módelo político de los austrias

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SISTEMA POLISINODIAL (entre paréntesis la fecha de su creación) CONSEJO DE INDIAS (1524) - Control de asuntos administrativos, judiciales y eclesiásticos relacionado con las Indias. - Formado por un presidente y ocho consejeros. CONSEJO DE HACIENDA (1523) - Control de la Contaduría Mayor de Hacienda y la de Cuentas - Fija el presupuesto marcando los gastos fijos de la Corona, así como el control de los ingresos. CONSEJO DE LA INQUISICIÓN (1483) - Control de la minoría de origen judío, herejías y moral social - Prelado Inquisidor General, cinco o seis inquisidores consejeros y un fiscal. Todos cristianos viejos. CONSEJO DE ESTADO (1522) - Asiste al monarca en cuestiones de política exterior. - Miembros de la alta nobleza curtidos en labores de gobiernos (virreyes), diplomacia (embajadas) o guerra. CONSEJO REAL O DE CASTILLA (1480) - Se encarga de la Administración de Justicia - Formado por letrados de las universidades de Valladolid y Salamanca - El Presidente del Consejo es el cargo más importante de la monarquía, tras el rey. CONSEJOS MAYORES CONSEJOS MENORES CONSEJO DE GUERRA - Defensa de la monarquía (fronteras, levas de infantes, galeras, armamento,...) pero sin pronunciarse sobre altas cuestiones de paz y guerra. CONSEJO DE CÁMARA DE CASTILLA Comisión dentro del Consejo Real CONSEJO DE ÓRDENES MILITARES Todo lo referente a las antiguas órdenes de Santiago, Alcántara y Calatrava vinculadas a la corona desde los RRCC. CONSEJO DE CRUZADA (consejo especial) Administración de impuestos eclesiásticos. CONSEJOS TERRITORIALES Instrucciones a los Virreyes (Aragón, Cataluña, Navarra, Valencia, Sicilia, Cerdeña, Nápoles, Perú y Nueva España) CONSEJO DE ARAGÓN (1493) CONSEJO DE ITALIA (1555) CONSEJO DE NAVARRA (1515) CONSEJO DE FLANDES (1555) CONSEJO DE PORTUGAL (1580) Discutían los despachos del Virrey y todos los asuntos de importancia general bajo su territorio. Los consejos resolvían estos asuntos mediante CONSULTAS que trasladaban al rey. El rey tomaba una DECISIÓN que devolvía al Consejo con glosa de su puño y letra. La decisión real era redactada por el Secretario que daba:

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SISTEMA POLISINODIAL (entre paréntesis la fecha de su creación)

CONSEJO DE INDIAS (1524) - Control de asuntos administrativos, judiciales y eclesiásticos relacionado con las Indias. - Formado por un presidente y ocho consejeros.

CONSEJO DE HACIENDA (1523) - Control de la Contaduría Mayor de Hacienda y la de Cuentas - Fija el presupuesto marcando los gastos fijos de la Corona, así como el control de los ingresos.

CONSEJO DE LA INQUISICIÓN (1483) - Control de la minoría de origen judío, herejías y moral social - Prelado Inquisidor General, cinco o seis inquisidores consejeros y un fiscal. Todos cristianos viejos.

CONSEJO DE ESTADO (1522) - Asiste al monarca en cuestiones de política exterior. - Miembros de la alta nobleza curtidos en labores de gobiernos (virreyes), diplomacia (embajadas) o guerra.

CONSEJO REAL O DE CASTILLA (1480) - Se encarga de la Administración de Justicia - Formado por letrados de las universidades de Valladolid y Salamanca - El Presidente del Consejo es el cargo más importante de la monarquía, tras el rey.

CONSEJOS MAYORES

CONSEJOS MENORES CONSEJO DE GUERRA - Defensa de la monarquía (fronteras, levas de infantes, galeras, armamento,...) pero sin pronunciarse sobre altas cuestiones de paz y guerra.

CONSEJO DE CÁMARA DE CASTILLA Comisión dentro del Consejo Real

CONSEJO DE ÓRDENES MILITARES Todo lo referente a las antiguas órdenes de Santiago, Alcántara y Calatrava vinculadas a la corona desde los RRCC.

CONSEJO DE CRUZADA (consejo especial) Administración de impuestos eclesiásticos.

CONSEJOS TERRITORIALES

Instrucciones a los Virreyes (Aragón, Cataluña, Navarra, Valencia, Sicilia, Cerdeña, Nápoles, Perú y Nueva España)

CONSEJO DE ARAGÓN (1493) CONSEJO DE ITALIA (1555) CONSEJO DE NAVARRA (1515) CONSEJO DE FLANDES (1555) CONSEJO DE PORTUGAL (1580) Discutían los despachos del Virrey y todos los asuntos de importancia general bajo su territorio. Los consejos resolvían estos asuntos mediante CONSULTAS que trasladaban al rey. El rey tomaba una DECISIÓN que devolvía al Consejo con glosa de su puño y letra. La decisión real era redactada por el Secretario que daba:

8.3. EL MODELO POLÍTICO DE LOS AUSTRIAS. LA UNIÓN DE REINOS. A partir del siglo XVI la complejidad de los territorios gobernados por la Corona española hizo que se ampliase el modelo diseñado por los Reyes Católicos: En la cúspide sigue el rey, que encarna el poder por encima de todo derecho, auxiliada por la todopoderosa figura de los Secretarios. Éstos son consejeros personales del monarca a los que se consulta, redactan las órdenes reales,... aunque su principal fuente de poder reside en la cercanía al trono. A partir del siglo XVII perderán importancia con la aparición del valido u hombre de confianza (privado) que acaba convirtiéndose, de hecho, en el auténtico rector de los destinos políticos de la monarquía española. Pero lo que define al modelo político de los Austrias es lo que se ha venido en llamar Sistema Polisinodial. Se trata de un conjunto de trece consejos, de los cuales tres son supraterritoriales, nueve territoriales y uno especial. Todos ellos son órganos consultivos en los que el rey suele delegar las decisiones y la Administración de sus reinos (salvo en el caso de la política exterior que es dirigida personalmente por los reyes). Los Consejos tenían también la función de relacionar el gobierno de los virreyes (Aragón, Cataluña, Navarra, Valencia, Sicilia, Cerdeña, Nápoles, Perú y Nueva España) con las decisiones reales. El papel de las Cortes ya no es tan activo como en la Baja Edad Media. En el caso de Castilla la derrota de las Comunidades en 1523 significó el comienzo de una época de sometimiento a la política regia. En Aragón las Cortes siempre fueron más reticentes a apoyar la política exterior de los Austrias (y, en consecuencia, a votar los subsidios correspondientes). Por ello, los monarcas las convocarán en contadas ocasiones. Por debajo de la Administración Central permanecía la Administración Territorial, compuesta por las mismas instituciones y funcionarios que en la Edad Media: Chancillerías y Audiencias, para impartir justicia; corregidores para el control de las ciudades; contadores y recaudadores para los impuestos; regidores y alguaciles,.... Aunque, en teoría, el modelo de gobierno se basaba en una unión de reinos, es decir, en una corona que aglutinaba varios reinos, con Felipe II el peso de Castilla fue aumentando, reafirmándose como motor financiero y militar del rey.