monotributo-empleado en relación de dependencia
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Monotributo-Empleado en relación de dependencia
Una persona que se encuentra en relación
de dependencia y además desarrolla una
actividad independiente, ¿está obligado a
aportar el componente previsional del
Régimen Simplificado?
Por Romina Farchetto
El Art. 40 inc. 4 de la nueva ley de Monotributo establece que están eximidos de todos los aportes previsionales los sujetos que, simultáneamente con la actividad por la cual adhieran al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), se encuentren realizando una actividad en relación de dependencia y aporten en tal carácter al régimen nacional o a algún régimen provincial previsional.
Es decir:
Para un trabajador autónomo que se inscribe en el Monotributo por su actividad
independiente, y que no se encuentra en relación de dependencia aplica el régimen
general, es decir, aporta un componente impositivo y otro previsional, en la medida en
que no se cumpla con alguna de las excepciones previstas en la norma.
Si además de la actividad que desarrolla, por la cual se incorpora al monotributo, es
empleado en relación de dependencia y aporta en tal carácter al régimen nacional o a
algún régimen provincial previsional, se encuentra excluido de efectuar el ingreso del
componente previsional.