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Publicación diaria, excepto festivos Franqueo concertado número 41/2 Depósito Legal SE–1–1958 Miércoles 4 de febrero de 2004 Número 28 de la provincia de Sevilla DE S E V I L L A D I P U T A C I O N Boletín Oficial S u m a r i o 1459 1461 1461 1462 1463 1464 1466 JUNTAS ELECTORALES DE ZONA: Lora del Río: Relación de locales y lugares para la celebración de actos de propaganda electoral y emplazamientos para la colocación gratuita de carte- les, correspondientes a los municipios de Alcolea del Río, Cantillana, Lora del Río, Peñaflor, La Puebla de los Infantes, Tocina, Villanueva del Río y Minas y Villa- verde del Río . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ANDALUCÍA: Subdelegación del Gobierno en Sevilla: Oficina de Extranjeros: Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Secretaría General: Resolución por la que el Delegado del Gobierno en Andalucía delega competencias en favor de Órganos de Delegaciones de la Agencia Estatal de Administra- ción Tributaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . JUNTA DE ANDALUCÍA: Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico: Delegación Provincial de Sevilla: Instalaciones eléctricas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Consejería de Obras Públicas y Transportes: Delegación Provincial de Sevilla: Expedientes sancionadores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Consejería de Medio Ambiente: Delegación Provincial de Sevilla: Vías pecuarias: Expedientes 60.124, 71,85 y 11,205 . . . TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ANDALUCÍA.—SEVILLA: Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . BOP

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Publicación diaria, excepto festivos — Franqueo concertado número 41/2 — Depósito Legal SE–1–1958

Miércoles 4 de febrero de 2004 Número 28

de la provincia de Sevilla

D E

S E V I L L A

D I P U T A C I O N BoletínO f i c i a l

S u m a r i o

1459

1461

1461

1462

1463

1464

1466

JUNTAS ELECTORALES DE ZONA:— Lora del Río: Relación de locales y lugares para la

celebración de actos de propaganda electoral yemplazamientos para la colocación gratuita de carte-les, correspondientes a los municipios de Alcolea delRío, Cantillana, Lora del Río, Peñaflor, La Puebla delos Infantes, Tocina, Villanueva del Río y Minas y Villa-verde del Río . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ANDALUCÍA:— Subdelegación del Gobierno en Sevilla:

Oficina de Extranjeros:Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

— Secretaría General:Resolución por la que el Delegado del Gobierno enAndalucía delega competencias en favor de Órganosde Delegaciones de la Agencia Estatal de Administra-ción Tributaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

JUNTA DE ANDALUCÍA:— Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico:

Delegación Provincial de Sevilla:Instalaciones eléctricas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

— Consejería de Obras Públicas y Transportes:Delegación Provincial de Sevilla:Expedientes sancionadores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

— Consejería de Medio Ambiente:Delegación Provincial de Sevilla:Vías pecuarias: Expedientes 60.124, 71,85 y 11,205 . . .

TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONALDE ANDALUCÍA.—SEVILLA:

Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA:— Juzgados de lo Social:

Sevilla.–Número 1: autos 493/01; número 3: autos205/03; número 7: autos 106/03; número 9: autos688/03 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

— Juzgados de Primera Instancia:Dos Hermanas.–Número 4: autos 139/01 . . . . . . . . . . . .

AYUNTAMIENTOS:— Sevilla: Devolución de fianza . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Gerencia de Urbanismo: Proyecto de CompensaciónUA-AE-4 (Mercasevilla) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

— Alcalá de Guadaíra: Anuncio de cobranza de diversosPadrones municipales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

— Alcalá del Río: Ordenanzas fiscales . . . . . . . . . . . . . . . .— Arahal: Proyecto de Reparcelación . . . . . . . . . . . . . . . . .

Estudio de Detalle . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .— Aznalcázar: Convenio Urbanístico . . . . . . . . . . . . . . . . .— Las Cabezas de San Juan: Reglamento de Sesiones de

los Órganos Colegiados Municipales . . . . . . . . . . . . . . .— Camas: Proyecto de Urbanización . . . . . . . . . . . . . . . . .— Gelves: Anuncio de solicitudes al cargo de Juez de Paz

titular . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .— Lebrija: Convocatoria de Junta General para constitu-

ción de Comunidad de Regantes «Los Yesos» . . . . . . . .— Morón de la Frontera: Anuncio de concurso . . . . . . . . .— Osuna: Expediente de modificación de créditos . . . . . .— El Viso del Alcor: Resolución . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

OTRAS ENTIDADES ASOCIATIVAS PÚBLICAS:— Consorcio para la Unidad Territorial de Empleo, Desa-

rrollo Local y Tecnológico de Alcalá de Guadaíra: Pre-supuesto General ejercicio 2004 . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

ANUNCIOS PARTICULARES:— Comunidad de Regantes «Riegos de Herrera»: Convo-

catoria de Junta General Extraordinaria . . . . . . . . . . . .

EXTRAORDINARIO NÚM. 1

JUNTAS ELECTORALES DE ZONA———

LORA DEL RÍO

Por medio del presente le comunico la relación delocales y lugares para la celebración de actos de propa-ganda electoral así como emplazamientos disponiblespara colocación gratuita de carteles de propaganda elec-toral según los habilitados en cada localidad pertene-cientes a esta Junta Electoral de Zona:

Alcolea del RíoA) Lugares públicos para actos de campaña electoral:— Plaza de Andalucía.— Plaza del Trabajo.— Plaza de la Constitución.— Salón de Actos de la Biblioteca Pública Municipal.— Caseta Municipal, en el recinto Ferial.B) Emplazamientos disponibles para colocación gra-

tuita de carteles de propaganda electoral:— 6 paneles de 2 x 1,5 m, que se ubican en Plaza de

la Constitución, Plaza del Trabajo y Avenida PríncipeFelipe.

CantillanaA) Lugares públicos para actos de campaña electoral:Se habilitan los siguientes locales de carácter oficial

para la celebración de actos públicos de propagandaelectoral:

a) Colegio público Ntra. Sra. de la Soledad, sito enlugar conocido por Pedazo del Rosario.

b) Colegio público La Esperanza, ubicado en labarriada Pintor López Cabrera.

Se determinan seguidamente para ambos locales losdías y horas en que cada uno puede ser utilizado, asaber:

Sábados, domingos y festivos, podrán ser utilizados apartir de las 9.00 horas y hasta las 24.00 horas. Los res-tantes días podrán ser utilizados solamente desde las18.00 hasta las 24.00 horas.

c) Polideportivo cubierto, sito en la barriada PintorLópez Cabrera, podrá ser utilizado todos los días de lacampaña electoral desde las 18.00 hasta las 24.00 horas.

d) Casa de la Cultura y Plaza del Llano, podrá serutilizado todos los días de la campaña electoral desde las18.00 hasta las 24.00 horas.

B) Emplazamientos disponibles para colocación gra-tuita de carteles de propaganda electoral:

a) Carteles en paneles:— Plaza del Llano.— Barriada Pintor López Cabrera (A la altura del

Bar «El Cano» y del Polideportivo Municipal).— Barriada de la Monta.a) Carteles en farolas:— 13 farolas en calle Polvillo.— 7 farolas en plaza de Sevilla.— 5 farolas en calle Juan Carlos I.— 17 farolas en plaza del Llano.— 10 farolas en calle Nuestro Padre Jesús.— 10 farolas en Avda. de Andalucía.a) Lugares para pancartas:— Una en Cruce Vioque.— Una en San Bartolomé.— Una en San Sebastián.— Dos en Avda. de Andalucía.— Una en Ctra. Provincial Cantillana-Estación.

Lora del RíoA) Lugares públicos para actos de campaña electoral:

1. Caseta Municipal -El Priorato. Con una capacidadcalculable para 900 personas. Disponible todos los díasde 18.00 a 23.00 horas.

2. Plaza Mayor de El Priorato. Con una capacidadcalculable para 500 personas. Disponible todos los díasde 18.00 horas a 24.00 horas.

3. Plaza Mayor–Setefilla. Con una capacidad calcu-lable para 500 personas. Disponible todos los días de18.00 horas a 24.00 horas.

4. Caseta Municipal–Setefilla Con una capacidadcalculable para 500 personas. Disponible todos los díasde 18.00 a 23.00 horas.

5. Caseta Municipal de Lora del Río. Con una capa-cidad calculable de 700 personas. Disponible todos losdías de 18.00 horas a 23.00 horas.

6. Plaza de España de Lora del Río. Con una capaci-dad calculable de 500 personas, siendo factible su utiliza-ción todos los días desde las 18.00 horas hasta las 24.00horas.

7. Plaza de Gracia Montes–Lora del Río. Con unacapacidad de 150 personas sentadas en las gradas y dis-ponible todos los días desde las 18.00 horas hasta las24.00 horas.

8. Plaza de Andalucía–Lora del Río. Con una capaci-dad de 500 personas y disponible todos los días desde las18.00 horas hasta las 24.00 horas.

9. Plaza de las Tres Culturas –Lora del Río. Con unacapacidad de 500 personas y disponible todos los díasdesde las 18.00 horas hasta las 24.00 horas.

10. Plaza Nuestro Padre Jesús. Con una capacidadcalculable para 400 personas. Disponible todos los díasde 18.00 a 24.00 horas.

11. Pista Polideportiva de El Barrero–Lora del Río.Con una capacidad para 700 personas y disponible todoslos días desde las 18.00 horas hasta las 24.00 horas.

12. Pista Polideportiva Las Viñas –Lora del Río-. Conuna capacidad calculable para 500 personas. Disponibletodos los días de 18.00 a 24.00 horas.

13. Biblioteca Municipal. Salón de Actos. Con unacapacidad calculable para 91 personas. Disponible todoslos días de 18.00 horas a 23.00 horas.

14. Sala de Usos Múltiples del Colegio Publico Vir-gen de los Reyes. Con una capacidad para 90 personas.Disponible todos los días desde las 19.00 horas hasta las23.00 horas.

15. Patio del Colegio Público Reyes de España. Conuna capacidad para 1400 personas y disponible todos losdías desde las 20.00 horas hasta las 23.00 horas. (*).

16. Patio del Colegio Público San José de Calasanz.Con una capacidad para 700 personas y disponible todoslos días desde las 18.00 horas hasta las 23.00 horas. (*).

17. Patio del Colegio Público Virgen de Setefilla. Conuna capacidad para 700 personas y disponible todos losdías desde las 18.00 horas hasta las 23.00 horas. (*)

18. Patio del Colegio Público Miguel de Cervantes.Con una capacidad para 700 personas y disponible todoslos días desde las 18.00 horas hasta las 23.00 horas. (*)(*) En los patios de los colegios se contará sola-

mente con el mobiliario urbano que en el seubique. En el Almacén Municipal se disponen deaproximadamente 250 sillas que podrán ser solicita-das para su uso en los diferentes actos públicos.B) Emplazamientos disponibles para colocación gra-

tuita de carteles de propaganda electoral:— Para pancartas:

– En el puente de Jesús: Capacidad para Cuatropancartas.

– En el cruce de los semáforos: capacidad calcu-lable para cuatro pancartas.

Boletín Oficial de la provincia de SevillaMiércoles 4 de febrero de 2004 Número 28

– En aquellos en espacios que con autorizaciónde los propietarios no impidan el acceso a lacirculación vial.

— Banderolas colgadas a postes o farolas, todas lasexistentes en la localidad.

PeñaflorA) Lugares públicos para actos de campaña electoral:— Salón de Actos de la Casa de la Juventud, ubi-

cado en calle Málaga s/n, con capacidad para 150 perso-nas, utilizable todos los días desde las 20:30 horas.

— Caseta Municipal, ubicada en el Recinto Ferial,con capacidad para 400 personas, utilizable de lunes aviernes desde las 17:00 horas.

— Patio del Colegio Público «Pedro Parias», ubi-cado en calle Málaga número 1, con capacidad para1.500 personas, utilizable todos los días desde las 17.00horas.

B) Emplazamientos disponibles para colocación gra-tuita de carteles de propaganda electoral:

— Fachada del Mercado de Abastos, ubicado encalle San José número 20, con una superficie de 252 m2.

— Trasera del Colegio Público «Pedro Parias», ubi-cado en calle Feria s/n, con una superficie de 412 m2.

— Farolas de la Avenida San Femando (16 farolas).

La Puebla de los InfantesA) Lugares públicos para actos de campaña electoral:1. Salón de actos del Ayuntamiento.2. Plaza de la Constitución.3. Plaza Virgen de las Huertas.4. Polideportivo Municipal.5. Plaza de Sta. Ana.6. Plaza de Santiago.Los lugares relacionados estarán disponibles durante

todos los días de campaña electoral sin limitación horariaa excepción del salón de actos del Ayuntamiento cuyadisponibilidad estará limitada de lunes a viernes a hora-rio de tarde siendo ilimitada en los Sábados, Domingos yfestivos en su caso.

B) Emplazamientos disponibles para colocación gra-tuita de carteles de propaganda electoral:

1. Mercado de Abastos: fachadas calles Cervantes yÁlvarez Quintero.

2. Farolas calle Cánovas del Castillo.

TocinaA) Lugares públicos para actos de campaña electoral:— Colegio Público Juan de Mesa.— Colegio Público Menéndez Pidal.— Dependencias Municipales (Tocina y Los Rosales).En Tocina, dependencias municipales, sitas en:— Calle Julio González Márquez número 11

(Dependencias Municipales «El Coto»).— Biblioteca Pública Municipal: Calle Real núm. 19.— Plaza de Abastos.En Los Rosales, Dependencias Municipales, sitas en:— Centro Cívico Tomás y Valiente, en Avenida de

Sevilla número 110.De lunes a viernes, de 17.00 a 24.00 horas.Sábados y domingos, de 9.00 a 24.00 horas.Actos públicos en recintos abiertos.— Plaza de la Orden de Malta (Los Rosales).— Plaza de San Femando (Los Rosales).— Aparcamiento en Avda. de Sevilla (Los Rosales).— Paseo de la Gran Avenida (Tocina).— Paseo Reina Sofía (Tocina).B) Emplazamientos disponibles para colocación gra-

tuita de carteles de propaganda electoral:

Farolas de 7 metros de altura en:Tocina:— Avenida Pozo de la Ermita (16).— Barriada Cristo Vera-Cruz (26).— C/ Reina Sofía (13).— C/ Real (7).— Paseo Tocina-Los Rosales (55).— Gran Avenida (23).Los Rosales:— Avenida de Sevilla (49).— Avenida El Rosal (11).— Calle Águila (3)Paneles en:Tocina:— Gran Avenida.Los Rosales:— Avenida de Sevilla.No se colocara ningún tipo de propaganda electoral

sobre paredes y mobiliario publico.Villanueva del Río y Minas:A) Lugares públicos para actos de campaña electoral:

Villanueva del Río y Minas— Plaza de España.— Plaza de Santa Bárbara.— Plaza Placido Fernández Viaga.Núcleo de Villanueva del Río:— Parque Municipal Doña Rosario PozoB) Emplazamientos disponibles para colocación gra-

tuita de carteles de propaganda electoral:Villanueva del Río y Minas:— Calle Juan Gómez Torga, excepto la fachada del

Ayuntamiento, Teatro Cine, Parroquia, etc.— Calle Barcelona excepto Ambulatorio, Mercado

de Abasto, Casa de la Cultura.— Calle Antonio Machado.— Calle Marcelino Champagnat. Excepto fachada

de Colegio e Instituto.— Avenida de Andalucía excepto en el Convento

de las Hermanas de la Cruz.— Avenida de la Constitución.— Bda. Blas Infante.Núcleo de Villanueva del Río:— Calle Nueva.Núcleo del Carbonal:— Avenida García de Sola.

Villaverde del RíoA) Lugares públicos para actos de campaña electoral:— Plaza del 28 de febrero (Cerro Molino).— Aparcamientos en Edificio San Sebastián.— Plaza de San Pedro.— Plaza de la calle Rosal.— Patios de los colegios públicos de esta localidad.— Plaza Primero de Mayo.— Patios de los Institutos de la localidad.— Lugares públicos cubiertos:

– Altos del Pasaje, c/ Polvillo s/n.– Salón de Actos Instituto «Pepe Ruiz Vela».

B) Emplazamientos disponibles para colocación gra-tuita de carteles de propaganda electoral:

— Mercado Municipal.— Almacén Municipal.— Cerramiento y Puerta del Polideportivo y Piscina.— Deposito Municipal de agua en calle Greco.En Lora del Río a 30 de enero del 2004.—La Presi-

denta. (Firma ilegible.)11W-1101

1460 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 28 Miércoles 4 de febrero de 2004

Secretaría GeneralResolución por la que el Delegado del Gobierno en la

Comunidad Autónoma de Andalucía, delega deter-minada competencia en favor de determinados Órga-nos de Delegaciones de la Agencia Estatal de laAdministración Tributaria.

La Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Fun-cionamiento de la Administración General del Estado,desarrolla en el artículo 3 los principios establecidos en elartículo 103 de la Constitución Española que deben pre-sidir la actuación de la Administración Pública.

En aras a dichos principios y, en especial, a los de efi-cacia y agilidad, es conveniente efectuar delegaciones decompetencias, sin perjuicio del permanente control yconocimiento del ejercicio de las concedidas. Asimismo, yen consideración de la especificidad de determinadosasuntos tratados en ciertos ámbitos, hacen que por razo-nes de coherencia y racionalidad así como de agilidad enla tramitación de procedimientos, sea conveniente atri-buir determinadas competencias a aquellos Organismoso Unidades que se encuentren más próximas en cuanto alas tareas desempeñadas por razón de la materia.

La Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boleti-nes Oficiales de las Provincias, configura al instrumentodel «Boletín Oficial» de la provincia como un serviciopúblico de carácter provincial, y atribuye a las Diputacio-nes Provinciales la competencia necesaria para la edicióny gestión del mismo.

En el propio artículo 6 de la citada Ley se disponeque la orden de inserción de disposiciones, ordenanzas,resoluciones, edictos, anuncios, actos o acuerdos corres-ponde al órgano competente de la correspondienteAdministración anunciante, y será cumplimentada por laDiputación Provincial cuando cumpla los requisitos esta-blecidos legalmente.

Asimismo, el artículo 8 establece que a fin de com-probar la autenticidad de los documentos, los servicioscorrespondientes de la Diputación Provincial llevarán unregistro de las autoridades y funcionarios facultadospara firmar la orden de inserción de los originales desti-nados a su publicación, en el que consten la firma autó-grafa y el nombre y cargo de la persona a la que perte-nezca. A estos efectos, los órganos correspondientes delas Administraciones Públicas y de la Administración de

Justicia acreditarán ante la Diputación Provincial, segúnsu normativa específica, a las personas facultadas paraordenar la inserción, así como las modificaciones que seproduzcan.

En el caso de la Administración General del Estado, lacompetencia para ordenar la inserción de escritos en el«Boletín Oficial» de la provincia se encuentra atribuidacon carácter genérico a la figura del Delegado delGobierno, según lo dispuesto en los artículos 22.2.a),23.1 y 29.2.c) de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organi-zación y Funcionamiento de la Administración Generaldel Estado, asumiéndola para toda publicación que seconsidere incluida en el ámbito de la AdministraciónGeneral del Estado, sin atender a la materia específicasobre la que versa. Tal competencia en el ámbito perifé-rico correspondiente a la Comunidad Autónoma deAndalucía, en virtud de los principios de eficacia y agili-dad administrativa, fue delegada en los SecretariosGenerales de la Delegación del Gobierno y de las Subde-legaciones del Gobierno en Andalucía, en virtud de laresolución de 23 de abril de 1997, por la que el Delegadodel Gobierno en la Comunidad de Andalucía delega cier-tas competencias y su firma en favor de determinadasautoridades.

Es por ello, por lo que desde distintos Organismos dela Administración General del Estado se ha suscitado laconveniencia de delegar la competencia citada aten-diendo a la especificidad de la materia objeto de publi-cación, haciéndose aconsejable en diversidad de casosdebido al volumen y carga de trabajo existente en lamisma. Y en este sentido, en el ámbito de la Administra-ción Tributaria se considera que la competencia paraordenar la inserción de escritos en el «Boletín Oficial» dela provincia sería atribuible por delegación a determina-dos órganos de las distintas Delegaciones de la AgenciaEstatal de la Administración Tributaria.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en ladisposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de14 de abril, así como lo dispuesto en los artículos 12 ysiguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Pro-cedimiento Administrativo Común en la redacción dadapor la Ley 4/1999, de 13 de enero, previa aprobación delMinisterio de Administraciones Públicas e Interior, heresuelto:

Miércoles 4 de febrero de 2004 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 28 1461

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ANDALUCÍA———

Subdelegación del Gobierno en Sevilla———

Oficina de Extranjeros

No habiéndose podido practicar la notificación de los requerimientos de documentación de los permisos tramita-dos a los extranjeros que se relacionan a continuación, cuyos domicilios se indican, se hace público el presente anuncio,de conformidad con lo prevenido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiendo que el plazo máximo de presentaciónde la documentación es de diez días, a contar desde el siguiente al de esta publicación. En caso de no cumplimentar elrequerimiento, se le tendrá por desistido de su petición, según lo dispuesto en el artículo 71.1 de la Ley 30/92, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificadapor la Ley 4/99, de 13 de enero.

NOMBRE/APELLIDOS EXPTE NIE PAÍS DOMICILIO

MOHAMMED EL MEHDALI RTI-6575/03 MAR/FT X01430879A MARRUECOS AVDA. FLOR DE AZALEA, 13, 4ºD, BLQ. 5 41020 SEVILLALILIANE SANTOS MAGALHAES PE-9685/03 MAR/FT X5305075X BRASIL C/ SATSUMA, 6, 7ºC. 41006 SEVILLAGONYALO ANDRES RAMOS RESTREPO EV/PT-9830/03 MAR/FT X4404811N COLOMBIA PLAZA DOCTOR BARRANQUER, 11, 7ºB 41009 SEVILLASUSSAN IGIBWE EV/PT-9991/03 MAR/FT X-3980889ª NIGERIA C/OTOÑO, 3 BJ B. 41009 SEVILLA

Sevilla a 12 de diciembre de 2003 (resolución «Boletín Oficial» de la provincia 29-04-97).—El Secretario General,Juan Aguilar Alfaro.

7W-16576

Primero.—Se delega en los siguientes órganos deDelegaciones de la Agencia Estatal de la AdministraciónTributaria, en su respectivo ámbito territorial, la compe-tencia prevista en el artículo 6 de la Ley 5/2002, de 4 deabril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provin-cias, para firmar la orden de inserción de disposiciones,ordenanzas, resoluciones, edictos, anuncios, actos oacuerdos en el correspondiente «Boletín Oficial» de laprovincia:

Delegación de Almería:— Delegado Provincial.— Jefe Dependencia de Secretaría General.Delegación de Cádiz: — Delegado Provincial.— Jefe Dependencia de Gestión Tributaria.— Jefe Dependencia de Recaudación.— Jefe Dependencia de Secretaría General.Delegación de Córdoba: — Delegado Provincial.— Inspector Regional Adjunto.— Jefe Dependencia de Secretaría General.Delegación de Granada: — Delegado Provincial.— Delegado Provincial. Adjunto.— Inspector Regional Adjunto.— Jefe Dependencia de Secretaría General.Delegación de Huelva: — Delegado Provincial.— Jefe Dependencia de Recaudación.Delegación de Jaén: — Delegado Provincial.— Jefe Dependencia de Gestión Tributaria.— Jefe Dependencia de Recaudación.Delegación de Jerez de la Frontera: — Secretaria General.— Jefe de Unidad de RR.HH. y Bienes y Servicios.— Jefe Dependencia de Recaudación.— Jefe de Unidad de Recaudación 3.— Jefe Dependencia de Gestión Tributaria.— Jefe de Servicio de Gestión Tributaria.— Jefe Dependencia de Aduanas e II.EE.— Jefe de Sección de Aduanas e II.EE.Delegación de Málaga: — Delegado Provincial.— Jefe Dependencia de Gestión Tributaria.— Jefe Dependencia de Aduanas e II.EE.— Jefe Dependencia de Secretaría General.Delegación de Sevilla:— Jefe Dependencia de Gestión Tributaria.— Jefe Dependencia de Recaudación.Delegación Especial en Andalucía: — Inspector Regional AdjuntoSegundo. 1. De la delegación otorgada en el apar-

tado anterior se exceptúan las competencias menciona-das en los artículos 13.2 y 5 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento Admi-nistrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999,de 13 de enero.

2. La delegación de competencia mencionada nosupondrá la transferencia de la titularidad de la compe-tencia sino solamente su ejercicio.

3. La delegación tampoco supone por sí misma alte-ración en las unidades encargadas de las tareas materia-les y técnicas de tramitación administrativa.

4. Siempre que se haga uso de la delegación otor-gada en la presente resolución se indicará expresamenteesta circunstancia, y las resoluciones que se adopten seconsiderarán dictadas por el Delegado del Gobierno.

5. La delegación de atribuciones de la presenteResolución no será obstáculo para que el Delegado de

Gobierno pueda avocar para sí el conocimiento de unasunto de acuerdo con lo establecido con el artículo 14.1de la Ley 30/1992.

Tercero. La presente resolución, que se publicará enlos «Boletines Oficiales» de las provincias de Almería,Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla,entrará en vigor el mismo día de su publicación.

Sevilla a 26 de noviembre de 2003.—El Delegado delGobierno, Juan Ignacio Zoido Álvarez.

11W-15916

JUNTA DE ANDALUCÍA———

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico———

Delegación Provincial de Sevilla

Instalación eléctrica

A los efectos prevenidos en el artículo 133.° del R.D1995/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan lasactividades de transporte, distribución, comercialización,suministro y procedimientos de autorización de instala-ciones de energía eléctrica, se somete a informaciónpública la solicitud de transmisión a una empresa distri-buidora de la instalación eléctrica consistente en L.S. 25KV y C. Seccionamiento, sita en calle San Antonio Abad,1, en Estepa (Sevilla), cuyo titular es SCA Sor Ángela de laCruz Limitada.

Referencia: R.A.T. 20115.Expediente: 231.466.Lo que se hace público para que pueda ser exami-

nada la documentación presentada en esta DelegaciónProvincial, sita en Sevilla, República Argentina, 21-B, 1.ªplanta, de lunes a viernes, en horario de 9.00 a 14.00, yformularse al mismo tiempo las alegaciones, por dupli-cado, que se estimen oportunas, en el plazo de veintedías, contados a partir del siguiente al de la publicaciónen este anuncio.

Sevilla a 9 de diciembre de 2003.—El Delegado Pro-vincial, Antonio Rivas Sánchez.

7F-37-P———

Delegación Provincial de Sevilla

Instalación eléctrica

A los efectos prevenidos en el artículo 125.º del R. D.1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan lasactividades de transporte, distribución, comercialización,suministro y procedimientos de autorización de instala-ciones de energía eléctrica, se somete a informaciónpública la petición de autorización de la instalación eléc-trica cuyas características principales se señalan a conti-nuación:

Peticionaria: Endesa Distribución Eléctrica.Domicilio: Avda. Diego Martínez Barrio, 2.

Línea eléctrica:Origen: C. T. existente «Basauri».Final: C. T. existente «Mas y Mas».Término municipal afectado: Camas.Tipo: Subterránea.Longitud en km: 0,230.Tensión en servicio: 15-20 KV.Conductores: RHZ1 12/20 KV 1 x 150 Al.Presupuesto: 22.500 euros.Referencia: R.A.T. 102.658.Expediente: 232.409.

1462 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 28 Miércoles 4 de febrero de 2004

Lo que se hace público para que pueda ser exami-nada la documentación presentada en esta DelegaciónProvincial, sita en Sevilla, avenida República Argentina,21-B, primera planta, de lunes a viernes, en horario de9.00 a 14.00, y formularse al mismo tiempo las alegacio-nes, por duplicado, que se estimen oportunas, en elplazo de veinte días, contados a partir del siguiente al dela publicación de este anuncio.

Sevilla, 10 de diciembre de 2003.—El Delegado Pro-vincial, Antonio Rivas Sánchez.

7F-274-P———

Delegación Provincial de SevillaInstalación eléctrica

Visto el expediente incoado en esta DelegaciónProvincial, por Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., ensolicitud de autorización de la instalación eléctrica que sereseña a continuación, y cumplidos los trámites regla-mentarios ordenados en la Sección I, del Capítulo II, delTítulo VII, del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,por el que se regulan las actividades de transporte, distri-bución, comercialización, suministro y procedimientos deautorización de instalaciones de energía eléctrica, y deacuerdo con la Resolución de 17 de enero de 2001, de laDirección General de Industria, Energía y Minas, por laque se delegan determinadas competencias en materiade instalaciones eléctricas en las DelegacionesProvinciales de la citada Consejería, esta DelegaciónProvincial ha resuelto autorizar la siguiente instalacióneléctrica:

Peticionaria: Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U.Domicilio: Diego Martínez Barrio, 2.Emplazamiento: Plan Parcial «r.v-1», ctra. SE-511.Finalidad de la instalación: Suministro eléctrico a

nueva urbanización.Línea eléctrica:Origen: L.S. enlace. C.T. «Ermita», «Sevilla» y C.T. pro-

yectado «Ramal de Villanueva».Final: L.S. «Montaraz».Término municipal afectado: Espartinas.Tipo: Subterránea.Longitud en km.: 1,474.Tensión en servicio: 15 (20) KV.Conductores: Al 12/20 KV RHZ 3(1x150) mm.Estación transformadora:Tipo: Prefabricado.Potencia: 250 KVA.Relación de transformación: 15/20 KV-398/230 V.Presupuesto en euros: 113.432,00.Referencia: R.A.T.: 102.528.Expediente: 231.485.

Con las condiciones especiales siguientes:

1. Esta instalación, no podrá entrar en serviciomientras no cuente el peticionario de la misma, con lacorrespondiente autorización de explotación, que seráemitida por esta Delegación Provincial, previo cumpli-miento de los trámites que se señalan en el art. 132.º delR.D. 1955/2000.

2. Esta autorización se otorga a reserva de lasdemás licencias o autorizaciones necesarias de otrosOrganismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de lascompetencias atribuidas a esta Delegación.

3. La Administración dejará sin efecto la presenteresolución en cualquier momento en que se observe elincumplimiento de las condiciones impuestas en ella. Entales supuestos, la Administración, previo el oportunoexpediente, acordará la anulación de la autorización contodas las consecuencias de orden administrativo y civilque se deriven, según las disposiciones legales vigentes.

Contra la presente resolución, que no pone fin a lavía administrativa, podrá interponer recurso de alzada,

ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tec-nológico, en el plazo de un mes, contado a partir del díade su notificación, de conformidad con lo establecido enel artículo 107.1 de la Ley 4/1999, de 14 de enero, demodificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

Sevilla a 26 de noviembre de 2003.—El Delegado Pro-vincial, Antonio Rivas Sánchez.

11F-286-P

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Consejería de Obras Públicas y Transportes———

Delegación Provincial de Sevilla

Ignorándose el actual domicilio de las personas yentidades que se relacionan, contra los que se tramitaexpediente sancionador por infracción a la normativa detransportes terrestres, o siendo desconocidos en lasdirecciones que figuran en los archivos de esta Delega-ción, se notifica por el presente anuncio lo siguiente:

NotificacionesExpediente: SE-03728/2003. Matrícula: 14-26BFW-. Titular: GILVA

MONTOYA VICENTE. Domicilio: CL. ARQUITECTO J GALNARES, 6-B.Co Postal: 41014. Municipio: SEVILLA. Provincia: Sevilla. Fecha dedenuncia: 30 de Julio de 2003. Vía: SE-687. Punto kilométrico: 3.800.Hora: 12:00. Hechos: CIRCULAR REALIZANDO UN TRANSPORTE DEMERCANCIAS (5 VIGAS DE HIERRO), DESDE DOS HERMANAS A ISLAMENOR (SE), CARECIENDO DE LA CORRESPONDIENTE TARJETA DETRANSPORTES. CARECE DE DISTINTIVOS.- Normas Infringidas: 141 b)LOTT 198 b) RGTO. Pliego de descargo: No .Sanción: 150,00.

Expediente: SE-03850/2003. Matrícula: SE-004796-CP. Titular:ENRIQUE GARRIDO FRANCISCO. Domicilio: VIRGEN DEL ESCARDIEL, 5.Co Postal: 41009. Municipio: SEVILLA. Provincia: Sevilla. Fecha dedenuncia: 19 de Junio de 2003. Vía: N-IV. Punto kilométrico: 533.700.Hora: 09:20. Hechos: CIRCULAR TRANSPORTANDO CARGA UTIL"PERIÓDICOS" DESDE EL AEROPUERTO HACIA SEVILLA, CARECIENDODE TARJETA DE TRANSPORTES. CARECE DE DISTINTIVOS.- NormasInfringidas: 140 a) LOTT 197 a) RGTO. Pliego de descargo: No .San-ción: 300,00.

Expediente: SE-03857/2003. Matrícula: SE-004261-BT. Titular:GONZALEZ JAEN FRANCISCO. Domicilio: NUEVA ANDALUCIA 8. CoPostal: 41400. Municipio: ECIJA. Provincia: Sevilla. Fecha de denuncia:19 de Junio de 2003. Vía: SE-135. Punto kilométrico: 11.000. Hora:09:45. Hechos: CIRCULAR TRANSPORTANDO MATERIAL PARAATRACCIÓN DE FERIA, DESDE ECIJA (SE) A CAÑADA DEL ROSAL,CARECIENDO DE TARJETA DE TRANSPORTES.- Normas Infringidas:141 b) LOTT 198 b) RGTO. Pliego de descargo: No .Sanción: 150,00.

Expediente: SE-03894/2003. Matrícula: M -004434-FG. Titular:AUTOCARES PINO VERDE S.L.. Domicilio: URB. PINO VERDE 9. Co Pos-tal: 41410. Municipio: CARMONA. Provincia: Sevilla. Fecha de denun-cia: 28 de Junio de 2003. Vía: URBANA (AV. PORTUGAL). Punto kilo-métrico:. Hora: 12:25. Hechos: CARECER DE LA AUTORIZACIONESPECIFICA DE TRANSPORTE PUBLICO REGULAR DE VIAJEROS DE USOESPECIAL. REALIZA EL TRANSPORTE DESDE EL CAMPING SEVILLA(CRA. N-IV KM 534) HASTA AVDA. PORTUGAL (SE) DE MODO REITE-RADO CON CALENDARIO, HORARIO E ITINERARIO INTERURBANO.EFECTUA LAS PARADAS EN LOS LUGARES DE ORIGEN Y DESTINO.HORARIOS DE SALIDA CAMPING: 10:00-12:00-17:30 H. Y DESDEAVDA. PORTUGAL: 16:00-18:00 Y 22:00 H.- Normas Infringidas: 140 a)LOTT 197 a) RGTO. Pliego de descargo: No .Sanción: 1.500,00.

Expediente: SE-03923/2003. Matrícula: SE-006478-AW. Titular:MARQUEZ DE MIGUEL SONIA. Domicilio: JIMENEZ MUÑOZ, Nº 90. CoPostal: 41520. Municipio: VISO DEL ALCOR (EL). Provincia: Sevilla.Fecha de denuncia: 21 de Junio de 2003. Vía: SE-206. Punto kilomé-trico: 10.000. Hora: 01:20. Hechos: CIRCULAR CON UN VEHICULOCARECIENDO DE LA CORRESPONDIENTE TARJETA DE TRANSPORTE,TRANSPORTA FOCOS DE LUCES Y TAPADERAS, DESDE VALDEZORRAS(SE), HASTA LA LOCALIDAD DE EL VISO DEL ALCOR (SE). NormasInfringidas: 141 b) LOTT 198 b) RGTO. Pliego de descargo: No .San-ción: 150,00.

Expediente: SE-03988/2003. Matrícula: SE-002725-DS. Titular:DIALMA, TRANSPORTES Y OBRAS, S.L.. Domicilio: POLIGONO LA JARI-LLA, SAN JOSE. Co Postal: 41309. Municipio: RINCONADA (LA). Pro-vincia: Sevilla. Fecha de denuncia: 21 de Junio de 2003. Vía: A-431.Punto kilométrico: 107.000. Hora: 09:05. Hechos: PRESENTAR DISCO-

Miércoles 4 de febrero de 2004 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 28 1463

DIAGRAMA EXISTIENDO EN EL MISMO SUPERPOSICION EN LA CON-DUCCION. MANIFIESTA QUE SE LE HA OLVIDADO CAMBIARLO. SEADJUNTA EL MISMO COMO PRUEBA.- Normas Infringidas: 142 L)LOTT 199 M) RGTO. Pliego de descargo: No .Sanción: 60,00.

Expediente: SE-03989/2003. Matrícula: SE-002727-DS. Titular:DIALMA, TRANSPORTES Y OBRAS, S.L.. Domicilio: POLIGONO LA JARI-LLA, SAN JOSE. Co Postal: 41309. Municipio: RINCONADA (LA). Pro-vincia: Sevilla. Fecha de denuncia: 21 de Junio de 2003. Vía: A-431.Punto kilométrico: 106.000. Hora: 08:40. Hechos: EFECTUAR UNACONDUCCION DE MAS DE CINCO HORAS Y MEDIA EFECTUANDOUNA INTERRUPCION EN LA CONDUCCION DE VEINTICINCO MINUTOS.SE ADJUNTA DISCO DE FECHA 13-03-03 COMO PRUEBA.- NormasInfringidas: 142 K) LOTT 199 L) RGTO. Pliego de descargo: No .San-ción: 120,00.

Expediente: SE-04046/2003. Matrícula: CA-005684-AN. Titular:DIALMA, TRANSPORTES Y OBRAS, S.L.. Domicilio: POLIGONO LA JARI-LLA, SAN JOSE. Co Postal: 41309. Municipio: RINCONADA (LA). Pro-vincia: Sevilla. Fecha de denuncia: 11 de Julio de 2003. Vía: A-431.Punto kilométrico: 87.000. Hora: 07:30. Hechos: CARECER DE UNLIMITADOR EFICAZ AL NO CORTAR A 85 KMS/H SUPERANDO ENLLANO LA VELOCIDAD DE 90 KMS/H. SE ADJUNTAN VARIOS DISCOSDE FECHA 4, 7, 8 Y 9 DEL PRESENTE MES Y AÑO COMO PRUEBA DELO CONCEPTUADO. MANIFIESTA SU CONDUCTOR QUE LO LLEVALIBRE POR AVERIA DE ESTE.- Normas Infringidas: 141. H) 198.H).Pliego de descargo: No .Sanción: 600,00.

Expediente: SE-04056/2003. Matrícula: H -005904-N. Titular: INS-TAL TREJO VAZQUEZ S.L.. Domicilio: GT. PALACIO CONGRESO, M 247-1. Co Postal: 41020. Municipio: SEVILLA. Provincia: Sevilla. Fecha dedenuncia: 27 de Junio de 2003. Vía: A-376. Punto kilométrico: 11.000.Hora: 08:55. Hechos: NO HABER REALIZADO LA REVISION PERIODICAOBLIGATORIA DEL TACOGRAFO- CADUCADO SEGUN PLACA MON-TAJE 21-06-03, FECHA INST. 21-06-01, TLESUR, S.L. T. AUT. E1-033, L-3310 W=9074 MODELO 1314-37 Nº 0849260. ART. 198MRD1211/90.-Normas Infringidas: 141 H) LOTT 198 H) RGTO. Pliego de descargo:No .Sanción: 300,00.

Expediente: SE-04063/2003. Matrícula: SE-004785-DH. Titular:TRANSPORTES GARCIA ESPUCHE S L. Domicilio: AVD CIENCIAS EDIF.AZALEA, 6. Co Postal: 41020. Municipio: SEVILLA. Provincia: Sevilla.Fecha de denuncia: 7 de Julio de 2003. Vía: N-630. Punto kilométrico:799.00. Hora: 19:15. Hechos: CARENCIA EN EL VEHICULO DEL ULTIMODISCO DE LA SEMANA ANTERIOR EN LA QUE CONDUJO. PRESENTASOLO UN DISCO DE FECHA 07/07/03, EL CUAL SE RETIRA PARA LAADMINISTRACION.- Normas Infringidas: 141 Q) LOTT 198 I) RGTO.Pliego de descargo: No .Sanción: 280,00.

Expediente: SE-04115/2003. Matrícula: MU-009632-CK. Titular:CAÑADAS NIETO MANUEL. Domicilio: VISTA BELLA, SN. Co Postal:04100. Municipio: NIJAR. Provincia: Almeria. Fecha de denuncia: 1 deJulio de 2003. Vía: A-92. Punto kilométrico: 42.000. Hora: 08:51.Hechos: CIRCULAR TRANSPORTANDO CONGELADOS DE ALMERIA ASEVILLA CON UN PESO TOTAL DE 42.480 KGS ESTANDO AUTORIZADOSU P.M.A. EN 40.000 KGS. EXCESO=2.480 KGS.- Normas Infringidas:142 E) LOTT 199 E) RGTO. Pliego de descargo: No .Sanción: 210,00.

Expediente: SE-04209/2003. Matrícula: 54-73BNP-. Titular: SERVI-LOGIC PLUS S.L.. Domicilio: MAR MEDITERRANEO, 20. Co Postal:28830. Municipio: SAN FERNANDO DE HENARES. Provincia: Madrid.Fecha de denuncia: 15 de Julio de 2003. Vía: N-IV. Punto kilométrico:456.000. Hora: 19:01. Hechos: CIRCULAR UN CONDUCTOR DE UN PAISTERCERO, AL AMPARO DE UNA LICENCIA COMUNITARIA O UNAAUTORIZACION DE TRANSPORTE PUBLICO CARECIENDO DELCORRESPONDIENTE CERTIFICADO.- Normas Infringidas: 142 L) 199M)+-------. Pliego de descargo: No .Sanción: 270,00.

Expediente: SE-04250/2003. Matrícula: 56-79BRG-. Titular: STU-DIO EDITORES, S.L.. Domicilio: YECLA, 4. Co Postal: 28230. Municipio:ROZAS DE MADRID (LAS). Provincia: Madrid. Fecha de denuncia: 2 deJulio de 2003. Vía: A-376. Punto kilométrico: 54.800. Hora: 07:30.Hechos: CIRCULAR TRANSPORTANDO MATERIAL DIDACTICO (LIBROS,POSTALES, ETC), DESDE RONDA HASTA UTRERA CARECIENDO DETARJETA DE TRANSPORTES.- Normas Infringidas: 141 b) LOTT 198 b)RGTO. Pliego de descargo: No .Sanción: 150,00.

Expediente: SE-04257/2003. Matrícula: MA-000504-BG. Titular:KELIA MALAGA S.L.. Domicilio: ANDRE GUIDE PARCELA 13. Co Postal:29004. Municipio: MALAGA. Provincia: Malaga. Fecha de denuncia: 3de Julio de 2003. Vía: N-630. Punto kilométrico: 809.000. Hora: 10:50.Hechos: REALIZAR TRANSPORTE PRIVADO DE MERCANCIAS, CARE-CIENDO DE LA TARJETA DE TRANSPORTES, CARGA UTIL FRUTOSSECOS.- Normas Infringidas: 141 b) LOTT 198 b) RGTO. Pliego de des-cargo: No .Sanción: 150,00.

Expediente: SE-04267/2003. Matrícula: GR-001854-Y. Titular:SEÑALES Y BARRERAS, S.L.. Domicilio: MAESTRANZA, 21-3º 4. Co Pos-tal: 29016. Municipio: MALAGA. Provincia: Malaga. Fecha de denun-cia: 16 de Julio de 2003. Vía: URBANA (MEDINA Y GALNARES. Puntokilométrico:. Hora: 11:30. Hechos: EFECTUAR TRANSPORTE DE

MAQUINARIAS Y BIDONES DE PINTURA DE 25 LTS. (26 BIDONES)DESDE SEVILLA HASTA ALCALA DEL RIO (SE) SIN PRESENTAR AUTORI-ZACION QUE LE HABILITE PARA ELLO. PESO APROXIMADO 2.500KGS.- Normas Infringidas: 141 b) LOTT 198 b) RGTO. Pliego de des-cargo: No .Sanción: 150,00.

Expediente: SE-04295/2003. Matrícula: 35-19CKJ-. Titular: HORMI-GONES TORRES GEIME, S.L.. Domicilio: DE LA FUENTE, 16. Co Postal:41120. Municipio: GELVES. Provincia: Sevilla. Fecha de denuncia: 17de Julio de 2003. Vía: SE-30. Punto kilométrico: 4.000. Hora: 17:30.Hechos: CIRCULAR TRANSPORTANDO ARIDOS DESDE LA RINCONADA(SE) HACIA MONTEQUINTO, CARECIENDO DE LA PRECEPTIVA TAR-JETA DE TRANSPORTES. NO PRESENTA NINGUN DOCUMENTO NISOLICITUD DE TARJETA DE TRANSPORTES.- Normas Infringidas: 140 a)LOTT 197 a) RGTO. Pliego de descargo: No .Sanción: 1.500,00.

Expediente: SE-04309/2003. Matrícula: SE-006027-DP. Titular:TRIOTRANS SL. Domicilio: URB CAMELIAS,E1C. Co Postal: 41020.Municipio: SEVILLA. Provincia: Sevilla. Fecha de denuncia: 29 de Octu-bre de 2003. Vía: A-92. Punto kilométrico: 42.000. Hora: 18:50.Hechos: CIRCULAR SIN HABER PASADO LA REVISION BIANUAL DELTACÓGRAFO EN EL PLAZO DEBIDO. PLACA DE MONTAJE CON FECHA26.09.01.- Normas Infringidas: 141.5 LOTT. Pliego de descargo: No.Sanción: 1.501,00.

Lo que se notifica a efectos de que, si lo estima opor-tuno, cada interesado alegue por escrito a esta Delega-ción, sita en Plaza de San Andrés, 2 y 4, 41071 Sevilla, loque a su derecho convenga, con aportación o proposi-ción de pruebas en el plazo de quince días hábilessiguientes al de la publicación del presente anuncio.Igualmente se le notifica que, conforme establece el artí-culo 146.3 de la Ley de Ordenación de los TransportesTerrestres, el importe de la sanción inicialmente pro-puesta se reducirá en un 25% si realiza su ingreso antesde que transcurran los 15 días siguientes a la publicaciónde la presente notificación.

Sevilla a 18 de diciembre de 2003.—La Instructora,Luz María Romero García.

11W-16899

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Consejería de Medio Ambiente

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Delegación Provincial de Sevilla

Vías Pecuarias.—Expedientes 60.124 y 71.85

Resolución de exposición pública de deslinde de Vías Pecuarias

Destinatario: Trasierra Jiménez, Juan.Domicilio: Conejero, 27

41620 Marchena (Sevilla)Destinatario: Morales Osuna, Lucia.Domicilio: Lope de Vega, 9

41620 Marchena (Sevilla)Destinatario: Alcaide Olías, Mercedes.Domicilio: Virgen Valvaner, 19

41610 Paradas (Sevilla)Destinatario: Jiménez Perea, María Teresa.Domicilio: Sevilla, 33

41610 Paradas (Sevilla)Destinatario: López Vega, Antonia.Domicilio: Bda. Ciudad Jardín, 7

41620 Marchena (Sevilla)Destinatario: Telefónica.Domicilio: Pza. Nueva, 2

41001 Sevilla.Destinatario: Povea Martín, José.Domicilio: Madre Carmen Ternero, 42

41620 Marchena (Sevilla)Destinatario: Jiménez Cortes, Juan José.Domicilio: San José Obrero, 27

41620 Marchena (Sevilla)Destinatario: Agüera Rey, Rosario.Domicilio: Carmona, 107

41620 Marchena (Sevilla)

1464 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 28 Miércoles 4 de febrero de 2004

Destinatario: Morales Osuna, Miguel.Domicilio: Cid, 34

41620 Marchena (Sevilla)Destinatario: Martínez Montero, Mercedes.Domicilio: San Sebastián, 8

41620 Marchena (Sevilla)Destinatario: Gavira Rodríguez, Lourdes.Domicilio: Conejero, 21

41620 Marchena (Sevilla)Destinatario: Portillo García, Desamparados.Domicilio: Madre Carmen Ternero, 42

41620 Marchena (Sevilla)Destinatario: Pérez Cortes, Josefa.Domicilio: Antonio Machado, 24

41620 Marchena (Sevilla)Destinatario: Parra Guisado, Josefa.Domicilio: Madre Carmen Te, 37

41620 Marchena (Sevilla)Destinatario: Baco Luque, Mercedes.Domicilio: Pintor Goya, 14

41620 Marchena (Sevilla)Destinatario: Camacho Carrasco, Laura.Domicilio: Coullaut Valera, 10

41620 Marchena (Sevilla)Destinatario: Andújar Jiménez, María Dolores.Domicilio: Sevilla, 137

41620 Marchena (Sevilla)Destinatario: Zúñiga Sánchez, Josefa.Domicilio: San Juan, 17

41620 Marchena (Sevilla)Destinatario: Martín Pérez, María Luisa.Domicilio: Las Torres, 5

41620 Marchena (Sevilla)No habiéndose podido efectuar la notificación

correspondiente en el domicilio indicado e ignorándoseel actual, se expide la presente a fin de que sirva de noti-ficación en forma, de acuerdo con lo dispuesto en el art.59.4 de la Vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre deRégimen Jurídico de las Administraciones públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

Sevilla 14 de mayo de 2003.—El Jefe de Sección dePatrimonio y Vías Pecuarias. (Por acuerdo del SecretarioGeneral de Delegación de Firma de 31 de enero de2001), José Gallardo Velázquez.

35W-7391———

Delegación Provincial de Sevilla

Vías Pecuarias.—Expediente 11.205

Resolución de fecha 2 de diciembre de 2003, de la Secre-taría General Técnica de la Consejería de MedioAmbiente, por la que se acuerda la ampliación delplazo fijado para dictar la resolución del expedientede deslinde de la vía pecuaria denominada «Cordelde Morón a Arahal», tramo 1.º, en el término munici-pal de Arahal, en la provincia de Sevilla.Vista la propuesta de ampliación del plazo fijado

para dictar resolución del expediente relativo al deslindede la vía pecuaria «Cordel de Morón a Arahal», tramo1.º, en el término municipal de Arahal, en la provincialde Sevilla, formulada por la Delegación Provincial de laConsejería de Medio Ambiente en Sevilla, resultan lossiguientes:

Antecedentes de hechoPrimero: Mediante resolución del Viceconsejero de

Medio Ambiente de fecha 6 de junio de 2002, se inicia eldeslinde de la vía pecuaria denominada «Cordel deMorón a Arahal», en su tramo primero, en el términomunicipal de Arahal, en la provincia de Sevilla.

Segundo: El plazo establecido para instruir y resolverdicho expediente, resulta insuficiente en el presente pro-cedimiento, debido a la acumulación de expedientes devías pecuarias en trámite, a lo que se ha de unir las difi-cultades materiales acontecidas en la fase de exposiciónpública.

A la vista de tales antecedentes, son de aplicación lossiguientes:

Fundamentos de derechoPrimero: Compete a la Secretaría General Técnica

acordar la ampliación del plazo fijado para dictar resolu-ción, en virtud de los artículos 21.1 y 4 del Decreto155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Regla-mento de Vías Pecuarias de Andalucía.

Segundo: El artículo 21.4. del citado Decreto, en vir-tud del cual "No obstante lo dispuesto en el párrafoanterior, por resolución motivada del Órgano compe-tente para resolver, se podrá acordar la ampliación delplazo fijado para dictar la resolución, sin que dichaampliación pueda exceder de la mitad del plazo inicial-mente establecido".

Por todo ello:Vista la propuesta de la Delegación Provincial de la

Consejería de Medio Ambiente en Sevilla.Visto el Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que

se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comu-nidad Autónoma de Andalucía, la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común ydemás normativa de obligado cumplimiento, acuerdo:

La ampliación del plazo establecido para instruir yresolver el expediente relativo al deslinde de la víapecuaria denominada “Cordel de Morón a Arahal”,tramo 1.º, en el término municipal de Arahal, en la pro-vincia de Sevilla, durante nueve meses más.

Contra la presente resolución no cabe recursoalguno.

Se adjunta listados de propietarios que pudieranresultar afectados, los cuales han sido notificados.

Firmado: Manuel Requena García. (Firma ilegible.)Consta el sello de la Secretaría General Técnica.

Sevilla a 22 de diciembre de 2003.—El Jefe de la Sec-ción de Patrimonio y Vías Pecuarias (por acuerdo delSecretario General de Delegación de Firma de 31-01-01),José Gallardo Velázquez.

Nombre: Referencia catastral

AGUILAR LAFONT, MARÍA TERESA 25/001; 26/005; 27/008ANTEQUERA CABELLO, FRANCISCO 41/145BALBUENA BRENES, ANTONIO 40/99BALBUENA BRENES, CARMEN 41/124BALBUENA BRENES, DOLORES 41/120BALBUENA BRENES, FRANCISCO 40/100; 41/121BALBUENA BRENES, RAFAEL 40/101; 41/122BRENES DE LA VEGA, JOSÉ 41/106, 108, 146;BRENES DE LA VEGA, JOSÉ (C.BIENES) 116/047 *(TM CARMONA)BRENES MONTES, MANUEL 41/126,41/180BRENES VEGA, JOSÉ FRANCISCO 41/105,106,107,108,146BRENES VEGA, TRINIDAD 41/105,106,107,108,146CA ANDALUCIA C OBRAS PUBLICAS Y TTES. 27/9003CA ANDALUCIA C.CULTURA 25/9001CABALLERO LÓPEZ, Mª ANTONIA 41/122CABALLERO RUIZ, ROSARIO 41/138CAÑAVERAL VALDES, MANUEL 26/1,2; 27/1,2 y *17/33ALCALA GUADAIRACONF. HIDROGRAFICA DEL GUADALQUIVIR 25/9002; 24/9003CORTES NIETO, JOSEFA 24/01CORTES NIETO, Mª. CARMEN 25/09CORTES NIETO, MANUEL ANTONIO 25/08,20CRESPO CABALLERO, ANA 39/25DOMÍNGUEZ CRESPO, M.ª ANTONIA,ROSARIO, ANA, ENCARNACIÓN 39/25EXCMO. AYTO ARAHAL 26/9002; 27/9002, 9007;

40/9004GALLEGO BRENES, ANTONIO MANUEL 24/41LOBATO CASTRO, DOLORES 41/126,41/180

Miércoles 4 de febrero de 2004 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 28 1465

MARTÍN CABALLERO, FRANCISCO,RAFAEL Y JOSÉ 41/138MELLADO GUTIERREZ, NATIVIDAD 40/98MORENO ARIAS DE REINA, TERESA 40/097; 39/007, 010NIETO VEGA, ANTONIO 40/88, 40/87RAMOS JIMÉNEZ, ANTONIO 40/98RENFE (Deleg. Patrimonio) 25/9004; 41/9004TRONCOSO MEDINA, AMALIA 41/145VALDES ALVAREZ, Mª LUISA 26/1, 26/2, 27/1, 27/2

7W-566

TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVOREGIONAL DE ANDALUCÍA.—SEVILLA

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/01200/2002, por el con-cepto de procedimiento recaudatorio, seguida en esteTribunal a instancia de don Antonio Fernández-Sam-bruno Pinto, se ha dictado en 27/03/2003, resolución, encuya parte dispositiva dice:

El Tribunal acuerda en Sala y en única instancia:Desestimar la presente reclamación, confirmando el actoimpugnado.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/01236/2002, por el con-cepto de procedimiento recaudatorio, seguida en esteTribunal a instancia de Doinfa, S.L., se ha dictado en26/06/2003, resolución, en cuya parte dispositiva dice:

El Tribunal acuerda en Sala y en única instancia:Desestimar la presente reclamación y confirmado las pro-videncias de apremio impugnadas

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/01285/2002, por el con-cepto de procedimiento recaudatorio, seguida en este

Tribunal a instancia de don Benito Leco Lamela, se hadictado en 02/06/2003, resolución, en cuya parte disposi-tiva dice:

El Tribunal acuerda en Sala y en única instancia:Desestimar la presente reclamación, confirmando el actoimpugnado.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/01397/2002, por el con-cepto de procedimiento recaudatorio, seguida en esteTribunal a instancia de don Manuel Ríos Domínguez, seha dictado en 17/02/2003, resolución, en cuya parte dis-positiva dice:

El Tribunal acuerda en Sala y en única instancia:Desestimar la presente reclamación, confirmando el actoimpugnado.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/01398/2002, por el con-cepto de procedimiento recaudatorio, seguida en esteTribunal a instancia de don Juan Manuel Román Bravo,se ha dictado en 17/02/2003, resolución, en cuya partedispositiva dice:

El Tribunal acuerda en Sala y en única instancia: Esti-mar la presente reclamación, anulando el acto adminis-trativo impugnado.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

1466 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 28 Miércoles 4 de febrero de 2004

Nombre: Referencia catastral

ANUNCIO

En la reclamación número 41/01670/2002, por el con-cepto de procedimiento recaudatorio, seguida en esteTribunal a instancia de doña M.ª del Pilar Martínez Pas-tor, se ha dictado en 26/06/2003, resolución, en cuyaparte dispositiva dice:

El Tribunal acuerda en Sala y en única instancia: Esti-mar la presente reclamación, anulando el acto adminis-trativo impugnado.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/01772/2002, por el con-cepto de procedimiento recaudatorio, seguida en esteTribunal a instancia de don Fernando de Borbón Medina,se ha dictado en 26/06/2003, resolución, en cuya partedispositiva dice:

El Tribunal acuerda en Sala y en única instancia:Desestimar la presente reclamación, confirmando el actoimpugnado.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/02160/2002, por el con-cepto de tasas y tributos parafiscales seguida en este Tri-bunal a instancia de don Isidro Acuña Tabares, se ha dic-tado en 02/06/2003, resolución, en cuya parte dispositivadice:

El Tribunal acuerda en única instancia: Declararseincompetente para conocer y resolver, previniendo alinteresado para que use de su derecho ante la Junta Pro-vincial de Hacienda de Sevilla de la Junta de Andalucía.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/02161/2002, por el con-cepto de tasas y tributos parafiscales seguida en este Tri-bunal a instancia de don Isidro Acuña Tabares, se ha dic-tado en 02/06/2003, resolución, en cuya parte dispositivadice:

El Tribunal acuerda en única instancia: Declararseincompetente para conocer y resolver, previniendo alinteresado para que use de su derecho ante la Junta Pro-vincial de Hacienda de Sevilla de la Junta de Andalucía.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/02162/2002, por el con-cepto de tasas y tributos parafiscales seguida en este Tri-bunal a instancia de don Isidro Acuña Tabares, se ha dic-tado en 02/06/2003, resolución, en cuya parte dispositivadice:

El Tribunal acuerda en única instancia: Declararseincompetente para conocer y resolver, previniendo alinteresado para que use de su derecho ante la Junta Pro-vincial de Hacienda de Sevilla de la Junta de Andalucía.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/02664/2002, por el con-cepto de procedimiento recaudatorio, seguida en esteTribunal a instancia de Antonio López Clemente, se hadictado en 02/06/2003, resolución, en cuya parte disposi-tiva dice:

El Tribunal acuerda en Sala y en única instancia:Declarar inadmisible por extemporánea la presentereclamación, sin entrar a conocer sobre el fondo delasunto.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo texto

Miércoles 4 de febrero de 2004 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 28 1467

íntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/02735/2002, por el con-cepto de procedimiento recaudatorio, seguida en esteTribunal a instancia de José Miguel Illera Tamaki, se hadictado en 02/06/2003, resolución, en cuya parte disposi-tiva dice:

El Tribunal acuerda en Sala y en única instancia: Esti-mar la presente reclamación y anular la providencia deapremio impugnada.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/02768/2002, por el con-cepto de procedimiento recaudatorio, seguida en esteTribunal a instancia de don Manuel Márquez García, seha dictado en 17/02/2003, resolución, en cuya parte dis-positiva dice:

El Tribunal acuerda en Sala y en única instancia:Desestimar la presente reclamación, confirmando el actoadministrativo impugnado.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/03211/2002, por el con-cepto de procedimiento recaudatorio, seguida en esteTribunal a instancia de don José Luis Pegador Jiménez, seha dictado en 26/06/2003, resolución, en cuya parte dis-positiva dice:

El Tribunal acuerda en Sala y en única instancia:Desestimar la presente reclamación, confirmando losactos impugnados.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-

miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/03258/2002, por el con-cepto de procedimiento recaudatorio, seguida en esteTribunal a instancia de don José Cantero Gallardo, se hadictado en 24/07/2003, resolución, en cuya parte disposi-tiva dice:

El Tribunal acuerda en Sala y en única instancia: Esti-mar la presente reclamación, anulando la providencia deapremio impugnada.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/03343/2002, por el con-cepto de renta personas físicas seguida en este Tribunal ainstancia de Loutfi, Bouabid, se ha dictado en02/06/2003, resolución, en cuya parte dispositiva dice:

El Tribunal acuerda en única instancia: Desestimar lapresente reclamación y confirmar el acto impugnado.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/03380/2002, por el con-cepto de I.V.A. seguida en este Tribunal a instancia dePortaceli Grupo Inmobiliario, S.L., se ha dictado en02/06/2003, resolución, en cuya parte dispositiva dice:

El Tribunal acuerda en única instancia: Estimar la pre-sente reclamación y anular la sanción impugnada.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo texto

1468 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 28 Miércoles 4 de febrero de 2004

íntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/03400/2002, por el con-cepto de I.V.A. seguida en este Tribunal a instancia dePetrojaf, S.L., se ha dictado en 02/06/2003, resolución, encuya parte dispositiva dice:

El Tribunal acuerda en única instancia: Estimar enparte la presente reclamación y anular la sanción impug-nada para que se sustituya por la que proceda conformea lo expuesto en el último fundamento de esta, resolu-ción.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/03401/2002, por el con-cepto de I.V.A. seguida en este Tribunal a instancia dePetrojaf, S.L., se ha dictado en 02/06/2003, resolución, encuya parte dispositiva dice:

El Tribunal acuerda en única instancia: Desestimar lapresente reclamación y confirmar el acto administrativoimpugnado.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/03402/2002, por el con-cepto de I.V.A. seguida en este Tribunal a instancia dePetrojaf, S.L., se ha dictado en 02/06/2003, resolución, encuya parte dispositiva dice:

El Tribunal acuerda en única instancia: Desestimar lapresente reclamación y confirmar el acto administrativoimpugnado.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativas

significándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/03403/2002, por el con-cepto de I.V.A. seguida en este Tribunal a instancia dePetrojaf, S.L., se ha dictado en 02/06/2003, resolución, encuya parte dispositiva dice:

El Tribunal acuerda en única instancia: Desestimar lapresente reclamación y confirmar el acto administrativoimpugnado.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/03404/2002, por el con-cepto de I.V.A. seguida en este Tribunal a instancia dePetrojaf, S.L., se ha dictado en 02/06/2003, resolución, encuya parte dispositiva dice:

El Tribunal acuerda en única instancia: Desestimar lapresente reclamación y confirmar el acto administrativoimpugnado.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/03670/2002, por el con-cepto de sucesiones y donaciones seguida en este Tribu-nal a instancia de Ana María Mowbray García, se ha dic-tado en 24/06/2003, resolución, en cuya parte dispositivadice:

El Tribunal acuerda en única instancia: Desestimar lapresente reclamación y confirmar el acto impugnado.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo texto

Miércoles 4 de febrero de 2004 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 28 1469

íntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/03695/2002, por el con-cepto de I.V.A., seguida en este Tribunal a instancia deCrespo y González, S.L., se ha dictado en 02/06/2003,resolución, en cuya parte dispositiva dice:

El Tribunal acuerda en única instancia: Estimar la pre-sente reclamación y anular el acto impugnado, retrotra-yendo las actuaciones al momento de incoación delexpediente sancionador.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/04105/2002, por el con-cepto de otros conceptos seguida en este Tribunal a ins-tancia de don Javier Yaque Rubio, se ha dictado en02/06/2003, resolución, en cuya parte dispositiva dice:

El Tribunal acuerda en única instancia: Declarar inad-misible por extemporánea la presente reclamación, sinentrar a conocer sobre el fondo del asunto.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/04106/2002, por el con-cepto de otros conceptos seguida en este Tribunal a ins-tancia de don Javier Yaque Rubio, se ha dictado en02/06/2003, resolución, en cuya parte dispositiva dice:

El Tribunal acuerda en única instancia: Declarar inad-misible por extemporánea la presente reclamación, sinentrar a conocer sobre el fondo del asunto.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativas

significándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/04355/2002, por el con-cepto de I.V.A. seguida en este Tribunal a instancia dedoña María Luisa Porras Negro, se ha dictado en02/06/2003, resolución, en cuya parte dispositiva dice:

El Tribunal acuerda en única instancia: Estimar enparte la presente reclamación y anular la sanción impug-nada para que se sustituya por la que proceda conformea lo expuesto en el último fundamento de esta, resolu-ción.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/04356/2002, por el con-cepto de I.V.A. seguida en este Tribunal a instancia dedoña María Luisa Porras Negro, se ha dictado en02/06/2003, resolución, en cuya parte dispositiva dice:

El Tribunal acuerda en única instancia: Estimar enparte la presente reclamación y anular la sanción impug-nada para que se sustituya por la que proceda conformea lo expuesto en el último fundamento de esta resolu-ción.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/04489/2002, por el con-cepto de procedimiento recaudatorio, seguida en esteTribunal a instancia de don Pablo Rodríguez Camacho, seha dictado en 02/06/2003, resolución, en cuya parte dis-positiva dice:

El Tribunal acuerda en Sala y en única instancia:Declarar terminado el procedimiento, ordenando elarchivo de la reclamación y la devolución del expedienteorigen de la misma al Órgano gestor.

1470 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 28 Miércoles 4 de febrero de 2004

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/04534/2002, por el con-cepto de I.V.A. seguida en este Tribunal a instancia deLas Arenas de Islantilla, S.L., se ha dictado en 02/06/2003,resolución, en cuya parte dispositiva dice:

El Tribunal acuerda en única instancia: Estimar enparte la presente reclamación y anular la sanción impug-nada para que se sustituya por la que proceda conformea lo expuesto en el último fundamento de esta resolu-ción.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/04604/2002, por el con-cepto de procedimiento recaudatorio, seguida en esteTribunal a instancia de don Carlos de la Cruz González,se ha dictado en 02/06/2003, resolución, en cuya partedispositiva dice:

El Tribunal acuerda en Sala y en única instancia: Esti-mar la presente reclamación y anular la providencia deapremio impugnada.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/04638/2002, por el con-cepto de transmisiones y A.J.D., seguida en este Tribunala instancia de Incosur, S.A., se ha dictado en 24/06/2003,resolución, en cuya parte dispositiva dice:

El Tribunal acuerda en única instancia: Estimar la pre-sente reclamación y anular el acto administrativo impug-nado y los ulteriores que se hubieran dictado, sin perjui-cio de la facultad del Órgano gestor para practicar nuevavaloración en la forma reglamentaria.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/04918/2002, por el con-cepto de I.V.A. seguida en este Tribunal a instancia dePortaceli Grupo Inmobiliario, S.L., se ha dictado en02/06/2003, resolución, en cuya parte dispositiva dice:

El Tribunal acuerda en única instancia: Estimar enparte la presente reclamación y anular la sanción impug-nada para que se sustituya por la que proceda conformea lo expuesto en el último fundamento de esta resolu-ción.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/04946/2002, por el con-cepto de sucesiones y donaciones seguida en este Tribu-nal a instancia de don Guillermo Castrejón Romero, seha dictado en 02/06/2003, resolución, en cuya parte dis-positiva dice:

El Tribunal acuerda en única instancia: Estimar la pre-sente reclamación y anular el acto administrativo impug-nado y los ulteriores que se hubieran dictado, sin perjui-cio de la facultad del Órgano gestor para practicar nuevavaloración en la forma reglamentaria.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

Miércoles 4 de febrero de 2004 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 28 1471

ANUNCIO

En la reclamación número 41/05036/2002, por el con-cepto de procedimiento recaudatorio, seguida en esteTribunal a instancia de don Emilio José Pérez García, seha dictado en 02/06/2003, resolución, en cuya parte dis-positiva dice:

El Tribunal acuerda en Sala y en única instancia:Desestimar la presente reclamación, confirmando el actoadministrativo impugnado.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/05537/2002, por el con-cepto de procedimiento recaudatorio, seguida en esteTribunal a instancia de doña Manuela Quintana Torres,se ha dictado en 02/06/2003, resolución, en cuya partedispositiva dice:

El Tribunal acuerda en Sala y en única instancia:Declarar inadmisible por extemporánea la presentereclamación, sin entrar a conocer sobre el fondo delasunto.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/06176/2002, por el con-cepto de transmisiones y A.J.D., seguida en este Tribunala instancia de don Manuel Romero Morillo, se ha dictadoen 24/06/2003, resolución, en cuya parte dispositiva dice:

El Tribunal acuerda en única instancia: Estimar la pre-sente reclamación y anular el acto administrativo impug-nado y los ulteriores que se hubieran dictado, sin perjui-cio de la facultad del Órgano gestor para practicar nuevavaloración en la forma reglamentaria.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/06183/2002, por el con-cepto de procedimiento recaudatorio, seguida en esteTribunal a instancia de doña María Teresa Varela Ruiz, seha dictado en 24/06/2003, resolución, en cuya parte dis-positiva dice:

El Tribunal acuerda en Sala y en única instancia: Esti-mar la presente reclamación y anular la providencia deapremio impugnada.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/06518/2002, por el con-cepto de impuestos especiales seguida en este Tribunal ainstancia de don Juan Miguel Freire Barranco, se ha dic-tado en 02/06/2003, resolución, en cuya parte dispositivadice:

El Tribunal acuerda en única instancia: Desestimar lapresente reclamación, confirmado la sanción impugnada.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/06628/2002, por el con-cepto de procedimiento recaudatorio, seguida en esteTribunal a instancia de don Francisco de Paula MacíasSánchez, se ha dictado en 24/06/2003, resolución, en cuyaparte dispositiva dice:

El Tribunal acuerda en Sala y en única instancia:Declarar inadmisible por extemporánea la presentereclamación, sin entrar a conocer sobre el fondo delasunto.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-

1472 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 28 Miércoles 4 de febrero de 2004

tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/06706/2002, por el con-cepto de I.V.A. seguida en este Tribunal a instancia dedon Diego Benjumea de la Cova, se ha dictado en24/06/2003, resolución, en cuya parte dispositiva dice:

El Tribunal acuerda en única instancia: Estimar enparte la presente reclamación, anulando la sancionesimpugnadas por la presentación fuera de plazo de lasdeclaraciones-resúmenes anuales del IVA, para que sesustituyan por las que proceda conforme a lo expuestoen el último fundamento de esta resolución; confir-mando el resto de las sanciones impugnadas.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/07151/2002, por el con-cepto de procedimiento recaudatorio, seguida en esteTribunal a instancia de Manuel Ruz García, se ha dictadoen 24/06/2003, resolución, en cuya parte dispositiva dice:

El Tribunal acuerda en Sala y en única instancia:Desestimar la presente reclamación, confirmando elacuerdo de compensación impugnado.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/07206/2002, por el con-cepto de procedimiento recaudatorio, seguida en esteTribunal a instancia de Automóviles Storecar, S.L., se hadictado en 24/06/2003, resolución, en cuya parte disposi-tiva dice:

El Tribunal acuerda en Sala y en única instancia:Desestimar la presente reclamación, confirmado la provi-dencia de apremio impugnada.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativas

significándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

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ANUNCIO

En la reclamación número 41/07403/2002, por el con-cepto de otros conceptos seguida en este Tribunal a ins-tancia de Boulser, S.L., se ha dictado en 24/06/2003, reso-lución, en cuya parte dispositiva dice:

El Tribunal acuerda en única instancia: Estimar enparte la presente reclamación y anular la sanción impug-nada para que se sustituya por la que proceda conformea lo expuesto en el último fundamento de esta resolu-ción.

No habiéndose podido notificar en el domicilio seña-lado por el interesado, por ser desconocido en el mismo,se hace por medio de este anuncio de conformidad conlo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relacióncon el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedi-miento en las reclamaciones económico-administrativassignificándole que contra la resolución citada, cuyo textoíntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tri-bunal Regional, podrá interponer recurso contenciosoante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, den-tro de los dos meses siguientes a la fecha de la publica-ción de éste.

Sevilla a 6 de noviembre de 2003.—El Abogado delEstado-Secretario, Eusebio Pérez Torres.

11W-15860

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA———

Juzgados de lo Social———

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 1

N.I.G.: 4109144S20010005569.Procedimiento: 493/01.Ejecución núm.: 66/2002. Negociado: 4L.De: Don José Enrique Gordillo Montenegro.Contra: Lebrijana 94, S.L., y Explotaciones Hosteleras

Galduria, S.L.Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, Secretaria del

Juzgado de lo Social número uno de Sevilla.Doy fe y testimonio: Que en este Juzgado se sigue

ejecución número 66/2002, dimanante de autos núm.493/01, en materia de ejecución, a instancias de JoséEnrique Gordillo Montenegro, contra Lebrijana 94 S.L., yExplotaciones Hosteleras Galduria, S.L., habiéndose dic-tado resolución cuyo encabezamiento y parte dispositivason del tenor literal siguiente:

Auto: En Sevilla a 19 de diciembre de 2003.Parte dispositiva

Declarar a las ejecutadas Lebrijana 94, S.L., y Explota-ciones Hosteleras Galduria, S.L., en situación de insolven-cia con carácter provisional por importe de 1.698.432pts/. 10.207,78 euros de principal, más 339.686 pts.2.041,55 euros que provisionalmente se presupuestanpara intereses legales y costas del procedimiento, sin per-juicio de su ulterior tasación.

Miércoles 4 de febrero de 2004 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 28 1473

Notifíquese la presente resolución a las partes y alFondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contrala misma podrán interponer recurso de reposición anteeste Juzgado en el plazo de los cinco días hábilessiguientes al de su notificación, y que transcurrido dichotérmino, si no manifiestan alegación alguna se proce-derá al archivo provisional de las actuaciones.

Así, por este auto, lo acuerda, manda y firma la Ilma.Sra. doña Aurora Barrero Rodríguez, Magistrado-Juezdel Juzgado de lo Social numero uno de esta capital y suprovincia.

Doy fe.La Magistrada-Jueza. La Secretaria.Y para que sirva de notificación en forma a Lebrijana

94, S.L., y Explotaciones Hosteleras Galduria, S.L., cuyoactual domicilio o paradero se desconocen, libro el pre-sente edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de laprovincia de Sevilla , con la prevención de que las demásresoluciones que recaigan en las actuaciones le seránnotificadas en los estrados del Juzgado, salvo las quedeban revestir la forma de autos o sentencias o se tratede emplazamientos y todas aquellas otras para las que laley expresamente disponga otra cosa.

Dado en Sevilla a 19 de diciembre de 2003.—LaSecretaria Judicial, Rosa María Rodríguez Rodríguez.

253W-16763———

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 3

En los autos núm.m. 205/03, seguidos en este Juz-gado a instancias de don Manuel Fernández Gómez con-tra Ilerge, S.L., y otros, se ha dictado sentencia núm.390/03 de fecha 20-11-03, cuya parte dispositiva es delsiguiente tenor literal.

Fallo: Que estimando la demanda interpuesta pordon Manuel Fernández Gómez contra las mercantilesIlerge, S.L., e Ilerge Montajes, S.L., en reclamación pordespido, debo declarar y declaro el mismo como impro-cedente, condenando estar y pasar por esta declaraciónasí como, a su elección, que deberá verificar en un plazode cinco días desde la notificación de esta sentencia,bien a readmitir al actor en su puesto de trabajo con lasmismas condiciones que tenía antes del despido, bien aque le indemnice en la cantidad de 5.075,35 euros(844.467,19 pesetas), más en todo caso a que le abonelos salarios dejados de percibir desde el día del despidohasta la notificación de esta sentencia.

Todo ello sin hacer expreso pronunciamiento, porahora, respecto del Fondo de Garantía Salarial pero sinperjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casosen que fuera legalmente procedente, de acuerdo con loestablecido en el fundamento jurídico tercero de estaresolución.

Notifíquese esta sentencia a las partes previniéndolesque contra la misma cabe recurso de suplicación.

Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamenteen única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación y notificación. En Sevilla a 20/11/2003.Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día

de la fecha por el Ilmo. Sr. don Rafael Javier PáezGallego, Magistrado-Juez de lo Social núm. tres de estacapital y su provincia, estando celebrando audienciapública.

En igual fecha, se notifica esta resolución a las partes,advirtiéndoles que contra la misma cabe interponerrecurso de suplicación ante la Sala de lo Social del T.S.J.A.(Sevilla), cuyo anuncio efectuará ante este Juzgado en elplazo improrrogable de cinco dias a contar desde elsiguiente a la notificación de esta Sentencia.

Si recurre la parte demandada condenada, deberáacreditar al anunciar el recurso de suplicación, la consig-nacion del importe de la condena en la c/c núm. 4022-

0000-65 con expresion del núm. de autos al efectuar elingreso en la entidad Banesto sito en calle José RecuerdaRubio de Sevilla, así como el ingreso de 150,25 euros enla cuenta de depositos abierta en el mismo Banco ySucursal con el núm. 5.793-0000-00 con expresion delnúm. de autos.

Para el caso de que la empresa opte por la readmi-sion y mientras dure la sustanciación del recurso, laempresa condenada estará obligada a readmitir al actoren su puesto de trabajo, en las mismas condiciones, quetenía y con abono de sus salario, salvo que quiera hacedicho abono sin contraprestación por parte del actor.

De todo lo cual Doy fe. La secretaria.Y para que sirva de notificación a las Empresas Ilerge,

S.L., e Ilerge Montajes, S.L., en ignorado paradero,expido el presente.

En Sevilla a 20 de noviembre del año 2003.—La Secre-taria, (Firma ilegible.)

253W-15699———

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 7

Ejecución número: 106/2003.(Dimana de autos: 331/03).Sobre: Ejecución acta de conciliación.Actor: Don Daniel Jiménez González Nandi (D.N.I.:

28.601.506).Demandados: La Meca Production, S.L. (C.I.F.: B-

91000794).Doña Carmen Gallego Ojeda, Secretaria sustituta del

Juzgado de lo Social número siete de los de esta capital ysu provincia.

Hago saber: Que en los autos anteriormente indica-dos, se ha dictado resolución de fecha 3 de junio de2003, en cuya parte dispositiva se acuerda proceder, sinprevio requerimiento de pago, al embargo de bienes,derechos y acciones de la propiedad de la demandada,en cantidad suficiente a cubrir la suma de 2.746,00 euros,en concepto de principal, más la de 549,20 euros, calcula-dos para intereses y gastos.

Y para que conste y sirva de notificación en forma a laempresa demandada, actualmente en paradero descono-cido, se expide el presente en Sevilla a 20 de noviembre de2003.—La Secretaria, Carmen Gallego Ojeda.

255F-15549———

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 9

Procedimiento: Despidos 688/2003.Negociado: 6.Doña Rosa M.ª Adame Barbeta, Secretaria Judicial del

Juzgado de lo Social número nueve de esta capital y suprovincia.

Hace saber: Que en virtud de proveído dictado enesta fecha en los autos número 688/2003, se ha acordadocitar a «Fracuni», S. L., como parte demandada, portener ignorado paradero, para que comparezca el pró-ximo día 26 de febrero de 2004, a las 10.55 horas, paraasistir a los actos de conciliación y juicio, en su caso, quetendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en calleVermondo Resta, s/n., edificio Viapol, quinta planta,debiendo comparecer personalmente o por personalegalmente apoderada y con los medios de prueba deque intente valerse, con la advertencia de que es únicaconvocatoria y que no se suspenderán por falta injustifi-cada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora,la referida parte realice prueba de confesión judicial.

Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene asu disposición, en la Secretaría de este Juzgado de loSocial, copia de la demanda presentada.

1474 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 28 Miércoles 4 de febrero de 2004

Y para que sirva de citación a «Fracuni», S. L., y a«Bética de Turismo Rural», S. L., se expide la presentecédula de citación para su publicación en el «Boletín Ofi-cial» de la provincia y para su colocación en el tablón deanuncios.

En Sevilla a 16 de enero de 2004.—La Secretaria Judi-cial, Rosa M.ª Adame Barbeta.

7F-882———

Juzgados de Primera Instancia———

DOS HERMANAS.—JUZGADO NÚM. 4

Doña Carmen Orejuela Pinedo, Secretaria del Juz-gado de Primera Instancia e Instrucción número cuatrode esta ciudad.

Por medio del presente, hace público: Que en esteJuzgado de mi cargo, y bajo el número 139/2001, se tra-mita expediente de prevenciones abintestato, a instanciade la Residencia Asistida de Pensionistas de Montequinto(Dos Hermanas), por el fallecimiento de doña MagdalenaSuárez Román, que se produjo el día 23 de marzo de2001, y hacer saber, en segundo llamamiento, a las per-sonas que se crean con derecho a su herencia, que pue-den reclamarla, en el plazo de treinta días.

Dado en Dos Hermanas a 31 de octubre de 2003.—LaSecretaria Judicial, Carmen Orejuela Pinedo.

9F-14

AYUNTAMIENTOS ———

SEVILLAEn término de quince días pueden deducir reclama-

ción aquellos que estén interesados en el expediente2003/00353, instruido para la devolución de la fianzaconstituida en la Caja Municipal para responder de servi-cio desarrollo de talleres de formación integral parafamilias, y que tiene solicitada Fundación Ecca.

Sevilla a 7 de enero de 2004.—El Alcalde. P. D.: LaTeniente de Alcalde Delegada de Hacienda. (Firma ile-gible.)

35F-359-P———

SEVILLA

Gerencia de UrbanismoEl Consejo de Gobierno de esta Gerencia, en sesión

celebrada el día 29 de octubre de 2003, acordó aprobarinicialmente el Proyecto de Compensación de la unidadde ejecución UA-AE-4 (Mercasevilla).

En consecuencia, conforme al artículo 108.1 del RD3288/78, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Regla-mento de Gestión Urbanística, se somete a informaciónpública el citado proyecto durante un plazo que finali-zará una vez transcurrido un mes, a contar desde laúltima de las publicaciones del presente edicto, que seefectuarán en el «Boletín Oficial» de la provincia, en eltablón de anuncios del Ayuntamiento de Sevilla y de suGerencia de Urbanismo, y en la prensa local, para quecualquier interesado pueda examinarlo junto con elexpediente administrativo que se tramita al efecto y pre-sentar las alegaciones y documentos que se estimen per-tinentes.

Los antecedentes se encuentran de manifiesto en elNegociado Administrativo de Actuaciones Sistemáticas yFomento de la Edificación de la Gerencia de Urbanismo

(Recinto de la Cartuja, Avda. Carlos III s/n., edificionúmero 5. Horario de información al público: 11.00 a13.00 horas de lunes a viernes), y en su Registro podránpresentarse los escritos que a la misma se dirijan, en cual-quiera de las formas previstas en la Ley 30/92, reguladoradel Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 13 de noviembre de 2003.—El Secretario de laGerencia, Venancio Gutiérrez Colomina.

253W-15320-P———

SEVILLA

Gerencia de UrbanismoDon Manuel Marchena Gómez, Gerente de Urba-

nismo del Excmo. Ayuntamiento de esta capital.Expediente: 5/03 G.I.Recibido en este servicio informe del Jefe del Servicio

de Alumbrado Público, donde se expresa que con motivode la colisión del vehículo con martícula SE-3927-BN, pro-piedad de doña Eva María Carmona Cabrera, en la calleVerbena de la Paloma, punto de luz número8, se hanocasionado daños en el alumbrado público que hanascendido a 1.035,99 euros, de orden del Sr. Gerente sele da un plazo de diez días para que alegue y presentelos documentos y justificantes que estime pertinentes, deconformidad con loprevisto en el artículo 84 de la Ley30/1992, de Régimen Jurídico de las Administracionespúblicas y del Procedimiento Administrativo-Común, afin de determinar la responsabilidad que pueda Vd.tener en los daños causados, y en su caso, exigirle el rein-tegro del coste de reparación de los desperfectos en elalumbrado público.

Si así lo estima pertinente, podrá Vd. comunicar losdatos de la entidad aseguradora a que haya de remitir lapertinente reclamación.

Se adjunta copias de la certificación formulada por laempresa conservadora del alumbrado público.

Sevilla 9 de diciembre de 2003.—El Gerente de laGerencia, Manuel Marchena Gómez.

253F-16426———

SEVILLA

Gerencia de UrbanismoDon Manuel Marchena Gómez, Gerente de Urba-

nismo del Excmo. Ayuntamiento de esta capital.Expediente: 3/03 G.I.Recibido en este Servicio informe del Jefe del Servicio

de Alumbrado Público, donde se expresa que con motivode la colisión del vehículo con matrícula SS-2536-W, pro-piedad de Transgopar, S.L., en Avda. de Eduardo Dato,punto número 65, se han ocasionado daños en el alum-brado público que han hecho necesaria la reparación delos desperfectos ocasionados, cuyo importe ha ascendidoa 1.231,22 euros, de orden del Sr. Gerente se le da unplazo de diez días, para que alegue y presente los docu-mentos y justificaciones que estime pertinentes, de con-formidad con lo previsto en el artículo 84 de la Ley30/1992, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo-Común, afin de determinar la responsabilidad que pueda Vd.tener en los daños causados y, en su caso, exigirle el rein-tegro del coste de reparación de los desperfectos en elalumbrado público.

Si así lo estima pertinente, podrá Vd. comunicar losdatos de la entidad aseguradora a que haya de remitir lapertinente reclamación.

Se adjuntan copias de la certificación formulada porla empresa conservadora del alumbrado público.

Sevilla a 9 de diciembre de 2003.—El Gerente de laGerencia, Manuel Marchena Gómez.

253W-16427

Miércoles 4 de febrero de 2004 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 28 1475

SEVILLA

Gerencia de UrbanismoServicio: Disciplina Urbanistica. Seccion: Infracciones

de obras de particulares. Negociado: Administrativo.Expte.: 707/2000. Lugar: Mateos Gago núm. 16 esq.Rodrigo Caro y Pasaje Vila. Promotor: María MagdalenaFernández Martínez. Zona uno. CCC.

Habiéndose intentado la notificación de la resoluciónrecaída en el expediente instruido en el Servicio de Disci-plina Urbanística, Sección Infracciones de Obras de Parti-culares, contra las personas que a continuación se rela-cionan y no pudiéndose practicar por estar ausente de sudomicilio en la hora de reparto o ser desconocido elmismo, por medio del presente edicto se hace pública lanotificación de la misma conforme a lo dispuesto en elart. 59.4 de la Ley 30/92, reguladora del Régimen de lasAdministraciones Públicas y Procedimiento Administra-tivo Común. El contenido de la Resolución recaída es elsiguiente: El Sr. Gerente de Urbanismo, por delegacióndel Consejo de Gerencia de fecha 17 de mayo de 2000,con fecha 16 de mayo de 2003 (núm. de Resolución2566), se ha servido disponer lo que sigue:

Mediante Resolución de esta Gerencia de Urbanismode fecha 26 de septiembre de 2001, se concedió a doñaMaría Magdalena Fernández Martínez, un plazo deaudiencia de diez días, para que presentase cuantas ale-gaciones y justificaciones estimase convenientes endefensa de sus derechos con carácter previo en su caso, ala propuesta de restitución de lo construido no legaliza-ble por las obras realizadas sin licencia y no legalizablesen la finca sita en calle Mateos Gago núm. 16 esq.Rodrigo Caro y Pasaje Vila. De dicha Resolución se datraslado al interesado en fecha 1-4-2.003, mediante supublicación en el «Boletín Oficial» de la provincia.

A la vista de todo lo expuesto, hay que indicar queha transcurrido el plazo de un año para resolver y notifi-car los procedimientos de protección de la legalidadurbanística, establecido en la Ley 9/2001, de 12 de julio,por la que se establece el sentido del silencio administra-tivo y los plazos de determinados procedimientos comogarantías procedimentales para los ciudadanos, por loque procede declarar la caducidad del procedimiento.No obstante, y de conformidad con lo dispuesto en elart. 92.3.º de la Ley de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y Procedimiento AdministrativoComún. La caducidad no producirá por sí sola la prescrip-ción de las acciones del particular o de la Administración,pero los procedimientos caducados no interrumpirán elplazo de prescripción.

En consecuencia y dado que no ha transcurrido elplazo de cuatro años establecido en el art. unico de laLey1/1997, de 18 de junio, de la Comunidad Autónomade Andalucía, que aprueba el contenido de los artículos248 y 249 del TRLS de 26-6-92, para adoptar las medidasde Protección de la Legalidad Urbanística, procedería ini-ciar nuevamente dicho procedimiento.

Por todo ello, y en uso de las facultades conferidaspor los Estatutos de la Gerencia de Urbanismo.

Vengo en disponerPrimero.—Declarar caducado el procedimiento ini-

ciado contra doña María Magdalena Fernández Martí-nez, mediante Resolución de fecha 26 de septiembre de2001, por la realización de obras sin licencia, en la fincasita en calle Mateos Gago núm. 16 esq. Rodrigo Caro yPasaje Vila, conforme a lo dispuesto en la Ley 9/2001, de12 de julio, por la que se establece el sentido del silencioadministrativo y los plazos de determinados procedi-mientos como garantías procedimentales para los ciuda-danos.

Segundo.—Dar traslado de la presente Resolución alinteresado.

Lo que le comunico para su conocimiento y efectosoportunos, sirviéndose firmar el adjunto duplicado.

Asimismo, también se señala, de conformidad con elArt. 59.3 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley30/92, de 26 de noviembre, de R.J.A.P. y P.A.C., que lasnotificaciones que sean rehusadas por el interesado o surepresentante, se tendrán por válidas y eficaces desdeese momento, una vez que se haga constar esta circuns-tancia en las actuaciones administrativas del expedientede referencia.

Sevilla, 20 de mayo de 2003.—El Secretario de laGerencia P.D. El Jefe del Servicio de Disciplina Urbanis-tica, Francisco J. Martínez Rivas. Destino: M.ª MagdalenaFernández Martínez. Calle Periodista Ramón Resa núm.8, 3 º D. Sevilla.

Sevilla, 26 de diciembre de 2003.—El Secretario de laGerencia, Venancio Gutierrez Colomina.

253W-16895———

ALCALÁ DE GUADAÍRA

Don Antonio Gutiérrez Limones, Alcalde-Presidentedel Ayuntamiento de esta ciudad.

Hace saber: Que para el presente ejercicio económicode 2004, los periodos de cobranza en periodo voluntariode los diferentes padrones municipales será el que a con-tinuación se detalla:

Periodo de cobranza voluntario 2004— Impuesto Vehículos a Tracción Mecánica: Desde el

16 de febrero al 16 de abril.— Impuesto Actividades Económicas (Primer semes-

tre): Desde el 1 de mayo hasta el 30 de junio.—Impuesto sobre Bienes Inmuebles (Urbana y Rús-

tica): Desde el 1 de mayo hasta el 12 de julio.— Impuesto Actividades Económicas (Segundo semes-

tre): Desde el 1 de septiembre al 2 de noviembre.— Tasas Cocheras y Basuras: Desde el 1 de septiembre

al 2 de noviembre.— Impuesto Gastos Suntuarios (Cotos de Caza):

Desde el 1 de septiembre al 2 de noviembre.La realización del pago deberá hacerse en cualquier

entidad bancaria que tenga suscrito convenio de colabo-ración en la gestión recaudatoria con este Ayunta-miento, presentando el díptico que le será remitido aldomicilio del contribuyente. Si no recibiese el dípticodurante el primer mes del periodo voluntario de cobro,puede retirarlo de la Oficina de Recaudación Municipal«ARCA», sita en calle Ntra. Sra. del Águila número 30, delunes a viernes en horario de 8.30 a 13.30.

Para mayor comodidad, puede domiciliar el pago delImpuesto en su cuenta bancaria, utilizando el impresoque le será facilitado en la citada Oficina recaudatoria.

Si el presente edicto fuese publicado en el «BoletínOficial» de la provincia con fecha posterior al comienzodel periodo de cobranza de cualquier padrón, se prorro-gará esta cobranza en período voluntario igual númerode días a los transcurridos entre esta fecha y la de supublicación en dicho Boletín.

Por ello, ruego a los contribuyentes de los citadosImpuestos y Tasas, realicen el pago de los mismos, dentrode los mencionados plazos en cada tipo de ingreso, yaque en caso contrario incurrirían en el recargo de apre-mio e intereses de demora que establece el ReglamentoGeneral de Recaudación, aprobado por el Real Decreto1684/1990, de 20 de diciembre, modificado por el RealDecreto 448/1995, de 24 de marzo, más las costas queprocedan.

Lo que se hace público para general conocimiento.Alcalá de Guadaíra a 19 de enero de 2004.—El

Alcalde, Antonio Gutiérrez Limones.253W-986

1476 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 28 Miércoles 4 de febrero de 2004

ALCALÁ DE GUADAÍRADon Antonio Gutiérrez Limones, Alcalde Presidente

del Ayuntamiento de esta ciuda.Habiendo resultado infructuosas las gestiones efec-

tuadas para la localización del titular de los vehículosque a continuación se cita y que se encuentran incursoen ap-1, letra b del art. 71 L.S.V., (estacionamiento pro-longado superior a un mes en situación de vehículosabandonados), por el presente se requiere a toda per-sona que tenga derecho sobre los mismos, conformeestablece el artículo 71, Apartado 1, Letra b, párrafo 3.º,de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motory Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo339/1990, de 2 de marzo, y modificado por la Ley 5/1997,de 24 de marzo, adicional Ley 11/99, de 21 de abril, paraque en el plazo de quince días lo retire del DepósitoMunicipal de Vehículos, con la advertencia de que, encaso contrario, se procederá a su tratamiento como resi-duo sólido urbano:

N.º Matrículaorden Tipo Marca Modelo o bastidor

01 Ciclomotor Derbi Variant 21071102 Ciclomotor Derbi Variant 03266903 Ciclomotor Mobilette Desconocido 87348004 Ciclomotor Vespino Desconocido 2109705 Ciclomotor Suzuki Desconocido 14299806 Ciclomotor Peugeot Desconocido 006399407 Ciclomotor Vespino Desconocido 0273108 Ciclomotor Mobilette Desconocido 41598409 Ciclomotor Mobilette Desconocido 85378710 Ciclomotor Yamaha Desconocido 03916411 Ciclomotor Aprilia Desconocido 0S0052912 Ciclomotor Vespino Desconocido 18807513 Ciclomotor Aprilia Desconocido 90566514 Ciclomotor Suzuki Desconocido 010052115 Ciclomotor Vespino Desconocido 8353016 Ciclomotor Vespino Desconocido 4019617 Ciclomotor Vespino Desconocido 7145818 Ciclomotor Vespa Zip C-1008919 Ciclomotor Derbi Fds M-020252520 Ciclomotor Piaggio Thifón 01153921 Ciclomotor Honda Nrs 00172422 Ciclomotor Yamaha Jog 02263323 Ciclomotor Yamaha Bws 20881824 Ciclomotor Yamaha Max-2 352750525 Ciclomotor Kynco Desconocido 6002826 Ciclomotor Suzuki Desconocido Carece27 Ciclomotor Yamaha Jog 08698228 Ciclomotor Derbi Desconocido 8000201129 Ciclomotor Aprilia Desconocido 510489930 Ciclomotor Yamaha Yamy 1TM-00163131 Ciclomotor Vespino Desconocido 3878532 Ciclomotor Piaggio Desconocido Carece33 Ciclomotor Suzuki Adress 114648534 Ciclomotor Suzuki Spy D3D140235 Ciclomotor Suzuki Desconocido 00501476

Alcalá de Guadaíra a 20 de enero de 2004.—ElAlcalde, Antonio Gutiérrez Limones.

7W-723———

ALCALÁ DE GUADAÍRADon Antonio Gutiérrez Limones, Alcalde Presidente

del Ayuntamiento de esta ciuda.Habiendo resultado infructuosas las gestiones efec-

tuadas para la localización del titular de los vehículosque a continuación se cita y que se encuentran incursoen ap-1, letra b del art. 71 L.S.V., (estacionamiento pro-longado superior a un mes en situación de vehículosabandonados en vía pública), por el presente se requierea los mismos, conforme establece el artículo 71, Apar-tado 1, Letra b, párrafo 3.º, de la Ley sobre Tráfico, Circu-lación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobadopor Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, ymodificado por la Ley 5/1997, de 24 de marzo, adicionalLey 11/99, de 21 de abril, para que en el plazo de quince

días lo retire del Depósito Municipal de Vehículos, con laadvertencia de que, en caso contrario, se procederá a sutratamiento como residuo sólido urbano:

1. D. El Malki Mostafa, último domicilio en la locali-dad de Dos Hermanas 41700 (Sevilla), en calle MartÍnezMontañés n.º 3, 3.º-3, respecto del vehículo turismo,Citroën AX-11-TRE, matrícula M-3533-IM.

2. Don Bernardo Molina Hernández, último domici-lio en Sevilla 41013, en calle 624 VVV. CTO 6-3, respectodel vehículo turismo Seat, Ibiza, matrícula CO-2889-W.

Lo que se hace público a los debidos efectos.Alcalá de Guadaíra a 20 de enero de 2004.—El

Alcalde, Antonio Gutiérrez Limones.7W-724

———ALCALÁ DEL RÍO

El Pleno del Ayuntamiento, en la sesión celebradacon carácter extraordinario el día 19 de noviembre de2003, en el punto siete del orden del día: Aprobaciónprovisional de Ordenanzas Fiscales: Tasa por abasteci-miento de agua potable y tasa de saneamiento, vertido ydepuración, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar provisionalmente y con efectosdel día 1 de enero de 2004, la Ordenanza fiscal regula-dora de la Tasa por abastecimiento de agua potable enlos términos cuyo texto se incorpora al expediente.

Segundo.—Aprobar provisionalmente y con efectosdel día 1 de enero de 2004, la Ordenanza fiscal regula-dora de la Tasa de saneamiento, vertido y depuración enlos términos cuyo texto se incorpora al expediente.

Tercero.—Exponer el presente acuerdo provisional enel tablón de anuncios del Ayuntamiento, y en el «BoletínOficial» de la provincia, durante el plazo de treinta días,dentro de los cuales los interesados podrán examinar elexpediente y presentar las reclamaciones que estimenoportunas. En el supuesto de que no se presenten recla-maciones se entenderá definitivamente adoptado esteacuerdo hasta entonces provisional.

Lo que se hace público, de conformidad con lo pre-ceptuado en los artículos 15 y 17 de la Ley 39/1988, de 28de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales.

Alcalá del Río, 29 de enero de 2004.—El Alcalde, JuanCarlos Velasco Quiles.

253W-1126———

ARAHAL

Don Miguel Manaute Humanes, Alcalde-Presidentedel Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad.

Hace saber: Que la Comisión Municipal de Gobierno,en su sesión celebrada el día 21 de enero de 2004,acordó:

Primero: Aprobar inicialmente el Proyecto de Repar-celación de Unidad de Ejecución entre calle Carmona,calle El Viso y calle Fuentes de Andalucía, redactado porel Arquitecto don José Manuel Ojeda García, y que com-prende una superficie de 1.815 m2, incorporándose almismo las siguientes determinaciones:

• Transmitir a la propiedad por su equivalente eco-nómico en valor de mercado, las siete plazas de aparca-miento que aparecen en el Proyecto de Reparcelacióncon titularidad municipal.

• Incluir en el Proyecto de Reparcelación la obliga-ción de la propiedad de contemplar en el Proyecto deEjecución de las viviendas, el del edificio dotacional decarácter patrimonial, el cual se entregará al Ayunta-miento en escritura pública completamente acabado susdos plantas, dispuesto para su utilización y sin costealguno para el mismo.

• Todas estas determinaciones, así como las que sedesprenden del documento aprobado inicialmente,

Miércoles 4 de febrero de 2004 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 28 1477

deberán cumplimentarse con anterioridad a la aproba-ción definitiva del Proyecto de Reparcelación.

Segundo: Publicar el presente acuerdo en el «BoletínOficial» de la provincia, en un periódico de la provinciade difusión corriente en Arahal y en tablón de anunciosdel Excmo. Ayuntamiento de Arahal.

Tercero: Notificar individualmente el presenteacuerdo a todos los propietarios afectados y colindantes.

Cuarto: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para lafirma de cuantos documentos sean necesarios para laejecución del presente acuerdo.

Arahal a 23 de enero de 2004.—El Alcalde-Presi-dente, Miguel Manaute Humanes.

255F-909-P———

ARAHAL

Don Miguel Manaute Humanes, Alcalde-Presidentedel Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad.

Hace saber: Que la Comisión Municipal de Gobierno,en su sesión celebrada el día 21 de enero de 2004,acordó:

Primero: Aprobar inicialmente el Estudio Detalle decalle Carmona número 13, calle Viso y calle Fuentes deAndalucía, de Arahal, redactado por el Arquitecto donJosé Manuel Ojeda García, visado por el C.O.A.S. número10866/03T0, y que comprende una superficie de 1.815 m2.

Segundo: Publicar el presente acuerdo en el «BoletínOficial» de la provincia, en un periódico de la provinciade difusión corriente en Arahal y en tablón de anunciosdel Excmo. Ayuntamiento de Arahal.

Tercero: Notificar individualmente el presenteacuerdo a todos los propietarios afectados y colindantes.

Cuarto: Otorgar un plazo de veinte días, a partir dela última publicación o notificación, para que los afecta-dos puedan formular ante el Ayuntamiento las alegacio-nes que a sus derechos convengan.

Quinto: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para lafirma de cuantos documentos sean necesarios para laejecución del presente acuerdo.

Arahal a 23 de enero de 2004.—El Alcalde-Presi-dente, Miguel Manaute Humanes.

255F-910-P———

AZNALCÁZARDe conformidad con lo establecido en el artículo

95.2.3.ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordena-ción Urbanística de Andalucía, el Ayuntamiento deAznalcázar, por resolución de la Alcaldía de 21 de abrilde 2003, aprobó el Convenio Urbanístico suscrito entreeste Ayuntamiento y la Sociedad Desarrollo Urbanísticode Aznalcázar, S. A.

Ámbito: Terrenos lindantes con urbanización LasMinas Golf.

Objeto: Reclasificación de suelo, 1.390.500 m2.Vigencia: Al término de la aprobación definitiva del

PGOU.Dicho Convenio queda registrado con el número

1/2003 en el Registro de Instrumentos de Planeamiento yGestión Urbanística.

Este Convenio queda expuesto al público por plazode veinte días a partir de la publicación del presenteanuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia, pudiendoser consultado en horas de oficinas, de lunes a viernes,en la Secretaría del Ayuntamiento.

Lo que publico para su conocimiento y efectos opor-tunos.

Aznalcázar a 29 de diciembre de 2003.—El Alcalde,Juan Gómez Marcelo.

7W-109-P———

LAS CABEZAS DE SAN JUAN

Don Ángel Ramón Caro López, Secretario General delExcmo. Ayuntamiento esta villa.

Hago saber: Que con fecha 6 de noviembre de 2003,y el «Boletín Oficial» de la provincia número 257, sepublicó la aprobación por el Ayuntamiento Pleno, ensesión ordinaria celebrada el día 30 de octubre delmismo año, por mayoría absoluta del número legal demiembros que componen la Corporación, la aprobacióninicial del Reglamento de Sesiones de los Órganos Cole-giados Municipales del Ayuntamiento de Las Cabezas deSan Juan, por periodo de treinta días a efectos de recla-maciones y sugerencias, y habiéndose resuelto las efec-tuadas, en Pleno Extraordinario de fecha 15 de eneroactual, por mayoría absoluta legal de miembros quecomponen la Corporación, el mismo queda aprobadodefinitivamente con el siguiente tenor literal íntegro:

REGLAMENTO DE SESIONES DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOSMUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE LAS CABEZAS DE SAN

JUAN

Preámbulo

La Ley reguladora de las Bases del Régimen Local,norma en la que se contienen las determinaciones decarácter básico de nuestro régimen jurídico, vino a darcontenido preciso al derecho a la autonomía que el artí-culo 137 de la Constitución reconoce a los Municipios,por lo que se refiere al ámbito de nuestras competencias,al fijar, como señaló el Tribunal Constitucional en su sen-tencia 214/89, de 21 de diciembre, una serie de directri-ces que el legislador sectorial forzosamente ha de teneren cuenta en la asignación de competencias, y al recono-cer a los Municipios, entre otras entidades locales decarácter territorial, la potestad de autoorganización,como potestad reglamentaria específica, dándose así pri-macía al interés local, en cuanto a organización interna,respecto del interés autonómico o estatal.

Es en uso de esta potestad, que este Ayuntamiento, através de este instrumento normativo, aborda la regula-ción del funcionamiento y el régimen jurídico de susórganos colegiados.

Este Reglamento integrará en su día el ReglamentoOrgánico Municipal del Ayuntamiento.

Título preliminarObjeto, rango y ámbito de aplicación

Artículo 1. Objeto.El presente Reglamento tiene por objeto regular el

régimen de funcionamiento de los órganos colegiadosmunicipales, de conformidad con la potestad que a estosefectos otorga al Ayuntamiento el artículo 4.1. a) de laLey Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Artículo 2. Rango jerárquico y legislación aplicable.Este Reglamento se constituye como normativa regla-

mentaria básica a nivel organizativo de este Ayunta-miento junto con las disposiciones contempladas en lalegislación básica estatal y en la legislación autonómicade régimen local, en materia de organización municipal.

Las normas que con carácter reglamentario se hubie-sen dictado o pudiesen dictarse en el futuro por las Cor-tes Generales o por el Parlamento Autonómico en mate-ria de organización municipal, tendrán caráctersupletorio de este Reglamento, en todo aquello que nose oponga a la letra o al espíritu de esta regulación.

En consecuencia, además de lo previsto en esteReglamento, serán de aplicación las disposiciones legales

1478 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 28 Miércoles 4 de febrero de 2004

reguladoras de la materia, contenidas en las siguientesnormas:

A) Legislación directamente aplicable:1. La Constitución.2. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.3. La Carta Europea de Autonomía Local, ratificada

por España mediante Instrumento de 20 de enero de1988.

4. La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de lasBases del Régimen Local y los preceptos básicos del RealDecreto 781/1986, de 18 de abril, por el cual se apruebael texto refundido de las disposiciones legales vigentesen materia de régimen local.

5. Las disposiciones básicas que resulten aplicables dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del procedimientoadministrativo común.

6. Cualquier otra disposición legal, estatal o autonó-mica, que por razón de la materia, resulte de directaaplicación.

B) Legislación de carácter supletorio:1. El Reglamento de Organización, Funcionamiento y

Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobadopor Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, cuya aplica-ción supletoria únicamente será posible respecto delagunas de este reglamento que no puedan ser salvadasmediante la aplicación de otros preceptos del mismo ode los Principios generales que lo informan y la legisla-ción a que se ha hecho referencia en el apartado a) deeste artículo.

2. Cualquier otra norma reglamentaria, estatal oautonómica, que en materia de organización municipalpudiese dictarse en el futuro.

Artículo 3. Ámbito de aplicación.Este Reglamento será de aplicación al Ayuntamiento

de Las Cabezas de San Juan y a sus organismos autóno-mos, y en aquello que pueda afectarlas, a las SociedadesMercantiles de capital o control municipal, extendiendosu eficacia al territorio de su término municipal.

Título únicoFuncionamiento y régimen jurídico

Capítulo IRégimen de sesiones de los órganos

colegiados municipales

Artículo 4. Régimen jurídico.El régimen jurídico de los órganos colegiados munici-

pales que a continuación se relacionan, se ajustará a lasnormas contenidas en este capítulo:

— El Pleno— La Junta de Gobierno Local— Las Comisiones Informativas— La Junta de PortavocesPara el ejercicio de sus respectivas competencias,

estos órganos colegiados celebrarán sus sesiones deacuerdo con los requisitos, procedimiento y solemnida-des establecidas por este Reglamento, y en ellas se some-terán los asuntos a información, debate, votación y, ensu caso, aprobación.

Sección primeraEl Pleno

Artículo 5. Clases de sesiones.Las sesiones del pleno podrán ser de tres clases:a) Ordinarias.b) Extraordinarias.c) Extraordinarias de carácter urgente.

Artículo 6. Sesiones ordinarias.El Pleno celebrará sesiones ordinarias, como mínimo,

con carácter mensual, respetando en todo caso la perio-dicidad establecida mediante acuerdo del propio Plenoal inicio del mandato, en el que se establecerán, además,las fechas y horario concreto de celebración.

No obstante lo anterior, el Alcalde o Alcaldesa podráser habilitado por el Pleno en el citado acuerdo, o enotro posterior, para suspender la celebración de la sesiónordinaria correspondiente al mes de agosto, como conse-cuencia del período de vacaciones, cuando ello nomenoscabe la gestión de los asuntos municipales, asícomo para posponer o adelantar la celebración de lasotras sesiones ordinarias, dentro del mismo mes de lafecha prevista para su celebración preceptiva, cuando eldía fijado sea festivo, o se encuentre incluido dentro deun período vacacional.

Por causas extraordinarias debidamente motivadasen la convocatoria, el Alcalde o Alcaldesa podrá adelan-tar o retrasar la celebración de la sesión, hasta unmáximo de 72 horas, aunque no se den las circunstanciasprevistas en los párrafos anteriores.

En todos los supuestos, el Alcalde o Alcaldesa darácuenta de esta decisión a la Junta de Portavoces, concarácter previo.

La periodicidad, fechas y horarios de celebración delas sesiones ordinarias, podrán ser variadas durante elmandato corporativo, mediante nuevo acuerdo plenario.

En las sesiones ordinarias podrán adoptarse acuerdossobre asuntos no incluidos en el orden del día ni dictami-nados por las Comisiones Informativas, a propuesta delAlcalde o Alcaldesa, de una cuarta parte del númerolegal de miembros de la Corporación, o de alguno de losportavoces de los Grupos Políticos Municipales, siempreque, con carácter previo, fueran declarados de urgenciacon el voto favorable de la mayoría absoluta del númerolegal de miembros de la Corporación. De lo contrario, losacuerdos adoptados serán nulos de pleno derecho.

Artículo 7. Sesiones extraordinarias.El Pleno celebrará sesiones extraordinarias cuando

sean convocadas con este carácter por el Alcalde o Alcal-desa, bien a iniciativa propia, bien a solicitud de unacuarta parte, como mínimo, del número legal de miem-bros de la Corporación.

En este último caso la solicitud se ha de realizar porescrito, firmado personalmente por los Concejales y Con-cejalas que la promuevan, en el que se motivará la nece-sidad de la sesión, los asuntos a incluir en el orden deldía y el texto de las propuestas de los acuerdos que sepretenden adoptar.

Ningún Concejal o Concejala podrá suscribir más detres solicitudes de esta naturaleza al año, no compután-dose, a estos efectos, las solicitudes que no lleguen a tra-mitarse por falta de los requisitos de admisibilidadrequeridos.

La relación de asuntos propuestos no afecta a la com-petencia de la Alcaldía para determinar los puntos quehayan de integrar el orden del día, si bien la incorpora-ción de otros requerirá la autorización expresa de lossolicitantes de la convocatoria, y la exclusión de alguno,tendrá que estar motivada y basada, única y exclusiva-mente, en la falta de competencia del Ayuntamiento odel Pleno para la adopción de los acuerdos propuestos.

En ningún caso podrán incorporarse los asuntos pro-puestos al orden del día de un Pleno ordinario, sin laautorización expresa de los solicitantes de la convocato-ria.

Artículo 8. Sesiones extraordinarias de carácterurgente.

El Pleno celebrará sesiones extraordinarias de carác-ter urgente, cuando sean convocadas con tal carácter porel Alcalde o la Alcaldesa, en los supuestos en que, porrazones de urgencia debidamente motivadas, no se

Miércoles 4 de febrero de 2004 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 28 1479

pueda convocar la sesión con la antelación legalmenterequerida.

En este caso no será necesario que los puntos hayansido previamente dictaminados por las Comisiones Infor-mativas, y el primer punto del orden del día de la sesiónha de ser la ratificación de su urgencia, que de no serapreciada por el Pleno, impedirá que continúe su cele-bración, debiendo, en este caso, ser levantada la sesiónacto seguido.

Se podrán convocar con este carácter las sesiones ple-narias extraordinarias propuestas por los miembros de laCorporación, cuando el Alcalde o Alcaldesa lo considereconveniente.

Artículo 9. Convocatoria de las sesiones plenarias.La celebración de las sesiones plenarias requerirá su

previa convocatoria por la Alcaldía que, acompañada delorden del día expresivo y detallado de los asuntos a tra-tar, tendrá que notificarse a todos los miembros de laCorporación en el lugar y forma designados por éstos alinicio del mandato.

La convocatoria y el orden del día de las sesiones delPleno podrán integrarse en un único documento, quetendrá que estar suscrito por el Alcalde o Alcaldesa yel/la Secretario/a General de la Corporación, como órga-nos responsables de aprobar la convocatoria y el ordendel día y de notificar los actos municipales, respectiva-mente.

La convocatoria se notificará con dos días hábiles deantelación a la celebración de la sesión, no compután-dose, a estos efectos, los días de notificación y de cele-bración del Pleno.

No obstante lo anterior, no se requerirá la citadaantelación para la celebración de sesiones extraordina-rias de carácter urgente. En este caso, se podrá convocarla sesión en cualquier momento que permita la notifica-ción de la convocatoria a todos los Concejales y Conceja-las, acompañada del orden del día, salvo que todos losmiembros de la Corporación estuviesen presentes, encuyo caso se podrá celebrar la sesión haciéndose constaren el acta esta circunstancia.

Junto con la convocatoria y el orden del día de lassesiones ordinarias del Pleno, se acompañará el borradordel acta o actas de las sesiones que se hayan de sometera aprobación y, de suscitarse, con posterioridad a la con-vocatoria, asuntos de urgencia que hayan de ser tratadosen la misma, se complementará el orden del día ordina-rio con un orden del día extraordinario que se entregaráa todos los Concejales y Concejalas antes del inicio de lasesión.

Cuando se trate de sesiones extraordinarias convoca-das a iniciativa de la Alcaldía, se tendrá que motivar enla convocatoria su necesidad.

Cuando se trate de sesiones extraordinarias convoca-das a instancia de los miembros de la Corporación, laconvocatoria se tendrá que efectuar por la Alcaldía den-tro de los diez días hábiles siguientes a que la peticiónhaya tenido entrada en el Registro General del Ayunta-miento, y su celebración no podrá demorarse por más dequince días hábiles desde que fue solicitada.

Si el Alcalde o Alcaldesa no convocara el Pleno extra-ordinario solicitado dentro del plazo señalado, quedaráautomáticamente convocado para las 12 horas deldécimo día hábil siguiente al de la finalización del plazode quince días hábiles a que se ha hecho referencia en elpárrafo anterior.

Para el supuesto que el escrito de petición no cum-pliese los requisitos formales señalados en el artículo 7de este Reglamento o el Pleno fuera incompetente paradebatir la totalidad de los asuntos que configurasen elorden del día, dentro de los diez días hábiles siguientes aque la petición tenga entrada en el Registro General, elAlcalde o Alcaldesa dictará resolución motivada, dene-gando la petición, que tendrá que ser notificada a todos

los firmantes de la misma dentro de los cinco días hábilessiguientes a su adopción.

Si se diera la circunstancia de que, de los asuntos pro-puestos, solamente respecto de alguno o algunos fuerael Pleno incompetente, el Alcalde o Alcaldesa dictaráresolución motivada, que tendrá que notificar a los soli-citantes, denegando la solicitud, única y exclusivamente,respecto de este extremo, y convocará el Pleno en lostérminos anteriormente expuestos, suprimiendo estosasuntos del orden del día propuesto.

Si dentro del plazo de los diez días hábiles a que serefiere el párrafo anterior, el Alcalde o Alcaldesa nodicta resolución denegando la convocatoria, ni efectúaésta, procederá la convocatoria automática prevista en elpárrafo anterior.

Contra las resoluciones de la Alcaldía denegando laconvocatoria del Pleno o suprimiendo asuntos del ordendel día propuesto, podrán ejercitar los solicitantes lasacciones administrativas y judiciales que consideren pro-cedentes.

Efectuada la convocatoria, de forma expresa o deforma automática, en ausencia del Alcalde o Alcaldesa ode los Tenientes de Alcalde que hayan de sustituirle, elPleno quedará válidamente constituido con la asistenciade un tercio de su número legal de miembros y del/laSecretario/a General de la Corporación o funcionario quelo/la sustituya, bajo la Presidencia del miembro de la Cor-poración de mayor edad que se encuentre presente,debiendo mantenerse durante toda la sesión este quó-rum mínimo de asistencia.

En las sesiones extraordinarias no se podrán adoptaracuerdos sobre temas no incluidos en el orden del día,resultando nulos los acuerdos adoptados que contraven-gan esta norma.

Requerirán el dictamen previo de la Comisión Infor-mativa correspondiente los asuntos incluidos en el ordendel día de las sesiones extraordinarias que no tengancarácter urgente, cuando hayan sido convocadas por ini-ciativa de la Alcaldía.

Respecto de las sesiones extraordinarias convocadas ainiciativa de los miembros de la Corporación, se sustituiráeste dictamen por el informe previo de la Junta de Porta-voces. Si la Junta de Portavoces es convocada por elAlcalde o Alcaldesa, actuará a estos efectos como Comi-sión Informativa y por tanto requerirá la presencia defedatario público. De lo contrario, quedarán eximidos deambos trámites.

En las convocatorias de las sesiones del Pleno se haráconstar que, en caso de no existir en primera convocato-ria el quórum de constitución requerido, quedará auto-máticamente convocada la sesión para su celebración, ensegunda convocatoria, cuarenta y ocho horas después.

Artículo 10. Orden del día de las sesiones plenarias.1. El orden del día de las sesiones del Pleno será libre-

mente fijado por el Alcalde o Alcaldesa, sin perjuicio delas limitaciones establecidas al efecto por este Regla-mento.

2. Para la elaboración del orden del día de las sesio-nes ordinarias, se seguirá el siguiente procedimiento:

a) Por el/la Secretario/a General, se formará un pro-yecto de orden del día en el que se incorporarán losasuntos propuestos por éste, relativos a aprobación deactas de sesiones anteriores y ratificación o toma deconocimiento de acuerdos o resoluciones adoptados porotros órganos de la Corporación, los asuntos dictamina-dos por las diferentes Comisiones Informativas y unpunto de ruegos y preguntas, que se remitirá a la Alcal-día dentro de las 24 horas siguientes.

b) El Alcalde o Alcaldesa examinado el proyecto deorden del día, comunicará al/la Secretario/a General, conuna antelación mínima de tres días hábiles a la celebra-ción de la sesión, el borrador de orden del día definitivo,en el que se habrán incluido las propuestas de acuerdo

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formuladas por los diferentes grupos políticos, a travésde sus Portavoces, o por un número mínimo de tres Con-cejales o Concejalas, cuando hayan tenido entrada en elRegistro General del Ayuntamiento, siempre que serefieran a asuntos que sean de competencia del Pleno dela Corporación y hayan sido previamente dictaminadospor la Comisión Informativa correspondiente.

No obstante, cuando se trate de mociones que plan-teen los Grupos Políticos Municipales y se integren den-tro de la parte de control del orden del día del Pleno, nose requerirá el previo ni el posterior dictamen de lasComisiones Informativas.

El Alcalde o Alcaldesa, a iniciativa propia o a pro-puesta de alguno de los Portavoces de los Grupos Políti-cos Municipales, podrá incorporar en la parte resolutivadel orden del día otros asuntos, por motivos de urgencia,mediante moción de la Alcaldía, aunque no hayan sidodictaminados previamente por la Comisión Informativacorrespondiente.

En este supuesto, la aprobación del punto en lasesión, cuando haya contado con los votos a favor de lamayoría absoluta del número legal de miembros de laCorporación, comportará tácitamente su declaración deurgencia, sin que sea necesaria una votación expresa alrespecto.

c) Recibido el borrador del orden del día definitivopor el/la Secretario/a General del Ayuntamiento se con-feccionará el orden del día definitivo y la correspon-diente convocatoria, que será notificada a todos losmiembros de la Corporación, quedando a partir de estemomento la documentación íntegra de los asuntosincluidos en el orden del día a disposición de todos losConcejales y Concejalas, en las oficinas de la SecretaríaGeneral de la Corporación.

Esta documentación podrá ser consultada por todoslos Concejales y Concejalas sin previa ni expresa autoriza-ción, durante las horas de oficina, pero no podrá ser tras-ladada a otras dependencias o despachos para su con-sulta.

3. Las propuestas y mociones de los Grupos PolíticosMunicipales que tengan entrada en el Registro Generaldel Ayuntamiento con posterioridad a la firma de la con-vocatoria, no figurarán en el orden del día y sólo podránser objeto de debate y votación en la sesión como asun-tos de urgencia, siempre que se dé previo cumplimientoa lo dispuesto en el último párrafo del artículo 6 de esteReglamento.

4. Para la elaboración del orden del día de las sesio-nes extraordinarias, tanto si son a iniciativa del Alcalde oAlcaldesa, como si son a iniciativa de los miembros de laCorporación, se seguirá el procedimiento siguiente:

a) El Alcalde o Alcaldesa comunicará al/la Secretario/aGeneral del Ayuntamiento, con la antelación suficientepara poder convocar la sesión en los términos previstospor este Reglamento, el día y hora de su celebración ylos asuntos que se tendrán que incluir en su orden deldía que, salvo que se trate de una sesión de urgencia,tendrán que estar dictaminados previamente por laComisión Informativa correspondiente o, en el caso pre-visto por el penúltimo párrafo del artículo 9 de esteReglamento, por la Junta de Portavoces.

b) A la vista de la comunicación anterior, el/la Secre-tario/a General del Ayuntamiento elaborará la convoca-toria y el orden del día de la sesión y, previa firma delAlcalde la notificará a todos los miembros de la Corpora-ción en los términos previstos por el artículo anterior.

No obstante, cuando se trate de la convocatoria deuna sesión extraordinaria a iniciativa de los miembros dela Corporación y la Alcaldía no promueva su convocato-ria en los términos establecidos por el artículo anterior,se estará a lo dispuesto en el mismo.

5. Elaborado el orden del día de las sesiones delpleno, éste y la convocatoria serán fijados en el tablónde anuncios del Ayuntamiento hasta el día de su celebra-

ción, excepto en los supuestos de sesiones extraordina-rias de carácter urgente previstas en el último inciso delpárrafo cuarto del artículo 9 de este Reglamento.

Artículo 11. Estructura del orden del día de lassesiones del Pleno.

El orden del día de las sesiones del Pleno de carácterordinario se estructurará en las siguientes partes:

a) Parte resolutiva:En esta parte se incluirán, por el orden que se especi-

fica, los siguientes asuntos:1. Las propuestas de la Secretaría General relativas a

la aprobación de actas de sesiones anteriores.2. Las propuestas de la Secretaría General relativas a

la ratificación o toma de conocimiento de los acuerdos oresoluciones de otros órganos municipales que así lorequieran.

3. Las propuestas dictaminadas por las ComisionesInformativas.

4. Las Mociones de la Alcaldía y las propuestas deacuerdo de los Grupos Políticos a que se hace referenciaen el artículo 10.2.b) de este Reglamento.

b) Parte de control:En esta parte se incluirán, por el orden que se especi-

fica, los siguientes asuntos:1. Información al Pleno de las resoluciones adoptadas

por la Junta de Gobierno Local y por la Alcaldía, Conceja-les o Concejalas delegados.

2. Las mociones que presenten los diferentes GruposPolíticos Municipales, por el orden de su mayor represen-tatividad en el Pleno.

3. Los ruegos y preguntas.En las sesiones extraordinarias, el orden del día no se

estructurará en parte resolutiva y parte de control, ni seincluirán los puntos relativos a la aprobación de actasanteriores, ni de ruegos, preguntas y mociones, incluyén-dose los puntos por el siguiente orden:

1. Propuestas dictaminadas por las diferentes Comi-siones Informativas.

2. Mociones de la Alcaldía.3. Propuestas de acuerdo que presenten los diferen-

tes Grupos Políticos Municipales, por el mismo orden quese prevé en el apartado anterior.

Artículo 12. El expediente de la sesión.La convocatoria de todas las sesiones plenarias dará

lugar a la apertura del correspondiente expediente porel/la Secretario/a General, en el que tendrá que constar:

1. El proyecto de orden del día remitido a la Alcaldíapor la Secretaría General.

2. La convocatoria y el orden del día definitivos.3. Documento fehaciente que acredite la notificación

de la convocatoria a todos los miembros de la Corpora-ción.

4. Borradores de las actas de las sesiones anterioresque se sometan a votación.

5. Un ejemplar debidamente diligenciado de las pro-puestas de acuerdo y de las mociones que se sometan avotación y, en su caso, de sus documentos anexos, en losque se haga constar si se produjo o no su aprobación.

6. Documento acreditativo de la publicación de laconvocatoria y del orden del día en el tablón de anun-cios del Ayuntamiento.

7. Borrador del acta de la sesión que se celebre.8. Documento acreditativo de la publicación del

borrador del acta en el tablón de anuncios del Ayunta-miento.

9. Copias de los escritos de remisión del borrador delActa de la Sesión a la Administración del Estado y a laComunidad Autónoma.

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Artículo 13. Lugar de celebración de las sesiones delPleno.

Las sesiones del Pleno tendrán lugar en el Salón deSesiones de la Casa Consistorial y, en los casos en que porrazones de fuerza mayor ésto no sea posible, en cual-quier otro edificio, público o privado, situado en el tér-mino municipal que se habilite al efecto, circunstanciaque será decidida por la Alcaldía y comunicada a losmiembros de la Corporación a través de la convocatoria,de la que se dejará constancia en el acta de la sesión.

En casos de acontecimientos catastróficos que impi-dan la celebración de la sesión dentro del término muni-cipal, éste se podrá celebrar excepcionalmente en la sedede otro municipio del entorno.

Artículo 14. Publicidad de las sesiones del Pleno.Las sesiones del Pleno serán públicas y, en consecuen-

cia, podrán asistir a las mismas todos los ciudadanos yvecinos que lo consideren conveniente, así como losmedios de comunicación social.

No obstante lo anterior, con carácter excepcional, elPleno, previo acuerdo de la mayoría absoluta delnúmero legal de sus miembros, adoptado a propuesta decualquiera de ellos, podrá declarar secreto el debate yvotación de aquellos asuntos que sean susceptibles deafectar a los derechos fundamentales de las personasrelativos al honor, a la intimidad y a la propia imagen,reconocidos por el artículo 18.1 de la Constitución. Eneste caso la sesión se celebrará a puerta cerrada si todoslos asuntos a tratar se encuentran en esta circunstancia.Si sólo afecta a uno o varios asuntos, se desalojará alpúblico de la sala con carácter previo al inicio del debatedel asunto concreto afectado por esta circunstancia.

También se podrán celebrar las sesiones del Pleno apuerta cerrada cuando razones de orden público debida-mente motivadas así lo aconsejen, previo acuerdo adop-tado al efecto, a propuesta de cualquiera de sus miem-bros, por la mayoría absoluta de su número legal.

Para facilitar la publicidad de las sesiones del Pleno,podrá este órgano permitir la instalación de sistemas demegafonía o circuitos cerrados de televisión, así comoautorizar la retransmisión de las mismas a través de emi-sora de radio o televisión.

Las sesiones del Pleno serán grabadas, a efectos deconstancia y elaboración del acta, quedando las graba-ciones bajo la custodia del/la Secretario/a General delAyuntamiento, que las destruirá una vez se produzca laaprobación del acta correspondiente.

Artículo 15. Nomenclatura.A efectos del normal desarrollo de las sesiones y de la

perfecta identificación de los documentos sometidos a laconsideración del Pleno, así como de las propuestas queen relación con los mismos se puedan plantear, se utili-zará la siguiente nomenclatura:

1. Dictamen.Es una propuesta formulada por una Comisión

Informativa, integrada por una parte expositiva, en laque se expondrán los antecedentes y fundamentos enque se basa la propuesta, y una parte resolutiva, inte-grada por uno o varios acuerdos a adoptar.

2. Moción de la Alcaldía.Es una propuesta formulada por la Alcaldía, a inicia-

tiva propia o a petición de alguno de los Portavoces delos Grupos Políticos Municipales, que se integra en laparte resolutiva del orden del día de las sesiones plena-rias, y se somete a deliberación y votación del Pleno sinel previo dictamen de la Comisión Informativa, por razo-nes de urgencia, de acuerdo con el artículo 10.2. b) deeste Reglamento.

Su estructura se conforma, al igual que la de los dic-támenes, en una parte expositiva y una parte resolutiva,con idéntico contenido que éstos.

3. Propuesta de acuerdo.Es una proposición formulada por escrito, a través del

Registro General, por un número mínimo de tres Conce-jales o Concejalas, o por un Grupo Político Municipal,que tiene por objeto proponer al Pleno la adopción deuno o varios acuerdos en relación con un asunto deter-minado de la competencia municipal, cuando por sunaturaleza no tenga el carácter de acto de control ni, enconsecuencia, haya de formar parte del capítulo de con-trol del orden del día, que previamente ha de ser dicta-minada por la Comisión Informativa correspondiente.

4. Moción.Es una propuesta formulada por uno o varios Grupos

Políticos Municipales, mediante escrito ingresado en elRegistro General, a efectos de su inclusión en la parte decontrol del orden del día de los Plenos ordinarios.

También tendrán la consideración de moción las pro-puestas que hayan de integrar el orden del día de lassesiones extraordinarias del Pleno que se convoquen ainiciativa de los Concejales o Concejalas.

5. Enmienda.Es la propuesta de modificación de un dictamen, de

una propuesta de acuerdo o de una moción, presentadapor cualquier miembro de la Corporación, medianteescrito dirigido al Alcalde o Alcaldesa, a través del Regis-tro General, al menos tres horas laborales antes de ini-ciarse la sesión en que se haya de tratar el asunto.

Estas enmiendas podrán ser a la totalidad o de carác-ter alternativo o parciales, y en este último caso de modi-ficación, adición o supresión, en función de que propon-gan alteraciones del texto, adiciones o supresiones deéste, o un texto alternativo.

No obstante lo previsto en el apartado anterior, lasenmiendas parciales se podrán presentar directamenteen la sesión, cuando se debata la Moción, tanto deforma escrita, como verbalmente.

6. Voto particular.Es la propuesta de modificación de un dictamen o de

una propuesta, planteada por un miembro de la Comi-sión Informativa, que acompañará al dictamen o a lapropuesta aprobada por la Comisión.

7. Ruego.Es la propuesta de actuación formulada en el punto

correspondiente de las sesiones ordinarias del Pleno porun Concejal o Concejala o por un Grupo Político Munici-pal, que se dirige al Alcalde o Alcaldesa, a la Comisión deGobierno o a los miembros de la Corporación que osten-ten competencias delegadas de la Alcaldía.

8. Pregunta.Es la cuestión planteada a los órganos de gobierno

del Ayuntamiento, en el punto correspondiente de lassesiones ordinarias del Pleno, por un Concejal o Conce-jala o por un Grupo Político Municipal, relativa a la acti-vidad municipal.

Artículo 16. Control del orden.El Alcalde o Alcaldesa velará en las sesiones públicas

del Pleno, por el mantenimiento del orden en la sala.El público asistente a las sesiones no podrá intervenir,

ni efectuar manifestaciones de agrado o desagrado.Tampoco se podrán exhibir pancartas o carteles, ni pro-ferir comentarios que afecten al normal desarrollo de lasesión.

A efectos del control del cumplimiento de lo previstoen el párrafo anterior, el Alcalde o Alcaldesa podráadoptar las medidas que considere convenientes,incluida la de ordenar la expulsión de la sala de los asis-tentes que por cualquier causa perturbaran el orden ofaltasen a las buenas maneras, pretendieran intervenir ose negaran a retirar las pancartas o carteles si, una vezrequeridos para ello, no desistieran de su actitud.

De las incidencias que se produjeran, cuando hayandado lugar a la adopción de medidas por parte de la

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Alcaldía, se dejará constancia en el acta de la sesión, aefectos, en su caso y en función de su gravedad, dededucir testimonio con el objeto de que por la Alcaldía,si lo considera oportuno, se pase el tanto de culpacorrespondiente a los órganos judiciales competentes.

No obstante lo anterior, una vez levantada la sesión,el Alcalde o Alcaldesa podrá, con carácter discrecional,permitir las intervenciones del público asistente, paradebatir temas concretos. De estas intervenciones no sedejará constancia en el acta de la sesión, ni durante éstasserá necesaria la presencia del/la Interventor/a ni del/laSecretario/a Generales del Ayuntamiento.

Artículo 17. Quórum de constitución.El Pleno se constituye válidamente con la asistencia

del Alcalde o Alcaldesa o de quien legalmente le susti-tuya en estas funciones, y un tercio de número legal desus miembros.

En todo caso, se requerirá la presencia del/la Secreta-rio/a General del Ayuntamiento o de quien legalmentele sustituya.

Este quórum mínimo de constitución se tendrá quemantener durante toda la sesión, de manera que si enalgún momento de ésta no se consiguiera, por la ausen-cia de algún Concejal o Concejala, se tendrá que suspen-der la sesión. Si la suspensión se prolongara por más de30 minutos, el Alcalde o Alcaldesa tendrá que levantar lasesión por falta de quórum de asistencia, posponiendo elestudio de los asuntos pendientes del orden del día parala primera sesión que se celebre con posterioridad.

Si en la primera convocatoria no se lograra el quó-rum de constitución requerido para la válida constitucióndel Pleno, y una vez transcurridos 30 minutos desde lahora señalada para su inicio tampoco se obtuviera, seentenderá convocada la sesión, de forma automática, 48horas después, en segunda convocatoria.

Si en la segunda convocatoria tampoco se lograra elquórum de constitución requerido, el Alcalde o Alcaldesadejará sin efecto la convocatoria, posponiendo el estudiode los asuntos incluidos en el orden del día para la pri-mera sesión que se celebre con posterioridad, tanto siésta es de carácter ordinario como de carácter extraordi-nario, en este último caso, con el consentimiento de losproponentes, cuando se trate de una sesión convocada asolicitud de los Concejales o Concejalas.

En ambos casos, el/la Secretario/a General de la Cor-poración sustituirá el acta de la sesión por una diligenciaque extenderá en el documento de convocatoria y quese transcribirá al libro oficial, en la que se haga constaresta circunstancia, indicando el número y nombre de losmiembros de la Corporación que hubieran asistido y delos que se hubieran excusado.

Cuando la sesión tuviera por objeto una moción decensura, la falta de quórum de constitución comportaráel rechazo tácito de la moción presentada, y la prohibi-ción de que los Concejales y Concejalas firmantes subscri-ban otra moción de estas características durante el perí-odo de mandato, sin perjuicio de las excepcionesprevistas por la legislación electoral.

Artículo 18. Apertura de la sesión.Una vez comprobado por el/la Secretario/a General

de la Corporación la existencia del quórum necesariopara la constitución del Pleno y comunicada esta circuns-tancia al Alcalde o Alcaldesa, éste/a abrirá la sesión orde-nando que se entren a tratar, por su orden, los asuntosincluidos en el orden del día.

Iniciada la sesión, cuando así figure en el orden deldía, el Alcalde o Alcaldesa someterá a la consideracióndel Pleno el acta o actas de las sesiones anteriores cuyosborradores hayan sido previamente distribuidos con laconvocatoria.

Si ningún miembro de la Corporación realiza objecio-nes a los mismos, se entenderán aprobadas por unanimi-dad, salvo que algún Concejal o Concejala manifieste

expresamente su voto en otro sentido, en cuyo caso asíse hará constar en el acta de la sesión.

Si, por el contrario, se produjeran observaciones alacta o actas sometidos a aprobación, se debatirán y deci-dirán las rectificaciones que procedieran que, en ningúncaso, podrán implicar modificaciones del fondo de losacuerdos adoptados, limitándose a la corrección de erro-res materiales o de hecho de los acuerdos adoptados ode las intervenciones consignadas.

Artículo 19. Normas generales sobre el desarrollode la sesión.

Corresponderá al Alcalde o Alcaldesa la dirección dela sesión y el control de su orden.

Los asuntos que conformen el orden del día se deba-tirán y votarán por el orden en que estén en él consigna-dos, sin perjuicio de la posibilidad de que el Alcalde oAlcaldesa, a iniciativa propia o a petición de algúnGrupo, lo altere o retire del orden del día uno o variosasuntos, por considerar que requieren un mayor estudio,o por exigir su aprobación una mayoría especial que nopudiera obtenerse en el momento previsto para sudebate y votación.

Cuando se trate de sesiones convocadas a iniciativade los Concejales o Concejalas, o de puntos concretos delorden del día propuestos por otros Grupos PolíticosMunicipales, el Alcalde o Alcaldesa, requerirá la confor-midad de los proponentes para alterar el orden o retirarun asunto.

De cada punto del orden del día se dará lectura, ínte-gra o en extracto, por el/la Secretario/a General delAyuntamiento del texto concreto de la propuesta, dicta-men o moción que se someta a votación, y de aquellaspartes del expediente que el Alcalde o Alcaldesa, a ini-ciativa propia o a petición de algún Grupo, considereconvenientes.

No obstante lo anterior, se podrá sustituir la lecturade la propuesta, dictamen o moción, por una explicacióndetallada de su contenido dada por el Alcalde o Alcal-desa, el Presidente/a de la Comisión Informativa, el Con-cejal o Concejala con competencias delegadas en lamateria o los Portavoces de los Grupos Políticos Munici-pales proponentes, según los casos.

Asimismo, el Alcalde o Alcaldesa, a iniciativa propia,siempre que no se oponga ningún Grupo Político, o apetición de éstos, podrá ordenar que no se lean ni expli-quen determinadas propuestas, dictámenes o mociones,cuando su contenido sea perfectamente conocido por losmiembros de la Corporación.

A continuación de leerse o explicarse la propuesta odictamen, se leerán o explicarán los votos particularesque en relación con los mismos se hayan planteado en laComisión Informativa, así como las enmiendas que, enrelación con éstas, y con las mociones, hubiesen tenidoentrada en el Registro General con tres horas laborablesde antelación al inicio de la sesión.

A estos efectos, el Alcalde o Alcaldesa podrá dar lapalabra a los Concejales o Concejalas que las hubieranplanteado, para que den cuenta de las mismas.

Una vez leída o explicada la propuesta, dictamen omoción y, en su caso, los votos particulares y las enmien-das que en relación con las mismas se hubieran plante-ado, el Alcalde o Alcaldesa abrirá el turno de palabras.

Si ningún Concejal o Concejala solicita la palabra ysobre la propuesta, dictamen o moción no se han plante-ado votos particulares o enmiendas, el Alcalde o Alcal-desa someterá el dictamen, propuesta o moción directa-mente a votación.

Si se hubieran presentado votos particulares oenmiendas y nadie hiciera uso de la palabra, en primerlugar se someterán a votación los votos particulares, des-pués las enmiendas y, por último, las propuestas, dictá-menes o mociones resultantes.

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Artículo 20. Deliberación.Si por el contrario, explicadas o leídas las propuestas,

dictámenes o mociones y sus respectivos votos particula-res y propuestas de enmiendas, y una vez abierto por elAlcalde o Alcaldesa el turno de palabras, los miembrosde la Corporación deseasen hacer uso de ésta, promo-viendo su debate, las intervenciones serán ordenadas porel Alcalde o Alcaldesa conformes a las siguientes reglas:

a) Solo se podrá hacer uso de la palabra, previapetición, cuando así haya sido autorizado por el Alcaldeo Alcaldesa.

b) Intervendrán, sucesivamente, los diferentes Gru-pos Políticos, por orden de menor a mayor representati-vidad en el Ayuntamiento, en un primer turno de pala-bras, con excepción, en su caso, de los Grupos Políticosque hubiesen intervenido presentando la propuesta, dic-tamen o moción, o los votos particulares o propuestas deenmienda presentados en relación con los mismos. Sinperjuicio de lo expuesto, el grupo o Grupos PolíticosMunicipales con responsabilidades de gobierno serán losúltimos en intervenir, en el mismo orden creciente.

c) Cerrará el turno de palabras, contestando a lasintervenciones anteriores, el Concejal o Concejala propo-nente.

d) Si lo solicitara algún Grupo, el Alcalde o Alcal-desa abrirá un segundo turno de palabras, en el quenuevamente intervendrán los Grupos Políticos por elorden establecido en el primer turno, excluidos los pro-ponentes.

e) Cerrará este segundo turno de palabras el Con-cejal o Concejala proponente.

f) Finalizado este segundo turno de palabras, elAlcalde o Alcaldesa podrá realizar su intervención y aca-bada ésta, declarar finalizado el debate, y solo por alu-siones, el Concejal o Concejala que se considere aludidopor una intervención, podrá solicitar del Alcalde o Alcal-desa la palabra. De serle autorizada, podrá hacer uso deésta de manera breve y concisa.

La duración de cada una de las intervenciones del pri-mer turno de palabras no podrá exceder de 5 minutos, ylas del segundo, de 3 minutos, al igual que las interven-ciones por alusiones.

No obstante, el Alcalde o Alcaldesa podrá ampliar oreducir la duración de las intervenciones al doble o a lamitad de lo previsto en el párrafo anterior, en función dela importancia y/o trascendencia de los asuntos que sedebatan.

A pesar de lo que se dispone en los párrafos anterio-res, todos los miembros de la Corporación podrán, encualquier momento del debate, plantear una cuestión deorden, invocando al efecto la norma cuya aplicación sereclama, que será resuelta por la Alcaldía sin que se pro-ceda a ningún debate.

También se podrá plantear durante el desarrollo deldebate por parte de los Concejales o Concejalas, enmien-das que tengan por finalidad reparar errores o incorrec-ciones técnicas, lingüísticas o gramaticales, así como soli-citar la retirada de un asunto incluido en el orden deldía, a efectos de que se complete el expediente con nue-vos documentos o informes, o pedir que quede sobre lamesa, aplazándose la discusión para la siguiente sesión,para su mejor estudio.

Si el Concejal o Concejala, el Alcalde o Alcaldesa, o elGrupo Municipal proponente, aceptan la propuesta, secorregirán los errores y se someterá, a continuación, avotación el dictamen, propuesta o moción principal.

En los demás supuestos, si el Concejal o Concejala,Alcalde o Alcaldesa o Grupo Municipal proponentes,aceptan la propuesta de retirada o de dejar sobre lamesa el punto, éste no se someterá a votación.

Por lo general, concluido el debate, se someterán losdictámenes, propuestas y mociones a votación, y dehaberse presentado respecto de las mismas votos parti-

culares o propuestas de enmiendas, se actuará según loprevisto en el último párrafo del artículo anterior.

Artículo 21. Llamada a la cuestión y al orden.Durante el debate, que será ordenado por el Alcalde

o Alcaldesa, no se admitirán mas intervenciones que lasde éste para llamar a la cuestión debatida, cuando sedesvíe el debate del asunto principal o se vuelva sobrecuestiones ya deliberadas y votadas, o para llamar alorden y/o advertir que se ha agotado el tiempo, en lossiguientes supuestos:

a) Cuando no se respeten las normas de cortesía ose profieran palabras injuriosas u ofensivas contra elAyuntamiento o cualquiera de sus miembros, las otrasAdministraciones o Instituciones Públicas o cualquierotra persona o entidad.

b) Cuando se pretenda haber uso de la palabra sinque previamente se le haya concedido o cuando ya se lehaya retirado.

c) Cuando se alterase el orden de las sesiones coninterrupciones o de cualquier otra forma.

d) Cuando en las intervenciones se infringiera loestablecido por este Reglamento para el adecuado desa-rrollo de la sesión.

e) Cuanto pretendiera intervenir en el debate yvotación un Concejal o Concejala afectado por el deberde abstención.

Si un Concejal o Concejala es llamado tres veces alorden en una misma sesión, el Alcalde o Alcaldesa podráexpulsarlo del Salón de Sesiones y adoptar para ello lasmedidas que considere convenientes, a fin de que sehaga efectiva la orden.

Si por cualquier causa, durante la celebración de lasesión se produjera una alteración del orden públicoque, a juicio de la Alcaldía, impidiera el normal desarro-llo de la sesión, podrá ésta ordenar su suspensión por elplazo máximo de una hora. Si transcurrido este plazo, nose puede reemprender normalmente la sesión, la levan-tará definitivamente y los asuntos que queden pendien-tes tendrán que ser tratados en otra sesión que tendrálugar dentro de los diez días hábiles siguientes, con elmismo carácter que tuviera la que se suspendió.

De las incidencias a que se ha hecho referencia en lospárrafos anteriores, se dejará constancia en el acta de lasesión, a efectos, en su caso, de deducir el correspon-diente testimonio y pasar el tanto de culpa correspon-diente ante los órganos judiciales competentes.

Artículo 22. Votación.Cuando el Alcalde o Alcaldesa considere suficiente-

mente debatido el asunto, después de declarar finali-zado el debate, ordenará que se someta a votación delos miembros de la Corporación presentes.

La votación de los asuntos será a la totalidad deltexto de las propuestas, no admitiéndose votaciones par-ciales, sin perjuicio de la posibilidad de presentarenmiendas de carácter parcial.

El voto de los miembros de la Corporación es perso-nal e intransferible, y se puede emitir en sentido positivoo negativo, sin perjuicio de la posibilidad de abstenersede votar.

A estos efectos se entenderá que los miembros de laCorporación que se ausenten del Salón de Sesiones unavez finalizada la deliberación de un asunto, se abstienende votar, si no están presentes en el momento de la vota-ción.

Los asuntos se consideran aprobados por asenti-miento y unanimidad, si una vez presentados, no gene-ran debate ni oposición.

Una vez iniciada la votación no se podrá interrumpirpor ningún motivo, ni el Alcalde o Alcaldesa podrá otor-gar el uso de la palabra. Tampoco podrán los miembrosde la Corporación, durante la votación, entrar en elSalón de Sesiones ni abandonarlo.

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En caso de votaciones con resultado de empate, seefectuará una segunda votación y si persistiera elempate, decidirá el voto de calidad de la Alcaldía.

Concluida la votación, el Alcalde o Alcaldesa procla-mará lo acordado.

Proclamado el acuerdo, los grupos que no hayanintervenido en el debate o que después de éste hayanmodificado el sentido de su voto, podrán solicitar de laAlcaldía un turno de explicación de voto, que no podráexceder de 3 minutos.

Igual derecho tendrán los Concejales o Concejalas, atítulo individual, cuando hayan votado en sentido dife-rente a los miembros de su Grupo.

Artículo 23. Clases de votación.Las votaciones pueden ser de las siguientes clases:1. Ordinarias, cuando se manifieste el voto por signos

convencionales de asentimiento, disentimiento o absten-ción.

2. Nominales, cuando se realicen mediante la lla-mada, por orden alfabético de apellidos y siempre enúltimo lugar el Alcalde o Alcaldesa, y cada miembro dela Corporación, al ser nombrado, responda en voz alta,«sí», «no» o «me abstengo».

3. Secretas, cuando se realicen mediante papeletaque cada miembro de la Corporación vaya depositandoen una urna.

El sistema normal de votación será el ordinario. Lavotación nominal se utilizará, con carácter preceptivo,cuando se someta a la consideración del Pleno una cues-tión de confianza, cuando la Ley así lo imponga, ocuando así lo acuerdo el Pleno por mayoría simple, envotación ordinaria, a propuesta de la Alcaldía o de unGrupo Político.

La votación secreta podrá utilizarse únicamente parala elección o destitución de personas, cuando así loacuerde el Pleno por mayoría simple en votación ordina-ria, a propuesta de la Alcaldía o de un Grupo Político y,en todo caso y con carácter preceptivo, cuando sesometa a la consideración del Pleno una moción de cen-sura o cuando así lo establezca la Ley.

Artículo 24. Quórum de votación.Los acuerdos se adoptarán, como regla general, por

mayoría simple de votos de los miembros presentes,entendiéndose que existe mayoría simple cuando losvotos afirmativos son más que los negativos.

Se adoptarán por mayoría absoluta los acuerdos quede acuerdo con la Ley así lo requieran y, en todo caso, lossiguientes:

a) Creación y supresión de Municipios y alteración deltérmino municipal.

b) Creación, modificación y supresión de las entida-des a que hace referencia el artículo 45 de la Ley Regula-dora de las Bases del Régimen Local.

c) Aprobación de la delimitación del término munici-pal.

d) Alteración del nombre y de la capitalidad delMunicipio.

e) Adopción o modificación de bandera, enseña oescudo.

f) Aprobación y modificación del Reglamento Orgá-nico propio de la Corporación.

g) Creación, modificación o disolución de mancomu-nidades u otras organizaciones asociativas, así como laadhesión a las mismas y la aprobación y modificación desus estatutos.

h) Transferencia de funciones o actividades a otrasAdministraciones públicas, así como la aceptación de lasdelegaciones o encomiendas de gestión realizadas porotras administraciones, salvo que por ley se imponganobligatoriamente.

i) Cesión por cualquier título del aprovechamiento debienes comunales.

j) Concesión de bienes o servicios por más de cincoaños, siempre que su cuantía exceda del 20 por 100 delos recursos ordinarios del presupuesto.

k) Municipalización o provincialización de actividadesen régimen de monopolio y aprobación de la forma con-creta de gestión del servicio correspondiente.

l) Aprobación de operaciones financieras o de créditoy concesiones de finiquitos o esperas, cuando su importesupere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presu-puesto, así como las operaciones de crédito previstas enel artículo 158.5 de la Ley 39/1998, de 28 de diciembre,Reguladora de las Haciendas Locales.

ll) Los acuerdos que corresponda adoptar a la Corpo-ración en la tramitación de los instrumentos de planea-miento general previstos en la legislación urbanística.

m) Enajenación de bienes, cuando su cuantía excedadel 20 por 100 de los recursos ordinarios de su presu-puesto.

n) Alteración de la calificación jurídica de los bienesdemaniales o comunales.

ñ) Cesión gratuita de bienes a otras Administracioneso Instituciones públicas.

o) Las restantes determinadas por la Ley.Se entiende que existe mayoría absoluta cuando los

votos afirmativos son más de la mitad de los votos delnúmero legal de miembros de la Corporación.

A efectos del cómputo del número legal de miem-bros de la Corporación, en el caso de que, de acuerdocon el procedimiento establecido en el párrafo primerodel artículo 182 de la Ley Orgánica del Régimen ElectoralGeneral, no quedasen más posibles candidatos o suplen-tes a nombrar, los quórums de asistencia y votación pre-vistos en este Reglamento se entenderán automática-mente referidos al número de hecho de miembros de laCorporación subsistente.

Artículo 25. Principio de unidad de acto.Todas las sesiones del Pleno, tanto de carácter ordi-

nario como de carácter extraordinario, se someterán alPrincipio de unidad de acto y, en consecuencia, tendránque finalizar el mismo día en que se inicien.

Si en cumplimiento del Principio anterior la sesiónfinalizara sin que se hayan resuelto todos los puntosincluidos en el orden del día, la Alcaldía podrá prolongarla sesión treinta minutos más, y si durante este tiempotampoco es posible debatir y resolver todos los asuntospendiente, éstos se tendrán que incluir en el orden deldía de la sesión ordinaria siguiente, salvo que la Alcaldíadecida convocar una sesión extraordinaria al efecto.

Sin perjuicio de lo anterior, durante el transcurso dela sesión, la Alcaldía puede discrecionalmente disponerinterrupciones de la misma, bien para permitir la inter-vención del público asistente, con carácter previo aldebate de un asunto, bien para permitir deliberacionesde los Concejales o Concejalas y, en general, de los Gru-pos Políticos Municipales, bien por razones de descanso.

Artículo 26. Distribución de escaños.Sin perjuicio de la distribución de escaños en el Salón

de Plenos que con carácter excepcional se determinepara la sesión constitutiva del Ayuntamiento, durante elmandato, los Concejales o Concejalas ocuparán en elSalón de Sesiones el escaño que, a tal efecto, determinela Alcaldía, previa consulta con la Junta de Portavoces.

Para la distribución de escaños el Alcalde o Alcaldesatendrá que tener en cuenta en todo caso que los Conce-jales o Concejalas tendrán que ocupar sus escaños en elSalón de Sesiones de manera que estén unidos a suGrupo, salvo razones de imposibilidad. Y para determi-nar el orden de colocación se ha de tener en cuenta elgrado de representatividad de cada Grupo.

Miércoles 4 de febrero de 2004 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 28 1485

Artículo 27. Parte de control.Finalizado el debate y votación de los asuntos que

integren la parte resolutiva del orden del día, se iniciarála parte de control en los términos previstos en el artí-culo 11 de este Reglamento.

En este capítulo del orden del día se debatirán todaslas mociones presentadas por los Grupos Políticos Muni-cipales que no respondan a la tramitación ordinaria deun expediente municipal, así como las mociones de con-trol, seguimiento y fiscalización de los órganos degobierno a que se hace referencia en el Capítulo III deeste Título y los ruegos y preguntas.

La presentación de Mociones por parte de los GruposPolíticos Municipales se sujetará a las siguientes reglas:

— No se podrán presentar más de dos Mocionespor Grupo en cada sesión.

— Cuando una Moción sea rechazada por el Pleno,no se podrá presentar una nueva Moción sobre el mismotema durante el plazo de un año.

— Si en la misma sesión plenaria varios Grupos pre-sentan Mociones sobre el mismo tema, solo se incluirá enel orden del día la primera que haya tenido entrada enel Registro General del Ayuntamiento, presentándose alPleno las restantes como enmiendas a la totalidad de laMoción que figure en el orden del día. Cuando seancoincidentes, se tendrán por no presentadas.

— La votación de las Mociones será a la totalidadde su texto, no admitiéndose votaciones parciales, sinperjuicio de la posibilidad de presentar enmiendas decarácter parcial.

Artículo 28. Ruegos y preguntas.En el punto correspondiente a los ruegos y preguntas

de la parte de control del Pleno, todos los miembros dela Corporación y los Grupos Políticos Municipales podránefectuar ruegos y preguntas, según la definición que deambos términos se realiza en el artículo 15 de este Regla-mento.

La Alcaldía puede limitar la formulación de ruegos ypreguntas en cada sesión a un máximo de 3 ruegos y 3preguntas por Grupo, con un plazo máximo de exposi-ción de 6 minutos para la totalidad de ruegos y pregun-tas.

Los ruegos y preguntas, que no tienen carácter vincu-lante, no están sometidos a votación, ni pueden generardebate, se pueden formular oralmente o por escrito. Sison formulados oralmente en la sesión, la Alcaldía deci-dirá si se contestan en este mismo acto o se contestan enla siguiente sesión.

Las preguntas formuladas por escrito en el acto delPleno, serán contestadas en la siguiente sesión ordinariade Pleno que se celebre, sin perjuicio de que el destina-tario de la misma quiera dar contestación de formainmediata. Se contestará en la sesión ordinaria inme-diata posterior todas las preguntas formuladas porescrito con una antelación mínima de setenta y dos horasal inicio de ésta, salvo que por causa debidamente justifi-cada deba contestarse en la siguiente.

Sección segundaLa Junta de Gobierno Local

Artículo 29. Clases de sesiones.Las sesiones de la Junta de Gobierno Local, que tam-

bién podrán ser ordinarias, extraordinarias o extraordi-narias de carácter urgente en los mismos términos que seprevé en la Sección anterior para el Pleno, tendrán lugaren la Casa Consistorial y no tendrán carácter público.

Las sesiones ordinarias tendrán lugar con carácterquincenal, respetando en todo caso la periodicidad esta-blecida mediante acuerdo plenario al inicio del mandato,en el que se determinarán, además, las fechas y horasconcretas de celebración.

La Alcaldía podrá posponer o adelantar la celebra-ción de las sesiones ordinarias dentro del periodo pre-visto para su celebración preceptiva, por razones defuerza mayor o cuando el día fijado sea festivo o seencuentre incluido dentro de un período vacacional,siempre que ello no menoscabe la gestión de los asuntosmunicipales.

Las sesiones extraordinarias y las urgentes, tendránlugar cuando, con tal carácter, sean convocadas por laAlcaldía.

Artículo 30. Convocatoria y orden del día.La Alcaldía convocará por escrito a los Concejales y

Concejalas miembros de la Junta de Gobierno Local, almenos con un día hábil de antelación a la celebración dela sesión, no computándose a estos efectos ni el día de lanotificación de la convocatoria ni el día de la sesión,salvo en los supuestos de sesiones extraordinarias decarácter urgente.

La convocatoria y el orden del día se realizará en lostérminos previstos en la Sección anterior para el Pleno,con las siguientes especialidades.

— No se requerirá que los asuntos hayan sido dicta-minados por las Comisiones Informativas, salvo que setrate de competencias delegadas por el Pleno.

— No se tendrá que dar cuenta con carácter previoa la Junta de Portavoces.

— Todos los puntos del orden del día tienen carác-ter resolutivo, sin que exista parte de control ni capítulode ruegos y preguntas.

— Existirá un punto, al final de la relación de asun-tos a tratar, de información general.

Artículo 31. Quórum de asistencia y votación.Para la válida constitución de la Junta de Gobierno

Local se requerirá la asistencia del Alcalde o Alcaldesa ode aquel que legalmente le sustituya y de un número demiembros que, junto con éste, constituyan la mayoríaabsoluta de sus componentes, así como la asistenciadel/la Secretario/a General de la Corporación o funciona-rio en quien delegue.

Este quórum mínimo se tendrá que mantenerdurante toda la sesión, y de no conseguirse en primeraconvocatoria, quedará automáticamente convocada unahora después en segunda convocatoria, pudiendo consti-tuirse en este caso, con la asistencia de la tercera partede sus miembros, en número no inferior a tres, y la pre-sencia del Alcalde o Alcaldesa y del/la Secretario/a Gene-ral o de las personas que legalmente les sustituyan.

Artículo 32. Desarrollo de la sesión.La Alcaldía dirigirá y ordenará los debates a su arbi-

trio, en el seno de la Junta de Gobierno Local, pudiendorequerir, incluso, la presencia de otros miembros de laCorporación o del personal al servicio del Ayuntamiento,a efectos de informar en relación con su ámbito deactuación.

Los acuerdos se adoptarán por votación ordinaria ymayoría simple, sin perjuicio de la posibilidad de que,mediante acuerdo adoptado por la propia Corporación,a propuesta del Alcalde o Alcaldesa, se pueda acudir acualquier otro sistema de votación cuando así esté pre-visto por el Ordenamiento Jurídico.

Sección terceraLas Comisiones Informativas

Artículo 33. Las Comisiones Informativas.Las Comisiones Informativas de carácter permanente,

celebrarán sus sesiones ordinarias con carácter mensual,en los días y horas que establezca su Presidente.

También podrán celebrar sesiones de carácter extra-ordinario, que podrán ser urgentes, bien a iniciativa pro-

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pia, bien a propuesta de una cuarta parte de sus miem-bros.

En la primera sesión que celebren, las ComisionesInformativas podrán aprobar su propio régimen de fun-cionamiento, incluida la auto-convocatoria para un díafijo determinado de cada mes, cuando tengan carácterordinario.

En su defecto, las convocatorias se realizarán porescrito, con la misma antelación que las del Pleno, comu-nicándose a todos los miembros de la Comisión e incor-porando el orden del día de los asuntos a debatir, quepodrá ser genérico.

Las sesiones de las Comisiones Informativas no tienecarácter público, sin perjuicio de que, con carácter excep-cional, su Presidente podrá acordar que lo sean.

Para la válida celebración de sus sesiones se requerirála presencia de la mayoría absoluta de su número legalde miembros, incluido el Presidente, en la primera con-vocatoria, quedando convocada la sesión en segundaconvocatoria una hora después, si no se lograra el quó-rum inicial. En este caso, se podrá constituir con la asis-tencia del Presidente y dos de sus miembros.

Si tampoco en esta segunda convocatoria puedeconstituirse la Comisión, los asuntos podrán pasar alPleno directamente sin necesidad de su dictamen previo.

Los debates de las Comisiones Informativas se dirigi-rán por el Presidente y los dictámenes se aprobarán pormayoría simple de sus miembros y, en caso de empate,con el voto de calidad de su Presidente.

Los miembros de la Comisión podrán formular votosparticulares respecto de los dictámenes que se sometan asu consideración, que se tendrán que acompañar al dic-tamen cuando éste sea elevado al Pleno.

Artículo 34. Régimen específico de la ComisiónEspecial de Cuentas.

La Comisión Especial de Cuentas se ha de reunir nece-sariamente con carácter ordinario antes del día 1 dejunio de cada año, a los efectos previstos en el artículo193 de la Ley 39/1.988, de 28 de diciembre, Reguladorade las Haciendas Locales, sin perjuicio de la posibilidadde que se celebren con anterioridad las reuniones prepa-ratorias que se consideren convenientes.

Las cuentas que se sometan a su consideración hande ir acompañadas de los justificantes y antecedentescorrespondientes y han de estar a disposición de susmiembros con un mínimo de 15 días de antelación a lasesión.

El informe de la Comisión Especial de Cuentas, conlos votos particulares que se hubiesen podido producir ylas cuentas, han de ser objeto de información pública aefectos de reclamaciones y observaciones, por un perí-odo de 20 días hábiles antes de ser sometidas a la consi-deración del Pleno.

Sección cuartaJunta de Portavoces

Artículo 35. Junta de portavoces ordinaria.La Junta de Portavoces se reunirá con la misma perio-

dicidad de las sesiones ordinaria de Pleno, y se celebraráen la semana anterior a la prevista para la del referidoPleno. Debiendo ser la propia Junta de Portavoces, en laprimera sesión en que se reúna la que determine el díade la semana y hora en que se fije su inicio. El objeto deeste Junta de Portavoces será examinar los asuntos quedeban formar el orden del día del Pleno ordinario, asícomo proponer, cada grupo, las propuestas de acuerdoque deban ser sometidas a la misma sesión de Pleno,conforme al presente Reglamento.

La Junta de Portavoces que no tenga carácter deordinaria se reunirá a instancias de cualquiera de los gru-pos municipales.

Sección quintaDisposiciones comunes

Artículo 36. Formalización de las sesiones de losórganos colegiados.

De las sesiones del Pleno, de la Junta de GobiernoLocal y de las Comisiones Informativas, se levantará actapor el/la Secretario/a General o por quien legalmente lesustituya, en la que se consignarán los siguientes datos:

a) Lugar de la reunión, con expresión del nombre delmunicipio y local en que se celebre.

b) Fecha y hora en que comienza y se levanta lasesión.

c) Nombre y apellidos del Presidente/a y de los Conce-jales y Concejalas y personal de la Corporación presentes,con indicación de los ausentes que se hayan excusado yde los que falten sin excusarse.

d) Carácter ordinario, extraordinario o extraordinariode urgencia de la sesión, con expresión de si se celebraen primera o segunda convocatoria.

e) Asistencia del/la Secretario/a General y del/la Inter-ventor/a, en su caso, o de las personas que legalmenteles sustituyan.

f) Asuntos que se examinan o debaten e intervencio-nes sintetizadas que se hubiesen producido.

g) Votaciones que se verifiquen y su resultado,haciendo constar, en todo caso, el sentido en que cadamiembro emite su voto.

h) Acuerdos adoptados.En el caso de las intervenciones del Pleno, se transcri-

birán íntegramente aquellas que se deriven de su graba-ción. En el resto de los casos, se transcribirá una síntesisde dichas intervenciones.

De no celebrarse la sesión por falta de quórum o porcualquier otra razón, el/la Secretario/a suplirá el acta conuna diligencia extendida en la convocatoria, que setranscribirá al libro oficial, similar a la prevista en el artí-culo 17 de este Reglamento.

Artículo 37. Libro de actas.Las actas de las sesiones de los órganos colegiados

serán autorizadas por el/la Secretario/a General o funcio-nario que legalmente le sustituya, con el visto bueno delAlcalde o Alcaldesa, y se transcribirán al libro de actas sinenmiendas ni tachaduras o salvando al final las que invo-luntariamente se produjeran.

Los libros de actas de las sesiones del Pleno de la Cor-poración y de su Junta de Gobierno Local, son instru-mentos públicos solemnes y han de estar foliados yencuadernados, legalizando cada hoja con la rúbrica delAlcalde o Alcaldesa y el sello de la Corporación.

Estos libros se abrirán mediante diligencia de aper-tura firmada por el/la Secretario/a, que se extenderá enla primera hoja indicando el número de folios de queconsta el libro y la fecha en que se inicia la trascripciónde los acuerdos.

Los libros se confeccionarán mediante sistema infor-mático y estarán compuestos de hojas móviles en papelespecial del Ayuntamiento.

Los libros de actas de las Comisiones Informativas sepodrán confeccionar por agregación sucesiva de los ori-ginales de las actas de las reuniones, extendiéndose enfolios de papel oficial de la Corporación, correlativa-mente numerados y autorizados con la rúbrica, en cadauna de sus hojas, de su Presidente/a, encuadernándose,con carácter anual, con una diligencia de apertura en suprimera hoja y una diligencia de cierre en la última.

Artículo 38. Custodia de los libros oficiales.Los libros de actas del Pleno y de la Junta de

Gobierno Local quedarán bajo la custodia del/la Secreta-rio/a y no podrán salir de sus oficinas bajo ningún pre-

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texto, ni siquiera a requerimiento de la Autoridad judi-cial.

No obstante lo anterior, periódicamente podránlibrarse para su custodia al Archivero municipal, quien apartir de este momento será responsable de dar cumpli-miento a lo anterior.

Artículo 39. Resoluciones de la Alcaldía.Las resoluciones de la Alcaldía dictadas directamente

por ésta o por los Concejales o Concejalas que actúenpor su delegación, se transcribirán a un libro de resolu-ciones confeccionado y custodiado con idénticos requisi-tos a los establecidos en los artículos anteriores para loslibros de actas.

Artículo 40. Certificaciones y testimonios.Todos los ciudadanos tienen derecho a obtener

copias y certificaciones acreditativas de los acuerdosadoptados por los órganos de gobierno y administracióndel Ayuntamiento, así como a consultar los archivos yregistros, en los términos previstos por la Ley de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común.

Las certificaciones o testimonios de los acuerdos apetición de las autoridades competentes o de terceros seexpedirán por el/la Secretario/a General, por orden y conel visto bueno del Alcalde o Alcaldesa.

También se podrán expedir certificaciones de losacuerdos del Pleno y de la Junta de Gobierno Local antesde ser aprobadas las actas que los contengan, siempreque se haga advertencia o salvedad en este sentido y areserva de los términos que resulten de la aprobación delacta correspondiente.

Capítulo IIControl y fiscalización del pleno

Sección PrimeraDe las clases de control y fiscalización

Artículo 41. Clases de control y fiscalización.El control y fiscalización por el Pleno de los demás

órganos de gobierno se ejercerá, además de por la víaestablecida en el artículo 27 de este Reglamento, a tra-vés de los siguientes medios:

a) Requerimiento de presencia e información demiembros corporativos que ostenten la responsabilidadde un área de gestión.

b) Debate sobre decisiones acordadas por la Junta deGobierno Local.

c) Moción de censura al Alcalde o Alcaldesa.d) Cuestión de confianza planteada por el Alcalde o

Alcaldesa.Artículo 42. Comparecencia de un miembro de la

Corporación.La comparecencia ante el Pleno de un miembro de la

Corporación que ostente responsabilidad en una deter-minada área, será obligatoria si lo pide por escrito, a tra-vés del Registro General, como mínimo, la cuarta partedel número legal de miembros de la Corporación. Lapetición, debidamente motivada, incluirá las preguntasque se formulen. El Alcalde o Alcaldesa la incluirá en elorden del día de la siguiente sesión ordinaria que secelebre, comunicando al interesado las preguntas que sele formulan sobre su actuación con una antelaciónmínima de 5 días a la celebración de la citada sesión.

El desarrollo de la comparecencia se ajustará alsiguiente procedimiento:

1. El proponente formulará las preguntas incluidas ensu petición al miembro de la Corporación afectado.

2. El miembro de la Corporación afectado procederáa contestarlas ciñéndose al tenor literal de aquéllas.

3. El Alcalde o Alcaldesa, finalizados los trámitesanteriores, podrá otorgar con carácter discrecional unnuevo turno de palabras, tanto al proponente como almiembro de la Corporación compareciente.

Artículo 43. Debate sobre decisiones adoptadas porla Junta de Gobierno Local.

El debate sobre decisiones adoptadas por la Junta deGobierno Local será obligatorio si lo pide, como mínimo,la cuarta parte del número legal de miembros de la Cor-poración, mediante escrito presentado en el RegistroGeneral del Ayuntamiento.

Efectuada la petición, con las propuestas que se for-mulen, que serán debidamente motivadas, el Alcalde oAlcaldesa las incluirá en el orden del día de la siguientesesión ordinaria del Pleno, siempre que hayan transcu-rrido, como mínimo, 10 días entre la petición y la cele-bración de la sesión.

El debate se ajustará a lo previsto para las sesionesplenarias.

Artículo 44. Moción de censura al Alcalde o Alcaldesa.El Pleno del Ayuntamiento podrá exigir la responsa-

bilidad política del Alcalde o Alcaldesa mediante mociónde censura, cuya presentación, tramitación y votación seregirá por lo previsto en el artículo 197 de la Ley Orgá-nica del Régimen Electoral General y por las siguientesnormas:

a) La moción de censura tendrá que ser propuesta,como mínimo, por la mayoría absoluta del número legalde miembros de la Corporación, y tendrá que incluir uncandidato/a a la Alcaldía, pudiendo serlo cualquier Con-cejal o Concejala cuya aceptación expresa conste en elescrito de proposición de la moción.

b) El escrito en el que se proponga la moción de cen-sura deberá incluir las firmas de los Concejales y Conceja-las proponentes, debidamente autenticadas por Notarioo por el/la Secretario/a General de la Corporación, y setendrá que presentar ante éste por cualquiera de sus fir-mantes. El/la Secretario/a General comprobará que lamoción de censura reúne los requisitos exigidos en esteartículo y extenderá en el mismo acto la correspondientediligencia acreditativa.

c) El documento así diligenciado se presentará en elRegistro General de la Corporación por cualquiera de losfirmantes de la moción, quedando el Pleno automática-mente convocado para las doce horas del décimo díahábil siguiente al de su registro. El/la Secretario/a de laCorporación tendrá que remitir notificación indicativa detal circunstancia a todos sus miembros en el plazomáximo de un día a contar desde la presentación deldocumento en el registro a los efectos de su asistencia ala sesión, especificando la fecha y hora en que se haya decelebrar.

d) El Pleno será presidido por una Mesa de Edad inte-grada por los Concejales o Concejalas de mayor y menoredad de los presentes, excluidos el Alcalde o Alcaldesa yel candidato o candidata a la Alcaldía, actuando comoSecretario/a el que lo sea de la Corporación o funciona-rio que legalmente le sustituya, que acreditará esta cir-cunstancia.

e) La Mesa se limitará a dar lectura de la moción decensura, a conceder la palabra durante un tiempomáximo de diez minutos, si estuviesen presentes, al can-didato o candidata a la Alcaldía, al Alcalde o Alcaldesa ya los portavoces de los Grupos Políticos Municipales, y asometer a votación la moción de censura.

f) El candidato o candidata incluido en la moción decensura quedará proclamado Alcalde o Alcaldesa si éstaprosperase con el voto favorable de la mayoría absolutadel número de Concejales y Concejalas que legalmentecomponen la Corporación.

Ningún Concejal o Concejala puede firmar durante sumandato más de una moción de censura. A estos efectos,no se tomarán en consideración aquellas mociones que

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no hubiesen sido tramitadas por no reunir los requisitosprevistos en la letra b) anterior.

La dimisión sobrevenida del Alcalde o Alcaldesa nosuspenderá la tramitación y votación de la moción decensura.

El Alcalde o Alcaldesa, en el ejercicio de sus compe-tencias, está obligado a impedir cualquier acto que per-turbe, obstaculice o impida el derecho de los miembrosde la Corporación a asistir a la sesión plenaria en que sevote la moción de censura y a ejercer su derecho de votoen la misma.

No son de aplicación a la moción de censura las cau-sas de abstención y recusación previstas en la legislaciónde procedimiento administrativo.

Artículo 45. Cuestión de confianza planteada por elAlcalde o Alcaldesa.

El Alcalde o Alcaldesa podrá plantear al Pleno unacuestión de confianza vinculada a la aprobación o modi-ficación de cualquiera de los siguientes asuntos:

a) Los Presupuestos anuales.b) El Reglamento orgánico.c) Las Ordenanzas Fiscales.d) La aprobación que ponga fin a la tramitación de

los instrumentos de planeamiento general de ámbitomunicipal.

La presentación de una cuestión de confianza vincu-lada al acuerdo sobre alguno de los asuntos señaladoscon anterioridad, figurará expresamente en el corres-pondiente punto del orden del día del Pleno, requirién-dose para su aprobación el quórum de votación exigidoen la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Basesdel Régimen Local, para cada uno de ellos. La votación seefectuará, en todo caso, mediante el sistema nominal.

Para la presentación de la cuestión de confianza serárequisito previo que el acuerdo correspondiente hayasido debatido por el Pleno y que éste no hubiera obte-nido la mayoría necesaria para su aprobación.

En el supuesto de que la cuestión de confianza noobtuviera el número necesario de votos favorables parala aprobación del acuerdo, el Alcalde o Alcaldesa cesaráautomáticamente, quedando en funciones hasta la tomade posesión de quien le haya de suceder en el cargo. Laelección del nuevo Alcalde o Alcaldesa se realizará ensesión plenaria convocada automáticamente para lasdoce horas del décimo día hábil siguiente al de la vota-ción del acuerdo al que se vinculó la cuestión de con-fianza, rigiéndose por previsto para la elección delAlcalde en el Pleno Constituyente, quedando excluido deser candidato/a el Alcalde o Alcaldesa cesante.

La previsión contenida en el párrafo anterior no seráde aplicación cuando la cuestión de confianza se vinculea la aprobación o modificación de los presupuestosanuales. En este caso se entenderá otorgada la confianzay aprobado el proyecto, si en el plazo de un mes desdeque se votó el rechazo de la cuestión de confianza no sepresenta una moción de censura con candidato o candi-data alternativo/a a Alcalde o Alcaldesa, o si ésta noprospera.

A estos efectos, no rige la limitación establecida en elantepenúltimo párrafo del artículo anterior.

Cada Alcalde o Alcaldesa no podrá plantear más deuna cuestión de confianza al año, contando desde el ini-cio del mandato, ni más de dos durante la duración totaldel mismo.

No se podrá plantear una cuestión de confianza en elúltimo año del mandato de cada Corporación.

Tampoco se podrá plantear una cuestión de con-fianza cuando se haya presentado una moción de cen-sura, hasta tanto se vote esta última.

Los Concejales o Concejalas que votasen a favor de laaprobación de un asunto al que se hubiese vinculadouna cuestión de confianza, no podrán firmar una moción

de censura contra el Alcalde o Alcaldesa que la hubierapresentado hasta que no transcurra un plazo de seismeses contados a partir de la fecha de su votación.

Durante el mismo plazo, tampoco podrán estos Con-cejales o Concejalas emitir un voto contrario al asunto alque se hubiese vinculado la cuestión de confianza, siem-pre que sea sometido a votación en los mismos términosque en tal ocasión. Caso de emitirse este voto contrario,será considerado nulo.

Disposición adicionalLos preceptos de este Reglamento que por sistemá-

tica legislativa incorporan aspectos de la legislaciónbásica del Estado o de la legislación autonómica, y aque-llos en los que se hacen remisiones a preceptos de éstas,se entienden automáticamente modificados y/o sustitui-dos en el momento en que se produzca la revisión omodificación de esta legislación, salvo que resulten com-patibles o permitan una interpretación armónica con lasnuevas previsiones legislativas.

Disposición derogatoriaLa entrada en vigor de este Reglamento derogará y/o

dejará sin efecto, de forma automática, los actos y dispo-siciones adoptados por este Ayuntamiento sobre lamateria objeto del mismo.

Disposición finalEste Reglamento, entrará en vigor, una vez aprobado

definitivamente por el Ayuntamiento y publicado sutexto íntegro en el «Boletín Oficial» de la provincia,cuando haya transcurrido el plazo previsto por el artículo65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de lasBases del Régimen Local.

Las Cabezas de San Juan a 16 de enero de 2004.—ElSecretario, Ángel Ramón Caro López.

11W-622-P———

CAMASPor Acuerdo de la Comisión de Gobierno de 19 de

diciembre de 2003, ha sido aprobado definitivamente elProyecto de Urbanización de la Actuación AUSU-9,redactado por los Arquitectos don Luis Ureta Tejero ydon Sebastián Clavijo Pardal, y visado por el Colegio Ofi-cial de Arquitectos de Sevilla con fecha 2 de julio de 2003con el n.º 6334/03-01, acompañado por estudio de segu-ridad y salud, visado con el n.º 6334/03-02, ha sido pro-movido por la sociedad mercantil «Construcciones Aza-gra», S. A.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo pre-ceptuado en los artículos 98 y 99 de la Ley 7/2002, de 17de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y21.2 de las Normas Urbanísticas del Plan General deOrdenación Urbana.

Contra el citado acuerdo, que pone fin a la vía admi-nitrativa, los interesados podrán interponer potestativa-mente recurso de reposición ante la Comisión deGobierno en el plazo de un mes, contado a partir del díasiguiente al de la publicación de este anuncio en el«Boletín Oficial» de la provincia.

Transcurrido un mes desde la interposición delrecurso de reposición sin que se notifique su resolución,se entenderá desestimado por silencio administrativo yquedará expedita la vía contencioso-administrativa,pudiendo interponerse recurso contencioso-administra-tivo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo oSala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supe-rior de Justicia con sede en Sevilla, según sus respectivascompetencias y de conformidad con lo preceptuado enlos artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa,

Miércoles 4 de febrero de 2004 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 28 1489

en el plazo de dos meses contados desde el siguiente aaquel en que se notifique la resolución expresa delrecurso potestativo de reposición o en el plazo de seismeses contados desde el siguiente a aquel en que se pro-duzca el acto presunto.

El recurso contencioso-administrativo puede serinterpuesto directamente ante el orden jurisdiccionalcontencioso-administrativo. El plazo para interponer esterecurso será de dos meses contados desde el díasiguiente al de la publicación de este anuncio en el«Boletín Oficial» de la provincia, sin perjuicio de quepueda ejercitar cualquier otro recurso que estime perti-nente.

Camas, 26 de diciembre de 2003.—El Alcalde, AgustínPavón Guzmán.

7W-577———GELVES

Miguel Lora Corento, Alcalde-Presidente del Ayunta-miento de esta villa.

Hace saber: Que se abre un período de quince díasdesde la publicación del presente edicto, para que pue-dan presentarse candidatos a Juez de Paz Titular de estalocalidad.

Los solicitantes habrán de reunir los requisitos esta-blecidos en la Ley Orgánica 6/1985, para su ingreso en lacarrera judicial.

Las solicitudes se presentarán en horario de 9.00 a14.00 horas, en el Registro General de Entrada de esteAyuntamiento, en el plazo indicado, suscribiendo elmodelo de solicitud que se facilitará.

En Gelves a 23 de enero de 2004.—El Alcalde, MiguelLora Corento.

253W-1019

———LEBRIJA

El Alcalde-Presidente del Excelentísimo Ayunta-miento de esta ciudad.

Por la presente convoca a todos los interesados, alamparo de lo establecido en la vigente Ley de Aguas yReglamento de Dominio Público Hidráulico, a la celebra-ción de la Junta General que tendrá lugar en el salón deactos de la Casa de la Cultura, sita en Lebrija (Sevilla),calle Tetuán núm. 15, la cual tendrá lugar el próximo día26 de febrero, a las 20.00 h. en primera convocatoria, y alas 20,30 h. en segunda convocatoria, con el siguienteOrden del día:

Primero.—Acuerdo de los presentes para constituirseen Comunidad de Regantes denominada «Los Yesos».

Segundo.—Formalización de la relación nominal deusuarios, con la expresión del caudal que cada uno pre-tenda utilizar.

Tercero.—Nombramiento de la Comisión encargadade redactar los proyectos de Ordenanzas y Reglamentos,así como de su Presidente.

Cuarto.—Ruegos y preguntas.En Lebrija (Sevilla) a 12 de enero de 2004.—El

Alcalde, Jerónimo Pérez Méndez.35F-832-P

———

MORÓN DE LA FRONTERA

El Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada eldía 4 de diciembre de 2003, ha acordado la contratacióndel siguiente servicio:

1. Entidad adjudicadora:Excmo. Ayuntamiento de Morón de la Frontera (Sevi-

lla).

2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: Análisis Clínicos en el

Hospital Municipal.b) Lugar de ejecución: Morón de la Frontera.c) Plazo de ejecución: Un año, prorrogable hasta

un máximo de cuatro años.3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudica-

ción:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.a) Forma: Concurso.4. Presupuesto de licitación:El recogido en el Pliego.5. Garantías:Provisional: 1.000 euros.Definitiva: 2.000 euros.6. Obtención de documentación e información.a) Entidad: Excmo. Ayuntamiento de Morón de la

Frontera.b) Domicilio: Plaza del Ayuntamiento número 1.c) Localidad y Código Postal: Morón de la Frontera,

41530.d) Teléfono: 95-5856000.e) Fax: 95-4852083.7. Presentación de las ofertas.a) Plazo: Quince días naturales siguientes al de

inserción de este anuncio en «Boletín Oficial» de la pro-vincia.

b) Documentación a presentar: La recogida en elPliego.

c) Lugar de presentación:a. Entidad: Ayuntamiento de Morón de la Fron-

tera.b. Domicilio: Plaza del Ayuntamiento, 1.c. Localidad: Morón de la Frontera.

8. Apertura de las ofertas:a) Entidad: Ayuntamiento de Morón.b) Domicilio: Plaza del Ayuntamiento número 1.c) Localidad: Morón de la Frontera.d) Fecha: Quinto día hábil siguiente al de finaliza-

ción período presentación ofertas (sí fuese sábado seprorrogará al siguiente día hábil).

e) Hora: 13.00.9. Gastos de anuncios: Los recogidos en el Pliego.Morón de la Frontera a 10 de diciembre de 2003.—El

Alcalde, Manuel Morilla Ramos.11W-67-P

———

OSUNA

Don Marcos Quijada Pérez, Presidente de la Funda-ción Físico Deportiva del Ilustre Ayuntamiento de estavilla.

Hago saber: Que aprobado con carácter provisionalpor resolución de la Presidencia de fecha 30 de diciem-bre de 2003, el expediente de modificación de créditosnúmero 01/03, del Presupuesto de la Fundación Munici-pal Físico-Deportiva del Ilustre Ayuntamiento de Osuna,queda expuesto al público en la Intervención de FondosMunicipal, por un plazo de quince días hábiles, a partirde su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia ysitios de costumbre, para que por parte de los interesa-dos legítimos pueda examinarse y en su caso presentarreclamaciones fundadas, que serían resueltas por elAyuntamiento Pleno.

Una vez evacuado el trámite de información pública,con resultado negativo, el acuerdo, hasta entonces provi-sional, será definitivo por mandato del acuerdo norma-tivo de aprobación.

1490 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 28 Miércoles 4 de febrero de 2004

Lo que se comunica para general conocimiento yefectos en Osuna a 30 de diciembre de 2003.—El Presi-dente, Marcos Quijada Pérez.

11F-799———

EL VISO DEL ALCOR

Don Manuel García Benítez, Alcalde-Presidente delExcelentísimo Ayuntamiento de esta villa.

Hace saber: Que con fecha 17 de diciembre de 2003,se dictó el siguiente Decreto:

En El Viso del Alcor a 17 de diciembre de 2003.Resultando que por acuerdo plenario de 14 de marzo

de 2003, se aprobó la iniciativa presentada por la Com-pañía Mercantil Promociones Roldán Galia, S.L., para elestablecimiento del sistema de compensación, así comode manera inicial el proyecto de Estatutos y Bases deActuación para la constitución de la Junta de Compensa-ción de la Unidad de Ejecución 21.2 del Plan Parcial delSector 1 de las Normas Subsidiarias de PlaneamientoMunicipal.

Resultando que el citado acuerdo, junto con el textoíntegro del proyecto de Estatutos y Bases de Actuación,fue sometido a información pública mediante su publica-ción en el «Boletín Oficial» de la provincia número 98, de30 de abril de 2003, y su notificación individualizada atodos los propietarios afectados por el sistema de actua-ción.

Resultando que durante el periodo de informaciónpública se presentaron los siguientes escritos:

— Escrito de fecha 26.3.03 suscrito por don DiegoPineda Rodríguez, don Manuel Rodríguez Santos y donRamón Vergara Jiménez, en el que en atención a laadvertencia contenida en el apartado III del acuerdo ple-nario referido, manifestaba su opción por la participa-ción en la gestión del sistema adhiriéndose a la Junta deCompensación en constitución.

— Escrito de fecha 26.3.03 suscrito por doña MaríaRosario Belloso Vargas y don Joaquín Belloso Vargas, enel que en atención a la advertencia contenida en el apar-tado III del acuerdo plenario referido, manifestaba suopción por la participación en la gestión del sistemaadhiriéndose a la Junta de Compensación en constitu-ción.

— Escrito de fecha 26.5.03, suscrito por don Anto-nio Bonilla Ruiz, alegando en contra de la inclusión de sufinca en la Unidad de Ejecución.

— Escrito de fecha 7.7.03, suscrito por don JoséRodrigo Román, en representación de doña Rosa MaríaCalvo Elipe, no adhiriendose al sistema, y solicitando laexpropiación de sus derechos.

— Escrito de fecha 9.7.0, suscrito por don ManuelLópez Martínez, en el que en atención a la advertenciacontenida en el apartado III del acuerdo plenario refe-rido, manifestaba su opción por la participación en lagestión del sistema adhiriéndose a la Junta de Compen-sación en constitución.

— Escrito de fecha 9.7.03, suscrito por don José LuisLópez Giráldez, en el que en atención a la advertenciacontenida en el apartado III del acuerdo plenario refe-rido, manifestaba su opción por la participación en lagestión del sistema adhiriéndose a la Junta de Compen-sación en constitución.

— Escrito de fecha 9.7.03, suscrito por don JuanAntonio López Martínez, en el que en atención a laadvertencia contenida en el apartado III del acuerdo ple-nario referido, manifestaba su opción por la participa-ción en la gestión del sistema adhiriéndose a la Junta deCompensación en constitución.

Resultando que con fecha 29.9.03 (R.S. 5916) seremite copia del expediente al promotor de la iniciativa,el cual presenta sendos documentos en 15.10.03 (RE

8467) y en 17.10.03 (RE 8535). El primero de ellos acom-paña copia simple de la adquisición de finca del únicoalegante y en el segundo niega que el señor donRodrigo Román tenga derecho alguno sobre la finca9740.

Resultando que con fecha 16 de diciembre de 2003,se presentó por la entidad promotora de la iniciativaaval como garantía económica para el desarrollo de lostrabajos, en cumplimiento de lo establecido en el artí-culo 130.2.g) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, deOrdenación Urbanística de Andalucía (LOUA), y del apar-tado IV del acuerdo plenario de 14 de marzo de 2003.

Visto el informe emitido por el Sr. Arquitecto Jefe dela Sección de Urbanismo.

Considerando lo dispuesto en los artículos 129 ysiguientes LOUA y 161 y siguientes del Reglamento deGestión Urbanística, y en uso de las atribuciones que meconfiere el artículo 21.1.j) de la Ley 7/85, de 2 de abril,reguladora de las Bases de Régimen Local.

Por todo lo anterior he resuelto:I. Rechazar la alegación de don Antonio Bonilla

Ruiz, de dejar fuera de la unidad de Ejecución su parcelapor haberla vendido al promotor de la iniciativa.

II. Aceptar la decisión de don José Rodrigo Románen representación de doña Rosa María Calvo Elipe, de noadherirse al sistema y de ser expropiado en sus derechos,en base a los informes técnicos obrantes en el expe-diente, traslado de los cuales debe dárseles a los alegan-tes para su conocimiento y efectos.

III. Aprobar definitivamente la iniciativa, el estable-cimiento del sistema de compensación y el proyecto deEstatutos y Bases de Actuación para la constitución de laJunta de Compensación de la Unidad de Ejecución 21.2del Sector 1 del Suelo Urbanizable de las Normas Subsi-diarias de Planeamiento Municipal, presentada por laCompañía Mercantil Promociones Roldán Galia, S.L.

IV. Disponer la publicación en el «Boletín Oficial»de la provincia del texto íntegro del presente acuerdo,así como su notificación individualizada con el mismocontenido a los propietarios afectados y a quienes hubie-sen comparecido en el expediente, concediendo a lospropietarios que no hubiesen solicitado su incorporacióna la Junta el plazo de un mes para hacerlo, de conformi-dad con el artículo 162.5 del Reglamento de GestiónUrbanística, con advertencia de que en caso contrario,procederá la reparcelación forzosa o expropiación pre-vista en el artículo 135 LOUA.

V. Designar al Concejal-Delegado de Urbanismo,don Manuel Francisco Domínguez Jiménez, como repre-sentante municipal en el máximo órgano de gobierno dela Junta de Compensación.

VI. Se requiere a los interesados para que una veztranscurrido el plazo señalado en el apartado IV, se cons-tituyan en Junta de Compensación mediante escriturapública, en la que designará los cargos del órgano rector,que habrán de recaer necesariamente en personas físi-cas.

VII. De conformidad con lo dispuesto en el artículo133 LOUA, el establecimiento del sistema de actuaciónpor compensación y la aprobación de los Estatutos yBases de Actuación determinan la afectación real de latotalidad de los terrenos incluidos en la unidad de ejecu-ción, al cumplimiento de los deberes legales y las obliga-ciones inherentes al sistema, solicitando a tal efecto ins-cripción en el Registro de la Propiedad mediante notamarginal.

VIII. Notifíquese a los interesados, al Sr. Delegadode Urbanismo, al Arquitecto Municipal, al Registro de laPropiedad, y a la Notaría que designen los promotorescon remisión del expediente.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente donManuel García Benítez, ante mí, el Secretario Generalque doy fe, en el lugar y fecha al principio consignados.

Miércoles 4 de febrero de 2004 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 28 1491

1492 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 28 Miércoles 4 de febrero de 2004

Lo que le notifico a los efectos oportunos significan-dole que contra la presente Resolución podrá interponerlos siguientes recursos :

Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de loContencioso-Administrativo de Sevilla o la Sala de loContencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Jus-ticia de Andalucía, con sede en Sevilla; de conformidadcon la distribución de competencias de los artículos 8 y10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa; bien directa-mente o interponiendo previamente y con carácterpotestativo, recurso de reposición en el plazo de un mesa contar desde el día siguiente al que reciba la presentenotificación; ante el órgano que ha dictado la/el pre-sente resolución/acuerdo.

El plazo para interponer el recurso contencioso-admi-nistrativo será de dos meses, a contar desde el díasiguiente al de la notificación de la/el presente resolu-ción/acuerdo, si se interpone directamente o desde el díasiguiente al de la notificación del acuerdo resolutorio delrecurso de reposición, si es expreso, si no lo fuera elplazo será de seis meses, a partir del día siguiente aaquel en que se entienda desestimado el recurso, de con-formidad con el art. 46 de la Ley Reguladora de la Juris-dicción Contencioso-Administrativa y Ley 30/92, de 26 denoviembre.

El Viso del Alcor a 8 de enero de 2004.—El Alcalde-Presidente, Manuel García Benítez.

11W-913

OTRAS ENTIDADESASOCIATIVAS PÚBLICAS

———

CONSORCIO PARA LA UNIDAD TERRITORIAL DE EMPLEO,DESARROLLO LOCAL Y TECNOLÓGICO

DE ALCALÁ DE GUADAÍRA

Aprobado inicialmente por el Consejo Rector del Con-sorcio de la Unidad Territorial de Empleo y DesarrolloLocal y Tecnológico de Alcalá de Guadaíra, en la sesióncelebrada con carácter extraordinario el día 14 de enerode 2004, el Presupuesto General para el ejercicio econó-

mico de 2004, integrado por el de la propia Entidad, seexpone al público durante el plazo de quince días, conta-dos desde el siguiente al de la publicación de este anun-cio en el «Boletín Oficial» de la provincia, durante loscuales los interesados podrán examinarlo en la sede delConsorcio, sita en el Complejo Tecnológico del Ayunta-miento de Alcalá de Guadaíra (polígono industrial Alcalá10, autovía Sevilla-Málaga, km 6,3), y presentar reclama-ciones, considerándose definitivamente aprobado, sinnecesidad de nuevo acuerdo, si durante el indicado plazono se formuaran reclamaciones.

Todo ello en cumplimiento de lo preceptuado en elartículo 150 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, regu-ladora de las Haciendas Locales.

Alcalá de Guadaíra, 15 de enero de 2004.—El Presi-dente, Antonio Rivas Sánchez.

7F-821

ANUNCIOS PARTICULARES ———

COMUNIDAD DE REGANTES «RIEGOS DE HERRERA»

De acuerdo con el art. 44 de los Estatutos, la Junta deGobierno de de esta comunidad, ha decidido convocarlea la Junta General Extraordinaria que celebraremos elsábado día 21 de febrero próximo, a las 19.30 y 20.00horas, en primera y segunda convocatoria, en el salón«Casa de Cultura», para tratar el siguiente

Orden del día

• Aprobación, si procede, del adjudicatario pro-puesto por la Junta de Gobierno para la obra de moder-nización de riego.

• Ruegos y preguntas.• Designación de dos compromisarios, para apro-

bación y firma del acta de la sesión.

Herrera a 21 de enero de 2004.—El Secretario, M.Vázquez.

35F-874-P

Diputación Provincial - Imprenta Exp. BO02804SP

TASAS CORRESPONDIENTES AL«BOLETÍN OFICIAL» DE LA PROVINCIA DE SEVILLA

INSERCIÓN DE ANUNCIOSLínea ordinaria . . . . . . . . . . . 1,75Línea urgente . . . . . . . . . . . . 2,75

SUSCRIPCIÓN DE BOLETINESAnual . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 92,00Semestral . . . . . . . . . . . . . . . 52,00

VENTA DE BOLETINESEjemplar suelto del día . . . . . 1,00Ejemplar suelto atrasado . . . . 1,15Ejemplar suelto a librería . . . . 0,75

Todos los anuncios que se inserten en este «Boletín Oficial» serán de pago previo

Las solicitudes de inserción de anuncios y suscripciones, así como la correspondencia de tipo administrativo y eco-nómico, se dirigirán al «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, sito en la carretera Isla Menor s/n. (Bellavista)41014 Sevilla.Teléfonos: 954 554 135 - 954 554 134 - 954 554 139. Faxes: 954 693 857 - 954 680 649. Correo electrónico: [email protected]