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Page 1: Monografia   teletrabajo

"Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático"

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

FACULTAD DE INGENIERIA

ESCUELA PROFESIONAL INGENIERIA DE SISTEMAS

“TELETRABAJO”CURSO : DERECHO INFORMATICO

DOCENTE : MAG. CARLOS ALBERTO PAJUELO BELTRAN

ESTUDIANTE : MAMANI AGUILAR, GIORDY ALEX

CICLO : VII

TACNA – PERÚ2014

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INDICE

TELETRABAJO----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------3

1. INTRODUCCION--------------------------------------------------------------------------------------------------------------3

2. MARCO TEORICO-----------------------------------------------------------------------------------------------------------4

2.1. TELETRABAJO---------------------------------------------------------------------------------------------------------4

¿Qué es el teletrabajo?----------------------------------------------------------------------------------------------4

Beneficios para el Teletrabajador--------------------------------------------------------------------------------4

Modalidades del teletrabajo----------------------------------------------------------------------------------------4

Futuro del Teletrabajo------------------------------------------------------------------------------------------------5

¿Quién debe pagar qué?--------------------------------------------------------------------------------------------6

¿Qué puede reclamar el teletrabajador?----------------------------------------------------------------------6

Recomendaciones para el Teletrabajador--------------------------------------------------------------------7

Régimen Legal----------------------------------------------------------------------------------------------------------7

2.2. LEY 30036 – REGULA EL TELETRABAJO------------------------------------------------------------------8

2.3. AGENDA DIGITAL--------------------------------------------------------------------------------------------------9

3. CONCLUSIONES-------------------------------------------------------------------------------------------------------------9

4. BIBLIOGRAFIA---------------------------------------------------------------------------------------------------------------10

Derecho Informatico PÁGINA 2 Mag. Carlos Pajuelo Beltran

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TELETRABAJO

1. INTRODUCCION

Es el trabajo realizado a distancia utilizando Tecnologías de la Información y la Comunicación (más conocidas como TICs) para vender productos y servicios al mundo.

El concepto “a distancia” significa que se puede trabajar desde su casa, la de un familiar o amigo, un hotel, un restaurante, un ómnibus, un auto, un ciber o cualquier otro lugar.

Las TICs necesarias para estas tareas son básicamente PC, Internet, celular, teléfono y cámara digital, entre otras. Dentro de Internet se engloba principalmente la navegación web y el correo electrónico. Y, según el caso, blogs, sitios web, software de traducción, mensajería instantánea (chat) y telefonía IP (voIP).

Por ello, una definición corta y rápida de Teletrabajo es: “Teletrabajo es el trabajo a distancia usando Internet”.

Las diferencias con el trabajo habitual son:

Permite trabajar desde cualquier lugar (no dispone un lugar fijo de trabajo). Permite trabajar en cualquier momento (no requiere un horario fijo de trabajo). Se utilizan siempre las TIC como apoyo En la mayoría de los casos no se tienen jefes En la mayoría de los casos no se conoce personalmente a los empleadores o

clientes.

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2. MARCO TEORICO

2.1. TELETRABAJO

¿Qué es el teletrabajo?

El teletrabajo es una forma flexible de organización del trabajo que consiste en el desempeño de la actividad profesional sin la presencia física del trabajador en la empresa durante una parte importante de su horario laboral. Engloba una amplia gama de actividades y puede realizarse a tiempo completo o parcial.

La actividad profesional en el teletrabajo, implica el uso frecuente de métodos de procesamiento electrónico de información, y el uso permanente de algún medio de telecomunicación para el contacto entre el teletrabajador y la empresa.

Beneficios para el Teletrabajador

El teletrabajo no es sólo beneficioso para la empresa, también lo es para el teletrabajador:

- Reducción de los desplazamientos al y desde el trabajo, lo que supone un ahorro de tiempo y de dinero, y una reducción de fatiga.

- Mayor flexibilidad del horario laboral, que permite al teletrabajador organizar sus horas de trabajo y adaptarlas a sus necesidades personales.

- Mayor autonomía: para aquellas personas con un carácter independiente y que les gusta asumir responsabilidades, el teletrabajo les permite disfrutar de un mayor grado de autonomía.

- Una mayor libertad en temas personales menores como el vestuario y las relaciones con compañeros de trabajo

Modalidades del teletrabajo

El trabajo en el domicilioEl teletrabajo a domicilio es hoy por hoy el teletrabajo con mayor potencial de crecimiento.

Generalmente, este tipo de teletrabajo implica el uso de telecomunicaciones e informática, por tanto lo probable es que estos teletrabajadores lo hagan con información.

Los ejemplos más típicos son profesionales y directivos que trabajan uno o dos días a la semana en el domicilio, ya sea por la política de la empresa de reducir los tiempos de desplazamiento o por su propio deseo.Por ejemplo, las tareas rutinarias como el procesamiento de datos se hacen a distancia.

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Sin embargo debe de citarse que el teletrabajo a domicilio puede causar aislamiento. Este es el problema más importante al que tiene que hacer frente estos trabajadores.Estudiar el lugar preciso de la casa en el que se va a trabajar: que no esté totalmente aislado puede ser una solución.

Los centros de teletrabajo o telecentrosUn centro de teletrabajo es una oficina de recursos compartidos que dispone de las instalaciones de telecomunicaciones y de los equipos informáticos necesarios para desarrollar actividades de teletrabajo.

Generalmente es más asequible que la modalidad anterior para la mayoría de los usuarios.El centro opera como una oficina de oferta de servicios y alquiler temporal para los usuarios.

Los centros de teletrabajo suelen tener las siguientes características comunes:

Reducen los tiempos de desplazamiento, lo que supone un ahorro de tiempo y dinero y una mejora de la calidad del aire e influye positivamente en la salud de los usuarios en su vida familiar

Facilitan el traslado de puestos de trabajo a áreas rurales donde los precios de las viviendas son más asequibles y los accesos más fáciles

Suponen una mejora de la formación informática de los trabajadores locales.

Proporcionan una solución para aquellos teletrabajadores que temen el aislamiento social producido por el trabajo en el domicilio

Suponen un mejor aprovechamiento de los centros y de los lugares de trabajo, pues pueden ser utilizados las 24 horas del día repartidos en tres turnos de usuarios

Facilitan el acceso al trabajo. Suelen estar situados en la zona donde viven los usuarios y disponen de aparcamientos para todo tipo de vehículos.

Futuro del Teletrabajo

Es poco probable que los factores que han motivado el desarrollo del teletrabajo desaparezcan: los problemas de tráfico aumentarán, el respeto al medio ambiente constituirá una mayor exigencia, las empresas necesitarán incrementar su flexibilidad y competitividad, tendrán que reorganizarse y contratar a personal más cualificado, mejorar el servicio al cliente y reducir los costes fijos.

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Parece probable que el teletrabajo siga creciendo en el futuro.Las predicciones sobre el número de trabajadores varían en gran medida dependiendo de cómo se defina el teletrabajo.

¿Quién debe pagar qué?

Vamos a exponer aquí una serie de reglas en cuanto a quién tiene derecho a reclamar y quién paga.

- La persona u organización que paga los gastos es la que tiene derecho a reclamar la desgravación fiscal.

-Cualquier gasto de un individuo es imponible a efectos impositivos. Si un empresario paga parte de los gastos de la oficina que un teletrabajador establece en su casa, bien directamente o indirectamente, éste ha recibido un beneficio que debe declarar, solicitando la factura original como un gasto deducible de impuestos para compensar el impuesto sobre el beneficio recibido

-Las leyes tributarias pueden ser contradictorias y confusas. Los recaudadores de impuestos cobran, por tanto, si se les pregunta si un gasto es deducible o no, muy probablemente te dirán que no. En estos casos un buen experto merece la pena.

-No se pueden obtener desgravaciones fiscales de costes que no se han tenido. Para solicitar una desgravación fiscal se necesita una factura o alguna reclamación de pago de una tercera persona.

¿Qué puede reclamar el teletrabajador?

Aunque cada autoridad permite diferentes cantidades de gastos, la siguiente lista es orientativa. No todos los gastos que te mencionamos responden a todas las situaciones.

Oficina o taller en el domicilio Si utilizas tu hogar como oficina principal, puedes reclamar los mismos gastos que un establecimiento comercial.

- Electricidad- Teléfono- Depreciación mobiliario- Depreciación instalaciones- Tomas de corriente extras- Material de oficina- Limpieza- Salario de asistentes- Seguros empresariales y tasas profesionales

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Recomendaciones para el Teletrabajador

Para que el cambio se aborde con éxito, hay que saber y admitir que trabajar en el domicilio implica una serie de dificultades y cuestiones que, aunque aparentemente nimias, pueden complicar el teletrabajo.

Barreras a cuestionarse:- Espacio de trabajo- ¿Dónde se va a situar la oficina?- ¿Está la oficina fuera de los límites establecidos en el domicilio?- ¿Está el equipo de la empresa disponible para la familia? En caso negativo;- ¿Cómo se va a detectar si algún miembro de la familia lo utiliza?- ¿Está el teletrabajador disponible para algún quehacer doméstico?- ¿Puede esperar ayuda de su familia?- ¿Cómo se van a tratar las llamadas de trabajo y las visitas?

Régimen Legal

Podríamos resumir esta sección con la siguiente frase "¿vacío legal o desregulación de hecho?".

En realidad no existe doctrina unificada sobre el tratamiento legal que corresponde al teletrabajo. Así, cada supuesto ha de ser analizado con arreglo a sus características peculiares para determinar si existe o no una relación laboral, y por tanto si ha de haber un contrato laboral.

Los elementos clave del Régimen Legal son: la dependencia de una organización ajena, la sujeción estricta a las directrices empresariales durante la ejecución del trabajo y el control final del mismo por parte del empresario.

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2.2. LEY 30036 – REGULA EL TELETRABAJO

Mediante Ley N° 30036, publicada el miércoles 05 de junio, el Congreso de la República ha aprobado la Ley que regula el Teletrabajo el cual tiene por objeto regular el teletrabajo como una modalidad especial de prestación de servicios caracterizada por la utilización de tecnologías de la información y las telecomunicaciones (TIC) en las instituciones públicas y privadas, y promover políticas públicas para garantizar su desarrollo. Según esta norma, el teletrabajo se caracteriza por el desempeño subordinado de labores sin la presencia física del trabajador, denominado "teletrabajador", en la empresa con la que mantiene vínculo laboral, a través de medios informáticos, de telecomunicaciones y análogos, mediante los cuales se ejercen a su vez el control y la supervisión de las labores. Son elementos que coadyuvan a tipificar el carácter subordinado de esta modalidad de trabajo la provisión por el empleador de los medios físicos y métodos informáticos, la dependencia tecnológica y la propiedad de los resultados, entre otros. Se precisa que el teletrabajador tiene los mismos derechos y obligaciones establecidos para los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada. Pueden utilizarse todas las modalidades de contratación establecidas para dicho régimen. En todos los casos, el contrato de trabajo debe constar por escrito.

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2.3. AGENDA DIGITAL

El uso de las TIC en nuestra sociedad han traído cambios en diversos aspectos, siendo el laboral uno de ellos. Por una parte ha generado cambios en el mercado de trabajo, así como, en los procesos de trabajo y las relaciones laborales. Por otra, ha abierto un campo laborar amplio tanto para el rubro de trabajo del sector TIC, como por el desarrollo del Teletrabajo y las propuestas alrededor de ello.

Además, la incorporación de las TIC al ámbito laboral abre nuevos caminos para promover la inclusión social de sectores con dificultades para el ingreso al mercado laboral, a partir de procesos de capacitación para el manejo de herramientas tecnológicas que les permitan buscar y acceder a

empleos y, en general, a ampliar sus capacidades en el uso de las TIC como una potencial herramienta de desarrollo productivo.

En el caso específico del Teletrabajo, como país, requerimos aún asegurar un marco normativo que permita llevarlo adelante, así como, una adecuada difusión en las empresas de las ventajas y potencialidades que conlleva este tema.

3. CONCLUSIONES

- El derecho aplicable al uso de tecnologías de la información y las telecomunicaciones, ponen en evidencia una serie de principios, que no necesariamente han sido incluidos en el articulado de la ley: citaremos al menos dos: la obligación de información y el deber de consejo.

- La prestación de servicios de teletrabajo puede realizarse bajo condiciones de subordinación pero igualmente de colaboración.

- El término de comunicaciones o de telecomunicaciones asociados al uso de tecnologías de la información, deben ser considerados como sinónimos;

- Es exigible una mayor precisión respecto de la afirmación que el teletrabajo promueve políticas públicas.

- La reversibilidad de la modalidad de trabajo es doble, a instancias del trabajador y del empleador, pero las consecuencias, son diferentes.

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- El empleador debe respetar la privacidad e intimidad como la imagen del teletrabajador. Este aspecto debe ser tomado en cuenta para su inclusión en la Ley. Las leyes N° 29733, D.S.N° 0013-JUS-2013, y otras complementarias y conexas deberá ser incluidas.

- La secuencia de obtener, facilitar, instalar, proteger, mantener los equipos y materiales reviene al empleador y/o al teletrabajador, según el contrato que se establezca. La elección técnica reviene al empleador. La pérdida, daños de los equipos y datos e informaciones utilizados por el teletrabajador serán la responsabilidad de uno, otro o ambos. No necesariamente debe responsabilizarse al teletrabajador.

4. BIBLIOGRAFIA

http://www.trabajos.com/informacion/index.phtml?n=9&s=8

http://www.asesorempresarial.com/web/novedad.php?id=11081

http://derecho-ntic.blogspot.com/2013/07/analisis-de-la-ley-que-regula-el.html

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