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    Sbado 2 de agosto de 2014

    529155Ao XXXI - N 12940

    AO DE LA PROMOCIN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMTICO

    PODER EJECUTIVO

    PRESIDENCIA DEL

    CONSEJO DE MINISTROS

    R.S. N 278-2014-PCM.- Autorizan viaje deprofesionales del CEPLAN a Mxico, en comisin deservicios 529158

    AGRICULTURA

    Y RIEGO

    R.D. N 0014-2014-MINAGRI-SENASA-DSA.-Establecen requisitos sanitarios especficos decumplimiento obligatorio en la importacin dedeterminadas mercancas pecuarias procedentes deEspaa 529159

    DEFENSA

    D.S. N 009-2014-DE.- Aprueban Reglamento del D.Leg. N 1138, Ley de la Marina de Guerra del Per

    529160D.S. N 010-2014-DE.- Establecen disposiciones respecto amontos por compensacin extraordinaria mensual por servicioen el extranjero en Misin Diplomtica, Comisin Especialen el Exterior, Misin de Estudios, Comisin del Servicio yTratamiento Mdico Altamente Especializado de personalmilitar y civil del Sector Defensa, as como asignacin por

    comisin de servicio a bordo de Unidades Navales 529160R.S. N 364-2014-DE/.- Designan miembros integrantesde la Junta de Sanidad Especial Intersanidad de lasFuerzas Armadas y Polica Nacional del Per para el AF2014 529162R.S. N 365-2014-DE/.- Autorizan viaje de InspectoraGeneral y de Director del CECOPAZ a Hait, en comisinde servicios 529163R.S. N 366-2014-DE/MGP.- Autorizan viaje de oficialde la Marina de Guerra del Per a Brasil, en comisin deservicios 529163R.S. N 367-2014-DE/MGP.- Autorizan viaje de personalnaval a Argentina, en misin de estudios 529164R.S. N 368-2014-DE/.- Nombran Director del Instituto deEducacin Superior Tecnolgico Pblico De las FuerzasArmadas 529165

    RR.MM. Ns. 594, 595 y 596-2014-DE/SG.- Autorizaningreso al territorio peruano de personal militar de losEstados Unidos de Amrica 529165

    ECONOMIA Y FINANZAS

    D.S. N 223-2014-EF.- Aprueban disposiciones y fijanmontos por concepto de Bonificacin por DesempeoEfectivo de Cargos de Responsabilidad, Bonificacinpor Funcin Administrativa y de Apoyo OperativoEfectivo y Bonificacin por Alto Riesgo a la Vida,aplicables al personal en situacin de actividad militarde las Fuerzas Armadas y policial de la Polica Nacionaldel Per, as como el monto por concepto de SubsidioPstumo y por Invalidez para los pensionistas delDecreto Ley N 19846, y aprueban una Transferenciade Partidas a favor de los Ministerios de Defensa y delInterior 529167D.S. N 224-2014-EF.- Autorizan transferencia de

    partidas en el Presupuesto del Sector Pblico parael Ao Fiscal 2014 a favor de Gobiernos Regionales,para financiar el pago de la asignacin por tiempo deservicios, la compensacin por tiempo de servicios, ascomo el subsidio por luto y sepelio 529173D.S. N 225-2014-EF.- Autorizan Transferencia dePartidas en el Presupuesto del Sector Pblico para elAo Fiscal 2014, a favor de diversos pliegos 529175R.M. N 249-2014-EF/15.- Aprueban metodologa delAnlisis Comparativo a que se refiere el D. Leg. N1012, que aprob la Ley Marco de Asociaciones PblicoPrivadas para la generacin de empleo productivo y dictanormas para la agilizacin de los procesos de promocinde la inversin privada 529177R.D. N 064-2014-EF/52.01.- Aprueban emisin de Letrasdel Tesoro 529178

    EDUCACION

    R.M. N 352-2014-MINEDU.- Disponen la ejecucin anivel nacional de la Evaluacin Censal de Estudiantes2014 a estudiantes que concluyen el segundo gradode primaria de Educacin Bsica Regular, as como aestudiantes de cuarto grado de primaria que asisten ainstituciones educativas que estn implementando elPrograma de Educacin Intercultural Bilinge 529179R.M. N 353-2014-MINEDU.- Modifican Anexo 1 de laR.M. N 270-2014-MINEDU que contiene la relacinconsolidada de profesores sujetos al procedimientoexcepcional de evaluacin a nivel nacional 529179R.M. N 354-2014-MINEDU.- Aprueban disposicionespara el proceso de cierre presupuestal, patrimonial,administrativo, de personal y financiero de la Asamblea

    Nacional de Rectores (ANR) y su Consejo Nacional parala Autorizacin de Funcionamiento de Universidades(CONAFU) para su extincin 529180

    Sumario

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    El PeruanoSbado 2 de agosto de 2014529156

    ENERGIA Y MINAS

    R.M. N 344-2014-MEM/DM.- Otorgan autorizacinpor tiempo indefinido a Esco Compaa de Servicios deEnerga S.A.C., para desarrollar actividad de generacinde energa elctrica a travs de Central Trmica La GringaVI, ubicada en el departamento de Lima 529180

    INTERIOR

    Fe de Erratas R.M. N 0857-2014-IN 529181

    MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES

    R.M. N 247-2014-MIMP.- Designan representante delMinisterio de Justicia y Derechos Humanos ante el Consejode Adopciones de la Direccin General de Adopciones delMinisterio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 529181

    PRODUCE

    D.S. N 005-2014-PRODUCE.- Decreto Supremo quesuspende importacin de especmenes y productos decrustceos ante la presencia de Enfermedad de NecrosisHepatopancretica Aguda - AHPND o Sndrome deMortalidad Temprana - EMS 529182

    RELACIONES EXTERIORES

    RR.SS. Ns. 133, 134, 135, 136, 137 y 138-2014-RE.- Autorizan al Ministerio de Relaciones Exteriores aefectuar el pago de cuotas correspondientes al ao 2014,a diversos organismos internacionales 529184RR.MM. Ns. 0490 y 0491/RE-2014.- Autorizan viajes de

    funcionarios a China y Tailandia, en comisin de servicios529188R.M. N 0492/RE-2014.- Autorizan viaje de funcionariodiplomtico a Colombia, en comisin de servicios 529190

    SALUD

    R.M. N 574-2014/MINSA.- Designan Jefa de Oficinade la Oficina de Gestin de la Calidad del Hospital MaraAuxiliadora, de la Direccin de Salud II Lima Sur delMinisterio de Salud 529190R.M. N 577-2014/MINSA.- Designan Jefa de Oficina dela Oficina de Asesora Jurdica del Instituto Nacional deRehabilitacin Dra. Adriana Rebaza Flores Amistad Per- Japn del Ministerio de Salud 529191

    TRANSPORTES YCOMUNICACIONES

    RR.MM. Ns. 540 y 541-2014-MTC/02.- Autorizan viajesde Inspectores de la Direccin General de AeronuticaCivil a Colombia y Mxico, en comisin de servicios

    529191R.M. N 544-2014-MTC/01.- Aprueban modificacindel Cuadro para la Asignacin de Personal - CAP delMinisterio de Transportes y Comunicaciones 529194R.VM. N 439-2014-MTC/03.- Otorgan autorizacin aMultiservicios Scratch E.I.R.L. para prestar servicio deradiodifusin en FM en localidad del departamento deArequipa 529195R.VM. N 459-2014-MTC/03.- Declaran aprobadatransferencia de autorizacin otorgada mediante R.M. N

    595-92-TCC/15.17 a favor de Empresa Interamericana deRadio Difusin S.A., para prestar servicio de radiodifusinpor televisin en UHF en localidad del departamento deArequipa 529196

    R.D. N 3061-2014-MTC/15.- Autorizan a H & V S.A.C.como taller de conversin a gas natural vehicular y operar

    en local ubicado en el departamento de Lima 529198

    ORGANISMOS EJECUTORES

    AGENCIA DE PROMOCION DE

    LA INVERSION PRIVADA

    Res. N 087-2014.- Autorizan viaje de representantede PROINVERSIN a Japn, en comisin de servicios

    529199

    COMISION NACIONAL PARA EL

    DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS

    Res. N 132-2014-DV-PE.- Designan funcionariaresponsable de remitir las ofertas de empleo de DEVIDAal Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajoy Promocin del Empleo 529199

    ORGANISMOS REGULADORES

    ORGANISMO SUPERVISOR DE LA

    INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA

    Res. N 049-2014-OS/GART.- Aprueban costosadministrativos y operativos del FISE de las Empresas deDistribucin Elctrica en sus actividades vinculadas con eldescuento en la compra del baln de gas 529200

    ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

    COMISION DE PROMOCION DEL PERU

    PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO

    Res. N 147-2014-PROMPERU/SG.- Autorizan viaje derepresentante de PROMPER al Reino Unido de GranBretaa e Irlanda del Norte, en comisin de servicios

    529201

    INSTITUTO NACIONAL DE

    ESTADISTICA E INFORMATICA

    R.J. N 193-2014-INEI.- ndices Unificados de Preciosde la Construccin para las seis reas Geogrficas,

    correspondientes al mes de julio de 2014 529202

    ORGANISMO DE EVALUACION Y

    FISCALIZACION AMBIENTAL

    Res. N 097-2014-OEFA/PCD.- Designan funcionarioresponsable de remitir al Ministerio de Trabajo y Promocindel Empleo, las ofertas de empleo correspondientes alOEFA 529202

    SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS

    Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

    Circular N 01-2014-SUNAT/5C0000.- Aprueban

    Circular que precisa trmites a seguir para el ingreso ysalida de bienes necesarios para la realizacin de eventosinternacionales declarados de inters nacional en el marcode la Ley N 29963 529203

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    El PeruanoSbado 2 de agosto de 2014 529157

    SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL

    DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, ARMAS,MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL

    Res. N 189-2014-SUCAMEC.- Designan Asesor 1 delDespacho del Superintendente Nacional de la SUCAMEC

    529209

    SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

    Res. N 020-2014-SUSALUD/S.-Aprueban el Reglamentode Solvencia Patrimonial, Obligaciones Tcnicas yCobertura de Respaldo para Instituciones Administradorasde Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS - Privadasy Mixtas 529209Res. N 021-2014-SUSALUD/S.-Aprueban el Reglamentopara la presentacin de Informacin Econmico -

    Financiera e Indicadores Financieros para InstitucionesAdministradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud

    529214Res. N 026-2014-SUSALUD/S.- Modifican el Artculo5 de la Resolucin de Superintendencia N 094-2013-SUNASA/CD, que aprob normas relacionadas al Modelode Transaccin Electrnica de Datos Estandarizados deFacturacin TEDEF-IPRESS-IAFAS, Modelo de TransaccinElectrnica de Datos Estandarizados TEDEF-SUNASA ydel Sistema de Acreditacin de Asegurados 529218

    PODER JUDICIAL

    CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

    Res. Adm. N 238-2014-P-PJ.- Autorizan participacin

    de delegado del Poder Judicial en la Primera ReuninPreparatoria de la XVIII edicin de la Cumbre JudicialIberoamericana, a realizarse en Uruguay 529219

    CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA

    Res. Adm. N 221-2014-P-CSJLI/PJ.- Designan JuezaCoordinadora encargada del proceso de remisin yredistribucin de expedientes de diversos juzgados de trabajotransitorios liquidadores de descarga procesal desactivadosen la Corte Superior de Justicia de Lima 529220Res. Adm. N 222-2014-P-CSJLI/PJ.- Establecenconformacin de la Segunda Sala Civil con SubespecialidadComercial de Lima y designan jueces supernumerarios endiversos rganos jurisdiccionales de la Corte Superior deJusticia de Lima 529221Res. Adm. N 85-2014-P-CSJLE/PJ.- Designan JuezaSupernumeraria del Tercer Juzgado de Paz Letrado deAte de la Corte Superior de Justicia de Lima Este 529222Res. Adm. N 86-2014-P-CSJLE/PJ.- Designan JuezaSupernumeraria del Segundo Juzgado Transitorio de PazLetrado de San Juan de Lurigancho de la Corte Superiorde Justicia de Lima Este 529222Res. Adm. N 87-2014-P-CSJLE/PJ.- Designan JuezSupernumerario del Juzgado de Paz Letrado MixtoTransitorio de Ate de la Corte Superior de Justicia de LimaEste 529223

    ORGANOS AUTONOMOS

    BANCO CENTRAL DE RESERVA

    Circular N 027-2014-BCRP.- ndice de reajuste diario aque se refiere el art. 240 de la Ley General del SistemaFinanciero y del Sistema de Seguros, correspondiente almes de agosto 529223

    CONTRALORIA GENERAL

    Res. N 358-2014-CG.- Autorizan viaje de funcionario aChile, en comisin de servicios 529223

    INSTITUCIONES EDUCATIVAS

    Res. N 436-2014-UNASAM.- Autorizan viaje de docentede la Universidad Nacional Santiago Antnez de Mayoloa EE.UU., para proceso de ejecucin de proyecto deinvestigacin 529224Res. N 2564-CU-2014.- Otorgan duplicado de diplomade ttulo profesional en Pedagoga y Humanidades de laUniversidad Nacional del Centro del Per 529225

    JURADO NACIONAL DE ELECCIONES

    Res. N 717-2014-JNE.- Confirman resolucin emitidapor el Jurado Electoral Especial de Azngaro quedeclar improcedente solicitud de inscripcin de listade candidatos al Concejo Provincial de Azngaro,departamento de Puno 529226Res. N 734-2014-JNE.- Declaran fundada en parteapelacin y confirman resolucin en el extremo quedeclar improcedente solicitud de inscripcin de lista decandidatos al Gobierno Regional de Ucayali 529227Res. N 735-2014-JNE.- Confirman resolucin quedeclar improcedente solicitud de inscripcin de lista decandidatos al Concejo Distrital de Malvas, provincia deHuarmey, departamento de Ancash 529229Res. N 810-2014-JNE.- Confirman resolucin emitidapor el Jurado Electoral Especial de Lima Este 1, quedeclar improcedente solicitud de inscripcin de lista decandidatos 529231

    Res. N 815-2014-JNE.- Confirman resolucin emitidapor el Jurado Electoral Especial de Huaylas, que declarimprocedente inscripcin de lista de candidatos presentadapara el Concejo Distrital de Yuracmarca, provincia deHuaylas, departamento de ncash 529232Res. N 816-2014-JNE.- Confirman resolucin emitidapor el Jurado Electoral Especial de Huaylas, que declarimprocedente solicitud de inscripcin de lista de candidatosal Concejo Distrital de Santo Toribio, provincia de Huaylas,departamento de ncash 529234Res. N 822-2014-JNE.- Confirman resolucin emitidapor el Jurado Electoral Especial de Huamanga, quedeclar improcedente solicitud de inscripcin de lista decandidatos al Concejo Distrital de Carhuanca, provinciade Vilcas Huamn, departamento de Ayacucho 529235Res. N 824-2014-JNE.- Confirman resolucin emitidapor el Jurado Electoral Especial de Huamanga, que

    declar improcedente solicitud de inscripcin de lista decandidatos al Concejo Distrital de Llochegua, provincia deHuanta, departamento de Ayacucho 529236Res. N 825-2014-JNE.- Revocan resolucin en elextremo que declar improcedente solicitud de inscripcinde candidata a alcaldesa al Concejo Distrital de Santiagode Surco, provincia y departamento de Lima 529238Res. N 829-2014-JNE.- Revocan resolucin en elextremo que declar improcedente la candidatura aregidora al Concejo Distrital de Cochapeti, provincia deHuarmey, departamento de ncash 529239

    SUPERINTENDENCIA DE BANCA,

    SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS

    DE FONDOS DE PENSIONES

    Res. N 4701-2014.- Autorizan inscripcin de personanatural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares deSeguros 529240

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    El PeruanoSbado 2 de agosto de 2014529158

    PODER EJECUTIVO

    PRESIDENCIA DEL

    CONSEJO DE MINISTROS

    Autorizan viaje de profesionales delCEPLAN a Mxico, en comisin deservicios

    RESOLUCIN SUPREMAN 278-2014-PCM

    Lima, 1 de agosto de 2014

    VISTO: el Oficio N 051-2014/CEPLAN-PCD delPresidente de Consejo Directivo del Centro Nacional dePlaneamiento Estratgico; y,

    CONSIDERANDO:

    Que, el Decreto Legislativo N 1088, Ley del SistemaNacional de Planeamiento Estratgico y del CentroNacional de Planeamiento Estratgico, establece que elCentro Nacional de Planeamiento Estratgico - CEPLANes un organismo de derecho pblico cuya finalidad esconstituirse en el rgano rector y orientador del Sistema

    Nacional de Planeamiento del Per;Que, la Direccin Nacional de Evaluacin y Seguimientoes el rgano tcnico normativo responsable del seguimientoy evaluacin del cumplimiento del Plan Estratgico deDesarrollo Nacional y la Gestin Estratgica del Estado;

    Que, en el marco de las actividades previstas en elPlan Operativo Institucional 2014 del CEPLAN, aprobado

    mediante Resolucin de Presidencia de Consejo DirectivoN17-2014-CEPLAN/PCD de fecha 17 de febrero de 2014,se ha previsto la actividad 1.2.5 Pasantas Internacionalespor Trabajadores de CEPLAN;

    Que, el Consejo Nacional de Evaluacin de la Polticade Desarrollo Social-CONEVAL del Gobierno Federalde los Estados Unidos Mexicanos invit al CEPLAN aparticipar de la Pasanta en Seguimiento y Evaluacin arealizarse del 4 al 6 de agosto de 2014 en la ciudad deMxico D.F., Estados Unidos Mexicanos;

    Que, con la finalidad de compartir experiencias enseguimiento y evaluacin con los diversos actores delgobierno mexicano, el CEPLAN ha convenido una serie dereuniones con la Secretaria de la Funcin Pblica (SFP), laSecretaria de Desarrollo Social (SEDESOL) y la Secretarade Hacienda y Crdito Pblico (SHCP), las que se llevarna cabo entre el 7 y 8 de agosto de 2014;

    Que, la Direccin Nacional de Seguimiento y Evaluacinha previsto la participacin de la seorita Elisa Esther Huallpa

    Arancibia, especialista en Seguimiento y del seor RennAntonio Meza Daz, analista en Seguimiento y/o Monitoreo,profesionales de dicha Direccin en los citados eventos; todavez que los objetivos de la pasanta tienen plena relacin con lasfunciones que desarrollan, siendo necesaria su capacitacinpara contribuir con el fortalecimiento de las capacidadestcnicas en seguimiento y evaluacin, conocer experiencias,herramientas, sistemas de informacin, metodologas ydirectivas empleadas en el seguimiento y evaluacin; puestoque, a travs del conocimiento comparativo se desarrollarnmetodologas, instrumentos tcnicos e indicadores y sistemas

    de monitoreo y evaluacin en el sector pblico; por lo que,es pertinente autorizar su participacin en dichos eventos;siendo que los gastos por concepto de pasajes (incluidoTUUA), gastos de instalacin y viticos, sern cubiertos concargo al presupuesto del CEPLAN; y,

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 29158,Ley Orgnica del Poder Ejecutivo; la Ley N 30114, Ley de

    Circular N AFP-138-2014.- Circular sobre actualizacin decdigos de operacin vigentes que las AFP deben considerar

    para el registro de operaciones que impliquen movimientos enel sistema de cuentas de los afiliados al SPP 529241

    GOBIERNOS REGIONALES

    GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE

    Res. N 343-2014-GR.LAMB/PR.- Autorizan a ProcuradorPblico Regional iniciar e impulsar acciones legales quecorrespondan respecto a transferencia de predios 529241

    GOBIERNOS LOCALES

    MUNICIPALIDAD DE ANCON

    Ordenanza N 294-2014-MDA.- Aprueban actualizacindel Plan de Manejo de Residuos Slidos del distrito deAncn 529242

    MUNICIPALIDAD

    DE EL AGUSTINO

    Ordenanza N566-MDEA.- Aprueban Beneficio Tributariocorrespondiente al Ejercicio Fiscal 2014 529243

    MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA

    Acuerdo N 023-2014-MDJM.- Declaran Patrimonio HistricoCultural al Templo de la Parroquia San Jos y al Templo de laIglesia Nuestra Seora del Sagrado Corazn 529243D.A. N 019-2014-MDJM.- Aprueban el plan deaccesibilidad para personas con discapacidad y personascon movilidad reducida de la Municipalidad Distrital deJess Mara 529244

    MUNICIPALIDAD DE PACHACMAC

    Ordenanza N136-2014-MDP/C.- Regulan el Programade Formalizacin de Recicladores y Recoleccin Selectivade Residuos Slidos del distrito de Pachacmac 529245

    MUNICIPALIDAD DEL RIMAC

    D.A. N 004-2014-MDR.- Prorrogan plazo de vigenciade la Ordenanza N 366-2014-MDR, que establecila obligacin de presentar Declaracin Jurada delImpuesto Predial respecto de predios ubicados enAsentamientos Humanos del distrito 529246D.A. N 05-2014-MDR.- Prorrogan plazo de vigencia de laOrdenanza N 385-2014-MDR, que estableci incentivostributarios a favor de contribuyentes del distrito 529246R.A. N 0507-2014-MDR.- Designan Procurador PblicoMunicipal 529247

    MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL

    D.A. N 007-2014-MDSM.- Prorrogan vigencia de beneficiotributario y no tributario e incentivos a favor de contribuyentesdel distrito que actualicen informacin predial, establecidosen la Ordenanza N 267-MDSM 529247

    PROVINCIAS

    MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAETE

    Ordenanza N 021-2014-MPC.- Aprueban modificacindel Plan Urbano del Distrito de Chilca 529248

    MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARALD.A. N 008-2014-MPH.- Prorrogan beneficios tributariosy no tr ibutarios, aprobados mediante Ordenanza MunicipalN 010-2014-MPH 529249

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    El PeruanoSbado 2 de agosto de 2014 529159

    Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014; laLey N 27619, Ley que regula los viajes al exterior de losServidores y Funcionarios Pblicos, y el Decreto SupremoN 047-2002-PCM que aprueba las normas reglamentarias

    sobre Autorizacin de Viajes al Exterior de Servidores yFuncionarios Pblicos y su modificatoria;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.-Autorizar por excepcin, el viaje en comisinde servicios de la seorita Elisa Esther Huallpa Arancibia y elseor Renn Antonio Meza Diaz, profesionales de la DireccinNacional de Seguimiento y Evaluacin del CEPLAN, a laciudad de Mxico D.F., Estados Unidos Mexicanosdel 3 al9 de agosto de 2014, para los fines expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolucin Suprema.

    Artculo 2.-Disponer que los gastos que irrogue elcumplimiento de la presente Resolucin Suprema seancubiertos con cargo a la fuente de financiamiento recursosordinarios del Pliego 016: Centro Nacional de PlaneamientoEstratgico, conforme al siguiente detalle:

    Pasaje en tarifa econmica (dos personas,incluye TUUA) US $

    2,234.94Viticos (US$ 440 x (1+5) x 2 personas US $ 5,280.00 ------------------------ TOTAL US $ 7,514.94

    Artculo 3.- Dentro de los quince (15) das calendariosiguientes de efectuado el viaje, las personas indicadasen el artculo primero de la presente resolucin debernpresentar a su institucin el respectivo informe detallado,describiendo las acciones realizadas, los resultadosobtenidos en la comisin de servicios y la rendicin decuenta documentada por los viticos entregados.

    Artculo 4.- La presente Resolucin Suprema nodar derecho a exoneracin o liberacin de impuestosaduaneros de ninguna clase o denominacin.

    Artculo 5.- La presente Resolucin Suprema serrefrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros.

    Regstrese, comunquese y publquese.OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica

    ANA JARA VELSQUEZPresidenta del Consejo de Ministros

    1118343-6

    AGRICULTURA Y RIEGO

    Establecen requisitos sanitariosespecficos de cumplimiento obligatorioen la importacin de determinadas

    mercancas pecuarias procedentes deEspaa

    RESOLUCIN DIRECTORALN 0014-2014-MINAGRI-SENASA-DSA

    30 de julio de 2014

    VISTOS:

    Los Informes Ns. 0023, 0024, 0025 y 0026-2014-MINAGRI-SENASA-DSA-SDCA-LCASTILLO de fechas 15y 18 de Julio de 2014 y;

    CONSIDERANDO:

    Que, el artculo 12 del Decreto Legislativo N 1059,Ley General de Sanidad Agraria, seala que el ingreso alpas, como importacin, trnsito internacional o cualquier

    otro rgimen aduanero, de plantas y productos vegetales,animales y productos de origen animal, insumos agrarios,organismos benficos, materiales de empaque, embalaje yacondicionamiento, cualquier otro material capaz de introduciro propagar plagas y enfermedades, as como los mediosutilizados para transportarlos, se sujetarn a las disposicionesque establezca, en el mbito de su competencia, la Autoridad

    Nacional en Sanidad Agraria, esto es, el Servicio Nacional deSanidad Agraria - SENASA;

    Que, asimismo, el artculo 9 de la citada ley, estableceque la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria dictar las

    medidas fito y zoosanitarias para la prevencin, el controlo la erradicacin de plagas y enfermedades. Dichasmedidas sern de cumplimiento obligatorio por parte delos propietarios u ocupantes, bajo cualquier ttulo, delpredio o establecimiento respectivo, y de los propietarios otransportistas de los productos de que se trate;

    Que, de conformidad con el artculo 12 del Reglamentode la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado medianteel Decreto Supremo N 018-2008-AG, los requisitos fito yzoosanitarios se publican en el Diario Oficial El Peruano;

    Que, el artculo 28 del Reglamento de Organizaciny Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria,aprobado por el Decreto Supremo N 008-2005-AG estableceque la Direccin de Sanidad Animal tiene entre sus funcionesel establecer, conducir y coordinar un sistema de control ysupervisin zoosanitaria tanto al comercio nacional comointernacional de productos y subproductos pecuarios;

    Que, el artculo 21 de la Decisin 515 de la ComunidadAndina de Naciones (CAN) prescribe que los Pases

    Miembros que realicen importaciones desde terceros pasesse asegurarn que las medidas sanitarias y fitosanitariasque se exijan a tales importaciones no impliquen un nivelde proteccin inferior al determinado por los requisitos quese establezca en las normas comunitarias;

    Que, el Informe N 0023-2014-MINAGRI-SENASA-DSA-SDCA-LCASTILLO de fecha 15 de Julio de 2014,recomienda que se publiquen los requisitos sanitarios parala importacin de jamones y paletas con hueso cocidos decerdo procedentes de Espaa;

    Que, el Informe N 0024-2014-MINAGRI-SENASA-DSA-SDCA-LCASTILLO de fecha 15 de Julio de 2014,recomienda que se publiquen los requisitos sanitarios parala importacin de jamones y paletas con hueso curados decerdo procedente de Espaa;

    Que, el Informe N 0025-2014-MINAGRI-SENASA-DSA-SDCA-LCASTILLO de fecha 18 de Julio de 2014,recomienda que se publiquen los requisitos sanitarios parala importacin de sangre y derivados en polvo de porcino

    para consumo humano procedentes de Espaa;Que, el Informe N 0026-2014-MINAGRI-SENASA-DSA-

    SDCA-LCASTILLO de fecha 18 de Julio de 2014, recomiendaque se publiquen los requisitos sanitarios para la importacinde miel de abeja natural procedente de Espaa;

    De conformidad con lo dispuesto en la Decisin 515 dela Comunidad Andina de Naciones, el Decreto LegislativoN 1059, el Decreto Supremo N 018-2008-AG, el DecretoSupremo N 008-2005-AG; y con el visado de la Oficina de

    Asesora Jurdica;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Establecer los requisitos sanitariosespecficos de cumplimiento obligatorio en la importacinde determinadas mercancas pecuarias segn pas deorigen y procedencia, de acuerdo a los siguientes Anexosque forman parte integrante de la presente Resolucin:

    a) ANEXO I: Jamones y paletas con hueso cocidos de

    cerdo procedentes de Espaa.b) ANEXO II: Jamones y paletas con hueso curados decerde procedentes de Espaa.

    c) ANEXO III: Sangre y derivados en polvo de porcinopara consumo humano procedentes de Espaa.

    d) ANEXO IV: Miel de abeja natural procedente deEspaa.

    Artculo 2.- Los anexos sealados en el artculoprecedente sern publicados en el portal institucional delSENASA (www.senasa.gob.pe).

    Artculo 3.- Disponer la emisin de los PermisosSanitarios de Importacin a partir de la fecha de publicacinde la presente Resolucin.

    Artculo 4.-El SENASA, a travs de la Direccin deSanidad Animal, podr adoptar las medidas sanitariascomplementarias a fin de garantizar el cumplimiento de lapresente norma.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    MIGUEL QUEVEDO VALLEDirector GeneralDireccin de Sanidad AnimalServicio Nacional de Sanidad Agraria

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    DEFENSA

    Aprueban Reglamento del D. Leg. N1138, Ley de la Marina de Guerra delPer

    DECRETO SUPREMON 009-2014-DE

    EL PRESIDENTE DE LA REPBLICA

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Decreto Legislativo N 1138, se aprobla Ley de la Marina de Guerra del Per, la misma quedetermina y regula la naturaleza jurdica, competencias,funciones y la estructura orgnica bsica de la referidaInstiiucin Armada;

    Que, de acuerdo con la Tercera DisposicinComplementaria Transitoria del Decreto Legislativo N

    1138, resulta necesario aprobar el Reglamento de la Leyde la Marina de Guerra del Per;En uso de la facultad conferida por el inciso 8) del artculo

    118 de la Constitucin Poltica del Per, y de conformidad conlo dispuesto en la Ley N 27658 - Ley Marco de Modernizacinde la Gestin del Estado, la Ley N 29158 - Ley Orgnica delPoder Ejecutivo y el Decreto Legislativo N 1138 - Ley de laMarina de Guerra del Per;

    DECRETA:

    Artculo 1.- ObjetoAprubese el Reglamento del Decreto Legislativo N

    1138, Ley de la Marina de Guerra del Per, que constade cinco (5) Ttulos, catorce (14) Captulos, ochenta (80)artculos, cuatro (4) Disposiciones ComplementariasFinales y dos (2) Disposiciones ComplementariasTransitorias, que como anexo, forma parte integrante delpresente Decreto Supremo

    Artculo 2.- PublicacinEl Reglamento del Decreto Legislativo N 1138, Ley

    de la Marina de Guerra del Per, aprobado por el artculoprecedente, ser publicado en el Portal del Estado Peruano(www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Marinade Guerra del Per (www.marina.mil.pe), el mismo da dela publicacin del presente Decreto Supremo.

    Artculo 3.- RefrendoEl presente Decreto Supremo ser refrendado por el

    Ministro de Defensa.

    Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer dadel mes de agosto del ao dos mil catorce.

    OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica

    PEDRO CATERIANO BELLIDOMinistro de Defensa

    1118341-1

    Establecen disposiciones respectoa montos por compensacinextraordinaria mensual por servicio enel extranjero en Misin Diplomtica,Comisin Especial en el Exterior, Misinde Estudios, Comisin del Servicio

    y Tratamiento Mdico AltamenteEspecializado de personal militar ycivil del Sector Defensa, as comoasignacin por comisin de servicio abordo de Unidades Navales

    DECRETO SUPREMON 010-2014-DE

    EL PRESIDENTE DE LA REPBLICA

    CONSIDERANDO:

    Que, conforme a lo previsto por el artculo 168 de laConstitucin Poltica del Per, las leyes y los reglamentos

    respectivos determinan la organizacin, las funciones,las especialidades, la preparacin y el empleo; y normanla disciplina de las Fuerzas Armadas y de la PolicaNacional;

    Que, mediante Decreto Supremo N 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, se aprob elReglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar yCivil del Sector Defensa, el cual establece que el referidopersonal tiene derecho a percibir, entre otros conceptos,una compensacin extraordinaria mensual por servicio enel extranjero y una asignacin especial por comisin deservicio a bordo de Unidades Navales, de acuerdo a losrequisitos y condiciones establecidos en el mencionadoReglamento;

    Que, la Primera Disposicin Final del citado dispositivolegal establece que el Sector Defensa est prohibido deotorgar suma de dinero alguna con cargo a su Presupuestoen beneficio del Personal Militar y Civil por concepto deremuneracin, viticos y pasajes por viajes al exterior,cuando stos sean cubiertos en su totalidad por la entidadinternacional organizadora o auspiciante del evento;

    Que, asimismo, la Segunda Disposicin Final delDecreto Supremo N 002-2004-DE/SG, refiere queen caso la invitacin o beca cubra parcialmente elfinanciamiento del viaje al exterior, pudiendo ser pasajes,gastos de alojamiento, alimentacin o transporte local, sedeber indicar expresamente en la resolucin que dichosconceptos sern asumidos por la entidad internacional,no irrogando gastos al Tesoro Pblico, con excepcin delconcepto no cubierto;

    Que, por Decreto Supremo N 028-2006-DE/SG, defecha 13 de diciembre de 2006, se aprob el Reglamentodel Personal Militar de las Fuerzas Armadas en MisinDiplomtica, el cual dispone que dicho personal tienederecho a percibir una compensacin extraordinariamensual por servicio en el extranjero, de acuerdo a losrequisitos y condiciones previstos en la referida norma;

    Que, mediante Decreto Supremo N 001-2009-IN, defecha 11 de marzo de 2009, se hizo extensivo al personalpolicial y civil de la Polica Nacional del Per los alcancesdel Decreto Supremo N 002-2004-DE/SG, del 26 deenero de 2004, que aprueba el Reglamento de Viajes alExterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, ysus modificatorias, as como el Decreto Supremo N 028-2006-DE/SG, del 13 de diciembre de 2006;

    Que, la Ley N 30210, Ley que aprueba modificacionespresupuestarias en el presupuesto del Sector Pblico parael ao fiscal 2014 y aprueba otras medidas, establece ensu artculo 7, que el personal militar o policial y civil de losMinisterios de Defensa y del Interior que realiza viajes alexterior con carcter oficial en misin diplomtica, comisinespecial en el exterior, misin de estudios, comisin deservicios y tratamiento mdico altamente especializado,tiene derecho a percibir una compensacin extraordinariapor servicios en el extranjero, cuyos montos se aprobarnmediante Decreto Supremo; exonerndose para tal efecto,

    al Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior de lodispuesto en el artculo 6 de la Ley N 30114, Ley delPresupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014,referido a los ingresos que percibe el personal que laboraen el Sector Pblico;

    Que, siendo esto as, resulta necesario establecerdisposiciones reglamentarias actualizadas respecto alos viajes al exterior del personal militar y civil del SectorDefensa, y del personal policial y civil de la PolicaNacional del Per, a efectos de asegurar un adecuadonivel de eficacia; con tal fin, se requiere actualizar losmontos por compensacin extraordinaria mensual porservicio en el extranjero en Misin Diplomtica, ComisinEspecial en el Exterior, Misin de Estudios, Comisin deServicio y Tratamiento Mdico Altamente Especializado,tomando en cuenta el tiempo transcurrido desde la dacinde las normas antes referidas y las fluctuaciones del costode vida producidas en los distintos pases a los que escomisionado el citado personal, as como establecer los

    porcentajes para el otorgamiento de los conceptos antesreferidos cuando stos son cubiertos de manera parcialy de la asignacin especial por cada da de estada enpuerto a bordo de Unidades Navales;

    Que, en ese contexto, se hace indispensable dictardisposiciones para la determinacin y clculo de lacompensacin extraordinaria mensual por servicio en el

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    extranjero, la misma que debe ser regulada de maneraprecisa tomando como base los mecanismos previstospara el pago de bonificaciones por servicio exterior dela Repblica para las distintas categoras del personal

    del servicio diplomtico del pas, dada la similitud en lanaturaleza de las funciones que prestan;Que, asimismo, es preciso modificar el periodo que

    demanda el proceso de seleccin del personal militar delas Fuerzas Armadas y policial de la Polica Nacional delPer, a fin de evitar las demoras para realizar los trmitesDocumentarios ya sean personales, familiares o en sedeDiplomtica, tanto en el Per como en el pas al cual esnombrado; as como para su capacitacin en doctrinasrelativas a su desempeo durante el tiempo que dure sunombramiento;

    Que, por otro lado, resulta imprescindible que elpersonal militar y civil del Sector Defensa y el personalpolicial y civil de la Polica Nacional del Per, cuentecon una proteccin de salud mientras dure la Misin deEstudios o Comisin de Servicio en el exterior, en razna que las sanidades de las Fuerzas Armadas, PolicaNacional del Per, Ministerio de Salud y el Seguro Socialde Salud (ESSALUD) no cuentan con establecimientos ni

    extienden sus servicios de salud en el exterior;De conformidad con el inciso 8) del artculo 118 de laConstitucin Poltica del Per y lo previsto en el numeral3) del artculo 11 de la Ley N 29158, Ley Orgnica delPoder Ejecutivo.

    DECRETA:

    Artculo 1.- Monto de la compensacinextraordinaria mensual del personal militar en MisinDiplomtica

    La compensacin extraordinaria mensual por servicioen el extranjero que percibe el personal militar nombradoen Misin Diplomtica y Comisin Especial en el Exterior,conforme a las disposiciones contenidas en el Reglamentodel Personal Militar de las Fuerzas Armadas en MisinDiplomtica, aprobado por Decreto Supremo N 028-2006-DE/SG, de fecha 13 de diciembre de 2006, serdeterminado de la siguiente forma:

    1.1 El Coeficiente de Remuneracin por Categora(CRC) considerar las siguientes equivalencias:

    Oficial General/Oficial Almirante 8.91Oficial Superior 7.94Tcnico 5.95

    a) El ndice de Remuneracin por Sede (IRS) delServicio Exterior de la Repblica, es un concepto paracada ciudad o pas donde se encuentre la representacin,tomando como base referencial el ndice total de preciosfijados por las Naciones Unidas; las que sern aprobadosmediante Resolucin Ministerial del Sector, conforme a ladisponibilidad presupuestal existente.

    b) El ndice de Remuneracin por Sede (IRS) delServicio Exterior de la Repblica, se disminuir de maneracompensatoria para aquel personal militar que resida enviviendas proporcionadas por el Estado Peruano, lo queser establecido mediante Resolucin Ministerial.

    1.2 La Unidad de Remuneracin Bsica (URB) esla establecida mediante la Resolucin Suprema N 085-2005/RE de fecha 08 de marzo de 2005, para el personalque presta servicio en misin diplomtica.

    1.3 El monto de la compensacin extraordinariamensual por servicio en el extranjero ser determinado enbase al producto que resulte de multiplicar los factores CRC,IRS y URB, para las distintas categoras del personal queprestaran servicios en las diferentes sedes diplomticas.

    Artculo 2.- Monto de la compensacinextraordinaria mensual del personal militar y civil delSector Defensa en Misin Oficial al Exterior

    El monto de la compensacin extraordinaria mensualpor servicio en el extranjero que percibe el personal military civil del Sector Defensa nombrado en Misin de Estudios,

    Comisin del Servicio y Tratamiento Mdico AltamenteEspecializado, conforme a las disposiciones contenidasen el Reglamento de Viajes al Exterior del PersonalMilitar y Civil del Sector Defensa, aprobado por DecretoSupremo N 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de2004, ser calculado segn los porcentajes del montode la compensacin determinada conforme al artculo

    precedente, que se sealan en el anexo 1 del presenteDecreto Supremo.

    Artculo 3.- Porcentaje mximo de compensacin

    en caso de Misin Oficial al Exterior con financiamientoparcialEn el caso que las invitaciones de viajes al exterior

    incluyan financiamiento parcial, se otorgarn menoresasignaciones por concepto de compensacin al personaldesignado en Misin de Estudios, Comisin de Servicio y/oTratamiento Mdico Altamente Especializado, tomando enconsideracin las facilidades proporcionadas en el lugarde destino, entre otras circunstancias, de acuerdo a lasiguiente escala:

    Financiamiento Parcial Porcentaje de laCompensacin indicada

    en el cuadro del anexo

    a) Si cubre alimentacin 70%b) Si cubre hospedaje 40%c) Si cubre hospedaje y alimentacin 20%

    Artculo 4.- Monto de la asignacin por comisinde servicio a bordo de Unidades NavalesEn el caso que la comisin de servicio se realice a

    bordo de Unidades Navales de Superficie o Submarinas,el monto de la asignacin especial por cada da de estadaen puerto extranjero ser calculado segn los porcentajesdel monto de la compensacin extraordinaria mensual porservicio en el extranjero que percibe el personal militar ycivil del Sector Defensa, que se sealan en el anexo 2 delpresente Decreto Supremo; y se aprobar por ResolucinMinisterial.

    Artculo 5.- Tope PresupuestalDisponer que si como resultado de la aplicacin del

    Coeficiente de Remuneracin por Categora, del ndicede Remuneracin por Sede y de la Unidad RemunerativaBsica, se proyecta exceder el tope presupuestal asignadoal Ministerio de Defensa, para el pago de personal yobligaciones sociales, mediante Resolucin Ministerial del

    Sector Defensa se efectuar el reajuste compensatorio dela Unidad Remunerativa Bsica a fin de no exceder dichotope.

    Artculo 6.- FinanciamientoLa aplicacin de lo establecido en la presente norma

    se financia con cargo al presupuesto institucional delos pliegos correspondientes, sin demandar recursosadicionales al Tesoro Pblico.

    Artculo 7.- RefrendoEl presente Decreto Supremo ser refrendado por el

    Ministro de Defensa y el Ministro del Interior.

    DISPOSICIN COMPLEMENTARIA FINAL

    nica.- Precsese que las disposiciones contenidas enel presente Decreto Supremo son de alcance del PersonalPolicial y Civil de la Polica Nacional del Per, conforme alo establecido en el Decreto Supremo N 001-2009-IN, defecha 11 de marzo de 2009.

    DISPOSICIONES COMPLEMENTARIASMODIFICATORIAS

    Primera.- Modificacin de los incisos a) y b) delartculo 8 del Reglamento del Personal Militar de lasFuerzas Armadas en Misin Diplomtica, aprobado porDecreto Supremo N 028-2006-DE

    Modifquense los incisos a) y b) del artculo 8 delReglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadasen Misin Diplomtica, aprobado por Decreto SupremoN 028-2006-DE, quedando redactados en los siguientestrminos:

    Artculo 8.- DE LA SELECCIN

    a) En la primera quincena del mes de junio, el Ministrode Defensa aprobar el nmero de vacantes y la propuestade cargos a desempear por el personal militar en MisinDiplomtica para el ao siguiente. La propuesta tendren consideracin la dependencia tcnica, logstica yrelaciones existentes entre las Instituciones Armadas conlos diferentes pases y Organismos Internacionales.

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    b) Los cargos a desempear por el personal militaren Misin Diplomtica, se establecern medianteResolucin Suprema refrendada por el Ministro deDefensa, en la segunda quincena del mes de junio de

    cada ao.()

    Segunda.- Incorporacin del literal e) a losartculos 7 y 10 del Reglamento de Viajes alExterior del Personal Militar y Civil del SectorDefensa, aprobado mediante Decreto Supremo N002-2004-DE/SG

    Incorprese el literal e) a los artculos 7 y 10 delReglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar yCivil del Sector Defensa, aprobado mediante DecretoSupremo N 002-2004-DE/SG, en los siguientestrminos:

    Artculo 7.- Autorizacin en Misin de EstudiosEl Personal Militar en Actividad y Civil del Sector

    Defensa que sea autorizado a viajar al exterior en Misinde Estudios, percibir los conceptos siguientes:

    ()e) Seguro MdicoMientras dure la autorizacin en Misin de Estudios,

    hacindose extensivo a sus familiares dependientescuando dicha Misin sea por un periodo mayor a un (01)ao.

    Artculo 10.- Autorizacin en Comisin deServicio

    El Personal Militar en Actividad y Civil del SectorDefensa que sea autorizado a viajar al exterior en Comisinde Servicio, percibir los conceptos siguientes:

    (...)e) Seguro MdicoMientras dure la autorizacin en Comisin de Servicio,

    hacindose extensivo a sus familiares dependientescuando dicha Comisin sea por un periodo mayor a un (1)

    ao.

    DISPOSICIN COMPLEMENTARIADEROGATORIA

    nica.-Derguense los literales B) y C) del anexo alReglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar yCivil del Sector Defensa, aprobado por Decreto SupremoN 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004, ascomo el anexo 01 del Reglamento del Personal Militar delas Fuerzas Armadas en Misin Diplomtica, aprobado porDecreto Supremo N 028-2006-DE/SG, de fecha 13 dediciembre de 2006.

    Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer dadel mes de agosto del ao dos mil catorce.

    OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica

    PEDRO CATERIANO BELLIDOMinistro de Defensa

    DANIEL URRESTI ELERAMinistro del Interior1118343-1

    Designan miembros integrantes de laJunta de Sanidad Especial Intersanidadde las Fuerzas Armadas y PolicaNacional del Per para el AF 2014

    RESOLUCIN SUPREMAN 364-2014-DE/

    Lima, 1 de agosto de 2014VISTOS; los Oficios N 0122 /Y-7.a/02.00 de fecha

    17 de marzo de 2014, N G.500-0671 de fecha 20 defebrero de 2014, NC-35-SGFA-JPPO-N 0389 de fecha29 de enero de 2014, N 2090-2014-SECGEN PNP/OTDde fecha 08 de marzo de 2014 y N 452-2014-DGRRHH/

    DSAN de fecha 20 de marzo de 2014, mediante los cualeslas Instituciones Armadas, la Polica Nacional del Per y elMinisterio de Defensa designan a sus representantes comointegrantes de la Junta de Sanidad Especial Intersanidad

    de las Fuerzas Armadas y Polica Nacional del Per,para el AF-2014, y el Informe Legal emitido por la OficinaGeneral de Asesora Jurdica;

    CONSIDERANDO:

    Que, el artculo 7 del Reglamento de InaptitudPsicosomtica para la Permanencia en la situacin de

    Actividad del Personal Militar y Policial, aprobado porDecreto Supremo N 057-DE/SG, de fecha 10 de noviembrede 1999, crea la Junta de Sanidad Especial Intersanidadde las Fuerzas Armadas y la Polica Nacional del Per, conel fin de revisar y dictaminar sobre los casos de reclamosy observaciones referidas a la Inaptitud Psicosomtica y/oInvalidez del Personal Militar y Policial para permanecer enla situacin de actividad;

    Que, el artculo 8 del precitado Reglamentoestablece que la Junta de Sanidad Especial Intersanidadest integrada por los Componentes Mdicos de

    las Instituciones de las Fuerzas Armadas y PolicaNacional del Per, Componente Jurdico, ComponentesAdministrativos, Secretara, Asesores y/o Especial istas,segn sea el caso, los mismos que sern nombradosanualmente. Dicho artculo seala asimismo, que laPresidencia de dicha Junta ser ejercida anualmente enforma rotativa por el Componente Mdico representantede cada Institucin;

    Que, mediante Resolucin Suprema N 414-2013-DEde fecha 16 de agosto de 2013, se design a los miembrosintegrantes de la Junta de Sanidad Especial Intersanidadde las Fuerzas Armadas y Polica Nacional del Per parael AF-2013, por lo que, es necesario designar a los nuevosmiembros integrantes de la Junta de Sanidad EspecialIntersanidad de las Fuerzas Armadas y Polica Nacionaldel Per para el AF-2014, conforme a lo dispuesto en elDecreto Supremo N 057-DE/SG;

    Que, en atencin al carcter especfico de ladesignacin de los integrantes de la Junta de Sanidad

    Especial del ao fiscal 2014, la misma debe aprobarsemediante resolucin suprema, conforme al artculo 11,numeral 4 de la Ley Orgnica del Poder Ejecutivo, Ley N29158, y ser refrendada por los Ministros de Defensa y delInterior;

    En uso de las atribuciones conferidas por el inciso8) del artculo 118 de la Constitucin Poltica delPer, concordante con lo previsto en el numeral 4 delartculo 11 de la Ley N 29158 - Ley Orgnica del PoderEjecutivo;

    Estando a lo propuesto por las Instituciones de lasFuerzas Armadas, la Polica Nacional del Per y Ministeriode Defensa.

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Dar por concluida la designacin efectuadamediante Resolucin Suprema N 414-2013-DE de fecha16 de agosto de 2013.

    Artculo 2.- Designar, al siguiente personal de lasFuerzas Armadas y Polica Nacional del Per, comomiembros integrantes de la Junta de Sanidad EspecialIntersanidad de las Fuerzas Armadas y Polica Nacionaldel Per para el AF 2014:

    Ejrcito del Per:-Coronel EP Manuel Jess GONZALES GUANILO (Componente Mdico)

    Marina de Guerra del Per:-Capitn de Navo SN (MC) Jos RobertoFLORES YABAR (Componente Mdico)

    Fuerza Area del Per:-Coronel FAP Lizandro Heriberto OBREGNSEVILLANO (Componente Mdico)

    Polica Nacional del Per:

    -Coronel Md PNP Mario CASMA VELASQUEZ (PRESIDENTE)-Comandante Md PNP Hernn ADRIANZENRONCEROS (Componente Mdico)

    Ministerio de Defensa:-Comandante FAP Freddy Gonzalo MURGUAENRIQUEZ (Componente Jurdico)

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    Artculo 3.- La presente Resolucin Suprema serrefrendada por los Ministros de Defensa y del Interior.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica

    PEDRO CATERIANO BELLIDOMinistro de Defensa

    DANIEL URRESTI ELERAMinistro del Interior

    1118341-2

    Autorizan viaje de Inspectora Generaly de Director del CECOPAZ a Hait, encomisin de servicios

    RESOLUCIN SUPREMA

    N 365-2014-DE/Lima, 1 de agosto de 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Oficio N 219 -2014-MINDEF/IG/K del14 de julio de 2014, la Inspectora General del Ministerio deDefensa, solicita se autorice el viaje al exterior en Comisinde Servicio del personal del Ministerio de Defensa querealizar una accin de inspeccin a la Compaa deInfantera Per Chavn de Huantar, acantonada en laciudad de Puerto Prncipe, Repblica de Hait, del 4 al 9de agosto de 2014;

    Que, la mencionada inspeccin tiene particularimportancia en razn que permitir conocer el trabajoque viene desarrollando la indicada Compaa, as comodisponer las medidas correctivas y recomendaciones quecorrespondan;

    Que, en ese sentido, es necesario autorizar el viaje alexterior de la Doctora Mirtha Luz Tisza Ballenas, InspectoraGeneral del Ministerio de Defensa y del Coronel EP OrlandoBerr Marreros, Director del Centro de Entrenamiento yCapacitacin para Operaciones de Paz (CECOPAZ), paraque participen en la mencionada actividad;

    Que, teniendo en consideracin los itinerarios delos vuelos internacionales y con el fin de prever laparticipacin del personal comisionado durante la totalidadde la actividad, es necesario autorizar su salida del pascon un (1) da de anticipacin, as como su retorno un (1)da despus de la misma;

    Que, los gastos que ocasione la presente Comisinde Servicio, se efectuarn con cargo al presupuestoinstitucional del Ao Fiscal 2014 del Ministerio de Defensa,Unidad Ejecutora 001: Administracin General, deconformidad con el artculo 13 del Decreto Supremo N047-2002-PCM del 05 de junio de 2002;

    Que, de conformidad con lo dispuesto en el artculo 8

    del Decreto Supremo N 047-2002-PCM, que aprueba lasnormas reglamentarias sobre la autorizacin de viajes alexterior de servidores y funcionarios pblicos, los viticosque se otorguen sern por cada da que dure la misinoficial o el evento, a los que se podr adicionar por unasola vez el equivalente a un da de viticos, por conceptode gastos de instalacin y traslado, cuando el viaje es acualquier pas de Amrica;

    De conformidad con el Decreto Legislativo N 1134,que aprueba la Ley de Organizacin y Funcionesdel Ministerio de Defensa; la Ley N 30114, Ley dePresupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014;la Ley N 27619, Ley que regula la Autorizacin de Viajesal Exterior de Servidores y Funcionarios Pblicos y suReglamento, aprobado por el Decreto Supremo N 047-2002 PCM, del 05 de junio de 2002 y su modificatoriaaprobada con el Decreto Supremo N 056-2013-PCMdel 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo N 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y susmodificatorias; y el Decreto Supremo N 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.-Autorizar el viaje al exterior en Comisinde Servicio de la Doctora Mirtha Luz TISZA BALLENAS,

    identificada con DNI N 07605117, Inspectora Generaldel Ministerio de Defensa y del Coronel EP OrlandoBERR MARREROS, identificado con DNI N 09927309,Director del Centro de Entrenamiento y Capacitacin para

    Operaciones de Paz (CECOPAZ), para que realicen unaaccin de inspeccin a la Compaa de Infantera PerChavn de Huantar, en la ciudad de Puerto Prncipe,Repblica de Hait, del 4 al 9 de agosto de 2014, as comoautorizar su salida del pas el 3 de agosto y el retorno el 10de agosto de 2014.

    Artculo 2.-El Ministerio de Defensa - AdministracinGeneral, efectuar los pagos que correspondan, deacuerdo al detalle siguiente:

    Pasajes Lima Puerto Prncipe (Repblica de Hait) Lima:US$ 2,742.12 x 2 personas (Incluye TUUA) US$ 5,484.24

    Viticos:US$ 430.00 x 2 personas x 7 das US$ 6,020.00Total : US$ 11,504.24

    Artculo 3.- El personal comisionado, deber cumplircon presentar un informe detallado ante el titular de

    la Entidad, describiendo las acciones realizadas y losresultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro delos (15) das calendario contados a partir de la fecha deretorno al pas. Asimismo, dicho personal deber cumplircon lo dispuesto en el artculo 6 del Decreto Supremo N047 2002-PCM, del 05 de junio de 2002, relacionado conla sustentacin de viticos.

    Artculo 4.- El Ministro de Defensa queda facultadopara variar la fecha de inicio y trmino de la autorizacina que se refiere el artculo 1, sin exceder el total dedas autorizados; y sin variar la actividad para la cual seautoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.

    Artculo 5.- La presente Resolucin Suprema, noda derecho a exoneracin ni liberacin de impuestosaduaneros de ninguna clase o denominacin.

    Artculo 6.- La presente Resolucin Suprema, serrefrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y elMinistro de Defensa.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica

    ANA JARA VELSQUEZPresidenta del Consejo de Ministros

    PEDRO CATERIANO BELLIDOMinistro de Defensa

    1118343-7

    Autorizan viaje de oficial de la Marinade Guerra del Per a Brasil, en comisinde servicios

    RESOLUCIN SUPREMAN 366-2014-DE/MGP

    Lima, 1 de agosto de 2014

    Visto, el Oficio P.200-1662 del Director General delPersonal de la Marina, de fecha 22 de julio de 2014;

    CONSIDERANDO:

    Que, el Comando Local de Control Operativo de laMarina de Brasil, ha cursado invitacin a la DireccinGeneral de Capitanas y Guardacostas, para que UN(1) Oficial Superior participe en el Ejercicio CNTMTRANSOCEANIC XXVIII, a realizarse en la ciudad de Rode Janeiro, Repblica Federativa del Brasil, del 4 al 15 deagosto de 2014;

    Que, la Marina de Guerra del Per, ha considerado

    dentro de sus prioridades para el ao 2014, la designaciny autorizacin de viaje de UN (1) Oficial Superior para queparticipe en la mencionada actividad;

    Que, es conveniente para los intereses institucionalesautorizar el viaje al exterior en Comisin de Servicio delCapitn de Fragata SGC. Enrique Rolando JustinianoSANTA MARA Oliva, para que participe en el Ejercicio

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    El PeruanoSbado 2 de agosto de 2014529164

    CNTM TRANSOCEANIC XXVIII, a realizarse en la ciudadde Ro de Janeiro, Repblica Federativa del Brasil, del4 al 15 de agosto de 2014; por cuanto las experienciasa adquirirse redundarn en beneficio de la Autoridad

    Martima Nacional dentro del mbito de competencia de laMarina de Guerra del Per;Que, teniendo en consideracin los itinerarios de

    los vuelos internacionales y con el fin de prever laparticipacin del personal comisionado durante latotalidad de la actividad, es necesario autorizar susalida del pas con UN (1) da de anticipacin; ascomo, su retorno UN (1) da despus del evento, sinque estos das adicionales irroguen gasto alguno alTesoro Pbl ico;

    Que, los gastos que ocasione la presente autorizacinde viaje, se efectuarn con cargo al PresupuestoInstitucional del Ao Fiscal 2014 de la Unidad EjecutoraN 004: Marina de Guerra del Per, de conformidad conel artculo 13 del Decreto Supremo N 047-2002-PCM, defecha 5 de junio de 2002;

    De conformidad con el Decreto Legislativo N 1134,que aprueba la Ley de Organizacin y Funcionesdel Ministerio de Defensa; la Ley N 30114, Ley de

    Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014;la Ley N 27619, Ley que regula la Autorizacin deViajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Pblicosy su Reglamento, aprobado con el Decreto SupremoN 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y sumodificatoria aprobada con el Decreto Supremo N 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el DecretoSupremo N 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes alExterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa;el Decreto Supremo N 024-2009-DE/SG, de fecha 19 denoviembre de 2009, que determina la jerarqua y uso delas normas de carcter administrativo que se aplicarnen los distintos rganos del Ministerio;

    Estando a lo propuesto por el Comandante General dela Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.-Autorizar el viaje al exterior en Comisinde Servicio del Capitn de Fragata SGC. Enrique RolandoJustiniano SANTA MARA Oliva, CIP. 01863381, DNI.21780066, para que participe en el Ejercicio CNTMTRANSOCEANIC XXVIII, a realizarse en la ciudad de Rode Janeiro, Repblica Federativa del Brasil, del 4 al 15 deagosto de 2014; as como, autorizar su salida del pas el 3y su retorno el 16 de agosto de 2014.

    Artculo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina deGuerra del Per, efectuar los pagos que correspondan,de acuerdo a los conceptos siguientes:

    Pasajes Areos: Lima - Ro de Janeiro(Repblica Federativa del Brasil) - LimaUS$. 1,200.00 US$. 1,200.00

    Viticos:US$. 370.00 x 12 das US$. 4,440.00

    TOTAL A PAGAR: US$. 5,640.00

    Artculo 3.- El Ministro de Defensa, queda facultadopara variar la fecha de inicio y trmino de la autorizacina que se refiere el artculo 1, sin exceder el total de dasautorizados; y sin variar la actividad para la cual se autorizael viaje, ni el nombre del participante.

    Artculo 4.- El Oficial Superior comisionado,deber cumplir con presentar un informe detalladoante el Titular de la Entidad, describiendo las accionesrealizadas y los resultados obtenidos durante el viajeautorizado, dentro de los QUINCE (15) das calendariocontados a partir de la fecha de retorno al pas.

    Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Navalcomisionado, deber efectuar la sustentacin deviticos, conforme a lo indicado en el artculo 6 delDecreto Supremo N 047-2002-PCM, de fecha de 5 de

    junio de 2002 y su modificatoria.Artculo 5.- La presente Resolucin Suprema, nodar derecho a exoneracin ni liberacin de impuestosaduaneros de ninguna clase o denominacin.

    Artculo 6.-La presente Resolucin Suprema, serrefrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros ypor el Ministro de Defensa.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica

    ANA JARA VELSQUEZPresidenta del Consejo de Ministros

    PEDRO CATERIANO BELLIDOMinistro de Defensa

    1118343-8

    Autorizan viaje de personal naval aArgentina, en misin de estudios

    RESOLUCIN SUPREMAN 367-2014-DE/MGP

    Lima, 1 de agosto de 2014

    Visto, el Oficio N.1000-1259 del Director General deEducacin de la Marina, de fecha 23 de julio de 2014;

    CONSIDERANDO:

    Que, el Jefe del Departamento de Gestin Educativade la Prefectura Naval de Argentina, ha cursado invitacinpara que Personal Naval participe en el Curso de Controlde Derrames de Hidrocarburos y Mercancas Peligrosas -Nivel Operador, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires,Repblica Argentina, del 4 al 8 de agosto de 2014;

    Que, la Marina de Guerra del Per, ha consideradodentro de sus prioridades para el ao 2014, la designaciny autorizacin de viaje de DOS (2) Tcnicos, para queparticipen en el mencionado curso;

    Que, la designacin de Personal Naval para queparticipe en el referido curso, responde a la necesidadde incrementar el nivel de conocimientos y tcnicas enel Control de Derrames de Hidrocarburos y MercancasPeligrosas, a fin de contar con personal tcnico certificadoa poner de manifiesto los factores causales y otros riesgospara la seguridad martima, el cual contribuir a elevar elnivel profesional de la Marina de Guerra del Per;

    Que, es conveniente para los intereses institucionales,autorizar el viaje al exterior en Misin de Estudios delTcnico 2 Ccg. Javier NOLAZCO Esteban y del Tcnico3 Ccg. Gildo Martn PEREZ Flores, para que participenen el Curso de Control de Derrames de Hidrocarburos yMercancas Peligrosas - Nivel Operador, a realizarse enla ciudad de Buenos Aires, Repblica Argentina, del 4al 8 de agosto de 2014; por cuanto los conocimientos yexperiencias a adquirirse redundarn en beneficio de laMarina de Guerra del Per;

    Que, los gastos que ocasione la presente autorizacinde viaje, se efectuarn con cargo al PresupuestoInstitucional del Ao Fiscal 2014 de la Unidad EjecutoraN 004: Marina de Guerra del Per, de conformidad conel artculo 13 del Decreto Supremo N 047-2002-PCM, de

    fecha 5 de junio de 2002;Que, teniendo en consideracin los itinerarios de losvuelos internacionales y con el fin de prever la participacindel personal designado durante la totalidad de la actividadprogramada, es necesario autorizar su salida del pas conUN (1) da de anticipacin; as como, su retorno UN (1) dadespus del curso, sin que estos das adicionales irroguengasto alguno al Tesoro Pblico;

    De conformidad con el Decreto Legislativo N 1134, queaprueba la Ley de Organizacin y Funciones del Ministeriode Defensa; la Ley N 30114, Ley de Presupuesto delSector Pblico para el Ao Fiscal 2014; la Ley N 27619,Ley que regula la Autorizacin de Viajes al Exterior deServidores y Funcionarios Pblicos y su Reglamento,aprobado con el Decreto Supremo N 047-2002-PCM, defecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada conel Decreto Supremo N 056-2013-PCM, de fecha 18 demayo de 2013; el Decreto Supremo N 002-2004-DE/SG,de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que

    reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar yCivil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determinala jerarqua y uso de las normas de carcter administrativoque se aplicarn en los distintos rganos del Ministerio;

    Estando a lo propuesto por el Comandante General dela Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa;

  • 8/10/2019 NL20140802.pdf

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    El PeruanoSbado 2 de agosto de 2014 529165

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misin deEstudios del Tcnico 2 Ccg. Javier NOLAZCO Esteban,

    CIP. 02950133, DNI. 44133170 y del Tcnico 3 Ccg. GildoMartn PEREZ Flores, CIP. 01906203, DNI. 43363088,para que participen en el Curso de Control de Derrames deHidrocarburos y Mercancas Peligrosas - Nivel Operador,a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, Repblica

    Argentina, del 4 al 8 de agosto de 2014; as como,autorizar su salida del pas el 3 y su retorno el 9 de agostode 2014.

    Artculo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina deGuerra del Per, efectuar los pagos que correspondan,de acuerdo a los conceptos siguientes:

    Pasajes Areos: Lima - Buenos Aires(Repblica Argentina) - LimaUS$ 950.00 x 2 personas US$ 1,900.00

    Viticos:US$ 370.00 x 5 das x 2 personas US$ 3,700.00 TOTAL A PAGAR: US$ 5,600.00

    Artculo 3.- El Ministro de Defensa, queda facultadopara variar la fecha de inicio y trmino de la autorizacina que se refiere el artculo 1, sin exceder el total de dasautorizados; y sin variar la actividad para la cual se autorizael viaje, ni el nombre de los participantes.

    Artculo 4.- El Tcnico comisionado ms antiguo,deber cumplir con presentar un informe detallado ante elTitular de la Entidad, describiendo las acciones realizadasy los resultados obtenidos durante el viaje autorizado,dentro de los QUINCE (15) das calendario contadosa partir de la fecha de retorno al pas. Asimismo, dentrodel mismo plazo el Personal Naval comisionado, deberefectuar la sustentacin de viticos, conforme a lo indicadoen el artculo 6 del Decreto Supremo N 047-2002-PCM,de fecha de 5 de junio de 2002 y su modificatoria.

    Artculo 5.- La presente Resolucin Suprema, nodar derecho a exoneracin ni liberacin de impuestosaduaneros de ninguna clase o denominacin.

    Artculo 6.- La presente Resolucin Suprema, serrefrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros ypor el Ministro de Defensa.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica

    ANA JARA VELSQUEZPresidenta del Consejo de Ministros

    PEDRO CATERIANO BELLIDOMinistro de Defensa

    1118343-9

    Nombran Director del Instituto deEducacin Superior TecnolgicoPblico De las Fuerzas Armadas

    RESOLUCIN SUPREMAN 368-2014-DE/

    Lima, 1 de agosto de 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Resolucin Suprema N 018-2013-ED, de fecha 7 de mayo de 2013, se cre el Instituto deEducacin Superior Tecnolgico Pblico De las Fuerzas

    Armadas, con la finalidad de fortalecer el servicio military brindar una adecuada educacin superior tecnolgica alpersonal que presta dicho servicio;

    Que, con Resolucin Suprema N 828-2013-DE/MGP,

    de fecha 31 de diciembre de 2013, se nombr a partir del2 de enero de 2014, entre otros Oficiales Almirantes, alContralmirante Luis Alberto PERALTA Guzmn, comoDirector de Proyectos Navales;

    Que, en coordinacin con la Direccin General deEducacin y Doctrina del Ministerio de Defensa, y pornecesidad de servicio, se ha visto por conveniente nombrar

    al Contralmirante Luis Alberto PERALTA Guzmn, comoDirector del Instituto de Educacin Superior TecnolgicoPblico De las Fuerzas Armadas;

    Que, el artculo 14 de la Ley N 28359, Ley de

    Situacin Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas,establece que el empleo constituye el desempeo personalde una funcin real y efectiva que se encomienda al Oficial,en atencin a los Cuadros de Organizacin de cadaInstitucin Armada y, conforme a su grado, antigedad yespecialidad;

    Que, la citada Ley en su artculo 15 inciso a),establece que el nombramiento y asignacin en elempleo de Oficiales Generales y Almirantes se efectuarmediante Resolucin Suprema refrendada por el Ministrode Defensa, a propuesta del Comandante General de laInstitucin correspondiente;

    Que, el numeral 2, del literal A), del artculo 1del Decreto Supremo N 024-2009-DE/SG del 19 denoviembre de 2009, que determina la jerarqua y uso delas normas de carcter administrativo que se aplicarn enlos distintos rganos del Ministerio de Defensa, estableceque los nombramientos y cambios de empleo de OficialesGenerales y Almirantes sern aprobados por Resolucin

    Suprema; y,Estando a lo propuesto; por el seor AlmiranteComandante General de la Marina y a lo acordado por elseor Ministro de Defensa.

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.-Dejar sin efecto la Resolucin SupremaN 828-2013-DE/MGP de 31 de diciembre de 2013, en elextremo concerniente al nombramiento del ContralmiranteLuis Alberto PERALTA Guzmn como Director de ProyectosNavales.

    Artculo 2.- Nombrar, por necesidad del servicio, apartir de la fecha, al Contralmirante Luis Alberto PERALTAGuzmn, a rdenes del Ministerio de Defensa, comoDirector del Instituto de Educacin Superior TecnolgicoPblico De las Fuerzas Armadas.

    Artculo 3.-La presente Resolucin Suprema, serrefrendada por el Ministro de Defensa.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica

    PEDRO CATERIANO BELLIDOMinistro de Defensa

    1118343-10

    Autorizan ingreso al territorio peruanode personal militar de los EstadosUnidos de Amrica

    RESOLUCIN MINISTERIALN 594-2014-DE/SG

    Lima, 1 de agosto de 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, con Facsmil (DSD) N 538 del 15 de julio de2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministeriode Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacinpara el ingreso de personal militar de los Estados Unidos

    Amrica, sin armas de guerra;Que, con Oficio G.500-3010 del 25 de julio de 2014,

    el Secretario del Comandante General de la Marina porencargo del Comandante General de la Marina, emiteopinin favorable para el ingreso al pas del personalmilitar de los Estados Unidos de Amrica;

    Que, el referido personal militar ingresar a territoriode la Repblica, del 3 al 9 de agosto de 2014, a fin devisitar el Centro de Investigacin de Enfermedades

    Tropicales (NAMRU-6) y evaluar los aspectos tcnicos aser considerados para la remodelacin de los laboratoriosdel centro antes sealado;

    Que, el artculo 5 de la Ley N 27856, Ley deRequisitos para la Autorizacin y consentimiento parael ingreso de tropas extranjeras en el territorio de laRepblica, modificado por el artculo nico de la Ley

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    El PeruanoSbado 2 de agosto de 2014529166

    N 28899 y por el artculo nico de la Ley N 30209,establece que el ingreso de personal militar extranjero sinarmas de guerra para realizar actividades relacionadas alas medidas de fomento de la confianza, actividades de

    asistencia cvica, de planeamiento de futuros ejerciciosmilitares, acadmicas, de instruccin o entrenamiento conpersonal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizarvisitas de coordinacin o protocolares con autoridadesmilitares y/o del Estado Peruano es autorizado por elMinistro de Defensa mediante Resolucin Ministerial, conconocimiento del Presidente del Consejo de Ministros,quien da cuenta al Congreso de la Repblica por escrito enun plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicin de laresolucin, bajo responsabilidad. La Resolucin Ministerialde autorizacin debe especificar los motivos, la cantidadde personal militar, la relacin de equipos transentes yel tiempo de permanencia en el territorio peruano. En loscasos en que corresponda se solicitar opinin previa delMinisterio de Relaciones Exteriores; y,

    Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Per;y de conformidad con la Ley N 27856, modificada por laLey N 28899 y la Ley N 30209;

    SE RESUELVE:Artculo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la

    Repblica, sin armas de guerra, a un (01) militar de losEstados Unidos de Amrica, del 3 al 9 de agosto de 2014, afin que visiten el Centro de Investigacin de EnfermedadesTropicales (NAMRU-6) y evaluar los aspectos tcnicos aser considerados para la remodelacin de los laboratoriosdel centro antes sealado.

    Artculo 2.-Poner en conocimiento del Presidente delConsejo de Ministros la presente resolucin, a fin que dcuenta al Congreso de la Repblica en el plazo a que secontrae el artculo 5 de la Ley N 27856, modificada porLey N 28899 y Ley N 30209.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    PEDRO CATERIANO BELLIDOMinistro de Defensa

    1118337-1

    RESOLUCIN MINISTERIALN 595-2014-DE/SG

    Lima, 1 de agosto de 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, con Facsmil (DSD) N 548 del 21 de julio de2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministeriode Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacinpara el ingreso de personal militar de los Estados Unidos

    Amrica, sin armas de guerra;Que, con Oficio G.500-3077 del 01 de agosto de 2014,

    el Secretario del Comandante General de la Marina porencargo del Comandante General de la Marina, emite

    opinin favorable para el ingreso al pas del personalmilitar de los Estados Unidos de Amrica;Que, el referido personal militar ingresar a territorio de

    la Repblica, del 3 al 8 de agosto de 2014, a fin de participaren reuniones con personal de la Marina de Guerra delPer, sobre el programa de Iniciativa Submarina de DieselElctrico (DESI);

    Que, el artculo 5 de la Ley N 27856, Ley deRequisitos para la Autorizacin y consentimiento parael ingreso de tropas extranjeras en el territorio de laRepblica, modificado por el artculo nico de la LeyN 28899 y por el artculo nico de la Ley N 30209,establece que el ingreso de personal militar extranjero sinarmas de guerra para realizar actividades relacionadas alas medidas de fomento de la confianza, actividades deasistencia cvica, de planeamiento de futuros ejerciciosmilitares, acadmicas, de instruccin o entrenamiento conpersonal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizarvisitas de coordinacin o protocolares con autoridades

    militares y/o del Estado Peruano es autorizado por elMinistro de Defensa mediante Resolucin Ministerial, conconocimiento del Presidente del Consejo de Ministros,quien da cuenta al Congreso de la Repblica por escrito enun plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicin de laresolucin, bajo responsabilidad. La Resolucin Ministerialde autorizacin debe especificar los motivos, la cantidad

    de personal militar, la relacin de equipos transentes yel tiempo de permanencia en el territorio peruano. En loscasos en que corresponda se solicitar opinin previa delMinisterio de Relaciones Exteriores; y,

    Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Per;y de conformidad con la Ley N 27856, modificada por laLey N 28899 y la Ley N 30209;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de laRepblica, sin armas de guerra, a cuatro (04) militares delos Estados Unidos de Amrica, del 3 al 8 de agosto de2014, a fin de participar en reuniones con personal de laMarina de Guerra del Per, sobre el programa de IniciativaSubmarina de Diesel Elctrico (DESI).

    Artculo 2.-Poner en conocimiento del Presidente delConsejo de Ministros la presente resolucin, a fin que dcuenta al Congreso de la Repblica en el plazo a que secontrae el artculo 5 de la Ley N 27856, modificada porLey N 28899 y Ley N 30209.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    PEDRO CATERIANO BELLIDOMinistro de Defensa

    1118337-2

    RESOLUCIN MINISTERIALN 596-2014-DE/SG

    Lima, 1 de agosto de 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, con Facsmil (DSD) N 545 del 18 de julio de2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministeriode Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacinpara el ingreso de personal militar de los Estados Unidos

    Amrica, sin armas de guerra;

    Que, con Ofi

    cio NC-55-SGFA-EMOP-N 3769 del 24de julio de 2014, el Secretario General de la Fuerza Areapor encargo del Comandante General de la Fuerza Area,emite opinin favorable para el ingreso al pas del personalmilitar de los Estados Unidos de Amrica;

    Que, el referido personal militar ingresar a territoriode la Repblica, del 9 de agosto al 7 de setiembre de2014, a fin de ayudar al Escuadrn Consultivo de Apoyode Transporte Areo (MSAS);

    Que, el artculo 5 de la Ley N 27856, Ley deRequisitos para la Autorizacin y consentimiento parael ingreso de tropas extranjeras en el territorio de laRepblica, modificado por el artculo nico de la LeyN 28899 y por el artculo nico de la Ley N 30209,establece que el ingreso de personal militar extranjero sinarmas de guerra para realizar actividades relacionadas alas medidas de fomento de la confianza, actividades deasistencia cvica, de planeamiento de futuros ejerciciosmilitares, acadmicas, de instruccin o entrenamiento con

    personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizarvisitas de coordinacin o protocolares con autoridadesmilitares y/o del Estado Peruano es autorizado por elMinistro de Defensa mediante Resolucin Ministerial, conconocimiento del Presidente del Consejo de Ministros,quien da cuenta al Congreso de la Repblica por escrito enun plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicin de laresolucin, bajo responsabilidad. La Resolucin Ministerialde autorizacin debe especificar los motivos, la cantidadde personal militar, la relacin de equipos transentes yel tiempo de permanencia en el territorio peruano. En loscasos en que corresponda se solicitar opinin previa delMinisterio de Relaciones Exteriores; y,

    Estando a lo opinado por la Fuerza Area del Per; yde conformidad con la Ley N 27856, modificada por la LeyN 28899 y la Ley N 30209;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de laRepblica, sin armas de guerra, a dos (02) militares delos Estados Unidos de Amrica, del 9 de agosto al 7de setiembre de 2014, a fin que ayuden al EscuadrnConsultivo de Apoyo de Transporte Areo (MSAS).

    Artculo 2.-Poner en conocimiento del Presidente delConsejo de Ministros la presente resolucin, a fin que d

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    El PeruanoSbado 2 de agosto de 2014 529167

    cuenta al Congreso de la Repblica en el plazo a que secontrae el artculo 5 de la Ley N 27856, modificada porLey N 28899 y Ley N 30209.

    Regstrese, comunquese y publquese.PEDRO CATERIANO BELLIDOMinistro de Defensa

    1118337-3

    ECONOMIA Y FINANZAS

    Aprueban disposiciones y fijan montospor concepto de Bonificacin porDesempeo Efectivo de Cargos deResponsabilidad, Bonificacin porFuncin Administrativa y de Apoyo

    Operativo Efectivo y Bonificacinpor Alto Riesgo a la Vida, aplicablesal personal en situacin de actividadmilitar de las Fuerzas Armadas ypolicial de la Polica Nacional del Per,as como el monto por concepto deSubsidio Pstumo y por Invalidez paralos pensionistas del Decreto Ley N19846, y aprueban una Transferenciade Partidas a favor de los Ministeriosde Defensa y del Interior

    DECRETO SUPREMON 223-2014-EF

    EL PRESIDENTE DE LA REPBLICA

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante el Decreto Legislativo N 1132, DecretoLegislativo que aprueba la nueva estructura de ingresosaplicable al personal en situacin de actividad militar delas Fuerzas Armadas y policial de la Polica Nacional delPer, se crea la Bonificacin por Desempeo Efectivode Cargos de Responsabilidad, la Bonificacin porFuncin Administrativa y de Apoyo Operativo Efectivo, laBonificacin por Alto Riesgo a la Vida, entre otras;

    Que, dichas bonificaciones se otorgancomplementariamente a la Remuneracin Consolidada,en reconocimiento a la naturaleza de la funcin y cuyafinalidad es incrementar el ingreso disponible del personalen situacin de actividad militar de las Fuerzas Armadasy policial de la Polica Nacional del Per, las mismas que

    no tienen carcter remunerativo ni pensionable, y no estnsujetas a cargas sociales o al pago de tributos;Que, mediante los Decretos Supremos N 246-2012-

    EF y N 013-2013-EF, normas complementarias al DecretoLegislativo N 1132, se aprobaron los montos de cadauna de las bonificaciones en beneficio del personal ensituacin de actividad militar de las Fuerzas Armadasy policial de la Polica Nacional del Per, cuya vigenciaes hasta el ao fiscal 2013; asimismo, se contempla elincremento del porcentaje de la remuneracin consolidadadel personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de laPolica Nacional del Per que se encuentra sujeto a cargassociales, lo cual debe ser considerado en la aplicacin dela presente norma;

    Que, mediante Decreto Supremo N 317-2013-EF y susnormas complementarias y modificatorias, se aprobaronlos montos de cada una de las bonificaciones en beneficiodel personal en situacin de actividad militar de las Fuerzas

    Armadas y policial de la Polica Nacional del Per, cuya

    vigencia es hasta el mes de diciembre de 2014;Que, el Decreto de Urgencia N 002-2014 dictamedidas extraordinarias y urgentes adicionales en materiaeconmica y financiera para estimular la economanacional, entre ellas, la referida en el numeral 5.1 delartculo 5, que autoriza a los Ministerios de Defensa eInterior a implementar, a partir del mes de agosto de 2014,

    la tercera etapa de incremento progresivo de ingresosdel personal militar de la Fuerzas Armadas y policial dela Polica Nacional de Per en actividad, en el marcodel Decreto Legislativo N 1132, Decreto Legislativo que

    aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable alpersonal militar de las Fuerzas Armadas y policial de laPolica Nacional del Per; asimismo, el numeral 5.2 delcitado artculo seala que los montos correspondientes alas Bonificaciones por Desempeo Efectivo de Cargos deResponsabilidad por Funcin Administrativa y de ApoyoOperativo Efectivo y por Alto Riesgo A la Vida se apruebanen el marco de lo dispuesto en la Cuarta DisposicinTransitoria del Texto nico Ordenado de la Ley N 28411,Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,aprobado mediante Decreto Supremo N 304-2012-EF,mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro deEconoma y Finanzas y por los Ministros de Defensa eInterior, a propuesta de stos ltimos, para cuyo efecto seexonera al Ministerio de Defensa y al Ministerio del Interiorde lo dispuesto en el artculo 6 de la Ley N 30114, Ley dePresupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014;

    Que, atendiendo a lo dispuesto en el citado decretode urgencia, mediante Oficios N 807-2014-MINDEF/DM,

    N 808-2014-MINDEF/DM y N 1332-2014-IN/DM, losMinisterio de Defensa e Interior solicitan la aprobacinde los montos correspondientes a la Bonificacin porDesempeo Efectivo de Cargos de Responsabilidad,la Bonificacin por Funcin Administrativa y de ApoyoOperativo Efectivo y la Bonificacin por Alto Riesgo ala Vida, aplicables al personal en situacin de actividadmilitar de las Fuerzas Armadas y policial de la PolicaNacional del Per, correspondientes a la tercera etapa dela implementacin progresiva del Decreto Legislativo N1132 conforme al mandato establecido por el Decreto deUrgencia N 002-2014, as como el financiamiento para suaplicacin;

    Que, de conformidad con el artculo 15 del DecretoLegislativo N 1132, Decreto Legislativo que aprueba lanueva estructura de ingresos aplicable al personal militarde las Fuerzas Armadas y policial de la Polica Nacionaldel Per, corresponde establecer los montos por conceptode subsidio pstumo y subsidio por invalidez para los

    pensionistas del Decreto Ley N 19846 que han obtenido elderecho a la pensin en los casos de invalidez permanenteo viudez por fallecimiento del titular militar o policial acaecidoen accin de armas, acto de servicio, consecuencia delservicio o con ocasin del servicio, conforme lo establecidoen la Dcimo Primera Disposicin Complementaria Finaldel citado Decreto Legislativo N 1132;

    Que, el artculo 6 del Decreto de Urgencia N 002-2014establece excepcionalmente, que respecto al otorgamientode los montos del subsidio pstumo y del subsidio porinvalidez establecidos en el citado artculo 15 del DecretoLegislativo N 1132, para determinar el monto equivalentea la mayor de las bonificaciones a que se refieren losliterales a), b), o c) del artculo 8 del Decreto Legislativo N1132, se considera como grado mnimo, para dicho efecto,el de Teniente Coronel o su equivalente para los oficiales,y para los suboficiales y personal de tropa el grado deTcnico de Primera o su equivalente;

    Que, el artculo 8 del citado Decreto de Urgencia N002-2014 autoriza, por nica vez, el otorgamiento deuna Asignacin Extraordinaria a favor de, entre otros,los pensionistas del Decreto Ley N 19846 y de lospensionistas por derecho propio de las Fuerzas Armadasy de la Polica Nacional del Per que tuvieron la condicinde personal militar o policial y sus derechos derivados, queperciben pensin de montepo, el que se fija en la suma deDOSCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 200,00), yque se abona en el mes de agosto de 2014;

    Que, de acuerdo a la informacin registrada en elAplicativo Informtico para el Registro Centralizadode Planillas y de Datos de los Recursos Humanosdel Sector Pblico, la proporcionada por los pliegosMinisterio de Defensa y Ministerio del Interior, y enaplicacin a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N1132 y el Decreto de Urgencia N 002-1014, la demandapara financiar los montos de las bonificaciones que sefijan en la presente norma a favor del personal mili tar y

    policial en actividad, as como para los pensionistas delDecreto Ley N 19846 que viene recibiendo el SubsidioPstumo y por Invalidez en aplicacin del artculo 6 delDecreto de Urgencia N 002-2014, el otorgamiento de la

    Asignacin Extraordinaria a que se refiere el artculo 8del Decreto de Urgencia N 002-2014, y el incremento delporcentaje de la remuneracin consolidada sujeta a carga

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    El PeruanoSbado 2 de agosto de 2014529168

    social, asciende a la suma total de CUATROCIENTOSVENTISIETE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTAY TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHOY 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 427 753 458,00), de los

    cuales corresponde la suma de TRESCIENTOS TRECEMILLONES DOSCIENTOS CUARENTICINCO MILNOVECIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 NUEVOSSOLES (S/. 313 245 932,00) a favor del pliego Ministeriodel Interior, y la suma de CIENTO CATORCE MILLONESQUINIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS VEINTISEIS Y00/100 NUEVOS SOLES (S/. 114 507 526,00) a favor delpliego Ministerio de Defensa;

    Que, los artculos 44 y 45 del Texto nico Ordenadode la Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacionalde Presupuesto, aprobado mediante Decreto SupremoN 304-2012-EF y modificatorias, establecen que lasLeyes de Presupuesto del Sector Pblico consideranuna Reserva de Contingencia que constituye un crditopresupuestario global dentro del presupuesto del Ministeriode Economa y Finanzas, destinada a financiar los gastosque por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstosen los Presupuestos de los Pliegos, disponiendo que lastransferencias o habilitaciones que se efecten con cargo

    a la Reserva de Contingencia se autorizan mediantedecreto supremo refrendado por el Ministro de Economay Finanzas;

    Que, en consecuencia, es necesario autorizaruna Transferencia de Partidas hasta por la sumatotal de CUATROCIENTOS VENTISIETE MILLONESSETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MILCUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 00/100NUEVOS SOLES (S/. 427 753 458,00), destinada afinanciar los montos de las bonificaciones que se fijan enla presente norma a favor del personal militar y policial enactividad, as como a favor del personal pensionista delDecreto Ley N 19846 que viene recibiendo el SubsidioPstumo y por Invalidez, el otorgamiento de la AsignacinExtraordinaria a que se refiere el artculo 8 del Decretode Urgencia N 002-2014, y el incremento del porcentajede la remuneracin consolidada sujeta a carga socialde los cuales corresponde la suma de TRESCIENTOSTRECE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTICINCO

    MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 NUEVOSSOLES (S/. 313 245 932,00) a favor del pliego Ministeriodel Interior, y la suma de CIENTO CATORCE MILLONESQUINIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS VEINTISEIS Y00/100 NUEVOS SOLES (S/. 114 507 526,00) a favor delpliego Ministerio de Defensa, con cargo a los recursosprevistos en la Reserva de Contingencia del Ministeriode Economa y Finanzas; considerando que los recursossolicitados no han sido previstos en sus presupuestosinstitucionales del presente ao de los referidos pliegosMinisterio de Defensa y Ministerio del Interior, segncorresponde;

    De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 delartculo 118 de la Constitucin Poltica del Per, la LeyN 29158 - Ley Orgnica del Poder Ejecutivo, el DecretoLegislativo N 1132, el Decreto de Urgencia N 002-2014y el artculo 45 del Texto nico Ordenado de la Ley N28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,aprobado mediante Decreto Supremo N 304-2012-EF;

    DECRETA:

    Artculo 1.- Aprobacin de disposiciones ymontos de la Bonificacin por Desempeo Efectivode Cargos de Responsabilidad, Bonificacin porFuncin Administrativa y de Apoyo Operativo Efectivoy la Bonificacin por Alto Riesgo a la Vida aplicablesal personal en situacin de actividad militar de lasFuerzas Armadas y policial de la Polica Nacional delPer, as como el monto por concepto de SubsidioPstumo y por Invalidez para los pensionistas delDecreto Ley N 19846

    Aprubanse las disposiciones y fjanse los montosque por concepto de Bonificacin por DesempeoEfectivo de Cargos de Responsabilidad, Bonificacin porFuncin Administrativa y de Apoyo Operativo Efectivoy la Bonificacin por Alto Riesgo a la Vida, percibirn el

    personal en situacin de actividad militar de las FuerzasArmadas y policial de la Polica Nacional del Per, as comoel monto por concepto de subsidio pstumo y por invalidezpara los pensionistas del Decreto Ley N 19846 que hanobtenido el derecho a la pensin en los casos de invalidezpermanente o viudez por fallecimiento del titular militar opolicial acaecido en accin de armas, acto de servicio,

    consecuencia del servicio o con ocasin del servicio, quecomo Anexo forma parte del presente Decreto Supremo.

    Artculo 2.- Transferencia de Partidas

    Autorzase una Transferencia de Partidas en elPresupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal2014, hasta por la suma total de CUATROCIENTOSVENTISIETE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTAY TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHOY 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 427 753 458,00), a favorde los pliegos Ministerios del Interior y de Defensa, parafinanciar los montos de las bonificaciones que se fijan enel Anexo a que hace referencia el artculo 1 de la presentenorma a favor del personal militar y policial en actividad,ascomo el monto del Subsidio Pstumo y por Invalidez paralos pensionistas del Decreto Ley 19846, el otorgamientode la Asignacin Extraordinaria a que se refiere el artculo8 del Decreto de Urgencia N 002-2014, y el incrementodel porcentaje de la remuneracin consolidada sujeta acarga social, de acuerdo al siguiente detalle:

    DE LA: En Nuevos Soles

    SECCION PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 009 : Ministerio de Economa y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administracin GeneralACTIVIDAD 5000415 : Administracin del Proceso

    Presupuestario del Sector Pblico

    FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

    GASTOS CORRIENTES

    2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS 427 753 458,00 ============

    A LA: En Nuevos Soles

    SECCION PRIMERA : Gobierno Central

    PLIEGO 007 : Ministerio de Interior

    FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

    GASTOS CORRIENTES2.1 Personal y Obligaciones Sociales 298 318 932,002.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 14 927 000,00 --------------------- Total Pliego 007 313 245 932,00 ============

    PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa

    FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

    GASTOS CORRIENTES

    2.1 Personal y Obligaciones Sociales 101 067 526,002.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 13 440 000,00 ---------------------- Total Pliego 026 114 507 526,00 ============ TOTAL EGRESOS 427 753 458,00 =============

    Artculo 3.- Procedimiento para la AprobacinInstitucional

    3.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en lapresente Transferencia de Partidas, aprueban medianteResolucin, la desagregacin de los recursos autorizadosen el artculo 2 de la presente norma, a