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GUATEMALA, MAYO DE 2016 CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS MUNICIPALIDAD DE VILLA CANALES DEPARTAMENTO DE GUATEMALA AUDITORÍA FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA PERÍODO DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2015

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    GUATEMALA, MAYO DE 2016

     

     CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

              

      MUNICIPALIDAD DE VILLA CANALESDEPARTAMENTO DE GUATEMALA

    AUDITORÍA FINANCIERA Y PRESUPUESTARIAPERÍODO DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2015

     

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    Guatemala, 23 de mayo de 2016

      IngenieroJulio Daniel Marroquín OrdoñezAlcalde MunicipalMunicipalidad de Villa CanalesDepartamento de Guatemala  Señor (a)  Alcalde Municipal: En mi calidad de Subcontralor de Calidad de Gasto Publico y en cumplimiento delo  regulado en  la  literal  "k" del artículo 13 de  la Ley Orgánica de  la ContraloríaGeneral  de  Cuentas,  conforme  la  delegación  que  oportunamente  me  fueraotorgada,  hago  de  su  conocimiento  de  manera  oficial  el  informe  de  auditoríarealizado  por  los  auditores  gubernamentales;  que  oportunamente  fueronnombrados  para  el  efecto  y,  quienes  de  conformidad  con  el  artículo  29  de  laprecitada Ley, son responsables del contenido y efectos legales del mismo. Sin otro particular, atentamente. 

  •                       

    GUATEMALA, MAYO DE 2016

     

     CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

              

      MUNICIPALIDAD DE VILLA CANALESDEPARTAMENTO DE GUATEMALA

    AUDITORÍA FINANCIERA Y PRESUPUESTARIAPERÍODO DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2015

     

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         ÍNDICE Página

     1. INFORMACIÓN GENERAL

    1.1 Base Legal

    1.2 Función

    2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA

    3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA

    3.1 Área Financiera

    3.1.1 Generales

    3.1.2 Específicos

    4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA

    4.1 Área Financiera

    4.2 Área Técnica

    5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA Y OTROSASPECTOS EVALUADOS

    5.1 Información Financiera y Presupuestaria

    5.1.1 Balance General

    5.1.2 Estado de Resultados

    5.1.3 Estado de Liquidación del Presupuesto de Ingresos yEgresos

    5.2 Otros Aspectos

    5.2.1 Plan Operativo Anual

    5.2.2 Plan Anual de Auditoría

    5.2.3 Convenios

    5.2.4 Donaciones

    5.2.5 Préstamos

    5.2.6 Transferencias

    5.2.7 Sistemas Informáticos Utilizados por la Entidad

    5.3 Estados Financieros

    5.3.1 Balance General

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    115.3.2 Estado de Resultados

    5.3.3 Estado de Liquidación del Presupuesto de Ingresos yEgresos5.3.4 Notas a los Estados Financieros

    6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

    Hallazgos Relacionados con el Control Interno

    Hallazgos Relacionados con el Cumplimiento a Leyes yRegulaciones Aplicables

    7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍAANTERIOR

    8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERIODOAUDITADO

    9. COMISIÓN DE AUDITORÍA

    INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA (ANEXOS)

    Visión (Anexo 1)Misión (Anexo 2)Estructura Orgánica (Anexo 3)Reporte de Ejecución de Obras Realizadas por Contrato por Fuentede Financiamiento (Anexo 4)Reporte de Ejecución de Obras realizadas por Administración(Anexo 5)Reporte de Ejecución de Proyectos de Inversión Social (ActivoIntangible) (Anexo 6)NombramientoForma Única de EstadísticaFormulario SR1Anexo del Especialista

  • 1.  2.  

    Guatemala, 23 de mayo de 2016

      IngenieroJulio Daniel Marroquín OrdoñezAlcalde MunicipalMunicipalidad de Villa CanalesDepartamento de Guatemala  Señor (a)  Alcalde Municipal: El (Los) Auditor (es) Gubernamental (es) designado (s) de conformidad con el (los)Nombramiento (s) No. (s) DAM-0297-2015 de fecha 22 de septiembre de 2015, he(hemos)  efectuado  auditoría  financiera  y  presupuestaria  en  la Municipalidad  deVilla  Canales,  del  Departamento  de  Guatemala,  con  el  objetivo  de  evaluar  lainformación financiera y presupuestaria contenida en el Balance General, Estadode Resultados  y  Estado  de  Liquidación  Presupuestaria  de  Ingresos  y  Egresos,correspondiente al Ejercicio Fiscal 2015. Nuestro examen incluyó la evaluación de la ejecución presupuestaria de ingresosen  sus  diferentes  conceptos  y  de  egresos  a  nivel  de  programas,  actividades,proyectos,  grupos  y  renglones  presupuestarios  de  gastos,  cuentas  de  activo,pasivo, patrimonio y resultados, mediante la aplicación de pruebas selectivas, deacuerdo a las áreas críticas, considerando la materialidad e importancia relativa delas  mismas,  y  como  resultado  del  trabajo  realizado,  se  detectaron  aspectosimportantes a revelar, los cuales se describen a continuación: HALLAZGOS RELACIONADOS CON EL CONTROL INTERNO Área Financiera

    Deficiencias en el uso, manejo y control de combustibleFalta de arqueos periódicos

  • 1.  2.  3.  4.  5.  

    HALLAZGOS RELACIONADOS CON EL CUMPLIMIENTO A LEYES YREGULACIONES APLICABLES

    Área Financiera

    Falta de control en el pago de energía eléctricaIncumplimiento de la Junta de LicitaciónIncumplimiento en el envío de informes a la Dirección de Crédito PúblicoRecomendaciones de Auditoría anterior, no cumplidasFalta de actualización de datos en el  registro de  la Contraloría General deCuentas

    La Comisión de Auditoría nombrada se  integra por el  (los) auditor (es): Lic. LuisEduardo Castillo Ramirez (Coordinador) y Lic. Heraldo Arturo Ovando Contreras(Supervisor).

    El (Los) hallazgo (s) que contiene (n) el presente informe, fue (fueron) discutido(s)por la comisión de auditoria con las personas responsables.

    Los  comentarios  y  recomendaciones  que  se  determinaron  se  encuentran  endetalle en el informe de auditoría adjunto.   Atentamente,

    ÁREA FINANCIERA   

    Lic. LUIS EDUARDO CASTILLO RAMIREZ

    Coordinador Gubernamental

                   

    Lic. HERALDO ARTURO OVANDO CONTRERAS

    Supervisor Gubernamental

  • Contraloría General de Cuentas 1 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

    Municipalidad de Villa Canales, Departamento de Guatemala

    Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015

    1. INFORMACIÓN GENERAL 1.1 Base Legal El municipio es una institución autónoma del Derecho Público, tiene personalidadjurídica y capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, para elcumplimiento de sus fines en los términos legalmente establecidos y deconformidad con sus características multiétnicas, pluriculturales y multilingües.

    La autoridad del municipio, en representación de sus habitantes, es ejercidamediante el Concejo Municipal, el cual está integrado con el Alcalde, Síndicos yConcejales, electos directamente por sufragio universal y secreto para un períodode cuatro años, pudiendo ser reelectos.

    El Alcalde es el encargado de ejecutar y dar seguimiento a las políticas, planes,programas y proyectos autorizados por el Concejo Municipal.

    La municipalidad con sus dependencias administrativas, es el ente encargado deprestar y administrar los servicios públicos municipales.

    Su ámbito jurídico se encuentra regulado en la Constitución Política de laRepública de Guatemala, artículos 253, 254, 255 y 257 y el Decreto 12-2002 delCongreso de la República de Guatemala, Código Municipal. 1.2 Función El municipio, para la gestión de sus intereses, en el ámbito de sus competencias,puede promover toda clase de actividades económicas, sociales, culturales,ambientales, y prestar cuantos servicios contribuyan a mejorar la calidad de vida,a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la población del municipio.

    Entre las competencias propias del municipio se citan las siguientes:

    Formular y coordinar políticas, planes y programas relativos al abastecimientodomiciliario de agua; alcantarillado; alumbrado público; mercados; rastros;administración y autorización de cementerios; limpieza y ornato; al tratamiento dedesechos y residuos sólidos; pavimentación de vías urbanas y su mantenimiento;regulación del transporte; gestión de biblioteca, parques y farmacias municipales;servicio de policía municipal; generación de energía eléctrica; delimitación deáreas para el funcionamiento de ciertos establecimientos comerciales;reforestación para la protección de la vida, salud, biodiversidad, recursosnaturales, fuentes de agua y luchar contra el calentamiento global; y otras que lesean trasladadas por el Organismo Ejecutivo.

  • Contraloría General de Cuentas 2 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

    Municipalidad de Villa Canales, Departamento de Guatemala

    Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015

    2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA La auditoría se realizó con base en:

    La Constitución Política de la República de Guatemala, según lo establecido ensus artículos 232 y 241.

    El Decreto Número 31-2002. Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas,artículos 2 Ámbito de Competencia y 4 Atribuciones.

    El Acuerdo Gubernativo Número 192-2014, Reglamento de la Ley Orgánica de laContraloría General de Cuentas.

    Normas de Auditoría del Sector Gubernamental y las Normas Generales deControl Interno, emitidas por la Contraloría General de Cuentas y NormasInternacionales de Auditoría. Nombramiento DAM-0297-2015 de fecha 22 de septiembre de 2015. 3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA 3.1 Área Financiera 3.1.1 GeneralesEvaluar la información financiera y presupuestaria contenida en el BalanceGeneral, Estado de Resultados y Estado de Liquidación Presupuestaria deIngresos y Egresos, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2015. 3.1.2 Específicos

    Verificar los saldos de las cuentas del Balance General, que por lamaterialidad y naturaleza sean significativos.Verificar los Ingresos y Gastos revelados en el Estado de Resultados.Evaluar que el Presupuesto de Ingresos y Egresos se haya ejecutadoatendiendo a los principios de legalidad, economía, eficiencia y eficacia.Evaluar el adecuado cumplimiento de las leyes, reglamentos, normas y otrosaspectos legales aplicables.Evaluar la estructura de control interno, establecida en la entidad.Evaluar que el presupuesto de ingresos y egresos se haya ejecutado deacuerdo al Plan Operativo Anual -POA- y de conformidad con losclasificadores presupuestarios establecidos, cumpliendo con las leyes,reglamentos, normas y metodologías aplicables.

  • Contraloría General de Cuentas 3 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

    Municipalidad de Villa Canales, Departamento de Guatemala

    Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015

    Comprobar que los registros presupuestarios de ingresos y egresos,transacciones administrativas y financieras sean confiables, oportunos yverificables de acuerdo a las normas presupuestarias y contables aplicablesy se encuentren debidamente soportados con la documentación legalcorrespondiente.Verificar que las modificaciones presupuestarias se hayan sometido alproceso legal establecido y contribuyan al cumplimiento de los objetivos ymetas de la entidad.Verificar que las obras de inversión en infraestructura física ejecutadascumplan con los aspectos legales, administrativos y financieros que lasrigen.

    4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA 4.1 Área Financiera El examen comprendió la revisión selectiva de las operaciones, registros ydocumentación de respaldo presentada por los funcionarios y empleados de laentidad, correspondiente al período comprendido del 01 de enero al 31 dediciembre de 2015, con énfasis en las áreas y cuentas consideradas significativascuantitativamente y, de acuerdo a su naturaleza, determinadas como áreascríticas, incluidas en el Balance General, Estado de Resultados y Estado deLiquidación del Presupuesto de Ingresos y Egresos, como se describe acontinuación:

    Del Balance General las cuentas siguientes: 1111 Caja, 1111.01 Caja Principal,1112 Bancos, 1112.01 Fondo Común y 1134.01.01 Fondo Rotativo Institucional.

    Del Estado de Resultados, en el área de Ingresos, las siguientes cuentas: 2221Documentos a pagar largo plazo y 2232 Préstamos Internos largo Plazo.

    Del Estado de Liquidación de la Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos,del área de Ingresos, los siguientes rubros: 3111 Transferencias y contribucionesde capital recibidas.

    Del área de Egresos, los Programas siguientes: 01 Actividades Centrales, 11Servicios Públicos Municipales y 12 Red Vial, considerando los eventos relevantesde los Proyectos, Obras y Actividades, así como de los Grupos de Gastosiguientes: Programa 01 Actividades Centrales, Actividad 1 Concejo Municipal delGrupo 0 Servicios Personales, Renglones 062 Dietas para CargosRepresentativos, Grupo 2 Materiales y Suministros, Renglón 211 Alimentos paraPersonas; Actividad 2, Alcaldia Municipal, Grupo de Gasto 0 Servicios Personales,

  • Contraloría General de Cuentas 4 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

    Municipalidad de Villa Canales, Departamento de Guatemala

    Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015

    Renglón 011 Personal Permanente y Renglón 062 Dietas para CargosRepresentativos; del Grupo 100 Servicios No Personales, Renglones 111 EnergíaEléctrica, 113 Telefonía, 121 Divulgación e Información, 141 Transporte dePersonas, 183 Servicios Jurídicos, 187 Servicios por Actuaciones Artísticas yCulturales, y 196 Servicios de Atención y Protocolo, y del Grupo de Gasto 200Materiales y Suministros, Renglón 262 Combustibles y Lubricantes; de la Actividad3 Secretaría Municipal, Grupo de Gasto 0 Servicos Personales, Renglones 011Personal Permanente y 029 Otras Renumeraciones de Personal Temporal, Grupo1 Servicios No Personales, Grupo 113 Telefonía, 121 Divulgación e Información,Grupo 200 Materiales y Suministros, Renglón 211 Alimento para Personas yRenglón 267 Tintes y Colorantes, Actividad 4 Dirección Administrativa FinancieraMunicipal, Grupo de Gasto 0 Servicios Personales, Renglón 011 PersonalPermanente, Grupo de Gasto 1 Servicios No Personales, Renglón 111 EnergíaEléctrica, Renglón 113 Telefonía, Renglón 121 Divulgación e Información, Renglón187 Servicios por Actuaciones Artísticas y Renglón 196 Servicios de Atención yProtocolo, Grupo de Gasto 2 Materiales y Suministros, Renglón 211 Alimento paraPersonas, Renglón 233 Prendas de Vestir, Grupo de Gasto 400 TransferenciasCorrientes, Renglón 435 Transferencias a Otras Entidades Sin Fines de Lucro.

    Se verificaron los documentos legales que respaldan las modificacionespresupuestarias para establecer el presupuesto vigente aprobado para losprogramas presupuestarios y se verificó el Plan Operativo Anual así como el PlanAnual de Auditoría. 4.2 Área Técnica De conformidad con el Acuerdo A-033-2013 de fecha 26 de febrero de 2013, de laContraloría General de Cuentas, se trasladó la solicitud a la Dirección deInfraestructura Pública, mediante oficio OF-DAM-0249-2016 de fecha 11 defebrero de 2016, para auditar los proyectos detallados en listado adjunto a lamismas quienes rendirán informe por separado. 5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA Y OTROS ASPECTOSEVALUADOS 5.1 Información Financiera y Presupuestaria 5.1.1 Balance General De acuerdo con el alcance de auditoría, se evaluaron cuentas del Balance Generalque por su importancia fueron seleccionadas, siendo las siguientes:

  • Contraloría General de Cuentas 5 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

    Municipalidad de Villa Canales, Departamento de Guatemala

    Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015

    ACTIVO Caja y bancos Al 31 de diciembre de 2015, la cuenta No. 1112 Bancos, presenta disponibilidadesen efectivo por Q783,318.27, integrado por 32 cuentas bancarias como se resumen a continuación: una cuenta única del Tesoro (pagadora), 1 cuentareceptora y 30 cuentas de proyectos; abiertas en el sistema bancario nacional. El saldo individual de cada cuenta bancaria según los registros contables de laMunicipalidad, fue conciliado con los estados de cuenta emitidos por el banco al31 de diciembre de 2015. Al respecto se formuló un Hallazgo por la falta de Arqueos Periódicos. Construcciones en proceso de Bienes de uso común Al 31 de diciembre de 2015, la cuenta 1234.02.00 Construcciones en Proceso deBienes de Uso Común, presenta un saldo acumulado de ,753,188.88. Q25 Otros Activos Fijos Al 31 de diciembre de 2015, la cuenta 1237 Otros Activos Fijos, presentan unsaldo acumulado de ,344,693.69. Q1 Bienes de Uso Común Al 31 de diciembre de 2015, la cuenta 1238 Bienes de Uso Común, presenta unsaldo acumulado de Q95,035,896.72. PASIVO Gastos del Personal a Pagar Al 31 de diciembre de 2015, la cuenta 2113 Gastos de Personal a Pagar, presentaun saldo acumulado de Q373 ,379.47. Préstamos interno a Largo Plazo Al 31 de diciembre de 2015, la cuenta 2232, Prestamos Internos a Largo Plazo,presenta un saldo acumulado de ,152,566.77. Q6

  • Contraloría General de Cuentas 6 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

    Municipalidad de Villa Canales, Departamento de Guatemala

    Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015

    5.1.2 Estado de Resultados De acuerdo con el alcance de auditoría, se evaluaron cuentas del Estado deResultados que por su importancia fueron seleccionadas, siendo las siguientes: Ingresos Transferencias Corrientes del Sector Público Al 31 de diciembre del periodo fiscal del 2015, la Municipalidad percibió ingresosen la cuenta No. 5172 Transferencias Corrientes del Sector Público, la cantidadde Q6,130,239.58. Intereses y Comisiones Los intereses y comisiones registradas en la cuenta 6121 en el ejercicio fiscal2015 ascendieron a la cantidad de Q.1,171,332.59. 5.1.3 Estado de Liquidación del Presupuesto de Ingresos y Egresos El presupuesto de ingresos y egresos de la Municipalidad, para el ejercicio fiscal2015, fue aprobado mediante Acta del Concejo Municipal No. 50-2014 de fecha 10de diciembre de 2014. Ingresos El presupuesto asignado para el ejercicio fiscal 2015, fue aprobado por lacantidad de Q.92,640,810.00, el cual tuvo una modificación de Q.19,439,290.30,para un presupuesto vigente de Q.112,080,100.30, ejecutándose la cantidad deQ.72,451,295.62 (65% en relación al presupuesto vigente, en las diferentesclases de ingresos especificas: Ingresos Tributarios Q28,681,347.00, este rubrorepresenta 26 % de los ingresos percibidos en el ejercicio Ingresos NoTributarios Q9,312,037.66, Venta de Bienes y Servicios de la AdministraciónPública Q1,578,500.00, Ingresos de Operación Q9,122,000.00, Rentas de laPropiedad Q1,847,000.00, Transferencias Corrientes Q7,401,233.65,Transferencias de Capital Q50,174,680.80, Endeudamiento PúblicoInterno Q1,256,461.19, las cuales asciende a la cantidad de Q109,373,260.30, Elaporte de la Asignación Constitucional y de las asignaciones de leyes específicascorrespondiente al mes de diciembre de 2015, fueron acreditadas durante el mes

  • Contraloría General de Cuentas 7 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

    Municipalidad de Villa Canales, Departamento de Guatemala

    Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015

    de enero del 2016, por un monto de Q2,997,956.97, según registros del Sistemade Contabilidad Integrada para Gobiernos Locales -SICOINGL-, el presente aporteno fue evaluado en el proceso de la Auditoría. Egresos El presupuesto asignado para el ejercicio fiscal 2015, asciende a la cantidad deQ.92,640,810.00, el cual tuvo una ampliación de Q.19,439,290.30, para unpresupuesto vigente de Q.112,080,100.30, ejecutándose la cantidad deQ.74,168,282.23 (66% en relación al presupuesto vigente), a través de losprogramas específicos siguientes: En el Programa 01 Actividades Centrales lacantidad de Q11,975,976.30, en el Programa 11 Servicios Públicos la cantidadde Q19,284,820.32, en el Programa 12 Red Vial la cantidad de Q15,607,467.47,en el programa 13 Educación, Salud, Asistencia Social y Asistencia a Desastres lacantidad de Q6,106,837.50, en el Programa 14 Atención al Cumplimiento,Ordenanzas, Seguridad Interna, Reglamentos y Demás Disposiciones,Ordenamiento Territorial y Vial, la cantidad de Q9,588,889.40, en el Programa 15Cultura, Deporte, Recreación, Desarrollo Urbano y Rural, la cantidadde Q3,285,014.43 y en el Programa 99 Partidas No asignables a Programas, lacantidad de Q8,319,276.81, de los cuales el Programa 11 es el más importantecon respecto a la ejecución y representa un 26% de los mismos. La liquidación de la ejecución del presupuesto de Ingresos y Egresos del ejerciciofiscal 2015, fue aprobada conforme Acuerdo del Concejo Municipal de fecha 6 deenero de 2015, mediante acta No. 1-2016. Modificaciones Presupuestarias En el período auditado la Municipalidad realizó modificaciones presupuestariasmediante transferencias por valor de Q6,304,082.85 y Ampliaciones por un valorde Q19,439,290.36, verificándose que las mismas fueron autorizadas por elConcejo Municipal y registradas adecuadamente en el Módulo de Presupuesto delSistema Contable. 5.2 Otros Aspectos 5.2.1 Plan Operativo Anual Se comprobó que el Plan Operativo Anual -POA-, fue actualizado por lasampliaciones y transferencias presupuestarias realizadas en el periodo auditado,así mismo se verificó que se cumplió con presentar el mismo a la ContraloríaGeneral de Cuentas, en el plazo establecido para el efecto.

  • Contraloría General de Cuentas 8 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

    Municipalidad de Villa Canales, Departamento de Guatemala

    Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015

    5.2.2 Plan Anual de Auditoría El Plan Anual de Auditoría Interna, fue autorizado por la maxima autoridad de laMunicipalidad y trasladado a la Contraloría General de Cuentas, en el plazocorrespondiente. 5.2.3 Convenios La Municipalidad de Villa Canales reportó que al 31 de diciembre de 2015, sí tieneconvenio de pago número 237-2012 de fecha 3 de abril de 2012, con el InstitutoGuatemalteco de Seguridad Social para pago de deuda de años anteriores por unmonto de Q52,485.45 y Convenio de pago número 13-2014 de fecha 13 de abrilde 2014 con el Plan de Prestaciones del Empleado Municipal para el pago de unadeuda de años anteriores por un monto de Q252,665.32. 5.2.4 Donaciones La Municipalidad de Villa Canales reportó que no recibió ninguna donacionesdurante el período 2015. 5.2.5 Préstamos En el ejercicio fiscal 2015, la Municipalidad percibió ingresos en concepto depréstamos Internos a Largo Plazo por Q.1,256,461.19 integrados asi :

    CUENTA DESCRIPCION MONTO Q.24.04.10.01.56 Prestamos Proyectos varios 2012 Q. 130,564.7924.04.10.01.62 Construcción Sistema de agua pluviales aldea Colmenas Q. 152,668.6624.04.10.01.64 Construcción calles pavimentadas cabecera municipal Q. 39,747.7524.04.10.01.65 Construcción calles pavimentadas área norte municipio Q. 533,344.9924.04.10.01.66 Construcción calles pavimentadas cabecera municipal F2 Q. 400,135.00 TOTAL Q.1,256,461.19

    5.2.6 Transferencias La Municipalidad no reportó transferencias o traslado de fondos a otras entidadesu organismos durante el período 2015. 5.2.7 Sistemas Informáticos Utilizados por la Entidad Sistema de Contabilidad Integrada La Municipalidad utiliza el Sistema de Contabilidad Integrada SICOINGL.

  • Contraloría General de Cuentas 9 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

    Municipalidad de Villa Canales, Departamento de Guatemala

    Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015

    Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones Se verificó que la Municipalidad publicó y gestionó el el Sistema de InformaciónFinanciera de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, denominadoGUATECOMPRAS, en el cual se reflejan los concursos siguientes: adjudicados15, 13 Cotizaciones y 2 Licitaciones según reporte de GUATECOMPRAS para elaño 2015.

    Municipalidad de Villa CanalesDepartamento de Guatemala

    Expedientes Analizados de Licitación y CotizaciónPeríodo del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2015

    NOG DESCRIPCION MODALIDAD VALOR NIT PROVEEDOR

    3700518 Adquisición de Cupones paraCombustible

    Licitación Art . 17 LCE

    Q 2 ,500,000.00

    2691035 Francisco Vinicio Barreda Luna

    4011384 Adquisición de Pescado frescovariado

    Cotización Art . 38 LCE

    Q 450,000.00

    40999289 Mercedes Cristabel Guardado Linares

    Sistema Nacional de Inversión PúblicaLa Municipalidad cumplió en su totalidad con registrar mensualmente, en elmódulo de Seguimiento Físico y Financiero del Sistema Nacional de InversiónPública.

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    5.3 Estados Financieros 5.3.1 Balance General

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    5.3.2 Estado de Resultados

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    5.3.3 Estado de Liquidación del Presupuesto de Ingresos y Egresos

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    5.3.4 Notas a los Estados Financieros

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    6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA HALLAZGOS RELACIONADOS CON EL CONTROL INTERNO Área Financiera Hallazgo No. 1 Deficiencias en el uso, manejo y control de combustible CondiciónEn el programa 01 Actividades Centrales, renglón presupuestario 262,Combustibles y Lubricantes, por el ejercicio 2015, se estableció que se utilizanBitácoras para el control del suministro de combustibles en formas noprenumeradas, en donde no se especifica qué tipo de comisión se realizó, nombredel responsable de ejecutar la comisión; Kilometraje de inicio y final de la comisióntotal de kilómetros recorridos, inspección física del vehículo para verificar suscondiciones mecánicas y físicas antes y después de realizar la comisión. CriterioEl Acuerdo Número 09-03 del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, norma 1.2 Estructura de Control Interno, establece:"Es responsabilidad de la máxima autoridad de cada entidad pública, diseñar eimplantar una estructura efectiva de control interno, que promueva un ambienteóptimo de trabajo para alcanzar los objetivos Institucionales. Una efectivaestructura de control interno debe incluir criterios específicos relacionados con: a)controles generales; b) controles específicos; c) controles preventivos; d) controlesde detección; e) controles prácticos; f) controles funcionales; g) controles delegalidad; y h) controles de oportunidad, aplicados en cada etapa del procesoadministrativo, de tal manera que se alcance la simplificación administrativa yoperativa, eliminando o agregando controles, sin que se lesione la calidad de losservicios." Así mismo la Norma 1.6, Tipos de Controles, establece: "Esresponsabilidad de la máxima autoridad de cada entidad pública, establecer eimplementar con claridad los diferentes tipos de control que se relacionan con lossistemas administrativos y financieros.” CausaFalta de control interno adecuado por parte del Jefe de Transporte para el manejode combustible. EfectoRiesgo en la pérdida de recursos de combustible por no garantizarse su registro,

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    uso y manejo. RecomendaciónEl Director Administrativo Financiero debe girar instrucciones al Jefe de Transportepara que implemente el uso de Bitácoras Pre numeradas y autorizadas por laControlaría General de Cuentas, y un control interno efectivo para el uso, manejo,registro y control del combustible de la entidad. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. DAM-AFP-VC-24-2016 de fecha 11 de marzo de 2016, se convoco auna reunión para discutir los hallazgos relacionados a la deficiencia en el uso,manejo y control de combustible al señor Walter Daniel Sánchez Álvarez, quienfungió como Jefe de Transportes del período del 1 de enero al 31 de diciembre de2015, no asitió a dicha reunión no presentando excusa, ni enviando ladocumentación de descargo, como consta en el acta No. Acta No. 108-2016,ciento ocho Guion dos mil dieciséis, Libro L2 30530, Folios Números 2431 al 2433de la Dirección de Auditoría de Municipalidades. Comentario de AuditoríaSe confirma el Hallazgo toda vez que el señor Walter Daniel Sánchez Álvarez,Jefe de Transportes, no aportó la documentación de descargo en el tiempo y lugarconvocado para la discusión de hallazgo como consta en el Acta No. 108-2016,ciento ocho guión dos mil dieciséis, Libro L2 30530, Folios Números 2431 al 2433de la Dirección de Auditoría de Municipalidades, la cual se suscribió para que losauditados ejercieran su derecho de defensa. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 4, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesEX JEFE DE TRANSPORTES WALTER DANIEL SANCHEZ ALVAREZ 1,125.00Total Q. 1,125.00

    Hallazgo No. 2 Falta de arqueos periódicos CondiciónMediante Acta No. 1-2015 de fecha 7 de enero de 2015, se aprobó la constitucióndel primer Fondo Rotativo (Caja Chica) por un monto de Q15,000.00 el cualestaría a cargo de la señorita Nataly Cristabel Payes Girón, y del segundo Fondo

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    Rotativo (Caja Chica) por un monto de Q15,000.00 a cargo del señor JosuéManuel Aifan Teque para el ejercicio fiscal 2015, y mediante acta 4-2015 de fecha26 de enero de 2015, se autoriza el tercer Fondo Rotativo (Caja Chica) por unmonto de Q15,000.00 a cargo de la señora Aura Marina Martínez Lutín comoencargada, para el periodo 2015, sin embargo mediante OficioDAM-AFP-VC-006-2015, de fecha 16 de octubre de 2015, dirigido al Director alDirector Administrativo Financiero, se solicitaron las copias de los cortes y arqueosde valores de los fondos rotativos, realizados a las personas anteriormentemencionadas, los cuales no fueron remitidos a esta comisión en su oportunidad. CriterioLas Normas de Control Interno Gubernamental, Normas de Aplicación General 1.7Evaluación de Control Interno, establece: “El ambiente y estructura del ControlInterno debe ser evaluado de manera continua. En el contexto institucional lecorresponde a la Unidad de Auditoria Interna -UDAI-, evaluar permanentemente elambiente y la estructura del Control Interno, en todos los niveles y operaciones,para promover el mejoramiento continuo de los mismos. La Controlaría deCuentas evaluara las acciones de la Unidad de Auditoría Interna-UDAI-, así comoel control interno institucional, para garantizar la sostenibilidad de los sistemas ysolidez de los controles internos". El Manual de Administración FinancieraIntegrada Municipal -MAFIM- en su numeral 4.1 y literal j) Arqueos Sorpresivos deFondos y Valores. establece: La existencia de fondos y valores, cualquiera quesea su origen, deberá estar sujeta a comprobaciones físicas mediante arqueossorpresivos periódicos, practicados por la Comisión de Finanzas y/o AuditorInterno. CausaLa Comisión de Finanzas y el Auditor Interno Municipal no han supervisado, nirealizado arqueos periódicos y constantes a los recursos destinados en losFondos Rotativos. EfectoNo se garantizada el uso y destino de los recursos de los fondos rotativos. RecomendaciónEl Alcalde Municipal debe girar instrucciones al Jefe de Auditoria Interna, parafiscalizar constantemente los fondos rotativos. Comentario de los ResponsablesEn Nota sin número de fecha 11 de abril de 2016, el señor Cándido SebastiánCruz Lemus, quien fungió como Concejal Municipal I, durante el período del 1 deenero al 31 de diciembre de 2015, manifiesta: "Recibí adjunto al oficio en mención,

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    el hallazgo No. 2, Falta de arqueos periódicos, en donde se informa de maneradetallada el hallazgo relacionado con la aprobación de 3 fondos rotativos, elprimero a cargo de la señorita Nataly Cristabel Payes Girón; el segundo a cargodel señor Josué Manuel Aifan Teque y el tercero a cargo del señora Aura MarinaMartínez Lutin y que mediante Oficio DAM-AFP-VC-006-2015 fue requerido al Director Administrativo Financiero, las copias de los cortes y arqueos de valoresde los fondos rotativos, realizados a las personas mencionadas anteriormente, loscuales no fueron remitidos en su oportunidad.Al respecto quiero manifestarles que en la administración municipal del periodoreferido, se contaba con las unidades de DAFIM y Auditoria Interna, siendo estaslas responsables del control interno de la municipalidad y por consiguiente lasobligadas a practicar los arqueos sorpresivos necesarios para la verificación delbuen uso de los recursos.Por lo tanto, como miembro de la Comisión durante dicho periodo, considero quela práctica de arqueos de Fondos Rotativos no es una función de la Comisión, yaque no hay una disposición legal que indique que la Comisión tenga que hacerarqueos y la Comisión se limita a hacer las funciones asignadas por el Consejo ylo que la Ley les indica.Por lo anterior, sirva la presente para dejar constancia de mi punto de vista y seaincluido dentro del expediente".En Nota sin número de fecha 11 de abril de 2016, el señor Rene Leonel TobiasColindres, quien fungió como Sindico Municipal III, durante el período del 1 deenero al 31 de diciembre de 2015, manifiesta: "De manera respetuosa y atenta,me dirijo a usted para oponerme al hallazgo de control interno “Falta de arqueosperíodicos”, de conformidad con OFICIO DAM-AFP-VC-26-2016 de fecha once demarzo del año dos mil dieciseis, en donde se hace referencia a lo relacionado conla constitución de tres fondos rotativos, quedando el primero a cargo de la señoritaNataly Cristabel Payes Girón, el segundo a cargo de Josué Manuel Aifan Teque yel tercero a cargo de la señora Aura Marina Martinez Lutín. Derivado de lo anterior manifiesto oposición al dicho criterio debido que lasnormativas de control interno Gubernamental, Normas de aplicación General 1.7Evaluación de Control Interno, establece que la evaluación del control internoinstitucional para garantizar la sostenibilidad de los sistemas y solidez de loscontroles internos, le compete a la Unidad de Auditoría Interna –UDAI-, debido quela Municipalidad cuenta con una Unidad de Auditoria Interna Municipal –UDAIM-,dicha responsabilidad le compete a la unidad antes mencionada, asi mismo, en elDecreto 12-2002 Código Municipal en su artículo 88, indica la responsabilidad delAuditor Interno: “…quien, ademas de velar por la correcta ejecuciónpresupuestaria, deberá implantar un sistema eficiente y ágil de seguimiento yejecución presupuestaria, siendo responsable de sus actuaciones…”, derivado delo antes descrito se concluye que, la responsabilidad de la realización del arqueode valores la debe realizar la Unidad de Auditoria Interna Municipal –UDAIM-.Por otro lado, el criterio de la aplicación del hallazgo antes mencionado, hace

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    mención del numeral 4.1 y literal j) del Manual de Administración FinancieraMunicipal indicando lo siguiente: “Arqueos sorpresivos de Fondos y Valores.establece: La existencia de fondos y valores, cualquiera que sea su origen, deberáestar sujeta a comprobaciones físicas mediante arqueos sorpresivos periódicos,practicados por la Comisión de Finanzas y/o Auditor interno.” Con respecto a loantes mencionado me opongo a dicho hallazgo por carencia de base legal en elcontenido de la literal j), debido a las razones siguientes:El Manual de Administración Financiera Municipal vigente mediante AcuerdoMinisterial No. 86-2015 en el numeral 4.1 y literal j) establece lo siguiente: “Pagoscon Cheques: A excepción de los pagos por fondo rotativo y fondos en avancetemporales, todos los desembolsos se efectuarán mediante la emisión de chequevoucher, o en su defecto a través del sistema bancario en concordancia con elSistema de Contabilidad Integrada Municipal”, la base legal en mención no hacereferencia sobre los arqueos de valores.Por último, El Decreto 12-2002 Código Municipal en su artículo 98 establece lascompetencias y las funciones de la Dirección de Administración FinancieraIntegrada Municial -Dafim- : Numeral e) “Remitir a la Contraloría General deCuentas, certificación del acta que documenta el corte de caja y arqueo de valoresmunicipales, a más tardar cinco (5) días hábiles después de efectuadas esasoperaciones”El Manual de Administración Financiera Municipal vigente mediante AcuerdoMinisterial No. 86-2015 establece en el numeral 4.6.2 como responsables de losfondos rotativos los siguientes:“Son responsables de su correcta utilización y revisión el Director Financiero y elEncargado del Fondo Rotativo, quienes deben rendir cuentas ante la ContraloríaGeneral de Cuentas”Resumen: Se solicita desvanecimiento de cargos, debido que la responsabilidadde la realización de los arqueos y valores corresponde a la Unidad de AuditoríaInterna Municipal -UDAIM- y al Director de la Dirección de AdministraciónFinanciera Municipal -DAFIM-, tal como se menciona en los artículos 88 y 98 delCódigo Municipal y numeral 4.6.2 del Manual de Administración FinancieraMunicipal vigente".En Nota sin número de fecha 11 de abril de 2016, el señor Luis Rocael Higueros,quien fungio como Auditor Interno Municipal, durante el período del 1 de enero al31 de diciembre de 2015, manifiesta: "Le remitimos copias de los arqueos de cajade la señorita Nataly Cristabel Payes Girón, señor Josué Manuel Aifan Teque,señora Aura Marina Martínez Lutín, los cuales fueron entregados al Director deAFIM Lic. Max Chete Hernández en su momento para que fueran entregados alauditor gubernamental. Por lo cual solicitamos que este hallazgo sea desvanecidoporque el procedimiento fue cumplido por la Unidad de Auditoria InternaMunicipal. Es importante mencionar que los arqueos se iniciaron a realizar en elmes de febrero del 2015, ya que fue los desembolsos se realizaron a partir de esemes".

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    Comentario de AuditoríaSe confirma el presente hallazgo, toda vez que los cortes y arqueos fueronsolicitados mediante oficios Nos. DAM-AFP-VC-006-2015 de fecha 16 de octubrede 2016 y DAM-AFP-VC-008-2015 de fecha 22 de octubre de 2015, y los mismosfueron entregados fuera del tiempo solicitado y porque la función fiscalizadora sícorresponde al Auditor Interno y Comisión de Finanzas Municipales,según el Manual de administración Financiera Integrada Municipal -MAFIM- 3,numeral 4.1, literal j). Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 1, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesSINDICO MUNICIPAL III RENE LEONEL TOBIAS COLINDRES 1,500.00CONCEJAL MUNICIPAL I CANDIDO SEBASTIAN CRUZ LEMUS 6,242.60AUDITOR INTERNO MUNICIPAL LUIS ROCAEL HIGUEROS (S.O.A) 1,750.00Total Q. 9,492.60

    Lineas en Blanco Luego de Acción Legal HALLAZGOS RELACIONADOS CON EL CUMPLIMIENTO A LEYES YREGULACIONES APLICABLES Área Financiera Hallazgo No. 1 Falta de control en el pago de energía eléctrica CondiciónEn el programa 11, Servicios de Públicos Municipales, de la Municipalidad de VillaCanales, municipio del departamento de Guatemala, se estableció en el renglón111 Energía Eléctrica, se canceló la cantidad de Q2,070.12 sin IVA, por conceptode factor de potencia eléctrica no utilizada contratado para el inmueble ubicado enel Km. 14.5, Aldea Boca del Monte, Villa Canales, donde se ubica el Pozo de Agua"El Jicaro", según factura de la Empresa Eléctrica de Guatemala, S. A., No.CFACE-1-BZ-001-150058537650 de fecha 20 de abril de 2015, por Q2,318.63 conIVA, cancelado con cheque No. 81721 del Banco Banrural, Cuenta Única delTesoro Municipal, Municipalidad de Villa Canales. Criterio

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    El Acuerdo Gubernativo No. 240-98 del Ministerio de Finanzas Públicas, DirecciónTécnica del Presupuesto, Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto,Articulo 20, Utilización de Ingresos Propios, establece: “Los ingresos que en virtudde leyes ordinarias, acuerdos gubernativos, convenios o donaciones, perciban yadministren las diferentes dependencias del Organismo Ejecutivo, deben utilizarseexclusivamente para cubrir los gastos en que tales dependencias incurran para laelaboración de los productos o del mantenimiento de los servicios que prestan.Dichos recursos deberán incluirse anualmente en sus anteproyectos depresupuesto. CausaEl Director de la Dirección Municipal de Planificación, no emitió una opinión sobrela cantidad de energía eléctrica, necesaria. EfectoInadecuada contratación de factor de potencia, que inciden negativamente en losrecursos de la Institución. RecomendaciónEl Alcalde Municipal, debe girar sus instrucciones al Director de la DirecciónMunicipal de Planificación, tome las medidas necesarias a efecto que el factor deenergía eléctrica sea el adecuado para el funcionamiento de dicha entidad. Comentario de los ResponsablesEn Nota sin número de fecha 11 de abril de 2016, el Director de la OficinaMunicipal de Planificación, señor Sergio Iván de León Ovalle, quien fungió enperiodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2015, manifiesta: "Con relación alÁrea Financiera, Hallazgo No. 1: Falta de control en el pago de Energía Eléctrica;me permito informar que dentro de las atribuciones y funciones que me otorgan losartículos 95 y 96 del código Municipal, ni dentro de las funciones delegadas por elconcejo Municipal por medio del manual de funciones de la municipalidad de VillaCanales se encuentra la operación de los pozos que surten del agua al municipio,ni tampoco dentro de mis funciones se encontraba el pago de facturas deproveedores tanto de bienes como de servicios recibidos, razón por la cualatentamente solicito sea desvanecido dicho hallazgo por no ser una de miscompetencias ni tener yo dentro de mis atribuciones la potestad de realizar o nodicho pago. Comentario de AuditoríaSe confirma el Hallazgo, toda vez que el Decreto No. 12-2002, del Congreso de laRepública, Código Municipal, establece en su artículo 96. Atribuciones del Directorde la Oficina Municipal de Planificación: establece: "literal b) Elaborar los perfiles,

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    estudios de preinversión, y factibilidad de los proyectos para el desarrollo delmunicipio, a partir de las necesidades sentidas y priorizadas". Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 4, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR OFICINA MUNICIPAL DE PLANIFICACION SERGIO IVAN DE LEON OVALLE 1,437.50Total Q. 1,437.50

    Hallazgo No. 2 Incumplimiento de la Junta de Licitación CondiciónEn el programa 01 Actividades Centrales, renglón presupuestario 262,Combustibles y Lubricantes, por el ejercicio 2015, la Municipalidad de VillaCanales, Municipio del Departamento de Guatemala publicó en el portalGuatecompras el concurso de Licitación Pública, identificado con el NOG 3700518para la adquisición de cupones de combustibles, por un monto de Q2,500,000.00,el cual fue adjudicado a un único oferente Gasolinera Auto Shop, propiedad delseñor Francisco Vinicio Barreda Luna, estableciéndose que la junta de licitación nocumplió con el horario establecido para la recepción de ofertas y el límite pararecibirlas, toda vez que en el detalle del concurso publicado en Guatecomprasindica que la fecha para la recepción de ofertas es el 15 de febrero de 2015 enhorario 10:00 AM y fecha de cierre las 10:30 del mismo día, al analizar el ActaNúmero DC-07-2015 de apertura de ofertas, la recepción de ofertas para elconcurso de licitación fue a las 10:45 AM y el cierre de la recepción fue a las 11:00AM, o sea 15 minutos después de la recepción, incumpliendo con la hora de inicioy el plazo de recepción. CriterioEl Decreto 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado,en su artículo 24. Presentación de ofertas y aperturas de plicas. Establece: “Lasofertas y demás documentos de licitación deberán entregarse directamente a laJunta de Licitación, en el lugar, dirección, fecha y hora y en la forma que señalenlas bases. Transcurridos treinta (30) minutos de la hora señalada para lapresentación y recepción de ofertas, no se aceptará alguna más y se procederá alacto público de apertura de plicas. De todo lo actuado se levantará el actacorrespondiente en forma simultánea.

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    Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015

    CausaLa junta de Licitación incumplió los plazos de tiempo estipulados para el proceso. EfectoNo se garantiza la imparcialidad de la adjudicación del evento de Licitación. RecomendaciónEl Alcalde Municipal debe de velar por la transparencia de la adjudicación de loseventos, instruyendo a las juntas de licitación el efectivo cumplimiento de la ley. Comentario de los ResponsablesEn Nota sin número de fecha 11 de abril de 2016, de manera conjunta suscrita porlos señores, Wilson Rene García García, Secretario del Juzgado de AsuntosMunicipales y Transito; Marildo Hernández Álvarez, Secretario Privado; JosuéManuel Aifan Teque, Ecargado de Fondo Rotativo; Max Ernesto Arreaga Morales,Director de la Policía Municipal de Transito e Hilda Roció Acalon Patán, Directorade Servicios Municipales, quienes fungieron durante el período del 1 de enero al31 de diciembre de 2015, manifiestan: “El concurso publicado en Guatecomprasindica que la recepción de ofertas era a las 10:00 AM y el cierre a las 10:30 AM,dándose cumplimiento a lo que establece La Ley de Contrataciones del EstadoArticulo 24, en donde se indica que “Transcurridos 30 minutos de la horaseñalada, no se aceptará alguna más y se procederá al acto público de aperturade plicas. De todo lo actuado se levantará un acta correspondiente en formasimultánea.” Lo cual se cumplió como lo indica la Ley y su Reglamento, pero porun error involuntario al realizar y firmar el acta correspondiente se redactó condiferente hora de apertura y cierre siendo estos 10:45 AM de apertura y 11:00 AMde cierre. Como se pudo observar en todo el proceso de este concurso enGuatecompras, el mismo fue cumplido a cabalidad. Por lo anteriormente descritosolicitamos que este hallazgo sea desvanecido ya que se cumplió con todos losrequisitos que demandan la Ley y su Reglamento”. Comentario de AuditoríaSe confirma el Hallazgo, ya que en la nota de comentarios de los responsables,los mismos admiten el incumplimiento a la ley, cometido. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley de Contrataciones del Estado,Decreto Número 57-92, del Congreso de la República, Artículo 82, para: Cargo Nombre Valor en

    QuetzalesSECRETARIO PRIVADO MARILDO (S.O.N.) HERNANDEZ

    ALVAREZ44,642.86

    DIRECTORA DE SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES HILDA ROCIO ACALON PATANDE SAQUIL

    44,642.86

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    Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015

    ENCARGADO FONDO ROTATIVO JOSUE MANUEL AIFAN TEQUE 44,642.86DIRECTOR DE DIRECCION POLICIA MUNICIPAL DE TRANSITO MAX ERNESTO ARREAGA

    MORALES44,642.86

    SECRETARIO DE JUZGADO DE ASUNTOS MUNICIPALES Y TRANSITO Y MIEMBRODE JUNTA DE COTIZACION

    WILSON RENE GARCIA YGARCIA

    44,642.86

    Total Q. 223,214.30

    Hallazgo No. 3 Incumplimiento en el envío de informes a la Dirección de Crédito Público CondiciónMediante Oficio O/DCP/SO/DRDP/533/2014 de fecha 4 de diciembre de 2014, laSub Dirección del Crédito Público, remite a la Dirección de Auditorías deMunicipalidades de la Contraloria General de Cuentas el informe que detalla lasMunicipalidades que al 1 de diciembre del 2014 no han actualizado la informaciónde sus prestamos en el modulo de la deuda SIAF, en dicho informe se incluye a laMunicipalidad de Villa Canales, municipio del departamento de Guatemala,indicando el incumplimiento de actualización de dicha información.. CriterioEl Decreto Número 22-2010 del Congreso de la República, Código Municipal,artículo 115, Información Financiera, Establece: “El Concejo Municipal deberápresentar mensualmente, dentro de los diez (10) primeros días del mes siguiente,a través del módulo de la deuda del Sistema Integrado de AdministraciónFinanciera, en cualquiera de sus modalidades, el detalle de los prestamos internosy externos vigentes y el saldo de la deuda contratada. La Dirección de CréditoPúblico del Ministerio de Finanzas Públicas velará porque las municipalidadesmantengan la información actualizada; cuando determine que una municipalidadno está cumpliendo dicha obligación, lo comunicara a la Contraloría General deCuentas para que le aplique la sanción legalmente correspondiente”. CausaIncumplimiento por parte del Director de la Dirección Administrativa FinancieraMunicipal, a la normativa vigente, relacionada con ingresar en el sistema lainformación mensual a la Dirección de Crédito Público del Ministerio de FinanzasPúblicas de la deuda municipal. EfectoLa autoridad de la Dirección de Crédito Público, del Ministerio de FinanzasPúblicas, no dispones de información relacionada con la deuda municipal,oportuna y correcta. Recomendación

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    Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015

    El Concejo Municipal, debe girar instrucciones al Director de la DirecciónAdministrativa Financiera Municipal, para que actualice la información relacionadacon los préstamos internos y externos en el módulo correspondiente. Comentario de los ResponsablesComo consta en el acta de discusión de Hallazgo No. 108-2016, ciento ochoGuión dos mil dieciséis, Libro L2 30530, Folios Números 2431 al 2433 de laDirección de Auditoría de Municipalidades, el Licenciado Max Everardo CheteHernandez, quien fungió como Director Administrativo Financiero, durante elperíodo 1 de enero al 31 de diciembre de 2015, asistió a la reunión de discusiónde hallazgo, pero no presento las pruebas de descargo correspondientes. Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, toda vez que el Director Administrativo Financiero, nopresentó pruebas de descargo de su responsabilidad en dicho hallazgo. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 4, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO MAX EVERARDO CHETE HERNANDEZ 2,125.00Total Q. 2,125.00

    Hallazgo No. 4 Recomendaciones de Auditoría anterior, no cumplidas CondiciónEn el seguimiento a las recomendaciones contenidas en el Informe de AuditoríaFinanciera y Presupuestaria 2014, se determinó que las autoridades municipalesno han implementado las medidas correctivas en lo relacionado a larecomendación de los: Hallazgo No.1 de Control Interno, Deficiencia en uso,manejo y controles de combustible, el cual dice: “El Alcalde Municipal debe girarinstrucciones al Director Administrativo Financiero para que se implemente usistema de control, que permita conocer con detalle, el uso y manejo delcombustible adquirido por la municipalidad” y No. 3 de Cumplimiento a leyes yregulaciones aplicables, “Incumplimiento en el envío de informes a la Dirección deCrédito Público”, el cual dice el Concejo Municipal debe girar instrucciones alDirector Administración Financiera Integrada de la Municipalidad para queactualice la información relacionada con los prestamos internos y externos en elmódulo correspondiente y el saldo de la deuda contratada se envíe

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    mensualmente, durante los primeros 10 días del mes siguiente en los formulariosrespectivos, que para el efecto ha elaborado la Dirección de Crédito Público delMinisterio de Finanzas. CriterioEl Acuerdo No. 006-2012 de fecha 23 de enero de 2012, de la Contraloría Generalde Cuentas, artículo 2. Seguimiento a informes emitidos por las demás direccionesde auditoría, establece: “Cada una de las direcciones y subdirecciones de laContraloría General de Cuentas que emita nombramientos para realizar auditorías,deberá darles seguimiento a las recomendaciones que conste en cada uno de losinformes resultantes de los procesos de fiscalización llevados a cabo directamentepor los auditores gubernamentales a su cargo, a fin de aplicar las sanciones correspondientes en caso de la entidad sujeta a fiscalización no las hubiereobservado y cumplido” CausaEl alcalde Municipal y el Director de la Dirección Administrativa FinancieraMunicipal, no le dieron cumplimiento a las recomendaciones de las auditoríasanteriores. EfectoRiesgo de que se sigan realizando, procedimientos en forma incorrecta y sinobservar la normativa vigente. RecomendaciónEl Concejo Municipal debe girar instrucciones al Alcalde Municipal y al DirectorAdministrativo Financiero Municipal, para que implemente las recomendaciones delos Informes de Auditoría de la Contraloría General de Cuentas. Comentario de los ResponsablesEn Nota sin número de fecha 11 de abril de 2016, el Licenciado Erick EstuardoPocasangre Moran, quien fungió como Alcalde Municipal durante el período del 1de enero al 31 de diciembre de 2015, manifiesta: "En relación a su oficioDMA-AFP-VC-12-2016 mediante el cual fui notificado del hallazgo deincumplimiento a leyes y regulaciones aplicables al área financiera, me permitomanifestar lo siguiente: "En el referido hallazgo se determinó que las autoridadesmunicipales no han implementado las medidas correctivas en lo relacionado acontrol interno y cumplimiento de leyes y regulaciones. En el punto que se refiereal control interno se establece que el Alcalde Municipal debe girar instrucciones alDirector Administrativo Financiero para que se implemente sistema de control quepermita conocer con detalle el uso y manejo del combustible adquirido por lamunicipalidad. A ese respecto me permito manifestar que sí se tomaron las

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    medidas correctivas toda vez que se hizo del conocimiento del Concejo Municipallas recomendaciones dadas por la Contraloría General de Cuentas y a través dedicho Órgano se ordenó fueran notificadas las recomendaciones a las personasque fuera procedente. Este extremo se puede evidenciar con la certificación delacta numero veintinueve guion dos mil quince (29-2015) de fecha 5 de agosto delaño 2015, en la cual en su punto séptimo se establece que mi persona hizo delconocimiento del Concejo Municipal las recomendaciones que la Unidad deTransportes recibió de la Contraloría General de Cuentas, para tomar las medidasdeterminadas lo cual consta en la certificación del punto séptimo del acta antesmencionada. En cuanto al otro punto del hallazgo de cumplimiento a leyes yregulaciones aplicables que se refiere al incumplimiento en él envió de informes ala Dirección de Crédito Público, me permito establecer que dicha información noes posible enviarla toda vez que al ser creado el Portal de Transparencia delCrédito Público del SICOIN-GL, según el Ministerio de Finanzas Publicas, secumple con dicha obligación ya que desde dicho portal el referido Ministerio hatenido acceso a la información cuya falta de envió ha generado la segunda partedel hallazgo que me fuera oportunamente notificado". El Director Administrativo Financiero no presento pruebas de descargo delhallazgo. Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, toda vez que en la evaluación practicada, al cumplimientode recomendaciones de auditoría del año 2014, se determinó, que a la fechapersiste el descontrol en el despacho de combustible, y en lo que respecta a lainformación de los préstamos no han sido actualizados oportunamente, ademásno se tuvo a la vista, ni presentó los oficios girados por el Alcalde Municipal yDirector Administrativo Financiero dando instrucciones para el cumplimiento de lasrespectivas recomendaciones giradas por la Contraloría General de Cuentas. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 2, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesALCALDE MUNICIPAL ERICK ESTUARDO POCASANGRE MORAN 5,000.00DIRECTOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO MAX EVERARDO CHETE HERNANDEZ 2,125.00Total Q. 7,125.00

    Lineas en Blanco Luego de Acción Legal

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    Hallazgo No. 5 Falta de actualización de datos en el registro de la Contraloría General deCuentas CondiciónCon oficio DAM-AFP-VC-006-2016 de fecha 28 de enero de 2016, dirigido al señorAlcalde Municipal, se solicitaron las constancias de actualización de datos yFianzas de Fidelidad de los empleados que laboraron en la DirecciónAdministrativa Financiera Integrada Municipal, en el periodo del 1 de enero al 31de diciembre de 2015, mediante oficio DRH-10-2016 JEACH/Subjefe RR HH del28 de enero de 2016, se dio respuesta al anterior oficio, en el cual se indica quelas constancias de actualización de datos y fianzas de fidelidad, no fueronpresentadas por el personal de referida dirección en su oportunidad. CriterioEl Acuerdo No. A-092-2011 de la Contraloría General de Cuentas, determina:Artículo 1. “Se establece como obligatorio que todos los funcionarios y empleadospúblicos, personas y entidades sujetas a la fiscalización de conformidad con elartículo 2 del Decreto No. 31-2002 del Congreso de la República ”Ley Orgánica dela Contraloría General de Cuentas”, que anualmente durante el mes de eneroactualicen sus datos personales en los formularios impresos o electrónicos que laContraloría General de Cuentas ponga para el efecto a su disposición. Dichaactualización será extensiva inclusive cada vez que la personas e institucionesobligadas modifiquen sus datos y direcciones personales o institucionales”.El Decreto Número 101-97 del Congreso de la República, Ley Orgánica delPresupuesto, Artículo 79, establece: “Los funcionarios y empleados públicos querecauden, administren o custodien bienes, fondos o valores del Estado y de susentidades descentralizadas y autónomas, deben caucionar su responsabilidadmediante fianza de conformidad con la ley respectiva” CausaLos empleados de la Dirección de Administración Financiera Municipal, Encargadade Presupuesto, Contador Municipal, Encargado de Bodega Municipal yEncargado de Inventario, no presentaron a requerimiento de la Dirección deRecursos Humanos su actualización de datos y declaraciones de probidad. EfectoQue la Contraloría General de Cuentas no cuente con información actualizada, delos funcionarios y empleados municipales, que agilicen los procesos relacionadoscon la fiscalización de las instituciones.

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    RecomendaciónQue la Dirección de Recursos Humanos, solicite a sus empleados antes de latoma de posesión y en el transcurso de su contratación los documentos que porley deben presentar para garantizar su adecuada contratación. Comentario de los ResponsablesEn nota sin número de fecha 11 de abril de 2016, la señorita Nataly CristabelPayes Giron, quien fungió como Encargada de Presupuesto, durante el periododel 1 de enero al 31 de diciembre de 2015, manifiesta: "En respuesta a su OficioDAM-AFP-VC-20-2016 de fecha 11 de marzo del año de hallazgo No. 5 dondeindica que se solicitaron las constancias de actualización de datos y Fianzas deFidelidad de los empleados que laboraron en la Dirección AdministrativaFinanciera Integrada Municipal, en el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de2015, mediante oficio DRH-10-2016 JEACH/Subjefe RR HH del 28 de enero de2016, se dio respuesta al anterior oficio, en el cual se indica que las constanciasde actualización de datos y fianzas de fidelidad, no fueron presentadas por elpersonal de referida Dirección en su oportunidad. Se manifiesta que para el efectode la Dirección de Recursos Humanos al momento de generar las planillas deforma mensual dentro de los descuentos que se me realizan al Sueldo Devengadofiguraba la Fianza de Fidelidad misma que se me inicio a descontar desde el díaque recibí el nombramiento y figuré en la Nómina de personal permanente bajo elrenglón 011. Lo cual lo anteriormente expuesto consta en los archivos Financierosde la Municipalidad siendo la planilla, documento de acreditamiento y Boucher. Laconstancia de la póliza de la Fianza de Fidelidad figura en la Dirección deRecursos Humanos misma que nunca fue trasladada a mi persona, pero si se merealizaba el descuento correspondiente". En Nota sin número de fecha 11 de abril de 2016, el señor Hugo Leonel MoralesPeña, quien fungió como Contador Municipal, durante el período del 1 de enero al31 de diciembre de 2015, manifiesta: "Para dar cumplimiento al Acuerdo no.A-092-2011 y al artículo 1 y el artículo 2 del Decreto No. 31-2002 del Congreso dela República Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas, me permitohacer de su conocimiento que si se le dio cumplimiento a la normativa,actualizando los datos correspondientes en la página oficial del ente fiscalizador.El decreto número 101-97 del Congreso de la República, Ley Orgánica delPresupuesto en su artículo 79 estable la obligatoriedad de caucionar suresponsabilidad mediante fianza los funcionarios y empleados que recauden,administren o custodien bienes, fondos o valores del Estado. En tal sentido mepermito hacer de su conocimiento que a través de la Dirección de RecursosHumanos de la Municipalidad se realizaban los descuentos en concepto de

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    Fianza. De acuerdo al comentario presentado y los documentos presentados,solicito sean aceptados como medio de prueba para el descargo del Hallazgopresentado en contra de mi persona". En Nota sin número de fecha 11 de abril de 2016, el señor Rodolfo Parada Reyes,quien fungió como Encargado de Inventarios durante el período del 1 de enero al31 de diciembre de 2015, manifiesta: La actualización de datos de los funcionariosy empleados públicos es una normativa de observancia general y al cual se ledebe de dar cumplimiento según El Acuerdo no. A-092-2011 y al artículo 1 y elartículo 2 del Decreto No. 31-2002 del Congreso de la República Ley Orgánica dela Contraloría General de Cuentas. En tal virtud me permito expresarle que mipersona le dio cumplimiento a esa norma obligatoria. Para los empleados yfuncionarios que recauden, administren o custodien bienes, fondos o valores delEstado es obligatoria la caución de fianza según lo estable el artículo 79 del

    República decreto número 101-97 del Congreso de la , Ley Orgánica delPresupuesto. De acuerdo a esa normativa a través de la Dirección de RecursosHumanos se le dio cumplimiento, realizándome los descuentos sobre dicha fianza". En Nota sin número de fecha 11 de abril de 2016, el señor Juan FranciscoSilvestre Palacios, quien fungió como Encargado de Bodega, durante el períododel 1 de enero al 31 de diciembre de 2015, manifiesta: "De acuerdo a laactualización de datos de mi persona y que por desconocimiento no pude cumplircon dicha disposición, además que no fui notificado por la Dirección de RecursosHumanos de realizar este requisito". Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, en vista de las pruebas presentadas no desvanecen elHallazgo formulado porque al solicitar la información de actualización, probidad yfianzas, según oficio remitido por el Departamento de Recursos Humanos, dichaspersonas no habían cumplido con entregar dichos documentos al Departamento yen la discusión de hallazgos como descargo no presentaron su declaración deprobidad. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 4, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesENCARGADA DE PRESUPUESTO NATALY CRISTABEL PAYES GIRON 887.50CONTADOR MUNICIPAL HUGO LEONEL MORALES PEÑA 1,062.50ENCARGADO DE BODEGA JUAN FRANCISCO SILVESTRE PALACIOS 712.50ENCARGADO DE INVENTARIOS RODOLFO (S.O.N.) PARADA REYES 675.00Total Q. 3,337.50

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    7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍA ANTERIOR Se solicitó el informe del cumplimiento a las recomendaciones de la auditoríaanterior ejercicio fiscal 2014, no obteniendo respuesta satisfactorias, por lo que seplanteó el hallazgo de Cumplimiento a Leyes y Regulaciones Aplicables No.4.

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    8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERIODO AUDITADO Los funcionarios y empleados responsables de las deficiencias encontradas, seincluyen en el desarrollo de cada hallazgo contenido en el presente informe. No. NOMBRE CARGO PERÍODO1 RENE LEONEL TOBIAS COLINDRES SINDICO MUNICIPAL III 01/01/2015 - 31/12/20152 ERICK ESTUARDO POCASANGRE MORAN ALCALDE MUNICIPAL 01/01/2015 - 31/12/20153 JAIME DAVID ESQUITE JIMENEZ SINDICO MUNICIPAL I 01/01/2015 - 31/12/20154 JULIO CESAR FRANCO (S.O.A) SINDICO MUNICIPAL II 01/01/2015 - 31/12/20155 CANDIDO SEBASTIAN CRUZ LEMUS CONCEJAL MUNICIPAL I 01/01/2015 - 31/12/20156 NORMA JUDITH MORALES FLORES DE POCASANGRE CONCEJAL MUNICIPAL II 01/01/2015 - 31/12/20157 MARTA ALICIA MONTERROSO FRANCO CONCEJAL MUNICIPAL III 01/01/2015 - 31/12/20158 CARLOS ENRIQUE LARA ISTUPE CONCEJAL MUNICIPAL IV 01/01/2015 - 31/12/20159 MARTA OLIVIA DUBON CHIQUIN CONCEJAL MUNICIPAL V 01/01/2015 - 31/12/201510 HECTOR ADAN ALDANA PELEN CONCEJAL MUNICIPAL VI 01/01/2015 - 31/12/201511 MARIO NOE ALVAREZ HERNANDEZ CONCEJAL MUNICIPAL VII 01/01/2015 - 31/12/201512 ANTONIO GUSTAVO RAMIREZ ALVAREZ CONCEJAL VIII 01/01/2015 - 31/12/201513 JULIO (S.O.N) ALFREDO GUDIEL CONCEJAL MUNICIPAL IX 01/01/2015 - 31/12/201514 GERBER HIRLANDO HERRARTE CHIGUAQUE CONCEJAL MUNICIPAL X 01/01/2015 - 31/12/201515 SERGIO FRANCISCO HERRARTE GARCIA CONCEJAL SUPLENTE 01/01/2015 - 31/12/201516 ALBINO (S.O.N) RAMIREZ MENDEZ CONCEJAL SUPLENTE 01/01/2015 - 31/12/201517 KARLA MARIA DEL ROSARIO ZAMORA (S.O.A) CONCEJAL SUPLENTE 01/01/2015 - 31/12/2015

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    9. COMISIÓN DE AUDITORÍA ÁREA FINANCIERA

    Lic. LUIS EDUARDO CASTILLO RAMIREZ

    Coordinador Gubernamental

    Lic. HERALDO ARTURO OVANDO CONTRERAS

    Supervisor Gubernamental

    GESTIÓN CONOCIDA POR De conformidad con lo establecido en el Decreto No. 31-2002, del Congreso de laRepública, Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas, artículo 29, losauditores gubernamentales nombrados son responsables del contenido y efectolegal del presente informe, el Director y Subdirector únicamente firman encumplimiento al proceso de oficialización que en ley corresponde.

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    INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA (ANEXOS) Visión (Anexo 1)Impulsar y ejecutar el desarrollo integral y equitativo del municipio a través de laejecución adecuada de los planes de desarrollo programas proyectos obras yservicios de infraestructura, culturales y sociales garantizando su funcionamiento,eficiencia, transparencia en el uso de los recursos a través del financiamiento conrecursos propios , del gobierno central, apoyo de la comunidad internacionalcolaboración activa de vecinos organizaciones que garanticen un municipio seguro,ordenado para mejorar la calidad de vida de sus habitantes. Misión (Anexo 2)Trasformar las políticas tradicionales de la Municipalidad de Villa Canales al 2016 conacciones dinámicas y con valor agregado que impulse y genere el desarrollo y lacalidad de vida entre los habitantes por medio de programas de desarrollo servicios,proyectos, programas y obras de calidad y eficiencia; que sea la trasparencia y elhonor los denominadores de la administración municipal.

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    Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015

    Estructura Orgánica (Anexo 3)

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    Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015

    Reporte de Ejecución de Obras Realizadas por Contrato por Fuente deFinanciamiento (Anexo 4)

  • Contraloría General de Cuentas 43 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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    Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015

  • Contraloría General de Cuentas 44 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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    Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015

  • Contraloría General de Cuentas 45 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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    Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015

    Reporte de Ejecución de Obras realizadas por Administración (Anexo 5)

    Reporte de Ejecución de Proyectos de Inversión Social (Activo Intangible)

  • Contraloría General de Cuentas 46 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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    Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015

    (Anexo 6)

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  • Contraloría General de Cuentas 48 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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  • Contraloría General de Cuentas 49 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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