municipalidad de osa aprueba … · cubero orozco miguel 1-1396-150 090-03-01-0002 raso de policía...

16
MUNICIPALIDAD DE OSA APRUEBA PROCEDIMIENTO PARA PERMISOS DE USO DE SUELO EN LA ZONA MARÍTIMA TERRESTRE El propósito es regular lo concerniente a la forma y el procedimiento que seguirá esta Municipalidad para otorgar permiso de uso en la Zona Marítima Terrestre del Cantón de Osa, ante la imposibilidad temporal de conceder concesiones por no existir planes reguladores costeros que permitan la aplicación cabal de lo dispuesto en la Ley Nº 6043. La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 5 de abril del 2010 ¢ 300,00 AÑO CXXXII Nº 64 - 16 Páginas

Upload: dangdung

Post on 10-Oct-2018

218 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: MUNICIPALIDAD DE OSA APRUEBA … · Cubero Orozco Miguel 1-1396-150 090-03-01-0002 Raso de policía 104455 Cubillo Morales Enrique 1-809-291 090-03-01-0021 Cabo de Policía 048886

MUNICIPALIDAD DE OSAAPRUEBA PROCEDIMIENTO PARA PERMISOS DE USO DE SUELO EN LA ZONA MARÍTIMA TERRESTRE

El propósito es regular lo concerniente a la forma y el procedimiento que seguirá esta Municipalidad para otorgar permiso de uso en la Zona Marítima Terrestre del Cantón de Osa, ante la imposibilidad temporal de conceder concesiones por no existir planes reguladores costeros que permitan la aplicación cabal de lo dispuesto en la Ley Nº 6043.

La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 5 de abril del 2010

¢ 300,00 AÑO CXXXII Nº 64 - 16 Páginas

Page 2: MUNICIPALIDAD DE OSA APRUEBA … · Cubero Orozco Miguel 1-1396-150 090-03-01-0002 Raso de policía 104455 Cubillo Morales Enrique 1-809-291 090-03-01-0021 Cabo de Policía 048886

Pág 2 La Gaceta Nº 64 — Lunes 5 de abril del 2010

PODER EJECUTIVO

ACUERDOSMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Nº 274-2009-D.G.P.—San José, 26 de mayo de 2009.Vistas las Cartas Credenciales por medio de las cuales se acredita a

la Excelentísima Señora Eija Rotinen, como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de Finlandia, ante el Gobierno de la República de Costa Rica con sede en Nicaragua,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAY EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO,

ACUERDAN:Tener por presentados dichos documentos el día 26 de mayo de 2009,

a las dieciséis horas y reconocer a la Excelentísima Señora Eija Rotinen, como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de Finlandia, ante el Gobierno de la República de Costa Rica, con sede en Nicaragua, ordenando se le guarden las cortesías y prerrogativas a que tiene derecho.

Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—O. P 8198.—(Solicitud Nº 43228).—C-17850.—(IN2010023149).

Nº 275-2009-DGP.—San José, 24 de junio de 2009.Vistas las Cartas de Gabinete, por medio de las cuales se acredita al

Honorable Señor Salvador Meden Peláez, como Encargado de Negocios de la República del Paraguay, ante el Gobierno de la República de Costa Rica,

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, ACUERDA:

Tener por presentados dichos documentos el día 24 de junio de 2009, a las diecisiete horas, y reconocer al Honorable Señor Salvador Meden Peláez, como Encargado de Negocios con Cartas de Gabinete de la República del Paraguay, ante el Gobierno de la República de Costa Rica, ordenando se le guarden las cortesías y prerrogativas a que tiene derecho.

Publíquese.—Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. P 8198.—(Solicitud Nº 43228).—C-15300.—(IN2010023150).

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICAN° 485-2009 MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 140 inciso 1) y artículo 146 de la Constitución Política, artículo 53 inciso a), y 65 de la Ley General de Policía y artículo 4 y 15 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública.

Considerando:I.—Que la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de

Seguridad Pública, aprobó el ingreso de los funcionarios que se dirán, al Régimen del Estatuto Policial ya que los mismos cumplen con los requisitos dispuestos en la Ley General de Policía N° 7410.

II.—Que dichos servidores aprobaron satisfactoriamente el Curso Básico Policial, impartido por la Escuela Nacional de Policía.

III.—Que para el ingreso al Estatuto Policial en los puestos que se requiere el primer grado de la Escala Básica Policial, cual es el de “Agente de Policía”, para el cual el aspirante debe cumplir con los requisitos de ingreso a las Fuerzas de Policía al tenor de lo preceptuado en los artículos 62 inciso c), subinciso 3), y 63 inciso c), de la Ley General de Policía N ° 7410 y sus reformas, es necesario otorgar dicho grado a los funcionarios de los que aquí se mencionan, que se encuentren en tal supuesto. Por tanto,

ACUERDAN:Artículo 1º—Aprobar el ingreso al Estatuto Policial del Ministerio de

Seguridad Pública, con las obligaciones y derechos que ello implica, a los siguientes funcionarios:Nombre Código Número Cédula Presupuestario Puesto de Puesto

Aguilar Jiménez Luis 5-271-342 090-03-01-0002 Raso de policía 061475Anchía Bermúdez José Abel 5-325-833 090-03-01-0005 Raso de policía 107351Aragón Robles Erasmo Alonso 6-234-784 090-03-01-0005 Raso de policía 357102Campos Barrera Rodrigo 7-120-310 090-03-01-0024 Guardia Rural 42489Canales Zúñiga Manuel Alberto 5-290-775 090-03-01-0024 Guardia Rural 041713Caraker González Bruce Andrés 1-1330-376 090-03-01-0005 Raso de policía 005789Castillo Monge Raúl 1-646-248 090-03-01-0005 Raso de policía 000531Castillo Salazar Julio Josep 4-201-798 090-03-01-0005 Raso de policía 018366Chavarría Berrocal Luis Alejandro 3-437-513 090-03-01-0002 Raso de Policía 104352Coronado Víctor Fernando 5-235-184 090-03-01-0005 Raso de Policía 5160Cubero Orozco Miguel 1-1396-150 090-03-01-0002 Raso de policía 104455Cubillo Morales Enrique 1-809-291 090-03-01-0021 Cabo de Policía 048886Elizondo Arias Maureen María 2-561-986 090-03-01-0005 Raso de policía 356658Esquivel Ramírez Mauricio 2-546-145 090-03-01-0002 Raso de policía 104583Fallas Chavarría Esteban 1-1280-660 090-03-01-0005 Raso de policía 6781Fernández Valverde Gilberth 2-584-472 090-03-01-0005 Raso de policía 94431Figueroa Lázaro Tomás 1-1389-854 090-03-01-0005 Guardia Interior 5249Fonseca Céspedes DiegoArmando 1-1218-602 090-03-01-0005 Raso de policía 6954Fonseca Chaves José Francisco 2-299-082 090-03-01-0024 Agente de policía 9827Gallo Agüero Harold Bernardo 3-367-412 090-03-01-0002 Raso de policía 104846García Rodríguez Kelly Yuen 6-341-809 090-03-01-0005 Raso de policía 107947Godínez Valverde Michael 1-1275-358 090-03-01-0005 Raso de policía 107938González Méndez Mainor 6-205-183 090-03-01-0005 Raso de policía 007148González Valdez Kathia Lorena 6-298-789 090-03-01-0002 Raso de policía 104816Guevara Cruz Adrián 1-1030-015 090-03-01-0002 Raso de policía 104598Guido Obando Amalia 5-271-638 090-03-01-0005 Raso de policía 108885Hernández Saborío Ximena 3-417-436 090-03-01-0005 Raso de policía 108861Herrera Pérez Luis Alejandro 1-1706-688 090-03-01-0005 Raso de policía 5874Jiménez Delgado Antonio 1-1295-142 090-03-01-0024 Guardia rural 41152Juárez Mora Dinia Kenia 6-331-484 090-03-01-0002 Raso de policía 104857López Chavarría Yordan 5-349-460 090-03-01-0002 Raso de policía 104617Mata Solano Mauricio 1-856-106 090-03-01-0002 Raso de policía 54121Méndez Morales María Gabriela 1-1272-770 090-03-01-0027 Raso de policía 78108Montoya Acuña María Milagro 1-904-054 090-03-01-0005 Raso de policía 93646Morales Acuña Isai 1-1323-477 090-03-01-0005 Raso de policía 108060Pereira Carranza Vanessa 7-189-566 090-03-01-0005 Raso de policía 109311Pereira Estuart Greybin Ángel 7-157-847 090-03-01-0027 Raso de policía 098172Pérez Salazar Mainor José 1-1043-337 090-03-01-0005 Raso de policía 8090Picado Camacho Froylan 1-680-673 090-03-01-0005 Raso de policía 5419Prendas Orellana Elia María 6-151-035 090-03-01-0024 Guardia Rural 086518Ramos Rojas Álvaro 2-500-120 090-03-01-0021 Agente 1 48683Rodríguez Mora Karen Vanessa 6-363-292 090-03-01-0027 Raso de policía 8000Rojas Moreno Oscar Guillermo 2-602-796 090-03-01-0002 Raso de policía 104700Rosales Bonilla Daniel Andrés 6-365-474 090-03-01-0002 Raso de policía 61479Saavedra VillanuevaElvis Reinaldo 1-1369-395 090-03-01-0005 Raso de policía 108046Salazar ChavarríaJonathan David 1-1389-858 090-03-01-0005 Raso de policía 107946Sánchez Alvarado Harold 3-382-697 090-03-01-0005 Raso de policía 78408Sancho Montero

CONTENIDO

Pág

PODER EJECUTIVO

Acuerdos ........................................................................... 2

DOCUMENTOS VARIOS................................................. 4

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

Acuerdos ........................................................................... 8

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA ....................... 12

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS ................ 15

RÉGIMEN MUNICIPAL ................................................ 15

AVISOS ............................................................................. 15

Licda. Marcela Chacón Castro

Licda. Xinia Carmona Valverde

Lic. Ramiro Rodríguez Vargas

Lic. Nelson Loaiza Sojo

PresidentaRepresentante de la Sra Ministra de Gobernación y Policía

Representante del Ministerio de Cultura y Juventud

Teléfono: 2296 9570 Fax: 2220 0385 Apartado Postal: 5024-1000 www.imprentanacional.go.cr

Representante de la Editorial Costa Rica

Director General Imprenta NacionalDirector Ejecutivo Junta Administrativa

Page 3: MUNICIPALIDAD DE OSA APRUEBA … · Cubero Orozco Miguel 1-1396-150 090-03-01-0002 Raso de policía 104455 Cubillo Morales Enrique 1-809-291 090-03-01-0021 Cabo de Policía 048886

La Gaceta Nº 64 — Lunes 5 de abril del 2010 Pág 3

Nombre Código Número Cédula Presupuestario Puesto de PuestoDavid Gerardo 4-187-730 090-03-01-0005 Raso de policía 108393Solano Arias Roxana 1-856-615 090-03-01-0005 Raso de policía 078297Torres Rodríguez Omar Evelio 7-109-177 090-03-01-0002 Raso de policía 054487Vega Ramírez Luis Guillermo 9-089-522 090-03-01-005 Raso de policía 007771Villalobos Hernández Rosa 6-227-422 090-03-01-005 Raso de policía 109189Zamora Chinchilla Warner 2-514-095 090-03-01-0005 Raso de policía 78131Zúñiga Mora Allan 1-908-670 090-03-01-0027 Raso de policía 018325

Artículo 2º—A los funcionarios de los aquí mencionados que son ingresados al Estatuto Policial en puestos en los que se requiere el primer grado de la Escala Básica Policial, cual es el de “Agente de Policía”, y que no se les haya otorgado anteriormente, téngaseles por otorgado dicho grado, a partir de la fecha de ingreso al Estatuto Policial.

Artículo 3º—Rige a partir del primero de noviembre del dos mil nueve.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los siete días del mes de diciembre del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SANCHEZ.—La Ministra de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Janina del Vecchio Ugalde.—1 vez.—O. C. 8388.—(Solicitud Nº 24506).—C-196520.—(IN2010022859).

Nº 28-2010 MSPLA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículos 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:1º—Que se ha recibido cordial invitación para que varios funcionarios

de este Ministerio asistan a la actividad denominada “Conferencia Regional para las Naciones Hermanas de los Corredores de Contrabando” a realizarse en República Dominicana, del 23 al 31 de enero del 2010 (incluye salida y regreso de los participantes).

2º—Que el objetivo del curso es desarrollar una comprensión completa de las capacidades y limitaciones en cuanto a las condiciones del uso del Sistema de Intercambios de Comunicaciones.

3º—Que dado el objetivo del curso, es de interés para este Ministerio contar con varios funcionarios en dicho evento. Por tanto,

ACUERDAArtículo 1º—Autorizar a los señores Dowal Aguirre Calvo, cédula de

identidad 01-0704-0395, y Erick Cubillo Gorgona, cédula de identidad 01-1075-0447, funcionarios del Servicio de Vigilancia Aérea, para asistir a la actividad denominada “Conferencia Regional para las Naciones Hermanas de los Corredores de Contrabando” a realizarse en República Dominicana, del 23 al 31 de enero del 2010 (incluye salida y regreso de los participantes).

Artículo 2º—El Comando Sur de los Estados Unidos costeará los gastos por concepto de alimentación, transporte y alojamiento.

Artículo 3º—Que durante los días del 23 al 31 de enero del 2010, en que se autoriza la participación de los funcionarios en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 23 al 31 de enero del 2010.Dado en el Despacho de la Ministra de Seguridad Pública, a los siete

días del mes de enero del dos mil diez.Janina Del Vecchio Ugalde, Ministra de Seguridad Pública.—1 vez.—

(OC Nº 9276).—(Solicitud Nº 24479).—C-26370.—(IN2010023447).

Nº 85-2010 MSPEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICACon fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 140

inciso 20) y 146 de la Constitución Política, artículo 63 de la Ley General de Policía y artículos 15 inciso 1),13 incisos 2), y 21 del Reglamento sobre Grados Policiales y Sistema de Ascensos de los Servidores de la Fuerza Pública, Decreto Ejecutivo número 30381-SP.

Considerando:1º—Que mediante oficio N° 017-2010 CAGP-MSP de fecha 15 de

febrero del 2010, suscrito por el Presidente de la Comisión de Ascensos de Grado Policial, informa que dicha Comisión en la Sesión número 70 del 29 de enero del 2010, aprobó las solicitudes de otorgamiento de grados a los funcionarios que se dirán.

2º—Que también se indica en el oficio referido que cada uno de los solicitantes, cumplen con todos los requisitos establecidos en el Reglamento sobre Grados Policiales y Sistemas de Ascensos de la Fuerza Pública. Por tanto,

ACUERDAN:Artículo 1º—Otorgar el Grado solicitado a los funcionarios que a

continuación se detallan:

Nombre Cédula Grado Art. Acuerd. Fecha Cod.

rige Presup.

López GonzálezJosé Fco 5-321-639 Subintendente 09 01 29-01-2010 090-03Ortega HerreraAlexander 2-487-395 Subintendente 10 01 29-01-2010 090-03Gutiérrez MatarritaMarlon 5-289-068 Subintendente 11 01 29-01-2010 090-03Fernández Calderón InspectorJulieta 1-463-963 de Policía 13 01 29-01-2010 090-03

Artículo 2º—Rige a partir del veintinueve de enero del dos mil diez.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los quince días

del mes de febrero del dos mil diez.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Gobernación y

Policía, y Seguridad Pública, Janina del Vecchio Ugalde.—1 vez.—O. C. 8388.—(Solicitud Nº 24506).—C-25520.—(IN2010022858).

N° 87-2010 MSPEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICACon fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 140

inciso 1), artículo 146 de la Constitución Política, artículos 39, 40, 41 y 42 de la Ley General de Policía N° 7410.

ACUERDAN:Artículo 1º—Nombrar en el servicio activo de la Reserva de la

Fuerza Pública a los señores (as):Nombre CédulaArroyo Ocampo Ólger 2-0406-0093Rodríguez Ríos Cristian 1-0918-0806Mora Badilla Johnny 7-0125-0926Articulo 2º—Rige a partir del día 11 de febrero del año 2010.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diecisiete

días del mes de febrero del dos mil diez.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Gobernación y

Policía, y Seguridad Pública, Janina del Vecchio Ugalde.—1 vez.—O. C. 8388.—(Solicitud Nº 24506).—C-17870.—(IN2010022860).

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍANº 032-PE

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍADe conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso 20)

y 146 de la Constitución Política, La Ley N° 8562 del 07 de diciembre del 2006, la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:1º—Autorizar al Ing. Alonso Acuña Chinchilla, cédula Nº 1-539-147,

Gerente del Programa Nacional de Agrocombustibles y Programa Nacional de Palma Aceitera del INTA, para que participe en la “Reunión del Grupo de Trabajo de Jathopha como parte del seguimiento al Plan de Trabajo de la Red Mesoamericana de Investigación y Desarrollo de Biocombustibles” que se realizará en Tapachula, Estado de Chiapas de los Estados Unidos Mexicanos, del 3 al 5 de marzo del año 2010.

2º—Los gastos de viaje y transporte en el exterior, correspondientes a transporte aéreo (boletos aéreos), viáticos (alimentación, alojamiento y gastos menores) y transportes internos en el país de destino serán cubiertos por la entidad organizadora del evento, por lo que los gastos por concepto de impuestos, tributos o tarifas que se deban pagar en las terminales de transportes aéreos en Costa Rica, póliza de seguro de viajero y los gastos conexos por adquisición o reproducción de materiales bibliográficos, así como el adelanto respectivo por dichos rubros, en concordancia con los artículos 8º, 29, 32, 33, 34, 42, 42 bis, 52 y concordantes del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, serán cubiertos y reconocidos según corresponda, por el Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria. Asimismo, el monto por concepto de adelanto para cubrir los gastos de viaje debe ser incluido en el acuerdo de viaje respectivo de conformidad con el cálculo que realice la Dirección Administrativo-Financiera del INTA. No se reconocen gastos conexos por concepto de cuota de inscripción, en virtud de que el evento es gratuito. Asimismo, de conformidad con los artículos 8º, 9º, 10, 11, 12 y 13 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, este deberá realizar la respectiva liquidación de gastos dentro de los siete días hábiles siguientes al regreso al país, bajo apercibimiento que de no cumplir; la Administración no autorizará un nuevo viaje, ni se podrá girar adelanto alguno cuando tuviere pendiente la liquidación del viaje anterior, quedando ésta potestada para aplicar las sanciones disciplinarias que establezcan las leyes, reglamentos u otras disposiciones internas del INTA o en su defecto y de modo supletorio del Ministerio de Agricultura y Ganadería.

Page 4: MUNICIPALIDAD DE OSA APRUEBA … · Cubero Orozco Miguel 1-1396-150 090-03-01-0002 Raso de policía 104455 Cubillo Morales Enrique 1-809-291 090-03-01-0021 Cabo de Policía 048886

Pág 4 La Gaceta Nº 64 — Lunes 5 de abril del 2010

3º—Rige a partir del 2 al 6 de marzo del 2010.Dado en el Despacho Ministerial, San José, el día veintitrés del mes

de febrero del año dos mil diez.Carlos Villalobos Arias, Ministro de Agricultura y Ganadería.—1

vez.—O. C. Nº 4235-Solicitud Nº 25017.—C-39120.—(IN2010023468).

Nº 040-PEEL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

De conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, la Ley Nº 8562 del 07 de diciembre del 2006, la Ley Nº 6227 del 02 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:1º—Autorizar a la señora Laura Ramírez Cartín, cédula Nº 1-560-

174, especialista en transferencia de tecnología del INTA y Coordinadora del proyecto 05-B-07 (INTA-Bhutan) y el señor Jorge Morales González, cédula 3-190-971, especialista en el Área Pecuaria del INTA, para que participen en el marco del Proyecto “Development of local capacities on enviroment friendly agricultura technology trough knowledge management processes between Bhutan and Costa Rica” que se realizará en el Reino de Bhutan del 5 de marzo al 4 de abril del año 2010.

2º—Los gastos de viaje y transporte en el exterior, correspondientes a transporte aéreo (boletos aéreos), viáticos (alimentación, alojamiento y gastos menores) serán cubiertos en su totalidad por el Proyecto 05-B-07 (INTA Bhutan), mientras los transportes internos en el país de destino, por el Gobierno del Reino de Bhutan, por lo que los gastos por concepto de impuestos, tributos o tarifas que se deban pagar en las terminales de transportes aéreos en Costa Rica y los gastos conexos por adquisición o reproducción de materiales bibliográficos, de no ser cubiertos por los organizadores y anfitriones, así como el adelanto respectivo por dichos rubros, en concordancia con los artículos 8, 29, 32, 33, 34, 42, 42 bis, 52 y concordantes del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, serán cubiertos y reconocidos según corresponda, por el Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria. Asimismo, el monto por concepto de adelanto para cubrir los gastos de viaje debe ser incluido en el acuerdo de viaje respectivo de conformidad con el cálculo que realice la Dirección Administrativo-Financiera del INTA. No se reconocen gastos conexos por concepto de cuota de inscripción, en virtud de que el evento es gratuito. Asimismo, de conformidad con los artículos 8º, 9º, 10, 11, 12 y 13 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, este deberá realizar la respectiva liquidación de gastos dentro de los siete días hábiles siguientes al regreso al país, bajo apercibimiento que de no cumplir; la Administración no autorizará un nuevo viaje, ni se podrá girar adelanto alguno cuando tuviere pendiente la liquidación del viaje anterior, quedando esta potestada para aplicar las sanciones disciplinarias que establezcan las leyes, reglamentos u otras disposiciones internas del INTA o en su defecto y de modo supletorio del Ministerio de Agricultura y Ganadería.

3º—Rige a partir del 5 de marzo al 4 de abril de 2010.Dado en el Despacho Ministerial el día diecisiete del mes de febrero

del año dos mil diez.Carlos Villalobos Arias, Viceministro de Agricultura y Ganadería.—

Lic. Isabel Alvarado A., Directora Adm. Financiera.—1 vez.––O. C. Nº 4235.—Solicitud Nº 25017.––C-42520.––(IN2010023470).

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLASEDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Nº 002-2010.—El señor Joaquín Lizano González, cédula 1 706 329, en calidad de representante legal de la compañía Representaciones y Suministros Agropecuarios S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: Tres Ríos, Cartago, solicita la inscripción del equipo: pulverizador dorsal simétrico, marca Guarany, modelo SP-20L. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el decreto 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 9 de marzo del 2010.—Ing. Agr. Emmanuel Villalobos Sánchez, Unidad Técnica de Control de Agroinsumos y Registro de Equipos de Aplicación.—(IN2010023899).

Nº 003-2010.—El señor Joaquín Lizano González, cédula 1 706 329, en calidad de representante legal de la compañía Representaciones y Suministros Agropecuarios S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Tres Ríos, Cartago, solicita la inscripción del equipo: pulverizador de compresión previa plástico, marca Guarany, modelo 7.5L. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el decreto 27037 MAG -MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 9 de marzo del 2010.—Ing. Agr. Emmanuel Villalobos Sánchez, Unidad Técnica de Control de Agroinsumos y Registro de Equipos de Aplicación.—(IN2010023900).

Nº 004/2010.—El señor Joaquín Lizano González, cédula Nº 1 706 329, en calidad de: representante legal, de la compañía: Representaciones y Suministros Agropecuarios S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: Tres Ríos, Cartago, solicita la inscripción del equipo: Atomizador Nebulizador Portable UBV. Marca: Guarany. Modelo: 6L. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Nº 27037 MAG -MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 9 de marzo del 2010.—Unidad Técnica de Control de Agroinsumos y Registro de Equipos de Aplicación.—Ing. Agr. Emmanuel Villalobos Sánchez.—(IN2010023901).

Nº 005/2010.—El señor: Joaquín Lizano González, cédula Nº 1 706 329, en calidad de: representante legal de la compañía: Representaciones y Suministros Agropecuarios S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: Tres Ríos, Cartago, solicita la inscripción del equipo: Pulverizador Dorsal Simétrico. Marca: Guarany. Modelo: SP 16 L. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto 27037 MAG -MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 9 de marzo del 2010.— Unidad Técnica de Control de Agroinsumos y Registro de Equipos de Aplicación.—Ing. Agr. Emmanuel Villalobos Sánchez.—(IN2010023903).

Nº 006/2010.—El señor: Joaquín Lizano González, cédula Nº 1 706 329, en calidad de: representante legal de la compañía: Representaciones y Suministros Agropecuarios S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: Tres Ríos, Cartago, solicita la inscripción del equipo: Pulverizador Dorsal Manual. Marca: Guarany. Modelo: 10 L. Naranja/Blanco. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto 27037 MAG -MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 9 de marzo del 2010.— Unidad Técnica de Control de Agroinsumos y Registro de Equipos de Aplicación.—Ing. Agr. Emmanuel Villalobos Sánchez.—(IN2010023904).

Nº 007/2010.—El señor: Joaquín Lizano González, cédula Nº 1 706 329, en calidad de: representante legal de la compañía: Representaciones y Suministros Agropecuarios S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: Tres Ríos, Cartago, solicita la inscripción del equipo: Pulverizador de Alta Presión. Marca: Guarany. Modelo: 5 L. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto 27037 MAG -MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 9 de marzo del 2010.—Unidad Técnica de Control de Agroinsumos y Registro de Equipos de Aplicación.—Ing. Agr. Emmanuel Villalobos Sánchez.—(IN2010023905).

Nº 009/2010.—El señor: Joaquín Lizano González, cédula Nº 1 706 329, en calidad de: representante legal de la compañía: Representaciones y Suministros Agropecuarios S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: Tres Ríos, Cartago, solicita la inscripción del equipo: Ultrajet. Marca: Guarany. Modelo: Naranja/Verde. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto 27037 MAG -MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 9 de marzo del 2010.—Unidad Técnica de Control de Agroinsumos y Registro de Equipos de Aplicación.—Ing. Agr. Emmanuel Villalobos Sánchez.—(IN2010023907).

Nº 010-2010.—El señor Joaquín Lizano González, cédula o pasaporte: 1-706-329, en calidad de representante legal de la compañía: Representaciones y Suministros Agropecuarios S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: Tres Rios, Cartago, solicita la inscripción del equipo: QUEMADOR MARCA: GUARANY MODELO: 5 L. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037-MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 15:00 horas

Page 5: MUNICIPALIDAD DE OSA APRUEBA … · Cubero Orozco Miguel 1-1396-150 090-03-01-0002 Raso de policía 104455 Cubillo Morales Enrique 1-809-291 090-03-01-0021 Cabo de Policía 048886

La Gaceta Nº 64 — Lunes 5 de abril del 2010 Pág 5

del 9 de marzo del 2010.—Ing. Emmanuel Villalobos Sánchez, Unidad Técnica de Control de Agroinsumos y Registro de Equipos de Aplicación.—(IN2010023908).

Nº 011-2010.—El señor Joaquín Lizano González, cédula o pasaporte: 1-706-329, en calidad de representante legal de la compañía: Representaciones y Suministros Agropecuarios S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: Tres Ríos, Cartago, solicita la inscripción del equipo: MOCHILA FLEXIBLE marca: GUARANY modelo: S 3-20 L. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037-MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 15:00 horas del 9 de marzo del 2010.—Ing. Emmanuel Villalobos Sánchez, Unidad Técnica de Control de Agroinsumos y Registro de Equipos de Aplicación.—(IN2010023909).

Nº 012-2010.—El señor Joaquín Lizano González, cédula o pasaporte: 1-706-329, en calidad de representante legal de la compañía: Representaciones y Suministros Agropecuarios S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: Tres Ríos, Cartago, solicita la inscripción del equipo: BOMBA DORSAL ANTI INCENDIO marca: GUARANY modelo: 20 L. S-4. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037-MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 15:00 horas del 9 de marzo del 2010.—Ing. Emmanuel Villalobos Sánchez, Unidad Técnica de Control de Agroinsumos y Registro de Equipos de Aplicación.—(IN2010023910).

Nº 013-2010.—El señor Joaquín Lizano González, cédula 1 706 329, en calidad de representante legal de la compañía: Representaciones y Suministros Agropecuarios S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: Tres Ríos, Cartago, solicita la inscripción del equipo: Pulverizador de Compresión Previa, marca Guarany, modelo: S 2 10 L. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037-MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 15:00 horas del 9 de marzo del 2010.—Unidad Técnica de Control de Agroinsumos y Registro de Equipos de Aplicación.—Ing. Agr. Emmanuel Villalobos Sánchez,—(IN2010023912).

Nº 014-2010.—El señor Joaquín Lizano González, cédula 1 706 329, en calidad de representante legal de la compañía: Representaciones y Suministros Agropecuarios S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Tres Ríos, Cartago, solicita la inscripción del equipo: Pulverizador de Compresión Previa, marca Guarany modelo: S 2 15 L. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037-MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 15:00 horas del 9 de marzo del 2010.—Unidad Técnica de Control de Agroinsumos y Registro de Equipos de Aplicación.—Ing. Agr. Emmanuel Villalobos Sánchez,.—(IN2010023913).

Nº 015-2010.—El señor Joaquín Lizano González, cédula 1 706 329, en calidad de representante legal de la compañía: Representaciones y Suministros Agropecuarios S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: Tres Ríos, Cartago, solicita la inscripción del equipo: Pulverizador de Compresión previa, marca Guarany modelo: S-2 5 L. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037-MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 15:00 horas del 9 de marzo del 2010.—Unidad Técnica de Control de Agroinsumos y Registro de Equipos de Aplicación.—Ing. Agr. Emmanuel Villalobos Sánchez.—(IN2010023914).

Nº 016-2010.—El señor Joaquín Lizano González, cédula 1 706 329, en calidad de representante legal de la compañía: Representaciones y Suministros Agropecuarios S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Tres Ríos, Cartago, solicita la inscripción del equipo: Pulverizador de Compresión Previa Plástico, marca Guarany modelo: 1.25 L. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037-MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 15:00 horas del 9 de marzo del 2010.—Unidad Técnica de Control de Agroinsumos y Registro de Equipos de Aplicación.—Ing. Agr. Emmanuel Villalobos Sánchez.—(IN2010023915).

Nº 017-2010.—El señor Joaquín Lizano González, cédula o pasaporte: 1-706-329, en calidad de representante legal de la compañía: Representaciones y Suministros Agropecuarios S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: Tres Ríos, Cartago, solicita la inscripción del equipo: ESPOLVOREADOR DORSAL SÚPER 4 marca: GUARANY modelo: 8 Kg. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037-MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 15:00 horas del 9 de marzo del 2010.—Ing. Emmanuel Villalobos Sánchez, Unidad Técnica de Control de Agroinsumos y Registro de Equipos de Aplicación.—(IN2010023917).

Nº 018/2010.—El señor Joaquín Lizano González, cédula Nº 1 706 329, en calidad de Representante Legal de la compañía Representaciones y Suministros Agropecuarios S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: Tres Ríos, Cartago, solicita la inscripción del equipo Espaciador Dorsal de Gránulos, marca Guarany, modelo 8 Kg. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el decreto 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 09 de marzo del 2010.—Unidad Técnica de Control de Agroinsumos y Registro de Equipos de Aplicación.—Ing. Agr. Emmanuel Villalobos Sánchez.––(IN2010023919).

Nº 019/2010.—El señor Joaquín Lizano González, cédula Nº 1 706 329, en calidad de Representante Legal de la compañía Representaciones y Suministros Agropecuarios S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: Tres Ríos, Cartago, solicita la inscripción del equipo Atomizador Dorsal Motorizado, marca Guarany, modelo 3.7 Hp. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el decreto 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 09 de marzo del 2010.—Unidad Técnica de Control de Agroinsumos y Registro de Equipos de Aplicación.—Ing. Agr. Emmanuel Villalobos Sánchez.––(IN2010023921).

Nº 020/2010.—El señor Joaquín Lizano González, cédula o pasaporte Nº 1 706 329, en calidad de Representante Legal de la compañía Representaciones y Suministros Agropecuarios S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: Tres Ríos, Cartago, solicita la inscripción del equipo Dosificador Manual de Granulados, marca Guarany, modelo 5 Kg. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el decreto 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 09 de marzo del 2010.—Unidad Técnica de Control de Agroinsumos y Registro de Equipos de Aplicación.—Ing. Agr. Emmanuel Villalobos Sánchez.––(IN2010023923).

7Nº 021/2010.—El señor Joaquín Lizano González, cédula o pasaporte Nº 1 706 329, en calidad de Representante Legal de la compañía Representaciones y Suministros Agropecuarios S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: Tres Ríos, Cartago, solicita la inscripción del equipo Nebulizador Electro en Frío, marca Guarany, modelo 110 v/220 v. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el decreto 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 09 de marzo del 2010.—Unidad Técnica de Control de Agroinsumos y Registro de Equipos de Aplicación.—Ing. Agr. Emmanuel Villalobos Sánchez.––(IN2010023924).

Nº 001/2010.—El señor: Joaquín Lizano González, cédula o pasaporte: 1 706 329 En calidad de: Representante Legal de la compañía: Representaciones y Suministros Agropecuarios S. A. Cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: Tres Ríos, Cartago. Solicita la inscripción del equipo: Espolvoreador Plus Mata Hormigas, marca: Guarany Modelo: 1 KG. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037 MAG -MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 9 de marzo del 2010.—Unidad Técnica de Control de Agroinsumos y Registro de Equipos de Aplicación.—Ing. Agr. Emmanuel Villalobos Sánchez,.—(IN2010023933).

N° 008/2010.—El señor: Joaquín Lizano González, cédula o pasaporte: 1 706 329 En calidad de: Representante Legal de la compañía: Representaciones y Suministros Agropecuarios S. A. Cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: Tres Ríos Cartago. Solicita la inscripción del equipo: Pulverizador de Compresión Previa Marca: Guarany Modelo: 4.7 L. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el

Page 6: MUNICIPALIDAD DE OSA APRUEBA … · Cubero Orozco Miguel 1-1396-150 090-03-01-0002 Raso de policía 104455 Cubillo Morales Enrique 1-809-291 090-03-01-0021 Cabo de Policía 048886

Pág 6 La Gaceta Nº 64 — Lunes 5 de abril del 2010

Decreto 27037 MAG -MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la ultima publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 9 de marzo del 2010.—Unidad Técnica de Control de Agroinsumos y Registro de Equipos de Aplicación.—Ing. Agr. Emmanuel Villalobos Sánchez.—(IN2010023934).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

DIA-R-E-070-2010.—El señor Luis Felipe Fernández Carvajal, cédula 1-472-990 en calidad de Representante Legal de la compañía Brandt Consolidated C.R. U.S., S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Curridabat, solicita la inscripción del Fertilizante de nombre comercial Manni-Plex N-Boron compuesto a base de Nitrógeno-Boro. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta. Heredia, 15 de marzo del 2010.—Unidad de Registro de Agroinsumos.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í.—1 vez.—(IN201024030).

DIA-R-E-071-2010.—El señor Luis Felipe Fernández Carvajal, cédula 1-472-990 en calidad de Representante Legal de la compañía Brandt Consolidated C.R. U.S., S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Curridabat, solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Manni-Plex K compuesto a base de Potasio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta. Heredia, 15 de marzo del 2010.—Unidad de Registro de Agroinsumos.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í.—1 vez.—(IN2010024031).

DIA-R-E-072-2010.—El señor Luis Felipe Fernández Carvajal, cédula 1-472-990 en calidad de Representante Legal de la compañía Brandt Consolidated C.R. U.S., S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Curridabat, solicita la inscripción del Fertilizante de nombre comercial Manni-Plex Foli-Cal compuesto a base de Nitrógeno-Calcio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta. Heredia, 15 de marzo del 2010.—Unidad de Registro de Agroinsumos.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í.—1 vez.—(IN2010024033).

DIA-R-E-073-2010.—El señor Luis Felipe Fernández Carvajal, cédula 1-472-990 en calidad de Representante Legal de la compañía Brandt Consolidated C.R. U.S., S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Curridabat, solicita la inscripción del Fertilizante de nombre comercial Manni-Plex Hortalizas compuesto a base de Nitrógeno-Magnesio-Boro-Hierro-Manganeso-Zinc. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta. Heredia, 15 de marzo del 2010.—Unidad de Registro de Agroinsumos.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í.—1 vez.—(IN2010024034).

EDUCACIÓN PÚBLICADIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULOSEDICTO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 89, título Nº 1321, emitido por el Liceo Académico de Puriscal, en el año dos mil uno, a nombre de Miranda Solano Jorge Roberto. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de febrero del 2010.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—RP2010162427.—(IN2010023811).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 46, título Nº 904, emitido por el Liceo Académico de Puriscal, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Miranda Solano Andrea. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de febrero del 2010.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—RP2010162428.—(IN2010023812).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 204, título Nº 2920, emitido por el Liceo León Cortés Castro, en el año dos mil seis, a nombre de Bogantes Conejo Roy Gerardo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 28 de enero del 2010.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Trino Zamora Zumbado.—RP2010162594.—(IN2010023813).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica”, modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 27, título N° 487, emitido por el Colegio San Isidro de Heredia, en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Montero Arias Marjorie Patricia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 15 de marzo del 2010.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2010023848).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 2, Folio 135, Título Nº 1800, emitido por el Liceo Académico de Puriscal, en el año dos mil tres, a nombre de Muñoz Solís Martín Andrés. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de marzo del 2010.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MED. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2010023958).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL DE COSTA RICA

AVISO

El Registro de la Propiedad Industrial, Sección de Patentes hace saber que por resolución de las quince horas veintinueve minutos del veintiséis de febrero del dos mil diez, fue inscrita la Patente de Invención denominada FORMULACIONES PESTICIDAS de SYNGENTA LIMITED cuyo inventor es Warrington Roger, Paul; se le ha otorgado el número de inscripción de Patentes de Invención 2763 estará vigente hasta el día treinta y uno de octubre del dos mil veintiuno, según prioridad británica reivindicada número cero uno dos seis uno cuatro cuatro cinco del treinta y uno de octubre del dos mil uno; la clasificación Internacional de patentes de invención es A01N 25/02.—Lic. Melissa Solís Zamora.—1 vez.—(IN2010023997).

REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓNAVISOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Luis Carlos Gómez Robleto, mayor, abogado, cédula de identidad Nº 1-694-253, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Equipamientos Urbanos de México S. A. de C.V., de México, solicita el Modelo Industrial denominado QUIOSCO DE BOLEROS.

Se refiere a un modelo industrial de un Quiosco para Boleros, totalmente diferente a los ya conocidos, caracterizado por su forma especial y ornato que le dan un aspecto peculiar y propio. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es 25 /03, cuyos inventores son Javier Moreno Marcos. La solicitud correspondiente lleva el Nº 6309, y fue presentada a las 09:35:00 del 16 de febrero de 2001. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguiente a la tercera publicación de este aviso. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un

periódico de circulación nacional.—San José, 16 de diciembre de 2009.—Lic. Chantal Trejos, Registradora.––RP2010162606.––(IN2010023867).

El señor Manuel E. Peralta Volio, cédula Nº 9-012-480, mayor, casado, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Bayer Pharmaceuticals Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada LAS 1,4-TIAZOL-5-CARBOXAMIDAS ÚTILES COMO AGENTES QUIMIOTERAPÉUTICOS CONTRA EL CÁNCER. Esta invención está relacionada con los nuevos compuestos de la 1,3-tiazol-5-carboxamida, las composiciones farmacéuticas que contienen tales componentes, y el uso de dichos compuestos o composiciones como agentes

Page 7: MUNICIPALIDAD DE OSA APRUEBA … · Cubero Orozco Miguel 1-1396-150 090-03-01-0002 Raso de policía 104455 Cubillo Morales Enrique 1-809-291 090-03-01-0021 Cabo de Policía 048886

La Gaceta Nº 64 — Lunes 5 de abril del 2010 Pág 7

quimioterápicos contra el cáncer. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07D 417/14, cuyo(s) inventor(es) es(son) Chuang Chih-Yuan, Wickens Philip, Hong Zhenqiu, Brennan Catherine, Dixon Julie A., Kluender Harold C. E., Kreiman Charles, Kumarasinghe Ellalahewage. La solicitud correspondiente lleva el número 9340, y fue presentada a las 14:05:36 del 27 de agosto del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguiente a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de marzo del 2010.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2010023996).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONESDIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS

SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN DE TAJOEDICTOS

En expediente Nº 2674 el señor Manuel Antonio Valverde Zamora, mayor, casado, agricultor, vecino de La Virgen de Sarapiquí, cédula Nº 2-213-1000, solicita concesión de explotación de materiales en tajo.Localización geográfica:

Sito en: distrito: 02 La Virgen, cantón: 10 Sarapiquí, provincia: 04 Heredia.Hoja cartográfica:

Hoja Río Cuarto, escala 1:50.000 del IGN.Ubicación cartográfica:

Entre coordenadas generales: 262280.21-262685.72 norte, 522550.92-522797.87 este.Área solicitada:

3 ha 7010,65 m2, según consta en plano aportado al folio 67.Derrotero:

Coordenadas del vértice N° 1 262685.72 norte, 522559.31 este. Línea Acimut Distancia (metros) 1-2 102º41.4’ 33,11 2-3 147º19.2’ 77,19 3-4 140º13.3’ 103,61 4-5 134º14.1’ 123,70 5-6 164º18.0’ 35,67 6-7 228º10.8’ 75,95 7-8 241º35.3’ 29,44 8-9 210º00.5’ 71,66 9-10 261º20.1’ 41,90 10-11 008º34.1’ 54,14 11-12 011º56.3’ 57,80 12-13 015º52.2’ 20,06 13-14 348º05.4’ 49,04 14-15 338º29.1’ 8,89 15-16 319º25.5’ 147,12 16-17 342º39.9’ 2,30 17-18 358º17.4’ 98,49 18-1 048º12.1’ 11,26Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 16 de diciembre del

2005, área y derrotero aportados el 23 de mayo del 2006. Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José, a las catorce horas, cincuenta y cinco minutos del nueve de febrero del dos mil diez.—Registro Nacional Minero.—Lic. Cynthia Cavallini Chinchilla.—RP2010162566.—(IN2010023870).

2 v. 1. Alt.

En expediente Nº 16-2009 los señores Franklin Víquez Soto, casado, contador, cédula Nº 1-540-866, vecino de Aguas Zarcas de San Carlos, y José Nelson Jiménez Castillo, casado, mecánico agrícola, vecino de Ciudad Quesada de San Carlos, cédula Nº 6-173-763, apoderados generalísimos de Inversiones y Procesadora Tropical Inprotsa S. A., cédula jurídica Nº 3-101-057107, solicitan concesión para extracción de materiales en cauce de dominio público sobre el río Toro:Localización geográfica:

Sito en: San Luis, distrito: 06 Pital, cantón: 10 San Carlos, provincia: 02 Alajuela.Hoja cartográfica:

Hoja Aguas Zarcas y Río Cuatro, escala 1:50.000 del I.G.N.Localización cartográfica:

Entre coordenadas generales: 273170.05 – 273221.89, Norte y 510656.97 – 510589.32 – Este límite aguas arriba y 274501.90 – 274499.54 Norte y 510793.33 – 510861.39 Este límite aguas abajo.

Área solicitada:10 ha 2982.94 m2, longitud promedio 1378.605 metros, según consta

en plano aportado al folio 3.Derrotero:

Coordenadas del vértice Nº 1 274501.9 norte, 510793.33 este.

Línea Acimut Distancia (m)1-2 091º 59’ 68.102-3 185º 42’ 99.083-4 195° 27’ 92.284-5 200º 37’ 117.755-6 169º 25’ 38.866-7 192º 13’ 95.717-8 188° 36’ 96.868-9 168º 13’ 91.689-10 161º 50’ 108.2110-11 213° 10’ 29.0911-12 210º 25’ 136.7412-13 191° 35’ 95.3913-14 146º 06’ 89.7814-15 175º 01’ 76.0115-16 189° 20’ 74.8016-17 203º 49’ 68.4217-18 219° 09’ 66.2218-19 212º 32’ 45.0019-20 307º 28’ 85.2420-21 033º 19’ 39.6021-22 027º 31’ 51.6322-23 340º 01’ 56.0823-24 027º 53’ 41.6524-25 357° 53’ 92.4125-26 012º 49’ 76.2826-27 016º 20’ 104.0227-28 011º 33’ 47.6928-29 015º 00’ 70.0729-30 029º 26’ 43.7630-31 353° 02’ 66.6131-32 349º 46’ 104.2232-33 359° 58’ 95.9333-34 005° 43’ 48.6334-35 029º 47’ 92.3435-36 359° 39’ 98.5036-37 016° 09’ 102.9737-1 007° 51’ 102.94

Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 21 de julio del 2009, área y derrotero aportados el 21 de julio del 2009.

Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José, 9 de marzo del 2010.—Registro Nacional Minero.—Lic. Rosa María Ovares Alvarado.––(IN2010023932).

2 v. 1. Alt.

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONALEDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. Nº 13788P.—Los Reyes S. A., solicita concesión de 2,6 litros por segundo del Pozo RG-660, efectuando la captación en finca de su propiedad en Guácima, Alajuela, Alajuela, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 214.600/507.600 Hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de marzo del 2010.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2010023485).

Expediente Nº 9251A.—José Joaquín Guzmán Hidalgo, solicita concesión de: 0,10 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Digna Hidalgo Morales en Mercedes Sur, Puriscal, San José, para uso Agropecuario Granja. Coordenadas 201.200/499.800 hoja Candelaria. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de marzo de 2010.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Director.—RP2010162429.—(IN201023871).

Page 8: MUNICIPALIDAD DE OSA APRUEBA … · Cubero Orozco Miguel 1-1396-150 090-03-01-0002 Raso de policía 104455 Cubillo Morales Enrique 1-809-291 090-03-01-0021 Cabo de Policía 048886

Pág 8 La Gaceta Nº 64 — Lunes 5 de abril del 2010

Expediente Nº 9492P.—Maurilucy S. A., solicita concesión de: 0,35 litros por segundo del Pozo BA-650, efectuando la captación en finca de su propiedad en Sabana Redonda, Poás, Alajuela, para uso Agropecuario Granja Avícola y Consumo Humano-Doméstico. Coordenadas 232.700/511.200 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de marzo de 2010.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Director.—RP2010162470.—(IN2010023872).

Expediente Nº 6531P.—Servicios Generales del Oeste S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo del pozo IS-330, efectuando la captación en finca de su propiedad en Tejar, El Guarco, Cartago, para uso industria-metalúrgica. Coordenadas 203.480/541.060 hoja Istaru. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de marzo de 2010.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Director.—(IN2010023957).

Expediente Nº 1884P.—Ganadería Río Grande Ltda., solicita concesión de: 0,1 litro por segundo del Pozo RG-72, efectuando la captación en finca de su propiedad en Concepción, Atenas, Alajuela, para uso agropecuario abrevadero y consumo humano doméstico. Coordenadas 215.900/496.600 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de marzo de 2010.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Director.—(IN2010023963).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

ACUERDOSPropuesta de pago 40001 del 13/01/2010

LA DIRECCIÓN EJECUTIVADEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:Girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender

el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto:Cédula Nº Nombre Monto líquido ¢103120054 Roberto Aguilar León 3,006.603,58103510839 Freddy Valverde Vargas -Ni- 176.947,05103510839 Freddy Valverde Vargas -Ni- 176.947,05103720934 Gerardo Ureña Mora 1.932,46104060605 Eduardo Roberto Lizano Lépiz 2,467.301,28107210160 Ruth Torres Montero -L- 343.000,00109190220 Gustavo Morales González 462.072,57109260295 Evelyn Jiménez Badilla 470.400,00202901304 Carlos A. Rodríguez Arias -Ni- 283.349,38301720813 Manuel Gerardo Umaña Martínez 1,948.852,75301970977 Rodolfo Alfonso Brenes Sancho 7.933,72400990747 Luis Alberto Garita Orozco 781.986,23400990747 Luis Alberto Garita Orozco 101.712,31401040559 Luzmilda Sánchez Arias 34.038,20500460423 Walter Porras Fernández -Ni- 379.995,00500460423 Walter Porras Fernández -Ni- 379.995,00501660614 Luz Marina Jiménez Ledezma -Ni- 80.600,00501710324 Gómez Gutiérrez Flor del Ca 532.739,71600600422 Víctor Manuel García Barquero 96.964,00700400608 Alberto Guittens Walker -Ni- 452.760,00700400608 Alberto Guittens Walker -Ni- 452.760,00700780569 Leonardo Jiménez Campos 294.000,002100042005 Ministerio de Hacienda 769,162100042005 Ministerio de Hacienda 6.282,732100042005 Ministerio de Hacienda 20.104,542100042005 Ministerio de Hacienda 187,352100042005 Ministerio de Hacienda 170.662,952100042005 Ministerio de Hacienda 7.807,552100042005 Ministerio de Hacienda 23.330,392400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 10.950,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 139.650,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 4.975,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 65.000,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 64.200,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 72.350,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 780,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 14.600,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 58.300,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 48.500,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 240.000,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 284.352,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 4.500,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 50.000,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 9.935,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 177.988,202400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 122.286,00

Cédula Nº Nombre Monto líquido ¢2400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 93.539,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 55.000,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 1.859,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 18.982,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 46.000,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 32.300,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 60.028,242400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 3.200,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 31.235,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 118.170,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 107.400,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 11.638,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 34.950,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 9.000,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 2.085,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 1.640,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 41.814,182400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 1.994,452400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 3.582,102400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 9.810,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 8.000,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 28.500,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 27.000,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 12.770,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 15.246,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 9.800,003002045433 Asociación Cruz Roja Costarricense 626.740,873002173864 Asociación Solidarista T.S.E. -Ni- 10.817.714,383006101757 Fundación de La Universidad de Cost 2.000.000,003007042032 Junta Administrativa de La Imprenta 9.420.000,003007042032 Junta Administrativa de La Imprenta 525.160,003007042032 Junta Administrativa de La Imprenta 45.040,003007042032 Junta Administrativa de La Imprenta 162.480,003007042032 Junta Administrativa de La Imprenta 180.000,003007042032 Junta Administrativa de La Imprenta 54.000,003007042032 Junta Administrativa de La Imprenta 255.000,003007042032 Junta Administrativa de La Imprenta 1.512.000,003007042032 Junta Administrativa de La Imprenta 112.000,003007045087 Junta Administrativa del Servicio 73.906,003012355421 Thyssenkrupp Elevadores S. A. -L- 395.002,993012355421 Thyssenkrupp Elevadores S. A. -L- 348.500,253012355421 Thyssenkrupp Elevadores S. A. -L- 325.752,433012355421 Thyssenkrupp Elevadores S. A. -L- 574.385,313012355421 Thyssenkrupp Elevadores S. A. -L- 1.569.423,223014042108 Municipalidad de Nicoya -Ni- 419.100,003101003105 Corp Inv Costarricense S. A. -Ni- 1.239.754,103101003105 Corp Inv Costarricense S. A. -Ni- 212.529,203101008964 R.R. Donnelley de Costa Rica S. A. 141.120,003101008964 R.R. Donnelley de Costa Rica S. A. 2.841.020,003101008964 R.R. Donnelley de Costa Rica S. A. 1.370.285,003101008964 R.R. Donnelley de Costa Rica S. A. 632.100,003101009059 Radiografica Costarricense S. A. - 1,411,097.413101009059 Radiografica Costarricense S. A. - 69.539,153101009059 Radiografica Costarricense S. A. - 530.839,833101010150 Editorial La Razón, S. A. 88.789,103101016273 Compañía Leogar S. A. -L- 565.042,663101016488 Quebrada San Juan S. A. 2.058.000,003101017337 Materiales Exclusivos S. A. (Matex S 9.144.137,943101017746 Continex Continental Importación Y 2.663.958,673101024334 Solís Gamboa e Hijos S. A. -Ni- 306.250,003101027972 Agencias Basicas Mercantiles A B M 786.216,563101033964 Inversiones de Grecia S. A. -Ni- 154.800,003101034067 Sonivisión S. A. 3.248.022,333101035901 Válvulas y Conexiones Urrea S. A. 1.524.365,703101042028 Empresa Servicios Públicos de Heredia 122.153,003101044039 Indianápolis S. A. 16.599,903101046942 Salazar y Velásquez S. A. 1.337.749,003101052695 Mejía y Compañía S. A. (L) 433.160,003101052993 Muebles Metálicos Alvarado, S. A. 91.000,003101059552 I S Productos de Oficina Centroamer 12.091,803101059552 I S Productos de Oficina Centroamer 12.091,803101060214 Almacén El Eléctrico S. A. 15.000,003101074898 Controles Video Técnicos de Costa 185.000,003101077363 Servicio de Cuido Responsable Secur 373.243,063101077363 Servicio de Cuido Responsable Secur 27.418,083101077363 Servicio de Cuido Responsable Secur 373.243,063101077363 Servicio de Cuido Responsable Secur 1.469.672,843101077363 Servicio de Cuido Responsable Secur 373.243,063101077363 Servicio de Cuido Responsable Secur 27.418,083101077363 Servicio de Cuido Responsable Secur 373.243,063101077363 Servicio de Cuido Responsable Secur 373.243,063101077363 Servicio de Cuido Responsable Secur 373.243,063101077363 Servicio de Cuido Responsable Secur 373.243,063101077363 Servicio de Cuido Responsable Secur 27.418,083101077363 Servicio de Cuido Responsable Secur 1.146.600,003101077363 Servicio de Cuido Responsable Secur 366.525,63

Page 9: MUNICIPALIDAD DE OSA APRUEBA … · Cubero Orozco Miguel 1-1396-150 090-03-01-0002 Raso de policía 104455 Cubillo Morales Enrique 1-809-291 090-03-01-0021 Cabo de Policía 048886

La Gaceta Nº 64 — Lunes 5 de abril del 2010 Pág 9

Cédula Nº Nombre Monto líquido ¢3101077363 Servicio de Cuido Responsable Secur 366.525,633101077363 Servicio de Cuido Responsable Secur 27.418,083101077363 Servicio de Cuido Responsable Secur 373.243,063101077363 Servicio de Cuido Responsable Secur 1.146.600,003101077363 Servicio de Cuido Responsable Secur 373.243,063101077363 Servicio de Cuido Responsable Secur 27.418,083101077573 Tecnosagot, S. A. 432.058,483101082251 Compañía de Mantenimiento Preventi 197.998,023101082251 Compañía de Mantenimiento Preventi 197.998,023101082251 Compañía de Mantenimiento Preventi 338.100,003101086562 Equipos de Salud Ocupacional S. A. 360,003101089260 Inversiones La Rueca S. A. 75.000,003101089260 Inversiones La Rueca S. A. 385.434,003101098063 Multi-Negocios Internacionales Amer 402.512,513101098063 Multi-Negocios Internacionales Amer 107.145,533101098063 Multi-Negocios Internacionales Amer 205.363,523101099048 M & Rg Diseño y Producción Grafica 8.650,003101100445 Rodríguez Constructores Asociados S 329.424,943101102844 Grupo Nación G N S. A. 415.221,103101102844 Grupo Nación G N S. A. 572.104,403101104897 Consultoría E Inversiones Anchía Y 435.610,003101110403 Sistemas Maestros de Información S. 382.118,333101110403 Sistemas Maestros de Información S. 50.258,003101110403 Sistemas Maestros de Información S. 382.118,333101111502 Componentes El Orbe, S. A. 2.867.911,203101111535 Oficina Comercializadora Oficomer S 699.657,643101118534 Televisión Metropolitana S. A. 1.962.744,003101169051 Ferva del Norte S. A. 255.425,003101174285 Seguridad Alfa S. A. 552.001,343101174285 Seguridad Alfa S. A. 2.756.929,563101174285 Seguridad Alfa S. A. 2.756.929,563101174285 Seguridad Alfa S. A. 208.313,123101176412 Alavisa de Cañas S A L 265.666,843101176412 Alavisa de Cañas S A L 265.666,843101176412 Alavisa de Cañas S A L 265.666,843101176412 Alavisa de Cañas S A L 265.666,843101176412 Alavisa de Cañas S A L 142.753,803101177156 Multiservicios de Mantenimiento Y 260.710,003101177156 Multiservicios de Mantenimiento Y 260.710,003101177156 Multiservicios de Mantenimiento Y 260.710,003101183093 Fesa Formas Eficientes S. A. 5,307.736,593101183093 Fesa Formas Eficientes S. A. 11.774.807,313101217063 Compañía Americana Papel Plástico 3.401.362,443101217607 Sauter Mayoreo S. A. 60.000,003101237629 Comercializadora A T del Sur S. A. 171.000,003101237629 Comercializadora A T del Sur S. A. 484.414,003101237629 Comercializadora A T del Sur S. A. 105.960,003101238000 Kitachi S. A. -Ni- 77.458,333101249998 Amoblamientos Fantini S. A. 18.715.299,833101252838 Alfa G P R Tecnologías S. A. 19.383.692,013101292783 Servicios Múltiples Especializados 360.150,003101292783 Servicios Múltiples Especializados 343.490,003101292783 Servicios Múltiples Especializados 360.150,003101292783 Servicios Múltiples Especializados 369.460,003101292783 Servicios Múltiples Especializados 369.460,003101292783 Servicios Múltiples Especializados 163.566,663101292783 Servicios Múltiples Especializados 163.800,003101292783 Servicios Múltiples Especializados 343.490,003101292783 Servicios Múltiples Especializados 343.980,003101292783 Servicios Múltiples Especializados 343.980,003101292783 Servicios Múltiples Especializados 347.900,003101292783 Servicios Múltiples Especializados 347.900,003101295956 Mayoreo del Istmo S. A. 599.318,023101305780 Fotocopiadoras Coresa Sociedad Anon. 80.296,003101321234 Mariana S Catering Service Sociedad 1.215.543,003101347117 Sistema Nacional de Radio y Televis 1.470.000,003101349248 T D M Ambiental S. A. 56.000,003101352245 Construcciones Agroindustriales Jom 9.938.986,003101359404 It Security Services Viras S. A. 2.341.921,683101359639 Central de Radios Cdr S. A. (L) 3.526.040,003101366001 Comercializadora Mafaco S. A. 1.323.000,003101391788 Globaltec Technologies Gmzs S. A. 550.351,593101397585 Grupo Comercial Tectronic S. A. 716.516,513101416797 Unidos Mayoreo S. A. 268.191,703101466909 Sophia Capacitación y Consultoría A 585.480,423101492315 Soluciones Ofiogar S. A. 55.400,003101494135 Uniformes Jireh FJ S. A. 7.031.500,003102007626 Super Estacion de Servicio La Caste 21.601,643102007759 Hijos de Heriberto Hidalgo Sucs Ltd 620.266,503102038255 Sociedad Periodística Extra Ltda. 570.433,623102038255 Sociedad Periodísticas Extra Ltda. 285.216,813102096040 Equipos E Instalaciones Electromeca 5.071.500,003102363192 Medical Works Ltda. 1.111.271,003110256071 Interbolsa Fondo de Inversion Inmob 5.576.004,004000042138 Instituto Costarricense de Acueduct. 49.811,004000042138 Instituto Costarricense de Acueduct. 21.585,00

Cédula Nº Nombre Monto líquido ¢4000042138 Instituto Costarricense de Acueduct. 94.373,004000042138 Instituto Costarricense de Acueduct. 11.950,004000042138 Instituto Costarricense de Acueduct. 3.765,004000042138 Instituto Costarricense de Acueduct. 14.812,004000042138 Instituto Costarricense de Acueduct. 84.034,004000042138 Instituto Costarricense de Acueduct. 14.756,004000042138 Instituto Costarricense de Acueduct. 11.970,004000042138 Instituto Costarricense de Acueduct. 14.820,004000042138 Instituto Costarricense de Acueduct. 11.912,004000042138 Instituto Costarricense de Acueduct. 11.912,004000042138 Instituto Costarricense de Acueduct. 31.374,004000042138 Instituto Costarricense de Acueduct. 1.552.129,884000042139 Instituto Costarricense de Electric. 23.715,004000042139 Instituto Costarricense de Electric. 94.440,004000042139 Instituto Costarricense de Electric. 319.401,604000042139 Instituto Costarricense de Electric. 386.041,604000042139 Instituto Costarricense de Electric. 270.685,804000042139 Instituto Costarricense de Electric. 4.839.715,304000042139 Instituto Costarricense de Electric. 141.845,004000042146 Consejo Nacional de Producción 45.469,704000042147 Caja Costarricense de Seguro Social 54.657,914000042147 Caja Costarricense de Seguro Social 63.017,034000042147 Caja Costarricense de Seguro Social 384,584000042147 Caja Costarricense de Seguro Social 5.525,624000042147 Caja Costarricense de Seguro Social 1.849,164000042147 Caja Costarricense de Seguro Social 42.097,434000042147 Caja Costarricense de Seguro Social 93,674000042147 Caja Costarricense de Seguro Social 59.031,084000042147 Caja Costarricense de Seguro Social 4.761,604000042147 Caja Costarricense de Seguro Social 48.308,874000042147 Caja Costarricense de Seguro Social 68.613,124000042147 Caja Costarricense de Seguro Social 79.106,484000042147 Caja Costarricense de Seguro Social 1.260,564000042147 Caja Costarricense de Seguro Social 18.111,754000042147 Caja Costarricense de Seguro Social 6.061,134000042147 Caja Costarricense de Seguro Social 137.986,014000042147 Caja Costarricense de Seguro Social 307,044000042147 Caja Costarricense de Seguro Social 74.102,844000042147 Caja Costarricense de Seguro Social 15.607,484000042147 Caja Costarricense de Seguro Social 60.643,054000042152 Banco Popular 6.977,614000042152 Banco Popular 8.044,734000042152 Banco Popular 128,194000042152 Banco Popular 616,394000042152 Banco Popular 1.841,874000042152 Banco Popular 14.032,484000042152 Banco Popular 31,224000042152 Banco Popular 7.535,884000042152 Banco Popular 613,87 218.470.735,08

José G. Alvarado Villalobos, Director Ejecutivo a. í.—Carlos Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C. Nº 4016.—Solicitud Nº 05-2010.—C-415220.—(IN2010024372).

Propuesta de pago 40007 del 03/02/2010LA DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:Girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender

el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.Cédula Nº Nombre Monto líquido ¢103220489 Carlos Jiménez Guillén 294.000,00103640828 Gerardo José Mora Chavarría 100.000,00103640954 Gilda Chacón Brenes -L- 392.000,00105340970 Werni Gerardo Vásquez González 294.000,00105710860 Artavia Camareno Jorge En 330.049,27107970107 Fernando Faith Bonilla 150.000,00109560503 Mauricio Carvajal Aguilar 200.000,00203350155 Víctor Torres Chacon 343.000,00203970218 Barahona Soto Álvaro Enrique 172.596,93205110252 Molina Quesada Marleny 140.000,00600600422 Víctor Manuel García Barquero 96.964,00602500138 Jonatan Sáenz López 586.530,00800390701 Nelson Armando Carazo Guillen 511.560,00800850352 Julio Alberto Saumet Martínez 2.277.794,40900700797 José Martín Robles Baboza 1.670.001,732400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 7.925,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 21.770,002400042156 Tribunal Supremo de Elecciones 39.375,003002045878 Asociación Cámara Nacional de Radio 1.960.000,00300217386. Asociación Solidarista T.S.E. -Ni- 5.192.061,353002173864 Asociación Solidarista T.S.E. -Ni- 5.148.579,783007042032 Junta Administrativa de la Imprenta 830.000,003007042032 Junta Administrativa de la Imprenta 15.020,00

Page 10: MUNICIPALIDAD DE OSA APRUEBA … · Cubero Orozco Miguel 1-1396-150 090-03-01-0002 Raso de policía 104455 Cubillo Morales Enrique 1-809-291 090-03-01-0021 Cabo de Policía 048886

Pág 10 La Gaceta Nº 64 — Lunes 5 de abril del 2010

Cédula Nº Nombre Monto líquido ¢3007042032 Junta Administrativa de la Imprenta 11.270,003007042032 Junta Administrativa de la Imprenta 31.520,003007042032 Junta Administrativa de la Imprenta 51.020,003007042032 Junta Administrativa de la Imprenta 66.020,003007042032 Junta Administrativa de la Imprenta 114.020,003007042032 Junta Administrativa de la Imprenta 654.000,003007042032 Junta Administrativa de la Imprenta 156.020,003007042032 Junta Administrativa de la Imprenta 126.020,003101000974 Librería Lehmann S. A. 275.600,003101002749 Abonos Agro S. A. 3.521.657,443101003233 Almacén Mauro S. A. 1.202.403,313101003937 Hacienda Santa Anita S. A. -Ni- 1.256.850,003101005113 Capris, S. A. 1.411.584,163101007936 Cadena Musical S. A. 1.411.200,003101008964 R.R. Donnelley de Costa Rica S. A. 3.674.853,003101018365 Dima Industrial y Comercial S. A. 82.000,003101020826 Elvatron S. A. 259,602.943101021096 Formularios Standard Costa Rica S. A. 127.500,003101022029 Melco S. A. 619.026,803101022029 Melco S. A. 472.017,003101022029 Melco S. A. 280.590,003101024094 Compañía Técnica y Comercial Satec 360.874,223101024094 Compañía Técnica y Comercial Satec 221.204,003101027455 Acadia S. A. 274.204,903101027972 Agencias Básicas Mercantiles A B M 29.000,003101031534 Compañías de Maquinas de Costa Rica 256.800,003101035198 Instalaciones Telefónicas Costa Rica 1.812.529,763101035198 Instalaciones Telefónicas Costa Rica 8.792.301,653101035901 Válvulas y Conexiones Urrea S. A. 498.393,193101039776 Proveedores de Equipos S. A. 241.000,003101044294 Renta de Automóviles El Indio S. A. 2.482.377,713101046942 Salazar y Velásquez S. A. 195.300,003101049533 Dimosa S. A. 430.710,003101060083 Creación y Color de Centroamérica C 690.547,203101060214 Almacén El Eléctrico S. A. 2.577.900,613101060214 Almacén El Eléctrico S. A. 319.607,873101062981 La Productora Centroamericana de 980.000,003101063785 Producciones y Grabaciones Larg S. A. 1.411.200,003101064825 Difusora Rasaca S. A. 250.000,003101073972 Copias Dinámicas, S. A. -L- 63.000,003101073972 Copias Dinámicas, S. A. -L- 45.000,003101073972 Copias Dinámicas, S. A. -L- 441.000,003101073972 Copias Dinámicas, S. A. -L- 485.100,003101073972 Copias Dinámicas, S. A. -L- 22.500,003101073972 Copias Dinámicas, S. A. -L- 160.000,003101073972 Copias Dinámicas, S. A. -L- 49.880,003101073972 Copias Dinámicas, S. A. -L- 160.000,003101074154 El Gallo Mas Gallo de Alajuela S. A. 193.200,003101074595 Laboratorio Químico Lambda S. A. -L 131.500,003101076436 Mundo de Limpieza S. A. 201.236,613101076436 Mundo de Limpieza S. A. 187.820,843101076436 Mundo de Limpieza S. A. 187.820,843101076436 Mundo de Limpieza S. A. 194.528,733101076436 Mundo de Limpieza S. A. 194.528,733101076436 Mundo de Limpieza S. A. 361.555,113101076436 Mundo de Limpieza S. A. 361.555,113101076436 Mundo de Limpieza S. A. 374.702,573101076436 Mundo de Limpieza S. A. 374.702,573101076436 Mundo de Limpieza S. A. 201.236,613101076436 Mundo de Limpieza S. A. 361.555,113101076436 Mundo de Limpieza S. A. 361.555,113101076436 Mundo de Limpieza S. A. 214.652,393101076436 Mundo de Limpieza S. A. 214.652,393101076436 Mundo de Limpieza S. A. 341.833,933101076436 Mundo de Limpieza S. A. 341.833,933101076436 Mundo de Limpieza S. A. 187.820,003101076436 Mundo de Limpieza S. A. 187.820,003101076436 Mundo de Limpieza S. A. 354.981,383101076436 Mundo de Limpieza S. A. 354.981,383101076436 Mundo de Limpieza S. A. 194.528,733101076436 Mundo de Limpieza S. A. 188.044,443101076436 Mundo de Limpieza S. A. 341.833,933101076436 Mundo de Limpieza S. A. 194.528,733101076436 Mundo de Limpieza S. A. 194.528,733101076436 Mundo de Limpieza S. A. 341.833,933101076436 Mundo de Limpieza S. A. 341.833,933101076436 Mundo de Limpieza S. A. 341.833,933101076436 Mundo de Limpieza S. A. 341.833,933101076436 Mundo de Limpieza S. A. 361.555,113101076436 Mundo de Limpieza S. A. 361.555,113101076436 Mundo de Limpieza S. A. 361.555,113101076436 Mundo de Limpieza S. A. 374.702,573101076436 Mundo de Limpieza S. A. 187.820,843101076436 Mundo de Limpieza S. A. 187.820,843101076436 Mundo de Limpieza S. A. 187.820,843101077363 Servicio de Cuido Responsable Secur 373.243,06

Cédula Nº Nombre Monto líquido ¢3101077363 Servicio de Cuido Responsable Secur 373.243,063101077363 Servicio de Cuido Responsable Secur 373.243,063101077363 Servicio de Cuido Responsable Secur 27.418,083101077629 Euromobilia S. A. 2.624.855,543101088140 Rente Un Auto Esmeralda S. A. -L- 882.732,643101088600 G B SyS S. A. 2.657.635,383101089260 Inversiones La Rueca S. A. 148.125,003101089260 Inversiones La Rueca S. A. 531.797,003101089260 Inversiones La Rueca S. A. 60.795,003101089331 Corporación Radiofónica Alfa y Omega 1.190.700,003101090056 I P L Sistemas S. A. 48.997,643101090056 I P L Sistemas S. A. 24.453,003101098349 Salas Soto Inversiones S. A. 98.953,253101099048 M & RG Diseño y Producción Gráfica 540.960,003101099048 M & RG Diseño y Producción Gráfica 264.510,003101099048 M & RG Diseño y Producción Gráfica 1.037.820,003101102844 Grupo Nación G N S. A. 195.355,263101102844 Grupo Nación G N S. A. 992.274,503101102844 Grupo Nación G N S. A. 369.195,403101115465 Guilá Imprenta y Litografía S. A. 264.600,003101115465 Guilá Imprenta y Litografía S. A. 396.900,003101115465 Guilá Imprenta y Litografía S. A. 464.382,803101115465 Guilá Imprenta y Litografía S. A. 270.000,003101115465 Guilá Imprenta y Litografía S. A. 588.000,003101121532 Centro Ferretero Industrial Ávila S 2.789.288,743101121532 Centro Ferretero Industrial Ávila S 437.815,003101121532 Centro Ferretero Industrial Ávila S 39.789,003101121532 Centro Ferretero Industrial Ávila S 18.944,003101122865 C G Formularios S. A. 2.078.169,323101156743 Reprocolor S. A. 973.030,773101156876 Distribuidora Ego S. A. 1.164.235,103101158781 Centro Textil José Befeler S. A. 349.272,003101169051 Ferva del Norte S. A. 97.000,003101174285 Seguridad Alfa S. A. 24.070,443101174285 Seguridad Alfa S. A. 363.927,493101174285 Seguridad Alfa S. A. 358.030,233101174285 Seguridad Alfa S. A. 363.927,493101174285 Seguridad Alfa S. A. 363.927,493101174285 Seguridad Alfa S. A. 363.927,493101174285 Seguridad Alfa S. A. 363.927,493101174285 Seguridad Alfa S. A. 24.070,443101174285 Seguridad Alfa S. A. 363.927,493101174285 Seguridad Alfa S. A. 363.927,493101174285 Seguridad Alfa S. A. 24.070,443101174285 Seguridad Alfa S. A. 363.927,493101174285 Seguridad Alfa S. A. 24.070,443101177156 Multiservicios de Mantenimiento Y 260.710,003101177156 Multiservicios de Mantenimiento Y 260.710,003101177156 Multiservicios de Mantenimiento Y 260.710,003101180206 Red Sistemas de Rotulación S. A. 58.300,093101180206 Red Sistemas de Rotulación S. A. 739.350,153101182897 T V Norte Canal Catorce S. A. 980.000,003101183093 Fesa Formas Eficientes S. A. 191.495,003101213135 Centro de Polarizado Tres G de S J 128.520,003101216811 Estructuras y Vidrios Rime de San J 576.240,003101217607 Sauter Mayoreo S. A. 94.000,003101230902 Comercializadora Sarosa S. A. 16.958,003101234986 Equipamientos Urbanos de Costa Rica 5.417.887,863101237629 Comercializadora A T del Sur S. A. 36.000,003101237629 Comercializadora A T del Sur S. A. 183.580,003101237629 Comercializadora A T del Sur S. A. 758.765,003101237939 Hacienda Tierra Cacao S. A. 343.000,003101242129 Prolim Prlm S. A. -L- 583.698,963101246553 Productos Sanitarios S. A. -L- 196.650,003101252351 Agroinduchem S. A. 66.015,003101269533 Periódico Mensaje S. A. -L- 275.000,003101279522 Identiga Karto S. A. -L- 4.679.084,973101295842 Seguridad Tango S. A. 1.547.385,703101295842 Seguridad Tango S. A. 1.547.385,703101295842 Seguridad Tango S. A. 1.547.385,703101295842 Seguridad Tango S. A. 1.547.385,703101295956 Mayoreo del Istmo S. A. 314.276,203101299788 Maderas y Ferretería Buen Precio Cb 371.209,303101313740 A C G Arisol Consulting Group S. A. 134.023,203101321234 Mariana S Catering Service Sociedad 1.707.699,003101347117 Sistema Nacional de Radio y Televis 294.000,003101351735 Progen Nueve S. A. 183.418,003101351735 Progen Nueve S. A. 57.415,003101352457 Mora Soto & Compañía S. A. 193.500,003101362833 Inversiones Joryma R O S. A. -L- 389.873,403101362833 Inversiones Joryma R O S. A. -L- 94.075,003101375451 Inversiones Sagupad J. Ammber S. A. 55.300,003101385916 Ideas y Creatividad HyR S. A. -L- 441.000,003101400812 Pacasa del Norte S. A. -L- 255.000,003101417035 Panel Ex S. A. 3.626.812,983101420693 Zarelectric Suministros S. A. 448.559,44

Page 11: MUNICIPALIDAD DE OSA APRUEBA … · Cubero Orozco Miguel 1-1396-150 090-03-01-0002 Raso de policía 104455 Cubillo Morales Enrique 1-809-291 090-03-01-0021 Cabo de Policía 048886

La Gaceta Nº 64 — Lunes 5 de abril del 2010 Pág 11

Cédula Nº Nombre Monto líquido ¢3101466334 Importadora de Insumos Agropecuario 154.147,503101466334 Importadora de Insumos Agropecuario 13.904,003101478177 Grupo Tecnoweb.Com S. A. 210.000,003101492990 Corporación Summatel S. A. 73.860,003101527796 Multiservicios Profesionales E 337.855,003101537577 Impelva S. A. 88.750,003102002511 Golfito Trading Company Ltda. -Ni 648.025,003102007759 Hijos de Heriberto Hidalgo Suc. Ltd. 263.425,003102038255 Sociedad Periodística Extra Ltda. 291.037,56 129.274.986,18

José G. Alvarado Villalobos, Director Ejecutivo a. í.—Carlos Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C. Nº 4016.—Solicitud Nº 05-2010.—C-325220.—(IN2010024429).

Propuesta de pago 40008 del 10/02/2010LA DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:Girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender

el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.Cédula Nº Nombre Monto líquido ¢106890375 Guillermo Arturo Cubillos Sánchez 343.000,003002045433 Asociación Cruz Roja Costarricense 626.740,003002173864 Asociación Solidarista T.S.E. -Ni- 11.390.254,983004045117 Cooperativa de Electrificación Rural 95.707,473004045202 Cooperativa de Electrificación Rural 89.952,353004045260 Cooperativa de Electrificación Rural 18.675,003007045087 Junta Administrativa del Servicio 74.684,003101009059 Radiográfica Costarricense S. A. - 417.478,483101009059 Radiográfica Costarricense S. A. - 70.618,553101009059 Radiográfica Costarricense S. A. - 1.468.694,703101122802 Club de Investigación Tecnológica S 355.420,523101552021 A & Ch La Rosa Azul de Saron S. A. 478.676,394000001902 Instituto Nacional de Seguros 2.557.800,004000001902 Instituto Nacional de Seguros 27.884.610,324000001902 Instituto Nacional de Seguros 45.654,004000001902 Instituto Nacional de Seguros 23.686,004000001902 Instituto Nacional de Seguros 44.324,004000001902 Instituto Nacional de Seguros 1.364.150,004000042138 Instituto Costarricense de Acueductos 15.037,004000042138 Instituto Costarricense de Acueductos 12.008,004000042138 Instituto Costarricense de Acueductos 14.862,004000042138 Instituto Costarricense de Acueductos 68.520,004000042138 Instituto Costarricense de Acueductos 14.778,004000042138 Instituto Costarricense de Acueductos 11.996,004000042138 Instituto Costarricense de Acueductos 1.783.022,784000042138 Instituto Costarricense de Acueductos 28.212,004000042138 Instituto Costarricense de Acueductos 12.182,004000042138 Instituto Costarricense de Acueductos 12.114,004000042138 Instituto Costarricense de Acueductos 14.850,004000042138 Instituto Costarricense de Acueductos 111.986,004000042139 Instituto Costarricense de Electric 2.305.428,444000042139 Instituto Costarricense de Electric 393.225,984000042139 Instituto Costarricense de Electric 3.472.556,504000042139 Instituto Costarricense de Electric 290.925,004000042139 Instituto Costarricense de Electric 1.101.588,604000042139 Instituto Costarricense de Electric 232.550,004000042139 Instituto Costarricense de Electric 413.055,304000042139 Instituto Costarricense de Electric 443.425,504000042139 Instituto Costarricense de Electric 315.952,004000042139 Instituto Costarricense de Electric 586.270,304000042139 Instituto Costarricense de Electric 558.075,70 59.562.747,86

José G. Alvarado Villalobos, Director Ejecutivo a. í.—Carlos Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C. Nº 4016.—Solicitud Nº 05-2010.—C-74720.—(IN2010024431).

Propuesta de pago 40009 del 17/02/2010LA DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:Girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender

el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.Cédula Nº Nombre Monto líquido ¢3007042032 Junta Administrativa de la Imprenta 102.890.334,003007042032 Junta Administrativa de la Imprenta 60.000,003101005197 Holst Van Patten S. A. 1.457.685,693101007749 Refinadora Costarricense de Petróleo 26.460.000,003101007749 Refinadora Costarricense de Petróleo 27.440.000,003101076436 Mundo de Limpieza S. A. 35.229,663101076436 Mundo de Limpieza S. A. 33.308,043101076436 Mundo de Limpieza S. A. 33.308,043101076436 Mundo de Limpieza S. A. 18.575,64

Cédula Nº Nombre Monto líquido ¢3101076436 Mundo de Limpieza S. A. 33.308,043101076436 Mundo de Limpieza S. A. 21.778,323101076436 Mundo de Limpieza S. A. 34.589,163101076436 Mundo de Limpieza S. A. 341.833,933101076436 Mundo de Limpieza S. A. 374.702,573101076436 Mundo de Limpieza S. A. 228.068,163101076436 Mundo de Limpieza S. A. 228.068,163101076436 Mundo de Limpieza S. A. 17.935,083101076436 Mundo de Limpieza S. A. 32.752,783101076436 Mundo de Limpieza S. A. 20.497,263101076436 Mundo de Limpieza S. A. 35.229,663101076436 Mundo de Limpieza S. A. 19.216,203101076436 Mundo de Limpieza S. A. 17.935,083101076436 Mundo de Limpieza S. A. 18.575,643101076436 Mundo de Limpieza S. A. 35.229,663101076436 Mundo de Limpieza S. A. 36.510,783101076436 Mundo de Limpieza S. A. 17.935,083101076436 Mundo de Limpieza S. A. 36.510,783101088600 G B SyS S. A. 880.784,353101098063 Multi-Negocios Internacionales Amer 1.406.187,663101098063 Multi-Negocios Internacionales Amer 2.481.507,653101098063 Multi-Negocios Internacionales Amer 11.346,503101187216 Megadata S. A. 3.808.809,203101283620 Southland Technology S. A. 18.036.460,513101292783 Servicios Múltiples Especializados 165.666,663101397585 Grupo Comercial Tectronic S. A. 3.846.897,293101397585 Grupo Comercial Tectronic S. A. 699.188,553101397585 Grupo Comercial Tectronic S. A. 699.188,553101397585 Grupo Comercial Tectronic S. A. 4.216.895,903101569276 Special Bussines Assistance S. A. 38.537.520,003102004255 Maquinaria y Tractores, Ltda. 160.168,644000001902 Instituto Nacional de Seguros 90.012,004000001902 Instituto Nacional de Seguros 18.027,004000042138 Instituto Costarricense de Acueductos 3.808,004000042139 Instituto Costarricense de Electric 1.806.250,744000042139 Instituto Costarricense de Electric 1.806.250,74 238.654.087,35

José G. Alvarado Villalobos, Director Ejecutivo a. í.—Carlos Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C. Nº 4016.—Solicitud Nº 05-2010.—C-80720.—(IN2010024433).

Propuesta de pago 40010 del 24/02/2010LA DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:Girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender

el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.Cédula Nº Nombre Monto líquido ¢103220489 Carlos Jiménez Guillén 294.000,00103510839 Freddy Valverde Vargas -Ni- 176.947,05106430524 Jorge Hidalgo Muñoz -Ni- 279.841,00202901304 Carlos A. Rodríguez Arias -Ni- 325.851,78205110252 Molina Quesada Marleny 140.000,00401110906 Jorge Villegas Paniagua -Ni- 110.000,00500460423 Walter Porras Fernández -Ni- 379.995,00501660614 Luz Marina Jiménez Ledezma -Ni- 286.000,00501990032 Maruja Castillo Porras 1.352.106,00600600422 Víctor Manuel García Barquero 51.924,00603190176 Natacha Garro López -Ni- 619.873,67700780569 Leonardo Jiménez Campos 294.000,00800530605 Kuing Fong Chan -Ni- 400.236,423002045433 Asociación Cruz Roja Costarricense 626.740,003002173864 Asociación Solidarista T.S.E. -Ni- 11.780.417,633002173864 Asociación Solidarista T.S.E. -Ni- 18.664.033,973004045117 Cooperativa de Electrificación Rural 92.401,413101000046 Compañía Nacional de Fuerza y Luz 14.428.094,103101003105 Corp. Inv Costarricense S. A. -Ni- 1.239.754,103101003105 Corp. Inv Costarricense S. A. -Ni- 212.529,203101003937 Hacienda Santa Anita S. A. -Ni- 1.356.075,003101003937 Hacienda Santa Anita S. A. -Ni- 101.250,003101013086 Compañía Inversionista Las Brisas S 23.554.353,903101016273 Compañía Leogar S. A. -L- 6.768.492,503101016469 Compañía de Seguridad Industrial 29.115,003101020660 Control Electrónico S. A. 2.693.860,023101020660 Control Electrónico S. A. 157.288,723101020660 Control Electrónico S. A. 151.172,213101024334 Solís Gamboa e Hijos S. A. -Ni- 306.250,003101033964 Inversiones de Grecia S. A. -Ni- 723.240,003101079546 Lemen de Costa Rica S. A. -L- 719.069,123101086562 Equipos de Salud Ocupacional S. A. 38.641,003101090056 I P L Sistemas S. A. 473.672,923101110403 Sistemas Maestros de Información S. 382.118,333101110403 Sistemas Maestros de Información S. 48.804,973101118386 Melodía Importaciones S. A. 444.013,11

Page 12: MUNICIPALIDAD DE OSA APRUEBA … · Cubero Orozco Miguel 1-1396-150 090-03-01-0002 Raso de policía 104455 Cubillo Morales Enrique 1-809-291 090-03-01-0021 Cabo de Policía 048886

Pág 12 La Gaceta Nº 64 — Lunes 5 de abril del 2010

Cédula Nº Nombre Monto líquido ¢3101121078 Incogua S. A. -Ni- 139.606,163101155155 Megom de Puriscal S. A. -Ni- 539.000,003101174285 Seguridad Alfa S. A. 358.030,233101175001 El Mar es de Todos S. A. -Ni- 1.289.569,753101176412 Alavisa de Cañas S A L 261.422,533101176412 Alavisa de Cañas S A L 271.088,613101176412 Alavisa de Cañas S A L 271.088,613101176412 Alavisa de Cañas S A L 261.422,533101176412 Alavisa de Cañas S A L 135.544,303101176412 Alavisa de Cañas S A L 135.544,303101227869 Correos de Costa Rica, S. A. -L- 1.644.587,003101237939 Hacienda Tierra Cacao S. A. 343.000,003101238000 Kitachi S. A. -Ni- 178.750,003101238000 Kitachi S. A. -Ni- 269.464,783101240206 Provida Servicios de Salud S. A. - 205.000,003101240206 Provida Servicios de Salud S. A. - 205.000,003101275466 Biznet Soluciones Detrás de la Red 1.134.128,603101276712 Inversiones Jaudamar S. A. -Ni- 1.321.040,003101305780 Fotocopiadoras Coresa Sociedad Anon 70.000,003101340543 Elevadores Schindler S. A. -L- 357.376,403101356346 Hontoria del Pinar S. A. 345.450,003101362833 Inversiones Joryma R O S. A. -L- 26.502,603101508702 Hidroca Costa Rica S. A. 11.061,953101552021 A & Ch La Rosa Azul de Saron S. A. 366.985,253102002511 Golfito Trading Company Ltda. -Ni 745.228,753102002511 Golfito Trading Company Ltda. -Ni 99.187,503102004255 Maquinaria y Tractores Ltda. 157.443,543102038255 Sociedad Periodística Extra Ltda. 291.037,564000001902 Instituto Nacional de Seguros 33.650,004000001902 Instituto Nacional de Seguros 12.222.283,644000042139 Instituto Costarricense de Electric 3.331.113,10 116.722.769,82

José G. Alvarado Villalobos, Director Ejecutivo a. í.—Carlos Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C. Nº 4016.—Solicitud Nº 05-2010.—C-113720.—(IN2010024434).

Propuesta de pago 40011 del 24/02/2010LA DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:Girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender

el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.Cédula Nº Nombre Monto líquido ¢

3003061552 Instituto Interam. Derechos Humanos 2.762.650,00 2.762.650,00

José G. Alvarado Villalobos, Director Ejecutivo a. í.—Carlos Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C. Nº 4016.—Solicitud Nº 05-2010.—C-14720.—(IN2010024435).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONESINSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

El IDA comunica la apertura del siguiente proceso de contratación:CONTRATACIÓN DIRECTA 2010CD-000042-01

Contratación de servicios de digitación para la actualización delsistema de control de acuerdos de Junta Directiva del IDAFecha y hora de recepción de ofertas: lunes 12 de abril del 2010, a

las 11:00 horas.El cartel está a disposición a partir de la presente publicación, en la

página Web del IDA: www.ida.go.cr, Link Licitaciones, o puede solicitarse enviando un correo a: [email protected], o retirarse personalmente en nuestras Oficinas Centrales, ubicadas en San José, San Vicente de Moravia, del antiguo Colegio Lincoln, 200 metros al oeste, 100 metros al sur y 250 metros al oeste, frente al IFAM, en el Área de Contratación y Suministros, planta baja del edificio B, el cartel es gratuito. Los interesados en participar deberán cumplir con los siguientes requisitos: Incorporarse en el Registro de Proveedores del IDA (formulario disponible en la página Web del IDA), inscribirse como Trabajador Independiente en la Caja Costarricense de Seguro Social y tener factura timbrada. Rige a partir de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Área de Contratación y Suministros.—Rafael Fernández Bolaños.—1 vez.—(IN2010025673).

REGISTRO DE PROVEEDORESCAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICODIRECCIÓN ADMINISTRATIVO FINANCIERO

COMPRA DIRECTA M2008CD-001152-2104Número de expediente 2008CD-001152-2104, objeto: pala para

recoger basura (ítem 1). Códigos: 4-30-02-0200. Nombre de la empresa: Lemen de Costa Rica S. A. Número de cédula jurídica 3-101-079546-03. Número de proveedor con la CCSS: 6314. Tipo de sanción: apercibimiento según el artículo 99, inciso a), de la Ley de Contratación, al no cumplir con lo pactado. Tipo de sanción: tres años del 2 de marzo de 2010 al 2 de marzo del 2013.

San José, 19 de febrero del 2010.—Lic. Vilma Campos Gómez, Directora Administrativo Financiero.—1 vez.—(IN2010023471).

Número de expediente: 2009CD-000194-2104. Objeto: perfiles de aluminio. Código: 9-25-04-0020. Nombre de la empresa: Acadia S. A., número de la cédula jurídica 3-101-027455. Número de proveedor de la CCSS: 16318. Tipo de sanción: apercibimiento según el artículo 99 inciso a) de la Ley de Contratación Administrativa. Motivo por el cual se sancionó: por haber incumplido el artículo 20 de la Ley de Contratación Administrativa, al no cumplir con lo pactado. Tiempo de sanción: tres años del 27 de enero del 2010 al 27 de enero del 2013.

San José, 17 de febrero del 2010.—Lic. Vilma Campos Gómez, Directora Administrativo Financiero a. í.—1 vez.—(IN2010023472).

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE OSA

PROCEDIMIENTO PARA OTORGAR USO DE SUELOEN LA ZONA MARÍTIMA TERRESTRE DEL CANTÓN DE OSA

Aprobado mediante sesión extraordinaria Nº 02-2010, celebrada el día 25 de enero del 2010 en el Capítulo V de Acuerdos y Mociones, acuerdo 2:

Solicito al Concejo Municipal derogar el acuerdo Nº 1 del capítulo VII de la sesión ordinaria 45-2009 del 25/11/2009 donde el Concejo Municipal de Osa eleva consulta ante el ICT, el documento denominado Procedimiento para uso de suelo en la Zona Marítimo Terrestre, con el fin de que nos remita las recomendaciones necesarias para someterlo a votación. Sin embargo este procedimiento para el otorgamiento de permisos de uso de suelo en la Zona Marítimo Terrestre del Cantón de Osa ya había sido aprobado en sesión ordinaria N° 08-2008 del 27/02/2008 y publicado en La Gaceta, lo único es que según el oficio ALCAOSA-OFI-octubre 2009 del 21/10/2009, suscrito por el señor Alcalde Alberto Cole de León donde nos solicita modificar este procedimiento por cuanto se encontraron algunas incongruencias como el uso que se le puede dar a una parcela, la tramitología a nivel interno etc. Por lo que no existe ningún inconveniente para este Concejo acoger el nuevo documento donde se le realizan las correcciones del caso y que se deje sin efecto cualquier otro acuerdo anterior.

Por tanto solicito se derogue el acuerdo Nº 5, capítulo VII, sesión ordinaria Nº 08-2008 del 22/02/2008 y el acuerdo Nº 1 del capítulo VII sesión ordinaria 45-2009 del 25/11/2009 y se acoja el nuevo documento de Procedimiento para el otorgamiento de permiso de uso de suelo en la Zona Marítimo Terrestre del Cantón de Osa, dejando sin efecto cualquier otro acuerdo anterior. Publique en el Diario Oficial La Gaceta.

Resultando:1º—Que el presente procedimiento se dicta en ejercicio de las

facultades que establecen los artículos 169 y 170 de la Constitución Política, el artículo 13 de la Ley Nº 7794, Código Municipal vigente, el artículo 54 de la Ley General de la Administración Pública, en relación con los artículos 3º, 12 y 35 de la Ley de Zona Marítima Terrestre y su Reglamento y en atención a las disposiciones giradas en el Informe DFOE-SM-16-2007 del 9 de julio del 2007, por parte de la Contraloría General de la República, referente a la Planificación, administración, vigilancia y protección de la zona marítima terrestre del Cantón de Osa.

2º—Conforme a la doctrina del Derecho Administrativo, el permiso de uso consiste en la facultad que tiene la Administración Pública, en este caso, la Municipalidad de Osa, como ente estrictamente territorial para otorgar unilateralmente a un administrado (Sala Constitucional voto Nº 2306-91), mediante un acto administrativo, una determinada área de la zona marítima terrestre bajo su jurisdicción territorial, siendo por ello dicho acto revocable por la Administración Municipal, por razones de oportunidad, conveniencia o mérito en cualquier momento, siempre y cuando no se trate de una revocación intempestiva y arbitraria el cual le otorga a su beneficiario un interés legítimo- derecho precario- y no un derecho subjetivo en sentido estricto dado que el permiso supone un acto de tolerancia administrativa que no puede asumir estabilidad.

3º—Que el otorgamiento de un permiso de uso no puede implicar que se venga a afectar las condiciones naturales de dicho entorno, el libre tránsito sobre la zona pública, ni tampoco impedir la futura planificación del respectivo sector costero; por consiguiente, solo es aplicable a obras sencillas de carácter transitorio y fácil remoción, sin alteración del ecosistema, de manera que se excluye cualquier obra u edificación que se adhiera de manera permanente al suelo.

Page 13: MUNICIPALIDAD DE OSA APRUEBA … · Cubero Orozco Miguel 1-1396-150 090-03-01-0002 Raso de policía 104455 Cubillo Morales Enrique 1-809-291 090-03-01-0021 Cabo de Policía 048886

La Gaceta Nº 64 — Lunes 5 de abril del 2010 Pág 13

4º—Que la Corporación Municipal de Osa, considera que el otorgamiento de permisos de uso en la zona marítima terrestre conforme a este procedimiento debe circunscribirse, específicamente para aquellas acciones que permitan a los administrados realizar, actividades de camping y recreo en dicha parcela y que sirvan para determinar de manera apropiada su uso potencial futuro conforme a las finalidades que establece la Ley Nº 6043 y su Reglamento.

5º—Con relación a la posibilidad de utilizar el Instituto Jurídico del “Permiso de Uso” en la Zona Marítima Terrestre bajo la jurisdicción de la Municipalidad de Osa en la sesión Extraordinaria número 07-2007 del Concejo Municipal, celebrada el día 25 de abril del 2007, los funcionarios de la Contraloría General de la República al referirse a la evaluación de la Gestión Municipal sobre la Vigilancia y Protección de los terrenos ubicados dentro de la zona marítima terrestre del Cantón de Osa, en el punto 1° del Capítulo II manifestaron lo siguiente:

“ADMINISTRACIÓN Y CONTROL DE LAS ÁREASQUE NO CUENTAN CON PLANES REGULADORES

EN LA ZMT DEL CANTÓN• La mayor parte de la ZMT, del Cantón carece de regulación.• La ausencia de planes reguladores en estas áreas no permite

el otorgamiento de concesiones por lo que uso de la tierra solo es permitido mediante el otorgamiento a particulares del denominado “permiso de uso”.

• El permiso de uso constituye un acto unilateral por el cual la autoridad administrativa concede un derecho de tipo precario para el aprovechamiento del bien público, a cambio del pago de algún tipo de tasa o contribución especial.

• La PGR ha indicado que en la zona marítima terrestre solo pueden admitirse aquellos permisos de uso que no afecten las condiciones naturales de la zona, no entorpezcan el libre aprovechamiento de la zona pública, y que su ejecución no limite en absoluto la futura implementación de un plan regulador.

• El uso de éstas áreas puede permitirse si se ha suscrito un contrato de arrendamiento mediante el cual el interesado se obligue a cancelar a la Municipalidad algún tipo de tasa o contribución, y se establezca al arrendatario la imposibilidad de desarrollar en el sitio construcciones de carácter permanente que puedan en un futuro obstruir la implementación de un plan regulador que afecten las condiciones naturales de la zona o que entorpezcan el libre aprovechamiento de la zona pública”. (el subrayado es del original).

6º—Que para este tipo de permisos de uso se cobrará un canon provisional fijado por la administración el cual se tomará del prorrateo de la menos tres avalúos que se establecen en el transitorio VII de la Ley Nº 6043., el cobro se hará de acuerdo con el Uso y con el avalúo actual de la Dirección de Tributación Directa. Esta Municipalidad al aplicar directamente el Transitorio VII de la Ley Nº 6043, seguirá lo dispuesto por la Sala Constitucional con relación a la Resolución 5445-1999 (voto promulgado con motivo de una Acción de Inconstitucionalidad interpuesta por el Alcalde Municipal de San José), donde se dispuso entre otras cosas que la Contraloría General de la República no tiene competencia para intervenir en la fijación y modificación de las tarifas de los servicios municipales (tasas).Debe tenerse presente que esta autorización o permiso de uso tendrá un carácter provisional y regirá hasta tanto no entre en vigencia el plan de desarrollo para la respectiva zona (plan Regulador), por lo que no produce derecho alguno para los ocupantes en lo que a solicitudes de concesión se refiere.

7º—Que la Procuraduría General de la República, en el dictamen C-074-2007, de reciente data, ha establecido que los Gobiernos Locales están imposibilitados de otorgar permisos de uso sobre porciones en la zona marítimo terrestre cubiertas de bosque o cuando se trate de terrenos forestales o con esa aptitud trasmitidos por organismos no gubernamentales en los términos de la Ley Forestal. Por tanto:

Por todas las anteriores consideraciones legales el Concejo Municipal de Osa acuerda aprobar el presente,

“PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTODE PERMISO DE USO EN LA ZONA MARÍTIMA

TERRESTRE DEL CANTÓN DE OSA”CAPÍTULO I

Disposiciones generales y definicionesArtículo 1º—Propósito. Regular lo concerniente a la forma y el

procedimiento que seguirá la Municipalidad de Osa para otorgar permiso de uso en la Zona Marítima Terrestre del Cantón de Osa, ante la imposibilidad temporal de conceder concesiones por no existir planes reguladores costeros que permitan la aplicación cabal de lo dispuesto en la Ley Nº 6043. De ésta manera, se implementa este procedimiento con la intención expresa de cumplir con el espíritu de dicha Ley, de una manera ordenada y efectiva, empleando para ello los instrumentos que pone a su disposición el ordenamiento jurídico costarricense.

Artículo 2º—Definiciones. Efectos de la aplicación del procedimiento se entenderán por:

a) Municipalidad: Municipalidad de Osa.b) ICT: Instituto Costarricense de Turismo.c) IGN: Instituto Geográfico Nacional.

d) Zona Restringida: Faja de ciento cincuenta metros a lo largo del litoral de dominio público contados a partir de la zona pública, en la cual se podrá otorgar concesiones para uso y disfrute en áreas determinadas.

e) Declaratoria: Aquellas áreas de la zona marítima terrestre que hayan sido declaradas como de aptitud turística por el ICT por presentar condiciones favorables para el desarrollo y explotación turística.

f) Pleamar Ordinaria: La línea de pleamar ordinaria es, para el litoral pacífico, el contorno o curva de nivel que marca la altura de 115 centímetros sobre el nivel medio del mar y para el litoral Atlántico, es el contorno que marca la altura de 20 centímetros sobre el nivel del mar.

g) Contrato de Concesión: Pacto o convenio entre la Municipalidad de Osa y el Concesionario para el disfrute y aprovechamiento de la zona restringida de la zona marítima terrestre, por medio del cual se formaliza la concesión y a cuyo cumplimiento puedan ser compelidas ambas partes.

h) Solicitud de Concesión: Se refiere al documento que presenta un administrado ante el Departamento de Zona Marítima Terrestre para poder obtener una concesión sobre una determinada área o parcela de la zona restringida que cuenta con plan regulador aprobado, para lo cual debe cumplir con el trámite, y que se plasma dentro de un expediente administrativo

i) Permiso de Uso: Resolución administrativa debidamente fundamentada donde la Municipalidad de Osa, le otorga, en forma unilateral a un administrado, el uso de una determinada parcela de la zona restringida de la zona marítima terrestre bajo su jurisdicción donde no existe plan regulador costero, a cambio del pago de algún tipo de tasa o canon. Dicho acto administrativo es de carácter revocable por razones de oportunidad, conveniencia o merito en cualquier momento y le otorga a su beneficiario un interés legítimo. derecho precario y no un derecho subjetivo en sentido estricto; por lo que el arrendatario o permisionario estará imposibilitado de desarrollar en el sitio construcciones de carácter permanente que puedan en un futuro obstruir la implementación de un plan regulador, que afecten las condiciones naturales de la zona o que entorpezcan el libre aprovechamiento de la zona pública.

j) Usufructo: El usufructo corresponde a las municipalidades, se refiere a los fines civiles, entendiéndose por esto el derecho que aquellas tienen por disposiciones de la Ley para percibir el canon respectivo producido por las concesiones o arrendamientos de las parcelas y de las mejoras cuando las hubiere.

k) La Ley: La Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 del 2 de marzo de 1977 y su Reglamento.Artículo 3º—Áreas Excluidas de la aplicación del presente

procedimiento. Aquellos sectores de la Zona Marítimo Terrestre del Cantón de Osa que tengan declaratoria de Uso del ICT, la demarcatoria de la zona publica del IGN y cuenten con su respectivo plan regulador vigente que, en conjunto, permitan a la Municipalidad el otorgamiento de concesiones quedan excluidas de la aplicación de éste procedimiento.

La Municipalidad no otorgara permiso de uso sobre porciones en la zona marítima terrestre cubiertas de bosque o cuando se trate de terrenos forestales o con ésa aptitud

CAPÍTULO IIProhibiciones para otorgar permiso de uso

Artículo 4º—Prohibiciones. La Municipalidad, en el área bajo su jurisdicción, no podrá otorgar ningún permiso de uso a favor de sus regidores propietarios o suplentes, o del Alcalde Municipal, o de sus parientes en primero o segundo grados por consanguinidad o afinidad tanto respecto a ellos como para quienes intervienen en el otorgamiento o autorización de concesiones, y en general regirán las disposiciones que establece el artículo 107 de la Ley de la Administración Financiera de la República Nº 5901 del 20 de abril de 1976. Se exceptúan los permisos otorgados antes de elegirse o nombrarse el funcionario respectivo.

Artículo 5º—Otros casos en que no se podrán otorgar permisos de uso. No se otorgarán permisos de uso en los siguientes casos:

a) A los extranjeros que no hayan residido en el país por lo menos durante cinco años, según conste de certificación extendida para tales efectos por las autoridades de Migración.

b) A las Sociedades Anónimas con acciones al portador.c) A las sociedad o entidades domiciliadas en el exterior.d) A las entidades constituidas en el país por extranjeros.e) A las entidades cuyas acciones o cuotas o capital, correspondan en

más de un cincuenta por ciento a extranjeros.f) A las personas físicas, nacionales o extranjeras y a las personas

jurídicas con más de una solicitud de concesión o concesión otorgada, para lo cual regirá la discrecionalidad de la Municipalidad para el otorgamiento de dicho permiso.

CAPÍTULO IIISobre los permisos de uso

Artículo 6º—Forma de otorgamiento y acciones que comprende el permiso. La Municipalidad por medio de la Alcaldía Municipal podrá autorizar permisos de uso, de manera unilateral, mediante una resolución administrativa debidamente fundamentada a un administrado en el que le otorga el uso de una determinada parcela en la zona restringida de la Zona Marítimo Terrestre bajo su jurisdicción. Con fundamento en dicho permiso,

Page 14: MUNICIPALIDAD DE OSA APRUEBA … · Cubero Orozco Miguel 1-1396-150 090-03-01-0002 Raso de policía 104455 Cubillo Morales Enrique 1-809-291 090-03-01-0021 Cabo de Policía 048886

Pág 14 La Gaceta Nº 64 — Lunes 5 de abril del 2010

el administrado podrá realizar todas aquellas acciones que conlleven la realización de zonas de recreo y camping, que sirvan para el disfrute apropiado de la parcela, conforme a las finalidades que establece la Ley.

El administrado no podrá desarrollar en el sitio objeto del permiso de uso, ningún tipo de construcción de carácter permanente que puedan en un futuro obstruir la implementación de un plan regulador, o que venga a afectar las condiciones naturales de la zona o que entorpezcan el libre aprovechamiento de la zona pública.

El administrado estará obligado a cancelar a la Municipalidad, anualmente y por adelantado, el canon que establece la administración el cual se tomará del prorrateo de la menos tres avalúos que se establecen en el transitorio VII de la Ley Nº 6043., el cobro se hará de acuerdo con el Uso y con el avalúo actual de la Dirección de Tributación Directa. Esta Municipalidad al aplicar directamente el Transitorio VII de la Ley Nº 6043, seguirá lo dispuesto por la Sala Constitucional con relación a la Resolución 5445-1999 (voto promulgado con motivo de una Acción de Inconstitucionalidad interpuesta por el Alcalde Municipal de San José), donde se dispuso entre otras cosas que la Contraloría General de la República no tiene competencia para intervenir en la fijación y modificación de las tarifas de los servicios municipales (tasas).

Una vez que se cuente con el avaluó correspondiente de dicha parcela realizado por la Dirección General de la Tributación Directa, Departamento de Avalúos, la administración deberá notificar el mismo, para ser aplicado el año siguiente, una vez finalizado el período del permiso, de acuerdo al uso y quedará sin efecto el prorrateo realizado.

Artículo 7º—Temporalidad de los permisos de uso. El carácter de los permisos de uso es temporal, puesto que se otorgan ante la imposibilidad de conceder concesiones. Una vez aprobado el plan regulador costero del área concedida, el permiso de uso cesará en su vigencia y no otorgará ningún derecho a favor del titular.

Artículo 8º—Precariedad del permiso de uso. El permiso de uso es un acto unilateral de carácter precario mediante el cual, la Municipalidad autoriza a un particular el uso privativo sobre una parcela del dominio público, conforme a los lineamientos que se establecen en el artículo 6º de este procedimiento.

Artículo 9º—De la discrecionalidad en el otorgamiento de los permisos. El otorgamiento de un permiso de uso es un acto discrecional de la Municipalidad, dirigido al bien público, por ello deberá manifestarse mediante resolución administrativa debidamente motivada con referencia al interés público que los justifica.

La denegatoria de una solicitud de permiso de uso deberá también ser motivada.

Artículo 10.—De la revocabilidad del permiso de uso. Dado el carácter temporal del permiso de uso, la Municipalidad por medio de la Alcaldía Municipal en conjunto con el Departamento de la Zona Marítimo Terrestre podrá revocarlo en cualquier momento, con fundamento en razones de oportunidad o conveniencia, mediante acto administrativo debidamente motivado en atención al interés público. Conforme a lo dispuesto en el artículo 154 de la Ley General de la Administración Pública, en la respectiva resolución se fijará un plazo mínimo a partir del cual entrará en vigencia la revocatoria. Dicho acto de anulación o revocación no generara responsabilidad alguna para la Administración salvo que actúe arbitrariamente y no al amparo del interés público. Asimismo será causal de revocatoria el incumplimiento de pago adelantado por concepto de canon anual.

Artículo 11.—Vigencia del permiso de uso. Los permisos de uso se otorgarán por un plazo de un año (12 meses), el cual será prorrogable y se mantendrá vigente hasta tanto no sea aprobado el plan regulador costero del área respectiva.

Artículo 12.—De las áreas mínimas de los permisos de uso. Las áreas mínimas de las parcelas donde se otorguen permisos de uso se ajustarán a las dimensiones establecidas en el reglamento de la Ley. Por lo demás se otorgarán por las áreas solicitadas en cada expediente de solicitud de concesión, sujetas a modificación una vez aprobado el Plan Regulador para la zona.

Artículo 13.—De la obligación de reportar cesiones o traspasos de cuotas o acciones. En el caso de las personas jurídicas, toda cesión o traspaso de cuotas o acciones, deberá reportarse al departamento de zona marítima terrestre de la Municipalidad, para comprobar el cumplimiento de lo establecido en el artículo 5, su inobservancia provocará la revocatoria inmediata del permiso otorgado.

Artículo 14.—Prohibición de traspaso de los permisos de uso. Los permisos de uso no confieren ningún derecho subjetivo, por lo que no pueden ser traspasados, vendidos, cedidos ni subarrendados. Ningún administrado podrá disfrutar de más de un permiso de uso a la vez.

Artículo 15.—De la renuncia al permiso de uso. Si por cualquier razón un permisionario no pretende seguir ejerciendo el permiso otorgado, deberá comunicarlo a la Municipalidad para que ésta retome el bien demanial y decida el destino que considere conveniente para la parcela en cuestión.

CAPÍTULO IVRequisitos y trámite del permiso

Artículo 16.—Del formulario de solicitud de permiso y demás documentación a aportar. Los permiso de uso se otorgarán directamente a los solicitantes, quienes deberán gestionar personalmente y manifestar su interés a la Municipalidad en la obtención de dicho permiso, para lo

cual deberán presentar la solicitud con letra clara el formulario de solicitud de permiso de uso que proporcionara el Departamento de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad, donde señalaran los propósitos que tiene sobre la parcela que solicita.

El formulario completo y la documentación respectiva deberán presentarse en el Departamento de zona marítima terrestre. El Administrado al presentar su solicitud se identificará presentando su cedula de identidad en caso de hacerlo personalmente. En el caso que no puede presentarse personalmente o cuando se trate de persona jurídica, la firma del solicitante o del representante legal que aparezca en la solicitud debe estar autenticada por un abogado.

Para el trámite de la solicitud de permiso de uso, así como durante la vigencia del mismo en caso de ser aprobado, el administrado estará en la obligación de mantener actualizado un lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro de Ciudad Puerto Cortés, un fax designado o un correo electrónico, cuando se trate de otros lugares aplicándose para tales efectos, en forma supletoria lo dispuesto en la Ley de Notificaciones y otras Citaciones judiciales.

El solicitante deberá aportar los siguientes documentos:a) Original y fotocopia de la cedula física o Personería jurídicab) Original y fotocopia de plano catastrado del área solicitada o croquis

elaborado por un profesional en la materia, del área sobre la cual se solicita el permiso de uso,

c) Certificación de la personería jurídica y del Capital Accionario en el caso de entidades

d) Solicitud de inspeccióne) Declaración jurada en base al artículo 4º del Procedimiento aprobado

“Artículo 4º—Prohibiciones. La Municipalidad, en el área bajo su jurisdicción, no podrá otorgar ningún permiso de uso a favor de sus regidores propietarios o suplentes, o del Alcalde Municipal, o de sus parientes en primero o segundo grados por consanguinidad o afinidad tanto respecto a ellos como para quienes intervienen en el otorgamiento o autorización de concesiones, y en general regirán las disposiciones que establece el artículo 107 de la Ley de la Administración Financiera de la República Nº 5901 del 20 de abril de 1976. Se exceptúan los permisos otorgados antes de elegirse o nombrarse el funcionario respectivo.”

f) Solicitud de verificación de Patrimonio Natural del Estado.Completada la documentación el Departamento de Zona Marítima

Terrestre formará el expediente respectivo, debidamente foliado y numerado con su respectiva recomendación, a la Alcaldía Municipal para que se proceda a la elaboración de la Resolución administrativa.

Una vez firmada la resolución administrativa, se comunicará al Concejo Municipal de Osa, para que proceda a someterlo a votación y posteriormente, a su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, una vez aprobado por el Concejo Municipal, deberá la Secretaría del Concejo Municipal, comunicar lo acordado al administrado, al fax señalado o al lugar indicado. El comprobante de notificación se adjuntará al expediente conformado el cual se mantendrá en el departamento de zona marítima terrestre, para que se encargue de custodiarlo junto con el expediente de solicitud de concesión.

Cualquier incumplimiento o inobservancia a lo dispuesto en este procedimiento o en la Ley, cuando la gravedad del asunto así lo amerite, se coordinara por parte del Departamento de zona marítima terrestre la realización de las inspecciones necesarias para verificar dicho incumplimiento o inobservancia a lo dispuesto en este procedimiento o en la Ley.

Artículo 17.—Sobre el incumplimiento de las obligaciones estipuladas en el permiso. En caso de incumplimiento de las obligaciones que contenga la resolución administrativa donde se concede el permiso de uso, el Alcalde Municipal, ordenará al Departamento de Zona Marítima Terrestre que proceda a levantar la información respectiva. La información recabada junto con el expediente respectivo se mantendrá en el departamento de zona marítima terrestre para que se proceda, una vez cumplido el debido proceso a la elaboración de la propuesta de resolución administrativa donde se revoque el permiso.

En caso de determinar que se han realizado construcciones ilegales, o se ha explotado la parcela contrario a lo dispuesto en el permiso, mediante la realización de ventas u otras actividades no autorizadas, el departamento de zona marítima terrestre, procederá a confeccionar la respectiva denuncia penal. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta con los cambios realizados. Que se dispense de trámite de comisión y se declara acuerdo definitivamente aprobado.

Una vez conocido y analizado el presente Procedimiento para el otorgamiento de Permisos de Uso en la Zona Marítimo Terrestre del Cantón de Osa, este Concejo Municipal, lo aprueba de manera definitiva por medio de los votos de los Regidores Propietarios Alba Cerdas Aguilar, Yanina Chaverri Rosales, Jéssica Hernández Sanarrusia, Franklin Carballo Chacón y Marvin Loria Murillo. Por tanto se acuerda derogar el acuerdo Nº 5, capítulo VII, sesión ordinaria Nº 08-2008 del 22/02/2008 y el acuerdo Nº 1 del capítulo VII sesión ordinaria 45-2009 del 25/11/2009 y se acoja el nuevo documento de Procedimiento para el otorgamiento de permiso de uso de suelo en la Zona Marítimo Terrestre del Cantón de Osa, dejando sin efecto cualquier otro acuerdo anterior. Publique en el Diario Oficial La Gaceta para su vigencia. Comuníquese a la Alcaldía Municipal, al Departamento de Zona Marítimo Terrestre y al Departamento de Proveeduría.

Ciudad Cortés, 17 de marzo del 2010.—Alberto Cole De León, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2010024395).

Page 15: MUNICIPALIDAD DE OSA APRUEBA … · Cubero Orozco Miguel 1-1396-150 090-03-01-0002 Raso de policía 104455 Cubillo Morales Enrique 1-809-291 090-03-01-0021 Cabo de Policía 048886

La Gaceta Nº 64 — Lunes 5 de abril del 2010 Pág 15

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICAFACULTAD DE DERECHO

ÁREA DE INVESTIGACIÓNAVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Gabriel Cartín Ocampo, cédula 1 1139-0518, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciado (a) en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 9 de marzo del 2010.—Dr. Olivier Rémy Gassiot, Director.—(IN2010023939).

RÉGIMEN MUNICIPALMUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS

El Concejo Municipal en la sesión ordinaria Nº 367, celebrada el día 12 de marzo del 2010, en su artículo 8º, inciso A), acordó definitivamente aprobado trasladar por esta ocasión la fecha de la sesión ordinaria el día 2 de abril del 2010, (viernes santo) para el día 5 de abril del 2010, con un horario del 4:15 p. m. a 7:45 p. m.

Puntarenas, 16 de marzo del 2010.—Lic. Juan Luis Bolaños Alvarado, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2010023937).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Rancho Las Lomas de Parrita Two Thousand and Six Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-378287, de conformidad con el artículo 479 del Código de Comercio se citan a acreedores e interesados a hacer valer sus derechos, en relación con la transmisión comercial de la totalidad del capital social de esta sociedad, a más tardar quince días hábiles a partir de la tercera publicación de este aviso, en las oficinas del Lic. José Juan Sánchez Chavarría, abogado carné Nº 7353. Jacó Sol casa 7B. Jacó, Garabito, Puntarenas, Costa Rica.—Lic. José Juan Sánchez Chavarría, Notario.—(IN2010023843).

GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDADe conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del

Código de Comercio, la señora Ana Bermúdez Mora, cédula 1-0662-0856, ha presentado ante esta Entidad, solicitud de reposición de su certificado CPH Nº 111-301-1111223050 por ¢200.000,00 y con fecha de vencimiento del 09-02-2010.—RP2010162541.—(IN2010023876).

HAGI AZUL SOCIEDAD ANÓNIMAHagi Azul Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento

sesenta y seis mil seiscientos ocho, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: diario libro número uno, mayor libro número uno, inventarios y balances libro número uno, actas de consejo de administración libro número uno, actas de asamblea de socios libro número uno, Registro de Socios libro número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—(IN2010023879).

MASERICA DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMAMaserica de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-

ciento uno-doscientos sesenta y dos mil doscientos veintiocho, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: diario libro número uno, mayor libro número uno, inventarios y balances libro número uno, actas de consejo de administración libro número uno, actas de asamblea de socios libro número uno, registro de socios libro número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—(IN2010023881).

JAZMÍN PLATEADO SOCIEDAD ANÓNIMAJazmín Plateado Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-

ciento uno-ciento cuarenta y nueve mil ciento noventa y cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario libro número uno, Mayor libro número uno, Inventarios y Balances libro número uno, Actas de Consejo de Administración libro número uno, Actas de Asamblea de Socios libro número uno, Registro de

Socios libro número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—(IN2010023882).

GIOVI SOCIEDAD ANÓNIMAGiovi Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento

uno-cero setenta y seis mil cuatrocientos setenta y siete, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de sus libros de actas de asamblea general número uno, y actas de consejo de administración número uno, registro de socios número uno, los libros contables de diario, mayor e inventarios y balances, todos número uno, por motivo de extravío de los anteriores. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días habites contados a partir de la última publicación de éste aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Vera Violeta Rudin Barth.—(IN2010023883).

MASAFINA SOCIEDAD ANÓNIMAMasafina Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-

doscientos mil cuatrocientos diecisiete, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario libro número uno, Mayor libro número uno, Inventarios y Balances libro número uno, Actas de Consejo de Administración libro número uno, Actas de Asamblea de Socios libro número uno, Registro de Socios libro número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—(IN2010023884).

TURISMO DEL FUTURO S. A.Turismo del Futuro S. A., cédula de persona jurídica número: tres-

ciento uno-ciento cuarenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los tres libros legales de: Asambleas de Junta Directiva 1, Asamblea General 1, y Registro de Accionistas 1, y de los tres libros contables de Diario 1, Inventario y Balances 1, y Mayor 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días, contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Adriana Villalobos Brenes, Notaria.—(IN2010023916).

INSUMOS FEDERADOS S. A.Insumos Federados S. A., con cédula de persona jurídica número:

tres-ciento uno-ciento cincuenta y tres mil ciento noventa y tres, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: libro número uno de Diario, libro número uno de Mayor y libro número uno de Inventarios y Balances. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta. Es todo.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—(IN2010023918).

BONSALLO INC S. A.Bonsallo Inc S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento

uno-cuatrocientos cincuenta y seis mil ochocientos cincuenta y seis, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los tres libros legales de Asambleas de Junta Directiva 1, Asamblea General 1, y Registro de Accionistas 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días, contados a partir de la última publicación de este aviso.—Lic. Adriana Villalobos Brenes, Notaria.––(IN2010023920).

AVENTURAS DE PESCA AGUAS DULCES, S. AAventuras de Pesca Aguas Dulces, S. A., cédula jurídica tres-ciento

uno - cero sesenta y siete mil doscientos veintisiete, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances. Consejo de Administración, Asamblea de socios y Registro de Socios todos número uno de dicha sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—San José, 16 de febrero de 2010.—Martín Norman Bernard.—(IN2010023950).

Mario Jiménez Sequeira, cédula 6-219-269 solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Mayor 1, Diario 1, Inventarios y Balances 1. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Puntarenas, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Mario Jiménez Sequeira.—(IN2010024014).

Page 16: MUNICIPALIDAD DE OSA APRUEBA … · Cubero Orozco Miguel 1-1396-150 090-03-01-0002 Raso de policía 104455 Cubillo Morales Enrique 1-809-291 090-03-01-0021 Cabo de Policía 048886

Que por motivo del reciente cambio en la jornada laboral del Registro Nacional, en Curridabat, la oficina de la Imprenta Nacional ubicada en ese punto, brinda su atención al público en el siguiente horario:

De lunes a viernesde 8:00 a.m. a 2:45 p.m.

jornada continua