modulo 4 derecho empresarial

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Área: ESCUELA DE NEGOCIOS Curso: DERECHO EMPRESARIAL MÓDULO 4 Módulo: SBIF

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Trabajo derecho empresaral

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  • rea: EscuEla dE NEgocioscurso: Derecho empresarial

    MDULO

    4 Mdulo: sBiF

  • ndice

    m4Escuela: Escuela de NegociosCurso: Derecho Empresarial

    sBiF

    Pg.

    01 1. introduccin02 2. la superintendencia de Bancos e instituciones Financieras (sBiF)03 ....2.1 la supervisin que realiza la sBiF05 3. el sistema Financiero de chile06 4. organigrama de la superintendencia de Bancos e instituciones Financieras08 5. las Direcciones de la sBiF.11 6. resumen

  • Mapa de contenido

    m4Escuela: Escuela de NegociosCurso: Derecho Empresarial

    sBiF

    !!Institucin de

    derecho pblico

    Velar por la Estabilidad, Solvencia

    y el buen funcionamiento del Sistema Bancario

    23 bancos en Chile

    25 principios bsicos

    Posee

    Con los cuales Supervisa

    Su misin es

    1 Superintendente

    2 Intendentes

    8 Direcciones

    SBIF

    Se organiza conEs una

  • m4P. 01

    sBiFEscuela: Escuela de Negocios

    Curso: Derecho Empresarial

    1. introduccinEl objetivo de esta unidad es comprender qu es la superintendencia de Bancos e instituciones Financieras (sBiF), a quines fiscaliza, cul es su importancia, conocer sus caractersticas y principales funciones, su organizacin, su marco regulatorio de la institucin.

    la sBiF es una institucin pblica, autnoma, con personalidad jurdica de duracin indefinida, creada en el ao 1925 a partir de la ley general de Bancos, que fuera promulgada por decreto ley N 559 el da 26 de septiembre de 1925 por el Presidente de la Repblica arturo alessandri Palma, que se relaciona con el gobierno a travs del Ministerio de Hacienda.

    su estatuto se encuentra en el Ttulo i del texto refundido de la ley general de Bancos segn d.F.l. N 3 del Ministerio de Hacienda de 1997, siendo su jefe superior un funcionario con el nombre de superintendente de Bancos e instituciones Financieras, que es nombrado por el Presidente de la Repblica.

    El texto de la ley general de bancos que se promulg en aquella ocasin era una traduccin del texto original que estaba en idioma ingls, pues fue fruto de un proyecto presentado por la denominada Misin Kemmerer, contratada por el gobierno con la misin de reestructurar el sistema monetario y financiero chileno, presidida por el profesor de economa edwin Walter Kemmerer, de la universidad de Princeton, en Estados unidos.

    Esto explica que hubiera en el texto frases y palabras poco usuales en nuestro medio jurdico, que han sido cambiadas en las sucesivas modificaciones de la ley. Era tal el apego a la norma que rega en esa poca a los bancos del Estado de Nueva York, que en la ley se defini expresamente que los bancos en chile deben ser sociedades annimas o sucursales de bancos extranjeros.

    la sBiF es una institucin autnoma que promueve polticas pblicas, e implementa prcticas de supervisin para fortalecer la gestin de las entidades fiscalizadas, aportando as a la necesaria sustentabilidad del sistema financiero.

  • m4P. 02

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    Curso: Derecho Empresarial

    2. la superintendencia de Bancos e instituciones Financieras (sBiF)

    Por mandato legal contenido en la ley general de Bancos, la misin de la sBiF es supervisar a las empresas bancarias y a otras entidades que tienen relacin con el mbito financiero, resguardando el inters de los depositantes u otros acreedores y tambin el inters pblico, siendo su misin general velar por el buen funcionamiento y la buena salud del sistema financiero.

    Vela por la estabilidad y confianza del pblico en el sistema financiero, contribuye a dicha estabilidad y tambin a su sustentabilidad, a travs y por medio de una regulacin normativa, que resulta ser de alta calidad, difundiendo oportunamente la informacin y manteniendo una supervisin frrea respecto de todas las instituciones fiscalizadas, en resguardo de los clientes finales.

    a travs del uso de las diversas herramientas contables y financiera y las que permite la tecnologa y otras, la sBiF marca presencia y vigencia, cumpliendo as su rol, manejando toda la informacin referida a los supervisados, la legislacin y normativa que los regula y todos aquellos antecedentes de carcter pblico que le son proporcionados por las instituciones supervisadas, logrando de esta manera los altos parmetros de transparencia, de confianza y de orden que caracterizan al mercado chileno, reconocidos incluso a nivel internacional.

    seala en el artculo 2 de la ley General de Bancos:

    Artculo 2.- Corresponder a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras la fiscalizacin, del Banco del Estado, de las empresas bancarias, cualquiera que sea su naturaleza y de las entidades financieras cuyo control no est encomendado por la ley a otra institucin.

    La Superintendencia tendr la fiscalizacin de las empresas cuyo giro consista en la emisin u operacin de tarjetas de crdito o de cualquier otro sistema similar, siempre que dichos sistemas importen que el emisor u operador contraiga habitualmente obligaciones de dinero para con el pblico o ciertos sectores o grupos especficos de l.

    Las personas que realicen tales actos en forma habitual y que eludieren la fiscalizacin de la Superintendencia sern penadas en la forma que contempla el artculo 39.

  • m4P. 03

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    Curso: Derecho Empresarial

    la ley cre una superintendencia de Bancos e instituciones Financieras, establecida en el Ministerio de Hacienda, encargada de la aplicacin de las leyes relativas a los bancos comerciales, a las cajas de ahorro, a las cooperativas, a los bancos hipotecarios, dirigida por un funcionario denominado superintendente de Bancos e instituciones Financieras, quien cuenta con plenas facultades para designar o remover al personal, que en su totalidad es de su exclusiva confianza, y fijarle sus remuneraciones.

    se seala en el artculo 8 de la ley que los recursos para el funcionamiento de la superintendencia sern de cargo de las instituciones fiscalizadas, mediante el pago de una cuota, equivalente a un sexto de uno por mil semestral del trmino medio del activo de ellas en el semestre inmediatamente anterior.

    2.1 la supervisin que realiza la sBiFla supervisin que realiza la sBiF encuentra su origen en las modificaciones introducidas a la ley general de Bancos en diciembre de 1997, las que otorgaron facultades a la superintendencia para una adecuada supervisin preventiva, incorporando la evaluacin de gestin y solvencia de las instituciones financieras, en concordancia con las tendencias internacionales respecto al tema de gestin.

    as, en el comit de Basilea en el ao 1997 se establecieron 25 principios bsicos (core Principles), cuyo objetivo es el de fortalecer la supervisin prudencial y la estabilidad financiera en los pases.

    un somero anlisis de estos principios nos hace posible sopesar su importancia:

    diez de estos 25 principios hacen mencin a la capacidad del supervisor (la sBiF) para poder evaluar aspectos de la gestin de los bancos.10

    cinco principios estn asociados a normas prudenciales mnimas y operaciones transfronterizas.5

    seis principios hacen referencia a la estructura legal y facultades del supervisor.6

    cuatro de ellos dicen relacin con los mtodos de supervisin.4

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    En nuestro pas, la evaluacin segn gestin y solvencia de las entidades financieras est expresamente regulada en el captulo 1-13 de la Recopilacin actualizada de Normas (RaN) de la sBiF, y comprende en el caso de gestin ocho materias:

    cada una de estas materias es evaluada en terreno por la direccin de supervisin de la superintendencia, en las visitas que realiza a todos los bancos del sistema con una periodicidad de al menos una vez al ao.

    a fin de promover la autorregulacin de las entidades financieras, se incorpor a la normativa la necesidad de que la propia institucin evale su gestin, es decir, que cada institucin financiera debe analizar y pronunciarse, a lo menos una vez al ao, acerca del desarrollo de su gestin de acuerdo a las materias antes sealadas, y se estableci que los resultados de esta evaluacin deben ser sancionados por el Directorio de las instituciones, y remitidos a la superintendencia.

    de lo anterior se desprende que el enfoque de evaluacin de gestin est se apoya en dos grandes pilares:

    En marzo de 2014 la sBiF public la Gua del proceso de supervisin Bancaria, que detalla los principales aspectos del proceso de supervisin de las entidades bancarias, cuyo centro es evaluar la calidad de la gestin de los riesgos que asumen en el desarrollo de sus negocios.

    1. administracin del riesgo de crdito y gestin global

    del proceso de crdito.

    2. Gestin del riesgo financiero y operaciones de

    tesorera.3. administracin del riesgo

    operacional.

    7. prevencin del lavado de activos y del financiamiento

    del terrorismo.

    8. Gestin de la funcin de auditora interna y rol del

    comit de auditora.

    4. administracin de los riesgos de exposiciones en el exterior y control sobre las inversiones en sociedades.

    5. administracin de la estrategia de negocios y

    gestin del capital.

    6. Gestin de la calidad de atencin a los usuarios

    y transparencia de informacin.

    la evaluacin que hacen las propias entidades de su

    gestin.

    la supervisin en terreno realizada por la

    superintendencia.

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    El enfoque de supervisin utilizado por la sBiF corresponde a una supervisin basada en riesgos, la que se ha ido aplicando progresivamente durante los ltimos quince aos a todos los bancos del pas.iM

    PoRT

    aNTE

    3. El sistema Financiero de chile

    En la actualidad existen 23 bancos establecidos y operando en nuestro pas, de los cuales 18 son Bancos Establecidos en chile: Banco de chile, Banco internacional, scotiabank chile, Banco de crdito e inversiones, corpbanca, Banco Bice, hsBc Bank (chile), Banco santander-chile, Banco ita chile, Banco security, Banco Falabella, Deutsche Bank (chile), Banco ripley, rabobank chile, Banco consorcio, Banco penta, Banco paris y Banco Bilbao Vizcaya argentaria, chile (BBVa).

    adems, hay 4 sucursales de Bancos extranjeros: Banco do Brasil s.a., JP Morgan chase Bank, N. a., Banco de la Nacin argentina y The Bank of Tokyo-Mitsubishi uFJ lTd.

    Hay un Banco Estatal, el Banco del estado de chile.

    se agrega a la lista el Banco central de chile, que no est sujeto a la labor fiscalizadora de la sBiF.Todos los bancos sealados, excepcin hecha del Banco central de chile que posee su propia ley que lo rige, estn sujetos a la supervisin de la sBiF, rigindose por el d.F.l. N 3, de 26 de noviembre de 1997 que fij el texto refundido de la ley general de Bancos, adems de tener la obligacin de observar y cumplir todas las normas que dicte la superintendencia, las que son compiladas por medio de la RaN, Recopilacin actualizada de Normas.

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    Curso: Derecho Empresarial

    Es la ley general de Bancos la que define en su artculo 40 qu es un banco y seala que es toda sociedad annima especial que, autorizada en la forma prescrita por esta Ley y con sujecin a la misma, se dedique a captar o recibir en forma habitual dinero o fondos del pblico, con el objeto de darlos en prstamo, descontar documentos, realizar inversiones, proceder a la intermediacin financiera, hacer rentar estos dineros y, en general, realizar toda otra operacin que la ley le permita.

    adems, la ley enumera en el artculo 69 una serie de veintisiete otras operaciones que pueden realizar los bancos en el pas, las que genricamente se pueden definir como actividades complementarias y de apoyo a su giro, mediante sociedades que estn tratadas en los artculos 70 al 73 de la ley general de Bancos, algunas de las cuales estn sometidas a la supervisin de la sBiF, en atencin al tipo de actividad que desarrollan.

    como se puede apreciar, lo define en base a su giro, que es captar dinero del pblico con el objeto de darlo en prstamo, descontar documentos, realizar inversiones, proceder a la intermediacin financiera, hacer rentar esos dineros y, en general, realizar toda otra operacin que la ley le permita.iM

    PoRT

    aNTE

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    oRi

    a

    lista de instituciones fiscalizadas por sBiF.http://www.sbif.cl/sbifweb/servlet/conozcasBiF?indice=7.5.1.1&idcontenido=483

    Este material se encuentra en la carpeta Lectura Obligatoria.

    4. organigrama de la superintendencia de Bancos e instituciones Financierasla superintendencia de Bancos e instituciones Financieras (sBiF) es dirigida por el superintendente y dos intendentes, y cuenta con ocho direcciones para desarrollar sus actividades.

    a. el superintendente.

    El jefe del servicio es un funcionario que posee el nombre de superintendente de Bancos e instituciones Financieras, siendo nombrado por el Presidente de la Repblica, y actualmente es don Eric Parrado Herrera.

  • m4P. 07

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    Curso: Derecho Empresarial

    las funciones del superintendente son las siguientes:

    b. los intendentes.

    son dos:

    Ejercer la representacin legal, judicial y extrajudicial de la superintendencia y podr ejecutar los actos y celebrar los contratos que sean necesarios o convenientes para el cumplimiento de sus fines y, dentro de tales facultades, efectuar libremente la adquisicin y enajenacin de bienes muebles.

    Representar a la superintendencia y relacionarse con terceros, pertenecientes al sector pblico o privado, tanto nacional como internacional.

    liderar el trabajo institucional para la consecucin de la misin y ejercer las funciones que por ley le han sido encomendadas y aquellas otras que se constituyen en el sello de la organizacin.

    coordinar el trabajo de las direcciones para que se cumpla la misin de la institucin y sus objetivos estratgicos.

    Proponer y participar en la elaboracin de proyectos de ley que desarrollen o regulen el mercado financiero.

    controlar el correcto cumplimiento de los planes de trabajo de la organizacin.

    liderar los programas de trabajo de la organizacin.

    Velar porque las instituciones fiscalizadas cumplan con las leyes, reglamentos, estatutos y otras disposiciones que las rijan y ejercer la ms amplia fiscalizacin sobre todas sus operaciones y negocios. la facultad de fiscalizar comprende tambin las de aplicar o interpretar las leyes, reglamentos y dems normas que rijan a las empresas vigiladas.

    intendente de supervisincargo servido por don Jorge

    cayazzo gonzlez

    intendente de regulacincargo servido por don luis

    Figueroa de la Barra

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    las funciones de los intendentes son las siguientes:

    apoyar al superintendente en la determinacin e implementacin de los objetivos estratgicos de la institucin, velando particularmente porque los esfuerzos de las distintas instancias organizacionales se orienten al cumplimiento de dichos objetivos.

    apoyar al superintendente en la identificacin y mitigacin de los factores de riesgo que inciden en el desempeo y estabilidad de las instituciones financieras fiscalizadas, con miras a mantener un sistema financiero estable y eficiente.

    El intendente de Regulacin tiene a su cargo la funcin especfica de coordinar las labores de revisin y elaboracin de la normativa que rige a las entidades fiscalizadas, as como de la elaboracin de documentos de anlisis y seguimiento de las industrias fiscalizadas.

    El intendente de supervisin tiene a su cargo la funcin especfica de coordinar las labores de supervisin de las entidades sujetas a la fiscalizacin de la sBiF, tanto respecto de su solvencia como de la calidad de su gestin.

    saBE

    R M

    s

    El siguiente cuadro refleja la nueva estructura y actual organigrama de la sBiF. Visita este enlace:http://www.sbif.cl/sbifweb/internet/docs/oRgsBiF.pdf

    5. las direcciones de la sBiF.adems, la sBiF cuenta con ocho direcciones para desarrollar sus actividades, son las siguientes:

    Direccin de anlisis Financiero Direccin de estudios Direccin de supervisin

    Direccin de riesgos Direccin Jurdica Direccin de conducta de mercado

    Direccin de administracin y operaciones

    Direccin de asuntos institucionales y comunicacionales

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    a. Direccin de anlisis Financiero:

    unidad dirigida por don Jos Miguel Zavala Matulic, encargada de:

    b. Direccin de estudios:

    su directora es doa Nancy silva, y est encargada de:

    c. Direccin de supervisin:

    Esta unidad est dirigida don osvaldo adasme donoso, y se encarga de:

    organizar, diagnosticar y proponer soluciones conceptuales respecto

    de la informacin financiera que le

    reportan los fiscalizados.

    Responsable del seguimiento de los

    grupos financieros y atender en general las

    situaciones que enfrenta esta superintendencia

    en la supervisin y regulacin del sistema

    financiero, como tambin el contacto

    interinstitucional.

    incluye los departamentos de anlisis Financiero, departamento de

    coordinacin Normativa y departamento de

    anlisis institucional y Relacionados.

    desarrollo de actividades de investigacin y

    regulacin de las industrias bajo

    supervisin.

    las relaciones internacionales de la

    superintendencia.

    incluye los departamentos de

    investigacin y Riesgos y Productos Financieros e

    industria Bancaria.

    Velar por el debido cumplimiento de las

    disposiciones legales y normativas.

    gestin de riesgos por parte de las

    instituciones bajo la fiscalizacin de la sBiF.

    En conjunto con la direccin de

    Riesgos aplica in situ un enfoque de

    supervisin basado en riesgos, que considera

    un seguimiento permanente de las

    entidades fiscalizadas.

  • m4P. 10

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    d. Direccin de riesgos:

    su directora es doa Myriam uribe Valenzuela. sus responsabilidades son:

    e. Direccin Jurdica:

    don andrs Prieto dirige esta unidad que se encarga entre otras materias

    f. Direccin de conducta de mercado:

    su director don alex Villalobos Ribal. se encarga de:

    Entrega apoyo a la supervisin in situ de las entidades bajo la

    supervisin de la sBiF.

    desarrollo de metodologas de cuantificacin y monitoreo de

    riesgos

    cuenta con reas especializadas en Riesgos operacionales,

    Riesgos de crdito y Riesgos Financieros.

    En conjunto con la direccin de supervisin aplica en las

    entidades un enfoque de supervisin basado en riesgos y con un monitoreo permanente.

    analiza las distintas leyes reglamentos en materia

    bancaria y seala la forma en que ellas deben ser

    aplicadas.

    asesora al superintendente,

    intendentes y a las distintas direcciones en materias de orden legal.

    Participa en la elaboracin y discusin de los proyectos de ley,

    sobre materias de orden financiero.

    cautelar las relaciones que establezcan las

    instituciones fiscalizadas con quienes demandan

    sus servicios.

    Realiza labores de seguimiento

    de cumplimiento normativo, de atencin

    de pblico, de generacin de estudios

    y propuestas.

    diseo y seguimiento de indicadores, tareas con las que colabora

    con la estabilidad y el adecuado

    funcionamiento del sistema financiero.

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    g. Direccin de administracin y operaciones:

    su director es don claudio araya. Responsabilidades:

    h. Direccin de asuntos institucionales y comunicaciones:

    su director es don Erick Rojas Montiel.

    la sBiF es una institucin descentralizada cuya misin es supervisar a las empresas bancarias y a otras entidades que tienen relacin con el mbito financiero, resguardando el inters de los depositantes u otros acreedores y tambin el inters pblico, siendo su misin general velar por el buen funcionamiento y la buena salud del sistema financiero.

    su funcin es principalmente fiscalizadora y emite normativa para el buen funcionamiento del sistema financiero en chile.

    Tiene bajo su responsabilidad las tareas relativas al desarrollo de

    personas, la administracin de los recursos fsicos, informticos y redes de comunicaciones de la institucin.

    la direccin contempla operaciones y Tecnologa, administracin y

    Finanzas, desarrollo de Personas, seguridad de la informacin y

    gestin documental.

    unidad que tiene como tarea la difusin interna y externa de las actividades que desarrolla la

    superintendencia.

    la direccin contempla operaciones y Tecnologa, administracin y

    Finanzas, desarrollo de Personas, seguridad de la informacin y

    gestin documental.

    6. Resumen

    la superintendencia de Bancos es una institucin de derecho pblico y autnoma, creada en 1925.

    El superintendente es nombrado por el Presidente de la Repblica.

    se relaciona con el Ejecutivo a travs del Ministerio de Hacienda.

    su misin es Velar por la Estabilidad, solvencia y el buen funcionamiento del sistema Bancario.

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    Curso: Derecho Empresarial

    entre otras funciones, se pueden destacar:

    las poliTicas De la sBiF:

    aplicar e interpretar las normas legales que correspondan.

    dictar normas e instrucciones para el buen funcionamiento de las instituciones fiscalizadas.

    Fiscalizar el cumplimiento de dichas normas, de los estatutos y otras disposiciones pertinentes.

    Facultades para sancionar.

    autorizar el funcionamiento de nuevas instituciones.

    autorizar adquisiciones de paquetes significativos de acciones (ms del 10% del total) y fusiones de instituciones.

    Transparencia y atencin al cliente bancario.

    Proteger el giro bancario.

    Tarea permanente: preservar la estabilidad del sistema.

    Fortalecer la competencia (a travs del ingreso de nuevos bancos).

    Perfeccionar la transparencia, las prcticas comerciales y la proteccin de los clientes. Perfeccionar el acceso a los servicios para los clientes pequeos (reduccin del plazo

    retencin cheques de otras plazas, perfeccionamiento del Fogape, facilidades para el factoraje, y Fecu Pyme).

    Modernizar las regulaciones prudenciales (nueva normativa de clasificacin de cartera).

    Fortalecer la gestin interna de las instituciones (funcionamiento de los directorios y comits de auditora).

    Brindar mayor flexibilidad a la gestin comercial.

    Favorecer los aumentos de eficiencia.

    Fortalecer la prevencin del lavado de activos.

  • P. 13

    Bibliografa

    m4Escuela: Escuela de NegociosCurso: Derecho Empresarial

    sBiF

    1.- http://www.sbif.cl/sbifweb/servlet/conozcasBiF?indice=7.5.1.1&idcontenido=10001, obtenido el 27 de enero de 2014

    2.- http://www.sbif.cl/sbifweb/servlet/conozcasBiF?indice=7.5.1.1&idcontenido=477, obtenido el 27 de enero de 2014

    3.- http://www.sbif.cl/sbifweb/servlet/conozcasBiF?indice=7.5.1.1&idcontenido=483, obtenido el 27 de enero de 2015

    4.- http://www.sbif.cl/sbifweb/internet/docs/oRgsBiF.pdf, obtenido el 27 de enero de 2015

    5.-http://www.economiaynegocios.cl/especiales/mercados_de_capitales/orga_sbif.htm, obtenido el 27 de enero de 2014

    6.- coRPoRaciN dE iNVEsTigaciN, EsTudios Y dEsaRRollo dE la sEguRidad social, ciEdEss, Modernizacin de la Seguridad Social en Chile, 30 Aos 1980-2009, Quinta edicin 2010, pg. 668-674, obtenido el 28 de enero de 2014 desde http://www.ciedessweb.cl/ciedess/images/stories/PdF/liBRos/ModERNiZacioN09/5.5_superintendencia_de_Bancos_e_instituciones_Financieras.pdf

    7.- ley general de Bancos.

    8.- Recopilacin Actualizada de Normas (RAN) de la sBiF, obtenido el 27 de enero de 2015, de http://www.sbif.cl/sbifweb/servlet/leyNorma?indice=3.1.2

    9.- comit de Basilea, 1997

    10.- coMiT dE suPERVisiN BaNcaRia dE BasilEa Principios Bsicos para una supervisin bancaria eficaz, obtenido de http://www.bis.org/publ/bcbs129esp.pdf obtenido el 28 de enero de 2015.

    11.- soTElsEK daNiEl, PaVN liliaNNE, Evolucin de los Acuerdos de Basilea: diagnstico de los estndares de regulacin bancaria internacional obtenido el 28 de enero de 2015, de http://www.scielo.org.mx/scielo.php?pid=s1665-952X2012000100003&script=sci_arttext

    1. Introduccin2. La Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF)2.1 La supervisin que realiza la SBIF

    3. El Sistema Financiero de Chile4. Organigrama de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras5. Las Direcciones de la SBIF.6. Resumen