naturaleza jurídica y tratamiento de las medidas de
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Naturaleza jurídica y tratamiento de las medidas de protección de víctimas,
testigos, peritos y colaboradores, conforme al
nuevo proceso penal Mario Pablo Rodríguez Hurtado
Profesor en la UNMSM, PUCP y AMAGMiembro del INCIPP
Medidas de protección
• ¿Cuál es la manifestación estructural del modelo acusatorio, garantizador, de tendencia adversativa, eficaz y eficiente?
El proceso común: (Libro tercero).
Medidas de protección
• ¿Quién está a cargo de la investigación preparatoria, primera etapa del proceso común?
El Ministerio Público, órgano civil autónomo de persecución del delito, al que compete desarrollar una pesquisa estratégica y objetiva (IV, 60, 61, 65)
Medidas de protección
• ¿Cuáles son las actividades centralesen la investigación preparatoria?
La búsqueda, identificación y recojo de información probatoria (321). Sin ellas no es posible configurar la pretensión procesal punitiva, menos probarla en juicio
Medidas de protección
• ¿De donde procede la información probatoria relevante?
De la noticia criminal (326, 328), de la escena del delito (330) y de las evidencias materiales (221), debidamente custodiadas (220, 221, 316, 318); asimismo, de las documentales (224, 232, 233, 234)
Medidas de protección• ¿Quién suele aportar la primera noticia
criminal?
La víctima (94, 95, 326, 327)
Esta noticia es el punto inicial de las indagaciones sobre hechos sospechosos de constituir delito
Su aprovechamiento depende de una eficaz técnica que no pierda la valiosa información que trae del suceso y sus intervinientes
Estandarización de su recojo en instancias policiales y fiscales (328)
Medidas de protección
• ¿Cómo se asegura la contribución de la víctima al éxito de la persecución del delito?
Revalorándola, esto es, oyéndola, respetándola, protegiéndola e informándola de sus derechos (95, 247, 248, 249), así no pida ser constituida actor civil (100, 102)
Jamás olvidar que es usuaria del sistema y que éste se legitima, también, cuando los agraviados por el delito son debidamente indemnizados
Medidas de protección• ¿De qué manera se obtiene
información de la víctima?
A través de su declaración, regulada por las normas del testimonio (162, 170), que superan la viejas reglas del C. de PP. sobre la preventiva
El Fiscal siempre ha de considerar que comúnmente la víctima será su testigo estrella en el juicio
Medidas de protección
• ¿Cuáles son las obligaciones de la víctima, en tanto, testigo?
• Concurrir cuando es citada y deponer con verdad(163)
• Su credibilidad y la consistencia de sus dichosson vitales para la persecución
• Ejemplos negativos: 1) El caso del ex director gerente del FMI, Dominique Strauss-Kahn, imputado de agredir sexualmente a una camarera de un lujoso hotel neoyorquino, y 2) El caso del taxista Alfredo Pastor Cueva denunciado por violación sexual por su pareja, a quien la policía encontró en un prostíbulo clandestino (El Comercio 15.3.2011, página a13)
Medidas de protecciónLevantan el arresto domiciliario de Dominique Strauss-Kahn;caso de asalto sexual en el limbo. The Washington Post 1.7.2011
Medidas de protección• ¿Qué problemas pueden presentarse con el
testimonio de la víctima durante la investigación preparatoria?
Declaración rendida como diligencia preliminar (330), acto formal de pesquisa(337) o prueba anticipada (242, 245)
Participación en la declaración del defensor del imputado (84)
Peligro grave para su persona, libertad o bienes y necesidad de adoptar medidas de protección (247). Ejemplo negativo: El caso de la agente encubierta desamparada, Ruth Gamarra Veramendi (PNP) Perú 21, 25.4.2010, páginas 2, 3
Medidas de protección
Medidas de protección
Medidas de protección
• Medidas de protección (247 -252)
• Política pública– Reglamentación coordinada. Intervención del Poder
Ejecutivo, la FN y el CEPJ– Definición del programa (Poder Ejecutivo – FN)
• Destinatarios– Testigos, peritos, agraviados, colaboradores
• Presupuesto de aplicación– Peligro grave para la persona, libertad o bienes del
destinatario, o para sus allegados (cónyuge, conviviente, ascendientes, descendientes o hermanos), según apreciación fiscal o judicial
Medidas de protección• Generalidades
– Concedidas de oficio o a pedido de parte
– Moduladas según grado de peligro– Dirigidas a preservar la identidad,
domicilio, profesión y centro de labor del protegido
• Derecho del imputado a contradecir
Medidas de protección• Elenco de medidas de protección:
– Identidad• Reserva de identidad del protegido y de sus
datos personales en diligencias; de cualquier otra información que la revele, habilitándose el uso de número o clave
• Empleo de técnicas que impidan su identificación visual en las diligencias
• Uso de vídeo conferencia u otras técnicas para evitar se afecte su seguridad protegido luego de desvelada su identidad
• ¿Cómo afecta estas medidas el derecho de defensa de las partes?
Medidas de protección
• Elenco de medidas de protección
– Identidad• Impedimento de fotografiar o grabar su
imagen; requisa, borrado y devolución del material inocuo
• Concesión excepcional de documentación de nueva identidad y medios para cambiar residencia o centro de labor
Medidas de protección• Elenco de medidas de protección
– Protección física• Resguardo policial• Cambio de residencia• Ocultamiento de paradero• Traslados en vehículos apropiados• Ambientes reservados y custodiados
para uso exclusivo en dependencia donde el protegido prestará declaración
Medidas de protección
• Cuestionamiento de las medidas adoptadas de oficio o a pedido de parte
• Las del Fiscal se objetan pidiendo reexamen al Juez de garantías ¿Audiencia?
• Las del Juez de Garantías con apelación
Medidas de protección
• Variación de las medidas
– Por necesidad de declaración del protegido• Conocimiento de la identidad del
protegido• Pedido de cualquiera de las partes,
durante la investigación o para efectuar prueba anticipada
• Desvelamiento de identidad por orden judicial
• Mantenimiento de las otras medidas
Medidas de protección
• Variación de las medidas
– El Juzgado Penal o de juicio mantiene, modifica o suprime las medidas fiscales y judiciales adoptadas en anteriores etapas; también despacha otras
Medidas de protección• ¿Cómo se asegura la regularidad y
validez de la declaración de la víctima durante la pesquisa?
Respetando las técnicas de litigación oral, es decir, procurando que su dichosea claro, objetivo y circunstanciado, sin inquisiciones impertinentes, capciosas o sugestivas, lo que no impide el examen cruzado del defensor del defensor (170)
Medidas de protección
• ¿En qué actuaciones, propias de la simplificación procesal, participa la víctima?
En la aplicación de los criterios de oportunidad, acuerdos reparatorios (2), y del proceso especial de terminación anticipada (468)
Medidas de protección• ¿Quién es el titular de la acción civil ex delito?
El actor civil, debidamente constituido en audiencia previa por el Juez de investigación preparatoria (98)
Con la constitución del actor civil cesa la legitimidad del Ministerio Público para intervenir en el objeto civil del proceso (11)
El agraviado, sin constituirse en actor civil, tiene derecho a impugnar sentencias absolutorios y autos de sobreseimiento (95)
La querella, proceso especial para delitos perseguibles por ejercicio privado de la acción penal. Papel del querellante particular (107)
Medidas de protección• ¿De qué manera se vincula el aporte
informativo de la víctima con la etapa intermedia del proceso común?
En su caso, a través de la acusación que debe contener los elementos de convicciónque fundamentan la pretensión punitiva y el ofrecimiento de medios de prueba para su actuación en el juicio (344.1, 349)
Lograr que la acusación supere el test de control y saneamiento practicado en la audiencia preliminar y dé paso a la expedición del auto de enjuiciamiento (351, 352, 353), con el menú probatorio
Medidas de protección
• ¿Cómo se introduce a juicio la información aportada por la víctima?
Mediante la actuación de su testimonio, prueba personal de cargo (375, 378)
A través del interrogatorio directo fiscal con preguntas abiertas, planteadas a partir de las palabras: qué, cuándo, cómo, dónde, con quién, por qué, etc., evitando así objeciones (378.4)
Afirmar su credibilidad y la exposición de los hechos que conoce
Uso de declaraciones previas del deponente para que haga memoria (378.6)
Introducción de las evidencias materiales y documentales a través del interrogatorio (382, 383)
El protagonista es el testigo no el interrogador
Medidas de protección
• ¿Qué peculiaridades tiene el contra interrogatorio de la víctima?
El examen cruzado cuestiona la credibilidad del declarante y denota las inconsistencia de la información que ha aportado
Las preguntas del contra interrogatorio son cerradas con las palabras: si o no, cierto o no cierto, verdadero o falso
Uso de declaraciones previas para destacar incongruencias con lo expuesto en juicio (378.8)
Medidas de protección• ¿Admite especialidades la declaración
de la víctima?
• Si, cuando declaran menores de 16años (378.3) e interviene activamente el Juez Penal, o cuando el testigo depone en la Sala de Audiencia sin presencia del acusado (380)
• Declaración mediante exhorto y teleconferencia (169)
Medidas de protección
• ¿Qué ocurre si la víctima no concurre a juicio?
Será conducida compulsivamente y si no puede ser localizada se prescinde de su testimonio (379)
Lectura y debate de declaraciones prestadas ante el Fiscal, bajo ciertas condiciones, si no concurrió a juicio por fallecimiento, enfermedad, ausencia del lugar de su residencia, desconocimiento de su paradero o por causas independientes a la voluntad de las partes (383)
Medidas de protección
• ¿Qué datos ofrece el reconocimiento de personas, objetos, cosas, voces y sonidos que realiza la víctima?
Determinantes, cuando identifica al imputado, en rueda de personas; o el objeto, los instrumentos, efectos o vestigios del delito (189, 190, 191)
Medidas de protección• ¿Cómo valora el Juez Penal el testimonio de
la víctima?
Según las reglas de la sana crítica, conforme a la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicos (393)
Destierro del brumoso criterio de conciencia
Construcción del juicio histórico y acreditación de los hechos que reciben calificación jurídica en la sentencia (394, 398, 399)
Medidas de protección
• ¿Qué tratamiento recibe la víctima en el proceso impugnativo?
El de testigo cuando la Sala revisora la cita para cumplir las exigencias de la inmediación y el contradictorio, pues la apelación es, de cierta modo, un nuevo juicio, que permite actuar prueba en segunda instancia (422)
Medidas de protección• ¿Quiénes se desempeñan como peritos?• ¿Por qué de sostiene que la ciencia y la
técnica deben auxiliar el proceso?• ¿Por qué se afirma qué cuanta más ciencia se
emplee en el proceso, mayor será el estándar de objetividad e imparcialidad?
• ¿ Por qué existe la tentación de cegar la luz del esclarecimiento, como expresión del oscurecimiento probatorio?
• Rol de perito durante las etapas del proceso
Medidas de protección• ¿Cuál es el aporte de los colaboradores
eficaces al proceso?• ¿El Estado prosternado ante la delincuencia?:
“Dejar hacer, dejar pasar”, “golpeo a uno y permito al otro”
• ¿Existe una explicación pragmática para admitir la importancia de los “testigos de la corona”?
• ¿Qué riesgos importa este instituto, que nos dice la experiencia nacional?
• La ley del silencio (ormetá) y la seguridad de los “arrepentidos” o “pentitis”
Medidas de protección
• ¿Cómo se protege la seguridad e intereses de los agentes encubiertos y agentes especiales?
• Técnicas especiales para infiltrar organizaciones criminales y desvelar delitos graves
Medidas de protección
• El caso Sérpico (Corrupción en el Departamento de Policía de Nueva York. 1971)
• Francesco Vincent Serpico, oficial de policía retirado, logró el reconocimiento ciudadano cuando en 1971 declaró como testigo en juicio en contra la corrupción policiaca de su ciudad.
Medidas de protección
Medidas de protección“Familia peligrosa”. Historia de la peligrosa vida de un mafioso arrepentido y su familia,
protegidos por el FBI