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PBX: 629 25 29 www.bolsamercantil.com.co Calle 113 No. 7 – 21, Torre A, piso 15, Bogotá No. 134 06 de marzo de 2018 ANUNCIO PÚBLICO DE SELECCIÓN DE COMISIONISTAS DE ENTIDADES ESTATALES - MERCADO DE COMPRAS PÚBLICAS “El presente aviso tiene propósitos informativos, razón por la cual, la Bolsa actúa como simple medio de difusión. En consecuencia, el contenido del mismo, es de exclusiva responsabilidad de la Entidad Estatal que acude al MCP”. ALCANCE BOLETÍN INFORMATIVO 121 DE 01 MARZO DE 2018 INSTITUTO DISTRITAL PARA LA PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ Y LA JUVENTUD-IDIPRON INFORMA: Que el día viernes 9 de marzo de 2018, a las 11:15 A.M. se llevará a cabo en la Sala de Ruedas de la Bolsa, ubicada en la calle 113 # 7-21 Torre A piso 15 en la ciudad de Bogotá, el proceso por medio del cual se seleccionará a la firma comisionista que actuará por cuenta de la INSTITUTO DISTRITAL PARA LA PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ Y LA JUVENTUD-IDIPRON en sus compras de los siguientes productos en el Mercado de Compras Públicas – MCP de la Bolsa. Las Sociedades Comisionistas de Bolsa podrán presentar Solicitud de Inscripción a más tardar al primer día hábil siguiente a la publicación antes de las 11:00 A.M. fecha que corresponde al 7 de marzo de 2018, en la Vicepresidencia de Operaciones. La Bolsa revisará y evaluará la información radicada oportunamente por las Sociedades Comisionistas miembro para acreditar el cumplimiento de los requisitos habilitantes aplicables, e informará el resultado de tal análisis a más tardar el mismo día, las sociedades comisionistas que hayan sido informados de observaciones en la revisión, podrán subsanar las irregularidades advertidas e informadas a más tardar a las 02:00 P.M del día hábil anterior a la rueda de selección es decir el día jueves 8 de marzo del año en curso, mediante la radicación de los documentos correspondientes en la Vicepresidencia de Operaciones de la Bolsa. Lo anterior, de conformidad con el contenido del artículo 3.1.2.5.4.1 de la Circular Única de Bolsa. El horario para ingreso de la comisión será: Viernes 9 de marzo de 2018 Hora: 11:00 a.m. – 11:10 a.m. Lo anterior según Boletín Normativo # 16 Circular # 11, Publicado el miércoles 16 de Noviembre de 2011.

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PBX: 629 25 29 www.bolsamercantil.com.co Calle 113 No. 7 – 21, Torre A, piso 15, Bogotá

No. 134 06 de marzo de 2018

ANUNCIO PÚBLICO DE SELECCIÓN DE COMISIONISTAS DE ENTIDADES

ESTATALES - MERCADO DE COMPRAS PÚBLICAS

“El presente aviso tiene propósitos informativos, razón por la cual, la Bolsa actúa como simple

medio de difusión. En consecuencia, el contenido del mismo, es de exclusiva responsabilidad de la

Entidad Estatal que acude al MCP”.

ALCANCE BOLETÍN INFORMATIVO 121 DE 01 MARZO DE 2018

INSTITUTO DISTRITAL PARA LA PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ Y LA JUVENTUD-IDIPRON

INFORMA:

Que el día viernes 9 de marzo de 2018, a las 11:15 A.M. se llevará a cabo en la Sala de Ruedas de

la Bolsa, ubicada en la calle 113 # 7-21 Torre A piso 15 en la ciudad de Bogotá, el proceso por

medio del cual se seleccionará a la firma comisionista que actuará por cuenta de la INSTITUTO

DISTRITAL PARA LA PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ Y LA JUVENTUD-IDIPRON en sus compras de los

siguientes productos en el Mercado de Compras Públicas – MCP de la Bolsa.

Las Sociedades Comisionistas de Bolsa podrán presentar Solicitud de Inscripción a más tardar al

primer día hábil siguiente a la publicación antes de las 11:00 A.M. fecha que corresponde al 7 de

marzo de 2018, en la Vicepresidencia de Operaciones.

La Bolsa revisará y evaluará la información radicada oportunamente por las Sociedades

Comisionistas miembro para acreditar el cumplimiento de los requisitos habilitantes aplicables, e

informará el resultado de tal análisis a más tardar el mismo día, las sociedades comisionistas que

hayan sido informados de observaciones en la revisión, podrán subsanar las irregularidades

advertidas e informadas a más tardar a las 02:00 P.M del día hábil anterior a la rueda de selección

es decir el día jueves 8 de marzo del año en curso, mediante la radicación de los documentos

correspondientes en la Vicepresidencia de Operaciones de la Bolsa.

Lo anterior, de conformidad con el contenido del artículo 3.1.2.5.4.1 de la Circular Única de Bolsa.

El horario para ingreso de la comisión será:

Viernes 9 de marzo de 2018

Hora: 11:00 a.m. – 11:10 a.m.

Lo anterior según Boletín Normativo # 16 Circular # 11,

Publicado el miércoles 16 de Noviembre de 2011.

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No. 134 06 de marzo de 2018

1. Bienes, productos y/o servicios objeto de contratación

LOTE A CARNES Y DERIVADOS

ITEM DESCRIPCION DEL PRODUCTO

UNIDAD CANTIDAD TOTAL PRECIO MAXIMO POR UNIDAD DE MEDIDA

1 Callo KILOGRAMO 2445 $ 10.929,00

2 Carne de cerdo KILOGRAMO 32010 $ 13.532,00

3 Carne de res chatas/lomo ancho

KILOGRAMO 60 $ 23.000,00

4 Carne Goulash KILOGRAMO 19317 $ 13.948,00

5 Carne molida KILOGRAMO 26521 $ 11.450,00

6 Carne pulpa de res KILOGRAMO 35289 $ 15.869,00

7 Chorizo KILOGRAMO 2806 $ 9.368,00

8 Jamón KILOGRAMO 1430 $ 11.449,00

9 Lomo de cerdo KILOGRAMO 24 $ 16.500,00

10 Lomo de cerdo casero KILOGRAMO 300 $ 37.400,00

11 Lomo fino de res KILOGRAMO 40 $ 34.000,00

12 Morcilla KILOGRAMO 2750 $ 8.000,00

13 Pavo relleno KILOGRAMO 350 $ 39.600,00

14 Salchicha KILOGRAMO 4287 $ 10.750,00

15 Sobrebarriga KILOGRAMO 12042 $ 12.491,00

16 Tocineta ahumada KILOGRAMO 48 $ 19.900,00

PRESUPUESTO MAXIMO LOTE ANTES DE IVA $ 1.883.312.582,00

LOTE B POLLO

ITEM DESCRIPCION DEL PRODUCTO

UNIDAD CANTIDAD TOTAL PRECIO MAXIMO POR UNIDAD DE MEDIDA

17 Pechuga KILOGRAMO 31076 $ 8.604,00

18 Pierna KILOGRAMO 23721 $ 7.592,00

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19 Pernil KILOGRAMO 3454 $ 6.446,00

PRESUPUESTO MAXIMO LOTE ANTES DE IVA $ 469.732.220,00

LOTE C PESCADO

ITEM DESCRIPCION DEL PRODUCTO

UNIDAD CANTIDAD TOTAL PRECIO MAXIMO POR UNIDAD DE MEDIDA

20 Almeja KILOGRAMO 6 $ 14.000,00

21 Anillos de calamar KILOGRAMO 6 $ 25.123,00

22 Camarón tigre KILOGRAMO 25 $ 36.920,00

23 Cascara de langosta o langostino

KILOGRAMO 12 $ 9.000,00

24 Rodaja de bagre X 200 Gramos

KILOGRAMO 5499 $ 16.000,00

25 Filete de Merluza KILOGRAMO 60 $ 15.060,00

26 Mojarra X 250 Gramos KILOGRAMO 6874 $ 13.416,00

27 Pulpo baby KILOGRAMO 15 $ 27.560,00

PRESUPUESTO MAXIMO LOTE ANTES DE IVA $ 182.788.322,00

LOTE D LACTEOS Y QUESOS

ITEM DESCRIPCION DEL PRODUCTO

UNIDAD CANTIDAD TOTAL PRECIO MAXIMO POR UNIDAD DE MEDIDA

28 Bebida con Avena UNIDAD X 200 ml 65637 $ 750,00

29 Kumis UNIDAD X 200 ml 58522 $ 675,00

30 Leche Ultrapasteurizada UNIDAD X 1000 ml 168727 $ 2.400,00

31 Leche saborizada UNIDAD X 200 ml 104929 $ 760,00

32 Yogurt UNIDAD X 200 ml 106179 $ 700,00

PRESUPUESTO MAXIMO LOTE ANTES DE IVA $ 647.746.240,00

ITEM DESCRIPCION DEL PRODUCTO

UNIDAD CANTIDAD TOTAL PRECIO MAXIMO POR UNIDAD DE MEDIDA

33 Cuajada KILOGRAMO 50 $ 14.364,00

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34 Queso campesino semidescremado

KILOGRAMO 1719 $ 13.600,00

35 Queso costeño KILOGRAMO 200 $ 15.000,00

36 Queso doble crema KILOGRAMO 7845 $ 15.000,00

37 Queso doble crema tajado

KILOGRAMO 1273 $ 16.000,00

38 Queso parmesano BOLSA X 250 GR 721 $ 15.000,00

39 Queso pera UNIDAD X 40 GR 48907 $ 1.900,00

PRESUPUESTO MAXIMO LOTE ANTES DE IVA $ 268.877.900,00

PRESUPUESTO MAXIMO LOTE D ANTES DE IVA $ 916.624.140,00

LOTE E MERIENDAS

ITEM DESCRIPCION DEL PRODUCTO

UNIDAD CANTIDAD TOTAL PRECIO MAXIMO POR UNIDAD DE MEDIDA

40 Arequipe Tarrito X 50 gr 51946 $ 625,00

41 Bocadillo veleño Unidad X 30 gr 165138 $ 271,00

42

Brownie relleno de arequipe y cubierto de chocolate

Unidad X 70 gr 49603 $ 1.331,00

43 barra de granola Unidad x 23 gr 32819 $ 614,00

44 Chocolatina de leche Unidad X 12 gr 82114 $ 349,00

45 Cocada Blanca Unidad X 30 gr 88120 $ 355,00

46 Galleta de avena Unidad X 30 gr 54932 $ 566,00

47 Galleta integral con miel Unidad X 32 gr 58239 $ 505,00

48 Galleta Integral Unidad X 28 gr 48907 $ 492,00

49 Galleta rellena de crema Unidad x 34 g 48907 $ 505,00

50 Galleta salada Unidad X 28 gr 73361 $ 423,00

51 Galletas waffer Unidad X 28 gr 48907 $ 414,00

52 Herpo Unidad X 30 gr 54622 $ 339,00

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53 Helado Vaso X 50 gr 103891 $ 1.078,00

54 Jugos industrializados Unidad X 200 ml 251231 $ 922,00

55 Liberal Unidad X 70 gr 48907 $ 761,00

56 Masmelo Unidad X 17 gr 27492 $ 385,00

57 Mezcla de maní con pasas Unidad x 50 gr 48907 $ 1.332,00

58 Panelita de leche Unidad X 30 gr 9044 $ 382,00

59 Papa frita Industrializada Unidad X 115 gr 1064 $ 2.395,00

60 Ponqué cubierto de chocolate

Unidad X 70 gr 91884 $ 1.145,00

61 Ponqué sabores surtidos*63

Unidad X 60 gr 120164 $ 1.004,00

62 Ponqué sabores surtidos*32

Unidad X 30 gr 27130 $ 646,00

63 Rollito de arequipe Unidad X 30 gr 18087 $ 448,00

64 Rollito de bocadillo con arequipe

Unidad X 30 gr 18087 $ 448,00

65 torta de queso Unidad X 85 gr 48907 $ 1.249,00

PRESUPUESTO MAXIMO LOTE ANTES DE IVA $ 1.185.637.988,00

LOTE F HUEVOS Y ABARROTES

ITEM DESCRIPCION DEL PRODUCTO

UNIDAD CANTIDAD TOTAL PRECIO MAXIMO POR UNIDAD DE MEDIDA

66 Huevo UNIDAD X 56,5 GR +/- 3GR TIPO A

549930 $ 350,00

PRESUPUESTO MAXIMO LOTE ANTES DE IVA $ 192.475.500,00

ITEM DESCRIPCION DEL PRODUCTO

UNIDAD CANTIDAD TOTAL PRECIO MAXIMO POR UNIDAD DE MEDIDA

67 Aceite Bidón X 20 litros 1491 $ 82.353,00

68 Aceite de ajonjolí Unidad X 200 ml 12 $ 13.445,00

69 Aceite de oliva Unidad X 500 gr 30 $ 14.668,00

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70 Aceitunas Unidad X 125 gr 20 $ 2.781,00

71 Ajonjolí Unidad x 250 gr 426 $ 4.538,00

72 Alcaparras Unidad X 125 gr 440 $ 3.782,00

73 Almendras enteras Unidad x 250 gr 35 $ 5.205,00

74 Almidón Agrio Unidad X 5 kg 60 $ 21.008,00

75 Arequipe Unidad X 5 kg 11 $ 30.000,00

76 Arroz Bulto X 50 kg 1755 $ 155.000,00

77 Arroz arborio Unidad X 454 gr 8 $ 13.445,00

78 Arroz para sopa Unidad X 500 gr 1003 $ 1.000,00

79 Arveja verde seca Unidad x 1 kg 6110 $ 2.900,00

80 Atún en Agua Unidad X 1780 gr 1938 $ 45.261,00

81 Avena Unidad X 500 gr 2970 $ 2.381,00

82 Avena Instantánea sabores surtidos

Unidad X 380 gr 1302 $ 7.143,00

83 Azúcar Bulto X 50 kg 989 $ 133.334,00

84 Azúcar pulverizado Unidad X 1000 g 200 $ 6.666,00

85 Bebida achocolatada en polvo

Unidad x 1 kg 996 $ 5.940,00

86 Bocadillo Arroba 40 $ 45.000,00

87 Brevas en almíbar frasco x 1000 gramos 40 $ 2.295,00

88 Café Unidad X 500 gr 5791 $ 7.619,00

89 Canela Unidad X 500 gr 138 $ 9.200,00

90 Cebada perlada Unidad X 500 gr 1146 $ 1.345,00

91 Cereal de Maizena hojuelas azucarado

Unidad X 500 gr 3283 $ 6.723,00

92 cereal de arroz inflado sabor a chocolate

Unidad X 500 gr 2447 $ 5.940,00

93 cereal en forma de anillos de trigo, avena y maíz

Unidad X 500 gr 837 $ 2.295,00

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sabor a frutas

94 Cerezas Marrasquino Unidad X 125 gr 56 $ 2.150,00

95 Chocolate para mesa Unidad X 500 gr 4842 $ 5.130,00

96 Ciruelas pasas sin semillas Unidad x 1 kg 104 $ 12.209,00

97 Cobertura chocolate blanco

Unidad x 1 kg 44 $ 11.765,00

98 Cobertura chocolate negro

Unidad x 1 kg 44 $ 13.991,00

99 Coco deshidratado Unidad x 1 kg 21 $ 10.084,00

100 Cocoa Unidad X 1000 g 20 $ 13.000,00

101 Color Unidad X 500 gr 287 $ 6.302,00

102

Colorantes para alimentos en agua en gotero

Unidad X 80 gr C/U 20 $ 9.817,00

103 Comino Unidad x 250 gr 1 $ 7.852,00

104 Crema de leche Unidad X 295 gr 17607 $ 6.500,00

105

Crema Vegetal Liquida para batir, decorar y rellenar pasteles

Unidad x 1 litro 120 $ 13.445,00

106 Cuchuco de maíz Unidad X 500 gr 1178 $ 1.681,00

107 Cuchuco de trigo Unidad X 500 gr 1850 $ 1.681,00

108 Cúrcuma Unidad X 500 gr 12 $ 20.025,00

109 Duraznos en Almíbar Unidad X 320 gr 104 $ 5.042,00

110 Esencia Unidad X 500 gr 280 $ 10.084,00

111 Estragón Unidad X 10 gr 20 $ 2.942,00

112 Fécula de maíz Unidad X 1 kg 509 $ 5.042,00

113 Fideos Unidad x 250 gr 4924 $ 1.317,00

114 Fresco instantáneo con edulcorante

Unidad x 1 kg 246 $ 8.403,00

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No. 134 06 de marzo de 2018

115 Frijol cabeza negra Unidad x 1 kg 963 $ 6.959,00

116 Frijol rojo Unidad x 1 kg 4715 $ 8.256,00

117 Fruta cristalizada Unidad X 1 kg 100 $ 8.820,00

118 Garbanzo Unidad x 1 kg 1244 $ 7.899,00

119 Gelatina de polvo Unidad X 1 kg 1956 $ 7.564,00

120 Gelatina sin sabor Unidad X 30 gr 358 $ 1.893,00

121 Grageas de colores Unidad X 500 gr 16 $ 2.295,00

122 Grasa aliñada Unidad X 15 kg 261 $ 50.420,00

123 Harina de almendras Unidad X 500 gr 24 $ 23.000,00

124 Harina de buñuelos Unidad x 1 kg 180 $ 4.202,00

125 Harina de maíz amarillo Unidad X 500 gr 374 $ 1.429,00

126 Harina de maíz blanco precocido

Unidad x 1 kg 8359 $ 3.691,00

127 Harina de trigo Unidad x 1 kg 1868 $ 3.334,00

128 Harina de trigo X 50 KG Bulto X 50 kg 386 $ 89.524,00

129 Jengibre molido Unidad X 20 gr 13 $ 1.889,00

130 Leche condensada Unidad X 400 ml 4867 $ 6.500,00

131 Leche de coco Unidad X 400 ml 36 $ 9.085,00

132 Leche en polvo Unidad X 500 gr 80 $ 12.000,00

133 Lenteja Unidad x 1 kg 1232 $ 6.800,00

134 Levadura seca Unidad X 500 gr 467 $ 8.404,00

135 Maíz mute precocido Unidad x 1 kg 1247 $ 4.541,00

136 Maíz peto (blanco trillado)

Unidad X 500 gr 6323 $ 1.600,00

137 Maíz pira Unidad X 500 gr 1468 $ 1.948,00

138 Maní Unidad X 5 kg 12 $ 50.376,00

139 Manteca de cerdo bolsa 7,5 kilos 4 $ 31.000,00

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No. 134 06 de marzo de 2018

140 Margarina de cocina Unidad X 500 gr 5935 $ 5.043,00

141 Margarina para hojaldre Unidad X 500 gr 320 $ 2.400,00

142 Margarina para pastelería fina

Caja x 15 kilos 10 $ 58.824,00

143 Mayonesa Unidad X 3800 ml 586 $ 21.849,00

144 Mermelada Unidad X 4100 gr 10 $ 18.000,00

145 Miel Unidad X 1 Litro 18 $ 7.143,00

146 Mostaza Unidad X 3800 ml 59 $ 13.445,00

147 Nuez de brasil Unidad X 500 gr 8 $ 18.908,00

148 Nuez moscada Unidad X 15 gr 67 $ 3.362,00

149 Panela Unidad X 500 gr 22976 $ 2.000,00

150 Paprika Unidad X 500 gr 1 $ 15.966,00

151 Pasta de tomate Unidad x 250 gr 144 $ 3.933,00

152 Pasta para lasaña Unidad X 500 gr 1110 $ 7.563,00

153 Pasta para seco (espagueti)

Unidad X 500 gr 6563 $ 2.321,00

154 Pasta para sopa (conchas) Unidad x 250 gr 2443 $ 1.143,00

155 Pimienta molida Unidad X 500 gr 16 $ 12.228,00

156 Pimienta negra Unidad X 500 gr 1 $ 14.286,00

157 Polvo para hornear Unidad x 1 kg 61 $ 1.531,00

158 Quinua Unidad x 1 kg 139 $ 12.101,00

159 Sal Bulto X 50 kg 82 $ 32.000,00

160 Salsa de soya Unidad X 1 litro 694 $ 6.723,00

161 Salsa de tomate Unidad X 3800 ml 598 $ 20.169,00

162 Salsa inglesa Unidad X 1 Litro 1 $ 6.931,00

163 Salsa negra Unidad X 1 Litro 467 $ 7.563,00

164 Salsa teriyaki Unidad X 1 Litro 1 $ 13.462,00

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No. 134 06 de marzo de 2018

165 Sardina Unidad x 425 gr 3701 $ 4.202,00

166 Tintura de caramelo Unidad X 5000 ml 10 $ 37.816,00

167 Tostadas Industrializadas Unidad x 350 gr 16961 $ 4.482,00

168 Uvas pasas Unidad x 1 kg 740 $ 2.000,00

169 Vinagre Unidad X 1 Litro 430 $ 4.202,00

PRESUPUESTO MAXIMO LOTE ANTES DE IVA $ 1.377.738.281,00

PRESUPUESTO MAXIMO LOTE F ANTES DE IVA $ 1.570.213.781,00

LOTE G FRUVER

ITEM DESCRIPCION DEL PRODUCTO

UNIDAD CANTIDAD TOTAL PRECIO MAXIMO POR UNIDAD DE MEDIDA

Aguacate KILOGRAMO 17357 $ 4.524,00

171 Ahuyama KILOGRAMO 6966 $ 1.331,00

172 Ajo KILOGRAMO 1473 $ 4.290,00

173 Albahaca KILOGRAMO 3 $ 4.500,00

174 Apio KILOGRAMO 1083 $ 1.264,00

175 Arracacha KILOGRAMO 6535 $ 2.199,00

176 Arveja verde KILOGRAMO 3556 $ 10.500,00

177 Banano KILOGRAMO 29227 $ 1.894,00

178 Brócoli KILOGRAMO 756 $ 4.080,00

179 Calabaza KILOGRAMO 2330 $ 1.062,00

180 Cebolla cabezona KILOGRAMO 14929 $ 2.458,00

181 Cebolla común tallo KILOGRAMO 19156 $ 2.840,00

182 Cebolla puerro KILOGRAMO 12 $ 3.280,00

183 Champiñones KILOGRAMO 624 $ 13.220,00

184 Cilantro KILOGRAMO 2774 $ 3.280,00

185 Ciruela KILOGRAMO 4473 $ 8.300,00

186 Coco KILOGRAMO 36 $ 4.440,00

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187 Coliflor KILOGRAMO 1214 $ 2.600,00

188 Curuba KILOGRAMO 1470 $ 2.400,00

189 Espinaca KILOGRAMO 8098 $ 2.940,00

190 Fresa KILOGRAMO 27989 $ 5.710,00

191 Frijol verde KILOGRAMO 24 $ 3.500,00

192 Granadilla KILOGRAMO 1296 $ 5.800,00

193 Guanábana KILOGRAMO 24638 $ 3.980,00

194 Guascas KILOGRAMO 478 $ 4.000,00

195 Guayaba KILOGRAMO 12315 $ 2.438,00

196 Habas KILOGRAMO 48 $ 3.280,00

197 Habichuela KILOGRAMO 8720 $ 3.000,00

198 Hierbas aromáticas KILOGRAMO 199 $ 2.840,00

199 Kiwi KILOGRAMO 4 $ 6.766,00

200 Laurel KILOGRAMO 48 $ 6.200,00

201 Lechuga KILOGRAMO 3023 $ 1.656,00

202 Lechuga crespa KILOGRAMO 628 $ 4.484,00

203 Limón KILOGRAMO 8146 $ 2.700,00

204 Lulo KILOGRAMO 17169 $ 3.600,00

205 Mandarina KILOGRAMO 30510 $ 2.460,00

206 Mango KILOGRAMO 17105 $ 3.280,00

207 Manzana royal gala KILOGRAMO 4129 $ 5.620,00

208 Maracuyá KILOGRAMO 21863 $ 3.400,00

209 Mazorca (maíz choclo) KILOGRAMO 19413 $ 3.719,00

210 Melón KILOGRAMO 14022 $ 2.749,00

211 Mora KILOGRAMO 17016 $ 3.700,00

212 Naranja KILOGRAMO 19147 $ 1.308,00

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213 Orégano KILOGRAMO 1 $ 7.200,00

214 Papa común KILOGRAMO 140836 $ 1.357,00

215 Papa criolla KILOGRAMO 34895 $ 3.049,00

216 Papaya KILOGRAMO 22419 $ 1.938,00

217 Papayuela KILOGRAMO 466 $ 3.200,00

218 Pepino cohombro KILOGRAMO 4345 $ 1.900,00

219 Pepino de rellenar KILOGRAMO 2407 $ 2.220,00

220 Pera KILOGRAMO 4451 $ 6.200,00

221 Perejil crespo KILOGRAMO 488 $ 4.000,00

222 Pimentón KILOGRAMO 1843 $ 2.823,00

223 Piña KILOGRAMO 19701 $ 1.129,00

224 Plátano colicero KILOGRAMO 2723 $ 1.600,00

225 Plátano hartón maduro KILOGRAMO 16119 $ 1.795,00

226 Plátano hartón verde KILOGRAMO 29439 $ 1.795,00

227 Raíces chinas KILOGRAMO 689 $ 4.000,00

228 Remolacha KILOGRAMO 3157 $ 1.529,00

229 Repollo blanco (hojas verdes)

KILOGRAMO 3536 $ 1.320,00

230 Tomate milano KILOGRAMO 32286 $ 2.910,00

231 Tomate de árbol KILOGRAMO 10259 $ 2.700,00

232 Tomillo KILOGRAMO 64 $ 8.000,00

233 Uva KILOGRAMO 640 $ 5.020,00

234 Yuca KILOGRAMO 22500 $ 1.384,00

235 Zanahoria KILOGRAMO 20926 $ 1.472,00

PRESUPUESTO MAXIMO LOTE ANTES DE IVA $ 1.926.825.668,00

LOTE H TAMAL

ITEM DESCRIPCION DEL UNIDAD CANTIDAD TOTAL PRECIO MAXIMO POR

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PRODUCTO UNIDAD DE MEDIDA

236 Tamal UNIDAD X 600 GR 47369 $ 3.227,00

237

Lechona Cojín para 50 porciones de 300 gramos porción

100 $ 450.000,00

PRESUPUESTO MAXIMO LOTE ANTES DE IVA $ 197.859.763,00

LOTE I DULCERIA

ITEM DESCRIPCION DEL PRODUCTO

UNIDAD CANTIDAD TOTAL PRECIO MAXIMO POR UNIDAD DE MEDIDA

238

Bom bom de caramelo duro, con sabor a frutas, relleno de chicle

BOLSA X 24 UNIDADES DE 19 GRAMOS APROX

CADA UNO

1154 $ 7.063,00

239

Chocolatina de leche con maní entero

CAJA PLEGADIZA X 24 UNIDADES DE 40 GRAMOS CADA

1154 $ 26.093,00

240

Chocolatina de leche CAJITAS X 50 UNIDADES X 12

GRAMOS CADA UNA

481 $ 15.408,00

241 Chocolatina de leche con trozos de galletas

UNIDAD X 113 GRAMOS

2404 $ 7.359,00

242

Chupeta de caramelo duro con sabor a frutas

BOLSAS X 50 UNIDADES DE 7

GRAMOS APROXIMADAMENTE

CADA UNA

962 $ 4.407,00

243

Chupeta de caramelo duro con sabor a leche

BOLSA X 50 UNIDADES DE 7

GRAMOS APROXIMADAMENTE

CADA UNA.

962 $ 4.407,00

244

Dulce de caramelo surtido (leche, coco, choco-coco)

BOLSAS X 100 UNIDADES DE 5,4

GRAMOS CADA UNA APROX.

962 $ 14.706,00

245 Dulce gomas CAJA X 24 PAQUETES INDIVIDUALES DE 90

1443 $ 21.052,00

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GR CADA UNO

246

Dulce blando masticable con sabor a frutas

BOLSA X 100 UNIDADES DE 4,3

GRAMOS APROXIMADAMENTE

CADA UNO

962 $ 5.390,00

247

Dulce surtido de frutas BOLSA DE 100 UNIDADES DE 4

GRAMOS CADA UNA APROX.

1443 $ 5.777,00

248

Dulce turrón con coco natural

BOLSAS X 100 UNIDADES DE 4

GRAMOS APROXIMADAMENTE

CADA UNO

1443 $ 8.707,00

PRESUPUESTO MAXIMO LOTE ANTES DE IVA $ 142.454.176,00

2. Modalidad de la adquisición por precio o cantidad

Modalidad de la Puja Por precio [_x] Por cantidad [_____] Número mínimo de bienes [____] La modalidad de puja podrá ser modificada con posterioridad, si de la asesoría prestada por la sociedad comisionista seleccionada se encuentra que podría existir un mayor beneficio para la Entidad si utiliza la otra modalidad de puja. 3. Porcentaje máximo a pagar en el contrato de comisión y forma de pago

La Entidad ha determinado que el porcentaje máximo de la comisión a pagar es de [0.37 %] sobre el valor total de las operaciones que se celebren. El porcentaje anterior NO [X] incluye los impuestos, tasas y/o contribuciones listados en la siguiente tabla, que se causan con ocasión de la celebración del contrato de comisión, y que son distintos a los impuestos, tasas y/o contribuciones propias de la celebración de la operación.

Porcentaje Descripción del Impuesto, Tasa o Contribución aplicable

19% IVA Comisión

El valor que resulte de los impuestos, tasas y/o contribuciones establecidos en la siguiente tabla, que se causen con ocasión de la celebración del contrato de comisión y que son exigencia de la Entidad para su legalización y ejecución, deberán ser asumidos por el comisionista comprador seleccionado de conformidad al valor del contrato de comisión.

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ESTAMPILLAS

PROADULTO MAYOR (2 %) PROCULTURA (0.5 %) UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS (1% del valor bruto)

Adicionalmente, se harán las retenciones a que haya lugar, sobre dichos impuestos, tasas y contribuciones y las demás que, de conformidad con la normatividad vigente, resulten procedentes

RETEFUENTE

Se aplica de acuerdo al código de la actividad inscrita en el Rut y que desarrolle el proveedor, lo cual puede generar el 1.5% por productos agropecuarios o el 2.5 por productos procesados. A excepción que el proveedor certifique que comercializa en la Bolsa Mercantil de Colombia SA o sea autoretenedor.

RETEICA

Se aplica de acuerdo a la actividad inscrita en el RIT, se aplica la retención respectiva que puede ser: 4.14, 11.04 por 1000. Excepción productos primarios o excluidos de este gravamen.

La Entidad pagará el monto señalado anteriormente, así:

1. Cincuenta por ciento (50%) dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la celebración de la operación encargada.

2. Cuarenta por ciento (40%) del valor de la comisión al finalizar todas las entregas de

los elementos objeto de la negociación adquiridos y efectivamente recibidos a satisfacción por el IDIPRON, previa certificación de cumplimiento a satisfacción expedida por parte del Supervisor o Interventor y certificación del representante legal o revisor fiscal de la Firma Comisionista que dé cuenta del cumplimiento del pago de los aportes al sistema general de seguridad social integral y demás aportes parafiscales a que haya lugar.

3. Diez por ciento (10%) comisión una vez suscrita el acta de terminación del contrato

de comisión, previa gestión de liberación de garantías en la Bolsa Mercantil de Colombia - BMC, certificación final de cumplimiento a satisfacción expedida por parte del Supervisor o Interventor y certificación del representante legal o revisor fiscal de la Firma Comisionista que dé cuenta del cumplimiento del pago de los aportes al sistema general de seguridad social integral y demás aportes parafiscales a que haya lugar.

El pago de la comisión se realizará directamente a la sociedad comisionista miembro y no se canalizará a través del sistema de compensación y liquidación de la Bolsa. 4. Metodología para la determinación de la oferta de comisión más favorable

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.6.2.1.2.6 del Reglamento, solicito aplicar como metodología de selección el siguiente criterio (se debe elegir una de las siguientes alternativas): 1. La oferta menor; 2. La oferta que más se aproxime a la media aritmética; 3. La oferta que más se aproxime a la media geométrica; 4. La oferta que más se aproxime a la media aritmética, previa eliminación de los valores que se alejen más de “X” desviaciones estándar de la muestra inicial. 5. Legalización del contrato

Para efecto de la legalización del contrato, la sociedad comisionista miembro seleccionada deberá presentar ante la Entidad, los siguientes documentos, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la Rueda de Selección en la que resulte seleccionada:

5.1 Fotocopia del documento de identidad del representante legal de la sociedad comisionista miembro seleccionada que suscribirá el contrato de comisión

5.2. Fotocopia del Registro Único Tributario –RUT- expedido por la DIAN. 5.3. Fotocopia del Registro de Información Tributaria –RIT- expedido por la Secretaría

de Hacienda Distrital Certificado original del sistema de información, (Actualizado al código de la versión CIIU.4)

5.4. Certificado original del sistema de información y registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad –SIRI- vigente expedido por la Procuraduría General de la Nación, correspondiente a la persona jurídica y la persona natural que actúa como Representante Legal;

5.5. Certificado de existencia, expedido por la Cámara de Comercio en original. La fecha de expedición del certificado no podrá ser superior a treinta (30) días calendario anterior a la fecha de selección de la sociedad comisionista miembro;

5.6. Certificado de autorización y representación legal expedido por la Superintendencia Financiera de Colombia en original. La fecha de expedición del certificado no podrá ser superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de la selección de la sociedad comisionista miembro;

5.7 Autorización expresa para el representante legal, pueda suscribir contrato de comisión con el IDIPRON por el porcentaje de la comisión pactada sobre el presupuesto oficial de compra, expedida por el órgano social competente. Esta autorización se requerirá cuando el representante legal tenga restricciones para contraer obligaciones por dicho monto.

5.9. Certificación del pago de seguridad social con los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, en la cual se señale si la entidad ha cumplido en los últimos seis (6) meses, con las obligaciones sobre el pago de aportes al sistema de Seguridad Social en Salud, Pensiones, Riesgos Laborales y Aportes Parafiscales (ICBF, SENA, y Cajas de Compensación Familiar), de conformidad con el artículo 50 de la ley 789 de 2000.

x

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firmado por el revisor fiscal, o, en caso de no contar con éste, por el representante legal. Deberá aportarse una fotocopia de la tarjeta profesional del revisor fiscal y el certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores señalada en el literal anterior.

5.10. Constituir Póliza Única de Cumplimiento a favor del IDIPRON de acuerdo con lo que se establece en el numeral 10 del presente documento.

5. Pago de costos asociados a la operación Los costos y gastos asociados a la celebración de la operación que se generen por concepto de registro en Bolsa y servicio de compensación y liquidación serán pagados ante la Bolsa en los términos establecidos en el Título Séptimo del Libro primero de Circular Única de Bolsa, para cada concepto. Para tales efectos, la Entidad deberá proveer a la sociedad comisionista miembro los recursos necesarios para que éste pago se haga efectivo dentro de dicho término. Cuando, por cualquier motivo, la Entidad no los provea dentro del término requerido, deberá asumir los perjuicios que por dicha causa ocasione a la sociedad comisionista miembro seleccionada. 6. Certificado de Disponibilidad Presupuestal y Valor máximo de la operación

El presupuesto estimado para la celebración de las negociaciones por cuenta de la Entidad y demás costos y gastos asociados a la misma es por valor de NUEVE MIL DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($9.017.551.634); que se encuentra respaldado por los Certificados de disponibilidad presupuestal, así:

CÓDIGO RUBRO

PRESUPUESTAL

NOMBRE DEL PROYECTO DE

INVERSIÓN

FUENTE O TIPO

DE GASTO

NÚMERO DE

CERTIFICADO DE

DISPONIBILIDAD

PRESUPUESTAL

VALOR

331150105097112

Calles alternativas: Atención

integral a niñez y juventud en

situación de calle, en riesgo de

habitabilidad en calle y en

condiciones de fragilidad social.

01 (Distrito) Numero CDP:

2018000999

CDP-SCB:

$21.257.739

331150105110412

Distrito joven: Desarrollo de

competencias laborales a jóvenes

con derechos vulnerados.

01 (Distrito) Numero CDP:

2018001003

CDP-SCB:

$12.406.676

3311501051104320

Distrito joven: Desarrollo de

competencias laborales a jóvenes

con derechos vulnerados.

03

(Administrados)

Numero CDP:

2018001006

CDP-SCB:

$3.591.005

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312010412 Materiales y Suministros 01 (Distrito) Numero CDP:

2018000998

CDP-SCB:

$61.982

331150105097112

Calles alternativas: Atención

integral a niñez y juventud en

situación de calle, en riesgo de

habitabilidad en calle y en

condiciones de fragilidad social.

01 (Distrito) Numero CDP:

2018001001

CDP-BMC:

$29.301.505

331150105110412

Distrito joven: Desarrollo de

competencias laborales a jóvenes

con derechos vulnerados.

01 (Distrito) Numero CDP:

2018001004

CDP-BMC:

$17.101.094

3311501051104320

Distrito joven: Desarrollo de

competencias laborales a jóvenes

con derechos vulnerados.

03

(Administrados)

Numero CDP:

2018001005

CDP-BMC:

$4.949.763

312010412 Materiales y Suministros 01 (Distrito) Numero CDP:

2018000996

CDP-BMC:

$85.435

331150105097112

Calles alternativas: Atención

integral a niñez y juventud en

situación de calle, en riesgo de

habitabilidad en calle y en

condiciones de fragilidad social.

01 (Distrito) Numero CDP:

2018001000

CDP-COMPRA:

$5.111.656.559

331150105110412

Distrito joven: Desarrollo de

competencias laborales a jóvenes

con derechos vulnerados.

01 (Distrito) Numero CDP:

2018001002

CDP-COMPRA:

$2.971.789.916

3311501051104320

Distrito joven: Desarrollo de

competencias laborales a jóvenes

con derechos vulnerados.

03

(Administrados)

Numero CDP:

2018001007

CDP-COMPRA:

$830.584.091

312010412 Materiales y Suministros 01 (Distrito) Numero CDP:

2018000997

CDP-COMPRA:

$14.765.973

Los cuales cuentan con IVA incluido, dentro de los cuales están previstos: 7.1. El valor de las operaciones que se celebren por cuenta de la Entidad; 7.2. El valor por concepto de impuestos, tasas y contribuciones a que haya lugar; 7.3. Todo pago que deba hacerse por causa o con ocasión de la operación, incluyendo:

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i. El valor de la comisión a pagar a la (s) sociedad(es) comisionista(s)miembro(s) seleccionada(s);

ii. El valor de las garantías que deberán constituirse ante la Bolsa; iii. El valor de registro en Bolsa y servicio de compensación y liquidación. iv. El valor de la estampa cronológica más IVA.

Lo anterior, en los términos establecidos en el artículo 2.2.1.2.1.2.15 del Decreto 1082 de 2015.

1. En consecuencia, el precio máximo de la negociación a celebrar por cuenta de esta Entidad, será de OCHO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CUARENTA PESOS M/CTE., ($ 8.475.448.640); valor que NO incluye IVA de los bienes, comisiones, impuestos, tasas, gravámenes, costos de Bolsa ni asiento en Sistema de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías.

Los impuestos, tasas, contribuciones, descuentos y retenciones aplicables a la operación que se realizara por cuenta de la Entidad son los siguientes:

IVA Impuesto Valor Agregado Del IVA facturado, se retiene el 15%, a excepción que sea gran contribuyente.

ESTAMPILLAS (SI APLICA)

PROADULTO MAYOR (2 %) PROCULTURA (0.5 %) UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS (1% del valor bruto)

Adicionalmente, se harán las retenciones a que haya lugar, sobre dichos impuestos, tasas y contribuciones y las demás que, de conformidad con la normatividad vigente, haya a lugar.

RETEFUENTE

Se aplica de acuerdo al código de la actividad inscrita en el Rut y que desarrolle el proveedor, lo cual puede generar el 1.5% por productos agropecuarios o el 2.5 por productos procesados. A excepción que el proveedor certifique que comercializa en la Bolsa Mercantil de Colombia SA, o sea autoretenedor.

RETEICA

Se aplica de acuerdo a la actividad inscrita en el RIT, se aplica la retención respectiva que puede ser: 4.14, 11.04 por 1000. Excepción productos primarios o excluidos de este gravamen.

Adicionalmente, se harán las retenciones a que haya lugar, sobre dichos impuestos, tasas y contribuciones y las demás que, de conformidad con la normatividad vigente, resulten procedentes. 7. Operaciones a Realizar y Ficha Técnica de Negociación Provisional El máximo número de operaciones a realizar es de Nueve (9). Sin perjuicio de lo anterior, cuando de la asesoría prestada por la sociedad comisionista miembro se determine que es más conveniente la adopción de otra estructura para las operaciones, podrá modificarse.

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No. 134 06 de marzo de 2018

A la presente Carta se adjunta la FICHA TÉCNICA PROVISIONAL DE NEGOCIACIÓN que contiene las condiciones de la negociación, tales como bienes, productos y/o servicios a ser negociados, cantidad, calidad y características de los mismos, las condiciones, descripción del procedimiento y sitios de entrega, forma y fecha de pago de las operaciones, condiciones y obligaciones del vendedor y/o comprador, las condiciones jurídicas de las operaciones, así como las condiciones y obligaciones del comitente vendedor. Igualmente contiene las garantías adicionales exigidas al comitente vendedor, los mecanismos de supervisión e interventoría y, en general, aquellos aspectos específicos de la negociación, que de conformidad con la carta de intención y el contrato de comisión otorgado por la Entidad sea necesario incluir. 8. Requisitos habilitantes

Las sociedades comisionistas miembros que pretendan participar en la Rueda de Selección, deberán cumplir con los siguientes requisitos mínimos para estar habilitadas: 8.1. La Sociedad Comisionista y su representante legal, no podrán aparecer reportados en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República, de conformidad con lo exigido por el artículo 60 de la Ley 610 de 2000. La respectiva verificación será realizada por la Bolsa a través de los medios dispuestos para el efecto por la Contraloría General de la Republica. 8.2 Fotocopia del certificado de autorización y representación legal expedido por la Superintendencia Financiera de Colombia. La fecha de expedición del certificado no podrá ser superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de presentación de los documentos con los que se pretende acreditar el cumplimiento de los requisitos habilitantes. 8.3 Fotocopia del certificado de existencia expedido por la Cámara de Comercio. La fecha de expedición del certificado no podrá ser superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de presentación de los documentos con los que se pretende acreditar el cumplimiento de los requisitos habilitantes. 8.4 La Sociedad Comisionista y su representante legal, no podrán encontrarse incursos en causal de Inhabilidad o Incompatibilidad para contratar con el Estado o con la Entidad, para estos efectos, deberá allegarse comunicación suscrita por el Representante Legal de la sociedad comisionista miembro. 8.5 Certificación del pago de seguridad social, riesgos laborales y aportes parafiscales, expedida por el revisor fiscal en el cual se señale que la sociedad comisionista miembro ha cumplido en los últimos seis (6) meses con las obligaciones sobre el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social en Salud, Pensiones, Riesgos laborales y aportes parafiscales (ICBF, SENA y Cajas de Compensación Familiar), de conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002. 8.6 Deberá aportarse una fotocopia de la tarjeta profesional del revisor fiscal que suscribe la certificación señalada en el literal anterior y el Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores con una vigencia no superior a 90 días. 8.7 No encontrarse suspendida en la fecha de publicación de la solicitud de convocatoria o en la de realización de la Rueda de Selección en razón de eventuales sanciones impuestas por la Superintendencia Financiera o la Cámara Disciplinaria de la Bolsa o tener suspendidos los servicios por decisión administrativa de la Bolsa y o del organismo de compensación y liquidación.

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8.8 Encontrarse inscrita en el RUP, siempre que, de conformidad con la normatividad vigente, por la naturaleza del objeto de la negociación, deba estarlo y, si es el caso contar con el trámite de renovación en firme para celebrar el objeto del contrato de comisión. 8.8 En la rueda de selección sólo podrán participar las firmas comisionistas con domicilio o sucursal en la ciudad de Bogotá D.C., debidamente inscritas ante la Superintendencia Financiera de Colombia; 8.9 Acreditar mediante certificación suscrita por el Representante Legal, haber actuado como punta vendedora y/o compradora en el mercado de físicos o MCP de la Bolsa Mercantil de Colombia; y acreditar transacciones por un valor mayor o igual al presupuesto estimado para la NEGOCIACI: OCHO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CUARENTA PESOS M/CTE., ($8.475.448.640), dentro de las vigencias comprendidas entre el 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre del 2017 9. Garantía única de cumplimiento De conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.1.2.1.2.17 del Decreto 1082 de 2015, la sociedad comisionista miembro seleccionada, deberá constituir a favor de la Entidad ante un banco o compañía de seguros legalmente establecida cuya póliza matriz esté aprobada por la Superintendencia Financiera de Colombia, una garantía única de cumplimiento con los siguientes amparos: 9.1. Cumplimiento del contrato por valor asegurado del [20] % del valor del contrato de comisión

(valor de la remuneración del comisionista) y vigencia del término de ejecución del contrato y [6] meses más.

9.2. Salarios y Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales por valor asegurado del [20]

% del valor del contrato de comisión y vigencia del término de ejecución del contrato y tres años más.

9.3 Calidad del Servicio por valor asegurado del [20] % del valor del contrato de comisión

(valor de la remuneración del comisionista) y vigencia del término de ejecución del contrato y [6] meses más.

Adicionalmente de conformidad con lo señalado por el artículo 2.2.1.2.1.2.14 del Decreto 1082 de 2015, los contratos que celebren las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de la Contratación Pública deberán ser publicados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP-. La aprobación, guarda, ejecución y demás actos necesarios para la efectividad de dicha garantía corresponderán a la Entidad. 10. Plazo del contrato de comisión El contrato de comisión que la Entidad suscriba con la sociedad comisionista miembro que resulte seleccionada, tendrá una duración aproximada de trescientos Sesenta (360) días calendario o hasta agotar recursos.

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No. 134 06 de marzo de 2018

11. Declaraciones y autorizaciones

Declaro que la Entidad a la que represento, se someterá en todos sus términos, al contrato de comisión que suscriba con la sociedad comisionista miembro seleccionada, y que para el efecto de determinar su clausulado podrá utilizar el modelo fijado por la Bolsa, contenido en la Circular Única de la Bolsa, del cual manifiesto conocer su contenido e implicaciones, sin perjuicio de que el mismo pueda ser adicionado o modificado cuando así se acuerde, de conformidad con lo pactado con la sociedad comisionista miembro seleccionada, en todo aquello que no contravenga la normatividad vigente. De igual forma declaro que la Entidad a la que represento, ha recibido por parte de la Bolsa toda la información relacionada con los trámites que deben surtirse para el adelantamiento de negociaciones a través del Mercado de Compras Públicas, lo que incluye el Reglamento de Funcionamiento y Operación de la Bolsa y la Circular Única de la Bolsa, cuya ubicación al interior de la página web ha sido compartida por parte de la Bolsa, así como la forma de tener acceso a los formatos y aplicativos que resultan pertinentes.

El contrato de comisión podrá ser adicionado hasta por el cincuenta por ciento (50%) de su valor inicial, expresado en salarios mínimos legales mensuales, de conformidad con lo señalado en el artículo 40 de la Ley 80 de 1993, como consecuencia del aumento del monto de las negociaciones a realizar, conforme con la disponibilidad presupuestal de la entidad.

Así mismo, manifiesto que la Entidad se someterá a lo señalado en el Reglamento de Funcionamiento y Operación de la Bolsa para efectos de la negociación y cumplimiento de la operación, especialmente en lo que hace al título VI del Libro III del mismo, así como al Libro VI, referente a la compensación y liquidación de las operaciones celebradas por su cuenta. Una vez concluida la operación, la Entidad diligenciará y enviará a la Bolsa la encuesta de servicio suministrada, dentro de los parámetros incluidos en la misma y con el objeto de calificar el servicio prestado por la sociedad comisionista miembro que actuó por su cuenta en la respectiva negociación. Autorizo a la Bolsa a suministrar, de manera privada o pública, información relativa a las operaciones celebradas por cuenta de la Entidad que represento, la información contenida en ésta carta de intención, los ahorros que obtenga respecto del presupuesto inicialmente proyectado, y las demás a que haya lugar cuando sea requerido por su Reglamento de Funcionamiento y Operación, por autoridades o con fines comerciales y de promoción del mercado. Por medio del presente documento me permito impartir una instrucción de manera anticipada con el fin de que, si transcurridos 60 días corrientes después de cumplida la operación, no se ha dado una instrucción de giro diferente, los recursos de la Entidad que continúen bajo administración del sistema de compensación y liquidación de la Bolsa sean girados a la siguiente cuenta Nombre del Titular: INSTITUTO DISTRITAL PARA LA PROTECCION DE LA NIÑEZ Y LA

JUVENTUD IDIPRON Tipo y número de cuenta: Cuenta de ahorros No 006600658154

PBX: 629 25 29 www.bolsamercantil.com.co Calle 113 No. 7 – 21, Torre A, piso 15, Bogotá

No. 134 06 de marzo de 2018

Entidad Bancaria: Banco Davivienda En el caso de que los recursos de la Entidad a los que se hizo referencia en precedencia, hayan generado rendimientos, estos últimos serán girados a la siguiente cuenta una vez vencido el término mencionado: Nombre del Titular: INSTITUTO DISTRITAL PARA LA PROTECCION DE LA NIÑEZ Y LA

JUVENTUD IDIPRON. Tipo y número de cuenta: Cuenta de ahorros No 006600658154 Entidad Bancaria: Banco Davivienda

DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 3.6.2.1.2.4 DEL REGLAMENTO Y EL ARTICULO 3.1.2.5.3.2 DE LA CIRCULAR UNICA DE BOLSA, LAS FICHAS TECNICAS PROVISIONALES DE LOS PRODUCTOS Y DE NEGOCIACION, SE ENCUENTRAN PUBLICADAS EN LA PÁGINA WEB DE LA BOLSA. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 3.1.2.5.4.1 DE LA CIRCULAR ÚNICA DE BOLSA, EL TÉRMINO PARA FORMULAR OBSERVACIONES A LAS FICHAS TÉCNICAS DE NEGOCIACIÓN, SERA MÁXIMO HASTA UN DÍA HÁBIL SIGUIENTE A LA FECHA PREVISTA PARA LA RUEDA DE SELECCIÓN; las cuales podrán ser presentadas en este término al correo electrónico [email protected]