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“Año de la Promoción de la Industria Responsable y del
Compromiso Climático”
FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALESE.A.P Administración y Negocios Internacionales
Asignatura : Comercio InternacionalDocente :Ciclo : VII
REGÍMENES - DCUMENTACI!N - MEDIS DE PAG- CNTRATDE CMPRA "ENTA DE CMERCI INTERNACINAL
Integrantes:
Áreas Gurgura SamirCastillo Solano Luis
Suarez Quinece !e"i #orres Ciesa $argarita
#UAC# $ PER%
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DEDICATORIA
El presente trabajo monográfico está dedicado a
nuestros padres que gracias a su esfuerzo nos brindan
su apoyo para seguir desarrollándonos como personas
de éxito.
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INTRODUCCION
En comercio internacional es crucial realizar los trámites adecuados. La pérdida o
equivocación de documentos puede aumentar los riesgos, llevar a retrasos y
costes aadidos, o incluso impedir que se complete un trato.
!arantizar que se posee la documentación correcta es una parte vital del comercio
internacional. Los trámites adecuados y precisos minimizan el riesgo de problemas
y retrasos.
"ebe existir un contrato claro por escrito entre el comprador y el vendedor, que
incluya detalles sobre dónde se entregarán exactamente los productos.
#ambién son necesarios documentos espec$ficos para que los productos pasen las
aduanas y para gestionar los pagos adecuados de impuestos y aranceles %"&',
certificados, autorizaciones..(. )uede *aber requisitos tanto para el pa$s del que se
exportan los productos como para el pa$s al que se importan.
#ambién se exige una documentación de transporte y seguros que acompaará alas mercanc$as durante el transporte
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REGÍMENES - DOCUMENTACIÓN - MEDIOS DE PAGO- CONTRATO DE
COMPRA VENTA DE COMER CIO INTERNACIONAL
I. REGÍMENES ADUANEROS
+. bjc+.- *bc+. cdj+./ xd+.0
II. DOCUMENTACIÓN Y TRAMITES DEL COMERCIO INTERNACIONAL
La entrega de la documentación completa también es parte del mecanismo
de pago. 1in la documentación correcta y completa el pago no tendrá lugar en la mayor$a de las ocasiones.
)or ello a continuación se detalla los documentos generales2 comerciales,
de transporte y de seguro.
2.1DOCUMENTOS COMERCIALES
2.1.1 FACTURA PROFORMA
La factura pro forma es un documento provisional emitido por el exportador
con la finalidad de que el comprador disponga de información completa sobre
los elementos que componen la operación.
3uando las relaciones entre ambos son *abituales la factura pro forma
sustituye a la oferta comercial en la cual el exportador propone el precio y las
condiciones de venta de la operación. 1i la oferta *a sido aceptada por el
comprador la factura pro forma sirve para que el exportador confirme todos losdatos de la venta.
La factura pro forma también se utiliza en otras tres situaciones relacionadas
con el comercio exterior2
)ara acompaar el env$o de muestras que no tienen valor comercial.
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)ara que el comprador tramite una licencia de importación.
)ara solicitar la apertura de un crédito documentario al banco emisor
%banco del comprador(, cuando éste es el medio de pago elegido.
Es obligado que en la factura pro forma se incluya en el encabezamiento, de
forma bien visible, la expresión pro forma para que no se confunda, en ning4n
caso, con la factura comercial. !eneralmente las facturas pro forma no se
numeran, ni tampoco es aconsejable firmarlas o sellarlas, salvo cuando lo
solicite el cliente de forma expl$cita.
El contenido de la factura pro forma es similar al de la factura comercial. 3omo
m$nimo, debe informar de lo siguiente2
5ec*a de emisión.
6ombre, domicilio e identificación fiscal %n7 de +8' comunitario para ventas
a la &E( del exportador %expedidor(. 6ombre, domicilio e identificación fiscal %n7 de +8' comunitario para ventas
en la &E( del comprador %destinatario o consignatario(. "escripción precisa de la mercanc$a, con mención expresa de la cantidad
%unidades( que se vende. )recio unitario y precio total en el +639#E:; y divisa cotizados.
64mero de bultos, peso bruto, peso neto y volumen.
"esglose de gastos de transporte y seguro, si son por cuenta del
exportador, a efectos de calcular el valor estad$stico y el valor comercial.
2.1.2 FACTURA COMERCIAL
Es el documento comercial más importante en el flujo de documentos de una
operación de exportación. Lo emite el exportador, una vez confirmada la
operación de venta, para que el comprador satisfaga el importe de los
productos y servicios que se suministran.
'demás es un documento contable que se utiliza como base para aplicar los
derec*os arancelarios al paso de las mercanc$as por las aduanas.
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Los requisitos que deben contener las facturas están recogidos en el :eal
"ecreto <=>-?-, de ? de noviembre, por el que se aprueba el :eglamento
por el que se regulan las obligaciones de facturación. En el art$culo < del
:eglamento se incluyen los datos o requisitos que deben incluir las facturas y
sus copias %art$culo @ para el caso de facturas simplificadas(. Ejemplo de
información a incluir2
64mero y, en su caso, serie
5ec*a de su expedición.
6ombre y apellidos, razón o denominación social completa, tanto del
obligado a expedir factura como del destinatario de las operaciones. 64mero de +dentificación 5iscal
"omicilio, tanto del obligado a expedir factura como del destinatario de las
operaciones. "escripción de las operaciones, consignándose todos los datos necesarios
para la determinación de la base imponible del +mpuesto El tipo impositivo o tipos impositivos, en su caso, aplicados a las
operaciones. La cuota tributaria que, en su caso, se repercuta, que deberá consignarse
por separado. La fec*a en que se *ayan efectuado las operaciones que se documentan o
en la que, en su caso, se *aya recibido el pago anticipado, siempre que se
trate de una fec*a distinta a la de expedición de la factura.
En el supuesto de que la operación que se documenta en una factura esté
exenta del +mpuesto, una referencia a las disposiciones correspondientes
de la "irectiva -??<>->3E, de -A de noviembre, relativa al sistema com4n
del +mpuesto sobre el 8alor 'adido, o a los preceptos correspondientes de
la Ley del +mpuesto o indicación de que la operación está exenta.
2.1.3 LISTA DE CONTENIDO
Es un documento de control, emitido por el exportador, para detallar todos los
bultos, cajas, fondos o paquetes que componen una expedición, as$ como el
peso y contenido de cada uno, identificándolos con un n4mero o referencia.
&no de los objetivos de este documento es facilitar la labor de inspección y
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reconocimiento de los bultos que comprende el embarque y que figuran en la
factura comercial. #ambién se conoce como lista de bultos, lista de empaque o
BpacCing listD.
2.1.4 FACTURA ADUANERA
"ocumento emitido por el vendedor y exigido por la 'duana de algunos pa$ses
importadores con fines estad$sticos o informativos, en especial, sobre la
estructura del precio y que, debidamente cumplimentado, se env$a junto con la
mercanc$a exportada. )uede servir de base una factura comercial legalizada
por un consulado en Espaa del pa$s destinatario de la exportación, si bien, en
otras ocasiones, existen pa$ses que exigen un documento espec$fico, como
3anadá, !*ana o 6igeria.
2.1.5 FACTURA CONSULAR
"ocumento especial emitido por el exportador y visado por un consulado del
pa$s importador en la nación exportadora, que suele ser requerido por las
autoridades aduaneras de algunos pa$ses %bastante frecuente en los
sudamericanos(. La factura consular sirve para verificar el valor, la cantidad y
el origen de la mercanc$a cuando se efect4e el despac*o, sobre cuya base se
determinará la clase de arancel que deberán soportar los productos en
cuestión. ' veces, puede suplirse con la aportación de una factura comercial
visada por el consulado correspondiente.
2.1.6 CERTIFICADOS DE ORIGEN
Los certificados de origen están destinados a probar el origen de las
mercanc$as, con vistas a satisfacer las exigencias aduaneras o comerciales
tales como la apertura de créditos documentales.
Las 3ámaras de 3omercio e +ndustria están *abilitadas expl$citamente para
expedir certificados de origen para mercanc$as destinadas a la exportación
%Ley >= de -- de ;arzo de ==, ásica de las 3ámaras 9ficiales de
3omercio, +ndustria y 6avegación de Espaa(
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2.1.7 CUADERNOS ATA Y CPD
Es un documento de 'dmisión #emporal de mercanc$as válido en los pa$ses
miembros de la 3adena '#' que sustituya a los documentos nacionales de
exportación e importación temporal, en ciertos supuestos y cumpliendo
determinados requisitos.
El cuaderno '#' sirve para que cualquier tipo de mercanc$a, que no sea de
naturaleza perecedera %alimentos o bebidas(, o que requiera una elaboración o
reparación, pueda viajar fuera de sus fronteras para2
1er mostradas en 5erias y Exposiciones, de carácter comercial, tanto
privadas como oficiales. Fue los representantes comerciales enseen sus muestrarios en varios
pa$ses sin necesidad de cambiar de documentación. ;over mercanc$as y equipos para la realización de trabajos de tipo
profesional2 prensa, radio, cine, instalaciones técnicas, teatro,
acontecimientos deportivos, etc.
Las 3ámaras de 3omercio son las encargadas de emitir esta documentación
Los cuadernos 3)" se utilizan para la exportación e importación temporal en
#aiGán y sus caracter$sticas y finalidad son las mismas que las de los
cuadernos '#'.
2.2DOCUMENTOS DE TRANSPORTE
2.2.1 CONOCIMIENTO DE EMBARUE MARÍTIMO
Es un documento emitido por la empresa naviera o su agente en el se *ace
constar que se *a recibido la mercanc$a para ser transportada al puerto de
referencia en la nave que se indica.
El n4mero de ejemplares que se emiten suele ser de tres, y se acompaan con
diversas copias no negociables.
El conocimiento de embarque mar$timo tiene tres funciones básicas2
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'cuse de recibo de las condiciones en que se *a recibido la mercanc$a.
3ontrato de transporte en el que se especifican al dorso las obligaciones de
las partes.
#$tulo de crédito que permite a su tenedor retirar la mercanc$a transportada.
3uando la mercanc$a se *a recibido en perfecto estado y no se detecta
ninguna anomal$a se anota en el documento el término HlimpioH %clean(. 1i no
es as$ se *acen constar los defectos en el embalaje o estado de la mercanc$a
por lo que el conocimiento se llama HsucioH %dirty(. En la documentación de las
exportaciones que se pagan mediante créditos documentarios sólo se admiten
conocimientos de embarque HlimpiosH, por lo cual un conocimiento deembarque HsucioH constituye una reserva que es necesario subsanar para
cobrar el crédito.
)or su condición de t$tulo de crédito los conocimientos de embarque pueden
ser de tres tipos2
6ominativos2 se especifica el destinatario y, por tanto, no se puede
endosar.
' la orden2 se especifica también la persona del destinatario, pero
precedida por la expresiónHa la orden deH, por lo que es transmisible por
endoso. 'l portador2 se considera destinatario al tenedor, cualquiera que sea la
forma en que lo *a obtenido, lo que *ace que sea peligroso por razones de
fraude o robo y, en consecuencia, se utilice poco.
'simismo, también existen distintos conocimientos de embarque en función de
la forma de entrega y de los transbordos de la mercanc$a entre buques2
"irecto %t*roug*(2 *ay servicio directo entre los puertos de carga y
descarga y no es necesario realizar transbordos.
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;ixto %combined(2 cuando no *ay servicio directo, la primera naviera emite
conocimiento de embarque mixto *asta el puerto de destino, subrogándose
las demás en los derec*os y obligaciones mediante conciertos entre ellas. Embarcado %s*ipped on board(2 el que se extiende a la recepción de la
mercanc$a a bordo del buque. :ecibido para embarque %received to be s*ipped(2 es un conocimiento
provisional que reconoce que las mercanc$as *an sido recibidas para su
embarque posterior.
2.2.2CONOCIMIENTO DE EMBARUE A!REO
"ocumento justificativo del contrato de transporte aéreo, establecido entre un
expedidor y una compa$a de transporte aéreo, mediante el cual ésta
reconoce *aber recibido la mercanc$a para su expedición y se obliga a
transportarla al aeropuerto de destino conforme a las condiciones
especificadas. 1e denomina, igualmente, carta de porte aéreo y nota de
consignación. Lo emite la compa$a aérea o un agente de carga aérea +'#'
autorizado.
El modelo utilizado es de +'#' %+nternational 'ir #ransport 'ssociation(. 3onsta
de tres originales no negociables, y entre seis y doce copias adicionales para
uso interno.
El conocimiento aéreo cumple cinco funciones2
)rueba de contrato de transporte, conteniendo en su reverso el clausurado.
'cuse de recibo de las condiciones en que se *a recibido la mercanc$a.
"eclaración para el despac*o aduanero.
3ertificado de seguro, si el expedidor lo solicita.
!u$a de instrucciones para el personal del transportista.
Los aspectos más relevantes de su uso son2 que la compa$a aérea entrega la
mercanc$a a quien figura en el conocimiento como destinatario, sea o no el
propietarioI la modificación del l$mite de responsabilidad del transportista, en
los casos en que se declara un valor para el transporteI la inclusión de los
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detalles técnicos y comerciales del env$o, as$ como instrucciones para
manipular la mercanc$aI el derec*o a establecer reservasI y la descripción de
los aeropuertos por un código de tres letras.
2.2.3CARTA DE PORTE POR CARRETERA CMR
Es un documento emitido, generalmente, por las empresas de transportes y
transitarios, bajo la responsabilidad del expedidor, en el que se *ace constar la
recepción de la mercanc$a para su traslado al punto convenido en las
condiciones establecidas en el propio documento.
1e emite en tres originales %expedidor, destinatario y transportista( y un
n4mero variable de copias.
Las funciones básicas de este documento son dos2 como prueba del contrato
de transporte y como acuse de recibo de las instrucciones dadas al
transportista. 6o es t$tulo de crédito y, por tanto, no es negociable.
Este documento recoge la normativa del 3onvenio 3;: %del que Espaa
forma parte desde =@/(, que establece la obligatoriedad de la carta de porte
por carretera 3;: siempre que se realice un transporte de mercanc$as por
carretera a diferentes pa$ses y, al menos, uno de ellos sea signatario del
3onvenio.
"e acuerdo a este 3onvenio el transportista tiene la obligación de atender las
instrucciones del expedidor, especialmente en los env$os de mercanc$as
peligrosas animales vivos, etc., as$ como en los casos en que éste decida
ejercitar el derec*o de disposición, que le autoriza a modificar el destino de la
mercanc$a.
2.2.4 CUADERNO TIR
"ocumento utilizado en el transporte internacional por carretera que permite el
tránsito de las mercanc$as a través de los pa$ses que estén ad*eridos a este
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régimen sin ser sometidas a controles aduaneros. 5ue creado en !inebra, el
/ de noviembre de =@0.
Los ve*$culos transportadores *an de estar precintados, y deben cumplir,
además, una serie de requisitos entre los que destaca la no existencia de
ruptura de carga %no se puede descargar la mercanc$a para embarcarla en
otro camión(. Este sistema reporta ciertas ventajas, como la de que no se
inspeccione la carga en los pa$ses que se transite. 1e respetan los precintos, y
basta con presentar la *oja de ruta %cuaderno #+:( para cumplir con todas las
formalidades aduaneras.
La &nión +nternacional de #ransporte por 3arretera es el organismo encargado
de salvaguardar el correcto funcionamiento del sistema de carnets #+: de
transporte.
2.2.5CARTA DE PORTE FERROVIARIO CIM
Es el documento que regula el transporte internacional ferroviario entre, al
menos, dos pa$ses comunicados por unas l$neas de ferrocarril en unas listas
anejas al 3onvenio 39#+5J3+;.
1e emite conjuntamente por el expedidor y la compa$a ferroviaria, aunque en
la práctica lo elabora el transitario. 3onsta de cinco ejemplares, de los cuáles
el n , que es el original, se entrega al destinatario, y el n /, que es el
duplicado, se entrega al remitente tras aceptar la remesa. Los restantes
ejemplares son para la compa$a de ferrocarril.
Este documento tiene dos funciones básicas2 prueba del contrato de
transporte y acuse de recibo de la mercanc$a en buen estado y condición
aparente. 'l igual que la carta de porte por carretera no es t$tulo de crédito, por
lo que no es negociable.
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Los aspectos más relevantes de su uso son2
Fue el destinatario debe ser una sola persona, f$sica o jur$dica.
El derec*o de la compa$a ferroviaria a establecer reservas, si no recibe la
mercanc$a en perfectas condiciones. La definición de a quién corresponde la operación de carga y descarga.
El derec*o del remitente a elegir tarifas e itinerarios o a disponer de la
mercanc$a. El reparto de los gastos entre remitente y destinatario.
&na carta de porte 3+; cubre todo el trayecto de la mercanc$a, desde el lugar
de recepción en pa$s del exportador *asta el lugar de entrega en el pa$s del
comprador, aunque se *ayan atravesado terceros pa$ses o se *ayan utilizado
trenes de diferentes compa$as ferroviarias
2.2.6CONOCIMIENTO DE EMBARUE MULTIMODAL FIATA
1e utiliza para regular el transporte internacional en régimen multimodal,
organizado bajo la responsabilidad de transitarios que pertenezcan a 5+'#'
%5ederación +nternacional de #ransitarios(, cuyo miembro espaol es la
asociación 5E#E+'
El transporte multimodal es aquel que consiste en el traslado de la mercanc$a
en &nidades de #ransporte +ntermodal %&#+(, utilizando sucesivamente
ve*$culos de la misma o distinta naturaleza, pero bajo un 4nico documento de
transporte. Este documento se denomina conocimiento de embarque
multimodal 5+'#' o también 5L %5+'#' bill of lading(.
El documento lo emite un transitario miembro de 5+'#'. 3on ello el env$o
queda cubierto con un seguro solidario de responsabilidad civil. !eneralmente,
consta de tres originales y varias copias no negociables. Las funciones básicas
del 5L son2
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)rueba de contrato de transporte, conteniendo en el reverso su clausulado.
'cuse de recibo del estado de la mercanc$a.
"eclaración de despac*o aduanero.
3ertificado de seguro, si el exportador lo solicita.
2.3 DOCUMENTOS DE SEGURO
2.3.1 SEGURO DE TRANSPORTE
Es un contrato por el cual, una de las partes %asegurador(, a cambio de una
prima, se obliga a pagar una indemnización a la otra parte %asegurado(, o a un
tercero %beneficiario( en el caso de que ocurra un riesgo o acontecimiento
incierto a la persona o cosa que se asegura.
1e trata de un documento que emiten las compa$as aseguradoras para
acreditar la cobertura de riesgos derivados del transporte de la mercanc$a
desde el lugar de expedición *asta el de destino.
En el 1eguro de #ransportes también aparece la figura del tomador que es el
que contrata el seguro por cuenta de otro. Este puede ser el caso, por ejemplo,
de un transitario que contrata un seguro de mercanc$as por cuenta de la
empresa exportadora.
Existes dos clases de pólizas2
+ndividual2 3ubre los riesgos de un determinada mercanc$a asegurada para
un viaje concreto. !lobal2 3ubre los riesgos de todas las operaciones que se lleven a cabo
durante un per$odo de tiempo determinado, dentro de los l$mites y las
condiciones estipuladas. Es lo que se llama una póliza flotante. El
asegurado recibe un certificado de seguro que reconoce la existencia de
una póliza de seguro global
III. MEDIOS DE PAGO EN COMERCIO INTERNACIONAL
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+++.bjb+++.-jcn+++.jbce+++./bjc
+++.0
IV. CONTRATO DE COMPRA VENTA INTERNACIONAL
+8. jbf IV.% bddjcIV.& dbdIV.' debd
IV.(