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Conste por el presente documento de contrato de locación de servicios
personales, que celebran de una parte la Organización de Productores
agropecuarios unidos Pueblo Nuevo Chocos con domicilio legal en Pueblo Nuevo,
de la localidad de Pueblo Nuevo, del distrito de Chocos, Provincia de Yauyos,
departamento de Lima, inscrita en los registros públicos de la ciudad de Cañete,
con ficha registral N° 21206745 Representado por su presidente Sr. Santos
Segundo Cullanco Gutiérrez, identificado con DNI N| 09507850, y su tesorero (a).
Sr/Sra. Rosevit Elva Quispe Lázaro, identificado con DNI N° 70756442, ambos con
domicilio en Pueblo Nuevo S/N del distrito de Chocos, a quien se le denominara
“EL LOCALADOR”, y de la otra parte parte, el Sr. (a). Miguel Ángel Gutiérrez
Luyo, identificado (a) con DNI N° 10658561, con domicilio en Campanahuasi MZ D
LOTE 08, del distrito de Zúñiga, de la provincia de Cañete, a quien se le
denominara “EL LOCATARIO”, en los términos y condiciones siguientes:
CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
En el marco del Proyecto “Fortalecimiento del Desarrollo Local en Áreas de la
Sierra y Selva Alta del Perú, se ha suscrito un Contrato de Donación con Cargo
entre el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL
Agencia Zona de Yauyos de la Dirección Zonal de Yauyos y la Asociación para la
ejecución del Plan de negocios denominado “Mejoramiento crianza de cuyes”
asignado por el Comité Local de Asignación de Recursos – CLAR, llevado a cabo
el 29 de Octubre del 2015 en el distrito de Cañete.
La Asociación, cuenta con 21 Familias el mismo que son usuarios en la ejecución
del Plan de Negocios.
El LOCADOR, tiene conocimiento y experiencia en la actividad de Asistente
Técnico en manejo y crianza de cuyes se presentó una sola propuesta y fue
aprobado por la asamblea por decisión por mayoría de votos de los integrantes de
la asociación.
CLASULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO
El presente contrato tiene por objeto, contratar los servicios del “LOCATARIO”,
para brindar sus servicios, a la organización en: Asistente técnico en manejo en
crianza de cuyes en instalación de forrajes y concentrados a la Asociación de
productores agropecuarios y sus familiares participantes, para los temas que
requiere el “LOCADOR”
CLAUSULA TERCERA: OBLIGACIONES DEL LOCATARIO
EL LOCATARIO, se obliga a brindar sus servicios de asistencia técnica, de
acuerdo a la cláusula segunda, tanto a la organización de Productores
Agropecuarios, como a las familias participantes en el Plan de Negocio
correspondiente.
EL LOCATARIO, prestara sus servicios en las siguientes actividades: (Colocar las
actividades de acuerdo al servicio solicitado)
Presentar un Plan de Trabajo, el mismo que será aprobado por Asamblea
de las familias que integran la organización, de acuerdo al cronograma de
ejecución del Plan de Negocios.
Brindar servicios de asistencia técnica y capacitación a los miembros de la
organización de acuerdo al objeto del contrato.
Realizar el seguimiento a la implementación de recomendaciones indicadas
a la organización en el proceso de capacitación y asistencia técnica.
Presentar informe mensual de las actividades de asistencia técnica y
capacitación ejecutadas adjuntando, registro de participantes, material de
capacitación y fotografías.
Apoyar a la asociación en la organización de los documentos financieros
(comprobantes de pago: boletas, facturas, recibo por honorarios, y otros).
Mantener al día los registros de participación de la organización.
Garantizar la participación activa de todos los integrantes de la organización
internalizando en las propuestas de superar de los puntos críticos
identificados en el plan de negocios.
EL LOCATARIO, se compromete a presentar su “Plan de Trabajo” respectivo
para el desarrollo de las actividades. Presentar los informes correspondientes,
mensuales, intermedio e informe final, este último deberá ser aprobado por la
Asamblea, para la cancelación de su pago respectivo.
CLAUSULA CUARTA: OBLIGACIONES DEL LOCADOR
EL LOCADOR, prestara todas las facilidades para que el LOCATARIO,
desarrolle las actividades programadas de acuerdo a su Plan de Trabajo
presentado y aprobado por la Asamblea.
EL LOCADOR, convocara la participación de todas las familias
participantes en el Plan de Negocios, así como a las demás familias de
la organización
Comprometerá a que las familias brinden las facilidades y condiciones
necesarias para lograr buenos resultados en el mejoramiento del Plan
de Negocios.
EL LOCADOR, supervisa el trabajo que realiza el LOCATARIO.
EL LOCADOR, cancelara los servicios de asistencia técnica que realiza
el LOCATARIO previo al cumplimiento del Plan de trabajo y
presentación del informe respectivo.
CLAUSULA QUINTA: DURACION DEL PRESENTE CONTRATO
El plazo de ejecución del presente contrato tiene una duración, que será a partir
del 10 de Noviembre del 15 al 10 de Mayo del 2016, no pudiente ser renovado por
las mismas actividades materia del presente contrato.
Pueblo Nuevo, Chocos, 10 de Noviembre del 2015.
SANTOS S CULLANCO GUTIERREZ ROSEVIT ELVA QUISPE LAZAROPRESIDENTE TESORERA
MIGUEL ANGEL GUTIERREZ LUYOLOCATORIO