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NMX-S-051-1989 ZAPATOS DE SEGURIDAD SAFETY SHOES DIRECCION GENERAL DE NORMAS

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ZAPATOS DE SEGURIDAD

SAFETY SHOES

DIRECCION GENERAL DE NORMAS

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PREFACIO EN LA ELABORACIÓN DE ESTA NORMA PARTICIPARON LOS SIGUIENTES ORGANISMOS E INSTITUCIONES: CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ASISTENCIAS TECNOLOGICA DEL ESTADO DE GUANAJUATO. CONFEDERACION DE CAMARAS INDUSTRIALES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DEL CALZADO. CAMARA DE LA INDUSTRIA DEL CALZADO DEL ESTADO DE GUANAJUATO. CALZADO CHAVITA CALZADO COMANDO CALZADO VAN VIEN INDUSTRIAL CALZADORA DE MEXICO, S.A. DE C.V. ZAPATO CRUCERO.

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INDICE DEL CONTENIDO 1 OBJETIVO 2 CAMPO DE APLICACION 3 REFERENCIAS 4 DEFINICIONES 5 CLASIFICACION 6 ESPECIFICACIONES 7 METODOS DE PRUEBA 8 MUESTREO 9 MARCADO, ETIQUETADO Y EMBALAJE 10 BIBLIOGRAFIA APENDICE A APENDICE B APENDICE C

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ZAPATOS DE SEGURIDAD

SAFETY SHOES 1 OBJETIVO Esta Norma Mexicana establece las especificaciones mínimas y los métodos de prueba que deben cumplir los zapatos de seguridad y los clasifica, de acuerdo a las características de protección que ofrecen a los pies de los trabajadores en su actividad, zapatos de seguridad con y sin puntera de protección. 2 CAMPO DE APLICACION Esta norma se aplica a los zapatos de seguridad con y sin puntera de protección, que se utilizan como equipo de protección personal, del cual son dotados los trabajadores para protegerlos de daños a su salud provocados por las condiciones derivadas de su actividad laboral. No se consideran los requisitos eléctricos para zapatos ni otros usos específicos no contemplados en 5.1. 3 REFERENCIAS Esta norma se complementa con las siguientes Normas Mexicanas vigentes: NMX-A-200 Suela de curtimiento vegetal empleada en la fabricación de calzado. NMX-A-207 Nomenclatura para la definición de términos empleados en la industria

del calzado. NMX-A-209 Curtiduría. Muestreo para pruebas físicas. NMX-A-212 Curtiduría. Muestreo para pruebas químicas. NMX-A-214 Curtiduría. Pruebas físicas del cuero. Medición del espesor del cuero. NMX-A-222 Curtiduría. Pruebas físicas del cuero. Determinación de la absorción

estática de agua. NMX-A-224 Curtiduría. pruebas químicas del cuero. Preparación de muestras para

análisis. NMX-A-227 Curtiduría. pruebas físicas del cuero. Medición de la permeabilidad al

vapor de agua. NMX-A-230 Curtiduría. Pruebas químicas del cuero. Determinación del contenido de

cromo. NMX-A-235 Industria de la curtiduría y del calzado. Pruebas físicas del cuero.

Determinación de la resistencia al desgarre. NMX-A-237 Industria de la curtiduría y del calzado. Pruebas físicas del cuero.

Medición de la dilatación y la resistencia de la flor por medio de la prueba de reventamiento por bola.

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NMX-R-055 Punteras de acero para calzado de seguridad. NMX-Z-009 Símbolo "HECHO EN MEXICO". NMX-Z-012 Muestreo para la inspección por atributos. 4 DEFINICIONES Para los efectos de esta norma se establecen las definiciones siguientes: 4.1 Hilo de la fibra del cuero Es la línea que sigue a través del lomo del animal dirigida de cabeza a culata. 4.2 Corte Parte superior del zapato. 4.3 Cuero El material protéico fibroso (colageno, que cubre al animal y que ha sido tratado químicamente con material curtiente para hacerlo estable bajo condiciones húmedas, produciéndose además otros cambios asociados, como características físicas mejoradas estabilidad hidrotérmica y flexibilidad (véase 10.14). 4.4 Flor Es la hoja o capa superior que resulta de dividir el cuero para separar la carnaza y que conserva la superficie donde se hallaba el pelaje. (véase 10.14). 4.5 Carnaza Es la hoja u hojas o capas inferiores del cuero, obtenidas al dividir la flor cualesquiera que sea su acabado (véase 10.14). 4.6 Zapatos de seguridad Prenda de vestir que se utiliza como equipo de protección personal y cuya función es la de prevenir lesiones a los pies de los trabajadores, o reducir su severidad en cualquiera de las presentaciones indicadas en 5.2. 5 CLASIFICACION 5.1 Los zapatos de seguridad objeto de esta norma, de acuerdo con el tipo de protección que ofrecen, se clasifican en dos tipos: Tipo I Zapatos de seguridad sin punteras de protección Aquéllos destinados a usarse en actividades de trabajo, donde el trabajador no está expuesto a riesgos de agentes físicos de acción mecánica.

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Tipo II Zapatos de seguridad con punteras de protección Aquéllos destinados a proteger los dedos de los pies donde existan riesgos de agentes físicos de acción mecánica. 5.2 Presentación. Los zapatos de seguridad objeto de esta norma, en sus diferentes tipos, pueden tener cualquiera de las presentaciones siguientes: Choclo. Borceguí. Bota (cuarto, media, alta). 6 ESPECIFICACIONES Los zapatos de seguridad objeto de esta norma, en sus diferentes tipos, deben cumplir las especificaciones siguientes: 6.1 Forma Los zapatos de seguridad deben adaptarse a la configuración de los pies, haciendo confortable su uso. 6.2 Colorantes y aditivos En el proceso de fabricación, podrán emplearse colorantes u otros aditivos siempre y cuando estos no produzcan dermatitis y/o dermatosis a los pies del trabajador. Además, los colorantes o aditivos no deben migrar al trabajador o su ropa. 6.3 Corte, forro y fuelle El corte, forro y el fuelle deben cumplir las especificaciones y métodos de prueba indicados en la tabla 1. 6.4 Suelas 6.4.1 Los zapatos de seguridad objeto de esta norma en sus diferentes tipos y presentaciones, deben tener cualquiera de las suelas contempladas en la tabla 2, las cuales deben cumplir las especificaciones y métodos de prueba indicados en los incisos A, B, C, D, de la misma tabla. 6.4.2 En el caso de requerirse suelas para usos especificos, éstas, además de cumplir con lo indicado en 6.4.1., deben cumplir uno o más de los incisos E, F, G y H, de la misma tabla. 6.4.3 En caso de requerirse otra suela de diferente material a las anotadas en la tabla 2; éstas si podrán usarse en el calzado de seguridad a petición específica del cliente y éstas no se someteran a ninguna prueba mientras no exista norma específica para estas. 6.5 Protección contra riesgos de agentes físicos de acción mecánica. Los zapatos de seguridad tipo II deben tener punteras de protección nuevas; además de las especificaciones anteriores, deben cumplir las de impacto y comprensión.

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6.5.1 Impacto En la máquina de ensaye (véase figura 1) someter un espécimen de prueba, conteniendo la puntera de protección preparada como se indica en 7.6.2 (véase figura 2), a un impacto de 104 Nm (10.4 kgfm) el claro comprendido entre el arco interior de la puntera y la planta, en ningún caso debe ser menor de 13 mm, cuando se pruebe de acuerdo con el método indicado en 7.6. 6.5.2 Comprensión Al someter un espécimen de prueba, conteniendo la puntera de protección y preparado como se indica en 7.6.2 (véase figura 2), a una carga creciente a razón de 220 N/s (22 kgf/s), partiendo de 2200 N (220 kgf) hasta alcanzar 11 340 N ( 1134 kgf). A esa carga, el claro comprendido entre el arco interior de la puntera y la planta, en ningún caso debe ser menor de 13 mm, cuando se pruebe de acuerdo con el método indicado en 7.7. 6.6 Talla El fabricante debe especificar las dimensiones de las tallas de los zapatos de seguridad objeto de esta norma. 6.7 Resistencia al despegado Los zapatos objeto de esta norma cuya suela no se encuentra unida al corte y/o planta por medio de costura (procesos Sticher Welt o Lock Stichers) se tendrá que someter a la prueba de despegado. (El zapato pegado vulcanizado e inyectado directo al corte no se someterá a la prueba de despegado mientras no se cuente con el equipo y valores estándar). 7 METODOS DE PRUEBA 7.1 Pruebas a corte, forro y fuelle. 7.1.1 Resistencia a la flexión. 7.1.1.1 Aparatos y equipo. Flexometro Bally o similar. Dos muestras de cuero con acabado. Vaso de precipitados. Agua destilada. 7.1.1.2 Acondicionamiento.. Esta prueba se realiza con muestras acondicionadas como se indica en la NMX-A-210. 7.1.1.3 Procedimiento. Cortar cuatro probetas rectangulares aproximadamente de 4.3 cm x 7.1 cm. Identificarlas del lado de la carne: dos para las pruebas en seco y dos para las pruebas en húmedo. Colocar las probetas para las pruebas en húmedo en el vaso de precipitados con agua destilada durante10 min.

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Asegurarse a los aditamentos flexionantes estén paralelos a la base del aparato y verificar que el contador este en cero. Colocar la muestra y poner a funcionar el aparato y observar a las 100, 1000, 10 000, 20 000, y 48 000 flexiones. Obtener el promedio para los especímenes probados en seco y separadamente para los especímenes aprobados en húmedo. 7.1.1.4 Resultados. Esta prueba se considera satisfactoria si el promedio cumple con lo establecido en la tabla 1. 7.1.2 Dasabsorción de agua. Esta prueba se efectúa en las mismas probetas utilizadas en el ensayo de absorción de agua, que establece la NMX-A-222, una vez que se ha terminado dicho ensayo. 7.1.2.1 Procedimiento. Colocar las probetas a la temperatura de 20ºC ± 2ºC, en una humedad relativa de 65% ± 2%, durante 16 h siguiendo el procedimiento de acondicionamiento de muestras de acuerdo con la NMX-A-210. 7.1.2.1.1 Después de transcurridas las 16 h determinar la masa final de las probetas. 7.1.2.2 Cálculo. La desabsorción de agua se calcula mediante la ecuación siguiente:

M8 - M16 R = -------------------- X 100

M8 - M0 En donde M0 = Masa inicial expresada en gramos. M8 = Masa expresada en gramos. M16= Masa final después de 16 h expresada en gramos.

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7.1.2.3 Esta prueba se considera satisfactoria si el promedio cumple con lo establecido en la tabla 1. 7.2 Pruebas a suela. 7.2.1 Resistencia a la abrasión. 7.2.1.1 Aparatos y equipo. Abrasímetro universal o equipo que tenga un tambor abrasivo de 16 mm de diámetro y espesor de 5 mm, que gire a 40 RMP ± 2 RMP, con lija de grano 60. Balanza analítica con resolución de 0.1 mg. vb Micrómetro de carátula o equivalente que tenga una resolución de 0.01 mm. Tres probetas circulares de 16.10 mm de diámetro y un espesor de 5.10 mm, como mínimo. 7.2.1.2 Acondicionamiento de las muestras de cuero. Acondicionar las muestras como se indica en la NMX-A-210. 7.2.1.3 Procedimiento. a) Cortar tres probetas marcando el hilo de la fibra por el lado de la flor (en caso de suelas de cuero) y determinar la masa en (g) de cada una, registrando éstas con masas iniciales. Colocar la probeta en el mecanismo de fijación del abrasímetro, procurando que el sentido de dirección del movimiento del tambor sea paralelo y coincida con la dirección del hilo de la suela, en el caso de suela de cuero, (véase figura 5). Ajustar y hacer funcionar el abrasímetro hasta que la distancia de abrasión corresponda a 40 m con una masa aplicada de 1 000 g. b) Para material sintético. Cortar tres probetas, y determinar la masa en gramos de cada una registrando éstas como masas iniciales, ajustar y hacer funcionar el abrasímetro hasta que la distancia de abrasión corresponda a 40 m con una masa aplicada de 1 kg con un movimiento radial y transversal de la probeta. Al término de la distancia de la prueba, retirar la probeta y determinar su masa en (g), registrandola como masa final. 7.2.1.3.1 Determinación filo de lija. Para realizar la prueba de abrasión, se requiere emplear una lija de grano 60 y con el propósito de que los resultados de la misma sean confiables, es necesario determinar el filo de lija con el siguiente procedimiento. 7.2.1.3.1.1 Deben cortarse tres probetas de 16 mm j de hule (estandar DIN 53516). 7.2.1.3.1.2 Debe determinarse la masa de cada una de las probetas y registrarse el

dato.

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7.2.1.3.1.3 Depositar cada una de las probetas en el abrasímetro, cuidando que el nivel de desgaste no sea menor de 2 mm durante la prueba. 7.2.1.3.1.4 Debe determinarse la masa de cada una de las probetas desgastadas. 7.2.1.3.1.5 Debe sacarse la diferencia de cada probeta entre el valor inicial, menos el

valor final. 7.2.1.3.1.6 Debe calcularse el promedio de las tres diferencias tomando en consideración que el valor hasta los centésimos sea el mismo en las tres probetas. En caso de que exista diferencias, se tomarán otras dos probetas y se repetirá la prueba desde 7.2.1.3.1.1. Cuando se tienen tres probetas con una diferencia igual hasta las centésimas se calcula el promedio, el cual se conoce como filo de lija (FL). 7.2.1.4 Cálculos La resistencia a la abrasión se calcula con la siguiente ecuación:

(m1 - m2) F RA = -------------

P FL

Donde: RA = Es la resistencia a la abrasión.

m1 = es la masa inicial.

m2 = es la masa final

P = es la densidad FL = es el filo de lija.

F = es igual a 200

7.2.1.5 Resultados. Esta prueba se considera satisfactoria si el valor promedio cumple con lo indicado en la tabla 2. 7.2.2 Resistencia al desgarre en suelas (materiales diferentes al cuero). 7.2.2.1 Aparatos y equipo Máquina de tensión con capacidad de 2 000 N (200 kgf) y de proporcionar una velocidad de separación de mordazas de 100 mm/min ± 20 mm/min. Un calibrador (pie de rey o vernier con resolución de 0.1 mm, o mejor). Tres probetas de 102 mm ± 0.1 mm de largo por 19 mm ± 0.1 mm de ancho, de la forma indicada (véase en la figura 4).

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7.2.2.2 Procedimiento Medir el espesor de cada una de las probetas tomando tres mediciones diferentes, una de ellas debe efectuarse en el vértice del ángulo; el espesor real será el que resulte al determinar la media de los valores medidos. A continuación, colocar la muestra en las mordazas de sujeción de la máquina, procurando que quede vertical y sin carga; se ajusta a la velocidad indicada en 7.2.2.1; la distancia entre mordazas, en el momento del arranque de la prueba debe ser 76 mm ± 3 mm. A continuación, aplicar la carga hasta alcanzar el desgarre. Calcular la resistencia al desgarre, en N (kgf) dividido entre el espesor inicial de la probeta, en cm. La fuerza resultante debe expresarse en N (kgf/cm). 7.2.2.3 Resultados Esta prueba se considera satisfactoria si el promedio de los tres especímenes cumple con lo establecido en la tabla 2. 7.3 Resistencia a la flexión. Sistema Mattia (Suela diferente a cuero). 7.3.1 Aparatos y equipo Flexómetro sistema Mattia o similar (véase figura 6). Dos suelas completas. Un punzón de 2 mm de diámetro. Un calibrador vernier. 7.3.2 Procedimiento Desprender la suela del zapato. Hacer tres incisiones en el ángulo de doblez cuidando que sean de 2 mm cada una y que la posición sea, una en cada extremo y una al centro de la misma, posteriormente, colocar la suela en el flexómetro tomando en cuenta lo siguiente: Si el espesor es igual o mayor a 8 mm, colocar la suela de tal forma que proporcione un ángulo de doblez de 1805 aproximadamente. Trabajar el aparato a una velocidad de 140 ± 20 cpm, (véase figura 6 A). Si el espesor de la suela es inferior a 8 mm, colocar la suela de tal forma que proporcione un ángulo de doblez de 05 a 1805 aproximadamente. Y trabajar el aparato a una velocidad de 300 ± 10 cpm, (véase figura 6 B). En ambos casos debe alcanzarse un total de 35 000 flexiones.

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7.3.3 Resultados Si el incremento de la abertura transversal de cualquiera de las inscisiones de la suela es inferior o igual a lo indicado en la tabla 2, la prueba se considera satisfactoria. 7.4 Suelas de uso específico 7.4.1 Resistencia al aceite (suelas diferentes a cuero). 7.4.2 Aparatos y equipo Un matracon tapón de dimensiones tales que permita que los especímenes permanezcan inmersos y sin compresión. Solución trimetil pentano (gasolina blanca), 70% gasolina blanca y 30% tolueno en volúmen, respectivamente. Cuchilla de corte. Balanza analítica con resolución de 0.1 mg. Micrómetro de carátula que tenga una resolución de 0.01 mm o equivalente. Tres probetas de 3 cm³ que tenga espesor uniforme. 7.4.2 Procedimiento Determinar la masa de las probetas en la balanza en aire M(aire) y sumergidas en agua para conocer su volúmen inicial (M H2O). Posteriormente, sumergir las probetas secas en el matraz que contiene la solución, procurando que estén cubiertas por la misma, dejándolas en reposo durante 3 días (72h). Transcurrido ese tiempo se sacan las probetas, se determina su masa en la balanza en aire y sumergidas en agua, para conocer su volúmen final. 7.4.3 Cálculos El porcentaje de aumento de volúmen se calcula por la siguiente ecuación: [M (aire) - M (H2O) Final] - [M (aire) - inicial] % de aumento =------------------------------------------------------------X100 de volumen M (aire) - M (H2O) inicial 7.4.4 Resultados Esta prueba se considera satisfactoria si el promedio cumple con lo establecido en la tabla 2. 7.5 Resistencia a los solventes (gasolina, acetóna, tolueno, suelas diferentes cuero). 7.5.1 Aparatos y equipo Matraces de dimensiones tales que permitan que los especímenes permanezcan inmersos y sin comprensión. Recipiente para poner los matraces en baño maría. Parrilla eléctrica con temperatura controlada. Termómetro con un intervalo de 0ºC a 100ºC. Balanza enalítica con resolución de 0.1 mg. Micrómetro con resolución de 0.021 mm. Tres probetas que tengan 30 mm ± 2 mm de largo por 20 mm ± 2 mm de ancho y espesor uniforme para cada uno de los solventes.

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7.5.2 Procedimiento Sumergir las probetas en los matraces conteniendo cada uno de los solventes, poniendo el matraz en el baño maría a 60ºC por un tiempo de 30 min. Posteriormente retirar los matraces del baño, y dejar reposar por 15 min para enfriamiento. Sacar las probetas, medir el largo, ancho y espesor. Calcular el volúmen final y el porcentaje de aumento respecto del volúmen inicial. 7.5.3 Resultados Esta prueba se considera satisfactoria si el promedio cumple con los establecido en la tabla 2. 7.6 Resistencia al impacto 7.6.1 Aparatos y equipo Máquina para prueba de impacto que proporcione una energía de 10 Nm (10.4 kgfm), y suficiente masa para absorver la energía de impacto con aditamiento para evitar doble impacto, (véase figuras 1 y 1A. Martinete de masa conocida. Punzón de prueba endurecido con el extremo de contacto redondeado. Cilindro de plastilina de 25 mm de diámetro con altura total del interior de la puntera. Hojas separadoras de polietileno, aluminio o papel encerado. Calibrador con resolución de 0.1 mm. 7.6.2 Preparación de los especímenes de prueba. Los especímenes para las pruebas de impacto y compresión deben prepararse recortando los zapatos, dejando la parte de la puntera con un sobrante de corte de la parte del empeine no menor de 25 mm ni mayor de 28 mm (véase figura 2). 7.6.3 Procedimiento Colocar el espécimen en la máquina de impacto de manera que la cúspide del casquillo quede directamente abajo del extremo redondeado del punzón. Sujetar el espécimen en su lugar. Colocar en su interior el cilindro de plastilina entre la planta y la puntera con las hojas separadoras una arriba y otra abajo (véase figura 3). El impacto se logrará dejando caer el martinete desde la altura necesaria, medida desde la parte inferior del martinete hasta la superficie de contacto, procurando que no exista rebote en la caída; se saca el cilindro de plastilina y se mide su altura. 7.6.4 Resultados Si la altura del cilindro de plastilina, después de la prueba de impacto, es mayor o igual a 13 mm, la prueba, se considera satisfactoria. 7.7 Resistencia a la compresión 7.7.1 Aparatos y equipo Máquinas de ensayo de materiales con una capacidad mínima de 25 000 N (2 500 kgf) cuya cabeza de compresión debe tener un diámetro no menor a 75 mm.

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Espécimen de zapato cortado conteniendola como se Indica en 7.6.2 (véase figura 2). Cilindro de plastilina de 25 mm de diámetro con altura total del interior de la puntera. Calibrador con resolución de 0.1 mm. Hojas de papel aluminio, polietileno o papel encerado para separar la plastilina. 7.7.2 Procedimiento Colocar la probeta en la base de la máquina de ensayo de tal manera que la línea de acción de

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la fuerza se aplique sobre la puntera (medida sobre el eje lIngitudinal de prueba). Colocar en su interior el cilindro de plastilina, entre la planta y la puntera con las hojas separadoras, una arriba y otra abajo (véase figura 3). Se ajusta la máquina a un régimen de carga inicial 2 200 N/s (220 kgf) y posteriormente se va aumentando la carga a razón de 220 N/s (22 kgf/s) hasta alcanzar 11 340 N (1134 kgf). Posteriormente retirar el cilindro de plastilina y medir la altura. 7.7.3 Resultado Si la altura del cilindro de plastilina después de la prueba de compresión es mayor o igual a 13 mm, la prueba se considera satisfactoria. 8 MUESTREO Cuando se requiera el muestreo del producto, éste podrá ser establecido de común acuerdo entre comprador y vendedor, recomendándose el uso de la NMX-Z-012. Un par por mes por empresa fabricante de zapato de seguridad. 9 MARCADO, ETIQUETADO Y EMBALAJE 9.1 Marcado obligatorio del producto Para los efectos de esta norma y conforme a lo establecido en el Acuerdo publicado en el Diario Oficial del 19 de junio de 1972, véase apéndice A. Los fabricantes de los zapatos de seguridad objeto de esta norma, están obligados a marcar, imprimir o etiquetar cada par de zapatos en forma legible indeleble en lugar notoriamente visible, en la parte interna o externa, con una leyenda en español que contenga los siguientes datos. a) Nombre o razón social del fabricante y/o marca registrada. b) Denominación del material o de los principales materiales (corte, forro y suela) empleando la terminología obligatoria del propio acuerdo, que de conformidad con el artículo tercero del mismo (véase A.1) y para los efectos de esta norma, se complementará con la establecida en el capítulo 4 de definiciones en los siguientes términos:

Corte:__________ de __________

Forro:_________ de __________

Suela:_________ de __________ Incluir en el primer espacio la palabra "Flor" "carnaza" y en el segundo la denominación del ganado del cual procede. Cuando se trate de combinación de materiales, esto también debe indicarse. En el caso de materiales con esa apariencia y los sintéticos, esto debe especificarse claramente. Para la suela se indicará "cuero" o "sintético" en su caso. c) Símbolo o leyenda "HECHO EN MEXICO" conforme a la NMX-Z-009 ó país del lugar de origen.

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d) Registro federal de causantes y/o número de registro de la Cámara de la Industria del Calzado. e) Número de talla. 9.2 Marcado en el envase y/o embalaje. Deben anotarse los datos necesarios de 9.1 para identificar el producto y aquéllos que se juzguen convenientes, tales como zapatos de seguridad, tipo, tipo de suela que tienen, contenido neto (Número de pares) y las precauciones que deben tenerse en el manejo y uso de los embalajes. 9.3 Información adicional (opcional) El fabricante puede complementar la información con un manual conteniendo sus recomendaciones para el uso y mantenimiento, así como para su revisión periódica y todo aquello que se considere conveniente. 9.4 Envase ( cuando se utilice). Para el envase del producto objeto de esta norma, deben usarse cajas de cartón o plástico o envases de otro material apropiado, que tengan la debida, resistencia y que faciliten el manejo en el almacenamiento y distribución. 10 BIBLIOGRAFIA 10.1 Propuesta de CIATEG 1980. Para calzado de seguridad. 10.2 UNE 23087. Calzado de seguridad. 10.3 MT5 1980. Calzado de seguridad contra riesgos mecánicos. Ministerios del Trabajo. España. 10.4 ANSI Z41-1976. For personnel protection Protective. Footwear American National Standard Institute. U.S.A. 10.5 BSI 1980. UDC 614.897.2.685.314.9.620.18. methods of Test for safety and protective footwear. England. 10.6 DIN 4843. 1980 Safety requirements and Methods of tests for safety footwear for general use. Germany. 10.7 IS 5852.1977. Specification for protective steel topcaps for footwear. Indian Standard. Indian.

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10.8 Pru fung Von elastomeren; Verchleibuersuch, bestimmung de abriebs. 10.9 53522. TI. prufung von elastomeren; deverkniekversuch allegemeine begriffc probenahme prufge rate. 10.10 Prufung von harten schaumplattetten, biegerersuch. 10.11 CONVENIN 39-75-1975. Calzado de seguridad, Comisión Venezolana de Normas Industriales. Venezuela. 10.12 GJ-J-1984. Calzado de Piel usos industriales . Petróleos Mexicanos. . 10.13 1.0034.1980. Zapatos de seguridad. Compañia de Luz y Fuerza del Centro, S.A. 10.14 Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de junio de 1972, relativo a la Secretaría de Industria y Comercio. APENDICE A "Acuerdos que ratifica la obligación de indicar en las pieles y cueros curtidos naturales, en los materiales con esta apariencia así como los artículos elaborados total o parcialmente con dichos materiales, los elementos que los constituyen o integren y los otros datos que se indican", publicado en el Diario Oficial de la Federación del 19 de junio de 1972. A.1 Articulo tercero Las definiciones de los términos expresados en la terminología obligatoría estarán sujetas a las modificaciones conforme a las Normas Mexicanas de nomenclatura que esta Secretaría establezca. APENDICE B La presente norma de referencia se expide para ser aplicada en los casos a que se refiere el articulo 172 del "Reglamento General de Seguridad e Higiéne en el Trabajo" expedido por el C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el "Diario Oficial de la Federación" del 5 de junio de 1978 así como el inciso 22 y 23, apartado III del Instructivo No. 17 "Relativo a los Requerimientos y Características del Equipo de Protección Personal para los Trabajadores", publicado en el Diario Oficial de la Federación del 28 de marzo de 1983. APENDICE C Esta Norma Mexicana deroga y sustituye a la NMX-S-051-1988 "Zapatos de Seguridad".

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EL DIRECTOR GENERAL DE NORMAS

LIC. JAVIER CUELLAR HERNANDEZ