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CONTRATO N° CNP/DCS-AD/O64/2018EsTRATiHcAc1óN: MICRO

coN†RA†o oe i›Rcs†Ac|oN De s:Rvic|o oe oirusión A †RAvÉs oe coNccsioNARiAsoi: RAo|on|rus|oN PARA uso soc|AL coMuNi†AR|o e |Noía:NA pe LA cAMPAÑA"Acciones De |›RosPeRA" v:Rs|óN “i=AM|LiAs seNer|c|AR|As". Que ceLeaRAN PoRuNA PART: EL cosn:RNo FEDERAL, A †RAvízs oe LA secR:†ARíA oe oesARRoLLosociAL, PoR coNouc†o oe su óRGANo AoMiNis†RA†|vo oescoNc|zN†RAoo. LAcooRoiNAc|óN NAc|oNAL of i›Ros|›cRA i=›RoGRA|viA oc |NcLusiòN soc|AL,RePRcs|:N†AoA PoR su †iTuLAR EL |viAi:s†Ro ¡Arms c;u†iÉRRez cAsAs. Y, PoR LAo†RA. LA |›eRsoNA MoRAL RED oe RAo|os coMuN|TAR|As De Mãxico, A. c..REPRESENTADA PoR LA c|uoAoANA_EN su cALioAn oeAPooERAoA LEGAL, A Quienes EN Lo sucesivo se Les oeNoMiNARÁ como “LAcooRo|NAc|óN" Y "eL i›RovtenoR". Respi-:c†|vAMtN†t, Y cuANoo Ac†uzN oeMANeRA coN1uN†A "LAs PARTES" AL †i:NoR oe LAs sicuimïes oecLARAc|oN:s YcLÁusuLAs=

` DECLARACIONES

l. i “LA COORDINACIÓN" declara que:

|.1. y La Secretaría de Desarrollo Social es una Dependencia de la Administración Pública FederalCentralizada de conformidadcon los articulos 2 fracción l, 26, 32 de la Ley Orgánica de laAdministración Pública Federal y de conformidad al último precepto citado tiene, entre otras

i atribuciones el fortalecer el desarrollo, la inclusión y la cohesión social en el pais mediante la= instrumentación, coordinación y seguimiento con los organismos respectivos de las políticas

de combate efectivo a la pobreza, atención específica a las necesidades de los sectoresi sociales más desprotegidos, así como formular, conducir y evaluar la política general de' desarrollo social para el combate efectivo a la pobreza.

l.2. Por Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 5 de septiembre de 2014, fuecreada y denominada la Coordinación Nacional de PROSPERA Programa de Inclusión Social,Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Desarrollo Social con

1 autonomía técnica y de gestión.

l.3. El Maestro Jaime Gutiérrez Casas, en su carácter de Coordinador Nacional de PROSPERAPrograma de Inclusión Social, acredita su personalidad mediante nombramiento de fecha Sde abril de 2018, expedido por el Presidente Constitucional de los Estados Unidos

L Mexicanos, Licenciado Enrique Peña Nieto, registrado con el número (713) a foja (22) deli “Libro de Nombramientos de Servidores Públicos que designa el Ejecutivo Federal" de fecha

17 de abril de 2018, porlo que cuenta con las facultades jurídicas necesarias para interveniri en la suscripción del presente Contrato de Prestación de Servicios en los términos de losartículos 1, 2, 3, 4, S fracción ll y 10 fracción Xi del Decreto señalado en el numeral I.2 delpresente instrumento, 37 fracción VII, 38, 43 y 44 del Reglamento Interior de la Secretariade Desarrollo Social.

l.4. De acuerdo a sus necesidades "LA COORDINACIÓN" requiere contar con el servicio deDifusión a través de Concesionarios de Radiodifusión para uso social comunitarioe indígena de la Campaña "Acciones de Prospera" versión “Familias Beneficiarias",

' por lo que de conformidad con la normatividad aplicable en la materia ha decidido contratar¡ los servicios que le ofrece “EL PROVEEDOR".i

lirslc ¡1i'<›grain;\ cs puhliuoï zsjcno al cimlquier partido político. ()iiø«l;i pioliihido el uso para iincsvtlisiirims al desarrollo mciai/-l Av. liisuigeiitcs Sui' l-4>lil, Barrio f-\ciii›ai1. Dclcg. lšeniio .luárc/_ ifiutlzirl de -\-l¢.\|e.›_ (` i' (l.`¬23ll

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CONTRATO N° CNP/DCS-AD/064/2018 1

L5.

l.6.

l.7.

|.8.

I.9. ~

ll.

II.1

ll.2

lists progrziina cs público, ;l_¡t-no al cualquier partido politico. Quotlii proliihitlo el uso para fines distintos al- desarrollo social

EsTRATu=1cAc1óN: MICROl

En atención a lo anterior, el presente Contrato se adjudicó a “EL PROVEEDOR" derivadd delprocedimiento de Adjudicación Directa de conformidad con lo dispuesto en los artículos 126 y134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 26 fracción III, 40, 41 fracción Ide la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 71 y 72 fracción ll desu Reglamento, el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicio de l"LACOORDINACIÓN", en su Sexta sesión Extraordinaria y al acuerdo número 20, de fecha 31 deagosto de 2018. '

El presente instrumento se formaliza con fundamento en los artículos 45 de la Ley deAdquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 81. 82 y 84 de su Reglamento.

Para cubrir las erogaciones que se deriven del presente Contrato, cuenta con recursosdisponibles suficientes correspondientes a la Partida Presupuestal N° 36101 "Difusión deMensajes Sobre Programas y Actividades GubernamentaIes",, autorizadosdebidamente por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a fin de cumplir con; lasobligaciones que se derivan de este Contrato de conformidad a lo previsto en el artículo 25de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público mediante RepprteGeneral de Suficiencia Presupuestaria Ppta 01568 de fecha 10 de julio de 2018, emitida porla Dirección de Planeación y Administración Financiera de “LA COORDINACION". `

Cuenta con Registro Federal de Contribuyentes N° CNP140906H36.

Que confundamento en lo dispuesto en el articulo décimo segundo, fracción lll del AcuerdoDelegatorio de facultades publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de2016, suscrito porel entonces Secretario de Desarrollo Social; al Manual de Organización yProcedimientos de la Coordinación Nacional de PROSPERA Programa de inclusión Sdcial,funciones numeral 2, establece que previo a la celebración obtuvo la dictaminación juridicacorrespondiente mediante Número DIC-IMC-lIUSC/Q43§/2018, emitido por la DirecciónJurídica Consultiva. L

Para los efectos legales que se deriven del presente Contrato señala como su domicilio legalel ubicado en Avenida Insurgentes Sur número 1480, Colonia Barrio Actipan. CódigoPostal 03230, Delegación Benito Juárez, Ciudad de México. A

"EL PROVEEDOR" declara que:

Es una Asociación Civil constituida de conformidad con la Legislación Mexicana, segúnconsta en el testimonio que contiene Escritura Pública No. Dieciséis mil doscientos trece(16.213). de fecha veinticinco de octubre del dos mil seis, pasada ante la fe del NotarioPúblico No. Ciento quince del Estado de México y del Patrimonio inmobiliario Federal,Licenciado Jesús Córdova Gálvez, bajo la denominación de "RED DE RADIOSCOMUNITARIAS DE MÉXICO. A.C." inscrito en el Registro Público de la Propiedad y deComercio en el Distrito Federal en el folio de Personas Morales número 77677 de fecha 13de febrero de 2007.

Su objeto social consiste en apoyar y contribuir al desarrollo de los medios comunitarios yparticipativos de la República Mexicana asociados de la Red de Radios Comunitarias deMéxico a través de la articulación y la realización de acciones para el crecimiento,desarrollo y fortalecimiento de las radios y las organizaciones afiliadas a esta asociación.

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CONTRATO N° CNP/DCS-AD/064/2018

EsTRAT1r1cAc1óN: MICROll.3 _ Dispone de la organización, experiencia, personal capacitado y demás elementos técnicos,

humanos y económicos necesarios, asi como la capacidad legal suficiente para llevar a cabol los trabajos objeto del presente Contrato y que su Registro Federal de Contribuyentes es elL N° RRC070125LI5.

ll.4 , Su apoderada legal la Ciudadana eencuentra plenamente, facultada y cuenta con poder General para actos de administración en los términos párrafo

segundo del artículo dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil para el Distrito§ Federal y sus correlativos para las demás entidades federativas ante toda clase de. autoridades, organizaciones e instituciones públicas, federales o locales, privadas oj nacionales o extranjeras, para cuestiones relacionadas con su objeto y fines, según consta' en la Escritura Pública No. Cincuenta y seis mil ochocientos cuarenta y cuatro (56.844) de

fecha cinco de diciembre de dos mil siete, otorgada ante el Notario Público No_ Treinta ysiete del Distrito Federal, Licenciado Carlos Flavio Orozco Pérez, manifestando bajo protestade decir verdad que, a la fecha de firma del presente instrumento, dichas facultades no lehan sido limitadas, modificadas o revocadas en forma alguna.

ll.S Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que no se encuentra en ninguno de los supuestosestablecidos en los articulos SO y 60 antepenúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones,Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

ll.6 ` Tiene conocimiento y acepta en todos sus términos, los lineamientos, normatividad ypolíticas conforme a las cuales deberá de prestar sus servicios a “LA COORDINACION".

ll.7 Para efectos del presente Contrato, señala como domicilio fiscal el ubicado en Calle VistaHermosanúmero $9, Colonia Portales Sur. Delegación Benito Juárez, C.P. 03300,Ciudad de México, teléfono 56724961 y correo electrónico

Expuesto lo anterior. “LAS PARTES" sujetan sucompromiso a la forma y términos que seestalilecen en las siguientes:

cLÁusuLAsPRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO.

"LA COORDINACIÓN" encomienda a “EL PROVEEDOR" y éste se obliga a prestarleeficazmente el Servicio de Difusión a través de Concesionarios de Radiodifusión para usosocial comunitario e indigena de la Campaña "Acciones de Prospera" versión “FamiliasBeneficiarios. de conformidad a la descripción y especificaciones contenidas en el AnexoTécnico que se agrega al presente Contrato como parte integral del mismo; asi como conformea la pnopuesta de “EL PROVEEDOR" para lo cual dedicará su experiencia, capacidad y eficienciaen el cumplimiento del objeto, obligaciones y compromisos adquiridos en el presente Contrato,atendiendo en tiempo, esfuerzo y con el personal que sea necesario para el correctocumplimiento del mismo.

“EL PROVEEDOR" deberá prestar el servicio de conformidad a los requerimientos de la Dirección deComunicación Social, solicitados en su Anexo Técnico.

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li.,¬'lÉ'/'jntigrziinil es piiblit:o, zijeiio al cualquier p¿irlitlo_pr›lit1co, Quuilzl proliihitlo cl iisn para liricstlisliiitos al dcS:irroll<› social.Av. ln,<ui'›¿c1il.o< Sui' l-480 Barrio .-'\cl.l ›an_ i)clc«› lšciiilij .lu;"xrc7, Lliitlzitl il: 7\-ll;.\*ico, ( lr' l.l_›23lli, _ _ _ V _ › , __? ` e

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CONTRATO N° CNP/DCS-AD/064/2018 'EsTRAT1F1cAcióN; MICRO

SEGUNDA. PRECIO. 1

Como contraprestación del servicio objeto del presente Contrato, "LA COORDINACIÓN" pagará a“EL PROVEEDOR”, la cantidad de $70,000.00 (Setenta mil pesos OO/100 M.N.) más la cantiidadde $11,200.00 (Once mil doscientos pesos 00/100 M_N.) equivalente al 16% (dieciséis por cielnto)del Impuesto al Valor Agregado, dando un monto total de $81,200.00 (Ochenta y unj mildoscientos pesos 00/100 M.N.) en términos de la Propuesta Económica de “EL PROVEEDOR":

Los precios son considerados fijos hasta que concluya la relación contractual que se formaliza,incluyendo “EL PROVEEDOR" todos los costos involucrados, considerando todos los conceptos delservicio que requiere "LA COORDINACION", por lo que "EL PROVEEDOR" no podrá agregar costoextra alguno, ya que los precios serán inalterables durante la vigencia del presente Contrato. í

TERCERA. FORMA Y LUGAR DE PAGO.

En el presente Contrato no se otorgará anticipo alguno. L

"LA COORDINACIÓN" llevará a cabo el pago en Pesos Mexicanos, mediante una exhibicióndevengada de acuerdo a lo solicitado en el Anexo Técnico, una vez que "EL PROVEEDOR" hayaprestado en tiempo y forma la totalidad del servicio, dentro de los veinte dias naturales posterioresa partir de la fecha de entrega del Acta de Entrega Recepción y factura respectiva de conformidadcon el artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Públicog y através del sistema SIAFF (Sistema integral deAdministración Financiera Federal), considerandoiqueno existan aclaraciones al importe o al servicio facturado. A 1

La presentación de la factura correspondiente deberá realizarla "EL PROVEEDOR" una vezrealizado el _servicio, directamente a la Dirección de Comunicación Social de :"LACOORDINACION", Área Técnica, Requirente y Administradora del Contrato, ubicada en* Av.insurgentes Sur 1480, Piso once, Colonia Barrio Actipan, Delegación Benito Juárez, en Ciudad deMéxico, misma que deberá validarla y dar su visto bueno. La factura deberá contemplar todos losdatos y requisitos fiscales aplicables, desglosando el Impuesto al Valor Agregado. Dicho documentodeberá estar soportado con el Acta de Entrega~lRecepción correspondiente, acreditando con ello el100% de la prestación del servicio en los términos del presente Contrato. '

Para efectos de trámite de pago, conforme a lo establecido en el Sistema Integral@ deAdministración Financiera Federal, "EL PROVEEDOR" deberá ser ,titular de una cuenta de chequesvigente y proporcionar por escrito el número de clave bancaria estandarizada (CLABE), en la quie seefectuará la transferencia electrónica de pago y copia del último estado de cuenta, con originalpara su cotejo. L

lPor lo anterior, es necesario que la factura que presente "EL PROVEEDOR" reúna los requislitosfiscales que establece la legislación vigente en la materia; en caso de que no sea asi, l"LACOORDINACION" pospondrá los pagos a su favor, hasta en tanto se subsanen dichas omisiones.

En caso de que “EL PROVEEDOR" no presente en tiempo y forma la documentación requerida parael trámite de pago, la fecha de pago se correrá el mismo número de dias que dure el retraso. .

Para el caso de que se presenten pagos en exceso, se estará a lo dispuesto por el articulo 51párrafo tercero dela Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

lislc prograinzi es piiblieo, :ijeiio LL uiizilquier p_iirtitlo_poliiico, Qiiedii proliibiilo el liso pura lines distintos al desarrollo social.Av. insurgentes Siii'_l-1§¬l{l, Barrio .-'\cti¡>›aii_ l,)cleg_ Benito Juárez. Lliudarl de l\›1ií:xico, Cl-', 03230

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CONTRATO N° CNP/DCS-AD/064/2018i ESTRATIHCACLON: MICRO

Las facturas presentadas con posterioridad al 16 de noviembre de 2018, podrán ser pagadas através de ADEFAS dentro del primer trimestre del año 2019 derivado del cierre presupuestal.

cuAR†A. viGtNciA.La vigencia del presente Contrato será del 31 de julio al 31 de diciembre de 2018, sin perjuiciode sul posible terminación anticipada, en los términos establecidos en su clausulado.

l

QUIÑTA. - GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

Con fundamento en lo establecido en los articulos 48 fracción II y 49 fracción I de la Ley deAdquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 103 de su Reglamento, asi como alo estipulado por la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas; (se aplicará en lo conducente, loestablecido en el Reglamento del artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas); la Leydel Servicio de Tesoreria de la Federación, oficio N° 401-`-2930 de fecha 14 de septiembre de2010Í, emitido por la Tesorería de la Federación y a las Disposiciones Generales a que se sujetaránlas garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintasde las fiscales que constituyan las dependencias y entidades en los actos y contratos que celebren,"EL PROVEEDOR" garantizará el cumplimiento del presente Contrato mediante fianza expedida afavor Ue la Tesorería-de la Federación, emitida por una institución de fianzas y expedida en monedanacional por un importe equivalente al 10% del monto total del Contrato establecido en la CláusulaSegurida, sin incluir el impuesto al Valor Agregado, debiendo ser entregada en un plazo no mayor de10 (diez) dias naturales posteriores a la firma del presente documento legal, en la cual deberá deindicafse los siguientes requisitos;

El carácter de la póliza deberá ser divisible

1. Expiedirse al favor de la Tesorería dela Federación.l

2. La indicación del importe total garantizado con número y letra.

3. La rpferenciade que la fianzase otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en esteContrato, con vigencia abierta o indefinida para que pueda cumplir con su finalidad.

4, Laiinformacion -correspondiente al numero de Contrato, su fecha de firma, asi como laespecificación de las obligaciones garantizadas.

S. El señalamiento del nombre del proveedor fiado.

6. La Condición de que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación quegarantice el Contrato.

7. La iridicación de que la fianza se hará efectiva conforme al procedimiento dispuesto en el articulo282 de la Ley de instituciones de Seguros y Fianzas, el cual será aplicable también para el cobro de ~los intereses que en su caso se generen en los términos previstos en el articulo 283 del propioordenamiento.

8. La liberación de la fianza no procederá sino en virtud de manifestación previa de manera expresay por oficio de “LA COORDINACION".

V Av. liisuigciites Siii'›l-180, Barrio .-'\cti ›an_ Dcleg. lìeiiiio .lu;ìrc1. Lliutlad de México, ( l'_ 052301 Tclëloiio; 5-122 0760 i wvm.prospei'a_gi›b.mx

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CONTRATO N° CNP/DCS-AD/064/2013 lEsTRA"rii=1cAcióN: MICRO

En relación a los puntos anteriores se deberá insertar los siguientes párrafos en las pólizas defianza;

"Esta garantía estará vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantiza el 7Contrato, asi como durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se Ainterpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, deforma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del Contrato «principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia". K

"En caso de hacerse efectiva la presente garantía, la institución de fianzas acepta ¡expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el articulo 282 de ila Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, procedimiento al que también se sujetarápara el caso del cobro de la indemnización por mora que prevé el artículo 283 del mismo fordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe dela póliza de fianza requerida ". '

I

"Que, para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por «escrito de "LA COORDINACION". previa realización de Acta administrativa de extinción lde derechos y obligaciones '

"La afianzadora acepta expresamente tener garantizado el Contrato a que esta póliza serefiere, aún en el caso de que se otorgue prórroga o espera al deudor principal o fiado por ,parte del acreedor para el cumplimiento total de las obligaciones que segarantizan, por loque la afianzadora renuncia expresamente al derecho que le “otorga el artículo 179 delaLey de Instituciones de Seguros y Fianzas"

En el supuesto de que "ILAS PARTES" convengan la modificación del presente instrumento,í“ELPROVEEDOR" deberá contratar la modificación a la póliza de fianza, presentando endoso a la mismao bien una nueva fianza por el 10% (diez por ciento) del importe dela modificación convenida. dentrode los 5 (cinco) días naturales siguientes al de la firma del Convenio que modifique el Contratoprincipal. - l

De conformidad con lo previsto en las "Disposiciones Generales a que se sujetarán lasgarantias'otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas dei lasfiscales que constituyan las dependencias y entidades en los actos y contratos que celebren", en sudisposición Décima Quinta, una vez cumplida la obligación garantizada, el Área Técnica, Requirente yAdministradora del Contrato emitirá la constancia del cumplimiento respectivo a fin de contar lconelementos probatorios que permitan cancelar las garantias. `

iSEXTA. - OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR". ,

“EL PROVEEDOR" se obliga a;

A) Prestar a “LA COORDINACIÓN” el servicio convenido en el presente instrumento.j entérminos de la CLAUSULA PRIMERA y de conformidad con la descripción y especificacionescontenidos en el Anexo Técnico del presente Contrato. '

B) Contar con la experiencia, personal profesional y especializado en el ramo, suficiente pararealizar entrega del servicio solicitado.

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co1~iTRATo N° CNP/Dcs-AD/064/2018ESTRATIFICACIÓN: MICRO

C) š"EL PROVEEDOR" Será el único responsable por la mala ejecución del servicio, asi como del¿incumplimiento de las obligaciones previstas de este instrumento cuando no se ajuste aljmismo de conformidad con lo establecido en la descripción y especificaciones contenidos eniel Anexo Técnico, al igual que de los daños que, con motivo del servicio contratado cause al“LA COORDINACION", salvo que el acto por el que se haya originado hubiese sidojexpresamente ordenado por “LA COORDINACIÓN".

D) %Será por cuenta y riesgo de “EL PROVEEDOR" garantizar la entrega y la recepción del:servicio objeto del Contrato en los domicilios referidos en el Anexo Técnico.

E) %Atender adecuadamente los requerimientos que le formule por escrito el Área Técnica,Requirente y Administradora del Contrato de "LA COORDINACION".

F) Garantizar la calidad del servicio para "LA COORDINACIÓN".

SEPTIMA. - LUGAR Y CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

La prqstación del servicio deberá efectuarse en los Estados de México, Michoacán, Oaxaca, Puebla,Jalisco, Morelia, Nuevo León, Sonora y Chiapas; en el lugar que para tal efecto señale la Dirección deComunicación Social de "LA COORDINACIÓN", conforme a lo indicado en el Anexo Técnico delpresente Contrato. A efecto; de acreditar su debida realización, se firmará Acta de Entrega-Recepción z,l finalizar la prestación del servicio, entre el Área Técnica, Requirente y Administradoradel Colntrato y “EL PROVEEDOR", en las que constarán las condiciones y circunstancias en que fueprestaba y recibido de acuerdo a la orden correspondiente; asi como, en su caso, si hay obligacionespendientes de cumplir, acreditando con ello la prestación del servicio en los términos del presenteContrato y amparando el 100% del servicio realizado.

oc†A`vA. - cALioAo."EL PROVEEDOR" deberá contar con la infraestructura necesaria, personal técnico, herramientas yequipos adecuados para la prestación del servicio, a fln de garantizar que el mismo seaproporlcionado deconformidad con la descripción y especificaciones contenidas en el AnexoTécnico.

lNOVENA. - IMPUESTOS Y DERECHOS.

Los inipuestos y derechos que procedan con motivo del servicio, objeto del presente Contrato,serán pagados por "EL PROVEEDOR” de acuerdo a lo establecido en las disposiciones legalesvigentes en la materia. S

l

"LA COORDINACIÓN” solo cubrirá el impuesto al Valor Agregado, de acuerdo a lo establecido en `las disposiciones legales vigentes en la materia.

DÉCIMA. - i=RoHiBic|óN De cesión oi: oeRi:ci~ios Y oBLiaAcioNizs."EL PROVEEDOR" se obliga a no ceder en forma parcial ni total en favor de cualquier otra persona,fisica o moral, los derechos y obligaciones que se deriven del presente Contrato, y sólo podrá cederlos derechos de cobro, previa solicitud por escrito que realice “EL PROVEEDOR" y autorizada demanera expresa y por escrito por "LA COORDINACIÓN".

l¡l Ilisto ptograimi es publico, a_jL-iio ii cuzilquicr p_zir1idopolitiço_ Queda proliiliido cl uso para lines distintos al desarrollo social.

. /L j Av. insurgentes Sur 1480, Barrio .f-\eii}›an. l)›:lcg, Beiiiio ,lii:ìre1_ Liiudzid de É\'lé.\ico, (Il-' l),.ì23(l'~ " , `l`clél`oiio, 5›15¢?.I)7 li) l wvnx prospciia poh mx

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CONTRATO N° CNP/DCS-AD/064/2018

DÉCIMA PRIMERA. - DERECHOS DE AUTOR. PATENTES Y/O MARCAS.

“EL PROVEEDOR" se obliga con “LA COORDINACIÓN", a responder personal e ilimitadamentlos daños y perjuicios que pudiera causar a "LA COORDINACION" o a terceros, si con motivo de laprestación de los servicios contratados viola derechos de autor, patentes y/o marcas registradas,de terceros u otro derecho inherentes a la Propiedad intelectual, en tal virtud, "EL PROVEEDOR"manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad. no encontrarse en ninguno de los supuestosde infracción administrativa y/o delito, establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor y la Leyde la Propiedad Industrial.

En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de "LA CO0RDINAClÓN",: porcualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de ésta será la de dar aviso en eldomicilio previsto en este instrumento a "EL PROVEEDOR", para que éste, utilizando los medioscorrespondientes al caso. garantice salvaguardar a "LA COORDINACION” de cualquiercontroversia, liberándole de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o decualquier otra índole.

DÉCIMA SEGUNDA. - MODIFICACIONES. 1l

"LA COORDINACIÓN" podrá acordar efectuar modificaciones y vigencia del presente Contrato,en los términos previstos por los articulos 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientios yServicios del Sector Público; 91 y 92 de su Reglamento. , 1

l

Asimismo, “LA COORDINACION" podrá acordar la modificación del Contrato cuando se presienteel supuesto que establece en su CLAUSULA VIGESIMA, quinto párrafo del presente instrumento.

oí:c|iviA 1'eRceRA. - iNi=oRiviAcióN Y Asi:soR¡A TÉcNicA. 1“EL PROVEEDOR" se obliga a poner en conocimiento de "LA COORDINACIÓN" cualquier heóho o

-_; circunstancia que en razón del servicio objeto del presente Contrato sea de su conocimiento y quepueda beneficiar o evitarun perjuicio a la misma. §

"EL PROVEEDOR" respecto a cualquier falla en la operación y funcionamiento relacionado cpn elservicio será responsabilidad de '“EL PROVEEDOR” y responderá de los daños y perjuiciosocasionados a “LA COORDINACION" en términos de la normatividad aplicable. l

DÉCIMA CUARTA. SUPERVISIÓN. VERIFICACIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES YACEPTACION DEL SERVICIO. ,

“LA COORDINACIÓN” designa como responsable de administrar y vigilar el cumplimiento delpresente Contrato a la Dirección de Comunicación Social' adscrita a la "LA COORDINACIÓN".

Asimismo, “LA COORDINACIÓN" sólo recibirá o aceptará la prestación del servicio materia delpresente Contrato, previa verificación de las especificaciones requeridas, de conformidad ladescripción y especificaciones contenidas en el Anexo Técnico.

En tal virtud, "EL PROVEEDOR", manifiesta expresamente su conformidad que en tanto no cumplacon lo establecido en el párrafo anterior, el servicio no se tendrá por aceptado o recibido por partede “LA cooRo|NAcioN".

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CONTRATO N° CNP/DCS~AD/O64/2018l ESTRATIFICACIÓN: MICROl

oêciiviA QuiN†A. PENA coNveNcioNAL.l

En caso de q_ue “EL PROVEEDOR" presentare atraso en la prestación del servicio, “LACOORDINACION" aplicará una pena convencional equivalente al 0.5% (cero punto cinco porciento) por cada dia natural de demora sobre el monto de los servicios no prestados deconformidad a la descripción y especificaciones contenidos en el Anexo Técnico y a las Cláusulasdel Pfesente instrumento, sin que la acumulación de esta pena exceda el equivalente al monto totalde la garantia de cumplimiento correspondiente.

Las Penas Convencionales se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el Impuesto al ValorAgregado.

El pago de la pena deberá efectuarse mediante el Esquema eScinco. Pago Electrónico deDerechos, Productos y Aprovechamientos (DPA's), sin que la acumulación de esta penaexceda el equivalente al monto total de la garantía de cumplimiento correspondiente.

Procedimiento para el Pago Electrónico de DPA's (Derechos, Productos y Aprovechamientos);

PASO 1. “EL PROVEEDOR" deberá obtener la Hoja de Ayuda a través de la página de internet, lacual deberá ser pre-llienada para obtener el trámite de pago de penalización a proveedores porentregas extemporáneas. , V\ ,PASO 2. “EL PROVEEDOR" deberá elegir entre las siguientes opciones la modalidad de pagorealizando las siguientes acciones:

Pago a través de internet:l

A) Ingresar al portal de internet de la institución de crédito autorizada del que sea cliente y que' le proporcione el servicio de banca electrónica.l A

Bi Seleccionar la opción “Pago de DPA's"; » _

CI Capturar, los datos,de,identifi'cación y del DPA que corresponda por concepto de penai convencional(el pago se efectuará mediante transferencia electrónica de fondos).

D) Al terminar la operación; se mostrará en pantalla el recibo bancario con sello digital, mismoj que deberá imprimir, ya que éste será su comprobante del pago realizado.

E)¡ Continuar con el tramite ante el Area Tecnica- Requirente y Administradora del Contrato, ení los términos previstos para el mismo.l

NOTA: Previo a confirmar la operación, se recomienda verificar que los datos fueron capturados .correctamente.

Pago en ventanilla bancaria;

A) Presentar en la ventanilla bancaria de la institución de crédito autorizada la Hoja de Ayuda pre-llenada con los datos de identificación y del DPA que corresponda por concepto de penaconvencional.

iV .

lisic progrjiinn cs publico, ajeno ii cuitlquicr p_iiriidi›_poliIico, Qiiedri proliibido el uso para fincsclistiriios al desrxrrollo social.l , Av. liisurgciites Sui' 1480, Barrio ;\çlij›an, l)eleg. lšcmlo Juárez, Ciudad de i\-léxico, (.`.l-', ().`›23()¡ka ) felèloiioì S432 07 li) I vi-'\\'\\-.pri›spci'a.goh,in›< Q

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#5.

CONTRATO N° CNP/DCS-AD/O64/2018 ÉESTRATIHCACIÓN: MICRO

B) Realizar el pago en efectivo o con cheque personal de la misma institución de crédito ante lajcualse efectúa el pago, la cual deberá entregar un recibo bancario con sello digital, que servirá comocomprobante del pago realizado. l

lC) Continuar con el trámite ante el Área Técnica-Requirente y Administradora del Contrato, eli lostérminos previstos para el mismo.

NOTA: Se recomienda verificar que el recibo bancario con sello digital contenga la mismainformación que la Hoja de Ayuda para que, en su caso, solicite inmediatamente al cajerio lacorrección de la misma f

Por lo anterior, el pago del servicio quedará condicionado proporcionalmente, al pago que*"ELPROVEEDOR" deba efectuar por concepto de penas convencionales por atraso, en el entendidb deque, si el Contrato es rescindido en términos de lo previsto en la Ley y su Reglamento, no procederáel cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantia decumplimiento. ,

ll

La notificación y cálculo de la pena convencional correspondiente la realizará la Dirección deComunicación Social de "LA COORDINACION", debiendo quedar asentadas en el Acta de Entrega-Recepción torrespondiente. Q

l

En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión administrativa del Contrato, la aplicacióp dela garantia de cumplimiento será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas. 5

I

DÉCIMA SEXTA. - DEDUCCIONES. c

En caso de que "EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento parcial o deficiente de cualquiera de susobligaciones contractuales. de conformidad a la descripción y especificaciones contenidos én elAnexo Técnico. y a las cláusulas del presente Contrato “LA COORDINACIÓN" aplicaráiunadeducción del 3% (tres por dento) sobre el monto del servicio entregado o prestado de formadeficiente; el monto a deducir se aplicará en la factura que "EL PROVEEDOR" presente para sucobro. Lo anterior, en el entendido que de forma inmediata se cumpla con el servicio conformela loacordado, en caso contrario “LA COORDINACION" podrá iniciar en-cualquier momento posteribr alincumplimiento el procedimiento de rescisión del Contrato, considerando la gravedad; delincumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado,representados por “LA COORDINACIÓN". Esta deducción no podrá exceder del 10% del mòntototal del Contrato. f

Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el impuesto al ValorAgregado. `

La notificación y cálculo de las deducciones correspondientes la realizará la Direccióni deComunicación Social de "LA COORDINACIÓN”, debiendo quedar asentada en el Acta de Entrega-Recepción correspondiente.

oÉciMA sêP'riiviA. - sANcioNes AoMiNisTRA†|vAs.Cuando "EL PROVEEDOR” infrinja las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos yServicios del Sector Público, será sancionado por la Secretaría de la Función Pública de conformidad

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CONTRATO N° CNP/DCS-AD/064/2018j ESTRATIEICACIÓN: MICRO

con li) establecido en los artículos 59, 60 y 61 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos yServicios del Sector Público; 109 y 1 15 de su Reglamento.

oìciij/IA oc†AvA. - ExcLusióN LAaoRAi_“LASlPARTES" convienen en que "LA COORDINACIÓN" no adquiere ninguna obligación decarácter laboral con “EL PROVEEDOR", por lo cual no se le podrá considerar como patrón ni aúnsustituto. En particular, el personal se entenderá relacionado exclusivamente con la o las personasque Id emplearon y, por ende, cada una de ellas asumirá su responsabilidad por dicho concepto.

lgualniiente, y para este efecto y cualquiera no previsto, "EL PROVEEDOR" exime expresamente a"LA COORDINACIÓN" de cualquier responsabilidad laboral, civil, penal, de seguridad social o deotra especie que, en su caso, pudiera llegar a generarse respecto de sus empleados.

Por lofanterior, "LAS PARTES" reconocenexpresamente en este acto que "LA COORDINACIÓN"no tiene nexo laboral alguno con "El-«. PROVEEDOR”, por lo que este último libera a “LACOORDINACIÓN" de toda responsabilidad relativa a cualquier accidente o enfermedad quepudieria sufrir o contraer durante el desarrollo de sus labores o como consecuencia de ellos, asícomo de cualquier responsabilidad que resulte de la aplicación de la Ley Federal del Trabajo, Ley delSeguro Social, Ley del INFONAVIT y/o cualesquiera otra aplicable, derivada de la prestación delservicio materia de este Contrato.

l .oêcinlio NovENA. - susi›ENsióN DEL sERvicio.Si durante la vigencia del Contrato se presentase caso fortuito o fuerza mayor, "LACOORDINACIÓN” bajo su responsabilidad podrá suspender su ejecución, lo que bastará seacomunicado por escrito de ésta a "EL PROVEEDOR" con 5 (cinco) días naturales posteriores alhecho; en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos servicios que hubiesen sido efectivamenteprestajdos. "LASfi PARTES" pactarán el plazo de suspensión, por lo que si concluido el plazoperslsiiieran las causas que dieron origen a la suspensión, "LA COORDINACIÓN” podrá iniciar laterminación anticipada de la relación contractual que se formaliza.

l .Cuandp la suspensión obedezca a causas imputables a "LA COORDINACION" a solicitud escritade “EE PROVEEDOR", ésta cubrirá los gastas no recuperables, que se originen durante el tiempoque dure esta suspensión, para lo cual “EL PROVEEDOR" deberálpresentar en un plazo máximo deun mes, contado a partir de la fecha de la suspensión del servicio, la factura y documentación de losgastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que estos sean razonables, esténdebidamente comprobados-ly se relacionen directamente con el Contrato.

Los gastos no recuperables se_rán pagados en pesos mexicanos moneda nacional, dentro de untérminp que no podrá exceder decuarentay cinco dias naturales posteriores a la solicitud fundaday documentada de “EL PROVEEDOR".

En caso de que no presente en tiempo y forma la documentación requerida para el trámite de pago,la fecha de pago se correrá el mismo número de días que dure el retraso.

viai-:s|MA. - REscisióN.“LA C ORDINACIÓN" podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el presenteContr to en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones en él establecidas y que

i.lislc plrigrainii es piiblioo, ajeno ii cualquier piirlido político. Qiicrlii proliihiclu el uso para linifsdistiiitos al rlcsrirrollo social

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CONTRATO N° CNP/DCS-AD/O64/2018ESTRATLEICACION: MICRO

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estén a cargo de "EL PROVEEDOR". Si previamente a la determinación de dar por rescindido elContrato se prestare el servicio, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación yverificación de "LA COORDINACION” de que continúa vigente la necesidad de contar con llos,aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes; por lo que, de maìieraenunciativa, mas no limitativa, se entenderá por incumplimiento; 1

A) Si transcurrido el tiempo señalado para el inicio del servicio, éste no se inicia.

B) Si "EL PROVEEDOR" no presta el servicio objeto de este Contrato de conformidad cod lostérminos y condiciones establecidas en el presente Contrato. ¦

iC) Cuando "EL PROVEEDOR" ceda total o parcialmente, bajo cualquier título, los derechos y

obligaciones a que se refiere este Contrato. I

D) Cuando “EL PROVEEDOR" suspenda injustificadamente la prestación del servicio.

E) Cuando "EL PROVEEDOR" no entregue dentro de los diez días siguientes a la firmá delpresente Contrato la garantía de su cumplimiento, a que se refiere su Cláusula Quinta.

iF) Cuando exista conocimiento y se corrobore que “EL PROVEEDOR" incurrió en violacionejš en

materia penal, civil, fiscal, mercantil o administrativa, que redunde en perjuicio del losintereses de “LA COORDINACION", en cuanto al cumplimiento oportuno y eficaz an laprestación del Servicio objeto del Contrato.

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D CU L/1G) Cuando “EL PROVEEDOR" incurra en el incumplimiento total o parcial de las obligaque se estipulen en el Contrato respectivo o de las disposiciones de la ley. ,

_En general, por cualquier otra causa imputable al proveedor que lesione los intereses deCOORDINACION" o de las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Serviciosdel Sector Público y su Reglamento. S 1

iPara el caso de optar por la rescisión del Contrato, “LA COORDINACIÓN" comunicará por escritoa "EL PROVEEDOR" el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de 5 (ciiico)días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte las pruebas que estime pertinentes.transcurrido dicho término "LA COORDINACION" tomando en cuenta los argumentos y pruebasofrecidos por "EL PROVEEDOR", determinará de manera fundada y motivada si resulta procedenteo no rescindir el Contrato, y comunicará por escrito a "EL PROVEEDOR" dicha determinación,dentro de los 15 (quince) días siguientes.

"LA COORDINACIÓN" podrá determinar no dar por rescindido el Contrato, cuando duramje elprocedimiento advierta que su rescisión pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funcidnesque tiene encomendadas. En este supuesto, "LA COORDINACION" elaborará un dictamen en elcual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión delContrato resultarian más inconvenientes. ,

Al no dar por rescindido el Contrato, “LAS PARTES" establecerán otro plazo, que le permitasubsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento, el convéniomodificatoria que al efecto se celebre deberá atender a las condiciones previstas por l0S fdosgltèíios parrafos del articulo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector

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CONTRATO N° CNP/DCS-AD/064/2018

ESTRATIFICACION: MICRO\ ' ~ El T 'Cuando se presente cualquiera de los casos mencionados, LA COORDINACION" quedara

expresamente facultada para optar por exigir el cumplimiento del Contrato, aplicando las penasconvencionales o rescindirlo, siendo esta situación una facultad potestativa.

lVIGÉSIMA PRIMERA. - TERMINACIÓN ANTic|PAoA.

II

“LA COORDINACIÓN" podrá dar por terminado anticipadamente el Contrato, cuando concurranrazories de interés general o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de laprestación del servicio originalmente contratado, y se demuestre que de continuar con elcumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaria algún daño o perjuicio al Estado, o sedeterinine la nulidad de los actos que dieron origen al Contrato, con motivo de la resolución de unainconformidad emitida por la Secretaria de la Función Pública, lo que bastará sea comunicado a "ELPRO 'EEDOR"_ con 15 (quince) dias naturales posteriores al hecho. En este caso, "LACOOÉDINACION” a solicitud escrita de "EL PROVEEDOR" cubrirá los gastos no recuperables enun plzo máximo de cuarenta y cinco dias, contado a partir de la fecha de la suspensión otermiijiación del servicio, la factura y documentación de los gastos no recuperables en que hayaincurrido, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionendirectamente con el Contrato, objeto del presente instrumento contractual.

Los gástos no recuperables serán pagados en pesos mexicanos moneda nacional, dentro de untérmi o que no podrá exceder de cuarenta y cinco dias naturales posteriores a la solicitud fundaday docamentada de "EL PROVEEDOR".

\ ,VIGÉSIMA SEGUNDA. - CONFIDENCIALIDAD.

“LAS j>ARTES" se obligan a guardar la más absoluta privacidad respecto de la informaciónclasifiqada como reservada y/o confidencial que conozcan con motivo del presente Contrato, o delas Iabpres inherentes o derivadasdel mismo, toda vez que la misma no se encuentra disponiblepara otras personas.

con su actividades propias, asi como Ia relativa a sus funcionarios, empleados o cualquier terceroque le ea transmitida con ese carácter, los archivos electrónicos, documentos digitales o impresos,el Padrpn de Trabajadores de "LACOORDINACIÓN", que se generen a partir de la obtención o delaccesoja la información Confidencial con motivo de la ejecución del objeto del presente Contrato.

l“LAS ±ARTES"iconvienen`en considerar como información Confidencial, toda aquella relacionada

“LAS RARTES" acuerdan que, la información Confidencial no podrá ser copiada, duplicada total oparcialijnente en ninguna forma ni por ningún medio ni podrá ser divulgada a terceros que no seanusuariols autorizados, total o parcialmente en sus expresiones, ideas, material, ni permitirá queningún ltercero haga copias o duplicados dela misma, y deberá ser devuelta a la otra Parte o bien,destruicse.

Las obligaciones de confidencialidad asumidas por “LAS PARTES" subsistirán de maneraininterrumpida y permanente aún después de concluida la vigencia del mismo.

viGí:siMA †ERcERA. - coNciL|Ac|óN.

“LAS PARTES” acuerdan que para el caso de que se presenten desavenencias derivadas de laejecución jy cumplimiento del presente Contrato, se someterán al procedimiento de conciliación

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CONTRATO N° CNP/DCS-AD/O64/2018EsTRA"r11=1cAc1óN: MICRO

establecido en los artículos 77, 78, 79 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios delSector Público; 126 al 136 de su Reglamento, en tal virtud, la parte promovente solicitará medianteescrito el inicio del procedimiento de conciliación, en los siguientes términos:

l

1. El escrito a que se refiere el párrafo anterior deberá presentarse ante a la Secretaría de laFunción Pública o al Órgano Interno de Control en PROSPERA, como autoridad competentepara conocer del mismo.

2. En dicho escrito, el promovente deberá precisar el nombre, denominación o razón social dequién o quiénes promuevan, en su caso de su representante legal, domicilio para recibirnotificaciones, así como nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas, lapetición que se formula, los hechos o razones que dan motivo a la petición, el órganoadministrativo a que se dirigen y lugar y fecha de su emisión. deberá hacer referencia al objeto,vigencia y monto del Contrato y, en su caso, a los convenios modificatorios, debiendo adjtintarcopia de dichos instrumentos debidamente suscritos. En los casos en que el solicitante nocuente con dichos instrumentos, por no haberse formalizado, deberá presentar copia del fallocorrespondiente. El escrito deberá estar firmado por el interesado o_ su representante legal, amenos que no sepa o nopueda firmar, caso en el cual, se imprimirá su huella digital. 1

3. Si el escrito de solicitud de conciliación no reúne los requisitos indicados, la autoridadtqueconozca del caso deberá prevenir a los interesados, por escrito y por una sola vez, paraiquesubsanen la omisión dentro del término que establezca la dependencia u organismodescentralizado, el cual no podrá ser menor de cinco días hábiles contados a partir de que hayasurtido efectos la notificación; transcurrido el plazo correspondiente sin desahogar laprevención, se desechará el trámite. ¦

4. Una vez recibida la solicitud respectiva, la Secretaria de la Función Pública señalará día y horapara que tenga verificativo la audiencia de conciliación y citará a las partes. Dicha audiencia sedeberá iniciar dentro de los quince dias hábiles siguientes a la fechade recepción dela solicitud.

_5. La asistencia a la audiencia de conciliación será obligatoria para ambas partes, por lo que lainasistencia por parte del proveedor traerá como consecuencia tener por no presentada susolicitud. T

vicízsiwl cuAR¬rA. - †RANsPAgENc|A Y Acceso A LA |N|=,onMAc|ôN. l“LAS PARTES" convienen que la información y documentación que les sea -proporcionada uobtenida en virtud del objeto materia del presente Contrato será pública; sin embargo, podrál serclasificada como reservada o confidencial cuando esta sea catalogada con tal carácter] deconformidad con lo previsto enla Ley General de Transparencia y Acceso a la información Pública;la Ley Federal de Trasparencia y Acceso a la Información Pública, en materia de clasificación ydesclasificación dela Información, así como para la Elaboración de Versiones Públicas. '

"LAS PARTES” acuerdan que observarán íntegramente el contenido del Artículo 6° dé laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley General de Transparencia yAcceso a la información Pública; la Ley Federal de Trasparencia y Acceso a la Información Pública,así como sus reglamentos, por lo que la información a la que tengan acceso y la que se genere parael cumplimiento de su objeto, estará sujeta a dichos ordenamientos. `

II

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'*›'››“¢;¿@- 'CONTRATO N° CNP/DCS-AD/064/2018

ESTRATrE1cAciON: MICROVIGÉSIMA QUINTA. - CUMPLIMIENTO DE LA LEY FEDERAL PARA EA PREVENCIÓN EIDENTIFICACION DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILICITA.

En cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operacionescon Recursos de Procedencia llicita, su Reglamento y Reglas Generales, "EL PROVEEDOR", deberáen todo momento proporcionar la información que en su caso le sea requerida derivada de losAvisos presentados ante el Servicio de Administración Tributaria, que se puedan relacionar con laconsecución del objeto del presente Contrato y proporcionada por “LA COORDINACIÓN", con ladebida reserva y correcto manejo de la información provista para tales efectos.

viGÉsiMA sEx†A. - ooiviiciuos.LAS PARTES señalan como sus domicilios convencionales para todos los efectos legales a que hayalugar y que se relacionan en el presente Contrato, los que se indican en el apartado deDeclaraciones, por lo que cualquier notificación judicial o extrajudicial, emplazamiento,requerimiento o diligencia que en dicho domicilio se practique, será enteramente válida, al tenor delo dispuesto por el artículo 34 del Código Civil Federal y sus correlativos en los estados de laRepública Mexicana.

v|Gês|MA sí:|›T|MA. u:G|sLAc|óN APL|cABLE.

"LAS PARTES" se obligan a sujetarse estrictamente para la prestación del servicio objeto de esteContrato, a todas y cada una de las cláusulas que lo integran, a la Ley de Adquisiciones,Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento; al Código Civil Federal; a la LeyFederal de Procedimiento Administrativo; al Código Federal de Procedimientos Civiles; a la LeyFederal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, y a las demás disposicionesjurídicas aplicables.

v|GÉs|MA ocTAvA. lunisoiccióu.“LAS PARTES" convienen que, para la interpretación y cumplimiento de este Contrato, asi' comopara lo no previsto en el mismo, se someterán a la jurisdicción y competencia de los TribunalesFederales de la Ciudad de México, renunciando expresamente al fuero que pudiera corresponderlesen razón de su domicilio actual o futuro.

LEÍDO QUE FUE POR LAS PARTES QUE EN EL INTERVIENEN Y ENTERADAS DE SUCONTENIDO Y ALCANCE LEGAL, SE FIRMA EL PRESENTE CONTRATO, EN SEIS TANTOS, ALMARGEN Y AL CALCE. EN LA CIUDAD DE MEXICO. EL 31 DE JULIO DE 2018.

, RED DE RADIOS COMUNITARIASL Por “LA cooRD|NAc|ór~\' Por "EL PROVEEDOR"

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COORDINADOR NACIONAL , _

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CONTRATO N° CNP/DCS-AD/064/2018EsTRAT1E1cAciON: MICRO

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Por "LA UNIDAD ADMINISTRATIVA TECNICA Y ¿REQUIRENTE DEL SERVICIO Y ENCARGADA DE SU

SUPERVISIÓN Y ADMINISTRACIÓN"DIRECCION DE COMUNICACION SOCIAL

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L.C.C. ALMA ARLETTE BANOS ALVAREZDIRECTORA Í

_ Dïzo/_rt1inación Aouuzcclou _ R|mcA coNsuL'qi\ìA

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LICENCIADO JULIO NTONIO SARABIA GALLARDO 1DIRECTOR

tt PRESENTE coN†RAro REvisA EN cuAN†o A LA FORMA 1uRioicA .POR LO QUE Los COMPROMISOS SUSTANTIVOS QUE SE ASUMAN CON SLA CELEBRACION, Asi COMO Los ASPECTOS TÉCNICOS OPERATNOS. ;PRESUPUESTALES Y FISCALES SON RESPONSABILIDAD ExCLus|vA DEL YÁREA OPERATIVA.

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listo prograinzios ptiblioo, ajeno acimlqtii<;rpzir1itli› iolitico. (Ju-da “hit ' I' '-l " « f' '~ ' ~- . l-,Av. liisurgcntl-:S Sui' _l4$lì, Barrio Açtiãian. l)olc;_z. Išcr1Illt:`.liiá`r(cI;_kLlIiìiiziâaåï Ztšöanon””m?`I]"

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O N° CNP/DCS-AD/064/2018ESTRA'rir1cAc1ON: MICRO

ANEXO TÉcN|co

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CONTRATO N° CNP/DCS-AD/O64/2018ESTRATIEICACION: MICRO

$,,l¿,l2,liïS01S« it'i<,i,,,›f»i1i,,i±f;,,,:*i 1COORDINACION NACIONAL DE PROSPERA PROGRAMA DE INCLUSIÓN SOCIAL

DIRECCIÓN DE COMUNICACION SOCIAL 1

ANEXO Tecnico DEL seavlcio oe oii=usióN oe LA cAuii›AÑA “Acciones DEPROSPERA" VERSIÓN “FAMILIAS BENEFICIARIAS” DE PROSPERA PROGRAMA DE ,INCLUSIÓN SOCIAL A TRAVE§ DE CONCESIONARIAS DE RADIODIFUSION PARA USO ,SOCIAL COMUNITARIO E INDIGENA

OBJETIVO: Contratar el sen/¡cio de difusión de concesionarias de radiodifusión para uso socialcomunitario e indigena para difundir la campaña “Acciones de PROSPERA" versión “Familias Ibeneficiarias”, basada en el Programa Anual de Comunicación Social para el Ejercicio Fiscal2018.

DESCRIPCIÓN: La Coordinación Nacional de PROSPERA Programa de Inclusión Socialrequiere la contratación del servicio de difusión a traves de una concesionaria de radiodifusiónpara uso social comunitario e indigena con alcance regional para difundir masivamente lasacciones y apoyos de PROSPERA mediante transmisiones de un spot de 30 segundos, `contemplando su enfoque a la población beneficiaria.

JUSTIFICACIÓN: La campaña “Acciones de PROSPERA” versión “Familias beneficiarias" quese llevará a cabo durante 30 dias naturales en el periodo de vigencia del contrato, está

“planteada para realizarse con un alcance regional, para difundir e informar los apoyos delPrograma, con la finalidad que se promueva entre la población indigena.

El conocimiento y ejercicio de las acciones del Programa tendrá alcance regional, garantizando ,que la comunicación cumpla con los criterios de eficiencia, eficacia, economia, transparencia ,y honradez, respetando los topes presupuestales, limites y condiciones de ejercicio comoaì/ Ãrige el Articulo ll de las Disposiciones Generales. 1

Lo anterior se realizará de conformidad con el comunicado de prensa No, 57/2017 emitido por Iel instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), el cual hace referencia a lo dispuesto por el iarticulo 89 fracción Vll de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. donde señala Íque se destinará el uno por ciento del monto para servicios de comunicación social y publicidad 'autorizado en sus respectivos presupuestos al conjunto de concesiones de uso social 1comunitario e indigena del pais. el cual se distribuirá de fomia equitativa entre las concesiones ,existentes. por lo cual. se difundirá la campaña “Acciones de PROSPERA" versión “Familias `beneficiarias" en las quince concesiones de radio que alcanzaron el beneficio este año. encumplimiento con lo dispuesto en la Ley.

POBLACIÓN OBJETIVO: La población objetivo de la campaña "Acciones de PROSPERA" 'versión “Familias beneficiarias", como lo marca el Programa Anual de Comunicación Social 1para el Ejercicio Fiscal 2018 es: hombres y mujeres. poblacion urbana y rural, de clase media, lmedia baja. baja. I 1

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I-.slo pmgrainii cs público, :ijciio ii oimlquicr p_ni1itlopolitico. Qiicdzi proliibitlo el iiso para lines distintos al desarrollo social.4 Av. liisuigeiitcs Sui' _l Barrici _-'\cti8an_ l.)clog. Benito Juárez. Lìiudad dc Mif:.\ico, L`,l`-“, 03230 T

lclciono: 5482 U7 0 l wix-w.prospcra_gob.m›«“' ix

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ESTRATIEICACION: MICRO

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COORDINACIÓN NACIONAL DE PROSPERA PROGRAMA DE INCLUSION SOCIALDIRECCION DE COMUNICACION SOCIAL

ANEXO TÉCNICO DEL SERVICIO DE DIFUSION DE_ LA CAMPANA “ACCIONES DEPROSPERA" VERSIÓN “FAMILIAS BENEFICIARIAS” DE PROSPERA PROGRAMA DEINCLUSIÓN SOCIAL A TRAVÉ_S DE CONCESIONARIAS DE RADIODIFUSIÓN PARA USOSOCIAL COMUNITARIO E INDIGENA

Para la contratación del servicio de difusión a traves de concesionarias de radiodifusión parauso social, comunitario e indigena en los estados de Estado de México (Amecameca de Juárezy Nezahualcóyotl) , Michoacán (Uruapan y Telpaltepec), Oaxaca (San Antonio Castillo Velasco,Santa Maria Tlahuitoltepec y Mazatlán Villa de Flores Magón), Puebla (San Miguel Xaltepectambién conocido como Palmar de Bravo), Jalisco (Ahualulco de Mercado y Zapotitlán deVadillo), Morelos (Tepoztlan), Nuevo León (Monterrey), Sonora (Hermosillo) y Chiapas(Bachajón, Chilón) se requiere impactar a hombres y mujeres principalmente indigenas declase media, media baja (nivel socioeconómico, C.D Y E) de población indigena urbana y rural.

VIGENCIA DEL CONTRATO: La vigencia de la contratación será a partir del dia de laasignación del contrato y hasta el 31 de diciembre de 2018, de acuerdo a los términos ycondiciones establecidos en el presente Anexo Técnico. La difusión de la campaña sedeterminará a través de la orden de transmisión entregada por la Dirección de ComunicaciónSocial a cada medio (concesionarias de radiodifusión para uso social, comunitario e indigena)y la transmisión será por un impacto diario de un spot de treinta segundos por localidad enhorario matutino o vespertino de lunes a viernes por dos semanas dentro del periodo devigencia del contrato. A '

SERVICIO A CONTRATAR: Servicio de difusión de la campaña "Acciones de PROSPERA'versión “Familias beneficiarias" a través de concesionarias de radiodifusión para uso social.comunitario e indigena con alcance regional, como pane de la estrategia de comunicación parael año 2018, basada en el Programa Anual de Comunicación Social para el Ejercicio Fiscal2018 para difundir los apoyos de PROSPERA.

CARACTERISTICAS: El servicio para difusión a través de 140 impactos de un spot de treintasegundos divididos: un impacto diario por localidad en horario matutino o vespertino de lunesa viernes por dos semanas en una radiodifusora con alcance regional para difundir la campana"Acciones de PROSPERA' versión “Familias beneficiarias" como parte de la estrategia decomunicación para el año 2018, basada en el Programa Anual de Comunicación Social parael Ejercicio Fiscal 2018, se desarrollará de la siguiente manera:

2

i Iíslc prtigrainzi cs público, ajeno a cualquier piiitidojiolitico. Qiicdri prohibido el uso piirzi finos distintos al desarrollo sotialAv. liisurgciitcs Sur,_I4¡“š{.I, Barrio .f\cti8aii_ Dolcg, Ba-iiito tluárcl, Ciudati iio ML'*.\ico_, (`.l'. l).Íš23ll

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CONTRATO N° CNP/DCS-AD/064/2018

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COORDINACIÓN NACIONAL DE PROSPERA PROGRAMA DE INCLUSIÓN SOCIALDIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

ANEXO TECNICO DEL SERVICIO DE DIFUSION DE LA CAMPAÑA "ACCIONES DEPROSPERA" VERSION “FAMILIAS BENEFICIARIAS” DE PROSPERA PROGRAMA DEINCLUSION SOCIAL A TRAVÉS DE CONCESIONARIAS DE RADIODIFUSION PARA USOSOCIAL COMUNITARIO E INDIGENA

INDIGENAI CONCESIONARIAS DE RADIODIFUSIÓN PARA USO SOCIAL COMUNITARIO E

Transmisiones Descripción Estado Municipio No. de Spots10

140 impactos

Estado deMéxico

Amecameca deJuárez

Nezahualcóyotl 10 Íl Michoacán Uruapan _¢10

Telpalcatep_e_ç_ il. -.›........ 10

Un impactodiario de un spotde treintasegundos porlocalidad enhorario matutino

Oaxaca

San AntonioCastillo Velasco

10

Santa MariaTlahuitoltepec

10 'TMazatlán Villa de

Flores Magónio

0 vespertino delunes a viemes

Puebla San Miguel_________ Xaltepec

10 ipor dossemanas Jalisco

Ahualulco deMercado

10

Zapotitlán devadiiio _

10

Morelos __ Tepoztlán 10 n"`_i A 'I Monterrey 10

Sonora Hermosillo 10Chiapas Bachajón, Chilón 10

La Dirección de Comunicación Social, será la encargada de dar al proveedor adjudicado al diahábil siguiente a la adjudicación el spot de radio de la campaña “Acciones de PROSPERA"versión “Familias beneficiarias' para ser difundido en una concesionaria de radiodifusión parauso social comunitario e indigena en el formato requerido.

Sera la Dirección de Comunicación Social, a través de la orden de transmisión, quienestablecerá el número de spots y la fecha en que deberán transmitirse.

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låsli: programii cs publico, :ijeiio ii ciiiilquicr pi'irtido_pi›litico. Qiiciln prohibido cl uso para ¡ini-.rs distintos al desarrollo Social.fi' Av, lnsiirgcntcs Siir__l4§šQ, Barrio .-'\çtiöiaii_ l)olcg_ BciiitoJuárc1_. Lliuriad de i\'lé.\ii2o, CP. 03230 i

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CONTRATO N° CNP/DCS-AD/O64»/2018

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COORDINACIÓN NACIONAL DE PROSPERA PROGRAMA DE INCLUSION SOCIALDIRECCIÓN DE COMUNICACION SOCIAL

ANEXO TÉCNICO DEL SERVICIO DE DIFUSIÓNDE LA CAMPAÑA “ACCIONES DEPROSPERA” VERSIÓN “FAMILIAS BENEFICIARIAS” DE PROSPERA PROGRAMA DEINCLUSIÓN SOCIAL A TRAVÉS DE CONCESIONARIAS DE RADIODIFUSIÓN PARA USOSOCIAL COMUNITARIO E INDIGENA

Entregables:

La prestación del servicio será verificada por parte de la Dirección de Comunicación Social através de un juego de los siguientes entregables:

o Bitácora de transmisión con los programas donde se difundirá el spot designado por laDirección de Comunicación Social en la orden de transmisión.

- Testigos de audio (en fonnato .mp3) del 30% de los spots difundidos con tres segundosde la transmisión anterior según la pauta de cada programa. -

Dichos testigos deberán ser entregados de manera impresa debidamente firmados por elproveedor y digitalizados (cd y/o dispositivo de almacenamiento usb) en las instalaciones queocupa la Coordinación Nacional de PROSPERA Programa de Inclusión Social, ubicadas enInsurgentes Sur 1480, piso 11, Col. Barrio Actipan, Delegación Benito Juárez. C_P. 03230,Ciudad de México, dentro de los cinco dias hábiles posteriores a la finalización de la difusionpara la revisión y aceptación de la Dirección de Comunicación Social, en un horario de las 9:00a las 18:00 hrs, de lunes a viernes. _

Los materiales proporcionados por la Dirección de Comunicación Social son de uso exclusivopara los fines de este anexo. queda prohibido su uso para fines distinto al desarrollo social.reservándose en todo momento la Coordinación Nacional de PROSPERA Programa deinclusión Social las acciones legales a que haya lugar por el incumplimiento de dichaprohibición. asi como del uso indebido de la imagen del Programa que llegara a hacer etproveedor.

PENAS CONVENCIONALES: En caso de que se presente atraso en la prestación del servicio,

convencional equivalente al 0.5% (cero punto cinco por ciento) por cada dla natural de demor

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la Coordinación Nacional de PROSPERA Programa de Inclusión Social aplicará una pena/

sobre el monto de los servicios no prestados de conformidad a la descripciónespecificaciones contenidos en este Anexo Técnico, sin que la acumulación de esta penaexceda el equivalente al monto total de la garantia de cumplimiento correspondiente.

GARANTÍAS: Con fundamento en lo establecido en los articulos 48 fracción II y 49 fracción I.de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Seniicios del Sector Público, y 103 de suReglamento, asi como a io estipulado por la Ley de instituciones de Seguros y Fianzas; (se

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lLs'lc pitigraina es público, :ijeiiii zi ciiailquicr p_:irtitIo.poIitico. Queda pmliibido el uso para fines distintos a_l dcszirrolio social./'I I

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COORDINACIÓN NACIONAL DE PROSPERA PROGRAMA DE INCLUSIÓN SOCIALDIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

ANEXO TÉCNICO DEL SERVICIO DE DIFUSION DE LA CAMPAÑA “ACCIONES DEPROSPERA” VERSIÓN “FAMILIAS BENEFICIARIAS” DE PROSPERA PROGRAMA DEINCLUSIÓN SOCIAL A TRAVÉS DE CONCESIONARIAS DE RADIODIFUSIÓN PARA USOSOCIAL COMUNITARIO E INDIGENA

aplicará en lo conducente, lo establecido en el Reglamento del articulo 95 de la Ley Federalde Instituciones de Fianzas); la Ley del Servicio de Tesoreria de la Federación, publicada enel DOF el 30 de diciembre de 2015, emitido pór la Tesoreria de la Federación y a lasDisposiciones Generales a que se suietarán las garantías otorgadas a favor del GobiemoFederal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las -fiscales que constituyan lasdependencias y entidades en los actos y contratos que celebren.

FORMA DE PAGO: El pago será en una sola exhibición. No se otorgarán anticipos. El pagose hará una vez prestado en su totalidad el servicio a entera satisfacción de la CoordinaciónNacional, de acuerdo al presente Anexo Tecnico y validados sus entregables, los cualesdeberán estar de acuerdo a los tém1inos y condiciones del mismo y de la orden de transmisión

- entregada al medio (radiodifusora). Los proveedores deberán presentar en la Direccion deComunicación Social la factura correspondiente con los requisitos legales, por los serviciosefectivamente devengados y proceder a suscribir el Acta de Entrega-Recepción del sen/¡cioprestado, por cuadruplicado.

El pago se realizará por transferencia electronica dentro de los 20 días naturales posteriores ala presentación de la factura, debidamente aprobada por el área requirente por el servicioprestado, en terminos de lo establecido por el artículo 51 de la Ley de Adquisiciones,Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

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Por “LA UNIDAD ADMINISTRATIVA TECNICA Y Por “EL PROVEEDOR"REQUIRENTE [IEL SERVICIO Y ENCARGADA DE SU

SUPERVISION Y ADMINISTRACION"DIRECCION DE COMUNICACION SOCIAL

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L C C. ALMA ARLETTE BANOS ALVAREZDIRECTORA

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Se testan los datos personales contenidos en el presente documento, en virtud de tratarse de

información confidencial, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 116 dela Ley General de

Transparencia y Acceso a la información Pública; 113 fracciones ly lll de la Ley Federal de

Transparencia y Acceso a la información Pública; 3, fracciones IX, X y 84 fracción I de la Ley General

de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados. Versión Pública que fue

elaborada por la Dirección de Comunicación Social y aprobada durante la Vigésima Sesión

Extraordinaria del Comité de Transparencia dela Coordinación Nacional de Transparencia del

ejercicio 2018.