o tenedor.

MAYO 2016 Pág. 41

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Verificaciones de Mercancía en Transporte y Levantamiento de Acta.

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Consultoría Operativa de Auditoría 1. Obtiene del archivo cronológico temporal el Expediente del contribuyente, extrae la Orden de verificación en tres tantos y realiza la planeación del operativo con el Subdirector de Comercio Exterior.

2. Acude al punto de revisión.

3. Solicita al conductor del Vehículo en tránsito detenerse en el punto de revisión, muestra su Constancia de identificación y requiere también se identifique.

4. Verifica si el Vehículo transporta mercancía de procedencia extranjera.

¿Transporta mercancía de procedencia extranjera?

En caso de no transportar mercancía de procedencia extranjera:

4A. Integra al Expediente del contribuyente la Orden de Verificación en tres tantos y lo archiva de manera cronológica temporal.

Fin.

En caso de transportar mercancía de procedencia extranjera:

5. Entrega la Orden de verificación en primer tanto al compareciente y solicita que exhiba la Documentación comprobatoria para acreditar la legal tenencia y/o estancia en el país de la mercancía.

¿Presentó la Documentación comprobatoria?

En caso de no presentar Documentación comprobatoria:

5A. Solicita al compareciente que se trasladen al Recinto Fiscal, para continuar con el acto de fiscalización.

Continúa con la actividad No. 6A.1.

En caso de presentar Documentación comprobatoria:

6. Analiza la Documentación comprobatoria en un tanto y determina si acredita o no la legal tenencia y/o estancia en el territorio nacional.

MAYO 2016 Pág. 42

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Verificaciones de Mercancía en Transporte y Levantamiento de Acta.

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Consultoría Operativa de Auditoría ¿Acreditó la legal tenencia y/o estancia en territorio nacional de la mercancía?

En caso de no acreditar la legal tenencia y/o estancia en territorio nacional de la mercancía:

6A. Informa al compareciente que la Documentación comprobatoria presentada requiere un mayor análisis, le solicita que se traslade al Recinto Fiscal y notifica el inicio del PAMA.

6A.1 Acude al Recinto Fiscal y requiere al compareciente designe testigos.

6A.2 Elabora Inventario físico detallado de la mercancía en transporte en un tanto, levanta Acta de inicio en tres tantos donde hace constar los hechos ocurridos y requiere al compareciente señale un domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la circunscripción territorial de la autoridad competente para tramitar y resolver el procedimiento correspondiente.

6A.3. Recaba las firma de las personas que intervinieron (compareciente y auditor) en el Acta de inicio en tres tantos.

6A.4. Distribuye el Acta de Inicio de la siguiente manera:

- Primer tanto al compareciente. - Segundo y tercer tanto al Expediente del contribuyente

en poder del auditor fiscal.

6A.5. Integra la Orden de verificación en segundo tanto y el Inventario físico en una tanto al Expediente del contribuyente, el cual archiva de manera cronológica temporal.

Fin.

Conecta con el procedimiento:

- Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

- Recepción y Entrega de Bienes Derivados de un Acto de Fiscalización.

En caso de acreditar la legal tenencia y/o estancia en territorio nacional de la mercancía:

7. Levanta Acta de inicio en tres tantos donde hace constar los hechos ocurridos.

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Verificaciones de Mercancía en Transporte y Levantamiento de Acta.

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Consultoría Operativa de Auditoría 8. Recaba las firma de las personas que intervinieron (compareciente y auditor) en el Acta de inicio en tres tantos.

9. Entrega al compareciente el Acta inicio en primer tanto e integra el segundo y tercer tanto al Expediente del contribuyente, tunándolo al Archivo para su guarda y custodia.

FIN DEL PROCEDIMIENTO.

MAYO 2016 Pág. 44

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EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

INVENTARIO FÍSICO

ACTA DE INICIO

VEHÍCULO

ORDEN DE VERIFICACIÓN

CONSTANCIAS DE IDENTIFICACIÓN

VEHÍCULO

MAYO 2016

REALIZACIÓN DE VERIFICACIONES DE MERCANCÍA EN TRANSPORTE Y LEVANTAMIENTO DE ACTA.

SUBDIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR

CONSULTORÍA OPERATIVA DE AUDITORÍA

INICIO

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

OBTIENE, EXTRAE Y REALIZA LA PLANEACIÓN DEL

OPERATIVO

C

( 1 )

ACUDE AL PUNTO DE REVISIÓN

( 2 )

VERIFICA SI TRANSPORTA MERCANCÍA DE

PROCEDENCIA EXTRANJERA

( 4 )

CON EL SUBDIRECTOR DE COMERCIO

EXTERIOR

SOLICITA DETENERSE MUESTRA Y REQUIERE SE

IDENTIFIQUE

( 3 )

CONDUCTOR

¿TRANSPORTA MERCANCÍA DE PROCEDENCIA

EXTRANJERA?

NO

SI

1-3T

ORDEN DE VERIFICACIÓN

ENTREGA Y SOLICITA EXHIBA DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA

1T

COMPARECIENTE

( 5 )

¿PRESENTÓ DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA?

NO

SI

SOLICITA

( 5A )

QUE SE TRASLADE AL RECINTO FISCAL PARA CONTINUAR CON EL

ACTO DE FISCALIZACIÓN

DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA

ANALIZA Y DETERMINA SI ACREDITA LA LEGAL

TENENCIA Y/O ESTANCIA

1T

DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA

INFORMA QUE REQUIERE MAYOR ANÁLISIS, SOLICITA Y

NOTIFICA EL INICIO DEL PAMA

ACTA DE INICIO

ACTA DE INICIO

DISTRIBUYE

1T

2-3T

COMPARECIENTE

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

( 6A.4)

ORDEN DE VERIFICACIÓN

INTEGRA

2T

C

FIN

CONECTA CON LOS PROCEDIMIENTO:- REALIZACIÓN DEL TRÁMITE Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN MATERIA ADUANERA (PAMA). - RECEPCIÓN Y ENTREGA DE BIENES DERIVADOS DE UN ACTO DE FISCALIZACIÓN.

1-3T

FIN

COMPARECIENTE

1

¿ACREDITA LA LEGAL TENENCIA Y/O ESTANCIA EN

EL PAÍS?

NO

SI

( 6 )

( 6A )

QUE SE TRASLADE AL

RECINTO FISCAL

COMPARECIENTE

1T

ACUDE AL RECINTO FISCAL Y SOLICITA DESIGNE TESTIGOS

( 6A.1 )

COMPARECIENTE

INVENTARIO FÍSICIO

ELABORA, LEVANTA Y REQUIERE SEÑALE UN

DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES

( 6A.2 )

1-3T

ACTA DE INICIO

RECABA FIRMA

( 6A.3 )

1-3T

PERSONAS QUE INTERVINIERON

( 6A.5)

ACTA DE INICIO

LEVANTA

1-3T

DONDE HACE CONSTAR LOS

HECHO OCURRIDOS

DONDE HACE CONSTAR LOS

HECHO OCURRIDOS

( 7 )

ACTA DE INICIO

RECABA FIRMAS

( 8 )

1-3T

PERSONAS QUE INTERVINIERON

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

ACTA DE INICIO

ACTA DE INICIO

ENTREGA, INTEGRA Y TURNA

1T

2-3T

( 9 )

FIN

1

COMPARECIENTE

ORDEN DE VERIFICACIÓN

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

INTEGRA

1-3T

C

COMPARECIENTE

1T

ARCHIVO

MEDIANTE MEMORÁNDUM

PARA SU GUARDA Y CUSTODIA

COPIA N

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Verificaciones de Mercancías y Vehículos Puestos a Disposición de las Autoridades Aduaneras por Autoridades Distintas a las Fiscales.

OBJETIVO

Comprobar y verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y aduaneras de mercancías y vehículos de procedencia extranjera puestos a disposición por autoridades distintas a las fiscales.

FRECUENCIA DE REALIZACIÓN

Eventual.

PROCEDIMIENTOS CON LOS QUE CONECTA

- Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

- Recepción y Entrega de Bienes Derivados de un Acto de Fiscalización.

- Control y Seguimiento de Estrados.

NORMAS

• La Subdirección de Comercio Exterior debe recibir de forma material y documental la mercancía o vehículo que tengan conocimiento las autoridades distintas a las fiscales, que pudieran implicar presuntas infracciones a la Ley Aduanera.

• En caso de que la mercancía o vehículo no cuente con los elementos necesarios para dar inicio a un acto de fiscalización, la Subdirección de Comercio Exterior no lo puede recibir y debe emitir un Oficio en donde haga constar tal circunstancia, a efecto de los términos dispuestos en los artículo 1 y 2 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, en relación al artículo 182 del Código Federal de Procedimientos Penales, procede a transferir dichos bienes al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes para su administración y destino.

• No se pueden iniciar las facultades de verificación o comprobación si no se cuenta físicamente con la mercancía o

vehículo, así como nombre del propietario y domicilio.

• Se debe emitir un Oficio de formalización de entrega de la mercancía o vehículo dirigido a la autoridad que efectúo la puesta a disposición, en un plazo no mayor a diez días a partir de la fecha de recepción del Oficio, cuando no señale un sujeto determinado o en caso de que no se entregue materialmente la mercancía o vehículo.

FIRMA DE VALIDACIÓN

ES RESPONSABILIDAD DEL CONSULTOR OPERATIVO DE AUDITORÍA LA VALIDACIÓN DEL PROCESO Y EL APEGO AL MISMO.

MAYO 2016 PÁG. 46

COPIA N

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Verificaciones de Mercancías y Vehículos Puestos a Disposición de las Autoridades Aduaneras por Autoridades Distintas a las Fiscales.

NORMAS

• La Subdirección de Comercio Exterior puede iniciar el acto de fiscalización una vez que la autoridad distinta a la fiscal cumpla con lo siguiente: - El vehículo o mercancía no debe estar sujeto a otros procedimientos adicionales, ya sea penal o

administrativo, que pueda limitar la puesta a disposición a la autoridad aduanera. - Debe proporcionar en su caso, copia certificada del Acuerdo en el que se establezca que se levanta en

aseguramiento y que el bien queda a disposición de la autoridad aduanera sin restricción alguna. - El vehículo se debe entregar libre de gravámenes, cargos o créditos. - Debe hacerse entrega de Documentación en donde conste el nombre y domicilio del propietario o poseedor

de la mercancía o vehículo, así como los datos que permitan la localización e identificación y la conducta conocida por la autoridad.

- Debe entregar un Inventario en el que conste el estado físico en que la autoridad que pone a disposición recibió los bienes.

- Debe entregar el Documento que emite la Embajada de Estados Unidos, El Salvador o Guatemala, en el que se informa que el vehículo no cuenta con reporte de robo o que fue materia de disposición ilícita o haya transcurrido el plazo establecido en los Acuerdos respectivos, sin que exista solicitud de devolución.

• En caso de que la autoridad distinta a la fiscal no haya atendido el Oficio dentro del mes calendario siguiente al que se haya notificado, se tendrá por no hecha la puesta a disposición.

• Se debe verificar al momento de recibir la mercancía o vehículo, el estado actual contra las condiciones en que la autoridad distinta a la fiscal las recibió.

• En caso de que el vehículo o mercancía se encuentre en un estado distinto al que se hizo constar en el momento

de su recepción, y que dicho estado implique un deterioro tal que no permita su uso para los fines para los que fue fabricado, puede reservarse el derecho de recibirlo.

• El acto de fiscalización debe iniciar inmediatamente o a más tardar el día hábil siguiente de haber recibido tanto

físico como documentalmente la mercancía o vehículo.

• En caso de acreditar la legal tenencia o estancias en el país de la mercancía o del vehículo, la devolución debe ser en las mismas condiciones en que fueron entregados a la primera autoridad que los aseguró o retuvo.

• En caso de que el domicilio del propietario, poseedor o tenedor de las mercancías puestas a disposición, se

encuentre fuera de la circunscripción territorial, puede solicitar ayuda a su homóloga competente, en razón de su domicilio, para realizar la notificación de la orden.

MAYO 2016 Pág. 47

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Verificaciones de Mercancías y Vehículos Puestos a Disposición de las Autoridades Aduaneras por Autoridades Distintas a las Fiscales.

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Consultor Operativo de Auditoría 1. Recibe Oficio de puesta a disposición en original por parte de la autoridad distinta a la fiscal y lo turna al Auditor Fiscal para su análisis.

Auditor Fiscal 2. Recibe el Oficio de puesta a disposición en original del Consultor Operativo de Auditoría y elabora Oficio de formalización de entrega de la mercancía o vehículo en original y copia, donde se especifica lugar, fecha y hora, recaba firma del Subdirector de Comercio Exterior a través del Consultor Operativo de Auditoría y envía el original a la autoridad distinta a la fiscal.

3. Integra el Expediente del contribuyente con el Oficio de puesta a disposición en original y la copia del Oficio de formalización de la entrega de la mercancía o vehículo y lo archiva de manera cronológica temporal.

Pasa el tiempo.

4. Acude al lugar acordado para formalizar la entrega de la mercancía o vehículo de procedencia extranjera.

5. Recibe de la autoridad distinta a la fiscal la mercancía o vehículo de procedencia extranjera, elabora Inventario en un tanto, levanta Acta de entrega-recepción en dos tantos donde hace constar el estado físico de la mercancía o vehículo entregando y entrega el primer tanto a la autoridad distinta a la fiscal.

6. Integra al Expediente del contribuyente, el Inventario en un tanto y el Acta de entrega-recepción en un tanto y lo archiva de manera cronológica temporal.

Conecta con el procedimiento:

- Recepción y Entrega de Bienes Derivados de un Acto de Fiscalización.

7. Solicita al Ejecutivo de Proyectos de Programación de Revisiones vía correo electrónico, la emisión de la Orden de verificación.

Pasa el tiempo.

8. Recibe del Ejecutivo de Proyectos de Programación de Revisiones la Orden de verificación en tres tantos y acude a notificar.

MAYO 2016 Pág. 48

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Verificaciones de Mercancías y Vehículos Puestos a Disposición de las Autoridades Aduaneras por Autoridades Distintas a las Fiscales.

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Auditor Fiscal ¿Se realizó la notificación de la Orden de verificación al propietario, poseedor o tenedor?

En caso de no realizar la notificación de la Orden de verificación al propietario, poseedor o tenedor:

8.A Elabora Constancias de notificación por estrados en un tanto y turna al Consultor de Normatividad de Comercio Exterior.

Conecta con el procedimiento:

- Control y Notificación por Estrados.

Continúa con la actividad No. 10

En caso de realizar la notificación de la Orden de verificación al propietario, poseedor o tenedor:

9. Entrega al propietario, poseedor o tenedor un tanto de la Orden de verificación para que comparezca en las oficinas de la Subdirección de Comercio Exterior a fin de acreditar la legal importación, estancia o tenencia de la mercancía o vehículo en el territorio nacional.

10. Integra al Expediente del contribuyente, la Orden de verificación en dos tantos y lo archiva de manera cronológica temporal.

Pasa el tiempo.

11. Verifica si se presentó el propietario, poseedor o tenedor en las oficinas de la Subdirección de Comercio Exterior.

¿Se presentó el propietario, poseedor o tenedor en las oficinas de la Subdirección de Comercio Exterior?

En caso de no presentarse en las oficinas de la Subdirección de Comercio Exterior:

11A. Levanta Acta de inicio del PAMA en tres tantos donde hace constar, la fecha en que dicha persona no se presentó, el inicio del embargo precautorio de los bienes y del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA) y notifica el primer tanto al propietario, poseedor o tenedor.

MAYO 2016 Pág. 49

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Verificaciones de Mercancías y Vehículos Puestos a Disposición de las Autoridades Aduaneras por Autoridades Distintas a las Fiscales.

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Auditor Fiscal 11A.1 Integra al Expediente del contribuyente el Acta de inicio del PAMA en dos tantos y lo archiva de manera cronológica temporal.

Fin.

Conecta con el procedimiento:

- Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

En caso de presentarse en las oficinas de la Subdirección de Comercio Exterior:

12. Solicita al propietario, poseedor o tenedor Documentación comprobatoria con la que acredite la legal importación, tenencia o estancia del vehículo o mercancía y verifica si la presentó.

¿Presentó Documentación comprobatoria?

En caso de no presentar Documentación comprobatoria:

Continúa con la actividad No. 13.A

En caso de presentar Documentación comprobatoria:

13. Recibe la Documentación comprobatoria en un tanto, la analiza y determina si acredita o no la legal tenencia y/o estancia en el territorio nacional.

¿Acreditó la legal tenencia y/o estancia en territorio nacional de la mercancía o vehículo?

En caso de no acreditar la legal tenencia y/o estancia en territorio nacional de la mercancía:

13A. Levanta Acta de inicio del PAMA en tres tantos donde hace constar, el inicio del embargo precautorio de los bienes y del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera, entrega el primer tanto al propietario, poseedor o tenedor.

13A.1 Integra al Expediente del contribuyente el segundo y tercer tanto del Acta de inicio del PAMA junto con la Documentación comprobatoria en un tanto y lo archiva de manera cronológica temporal.

MAYO 2016 Pág. 50

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización de Verificaciones de Mercancías y Vehículos Puestos a Disposición de las Autoridades Aduaneras por Autoridades Distintas a las Fiscales.

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Auditor Fiscal. Fin.

Conecta con el procedimiento:

- Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

En caso de acreditar la legal tenencia y/o estancia en territorio nacional de la mercancía:

14. Levanta Acta circunstanciada en tres tantos donde hace constar que el propietario, poseedor o tenedor acreditó la legal tenencia y/o estancia en el territorio nacional y le entrega el primer tanto.

15. Integra al Expediente del contribuyente la Documentación comprobatoria en un tanto y el Acta circunstanciada en dos tantos y lo turna al Archivo mediante Memorándum para su guarda y custodia.

FIN DEL PROCEDIMIENTO.

Conecta con el procedimiento:

- Recepción y Entrega de Bienes Derivados de un Acto de Fiscalización.

MAYO 2016 Pág. 51

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ACTA DE ENTREGA-RECEPCIÓN

INVENTARIO

MAYO 2016

REALIZACIÓN DE VERIFICACIONES DE MERCANCÍAS Y VEHÍCULOS PUESTOS A DISPOSICIÓN DE LAS AUTORIDADES ADUANERAS POR AUTORIDADES DISTINTAS A LAS FISCALES.

SUBDIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR

CONSULTOR OPERATIVO DE AUDITORÍA

INICIO

OFICIO DE PUESTA A DISPOSICIÓN

RECIBE Y TURNA PARA SU ANÁLISIS

O

( 1 )

AUTORIDAD DISTINTA A LA

FISCALAUDITOR

FISCAL

OFICIO DE FORMALIZACIÓN DE LA ENTREGA DE LA MERCANCÍA O VEHÍCULO

OFICIO DE PUESTA A DISPOSICIÓN

RECIBE, ELABORA, RECABA FIRMA Y ENVÍA

- CONSULTOR OPERATIVO DE AUDITORÍA- SUBDIRECTOR DE COMERCIO EXTERIOR

O

O-1

DONDE SE ESPECIFICA

LUGAR, FECHA Y HORA

AUTORIDAD DISTINTA A LA

FISCAL

OFICIO DE FORMALIZACIÓN DE LA ENTREGA DE LA MERCANCÍA O VEHÍCULO

OFICIO DE PUESTA A DISPOSICIÓN

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

INTEGRA

O

1

C

ACUDE A LUGAR ACORDADO A FORMALIZAR LA ENTREGA

( 2 )

( 3 )

( 4 )

MERCANCÍA O VEHÍCULO DE PROCEDENCIA EXTRANJERA

RECIBE, ELABORA, LEVANTA Y ENTREGA

( 5 )

1T

1-2T

ACTA DE ENTREGA-RECEPCIÓN

INVENTARIO

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

INTEGRA

( 6 )

1T

1T

C

RECEPCIÓN Y ENTREGA DE

BIENES DERIVADO DE UN ACTO DE FISCALIZACIÓN

SOLICITA EMISIÓN DE ORDEN DE VERIFICACIÓN

CORREO ELECTRÓNICO

( 7 )

EJECUTIVO DE PROYECTOS DE

PROGRAMACIÓN DE REVISIONES

ORDEN DE VERIFICACIÓN

RECIBE Y ACUDE A NOTIFICAR

( 8 )

1-3T

EJECUTIVO DE PROYECTOS DE

PROGRAMACIÓN DE REVISIONES

¿SE REALIZÓ LA NOTIFICACIÓN DE LA ORDEN

DE VERIFICACIÓN AL PROPIETARIO, POSEEDOR O

TENEDOR?

NO

SI

CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN POR ESTRADOS

ELABORA Y TURNA

CONTROL Y NOTIFICACIÓN POR ESTRADOS

ORDEN DE VERIFICACIÓN

ENTREGA

1T

PARA QUE COMPAREZCA

EN LAS OFICINAS DE LA SUBDIRECCIÓN DE COMERCIO

EXTERIOR

( 8A )

( 9 )

1

ORDEN DE VERIFICACIÓN

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

INTEGRA

( 10 )

C

¿SE PRESENTÓ EL PROPIETARIO, POSEEDOR O

TENEDOR EN LAS OFICINAS DE LA SUBDIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR?

NO

SI

( 11A )ACTA DE INICIO DEL PAMA

LEVANTA Y NOTIFICA

1-3T

PROPIETARIO, POSEEDOR O

TENEDOR

PROPIETARIO, POSEEDOR O

TENEDOR

( 11A.1 )

DONDE HACE CONSTAR LA

FECHA EN QUE NO SE

PRESENTÓ, EL INICIO DEL EMBARGO

PRECAUTORIO DE LOS BIENES Y

DEL PAMA

ACTA DE INICIO DEL PAMA

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

INTEGRA

C

FIN

CONECTA CON LOS PROCEDIMIENTO:- REALIZACIÓN DEL TRÁMITE Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN MATERIA ADUANERA (PAMA).

SOLICITA DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA Y

VERIFICA

( 13 )

PROPIETARIO, POSEEDOR O

TENEDOR

¿PRESENTÓ DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA?

NO

SI

2

DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA

RECIBE, ANALIZA Y DETERMINA

1T

1

AUDITOR FISCAL

A TRAVÉS DEL CONSULTOR

OPERATIVO DE AUDITORÍA

2-3T

2-3T

CON LA QUE ACREDITE SU

LEGAL TENENCIA Y/O

ESTANCIA EN EL TERRITORIO NACIONAL

( 12 )

1

AUTORIDAD DISTINTA A LA

FISCAL

AUTORIDAD DISTINTA A LA

FISCAL

DONDE HACE CONSTAR EL

ESTADO FÍSICO

1T

CONSULTOR DE NORMATIVIDAD DE

COMERCIO EXTERIOR

VERIFICA SI SE PRESENTÓ EN LAS OFICINAS DE LA SUBDIRECCIÓN DE

COMERCIO EXTERIOR

( 11 )

COPIA N

O CONTROLA

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ACTA CIRCUNSTANCIADA

1

MAYO 2016

REALIZACIÓN DE VERIFICACIONES DE MERCANCÍAS Y VEHÍCULOS PUESTOS A DISPOSICIÓN DE LAS AUTORIDADES ADUANERAS POR AUTORIDADES DISTINTAS A LAS FISCALES.

SUBDIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR

¿ACREDITÓ LA LEGAL TENENCIA Y/O

ESTANCIA EN EL TERRITORIO NACIONAL DE LA MERCANCÍA

O VEHÍCULO?

NO

SI

ACTA DE INICIO DEL PAMA

LEVANTA Y ENTREGA

( 13A )

1-3T

DONDE HACE CONSTAR EL INICIO

DEL EMBARGO PRECAUTORIO DE LOS BIENES Y DEL

PAMA

PROPIETARIO, POSEEDOR O

TENEDOR

DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA

ACTA DE INICIO DEL PAMA

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

INTEGRA

( 13A.1 )

1T

2-3T

C

INICIO

CONECTA CON LOS PROCEDIMIENTO:- REALIZACIÓN DEL TRÁMITE Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN MATERIA ADUANERA (PAMA).

ACTA CIRCUNSTANCIADA

LEVANTA Y ENTREGA

( 14 )

1-3T

DONDE HACE CONSTAR QUE EL

PROPIETARIO, POSEEDOR O

TENEDOR ACREDITÓ LA

LEGAL TENENCIA O ESTANCIA

PROPIETARIO, POSEEDOR O

TENEDOR

DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

INTEGRA Y TURNA

( 15 )

1T

2-3T

INICIO

CONECTA CON LOS PROCEDIMIENTO:- RECEPCIÓN Y ENTREGA DE BIENES DERIVADOS DE UN ACTO DE FISCALIZACIÓN.

AUDITOR FISCAL

ARCHIVO

MEDIANTE MEMORÁNDUM

PARA SU GUARDA Y CUSTODIA

2

COPIA N

O CONTROLA

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Subdirección de Comercio Exterior

DESCRIPCIÓN Y DIAGRAMAS DE PROCEDIMIENTOS Manual de Procedimientos

REVISIÓN DE GABINETE

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COPIA N

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Recepción y Análisis de Órdenes de Revisión de Escritorio en Comercio Exterior y Documentación Anexa a la misma.

OBJETIVO

Mantener un estricto control sobre las Órdenes de revisión de escritorio que se reciben del Ejecutivo de Proyectos de Programación de Revisiones, así como del proceso de notificación de información requerida al contribuyente.

FRECUENCIA DE REALIZACIÓN

Eventual.

PROCEDIMIENTOS CON LOS QUE CONECTA

- Notificación de la Orden de Revisión de Escritorio de Forma Personal.

NORMAS

• Las Órdenes de revisión de escritorio se deben recibir en Sobre cerrado.

• El Sobre cerrado debe contener la siguiente documentación: - Orden de revisión de escritorio en tres tantos, de acuerdo a los formatos vigentes del SAT y Antecedentes

de programación en un tanto. - Informe de investigación de campo en original, en el cual se señala la ubicación del inmueble manifestado

como domicilio fiscal. - Antecedentes de programación en un tanto. - Carta de derechos del contribuyente auditado, en un tanto. - Folleto anticorrupción de auditorías fiscales, en un tanto.

• La documentación solicitada al contribuyente en la Orden de revisión de escritorio puede variar de acuerdo a las

obligaciones e impuestos a revisar.

ES RESPONSABILIDAD DEL CONSULTOR OPERATIVO DE AUDITORÍA LA VALIDACIÓN DEL PROCESO Y EL APEGO AL MISMO.

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Recepción y Análisis de Órdenes de Revisión de Escritorio en Comercio Exterior y Documentación Anexa a la misma.

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Consultor Operativo de Auditoría 1. Recibe del Ejecutivo de Proyectos de Programación de Revisiones Sobre cerrado a través del Subdirector de Comercio Exterior.

2. Extrae del Sobre cerrado la Orden de revisión de escritorio en tres tantos, analiza y verifica que los datos estén correctos, cotejando con la consulta a Cuenta Única.

¿Están correctos los datos en la Orden de revisión de escritorio?

En caso de no estar correctos los datos en la Orden de revisión de escritorio:

2A. Devuelve la Orden de revisión de escritorio en un tanto al Ejecutivo de Proyectos de Programación de Revisiones a fin de que realice los cambios sugeridos.

2A.1 Recibe la Orden de revisión de escritorio en tres tantos, corregida del Ejecutivo de Proyectos de Programación de Revisiones a través del Subdirector de Comercio Exterior.

Continúa con la actividad No. 3.

En caso de estar correctos los datos en la Orden de revisión de escritorio:

3. Integra el Expediente del contribuyente con la siguiente documentación y lo turna al Auditor Fiscal.

• Orden de revisión de escritorio, en tres tantos (sin perforar).

• Informe de investigación de campo en original, en el cual se señala la ubicación del inmueble manifestado como domicilio fiscal.

• Antecedentes de programación, en un tanto. • Carta de derechos del contribuyente auditado, en un

tanto (sin perforar). • Folleto anticorrupción de auditorías fiscales, en un tanto

(sin perforar).

Auditor Fiscal. 4. Recibe del Consultor Operativo de Auditoría el Expediente del contribuyente y lo archiva de manera cronológica temporal.

FIN DEL PROCEDIMIENTO.

Conecta con el procedimiento:

- Notificación de la Orden de Revisión de Escritorio de forma personal.

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FOLLETO ANTICORRUPCIÓN DE AUDITORÍAS FISCALES

MAYO 2016

RECEPCIÓN Y ANÁLISIS DE ÓRDENES DE REVISIÓN DE ESCRITORIO EN COMERCIO EXTERIOR Y DOCUMENTACIÓN ANEXA

SUBDIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR

CONSULTOR OPERATIVO DE AUDITORÍA

INICIO

SOBRE

RECIBE

( 1 )

EJECUTIVO DE PROYECTOS DE

PROGRAMACIÓN DE REVISIONES

ORDEN DE REVISIÓN DE ESCRITORIO

SOBRE

EXTRAE Y VERIFICA SI ESTÁN CORRECTO LOS DATOS

( 2 )

1-3T

¿ESTÁN CORRECTOS LOS DATOS DE LA ORDEN DE

REVISIÓN DE ESCRITORIO?

NO

SI

ORDEN DE REVISIÓN DE ESCRITORIO

DEVUELVE PARA QUE REALICE CAMBIOS

SUGERIDOS

( 2A )

1-3T

EJECUTIVO DE PROYECTOS DE

PROGRAMACIÓN DE REVISIONES

1-3T

AUDITOR FISCAL

1

( 3 )

A TRAVÉS DEL SUBDIRECTOR DE COMERCIO

EXTERIOR

COTEJANDO CON LA

CONSULTA A CUENTA ÚNICA

ORDEN DE REVISIÓN DE ESCRITORIO

RECIBE CORREGIDA

1-3T

EJECUTIVO DE PROYECTOS DE

PROGRAMACIÓN DE REVISIONES

1

(2A.1)

A TRAVÉS DEL SUBDIRECTOR DE COMERCIO

EXTERIOR

CARTA DE DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE AUDITADO

ANTECEDENTES DE PROGRAMACIÓN

INFORME DE INVESTIGACIÓN DE CAMPO

ORDEN DE REVISIÓN DE ESCRITORIO

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

INTEGRA Y TURNA

1-3T

O

1T

1T

1T

SIN PERFORAR

SIN PERFORAR

SIN PERFORAR

AUDITOR FISCAL

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

RECIBE

( 4 )

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍA

FIN

CONECTA CON EL PROCEDIMIENTO:- NOTIFICACIÓN DE LA ORDEN DE REVISIÓN DE ESCRITORIO DE FORMA PERSONAL

C

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Notificación de la Orden de Revisión de Escritorio de Forma Personal.

OBJETIVO

Iniciar las facultades de comprobación y dar inicio al plazo otorgado al contribuyente de conformidad con las disposiciones Fiscales.

FRECUENCIA DE REALIZACIÓN

Eventual.

PROCEDIMIENTOS CON LOS QUE CONECTA

- Recepción y Revisión de la Información y Documentación Proporcionada por el Contribuyente.

- Control y Seguimiento de Estrados.

NORMAS

• Se deben tener los formatos correspondientes de Acta de notificación y Citatorio vigentes, considerando si es persona física o persona moral.

• Las notificaciones se realizan en términos del artículo 134 del Código Fiscal de la Federación.

• Cuando la notificación sea personal, al acudir al domicilio fiscal del contribuyente, el Auditor fiscal se debe cerciorar de los signos externos del lugar (números, letrero, anuncios), los cuales deben coincidir con la información contenida en la Orden de revisión de escritorio, mismos que se hace constar en el Citatorio y Acta de notificación.

• El número y el nombre de la calle deben coincidir con los asentados en la Orden de revisión de escritorio.

• En el Citatorio se debe asentar el motivo por el cual el representante legal no está presente.

• El notificador debe identificarse con su Constancia de identificación, y simultáneamente la persona que atienda la diligencia debe identificarse con su documentación oficial y acreditar su personalidad.

FIRMA DE VALIDACIÓN

ES RESPONSABILIDAD DEL CONSULTOR OPERATIVO DE AUDITORÍA LA VALIDACIÓN DEL PROCESO Y EL APEGO AL MISMO.

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Notificación de la Orden de Revisión de Escritorio de forma personal.

NORMAS

• Se debe notificar el Oficio de solicitud de información y Documentación y entregar la Carta de los derechos del contribuyente auditado y el Folleto anticorrupción de auditorías fiscales.

• Una vez notificada la Orden de revisión de escritorio se debe llevar un control de los plazos para conocer su vencimiento y entrega de la documentación por parte del contribuyente revisado.

• Si la notificación es atendida por el representante legal del contribuyente, además de su identificación, se requerirá que acredite su personalidad, las cuales debe estar de acuerdo a lo señalado en el Estrategias Fiscales para el Auditor del SAT, o en su caso, se deben aplicar las medidas de apremio contenidas en el Código Fiscal de la Federación vigente.

• Al acudir al domicilio fiscal y no encontrar al contribuyente, se debe levantar una Acta de hechos y de ser posible tomar fotografías que comprueben si el domicilio fiscal está desocupado o existe otro contribuyente.

• Se debe acudir por lo menos en tres fechas distintas al domicilio fiscal.

• Algunas de las causas por las cuales puede no localizarse al contribuyente son las siguientes:

- El contribuyente desocupe o desaparezca de su domicilio sin dar aviso a la autoridad. - Se desconoce cuál es su nuevo domicilio.

• En caso de estar como no localizado el contribuyente, se debe solicitar información del domicilio a la

siguientes Dependencias: - Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de la Inspección y Archivo General de

Notarias. - Administración Desconcentrada de Recaudación competente del SAT - Cámara de la Industria y el Comercio - Instituto Mexicano de Seguro Social - Instituto de Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores - Comisión Federal de Electricidad - Comisión Municipal y Estatal de Agua del Estado de Veracruz - Instituto Nacional Electoral

• El Auditor fiscal debe dar seguimiento a las solicitudes, debiendo obtener por lo menos tres respuestas, incluida la proporcionada por la Administración Desconcentrada de Recaudación competente del SAT.

• En caso de ser localizado el contribuyente o el representante legal en otro domicilio que no corresponda al domicilio fiscal señalado para oír y recibir notificaciones o cualquier otro tipo de documento, el personal notificador puede realizarla donde materialmente se le encuentre y debe hacer constar en el Acta de notificación la razón o argumento por la que va a notificar en otro domicilio, entendiéndose la diligencia únicamente con el representante legal, de ser el único legitimado para recibirla conforme a las disposiciones fiscales

• Si el contribuyente presenta aviso de cambio de domicilio fiscal a una circunscripción territorial distinta del territorio del Estado, durante la revisión de escritorio y antes de que se emita el Oficio de observaciones, remitirá el Expediente a la Autoridad Aduanera de la Entidad Estatal correspondiente.

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Notificación de la Orden de Revisión de Escritorio de forma personal.

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Auditor fiscal. 1. Acude al domicilio fiscal del contribuyente y notifica la Orden de revisión de escritorio en tres tantos.

¿Localizó al contribuyente?

En caso de no localizar al contribuyente:

1A. Levanta Acta de hechos en un tanto, donde hace constar los hechos que se conocieron para determinar que el contribuyente está como no localizado.

1A.1 Integra al Expediente del contribuyente el Acta de hechos en un tanto.

1A.2 Elabora y envía Oficios en un tanto a diferentes Dependencias solicitando información de domicilio, propiedades, etc., que permitan la localización del contribuyente.

Pasa el tiempo.

1A.3 Recibe de las Dependencias las Respuestas al oficio en original y Acta de verificación física en un tanto proporcionada por la Administración Desconcentrada de Recaudación competente del SAT y analiza si la información le ayuda a localizar al contribuyente.

¿Localizó al contribuyente con la información recibida?

En caso de no localizar al contribuyente con la información recibida:

1B. Solicita autorización por parte del Comité de Seguimiento y Evaluación, para proceder a notificar la orden por estrados o por buzón tributario.

1B.1 Turna al Consultor de Normatividad de Comercio Exterior los siguientes documentos:

- Orden de revisión de escritorio en tres tantos.

- Carta de los derechos del contribuyente auditado en un tanto.

- Folleto del programa anticorrupción en un tanto.

- Acta de hechos en un tanto.

- Acta de verificación física proporcionada por la Administración Local de Recaudación del SAT en un tanto.

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Notificación de la Orden de Revisión de Escritorio de forma personal.

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Auditor fiscal Fin.

Conecta con el procedimiento:

- Control y Seguimiento de Estrados.

En caso de localizar al contribuyente con la información recibida:

Continúa con la actividad No. 2.

En caso de localizar al contribuyente:

2. Solicita la presencia del contribuyente o el representante legal en su caso.

¿Se encuentra presente el contribuyente o representante legal?

En caso de no encontrarse presente el contribuyente o representante legal:

2A Elabora y entrega Citatorio en un tanto especificando una hora fija del día hábil siguiente, a la persona que haya atendido la diligencia.

2A.1 Acude nuevamente en la hora fijada en el Citatorio.

¿Se encuentra presente para la notificación el contribuyente o representante legal?

En caso de no encontrarse presente el contribuyente o representante legal:

2B. Notifica a quien se encuentre en el domicilio fiscal del contribuyente, levanta y recaba firma en el Acta de notificación en dos tantos, donde se circunstancia los hechos acontecidos y se precisa la documentación con la que acredita su relación con el contribuyente, entrega el primer tanto e integra al Expediente del contribuyente el segundo tanto.

Fin.

En caso de encontrarse presente el contribuyente o representante legal:

Continúa con la actividad número 3.

En caso de encontrarse presente el contribuyente o representante legal:

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Notificación de la Orden de Revisión de Escritorio de forma personal.

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Auditor fiscal 3. Solicita al contribuyente su identificación y en su caso, al representante legal se le requiere acredite su personalidad y entrega la Orden de revisión de escritorio en un tanto.

4. Informa al Ejecutivo de Proyectos de Programación de Revisiones del inicio de la revisión.

5. Integra al Expediente del contribuyente, la Orden de revisión de escritorio en segundo y tercer tanto y lo archiva de manera cronológica temporal.

FIN DEL PROCEDIMIENTO.

Conecta con el procedimiento:

- Recepción y Revisión de la Información y Documentación Proporcionada por el Contribuyente.

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EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

MAYO 2016

SUBDIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR

AUDITOR FISCAL

INICIO

ORDEN DE REVISIÓN DE ESCRITORIO

ACUDE AL DOMICILIO FISCAL DEL CONTRIBUYENTE Y

NOTIFICA

( 1 )

NOTIFICACIÓN DE LA ORDEN DE REVISIÓN DE ESCRITORIO DE FORMA PERSONAL.

CONTRIBUYENTE

1-3T

¿LOCALIZÓ AL CONTRIBUYENTE?

NO

SI

ACTA DE HECHOS

LEVANTA

DONDE HACE CONSTAR LOS HECHOS PARA

DETERMINAR QUE EL CONTRIBUYENTE SE ENCUENTRA COMO

NO LOCALIZADO1T

( 1A )

ACTA DE HECHOS

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

INTEGRA

1T

( 1A.1 )

OFICIOS

ELABORA Y ENVÍA

( 1A.2 )

SOLICITANDO INFORMACIÓN DE

DOMICILIO, PROPIEDADES, ETC., QUE PERMITAN LA

LOCALIZACIÓN DEL CONTRIBUYENTE1T

DEPENDENCIAS

ACTA DE VERIFICACIÓN FÍSICA

RESPUESTA A OFICIOS

RECIBE Y ANALIZA SI LA INFORMACIÓN LE AYUDA A

LOCALIZAR AL CONTRIBUYENTE

O

( 1A.3 )

1T

¿LOCALIZÓ AL CONTRIBUYENTE CON LA INFORMACIÓN RECIBIDA?

NO

SI

SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA PROCEDER A

NOTIFICAR POR ESTRADOS O BUZÓN TRIBUTARIO

CONSULTOR DE NORMATIVIDAD DE

COMERCIO EXTERIOR

( 1B )

ACTA DE VERIFICACIÓN FÍSICA

ACTA DE HECHOS

FOLLETO DEL PROGRAMA ANTICORRUPCIÓN

CARTA DE DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE AUDITADO

ORDEN DE REVISIÓN DE ESCRITORIO

TURNA

1-3T

1T

1T

1T

1T

( 1B.1 )

CONECTA CON EL PROCEDIMIENTO: - CONTROL Y SEGUIMIENTO DE ESTRADOS

1

SOLICITA LA PRESENCIA

( 2 )

CONTRIBUYENTE O REPRESENTANTE

LEGAL

¿SE ENCUENTRA PRESENTE EL CONTRIBUYENTE O

REPRESENTANTE LEGAL?

NO

SI

CITATORIO

ELABORA Y ENTREGA

( 2A )

1T

ACUDE EN LA HORA FIJADA EN EL CITATORIO

( 2A.1 )

¿SE ENCUENTRAPRESENTE EL

CONTRIBUYENTE O REPRESENTANTE LEGAL

PARA LANOTIFICACIÓN?

NO

SI

QUIEN SE ENCUENTRE EN EL DOMICILIO FISCAL

( 2B )

FIN

ORDEN DE REVISIÓN DE ESCRITORIO

SOLICITA SU IDENTIFICACIÓN Y ENTREGA

CONTRIBUYENTE O REPRESENTANTE

LEGAL

1T

( 3 )

2

FIN

1

2

ORDEN DE REVISIÓN DE ESCRITORIO

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

INTEGRA

2-3T

FIN

C

DEPENDENCIAS

ACTA DE NOTIFICACIÓN

NOTIFICA, LEVANTA, RECABA FIRMA, ENTREGA E INTEGRA

1-2T

DONDE SE CIRCUNSTANCIA LOS HECHOS ACONTECIDOS

Y SE PRECISA LA DOCUMENTACIÓN CON LA

QUE ACREDITA SU RELACIÓN CON EL CONTRIBUYENTE

INFORMA DEL INICIO DE LA REVISIÓN

( 4 )

EJECUTIVO DE PROYECTOS DE

PROGRAMACIÓN DE REVISIONES

( 5 )

CONECTA CON EL PROCEDIMIENTO: - RECEPCIÓN Y REVISIÓN DE LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN PROPORCIONADA POR EL CONTRIBUYE

PERSONA QUE ATENDIÓ

COPIA N

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Recepción y Revisión de la Información y Documentación Proporcionada por el Contribuyente

OBJETIVO

Comprobar que el contribuyente haya cumplido con las disposiciones fiscales y aduaneras, y en su caso, emitir resolución determinando las contribuciones y accesorios correspondientes.

FRECUENCIA DE REALIZACIÓN

Eventual.

PROCEDIMIENTOS CON LOS QUE CONECTA

NORMAS

• En el resultado de la revisión a los documentos del contribuyente, pueden presentarse las siguientes circunstancias: - La autoridad aduanera no detectó irregularidad; - La autoridad aduanera detectó irregularidades, pero el contribuyente ha manifestado su deseo de

autocorregirse; - La autoridad aduanera detectó irregularidades y el contribuyente no desea autocorregirse.

• El contribuyente puede ejercitar su derecho de autocorrección de las siguientes maneras:

- El contribuyente acude a las oficinas de la autoridad para efectuar el pago y proporciona copia de la documentación misma que se verá verificada en los sistemas institucionales.

- El contribuyente se presenta en las instalaciones de ésta, manifestando por escrito su interés por autocorregirse.

- Por invitación de la autoridad en cualquier momento dentro del proceso de la revisión, hasta antes de que se le notifique la resolución determinativa del crédito fiscal.

• La resolución que determina el crédito fiscal, debe estar debidamente motivada y fundamentada considerando lo

asentado en el Oficio de observaciones.

FIRMA DE VALIDACIÓN

ES RESPONSABILIDAD DEL CONSULTOR OPERATIVO DE AUDITORÍA LA VALIDACIÓN DEL PROCESO Y EL APEGO AL MISMO.

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Recepción y Revisión de la Información y Documentación Proporcionada por el Contribuyente.

NORMAS

• El crédito fiscal a cargo del contribuyente de la resolución debe coincidir con los papeles de trabajo.

• La resolución se debe remitir a la Dirección General de Recaudación para su control y cobro.

• El Oficio de observación debe ir debidamente fundado y motivado, de acuerdo a los formatos vigentes del SAT.

• Una vez emitido el Oficio de observaciones deben transcurrir veinte días hábiles antes de emitir la resolución correspondiente.

• En caso de que se detecten hechos u omisiones que puedan entrañar un incumplimiento en el pago de

contribuciones, se debe informar al contribuyente cuando menos 10 días antes de emitir el Oficio de observaciones.

• La Autoridad Aduanera debe dirigir la resolución al contribuyente a quien practicó la revisión de escritorio, tratándose de personas morales, se dirige al C. Representante Legal.

• Cuando la Autoridad Aduanera detecte durante la revisión de escritorio que el contribuyente dejó de cumplir con las obligaciones fiscales o aduaneras que tenía a su cargo con motivo de la introducción o extracción de mercancía a territorio nacional, se debe verificar la posible existencia de responsables solidarios por cada una de las obligaciones incumplidas, considerando como tales a los establecidos en el artículo 53 de la Ley Aduanera.

• En el Comité de Seguimiento y Evaluación de Resultados intervienen los siguientes servidores públicos: Director General de Fiscalización, Subdirector de Comercio Exterior, Consultor Operativo de Auditoría y Auditor Fiscal.

• En caso de solicitar información a terceros se debe realizar de forma justificada y en acuerdo con el Subdirector de

Comercio Exterior.

• El plazo otorgado que tiene el contribuyente, responsable solidario o tercero para que presente los datos, informes o documentos será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a aquel en que surta efecto la notificación de la solicitud respectiva. Este plazo se podrá ampliar por las autoridades fiscales por diez días más, cuando se trate de informes cuyo contenido sea difícil de proporcionar o de difícil obtención, conformidad con el Artículo 53 del Código Fiscal de la Federación.

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Recepción y Revisión de la Información y Documentación Proporcionada por el Contribuyente.

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Consultor Operativo de Auditoría 1. Verifica si el contribuyente entregó la información requerida en el plazo para la recepción de la documentación.

¿Entregó el contribuyente la información requerida?

En caso de que el contribuyente no haya entregado la información requerida o lo haya hecho de manera parcial:

1A. Solicita al Auditor Fiscal la elaboración de la Multa correspondiente.

Auditor Fiscal 1A.1 Elabora Multa en tres tantos y turna al Consultor Operativo de Auditoría para su revisión.

Consultor Operativo de Auditoría 1A.2 Recibe Multa en tres tantos del Auditor Fiscal y la turna al Consultor de Normatividad de Comercio Exterior para su validación.

Pasa el tiempo.

1A.3 Recibe Multa en tres tantos del Consultor de Normatividad de Comercio Exterior y distribuye se la siguiente manera:

- Primer y segundo tanto al Auditor Fiscal para su notificación. - Tercer tanto a la Dirección General de Recaudación para su

control y cobro.

Auditor Fiscal 1A.4 Recibe Multa en dos tantos del Consultor Operativo de Auditoría, notifica al contribuyente el primer tanto e integra en el Expediente del contribuyente el segundo tanto.

1A.5 Elabora Oficio de solicitud de documentación por segunda ocasión en tres tantos y recaba firma del Director General de Fiscalización a través del Subdirector de Comercio Exterior.

1A.6 Acude a notificar al contribuyente el primer tanto del Oficio de solicitud de documentación por segunda ocasión, y en su caso, el Citatorio en un tanto.

1A.7 Integra al Expediente del contribuyente el Oficio de solicitud de documentación por segunda ocasión en segundo y tercer tanto y el Citatorio en segundo tanto en su caso.

Continúa con la actividad No. 2.

MAYO 2016 PÁG. 66

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Recepción y Revisión de la Información y Documentación Proporcionada por el Contribuyente.

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Consultor Operativo de Auditoría En caso de haber entregado el contribuyente la información requerida de forma total :

2. Recibe la Información en un tanto del contribuyente y la turna al Auditor Fiscal para su análisis.

Auditor Fiscal 3. Recibe la Información en un tanto del Consultor Operativo de Auditoría y elabora Papeles de trabajo en un tanto donde consta el análisis y determinación de hecho e irregularidades.

¿Se determinaron hechos e irregularidades?

En caso de que no se hayan determinado hechos e irregularidades:

3A. Somete la Información en un tanto al Comité de Seguimiento y Evaluación de Resultados, para la determinación de la conclusión de la revisión, elabora Tarjeta de control en un tanto y recaba firmas de los integrantes donde se autoriza la conclusión.

3A.1 Integra en el Expediente del contribuyente:

- La Información en un tanto - Los Papeles de trabajo en un tanto - La Tarjeta de control en un tanto

3A.2 Elabora Oficio de conclusión de la revisión sin observaciones en tres tantos y recaba la rúbrica del Subdirector de Comercio Exterior y del Consultor Operativo de Auditoría y firma del Director General de Fiscalización, a través del Subdirector de Comercio Exterior.

3A.3 Acude a notificar el Oficio de conclusión de la revisión sin observaciones, entrega el primer tanto al contribuyente, integra el segundo y tercer tanto al Expediente del contribuyente y lo archiva de manera cronológica definitiva.

Fin.

En caso de que se hayan determinado hechos e irregularidades:

4. Determina el crédito fiscal de manera presuntiva con base en la Información proporcionada por el contribuyente auditado.

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Recepción y Revisión de la Información y Documentación Proporcionada por el Contribuyente.

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Auditor Fiscal 5. Somete la Información en un tanto a Comité de Seguimiento y Evaluación de Resultados donde se acuerda realizar la invitación al contribuyente para dar a conocer las diferencias a cargo, otorgando un plazo de 6 días hábiles a partir de la notificación de la invitación al contribuyente para autocorregirse.

6. Informa de las diferencias por medio de Buzón Tributario al contribuyente, a su representante legal, en el caso de las personas morales, lo invita a la autocorrección y da conocer el crédito fiscal por autocorrección.

Pasa el tiempo.

7. Verifica si el contribuyente manifestó el deseo de autocorregirse.

¿Manifestó el contribuyente deseo de autocorregirse?

En caso de que el contribuyente no haya manifestado deseo de autocorregirse:

7A. Elabora Oficio de observaciones en archivo de Word, destacando las irregularidades identificadas en la revisión de escritorio y lo envía vía correo electrónico al Consultor de Normatividad de Comercio Exterior para su validación.

7A.1 Recibe Oficio de observaciones vía correo electrónico validado del Consultor de Normatividad de Comercio Exterior, imprime tres tantos y recaba firma del Director de Fiscalización a través del Subdirector de Comercio Exterior.

7A.2 Notifica al contribuyente entregándole el primer tanto del Oficio de observación e integra al Expediente del contribuyente el segundo y tercer tanto.

7A.3 Elabora Oficio de determinación de crédito en archivo de Word y lo envía vía correo electrónico al Consultor de Normatividad de Comercio Exterior para su validación.

7A.4 Recibe Oficio de determinación de crédito fiscal vía correo electrónico validado del Consultor de Normatividad de Comercio Exterior, imprime tres tantos y recaba firma del Director de Fiscalización a través del Subdirector de Comercio Exterior.

7A.5 Acude a notificar al contribuyente el Oficio de determinación de crédito fiscal en primer tanto.

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Recepción y Revisión de la Información y Documentación Proporcionada por el Contribuyente.

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Auditor Fiscal. 7A.6 Integra en el Expediente del contribuyente.

- Información en un tanto. - Oficio de determinación de crédito fiscal en segundo y tercer

tantos.

Y lo archiva de manera cronológica definitiva.

Fin.

En caso de que el contribuyente haya manifestado deseo de autocorregirse:

8. Verifica que el contribuyente haya realizado el pago corrigiendo su situación fiscal en los Sistemas Institucionales.

9. Elabora Oficio de conclusión por autocorrección en tres tantos y recaba firma del Director General de Fiscalización a través del Subdirector de Comercio Exterior.

10. Acude a notificar al contribuyente el Oficio de conclusión por autocorrección en tres tantos, integra al Expediente del contribuyente, el segundo y tercer tanto, junto con la Información en un tanto.

FIN DEL PROCEDIMIENTO.

MAYO 2016 PÁG. 69

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MULTA

MAYO 2016

SUBDIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR

AUDITOR FISCAL

INICIO

VERIFICA SI EL CONTRIBUYENTE ENTREGÓ

LA INFORMACIÓN REQUERIDA

( 1 )

RECEPCIÓN Y REVISIÓN DE LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN PROPORCIONADA POR EL CONTRIBUYENTE

¿ENTREGÓ EL CONTRIBUYENTE LA

INFORMACIÓN REQUERIDA?

NOSOLICITA LA ELABORACIÓN DE LA MULTA

( 1A )

MULTA

ELABORA Y TURNA PARA SU REVISIÓN

1-3T

( 1A.1 )

CONSULTOR OPERATIVO DE AUDITORÍA

EN EL PLAZO PARA LA

RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS

AUDITOR FISCAL

NO

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍA

MULTA

RECIBE Y TURNA PARA VALIDACIÓN

1-3T

AUDITOR FISCAL

( 1A.2 )

CONSULTOR DE NORMATIVIDAD DE COMERCIO

EXTERIOR

MULTA

RECIBE Y DISTRIBUYE

1-2T

( 1A.3 )

CONSULTOR DE NORMATIVIDAD DE COMERCIO

EXTERIOR

3T

DIRECCIÓN GENERAL DE

RECAUDACIÓN

AUDITOR FISCAL

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

MULTA

RECIBE, NOTIFICA E INTEGRA

( 1A.4 )

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍA

1-2T

OFICIO DE SOLICITUD DE DOCUMENTACIÓN POR SEGUNDA OCASIÓN

ELABORA Y RECABA FIRMA

( 1A.5 )

1-3T

DIRECTOR GENERAL DE

FISCALIZACIÓN

A TRAVÉS DEL SUBDIRECTOR DE COMERCIO

EXTERIOR

CITATORIO

OFICIO DE SOLICITUD DE DOCUMENTACIÓN POR SEGUNDA OCASIÓN

ACUDE A NOTIFICAR

( 1A.6 )

1T

1T

EN SU CASO

CITATORIO

OFICIO DE SOLICITUD DE DOCUMENTACIÓN POR SEGUNDA OCASIÓN

INTEGRA AL EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

( 1A.7 )

2-3T

2T

1

SI

1T

CONTRIBUYENTE

INFORMACIÓN

RECIBE Y TURNA

1T

( 2 )

AUDITOR FISCAL

2

1

2

PAPELES DE TRABAJO

INFORMACIÓN

RECIBE Y ELABORA

( 3 )

1T

1T

DONDE CONSTA EL ANÁLISIS Y

DETERMINACIÓN DE HECHO E

IRREGULARIDADES

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍA

¿SE DETERMINARON HECHO E IRREGULARIDADES?

NO

SI

TARJETA DE CONTROL

INFORMACIÓN

SOMETE AL COMITÉ DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE

RESULTADOS, ELABORA Y RECABA FIRMAS PARA LA

DETERMINACIÓN DE LA

CONCLUSIÓN DE LA REVISIÓN

( 3A )

1T

1T

INTEGRANTES DEL COMITÉ DE

SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN

TARJETA DE CONTROL

PAPELES DE TRABAJO

INFORMACIÓN

INTEGRA AL EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

( 3A.1 )

1T

1T

1T

OFICIO DE CONCLUSIÓN DE LA REVISIÓN SIN OBSERVACIONES

ELABORA, RECABA RÚBRICA Y FIRMA

1-3T

( 3A.2 )

- SUBDIRECTOR DE COMERCIO

EXTERIOR- DIRECTOR GENERAL DE

FISCALIZACIÓN

A TRAVÉS DEL SUBDIRECTOR DE COMERCIO

EXTERIOR

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

INFORMACIÓN

OFICIO DE CONCLUSIÓN DE LA REVISIÓN SIN OBSERVACIONES

OFICIO DE CONCLUSIÓN DE LA REVISIÓN SIN OBSERVACIONES

ACUDE A NOTIFICAR, ENTREGA E INTEGRA

1T

( 3A.3 )

CONTRIBUYENTE

2-3T

1T

C

FIN

DETERMINA CRÉDITO FISCAL

( 4 )

DE MANERA PRESUNTIVA CON

BASE EN LA INFORMACIÓN

PROPORCIONADA

INFORMACIÓN

SOMETE A COMITÉ DE SEGUIMIENTO Y

EVALUACIÓN

( 5 )

1T

DONDE SE ACUERDA REALIZAR LA INVITACIÓN AL CONTRIBUYENTE PARA

DAR A CONOCER LAS DIFERENCIAS A CARGO,

OTORGANDO UN PLAZO DE 6 DÍAS A PARTIR DE LA

NOTIFICACIÓN DE LA INVITACIÓN

1

CONTRIBUYENTE

CONTRIBUYENTECOPIA N

O CONTROLA

DA

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EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

1

MAYO 2016

SUBDIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR

AUDITOR FISCAL

RECEPCIÓN Y REVISIÓN DE LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN PROPORCIONADA POR EL CONTRIBUYENTE.

INFORMA DE LAS DIFERENCIAS, LO INVITA A AUTOCORRECCIÓN Y DA A CONOCER CRÉDITO FISCAL

POR AUTOCORRECCIÓN

( 6 )

POR MEDIO DE BUZÓN

TRIBUTARIO

VERIFICA SI EL CONTRIBUYENTE

MANIFESTÓ DESEO DE AUTOCORREGIRSE

CONTRIBUYENTE O REPRESENTANTE

LEGAL

( 7 )

¿MANIFESTÓ EL CONTRIBUYENTE DESEO DE

AUTOCORREGIRSE?

NO

SI

ELABORA Y ENVÍA

CORREO ELECTRÓNICO: OFICIO DE OBSERVACIONES

( 7A )

DESTACANDO LAS IRREGULARIDADES IDENTIFICADAS EN

LA REVISIÓN DE ESCRITORIO

CONSULTOR DE NORMATIVIDAD DE

COMERCIO EXTERIOR

OFICIO DE OBSERVACIONES

RECIBE VALIDADO, IMPRIME Y RECABA FIRMA

CORREO ELECTRÓNICO: OFICIO DE OBSERVACIONES

( 7A.1 )

- CONSULTOR DE NORMATIVIDAD DE COMERCIO EXTERIOR- DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN

1-3T

A TRAVÉS DEL SUBDIRECTOR DE COMERCIO

EXTERIOR

OFICIO DE OBSERVACIONES

OFICIO DE OBSERVACIONES

NOTIFICA E INTEGRA

( 7A.2 )

1T

2-3T

CONTRIBUYENTE

ELABORA Y ENVÍA PARA SU VALIDACIÓN

CORREO ELECTRÓNICO: OFICIO DE DETERMINACIÓN DE CRÉDITO

( 7A.3 )

CONSULTOR DE NORMATIVIDAD DE

COMERCIO EXTERIOR

OFICIO DE DETERMINACIÓN DE CRÉDITO FISCAL

RECIBE VALIDADO, IMPRIME Y RECABA FIRMA

CORREO ELECTRÓNICO: OFICIO DE DETERMINACIÓN DE CRÉDITO FISCAL

( 7A.4 )

1-3T

A TRAVÉS DEL SUBDIRECTOR DE COMERCIO

EXTERIOR

- CONSULTOR DE NORMATIVIDAD DE COMERCIO EXTERIOR- DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN

OFICIO DE DETERMINACIÓN DE CRÉDITO FISCAL

ACUDE A NOTIFICAR

1T

( 7A.5 )

OFICIO DE DETERMINACIÓN DE CRÉDITO FISCAL

INFORMACIÓN

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

INTEGRA

1T

2-3T

C

FIN

VERIFICA QUE EL CONTRIBUYENTE HAYA REALIZADO EL PAGO Y

CORREGIDO SU SITUACIÓN FISCAL

( 8 )

EN LOS SISTEMAS INSTITUCIONALES

OFICIO DE CONCLUSIÓN POR AUTOCORRECCIÓN

ELABORA Y RECABA FIRMA

1-3T

( 9 )

DIRECTOR GENERAL DE

FISCALIZACIÓN

A TRAVÉS DEL SUBDIRECTOR DE COMERCIO

EXTERIOR

INFORMACIÓN

OFICIO DE CONCLUSIÓN POR AUTOCORRECCIÓN

OFICIO DE CONCLUSIÓN POR AUTOCORRECCIÓN

ACUDE A NOTIFICAR

1T

( 10 )

CONTRIBUYENTE

2-3T

1T

C

FIN

CONTRIBUYENTE

( 7A.6 )

COPIA N

O CONTROLA

DA

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Subdirección de Comercio Exterior

DESCRIPCIÓN Y DIAGRAMAS DE PROCEDIMIENTOS Manual de Procedimientos

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN MATERIA ADUANERA

MAYO 2016 PÁG. 72

COPIA N

O CONTROLA

DA

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

OBJETIVO

Determinar mediante acuerdos, los procedimientos de trámite y resolución que procedan conforme a las disposiciones legales que señalan las Leyes Fiscales, Aduaneras y la Normatividad vigente en el ámbito Federal y Estatal, en el sentido de efectuar las diligencias necesarias para allegarse de los elementos que permitan confirmar o desvirtuar la causal de embargo precautorio, con la finalidad de evitar errores que vicien y dejen sin efectos el crédito fiscal determinado.

FRECUENCIA DE REALIZACIÓN

Permanente.

PROCEDIMIENTOS CON LOS QUE CONECTA

- Recepción y Entrega de Bienes Derivados de un Acto de Fiscalización.

NORMAS

Depositaría.

• Cuando se embargue maquinaria, equipo o mercancía, y la misma se deje en depositaría del contribuyente o representante legal (en caso de persona moral), será hasta antes de emitir la resolución, cuando se pueda realizar la revocación y remoción de la mercancía.

• Cuando la mercancía embargada se deje en depositaría de un tercero, de manera inmediata se debe citar al contribuyente o representante legal, con el objeto de que reciba el nombramiento de depositario.

• En caso de que el contribuyente o representante legal no acuda para el cambio de la depositaría, se procede a revocarla y se traslada la mercancía al recinto fiscal. Revocación de depositaría.

• Al revocar la depositaría se debe verificar el estado de la mercancía, y para el caso de que el contribuyente o el representante legal hubieran dispuesto de ellas, se hace constar dicha situación en la resolución que se emita, para efectos del cobro del valor comercial de la misma en términos del artículo 183-A, último párrafo de la Ley Aduanera, motivando dicha situación.

ES RESPONSABILIDAD DEL CONSULTOR OPERATIVO DE AUDITORÍA LA VALIDACIÓN DEL PROCESO Y EL APEGO AL MISMO.

MAYO 2016 PÁG. 73

COPIA N

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

NORMAS

• Si la resolución es en sentido absolutorio, se debe revocar la depositaría en el cuerpo de la misma, haciendo del conocimiento que la mercancía queda a su disposición, y en el caso de no retirarla en el plazo fijado, la misma causará abandono.

• Si el depositario dispusiera para sí o para otro las mercancías, las oculte o no las ponga a disposición; se hace constar en la Resolución que se emita, para efectos del cobro del valor comercial de las mismas, debiendo informar a la autoridad competente para que actúe dentro del marco de su competencia formulando la querella correspondiente y se sancione al depositario infiel en términos del artículo 112 del Código Fiscal de la Federación. Sustitución del embargo precautorio.

• La mercancía sujeta al PAMA puede ser sustituida, siempre y cuando la hipótesis de embargo precautorio no sean

de los supuestos mencionados en el artículo 183-A de la Ley Aduanera, pudiendo cambiarse con cualquiera de las garantías que se citan en los artículos 141 del Código Fiscal de la Federación y 86-A de la Ley Aduanera, según corresponda.

• Los medios de transporte también pueden ser devueltos, sin que sea necesario exhibir la garantía de los créditos fiscales de las mercancías por ellos transportadas, siempre que el contribuyente presente la carta porte en los términos del artículo 29-B del Código Fiscal de la Federación, y que deposite la mercancía en el recinto fiscal que determine la Autoridad. Notificación por Estrados.

• Cuando en el Acta de Inicio del PAMA se registre cualquiera de los supuestos señalados en el Artículo 150 cuarto párrafo de la Ley Aduanera, todas las notificaciones personales se deben realizar por estrados.

• Las Constancias de notificación por estrados, deben estar debidamente fundadas y motivadas, y suscritas por la autoridad competente. Traslado de PAMA.

• El traslado de PAMA, no es el inicio de un nuevo procedimiento y aplica en los casos en que iniciado el procedimiento con el poseedor o tenedor de la mercancía embargada precautoriamente, se conoce la identidad de su importador o propietario, sea que éste comparezca y acredite dicho carácter, o que la persona con la que se atendió la diligencia proporcione los datos que permitan su localización.

• El traslado de PAMA se realiza a través de oficio y se entrega simultáneamente, un tanto en copia certificada de la orden, así como del acta de embargo precautorio e inicio de PAMA, debiendo recabar el acuse de recibo de los mismos.

• Si el domicilio en el que deba notificarse el traslado del PAMA se encuentra fuera de la circunscripción de la unidad administrativa, se debe solicitar el apoyo de la Entidad Federativa correspondiente para que realice la notificación.

• Si se instaura el PAMA con el conductor del vehículo y manifiesta que presta sus servicios para una empresa transportista, verificando que cuente con Carta de porte con los requisitos establecidos en los artículos 29-A y 29-B del Código Fiscal de la Federación, y considerando los datos del remitente y destinatario, se traslada el PAMA a la empresa transportista.

• Si el importador o propietario de la mercancía embargada precautoriamente, señala en el escrito de ofrecimiento de pruebas y alegatos, que tienen conocimiento de la existencia y contenido del Acta de inicio del PAMA, así como de la orden de visita o de verificación, inventario físico de mercancías, vehículos, entre otros, únicamente se le debe solicitar ratifique su escrito para tenerlo por legalmente notificado en términos del artículo 135 del Código Fiscal de la Federación.

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

NORMAS

Desahogo del PAMA.

• La Ley contempla dos procedimientos para el desahogo del PAMA, y de acuerdo a el acto de fiscalización que le dio origen:

I. El PAMA iniciado con motivo de la verificación de vehículos en tránsito o mercancías en transporte, debe substanciarse con base en lo establecido en el artículo 153 de la Ley Aduanera; se debe concluir en un plazo de cuatro meses, contados a partir del día siguiente a aquel en que se encuentre debidamente integrado el expediente. El expediente debe estar debidamente integrado al día siguiente en el que hubiere fenecido el plazo otorgado en la Ley, para la presentación de pruebas y alegatos, siempre que el contribuyente no haya presentado prueba alguna, o que las presentadas se desahoguen por su propia y especial naturaleza. En aquellos casos en los que el contribuyente presente pruebas cuyo desahogo requiera de la práctica de diligencias adicionales (inspección ocular y pericial), la integración del expediente debe concluir al día siguiente a aquel en que se hayan desahogados las pruebas proporcionadas en dichos actos. Para efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, se emitirá un acuerdo en el que se declare que el expediente ha quedado integrado, y se hará de conocimiento mediante oficio al contribuyente.

II. El PAMA derivado de una visita domiciliaria, debe substanciarse en los mismos términos del artículo 153 de la Ley Aduanera.

Dictamen de Clasificación Arancelaria y Valor en Aduana de las Mercancías (CAyVAM):

• La autoridad competente debe solicitar a la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior, al Agente Aduanal, al Dictaminador Aduanero o cualquier otro perito en la materia (funcionario designado como perito dictaminador), el Dictamen de Clasificación Arancelaria y Valor de Aduana en los siguientes casos:

I. Cuando se haya confirmado la causal de embargo precautorio y resulte necesaria la determinación de las obligaciones aduaneras que fueron incumplidas por el contribuyente; y

II. Cuando la causal de embargo precautorio haya sido producto de una clasificación arancelaria incorrecta, se debe emitir la clasificación que efectivamente le corresponde a la mercancía.

• El mencionado dictamen se debe incorporar a la resolución que concluye el PAMA. • Se debe emitir la CAyVAM señalada en la fracción II mencionada con antelación dentro de los diez días hábiles

siguientes al embargo de la mercancía y notificar mediante oficio al contribuyente, a fin de que manifieste lo que a su derecho convenga o, de considerarlo necesario, presente prueba pericial en discordia. Reporte de Robo.

• Tratándose de PAMA vehicular se debe solicitar información al Consulado o Embajada de los E.U.A., (o de los países de donde provengan los vehículos), dentro de los 30 días siguientes a la detención del mismo, a efecto de determinar si se encuentra reportado como robado y de la solicitud anterior, se debe esperar respuesta en 45 días hábiles.

• Si el Consulado o Embajada informan que no tienen reporte de robo, se debe continuar con la substanciación del PAMA.

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

NORMAS

• Si el Consulado o Embajada omite dar respuesta a la solicitud, se debe enviar un oficio avisando que se dispondrá del vehículo y continuará el desarrollo del procedimiento.

• En caso de que el Consulado o la Embajada informen que existe reporte de robo, se debe entregar el vehículo a quien designen para recibirlo. Proceso Probatorio.

• Se deben observar las reglas para el ofrecimiento, desahogo y valoración de las pruebas conforme a lo establecido en lo dispuesto en los artículos 123 y 130 del Código Fiscal de la Federación.

• Para efectos del proceso probatorio se deben seguir las siguientes etapas en la resolución: I. Ofrecimiento de pruebas por parte del contribuyente; II. Admisión de pruebas; III. Desahogo de pruebas; y IV. Valoración de pruebas.

I. Ofrecimiento de pruebas por parte del contribuyente.

• El contribuyente, propietario, poseedor o tenedor, importador o, en su caso, el Agente Aduanal, pueden ofrecer las pruebas y manifestar los alegatos que a su derecho convengan en dos momentos:

I. Al efectuarse el embargo precautorio de la mercancía e inicio del PAMA; y II. Durante el plazo legal de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en que surta sus

efectos la notificación del PAMA, debiendo aportar las pruebas por escrito. • Las pruebas que pueden ser ofrecidas durante el PAMA pueden ser las siguientes:

I. Documental pública; II. Documental privada; III. Pericial; e IV. Inspección ocular.

• El contribuyente debe presentar las pruebas documentales en copia simple, siempre que obren en su poder del oferente las originales, y si se tienen indicios de la falsedad del documento, se debe exigir la presentación del original o copia certificada.

• Si las pruebas documentales no obran en poder del contribuyente, se debe señalar el archivo o lugar en que se encuentren para que la Autoridad Aduanera requiera su emisión cuando ésta sea legalmente posible.

• Al ofrecer una prueba pericial, el contribuyente debe anexar al escrito de ofrecimiento de pruebas el cuestionario, el dictamen pericial de su parte y los documentos que demuestren la pericia de quien formula el dictamen.

• Si el contribuyente, al momento de ofrecer cualquier tipo de prueba, no cumple con los requisitos ya descritos o incluso omita anexarlas o no las anexa completas, la Autoridad Aduanera le debe requerir para que las presente dentro del término de cinco días. En caso de que no las presente en dicho plazo, se tendrán por no ofrecidas. II. Admisión de pruebas

• La Autoridad Aduanera debe admitir toda clase de pruebas, excepto la confesión de las autoridades mediante absolución de posiciones y la petición de informes. No se considerará comprendida en esta prohibición la petición de informes a las autoridades fiscales, respecto de los hechos que consten en sus expedientes o de los documentos agregados a ellos (Artículo 130 del Código Fiscal de la Federación).

• La Autoridad Aduanera debe admitir pruebas supervenientes siempre que no se haya dictado la resolución determinativa del crédito fiscal (Artículo 130 del Código Fiscal de la Federación).

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

NORMAS

• La Autoridad Aduanera debe verificar que las pruebas ofrecidas por el contribuyente cumplan con los siguientes

requisitos para considerarse como admitidas: I. Que se presenten en el plazo legal;

II. Cuando se actúe en nombre de otro o de una persona moral que acredite su personalidad mediante escritura pública;

III. En el caso de la prueba pericial, que anexe el cuestionario y el dictamen pericial de su parte; y IV. Que el escrito de ofrecimiento esté firmado por el contribuyente o por quien esté legalmente

autorizado para ello.

III. Desahogo de las pruebas.

• Las pruebas documentales se deben desahogar por su propia y especial naturaleza. • Para el desahogo de las pruebas periciales y de inspección, se debe observar lo establecido en el apartado

respectivo del Código Federal de Procedimientos Civiles. IV. Valoración de las pruebas.

• Se deben valorar las pruebas aportadas por el contribuyente con fundamento en lo dispuesto en el artículo 130 del Código Fiscal de la Federación y por las normas relativas al Juicio Contencioso Administrativo Federal.

• Se deben valorar las afirmaciones realizadas y las pruebas aportadas por el contribuyente, orientándose únicamente a determinar si con ellas se desvirtúa o no la causal de embargo precautorio.

• Cuando se trate de vehículos reconstruidos, se debe tomar en cuenta el Acuerdo sobre el carácter esencial de los vehículos de autotransporte, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de octubre del 2000 y modificado el 6 de septiembre de 2006.

• Se deben efectuar las diligencias necesarias para allegarse de los elementos que permitan confirmar o desvirtuar la causal de embargo precautorio, tales como:

I. Compulsas (solicitud de información a terceros); II. Solicitar información a diversas autoridades (Administración General de Auditoría de Comercio

Exterior - AGACE; Administración Central de Apoyo Jurídico de Comercio Exterior - ACAJACE; Instituto Nacional de Migración; Embajada de los Estados Unidos de Norte América, etc.);

III. Solicitar información a notarios públicos y agentes aduanales; y IV. Requerir la formulación de un dictamen a la Administración General de Auditoría de Comercio

Exterior - AGACE o a la Administración General de Aduanas - AGA.

Consultas a la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior - AGACE.

• Se pueden consultar a la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior, su opinión sobre circunstancias de hecho que dificulten la valoración de pruebas o la posible determinación de irregularidades. Resolución que concluye con el PAMA.

• Se debe emitir resolución en la que determine si se confirmó o se desvirtuó la causal de embargo y en su caso, se señalen las infracciones cometidas y las contribuciones omitidas.

• La resolución se debe notificar personalmente al contribuyente en un plazo máximo de cuatro meses a partir del día siguiente a aquél en que se encuentre debidamente integrado el expediente.

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

NORMAS

• La resolución debe estar apegada a los formatos vigentes normados por el SAT. • Cuando se libere de responsabilidad a quien inicialmente se le notificó el PAMA, porque un tercero acreditó la

propiedad de la mercancía, si el primero presentó algún escrito durante el procedimiento, se debe notificar también la resolución, agregando un punto resolutivo que indique que una copia con firma autógrafa será notificada a éste.

• Cuando se hubiera notificado el inicio del PAMA al Agente Aduanal, se debe enviar una copia de la resolución que se emita (responsabilidad solidaria).

• La resolución también puede notificarse, en el último domicilio que el interesado haya señalado, para efectos del RFC, salvo que hubiera designado uno distinto, para oír y recibir notificaciones. Autocorrección del contribuyente.

• Los contribuyentes pueden, de acuerdo a las disposiciones Fiscales y Aduanera, corregir su situación fiscal en las distintas contribuciones objeto de revisión, a partir del momento en el que se dé inicio al ejercicio de las facultades de comprobación y hasta antes de que se les notifique la resolución que determine el monto de las contribuciones omitidas.

• Si el contribuyente presenta escrito de autocorrección, ante la autoridad en el que manifieste su deseo de autocorregirse, ésta debe calcular el crédito, considerando las contribuciones y aprovechamientos omitidos, recargos y multas.

• Determinado el crédito, se debe solicitar al particular proceda al pago por los conceptos y cantidades determinadas, indicando que una vez que haya realizado el pago correspondiente, debe presentarlo para su validación.

• Si la Autoridad Aduanera conoce de hechos que puedan dar lugar a la determinación de contribuciones mayores a las corregidas por el contribuyente y por las que no se corrigió se debe continuar con el PAMA y determinar las contribuciones y accesorios que según correspondan.

TIPOS DE RESOLUCIONES.

Resolución Absolutoria.

• Se debe dictar una resolución absolutoria, cuando se desvirtúe el supuesto de embargo precautorio que dio origen al procedimiento; y de existir mercancías embargadas, la Autoridad Aduanera debe ordenar su devolución.

• Se debe emitir una resolución parcialmente absolutoria, cuando se acredite la legal importación, tenencia o estancia de parte de la mercancía embargada, quedando la misma en garantía del crédito fiscal, hasta que el contribuyente pague el crédito que se le finque por las mercancías de las cuales no acreditó la legal tenencia o estancia en el país. Resolución Condenatoria.

• Se debe dictar una resolución condenatoria, cuando no se desvirtúe el supuesto de embargo precautorio que dio origen al PAMA. En esta resolución la Autoridad Aduanera debe determinar:

I. Las contribuciones y su actualización a cargo del particular; II. Multas impuestas por infracciones cometidas; y

III. Recargos sobre las contribuciones omitidas.

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

NORMAS

Estructura de la Resolución.

• La resolución debe estar sujeta a los Formatos vigentes emitidos por el SAT para su emisión, por lo que es responsabilidad del área verificar la vigencia y modificaciones emitidas por el SAT en dichos formatos.

Remisión de la Resolución para su control y cobro.

• Se debe remitir a la Dirección General de Recaudación la resolución dictada para su control y cobro, una vez notificada. Levantamiento de Actas de hechos.

• El Auditor Fiscal cuando levante las siguientes Actas de hechos: de remoción de la depositaría y traslado de la mercancía al recinto fiscal, de traslado de PAMA, de sustitución del embargo precautorio, y de compulsa personal; debe observar los requisitos y formalidades exigidos para su levantamiento (Artículo 46 del Código Fiscal de la Federación y 150 de la Ley Aduanera) y los Formatos vigentes del SAT.

• Cuando se notifique cualquiera de los siguientes actos administrativos: dictamen de clasificación arancelaria y valor en aduana de la mercancía, solicitud de pruebas, solicitud de información a terceros, oficio y acuerdo de integración de expediente, resolución determinada del crédito fiscal, entre otros; se deben hacer siguiendo las disposiciones establecidas en el artículo 136 del Código Fiscal de la Federación y de los Formatos normado por el SAT.

• Cuando el contribuyente o propietario, poseedor y/o tenedor de la mercancía embargada, no presente pruebas y alegatos, el Expediente se debe dar por integrado, al día siguiente en que venza el plazo otorgado en la Ley Aduanera para su presentación.

• Cuando el contribuyente o propietario, poseedor y/o tenedor de la mercancía embargada, presente pruebas y alegatos, el Expediente se debe encontrar debidamente integrado, al día siguiente en que se hubieran desahogado todas las pruebas proporcionadas.

• Cuando el contribuyente o representante legal dejen de atender el Citatorio, se debe notificar con quien se entienda la diligencia.

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Consultor Operativo de Auditoría 1. Recibe por escrito del Auditor Fiscal que llevó a cabo la visita domiciliaria, la verificación de mercancía y/o vehículos de procedencia extranjera en transporte o aun cuando no se encuentren en movimiento el Expediente del Contribuyente con la siguiente documentación:

- Orden de verificación o visita en dos tantos - Acta de inicio en dos tantos. - Identificación de la persona que atendió la diligencia, en

copia. En caso de que la diligencia haya sido atendida por el representante legal del contribuyente, el documento con el que acreditó dicha personalidad.

- Pruebas aportadas durante la diligencia. - Antecedente de programación en copia. - Investigación de campo en copia.

2. Selecciona y turna al Auditor Fiscal el Expediente del contribuyente, previo acuerdo con Subdirector de Comercio Exterior.

Auditor Fiscal 3. Recibe del Consultor Operativo de Auditoría el Expediente del contribuyente.

4. Analiza la información y documentación proporcionada en el Expediente del contribuyente para tramitar y resolver el PAMA, y verifica si están completos.

¿Está completa la información y documentación?

En caso de no estar completa la información y documentación:

4A. Solicita al Auditor Fiscal que llevó a cabo la visita domiciliaria, la verificación de mercancía y/o vehículos de procedencia extranjera en transporte o aun cuando no se encuentren en movimiento, para que proporcione la información y/o documentación faltante.

Pasa el tiempo.

4A.1 Recibe del Auditor Fiscal que llevó acabo la visita domiciliaria la información y/o Documentación faltante en un tanto y la anexa al Expediente del contribuyente.

Continúa con la actividad No. 5.

En caso de estar completa la información y/o documentación:

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Auditor Fiscal. 5. Ordena y archiva de manera cronológica temporal el Expediente del contribuyente.

6. Elabora Tarjeta control de órdenes en dos tantos, donde establecen los acuerdos convenidos con el Subdirector de Comercio Exterior y el Consultor Operativo de Auditoría, para establecer los procedimientos de trámite y resolución que procedan conforme las Leyes Fiscales, Aduaneras y la normatividad vigente en el ámbito Federal y Estatal, tomando en cuenta los siguientes supuestos:

- Depositaría y su revocación. - Sustitución del embargo. - Notificación por estrados. - Traslado de PAMA. - Desahogo del PAMA. - Solicitud de Dictamen de Clasificación Arancelaria y

Valor en Aduana - Solicitud al consulado o embajada que corresponda, para

que informe de la existencia o no de reporte de robo (sólo en el caso de vehículos).

- Proceso probatorio. - Diligencias que permiten una adecuada valoración de las

pruebas. - En caso de duda durante la substanciación del PAMA,

realizar retroalimentación a la AGACE. - Emisión del tipo de resolución, ya sea condenatoria o

absolutoria según corresponda.

7. Elabora los Acuerdos de procedimientos en un tanto, recaba visto bueno del Subdirector de Comercio Exterior y los integra al Expediente del contribuyente y procede al desahogo.

8. Verifica si hubo depositaría de la mercancía embargada y en quién quedó.

¿Quedó la depositaría en el representante legal o contribuyente o en un tercero?

En caso de haber quedado la depositaría de la mercancía embargada en un tercero:

8A. Elabora el Oficio de revocación del cargo de depositario y requerimientos de entrega en dos tantos y los turna al Consultor Operativo de Auditoría.

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Consultor Operativo de Auditoría. 8A.1. Recibe el Oficio de revocación del cargo de depositario y requerimientos de entrega en dos tantos del Auditor Fiscal y recaba firma del Director General de Fiscalización a través del Subdirector de Comercio Exterior, y lo turna al Auditor Fiscal.

Auditor Fiscal. 8A.2. Recibe del Consultor Operativo de Auditoría el Oficio de revocación del cargo de depositario y requerimientos de entrega en dos tantos suscrito por el Director General de Fiscalización.

8A.3. Elabora el Citatorio en dos tantos, entregan el primer tanto al contribuyente o representante legal (tratándose de persona moral) para que esté presente en el domicilio donde se encuentra la mercancía para recibir el nombramiento de depositario y archiva de manera cronológica temporal el segundo tanto.

8A.4. Requiere la presencia del contribuyente o representante legal, llegada la fecha y hora señalada en el Citatorio,

¿Se presentó el contribuyente o representante legal?

En caso de no presentarse el contribuyente o representante legal:

8B. Elabora Acta circunstanciada en dos tantos de tales hechos, entrega el primer tanto, notifica el Oficio de revocación del cargo de depositario y requerimientos de entrega en primer tanto con quien atienda la diligencia y retira la Mercancía embargada para trasladarla al recinto fiscal.

8B.1. Integra en el Expediente del contribuyente:

- Oficio de revocación del cargo de depositario y requerimientos de entrega en segundo tanto.

- Acta circunstanciada en segundo tanto.

Y lo archiva de manera cronológica temporal.

Conecta con el procedimiento:

- Recepción y Entrega de Bienes Derivados de un Acto de Fiscalización.

En caso de presentarse el contribuyente o representante legal:

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Auditor Fiscal. 8A.5. Notifica el Oficio de revocación del cargo de depositario y requerimientos de entrega en un tanto, al contribuyente o representante legal y elabora Acta circunstanciada en dos tantos haciendo constar tanto la entrega del Oficio de revocación del cargo de depositario y requerimientos de entrega y el Acta circunstanciada en primer tanto, así como la designación del nuevo depositario.

8A.6. Integra al Expediente del contribuyente los siguientes documentos:

- Acta circunstanciada en segundo tanto. - Oficio de revocación del cargo de depositario y

requerimientos de entrega en segundo tanto.

Y lo archiva de manera cronológica temporal.

Continúa con la actividad No. 9

En caso de haber quedado la depositaría de la mercancía embargada con el representante legal o contribuyente:

9. Verifica si existe solicitud de sustitución del embargo precautorio.

¿Existe solicitud de sustitución del embargo precautorio?

En caso de no existir solicitud de sustitución del embargo precautorio

Continúa con la actividad No. 15

En caso de haber solicitud de sustitución del embargo precautorio:

10. Elabora el Oficio de sustitución de embargo de la mercancía en dos tantos, verifica que cumpla con las disposiciones del Código Fiscal de la Federación y la Ley Aduanera, y lo turna al Consultor Operativo de Auditoría, a fin de recabar firma del Subdirector de Comercio Exterior y el Director General de Fiscalización.

Consultor Operativo de Auditoría. 11. Recibe el Oficio de sustitución embargo de la mercancía en dos tantos del Auditor Fiscal y recaba la firma del Director General de Fiscalización, a través del Subdirector de Comercio Exterior y lo turna al Auditor Fiscal.

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Auditor Fiscal. 12. Recibe el Oficio de sustitución embargo de la mercancía en dos tantos del Consultor Operativo de Auditoría, firmado por el Director General de Fiscalización y elabora el Citatorio en dos tantos, entrega el primer tanto al contribuyente (tratándose de persona moral) para que esté presente en el domicilio donde se encuentra la mercancía para realizar la sustitución.

13. Requiere la presencia del contribuyente o representante legal y notifica el Oficio de sustitución embargo de la mercancía en el segundo tanto, levanta Acta circunstanciada en dos tantos, entrega el primero y hace constar tanto la entrega de ambos documentos antes mencionados como la sustitución de la mercancía embargada y, en su caso informa a la Dirección General de Recaudación.

14. Integra al Expediente del contribuyente los siguientes documentos:

- Oficio de sustitución embargo de la mercancía en primer tanto.

- Acta circunstanciada en segundo tanto. - Citatorio que le hubiera precedido para su

levantamiento en primer tanto.

Y lo archiva de manera cronológica temporal.

15. Verifica si existen supuestos para notificar por estrados los actos relacionados con el inicio del PAMA.

¿Existen supuestos para notificar por estrados los actos relacionados con el inicio del PAMA?

En caso de no existir supuestos para notificar por estrados los actos relacionados con el inicio del PAMA:

Continúa con la actividad No.22

En caso de existir supuestos para notificar por estrados los actos relacionados con el inicio del PAMA:

16. Obtiene del Expediente del contribuyente el Acta de inicio del PAMA en dos tantos.

17. Observa que en el Acta de Inicio del PAMA en dos tantos, consta cualquiera de los supuestos establecidos en el tercer párrafo del artículo 150 de la Ley Aduanera.

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Auditor Fiscal. 18. Elabora las Constancias de notificación por estrados en un tanto (Acuerdos de Notificación, de publicación y de retiro de los estrados), y lo turna al Consultor Operativo de Auditoría para su revisión.

Consultor Operativo de Auditoría 19. Recibe las Constancias de notificación por estrados en un tanto del Auditor Fiscal, recaba firma del Director General de Fiscalización, a través del Subdirector de Comercio Exterior y lo turna al Consultor de Normatividad de Comercio Exterior para que los valide y notifique por estrados.

Pasa el tiempo.

20. Recibe del Consultor de Normatividad de Comercio Exterior, los siguientes documentos publicados por estrados:

- Actos relacionados con el inicio del PAMA en un tanto. - Constancias de notificación por estrados en un tanto.

Y los turna al Auditor Fiscal.

Auditor Fiscal. 21. Recibe los siguientes documentos del Consultor Operativo de Auditoría:

- Actos relacionados con el inicio del PAMA en un tanto. - Constancias de notificación por estrados en un tanto.

Los integra junto con Acta de inicio del PAMA en dos tantos al Expediente del contribuyente y lo archiva de manera cronológica temporal.

22. Verifica si existen supuestos de traslado del PAMA.

¿Existe el supuesto de traslado del PAMA?

En caso de no existir supuesto de traslado del PAMA:

22A. Verifica y analiza las Pruebas y alegatos en un tanto que presentó el propietario, el importador o el representante legal.

22A.1 Elabora Acuerdo en dos tantos en el cual se declarará integrado el expediente y Oficio de traslado de acuerdo de integración en original y copia y los turna al Consultor Operativo de Auditoría.

Consultor Operativo de Auditoría. 22A.2 Recibe el Acuerdo en dos tantos y el Oficio de traslado de acuerdo de integración en original y copia del Auditor Fiscal.

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Consultor Operativo de Auditoría. 22A.3 Recaba firma en el Acuerdo en dos tantos y en el Oficio de traslado de acuerdo de integración en original y copia del Director General de Fiscalización, a través del Subdirector de Comercio Exterior y los turna al Auditor Fiscal.

Auditor Fiscal. 22A.4 Recibe el Acuerdo en dos tantos y el Oficio de traslado de acuerdo de integración en original y copia del Consultor Operativo de Auditoría.

22A.5 Elabora el Citatorio en dos tantos y entrega el primer tanto de éste al contribuyente o el representante legal (tratándose de persona moral) para que estén presentes en su domicilio fiscal para recibir el mencionado oficio.

22A.6 Requiere la presencia del contribuyente o representante legal llegada la fecha y hora señalada en el Citatorio y le entrega el Acuerdo en primer tanto y el Oficio de traslado de acuerdo de integración en original.

22A.7 Levanta Acta de notificación en dos tantos haciendo constar la entrega de los documentos mencionados y entrega el primer tanto al contribuyente o representante legal.

22A.8 Integra en el Expediente del contribuyente: los siguientes documentos:

- Acta de notificación en segundo tanto. - Pruebas y Alegatos en un tanto. - Citatorio en segundo tanto. - Acuerdo en segundo tanto. - Oficio de traslado de acuerdo de integración en copia.

Continúa con la actividad No. 32

En caso de existir supuestos de traslado del PAMA:

23. Elabora el Oficio de traslado del PAMA en original y copia.

24. Obtiene los siguientes documentos del Expediente del contribuyente:

- Orden de verificación en dos tantos. - Acta de inicio del PAMA en dos tantos.

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Auditor Fiscal 25. Elabora Memorándum en original y le adjunta los documentos:

- Oficio de traslado del PAMA en original y copia. - Orden de verificación en dos tantos. - Acta de inicio del PAMA en dos tantos.

Y los turna al Consultor Operativo de Auditoría.

Consultor Operativo de Auditoría. 26. Recibe los siguientes documentos del Auditor Fiscal:

- Memorándum en original. - Oficio de traslado del PAMA en original y copia. - Orden de verificación en dos tantos. - Acta de inicio del PAMA en dos tantos.

Y los turna al Consultor de Normatividad de Comercio Exterior para que sean validados y certificados.

Pasa el tiempo.

27. Recibe del Consultor de Normatividad de Comercio Exterior debidamente certificados los siguientes documentos:

- Oficio de traslado del PAMA en original y copia. - Orden de verificación en dos tantos. - Acta de inicio del PAMA en dos tantos.

Y los turna al Auditor Fiscal.

Auditor Fiscal. 28. Recibe del Consultor Operativo de Auditoría los siguientes documentos:

- Oficio de traslado del PAMA en original y copia. - Orden de verificación en dos tantos. - Acta de inicio del PAMA en dos tantos.

29. Elabora Citatorio en dos tantos y entrega el primer tanto al contribuyente o el representante legal (tratándose de persona moral), para que estén presentes en su domicilio fiscal para recibir el traslado del PAMA, levanta Acta de notificación en dos tantos donde se estipula el plazo de diez días con que cuenta para que presente las pruebas y alegatos que a su derecho convengan y entrega primer tanto.

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NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Auditor Fiscal. 30. Requiere la presencia del contribuyente o representante legal llegada la fecha y hora señalada, y una vez apersonándose éstos, se notifican los siguientes documentos:

- Oficio de traslado del PAMA en original. - Orden de verificación en segundo tanto. - Acta de inicio del PAMA en segundo tanto. - Acta de notificación en primer tanto.

31. Integra al Expediente del contribuyente el Citatorio en segundo tanto y el Oficio de traslado del PAMA en copia, el Acta de notificación en segundo tanto.

32. Elabora el Oficio de solicitud de dictamen de clasificación arancelaria y valor en aduana de la mercancía en original y copia, y lo turna al Consultor Operativo de Auditoría.

Consultor Operativo de Auditoría. 33. Recibe el Oficio de solicitud de dictamen de clasificación arancelaria y valor en aduana de la mercancía en original y copia del Auditor Fiscal y recaba firma del Director General de Fiscalización a través del Subdirector de Comercio Exterior, lo turna al Perito Dictaminador para que emita lo requerido y recaba acuse de recibo en la copia.

Pasa el tiempo.

34. Recibe el Dictamen de clasificación arancelaria y valor en aduana de la mercancía en dos tantos del Perito Dictaminador y lo turna al Auditor Fiscal junto con la copia del Oficio de solicitud de dictamen de clasificación arancelaria y valor en aduana de la mercancía.

Auditor Fiscal. 35. Recibe el Dictamen de clasificación arancelaria y valor en aduana de la mercancía en dos tantos y la copia del Oficio de solicitud de dictamen de clasificación arancelaria y valor en aduana de la mercancía del Consultor Operativo de Auditoría y archiva de manera cronológica temporal la copia.

36. Elabora Citatorio en dos tantos y entrega el primer tanto al contribuyente o el representante legal (tratándose de persona moral) para que estén presentes en su domicilio fiscal para recibir el mencionado dictamen.

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NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Auditor Fiscal. 37. Requiere la presencia del contribuyente o representante legal, llegado la fecha y hora señalada en el Citatorio y notifica el Dictamen de clasificación arancelaria y valor en aduana de la mercancía emitido por el Perito dictaminador en primer tanto a fin de que manifieste lo que a su derecho convenga o, de considerarlo necesario, presente prueba pericial en discordia.

38. Levanta Acta notificación en dos tantos donde hace constar la entrega de los documentos mencionados anteriormente y turna el primer tanto al contribuyente o representante legal.

39. Integra el Dictamen de clasificación arancelaria y valor en aduana de la mercancía en segundo tanto a la resolución o se desahoga según corresponda.

40. Integra en el Expediente del contribuyente los siguientes documentos:

- Dictamen de clasificación arancelaria y valor en aduana de la mercancía en segundo tanto

- Citatorio en segundo tanto. - Acta de notificación en segundo tanto;

Y lo archiva de manera cronológica temporal.

41. Verifica si tiene reporte de robo (REPUVE) el vehículo embargado.

¿Tiene reporte de robo el vehículo embargado?

En caso de no tener reporte de robo el vehículo embargado:

41A. Valora los Documentos, alegatos y peritaje en un tanto, así como el Informe de reporte de robo en un tanto, y verifica si es necesario efectuar diligencias adicionales para realizar el desahogo correcto.

¿Es necesario efectuar diligencias adicionales para realizar el desahogo correcto?

En caso de que no se requiera efectuar diligencias adicionales para realizar un desahogo correcto:

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NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Auditor Fiscal. 41B. Integra en el Expediente del contribuyente los siguientes documentos:

- Documentos, alegatos y peritaje en un tanto. - Informe de reporte de robo en un tanto.

Y lo archiva de manera cronológica temporal.

Continúa con la actividad No. 52

En caso de que se requiera efectuar diligencias adicionales para realizar un desahogo correcto:

41A.1. Elabora Solicitud de información a tercero o compulsa en original y copia para confirmar o desvirtuar las causales de embargo precautorio y le informa al Consultor Operativo de Auditoría.

41A.2. Turna la Solicitud de información a tercero o compulsa en original y copia al Ejecutivo de Proyectos de Programación de Revisiones.

Pasa el tiempo.

41A.3 Recibe la Orden de visita o gabinete en tres tantos del Ejecutivo de Proyectos de Programación de Revisiones, a través del Consultor Operativo de Auditoría.

41A.4 Elabora Citatorio en dos tantos, para que el contribuyente o el representante legal (tratándose de persona moral) estén presentes en su domicilio fiscal para recibir el mencionado oficio u orden.

41A.5 Envía el Citatorio en primer tanto, por correo certificado al contribuyente o el representante legal.

Pasa el tiempo.

41A.6 Requiere la presencia del contribuyente o representante legal llegado la fecha y hora señalada en el Citatorio, y notifica la Orden de visita o gabinete en primer tanto y solicita la Información de la mercancía embargada en un tanto, levantando Acta de notificación en dos tantos, haciendo constar la entrega del documento en cita y el primer tanto de dicha acta.

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NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Auditor Fiscal. 41A.7 Integra en el Expediente del contribuyente los siguientes documentos:

- Solicitud de información a tercero o compulsa - Informe de reporte de robo en copia. - Orden de visita o gabinete en segundo y tercer tanto. - Acta de notificación en segundo tanto.

Y lo archiva de manera cronológica temporal.

41A.8 Recibe la Información de los terceros en un tanto.

41A.9 Elabora Oficio de consulta para el SAT en original y copia, previo acuerdo con el Subdirector de Comercio Exterior, para el caso de que existan dudas respecto a la valoración de pruebas o determinación de irregularidades y lo turna al Consultor Operativo de Auditoría.

Consultor Operativo de Auditoría 41A.10 Recibe el Oficio de consulta en original y copia del Auditor Fiscal, y recaba firma del Director General de Fiscalización, a través del Subdirector de Comercio Exterior.

41A.11 Envía el Oficio de consulta al AGACE del SAT en original por correo certificado e integra la copia en el Expediente del contribuyente, el cual archiva de manera cronológica temporal.

Pasa el tiempo.

41A.12 Recibe Respuesta de la AGACE del SAT en dos tantos y turna al Auditor Fiscal.

Auditor Fiscal 41A.13 Recibe Respuesta de la AGACE del SAT en dos tantos del Consultor Operativo de Auditoría y la integra al Expediente del contribuyente.

Continúa con la actividad No. 52

En caso de tener reporte de robo el vehículo embargado:

42. Elabora Oficio de solicitud de informes en original dirigido a la Embajada o el Consulado respectivo, para que comunique de la existencia o no de reporte de robo del vehículo embargado, y lo turna al Consultor Operativo de Auditoría.

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NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Consultor Operativo de Auditoría. 43. Recibe el Oficio de solicitud de informes en original del Auditor Fiscal y recaba firma del Director General de Fiscalización, a través del Subdirector de Comercio Exterior y lo turna a la Embajada o al Consulado respectivo.

54

44. Recibe la Contestación de solicitud de informes en un tanto de la Embajada o el Consulado respectivo y la turna al Auditor Fiscal.

Auditor Fiscal. 45. Recibe y analiza la Contestación de solicitud de informes en un tanto del Consultor Operativo de Auditoría donde se da respuesta a la solicitud de la existencia de reporte de robo del vehículo embargado, y verifica si existe reporte de robo.

¿Existe reporte de robo?

En caso de no existir reporte de robo:

Continúa con la actividad No. 52

En caso de existir reporte de robo:

46. Elabora Oficio de información en original, en el cual se comunique al Consulado o Embajada que manifestó contar con reporte de robo, la fecha y hora en que se pondrá a disposición el vehículo embargado, e informe el nombre de la(s) persona(s) que designen para tales efectos y lo turna al Consultor Operativo de Auditoría.

Consultor Operativo de Auditoría. 47. Recibe el Oficio de información en original del Auditor Fiscal, recaba firma del Director General de Fiscalización a través del Subdirector de Comercio Exterior, y lo turna al Consulado o Embajada.

Pasa el tiempo.

48. Recibe el Oficio de respuesta del consulado o embajada en original del Subdirector de Comercio Exterior, confirmando la fecha y hora en que se pondrá a disposición el vehículo embargado, así como informando el nombre de la persona designado para tales efectos, y lo turna al Auditor Fiscal.

Auditor Fiscal. 49. Recibe el Oficio de respuesta del consulado o embajada en original del Consultor Operativo de Auditoría.

Pasa el tiempo

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Auditor Fiscal. 50. Entrega el vehículo llegado la fecha y hora señalada en el Oficio de respuesta del Consulado o Embajada, previa invitación a Fondos y Valores de la TESOFE (Tesorería de la Federación), y Órganos de Control Interno, levanta Acta circunstanciada en dos tantos, donde conste la entrega del vehículo en cuestión y entrega el primer tanto.

51. Integra en el Expediente del contribuyente los siguientes documentos:

- Oficio de solicitud de informes en original. - Contestación de solicitud de informes del Consulado o

Embajada en original. - Oficio de información en original. - Oficio de respuesta del consulado o embajada en

original. - Acta circunstanciada en un segundo tanto.

Y lo archiva de manera cronológica temporal.

52. Recibe y desahoga las Pruebas y alegatos en un tanto presentados por el contribuyente o propietario, poseedor y/o tenedor de la mercancía y determina si no desvirtúan la causal de embargo precautorio.

¿No desvirtúan la causal del embargo precautorio?

En caso de desvirtuar de forma total o parcia la causal del embargo precautorio:

Continúa con la actividad No. 55.

En caso de no desvirtuar de forma total o parcia la causal del embargo precautorio:

53. Realiza los cálculos del crédito fiscal e informa al propietario poseedor y/o tenedor de la mercancía, la cuantía para que proceda a efectuar los pagos por los conceptos correspondientes, así como le informa que una vez realizados, proceda a hacerlos del conocimiento por escrito a la Autoridad Aduanera.

54. Invita a la autocorrección al contribuyente o propietario, poseedor y/o tenedor de la mercancía, requiriendo su presencia en las oficinas de la autoridad.

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Auditor Fiscal. ¿Realizó el contribuyente la autocorrección?

En caso de no realizar el contribuyente la autocorrección:

54A. Elabora Proyecto de resolución condenatoria en un tanto y lo turna al Consultor Operativo de Auditoría.

Consultor Operativo de Auditoría. 54A.1 Recibe el Proyecto de resolución condenatoria en un tanto del Auditor Fiscal y turna al Consultor de Normatividad de Comercio Exterior para su validación respectiva.

Pasa el tiempo.

54A.2 Recibe el Proyecto de resolución condenatoria validado en un tanto del Consultor de Normatividad de Comercio Exterior y los turna al Auditor Fiscal.

Auditor Fiscal. 54A.3 Recibe el Proyecto de resolución condenatoria validado del Consultor Operativo de Auditoría para su corrección y lo archiva de manera cronológica definitiva

54A.4 Elabora la Resolución en tres tantos y los turna al Consultor Operativo de Auditoría.

Consultor Operativo de Auditoría. 54A.5 Recibe la Resolución en tres tantos del Auditor Fiscal y recaba firmas del Director General de Fiscalización, a través del Subdirector de Comercio Exterior.

54A.6 Turna la Resolución en dos tantos al Auditor Fiscal para su notificación y un tanto a la Dirección General de Recaudación para su control y cobro respectivo.

Auditor Fiscal 54A.7 Recibe la Resolución en dos tantos, notifica el primero previo Citatorio, integra el segundo al Expediente del contribuyente y lo turna al Archivo mediante Memorándum para su guarda y custodia.

Fin.

En caso de realizar el contribuyente la autocorrección:

55. Elabora Proyecto de resolución absolutoria en un tanto, determinando las diferencias de las contribuciones y sus accesorios a cargo del contribuyente o propietario, poseedor de la mercancía embargada.

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Subdirección de Comercio Exterior

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Manual de Procedimientos

Realización del Trámite y Resolución del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

ÁREA Y/O PUESTO ACTIVIDAD

Auditor Fiscal. 56. Turna el Proyecto de resolución absolutoria en un tanto al Consultor de Normatividad de Comercio Exterior para su validación, a través del Consultor Operativo de Auditoría.

Pasa el tiempo.

57. Recibe el Proyecto de resolución absolutoria validado en un tanto del Consultor de Normatividad de Comercio Exterior, a través del Consultor Operativo de Auditoría.

58. Elabora Resolución en tres tantos y la turna al Consultor Operativo de Auditoría.

Consultor Operativo de Auditoría. 59. Recibe la Resolución en tres tantos del Auditor Fiscal y recaba firma del Director General de Fiscalización, a través del Subdirector de Comercio Exterior y turna al Auditor Fiscal.

Auditor Fiscal 60. Recibe la Resolución en tres tantos del Consultor Operativo de Auditoría para su notificación.

61. Notifica el primer tanto de la Resolución al contribuyente, integra al Expediente del contribuyente el segundo y tercer tanto, junto con la Tarjeta de control órdenes en dos tantos y el Proyecto de resolución absolutoria en un tanto y lo turna al Archivo mediante Memorándum para su guarda y custodia.

FIN DEL PROCEDIMIENTO.

Conecta con el procedimientos:

- Recepción y Entrega de Bienes Derivados de un Acto de Fiscalización.

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EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

MAYO 2016

SUBDIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR

CONSULTOR OPERATIVO DE AUDITORÍA

INICIO

RECIBE

( 1 )

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

SELECCIONA Y TURNA

( 2 )

PREVIO ACUERDO CON

EL SUBDIRECTOR DE COMERCIO

EXTERIOR

REALIZACIÓN DEL TRÁMITE Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN MATERIA ADUANERA (PAMA)

AUDITOR FISCAL

AUDITOR FISCAL

AUDITOR FISCAL

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

RECIBE

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍA

( 3 )

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

ANALIZA Y VERIFICA SI ESTÁN COMPLETOS

( 4 )

PARA TRAMITAR Y RESOLVER EL

PAMA

¿ESTÁ COMPLETA LA INFORMACIÓN Y

DOCUMENTACIÓN?

NO

SI

SOLICITA QUE PROPORCIONE LA INFORMACIÓN Y/O

DOCUMENTACIÓN FALTANTE

( 4A )

AUDITOR FISCAL

DOCUMENTACIÓN FALTANTE

RECIBE Y ANEXA AL EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

( 4A.1 )

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

ORDENA

C

( 5 )

TARJETA DE CONTROL DE ÓRDENES

ELABORA

1-2T

( 6 )

DONDE SE ESTABLECEN LOS ACUERDOS CONVENIDOS CON EL

SUBDIRECTOR DE COMERCIO EXTERIOR Y EL CONSULTOR

OPERATIVO DE AUDITORÍA PARA ESTABLECER LOS

PROCEDIMIENTOS Y RESOLUCIÓN QUE PROCEDAN CONFORME A

NORMATIVIDAD

ACUERDOS DE PROCEDIMIENTOS

ELABORA, RECABA VISTO BUENO, INTEGRA AL

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE Y PROCEDE

AL DESAHOGO

( 7 )

1T

AUDITOR FISCAL

SUBDIRECTOR DE COMERCIO

EXTERIOR

VERIFICA SI HUBO DEPOSITARÍA Y EN QUIÉN

QUEDÓ

( 8 )

TERCERO

REPRESENTANTE LEGAL O

CONTRIBUYENTE

OFICIO DE REVOCACIÓN DEL CARGO DE DEPOSITARIO Y REQUERIMIENTOS DE ENTREGA

ELABORA Y TURNA

1-2T

( 8A )

1

1

OFICIO DE REVOCACIÓN DEL CARGO DE DEPOSITARIO Y REQUERIMIENTOS DE ENTREGA

RECIBE, RECABA FIRMA Y TURNA

1-2T

( 8A.1 )

2

- AUDITOR FISCAL- DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN

A TRAVÉS DEL SUBDIRECTOR DE COMERCIO

EXTERIOR

2

OFICIO DE REVOCACIÓN DEL CARGO DE DEPOSITARIO Y REQUERIMIENTOS DE ENTREGA

RECIBE

1-2T

( 8A.2 )

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍA

CITATORIO

CITATORIO

ELABORA Y ENTREGA

1T

2T

( 8A.3 )

CONTRIBUYENTE O REPRESENTANTE

LEGAL

C

REQUIERE LA PRESENCIA LLEGADA LA

FECHA Y HORA SEÑALADA EN EL CITATORIO( 8A.4 )

1

VERIFICA SI EXISTE SOLICITUD DE SUSTITUCIÓN DE EMBARGO PRECAUTORIO

( 9 )

¿EXISTE SUSTITUCIÓN DEL EMBARGO PRECAUTORIO?

NO

SI

4

OFICIO DE SUSTITUCIÓN DE EMBARGO PRECAUTORIO

ELABORA, VERIFICA Y TURNA PARA RECABAR FIRMA

1-2T

( 10 )

QUE CUMPLA CON LAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO FISCAL

DE LA FEDERACIÓN Y LA LEY ADUANERA

5

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍA

CITATORIO

OFICIO DE SUSTITUCIÓN DE EMBARGO PRECAUTORIO

RECIBE, ELABORA Y ENTREGA

( 12 )

1-2T

1-2T

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍACONTRIBUYENTE

PARA QUE ESTÉ PRESENTE EN EL

DOMICILIO DONDE SE ENCUENTRA LA MERCANCÍA PARA

REALIZAR LA SUSTITUCIÓN

2

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍA

1T

¿QUEDÓ LA DEPOSITARÍA EN EL PRESENTANTE LEGAL O

CONTRIBUYENTE O TERCERO?

AUDITOR FISCAL

CONTRIBUYENTE O REPRESENTANTE

LEGAL

3

5

OFICIO DE SUSTITUCIÓN DE EMBARGO PRECAUTORIO

RECIBE Y RECABA FIRMA Y TURNA

( 11 )

1-2T

- AUDITOR FISCAL- DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN

AUDITOR FISCAL

A TRAVÉS DEL SUBDIRECTOR DE COMERCIO

EXTERIOR

COPIA N

O CONTROLA

DA

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MERCANCÍA EMBARGADA

OFICIO DE REVOCACIÓN DEL CARGO DE DEPOSITARIO Y REQUERIMIENTOS DE ENTREGA 1T

PARA TRASLADARLA

AL RECINTO FISCAL

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

ACTA DE INICIO

MAYO 2016

SUBDIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR

AUDITOR FISCAL

1

¿SE PRESENTÓ EL CONTRIBUYENTE O

REPRESENTANTE LEGAL?

NO

SI

ACTA CIRCUNSTANCIADA

ELABORA, ENTREGA, NOTIFICA Y RETIRA

( 8B )

1-2T

A QUIEN ATIENDA LA DILIGENCIA

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

ACTA CIRCUNSTANCIADA

OFICIO DE REVOCACIÓN DEL CARGO DE DEPOSITARIO Y REQUERIMIENTOS DE ENTREGA

INTEGRA

2T

2T

C

( 8B.1 )

ACTA CIRCUNSTANCIADA

OFICIO DE REVOCACIÓN DEL CARGO DE DEPOSITARIO Y REQUERIMIENTOS DE ENTREGA

NOTIFICA, ELABORA Y ENTREGA

( 8A.5 )

CONTRIBUYENTE O REPRESENTANTE

LEGAL

1-2T

DONDE HACE CONSTAR LA ENTREGA DE LOS DOCUMENTOS Y LA DESIGNACIÓN DEL NUEVO DEPOSITARIO

1T

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

OFICIO DE REVOCACIÓN DEL CARGO DE DEPOSITARIO Y REQUERIMIENTOS DE ENTREGA

ACTA CIRCUNSTANCIADA

INTEGRA

2T

2T

C

3

CONSULTOR OPERATIVO DE AUDITORÍA

2

ACTA CIRCUNSTANCIADA

OFICIO DE SUSTITUCIÓN DE EMBARGO PRECAUTORIO

REQUIERE LA PRESENCIA, NOTIFICA, LEVANTA Y

ENTREGA

( 13)

CONTRIBUYENTE O REPRESENTANTE

LEGAL

2T

1-2T

HACIENDO CONSTAR LA ENTREGA DE

AMBOS DOCUMENTOS Y LA SUSTITUCIÓN DE

LA MERCANCÍA EMBARGADA

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

CITATORIO

ACTA CIRCUNSTANCIADA

OFICIO DE SUSTITUCIÓN DE EMBARGO PRECAUTORIO

INTEGRA

C

1T

2T

1T

( 14)

VERIFICA SI EXISTEN SUPUESTOS PARA NOTIFICAR

POR ESTRADOS

¿EXISTEN SUPUESTOS PARA NOTIFICAR POR ESTRADO LOS ACTOS

RELACIONADOS CON ELINICIO DEL

PAMA?

NO

SI

6

ACTA DE INICIO

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

OBTIENE

1-2T

( 15)

( 16)

ACTA DE INICIO

OBSERVA SI CONSTA CUALQUIERA DE LO

SUPUESTOS

ESTABLECIDOS EN EL TERCER

PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 150 DE LA LEY ADUANERA

1-2T

( 17 )

CONSTANCIAS DE NOTIFICACIÓN POR ESTRADOS

ELABORA Y TURNA PARA SU REVISIÓN

( 18 )

1T

ACUERDOS DE NOTIFICACIÓN,

DE PUBLICACIÓN Y DE RETIRO DE LOS ESTRADOS

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍA

CONSTANCIAS DE NOTIFICACIÓN POR ESTRADOS

RECIBE, RECABA FIRMA Y TURNA

1T

CONSULTOR DE NORMATIVIDAD DE

COMERCIO EXTERIOR

- AUDITOR FISCAL- DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN

PARA QUE VALIDE Y

NOTIFIQUE

( 19)

CONSTANCIAS DE NOTIFICACIÓN POR ESTRADOS

ACTOS RELACIONADOS CON EL INICIO DEL PAMA

RECIBE Y TURNA

( 20)

1T

1T

AUDITOR FISCAL

CONSTANCIAS DE NOTIFICACIÓN POR ESTRADOS

ACTOS RELACIONADOS CON EL INICIO DEL PAMA

RECIBE E INTEGRA

( 21)

1T

1T

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍA

1-2T

C

VERIFICA SI EXISTE SUPUESTO DE TRASLADO

DEL PAMA

( 22)

¿EXISTE SUPUESTO DE TRASLADO DEL PAMA?

NO

SI

PRUEBAS Y ALEGATOS

VERIFICA Y ANALIZA

1T

( 22A)

QUE PRESENTÓ EL PROPIETARIO,

IMPORTADOR O EL

REPRESENTANTE LEGAL

3

REALIZACIÓN DEL TRÁMITE Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN MATERIA ADUANERA (PAMA)

4

RECEPCIÓN Y ENTREGA DE BIENES DERIVADOS DE UN ACTO DE FISCALIZACIÓN

6

CONSULTOR DE NORMATIVIDAD DE COMERCIO

EXTERIOR

4

( 8A.6 )

COPIA N

O CONTROLA

DA

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MAYO 2016

SUBDIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR

AUDITOR FISCAL

REALIZACIÓN DEL TRÁMITE Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN MATERIA ADUANERA (PAMA)

3

( 22A.1)

OFICIO DE TRASLADO DE ACUERDO DE INTEGRACIÓN

ACUERDO

ELABORA Y TURNA

1-2T

O-1

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍA

OFICIO DE TRASLADO DE ACUERDO DE INTEGRACIÓN

ACUERDO

RECIBE

1-2T

O-1

AUDITOR FISCAL

( 22A.2)

OFICIO DE TRASLADO DE ACUERDO DE INTEGRACIÓN

ACUERDO

RECABA FIRMA Y TURNA

( 22A.3)

AUDITOR FISCAL

DIRECTOR GENERAL DE

FISCALIZACIÓN

1-2T

O-1

A TRAVÉS DEL SUBDIRECTOR DE COMERCIO

EXTERIOR

7

7

OFICIO DE TRASLADO DE ACUERDO DE INTEGRACIÓN

ACUERDO

RECIBE

1-2T

O-1

( 22A.4)

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍA

CITATORIO

CITATORIO

ELABORA Y ENTREGA

( 22A.5)

1-2T

CONTRIBUYENTE O REPRESENTANTE

LEGAL

1T

PARA QUE ESTÉN

PRESENTES EN SU DOMICILIO

FISCAL

OFICIO DE TRASLADO DE ACUERDO DE INTEGRACIÓN

ACUERDO

REQUIERE Y ENTREGA

( 22A.6)

LLEGADA LA FECHA Y HORA

SEÑALADA

1T

O

ACTA DE NOTIFICACIÓN

ACTA DE NOTIFICACIÓN

LEVANTA Y ENTREGA

( 22A.7)

1-2T

1T

CONTRIBUYENTE O REPRESENTANTE

LEGAL

OFICIO DE TRASLADO DE ACUERDO DE INTEGRACIÓN

ACUERDO

CITATORIO

PRUEBAS Y ALEGATOS

ACTA DE NOTIFICACIÓN

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

INTEGRA

( 22A.8)

2T

1T

2T

2T

1

8

4

OFICIO DE TRASLADO DE PAMA

ELABORA

( 23 )

O-1

ACTA DE INICIO

ORDEN DE VERIFICACIÓN

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

OBTIENE

1-2T

1-2T

( 24 )

ACTA DE INICIO

ORDEN DE VERIFICACIÓN

OFICIO DE TRASLADO DEL PAMA

MEMORÁNDUM

ELABORA, ADJUNTA Y TURNA

O

O-1

1-2T

1-2T

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍA

( 25 )ACTA DE INICIO

ORDEN DE VERIFICACIÓN

OFICIO DE TRASLADO DEL PAMA

MEMORÁNDUM

RECIBE Y TURNA

O

O-1

1-2T

1-2T

( 26 )

AUDITOR FISCAL

CONSULTOR DE NORMATIVIDAD DE

COMERCIO EXTERIOR

ACTA DE INICIO DEL PAMA

ORDEN DE VERIFICACIÓN

OFICIO DE TRASLADO DEL PAMA

RECIBE CERTIFICADOS Y TURNA

O-1

1-2T

1-2T

( 27 )

CONSULTOR DE NORMATIVIDAD DE

COMERCIO EXTERIORAUDITOR

FISCAL

5

CONSULTOR OPERATIVO DE AUDITORÍA

CONTRIBUYENTE O REPRESENTANTE

LEGAL

PARA QUE SEAN VALIDADOS Y CERTIFICADOS

EN EL CUAL SE DECLARA

INTEGRADO EL EXPEDIENTE

COPIA N

O CONTROLA

DA

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ACTA DE NOTIFICACIÓN

MAYO 2016

REALIZACIÓN DEL TRÁMITE Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN MATERIA ADUANERA (PAMA)

SUBDIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR

AUDITOR FISCAL

5

ACTA DE INICIO DE PAMA

ORDEN DE VERIFICACIÓN

OFICIO DE TRASLADO DEL PAMA

RECIBE

O-1

1-2T

1-2T

( 28)

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍA

ACTA DE NOTIFICACIÓN

CITATORIO

ELABORA, ENTREGA Y LEVANTA

1-2T

( 29)

1-2T

DONDE SE ESTIPULA EL PLAZO DE DIEZ

DÍAS CON QUE CUENTA PARA QUE

PRESENTE PRUEBA Y ALEGATOS

ACTA DE NOTIFICACIÓN

ACTA DE INICIO

ORDEN DE VERIFICACIÓN

OFICIO DE TRASLADO DEL PAMA

REQUIERE Y NOTIFICA

( 30)

O

2T

2T

1T

CONTRIBUYENTE O REPRESENTANTE

LEGAL

OFICIO DE TRASLADO DEL PAMA

CITATORIO

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

INTEGRA

( 31)

2T

1

( 32)

CONSULTOR OPERATIVO DE AUDITORÍA

OFICIO DE SOLICITUD DE DICTAMEN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Y VALOR DE ADUANA DE LA MCÍA.

RECIBE, RECABA FIRMA, TURNA Y RECABA ACUSE DE

RECIBO

O

( 33)

PERITO DICTAMINADOR

- AUDITOR FISCAL- DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN

A TRAVÉS DEL SUBDIRECTOR DE COMERCIO

EXTERIOR

1

OFICIO DE SOLICITUD DE DICTAMEN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Y VALOR DE ADUANA DE LA MCÍA

DICTAMEN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Y VALOR EN ADUANA DE LA MERCANCÍA

RECIBE Y TURNA

( 34 )

PERITO DICTAMINADOR

AUDITOR FISCAL

1-2T

1

OFICIO DE SOLICITUD DE DICTAMEN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Y VALOR DE ADUANA DE LA MCÍA.

DICTAMEN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Y VALOR EN ADUANA DE LA MERCANCÍA

RECIBE

( 35 )

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍA

1-2T

1

C

2T

8

CONTRIBUYENTE O REPRESENTANTE

LEGAL

OFICIO DE SOLICITUD DE DICTAMEN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Y VALOR DE ADUANA DE LA MCÍA

ELABORA Y TURNA

O-1

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍA

CITATORIO

ELABORA Y ENTREGA

( 36 )

1-2T

PARA QUE ESTÉ PRESENTE EN SU

DOMICILIO FISCAL

CONTRIBUYENTE O REPRESENTANTE

LEGAL

DICTAMEN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Y VALOR EN ADUANA DE LA MERCANCÍA

REQUIERE LA PRESENCIA Y NOTIFICA

CONTRIBUYENTE O REPRESENTANTE

LEGAL

1T

LLEGADA LA FECHA Y HORA SEÑALADA EN EL CITATORIO

( 37 )

6

COPIA N

O CONTROLA

DA

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MAYO 2016

REALIZACIÓN DEL TRÁMITE Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN MATERIA ADUANERA (PAMA)

SUBDIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR

6

AUDITOR FISCAL

ACTA DE NOTIFICACIÓN

LEVANTA Y ENTREGA

( 38 )

1-2T

CONTRIBUYENTE O REPRESENTANTE

LEGAL

( 39 )

O SE DESAHOGA SEGÚN

CORRESPONDADICTAMEN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Y VALOR EN ADUANA DE LA MERCANCÍA

INTEGRA A LA RESOLUCIÓN

2T

¿TIENE REPORTE DE ROBO EL VEHÍCULO EMBARGADO?

NO

SI

INFORME DE REPORTE DE ROBO

DOCUMENTO, ALEGATOS Y PERITAJE

VALORA Y VERIFICA SI ES NECESARIO EFECTUAR

DILIGENCIAS ADICIONALES

1T

1T

( 41A)

¿ES NECESARIO EFECTUAR DILIGENCIAS ADICIONALES

PARA REALIZAR EL DESAHOGO CORRECTO?

NO

SI

INFORME DE REPORTE DE ROBO

DOCUMENTOS, ALEGATOS Y PERITAJE

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

INTEGRA

( 41B)

1T

1T

C

9

SOLICITUD DE INFORMACIÓN A TERCEROS O COMPULSAS

ELABORA E INFORMA

( 41A.1)

O-1

PARA CONFIRMAR O DESVIRTUAR

LAS CAUSALES DE EMBARGO

PRECAUTORIO

OFICIO DE SOLICITUD DE INFORMES

ELABORA PARA QUE COMUNIQUE DE LA

EXISTENCIA O NO DE REPORTE DE ROBO DEL

VEHÍCULO EMBARGADO Y TURNA

O

( 42)DIRIGIDO A LA

EMBAJADA O EL CONSULADO RESPECTIVO

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍA

CITATORIO

ENVÍA

POR CORREO CERTIFICADO

CONTRIBUYENTE O REPRESENTANTE

LEGAL

1T

ACTA DE NOTIFICACIÓN

INFORMACIÓN

ORDEN DE VISITA O GABINETE

REQUIERE LA PRESENCIA, NOTIFICA, SOLICITA, LEVANTA Y ENTREGA

( 41A.6)

1T

1-2T

LLEGADA LA FECHA Y HORA SEÑALADA EN EL CITATORIO

1T

CONTRIBUYENTE O REPRESENTANTE

LEGAL

( 41A.5)OFICIO DE CONSULTA

ELABORA Y TURNA

( 41A.9)

O-1

PREVIO ACUERDO CON

EL SUBDIRECTOR DE COMERCIO

EXTERIOR

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍA

7

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍA

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

ACTA DE NOTIFICACIÓN

CITATORIO

DICTAMEN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Y VALOR EN ADUANA DE LA MERCANCÍA

INTEGRA

( 40 )

2T

2T

2T

C

VERIFICA SI TIENE REPORTE DE ROBO EL VEHÍCULO

EMBARGADO

( 41 )

SOLICITUD DE INFORMACIÓN A TERCEROS O COMPULSA

TURNA

O-1

( 41A.2)

EJECUTIVO DE PROYECTOS DE

PROGRAMACIÓN DE REVISIONES

ORDEN DE VISITA O GABINETE

RECIBE, RECABA FIRMA Y TURNA

1-3T

A TRAVÉS DEL CONSULTOR

OPERATIVO DE AUDITORÍA

( 41A.3)

( 41A.4)CITATORIO

ELABORA

1-2T

PARA QUE EL CONTRIBUYENTE

O REPRESENTANTE LEGAL ESTÉN

PRESENTES EN EL DOMICILIO FISCAL

EJECUTIVO DE PROYECTOS DE

PROGRAMACIÓN DE REVISIONES

1T

( 41A.7)

ACTA DE NOTIFICACIÓN

ORDEN DE VISITA O GABINETE

SOLICITUD DE INFORMACIÓN A TERCEROS O COMPULSA

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

INTEGRA

1

2-3T

2T

C

INFORMACIÓN

RECIBE

1T

TERCEROS

( 41A.8)

8

COPIA N

O CONTROLA

DA

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EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

8

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

OFICIO DE CONSULTA

MAYO 2016

REALIZACIÓN DEL TRÁMITE Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN MATERIA ADUANERA (PAMA)

SUBDIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR

AUDITOR FISCAL

7

OFICIO DE CONSULTA

RECIBE Y RECABA FIRMA

O-1

A TRAVÉS DEL SUBDIRECTOR DE COMERCIO

EXTERIOR

- AUDITOR FISCAL- DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN

OFICIO DE CONSULTA

ENVÍA E INTEGRA

1

( 41A.10)

( 41A.11)

( 41A.12)

CONSULTOR OPERATIVO DE AUDITORÍA

POR CORREO CERTIFICADO

O

AGACE DEL SAT

RESPUESTA DE LA AGACE

RECIBE Y TURNA

1-2T

AUDITOR FISCAL

RESPUESTA DE LA AGACE

RECIBE E INTEGRA

( 41A.13)

9

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍA

OFICIO DE SOLICITUD DE INFORMACIÓN

RECIBE, RECABA FIRMA Y TURNA

O

- AUDITOR FISCAL- DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN

EMBAJADA O CONSULADO

CONTESTACIÓN DE SOLICITUD DE INFORMACIÓN

RECIBE Y TURNA

( 43 )

( 44)

1T

A TRAVÉS DEL SUBDIRECTOR DE COMERCIO

EXTERIOR

EMBAJADA O CONSULADO

AUDITOR FISCAL

CONTESTACIÓN DE SOLICITUD DE INFORMACIÓN

RECIBE, ANALIZA Y VERIFICA SI EXISTE REPORTE DE ROBO

( 45 )

1T

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍA

¿EXISTE REPORTE DE ROBO? NO

SI

9

OFICIO DE INFORMACIÓN

ELABORA Y TURNA

( 46 )

O

EN EL CUAL SE COMUNICA AL CONSULADO O EMBAJADA QUE

MANIFESTÓ CONTAR CON REPORTE DE ROBO, LA FECHA Y

HORA EN QUE SE PONDRÁ A DISPOSICIÓN EL VEHÍCULO

EMBARGADO

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍA

OFICIO DE INFORMACIÓN

RECIBE, RECABA FIRMA Y TURNA

O

- AUDITOR FISCAL- DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN

CONSULADO O EMBAJADA

OFICIO DE RESPUESTA DEL CONSULADO O EMBAJADA

RECIBE Y TURNA

( 47 )

( 48 )

O

A TRAVÉS DEL SUBDIRECTOR DE COMERCIO

EXTERIOR

SUBDIRECTOR DE COMERCIO

EXTERIOR AUDITOR

FISCAL

CONFIRMANDO FECHA Y HORA EN QUE SE PONDRÁ A DISPOSICIÓN EL VEHÍCULO EMBARGADO, ASÍ COMO LA PERSONA DESIGNADA PARA

TALES EFECTOS

OFICIO DE RESPUESTA DEL CONSULADO O EMBAJADA

RECIBE

( 49 )

O

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍA

ACTA CIRCUNSTANCIADA

VEHÍCULO

ENTREGA, LEVANTA Y ENTREGA

( 50 )

1-2T

PREVIA INVITACIÓN A FONDOS Y VALORES DE LA TESOFE Y EL ÓRGANO DE

CONTROL INTERNO

ACTA CIRCUNSTANCIADA

OFICIO DE RESPUESTA AL CONSULADO O EMBAJADA

OFICIO DE INFORMACIÓN

CONTESTACIÓN DE SOLICITUD DE INFORMES DEL CONSULADO O EMBAJADA

OFICIO DE SOLICITUD DE INFORMES

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

INTEGRA

O

1T

O

O

2T

C

PRUEBAS Y ALEGATOS

RECIBE, DESAHOGA Y DETERMINA SI NO

DESVIRTÚA LA CAUSAL DEL EMBARGO PRECAUTORIO

( 52 )

CONTRIBUYENTE O PROPIETARIO,

POSEEDOR Y/O TENEDOR

1T

( 51 )

9

¿NO DESVIRTÚA LA CAUSAL DEL EMBARGO PRECAUTORIO?

NO

SI

10

9

C

1-2T

AGACE DEL SAT

COPIA N

O CONTROLA

DA

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EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

MAYO 2016

REALIZACIÓN DEL TRÁMITE Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN MATERIA ADUANERA (PAMA)

SUBDIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR

CONSULTOR OPERATIVO DE AUDITORÍAAUDITOR FISCAL

9

REALIZA LOS CÁLCULOS DEL CRÉDITO FISCAL E INFORMA

LA CUANTÍA PARA QUE PROCEDA A EFECTUAR LOS

PAGOS

( 53 )

INVITA A LA AUTOCORRECCIÓN

( 54 )

CONTRIBUYENTE O PROPIETARIO,

POSEEDOR Y/O TENEDOR

¿REALIZÓ EL CONTRIBUYENTE LA AUTOCORRECCIÓN?

NO

SI

PROYECTO DE RESOLUCIÓN CONDENATORIO

ELABORA Y TURNA

1T

( 54A)

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍA

PROYECTO DE RESOLUCIÓN ABSOLUTORIA

ELABORA

1T

( 55 )

DETERMINANDO LAS DIFERENCIAS

DE LAS CONTRIBUCIONES

Y SUS ACCESORIOS

PROYECTO DE RESOLUCIÓN ABSOLUTORIA

TURNA PARA SU VALIDACIÓN

( 56 )

CONSULTOR DE NORMATIVIDAD DE

COMERCIO EXTERIOR

A TRAVÉS DEL CONSULTOR

OPERATIVO DE AUDITORÍA

1T

REQUIRIENDO SU PRESENCIA

EN LAS OFICINAS DE LA

AUTORIDAD

11

PROYECTO DE RESOLUCIÓN CONDENATORIA

RECIBE Y TURNA PARA SU VALIDACIÓN

1T

CONSULTOR DE NORMATIVIDAD DE

COMERCIO EXTERIORAUDITOR FISCAL

PROYECTO DE RESOLUCIÓN CONDENATORIO

RECIBE Y TURNA

1T

CONSULTOR DE NORMATIVIDAD DE

COMERCIO EXTERIOR

AUDITOR FISCAL

12

( 54A.1)

( 54A.2)

11

12

PROYECTO DE RESOLUCIÓN CONDENATORIA

RECIBE PARA SU CORRECCIÓN

( 54A.3)

1T

C

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍA

RESOLUCIÓN

ELABORA Y TURNA

1-3T

( 54A.4)

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍA

RESOLUCIÓN

RECIBE Y RECABA FIRMA

( 54A.5)

- AUDITOR FISCAL- DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN

A TRAVÉS DEL SUBDIRECTOR DE COMERCIO

EXTERIOR

1-3T

RESOLUCIÓN

3T

RESOLUCIÓN

TURNA

( 54A.6)

1-2T

AUDITOR FISCAL

DIRECCIÓN GENERAL DE

RECAUDACIÓN

13

13

RESOLUCIÓN

RECIBE, NOTIFICA, INTEGRA y TURNA

( 54A.7)

1-2T

FIN

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍA

PROYECTO DE RESOLUCIÓN ABSOLUTORIA

RECIBE VALIDADO

( 57 )

1T

A TRAVÉS DEL CONSULTOR

OPERATIVO DE AUDITORÍA

CONSULTOR DE NORMATIVIDAD DE COMERCIO

EXTERIOR

RESOLUCIÓN

ELABORA Y TURNA

( 58 )

1-3T

CONSULTOR OPERATIVO DE

AUDITORÍA

RESOLUCIÓN

RECIBE, RECABA FIRMA Y TURNA

( 59 )

- AUDITOR FISCAL- DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN

A TRAVÉS DEL SUBDIRECTOR DE COMERCIO

EXTERIOR

1-3T

AUDITOR FISCAL

14

14

RESOLUCIÓN

RECIBE PARA SU NOTIFICACIÓN

1-3T

PROYECTO DE RESOLUCIÓN ABSOLUTORIA

TARJETA DE CONTROL DE ÓRDENES

RESOLUCIÓN

EXPEDIENTE DEL CONTRIBUYENTE

RESOLUCIÓN

NOTIFICA Y TURNA

( 60 )

( 61 )

1T

CONTRIBUYENTE

2-3T

2T

1T

FIN

CONECTA CON EL PROCEDIMIENTO: - RECEPCIÓN Y ENTREGA DE BIENES DERIVADOS DE UN ACTO DE FISCALIZACIÓN.

10CONSULTOR

OPERATIVO DE AUDITORÍA

CONTRIBUYENTE O PROPIETARIO,

POSEEDOR Y/O TENEDOR

ARCHIVO

MEDIANTE MEMORÁNDUM

PARA SU GUARDA Y CUSTODIA

ARCHIVO

MEDIANTE MEMORÁNDUM

PARA SU GUARDA Y CUSTODIA

COPIA N

O CONTROLA

DA

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Subdirección de Comercio Exterior

FIRMAS DE AUTORIZACIÓN Manual de Procedimientos

MAYO 2016 PÁG. 103

ANTONIO GÓMEZ PELEGRIN SECRETARIO DE FINANZAS Y PLANEACIÓN

ARTURO JARAMILLO DÍAZ DE LEÓN SUBSECRETARIO DE INGRESOS

EDUARDO CONTRERAS ROJANO DIRECTOR GENERAL DE

ADMINISTRACIÓN

JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ MORALES DIRECTOR GENERAL DE

FISCALIZACIÓN

COPIA N

O CONTROLA

DA

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Subdirección de Comercio Exterior

FIRMAS DE AUTORIZACIÓN Manual de Procedimientos

MAYO 2016 PÁG. 104

VERÓNICA ADRIANA REYNAUD ORNELAS SUBDIRECTORA DE ORGANIZACIÓN

Y PROCESOS ADMINISTRATIVOS

ROSA MARÍA SILVA PASQUEL SUBDIRECTORA DE COMERCIO

EXTERIOR

JESÚS PINEDA VIVAR CONSULTOR OPERATIVO DE AUDITORÍA

Elaborado y autorizado en mayo de 2016 Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave

COPIA N

O CONTROLA

DA