modificaciones a la carta orgánica del banco.doc
TRANSCRIPT
-
8/17/2019 Modificaciones a la Carta Orgánica del Banco.doc
1/9
TÍTULO I
Modificaciones a la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina
Art. 1 - Sustitúyese el artículo 1º de la Carta Orgánica del Banco Central de la República
Argentina, aprobada por el artículo 1º de la ley 2!1 y sus "odi#icaciones, por el
siguiente$
Art! 1º$ %l Banco Central de la República Argentina es una entidad autár&uica del %stado
nacional regida por las disposiciones de la presente Carta Orgánica y las de"ás nor"as
legales concordantes!
%l %stado nacional garanti'a las obligaciones asu"idas por el banco!
Sal(o e)presas disposiciones en contrario establecidas por ley, no serán de aplicaci*n al
banco las nor"as, cual&uiera sea su naturale'a, &ue con alcance general +ayan sido
dictadas o se dicten para organis"os de la Ad"inistraci*n ública acional, de las cuales
resulten li"itaciones a la capacidad o #acultades &ue le reconoce esta Carta Orgánica!
Art. ! - Sustitúyese el artículo .º de la Carta Orgánica del Banco Central de la República
Argentina, aprobada por el artículo 1º de la ley 2!1 y sus "odi#icaciones, por el
siguiente$
Art! .º$ "l banco tiene por finalidad pro#o$er% en la "edida de sus #acultades y en el
"arco de las políticas establecidas por el gobierno nacional, la estabilidad #onetaria% la
estabilidad financiera% el e#pleo & el desarrollo econ'#ico con e()idad social.
Art. * - Sustitúyese el artículo º de la Carta Orgánica del Banco Central de la República
Argentina, aprobada por el artículo 1º de la ley 2!1 y sus "odi#icaciones, por el
siguiente$
Artículo º$ Son #unciones y #acultades del banco$
a+ Regular el #unciona"iento del siste"a #inanciero y aplicar la Le& de "ntidades
,inancieras y las nor"as &ue, en su consecuencia, se dicten/
b+ Regular la cantidad de dinero y las tasas de inter0s y regular y orientar el cr0dito/
c+ Actuar co"o agente #inanciero del %stado nacional y depositario y agente del país ante
las instituciones "onetarias, bancarias y #inancieras internacionales a las cuales la aci*n
+aya ad+erido, así co"o dese"pear un papel acti(o en la integraci*n y cooperaci*n
internacional/
d+ Concentrar y ad"inistrar sus reser(as de oro, di(isas y otros acti(os e)ternos/
-
8/17/2019 Modificaciones a la Carta Orgánica del Banco.doc
2/9
e+ Contribuir al buen #unciona"iento del "ercado de capitales/
f+ "-ec)tar la poltica ca#biaria en )n todo de ac)erdo con la legislaci'n ()e
sancione el /onorable Congreso de la 0aci'n
g+ Regular, en la "edida de sus #acultades, los siste"as de pago, las cá"arasli&uidadoras y co"pensadoras, las re"esadoras de #ondos y las e"presas transportadoras
de caudales, así co"o toda otra acti(idad &ue guarde relaci*n con la acti(idad #inanciera y
ca"biaria/
2+ ro(eer a la protecci*n de los derec+os de los usuarios de ser(icios #inancieros y a la
de#ensa de la co"petencia, coordinando su actuaci*n con las autoridades públicas
co"petentes en estas cuestiones!
%n el eercicio de sus #unciones y #acultades, el banco no estará s)-eto a 'rdenes%
indicaciones o instr)cciones del 3oder "-ec)ti$o nacional% ni podrá asu"ir
obligaciones de cual&uier naturale'a &ue i"pli&uen condicionarlas, restringirlas o
delegarlas sin autori'aci*n e)presa del 3onorable Congreso de la aci*n!
Art. 45 - 4odi#ícase el inciso b5 del artículo 67 de la Carta Orgánica del Banco Central de la
República Argentina, aprobada por el artículo 1º de la ley 2!1 y sus "odi#icaciones, por
el siguiente te)to$
b5 8os accionistas, o los &ue #or"en parte de la direcci*n, ad"inistraci*n, sindicatura o
presten ser(icios en el siste"a #inanciero al "o"ento de su designaci*n!
Art. 65 - Sustitúyese el artículo 19 de la Carta Orgánica del Banco Central de la República
Argentina, aprobada por el artículo 17 de la ley 2!1 y sus "odi#icaciones, por el
siguiente$
Artículo 19$ %l presidente es la pri"era autoridad eecuti(a del banco y, en tal carácter$
a+ %erce la ad"inistraci*n del banco/
b+ Actúa en representaci*n del directorio y con(oca y preside sus reuniones/c+ :ela por el #iel cu"pli"iento de esta Carta Orgánica y de"ás leyes nacionales y de las
resoluciones del directorio/
d+ %erce la representaci*n legal del banco en sus relaciones con terceros/
e+ ;irige la actuaci*n de la Superintendencia de %ntidades
-
8/17/2019 Modificaciones a la Carta Orgánica del Banco.doc
3/9
el directorio, dándole posterior cuenta de las resoluciones adoptadas/
2+ ;ispone la substanciaci*n de su"arios al personal, cual&uiera sea su erar&uía, por
inter"edio de la dependencia co"petente/
i+ ;eberá presentar )n infor#e an)al sobre las operaciones del banco al /onorableCongreso de la 0aci'n! A su (e' deberá co"parecer ante las co"isiones de resupuesto
y 3acienda de a"bas Cá"aras, de %cono"ía del Senado de la aci*n y de
-
8/17/2019 Modificaciones a la Carta Orgánica del Banco.doc
4/9
g+
-
8/17/2019 Modificaciones a la Carta Orgánica del Banco.doc
5/9
personas no co#prendidas en ella cuando así lo aconseen el (olu"en de sus
operaciones o ra'ones de política "onetaria, ca"biaria o crediticia/
=+ %stablecer políticas di#erenciadas orientadas a las pe&ueas y "edianas e"presas y a
las econo"ías regionales!
Art. >5 - 4odi#ícase el inciso e5 del artículo 1= de la Carta Orgánica del Banco Central de la
República Argentina, aprobada por el artículo 17 de la ley 2!1 y sus "odi#icaciones, por
el siguiente te)to$
e5 %laborar y re"itir para su aprobaci*n, antes del .9 de setie"bre de cada ao, el
presupuesto anual de gastos, el cálculo de recursos y los sueldos del personal del banco!
Art. ?5 - 4odi#ícase el inciso #5 del artículo 1> de la Carta Orgánica del Banco Central de la
República Argentina, aprobada por el artículo 17 de la ley 2!1 y sus "odi#icaciones, por
el siguiente te)to$
#5 Otorgar adelantos a las entidades #inancieras con cauci*n, cesi*n en garantía, prenda o
a#ectaci*n especial de$ ?5 cr0ditos u otros acti(os #inancieros cuyo deudor o garante sea el
%stado nacional, o ??5 títulos de deuda o certi#icados de participaci*n e"itidos por
#ideico"isos #inancieros cuyo acti(o est0 co"puesto por cr0ditos u otros acti(os
#inancieros cuyo deudor o garante sea el %stado nacional, para pro"o(er la o#erta de
cr0dito a "ediano y largo pla'o destinada a la in(ersi*n producti(a! %n el caso de los
adelantos para in(ersi*n producti(a, el directorio podrá aceptar &ue, del total de las
garantías e)igidas, +asta un (einticinco por ciento @2=5 se integre "ediante los acti(os
"encionados en el pri"er párra#o del inciso c5 de este artículo, to"ando en consideraci*n
para ello el pla'o de la operatoria! %n los casos pre(istos en este inciso no regirán las
restricciones establecidas en los incisos b5 y c5 precedentes!
Art. 1@ - 4odi#ícase el inciso a5 del artículo 16 de la Carta Orgánica del Banco Central dela República Argentina, aprobada por el artículo 17 de la ley 2!1 y sus "odi#icaciones,
por el siguiente te)to, y der*gase el inciso g5 de dic+o artículo$
a5 Co"prar y (ender a precios de "ercado, en operaciones de contado y a t0r"ino, títulos
públicos, di(isas y otros acti(os #inancieros con #ines de regulaci*n "onetaria, ca"biaria,
#inanciera y crediticia!
Art. 11 - Sustitúyese el artículo 29 de la Carta Orgánica del Banco Central de la República
Argentina, aprobada por el artículo 17 de la ley 2!1 y sus "odi#icaciones, por el
-
8/17/2019 Modificaciones a la Carta Orgánica del Banco.doc
6/9
siguiente$
Artículo 29$ "l banco podrá 2acer adelantos transitorios al gobierno nacional 2asta
)na cantidad e()i$alente al doce por ciento 1!+ de la base #onetaria , constituida
por la circulaci*n "onetaria "ás los dep*sitos a la (ista de las entidades #inancieras en elBanco Central de la República Argentina, en cuentas corrientes o en cuentas especiales!
odrá ade"ás, otorgar adelantos +asta una cantidad &ue no supere el die' por ciento
@195 de los recursos en e#ecti(o &ue el gobierno nacional +aya obtenido en los últi"os
doce @125 "eses!
8os adelantos a &ue se re#iere el párra#o anterior deberán ser ree"bolsados dentro de los
doce @125 "eses de e#ectuados! Si cual&uiera de estos adelantos &uedase i"pago
despu0s de (encido a&uel pla'o, no podrá (ol(er a usarse esta #acultad +asta &ue las
cantidades adeudadas +ayan sido reintegradas!
Con carácter de e)cepcional y si la situaci*n o las perspecti(as de la econo"ía nacional o
internacional así lo usti#icara, podrán otorgarse adelantos transitorios por una su"a
adicional e&ui(alente a, co"o "á)i"o, el die' por ciento @195 de los recursos en e#ecti(o
&ue el gobierno nacional +aya obtenido en los últi"os doce @125 "eses! %sta #acultad
e)cepcional podrá eercerse durante un pla'o "á)i"o de diecioc+o @165 "eses! Cu"plido
ese pla'o el Banco Central de la República Argentina no podrá otorgar al gobierno
nacional adelantos &ue incre"enten este últi"o concepto!
8os adelantos a &ue se re#iere el párra#o anterior deberán ser ree"bolsados dentro de los
diecioc+o @165 "eses de e#ectuados! Si estos adelantos &uedaran i"pagos despu0s de
(encido a&u0l pla'o, no podrá (ol(er a e"plearse esta #acultad +asta &ue las cantidades
adeudadas por este concepto +ayan sido reintegradas!
Art. 1! - Sustitúyese el artículo 2 de la Carta Orgánica del Banco Central de la República
Argentina, aprobada por el artículo 17 de la ley 2!1 y sus "odi#icaciones, por el
siguiente$
Artículo 2$ %l banco deberá in#or"ar al 4inisterio de %cono"ía y
-
8/17/2019 Modificaciones a la Carta Orgánica del Banco.doc
7/9
dep'sitos & otros pasi$os, e)presados en "oneda nacional o e)tranera! 8a integraci*n
de los re&uisitos de reser(as no podrá constituirse sino en dep*sitos a la (ista en el Banco
Central de la República Argentina, en "oneda nacional o en cuenta de di(isa, según se
trate de pasi(os de las entidades #inancieras deno"inadas en "oneda nacional oe)tranera, respecti(a"ente!
Atendiendo a circunstancias generales, el Banco Central de la República Argentina podrá
disponer &ue la integraci*n de los re&uisitos de reser(a se realice parcial"ente con títulos
públicos (aluados a precios de "ercado!
Art. 14 - Sustitúyese el artículo . de la Carta Orgánica del Banco Central de la República
Argentina, aprobada por el artículo 17 de la ley 2!1 y sus "odi#icaciones, por el
siguiente$
Artículo .$ %l eercicio #inanciero del banco durará un @15 ao y se cerrará el .1 de
dicie"bre! 8os estados contables del banco deberán ser elaborados de acuerdo con
nor"as general"ente aceptadas, teniendo en cuenta su condici*n de autoridad "onetaria!
Art. 16 - ;er*gase el segundo párra#o del artículo . de la Carta Orgánica del Banco
Central de la República Argentina, aprobada por el artículo 17 de la ley 2!1 y sus
"odi#icaciones!
Art. 17 - 4odi#ícase el segundo párra#o del artículo .6 de la Carta Orgánica del Banco
Central de la República Argentina, aprobada por el artículo 17 de la ley 2!1 y sus
"odi#icaciones, por el siguiente te)to$
Las p9rdidas ()e e
-
8/17/2019 Modificaciones a la Carta Orgánica del Banco.doc
8/9
dar a conocer sus causas y las "edidas adoptadas en consecuencia!
?ncu"be al banco, ade"ás, co"pilar y publicar regular"ente las estadísticas "onetarias,
#inancieras, ca"biarias y crediticias!
%l banco podrá reali'ar in(estigaciones y pro"o(er la educaci*n #inanciera y acti(idadessobre te"as de inter0s relacionados con la #inalidad &ue le asigna esta Carta Orgánica!
Art. 1> - 4odi#ícase el pri"er párra#o del artículo de la Carta Orgánica del Banco
Central de la República Argentina, aprobada por el artículo 1º de la ley 2!1 y sus
"odi#icaciones, por el siguiente$
Artículo $ 8a ad"inistraci*n de la Superintendencia de %ntidades $ Son #acultades del superintendente$
a+ :igilar el cu"pli"iento del r0gi"en in#or"ati(o y contable para las entidades #inancieras
y ca"biarias/
b+ ;isponer la publicaci*n de los balances "ensuales de las entidades #inancieras,
estados de deudores y de"ás in#or"aciones &ue sir(an para el análisis de la situaci*n del
siste"a/
c+ Ordenar a las entidades &ue cesen o desistan de lle(ar a cabo políticas de pr0sta"os o
de asistencia #inanciera &ue pongan en peligro la sol(encia de las "is"as/
d+ Aplicar las sanciones &ue establece la 8ey de %ntidades
-
8/17/2019 Modificaciones a la Carta Orgánica del Banco.doc
9/9
Art. !@ - Sustitúyese el artículo 6 de la Carta Orgánica del Banco Central de la República
Argentina, aprobada por el artículo 17 de la ley 2!1 y sus "odi#icaciones, por el
siguiente$ Artículo 6$ %n su carácter de ad"inistrador, corresponde al superintendente establecer
las nor"as para la organi'aci*n y gesti*n de la superintendencia!
TÍTULO II
Modificaciones a la Le& de Con$ertibilidad% !*.?!>
Art. !1 - ;er*ganse los artículos 7 y =7 de la ley 2.!26 y sus "odi#icaciones!
Art. !! - Sustitúyese el artículo 7 de la ley 2.!26 y sus "odi#icaciones, por el siguiente$
Artículo 7$ Los bienes ()e integran las reser$as del Banco Central de la República
Argentina son ine#bargables. 3asta el ni(el &ue deter"ine su directorio, se aplicarán
e)clusi(a"ente al #in conte"plado en el inciso &5 del artículo 1 de la Carta Orgánica de
dic+a instituci*n! 8as reser(as e)cedentes se deno"inarán de libre disponibilidad!
ie#pre ()e res)lte de efecto #onetario ne)tro% las reser$as de libre disponibilidad
podrán aplicarse al pago de obligaciones contradas con organis#os financieros
internacionales o de de)da e