modulo i islr unificado

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Contenido: 18 Claves para la aplicación de la Reforma de la Ley de ISLR Gaceta Oficial Extraordinaria 6.152 (18-11-2014) Exenciones a “Fundaciones” (Art 14) Exenciones a Sociedades Cooperativas (Art. 14) Deducciones a la Renta Bruta (Art. 27.1) Deducciones a la Renta Bruta (Art. 27.6) Enriquecimiento Neto del Asalariado (Art. 31) Compensación de Pérdidas (Art. 55) Exclusiones del sistema de APIF (Art. 173 y 195) De IPC a INPC. Compensación de Pérdidas en APIF (Art 183) Agentes de Retención vía PA (Art 86) Facultades del Ejecutivo con alícuotas (Art. 199) Rebajas por Inversión ¿Renovadas? (Art. 56)

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ISLR UNIFICADO NUEVOS FORMATOS Y COMENTARIOS DE LA NUEVA LEY

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Page 1: Modulo i Islr Unificado

Contenido: 18 Claves para la aplicación

de la Reforma de la Ley de ISLR

Gaceta Oficial Extraordinaria

6.152 (18-11-2014)

Exenciones a “Fundaciones” (Art 14)

Exenciones a Sociedades Cooperativas (Art. 14)

Deducciones a la Renta Bruta (Art. 27.1)

Deducciones a la Renta Bruta (Art. 27.6)

Enriquecimiento Neto del Asalariado (Art. 31)

Compensación de Pérdidas (Art. 55)

Exclusiones del sistema de APIF (Art. 173 y 195)

De IPC a INPC.

Compensación de Pérdidas en APIF (Art 183)

Agentes de Retención vía PA (Art 86)

Facultades del Ejecutivo con alícuotas (Art. 199)

Rebajas por Inversión ¿Renovadas? (Art. 56)

Page 2: Modulo i Islr Unificado

CLAVE 1: Ley de ISLR

Artículo 14: EXENCIONES para “Fundaciones”

Desaparece la EXENCIÓN referida a actividades RELIGIOSAS, ARTÍSTICAS, CIENTIFICAS, AMBIENTALES, TECNOLÓGICAS, CULTURALES que no persigan fines de lucro.

Del mismo modo para instituciones UNIVERSITARIAS o EDUCACIONALES.

(Ver Artículo 14.10 de la Ley Reformada 2007)

1/19

Lcdo. Miguel Mileo

Page 3: Modulo i Islr Unificado

CONTENIDO DE LA LEY DE ISLR

ANTERIOR (REFORMA 2007) – ART 14.10

Lcd

o.

Mig

uel

Mil

eo

www.mileoconsultores.com

Page 4: Modulo i Islr Unificado

LEY DE ISLR ANTERIOR (REFORMA 2007) – ART 14 CALIFICACIÓN

DE EXENCIÓN

Lcdo. Miguel Mileo

LEY DE ISLR (REFORMA 2014) – ART 14 CALIFICACIÓN DE

EXENCIÓN

Al desaparecer el

numeral 10 del

Artículo 14, también

desaparece del

Parágrafo Único.

Page 5: Modulo i Islr Unificado

Lcdo. Miguel Mileo

LEY DE ISLR (REFORMA 2014) – ART 14.3

¿Específicamente que

INSTITUCIONES son

estas?

Page 6: Modulo i Islr Unificado

Lcdo. Miguel Mileo

REGLAMENTO DE LA LISLR (2003) – ART 17.

Sólo estas podrán

solicitar

CALIFICACIÓN DE

EXENCIÓN

Page 7: Modulo i Islr Unificado

CONSULTAS FRECUENTES

¿Quiénes son las “Instituciones

Benéficas” y de “Asistencia Social”

que si se mantienen EXENTAS?

¿Cuándo la “FUNDACIÓN” declare

ISLR por el Ejercicio Económico 2014

se debe adoptar estos cambios?

¿Cuándo entra en vigencia la

Reforma de la LISLR?

@miguelmileo

Page 8: Modulo i Islr Unificado

¿La VIGENCIA de esta LEY es a partir

de cuando?

De conformidad con el mismo COT – Art. 8

Page 9: Modulo i Islr Unificado

CLAVE 2: Ley de ISLR

Declaración de ENTES SIN FINES DE LUCRO

Una vez que establecemos cuales entidades sin fines de lucro se mantienen EXENTAS y cuales no, es vital identificar la alícuota impositiva aplicable a las que pasan a considerarse gravadas.

2/19

Lcdo. Miguel Mileo

Page 10: Modulo i Islr Unificado

Antes de declarar…

www.mileoconsultores.com

Page 11: Modulo i Islr Unificado

CONSULTAS FRECUENTES

¿Los gremios profesionales

generan enriquecimiento

gravable de ISLR?

¿La declaración de la

FUNDACIÓN SIN FINES DE LUCRO

se efectúa bajo cual TARIFA? @miguelmileo

Page 12: Modulo i Islr Unificado

Veamos como debe declarar la

Fundación SIN FINES DE LUCRO.

www.mileoconsultores.com

(Artículo 9 LISLR 2014)

Page 13: Modulo i Islr Unificado

CLAVE 3: Ley de ISLR

Artículo 14: EXENCIONES a “SOCIEDADES COOPERATIVAS”

Desaparece la EXENCIÓN referida a Sociedades Cooperativas.

(Ver Artículo 14.11 de la Ley Reformada 2007)

3/19

Lcdo. Miguel Mileo

Page 14: Modulo i Islr Unificado

CONTENIDO DE LA LEY DE ISLR

ANTERIOR (REFORMA 2007) – ART 14.11

Lcd

o.

Mig

uel

Mil

eo

www.mileoconsultores.com

¿Qué condiciones eran estas?...igual las sociedades cooperativas

desaparecieron del Numeral 11 en la reforma de la LISLR (2014)

Page 15: Modulo i Islr Unificado

CONSULTAS FRECUENTES

¿Debo retener ISLR a servicios

provenientes de SOCIEDADES

COOPERATIVAS?

¿Y si tienen el “Certificado de

Exención emitido por el SENIAT”?

¿La calificación aplicaba para

COOPERATIVAS?

@miguelmileo

Page 16: Modulo i Islr Unificado

CONSULTAS FRECUENTES

¿El tratamiento de

COOPERATIVAS debe

asimilarse al de comunidades

o sociedades de personas?

¿Cómo le correspondería

declarar a la COOPERATIVA?

@miguelmileo

Page 17: Modulo i Islr Unificado

CONTENIDO DE LA LEY DE ISLR

ANTERIOR (REFORMA 2014) – ART. 7

Lcd

o.

Mig

uel

Mil

eo

Si se homologan a SOCIEDADES DE PERSONAS (7.c) >>> CABEZA DE

SOCIOS/COMUNEROS (TARIFA 1)

Si se homologan a ASOCIACIONES CIVILES CON FINES DE LUCRO (7.e)

>>> (TARIFA 2)

Page 18: Modulo i Islr Unificado

CLAVE 4 : Ley de ISLR

Definir si para estas instituciones aplica el APIF

Para aquellas categorías de contribuyente que

pasaron a estar gravados se debe definir si les

aplica el régimen de AJUSTE POR INFLACIÓN

FISCAL.

4/19

Lcdo. Miguel Mileo

Page 19: Modulo i Islr Unificado

CLAVE 5 : Ley de ISLR

Ratificar el Régimen para INSTITUCIONES DE AHORRO

Las INSTITUCIONES de AHORRO se mantienen bajo el mismo esquema anterior en el marco del Impuesto sobre la Renta.

5/19

Lcdo. Miguel Mileo

Page 20: Modulo i Islr Unificado

¿CÓMO QUEDARON LAS

“INSTITUCIONES DE AHORROS?

LISLR (REFORMA 2014) – ART 14.9

Lcd

o.

Mig

uel

Mil

eo

www.mileoconsultores.com

SE MANTIENEN EXENTAS DE ISLR siempre y cuando se

desempeñen en las actividades que le son propias.

Page 21: Modulo i Islr Unificado

CLAVE 6: Ley de ISLR

Artículo 27: Deducciones a la Renta Bruta

El Artículo 27.1 dirigido a la deducibilidad de las remuneraciones que cancela el contribuyente a sus trabajadores y a prestadores de servicios NO MERCANTILES, adiciona una condición:

Veamos…

6/19

Lcdo. Miguel Mileo

Page 22: Modulo i Islr Unificado

¿Dónde se tipifica eso? – LEY REFORMA Gaceta Oficial Extraordinaria 6.152

LEY REFORMADA >>> INCONGRUENCIA

Page 23: Modulo i Islr Unificado

CONSULTAS FRECUENTES

¿Qué obligaciones son estas?

¿Hay implicaciones con las

retenciones de ISLR que debe

efectuar el patrono?

¿Cuándo NO RETENGO ISLR el gasto deja de ser deducible?

@miguelmileo

Page 24: Modulo i Islr Unificado

CLAVE 7: Ley de ISLR

Gasto sin RETENCIÓN y la DEDUCIBILIDAD DE ISLR

A partir de esa consulta surge el análisis

referido a la hipotética condición para la

deducibilidad del GASTO basada en la

RETENCIÓN de ISLR.

7/19

Lcdo. Miguel Mileo

Page 25: Modulo i Islr Unificado

Código Orgánico Tributario – (Art 27 – Par.

Primero)

¿Cuál es el elemento DEMOSTRATIVO?

Page 26: Modulo i Islr Unificado

CLAVE 8: Ley de ISLR

El Artículo 27.6 reconocía

“Pérdidas sufridas en BIENES destinados a la producción de la renta”

¿¿¿Qué cambió???

8/19

Artículo 27: Pérdida de Bienes como Deducción

Lcdo. Miguel Mileo

Page 27: Modulo i Islr Unificado

CLAVE 8: Ley de ISLR

Artículo 27: Pérdida de Bienes como Deducción

En la reforma de 2014 se cambia:

“BIENES” por “BIENES QUE CONSTITUYEN EL

ACTIVO FIJO…caso fortuito o fuerza mayor” es

decir, las pérdidas de mercancías no

compensadas por seguros, DEJAN DE SER

DEDUCIBLES DE ISLR.

(Ver nuevo Parágrafo Decimonoveno.)

9/19

Lcdo. Miguel Mileo

Page 28: Modulo i Islr Unificado

CONTENIDO DE LA LEY DE ISLR ANTERIOR

(REFORMA 2007) – ARTÍCULO 27.6

LO CUAL ESTÁ REGLAMENTADO ASÍ:

RLISLR (2003) – ARTÍCULO 64

www.mileoconsultores.com

Page 29: Modulo i Islr Unificado

Ahora con la Reforma 2014: Gaceta Oficial 6.152

Se concluye que de ninguna

manera se podrán deducir

pérdidas de INVENTARIO Consultores Tributarios Venezuela

Page 30: Modulo i Islr Unificado

¿A que se refiere? Gaceta Oficial 6.152

Revisar PA 0391 www.mileoconsultores.com

Page 31: Modulo i Islr Unificado

¿Cómo era antes? Gaceta Oficial 38.254

www.mileoconsultores.com

Page 32: Modulo i Islr Unificado

CLAVE 5: Ley de ISLR

Artículo 31: Enriquecimiento Neto del Asalariado.

ANALISIS 1: Artículo 31 Ley de ISLR (Reforma 2007)

ANALISIS 2: Parágrafo Cuarto del Artículo 133 de la LOT (1997)

ANALISIS 3: Sentencia de la Sala Constitucional (TSJ) 301/2007.

ANALISIS 4: Artículo 107 de la LOTTT (2012)

ANALISIS 5: Artículo 31 Ley de ISLR 2014.

10/19

Lcdo. Miguel Mileo

Page 33: Modulo i Islr Unificado

ANÁLISIS 1 – Artículo 31 Ley de ISLR (Reforma

2007)

Consultores Tributarios Venezuela

Page 34: Modulo i Islr Unificado

(Art. 133) PARÁGRAFO CUARTO.- Cuando el patrono o el

trabajador estén obligados a cancelar una contribución, tasa o

impuesto, se calculará considerando el salario normal

correspondiente al mes inmediatamente anterior a aquél en que se

causó.

ANÁLISIS 2 – Parágrafo Cuarto del Artículo

133 de la LOT (1997)

www.mileoconsultores.com

Page 35: Modulo i Islr Unificado

Por tal razón, con el objeto de adecuar el régimen impositivo a la renta aplicable a las

personas naturales con ocasión de los ingresos devengados a título salarial, con los

presupuestos constitucionales sobre los que se funda el sistema tributario; ponderando, por

una parte, el apego al principio de justicia tributaria y, por la otra, la preservación del

principio de eficiencia presente en tales normas, en los términos bajo los cuales han sido

definidos a lo largo de este fallo, esta Sala Constitucional modifica la preposición del

artículo 31 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, en el siguiente sentido:

ANÁLISIS 3 – Sentencia de la Sala

Constitucional (TSJ) 301/2007.

http://www.tsj.gov.ve/decisiones/scon/febrero/301-270207-01-2862.HTML

Consultores Tributarios Venezuela

Page 36: Modulo i Islr Unificado

«Artículo 31. Se consideran como enriquecimientos netos los salarios devengados en

forma regular y permanente por la prestación de servicios personales bajo relación

de dependencia. También se consideran como enriquecimientos netos los intereses

provenientes de préstamos y otros créditos concedidos por las instituciones financieras

constituidas en el exterior y no domiciliadas en el país, así como las participaciones

gravables con impuestos proporcionales conforme a los términos de esta Ley.

A los efectos previstos en este artículo, quedan excluidos del salario las percepciones de

carácter accidental, las derivadas de la prestación de antigüedad y las que la Ley

considere que no tienen carácter salarial»

ANÁLISIS 3 – Sentencia de la Sala

Constitucional (TSJ) 301/2007.

http://www.tsj.gov.ve/decisiones/scon/febrero/301-270207-01-2862.HTML

www.mileoconsultores.com

Page 37: Modulo i Islr Unificado

ANÁLISIS 3 – Sentencia de la Sala

Constitucional (TSJ) 301/2007.

http://www.tsj.gov.ve/decisiones/scon/febrero/301-270207-01-2862.HTML

De esta manera, la Sala ejerciendo su labor de máxima intérprete de la Constitución ajusta

la disposición legal antes referida a los postulados constitucionales, la cual además se

adecua a la letra y espíritu del parágrafo cuarto del artículo 133 de la Ley Orgánica

del Trabajo, que dispone “cuando el patrono o el trabajador estén obligados a

cancelar una contribución, tasa o impuesto, se calculará considerando el salario

normal correspondiente al mes inmediatamente anterior a aquél en que se causó”. Así

se decide.

Consultores Tributarios Venezuela

Page 38: Modulo i Islr Unificado

ANÁLISIS 3 – Sentencia de la Sala

Constitucional (TSJ) 301/2007.

http://www.tsj.gov.ve/decisiones/scon/febrero/301-270207-01-2862.HTML

2.- INTERPRETA constitucionalmente el sentido y alcance de la proposición contenida en el

artículo 31 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, en los términos efectuados ut supra. En

atención a la naturaleza de este pronunciamiento, esta Sala ordena la publicación íntegra

del presente fallo en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en cuyo

sumario deberá indicarse lo siguiente:

«Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, que interpreta

constitucionalmente el sentido y alcance del artículo 31 de la Ley de Impuesto sobre la

Renta». Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.

Dada, firmada y sellada en el Salón de Audiencias de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a

los 27 días del mes de febrero de dos mil siete (2007). Años: 196 ° de la Independencia y 148° de la Federación.

Page 40: Modulo i Islr Unificado

ANÁLISIS 5 – Artículo 31 Ley de ISLR 2014.

Gaceta Oficial cortesía de www.finanzasdigital.com

Gaceta Oficial 6.152

Consultores Tributarios Venezuela

Page 41: Modulo i Islr Unificado

Si vamos mas allá… (Art. 18.6 LOTTT)

Consultores Tributarios Venezuela

http://www.lottt.gob.ve

Cada quien que haga sus interpretaciones…

Page 42: Modulo i Islr Unificado

CONSULTAS FRECUENTES

¿Qué hago en materia de Retenciones

de ISLR de ASALARIADOS?

¿Se abandona el debate del Salario

Normal versus Utilidades, Vacaciones y

Aguinaldos? (Hay Jurisprudencia

reiterada de la Sala Político

Administrativa)

¿La sentencia 301 de la Sala

Constitucional del TSJ queda sin efecto?

@miguelmileo

Page 43: Modulo i Islr Unificado

CONSULTAS FRECUENTES

¿Qué le recomiendo a la empresa que

estoy ASESORANDO?

¿Qué asignaciones “NO SALARIALES”

pasarían a estar gravadas?

¿Quién es el mas perjudicado en toda

esta situación?

@miguelmileo

Page 44: Modulo i Islr Unificado

¿Qué has aprendido? 1. Desaparece la exención para

sociedades cooperativas.

2. En términos de fundaciones solo se

mantiene la exención para

INSTITUCIONES BENÉFICAS e

INSTITUCIONES de ASISTENCIA

SOCIAL.

3. Pérdidas de INVENTARIO dejan de ser

deducible de la RENTA BRUTA.

4. Hay un desacato abierto a la Sala

Constitucional del TSJ y a la LOTTT

(2012)

Gaceta Oficial Extraordinaria

6.152 (18-11-2014)

Page 45: Modulo i Islr Unificado

CLAVE 10: Ley de ISLR

Artículo 55: Pérdidas de Explotación

En la Ley anterior se autorizaba el traspaso de “Pérdidas de Explotación” hasta los tres años subsiguientes de haberse sufrido.

La reforma mantiene este precepto, siempre y cuando “DICHA IMPUTACIÓN NO EXCEDA EN CADA PERIODO DEL VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del Enriquecimiento obtenido”

11/19

Lcdo. Miguel Mileo

Page 46: Modulo i Islr Unificado

DPJ 26 – Sección F (Sin la REFORMA del Art. 55 )

01-01-2015

01-01-2016

31-12-2015 31-12-2016

250.000

20.000

270.000

500.000

270.000

230.000

Lcdo. Miguel Mileo (2017)

Page 47: Modulo i Islr Unificado

DPJ 26 – Sección F (Art. 55 REFORMADO )

Lcdo. Miguel Mileo

01-01-2015

01-01-2016

31-12-2015 31-12-2016

250.000

20.000

270.000

500.000

125.000

375.000

25%

(2017)

Page 48: Modulo i Islr Unificado

¿Qué sucede con

esos 145.000?

¿Se mantienen

compensables para el

siguiente ejercicio?

¿Desaparecen?

@miguelmileo

Page 49: Modulo i Islr Unificado

CLAVE 11: Ley de ISLR

Análisis de Períodos Futuros.

Se debe manejar el orden de imputación

correspondiente en el análisis de los períodos

futuros.

12/19

Lcdo. Miguel Mileo

Page 50: Modulo i Islr Unificado

DPJ 26 – Sección F (Art. 55 REFORMADO )

Lcdo. Miguel Mileo

01-01-2015

01-01-2016

31-12-2015 31-12-2016

125.000

20.000

145.000

700.000

145.000

555.000

25%

(2018)

Page 51: Modulo i Islr Unificado

CLAVE 12: Ley de ISLR

Artículo 173: Ajuste por Inflación Fiscal

Se excluye al sector “Bancario, Financiero,

Seguros y Reaseguros del sistema de

ajustes por inflación…” (FISCAL)

Pero…¿Por qué se excluye a este sector?

13/19

Lcdo. Miguel Mileo

Page 52: Modulo i Islr Unificado

CLAVE 13 : Ley de ISLR

Registros en el LIBRO ESPECIAL FISCAL

Una vez excluidos del sistema de Ajuste por Inflación

Fiscal, el sector bancario, financiero, seguros y

reaseguros debe registrar asientos contables de

conformidad con Providencia Administrativa que para

esos efectos la administración tributaria nacional dicte.

14/19

Lcdo. Miguel Mileo

Page 53: Modulo i Islr Unificado

CLAVE 14: Ley de ISLR

Artículo 173 al 192: Ajuste por Inflación Fiscal

En los Artículos 175,177,179, 182, 184, 185, 186, 192 se sustituye:

“INDICE PRECIOS AL CONSUMIDOR (IPC) del área metropolitana de Caracas elaborado por el Banco Central de Venezuela”

por:

“INDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR fijado por la autoridad competente”

15/19

Lcdo. Miguel Mileo

Page 54: Modulo i Islr Unificado

CLAVE 15: Ley de ISLR

Artículo 183: Pérdidas en Ajuste por Inflación Fiscal

En la Ley anterior se autorizaba el traspaso de

“Pérdidas Netas por Inflación” por un ejercicio

económico.

La reforma elimina este beneficio y plantea el Artículo

183 de la siguiente manera: “Las pérdidas netas por

inflación no compensadas, no podrán ser trasladadas

a los ejercicios siguientes”

16/19

Lcdo. Miguel Mileo

Page 55: Modulo i Islr Unificado

DPJ 26 – Sección D (REFORMA del Art. 183 )

Page 56: Modulo i Islr Unificado

CLAVE 16: Ley de ISLR

Artículo 86: Agentes de Retención

Cambia por completo la redacción del Artículo

86 y se abre la puerta a la designación de

Agentes de Retención de ISLR vía Providencia

Administrativa.

¿Y a la fecha que hacemos?

17/19

Lcdo. Miguel Mileo

Page 57: Modulo i Islr Unificado

LEY DE ISLR ANTERIOR (REFORMA 2007) – ART 86 –

AGENTES DE RETENCIÓN DE ISLR DE PLENO DERECHO

Bajo el régimen anterior la retención de ISLR aplicaba de pleno

derecho solo con ser “Deudor”

@miguelmileo

Page 58: Modulo i Islr Unificado

LEY DE ISLR (REFORMA 2014) – ART 86 – AGENTE DE

RETENCIÓN DE ISLR POR DESIGNACIÓN

Se migra a un

esquema de

designación

tal como

funciona en el

IVA

¿Esto es

partir de

cuando?

@miguelmileo

Page 59: Modulo i Islr Unificado

Hablemos con propiedad…

www.mileoconsultores.com

Page 60: Modulo i Islr Unificado

CLAVE 17: Ley de ISLR

Artículo 199: Alícuotas Impositivas

Se faculta al ejecutivo nacional para modificar

o establecer alícuotas distintas para

determinados sujetos pasivos o sectores

económicos sin exceder las ya tipificadas por

el mismo Decreto.

¿Esto es legal?

18/19

Lcdo. Miguel Mileo

Page 61: Modulo i Islr Unificado

CLAVE 18: Ley de ISLR

Artículo 56: Rebajas por Inversión

La vigencia de la REBAJA POR INVERSIÓN será un tema

interesante de abordar a partir del 2015, dado que era un

beneficio vencido y que ante una “renovación automática”

va en contra del espíritu de la reforma en general.

En mi opinión hay RIESGO FISCAL dado que el beneficio de

la ley originaria esta vencido independientemente que en

la reforma de la Ley no se haya tocado.

19/19

Lcdo. Miguel Mileo

Page 62: Modulo i Islr Unificado

¿Qué aprendiste? 5. Pérdidas Fiscales siguen siendo

compensables por tres periodos pero

hasta un 25% del Eneto Fiscal de cada

uno de estos.

6. Todo parece indicar que el régimen

actual de retenciones de ISLR va a ser

modificado con agentes de retención

designados por el SENIAT.

7. Se excluye del régimen de AJUSTE POR

INFLACIÓN FISCAL solo al SECTOR

FINANCIERO, BANCA, SEGUROS y

REASEGUROS.

Gaceta Oficial Extraordinaria

6.152 (18-11-2014)

Page 63: Modulo i Islr Unificado

¿Qué aprendiste?

8. Se sustituye el IPC por el INPC

para efectos de cálculo del APIF.

9. Las pérdidas en materia de APIF

solo son compensables en el mismo

ejercicio económico que se

producen.

10. El ejecutivo queda facultado

para modificar alícuotas

impositivas.

Gaceta Oficial Extraordinaria

6.152 (18-11-2014)

Page 64: Modulo i Islr Unificado

Muchas

Gracias…

www.mileoconsultores.com