n sm-105 requisitos de shsoyma para contrataciones de obras

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Page 1: N SM-105 Requisitos de SHSOyMA para contrataciones de Obras

NORMACÓDIGO: N SM 105

REVISIÓN: 00

HOJA: 1 de 20

PROCESO Seguridad y Medio AmbienteFECHA

APROBACIONFECHA

VIGENCIA

05-10-2005 01-11-2005

TEMA

Requisitos de Seguridad Higiene, Salud Ocupacional y Medio Ambiente

para contrataciones de Obras y Servicios

LIDER DEL PROCESO

Ricardo Napal/Roberto Meligrana

ANULA/REEMPLAZA SCE-SE-501-1500/1APROBADO POR:

Martin Blaquier

MODIFICACIONES

Nº de REVISIÓN

FECHAREVISION

MOTIVO DE LA MODIFICACIÓN

AREAS INVOLUCRADAS:Gerencias de Unidades de Negocio.Gerencia Técnica.Gerencia de Abastecimiento & Logística.Gerencia de Seguridad & Medio Ambiente.Responsables Regionales de Seguridad & Medio Ambiente.Gerencias en Sede Central

OBSERVACIONES:

Archivo Informático: Carpetas Públicas \ Todas las Carpetas Públicas \ Documentación \ 02 Norma \ Seguridad y Medio Ambiente \ N SM 105 Requisitos de Seguridad, Higiene, Salud Ocupacional y Medio Ambiente para contrataciones de Obras y Servicios

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INDICE Página

1 OBJETO.............................................................................................................................52 ALCANCE..........................................................................................................................53 AREAS INVOLUCRADAS..................................................................................................54 DOCUMENTACION COMPLEMENTARIA Y/O DE REFERENCIA...................................55 DEFINICIONES..................................................................................................................66 RESPONSABILIDADES....................................................................................................67 DESARROLLO...................................................................................................................7

7.1 PRESENTACIÓN DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD.....................................................................77.1.1 OBRAS Y SERVICIOS COORDINADOS POR SEDE CENTRAL – GERENCIA TÉCNICA...................77.1.2 OBRAS Y SERVICIOS COORDINADOS POR SEDE CENTRAL – OTRAS GERENCIAS (EXCEPTO

GERENCIA TECNICA)...........................................................................................................97.1.3 OBRAS Y SERVICIOS COORDINADOS POR UNIDADES DE NEGOCIO (OBRAS/SERVICIOS

PROPIOS):.......................................................................................................................... 97.2 CONTENIDO DEL LEGAJO DE SEGURIDAD.................................................................................107.3 SERVICIO DE INFRAESTRUCTURA...............................................................................................10

7.3.1 REQUISITOS DE INFRAESTRUCTURA...................................................................................107.4 RESPONSABLE DE HIGIENE Y SEGURIDAD................................................................................11

7.4.1 PRESENCIA DEL RESPONSABLE DE HIGIENE Y SEGURIDAD DE LA CONTRATISTA..................117.4.2 CHECK LIST Y CERTIFICACIÓN DE CONDICIONES DE INICIO POR PARTE DEL RESPONSABLE DE

H&S DE LA CONTRATISTA.................................................................................................117.5 REUNIÓN PREVIA...........................................................................................................................127.6 PERSONAL AUTÓNOMO Y PERSONAL SIN RELACIÓN DE DEPENDENCIA:............................127.7 SERVICIO MEDICINA LABORAL:....................................................................................................127.8 POLITICAS.......................................................................................................................................12

7.8.1 POLÍTICA DE MEDIO AMBIENTE..........................................................................................137.8.2 POLÍTICA SOBRE SEGURIDAD, HIGIENE Y SALUD OCUPACIONAL.........................................13

7.9 CAPACITACION...............................................................................................................................137.9.1 CAPACITACIÓN DECRETO 911/96 Y COMPLEMENTARIAS – INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN

(REG. LEY 19.587)..........................................................................................................137.9.2 CAPACITACIÓN ESPECÍFICA DE OBRA/SERVICIO (SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE)..............14

7.10 ACCIDENTES...................................................................................................................................147.10.1PRIMEROS AUXILIOS.........................................................................................................147.10.2INFORME E INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES.......................................................................147.10.3ESTADÍSTICA DE ACCIDENTES...........................................................................................157.10.4ACCIDENTES AMBIENTALES...............................................................................................15

7.11 SEGURIDAD EN LOS TRABAJOS...................................................................................................157.12 RIESGOS ESPECIALES..................................................................................................................16

7.12.1TRABAJOS CON EXPLOSIVOS.............................................................................................167.12.2TRABAJOS CON EQUIPOS O MATERIALES RADIOACTIVOS....................................................167.12.3RIESGO ELÉCTRICO..........................................................................................................177.12.4PREVENCIÓN DE INCENDIOS..............................................................................................177.12.5INSTALACIÓN DE DISPERSORES.........................................................................................17

7.13 PERMISOS DE TRABAJO................................................................................................................177.14 TRANSPORTE Y TRANSITO...........................................................................................................17

7.14.1GENERALIDADES..............................................................................................................177.14.2MOVILIZACIÓN DE PERSONAL Y TRANSPORTE DE MATERIALES.............................................187.14.3DESVÍO O SUSPENSIÓN TEMPORARIA DE TRÁNSITO.............................................................18

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7.15 PROTECCION Y SEÑALIZACION...................................................................................................187.16 PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE..........................................................................................19

7.16.1OBRAS QUE REQUIEREN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA):......................................197.16.2OBRAS QUE NO REQUIEREN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA):.................................19

7.17 TRANSGRESIONES EN RELACION A LA PRESENTE NORMA....................................................20

8 REGISTRO Y ARCHIVO..................................................................................................209 ANEXOS..........................................................................................................................21

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1 OBJETO

Establecer los requisitos de Seguridad, Higiene, Salud Ocupacional y Medio Ambiente para contrataciones de obras y servicios, en todo el ámbito de incumbencia de la Compañía.

2 ALCANCE

Todos los integrantes de la Compañía, Contratistas y Subcontratistas de relación directa o indirecta, que presten sus servicios o ejecuten trabajos materiales, bajo la contratación y supervisión de la Compañía.

3 AREAS INVOLUCRADAS

Gerencias de Unidades de Negocio.Gerencia Técnica.Gerencia de Abastecimiento & Logística.Gerencia de Seguridad & Medio Ambiente.Responsables Regionales de Seguridad & Medio Ambiente.Gerencias en Sede Central

4 DOCUMENTACION COMPLEMENTARIA Y/O DE REFERENCIA

Ley Nacional 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo, Decreto 351/79, Decreto 911/96 y Decreto 1338/96.

Ley Nacional de Armas y Explosivos Nº 20.429 Ley Nacional de Residuos Especiales 24.051 o ley Provinciales de aplicación, según Areas

Geográficas de incumbencia. Ley 24.449 de Tránsito y Transporte, decreto 779/95. Ley Nacional 24.557 de Riesgos del Trabajo y resoluciones complementarias. Ley Nacional de Gestión Integral de Residuos Industriales 25.612 Ley Nacional General del Ambiente 25.675/02. Leyes ambientales Provinciales de aplicación, según Areas Geográficas de incumbencia. Leyes Provinciales de aplicación, según Areas Geográficas de incumbencia. Ordenanzas Municipales de aplicación, según Areas Geográficas de incumbencia. Resolución MTySS 295/03. Resoluciones Superintendencia Riesgos de trabajo: 231/96– 51/97– 35/98- 319/99– 035/98 Recomendaciones Mínimas para trabajos de reparación y acondicionamiento de

gasoductos en servicio – GE – Higiene y Seguridad Industrial – 1987. Decreto 911/96 del Ministerio de Trabajo. Decreto Reglamentario Parcial de Pólvoras, Explosivos y Afines N° 302/83 Decreto Reglamentario Nº 302/83 - Ejército Argentino y Dir. Gral. De Fabricaciones Militares Ordenanzas ambientales Municipales de aplicación, según Areas Geográficas de

incumbencia. Norma NAG 113 – Reglamento de Obras a ejecutar por terceros, contratados por el futuro

usuario y supervisadas técnicamente por las Compañías.

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Norma NAG 165 – Normas mínimas de Seguridad para Obras y Trabajos. NAG - E - 153 (Res 186/ 95) del Enargas: “Guía de Prácticas recomendadas para la

Protección Ambiental durante la Construcción de Conductos para Gas y su posterior operación”.

Norma N CA-003 – Evaluación del desempeño de contratistas de obras. Normas e Instrucciones de Trabajo Seguridad y Medio Ambiente derivados del Sistema de

Gestión de Seguridad y Medio Ambiente de la Compañía.

5 DEFINICIONES

Compañía: Camuzzi Gas Pampeana S.A. / Camuzzi Gas del Sur S.A. / Distribuidora Gesell Gas.

Contratista: Individuo, firma, consorcio de firmas, compañía, corporación, asociación, cooperativa, Entes Nacionales, Provinciales y/o Municipales, sociedades anónimas, de relación directa que presten sus servicios o ejecuten trabajos materiales bajo la contratación y supervisión de la Compañía.

Subcontratista: Individuo, firma, consorcio de firmas, compañía, corporación, asociación, cooperativa, Entes Nacionales, Provinciales y/o Municipales, sociedades anónimas, de relación directa o indirecta que presten sus servicios o ejecuten trabajos materiales para un Contratista bajo supervisión de la Compañía.

Administrador del contrato: Es la persona física responsable del seguimiento, cumplimiento, ejecución y evaluación de las condiciones establecidas en el marco del pliego de bases y condiciones, y del contrato de locación de obra o servicio.

Puede haber más de un administrador cuando un contrato tiene varias obras en distintas Unidades de Negocio, donde cada una UN es responsable de la administración del contrato para su zona de influencia.

6 RESPONSABILIDADES

Gerencia de Unidad de Negocio: Controlar el cumplimiento de todo lo establecido en la norma. Capacitar al personal designado en la gestión de administración de contrato y/o inspección. Evaluar el desempeño de contratistas y su personal. Proveer para que el desempeño del personal propio se ajuste al cumplimiento de los

requisitos de esta norma. Solicitar Asesoramiento de Seguridad & Medio Ambiente en aquellos aspectos que excedan

su conocimiento. Supervisar la entrega y aplicación de ésta norma, por parte de todas las empresas

habilitadas para la realización de obras/servicios. Remitir las Estadísticas de Accidente de los Contratistas a la Gcia. de SyMA – Responsable

Regional.

Gerencia Técnica Supervisar la entrega y aplicación de ésta norma, por parte de todas las empresas

habilitadas para la realización de obras/servicios.

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Evaluar la calidad de la Ingeniería en los aspectos concernientes a Seguridad y Medio Ambiente para aquellas obras/servicios revisadas por esa Gerencia, y remitir la información al Gerente de Unidad de Negocio para que éste complete información de evaluación y factores de medición.

Controlar el cumplimiento de todo lo establecido en la presente Norma en las obras/servicios con inspección contratadas.

Remitir la Documentación de SyMA a la Gcia. de SyMA para su visado. Remitir las Estadísticas de Accidente de los Contratistas a la Gcia. de SyMA. Controlar el cumplimiento de los requisitos de Seguridad y Medio Ambiente establecidos en

los contratos de obras y servicios administrados por la Gerencia Técnica.

Gerencia de Abastecimiento & Logística Asegurar la incorporación de la presente a todos los Pliegos de obras y servicios. Administrar y realizar el seguimiento de la información sobre los contratistas evaluados.

Gerencia de Seguridad & Medio Ambiente Evaluar las medidas a adoptar con los Contratistas cuya Evaluación de Desempeño haya

sido regular o mala en lo referente a Seguridad y Medio Ambiente. Controlar el Programa de Seguridad de los contratistas principales. Responder las consultas que efectúen las Unidades de Negocio.

Responsables Regionales de Seguridad & Medio Ambiente: Asistir a los Gerentes de U.N. en la formación de personal. Controlar el cumplimiento de la norma.

7 DESARROLLO

La Compañía exige la presentación del programa de seguridad para todas las obras y servicios contratados por esta.Según la Resolución SRT 051, existen obras y servicios que no requieren ser presentadas ante la ART. Para estas obras/servicios, si bien no se exigirá su presentación ante la ART, deberán no obstante contar con su programa de seguridad debidamente aprobado por la Gerencia de Seguridad y Medio Ambiente conforme se especifica en la presente norma y a fin de satisfacer requisitos de prevención también necesarios en la actividad de las contratistas en cumplimiento de nuestras políticas de S & MA.Según las áreas que coordinen la contratación, se deberán cumplimentar los siguientes pasos:

7.1 PRESENTACIÓN DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD

7.1.1 OBRAS Y SERVICIOS COORDINADOS POR SEDE CENTRAL – GERENCIA TÉCNICA

1. La empresa Contratista deberá remitir al Departamento Obras por mail el Programa de Seguridad (antes de presentarlo en la ART). La remisión será realizada con antelación al inicio de trabajos. Se recomienda realizarla una vez la obra/servicio haya sido adjudicada. El Contratista principal remite su programa único de seguridad para el control de Seguridad. Los programas de seguridad de sus empresas Subcontratistas deberán ser realizados en correspondencia al programa único. La Contratista principal es responsable de su control y visado. (s/Res. SRT 035)

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Importante: La Contratista podrá remitir el Programa de Seguridad (antes de su presentación en la ART), en forma impresa, pero deberá considerar que esta modalidad prolongará los tiempos insumidos en las gestiones.

2. El Programa de Seguridad estará integrado por los siguientes ítems: 1 a 7, 10 a 13, 17 a 20 del Anexo 1. R1. SM – 105 Legajo de Seguridad (L.S.)

3. De corresponder se incorporarán los ítems 15, 16, 21, 24 y 26 del Anexo 1. R1. SM – 105 Legajo de Seguridad

4. El Departamento Obras envía por e-mail a la Gerencia de Seguridad y Medio Ambiente el Programa de Seguridad. (En Asunto se indicará: Obra / código / Contratista)

5. La Gerencia de Seguridad y Medio Ambiente asigna para su tratamiento a un Regional de Seguridad y Medio Ambiente y reenvía la documentación (por mail).

6. El Regional de Seguridad y Medio Ambiente controla el programa y en caso de observaciones y/o faltantes, interactúa vía mail con el Contratista hasta llegar a la Aprobación del Programa.

7. Al aprobar el programa de seguridad, la Gerencia de Seguridad y MA asignará un número de aprobación. Se le informará a la Contratista que presente el programa de seguridad ante la ART y que incluya en la carátula del mismo el número de aprobación mencionado. Luego de tener la aprobación de la ART, la Contratista lo presentará ante la inspección de obra.

8. El Regional de Seguridad y Medio Ambiente remite la última versión aprobada la Gerencia de Seguridad y MA (Sede Central)

9. La Gerencia de Seguridad y Medio Ambiente (Sede Central) reenvía la última versión aprobada al Dpto. Obras.

10. El Dpto. Obras remite por mail la última versión al Inspector de obra y a la UN correspondiente.

11. El Contratista presenta a la Inspección de obra el Programa de Seguridad aprobado por la ART, juntamente con el resto de la documentación que conforma el Legajo de Seguridad: Items: 8, 14, 22, 23, 25, 27 al 35. Anexo 1. R1. SM – 105 Legajo de Seguridad

12. El inspector coteja la coincidencia entre el número de aprobación asignado por la gerencia de Seguridad y el número del programa presentado por la Contratista y aprobado por la ART.

13. La inspección verificará previo al inicio de obra/servicio que:a.- El Legajo de Seguridad esté completo utilizando CHECK-LIST adjunto. (ver Anexo 1)b.- Se haya realizado el control previo de infraestructura de obra/servicio por parte del

Responsable de Seguridad de la Contratista y que lo haya asentado en un Check-List incorporado en el legajo de seguridad (ítem 32 del del Anexo 1 Legajo de Seguridad)

c.- Realización de la reunión previa de evaluación de condiciones de seguridad de obra/servicio. Asistentes: Jefe de Obra, Resp. de H&S de la Contratista, Inspección y Representante de la Compañía.

d.- Programas de seguridad de empresas Subcontratistas: aprobados por las ARTs correspondientes, aprobados por Contratista principal y en correspondencia al programa principal.

14. El Contratista deberá presentar a ésta Compañía antes del inicio de los trabajos, la información escrita detallada en el punto 7.2. La misma será recopilada en una carpeta, la cual recibirá en adelante el nombre de Legajo de Seguridad (L.S).

15. En el caso de existir Subcontratistas, estos deberán cumplimentar, en su totalidad, los requerimientos de ésta norma, siendo ello responsabilidad ineludible del Contratista, quién responderá en forma directa y solidaria ante cualquier incumplimiento. Los Subcontratistas

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deberán cumplir con lo indicado en la Resolución SRT 035/98 en lo referente a la confección del Programa de Seguridad y cumplimentará con la Resolución 319/99 en lo que referente a obras/servicios repetitivos y de corta duración. Los programas de Seguridad de las Sub contratistas, serán controlados y visados por el contratista principal.

7.1.2 OBRAS Y SERVICIOS COORDINADOS POR SEDE CENTRAL – OTRAS GERENCIAS (EXCEPTO GERENCIA TECNICA)

1.- La empresa Contratista deberá remitir a la Gerencia de Seguridad y Medio Ambiente por mail el Programa de Seguridad (antes de presentarlo en la ART). La remisión será realizada con antelación al inicio de trabajos. Se recomienda realizarla una vez la obra/servicio haya sido adjudicada. El Contratista principal remite su programa único de seguridad para el control de Seguridad. Los programas de seguridad de sus empresas Subcontratistas deberán ser realizados en correspondencia al programa único. La Contratista principal es responsable de su control y visado. (s/Res. SRT 035)

Importante: La Contratista podrá remitir el Programa de Seguridad (antes de su presentación en la ART), en forma impresa, pero deberá considerar que esta modalidad prolongará los tiempos insumidos en las gestiones.

2.- Se seguirá el mismo procedimiento detallado en 7.1.1, puntos 2, 3 y 5 al 8.3.- La Gerencia de Seguridad y Medio Ambiente remitirá la última versión del programa de

seguridad aprobado a la Gerencia coordinadora de la obra/servicio quien se lo remitirá a la inspección de obra/servicio.

4.- Se seguirá el mismo procedimiento detallado en 7.1.1, puntos 11 al 15.

7.1.3 OBRAS Y SERVICIOS COORDINADOS POR UNIDADES DE NEGOCIO (OBRAS/SERVICIOS PROPIOS):

La empresa Contratista (a través de la UN) deberá remitir al Responsable Regional por mail el Programa de Seguridad (antes de presentarlo en la ART). La remisión será realizada con antelación al inicio de trabajos. Se recomienda realizarla una vez la obra/servicio haya sido adjudicada. El Contratista principal remite su programa único de seguridad para el control de Seguridad. Los programas de seguridad de sus empresas Subcontratistas deberán ser realizados en correspondencia al programa único. La Contratista principal es responsable de su control y visado. (s/Res. SRT 035)Los Programas de seguridad serán visados por el Responsable Regional correspondiente.El mismo estará integrado por los siguientes ítems: 1 a 7, 10 a 13, 17 a 20 del Anexo 1. R1. SM – 105 Legajo de SeguridadDe corresponder se incorporarán los ítems 15, 16, 21, 24 y 26 del Anexo 1. R1. SM – 105 Legajo de SeguridadEl resto de los ítems detallados en el Anexo 1. R1. SM – 105 Legajo de Seguridad, serán requeridos y controlados por la inspección de obra/servicio previo el inicio y durante la ejecución de los trabajos.

7.2 CONTENIDO DEL LEGAJO DE SEGURIDAD El Legajo de Seguridad deberá confeccionarse de acuerdo a lo indicado en el Anexo 1. R1 N SM – 105.

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El legajo de seguridad, se deberá presentar conjuntamente con el proyecto constructivo, en los casos de Obras y Servicios con suficiente antelación al inicio del mismo, para ser aprobado por la Compañía, debiéndose cumplir con lo indicado en el ítem 7.1.1 o 7.1.2 o 7.1.3 (según corresponda)Deberá mantener actualizada la siguiente documentación de obra/servicio:

Legajo de Seguridad. Denuncia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Estadística de

accidentes. Registro de entrega de elementos de protección personal. Registros de capacitación. Estudios específicos (Ej: Ruidos, contaminación, agua, etc).

7.3 SERVICIO DE INFRAESTRUCTURA Anterior al inicio de los trabajos, el Contratista deberá cumplimentar la adecuación de los

servicios que se detallan en el punto 7.4, comunicando la misma a la Compañía, por escrito, a través de los libros habilitados. (Resolución S.R.T.231/96)

La Compañía, evaluará las condiciones de adecuación, pudiendo en orden de mérito: Aprobar, Aprobar con observaciones o Rechazar las mismas, lo cual será comunicado al contratista, por escrito, a través de los libros habilitados al efecto.

Los servicios de infraestructura serán responsabilidad directa de Contratista, inclusive aquellos que pudieran adecuar y/o usufructuar sus Subcontratistas.

Será condición “fundamental” para el inicio de obra/servicio, la aprobación de los servicios por parte de la Compañía.

En caso de registrarse observaciones se acordarán plazos escritos para su cumplimiento. Vencidos estos y no habiéndose cumplimentado alguno de ellos, será potestad de la Compañía el suspender los trabajos hasta tanto se cumplimenten.

7.3.1 REQUISITOS DE INFRAESTRUCTURA Baños y vestuarios. Agua Potable. Construcción de campamento (si es necesario) Vehículos apropiados para transporte de personal Elementos para delimitación y protección de áreas: cercos , vallados, cajones, etc. Elementos para señalización diurna y nocturna: carteles, cinta de seguridad, balizas, etc. Seguridad en Obradores: Tableros eléctricos, interruptores diferenciales, puestas a tierra y

protecciones en maquinas y herramientas fijas y móviles. Rol de Incendio y Plan de evacuación (Registro de su capacitación incorporado al L.S) Acondicionamiento de accesos y salidas de emergencia (su señalización)

Instalación y señalización de extintores en obrador, existencia de extintores para frentes de trabajo según L.S.

7.4 RESPONSABLE DE HIGIENE Y SEGURIDAD El Contratista deberá designar al responsable de seguridad de la Obra/Servicio (Anexo 2), quien deberá ser un profesional matriculado según la exigencias de la Ley 19.587, Decreto 351/79 y sus modificaciones Decreto 1338/96.

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7.4.1 PRESENCIA DEL RESPONSABLE DE HIGIENE Y SEGURIDAD DE LA CONTRATISTA.La presencia del Responsable de Higiene y Seguridad de la Contratista será obligatoria en las siguientes circunstancias:

1.- Previo al inicio de la obra/servicio con el fin de verificar las condiciones de seguridad de la misma, elaborar el Chek list y Certificar el cumplimiento de las cláusulas técnicas del pliego, de la legislación vigente en materia de Seguridad y Medio ambiente, y en especial de las Resoluciones SRT N° 51/97 y 231/96.

2.- Participación en la reunión previa a la obra/servicio.3.- Para controlar el cumplimiento de los recaudos de Seguridad y de Medio Ambiente

previo y durante las siguientes tareas:a.- Operaciones de soldadura en ambientes donde pudiera detectarse presencia de gas.

(Ej Erp subterráneas, Cabinas de medición, zanjas de cañería aislada mediante cierre de válvulas, obturaciones, etc).

b.- Operaciones de soldadura sobre cañería en operación.c.- Durante las operaciones de Habilitación de instalaciones nuevas o reemplazadas.d.- En tareas que impliquen una coordinación entre el personal de la Compañía y la

Contratista (Ej. Perforaciones, Obturaciones, Aislación de tramos de cañería, etc.).e.- Obras y Mantenimientos en Plantas en operación de: GLP, Compresoras, GNC, GNP.

(Presencia permanente)Nota: Sin perjuicio de las obligaciones habituales a las tareas de prevención, previo a la realización de las tareas a, c, d y e arriba detalladas, el RH&S, deberá realizar mediciones de mezcla explosiva con instrumento aprobado por la Compañía.

4.- Ante cualquier requerimiento de la Compañía o del Contratista, según las obligaciones inherentes a su propia responsabilidad.Para aquellas obras/servicios en que la Compañía no requiera la presencia continua del responsable de Seguridad e Higiene de la Contratista, el Jefe de obra también actuará como interlocutor de la Inspección en los temas de aplicación del Programa de Seguridad Aprobado en lo concerniente a las obligaciones de prevención. La contratista no podrá aducir desconocimiento por los temas de S y MA que fueron objeto de análisis y aprobación para el desempeño en el contrato que se trate por el motivo de no estar presente su responsable designado. En ese sentido se deberán prever todas las necesidades que se planteen mediante el asesoramiento profesional correspondiente y la capacitación necesariaEl Jefe de obra facilitará con su gestión, el cumplimiento de las obligaciones de seguridad a cargo de la Contratista y sus empleados.

7.4.2 CHECK LIST Y CERTIFICACIÓN DE CONDICIONES DE INICIO POR PARTE DEL RESPONSABLE DE H&S DE LA CONTRATISTA

El Responsable de Higiene y Seguridad de la Contratista, previo al inicio de los trabajos, deberá realizar in situ una verificación completa del cumplimiento de las condiciones de seguridad conforme a lo indicado en todas las cláusulas y especificaciones del pliego y a la legislación vigente (Decreto 911/96, Res 51/97, Res 231/96, etc.).Controlará todo lo concerniente a la Seguridad de la infraestructura, equipamiento, vehículos, entrega de EPP, capacitación, señalización, legajo de seguridad, etc.Confeccionará un Check List y una Certificación rubricada con su firma, en la que se indicará que para la obra/servicio de referencia “se verifica el cumplimiento de los requisitos de inicio de acuerdo a las cláusulas técnicas del pliego, legislación vigente en materia de Seguridad y Medio ambiente, y en especial las Resoluciones SRT N° 51/97 y

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231/96”. Ambos documentos deberán ingresarse al Legajo de Seguridad mediante nota de Pedido.

7.5 REUNIÓN PREVIA Previo al Inicio de los Trabajos, se deberá realizar una Reunión en la que participarán: Jefe de Obra, Responsable de Higiene y Seguridad de la contratista, Inspección de la Compañía y Representante de la Compañía.En la misma se evaluará la infraestructura existente, el legajo de seguridad y se programarán las medidas de Seguridad y M.A. a adoptar por el Contratista previo al inicio de trabajos.Las conclusiones de la reunión firmadas por todos los asistentes a la misma, deberá quedar registrada en el Legajo de obra.En el caso de que la Obra requiera un Estudio de Impacto Ambiental, deberá estar presente el Responsable de Medio Ambiente de la Contratista.

7.6 PERSONAL AUTÓNOMO Y PERSONAL SIN RELACIÓN DE DEPENDENCIA: En el caso de Seguros Personales de Autónomos y personal sin relación de dependencia, se deberán tener en cuenta lo especificado en el ítem I – 16.4.5.2 Seguro de Accidentes personales, de las Cláusulas Generales para la Contratación y Ejecución de Obras SCE-GT-500-0002.Por otro lado se deberá dar cumplimientos a los siguientes puntos:a) Uso de Elementos de Protección Personal de acuerdo a los riesgos involucrados y a los

procedimientos de la Compañía (Ver I SM – 143 Elementos de Protección Personal).b) Cumplimiento de la normativa y legislaciones vigentes, así como las normas e

instrucciones de trabajo de la Compañía.c) Poseer cobertura médica.

7.7 SERVICIO MEDICINA LABORAL: La Contratista deberá designar al responsable del servicio de medicina en el trabajo (Anexo 3), quien deberá ser un profesional matriculado según la exigencias de la Ley 19.587, Decreto 351/79 y sus modificaciones, Decreto 1338/96.Asimismo deberá cumplir con las exigencias que dicha ley le confiere, presentando a esta Compañía, entre otras cosas, los certificados de aptitud de las personas que desarrollaran las tareas y ejerciendo los controles pertinentes al personal.

7.8 POLITICAS Todo el personal de la Compañía y de la empresa Contratista tienen la obligación de cumplir y hacer cumplir los principios establecidos en las presentes políticas, y divulgarlos ampliamente a sus trabajadores y a los terceros que le presten servicios o ejecuten trabajos materiales en relación con los contratos celebrados con ésta Compañía.

7.8.1 POLÍTICA DE MEDIO AMBIENTE

La Compañía asume la responsabilidad respecto del cuidado del ambiente y se compromete a realizar todas las acciones que sean necesarias para minimizar los impactos ambientales negativos que pudieran generar sus actividades.Para ello se declaran los siguientes principios:

1.- Cumplir con toda la legislación y normativa ambiental vigente.

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2.- Implementar acciones que permitan mantener bajo control permanente las variables ambientales que se revelan de las actividades, como agente de impacto ambiental negativo, sobre el agua, aire y suelo.

3.- Establecer un programa de minimización de generación de residuos y de reciclado de los mismos cuando sea posible.

4.- Establecer pautas de mejoras ambientales continuas en el desempeño ambiental.5.- Identificar y evaluar los impactos y los riesgos ambientales en nuevas inversiones y

proyectos.6.- Desarrollar procedimientos de prevención y control de contingencias ambientales.7.- Operar las instalaciones haciendo uso racional de la energía.8.- Capacitar y motivar al personal respecto al cuidado del ambiente.9.- Considerar a la gestión ambiental como una de las prioridades de la Compañía.10.- Revisar periódicamente, el desempeño ambiental de la Compañía y el cumplimiento de

la Política y los Objetivos ambientales.

7.8.2 POLÍTICA SOBRE SEGURIDAD, HIGIENE Y SALUD OCUPACIONAL

La Compañía, como prestataria del servicio de distribución en la Industria del Gas, deberá brindarlo con el más alto nivel de seguridad, cumpliendo con toda la legislación y normativas vigentes y exigiendo el cumplimiento en temas de seguridad, higiene y salud ocupacional a su personal y a los Contratistas que actúen en su nombre en todo su ámbito de gestión.

La prevención de accidentes y enfermedades profesionales son aspectos claves de la gestión empresaria y, por lo tanto, deberán ser considerados con el mismo grado de importancia que el resto de los aspectos del negocio.

La seguridad es una responsabilidad de todos los niveles de la organización y se deberá promover la participación y concientización de todo el personal para lograr una eficiente acción preventiva y de mejora continua.

La normativa de seguridad será de cumplimiento obligatorio para todo el personal de la Compañía, Contratista y terceros involucrados y se lo considerará un elemento esencial en las evaluaciones de desempeño.

En todos los procesos, los riesgos de accidentes y enfermedades profesionales deberán ser identificados y evaluados, procurando su eliminación o acotando su gravedad de impacto o probabilidad de ocurrencia y formulando los planes de contingencia adecuados a la naturaleza de cada riesgo.

7.9 CAPACITACION 7.9.1 CAPACITACIÓN DECRETO 911/96 Y COMPLEMENTARIAS – INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN

(REG. LEY 19.587) El contratista, a través de sus Servicios de Seguridad y Medicina Laboral, debe elaborar un

programa anual a fin de capacitar a todo su personal en forma permanente sobre los aspectos en materia de Higiene, Seguridad, Salud y Ocupacional, por medio de clases, cursos y otras acciones eficaces y se complementarán con material didáctico gráfico y escrito, medios audiovisuales, avisos y letreros informativos.

El programa de capacitación debe incluir a todos los sectores de la empresa, en sus distintos niveles:a) Nivel superior: dirección, gerencias y jefaturas.b) Nivel intermedio: supervisores, encargados y capataces.c) Nivel operativo: trabajadores de producción y administración.

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7.9.2 CAPACITACIÓN ESPECÍFICA DE OBRA/SERVICIO (SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE) El Contratista deberá elaborar y desarrollar un programa de capacitación específico para la

obra/servicio, atendiendo a los aspectos mencionados en el punto 7.10.1. Se considerará válido, siempre y cuando contemple como anexo los aspectos

fundamentales citados en el punto 7.2. (Contenido del Legajo Seguridad) y los particulares que presentan sus propios trabajos y/o aquellos derivados de la operación normal de ésta Compañía y su relación, directa o indirecta, con la realización de las obras o servicios contratados.

Dicho programa deberá contemplar al personal de Subcontratistas, si existieran. Se debe tener en cuenta que el personal eventual no contemplado en el programa anual de

capacitación, deberá recibir como mínimo una capacitación extraordinaria sobre los siguientes temas:

a) Primeros auxiliosb) Riesgo eléctricoc) Carga y transporte manual d) Herramientas y útiles manualese) Medio Ambiente

El Contratista deberá capacitar además, a su personal en temas específicas de Medio Ambiente de acuerdo a la Instrucción de Seguridad y Medio Ambiente (I SM – 123) Capacitación de Terceros.

7.10 ACCIDENTES 7.10.1 PRIMEROS AUXILIOS

El Contratista deberá mantener en la obra botiquines de primeros auxilios y camillas. El contenido de éstos botiquines será definido por el responsable del área Medicina

Laboral de la Contratista. En cada obra/servicio deberá haber personal entrenado para prestar las atenciones

de primeros auxilios a los lesionados.

7.10.2 INFORME E INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES

Todos los accidentes con o sin daños personales o a la propiedad de la Compañía, contratista, Subcontratista y/o Terceros, deberán ser informados de forma inmediata a la ART correspondiente y al Administrador del Contrato o Inspector, designado por la Compañía.

El responsable de Seguridad de la Contratista investigará el mismo generando paralelamente el informe final correspondiente, determinando las causales del mismo y las medidas correctivas a adoptar. Dicho informe será remitido, dentro de los 5 días, a la inspección de obra y al Responsable Regional de S&MA de la Compañía.

7.10.3 ESTADÍSTICA DE ACCIDENTES

El Contratista deberá entregar a la Compañía, el correspondiente informe de Estadística de Accidentes de Trabajo de acuerdo a la Norma N SM - 106 Estadística de Accidentes de Trabajo.

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7.10.4 ACCIDENTES AMBIENTALES

Todos los accidentes ambientales deberán ser registrados en el Acta de Accidentes ambientales de acuerdo a la Instrucción de Seguridad y Medio Ambiente (I SM – 124) Contingencias Ambientales.

7.11 SEGURIDAD EN LOS TRABAJOS Sin perjuicio del cumplimiento de la legislación, normativa y resoluciones vigentes, la Contratista a través de su Responsable de Seguridad, deberá controlar los siguientes aspectos:

Se requerirán Permisos de Trabajo aprobados por la Compañía, para realizar trabajos que infieran riesgo en las siguientes instalaciones: Plantas de GLP, GNP, GNC, Compresoras y Reguladoras Subterráneas. Otros casos no incluidos que requieran permisos de trabajo en el mismo sentido serán especificados en las cláusulas particulares del pliego, de corresponder.

En aquellos trabajos que demande suministro eléctrico de la red, además de los permisos correspondientes, se colocarán tableros, con disyuntor diferencial, protección termomagnética, el mismo deberá tener puerta para restringir el acceso, con una clara indicación en la misma del riesgo involucrado.

No se podrán colocar en ningún caso balizas a fuego abierto. Todas las máquinas con alimentación eléctrica deberán tener puestas a tierra. Las máquinas herramienta conectadas a generadores de electricidad, deberán hacerlo a

través de un tablero con disyuntor diferencial, protección termomagnética. Siempre que deba trabajarse con productos químicos peligrosos, el Contratista y sus

Subcontratistas, deberán proponer la identificación del sistema, y deberá presentar la hoja de datos de los productos con un detalle de las medidas de precaución a tomar, las cuales comunicará a su personal dejando debido registro.

El Contratista y sus Subcontratistas, no podrán introducir en ninguna obra/servicio material con asbesto.

Los vehículos del Contratista y sus Subcontratistas, deberán ser conducidos por personal habilitado para la categoría en cuestión.

Se prohibe terminantemente el transporte de personal en vehículos o equipos destinados a la carga de materiales, tales como: palas mecánicas, autoelevadores, tractores, grúas, etc.

Se deberán señalizar adecuadamente las cargas sobresalientes de la caja de los vehículos. Todo vehículo que deba ingresar a una planta de la Compañía deberá ser autorizado

expresamente por personal de la misma y se adecuará a las condiciones de seguridad internas.

Se debe dejar en perfectas condiciones de orden y limpieza la zona de obra/servicio al finalizar la tarea del día.

Toda instalación sujeta a posible carga estática deberá ser conectada a tierra mediante medios aptos y seguros para garantizar la equipotencialidad con ésta.

Utilice todos los E.P.P. y de Seguridad que le sean provistos, de acuerdo con los riesgos de las tareas a ejecutar. Verifique que se mantengan en buen estado.

No fume ni encienda fuego en los lugares no autorizados para ello. No circule ni permanezca debajo de cargas suspendidas, manténgase alejado de las zonas

donde se realicen trabajos en altura. No utilice ni guarde combustibles en su lugar de trabajo en el vestuario u otro lugar no

autorizado.

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Utilice las herramientas, equipos y máquinas en forma correcta y manténgalos en buenas condiciones de uso.

Eslingue correctamente en caso de izamiento de equipos, compruebe el peso del equipo y use eslingas adecuadas en buen estado, no traslade los pesos por encima de los conductos con gas a presión.

Si se tiene que realizar trabajos a una altura superior a 2,5 mts, (Dec. 911/96, art. 112), deberá utilizarse sin excepción el cinturón de seg. con carácter obligatorio.

Para trabajos en altura utilice los andamios y estructuras adecuadamente montados para su uso y acceso. Si se emplean escaleras, verifique el estado de las mismas.

7.12 RIESGOS ESPECIALES En el marco de análisis de riesgos potenciales por etapa de obra y sus medidas de contención (Resolución SRT 51/97), existen aquellos que por su particularidad requieren de procedimientos de trabajo y seguridad específicos.Los mismos deberán ser clasificados según su tipo y se adjuntarán al Programa Unico de Seguridad al momento de su presentación para las aprobaciones y visados descriptos en esta.

7.12.1 TRABAJOS CON EXPLOSIVOS

Los Contratistas y sus Subcontratistas, que empleen explosivos para realizar sus trabajos, deberán cumplir con todas las disposiciones legales vigentes referidas a transporte, almacenamiento y uso.

Para realizar los trabajos con explosivos el Contratista y sus Subcontratistas, deberán disponer de un reglamento sobre “Transporte, almacenamiento y uso de explosivos” y contar con personal calificado.

Se deberá dar cumplimiento a la Instrucción de Seguridad y Medio Ambiente (I SM – 108) Explosivos.

Todo uso de explosivos deberá ser comunicado oportunamente por escrito y coordinada con esta Compañía.

7.12.2 TRABAJOS CON EQUIPOS O MATERIALES RADIOACTIVOS

Cuando los Contratistas y sus Subcontratistas, deban manipular o transportar elementos o equipos radioactivos deberán cumplir con las disposiciones legales sobre la materia, asegurándose que los trabajadores empleados por él en estas actividades cuenten con licencia de Manipulador de Equipos Radioactivos, correspondiente.

Se deberá dar cumplimiento a la Instrucción de Seguridad y Medio Ambiente (I SM – 114) Gammagrafiado.

7.12.3 RIESGO ELÉCTRICO

El Contratista y sus Subcontratistas, deberán contemplar los posibles riesgos eléctricos de la obra/servicio en particular (líneas aéreas, cables enterrados, etc.), estableciendo los procedimientos para minimizar el riesgo y las acciones a tomar en caso de emergencia.

Se deberá dar cumplimiento a la Instrucción de Seguridad y Medio Ambiente (I SM – 135) Riesgos Eléctricos

7.12.4 PREVENCIÓN DE INCENDIOS

El Contratista y sus Subcontratistas, deberán colocar los equipos contra incendios que correspondan, sean éstos portátiles o de instalaciones fijas, a fin de proteger sus instalaciones y las de la Compañía, cuando ejecuten en ella trabajos específicos.

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El equipo o instalaciones para extinción de incendios deberá cumplir con todas las especificaciones técnicas y legales vigentes.

Será responsabilidad del Contratista cualquier incendio que se produzca en sus instalaciones, de sus daños, y de los daños que produzca a la propiedad de la Compañía o de terceros.

El Contratista y sus Subcontratistas, deberán formar brigadas de combate y de prevención de incendios manteniendo un adecuado nivel de entrenamiento.

7.12.5 INSTALACIÓN DE DISPERSORES

En toda perforación de pozos para instalación de dispersores, se deberá dar cumplimiento a la Instrucción de Seguridad y Medio Ambiente (I SM – 119) Protección Catódica.

7.13 PERMISOS DE TRABAJO Según el tipo de tarea a ejecutar, el ámbito, su peligrosidad o característica de riesgo especial, deberá presentarse una solicitud de permiso de trabajo al Administrador de Contrato o inspección de la Compañía, según el detalle ilustrativo, las operaciones que requieran dichos permisos surgirán del permanente análisis entre Contratista y Compañía. Para mayor detalle ver I SM – 146 Permisos de Trabajo.

- Operación o manipuleo de Instalaciones industriales de la Compañía.- Trabajo en caliente en zona peligrosa.- Trabajo con Riesgo eléctrico.- Trabajo con Equipos o Materiales Radioactivos.- Trabajo con Explosivos.- Corte o soldadura en cañería con gas.- Excavaciones no programadas.- Cortes y/u obstrucciones en vía pública.- Ingreso a tanques de GLP.

7.14 TRANSPORTE Y TRANSITO 7.14.1 GENERALIDADES

Todo vehículo, equipo, herramientas o maquinaria empleado por el Contratista y sus Subcontratistas, en la obra/servicio, deberá mantenerse en perfectas condiciones de operación, disponer de todos los dispositivos, elementos de seguridad y resguardos necesarios, y contar con las Verificaciones Técnicas requeridas por la Autoridad competente en la Materia, para las zonas en que operarán.

7.14.2 MOVILIZACIÓN DE PERSONAL Y TRANSPORTE DE MATERIALES

Todo conductor de vehículo u operador de maquinaria pesada de la empresa Contratista y sus Subcontratistas, deberá cumplir lo normado en I SM – 132 Conducción de Vehículos.

La movilización de personas deberá hacerse en vehículos destinados a ese fin y no podrá realizarse en vehículos utilizados para el transporte de materiales o sobre equipo pesado.

Los vehículos para el transporte de materiales deberán estar acondicionados para mantener una correcta estiba de ellos y evitar accidentes de tránsito.

En casos de transporte de materiales de grandes dimensiones o cuando la Compañía lo requiera, estos vehículos deberán movilizarse con apoyo de escolta.

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7.14.3 DESVÍO O SUSPENSIÓN TEMPORARIA DE TRÁNSITO En todo trabajo que se requiera reducir o suspender el tránsito de vehículos o peatones en

un área determinada, el Contratista y sus Subcontratistas, deberán solicitar los permisos Provinciales y/o Municipales correspondientes.

Las áreas de corte o restricción deberán estar claramente señalizadas y cumplirán los requerimientos mínimos dictados por la Normativa de competencia y aquellos anexos determinados por la autoridad competente o la Compañía.

7.15 PROTECCION Y SEÑALIZACION Se deberá dar cumplimiento a la Instrucción de Seguridad y Medio Ambiente (I SM – 113) Cartelería y SeñalizaciónPara las obras en la vía pública, con el programa de seguridad deberá presentarse un esquema de señalización caracterizado y específico para la obra que se va a ejecutar: es decir, preverá modelos de señalización a utilizar para los siguientes casos:

Ciudad: En vereda, zona urbana. En calzada, zona urbana. En vereda zona suburbana. En calle de tierra, zona suburbana, ejemplo: vereda económica calle de tierra.

Zona rural: Ruta principal. Ruta secundaria o camino vecinal.

Cada una de estas alternativas tendrá un esquema de señalización típico que se ajustará en lineas generales a los planos de la Compañía.Los modelos de señalización se acompañarán al programa de seguridad y serán aprobados con el mismo.La señalización y protección propuestas en el plan alcanzarán a los riesgos de los trabajadores y público en general. Se deberá considerar como compromiso prioritario mantener una adecuada imagen pública de la obra/servicio y respeto por el usuario. Para ello se extremarán medidas en la limpieza de obra/servicio, prolijidad y estética en carteles y leyendas alusivas a los riesgos a prevenir, balizamiento nocturno, encajonamiento de sobrantes, etc.

7.16 PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE. Durante la construcción, pruebas y puesta en servicio de la obra/servicio, el Contratista deberá cumplir con todas las normas legales de protección del medio ambiente municipales, provinciales y nacionales y se deberán contar con todos los permisos que ellas exijan.Deberá darse cumplimiento a lo especificado en la NAG - E - 153 (Res 186/ 95) del Enargas: “Guía de Prácticas recomendadas para la Protección Ambiental durante la Construcción de Conductos para Gas y su posterior operación”.Todo el personal tiene la obligación de cumplir y hacer cumplir los principios establecidos en las política de Medio Ambiente, y divulgarlos a sus trabajadores y a los terceros que le presten servicios o ejecuten trabajos materiales en relación con los contratos celebrados con ésta Compañía.Se deberán cumplir con cada una de las Instrucciones de Medio Ambiente (I SM/MA) que sean adjuntadas al pliego.Según el tipo de obra/servicio a ejecutar, el lugar, la legislación vigente y la potencialidad de generar impactos ambientales significativos, la Compañía especificará en el pliego la

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documentación Ambiental correspondiente. Todas las obra/servicios deberán contar con documentación ambiental.

7.16.1 OBRAS QUE REQUIEREN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA):1) La Compañía especificará en el pliego la necesidad de contar con un EIA.2) La Empresa Contratista deberá realizar el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y el Programa de Gestión Ambiental (PGA) con las medidas de protección específicas para cada etapa de obra y que además contemple las fases de construcción, operación y mantenimiento y abandono, que será de aplicación obligatoria en el transcurso de la obra.3) Dichos estudios serán revisados por la Gerencia de Seguridad y Medio Ambiente de la Compañía antes de ser presentados al organismo ambiental correspondiente. 4) Una vez obtenido el visado por parte de la Gerencia de Seguridad y Medio Ambiente de la Compañía, la empresa Contratista deberá gestionar el permiso ante la Autoridad Ambiental Provincial, presentando el EIA y el PGA, hasta su aprobación.5) No se podrá dar inicio a las obras sin contar con toda la documentación detallada aprobada.

Responsable Medio Ambiente de la Contratista1) En todas las obras que se requiera un Estudio de Impacto Ambiental, será obligatorio la designación de un responsable idóneo de Medio Ambiente de la Contratista, quién deberá estar inscripto en el Registro Ambiental Provincial y/o Municipal correspondiente.2) El responsable idóneo podrá ser el profesional que realizó el Estudio de Impacto Ambiental o el profesional en la materia que sea designado por él.3) El mismo tendrá a su cargo la tarea de minimizar los impactos ambientales que figuran en el Estudio de Impacto Ambiental y controlar la aplicación de las medidas de Protección Ambiental que figuran en el Plan de Gestión Ambiental.4) Dicho Responsable deberá realizar como mínimo tres auditorías ambientales (inicial, media y final), las cuales serán remitidas a la Gerencia de Seguridad y Medio Ambiente.

7.16.2 OBRAS QUE NO REQUIEREN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA):1) La Compañía incorporará al pliego el Programa de Gestión Ambiental (PGA) con las medidas de protección específicas para cada etapa, que será de aplicación obligatoria en el transcurso de la obra/servicio.2) Dicho PGA estará conformado por Instrucciones de Medio Ambiente previamente seleccionados para la obra/servicio.3) No se podrá dar inicio a las obras/servicios sin contar con toda la documentación.

Responsable Medio Ambiente de la Contratista:En el caso de que la Obra/servicio no requiera Estudio de Impacto Ambiental, el Jefe de Obra de la Contratista tendrá a su cargo la tarea de implementar y controlar el cumplimiento de las medidas de Protección Ambiental que figuran en el Plan de Gestión Ambiental (Instrucciones de trabajo de Medio Ambiente).

7.17 TRANSGRESIONES EN RELACION A LA PRESENTE NORMA Las infracciones a las disposiciones descriptas en esta Norma podrán constituir

incumplimiento grave de las obligaciones del Contratista, contraídas en virtud de un Contrato determinado.

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El personal Administrador del Contrato, Inspector y/o de Seguridad de esta Compañía está facultado para hacer observaciones en cualquier momento al Contratista, respecto a Seguridad y Medio Ambiente; las que pondrá en conocimiento verbal del supervisor más próximo del Contratista, documentará por escrito, y dirigirá al Gerente de Unidad de Negocio o a la Gerencia Técnica Dpto. Obras de ésta Compañía.

En dicho documento se deberá individualizar los hechos y nombres del personal involucrado.

Esta Compañía comunicará lo sucedido al Contratista, y recomendará las acciones correctivas pertinentes.

Dichas acciones, en cuanto a la responsabilidad de personas, podrán variar desde una simple amonestación verbal, hasta una solicitud formal de reemplazo de los responsables, dependiendo de la magnitud y/o frecuencia de las faltas.

A juicio de la Compañía, todo incumplimiento total o parcial de los aspectos, Legales, Normativos o Reglamentarios, por parte del Contratista, podrán ser causal suficiente para rescindir en forma inmediata y unilateral el Contrato suscrito, pudiendo la Compañía trasladar a éste, en forma directa y sin atenuantes, las costas que resultaren por tales incumplimientos que motivaron la rescisión.

8 REGISTRO Y ARCHIVO

Unidad de Negocio: En Legajo de Obra/servicio. Copia de toda gestión relacionada a la presente Norma. Copia de supervisiones administrativas y de campo relacionadas al cumplimiento de la

presente Norma. Copia de evaluación de Contratistas.

Gerencia Técnica: Copia de notificación y entrega de ésta Norma a todas las empresas habilitadas para la

realización de obras/servicios en un todo de acuerdo a la NAG –113 / 82. Copia de evaluaciones de Calidad de Ingeniería para aquellas obras revisadas por esa

Gerencia. Copia de supervisiones administrativas y de campo relacionadas al cumplimiento de la

presente Norma.

Gerencia de Abastecimiento & Logística Copia de evaluación de Contratistas en lo referente a la presente Norma.

Gerencia de Seguridad & Medio Ambiente Copia de supervisiones administrativas y de campo relacionadas al cumplimiento de la

presente Norma. Copia de evaluación de Contratistas para aquellas obras / servicios revisadas por esa

Gerencia.

9 ANEXOS

Anexo 1. R1. SM – 105 Legajo de Seguridad

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Anexo 2. R2. SM – 105 Designación Responsable de Seguridad (y Medio Ambiente).

Anexo 3. R3. SM – 105 Designación Responsable Medicina Laboral