Índice resoluciones de aprobación 5 1. 2

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1 ÍNDICE Resoluciones de Aprobación ................................................. 5 Presentación ............................................................................. 9 1. Visión – Misión .................................................................. 11 2. Objetivo del Código de Ética ........................................... 11 2.1. Objetivos específicos .................................................. 11 3. Campo de Aplicación ....................................................... 12 4. Alcance .............................................................................. 12 5. Principios Éticos .............................................................. 13 5.1. El principio de la Vida ..................................................... 13 5.2. El principio de la Dignidad .............................................. 13 5.3. El principio de Fraternidad .............................................. 14 5.4. El principio de la Igualdad ............................................... 14 5.5. El principio de la Libertad ............................................... 14 5.6. El principio de la Educación ........................................... 15 5.7. El principio de Responsabilidad ...................................... 15 5.8. El principio de Equidad ................................................... 16 5.9. El principio de Solidaridad .............................................. 16 5.10. El principio de Igualdad de Oportunidades ................... 17

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1

ÍNDICE

Resoluciones de Aprobación ................................................. 5

Presentación ............................................................................. 9

1. Visión – Misión .................................................................. 11

2. Objetivo del Código de Ética ........................................... 11

2.1. Objetivos específicos .................................................. 11

3. Campo de Aplicación ....................................................... 12

4. Alcance .............................................................................. 12

5. Principios Éticos .............................................................. 13

5.1. El principio de la Vida ..................................................... 13

5.2. El principio de la Dignidad .............................................. 13

5.3. El principio de Fraternidad .............................................. 14

5.4. El principio de la Igualdad ............................................... 14

5.5. El principio de la Libertad ............................................... 14

5.6. El principio de la Educación ........................................... 15

5.7. El principio de Responsabilidad ...................................... 15

5.8. El principio de Equidad ................................................... 16

5.9. El principio de Solidaridad .............................................. 16

5.10. El principio de Igualdad de Oportunidades ................... 17

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6. Valores Éticos .............................................................................. 17

6.1. Respeto .............................................................................. 17

6.2. Cortesía ............................................................................ 18

6.3. Responsabilidad ............................................................... 18

6.4. Honestidad .................................................................... 19

6.5. Excelencia ..................................................................... 19

6.6. Transparencia ............................................................... 19

6.7. Lealtad .............................................................................. 19

6.8. Imparcialidad ................................................................ 20

6.9. Integridad ...................................................................... 20

6.10. Idoneidad ...................................................................... 20

6.11. Participación ............................................................. 20

7. Directrices Éticas ................................................................... 21

7.1. Personal Directivo ....................................................... 21

7.2. Personal Docente Investigador ............................... 21

7.3. Funcionarios de F.F. U.N.A ........................................ 22

7.4. Estudiante ...................................................................... 23

7.5. Terceros Contratantes, Clientes o Usuarios ........ 24

8. Comité de Ética ...................................................................... 25

9. Sobre los Informes ................................................................. 26

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10. Definiciones Básicas .............................................................. 26

10.1. Servidor público ............................................................ 26

10.2. Función pública ............................................................ 26

10.3. Comunidad universitaria ............................................ 27

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Asunción, 13 de agosto de 2013.-

RESOLUCIÓN N° 11896-1223-13.-

POR LA CUAL SE APRUEBA EN GENERAL EL CÓDIGO DE ÉTICA

DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA EN EL MARCO DE LA

IMPLEMENTACIÓN DEL MODELO ESTÁNDAR DE CONTROL

INTERNO DEL PARAGUAY (MECIP)

V I S T O: En el Orden del día: Exp. Nº 2960/2013, Nota FF Nº 43/2013, del Lic. Alcides Orrego, responsable de la Alta Dirección CCI, en la cual solicita el estudio y consideración de documentos en el marco del cumplimiento del MECIP.-

CONSIDERANDO: La Ley 136/93 “De Universidades” y el Estatuto

de la Universidad Nacional de Asunción - Art. 37° - Atribuciones del Consejo Directivo. inc. r) Dictar resoluciones…-

EL CONSEJO DIRECTIVO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

LEGALES, RESUELVE:

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Art. 1º APROBAR en general el Código de Ética de la Facultad

de Filosofía en el marco de la implementación del Modelo

Estándar de Control Interno del Paraguay (MECIP), por

un año a partir de la fecha de la presente Resolución.

Art. 2° COMUNICAR a quienes corresponda y archivar.

Lic. Mario Julián Chaparro Ferreira Prof. Lic. María Angélica González de Lezcano

Secretario Decana y Presidenta

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Asunción, 13 de agosto de 2013.-

RESOLUCIÓN N° 11893-1223-13.-

POR LA CUAL SE APRUEBAN LA MISIÓN Y VISIÓN DE LA

FACULTAD DE FILOSOFÍA.

V I S T O: Orden del día: Exp. Nº 2960/2013, la Nota FF Nº 43/2013, del Lic. Alcides Orrego, responsable Alta Dirección CCI, en la cual solicita el estudio y consideración de documentos en el marco del cumplimiento del MECIP.-

Misión “La Facultad de Filosofía de la Universidad

Nacional de Asunción forma profesionales técnico-científicos de excelencia en el ámbito de las ciencias humanas.”

Visión “La Facultad de Filosofía de la Universidad

Nacional de Asunción es una institución líder en el ámbito universitario, nacional e internacional, en el área de las ciencias humanas, capaz de responder a las necesidades y expectativas sociales, en la búsqueda permanente de la verdad y de la realización plena de la persona humana.”

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CONSIDERANDO: La Ley 136/93 “De Universidades” y el Estatuto de la Universidad Nacional de Asunción - Art. 37° - Atribuciones del Consejo Directivo. inc. r) Dictar resoluciones…-

EL CONSEJO DIRECTIVO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

LEGALES, RESUELVE:

Art. 1º APROBAR la Misión de la Facultad de Filosofía como sigue:

“La Facultad de Filosofía de la Universidad Nacional de Asunción forma profesionales técnico-científicos de excelencia en el ámbito de las ciencias humanas.”

Art. 2° APROBAR la Visión de la Facultad de Filosofía como sigue:

“La Facultad de Filosofía de la Universidad Nacional de Asunción es una institución líder en el ámbito universitario, nacional e internacional, en el área de las ciencias humanas, capaz de responder a las necesidades y expectativas sociales, en la búsqueda permanente de la verdad y de la realización plena de la persona humana.”

Art. 3° COMUNICAR a quienes corresponda y archivar.

Lic. Mario Julián Chaparro Ferreira Prof. Lic. María Angélica González de Lezcano

Secretario Decana y Presidenta

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1. PRESENTACIÓN

La Facultad de Filosofía de la Universidad Nacional de Asunción (FFUNA), en el año de su 65 aniversario, tiene la satisfacción de presentar su Código de Ética Institucional, que surge como respuesta a la necesidad de contar con un instrumento que oriente la conducta de estudiantes, funcionarios administrativos y académicos de esta comunidad educativa, casa central, sedes e Instituto Superior de Lenguas.

La FFUNA, como Unidad Académica en el Área de Humanidades, Ciencias Sociales y Salud (Psicología), confiere una singular importancia a su interrelación con la colectividad universitaria y con la sociedad civil, razón por la cual inició un proceso de mejoramiento en la gestión administrativa y académica, con la implementación del Código de Ética, destinado a fortalecer la confianza mutua entre sus miembros, con criterios de honestidad, respeto y transparencia en la gestión institucional.

En ese sentido radica la importancia de este documento, imprescindible para esta sociedad que desea vivir en democracia, con principios y objetivos permanentes que guíen el ejercicio de sus derechos y orienten el cumplimiento de sus deberes, con una ética no impuesta externamente a las personas, sino como disposición voluntaria que emerge de la conciencia misma.

Una razón que fundamenta la creación del Código de Ética es dotar a la comunidad educativa de una herramienta válida que oriente y fortalezca su compromiso y responsabilidad con la institución, la sociedad y el país. Cumplir fielmente con este cometido significa apelar a la conciencia para que todos puedan actuar con convicción y disposición, y no porque lo exigen los reglamentos y las leyes. Por lo

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tanto, cabe pensar en una normativa interna que radica en la actitud voluntaria, consciente y fiel de las personas para el cumplimiento racional de los deberes y obligaciones.

El Código de Ética debe ser como una ideología dentro de la institución, un valor para un mundo en el cual se desea y espera vivir, no un criterio de imposición, como el que caracteriza a la ley.

Es importante reconocer que la ley y la ética son dos mecanismos complementarios para el correcto desempeño de los miembros de la comunidad educativa de la FFUNA. La ética que nace del interior de la persona, la concientiza sobre la importancia de cumplir con la ley y el reglamento: “el deber ser”, y busca el “querer ser y el querer hacer” por sí misma, radicado profundamente en su voluntad.

El Código de Ética es distinto, en su naturaleza, de los reglamentos o códigos de conducta, porque no tiene intencionalidad normativa ni punitiva, sino pedagógica y comunicativa, tratando de persuadir a las personas para que reflexionen sobre sus preceptos y quieran actuar en consecuencia.

El Código de Ética es un documento que sirve de referencia para el buen actuar de las personas, conforme a su conciencia, en su afán de dar un cumplimiento efectivo al reglamento y/o código de conducta con que cuenta la institución. Está compuesto, fundamentalmente, de principios y valores que posibilitan la construcción de una convivencia armónica y gratificante en el marco de la dignidad humana. Contiene la misión fundamental que converge en los principios y valores éticos, así como en las directrices éticas que encauzan el horizonte de la gran familia educativa de la FFUNA.

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VISIÓN

La Facultad de Filosofía de la Universidad Nacional de Asunción es una institución líder en el ámbito universitario, nacional e internacional, en el área de las ciencias humanas, capaz de responder a las necesidades y expectativas sociales, en la búsqueda permanente de la verdad y de la realización plena de la persona humana.

MISIÓN

La Facultad de Filosofía de la Universidad Nacional de Asunción forma profesionales técnico-científicos de excelencia en el ámbito de las ciencias humanas.

2. OBJETIVO DEL CÓDIGO DE ÉTICA

Orientar las actuaciones y decisiones de la comunidad educativa de la FFUNA.

2.1. Objetivos Específicos

Vivenciar en el quehacer diario de la comunidad educativa, una conducta ética, como resultado de la internalización de valores y principios éticos.

Consolidar un ambiente institucional en el cual se desarrollen las capacidades personales a través de la práctica de valores como el respeto, la cortesía y la equidad, conducentes a la generación de

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competencia como el emprendedurismo, con creatividad, innovación y pro actividad.

Asumir las actividades diarias con compromiso, responsabilidad, honestidad, justicia y transparencia.

Actuar conforme a los intereses institucionales antes que a los particulares.

Promover la igualdad de oportunidades para todos los integrantes de la FFUNA.

Preservar el medio ambiente con respeto a la vida y a la biodiversidad.

Optimizar el empleo de los recursos disponibles, mediante el uso adecuado y oportuno de los mismos.

3. CAMPO DE APLICACIÓN

Las disposiciones contenidas en este documento son aplicables a toda la comunidad Educativa de la FFUNA, casa central, sedes e Instituto Superior de Lenguas.

4. ALCANCE

El Código de Ética es el documento que orienta la conducta de la comunidad educativa de la FFUNA en el desarrollo de las diferentes funciones y tareas: académicas y administrativas, sin distinción alguna.

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5. PRINCIPIOS ÉTICOS

Los principios éticos se refieren a las ideas que orientan el pensamiento y la conducta. Los principios éticos son creencias básicas sobre la forma correcta como el funcionario debe relacionarse, consigo mismo y con los demás, en el desempeño de sus funciones públicas. Son postulados que la persona asume como válidos para su formación y actuación.

5.1. El Principio de la Vida

Se relaciona directamente con el derecho a la vida, desde la concepción, con dos obligaciones importantes: la conservación de la vida y el desarrollo pleno de la persona, que incluye el derecho a la salud, a la educación, a la vivienda, al trabajo digno, a la recreación, a la protección y a la alimentación sana, tal como se expresa a continuación:

La Declaración Universal de los Derechos Humanos dice: “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona” (Art. 3), así como el de su familia, protegiendo la salud, el medio ambiente, el bienestar, la alimentación, vestimenta, vivienda y los servicios sociales necesarios...” (Art. 25).

5.2. El Principio de la Dignidad

Toda persona tiene valor por sí misma. Dignidad, es sinónimo de grandeza, importancia, valor, merecimiento, buena reputación. La dignidad se refiere a la importancia que tiene todo ser humano por el hecho de ser persona humana.

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5.3. El Principio de Fraternidad

La afectividad es esencial para el desarrollo sano de la personalidad y la preservación de la salud mental, que se evidencia a través de la fraternidad que fortalece la autoestima y la seguridad entre los seres humanos en forma recíproca. Es tan importante para el desarrollo humano: por lo que la Declaración Universal de Derechos Humanos consagra: “Todos los seres humanos... deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”. (Art. 1).

5.4. El Principio de la Igualdad

Todas las personas son fundamentalmente iguales. Nadie vale más que nadie. Nadie vale menos que nadie. Se puede ser diferente en talento, riqueza, poder, pero esencialmente ser iguales; “sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política, origen nacional, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición...” (Art.2), y tener igual derecho a ser protegida por la Ley...” (Art. 7).

5.5. El Principio de la Libertad

La persona por naturaleza es un ser libre, con autonomía moral e intelectual, para decidir con libertad y responsabilidad sus ideas, pensamientos, sentimientos, aspiraciones, tendencias y acciones.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos señala: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, dotados de razón y conciencia”. (Art.1).

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5.6. El Principio de la Educación

Toda persona tiene el deber y el derecho de educarse. Este principio ético es contemplado como un derecho constitucional en diversos países. Directamente conectado con este se encuentra el deber y el derecho a adquirir la mayor capacitación para el desarrollo profesional de la persona, de acuerdo con las propias aptitudes y capacidades.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos dice: “Toda persona tiene derecho a la educación. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales…” (Art.26).

5.7. El Principio de Responsabilidad

Toda persona, por el hecho de ser libre y estar dotada de razón, es responsable de sus decisiones y actos, además de las consecuencias que se derivan de ellos. Si por error o negligencia causa daño o perjuicio, tiene la obligación de repararlo.

Para que exista responsabilidad moral se requiere que se den los siguientes requisitos:

Libertad: Es la facultad y autonomía de la persona para actuar racionalmente ante un hecho.

Conciencia: Es el saber pleno de lo que se está haciendo o lo que se va a hacer, y si la acción es correcta o incorrecta, buena o mala.

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Voluntad: Es la predisposición que uno tiene para hacer algo; sin embargo, se ve amenazada por la ignorancia, coacción, empleo de fuerza, miedo y trastornos psíquicos que pueden obstaculizarla.

Compromiso: Constituye el reconocimiento y decisión, la conformidad de cumplir con las obligaciones y deberes contraídos en forma libre y consciente.

5.8. El Principio de Equidad

La equidad es, ante todo, una disposición que impulsa a dar a cada uno lo que corresponde. La equidad es la base de la conducta imparcial y objetiva. En relación con este principio, la Declaración Universal de los Derechos Humanos señala:

“Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, a sí mismo como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana...” (Art.23).

5.9. El Principio de Solidaridad

Se refiere a la voluntad de los seres humanos para unir esfuerzos y prestarse ayuda mutua. Es acompañar y tomar como suyo el sentimiento del otro. El individuo necesita de los demás para atender sus necesidades y poder vivir. Cada uno necesita de otros para alcanzar la calidad humana y su realización. Este hecho plantea la conveniencia de fortalecer la vida comunitaria, trabajando por la paz, la unidad y el bien de todos.

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La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece: “Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que solo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.” (Art. 29).

5.10. El Principio de Igualdad de Oportunidades

Es la práctica de la democratización, que propicia la igualdad de oportunidades para todos, con equidad y la misma calidad, basada en la capacidad, idoneidad e integridad en una sociedad libre de discriminaciones, tanto entre los miembros que componen la comunidad interna como entre las personas externas.

6. VALORES ÉTICOS

Los valores se constituyen en aquellas formas de ser y de actuar de las personas que se consideran sumamente deseables como atributos o cualidades personales, por cuanto posibilitan la construcción de una convivencia gratificante en el marco de la dignidad humana.

6.1. Respeto

A las personas, en la aceptación de su dignidad y legitimidad de ser diferente, como base de la construcción y realización, quienes deben recibir trato educado y cortés sin discriminaciones.

A las ideas, al reconocer la libertad de expresión y de opinión, sentimientos, deseos, intereses y aspiraciones.

A la propiedad intelectual, al reconocer los derechos del autor.

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Al trabajo, como dignificación del ser humano.

A la propiedad pública, empleando los recursos para los fines destinados.

A los reglamentos y normas que rigen las actividades de la institución.

Al patrimonio.

A la ecología.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos dice al respecto:

“Todos los seres humanos nacen... iguales en dignidad y derechos”. (Art. 1). “Nadie será objeto de injerencia arbitraria en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques”. (Art. 12).

6.2. Cortesía

Es la convivencia armónica, en las relaciones diarias, donde todas las personas se manifiestan con cordialidad y deferencia. En el ambiente laboral, así existe un clima solidario, respetuoso, cortés, afable, en el cual los miembros contribuyen con una imagen positiva de la institución.

6.3. Responsabilidad

Es la capacidad de reconocer y hacerse cargo de las consecuencias de las propias acciones y omisiones; es el cumplimiento espontáneo de

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las obligaciones y compromisos, independiente del control externo que pudiera existir.

6.4. Honestidad

Es respetar, proteger y administrar correctamente los bienes públicos, sin buscar el beneficio personal. Se refiere a un actuar conforme a la verdad y vivirla como conducta habitual. Refleja la sinceridad.

6.5. Excelencia

Es el proceso a través del cual se realizan las acciones con criterios de calidad, exactitud y mejoramiento continuo, en la búsqueda constante de llegar a la perfección.

6.6. Transparencia

Es actuar con la verdad, dando datos objetivos y oportunos en la gestión a fin de demostrar honestidad en la función pública.

6.7. Lealtad

Es estar comprometido fielmente con los principios y fines de la institución, en el marco de la confianza, la fidelidad, el respeto, la honestidad y la integridad.

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6.8. Imparcialidad

Es actuar sin privilegios, discriminaciones o preferencias, de modo independiente a la condición económica, social, ideológica, política, sexual, étnica, religiosa, cultural, académica o de cualquier otra naturaleza o condición. Es decidir en forma argumentada y objetiva.

6.9. Integridad

Actitud que caracteriza a las personas, por su capacidad de obrar eficientemente ante sus compromisos y responsabilidades, actuando con honradez, rectitud, lealtad, decencia y transparencia.

6.10. Idoneidad

Se refiere a las capacidades, competencias y aptitudes necesarias para cumplir eficientemente con las obligaciones y responsabilidades que conlleva la tarea asignada.

6.11. Participación

Es formar parte, involucrarse voluntariamente en las actividades educativas, compartiendo la responsabilidad y los méritos sin distinción alguna.

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7. DIRECTRICES ÉTICAS

7.1. Personal Directivo

Los profesionales que ocupen cargos directivos deben conducir sus decisiones y acciones con equidad e imparcialidad, dando igualdad de oportunidades a todos los miembros del equipo de trabajo, respetando sus individualidades y la integridad de las personas, para lograr un equipo sólido consustanciando con valores éticos.

Al contratar nuevos miembros de la institución, sean estos personal docente, investigador, personal administrativo y de servicio se deben considerar la idoneidad y los méritos. Las actividades deben llevarse a cabo con responsabilidad para lograr excelencia en la gestión.

7.2. Personal Docente y/o Investigador

La FFUNA espera que el personal docente y/o investigador de la institución, tenga el perfil adecuado a la asignatura de su especialidad, y que cumpla sus actividades con responsabilidad y compromiso académico, factor fundamental para el desarrollo socio-cultural del país.

El docente y/o investigador aplica los principios básicos de excelencia en el desempeño en aula y en la búsqueda permanente de la verdad a través de la investigación objetiva y crítico-constructiva, así como manifiesta el respeto a las personas y las instituciones, para de ese modo transmitir esos principios a los estudiantes y a la sociedad.

Toda actividad académica: la asistencia a clases, reuniones, entrega de documentos, reflejará la responsabilidad del personal docente y/o investigador, a través de una labor realizada con equidad y respeto. El

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comportamiento debe estar regido por la integridad y el decoro; evitar el retraso injustificado del inicio o del final de las clases, el desorden, la confusión, la falta de planificación, la improvisación en las pruebas de evaluación o la dilación injustificada en la entrega de las calificaciones.

Con respecto a los trabajos de investigación, se consideran fundamentalmente los aspectos éticos relacionados con los temas y con los participantes de la investigación.

7.3. Funcionarios de la FFUNA

Todo funcionario de la FFUNA es un servidor público, que realiza sus actividades, sean educativas, administrativas o de servicios, con conocimiento conforme al Estatuto, las normas y reglamentos que rigen a la institución y está obligado a:

Realizar las actividades diarias, propias de su compromiso con la FFUNA, y no utilizar el tiempo en cuestiones personales o para su beneficio propio.

Asistir con puntualidad, vestir el uniforme establecido, respetar el horario de trabajo para el cual fue nombrado o contratado, sin interrupciones, salvo aquellas actividades programadas que tengan relación con sus funciones.

Cuidar y mantener los equipos e insumos, sean estos de oficina, de laboratorio o de otro uso, que se encuentran bajo su responsabilidad y que los mismos sean empleados con toda racionalidad.

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Preservar todas las instalaciones edilicias y reportar cualquier desperfecto que observe, para la rápida solución o reparación del mismo.

Trabajar en un ambiente de armonía, con cortesía y respeto, con la máxima eficiencia y eficacia para el logro de los objetivos de la institución.

Aportar las ideas que permitan mejorar y agilizar los procedimientos y tareas en búsqueda de una mayor eficiencia y economía.

Cuidar el medio ambiente utilizando los recipientes para desperdicios, reduciendo al máximo la contaminación sonora y visual, y manteniendo la higiene en todas las dependencias.

7.4. Estudiante

El estudiante está sujeto a las reglamentaciones vigentes de la FFUNA debiendo actuar con respeto a dichas normas, reglamentos. De igual manera tratará con respeto y cortesía a las autoridades académicas y administrativas, así como a todos los miembros que conforman la comunidad educativa de esta institución.

Es fundamental para la institución que el comportamiento ético del estudiante refleje los principios de honestidad, solidaridad y respeto, la asimilación por sí mismo de los conocimientos y la transparencia durante las pruebas evaluativas, la elaboración de informes y toda entrega de material académico.

El plagio debe ser censurado, como por ejemplo: las copias directas de soportes informáticos, copias de trabajos de otros, sin mencionar la

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fuente, la falsificación de datos, copias de trabajos de otros o la omisión de referencias bibliográficas en los trabajos. Los medios puestos a su disposición deben cuidarse y ser empleados para los fines educativos de su carrera, tales como: instrumental informático, material bibliográfico, mobiliario y cualquier otro material de uso relacionado con su formación. Debe denunciar cualquier hecho que atente contra el normal funcionamiento de la institución o influya negativamente en las actividades académicas.

7.5. Terceros Contratantes, Clientes o Usuarios

Son terceros contratantes, clientes o usuarios, las empresas que trabajan en construcción, tales como proveedores que surten de materiales, insumos, equipos y otros enseres requeridos anualmente mediante los procesos administrativos estipulados en la Ley General de Presupuesto de la Nación.

Los Servidores Públicos de la FFUNA se comprometen en su relación con terceros contratantes, clientes o usuarios, a ser honestos en las transacciones laborales que desarrollen en el ejercicio de sus cargos. Se considera pertinente mostrar cortesía y mantener un trato digno en la relación con los mismos, así como dar cumplimiento en forma oportuna a los compromisos, requerimientos y solicitudes.

En ocasión de la prestación de servicios, no se acepta o solicita compensación de cualquier valor de manera que constituya algún tipo de preferencia de los usuarios; no se efectúan o patrocinan a favor de terceros, trámites o gestiones administrativas, fuera de los procedimientos de la prestación del servicio o actividad.

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Los Servidores Públicos de la FFUNA deben rechazar toda práctica que no se base en la honestidad, la integridad y la equidad. Las acciones que se lleven a cabo deben estar enmarcadas en la transparencia de los procesos administrativos, conducentes a la contratación de servicios, para evitar todo hecho de corrupción y de competencia desleal.

Desde este punto de vista el compromiso con los terceros contratantes, clientes o usuarios es rechazar toda actividad corrupta y desleal.

8. COMITÉ DE ÉTICA

Es la instancia encargada de liderar y promover el proceso de implementación de la gestión ética en la FFUNA.

El Comité de Ética estará integrado por cinco (5) miembros y es el órgano responsable de proteger la observancia del Código de Ética. Como tal, será el encargado de investigar, evaluar, deliberar y elevar donde corresponda las faltas cometidas contra el presente Código. El Comité de Ética elegirá anualmente, de entre sus miembros, un líder, quien convocará a sesiones cuando lo estime pertinente o cuando se presenten denuncias sobre violaciones del Código de Ética.

Todos los miembros de la comunidad universitaria, terceros contratantes, clientes o usuarios podrán presentar sus inquietudes y denuncias por medio de los mecanismos que el Comité de Ética pone a su disposición. Las resoluciones del Comité quedarán asentadas por escrito en las actas de las reuniones que se celebren. Estas decisiones serán tomadas por mayoría simple.

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9. SOBRE LOS INFORMES

El Comité de Ética analizará las cuestiones que tengan que ver con el cumplimiento del Código de Ética, sean estas de mérito o de quejas, y canalizará su parecer mediante informes.

Los informes del Comité de Ética serán derivados al Departamento de Recursos Humanos, Asesoría Jurídica y Auditoría Interna Institucional, que emitirán las sugerencias o recomendaciones pertinentes al caso y derivadas a la instancia encargada de la gestión ética, donde se tomarán las providencias que correspondan.

10. DEFINICIONES BÁSICAS

10.1. Servidor Público

Se entiende por servidor público a todo funcionario directivo, administrativo, docente técnico, docente, investigador y personas que ocupen cargos académicos, que desempeñen actividades o funciones, ocasional o permanentemente en la FFUNA, ya sea por elección a través del voto, por concurso, nombramiento, o por contratación de la autoridad competente.

10.2. Función Pública

Es toda actividad temporal o permanente, remunerada u honoraria, realizada por una persona en nombre o al servicio de la FFUNA, con miras a obtener la satisfacción del interés público en lo referente a los servicios de educación, extensión e investigación.

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10.3. Comunidad Universitaria

La comunidad universitaria de la FFUNA queda conformada por los docentes, lo docentes técnicos, investigadores, los funcionarios administrativos y los estudiantes, entre quienes se incluyen a los que fueron elegidos por votación o por nombramiento de la autoridad competente.