(núm. extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014...

376
GACETA OFICIAL SUMARIO N Ú M E R O E X T R A O R D I N A R I O TOMO XI ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE DIRECTORA GENERAL DE LA EDITORA DE GOBIERNO ELVIRA VALENTINA ARTEAGA VEGA DIRECTORA DE LA GACETA OFICIAL INGRID PATRICIA LÓPEZ DELFÍN Calle Morelos, No. 43, Col. Centro Tel. 817-81-54 Xalapa-Enríquez, Ver. Tomo CXC Xalapa-Enríquez, Ver., martes 30 de diciembre de 2014 Núm. Ext. 520 GOBIERNO DEL ESTADO ——— PODER EJECUTIVO Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.—Gobernador del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Xalapa – Enríquez, diciembre 30 de 2014 Oficio número 303/2014 Javier Duarte de Ochoa, Gobernador del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, a sus habitantes sabed: Que la Sexagésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso del Estado se ha servido dirigirme las siguien- tes leyes para su promulgación y publicación: GOBIERNO DEL ESTADO ——— PODER EJECUTIVO LEYES DE INGRESOS DE LOS HH. AYUNTAMIENTOS DE MANLIO FABIO ALTAMIRANO, MARIANO ESCOBEDO, MARTÍNEZ DE LA TORRE, MECATLÁN, MECAYAPAN, MEDELLÍN, MIAHUATLÁN, MINATITLÁN, MISANTLA, MIXTLA DE ALTAMIRANO, MOLOACÁN, NANCHITAL DE LÁZARO CÁRDE- NAS DEL RÍO, NAOLINCO, NARANJAL, NARANJOS-AMATLÁN, VER., CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2015. folio 197

Upload: others

Post on 24-Mar-2020

3 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

GACETA OFICIAL

SUMARIO

N Ú M E R O E X T R A O R D I N A R I O

TOMO XI

ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE

DIRECTORA GENERAL DE LA EDITORA DE GOBIERNO

ELVIRA VALENTINA ARTEAGA VEGA

DIRECTORA DE LA GACETA OFICIAL

INGRID PATRICIA LÓPEZ DELFÍN

Calle Morelos, No. 43, Col. Centro Tel. 817-81-54 Xalapa-Enríquez, Ver.

Tomo CXC Xalapa-Enríquez, Ver., martes 30 de diciembre de 2014 Núm. Ext. 520

GOBIERNO DEL ESTADO

———PODER EJECUTIVO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.—Gobernador del Estado de Veracruz de Ignacio dela Llave.

Xalapa – Enríquez, diciembre 30 de 2014Oficio número 303/2014

Javier Duarte de Ochoa, Gobernador del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, a sushabitantes sabed:

Que la Sexagésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso del Estado se ha servido dirigirme las siguien-tes leyes para su promulgación y publicación:

GOBIERNO DEL ESTADO———

PODER EJECUTIVO

LEYES DE INGRESOS DE LOS HH. AYUNTAMIENTOS DE MANLIO FABIO

ALTAMIRANO, MARIANO ESCOBEDO, MARTÍNEZ DE LA TORRE, MECATLÁN,MECAYAPAN, MEDELLÍN, MIAHUATLÁN, MINATITLÁN, MISANTLA,MIXTLA DE ALTAMIRANO, MOLOACÁN, NANCHITAL DE LÁZARO CÁRDE-NAS DEL RÍO, NAOLINCO, NARANJAL, NARANJOS-AMATLÁN, VER.,CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2015.

folio 197

Page 2: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

LA SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 26, FRACCIÓN I INCISO b), 33, FRACCIÓN I, 38 Y 71, FRACCIÓN V, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO; 107 DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE; 6 FRACCIÓN I INCISO b), 18, FRACCIÓN I Y 47 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER LEGISLATIVO; 75 Y 76 DEL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL PODER LEGISLATIVO, Y EN NOMBRE DEL PUEBLO, EXPIDE LA SIGUIENTE:

Ley Número 426

DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE MANLIO FABIO ALTAMIRANO,DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE,

CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2015. Artículo 1.- Para el ejercicio fiscal del año 2015, la Hacienda Pública del Municipio de MANLIO FABIO ALTAMIRANO, del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, percibirá los ingresos provenientes de los conceptos señalados en la presente Ley, que se destinarán a cubrir el gasto público, en las cantidades estimadas que a continuación se señalan:

Monto en pesos

TOTAL PROYECTO DE LEY DE INGRESOS 42,750,085.03

IMPUESTOS

1,463,403.84

Impuestos sobre los ingresos 0.00

Impuesto sobre espectáculos públicos 0.00 Impuesto sobre loterías, rifas, sorteos y concursos 0.00

Impuesto sobre juegos permitidos 0.00

Impuesto sobre el patrimonio 898,336.63

Impuesto predial 692,765.27 Impuesto sobre traslación de dominio de bienes inmuebles 205,571.36

Impuestos sobre fraccionamiento 0.00

Accesorios 23,754.18

Accesorios de impuestos 23,754.18

Otros impuestos 353,182.85

Contribución adicional sobre ingresos municipales 353,182.85 Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales pendientes de liquidación o pago. 188,130.18

Impuestos de ejercicios fiscales anteriores 188,130.18

CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 0.00

Contribuciones de mejoras por obras públicas 0.00

AL MARGEN UN SELLO QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.—PODERLEGISLATIVO.—ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE.

Página 2 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 3: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Obras públicas de tipo corriente 0.00

Accesorios de contribuciones de mejoras 0.00 Contribuciones de mejoras no comprendidasen las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 0.00 Contribuciones de mejoras de ejercicios fiscales anteriores 0.00

DERECHOS 2,317,344.40

Derechos por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bienes de dominio público 0.00 Derechos por ocupación de inmuebles de dominio público 0.00

Derechos por prestación de servicios

2,317,344.40 Derechos por registro y refrendo anual de toda actividad económica 96,161.65

Derechos por obras materiales 107,619.69 Derechos por los servicios de agua potable y drenaje del municipio 1,014,698.18 Derechos por expedición de certificados y constancias 377,362.06 Derechos por servicios de rastro y lugares autorizados 38,628.24

Derechos por servicios de panteones 17,710.89

Derechos por servicios de recolección, transporte y disposición final de desechos sólidos 909.09

Derechos por limpieza de predios no edificados 0.00 Derechos por prestación de servicios de supervisión técnica sobre explotación de bancos de material 0.00

Derechos por servicios prestados por la tesorería 62,584.34

Derechos por servicios del registro civil 601,670.26

Derechos en material de tránsito municipal 0.00

Derechos en material de salud animal 0.00

Accesorios 0.00

Accesorios de derechos 0.00 Derechos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 0.00

Derechos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

PRODUCTOS 15,688.08

Productos de tipo corriente 15,688.08 Productos derivados del uso y aprovechamiento de bienes no sujetos a régimen de dominio público 0.00 Enajenación de bienes muebles no sujetos a ser inventariados 0.00

Accesorios de productos 0.00

Otros productos que generan ingresos corrientes 15,688.08

Productos de capital 0.00

Terrenos 0.00

Viviendas 0.00

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 3

Page 4: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Edificios no habitacionales 0.00

Otros bienes inmuebles 0.00

Mobiliario y equipo de administración 0.00

Mobiliario y equipo educacional y recreativo 0.00

Equipo e instrumental médico y de laboratorio 0.00

Vehículos y equipo de transporte 0.00

Equipo de defensa y seguridad 0.00

Maquinaria, otros equipos y herramientas 0.00

Colecciones, obras de arte y objetos valiosos 0.00

Activos biológicos 0.00

Software 0.00

Patentes, marcas y derechos 0.00

Concesiones y franquicias 0.00

Licencias 0.00

Otros activos intangibles 0.00 Productos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0.00

Productos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

APROVECHAMIENTOS 600,029.65

Aprovechamientos de tipo corriente 600,029.65

Incentivos derivados de la colaboración fiscal 0.00

Multas 30,591.48

Indemnizaciones 0.00

Reintegros 0.00 Aprovechamientos provenientes de obras públicas 0.00 Aprovechamientos por participaciones de la aplicación de leyes 0.00 Aprovechamientos por aportaciones y cooperaciones 0.00

Accesorios de aprovechamientos 0.00

Otros aprovechamientos 569,438.17 Aprovechamientos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0.00 Aprovechamientos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

INGRESOS POR VENTA DE BIENES Y SERVICIOS 0.00 Ingresos por venta de bienes y servicios de organismos descentralizados 0.00

Servicios 0.00

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00 Ingresos de operación de entidades paraestatales empresariales y no financieras 0.00 0.00 Ingresos por venta de bienes y servicios producidos en establecimientos del gobierno 0.00

Página 4 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 5: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Servicios 0.00

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00

PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 38,353,619.06

Participaciones 16,852,445.00

Participaciones federales 16,852,445.00

Aportaciones 20,213,077.00

Aportaciones federales 20,213,077.00

Seguridad pública ramo 036 0.00

Aportaciones de otros programas 0.00

Convenios 1,288,097.06

Ingresos extraordinarios 1,288,097.06

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 0.00 Transferencias internas y asignaciones al sector público 0.00

Transferencias para apoyos de programas 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Ayudas sociales 0.00

Ayudas sociales a personas 0.00 Becas y otras ayudas para programas de capacitación 0.00 Ayudas sociales a actividades científicas o académicas 0.00 Ayudas para desastres naturales y otros siniestros 0.00

INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTO 0.00

Endeudamiento interno 0.00

Deuda pública interna 0.00

RESUMEN

Recursos Fiscales 4,396,465.97

Ingresos propios 0.00

Recursos provenientes de la Federación 38,353,619.06

Recursos provenientes de financiamientos 0.00

Otros recursos 0.00

TOTAL DE INGRESOS ORDINARIOS 42,750,085.03

Artículo 2.- A los ingresos descritos en el artículo anterior se adicionarán los extraordinarios.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 5

Page 6: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Artículo 3.- El Ayuntamiento de este Municipio reportará en sus cuentas públicas todos los ingresos que perciba por los conceptos a que se refiere esta Ley, aun aquellos que, en razón de no generarse ordinariamente o de no existir los antecedentes necesarios para estimar las cantidades a recaudar, aparezcan cuantificados en cero. Artículo 4.- Los ingresos señalados en este ordenamiento se regirán, conforme a lo establecido por el Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y demás legislación aplicable. Artículo 5.- El impuesto predial se causará, liquidará y pagará de acuerdo con la siguiente: T A R I F A T A S A (al millar)

I. Predios Urbanos Construidos 1.500 II. Predios Urbanos Baldíos 4.455 III. Predios Suburbanos Construidos 1.050 IV. Predios Suburbanos Baldíos 3.118 V. Predios Rurales Particulares 1.922 VI. Predios Rurales Ejidales 4.850

Artículo 6.- El Impuesto Sobre Traslación de Dominio de Bienes Inmuebles se causará, liquidará y pagará aplicando a la base gravable determinada, la tasa de cinco al millar. Artículo 7.- El Impuesto Sobre Espectáculos Públicos se causará, liquidará y pagará sobre la base que en cada caso corresponda, conforme a las tarifas o tasas siguientes: I. Carpas de representaciones teatrales, de fantoches, títeres, óptica, fenómenos animales, enanos, bufos, etc., el tres por ciento sobre la entrada bruta;

II. Circos, el tres por ciento sobre la entrada bruta; III. Espectáculos deportivos:

a) Box, lucha libre y otros similares, el diez por ciento sobre la entrada bruta;

b) Carreras de automóviles, caballos, perros, bicicletas y motocicletas, el diez por ciento sobre la entrada bruta;

c) Béisbol, fútbol, básquetbol, tenis, pelota vasca y otros juegos de pelota, el ocho por ciento sobre la entrada bruta. IV. Corridas de toros, becerradas, novilladas, jaripeos, peleas de gallos y otros espectáculos similares, el diez por ciento sobre los ingresos brutos obtenidos;

Página 6 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 7: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

V. Representaciones teatrales de comedias, drama, ópera, opereta, zarzuela, revista, vodevil, variedades, ballet o revistas sobre hielo o acuáticas, conciertos y conferencias, el tres por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo; VI. Exhibiciones y concursos, el cinco por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo; VII. Espectáculos nocturnos diferentes a los anteriores, el diez por ciento sobre la entrada bruta; y VIII. Los no previstos en las fracciones anteriores, el diez por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo. Cuando el espectáculo se realice en beneficio de instituciones de asistencia pública legalmente constituidas, se aplicará la tasa del tres por ciento sobre el precio del boleto. Artículo 8.- El Impuesto Sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos se causará, liquidará y pagará, aplicando a la base gravable determinada, la tasa del veinte por ciento sobre el valor nominal total de los boletos o billetes vendidos o, cuando el mismo no pueda determinarse, sobre el valor total de los premios ofrecidos. Las personas que obtengan premios por participar en loterías, rifas, sorteos o concursos pagarán una tasa del seis por ciento sobre el monto total del ingreso obtenido. Artículo 9.- El Impuesto Sobre Juegos Permitidos se causará y pagará conforme a la tarifa mensual de 0.25 salarios mínimos por mesa o máquina de juego. Artículo 10.- La Contribución Adicional sobre Ingresos Municipales se causará y pagará, aplicando a la base que corresponda, las tarifas o tasas siguientes: I. Siete y medio por ciento adicional sobre el impuesto predial; II. Diez por ciento adicional sobre los impuestos sobre espectáculos públicos; sobre juegos permitidos y sobre fraccionamientos; y III. Diez por ciento adicional sobre los derechos y productos que establece el Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Artículo 11.- El Impuesto Sobre Fraccionamientos se causará, liquidará y pagará aplicando a la base gravable determinada la tasa de uno al millar. Artículo 12.- Los Derechos por Registro y Refrendo Anual de toda actividad económica se causarán y pagarán, en salarios mínimos, conforme a lo siguiente: I. Por la expedición de licencias, permisos o autorizaciones para el funcionamiento de establecimientos o locales con giros comerciales que enajenen o expendan bebidas alcohólicas, se pagarán las cuotas siguientes:

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 7

Page 8: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Giro Costo de la licencia en

número de salarios mínimos:

Abarrotes con venta de cerveza 35 Abarrotes con venta de cerveza, vinos y licores 100 Agencias 250 Almacenes o Distribuidores 250 Billares 200 Cantinas o bares 200 Centros de eventos sociales 250 Centros deportivos o recreativos 250 Centros nocturnos y cabarets 1,000 Cervecerías 100 Clubes sociales 175 Depósitos 75 Discotecas 625 Hoteles y moteles 200 Kermeses, ferias y bailes públicos 125 Licorerías 115 Loncherías, taquerías, marisquerías, fondas, coctelerías, torterías, pizzerías y similares

75

Minisúper 150 Peñas, canta bar, café bar, video bar y café cantante

150

Restaurante 150 Restaurante-bar 200 Servicar 150 Supermercados 250

II.- Por anuncios comerciales y publicidad se cobrará por la autorización respectiva, de acuerdo a las cuotas siguientes: a) Por la colocación de anuncios comerciales en la vía pública o tenga efectos sobre ésta, repercutiendo en la imagen urbana, de cuatro a ocho salarios mínimos, anualmente; b) Por la colocación eventual de anuncios comerciales en la vía pública o tenga efectos sobre ésta, repercutiendo en la imagen urbana, dos salarios mínimos por evento; c) Por el anuncio de eventos en altavoz móvil, dos salarios mínimos por evento; y d) Por la colocación de anuncios comerciales en el interior o exterior de vehículos en los que se preste el servicio de transporte público de pasajeros, tres salarios mínimos, anualmente. Artículo 13.- Los derechos por obras materiales se causarán y pagarán, en salarios mínimos, conforme a las siguientes cuotas: I. Por derechos de alineamiento de predios, calculados sobre el total de metros lineales que tenga el terreno frente a la vía pública, en términos de la

Página 8 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 9: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

normatividad aplicable, conforme a los usos y rangos en metros lineales siguientes: Si el terreno es de uso:

Habitacional, de categoría De 1 a 10 ML

Salarios Mínimos Residencial 3 Medio 2 Interés Social 1.5 Popular 1

De más de 10 a 50 ML Salarios Mínimos

Residencial 3.5 Medio 3 Interés Social 2.5 Popular 2

De más de 50 ML Salarios Mínimos

Residencial 4 Medio 3.5 Interés Social 2.5 Popular 2

Si el terreno es de uso: De 1 a 10 ML.

Salarios Mínimos Comercial 4 Industrial 4 Agropecuario 3 De servicio 2

De más de 10 a 50 ML Salarios Mínimos

Comercial 5 Industrial 5 Agropecuario 4 De servicio 2.5

De más de 50 ML. Salarios Mínimos

Comercial 6 Industrial 6 Agropecuario 5 De servicio 3

II. Por asignación de número oficial e inspección de predios, cada uno: Si el terreno es de uso:

Habitacional, de categoría Salarios Mínimos

Residencial 2

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 9

Page 10: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Medio 1.5

Interés Social 1

Popular 0.5

Si el terreno es de uso:

Comercial 2

Industrial 2

Agropecuario 1

De servicio 1

III. Por licencias: a) De construcción de bardas, con excepción de las colindantes con la vía pública, conforme a los usos y rangos en metros lineales siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 20 ML Salarios Mínimos

Residencial 4 Medio 3 Interés Social 1 Popular 1

De más de 20 a 50 ML

Salarios Mínimos

Residencial 5 Medio 4 Interés Social 3 Popular 1.5

De más de 50 a 100 ML

Salarios Mínimos

Residencial 6 Medio 5 Interés Social 4 Popular 2

De 100 a 200 ML

Salarios Mínimos

Residencial 7 Medio 6 Interés Social 5 Popular 3

De más de 200 a 500 ML

Página 10 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 11: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios Mínimos

Residencial 8 Medio 7 Interés Social 6 Popular 4

De más de 500 ML Salarios Mínimos

Residencial 9 Medio 8 Interés Social 7 Popular 5

Si el terreno es de uso:

1 a 20 ML Salarios Mínimos

Comercial 5 Industrial 5 Agropecuario 1 De servicio 3

De más de 20 a 50 ML Salarios Mínimos

Comercial 6 Industrial 6 Agropecuario 1.5 De servicio 4

De más de 50 a 100 ML Salarios Mínimos

Comercial 7 Industrial 7 Agropecuario 2 De servicio 5

De más de 100 a 200 ML Salarios Mínimos

Comercial 8 Industrial 8 Agropecuario 3 De servicio 6

De más de 200 a 500 ML Salarios Mínimos

Comercial 10 Industrial 10 Agropecuario 4 De servicio 7

De más de 500 ML

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 11

Page 12: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios Mínimos

Comercial 15 Industrial 15 Agropecuario 5 De servicio 8

b) De construcción o ampliación, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: De 1 a 40 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 0Popular 0

De más de 40 a 60 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 6Interés Social 0Popular 0

De más de 60 a 80 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 3Popular 2

De 80 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 4Popular 3

De más de 100 a 150 M2 Salarios Mínimos

Residencial 14Medio 12Interés Social 5Popular 4

De más de 150 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 16Medio 14Interés Social 6Popular 5

De 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Página 12 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 13: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Residencial 20Medio 18Interés Social 0Popular 0

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 0Popular 0

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 22Interés Social 0Popular 0

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 40Medio 24Interés Social 0Popular 0

Si el terreno es de uso:

De 1 a 40 M2 Salarios Mínimos

Comercial 9Industrial 8Agropecuario 2De servicio 3

De más de 40 a 60 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 3De servicio 4

De más de 60 a 80 M2 Salarios Mínimos

Comercial 12Industrial 12Agropecuario 4De servicio 5

De 80 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 14Industrial 14Agropecuario 5De servicio 6

De más de 100 a 150 M2

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 13

Page 14: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios Mínimos

Comercial 16Industrial 16Agropecuario 10De servicio 7

De más de 150 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 18Industrial 18Agropecuario 15De servicio 8

De 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 10De servicio 10

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 20De servicio 15

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 20De servicio 20

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 50Industrial 50Agropecuario 40De servicio 30

c) Para fusionar, subdividir o relotificar, en términos de la normatividad aplicable, sobre el total de la superficie, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 500 M2

Página 14 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 15: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios MínimosResidencial 4Medio 2Interés Social 1.5Popular 1

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 4

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 10Popular 6

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 10

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

Si el terreno es de uso:

De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 5Industrial 5Agropecuario 1De servicio 2

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 2De servicio 4

De más de 1,000 a 3,000 M2

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 15

Page 16: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios MínimosComercial 15Industrial 15Agropecuario 4De servicio 8

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 6De servicio 15

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 10De servicio 20

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 15De servicio 25

d) Para fraccionamientos de terrenos, en términos de la normatividad aplicable, sobre el área total a fraccionar o lotificar, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 2Interés Social 1.5Popular 1

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 4

De 3,000 a 5,000 M2

Página 16 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 17: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios MínimosResidencial 20Medio 15Interés Social 10Popular 6

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 10

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

Si el terreno es de uso: De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 5Industrial 5Agropecuario 1De servicio 2

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 2De servicio 4

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 4De servicio 8

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 6De servicio 15 De más de 5,000 a 10,000 M2

Salarios MínimosComercial 30Industrial 30Agropecuario 10De servicio 20

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 17

Page 18: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 15De servicio 25

e) Por demoliciones, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 50 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 6Interés Social 5Popular 4

De más de 50 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 5

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 8Popular 6

De más de 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 15Medio 12Interés Social 8Popular 6

Si el terreno es de uso: De 1 a 50 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 4De servicio 8

De más de 50 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 5De servicio 10

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Página 18 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 19: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 10De servicio 12

De más de 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 20De servicio 15

f) Por la construcción de albercas y depósitos de agua, por metro cúbico o fracción, 0.25 salarios mínimos.

g) Por la construcción de tanques subterráneos para almacenamiento de material peligroso, por metro cúbico o fracción, 0.50 salarios mínimos.

h) Para la conversión al régimen de propiedad en condominio, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 5Interés Social 3Popular 2

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 8Interés Social 5Popular 3

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 15Medio 12Interés Social 8Popular 5

De más de 300 a 400 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 12Popular 8

De más de 400 a 500 M2 Salarios Mínimos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 19

Page 20: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Residencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 12

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 35Medio 30Interés Social 25Popular 20

Si el terreno es de uso: De 1 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 2De servicio 5

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 3De servicio 8

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 5De servicio 12

De más de 300 a 400 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 8De servicio 15

De más de 400 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 12De servicio 20

De más de 500 a 1000 M2

Página 20 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 21: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios MínimosComercial 35Industrial 35Agropecuario 15De servicio 25

De más de 1000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 20De servicio 30

i) De uso de suelo, según la clasificación siguiente:

Salarios MínimosVivienda 0.05Industria 0.10Comercio 0.30Servicios 0.20

j) De cambio de uso de suelo, cuando el Municipio contare con un Programa de Ordenamiento Urbano, en términos de la normatividad aplicable, se pagará el cincuenta por ciento de la cuota establecida para una licencia de uso de suelo. k) De uso de suelo de tipo agropecuario, debidamente acreditado, por la totalidad de la construcción: 1 salario mínimo.

IV. Por deslinde de predios:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 3Medio 3Interés Social 2Popular 1.5

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 8Interés Social 5Popular 3

De más de 500 a 1000 M2 Salarios Mínimos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 21

Page 22: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Residencial 12Medio 10Interés Social 8Popular 6

De más de 1000 a 3000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 12Popular 8

De más de 3000 a 5000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 50Medio 40Interés Social 15Popular 12

De más de 5000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 80Medio 70Interés Social 20Popular 15

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 100Medio 90Interés Social 25Popular 20

Si el terreno es de uso: De 1 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 4Industrial 4Agropecuario 1.5De servicio 3

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 6Industrial 6Agropecuario 2De servicio 4

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 3De servicio 8

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Página 22 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 23: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 12Industrial 12Agropecuario 6De servicio 10

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 8De servicio 20

De más de 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 50Agropecuario 12De servicio 40

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 60Industrial 60Agropecuario 15De servicio 70

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 120Industrial 120Agropecuario 20De servicio 90

V. Por registro, estudio y aprobación de planos y proyectos de construcción, remodelación o ampliación: Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

Salarios Mínimos

Residencial 2Medio 1.5Interés Social 1Popular 0.50

Si el terreno es de uso:

Salarios MínimosComercial 2Industrial 2Agropecuario 1De servicio 1

La modificación de proyectos también causará derechos, a razón de un cincuenta por ciento sobre las cuotas que correspondan.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 23

Page 24: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Artículo 14.- Los derechos por expedición de certificados, constancias y otros servicios, se causarán y pagarán conforme a las cuotas siguientes: I. Certificado o certificaciones expedidos por funcionarios o empleados municipales, incluyendo la búsqueda de datos para expedirlos, por cada certificado, de 0.50 a 1 salario mínimo. II. Copias de documentos que obren en los archivos de oficinas municipales:

a) Por hoja escrita a doble espacio en ambas caras, 0.25 salarios mínimos.

b) Por hoja que indica el inciso anterior, escrita a un espacio por ambas caras, 0.30 salarios mínimos.

c) En los casos a que se refieren los incisos anteriores, cuando se escriba por una sola cara de la hoja, 0.25 salarios mínimos. En el caso a que se refiere esta fracción, además de los derechos que establecen los incisos que anteceden, se cobrará por la búsqueda de los documentos de los que deba sacarse copia cuando el interesado no proporcione los datos exactos para su localización, por cada año que comprenda la busca, 0.25 salarios mínimos. III. Evaluación de impacto ambiental, veinte salarios mínimos. IV. Por solicitudes de información conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado: a) Por copias simples o impresos por medio de dispositivo informático, por cada hoja tamaño carta u oficio: 0.02 salarios mínimos;

b) Por copias certificadas distintas a las señaladas en las fracciones anteriores, por cada hoja o fracción: 0.02 salarios mínimos; y

c) Por información grabada en disco de 3.5 pulgadas o disco compacto, por copia: 0.03 salarios mínimos Artículo 15.- Por la prestación de servicios que se proporcionan en los rastros públicos municipales se causarán derechos conforme a las cuotas siguientes: I. Bovino, por cada animal: 1.5 a 3.0 salarios mínimos; II. Porcino y equino, por cada animal: 0.5 a 1.0 salarios mínimos; III. Ovino y caprino, por cada animal: 0.2 a 0.4 salarios mínimos; IV. Aves y otras especies menores, por cada animal: 0.01 a 0.02 salarios mínimos; V. Por uso de corrales después de transcurridas cuarenta y ocho horas del ingreso del animal, por día o fracción se pagará el diez por ciento de las cantidades señaladas en las fracciones anteriores; y

Página 24 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 25: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

VI. Por uso de frigoríficos, después de transcurridas veinticuatro horas del ingreso del animal, por día o fracción se pagará el diez por ciento de las cantidades señaladas en las fracciones anteriores

Artículo 16.- Los Derechos por Servicios de Panteones se pagarán en salarios mínimos, conforme a las cuotas siguientes: I. Inhumaciones por siete años y refrendo de fosas 1 II. Inhumaciones en fosas a perpetuidad 3 III. Depósito de restos en osario por una temporalidad de 7 años 1 IV. Depósito de restos en el osario a perpetuidad 3 V. Construcción, reconstrucción, ampliación o modificación de monumentos, criptas o fosas

1

VI. Inhumación de restos, apertura o cierre de gavetas y demás operaciones semejantes

1

VII. Exhumaciones 1 VIII. Reinhumaciones 1 IX. Cremaciones 35

Artículo 17.- Los Derechos por Servicios de Recolección, Transporte y Disposición Final de Desechos Sólidos se causarán y pagarán mensualmente, de conformidad con las cuotas siguientes:

I. Por cada inmueble destinado a uso habitacional, de tipo:

Salarios mínimos Residencial 0.5 Medio 0.4 Interés social 0.3 Popular 0.2

II. Por cada industria o comercio, así como empresas que presenten espectáculos públicos, 0.008 salarios mínimos por kilogramo o 0.010 salarios mínimos por metro cúbico, sin que en ningún caso la cuota resulte menor a la establecida para inmuebles de uso habitacional de tipo residencial. Artículo 18.- Los Derechos por la Prestación de Servicios de Supervisión Técnica sobre la Explotación de Bancos de Material se pagarán 0.01 salarios mínimos, por metro cúbico o fracción de material extraído. En el caso de que no sea posible determinar el volumen de material extraído, este derecho se pagará a razón de un salario mínimo diario.

Artículo 19.- Los Derechos por Servicios Prestados por la Tesorería se causarán y pagarán de conformidad con las cuotas que en cada caso se señalan:

I. Rectificación o cancelación de los datos asentados en la declaración inicial de traslado de dominio, a solicitud del interesado, 1 salario mínimo.

II. Expedición de una Cédula Catastral, 7 salarios mínimos. III. Expedición de un Certificado de Valor Catastral o Catastral Provisional, 10 salarios mínimos.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 25

Page 26: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

IV. Expedición de una constancia de datos catastrales, 3 salarios mínimos;

V. Expedición de cartografía catastral propiedad del Municipio:

a) Copias en papel heliográfico o bond por plano general de localidad, con curvas de nivel al metro y cuotas de crucero, en escala 1:2,000, por hoja, 4.5 salarios mínimos.

b) Copias en papel heliográfico o bond por plano general de localidad,

en escalas aproximadas 1:4,000, 1:5,000, 1:7,500 y 1:10,000, 3 salarios mínimos.

c) Copias en papel heliográfico o bond por plano manzanero de localidades catastradas, en escala 1:500 ó 1:1,000:

1.-De 1 hasta 100 planos, por plano, 4.5 salarios mínimos. 2.-De 101 planos en adelante, por plano, 3 salarios mínimos.

d) Copias del plano de región catastral, sin escala, con nomenclatura y

valores catastrales del suelo urbano, por hoja, 3 salarios mínimos.

e) Copias del plano perimetral tamaño carta de un predio registrado en la cartografía catastral urbana, en escala 1:500, por plano. 3 salarios mínimos.

f) Cartografía digital en escala 1:1,000 en formatos DXF., DWG. y ARC/INFO., por km2:

1.-Cobertura de manzanas, 22 salarios mínimos. 2.-Cobertura de predios, 64 salarios mínimos. 3.-Cobertura de construcciones, 64 salarios mínimos. 4.-Cobertura de curvas de nivel a cada metro, 10 salarios mínimos.

g) Copias de contacto de fotografías aéreas, en escalas 1:4,500

1:10,000 y 1:20,000:

1.-En papel bond, imagen blanco y negro, en formato 23 x 23 cm., por copia, 1 salario mínimo. 2.-Grabada con escáner e impresión en papel bond, blanco y negro, en formato 23 x 23 cm., por copia. 1.1 salario mínimo.

3.-Grabada en disco compacto o en memoria USB, que en su caso aporte el solicitante, por copia, 3.8 salarios mínimo.

VI. Por la certificación de cada plano catastral propiedad del Municipio, 3 salarios mínimos.

VII. La certificación de documentos públicos que obran en el archivo de la tesorería, 1 salario mínimo.

Artículo 20.- Los Derechos por los Servicios del Registro Civil se causarán y pagarán, en salarios mínimos, de acuerdo a las cuotas siguientes:

Página 26 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 27: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

I. Por la expedición de copias de actas del Registro Civil, incluyendo el papel sellado, uno; II. Registro de nacimientos ordinarios y extemporáneos, uno; III. Reconocimiento de hijos, uno; IV. Adopciones, uno; V. Celebración de matrimonios en oficina, uno; VI. Celebración de matrimonios a domicilio, veinte; VII. Inscripción de sentencias, diez; y VIII. Divorcios, quince.

Artículo 21.- Los derechos por la ocupación de inmuebles del dominio público, se calcularán y pagarán de conformidad con las cuotas siguientes: I. Por la ocupación de espacios en mercados municipales se pagará diariamente, por metro cuadrado, de 0.01 a 0.05 salarios mínimos; II. La ocupación de espacios en vía pública o áreas municipales, exceptuando las áreas verdes, se pagará diariamente, por metro cuadrado o fracción, previa autorización correspondiente, a razón de 0.01 a 0.05 salarios mínimos; III. La ocupación temporal de la vía pública o áreas municipales, exceptuando las áreas verdes, por vehículos, aparatos mecánicos o electromecánicos, por tianguis, ferias o similares, se pagará diariamente, por metro cuadrado o fracción, a razón de 0.05 a 0.125 salarios mínimos; y

IV. El estacionamiento en la vía pública se pagará, mediante utilización de parquímetros, a razón de 0.125 salarios mínimos por hora o fracción. Artículo 22.- Las Contribuciones por Mejoras se causarán, liquidarán y pagarán de conformidad con lo establecido por el artículo 253 y demás relativos del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Artículo 23.- En materia de Productos y Aprovechamientos se estará a lo dispuesto en los Títulos Cuarto y Quinto del Libro Tercero del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Artículo 24.- Los rezagos por concepto de contribuciones o aprovechamientos señalados en esta Ley se cobrarán y recaudarán de acuerdo con las disposiciones legales vigentes al momento de su causación. Artículo 25.- El pago extemporáneo de créditos fiscales causará recargos, que se cobrarán a razón del 2.5% por cada mes o fracción, independientemente de las sanciones que, en su caso, correspondan al infractor.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 27

Page 28: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Artículo 26.- Cuando se otorguen prórrogas para el pago de los créditos fiscales municipales se causarán intereses, a una tasa del 1.25% mensual sobre el monto de los saldos insolutos de los créditos prorrogados. Artículo 27.- El Municipio deberá registrar sus operaciones con base en el Clasificador por Rubros de Ingresos y en el Clasificador por Objeto del Gasto, derivados de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

T R A N S I T O R I O S ARTÍCULO ÚNICO.- La presente Ley entrará en vigor el día 1° de enero de 2015, previa publicación en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. DADA EN EL SALÓN DE SESIONES DE LA LXIII LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA – ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE. ANILÚ INGRAM VALLINES DIPUTADA PRESIDENTA

ANA CRISTINA LEDEZMA LÓPEZ DIPUTADA SECRETARIA

RÚBRICA.

RÚBRICA.

Página 28 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 29: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

LA SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 26, FRACCIÓN I INCISO b), 33, FRACCIÓN I, 38 Y 71, FRACCIÓN V, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO; 107 DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE; 6 FRACCIÓN I INCISO b), 18, FRACCIÓN I Y 47 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER LEGISLATIVO; 75 Y 76 DEL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL PODER LEGISLATIVO, Y EN NOMBRE DEL PUEBLO, EXPIDE LA SIGUIENTE:

Ley Número 427

DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE MARIANO ESCOBEDO, DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE,

CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2015. Artículo 1.- Para el ejercicio fiscal del año 2015, la Hacienda Pública del Municipio de MARIANO ESCOBEDO, del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, percibirá los ingresos provenientes de los conceptos señalados en la presente Ley, que se destinarán a cubrir el gasto público, en las cantidades estimadas que a continuación se señalan:

Monto en pesos

TOTAL PROYECTO DE LEY DE INGRESOS 81,730,238.01

IMPUESTOS

1,755,819.64

Impuestos sobre los ingresos 0.00

Impuesto sobre espectáculos públicos 0.00 Impuesto sobre loterías, rifas, sorteos y concursos 0.00

Impuesto sobre juegos permitidos 0.00

Impuesto sobre el patrimonio 1,102,026.08

Impuesto predial 894,205.90 Impuesto sobre traslación de dominio de bienes inmuebles 207,820.18

Impuestos sobre fraccionamiento 0.00

Accesorios 74,306.23

Accesorios de impuestos 74,306.23

Otros impuestos 244,708.98

Contribución adicional sobre ingresos municipales 244,708.98 Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales pendientes de liquidación o pago. 334,778.35

Impuestos de ejercicios fiscales anteriores 334,778.35

CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 0.00

Contribuciones de mejoras por obras públicas 0.00

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 29

Page 30: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Obras públicas de tipo corriente 0.00

Accesorios de contribuciones de mejoras 0.00 Contribuciones de mejoras no comprendidasen las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 0.00 Contribuciones de mejoras de ejercicios fiscales anteriores 0.00

DERECHOS 1,778,339.69

Derechos por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bienes de dominio público 20,822.20 Derechos por ocupación de inmuebles de dominio público 20,822.20

Derechos por prestación de servicios

1,757,517.49 Derechos por registro y refrendo anual de toda actividad económica 78,371.65

Derechos por obras materiales 76,297.38 Derechos por los servicios de agua potable y drenaje del municipio 947,710.99 Derechos por expedición de certificados y constancias 45,901.57 Derechos por servicios de rastro y lugares autorizados 0.00

Derechos por servicios de panteones 703.36

Derechos por servicios de recolección, transporte y disposición final de desechos sólidos 130,618.98

Derechos por limpieza de predios no edificados 0.00 Derechos por prestación de servicios de supervisión técnica sobre explotación de bancos de material 0.00

Derechos por servicios prestados por la tesorería 259,567.22

Derechos por servicios del registro civil 218,346.34

Derechos en material de tránsito municipal 0.00

Derechos en material de salud animal 0.00

Accesorios 0.00

Accesorios de derechos 0.00 Derechos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 0.00

Derechos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

PRODUCTOS 14,029.20

Productos de tipo corriente 14,029.20 Productos derivados del uso y aprovechamiento de bienes no sujetos a régimen de dominio público 0.00 Enajenación de bienes muebles no sujetos a ser inventariados 0.00

Accesorios de productos 0.00

Otros productos que generan ingresos corrientes 14,029.20

Productos de capital 0.00

Terrenos 0.00

Viviendas 0.00

Página 30 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 31: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Edificios no habitacionales 0.00

Otros bienes inmuebles 0.00

Mobiliario y equipo de administración 0.00

Mobiliario y equipo educacional y recreativo 0.00

Equipo e instrumental médico y de laboratorio 0.00

Vehículos y equipo de transporte 0.00

Equipo de defensa y seguridad 0.00

Maquinaria, otros equipos y herramientas 0.00

Colecciones, obras de arte y objetos valiosos 0.00

Activos biológicos 0.00

Software 0.00

Patentes, marcas y derechos 0.00

Concesiones y franquicias 0.00

Licencias 0.00

Otros activos intangibles 0.00 Productos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0.00

Productos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

APROVECHAMIENTOS 78,253.48

Aprovechamientos de tipo corriente 78,253.48

Incentivos derivados de la colaboración fiscal 0.00

Multas 21,627.54

Indemnizaciones 0.00

Reintegros 0.00 Aprovechamientos provenientes de obras públicas 0.00 Aprovechamientos por participaciones de la aplicación de leyes 0.00 Aprovechamientos por aportaciones y cooperaciones 0.00

Accesorios de aprovechamientos 0.00

Otros aprovechamientos 56,625.94 Aprovechamientos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0.00 Aprovechamientos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

INGRESOS POR VENTA DE BIENES Y SERVICIOS 0.00 Ingresos por venta de bienes y servicios de organismos descentralizados 0.00

Servicios 0.00

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00 Ingresos de operación de entidades paraestatales empresariales y no financieras 0.00 0.00 Ingresos por venta de bienes y servicios producidos en establecimientos del gobierno 0.00

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 31

Page 32: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Servicios 0.00

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00

PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 78,103,796.00

Participaciones 16,995,125.00

Participaciones federales 16,995,125.00

Aportaciones 61,108,671.00

Aportaciones federales 61,108,671.00

Seguridad pública ramo 036 0.00

Aportaciones de otros programas 0.00

Convenios 0.00

Ingresos extraordinarios 0.00

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 0.00 Transferencias internas y asignaciones al sector público 0.00

Transferencias para apoyos de programas 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Ayudas sociales 0.00

Ayudas sociales a personas 0.00 Becas y otras ayudas para programas de capacitación 0.00 Ayudas sociales a actividades científicas o académicas 0.00 Ayudas para desastres naturales y otros siniestros 0.00

INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTO 0.00

Endeudamiento interno 0.00

Deuda pública interna 0.00

RESUMEN

Recursos Fiscales 3,626,442.01

Ingresos propios 0.00

Recursos provenientes de la Federación 78,103,796.00

Recursos provenientes de financiamientos 0.00

Otros recursos 0.00

TOTAL DE INGRESOS ORDINARIOS 81,730,238.01

Artículo 2.- A los ingresos descritos en el artículo anterior se adicionarán los extraordinarios. Artículo 3.- El Ayuntamiento de este Municipio reportará en sus cuentas públicas todos los ingresos que perciba por los conceptos a que se refiere esta Ley, aun aquellos que, en razón de no generarse ordinariamente o de no existir

Página 32 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 33: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

los antecedentes necesarios para estimar las cantidades a recaudar, aparezcan cuantificados en cero. Artículo 4.- Los ingresos señalados en este ordenamiento se regirán, conforme a lo establecido por el Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y demás legislación aplicable. Artículo 5.- El impuesto predial se causará, liquidará y pagará de acuerdo con la siguiente: T A R I F A T A S A (al millar)

I. Predios Urbanos Construidos 0.741 II. Predios Urbanos Baldíos 2.550 III. Predios Suburbanos Construidos 0.505 IV. Predios Suburbanos Baldíos 2.900 V. Predios Rurales Particulares 0.500 VI. Predios Rurales Ejidales 0.014

Artículo 6.- El Impuesto Sobre Traslación de Dominio de Bienes Inmuebles se causará, liquidará y pagará aplicando a la base gravable determinada, la tasa de cinco al millar. Artículo 7.- El Impuesto Sobre Espectáculos Públicos se causará, liquidará y pagará sobre la base que en cada caso corresponda, conforme a las tarifas o tasas siguientes: I. Carpas de representaciones teatrales, de fantoches, títeres, óptica, fenómenos animales, enanos, bufos, etc., el tres por ciento sobre la entrada bruta;

II. Circos, el tres por ciento sobre la entrada bruta; III. Espectáculos deportivos:

a) Box, lucha libre y otros similares, el diez por ciento sobre la entrada bruta;

b) Carreras de automóviles, caballos, perros, bicicletas y motocicletas, el diez por ciento sobre la entrada bruta;

c) Béisbol, fútbol, básquetbol, tenis, pelota vasca y otros juegos de pelota, el ocho por ciento sobre la entrada bruta. IV. Corridas de toros, becerradas, novilladas, jaripeos, peleas de gallos y otros espectáculos similares, el diez por ciento sobre los ingresos brutos obtenidos; V. Representaciones teatrales de comedias, drama, ópera, opereta, zarzuela, revista, vodevil, variedades, ballet o revistas sobre hielo o acuáticas, conciertos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 33

Page 34: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

y conferencias, el tres por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo; VI. Exhibiciones y concursos, el cinco por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo; VII. Espectáculos nocturnos diferentes a los anteriores, el diez por ciento sobre la entrada bruta; y VIII. Los no previstos en las fracciones anteriores, el diez por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo. Cuando el espectáculo se realice en beneficio de instituciones de asistencia pública legalmente constituidas, se aplicará la tasa del tres por ciento sobre el precio del boleto. Artículo 8.- El Impuesto Sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos se causará, liquidará y pagará, aplicando a la base gravable determinada, la tasa del veinte por ciento sobre el valor nominal total de los boletos o billetes vendidos o, cuando el mismo no pueda determinarse, sobre el valor total de los premios ofrecidos. Las personas que obtengan premios por participar en loterías, rifas, sorteos o concursos pagarán una tasa del seis por ciento sobre el monto total del ingreso obtenido. Artículo 9.- El Impuesto Sobre Juegos Permitidos se causará y pagará conforme a la tarifa mensual de 0.25 salarios mínimos por mesa o máquina de juego. Artículo 10.- La Contribución Adicional sobre Ingresos Municipales se causará y pagará, aplicando a la base que corresponda, las tarifas o tasas siguientes: I. Siete y medio por ciento adicional sobre el impuesto predial; II. Diez por ciento adicional sobre los impuestos sobre espectáculos públicos; sobre juegos permitidos y sobre fraccionamientos; y III. Diez por ciento adicional sobre los derechos y productos que establece el Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Artículo 11.- El Impuesto Sobre Fraccionamientos se causará, liquidará y pagará aplicando a la base gravable determinada la tasa de uno al millar. Artículo 12.- Los Derechos por Registro y Refrendo Anual de toda actividad económica se causarán y pagarán, en salarios mínimos, conforme a lo siguiente: I. Por la expedición de licencias, permisos o autorizaciones para el funcionamiento de establecimientos o locales con giros comerciales que enajenen o expendan bebidas alcohólicas, se pagarán las cuotas siguientes:

Página 34 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 35: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Giro Costo de la licencia en número de salarios

mínimos: Abarrotes con venta de cerveza 35 Abarrotes con venta de cerveza, vinos y licores 100 Agencias 250 Almacenes o Distribuidores 250 Billares 200 Cantinas o bares 200 Centros de eventos sociales 250 Centros deportivos o recreativos 250 Centros nocturnos y cabarets 1,000 Cervecerías 100 Clubes sociales 175 Depósitos 75 Discotecas 625 Hoteles y moteles 200 Kermeses, ferias y bailes públicos 125 Licorerías 115 Loncherías, taquerías, marisquerías, fondas, coctelerías, torterías, pizzerías y similares

75

Minisúper 150 Peñas, canta bar, café bar, vídeo bar y café cantante

150

Restaurante 150 Restaurante-bar 200 Servicar 150 Supermercados 250

II.- Por anuncios comerciales y publicidad se cobrará por la autorización respectiva, de acuerdo a las cuotas siguientes: a) Por la colocación de anuncios comerciales en la vía pública o tenga efectos sobre ésta, repercutiendo en la imagen urbana, de cuatro a ocho salarios mínimos, anualmente; b) Por la colocación eventual de anuncios comerciales en la vía pública o tenga efectos sobre ésta, repercutiendo en la imagen urbana, dos salarios mínimos por evento; c) Por el anuncio de eventos en altavoz móvil, dos salarios mínimos por evento; y d) Por la colocación de anuncios comerciales en el interior o exterior de vehículos en los que se preste el servicio de transporte público de pasajeros, tres salarios mínimos, anualmente. Artículo 13.- Los derechos por obras materiales se causarán y pagarán, en salarios mínimos, conforme a las siguientes cuotas: I. Por derechos de alineamiento de predios, calculados sobre el total de metros lineales que tenga el terreno frente a la vía pública, en términos de la normatividad aplicable, conforme a los usos y rangos en metros lineales siguientes:

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 35

Page 36: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Si el terreno es de uso:

Habitacional, de categoría De 1 a 10 ML

Salarios Mínimos Residencial 3 Medio 2 Interés Social 1.5 Popular 1

De más de 10 a 50 ML Salarios Mínimos

Residencial 3.5 Medio 3 Interés Social 2.5 Popular 2

De más de 50 ML Salarios Mínimos

Residencial 4 Medio 3.5 Interés Social 2.5 Popular 2

Si el terreno es de uso: De 1 a 10 ML.

Salarios Mínimos Comercial 4 Industrial 4 Agropecuario 3 De servicio 2

De más de 10 a 50 ML Salarios Mínimos

Comercial 5 Industrial 5 Agropecuario 4 De servicio 2.5

De más de 50 ML. Salarios Mínimos

Comercial 6 Industrial 6 Agropecuario 5 De servicio 3

II. Por asignación de número oficial e inspección de predios, cada uno: Si el terreno es de uso:

Habitacional, de categoría Salarios Mínimos

Residencial 2

Medio 1.5

Página 36 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 37: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Interés Social 1

Popular 0.5

Si el terreno es de uso:

Comercial 2

Industrial 2

Agropecuario 1

De servicio 1

III. Por licencias: a) De construcción de bardas, con excepción de las colindantes con la vía pública, conforme a los usos y rangos en metros lineales siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 20 ML Salarios Mínimos

Residencial 4 Medio 3 Interés Social 1 Popular 1

De más de 20 a 50 ML

Salarios Mínimos

Residencial 5 Medio 4 Interés Social 3 Popular 1.5

De más de 50 a 100 ML

Salarios Mínimos

Residencial 6 Medio 5 Interés Social 4 Popular 2

De 100 a 200 ML

Salarios Mínimos

Residencial 7 Medio 6 Interés Social 5 Popular 3

De más de 200 a 500 ML Salarios Mínimos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 37

Page 38: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Residencial 8 Medio 7 Interés Social 6 Popular 4

De más de 500 ML Salarios Mínimos

Residencial 9 Medio 8 Interés Social 7 Popular 5

Si el terreno es de uso:

1 a 20 ML Salarios Mínimos

Comercial 5 Industrial 5 Agropecuario 1 De servicio 3

De más de 20 a 50 ML Salarios Mínimos

Comercial 6 Industrial 6 Agropecuario 1.5 De servicio 4

De más de 50 a 100 ML Salarios Mínimos

Comercial 7 Industrial 7 Agropecuario 2 De servicio 5

De más de 100 a 200 ML Salarios Mínimos

Comercial 8 Industrial 8 Agropecuario 3 De servicio 6

De más de 200 a 500 ML Salarios Mínimos

Comercial 10 Industrial 10 Agropecuario 4 De servicio 7

De más de 500 ML Salarios Mínimos

Página 38 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 39: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 15 Industrial 15 Agropecuario 5 De servicio 8

b) De construcción o ampliación, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: De 1 a 40 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 0Popular 0

De más de 40 a 60 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 6Interés Social 0Popular 0

De más de 60 a 80 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 3Popular 2

De 80 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 4Popular 3

De más de 100 a 150 M2 Salarios Mínimos

Residencial 14Medio 12Interés Social 5Popular 4

De más de 150 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 16Medio 14Interés Social 6Popular 5

De 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 39

Page 40: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Medio 18Interés Social 0Popular 0

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 0Popular 0

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 22Interés Social 0Popular 0

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 40Medio 24Interés Social 0Popular 0

Si el terreno es de uso:

De 1 a 40 M2 Salarios Mínimos

Comercial 9Industrial 8Agropecuario 2De servicio 3

De más de 40 a 60 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 3De servicio 4

De más de 60 a 80 M2 Salarios Mínimos

Comercial 12Industrial 12Agropecuario 4De servicio 5

De 80 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 14Industrial 14Agropecuario 5De servicio 6

De más de 100 a 150 M2 Salarios Mínimos

Página 40 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 41: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 16Industrial 16Agropecuario 10De servicio 7

De más de 150 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 18Industrial 18Agropecuario 15De servicio 8

De 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 10De servicio 10

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 20De servicio 15

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 20De servicio 20

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 50Industrial 50Agropecuario 40De servicio 30

c) Para fusionar, subdividir o relotificar, en términos de la normatividad aplicable, sobre el total de la superficie, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 41

Page 42: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Residencial 4Medio 2Interés Social 1.5Popular 1

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 4

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 10Popular 6

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 10

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

Si el terreno es de uso:

De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 5Industrial 5Agropecuario 1De servicio 2

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 2De servicio 4

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Página 42 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 43: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 4De servicio 8

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 6De servicio 15

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 10De servicio 20

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 15De servicio 25

d) Para fraccionamientos de terrenos, en términos de la normatividad aplicable, sobre el área total a fraccionar o lotificar, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 2Interés Social 1.5Popular 1

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 4

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 43

Page 44: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Residencial 20Medio 15Interés Social 10Popular 6

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 10

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

Si el terreno es de uso: De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 5Industrial 5Agropecuario 1De servicio 2

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 2De servicio 4

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 4De servicio 8

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 6De servicio 15 De más de 5,000 a 10,000 M2

Salarios MínimosComercial 30Industrial 30Agropecuario 10De servicio 20

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40

Página 44 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 45: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Industrial 40Agropecuario 15De servicio 25

e) Por demoliciones, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 50 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 6Interés Social 5Popular 4

De más de 50 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 5

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 8Popular 6

De más de 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 15Medio 12Interés Social 8Popular 6

Si el terreno es de uso: De 1 a 50 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 4De servicio 8

De más de 50 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 5De servicio 10

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 45

Page 46: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Industrial 20Agropecuario 10De servicio 12

De más de 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 20De servicio 15

f) Por la construcción de albercas y depósitos de agua, por metro cúbico o fracción, 0.25 salarios mínimos.

g) Por la construcción de tanques subterráneos para almacenamiento de material peligroso, por metro cúbico o fracción, 0.50 salarios mínimos.

h) Para la conversión al régimen de propiedad en condominio, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 5Interés Social 3Popular 2

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 8Interés Social 5Popular 3

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 15Medio 12Interés Social 8Popular 5

De más de 300 a 400 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 12Popular 8

De más de 400 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25

Página 46 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 47: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Medio 20Interés Social 15Popular 12

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 35Medio 30Interés Social 25Popular 20

Si el terreno es de uso: De 1 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 2De servicio 5

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 3De servicio 8

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 5De servicio 12

De más de 300 a 400 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 8De servicio 15

De más de 400 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 12De servicio 20

De más de 500 a 1000 M2 Salarios Mínimos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 47

Page 48: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 35Industrial 35Agropecuario 15De servicio 25

De más de 1000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 20De servicio 30

i) De uso de suelo, según la clasificación siguiente:

Salarios MínimosVivienda 0.05Industria 0.10Comercio 0.30Servicios 0.20

j) De cambio de uso de suelo, cuando el Municipio contare con un Programa de Ordenamiento Urbano, en términos de la normatividad aplicable, se pagará el cincuenta por ciento de la cuota establecida para una licencia de uso de suelo. k) De uso de suelo de tipo agropecuario, debidamente acreditado, por la totalidad de la construcción: 1 salario mínimo.

IV. Por deslinde de predios:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 3Medio 3Interés Social 2Popular 1.5

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 8Interés Social 5Popular 3

De más de 500 a 1000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12

Página 48 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 49: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Medio 10Interés Social 8Popular 6

De más de 1000 a 3000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 12Popular 8

De más de 3000 a 5000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 50Medio 40Interés Social 15Popular 12

De más de 5000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 80Medio 70Interés Social 20Popular 15

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 100Medio 90Interés Social 25Popular 20

Si el terreno es de uso: De 1 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 4Industrial 4Agropecuario 1.5De servicio 3

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 6Industrial 6Agropecuario 2De servicio 4

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 3De servicio 8

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 12

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 49

Page 50: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Industrial 12Agropecuario 6De servicio 10

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 8De servicio 20

De más de 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 50Agropecuario 12De servicio 40

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 60Industrial 60Agropecuario 15De servicio 70

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 120Industrial 120Agropecuario 20De servicio 90

V. Por registro, estudio y aprobación de planos y proyectos de construcción, remodelación o ampliación: Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

Salarios Mínimos

Residencial 2Medio 1.5Interés Social 1Popular 0.50

Si el terreno es de uso:

Salarios MínimosComercial 2Industrial 2Agropecuario 1De servicio 1

La modificación de proyectos también causará derechos, a razón de un cincuenta por ciento sobre las cuotas que correspondan.

Página 50 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 51: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Artículo 14.- Los derechos por expedición de certificados, constancias y otros servicios, se causarán y pagarán conforme a las cuotas siguientes: I. Certificado o certificaciones expedidos por funcionarios o empleados municipales, incluyendo la búsqueda de datos para expedirlos, por cada certificado, de 0.50 a 1 salario mínimo. II. Copias de documentos que obren en los archivos de oficinas municipales:

a) Por hoja escrita a doble espacio en ambas caras, 0.25 salarios mínimos.

b) Por hoja que indica el inciso anterior, escrita a un espacio por ambas caras, 0.30 salarios mínimos.

c) En los casos a que se refieren los incisos anteriores, cuando se escriba por una sola cara de la hoja, 0.25 salarios mínimos. En el caso a que se refiere esta fracción, además de los derechos que establecen los incisos que anteceden, se cobrará por la búsqueda de los documentos de los que deba sacarse copia cuando el interesado no proporcione los datos exactos para su localización, por cada año que comprenda la busca, 0.25 salarios mínimos. III. Evaluación de impacto ambiental, veinte salarios mínimos. IV. Por solicitudes de información conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado: a) Por copias simples o impresos por medio de dispositivo informático, por cada hoja tamaño carta u oficio: 0.02 salarios mínimos;

b) Por copias certificadas distintas a las señaladas en las fracciones anteriores, por cada hoja o fracción: 0.02 salarios mínimos; y

c) Por información grabada en disco de 3.5 pulgadas o disco compacto, por copia: 0.03 salarios mínimos Artículo 15.- Por la prestación de servicios que se proporcionan en los rastros públicos municipales se causarán derechos conforme a las cuotas siguientes: I. Bovino, por cada animal: 1.5 a 3.0 salarios mínimos; II. Porcino y equino, por cada animal: 0.5 a 1.0 salarios mínimos; III. Ovino y caprino, por cada animal: 0.2 a 0.4 salarios mínimos; IV. Aves y otras especies menores, por cada animal: 0.01 a 0.02 salarios mínimos; V. Por uso de corrales después de transcurridas cuarenta y ocho horas del ingreso del animal, por día o fracción se pagará el diez por ciento de las cantidades señaladas en las fracciones anteriores; y

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 51

Page 52: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

VI. Por uso de frigoríficos, después de transcurridas veinticuatro horas del ingreso del animal, por día o fracción se pagará el diez por ciento de las cantidades señaladas en las fracciones anteriores

Artículo 16.- Los Derechos por Servicios de Panteones se pagarán en salarios mínimos, conforme a las cuotas siguientes: I. Inhumaciones por siete años y refrendo de fosas 1 II. Inhumaciones en fosas a perpetuidad 3 III. Depósito de restos en osario por una temporalidad de 7 años 1 IV. Depósito de restos en el osario a perpetuidad 3 V. Construcción, reconstrucción, ampliación o modificación de monumentos, criptas o fosas

1

VI. Inhumación de restos, apertura o cierre de gavetas y demás operaciones semejantes

1

VII. Exhumaciones 1 VIII. Reinhumaciones 1 IX. Cremaciones 35

Artículo 17.- Los Derechos por Servicios de Recolección, Transporte y Disposición Final de Desechos Sólidos se causarán y pagarán mensualmente, de conformidad con las cuotas siguientes:

I. Por cada inmueble destinado a uso habitacional, de tipo:

Salarios mínimos Residencial 0.5 Medio 0.4 Interés social 0.3 Popular 0.2

II. Por cada industria o comercio, así como empresas que presenten espectáculos públicos, 0.008 salarios mínimos por kilogramo o 0.010 salarios mínimos por metro cúbico, sin que en ningún caso la cuota resulte menor a la establecida para inmuebles de uso habitacional de tipo residencial. Artículo 18.- Los Derechos por la Prestación de Servicios de Supervisión Técnica sobre la Explotación de Bancos de Material se pagarán 0.01 salarios mínimos, por metro cúbico o fracción de material extraído. En el caso de que no sea posible determinar el volumen de material extraído, este derecho se pagará a razón de un salario mínimo diario.

Artículo 19.- Los Derechos por Servicios Prestados por la Tesorería se causarán y pagarán de conformidad con las cuotas que en cada caso se señalan:

I. Rectificación o cancelación de los datos asentados en la declaración inicial de traslado de dominio, a solicitud del interesado, 1 salario mínimo.

II. Expedición de una Cédula Catastral, 7 salarios mínimos. III. Expedición de un Certificado de Valor Catastral o Catastral Provisional, 10 salarios mínimos.

Página 52 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 53: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

IV. Expedición de una constancia de datos catastrales, 3 salarios mínimos;

V. Expedición de cartografía catastral propiedad del Municipio:

a) Copias en papel heliográfico o bond por plano general de localidad, con curvas de nivel al metro y cuotas de crucero, en escala 1:2,000, por hoja, 4.5 salarios mínimos.

b) Copias en papel heliográfico o bond por plano general de localidad, en escalas aproximadas 1:4,000, 1:5,000, 1:7,500 y 1:10,000, 3 salarios mínimos.

c) Copias en papel heliográfico o bond por plano manzanero de localidades catastradas, en escala 1:500 ó 1:1,000:

1.-De 1 hasta 100 planos, por plano, 4.5 salarios mínimos. 2.-De 101 planos en adelante, por plano, 3 salarios mínimos. d) Copias del plano de región catastral, sin escala, con nomenclatura y valores catastrales del suelo urbano, por hoja, 3 salarios mínimos.

e) Copias del plano perimetral tamaño carta de un predio registrado en la cartografía catastral urbana, en escala 1:500, por plano. 3 salarios mínimos. f) Cartografía digital en escala 1:1,000 en formatos DXF., DWG. y ARC/INFO., por km2:

1.-Cobertura de manzanas, 22 salarios mínimos. 2.-Cobertura de predios, 64 salarios mínimos. 3.-Cobertura de construcciones, 64 salarios mínimos. 4.-Cobertura de curvas de nivel a cada metro, 10 salarios mínimos. g) Copias de contacto de fotografías aéreas, en escalas 1:4,500 1:10,000 y 1:20,000: 1.-En papel bond, imagen blanco y negro, en formato 23 x 23 cm., por copia, 1 salario mínimo.

2.-Grabada con escáner e impresión en papel bond, blanco y negro, en formato 23 x 23 cm., por copia. 1.1 salario mínimo. 3.-Grabada en disco compacto o en memoria USB, que en su caso aporte el solicitante, por copia, 3.8 salarios mínimo.

VI. Por la certificación de cada plano catastral propiedad del Municipio, 3 salarios mínimos.

VII. La certificación de documentos públicos que obran en el archivo de la tesorería, 1 salario mínimo.

Artículo 20.- Los Derechos por los Servicios del Registro Civil se causarán y pagarán, en salarios mínimos, de acuerdo a las cuotas siguientes:

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 53

Page 54: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

I. Por la expedición de copias de actas del Registro Civil, incluyendo el papel sellado, uno; II. Registro de nacimientos ordinarios y extemporáneos, uno; III. Reconocimiento de hijos, uno; IV. Adopciones, uno; V. Celebración de matrimonios en oficina, uno; VI. Celebración de matrimonios a domicilio, veinte; VII. Inscripción de sentencias, diez; y VIII. Divorcios, quince.

Artículo 21.- Los derechos por la ocupación de inmuebles del dominio público, se calcularán y pagarán de conformidad con las cuotas siguientes: I. Por la ocupación de espacios en mercados municipales se pagará diariamente, por metro cuadrado, de 0.01 a 0.05 salarios mínimos; II. La ocupación de espacios en vía pública o áreas municipales, exceptuando las áreas verdes, se pagará diariamente, por metro cuadrado o fracción, previa autorización correspondiente, a razón de 0.01 a 0.05 salarios mínimos; III. La ocupación temporal de la vía pública o áreas municipales, exceptuando las áreas verdes, por vehículos, aparatos mecánicos o electromecánicos, por tianguis, ferias o similares, se pagará diariamente, por metro cuadrado o fracción, a razón de 0.05 a 0.125 salarios mínimos; y

IV. El estacionamiento en la vía pública se pagará, mediante utilización de parquímetros, a razón de 0.125 salarios mínimos por hora o fracción. Artículo 22.- Las Contribuciones por Mejoras se causarán, liquidarán y pagarán de conformidad con lo establecido por el artículo 253 y demás relativos del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Artículo 23.- En materia de Productos y Aprovechamientos se estará a lo dispuesto en los Títulos Cuarto y Quinto del Libro Tercero del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Artículo 24.- Los rezagos por concepto de contribuciones o aprovechamientos señalados en esta Ley se cobrarán y recaudarán de acuerdo con las disposiciones legales vigentes al momento de su causación. Artículo 25.- El pago extemporáneo de créditos fiscales causará recargos, que se cobrarán a razón del 2.5% por cada mes o fracción, independientemente de las sanciones que, en su caso, correspondan al infractor.

Página 54 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 55: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Artículo 26.- Cuando se otorguen prórrogas para el pago de los créditos fiscales municipales se causarán intereses, a una tasa del 1.25% mensual sobre el monto de los saldos insolutos de los créditos prorrogados. Artículo 27.- El Municipio deberá registrar sus operaciones con base en el Clasificador por Rubros de Ingresos y en el Clasificador por Objeto del Gasto, derivados de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

T R A N S I T O R I O S ARTÍCULO ÚNICO.- La presente Ley entrará en vigor el día 1° de enero de 2015, previa publicación en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. DADA EN EL SALÓN DE SESIONES DE LA LXIII LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA – ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE. ANILÚ INGRAM VALLINES DIPUTADA PRESIDENTA

ANA CRISTINA LEDEZMA LÓPEZ DIPUTADA SECRETARIA

RÚBRICA.

RÚBRICA.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 55

Page 56: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

LA SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 26, FRACCIÓN I INCISO b), 33, FRACCIÓN I, 38 Y 71, FRACCIÓN V, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO; 107 DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE; 6 FRACCIÓN I INCISO b), 18, FRACCIÓN I Y 47 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER LEGISLATIVO; 75 Y 76 DEL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL PODER LEGISLATIVO, Y EN NOMBRE DEL PUEBLO, EXPIDE LA SIGUIENTE:

Ley Número 428

DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE MARTINEZ DE LA TORRE, DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE,

CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2015. Artículo 1.- Para el ejercicio fiscal del año 2015, la Hacienda Pública del Municipio de MARTÍNEZ DE LA TORRE, del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, percibirá los ingresos provenientes de los conceptos señalados en la presente Ley, que se destinarán a cubrir el gasto público, en las cantidades estimadas que a continuación se señalan:

Monto en pesos

TOTAL PROYECTO DE LEY DE INGRESOS 199,889,071.91

IMPUESTOS

13,960,843.41

Impuestos sobre los ingresos 85,417.38

Impuesto sobre espectáculos públicos 22,144.88 Impuesto sobre loterías, rifas, sorteos y concursos 0.00

Impuesto sobre juegos permitidos 63,272.50

Impuesto sobre el patrimonio 8,240,734.42

Impuesto predial 6,709,328.49 Impuesto sobre traslación de dominio de bienes inmuebles 1,531,405.93

Impuestos sobre fraccionamiento 0.00

Accesorios 244,291.55

Accesorios de impuestos 244,291.55

Otros impuestos 1,819,954.08

Contribución adicional sobre ingresos municipales 1,819,954.08 Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales pendientes de liquidación o pago. 3,570,445.98

Impuestos de ejercicios fiscales anteriores 3,570,445.98

CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 74,600.09

Contribuciones de mejoras por obras públicas 74,600.09

Página 56 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 57: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Obras públicas de tipo corriente 74,600.09

Accesorios de contribuciones de mejoras 0.00 Contribuciones de mejoras no comprendidasen las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 0.00 Contribuciones de mejoras de ejercicios fiscales anteriores 0.00

DERECHOS 11,517,504.83

Derechos por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bienes de dominio público 2,261,128.31 Derechos por ocupación de inmuebles de dominio público 2,261,128.31

Derechos por prestación de servicios

9,256,376.52 Derechos por registro y refrendo anual de toda actividad económica 1,332,967.06

Derechos por obras materiales 710,569.71 Derechos por los servicios de agua potable y drenaje del municipio 0.00 Derechos por expedición de certificados y constancias 187,588.71 Derechos por servicios de rastro y lugares autorizados 1,954.54

Derechos por servicios de panteones 188,774.17

Derechos por servicios de recolección, transporte y disposición final de desechos sólidos 3,907,849.63

Derechos por limpieza de predios no edificados 181.82 Derechos por prestación de servicios de supervisión técnica sobre explotación de bancos de material 0.00

Derechos por servicios prestados por la tesorería 1,345,646.50

Derechos por servicios del registro civil 1,580,844.38

Derechos en material de tránsito municipal 0.00

Derechos en material de salud animal 0.00

Accesorios 0.00

Accesorios de derechos 0.00 Derechos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 0.00

Derechos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

PRODUCTOS 211,194.42

Productos de tipo corriente 173,608.35 Productos derivados del uso y aprovechamiento de bienes no sujetos a régimen de dominio público 173,608.35 Enajenación de bienes muebles no sujetos a ser inventariados 0.00

Accesorios de productos 0.00

Otros productos que generan ingresos corrientes 0.00

Productos de capital 0.00

Terrenos 0.00

Viviendas 0.00

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 57

Page 58: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Edificios no habitacionales 0.00

Otros bienes inmuebles 0.00

Mobiliario y equipo de administración 0.00

Mobiliario y equipo educacional y recreativo 0.00

Equipo e instrumental médico y de laboratorio 0.00

Vehículos y equipo de transporte 0.00

Equipo de defensa y seguridad 0.00

Maquinaria, otros equipos y herramientas 0.00

Colecciones, obras de arte y objetos valiosos 0.00

Activos biológicos 0.00

Software 0.00

Patentes, marcas y derechos 0.00

Concesiones y franquicias 0.00

Licencias 0.00

Otros activos intangibles 0.00 Productos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 37,586.07

Productos de ejercicios fiscales anteriores 37,586.07

APROVECHAMIENTOS 4,159,241.16

Aprovechamientos de tipo corriente 4,159,241.16

Incentivos derivados de la colaboración fiscal 3,740.58

Multas 3,857,500.58

Indemnizaciones 0.00

Reintegros 0.00 Aprovechamientos provenientes de obras públicas 0.00 Aprovechamientos por participaciones de la aplicación de leyes 0.00 Aprovechamientos por aportaciones y cooperaciones 0.00

Accesorios de aprovechamientos 0.00

Otros aprovechamientos 298,000.00 Aprovechamientos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0.00 Aprovechamientos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

INGRESOS POR VENTA DE BIENES Y SERVICIOS 0.00 Ingresos por venta de bienes y servicios de organismos descentralizados 0.00

Servicios 0.00

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00 Ingresos de operación de entidades paraestatales empresariales y no financieras 0.00 0.00 Ingresos por venta de bienes y servicios producidos en establecimientos del gobierno 0.00

Página 58 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 59: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Servicios 0.00

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00

PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 169,965,688.00

Participaciones 90,185,660.00

Participaciones federales 90,185,660.00

Aportaciones 79,780,028.00

Aportaciones federales 79,780,028.00

Seguridad pública ramo 036 0.00

Aportaciones de otros programas 0.00

Convenios 0.00

Ingresos extraordinarios 0.00

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 0.00 Transferencias internas y asignaciones al sector público 0.00

Transferencias para apoyos de programas 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Ayudas sociales 0.00

Ayudas sociales a personas 0.00 Becas y otras ayudas para programas de capacitación 0.00 Ayudas sociales a actividades científicas o académicas 0.00 Ayudas para desastres naturales y otros siniestros 0.00

INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTO 0.00

Endeudamiento interno 0.00

Deuda pública interna 0.00

RESUMEN

Recursos Fiscales 29,923,383.91

Ingresos propios 0.00

Recursos provenientes de la Federación 169,965,688.00

Recursos provenientes de financiamientos 0.00

Otros recursos 0.00

TOTAL DE INGRESOS ORDINARIOS 199,889,071.91

Artículo 2.- A los ingresos descritos en el artículo anterior se adicionarán los extraordinarios. Artículo 3.- El Ayuntamiento de este Municipio reportará en sus cuentas públicas todos los ingresos que perciba por los conceptos a que se refiere esta Ley, aun aquellos que, en razón de no generarse ordinariamente o de no existir

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 59

Page 60: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

los antecedentes necesarios para estimar las cantidades a recaudar, aparezcan cuantificados en cero. Artículo 4.- Los ingresos señalados en este ordenamiento se regirán, conforme a lo establecido por el Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y demás legislación aplicable. Artículo 5.- El impuesto predial se causará, liquidará y pagará de acuerdo con la siguiente: T A R I F A T A S A (al millar)

I. Predios Urbanos Construidos 0.950 II. Predios Urbanos Baldíos 1.533 III. Predios Suburbanos Construidos 0.665 IV. Predios Suburbanos Baldíos 1.073 V. Predios Rurales Particulares 1.705 VI. Predios Rurales Ejidales 0.001

Artículo 6.- El Impuesto Sobre Traslación de Dominio de Bienes Inmuebles se causará, liquidará y pagará aplicando a la base gravable determinada, la tasa de cinco al millar. Artículo 7.- El Impuesto Sobre Espectáculos Públicos se causará, liquidará y pagará sobre la base que en cada caso corresponda, conforme a las tarifas o tasas siguientes: I. Carpas de representaciones teatrales, de fantoches, títeres, óptica, fenómenos animales, enanos, bufos, etc., el tres por ciento sobre la entrada bruta;

II. Circos, el tres por ciento sobre la entrada bruta; III. Espectáculos deportivos:

a) Box, lucha libre y otros similares, el diez por ciento sobre la entrada bruta;

b) Carreras de automóviles, caballos, perros, bicicletas y motocicletas, el diez por ciento sobre la entrada bruta;

c) Béisbol, fútbol, básquetbol, tenis, pelota vasca y otros juegos de pelota, el ocho por ciento sobre la entrada bruta. IV. Corridas de toros, becerradas, novilladas, jaripeos, peleas de gallos y otros espectáculos similares, el diez por ciento sobre los ingresos brutos obtenidos; V. Representaciones teatrales de comedias, drama, ópera, opereta, zarzuela, revista, vodevil, variedades, ballet o revistas sobre hielo o acuáticas, conciertos

Página 60 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 61: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

y conferencias, el tres por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo; VI. Exhibiciones y concursos, el cinco por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo; VII. Espectáculos nocturnos diferentes a los anteriores, el diez por ciento sobre la entrada bruta; y VIII. Los no previstos en las fracciones anteriores, el diez por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo. Cuando el espectáculo se realice en beneficio de instituciones de asistencia pública legalmente constituidas, se aplicará la tasa del tres por ciento sobre el precio del boleto. Artículo 8.- El Impuesto Sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos se causará, liquidará y pagará, aplicando a la base gravable determinada, la tasa del veinte por ciento sobre el valor nominal total de los boletos o billetes vendidos o, cuando el mismo no pueda determinarse, sobre el valor total de los premios ofrecidos. Las personas que obtengan premios por participar en loterías, rifas, sorteos o concursos pagarán una tasa del seis por ciento sobre el monto total del ingreso obtenido. Artículo 9.- El Impuesto Sobre Juegos Permitidos se causará y pagará conforme a la tarifa mensual de 0.25 salarios mínimos por mesa o máquina de juego. Artículo 10.- La Contribución Adicional sobre Ingresos Municipales se causará y pagará, aplicando a la base que corresponda, las tarifas o tasas siguientes: I. Siete y medio por ciento adicional sobre el impuesto predial; II. Diez por ciento adicional sobre los impuestos sobre espectáculos públicos; sobre juegos permitidos y sobre fraccionamientos; y III. Diez por ciento adicional sobre los derechos y productos que establece el Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Artículo 11.- El Impuesto Sobre Fraccionamientos se causará, liquidará y pagará aplicando a la base gravable determinada la tasa de uno al millar. Artículo 12.- Los Derechos por Registro y Refrendo Anual de toda actividad económica se causarán y pagarán, en salarios mínimos, conforme a lo siguiente: I. Por la expedición de licencias, permisos o autorizaciones para el funcionamiento de establecimientos o locales con giros comerciales que enajenen o expendan bebidas alcohólicas, se pagarán las cuotas siguientes:

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 61

Page 62: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Giro Costo de la licencia en número de salarios

mínimos: Abarrotes con venta de cerveza 35 Abarrotes con venta de cerveza, vinos y licores 100 Agencias 250 Almacenes o Distribuidores 250 Billares 200 Cantinas o bares 200 Centros de eventos sociales 250 Centros deportivos o recreativos 250 Centros nocturnos y cabarets 1,000 Cervecerías 100 Clubes sociales 175 Depósitos 75 Discotecas 625 Hoteles y moteles 200 Kermeses, ferias y bailes públicos 125 Licorerías 115 Loncherías, taquerías, marisquerías, fondas, coctelerías, torterías, pizzerías y similares

75

Minisúper 150 Peñas, canta bar, café bar, vídeo bar y café cantante

150

Restaurante 150 Restaurante-bar 200 Servicar 150 Supermercados 250

II.- Por anuncios comerciales y publicidad se cobrará por la autorización respectiva, de acuerdo a las cuotas siguientes: a) Por la colocación de anuncios comerciales en la vía pública o tenga efectos sobre ésta, repercutiendo en la imagen urbana, de cuatro a ocho salarios mínimos, anualmente; b) Por la colocación eventual de anuncios comerciales en la vía pública o tenga efectos sobre ésta, repercutiendo en la imagen urbana, dos salarios mínimos por evento; c) Por el anuncio de eventos en altavoz móvil, dos salarios mínimos por evento; y d) Por la colocación de anuncios comerciales en el interior o exterior de vehículos en los que se preste el servicio de transporte público de pasajeros, tres salarios mínimos, anualmente. Artículo 13.- Los derechos por obras materiales se causarán y pagarán, en salarios mínimos, conforme a las siguientes cuotas: I. Por derechos de alineamiento de predios, calculados sobre el total de metros lineales que tenga el terreno frente a la vía pública, en términos de la normatividad aplicable, conforme a los usos y rangos en metros lineales siguientes:

Página 62 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 63: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Si el terreno es de uso:

Habitacional, de categoría De 1 a 10 ML

Salarios Mínimos Residencial 3 Medio 2 Interés Social 1.5 Popular 1

De más de 10 a 50 ML Salarios Mínimos

Residencial 3.5 Medio 3 Interés Social 2.5 Popular 2

De más de 50 ML Salarios Mínimos

Residencial 4 Medio 3.5 Interés Social 2.5 Popular 2

Si el terreno es de uso: De 1 a 10 ML.

Salarios Mínimos Comercial 4 Industrial 4 Agropecuario 3 De servicio 2

De más de 10 a 50 ML Salarios Mínimos

Comercial 5 Industrial 5 Agropecuario 4 De servicio 2.5

De más de 50 ML. Salarios Mínimos

Comercial 6 Industrial 6 Agropecuario 5 De servicio 3

II. Por asignación de número oficial e inspección de predios, cada uno: Si el terreno es de uso:

Habitacional, de categoría Salarios Mínimos

Residencial 2

Medio 1.5

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 63

Page 64: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Interés Social 1

Popular 0.5

Si el terreno es de uso:

Comercial 2

Industrial 2

Agropecuario 1

De servicio 1

III. Por licencias: a) De construcción de bardas, con excepción de las colindantes con la vía pública, conforme a los usos y rangos en metros lineales siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 20 ML Salarios Mínimos

Residencial 4 Medio 3 Interés Social 1 Popular 1

De más de 20 a 50 ML

Salarios Mínimos

Residencial 5 Medio 4 Interés Social 3 Popular 1.5

De más de 50 a 100 ML

Salarios Mínimos

Residencial 6 Medio 5 Interés Social 4 Popular 2

De 100 a 200 ML

Salarios Mínimos

Residencial 7 Medio 6 Interés Social 5 Popular 3

De más de 200 a 500 ML Salarios Mínimos

Página 64 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 65: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Residencial 8 Medio 7 Interés Social 6 Popular 4

De más de 500 ML Salarios Mínimos

Residencial 9 Medio 8 Interés Social 7 Popular 5

Si el terreno es de uso:

1 a 20 ML Salarios Mínimos

Comercial 5 Industrial 5 Agropecuario 1 De servicio 3

De más de 20 a 50 ML Salarios Mínimos

Comercial 6 Industrial 6 Agropecuario 1.5 De servicio 4

De más de 50 a 100 ML Salarios Mínimos

Comercial 7 Industrial 7 Agropecuario 2 De servicio 5

De más de 100 a 200 ML Salarios Mínimos

Comercial 8 Industrial 8 Agropecuario 3 De servicio 6

De más de 200 a 500 ML Salarios Mínimos

Comercial 10 Industrial 10 Agropecuario 4 De servicio 7

De más de 500 ML Salarios Mínimos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 65

Page 66: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 15 Industrial 15 Agropecuario 5 De servicio 8

b) De construcción o ampliación, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: De 1 a 40 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 0Popular 0

De más de 40 a 60 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 6Interés Social 0Popular 0

De más de 60 a 80 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 3Popular 2

De 80 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 4Popular 3

De más de 100 a 150 M2 Salarios Mínimos

Residencial 14Medio 12Interés Social 5Popular 4

De más de 150 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 16Medio 14Interés Social 6Popular 5

De 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20

Página 66 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 67: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Medio 18Interés Social 0Popular 0

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 0Popular 0

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 22Interés Social 0Popular 0

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 40Medio 24Interés Social 0Popular 0

Si el terreno es de uso:

De 1 a 40 M2 Salarios Mínimos

Comercial 9Industrial 8Agropecuario 2De servicio 3

De más de 40 a 60 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 3De servicio 4

De más de 60 a 80 M2 Salarios Mínimos

Comercial 12Industrial 12Agropecuario 4De servicio 5

De 80 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 14Industrial 14Agropecuario 5De servicio 6

De más de 100 a 150 M2 Salarios Mínimos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 67

Page 68: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 16Industrial 16Agropecuario 10De servicio 7

De más de 150 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 18Industrial 18Agropecuario 15De servicio 8

De 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 10De servicio 10

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 20De servicio 15

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 20De servicio 20

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 50Industrial 50Agropecuario 40De servicio 30

c) Para fusionar, subdividir o relotificar, en términos de la normatividad aplicable, sobre el total de la superficie, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Página 68 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 69: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Residencial 4Medio 2Interés Social 1.5Popular 1

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 4

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 10Popular 6

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 10

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

Si el terreno es de uso:

De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 5Industrial 5Agropecuario 1De servicio 2

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 2De servicio 4

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 69

Page 70: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 4De servicio 8

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 6De servicio 15

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 10De servicio 20

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 15De servicio 25

d) Para fraccionamientos de terrenos, en términos de la normatividad aplicable, sobre el área total a fraccionar o lotificar, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 2Interés Social 1.5Popular 1

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 4

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Página 70 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 71: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Residencial 20Medio 15Interés Social 10Popular 6

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 10

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

Si el terreno es de uso: De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 5Industrial 5Agropecuario 1De servicio 2

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 2De servicio 4

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 4De servicio 8

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 6De servicio 15 De más de 5,000 a 10,000 M2

Salarios MínimosComercial 30Industrial 30Agropecuario 10De servicio 20

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 71

Page 72: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Industrial 40Agropecuario 15De servicio 25

e) Por demoliciones, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 50 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 6Interés Social 5Popular 4

De más de 50 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 5

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 8Popular 6

De más de 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 15Medio 12Interés Social 8Popular 6

Si el terreno es de uso: De 1 a 50 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 4De servicio 8

De más de 50 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 5De servicio 10

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20

Página 72 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 73: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Industrial 20Agropecuario 10De servicio 12

De más de 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 20De servicio 15

f) Por la construcción de albercas y depósitos de agua, por metro cúbico o fracción, 0.25 salarios mínimos.

g) Por la construcción de tanques subterráneos para almacenamiento de material peligroso, por metro cúbico o fracción, 0.50 salarios mínimos.

h) Para la conversión al régimen de propiedad en condominio, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 5Interés Social 3Popular 2

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 8Interés Social 5Popular 3

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 15Medio 12Interés Social 8Popular 5

De más de 300 a 400 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 12Popular 8

De más de 400 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 73

Page 74: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Medio 20Interés Social 15Popular 12

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 35Medio 30Interés Social 25Popular 20

Si el terreno es de uso: De 1 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 2De servicio 5

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 3De servicio 8

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 5De servicio 12

De más de 300 a 400 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 8De servicio 15

De más de 400 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 12De servicio 20

De más de 500 a 1000 M2 Salarios Mínimos

Página 74 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 75: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 35Industrial 35Agropecuario 15De servicio 25

De más de 1000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 20De servicio 30

i) De uso de suelo, según la clasificación siguiente:

Salarios MínimosVivienda 0.05Industria 0.10Comercio 0.30Servicios 0.20

j) De cambio de uso de suelo, cuando el Municipio contare con un Programa de Ordenamiento Urbano, en términos de la normatividad aplicable, se pagará el cincuenta por ciento de la cuota establecida para una licencia de uso de suelo. k) De uso de suelo de tipo agropecuario, debidamente acreditado, por la totalidad de la construcción: 1 salario mínimo.

IV. Por deslinde de predios:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 3Medio 3Interés Social 2Popular 1.5

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 8Interés Social 5Popular 3

De más de 500 a 1000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 75

Page 76: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Medio 10Interés Social 8Popular 6

De más de 1000 a 3000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 12Popular 8

De más de 3000 a 5000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 50Medio 40Interés Social 15Popular 12

De más de 5000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 80Medio 70Interés Social 20Popular 15

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 100Medio 90Interés Social 25Popular 20

Si el terreno es de uso: De 1 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 4Industrial 4Agropecuario 1.5De servicio 3

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 6Industrial 6Agropecuario 2De servicio 4

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 3De servicio 8

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 12

Página 76 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 77: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Industrial 12Agropecuario 6De servicio 10

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 8De servicio 20

De más de 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 50Agropecuario 12De servicio 40

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 60Industrial 60Agropecuario 15De servicio 70

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 120Industrial 120Agropecuario 20De servicio 90

V. Por registro, estudio y aprobación de planos y proyectos de construcción, remodelación o ampliación: Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

Salarios Mínimos

Residencial 2Medio 1.5Interés Social 1Popular 0.50

Si el terreno es de uso:

Salarios MínimosComercial 2Industrial 2Agropecuario 1De servicio 1

La modificación de proyectos también causará derechos, a razón de un cincuenta por ciento sobre las cuotas que correspondan.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 77

Page 78: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Artículo 14.- Los derechos por expedición de certificados, constancias y otros servicios, se causarán y pagarán conforme a las cuotas siguientes: I. Certificado o certificaciones expedidos por funcionarios o empleados municipales, incluyendo la búsqueda de datos para expedirlos, por cada certificado, de 0.50 a 1 salario mínimo. II. Copias de documentos que obren en los archivos de oficinas municipales:

a) Por hoja escrita a doble espacio en ambas caras, 0.25 salarios mínimos.

b) Por hoja que indica el inciso anterior, escrita a un espacio por ambas caras, 0.30 salarios mínimos.

c) En los casos a que se refieren los incisos anteriores, cuando se escriba por una sola cara de la hoja, 0.25 salarios mínimos. En el caso a que se refiere esta fracción, además de los derechos que establecen los incisos que anteceden, se cobrará por la búsqueda de los documentos de los que deba sacarse copia cuando el interesado no proporcione los datos exactos para su localización, por cada año que comprenda la busca, 0.25 salarios mínimos. III. Evaluación de impacto ambiental, veinte salarios mínimos. IV. Por solicitudes de información conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado: a) Por copias simples o impresos por medio de dispositivo informático, por cada hoja tamaño carta u oficio: 0.02 salarios mínimos;

b) Por copias certificadas distintas a las señaladas en las fracciones anteriores, por cada hoja o fracción: 0.02 salarios mínimos; y

c) Por información grabada en disco de 3.5 pulgadas o disco compacto, por copia: 0.03 salarios mínimos Artículo 15.- Por la prestación de servicios que se proporcionan en los rastros públicos municipales se causarán derechos conforme a las cuotas siguientes: I. Bovino, por cada animal: 1.5 a 3.0 salarios mínimos; II. Porcino y equino, por cada animal: 0.5 a 1.0 salarios mínimos; III. Ovino y caprino, por cada animal: 0.2 a 0.4 salarios mínimos; IV. Aves y otras especies menores, por cada animal: 0.01 a 0.02 salarios mínimos; V. Por uso de corrales después de transcurridas cuarenta y ocho horas del ingreso del animal, por día o fracción se pagará el diez por ciento de las cantidades señaladas en las fracciones anteriores; y

Página 78 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 79: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

VI. Por uso de frigoríficos, después de transcurridas veinticuatro horas del ingreso del animal, por día o fracción se pagará el diez por ciento de las cantidades señaladas en las fracciones anteriores

Artículo 16.- Los Derechos por Servicios de Panteones se pagarán en salarios mínimos, conforme a las cuotas siguientes: I. Inhumaciones por siete años y refrendo de fosas 1 II. Inhumaciones en fosas a perpetuidad 3 III. Depósito de restos en osario por una temporalidad de 7 años 1 IV. Depósito de restos en el osario a perpetuidad 3 V. Construcción, reconstrucción, ampliación o modificación de monumentos, criptas o fosas

1

VI. Inhumación de restos, apertura o cierre de gavetas y demás operaciones semejantes

1

VII. Exhumaciones 1 VIII. Reinhumaciones 1 IX. Cremaciones 35

Artículo 17.- Los Derechos por Servicios de Recolección, Transporte y Disposición Final de Desechos Sólidos se causarán y pagarán mensualmente, de conformidad con las cuotas siguientes:

I. Por cada inmueble destinado a uso habitacional, de tipo:

Salarios mínimos Residencial 0.5 Medio 0.4 Interés social 0.3 Popular 0.2

II. Por cada industria o comercio, así como empresas que presenten espectáculos públicos, 0.008 salarios mínimos por kilogramo o 0.010 salarios mínimos por metro cúbico, sin que en ningún caso la cuota resulte menor a la establecida para inmuebles de uso habitacional de tipo residencial. Artículo 18.- Los Derechos por la Prestación de Servicios de Supervisión Técnica sobre la Explotación de Bancos de Material se pagarán 0.01 salarios mínimos, por metro cúbico o fracción de material extraído. En el caso de que no sea posible determinar el volumen de material extraído, este derecho se pagará a razón de un salario mínimo diario.

Artículo 19.- Los Derechos por Servicios Prestados por la Tesorería se causarán y pagarán de conformidad con las cuotas que en cada caso se señalan:

I. Rectificación o cancelación de los datos asentados en la declaración inicial de traslado de dominio, a solicitud del interesado, 1 salario mínimo.

II. Expedición de una Cédula Catastral, 7 salarios mínimos. III. Expedición de un Certificado de Valor Catastral o Catastral Provisional, 10 salarios mínimos.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 79

Page 80: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

IV. Expedición de una constancia de datos catastrales, 3 salarios mínimos;

V. Expedición de cartografía catastral propiedad del Municipio:

a) Copias en papel heliográfico o bond por plano general de localidad, con curvas de nivel al metro y cuotas de crucero, en escala 1:2,000, por hoja, 4.5 salarios mínimos.

b) Copias en papel heliográfico o bond por plano general de localidad, en escalas aproximadas 1:4,000, 1:5,000, 1:7,500 y 1:10,000, 3 salarios mínimos.

c) Copias en papel heliográfico o bond por plano manzanero de localidades catastradas, en escala 1:500 ó 1:1,000:

1.-De 1 hasta 100 planos, por plano, 4.5 salarios mínimos. 2.-De 101 planos en adelante, por plano, 3 salarios mínimos. d) Copias del plano de región catastral, sin escala, con nomenclatura y valores catastrales del suelo urbano, por hoja, 3 salarios mínimos.

e) Copias del plano perimetral tamaño carta de un predio registrado en la cartografía catastral urbana, en escala 1:500, por plano. 3 salarios mínimos. f) Cartografía digital en escala 1:1,000 en formatos DXF., DWG. y ARC/INFO., por km2:

1.-Cobertura de manzanas, 22 salarios mínimos. 2.-Cobertura de predios, 64 salarios mínimos. 3.-Cobertura de construcciones, 64 salarios mínimos. 4.-Cobertura de curvas de nivel a cada metro, 10 salarios mínimos. g) Copias de contacto de fotografías aéreas, en escalas 1:4,500 1:10,000 y 1:20,000: 1.-En papel bond, imagen blanco y negro, en formato 23 x 23 cm., por copia, 1 salario mínimo.

2.-Grabada con escáner e impresión en papel bond, blanco y negro, en formato 23 x 23 cm., por copia. 1.1 salario mínimo. 3.-Grabada en disco compacto o en memoria USB, que en su caso aporte el solicitante, por copia, 3.8 salarios mínimo.

VI. Por la certificación de cada plano catastral propiedad del Municipio, 3 salarios mínimos.

VII. La certificación de documentos públicos que obran en el archivo de la tesorería, 1 salario mínimo.

Artículo 20.- Los Derechos por los Servicios del Registro Civil se causarán y pagarán, en salarios mínimos, de acuerdo a las cuotas siguientes:

Página 80 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 81: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

I. Por la expedición de copias de actas del Registro Civil, incluyendo el papel sellado, uno; II. Registro de nacimientos ordinarios y extemporáneos, uno; III. Reconocimiento de hijos, uno; IV. Adopciones, uno; V. Celebración de matrimonios en oficina, uno; VI. Celebración de matrimonios a domicilio, veinte; VII. Inscripción de sentencias, diez; y VIII. Divorcios, quince.

Artículo 21.- Los derechos por la ocupación de inmuebles del dominio público, se calcularán y pagarán de conformidad con las cuotas siguientes: I. Por la ocupación de espacios en mercados municipales se pagará diariamente, por metro cuadrado, de 0.01 a 0.05 salarios mínimos; II. La ocupación de espacios en vía pública o áreas municipales, exceptuando las áreas verdes, se pagará diariamente, por metro cuadrado o fracción, previa autorización correspondiente, a razón de 0.01 a 0.05 salarios mínimos; III. La ocupación temporal de la vía pública o áreas municipales, exceptuando las áreas verdes, por vehículos, aparatos mecánicos o electromecánicos, por tianguis, ferias o similares, se pagará diariamente, por metro cuadrado o fracción, a razón de 0.05 a 0.125 salarios mínimos; y

IV. El estacionamiento en la vía pública se pagará, mediante utilización de parquímetros, a razón de 0.125 salarios mínimos por hora o fracción. Artículo 22.- Las Contribuciones por Mejoras se causarán, liquidarán y pagarán de conformidad con lo establecido por el artículo 253 y demás relativos del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Artículo 23.- En materia de Productos y Aprovechamientos se estará a lo dispuesto en los Títulos Cuarto y Quinto del Libro Tercero del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Artículo 24.- Los rezagos por concepto de contribuciones o aprovechamientos señalados en esta Ley se cobrarán y recaudarán de acuerdo con las disposiciones legales vigentes al momento de su causación. Artículo 25.- El pago extemporáneo de créditos fiscales causará recargos, que se cobrarán a razón del 2.5% por cada mes o fracción, independientemente de las sanciones que, en su caso, correspondan al infractor. Artículo 26.- Cuando se otorguen prórrogas para el pago de los créditos fiscales municipales se causarán intereses, a una tasa del 1.25% mensual sobre el monto de los saldos insolutos de los créditos prorrogados.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 81

Page 82: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Artículo 27.- El Municipio deberá registrar sus operaciones con base en el Clasificador por Rubros de Ingresos y en el Clasificador por Objeto del Gasto, derivados de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

T R A N S I T O R I O S ARTÍCULO ÚNICO.- La presente Ley entrará en vigor el día 1° de enero de 2015, previa publicación en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. DADA EN EL SALÓN DE SESIONES DE LA LXIII LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA – ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE. ANILÚ INGRAM VALLINES DIPUTADA PRESIDENTA

ANA CRISTINA LEDEZMA LÓPEZ DIPUTADA SECRETARIA

RÚBRICA.

RÚBRICA.

Página 82 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 83: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

LA SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 26, FRACCIÓN I INCISO b), 33, FRACCIÓN I, 38 Y 71, FRACCIÓN V, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO; 107 DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE; 6 FRACCIÓN I INCISO b), 18, FRACCIÓN I Y 47 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER LEGISLATIVO; 75 Y 76 DEL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL PODER LEGISLATIVO, Y EN NOMBRE DEL PUEBLO, EXPIDE LA SIGUIENTE:

Ley Número 429

DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE MECATLÁN, DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, CORRESPONDIENTE AL

EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2015.

Artículo 1.- Para el ejercicio fiscal del año 2015, la Hacienda Pública del Municipio de MECATLÁN, del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, percibirá los ingresos provenientes de los conceptos señalados en la presente Ley, que se destinarán a cubrir el gasto público, en las cantidades estimadas que a continuación se señalan:

Monto en pesos

TOTAL PROYECTO DE LEY DE INGRESOS 43,887,549.75

IMPUESTOS 627,293.39

Impuestos sobre los ingresos 0.00

Impuesto sobre espectáculos públicos 0.00Impuesto sobre loterías, rifas, sorteos y concursos 0.00

Impuesto sobre juegos permitidos 0.00

Impuesto sobre el patrimonio 414,349.07

Impuesto predial 414,224.07Impuesto sobre traslación de dominio de bienes inmuebles 125.00

Impuestos sobre fraccionamiento 0.00

Accesorios 2,381.69

Accesorios de impuestos 2,381.69

Otros impuestos 47,256.81

Contribución adicional sobre ingresos municipales 47,256.81Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales pendientes de liquidación o pago. 163,305.82

Impuestos de ejercicios fiscales anteriores 163,305.82

CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 558.14

Contribuciones de mejoras por obras públicas 558.14

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 83

Page 84: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Obras públicas de tipo corriente 558.14

Accesorios de contribuciones de mejoras 0.00Contribuciones de mejoras no comprendidas en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 0.00Contribuciones de mejoras de ejercicios fiscales anteriores 0.00

DERECHOS 172,502.84

Derechos por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bienes de dominio público 17,443.11Derechos por ocupación de inmuebles de dominio público 17,443.11

Derechos por prestación de servicios 155,059.73Derechos por registro y refrendo anual de toda actividad económica 640.00

Derechos por obras materiales 0.00Derechos por los servicios de agua potable y drenaje del municipio 0.00Derechos por expedición de certificados y constancias 54,863.49Derechos por servicios de rastro y lugares autorizados 0.00

Derechos por servicios de panteones 1,466.22

Derechos por servicios de recolección, transporte y disposición final de desechos sólidos 0.00

Derechos por limpieza de predios no edificados 0.00Derechos por prestación de servicios de supervisión técnica sobre explotación de bancos de material 0.00

Derechos por servicios prestados por la tesorería 0.00

Derechos por servicios del registro civil 98,090.02

Derechos en material de tránsito municipal 0.00

Derechos en material de salud animal 0.00

Accesorios 0.00

Accesorios de derechos 0.00Derechos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 0.00

Derechos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

PRODUCTOS 30,777.53

Productos de tipo corriente 30,777.53Productos derivados del uso y aprovechamiento de bienes no sujetos a régimen de dominio público 0.00Enajenación de bienes muebles no sujetos a ser inventariados 0.00

Accesorios de productos 0.00

Otros productos que generan ingresos corrientes 30,777.53

Productos de capital 0.00

Terrenos 0.00

Viviendas 0.00

Página 84 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 85: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Edificios no habitacionales 0.00

Otros bienes inmuebles 0.00

Mobiliario y equipo de administración 0.00

Mobiliario y equipo educacional y recreativo 0.00

Equipo e instrumental médico y de laboratorio 0.00

Vehículos y equipo de transporte 0.00

Equipo de defensa y seguridad 0.00

Maquinaria, otros equipos y herramientas 0.00

Colecciones, obras de arte y objetos valiosos 0.00

Activos biológicos 0.00

Software 0.00

Patentes, marcas y derechos 0.00

Concesiones y franquicias 0.00

Licencias 0.00

Otros activos intangibles 0.00Productos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0.00

Productos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

APROVECHAMIENTOS 9,415.85

Aprovechamientos de tipo corriente 9,415.85

Incentivos derivados de la colaboración fiscal 0.00

Multas 9,415.85

Indemnizaciones 0.00

Reintegros 0.00Aprovechamientos provenientes de obras públicas 0.00Aprovechamientos por participaciones de la aplicación de leyes 0.00Aprovechamientos por aportaciones y cooperaciones 0.00

Accesorios de aprovechamientos 0.00

Otros aprovechamientos 0.00Aprovechamientos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0.00Aprovechamientos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

INGRESOS POR VENTA DE BIENES Y SERVICIOS 0.00Ingresos por venta de bienes y servicios de organismos descentralizados 0.00

Servicios 0.00

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00Ingresos de operación de entidades paraestatales empresariales y no financieras 0.00 0.00Ingresos por venta de bienes y servicios producidos en establecimientos del gobierno 0.00

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 85

Page 86: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Servicios 0.00

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00

PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 43,047,002.00

Participaciones 13,097,751.00

Participaciones federales 13,097,751.00

Aportaciones 29,949,251.00

Aportaciones federales 29,949,251.00

Seguridad pública ramo 036 0.00

Aportaciones de otros programas 0.00

Convenios 0.00

Ingresos extraordinarios 0.00

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 0.00Transferencias internas y asignaciones al sector público 0.00

Transferencias para apoyos de programas 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Ayudas sociales 0.00

Ayudas sociales a personas 0.00Becas y otras ayudas para programas de capacitación 0.00Ayudas sociales a actividades científicas o académicas 0.00Ayudas para desastres naturales y otros siniestros 0.00

INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTO 0.00

Endeudamiento interno 0.00

Deuda pública interna 0.00

RESUMEN

Recursos Fiscales 840,547.75

Ingresos propios 0.00

Recursos provenientes de la Federación 43,047,002.00

Recursos provenientes de financiamientos 0.00

Otros recursos 0.00

TOTAL DE INGRESOS ORDINARIOS 43,887,549.75

Artículo 2.- A los ingresos descritos en el artículo anterior se adicionarán los extraordinarios.

Página 86 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 87: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Artículo 3.- El Ayuntamiento de este Municipio reportará en sus cuentas públicas todos los ingresos que perciba por los conceptos a que se refiere esta Ley, aun aquellos que, en razón de no generarse ordinariamente o de no existir los antecedentes necesarios para estimar las cantidades a recaudar, aparezcan cuantificados en cero.

Artículo 4.- Los ingresos señalados en este ordenamiento se regirán, conforme a lo establecido por el Código Hacendario para el Municipio de MECATLÁNy demás legislación aplicable.

Artículo 5.- El impuesto predial se causará, liquidará y pagará de acuerdo con la siguiente:

T A R I F A T A S A (al millar)

I. Predios Urbanos Construidos 0.767II. Predios Urbanos Baldíos 2.875III. Predios Suburbanos Construidos 0.537IV. Predios Suburbanos Baldíos 2.013V. Predios Rurales Particulares 4.000VI. Predios Rurales Ejidales 0.000

Artículo 6.- El Impuesto Sobre Traslación de Dominio de Bienes Inmuebles se causará, liquidará y pagará aplicando a la base gravable determinada, la tasa de cinco al millar.

Artículo 7.- El Impuesto Sobre Espectáculos Públicos se causará, liquidará y pagará sobre la base que en cada caso corresponda, conforme a las tarifas o tasas siguientes:

I. Carpas de representaciones teatrales, de fantoches, títeres, óptica, fenómenos animales, enanos, bufos, etc., el tres por ciento sobre la entrada bruta;

II. Circos, el tres por ciento sobre la entrada bruta;

III. Espectáculos deportivos:

a) Box, lucha libre y otros similares, el diez por ciento sobre la entrada bruta;

b) Carreras de automóviles, caballos, perros, bicicletas y motocicletas, el diez por ciento sobre la entrada bruta;

c) Béisbol, fútbol, básquetbol, tenis, pelota vasca y otros juegos de pelota, el ocho por ciento sobre la entrada bruta.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 87

Page 88: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

IV. Corridas de toros, becerradas, novilladas, jaripeos, peleas de gallos y otros espectáculos similares, el diez por ciento sobre los ingresos brutos obtenidos;

V. Representaciones teatrales de comedias, drama, ópera, opereta, zarzuela, revista, vodevil, variedades, ballet o revistas sobre hielo o acuáticas, conciertos y conferencias, el tres por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo;

VI. Exhibiciones y concursos, el cinco por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo;

VII. Espectáculos nocturnos diferentes a los anteriores, el diez por ciento sobre la entrada bruta; y

VIII. Los no previstos en las fracciones anteriores, el diez por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo.

Cuando el espectáculo se realice en beneficio de instituciones de asistencia pública legalmente constituidas, se aplicará la tasa del tres por ciento sobre el precio del boleto.

Artículo 8.- El Impuesto Sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos se causará, liquidará y pagará, aplicando a la base gravable determinada, la tasa del veinte por ciento sobre el valor nominal total de los boletos o billetes vendidos o, cuando el mismo no pueda determinarse, sobre el valor total de los premios ofrecidos.

Las personas que obtengan premios por participar en loterías, rifas, sorteos o concursos pagarán una tasa del seis por ciento sobre el monto total del ingreso obtenido.

Artículo 9.- El Impuesto Sobre Juegos Permitidos se causará y pagará conforme a la tarifa mensual de 0.25 salarios mínimos por mesa o máquina de juego.

Artículo 10.- La Contribución Adicional sobre Ingresos Municipales se causará y pagará, aplicando a la base que corresponda, las tarifas o tasas siguientes:

I. Siete y medio por ciento adicional sobre el impuesto predial;

II. Diez por ciento adicional sobre los impuestos sobre espectáculos públicos; sobre juegos permitidos y sobre fraccionamientos; y

Página 88 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 89: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

III. Diez por ciento adicional sobre los derechos y productos que establece el Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Artículo 11.- El Impuesto Sobre Fraccionamientos se causará, liquidará y pagará aplicando a la base gravable determinada la tasa de uno al millar.

Artículo 12.- Los Derechos por Registro y Refrendo Anual de toda actividad económica se causarán y pagarán, en salarios mínimos, conforme a lo siguiente:

I. Por la expedición de licencias, permisos o autorizaciones para el funcionamiento de establecimientos o locales con giros comerciales que enajenen o expendan bebidas alcohólicas, se pagarán las cuotas siguientes:

Giro Costo de la licencia en número de

salarios mínimos: Abarrotes con venta de cerveza 35 Abarrotes con venta de cerveza, vinos y licores 100 Agencias 250 Almacenes o Distribuidores 250 Billares 200 Cantinas o bares 200 Centros de eventos sociales 250 Centros deportivos o recreativos 250 Centros nocturnos y cabarets 1,000 Cervecerías 100 Clubes sociales 175 Depósitos 75 Discotecas 625 Hoteles y moteles 200 Kermeses, ferias y bailes públicos 125 Licorerías 115 Loncherías, taquerías, marisquerías, fondas, coctelerías, torterías, pizzerías y similares

75

Minisúper 150 Peñas, canta bar, café bar, video bar y café cantante

150

Restaurante 150 Restaurante-bar 200 Servicar 150 Supermercados 250

II.- Por anuncios comerciales y publicidad se cobrará por la autorización respectiva, de acuerdo a las cuotas siguientes:

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 89

Page 90: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

a) Por la colocación de anuncios comerciales en la vía pública o tenga efectos sobre ésta, repercutiendo en la imagen urbana, de cuatro a ocho salarios mínimos, anualmente;

b) Por la colocación eventual de anuncios comerciales en la vía pública o tenga efectos sobre ésta, repercutiendo en la imagen urbana, dos salarios mínimos por evento;

c) Por el anuncio de eventos en altavoz móvil, dos salarios mínimos por evento; y

d) Por la colocación de anuncios comerciales en el interior o exterior de vehículos en los que se preste el servicio de transporte público de pasajeros, tres salarios mínimos, anualmente.

Artículo 13.- Los derechos por obras materiales se causarán y pagarán, en salarios mínimos, conforme a las siguientes cuotas:

I. Por derechos de alineamiento de predios, calculados sobre el total de metros lineales que tenga el terreno frente a la vía pública, en términos de la normatividad aplicable, conforme a los usos y rangos en metros lineales siguientes:

Si el terreno es de uso:

Habitacional, de categoría De 1 a 10 ML Salarios Mínimos

Residencial 3 Medio 2 Interés Social 1.5 Popular 1

De más de 10 a 50 ML Salarios Mínimos

Residencial 3.5 Medio 3 Interés Social 2.5 Popular 2

De más de 50 ML Salarios Mínimos

Residencial 4 Medio 3.5 Interés Social 2.5 Popular 2

Si el terreno es de uso: De 1 a 10 ML.

Página 90 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 91: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios Mínimos Comercial 4 Industrial 4 Agropecuario 3 De servicio 2

De más de 10 a 50 ML Salarios Mínimos

Comercial 5 Industrial 5 Agropecuario 4 De servicio 2.5

De más de 50 ML. Salarios Mínimos

Comercial 6 Industrial 6 Agropecuario 5 De servicio 3

II. Por asignación de número oficial e inspección de predios, cada uno:

Si el terreno es de uso:

Habitacional, de categoría Salarios Mínimos

Residencial 2 Medio 1.5 Interés Social 1 Popular 0.5

Si el terreno es de uso:

Comercial 2 Industrial 2 Agropecuario 1 De servicio 1

III. Por licencias:

a) De construcción de bardas, con excepción de las colindantes con la vía pública, conforme a los usos y rangos en metros lineales siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 91

Page 92: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De 1 a 20 ML Salarios Mínimos

Residencial 4 Medio 3 Interés Social 1 Popular 1

De más de 20 a 50 ML Salarios Mínimos

Residencial 5 Medio 4 Interés Social 3 Popular 1.5

De más de 50 a 100 ML Salarios Mínimos

Residencial 6 Medio 5 Interés Social 4 Popular 2

De 100 a 200 ML Salarios Mínimos

Residencial 7 Medio 6 Interés Social 5 Popular 3

De más de 200 a 500 ML Salarios Mínimos

Residencial 8 Medio 7 Interés Social 6 Popular 4

De más de 500 ML Salarios Mínimos

Residencial 9 Medio 8 Interés Social 7 Popular 5

Si el terreno es de uso:

Página 92 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 93: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

1 a 20 ML Salarios Mínimos

Comercial 5 Industrial 5 Agropecuario 1 De servicio 3

De más de 20 a 50 ML Salarios Mínimos

Comercial 6 Industrial 6 Agropecuario 1.5 De servicio 4

De más de 50 a 100 ML Salarios Mínimos

Comercial 7 Industrial 7 Agropecuario 2 De servicio 5

De más de 100 a 200 ML Salarios Mínimos

Comercial 8 Industrial 8 Agropecuario 3 De servicio 6

De más de 200 a 500 ML Salarios Mínimos

Comercial 10 Industrial 10 Agropecuario 4 De servicio 7

De más de 500 ML Salarios Mínimos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 93

Page 94: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 15 Industrial 15 Agropecuario 5 De servicio 8

b) De construcción o ampliación, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: De 1 a40 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 0Popular 0

De más de 40 a60 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 6Interés Social 0Popular 0

De más de 60 a80 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 3Popular 2

De 80 a100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 4Popular 3

De más de 100 a150 M2 Salarios Mínimos

Residencial 14Medio 12Interés Social 5Popular 4

Página 94 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 95: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De más de 150 a200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 16Medio 14Interés Social 6Popular 5

De 200 a300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 18Interés Social 0Popular 0

De más de 300 a500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 0Popular 0

De más de 500 a1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 22Interés Social 0Popular 0

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 40Medio 24Interés Social 0Popular 0

Si el terreno es de uso: De 1 a40 M2 Salarios Mínimos

Comercial 9Industrial 8Agropecuario 2De servicio 3

De más de 40 a60 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 3De servicio 4

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 95

Page 96: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De más de 60 a80 M2 Salarios Mínimos

Comercial 12Industrial 12Agropecuario 4De servicio 5

De 80 a100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 14Industrial 14Agropecuario 5De servicio 6

De más de 100 a150 M2 Salarios Mínimos

Comercial 16Industrial 16Agropecuario 10De servicio 7

De más de 150 a200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 18Industrial 18Agropecuario 15De servicio 8

De 200 a300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 10De servicio 10

De más de 300 a500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 20De servicio 15

De más de 500 a1,000 M2

Página 96 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 97: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 20De servicio 20

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 50Industrial 50Agropecuario 40De servicio 30

c) Para fusionar, subdividir o relotificar, en términos de la normatividad aplicable, sobre el total de la superficie, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 2Interés Social 1.5Popular 1

De más de 500 a1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 1,000 a3,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 4

De 3,000 a5,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 97

Page 98: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Medio 15Interés Social 10Popular 6

De más de 5,000 a10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 10

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

Si el terreno es de uso: De 1 a500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 5Industrial 5Agropecuario 1De servicio 2

De más de 500 a1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 2De servicio 4

De más de 1,000 a3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 4De servicio 8

De 3,000 a5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 6De servicio 15

De más de 5,000 a10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30

Página 98 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 99: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Industrial 30Agropecuario 10De servicio 20

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 15De servicio 25

d) Para fraccionamientos de terrenos, en términos de la normatividad aplicable, sobre el área total a fraccionar o lotificar, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 2Interés Social 1.5Popular 1

De más de 500 a1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 1,000 a3,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 4

De 3,000 a5,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 10Popular 6

De más de 5,000 a10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 99

Page 100: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Medio 20Interés Social 15Popular 10

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

Si el terreno es de uso: De 1 a500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 5Industrial 5Agropecuario 1De servicio 2

De más de 500 a1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 2De servicio 4

De más de 1,000 a3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 4De servicio 8

De 3,000 a5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 6De servicio 15

De más de 5,000 a10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 10De servicio 20

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40

Página 100 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 101: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Industrial 40Agropecuario 15De servicio 25

e) Por demoliciones, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a50 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 6Interés Social 5Popular 4

De más de 50 a100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 5

De más de 100 a200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 8Popular 6

De más de 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 15Medio 12Interés Social 8Popular 6

Si el terreno es de uso: De 1 a50 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 4De servicio 8

De más de 50 a100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 101

Page 102: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Industrial 15Agropecuario 5De servicio 10

De más de 100 a200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 10De servicio 12

De más de 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 20De servicio 15

f) Por la construcción de albercas y depósitos de agua, por metro cúbico o fracción, 0.25 salarios mínimos.

g) Por la construcción de tanques subterráneos para almacenamiento de material peligroso, por metro cúbico o fracción, 0.50 salarios mínimos.

h) Para la conversión al régimen de propiedad en condominio, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 5Interés Social 3Popular 2

De más de 100 a200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 8Interés Social 5Popular 3

De más de 200 a300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 15

Página 102 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 103: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Medio 12Interés Social 8Popular 5

De más de 300 a400 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 12Popular 8

De más de 400 a500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 12

De más de 500 a1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 35Medio 30Interés Social 25Popular 20

Si el terreno es de uso: De 1 a100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 2De servicio 5

De más de 100 a200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 3De servicio 8

De más de 200 a300 M2

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 103

Page 104: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios MínimosComercial 20Industrial 20Agropecuario 5De servicio 12

De más de 300 a400 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 8De servicio 15

De más de 400 a500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 12De servicio 20

De más de 500 a1000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 35Industrial 35Agropecuario 15De servicio 25

De más de 1000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 20De servicio 30

i) De uso de suelo, según la clasificación siguiente:

Salarios MínimosVivienda 0.05Industria 0.10Comercio 0.30Servicios 0.20

j) De cambio de uso de suelo, cuando el Municipio contare con un Programa de Ordenamiento Urbano, en términos de la normatividad aplicable, se pagará el cincuenta por ciento de la cuota establecida para una licencia de uso de suelo.

k) De uso de suelo de tipo agropecuario, debidamente acreditado, por la totalidad de la construcción: 1 salario mínimo.

Página 104 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 105: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

IV. Por deslinde de predios:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 3Medio 3Interés Social 2Popular 1.5

De más de 200 a300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 300 a500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 8Interés Social 5Popular 3

De más de 500 a1000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 8Popular 6

De más de 1000 a3000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 12Popular 8

De más de 3000 a5000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 50Medio 40Interés Social 15Popular 12

De más de 5000 a10,000 M2 Salarios Mínimos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 105

Page 106: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Residencial 80Medio 70Interés Social 20Popular 15

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 100Medio 90Interés Social 25Popular 20

Si el terreno es de uso: De 1 a200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 4Industrial 4Agropecuario 1.5De servicio 3

De más de 200 a300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 6Industrial 6Agropecuario 2De servicio 4

De más de 300 a500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 3De servicio 8

De más de 500 a1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 12Industrial 12Agropecuario 6De servicio 10

De más de 1,000 a3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 8De servicio 20

De más de 3,000 a5,000 M2

Página 106 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 107: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios MínimosComercial 30Industrial 50Agropecuario 12De servicio 40

De más de 5,000 a10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 60Industrial 60Agropecuario 15De servicio 70

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 120Industrial 120Agropecuario 20De servicio 90

V. Por registro, estudio y aprobación de planos y proyectos de construcción, remodelación o ampliación:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

Salarios Mínimos

Residencial 2Medio 1.5Interés Social 1Popular 0.50

Si el terreno es de uso: Salarios Mínimos

Comercial 2Industrial 2Agropecuario 1De servicio 1

La modificación de proyectos también causará derechos, a razón de un cincuenta por ciento sobre las cuotas que correspondan.

Artículo 14.- Los derechos por expedición de certificados, constancias y otros servicios, se causarán y pagarán conforme a las cuotas siguientes:

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 107

Page 108: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

I. Certificado o certificaciones expedidos por funcionarios o empleados municipales, incluyendo la búsqueda de datos para expedirlos, por cada certificado, de 0.50 a 1 salario mínimo.

II. Copias de documentos que obren en los archivos de oficinas municipales:

a) Por hoja escrita a doble espacio en ambas caras, 0.25 salarios mínimos.

b) Por hoja que indica el inciso anterior, escrita a un espacio por ambas caras, 0.30 salarios mínimos.

c) En los casos a que se refieren los incisos anteriores, cuando se escriba por una sola cara de la hoja, 0.25 salarios mínimos.

En el caso a que se refiere esta fracción, además de los derechos que establecen los incisos que anteceden, se cobrará por la búsqueda de los documentos de los que deba sacarse copia cuando el interesado noproporcione los datos exactos para su localización, por cada año que comprenda la busca, 0.25 salarios mínimos.

III. Evaluación de impacto ambiental, veinte salarios mínimos.

IV. Por solicitudes de información conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado:

a) Por copias simples o impresos por medio de dispositivo informático, por cada hoja tamaño carta u oficio: 0.02 salarios mínimos;

b) Por copias certificadas distintas a las señaladas en las fracciones anteriores, por cada hoja o fracción: 0.02 salarios mínimos; y

c) Por información grabada en disco de 3.5 pulgadas o disco compacto, por copia: 0.03 salarios mínimos

Artículo 15.- Por la prestación de servicios que se proporcionan en los rastros públicos municipales se causarán derechos conforme a las cuotas siguientes:

I. Bovino, por cada animal: 1.5 a 3.0 salarios mínimos;

II. Porcino y equino, por cada animal: 0.5 a 1.0 salarios mínimos;

III. Ovino y caprino, por cada animal: 0.2 a 0.4 salarios mínimos;

IV. Aves y otras especies menores, por cada animal: 0.01 a 0.02 salarios mínimos;

Página 108 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 109: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

V. Por uso de corrales después de transcurridas cuarenta y ocho horas del ingreso del animal, por día o fracción se pagará el diez por ciento de las cantidades señaladas en las fracciones anteriores; y

VI. Por uso de frigoríficos, después de transcurridas veinticuatro horas del ingreso del animal, por día o fracción se pagará el diez por ciento de las cantidades señaladas en las fracciones anteriores

Artículo 16.- Los Derechos por Servicios de Panteones se pagarán en salarios mínimos, conforme a las cuotas siguientes:

I. Inhumaciones por siete años y refrendo de fosas 1 II. Inhumaciones en fosas a perpetuidad 3 III. Depósito de restos en osario por una temporalidad de 7 años 1 IV. Depósito de restos en el osario a perpetuidad 3 V. Construcción, reconstrucción, ampliación o modificación de monumentos, criptas o fosas

1

VI. Inhumación de restos, apertura o cierre de gavetas y demás operaciones semejantes

1

VII. Exhumaciones 1 VIII. Reinhumaciones 1 IX. Cremaciones 35

Artículo 17.- Los Derechos por Servicios de Recolección, Transporte y Disposición Final de Desechos Sólidos se causarán y pagarán mensualmente, de conformidad con las cuotas siguientes:

I. Por cada inmueble destinado a uso habitacional, de tipo:

Salarios mínimos

Residencial 0.5 Medio 0.4 Interés social 0.3 Popular 0.2

II. Por cada industria o comercio, así como empresas que presenten espectáculos públicos, 0.008 salarios mínimos por kilogramo o 0.010 salarios mínimos por metro cúbico, sin que en ningún caso la cuota resulte menor a la establecida para inmuebles de uso habitacional de tipo residencial.

Artículo 18.- Los Derechos por la Prestación de Servicios de Supervisión Técnica sobre la Explotación de Bancos de Material se pagarán 0.01 salarios mínimos, por metro cúbico o fracción de material extraído.

En el caso de que no sea posible determinar el volumen de material extraído, este derecho se pagará a razón de un salario mínimo diario.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 109

Page 110: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Artículo 19.- Los Derechos por Servicios Prestados por la Tesorería se causarán y pagarán de conformidad con las cuotas que en cada caso se señalan:

I. Rectificación o cancelación de los datos asentados en la declaración inicial de traslado de dominio, a solicitud del interesado, 1 salario mínimo.

II. Expedición de una Cédula Catastral, 7 salarios mínimos.

III. Expedición de un Certificado de Valor Catastral o Catastral Provisional, 10 salarios mínimos.

IV. Expedición de una constancia de datos catastrales, 3 salarios mínimos;

V. Expedición de cartografía catastral propiedad del Municipio:

a) Copias en papel heliográfico o bond por plano general de localidad, con curvas de nivel al metro y cuotas de crucero, en escala 1:2,000, por hoja, 4.5 salarios mínimos.

b) Copias en papel heliográfico o bond por plano general de localidad, en escalas aproximadas 1:4,000, 1:5,000, 1:7,500 y 1:10,000, 3 salarios mínimos.

c) Copias en papel heliográfico o bond por plano manzanero de localidades catastradas, en escala 1:500 ó 1:1,000:

1.-De 1 hasta 100 planos, por plano, 4.5 salarios mínimos. 2.-De 101 planos en adelante, por plano, 3 salarios mínimos.

d) Copias del plano de región catastral, sin escala, con nomenclatura y valores catastrales del suelo urbano, por hoja, 3 salarios mínimos.

e) Copias del plano perimetral tamaño carta de un predio registrado en la cartografía catastral urbana, en escala 1:500, por plano. 3 salarios mínimos.

f) Cartografía digital en escala 1:1,000 en formatos DXF., DWG. y ARC/INFO., por km2:

1.-Cobertura de manzanas, 22 salarios mínimos. 2.-Cobertura de predios, 64 salarios mínimos. 3.-Cobertura de construcciones, 64 salarios mínimos. 4.-Cobertura de curvas de nivel a cada metro, 10 salarios mínimos.

Página 110 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 111: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

g) Copias de contacto de fotografías aéreas, en escalas 1:4,500 1:10,000 y 1:20,000:

1.-En papel bond, imagen blanco y negro, en formato 23 x 23 cm., por copia, 1 salario mínimo.

2.-Grabada con escáner e impresión en papel bond, blanco y negro, en formato 23 x 23 cm., por copia. 1.1 salario mínimo.

3.-Grabada en disco compacto o en memoria USB, que en su caso aporte el solicitante, por copia, 3.8 salarios mínimo.

VI. Por la certificación de cada plano catastral propiedad del Municipio, 3 salarios mínimos.

VII. La certificación de documentos públicos que obran en el archivo de la tesorería, 1 salario mínimo.

Artículo 20.- Los Derechos por los Servicios del Registro Civil se causarán y pagarán, en salarios mínimos, de acuerdo a las cuotas siguientes:

I. Por la expedición de copias de actas del Registro Civil, incluyendo el papel sellado, uno;

II. Registro de nacimientos ordinarios y extemporáneos, uno;

III. Reconocimiento de hijos, uno;

IV. Adopciones, uno;

V. Celebración de matrimonios en oficina, uno;

VI. Celebración de matrimonios a domicilio, veinte;

VII. Inscripción de sentencias, diez; y

VIII. Divorcios, quince.

Artículo 21.- Los derechos por la ocupación de inmuebles del dominio público, se calcularán y pagarán de conformidad con las cuotas siguientes:

I. Por la ocupación de espacios en mercados municipales se pagará diariamente, por metro cuadrado, de 0.01 a 0.05 salarios mínimos;

II. La ocupación de espacios en vía pública o áreas municipales, exceptuando las áreas verdes, se pagará diariamente, por metro cuadrado o fracción, previa autorización correspondiente, a razón

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 111

Page 112: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

de0.01 a 0.05 salarios mínimos;

III. La ocupación temporal de la vía pública o áreas municipales, exceptuando las áreas verdes, por vehículos, aparatos mecánicos o electromecánicos, por tianguis, ferias o similares, se pagará diariamente, por metro cuadrado o fracción, a razón de 0.05 a 0.125 salarios mínimos; y

IV. El estacionamiento en la vía pública se pagará, mediante utilización de parquímetros, a razón de 0.125 salarios mínimos por hora o fracción.

Artículo 22.- Las Contribuciones por Mejoras se causarán, liquidarán y pagarán de conformidad con lo establecido por el artículo 253 y demás relativos del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Artículo 23.- En materia de Productos y Aprovechamientos se estará a lo dispuesto en los Títulos Cuarto y Quinto del Libro Tercero del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Artículo 24.- Los rezagos por concepto de contribuciones o aprovechamientos señalados en esta Ley se cobrarán y recaudarán de acuerdo con las disposiciones legales vigentes al momento de su causación.

Artículo 25.- El pago extemporáneo de créditos fiscales causará recargos, que se cobrarán a razón del 2.5% por cada mes o fracción, independientemente de las sanciones que, en su caso, correspondan al infractor.

Artículo 26.- Cuando se otorguen prórrogas para el pago de los créditos fiscales municipales se causarán intereses, a una tasa del 1.25% mensual sobre el monto de los saldos insolutos de los créditos prorrogados.

Artículo 27.- El Municipio deberá registrar sus operaciones con base en el Clasificador por Rubros de Ingresos y en el Clasificador por Objeto del Gasto, derivados de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Página 112 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 113: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

T R A N S I T O R I O S

ARTÍCULO ÚNICO.- La presente Ley entrará en vigor el día 1° de enero de 2015, previa publicación en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado.

DADA EN EL SALÓN DE SESIONES DE LA LXIII LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA – ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.

ANILÚ INGRAM VALLINES DIPUTADA PRESIDENTA

ANA CRISTINA LEDEZMA LÓPEZ DIPUTADA SECRETARIA

RÚBRICA.

RÚBRICA.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 113

Page 114: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

LA SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 26, FRACCIÓN I INCISO b), 33, FRACCIÓN I, 38 Y 71, FRACCIÓN V, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO; 107 DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE; 6 FRACCIÓN I INCISO b), 18, FRACCIÓN I Y 47 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER LEGISLATIVO; 75 Y 76 DEL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL PODER LEGISLATIVO, Y EN NOMBRE DEL PUEBLO, EXPIDE LA SIGUIENTE:

Ley Número 430

DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE MECAYAPAN, DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, CORRESPONDIENTE AL

EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2015. Artículo 1.- Para el ejercicio fiscal del año 2015, la Hacienda Pública del Municipio de MECAYAPAN, del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, percibirá los ingresos provenientes de los conceptos señalados en la presente Ley, que se destinarán a cubrir el gasto público, en las cantidades estimadas que a continuación se señalan:

Monto en pesos

TOTAL PROYECTO DE LEY DE INGRESOS 60,791,257.39

IMPUESTOS 177,374.74

Impuestos sobre los ingresos 0.00

Impuesto sobre espectáculos públicos 0.00 Impuesto sobre loterías, rifas, sorteos y concursos 0.00

Impuesto sobre juegos permitidos 0.00

Impuesto sobre el patrimonio 124,031.17

Impuesto predial 106,939.24 Impuesto sobre traslación de dominio de bienes inmuebles 17,091.93

Impuestos sobre fraccionamiento 0.00

Accesorios 416.39

Accesorios de impuestos 416.39

Otros impuestos 38,307.60

Contribución adicional sobre ingresos municipales 38,307.60 Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales pendientes de liquidación o pago. 14,619.58

Impuestos de ejercicios fiscales anteriores 14,619.58

CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 1,000.00

Contribuciones de mejoras por obras públicas 1,000.00

Página 114 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 115: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Obras públicas de tipo corriente 1,000.00

Accesorios de contribuciones de mejoras 0.00 Contribuciones de mejoras no comprendidasen las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 0.00 Contribuciones de mejoras de ejercicios fiscales anteriores 0.00

DERECHOS 288,747.77

Derechos por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bienes de dominio público 30.17 Derechos por ocupación de inmuebles de dominio público 30.17

Derechos por prestación de servicios

288,717.60 Derechos por registro y refrendo anual de toda actividad económica 37,027.97

Derechos por obras materiales 227.27 Derechos por los servicios de agua potable y drenaje del municipio 0.00 Derechos por expedición de certificados y constancias 64,829.04 Derechos por servicios de rastro y lugares autorizados 21,792.53

Derechos por servicios de panteones 0.00

Derechos por servicios de recolección, transporte y disposición final de desechos sólidos 0.00

Derechos por limpieza de predios no edificados 0.00 Derechos por prestación de servicios de supervisión técnica sobre explotación de bancos de material 0.00

Derechos por servicios prestados por la tesorería 2,863.63

Derechos por servicios del registro civil 161,977.16

Derechos en material de tránsito municipal 0.00

Derechos en material de salud animal 0.00

Accesorios 0.00

Accesorios de derechos 0.00 Derechos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 0.00

Derechos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

PRODUCTOS 13,849.58

Productos de tipo corriente 13,849.58 Productos derivados del uso y aprovechamiento de bienes no sujetos a régimen de dominio público 0.00 Enajenación de bienes muebles no sujetos a ser inventariados 0.00

Accesorios de productos 0.00

Otros productos que generan ingresos corrientes 13,849.58

Productos de capital 0.00

Terrenos 0.00

Viviendas 0.00

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 115

Page 116: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Edificios no habitacionales 0.00

Otros bienes inmuebles 0.00

Mobiliario y equipo de administración 0.00

Mobiliario y equipo educacional y recreativo 0.00

Equipo e instrumental médico y de laboratorio 0.00

Vehículos y equipo de transporte 0.00

Equipo de defensa y seguridad 0.00

Maquinaria, otros equipos y herramientas 0.00

Colecciones, obras de arte y objetos valiosos 0.00

Activos biológicos 0.00

Software 0.00

Patentes, marcas y derechos 0.00

Concesiones y franquicias 0.00

Licencias 0.00

Otros activos intangibles 0.00 Productos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0.00

Productos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

APROVECHAMIENTOS 9,981.30

Aprovechamientos de tipo corriente 9,981.30

Incentivos derivados de la colaboración fiscal 0.00

Multas 1,032.30

Indemnizaciones 0.00

Reintegros 0.00 Aprovechamientos provenientes de obras públicas 0.00 Aprovechamientos por participaciones de la aplicación de leyes 0.00 Aprovechamientos por aportaciones y cooperaciones 0.00

Accesorios de aprovechamientos 0.00

Otros aprovechamientos 8,949.00 Aprovechamientos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0.00 Aprovechamientos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

INGRESOS POR VENTA DE BIENES Y SERVICIOS 0.00 Ingresos por venta de bienes y servicios de organismos descentralizados 0.00

Servicios 0.00

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00 Ingresos de operación de entidades paraestatales empresariales y no financieras 0.00 0.00 Ingresos por venta de bienes y servicios producidos en establecimientos del gobierno 0.00

Página 116 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 117: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Servicios 0.00

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00

PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 60,300,304.00

Participaciones 11,327,962.00

Participaciones federales 11,327,962.00

Aportaciones 48,972,342.00

Aportaciones federales 48,972,342.00

Seguridad pública ramo 036 0.00

Aportaciones de otros programas 0.00

Convenios 0.00

Ingresos extraordinarios 0.00

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 0.00 Transferencias internas y asignaciones al sector público 0.00

Transferencias para apoyos de programas 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Ayudas sociales 0.00

Ayudas sociales a personas 0.00 Becas y otras ayudas para programas de capacitación 0.00 Ayudas sociales a actividades científicas o académicas 0.00 Ayudas para desastres naturales y otros siniestros 0.00

INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTO 0.00

Endeudamiento interno 0.00

Deuda pública interna 0.00

RESUMEN

Recursos Fiscales 490,953.39

Ingresos propios 0.00

Recursos provenientes de la Federación 60,300,304.00

Recursos provenientes de financiamientos 0.00

Otros recursos 0.00

TOTAL DE INGRESOS ORDINARIOS 60,791,257.39

Artículo 2.- A los ingresos descritos en el artículo anterior se adicionarán los extraordinarios.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 117

Page 118: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Artículo 3.- El Ayuntamiento de este Municipio reportará en sus cuentas públicas todos los ingresos que perciba por los conceptos a que se refiere esta Ley, aun aquellos que, en razón de no generarse ordinariamente o de no existir los antecedentes necesarios para estimar las cantidades a recaudar, aparezcan cuantificados en cero. Artículo 4.- Los ingresos señalados en este ordenamiento se regirán, conforme a lo establecido por el Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llavey demás legislación aplicable. Artículo 5.- El impuesto predial se causará, liquidará y pagará de acuerdo con la siguiente: T A R I F A T A S A (al millar)

I. Predios Urbanos Construidos 0.820 II. Predios Urbanos Baldíos 4.900 III. Predios Suburbanos Construidos 0.574 IV. Predios Suburbanos Baldíos 3.430 V. Predios Rurales Particulares 1.820 VI. Predios Rurales Ejidales 0.081

Artículo 6.- El Impuesto Sobre Traslación de Dominio de Bienes Inmuebles se causará, liquidará y pagará aplicando a la base gravable determinada, la tasa de cinco al millar. Artículo 7.- El Impuesto Sobre Espectáculos Públicos se causará, liquidará y pagará sobre la base que en cada caso corresponda, conforme a las tarifas o tasas siguientes: I. Carpas de representaciones teatrales, de fantoches, títeres, óptica, fenómenos animales, enanos, bufos, etc., el tres por ciento sobre la entrada bruta;

II. Circos, el tres por ciento sobre la entrada bruta; III. Espectáculos deportivos:

a) Box, lucha libre y otros similares, el diez por ciento sobre la entrada bruta;

b) Carreras de automóviles, caballos, perros, bicicletas y motocicletas, el diez por ciento sobre la entrada bruta;

c) Béisbol, fútbol, básquetbol, tenis, pelota vasca y otros juegos de pelota, el ocho por ciento sobre la entrada bruta.

Página 118 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 119: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

IV. Corridas de toros, becerradas, novilladas, jaripeos, peleas de gallos y otros espectáculos similares, el diez por ciento sobre los ingresos brutos obtenidos; V. Representaciones teatrales de comedias, drama, ópera, opereta, zarzuela, revista, vodevil, variedades, ballet o revistas sobre hielo o acuáticas, conciertos y conferencias, el tres por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo; VI. Exhibiciones y concursos, el cinco por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo; VII. Espectáculos nocturnos diferentes a los anteriores, el diez por ciento sobre la entrada bruta; y VIII. Los no previstos en las fracciones anteriores, el diez por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo. Cuando el espectáculo se realice en beneficio de instituciones de asistencia pública legalmente constituidas, se aplicará la tasa del tres por ciento sobre el precio del boleto. Artículo 8.- El Impuesto Sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos se causará, liquidará y pagará, aplicando a la base gravable determinada, la tasa del veinte por ciento sobre el valor nominal total de los boletos o billetes vendidos o, cuando el mismo no pueda determinarse, sobre el valor total de los premios ofrecidos. Las personas que obtengan premios por participar en loterías, rifas, sorteos o concursos pagarán una tasa del seis por ciento sobre el monto total del ingreso obtenido. Artículo 9.- El Impuesto Sobre Juegos Permitidos se causará y pagará conforme a la tarifa mensual de 0.25 salarios mínimos por mesa o máquina de juego. Artículo 10.- La Contribución Adicional sobre Ingresos Municipales se causará y pagará, aplicando a la base que corresponda, las tarifas o tasas siguientes: I. Siete y medio por ciento adicional sobre el impuesto predial; II. Diez por ciento adicional sobre los impuestos sobre espectáculos públicos; sobre juegos permitidos y sobre fraccionamientos; y

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 119

Page 120: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

III. Diez por ciento adicional sobre los derechos y productos que establece el Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Artículo 11.- El Impuesto Sobre Fraccionamientos se causará, liquidará y pagará aplicando a la base gravable determinada la tasa de uno al millar. Artículo 12.- Los Derechos por Registro y Refrendo Anual de toda actividad económica se causarán y pagarán, en salarios mínimos, conforme a lo siguiente: I. Por la expedición de licencias, permisos o autorizaciones para el funcionamiento de establecimientos o locales con giros comerciales que enajenen o expendan bebidas alcohólicas, se pagarán las cuotas siguientes: Giro Costo de la licencia

en número de salarios mínimos:

Abarrotes con venta de cerveza 35 Abarrotes con venta de cerveza, vinos y licores 100 Agencias 250 Almacenes o Distribuidores 250 Billares 200 Cantinas o bares 200 Centros de eventos sociales 250 Centros deportivos o recreativos 250 Centros nocturnos y cabarets 1,000 Cervecerías 100 Clubes sociales 175 Depósitos 75 Discotecas 625 Hoteles y moteles 200 Kermeses, ferias y bailes públicos 125 Licorerías 115 Loncherías, taquerías, marisquerías, fondas, coctelerías, torterías, pizzerías y similares

75

Minisúper 150 Peñas, canta bar, café bar, video bar y café cantante

150

Restaurante 150 Restaurante-bar 200 Servicar 150 Supermercados 250

II.- Por anuncios comerciales y publicidad se cobrará por la autorización respectiva, de acuerdo a las cuotas siguientes:

Página 120 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 121: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

a) Por la colocación de anuncios comerciales en la vía pública o tenga efectos sobre ésta, repercutiendo en la imagen urbana, de cuatro a ocho salarios mínimos, anualmente; b) Por la colocación eventual de anuncios comerciales en la vía pública o tenga efectos sobre ésta, repercutiendo en la imagen urbana, dos salarios mínimos por evento; c) Por el anuncio de eventos en altavoz móvil, dos salarios mínimos por evento; y d) Por la colocación de anuncios comerciales en el interior o exterior de vehículos en los que se preste el servicio de transporte público de pasajeros, tres salarios mínimos, anualmente. Artículo 13.- Los derechos por obras materiales se causarán y pagarán, en salarios mínimos, conforme a las siguientes cuotas: I. Por derechos de alineamiento de predios, calculados sobre el total de metros lineales que tenga el terreno frente a la vía pública, en términos de la normatividad aplicable, conforme a los usos y rangos en metros lineales siguientes: Si el terreno es de uso:

Habitacional, de categoría De 1 a 10 ML

Salarios Mínimos Residencial 3 Medio 2 Interés Social 1.5 Popular 1

De más de 10 a 50 ML

Salarios Mínimos Residencial 3.5 Medio 3 Interés Social 2.5 Popular 2

De más de 50 ML

Salarios Mínimos Residencial 4 Medio 3.5 Interés Social 2.5 Popular 2

Si el terreno es de uso: De 1 a 10 ML.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 121

Page 122: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios Mínimos Comercial 4 Industrial 4 Agropecuario 3 De servicio 2

De más de 10 a 50 ML Salarios Mínimos

Comercial 5 Industrial 5 Agropecuario 4 De servicio 2.5

De más de 50 ML. Salarios Mínimos

Comercial 6 Industrial 6 Agropecuario 5 De servicio 3

II. Por asignación de número oficial e inspección de predios, cada uno: Si el terreno es de uso:

Habitacional, de categoría Salarios Mínimos

Residencial 2 Medio 1.5 Interés Social 1 Popular 0.5 Si el terreno es de uso: Comercial 2 Industrial 2 Agropecuario 1 De servicio 1

III. Por licencias: a) De construcción de bardas, con excepción de las colindantes con la vía pública, conforme a los usos y rangos en metros lineales siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

Página 122 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 123: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De 1 a 20 ML Salarios Mínimos

Residencial 4 Medio 3 Interés Social 1 Popular 1

De más de 20 a 50 ML

Salarios Mínimos

Residencial 5 Medio 4 Interés Social 3 Popular 1.5

De más de 50 a 100 ML

Salarios Mínimos

Residencial 6 Medio 5 Interés Social 4 Popular 2

De 100 a 200 ML

Salarios Mínimos

Residencial 7 Medio 6 Interés Social 5 Popular 3

De más de 200 a 500 ML

Salarios Mínimos

Residencial 8 Medio 7 Interés Social 6 Popular 4

De más de 500 ML

Salarios Mínimos

Residencial 9 Medio 8 Interés Social 7 Popular 5

Si el terreno es de uso:

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 123

Page 124: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

1 a 20 ML Salarios Mínimos

Comercial 5 Industrial 5 Agropecuario 1 De servicio 3

De más de 20 a 50 ML

Salarios Mínimos

Comercial 6 Industrial 6 Agropecuario 1.5 De servicio 4

De más de 50 a 100 ML

Salarios Mínimos

Comercial 7 Industrial 7 Agropecuario 2 De servicio 5

De más de 100 a 200 ML

Salarios Mínimos

Comercial 8 Industrial 8 Agropecuario 3 De servicio 6

De más de 200 a 500 ML Salarios Mínimos

Comercial 10 Industrial 10 Agropecuario 4 De servicio 7

De más de 500 ML

Salarios Mínimos

Página 124 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 125: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 15 Industrial 15 Agropecuario 5 De servicio 8

b) De construcción o ampliación, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: De 1 a40 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 0Popular 0

De más de 40 a60 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 6Interés Social 0Popular 0

De más de 60 a80 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 3Popular 2

De 80 a100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 4Popular 3

De más de 100 a150 M2 Salarios Mínimos

Residencial 14Medio 12Interés Social 5Popular 4

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 125

Page 126: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De más de 150 a200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 16Medio 14Interés Social 6Popular 5

De 200 a300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 18Interés Social 0Popular 0

De más de 300 a500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 0Popular 0

De más de 500 a1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 22Interés Social 0Popular 0

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 40Medio 24Interés Social 0Popular 0

Si el terreno es de uso: De 1 a40 M2 Salarios Mínimos

Comercial 9Industrial 8Agropecuario 2De servicio 3

De más de 40 a60 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 3

Página 126 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 127: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De servicio 4

De más de 60 a80 M2 Salarios Mínimos

Comercial 12Industrial 12Agropecuario 4De servicio 5

De 80 a100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 14Industrial 14Agropecuario 5De servicio 6

De más de 100 a150 M2 Salarios Mínimos

Comercial 16Industrial 16Agropecuario 10De servicio 7

De más de 150 a200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 18Industrial 18Agropecuario 15De servicio 8

De 200 a300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 10De servicio 10

De más de 300 a500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 20De servicio 15

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 127

Page 128: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De más de 500 a1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 20De servicio 20

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 50Industrial 50Agropecuario 40De servicio 30

c) Para fusionar, subdividir o relotificar, en términos de la normatividad aplicable, sobre el total de la superficie, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 2Interés Social 1.5Popular 1

De más de 500 a1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 1,000 a3,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 4

De 3,000 a5,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15

Página 128 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 129: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Interés Social 10Popular 6

De más de 5,000 a10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 10

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

Si el terreno es de uso: De 1 a500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 5Industrial 5Agropecuario 1De servicio 2

De más de 500 a1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 2De servicio 4

De más de 1,000 a3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 4De servicio 8

De 3,000 a5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 6De servicio 15

De más de 5,000 a10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 129

Page 130: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Agropecuario 10De servicio 20

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 15De servicio 25

d) Para fraccionamientos de terrenos, en términos de la normatividad aplicable, sobre el área total a fraccionar o lotificar, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 2Interés Social 1.5Popular 1

De más de 500 a1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 1,000 a3,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 4

De 3,000 a5,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 10Popular 6

De más de 5,000 a10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 15

Página 130 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 131: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Popular 10

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

Si el terreno es de uso: De 1 a500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 5Industrial 5Agropecuario 1De servicio 2

De más de 500 a1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 2De servicio 4

De más de 1,000 a3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 4De servicio 8

De 3,000 a5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 6De servicio 15 De más de 5,000 a10,000 M2

Salarios MínimosComercial 30Industrial 30Agropecuario 10De servicio 20

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 15

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 131

Page 132: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De servicio 25

e) Por demoliciones, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a50 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 6Interés Social 5Popular 4

De más de 50 a100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 5

De más de 100 a200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 8Popular 6

De más de 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 15Medio 12Interés Social 8Popular 6

Si el terreno es de uso: De 1 a50 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 4De servicio 8

De más de 50 a100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 5

Página 132 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 133: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De servicio 10

De más de 100 a200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 10De servicio 12

De más de 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 20De servicio 15

f) Por la construcción de albercas y depósitos de agua, por metro cúbico o fracción, 0.25 salarios mínimos.

g) Por la construcción de tanques subterráneos para almacenamiento de material peligroso, por metro cúbico o fracción, 0.50 salarios mínimos.

h) Para la conversión al régimen de propiedad en condominio, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 5Interés Social 3Popular 2

De más de 100 a200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 8Interés Social 5Popular 3

De más de 200 a300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 15Medio 12Interés Social 8Popular 5

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 133

Page 134: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De más de 300 a400 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 12Popular 8

De más de 400 a500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 12

De más de 500 a1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 35Medio 30Interés Social 25Popular 20

Si el terreno es de uso: De 1 a100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 2De servicio 5

De más de 100 a200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 3De servicio 8

De más de 200 a300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20

Página 134 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 135: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Agropecuario 5De servicio 12

De más de 300 a400 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 8De servicio 15

De más de 400 a500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 12De servicio 20

De más de 500 a1000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 35Industrial 35Agropecuario 15De servicio 25

De más de 1000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 20De servicio 30

i) De uso de suelo, según la clasificación siguiente:

Salarios MínimosVivienda 0.05Industria 0.10Comercio 0.30Servicios 0.20

j) De cambio de uso de suelo, cuando el Municipio contare con un Programa de Ordenamiento Urbano, en términos de la normatividad aplicable, se pagará el cincuenta por ciento de la cuota establecida para una licencia de uso de suelo. k) De uso de suelo de tipo agropecuario, debidamente acreditado, por la totalidad de la construcción: 1 salario mínimo.

IV. Por deslinde de predios:

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 135

Page 136: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 3Medio 3Interés Social 2Popular 1.5

De más de 200 a300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 300 a500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 8Interés Social 5Popular 3

De más de 500 a1000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 8Popular 6

De más de 1000 a3000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 12Popular 8

De más de 3000 a5000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 50Medio 40Interés Social 15Popular 12

De más de 5000 a10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 80Medio 70Interés Social 20

Página 136 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 137: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Popular 15

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 100Medio 90Interés Social 25Popular 20

Si el terreno es de uso: De 1 a200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 4Industrial 4Agropecuario 1.5De servicio 3

De más de 200 a300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 6Industrial 6Agropecuario 2De servicio 4

De más de 300 a500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 3De servicio 8

De más de 500 a1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 12Industrial 12Agropecuario 6De servicio 10

De más de 1,000 a3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 8De servicio 20

De más de 3,000 a5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 50

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 137

Page 138: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Agropecuario 12De servicio 40

De más de 5,000 a10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 60Industrial 60Agropecuario 15De servicio 70

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 120Industrial 120Agropecuario 20De servicio 90

V. Por registro, estudio y aprobación de planos y proyectos de construcción, remodelación o ampliación: Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

Salarios Mínimos

Residencial 2Medio 1.5Interés Social 1Popular 0.50

Si el terreno es de uso:

Salarios MínimosComercial 2Industrial 2Agropecuario 1De servicio 1

La modificación de proyectos también causará derechos, a razón de un cincuenta por ciento sobre las cuotas que correspondan. Artículo 14.- Los derechos por expedición de certificados, constancias y otros servicios, se causarán y pagarán conforme a las cuotas siguientes: I. Certificado o certificaciones expedidos por funcionarios o empleados municipales, incluyendo la búsqueda de datos para expedirlos, por cada certificado, de 0.50 a 1 salario mínimo.

Página 138 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 139: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

II. Copias de documentos que obren en los archivos de oficinas municipales:

a) Por hoja escrita a doble espacio en ambas caras, 0.25 salarios mínimos.

b) Por hoja que indica el inciso anterior, escrita a un espacio por ambas caras, 0.30 salarios mínimos.

c) En los casos a que se refieren los incisos anteriores, cuando se escriba por una sola cara de la hoja, 0.25 salarios mínimos. En el caso a que se refiere esta fracción, además de los derechos que establecen los incisos que anteceden, se cobrará por la búsqueda de los documentos de los que deba sacarse copia cuando el interesado noproporcione los datos exactos para su localización, por cada año que comprenda la busca, 0.25 salarios mínimos. III. Evaluación de impacto ambiental, veinte salarios mínimos. IV. Por solicitudes de información conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado: a) Por copias simples o impresos por medio de dispositivo informático, por cada hoja tamaño carta u oficio: 0.02 salarios mínimos;

b) Por copias certificadas distintas a las señaladas en las fracciones anteriores, por cada hoja o fracción: 0.02 salarios mínimos; y

c) Por información grabada en disco de 3.5 pulgadas o disco compacto, por copia: 0.03 salarios mínimos Artículo 15.- Por la prestación de servicios que se proporcionan en los rastros públicos municipales se causarán derechos conforme a las cuotas siguientes: I. Bovino, por cada animal: 1.5 a 3.0 salarios mínimos; II. Porcino y equino, por cada animal: 0.5 a 1.0 salarios mínimos; III. Ovino y caprino, por cada animal: 0.2 a 0.4 salarios mínimos; IV. Aves y otras especies menores, por cada animal: 0.01 a 0.02 salarios mínimos; V. Por uso de corrales después de transcurridas cuarenta y ocho horas del ingreso del animal, por día o fracción se pagará el diez por ciento de las cantidades señaladas en las fracciones anteriores; y

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 139

Page 140: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

VI. Por uso de frigoríficos, después de transcurridas veinticuatro horas del ingreso del animal, por día o fracción se pagará el diez por ciento de las cantidades señaladas en las fracciones anteriores

Artículo 16.- Los Derechos por Servicios de Panteones se pagarán en salarios mínimos, conforme a las cuotas siguientes: I. Inhumaciones por siete años y refrendo de fosas 1 II. Inhumaciones en fosas a perpetuidad 3 III. Depósito de restos en osario por una temporalidad de 7 años 1 IV. Depósito de restos en el osario a perpetuidad 3 V. Construcción, reconstrucción, ampliación o modificación de monumentos, criptas o fosas

1

VI. Inhumación de restos, apertura o cierre de gavetas y demás operaciones semejantes

1

VII. Exhumaciones 1 VIII. Reinhumaciones 1 IX. Cremaciones 35

Artículo 17.- Los Derechos por Servicios de Recolección, Transporte y Disposición Final de Desechos Sólidos se causarán y pagarán mensualmente, de conformidad con las cuotas siguientes:

I. Por cada inmueble destinado a uso habitacional, de tipo:

Salarios mínimos

Residencial 0.5 Medio 0.4 Interés social 0.3 Popular 0.2

II. Por cada industria o comercio, así como empresas que presenten espectáculos públicos, 0.008 salarios mínimos por kilogramo o 0.010 salarios mínimos por metro cúbico, sin que en ningún caso la cuota resulte menor a la establecida para inmuebles de uso habitacional de tipo residencial. Artículo 18.- Los Derechos por la Prestación de Servicios de Supervisión Técnica sobre la Explotación de Bancos de Material se pagarán 0.01 salarios mínimos, por metro cúbico o fracción de material extraído. En el caso de que no sea posible determinar el volumen de material extraído, este derecho se pagará a razón de un salario mínimo diario.

Artículo 19.- Los Derechos por Servicios Prestados por la Tesorería se causarán y pagarán de conformidad con las cuotas que en cada caso se señalan:

Página 140 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 141: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

I. Rectificación o cancelación de los datos asentados en la declaración inicial de traslado de dominio, a solicitud del interesado, 1 salario mínimo.

II. Expedición de una Cédula Catastral, 7 salarios mínimos. III. Expedición de un Certificado de Valor Catastral o Catastral Provisional, 10 salarios mínimos. IV. Expedición de una constancia de datos catastrales, 3 salarios mínimos;

V. Expedición de cartografía catastral propiedad del Municipio:

a) Copias en papel heliográfico o bond por plano general de localidad, con curvas de nivel al metro y cuotas de crucero, en escala 1:2,000, por hoja, 4.5 salarios mínimos.

b) Copias en papel heliográfico o bond por plano general de localidad, en escalas aproximadas 1:4,000, 1:5,000, 1:7,500 y 1:10,000, 3 salarios mínimos.

c) Copias en papel heliográfico o bond por plano manzanero de localidades catastradas, en escala 1:500 ó 1:1,000:

1.-De 1 hasta 100 planos, por plano, 4.5 salarios mínimos. 2.-De 101 planos en adelante, por plano, 3 salarios mínimos. d) Copias del plano de región catastral, sin escala, con nomenclatura y valores catastrales del suelo urbano, por hoja, 3 salarios mínimos.

e) Copias del plano perimetral tamaño carta de un predio registrado en la cartografía catastral urbana, en escala 1:500, por plano. 3 salarios mínimos. f) Cartografía digital en escala 1:1,000 en formatos DXF., DWG. y ARC/INFO., por km2:

1.-Cobertura de manzanas, 22 salarios mínimos. 2.-Cobertura de predios, 64 salarios mínimos. 3.-Cobertura de construcciones, 64 salarios mínimos. 4.-Cobertura de curvas de nivel a cada metro, 10 salarios mínimos. g) Copias de contacto de fotografías aéreas, en escalas 1:4,500 1:10,000 y 1:20,000: 1.-En papel bond, imagen blanco y negro, en formato 23 x 23 cm., por copia, 1 salario mínimo.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 141

Page 142: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

2.-Grabada con escáner e impresión en papel bond, blanco y negro, en formato 23 x 23 cm., por copia. 1.1 salario mínimo. 3.-Grabada en disco compacto o en memoria USB, que en su caso aporte el solicitante, por copia, 3.8 salarios mínimo.

VI. Por la certificación de cada plano catastral propiedad del Municipio, 3 salarios mínimos.

VII. La certificación de documentos públicos que obran en el archivo de la tesorería, 1 salario mínimo.

Artículo 20.- Los Derechos por los Servicios del Registro Civil se causarán y pagarán, en salarios mínimos, de acuerdo a las cuotas siguientes:

I. Por la expedición de copias de actas del Registro Civil, incluyendo el papel sellado, uno; II. Registro de nacimientos ordinarios y extemporáneos, uno; III. Reconocimiento de hijos, uno; IV. Adopciones, uno; V. Celebración de matrimonios en oficina, uno; VI. Celebración de matrimonios a domicilio, veinte; VII. Inscripción de sentencias, diez; y VIII. Divorcios, quince.

Artículo 21.- Los derechos por la ocupación de inmuebles del dominio público, se calcularán y pagarán de conformidad con las cuotas siguientes: I. Por la ocupación de espacios en mercados municipales se pagará diariamente, por metro cuadrado, de 0.01 a 0.05 salarios mínimos; II. La ocupación de espacios en vía pública o áreas municipales, exceptuando las áreas verdes, se pagará diariamente, por metro cuadrado o fracción, previa autorización correspondiente, a razónde 0.01 a 0.05 salarios mínimos; III. La ocupación temporal de la vía pública o áreas municipales, exceptuando las áreas verdes, por vehículos, aparatos mecánicos o electromecánicos, por tianguis, ferias o similares, se pagarádiariamente,

Página 142 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 143: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

por metro cuadrado o fracción, a razón de 0.05 a 0.125 salarios mínimos; y

IV. El estacionamiento en la vía pública se pagará, mediante utilización de parquímetros, a razón de 0.125 salarios mínimos por hora o fracción. Artículo 22.- Las Contribuciones por Mejoras se causarán, liquidarán y pagarán de conformidad con lo establecido por el artículo 253 y demás relativos del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Artículo 23.- En materia de Productos y Aprovechamientos se estará a lo dispuesto en los Títulos Cuarto y Quinto del Libro Tercero del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Artículo 24.- Los rezagos por concepto de contribuciones o aprovechamientos señalados en esta Ley se cobrarán y recaudarán de acuerdo con las disposiciones legales vigentes al momento de su causación. Artículo 25.- El pago extemporáneo de créditos fiscales causará recargos, que se cobrarán a razón del 2.5% por cada mes o fracción, independientemente de las sanciones que, en su caso, correspondan al infractor. Artículo 26.- Cuando se otorguen prórrogas para el pago de los créditos fiscales municipales se causarán intereses, a una tasa del 1.25% mensual sobre el monto de los saldos insolutos de los créditos prorrogados. Artículo 27.- El Municipio deberá registrar sus operaciones con base en el Clasificador por Rubros de Ingresos y en el Clasificador por Objeto del Gasto, derivados de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 143

Page 144: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

T R A N S I T O R I O S ARTÍCULO ÚNICO.- La presente Ley entrará en vigor el día 1° de enero de 2015, previa publicación en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. DADA EN EL SALÓN DE SESIONES DE LA LXIII LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA – ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE. ANILÚ INGRAM VALLINES DIPUTADA PRESIDENTA

ANA CRISTINA LEDEZMA LÓPEZ DIPUTADA SECRETARIA

RÚBRICA.

RÚBRICA.

Página 144 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 145: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

LA SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 26, FRACCIÓN I INCISO b), 33, FRACCIÓN I, 38 Y 71, FRACCIÓN V, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO; 107 DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE; 6 FRACCIÓN I INCISO b), 18, FRACCIÓN I Y 47 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER LEGISLATIVO; 75 Y 76 DEL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL PODER LEGISLATIVO, Y EN NOMBRE DEL PUEBLO, EXPIDE LA SIGUIENTE:

Ley Número 431

DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE MEDELLÍN, DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, CORRESPONDIENTE AL

EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2015.

Artículo 1.- Para el ejercicio fiscal del año 2015, la Hacienda Pública del Municipio de MEDELLÍN, del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, percibirá los ingresos provenientes de los conceptos señalados en la presente Ley, que se destinarán a cubrir el gasto público, en las cantidades estimadas que a continuación se señalan:

Monto en pesos

TOTAL PROYECTO DE LEY DE INGRESOS 95,438,372.19

IMPUESTOS 19,132,042.48

Impuestos sobre los ingresos 36,015.27

Impuesto sobre espectáculos públicos 36,015.27Impuesto sobre loterías, rifas, sorteos y concursos 0.00

Impuesto sobre juegos permitidos 0.00

Impuesto sobre el patrimonio 15,782,658.43

Impuesto predial 4,378,485.75Impuesto sobre traslación de dominio de bienes inmuebles 11,404,172.68

Impuestos sobre fraccionamiento 0.00

Accesorios 158,365.80

Accesorios de impuestos 158,365.80

Otros impuestos 1,079,057.74

Contribución adicional sobre ingresos municipales 1,079,057.74Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales pendientes de liquidación o pago. 2,075,945.24

Impuestos de ejercicios fiscales anteriores 2,075,945.24

CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 1,190,150.83

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 145

Page 146: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Contribuciones de mejoras por obras públicas 1,190,150.83

Obras públicas de tipo corriente 2,901.00

Accesorios de contribuciones de mejoras 1,187,249.83Contribuciones de mejoras no comprendidas en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 0.00Contribuciones de mejoras de ejercicios fiscales anteriores 0.00

DERECHOS 10,659,688.98

Derechos por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bienes de dominio público 96,940.58Derechos por ocupación de inmuebles de dominio público 96,940.58

Derechos por prestación de servicios 10,562,748.40Derechos por registro y refrendo anual de toda actividad económica 821,840.33

Derechos por obras materiales 3,800,208.02Derechos por los servicios de agua potable y drenaje del municipio 0.00Derechos por expedición de certificados y constancias 467,054.98Derechos por servicios de rastro y lugares autorizados 9,714.98

Derechos por servicios de panteones 163,111.11

Derechos por servicios de recolección, transporte y disposición final de desechos sólidos 1,115,355.56

Derechos por limpieza de predios no edificados 0.00Derechos por prestación de servicios de supervisión técnica sobre explotación de bancos de material 0.00

Derechos por servicios prestados por la tesorería 3,414,242.51

Derechos por servicios del registro civil 771,220.91

Derechos en material de tránsito municipal 0.00

Derechos en material de salud animal 0.00

Accesorios 0.00

Accesorios de derechos 0.00Derechos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 0.00

Derechos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

PRODUCTOS 344,498.94

Productos de tipo corriente 344,498.94Productos derivados del uso y aprovechamiento de bienes no sujetos a régimen de dominio público 3,455.45Enajenación de bienes muebles no sujetos a ser inventariados 20,671.80

Accesorios de productos 0.00

Otros productos que generan ingresos corrientes 320,371.69

Productos de capital 0.00

Terrenos 0.00

Página 146 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 147: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Viviendas 0.00

Edificios no habitacionales 0.00

Otros bienes inmuebles 0.00

Mobiliario y equipo de administración 0.00

Mobiliario y equipo educacional y recreativo 0.00

Equipo e instrumental médico y de laboratorio 0.00

Vehículos y equipo de transporte 0.00

Equipo de defensa y seguridad 0.00

Maquinaria, otros equipos y herramientas 0.00

Colecciones, obras de arte y objetos valiosos 0.00

Activos biológicos 0.00

Software 0.00

Patentes, marcas y derechos 0.00

Concesiones y franquicias 0.00

Licencias 0.00

Otros activos intangibles 0.00Productos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0.00

Productos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

APROVECHAMIENTOS 294,551.96

Aprovechamientos de tipo corriente 294,551.96

Incentivos derivados de la colaboración fiscal 0.00

Multas 294,551.96

Indemnizaciones 0.00

Reintegros 0.00Aprovechamientos provenientes de obras públicas 0.00Aprovechamientos por participaciones de la aplicación de leyes 0.00Aprovechamientos por aportaciones y cooperaciones 0.00

Accesorios de aprovechamientos 0.00

Otros aprovechamientos 0.00Aprovechamientos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0.00Aprovechamientos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

INGRESOS POR VENTA DE BIENES Y SERVICIOS 0.00Ingresos por venta de bienes y servicios de organismos descentralizados 0.00

Servicios 0.00

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00Ingresos de operación de entidades paraestatales empresariales y no financieras 0.00 0.00

Ingresos por venta de bienes y servicios 0.00

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 147

Page 148: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

producidos en establecimientos del gobierno

Servicios 0.00

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00

PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 63,817,439.00

Participaciones 26,615,412.00

Participaciones federales 26,615,412.00

Aportaciones 37,202,027.00

Aportaciones federales 37,202,027.00

Seguridad pública ramo 036 0.00

Aportaciones de otros programas 0.00

Convenios 0.00

Ingresos extraordinarios 0.00

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 0.00Transferencias internas y asignaciones al sector público 0.00

Transferencias para apoyos de programas 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Ayudas sociales 0.00

Ayudas sociales a personas 0.00Becas y otras ayudas para programas de capacitación 0.00Ayudas sociales a actividades científicas o académicas 0.00Ayudas para desastres naturales y otros siniestros 0.00

INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTO 0.00

Endeudamiento interno 0.00

Deuda pública interna 0.00

RESUMEN

Recursos Fiscales 31,620,933.19

Ingresos propios 0.00

Recursos provenientes de la Federación 63,817,439.00

Recursos provenientes de financiamientos 0.00

Otros recursos 0.00

TOTAL DE INGRESOS ORDINARIOS 95,438,372.19

Artículo 2.- A los ingresos descritos en el artículo anterior se adicionarán los extraordinarios.

Artículo 3.- El Ayuntamiento de este Municipio reportará en sus cuentas públicas todos los ingresos que perciba por los conceptos a que se refiere esta Ley, aun aquellos que, en razón de no generarse ordinariamente o de no

Página 148 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 149: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

existir los antecedentes necesarios para estimar las cantidades a recaudar, aparezcan cuantificados en cero.

Artículo 4.- Los ingresos señalados en este ordenamiento se regirán, conforme a lo establecido por el Código Hacendario para el Municipio de MEDELLÍN y demás legislación aplicable.

Artículo 5.- El impuesto predial se causará, liquidará y pagará de acuerdo con la siguiente:

T A R I F A T A S A (al millar)

I. Predios Urbanos Construidos 0.860II. Predios Urbanos Baldíos 1.400III. Predios Suburbanos Construidos 0.602IV. Predios Suburbanos Baldíos 0.980V. Predios Rurales Particulares 0.470VI. Predios Rurales Ejidales 0.230

Artículo 6.- Los rezagos por concepto de contribuciones o aprovechamientos señalados en esta Ley se cobrarán y recaudarán de acuerdo con las disposiciones legales vigentes al momento de su causación.

Artículo 7.- El pago extemporáneo de créditos fiscales causará recargos, que se cobrarán a razón del 2.5% por cada mes o fracción, independientemente de las sanciones que, en su caso, correspondan al infractor.

Artículo 8.- Cuando se otorguen prórrogas para el pago de los créditos fiscales municipales se causarán intereses, a una tasa del 1.25% mensual sobre el monto de los saldos insolutos de los créditos prorrogados.

Artículo 9.- El Municipio deberá registrar sus operaciones con base en el Clasificador por Rubros de Ingresos y en el Clasificador por Objeto del Gasto, derivados de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 149

Page 150: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

T R A N S I T O R I O S

ARTÍCULO ÚNICO.- La presente Ley entrará en vigor el día 1° de enero de 2015, previa publicación en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado.

DADA EN EL SALÓN DE SESIONES DE LA LXIII LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA – ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.

ANILÚ INGRAM VALLINES DIPUTADA PRESIDENTA

ANA CRISTINA LEDEZMA LÓPEZ DIPUTADA SECRETARIA

RÚBRICA.

RÚBRICA.

Página 150 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 151: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

LA SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 26, FRACCIÓN I INCISO b), 33, FRACCIÓN I, 38 Y 71, FRACCIÓN V, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO; 107 DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE; 6 FRACCIÓN I INCISO b), 18, FRACCIÓN I Y 47 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER LEGISLATIVO; 75 Y 76 DEL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL PODER LEGISLATIVO, Y EN NOMBRE DEL PUEBLO, EXPIDE LA SIGUIENTE:

Ley Número 432

DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE MIAHUATLÁN, DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, CORRESPONDIENTE AL

EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2015. Artículo 1.- Para el ejercicio fiscal del año 2015, la Hacienda Pública del Municipio de MIAHUATLÁN, del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, percibirá los ingresos provenientes de los conceptos señalados en la presente Ley, que se destinarán a cubrir el gasto público, en las cantidades estimadas que a continuación se señalan:

Monto en pesos

TOTAL PROYECTO DE LEY DE INGRESOS 19,489,125.62

IMPUESTOS

788,171.67

Impuestos sobre los ingresos 0.00

Impuesto sobre espectáculos públicos 0.00 Impuesto sobre loterías, rifas, sorteos y concursos 0.00

Impuesto sobre juegos permitidos 0.00

Impuesto sobre el patrimonio 252,728.91

Impuesto predial 244,292.55 Impuesto sobre traslación de dominio de bienes inmuebles 8,436.36

Impuestos sobre fraccionamiento 0.00

Accesorios 7,577.86

Accesorios de impuestos 7,577.86

Otros impuestos 30,979.31

Contribución adicional sobre ingresos municipales 30,979.31 Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales pendientes de liquidación o pago. 496,885.59

Impuestos de ejercicios fiscales anteriores 496,885.59

CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 0.00

Contribuciones de mejoras por obras públicas 0.00

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 151

Page 152: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Obras públicas de tipo corriente 0.00

Accesorios de contribuciones de mejoras 0.00 Contribuciones de mejoras no comprendidasen las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 0.00 Contribuciones de mejoras de ejercicios fiscales anteriores 0.00

DERECHOS 161,458.95

Derechos por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bienes de dominio público 0.00 Derechos por ocupación de inmuebles de dominio público 0.00

Derechos por prestación de servicios

161,458.95 Derechos por registro y refrendo anual de toda actividad económica 0.00

Derechos por obras materiales 67.20 Derechos por los servicios de agua potable y drenaje del municipio 0.00 Derechos por expedición de certificados y constancias 65,566.44 Derechos por servicios de rastro y lugares autorizados 478.80

Derechos por servicios de panteones 162.25

Derechos por servicios de recolección, transporte y disposición final de desechos sólidos 0.00

Derechos por limpieza de predios no edificados 0.00 Derechos por prestación de servicios de supervisión técnica sobre explotación de bancos de material 0.00

Derechos por servicios prestados por la tesorería 38,529.63

Derechos por servicios del registro civil 56,654.63

Derechos en material de tránsito municipal 0.00

Derechos en material de salud animal 0.00

Accesorios 0.00

Accesorios de derechos 0.00 Derechos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 0.00

Derechos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

PRODUCTOS 0.00

Productos de tipo corriente 0.00 Productos derivados del uso y aprovechamiento de bienes no sujetos a régimen de dominio público 0.00 Enajenación de bienes muebles no sujetos a ser inventariados 0.00

Accesorios de productos 0.00

Otros productos que generan ingresos corrientes 0.00

Productos de capital 0.00

Terrenos 0.00

Viviendas 0.00

Página 152 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 153: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Edificios no habitacionales 0.00

Otros bienes inmuebles 0.00

Mobiliario y equipo de administración 0.00

Mobiliario y equipo educacional y recreativo 0.00

Equipo e instrumental médico y de laboratorio 0.00

Vehículos y equipo de transporte 0.00

Equipo de defensa y seguridad 0.00

Maquinaria, otros equipos y herramientas 0.00

Colecciones, obras de arte y objetos valiosos 0.00

Activos biológicos 0.00

Software 0.00

Patentes, marcas y derechos 0.00

Concesiones y franquicias 0.00

Licencias 0.00

Otros activos intangibles 0.00 Productos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0.00

Productos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

APROVECHAMIENTOS 315.00

Aprovechamientos de tipo corriente 315.00

Incentivos derivados de la colaboración fiscal 0.00

Multas 315.00

Indemnizaciones 0.00

Reintegros 0.00 Aprovechamientos provenientes de obras públicas 0.00 Aprovechamientos por participaciones de la aplicación de leyes 0.00 Aprovechamientos por aportaciones y cooperaciones 0.00

Accesorios de aprovechamientos 0.00

Otros aprovechamientos 0.00 Aprovechamientos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0.00 Aprovechamientos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

INGRESOS POR VENTA DE BIENES Y SERVICIOS 0.00 Ingresos por venta de bienes y servicios de organismos descentralizados 0.00

Servicios 0.00

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00 Ingresos de operación de entidades paraestatales empresariales y no financieras 0.00 0.00 Ingresos por venta de bienes y servicios producidos en establecimientos del gobierno 0.00

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 153

Page 154: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Servicios 0.00

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00

PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 18,539,180.00

Participaciones 10,948,764.00

Participaciones federales 10,948,764.00

Aportaciones 7,590,416.00

Aportaciones federales 7,590,416.00

Seguridad pública ramo 036 0.00

Aportaciones de otros programas 0.00

Convenios 0.00

Ingresos extraordinarios 0.00

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 0.00 Transferencias internas y asignaciones al sector público 0.00

Transferencias para apoyos de programas 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Ayudas sociales 0.00

Ayudas sociales a personas 0.00 Becas y otras ayudas para programas de capacitación 0.00 Ayudas sociales a actividades científicas o académicas 0.00 Ayudas para desastres naturales y otros siniestros 0.00

INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTO 0.00

Endeudamiento interno 0.00

Deuda pública interna 0.00

RESUMEN

Recursos Fiscales 949,945.62

Ingresos propios 0.00

Recursos provenientes de la Federación 18,539,180.00

Recursos provenientes de financiamientos 0.00

Otros recursos 0.00

TOTAL DE INGRESOS ORDINARIOS 19,489,125.62

Artículo 2.- A los ingresos descritos en el artículo anterior se adicionarán los extraordinarios.

Página 154 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 155: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Artículo 3.- El Ayuntamiento de este Municipio reportará en sus cuentas públicas todos los ingresos que perciba por los conceptos a que se refiere esta Ley, aun aquellos que, en razón de no generarse ordinariamente o de no existir los antecedentes necesarios para estimar las cantidades a recaudar, aparezcan cuantificados en cero. Artículo 4.- Los ingresos señalados en este ordenamiento se regirán, conforme a lo establecido por el Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y demás legislación aplicable. Artículo 5.- El impuesto predial se causará, liquidará y pagará de acuerdo con la siguiente: T A R I F A T A S A (al millar)

I. Predios Urbanos Construidos 0.767 II. Predios Urbanos Baldíos 1.533 III. Predios Suburbanos Construidos 0.537 IV. Predios Suburbanos Baldíos 1.073 V. Predios Rurales Particulares 2.875 VI. Predios Rurales Ejidales 0.082

Artículo 6.- El Impuesto Sobre Traslación de Dominio de Bienes Inmuebles se causará, liquidará y pagará aplicando a la base gravable determinada, la tasa de cinco al millar. Artículo 7.- El Impuesto Sobre Espectáculos Públicos se causará, liquidará y pagará sobre la base que en cada caso corresponda, conforme a las tarifas o tasas siguientes: I. Carpas de representaciones teatrales, de fantoches, títeres, óptica, fenómenos animales, enanos, bufos, etc., el tres por ciento sobre la entrada bruta;

II. Circos, el tres por ciento sobre la entrada bruta; III. Espectáculos deportivos:

a) Box, lucha libre y otros similares, el diez por ciento sobre la entrada bruta;

b) Carreras de automóviles, caballos, perros, bicicletas y motocicletas, el diez por ciento sobre la entrada bruta;

c) Béisbol, fútbol, básquetbol, tenis, pelota vasca y otros juegos de pelota, el ocho por ciento sobre la entrada bruta. IV. Corridas de toros, becerradas, novilladas, jaripeos, peleas de gallos y otros espectáculos similares, el diez por ciento sobre los ingresos brutos obtenidos;

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 155

Page 156: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

V. Representaciones teatrales de comedias, drama, ópera, opereta, zarzuela, revista, vodevil, variedades, ballet o revistas sobre hielo o acuáticas, conciertos y conferencias, el tres por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo; VI. Exhibiciones y concursos, el cinco por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo; VII. Espectáculos nocturnos diferentes a los anteriores, el diez por ciento sobre la entrada bruta; y VIII. Los no previstos en las fracciones anteriores, el diez por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo. Cuando el espectáculo se realice en beneficio de instituciones de asistencia pública legalmente constituidas, se aplicará la tasa del tres por ciento sobre el precio del boleto. Artículo 8.- El Impuesto Sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos se causará, liquidará y pagará, aplicando a la base gravable determinada, la tasa del veinte por ciento sobre el valor nominal total de los boletos o billetes vendidos o, cuando el mismo no pueda determinarse, sobre el valor total de los premios ofrecidos. Las personas que obtengan premios por participar en loterías, rifas, sorteos o concursos pagarán una tasa del seis por ciento sobre el monto total del ingreso obtenido. Artículo 9.- El Impuesto Sobre Juegos Permitidos se causará y pagará conforme a la tarifa mensual de 0.25 salarios mínimos por mesa o máquina de juego. Artículo 10.- La Contribución Adicional sobre Ingresos Municipales se causará y pagará, aplicando a la base que corresponda, las tarifas o tasas siguientes: I. Siete y medio por ciento adicional sobre el impuesto predial; II. Diez por ciento adicional sobre los impuestos sobre espectáculos públicos; sobre juegos permitidos y sobre fraccionamientos; y III. Diez por ciento adicional sobre los derechos y productos que establece el Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Artículo 11.- El Impuesto Sobre Fraccionamientos se causará, liquidará y pagará aplicando a la base gravable determinada la tasa de uno al millar. Artículo 12.- Los Derechos por Registro y Refrendo Anual de toda actividad económica se causarán y pagarán, en salarios mínimos, conforme a lo siguiente: I. Por la expedición de licencias, permisos o autorizaciones para el funcionamiento de establecimientos o locales con giros comerciales que enajenen o expendan bebidas alcohólicas, se pagarán las cuotas siguientes:

Página 156 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 157: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Giro Costo de la licencia en

número de salarios mínimos:

Abarrotes con venta de cerveza 35 Abarrotes con venta de cerveza, vinos y licores 100 Agencias 250 Almacenes o Distribuidores 250 Billares 200 Cantinas o bares 200 Centros de eventos sociales 250 Centros deportivos o recreativos 250 Centros nocturnos y cabarets 1,000 Cervecerías 100 Clubes sociales 175 Depósitos 75 Discotecas 625 Hoteles y moteles 200 Kermeses, ferias y bailes públicos 125 Licorerías 115 Loncherías, taquerías, marisquerías, fondas, coctelerías, torterías, pizzerías y similares

75

Minisúper 150 Peñas, canta bar, café bar, vídeo bar y café cantante

150

Restaurante 150 Restaurante-bar 200 Servicar 150 Supermercados 250

II.- Por anuncios comerciales y publicidad se cobrará por la autorización respectiva, de acuerdo a las cuotas siguientes: a) Por la colocación de anuncios comerciales en la vía pública o tenga efectos sobre ésta, repercutiendo en la imagen urbana, de cuatro a ocho salarios mínimos, anualmente; b) Por la colocación eventual de anuncios comerciales en la vía pública o tenga efectos sobre ésta, repercutiendo en la imagen urbana, dos salarios mínimos por evento; c) Por el anuncio de eventos en altavoz móvil, dos salarios mínimos por evento; y d) Por la colocación de anuncios comerciales en el interior o exterior de vehículos en los que se preste el servicio de transporte público de pasajeros, tres salarios mínimos, anualmente. Artículo 13.- Los derechos por obras materiales se causarán y pagarán, en salarios mínimos, conforme a las siguientes cuotas: I. Por derechos de alineamiento de predios, calculados sobre el total de metros lineales que tenga el terreno frente a la vía pública, en términos de la

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 157

Page 158: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

normatividad aplicable, conforme a los usos y rangos en metros lineales siguientes: Si el terreno es de uso:

Habitacional, de categoría De 1 a 10 ML

Salarios Mínimos Residencial 3 Medio 2 Interés Social 1.5 Popular 1

De más de 10 a 50 ML Salarios Mínimos

Residencial 3.5 Medio 3 Interés Social 2.5 Popular 2

De más de 50 ML Salarios Mínimos

Residencial 4 Medio 3.5 Interés Social 2.5 Popular 2

Si el terreno es de uso: De 1 a 10 ML.

Salarios Mínimos Comercial 4 Industrial 4 Agropecuario 3 De servicio 2

De más de 10 a 50 ML Salarios Mínimos

Comercial 5 Industrial 5 Agropecuario 4 De servicio 2.5

De más de 50 ML. Salarios Mínimos

Comercial 6 Industrial 6 Agropecuario 5 De servicio 3

II. Por asignación de número oficial e inspección de predios, cada uno: Si el terreno es de uso:

Habitacional, de categoría Salarios Mínimos

Residencial 2

Página 158 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 159: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Medio 1.5

Interés Social 1

Popular 0.5

Si el terreno es de uso:

Comercial 2

Industrial 2

Agropecuario 1

De servicio 1

III. Por licencias: a) De construcción de bardas, con excepción de las colindantes con la vía pública, conforme a los usos y rangos en metros lineales siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 20 ML Salarios Mínimos

Residencial 4 Medio 3 Interés Social 1 Popular 1

De más de 20 a 50 ML

Salarios Mínimos

Residencial 5 Medio 4 Interés Social 3 Popular 1.5

De más de 50 a 100 ML

Salarios Mínimos

Residencial 6 Medio 5 Interés Social 4 Popular 2

De 100 a 200 ML

Salarios Mínimos

Residencial 7 Medio 6 Interés Social 5 Popular 3

De más de 200 a 500 ML

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 159

Page 160: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios Mínimos

Residencial 8 Medio 7 Interés Social 6 Popular 4

De más de 500 ML Salarios Mínimos

Residencial 9 Medio 8 Interés Social 7 Popular 5

Si el terreno es de uso:

1 a 20 ML Salarios Mínimos

Comercial 5 Industrial 5 Agropecuario 1 De servicio 3

De más de 20 a 50 ML Salarios Mínimos

Comercial 6 Industrial 6 Agropecuario 1.5 De servicio 4

De más de 50 a 100 ML Salarios Mínimos

Comercial 7 Industrial 7 Agropecuario 2 De servicio 5

De más de 100 a 200 ML Salarios Mínimos

Comercial 8 Industrial 8 Agropecuario 3 De servicio 6

De más de 200 a 500 ML Salarios Mínimos

Comercial 10 Industrial 10 Agropecuario 4 De servicio 7

De más de 500 ML

Página 160 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 161: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios Mínimos

Comercial 15 Industrial 15 Agropecuario 5 De servicio 8

b) De construcción o ampliación, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: De 1 a 40 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 0Popular 0

De más de 40 a 60 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 6Interés Social 0Popular 0

De más de 60 a 80 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 3Popular 2

De 80 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 4Popular 3

De más de 100 a 150 M2 Salarios Mínimos

Residencial 14Medio 12Interés Social 5Popular 4

De más de 150 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 16Medio 14Interés Social 6Popular 5

De 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 161

Page 162: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Residencial 20Medio 18Interés Social 0Popular 0

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 0Popular 0

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 22Interés Social 0Popular 0

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 40Medio 24Interés Social 0Popular 0

Si el terreno es de uso:

De 1 a 40 M2 Salarios Mínimos

Comercial 9Industrial 8Agropecuario 2De servicio 3

De más de 40 a 60 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 3De servicio 4

De más de 60 a 80 M2 Salarios Mínimos

Comercial 12Industrial 12Agropecuario 4De servicio 5

De 80 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 14Industrial 14Agropecuario 5De servicio 6

De más de 100 a 150 M2

Página 162 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 163: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios Mínimos

Comercial 16Industrial 16Agropecuario 10De servicio 7

De más de 150 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 18Industrial 18Agropecuario 15De servicio 8

De 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 10De servicio 10

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 20De servicio 15

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 20De servicio 20

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 50Industrial 50Agropecuario 40De servicio 30

c) Para fusionar, subdividir o relotificar, en términos de la normatividad aplicable, sobre el total de la superficie, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 500 M2

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 163

Page 164: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios MínimosResidencial 4Medio 2Interés Social 1.5Popular 1

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 4

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 10Popular 6

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 10

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

Si el terreno es de uso:

De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 5Industrial 5Agropecuario 1De servicio 2

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 2De servicio 4

De más de 1,000 a 3,000 M2

Página 164 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 165: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios MínimosComercial 15Industrial 15Agropecuario 4De servicio 8

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 6De servicio 15

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 10De servicio 20

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 15De servicio 25

d) Para fraccionamientos de terrenos, en términos de la normatividad aplicable, sobre el área total a fraccionar o lotificar, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 2Interés Social 1.5Popular 1

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 4

De 3,000 a 5,000 M2

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 165

Page 166: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios MínimosResidencial 20Medio 15Interés Social 10Popular 6

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 10

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

Si el terreno es de uso: De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 5Industrial 5Agropecuario 1De servicio 2

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 2De servicio 4

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 4De servicio 8

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 6De servicio 15 De más de 5,000 a 10,000 M2

Salarios MínimosComercial 30Industrial 30Agropecuario 10De servicio 20

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Página 166 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 167: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 15De servicio 25

e) Por demoliciones, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 50 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 6Interés Social 5Popular 4

De más de 50 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 5

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 8Popular 6

De más de 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 15Medio 12Interés Social 8Popular 6

Si el terreno es de uso: De 1 a 50 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 4De servicio 8

De más de 50 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 5De servicio 10

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 167

Page 168: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 10De servicio 12

De más de 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 20De servicio 15

f) Por la construcción de albercas y depósitos de agua, por metro cúbico o fracción, 0.25 salarios mínimos.

g) Por la construcción de tanques subterráneos para almacenamiento de material peligroso, por metro cúbico o fracción, 0.50 salarios mínimos.

h) Para la conversión al régimen de propiedad en condominio, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 5Interés Social 3Popular 2

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 8Interés Social 5Popular 3

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 15Medio 12Interés Social 8Popular 5

De más de 300 a 400 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 12Popular 8

De más de 400 a 500 M2 Salarios Mínimos

Página 168 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 169: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Residencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 12

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 35Medio 30Interés Social 25Popular 20

Si el terreno es de uso: De 1 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 2De servicio 5

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 3De servicio 8

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 5De servicio 12

De más de 300 a 400 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 8De servicio 15

De más de 400 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 12De servicio 20

De más de 500 a 1000 M2

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 169

Page 170: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios MínimosComercial 35Industrial 35Agropecuario 15De servicio 25

De más de 1000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 20De servicio 30

i) De uso de suelo, según la clasificación siguiente:

Salarios MínimosVivienda 0.05Industria 0.10Comercio 0.30Servicios 0.20

j) De cambio de uso de suelo, cuando el Municipio contare con un Programa de Ordenamiento Urbano, en términos de la normatividad aplicable, se pagará el cincuenta por ciento de la cuota establecida para una licencia de uso de suelo. k) De uso de suelo de tipo agropecuario, debidamente acreditado, por la totalidad de la construcción: 1 salario mínimo.

IV. Por deslinde de predios:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 3Medio 3Interés Social 2Popular 1.5

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 8Interés Social 5Popular 3

De más de 500 a 1000 M2 Salarios Mínimos

Página 170 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 171: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Residencial 12Medio 10Interés Social 8Popular 6

De más de 1000 a 3000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 12Popular 8

De más de 3000 a 5000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 50Medio 40Interés Social 15Popular 12

De más de 5000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 80Medio 70Interés Social 20Popular 15

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 100Medio 90Interés Social 25Popular 20

Si el terreno es de uso: De 1 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 4Industrial 4Agropecuario 1.5De servicio 3

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 6Industrial 6Agropecuario 2De servicio 4

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 3De servicio 8

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 171

Page 172: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 12Industrial 12Agropecuario 6De servicio 10

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 8De servicio 20

De más de 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 50Agropecuario 12De servicio 40

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 60Industrial 60Agropecuario 15De servicio 70

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 120Industrial 120Agropecuario 20De servicio 90

V. Por registro, estudio y aprobación de planos y proyectos de construcción, remodelación o ampliación: Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

Salarios Mínimos

Residencial 2Medio 1.5Interés Social 1Popular 0.50

Si el terreno es de uso:

Salarios MínimosComercial 2Industrial 2Agropecuario 1De servicio 1

La modificación de proyectos también causará derechos, a razón de un cincuenta por ciento sobre las cuotas que correspondan.

Página 172 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 173: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Artículo 14.- Los derechos por expedición de certificados, constancias y otros servicios, se causarán y pagarán conforme a las cuotas siguientes: I. Certificado o certificaciones expedidos por funcionarios o empleados municipales, incluyendo la búsqueda de datos para expedirlos, por cada certificado, de 0.50 a 1 salario mínimo. II. Copias de documentos que obren en los archivos de oficinas municipales:

a) Por hoja escrita a doble espacio en ambas caras, 0.25 salarios mínimos.

b) Por hoja que indica el inciso anterior, escrita a un espacio por ambas caras, 0.30 salarios mínimos.

c) En los casos a que se refieren los incisos anteriores, cuando se escriba por una sola cara de la hoja, 0.25 salarios mínimos. En el caso a que se refiere esta fracción, además de los derechos que establecen los incisos que anteceden, se cobrará por la búsqueda de los documentos de los que deba sacarse copia cuando el interesado no proporcione los datos exactos para su localización, por cada año que comprenda la busca, 0.25 salarios mínimos. III. Evaluación de impacto ambiental, veinte salarios mínimos. IV. Por solicitudes de información conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado: a) Por copias simples o impresos por medio de dispositivo informático, por cada hoja tamaño carta u oficio: 0.02 salarios mínimos;

b) Por copias certificadas distintas a las señaladas en las fracciones anteriores, por cada hoja o fracción: 0.02 salarios mínimos; y

c) Por información grabada en disco de 3.5 pulgadas o disco compacto, por copia: 0.03 salarios mínimos Artículo 15.- Por la prestación de servicios que se proporcionan en los rastros públicos municipales se causarán derechos conforme a las cuotas siguientes: I. Bovino, por cada animal: 1.5 a 3.0 salarios mínimos; II. Porcino y equino, por cada animal: 0.5 a 1.0 salarios mínimos; III. Ovino y caprino, por cada animal: 0.2 a 0.4 salarios mínimos; IV. Aves y otras especies menores, por cada animal: 0.01 a 0.02 salarios mínimos; V. Por uso de corrales después de transcurridas cuarenta y ocho horas del ingreso del animal, por día o fracción se pagará el diez por ciento de las cantidades señaladas en las fracciones anteriores; y

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 173

Page 174: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

VI. Por uso de frigoríficos, después de transcurridas veinticuatro horas del ingreso del animal, por día o fracción se pagará el diez por ciento de las cantidades señaladas en las fracciones anteriores

Artículo 16.- Los Derechos por Servicios de Panteones se pagarán en salarios mínimos, conforme a las cuotas siguientes: I. Inhumaciones por siete años y refrendo de fosas 1 II. Inhumaciones en fosas a perpetuidad 3 III. Depósito de restos en osario por una temporalidad de 7 años 1 IV. Depósito de restos en el osario a perpetuidad 3 V. Construcción, reconstrucción, ampliación o modificación de monumentos, criptas o fosas

1

VI. Inhumación de restos, apertura o cierre de gavetas y demás operaciones semejantes

1

VII. Exhumaciones 1 VIII. Reinhumaciones 1 IX. Cremaciones 35

Artículo 17.- Los Derechos por Servicios de Recolección, Transporte y Disposición Final de Desechos Sólidos se causarán y pagarán mensualmente, de conformidad con las cuotas siguientes:

I. Por cada inmueble destinado a uso habitacional, de tipo:

Salarios mínimos Residencial 0.5 Medio 0.4 Interés social 0.3 Popular 0.2

II. Por cada industria o comercio, así como empresas que presenten espectáculos públicos, 0.008 salarios mínimos por kilogramo o 0.010 salarios mínimos por metro cúbico, sin que en ningún caso la cuota resulte menor a la establecida para inmuebles de uso habitacional de tipo residencial. Artículo 18.- Los Derechos por la Prestación de Servicios de Supervisión Técnica sobre la Explotación de Bancos de Material se pagarán 0.01 salarios mínimos, por metro cúbico o fracción de material extraído. En el caso de que no sea posible determinar el volumen de material extraído, este derecho se pagará a razón de un salario mínimo diario.

Artículo 19.- Los Derechos por Servicios Prestados por la Tesorería se causarán y pagarán de conformidad con las cuotas que en cada caso se señalan:

I. Rectificación o cancelación de los datos asentados en la declaración inicial de traslado de dominio, a solicitud del interesado, 1 salario mínimo.

II. Expedición de una Cédula Catastral, 7 salarios mínimos. III. Expedición de un Certificado de Valor Catastral o Catastral Provisional, 10 salarios mínimos.

Página 174 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 175: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

IV. Expedición de una constancia de datos catastrales, 3 salarios mínimos;

V. Expedición de cartografía catastral propiedad del Municipio:

a) Copias en papel heliográfico o bond por plano general de localidad, con curvas de nivel al metro y cuotas de crucero, en escala 1:2,000, por hoja, 4.5 salarios mínimos.

b) Copias en papel heliográfico o bond por plano general de localidad, en escalas aproximadas 1:4,000, 1:5,000, 1:7,500 y 1:10,000, 3 salarios mínimos.

c) Copias en papel heliográfico o bond por plano manzanero de localidades catastradas, en escala 1:500 ó 1:1,000:

1.-De 1 hasta 100 planos, por plano, 4.5 salarios mínimos. 2.-De 101 planos en adelante, por plano, 3 salarios mínimos. d) Copias del plano de región catastral, sin escala, con nomenclatura y valores catastrales del suelo urbano, por hoja, 3 salarios mínimos.

e) Copias del plano perimetral tamaño carta de un predio registrado en la cartografía catastral urbana, en escala 1:500, por plano. 3 salarios mínimos. f) Cartografía digital en escala 1:1,000 en formatos DXF., DWG. y ARC/INFO., por km2:

1.-Cobertura de manzanas, 22 salarios mínimos. 2.-Cobertura de predios, 64 salarios mínimos. 3.-Cobertura de construcciones, 64 salarios mínimos. 4.-Cobertura de curvas de nivel a cada metro, 10 salarios mínimos. g) Copias de contacto de fotografías aéreas, en escalas 1:4,500 1:10,000 y 1:20,000: 1.-En papel bond, imagen blanco y negro, en formato 23 x 23 cm., por copia, 1 salario mínimo.

2.-Grabada con escáner e impresión en papel bond, blanco y negro, en formato 23 x 23 cm., por copia. 1.1 salario mínimo. 3.-Grabada en disco compacto o en memoria USB, que en su caso aporte el solicitante, por copia, 3.8 salarios mínimo.

VI. Por la certificación de cada plano catastral propiedad del Municipio, 3 salarios mínimos.

VII. La certificación de documentos públicos que obran en el archivo de la tesorería, 1 salario mínimo.

Artículo 20.- Los Derechos por los Servicios del Registro Civil se causarán y pagarán, en salarios mínimos, de acuerdo a las cuotas siguientes:

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 175

Page 176: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

I. Por la expedición de copias de actas del Registro Civil, incluyendo el papel sellado, uno; II. Registro de nacimientos ordinarios y extemporáneos, uno; III. Reconocimiento de hijos, uno; IV. Adopciones, uno; V. Celebración de matrimonios en oficina, uno; VI. Celebración de matrimonios a domicilio, veinte; VII. Inscripción de sentencias, diez; y VIII. Divorcios, quince.

Artículo 21.- Los derechos por la ocupación de inmuebles del dominio público, se calcularán y pagarán de conformidad con las cuotas siguientes: I. Por la ocupación de espacios en mercados municipales se pagará diariamente, por metro cuadrado, de 0.01 a 0.05 salarios mínimos; II. La ocupación de espacios en vía pública o áreas municipales, exceptuando las áreas verdes, se pagará diariamente, por metro cuadrado o fracción, previa autorización correspondiente, a razón de 0.01 a 0.05 salarios mínimos; III. La ocupación temporal de la vía pública o áreas municipales, exceptuando las áreas verdes, por vehículos, aparatos mecánicos o electromecánicos, por tianguis, ferias o similares, se pagará diariamente, por metro cuadrado o fracción, a razón de 0.05 a 0.125 salarios mínimos; y

IV. El estacionamiento en la vía pública se pagará, mediante utilización de parquímetros, a razón de 0.125 salarios mínimos por hora o fracción. Artículo 22.- Las Contribuciones por Mejoras se causarán, liquidarán y pagarán de conformidad con lo establecido por el artículo 253 y demás relativos del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Artículo 23.- En materia de Productos y Aprovechamientos se estará a lo dispuesto en los Títulos Cuarto y Quinto del Libro Tercero del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Artículo 24.- Los rezagos por concepto de contribuciones o aprovechamientos señalados en esta Ley se cobrarán y recaudarán de acuerdo con las disposiciones legales vigentes al momento de su causación. Artículo 25.- El pago extemporáneo de créditos fiscales causará recargos, que se cobrarán a razón del 2.5% por cada mes o fracción, independientemente de las sanciones que, en su caso, correspondan al infractor. Artículo 26.- Cuando se otorguen prórrogas para el pago de los créditos fiscales municipales se causarán intereses, a una tasa del 1.25% mensual sobre el monto de los saldos insolutos de los créditos prorrogados.

Página 176 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 177: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Artículo 27.- El Municipio deberá registrar sus operaciones con base en el Clasificador por Rubros de Ingresos y en el Clasificador por Objeto del Gasto, derivados de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

T R A N S I T O R I O S ARTÍCULO ÚNICO.- La presente Ley entrará en vigor el día 1° de enero de 2015, previa publicación en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. DADA EN EL SALÓN DE SESIONES DE LA LXIII LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA – ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE. ANILÚ INGRAM VALLINES DIPUTADA PRESIDENTA

ANA CRISTINA LEDEZMA LÓPEZ DIPUTADA SECRETARIA

RÚBRICA.

RÚBRICA.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 177

Page 178: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

LA SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 26, FRACCIÓN I INCISO b), 33, FRACCIÓN I, 38 Y 71, FRACCIÓN V, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO; 107 DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE; 6 FRACCIÓN I INCISO b), 18, FRACCIÓN I Y 47 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER LEGISLATIVO; 75 Y 76 DEL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL PODER LEGISLATIVO, Y EN NOMBRE DEL PUEBLO, EXPIDE LA SIGUIENTE:

Ley Número 433

DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE MINATITLÁN, DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, CORRESPONDIENTE AL

EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2015.

Artículo 1.- Para el ejercicio fiscal del año 2015, la Hacienda Pública del Municipio de MINATITLÁN, del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, percibirá los ingresos provenientes de los conceptos señalados en la presente Ley, que se destinarán a cubrir el gasto público, en las cantidades estimadas que a continuación se señalan:

Monto en pesos

TOTAL PROYECTO DE LEY DE INGRESOS 450,777,417.15

IMPUESTOS 34,293,689.39

Impuestos sobre los ingresos 21,790.32

Impuesto sobre espectáculos públicos 18,766.32Impuesto sobre loterías, rifas, sorteos y concursos 0.00

Impuesto sobre juegos permitidos 3,024.00

Impuesto sobre el patrimonio 25,357,400.52

Impuesto predial 18,324,699.72Impuesto sobre traslación de dominio de bienes inmuebles 7,032,700.80

Impuestos sobre fraccionamiento 0.00

Accesorios 454,350.82

Accesorios de impuestos 454,350.82

Otros impuestos 2,827,149.85

Contribución adicional sobre ingresos municipales 2,827,149.85Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales pendientes de liquidación o pago. 5,632,997.88

Impuestos de ejercicios fiscales anteriores 5,632,997.88

CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 10,000,000.00

Contribuciones de mejoras por obras públicas 10,000,000.00

Página 178 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 179: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Obras públicas de tipo corriente 7,000,000.00

Accesorios de contribuciones de mejoras 3,000,000.00Contribuciones de mejoras no comprendidas en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 0.00Contribuciones de mejoras de ejercicios fiscales anteriores 0.00

DERECHOS 14,504,379.60

Derechos por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bienes de dominio público 1,013,588.04Derechos por ocupación de inmuebles de dominio público 1,013,588.04

Derechos por prestación de servicios 13,490,791.56Derechos por registro y refrendo anual de toda actividad económica 1,495,030.68

Derechos por obras materiales 2,321,400.60Derechos por los servicios de agua potable y drenaje del municipio 0.00Derechos por expedición de certificados y constancias 345,504.84Derechos por servicios de rastro y lugares autorizados 318,697.68

Derechos por servicios de panteones 582,977.40

Derechos por servicios de recolección, transporte y disposición final de desechos sólidos 1,418,755.20

Derechos por limpieza de predios no edificados 651,421.08Derechos por prestación de servicios de supervisión técnica sobre explotación de bancos de material 0.00

Derechos por servicios prestados por la tesorería 1,979,237.16

Derechos por servicios del registro civil 4,377,766.92

Derechos en material de tránsito municipal 0.00

Derechos en material de salud animal 0.00

Accesorios 0.00

Accesorios de derechos 0.00Derechos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 0.00

Derechos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

PRODUCTOS 40,199.28

Productos de tipo corriente 40,199.28Productos derivados del uso y aprovechamiento de bienes no sujetos a régimen de dominio público 0.00Enajenación de bienes muebles no sujetos a ser inventariados 0.00

Accesorios de productos 0.00

Otros productos que generan ingresos corrientes 40,199.28

Productos de capital 0.00

Terrenos 0.00

Viviendas 0.00

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 179

Page 180: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Edificios no habitacionales 0.00

Otros bienes inmuebles 0.00

Mobiliario y equipo de administración 0.00

Mobiliario y equipo educacional y recreativo 0.00

Equipo e instrumental médico y de laboratorio 0.00

Vehículos y equipo de transporte 0.00

Equipo de defensa y seguridad 0.00

Maquinaria, otros equipos y herramientas 0.00

Colecciones, obras de arte y objetos valiosos 0.00

Activos biológicos 0.00

Software 0.00

Patentes, marcas y derechos 0.00

Concesiones y franquicias 0.00

Licencias 0.00

Otros activos intangibles 0.00Productos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0.00

Productos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

APROVECHAMIENTOS 5,755,909.44

Aprovechamientos de tipo corriente 5,755,909.44

Incentivos derivados de la colaboración fiscal 0.00

Multas 2,688,830.88

Indemnizaciones 0.00

Reintegros 0.00Aprovechamientos provenientes de obras públicas 0.00Aprovechamientos por participaciones de la aplicación de leyes 0.00Aprovechamientos por aportaciones y cooperaciones 0.00

Accesorios de aprovechamientos 0.00

Otros aprovechamientos 3,067,078.56Aprovechamientos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0.00Aprovechamientos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

INGRESOS POR VENTA DE BIENES Y SERVICIOS 8,834,576.05Ingresos por venta de bienes y servicios de organismos descentralizados 0.00

Servicios 0.00

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00Ingresos de operación de entidades paraestatales empresariales y no financieras 0.00 0.00Ingresos por venta de bienes y servicios producidos en establecimientos del gobierno 8,834,576.05

Página 180 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 181: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Servicios 8,834,576.05

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00

PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 377,348,663.39

Participaciones 157,689,880.00

Participaciones federales 157,689,880.00

Aportaciones 219,658,783.39

Aportaciones federales 175,651,127.00

Seguridad pública ramo 036 0.00

Aportaciones de otros programas 44,007,656.39

Convenios 0.00

Ingresos extraordinarios 0.00

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 0.00Transferencias internas y asignaciones al sector público 0.00

Transferencias para apoyos de programas 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Ayudas sociales 0.00

Ayudas sociales a personas 0.00Becas y otras ayudas para programas de capacitación 0.00Ayudas sociales a actividades científicas o académicas 0.00Ayudas para desastres naturales y otros siniestros 0.00

INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTO 0.00

Endeudamiento interno 0.00

Deuda pública interna 0.00

RESUMEN

Recursos Fiscales 64,594,177.71

Ingresos propios 8,834,576.05

Recursos provenientes de la Federación 377,348,663.39

Recursos provenientes de financiamientos 0.00

Otros recursos 0.00

TOTAL DE INGRESOS ORDINARIOS 450,777,417.15

Artículo 2.- A los ingresos descritos en el artículo anterior se adicionarán los extraordinarios.

Artículo 3.- El Ayuntamiento de este Municipio reportará en sus cuentas públicas todos los ingresos que perciba por los conceptos a que se refiere esta Ley, aun aquellos que, en razón de no generarse ordinariamente o de no

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 181

Page 182: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

existir los antecedentes necesarios para estimar las cantidades a recaudar, aparezcan cuantificados en cero.

Artículo 4.- Los ingresos señalados en este ordenamiento se regirán, conforme a lo establecido por el Código Hacendario para el municipio de MINATITLAN y demás legislación aplicable.

Artículo 5.- El impuesto predial se causará, liquidará y pagará de acuerdo con la siguiente:

T A R I F A T A S A S

I. Predios Urbanos ConstruidosCon valor de $ 0.01 - $ 400,000.00 Con valor de $ 400,000.01 - $ 800,000.00 Con valor de $ 800,000.01 - $ 2,000,000.00 Con valor de $ 2,000,000.01 - $ 3,000,000.00 Con valor de $3,000,000.01 - $5,000,000.00 Con valor de $5,000,000.01 - $7,000,000.00 Con valor de $7,000,000.01 - $10,000,000.00 Con valor de $10,000,000.01 - $30,000,000.00 Con valor de $30,000,000.01 EN ADELANTE II. Predios Suburbanos Construidos Con valor de $ 0.01 - $ 350,000.00 Con valor de $ 350,000.01 - $ 600,000.00 Con valor de $ 600,000.01 - $ 1,000,000.00 Con valor de $ 1,000,000.01 - $ 3,000,000.00 De $ 3,000,000.01 EN ADELANTE III. Predios Urbanos Baldíos IV. Predios Suburbanos Baldíos V. Predios Rurales Particulares VI. Predios Rurales Ejidales

4 SM0.000720.000750.000970.001400.001600.001800.002200.00300

4 SM0.000810.000830.000940.00111

0.00700.00670.0015

0.001

Artículo 6.- Los rezagos por concepto de contribuciones o aprovechamientosseñalados en esta Ley se cobrarán y recaudarán de acuerdo con lasdisposiciones legales vigentes al momento de su causación.

Artículo 7.- El pago extemporáneo de créditos fiscales causará recargos, quese cobrarán a razón del 2.5% por cada mes o fracción, independientementede las sanciones que, en su caso, correspondan al infractor.

Artículo 8.- Cuando se otorguen prórrogas para el pago de los créditosfiscales municipales se causarán intereses, a una tasa del 1.25% mensualsobre el monto de los saldos insolutos de los créditos prorrogados.

Página 182 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 183: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Artículo 9.- El Municipio deberá registrar sus operaciones con base en elClasificador por Rubros de Ingresos y en el Clasificador por Objeto del Gasto,derivados de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

T R A N S I T O R I O S

ARTÍCULO ÚNICO.- La presente Ley entrará en vigor el día 1° de enero de 2015, previa publicación en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado.

DADA EN EL SALÓN DE SESIONES DE LA LXIII LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA – ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.

ANILÚ INGRAM VALLINES DIPUTADA PRESIDENTA

ANA CRISTINA LEDEZMA LÓPEZ DIPUTADA SECRETARIA

RÚBRICA.

RÚBRICA.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 183

Page 184: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

LA SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 26, FRACCIÓN I INCISO b), 33, FRACCIÓN I, 38 Y 71, FRACCIÓN V, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO; 107 DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE; 6 FRACCIÓN I INCISO b), 18, FRACCIÓN I Y 47 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER LEGISLATIVO; 75 Y 76 DEL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL PODER LEGISLATIVO, Y EN NOMBRE DEL PUEBLO, EXPIDE LA SIGUIENTE:

Ley Número 434

DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE MISANTLA, DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, CORRESPONDIENTE AL

EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2015. Artículo 1.- Para el ejercicio fiscal del año 2015, la Hacienda Pública del Municipio de MISANTLA, del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, percibirá los ingresos provenientes de los conceptos señalados en la presente Ley, que se destinarán a cubrir el gasto público, en las cantidades estimadas que a continuación se señalan:

Monto en pesos

TOTAL PROYECTO DE LEY DE INGRESOS 137,236,679.91

IMPUESTOS

6,406,211.46

Impuestos sobre los ingresos 15,282.51

Impuesto sobre espectáculos públicos 15,282.51 Impuesto sobre loterías, rifas, sorteos y concursos 0.00

Impuesto sobre juegos permitidos 0.00

Impuesto sobre el patrimonio 4,257,539.06

Impuesto predial 3,782,742.56 Impuesto sobre traslación de dominio de bienes inmuebles 474,796.50

Impuestos sobre fraccionamiento 0.00

Accesorios 49,759.39

Accesorios de impuestos 49,759.39

Otros impuestos 754,185.86

Contribución adicional sobre ingresos municipales 754,185.86 Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales pendientes de liquidación o pago. 1,329,444.64

Impuestos de ejercicios fiscales anteriores 1,329,444.64

Página 184 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 185: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 0.00

Contribuciones de mejoras por obras públicas 0.00

Obras públicas de tipo corriente 0.00

Accesorios de contribuciones de mejoras 0.00 Contribuciones de mejoras no comprendidasen las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 0.00 Contribuciones de mejoras de ejercicios fiscales anteriores 0.00

DERECHOS 2,978,425.67

Derechos por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bienes de dominio público 0.00 Derechos por ocupación de inmuebles de dominio público 0.00

Derechos por prestación de servicios

2,978,425.67 Derechos por registro y refrendo anual de toda actividad económica 393,942.24

Derechos por obras materiales 72,780.84 Derechos por los servicios de agua potable y drenaje del municipio 3,826.20 Derechos por expedición de certificados y constancias 748,271.99 Derechos por servicios de rastro y lugares autorizados 329,977.81

Derechos por servicios de panteones 350,138.04

Derechos por servicios de recolección, transporte y disposición final de desechos sólidos 0.00

Derechos por limpieza de predios no edificados 0.00 Derechos por prestación de servicios de supervisión técnica sobre explotación de bancos de material 0.00

Derechos por servicios prestados por la tesorería 0.00

Derechos por servicios del registro civil 1,079,488.55

Derechos en material de tránsito municipal 0.00

Derechos en material de salud animal 0.00

Accesorios 0.00

Accesorios de derechos 0.00 Derechos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 0.00

Derechos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

PRODUCTOS 1,588,605.30

Productos de tipo corriente 1,588,605.30 Productos derivados del uso y aprovechamiento de bienes no sujetos a régimen de dominio público 0.00 Enajenación de bienes muebles no sujetos a ser inventariados 0.00

Accesorios de productos 0.00

Otros productos que generan ingresos corrientes 1,588,605.30

Productos de capital 0.00

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 185

Page 186: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Terrenos 0.00

Viviendas 0.00

Edificios no habitacionales 0.00

Otros bienes inmuebles 0.00

Mobiliario y equipo de administración 0.00

Mobiliario y equipo educacional y recreativo 0.00

Equipo e instrumental médico y de laboratorio 0.00

Vehículos y equipo de transporte 0.00

Equipo de defensa y seguridad 0.00

Maquinaria, otros equipos y herramientas 0.00

Colecciones, obras de arte y objetos valiosos 0.00

Activos biológicos 0.00

Software 0.00

Patentes, marcas y derechos 0.00

Concesiones y franquicias 0.00

Licencias 0.00

Otros activos intangibles 0.00 Productos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0.00

Productos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

APROVECHAMIENTOS 140,885.48

Aprovechamientos de tipo corriente 140,885.48

Incentivos derivados de la colaboración fiscal 0.00

Multas 89,523.48

Indemnizaciones 0.00

Reintegros 0.00 Aprovechamientos provenientes de obras públicas 0.00 Aprovechamientos por participaciones de la aplicación de leyes 0.00 Aprovechamientos por aportaciones y cooperaciones 0.00

Accesorios de aprovechamientos 0.00

Otros aprovechamientos 51,362.00 Aprovechamientos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0.00 Aprovechamientos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

INGRESOS POR VENTA DE BIENES Y SERVICIOS 0.00 Ingresos por venta de bienes y servicios de organismos descentralizados 0.00

Servicios 0.00

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00 Ingresos de operación de entidades paraestatales empresariales y no financieras 0.00 0.00

Página 186 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 187: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Ingresos por venta de bienes y servicios producidos en establecimientos del gobierno 0.00

Servicios 0.00

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00

PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 126,122,552.00

Participaciones 41,748,394.00

Participaciones federales 41,748,394.00

Aportaciones 84,374,158.00

Aportaciones federales 84,374,158.00

Seguridad pública ramo 036 0.00

Aportaciones de otros programas 0.00

Convenios 0.00

Ingresos extraordinarios 0.00

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 0.00 Transferencias internas y asignaciones al sector público 0.00

Transferencias para apoyos de programas 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Ayudas sociales 0.00

Ayudas sociales a personas 0.00 Becas y otras ayudas para programas de capacitación 0.00 Ayudas sociales a actividades científicas o académicas 0.00 Ayudas para desastres naturales y otros siniestros 0.00

INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTO 0.00

Endeudamiento interno 0.00

Deuda pública interna 0.00

RESUMEN

Recursos Fiscales 11,114,127.91

Ingresos propios 0.00

Recursos provenientes de la Federación 126,122,552.00

Recursos provenientes de financiamientos 0.00

Otros recursos 0.00

TOTAL DE INGRESOS ORDINARIOS 137,236,679.91

Artículo 2.- A los ingresos descritos en el artículo anterior se adicionarán los extraordinarios.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 187

Page 188: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Artículo 3.- El Ayuntamiento de este Municipio reportará en sus cuentas públicas todos los ingresos que perciba por los conceptos a que se refiere esta Ley, aun aquellos que, en razón de no generarse ordinariamente o de no existir los antecedentes necesarios para estimar las cantidades a recaudar, aparezcan cuantificados en cero. Artículo 4.- Los ingresos señalados en este ordenamiento se regirán, conforme a lo establecido por el Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y demás legislación aplicable. Artículo 5.- El impuesto predial se causará, liquidará y pagará de acuerdo con la siguiente: T A R I F A T A S A (al millar)

I. Predios Urbanos Construidos 0.244 II. Predios Urbanos Baldíos 0.457 III. Predios Suburbanos Construidos 0.608 IV. Predios Suburbanos Baldíos 8.320 V. Predios Rurales Particulares 0.417 VI. Predios Rurales Ejidales 0.0157

Artículo 6.- El Impuesto Sobre Traslación de Dominio de Bienes Inmuebles se causará, liquidará y pagará aplicando a la base gravable determinada, la tasa de cinco al millar. Artículo 7.- El Impuesto Sobre Espectáculos Públicos se causará, liquidará y pagará sobre la base que en cada caso corresponda, conforme a las tarifas o tasas siguientes: I. Carpas de representaciones teatrales, de fantoches, títeres, óptica, fenómenos animales, enanos, bufos, etc., el tres por ciento sobre la entrada bruta;

II. Circos, el tres por ciento sobre la entrada bruta; III. Espectáculos deportivos:

a) Box, lucha libre y otros similares, el diez por ciento sobre la entrada bruta;

b) Carreras de automóviles, caballos, perros, bicicletas y motocicletas, el diez por ciento sobre la entrada bruta;

c) Béisbol, fútbol, básquetbol, tenis, pelota vasca y otros juegos de pelota, el ocho por ciento sobre la entrada bruta. IV. Corridas de toros, becerradas, novilladas, jaripeos, peleas de gallos y otros espectáculos similares, el diez por ciento sobre los ingresos brutos obtenidos;

Página 188 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 189: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

V. Representaciones teatrales de comedias, drama, ópera, opereta, zarzuela, revista, vodevil, variedades, ballet o revistas sobre hielo o acuáticas, conciertos y conferencias, el tres por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo; VI. Exhibiciones y concursos, el cinco por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo; VII. Espectáculos nocturnos diferentes a los anteriores, el diez por ciento sobre la entrada bruta; y VIII. Los no previstos en las fracciones anteriores, el diez por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo. Cuando el espectáculo se realice en beneficio de instituciones de asistencia pública legalmente constituidas, se aplicará la tasa del tres por ciento sobre el precio del boleto. Artículo 8.- El Impuesto Sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos se causará, liquidará y pagará, aplicando a la base gravable determinada, la tasa del veinte por ciento sobre el valor nominal total de los boletos o billetes vendidos o, cuando el mismo no pueda determinarse, sobre el valor total de los premios ofrecidos. Las personas que obtengan premios por participar en loterías, rifas, sorteos o concursos pagarán una tasa del seis por ciento sobre el monto total del ingreso obtenido. Artículo 9.- El Impuesto Sobre Juegos Permitidos se causará y pagará conforme a la tarifa mensual de 0.25 salarios mínimos por mesa o máquina de juego. Artículo 10.- La Contribución Adicional sobre Ingresos Municipales se causará y pagará, aplicando a la base que corresponda, las tarifas o tasas siguientes: I. Siete y medio por ciento adicional sobre el impuesto predial; II. Diez por ciento adicional sobre los impuestos sobre espectáculos públicos; sobre juegos permitidos y sobre fraccionamientos; y III. Diez por ciento adicional sobre los derechos y productos que establece el Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Artículo 11.- El Impuesto Sobre Fraccionamientos se causará, liquidará y pagará aplicando a la base gravable determinada la tasa de uno al millar. Artículo 12.- Los Derechos por Registro y Refrendo Anual de toda actividad económica se causarán y pagarán, en salarios mínimos, conforme a lo siguiente:

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 189

Page 190: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

I. Por la expedición de licencias, permisos o autorizaciones para el funcionamiento de establecimientos o locales con giros comerciales que enajenen o expendan bebidas alcohólicas, se pagarán las cuotas siguientes: Giro Costo de la licencia en

número de salarios mínimos:

Abarrotes con venta de cerveza 35 Abarrotes con venta de cerveza, vinos y licores 100 Agencias 250 Almacenes o Distribuidores 250 Billares 200 Cantinas o bares 200 Centros de eventos sociales 250 Centros deportivos o recreativos 250 Centros nocturnos y cabarets 1,000 Cervecerías 100 Clubes sociales 175 Depósitos 75 Discotecas 625 Hoteles y moteles 200 Kermeses, ferias y bailes públicos 125 Licorerías 115 Loncherías, taquerías, marisquerías, fondas, coctelerías, torterías, pizzerías y similares

75

Minisúper 150 Peñas, canta bar, café bar, video bar y café cantante

150

Restaurante 150 Restaurante-bar 200 Servicar 150 Supermercados 250

II.- Por anuncios comerciales y publicidad se cobrará por la autorización respectiva, de acuerdo a las cuotas siguientes: a) Por la colocación de anuncios comerciales en la vía pública o tenga efectos sobre ésta, repercutiendo en la imagen urbana, de cuatro a ocho salarios mínimos, anualmente; b) Por la colocación eventual de anuncios comerciales en la vía pública o tenga efectos sobre ésta, repercutiendo en la imagen urbana, dos salarios mínimos por evento; c) Por el anuncio de eventos en altavoz móvil, dos salarios mínimos por evento; y d) Por la colocación de anuncios comerciales en el interior o exterior de vehículos en los que se preste el servicio de transporte público de pasajeros, tres salarios mínimos, anualmente. Artículo 13.- Los derechos por obras materiales se causarán y pagarán, en salarios mínimos, conforme a las siguientes cuotas:

Página 190 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 191: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

I. Por derechos de alineamiento de predios, calculados sobre el total de metros lineales que tenga el terreno frente a la vía pública, en términos de la normatividad aplicable, conforme a los usos y rangos en metros lineales siguientes: Si el terreno es de uso:

Habitacional, de categoría De 1 a 10 ML

Salarios Mínimos Residencial 3 Medio 2 Interés Social 1.5 Popular 1

De más de 10 a 50 ML Salarios Mínimos

Residencial 3.5 Medio 3 Interés Social 2.5 Popular 2

De más de 50 ML Salarios Mínimos

Residencial 4 Medio 3.5 Interés Social 2.5 Popular 2

Si el terreno es de uso: De 1 a 10 ML.

Salarios Mínimos Comercial 4 Industrial 4 Agropecuario 3 De servicio 2

De más de 10 a 50 ML Salarios Mínimos

Comercial 5 Industrial 5 Agropecuario 4 De servicio 2.5

De más de 50 ML. Salarios Mínimos

Comercial 6 Industrial 6 Agropecuario 5 De servicio 3

II. Por asignación de número oficial e inspección de predios, cada uno: Si el terreno es de uso:

Habitacional, de categoría

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 191

Page 192: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios Mínimos

Residencial 2

Medio 1.5

Interés Social 1

Popular 0.5

Si el terreno es de uso:

Comercial 2

Industrial 2

Agropecuario 1

De servicio 1

III. Por licencias: a) De construcción de bardas, con excepción de las colindantes con la vía pública, conforme a los usos y rangos en metros lineales siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 20 ML Salarios Mínimos

Residencial 4 Medio 3 Interés Social 1 Popular 1

De más de 20 a 50 ML

Salarios Mínimos

Residencial 5 Medio 4 Interés Social 3 Popular 1.5

De más de 50 a 100 ML

Salarios Mínimos

Residencial 6 Medio 5 Interés Social 4 Popular 2

De 100 a 200 ML

Salarios Mínimos

Residencial 7 Medio 6 Interés Social 5

Página 192 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 193: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Popular 3

De más de 200 a 500 ML Salarios Mínimos

Residencial 8 Medio 7 Interés Social 6 Popular 4

De más de 500 ML Salarios Mínimos

Residencial 9 Medio 8 Interés Social 7 Popular 5

Si el terreno es de uso:

1 a 20 ML Salarios Mínimos

Comercial 5 Industrial 5 Agropecuario 1 De servicio 3

De más de 20 a 50 ML Salarios Mínimos

Comercial 6 Industrial 6 Agropecuario 1.5 De servicio 4

De más de 50 a 100 ML Salarios Mínimos

Comercial 7 Industrial 7 Agropecuario 2 De servicio 5

De más de 100 a 200 ML Salarios Mínimos

Comercial 8 Industrial 8 Agropecuario 3 De servicio 6

De más de 200 a 500 ML Salarios Mínimos

Comercial 10 Industrial 10 Agropecuario 4

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 193

Page 194: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De servicio 7

De más de 500 ML Salarios Mínimos

Comercial 15 Industrial 15 Agropecuario 5 De servicio 8

b) De construcción o ampliación, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: De 1 a 40 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 0Popular 0

De más de 40 a 60 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 6Interés Social 0Popular 0

De más de 60 a 80 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 3Popular 2

De 80 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 4Popular 3

De más de 100 a 150 M2 Salarios Mínimos

Residencial 14Medio 12Interés Social 5Popular 4

De más de 150 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 16Medio 14Interés Social 6Popular 5

Página 194 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 195: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 18Interés Social 0Popular 0

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 0Popular 0

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 22Interés Social 0Popular 0

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 40Medio 24Interés Social 0Popular 0

Si el terreno es de uso:

De 1 a 40 M2 Salarios Mínimos

Comercial 9Industrial 8Agropecuario 2De servicio 3

De más de 40 a 60 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 3De servicio 4

De más de 60 a 80 M2 Salarios Mínimos

Comercial 12Industrial 12Agropecuario 4De servicio 5

De 80 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 14Industrial 14Agropecuario 5

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 195

Page 196: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De servicio 6

De más de 100 a 150 M2 Salarios Mínimos

Comercial 16Industrial 16Agropecuario 10De servicio 7

De más de 150 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 18Industrial 18Agropecuario 15De servicio 8

De 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 10De servicio 10

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 20De servicio 15

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 20De servicio 20

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 50Industrial 50Agropecuario 40De servicio 30

c) Para fusionar, subdividir o relotificar, en términos de la normatividad aplicable, sobre el total de la superficie, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

Página 196 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 197: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 2Interés Social 1.5Popular 1

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 4

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 10Popular 6

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 10

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

Si el terreno es de uso:

De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 5Industrial 5Agropecuario 1De servicio 2

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 2De servicio 4

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 197

Page 198: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 4De servicio 8

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 6De servicio 15

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 10De servicio 20

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 15De servicio 25

d) Para fraccionamientos de terrenos, en términos de la normatividad aplicable, sobre el área total a fraccionar o lotificar, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 2Interés Social 1.5Popular 1

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 4

Página 198 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 199: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 10Popular 6

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 10

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

Si el terreno es de uso: De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 5Industrial 5Agropecuario 1De servicio 2

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 2De servicio 4

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 4De servicio 8

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 6De servicio 15 De más de 5,000 a 10,000 M2

Salarios MínimosComercial 30Industrial 30Agropecuario 10De servicio 20

De más de 10,000 M2

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 199

Page 200: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios MínimosComercial 40Industrial 40Agropecuario 15De servicio 25

e) Por demoliciones, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 50 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 6Interés Social 5Popular 4

De más de 50 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 5

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 8Popular 6

De más de 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 15Medio 12Interés Social 8Popular 6

Si el terreno es de uso: De 1 a 50 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 4De servicio 8

De más de 50 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 5De servicio 10

De más de 100 a 200 M2

Página 200 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 201: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios MínimosComercial 20Industrial 20Agropecuario 10De servicio 12

De más de 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 20De servicio 15

f) Por la construcción de albercas y depósitos de agua, por metro cúbico o fracción, 0.25 salarios mínimos.

g) Por la construcción de tanques subterráneos para almacenamiento de material peligroso, por metro cúbico o fracción, 0.50 salarios mínimos.

h) Para la conversión al régimen de propiedad en condominio, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 5Interés Social 3Popular 2

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 8Interés Social 5Popular 3

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 15Medio 12Interés Social 8Popular 5

De más de 300 a 400 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 12Popular 8

De más de 400 a 500 M2

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 201

Page 202: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios MínimosResidencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 12

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 35Medio 30Interés Social 25Popular 20

Si el terreno es de uso: De 1 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 2De servicio 5

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 3De servicio 8

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 5De servicio 12

De más de 300 a 400 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 8De servicio 15

De más de 400 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 12De servicio 20

Página 202 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 203: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De más de 500 a 1000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 35Industrial 35Agropecuario 15De servicio 25

De más de 1000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 20De servicio 30

i) De uso de suelo, según la clasificación siguiente:

Salarios MínimosVivienda 0.05Industria 0.10Comercio 0.30Servicios 0.20

j) De cambio de uso de suelo, cuando el Municipio contare con un Programa de Ordenamiento Urbano, en términos de la normatividad aplicable, se pagará el cincuenta por ciento de la cuota establecida para una licencia de uso de suelo. k) De uso de suelo de tipo agropecuario, debidamente acreditado, por la totalidad de la construcción: 1 salario mínimo.

IV. Por deslinde de predios:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 3Medio 3Interés Social 2Popular 1.5

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 8Interés Social 5Popular 3

De más de 500 a 1000 M2

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 203

Page 204: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios MínimosResidencial 12Medio 10Interés Social 8Popular 6

De más de 1000 a 3000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 12Popular 8

De más de 3000 a 5000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 50Medio 40Interés Social 15Popular 12

De más de 5000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 80Medio 70Interés Social 20Popular 15

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 100Medio 90Interés Social 25Popular 20

Si el terreno es de uso: De 1 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 4Industrial 4Agropecuario 1.5De servicio 3

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 6Industrial 6Agropecuario 2De servicio 4

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 3De servicio 8

De más de 500 a 1,000 M2

Página 204 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 205: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios MínimosComercial 12Industrial 12Agropecuario 6De servicio 10

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 8De servicio 20

De más de 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 50Agropecuario 12De servicio 40

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 60Industrial 60Agropecuario 15De servicio 70

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 120Industrial 120Agropecuario 20De servicio 90

V. Por registro, estudio y aprobación de planos y proyectos de construcción, remodelación o ampliación: Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

Salarios Mínimos

Residencial 2Medio 1.5Interés Social 1Popular 0.50

Si el terreno es de uso:

Salarios MínimosComercial 2Industrial 2Agropecuario 1De servicio 1

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 205

Page 206: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

La modificación de proyectos también causará derechos, a razón de un cincuenta por ciento sobre las cuotas que correspondan. Artículo 14.- Los derechos por expedición de certificados, constancias y otros servicios, se causarán y pagarán conforme a las cuotas siguientes: I. Certificado o certificaciones expedidos por funcionarios o empleados municipales, incluyendo la búsqueda de datos para expedirlos, por cada certificado, de 0.50 a 1 salario mínimo. II. Copias de documentos que obren en los archivos de oficinas municipales:

a) Por hoja escrita a doble espacio en ambas caras, 0.25 salarios mínimos.

b) Por hoja que indica el inciso anterior, escrita a un espacio por ambas caras, 0.30 salarios mínimos.

c) En los casos a que se refieren los incisos anteriores, cuando se escriba por una sola cara de la hoja, 0.25 salarios mínimos. En el caso a que se refiere esta fracción, además de los derechos que establecen los incisos que anteceden, se cobrará por la búsqueda de los documentos de los que deba sacarse copia cuando el interesado no proporcione los datos exactos para su localización, por cada año que comprenda la busca, 0.25 salarios mínimos. III. Evaluación de impacto ambiental, veinte salarios mínimos. IV. Por solicitudes de información conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado: a) Por copias simples o impresos por medio de dispositivo informático, por cada hoja tamaño carta u oficio: 0.02 salarios mínimos;

b) Por copias certificadas distintas a las señaladas en las fracciones anteriores, por cada hoja o fracción: 0.02 salarios mínimos; y

c) Por información grabada en disco de 3.5 pulgadas o disco compacto, por copia: 0.03 salarios mínimos Artículo 15.- Por la prestación de servicios que se proporcionan en los rastros públicos municipales se causarán derechos conforme a las cuotas siguientes: I. Bovino, por cada animal: 1.5 a 3.0 salarios mínimos; II. Porcino y equino, por cada animal: 0.5 a 1.0 salarios mínimos; III. Ovino y caprino, por cada animal: 0.2 a 0.4 salarios mínimos; IV. Aves y otras especies menores, por cada animal: 0.01 a 0.02 salarios mínimos;

Página 206 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 207: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

V. Por uso de corrales después de transcurridas cuarenta y ocho horas del ingreso del animal, por día o fracción se pagará el diez por ciento de las cantidades señaladas en las fracciones anteriores; y VI. Por uso de frigoríficos, después de transcurridas veinticuatro horas del ingreso del animal, por día o fracción se pagará el diez por ciento de las cantidades señaladas en las fracciones anteriores

Artículo 16.- Los Derechos por Servicios de Panteones se pagarán en salarios mínimos, conforme a las cuotas siguientes: I. Inhumaciones por siete años y refrendo de fosas 1 II. Inhumaciones en fosas a perpetuidad 3 III. Depósito de restos en osario por una temporalidad de 7 años 1 IV. Depósito de restos en el osario a perpetuidad 3 V. Construcción, reconstrucción, ampliación o modificación de monumentos, criptas o fosas

1

VI. Inhumación de restos, apertura o cierre de gavetas y demás operaciones semejantes

1

VII. Exhumaciones 1 VIII. Reinhumaciones 1 IX. Cremaciones 35

Artículo 17.- Los Derechos por Servicios de Recolección, Transporte y Disposición Final de Desechos Sólidos se causarán y pagarán mensualmente, de conformidad con las cuotas siguientes:

I. Por cada inmueble destinado a uso habitacional, de tipo:

Salarios mínimos Residencial 0.5 Medio 0.4 Interés social 0.3 Popular 0.2

II. Por cada industria o comercio, así como empresas que presenten espectáculos públicos, 0.008 salarios mínimos por kilogramo o 0.010 salarios mínimos por metro cúbico, sin que en ningún caso la cuota resulte menor a la establecida para inmuebles de uso habitacional de tipo residencial. Artículo 18.- Los Derechos por la Prestación de Servicios de Supervisión Técnica sobre la Explotación de Bancos de Material se pagarán 0.01 salarios mínimos, por metro cúbico o fracción de material extraído. En el caso de que no sea posible determinar el volumen de material extraído, este derecho se pagará a razón de un salario mínimo diario.

Artículo 19.- Los Derechos por Servicios Prestados por la Tesorería se causarán y pagarán de conformidad con las cuotas que en cada caso se señalan:

I. Rectificación o cancelación de los datos asentados en la declaración inicial de traslado de dominio, a solicitud del interesado, 1 salario mínimo.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 207

Page 208: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

II. Expedición de una Cédula Catastral, 7 salarios mínimos. III. Expedición de un Certificado de Valor Catastral o Catastral Provisional, 10 salarios mínimos. IV. Expedición de una constancia de datos catastrales, 3 salarios mínimos;

V. Expedición de cartografía catastral propiedad del Municipio:

a) Copias en papel heliográfico o bond por plano general de localidad, con curvas de nivel al metro y cuotas de crucero, en escala 1:2,000, por hoja, 4.5 salarios mínimos.

b) Copias en papel heliográfico o bond por plano general de localidad, en escalas aproximadas 1:4,000, 1:5,000, 1:7,500 y 1:10,000, 3 salarios mínimos.

c) Copias en papel heliográfico o bond por plano manzanero de localidades catastradas, en escala 1:500 ó 1:1,000:

1.-De 1 hasta 100 planos, por plano, 4.5 salarios mínimos. 2.-De 101 planos en adelante, por plano, 3 salarios mínimos. d) Copias del plano de región catastral, sin escala, con nomenclatura y valores catastrales del suelo urbano, por hoja, 3 salarios mínimos.

e) Copias del plano perimetral tamaño carta de un predio registrado en la cartografía catastral urbana, en escala 1:500, por plano. 3 salarios mínimos. f) Cartografía digital en escala 1:1,000 en formatos DXF., DWG. y ARC/INFO., por km2:

1.-Cobertura de manzanas, 22 salarios mínimos. 2.-Cobertura de predios, 64 salarios mínimos. 3.-Cobertura de construcciones, 64 salarios mínimos. 4.-Cobertura de curvas de nivel a cada metro, 10 salarios mínimos. g) Copias de contacto de fotografías aéreas, en escalas 1:4,500 1:10,000 y 1:20,000: 1.-En papel bond, imagen blanco y negro, en formato 23 x 23 cm., por copia, 1 salario mínimo.

2.-Grabada con escáner e impresión en papel bond, blanco y negro, en formato 23 x 23 cm., por copia. 1.1 salario mínimo. 3.-Grabada en disco compacto o en memoria USB, que en su caso aporte el solicitante, por copia, 3.8 salarios mínimo.

VI. Por la certificación de cada plano catastral propiedad del Municipio, 3 salarios mínimos.

VII. La certificación de documentos públicos que obran en el archivo de la tesorería, 1 salario mínimo.

Página 208 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 209: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Artículo 20.- Los Derechos por los Servicios del Registro Civil se causarán y pagarán, en salarios mínimos, de acuerdo a las cuotas siguientes:

I. Por la expedición de copias de actas del Registro Civil, incluyendo el papel sellado, uno; II. Registro de nacimientos ordinarios y extemporáneos, uno; III. Reconocimiento de hijos, uno; IV. Adopciones, uno; V. Celebración de matrimonios en oficina, uno; VI. Celebración de matrimonios a domicilio, veinte; VII. Inscripción de sentencias, diez; y VIII. Divorcios, quince.

Artículo 21.- Los derechos por la ocupación de inmuebles del dominio público, se calcularán y pagarán de conformidad con las cuotas siguientes: I. Por la ocupación de espacios en mercados municipales se pagará diariamente, por metro cuadrado, de 0.01 a 0.05 salarios mínimos; II. La ocupación de espacios en vía pública o áreas municipales, exceptuando las áreas verdes, se pagará diariamente, por metro cuadrado o fracción, previa autorización correspondiente, a razón de 0.01 a 0.05 salarios mínimos; III. La ocupación temporal de la vía pública o áreas municipales, exceptuando las áreas verdes, por vehículos, aparatos mecánicos o electromecánicos, por tianguis, ferias o similares, se pagará diariamente, por metro cuadrado o fracción, a razón de 0.05 a 0.125 salarios mínimos; y

IV. El estacionamiento en la vía pública se pagará, mediante utilización de parquímetros, a razón de 0.125 salarios mínimos por hora o fracción. Artículo 22.- Las Contribuciones por Mejoras se causarán, liquidarán y pagarán de conformidad con lo establecido por el artículo 253 y demás relativos del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Artículo 23.- En materia de Productos y Aprovechamientos se estará a lo dispuesto en los Títulos Cuarto y Quinto del Libro Tercero del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Artículo 24.- Los rezagos por concepto de contribuciones o aprovechamientos señalados en esta Ley se cobrarán y recaudarán de acuerdo con las disposiciones legales vigentes al momento de su causación.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 209

Page 210: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Artículo 25.- El pago extemporáneo de créditos fiscales causará recargos, que se cobrarán a razón del 2.5% por cada mes o fracción, independientemente de las sanciones que, en su caso, correspondan al infractor. Artículo 26.- Cuando se otorguen prórrogas para el pago de los créditos fiscales municipales se causarán intereses, a una tasa del 1.25% mensual sobre el monto de los saldos insolutos de los créditos prorrogados. Artículo 27.- El Municipio deberá registrar sus operaciones con base en el Clasificador por Rubros de Ingresos y en el Clasificador por Objeto del Gasto, derivados de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

T R A N S I T O R I O S ARTÍCULO ÚNICO.- La presente Ley entrará en vigor el día 1° de enero de 2015, previa publicación en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. DADA EN EL SALÓN DE SESIONES DE LA LXIII LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA – ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE. ANILÚ INGRAM VALLINES DIPUTADA PRESIDENTA

ANA CRISTINA LEDEZMA LÓPEZ DIPUTADA SECRETARIA

RÚBRICA.

RÚBRICA.

Página 210 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 211: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

LA SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 26, FRACCIÓN I INCISO b), 33, FRACCIÓN I, 38 Y 71, FRACCIÓN V, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO; 107 DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE; 6 FRACCIÓN I INCISO b), 18, FRACCIÓN I Y 47 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER LEGISLATIVO; 75 Y 76 DEL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL PODER LEGISLATIVO, Y EN NOMBRE DEL PUEBLO, EXPIDE LA SIGUIENTE:

Ley Número 435

DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE MIXTLA DE ALTAMIRANO, DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE,

CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2015.

Artículo 1.- Para el ejercicio fiscal del año 2015, la Hacienda Pública del Municipio de MIXTLA DE ALTAMIRANO, del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, percibirá los ingresos provenientes de los conceptos señalados en la presente Ley, que se destinarán a cubrir el gasto público, en las cantidades estimadas que a continuación se señalan:

Monto en pesos

TOTAL PROYECTO DE LEY DE INGRESOS 48,047,833.01

IMPUESTOS 312,818.99

Impuestos sobre los ingresos 0.00

Impuesto sobre espectáculos públicos 0.00Impuesto sobre loterías, rifas, sorteos y concursos 0.00

Impuesto sobre juegos permitidos 0.00

Impuesto sobre el patrimonio 149,665.87

Impuesto predial 147,175.55Impuesto sobre traslación de dominio de bienes inmuebles 2,490.32

Impuestos sobre fraccionamiento 0.00

Accesorios 884.35

Accesorios de impuestos 884.35

Otros impuestos 46,477.27

Contribución adicional sobre ingresos municipales 46,477.27Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales pendientes de liquidación o pago. 115,791.50

Impuestos de ejercicios fiscales anteriores 115,791.50

CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 0.00

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 211

Page 212: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Contribuciones de mejoras por obras públicas 0.00

Obras públicas de tipo corriente 0.00

Accesorios de contribuciones de mejoras 0.00Contribuciones de mejoras no comprendidas en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 0.00Contribuciones de mejoras de ejercicios fiscales anteriores 0.00

DERECHOS 346,755.04

Derechos por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bienes de dominio público 2,695.85Derechos por ocupación de inmuebles de dominio público 2,695.85

Derechos por prestación de servicios 321,189.11Derechos por registro y refrendo anual de toda actividad económica 0.00

Derechos por obras materiales 0.00Derechos por los servicios de agua potable y drenaje del municipio 146,087.66Derechos por expedición de certificados y constancias 15,981.06Derechos por servicios de rastro y lugares autorizados 0.00

Derechos por servicios de panteones 0.00

Derechos por servicios de recolección, transporte y disposición final de desechos sólidos 0.00

Derechos por limpieza de predios no edificados 0.00Derechos por prestación de servicios de supervisión técnica sobre explotación de bancos de material 0.00

Derechos por servicios prestados por la tesorería 25,182.55

Derechos por servicios del registro civil 133,937.84

Derechos en material de tránsito municipal 0.00

Derechos en material de salud animal 0.00

Accesorios 6,928.50

Accesorios de derechos 6,928.50Derechos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 15,941.58

Derechos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

PRODUCTOS 0.00

Productos de tipo corriente 0.00Productos derivados del uso y aprovechamiento de bienes no sujetos a régimen de dominio público 0.00Enajenación de bienes muebles no sujetos a ser inventariados 0.00

Accesorios de productos 0.00

Otros productos que generan ingresos corrientes 0.00

Productos de capital 0.00

Terrenos 0.00

Página 212 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 213: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Viviendas 0.00

Edificios no habitacionales 0.00

Otros bienes inmuebles 0.00

Mobiliario y equipo de administración 0.00

Mobiliario y equipo educacional y recreativo 0.00

Equipo e instrumental médico y de laboratorio 0.00

Vehículos y equipo de transporte 0.00

Equipo de defensa y seguridad 0.00

Maquinaria, otros equipos y herramientas 0.00

Colecciones, obras de arte y objetos valiosos 0.00

Activos biológicos 0.00

Software 0.00

Patentes, marcas y derechos 0.00

Concesiones y franquicias 0.00

Licencias 0.00

Otros activos intangibles 0.00Productos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0.00

Productos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

APROVECHAMIENTOS 14,167.98

Aprovechamientos de tipo corriente 13,983.84

Incentivos derivados de la colaboración fiscal 0.00

Multas 13,983.84

Indemnizaciones 0.00

Reintegros 0.00Aprovechamientos provenientes de obras públicas 0.00Aprovechamientos por participaciones de la aplicación de leyes 0.00Aprovechamientos por aportaciones y cooperaciones 0.00

Accesorios de aprovechamientos 0.00

Otros aprovechamientos 0.00Aprovechamientos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 184.14Aprovechamientos de ejercicios fiscales anteriores 184.14

INGRESOS POR VENTA DE BIENES Y SERVICIOS 0.00Ingresos por venta de bienes y servicios de organismos descentralizados 0.00

Servicios 0.00

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00Ingresos de operación de entidades paraestatales empresariales y no financieras 0.00 0.00

Ingresos por venta de bienes y servicios 0.00

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 213

Page 214: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

producidos en establecimientos del gobierno

Servicios 0.00

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00

PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 47,374,091.00

Participaciones 10,434,921.00

Participaciones federales 10,434,921.00

Aportaciones 36,939,170.00

Aportaciones federales 36,939,170.00

Seguridad pública ramo 036 0.00

Aportaciones de otros programas 0.00

Convenios 0.00

Ingresos extraordinarios 0.00

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 0.00Transferencias internas y asignaciones al sector público 0.00

Transferencias para apoyos de programas 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Ayudas sociales 0.00

Ayudas sociales a personas 0.00Becas y otras ayudas para programas de capacitación 0.00Ayudas sociales a actividades científicas o académicas 0.00Ayudas para desastres naturales y otros siniestros 0.00

INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTO 0.00

Endeudamiento interno 0.00

Deuda pública interna 0.00

RESUMEN

Recursos Fiscales 673,742.01

Ingresos propios 0.00

Recursos provenientes de la Federación 47,374,091.00

Recursos provenientes de financiamientos 0.00

Otros recursos 0.00

TOTAL DE INGRESOS ORDINARIOS 48,047,833.01

Artículo 2.- A los ingresos descritos en el artículo anterior se adicionarán los extraordinarios.

Artículo 3.- El Ayuntamiento de este Municipio reportará en sus cuentas públicas todos los ingresos que perciba por los conceptos a que se refiere esta Ley, aun aquellos que, en razón de no generarse ordinariamente o de no

Página 214 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 215: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

existir los antecedentes necesarios para estimar las cantidades a recaudar, aparezcan cuantificados en cero.

Artículo 4.- Los ingresos señalados en este ordenamiento se regirán, conforme a lo establecido por el Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llavey demás legislación aplicable.

Artículo 5.- El impuesto predial se causará, liquidará y pagará de acuerdo con la siguiente:

T A R I F A T A S A (al millar)

I. Predios Urbanos Construidos 0.767II. Predios Urbanos Baldíos 2.875III. Predios Suburbanos Construidos 0.537IV. Predios Suburbanos Baldíos 2.013V. Predios Rurales Particulares 4.000VI. Predios Rurales Ejidales 0.000

Artículo 6.- El Impuesto Sobre Traslación de Dominio de Bienes Inmuebles se causará, liquidará y pagará aplicando a la base gravable determinada, la tasa de cinco al millar.

Artículo 7.- El Impuesto Sobre Espectáculos Públicos se causará, liquidará y pagará sobre la base que en cada caso corresponda, conforme a las tarifas o tasas siguientes:

I. Carpas de representaciones teatrales, de fantoches, títeres, óptica, fenómenos animales, enanos, bufos, etc., el tres por ciento sobre la entrada bruta;

II. Circos, el tres por ciento sobre la entrada bruta;

III. Espectáculos deportivos:

a) Box, lucha libre y otros similares, el diez por ciento sobre la entrada bruta;

b) Carreras de automóviles, caballos, perros, bicicletas y motocicletas, el diez por ciento sobre la entrada bruta;

c) Béisbol, fútbol, básquetbol, tenis, pelota vasca y otros juegos de pelota, el ocho por ciento sobre la entrada bruta.

IV. Corridas de toros, becerradas, novilladas, jaripeos, peleas de gallos y otros espectáculos similares, el diez por ciento sobre los ingresos brutos obtenidos;

V. Representaciones teatrales de comedias, drama, ópera, opereta, zarzuela, revista, vodevil, variedades, ballet o revistas sobre hielo o acuáticas,

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 215

Page 216: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

conciertos y conferencias, el tres por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo;

VI. Exhibiciones y concursos, el cinco por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo;

VII. Espectáculos nocturnos diferentes a los anteriores, el diez por ciento sobre la entrada bruta; y

VIII. Los no previstos en las fracciones anteriores, el diez por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo.

Cuando el espectáculo se realice en beneficio de instituciones de asistencia pública legalmente constituidas, se aplicará la tasa del tres por ciento sobre el precio del boleto.

Artículo 8.- El Impuesto Sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos se causará, liquidará y pagará, aplicando a la base gravable determinada, la tasa del veinte por ciento sobre el valor nominal total de los boletos o billetes vendidos o, cuando el mismo no pueda determinarse, sobre el valor total de los premios ofrecidos.

Las personas que obtengan premios por participar en loterías, rifas, sorteos o concursos pagarán una tasa del seis por ciento sobre el monto total del ingreso obtenido.

Artículo 9.- El Impuesto Sobre Juegos Permitidos se causará y pagará conforme a la tarifa mensual de 0.25 salarios mínimos por mesa o máquina de juego.

Artículo 10.-La Contribución Adicional sobre Ingresos Municipales se causará y pagará, aplicando a la base que corresponda, las tarifas o tasas siguientes:

I. Siete y medio por ciento adicional sobre el impuesto predial;

II. Diez por ciento adicional sobre los impuestos sobre espectáculos públicos; sobre juegos permitidos y sobre fraccionamientos; y

III. Diez por ciento adicional sobre los derechos y productos que establece el Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Artículo 11.- El Impuesto Sobre Fraccionamientos se causará, liquidará y pagará aplicando a la base gravable determinada la tasa de uno al millar.

Artículo 12.- Los Derechos por Registro y Refrendo Anual de toda actividad económica se causarán y pagarán, en salarios mínimos, conforme a lo siguiente:

I. Por la expedición de licencias, permisos o autorizaciones para el funcionamiento de establecimientos o locales con giros comerciales que enajenen o expendan bebidas alcohólicas, se pagarán las cuotas siguientes:

Página 216 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 217: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Giro Costo de la licencia en número de salarios

mínimos: Abarrotes con venta de cerveza 35 Abarrotes con venta de cerveza, vinos y licores 100 Agencias 250 Almacenes o Distribuidores 250 Billares 200 Cantinas o bares 200 Centros de eventos sociales 250 Centros deportivos o recreativos 250 Centros nocturnos y cabarets 1,000 Cervecerías 100 Clubes sociales 175 Depósitos 75 Discotecas 625 Hoteles y moteles 200 Kermeses, ferias y bailes públicos 125 Licorerías 115 Loncherías, taquerías, marisquerías, fondas, coctelerías, torterías, pizzerías y similares

75

Minisúper 150 Peñas, canta bar, café bar, vídeo bar y café cantante

150

Restaurante 150 Restaurante-bar 200 Servicar 150 Supermercados 250

II.- Por anuncios comerciales y publicidad se cobrará por la autorización respectiva, de acuerdo a las cuotas siguientes:

a) Por la colocación de anuncios comerciales en la vía pública o tenga efectos sobre ésta, repercutiendo en la imagen urbana, de cuatro a ocho salarios mínimos, anualmente;

b) Por la colocación eventual de anuncios comerciales en la vía pública o tenga efectos sobre ésta, repercutiendo en la imagen urbana, dos salarios mínimos por evento;

c) Por el anuncio de eventos en altavoz móvil, dos salarios mínimos por evento; y

d) Por la colocación de anuncios comerciales en el interior o exterior de vehículos en los que se preste el servicio de transporte público de pasajeros, tres salarios mínimos, anualmente.

Artículo 13.- Los derechos por obras materiales se causarán y pagarán, en salarios mínimos, conforme a las siguientes cuotas:

I. Por derechos de alineamiento de predios, calculados sobre el total de metros lineales que tenga el terreno frente a la vía pública, en términos de la normatividad aplicable, conforme a los usos y rangos en metros lineales siguientes:

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 217

Page 218: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Si el terreno es de uso:

Habitacional, de categoría De 1 a 10 ML Salarios Mínimos

Residencial 3 Medio 2 Interés Social 1.5 Popular 1

De más de 10 a 50 ML Salarios Mínimos

Residencial 3.5 Medio 3 Interés Social 2.5 Popular 2

De más de 50 ML Salarios Mínimos

Residencial 4 Medio 3.5 Interés Social 2.5 Popular 2

Si el terreno es de uso: De 1 a 10 ML. Salarios Mínimos

Comercial 4 Industrial 4 Agropecuario 3 De servicio 2

De más de 10 a 50 ML Salarios Mínimos

Comercial 5 Industrial 5 Agropecuario 4 De servicio 2.5

De más de 50 ML. Salarios Mínimos

Comercial 6 Industrial 6 Agropecuario 5 De servicio 3

II. Por asignación de número oficial e inspección de predios, cada uno:

Si el terreno es de uso:

Habitacional, de categoría Salarios Mínimos

Residencial 2

Medio 1.5

Página 218 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 219: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Interés Social 1

Popular 0.5

Si el terreno es de uso:

Comercial 2

Industrial 2

Agropecuario 1

De servicio 1

III. Por licencias:

a) De construcción de bardas, con excepción de las colindantes con la vía pública, conforme a los usos y rangos en metros lineales siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 20 ML Salarios Mínimos

Residencial 4 Medio 3 Interés Social 1 Popular 1

De más de 20 a 50 ML Salarios Mínimos

Residencial 5 Medio 4 Interés Social 3 Popular 1.5

De más de 50 a 100 ML Salarios Mínimos

Residencial 6 Medio 5 Interés Social 4 Popular 2

De 100 a 200 ML Salarios Mínimos

Residencial 7 Medio 6 Interés Social 5 Popular 3

De más de 200 a 500 ML Salarios Mínimos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 219

Page 220: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Residencial 8 Medio 7 Interés Social 6 Popular 4

De más de 500 ML Salarios Mínimos

Residencial 9 Medio 8 Interés Social 7 Popular 5

Si el terreno es de uso: 1 a 20 ML Salarios Mínimos

Comercial 5 Industrial 5 Agropecuario 1 De servicio 3

De más de 20 a 50 ML Salarios Mínimos

Comercial 6 Industrial 6 Agropecuario 1.5 De servicio 4

De más de 50 a 100 ML Salarios Mínimos

Comercial 7 Industrial 7 Agropecuario 2 De servicio 5

De más de 100 a 200 ML Salarios Mínimos

Comercial 8 Industrial 8 Agropecuario 3 De servicio 6

De más de 200 a 500 ML Salarios Mínimos

Comercial 10 Industrial 10 Agropecuario 4 De servicio 7

De más de 500 ML Salarios Mínimos

Página 220 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 221: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 15 Industrial 15 Agropecuario 5 De servicio 8

b) De construcción o ampliación, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: De 1 a40 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 0Popular 0

De más de 40 a60 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 6Interés Social 0Popular 0

De más de 60 a80 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 3Popular 2

De 80 a100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 4Popular 3

De más de 100 a150 M2 Salarios Mínimos

Residencial 14Medio 12Interés Social 5Popular 4

De más de 150 a200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 16Medio 14Interés Social 6Popular 5

De 200 a300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 221

Page 222: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Medio 18Interés Social 0Popular 0

De más de 300 a500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 0Popular 0

De más de 500 a1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 22Interés Social 0Popular 0

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 40Medio 24Interés Social 0Popular 0

Si el terreno es de uso: De 1 a40 M2 Salarios Mínimos

Comercial 9Industrial 8Agropecuario 2De servicio 3

De más de 40 a60 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 3De servicio 4

De más de 60 a80 M2 Salarios Mínimos

Comercial 12Industrial 12Agropecuario 4De servicio 5

De 80 a100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 14Industrial 14Agropecuario 5De servicio 6

De más de 100 a150 M2 Salarios Mínimos

Página 222 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 223: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 16Industrial 16Agropecuario 10De servicio 7

De más de 150 a200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 18Industrial 18Agropecuario 15De servicio 8

De 200 a300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 10De servicio 10

De más de 300 a500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 20De servicio 15

De más de 500 a1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 20De servicio 20

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 50Industrial 50Agropecuario 40De servicio 30

c) Para fusionar, subdividir o relotificar, en términos de la normatividad aplicable, sobre el total de la superficie, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a500 M2 Salarios Mínimos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 223

Page 224: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Residencial 4Medio 2Interés Social 1.5Popular 1

De más de 500 a1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 1,000 a3,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 4

De 3,000 a5,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 10Popular 6

De más de 5,000 a10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 10

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

Si el terreno es de uso: De 1 a500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 5Industrial 5Agropecuario 1De servicio 2

De más de 500 a1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 2De servicio 4

De más de 1,000 a3,000 M2 Salarios Mínimos

Página 224 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 225: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 4De servicio 8

De 3,000 a5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 6De servicio 15

De más de 5,000 a10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 10De servicio 20

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 15De servicio 25

d) Para fraccionamientos de terrenos, en términos de la normatividad aplicable, sobre el área total a fraccionar o lotificar, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 2Interés Social 1.5Popular 1

De más de 500 a1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 1,000 a3,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 4

De 3,000 a5,000 M2 Salarios Mínimos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 225

Page 226: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Residencial 20Medio 15Interés Social 10Popular 6

De más de 5,000 a10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 10

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

Si el terreno es de uso: De 1 a500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 5Industrial 5Agropecuario 1De servicio 2

De más de 500 a1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 2De servicio 4

De más de 1,000 a3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 4De servicio 8

De 3,000 a5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 6De servicio 15

De más de 5,000 a10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 10De servicio 20

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40

Página 226 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 227: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Industrial 40Agropecuario 15De servicio 25

e) Por demoliciones, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a50 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 6Interés Social 5Popular 4

De más de 50 a100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 5

De más de 100 a200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 8Popular 6

De más de 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 15Medio 12Interés Social 8Popular 6

Si el terreno es de uso: De 1 a50 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 4De servicio 8

De más de 50 a100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 5De servicio 10

De más de 100 a200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 227

Page 228: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Industrial 20Agropecuario 10De servicio 12

De más de 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 20De servicio 15

f) Por la construcción de albercas y depósitos de agua, por metro cúbico o fracción, 0.25 salarios mínimos.

g) Por la construcción de tanques subterráneos para almacenamiento de material peligroso, por metro cúbico o fracción, 0.50 salarios mínimos.

h) Para la conversión al régimen de propiedad en condominio, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 5Interés Social 3Popular 2

De más de 100 a200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 8Interés Social 5Popular 3

De más de 200 a300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 15Medio 12Interés Social 8Popular 5

De más de 300 a400 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 12Popular 8

De más de 400 a500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25

Página 228 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 229: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Medio 20Interés Social 15Popular 12

De más de 500 a1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 35Medio 30Interés Social 25Popular 20

Si el terreno es de uso: De 1 a100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 2De servicio 5

De más de 100 a200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 3De servicio 8

De más de 200 a300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 5De servicio 12

De más de 300 a400 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 8De servicio 15

De más de 400 a500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 12De servicio 20

De más de 500 a1000 M2 Salarios Mínimos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 229

Page 230: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 35Industrial 35Agropecuario 15De servicio 25

De más de 1000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 20De servicio 30

i) De uso de suelo, según la clasificación siguiente:

Salarios MínimosVivienda 0.05Industria 0.10Comercio 0.30Servicios 0.20

j) De cambio de uso de suelo, cuando el Municipio contare con un Programa de Ordenamiento Urbano, en términos de la normatividad aplicable, se pagará el cincuenta por ciento de la cuota establecida para una licencia de uso de suelo.

k) De uso de suelo de tipo agropecuario, debidamente acreditado, por la totalidad de la construcción: 1 salario mínimo.

IV. Por deslinde de predios:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 3Medio 3Interés Social 2Popular 1.5

De más de 200 a300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 300 a500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 8Interés Social 5Popular 3

De más de 500 a1000 M2 Salarios Mínimos

Página 230 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 231: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Residencial 12Medio 10Interés Social 8Popular 6

De más de 1000 a3000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 12Popular 8

De más de 3000 a5000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 50Medio 40Interés Social 15Popular 12

De más de 5000 a10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 80Medio 70Interés Social 20Popular 15

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 100Medio 90Interés Social 25Popular 20

Si el terreno es de uso: De 1 a200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 4Industrial 4Agropecuario 1.5De servicio 3

De más de 200 a300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 6Industrial 6Agropecuario 2De servicio 4

De más de 300 a500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 3De servicio 8

De más de 500 a1,000 M2 Salarios Mínimos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 231

Page 232: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 12Industrial 12Agropecuario 6De servicio 10

De más de 1,000 a3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 8De servicio 20

De más de 3,000 a5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 50Agropecuario 12De servicio 40

De más de 5,000 a10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 60Industrial 60Agropecuario 15De servicio 70

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 120Industrial 120Agropecuario 20De servicio 90

V. Por registro, estudio y aprobación de planos y proyectos de construcción, remodelación o ampliación:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

Salarios Mínimos

Residencial 2Medio 1.5Interés Social 1Popular 0.50

Si el terreno es de uso: Salarios Mínimos

Comercial 2Industrial 2Agropecuario 1De servicio 1

La modificación de proyectos también causará derechos, a razón de un cincuenta por ciento sobre las cuotas que correspondan.

Página 232 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 233: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Artículo 14.- Los derechos por expedición de certificados, constancias y otros servicios, se causarán y pagarán conforme a las cuotas siguientes:

I. Certificado o certificaciones expedidos por funcionarios o empleados municipales, incluyendo la búsqueda de datos para expedirlos, por cada certificado, de 0.50 a 1 salario mínimo.

II. Copias de documentos que obren en los archivos de oficinas municipales:

a) Por hoja escrita a doble espacio en ambas caras, 0.25 salarios mínimos.

b) Por hoja que indica el inciso anterior, escrita a un espacio por ambas caras, 0.30 salarios mínimos.

c) En los casos a que se refieren los incisos anteriores, cuando se escriba por una sola cara de la hoja, 0.25 salarios mínimos.

En el caso a que se refiere esta fracción, además de los derechos que establecen los incisos que anteceden, se cobrará por la búsqueda de los documentos de los que deba sacarse copia cuando el interesado noproporcione los datos exactos para su localización, por cada año que comprenda la busca, 0.25 salarios mínimos.

III. Evaluación de impacto ambiental, veinte salarios mínimos.

IV. Por solicitudes de información conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado:

a) Por copias simples o impresos por medio de dispositivo informático, por cada hoja tamaño carta u oficio: 0.02 salarios mínimos;

b) Por copias certificadas distintas a las señaladas en las fracciones anteriores, por cada hoja o fracción: 0.02 salarios mínimos; y

c) Por información grabada en disco de 3.5 pulgadas o disco compacto, por copia: 0.03 salarios mínimos

Artículo 15.- Por la prestación de servicios que se proporcionan en los rastros públicos municipales se causarán derechos conforme a las cuotas siguientes:

I. Bovino, por cada animal: 1.5 a 3.0 salarios mínimos;

II. Porcino y equino, por cada animal: 0.5 a 1.0 salarios mínimos;

III. Ovino y caprino, por cada animal: 0.2 a 0.4 salarios mínimos;

IV. Aves y otras especies menores, por cada animal: 0.01 a 0.02 salarios mínimos;

V. Por uso de corrales después de transcurridas cuarenta y ocho horas del ingreso del animal, por día o fracción se pagará el diez por ciento de las cantidades señaladas en las fracciones anteriores; y

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 233

Page 234: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

VI. Por uso de frigoríficos, después de transcurridas veinticuatro horas del ingreso del animal, por día o fracción se pagará el diez por ciento de las cantidades señaladas en las fracciones anteriores

Artículo 16.- Los Derechos por Servicios de Panteones se pagarán en salarios mínimos, conforme a las cuotas siguientes:

I. Inhumaciones por siete años y refrendo de fosas 1 II. Inhumaciones en fosas a perpetuidad 3 III. Depósito de restos en osario por una temporalidad de 7 años 1 IV. Depósito de restos en el osario a perpetuidad 3 V. Construcción, reconstrucción, ampliación o modificación de monumentos, criptas o fosas

1

VI. Inhumación de restos, apertura o cierre de gavetas y demás operaciones semejantes

1

VII. Exhumaciones 1 VIII. Reinhumaciones 1 IX. Cremaciones 35

Artículo 17.- Los Derechos por Servicios de Recolección, Transporte y Disposición Final de Desechos Sólidos se causarán y pagarán mensualmente, de conformidad con las cuotas siguientes:

I. Por cada inmueble destinado a uso habitacional, de tipo:

Salarios mínimos Residencial 0.5 Medio 0.4 Interés social 0.3 Popular 0.2

II. Por cada industria o comercio, así como empresas que presenten espectáculos públicos, 0.008 salarios mínimos por kilogramo o 0.010 salarios mínimos por metro cúbico, sin que en ningún caso la cuota resulte menor a la establecida para inmuebles de uso habitacional de tipo residencial.

Artículo 18.- Los Derechos por la Prestación de Servicios de Supervisión Técnica sobre la Explotación de Bancos de Material se pagarán 0.01 salarios mínimos, por metro cúbico o fracción de material extraído.

En el caso de que no sea posible determinar el volumen de material extraído, este derecho se pagará a razón de un salario mínimo diario.

Artículo 19.- Los Derechos por Servicios Prestados por la Tesorería se causarán y pagarán de conformidad con las cuotas que en cada caso se señalan:

I. Rectificación o cancelación de los datos asentados en la declaración inicial de traslado de dominio, a solicitud del interesado, 1 salario mínimo.

II. Expedición de una Cédula Catastral, 7 salarios mínimos.

III. Expedición de un Certificado de Valor Catastral o Catastral Provisional, 10 salarios mínimos.

Página 234 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 235: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

IV. Expedición de una constancia de datos catastrales, 3 salarios mínimos;

V. Expedición de cartografía catastral propiedad del Municipio:

a) Copias en papel heliográfico o bond por plano general de localidad, con curvas de nivel al metro y cuotas de crucero, en escala 1:2,000, por hoja, 4.5 salarios mínimos.

b) Copias en papel heliográfico o bond por plano general de localidad, en escalas aproximadas 1:4,000, 1:5,000, 1:7,500 y 1:10,000, 3 salarios mínimos.

c) Copias en papel heliográfico o bond por plano manzanero de localidades catastradas, en escala 1:500 ó 1:1,000:

1.-De 1 hasta 100 planos, por plano, 4.5 salarios mínimos. 2.-De 101 planos en adelante, por plano, 3 salarios mínimos.

d) Copias del plano de región catastral, sin escala, con nomenclatura y valores catastrales del suelo urbano, por hoja, 3 salarios mínimos.

e) Copias del plano perimetral tamaño carta de un predio registrado en la cartografía catastral urbana, en escala 1:500, por plano. 3 salarios mínimos.

f) Cartografía digital en escala 1:1,000 en formatos DXF., DWG. y ARC/INFO., por km2:

1.-Cobertura de manzanas, 22 salarios mínimos. 2.-Cobertura de predios, 64 salarios mínimos. 3.-Cobertura de construcciones, 64 salarios mínimos. 4.-Cobertura de curvas de nivel a cada metro, 10 salarios mínimos.

g) Copias de contacto de fotografías aéreas, en escalas 1:4,500 1:10,000 y 1:20,000:

1.-En papel bond, imagen blanco y negro, en formato 23 x 23 cm., por copia, 1 salario mínimo.

2.-Grabada con escáner e impresión en papel bond, blanco y negro, en formato 23 x 23 cm., por copia. 1.1 salario mínimo.

3.-Grabada en disco compacto o en memoria USB, que en su caso aporte el solicitante, por copia, 3.8 salarios mínimo.

VI. Por la certificación de cada plano catastral propiedad del Municipio, 3 salarios mínimos.

VII. La certificación de documentos públicos que obran en el archivo de la tesorería, 1 salario mínimo.

Artículo 20.- Los Derechos por los Servicios del Registro Civil se causarán y pagarán, en salarios mínimos, de acuerdo a las cuotas siguientes:

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 235

Page 236: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

I. Por la expedición de copias de actas del Registro Civil, incluyendo el papel sellado, uno;

II. Registro de nacimientos ordinarios y extemporáneos, uno;

III. Reconocimiento de hijos, uno;

IV. Adopciones, uno;

V. Celebración de matrimonios en oficina, uno;

VI. Celebración de matrimonios a domicilio, veinte;

VII. Inscripción de sentencias, diez; y

VIII. Divorcios, quince.

Artículo 21.- Los derechos por la ocupación de inmuebles del dominio público, se calcularán y pagarán de conformidad con las cuotas siguientes:

I. Por la ocupación de espacios en mercados municipales se pagará diariamente, por metro cuadrado, de 0.01 a 0.05 salarios mínimos;

II. La ocupación de espacios en vía pública o áreas municipales, exceptuando las áreas verdes, se pagará diariamente, por metro cuadrado o fracción, previa autorización correspondiente, a razónde 0.01 a 0.05 salarios mínimos;

III. La ocupación temporal de la vía pública o áreas municipales, exceptuando las áreas verdes, por vehículos, aparatos mecánicos o electromecánicos, por

tianguis, ferias o similares, se pagarádiariamente, por metro cuadrado o fracción, a razón de 0.05 a 0.125 salarios mínimos; y

IV. El estacionamiento en la vía pública se pagará, mediante utilización de parquímetros, a razón de 0.125 salarios mínimos por hora o fracción.

Artículo 22.- Las Contribuciones por Mejoras se causarán, liquidarán y pagarán de conformidad con lo establecido por el artículo 253 y demás relativos del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Artículo 23.- En materia de Productos y Aprovechamientos se estará a lo dispuesto en los Títulos Cuarto y Quinto del Libro Tercero del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Artículo 24.- Los rezagos por concepto de contribuciones o aprovechamientos señalados en esta Ley se cobrarán y recaudarán de acuerdo con las disposiciones legales vigentes al momento de su causación.

Artículo 25.- El pago extemporáneo de créditos fiscales causará recargos, que se cobrarán a razón del 2.5% por cada mes o fracción,

Página 236 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 237: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

independientemente de las sanciones que, en su caso, correspondan al infractor.

Artículo 26.- Cuando se otorguen prórrogas para el pago de los créditos fiscales municipales se causarán intereses, a una tasa del 1.25% mensual sobre el monto de los saldos insolutos de los créditos prorrogados.

Artículo 27.- El Municipio deberá registrar sus operaciones con base en el Clasificador por Rubros de Ingresos y en el Clasificador por Objeto del Gasto, derivados de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

T R A N S I T O R I O S

ARTÍCULO ÚNICO.- La presente Ley entrará en vigor el día 1° de enero de 2015, previa publicación en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado.

DADA EN EL SALÓN DE SESIONES DE LA LXIII LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA – ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.

ANILÚ INGRAM VALLINES DIPUTADA PRESIDENTA

ANA CRISTINA LEDEZMA LÓPEZ DIPUTADA SECRETARIA

RÚBRICA.

RÚBRICA.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 237

Page 238: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

LA SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 26, FRACCIÓN I INCISO b), 33, FRACCIÓN I, 38 Y 71, FRACCIÓN V, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO; 107 DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE; 6 FRACCIÓN I INCISO b), 18, FRACCIÓN I Y 47 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER LEGISLATIVO; 75 Y 76 DEL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL PODER LEGISLATIVO, Y EN NOMBRE DEL PUEBLO, EXPIDE LA SIGUIENTE:

Ley Número 436

DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE MOLOACÁN, DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, CORRESPONDIENTE AL

EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2015. Artículo 1.- Para el ejercicio fiscal del año 2015, la Hacienda Pública del Municipio de MOLOACÁN, del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, percibirá los ingresos provenientes de los conceptos señalados en la presente Ley, que se destinarán a cubrir el gasto público, en las cantidades estimadas que a continuación se señalan:

Monto en pesos

TOTAL PROYECTO DE LEY DE INGRESOS 50,188,844.72

IMPUESTOS

1,282,243.45

Impuestos sobre los ingresos 2,587.60

Impuesto sobre espectáculos públicos 2,587.60 Impuesto sobre loterías, rifas, sorteos y concursos 0.00

Impuesto sobre juegos permitidos 0.00

Impuesto sobre el patrimonio 763,552.91

Impuesto predial 724,338.90 Impuesto sobre traslación de dominio de bienes inmuebles 39,214.01

Impuestos sobre fraccionamiento 0.00

Accesorios 2,771.87

Accesorios de impuestos 2,771.87

Otros impuestos 313,535.73

Contribución adicional sobre ingresos municipales 313,535.73 Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales pendientes de liquidación o pago. 199,795.34

Impuestos de ejercicios fiscales anteriores 199,795.34

CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 0.00

Contribuciones de mejoras por obras públicas 0.00

Página 238 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 239: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Obras públicas de tipo corriente 0.00

Accesorios de contribuciones de mejoras 0.00 Contribuciones de mejoras no comprendidasen las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 0.00 Contribuciones de mejoras de ejercicios fiscales anteriores 0.00

DERECHOS 2,547,703.89

Derechos por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bienes de dominio público 0.00 Derechos por ocupación de inmuebles de dominio público 0.00

Derechos por prestación de servicios

2,547,703.89 Derechos por registro y refrendo anual de toda actividad económica 11,073.84

Derechos por obras materiales 1,854,780.46 Derechos por los servicios de agua potable y drenaje del municipio 0.00 Derechos por expedición de certificados y constancias 33,666.56 Derechos por servicios de rastro y lugares autorizados 184,618.11

Derechos por servicios de panteones 33,618.91

Derechos por servicios de recolección, transporte y disposición final de desechos sólidos 0.00

Derechos por limpieza de predios no edificados 0.00 Derechos por prestación de servicios de supervisión técnica sobre explotación de bancos de material 0.00

Derechos por servicios prestados por la tesorería 65,271.23

Derechos por servicios del registro civil 364,674.78

Derechos en material de tránsito municipal 0.00

Derechos en material de salud animal 0.00

Accesorios 0.00

Accesorios de derechos 0.00 Derechos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 0.00

Derechos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

PRODUCTOS 115,711.37

Productos de tipo corriente 108,784.07 Productos derivados del uso y aprovechamiento de bienes no sujetos a régimen de dominio público 10,418.25 Enajenación de bienes muebles no sujetos a ser inventariados 0.00

Accesorios de productos 0.00

Otros productos que generan ingresos corrientes 98,365.82

Productos de capital 0.00

Terrenos 0.00

Viviendas 0.00

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 239

Page 240: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Edificios no habitacionales 0.00

Otros bienes inmuebles 0.00

Mobiliario y equipo de administración 0.00

Mobiliario y equipo educacional y recreativo 0.00

Equipo e instrumental médico y de laboratorio 0.00

Vehículos y equipo de transporte 0.00

Equipo de defensa y seguridad 0.00

Maquinaria, otros equipos y herramientas 0.00

Colecciones, obras de arte y objetos valiosos 0.00

Activos biológicos 0.00

Software 0.00

Patentes, marcas y derechos 0.00

Concesiones y franquicias 0.00

Licencias 0.00

Otros activos intangibles 0.00 Productos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 6,927.30

Productos de ejercicios fiscales anteriores 6,927.30

APROVECHAMIENTOS 1,252,808.01

Aprovechamientos de tipo corriente 1,252,808.01

Incentivos derivados de la colaboración fiscal 0.00

Multas 178,777.01

Indemnizaciones 0.00

Reintegros 0.00 Aprovechamientos provenientes de obras públicas 0.00 Aprovechamientos por participaciones de la aplicación de leyes 0.00 Aprovechamientos por aportaciones y cooperaciones 0.00

Accesorios de aprovechamientos 0.00

Otros aprovechamientos 1,074,031.00 Aprovechamientos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0.00 Aprovechamientos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

INGRESOS POR VENTA DE BIENES Y SERVICIOS 0.00 Ingresos por venta de bienes y servicios de organismos descentralizados 0.00

Servicios 0.00

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00 Ingresos de operación de entidades paraestatales empresariales y no financieras 0.00 0.00 Ingresos por venta de bienes y servicios producidos en establecimientos del gobierno 0.00

Página 240 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 241: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Servicios 0.00

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00

PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 44,990,378.00

Participaciones 29,441,219.00

Participaciones federales 29,441,219.00

Aportaciones 15,549,159.00

Aportaciones federales 15,549,159.00

Seguridad pública ramo 036 0.00

Aportaciones de otros programas 0.00

Convenios 0.00

Ingresos extraordinarios 0.00

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 0.00 Transferencias internas y asignaciones al sector público 0.00

Transferencias para apoyos de programas 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Ayudas sociales 0.00

Ayudas sociales a personas 0.00 Becas y otras ayudas para programas de capacitación 0.00 Ayudas sociales a actividades científicas o académicas 0.00 Ayudas para desastres naturales y otros siniestros 0.00

INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTO 0.00

Endeudamiento interno 0.00

Deuda pública interna 0.00

RESUMEN

Recursos Fiscales 5,198,466.72

Ingresos propios 0.00

Recursos provenientes de la Federación 44,990,378.00

Recursos provenientes de financiamientos 0.00

Otros recursos 0.00

TOTAL DE INGRESOS ORDINARIOS 50,188,844.72

Artículo 2.- A los ingresos descritos en el artículo anterior se adicionarán los extraordinarios.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 241

Page 242: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Artículo 3.- El Ayuntamiento de este Municipio reportará en sus cuentas públicas todos los ingresos que perciba por los conceptos a que se refiere esta Ley, aun aquellos que, en razón de no generarse ordinariamente o de no existir los antecedentes necesarios para estimar las cantidades a recaudar, aparezcan cuantificados en cero. Artículo 4.- Los ingresos señalados en este ordenamiento se regirán, conforme a lo establecido por el Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y demás legislación aplicable. Artículo 5.- El impuesto predial se causará, liquidará y pagará de acuerdo con la siguiente: T A R I F A T A S A (al millar)

I. Predios Urbanos Construidos 1.200 II. Predios Urbanos Baldíos 2.399 III. Predios Suburbanos Construidos 0.840 IV. Predios Suburbanos Baldíos 1.680 V. Predios Rurales Particulares 2.399 VI. Predios Rurales Ejidales 0.600

Artículo 6.- El Impuesto Sobre Traslación de Dominio de Bienes Inmuebles se causará, liquidará y pagará aplicando a la base gravable determinada, la tasa de cinco al millar. Artículo 7.- El Impuesto Sobre Espectáculos Públicos se causará, liquidará y pagará sobre la base que en cada caso corresponda, conforme a las tarifas o tasas siguientes: I. Carpas de representaciones teatrales, de fantoches, títeres, óptica, fenómenos animales, enanos, bufos, etc., el tres por ciento sobre la entrada bruta;

II. Circos, el tres por ciento sobre la entrada bruta; III. Espectáculos deportivos:

a) Box, lucha libre y otros similares, el diez por ciento sobre la entrada bruta;

b) Carreras de automóviles, caballos, perros, bicicletas y motocicletas, el diez por ciento sobre la entrada bruta;

c) Béisbol, fútbol, básquetbol, tenis, pelota vasca y otros juegos de pelota, el ocho por ciento sobre la entrada bruta.

Página 242 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 243: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

IV. Corridas de toros, becerradas, novilladas, jaripeos, peleas de gallos y otros espectáculos similares, el diez por ciento sobre los ingresos brutos obtenidos; V. Representaciones teatrales de comedias, drama, ópera, opereta, zarzuela, revista, vodevil, variedades, ballet o revistas sobre hielo o acuáticas, conciertos y conferencias, el tres por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo; VI. Exhibiciones y concursos, el cinco por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo; VII. Espectáculos nocturnos diferentes a los anteriores, el diez por ciento sobre la entrada bruta; y VIII. Los no previstos en las fracciones anteriores, el diez por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo. Cuando el espectáculo se realice en beneficio de instituciones de asistencia pública legalmente constituidas, se aplicará la tasa del tres por ciento sobre el precio del boleto. Artículo 8.- El Impuesto Sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos se causará, liquidará y pagará, aplicando a la base gravable determinada, la tasa del veinte por ciento sobre el valor nominal total de los boletos o billetes vendidos o, cuando el mismo no pueda determinarse, sobre el valor total de los premios ofrecidos. Las personas que obtengan premios por participar en loterías, rifas, sorteos o concursos pagarán una tasa del seis por ciento sobre el monto total del ingreso obtenido. Artículo 9.- El Impuesto Sobre Juegos Permitidos se causará y pagará conforme a la tarifa mensual de 0.25 salarios mínimos por mesa o máquina de juego. Artículo 10.- La Contribución Adicional sobre Ingresos Municipales se causará y pagará, aplicando a la base que corresponda, las tarifas o tasas siguientes: I. Siete y medio por ciento adicional sobre el impuesto predial; II. Diez por ciento adicional sobre los impuestos sobre espectáculos públicos; sobre juegos permitidos y sobre fraccionamientos; y III. Diez por ciento adicional sobre los derechos y productos que establece el Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Artículo 11.- El Impuesto Sobre Fraccionamientos se causará, liquidará y pagará aplicando a la base gravable determinada la tasa de uno al millar. Artículo 12.- Los Derechos por Registro y Refrendo Anual de toda actividad económica se causarán y pagarán, en salarios mínimos, conforme a lo siguiente:

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 243

Page 244: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

I. Por la expedición de licencias, permisos o autorizaciones para el funcionamiento de establecimientos o locales con giros comerciales que enajenen o expendan bebidas alcohólicas, se pagarán las cuotas siguientes: Giro Costo de la licencia en

número de salarios mínimos:

Abarrotes con venta de cerveza 35 Abarrotes con venta de cerveza, vinos y licores 100 Agencias 250 Almacenes o Distribuidores 250 Billares 200 Cantinas o bares 200 Centros de eventos sociales 250 Centros deportivos o recreativos 250 Centros nocturnos y cabarets 1,000 Cervecerías 100 Clubes sociales 175 Depósitos 75 Discotecas 625 Hoteles y moteles 200 Kermeses, ferias y bailes públicos 125 Licorerías 115 Loncherías, taquerías, marisquerías, fondas, coctelerías, torterías, pizzerías y similares

75

Minisúper 150 Peñas, canta bar, café bar, video bar y café cantante

150

Restaurante 150 Restaurante-bar 200 Servicar 150 Supermercados 250

II.- Por anuncios comerciales y publicidad se cobrará por la autorización respectiva, de acuerdo a las cuotas siguientes: a) Por la colocación de anuncios comerciales en la vía pública o tenga efectos sobre ésta, repercutiendo en la imagen urbana, de cuatro a ocho salarios mínimos, anualmente; b) Por la colocación eventual de anuncios comerciales en la vía pública o tenga efectos sobre ésta, repercutiendo en la imagen urbana, dos salarios mínimos por evento; c) Por el anuncio de eventos en altavoz móvil, dos salarios mínimos por evento; y d) Por la colocación de anuncios comerciales en el interior o exterior de vehículos en los que se preste el servicio de transporte público de pasajeros, tres salarios mínimos, anualmente. Artículo 13.- Los derechos por obras materiales se causarán y pagarán, en salarios mínimos, conforme a las siguientes cuotas:

Página 244 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 245: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

I. Por derechos de alineamiento de predios, calculados sobre el total de metros lineales que tenga el terreno frente a la vía pública, en términos de la normatividad aplicable, conforme a los usos y rangos en metros lineales siguientes: Si el terreno es de uso:

Habitacional, de categoría De 1 a 10 ML

Salarios Mínimos Residencial 3 Medio 2 Interés Social 1.5 Popular 1

De más de 10 a 50 ML Salarios Mínimos

Residencial 3.5 Medio 3 Interés Social 2.5 Popular 2

De más de 50 ML Salarios Mínimos

Residencial 4 Medio 3.5 Interés Social 2.5 Popular 2

Si el terreno es de uso: De 1 a 10 ML.

Salarios Mínimos Comercial 4 Industrial 4 Agropecuario 3 De servicio 2

De más de 10 a 50 ML Salarios Mínimos

Comercial 5 Industrial 5 Agropecuario 4 De servicio 2.5

De más de 50 ML. Salarios Mínimos

Comercial 6 Industrial 6 Agropecuario 5 De servicio 3

II. Por asignación de número oficial e inspección de predios, cada uno: Si el terreno es de uso:

Habitacional, de categoría

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 245

Page 246: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios Mínimos

Residencial 2

Medio 1.5

Interés Social 1

Popular 0.5

Si el terreno es de uso:

Comercial 2

Industrial 2

Agropecuario 1

De servicio 1

III. Por licencias: a) De construcción de bardas, con excepción de las colindantes con la vía pública, conforme a los usos y rangos en metros lineales siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 20 ML Salarios Mínimos

Residencial 4 Medio 3 Interés Social 1 Popular 1

De más de 20 a 50 ML

Salarios Mínimos

Residencial 5 Medio 4 Interés Social 3 Popular 1.5

De más de 50 a 100 ML

Salarios Mínimos

Residencial 6 Medio 5 Interés Social 4 Popular 2

De 100 a 200 ML

Salarios Mínimos

Residencial 7 Medio 6 Interés Social 5

Página 246 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 247: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Popular 3

De más de 200 a 500 ML Salarios Mínimos

Residencial 8 Medio 7 Interés Social 6 Popular 4

De más de 500 ML Salarios Mínimos

Residencial 9 Medio 8 Interés Social 7 Popular 5

Si el terreno es de uso:

1 a 20 ML Salarios Mínimos

Comercial 5 Industrial 5 Agropecuario 1 De servicio 3

De más de 20 a 50 ML Salarios Mínimos

Comercial 6 Industrial 6 Agropecuario 1.5 De servicio 4

De más de 50 a 100 ML Salarios Mínimos

Comercial 7 Industrial 7 Agropecuario 2 De servicio 5

De más de 100 a 200 ML Salarios Mínimos

Comercial 8 Industrial 8 Agropecuario 3 De servicio 6

De más de 200 a 500 ML Salarios Mínimos

Comercial 10 Industrial 10 Agropecuario 4

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 247

Page 248: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De servicio 7

De más de 500 ML Salarios Mínimos

Comercial 15 Industrial 15 Agropecuario 5 De servicio 8

b) De construcción o ampliación, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: De 1 a 40 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 0Popular 0

De más de 40 a 60 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 6Interés Social 0Popular 0

De más de 60 a 80 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 3Popular 2

De 80 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 4Popular 3

De más de 100 a 150 M2 Salarios Mínimos

Residencial 14Medio 12Interés Social 5Popular 4

De más de 150 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 16Medio 14Interés Social 6Popular 5

Página 248 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 249: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 18Interés Social 0Popular 0

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 0Popular 0

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 22Interés Social 0Popular 0

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 40Medio 24Interés Social 0Popular 0

Si el terreno es de uso:

De 1 a 40 M2 Salarios Mínimos

Comercial 9Industrial 8Agropecuario 2De servicio 3

De más de 40 a 60 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 3De servicio 4

De más de 60 a 80 M2 Salarios Mínimos

Comercial 12Industrial 12Agropecuario 4De servicio 5

De 80 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 14Industrial 14Agropecuario 5

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 249

Page 250: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De servicio 6

De más de 100 a 150 M2 Salarios Mínimos

Comercial 16Industrial 16Agropecuario 10De servicio 7

De más de 150 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 18Industrial 18Agropecuario 15De servicio 8

De 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 10De servicio 10

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 20De servicio 15

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 20De servicio 20

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 50Industrial 50Agropecuario 40De servicio 30

c) Para fusionar, subdividir o relotificar, en términos de la normatividad aplicable, sobre el total de la superficie, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

Página 250 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 251: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 2Interés Social 1.5Popular 1

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 4

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 10Popular 6

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 10

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

Si el terreno es de uso:

De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 5Industrial 5Agropecuario 1De servicio 2

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 2De servicio 4

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 251

Page 252: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 4De servicio 8

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 6De servicio 15

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 10De servicio 20

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 15De servicio 25

d) Para fraccionamientos de terrenos, en términos de la normatividad aplicable, sobre el área total a fraccionar o lotificar, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 2Interés Social 1.5Popular 1

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 4

Página 252 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 253: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 10Popular 6

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 10

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

Si el terreno es de uso: De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 5Industrial 5Agropecuario 1De servicio 2

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 2De servicio 4

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 4De servicio 8

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 6De servicio 15 De más de 5,000 a 10,000 M2

Salarios MínimosComercial 30Industrial 30Agropecuario 10De servicio 20

De más de 10,000 M2

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 253

Page 254: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios MínimosComercial 40Industrial 40Agropecuario 15De servicio 25

e) Por demoliciones, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 50 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 6Interés Social 5Popular 4

De más de 50 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 5

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 8Popular 6

De más de 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 15Medio 12Interés Social 8Popular 6

Si el terreno es de uso: De 1 a 50 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 4De servicio 8

De más de 50 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 5De servicio 10

De más de 100 a 200 M2

Página 254 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 255: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios MínimosComercial 20Industrial 20Agropecuario 10De servicio 12

De más de 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 20De servicio 15

f) Por la construcción de albercas y depósitos de agua, por metro cúbico o fracción, 0.25 salarios mínimos.

g) Por la construcción de tanques subterráneos para almacenamiento de material peligroso, por metro cúbico o fracción, 0.50 salarios mínimos.

h) Para la conversión al régimen de propiedad en condominio, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 5Interés Social 3Popular 2

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 8Interés Social 5Popular 3

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 15Medio 12Interés Social 8Popular 5

De más de 300 a 400 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 12Popular 8

De más de 400 a 500 M2

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 255

Page 256: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios MínimosResidencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 12

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 35Medio 30Interés Social 25Popular 20

Si el terreno es de uso: De 1 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 2De servicio 5

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 3De servicio 8

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 5De servicio 12

De más de 300 a 400 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 8De servicio 15

De más de 400 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 12De servicio 20

Página 256 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 257: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De más de 500 a 1000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 35Industrial 35Agropecuario 15De servicio 25

De más de 1000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 20De servicio 30

i) De uso de suelo, según la clasificación siguiente:

Salarios MínimosVivienda 0.05Industria 0.10Comercio 0.30Servicios 0.20

j) De cambio de uso de suelo, cuando el Municipio contare con un Programa de Ordenamiento Urbano, en términos de la normatividad aplicable, se pagará el cincuenta por ciento de la cuota establecida para una licencia de uso de suelo. k) De uso de suelo de tipo agropecuario, debidamente acreditado, por la totalidad de la construcción: 1 salario mínimo.

IV. Por deslinde de predios:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 3Medio 3Interés Social 2Popular 1.5

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 8Interés Social 5Popular 3

De más de 500 a 1000 M2

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 257

Page 258: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios MínimosResidencial 12Medio 10Interés Social 8Popular 6

De más de 1000 a 3000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 12Popular 8

De más de 3000 a 5000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 50Medio 40Interés Social 15Popular 12

De más de 5000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 80Medio 70Interés Social 20Popular 15

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 100Medio 90Interés Social 25Popular 20

Si el terreno es de uso: De 1 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 4Industrial 4Agropecuario 1.5De servicio 3

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 6Industrial 6Agropecuario 2De servicio 4

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 3De servicio 8

De más de 500 a 1,000 M2

Página 258 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 259: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios MínimosComercial 12Industrial 12Agropecuario 6De servicio 10

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 8De servicio 20

De más de 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 50Agropecuario 12De servicio 40

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 60Industrial 60Agropecuario 15De servicio 70

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 120Industrial 120Agropecuario 20De servicio 90

V. Por registro, estudio y aprobación de planos y proyectos de construcción, remodelación o ampliación: Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

Salarios Mínimos

Residencial 2Medio 1.5Interés Social 1Popular 0.50

Si el terreno es de uso:

Salarios MínimosComercial 2Industrial 2Agropecuario 1De servicio 1

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 259

Page 260: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

La modificación de proyectos también causará derechos, a razón de un cincuenta por ciento sobre las cuotas que correspondan. Artículo 14.- Los derechos por expedición de certificados, constancias y otros servicios, se causarán y pagarán conforme a las cuotas siguientes: I. Certificado o certificaciones expedidos por funcionarios o empleados municipales, incluyendo la búsqueda de datos para expedirlos, por cada certificado, de 0.50 a 1 salario mínimo. II. Copias de documentos que obren en los archivos de oficinas municipales:

a) Por hoja escrita a doble espacio en ambas caras, 0.25 salarios mínimos.

b) Por hoja que indica el inciso anterior, escrita a un espacio por ambas caras, 0.30 salarios mínimos.

c) En los casos a que se refieren los incisos anteriores, cuando se escriba por una sola cara de la hoja, 0.25 salarios mínimos. En el caso a que se refiere esta fracción, además de los derechos que establecen los incisos que anteceden, se cobrará por la búsqueda de los documentos de los que deba sacarse copia cuando el interesado no proporcione los datos exactos para su localización, por cada año que comprenda la busca, 0.25 salarios mínimos. III. Evaluación de impacto ambiental, veinte salarios mínimos. IV. Por solicitudes de información conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado: a) Por copias simples o impresos por medio de dispositivo informático, por cada hoja tamaño carta u oficio: 0.02 salarios mínimos;

b) Por copias certificadas distintas a las señaladas en las fracciones anteriores, por cada hoja o fracción: 0.02 salarios mínimos; y

c) Por información grabada en disco de 3.5 pulgadas o disco compacto, por copia: 0.03 salarios mínimos Artículo 15.- Por la prestación de servicios que se proporcionan en los rastros públicos municipales se causarán derechos conforme a las cuotas siguientes: I. Bovino, por cada animal: 1.5 a 3.0 salarios mínimos; II. Porcino y equino, por cada animal: 0.5 a 1.0 salarios mínimos; III. Ovino y caprino, por cada animal: 0.2 a 0.4 salarios mínimos; IV. Aves y otras especies menores, por cada animal: 0.01 a 0.02 salarios mínimos;

Página 260 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 261: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

V. Por uso de corrales después de transcurridas cuarenta y ocho horas del ingreso del animal, por día o fracción se pagará el diez por ciento de las cantidades señaladas en las fracciones anteriores; y VI. Por uso de frigoríficos, después de transcurridas veinticuatro horas del ingreso del animal, por día o fracción se pagará el diez por ciento de las cantidades señaladas en las fracciones anteriores

Artículo 16.- Los Derechos por Servicios de Panteones se pagarán en salarios mínimos, conforme a las cuotas siguientes: I. Inhumaciones por siete años y refrendo de fosas 1 II. Inhumaciones en fosas a perpetuidad 3 III. Depósito de restos en osario por una temporalidad de 7 años 1 IV. Depósito de restos en el osario a perpetuidad 3 V. Construcción, reconstrucción, ampliación o modificación de monumentos, criptas o fosas

1

VI. Inhumación de restos, apertura o cierre de gavetas y demás operaciones semejantes

1

VII. Exhumaciones 1 VIII. Reinhumaciones 1 IX. Cremaciones 35

Artículo 17.- Los Derechos por Servicios de Recolección, Transporte y Disposición Final de Desechos Sólidos se causarán y pagarán mensualmente, de conformidad con las cuotas siguientes:

I. Por cada inmueble destinado a uso habitacional, de tipo:

Salarios mínimos Residencial 0.5 Medio 0.4 Interés social 0.3 Popular 0.2

II. Por cada industria o comercio, así como empresas que presenten espectáculos públicos, 0.008 salarios mínimos por kilogramo o 0.010 salarios mínimos por metro cúbico, sin que en ningún caso la cuota resulte menor a la establecida para inmuebles de uso habitacional de tipo residencial. Artículo 18.- Los Derechos por la Prestación de Servicios de Supervisión Técnica sobre la Explotación de Bancos de Material se pagarán 0.01 salarios mínimos, por metro cúbico o fracción de material extraído. En el caso de que no sea posible determinar el volumen de material extraído, este derecho se pagará a razón de un salario mínimo diario.

Artículo 19.- Los Derechos por Servicios Prestados por la Tesorería se causarán y pagarán de conformidad con las cuotas que en cada caso se señalan:

I. Rectificación o cancelación de los datos asentados en la declaración inicial de traslado de dominio, a solicitud del interesado, 1 salario mínimo.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 261

Page 262: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

II. Expedición de una Cédula Catastral, 7 salarios mínimos. III. Expedición de un Certificado de Valor Catastral o Catastral Provisional, 10 salarios mínimos. IV. Expedición de una constancia de datos catastrales, 3 salarios mínimos;

V. Expedición de cartografía catastral propiedad del Municipio:

a) Copias en papel heliográfico o bond por plano general de localidad, con curvas de nivel al metro y cuotas de crucero, en escala 1:2,000, por hoja, 4.5 salarios mínimos.

b) Copias en papel heliográfico o bond por plano general de localidad, en escalas aproximadas 1:4,000, 1:5,000, 1:7,500 y 1:10,000, 3 salarios mínimos.

c) Copias en papel heliográfico o bond por plano manzanero de localidades catastradas, en escala 1:500 ó 1:1,000:

1.-De 1 hasta 100 planos, por plano, 4.5 salarios mínimos. 2.-De 101 planos en adelante, por plano, 3 salarios mínimos. d) Copias del plano de región catastral, sin escala, con nomenclatura y valores catastrales del suelo urbano, por hoja, 3 salarios mínimos.

e) Copias del plano perimetral tamaño carta de un predio registrado en la cartografía catastral urbana, en escala 1:500, por plano. 3 salarios mínimos. f) Cartografía digital en escala 1:1,000 en formatos DXF., DWG. y ARC/INFO., por km2:

1.-Cobertura de manzanas, 22 salarios mínimos. 2.-Cobertura de predios, 64 salarios mínimos. 3.-Cobertura de construcciones, 64 salarios mínimos. 4.-Cobertura de curvas de nivel a cada metro, 10 salarios mínimos. g) Copias de contacto de fotografías aéreas, en escalas 1:4,500 1:10,000 y 1:20,000: 1.-En papel bond, imagen blanco y negro, en formato 23 x 23 cm., por copia, 1 salario mínimo.

2.-Grabada con escáner e impresión en papel bond, blanco y negro, en formato 23 x 23 cm., por copia. 1.1 salario mínimo. 3.-Grabada en disco compacto o en memoria USB, que en su caso aporte el solicitante, por copia, 3.8 salarios mínimo.

VI. Por la certificación de cada plano catastral propiedad del Municipio, 3 salarios mínimos.

VII. La certificación de documentos públicos que obran en el archivo de la tesorería, 1 salario mínimo.

Página 262 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 263: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Artículo 20.- Los Derechos por los Servicios del Registro Civil se causarán y pagarán, en salarios mínimos, de acuerdo a las cuotas siguientes:

I. Por la expedición de copias de actas del Registro Civil, incluyendo el papel sellado, uno; II. Registro de nacimientos ordinarios y extemporáneos, uno; III. Reconocimiento de hijos, uno; IV. Adopciones, uno; V. Celebración de matrimonios en oficina, uno; VI. Celebración de matrimonios a domicilio, veinte; VII. Inscripción de sentencias, diez; y VIII. Divorcios, quince.

Artículo 21.- Los derechos por la ocupación de inmuebles del dominio público, se calcularán y pagarán de conformidad con las cuotas siguientes: I. Por la ocupación de espacios en mercados municipales se pagará diariamente, por metro cuadrado, de 0.01 a 0.05 salarios mínimos; II. La ocupación de espacios en vía pública o áreas municipales, exceptuando las áreas verdes, se pagará diariamente, por metro cuadrado o fracción, previa autorización correspondiente, a razón de 0.01 a 0.05 salarios mínimos; III. La ocupación temporal de la vía pública o áreas municipales, exceptuando las áreas verdes, por vehículos, aparatos mecánicos o electromecánicos, por tianguis, ferias o similares, se pagará diariamente, por metro cuadrado o fracción, a razón de 0.05 a 0.125 salarios mínimos; y

IV. El estacionamiento en la vía pública se pagará, mediante utilización de parquímetros, a razón de 0.125 salarios mínimos por hora o fracción. Artículo 22.- Las Contribuciones por Mejoras se causarán, liquidarán y pagarán de conformidad con lo establecido por el artículo 253 y demás relativos del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Artículo 23.- En materia de Productos y Aprovechamientos se estará a lo dispuesto en los Títulos Cuarto y Quinto del Libro Tercero del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Artículo 24.- Los rezagos por concepto de contribuciones o aprovechamientos señalados en esta Ley se cobrarán y recaudarán de acuerdo con las disposiciones legales vigentes al momento de su causación.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 263

Page 264: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Artículo 25.- El pago extemporáneo de créditos fiscales causará recargos, que se cobrarán a razón del 2.5% por cada mes o fracción, independientemente de las sanciones que, en su caso, correspondan al infractor. Artículo 26.- Cuando se otorguen prórrogas para el pago de los créditos fiscales municipales se causarán intereses, a una tasa del 1.25% mensual sobre el monto de los saldos insolutos de los créditos prorrogados. Artículo 27.- El Municipio deberá registrar sus operaciones con base en el Clasificador por Rubros de Ingresos y en el Clasificador por Objeto del Gasto, derivados de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

T R A N S I T O R I O S ARTÍCULO ÚNICO.- La presente Ley entrará en vigor el día 1° de enero de 2015, previa publicación en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. DADA EN EL SALÓN DE SESIONES DE LA LXIII LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA – ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE. ANILÚ INGRAM VALLINES DIPUTADA PRESIDENTA

ANA CRISTINA LEDEZMA LÓPEZ DIPUTADA SECRETARIA

RÚBRICA.

RÚBRICA.

Página 264 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 265: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

LA SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 26, FRACCIÓN I INCISO b), 33, FRACCIÓN I, 38 Y 71, FRACCIÓN V, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO; 107 DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE; 6 FRACCIÓN I INCISO b), 18, FRACCIÓN I Y 47 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER LEGISLATIVO; 75 Y 76 DEL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL PODER LEGISLATIVO, Y EN NOMBRE DEL PUEBLO, EXPIDE LA SIGUIENTE:

Ley Número 437

DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE NANCHITAL DE LÁZARO CÁRDENAS DEL RÍO, DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL DEL

AÑO 2015. Artículo 1.- Para el ejercicio fiscal del año 2015, la Hacienda Pública del Municipio de NANCHITAL DE LÁZARO CÁRDENAS DEL RÍO, del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, percibirá los ingresos provenientes de los conceptos señalados en la presente Ley, que se destinarán a cubrir el gasto público, en las cantidades estimadas que a continuación se señalan:

Monto en pesos

TOTAL PROYECTO DE LEY DE INGRESOS 112,908,822.98

IMPUESTOS 6,547,305.44

Impuestos sobre los ingresos 27,390.92

Impuesto sobre espectáculos públicos 4,454.55 Impuesto sobre loterías, rifas, sorteos y concursos 22,727.28

Impuesto sobre juegos permitidos 209.09

Impuesto sobre el patrimonio 3,469,441.55

Impuesto predial 2,927,415.21 Impuesto sobre traslación de dominio de bienes inmuebles 542,026.34

Impuestos sobre fraccionamiento 0.00

Accesorios 46,704.62

Accesorios de impuestos 46,704.62

Otros impuestos 2,358,402.46

Contribución adicional sobre ingresos municipales 2,358,402.46 Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales pendientes de liquidación o pago. 645,365.89

Impuestos de ejercicios fiscales anteriores 645,365.89

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 265

Page 266: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 0.00

Contribuciones de mejoras por obras públicas 0.00

Obras públicas de tipo corriente 0.00

Accesorios de contribuciones de mejoras 0.00 Contribuciones de mejoras no comprendidasen las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 0.00 Contribuciones de mejoras de ejercicios fiscales anteriores 0.00

DERECHOS 9,095,479.46

Derechos por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bienes de dominio público 1,997,114.21 Derechos por ocupación de inmuebles de dominio público 1,997,114.21

Derechos por prestación de servicios

7,098,365.25 Derechos por registro y refrendo anual de toda actividad económica 979,516.57

Derechos por obras materiales 1,203,138.47 Derechos por los servicios de agua potable y drenaje del municipio 0.00 Derechos por expedición de certificados y constancias 53,049.83 Derechos por servicios de rastro y lugares autorizados 0.00

Derechos por servicios de panteones 347,576.47

Derechos por servicios de recolección, transporte y disposición final de desechos sólidos 4,109,536.08

Derechos por limpieza de predios no edificados 2,636.38 Derechos por prestación de servicios de supervisión técnica sobre explotación de bancos de material 0.00

Derechos por servicios prestados por la tesorería 235,460.35

Derechos por servicios del registro civil 167,451.10

Derechos en material de tránsito municipal 0.00

Derechos en material de salud animal 0.00

Accesorios 0.00

Accesorios de derechos 0.00 Derechos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 0.00

Derechos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

PRODUCTOS 319,608.20

Productos de tipo corriente 319,608.20 Productos derivados del uso y aprovechamiento de bienes no sujetos a régimen de dominio público 0.00 Enajenación de bienes muebles no sujetos a ser inventariados 0.00

Accesorios de productos 0.00

Otros productos que generan ingresos corrientes 319,608.20

Productos de capital 0.00

Página 266 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 267: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Terrenos 0.00

Viviendas 0.00

Edificios no habitacionales 0.00

Otros bienes inmuebles 0.00

Mobiliario y equipo de administración 0.00

Mobiliario y equipo educacional y recreativo 0.00

Equipo e instrumental médico y de laboratorio 0.00

Vehículos y equipo de transporte 0.00

Equipo de defensa y seguridad 0.00

Maquinaria, otros equipos y herramientas 0.00

Colecciones, obras de arte y objetos valiosos 0.00

Activos biológicos 0.00

Software 0.00

Patentes, marcas y derechos 0.00

Concesiones y franquicias 0.00

Licencias 0.00

Otros activos intangibles 0.00 Productos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0.00

Productos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

APROVECHAMIENTOS 3,460,462.88

Aprovechamientos de tipo corriente 3,460,462.88

Incentivos derivados de la colaboración fiscal 0.00

Multas 236,270.88

Indemnizaciones 0.00

Reintegros 0.00 Aprovechamientos provenientes de obras públicas 0.00 Aprovechamientos por participaciones de la aplicación de leyes 0.00 Aprovechamientos por aportaciones y cooperaciones 0.00

Accesorios de aprovechamientos 0.00

Otros aprovechamientos 3,224,192.00 Aprovechamientos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0.00 Aprovechamientos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

INGRESOS POR VENTA DE BIENES Y SERVICIOS 0.00 Ingresos por venta de bienes y servicios de organismos descentralizados 0.00

Servicios 0.00

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00 Ingresos de operación de entidades paraestatales empresariales y no financieras 0.00 0.00

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 267

Page 268: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Ingresos por venta de bienes y servicios producidos en establecimientos del gobierno 0.00

Servicios 0.00

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00

PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 93,485,967.00

Participaciones 76,820,532.00

Participaciones federales 76,820,532.00

Aportaciones 16,665,435.00

Aportaciones federales 16,665,435.00

Seguridad pública ramo 036 0.00

Aportaciones de otros programas 0.00

Convenios 0.00

Ingresos extraordinarios 0.00

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 0.00 Transferencias internas y asignaciones al sector público 0.00

Transferencias para apoyos de programas 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Ayudas sociales 0.00

Ayudas sociales a personas 0.00 Becas y otras ayudas para programas de capacitación 0.00 Ayudas sociales a actividades científicas o académicas 0.00 Ayudas para desastres naturales y otros siniestros 0.00

INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTO 0.00

Endeudamiento interno 0.00

Deuda pública interna 0.00

RESUMEN

Recursos Fiscales 19,422,855.98

Ingresos propios 0.00

Recursos provenientes de la Federación 93,485,967.00

Recursos provenientes de financiamientos 0.00

Otros recursos 0.00

TOTAL DE INGRESOS ORDINARIOS 112,908,822.98

Artículo 2.- A los ingresos descritos en el artículo anterior se adicionarán los extraordinarios. Artículo 3.- El Ayuntamiento de este Municipio reportará en sus cuentas públicas todos los ingresos que perciba por los conceptos a que se refiere esta Ley, aun aquellos que, en razón de no generarse ordinariamente o

Página 268 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 269: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

de no existir los antecedentes necesarios para estimar las cantidades a recaudar, aparezcan cuantificados en cero. Artículo 4.- Los ingresos señalados en este ordenamiento se regirán, conforme a lo establecido por el Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llavey demás legislación aplicable. Artículo 5.- El impuesto predial se causará, liquidará y pagará de acuerdo con la siguiente: T A R I F A T A S A (al millar)

I. Predios Urbanos Construidos 0.757 II. Predios Urbanos Baldíos 2.107 III. Predios Suburbanos Construidos 0.745 IV. Predios Suburbanos Baldíos 2.710 V. Predios Rurales Particulares 1.263 VI. Predios Rurales Ejidales 4.000

Artículo 6.- El Impuesto Sobre Traslación de Dominio de Bienes Inmuebles se causará, liquidará y pagará aplicando a la base gravable determinada, la tasa de diez al millar. Artículo 7.- El Impuesto Sobre Espectáculos Públicos se causará, liquidará y pagará sobre la base que en cada caso corresponda, conforme a las tarifas o tasas siguientes: I. Carpas de representaciones teatrales, de fantoches, títeres, óptica, fenómenos animales, enanos, bufos, etc., el quince por ciento sobre la entrada bruta;

II. Circos, el quince por ciento sobre la entrada bruta; III. Espectáculos deportivos: a) Box, lucha libre y otros similares, el quince por ciento sobre la entrada bruta; b) Carreras de automóviles, caballos, perros, bicicletas y motocicletas, el quince por ciento sobre la entrada bruta; c) Béisbol, fútbol, básquetbol, tenis, pelota vasca y otros juegos de pelota, el quince por ciento sobre la entrada bruta. IV. Corridas de toros, becerradas, novilladas, jaripeos, peleas de gallos y otros espectáculos similares, el quince por ciento sobre los ingresos brutos obtenidos;

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 269

Page 270: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

V. Representaciones teatrales de comedias, drama, ópera, opereta, zarzuela, revista, vodevil, variedades, ballet o revistas sobre hielo o acuáticas, conciertos y conferencias, el diez por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo; VI. Exhibiciones y concursos, el diez por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo; VII. Espectáculos nocturnos diferentes a los anteriores, el quince por ciento sobre la entrada bruta; y VIII. Los no previstos en las fracciones anteriores, el diez por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo. Cuando el espectáculo se realice en beneficio de instituciones de asistencia pública legalmente constituidas, se aplicará la tasa del tres por ciento sobre el precio del boleto. Artículo 8.- El Impuesto Sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos se causará, liquidará y pagará, aplicando a la base gravable determinada, la tasa del diez por ciento sobre el valor nominal total de los boletos o billetes vendidos o, cuando el mismo no pueda determinarse, sobre el valor total de los premios ofrecidos. Las personas que obtengan premios por participar en loterías, rifas, sorteos o concursos pagarán una tasa del cuatro por ciento sobre el monto total del ingreso obtenido. Artículo 9.- El Impuesto Sobre Juegos Permitidos se causará y pagará conforme a la tarifa mensual de 0.5 salarios mínimos por mesa o máquina de juego. Artículo 10.- La Contribución Adicional sobre Ingresos Municipales se causará y pagará, aplicando a la base que corresponda, las tarifas o tasas siguientes: I. Siete y medio por ciento adicional sobre el impuesto predial; II. Diez por ciento adicional sobre los impuestos sobre espectáculos públicos; sobre juegos permitidos y sobre fraccionamientos; y III. Diez por ciento adicional sobre los derechos y productos que establece el Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Página 270 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 271: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Artículo 11.- El Impuesto Sobre Fraccionamientos se causará, liquidará y pagará aplicando a la base gravable determinada la tasa de uno punto cinco al millar. Artículo 12.- Los Derechos por Registro y Refrendo Anual de toda actividad económica se causarán y pagarán, en salarios mínimos, conforme a lo siguiente: I. Por la expedición de licencias, permisos o autorizaciones para el funcionamiento de establecimientos o locales con giros comerciales que enajenen o expendan bebidas alcohólicas, se pagarán las cuotas siguientes: Giro Costo de la licencia

en número de salarios mínimos:

Abarrotes con venta de cerveza 42 Abarrotes con venta de cerveza, vinos y licores 121 Agencias 302 Almacenes o Distribuidores 302 Billares 242 Cantinas o bares 242 Centros de eventos sociales 302 Centros deportivos o recreativos 302 Centros nocturnos y cabarets 1,200 Cervecerías 121 Clubes sociales 212 Depósitos 91 Discotecas 755 Hoteles y moteles 242 Kermeses, ferias y bailes públicos 261 Licorerías 139 Loncherías, taquerías, marisquerías, fondas, coctelerías, torterías, pizzerías y similares

91

Minisúper 248 Peñas, canta bar, café bar, video bar y café cantante

181

Restaurante 181 Restaurante-bar 242 Servicar 181 Supermercados 302

II.- Por anuncios comerciales y publicidad se cobrará por la autorización respectiva, de acuerdo a las cuotas siguientes: a) Por la colocación de anuncios comerciales en la vía pública o tenga efectos sobre ésta, repercutiendo en la imagen urbana, de cuatro a ocho salarios mínimos, anualmente;

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 271

Page 272: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

b) Por la colocación eventual de anuncios comerciales en la vía pública o tenga efectos sobre ésta, repercutiendo en la imagen urbana, dos salarios mínimos por evento; c) Por el anuncio de eventos en altavoz móvil, dos salarios mínimos por evento; y d) Por la colocación de anuncios comerciales en el interior o exterior de vehículos en los que se preste el servicio de transporte público de pasajeros, tres salarios mínimos, anualmente. Artículo 13.- Los derechos por obras materiales se causarán y pagarán, en salarios mínimos, conforme a las siguientes cuotas: I. Por derechos de alineamiento de predios, calculados sobre el total de metros lineales que tenga el terreno frente a la vía pública, en términos de la normatividad aplicable, conforme a los usos y rangos en metros lineales siguientes: Si el terreno es de uso:

Habitacional, de categoría De 1 a 10 ML

Salarios Mínimos Residencial 3 Medio 2 Interés Social 1.5 Popular 1

De más de 10 a 50 ML

Salarios Mínimos Residencial 3.5 Medio 3 Interés Social 2.5 Popular 2

De más de 50 ML

Salarios Mínimos Residencial 4 Medio 4 Interés Social 3 Popular 2

Si el terreno es de uso: De 1 a 10 ML.

Salarios Mínimos Comercial 4 Industrial 4 Agropecuario 3

Página 272 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 273: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De servicio 2

De más de 10 a 50 ML Salarios Mínimos

Comercial 5 Industrial 5 Agropecuario 4 De servicio 2.5

De más de 50 ML.

Salarios Mínimos Comercial 6 Industrial 6 Agropecuario 5 De servicio 3

II. Por asignación de número oficial e inspección de predios, cada uno: Si el terreno es de uso:

Habitacional, de categoría Salarios Mínimos

Residencial 2 Medio 1.5 Interés Social 1 Popular 0.5 Si el terreno es de uso: Comercial 2 Industrial 2 Agropecuario 1 De servicio 1

III. Por licencias: a) De construcción de bardas, con excepción de las colindantes con la vía pública, conforme a los usos y rangos en metros lineales siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 20 ML Salarios Mínimos

Residencial 4 Medio 3

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 273

Page 274: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Interés Social 1 Popular 1

De más de 20 a 50 ML

Salarios Mínimos Residencial 5 Medio 4 Interés Social 3 Popular 1.5

De más de 50 a 100 ML

Salarios Mínimos Residencial 6 Medio 5 Interés Social 4 Popular 2

De 100 a 200 ML

Salarios Mínimos Residencial 7 Medio 6 Interés Social 5 Popular 3

De más de 200 a 500 ML

Salarios Mínimos Residencial 8 Medio 7 Interés Social 6 Popular 4

De más de 500 ML Salarios Mínimos

Residencial 9 Medio 8 Interés Social 7 Popular 5

Si el terreno es de uso: 1 a 20 ML

Salarios Mínimos Comercial 5 Industrial 5 Agropecuario 1 De servicio 3

Página 274 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 275: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De más de 20 a 50 ML Salarios Mínimos

Comercial 6 Industrial 6 Agropecuario 1.5 De servicio 4

De más de 50 a 100 ML

Salarios Mínimos Comercial 7 Industrial 7 Agropecuario 2 De servicio 5

De más de 100 a 200 ML

Salarios Mínimos Comercial 8 Industrial 8 Agropecuario 3 De servicio 6

De más de 200 a 500 ML

Salarios Mínimos Comercial 10 Industrial 10 Agropecuario 4 De servicio 7

De más de 500 ML

Salarios Mínimos Comercial 15 Industrial 15 Agropecuario 5 De servicio 8

b) De construcción o ampliación, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: De 1 a 40 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 0Popular 0

De más de 40 a 60 M2

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 275

Page 276: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 6Interés Social 0Popular 0

De más de 60 a 80 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 3Popular 2

De 80 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 4Popular 3

De más de 100 a 150 M2 Salarios Mínimos

Residencial 14Medio 12Interés Social 5Popular 4

De más de 150 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 16Medio 14Interés Social 6Popular 5

De 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 18Interés Social 0Popular 0

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20

Página 276 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 277: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Interés Social 0Popular 0

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 22Interés Social 0Popular 0

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 40Medio 24Interés Social 0Popular 0

Si el terreno es de uso: De 1 a 40 M2 Salarios Mínimos

Comercial 9Industrial 8Agropecuario 2De servicio 3

De más de 40 a 60 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 3De servicio 4

De más de 60 a 80 M2 Salarios Mínimos

Comercial 12Industrial 12Agropecuario 4De servicio 5

De 80 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 14Industrial 14Agropecuario 5De servicio 6

De más de 100 a 150 M2 Salarios Mínimos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 277

Page 278: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 16Industrial 16Agropecuario 10De servicio 7

De más de 150 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 18Industrial 18Agropecuario 15De servicio 8

De 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 10De servicio 10

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 20De servicio 15

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 20De servicio 20

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 50Industrial 50Agropecuario 40De servicio 30

c) Para fusionar, subdividir o relotificar, en términos de la normatividad aplicable, sobre el total de la superficie, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Página 278 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 279: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 2

Interés Social 1.5Popular 1

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 4

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 10Popular 6

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 10

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

Si el terreno es de uso:

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 279

Page 280: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 5Industrial 5Agropecuario 1De servicio 2

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 2De servicio 4

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 4De servicio 8

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 6De servicio 15

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 10De servicio 20

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 15De servicio 25

d) Para fraccionamientos de terrenos, en términos de la normatividad aplicable, sobre el área total a fraccionar o lotificar, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Página 280 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 281: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Residencial 4Medio 2Interés Social 1.5Popular 1

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 4

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 10Popular 6

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 10

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

Si el terreno es de uso: De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 5Industrial 5Agropecuario 1De servicio 2

De más de 500 a1,000 M2

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 281

Page 282: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios MínimosComercial 8Industrial 8Agropecuario 2De servicio 4

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 4De servicio 8

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 6De servicio 15 De más de 5,000 a 10,000 M2

Salarios MínimosComercial 30Industrial 30Agropecuario 10De servicio 20

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 15De servicio 25

e) Por demoliciones, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 50 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 6Interés Social 5Popular 4

De más de 50 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10

Página 282 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 283: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Medio 8Interés Social 6Popular 5

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 8Popular 6

De más de 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 15Medio 12Interés Social 8Popular 6

Si el terreno es de uso: De 1 a 50 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 4De servicio 8

De más de 50 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 5De servicio 10

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 10De servicio 12

De más de 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 20De servicio 15

f) Por la construcción de albercas y depósitos de agua, por metro cúbico o fracción, 0.25 salarios mínimos.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 283

Page 284: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

g) Por la construcción de tanques subterráneos para almacenamiento de material peligroso, por metro cúbico o fracción, 0.50 salarios mínimos.

h) Para la conversión al régimen de propiedad en condominio, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 5Interés Social 3Popular 2

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 8Interés Social 5Popular 3

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 15Medio 12Interés Social 8Popular 5

De más de 300 a 400 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 12Popular 8

De más de 400 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 12

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30

Página 284 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 285: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Medio 25Interés Social 20Popular 15

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 35Medio 30Interés Social 25Popular 20

Si el terreno es de uso: De 1 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 2De servicio 5

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 3De servicio 8

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 5De servicio 12

De más de 300 a 400 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 8De servicio 15

De más de 400 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 12De servicio 20

De más de 500 a 1000 M2

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 285

Page 286: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios MínimosComercial 35Industrial 35Agropecuario 15De servicio 25

De más de 1000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 20De servicio 30

i) De uso de suelo, según la clasificación siguiente:

Salarios MínimosVivienda 0.05Industria 0.15Comercio 0.30Servicios 0.20

j) De cambio de uso de suelo, cuando el Municipio contare con un Programa de Ordenamiento Urbano, en términos de la normatividad aplicable, se pagará el cincuenta por ciento de la cuota establecida para una licencia de uso de suelo. k) De uso de suelo de tipo agropecuario, debidamente acreditado, por la totalidad de la construcción: 1 salario mínimo.

IV. Por deslinde de predios:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 3Medio 3Interés Social 2Popular 1.5

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Página 286 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 287: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Residencial 8Medio 8Interés Social 5Popular 3

De más de 500 a 1000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 8Popular 6

De más de 1000 a 3000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 12Popular 8

De más de 3000 a 5000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 50Medio 40Interés Social 15Popular 12

De más de 5000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 80Medio 70Interés Social 20Popular 15

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 100Medio 90Interés Social 25Popular 20

Si el terreno es de uso: De 1 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 4Industrial 4Agropecuario 1.5De servicio 3

De más de 200 a 300 M2

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 287

Page 288: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Salarios MínimosComercial 6Industrial 6Agropecuario 2De servicio 4

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 3De servicio 8

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 12Industrial 12Agropecuario 6De servicio 10

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 8De servicio 20

De más de 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 50Agropecuario 12De servicio 40

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 60Industrial 60Agropecuario 15De servicio 70

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 120Industrial 120Agropecuario 20De servicio 90

Página 288 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 289: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

V. Por registro, estudio y aprobación de planos y proyectos de construcción, remodelación o ampliación: Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

Salarios Mínimos

Residencial 2Medio 1.5Interés Social 1Popular 0.50

Si el terreno es de uso:

Salarios MínimosComercial 2Industrial 2Agropecuario 1De servicio 1

La modificación de proyectos también causará derechos, a razón de un cincuenta por ciento sobre las cuotas que correspondan. Artículo 14.- Los derechos por expedición de certificados, constancias y otros servicios, se causarán y pagarán conforme a las cuotas siguientes: I. Certificado o certificaciones expedidos por funcionarios o empleados municipales, incluyendo la búsqueda de datos para expedirlos, por cada certificado, de 0.50 a 1 salario mínimo. II. Copias de documentos que obren en los archivos de oficinas municipales:

a) Por hoja escrita a doble espacio en ambas caras, 0.25 salarios mínimos.

b) Por hoja que indica el inciso anterior, escrita a un espacio por ambas caras, 0.30 salarios mínimos.

c) En los casos a que se refieren los incisos anteriores, cuando se escriba por una sola cara de la hoja, 0.25 salarios mínimos. En el caso a que se refiere esta fracción, además de los derechos que establecen los incisos que anteceden, se cobrará por la búsqueda de los documentos de los que deba sacarse copia cuando el interesado noproporcione los datos exactos para su localización, por cada año que comprenda la busca, 0.30 salarios mínimos.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 289

Page 290: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

III. Evaluación de impacto ambiental, veinte salarios mínimos. IV. Por solicitudes de información conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado: a) Por copias simples o impresos por medio de dispositivo informático, por cada hoja tamaño carta u oficio: 0.02 salarios mínimos;

b) Por copias certificadas distintas a las señaladas en las fracciones anteriores, por cada hoja o fracción: 0.02 salarios mínimos; y

c) Por información grabada en disco de 3.5 pulgadas o disco compacto, por copia: 0.03 salarios mínimos Artículo 15.- Por la prestación de servicios que se proporcionan en los rastros públicos municipales se causarán derechos conforme a las cuotas siguientes: I. Bovino, por cada animal: 1.5 a 3.0 salarios mínimos; II. Porcino y equino, por cada animal: 0.5 a 1.0 salarios mínimos; III. Ovino y caprino, por cada animal: 0.2 a 0.4 salarios mínimos; IV. Aves y otras especies menores, por cada animal: 0.01 a 0.02 salarios mínimos; V. Por uso de corrales después de transcurridas cuarenta y ocho horas del ingreso del animal, por día o fracción se pagará el diez por ciento de las cantidades señaladas en las fracciones anteriores; y VI. Por uso de frigoríficos, después de transcurridas veinticuatro horas del ingreso del animal, por día o fracción se pagará el diez por ciento de las cantidades señaladas en las fracciones anteriores

Artículo 16.- Los Derechos por Servicios de Panteones se pagarán en salarios mínimos, conforme a las cuotas siguientes: I. Inhumaciones por siete años y refrendo de fosas 5.5 II. Inhumaciones en fosas a perpetuidad 7.5 III. Depósito de restos en osario por una temporalidad de 7 años 0 IV. Depósito de restos en el osario a perpetuidad 4 V. Construcción, reconstrucción, ampliación o modificación de monumentos, criptas o fosas

1

VI. Inhumación de restos, apertura o cierre de gavetas y demás operaciones semejantes

0

VII. Exhumaciones 15 VIII. Reinhumaciones 23 IX. Cremaciones 0

Página 290 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 291: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Artículo 17.- Los Derechos por Servicios de Recolección, Transporte y Disposición Final de Desechos Sólidos se causarán y pagarán mensualmente, de conformidad con las cuotas siguientes:

I. Por cada inmueble destinado a uso habitacional, de tipo:

Salarios mínimos

Residencial 0.30 Medio 0.30 Interés social 0.30 Popular 0.30

II. Por cada industria o comercio, así como empresas que presenten espectáculos públicos, 0.008 salarios mínimos por kilogramo o 0.010 salarios mínimos por metro cúbico, sin que en ningún caso la cuota resulte menor a la establecida para inmuebles de uso habitacional de tipo residencial. Artículo 18.- Los Derechos por la Prestación de Servicios de Supervisión Técnica sobre la Explotación de Bancos de Material se pagarán 0.01 salarios mínimos, por metro cúbico o fracción de material extraído. En el caso de que no sea posible determinar el volumen de material extraído, este derecho se pagará a razón de uno punto cinco salarios mínimos diarios.

Artículo 19.- Los Derechos por Servicios Prestados por la Tesorería se causarán y pagarán de conformidad con las cuotas que en cada caso se señalan:

I. Rectificación o cancelación de los datos asentados en la declaración inicial de traslado de dominio, a solicitud del interesado, 1 salario mínimo.

II. Expedición de una Cédula Catastral, 7.5 salarios mínimos. III. Expedición de un Certificado de Valor Catastral o Catastral Provisional, 11 salarios mínimos. IV. Expedición de una constancia de datos catastrales, 3.5 salarios mínimos;

V. Expedición de cartografía catastral propiedad del Municipio:

a) Copias en papel heliográfico o bond por plano general de localidad, con curvas de nivel al metro y cuotas de crucero, en escala 1:2,000, por hoja, 4.5 salarios mínimos.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 291

Page 292: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

b) Copias en papel heliográfico o bond por plano general de localidad, en escalas aproximadas 1:4,000, 1:5,000, 1:7,500 y 1:10,000, 3 salarios mínimos.

c) Copias en papel heliográfico o bond por plano manzanero de localidades catastradas, en escala 1:500 ó 1:1,000:

1.-De 1 hasta 100 planos, por plano, 4.5 salarios mínimos. 2.-De 101 planos en adelante, por plano, 3 salarios mínimos. d) Copias del plano de región catastral, sin escala, con nomenclatura y valores catastrales del suelo urbano, por hoja, 3 salarios mínimos.

e) Copias del plano perimetral tamaño carta de un predio registrado en la cartografía catastral urbana, en escala 1:500, por plano. 3 salarios mínimos. f) Cartografía digital en escala 1:1,000 en formatos DXF., DWG. y ARC/INFO., por km2:

1.-Cobertura de manzanas, 22 salarios mínimos. 2.-Cobertura de predios, 64 salarios mínimos. 3.-Cobertura de construcciones, 64 salarios mínimos. 4.-Cobertura de curvas de nivel a cada metro, 10 salarios mínimos. g) Copias de contacto de fotografías aéreas, en escalas 1:4,500 1:10,000 y 1:20,000: 1.-En papel bond, imagen blanco y negro, en formato 23 x 23 cm., por copia, 1 salario mínimo.

2.-Grabada con escáner e impresión en papel bond, blanco y negro, en formato 23 x 23 cm., por copia. 1.1 salario mínimo. 3.-Grabada en disco compacto o en memoria USB, que en su caso aporte el solicitante, por copia, 3.8 salarios mínimo.

VI. Por la certificación de cada plano catastral propiedad del Municipio, 3 salarios mínimos.

VII. La certificación de documentos públicos que obran en el archivo de la tesorería, 1 salario mínimo.

Artículo 20.- Los Derechos por los Servicios del Registro Civil se causarán y pagarán, en salarios mínimos, de acuerdo a las cuotas siguientes:

I. Por la expedición de copias de actas del Registro Civil, incluyendo el papel sellado, uno punto cinco

Página 292 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 293: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

II. Registro de nacimientos ordinarios y extemporáneos, uno punto cinco; III. Reconocimiento de hijos, uno punto cinco; IV. Adopciones, uno punto cinco; V. Celebración de matrimonios en oficina, siete punto cinco; VI. Celebración de matrimonios a domicilio, veinte; VII. Inscripción de sentencias, diez; y VIII. Divorcios, quince.

Artículo 21.- Los derechos por la ocupación de inmuebles del dominio público, se calcularán y pagarán de conformidad con las cuotas siguientes: I. Por la ocupación de espacios en mercados municipales se pagará diariamente, por metro cuadrado, de 0.01 a 0.05 salarios mínimos; II. La ocupación de espacios en vía pública o áreas municipales, exceptuando las áreas verdes, se pagará diariamente, por metro cuadrado o fracción, previa autorización correspondiente, a razón de 0.07 a 0.15 salarios mínimos; III. La ocupación temporal de la vía pública o áreas municipales, exceptuando las áreas verdes, por vehículos, aparatos mecánicos o electromecánicos, por tianguis, ferias o similares, se pagarádiariamente, por metro cuadrado o fracción, a razón de 0.05 a 0.125 salarios mínimos; y

IV. El estacionamiento en la vía pública se pagará, mediante utilización de parquímetros, a razón de 0 salarios mínimos por hora o fracción. Artículo 22.- Las Contribuciones por Mejoras se causarán, liquidarán y pagarán de conformidad con lo establecido por el artículo 253 y demás relativos del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Artículo 23.- En materia de Productos y Aprovechamientos se estará a lo dispuesto en los Títulos Cuarto y Quinto del Libro Tercero del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Artículo 24.- Los rezagos por concepto de contribuciones o aprovechamientos señalados en esta Ley se cobrarán y recaudarán de acuerdo con las disposiciones legales vigentes al momento de su causación.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 293

Page 294: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Artículo 25.- El pago extemporáneo de créditos fiscales causará recargos, que se cobrarán a razón del 2.5% por cada mes o fracción, independientemente de las sanciones que, en su caso, correspondan al infractor. Artículo 26.- Cuando se otorguen prórrogas para el pago de los créditos fiscales municipales se causarán intereses, a una tasa del 1.25% mensual sobre el monto de los saldos insolutos de los créditos prorrogados. Artículo 27.- El Municipio deberá registrar sus operaciones con base en el Clasificador por Rubros de Ingresos y en el Clasificador por Objeto del Gasto, derivados de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

T R A N S I T O R I O S ARTÍCULO ÚNICO.- La presente Ley entrará en vigor el día 1° de enero de 2015, previa publicación en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. DADA EN EL SALÓN DE SESIONES DE LA LXIII LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA – ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE. ANILÚ INGRAM VALLINES DIPUTADA PRESIDENTA

ANA CRISTINA LEDEZMA LÓPEZ DIPUTADA SECRETARIA

RÚBRICA.

RÚBRICA.

Página 294 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 295: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

LA SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 26, FRACCIÓN I INCISO b), 33, FRACCIÓN I, 38 Y 71, FRACCIÓN V, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO; 107 DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE; 6 FRACCIÓN I INCISO b), 18, FRACCIÓN I Y 47 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER LEGISLATIVO; 75 Y 76 DEL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL PODER LEGISLATIVO, Y EN NOMBRE DEL PUEBLO, EXPIDE LA SIGUIENTE:

Ley Número 438

DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE NAOLINCO, DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, CORRESPONDIENTE AL

EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2015. Artículo 1.- Para el ejercicio fiscal del año 2015, la Hacienda Pública del Municipio de NAOLINCO, del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, percibirá los ingresos provenientes de los conceptos señalados en la presente Ley, que se destinarán a cubrir el gasto público, en las cantidades estimadas que a continuación se señalan:

Monto en pesos

TOTAL PROYECTO DE LEY DE INGRESOS 39,647,637.24

IMPUESTOS

2,422,086.41

Impuestos sobre los ingresos 0.00

Impuesto sobre espectáculos públicos 0.00 Impuesto sobre loterías, rifas, sorteos y concursos 0.00

Impuesto sobre juegos permitidos 0.00

Impuesto sobre el patrimonio 1,650,652.36

Impuesto predial 1,317,570.88 Impuesto sobre traslación de dominio de bienes inmuebles 333,081.48

Impuestos sobre fraccionamiento 0.00

Accesorios 56,201.90

Accesorios de impuestos 56,201.90

Otros impuestos 183,921.85

Contribución adicional sobre ingresos municipales 183,921.85 Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales pendientes de liquidación o pago. 531,310.30

Impuestos de ejercicios fiscales anteriores 531,310.30

CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 0.00

Contribuciones de mejoras por obras públicas 0.00

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 295

Page 296: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Obras públicas de tipo corriente 0.00

Accesorios de contribuciones de mejoras 0.00 Contribuciones de mejoras no comprendidasen las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 0.00 Contribuciones de mejoras de ejercicios fiscales anteriores 0.00

DERECHOS 710,403.78

Derechos por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bienes de dominio público 34,150.36 Derechos por ocupación de inmuebles de dominio público 34,150.36

Derechos por prestación de servicios

676,253.42 Derechos por registro y refrendo anual de toda actividad económica 80,232.62

Derechos por obras materiales 43,292.04 Derechos por los servicios de agua potable y drenaje del municipio 0.00 Derechos por expedición de certificados y constancias 32,176.68 Derechos por servicios de rastro y lugares autorizados 30,319.49

Derechos por servicios de panteones 157,289.48

Derechos por servicios de recolección, transporte y disposición final de desechos sólidos 2,302.83

Derechos por limpieza de predios no edificados 0.00 Derechos por prestación de servicios de supervisión técnica sobre explotación de bancos de material 0.00

Derechos por servicios prestados por la tesorería 315,584.72

Derechos por servicios del registro civil 15,055.56

Derechos en material de tránsito municipal 0.00

Derechos en material de salud animal 0.00

Accesorios 0.00

Accesorios de derechos 0.00 Derechos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 0.00

Derechos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

PRODUCTOS 937,517.05

Productos de tipo corriente 937,517.05 Productos derivados del uso y aprovechamiento de bienes no sujetos a régimen de dominio público 0.00 Enajenación de bienes muebles no sujetos a ser inventariados 0.00

Accesorios de productos 0.00

Otros productos que generan ingresos corrientes 937,517.05

Productos de capital 0.00

Terrenos 0.00

Viviendas 0.00

Página 296 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 297: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Edificios no habitacionales 0.00

Otros bienes inmuebles 0.00

Mobiliario y equipo de administración 0.00

Mobiliario y equipo educacional y recreativo 0.00

Equipo e instrumental médico y de laboratorio 0.00

Vehículos y equipo de transporte 0.00

Equipo de defensa y seguridad 0.00

Maquinaria, otros equipos y herramientas 0.00

Colecciones, obras de arte y objetos valiosos 0.00

Activos biológicos 0.00

Software 0.00

Patentes, marcas y derechos 0.00

Concesiones y franquicias 0.00

Licencias 0.00

Otros activos intangibles 0.00 Productos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0.00

Productos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

APROVECHAMIENTOS 8,575.00

Aprovechamientos de tipo corriente 8,575.00

Incentivos derivados de la colaboración fiscal 0.00

Multas 8,575.00

Indemnizaciones 0.00

Reintegros 0.00 Aprovechamientos provenientes de obras públicas 0.00 Aprovechamientos por participaciones de la aplicación de leyes 0.00 Aprovechamientos por aportaciones y cooperaciones 0.00

Accesorios de aprovechamientos 0.00

Otros aprovechamientos 0.00 Aprovechamientos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0.00 Aprovechamientos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

INGRESOS POR VENTA DE BIENES Y SERVICIOS 0.00 Ingresos por venta de bienes y servicios de organismos descentralizados 0.00

Servicios 0.00

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00 Ingresos de operación de entidades paraestatales empresariales y no financieras 0.00 0.00 Ingresos por venta de bienes y servicios producidos en establecimientos del gobierno 0.00

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 297

Page 298: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Servicios 0.00

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00

PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 35,569,055.00

Participaciones 14,465,819.00

Participaciones federales 14,465,819.00

Aportaciones 21,103,236.00

Aportaciones federales 21,103,236.00

Seguridad pública ramo 036 0.00

Aportaciones de otros programas 0.00

Convenios 0.00

Ingresos extraordinarios 0.00

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 0.00 Transferencias internas y asignaciones al sector público 0.00

Transferencias para apoyos de programas 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Ayudas sociales 0.00

Ayudas sociales a personas 0.00 Becas y otras ayudas para programas de capacitación 0.00 Ayudas sociales a actividades científicas o académicas 0.00 Ayudas para desastres naturales y otros siniestros 0.00

INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTO 0.00

Endeudamiento interno 0.00

Deuda pública interna 0.00

RESUMEN

Recursos Fiscales 4,078,582.24

Ingresos propios 0.00

Recursos provenientes de la Federación 35,569,055.00

Recursos provenientes de financiamientos 0.00

Otros recursos 0.00

TOTAL DE INGRESOS ORDINARIOS 39,647,637.24

Artículo 2.- A los ingresos descritos en el artículo anterior se adicionarán los extraordinarios. Artículo 3.- El Ayuntamiento de este Municipio reportará en sus cuentas públicas todos los ingresos que perciba por los conceptos a que se refiere esta Ley, aun aquellos que, en razón de no generarse ordinariamente o de no existir los antecedentes necesarios para estimar las cantidades a recaudar, aparezcan cuantificados en cero.

Página 298 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 299: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Artículo 4.- Los ingresos señalados en este ordenamiento se regirán, conforme a lo establecido por el Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y demás legislación aplicable. Artículo 5.- El impuesto predial se causará, liquidará y pagará de acuerdo con la siguiente: T A R I F A T A S A (al millar)

I. Predios Urbanos Construidos 0.490 II. Predios Urbanos Baldíos 0.410 III. Predios Suburbanos Construidos 0.343 IV. Predios Suburbanos Baldíos 0.287 V. Predios Rurales Particulares 0.650 VI. Predios Rurales Ejidales 0.500

Artículo 6.- El Impuesto Sobre Traslación de Dominio de Bienes Inmuebles se causará, liquidará y pagará aplicando a la base gravable determinada, la tasa de cinco al millar. Artículo 7.- El Impuesto Sobre Espectáculos Públicos se causará, liquidará y pagará sobre la base que en cada caso corresponda, conforme a las tarifas o tasas siguientes: I. Carpas de representaciones teatrales, de fantoches, títeres, óptica, fenómenos animales, enanos, bufos, etc., el tres por ciento sobre la entrada bruta;

II. Circos, el tres por ciento sobre la entrada bruta; III. Espectáculos deportivos:

a) Box, lucha libre y otros similares, el diez por ciento sobre la entrada bruta;

b) Carreras de automóviles, caballos, perros, bicicletas y motocicletas, el diez por ciento sobre la entrada bruta;

c) Béisbol, fútbol, básquetbol, tenis, pelota vasca y otros juegos de pelota, el ocho por ciento sobre la entrada bruta. IV. Corridas de toros, becerradas, novilladas, jaripeos, peleas de gallos y otros espectáculos similares, el diez por ciento sobre los ingresos brutos obtenidos; V. Representaciones teatrales de comedias, drama, ópera, opereta, zarzuela, revista, vodevil, variedades, ballet o revistas sobre hielo o acuáticas, conciertos y conferencias, el tres por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo; VI. Exhibiciones y concursos, el cinco por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo; VII. Espectáculos nocturnos diferentes a los anteriores, el diez por ciento sobre la entrada bruta; y

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 299

Page 300: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

VIII. Los no previstos en las fracciones anteriores, el diez por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo. Cuando el espectáculo se realice en beneficio de instituciones de asistencia pública legalmente constituidas, se aplicará la tasa del tres por ciento sobre el precio del boleto. Artículo 8.- El Impuesto Sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos se causará, liquidará y pagará, aplicando a la base gravable determinada, la tasa del veinte por ciento sobre el valor nominal total de los boletos o billetes vendidos o, cuando el mismo no pueda determinarse, sobre el valor total de los premios ofrecidos. Las personas que obtengan premios por participar en loterías, rifas, sorteos o concursos pagarán una tasa del seis por ciento sobre el monto total del ingreso obtenido. Artículo 9.- El Impuesto Sobre Juegos Permitidos se causará y pagará conforme a la tarifa mensual de 0.25 salarios mínimos por mesa o máquina de juego. Artículo 10.- La Contribución Adicional sobre Ingresos Municipales se causará y pagará, aplicando a la base que corresponda, las tarifas o tasas siguientes: I. Siete y medio por ciento adicional sobre el impuesto predial; II. Diez por ciento adicional sobre los impuestos sobre espectáculos públicos; sobre juegos permitidos y sobre fraccionamientos; y III. Diez por ciento adicional sobre los derechos y productos que establece el Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Artículo 11.- El Impuesto Sobre Fraccionamientos se causará, liquidará y pagará aplicando a la base gravable determinada la tasa de uno al millar. Artículo 12.- Los Derechos por Registro y Refrendo Anual de toda actividad económica se causarán y pagarán, en salarios mínimos, conforme a lo siguiente: I. Por la expedición de licencias, permisos o autorizaciones para el funcionamiento de establecimientos o locales con giros comerciales que enajenen o expendan bebidas alcohólicas, se pagarán las cuotas siguientes: Giro Costo de la licencia en

número de salarios mínimos:

Abarrotes con venta de cerveza 35 Abarrotes con venta de cerveza, vinos y licores 100 Agencias 250 Almacenes o Distribuidores 250 Billares 200 Cantinas o bares 200

Página 300 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 301: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Centros de eventos sociales 250 Centros deportivos o recreativos 250 Centros nocturnos y cabarets 1,000 Cervecerías 100 Clubes sociales 175 Depósitos 75 Discotecas 625 Hoteles y moteles 200 Kermeses, ferias y bailes públicos 125 Licorerías 115 Loncherías, taquerías, marisquerías, fondas, coctelerías, torterías, pizzerías y similares

75

Minisúper 150 Peñas, canta bar, café bar, video bar y café cantante

150

Restaurante 150 Restaurante-bar 200 Servicar 150 Supermercados 250

II.- Por anuncios comerciales y publicidad se cobrará por la autorización respectiva, de acuerdo a las cuotas siguientes: a) Por la colocación de anuncios comerciales en la vía pública o tenga efectos sobre ésta, repercutiendo en la imagen urbana, de cuatro a ocho salarios mínimos, anualmente; b) Por la colocación eventual de anuncios comerciales en la vía pública o tenga efectos sobre ésta, repercutiendo en la imagen urbana, dos salarios mínimos por evento; c) Por el anuncio de eventos en altavoz móvil, dos salarios mínimos por evento; y d) Por la colocación de anuncios comerciales en el interior o exterior de vehículos en los que se preste el servicio de transporte público de pasajeros, tres salarios mínimos, anualmente. Artículo 13.- Los derechos por obras materiales se causarán y pagarán, en salarios mínimos, conforme a las siguientes cuotas: I. Por derechos de alineamiento de predios, calculados sobre el total de metros lineales que tenga el terreno frente a la vía pública, en términos de la normatividad aplicable, conforme a los usos y rangos en metros lineales siguientes: Si el terreno es de uso:

Habitacional, de categoría De 1 a 10 ML

Salarios Mínimos Residencial 3 Medio 2 Interés Social 1.5

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 301

Page 302: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Popular 1

De más de 10 a 50 ML Salarios Mínimos

Residencial 3.5 Medio 3 Interés Social 2.5 Popular 2

De más de 50 ML Salarios Mínimos

Residencial 4 Medio 3.5 Interés Social 2.5 Popular 2

Si el terreno es de uso: De 1 a 10 ML.

Salarios Mínimos Comercial 4 Industrial 4 Agropecuario 3 De servicio 2

De más de 10 a 50 ML Salarios Mínimos

Comercial 5 Industrial 5 Agropecuario 4 De servicio 2.5

De más de 50 ML. Salarios Mínimos

Comercial 6 Industrial 6 Agropecuario 5 De servicio 3

II. Por asignación de número oficial e inspección de predios, cada uno: Si el terreno es de uso:

Habitacional, de categoría Salarios Mínimos

Residencial 2

Medio 1.5

Interés Social 1

Popular 0.5

Si el terreno es de uso:

Comercial 2

Industrial 2

Página 302 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 303: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Agropecuario 1

De servicio 1

III. Por licencias: a) De construcción de bardas, con excepción de las colindantes con la vía pública, conforme a los usos y rangos en metros lineales siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 20 ML Salarios Mínimos

Residencial 4 Medio 3 Interés Social 1 Popular 1

De más de 20 a 50 ML

Salarios Mínimos

Residencial 5 Medio 4 Interés Social 3 Popular 1.5

De más de 50 a 100 ML

Salarios Mínimos

Residencial 6 Medio 5 Interés Social 4 Popular 2

De 100 a 200 ML

Salarios Mínimos

Residencial 7 Medio 6 Interés Social 5 Popular 3

De más de 200 a 500 ML Salarios Mínimos

Residencial 8 Medio 7 Interés Social 6 Popular 4

De más de 500 ML Salarios Mínimos

Residencial 9 Medio 8

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 303

Page 304: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Interés Social 7 Popular 5

Si el terreno es de uso:

1 a 20 ML Salarios Mínimos

Comercial 5 Industrial 5 Agropecuario 1 De servicio 3

De más de 20 a 50 ML Salarios Mínimos

Comercial 6 Industrial 6 Agropecuario 1.5 De servicio 4

De más de 50 a 100 ML Salarios Mínimos

Comercial 7 Industrial 7 Agropecuario 2 De servicio 5

De más de 100 a 200 ML Salarios Mínimos

Comercial 8 Industrial 8 Agropecuario 3 De servicio 6

De más de 200 a 500 ML Salarios Mínimos

Comercial 10 Industrial 10 Agropecuario 4 De servicio 7

De más de 500 ML Salarios Mínimos

Comercial 15 Industrial 15 Agropecuario 5 De servicio 8

b) De construcción o ampliación, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso:

Página 304 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 305: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De 1 a 40 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 0Popular 0

De más de 40 a 60 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 6Interés Social 0Popular 0

De más de 60 a 80 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 3Popular 2

De 80 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 4Popular 3

De más de 100 a 150 M2 Salarios Mínimos

Residencial 14Medio 12Interés Social 5Popular 4

De más de 150 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 16Medio 14Interés Social 6Popular 5

De 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 18Interés Social 0Popular 0

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 0Popular 0

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 305

Page 306: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 22Interés Social 0Popular 0

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 40Medio 24Interés Social 0Popular 0

Si el terreno es de uso:

De 1 a 40 M2 Salarios Mínimos

Comercial 9Industrial 8Agropecuario 2De servicio 3

De más de 40 a 60 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 3De servicio 4

De más de 60 a 80 M2 Salarios Mínimos

Comercial 12Industrial 12Agropecuario 4De servicio 5

De 80 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 14Industrial 14Agropecuario 5De servicio 6

De más de 100 a 150 M2 Salarios Mínimos

Comercial 16Industrial 16Agropecuario 10De servicio 7

De más de 150 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 18

Página 306 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 307: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Industrial 18Agropecuario 15De servicio 8

De 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 10De servicio 10

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 20De servicio 15

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 20De servicio 20

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 50Industrial 50Agropecuario 40De servicio 30

c) Para fusionar, subdividir o relotificar, en términos de la normatividad aplicable, sobre el total de la superficie, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 2Interés Social 1.5Popular 1

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 3

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 307

Page 308: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Popular 2

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 4

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 10Popular 6

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 10

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

Si el terreno es de uso:

De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 5Industrial 5Agropecuario 1De servicio 2

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 2De servicio 4

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 4De servicio 8

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 6

Página 308 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 309: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De servicio 15

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 10De servicio 20

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 15De servicio 25

d) Para fraccionamientos de terrenos, en términos de la normatividad aplicable, sobre el área total a fraccionar o lotificar, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 2Interés Social 1.5Popular 1

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 4

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 10Popular 6

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 15

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 309

Page 310: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Popular 10

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

Si el terreno es de uso: De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 5Industrial 5Agropecuario 1De servicio 2

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 2De servicio 4

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 4De servicio 8

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 6De servicio 15 De más de 5,000 a 10,000 M2

Salarios MínimosComercial 30Industrial 30Agropecuario 10De servicio 20

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 15De servicio 25

e) Por demoliciones, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

Página 310 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 311: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De 1 a 50 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 6Interés Social 5Popular 4

De más de 50 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 5

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 8Popular 6

De más de 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 15Medio 12Interés Social 8Popular 6

Si el terreno es de uso: De 1 a 50 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 4De servicio 8

De más de 50 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 5De servicio 10

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 10De servicio 12

De más de 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 20De servicio 15

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 311

Page 312: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

f) Por la construcción de albercas y depósitos de agua, por metro cúbico o fracción, 0.25 salarios mínimos.

g) Por la construcción de tanques subterráneos para almacenamiento de material peligroso, por metro cúbico o fracción, 0.50 salarios mínimos.

h) Para la conversión al régimen de propiedad en condominio, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 5Interés Social 3Popular 2

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 8Interés Social 5Popular 3

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 15Medio 12Interés Social 8Popular 5

De más de 300 a 400 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 12Popular 8

De más de 400 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 12

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

Página 312 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 313: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 35Medio 30Interés Social 25Popular 20

Si el terreno es de uso: De 1 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 2De servicio 5

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 3De servicio 8

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 5De servicio 12

De más de 300 a 400 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 8De servicio 15

De más de 400 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 12De servicio 20

De más de 500 a 1000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 35Industrial 35Agropecuario 15De servicio 25

De más de 1000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 20

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 313

Page 314: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De servicio 30

i) De uso de suelo, según la clasificación siguiente:

Salarios MínimosVivienda 0.05Industria 0.10Comercio 0.30Servicios 0.20

j) De cambio de uso de suelo, cuando el Municipio contare con un Programa de Ordenamiento Urbano, en términos de la normatividad aplicable, se pagará el cincuenta por ciento de la cuota establecida para una licencia de uso de suelo. k) De uso de suelo de tipo agropecuario, debidamente acreditado, por la totalidad de la construcción: 1 salario mínimo.

IV. Por deslinde de predios:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 3Medio 3Interés Social 2Popular 1.5

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 8Interés Social 5Popular 3

De más de 500 a 1000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 8Popular 6

De más de 1000 a 3000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 12Popular 8

Página 314 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 315: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De más de 3000 a 5000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 50Medio 40Interés Social 15Popular 12

De más de 5000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 80Medio 70Interés Social 20Popular 15

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 100Medio 90Interés Social 25Popular 20

Si el terreno es de uso: De 1 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 4Industrial 4Agropecuario 1.5De servicio 3

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 6Industrial 6Agropecuario 2De servicio 4

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 3De servicio 8

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 12Industrial 12Agropecuario 6De servicio 10

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 8De servicio 20

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 315

Page 316: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

De más de 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 50Agropecuario 12De servicio 40

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 60Industrial 60Agropecuario 15De servicio 70

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 120Industrial 120Agropecuario 20De servicio 90

V. Por registro, estudio y aprobación de planos y proyectos de construcción, remodelación o ampliación: Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

Salarios Mínimos

Residencial 2Medio 1.5Interés Social 1Popular 0.50

Si el terreno es de uso:

Salarios MínimosComercial 2Industrial 2Agropecuario 1De servicio 1

La modificación de proyectos también causará derechos, a razón de un cincuenta por ciento sobre las cuotas que correspondan. Artículo 14.- Los derechos por expedición de certificados, constancias y otros servicios, se causarán y pagarán conforme a las cuotas siguientes: I. Certificado o certificaciones expedidos por funcionarios o empleados municipales, incluyendo la búsqueda de datos para expedirlos, por cada certificado, de 0.50 a 1 salario mínimo. II. Copias de documentos que obren en los archivos de oficinas municipales:

a) Por hoja escrita a doble espacio en ambas caras, 0.25 salarios mínimos.

Página 316 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 317: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

b) Por hoja que indica el inciso anterior, escrita a un espacio por ambas caras, 0.30 salarios mínimos.

c) En los casos a que se refieren los incisos anteriores, cuando se escriba por una sola cara de la hoja, 0.25 salarios mínimos. En el caso a que se refiere esta fracción, además de los derechos que establecen los incisos que anteceden, se cobrará por la búsqueda de los documentos de los que deba sacarse copia cuando el interesado no proporcione los datos exactos para su localización, por cada año que comprenda la busca, 0.25 salarios mínimos. III. Evaluación de impacto ambiental, veinte salarios mínimos. IV. Por solicitudes de información conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado: a) Por copias simples o impresos por medio de dispositivo informático, por cada hoja tamaño carta u oficio: 0.02 salarios mínimos;

b) Por copias certificadas distintas a las señaladas en las fracciones anteriores, por cada hoja o fracción: 0.02 salarios mínimos; y

c) Por información grabada en disco de 3.5 pulgadas o disco compacto, por copia: 0.03 salarios mínimos Artículo 15.- Por la prestación de servicios que se proporcionan en los rastros públicos municipales se causarán derechos conforme a las cuotas siguientes: I. Bovino, por cada animal: 1.5 a 3.0 salarios mínimos; II. Porcino y equino, por cada animal: 0.5 a 1.0 salarios mínimos; III. Ovino y caprino, por cada animal: 0.2 a 0.4 salarios mínimos; IV. Aves y otras especies menores, por cada animal: 0.01 a 0.02 salarios mínimos; V. Por uso de corrales después de transcurridas cuarenta y ocho horas del ingreso del animal, por día o fracción se pagará el diez por ciento de las cantidades señaladas en las fracciones anteriores; y VI. Por uso de frigoríficos, después de transcurridas veinticuatro horas del ingreso del animal, por día o fracción se pagará el diez por ciento de las cantidades señaladas en las fracciones anteriores

Artículo 16.- Los Derechos por Servicios de Panteones se pagarán en salarios mínimos, conforme a las cuotas siguientes: I. Inhumaciones por siete años y refrendo de fosas 1 II. Inhumaciones en fosas a perpetuidad 3 III. Depósito de restos en osario por una temporalidad de 7 años 1 IV. Depósito de restos en el osario a perpetuidad 3

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 317

Page 318: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

V. Construcción, reconstrucción, ampliación o modificación de monumentos, criptas o fosas

1

VI. Inhumación de restos, apertura o cierre de gavetas y demás operaciones semejantes

1

VII. Exhumaciones 1 VIII. Reinhumaciones 1 IX. Cremaciones 35

Artículo 17.- Los Derechos por Servicios de Recolección, Transporte y Disposición Final de Desechos Sólidos se causarán y pagarán mensualmente, de conformidad con las cuotas siguientes:

I. Por cada inmueble destinado a uso habitacional, de tipo:

Salarios mínimos Residencial 0.5 Medio 0.4 Interés social 0.3 Popular 0.2

II. Por cada industria o comercio, así como empresas que presenten espectáculos públicos, 0.008 salarios mínimos por kilogramo o 0.010 salarios mínimos por metro cúbico, sin que en ningún caso la cuota resulte menor a la establecida para inmuebles de uso habitacional de tipo residencial. Artículo 18.- Los Derechos por la Prestación de Servicios de Supervisión Técnica sobre la Explotación de Bancos de Material se pagarán 0.01 salarios mínimos, por metro cúbico o fracción de material extraído. En el caso de que no sea posible determinar el volumen de material extraído, este derecho se pagará a razón de un salario mínimo diario.

Artículo 19.- Los Derechos por Servicios Prestados por la Tesorería se causarán y pagarán de conformidad con las cuotas que en cada caso se señalan:

I. Rectificación o cancelación de los datos asentados en la declaración inicial de traslado de dominio, a solicitud del interesado, 1 salario mínimo.

II. Expedición de una Cédula Catastral, 7 salarios mínimos. III. Expedición de un Certificado de Valor Catastral o Catastral Provisional, 10 salarios mínimos. IV. Expedición de una constancia de datos catastrales, 3 salarios mínimos;

V. Expedición de cartografía catastral propiedad del Municipio:

a) Copias en papel heliográfico o bond por plano general de localidad, con curvas de nivel al metro y cuotas de crucero, en escala 1:2,000, por hoja, 4.5 salarios mínimos.

b) Copias en papel heliográfico o bond por plano general de localidad, en escalas aproximadas 1:4,000, 1:5,000, 1:7,500 y 1:10,000, 3 salarios mínimos.

Página 318 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 319: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

c) Copias en papel heliográfico o bond por plano manzanero de localidades catastradas, en escala 1:500 ó 1:1,000:

1.-De 1 hasta 100 planos, por plano, 4.5 salarios mínimos. 2.-De 101 planos en adelante, por plano, 3 salarios mínimos. d) Copias del plano de región catastral, sin escala, con nomenclatura y valores catastrales del suelo urbano, por hoja, 3 salarios mínimos.

e) Copias del plano perimetral tamaño carta de un predio registrado en la cartografía catastral urbana, en escala 1:500, por plano. 3 salarios mínimos. f) Cartografía digital en escala 1:1,000 en formatos DXF., DWG. y ARC/INFO., por km2:

1.-Cobertura de manzanas, 22 salarios mínimos. 2.-Cobertura de predios, 64 salarios mínimos. 3.-Cobertura de construcciones, 64 salarios mínimos. 4.-Cobertura de curvas de nivel a cada metro, 10 salarios mínimos. g) Copias de contacto de fotografías aéreas, en escalas 1:4,500 1:10,000 y 1:20,000: 1.-En papel bond, imagen blanco y negro, en formato 23 x 23 cm., por copia, 1 salario mínimo.

2.-Grabada con escáner e impresión en papel bond, blanco y negro, en formato 23 x 23 cm., por copia. 1.1 salario mínimo. 3.-Grabada en disco compacto o en memoria USB, que en su caso aporte el solicitante, por copia, 3.8 salarios mínimo.

VI. Por la certificación de cada plano catastral propiedad del Municipio, 3 salarios mínimos.

VII. La certificación de documentos públicos que obran en el archivo de la tesorería, 1 salario mínimo.

Artículo 20.- Los Derechos por los Servicios del Registro Civil se causarán y pagarán, en salarios mínimos, de acuerdo a las cuotas siguientes:

I. Por la expedición de copias de actas del Registro Civil, incluyendo el papel sellado, uno; II. Registro de nacimientos ordinarios y extemporáneos, uno; III. Reconocimiento de hijos, uno; IV. Adopciones, uno; V. Celebración de matrimonios en oficina, uno; VI. Celebración de matrimonios a domicilio, veinte;

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 319

Page 320: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

VII. Inscripción de sentencias, diez; y VIII. Divorcios, quince.

Artículo 21.- Los derechos por la ocupación de inmuebles del dominio público, se calcularán y pagarán de conformidad con las cuotas siguientes: I. Por la ocupación de espacios en mercados municipales se pagará diariamente, por metro cuadrado, de 0.01 a 0.05 salarios mínimos; II. La ocupación de espacios en vía pública o áreas municipales, exceptuando las áreas verdes, se pagará diariamente, por metro cuadrado o fracción, previa autorización correspondiente, a razón de 0.01 a 0.05 salarios mínimos; III. La ocupación temporal de la vía pública o áreas municipales, exceptuando las áreas verdes, por vehículos, aparatos mecánicos o electromecánicos, por tianguis, ferias o similares, se pagará diariamente, por metro cuadrado o fracción, a razón de 0.05 a 0.125 salarios mínimos; y

IV. El estacionamiento en la vía pública se pagará, mediante utilización de parquímetros, a razón de 0.125 salarios mínimos por hora o fracción. Artículo 22.- Las Contribuciones por Mejoras se causarán, liquidarán y pagarán de conformidad con lo establecido por el artículo 253 y demás relativos del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Artículo 23.- En materia de Productos y Aprovechamientos se estará a lo dispuesto en los Títulos Cuarto y Quinto del Libro Tercero del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Artículo 24.- Los rezagos por concepto de contribuciones o aprovechamientos señalados en esta Ley se cobrarán y recaudarán de acuerdo con las disposiciones legales vigentes al momento de su causación. Artículo 25.- El pago extemporáneo de créditos fiscales causará recargos, que se cobrarán a razón del 2.5% por cada mes o fracción, independientemente de las sanciones que, en su caso, correspondan al infractor. Artículo 26.- Cuando se otorguen prórrogas para el pago de los créditos fiscales municipales se causarán intereses, a una tasa del 1.25% mensual sobre el monto de los saldos insolutos de los créditos prorrogados. Artículo 27.- El Municipio deberá registrar sus operaciones con base en el Clasificador por Rubros de Ingresos y en el Clasificador por Objeto del Gasto, derivados de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Página 320 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 321: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

T R A N S I T O R I O S ARTÍCULO ÚNICO.- La presente Ley entrará en vigor el día 1° de enero de 2015, previa publicación en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. DADA EN EL SALÓN DE SESIONES DE LA LXIII LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA – ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE. ANILÚ INGRAM VALLINES DIPUTADA PRESIDENTA

ANA CRISTINA LEDEZMA LÓPEZ DIPUTADA SECRETARIA

RÚBRICA.

RÚBRICA.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 321

Page 322: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

LA SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 26, FRACCIÓN I INCISO b), 33, FRACCIÓN I, 38 Y 71, FRACCIÓN V, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO; 107 DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE; 6 FRACCIÓN I INCISO b), 18, FRACCIÓN I Y 47 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER LEGISLATIVO; 75 Y 76 DEL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL PODER LEGISLATIVO, Y EN NOMBRE DEL PUEBLO, EXPIDE LA SIGUIENTE:

Ley Número 439

DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE NARANJAL, DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, CORRESPONDIENTE AL

EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2015. Artículo 1.- Para el ejercicio fiscal del año 2015, la Hacienda Pública del Municipio de NARANJAL, del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, percibirá los ingresos provenientes de los conceptos señalados en la presente Ley, que se destinarán a cubrir el gasto público, en las cantidades estimadas que a continuación se señalan:

Monto en pesos

TOTAL PROYECTO DE LEY DE INGRESOS 16,471,252.95

IMPUESTOS

389,211.45

Impuestos sobre los ingresos 0.00

Impuesto sobre espectáculos públicos 0.00 Impuesto sobre loterías, rifas, sorteos y concursos 0.00

Impuesto sobre juegos permitidos 0.00

Impuesto sobre el patrimonio 259,091.45

Impuesto predial 240,734.40 Impuesto sobre traslación de dominio de bienes inmuebles 18,357.05

Impuestos sobre fraccionamiento 0.00

Accesorios 17,326.78

Accesorios de impuestos 17,326.78

Otros impuestos 52,379.27

Contribución adicional sobre ingresos municipales 52,379.27 Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales pendientes de liquidación o pago. 60,413.95

Impuestos de ejercicios fiscales anteriores 60,413.95

CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 0.00

Contribuciones de mejoras por obras públicas 0.00

Página 322 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 323: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Obras públicas de tipo corriente 0.00

Accesorios de contribuciones de mejoras 0.00 Contribuciones de mejoras no comprendidasen las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 0.00 Contribuciones de mejoras de ejercicios fiscales anteriores 0.00

DERECHOS 334,536.36

Derechos por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bienes de dominio público 45,983.49 Derechos por ocupación de inmuebles de dominio público 45,983.49

Derechos por prestación de servicios

277,552.87 Derechos por registro y refrendo anual de toda actividad económica 29,451.18

Derechos por obras materiales 991.00 Derechos por los servicios de agua potable y drenaje del municipio 86,368.10 Derechos por expedición de certificados y constancias 10,545.61 Derechos por servicios de rastro y lugares autorizados 0.00

Derechos por servicios de panteones 1,909.10

Derechos por servicios de recolección, transporte y disposición final de desechos sólidos 16,223.91

Derechos por limpieza de predios no edificados 0.00 Derechos por prestación de servicios de supervisión técnica sobre explotación de bancos de material 0.00

Derechos por servicios prestados por la tesorería 17,927.89

Derechos por servicios del registro civil 114,136.08

Derechos en material de tránsito municipal 0.00

Derechos en material de salud animal 0.00

Accesorios 0.00

Accesorios de derechos 0.00 Derechos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 11,000.00

Derechos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

PRODUCTOS 0.00

Productos de tipo corriente 0.00 Productos derivados del uso y aprovechamiento de bienes no sujetos a régimen de dominio público 0.00 Enajenación de bienes muebles no sujetos a ser inventariados 0.00

Accesorios de productos 0.00

Otros productos que generan ingresos corrientes 0.00

Productos de capital 0.00

Terrenos 0.00

Viviendas 0.00

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 323

Page 324: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Edificios no habitacionales 0.00

Otros bienes inmuebles 0.00

Mobiliario y equipo de administración 0.00

Mobiliario y equipo educacional y recreativo 0.00

Equipo e instrumental médico y de laboratorio 0.00

Vehículos y equipo de transporte 0.00

Equipo de defensa y seguridad 0.00

Maquinaria, otros equipos y herramientas 0.00

Colecciones, obras de arte y objetos valiosos 0.00

Activos biológicos 0.00

Software 0.00

Patentes, marcas y derechos 0.00

Concesiones y franquicias 0.00

Licencias 0.00

Otros activos intangibles 0.00 Productos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0.00

Productos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

APROVECHAMIENTOS 14,749.14

Aprovechamientos de tipo corriente 2,916.46

Incentivos derivados de la colaboración fiscal 0.00

Multas 2,916.46

Indemnizaciones 0.00

Reintegros 0.00 Aprovechamientos provenientes de obras públicas 0.00 Aprovechamientos por participaciones de la aplicación de leyes 0.00 Aprovechamientos por aportaciones y cooperaciones 0.00

Accesorios de aprovechamientos 0.00

Otros aprovechamientos 0.00 Aprovechamientos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 11,832.68 Aprovechamientos de ejercicios fiscales anteriores 11,832.68

INGRESOS POR VENTA DE BIENES Y SERVICIOS 0.00 Ingresos por venta de bienes y servicios de organismos descentralizados 0.00

Servicios 0.00

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00 Ingresos de operación de entidades paraestatales empresariales y no financieras 0.00 0.00 Ingresos por venta de bienes y servicios producidos en establecimientos del gobierno 0.00

Página 324 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 325: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Servicios 0.00

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00

PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 15,732,756.00

Participaciones 8,137,817.00

Participaciones federales 8,137,817.00

Aportaciones 7,594,939.00

Aportaciones federales 7,594,939.00

Seguridad pública ramo 036 0.00

Aportaciones de otros programas 0.00

Convenios 0.00

Ingresos extraordinarios 0.00

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 0.00 Transferencias internas y asignaciones al sector público 0.00

Transferencias para apoyos de programas 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Ayudas sociales 0.00

Ayudas sociales a personas 0.00 Becas y otras ayudas para programas de capacitación 0.00 Ayudas sociales a actividades científicas o académicas 0.00 Ayudas para desastres naturales y otros siniestros 0.00

INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTO 0.00

Endeudamiento interno 0.00

Deuda pública interna 0.00

RESUMEN

Recursos Fiscales 738,496.95

Ingresos propios 0.00

Recursos provenientes de la Federación 15,732,756.00

Recursos provenientes de financiamientos 0.00

Otros recursos 0.00

TOTAL DE INGRESOS ORDINARIOS 16,471,252.95

Artículo 2.- A los ingresos descritos en el artículo anterior se adicionarán los extraordinarios. Artículo 3.- El Ayuntamiento de este Municipio reportará en sus cuentas públicas todos los ingresos que perciba por los conceptos a que se refiere esta Ley, aun aquellos que, en razón de no generarse ordinariamente o de no existir

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 325

Page 326: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

los antecedentes necesarios para estimar las cantidades a recaudar, aparezcan cuantificados en cero. Artículo 4.- Los ingresos señalados en este ordenamiento se regirán, conforme a lo establecido por el Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y demás legislación aplicable. Artículo 5.- El impuesto predial se causará, liquidará y pagará de acuerdo con la siguiente: T A R I F A T A S A (al millar)

I. Predios Urbanos Construidos 0.442 II. Predios Urbanos Baldíos 0.615 III. Predios Suburbanos Construidos 0.309 IV. Predios Suburbanos Baldíos 0.430 V. Predios Rurales Particulares 2.350 VI. Predios Rurales Ejidales 4.000

Artículo 6.- El Impuesto Sobre Traslación de Dominio de Bienes Inmuebles se causará, liquidará y pagará aplicando a la base gravable determinada, la tasa de cinco al millar. Artículo 7.- El Impuesto Sobre Espectáculos Públicos se causará, liquidará y pagará sobre la base que en cada caso corresponda, conforme a las tarifas o tasas siguientes: I. Carpas de representaciones teatrales, de fantoches, títeres, óptica, fenómenos animales, enanos, bufos, etc., el tres por ciento sobre la entrada bruta;

II. Circos, el tres por ciento sobre la entrada bruta; III. Espectáculos deportivos:

a) Box, lucha libre y otros similares, el diez por ciento sobre la entrada bruta;

b) Carreras de automóviles, caballos, perros, bicicletas y motocicletas, el diez por ciento sobre la entrada bruta;

c) Béisbol, fútbol, básquetbol, tenis, pelota vasca y otros juegos de pelota, el ocho por ciento sobre la entrada bruta. IV. Corridas de toros, becerradas, novilladas, jaripeos, peleas de gallos y otros espectáculos similares, el diez por ciento sobre los ingresos brutos obtenidos; V. Representaciones teatrales de comedias, drama, ópera, opereta, zarzuela, revista, vodevil, variedades, ballet o revistas sobre hielo o acuáticas, conciertos

Página 326 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 327: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

y conferencias, el tres por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo; VI. Exhibiciones y concursos, el cinco por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo; VII. Espectáculos nocturnos diferentes a los anteriores, el diez por ciento sobre la entrada bruta; y VIII. Los no previstos en las fracciones anteriores, el diez por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo. Cuando el espectáculo se realice en beneficio de instituciones de asistencia pública legalmente constituidas, se aplicará la tasa del tres por ciento sobre el precio del boleto. Artículo 8.- El Impuesto Sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos se causará, liquidará y pagará, aplicando a la base gravable determinada, la tasa del veinte por ciento sobre el valor nominal total de los boletos o billetes vendidos o, cuando el mismo no pueda determinarse, sobre el valor total de los premios ofrecidos. Las personas que obtengan premios por participar en loterías, rifas, sorteos o concursos pagarán una tasa del seis por ciento sobre el monto total del ingreso obtenido. Artículo 9.- El Impuesto Sobre Juegos Permitidos se causará y pagará conforme a la tarifa mensual de 0.25 salarios mínimos por mesa o máquina de juego. Artículo 10.- La Contribución Adicional sobre Ingresos Municipales se causará y pagará, aplicando a la base que corresponda, las tarifas o tasas siguientes: I. Siete y medio por ciento adicional sobre el impuesto predial; II. Diez por ciento adicional sobre los impuestos sobre espectáculos públicos; sobre juegos permitidos y sobre fraccionamientos; y III. Diez por ciento adicional sobre los derechos y productos que establece el Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Artículo 11.- El Impuesto Sobre Fraccionamientos se causará, liquidará y pagará aplicando a la base gravable determinada la tasa de uno al millar. Artículo 12.- Los Derechos por Registro y Refrendo Anual de toda actividad económica se causarán y pagarán, en salarios mínimos, conforme a lo siguiente: I. Por la expedición de licencias, permisos o autorizaciones para el funcionamiento de establecimientos o locales con giros comerciales que enajenen o expendan bebidas alcohólicas, se pagarán las cuotas siguientes:

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 327

Page 328: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Giro Costo de la licencia en número de salarios

mínimos: Abarrotes con venta de cerveza 35 Abarrotes con venta de cerveza, vinos y licores 100 Agencias 250 Almacenes o Distribuidores 250 Billares 200 Cantinas o bares 200 Centros de eventos sociales 250 Centros deportivos o recreativos 250 Centros nocturnos y cabarets 1,000 Cervecerías 100 Clubes sociales 175 Depósitos 75 Discotecas 625 Hoteles y moteles 200 Kermeses, ferias y bailes públicos 125 Licorerías 115 Loncherías, taquerías, marisquerías, fondas, coctelerías, torterías, pizzerías y similares

75

Minisúper 150 Peñas, canta bar, café bar, vídeo bar y café cantante

150

Restaurante 150 Restaurante-bar 200 Servicar 150 Supermercados 250

II.- Por anuncios comerciales y publicidad se cobrará por la autorización respectiva, de acuerdo a las cuotas siguientes: a) Por la colocación de anuncios comerciales en la vía pública o tenga efectos sobre ésta, repercutiendo en la imagen urbana, de cuatro a ocho salarios mínimos, anualmente; b) Por la colocación eventual de anuncios comerciales en la vía pública o tenga efectos sobre ésta, repercutiendo en la imagen urbana, dos salarios mínimos por evento; c) Por el anuncio de eventos en altavoz móvil, dos salarios mínimos por evento; y d) Por la colocación de anuncios comerciales en el interior o exterior de vehículos en los que se preste el servicio de transporte público de pasajeros, tres salarios mínimos, anualmente. Artículo 13.- Los derechos por obras materiales se causarán y pagarán, en salarios mínimos, conforme a las siguientes cuotas: I. Por derechos de alineamiento de predios, calculados sobre el total de metros lineales que tenga el terreno frente a la vía pública, en términos de la normatividad aplicable, conforme a los usos y rangos en metros lineales siguientes:

Página 328 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 329: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Si el terreno es de uso:

Habitacional, de categoría De 1 a 10 ML

Salarios Mínimos Residencial 3 Medio 2 Interés Social 1.5 Popular 1

De más de 10 a 50 ML Salarios Mínimos

Residencial 3.5 Medio 3 Interés Social 2.5 Popular 2

De más de 50 ML Salarios Mínimos

Residencial 4 Medio 3.5 Interés Social 2.5 Popular 2

Si el terreno es de uso: De 1 a 10 ML.

Salarios Mínimos Comercial 4 Industrial 4 Agropecuario 3 De servicio 2

De más de 10 a 50 ML Salarios Mínimos

Comercial 5 Industrial 5 Agropecuario 4 De servicio 2.5

De más de 50 ML. Salarios Mínimos

Comercial 6 Industrial 6 Agropecuario 5 De servicio 3

II. Por asignación de número oficial e inspección de predios, cada uno: Si el terreno es de uso:

Habitacional, de categoría Salarios Mínimos

Residencial 2

Medio 1.5

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 329

Page 330: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Interés Social 1

Popular 0.5

Si el terreno es de uso:

Comercial 2

Industrial 2

Agropecuario 1

De servicio 1

III. Por licencias: a) De construcción de bardas, con excepción de las colindantes con la vía pública, conforme a los usos y rangos en metros lineales siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 20 ML Salarios Mínimos

Residencial 4 Medio 3 Interés Social 1 Popular 1

De más de 20 a 50 ML

Salarios Mínimos

Residencial 5 Medio 4 Interés Social 3 Popular 1.5

De más de 50 a 100 ML

Salarios Mínimos

Residencial 6 Medio 5 Interés Social 4 Popular 2

De 100 a 200 ML

Salarios Mínimos

Residencial 7 Medio 6 Interés Social 5 Popular 3

De más de 200 a 500 ML Salarios Mínimos

Página 330 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 331: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Residencial 8 Medio 7 Interés Social 6 Popular 4

De más de 500 ML Salarios Mínimos

Residencial 9 Medio 8 Interés Social 7 Popular 5

Si el terreno es de uso:

1 a 20 ML Salarios Mínimos

Comercial 5 Industrial 5 Agropecuario 1 De servicio 3

De más de 20 a 50 ML Salarios Mínimos

Comercial 6 Industrial 6 Agropecuario 1.5 De servicio 4

De más de 50 a 100 ML Salarios Mínimos

Comercial 7 Industrial 7 Agropecuario 2 De servicio 5

De más de 100 a 200 ML Salarios Mínimos

Comercial 8 Industrial 8 Agropecuario 3 De servicio 6

De más de 200 a 500 ML Salarios Mínimos

Comercial 10 Industrial 10 Agropecuario 4 De servicio 7

De más de 500 ML Salarios Mínimos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 331

Page 332: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 15 Industrial 15 Agropecuario 5 De servicio 8

b) De construcción o ampliación, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: De 1 a 40 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 0Popular 0

De más de 40 a 60 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 6Interés Social 0Popular 0

De más de 60 a 80 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 3Popular 2

De 80 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 4Popular 3

De más de 100 a 150 M2 Salarios Mínimos

Residencial 14Medio 12Interés Social 5Popular 4

De más de 150 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 16Medio 14Interés Social 6Popular 5

De 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20

Página 332 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 333: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Medio 18Interés Social 0Popular 0

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 0Popular 0

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 22Interés Social 0Popular 0

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 40Medio 24Interés Social 0Popular 0

Si el terreno es de uso:

De 1 a 40 M2 Salarios Mínimos

Comercial 9Industrial 8Agropecuario 2De servicio 3

De más de 40 a 60 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 3De servicio 4

De más de 60 a 80 M2 Salarios Mínimos

Comercial 12Industrial 12Agropecuario 4De servicio 5

De 80 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 14Industrial 14Agropecuario 5De servicio 6

De más de 100 a 150 M2 Salarios Mínimos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 333

Page 334: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 16Industrial 16Agropecuario 10De servicio 7

De más de 150 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 18Industrial 18Agropecuario 15De servicio 8

De 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 10De servicio 10

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 20De servicio 15

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 20De servicio 20

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 50Industrial 50Agropecuario 40De servicio 30

c) Para fusionar, subdividir o relotificar, en términos de la normatividad aplicable, sobre el total de la superficie, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Página 334 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 335: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Residencial 4Medio 2Interés Social 1.5Popular 1

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 4

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 10Popular 6

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 10

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

Si el terreno es de uso:

De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 5Industrial 5Agropecuario 1De servicio 2

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 2De servicio 4

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 335

Page 336: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 4De servicio 8

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 6De servicio 15

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 10De servicio 20

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 15De servicio 25

d) Para fraccionamientos de terrenos, en términos de la normatividad aplicable, sobre el área total a fraccionar o lotificar, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 2Interés Social 1.5Popular 1

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 4

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Página 336 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 337: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Residencial 20Medio 15Interés Social 10Popular 6

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 10

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

Si el terreno es de uso: De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 5Industrial 5Agropecuario 1De servicio 2

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 2De servicio 4

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 4De servicio 8

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 6De servicio 15 De más de 5,000 a 10,000 M2

Salarios MínimosComercial 30Industrial 30Agropecuario 10De servicio 20

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 337

Page 338: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Industrial 40Agropecuario 15De servicio 25

e) Por demoliciones, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 50 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 6Interés Social 5Popular 4

De más de 50 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 5

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 8Popular 6

De más de 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 15Medio 12Interés Social 8Popular 6

Si el terreno es de uso: De 1 a 50 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 4De servicio 8

De más de 50 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 5De servicio 10

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20

Página 338 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 339: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Industrial 20Agropecuario 10De servicio 12

De más de 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 20De servicio 15

f) Por la construcción de albercas y depósitos de agua, por metro cúbico o fracción, 0.25 salarios mínimos.

g) Por la construcción de tanques subterráneos para almacenamiento de material peligroso, por metro cúbico o fracción, 0.50 salarios mínimos.

h) Para la conversión al régimen de propiedad en condominio, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 5Interés Social 3Popular 2

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 8Interés Social 5Popular 3

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 15Medio 12Interés Social 8Popular 5

De más de 300 a 400 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 12Popular 8

De más de 400 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 339

Page 340: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Medio 20Interés Social 15Popular 12

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 35Medio 30Interés Social 25Popular 20

Si el terreno es de uso: De 1 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 2De servicio 5

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 3De servicio 8

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 5De servicio 12

De más de 300 a 400 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 8De servicio 15

De más de 400 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 12De servicio 20

De más de 500 a 1000 M2 Salarios Mínimos

Página 340 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 341: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 35Industrial 35Agropecuario 15De servicio 25

De más de 1000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 20De servicio 30

i) De uso de suelo, según la clasificación siguiente:

Salarios MínimosVivienda 0.05Industria 0.10Comercio 0.30Servicios 0.20

j) De cambio de uso de suelo, cuando el Municipio contare con un Programa de Ordenamiento Urbano, en términos de la normatividad aplicable, se pagará el cincuenta por ciento de la cuota establecida para una licencia de uso de suelo. k) De uso de suelo de tipo agropecuario, debidamente acreditado, por la totalidad de la construcción: 1 salario mínimo.

IV. Por deslinde de predios:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 3Medio 3Interés Social 2Popular 1.5

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 8Interés Social 5Popular 3

De más de 500 a 1000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 341

Page 342: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Medio 10Interés Social 8Popular 6

De más de 1000 a 3000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 12Popular 8

De más de 3000 a 5000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 50Medio 40Interés Social 15Popular 12

De más de 5000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 80Medio 70Interés Social 20Popular 15

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 100Medio 90Interés Social 25Popular 20

Si el terreno es de uso: De 1 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 4Industrial 4Agropecuario 1.5De servicio 3

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 6Industrial 6Agropecuario 2De servicio 4

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 3De servicio 8

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 12

Página 342 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 343: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Industrial 12Agropecuario 6De servicio 10

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 8De servicio 20

De más de 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 50Agropecuario 12De servicio 40

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 60Industrial 60Agropecuario 15De servicio 70

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 120Industrial 120Agropecuario 20De servicio 90

V. Por registro, estudio y aprobación de planos y proyectos de construcción, remodelación o ampliación: Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

Salarios Mínimos

Residencial 2Medio 1.5Interés Social 1Popular 0.50

Si el terreno es de uso:

Salarios MínimosComercial 2Industrial 2Agropecuario 1De servicio 1

La modificación de proyectos también causará derechos, a razón de un cincuenta por ciento sobre las cuotas que correspondan.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 343

Page 344: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Artículo 14.- Los derechos por expedición de certificados, constancias y otros servicios, se causarán y pagarán conforme a las cuotas siguientes: I. Certificado o certificaciones expedidos por funcionarios o empleados municipales, incluyendo la búsqueda de datos para expedirlos, por cada certificado, de 0.50 a 1 salario mínimo. II. Copias de documentos que obren en los archivos de oficinas municipales:

a) Por hoja escrita a doble espacio en ambas caras, 0.25 salarios mínimos.

b) Por hoja que indica el inciso anterior, escrita a un espacio por ambas caras, 0.30 salarios mínimos.

c) En los casos a que se refieren los incisos anteriores, cuando se escriba por una sola cara de la hoja, 0.25 salarios mínimos. En el caso a que se refiere esta fracción, además de los derechos que establecen los incisos que anteceden, se cobrará por la búsqueda de los documentos de los que deba sacarse copia cuando el interesado no proporcione los datos exactos para su localización, por cada año que comprenda la busca, 0.25 salarios mínimos. III. Evaluación de impacto ambiental, veinte salarios mínimos. IV. Por solicitudes de información conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado: a) Por copias simples o impresos por medio de dispositivo informático, por cada hoja tamaño carta u oficio: 0.02 salarios mínimos;

b) Por copias certificadas distintas a las señaladas en las fracciones anteriores, por cada hoja o fracción: 0.02 salarios mínimos; y

c) Por información grabada en disco de 3.5 pulgadas o disco compacto, por copia: 0.03 salarios mínimos Artículo 15.- Por la prestación de servicios que se proporcionan en los rastros públicos municipales se causarán derechos conforme a las cuotas siguientes: I. Bovino, por cada animal: 1.5 a 3.0 salarios mínimos; II. Porcino y equino, por cada animal: 0.5 a 1.0 salarios mínimos; III. Ovino y caprino, por cada animal: 0.2 a 0.4 salarios mínimos; IV. Aves y otras especies menores, por cada animal: 0.01 a 0.02 salarios mínimos; V. Por uso de corrales después de transcurridas cuarenta y ocho horas del ingreso del animal, por día o fracción se pagará el diez por ciento de las cantidades señaladas en las fracciones anteriores; y

Página 344 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 345: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

VI. Por uso de frigoríficos, después de transcurridas veinticuatro horas del ingreso del animal, por día o fracción se pagará el diez por ciento de las cantidades señaladas en las fracciones anteriores

Artículo 16.- Los Derechos por Servicios de Panteones se pagarán en salarios mínimos, conforme a las cuotas siguientes: I. Inhumaciones por siete años y refrendo de fosas 1 II. Inhumaciones en fosas a perpetuidad 3 III. Depósito de restos en osario por una temporalidad de 7 años 1 IV. Depósito de restos en el osario a perpetuidad 3 V. Construcción, reconstrucción, ampliación o modificación de monumentos, criptas o fosas

1

VI. Inhumación de restos, apertura o cierre de gavetas y demás operaciones semejantes

1

VII. Exhumaciones 1 VIII. Reinhumaciones 1 IX. Cremaciones 35

Artículo 17.- Los Derechos por Servicios de Recolección, Transporte y Disposición Final de Desechos Sólidos se causarán y pagarán mensualmente, de conformidad con las cuotas siguientes:

I. Por cada inmueble destinado a uso habitacional, de tipo:

Salarios mínimos Residencial 0.5 Medio 0.4 Interés social 0.3 Popular 0.2

II. Por cada industria o comercio, así como empresas que presenten espectáculos públicos, 0.008 salarios mínimos por kilogramo o 0.010 salarios mínimos por metro cúbico, sin que en ningún caso la cuota resulte menor a la establecida para inmuebles de uso habitacional de tipo residencial. Artículo 18.- Los Derechos por la Prestación de Servicios de Supervisión Técnica sobre la Explotación de Bancos de Material se pagarán 0.01 salarios mínimos, por metro cúbico o fracción de material extraído. En el caso de que no sea posible determinar el volumen de material extraído, este derecho se pagará a razón de un salario mínimo diario.

Artículo 19.- Los Derechos por Servicios Prestados por la Tesorería se causarán y pagarán de conformidad con las cuotas que en cada caso se señalan:

I. Rectificación o cancelación de los datos asentados en la declaración inicial de traslado de dominio, a solicitud del interesado, 1 salario mínimo.

II. Expedición de una Cédula Catastral, 7 salarios mínimos. III. Expedición de un Certificado de Valor Catastral o Catastral Provisional, 10 salarios mínimos.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 345

Page 346: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

IV. Expedición de una constancia de datos catastrales, 3 salarios mínimos;

V. Expedición de cartografía catastral propiedad del Municipio:

a) Copias en papel heliográfico o bond por plano general de localidad, con curvas de nivel al metro y cuotas de crucero, en escala 1:2,000, por hoja, 4.5 salarios mínimos.

b) Copias en papel heliográfico o bond por plano general de localidad, en escalas aproximadas 1:4,000, 1:5,000, 1:7,500 y 1:10,000, 3 salarios mínimos.

c) Copias en papel heliográfico o bond por plano manzanero de localidades catastradas, en escala 1:500 ó 1:1,000:

1.-De 1 hasta 100 planos, por plano, 4.5 salarios mínimos. 2.-De 101 planos en adelante, por plano, 3 salarios mínimos. d) Copias del plano de región catastral, sin escala, con nomenclatura y valores catastrales del suelo urbano, por hoja, 3 salarios mínimos.

e) Copias del plano perimetral tamaño carta de un predio registrado en la cartografía catastral urbana, en escala 1:500, por plano. 3 salarios mínimos. f) Cartografía digital en escala 1:1,000 en formatos DXF., DWG. y ARC/INFO., por km2:

1.-Cobertura de manzanas, 22 salarios mínimos. 2.-Cobertura de predios, 64 salarios mínimos. 3.-Cobertura de construcciones, 64 salarios mínimos. 4.-Cobertura de curvas de nivel a cada metro, 10 salarios mínimos. g) Copias de contacto de fotografías aéreas, en escalas 1:4,500 1:10,000 y 1:20,000: 1.-En papel bond, imagen blanco y negro, en formato 23 x 23 cm., por copia, 1 salario mínimo.

2.-Grabada con escáner e impresión en papel bond, blanco y negro, en formato 23 x 23 cm., por copia. 1.1 salario mínimo. 3.-Grabada en disco compacto o en memoria USB, que en su caso aporte el solicitante, por copia, 3.8 salarios mínimo.

VI. Por la certificación de cada plano catastral propiedad del Municipio, 3 salarios mínimos.

VII. La certificación de documentos públicos que obran en el archivo de la tesorería, 1 salario mínimo.

Artículo 20.- Los Derechos por los Servicios del Registro Civil se causarán y pagarán, en salarios mínimos, de acuerdo a las cuotas siguientes:

Página 346 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 347: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

I. Por la expedición de copias de actas del Registro Civil, incluyendo el papel sellado, uno; II. Registro de nacimientos ordinarios y extemporáneos, uno; III. Reconocimiento de hijos, uno; IV. Adopciones, uno; V. Celebración de matrimonios en oficina, uno; VI. Celebración de matrimonios a domicilio, veinte; VII. Inscripción de sentencias, diez; y VIII. Divorcios, quince.

Artículo 21.- Los derechos por la ocupación de inmuebles del dominio público, se calcularán y pagarán de conformidad con las cuotas siguientes: I. Por la ocupación de espacios en mercados municipales se pagará diariamente, por metro cuadrado, de 0.01 a 0.05 salarios mínimos; II. La ocupación de espacios en vía pública o áreas municipales, exceptuando las áreas verdes, se pagará diariamente, por metro cuadrado o fracción, previa autorización correspondiente, a razón de 0.01 a 0.05 salarios mínimos; III. La ocupación temporal de la vía pública o áreas municipales, exceptuando las áreas verdes, por vehículos, aparatos mecánicos o electromecánicos, por tianguis, ferias o similares, se pagará diariamente, por metro cuadrado o fracción, a razón de 0.05 a 0.125 salarios mínimos; y

IV. El estacionamiento en la vía pública se pagará, mediante utilización de parquímetros, a razón de 0.125 salarios mínimos por hora o fracción. Artículo 22.- Las Contribuciones por Mejoras se causarán, liquidarán y pagarán de conformidad con lo establecido por el artículo 253 y demás relativos del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Artículo 23.- En materia de Productos y Aprovechamientos se estará a lo dispuesto en los Títulos Cuarto y Quinto del Libro Tercero del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Artículo 24.- Los rezagos por concepto de contribuciones o aprovechamientos señalados en esta Ley se cobrarán y recaudarán de acuerdo con las disposiciones legales vigentes al momento de su causación. Artículo 25.- El pago extemporáneo de créditos fiscales causará recargos, que se cobrarán a razón del 2.5% por cada mes o fracción, independientemente de las sanciones que, en su caso, correspondan al infractor. Artículo 26.- Cuando se otorguen prórrogas para el pago de los créditos fiscales municipales se causarán intereses, a una tasa del 1.25% mensual sobre el monto de los saldos insolutos de los créditos prorrogados.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 347

Page 348: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Artículo 27.- El Municipio deberá registrar sus operaciones con base en el Clasificador por Rubros de Ingresos y en el Clasificador por Objeto del Gasto, derivados de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

T R A N S I T O R I O S ARTÍCULO ÚNICO.- La presente Ley entrará en vigor el día 1° de enero de 2015, previa publicación en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. DADA EN EL SALÓN DE SESIONES DE LA LXIII LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA – ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE. ANILÚ INGRAM VALLINES DIPUTADA PRESIDENTA

ANA CRISTINA LEDEZMA LÓPEZ DIPUTADA SECRETARIA

RÚBRICA.

RÚBRICA.

Página 348 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 349: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

LA SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 26, FRACCIÓN I INCISO b), 33, FRACCIÓN I, 38 Y 71, FRACCIÓN V, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO; 107 DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE; 6 FRACCIÓN I INCISO b), 18, FRACCIÓN I Y 47 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER LEGISLATIVO; 75 Y 76 DEL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL PODER LEGISLATIVO, Y EN NOMBRE DEL PUEBLO, EXPIDE LA SIGUIENTE:

Ley Número 440

DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE NARANJOS AMATLAN, DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE,

CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2015. Artículo 1.- Para el ejercicio fiscal del año 2015, la Hacienda Pública del Municipio de NARANJOS-AMATLÁN, del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, percibirá los ingresos provenientes de los conceptos señalados en la presente Ley, que se destinarán a cubrir el gasto público, en las cantidades estimadas que a continuación se señalan:

Monto en pesos

TOTAL PROYECTO DE LEY DE INGRESOS 54,460,117.04

IMPUESTOS

3,387,183.79

Impuestos sobre los ingresos 28,069.01

Impuesto sobre espectáculos públicos 16,818.16 Impuesto sobre loterías, rifas, sorteos y concursos 0.00

Impuesto sobre juegos permitidos 11,250.85

Impuesto sobre el patrimonio 2,394,602.92

Impuesto predial 2,028,472.52 Impuesto sobre traslación de dominio de bienes inmuebles 366,130.40

Impuestos sobre fraccionamiento 0.00

Accesorios 61,069.34

Accesorios de impuestos 61,069.34

Otros impuestos 469,585.72

Contribución adicional sobre ingresos municipales 469,585.72 Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales pendientes de liquidación o pago. 433,856.80

Impuestos de ejercicios fiscales anteriores 433,856.80

CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 35,924.08

Contribuciones de mejoras por obras públicas 35,924.08

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 349

Page 350: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Obras públicas de tipo corriente 35,924.08

Accesorios de contribuciones de mejoras 0.00 Contribuciones de mejoras no comprendidasen las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 0.00 Contribuciones de mejoras de ejercicios fiscales anteriores 0.00

DERECHOS 1,958,008.18

Derechos por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bienes de dominio público 0.00 Derechos por ocupación de inmuebles de dominio público 0.00

Derechos por prestación de servicios

1,958,008.18 Derechos por registro y refrendo anual de toda actividad económica 344,918.47

Derechos por obras materiales 214,152.18 Derechos por los servicios de agua potable y drenaje del municipio 0.00 Derechos por expedición de certificados y constancias 502,656.54 Derechos por servicios de rastro y lugares autorizados 30,047.68

Derechos por servicios de panteones 134,456.60

Derechos por servicios de recolección, transporte y disposición final de desechos sólidos 1,636.36

Derechos por limpieza de predios no edificados 0.00 Derechos por prestación de servicios de supervisión técnica sobre explotación de bancos de material 0.00

Derechos por servicios prestados por la tesorería 0.00

Derechos por servicios del registro civil 730,140.35

Derechos en material de tránsito municipal 0.00

Derechos en material de salud animal 0.00

Accesorios 0.00

Accesorios de derechos 0.00 Derechos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago. 0.00

Derechos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

PRODUCTOS 783,145.34

Productos de tipo corriente 724,586.93 Productos derivados del uso y aprovechamiento de bienes no sujetos a régimen de dominio público 0.00 Enajenación de bienes muebles no sujetos a ser inventariados 0.00

Accesorios de productos 0.00

Otros productos que generan ingresos corrientes 724,586.93

Productos de capital 0.00

Terrenos 0.00

Viviendas 0.00

Página 350 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 351: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Edificios no habitacionales 0.00

Otros bienes inmuebles 0.00

Mobiliario y equipo de administración 0.00

Mobiliario y equipo educacional y recreativo 0.00

Equipo e instrumental médico y de laboratorio 0.00

Vehículos y equipo de transporte 0.00

Equipo de defensa y seguridad 0.00

Maquinaria, otros equipos y herramientas 0.00

Colecciones, obras de arte y objetos valiosos 0.00

Activos biológicos 0.00

Software 0.00

Patentes, marcas y derechos 0.00

Concesiones y franquicias 0.00

Licencias 0.00

Otros activos intangibles 0.00 Productos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 58,558.41

Productos de ejercicios fiscales anteriores 58,558.41

APROVECHAMIENTOS 387,763.65

Aprovechamientos de tipo corriente 387,763.65

Incentivos derivados de la colaboración fiscal 0.00

Multas 31,066.39

Indemnizaciones 0.00

Reintegros 0.00 Aprovechamientos provenientes de obras públicas 0.00 Aprovechamientos por participaciones de la aplicación de leyes 0.00 Aprovechamientos por aportaciones y cooperaciones 0.00

Accesorios de aprovechamientos 0.00

Otros aprovechamientos 356,697.26 Aprovechamientos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0.00 Aprovechamientos de ejercicios fiscales anteriores 0.00

INGRESOS POR VENTA DE BIENES Y SERVICIOS 0.00 Ingresos por venta de bienes y servicios de organismos descentralizados 0.00

Servicios 0.00

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00 Ingresos de operación de entidades paraestatales empresariales y no financieras 0.00 0.00 Ingresos por venta de bienes y servicios producidos en establecimientos del gobierno 0.00

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 351

Page 352: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Servicios 0.00

Ventas 0.00

Productos 0.00

Otros ingresos 0.00

PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 47,908,092.00

Participaciones 27,190,481.00

Participaciones federales 27,190,481.00

Aportaciones 20,717,611.00

Aportaciones federales 20,717,611.00

Seguridad pública ramo 036 0.00

Aportaciones de otros programas 0.00

Convenios 0.00

Ingresos extraordinarios 0.00

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 0.00 Transferencias internas y asignaciones al sector público 0.00

Transferencias para apoyos de programas 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Subsidios y subvenciones 0.00

Ayudas sociales 0.00

Ayudas sociales a personas 0.00 Becas y otras ayudas para programas de capacitación 0.00 Ayudas sociales a actividades científicas o académicas 0.00 Ayudas para desastres naturales y otros siniestros 0.00

INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTO 0.00

Endeudamiento interno 0.00

Deuda pública interna 0.00

RESUMENRecursos Fiscales 6,552,025.04 Ingresos propios 0.00 Recursos provenientes de la Federación 47,908,092.00 Recursos provenientes de financiamientos 0.00 Otros recursos 0.00 TOTAL DE INGRESOS ORDINARIOS 54,460,117.04

Artículo 2.- A los ingresos descritos en el artículo anterior se adicionarán los extraordinarios. Artículo 3.- El Ayuntamiento de este Municipio reportará en sus cuentas públicas todos los ingresos que perciba por los conceptos a que se refiere esta

Página 352 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 353: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Ley, aun aquellos que, en razón de no generarse ordinariamente o de no existir los antecedentes necesarios para estimar las cantidades a recaudar, aparezcan cuantificados en cero. Artículo 4.- Los ingresos señalados en este ordenamiento se regirán, conforme a lo establecido por el Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y demás legislación aplicable. Artículo 5.- El impuesto predial se causará, liquidará y pagará de acuerdo con la siguiente: T A R I F A T A S A (al millar)

I. Predios Urbanos Construidos 0.367 II. Predios Urbanos Baldíos 0.718 III. Predios Suburbanos Construidos 0.400 IV. Predios Suburbanos Baldíos 4.448 V. Predios Rurales Particulares 0.352 VI. Predios Rurales Ejidales 0.033

Artículo 6.- El Impuesto Sobre Traslación de Dominio de Bienes Inmuebles se causará, liquidará y pagará aplicando a la base gravable determinada, la tasa de cinco al millar. Artículo 7.- El Impuesto Sobre Espectáculos Públicos se causará, liquidará y pagará sobre la base que en cada caso corresponda, conforme a las tarifas o tasas siguientes: I. Carpas de representaciones teatrales, de fantoches, títeres, óptica, fenómenos animales, enanos, bufos, etc., el tres por ciento sobre la entrada bruta;

II. Circos, el tres por ciento sobre la entrada bruta; III. Espectáculos deportivos:

a) Box, lucha libre y otros similares, el diez por ciento sobre la entrada bruta;

b) Carreras de automóviles, caballos, perros, bicicletas y motocicletas, el diez por ciento sobre la entrada bruta;

c) Béisbol, fútbol, básquetbol, tenis, pelota vasca y otros juegos de pelota, el ocho por ciento sobre la entrada bruta. IV. Corridas de toros, becerradas, novilladas, jaripeos, peleas de gallos y otros espectáculos similares, el diez por ciento sobre los ingresos brutos obtenidos; V. Representaciones teatrales de comedias, drama, ópera, opereta, zarzuela, revista, vodevil, variedades, ballet o revistas sobre hielo o acuáticas, conciertos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 353

Page 354: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

y conferencias, el tres por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo; VI. Exhibiciones y concursos, el cinco por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo; VII. Espectáculos nocturnos diferentes a los anteriores, el diez por ciento sobre la entrada bruta; y VIII. Los no previstos en las fracciones anteriores, el diez por ciento sobre el precio de cada boleto, ficha o pase de cualquier tipo que permita el ingreso al espectáculo. Cuando el espectáculo se realice en beneficio de instituciones de asistencia pública legalmente constituidas, se aplicará la tasa del tres por ciento sobre el precio del boleto. Artículo 8.- El Impuesto Sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos se causará, liquidará y pagará, aplicando a la base gravable determinada, la tasa del veinte por ciento sobre el valor nominal total de los boletos o billetes vendidos o, cuando el mismo no pueda determinarse, sobre el valor total de los premios ofrecidos. Las personas que obtengan premios por participar en loterías, rifas, sorteos o concursos pagarán una tasa del seis por ciento sobre el monto total del ingreso obtenido. Artículo 9.- El Impuesto Sobre Juegos Permitidos se causará y pagará conforme a la tarifa mensual de 0.25 salarios mínimos por mesa o máquina de juego. Artículo 10.- La Contribución Adicional sobre Ingresos Municipales se causará y pagará, aplicando a la base que corresponda, las tarifas o tasas siguientes: I. Siete y medio por ciento adicional sobre el impuesto predial; II. Diez por ciento adicional sobre los impuestos sobre espectáculos públicos; sobre juegos permitidos y sobre fraccionamientos; y III. Diez por ciento adicional sobre los derechos y productos que establece el Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Artículo 11.- El Impuesto Sobre Fraccionamientos se causará, liquidará y pagará aplicando a la base gravable determinada la tasa de uno al millar. Artículo 12.- Los Derechos por Registro y Refrendo Anual de toda actividad económica se causarán y pagarán, en salarios mínimos, conforme a lo siguiente: I. Por la expedición de licencias, permisos o autorizaciones para el funcionamiento de establecimientos o locales con giros comerciales que enajenen o expendan bebidas alcohólicas, se pagarán las cuotas siguientes:

Página 354 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 355: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Giro Costo de la licencia en número de salarios

mínimos: Abarrotes con venta de cerveza 35 Abarrotes con venta de cerveza, vinos y licores 100 Agencias 250 Almacenes o Distribuidores 250 Billares 200 Cantinas o bares 200 Centros de eventos sociales 250 Centros deportivos o recreativos 250 Centros nocturnos y cabarets 1,000 Cervecerías 100 Clubes sociales 175 Depósitos 75 Discotecas 625 Hoteles y moteles 200 Kermeses, ferias y bailes públicos 125 Licorerías 115 Loncherías, taquerías, marisquerías, fondas, coctelerías, torterías, pizzerías y similares

75

Minisúper 150 Peñas, canta bar, café bar, vídeo bar y café cantante

150

Restaurante 150 Restaurante-bar 200 Servicar 150 Supermercados 250

II.- Por anuncios comerciales y publicidad se cobrará por la autorización respectiva, de acuerdo a las cuotas siguientes: a) Por la colocación de anuncios comerciales en la vía pública o tenga efectos sobre ésta, repercutiendo en la imagen urbana, de cuatro a ocho salarios mínimos, anualmente; b) Por la colocación eventual de anuncios comerciales en la vía pública o tenga efectos sobre ésta, repercutiendo en la imagen urbana, dos salarios mínimos por evento; c) Por el anuncio de eventos en altavoz móvil, dos salarios mínimos por evento; y d) Por la colocación de anuncios comerciales en el interior o exterior de vehículos en los que se preste el servicio de transporte público de pasajeros, tres salarios mínimos, anualmente. Artículo 13.- Los derechos por obras materiales se causarán y pagarán, en salarios mínimos, conforme a las siguientes cuotas: I. Por derechos de alineamiento de predios, calculados sobre el total de metros lineales que tenga el terreno frente a la vía pública, en términos de la normatividad aplicable, conforme a los usos y rangos en metros lineales siguientes:

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 355

Page 356: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Si el terreno es de uso:

Habitacional, de categoría De 1 a 10 ML

Salarios Mínimos Residencial 3 Medio 2 Interés Social 1.5 Popular 1

De más de 10 a 50 ML Salarios Mínimos

Residencial 3.5 Medio 3 Interés Social 2.5 Popular 2

De más de 50 ML Salarios Mínimos

Residencial 4 Medio 3.5 Interés Social 2.5 Popular 2

Si el terreno es de uso: De 1 a 10 ML.

Salarios Mínimos Comercial 4 Industrial 4 Agropecuario 3 De servicio 2

De más de 10 a 50 ML Salarios Mínimos

Comercial 5 Industrial 5 Agropecuario 4 De servicio 2.5

De más de 50 ML. Salarios Mínimos

Comercial 6 Industrial 6 Agropecuario 5 De servicio 3

II. Por asignación de número oficial e inspección de predios, cada uno: Si el terreno es de uso:

Habitacional, de categoría Salarios Mínimos

Residencial 2

Medio 1.5

Página 356 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 357: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Interés Social 1

Popular 0.5

Si el terreno es de uso:

Comercial 2

Industrial 2

Agropecuario 1

De servicio 1

III. Por licencias: a) De construcción de bardas, con excepción de las colindantes con la vía pública, conforme a los usos y rangos en metros lineales siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 20 ML Salarios Mínimos

Residencial 4 Medio 3 Interés Social 1 Popular 1

De más de 20 a 50 ML

Salarios Mínimos

Residencial 5 Medio 4 Interés Social 3 Popular 1.5

De más de 50 a 100 ML

Salarios Mínimos

Residencial 6 Medio 5 Interés Social 4 Popular 2

De 100 a 200 ML

Salarios Mínimos

Residencial 7 Medio 6 Interés Social 5 Popular 3

De más de 200 a 500 ML Salarios Mínimos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 357

Page 358: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Residencial 8 Medio 7 Interés Social 6 Popular 4

De más de 500 ML Salarios Mínimos

Residencial 9 Medio 8 Interés Social 7 Popular 5

Si el terreno es de uso:

1 a 20 ML Salarios Mínimos

Comercial 5 Industrial 5 Agropecuario 1 De servicio 3

De más de 20 a 50 ML Salarios Mínimos

Comercial 6 Industrial 6 Agropecuario 1.5 De servicio 4

De más de 50 a 100 ML Salarios Mínimos

Comercial 7 Industrial 7 Agropecuario 2 De servicio 5

De más de 100 a 200 ML Salarios Mínimos

Comercial 8 Industrial 8 Agropecuario 3 De servicio 6

De más de 200 a 500 ML Salarios Mínimos

Comercial 10 Industrial 10 Agropecuario 4 De servicio 7

De más de 500 ML Salarios Mínimos

Página 358 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 359: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 15 Industrial 15 Agropecuario 5 De servicio 8

b) De construcción o ampliación, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: De 1 a 40 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 0Popular 0

De más de 40 a 60 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 6Interés Social 0Popular 0

De más de 60 a 80 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 3Popular 2

De 80 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 4Popular 3

De más de 100 a 150 M2 Salarios Mínimos

Residencial 14Medio 12Interés Social 5Popular 4

De más de 150 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 16Medio 14Interés Social 6Popular 5

De 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 359

Page 360: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Medio 18Interés Social 0Popular 0

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 0Popular 0

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 22Interés Social 0Popular 0

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 40Medio 24Interés Social 0Popular 0

Si el terreno es de uso:

De 1 a 40 M2 Salarios Mínimos

Comercial 9Industrial 8Agropecuario 2De servicio 3

De más de 40 a 60 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 3De servicio 4

De más de 60 a 80 M2 Salarios Mínimos

Comercial 12Industrial 12Agropecuario 4De servicio 5

De 80 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 14Industrial 14Agropecuario 5De servicio 6

De más de 100 a 150 M2 Salarios Mínimos

Página 360 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 361: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 16Industrial 16Agropecuario 10De servicio 7

De más de 150 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 18Industrial 18Agropecuario 15De servicio 8

De 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 10De servicio 10

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 20De servicio 15

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 20De servicio 20

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 50Industrial 50Agropecuario 40De servicio 30

c) Para fusionar, subdividir o relotificar, en términos de la normatividad aplicable, sobre el total de la superficie, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 361

Page 362: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Residencial 4Medio 2Interés Social 1.5Popular 1

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 4

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 10Popular 6

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 10

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

Si el terreno es de uso:

De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 5Industrial 5Agropecuario 1De servicio 2

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 2De servicio 4

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Página 362 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 363: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 4De servicio 8

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 6De servicio 15

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 10De servicio 20

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 15De servicio 25

d) Para fraccionamientos de terrenos, en términos de la normatividad aplicable, sobre el área total a fraccionar o lotificar, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 2Interés Social 1.5Popular 1

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 6Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 4

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 363

Page 364: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Residencial 20Medio 15Interés Social 10Popular 6

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 15Popular 10

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

Si el terreno es de uso: De 1 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 5Industrial 5Agropecuario 1De servicio 2

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 2De servicio 4

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 4De servicio 8

De 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 6De servicio 15 De más de 5,000 a 10,000 M2

Salarios MínimosComercial 30Industrial 30Agropecuario 10De servicio 20

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40

Página 364 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 365: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Industrial 40Agropecuario 15De servicio 25

e) Por demoliciones, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 50 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 6Interés Social 5Popular 4

De más de 50 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 10Medio 8Interés Social 6Popular 5

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 10Interés Social 8Popular 6

De más de 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 15Medio 12Interés Social 8Popular 6

Si el terreno es de uso: De 1 a 50 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 4De servicio 8

De más de 50 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 5De servicio 10

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 365

Page 366: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Industrial 20Agropecuario 10De servicio 12

De más de 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 20De servicio 15

f) Por la construcción de albercas y depósitos de agua, por metro cúbico o fracción, 0.25 salarios mínimos.

g) Por la construcción de tanques subterráneos para almacenamiento de material peligroso, por metro cúbico o fracción, 0.50 salarios mínimos.

h) Para la conversión al régimen de propiedad en condominio, conforme a los usos y rangos en metros cuadrados siguientes:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 100 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 5Interés Social 3Popular 2

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12Medio 8Interés Social 5Popular 3

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 15Medio 12Interés Social 8Popular 5

De más de 300 a 400 M2 Salarios Mínimos

Residencial 20Medio 15Interés Social 12Popular 8

De más de 400 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25

Página 366 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 367: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Medio 20Interés Social 15Popular 12

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 30Medio 25Interés Social 20Popular 15

De más de 1,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 35Medio 30Interés Social 25Popular 20

Si el terreno es de uso: De 1 a 100 M2 Salarios Mínimos

Comercial 10Industrial 10Agropecuario 2De servicio 5

De más de 100 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 3De servicio 8

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 20Industrial 20Agropecuario 5De servicio 12

De más de 300 a 400 M2 Salarios Mínimos

Comercial 25Industrial 25Agropecuario 8De servicio 15

De más de 400 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 30Agropecuario 12De servicio 20

De más de 500 a 1000 M2 Salarios Mínimos

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 367

Page 368: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Comercial 35Industrial 35Agropecuario 15De servicio 25

De más de 1000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 40Industrial 40Agropecuario 20De servicio 30

i) De uso de suelo, según la clasificación siguiente:

Salarios MínimosVivienda 0.05Industria 0.10Comercio 0.30Servicios 0.20

j) De cambio de uso de suelo, cuando el Municipio contare con un Programa de Ordenamiento Urbano, en términos de la normatividad aplicable, se pagará el cincuenta por ciento de la cuota establecida para una licencia de uso de suelo. k) De uso de suelo de tipo agropecuario, debidamente acreditado, por la totalidad de la construcción: 1 salario mínimo.

IV. Por deslinde de predios:

Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

De 1 a 200 M2 Salarios Mínimos

Residencial 3Medio 3Interés Social 2Popular 1.5

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Residencial 4Medio 4Interés Social 3Popular 2

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Residencial 8Medio 8Interés Social 5Popular 3

De más de 500 a 1000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 12

Página 368 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 369: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Medio 10Interés Social 8Popular 6

De más de 1000 a 3000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 25Medio 20Interés Social 12Popular 8

De más de 3000 a 5000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 50Medio 40Interés Social 15Popular 12

De más de 5000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 80Medio 70Interés Social 20Popular 15

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Residencial 100Medio 90Interés Social 25Popular 20

Si el terreno es de uso: De 1 a 200 M2 Salarios Mínimos

Comercial 4Industrial 4Agropecuario 1.5De servicio 3

De más de 200 a 300 M2 Salarios Mínimos

Comercial 6Industrial 6Agropecuario 2De servicio 4

De más de 300 a 500 M2 Salarios Mínimos

Comercial 8Industrial 8Agropecuario 3De servicio 8

De más de 500 a 1,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 12

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 369

Page 370: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Industrial 12Agropecuario 6De servicio 10

De más de 1,000 a 3,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 15Industrial 15Agropecuario 8De servicio 20

De más de 3,000 a 5,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 30Industrial 50Agropecuario 12De servicio 40

De más de 5,000 a 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 60Industrial 60Agropecuario 15De servicio 70

De más de 10,000 M2 Salarios Mínimos

Comercial 120Industrial 120Agropecuario 20De servicio 90

V. Por registro, estudio y aprobación de planos y proyectos de construcción, remodelación o ampliación: Si el terreno es de uso: Habitacional, de categoría

Salarios Mínimos

Residencial 2Medio 1.5Interés Social 1Popular 0.50

Si el terreno es de uso:

Salarios MínimosComercial 2Industrial 2Agropecuario 1De servicio 1

La modificación de proyectos también causará derechos, a razón de un cincuenta por ciento sobre las cuotas que correspondan.

Página 370 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 371: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Artículo 14.- Los derechos por expedición de certificados, constancias y otros servicios, se causarán y pagarán conforme a las cuotas siguientes: I. Certificado o certificaciones expedidos por funcionarios o empleados municipales, incluyendo la búsqueda de datos para expedirlos, por cada certificado, de 0.50 a 1 salario mínimo. II. Copias de documentos que obren en los archivos de oficinas municipales:

a) Por hoja escrita a doble espacio en ambas caras, 0.25 salarios mínimos.

b) Por hoja que indica el inciso anterior, escrita a un espacio por ambas caras, 0.30 salarios mínimos.

c) En los casos a que se refieren los incisos anteriores, cuando se escriba por una sola cara de la hoja, 0.25 salarios mínimos. En el caso a que se refiere esta fracción, además de los derechos que establecen los incisos que anteceden, se cobrará por la búsqueda de los documentos de los que deba sacarse copia cuando el interesado no proporcione los datos exactos para su localización, por cada año que comprenda la busca, 0.25 salarios mínimos. III. Evaluación de impacto ambiental, veinte salarios mínimos. IV. Por solicitudes de información conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado: a) Por copias simples o impresos por medio de dispositivo informático, por cada hoja tamaño carta u oficio: 0.02 salarios mínimos;

b) Por copias certificadas distintas a las señaladas en las fracciones anteriores, por cada hoja o fracción: 0.02 salarios mínimos; y

c) Por información grabada en disco de 3.5 pulgadas o disco compacto, por copia: 0.03 salarios mínimos Artículo 15.- Por la prestación de servicios que se proporcionan en los rastros públicos municipales se causarán derechos conforme a las cuotas siguientes: I. Bovino, por cada animal: 1.5 a 3.0 salarios mínimos; II. Porcino y equino, por cada animal: 0.5 a 1.0 salarios mínimos; III. Ovino y caprino, por cada animal: 0.2 a 0.4 salarios mínimos; IV. Aves y otras especies menores, por cada animal: 0.01 a 0.02 salarios mínimos; V. Por uso de corrales después de transcurridas cuarenta y ocho horas del ingreso del animal, por día o fracción se pagará el diez por ciento de las cantidades señaladas en las fracciones anteriores; y

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 371

Page 372: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

VI. Por uso de frigoríficos, después de transcurridas veinticuatro horas del ingreso del animal, por día o fracción se pagará el diez por ciento de las cantidades señaladas en las fracciones anteriores

Artículo 16.- Los Derechos por Servicios de Panteones se pagarán en salarios mínimos, conforme a las cuotas siguientes: I. Inhumaciones por siete años y refrendo de fosas 1 II. Inhumaciones en fosas a perpetuidad 3 III. Depósito de restos en osario por una temporalidad de 7 años 1 IV. Depósito de restos en el osario a perpetuidad 3 V. Construcción, reconstrucción, ampliación o modificación de monumentos, criptas o fosas

1

VI. Inhumación de restos, apertura o cierre de gavetas y demás operaciones semejantes

1

VII. Exhumaciones 1 VIII. Reinhumaciones 1 IX. Cremaciones 35

Artículo 17.- Los Derechos por Servicios de Recolección, Transporte y Disposición Final de Desechos Sólidos se causarán y pagarán mensualmente, de conformidad con las cuotas siguientes:

I. Por cada inmueble destinado a uso habitacional, de tipo:

Salarios mínimos Residencial 0.5 Medio 0.4 Interés social 0.3 Popular 0.2

II. Por cada industria o comercio, así como empresas que presenten espectáculos públicos, 0.008 salarios mínimos por kilogramo o 0.010 salarios mínimos por metro cúbico, sin que en ningún caso la cuota resulte menor a la establecida para inmuebles de uso habitacional de tipo residencial. Artículo 18.- Los Derechos por la Prestación de Servicios de Supervisión Técnica sobre la Explotación de Bancos de Material se pagarán 0.01 salarios mínimos, por metro cúbico o fracción de material extraído. En el caso de que no sea posible determinar el volumen de material extraído, este derecho se pagará a razón de un salario mínimo diario.

Artículo 19.- Los Derechos por Servicios Prestados por la Tesorería se causarán y pagarán de conformidad con las cuotas que en cada caso se señalan:

I. Rectificación o cancelación de los datos asentados en la declaración inicial de traslado de dominio, a solicitud del interesado, 1 salario mínimo.

II. Expedición de una Cédula Catastral, 7 salarios mínimos. III. Expedición de un Certificado de Valor Catastral o Catastral Provisional, 10 salarios mínimos.

Página 372 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 373: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

IV. Expedición de una constancia de datos catastrales, 3 salarios mínimos;

V. Expedición de cartografía catastral propiedad del Municipio:

a) Copias en papel heliográfico o bond por plano general de localidad, con curvas de nivel al metro y cuotas de crucero, en escala 1:2,000, por hoja, 4.5 salarios mínimos.

b) Copias en papel heliográfico o bond por plano general de localidad, en escalas aproximadas 1:4,000, 1:5,000, 1:7,500 y 1:10,000, 3 salarios mínimos.

c) Copias en papel heliográfico o bond por plano manzanero de localidades catastradas, en escala 1:500 ó 1:1,000:

1.-De 1 hasta 100 planos, por plano, 4.5 salarios mínimos. 2.-De 101 planos en adelante, por plano, 3 salarios mínimos. d) Copias del plano de región catastral, sin escala, con nomenclatura y valores catastrales del suelo urbano, por hoja, 3 salarios mínimos.

e) Copias del plano perimetral tamaño carta de un predio registrado en la cartografía catastral urbana, en escala 1:500, por plano. 3 salarios mínimos. f) Cartografía digital en escala 1:1,000 en formatos DXF., DWG. y ARC/INFO., por km2:

1.-Cobertura de manzanas, 22 salarios mínimos. 2.-Cobertura de predios, 64 salarios mínimos. 3.-Cobertura de construcciones, 64 salarios mínimos. 4.-Cobertura de curvas de nivel a cada metro, 10 salarios mínimos. g) Copias de contacto de fotografías aéreas, en escalas 1:4,500 1:10,000 y 1:20,000: 1.-En papel bond, imagen blanco y negro, en formato 23 x 23 cm., por copia, 1 salario mínimo.

2.-Grabada con escáner e impresión en papel bond, blanco y negro, en formato 23 x 23 cm., por copia. 1.1 salario mínimo. 3.-Grabada en disco compacto o en memoria USB, que en su caso aporte el solicitante, por copia, 3.8 salarios mínimo.

VI. Por la certificación de cada plano catastral propiedad del Municipio, 3 salarios mínimos.

VII. La certificación de documentos públicos que obran en el archivo de la tesorería, 1 salario mínimo.

Artículo 20.- Los Derechos por los Servicios del Registro Civil se causarán y pagarán, en salarios mínimos, de acuerdo a las cuotas siguientes:

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 373

Page 374: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

I. Por la expedición de copias de actas del Registro Civil, incluyendo el papel sellado, uno; II. Registro de nacimientos ordinarios y extemporáneos, uno; III. Reconocimiento de hijos, uno; IV. Adopciones, uno; V. Celebración de matrimonios en oficina, uno; VI. Celebración de matrimonios a domicilio, veinte; VII. Inscripción de sentencias, diez; y VIII. Divorcios, quince.

Artículo 21.- Los derechos por la ocupación de inmuebles del dominio público, se calcularán y pagarán de conformidad con las cuotas siguientes: I. Por la ocupación de espacios en mercados municipales se pagará diariamente, por metro cuadrado, de 0.01 a 0.05 salarios mínimos; II. La ocupación de espacios en vía pública o áreas municipales, exceptuando las áreas verdes, se pagará diariamente, por metro cuadrado o fracción, previa autorización correspondiente, a razón de 0.01 a 0.05 salarios mínimos; III. La ocupación temporal de la vía pública o áreas municipales, exceptuando las áreas verdes, por vehículos, aparatos mecánicos o electromecánicos, por tianguis, ferias o similares, se pagará diariamente, por metro cuadrado o fracción, a razón de 0.05 a 0.125 salarios mínimos; y

IV. El estacionamiento en la vía pública se pagará, mediante utilización de parquímetros, a razón de 0.125 salarios mínimos por hora o fracción. Artículo 22.- Las Contribuciones por Mejoras se causarán, liquidarán y pagarán de conformidad con lo establecido por el artículo 253 y demás relativos del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Artículo 23.- En materia de Productos y Aprovechamientos se estará a lo dispuesto en los Títulos Cuarto y Quinto del Libro Tercero del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Artículo 24.- Los rezagos por concepto de contribuciones o aprovechamientos señalados en esta Ley se cobrarán y recaudarán de acuerdo con las disposiciones legales vigentes al momento de su causación. Artículo 25.- El pago extemporáneo de créditos fiscales causará recargos, que se cobrarán a razón del 2.5% por cada mes o fracción, independientemente de las sanciones que, en su caso, correspondan al infractor. Artículo 26.- Cuando se otorguen prórrogas para el pago de los créditos fiscales municipales se causarán intereses, a una tasa del 1.25% mensual sobre el monto de los saldos insolutos de los créditos prorrogados.

Página 374 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014

Page 375: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Artículo 27.- El Municipio deberá registrar sus operaciones con base en el Clasificador por Rubros de Ingresos y en el Clasificador por Objeto del Gasto, derivados de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

T R A N S I T O R I O S ARTÍCULO ÚNICO.- La presente Ley entrará en vigor el día 1° de enero de 2015, previa publicación en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. DADA EN EL SALÓN DE SESIONES DE LA LXIII LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA – ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.

ANILÚ INGRAM VALLINES DIPUTADA PRESIDENTA

ANA CRISTINA LEDEZMA LÓPEZ DIPUTADA SECRETARIA

RÚBRICA.

RÚBRICA.

Por lo tanto, en atención a lo dispuesto por el artículo 49 fracción II de la Constitución Política del Estado, y en cumplimiento del oficio SG/00002635 de las diputadas Presidente y Secretaria de la Sexagésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, mando se publique y se le dé cumplimiento. Residencia del Poder Ejecutivo Estatal, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil catorce.

A t e n t a m e n t e

Sufragio Efectivo. No reelección

Dr. Javier Duarte de Ochoa Gobernador del Estado

Rúbrica.

Martes 30 de diciembre de 2014 GACETA OFICIAL Página 375

folio 1978

Page 376: (Núm. Extraordinario 520-martes 30 de diciembre de 2014 ...nanchital.gob.mx/archivo/ley875/fracc1/2015/LeydeIngresos2015.pdfgaceta oficial sumario n Ú m e r o e x t r a o r d i n

Tarifa autorizada por el pleno del H. Congreso del Estado de acuerdocon el Decreto 263 que reforma la Ley 249 de la Gaceta Oficial

COSTO EN PESOSPUBLICACIONES SALARIOS INCLUIDO EL 15% PARA

MÍNIMOS EL FOMENTO A LAEDUCACIÓN

0.034 $ 2.49

0.023 $ 1.69

6.83 $ 500.88

2.10 $ 154.00

COSTO EN PESOSSALARIOS INCLUIDO EL 15% PARAMÍNIMOS EL FOMENTO A LA

EDUCACIÓN

2 $ 146.67

5 $ 366.68

6 $ 440.01

4 $ 293.34

0.57 $ 41.80

15 $ 1,100.03

20 $ 1,466.71

8 $ 586.68

11 $ 806.69

1.50 $ 110.00

A) Edicto de interés pecuniario como prescripcionespositivas, denuncias, juicios sucesorios, aceptación deherencia, convocatorias para fraccionamientos, palabras porinserción.

B) Edictos de interés social como: cambio de nombre, pólizade defunción, palabra por inserción.

C) Cortes de caja, balances o cualquier documento deformación especial por plana tamaño Gaceta Oficial.

D) Sentencias, resoluciones, deslindes de carácteragrario y convocatorias de licitación pública, unaplana tamaño Gaceta Oficial.

VENTAS

A) Gaceta Oficial de una a veinticuatro planas.

B) Gaceta Oficial de veinticinco a setenta y dos planas.

C) Gaceta Oficial de setenta y tres a doscientas dieciséisplanas.

D) Número Extraordinario.

E) Por hoja certificada de Gaceta Oficial.

F) Por un año de suscripción local pasando a recogerla.

G) Por un año de suscripción foránea.

H) Por un semestre de suscripción local pasando a recogerla.

I) Por un semestre de suscripción foránea.

J) Por un ejemplar normal atrasado.

SALARIO MÍNIMO VIGENTE $ 63.77 M.N.

EDITORA DE GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ

Directora General de la Editora de Gobierno: ELVIRA VALENTINA ARTEAGA VEGA

Directora de la Gaceta Oficial: INGRID PATRICIA LÓPEZ DELFÍN

Módulo de atención: Calle Morelos No. 43, Plaza Morelos, local B-5, segundo piso, colonia Centro, C.P. 91000, Xalapa, Ver.Oficinas centrales: Km. 16.5 carretera federal Xalapa-Veracruz, Emiliano Zapata, Ver.

Suscripciones, sugerencias y quejas a los teléfonos: 01279 8 34 20 20 al 23 www.editoraveracruz.gob.mxEl proceso de publicación de documentos en la Gaceta Oficial está certificado por la norma internacional de calidad ISO 9001:2008

Ejemplar

Página 376 GACETA OFICIAL Martes 30 de diciembre de 2014